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Registro Distrital 7808 de 2023

Registro Distrital 7808 de 2023 Nivel Distrital

Tipo
Registro Distrital
Número
7808
Año
2023
Fecha
13 de septiembre de 2023
Entidad
Nivel Distrital
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

5,5 ALCALDESA MAYOR Claudia Nayibe López Hernández REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • No. 7808- Pp 1 - 42 - 2023 • SEPTIEMBRE • 13 CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Central RESOLUCIONES DE 2023 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. - SECRETARÍA GENERAL RESOLUCIÓN Nº 519 “Por medio de la cual se deroga el nombramiento en encargo realizado median te la Resolución No. 477 del 25 de agosto de 2023”........................................ 4 RESOLUCIÓN Nº 528 “Por la cual se modifica la Resolución No. 643 del 30 de noviembre de 2022”......7 SECRETARÍA DE HACIENDA DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ – DIB RESOLUCIÓN Nº DDI-029308, 2023EE349666O1 “Por medio de la cual se ordena la publicación de actos administrativos, de conformidad con el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011”.............................. 11 Sector Descentralizado UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL RESOLUCIÓN Nº 706 “Por la cual se crea el Comité de Planificación, Producción e Intervención de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, se deroga la Resolución 416 de 2011, la Resolución 658 de 2018 y se dictan otras disposiciones”................................................................................................. 18 RESOLUCIÓN Nº 708 “Por la cual se modifica el artículo tercero de la Resolución 031 de 2020 “Por medio de la cual se crea y establecen los lineamientos del Comité de Segui miento y Control Financiero de la UAERMV”.................................................. 25 INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO - IDU RESOLUCIÓN Nº 4335 “Por la cual se asignan transitoriamente unas funciones a algunas dependen cias del Instituto de Desarrollo Urbano IDU con ocasión del Decreto Distrital Nº 145 de 2023”................................................................................................... 29 Sector Central SECRETARÍA DISTRITAL DE SALUD DE BOGOTÁ CIRCULAR Nº 048......................................................................................... 35 RESOLUCIONES DE 2023 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. - SECRETARÍA GENERAL RESOLUCIÓN Nº 519 (5 de septiembre de 2023)

“Por medio de la cual se deroga el nombramiento en encargo realizado mediante la Resolución No. 477 del 25 de agosto de 2023”

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7808 • PP. 1-4 • 2023 • SEPTIEMBRE • 13 4 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7808 • PP. 1-5 • 2023 • SEPTIEMBRE • 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7808 • PP. 1-6 • 2023 • SEPTIEMBRE • 13 6 RESOLUCIÓN Nº 528 (8 de septiembre de 2023)

“Por la cual se modifica la Resolución No. 643 del 30 de noviembre de 2022”

7 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7808 • PP. 1-7 • 2023 • SEPTIEMBRE • 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7808 • PP. 1-8 • 2023 • SEPTIEMBRE • 13 8 9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7808 • PP. 1-9 • 2023 • SEPTIEMBRE • 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7808 • PP. 1-10 • 2023 • SEPTIEMBRE • 13 10 SECRETARÍA DE HACIENDA DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ – DIB RESOLUCIÓN Nº DDI-029308, 2023EE349666O1 (11 de septiembre de 2023)

“Por medio de la cual se ordena la publicación de actos administrativos, de conformidad con el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011”

LA JEFE DE LA OFICINA DE NOTIFICACIONES Y DOCUMENTACIÓN FISCAL DE LA SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN TRIBUTARIA Y SERVICIO -DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ – DIB En ejercicio de las competencias conferidas en el artículo 162 del Decreto Distrital No. 807 de 1993 y de las funciones establecidas en el artículo 26 del Decreto Distrital 601 de diciembre de 2014, y de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011.

CONSIDERANDO:

Que, en desarrollo de los principios orientadores de la función administrativa de la eficacia, economía, celeridad y eficiencia, resulta necesario simplificar y adecuar a los avances tecnológicos e informáticos el procedimiento de publicación de actos administrativos proferidos por la administración tributaria distrital, devueltos por correo.

Que conforme a lo dispuesto en el literal b) del artículo 26 del Decreto Distrital 601 de diciembre de 2014, corresponde a la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal notificar los actos administrativos que se generen en desarrollo de la gestión de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá y/o sus dependencias Que de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, los actos administrativos relacionados en los anexos No.1 y No.2 fueron devueltos por correo y se hace necesario publicarlos en el Registro Distrital, división de la secretaria general de la Alcaldía Mayor Que, en consideración a lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo primero.

Ordenar la publicación en el Registro Distrital, división de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor, los actos administrativos relacionados en los anexos No.1 y No.2 que hacen parte de la presente resolución, de acuerdo con la parte motiva.

Artículo segundo.

Los Actos administrativos para publicar se encuentran listados en los siguientes anexos: Anexo No. 1 con 35 Registros, Anexo No. 2 con 15 Registros.

Artículo tercero.

Acto(s) administrativo(s) del anexo No.1:

OFICINA TIPO DE ACTO CUENTAS CORRIENTES Y DEVOLUCIONES RESOLUCIÓN DE DEVOLUCIÓN Y/O COMPENSACIÓN LIQUIDACIÓN OFICIAL DE AFORO LIQUIDACIÓN LIQUIDACIÓN OFICIAL DE REVISIÓN Contra los actos administrativos mencionados procede el Recurso de Reconsideración que deberá interponerse ante la Oficina de Recursos Tributarios de la Subdirección Jurídico Tributaria, ubicada en la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá en la Carrera 30 No. 25 – 90 Piso 14, costado occidental dentro de los (2) Meses siguientes a esta publicación.

11 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7808 • PP. 1-11 • 2023 • SEPTIEMBRE • 13 RESOLUCION No DDI-029308, 2023EE349666O1 Del 11-09-2023 "Por medio de la cual se ordena la publicación de actos administrativos, de conformidad con el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011”

Acto(s) administrativo(s) del anexo No.2:

OFICINA TIPO DE ACTO AUTO DE ARCHIVO CONTROL MASIVO EMPLAZAMIENTO PARA DECLARAR CUENTAS CORRIENTES Y DEVOLUCIONES AUTO INADMISORIO DE SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN Y/O COMPENSACIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN EMPLAZAMIENTO PARA DECLARAR Contra los actos administrativos mencionados en el anexo No 2 no procede ningún Recurso. La notificación se entenderá surtida desde la fecha de publicación de este aviso.

Artículo cuarto.

Esta Resolución rige a partir de su publicación.

Dado en Bogotá, D.C. a los 11 días del mes de septiembre de 2023.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado digitalmente por MARIA LINNETTE ROJAS RIVERA MARÍA LINNETTE ROJAS RIVERA Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal Proyectado por: Sergio Andres Cortes Moreno Firma del funcionario 11/09/2023 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7808 • PP. 1-12 • 2023 • SEPTIEMBRE • 13 12 CAUSAL DE DEVOLUCIÓN DE FECHA DEVOLUCIÓN 69 04/09/2023 CERRADO AP 201 01/09/2023 CERRADO MODELIA 04/09/2023 CERRADO

- 56 APTO 619 30/08/2023 NO RESIDE

NOTIFICACIÓN PERÍODO GRAVABLE DIRECCIÓN DE DEL ACTO FECHA TIPO DE ACTO CIAL DE AFORO 15/08/2023 2017 KR 50 168A 35 04/09/2023 NO RESIDE CIAL DE AFORO 18/08/2023 2017 DG 76B 99 05 04/09/2023 CERRADO COMPENSACIÓN 10/08/2023 2023 CL 68 A 77 A 54 04/09/2023 CERRADO COMPENSACIÓN 11/08/2023 2021 TV 33 59 B SUR COMPENSACIÓN 09/08/2023 2021 KR 1 # 3 - 19 COMPENSACIÓN 03/08/2023 2019 KR 81D 24D 04 COMPENSACIÓN 11/08/2023 2022 CL 3 # 5 - 53 31/08/2023 CERRADO COMPENSACIÓN 11/08/2023 2023 KR 46 A 145 B 48 04/09/2023 CERRADO COMPENSACIÓN 31/07/2023 2021 CL 19 5 09 29/08/2023 CERRADO COMPENSACIÓN 16/08/2023 2023 CALLE 146 A 58 C DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O PLACA - CHIP Y/O MATRICULA INMOBILIARIA-NIT DE TIPO presente publicación.

