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Registro Distrital 7833 de 2023

Registro Distrital 7833 de 2023 Nivel Distrital

Tipo
Registro Distrital
Número
7833
Año
2023
Fecha
13 de octubre de 2023
Entidad
Nivel Distrital
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

5,5 ALCALDESA MAYOR Claudia Nayibe López Hernández REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • No. 7833- Pp 1 - 145 - 2023 • OCTUBRE • 13 CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Central RESOLUCIONES DE 2023 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. - SECRETARÍA GENERAL RESOLUCIÓN Nº 601 “Por la cual se hace un nombramiento ordinario”............................................. 4 SECRETARÍA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN Nº 771 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la convocatoria “Beca Es Cultura Local - Localidad Sumapaz Cuarta Versión” en el marco del Programa Distrital de Estímulos - Es Cultura Local de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”......................................................................................................... 9 SECRETARÍA DE AMBIENTE RESOLUCIÓN Nº 01910 “Por medio de la cual se adoptan los lineamientos para silvicultura preventiva por incendio forestal para el manejo de especies pirófitas en el marco de pro yectos urbanísticos o de infraestructura”........................................................ 15 SECRETARÍA DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ – DIB RESOLUCIÓN Nº DDI-031285, 2023EE396460O1 “Por medio de la cual se ordena la publicación de actos administrativos, de conformidad con el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011”.............................. 57 Sector Local DECRETO LOCAL Nº 007 “Por medio del cual se efectúa un traslado en el Presupuesto de Gastos de fun cionamiento del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria para la vigencia fiscal 2021”...................................................................................................... 89 DECRETO LOCAL Nº 008 “Por medio del cual se efectúa un traslado presupuestal en el presupuesto de gastos e inversión del Fondo de Desarrollo Local de la Candelaria, para la vi gencia fiscal 2021”.......................................................................................... 92 DECRETO LOCAL Nº 009 “Por medio del cual se efectúa un traslado en el Presupuesto de Gastos de fun cionamiento del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria para la vigencia fiscal 2021”...................................................................................................... 95 DECRETO LOCAL Nº 010 “Por medio del cual se efectúa un traslado presupuestal en el presupuesto de gastos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, para la vigencia fiscal 2021”.................................................................................... 98 DECRETO LOCAL Nº 011 “Por medio del cual se efectúa un traslado presupuestal en el presupuesto de gastos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, para la vigencia fiscal 2021”.................................................................................. 101 DECRETO LOCAL Nº 012 “Por medio del cual se efectúa un traslado presupuestal en el presupuesto de gastos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, para la vigencia fiscal 2021”.................................................................................. 105 DECRETO LOCAL Nº 013 “Por medio del cual se liquida el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos e In versión del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria para la vigencia fiscal 2023”............................................................................................................. 108 DECRETO LOCAL Nº 014 “Por medio del cual se efectúa un traslado presupuestal en el presupuesto de gastos e inversión del Fondo de Desarrollo Local de la Candelaria, para la vi gencia fiscal 2021”........................................................................................ 122 DECRETO LOCAL Nº 015 “Por medio del cual se liquida el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos e In versión del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria para la vigencia fiscal 2022”............................................................................................................. 128 DECRETO LOCAL Nº 016 “Por medio del cual se efectúa un traslado presupuestal en el presupuesto de gastos e inversión del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria para la vi gencia fiscal 2021”........................................................................................ 138 DECRETOS LOCALES ALCALDÍA LOCAL DE LA CANDELARIA DECRETO LOCAL Nº 002 “Por el cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de La Candelaria”.................................................................................. 69 DECRETO LOCAL Nº 003 “Por medio del cual se liquida la adición al presupuesto de la vigencia fiscal 2022 del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, de conformidad con el Acuerdo Local No. 036 del 05 de abril de 2022”............................................. 71 DECRETO LOCAL Nº 004 “Por medio del cual se ajusta el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria para la vigencia fiscal 2022”............... 74 DECRETO LOCAL Nº 005 “Por medio del cual se ajusta el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria para la vigencia fiscal 2022”............... 81 DECRETO LOCAL Nº 005 “Por medio del cual se ajusta el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria para la vigencia fiscal 2021”............... 83 DECRETO LOCAL Nº 006 “Por el cual se ajusta el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria para la vigencia fiscal 2021”.................... 87 RESOLUCIÓN LOCAL DE 2023 ALCALDÍA LOCAL DE ENGATIVÁ RESOLUCIÓN LOCAL Nº 652 “Por medio de la cual se ordena el pago del certificado para firma digital del Ordenador del Gasto del Fondo de Desarrollo Local de Engativá, con cargo al presupuesto de la vigencia 2023”................................................................. 142 RESOLUCIONES DE 2023 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. - SECRETARÍA GENERAL RESOLUCIÓN Nº 601 (11 de octubre de 2023)

“Por la cual se hace un nombramiento ordinario”

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-4 • 2023 • OCTUBRE • 13 4 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-5 • 2023 • OCTUBRE • 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-6 • 2023 • OCTUBRE • 13 6 7 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-7 • 2023 • OCTUBRE • 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-8 • 2023 • OCTUBRE • 13 8 SECRETARÍA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN Nº 771 (11 de octubre de 2023)

“Por medio de la cual se ordena la apertura de la convocatoria “Beca Es Cultura Local
- Localidad Sumapaz Cuarta Versión” en el marco del Programa Distrital de Estímulos - Es Cultura Local de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”

LA SECRETARIA DE DESPACHO De la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte –SCRD-, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los artículos 70 y 71 de la Constitución Política de Colombia, los artículos 17 y 18 de la Ley 397 de 1997, el literal b) del artículo 5 en concordancia con los literales a), i) o) y r) del artículo 3 del Decreto Distrital 340 de 2020 modificado por el Decreto 400 de 2022,

CONSIDERANDO:

Que los artículos 70, 71 y 72 de la Constitución Política establecen el deber del Estado de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades y otorga la competencia para establecer mecanismos positivos para fomentar el desarrollo artístico, cultural y patrimonial de la Nación.

Que el numeral 3 del artículo 1° de la Ley 397 de 1997, Ley General de Cultura, señala que: “El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de conocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación colombiana”.

Que la mencionada Ley 397 de 1997 en su artículo 17 señala: “El Estado a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, fomentará las artes en todas sus expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas, como elementos del diálogo, el intercambio, la participación y como expresión libre y primordial del pensamiento del ser humano que construye en la convivencia pacífica”.

Que así mismo, en su artículo 18 establece: "El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos especiales y promocionará la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales. Para tal efecto establecerá, entre otros programas, bolsas de trabajo, becas, premios anuales, concursos, festivales, talleres de formación artística, apoyo a personas y grupos dedicados a actividades culturales, ferias, exposiciones, unidades móviles de divulgación cultural, otorgará incentivos y créditos especiales para artistas sobresalientes, así como y para integrantes de las comunidades locales en el campo de la creación, la ejecución, la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo (...)”.

Página 1 de 6 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.

9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-9 • 2023 • OCTUBRE • 13

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Radicado: 20232200429233 Fecha: 10-10-2023 RESOLUCIÓN No. 771 DE 11 DE OCTUBRE DE 2023 Que el Decreto Distrital 340 de 30 de diciembre de 2020, "Por el cual se modifica la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y se dictan otras disposiciones" señala que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte tiene por objeto “orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculada la sociedad civil”.

Que el artículo 3º, literal (j) del Decreto ibídem señala que dentro de las funciones de esta Secretaría está la de: “Gestionar la ejecución de las políticas, planes y proyectos culturales y artísticos, con el fin de garantizar el efectivo ejercicio de los derechos culturales y fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo”.

Que el Decreto Distrital en mención en su artículo 12 literal (h), contempla como una de las funciones de la Subsecretaría de Gobernanza de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte la de "Dirigir estrategias, planes, programas y proyectos orientados a la identificación reconocimiento, fomento, sensibilización, formación, promoción y difusión del arte, la cultura y el patrimonio en los diferentes grupos poblacionales".

Que el documento CONPES D.C. “Política pública distrital de economía cultural y creativa 2019-2038” defini como uno de los objetivos específicos de dicha Política “4.2.3 Ampliar óó mecanismos de apoyo financiero dirigido a los agentes del sector cultural y creativo”, para lo cual: “La Secretaría Distrital de Cultura Recreación y Deporte en articulación con entidades públicas y privadas, realizará actividades de gestión y acompañamiento técnico que permitan aumentar el número de los agentes del sector cultural y creativo que acceden a financiación. Para el efecto, se ampliarán los mecanismos de apoyo financiero dirigido a los agentes del sector cultural y creativo, para que puedan apalancar la producción de bienes y servicios, a través del acceso a recursos no reembolsables, y fortalecimiento de servicios de financiación”.

Que el reconocimiento del fomento a la cultura como elemento central de protección y promoción de los Derechos Humanos ha propiciado la creación de esquemas de política pública que buscan materializar el mandato Constitucional de promover la protección, desarrollo y difusión de la cultura mediante la adopción de medidas que faciliten el ejercicio de sus derechos por parte de todas las comunidades. Así las cosas, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte SCRD establece el proceso misional de Fomento como el conjunto de programas impulsados desde las entidades públicas que conforman el sector, con el propósito de promover, reconocer y fortalecer las prácticas artísticas, culturales y patrimoniales de la ciudadanía; garantizando un impacto integral e incluyente sobre la ciudad y favoreciendo el ejercicio libre y creativo de los derechos culturales.

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REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-10 • 2023 • OCTUBRE • 13 10

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Radicado: 20232200429233 Fecha: 10-10-2023 RESOLUCIÓN No. 771 DE 11 DE OCTUBRE DE 2023 Que, en virtud del anterior marco normativo, y en desarrollo de la política de fomento, mediante el presente acto administrativo la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte ordena la apertura de la convocatoria “Beca Es Cultura Local - Localidad Sumapaz Cuarta Versión”.

Que la “Beca Es Cultura Local - Localidad Sumapaz Cuarta Versión” propende con el “Convenio Interadministrativo No. 471 de 2023, celebrado entre la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, el Instituto Distrital de las Artes - Idartes y Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño; Fondo de Desarrollo Local de Barrios Unidos; Fondo de Desarrollo Local de Bosa; Fondo de Desarrollo Local de Chapinero; Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar; Fondo de Desarrollo Local de Engativá; Fondo de Desarrollo Local de Fontibón; Fondo de Desarrollo Local de Kennedy; Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda; Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe; Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal; Fondo de Desarrollo Local De Suba; Fondo de Desarrollo Local de Sumapaz; Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo; Fondo de Desarrollo Local de Usaquén, Fondo de Desarrollo Local de Usme y Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito el cual tiene por objeto “Aunar esfuerzos técnicos, administrativos y financieros con el fin de desarrollar acciones articuladas entre la SCRD, el IDARTES y los Fondos de Desarrollo Local, orientadas a fomentar procesos de formación, cualificación, fortalecimientos y participación de los agentes culturales territoriales del Distrito Capital, en el marco de la creación, comercialización, apropiación y circulación de bienes y servicios culturales, artísticos y patrimoniales, de conformidad con las iniciativas priorizadas en la estrategia Distrital “Presupuestos Participativos”, los acuerdos locales o las iniciativas concertadas con los pueblos étnicos y grupos de interés de los territorios y a las acciones adelantas en el “Proceso Misional de Fomento”, de acuerdo con los proyectos a ejecutar asociados a las metas de cada localidad en el Programa “Es Cultura Local 2023”.

Que en el marco de la Cuarta versión del Programa Es Cultura Local, respaldada por el convenio anteriormente mencionado; esta convocatoria busca apoyar a los diferentes agentes del sector cultural y creativo; fortaleciendo procesos, proyectos o emprendimientos que contribuyan a la dinamización económica y social de la localidad de Sumapaz, a través de acciones que se encaminen a la adquisición de bienes, servicios y realización de las actividades relacionadas con las Actividades de la economía cultural y creativa.

Que de conformidad a lo anterior y en cumplimiento del marco normativo señalado, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte da apertura a la convocatoria “Beca Es Cultura Local - Localidad Sumapaz Cuarta Versión” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

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11 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-11 • 2023 • OCTUBRE • 13

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Radicado: 20232200429233 Fecha: 10-10-2023 RESOLUCIÓN No. 771 DE 11 DE OCTUBRE DE 2023 Que las condiciones y requisitos de participación de la “Beca Es Cultura Local - Localidad Sumapaz Cuarta Versión” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte se encuentran establecidas en el documento denominado “CONDICIONES GENERALES DEL PROGRAMA ES CULTURA LOCAL 2023” y en el documento que contiene los requisitos específicos de convocatoria en mención, los cuales hacen parte integral de la presente resolución y puede ser consultado en el micrositio web: https://sicon.scrd.gov.co/convocatorias/ecl Que, en consideración de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo primero.

Ordenar la apertura de la convocatoria “Beca Es Cultura Local - Localidad Sumapaz Cuarta Versión” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte a partir del dia once (11) de octubre de 2023, así:

Convocatoria Monto del Monto total de CDP Dependencia encargada estímulo N.º de estímulos de la convocatoria la convocatoria 12 estímulos Dirección de Fomento Categoría A:

$386.000.000 N.° 998 del 22 de septiembre Beca es Cultura Local - Localidad de 2023 Sumapaz cuarta Emergentes $30.816.667 Categoría A: versión cada uno.

Emergentes Seis (6) estímulos Categoría B: Consolidados $33.583.333 cada uno.

Categoría B: Consolidados Seis (6) estímulos

Artículo segundo.

Los requisitos y condiciones de participación de la convocatoria se encuentran en el documento denominado “Condiciones Generales de participación del programa PECL” y en el documento que contiene los requisitos específicos de la convocatoria, los cuales forman parte integral de la presente resolución.

Artículo tercero.

Los recursos para el desarrollo y ejecución de la convocatoria “Beca Es Cultura Local - Localidad Sumapaz Cuarta Versión” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte serán atendidos con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal N° 998 del 22 de septiembre de 2023.

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REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-12 • 2023 • OCTUBRE • 13 12

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Radicado: 20232200429233 Fecha: 10-10-2023 RESOLUCIÓN No. 771 DE 11 DE OCTUBRE DE 2023

Artículo cuarto.

La Dirección de Fomento será la encargada de realizar los trámites correspondientes al desembolso del estímulo económico de la convocatoria, de conformidad con el artículo primero del presente acto administrativo.

Artículo quinto.

Ordenar a la Dirección de Fomento publicar la presente resolución, así como los requisitos y condiciones de participación del concurso en el micrositio https:// sicon.scrd.gov.co/convocatorias/ecl de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

Artículo sexto.

Ordenar a la Dirección de Gestión Corporativa comunicar el contenido de la presente resolución a través de la herramienta ORFEO a la Dirección de Fomento, a la Dirección de Asuntos Locales. y a la Oficina Asesora de Comunicaciones y el Grupo Interno de Trabajo de Gestión Financiera de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para los trámites de su competencia.

Artículo séptimo.

Ordenar a la Dirección de Gestión Corporativa solicitar la publicación del contenido de la presente resolución en la Gaceta Distrital y en el Régimen Legal de Bogotá.

Artículo octavo.

El presente acto administrativo rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación y contra este no proceden los recursos en los términos del artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.

Dado en Bogotá D.C, a los 11 días del mes de octubre de 2023.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE CATALINA VALENCIA TOBÓN Secretaria de Despacho Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte Proyectó: Oscar D. Nadjar Cruz – Contratista Dirección de Fomento Kelly Carolina Serna – Contratista Dirección de Fomento Revisó: Nelly Susana Torres Navas.– Contratista Oficina Jurídica Ricardo Andrés Rodríguez Chaves – Contratista Subsecretaría de Gobernanza Aprobó: Liliana Pamplona – Directora de Fomento Margarita María Rúa Atehortúa- Jefe de la Oficina Jurídica Jaime Andrés Tenorio - Subsecretario de Gobernanza Documento 20232200429233 firmado electrónicamente por:

Nelly Susana Torres Contratista Oficina Jurídica Página 5 de 6 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.

13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-13 • 2023 • OCTUBRE • 13

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Radicado: 20232200429233 Fecha: 10-10-2023 RESOLUCIÓN No. 771 DE 11 DE OCTUBRE DE 2023 Navas Fecha firma: 10-10-2023 16:18:10 KELLY CAROLINA SERNA TAPIERO Contratista Dirección de Fomento Fecha firma: 10-10-2023 13:08:25 Ricardo Andrés Rodríguez Chávez Contratista Subsecretaría de Gobernanza Fecha firma: 10-10-2023 20:37:47 Margarita Maria Rua Atehortua Jefe Oficina Juridica Oficina Jurídica Fecha firma: 10-10-2023 20:00:12 Catalina Valencia Tobón Secretaria de Despacho Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Fecha firma: 11-10-2023 09:32:26 Jaime Andres Tenorio Tascon Subsecretario de Gobernanza Subsecretaría de Gobernanza Fecha firma: 10-10-2023 20:39:32 OSCAR DALEL NADJAR CRUZ contratista Dirección de Fomento Fecha firma: 10-10-2023 11:49:47 Diego Eduardo Beltrán Hernández Contratista numeración y fechado de resoluciones Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano Fecha firma: 11-10-2023 14:46:09 Liliana Marcela Pamplona Romero Directora de Fomento Dirección de Fomento Fecha firma: 10-10-2023 13:19:04 Revisó: María Alejandra Zapata Puerto - Auxiliar administrativo - Dirección de Fomento f47fb33c2c773392d5c434ccf20d2b5c30a1f9222ec79fa4418ab33f87eaa652 Codigo de Verificación CV: f25e4 Página 6 de 6 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-14 • 2023 • OCTUBRE • 13 14 SECRETARÍA DE AMBIENTE RESOLUCIÓN Nº 01910 (11 de octubre de 2023)

“Por medio de la cual se adoptan los lineamientos para silvicultura preventiva por incendio forestal para el manejo de especies pirófitas en el marco de proyectos urbanísticos o de infraestructura”

LA SECRETARIA DISTRITAL DE AMBIENTE En uso de sus facultades constitucionales y legales, y de conformidad con la Ley 99 de 1993, el Acuerdo 257 de 2006, modificado por el Acuerdo 546 de 2013, el Decreto Distrital 109 de 2009 modificado por los Decretos Distritales 175 de 2009 y 450 de 2021, el Decreto Distrital 531 de 2010 modificado y adicionado por el Decreto Distrital 383 de 2018, el Decreto 377 de 2014 y el Decreto 555 de 2021 y las demás normas vigentes y,

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política determina en los artículos 79, 80 y en el numeral 8º del artículo 95, que es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica, planificar el manejo de los recursos naturales para garantizar su conservación y restauración, además de prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental; así mismo consagra el derecho de todas las personas a gozar de un ambiente sano y el deber de las ciudadanas y los ciudadanos de proteger los recursos naturales del país y velar por la conservación de un ambiente sano.

Que el artículo 322 constitucional establece, en relación con Bogotá, D.C., que: “A las autoridades distritales corresponderá garantizar el desarrollo armónico e integrado de la ciudad y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito; a las locales, la gestión de los asuntos propios de su territorio”.

Que el artículo 65 de la Ley 99 de 1993, establece que corresponde a los municipios, Distritos y al Distrito Capital de Bogotá: “Dictar, con sujeción a las disposiciones legales reglamentarias superiores, las normas necesarias para el control, la preservación y la defensa del patrimonio ecológico del municipio”.

Que el artículo 66 de la Ley 99 de 1993 estableció las competencias de las autoridades ambientales de los grandes centros urbanos, señalando que para aquellos municipios, distritos o áreas Página 1 de 6 15 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-15 • 2023 • OCTUBRE • 13 Resolución No. 01910 metropolitanas que tengan una población igual o superior a un millón (1.000.000) de habitantes, ejercerán dentro del perímetro urbano las mismas funciones atribuidas a las Corporaciones Autónomas Regionales, en lo aplicable al medio ambiente urbano.

Que esa determinación de competencias implica que, dentro de ese ámbito territorial, son las entidades competentes para expedir licencias ambientales, concesiones, permisos, autorizaciones y adelantar las actividades propias del seguimiento, control y sanción ambiental, así como expedir las normas pertinentes para la gestión de los recursos naturales y el ambiente en su jurisdicción territorial.

Que el literal (f) del artículo 103 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, estableció que una de las funciones de la Secretaría Distrital de Ambiente es: “Promover planes, programas y proyectos tendientes a la conservación, consolidación, enriquecimiento y mantenimiento de la Estructura Ecológica Principal y del recurso hídrico, superficial y subterráneo, del Distrito Capital”.

Que el Acuerdo Distrital 546 de 2016 “Por medio del cual se crea el Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal – IDPYBA” en su artículo 2, modificó el artículo 102 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, modificado por el artículo 32 del Acuerdo 546 de 2013, para establecer que el Sector Ambiente de la ciudad está integrado por la Secretaría Distrital de Ambiente, como cabeza del sector y tres establecimientos adscritos: el Jardín Botánico “José Celestino Mutis”, el Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático “IDIGER”, el Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal “IDPYBA”.

Que el artículo 33 del Acuerdo 546 de 2013 “Por el cual se transforma el Sistema Distrital de Prevención y Atención de Emergencias -SDPAE-, en el Sistema Distrital de Gestión de Riesgo y Cambio Climático-SDGR-CC, se actualizan sus instancias, se crea el Fondo Distrital para la Gestión de Riesgo y Cambio Climático “FONDIGER” y se dictan otras disposiciones”, modificó el artículo 103 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, incorporando al literal u) el numeral 8 que establece como función adicional de la Secretaría Distrital de Ambiente “Aprobar, en los asuntos exclusivamente ambientales y en los que hagan relación a la gestión del riesgo y cambio climático, los lineamientos, políticas, planes, programas y proyectos elaborados por otras entidades del Distrito Capital”.

