Registro Distrital 7680 de 2023
Registro Distrital 7680 de 2023 Nivel Distrital
- Tipo
- Registro Distrital
- Número
- 7680
- Año
- 2023
- Fecha
- 24 de marzo de 2023
- Entidad
- Nivel Distrital
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
5,5 ALCALDESA MAYOR Claudia Nayibe López Hernández REGISTRO DISTRITAL - BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) AÑO 57 - No. 7680- Pp 1 - 43 - 2023 - MARZO - 24 AÑO 57 NÚMERO 7680 24 • MARZO • 2023 RESOLUCIONES DE 2023 SECRETARÍA DE HACIENDA RESOLUCIÓN Nº SDH-000103 Que mediante los Decretos Distritales 600 y 601 de 2014, éste último modificado por los Decretos Distritales 364 de 2015, 607 de 2017, 834 de 2018 y adicionado por el Decreto Distrital 839 de 2019 se estableció la planta de cargos y la nueva estructura de la entidad, producto del proceso de modernización llevado a cabo en la Secretaría Distrital de Hacienda.
(22 de marzo de 2023)
“Por la cual se realiza un nombramiento en período de prueba”
EL SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA Que la provisión de los empleos cuya naturaleza son de carrera administrativa se hará conforme a lo establecido en la Ley 909 de 2004, es decir, mediante concurso de méritos proceso que se encuentra adelantando la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC.
En ejercicio de las facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015, el artículo 1º del Decreto Distrital 101 del 13 de abril de 2004, artículo 4 del Decreto Distrital 601 de 2014 modificado por el artículo 1 del Decreto Distrital 364 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que, en cumplimiento de las normas precitadas, la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, expidió el Acuerdo 002 de 2021, mediante el cual se convocó a concurso de méritos, en las modalidades de Ascenso y Abierto, para proveer los empleos en vacancia definitiva pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda - Proceso de Selección No. 1485 de 2020 - Distrito Capital 4.
Que el artículo 125 de la Constitución Política, establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso a los cargos de carrera y ascenso en los mismos, se hará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la Ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes.
Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, establecen que los empleos de carrera en vacancia definitiva se proveerán en período de prueba con los seleccionados mediante el sistema de mérito.
Que con fundamento en los principios constitucionales de eficacia, celeridad y economía previstos en el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia y en el artículo 3° del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - Ley 1437 de 2011 y, superadas todas las etapas del proceso de selección para la provisión por mérito de los empleos que conforman la Convocatoria Distrito Capital 4, con base en los resultados totales del concurso y de acuerdo con lo establecido en el artículo 24 del referido Acuerdo 002 de 2021, le corresponde a la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, conformar en estricto orden de mérito las listas de elegibles de los empleos convocados.
Que de conformidad con el literal c) del artículo 11 de la Ley 909 de 2004 y el artículo 2.2.6.3 del Decreto 1083 de 2015, le corresponde a la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC - elaborar y suscribir las convocatorias a concurso, para el desempeño de empleos públicos de carrera administrativa.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, expidió la Resolución No. 6267 del 10 de noviembre de 2021, “Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer dos (2) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado PROFESIONAL ESPECIA- 1 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7680 • pP. 1-1 • 2023 • MARZO • 24 requisito de experiencia, sean iguales o similares en cuanto al propósito principal o funciones, requisitos de estudios y competencias comportamentales y mismo grupo de referencia3 de los empleos de las listas de elegibles”. (Negrilla fuera de texto).
LIZADO, Código 222, Grado 21, identificado con el Código OPEC No. 137073 en la modalidad abierto del Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - SDH, Procesos de Selección 1462 a 1492 y 1546 de 2020 Convocatoria Distrito Capital 4”, la cual quedó en firme el 29 de noviembre de 2021.
Que la Secretaría Distrital de Hacienda, identificó una (1) vacante, denominada Profesional Especializado, Código 222, Grado 21, de la Subdirección de Planeación e Inteligencia Tributaria, de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá, de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda, para análisis de viabilidad con características de empleos equivalentes, la cual será provista con alguna de las listas de elegibles del Proceso de Selección No. 1485 de 2020 – Distrito Capital 4.
Que mediante Resolución No. SDH-000775 del 13 de diciembre de 2021, se nombraron en período de prueba a JORGE ENRIQUE PÉREZ ROJAS y HELMUTH GRISALES APONTE, en los empleos de Profesional Especializado, Código 222, Grado 21, de la Oficina de Inteligencia Tributaria, de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá, de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda, quienes ocuparon la primera (1) y segunda (2) posición respectivamente, dentro la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, mediante Resolución No. 6267 del 10 de noviembre de 2021, tomando posesión en sus empleos.
Que en cumplimiento del Criterio Unificado del 16 de enero y 22 de septiembre de 2020, expedido por la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC, la Secretaría Distrital de Hacienda mediante oficios radicados bajo los No. 2022EE577465O1 del 28 de noviembre de 2022 y No. 2023EE024802O1 del 3 de febrero de 2023, solicitó a la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC, autorización para el uso de la lista de elegibles, para proveer la vacante correspondiente a “empleos equivalentes”.
Que el artículo 6 de la Ley 1960 de 2019, modificó el numeral 4 del artículo 31 de la Ley 909 de 2004 y señaló: “ 4. Con los resultados de las pruebas la Comisión Nacional del Servicio Civil o la entidad contratada por delegación de aquella elaborará en estricto orden de mérito la lista de elegibles que tendrá una vigencia de dos (2) años. Con esta y en estricto orden de méritos se cubrirán las vacantes para las cuales se efectuó el concurso y las vacantes definitivas de cargos equivalentes no convocados, que surjan con posterioridad a la convocatoria de concurso en la misma Entidad.”
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, mediante oficio con radicado bajo el No. 2023RS011158 del 16 de febrero de 2023, cuyo asunto es “Autorización uso de lista de elegibles para proveer algunas vacantes correspondientes a “Mismos Empleos” y “Empleos Equivalentes”, ofertados en los Procesos de Selección Nro. 1462 a 1492 y 1546 de 2020, Convocatoria Distrito Capital 4.”, autorizó el uso de la lista en los siguientes términos:
(…) Conforme a lo anterior, se procedió a realizar el correspondiente análisis de viabilidad de uso directo de listas de elegibles, previo agotamiento de los tres (3) primeros órdenes de provisión de que trata el artículo 2.2.5.3.2 del Decreto 1083 de 20151, concluyendo que:
(…)
Por otro lado, se procedió a realizar la viabilidad de uso de lista con “Empleos Equivalentes”, evidenciando que es posible realizar la autorización de uso con los empleos que se relacionan a continuación, y cuyos datos de los elegibles se pueden visualizar en el módulo del Banco Nacional de Listas de Elegibles –BNLE en el portal SIMO 4.0:
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, el 16 de enero de 2020, expidió el Criterio Unificado sobre el uso de listas de elegibles en contexto de la Ley 1960 de 2019 y complementado con el Criterio Unificado del 22 de septiembre de 2020, en el que estableció: En cumplimiento del artículo 6 de la Ley 1960 de 2019, las listas de elegibles producto de un proceso de selección se usarán para proveer vacantes definitivas de los “mismos empleos” o “empleos equivalentes”, en los casos previstos en la Ley”. (es decir las vacantes generadas por modificación de planta, o por las causales del artículo 41 de la Ley 909 de 2004). (…) Se entenderá por “mismos empleos”, los empleos con igual denominación, código, grado, asignación básica mensual, propósito, funciones, mismos requisitos de estudio y experiencia reportados en la OPEC, ubicación geográfica y mismo grupo de aspirantes; criterios con los que en el proceso de selección se identifica el empleo con un número de OPEC. Se entenderá por empleos equivalentes aquellos que pertenezcan al mismo nivel jerárquico, tengan grado salarial igual, posean el mismo REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7680 • pP. 1-2 • 2023 • MARZO • 24 2 Código OPEC Posición en la Lista Nombre Cédula Denominación Código Grado Código empleo reportado SIMO 137073 3 MARÍA TERESA PÉREZ CELY 1014191689 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 21 193307 (…) ”
Que la Subdirección del Talento Humano certifica en el presente acto administrativo que se verificó el uso correcto de la lista de elegibles, de manera que se siga el orden de esta, siendo procedente nombrar a la elegible que ocupó la tercera (3) posición de la lista. de 2021, bajo el código OPEC 137073, para desempeñar el empleo de carrera administrativa denominado Profesional Especializado, Código 222, Grado 21, de la Subdirección de Planeación e Inteligencia Tributaria, de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá, de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda, de acuerdo con la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2.
El período de prueba al que se refiere el artículo anterior tendrá una duración de seis (6) meses, contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004. Al finalizar el período de prueba, le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato y de ser satisfactoria la calificación, será inscrita en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento será declarado insubsistente por resolución motivada.