EACIÓN URBANA LC 15-5-0464 LIQUIDACIÓN OFI- IMPUESTO ENTE IDENTIFI- NOTIFICACIÓN POR AVISO CACIÓN DEL CONTRIBUY- WILLIAM 35.312.848 VEHÍCULOS BJR539 LIQUIDACIÓN OFI- RAMIREZ 41.745.868 PREDIAL AAA0161HUBS RESOLUCIÓN DE RIA SOFIA 51.732.741 DELIN- RAS ROJAS 39.543.451 PREDIAL AAA0168ZJWW RESOLUCIÓN DE RODRIGUEZ 7.311.087 VEHÍCULOS RBR708 RESOLUCIÓN DE APODERADO NOMBRE DEL RIAÑO RIAÑO 52.330.243 PREDIAL AAA0061OTJH RESOLUCIÓN DE DEZ VIZCAINO 19.137.860 VEHÍCULOS RED475 RESOLUCIÓN DE TAMAYO PUERTO 19.437.127 PREDIAL AAA0208SNRJ RESOLUCIÓN DE VEGA GUTIERREZ 52.206.697 VEHÍCULOS JOU552 RESOLUCIÓN DE TRAN SARMIENTO 20.590.408 PREDIAL AAA0130YWLW RESOLUCIÓN DE CONTRIBUYENTE Y/O ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-029308 DEL 11 DE SEPTIEMBRE DE 2023 EXPEDIENTE SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ La Jefe de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber: la Subdirección de Determinación, profirieron para los contribuyentes que se relacionan a continuación, las actuaciones administrativas objeto de la En consecuencia, conforme a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por medio de la publicación a:

No.

Que los Jefes de la Oficina de Cuentas Corrientes y Devoluciones de la Subdirección de Recaudación y Cuentas Corrientes y la Oficina de Liquidación de DDI-027452 2023EE300488 O1 202306227000016673 ASTRID YANIBE DDI-027627 2023EE316995 O1 202006100106023188 GOMEZ GOMEZ GLO- DDI-027498 2023EE305229 O1 202306227000016670 MARTHA CECILIA DDI-027436 2023EE300214 O1 202307057000017003 LUZ MARIA LEON DDI-025875 2023EE294680 O1 202307197000017370 DEGNIS LUCIA POR- DDI-027510 2023EE305463 O1 202307217000017352 ROSA MARIA BEL- DDI-027241 2023EE298861 C1 202301160000018478 MELO SANCHEZ DDI-027641 2023EE317373 O1 202306227000016706 ALBERTO HERNAN- DDI-027544 2023EE305759 O1 202306227000016676 JORGE OMAR DDI-024340 2023EE280128 O1 202307197000017362 ALVARO DAMIAN RESOLUCIÓN No. RADICADO No. DE 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7808 • PP. 1-13 • 2023 • SEPTIEMBRE • 13 608 01/09/2023 CERRADO 608 01/09/2023 CERRADO 608 01/09/2023 CERRADO 608 01/09/2023 CERRADO 608 01/09/2023 CERRADO 608 01/09/2023 CERRADO 608 01/09/2023 CERRADO 608 01/09/2023 CERRADO 608 01/09/2023 CERRADO 608 01/09/2023 CERRADO 608 01/09/2023 CERRADO 608 01/09/2023 CERRADO 608 01/09/2023 CERRADO 608 01/09/2023 CERRADO 201 04/09/2023 CERRADO 402 04/09/2023 CERRADO SUR 04/09/2023 CERRADO CS 41 05/09/2023 CERRADO COMPENSACIÓN 02/08/2023 2022-3 CL 41 25 08 OF COMPENSACIÓN 11/08/2023 2023 TV 68G 35A 15 COMPENSACIÓN 10/08/2023 2023 CL 42 27 07 AP COMPENSACIÓN 10/08/2023 2023 DG 151 B 136A 50 COMPENSACIÓN 11/08/2023 2023 KR 2 8 57 IN 48 01/09/2023 CERRADO DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O CIAL DE REVISIÓN 02/08/2023 2020, 2021 KR 28 11 65 OF CIAL DE REVISIÓN 02/08/2023 2020, 2021 KR 28 11 65 OF CIAL DE REVISIÓN 02/08/2023 2020, 2021 KR 28 11 65 OF CIAL DE REVISIÓN 02/08/2023 2021 KR 28 11 65 OF CIAL DE REVISIÓN 02/08/2023 2020, 2021 KR 28 11 65 OF CIAL DE REVISIÓN 02/08/2023 2020, 2021 KR 28 11 65 OF CIAL DE REVISIÓN 02/08/2023 2020, 2021 KR 28 11 65 OF CIAL DE REVISIÓN 02/08/2023 2020, 2021 KR 28 11 65 OF CIAL DE REVISIÓN 02/08/2023 2020, 2021 KR 28 11 65 OF CIAL DE REVISIÓN 02/08/2023 2020, 2021 KR 28 11 65 OF CIAL DE REVISIÓN 02/08/2023 2020, 2021 KR 28 11 65 OF CIAL DE REVISIÓN 02/08/2023 2020, 2021 KR 28 11 65 OF CIAL DE REVISIÓN 02/08/2023 2020, 2021 KR 28 11 65 OF CIAL DE REVISIÓN 02/08/2023 2021 KR 28 11 65 OF CIAL DE REVISIÓN 17/08/2023 2020 CL 27C 43 23 30/08/2023 CERRADO NOTIFICACIÓN POR AVISO S.A 830.093.206 PREDIAL AAA0204RAYN LIQUIDACIÓN OFI- S.A 830.093.206 PREDIAL AAA0204RAXS LIQUIDACIÓN OFI- S.A 830.093.206 PREDIAL AAA0115TWBR LIQUIDACIÓN OFI- S.A 830.093.206 PREDIAL AAA0099BCFZ LIQUIDACIÓN OFI- S.A 830.093.206 PREDIAL AAA0093EXSY LIQUIDACIÓN OFI- S.A 830.093.206 PREDIAL AAA0093EXRJ LIQUIDACIÓN OFI- S.A 830.093.206 PREDIAL AAA0093ESEA LIQUIDACIÓN OFI- S.A 830.093.206 PREDIAL AAA0088UJJZ LIQUIDACIÓN OFI- S.A 830.093.206 PREDIAL AAA0088RABS LIQUIDACIÓN OFI- S.A 830.093.206 PREDIAL AAA0088RAAW LIQUIDACIÓN OFI- S.A 830.093.206 PREDIAL AAA0088PZZM LIQUIDACIÓN OFI- S.A 830.093.206 PREDIAL AAA0088PZYX LIQUIDACIÓN OFI- S.A 830.093.206 PREDIAL AAA0088PZXR LIQUIDACIÓN OFI- S.A 830.093.206 PREDIAL AAA0072UPWF LIQUIDACIÓN OFI- SUAREZ 79.141.633 PREDIAL AAA0085FDNX RESOLUCIÓN DE CAICEDO 79.569.990 VEHÍCULOS FYP342 RESOLUCIÓN DE VELASCO 53.066.855 PREDIAL AAA0130AMJH RESOLUCIÓN DE ATEHORTUA 52.558.902 VEHÍCULOS RCS923 RESOLUCIÓN DE COBAR HERNANDEZ 72.000.174 VEHÍCULOS CST105 LIQUIDACIÓN OFI- ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-029308 DEL 11 DE SEPTIEMBRE DE 2023 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ DDI-027511 2023EE305475 O1 202308027000017620 ANTONY ACOSTA DDI-024845 2023EE291577 O1 202209160000012682 ADMINISTRAR BIENES DDI-024845 2023EE291577 O1 202209160000012682 ADMINISTRAR BIENES DDI-024845 2023EE291577 O1 202209160000012682 ADMINISTRAR BIENES DDI-024845 2023EE291577 O1 202209160000012682 ADMINISTRAR BIENES DDI-024845 2023EE291577 O1 202209160000012682 ADMINISTRAR BIENES DDI-024845 2023EE291577 O1 202209160000012682 ADMINISTRAR BIENES DDI-024845 2023EE291577 O1 202209160000012682 ADMINISTRAR BIENES DDI-024845 2023EE291577 O1 202209160000012682 ADMINISTRAR BIENES DDI-024845 2023EE291577 O1 202209160000012682 ADMINISTRAR BIENES DDI-024845 2023EE291577 O1 202209160000012682 ADMINISTRAR BIENES DDI-024845 2023EE291577 O1 202209160000012682 ADMINISTRAR BIENES DDI-024845 2023EE291577 O1 202209160000012682 ADMINISTRAR BIENES DDI-024845 2023EE291577 O1 202209160000012682 ADMINISTRAR BIENES DDI-025855 2023EE292699 O1 202307197000017368 DYSMA S.A.S 830.046.306 RETEICA 830046306 RESOLUCIÓN DE DDI-024845 2023EE291577 O1 202209160000012682 ADMINISTRAR BIENES DDI-027715 2023EE318957 C1 202209283000083091 JAVIER ENRIQUE ES- DDI-027461 2023EE300667 O1 202306227000016644 MAURICIO GARCIA DDI-027523 2023EE305690 O1 202306227000016616 ADRIANA ROJAS DDI-027483 2023EE303043 O1 202306227000016628 LEIDY DIANA RIVERA REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7808 • PP. 1-14 • 2023 • SEPTIEMBRE • 13 14 608 01/09/2023 CERRADO PS 3 05/09/2023 NO RESIDE OF 512 15/08/2023 DESCONOCIDO OF 363 01/09/2023 NO RESIDE COMPENSACIÓN 22/08/2023 2020 KR 29 B 71 A 35 COMPENSACIÓN 09/08/2023 2022 AK 68 75 A 50 DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O CIAL DE REVISIÓN 11/08/2023 2019-6 CL 109 18C 17 CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2020-1 CL 25 G 84 A 33 29/08/2023 CERRADO CIAL DE REVISIÓN 02/08/2023 2020, 2021 KR 28 11 65 OF NOTIFICACIÓN POR AVISO 830.142.573 ICA 830142573 LIQUIDACIÓN OFI- Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal los dos (2) meses siguientes a la publicación del presente aviso.

