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Registro Distrital 7663 de 2023

Registro Distrital 7663 de 2023 Nivel Distrital

Tipo
Registro Distrital
Número
7663
Año
2023
Fecha
6 de marzo de 2023
Entidad
Nivel Distrital
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

5,5 ALCALDESA MAYOR Claudia Nayibe López Hernández REGISTRO DISTRITAL - BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) AÑO 57 - No. 7663- Pp 1 - 25 - 2023 - MARZO - 6 AÑO 57 NÚMERO 7663 6 • MARZO • 2023 RESOLUCIONES DE 2023 SECRETARÍA DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ – DIB Que de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, los actos administrativos relacionados en los anexos No. 1 y No. 2 fueron de vueltos por correo y se hace necesario publicarlos en el Registro Distrital, división de la secretaria general de la Alcaldía Mayor RESOLUCIÓN Nº DDI-014637, Que, en consideración a lo expuesto,

RESUELVE:

2023EE069093O1 (1 de marzo de 2023)

“Por medio de la cual se ordena la publicación de actos administrativos, de conformidad con el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011”

Artículo 1.

Ordenar la publicación en el Registro Dis trital, división de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor, los actos administrativos relacionados en los anexos No.1 y No.2 que hacen parte de la presente resolución, de acuerdo con la parte motiva.

LA JEFE DE LA OFICINA DE NOTIFICACIONES Y DOCUMENTACIÓN FISCAL DE LA SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN TRIBUTARIA Y SERVICIO -DIRECCIÓN DISTRITAL DE

Artículo 2.

Los Actos administrativos para publicar se encuentran listados en los siguientes anexos: Anexo No. 1 con 6 Registros, Anexo No. 2 con 61 Registros.

IMPUESTOS DE BOGOTÁ – DIB

Artículo 3.

Acto(s) administrativo(s) del anexo No.1:

OFICINA TIPO DE ACTO En ejercicio de las competencias conferidas en el artículo 162 del Decreto Distrital No. 807 de 1993 y de las funciones establecidas en el artículo 26 del CONTROL MASIVO LIQUIDACIÓN OFICIAL DE REVISIÓN Decreto Distrital 601 de diciembre de 2014, y de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del RESOLUCIÓN REDUCCIÓN RECURSOS TRIBUTARIOS SANCIÓN Acuerdo 469 de 2011.

CONSIDERANDO:

Contra los actos administrativos mencionados procede el Recurso de Reconsideración que deberá interponer se ante la Oficina de Recursos Tributarios de la Sub dirección Jurídico Tributaria, ubicada en la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá en la Carrera 30 No. 25 – 90 Piso 14, costado occidental dentro de los (2) Meses siguientes a esta publicación.

Acto(s) administrativo(s) del anexo No. 2:

Que, en desarrollo de los principios orientadores de la función administrativa de la eficacia, economía, celeridad y eficiencia, resulta necesario simplificar y adecuar a los avances tecnológicos e informáticos el procedimiento de publicación de actos administrativos proferidos por la administración tributaria distrital, de vueltos por correo.

OFICINA TIPO DE ACTO PLIEGO DE CARGOS GENERAL DE FISCALIZACIÓN REQUERIMIENTO ESPECIAL Que conforme a lo dispuesto en el literal b) del artículo 26 del Decreto Distrital 601 de diciembre de 2014, corresponde a la Oficina de Notificaciones y Docu mentación Fiscal notificar los actos administrativos que se generen en desarrollo de la gestión de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá y/o sus dependencias Contra los actos administrativos mencionados en el anexo No 2 no procede ningún Recurso. La notificación 1 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7663 • pP. 1-1 • 2023 • MARZO • 6 Dada en Bogotá, D.C., al primer (1) días del mes de marzo de dos mil veintitrés (2023). se entenderá surtida desde la fecha de publicación de este aviso.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Artículo 4.

Esta Resolución rige a partir de su publi cación.

MARÍA LINNETTE ROJAS RIVERA Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7663 • pP. 1-2 • 2023 • MARZO • 6 2 CAUSAL DE DEVOLUCIÓN DE FECHA DEVOLUCIÓN OF 403 14/02/2023 NO RESIDE NOTIFICACIÓN PERÍODO GRAVABLE DIRECCIÓN DE DEL ACTO FECHA TIPO DE ACTO CIAL DE REVISIÓN 01/12/2022 2019 KR 28 83 19 03/02/2023 NO RESIDE CIAL DE REVISIÓN 01/12/2022 2019 KR 28 83 19 03/02/2023 NO RESIDE CIAL DE REVISIÓN 01/12/2022 2019 KR 28 83 19 03/02/2023 NO RESIDE CIAL DE REVISIÓN 01/12/2022 2019 KR 28 83 19 03/02/2023 NO RESIDE CIAL DE REVISIÓN 01/12/2022 2019 KR 28 83 19 03/02/2023 NO RESIDE DUCCIÓN SANCIÓN 15/01/2023 2018 CL 93 B 17 25 PLACA - CHIP Y/O MATRICULA INMOBILIARIA-NIT DE TIPO la presente publicación.

IMPUESTO ENTE IDENTIFI- NOTIFICACIÓN POR AVISO 17.178.650 PREDIAL AAA0086HFJH LIQUIDACIÓN OFI- CACIÓN DEL CONTRIBUY- Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal los dos (2) meses siguientes a la publicación del presente aviso.

NELLY 41.384.671 PREDIAL AAA0086HFJH LIQUIDACIÓN OFI- GARCIA 71.652.181 PREDIAL AAA0245UMNX RESOLUCIÓN RE- JIMENEZ 41.459.756 PREDIAL AAA0086HFJH LIQUIDACIÓN OFI- JIMENEZ 19.414.997 PREDIAL AAA0086HFJH LIQUIDACIÓN OFI- DIDIO WILDE APODERADO NOMBRE DEL TADO JIMENEZ 41.543.395 PREDIAL AAA0086HFJH LIQUIDACIÓN OFI- e indeterminados de Sucesión iliquida y/o HURTADO JIMENEZ CONTRIBUYENTE Y/O herederos determinados ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-014637 DEL 01 DE MARZO DE 2023 EXPEDIENTE SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ La Jefe de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber:

Jurídico Tributaria, profirierón para los contribuyentes que se relacionan a continuación, las actuaciones administrativas objeto de En consecuencia, conforme a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por medio de la publicación a:

No.

Que los Jefes de la Oficina de Control Masivo de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio y la Oficina de Recursos Tributarios de la Subdirección Contra los actos administrativos mencionados procede el Recurso de Reconsideración que deberá interponerse ante la Oficina de Recursos Tributarios de la Subdirección Jurídico Tributaria, ubicada en la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá en la Carrera 30 No. 25 – 90 piso 14, costado occidental dentro de DDI-000275 2023EE005593 O1 202001200300040362 ALVARO CARDONA DDI-022181 2022EE615398 C5 20220923C30002517 GLORIA HURTADO DDI-022181 2022EE615398 C6 20220923C30002517 RUTH MARINA HUR- DDI-022181 2022EE615398 C2 20220923C30002517 ALVARO HURTADO DDI-022181 2022EE615398 C4 20220923C30002517 HURTADO JIMENEZ DDI-022181 2022EE615398 O1 20220923C30002517 RESOLUCIÓN No. RADICADO No. DE MARÍA LINNETTE ROJAS RIVERA 3 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7663 • pP. 1-3 • 2023 • MARZO • 6 CAUSAL DE DEVOLUCIÓN DE FECHA DEVOLUCIÓN SUR 02/02/2023 CERRADO 1103 29/12/2022 NO RESIDE AP 202 22/12/2022 NO RESIDE BADEA 14/02/2023 REHUSADO BOD 203 LA CL 72 10 07 OF NOTIFICACIÓN 2020-1, 2020-2, 2020-3, 2020-4, 2020-5, 2020-6 PERÍODO GRAVABLE DIRECCIÓN DE DEL ACTO FECHA TIPO DE ACTO ESPECIAL 28/11/2022 2020-4 KR 17 59 43 26/12/2022 DESCONOCIDO ESPECIAL 28/11/2022 2020-7 KR 71 C 53 A 21 ESPECIAL 10/02/2023 2020-1 CL 12 N 6 182 ESPECIAL 28/11/2022 2020-3 AC 12 79 A 25 19/12/2022 CERRADO ESPECIAL 28/11/2022 ESPECIAL 28/11/2022 2020-7 CL 74 28A 06 28/12/2022 NO RESIDE PLACA - CHIP Y/O MATRICULA INMOBILIARIA-NIT DE TIPO IMPUESTO NOTIFICACIÓN POR AVISO ENTE IDENTIFI- 830.140.780 ICA NA PLIEGO DE CARGOS 15/11/2022 2019, 2020 CL 23 24 61 29/12/2022 REHUSADO CACIÓN DEL CONTRIBUY- LTDA S.A.S. 830.051.855 ICA NA REQUERIMIENTO LUIS RAFAEL 4.210.716 ICA NA PLIEGO DE CARGOS 15/11/2022 2019 CL 5A SUR 87 06 26/12/2022 CERRADO APODERADO NOMBRE DEL INDUSTRIAL DE a continuación, las actuaciones administrativas objeto de la presente publicación.

COLOMBIANOS C L ADRIANA MARCELA 52.417.255 ICA NA REQUERIMIENTO DE COLOMBIA LTDA 805.020.084 ICA NA PLIEGO DE CARGOS 15/11/2022 2019 KR 26 D 34 20 CONTRIBUYENTE Y/O MADERAS Y DISENOS ANEXO No.2 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-014637 DEL 01 DE MARZO DE 2023 EXPEDIENTE SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ La Jefe de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber:

Que el(la) Jefe de la Oficina General de Fiscalización de la Subdirección de Determinación, profirió para los contribuyentes que se relacionan En consecuencia, conforme a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por medio de la publicación a:

NA 2022EE523299 O1 202204213000058530 NA 2022EE557171 O1 202204213000052439 TIME TRADING LTDA 830.093.934 ICA NA REQUERIMIENTO NA 2023EE031255 C1 202204213000055142 ENERGITEL SAS 816.004.795 RETEICA NA REQUERIMIENTO NA 2022EE557165 O1 202204213000052565 PHAREX S.A. 830.046.411 ICA NA REQUERIMIENTO NA 2022EE557386 O1 202204213000052772 GLOBALK COLOMBIA NA 2022EE522984 O1 202204213000057838 GAMAS SEGURIDAD NA 2022EE522854 C1 202204213000057566 TOP GUARD LTDA 800.084.523 ICA NA PLIEGO DE CARGOS 15/11/2022 2019, 2020 KR 28 84 26 22/12/2022 NO RESIDE NA 2022EE522854 O1 202204213000057566 TOP GUARD LTDA 800.084.523 ICA NA PLIEGO DE CARGOS 15/11/2022 2019, 2020 KR 14 109 48 19/12/2022 NO RESIDE NA 2022EE557140 O1 202204213000051972 KRESTON RM S.A. 800.059.311 ICA NA REQUERIMIENTO NA 2022EE557211 O1 202204213000051883 MONTOYA RAMIREZ NA 2022EE522478 O1 202204213000057256 PEREZ SANCHEZ No.

