Registro Distrital 7697 de 2023
Registro Distrital 7697 de 2023 Nivel Distrital
- Tipo
- Registro Distrital
- Número
- 7697
- Año
- 2023
- Fecha
- 14 de abril de 2023
- Entidad
- Nivel Distrital
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
5,5 ALCALDESA MAYOR Claudia Nayibe López Hernández REGISTRO DISTRITAL - BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) AÑO 57 - No. 7697- Pp 1 - 10 - 2023 - ABRIL - 14 AÑO 57 NÚMERO 7697 14 • ABRIL • 2023 ACUERDOS DE 2023 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. - REGIÓN las reglas presupuestales particulares dispuestas para los establecimientos públicos en el Estatuto Orgánico de Presupuesto, expedido mediante Decreto Ley 111 de 1996”.
METROPOLITANA BOGOTÁ – CUNDINAMARCA ACUERDO REGIONAL Nº 01 (23 de marzo de 2023)
4.
Que de conformidad con las proyecciones realizadas por la Región Metropolitana, se presenta el presupuesto de ingresos y gastos, según las fuentes de financiación factibles de ejecutarse en la presente vigencia.
“Por el cual se establece el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones para la vigencia fiscal 2023 de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca y se dictan otras disposiciones”.
EL CONSEJO REGIONAL DE LA REGIÓN METROPOLITANA BOGOTÁ – CUNDINAMARCA En uso de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el literal a) del numeral 6 del artículo 21 de la Ley 2199 del 2022, el
5.
Que el Consejo Regional tiene por competencia definir los aportes de los entes territoriales asociados a la Región Metropolitana, de conformidad con el literal p) del numeral 7 del artículo 21 de la Ley 2199 de 2022 y entre tanto éstos sean establecidos, para la actual vigencia el Departamento de Cundinamarca y el Distrito Capital, en virtud de su autonomía presupuestal han decidido realizar un aporte voluntario, con destino a la financiación del funcionamiento y ejercicio de las competencias de la Región Metropolitana, según el literal d) del artículo 35 de Ley 2199 de 2022.
Acuerdo Regional 01 del 2022 y
CONSIDERANDO:
1.
Que el literal a) del numeral 6 del artículo 21 de la Ley 2199 de 2022 establece como una de las funciones del Consejo Regional, en materia fiscal, “aprobar el Plan de Inversiones y el Presupuesto Anual de Rentas y Gastos de la Región Metropolitana y sus entidades”.
2.
Que el artículo 35 de la Ley 2199 del 2022 señala las fuentes de financiación que conforman el patrimonio y rentas de la Región Metropolitana
- Bogotá Cundinamarca.
6.
Que de conformidad con el considerando anterior, el Departamento de Cundinamarca a través de la Secretaría de Integración Regional, el 17 de marzo de 2023 expidió certificación donde establece el aporte voluntario para la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca por un valor de $ 5.000.000.000, y mediante oficio No. 2022EE615588O1 del 16 de diciembre de 2022, el Secretario Distrital de Hacienda informó que para la operación de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca en el presupuesto para la vigencia 2022 se incorporó un valor por $ 1.422.000.000 y para la vigencia 2023 un valor por la suma de $3.000.000.000.
7.
Que el artículo 42 de la Ley 2199 de 2022 dispuso el aporte de la Nación a la Región Metropolitana en los siguientes términos: “En consideración al Acto Legislativo 02 de 2020 que modifica el artículo 325 de la Constitución Política con el fin de crear la Re-
3.
Que a través del Acuerdo Regional 01 de 2022 se adoptaron los estatutos de la entidad, previendo en su artículo 60 el régimen presupuestal de la Región Metropolitana, estableciendo que “le serán aplicables las reglas presupuestales contenidas en la Ley 2199 de 2022; y en lo no regulado en esta, 1 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7697 • pP. 1-1 • 2023 • ABRIL • 14 Que en virtud de lo anterior,
ACUERDA:
Capítulo I.
PRESUPUESTO DE INGRESOS gión Metropolitana, la Nación anualmente aportará, en calidad de transferencia no condicionada y de libre destinación, a la Región Metropolitana Bogotá
- Cundinamarca, una suma no inferior a setenta y cinco mil millones de pesos ($75.000.000.000), a partir de la vigencia del presupuesto del 2023.
El monto anterior, aumentará anualmente en un porcentaje igual al índice de Precios al Consumidor (IPC), del año inmediatamente anterior (…)”.
8.
Que como consecuencia de lo anterior, en el Presupuesto de Ingresos y Gastos se incluye el aporte de la Nación por la suma de $75.000.000.000, en atención a la Resolución No. 0567 del 7 de marzo de 2023 expedida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Artículo 1.