S.A 830.093.206 PREDIAL AAA0218DFTD LIQUIDACIÓN OFI- S A S 900.994.001 RETEICA 900994001 LIQUIDACIÓN OFI- COLOMBIA S.A. 860.003.020 PREDIAL AAA0239SUXR RESOLUCIÓN DE ESTRADA S.A.S 900.285.083 PREDIAL AAA0268MRZE RESOLUCIÓN DE ESPACIOS S A S ARCE ARQUITEC- Y CONSTRUION DE TURA RENOVACION VIZCAYA ARGENTARIA ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-029308 DEL 11 DE SEPTIEMBRE DE 2023 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ Contra los actos administrativos mencionados procede el Recurso de Reconsideración que deberá interponerse ante la Oficina de Recursos Tributarios de la Subdirección Jurídico Tributaria, ubicada en la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá en la Carrera 30 No. 25 – 90 piso 14, costado occidental dentro de DDI-027493 2023EE305188 O1 202204213000055351 V&V ARQUITECTOS DDI-027785 2023EE321200 O1 202101137000001137 BANCO BILBAO DDI-027417 2023EE299392 O1 202306227000016624 INVERSIONES GOMEZ DDI-022829 2023EE277415 O1 202204213000052811 DDI-024845 2023EE291577 O1 202209160000012682 ADMINISTRAR BIENES MARÍA LINNETTE ROJAS RIVERA 15 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7808 • PP. 1-15 • 2023 • SEPTIEMBRE • 13 CAUSAL DE DEVOLUCIÓN DE FECHA DEVOLUCIÓN 614 05/09/2023 CERRADO 2B 34 11/08/2023 CASO FORTUITO 35 PI 2 01/09/2023 NO RESIDE AP 101 04/09/2023 CERRADO ANTONIO 31/08/2023 CERRADO LA COLINA 01/09/2023 CERRADO A 02 BR SAN (BOGOTA D.C) 08/08/2023 CASO FORTUITO SUR - BOGOTA NOTIFICACIÓN 35 ESTE AP 102 08/08/2023 CASO FORTUITO ED MAZ OF 1109 05/09/2023 NO RESIDE KR 3 ESTE 44 08 2019-1, 2, 3, 4, 5, 6 2020-1, 2, 3, 4, 5, 6 2021-1, 2, 3, 4, 5, 6 PERÍODO GRAVABLE DIRECCIÓN DE DEL ACTO FECHA 28/08/2023 2022-6 CL 110 9 25 OF 23/08/2023 2023 KR 3 NORTE 8 28/08/2023 2022 AC 22 SUR 29C 28/08/2023 2023 CL 25 B 38 A 18 24/08/2023 2023 CL 21 32 28 BRR TIPO DE ACTO COMPENSACIÓN COMPENSACIÓN COMPENSACIÓN COMPENSACIÓN COMPENSACIÓN PARA DECLARAR 22/06/2023 PARA DECLARAR 28/06/2023 2018-7 CL 41A SUR 14A PARA DECLARAR 28/06/2023 2017-7, 2018-7 CL 39B SUR DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DE SOLICITUD DE DE SOLICITUD DE DE SOLICITUD DE DE SOLICITUD DE DE SOLICITUD DE AUTO INADMISORIO AUTO INADMISORIO AUTO INADMISORIO AUTO INADMISORIO AUTO INADMISORIO PLACA - CHIP Y/O MATRICULA INMOBILIARIA-NIT DE TIPO IMPUESTO NOTIFICACIÓN POR AVISO ENTE IDENTIFI- CACIÓN DEL CONTRIBUY- BJ SAS 900.596.052 RETEICA 900.596.052 EMPLAZAMIENTO VARGAS 40.774.715 PREDIAL AAA0073HMOM APODERADO NOMBRE DEL DOMO SANCHEZ 4.883.669 ICA 4883669 EMPLAZAMIENTO GOMEZ GARZON 79.631.925 VEHÍCULOS BTP502 CADO MOLINARES 8.817.444 VEHÍCULOS HTO373 TOSCANA Y CIA LTDA 860.010.110 ICA 860010110 EMPLAZAMIENTO CONTRIBUYENTE Y/O ANEXO No.2 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-029308 DEL 11 DE SEPTIEMBRE DE 2023 EXPEDIENTE contribuyentes que se relacionan a continuación, las actuaciones administrativas objeto de la presente publicación.

SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ La Jefe de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber:

Subdirección de Recaudación y Cuentas Corrientes y la Oficina General de Fiscalización de la Subdirección de Determinación, profirierón para los En consecuencia, conforme a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por medio de la publicación a:

Que los Jefes de la Oficina de Control Masivo de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, la Oficina de Cuentas Corrientes y Devoluciones de la NA 2023EE191733 O1 202305293000085338 REPRESENTACIONES NA 2023EE017846 O1 202301160000020750 INVERSIONES NA 2023EE339028 O1 20230213000029831 EASYNET S.A.S. 830.071.305 ICA 830071305 AUTO DE ARCHIVO 31/08/2023 2017-3, 4, 5, 6 KR 55 162B 68 NA 2023EE016481 O1 202301160000019385 HERNANDO PER- No.

CIÓN No. RADICADO No. DE RESOLU- DDI-028285 2023EE328266 O1 202308287000018083 ORICA COLOMBIA S A 830.022.462 ICA 830022462 DDI-027866 2023EE324193 O1 202308237000018044 YOBANY ROZO RIOS 80.210.852 VEHÍCULOS EJL371 DDI-028296 2023EE328292 O1 202308287000018096 EDWIN ROBERTO DDI-028262 2023EE328133 O1 202308287000018065 CECILIA CALDERON DDI-027909 2023EE325093 O1 202308247000018061 PEDRO LUIS MER- REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7808 • PP. 1-16 • 2023 • SEPTIEMBRE • 13 16 SUR 04/09/2023 CERRADO 60 SUR 06/09/2023 DESCONOCIDO KR 7 ESTE 0 TV 5 ESTE 58 14 - BOGOTA (BOGOTA D.C) 04/08/2023 CASO FORTUITO 50 - BOGOTA (BOGOTA D.C) 01/08/2023 CASO FORTUITO TV 18Q BIS A 61B 2017-7, 2018-7, 2019-7, 2020-7 2019-1, 2, 3, 4, 5, 6 2020-1, 2, 3, 4, 5, 6 2021-1, 2, 3, 4, 5, 6 2019-1, 2, 3, 4, 5, 6 2020-1, 2, 3, 4, 5, 6 23/08/2023 2022 CL 47 4 20 ESTE 01/09/2023 FUERZA MAYOR 28/08/2023 2023 KR 89A 52C 26 16/08/2023 2023 CL 31 30 15 28/08/2023 DESCONOCIDO COMPENSACIÓN COMPENSACIÓN COMPENSACIÓN PARA DECLARAR 28/06/2023 PARA DECLARAR 22/06/2023 PARA DECLARAR 22/06/2023 DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DE SOLICITUD DE DE SOLICITUD DE DE SOLICITUD DE AUTO INADMISORIO AUTO INADMISORIO AUTO INADMISORIO NOTIFICACIÓN POR AVISO 900.743.521 RETEICA 900.743.521 EMPLAZAMIENTO Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal S A S S.A.S 901.235.913 VEHÍCULOS JFP371 PARRA DAZA 1.018.422.539 PREDIAL AAA0092FRAW PEÑA PEREZ 1.012.344.021 PREDIAL AAA0139EFZM TRANSPORTE Y HORACIO PER EZ SUMINISTRO LUIS ASESORIAS DE LOS COLOMBIA NOS S.A.S. 901.086.786 ICA 901086786 EMPLAZAMIENTO ANEXO No.2 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-029308 DEL 11 DE SEPTIEMBRE DE 2023 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ NA 2023EE017741 O1 202301160000020645 CONSULTORIAS Y NA 2023EE192550 O1 202305293000085627 NA 2023EE192820 O1 202305293000085595 CONSTRU LEG S A S 900.742.848 RETEICA 900.742.848 EMPLAZAMIENTO Contra los actos administrativos mencionados no procede ningún Recurso. La notificación se entenderá surtida desde la fecha de publicación de este aviso.