CIÓN No. RADICADO No. DE RESOLU- REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7663 • pP. 1-4 • 2023 • MARZO • 6 4 504 23/12/2022 CERRADO 206 14/02/2023 NO RESIDE 202 29/12/2022 NO RESIDE 1101 29/12/2022 REHUSADO LC 144 15/02/2023 CERRADO OF 4101 29/12/2022 REHUSADO HANGAR 43 06/02/2023 REHUSADO KR 67 A 3 26 SIMON BOLIVAR 04/01/2023 CERRADO ESPECIAL 28/11/2022 2020-7 CL 103C 63 39 22/12/2022 NO RESIDE ESPECIAL 01/02/2023 2019-6, 2020-1, 2, 3, 4, 5, 6 ESPECIAL 28/11/2022 2020-7 KR 53 103 B 42 22/12/2022 NO RESIDE ESPECIAL 28/11/2022 2020-7 CL 82 11 75 LC ESPECIAL 28/11/2022 2020-7 CL 109C 142A 27 26/12/2022 CERRADO ESPECIAL 28/11/2022 2020-7 CL 26 85 D 55 NOTIFICACIÓN POR AVISO 860.400.572 ICA NA PLIEGO DE CARGOS 15/11/2022 2019 KR 7 24 89 PI 41 830.144.988 ICA NA REQUERIMIENTO 830.144.794 ICA NA PLIEGO DE CARGOS 15/11/2022 2019, 2020 DG 54 23 20 29/12/2022 CERRADO LTDA 900.379.981 ICA NA PLIEGO DE CARGOS 15/11/2022 2019 CL 64I 83 14 02/02/2023 CERRADO S.A.S S EN C 900.345.714 ICA NA REQUERIMIENTO BIA S.A. 900.079.264 ICA NA PLIEGO DE CARGOS 15/11/2022 2019 KR 64 79 65 BRR CIA SAS 860.065.104 ICA NA PLIEGO DE CARGOS 15/11/2022 2019, 2020 KR 3 20 76 OF TOS S C A. 860.009.943 ICA NA PLIEGO DE CARGOS 15/11/2022 2020 KR 6 26B 85 AP COLOMBIA 860.600.006 ICA NA PLIEGO DE CARGOS 15/11/2022 2020 KR 4A 27 62 29/12/2022 NO RESIDE TELEVISION SORES LTDA 860.503.962 ICA NA PLIEGO DE CARGOS 15/11/2022 2019 CL 24 A 26 A 38 29/12/2022 NO RESIDE CONSULTORIA ARQUITECTOS TRABAJO ASO- NACIONAL POR SIVOS C I PYASA ZA GROUP S.A.S. 900.381.045 ICA NA REQUERIMIENTO COLOMBIANA S. A 860.534.605 ICA NA PLIEGO DE CARGOS 15/11/2022 2019 CL 21 18A 44 29/12/2022 REHUSADO NIZACIONAL LTDA COOPERATIVA DE CIADO SERVICIOS CONSTRUCTORES INTEGRAL PARA EL OS DEL CERREJON 890.112.491 ICA NA PLIEGO DE CARGOS 15/11/2022 2019, 2020 KR 53 82 86 OF E INTERVENTORES INVERSIONES Y CIA PROFESIONALES DE PANAMERIANOS SAS 891.201.578 ICA 891201578 REQUERIMIENTO BIANA DE ARQUITEC- DESARROLLO ORGA- ANEXO No.2 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-014637 DEL 01 DE MARZO DE 2023 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ NA 2023EE023554 O1 202204213000053457 SERVICIOS AEREOS NA 2022EE557404 O1 202204213000053987 PROINEN S.A.S. 900.399.197 ICA NA REQUERIMIENTO NA 2022EE523443 O1 202204213000058938 FONDO DE EMPLEAD- NA 2022EE557273 O1 202204213000054006 INMOBILIARIA ALIAN- NA 2022EE557275 O1 202204213000054332 POHASA SAS 900.389.060 ICA NA REQUERIMIENTO NA 2022EE523439 O1 202204213000058567 FUNDACION FORO NA 2022EE523538 O1 202204213000059436 GEOSINTEC COLOM- NA 2022EE523438 O1 202204213000058909 PINTURAS Y ADHE- NA 2022EE523411 O1 202204213000058408 FOTOMETAL IMPRE- NA 2022EE557268 O1 202204213000054074 CASAS & ARANGO NA 2022EE523908 O1 202204213000059773 SEGURIDAD ARARAT NA 2022EE523405 O1 202204213000058645 NA 2022EE557229 O1 202204213000052911 NA 2022EE523352 O1 202204213000058871 SOCIEDAD COLOM- NA 2022EE523388 O1 202204213000058895 CABALLERO GAITAN Y NA 2022EE523309 O1 202204213000058283 NA 2022EE523307 O1 202204213000058483 BIG MARKET S A 830.144.306 ICA NA PLIEGO DE CARGOS 15/11/2022 2019 KR 26N 50 20 01/02/2023 CERRADO 5 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7663 • pP. 1-5 • 2023 • MARZO • 6 02/02/2023 DESCONOCIDO 16 02/02/2023 DESCONOCIDO 409 26/12/2022 NO RESIDE 301 26/12/2022 DESCONOCIDO 706 26/12/2022 NO RESIDE 302 26/12/2022 NO RESIDE 1401 29/12/2022 CERRADO AP 612 23/12/2022 DESCONOCIDO AP 302 14/02/2023 DESCONOCIDO OF 1103 23/12/2022 NO RESIDE PATIO BONITO TV 83 34B SUR 16 BRR EL PORTAL D ESTE ESPECIAL 28/11/2022 2019-7 KR 10 26 77 29/12/2022 NO RESIDE ESPECIAL 28/11/2022 2020-7 AK 9 100 7 OF ESPECIAL 28/11/2022 2020-7 KR 72C 23F 50 27/12/2022 CERRADO ESPECIAL 28/11/2022 2020-7 CL 1F 24B 19 23/12/2022 NO RESIDE ESPECIAL 28/11/2022 2020-7 AC 17 53 46 29/12/2022 CERRADO ESPECIAL 28/11/2022 2019-7 CL 146 13 09 ESPECIAL 28/11/2022 2019-7 KR 17 31 17 26/12/2022 CERRADO ESPECIAL 28/11/2022 2019-7, 2020-7 CL 56 14 45 AP ESPECIAL 28/11/2022 2020-7 CL 167C 58 08 30/12/2022 DESCONOCIDO ESPECIAL 28/11/2022 2020-7 CL 146 7 64 OF ESPECIAL 28/11/2022 2019-7 KR 15 51 14 LC ESPECIAL 28/11/2022 2020-7 KR 7 156 68 TO 3 ESPECIAL 10/02/2023 2019 TV 8 13 32 14/02/2023 DESCONOCIDO ESPECIAL 28/11/2022 2020-7 KR 11 86 53 OF ESPECIAL 28/11/2022 2020-1 CL 131B 101A 04 23/12/2022 NO RESIDE ESPECIAL 28/11/2022 2019-7 CL 141 7B 30 ESPECIAL 28/11/2022 2020-7 KR 157 135 12 23/12/2022 NO RESIDE NOTIFICACIÓN POR AVISO SAS 900.659.732 ICA NA REQUERIMIENTO SAS 900.438.345 ICA NA REQUERIMIENTO S.A.S. 900.537.328 ICA NA PLIEGO DE CARGOS 15/11/2022 2019 KR 70H 122 74 01/02/2023 NO RESIDE ERGY S A S 900.909.411 ICA NA REQUERIMIENTO TORES SAS 900.468.356 ICA NA PLIEGO DE CARGOS 15/11/2022 2019 TV 83 34B SUR TORES SAS 900.468.356 ICA NA PLIEGO DE CARGOS 15/11/2022 2019 CIVILES S.A.S. 900.466.799 ICA NA REQUERIMIENTO IERIA CSI S A S 900.702.974 ICA NA REQUERIMIENTO SERVICES SAS 900.532.797 ICA 900532797 REQUERIMIENTO CACIONES AMAYA DE AVIACION S.A.S 900.715.147 ICA NA REQUERIMIENTO SERVICIOS E INGEN- TOPOGRAFICOS SAS 900.646.957 ICA NA REQUERIMIENTO RANT COMPANY S A S 900.923.112 ICA NA REQUERIMIENTO RATORIO OPTICO SAS 900.536.202 ICA NA REQUERIMIENTO ANEXO No.2 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-014637 DEL 01 DE MARZO DE 2023 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ NA 2022EE557055 O1 202204213000054631 AMERICAN RESTAU- NA 2022EE557311 O1 202204213000054765 SERPROTECH EN- NA 2022EE557420 O1 202204213000054446 FALCON ACADEMIA NA 2022EE557305 O1 202204213000054500 INGEO & TEC S.A.S 900.769.092 ICA NA REQUERIMIENTO NA 2022EE557301 O1 202204213000054425 COLOMBIANA DE NA 2022EE556997 O1 202204213000054017 SUMINISTROS Y APLI- NA 2022EE556992 O1 202204213000053967 AGA SERVICIOS NA 2022EE556965 O1 202204213000053939 KOLMAN SAS 900.558.609 ICA NA REQUERIMIENTO NA 2022EE557289 O1 202204213000054061 ALLEN PHARMA SAS 900.540.057 ICA NA REQUERIMIENTO NA 2022EE557288 O1 202204213000054410 SARGALES S.A.S. 900.529.075 ICA NA REQUERIMIENTO NA 2023EE031193 C1 202204213000054267 OPTIMUS TRANS NA 2022EE524133 O1 202204213000060031 INVERSIONES FICOR NA 2022EE556961 O1 202204213000054171 VISUALIZAMOS LABO- NA 2022EE557411 C1 202204213000054044 SINDULY SAS 900.488.134 ICA NA REQUERIMIENTO NA 2022EE524047 C1 202204213000060411 CANO CONSTRUC- NA 2022EE524047 O1 202204213000060411 CANO CONSTRUC- NA 2022EE557129 O1 202204213000054011 COLMAN OBRAS NA 2022EE556934 O1 202204213000054152 GLOBAL CLASS S A S 900.453.579 ICA NA REQUERIMIENTO NA 2022EE557285 O1 202204213000053807 2WAYCOMM S.A.S. 900.452.327 ICA NA REQUERIMIENTO NA 2022EE557282 O1 202204213000054055 RP RESTAURACION REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7663 • pP. 1-6 • 2023 • MARZO • 6 6 22/02/2023 REHUSADO 705 28/12/2022 NO RESIDE 702 26/12/2022 DESCONOCIDO 09 A 27/12/2022 CERRADO OF 102 20/12/2022 NO RESIDE OF 1103 23/12/2022 NO RESIDE GIRON T2 78 LC B14 28/12/2022 REHUSADO VIAL FLOR- CL 72 28 52 28/12/2022 NO RESIDE IDABLANCA OFICINA 804 KM 2.176 ANILLO 2020-1, 2020-2, 2020-3, 2020-4, 2020-5 ESPECIAL 28/11/2022 2020-7 CL 13 15 25 LC ESPECIAL 28/11/2022 2020-6 KR 100 135 52 27/12/2022 CERRADO ESPECIAL 28/11/2022 ESPECIAL 14/02/2024 2019-7 ESPECIAL 28/11/2022 2019-7 KR 73 BIS 49A 73 27/12/2022 CERRADO ESPECIAL 28/11/2022 2019-7 KR 7 82 62 AP ESPECIAL 28/11/2022 2020-7 KR 7 156 68 TO 3 ESPECIAL 28/11/2022 2020-7 AC 45 17 52 AP ESPECIAL 28/11/2022 2020-7 KR 11 82 01 14/02/2023 NO RESIDE ESPECIAL 28/11/2022 2020-7 AK 57 D SUR 66 NOTIFICACIÓN POR AVISO Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal S.A.S. 901.155.508 ICA NA REQUERIMIENTO LOMBIA 900.971.001 ICA NA PLIEGO DE CARGOS 15/11/2022 2019 KR 14 127A 65 21/12/2022 NO RESIDE ERA 2018 901.208.934 ICA NA PLIEGO DE CARGOS 15/11/2022 2019 KR 71C 52 34 C&C 2018 901.195.757 ICA NA REQUERIMIENTO BIENTAL SAS 901.055.287 ICA NA REQUERIMIENTO CACIONES S.A.S 901.367.255 ICA NA REQUERIMIENTO CONSULTING SAS 901.043.675 ICA NA REQUERIMIENTO DO RICAURTE SAS 900.932.763 ICA NA PLIEGO DE CARGOS 15/11/2022 2020 KR 71D 124 30 20/12/2022 CERRADO ANEXO No.2 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-014637 DEL 01 DE MARZO DE 2023 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ NA 2022EE557438 O1 202204213000055208 MAYPHONE COMUNI- NA 2022EE557182 O1 202204213000054968 PLASDEMAR SAS 901.208.794 ICA NA REQUERIMIENTO NA 2022EE525117 C1 202204213000061629 CONSORCIO NUEVA NA 2022EE557156 O1 202204213000054668 UNION TEMPORAL NA 2022EE557105 O1 202204213000054719 AC CRUZ SAS 901.158.108 ICA NA REQUERIMIENTO NA 2023EE033913 C1 202204213000054643 REDCOL HOLDING NA 2022EE557428 O1 202204213000054938 EPSAGRO AGROAM- NA 2022EE557079 O1 202204213000054602 SALAZAR VELANDIA NA 2022EE557325 O1 202204213000054561 NATUR HEILEN SAS 901.030.151 ICA NA REQUERIMIENTO NA 2022EE557321 O1 202204213000054854 SAPAN GROUP SAS 900.990.274 ICA NA REQUERIMIENTO NA 2022EE557320 O1 202204213000054734 BONICAR HB SAS 900.975.792 ICA NA REQUERIMIENTO NA 2022EE524706 O1 202204213000061189 MULTIPRIME CO- NA 2022EE524651 O1 202204213000061225 INVERSIONES FAJAR- Contra los actos administrativos mencionados no procede ningún Recurso. La notificación se entenderá surtida desde la fecha de publicación de este aviso.