APROBACIÓN DEL PRESUPUESTO ANUAL DE RENTAS E INGRESOS. Aprobar el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca para la vigencia fiscal comprendida desde la expedición del presente acuerdo y hasta el 31 de diciembre del 2023, por la suma de OCHENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS DIECINUEVE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS M/CTE. ($86.954.619.495) conforme al siguiente detalle:
9.
Que se hace necesario adoptar unas disposiciones generales de carácter transitorio que permitan la ejecución del presupuesto durante la vigencia 2023, hasta que se expida el estatuto presupuestal de la Región Metropolitana Bogotá Cundinamarca.
CÓDIGO COMPLETO NOMBRE DE LA CUENTA SOPORTE LEGAL VALOR (Pesos)
1 INGRESOS 86.954.619.495 1.1 INGRESOS CORRIENTES 83.000.000.000 1.1.02 NO TRIBUTARIOS 83.000.000.000 1.1.02.06 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 83.000.000.000 1.1.02.06.006 TRANSFERENCIAS DE OTRAS ENTIDADES DEL GOBIERNO GENERAL 83.000.000.000 1.1.02.06.006.01 APORTES DE LA NACIÓN Ley 2199 de 2022 75.000.000.000 1.1.02.06.006.06 OTRAS UNIDADES DE GOBIERNO 8.000.000.000 1.1.02.06.006.06.01 DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA Ley 2199 de 2022 5.000.000.000 1.1.02.06.006.06.02 DISTRITO DE BOGOTÁ Ley 2199 de 2022 3.000.000.000 1.2 RECURSOS DE CAPITAL 3.954.619.495 1.2.05 RENDIMIENTOS FINANCIEROS 2.532.600.000 1.2.05.02 DEPOSITOS 2.532.600.000 1.2.10 RECURSOS DE BALANCE 1.422.019.495 1.2.10.02 SUPERAVIT FISCAL 1.422.019.495
Capítulo II.
PRESUPUESTO DE GASTOS dinamarca para la vigencia fiscal comprendida desde la expedición del presente acuerdo y hasta el 31 de diciembre del 2023, por la suma de OCHENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS DIECINUEVE MIL CUA- TROCIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS M/CTE. ($86.954.619.495), conforme al siguiente detalle:
Artículo 2.
APROBACIÓN DEL PRESUPUESTO ANUAL DE GASTOS E INVERSIONES. Aprobar el Presupuesto Anual de Gastos de Funcionamiento e Inversión de la Región Metropolitana Bogotá - Cun-
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7697 • pP. 1-2 • 2023 • ABRIL • 14 2 CÓDIGO COMPLETO NOMBRE DE LA CUENTA SOPORTE LEGAL VALOR (Pesos)
2 GASTOS 86.954.619.495 2.1 GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 9.429.749.188 2.1.1 GASTOS DE PERSONAL 3.485.154.125 2.1.1.01 PLANTA DE PERSONAL PERMANENTE 3.485.154.125 2.1.1.01.01 FACTORES CONSTITUTIVOS DE SALARIO 2.710.861.225 2.1.1.01.02 CONTRIBUCIONES INHERENTES A LA NÓMINA 774.292.900 2.1.2 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS 5.770.685.824 2.1.2.01 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS 2.028.642.684 2.1.2.01.01 ACTIVOS FIJOS 2.028.642.684 2.1.2.02 ADQUISICIONES DIFERENTES DE ACTIVOS 3.742.043.140 2.1.2.02.02 ADQUISICION DE SERVICIOS 3.742.043.140 2.1.8 GASTOS POR TRIBUTOS, TASAS, CONTRIBUCIONES, MULTAS, SANCIONES E INTERESES DE MORA 173.909.239 2.1.8.04 CONTRIBUCIONES 173.909.239 2.1.8.04.01 CUOTA DE FISCALIZACIÓN Y AUDITAJE Ley 617 de 2000, art. 9, y 11 173.909.239 2.3 GASTOS DE INVERSIÓN 77.524.870.307 2.3.2 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS 77.524.870.307 2.3.2.01 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS 58.401.000.000 2.3.2.01.01 ACTIVOS FIJOS 58.401.000.000 2.3.2.02 ADQUISICIÓN DE DIFERENTES ACTIVOS 19.123.870.307 2.3.2.02.01 MATERIALES Y SUMINISTROS 14.300.000.000 2.3.2.02.02 ADQUISICIÓN DE SERVICIOS 4.823.870.307
Capítulo III.
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 4.