DDI-027858 2023EE324126 O1 202308237000018037 FERNEY DAVID DDI-028279 2023EE328246 O1 202308287000018076 VIVIANA ANDREA DDI-027688 2023EE318488 O1 202308167000017770 GLP MULTISERVICOS MARÍA LINNETTE ROJAS RIVERA 17 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7808 • PP. 1-17 • 2023 • SEPTIEMBRE • 13 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL RESOLUCIÓN Nº 706 (10 de agosto de 2023)

“Por la cual se crea el Comité de Planificación, Producción e Intervención de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, se deroga la Resolución 416 de 2011, la Resolución 658 de 2018 y se dictan otras disposiciones”.

EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL En uso de sus atribuciones legales y estatutarias y en especial las conferidas por los numerales 3 y 10 del artículo 19 del Acuerdo 05 de 20231 y los numerales 3 y 10 del artículo 2 del Acuerdo 02 de 20232 del Consejo Directivo de la UAERMV y demás disposiciones concordantes, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 209 de la Constitución Política de 1991, establece, “la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones”.

Que el artículo 3° de la Ley 489 de 1998 dispone que: "La función administrativa se desarrollará conforme a los principios constitucionales, en particular los atinentes a la buena fe, igualdad, moralidad, celeridad, economía, imparcialidad, eficacia, eficiencia, participación, publicidad, responsabilidad y transparencia. Los principios anteriores se aplicarán, igualmente, en la prestación de servicios públicos, en cuanto fueren compatibles con su naturaleza y régimen".

Que el Acuerdo distrital 257 de 20063 transformó la Secretaría de Obras Públicas en la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, adscrita a la Secretaría Distrital de Movilidad.

Que el artículo 109 ibídem modificado por el artículo 95 del Acuerdo 761 de 2020 establece la naturaleza jurídica, objeto y funciones básicas de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.

1 Acuerdo 05 de 2023 “Por el cual se adoptan los Estatutos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, se deroga el Acuerdo 10 de 2010 y los Acuerdos 07 y 09 de 2017 y se dictan otras disposiciones”. 2 Acuerdo 02 de 2023 “Por el cual se establece la estructura organizacional de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial y las funciones de sus dependencias”. 3 Acuerdo distrital 257 de 2006 “ "Por el cual se dictan normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito Capital, y se expiden otras disposiciones" Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Sede Operativa - Atención al Ciudadano: Calle 22D No. 120-40 GDOC-FM-007 www.umv.gov.co Página 1 de 7 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7808 • PP. 1-18 • 2023 • SEPTIEMBRE • 13 18 *20231000193813* Radicado: 20231000193813 Fecha: 10-08-2023 Pág. 2 de 7 RESOLUCIÓN N° 706 DEL 10/08/2023 “Por la cual se crea el Comité de Planificación, Producción e Intervención de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, se deroga la Resolución 416 de 2011, la Resolución 658 de 2018 y se dictan otras disposiciones”.
Que mediante el Acuerdo 02 de 2023 expedido por el Consejo Directivo de la Entidad, se estableció la estructura organizacional de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial y las funciones de sus dependencias.

Que el Acuerdo 04 de 2023 expedido por el Consejo Directivo de la Entidad modificó la planta de cargos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial creando empleos en los diferentes niveles jerárquicos de la Entidad.

Que mediante Resolución No. 416 de 20114, expedida por la Dirección General de la Entidad se estableció el Sistema de Coordinación Interna de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial señalando en el artículo 5° el objeto, funciones, composición y periodicidad del Comité de la Subdirección Técnica de Producción e Intervención y en el artículo 6°. el objeto, funciones, composición y periodicidad del Comité de Planeación, Producción e Intervención de la malla vial local de la UAERMV.

Que mediante Resolución 568 de 20235 se actualizaron y unificaron los actos administrativos relacionados con la creación y funcionamiento del Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, encargado de orientar la implementación y operación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG, marco de referencia para dirigir, planear, ejecutar, hacer seguimiento, evaluar y controlar la gestión de las entidades y de los organismos públicos, con el fin de generar resultados que atiendan los planes de desarrollo y resuelvan las necesidades y problemas de los ciudadanos, con integridad y calidad en el servicio.

Que en virtud de lo señalado se requiere crear el Comité de Planificación, Producción e Intervención para efectos de coordinar la planificación e intervención de obras, y la producción de los insumos requeridos para el cumplimiento de la misión de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, en razón a la estructura organizacional vigente y a las funciones de las dependencias.

Que, por las razones anteriormente expuestas, 4 Resolución 416 de 2011 modificada por la Resolución 658 de 2018 expedida por la Dirección General "Por la cual se modifica la Resolución 416 del 5 de septiembre de 2011, "Por la cual se establece el Sistema de Coordinación Interna de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial — UMV"". 5 Resolución 568 de 2023 “Por la cual se actualizan y unifican los actos administrativos relacionados con la creación y funcionamiento del Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, se deroga la Resolución 440 de 2022 y se dictan otras disposiciones”. Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Sede Operativa - Atención al Ciudadano: Calle 22D No. 120-40 GDOC-FM-007 www.umv.gov.co Página 2 de 7 19 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7808 • PP. 1-19 • 2023 • SEPTIEMBRE • 13 *20231000193813* Radicado: 20231000193813 Fecha: 10-08-2023 Pág. 3 de 7 RESOLUCIÓN N° 706 DEL 10/08/2023 “Por la cual se crea el Comité de Planificación, Producción e Intervención de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, se deroga la Resolución 416 de 2011, la Resolución 658 de 2018 y se dictan otras disposiciones”.

RESUELVE:

Artículo 1.

Crear el Comité de Planificación, Producción e Intervención de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.

Artículo 2.

Naturaleza del Comité. El Comité de Planificación, Producción e Intervención es la instancia de coordinación y articulación de la planificación e intervención de las obras, y de la producción de los insumos requeridos para el cumplimiento de la misión de la entidad, en el marco de las políticas, planes, programas, proyectos y estrategias definidas.

Artículo 3.

Integración. El Comité está integrado por:

1. El / la Jefe de la Oficina de Servicio a la Ciudadanía y Sostenibilidad.
2. El / la Jefe de la Oficina Asesora de Planeación.
3. El Subdirector / la Subdirectora de Planificación y de Conservación.
4. El / la Gerente para el Desarrollo, la Calidad y la Innovación.
5. El Subdirector / la Subdirectora de Producción y Apoyo Logístico.
6. El / la Gerente de Producción.
7. El / la Gerente de Maquinaria y Equipos.
8. El Subdirector / la Subdirectora de Intervención de la Infraestructura, quien lo presidirá.
9. El / la Gerente de Infraestructura Urbana.
10. El / la Gerente de Infraestructura Rural.
11. Un delegado de la Dirección General, quien ejercerá la Secretaría Técnica del Comité.

Artículo 4.

Responsabilidades de los / las integrantes del Comité. Son responsabilidades de los / las integrantes, las siguientes:

1. Asistir de manera obligatoria a las reuniones del Comité que sean convocadas y suscribir el registro de asistencia respectivo sin perjuicio de lo dispuesto en el parágrafo del presente artículo.
2. Allegar al secretario técnico / la secretaria técnica, con la antelación suficiente a la sesión respectiva, los documentos soporte para apoyar a los / las integrantes del Comité en la deliberación y decisión de los asuntos de su competencia.
Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Sede Operativa - Atención al Ciudadano: Calle 22D No. 120-40

GDOC-FM-007 www.umv.gov.co Página 3 de 7 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7808 • PP. 1-20 • 2023 • SEPTIEMBRE • 13 20 *20231000193813* Radicado: 20231000193813 Fecha: 10-08-2023 Pág. 4 de 7 RESOLUCIÓN N° 706 DEL 10/08/2023 “Por la cual se crea el Comité de Planificación, Producción e Intervención de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, se deroga la Resolución 416 de 2011, la Resolución 658 de 2018 y se dictan otras disposiciones”.
3. Participar en las discusiones y ejercer el derecho al voto.
4. Las demás que les asigne el presidente / la presidenta del Comité.

Parágrafo. Los miembros de este comité, cuando exista justa causa debidamente
probada, podrán delegar su participación a la sesión de esta instancia, en los términos de la Ley 489 de 1998.

Artículo 5.