MARÍA LINNETTE ROJAS RIVERA 7 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7663 • pP. 1-7 • 2023 • MARZO • 6 RESOLUCIÓN Nº DDI-014671, 2023EE069950O1 (2 de marzo de 2023)

Que conforme a lo dispuesto en el literal b) del artículo 26 del Decreto Distrital 601 de diciembre de 2014, corresponde a la Oficina de Notificaciones y Docu mentación Fiscal notificar los actos administrativos que se generen en desarrollo de la gestión de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá y/o sus dependencias “Por medio de la cual se ordena la publicación de actos administrativos, de conformidad con el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011”

LA JEFE DE LA OFICINA DE NOTIFICACIONES Y DOCUMENTACIÓN FISCAL DE LA SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN TRIBUTARIA Y SERVICIO -DIRECCIÓN DISTRITAL DE Que de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, los actos administrativos relacionados en los anexos No. 1 y No. 2 fueron de vueltos por correo y se hace necesario publicarlos en el Registro Distrital, división de la secretaria general de la Alcaldía Mayor IMPUESTOS DE BOGOTÁ – DIB Que, en consideración a lo expuesto,

RESUELVE:

En ejercicio de las competencias conferidas en el artículo 162 del Decreto Distrital No. 807 de 1993 y de las funciones establecidas en el artículo 26 del Decreto Distrital 601 de diciembre de 2014, y de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011.

Artículo 1.

Ordenar la publicación en el Registro Dis trital, división de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor, los actos administrativos relacionados en los anexos No. 1 y No. 2 que hacen parte de la presente resolución, de acuerdo con la parte motiva.

CONSIDERANDO:

Artículo 2.

Los Actos administrativos para publicar se encuentran listados en los siguientes anexos: Anexo No. 1 con 12 Registros, Anexo No. 2 con 9 Registros.

Artículo 3.

Acto(s) administrativo(s) del anexo No.1:

Que, en desarrollo de los principios orientadores de la función administrativa de la eficacia, economía, celeridad y eficiencia, resulta necesario simplificar y adecuar a los avances tecnológicos e informáticos el procedimiento de publicación de actos administrativos proferidos por la administración tributaria distrital, de vueltos por correo.

OFICINA TIPO DE ACTO CONTROL MASIVO LIQUIDACIÓN OFICIAL DE AFORO CUENTAS CORRIENTES Y DEVOLUCIONES RESOLUCIÓN DE DEVOLUCIÓN Y/O COMPENSACIÓN LIQUIDACIÓN LIQUIDACIÓN OFICIAL DE AFORO RECURSOS TRIBUTARIOS RESOLUCIÓN REDUCCIÓN SANCIÓN Distrital de Impuestos de Bogotá en la Carrera 30 No. 25 – 90 Piso 14, costado occidental dentro de los (2) Meses siguientes a esta publicación.

Contra los actos administrativos mencionados procede el Recurso de Reconsideración que deberá interponer se ante la Oficina de Recursos Tributarios de la Sub dirección Jurídico Tributaria, ubicada en la Dirección Acto(s) administrativo(s) del anexo No. 2:

OFICINA TIPO DE ACTO CUENTAS CORRIENTES Y DEVOLUCIONES AUTO INADMISORIO LIQUIDACIÓN AUTO ACLARATORIO RECURSOS TRIBUTARIOS AUTO ADMISORIO Dada en Bogotá, D.C., a los dos (2) días del mes de marzo de dos mil veintitrés (2023).

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Contra los actos administrativos mencionados en el anexo No 2 no procede ningún Recurso. La notificación se entenderá surtida desde la fecha de publicación de este aviso.

MARÍA LINNETTE ROJAS RIVERA Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal

Artículo 4.

Esta Resolución rige a partir de su publi cación.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7663 • pP. 1-8 • 2023 • MARZO • 6 8 CAUSAL DE DEVOLUCIÓN DE FECHA DEVOLUCIÓN A 58 22/02/2023 DESCONOCIDO SUR 22/02/2023 CERRADO SUR 24/02/2023 CERRADO M 11 20/02/2023 NO RESIDE 83 16 23/02/2023 CERRADO ESTE 20/02/2023 CERRADO OF 301 24/02/2023 CERRADO SUR QUIROGA 23/02/2023 CERRADO NOTIFICACIÓN DE BOGOTÁ D.C. 15/02/2023 CERRADO PERÍODO GRAVABLE DIRECCIÓN DE DEL ACTO FECHA TIPO DE ACTO CIAL DE AFORO 01/02/2023 2017-7 KR 19 12 51 OF CIAL DE AFORO 03/02/2023 2020 KR 82 2 15 22/02/2023 DESCONOCIDO CIAL DE AFORO 03/02/2023 2020 DG 34A SUR COMPENSACIÓN 27/01/2023 2021-7 CL 4D 60 11 PI 2 22/02/2023 CERRADO COMPENSACIÓN 13/02/2023 2021-7 KR 24 63 D 20 COMPENSACIÓN 31/01/2023 2021 CL 59 22B 05 COMPENSACIÓN 31/01/2023 2019, 2020, 2021 KR 84 61A 55 COMPENSACIÓN 02/02/2023 2021 CARRERA 8 10 COMPENSACIÓN 24/01/2023 2021 CL 28A 19B 14 DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DUCCIÓN SANCIÓN 13/12/2022 2015 TV 53 BIS 2 A 72 DUCCIÓN SANCIÓN 20/01/2023 2019 KR 68 B 37 21 PLACA - CHIP Y/O MATRICULA INMOBILIARIA-NIT DE TIPO la presente publicación.

IMPUESTO ENTE IDENTIFI- NOTIFICACIÓN POR AVISO CACIÓN DEL CONTRIBUY- LINE 52.161.269 PREDIAL AAA0267YXYX LIQUIDACIÓN OFI- GOMEZ 23.948.071 PREDIAL AAA0045RTWW RESOLUCIÓN DE CUESTA 14.985.705 VEHÍCULOS CZW921 RESOLUCIÓN RE- SANCHEZ 52.036.681 PREDIAL AAA0042HMSY RESOLUCIÓN RE- CAYAL SAS 900.935.725 ICA 900935725 LIQUIDACIÓN OFI- APODERADO NOMBRE DEL JOSE MIGUEL 19.360.512 PREDIAL AAA0267ZHDE LIQUIDACIÓN OFI- PINZON ULLOA 19.386.750 VEHÍCULOS FVA000 RESOLUCIÓN DE RINCON PINILLA 17.131.216 VEHÍCULOS IXO84 RESOLUCIÓN DE TORRES RODRIGUEZ 19.293.974 VEHÍCULOS HAR 525 RESOLUCIÓN DE CONTRIBUYENTE Y/O ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-014671 DEL 02 DE MARZO DE 2023 EXPEDIENTE SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ La Jefe de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber: la Subdirección Jurídico Tributaria, profirierón para los contribuyentes que se relacionan a continuación, las actuaciones administrativas objeto de En consecuencia, conforme a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por medio de la publicación a:

No.