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO. Incluye las asignaciones para cubrir todos los gastos, que tienen por objeto atender las necesidades de la entidad para cumplir a cabalidad con las funciones asignadas en la Constitución y la ley. Estos se detallarán en la resolución de liquidación del presupuesto de la entidad.
Artículo 3.
CONCEPTO DEL GASTO. Las afectaciones al presupuesto se harán teniendo en cuenta la prestación principal originada en los compromisos que se adquieran. Con cargo al mismo rubro se cubrirán los demás costos inherentes o accesorios para el cumplimiento de la obligación u objeto del gasto.
Artículo 5.
GASTOS DE INVERSIÓN. Corresponden a los valores que se inviertan a través de la ejecución de proyectos, en cada una de las áreas temáticas establecidas por la Ley 2199 del 2022.
Artículo 6.
PLAN DE INVERSIONES. El plan de inversiones es un instrumento de planificación financiera que hace parte del presupuesto General de Ingresos y Gastos de la Región Metropolitana.
Con cargo a las apropiaciones de cada rubro presupuestal que sean afectados con los compromisos iniciales, se atenderán las obligaciones derivadas de estos, tales como los costos imprevistos, comisiones, deducibles, ajustes y revisión de valores e intereses, conciliaciones, mayor valor originado en la liquidación de contratos y comisiones bancarias, y gravámenes en general, según la normatividad aplicable.
Todo compromiso que afecte los gastos de inversión deberá formar parte del plan de inversiones, conforme a lo establecido en el literal a) del numeral 6 del artículo 21 de la ley 2199 del 2022.
3 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7697 • pP. 1-3 • 2023 • ABRIL • 14 utilizados los cupos anuales de vigencias futuras con el acto de adjudicación.
Artículo 7.
RESOLUCIÓN DE LIQUIDACIÓN Y AJUS- TES MENORES DEL PRESUPUESTO. El Director de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca detallará las apropiaciones, definirá y desagregará los gastos en la Resolución de liquidación.
Artículo 14.
NOMENCLATURA Y CLASIFICACIÓN DEL PRESUPUESTO. La nomenclatura y clasificación del presupuesto general de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca se registrará conforme a la Resolución No. 2372 del 2022, expedida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público o la norma que la modifique o adicione.
Artículo 8.
ACLARACIONES Y CORRECCIONES. En el transcurso de la vigencia, el Director de oficio o a petición del Subdirector de Gestión Corporativa o quien haga sus veces, adoptará mediante resolución motivada las aclaraciones y correcciones necesarias para enmendar los errores de transcripción, aritméticos y de codificación que figuren en el Presupuesto General de la Región Metropolitana de cada vigencia.
Artículo 15.
INCORPORACIÓN DE RECURSOS DE DESTINACIÓN ESPECÍFICA. Mediante resolución motivada, la administración de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca podrá incorporar al presupuesto de la vigencia fiscal respectiva, los recursos con destinación específica, donaciones, aportes y recursos provenientes de convenios.
Artículo 9.
AJUSTES A LA RESOLUCIÓN DE LIQUI- DACIÓN. Los ajustes a la Resolución de Liquidación, que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto total de la apropiación correspondiente a Gastos de Funcionamiento y Gastos de Inversión, aprobados por el Consejo Regional, se harán mediante resolución expedida por el Director.
Así mismo, el Director tendrá la función de incorporar al presupuesto los recursos recibidos por concepto de cofinanciación de proyectos y adelantar su respectiva ejecución.
Artículo 10.
MODIFICACIÓN DEL PRESUPUESTO. Las modificaciones que afecten el monto total de los gastos de funcionamiento e inversión se harán a través de acuerdo del Consejo Regional.
Artículo 16.
RENDIMIENTOS FINANCIEROS. Los rendimientos financieros originados del presupuesto general de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca, incluidos los negocios fiduciarios, deben consignarse en las respectivas cuentas bancarias existentes o en las que se aperturen por parte de la tesorería de la entidad, en los primeros diez (10) días del mes siguiente al recaudo.
Artículo 11.
RECAUDO. Corresponde a la Subdirección de Gestión Corporativa, o quien asuma estas funciones, efectuar el recaudo de las rentas y recursos de capital por los diferentes conceptos que figuren en el presupuesto. La totalidad de los recursos deberán ser consignados en las cuentas corrientes o de ahorros en instituciones financieras vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia.
Artículo 17.
DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL. Todos los actos administrativos que afecten las apropiaciones presupuestales deberán contar previamente con certificado de disponibilidad presupuestal que garantice la existencia de apropiaciones suficientes para atender estos gastos. Igualmente, estos compromisos deberán contar con el correspondiente registro presupuestal.
Artículo 12.