Que en el Acuerdo Distrital 761 de 2020 “Por medio del cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas del Distrito Capital 2020-2024 “Un nuevo contrato social y ambiental para la Bogotá del siglo XXI””, se establece que la Administración Distrital deberá garantizar el análisis y conocimiento del riesgo por incendios de la forestales, tanto en la zona urbana como rural del Distrito Capital, de manera tal que se establezcan condiciones Página 2 de 6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-16 • 2023 • OCTUBRE • 13 16 Resolución No. 01910 determinantes para la adecuada intervención correctiva en pro de minimizar la afectación en los ecosistemas.

Que el numeral 3º del artículo 4º del mismo Decreto Distrital 377 de 2014, señala como función de la Comisión Distrital para la Prevención y Mitigación de Incendios Forestales, la elaboración de un Plan de Acción para la gestión del riesgo por incendio forestal, el cual debe estar articulado temática y temporalmente con el Plan de Desarrollo Distrital.

Que en ejercicio de esta función, la Comisión Distrital para la Prevención y Mitigación de Incendios Forestales elaboró el Plan de Acción para la Gestión del Riesgo por incendio Forestal 2020-2024, el cual fue aprobado en la sesión del 19 de junio de 2020 y será actualizado constantemente.

Que en el marco del Plan de Acción para la Gestión del Riesgo por Incendio Forestal 2020-2024, elaborado por la Comisión Distrital para la Prevención y Mitigación de Incendios Forestales, le corresponde al Jardín Botánico José Celestino Mutis con el apoyo de la Secretaría Distrital de Ambiente (SDA) y el Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático (IDIGER): “Elaborar un documento técnico con los lineamientos para la silvicultura preventiva de incendios forestales, como mecanismo de reducción del riesgo climático por incendio forestal, para aumentar la capacidad adaptativa y fortalecer la resiliencia ante el cambio climático (artículo 114 del Decreto 555 de 2021) ”.

Que el Decreto 555 de 2021 “Por el cual se adopta la revisión general del Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá D.C.”, establece para la reducción del riesgo climático por incendio forestal, aumentar la capacidad adaptativa y fortalecer la resiliencia mediante la definición de los lineamientos para silvicultura preventiva para los interesados en adelantar proyectos urbanísticos o de infraestructura en las zonas en amenaza alta y media por incendio forestal, en los siguientes términos:

“Artículo 114. Lineamientos para la reducción del riesgo por incendio forestal. Para la reducción del riesgo climático por incendio forestal, aumentar la capacidad adaptativa y fortalecer la resiliencia, se define los siguientes lineamientos:

1. En las zonas en amenaza alta y media por incendio forestal los interesados en adelantar proyectos urbanísticos o de infraestructura, deberán considerar en sus diseños y ejecución el manejo adecuado de especies pirófitas. Para el efecto, el Jardín Botánico definirá los lineamientos para silvicultura preventiva por incendio forestal dentro de los dos años siguientes a la entrada en vigencia del presente Plan, con el apoyo del IDIGER y la Secretaría Distrital de Ambiente.

Página 3 de 6 17 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-17 • 2023 • OCTUBRE • 13 Resolución No. 01910

2. Las zonas afectadas por incendios forestales en el Distrito Capital deben ser objeto de acciones para la rehabilitación, recuperación o restauración ecológica, según sea el caso, acorde con el tipo de ecosistema afectado; para ello, los propietarios de los predios, o la entidad pública que los tenga en administración, tenencia o custodia, serán los responsables de emprender las acciones respectivas.

3. La Unidad Administrativa Especial Cuerpo Oficial de Bomberos de Bogotá adelantará las acciones requeridas para la gestión, construcción y puesta en funcionamiento de una estación de Bomberos en Sumapaz, como uno de los nodos regionales de Bomberos en la cuenca del río Bogotá; que incluya la identificación y delimitación de las instalaciones de dotación e infraestructura requerida para la preparación y la ejecución de respuesta a emergencias por incendios forestales.

4. Para las zonas de servidumbre de líneas de media y alta tensión, se limita el empleo de la vegetación a aquellas que, por su porte, crecimiento lento y robustez, tiene menor posibilidad de contacto con los conductores de energía, así como especies catalogadas como de baja inflamabilidad.”

En este sentido, se conformó una mesa de trabajo con las entidades involucradas en el tema (JBB, SDA, IDIGER y CAR), en la cual se adelantaron ocho sesiones para la retroalimentación en la estructuración y consolidación de los lineamientos para silvicultura preventiva por incendio forestal, en relación con el manejo de especies pirófitas en el marco de proyectos urbanísticos o de infraestructura.

Finalmente, en la sesión ordinaria del 16 de diciembre de 2022 de la CDPMIF y en reunión del 23 de febrero de 2023 con la Secretaria Distrital de Ambiente, el JBB presentó los lineamientos para silvicultura preventiva por incendio forestal, los cuales fueron avalados.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1°.

Objeto. Adoptar los lineamientos para silvicultura preventiva por incendio forestal para el manejo de especies pirófitas en el marco de proyectos urbanísticos o de infraestructura, los cuales hacen parte integral del presente acto administrativo.

Artículo 2°.

Ámbito de aplicación. Será aplicable a promotores o ejecutores de proyectos de infraestructura y construcción que, mediante actuaciones urbanísticas o intervenciones integrales

Página 4 de 6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-18 • 2023 • OCTUBRE • 13 18 Resolución No. 01910 del espacio público generen estrategias para la conformación paisajística y ambiental, que permitan prevenir incendios forestales o su propagación.

Artículo 3°.

Publicación. Publicar la presente Resolución en el Registro Distrital y en Boletín Legal de la Secretaría Distrital de Ambiente.

Artículo 4°.

Vigencia. La presente Resolución rige a partir del día siguiente a su publicación.

Artículo 5°.

Anexo. Hace parte integral de la presente resolución el detalle técnico de las actividades de silvicultura preventiva definidas en los lineamientos.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá a los 11 días del mes de octubre del 2023 CAROLINA URRUTIA VASQUEZ SECRETARÍA DISTRITAL DE AMBIENTE Anexos: Detalle técnico de las actividades de silvicultura preventiva definidas en los lineamientos.

Elaboró:

Página 5 de 6 19 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-19 • 2023 • OCTUBRE • 13 Resolución No. 01910 YESENIA DONOSO HERRERA CPS: DIRECTORA DE LEGAL AMBIENTAL FECHA EJECUCIÓN: 05/10/2023 Revisó:

CAROLINA URRUTIA VASQUEZ CPS: FUNCIONARIO FECHA EJECUCIÓN: 10/10/2023 Aprobó: Firmó:

CAROLINA URRUTIA VASQUEZ CPS: FUNCIONARIO FECHA EJECUCIÓN: 11/10/2023 Página 6 de 6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-20 • 2023 • OCTUBRE • 13 20 LINEAMIENTOS PARA SILVICULTURA PREVENTIVA POR INCENDIO FORESTAL Fuente: NatGeo 2019. Getty Images. Cortafuego MANEJO DE ESPECIES PIRÓFITAS EN EL MARCO DE PROYECTOS URBANÍSTICOS O DE INFRAESTRUCTURA Subdirección Científica Jardín Botánico José Celestino Mutis Fuente: NatGeo 2019. Paulo Guillerme Molina. Aclareos y rehabilitación o recuperación ecológica 21 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-21 • 2023 • OCTUBRE • 13 Tabla de contenido

1. Introducción ........................................................................................................................ 3
2. Contexto ............................................................................................................................. 4
3. Marco conceptual ................................................................................................................ 5 3.1.
Plantas pirófitas........................................................................................................... 5 3.2. Silvicultura................................................................................................................... 6 3.3. Silvicultura preventiva.................................................................................................. 7 3.4. Reducción del riesgo por incendio forestal................................................................... 8 3.5. El fuego en el Distrito Capital....................................................................................... 9 3.5.1. Experiencia con coberturas de plantaciones forestales......................................... 9 3.5.2. Experiencia en la contención, control, mitigación y erradicación de retamo espinoso y retamo liso......................................................................................................................10
4. Lineamientos de silvicultura preventiva de especies pirófitas .............................................12 4.1.
Zona de interfaz urbano forestal.................................................................................13 4.2. Zonas aledañas a vías y caminos...............................................................................14 4.3. Zonas que requieren manejo, control o erradicación de retamo espinoso o retamo liso

15 4.4. Zonas con plantaciones forestales - Control o eliminación de la continuidad del combustible al interior............................................................................................................15
5. Detalle técnico de las actividades de silvicultura preventiva definidas en los lineamientos 16 5.1.
Podas.........................................................................................................................17 5.2. Raleos........................................................................................................................18 5.3. Aclareos......................................................................................................................19 5.4. Barrera cortafuego o cortacombustible.......................................................................20 5.5. Barreras verdes corta fuego con especies nativas de baja inflamabilidad...................20 5.6. Manejo de residuos o combustible muerto..................................................................21 5.6.1. Acciones mecánicas para disminuir el tamaño del combustible...........................22 5.6.2. Extracción y aprovechamiento de los residuos o combustibles de mayor tamaño23
6. Medidas o acciones complementarias ...............................................................................23 6.1.
Rehabilitación o recuperación ecológica.....................................................................23 6.2. Estrategias de rehabilitación o recuperación ecológica con especies nativas de baja inflamabilidad........................................................................................................................24 6.3. Propagación incendios subterráneos..........................................................................26 6.4. Componente antrópico: fuego y disturbio....................................................................26
7. Glosario .............................................................................................................................27
8. Documentación consultada ................................................................................................31 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-22 • 2023 • OCTUBRE • 13 22

1. Introducción

La ciudad de Bogotá D. C. presenta una dinámica de ocupación y configuración del territorio que, en sus inicios, careció de planeación en cuanto a la gestión ambiental se refiere, lo que generó un deterioro muy importante de los ecosistemas sobre los cuales se ha desarrollado la urbe y que ha conllevado a una importante pérdida en la biodiversidad regional (SDA y CI, 2010).

Hasta el día de hoy, han sido múltiples los disturbios de origen antrópico generados en los ecosistemas que originalmente han hecho parte del territorio, hoy conocido como la ciudad de Bogotá, los cuales son producto de sus procesos de ocupación y transformación, como la demanda de bienes y servicios ecosistémicos por parte de la población que la habita, entre los que se encuentran la extracción de madera y minería, con el fin de obtener materias primas para la construcción; ampliación de lo urbano a costa de la disminución significativa de los bosques, desecación de humedales, canalización de ríos y quebradas; y avance de la frontera agrícola, entre otros.

Todas estas actividades humanas generaron modificaciones significativas en las coberturas y en las condiciones generales de las áreas, con afectación de las características físicas y químicas del suelo, y desaparición de fuentes de agua, entre otros impactos. Para los años 40, a raíz de las actividades antes descritas, los cerros orientales y buena parte del altiplano estaban, en gran medida, desprovistos de cobertura vegetal nativa y se empezaron a evidenciar problemáticas ambientales como: deslizamientos, pérdida de nacimientos de agua y humedales, entre otros.

Al observar estas circunstancias, y con el auge de la reforestación desde finales de los años 50 y comienzo de los 60, se empezaron a desarrollar acciones con el fin de generar condiciones de ordenamiento y desarrollo de una ciudad más moderna, donde se adelantaron varios procesos de arborización o reforestación, centrados principalmente en especies exóticas reconocidas por su rápido crecimiento y su resistencia a condiciones adversas, como suelos pobres en nutrientes, zonas escarpadas y contaminadas.

En el marco de estos procesos de reforestación se plantaron en los cerros orientales: eucaliptos (Eucalyptus globulus), cipreses (Cupressus lusitánica), acacias (Acacia spp.), pinos (Pinus patula y Pinus radiata) y araucarias (Araucaria spp.); los cuales se desarrollaron básicamente en las laderas. Por su parte, el retamo espinoso (Ulex europaeus) y el retamo liso (Genista monspessulana) son especies de origen europeo, que llegaron a Colombia hacia los años 50, como una medida para el control de la erosión y la generación de cercas vivas (Resolución 684 de 2018 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS) y Peri, Martínez y Schlichter, 2021).

En lo que respecta a la arborización urbana, se introdujeron desde los años 30 especies como: falsos pimientos (Schinus molle) y urapanes (Fraxinus chinensis); posteriormente, en los años 80 y 90, especies como: jazmínes del Cabo (Pittosporum undulatum), jazmínes de la China (Ligustrum lucidum), liquidámbares (Liquidambar styraciflua), álamos (Populus nigra), cerezos (Prunus serotonina) y floramarillo (Tecoma stans), entre muchas otras especies (Corzo, 2006; Peri, Martínez y Schlichter, 2021).

Este contexto es importante para comprender la dinámica de transformación histórica de los ecosistemas que hacen parte del Distrito Capital, en donde la introducción de especies exóticas, algunas de ellas pirófitas, ha sido la más impactante; esto ha significado cambios en las dinámicas ecológicas tales como los ciclos de nutrientes y de agua, las características 23 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-23 • 2023 • OCTUBRE • 13 fisicoquímicas del suelo; condiciones biofísicas que, sumadas a las socio culturales, favorecen la ocurrencia y propagación de incendios forestales (Cárdenaz, Baptiste y Castaño, 2017).

Este documento presenta, de forma resumida, información relacionada con silvicultura preventiva, el contexto del fuego en la ciudad y los lineamientos u orientaciones de carácter general para los interesados en adelantar proyectos urbanísticos o de infraestructura en áreas con amenaza alta y media por incendio forestal, quienes deberán considerar tales lineamientos, tanto en el diseño como en la ejecución de la obra, con el fin de realizar un manejo adecuado de las especies pirófitas.

La reducción de riesgos por incendios forestales debe enfocarse en silvicultura preventiva, específicamente en la ruptura de la continuidad y la disponibilidad del combustible generado principalmente por las coberturas vegetales asociadas a plantas pirófitas identificadas; así mismo, se recomienda acompañar el proceso con la implementación de estrategias de rehabilitación o recuperación ecológica.

El presente documento está dirigido a promotores o ejecutores de proyectos de infraestructura y construcción que, mediante actuaciones urbanísticas o intervenciones integrales del espacio público, generen estrategias para la conformación paisajística y ambiental, que permitan prevenir incendios forestales o su propagación, lineamiento fundamental para avanzar en la consolidación del ecourbanismo en la ciudad de Bogotá.

Al final del documento se encuentra un glosario que puede ser consultado para facilitar la comprensión de algunos términos de carácter técnico.

2. Contexto

El Distrito Capital cuenta con un mapa de amenaza por incendios forestales, el cual se ha venido desarrollando desde hace varios años, inicialmente por parte del Fondo de Prevención y Atención de Emergencias (FOPAE), hoy Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático (IDIGER), con documentos como: “Zonificación de riesgo por incendio forestal y diseño de las medidas preventivas y operativas para los Cerros Orientales de Bogotá” (2002), “Actualización de la zonificación de riesgo por incendio forestal y diseño de las medidas preventivas y operativas para los Cerros Orientales de Bogotá D.C. ” (2010) y “Elaboración del mapa de amenaza por incendio forestal para el suelo rural del Distrito Capital” (Convenio suscrito con la Universidad Distrital Francisco José de Caldas en el año 2014).

Esta entidad, posteriormente, realizó la actualización del mapa de amenaza por incendios forestales para la zona rural de Bogotá Distrito Capital y el Parque Ecológico Distrital de Montaña Entrenubes. Esta actualización se basó en la metodología utilizada por el IDEAM, la cual realiza un análisis inicial de la amenaza y vulnerabilidad, para definir el nivel de riesgo, a partir del análisis de: i) parámetros climáticos bajo condiciones normales, relieve, accesibilidad, susceptibilidad de la vegetación y, ii) ocurrencia histórica, como variables que le confieren al territorio mayor o menor probabilidad de ser afectado por incendio forestal.

La vulnerabilidad frente a los incendios forestales se puede definir a partir de variables como el tipo de vegetación o la carga total del combustible, entre otras. Teniendo en cuenta esto, se hace necesario generar lineamientos para las Zonas de interfaz urbano-forestal, enfocados en la prevención de incendios a través del manejo silvicultural de la vegetación, con un énfasis en especies pirófitas, tal y como se estipula en el artículo 114 del Decreto 555 del 2021.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-24 • 2023 • OCTUBRE • 13 24 Finalmente, la revisión de los diseños para la implementación de los lineamientos en la reducción del riesgo por incendio forestal elaborados por los propietarios de los predios, o la entidad pública que los tenga en administración, tenencia o custodia, se realizará según lo establecido en el artículo 2 de la Resolución de la SDA 6563 de 2011 “Por la cual se dictan disposiciones para la racionalización y el mejoramiento de trámites de arbolado urbano” o aquella que la modifique o sustituya. En los casos que sean requeridos permisos, registros o autorizaciones se deberán solicitar ante la autoridad ambiental correspondiente.

3. Marco conceptual

3.1. Plantas pirófitas Los ecosistemas que evolucionaron bajo regímenes de fuego con un patrón especifico, generalmente se componen de especies animales y vegetales que desarrollaron estrategias para sobrevivir a esta dinámica y garantizar la persistencia de su especie. Para el caso de las plantas, se les denomina pirófitas, son aquellas que han evolucionado en un ecosistema con ecología del fuego y se han adaptado de tal forma que, en muchos casos, los incendios forestales terminan beneficiándolas. En este contexto, para el caso de Bogotá, las especies pirófitas presentes corresponden únicamente a exóticas provenientes de ecosistemas temperados, ya que los ecosistemas andinos no son dependientes ni asociados a eventos de fuego recurrentes y, por tanto, su vegetación no genera un riesgo por sí misma en la propagación o generación de incendios.

Según sus adaptaciones o estrategias para sobrevivir a los incendios forestales, las especies pirófitas se han clasificado en cinco categorías:

Tabla 1. Clasificación de las plantas pirófitas, según sus adaptaciones y características.

Tipo de Adaptación Características Resistentes (Resitant)

Se les conoce como resistente a las especies que pueden sobrevivir a incendios moderados o de baja intensidad con poco o ningún daño. Alguna adaptación de especies resistentes puede incluir: corteza gruesa para protegerse del fuego, raíces profundas, desprendimiento de sus ramas más bajas para evitar que el fuego dé la escalada; agujas húmedas y cortas o hojas que son difíciles de quemar.

Germinadores (Sprouters)

Son las especies que resisten el fuego. Sus raíces, troncos, ramas o la corona rebrotan después de una quemadura. Muchos arbustos son germinadores. Algunas de estas especies también tienen semillas sin cáscara dura y dependen del fuego para abrirse. Mientras que la planta madre puede ser herida en un incendio, los nuevos brotes son capaces de crecer en suelos ricos en nutrientes y tienen menos competencia.

Sembradores (Seeders)

Especies adaptadas para evadir el fuego por el derramamiento de gran cantidad de semillas que brotan después de un incendio. Estos brotes crecen de los ricos nutrientes reciclados en el suelo. Justo después de un incendio, es momento ideal para que esta planta pueda dispersar sus semillas porque hay más espacio para crecer y menos competencia por recursos como la luz solar, el agua y los nutrientes. Muchas plantas de este tipo dependen del fuego para crear el hábitat necesario para que sus semillas germinen y crezcan. Sembradoras no son invasoras, porque ya habitaban la zona antes del incendio y su población no se propaga tan rápidamente como las invasoras.

25 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-25 • 2023 • OCTUBRE • 13 Invasores (Invaders)

Los invasores se encargan de áreas recién quemadas. Sus poblaciones son limitadas o desconocidas antes de un incendio. Tienden a tener semillas que son altamente dispersadas por el viento, los animales y las personas. Muchos invasores son malas hierbas que se hacen cargo de las áreas después de disturbios tales como incendios, inundaciones o el desarrollo urbano.

Evasores Esta es el tipo menos adaptado a los incendios, ya que crecen en zonas donde estos eventos no ocurren con frecuencia. Son típicamente encontrados en áreas cercanas al agua o en zonas elevadas. Evasores son especies de sucesión tardía, por lo que no se encuentran en las zonas recién quemadas. Tienen una corteza delgada, raíces poco profundas y gran cantidad de resina que puede ayudar a la propagación del fuego. Pocos evasores sobreviven a incendios de alta intensidad. Fuente: Bond y van Wilgen, 1996.

Algunas especies de animales también dependen de los incendios para que plantas de las cuales se alimentan, puedan crecer y mantener gran diversidad en el hábitat. Es importante recordar que estas adaptaciones son evoluciones; se dan en ecosistemas con regímenes naturales de fuego, durante miles de años, los cuales se encuentran distribuidos en zonas muy específicas del planeta, con características climáticas muy particulares, como lo son el mediterráneo y los bosques de coníferas, como los ubicados entre Estados Unidos y Canadá.

Aunque el fuego puede ser un mecanismo natural en muchos ecosistemas, las acciones humanas han alterado los regímenes naturales (Cochrane, 2009), llevando a una pérdida de la capacidad de los ecosistemas para proveer servicios ecosistémicos que, a su vez, ayuden a reducir la intensidad, magnitud y propagación de incendios catastróficos (Depietri y Orenstein, 2019). Sumado a este fenómeno, las acciones contrarias, como la extinción de los fuegos, altera profundamente los mecanismos de cicatrización o las sucesiones ecológicas que restauran de forma natural los ecosistemas con ecología del fuego (Bond y Keane, 2017).

Dado que las dinámicas ecológicas y de los incendios han cambiado, y los incendios forestales cada día aumentan en severidad e impacto, se han venido desarrollando acciones con el fin de prevenir, controlar o mitigar sus impactos, y estas actividades han partido de los avances técnicos de la silvicultura, por lo que es necesario entender su concepto y su trasformación hacia la silvicultura preventiva.