Funciones del Comité. El Comité tiene las siguientes funciones:

1. Coordinar y articular la planificación, producción e intervención de la malla vial local, intermedia, rural, cicloinfraestructura y espacio público competencia de la Unidad, en el marco de las políticas, planes, programas, proyectos y estrategias definidas.
2. Efectuar el seguimiento del cumplimiento de los objetivos misionales.
3. Proponer acciones para el mejoramiento de la planificación, producción e intervención de la malla vial local, intermedia, rural, cicloinfraestructura y espacio público competencia de la Unidad.
4. Orientar, coordinar, articular y realizar seguimiento de la ejecución de acciones relacionadas con la gestión ambiental, gestión social en obras, innovación, calidad técnica y la comercialización de bienes y servicios.
5. Coordinar y efectuar el seguimiento a la ejecución presupuestal de los planes, programas y proyectos asignados para el cumplimiento de la misión.
6. Establecer su reglamento interno.
7. Las demás asignadas por el presidente / la presidenta del Comité y la normativa vigente que tengan relación directa con la misión de la entidad.

Artículo 6.

Presidencia. La presidencia del Comité será ejercida por El Subdirector / la Subdirectora de Intervención de la Infraestructura.

Artículo 7.

Funciones del Presidente / la Presidenta del Comité. Son funciones del presidente / la presidenta del Comité, las siguientes:

1. Presidir y dirigir las reuniones correspondientes.
2. Suscribir los actos y/o decisiones adoptadas por la instancia de coordinación.
3. Representar al Comité cuando se requiera.
4. Las demás funciones que establezca el reglamento.

Artículo 8.

Secretaría Técnica. La Secretaría Técnica del Comité de Planificación, Producción e Intervención será ejercida por el delegado / la delegada de la Dirección General.

Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Sede Operativa - Atención al Ciudadano: Calle 22D No. 120-40 GDOC-FM-007 www.umv.gov.co Página 4 de 7 21 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7808 • PP. 1-21 • 2023 • SEPTIEMBRE • 13 *20231000193813* Radicado: 20231000193813 Fecha: 10-08-2023 Pág. 5 de 7 RESOLUCIÓN N° 706 DEL 10/08/2023 “Por la cual se crea el Comité de Planificación, Producción e Intervención de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, se deroga la Resolución 416 de 2011, la Resolución 658 de 2018 y se dictan otras disposiciones”.

Artículo 9.

Funciones de la Secretaría Técnica del Comité de Planificación, Producción e Intervención. Son funciones de la secretaría técnica del Comité, las siguientes:

1. Citar a los / las integrantes del Comité y a los invitados / las invitadas a las sesiones, de conformidad con la agenda que fije el presidente / la presidenta, y remitir con la debida antelación, los documentos requeridos para la deliberación y decisión de los asuntos de su competencia.
2. Elaborar las actas de cada sesión de acuerdo con los criterios definidos en el artículo 14 de la presente resolución.
3. Informar al presidente / la presidenta del Comité los avances frente a las decisiones adoptadas y compromisos asignados por el mismo, precisando los asuntos en curso, los asuntos pendientes de trámite y las sugerencias para dar solución a las dificultades que se presenten; junto con los soportes o evidencias que los respalden.
4. Hacer el reparto de los asuntos que le corresponda al Comité decidir y debatir, de acuerdo con los lineamientos del presidente / la presidenta del comité.
5. Custodiar y conservar el archivo físico y/o electrónico del Comité, incluyendo las actas y demás documentos relacionados con los temas tratados en sus sesiones.
6. Las demás funciones que le asigne el presidente / la presidenta del Comité y/o la normativa vigente.

Artículo 10.

Reuniones del Comité. El Comité se reunirá de forma ordinaria como mínimo una (1) vez al mes. También se podrá reunir de forma extraordinaria, cuando así lo estime el presidente / la presidenta, de acuerdo con las solicitudes que efectúen los / las integrantes del Comité.

Parágrafo. Se podrán celebrar sesiones virtuales cuando lo estime oportuno el presidente
/ la presidenta y/o atendiendo las solicitudes de los miembros de Comité, o por recomendación de la secretaría técnica. En las sesiones virtuales se podrá deliberar y decidir por medio de comunicación simultánea o sucesiva, utilizando los recursos tecnológicos disponibles, cumpliendo con los criterios de quórum establecidos para deliberar y decidir.

Artículo 11.

Agenda del Comité. El secretario técnico / la secretaria técnica elaborará la agenda de las sesiones, de acuerdo con los lineamientos del presidente / la presidenta, y atendiendo los temas propuestos por los miembros del Comité.

Artículo 12.

Invitados a las reuniones del Comité. Cuando lo considere pertinente, podrán asistir en calidad de invitados el Secretario General, el Jefe de la Oficina de Control Interno y los funcionarios que a juicio del Comité lo consideren pertinente. Así mismo, según los temas a tratar en el orden del día, el presidente / la presidenta del

Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Sede Operativa - Atención al Ciudadano: Calle 22D No. 120-40 GDOC-FM-007 www.umv.gov.co Página 5 de 7 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7808 • PP. 1-22 • 2023 • SEPTIEMBRE • 13 22 *20231000193813* Radicado: 20231000193813 Fecha: 10-08-2023 Pág. 6 de 7 RESOLUCIÓN N° 706 DEL 10/08/2023 “Por la cual se crea el Comité de Planificación, Producción e Intervención de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, se deroga la Resolución 416 de 2011, la Resolución 658 de 2018 y se dictan otras disposiciones”. Comité podrá invitar representantes de entidades del sector público o privado que tengan conocimiento o experticia en los asuntos objeto de reunión; quienes podrán participar, aportar y debatir sobre los temas para los cuales han sido invitados, sin derecho a voto.

Artículo 13.

Quórum y mayorías. El Comité podrá deliberar válidamente con la presencia de la mitad más uno de sus integrantes con derecho a voto. Para la toma de decisiones deben estar presentes el Subdirector / la Subdirectora de Planificación y de Conservación, el Subdirector / la Subdirectora de Producción y Apoyo Logístico y el Subdirector / la Subdirectora de Intervención de la Infraestructura, y las decisiones se adoptarán por mayoría simple de los miembros presentes con derecho a voto. Corresponde al secretario técnico / la secretaria técnica verificar el quórum antes de sesionar.

Artículo 14.

Actas de las reuniones del Comité. De cada reunión se levantará un acta, la cual tendrá numeración de modo consecutivo, por cada año, que contendrá como mínimo la relación de asistentes, los invitados / las invitadas, orden del día, un resumen ejecutivo de los temas debatidos, los compromisos adquiridos, las observaciones y recomendaciones efectuadas, las decisiones adoptadas y los votos de los / las asistentes.

El secretario técnico / la secretaria técnica podrá grabar la sesión correspondiente con el fin de levantar el acta, previa autorización de los / las integrantes del Comité.

El proyecto de acta de cada sesión se remitirá a los / las integrantes del Comité dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la realización de la sesión.

Los / las integrantes del Comité podrán presentar sus observaciones y/o comentarios dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al recibo del proyecto de acta, para ser incorporados en el acta definitiva por parte del secretario técnico / la secretaria técnica. Si no se presentan observaciones dentro del plazo establecido se entenderá que están de acuerdo con el contenido del proyecto de acta.

Artículo 15.

Vigencia y derogatoria. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición, y deroga la Resolución 416 de 2011 y la Resolución 658 de 2018 expedidas por la Dirección General de la entidad y las demás normas internas que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Sede Operativa - Atención al Ciudadano: Calle 22D No. 120-40 GDOC-FM-007 www.umv.gov.co Página 6 de 7 23 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7808 • PP. 1-23 • 2023 • SEPTIEMBRE • 13 *20231000193813* Radicado: 20231000193813 Fecha: 10-08-2023 Pág. 7 de 7 RESOLUCIÓN N° 706 DEL 10/08/2023 “Por la cual se crea el Comité de Planificación, Producción e Intervención de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, se deroga la Resolución 416 de 2011, la Resolución 658 de 2018 y se dictan otras disposiciones”. Dado en Bogotá D.C., a los 10 días del mes 08 de dos mil veintitrés (2023).