EXCEDENTES DE LIQUIDEZ DE TESO- RERÍA. La Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca podrá colocar transitoriamente los excedentes de liquidez de tesorería en depósitos a término, títulos valores, encargos fiduciarios, en entidades sujetas al control y vigilancia de la Superintendencia Financiera, de acuerdo con los parámetros establecidos por el Decreto Nacional 1525 de 2008.
Parágrafo. Transitorio. Le corresponde al Director o a
quien este delegue, mientras se proveen los empleos de la planta de personal de la Región Metropolitana, expedir los certificados de disponibilidad y los registros presupuestales, y gestionar las órdenes de pago.
Artículo 13.
VIGENCIAS FUTURAS. Cuando la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca, requiera celebrar compromisos que afecten el presupuesto de varias vigencias fiscales, deberá obtener autorización previa del Consejo Regional.
Artículo 18.
RECURSOS DEL BALANCE. Los recursos de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca, que al cierre de la vigencia fiscal 2023, no se encuentren comprometidos ni ejecutados, se incorporarán en la siguiente vigencia como recursos del balance.
Los cupos anuales autorizados para asumir compromisos de vigencias futuras no utilizadas a 31 de diciembre del año en que se concede la autorización, caducan si excepción. En los casos de licitación, concurso de méritos o cualquier otro proceso de selección, se entiende
Artículo 19.
VIÁTICOS Y GASTOS DE VIAJE. Los empleados públicos que viajen en comisión oficial tendrán derecho a reconocimiento de viáticos y gastos
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7697 • pP. 1-4 • 2023 • ABRIL • 14 4 de viaje, de acuerdo con la escala salarial para viáticos fijadas por el Gobierno Nacional en la respectiva vigencia, previa adopción de la misma por Acuerdo Regional. cidas. Se podrá reducir el PAC en caso de detectarse una deficiencia en su ejecución, debiendo ser presentado por la Subdirección de Gestión Corporativa, para someterlas a aprobación del ordenador del gasto.
Artículo 21.
VIGENCIA. El presente acuerdo rige a partir de su publicación.
Dado en Bogotá, D.C., a los veintitrés (23) días del mes de marzo del año dos mil veintitrés (2023).
Artículo 20.
PROGRAMA ANUAL MENSUALIZADO DE CAJA – PAC. La ejecución de los gastos del presupuesto general de la Región Metropolitana Bogotá
- Cundinamarca se hará a través del programa anual mensualizado de caja – PAC. Este es el instrumento mediante el cual se define el monto máximo mensual de fondos disponibles y el monto máximo mensual de pagos, con el fin de cumplir los compromisos a cargo de la entidad.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
NICOLÁS GARCÍA BUSTOS Presidente El PAC correspondiente a las apropiaciones de la vigencia fiscal tendrá como límite máximo el valor del presupuesto aprobado por el Consejo Regional.
CLARA INÉS MÁRQUEZ VÁSQUEZ Secretaria Técnica Las modificaciones al programa anual de caja serán aprobadas con base en las metas financieras estable- ANEXO No 1 Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos SOPORTE SITUACIÓN DE NOMBRE DE LA ORIGEN ESPECÍFICO DEST. RECUR. ESTAPÚBLICOS LEGAL FONDOS VALOR (Pesos)
CÓDIGO COMPLETO CUENTA RECURSOS INGRESOS TERR.
1 INGRESOS 86.954.619.495 1.1 INGRESOS CORRIENTES 83.000.000.000 1.1.02 NO TRIBUTARIOS 83.000.000.000 1.1.02.06 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 83.000.000.000 TRANSFERENCIAS 1.1.02.06.006 83.000.000.000 DE OTRAS ENTIDADES DEL GOBIERNO GENERAL Ley 2199 de Ingresos corrientes Gastos de Funcionamiento - 1.1.02.06.006.01 APORTES DE LA 2022 Con Situación de Fondos 75.000.000.000 NACIÓN Ingresos Corrientes por otros Otros aportes 1.1.02.06.006.06 OTRAS UNIDADES DE GOBIERNO 8.000.000.000 Ingresos corrientes Ley 2199 de Gastos de Funcionamiento - 1.1.02.06.006.06.01 DEPARTAMENTO 2022 Con Situación de Fondos 5.000.000.000 Ingresos Corrientes por otros Otros DE CUNDINAMARCA aportes Ingresos corrientes Ley 2199 de Gastos de Funcionamiento - 1.1.02.06.006.06.02 DISTRITO DE BOGOTÁ Ingresos Corrientes por otros 2022 Con Situación de Fondos 3.000.000.000 Otros aportes 1.2 RECURSOS DE CAPITAL 3.954.619.495 1.2.05 RENDIMIENTOS FINANCIEROS 2.532.600.000 Recursos Gastos de Funcionamiento - Con Situación 1.2.05.02 DEPOSITOS Ingresos Corrientes propios de Fondos 2.532.600.000 Otros 1.2.10 RECURSOS DE BALANCE 1.422.019.495 Recursos 1.2.10.02 SUPERAVIT Gastos de Funcionamiento - Con Situación FISCAL Ingresos Corrientes propios de Fondos 1.422.019.495 Otros 5 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7697 • pP. 1-5 • 2023 • ABRIL • 14 ANEXO No 2 Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones SITUACIÓN SOPORTE CÓDIGO COMPLETO NOMBRE DE LA CUENTA RECURSOS ORIGEN ESPECÍFICO DEST. RECUR. ESTAPÚBLICOS VALOR (Pesos)
LEGAL INGRESOS TERR.