Subdirección de Recaudación y Cuentas Corrientes, la Oficina de Liquidación de la Subdirección de Determinación y la Oficina de Recursos Tributarios de Que los Jefes de la Oficina de Control Masivo de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, la Oficina de Cuentas Corrientes y Devoluciones de la DDI-000837 2023EE023533 O1 2019021001280020875 INVERSIONES CA- DDI-000697 2023EE021117 O1 202212077000013692 AMAZINK STUDIO SAS 900.728.324 ICA 900728324 RESOLUCIÓN DE DDI-001423 2023EE032153 O1 202212267000013874 BRAVO Y BRAVO LTDA 860.033.840 ICA 860033840 RESOLUCIÓN DE DDI-000912 2023EE024947 O1 202210053000083325 DIAZ CAÑON YAQUE- DDI-022028 2022EE608852 O1 202001100103039575 NANCY CARDENAS DDI-000802 2023EE022945 O1 202212077000013649 ABIGAIL GUTIERREZ DDI-000753 2023EE022388 O1 202301277000014365 CARLOS HUMBERTO DDI-000522 2023EE011246 O1 202212277000013945 GERMAN ANTONIO DDI-000913 2023EE024956 O1 202209113000068762 ALFONSO LAVERDE DDI-000856 2023EE024047 O1 202301247000014306 MARCO AURELIO DDI-000427 2023EE009658 O1 202003200101004734 ANILIO LOZANO RESOLUCIÓN No. RADICADO No. DE 9 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7663 • pP. 1-9 • 2023 • MARZO • 6 COMPENSACIÓN 08/02/2023 2020 CL 137A 152A 24 23/02/2023 CERRADO DEVOLUCIÓN Y/O NOTIFICACIÓN POR AVISO Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal los dos (2) meses siguientes a la publicación del presente aviso.

RODRIGUEZ 1.072.446.369 VEHÍCULOS FZC69E RESOLUCIÓN DE ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-014671 DEL 02 DE MARZO DE 2023 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ Contra los actos administrativos mencionados procede el Recurso de Reconsideración que deberá interponerse ante la Oficina de Recursos Tributarios de la Subdirección Jurídico Tributaria, ubicada en la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá en la Carrera 30 No. 25 – 90 piso 14, costado occidental dentro de DDI-001017 2023EE027780 O1 202301247000014280 JAIME ESPINOSA MARÍA LINNETTE ROJAS RIVERA REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7663 • pP. 1-10 • 2023 • MARZO • 6 10 CAUSAL DE DEVOLUCIÓN DE FECHA 21/02/2023 REHUSADO DEVOLUCIÓN SUR 24/02/2023 CERRADO SUR 20/02/2023 CERRADO AP 502 20/02/2023 CERRADO 10 SUR 16/02/2023 CERRADO CHAPINERO NOTIFICACIÓN AV CARACAS 55 28 OF 104 PASA- JE COMERCIAL PERÍODO GRAVABLE DIRECCIÓN DE DEL ACTO FECHA TIPO DE ACTO 860500212 AUTO ADMISORIO 07/02/2023 2017 KR 14 B 118 66 18/02/2023 CERRADO PLACA - CHIP Y/O MATRICULA INMOBILIARIA-NIT DE TIPO VISUAL EXTERIOR IMPUESTO PUBLICIDAD IMPUESTO DE NOTIFICACIÓN POR AVISO ENTE IDENTIFI- CACIÓN DEL CONTRIBUY- Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal LTDA 900.234.308 RETEICA 900234308 AUTO ADMISORIO 11/02/2023 2017-3 KR 44 68 B 07 SIERRA 35.330.380 PREDIAL AAA0008EYCX AUTO INADMISORIO 15/02/2023 2022 KR 1 B 36 B 31 NAL SAS 830.030.574 RETEICA 830030574 AUTO INADMISORIO 15/02/2023 2022-4 KR 44 20 C 48 17/02/2023 REHUSADO VASQUEZ 1.007.399.678 VEHÍCULOS MBU586 AUTO INADMISORIO 15/02/2023 2023 KR 30 41 67 SUR 21/02/2023 CERRADO APODERADO NOMBRE DEL COLOMBIA SAS 900.348.431 PREDIAL AAA0203TPYN AUTO ACLARATORIO 09/02/2023 2013 a continuación, las actuaciones administrativas objeto de la presente publicación.

JARDO SÁNCHEZ 19.334.065 VEHÍCULOS RZW488 AUTO ADMISORIO 07/02/2023 2013, 2014 KR 24 D BIS 24 HONA BARAHONA 1.075.674.637 VEHÍCULOS BNW865 AUTO INADMISORIO 15/02/2023 2020 KR 7 30 70 TO E CONTRIBUYENTE Y/O ANEXO No.2 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-014671 DEL 02 DE MARZO DE 2023 EXPEDIENTE SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ La Jefe de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber:

En consecuencia, conforme a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por medio de la publicación a:

NA 2023EE029230 O1 201801100301046652 AUSTRAL IMPORT NA 2023EE031911 O1 202210057000012469 GASTROMEDICALL NA 2023EE029230 C1 201801100301046652 HELM BANK S.A 860.007.660 PREDIAL AAA0203TPYN AUTO ACLARATORIO 09/02/2023 2013 KR 7 27 18 PS 6 20/02/2023 NO RESIDE NA 2023EE026180 C2 202210319000008417 ULTRADIFUSION LTDA 860.500.212 NA 2023EE026514 O1 2017031001197028384 201403100100123395 IVÁN ANTONIO FA- Que los Jefes de la Oficina de Cuentas Corrientes y Devoluciones de la Subdirección de Recaudación y Cuentas Corrientes, la Oficina de Liquidación de la No.

Contra los actos administrativos mencionados no procede ningún Recurso. La notificación se entenderá surtida desde la fecha de publicación de este aviso.

CIÓN No. RADICADO No. DE Subdirección de Determinación y la Oficina de Recursos Tributarios de la Subdirección Jurídico Tributaria, profirierón para los contribuyentes que se relacionan RESOLU- DDI-001497 2023EE033768 O1 202302137000014572 LICED NATALIA BARA- DDI-001492 2023EE033727 O1 202302137000014567 YENNY VALERIA LEON DDI-001477 2023EE033631 O1 202302137000014552 LUZ MARINA RUIZ DDI-001476 2023EE033604 O1 202302137000014551 TALTON INTERNACIO- MARÍA LINNETTE ROJAS RIVERA 11 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7663 • pP. 1-11 • 2023 • MARZO • 6 INSTITUTO DISTRITAL DE PATRIMONIO CULTURAL RESOLUCIÓN Nº 70 (2 de marzo de 2023)

“Por medio de la cual se realiza un nombramiento provisional” de empleos de carrera administrativa mediante la figura del encargo y en cumplimiento del Artículo 3° de la Resolución No. 015 de 2023, se puso en conocimiento de los servidores y las servidoras la relación de los treinta y cuatro (34) cargos de carrera administrativa de la planta de personal del IDPC que serán objeto de nombramiento en provisionalidad por no existir servi dores públicos de carrera administrativa, con derecho preferencial para ser encargados en este empleo.

EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE PATRIMONIO CULTURAL En ejercicio de sus atribuciones legales y estatutarias y en especial las que le confiere el Acuerdo del Concejo de Bogotá D.C. No. 257 de 2006, el Acuerdo de Junta Directiva No. 001 de 2023, el Acuerdo de Junta Directiva 002, la Ley 909 de 2004 y el Decreto 1083 de 2015, y Que de acuerdo con la publicación antes mencionada y al tenor del Artículo décimo primero (11º.) de la Re solución 15 del 19 de enero de 2023 “Por la cual se establece el procedimiento interno para la provisión transitoria de empleos de carrera administrativa y de libre nombramiento y remoción mediante la figura del encargo”, a la fecha no se ha presentado ninguna reclamación ante la Comisión de Personal sobre este particular.

CONSIDERANDO:

Que mediante Acuerdo No. 001 del 10 de enero de 2023 de Junta Directiva se modificó la estructura del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural - IDPC.

Que mediante Acuerdo No. 002 del 10 de enero de 2023 de Junta Directiva se modificó la planta de personal del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, creando, entre otros, el empleo de Profesional Espe cializado, Código 222, Grado 03.

Que una vez revisado por la Subdirección de Gestión Corporativa – Talento Humano, el perfil descrito en el Manual Específico de Funciones y Competencias La borales adoptado mediante Resolución No. 008 del 11 de enero de 2023, correspondiente al cargo Profesional Especializado, Código 222, Grado 03 de la Subdirec ción de Divulgación y Apropiación del Patrimonio, se verificó que la señora NATALIA RUEDA PINILLA, identificada con cédula No. 52.814.533, cumple con los requisitos para desempeñar el cargo en mención, tal como queda consignado en el formato de verificación de requisitos mínimos.

Que mediante Resolución No. 008 del 11 de enero de 2023 se modificó el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos que conforman la planta de personal del Instituto de Patri monio Cultural - IDPC.

Que el Artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, establece que “(…) Mientras se surte el proceso de selección, el empleo de carrera vacante de manera definitiva podrá proveerse transitoriamente a través de las figuras del encargo o del nombramiento provisional, en los términos señalados en la Ley 909 de 2004 y en el Decreto-ley 760 de 2005 o en las disposiciones que regulen los sistemas específicos de carrera (…)”.

Que de acuerdo con los Arts. 2.2.5.1.4 y 2.2.5.1.5 del Decreto 1083 de 2015, se hizo el estudio de la hoja de vida y sus soportes, se verificó que la señora NA TALIA RUEDA PINILLA, identificada con cédula No. 52.814.533, reúne los requisitos, no está inhabilitada, no está pensionada, no es interdicta y se verificaron directamente los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, así como la hoja de vida en SIDEAP, la declaración de rentas y bienes, y la declaración de conflicto de intereses concluyendo que, cumple con los requisitos y competencias para el desempeño del cargo.

Que el empleo Profesional Especializado, Código 222, Grado 03 de la Subdirección de Divulgación y Apropiación del Patrimonio, se encuentra en vacancia definitiva y debe ser provisto, teniendo en cuenta las necesidades del servicio.

Que en cumplimiento del último inciso del Art. 2.2.5.1.8 ibídem, la señora NATALIA RUEDA PINILLA, declaró bajo la gravedad del juramento, no tener conocimien to de procesos pendientes de carácter alimentario o que se cumplirá con sus obligaciones de familia, en el entendido de que el conocimiento al que se refiere, sobre la existencia de procesos alimentarios pendien tes, es únicamente el que adquiere el demandado por notificación de la demanda correspondiente, en los términos previstos por el Código General del Proceso.