Que la Subdirección del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Hacienda, realizó la revisión de la documentación de la señora MARÍA TERESA PÉREZ CELY, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.014.191.689, quien ocupó la tercera (3) posición de la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, mediante Resolución No. 6267 del 10 de noviembre de 2021, determinando que cumple con los requisitos establecidos en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la entidad para el empleo denominado Profesional Especializado, Código 222, Grado 21, de la Subdirección de Planeación e Inteligencia Tributaria, de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá, de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda; así mismo, se verificaron directamente los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, sin encontrarse anotación especial.
Artículo 3.
La señora MARÍA TERESA PÉREZ CELY, de conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, tendrá diez (10) días hábiles a partir de la recepción de la comunicación del nombramiento enviada por la Subdirección del Talento Humano, para manifestar si acepta el nombramiento; y posteriormente tendrá diez (10) días hábiles para posesionarse, los cuales se contarán a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento.
Parágrafo. El nombramiento y posesión a que se
refieren los artículos precedentes se sujetarán a lo establecido en los artículos 2.2.5.1.4 y 2.2.5.1.8 del Decreto 1083 de 2015.
Que de acuerdo con lo anterior, es procedente nombrar a la señora MARÍA TERESA PÉREZ CELY, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.014.191.689, en período de prueba por el término de seis (6) meses en el referido empleo. Finalizado el período de prueba, el jefe inmediato evaluará su desempeño y si el resultado de la evaluación del desempeño es satisfactorio en el ejercicio de sus funciones, la evaluada adquirirá los derechos de carrera y deberá ser inscrita en el Registro Público de la Carrera Administrativa, de lo contrario su nombramiento será declarado insubsistente, según lo señalado en el numeral 5 del artículo 31 de la Ley 909 de 2004, en concordancia con el artículo 2.2.6.25 del Decreto Nacional 1083 de 2015.
Artículo 4.
El presente nombramiento cuenta con saldo de apropiación presupuestal suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de factores constitutivos de salario y contribuciones inherentes a la nómina durante la vigencia fiscal en curso.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 5.
Comunicar a la señora MARÍA TERESA PÉREZ CELY, el presente acto administrativo a través de la Subdirección del Talento Humano.
Artículo 6.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Artículo 1.
Nombrar en período de prueba a la señora MARÍA TERESA PÉREZ CELY, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.014.191.689, quien ocupó la tercera (3) posición de la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC mediante Resolución No. 6267 del 10 de noviembre
3 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7680 • pP. 1-3 • 2023 • MARZO • 24 PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veintidós (22) días del mes de marzo de dos mil veintitrés (2023).
JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS Secretario Distrital de Hacienda Que en lo que atañe a la vigilancia de la gestión fiscal del Distrito Capital, el artículo 105 del Decreto Ley 1421 de 1993 establece que la de los particulares que manejen fondos o bienes de éste, corresponde a la Contraloría Distrital, el que incluye el ejercicio de un control financiero, de gestión y de resultados, fundado en la eficiencia, la economía, la equidad y la valoración de los costos ambientales.
CONTRALORÍA DE BOGOTÁ, D.C.
RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA Nº 009 (22 de marzo de 2023)
“Por la cual se adopta el Procedimiento para el desarrollo del programa Vamos a la Obra de la Contraloría de Bogotá, D.C.”
EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D.C.
Que, el artículo 5 del Acuerdo Distrital 658 de 2016 del Concejo de Bogotá, por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá, D.C., modificado por el artículo 2 del Acuerdo Distrital 664 de 2017, dispone que para el cumplimiento de su misión y objetivos, en desarrollo de las disposiciones consagradas en la Constitución Política y la ley, le corresponde a la Contraloría de Bogotá D.C., entre otras atribuciones: (i) realizar estudios, investigaciones, análisis y evaluaciones de las políticas públicas, plan de desarrollo y finanzas del Distrito Capital, encaminados a orientar el control de la gestión fiscal; y (ii) promover la participación ciudadana y el control social en los procesos de control y vigilancia fiscal.
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales legales y reglamentarias, en especial las conferidas en los artículos 267, 268 y 272 de la Constitución Política de Colombia, el Decreto Ley 403 de 2020 y el Acuerdo 658 de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo previsto en el artículo 53 del Decreto Ley 403 de 2020, que desarrolló las modificaciones al régimen del control fiscal, introducidas por el Acto Legislativo 04 de 2019, para el ejercicio del control fiscal posterior y selectivo, la vigilancia fiscal podrá realizarse a través del seguimiento permanente del recurso público por parte de los órganos de control fiscal, mediante el acceso irrestricto a la información por parte de estos.
Que los artículos 267, 268 y 272 de la Constitución Política de Colombia consagran que la vigilancia y el control fiscal son una función pública respecto de la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejan fondos o bienes públicos, la cual, en lo que atañe a la gestión fiscal de los departamentos, distritos y municipios en los que haya contralorías dicha función será desempeñada por éstas de manera concurrente con la Contraloría General de la República.
Que, así mismo, según el artículo 269 de la misma Carta Política, las entidades públicas están obligadas a diseñar y aplicar, según la naturaleza de sus funciones, métodos y procedimientos de control interno, que implican una vigilancia de la gestión fiscal de manera previa.
Que en ejercicio de la autonomía administrativa de la que goza este órgano de control fiscal, en virtud de la cual, corresponde a la Contraloría de Bogotá, D.C., definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones en armonía con los principios consagrados en la Constitución, las leyes y los respectivos Acuerdos vigentes, mediante Resolución Reglamentaria No. 036 del 23 de diciembre de 2022, publicada en la Gaceta Distrital No. 7612 del 29 de diciembre de 2022, la Contraloría de Bogotá D.C. adoptó y desarrolló los lineamientos generales del programa “Vamos a la Obra”, el cual nace como una estrategia de aplicación del principio de colaboración armónica y de vinculación del control social con la vigilancia fiscal.
Que, por otra parte, el artículo 270 de la Constitución Política, prevé que la ley organizará la vigilancia y el control social de manera tal que la gestión pública se efectúe de manera adecuada en los diversos niveles administrativos, orientado a un control de resultados. Vigilancia a la gestión pública que incluye el seguimiento a la gestión fiscal, control que además tiene un carácter preventivo.
Que el programa de Vamos a la Obra le permite a este Órgano de Control Fiscal, luego de establecer problemáticas en la ejecución o riesgos en las obras o proyectos de infraestructura que puedan implicar una pérdida de recursos públicos o que no se cumplan con los propósitos para los cuales fue desarrollada, programa que cuenta con los siguientes objetivos:
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7680 • pP. 1-4 • 2023 • MARZO • 24 4 torio, que dentro de los dos (2) meses siguientes a su expedición, los responsables del proceso de vigilancia y control de la gestión fiscal y del proceso de participación ciudadana y comunicación con partes interesadas con el acompañamiento técnico de la Dirección de Planeación, en el marco de sus competencias, diseñarán o ajustarán los instrumentos necesarios para la implementación del programa Vamos a la Obra.
(i) Colaborar en la identificación temprana de oportunidades de mejora por parte de los interesados; (ii) Priorizar y focalizar acciones de vigilancia y control fiscal; (iii) Facilitar acciones y acuerdos entre los involucrados en el desarrollo y/o la ciudadanía para la adecuada y oportuna ejecución; (iv) Propiciar o fomentar la activación de funciones o ejercicios del control fiscal interno para la adopción de acciones preventivas o de mejora por los gestores fiscales; y, (v) Fortalecer y acompañar ejercicios o espacios de control social a lo público.
Que, la Contraloría de Bogotá D.C. de conformidad con los literales b) y l) del artículo 4 de la Ley 87 de 1993, debe implementar como elementos del sistema de control interno institucional, los procedimientos para la ejecución de procesos, la simplificación y actualización de normas y procedimientos.
Que, en consecuencia, luego de efectuarse la preparación de los documentos correspondientes en el marco del Sistema Integrado de Gestión Institucional y varias sesiones de revisión y socialización lideradas desde el Despacho del Señor Contralor Auxiliar y la Dirección de Planeación, mediante el presente acto administrativo se adopta el procedimiento interno para la coordinación, manejo de información y asignación de responsables del Programa Vamos a la Obra, y en el marco de dicho programa, a la Estrategia Localidades al Tablero.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Que la Contraloría de Bogotá, D.C. mediante Resolución Reglamentaria No. 038 del 8 de octubre de 2018, adoptó la nueva versión del Modelo Estándar de Control Interno – MECI- e incorporó la estructura definida en la dimensión No. 7, Control Interno, del Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG.
Artículo 1.
Adoptar el siguiente procedimiento del Proceso de Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal:
Que en ese orden, mediante la Resolución Reglamentaria No. 036 de 2022, se dispuso en artículo transi- No. DOCUMENTO Versión Código 1 Procedimiento para el desarrollo del programa Vamos a la Obra – VALO 1.0 PVCGF-17 PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veintidós (22) días
Artículo 2.