DE FONDOS 2 GASTOS 86.954.619.495 2.1 GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 9.429.749.188 2.1.1 GASTOS DE PERSONAL 3.485.154.125 2.1.1.01 PLANTA DE PERSONAL PERMANENTE 3.485.154.125 2.1.1.01.01 FACTORES CONSTITUTIVOS DE 2.710.861.225 SALARIO 2.1.1.01.01.001 FACTORES SALARIALES COMUNES 2.710.861.225 Ingresos corrientes Acdo Regional 1.446.631.850 2.1.1.01.01.001.01 SUELDO BÁSICO Recursos Corrientes por otros Libre Destinación Con Situación de Fondos aportes No. 05/2022 Ingresos corrientes Acdo Regional 368.795.078 2.1.1.01.01.001.03 GASTOS DE REPRESENTACIÓN Recursos Corrientes por otros Libre Destinación Con Situación de Fondos aportes No. 05/2022 Ingresos corrientes Acdo Regional 34.648.500 2.1.1.01.01.001.06 PRIMA DE SERVICIO Recursos Corrientes por otros Libre Destinación Con Situación de Fondos aportes No. 05/2022 2.1.1.01.01.001.08 PRESTACIONES SOCIALES 225.970.875 Ingresos corrientes Acdo Regional 225.970.875 2.1.1.01.01.001.08.01 PRIMA DE NAVIDAD Recursos Corrientes por otros Libre Destinación Con Situación de Fondos aportes No. 05/2022 Ingresos corrientes Acdo Regional 0 2.1.1.01.01.001.08.02 PRIMA DE VACACIONES Recursos Corrientes por otros Libre Destinación Con Situación de Fondos aportes No. 05/2022 Ingresos corrientes Acdo Regional 604.304.923 2.1.1.01.01.001.09 PRIMA TÉCNICA SALARIAL Recursos Corrientes por otros Libre Destinación Con Situación de Fondos aportes No. 05/2022 Ingresos corrientes Acdo Regional 30.510.000 2.1.1.01.01.001.10 VIÁTIVOS DE LOS FUNCIONARIOS EN Recursos Corrientes por otros Libre Destinación Con Situación de Fondos COMISIÓN aportes No. 05/2022 2.1.1.01.02 CONTRIBUCIONES INHERENTES A LA 774.292.900 NÓMINA Acdo Regional Ingresos corrientes 309.081.900 2.1.1.01.02.001 APORTES A LA SEGURIDAD SOCIAL EN por otros Libre Destinación Recursos Corrientes Con Situación de Fondos PENSIONES No. 05/2022 aportes Ingresos corrientes Acdo Regional 218.936.800 2.1.1.01.02.002 APORTES A LA SEGURIDAD SOCIAL EN Libre Destinación Recursos Corrientes por otros Con Situación de Fondos SALUD No. 05/2022 aportes Acdo Regional Ingresos corrientes 103.028.900 2.1.1.01.02.004 APORTES A CAJAS DE COMPENSACIÓN Recursos Corrientes por otros Libre Destinación Con Situación de Fondos FAMILIAR aportes No. 05/2022 Ingresos corrientes Acdo Regional 2.1.1.01.02.005 APORTES GENERALES 14.259.900 Recursos Corrientes por otros Libre Destinación AL SISTEMA DE RIESGOS LABORALES Con Situación de Fondos aportes No. 05/2022 Ingresos corrientes Acdo Regional 77.270.100 2.1.1.01.02.006 APORTES AL ICBF Recursos Corrientes por otros Libre Destinación Con Situación de Fondos aportes No. 05/2022 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7697 • pP. 1-6 • 2023 • ABRIL • 14 6 SITUACIÓN SOPORTE CÓDIGO COMPLETO NOMBRE DE LA CUENTA RECURSOS ORIGEN ESPECÍFICO DEST. RECUR. ESTAPÚBLICOS VALOR (Pesos)
LEGAL INGRESOS TERR.