3.2. Silvicultura La definición de silvicultura ha sufrido modificaciones a lo largo del tiempo. Inicialmente, se consideraba todo un arte y a medida que se ha ido tecnificando e investigando, se ha transformado en una ciencia que hace parte de las forestales.

Para Ford-Robertson (1971), la silvicultura era la ciencia y el arte de cultivar el bosque y sus posibles productos, con base en sus conocimientos de la historia de vida y las características generales de los árboles y rodales, especialmente, las características de sitio. Posteriormente, Lamprecht (1990) no define la silvicultura en general, sino su papel en el manejo de bosques anteriormente no manejados, considerándolo como un proceso de domesticación, o "todas las medidas tendientes a incrementar los rendimientos económicos de los rodales, hasta alcanzar cuando menos un nivel que permita su manejo sostenible no deficitario".

En Latinoamérica, la silvicultura ha tenido desarrollos muy fuertes en México, Argentina, Brasil, Uruguay y Chile; este último, con grandes desarrollos técnicos y científicos, y entidades como la REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-26 • 2023 • OCTUBRE • 13 26 Comisión Nacional Forestal (CONAFOR) de México y la Corporación Nacional Forestal (CONAF) de Chile, la definen como aquellas actividades que se encargan del cultivo y mantenimiento de los bosques. Su objetivo principal es la conservación del ambiente mediante el cultivo de bosques y mejorar la producción y el mantenimiento de pastos para el ganado (CONAF, 2006).

La definición más reciente encontrada indica que, la silvicultura es una ciencia que analiza el manejo de los bosques y diseña las técnicas o herramientas (tratamientos silvícolas) que se aplican a las masas forestales para poder obtener de ellas una producción prolongada y sostenible de bienes y servicios ecosistémicos demandados por la sociedad (Peri, Martínez y Schlichter, 2021).

En las anteriores definiciones se identifican objetivos similares, los cuales se centran en realizar un correcto manejo de las plantaciones forestales y los bosques naturales, con el fin de garantizar su sostenibilidad y los servicios ambientales, pero sus actividades dependen significativamente del tipo de bosque o plantación forestal que se vaya a manejar; por eso, se han generado líneas de la silvicultura como la urbana, en donde la ciudad de Bogotá tiene experiencia.

En este contexto, es importante mencionar que, aunque el término silvicultural es ampliamente utilizado en Colombia, no hay una definición específica para el país, pero hay todo un contexto de desarrollo e implementación, el cual es abordado por el Ingeniero Luis Jairo Silva, en su artículo “La silvicultura y el desarrollo socioeconómico”, en donde lo resume de la siguiente manera:

“La silvicultura en Colombia ha ido evolucionando desde el manejo sostenido de los bosques naturales que realizaban los indígenas en forma empírica, pasando por la silvicultura creada por los europeos, principalmente alemanes, quienes influyeron en las escuelas forestales del país; las plantaciones comerciales a mediados del siglo pasado, debido al aumento de la demanda de productos con características homogéneas y a la escasez de los bosques naturales; la agroforestería o agrosilvicultura, que es el rescate de las prácticas indígenas aplicadas en las áreas de vocación forestal para garantizar la sostenibilidad de estos ecosistemas; hasta la silvicultura o arboricultura urbana, que nace de la alta concentración de la población humana y la necesidad de disminuir la contaminación mediante los beneficios ambientales que ofrecen los árboles y los bosques en las ciudades.” (Silva-Herrera, 2006, p. 217).

3.3. Silvicultura preventiva A partir de lo mencionado, específicamente para el tema de incendios forestales, a nivel mundial se ha venido generando una línea dedicada a la reducción del riesgo por este fenómeno, desde diferentes contextos, dado que en algunas partes del mundo es natural que se presenten estos eventos y los ecosistemas han evolucionado para sobrevivir; mientras que en otros, como es el caso de los ecosistemas andinos, es una situación con origen diferente al natural, que pone en riesgo, no solo la infraestructura y la vida humana, sino la biodiversidad y el funcionamiento de los ecosistemas (CONAF, 2006, 2010, 2020).

Mediante las técnicas de la silvicultura preventiva desarrolladas en el Mediterráneo y en países latinoamericanos como Chile y México, se busca principalmente mitigar la ocurrencia y efectos de los incendios forestales, para lo cual se ha desarrollado investigación, se han implementado estrategias y se ha hecho seguimiento y evaluación.

27 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-27 • 2023 • OCTUBRE • 13 A partir de este proceso, y con el fin de mejorar las condiciones que afectan a los ecosistemas y las actividades antrópicas, esos países han generado otros beneficios que tienen que ver con el correcto manejo del material combustible, los cuales han facilitado su adopción por parte de las comunidades aledañas a las zonas de riesgo y que potencian los procesos de recuperación o restauración, como: i) aportar mayor estabilidad a la estructura del suelo, ii) aumentar su contenido de humus, iii) aportar fertilización orgánica y, iv) obtener materias primas secundarias (CONAF, 2006, 2010, 2020).

La estabilidad del suelo está asociada con la resistencia contra los procesos erosivos, el aumento de la capacidad de retención de humedad y el aumento de la masa y actividad radicular. Otros beneficios son: i) el aumento del contenido de humus o materia orgánica, ii) relacionado con el aumento de la actividad microbiana, iii) el aumento de la fertilidad natural del suelo, iv) mayor resistencia a los fenómenos de sequía y, v) mayor resistencia de las especies vegetales a plagas y enfermedades. Por su parte, la fertilización orgánica permite obtener un potencial de ganancia mediante el uso e incorporación de los residuos forestales al suelo y disminuir, en consecuencia, drásticamente la necesidad de efectuar labores de fertilización mineral (CONAFOR, 2010).

Por último, la bibliografía cita que en países como Chile, la obtención de materias primas secundarias, como su nombre lo indica, tiene por finalidad dar valor agregado a los residuos producto del manejo silvícola que, si bien es cierto, puede que no se constituya en una significativa fuente de ingresos para los propietarios forestales, cumple un rol social importante en las comunidades aledañas a las áreas de producción, al permitirles utilizar estos residuos para la satisfacción de necesidades básicas, con lo que se lograría una simbiosis (empresascomunidad) que redundaría en la protección de los recursos forestales, debido a la existencia de ganancias mutuas (CONAFOR, 2010).

La conjugación de estos objetivos llevará, sin lugar a duda, a obtener una mayor protección de los ecosistemas frente a los incendios forestales y sus efectos, y aportaría a mejorar ciertas condiciones del suelo y actividades antrópicas, como la agricultura, el reintegro de nutrientes y la provisión de algunas materias primas.

En el contexto de Bogotá, a partir del correcto manejo del residuo de las actividades de silvicultura preventiva, este se puede utilizar en la elaboración de estructuras o puede ser compostado; con este último, se obtiene materia orgánica para mejorar las condiciones del suelo o puede ser usado en las camas de los viveros, o para agregar al suelo en los procesos de rehabilitación o recuperación de áreas degradadas, por ejemplo, en zonas de minería. De igual manera, los residuos de mayor tamaño pueden usarse, dependiendo de la especie de la que provengan y del tipo de desarrollo que tengan, para la adecuación de senderos ecológicos, la construcción de perchas o de refugios para fauna.

3.4. Reducción del riesgo por incendio forestal Las estrategias internacionales, principalmente desarrolladas en los países del mediterráneo y Norte América, direccionan sus acciones de reducción del riesgo por incendio forestal hacia el manejo de la vegetación como combustible, ya que es uno de los tres componentes del triángulo del fuego (combustible, calor y oxígeno).

El factor determinante de los incendios forestales es la disponibilidad de combustible; a partir de esto, se ha identificado que algunas de las especies pirófitas tienen altos valores de inflamabilidad. Estudios como el de Mata et al. (2005), desarrollaron mapas de modelos de combustible e inflamabilidad, donde se identificaron cuáles son los combustibles de mayor REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-28 • 2023 • OCTUBRE • 13 28 relevancia y se determinaron acciones de mitigación, tales como las citadas a continuación; no obstante, estas acciones pueden ser aplicables a cualquier material vegetal, debido a la condición que tienen de ser combustible:

 Riego en épocas secas, con el fin de aumentar su humedad y, así, disminuir su inflamabilidad.  Manejo y control del residuo o combustible.  Control de la cobertura o erradicación, en casos extremos.  Prohibición de quemas controladas en épocas secas.  Prohibición de plantación de ciertas especies con características que aumenten el riesgo de incendio.  Generación de espacios libres de vegetación o combustible – Barreras corta fuego.  Generación de parches de vegetación de baja inflamabilidad o con características de retención de agua, a modo de barrera viva corta fuegos o cinturón verde.

3.5. El fuego en el Distrito Capital A medida que aumenta la ocupación de los territorios y estos se van fragmentando, los análisis ecosistémicos deben ser ampliados; una de las estrategias con las cuales se viene realizando, es a partir de la definición de socioecosistemas, entendiendo esta como una unidad 'bio-geofísica' junto con sus actores sociales asociados e instituciones, que busca generar relaciones más armónicas entre la naturaleza y los factores socioeconómicos y culturales.

3.5.1. Experiencia con coberturas de plantaciones forestales Es fundamental entender que el fuego es un fenómeno que puede formar parte de la dinámica de un socioecosistema, más aún en el contexto de la ciudad de Bogotá, en donde convergen gran variedad de culturas, costumbres y usos del suelo, sumado a las múltiples problemáticas sociales que se aglomeran. La ciudad presenta un marcado mosaico de vegetación, en donde se entremezclan coberturas vegetales nativas del bosque alto andino y subpáramo, acompañadas de especies exóticas con características de respuesta muy variables frente al fuego. Entre las más representativas y que están asociadas en mayor medida con eventos de fuego se encuentran, los bosques de pino (Pinus patula), bosques de eucalipto (Eucaliptus globulus), matorrales de retamo (Ulex europeaus), plantaciones de Acacia (Acacia decurrens), helechales, pastizales, entre otras.

Existe una gran cantidad de especies exóticas en Colombia que, si bien no tienen una relación tan estrecha con los incendios forestales, sí generan diferentes afectaciones que pueden llegar a alterar los regímenes de disturbio. Si se desea profundizar más en este tema, se pueden consultar textos como el “Catálogo de especies invasoras del territorio CAR” (2015) o el “Plan nacional para la prevención, el control y manejo de las especies introducidas, trasplantadas e invasoras” (2011).

La entremezcla de factores, sociales y naturales, requiere de un análisis más amplio que contemple alcanzar una visión holística del fenómeno del fuego, para ir más allá de la simple supresión, siendo este el manejo actual de los incendios forestales en Colombia y principalmente en la ciudad de Bogotá (Quiroga y Santiago, 2019). Para entender la dinámica de fuegos en el Distrito Capital, es importante identificar los factores que los generan, entre ellos, el más analizado en el mundo, es la identificación de los combustibles. Dado que los ecosistemas 29 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-29 • 2023 • OCTUBRE • 13 altoandinos no presentan condiciones dependientes al fuego, por su temperatura y alta humedad, su paso a ser sensibles, tiene que ver con la disponibilidad de combustibles.

En un estudio realizado en el Parque Ecológico Distrital de Montaña Entrenubes, el cual provee una mezcla de coberturas suficiente como para interpretar la dinámica de fuego, se obtuvieron los siguientes resultados (Quiroga y Santiago, 2019, p. 3-4):

En la identificación del complejo de combustibles en el parque, se definieron diferentes coberturas vegetales de especial interés para estudios de manejo del fuego, como plantaciones de pino (Pinus patula, Pinus radiata), de eucalipto (Eucaliptus globulus), pastizales (Pennisetum clandestinum), matorrales de retamo espinoso (Ulex europaeus), helechales (Pteridium aquilinum) y vegetación nativa típica del bosque alto andino. El 50% de estas coberturas vegetales son foráneas (pino, eucalipto, retamo espinoso y pastizales) y tienen atributos para la generación de incendios de severidad baja, mixta o alta (Jardel-Peláez, 2014; Skolmen y Ledig, 1990; Tapias, Bertomeu, Gil y Pardos, 1997). Estas especies poseen alta capacidad de reproducción y de persistencia ante perturbaciones, especialmente fuego y tala, además de una alta competitividad sobre las especies nativas, y presentan grandes atributos pirogénicos: para el caso de Bogotá, el retamo espinoso se ha convertido en un grave problema a la hora de su erradicación.

En este ecosistema, las plantaciones de pino están principalmente representadas por la especie Pinus patula, la cual posee atributos de adaptación al fuego, entre los que se encuentran la resistencia a incendios superficiales de baja intensidad y cortezas resistentes que protegen el cambium de las altas temperaturas (Rodríguez-Trejo y Fulé, 2003). Así mismo, las plantaciones de eucalipto de la especie Eucaliptus globulus poseen atributos que los relacionan con la presencia de incendios periódicos en Australia, como son las resinas altamente inflamables y la resistencia de sus fustes debido a una prominente corteza (Ashton, 1981).

De este estudio, se obtienen varias conclusiones para la definición de estrategias que deben ser la base para la formulación de lineamientos de silvicultura preventiva para el manejo de especies pirófitas, que permitan prevenir la ocurrencia de incendios forestales en el Distrito Capital. La primera de ellas tiene que ver con las coberturas de plantas exóticas y exóticas invasoras que, junto con las acciones antrópicas, generan un alto potencial de incendios forestales, gracias a que cuentan con la disponibilidad de combustible acumulado y, la segunda, relacionada con implementar acciones para prevenir el fuego, direccionadas a controlar o erradicar la disponibilidad de estos combustibles, romper con su continuidad por medio de múltiples estrategias, algunas de ellas ya implementadas con antelación, a partir de las experiencias de silvicultura preventiva desarrolladas en países europeos y de Latinoamérica como México y Chile (Quiroga y Santiago, 2019).

3.5.2. Experiencia en la contención, control, mitigación y erradicación de retamo espinoso y retamo liso Los mayores desarrollos y esfuerzos adelantados por diferentes entidades en el Distrito Capital, frente a la prevención de incendios forestales, datan desde finales de los años 90, con la investigación e identificación de las características pirófitas del retamo espinoso (Ulex europaeus) y el retamo liso (Genista monspessulana).

Actualmente, no se tienen datos exactos de la introducción de U. europaeus en el contexto nacional, sin embargo, se cree que la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá (EAAB- ESP) la introdujo a finales de la década de 1950, como estrategia de control de la erosión para el Embalse de La Regadera (Barrera Cataño et al., 2002; Ríos, 2005; Barrera-Cataño, 2011). Para el caso del retamo liso, en 1997 se reportó el uso de la especie por parte de la Corporación REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-30 • 2023 • OCTUBRE • 13 30 Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), en plantaciones mixtas con Acacia decurrens en el Embalse de Tominé (Guatavita), Simijaca, Zipaquirá y Madrid (Cundinamarca) (Alarcón et al., 1997). Ambas especies son valoradas por las comunidades debido a los servicios que proveen o por su uso ornamental, aunque desde noviembre de 2009 está prohibida la plantación, el trasplante, la venta, la distribución y la comercialización de estas especies (Resoluciones CAR 469 de 2009 y SDA 7615 de 2009). El retamo espinoso tiene una valoración social en algunas partes de Bogotá como cerca viva muy eficiente, y el retamo liso, por su floración durante todo el año, gusta mucho en jardinería; estas situaciones dificultan su control y erradicación.

Dado que son especies desarrolladas en condiciones adversas propias del Mediterráneo en las que los suelos son muy degradados y hay épocas de sequía y altas temperaturas, tales especies hacen parte de un régimen de fuegos muy claro que les han conferido capacidad muy evolucionada para sobrevivir a los incendios forestales, por lo que desarrollan múltiples estrategias que, en las condiciones de los ecosistemas andinos colombianos, se potencian. Dicho potencial aumenta al contar con espacios generados por el régimen de disturbios antrópicos como el avance de la frontera agrícola, los fuegos preparatorios del terreno, la tala masiva de los bosques y la ganadería, entre otros.

Durante los últimos 20 años, la Secretaría Distrital del Ambiente (SDA), en convenio con entidades como el Jardín Botánico José Celestino Mutis, el Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático (IDIGER), el Instituto Distrital de Recreación y Deporte (IDRD), la EAAB-ESP, grupos de investigación de las universidades (Universidad Nacional de Colombia y Pontificia Universidad Javeriana principalmente) y organizaciones no gubernamentales, entre otros, ha documentado las experiencias obtenidas del manejo experimental de estas especies exóticas invasoras, lo cual suministró las bases técnicas del Protocolo Distrital de Manejo de Retamo espinoso y liso, que fue tenido en cuenta durante las mesas técnicas previas a la expedición de la Resolución 684 de 2018 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS) "Por la cual se establecen lineamientos tanto para la prevención y manejo integral de las especies de Retamo Espinoso (Ulex europaeus L.) y Relamo Liso (Genista monspessulana (L.) L.A.S. Johnson) como para la restauración ecológica, rehabilitación y recuperación de las áreas afectadas por estas especies en el territorio nacional y se adoptan otras determinaciones".

La citada Resolución tuvo en cuenta los resultados de investigación sobre el control del retamo espinoso y liso, presenta varias estrategias y la necesidad de definir con claridad las intervenciones, pues es inviable económicamente erradicar todos los parches de retamo, así que dichas intervenciones deben ser priorizadas para realizar el control de la expansión de las zonas ocupadas por estas especies invasoras.

En la figura 1, se puede observar el desarrollo del procedimiento de manejo diferencial y control de retamo espinoso y liso, desarrollado por la SDA, el cual se ha actualizado y complementado a medida que se obtienen mejores resultados; esta versión es la última, en la que se referencia el procedimiento desarrollado en el Centro de Restauración Ambiental (CERESA) que concadena todas las acciones. El mencionado Centro cuenta con zonas de chipeado del material vegetativo, de bioextrusión del material vegetal reproductivo, de compostaje o generación de suelo y se conectan con las actividades del vivero, para generar material vegetal para los procesos de restauración ecológica.

31 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-31 • 2023 • OCTUBRE • 13 Figura 1. Modelo gráfico de control de parches de retamo espinoso y liso Fuente: SDA (2021)

4. Lineamientos de silvicultura preventiva de especies pirófitas

Es importante señalar que los lineamientos de silvicultura preventiva están enfocados al manejo de coberturas de especies pirófitas, tal y como se estipula en el artículo 114 del Decreto 555 del 2021 y tienen como base la documentación consultada, en la que se encontraron experiencias nacionales e internacionales, investigaciones científicas y actividades recomendadas para estos tipos de coberturas.

Las actividades recomendadas son de manejo silvicultural, y se encuentran relacionadas con las contempladas en el Plan de Manejo de la Reserva Forestal Protectora Bosque Oriental de Bogotá y la norma que define la Franja de Adecuación (Resolución 483 de 2005 del MADS), en los cuales se priorizan las actividades de control de las coberturas de especies forestales exóticas y la necesidad de realizar actividades de reemplazo de estas con especies nativas, propias de ecosistemas altoandinos. De igual manera, las actividades referentes al control y manejo de retamo espinoso y retamo liso, están dentro de lo definido por la Resolución 684 de 2018 del MADS.

Por lo anterior, es importante tener en cuenta que los lineamientos son parámetros u orientaciones generales y, para su implementación, será necesario obtener los respectivos permisos de la autoridad ambiental competente, según la jurisdicción; es decir, si se trata de la zona urbana deberán gestionarse ante la Secretaría Distrital de Ambiente, para la zona rural o REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-32 • 2023 • OCTUBRE • 13 32 de expansión urbana ante la CAR, y si se trata del Parque Nacional Natural Sumapaz deben tramitarse ante Parques Nacionales Naturales (PNN). Para esto, se deben elaborar y presentar diseños puntuales de cada intervención, bien sea para el manejo silvicultural de plantaciones forestales o para el manejo de coberturas de retamo espinoso y liso. De igual manera, se deben solicitar, con las entidades correspondientes, las respectivas licencias o permisos para la construcción de urbanizaciones o de infraestructura en áreas de amenaza media o alta de incendio forestal, conforme con la normatividad legal vigente.

La revisión de los diseños para la implementación de los lineamientos en la reducción del riesgo por incendio forestal elaborados por los propietarios de los predios, o la entidad pública que los tenga en administración, tenencia o custodia, se realizará según lo establecido en el artículo 2 de la Resolución de la SDA 6563 de 2011 “Por la cual se dictan disposiciones para la racionalización y el mejoramiento de trámites de arbolado urbano” o aquella que la modifique o sustituya. En los casos que sean requeridos permisos, registros o autorizaciones se deberán solicitar ante la autoridad ambiental correspondiente.

A continuación, se relacionan los lineamientos de silvicultura preventiva con enfoque en el manejo de especies pirófitas, para su aplicación en el marco de proyectos urbanísticos o de infraestructura en zonas en amenaza alta y media por incendio forestal. Posteriormente, en el numeral 5, se explican cada una de las actividades y sus características técnicas. Es importante reiterar que toda intervención sobre la cobertura vegetal puede requerir permisos de la autoridad ambiental, por lo cual corresponde al desarrollador hacer tal verificación y gestionar lo pertinente.

4.1. Zona de interfaz urbano forestal A medida que aumenta la población de la ciudad, está va ampliando sus límites, haciendo que sus bordes urbanos entren en contacto con coberturas vegetales, como plantaciones forestales o matorrales de retamo espinoso, que pueden incrementar el riesgo de incendios forestales (SDA
- AITEC S.A.S., 2017).

Para Bogotá, se construyó una definición de zona de interfaz urbano - forestal, la cual fue aprobada en la sesión 252 de la Comisión Distrital para la Prevención y Mitigación de Incendios Forestales, llevada a cabo el 08 de febrero de 2018, según la cual:

“La interfaz urbano-forestal (IUF) es la zona que se forma del contacto o cercanía entre un área con cobertura vegetal y un espacio edificado” (SDA - AITEC S.A.S., 2017).