Es responsabilidad de los directores, subdirectores, jefes de oficina y gerentes velar por la administración, divulgación y cumplimiento del documento adoptado.
del mes de marzo de dos mil veintitrés (2023).
JULIÁN MAURICIO RUIZ RODRÍGUEZ
Artículo 3.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Contralor de Bogotá, D.C.
5 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7680 • pP. 1-5 • 2023 • MARZO • 24 Procedimiento para el desarrollo del programa Vamos a la Obra – VALO Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF- 17 Versión: 1.0 Este procedimiento se adopta mediante Resolución Reglamentaria Nº____ Fecha: ______
1. OBJETIVO
Establecer las actividades para la identificación, aprobación, reporte y seguimiento a las obras y/o proyectos de infraestructura en el marco del programa Vamos a la Obra en adelante – VALO, con el objetivo de permitir a las dependencias competentes de la Contraloría de Bogotá D.C., la priorización y/o focalización de sus ejercicios de vigilancia y control fiscal en aras a la protección de los recursos del Distrito Capital, a través de diferentes estrategias de articulación con diferentes actores de control o interesados en el avance que puedan ejercer en el marco de la función preventiva que les está atribuida a estos.
2. ALCANCE
El procedimiento inicia con la identificación de obras y/o proyectos de infraestructura que puedan estar presentando problemáticas o riesgos en su ejecución que puedan afectar o comprometer los recursos del Distrito, y finaliza con cualquiera de las siguientes actividades:
- Conclusión de las actuaciones efectuadas por la Dirección Sectorial competente o
la Dirección de Participación Ciudadana y Desarrollo Local en el marco del Programa Vamos a la Obra o la estrategia Localidades al Tablero, cuando no se evidencie que procede continuar con un seguimiento especial a la obra o proyecto de infraestructura, dado que los riesgos o problemáticas existentes, no corresponden a un riesgo inminente o potencial real que se pueda materializar en detrimento del patrimonio público distrital; sin perjuicio del seguimiento pertinente que se siga efectuando a los avances de la obra o del proyecto de infraestructura en el marco de ejercicios ordinarios de vigilancia fiscal o de control fiscal posterior y selectivo. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 1 de 35 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7680 • pP. 1-6 • 2023 • MARZO • 24 6 Procedimiento para el desarrollo del programa Vamos a la Obra – VALO Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF- 17 Versión: 1.0
- La verificación y/o existencia de beneficios de Vigilancia y Control Fiscal como
resultado de las actuaciones del “PROGRAMA VAMOS A LA OBRA” y/o la estrategia “LOCALIDADES AL TABLERO”, si los hubiere, en cualquiera de las fases de ejecución de la obra o proyecto. A efecto de la medición de los beneficios de la vigilancia fiscal, se tendrá en cuenta lo previsto en el formato PVCGF-09-01 reporte de beneficios, en lo que resulta pertinente.
3. BASE LEGAL
Norma1 Fecha Descripción Constitución Artículos 268 y 272 y sus modificaciones con el Acto Legislativo 04 Política de de 2019.
20/07/91 Colombia Artículo 322, del Régimen Especial Territorial.
“Por el cual se dicta el régimen especial para el Distrito Capital de Santafé de Bogotá”.
Decreto Ley Artículos 5 y 6; artículo 105, modificado por el Decreto Ley 403 de 1421 22/07/93 2020; artículo 109.
“Por la cual se expide el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública”, modificada por los artículos 1, 3 y 4 de la Ley 80 28/10/93 Ley 2160 de 2021.
Ley 489 29/12/98 Artículo 34. Ejercicio de control social.
“Por medio de la cual se introducen medidas para la eficiencia y la transparencia en la Ley 80 de 1993 y se dictan otras disposiciones Ley 1150 16/07/07 generales sobre la contratación con Recursos Públicos”.
“Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de Ley 1474 12/07/11 corrupción y la efectividad del control de la gestión pública”.
1Registrar las normas en orden jerárquico (constitución, ley, decreto ley, decreto, acuerdo distrital, decreto distrital; resoluciones, otros acuerdos y circulares externas; normas técnicas) y dentro de cada jerarquía ordenar cronológicamente. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 2 de 35 7 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7680 • pP. 1-7 • 2023 • MARZO • 24 Procedimiento para el desarrollo del programa Vamos a la Obra – VALO Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF- 17 Versión: 1.0 Norma1 Fecha Descripción “Por medio de la cual se crea la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional y se dictan Ley 1712 06/03/14 otras disposiciones”.
“Por medio del cual se dictan normas para la correcta implementación del Acto Legislativo 04 de 2019 y el fortalecimiento del control fiscal”.
Decreto Ley En especial artículo 3. Principios de la Vigilancia y el control fiscal, 403 16/03/20 literales b) eficacia y literal n) oportunidad; artículo 6 y siguientes, articulo 53 y Título VIII “Por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá, D.C., se modifica su estructura Acuerdo 21/12/16 orgánica e interna, se fijan funciones de sus dependencias, se Distrital 658 modifica la planta de personal, y se dictan otras disposiciones”
“Por el cual se modifica parcialmente el Acuerdo 658 del 21 de diciembre de 2016” “Por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá, D.C., Acuerdo 26- se modifica su estructura orgánica e interna, se fijan funciones de Distrital 664 Mar/17 sus dependencias, se modifica la planta de personal, y se dictan otras disposiciones””.
Resolución del programa “VAMOS A LA OBRA”
036 23/12/22 “Por la cual se adopta y se desarrolla los lineamientos generales
4. DEFINICIONES:
Consultar en el siguiente enlace el Banco Terminológico ALERTA TEMPRANA O PROBLEMÁTICA DE GESTIÓN: Información preliminar, breve y sucinta, interna o externa identificada por cualquiera de las dependencias de la www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 3 de 35 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7680 • pP. 1-8 • 2023 • MARZO • 24 8 Procedimiento para el desarrollo del programa Vamos a la Obra – VALO Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF- 17 Versión: 1.0 Contraloría de Bogotá D.C., que constituye un indicio de posible riesgo de afectación o pérdida de los recursos públicos distritales, que sirve de insumo al ejercicio de la vigilancia y el control fiscal. No constituye advertencia al gestor fiscal, ni un concepto por parte de este Órgano de Control Fiscal, que puede servir de insumo para los ejercicios de vigilancia y control fiscal, o para su remisión a las demás autoridades competentes y o la ciudadanía. La información contenida en las alertas tempranas generadas en ejercicio de la articulación con el control interno y el control social, serán emitidas sin perjuicio de la reserva que cobija los informes internos y demás documentos de trabajo, que se considerarán como opiniones o puntos de vista que hacen parte del proceso deliberativo que antecede al ejercicio de las facultades otorgadas a la Contraloría de Bogotá D.C.
BENEFICIOS DE LA VIGILANCIA Y CONTROL FISCAL: Impacto positivo en el sujeto de control y/o en determinado sector de la comunidad generado por una actuación de la Contraloría, que puede derivarse del proceso auditor, de los estudios macroeconómicos comunicados o acciones del control fiscal participativo. Estos beneficios consisten en ahorros, recuperaciones, compensaciones, mitigaciones y otros mejoramientos alcanzados por un sujeto de control. Sus efectos se traducen en el mejoramiento de la gestión pública, en aras de mejorar la calidad de vida de la comunidad.
Por regla general esos impactos o cambios positivos deben ser medibles o cuantificables.
Sin embargo, cuando la medición no sea posible, se deberá documentar, describir y demostrar claramente el beneficio cualitativo, social, de mejoramiento o impacto obtenido, en este último indicando el número aproximado de población beneficiada.
CONTROL FISCAL: Es la función pública de fiscalización de la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejen fondos o bienes públicos, que ejercen los órganos de control fiscal de manera autónoma e independiente de cualquier otra forma de inspección y vigilancia administrativa, con el fin de determinar si la gestión fiscal y sus resultados se ajustan a los principios, políticas, planes, programas, www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 4 de 35 9 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7680 • pP. 1-9 • 2023 • MARZO • 24 Procedimiento para el desarrollo del programa Vamos a la Obra – VALO Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF- 17 Versión: 1.0 proyectos, presupuestos y normatividad aplicables y logran efectos positivos para la consecución de los fines esenciales del Estado, y supone un pronunciamiento de carácter valorativo sobre la gestión examinada y el adelantamiento del proceso de responsabilidad fiscal si se dan los presupuestos para ello.
El control fiscal será ejercido en forma posterior y selectiva por los órganos de control fiscal, sin perjuicio del control concomitante y preventivo que es exclusivo de la Contraloría General de la República, para garantizar la defensa y protección del patrimonio público en los términos que establece la Constitución Política y la ley.