DE FONDOS Ingresos corrientes Acdo Regional 12.879.000 2.1.1.01.02.007 APORTES AL SENA Recursos Corrientes por otros Libre Destinación Con Situación de Fondos aportes No. 05/2022 Ingresos corrientes Acdo Regional 12.879.000 2.1.1.01.02.008 APORTES A LA ESAP Recursos Corrientes por otros Libre Destinación Con Situación de Fondos aportes No. 05/2022 Ingresos corrientes Acdo Regional 2.1.1.01.02.009 APORTES A ESCUELAS 25.957.300 Recursos Corrientes por otros Libre Destinación INDUSTRIALES E INSTITUTOS TÉCNICOS Con Situación de Fondos aportes No. 05/2022 2.1.2 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS 5.770.685.824 2.1.2.01 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO 2.028.642.684 FINANCIEROS 2.1.2.01.01 ACTIVOS FIJOS 2.028.642.684 Ingresos corrientes 1.500.000.000 2.1.2.01.01.001 EDIFICACIONES Y ESTRUCTURAS Recursos Corrientes por otros Libre Destinación Con Situación de Fondos aportes Ingresos corrientes 186.913.300 2.1.2.01.01.003 MAQUINARIA Y EQUIPOS Recursos Corrientes por otros Libre Destinación Con Situación de Fondos aportes Ingresos corrientes 62.826.343 Recursos Corrientes por otros Libre Destinación Con Situación de Fondos 2.1.2.01.01.004 ACTIVOS FIJOS NO CLASIFICADOS COMO MAQUINARIA Y EQUIPOS aportes Ingresos corrientes 278.903.041 2.1.2.01.01.005 OTROS ACTIVOS FIJOS Recursos Corrientes por otros Libre Destinación Con Situación de Fondos aportes 2.1.2.02 ADQUISICIONES DIFERENTES DE 3.742.043.140 ACTIVOS 2.1.2.02.02 ADQUISICION DE SERVICIOS 3.742.043.140 COMERCIO Y DISTRIBUCIÓN; ALOJAMIENTO;
Ingresos corrientes SERVICIOS DE SUMINISTRO DE COMIDAS Y BEBIDAS;
321.636.420 2.1.2.02.02.006 Recursos Corrientes por otros Libre Destinación Con Situación de Fondos aportes SERVICIOS DE TRANSPORTE; Y SERVICIOS DE DISTRIBUCIÓN DE ELECTRICIDAD, GAS Y AGUA SERVICIOS FINANCIEROS Ingresos corrientes Y SERVICIOS CONEXOS; SERVICIOS 120.340.000 2.1.2.02.02.007 Libre Destinación Recursos Corrientes por otros Con Situación de Fondos aportes INMOBILIARIOS; Y SERVICIOS DE ARRENDAMIENTO Y LEASING SERVICIOS PRESTADOS A LAS EMPRESAS Ingresos corrientes 3.150.066.720 2.1.2.02.02.008 Recursos Corrientes por otros Libre Destinación Y SERVICIOS DE Con Situación de Fondos PRODUCCIÓN aportes Ingresos corrientes 2.1.2.02.02.009 SERVICIOS PARA LA COMUNIDAD, SOCIALES 150.000.000 Recursos Corrientes por otros Libre Destinación Y PERSONALES Con Situación de Fondos aportes 7 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7697 • pP. 1-7 • 2023 • ABRIL • 14 SITUACIÓN SOPORTE CÓDIGO COMPLETO NOMBRE DE LA CUENTA RECURSOS ORIGEN ESPECÍFICO DEST. RECUR. ESTAPÚBLICOS VALOR (Pesos)
LEGAL INGRESOS TERR.