Que la Subdirección de Gestión Corporativa – Talento Humano informó el 27 de enero mediante publicación en intranet y correo electrónico a los servidores y las servidoras del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural – IDPC sobre el inicio del proceso de provisión transitoria REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7663 • pP. 1-12 • 2023 • MARZO • 6 12 PATRICK MORALES THOMAS Que en mérito de lo expuesto, Director General

RESUELVE:

RESOLUCIÓN Nº 71 (2 de marzo de 2023)

“Por medio de la cual se realiza un nombramiento provisional”

Artículo 1.

Nombrar en provisionalidad a la señora NATALIA RUEDA PINILLA, identificada con cédula No. 52.814.533, en el empleo Profesional Especiali zado, Código 222, Grado 03 de la Subdirección de Divulgación y Apropiación del Patrimonio del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, hasta por un término de seis (6) meses, pudiendo ser prorrogado en los términos de la normativa vigente.

EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE PATRIMONIO CULTURAL En ejercicio de sus atribuciones legales y estatutarias y en especial las que le confiere el Acuerdo del Concejo de Bogotá D.C. No. 257 de 2006, el Acuerdo de Junta Directiva No. 001 de 2023, el Acuerdo de Junta Directiva 002, la Ley 909 de 2004 y el Decreto 1083 de 2015, y

Artículo 2.

La señora NATALIA RUEDA PINILLA, identificada con cédula No. 52.814.533, cumplirá las funciones del Profesional Especializado, Código 222, Grado 03 de la Subdirección de Divulgación y Apropiación del Patrimonio, establecidas en la ficha PR-222-03-18 del Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales adoptado mediante Resolu ción No. 008 del 11 de enero de 2023.

CONSIDERANDO:

Que mediante Acuerdo No. 001 del 10 de enero de 2023 de Junta Directiva se modificó la estructura del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural- IDPC.

Artículo 3.

Para desempeñar el cargo, la persona aquí nombrada deberá consultar las diferentes políticas adoptadas por el Instituto Distrital de Patrimonio Cul tural, así como las funciones del empleo establecidas en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales, las cuales se encuentran publicadas en la intranet de la entidad.

Que mediante Acuerdo No. 002 del 10 de enero de 2023 de Junta Directiva se modificó la planta de personal del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, creando, entre otros, el empleo de Profesional Espe cializado, Código 222, Grado 02.

Artículo 4.

Comunicar el contenido de la presente resolución a la señora NATALIA RUEDA PINILLA, identificada con cédula No. 52.814.533, en cumpli miento de lo establecido en el Artículo 2.2.5.1.6 del Decreto 1083 de 2015, haciéndole saber que cuenta con un término de diez (10) días para manifestar su aceptación o rechazo.

Que mediante Resolución No. 008 del 11 de enero de 2023 se modificó el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos que conforman la planta de personal del Instituto de Patri monio Cultural- IDPC.

Artículo 5.

Contra el presente acto administrativo no procede recurso de conformidad con lo establecido en el Artículo 75 del Código de Procedimiento Adminis trativo y de lo Contencioso Administrativo.

Que el Artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, establece que “(…) Mientras se surte el proceso de selección, el empleo de carrera vacante de manera definitiva podrá proveerse transitoriamente a través de las figuras del encargo o del nombramiento provisional, en los términos señalados en la Ley 909 de 2004 y en el Decreto-ley 760 de 2005 o en las disposiciones que regulen los sistemas específicos de carrera (…)”.

Artículo 6.

Publicar la presente Resolución en los términos señalados en el parágrafo del Artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y en todo caso en la página web de la entidad.

Artículo 7.

La presente resolución adquiere firmeza a partir del día siguiente de su publicación y tendrá efectos fiscales a partir de la posesión.

Que el empleo Profesional Especializado, Código 222, Grado 02 de la Subdirección de Protección e Intervención del Patrimonio, se encuentra en vacancia definitiva y debe ser provisto, teniendo en cuenta las necesidades del servicio.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los dos (2) días del mes de marzo de dos mil veintitrés (2023).

Que la Subdirección de Gestión Corporativa – Talento Humano informó el 27 de enero mediante publicación en intranet y correo electrónico a los servidores y las 13 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7663 • pP. 1-13 • 2023 • MARZO • 6 dado por notificación de la demanda correspondiente, en los términos previstos por el Código General del Proceso.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

servidoras del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural – IDPC sobre el inicio del proceso de provisión transitoria de empleos de carrera administrativa mediante la figura del encargo y en cumplimiento del Artículo 3° de la Resolución No. 015 de 2023, se puso en conocimiento de los servidores y las servidoras la relación de los treinta y cuatro (34) cargos de carrera administrativa de la planta de personal del IDPC que serán objeto de nombramiento en provisionalidad por no existir servi dores públicos de carrera administrativa, con derecho preferencial para ser encargados en este empleo.

Artículo 1.

Nombrar en provisionalidad a la señora DIANA CAROLINA SHOOL MONTOYA, identificada con cédula No. 52.867.684, en el empleo Profesional Especializado, Código 222, Grado 02 de la Subdirec ción de Protección e Intervención del Patrimonio del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, hasta por un término de seis (6) meses, pudiendo ser prorrogado en los términos de la normativa vigente.

Que de acuerdo con la publicación antes mencionada y al tenor del Artículo décimo primero (11º.) de la Re solución 15 del 19 de enero de 2023 “Por la cual se establece el procedimiento interno para la provisión transitoria de empleos de carrera administrativa y de libre nombramiento y remoción mediante la figura del encargo”, a la fecha no se ha presentado ninguna reclamación ante la Comisión de Personal sobre este particular.

Artículo 2.

La señora DIANA CAROLINA SHOOL MONTOYA, identificada con cédula No. 52.867.684, cumplirá las funciones del Profesional Especializado, Código 222, Grado 02 de la Subdirección de Protección e Intervención del Patrimonio del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, establecidas en la ficha PR-222- 02-13 del Manual Específico de Funciones y Compe tencias Laborales adoptado mediante Resolución No. 008 del 11 de enero de 2023.

Artículo 3.

Para desempeñar el cargo, la persona aquí nombrada deberá consultar las diferentes políticas adoptadas por el Instituto Distrital de Patrimonio Cul tural, así como las funciones del empleo establecidas en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales, las cuales se encuentran publicadas en la intranet de la entidad

Que una vez revisado por la Subdirección de Gestión Corporativa – Talento Humano, el perfil descrito en el Manual Específico de Funciones y Competencias La borales adoptado mediante Resolución No. 008 del 11 de enero de 2023, correspondiente al cargo Profesional Especializado, Código 222, Grado 02 de la Subdirec ción de Protección e Intervención del Patrimonio, se verificó que la señora DIANA CAROLINA SHOOL MONTOYA, identificada con cédula No. 52.867.684, cumple con los requisitos para desempeñar el cargo en mención, tal como queda consignado en el formato de verificación de requisitos mínimos.

Artículo 4.

Comunicar el contenido de la presente resolución la señora DIANA CAROLINA SHOOL MONTOYA, identificada con cédula No. 52.867.684, en cumplimiento de lo establecido en el Artículo 2.2.5.1.6 del Decreto 1083 de 2015, haciéndole saber que cuen ta con un término de diez (10) días para manifestar su aceptación o rechazo.

Artículo 5.

Contra el presente acto administrativo no procede recurso de conformidad con lo establecido en el Artículo 75 del Código de Procedimiento Adminis trativo y de lo Contencioso Administrativo.

Que de acuerdo con los Arts. 2.2.5.1.4 y 2.2.5.1.5 del Decreto 1083 de 2015, se hizo el estudio de la hoja de vida y sus soportes, se verificó que la señora DIANA CAROLINA SHOOL MONTOYA, identificada con cédula No. 52.867.684, reúne los requisitos, no está inhabilitada, no está pensionada, no es interdicta y se verificaron directamente los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, así como la hoja de vida en SIDEAP, la declaración de rentas y bienes, y la declaración de conflicto de intereses concluyendo que, cumple con los requisitos y competencias para el desempeño del cargo.

Artículo 6.

Publicar la presente resolución en los términos señalados en el parágrafo del Artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y en todo caso en la página web de la entidad.

Artículo 7.

La presente resolución adquiere firmeza a partir del día siguiente de su publicación y tendrá efectos fiscales a partir de la posesión.

Que en cumplimiento del último inciso del Art. 2.2.5.1.8 ibídem, la señora DIANA CAROLINA SHOOL MON TOYA, declaró bajo la gravedad del juramento, no tener conocimiento de procesos pendientes de carácter alimentario o que se cumplirá con sus obligaciones de familia, en el entendido de que el conocimiento al que se refiere, sobre la existencia de procesos alimentarios pendientes, es únicamente el que adquiere el deman REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7663 • pP. 1-14 • 2023 • MARZO • 6 14 COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los dos (2) días del mes de marzo de dos mil veintitrés (2023).

PATRICK MORALES THOMAS Director General RESOLUCIÓN Nº 72 (2 de marzo de 2023)

Que la Subdirección de Gestión Corporativa – Talento Humano informó el 27 de enero mediante publicación en intranet y correo electrónico a los servidores y las servidoras del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural – IDPC sobre el inicio del proceso de provisión transitoria de empleos de carrera administrativa mediante la figura del encargo y en cumplimiento del Artículo 3° de la Resolución No. 015 de 2023, se puso en conocimiento de los servidores y las servidoras la relación de los treinta y cuatro (34) cargos de carrera administrativa de la planta de personal del IDPC que serán objeto de nombramiento en provisionalidad por no existir servi dores públicos de carrera administrativa, con derecho preferencial para ser encargados en este empleo.

“Por medio de la cual se realiza un nombramiento provisional”

EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE PATRIMONIO CULTURAL En ejercicio de sus atribuciones legales y estatutarias y en especial las que le confiere el Acuerdo del Concejo de Bogotá D.C. No. 257 de Que de acuerdo con la publicación antes mencionada y al tenor del Artículo décimo primero (11º.) de la Re solución 15 del 19 de enero de 2023 “Por la cual se establece el procedimiento interno para la provisión transitoria de empleos de carrera administrativa y de libre nombramiento y remoción mediante la figura del encargo”, a la fecha no se ha presentado ninguna reclamación ante la Comisión de Personal sobre este particular.

2006, el Acuerdo de Junta Directiva No. 001 de 2023, el Acuerdo de Junta Directiva 002, la Ley 909 de 2004 y el Decreto 1083 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Acuerdo No. 001 del 10 de enero de 2023 de Junta Directiva se modificó la estructura del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural- IDPC.