CONTROL SOCIAL: Es el derecho y el deber de los ciudadanos a participar de manera individual o a través de sus organizaciones, redes sociales e instituciones, en la vigilancia de la gestión pública y sus resultados. Art. 60 Ley 1757 de 2015.
CONTROVERSIA CONTRACTUAL: Acción procedente cuando se pretende dirimir un litigio derivado del contrato estatal.
DENUNCIA FISCAL: Es la narración de hechos constitutivos de presuntas irregularidades por el uso indebido de los recursos públicos, la mala prestación de los servicios públicos en donde se administren recursos del estado y sociales, la inequitativa inversión pública o el daño al medio ambiente, puestos en conocimiento de los organismos de control fiscal, y podrá ser presentada por las veedurías o por cualquier ciudadano. Lo anterior, sin perjuicio que pueda coincidir con otro tipo de conductas penales o disciplinarias por los mismos hechos generadores.
ESPACIOS DE DIÁLOGO SOCIAL: Los espacios de diálogo institucional y social son mecanismos de facilitación de acciones, desarrollados conforme a los procesos de control fiscal participativo en el que, a instancia de los órganos de control fiscal, las entidades públicas, los contratistas y/o la ciudadanía organizada, examinan una www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 5 de 35 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7680 • pP. 1-10 • 2023 • MARZO • 24 10 Procedimiento para el desarrollo del programa Vamos a la Obra – VALO Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF- 17 Versión: 1.0 problemática relacionada con la ejecución de proyectos de interés nacional, regional o local, en procura de su solución y pronta culminación. La Contraloría de Bogotá actúa como facilitador de los compromisos que se adquieran en los espacios de diálogo institucional y social, sin que en ningún caso su posición sea vinculante.
EVALUACIÓN DEL RIESGO O DE LA PROBLEMÁTICA EN LA GESTIÓN:
Proceso sistemático y objetivo que permite generar evidencia que sirva como insumo para evaluar el diseño, aplicación y efectividad de los controles frente a los riesgos identificados en el objeto de control en estudio.
FICHA TÉCNICA OBRA Y/O PROYECTO: Herramienta de documentación que contiene los elementos y datos de una obra.
FUENTE DE FINANCIACIÓN: Es toda aquella vía que se utiliza para obtener los recursos necesarios que sufraguen una actividad.
HERRAMIENTA TECNOLÓGICA: Instrumentos TIC que, incorporados en la vida cotidiana, permiten ahorrar recursos y agilizan la tarea para la cual fueron pensados.
INFORME DE CIERRE OBRA Y/O PROYECTO: Documento que contiene los elementos que conforman y dan cuenta de datos concretos de una obra y/o proyecto y permiten su cierre o finalización.
INFORME TRIMESTRAL: Documento destinado al Contralor que sustenta el avance de las obras y/o proyectos en seguimiento (contratos), vinculados en el programa “Vamos a la Obra” y la estrategia “Localidades al Tablero”. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 6 de 35 11 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7680 • pP. 1-11 • 2023 • MARZO • 24 Procedimiento para el desarrollo del programa Vamos a la Obra – VALO Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF- 17 Versión: 1.0 INSUMOS DE INFORMACIÓN: Aquella información generada en ejercicio ordinario de la vigilancia fiscal por cualquier de las dependencias competentes de la entidad, es decir, como resultado del proceso sistemático y continuo de recolección y análisis de información sobre la gestión fiscal en todas sus etapas y ciclos, para lo cual dichas dependencias deberán efectuar un monitoreo permanente de los recursos que le corresponden y podrán consultar y solicitar de manera permanente la información producto de la revisión, análisis y cruces de información solicitados sobre las bases de datos y sistemas de información que administre la entidad de conformidad con las directrices, procedimientos, protocolos y los demás instrumentos adoptados para el efecto, entre ella, la cadena presupuestal, rubros, compromisos, contratación, pagos y las demás relevantes para conocer de la gestión fiscal de los recursos en el respectivo sector o sectores dependiendo de su ámbito de competencia.
MATRIZ LAT: Conjunto de datos contractuales consolidados a partir de un análisis previo, que debe alimentarse de forma mensual, acorde a la información suministrada por cada Fondo de Desarrollo Local-FDL y producto de las visitas realizadas a la obra.
MEDIOS DE COMUNICACIÓN: Empresa dedicada a la transmisión de información a través de la prensa, radio o televisión.
MESAS DE SEGUIMIENTO: Mecanismos de facilitación de acciones, desarrollados conforme a los procesos de Control fiscal participativo en el que, a instancia de la Contraloría de Bogotá D.C., las entidades públicas, los contratistas y/o la ciudadanía organizada, examinan una problemática relacionada con la ejecución de proyectos u obras de interés distrital, en procura de su solución y pronta culminación OBRAS PÚBLICAS: Conjunto de edificaciones, infraestructuras y equipamiento, promovido y construido por el Gobierno de un territorio, financiada con fondos públicos. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 7 de 35 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7680 • pP. 1-12 • 2023 • MARZO • 24 12 Procedimiento para el desarrollo del programa Vamos a la Obra – VALO Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF- 17 Versión: 1.0 PETICIONES: Aplica la definición interna de Derecho de petición “facultad que tiene toda persona de acudir ante las autoridades competentes para presentar peticiones, sugerencias, quejas y reclamos, dentro de los términos previstos en la ley, por motivos de interés general o particular y obtener pronta resolución. Toda actuación que inicie cualquier persona ante las autoridades implica el derecho de petición consagrado en el artículo 23 de la C.P., sin que sea necesario invocarlo. Podrá presentarse verbalmente o por escrito y a través de cualquier medio idóneo para la comunicación o transferencia de datos”
PLAZO DE EJECUCIÓN: Período entre la fecha de iniciación y el vencimiento del término para la ejecución del contrato.
REPORTE MENSUAL DE AVANCE: Es el registro mensual alimentado por cada Gerencia Local en la matriz LAT, que da cuenta del estado actual del contrato vinculado en la estrategia “Localidades al Tablero”.
RIESGO: Efecto de la incertidumbre sobre la obra o proyecto, positivos o negativos que puede abordar, crear o resultar en oportunidades y amenazas. Con frecuencia, el riesgo se expresa en términos de fuentes de riesgo, eventos potenciales, sus consecuencias y sus probabilidades.
RIESGO INMINENTE EN OPERACIONES O PROCESOS EN EJECUCIÓN. En el contexto de este procedimiento, es el riesgo con altísima probabilidad de materializarse y generar pérdida de recursos públicos y/o afectación negativa de bienes o intereses patrimoniales de naturaleza pública, teniendo en cuenta uno o más de los siguientes criterios excepcionales: trascendencia social, alto impacto ambiental o alta connotación económica. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 8 de 35 13 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7680 • pP. 1-13 • 2023 • MARZO • 24 Procedimiento para el desarrollo del programa Vamos a la Obra – VALO Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF- 17 Versión: 1.0 SEGUIMIENTO PERMANENTE A LOS RECURSOS PÚBLICOS: Proceso sistemático y continuo de recolección, evaluación y análisis de información sobre los riesgos asociados a los objetos de control en ejecución. Mediante el monitoreo, seguimiento, control y evaluación de los riesgos y controles previstos o no en los ciclos, uso, ejecución, contratación e impacto de los bienes, fondos o recursos públicos.
El cual se efectúa en ejercicio de la vigilancia fiscal. La evaluación de los hitos de control seleccionados tendrá como propósito determinar su acierto en la defensa y protección del patrimonio público VALO: Programa Vamos a la Obra.
VEEDURÍA CIUDADANA: Mecanismo democrático de representación que le permite a los ciudadanos o a las diferentes organizaciones comunitarias, ejercer vigilancia sobre la gestión pública respecto a las autoridades administrativas, políticas, judiciales, electorales, legislativas y órganos de control; así como, de las entidades públicas o privadas, organizaciones no gubernamentales de carácter nacional o internacional que operen en el país encargadas de la ejecución de un programa, proyecto, contrato o de la prestación de un servicio público”. (Artículo 1 de la Ley 850 de 2003).
VERIFICACIÓN: Confirmación mediante la aportación de evidencia objetiva de que se han cumplido los requisitos especificados o la eficacia de las acciones implementadas.
VIGILANCIA FISCAL: Es la función pública de vigilancia de la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejen fondos o bienes públicos, que ejercen los órganos de control fiscal de manera autónoma e independiente de cualquier otra forma de inspección y vigilancia administrativa. Consiste en observar el desarrollo o ejecución de los procesos o toma de decisiones de los sujetos de control, sin www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 9 de 35 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7680 • pP. 1-14 • 2023 • MARZO • 24 14 Procedimiento para el desarrollo del programa Vamos a la Obra – VALO Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF- 17 Versión: 1.0 intervenir en aquellos o tener injerencia en estas, así como con posterioridad al ejercicio de la gestión fiscal, con el fin de obtener información útil para realizar el control fiscal.