DE FONDOS 2.1.8 173.909.239 GASTOS POR TRIBUTOS, TASAS, CONTRIBUCIONES, MULTAS, SANCIONES E INTERESES DE MORA 2.1.8.04 CONTRIBUCIONES 173.909.239 Ley 617 de Ingresos corrientes 2.1.8.04.01 CUOTA DE FISCALIZACIÓN Y 173.909.239 Recursos Corrientes por otros Libre Destinación AUDITAJE 2000, art. 9, y 11 Con Situación de Fondos aportes 2.3 GASTOS DE INVERSIÓN 77.524.870.307 2.3.2 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS 77.524.870.307 2.3.2.01 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO 58.401.000.000 FINANCIEROS 2.3.2.01.01 ACTIVOS FIJOS 58.401.000.000 2.3.2.01.01.001 EDIFICACIONES Y ESTRUCTURAS 58.401.000.000 Ingresos corrientes 58.401.000.000 2.3.2.01.01.001.03 OTRAS ESTRUCTURAS Recursos Corrientes por otros Libre Destinación Con Situación de Fondos aportes 2.3.2.02 ADQUISICIÓN DE DIFERENTES ACTIVOS 19.123.870.307 2.3.2.02.01 MATERIALES Y SUMINISTROS 14.300.000.000 Ingresos corrientes 14.300.000.000 2.3.2.02.02.002 PRODUCTOS ALIMENTICIOS, BEBIDAS, TÉXTILES Y Recursos Corrientes por otros Libre Destinación Con Situación de Fondos OTROS aportes 2.3.2.02.02 ADQUISICIÓN DE SERVICIOS 4.823.870.307 SERVICIOS PRESTADOS A LAS EMPRESAS Ingresos corrientes 4.823.870.307 2.3.2.02.02.008 Y SERVICIOS DE Recursos Corrientes por otros Libre Destinación Con Situación de Fondos PRODUCCIÓN aportes REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7697 • pP. 1-8 • 2023 • ABRIL • 14 8 ANEXO No. 3 Plan de inversiones 2023 VALOR TOTAL DEL VALOR APORTE RMBC ÁREA TEMÁTICA PROYECTO BREVE DESCRIPCIÓN FUENTE DE FINANCIACIÓN PROYECTO 2023 Recursos Propios 112.000.000.000,00 58.401.000.000,00 MOVILIDAD Estudios y diseños fase III y construcción del Intercambiador Calle 80 por Av. Las Quintas Construir la solución de movilidad del Intercambiador Calle 80 por la Avenida Las Quintas que permita reducir los niveles de congestión de uno de los corredores de occidente de la región, mejorando los tiempos de viaje entre los municipios de la Región Metropolitana y Bogotá y potenciando la competitividad y productividad regional.
Total Movilidad 112.000.000.000,00 58.401.000.000,00 Recursos Propios 2.913.000.000,00 2.913.000.000,00 Compramos tu cosecha regional (CTC-Regional)
Busca facilitar el acceso a los mercados formales de comercialización de los pequeños y medianos productores de la RM, mediante la gestión de la trazabilidad del suministro de productos agrolimentarios, asegurando precios justos para los productores y consumidores.
Recursos Propios 2.583.500.000,00 2.583.500.000,00 Producción agropecuaria regional planificada (PARP)
Busca incrementar el número de pequeños productores que implementan procesos de planificación productiva agropecuaria por medio de la vinculación de población jovén y mujeres a los esquemas de transferencia tecnológica agropecuaria.
ABASTECIMIENTO Recursos Propios 6.000.000.000,00 6.000.000.000,00 Planta regional de gestion y aprovechamiento de residuos orgánicos Busca desarrollar una planta regional de gestión y aprovechamiento de residuos orgánicos, que incluye el fortalecimiento institucional y el desarrollo de capacidad instalada para la innovación tecnológica en la producción de abonos orgánicos.
Recursos Propios 2.803.500.000,00 2.803.500.000,00 Factibilidad del proceso de desconcentración de Corabastos Busca la desconcentración del abastecimiento de Bogotá y la región para reducir sus ineficiencias y los impactos sociales, económicos y ambientales, a través de la realización de los estudios técnicos -Identificación del proyecto, evaluación costo/beneficio, análisis de terrano, títulos, gravámenes, servidumbres-, estudios financieros con el modelo para su sostenibilidad y análisis de riesgos jurídicos.
Total Abastecimiento 14.300.000.000,00 14.300.000.000,00 Recursos Propios 4.823.870.307,00 4.823.870.307,00 FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL Fortalecimiento de los procesos de planeación y gestión de la Región Metropolitana Incluye el desarrollo de actividades o la contratación de servicios orientados a mejorar la calidad de los procesos de planificación y ejecución de la Región Metropolitana, en términos de disponiblidad de información estratégica, desarrollo de procesos de apoyo y demás necesidades inherentes a la implementación de la Región Metropolitana.
Total Fortalecimiento Institucional 4.823.870.307,00 4.823.870.307,00 Total Inversión Vigencia Fiscal 2023 77.524.870.307 En ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, especialmente las conferidas en el artículo 44 de la ACUERDO REGIONAL Nº 02 Ley 2199 de 2022, y (23 de marzo de 2023)
CONSIDERANDO:
“Por medio del cual se emite concepto previo favorable al régimen salarial para los empleos públicos de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca”.