Que mediante Acuerdo No. 002 del 10 de enero de 2023 de Junta Directiva se modificó la planta de personal del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, creando, entre otros, el empleo de Profesional Espe cializado, Código 222, Grado 03.

Que una vez revisado por la Subdirección de Gestión Corporativa – Talento Humano, el perfil descrito en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales adoptado mediante Resolución No. 008 del 11 de enero de 2023, correspondiente al cargo Profesional Especializado, Código 222, Grado 03 de la Gerencia de Instrumentos de Planeación y Gestión del Territorio del Patrimonio Cultural, se verificó que el señor LEANDRO CORTÉS RODRÍGUEZ, identificado con cédula No. 89.006.450, cumple con los requisitos para desempeñar el cargo en mención, tal como queda consignado en el formato de verificación de requisitos mínimos.

Que mediante Resolución No. 008 del 11 de enero de 2023 se modificó el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos que conforman la planta de personal del Instituto de Patri monio Cultural- IDPC.

Que de acuerdo con los Arts. 2.2.5.1.4 y 2.2.5.1.5 del Decreto 1083 de 2015, se hizo el estudio de la hoja de vida y sus soportes, se verificó que el señor LEANDRO CORTÉS RODRÍGUEZ, identificado con cédula No. 89.006.450, reúne los requisitos, no está inhabilitado, no está pensionado, no es interdicto, tiene definida su situación militar, y se verificaron directamente los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, así como la hoja de vida en SIDEAP, la declaración de rentas y bienes, y la declaración de conflicto de inte reses concluyendo que, cumple con los requisitos y competencias para el desempeño del cargo.

Que el Artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, establece que “(…) Mientras se surte el proceso de selección, el empleo de carrera vacante de manera definitiva podrá proveerse transitoriamente a través de las figuras del encargo o del nombramiento provisional, en los términos señalados en la Ley 909 de 2004 y en el Decreto-ley 760 de 2005 o en las disposiciones que regulen los sistemas específicos de carrera (…)”.

Que en cumplimiento del último inciso del Art. 2.2.5.1.8 ibídem, el señor LEANDRO CORTÉS RODRÍGUEZ, declaró bajo la gravedad del juramento, no tener conocimiento de procesos pendientes de carácter alimentario o que se cumplirá con sus obligaciones de Que el empleo Profesional Especializado, Código 222, Grado 03 de la Gerencia de Instrumentos de Planea ción y Gestión del Territorio del Patrimonio Cultural, se encuentra en vacancia definitiva y debe ser provisto, teniendo en cuenta las necesidades del servicio.

15 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7663 • pP. 1-15 • 2023 • MARZO • 6

Artículo 7.

La presente resolución adquiere firmeza a partir del día siguiente de su publicación y tendrá efectos fiscales a partir de la posesión.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. familia, en el entendido de que el conocimiento al que se refiere, sobre la existencia de procesos alimentarios pendientes, es únicamente el que adquiere el deman dado por notificación de la demanda correspondiente, en los términos previstos por el Código General del Proceso.

Dada en Bogotá, D.C., a los dos (2) días del mes Que en mérito de lo expuesto, de marzo de dos mil veintitrés (2023).

RESUELVE:

PATRICK MORALES THOMAS Director General RESOLUCIÓN Nº 73 (2 de marzo de 2023)

“Por medio de la cual se realiza un nombramiento provisional”

Artículo 1.

Nombrar en provisionalidad a el señor LEANDRO CORTÉS RODRÍGUEZ, identificado con cédula No. 89.006.450, en el empleo Profesional Especializado, Código 222, Grado 03 de la Gerencia de Instrumentos de Planeación y Gestión del Terri torio del Patrimonio Cultural del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, hasta por un término de seis (6) meses, pudiendo ser prorrogado en los términos de la normativa vigente.

EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE PATRIMONIO CULTURAL En ejercicio de sus atribuciones legales y estatutarias y en especial las que le confiere el Acuerdo del Concejo de Bogotá D.C. No. 257 de

Artículo 2.

El señor LEANDRO CORTÉS RODRÍ GUEZ, identificado con cédula No. 89.006.450, cumpli rá las funciones del empleo Profesional Especializado, Código 222, Grado 03 de la Gerencia de Instrumentos de Planeación y Gestión del Territorio del Patrimonio Cultural, establecidas en la ficha PR-222-03-12 del Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales adoptado mediante Resolución No. 008 del 11 de enero de 2023.

2006, el Acuerdo de Junta Directiva No. 001 de 2023, el Acuerdo de Junta Directiva 002, la Ley 909 de 2004 y el Decreto 1083 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Acuerdo No. 001 del 10 de enero de 2023 de Junta Directiva se modificó la estructura del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural- IDPC.

Artículo 3.

Para desempeñar el cargo, la persona aquí nombrada deberá consultar las diferentes políticas adoptadas por el Instituto Distrital de Patrimonio Cul tural, así como las funciones del empleo establecidas en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales, las cuales se encuentran publicadas en la intranet de la entidad

Que mediante Acuerdo No. 002 del 10 de enero de 2023 de Junta Directiva se modificó la planta de personal del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, creando, entre otros, el empleo de Profesional Espe cializado, Código 222, Grado 02.

Artículo 4.

Comunicar el contenido de la presente re solución al señor LEANDRO CORTÉS RODRÍGUEZ, identificado con cédula No. 89.006.450, en cumpli miento de lo establecido en el Artículo 2.2.5.1.6 del Decreto 1083 de 2015, haciéndole saber que cuenta con un término de diez (10) días para manifestar su aceptación o rechazo.

Que mediante Resolución No. 008 del 11 de enero de 2023 se modificó el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos que conforman la planta de personal del Instituto de Patri monio Cultural- IDPC.

Artículo 5.

Contra el presente acto administrativo no procede recurso de conformidad con lo establecido en el Artículo 75 del Código de Procedimiento Adminis trativo y de lo Contencioso Administrativo.

Artículo 6.

Publicar la presente resolución en los términos señalados en el parágrafo del Artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y en todo caso en la página web de la entidad.

Que el Artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, establece que “(…) Mientras se surte el proceso de selección, el empleo de carrera vacante de manera definitiva podrá proveerse transitoriamente a través de las figuras del encargo o del nombramiento provisional, en los términos señalados en la Ley 909 de 2004 y en el Decreto-ley 760 de 2005 o en las disposiciones que regulen los sistemas específicos de carrera (…)”.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7663 • pP. 1-16 • 2023 • MARZO • 6 16 Que el empleo Profesional Especializado, Código 222, Grado 02 de la Subdirección de Protección e Intervención del Patrimonio, se encuentra en vacancia definitiva y debe ser provisto, teniendo en cuenta las necesidades del servicio.

Que en cumplimiento del último inciso del Art. 2.2.5.1.8 ibídem, la señora ALEJANDRA JARAMILLO GON ZÁLEZ, declaró bajo la gravedad del juramento, no tener conocimiento de procesos pendientes de carácter alimentario o que se cumplirá con sus obligaciones de familia, en el entendido de que el conocimiento al que se refiere, sobre la existencia de procesos alimentarios pendientes, es únicamente el que adquiere el deman dado por notificación de la demanda correspondiente, en los términos previstos por el Código General del Proceso.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Que la Subdirección de Gestión Corporativa – Talento Humano informó el 27 de enero mediante publicación en intranet y correo electrónico a los servidores y las servidoras del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural – IDPC sobre el inicio del proceso de provisión transitoria de empleos de carrera administrativa mediante la figura del encargo y en cumplimiento del Artículo 3° de la Resolución No. 015 de 2023, se puso en conocimiento de los servidores y las servidoras la relación de los treinta y cuatro (34) cargos de carrera administrativa de la planta de personal del IDPC que serán objeto de nombramiento en provisionalidad por no existir servi dores públicos de carrera administrativa, con derecho preferencial para ser encargados en este empleo.

Artículo 1.

Nombrar en provisionalidad a la señora ALEJANDRA JARAMILLO GONZÁLEZ, identificada con cédula No. 1.072.654.515, en el empleo Profesio nal Especializado, Código 222, Grado 02 de la Sub dirección de Protección e Intervención del Patrimonio del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, hasta por un término de seis (6) meses, pudiendo ser prorrogado en los términos de la normativa vigente.

Que de acuerdo con la publicación antes mencionada y al tenor del Artículo décimo primero (11º.) de la Re solución 15 del 19 de enero de 2023 “Por la cual se establece el procedimiento interno para la provisión transitoria de empleos de carrera administrativa y de libre nombramiento y remoción mediante la figura del encargo”, a la fecha no se ha presentado ninguna reclamación ante la Comisión de Personal sobre este particular.

Artículo 2.

La señora ALEJANDRA JARAMI LLO GONZÁLEZ, identificada con cédula No. 1.072.654.515, cumplirá las funciones del Profesional Especializado, Código 222, Grado 02 de la Subdirec ción de Protección e Intervención del Patrimonio del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, establecidas en la ficha PR-222-02-17 del Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales adoptado me diante Resolución No. 008 del 11 de enero de 2023.

Artículo 3.

Para desempeñar el cargo, la persona aquí nombrada deberá consultar las diferentes políticas adoptadas por el Instituto Distrital de Patrimonio Cul tural, así como las funciones del empleo establecidas en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales, las cuales se encuentran publicadas en la intranet de la entidad

Que una vez revisado por la Subdirección de Gestión Corporativa – Talento Humano, el perfil descrito en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales adoptado mediante Resolución No. 008 del 11 de enero de 2023, correspondiente al cargo Profesional Especializado, Código 222, Grado 02 de la Subdirección de Protección e Intervención del Patrimonio, se verificó que la señora ALEJANDRA JARAMILLO GONZÁLEZ, identificada con cédula No. 1.072.654.515, cumple con los requisitos para desem peñar el cargo en mención, tal como queda consignado en el formato de verificación de requisitos mínimos.

Artículo 4.

Comunicar el contenido de la presente resolución la señora ALEJANDRA JARAMILLO GON ZÁLEZ, identificada con cédula No. 1.072.654.515, en cumplimiento de lo establecido en el Artículo 2.2.5.1.6 del Decreto 1083 de 2015, haciéndole saber que cuen ta con un término de diez (10) días para manifestar su aceptación o rechazo.

Artículo 5.

Contra el presente acto administrativo no procede recurso de conformidad con lo establecido en el Artículo 75 del Código de Procedimiento Adminis trativo y de lo Contencioso Administrativo.