VISITA ADMINISTRATIVA: Visita realizada para identificar posibles irregularidades, respecto de las cuales se podrán adoptar correctivos para coadyuvar a su ejecución.
5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO:
5.1. VAMOS A LA OBRA PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES 5.1.1. Identificación Observación:
Para la identificación de los proyectos y obras, se tendrán en cuenta, entre Identifica obras y/o otros insumos, la proyectos de información contenida en Director Técnico infraestructura que las peticiones o denuncias presenten fiscales, la información 1 Direcciones problemáticas o N/A obtenida mediante Sectoriales de riesgos que puedan requerimientos de Fiscalización afectar o información, medios de comprometer los comunicación, visitas recursos del Distrito. administrativas o cualquier otro medio de verificación sobre el estado de la obra. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 10 de 35 15 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7680 • pP. 1-15 • 2023 • MARZO • 24 Procedimiento para el desarrollo del programa Vamos a la Obra – VALO Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF- 17 Versión: 1.0 PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES El Contralor de Bogotá D.C. podrá ordenar actividades de verificación o seguimiento permanente a obras y proyectos de infraestructura concretos a fin de que se adelante el trámite previsto en el presente acto administrativo.
Así mismo, deberán observar criterios de priorización como el impacto económico, social y ambiental, en un análisis de contexto de cada obra o proyecto frente a las problemáticas presentes, así mismo, las oportunidades de mejora de adelantar un seguimiento, en términos de eficacia y eficiencia de la acción fiscal en el marco del programa. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 11 de 35 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7680 • pP. 1-16 • 2023 • MARZO • 24 16 Procedimiento para el desarrollo del programa Vamos a la Obra – VALO Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF- 17 Versión: 1.0 PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES Observación:
La ficha técnica corresponde al informe preliminar establecido en la Resolución 036 de 2022 y deberá contener como mínimo: a. Descripción de la obra o proyecto de Director Técnico infraestructura, Ficha técnica Elabora ficha técnica identificación del obra y/o 2 Direcciones de la Obra y/o contrato, partes, plazo proyecto Sectoriales de proyecto. de ejecución y cuantía, (PVCGF-17-01)
Fiscalización prórrogas, adiciones y estado actual, fuente de financiación, interventores y/o supervisores; b. Descripción actualizada de la problemática; c. Análisis sucinto de relevancia distrital o local del proyecto, conforme a criterios de www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 12 de 35 17 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7680 • pP. 1-17 • 2023 • MARZO • 24 Procedimiento para el desarrollo del programa Vamos a la Obra – VALO Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF- 17 Versión: 1.0 PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES connotación económica, social o ambiental, y población beneficiaria; d. Relación de controversias contractuales o procesos judiciales o de incumplimiento si los hubiese; e. Relación de veedurías u otras formas de organización ciudadana que realicen control social del asunto; f. Recomendaciones preliminares sobre las actuaciones o ejercicios que pueden iniciarse por parte de la Contraloría Distrital en el marco del programa; g. Relación de actuaciones adelantadas por la Contraloría de Bogotá D.C., entendidos como ejercicios de vigilancia www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 13 de 35 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7680 • pP. 1-18 • 2023 • MARZO • 24 18 Procedimiento para el desarrollo del programa Vamos a la Obra – VALO Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF- 17 Versión: 1.0 PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES y/o control fiscal, adelantados previamente incluyendo la verificación de la existencia de actuaciones de responsabilidad fiscal, las cuáles se deberán validar con la Dirección de Responsabilidad Fiscal y Jurisdicción Coactiva Radica comunicación Técnico o Remisión de de solicitud de Asistencial, comunicación ingreso al Programa responsable (PGD 07-02)
VALO y envío ficha 3 técnica, ante el N/A Direcciones Ficha técnica Despacho del Sectoriales de obra y/o Contralor Auxiliar a fiscalización proyecto través del aplicativo (PVCGF-17-01) de radicación vigente.
5.1.2. Aprobación Asesor y/o Revisa que el informe Observaciones:
Comunicación Profesional (Ficha técnica)
El responsable de la 4 de solicitud de Despacho cumpla con los actividad verifica que la ajustes y/o Contralor Auxiliar contenidos ficha técnica contenga la www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 14 de 35 19 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7680 • pP. 1-19 • 2023 • MARZO • 24 Procedimiento para el desarrollo del programa Vamos a la Obra – VALO Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF- 17 Versión: 1.0 PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES requeridos y las aclaraciones totalidad de la información condiciones para que (PGD 07-02) requerida. la obra y/o proyecto sea incluido dentro (si aplica) del programa VALO.
Con observaciones:
Solicita ajustes a que haya lugar.
Sin observaciones:
Traslada al Señor Contralor Auxiliar para su respectiva aprobación.
Aprueba la inclusión Observación: o no de la obra y/o proyecto en el El Despacho del Contralor Comunicación Programa VALO. de Aprobación o Auxiliar, tendrá en cuenta, entre otros criterios, el no incorporación 5 Contralor Auxiliar Aprobada: Se impacto económico, social al Programa incluye en el y ambiental, en un análisis VALO programa VALO y se de contexto de cada obra o (PGD-07-02) comunica a la proyecto frente a las Dirección Sectorial de problemáticas presentes.
Fiscalización. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 15 de 35 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7680 • pP. 1-20 • 2023 • MARZO • 24 20 Procedimiento para el desarrollo del programa Vamos a la Obra – VALO Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF- 17 Versión: 1.0 PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES Así mismo, observará las No aprobada: se comunica la no oportunidades de mejora de inclusión a la adelantar un seguimiento, Dirección Sectorial de en términos de eficacia y Fiscalización. eficiencia de la acción fiscal en el marco del programa, o si resulte pertinente que se adelanten otro tipo de acciones, como por ejemplo, cuando ya se encuentre materializado un daño, caso en el cual, podrá evaluar también que se inicien inmediatamente una indagación preliminar.
En caso de no incluir la Obra y/o proyecto en el programa VALO, la Dirección Sectorial de Fiscalización deberá continuar con el seguimiento permanente sin perjuicio que la misma sea presentada www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 16 de 35 21 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7680 • pP. 1-21 • 2023 • MARZO • 24 Procedimiento para el desarrollo del programa Vamos a la Obra – VALO Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF- 17 Versión: 1.0 PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES nuevamente para su estudio.
5.1.3. Registro de información Observación:
La información deberá Asesor y/o Registra la registrarse dentro de los 2 Profesional información días siguientes a la 6 N/A Despacho correspondiente a la aprobación en la Contralor Auxiliar obra y/o proyecto. herramienta tecnológica dispuesta para tal fin.
5.1.4. Ejercicios o actuaciones de vigilancia y/o control fiscal en el marco del Programa Vamos a la Obra Adelanta en el marco Observación: de las competencias i) Solicitud de En el marco de la vigilancia que le están información fiscal todas las atribuidas, cualquiera (PGD-07-04) dependencias competentes Director Técnico de los siguientes podrán adelantar cualquiera ejercicios y/o ii) Acta de mesa de las actividades previstas 7 Direcciones actividades previstas (PGD-02-07) en la resolución. No Sectoriales de para el programa obstante, es pertinente Fiscalización VALO. iii) Acta de mesa recordar que podrán coincidir con actuaciones de seguimiento i) Requerimientos de control fiscal, y sin (PGD-02-07) de información. perjuicio de las mismas. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 17 de 35 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7680 • pP. 1-22 • 2023 • MARZO • 24 22 Procedimiento para el desarrollo del programa Vamos a la Obra – VALO Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF- 17 Versión: 1.0 PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES ii) Visitas Así mismo, es pertinente administrativas o recordar que la intervención de campo. de las autoridades que ejercen control fiscal, se iii) Mesas de podrá ejercer una vez seguimiento a agotados los trámites obras y/o administrativos de proyectos o legalización de los espacios de contratos. Igualmente, se diálogo ejercerá control posterior a institucional y las cuentas social para correspondientes a los evaluar la pagos originados en los ejecución de las mismos, para verificar que obras públicas. estos se ajustaron a las disposiciones legales.
Una vez liquidados o terminados los contratos, según el caso, la vigilancia fiscal incluirá un control financiero de gestión y de resultados financieros en la eficiencia, la economía, la equidad y la valoración de los costos ambientales. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 18 de 35 23 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7680 • pP. 1-23 • 2023 • MARZO • 24 Procedimiento para el desarrollo del programa Vamos a la Obra – VALO Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF- 17 Versión: 1.0 PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES Igualmente, sin perjuicio del control previo administrativo de los contratos que les corresponde a las oficinas de control interno, en el marco de la vigilancia fiscal, podrá este Órgano de Control Fiscal, articularse con dicha modalidad de control multinivel.