Documento 20231000193813 firmado electrónicamente por:

ALVARO SANDOVAL REYES Director General DIRECCIÓN GENERAL alvaro.sandoval@umv.gov.co Fecha firma: 10-08-2023 16:07:17 Aprobó:

GIACOMO SANTIAGO LEOPOLDO MARCENARO JIMENEZ - Subdirector técnico de Producción e intervención - SUBDIRECCIÓN DE PRODUCCIÓN Y APOYO LOGISTICO - giacomo.marcenaro@umv.gov.co Revisó: RAFAEL ANTONIO URIBE ECHEVERRI - Jefe Oficina - OFICINA JURÍDICA rafael.uribe@umv.gov.co JULIO CESAR PINZÓN REYES - SUB Director - SUBDIRECCIÓN DE INTERVENCIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA - julio.pinzon@umv.gov.co MARTHA ELISA PARRA TÉLLEZ - Contratista - SECRETARÍA GENERAL martha.parra@umv.gov.co MARTHA PATRICIA AGUILAR COPETE - secretaria general - SECRETARÍA GENERAL - martha.aguilar@umv.gov.co PABLO EMILIO MUÑOZ PUENTES - Subdirector de Planificación y Conservación - SUBDIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN Y CONSERVACIÓN pablo.munoz@umv.gov.co NELSON ANDRÉS OVALLE FERNÁNDEZ - Contratista - SECRETARÍA GENERAL - nelson.ovalle@umv.gov.co Proyectó: DIANA MARCELA APONTE SANABRIA - Contratista - SECRETARÍA GENERAL - diana.aponte@umv.gov.co a43fef39634feaebc1b74d9a5b5bef5961aae9ff1f532d38e14783d9d9198f4a Codigo de Verificación CV: 2afc5 Comprobar desde: https://www.umv.gov.co/portal/verificar/ Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Sede Operativa - Atención al Ciudadano: Calle 22D No. 120-40 GDOC-FM-007 www.umv.gov.co Página 7 de 7 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7808 • PP. 1-24 • 2023 • SEPTIEMBRE • 13 24 RESOLUCIÓN Nº 708 (11 de agosto de 2023)

“Por la cual se modifica el artículo tercero de la Resolución 031 de 2020 “Por medio de la cual se crea y establecen los lineamientos del Comité de Seguimiento y Control Financiero de la UAERMV”.

EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL En uso de sus atribuciones legales y estatutarias y en especial las conferidas por los numerales 3 y 10 del artículo 19 del Acuerdo 05 de 20231 y los numerales 3 y 10 del artículo 2 del Acuerdo 02 de 20232 expedido por el Consejo Directivo de la UAERMV y demás disposiciones concordantes, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 209 de la Constitución Política de 1991, establece, “la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones”.

Que el Acuerdo distrital 257 de 20063 transformó la Secretaría de Obras Públicas en la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, adscrita a la Secretaría Distrital de Movilidad.

Que el artículo 109 ibídem modificado por el artículo 95 del Acuerdo 761 de 2020 establece la naturaleza jurídica, objeto y funciones básicas de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.

Que mediante el Acuerdo 02 de 2023 expedido por el Consejo Directivo de la Entidad, se estableció la estructura organizacional de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial y las funciones de sus dependencias.

1 Acuerdo 05 de 2023 “Por el cual se adoptan los Estatutos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, se deroga el Acuerdo 10 de 2010 y los Acuerdos 07 y 09 de 2017 y se dictan otras disposiciones”. 2 Acuerdo 02 de 2023 “Por el cual se establece la estructura organizacional de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial y las funciones de sus dependencias”. 3 Acuerdo distrital 257 de 2006 “ "Por el cual se dictan normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito Capital, y se expiden otras disposiciones" Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Sede Operativa - Atención al Ciudadano: Calle 22D No. 120-40 GDOC-FM-007 www.umv.gov.co Página 1 de 4 25 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7808 • PP. 1-25 • 2023 • SEPTIEMBRE • 13 *20231000194003* Radicado: 20231000194003 Fecha: 11-08-2023 Pág. 2 de 4 RESOLUCIÓN N° 708 DEL 11/08/2023 “Por la cual se modifica el artículo tercero de la Resolución 031 de 2020 “Por medio de la cual se crea y establecen los lineamientos del Comité de Seguimiento y Control Financiero de la UAERMV”.

Que el Acuerdo 04 de 2023 expedido por el Consejo Directivo de la Entidad modificó la planta de cargos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial creando empleos, entre otros, en el nivel directivo.

Que la Secretaría Distrital Hacienda expidió la Resolución No. 00315 de 2019 "Por medio de la cual se establecen las políticas y lineamientos de inversión y de riesgo para el manejo de recursos administrados por los Establecimientos Públicos del Distrito Capital y la Contraloría de Bogotá D.C.", disponiendo en el artículo octavo lo siguiente:

"Deberá existir en cada establecimiento público distrital y la Contraloría de Bogotá D.C. un comité conformado por servidores del nivel directivo, que tendrá a cargo hacer el seguimiento, el control financiero y la verificación del cumplimiento de la presente Resolución, así como aprobar y hacer seguimiento a los planes de ajuste de que trata el artículo precedente. Este comité realizará reportes mensuales dirigidos al representante legal de la entidad."

Que mediante Resolución 031 de 2020 expedida por el Director General se creó y establecieron los lineamientos del Comité de Seguimiento y Control Financiero de la Entidad y se derogó la Resolución 384 de 2010 Que mediante Resolución 568 de 20234 se actualizaron y unificaron los actos administrativos relacionados con la creación y funcionamiento del Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, encargado de orientar la implementación y operación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG, marco de referencia para dirigir, planear, ejecutar, hacer seguimiento, evaluar y controlar la gestión de las entidades y de los organismos públicos, con el fin de generar resultados que atiendan los planes de desarrollo y resuelvan las necesidades y problemas de los ciudadanos, con integridad y calidad en el servicio.

Que en virtud de lo expuesto se requiere modificar el artículo tercero de la Resolución 031 de 2020 expedida por el Director General que trata de la composición del Comité de Seguimiento y Control Financiero de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

4 Resolución 568 de 2023 “Por la cual se actualizan y unifican los actos administrativos relacionados con la creación y funcionamiento del Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, se deroga la Resolución 440 de 2022 y se dictan otras disposiciones”. Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Sede Operativa - Atención al Ciudadano: Calle 22D No. 120-40 GDOC-FM-007 www.umv.gov.co Página 2 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7808 • PP. 1-26 • 2023 • SEPTIEMBRE • 13 26 *20231000194003* Radicado: 20231000194003 Fecha: 11-08-2023 Pág. 3 de 4 RESOLUCIÓN N° 708 DEL 11/08/2023 “Por la cual se modifica el artículo tercero de la Resolución 031 de 2020 “Por medio de la cual se crea y establecen los lineamientos del Comité de Seguimiento y Control Financiero de la UAERMV”.

Artículo 1.

Modificar el artículo tercero de la Resolución 031 de 2020 “Por medio de la cual se crea y establecen los lineamientos del Comité de Seguimiento y Control Financiero de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial y se deroga una resolución”, el cual quedará así:

“ARTÍCULO TERCERO: Integración. El Comité de Seguimiento y Control Financiero de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, estará integrado por los siguientes servidores:

1. El / la Jefe de Oficina Asesora de Planeación.
2. El Secretario / la Secretaria General, quien lo presidirá.
3. El / la Gerente Administrativa y Financiera.
4. El Subdirector / la Subdirectora de Producción y Apoyo Logístico
5. El Subdirector / la Subdirectora de Intervención de la Infraestructura

Parágrafo Primero. Será invitado permanente el Jefe de la Oficina de
Control Interno; igualmente, podrán invitarse a los servidores públicos y /o colaboradores que a juicio del Comité lo considere pertinente de acuerdo con los asuntos a tratar, quienes tendrán derecho a voz, pero sin voto.

Parágrafo Segundo. El Comité de Seguimiento y Control Financiero tendrá
un secretario técnico / una secretaria técnica, función que será ejercida por el Tesorero / la Tesorera General de la UAERMV, Profesional Especializado Código 201, Grado 05.”

Artículo 2.

Vigencia y derogatoria. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición, y modifica el artículo tercero de la Resolución 031 de 2020 expedida por el Director General de la entidad.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C.