Que de acuerdo con los Arts. 2.2.5.1.4 y 2.2.5.1.5 del Decreto 1083 de 2015, se hizo el estudio de la hoja de vida y sus soportes, se verificó que la señora ALEJANDRA JARAMILLO GONZÁLEZ, identificada con cédula No. 1.072.654.515, reúne los requisitos, no está inhabilitada, no está pensionada, no es inter dicta y se verificaron directamente los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, así como la hoja de vida en SIDEAP, la declaración de rentas y bienes, y la declaración de conflicto de intereses concluyendo que, cumple con los requisitos y competencias para el desempeño del cargo.

17 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7663 • pP. 1-17 • 2023 • MARZO • 6

Artículo 6.

Publicar la presente resolución en los términos señalados en el parágrafo del Artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y en todo caso en la página web de la entidad.

definitiva podrá proveerse transitoriamente a través de las figuras del encargo o del nombramiento provisional, en los términos señalados en la Ley 909 de 2004 y en el Decreto-ley 760 de 2005 o en las disposiciones que regulen los sistemas específicos de carrera (…)”.

Artículo 7.

La presente resolución adquiere firmeza a partir del día siguiente de su publicación y tendrá efectos fiscales a partir de la posesión.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Que el empleo Profesional Especializado, Código 222, Grado 02 de la Subdirección de Protección e Intervención del Patrimonio, se encuentra en vacancia definitiva y debe ser provisto, teniendo en cuenta las necesidades del servicio.

Dada en Bogotá, D.C., a los dos (2) días del mes de marzo de dos mil veintitrés (2023).

PATRICK MORALES THOMAS Director General RESOLUCIÓN Nº 74 (2 de marzo de 2023)

“Por medio de la cual se realiza un nombramiento provisional”

Que la Subdirección de Gestión Corporativa – Talento Humano informó el 27 de enero mediante publicación en intranet y correo electrónico a los servidores y las servidoras del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural – IDPC sobre el inicio del proceso de provisión transitoria de empleos de carrera administrativa mediante la figura del encargo y en cumplimiento del Artículo 3° de la Resolución No. 015 de 2023, se puso en conocimiento de los servidores y las servidoras la relación de los treinta y cuatro (34) cargos de carrera administrativa de la planta de personal del IDPC que serán objeto de nombramiento en provisionalidad por no existir servi dores públicos de carrera administrativa, con derecho preferencial para ser encargados en este empleo.

EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE PATRIMONIO CULTURAL En ejercicio de sus atribuciones legales y estatutarias y en especial las que le confiere el Acuerdo del Concejo de Bogotá D.C. No. 257 de 2006, el Acuerdo de Junta Directiva No. 001 de 2023, el Acuerdo de Junta Directiva 002, la Ley 909 de 2004 y el Decreto 1083 de 2015, y Que de acuerdo con la publicación antes mencionada y al tenor del Artículo décimo primero (11º.) de la Re solución 15 del 19 de enero de 2023 “Por la cual se establece el procedimiento interno para la provisión transitoria de empleos de carrera administrativa y de libre nombramiento y remoción mediante la figura del encargo”, a la fecha no se ha presentado ninguna reclamación ante la Comisión de Personal sobre este particular.

CONSIDERANDO:

Que mediante Acuerdo No. 001 del 10 de enero de 2023 de Junta Directiva se modificó la estructura del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural- IDPC.

Que mediante Acuerdo No. 002 del 10 de enero de 2023 de Junta Directiva se modificó la planta de personal del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, creando, entre otros, el empleo de Profesional Espe cializado, Código 222, Grado 02.

Que una vez revisado por la Subdirección de Gestión Corporativa – Talento Humano, el perfil descrito en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales adoptado mediante Resolución No. 008 del 11 de enero de 2023, correspondiente al cargo Profe sional Especializado, Código 222, Grado 02 de la Sub dirección de Protección e Intervención del Patrimonio, se verificó que la señora PAULA ANDREA AYALA BARÓN, identificada con cédula No. 33.365.270, cumple con los requisitos para desempeñar el cargo en mención, tal como queda consignado en el formato de verificación de requisitos mínimos.

Que mediante Resolución No. 008 del 11 de enero de 2023 se modificó el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos que conforman la planta de personal del Instituto de Patri monio Cultural- IDPC.

Que de acuerdo con los Arts. 2.2.5.1.4 y 2.2.5.1.5 del Decreto 1083 de 2015, se hizo el estudio de la hoja de vida y sus soportes, se verificó que la señora PAULA ANDREA AYALA BARÓN, identificada con cédula No. 33.365.270, reúne los requisitos, no está inhabilitado, no está pensionado, no es interdicto, tiene definida su situación militar, y se verificaron directamente los Que el Artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, establece que “(…) Mientras se surte el proceso de selección, el empleo de carrera vacante de manera REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7663 • pP. 1-18 • 2023 • MARZO • 6 18

Artículo 5.

Contra el presente acto administrativo no procede recurso de conformidad con lo establecido en el Artículo 75 del Código de Procedimiento Adminis trativo y de lo Contencioso Administrativo.

antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, así como la hoja de vida en SIDEAP, la declaración de rentas y bienes, y la declaración de conflicto de inte reses concluyendo que, cumple con los requisitos y competencias para el desempeño del cargo.

Artículo 6.

Publicar la presente resolución en los términos señalados en el parágrafo del Artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y en todo caso en la página web de la entidad.

Artículo 7.

La presente resolución adquiere firmeza a partir del día siguiente de su publicación y tendrá efectos fiscales a partir de la posesión.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Que en cumplimiento del último inciso del Art. 2.2.5.1.8 ibídem, la señora PAULA ANDREA AYALA BARÓN, declaró bajo la gravedad del juramento, no tener conocimiento de procesos pendientes de carácter alimentario o que se cumplirá con sus obligaciones de familia, en el entendido de que el conocimiento al que se refiere, sobre la existencia de procesos alimentarios pendientes, es únicamente el que adquiere el deman dado por notificación de la demanda correspondiente, en los términos previstos por el Código General del Proceso.

Dada en Bogotá, D.C., a los dos (2) días del mes Que en mérito de lo expuesto, de marzo de dos mil veintitrés (2023).

RESUELVE:

PATRICK MORALES THOMAS Director General RESOLUCIÓN Nº 75 (2 de marzo de 2023)

“Por medio de la cual se realiza un nombramiento

Artículo 1.

Nombrar en provisionalidad a la señora PAULA ANDREA AYALA BARÓN, identificada con cédula No. 33.365.270, en el empleo Profesional Es pecializado, Código 222, Grado 02 de la Subdirección de Protección e Intervención del Patrimonio del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, hasta por un término de seis (6) meses, pudiendo ser prorrogado en los términos de la normativa vigente.

provisional”

EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE PATRIMONIO CULTURAL En ejercicio de sus atribuciones legales y estatutarias y en especial las que le confiere el Acuerdo del Concejo de Bogotá D.C. No. 257 de

Artículo 2.

La señora PAULA ANDREA AYALA BA RÓN, identificada con cédula No. 33.365.270, cumplirá las funciones del Profesional Especializado, Código 222, Grado 02 de la Subdirección de Protección e In tervención del Patrimonio del Instituto Distrital de Patri monio Cultural, establecidas en la ficha PR-222-02-15 del Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales adoptado mediante Resolución No. 008 del 11 de enero de 2023.

2006, el Acuerdo de Junta Directiva No. 001 de 2023, el Acuerdo de Junta Directiva 002, la Ley 909 de 2004 y el Decreto 1083 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Acuerdo No. 001 del 10 de enero de 2023 de Junta Directiva se modificó la estructura del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural- IDPC.

Artículo 3.

Para desempeñar el cargo, la persona aquí nombrada deberá consultar las diferentes políticas adoptadas por el Instituto Distrital de Patrimonio Cul tural, así como las funciones del empleo establecidas en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales, las cuales se encuentran publicadas en la intranet de la entidad

Que mediante Acuerdo No. 002 del 10 de enero de 2023 de Junta Directiva se modificó la planta de personal del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, creando, entre otros, el empleo de Profesional Espe cializado, Código 222, Grado 02.

Artículo 4.

Comunicar el contenido de la presente re solución la señora PAULA ANDREA AYALA BARÓN, identificada con cédula No. 33.365.270, en cumpli miento de lo establecido en el Artículo 2.2.5.1.6 del Decreto 1083 de 2015, haciéndole saber que cuenta con un término de diez (10) días para manifestar su aceptación o rechazo.

Que mediante Resolución No. 008 del 11 de enero de 2023 se modificó el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos que conforman la planta de personal del Instituto de Patri monio Cultural- IDPC.

19 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7663 • pP. 1-19 • 2023 • MARZO • 6 Que el Artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, establece que “(…) Mientras se surte el proceso de selección, el empleo de carrera vacante de manera definitiva podrá proveerse transitoriamente a través de las figuras del encargo o del nombramiento provisional, en los términos señalados en la Ley 909 de 2004 y en el Decreto-ley 760 de 2005 o en las disposiciones que regulen los sistemas específicos de carrera (…)”. con cédula No. 79.533.261, reúne los requisitos, no está inhabilitado, no está pensionado, no es interdic to, tiene definida su situación militar, y se verificaron directamente los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, así como la hoja de vida en SIDEAP, la declaración de rentas y bienes, y la declaración de conflicto de intereses concluyendo que, cumple con los requisitos y competencias para el desempeño del cargo.

Que el empleo Profesional Especializado, Código 222, Grado 02 de la Subdirección de Protección e Intervención del Patrimonio, se encuentra en vacancia definitiva y debe ser provisto, teniendo en cuenta las necesidades del servicio.

Que en cumplimiento del último inciso del Art. 2.2.5.1.8 ibídem, el señor DAVID MIGUEL GONZÁLEZ BER NAL, declaró bajo la gravedad del juramento, no tener conocimiento de procesos pendientes de carácter alimentario o que se cumplirá con sus obligaciones de familia, en el entendido de que el conocimiento al que se refiere, sobre la existencia de procesos alimentarios pendientes, es únicamente el que adquiere el deman dado por notificación de la demanda correspondiente, en los términos previstos por el Código General del Proceso.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Que la Subdirección de Gestión Corporativa – Talento Humano informó el 27 de enero mediante publicación en intranet y correo electrónico a los servidores y las servidoras del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural – IDPC sobre el inicio del proceso de provisión transitoria de empleos de carrera administrativa mediante la figura del encargo y en cumplimiento del Artículo 3° de la Resolución No. 015 de 2023, se puso en conocimiento de los servidores y las servidoras la relación de los treinta y cuatro (34) cargos de carrera administrativa de la planta de personal del IDPC que serán objeto de nombramiento en provisionalidad por no existir servi dores públicos de carrera administrativa, con derecho preferencial para ser encargados en este empleo.