Teniendo en cuenta que el presente documento se enmarca en el artículo 114 del Decreto 555 del 2021, los siguientes lineamientos se enfocan en zonas de interfaz urbano-forestal que estén en contacto con vegetación pirófita:

 En la interfaz urbano-forestal se establecerá una faja libre de vegetación o una barrera cortafuegos, cuyo ancho dependerá de la clasificación de amenaza de incendio forestal que posea la zona, conforme al mapa de amenaza elaborado por el Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático - IDIGER. El ancho mínimo, medido en proyección horizontal, será de 10 metros para amenaza baja, 15 metros para amenaza media y 20 metros para amenaza alta.

 Desde la barrera cortafuegos, libre de plantaciones forestales hacia el interior de ésta, se deberán realizar raleos o disminución de la densidad de individuos vegetales, garantizando distancias entre individuos de entre 3 y 5 metros (ver figura 5), de un ancho 33 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-33 • 2023 • OCTUBRE • 13 mínimo de 30 metros para amenaza baja, 55 metros para amenaza media y 80 metros para amenaza alta. Bajo la plantación podrá mantenerse un estrato herbáceo o matorrales nativos de baja densidad.

 Dentro de la planeación y construcción en zonas de expansión urbana, construcción de vivienda rural semi densificada o vivienda rural aislada, se debe plantear una barrera cortafuego, de por lo menos 5 metros, libre de vegetación o combustible entre la estructura o vivienda y la cobertura pirófita. En caso de que la estructura o vivienda esté rodeada de este tipo de coberturas, se debe realizar una barrara cortafuego alrededor de toda esta.

 Con el fin de disminuir la densidad y continuidad del combustible al interior de plantaciones forestales, se deben realizar actividades como podas, raleos y aclareos.

 Se debe hacer el seguimiento y mantenimiento periódico de las labores de silvicultura preventiva realizadas en la zona de interfaz urbano-forestal, por lo menos cada seis meses, con el fin de garantizar la discontinuidad del combustible y que permanezcan libres de desechos domésticos, residuos o cualquier otro tipo de material combustible.

 No se debe contemplar en los diseños paisajísticos de proyectos urbanísticos o de jardines o barreras vivas la utilización de material vegetal pirófito o de alta inflamabilidad, en especial especies como: eucaliptos (Eucalyptus spp.), cipres (Cupressus lusitánica), acacias (Acacia spp.), pinos (Pinus spp.) y araucarias (Araucaria spp.), retamo espinoso (Ulex europaeus) y retamo liso (Genista monspessulana).

 Contemplar en los diseños paisajísticos la perspectiva de Soluciones basadas en la Naturaleza (SbN); plantear jardines con especies nativas (jardinería no convencional), barreras vivas cortafuego o cinturones verdes cortafuego, los cuales pueden ser desarrollados paralelamente a las barreras cortafuego. La escogencia de las especies que harán parte de los arreglos florísticos debe ser consultadas y avaladas por la autoridad ambiental competente, según la jurisdicción.

 Con el fin de reducir la carga de combustible, tanto en la barrera cortafuegos como en las áreas con raleos, se deberá producir y mantener discontinuidad horizontal y vertical de la plantación mediante la ejecución de tratamientos silviculturales como podas.

 El manejo y disposición de residuos vegetales producto de la poda (ramas, acículas, etc.) y árboles volcados se debe realizar de forma técnica y siguiendo lo especificado en el numeral 5 de este documento.

4.2. Zonas aledañas a vías y caminos  A ambos lados de las vías y los caminos se establecerán barreras cortafuegos, con un ancho mínimo de 5 metros para amenaza baja, 10 metros para amenaza media y 15 metros para amenaza alta. La barrera cortafuego deberá producir una discontinuidad horizontal y vertical de la carga de combustible.

 Se debe hacer el seguimiento y mantenimiento periódico de las barreras cortafuego, por lo menos cada tres meses, con el fin de garantizar la discontinuidad del combustible y REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-34 • 2023 • OCTUBRE • 13 34 que permanezcan libres de desechos domésticos, residuos o cualquier otro tipo de material combustible.

 Las barreras cortafuego establecida a orillas de vías y caminos, estarán sometidas a seguimiento y mantenimiento periódico, por lo menos cada tres meses, con el fin de garantizar la discontinuidad del combustible y que permanezcan libres de desechos domésticos, residuos o cualquier otro tipo de material combustible.

 La disposición de los residuos se debe realizar de forma técnica y siguiendo lo especificado en el numeral 5 de este documento.

4.3. Zonas que requieren manejo, control o erradicación de retamo espinoso o retamo liso  Todas las actividades de manejo y control de retamo espinoso, deben seguir las indicaciones técnicas definidas en la Resolución 684 de 2018 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS) "Por la cual se establecen lineamientos tanto para la prevención y manejo integral de las especies de Retamo Espinoso (Ulex europaeus L.) y Relamo Liso (Genista monspessulana (L.) L.A.S. Johnson) como para la restauración ecológica, rehabilitación y recuperación de las áreas afectadas por estas especies en el territorio nacional y se adoptan otras determinaciones".

 En los casos donde se presente invasión de dichas especies, se deben adelantar medidas de manejo integral que permitan la contención, control y mitigación, con el fin de disminuir los impactos negativos que producen.

 En relación con el manejo de residuos vegetales post-corte, la disposición final de ramas, tallos, raíces y semillas, debe adelantarse conforme a los procedimientos presentados en el anexo 3 de la Resolución antes mencionada, con el fin de prevenir la invasión de nuevas áreas por rebrote o dispersión de estas especies.

 Se debe proceder a la rehabilitación o recuperación del área intervenida, de acuerdo con el uso del suelo del sector intervenido y lo establecido en el Plan Nacional de Restauración.

 Para áreas categorizadas con alguna medida de preservación y conservación, y que cuenten con Plan de Manejo Ambiental, toda actividad de manejo de retamo espinoso o retamo liso, deberán estar enmarcadas dentro de las actividades permitidas definidas en dicho documento.

4.4. Zonas con plantaciones forestales - Control o eliminación de la continuidad del combustible al interior Las coberturas de plantaciones forestales se extienden a lo largo del suelo rural, tanto en áreas privadas como públicas como sucede en los Cerros Orientales. Para estas zonas, el manejo no es igual que para la Interfaz Urbano-Forestal, y requiere de unos lineamientos específicos con el fin de garantizar la no continuidad o discontinuidad del combustible, y sería responsabilidad tanto de los entes públicos como privados, dueños de los predios con este tipo de coberturas, en búsqueda de prevenir la generación de incendios forestales.

35 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-35 • 2023 • OCTUBRE • 13 Como primera medida es importante definir para cada predio o área, la presencia de cursos y cuerpos de agua, caminos primarios y secundarios, líneas de alta y baja tensión, entre otros, los cuales se podrán considerar como base para producir la discontinuidad del combustible. Esta evaluación inicial es primordial, ya que estas estructuras se considerarán barreras cortafuego, por lo que de esta depende si se deben realizar acciones complementarias.

 En caso de que no sean significativas las discontinuidades por las estructuras anteriormente definidas, se deben generar fajas o barreras cortafuegos, para generar espacios sin combustible al interior de las plantaciones forestales, entre el ancho mínimo medido en proyección horizontal será de 10 metros para amenaza baja, 15 metros para amenaza media y 20 metros para amenaza alta, produciendo discontinuidad horizontal y vertical de la carga de combustible del arbolado, mediante la ejecución de tratamientos silviculturales tales como podas, raleos u otros que sean necesarios. Su diseño puede ser orientado y será aprobado por la autoridad ambiental competente, según la jurisdicción.

 Estas actividades deben desarrollarse considerando las características propias de cada una de las áreas, así como el tipo de propiedad y principalmente el tipo de especie de plantas pirófitas que compone la plantación forestal o de reforestación.

 La disposición de los residuos se debe realizar de forma técnica y siguiendo lo especificado en el numeral 5 de este documento.

Nota: Todos los lineamientos antes mencionados pueden desarrollarse de forma integrada o de manera individual, pues no son excluyentes, sino que, más bien, se complementan entre sí. Todos están enfocados a que las personas o entidades interesadas en realizar intervenciones en áreas con amenaza media y alta de incendios forestales puedan, por medio de la silvicultura preventiva, evitar la generación o propagación de incendios forestales.

5. Detalle técnico de las actividades de silvicultura preventiva definidas en los lineamientos

La continuidad de los combustibles se analiza tanto de forma horizontal como vertical; la cercanía entre árboles y arbustos con alta inflamabilidad, se convierte en dispersor y alimento para los incendios forestales, por lo que la experiencia adquirida en países con dinámicas de fuego muy desarrolladas, ha determinado diferentes estrategias para romper con la continuidad de los combustibles. Estos pueden ser muertos o vivos, el primero corresponde a la hojarasca muerta en el sotobosque o necromasa y, el combustible vivo es todo aquel que permanece funcional en la planta, sus tallos, ramas y hojas que no han caído.

Los tejidos estructurales de las plantas pirófitas suelen contener sustancias o características que aumentan su inflamabilidad, por lo que los lineamientos de silvicultura preventiva se centran en las coberturas de especies pirófitas identificadas. Por lo tanto, los lineamientos anteriormente definidos, deberán ser seguidos por los interesados en adelantar proyectos urbanísticos o de infraestructura, y considerarlos desde la etapa de diseño hasta la ejecución del proyecto u obra.

A continuación, se presentan las características técnicas de cada una de las actividades mencionadas en el Capítulo 4. Lineamientos de silvicultura preventiva de especies pirófitas. Es importante mencionar que para la totalidad de las actividades que se describen a continuación, REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-36 • 2023 • OCTUBRE • 13 36 es necesario realizar un manejo adecuado de los residuos; dicho manejo se detalla en el numeral 6.6. Manejo de residuos o combustible muerto.

5.1. Podas Las podas se centran en disminuir la conectividad vertical del combustible, al disminuir el tamaño y la cantidad de ramas que podrían entrar en contacto entre sí y con fuegos a nivel del suelo, alimentados por otros combustibles como la hojarasca o arbustos y hierbas secas. Con esta acción, se previene que el fuego pase del suelo a las copas de árboles y, posteriormente, entre copas, ya que el incendio forestal de copa es mucho más veloz y destructivo que un incendio superficial.

Figura 2. Técnica correcta de poda de ramas Fuente: DAGMA (2018)

37 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-37 • 2023 • OCTUBRE • 13 Figura 3. Poda de reducción de copa Fuente: DAGMA (2018)

5.2. Raleos Para el caso de la silvicultura preventiva de incendios forestales, el raleo forestal consiste en disminuir el número de individuos por unidad de área, de tal manera que se distancien entre 3 y 5 metros los individuos con potencial pirófito, para generar discontinuidad horizontal entre los combustibles (Figura 4).

Figura 4. Distancia entre individuos posterior al raleo Fuente: BID y SMA (2000)

Como se observa en la Figura 5, en la interfaz urbano-forestal se plantea que, a continuación de la barrera cortafuego, se realice un raleo en una franja posterior, garantizando que la disponibilidad de combustible sea cada vez menor a medida que se acerca a las zonas construidas, habitadas o con equipamientos urbanos.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-38 • 2023 • OCTUBRE • 13 38 Figura 5. Franja con raleo, posterior a una barrera cortafuego Fuente: CONAF (2018)

5.3. Aclareos Los aclareos son una estrategia para generar reemplazos de coberturas, en donde se generan espacios o claros al interior de las plantaciones forestales o en parches densos de plantas pirófitas, los cuales, dependiendo de las especies que se requiere aclarear, el área que ocupa, el presupuesto y el nivel de riesgo, puede variar entre 100 metros cuadrados, hasta claros de mil metros cuadrados.

Esta actividad, sumada a las podas, genera espacios o claros entre las plantas, que pueden ser aprovechados para retirar el combustible, plantar arreglos mixtos de bosque (Figura 7) en donde se usen plantas con baja inflamabilidad y desarrollar estrategias de rehabilitación o recuperación ecológica, entre otros.

Figura 6. Generación de claros a aclareos al interior de las plantaciones forestales.

Fuente: CONAF (2015)

39 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-39 • 2023 • OCTUBRE • 13 Figura 7. Estrategia de introducción de plantas nativas entre coberturas de plantas con potencial pirófito Fuente: CONAF (2006)

5.4. Barrera cortafuego o cortacombustible El espacio desprovisto de combustible es una estrategia muy utilizada en transiciones entre coberturas vegetales con potencial pirófito y zonas urbanas o de expansión urbana, caminos y carreteras. Al extraer el material combustible, los fuegos llegan hasta la barrera (zona desprovista de vegetación) y no pueden avanzar; desde este punto se inician las actividades de extinción del fuego por parte del personal de bomberos o los combatientes.

El cortafuego es de forma variable, puede rodear la cobertura susceptible a incendios, como una gran plantación de pinos (cinturón cortafuego), o puede ir paralelo a caminos y carreteras; también se usa para rodear viviendas campestres o rurales aisladas.

En la figura 8, se puede observar el desarrollo de varias estrategias como cortafuegos, podas y raleos, todas con el fin de disminuir la continuidad del combustible en plantaciones forestales.

Figura 8. Uso de aclareos, podas y cortafuegos para disminuir la continuidad vertical y horizontal entre el combustible. Fuente: CONAF (2006)

5.5. Barreras verdes corta fuego con especies nativas de baja inflamabilidad REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-40 • 2023 • OCTUBRE • 13 40 Las plantas nativas que componen los bosques andinos tienden a acumular humedad y no generan tanta hojarasca, lo que, sumado a las bajas temperaturas, permite identificarlas como coberturas con menor probabilidad de propagar incendios forestales.

Aunque no hay estudios detallados que definan la inflamabilidad de las coberturas nativas del Distrito Capital, las actividades y el seguimiento realizado a zonas que han presentado incendios forestales como: Futuro Parque Metropolitano La Arboleda, Parque Nacional Enrique Olaya Herrera (PNEOH) Etapa II y Parque Ecológico Distrital de Montaña Entrenubes (PEDMEN), por parte de la Secretaría Distrital de Ambiente (SDA) y el Jardín Botánico José Celestino Mutis (JB), han mostrado que los fuegos originados en coberturas exóticas, al encontrarse con parches consolidados de vegetación nativa, principalmente del bosque altoandino, detienen su avance, ya que esta vegetación actúa como una barrera viva cortafuego, pues no provee combustible suficiente para que avance el incendio.

Lo anterior, también se ha identificado en estudios realizados en España, Chile y México, a partir de lo cual se generó la estrategia de cinturones verdes o setos separativos o, en el Distrito Capital barreras vivas cortafuego o franjas de rehabilitación o recuperación ecológica. En el capítulo 6, se plantean barreras vivas y cinturones verdes enfocados a este tipo de procesos.

Figura 9. Viviendas entre estructuras vegetales en interfaz urbano-forestal Fuente: ASEMFO (2020)

5.6. Manejo de residuos o combustible muerto Toda actividad silvicultural genera residuos; de igual manera, los procesos naturales de las plantas generan hojarasca, caídas de ramas y, eventualmente, se presenta la caída de árboles al cumplir sus ciclos de vida o debido a inestabilidad del suelo, a las condiciones climáticas y el deficiente estado físico y sanitario. Adicional a esto, es importante mencionar que independiente de si una especie es pirófita, exótica o nativa, la biomasa seca derivada de la senescencia de sus hojas o de la simple finalización de su ciclo de vida, tiene una alta capacidad de ignición, por lo que el manejo de residuos se debe priorizar en zonas donde se presenten especies que 41 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-41 • 2023 • OCTUBRE • 13 generen una gran cantidad de necromasa, como es el caso del Chusque (Chusquea scandens), el Retamo espinoso (Ulex europaeus), algunas gramíneas como el Holcus lanatus, entre otras. Estos residuos se pueden convertir en combustible para favorecer la propagación de un incendio, por lo que se debe hacer un manejo técnico de dicho residuo.

5.6.1. Acciones mecánicas para disminuir el tamaño del combustible Los residuos del aprovechamiento forestal o de las actividades silviculturales antes descritas, como la hojarasca, las ramas caídas y los árboles volcados, se consideran combustibles y se clasifican según su tamaño; los intermedios y pequeños son los más efectivos para alimentar el fuego, mientras que los residuos vegetales con un diámetro igual o superior a 10 centímetros se queman con mayor dificultad.

Tabla 2. Tamaño del residuo y su inflamabilidad.

Tamaño del Material Características Pequeño Es el que se descompone rápidamente y se quema con facilidad en los incendios forestales; incluye el follaje y las acículas, la corteza desprendida y la madera de las copas y ramas de menos de 1,25 centímetros de diámetro. También los pastos y pequeños arbustos.

Mediano Madera de las copas y ramas entre 1,25 y 10 centímetros de diámetro; material proveniente de las faenas de podas y raleos y arbustos mayores. Este material se descompone lentamente y arde con fuerza considerable.

Grande Troncos desechados y otras maderas de más de 10 centímetros de diámetro que no se encienden con facilidad ni queman con rapidez en los incendios forestales. Fuente: Modificado de CONAF (2006)

Se plantea una estrategia de manejo del material pequeño e intermedio para disminuir aún más el tamaño, con el fin de acelerar su proceso de descomposición y para el posterior uso en compostaje. Para garantizar menor tamaño en los residuos, se requiere emplear maquinaria como la chipeadora para las partes vegetativas, pues las herramientas convencionales como machetes y hachas, se les dificulta garantizar un tamaño lo suficientemente pequeño, que facilite su compostaje.

A pesar de que las estructuras reproductivas no generan un riesgo de incendio, en lo que se refiere a residuos, es relevante recordar que las especies pirófitas son muy eficientes en la dispersión de semillas y que estas son muy resistentes a las altas temperaturas, por lo que se debe realizar un manejo diferencial de las partes reproductivas, a las cuales se les debe hacer procesos más fuertes para garantizar su inactividad, tal como se realiza con el retamo espinoso y liso. En coberturas de eucaliptos (Eucalyptus spp.), cipreses (Cupressus lusitánica), acacias (Acacia spp.), pinos (Pinus spp.) y araucarias (Araucaria spp.), las partes reproductivas también podrían manejarse mediante un proceso como la bioextrusión.

Posterior a esta disminución del tamaño y la funcionalidad del combustible muerto o necromasa, se pueden realizar procesos de compostaje, con el fin de reintegrar los nutrientes al suelo, y colocar nuevo suelo en zonas donde ya no lo hay, debido a la erosión o a actividades como la minería.

En casos en los que no se pueda realizar un manejo mecanizado para disminuir el tamaño de los residuos, debe definirse con la entidad ambiental que tenga la jurisdicción, el manejo o la disposición final de dicho residuo. Muchos de los residuos de tamaño intermedio y grande, pueden ser utilizados en otras estrategias, como las que se mencionan a continuación.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-42 • 2023 • OCTUBRE • 13 42 Nota: Se recuerda que en relación con el manejo de residuos vegetales post-corte de retamo liso y retamo espinoso, la disposición final de ramas, tallos, raíces y semillas, debe adelantarse conforme a los procedimientos presentados en el anexo 3 de la Resolución 684 de 2018, con el fin de prevenir la invasión de nuevas áreas por rebrote o dispersión de estas especies.

5.6.2. Extracción y aprovechamiento de los residuos o combustibles de mayor tamaño El residuo de mayor tamaño, producto de la caída de ramas o del volcamiento de árboles viejos, situación bastante común en las plantaciones forestales de pino, ciprés y eucalipto, puede ser aprovechado y trasladado de las zonas, para ser utilizado como materia prima secundaria para la construcción de cercas, escalinatas, señalización y para estrategias de fauna, como perchas y empalizadas.

Figura 10. Utilización del residuo de las actividades silviculturales, para estrategias con fauna en procesos de restauración ecológica Fuente: SDA (2022)

Los residuos de especies como el retamo liso y retamo espinoso no deben ser utilizados de la forma antes indicada, dada su alta capacidad de desarrollo vegetativo, por lo que una rama o residuo de raíz, puede dar origen a un nuevo individuo y, de esta forma, ampliar su área de invasión.

6. Medidas o acciones complementarias

A partir de la revisión de información secundaria, se determinaron acciones complementarias o recomendadas, que pueden efectuarse en conjunto entre el tercero o propietario de un área en donde se plantea realizar actividades urbanísticas o de infraestructura y los propietarios o las entidades que administran predios aledaños a estas, las cuales, técnicamente, han mostrado muy buenos resultados a nivel nacional e internacional.

6.1. Rehabilitación o recuperación ecológica El enfoque de Reducción del Riesgo de Desastre basado en Ecosistemas (Eco RRD) ha sido propuesto desde la perspectiva de las acciones estratégicas que manejan las Soluciones 43 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-43 • 2023 • OCTUBRE • 13 basadas en la Naturaleza (SbN) y junto con la Adaptación basada en Ecosistemas (AbE), se han convertido en alternativas naturales para enfrentar los efectos de la variabilidad climática y el cambio climático (Nieto, 2021).

El enfoque de Eco RRD busca resaltar los beneficios de la biodiversidad y los servicios ecosistémicos en la reducción del riesgo, al tiempo que pretende demostrar cómo las acciones que se desarrollan alrededor de los ecosistemas pueden ser beneficiosas en ambos sentidos (Nieto, 2021). Basados en este enfoque, se plantean recomendaciones enfocadas en procesos de rehabilitación o recuperación ecológica, que permitirán, tanto reducir la generación o dispersión de los incendios forestales, como el restablecimiento parcial de algunos atributos del ecosistema, de vital importancia para la ciudad.