EL CONSEJO REGIONAL DE LA REGIÓN METROPOLITANA BOGOTÁ -CUNDINAMARCA
1.
Que a través del Acto Legislativo 02 del 22 de julio de 2020, que modificó el artículo 325 de la Constitución Política, se creó la Región Metropolitana Bogotá-Cundinamarca, reglamentada por la Ley 2199 del 2022, a través de la cual se expidió el régimen especial de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca.
9 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7697 • pP. 1-9 • 2023 • ABRIL • 14 planta de personal y mediante el Acuerdo Regional 05 de 2022 se estableció la escala salarial para los empleos públicos de la Región Metropolitana.
7.
Que el Departamento de Cundinamarca y la Alcaldía Mayor de Bogotá, en calidad de asociados a la Región Metropolitana Bogotá-Cundinamarca, realizaron el estudio técnico que sirve de fundamento para la adopción del régimen salarial de los empleos de la Entidad, el cual se ajusta a lo establecido en el artículo 44 de la Ley 2199 de 2022 y hace parte integral del presente Acuerdo.
2.
Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley 2199 de 2022, la Región Metropolitana Bogotá-Cundinamarca es una entidad administrativa de asociatividad regional con régimen especial, dotada de personería jurídica de derecho público, autonomía administrativa y patrimonio propio, a través de la cual las entidades territoriales que la integran concurren en el ejercicio de las competencias que les corresponden, con el fin de hacer eficaces los principios constitucionales de coordinación, concurrencia, complementariedad y subsidiariedad en la función administrativa y en la planeación del desarrollo, dada su interdependencia geográfica, ambiental, social o económica.
8.
Que para continuar con el trámite de aprobación del régimen salarial por parte del Gobierno Nacional se requiere del concepto previo del Consejo Regional.
En mérito de lo expuesto,
ACUERDA:
3.
Que el literal h) del numeral 7 del artículo 21° de la Ley 2199 de 2022 estableció dentro de las competencias administrativas que tiene el Consejo Regional la de aprobar la planta de personal al servicio de la Región Metropolitana, así como las escalas de remuneración correspondientes.
4.
Que el artículo 44 de la Ley 2199 señaló “Los empleados públicos de la Región Metropolitana Bogotá-Cundinamarca, tendrán un régimen salarial especial que determinará el Gobierno Nacional dentro de los límites establecidos por la Ley 617 de 2000 y el Marco Fiscal de Mediano Plazo; en todo caso, en virtud del principio de progresividad laboral este régimen no podrá ser inferior al actualmente vigente para el Distrito Capital de Bogotá”.
Artículo 1.
Emitir concepto previo favorable en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 2199 de 2022, bajo el entendido del cumplimiento de los requisitos financieros, técnicos y jurídicos que permiten asumir a la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca los compromisos derivados del régimen salarial que reglamente el Gobierno Nacional para los empleados públicos de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca, sujeto siempre a la Disponibilidad Presupuestal.
Artículo 2.
El presente Acuerdo Regional rige a partir de la fecha de su publicación.
Dado en Bogotá, D.C., a los veintitrés (23) días del mes de marzo del año dos mil veintitrés (2023).
5.
Que el mismo artículo 44 de la Ley 2199 de 2022 estableció que el régimen salarial de los empleados y trabajadores de la Región Metropolitana Bogotá-Cundinamarca estará sujeto a la disponibilidad presupuestal de la Región Metropolitana Bogotá-Cundinamarca y deberá contar con previo concepto expedido por el Consejo Regional.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
NICOLÁS GARCÍA BUSTOS Presidente
6.
Que mediante Acuerdo Regional 01 de 2022 se adoptaron los estatutos de la Entidad, definiendo en su artículo 11 la estructura organizacional; mediante Acuerdo Regional 04 de 2022 se aprobó la CLARA INÉS MÁRQUEZ VÁSQUEZ Secretaria Técnica REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7697 • pP. 1-10 • 2023 • ABRIL • 14 10 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Central ACUERDOS DE 2023 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. - REGIÓN METROPOLITANA BOGOTÁ
- CUNDINAMARCA ACUERDO REGIONAL Nº 01 “Por el cual se establece el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones para la vigencia fiscal 2023 de la Región Metropolitana Bogotá – Cun- dinamarca y se dictan otras disposiciones”...........................................................1 ACUERDO REGIONAL Nº 02 “Por medio del cual se emite concepto previo favorable al régimen salarial para los empleos públicos de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca”.........9 MARÍA CLEMENCIA PÉREZ URIBE Secretaria General Alcaldía Mayor de Bogotá, Distrito Capital
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