Documento 20231000194003 firmado electrónicamente por:

Director General DIRECCIÓN GENERAL ALVARO SANDOVAL REYES Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Sede Operativa - Atención al Ciudadano: Calle 22D No. 120-40 GDOC-FM-007 www.umv.gov.co Página 3 de 4 27 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7808 • PP. 1-27 • 2023 • SEPTIEMBRE • 13 *20231000194003* Radicado: 20231000194003 Fecha: 11-08-2023 Pág. 4 de 4 RESOLUCIÓN N° 708 DEL 11/08/2023 “Por la cual se modifica el artículo tercero de la Resolución 031 de 2020 “Por medio de la cual se crea y establecen los lineamientos del Comité de Seguimiento y Control Financiero de la UAERMV”. alvaro.sandoval@umv.gov.co Fecha firma: 11-08-2023 09:39:56 Aprobó: JOHN ALEXANDER MENDIETA JUNCO - Tesorero - PROCESO TESORERÍA
- john.mendieta@umv.gov.co Revisó:
MARTHA ELISA PARRA TÉLLEZ - Contratista - SECRETARÍA GENERAL martha.parra@umv.gov.co LUZ JENI FUNG MUÑOZ - - DIRECCIÓN GENERAL - luz.fung@umv.gov.co ANDRES GUSTAVO ROMERO QUIÑONES - contratista - SECRETARÍA GENERAL - andres.romero@umv.gov.co MARTHA PATRICIA AGUILAR COPETE - secretaria general - SECRETARÍA GENERAL - martha.aguilar@umv.gov.co NELSON ANDRÉS OVALLE FERNÁNDEZ - Contratista - SECRETARÍA GENERAL - nelson.ovalle@umv.gov.co RAFAEL ANTONIO URIBE ECHEVERRI - Jefe Oficina - OFICINA JURÍDICA rafael.uribe@umv.gov.co 4c884ba3a206ae8b40227bc1c016197de77a33ebe6f29ced629ea98ca2df500f Codigo de Verificación CV: e88c7 Comprobar desde: https://www.umv.gov.co/portal/verificar/ Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Sede Operativa - Atención al Ciudadano: Calle 22D No. 120-40 GDOC-FM-007 www.umv.gov.co Página 4 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7808 • PP. 1-28 • 2023 • SEPTIEMBRE • 13 28 INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO - IDU RESOLUCIÓN Nº 4335 (11 de septiembre de 2023)

“Por la cual se asignan transitoriamente unas funciones a algunas dependencias del Instituto de Desarrollo Urbano IDU con ocasión del Decreto Distrital Nº 145 de 2023”

EL(LA) Directora General (e) DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO
- IDU, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por los numerales 1 del artículo 17 del Acuerdo Distrital 19 de 1972, los literales b y f del artículo 29 del Acuerdo del Consejo Directivo 1 de 2009 y el literal d del artículo 5 del Acuerdo del Consejo Directivo 6 de 2021 y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 325 de la Constitución Política, modificado por el artículo 1 del Acto Legislativo 2 de 2020, creó la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca a la cual podrán asociarse el Distrito Capital, la Gobernación de Cundinamarca y los municipios de Cundinamarca cuando compartan dinámicas territoriales, ambientales, sociales o económicas.

Que dicha entidad es de carácter administrativo, de asociatividad regional, de régimen especial y cuyo objeto es el de garantizar la ejecución de planes y programas de desarrollo sostenible y la prestación oportuna y eficiente de los servicios a su cargo.

Que la Ley Orgánica 2199 de 2022, “Por medio de la cual se desarrolla el artículo 325 de la Constitución Política y se expide el régimen especial de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca”, definió y reglamentó el funcionamiento de la Región Metropolitana de Bogotá - Cundinamarca, en el marco de la autonomía reconocida a sus integrantes por la Constitución Política.

Que el artículo 32 ídem, creó la Agencia Regional de Movilidad, a través de la cual la Región Metropolitana ejerce la autoridad Regional de Transporte, como entidad pública adscrita a la Región Metropolitana, encargada de la planeación, gestión y cofinanciación de la movilidad y el transporte a nivel regional.

Que el parágrafo 2º del artículo 32 de la Ley Orgánica 2199 de 2022, estableció que la Región Metropolitana podrá realizar el traslado de sus funciones al sector Movilidad de la Alcaldía Mayor de Bogotá, en cabeza de la Secretaría Distrital de Movilidad de Bogotá para que actúe transitoriamente como Agencia Regional de Movilidad y autoridad regional de transporte, hasta el 31 de diciembre de 2023 o hasta que su Junta Directiva decida extender ese plazo.

1 29 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7808 • PP. 1-29 • 2023 • SEPTIEMBRE • 13 SGGC 202350500043356 Información Pública RESOLUCIÓN NÚMERO 4335 DE 2023 “Por la cual se asignan transitoriamente unas funciones a algunas dependencias del Instituto de Desarrollo Urbano IDU con ocasión del Decreto Distrital Nº 145 de 2023”

Que en virtud de lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 33 ibídem, las funciones serán ejercidas en el ámbito geográfico establecido en la declaratoria del hecho metropolitano de la movilidad, incluidas las funciones a ser cedidas o trasladas por parte del Gobierno Nacional.

Que la Asamblea de Cundinamarca, mediante Ordenanza 085 de 2022 y el Concejo de Bogotá mediante Acuerdo Distrital 858 de 2022, aprobaron, según las competencias de cada órgano colegiado, el ingreso de la Gobernación de Cundinamarca y del Distrito Capital, respectivamente, a la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca, dando aplicación al artículo 6 de la Ley 2199 de 2022.

Que el Consejo Regional de la Región Metropolitana, mediante Acuerdo Regional No. 07 del 20 de diciembre de 2022, realizó el traslado transitorio de las funciones de la Agencia Regional de Movilidad, establecidas en el artículo 33 de la Ley 2199 de 2022, al sector de Movilidad de la Alcaldía Mayor de Bogotá en cabeza de la Secretaría Distrital de Movilidad, hasta el 31 de diciembre de 2023 o en caso de que haya lugar, hasta que la junta de la Agencia Regional de Movilidad decida extender el plazo.

Que para dar cumplimiento al Acuerdo Regional No. 07 del 20 de diciembre de 2022, la Administración Distrital de Bogotá expidió el Decreto Distrital 145 el 14 de abril de 2023, a través del cual distribuyó unas funciones trasladadas transitoriamente por la Región Metropolitana al Sector Movilidad de la Administración del Distrito Capital.

Que de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 145 del 14 de abril de 2023, “el marco de la distribución de las funciones trasladadas de manera transitoria por el Consejo Regional de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca al sector movilidad de la administración distrital, no se genera el establecimiento de funciones que sobredimensión en la misionalidad y funciones ni en la Secretaría Distrital de Movilidad, ni en ninguna de las entidades adscritas”, entre ellas, las del Instituto de Desarrollo Urbano.

Que el artículo 2° del Decreto Distrital 145 de 2023 distribuyó de manera transitoria las siguientes funciones de Ia Agencia Regional de Movilidad de la 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7808 • PP. 1-30 • 2023 • SEPTIEMBRE • 13 30 SGGC 202350500043356 Información Pública RESOLUCIÓN NÚMERO 4335 DE 2023 “Por la cual se asignan transitoriamente unas funciones a algunas dependencias del Instituto de Desarrollo Urbano IDU con ocasión del Decreto Distrital Nº 145 de 2023”

Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca al Instituto de Desarrollo Urbano
- IDU:

1. “Planear, formular, estructurar, financiar, construir, operar o mantener directa o indirectamente infraestructura de transporte, a excepción de las líneas férreas y de metro, en Ia Región Metropolitana.

2. Identificar e implementar los peajes y la valorización como fuentes de financiación para Ia infraestructura de transporte”.

Que mediante oficio 2-2023-5063 del 10 de abril de 2023, Ia Subdirectora Técnica de Desarrollo Organizacional y Empleo Público del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital - DASCD, emitió el siguiente pronunciamiento frente al proyecto de Decreto que se convirtió en el 145 de 2023: “se puede evidenciar que de acuerdo con lo expresado en el documento técnico presentado por la Secretaría Distrital de Movilidad, en las justificaciones presentadas por dicho organismo y en las mesas desarrolladas, no se requiere modificación de la estructura organizacional del organismo distrital ni de sus entidades adscritas ni vinculadas, sino de una asignación de competencias dentro del marco funcional vigente para dicho organismo y entidades.”

Que es función de la Dirección General “asignar (…) las funciones de planeación, técnicas, financieras, administrativas, de desarrollo institucional y legales, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 19 de 1972, la ley 489 de 1998 y demás disposiciones jurídicas vigentes”, de conformidad con el literal d. del artículo 5 del Acuerdo del Consejo Directivo 6 de 2021.

Que en virtud de lo dispuesto en el Decreto Distrital No. 145 de 2023 y con el propósito de asegurar la ejecución de las funciones y competencias correspondientes a la Agencia Regional de Movilidad de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca y a efectos de ejercer de manera eficaz y eficiente las actividades y desarrollar las gestiones a que haya lugar, se hace necesario asignar funciones, de manera transitoria, a algunas dependencias del Instituto de Desarrollo Urbano – IDU.

En mérito de lo expuesto, 3 31 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7808 • PP. 1-31 • 2023 • SEPTIEMBRE • 13 SGGC 202350500043356 Información Pública RESOLUCIÓN NÚMERO 4335 DE 2023 “Por la cual se asignan transitoriamente unas funciones a algunas dependencias del Instituto de Desarrollo Urbano IDU con ocasión del Decreto Distrital Nº 145 de 2023”

RESUELVE:

Artículo 1º.

- Asignación transitoria de una función a la Oficina Asesora de Planeación. Asígnese de manera transitoria, la siguiente función a la Oficina Asesora de Planeación, dentro del marco de sus competencias: asesorar en la planeación, formulación y financiación de proyectos de inversión para el desarrollo de infraestructura de transporte, a excepción de las líneas férreas y de metro, en la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca.