 Establecer procesos de rehabilitación o recuperación ecológica al interior de las plantaciones forestales o en las áreas que fueron desprovistas del matorral de retamo espinoso o liso. Para esto, se puede hacer la reintroducción de plantas nativas, para generar nuevas coberturas o coberturas mixtas con parches de vegetación de baja inflamabilidad o con características de retención de agua, a modo de barrera viva cortafuegos o cinturones verdes. Estas actividades también suman al proceso de reemplazo de especies exóticas por especies nativas, que correspondan a cada uno de los ecosistemas.

 Generar claros o aclareos al interior de las plantaciones forestales y, posteriormente, desarrollar procesos de rehabilitación o recuperación ecológica, con el fin de avanzar en el remplazo de estas especies exóticas con características pirófitas y generar mayor discontinuidad del combustible. Las dimensiones de estos claros pueden ser definidas técnicamente, según las características físicas del área, y orientadas y aprobadas por la autoridad ambiental competente, según la jurisdicción.

 Establecer corredores biológicos que aseguren la conectividad entre remanentes de vegetación nativa. Además, favorecer la presencia de sotobosque en los rodales de plantaciones y otras medidas complementarias, cuando éstas cumplan un rol de conexión en la vegetación remanente.

6.2. Estrategias de rehabilitación o recuperación ecológica con especies nativas de baja inflamabilidad Como ya se había mencionado en el numeral 5.5, los cinturones verdes o barreras vivas cortafuegos, son estrategias muy efectivas y hacen parte de las soluciones basadas en la naturaleza que se pueden desarrollar, para prevenir la ocurrencia de incendios forestales. A continuación, se presenta una propuesta direccionada a la rehabilitación o recuperación ecológica.

En la figura 11, se puede observar un ejemplo de diseño florístico, tipo barrera viva cortafuego, el cual se basa en el análisis del funcionamiento de los procesos de cicatrización natural o sucesión ecológica del bosque altoandino, en donde convergen variedad de especies, con diferentes funciones. Las especies pioneras (priserales) son las plantas encargadas de cerrar el claro o generar coberturas rápidamente, con el fin de garantizar la menor pérdida de los nutrientes del suelo por erosión, retienen humedad y generan sombra o sombrío para las especies de niveles superiores de la sucesión; son capaces de crecer a plena exposición solar (heliófita) y lo hacen a gran velocidad.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-44 • 2023 • OCTUBRE • 13 44 Las especies mesoserales (de estadio intermedio), funcionan mejor con ciertos niveles de sombrío (semiheliófita), pues en plena exposición su crecimiento es lento y se afecta su desarrollo; estas especies también generan cambios micro climáticos y de nutrientes en el suelo, pues con raíces más fuertes lo descompactan y hacen viable el desarrollo de las especies más delicadas o que requieren mejores condiciones para su desarrollo. Las especies tardiserales o especies clímax del ecosistema, se desarrollan en plena exposición solar, requieren sombra (esciófita o umbrófila), sobre todo en los primeros años de desarrollo, al igual que buena humedad, y suelos descompactados y nutritivos, los cuales son preparados por las especies pioneras y, posteriormente, mejorados por las especies mesoserales.

Cabe resaltar que, si bien en este documento no se pueden proponer listados de especies para utilizar en los diseños, debido a que la escogencia depende de la zona donde se vayan a implementar, se pueden consultar documentos como: “Guía metodológica para la restauración ecológica del bosque altoandino”, “Restauración ecológica del bosque andino en la vertiente oriental del PNN SYA, Hato, Santander” (2018), “Manual para la restauración ecológica de los ecosistemas disturbados del Distrito Capital” (2010) o “Protocolo de recuperación y rehabilitación ecológica de humedales en centros urbanos” (2008), entre muchos otros, en los que se pueden encontrar metodologías para la selección de especies y algunos listados que se pueden adaptar a las necesidades particulares.

Las barreras mencionadas anteriormente pueden ser utilizadas en cercanía a los caminos y carreteras, rodeando plantaciones forestales, así como entre los límites de las plantaciones forestales y las zonas urbanas y periurbanas, o rodeando las viviendas rurales o aquellas ubicadas en zonas de interfaz urbano-forestal.

Figura 11. Ejemplo de Diseño tipo de cinturón verde o barrera viva cortafuego Fuente: JBB (2022)

Nota 1: Los diseños florísticos parten del diagnóstico específico para cada área, teniendo en cuenta las características propias del ecosistema, la historia de uso y el régimen de disturbios de 45 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-45 • 2023 • OCTUBRE • 13 cada área, por lo que se requiere de esta información para plantear los diseños florísticos más adecuados para cada zona.

Nota 2: Aunque se hable de plantas retardantes, o incluso de cinturones o muros verdes, ante el fuego o expresiones similares, hay que tener presente que cualquier planta siempre puede arder; no existen plantas incombustibles. En condiciones propicias de temperatura y humedad, cualquier planta o parte de ella se puede quemar.

6.3. Propagación incendios subterráneos Si bien el establecimiento de zanjas cortafuego es una medida de control frente a la propagación de incendios subterráneos, también se pueden implementar como una estrategia preventiva para cortar la continuidad del combustible bajo el suelo en zonas donde exista una muy alta probabilidad de propagación de fuegos subterráneos, ya sea por la densidad del sistema radicular o por la presencia de residuos de origen antrópico en el suelo (MAP, 2015). La forma de dicha zanja debe quedar como una batea, esto garantiza que las paredes no se deslicen y se dañe la zanja; la parte superior de esta debe tener un ancho de 50 centímetros, el fondo de 40 centímetros y el alto de 100 centímetros, sin embargo, el alto es variable dependiendo del tipo de vegetación presente y por consiguiente la profundidad del sistema radicular. No se recomienda que estas zanjas tengan más de 10 metros de longitud, no solo para mantener la estabilidad del terreno, sino para permitir el paso de fauna; por lo que es preferible montar sistemas de zanjas intercaladas.

6.4. Componente antrópico: fuego y disturbio Más del 90% de los fuegos en los ecosistemas colombianos se debe a actividades humanas; en la ciudad de Bogotá esto representa múltiples dificultades, debido a la alta fragmentación de los ecosistemas nativos, la alta presencia de especies exóticas y exóticas invasoras con potencial pirófito, sumado a la ocupación y uso de los territorios, por lo tanto, es una necesidad ineludible que todas las estrategias de silvicultura preventiva tengan un contexto y amplia participación de las comunidades o personas que habitan los diferentes territorios, de lo contrario, las actividades no serán exitosas ni sostenibles en el tiempo.

El manejo del fuego, basado en principios ecológicos, es un proceso de educación y gestión ambiental que debe articular diferentes conocimientos y actores sociales: instituciones, comunidades locales, combatientes del fuego; generando así, mejores resultados en los procesos de prevención y mitigación. Con lo determinado en esta investigación, se propone como estrategia para el manejo del fuego en el Parque Ecológico Distrital de Montaña Entrenubes (PEDMEN) un enfoque mixto donde se entienda el papel ecológico del fuego y su importancia en diferentes coberturas vegetales adaptadas al fuego, la supresión en algunas coberturas vegetales independientes del fuego, el trabajo comunitario para comprender el papel de la comunidad en la ocurrencia del fenómeno, y el mejoramiento de los sistemas de atención y respuesta a las emergencias por fuego en los bosques (Quiroga y Santiago, 2019, p. 9).

Dentro de los problemas que se pueden presentar en las zonas de Interfaz Urbano-Forestal o en zonas rurales, se encuentra que, generalmente, las poblaciones que viven en estas o en cercanías de estas zonas desconocen o tienen un conocimiento limitado sobre los incendios forestales y una escasa percepción del riesgo que pueden tener al vivir en un entorno forestal, lo cual podría generar una mayor probabilidad de causar eventos de ese tipo (Herrero, 2011). Debido a esto, es recomendable realizar procesos de socialización, que permitan el reconocimiento de la problemática y la apropiación de las acciones de silvicultura preventiva, por REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-46 • 2023 • OCTUBRE • 13 46 parte de las personas o entidades que vayan a adelantar proyectos urbanísticos o de infraestructura en las zonas de alta y media amenaza por incendio forestal, así como los que vayan a habitar o habiten cerca de coberturas pirófitas.

7. Glosario

Amenaza: Peligro latente de que un evento físico de origen natural, o causado, o inducido por la acción humana de manera accidental, se presente con una severidad suficiente para causar pérdida de vidas, lesiones u otros impactos en la salud, así como también daños y pérdidas en los bienes, la infraestructura, los medios de sustento, la prestación de servicios y los recursos ambientales (Ley 1523 de 2012).

Aprovechamiento: De forma complementaria al Decreto 1791 de 1996 y los conceptos de aprovechamiento forestal y sostenible, el presente documento define el aprovechamiento del arbolado aislado como el manejo racional del recurso forestal de la ciudad, maximizando los servicios ambientales que presta al garantizar la persistencia del mismo y mitigando los factores de amenaza o riesgo a sus habitantes (Decreto 531 de 2010, Alcaldía Mayor de Bogotá).

Árbol: Planta leñosa con un tronco principal que sostiene un follaje denominado copa, de arquitectura según la especie, cuya altura en estado adulto no sea inferior a tres (3) metros, medidos desde el nivel del suelo (Decreto 531 de 2010, Alcaldía Mayor de Bogotá).

Arborización: Conjunto de actividades requeridas para el adecuado diseño, plantación y establecimiento de árboles en el medio urbano (Decreto 531 de 2010, Alcaldía Mayor de Bogotá).

Arbusto: Vegetal leñoso con ramas desde la base (Decreto 531 de 2010, Alcaldía Mayor de Bogotá).

Barrera cortafuego o cortacombustible: Faja de amortiguación o área de terreno al interior, adyacente o perimetral a una plantación, desprovista de vegetación, que tiene como propósito detener o retardar la propagación del fuego (CONAFOR 2010, 2020).

Barrera viva corta fuego y cinturón verde: Plantación de vegetación arbórea o herbácea de baja combustibilidad con la finalidad que ésta sirva de barrera para detener o atenuar la propagación del fuego de un sector a otro. Cuando la Barrera viva corta fuego rodea y aísla la plantación forestal o la fuente de combustible, se le considera cinturón verde (CONAF, 2019).

Berma: De acuerdo al artículo 2° del Código Nacional de Tránsito. Ley 769 del 2002, se define como: parte de la estructura de la vía, destinada al soporte lateral de la calzada para el tránsito de peatones, semovientes y ocasionalmente al estacionamiento de vehículos y tránsito de vehículos de emergencia. (https://www.mintransporte.gov.co/glosario/genPag=2).

Bioextrusión: No hay una definición específica, se basa en el proceso de extruir, el cual consiste en pasar un material por condiciones de alta presión y temperatura, generándose, en el caso de los compuestos biológicos, fragmentación de las estructuras duras y desecamientos extremos, produciendo finalmente cenizas.

Cerca viva: Arreglo lineal de árboles, sin limitar el paso, ni la visibilidad con fines productivos (CONAF 2020).

47 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-47 • 2023 • OCTUBRE • 13 Cobertura vegetal: Son las plantas que cubren la superficie del suelo urbano, comprendiendo una amplia gama de biomasas con diferentes características fisonómicas y ambientales (Decreto 531 de 2010, Alcaldía Mayor de Bogotá).

Conectividad ecológica: Grado en el cual los elementos del paisaje facilitan o impiden los movimientos y funcionalidad de los componentes y procesos de la biodiversidad (Jardín Botánico José Celestino Mutis, 2008).

Corredor biológico: se utiliza para designar un espacio en donde se unen dos o más ecosistemas, paisajes o hábitats que fueron desconectados debido a las diversas actividades humanas como la agricultura, la ganadería, la urbanización o, inclusive, las obras de infraestructura como las carreteras o represas. Por medio de estos pasajes, los animales pueden trasladarse de un territorio a otro y buscar nuevas oportunidades para su supervivencia, pues factores como el calentamiento global, la escasez de comida o el choque con humanos los obligan a desplazarse. (WWF – Glosario ambiental) https://www.wwf.org.co/?328540/Glosarioambiental-corredores-biologicos-pasadizos-de-la-naturaleza Especie invasora: Se definen como aquellas especies, subespecies o taxón inferior e híbrido que se encuentra fuera de su distribución natural, pasada o presente, incluyendo cualquier parte, gametos, semillas, huevo o propágulos, que se establecen (reproducen exitosamente y tiene una población viable) y dispersan en ecosistemas o hábitats naturales o seminaturales; además, son agentes de cambio y causan impactos ambientales, económicos o de salud pública. (Baptiste et al. 2010).

Especie exótica: Especie y subespecie que sobrevive o se reproduce fuera de su área de distribución natural y de su área potencial de dispersión por la introducción directa o indirecta, o el cuidado de los seres humanos. (Consulta RAE. https://dpej.rae.es/lema/especieex%C3%B3tica).

Follaje: Conjunto de hojas de árboles y otras plantas (Decreto 531 de 2010, Alcaldía Mayor de Bogotá).

Incendio forestal: Fuego de origen natural o antrópico que se extiende sin control, cuyo combustible principal es la vegetación viva o muerta, el cual ocasiona impactos tanto en los ecosistemas, como a nivel climático, económico y social (Comisión Nacional Técnica Asesora en Incendios Forestales, 2022).

Interfaz urbano-forestal (IUF): La interfaz urbano-forestal (IUF) es la zona que se forma del contacto o cercanía entre un área con cobertura vegetal y un espacio edificado. (SDA - AITEC S.A.S. 2017).

Manejo silvicultural: Son todas aquellas prácticas técnicas requeridas para el establecimiento, atención integral y tala de árboles (Decreto 531 de 2010, Alcaldía Mayor de Bogotá).

Mitigación del riesgo: Medidas de intervención prescriptiva o correctiva dirigidas a reducir o disminuir los daños y pérdidas que se puedan presentar a través de reglamentos de seguridad y proyectos de inversión pública o privada cuyo objetivo es reducir las condiciones de amenaza, cuando sea posible, y la vulnerabilidad existente (Ley 1523 de 2012).

Monte: Todo terreno en el que vegetan especies forestales arbóreas, arbustivas, de matorral o herbáceas, sea espontáneamente o procedan de siembra o plantación, que cumplan o puedan REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-48 • 2023 • OCTUBRE • 13 48 cumplir funciones ambientales, protectoras, productoras, culturales, paisajísticas o recreativas (ASEMFO, 2020).

Pirófita: Especie adaptada para sobrevivir a grandes incendios o en zonas con recurrencia frecuente de grandes incendios. Especie cuya reproducción se ve favorecida por el fuego. (ASEMFO. 2020).

Poda aérea: Actividad de manejo consistente en el corte de ramas de una planta, cuyo objeto es controlar y orientar su desarrollo o retirar partes muertas o en malas condiciones (Decreto 531 de 2010, Alcaldía Mayor de Bogotá).

Prevención de riesgo: Medidas y acciones de intervención restrictiva o prospectiva dispuestas con anticipación con el fin de evitar que se genere riesgo. Puede enfocarse a evitar o neutralizar la amenaza o la exposición y la vulnerabilidad ante la misma en forma definitiva para impedir que se genere nuevo riesgo. Los instrumentos esenciales de la prevención son aquellos previstos en la planificación, la inversión pública y el ordenamiento ambiental territorial, que tienen como objetivo reglamentar el uso y la ocupación del suelo de forma segura y sostenible (Ley 1523 de 2012).

Producto forestal primario: Son los productos obtenidos directamente a partir de las trozas, tales como bloques, bancos, tablones, tablas y además chapas y astillas, entre otros (Decreto 531 de 2010, Alcaldía Mayor de Bogotá).

Raleo: Donde se debe reducir la densidad de la vegetación y cortar la continuidad vertical y horizontal de ésta (CONAF, 2015).

Recuperación: Aborda el desarrollo de trabajos en sitios severamente degradados (p.e. tierras afectadas por minería a cielo abierto, construcción a gran escala, etc.) e implica, la mayoría de las veces, un cambio en el uso original del sitio afectado; no se orienta a restablecer la diversidad original, pero sí la función productiva y muchos de los servicios ecológicos originales. Tiene entre sus principales objetivos la estabilización de terrenos, la seguridad pública y el mejoramiento estético (Decreto 531 de 2010, Alcaldía Mayor de Bogotá).

Reducción del riesgo: Es el proceso de la gestión del riesgo, está compuesto por la intervención dirigida a modificar o disminuir las condiciones de riesgo existentes, entiéndase: mitigación del riesgo y a evitar nuevo riesgo en el territorio, entiéndase: prevención del riesgo. Son medidas de mitigación y prevención que se adoptan con antelación para reducir la amenaza, la exposición y disminuir la vulnerabilidad de las personas, los medios de subsistencia, los bienes, la infraestructura y los recursos ambientales, para evitar o minimizar los daños y pérdidas en caso de producirse los eventos físicos peligrosos. La reducción del riesgo la componen la intervención correctiva del riesgo existente, la intervención prospectiva de nuevo riesgo y la protección financiera (Ley 1523 de 2012).

Rehabilitación ecológica: Concepto aplicado a recuperar elementos estructurales o funcionales dentro de un ecosistema, sin que necesariamente se intente completar una Restauración Ecológica (Decreto 531 de 2010, Alcaldía Mayor de Bogotá).

Restauración ecológica: Proceso orientado a la intervención de las dinámicas sucesionales y su aplicación se basa en tomar como referencia un ecosistema predisturbio para el restablecimiento de la estructura, funcionamiento, diversidad y dinámicas del ecosistema, y lograr 49 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-49 • 2023 • OCTUBRE • 13 que este sea capaz de autosostenerse. Es decir, implica retomar al ecosistema original (Decreto 531 de 2010, Alcaldía Mayor de Bogotá).

Reforestación: Restablecimiento de cobertura forestal independientemente de las especies, métodos y fines con que se haga (Decreto 531 de 2010, Alcaldía Mayor de Bogotá).

Riesgo de desastres: Corresponde a los daños o pérdidas potenciales que pueden presentarse debido a los eventos físicos peligrosos de origen natural, socionatural, tecnológico, biosanitario o humano no intencional, en un período de tiempo específico y que son determinados por la vulnerabilidad de los elementos expuestos; por consiguiente, el riesgo de desastres se deriva de la combinación de la amenaza y la vulnerabilidad (Ley 1523 de 2012).

Rodal: Porción de una masa forestal, uniforme en cuanto a especie, edad, calidad y estado, y diferente de las circundantes en cuanto a uno o varios de los citados caracteres (Banco Interamericano de Desarrollo y Secretaría del Medio Ambiente, 2000).

Silvicultura preventiva: Se entiende, como Silvicultura Preventiva, al manejo de las plantaciones forestales con el propósito de modificar la estructura del combustible disponible y así satisfacer los objetivos de protección contra incendios forestales, asociando esta protección al mejoramiento de la producción y la calidad del medioambiente (CONAF 2006).

Silvicultura urbana: Es un sistema múltiple de ordenación de la cobertura que incluye el sistema hídrico urbano, los hábitats de las especies animales presentes en la ciudad, el diseño del paisaje urbano, establecimiento, atención integral y tala de árboles, en forma aislada o en arreglos especiales como parte del mobiliario urbano, con el fin de potenciar la generación de servicios ambientales (Decreto 531 de 2010, Alcaldía Mayor de Bogotá).

Seto: Asociación de arbustos o árboles en un arreglo lineal, establecidos y mantenidos para formar una barrera que impida la accesibilidad, la transparencia y la visibilidad. No plantada con fines comerciales (Decreto 531 de 2010, Alcaldía Mayor de Bogotá).

Sotobosque: Conjunto de arbustos, hierbas y matorrales que se desarrollan debajo de los árboles de un bosque o selva (Innovación Forestal, s.f.).

Soluciones basadas en la Naturaleza (SbN): son un nuevo concepto que abarca a todas las acciones que se apoyan en los ecosistemas y los servicios que estos proveen, para responder a diversos desafíos de la sociedad como el cambio climático, la seguridad alimentaria o el riesgo de desastres (UICN 2017).

Tala: Actividad que implica la eliminación del individuo vegetal del arbolado urbano, mediante corte completo del fuste, independiente de su capacidad de regeneración (Decreto 531 de 2010, Alcaldía Mayor de Bogotá).

Vulnerabilidad: Susceptibilidad o fragilidad física, económica, social, ambiental o institucional que tiene una comunidad de ser afectada o de sufrir efectos adversos en caso de que un evento físico peligroso se presente. Corresponde a la predisposición a sufrir pérdidas o daños de los seres humanos y sus medios de subsistencia, así como de sus sistemas físicos, sociales, económicos y de apoyo que pueden ser afectados por eventos físicos peligrosos (Ley 1523 de 2012).

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8. Documentación consultada

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REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-54 • 2023 • OCTUBRE • 13 54 Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS). 2018. Resolución No. 684 del 2 de mayo de 2018 " por la cual se establecen lineamientos tanto para la prevención y manejo integral de las especies de Retamo Espinoso (Ulex europaeus L.) y Retamo Liso (Genista monspessulana (L.) L.A.S. Johnson) como para la restauración ecológica, rehabilitación y recuperación de las áreas afectadas por estas especies en el territorio nacional y se adoptan otras determinaciones”.

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“Por medio de la cual se ordena la publicación de actos administrativos, de conformidad con el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011”

LA JEFE DE LA OFICINA DE NOTIFICACIONES Y DOCUMENTACIÓN FISCAL DE LA SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN TRIBUTARIA Y SERVICIO -DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ – DIB En ejercicio de las competencias conferidas en el artículo 162 del Decreto Distrital No. 807 de 1993 y de las funciones establecidas en el artículo 26 del Decreto Distrital 601 de diciembre de 2014, y de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011.