Las autoridades de control fiscal pueden exigir informes sobre su gestión contractual a los servidores públicos de cualquier orden. Los cuales podrá también solicitar con la participación activa del control social.
Lo anterior, sin perjuicio del control preventivo y concomitante ejercido por parte de la Contraloría General de la República. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 19 de 35 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7680 • pP. 1-24 • 2023 • MARZO • 24 24 Procedimiento para el desarrollo del programa Vamos a la Obra – VALO Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF- 17 Versión: 1.0 PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES Las dependencias podrán adelantar de manera concurrente y concomitante cualquier actuación de control posterior y selectivo, según se presenten los fundamentos para ello, así como las indagaciones preliminares cuando se evidencien daños consolidados.
En el marco de las diferentes actuaciones de vigilancia y control fiscal, podrán evaluarse si se presentan beneficios tempranos y antes de la etapa de cierre, en los términos previstos en este procedimiento.
Punto de control: www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 20 de 35 25 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7680 • pP. 1-25 • 2023 • MARZO • 24 Procedimiento para el desarrollo del programa Vamos a la Obra – VALO Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF- 17 Versión: 1.0 PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES Las actas de las mesas de seguimiento deberán elaborarse y firmarse dentro de los 8 días hábiles siguientes. Cuando, además, participe el Contralor Auxiliar, deberá enviarse para revisión por parte del profesional del Despacho dentro de los 3 días siguientes a la realización de la mesa, para que el profesional o asesor revise el contenido para su firma.
5.1.5. Seguimiento:
Observación:
Lista de Convoca al Asesor Asistencia El seguimiento interno Director Técnico y/o Profesional del (PGD-02-08) deberá realizarse Contralor Auxiliar a mensualmente dentro de 8 Direcciones mesas o reuniones Ficha técnica los ocho (8) primeros días Sectoriales de de seguimiento obra y/o hábiles del mes, y/o de Fiscalización internas. proyecto acuerdo con los (PVCGF-17-01) requerimientos especiales www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 21 de 35 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7680 • pP. 1-26 • 2023 • MARZO • 24 26 Procedimiento para el desarrollo del programa Vamos a la Obra – VALO Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF- 17 Versión: 1.0 PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES Actualiza ficha realizados por los técnica de la obra y/o Despachos del Contralor y proyecto.
Contralor Auxiliar.
Las reuniones o mesas de seguimiento internas, tendrán como objetivo mantener actualizada la información de la obra y/o proyecto en la correspondiente ficha técnica por lo que no se requiere de acta.
Presenta Informe del Observación: programa VALO al El Contralor Auxiliar Remisión de Contralor Distrital a presentará informes 9 Contralor Auxiliar comunicación través de la Dirección trimestrales sobre el (PGD 07-02) de Apoyo al avance del programa al Despacho.
Contralor de Bogotá D.C.
5.1.6. Finalización de obra y/o proyecto en el programa VALO: www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 22 de 35 27 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7680 • pP. 1-27 • 2023 • MARZO • 24 Procedimiento para el desarrollo del programa Vamos a la Obra – VALO Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF- 17 Versión: 1.0 PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES Observación:
Una vez terminadas las actuaciones previstas para las obras y/o proyectos Remisión de saldrá como producto final comunicación el informe de cierre dirigido Director Técnico Remite al Contralor (PGD 07-02) al Contralor Auxiliar.
Auxiliar el informe de 10 Direcciones cierre de la obra y/o Informe de Independientemente del Sectoriales de proyecto del cierre obra y/o cierre de las actuaciones Fiscalización programa VALO. proyecto que se adelanten en el marco del programa, que (PVCGF-17-02) normalmente deben corresponder con la entrega de la obra o proyecto Revisa el informe de cierre obra y/o Comunicación proyecto Observación: de solicitud de El responsable de la Asesor y/o ajustes y/o actividad verifica que el Profesional Con observaciones:
11 aclaraciones informe de cierre contenga Despacho Solicita ajustes a que (PGD 07-02) la totalidad de la Contralor Auxiliar haya lugar. información requerida.
(si aplica)
Sin observaciones:
Traslada al Señor www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 23 de 35 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7680 • pP. 1-28 • 2023 • MARZO • 24 28 Procedimiento para el desarrollo del programa Vamos a la Obra – VALO Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF- 17 Versión: 1.0 PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES Contralor Auxiliar para su respectiva aprobación.
Determina el retiro o no de la obra y/o proyecto del Remisión de programa VALO y lo 12 Contralor Auxiliar comunicación N/A comunica al Director (PGD 07-02)
Sectorial de Fiscalización.
Observación:
En caso de determinar beneficios de vigilancia y Director Técnico control fiscal el Director Verifica la existencia Sectorial continuará con el de beneficios de 13 Direcciones N/A trámite establecido para Vigilancia y Control Sectoriales de dicho fin de acuerdo al Fiscal.
Fiscalización procedimiento vigente, teniendo en cuenta además de las actuaciones allí previstas, las ejecutadas en el marco del programa.
5.2. LOCALIDADES AL TABLERO www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 24 de 35 29 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7680 • pP. 1-29 • 2023 • MARZO • 24 Procedimiento para el desarrollo del programa Vamos a la Obra – VALO Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF- 17 Versión: 1.0 PUNTOS DE CONTROL/ No RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTROS OBSERVACIONES 5.2.1. Identificación:
Observación:
Verificar la información reportada en el aplicativo SIVICOF y aquellas solicitudes Solicita de información emitidas a cada Información e uno de los Fondos de Desarrollo Identifica obras y Local, que permitan identificar Solicitud de Gerente proyectos de obras que se encuentran en Información infraestructura ejecución.
(PGD-07-04)
1 Gerencias suscritos por los Locales Fondos de Analizar y consolidar la (Si aplica)
Desarrollo Local información que se verá que se encuentran plasmada en la Matriz LAT. en ejecución.
Esta actividad debe realizarse al inicio de cada vigencia, con fecha de corte a 31 de diciembre de la vigencia anterior.
Presenta y Matriz Observación. sustenta ante el Localidades al La ficha y la Matriz LAT, Gerente director Sectorial, Tablero – LAT contendrán los contratos 2 Gerencias la ficha contrato de (PVCGF-17- suscritos y en ejecución, por los Locales obra y Matriz LAT
03)
Fondos de Desarrollo Local consolidada. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 25 de 35 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7680 • pP. 1-30 • 2023 • MARZO • 24 30 Procedimiento para el desarrollo del programa Vamos a la Obra – VALO Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF- 17 Versión: 1.0 PUNTOS DE CONTROL/ No RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTROS OBSERVACIONES Fichas Indicar y exponer las variables y contrato de análisis realizados que permiten obra definir los contratos de obra que (PVCGF-17- forman parte de la estrategia “Localidades al Tablero” en
04)
cada vigencia y el modelo de ficha técnica a diligenciar.
Las fichas de los contratos de obra se diligencian sólo una vez durante la vigencia y se incluyen en la carpeta ubicada en la herramienta tecnológica.
La ficha debe contener como mínimo:
Datos relevantes del contrato: objeto, cuantía, plazo de ejecución, fecha de inicio y de terminación, adiciones, prórrogas, estado actual del contrato (ejecución, y/o suspendido) www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 26 de 35 31 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7680 • pP. 1-31 • 2023 • MARZO • 24 Procedimiento para el desarrollo del programa Vamos a la Obra – VALO Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF- 17 Versión: 1.0 PUNTOS DE CONTROL/ No RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTROS OBSERVACIONES Estado del contrato (si existen situaciones que afecten su ejecución)
Denuncias ciudadanas (si aplica)
Acciones adelantadas por la Dirección de Participación Ciudadana a través de la gerencia local (visitas a las obras, actas de visita administrativas, mesas de trabajo, comités de control social, entre otras), deberán además evaluarse las demás actuaciones de fiscalización y procesos de responsabilidad fiscal que se puedan haber adelantado.
En el caso de los asuntos del proceso de responsabilidad fiscal, la información del proceso y su estado de avance deberá validarse con la Dirección de www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 27 de 35 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7680 • pP. 1-32 • 2023 • MARZO • 24 32 Procedimiento para el desarrollo del programa Vamos a la Obra – VALO Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF- 17 Versión: 1.0 PUNTOS DE CONTROL/ No RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTROS OBSERVACIONES Responsabilidad Fiscal y Jurisdicción Coactiva.
Registro fotográfico de la obra.
Los lineamientos aplicables a las actividades descritas en los pasos descritas en la primera parte de este procedimiento, serán aplicables en lo pertinente.