Artículo 2º.

- Asignación transitoria de unas funciones a la Subdirección General de Desarrollo Urbano, a la Dirección Técnica de Proyectos y a la Subdirección Técnica de Estructuración de Proyectos. Asígnense de manera transitoria, las siguientes funciones de la Agencia Regional de Movilidad de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca a la Subdirección General de Desarrollo Urbano, a la Dirección Técnica de Proyectos y a la Subdirección Técnica de Estructuración de Proyectos, dentro del marco de las competencias de cada dependencia:

a. Planear directa o indirectamente infraestructura de transporte, a excepción de las líneas férreas y de metro, en Ia Región Metropolitana. b. Formular directa o indirectamente infraestructura de transporte, a excepción de las líneas férreas y de metro, en Ia Región Metropolitana. c. Estructurar directa o indirectamente infraestructura de transporte, a excepción de las líneas férreas y de metro, en Ia Región Metropolitana. d. Identificar de manera directa o indirecta fuentes de financiación para Ia estructuración de infraestructura de transporte, a excepción de las líneas férreas y de metro, en Ia Región Metropolitana.

Artículo 3º.

- Asignación transitoria de una función a la Subdirección General de Infraestructura, a la Dirección Técnica de Construcciones y a las Subdirecciones Técnicas de Ejecución del Subsistema de Transporte y de Ejecución del Subsistema Vial. Asígnese de manera transitoria, la siguiente función de la Agencia Regional de Movilidad de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca a la Subdirección General de Infraestructura, a la Dirección Técnica de Construcciones y a las

4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7808 • PP. 1-32 • 2023 • SEPTIEMBRE • 13 32 SGGC 202350500043356 Información Pública RESOLUCIÓN NÚMERO 4335 DE 2023 “Por la cual se asignan transitoriamente unas funciones a algunas dependencias del Instituto de Desarrollo Urbano IDU con ocasión del Decreto Distrital Nº 145 de 2023”

Subdirecciones Técnicas de Ejecución del Subsistema de Transporte y de Ejecución del Subsistema Vial, dentro del marco de las competencias de cada dependencia: construir directa o indirectamente infraestructura de transporte, a excepción de las líneas férreas y de metro, en Ia Región Metropolitana.

Artículo 4º.

- Asignación transitoria de una función a la Subdirección General de Infraestructura, a la Dirección Técnica de Conservación de la Infraestructura y a las Subdirecciones Técnicas de Conservación del Subsistema de Transporte y de Conservación del Subsistema Vial. Asígnese de manera transitoria, la siguiente función de la Agencia Regional de Movilidad de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca a la Subdirección General de Infraestructura, a la Dirección Técnica de Conservación de la Infraestructura y a las Subdirecciones Técnicas de Conservación del Subsistema de Transporte y de Conservación del Subsistema Vial, dentro del marco de las competencias de cada dependencia: conservar directa o indirectamente infraestructura de transporte, a excepción de las líneas férreas y de metro, en Ia Región Metropolitana.

Artículo 5º.

- Asignación transitoria de una función a la Subdirección General de Gestión Corporativa, a la Dirección Técnica de Apoyo a la Valorización y a la Subdirección Técnica de Operaciones. Asígnense de manera transitoria, la siguiente función de la Agencia Regional de Movilidad de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca, a la Subdirección General de Gestión Corporativa, a la Dirección Técnica de Apoyo a la Valorización y a la Subdirección Técnica de Operaciones, dentro del marco de las competencias de cada dependencia: identificar e implementar la contribución de valorización como fuente de financiación para Ia infraestructura de transporte, a excepción de las líneas férreas y de metro, en Ia Región Metropolitana.

Artículo 6º.

- Principios. Las funciones anteriormente asignadas deberán adelantarse dando aplicación a los principios de coordinación, concurrencia y colaboración entre las dependencias y de acuerdo con las funciones definidas para cada una conforme lo dispuesto en el Acuerdo del Consejo Directivo Nº 6 de 2021 o el que lo adicione, modifique y/o sustituya.

Artículo 7º.

- Asesoría y apoyo. Las dependencias del Instituto de Desarrollo Urbano - IDU prestarán la asesoría y el apoyo necesario para que desde las dependencias señaladas en la presente resolución se gestionen los planes,

5 33 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7808 • PP. 1-33 • 2023 • SEPTIEMBRE • 13 SGGC 202350500043356 Información Pública RESOLUCIÓN NÚMERO 4335 DE 2023 “Por la cual se asignan transitoriamente unas funciones a algunas dependencias del Instituto de Desarrollo Urbano IDU con ocasión del Decreto Distrital Nº 145 de 2023” programas y proyectos a cargo de la Agencia Regional de Movilidad en el marco de las funciones establecidas para cada una de las señaladas en el Acuerdo del Consejo Directivo Nº 6 de 2021 o el que lo que lo adicione, modifique y/o sustituya.

Artículo 8º.

- Transitoriedad. Las funciones asignadas en la presente resolución se ejercerán de manera transitoria de acuerdo a lo establecido en el artículo 8 del Decreto Distrital 145 de 2023.

Artículo 9º.

- Ámbito geográfico. Las funciones asignadas en la presente resolución serán ejercidas en el ámbito geográfico establecido en la declaratoria del hecho metropolitano de la movilidad.

Artículo 10º.

- Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Registro Distrital.

Dada en Bogotá D.C., en Septiembre 11 de 2023.

PUBLÍQUESE COMUNIQUESE Y CÚMPLASE.

ROSITA ESTHER BARRIOS FIGUEROA Directora General (e) Firma mecánica generada el 11-09-2023 05:08:43 PM autorizada mediante Resolución No. 400 de marzo 11 de 2021 Aprobó: ROSITA ESTHER BARRIOS FIGUEROA-Subdirección General de Gestión Corporativa Aprobó: GIAN CARLO SUESCÚN SANABRIA-Subdirección General Jurídica Aprobó: CLAUDIA TATIANA RAMOS BERMUDEZ-Subdirección General de Infraestructura Aprobó: JOSE FELIX GOMEZ PANTOJA-Subdirección General de Desarrollo Urbano Aprobó: SANDRA MILENA DEL PILAR RUEDA OCHOA-Oficina Asesora de Planeación Elaboró: SILVIA PATRICIA RODRIGUEZ ALFONSO-Subdirección General de Gestión Corporativa 6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7808 • PP. 1-34 • 2023 • SEPTIEMBRE • 13 34 CIRCULAR DE 2023 SECRETARÍA DISTRITAL DE SALUD DE BOGOTÁ CIRCULAR Nº 048 (3 de julio de 2020)

Código: 000000 020000 PARA: INSTITUCIONES PRESTADORES DE SERVICIOS DE SALUD DE BOGOTÁ D.C.

DE: SECRETARIO DE DESPACHO DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE SALUD DE BOGOTÁ ASUNTO: RECOMENDACIONES PARA LA MODIFICIACIÓN OPERATIVA DE SERVICIOS AMBULATORIO, HOSPITALARIO, CIRUGIA, ASÍ COMO AJUSTE A LOS CRITERIOS DE TALENTO HUMANO PARA LA OPERACIÓN DE SERVICIOS DE UCI Y OTRO EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA POR COVID-2019 35 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7808 • PP. 1-35 • 2023 • SEPTIEMBRE • 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7808 • PP. 1-36 • 2023 • SEPTIEMBRE • 13 36 37 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7808 • PP. 1-37 • 2023 • SEPTIEMBRE • 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7808 • PP. 1-38 • 2023 • SEPTIEMBRE • 13 38 39 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7808 • PP. 1-39 • 2023 • SEPTIEMBRE • 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7808 • PP. 1-40 • 2023 • SEPTIEMBRE • 13 40 41 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7808 • PP. 1-41 • 2023 • SEPTIEMBRE • 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7808 • PP. 1-42 • 2023 • SEPTIEMBRE • 13 42 AÑO 57 NÚMERO 7808 13 • SEPTIEMBRE • 2023 ALCALDESA MAYOR Claudia Nayibe López Hernández SECRETARÍA GENERAL ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL.

LA PUBLICACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS EN EL REGISTRO DISTRITAL SE REALIZA DE ACUERDO A LA LEY 1437 DEL 2011 EN SU ARTÍCULO 65 MODIFICADO POR LA LEY 2080 DE 2021 “POR LA CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO”.

CANALES DE COMUNICACIÓN CORREO: REGISTRODISTRITAL@ALCALDIABOGOTA.GOV.CO DIRECCIÓN: CALLE 11 SUR #1-60 ESTE - LA MARÍA - BOGOTÁ D.C.

TELÉFONO: 381 3000 EXT. 5010 - 5202 SUBDIRECTORA IMPRENTA DISTRITAL: MARCELA IRENE DE JESÚS GONZÁLEZ BONILLA

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