CONSIDERANDO:

Que, en desarrollo de los principios orientadores de la función administrativa de la eficacia, economía, celeridad y eficiencia, resulta necesario simplificar y adecuar a los avances tecnológicos e informáticos el procedimiento de publicación de actos administrativos proferidos por la administración tributaria distrital, devueltos por correo.

Que conforme a lo dispuesto en el literal b) del artículo 26 del Decreto Distrital 601 de diciembre de 2014, corresponde a la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal notificar los actos administrativos que se generen en desarrollo de la gestión de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá y/o sus dependencias Que de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, los actos administrativos relacionados en los anexos No.1 y No.2 fueron devueltos por correo y se hace necesario publicarlos en el Registro Distrital, división de la secretaria general de la Alcaldía Mayor Que, en consideración a lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo primero.

Ordenar la publicación en el Registro Distrital, división de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor, los actos administrativos relacionados en los anexos No.1 y No.2 que hacen parte de la presente resolución, de acuerdo con la parte motiva.

Artículo segundo.

Los Actos administrativos para publicar se encuentran listados en los siguientes anexos: Anexo No. 1 con 145 Registros, Anexo No. 2 con 4 Registros.

Artículo tercero.

Acto(s) administrativo(s) del anexo No.1:

OFICINA TIPO DE ACTO CONTROL MASIVO LIQUIDACIÓN OFICIAL DE REVISIÓN CUENTAS CORRIENTES Y DEVOLUCIONES RESOLUCIÓN DE DEVOLUCIÓN Y/O COMPENSACIÓN LIQUIDACIÓN OFICIAL DE AFORO LIQUIDACIÓN LIQUIDACIÓN OFICIAL DE REVISIÓN RESOLUCIÓN SANCIÓN POR NO ENVIAR INFORMACIÓN 105-F.90 V.10 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-57 • 2023 • OCTUBRE • 13 RESOLUCION No DDI-031285, 2023EE396460O1 Del 10-10-2023 "Por medio de la cual se ordena la publicación de actos administrativos, de conformidad con el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011”

Contra los actos administrativos mencionados procede el Recurso de Reconsideración que deberá interponerse ante la Oficina de Recursos Tributarios de la Subdirección Jurídico Tributaria, ubicada en la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá en la Carrera 30 No. 25 – 90 Piso 14, costado occidental dentro de los (2) Meses siguientes a esta publicación.

Acto(s) administrativo(s) del anexo No.2:

OFICINA TIPO DE ACTO CONTROL MASIVO AUTO DE ARCHIVO CUENTAS CORRIENTES Y DEVOLUCIONES AUTO INADMISORIO DE SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN Y/O COMPENSACIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN REQUERIMIENTO ESPECIAL Contra los actos administrativos mencionados en el anexo No 2 no procede ningún Recurso. La notificación se entenderá surtida desde la fecha de publicación de este aviso.

Artículo cuarto.

Esta Resolución rige a partir de su publicación.

Dado en Bogotá, D.C. a los 10 días del mes de octubre de 2023.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado digitalmente por MARIA LINNETTE ROJAS RIVERA MARÍA LINNETTE ROJAS RIVERA Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal Proyectado por: Sergio Andres Cortes Moreno Firma del funcionario 10/10/2023 105-F.90 V.10 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-58 • 2023 • OCTUBRE • 13 58 CAUSAL DE DEVOLUCIÓN DE FECHA DEVOLUCIÓN 5B 29 27/09/2023 NO RESIDE 60D 13 28/09/2023 CERRADO OF 207 28/09/2023 CERRADO NOTIFICACIÓN VARIA CONTRY 02/10/2023 NO RESIDE 35 BQ 3 AP 3102 02/10/2023 NO RESIDE PERÍODO GRAVABLE DIRECCIÓN DE DEL ACTO FECHA TIPO DE ACTO CIAL DE REVISIÓN 27/09/2023 2021 CL 35 SUR 75 02 03/10/2023 DESCONOCIDO CIAL DE REVISIÓN 21/09/2023 2020 KR 64B 84 55 03/10/2023 DESCONOCIDO CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 KR 43 5A 74 27/09/2023 NO RESIDE CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 CL 72A 86 49 CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 CL 8 27 45 27/09/2023 NO RESIDE CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2020-7 KR 9 78 31 27/09/2023 NO RESIDE CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 CL 70 4 36 27/09/2023 NO RESIDE CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 KR 42C BIS CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 DG 51 BIS SUR CIAL DE REVISIÓN 21/09/2023 2020 MZ J CA 1 BA- CIAL DE REVISIÓN 21/09/2023 2020 CL 83 19A 81 MZ CIAL DE REVISIÓN 21/09/2023 2020 CL 7 27 03 02/10/2023 NO RESIDE CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2020-7 CL 59 13 94 27/09/2023 NO RESIDE CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 KR 88 39 45 SUR 02/10/2023 CERRADO PLACA - CHIP Y/O MATRICULA INMOBILIARIA-NIT DE TIPO IMPUESTO ENTE IDENTIFI- NOTIFICACIÓN POR AVISO CACIÓN DEL CONTRIBUY- HENRY 6.522.867 ICA 6522867 LIQUIDACIÓN OFI- OSPINA 9.869.063 VEHÍCULOS HVN531 LIQUIDACIÓN OFI- MANUEL 19.325.594 ICA 19325594 LIQUIDACIÓN OFI- MANUEL 14.222.364 ICA 14222364 LIQUIDACIÓN OFI- AGUIRRE 12.560.889 VEHÍCULOS HIZ429 LIQUIDACIÓN OFI- ROBERTO 12.132.727 ICA 12132727 LIQUIDACIÓN OFI- REZ PEREZ 9.877.684 VEHÍCULOS HBU156 LIQUIDACIÓN OFI- AURELIANO 4.059.173 ICA 4059173 LIQUIDACIÓN OFI- JOSE YESID 195.123 ICA 195123 LIQUIDACIÓN OFI- CIA RAQUEL 39.689.562 PREDIAL AAA0055AMZM LIQUIDACIÓN OFI- CESAR IVAN 19.496.433 ICA 19496433 LIQUIDACIÓN OFI- APODERADO NOMBRE DEL ARIAS BARRERA 17.349.338 VEHÍCULOS EBV619 LIQUIDACIÓN OFI- RUDOLF MANUEL 17.104.660 ICA 17104660 LIQUIDACIÓN OFI- MARIA BENEDICTA 39.549.931 ICA 39549931 LIQUIDACIÓN OFI- CONTRIBUYENTE Y/O ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-031285 DEL 10 DE OCTUBRE DE 2023 EXPEDIENTE contribuyentes que se relacionan a continuación, las actuaciones administrativas objeto de la presente publicación.

SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ La Jefe de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber: de la Subdirección de Recaudación y Cuentas Corrientes y la Oficina de Liquidación de la Subdirección de Determinación, profirierón para los Que los Jefes de la Oficina de Control Masivo de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, la Oficina de Cuentas Corrientes y Devoluciones En consecuencia, conforme a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por medio de la publicación a:

No.

DDI-023211 2023EE277800 O1 202204213000051531 CABREJO ROLON DDI-030784 2023EE377056 C1 202209113000063349 DIAZ ALVAREZ PATRI- DDI-022810 2023EE277396 O1 202204213000051868 OCHOA VARGAS DDI-023827 2023EE278420 O1 202204213000051555 CACERES LEON DDI-023219 2023EE277808 O1 202204213000051669 HOMMES RODRIGUEZ DDI-014251 2023EE050989 C1 20230213000027535 OSCAR RICARDO DDI-022764 2023EE277350 O1 202204213000052065 DAZA PAEZ VICTOR DDI-022906 2023EE277492 O1 202204213000051585 GARRIDO DIAZ JUAN DDI-023925 2023EE278518 O1 202204213000051973 ARANA MURILLO DDI-014168 2023EE050906 O1 20230213000027228 ALVARO ANGEL LUNA DDI-014146 2023EE050884 O1 20230213000027448 LUIS MIGUEL GUTIER- DDI-022900 2023EE277486 O1 202204213000051538 TERRIOS GARZON DDI-014206 2023EE050944 O1 20230213000027447 HERNAN DARIO PAEZ DDI-023343 2023EE277935 O1 202204213000051563 ESTRADA OSPINA RESOLUCIÓN No. RADICADO No. DE 59 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-59 • 2023 • OCTUBRE • 13 401 27/09/2023 NO RESIDE PI 2 29/09/2023 CERRADO SUR 28/09/2023 DESCONOCIDO OF 7B 03/10/2023 REHUSADO 91 BRR BS BRASIL 28/09/2023 CERRADO CCASA 153 28/09/2023 CERRADO 26/09/2023 2019, 2020 CL 49 SUR 88C MACIÓN RESOLUCIÓN ENVIAR INFOR- SANCIÓN POR NO CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 CL 86D 49D 09 28/09/2023 CERRADO CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 2020-7 TV 59B 128A 76 28/09/2023 DESCONOCIDO CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 KR 40 21 23 27/09/2023 NO RESIDE CIAL DE REVISIÓN 25/09/2023 2020, 2021 KR 19A 7B 20 29/09/2023 NO RESIDE CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 KR 77 8B 10 29/09/2023 DESCONOCIDO CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 KR 17 93A 05 29/09/2023 NO RESIDE CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2020-7 KR 19 134 73 27/09/2023 DESCONOCIDO CIAL DE REVISIÓN 21/09/2023 2020 CL 13 10 39 02/10/2023 DESCONOCIDO CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 KR 28 10 70 LC CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 CL 136 157A 11 CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 KR 41 1 27 28/09/2023 CERRADO CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 CL 8B 82B 41 02/10/2023 CERRADO CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 KR 64B 57B 43 CIAL DE REVISIÓN 21/09/2023 2020 KR 44 82 175 03/10/2023 DESCONOCIDO CIAL DE REVISIÓN 21/09/2023 2020 CL 27 2 22 02/10/2023 NO RESIDE CIAL DE REVISIÓN 21/09/2023 2020 KR 44 82 175 03/10/2023 DESCONOCIDO CIAL DE REVISIÓN 21/09/2023 2018 KR 53 78 90 CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 KR 17 119A 29 29/09/2023 CERRADO CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 CL 85 60 05 TICOS NA MAGNÉ- NOTIFICACIÓN POR AVISO RENE 79.836.613 ICA 79836613 LIQUIDACIÓN OFI- URIEL 79.287.317 ICA 79287317 LIQUIDACIÓN OFI- ALEIDA 51.767.042 ICA 51767042 LIQUIDACIÓN OFI- SUAREZ 74.244.709 MEDIOS NASSER 79.930.207 VEHÍCULOS FOP463 LIQUIDACIÓN OFI- LIMITADA 800.041.673 ICA 800041673 LIQUIDACIÓN OFI- PACHECO 57.293.043 VEHÍCULOS NBT815 LIQUIDACIÓN OFI- MARQUEZ 80.157.487 ICA 80157487 LIQUIDACIÓN OFI- BRUGMANN 700.211.384 ICA 700211384 LIQUIDACIÓN OFI- CARLOS RAUL 74.328.551 ICA 74328551 LIQUIDACIÓN OFI- ZANO HERRERA 55.303.612 VEHÍCULOS MBO527 LIQUIDACIÓN OFI- ZANO HERRERA 55.303.612 VEHÍCULOS IMR027 LIQUIDACIÓN OFI- CARDO ARTURO 79.397.745 ICA 79397745 LIQUIDACIÓN OFI- TELEFONIA ELTE ROBERTO PABLO 91.210.440 ICA 91210440 LIQUIDACIÓN OFI- MERAL LAFAURIE 72.191.032 VEHÍCULOS ZYY637 LIQUIDACIÓN OFI- YEISON ALFONSO 80.147.229 ICA 80147229 LIQUIDACIÓN OFI- CARLOS ALBERTO 79.600.105 ICA 79600105 LIQUIDACIÓN OFI- CLAUDIA PATRICIA 52.269.448 ICA 52269448 LIQUIDACIÓN OFI- ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-031285 DEL 10 DE OCTUBRE DE 2023 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ DDI-023562 2023EE278154 O1 202204213000052231 ELECTRONICA Y DDI-022984 2023EE277570 O1 202204213000052051 ZR INGENIERIA S.A 800.000.296 ICA 800000296 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-023356 2023EE277948 O1 202204213000055226 JANIOT MARTIRENA DDI-022784 2023EE277370 O1 202204213000051754 HERMANN ARNALDO DDI-030685 2023EE375080 C1 202209113000063395 NATES ALZA ENRIQUE 80.205.139 PREDIAL AAA0262RLNN LIQUIDACIÓN OFI- DDI-023337 2023EE277929 O1 202204213000052553 BELTRAN GUTIERREZ DDI-023226 2023EE277815 O1 202204213000052490 ARGEMIRO PINEDA DDI-023837 2023EE278430 O1 202204213000051971 VANEGAS DIAZ RI- DDI-024031 2023EE278625 O1 202204213000051951 DA SILVA TORRES DDI-023855 2023EE278448 O1 202204213000051679 ZARATE ANGEL HUGO DDI-014269 2023EE051007 C1 20230213000027556 FAWAZ AHMAD IDRISS DDI-022933 2023EE277519 O1 202204213000052191 MORENO SOLER DDI-014186 2023EE050924 O1 20230213000027338 IRIN HARLEY TORRES DDI-014190 2023EE050928 O1 20230213000027352 JULIO CESAR ES- DDI-022842 2023EE277428 O1 202204213000051938 ROJAS FANDIÑO DDI-014214 2023EE050952 O1 20230213000027481 KAREN ISABEL LO- DDI-030771 2023EE376648 O1 202204213000057514 FERNANDO MAYORGA DDI-014214 2023EE050952 O1 20230213000027481 KAREN ISABEL LO- DDI-024019 2023EE278613 O1 202204213000051587 TIRADO MORALES DDI-022766 2023EE277352 O1 202204213000051557 HOYOS GIRALDO REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-60 • 2023 • OCTUBRE • 13 60 SUR 29/09/2023 CERRADO 50A 37 28/09/2023 DESCONOCIDO OF 408 28/09/2023 NO RESIDE OF 502 27/09/2023 DESCONOCIDO MZ 21 CA 116 27/09/2023 NO RESIDE SUR BR KEN- NEDY CENTRAL 27/09/2023 DESCONOCIDO COMPENSACIÓN 01/09/2023 2022-7 CL 11B 81A 09 03/10/2023 CERRADO DEVOLUCIÓN Y/O CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 CL 139 113 29 29/09/2023 CERRADO CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 2020-7 KR 34 8 16 27/09/2023 DESCONOCIDO CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 CL 130F 103A 37 29/09/2023 CERRADO CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 KR 49A 94 35 27/09/2023 DESCONOCIDO CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 CL 104 14A 45 CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 2020-7 CL 41A SUR CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 CR 78 K 40 B 16 CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 KR 21 49 13 27/09/2023 DESCONOCIDO CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 KR 63 9 27 SUR 29/09/2023 CERRADO CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 KR 47N 105 38 28/09/2023 NO RESIDE CIAL DE REVISIÓN 21/09/2023 2019-7 AC 26 100 32 27/09/2023 CERRADO CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 CL 119 14 03 29/09/2023 NO RESIDE CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 CL 88B 110B 15 CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 2020-7 CL 11 F 72 A 25 29/09/2023 DESCONOCIDO CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 KR 29 71A 25 28/09/2023 CERRADO CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 KR 26 D 34 20 CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 AC 145 99 A 13 29/09/2023 CERRADO CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 2020-7 CL 125 19 89 NOTIFICACIÓN POR AVISO 900.026.367 ICA 900026367 LIQUIDACIÓN OFI- LTDA 830.071.191 ICA 830071191 LIQUIDACIÓN OFI- LTDA 830.019.488 ICA 830019488 LIQUIDACIÓN OFI- LTDA 800.088.443 ICA 800088443 LIQUIDACIÓN OFI- NIZACION 800.051.086 ICA 800051086 LIQUIDACIÓN OFI- CINCO SAS 900.061.878 ICA 900061878 LIQUIDACIÓN OFI- NORTE SAS 900.030.261 ICA 900030261 LIQUIDACIÓN OFI- VERA S. A. S 830.504.594 ICA 830504594 LIQUIDACIÓN OFI- HUMAR LTDA 830.057.557 ICA 830057557 LIQUIDACIÓN OFI- Y REDES S.A.S 830.072.851 ICA 830072851 LIQUIDACIÓN OFI- DORES Y LONJA VADA ANSE LTDA 830.071.567 ICA 830071567 LIQUIDACIÓN OFI- PROPIEDAD RAIZ OCCIDENTE S.A.S 830.075.657 ICA 830075657 RESOLUCIÓN DE SENTACIONES EU 832.005.387 ICA 832005387 LIQUIDACIÓN OFI- ISTRO DE AVALUA- LTDA- EN REORGA- DE COLOMBIA LTDA 805.020.084 ICA 805020084 LIQUIDACIÓN OFI- COLOMBIANA DE LA DE SEGURIDAD PRI- COLMANAGRO LTDA 900.040.366 ICA 900040366 LIQUIDACIÓN OFI- CORPORACION REG- ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-031285 DEL 10 DE OCTUBRE DE 2023 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ DDI-024046 2023EE278641 O1 202204213000053077 DISTRIBUIDORA C.B.

DDI-023669 2023EE278262 O1 202204213000053245 COLEGIO ALAFAS DEL DDI-023913 2023EE278506 O1 202204213000053298 COMERCIALIZADORA DDI-023382 2023EE277974 O1 202204213000053236 DDI-024161 2023EE278756 O1 202204213000053108 GH SAS 891.902.483 ICA 891902483 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-023030 2023EE277616 O1 202204213000052824 INGEMEC N & J S.A.S 830.514.774 ICA 830514774 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-024005 2023EE278599 O1 202204213000052904 AUTOREP REPRE- DDI-022990 2023EE277576 O1 202204213000052628 EDIFICACIONES, VIAS DDI-023843 2023EE278436 O1 202204213000052511 UMAF LIMITADA 830.064.212 ICA 830064212 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-022924 2023EE277510 O1 202204213000052647 SOCAR INGENIERIA DDI-030633 2023EE370951 O1 202204213000052590 AGENCIA NACIONAL DDI-022773 2023EE277359 O1 202204213000052831 RESTREPO CAÑA- DDI-022714 2023EE277300 O1 202204213000052275 TRANSPORTADORA DDI-023908 2023EE278501 O1 202204213000052587 SEGURIDAD FLORIDA DDI-022706 2023EE277292 O1 202204213000052485 OROGRAFICAS LTDA 830.013.035 ICA 830013035 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-022653 2023EE277239 O1 202204213000052139 BRAVO CORTES Y CIA DDI-023314 2023EE277906 O1 202204213000052131 ITAC CONSTRUIONES DDI-024212 2023EE278807 O1 202204213000052252 GAMAS SEGURIDAD DDI-028777 2023EE339714 O1 202308177000017931 SURTIMADERAS DEL 61 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-61 • 2023 • OCTUBRE • 13 2104 28/09/2023 CERRADO OF 130 27/09/2023 NO RESIDE CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 AC 3 30A 28 27/09/2023 DESCONOCIDO CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2020-2, 3, 4, 5, 6 CL 24 B 100 41 28/09/2023 CERRADO CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 KR 71 54 81 27/09/2023 NO RESIDE CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 2020-7 KR 22A 85 20 28/09/2023 CERRADO CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-6 2020-7 KR 66 A 45 27 27/09/2023 NO RESIDE CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 CL 1D 25A 48 27/09/2023 NO RESIDE CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 KR 29B 71 43 27/09/2023 NO RESIDE CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 KR 70D 48A 09 27/09/2023 NO RESIDE CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2020-7 CL 143A 111B 13 28/09/2023 DESCONOCIDO CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 CL 55 70 C 39 27/09/2023 DESCONOCIDO CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 CL 95 67 48 27/09/2023 NO RESIDE CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 CL 81 12 44 27/09/2023 NO RESIDE CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 CL 7 SUR 18 44 27/09/2023 NO RESIDE CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 AK 89 0 78 28/09/2023 DESCONOCIDO CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 2020-6 AK 36 4 08 27/09/2023 NO RESIDE CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 KR 7 32 33 OF CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 AK 70 65A 71 CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 2020-7 KR 51A 4 50 27/09/2023 DESCONOCIDO NOTIFICACIÓN POR AVISO 900.217.227 ICA 900217227 LIQUIDACIÓN OFI- 900.170.631 ICA 900170631 LIQUIDACIÓN OFI- SAS 900.330.074 ICA 900330074 LIQUIDACIÓN OFI- LTDA 900.221.205 ICA 900221205 LIQUIDACIÓN OFI- S A S 900.273.008 ICA 900273008 LIQUIDACIÓN OFI- S A S 900.205.852 ICA 900205852 LIQUIDACIÓN OFI- S.A.S 900.104.453 ICA 900104453 LIQUIDACIÓN OFI- GEL LTDA 900.249.710 ICA 900249710 LIQUIDACIÓN OFI- IERIA S.A.S 900.254.035 ICA 900254035 LIQUIDACIÓN OFI- DESIGN SAS 900.279.168 ICA 900279168 LIQUIDACIÓN OFI- LOMBIA S A S 900.100.402 ICA 900100402 LIQUIDACIÓN OFI- TIONS S. A. S.