5.2.2 Aprobación:
Director Técnico Observación:
El director Sectorial comunicará Dirección de Aprueba la Matriz 3 N/A al gerente por medio de correo Participación LAT. electrónico la aprobación de la Ciudadana y Matriz LAT Desarrollo Local 5.2.3. Registro de Información:
Crea herramienta Observación:
Profesional tecnológica La herramienta tecnológica universitario y/o consolidada de corresponde a carpeta especializado todas las N/A 4 compartida en OneDrive con localidades, para acceso a cada uno de los Dirección de reporte mensual de Gerentes Locales, Participación la información. responsables del reporte www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 28 de 35 33 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7680 • pP. 1-33 • 2023 • MARZO • 24 Procedimiento para el desarrollo del programa Vamos a la Obra – VALO Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF- 17 Versión: 1.0 PUNTOS DE CONTROL/ No RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTROS OBSERVACIONES Ciudadana y mensual en la Matriz LAT, Desarrollo Local archivo fotográfico y fichas iniciales de los contratos.
Gerente Revisa y Observación: complementa la El equipo asignado a cada Profesional información de Gerencia Local revisa, ajusta y N/A 5 universitario y/o cada uno de los complementa la información especializado contratos, inicial contenida en la Matriz contenida en la LAT.
Gerencia Local Matriz LAT.
5.2.4. Ejercicios o actuaciones de vigilancia y/o control fiscal en el marco de la estrategia Localidades al Tablero:
Observación:
Los ejercicios y/o actividades Solicitud de serán algunos de los siguientes:
Información Adelanta en el (PGD-07-04) marco de las Requerimientos de competencias que información.
Gerente Acta de mesa le están atribuidas, 6 Visitas administrativas o de (PGD-02-07) cualquiera de los Gerencia local campo. ejercicios y/o Mesas de seguimiento a los Acta mesa de actividades proyectos o espacios de trabajo previstas. diálogo institucional y social (PGD-02-07) para evaluar la ejecución de las obras públicas. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 29 de 35 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7680 • pP. 1-34 • 2023 • MARZO • 24 34 Procedimiento para el desarrollo del programa Vamos a la Obra – VALO Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF- 17 Versión: 1.0 PUNTOS DE CONTROL/ No RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTROS OBSERVACIONES Articulación y fomento al control social.
Articulación de actividades con el control interno y el control político.
Mesas de trabajo interinstitucional.
Las demás que determine el Contralor de Bogotá D.C.
El contenido del acta estará redactado en términos de control oportuno conforme a las actuaciones mencionadas.
Los lineamientos aplicables a las actividades descritas en los pasos descritas en la primera parte de este procedimiento, serán aplicables en lo pertinente.
5.2.5. Seguimiento:
Director Técnico.
Observación:
Realiza Matriz Los 10 primeros días hábiles de 7 seguimiento del Localidades al Dirección de cada mes, el Director Sectorial, estado de avance Tablero – LAT realizará el seguimiento del Participación. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 30 de 35 35 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7680 • pP. 1-35 • 2023 • MARZO • 24 Procedimiento para el desarrollo del programa Vamos a la Obra – VALO Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF- 17 Versión: 1.0 PUNTOS DE CONTROL/ No RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTROS OBSERVACIONES Ciudadana y de la Matriz LAT a (PVCGF-17- reporte de la matriz LAT “localidades al tablero”., Desarrollo Local cada gerencia.
03)
Dirección de alimentada en la carpeta drive Participación por las gerencias locales.
Ciudadana.
Observación:
Durante la revisión y consolidación de los datos reportados, se pueden encontrar los siguientes escenarios:
Profesional
1. Obras que presentan
universitario y/o situaciones que afectan su especializado normal ejecución y pueden Analiza y consolida N/A impactar los recursos de los 8 Dirección de la información.
Fondos de Desarrollo Local.
Participación En este caso se aplicará el Ciudadana y procedimiento establecido Desarrollo Local para el programa “Vamos a la Obra” y se excluyen de “Localidades al Tablero”.
2. Obras sobre las cuales la
Dirección de Participación Ciudadana y Desarrollo Local, no puede adelantar www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 31 de 35 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7680 • pP. 1-36 • 2023 • MARZO • 24 36 Procedimiento para el desarrollo del programa Vamos a la Obra – VALO Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF- 17 Versión: 1.0 PUNTOS DE CONTROL/ No RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTROS OBSERVACIONES seguimiento oportuno por situaciones jurídicas que impiden un pronunciamiento del ente de control, se excluyen de “Localidades al tablero”.
3. Obras que se encuentran
terminadas y/o presenten un avance físico igual o superior al 90%, se excluyen de “Localidades al tablero” y se incluirán en las diferentes auditorías que programe la Dirección de Participación Ciudadana.
4. Dependiendo de la situación
evidenciada, que impida la correcta ejecución de un contrato de obra, el director de Participación Ciudadana y Desarrollo Local evaluará la posibilidad de dar traslado a cualquiera de las Direcciones de Fiscalización o a la Dirección de Reacción Inmediata de la Contraloría www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 32 de 35 37 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7680 • pP. 1-37 • 2023 • MARZO • 24 Procedimiento para el desarrollo del programa Vamos a la Obra – VALO Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF- 17 Versión: 1.0 PUNTOS DE CONTROL/ No RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTROS OBSERVACIONES de Bogotá, para que adelante las investigaciones respectivas.
Los lineamientos aplicables a las actividades descritas en los pasos descritas en la primera parte de este procedimiento, serán aplicables en lo pertinente.
Observación:
El informe debe contener como mínimo: estadísticas generales de los contratos, avance Director Técnico Elabora el informe reportado a la fecha, actividades trimestral sobre el adelantadas durante el periodo, Dirección de avance de las Memorando denuncias ciudadanas 9 Participación obras incluidas en (PGD-07-02) presentadas, registro Ciudadana y la estrategia fotográfico, contratos que se “Localidades al Desarrollo Local excluyen de “Localidades al tablero”. tablero”, conclusiones y/o recomendaciones.
Aprobado el informe, se comunica a los Despachos del www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 33 de 35 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7680 • pP. 1-38 • 2023 • MARZO • 24 38 Procedimiento para el desarrollo del programa Vamos a la Obra – VALO Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF- 17 Versión: 1.0 PUNTOS DE CONTROL/ No RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTROS OBSERVACIONES Contralor de Bogotá, D.C. y del Contralor Auxiliar a través de la Dirección de Apoyo al Despacho, durante los quince (15) primeros días hábiles, del mes siguiente al trimestre.
Observación:
Director Técnico Verifica la En caso de determinar existencia de beneficios de vigilancia y control Dirección de 10 beneficios de N/A fiscal el Director continuará con Participación Vigilancia y Control el trámite establecido para dicho Ciudadana y Fiscal. fin de acuerdo al procedimiento Desarrollo Local vigente.
6. FORMATOS Y OTROS DOCUMENTOS RELACIONADOS AL
PROCEDIMIENTO
1. PVCGF-17-01 FICHA TÉCNICA OBRA Y/O PROYECTO
2. PVCGF-17-02 INFORME DE CIERRE OBRA Y/O PROYECTO
3. PVCGF-17-03 MATRIZ LOCALIDADES AL TABLERO – LAT
4. PVCGF-17-04 FICHA CONTRATO DE OBRA LAT
7. CONTROL DE CAMBIOS
www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 34 de 35 39 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7680 • pP. 1-39 • 2023 • MARZO • 24 Procedimiento para el desarrollo del programa Vamos a la Obra – VALO Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF- 17 Versión: 1.0 Versión2 Descripción de la Modificación3 Resolución Reglamentaria y Fecha Resolución No.
009 1.0 22 Mar 2023 Responsable de Proceso que Aprueba Cargo Contralor Auxiliar Dependencia Despacho del Contralor Auxiliar Nombre Completo Carlos Orlando Acuña Ruiz Firma Director de Planeación que Realiza Revisión Técnica Nombre Completo Sandra Patricia Bohórquez González Firma 2 Registrar todas las versiones 3 Mantener la descripción de las ultimas 2 versiones y registrar la nueva de manera resumida, si existen más de tres (3) versiones indicar que puede consultar el acto administrativo por el cual se aprobó. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 35 de 35 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7680 • pP. 1-40 • 2023 • MARZO • 24 40 INSTITUTO DISTRITAL DE PATRIMONIO CULTURAL RESOLUCIÓN Nº 130 serán objeto de nombramiento en provisionalidad por no existir servidores públicos de carrera administrativa, con derecho preferencial para ser encargados en este empleo.
(23 de marzo de 2023)
“Por medio de la cual se hace Nombramiento Provisional”
EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE PATRIMONIO CULTURAL Que de acuerdo con la publicación antes mencionada y al tenor del Artículo décimo primero (11º.) de la Resolución No. 015 del 19 de enero de 2023 “Por la cual se establece el procedimiento interno para la provisión transitoria de empleos de carrera administrativa y de libre nombramiento y remoción mediante la figura del encargo”, a la fecha no se ha presentado ninguna reclamación ante la Comisión de Personal sobre este particular.