ECOAFA S A S SIMPLIFICADA 900.317.971 ICA 900317971 LIQUIDACIÓN OFI- COMPANY LTDA 900.229.394 ICA 900229394 LIQUIDACIÓN OFI- AND DATA SOLU- ENVIRONMENTAL CESS DOCUMENT Y AGROPECUARIA PROYECTOS S.A.S 900.301.055 ICA 900301055 LIQUIDACIÓN OFI- MULTISERVIS LTDA 900.065.103 ICA 900065103 LIQUIDACIÓN OFI- Y MANTENIMIENTO EMPRESA DE CON- BIENTAL FORESTAL MISION 1 A NIMAIMA PRODYGYTEK PRO- CACION Y MONTAJE DAD POR ACCIONES CONSULTORES LTDA 900.146.088 ICA 900146088 LIQUIDACIÓN OFI- SULTORIA Y OBRA AM- ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-031285 DEL 10 DE OCTUBRE DE 2023 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ DDI-023868 2023EE278461 O1 202204213000054161 TRANSPORTES DDI-023613 2023EE278206 O1 202204213000053737 OXY EXPRESS SOCIE- DDI-022945 2023EE277531 O1 202204213000053623 ROCATEK S A S 900.307.082 ICA 900307082 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-023056 2023EE277642 O1 202204213000053746 EHU INGENIERIA DE DDI-023916 2023EE278509 O1 202204213000053631 HYDRAULIC AND DDI-023386 2023EE277978 O1 202204213000053694 TEC-CONS INGEN- DDI-022959 2023EE277545 O1 202204213000053666 F5 INGENIERIA FABRI- DDI-023972 2023EE278565 O1 202204213000053612 SEGURIDAD ARCAN- DDI-022863 2023EE277449 O1 202204213000053671 NATURAL COTTON DDI-023003 2023EE277589 O1 202204213000053574 PINTUSEÑALIZAR DDI-022618 2023EE277204 O1 202204213000053571 DDI-023250 2023EE277840 O1 202204213000053659 INVERSIA GROUP DDI-023555 2023EE278147 O1 202204213000053310 DDI-023860 2023EE278453 O1 202204213000053261 GRANYPROC LTDA 900.125.919 ICA 900125919 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-023420 2023EE278012 O1 202204213000053533 PAM AUDITORES Y DDI-023995 2023EE278589 O1 202204213000053231 CTO MEDICINA CO- DDI-023244 2023EE277833 O1 202204213000053076 INGENIERIA DE ASEO DDI-024047 2023EE278642 O1 202204213000053334 GAS NATURALEZA REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-62 • 2023 • OCTUBRE • 13 62 213 29/09/2023 NO RESIDE 301 28/09/2023 CERRADO 64 12 28/09/2023 DESCONOCIDO 73A 86 27/09/2023 NO RESIDE 72K 51 28/09/2023 DESCONOCIDO 70B 44 28/09/2023 DESCONOCIDO AP 401 28/09/2023 CERRADO OF 502 27/09/2023 DESCONOCIDO OF 802 27/09/2023 NO RESIDE OF 202 27/09/2023 NO RESIDE 63 SUR 28/09/2023 DESCONOCIDO CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 CL 125 19 89 CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 KR 44 22 A 64 CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2020-7 CL 57B SUR CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 CL 98 A 69 B 55 27/09/2023 DESCONOCIDO CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 KR 13 96 67 OF CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 2020-7 AC 26 68C 61 CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 CL 15 33 80 27/09/2023 NO RESIDE CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 KR 71D BIS 31 CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 CL 37B SUR CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 KR 69P BIS CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 2020-7 KR 77A 64C 26 CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 KR 70 1 75 OF CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2020-7 CL 90 12 28 29/09/2023 DESCONOCIDO CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2020-7 CL 64I 83 14 27/09/2023 NO RESIDE CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 KR 77C 68 27 28/09/2023 CERRADO CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 CL 107A 8 30 28/09/2023 NO RESIDE CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 CL 36 SUR CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 KR 31 2B 03 27/09/2023 DESCONOCIDO NOTIFICACIÓN POR AVISO 900.546.495 ICA 900546495 LIQUIDACIÓN OFI- 900.423.920 ICA 900423920 LIQUIDACIÓN OFI- SAS LTDA 900.379.981 ICA 900379981 LIQUIDACIÓN OFI- S A S 900.523.066 ICA 900523066 LIQUIDACIÓN OFI- S A S 900.370.360 ICA 900370360 LIQUIDACIÓN OFI- S.A.S 900.520.069 ICA 900520069 LIQUIDACIÓN OFI- S.A.S 900.367.592 ICA 900367592 LIQUIDACIÓN OFI- S.A.S. 900.552.521 ICA 900552521 LIQUIDACIÓN OFI- S.A.S. 900.534.835 ICA 900534835 LIQUIDACIÓN OFI- S.A.S. 900.421.143 ICA 900421143 LIQUIDACIÓN OFI- IDEAS SAS 900.496.142 ICA 900496142 LIQUIDACIÓN OFI- SERVICIOS WRMG S.A.S 900.501.172 ICA 900501172 LIQUIDACIÓN OFI- TORES S.A.S 900.330.287 ICA 900330287 LIQUIDACIÓN OFI- TARIOS S A S INTEGRALES EN TACARGAS S A S 900.429.749 ICA 900429749 LIQUIDACIÓN OFI- DERECHO, CONT- ASOCIADOS S.A.S. 900.557.699 ICA 900557699 LIQUIDACIÓN OFI- ABILIDAD Y TRIBU- NICOS EL CUADRIL ENIEROS CONSUL- ENIERIA DE ALTURA ENIERIA Y GESTION SUMINISTROS - H&M Y SOLUCIONES S A S 900.434.616 ICA 900434616 LIQUIDACIÓN OFI- COMERCIALIZADORA DE PRODUCTOS CAR- ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-031285 DEL 10 DE OCTUBRE DE 2023 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ DDI-023594 2023EE278187 O1 202204213000054432 GOMEZ SERRATO & DDI-022600 2023EE277186 O1 202204213000054353 CGR PROYECTOS DDI-023261 2023EE277852 O1 202204213000053972 DDI-023581 2023EE278174 O1 202204213000053953 AMACAYO S A S 900.535.424 ICA 900535424 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-023580 2023EE278173 O1 202204213000053787 T & C SERVICES DDI-022755 2023EE277341 O1 202204213000054303 MARKA AEREA ING- DDI-023592 2023EE278185 O1 202204213000053956 MULTINGENIERIA DDI-023880 2023EE278473 O1 202204213000053873 HERRAJES MOLDES Y DDI-024202 2023EE278797 O1 202204213000053768 COMUNICANDO DDI-023517 2023EE278109 O1 202204213000054400 LC DISTRIBUCIONES DDI-022882 2023EE277468 O1 202204213000054184 INTEGRAL DE MON- DDI-022728 2023EE277314 O1 202204213000054120 DDI-022941 2023EE277527 O1 202204213000053968 IT ROI SOLUTIONS DDI-022721 2023EE277307 O1 202204213000053801 SEGURIDAD ARARAT DDI-023341 2023EE277933 O1 202204213000054082 ARQUITECTURA ING- DDI-023406 2023EE277998 O1 202204213000054109 EPDM ECOROOFING DDI-024026 2023EE278620 O1 202204213000054335 COMPAÑIA L&M ING- DDI-023340 2023EE277932 O1 202204213000054021 NEXO STUDIO SAS 900.364.148 ICA 900364148 LIQUIDACIÓN OFI- 63 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-63 • 2023 • OCTUBRE • 13 202 27/09/2023 NO RESIDE 447 27/09/2023 DESCONOCIDO PI 2 27/09/2023 NO RESIDE K 65 29/09/2023 DESCONOCIDO SUR 29/09/2023 CERRADO SUR 27/09/2023 DESCONOCIDO SUR 27/09/2023 NO RESIDE 72J 55 29/09/2023 CERRADO LC 150 29/09/2023 DESCONOCIDO AP 401 28/09/2023 NO RESIDE OF 414 27/09/2023 NO RESIDE SUR PI 2 27/09/2023 DESCONOCIDO USAQUEN 28/09/2023 NO RESIDE ESTE MARIANA 27/09/2023 NO RESIDE BRR BOSQUES D SUR BRR ARABIA 29/09/2023 REHUSADO CIAL DE AFORO 26/09/2023 2018 CL 38 B SUR 72 CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 CL 75 53 35 AP CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 CL 38D SUR CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 2020-7 KR 101 147 21 CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 2020-7 KR 72G 39 54 CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 CL 20 82 52 OF CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 KR 108 71A 57 CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 CL 109 14B 60 LC CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2020-7 2019-7 CL 114A 45 65 CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 KR 78B 38C 64 CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 KR 18F 82D 17 CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 2020-7 KR 16 55 48 PI 2 27/09/2023 DESCONOCIDO CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 CL 95A 69C 03 28/09/2023 CERRADO CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 AK 50 1 B 61 27/09/2023 DESCONOCIDO CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 KR 18A 73 26 CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 2020-7 AK 86 51 66 27/09/2023 NO RESIDE CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2020-7 KR 77A 64B 04 CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 2020-7 AK 68 75 A 50 CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 KR 99A 135 45 02/10/2023 CERRADO CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 KR 24D 18 55 EACIÓN URBANA LC1530470 LIQUIDACIÓN OFI- NOTIFICACIÓN POR AVISO 900.601.876 ICA 900601876 LIQUIDACIÓN OFI- SAS 900.754.021 ICA 900754021 LIQUIDACIÓN OFI- SAS 900.719.984 ICA 900719984 LIQUIDACIÓN OFI- SAS 900.639.971 ICA 900639971 LIQUIDACIÓN OFI- S.A.S 900.609.904 ICA 900609904 LIQUIDACIÓN OFI- S.A.S. 900.671.514 ICA 900671514 LIQUIDACIÓN OFI- S.A.S. 900.642.930 ICA 900642930 LIQUIDACIÓN OFI- CION SAS 900.724.441 ICA 900724441 LIQUIDACIÓN OFI- CLAJES S A S 900.715.814 ICA 900715814 LIQUIDACIÓN OFI- SIMPLIFICADA CANICAS S A S 900.611.336 ICA 900611336 LIQUIDACIÓN OFI- ORDOÑEZ SAS 900.680.729 ICA 900680729 LIQUIDACIÓN OFI- AL CARGO S.A.S 900.705.808 ICA 900705808 LIQUIDACIÓN OFI- STRUIONES SAS 900.587.752 ICA 900587752 LIQUIDACIÓN OFI- VESTMENTS S A S 900.699.462 ICA 900699462 LIQUIDACIÓN OFI- CONSTRUIONES Y Y ALUMINIOS S A S 900.628.575 ICA 900628575 LIQUIDACIÓN OFI- EÑO & AUTOMATIZA- AL GRANADOS S.A.S 900.639.111 ICA 900639111 LIQUIDACIÓN OFI- SERVICIOS WDK SO- CIEDAD POR AIONES ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-031285 DEL 10 DE OCTUBRE DE 2023 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ DDI-022769 2023EE277355 O1 202204213000054443 DISEÑOS GLOBALES DDI-024001 2023EE278595 O1 202204213000054472 JT INGENIERIA DIS- DDI-023501 2023EE278093 O1 202204213000054076 CRIMSON GROUP DDI-024206 2023EE278801 O1 202204213000054499 FADIESCOLRECI- DDI-024085 2023EE278680 O1 202204213000054259 CI - OIL INTERNATION- DDI-023434 2023EE278028 O1 202204213000054249 PROVIDENTIAL IN- DDI-023675 2023EE278268 O1 202204213000054477 C INVERSIONES S.A.S 900.686.774 ICA 900686774 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-022678 2023EE277264 O1 202204213000054039 DANIEL PEREIRA DDI-023296 2023EE277888 O1 202204213000054487 TRANSPORTES TEVE DDI-024090 2023EE278685 O1 202204213000053929 MARRON D&C SAS 900.659.003 ICA 900659003 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-030775 2023EE376848 C1 202006100194023101 EDIFICIO 72 X 1 SAS 900.650.694 DELIN- DDI-022913 2023EE277499 O1 202204213000054229 SITTE INGENIERIA DDI-022914 2023EE277500 O1 202204213000054148 GRUPO EMPRESARI- DDI-023263 2023EE277854 O1 202204213000053822 CONSTRUMAQUETAS DDI-023539 2023EE278131 O1 202204213000054348 POWER FULL VIDRIOS DDI-023636 2023EE278229 O1 202204213000053821 TYMAK S.A.S 900.609.978 ICA 900609978 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-023637 2023EE278230 O1 202204213000053997 OC Y ELECTROME- DDI-022866 2023EE277452 O1 202204213000054211 INTICO COLOMBIA DDI-022643 2023EE277229 O1 202204213000054322 LC MOLANO CON- DDI-023039 2023EE277625 O1 202204213000054271 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-64 • 2023 • OCTUBRE • 13 64 20 29/09/2023 CERRADO 310 27/09/2023 NO RESIDE 201 27/09/2023 DESCONOCIDO F 12 27/09/2023 DESCONOCIDO SUR 28/09/2023 DESCONOCIDO 91 25 29/09/2023 CERRADO JULIO 27/09/2023 DESCONOCIDO IN 104 28/09/2023 CERRADO AP 101 27/09/2023 DESCONOCIDO OF 703 03/10/2023 NO RESIDE SUR I 3 29/09/2023 CERRADO 15 TO 8 28/09/2023 NO RESIDE CL 127 B BIS 46 VEINTE D ESTE 63 OF 101 OF 101 OF 101 28/09/2023 DESCONOCIDO CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 2020-7 KR 72I 37D 65 CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2020-7 CL 16J 96C 48 CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 KR 14 89 48 OF CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 KR 31B 3 33 AP CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 2020-7 CL 67 71B 57 27/09/2023 NO RESIDE CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2020-7 AC 26 57 83 PS CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 AC 90 94P 07 CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 KR 58A 128B 15 28/09/2023 DESCONOCIDO CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 CL 35 C SUR 73 CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 2020-7 CL 24 C 72 B 39 28/09/2023 CERRADO CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 CL 34B SUR CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 KR 33A 35A 70 CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 2020-7 KR 62 12 78 IN 1 27/09/2023 DESCONOCIDO CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 CL 26 7 05 BRR CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2020-7 2019-7 CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 2020-7 CL 139 BIS 103F CIAL DE REVISIÓN 27/09/2023 2020 TV 19A 98 28 CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 KR 47 91 79 27/09/2023 NO RESIDE NOTIFICACIÓN POR AVISO 900.961.641 ICA 900961641 LIQUIDACIÓN OFI- 900.935.353 ICA 900935353 LIQUIDACIÓN OFI- SAS 900.826.155 ICA 900826155 LIQUIDACIÓN OFI- SAS 900.775.769 PREDIAL AAA0259KBRJ LIQUIDACIÓN OFI- S A S S.A.S 900.977.654 ICA 900977654 LIQUIDACIÓN OFI- S.A.S S.A.S. 900.904.720 ICA 900904720 LIQUIDACIÓN OFI- S.A.S. 900.882.242 ICA 900882242 LIQUIDACIÓN OFI- DOS S A S 900.846.417 ICA 900846417 LIQUIDACIÓN OFI- EROS SAS 900.956.572 ICA 900956572 LIQUIDACIÓN OFI- TOS JW SAS 900.880.558 ICA 900880558 LIQUIDACIÓN OFI- SOLUCIONES GABRIEL SAS 900.759.329 ICA 900759329 LIQUIDACIÓN OFI- BUILDINGS E.S DE INGENIERIA, PORTADORA SAN RODRIGUEZ S.A.S 900.784.876 ICA 900784876 LIQUIDACIÓN OFI- TOS Y OBRAS SAS 900.934.409 ICA 900934409 LIQUIDACIÓN OFI- IAL FB AUDITORES BIANA DE PROYEC- INDUSTRIALIZADOS AMBIENTE Y SAARIA CONVENCIONALES E TRANSPORTE, MEDIO ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-031285 DEL 10 DE OCTUBRE DE 2023 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ DDI-022759 2023EE277345 O1 202204213000054845 SGH STUDIO S A S 901.023.332 ICA 901023332 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-022747 2023EE277333 O1 202204213000054823 A&R CONSTRUIONES DDI-023507 2023EE278099 O1 202204213000054797 ETORA SAS 900.967.059 ICA 900967059 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-023300 2023EE277892 O1 202204213000054554 INGENIERIA COLOM- DDI-022997 2023EE277583 O1 202204213000054638 DDI-022741 2023EE277327 O1 202204213000054505 FUNDACION FFNAR 900.949.789 ICA 900949789 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-023586 2023EE278179 O1 202204213000054987 PROCIMCO INGENI- DDI-023686 2023EE278279 O1 202204213000054573 DDI-023999 2023EE278593 O1 202204213000054870 BK TECHNOLOGIES DDI-022889 2023EE277475 O1 202204213000054715 MULTILINK COLOMBIA DDI-024093 2023EE278688 O1 202204213000054621 OBRAS Y PROYEC- DDI-023599 2023EE278192 O1 202204213000054820 TUAN SPORT SAS 900.849.105 ICA 900849105 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-023319 2023EE277911 O1 202204213000054649 VARU & PIMA ASOCIA- DDI-022836 2023EE277422 O1 202204213000054219 GRUPO EMPRESAR- DDI-023391 2023EE277983 O1 202204213000054395 CONSTRUASEO DDI-023012 2023EE277598 O1 202204213000054488 KEY ADVISOR S.A.S. 900.785.868 ICA 900785868 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-030780 2023EE376967 C1 20230213000027148 PROMOTORA CANELA DDI-022737 2023EE277323 O1 202204213000054162 EMPRESA TRANS- 65 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-65 • 2023 • OCTUBRE • 13 304 29/09/2023 NO RESIDE 171 27/09/2023 NO RESIDE SUR 29/09/2023 CERRADO 72J 86 28/09/2023 DESCONOCIDO 51B 35 28/09/2023 DESCONOCIDO 29 IN 1 27/09/2023 DESCONOCIDO NO. 90 95 27/09/2023 DESCONOCIDO CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2020-7 AV CENTENARIO CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 CL 37F SUR CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2020-7 CR 71 D NO. 49 A CIAL DE REVISIÓN 21/09/2023 2020 KR 55 82 227 03/10/2023 DESCONOCIDO CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 CL 165 54 C 84 28/09/2023 DESCONOCIDO CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 CL 87 21 34 27/09/2023 NO RESIDE CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2020-7 KR 81 42F 82 CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 KR 29 11 60 27/09/2023 NO RESIDE CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 KR 58 94B 10 27/09/2023 DESCONOCIDO CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 2020-7 AK 70 64I 61 27/09/2023 DESCONOCIDO CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 CL 139 101 06 28/09/2023 DESCONOCIDO CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 KR 24 83A 30 28/09/2023 CERRADO CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 AC 26 SUR CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 KR 69Q 77 64 27/09/2023 NO RESIDE CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 KR 82 B 11 B 24 28/09/2023 CERRADO CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 KR 15 99 13 OF CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 KR 105B 130D 50 28/09/2023 DESCONOCIDO CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 KR 19 12 66 LC NOTIFICACIÓN POR AVISO 901.065.926 ICA 901065926 LIQUIDACIÓN OFI- SAS 901.180.968 ICA 901180968 LIQUIDACIÓN OFI- SAS S.A.S 901.366.360 ICA 901366360 LIQUIDACIÓN OFI- S.A.S. 901.072.682 ICA 901072682 LIQUIDACIÓN OFI- JBARA 1.013.006.631 VEHÍCULOS FPT411 LIQUIDACIÓN OFI- GM SAS 901.201.797 ICA 901201797 LIQUIDACIÓN OFI- TURAS S.A.S 901.179.286 ICA 901179286 LIQUIDACIÓN OFI- LOMBIA S.A.S. 901.246.000 ICA 901246000 LIQUIDACIÓN OFI- NEERING SAS 901.113.207 ICA 901113207 LIQUIDACIÓN OFI- ALUMINIO SAS 901.115.863 ICA 901115863 LIQUIDACIÓN OFI- AERODORADO 901.296.954 ICA 901296954 LIQUIDACIÓN OFI- COLOMBIA SAS 901.056.848 ICA 901056848 LIQUIDACIÓN OFI- DIANA KATERINE 1.104.700.612 ICA 1104700612 LIQUIDACIÓN OFI- CONSULAR CON- FACTURE & ENGI- DONDE ALEX SAS 901.033.258 ICA 901033258 LIQUIDACIÓN OFI- MARIN VELEZ SAS 901.228.186 ICA 901228186 LIQUIDACIÓN OFI- CHOS Y TORNILLOS METALES MAJA SAS 901.038.017 ICA 901038017 LIQUIDACIÓN OFI- MANUFACTURAS EN STRUION CONSULTO- RIA Y ARQUITECTURA ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-031285 DEL 10 DE OCTUBRE DE 2023 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ DDI-024110 2023EE278705 O1 202204213000054723 GAU ACERO ESTRUC- DDI-014231 2023EE050969 C1 20230213000027512 KHALIL GEBARA DDI-022983 2023EE277569 O1 202204213000051597 PUENTES LEON DDI-022744 2023EE277330 O1 202204213000055151 LLANTAS BARRAGAN DDI-023349 2023EE277941 O1 202204213000055223 3+ SECURITY COLOM- BIA LIMITADA 901.335.977 ICA 901335977 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-022857 2023EE277443 O1 202204213000054637 QUIMIROMAR CO- DDI-023934 2023EE278527 O1 202204213000055083 CONSORCIO PISTAS DDI-023904 2023EE278497 O1 202204213000055011 CONSTRUCTORA DDI-023381 2023EE277973 O1 202204213000054730 CONVEYOR MANU- DDI-023493 2023EE278085 O1 202204213000054704 FELINE DOCTOR SAS 901.123.714 ICA 901123714 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-023672 2023EE278265 O1 202204213000054923 NACIONAL DE CAU- DDI-024084 2023EE278679 O1 202204213000054651 INDUSTRIAS Y DDI-023509 2023EE278101 O1 202204213000054919 RUEDA PUBLICIDAD DDI-022815 2023EE277401 O1 202204213000054962 DIGIWAY GROUP DDI-022601 2023EE277187 O1 202204213000054905 DDI-022894 2023EE277480 O1 202204213000054661 T-TRIXSOLUTIONS DDI-023888 2023EE278481 O1 202204213000054827 RECUPERADORA DE DDI-023492 2023EE278084 O1 202204213000054753 CACHARRERIA REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-66 • 2023 • OCTUBRE • 13 66 NOTIFICACIÓN POR AVISO Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal los dos (2) meses siguientes a la publicación del presente aviso.

ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-031285 DEL 10 DE OCTUBRE DE 2023 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ Contra los actos administrativos mencionados procede el Recurso de Reconsideración que deberá interponerse ante la Oficina de Recursos Tributarios de la Subdirección Jurídico Tributaria, ubicada en la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá en la Carrera 30 No. 25 – 90 piso 14, costado occidental dentro de MARÍA LINNETTE ROJAS RIVERA 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-67 • 2023 • OCTUBRE • 13 CAUSAL DE DEVOLUCIÓN DE FECHA DEVOLUCIÓN 404 03/10/2023 NO RESIDE AP 201 03/10/2023 DESCONOCIDO NOTIFICACIÓN PERÍODO GRAVABLE DIRECCIÓN DE DEL ACTO FECHA 25/09/2023 2021 KR 52 A 123 B 21 27/09/2023 2021 KR 115 D 69 A 05 03/10/2023 CERRADO TIPO DE ACTO ESPECIAL 14/09/2023 2020-7 KR 40 6 19 25/09/2023 DESCONOCIDO COMPENSACIÓN COMPENSACIÓN DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DE SOLICITUD DE DE SOLICITUD DE AUTO INADMISORIO AUTO INADMISORIO PLACA - CHIP Y/O MATRICULA INMOBILIARIA-NIT DE TIPO IMPUESTO NOTIFICACIÓN POR AVISO ENTE IDENTIFI- 830.053.382 PREDIAL AAA0072PZOM AUTO DE ARCHIVO 28/09/2023 2017, 2020, 2021 KR 11 73 44 OF CACIÓN DEL CONTRIBUY- Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal 2020 901.441.294 ICA 901.441.294 REQUERIMIENTO QUINTERO 19.383.972 VEHÍCULOS DCM14E APODERADO LIQUIDACION NOMBRE DEL FIDEICOMISOS UCN SOCIEDAD PUENTES PEÑA 79.874.172 PREDIAL AAA0222ZURJ FIDUCIARIA S A EN CONTRIBUYENTE Y/O ANEXO No.2 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-031285 DEL 10 DE OCTUBRE DE 2023 EXPEDIENTE contribuyentes que se relacionan a continuación, las actuaciones administrativas objeto de la presente publicación.

SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ La Jefe de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber:

Subdirección de Recaudación y Cuentas Corrientes y la Oficina General de Fiscalización de la Subdirección de Determinación, profirierón para los En consecuencia, conforme a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por medio de la publicación a:

Que los Jefes de la Oficina de Control Masivo de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, la Oficina de Cuentas Corrientes y Devoluciones de la NA 2023EE355650 O1 202308043000089852 UT LLANTAS DIRAF NA 2023EE381572 O1 20230213000029011 No.

Contra los actos administrativos mencionados no procede ningún Recurso. La notificación se entenderá surtida desde la fecha de publicación de este aviso.

CIÓN No. RADICADO No. DE RESOLU- DDI-030807 2023EE378044 O1 202309277000018677 JOSE PASTOR DDI-030707 2023EE375462 O1 202309257000018554 OCTAVIO CHARRY MARÍA LINNETTE ROJAS RIVERA REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-68 • 2023 • OCTUBRE • 13 68 DECRETOS LOCALES ALCALDÍA LOCAL DE LA CANDELARIA DECRETO LOCAL Nº 002 (30 de marzo de 2022)

“Por el cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de La Candelaria”

69 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-69 • 2023 • OCTUBRE • 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-70 • 2023 • OCTUBRE • 13 70 DECRETO LOCAL Nº 003 (19 de abril de 2022)

“Por medio del cual se liquida la adición al presupuesto de la vigencia fiscal 2022 del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, de conformidad con el Acuerdo Local No. 036 del 05 de abril de 2022”.

71 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-71 • 2023 • OCTUBRE • 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-72 • 2023 • OCTUBRE • 13 72 73 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-73 • 2023 • OCTUBRE • 13 DECRETO LOCAL Nº 004 (21 de abril de 2022)

“Por medio del cual se ajusta el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria para la vigencia fiscal 2022”.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-74 • 2023 • OCTUBRE • 13 74 75 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-75 • 2023 • OCTUBRE • 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-76 • 2023 • OCTUBRE • 13 76 77 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-77 • 2023 • OCTUBRE • 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-78 • 2023 • OCTUBRE • 13 78 79 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-79 • 2023 • OCTUBRE • 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-80 • 2023 • OCTUBRE • 13 80 DECRETO LOCAL Nº 005 (27 de abril de 2022)

“Por medio del cual se ajusta el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria para la vigencia fiscal 2022”.

81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-81 • 2023 • OCTUBRE • 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-82 • 2023 • OCTUBRE • 13 82 DECRETO LOCAL Nº 005 (13 de abril de 2021)

“Por medio del cual se ajusta el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria para la vigencia fiscal 2021”.

83 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-83 • 2023 • OCTUBRE • 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-84 • 2023 • OCTUBRE • 13 84 85 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-85 • 2023 • OCTUBRE • 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-86 • 2023 • OCTUBRE • 13 86 DECRETO LOCAL Nº 006 (8 de junio de 2021)

“Por el cual se ajusta el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria para la vigencia fiscal 2021”.

87 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-87 • 2023 • OCTUBRE • 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-88 • 2023 • OCTUBRE • 13 88 DECRETO LOCAL Nº 007 (13 de julio de 2021)

“Por medio del cual se efectúa un traslado en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria para la vigencia fiscal 2021”.

89 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-89 • 2023 • OCTUBRE • 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-90 • 2023 • OCTUBRE • 13 90 91 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-91 • 2023 • OCTUBRE • 13 DECRETO LOCAL Nº 008 (21 de julio de 2021)

“Por medio del cual se efectúa un traslado presupuestal en el presupuesto de gastos e inversión del Fondo de Desarrollo Local de la Candelaria, para la vigencia fiscal 2021”

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-92 • 2023 • OCTUBRE • 13 92 93 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-93 • 2023 • OCTUBRE • 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-94 • 2023 • OCTUBRE • 13 94 DECRETO LOCAL Nº 009 (12 de agosto de 2021)

“Por medio del cual se efectúa un traslado en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria para la vigencia fiscal 2021”.

95 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-95 • 2023 • OCTUBRE • 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-96 • 2023 • OCTUBRE • 13 96 97 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-97 • 2023 • OCTUBRE • 13 DECRETO LOCAL Nº 010 (15 de octubre de 2021)

“Por medio del cual se efectúa un traslado presupuestal en el presupuesto de gastos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, para la vigencia fiscal 2021”

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-98 • 2023 • OCTUBRE • 13 98 99 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-99 • 2023 • OCTUBRE • 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-100 • 2023 • OCTUBRE • 13 100 DECRETO LOCAL Nº 011 (5 de noviembre de 2021)

“Por medio del cual se efectúa un traslado presupuestal en el presupuesto de gastos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, para la vigencia fiscal 2021”

101 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-101 • 2023 • OCTUBRE • 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-102 • 2023 • OCTUBRE • 13 102 103 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-103 • 2023 • OCTUBRE • 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-104 • 2023 • OCTUBRE • 13 104 DECRETO LOCAL Nº 012 (5 de noviembre de 2021)

“Por medio del cual se efectúa un traslado presupuestal en el presupuesto de gastos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, para la vigencia fiscal 2021”

105 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-105 • 2023 • OCTUBRE • 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-106 • 2023 • OCTUBRE • 13 106 107 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-107 • 2023 • OCTUBRE • 13 DECRETO LOCAL Nº 013 (20 de diciembre de 2022)

“Por medio del cual se liquida el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria para la vigencia fiscal 2023”

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-108 • 2023 • OCTUBRE • 13 108 109 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-109 • 2023 • OCTUBRE • 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-110 • 2023 • OCTUBRE • 13 110 111 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-111 • 2023 • OCTUBRE • 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-112 • 2023 • OCTUBRE • 13 112 113 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-113 • 2023 • OCTUBRE • 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-114 • 2023 • OCTUBRE • 13 114 115 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-115 • 2023 • OCTUBRE • 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-116 • 2023 • OCTUBRE • 13 116 117 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-117 • 2023 • OCTUBRE • 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-118 • 2023 • OCTUBRE • 13 118 119 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-119 • 2023 • OCTUBRE • 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-120 • 2023 • OCTUBRE • 13 120 121 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-121 • 2023 • OCTUBRE • 13 DECRETO LOCAL Nº 014 (1 de diciembre de 2021)

“Por medio del cual se efectúa un traslado presupuestal en el presupuesto de gastos e inversión del Fondo de Desarrollo Local de la Candelaria, para la vigencia fiscal 2021”

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-122 • 2023 • OCTUBRE • 13 122 123 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-123 • 2023 • OCTUBRE • 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-124 • 2023 • OCTUBRE • 13 124 125 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-125 • 2023 • OCTUBRE • 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-126 • 2023 • OCTUBRE • 13 126 127 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-127 • 2023 • OCTUBRE • 13 DECRETO LOCAL Nº 015 (22 de diciembre de 2021)

“Por medio del cual se liquida el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria para la vigencia fiscal 2022”

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-128 • 2023 • OCTUBRE • 13 128 129 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-129 • 2023 • OCTUBRE • 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-130 • 2023 • OCTUBRE • 13 130 131 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-131 • 2023 • OCTUBRE • 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-132 • 2023 • OCTUBRE • 13 132 133 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-133 • 2023 • OCTUBRE • 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-134 • 2023 • OCTUBRE • 13 134 135 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-135 • 2023 • OCTUBRE • 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-136 • 2023 • OCTUBRE • 13 136 137 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-137 • 2023 • OCTUBRE • 13 DECRETO LOCAL Nº 016 (24 de diciembre de 2021)

“Por medio del cual se efectúa un traslado presupuestal en el presupuesto de gastos e inversión del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria para la vigencia fiscal 2021”.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-138 • 2023 • OCTUBRE • 13 138 139 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-139 • 2023 • OCTUBRE • 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-140 • 2023 • OCTUBRE • 13 140 141 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-141 • 2023 • OCTUBRE • 13 RESOLUCIÓN LOCAL DE 2023 ALCALDÍA LOCAL DE ENGATIVÁ RESOLUCIÓN LOCAL Nº 652 (10 de octubre de 2023)

“Por medio de la cual se ordena el pago del certificado para firma digital del Ordenador del Gasto del Fondo de Desarrollo Local de Engativá, con cargo al presupuesto de la vigencia 2023”

EL ALCALDE LOCAL DE ENGATIVÁ ( E )

En ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Decreto 714 de 1996, el Artículo 1 del Decreto 374 de 2019, y el Decreto 192 de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el literal c) del artículo 2º de la Ley 527 de 1999 la firma digital es “(…) un valor numérico que se adhiere a un mensaje de datos y que, utilizando un procedimiento matemático conocido, vinculado a la clave del iniciador y al texto del mensaje permite determinar que este valor se ha obtenido exclusivamente con la clave del iniciador y que el mensaje no ha sido modificado después de efectuada la transformación”.

Que es necesario protocolizar la firma electrónica en los documentos y/o actos administrativos expedidos por la administración local, en cumplimiento de lo establecido en el Decreto 2364 de 2012 “Por medio del cual se reglamenta el artículo 7 de la Ley 527 de 1999; sobre firma electrónica y se dictan otras disposiciones”.

Que la Secretaría Distrital de Hacienda expidió la Resolución SDH-243 del 9 de Junio de 2016, “Por medio de la cual se adopta la política de pagos electrónicos con recursos del Tesoro Distrital”, estableciendo una política distrital en materia de Tesorería, con fundamento entre otras normas, en el artículo 62 del Acuerdo 257 de 2006 del Concejo de Bogotá, artículo 4º del Decreto Distrital 601 de 2014 (Modificado por el art. 1, Decreto Distrital 364 de 2015), parágrafo 4º del artículo 7º del Decreto Distrital 234 de 2015 y artículo 3º de la Ley 1341 de 2009.

Que la Resolución SDH-243 del 9 de junio de 2016, tiene como objetivo principal fortalecer el servicio a través del uso de la tecnología, la seguridad y el control de riesgos, cumplir con criterios de austeridad en el gasto y eficiencia de la administración pública y promover la política estatal de formalización de la economía y bancarización.

Código: GDI - GPD – F034 Versión: 04 Vigencia: 09 de septiembre de 2022 Caso HOLA: 264371 Alcaldía Local de Engativá Calle 71 No. 73 A – 44 Código Postal: 111051 Tel. 2916670 EXT. 2114-2814-2603 cdi.engativa@gobiernbogota.gov.co Información Línea 195 www.engativa.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-142 • 2023 • OCTUBRE • 13 142 Continuación Resolución Número 652 Página 2 de 4 (10 de octubre de 2023)

“Por medio de la cual se ordena el pago del certificado para firma digital del Ordenador del Gasto del Fondo de Desarrollo Local de Engativá, con cargo al presupuesto de la vigencia 2023”

Que la Resolución SDH-00243 de 2016 "Por la cual se adopta la Política de Pagos Electrónicos con Recursos del Tesoro Distrital", según el último párrafo del Considerando indica que “(…) se requiere establecer como política de Tesorería para el Distrito Capital la de implementar los pagos electrónicos de las obligaciones a cargo del Tesoro Distrital en sustitución de los pagos mediante cheque, para fortalecer el servicio a través del uso de la tecnología, fortalecer la seguridad y el control del riesgos, cumplir con criterios de austeridad en el gasto y eficiencia de la administración pública y promover la política estatal de formalización de la economía y bancarización” y el Articulo 1 instituye “Adóptese la política de pagos electrónicos del Tesoro Distrital, (…), todos los pagos a proveedores, las devoluciones tributarias y no tributarias (…) que realiza la Dirección Distrital de Tesorería se efectuaran exclusivamente por medio de abono a una cuenta bancaria previamente registrada u otros medios electrónicos definidos por esa Dirección”.

Que la Circular DDT 005 de 2016 (5-julio), implementa la Política de Pagos Electrónicos con Recursos del Tesoro Distrital prevista en la resolución SDH-000243 de 2016.

Que la Circular DDT 015 de 2016 (29-noviembre), presenta alcance a la Circular DDT No. 005 del 5 de julio de 2016. Surge en respuesta a la implementación de la Política de Pagos Electrónicos con Recursos del Tesoro Distrital prevista en la resolución SDH-000243 de 2016.

Que la Circular DDT 10 de 2017 (18-diciembre), consolida las directrices que obligatoriamente deben observar todas las entidades ordenadoras de pagos con recursos del Tesoro Distrital para dar cumplimiento a la política distrital de pagos electrónicos.

Que la Resolución SHD-000393 de 2016 (24-octubre) estableció en el numeral 5.3 de su artículo 5 la exigencia de utilizar la firma digital como único mecanismo aceptado para suscribir dichas órdenes de giro “5.3. Firma digital: La firma digital constituye el mecanismo que garantiza la identidad y responsabilidad de una transacción electrónica y permite comprobar la integridad de la misma, es decir, que la información no ha sido alterada”.

Que el Decreto Distrital 216 de 2017 en su artículo 8 exige que “Las entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital y Fondos de Desarrollo Local remitirán a la Dirección Distrital de Tesorería las órdenes de pago, (…) que requieran ser giradas o legalizadas a través de la Cuenta Única Distrital, estableciendo para ello las fuentes de financiación, según sea el caso, mediante los mecanismos que para el efecto establezca la Dirección Distrital de Tesorería”.

Código: GDI - GPD – F034 Versión: 04 Vigencia: 09 de septiembre de 2022 Caso HOLA: 264371 Alcaldía Local de Engativá Calle 71 No. 73 A – 44 Código Postal: 111051 Tel. 2916670 EXT. 2114-2814-2603 cdi.engativa@gobiernbogota.gov.co Información Línea 195 www engativa gov co 143 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-143 • 2023 • OCTUBRE • 13 Continuación Resolución Número 652 Página 3 de 4 (10 de octubre de 2023)

“Por medio de la cual se ordena el pago del certificado para firma digital del Ordenador del Gasto del Fondo de Desarrollo Local de Engativá, con cargo al presupuesto de la vigencia 2023”

Que en concordancia con lo anterior y con fundamento en la facultad consagrada en el parágrafo 4 del Artículo 8° del Decreto Distrital 216 de 2017 indica que “El (la) Tesorero (a) Distrital establecerá los procedimientos, plazos, formatos y requisitos necesarios para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo en relación con las devoluciones, compensaciones y la función de pagos”.

Que de acuerdo con la Circular DDT 003 de 2017 (4-julio), para la obtención del certificado para la firma digital “las entidades distritales deberán proceder a adquirir o renovar directamente y asumir el costo de los certificados para firma digital”.

Que es necesario adquirir la firma digital del actual Ordenador del Gasto del Fondo de Desarrollo Local de Engativá, para identificar con autenticidad, seguridad de las operaciones administrativas y financieras, la confidencialidad en los sistemas de información, las transacciones y actos documentales requeridos por esta Alcaldía.

Que el Fondo de Desarrollo Local de Engativá, en el Plan Operativo Anual de Inversiones P.O.A.I vigencia 2023 y la Resolución SDH N° 191 de 2017 (22-septiembre), Módulo 3. Manual Operativo Presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local (FDL), cuenta con el rubro presupuestal “O21202020080282130 - Servicios de documentación y certificación jurídica”.

Que según Circular DDT No. 003 de 2017 (4-julio), numeral 2. OBTENCIÓN DE CERTIFI- CADOS PARA FIRMA DIGITAL “2.2. En adelante cada entidad distrital será responsable de adquirir oportunamente sus propios certificados para firma digital en forma directa con cualquiera de los proveedores acreditados para el efecto por la ONAC, que actualmente son: CITISEG S.A.S., CERTI- CAMARA S.A., ANDES SERVICIO DE CERTIFICACIÓN DIGITAL S.A., GESTIÓN DE SEGURIDAD ELECTRÓNICA S.A., y EDICOM.” (Negrilla fuera del texto).

Que de acuerdo con el ítem 2.2.de la Circular DDT No. 003 de 2017 (4-julio), está como proveedor acreditado la firma Gestión de Seguridad Electrónica S. A. GSE S.A. NIT. 900.204.272- 8, quien envió la Factura número FE – 41153 del 10 de octubre de 2023 para adquirir la firma digital del Ordenador del Gasto del Fondo de Desarrollo Local Engativá por un (1) año, por valor de DOSCIENTOS DIECISÉIS MIL OCHOCIENTOS PESOS ($216.800) M/CTE.

Que el Decreto 374 de 2019 por medio del cual se efectúa una delegación, en su Artículo 1 ordena “Delegar en los alcaldes locales la facultad para contratar, ordenar los gastos y pagos con cargo al presupuesto de los Fondos de Desarrollo Local, de conformidad con las disposiciones que regulan las inversiones y gastos con cargo a tales Fondos”.

Código: GDI - GPD – F034 Versión: 04 Vigencia: 09 de septiembre de 2022 Caso HOLA: 264371 Alcaldía Local de Engativá Calle 71 No. 73 A – 44 Código Postal: 111051 Tel. 2916670 EXT. 2114-2814-2603 cdi.engativa@gobiernbogota.gov.co Información Línea 195 www.engativa.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-144 • 2023 • OCTUBRE • 13 144 Continuación Resolución Número 652 Página 4 de 4 (10 de octubre de 2023)

“Por medio de la cual se ordena el pago del certificado para firma digital del Ordenador del Gasto del Fondo de Desarrollo Local de Engativá, con cargo al presupuesto de la vigencia 2023”

Por lo anteriormente expuesto,

RESUELVE:

PRIMERO: Ordénese al Responsable de Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Engativá expedir el Certificado de Disponibilidad Presupuestal, el Certificado de Registro Presupuestal y la Orden de Pago, con cargo al rubro “O21202020080282130 - Servicios de documentación y certificación jurídica” por valor DOSCIENTOS DIECISÉIS MIL OCHOCIENTOS PESOS ($216.800) M/CTE.

SEGUNDO: Ordénese el pago de este gasto a favor de la firma Gestión de Seguridad Electrónica S. A. GSE S.A. NIT. 900.204.272-8 por la adquisición del certificado digital por vigencia de un (1) año para el Ordenador del Gasto del Fondo de Desarrollo Local de Engativá, por la suma DOSCIENTOS DIECISÉIS MIL OCHOCIENTOS PESOS ($216.800) M/CTE.

TERCERO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C., a los diez (10) días del mes de octubre del año dos mil veintitrés (2023).

ALFY ROSAS SÁNCHEZ Alcalde Local de Engativá (E)

Proyectó: Judith Fique Pinilla. Revisó: Héctor Eduardo Montenegro Sabogal. Aprobó: Nayiver Gómez Mosquera. Jorge Cerquera Duran.

Código: GDI - GPD – F034 Versión: 04 Vigencia: 09 de septiembre de 2022 Caso HOLA: 264371 Alcaldía Local de Engativá Calle 71 No. 73 A – 44 Código Postal: 111051 Tel. 2916670 EXT. 2114-2814-2603 cdi.engativa@gobiernbogota.gov.co Información Línea 195 www.engativa.gov.co 145 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7833 • PP. 1-145 • 2023 • OCTUBRE • 13 NÚMERO 7833 13 • OCTUBRE • 2023 ALCALDESA MAYOR Claudia Nayibe López Hernández

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