En ejercicio de sus atribuciones legales y estatutarias y en especial las que le confiere el Acuerdo del Concejo de Bogotá D.C. No. 257 de 2006, el Acuerdo de Junta Directiva No. 001 de 2023, el Acuerdo de Junta Directiva 002, la Ley 909 de 2004 y el Decreto 1083 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución No. 034 del 13 de febrero de 2023, se efectuó un encargo en el empleo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 01 de la Planta global del Instituto, ubicado en la Gerencia de Instrumentos de Planeación y Gestión del Territorio del Patrimonio Cultural a la servidora JACQUELINE MOLANO ACEVEDO, identificada con cédula de ciudadanía No. 53.051.932, de conformidad al Artículo primero de la citada resolución.
Que mediante Acuerdo No. 001 del 10 de enero de 2023 de Junta Directiva se modificó la estructura del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural - IDPC.
Que mediante Acuerdo No. 002 del 10 de enero de 2023 de Junta Directiva se modificó la planta de personal del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, creando, entre otros, el empleo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 01.
Que en el Artículo cuarto de la Resolución No. 034 del 13 de febrero de 2023, se declaró la vacancia temporal del empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 02, sobre el cual ostenta derechos de carrera la servidora JACQUELINE MOLANO ACEVEDO, identificada con cédula de ciudadanía No. 53.051.932, el cual debe ser provisto, teniendo en cuenta las necesidades del servicio.
Que mediante Resolución No. 008 del 11 de enero de 2023 se modificó el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos que conforman la planta de personal del Instituto de Patrimonio Cultural- IDPC.
Que el Artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, establece que “(…) Mientras se surte el proceso de selección, el empleo de carrera vacante de manera definitiva podrá proveerse transitoriamente a través de las figuras del encargo o del nombramiento provisional, en los términos señalados en la Ley 909 de 2004 y en el Decreto-ley 760 de 2005 o en las disposiciones que regulen los sistemas específicos de carrera (…)”.
Que una vez revisado por la Subdirección de Gestión Corporativa – Talento Humano, el perfil descrito en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales adoptado mediante Resolución No. 008 del 11 de enero de 2023, correspondiente al cargo empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 02 ubicado en la Subdirección de Gestión Corporativa, se verificó que la señora MAGALLY SUSANA MOREA PEÑA, identificada con cédula No. 1.010.161.501, cumple con los requisitos para desempeñar el cargo en mención, tal como queda consignado en el formato de verificación de requisitos mínimos.
Que la Subdirección de Gestión Corporativa – Talento Humano informó el 27 de enero de 2023 mediante publicación en intranet y correo electrónico a los servidores y las servidoras del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural – IDPC sobre el inicio del proceso de provisión transitoria de empleos de carrera administrativa mediante la figura del encargo y en cumplimiento del Artículo 3° de la Resolución No. 015 de 2023, se puso en conocimiento de los servidores y las servidoras la relación de los treinta y cuatro (34) cargos de carrera administrativa de la planta de personal del IDPC que Que de acuerdo con los Arts. 2.2.5.1.4 y 2.2.5.1.5 del Decreto 1083 de 2015, se hizo el estudio de la hoja de vida y sus soportes, se verificó que la señora MAGALLY SUSANA MOREA PEÑA, identificada con cédula No. 1.010.161.501, reúne los requisitos, no está inhabilitada, no está pensionada, no es interdicta y se verificaron directamente los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, así como la hoja de vida en SIDEAP, la declaración de rentas y bienes, y la declaración de conflicto de intereses concluyendo 41 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7680 • pP. 1-41 • 2023 • MARZO • 24 que, cumple con los requisitos y competencias para el desempeño del cargo.
Artículo 6.
Publicar la presente resolución en los términos señalados en el parágrafo del Artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y en todo caso en la página web de la entidad.
Artículo 7.
La presente resolución adquiere firmeza a partir del día siguiente de su publicación y tendrá efectos fiscales a partir de la posesión.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veintitrés (23) días Que en cumplimiento del último inciso del Art. 2.2.5.1.8 ibídem, la señora MAGALLY SUSANA MOREA PEÑA, declaró bajo la gravedad del juramento, no tener conocimiento de procesos pendientes de carácter alimentario o que se cumplirá con sus obligaciones de familia, en el entendido de que el conocimiento al que se refiere, sobre la existencia de procesos alimentarios pendientes, es únicamente el que adquiere el demandado por notificación de la demanda correspondiente, en los términos previstos por el Código General del Proceso. del mes de marzo de dos mil veintitrés (2023).
Que en mérito de lo expuesto, PATRICK MORALES THOMAS Director General
RESUELVE:
DECRETO LOCAL DE 2023 ALCALDÍA LOCAL DE ENGATIVÁ DECRETO LOCAL Nº 002 (21 de marzo de 2023)
Artículo 1.
Nombrar en provisionalidad a la señora MAGALLY SUSANA MOREA PEÑA, identificada con cédula No. 1.010.161.501, en el empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 02 ubicado en la Subdirección de Gestión Corporativa del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, hasta por un término de seis (6) meses, pudiendo ser prorrogado en los términos de la normativa vigente.
“Por el cual se ajusta el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Engativá para la vigencia fiscal 2023”.
LA ALCALDESA LOCAL DE ENGATIVÁ En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que confiere al artículo 36
Artículo 2.
La señora MAGALLY SUSANA MOREA PEÑA, identificada con cédula No. 1.010.161.501, cumplirá las funciones del Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 02 de la Subdirección de Gestión Corporativa del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, establecidas en la ficha AS-407-02-03 del Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales adoptado mediante Resolución No. 008 del 11 de enero de 2023.
del Decreto Distrital 372 de 2010, y
CONSIDERANDO:
Artículo 3.
Para desempeñar el cargo, la persona aquí nombrada deberá consultar las diferentes políticas adoptadas por el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, así como las funciones del empleo establecidas en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales, las cuales se encuentran publicadas en la intranet de la entidad.
Que el Decreto 372 de 2010 en su artículo 36 estipula que los Fondos de Desarrollo Local – F.D.L efectuarán el ajuste presupuestal por cierre de la vigencia anterior mediante decreto local, previa la viabilidad presupuestal de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto.
Que en la Resolución No. SDH N° 000191 del 22 de septiembre de 2017 sobre el Ajuste por Cierre Presupuestal se indica el procedimiento para efectuar el ajuste en mención.
Artículo 4.
Comunicar el contenido de la presente resolución a la señora MAGALLY SUSANA MOREA PEÑA, identificada con cédula No. 1.010.161.501, en cumplimiento de lo establecido en el Artículo 2.2.5.1.6 del Decreto 1083 de 2015, haciéndole saber que cuenta con un término de diez (10) días para manifestar su aceptación o rechazo.
Artículo 5.
Contra el presente acto administrativo no procede recurso de conformidad con lo establecido en el Artículo 75 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Que mediante comunicación No. 2023EE031176O1 del 10 de febrero de 2023, la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, informó sobre los ajustes a la Disponibilidad Inicial, una vez distribuido los excedentes financieros de los FDL por el CONFIS.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7680 • pP. 1-42 • 2023 • MARZO • 24 42 En mérito de lo anteriormente expuesto,
Artículo 2.
El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.
DECRETA:
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Se expide en Bogotá, D.C. a los veintiún (21) días del mes de marzo de dos mil veintitrés (2023).
Artículo 1.
Ajustar la Disponibilidad Inicial en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Engativá para la vigencia fiscal 2023, conforme al siguiente detalle:
ÁNGELA MARÍA MORENO TORRES CÓDIGO CONCEPTO AUMENTAR REDUCIR Alcaldesa Local de Engativá O10 DISPONIBILIDAD INICIAL 12.620.214.503 43 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7680 • pP. 1-43 • 2023 • MARZO • 24 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Central RESOLUCIONES DE 2023 SECRETARÍA DE HACIENDA RESOLUCIÓN Nº SDH-000103 “Por la cual se realiza un nombramiento en período de prueba”...........................1 Sector Descentralizado CONTRALORÍA DE BOGOTÁ, D.C. RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA Nº 009 “Por la cual se adopta el Procedimiento para el desarrollo del programa Vamos a la Obra de la Contraloría de Bogotá, D.C.”............................................................4 INSTITUTO DISTRITAL DE PATRIMONIO CULTURAL RESOLUCIÓN Nº 130 “Por medio de la cual se hace Nombramiento Provisional”.................................41 Sector Local DECRETO LOCAL DE 2023 ALCALDÍA LOCAL DE ENGATIVÁ DECRETO LOCAL Nº 002 “Por el cual se ajusta el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Engativá para la vigencia fiscal 2023”..................................42 MARÍA CLEMENCIA PÉREZ URIBE Secretaria General Alcaldía Mayor de Bogotá, Distrito Capital
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