Artículo 1.

Nombrar en provisionalidad al señor DAVID MIGUEL GONZÁLEZ BERNAL, identificado con cédula No. 79.533.261, en el empleo Profesional Especializado, Código 222, Grado 02 de la Subdirec ción de Protección e Intervención del Patrimonio del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, hasta por un término de seis (6) meses, pudiendo ser prorrogado en los términos de la normativa vigente.

Que de acuerdo con la publicación antes mencionada y al tenor del Artículo décimo primero (11º.) de la Re solución 15 del 19 de enero de 2023 “Por la cual se establece el procedimiento interno para la provisión transitoria de empleos de carrera administrativa y de libre nombramiento y remoción mediante la figura del encargo”, a la fecha no se ha presentado ninguna reclamación ante la Comisión de Personal sobre este particular.

Artículo 2.

El señor DAVID MIGUEL GONZÁLEZ BERNAL, identificado con cédula No. 79.533.261, cumplirá las funciones del Profesional Especializado, Código 222, Grado 02 de la Subdirección de Protección e Intervención del Patrimonio del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, establecidas en la ficha PR-222- 02-12 del Manual Específico de Funciones y Compe tencias Laborales adoptado mediante Resolución No. 008 del 11 de enero de 2023.

Artículo 3.

Para desempeñar el cargo, la persona aquí nombrada deberá consultar las diferentes políticas adoptadas por el Instituto Distrital de Patrimonio Cul tural, así como las funciones del empleo establecidas en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales, las cuales se encuentran publicadas en la intranet de la entidad

Que una vez revisado por la Subdirección de Gestión Corporativa – Talento Humano, el perfil descrito en el Manual Específico de Funciones y Competencias La borales adoptado mediante Resolución No. 008 del 11 de enero de 2023, correspondiente al cargo Profesional Especializado, Código 222, Grado 02 de la Subdirec ción de Protección e Intervención del Patrimonio, se verificó que el señor DAVID MIGUEL GONZÁLEZ BERNAL, identificado con cédula No. 79.533.261, cumple con los requisitos para desempeñar el cargo en mención, tal como queda consignado en el formato de verificación de requisitos mínimos.

Artículo 4.

Comunicar el contenido de la presente resolución al señor DAVID MIGUEL GONZÁLEZ BERNAL, identificado con cédula No. 79.533.261, en cumplimiento de lo establecido en el Artículo 2.2.5.1.6

Que de acuerdo con los Arts. 2.2.5.1.4 y 2.2.5.1.5 del Decreto 1083 de 2015, se hizo el estudio de la hoja de vida y sus soportes, se verificó que el señor DAVID MIGUEL GONZÁLEZ BERNAL, identificado REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7663 • pP. 1-20 • 2023 • MARZO • 6 20

CONSIDERANDO:

del Decreto 1083 de 2015, haciéndole saber que cuen ta con un término de diez (10) días para manifestar su aceptación o rechazo.

Artículo 5.

Contra el presente acto administrativo no procede recurso de conformidad con lo establecido en el Artículo 75 del Código de Procedimiento Adminis trativo y de lo Contencioso Administrativo.

Artículo 6.

Publicar la presente resolución en los términos señalados en el parágrafo del Artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y en todo caso en la página web de la entidad.

Que, el Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito, con el fin de ejecutar el proyecto de inversión No. 1909 Tunjuelito comprometida con el desarrollo Integral de la primera Infancia de la vigencia 2022 cuya meta con- sistía en implementar 3 proyectos para el desarrollo integral de la primera infancia y la relación escuela, familia y comunidad, que tiene como objeto el suministro de elementos de material pedagógico y la en- trega de los mismos para los IED de la localidad de Tunjuelito a través de la plataforma de la tienda virtual del estado colombiano conforme al acuerdo marco de precio para “Suministro de elementos de material pedagógico CCE- 166-AMP-2021”

Artículo 7.

La presente resolución adquiere firmeza a partir del día siguiente de su publicación y tendrá efectos fiscales a partir de la posesión.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los dos (2) días del mes de marzo de dos mil veintitrés (2023).

PATRICK MORALES THOMAS Que se estructuró el estudio previo bajo la modalidad contratación de selección abreviada por la modali- dad se acuerdo marco, el procedimiento realizado corresponde al citado en la “GUÍA PARA COMPRAR EN LA TIENDA VIR TUAL DEL ESTADO COLOMBIANO (TVEC) A TRA VÉS DEL ACUERDO MARCO DE SUMINISTRO DE MATERIAL PEDAGÓGICO Y LA ENTREGA DE LOS MISMOS A NIVEL NACIONAL CCE-166-AMP-2021” en donde se establece las formas en la que se realizan las solicitudes de cotización.

Director General ALCALDÍA LOCAL DE TUNJUELITO RESOLUCIÓN LOCAL Nº 013 (27 de febrero de 2023)

“Por medio de la cual se ordena la expedición de CDP, CRP de órdenes de compra con cargo al presupuesto de la vigencia 2023 del Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito”

EL ALCALDE LOCAL DE TUNJUELITO Que el proceso de solicitud de cotización se realizó de acuerdo la guía anteriormente citada, la cual se diligencia el simulador de compras establecido para el desarrollo del evento de cotización y se sigue el procedimiento desde la plataforma de tienda de virtual de Colombia compra eficiente y asigna en conse- cutivo “evento 141785”, de dicho evento de cotización presen tó dificultades con la plataforma de Co- lombia compra eficiente lo cual impide contar con el resultado de las solicitudes de cotización que arroja la plataforma y se es cala el procedimiento de soporte (mesa de servicios y vía correo electrónico) al área de subdirección de negocios de Colombia Compra Eficiente relacionando la situación e inconvenientes presentados, como resultado del caso reportado en la mesa de servicios se remitió por parte de Colombia Compra Eficiente la información vía correo electrónico del resultado de la solicitud de cotizaciones:

En ejercicio de las facultades que le confieren el numeral 4º del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, los artículos 77 y 102 del Decreto714 de 1996, el Decreto 372 de 2010, y el Artículo 1°del Decreto 374 de 2019, 21 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7663 • pP. 1-21 • 2023 • MARZO • 6 Figura 2: correo reporte de fallas en los eventos de cotización de TVEC realizar ocho (8) órdenes de compra, entre las que se relacionan órdenes de compra N° 103604 y 103609, tal como se evidencia a continuación Que dada las dificultades que se presentaron en el procedimiento con la plataforma TVEC y los eventos de cotización, Colombia Compra Eficiente hace llegar los resultados del evento de cotización 141785 a través de correo electrónico, remitiendo las carpetas CSV indicando que se deben incluir por carga ma- siva, se procede a Figura 3: Respuesta Colombia compra eficiente cotizaciones REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7663 • pP. 1-22 • 2023 • MARZO • 6 22 Que una vez adelantado el trámite dado por Colombia Compra Eficiente, se adelantaron entre otras, las siguientes órdenes de compra, las cuales quedaron emitidas el 30 de diciembre de 2022 Nombre Objeto Valor Bruto Orden de compra RUBRO PRESUPUESTAL ABOVE SAS NIT:

$ 108.709.395 103604 CV 325- 900.838.665-1 2022.

O23011601120000001909 - Tunjuelito comprometida con el desarrollo Integral de la primera Infancia.

SUMINISTRO DE ELEMENTOS DE MATE- RIAL PEDAGOGICO Y ENTREGA DE LOS MISMOS PARA LOS IED DE LA LOCALIDAD DE TUNJUELITO A TRAVÉS DE LA PLATA- FORMA DE LA TIENDA VIRTUAL DEL ES- TADO COLOMBIANO CONFORME EL ACUERDO MARCO DE PRECIOS SUMINIS TRO DE ELEMENTOS DE MATERIAL PEDA- GOGICO Y ENTREGA DE LOS MISMOS A NIVEL NACIONAL - COMERCIALI- ZADORA VI- $ 5.019.154 103609 CV 328- 2022 NARTA SAS NIT: 800.209.890-1 O23011601120000001909 - Tunjuelito comprometida con el desarrollo Integral de la primera Infancia.

SUMINISTRO DE ELEMENTOS DE MATE- RIAL PEDAGOGICO Y ENTREGA DE LOS MISMOS PARA LOS IED DE LA LOCALIDAD DE TUNJUELITO A TRAVÉS DE LA PLATA- FORMA DE LA TIENDA VIRTUAL DEL ES- TADO COLOMBIANO CONFORME EL ACUERDO MARCO DE PRECIOS SUMINIS- TRO DE ELEMENTOS DE MATERIAL PEDA- GOGICO Y ENTREGA DE LOS MISMOS A NIVEL NACIONAL, CCE 166 AMP 2021 Que las órdenes de compra antes citada, se encon traban amparadas presupuestalmente cargo al CDP número 486 del noviembre 29 de 2022, rubro presu puestal O23011601120000001909 - Tunjuelito com prometida con el desarrollo Integral de la primera Infancia.

Que aunque los procesos de Contratación en mención se perfeccionaron antes del 31 de Diciembre de 2022, por las razones enunciadas no se expidieron registros presupuestales, éstos no dan lugar a la constitución de obligaciones por pagar.

Que el Sistema de Información presupuestal vigente tiene cierre automático de la vigencia el día 31 de di ciembre, por lo tanto, en la vigencia siguiente, no se podrá hacer ajustes o modificaciones de operaciones presupuestales o documentos generados como resul tados de las mismas.

Que el 30 de diciembre de 2022, el ordenador del gas to solicitó mediante memorandos 20225620015053 y 20225620015053, al jefe de presupuesto la expedición de los Certificados de Registro Presupuestal correspon dientes. No obstante, se encontró que, al momento de adelantar el trámite para la expedición del Certificado de Registro Presupuestal correspondiente, no se contaba con la creación de terceros en el sistema (PLATAFOR MA BOGDATA), lo cual impidió la expedición de los certificados de registro Presupuestal (CRP), según indico el área de presupuesto.

Que el Artículo 27 del Decreto 372 de 2010 “Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local “- establece respecto del CRP, que:

Que al momento de efectuar el cierre presupuestal, operación realizada al finalizar cada vigencia presu puestal en la cual se analiza la ejecución de las parti das, así como el estado de las finanzas puede terminar en un balance de superávit, equilibrado o deficitario. Según el principio de anualidad del presupuesto y en desarrollo del principio de eficacia de la Administración Pública contenido en el artículo 209 C.P., tenemos que el resultado que debería aparecer al cierre fiscal es que las partidas presupuestales que fueron aprobadas por la ley de presupuesto fueron debidamente comprometidas y canceladas. Sin que se pueda comprometer recursos o realizar ajustes, así se por situaciones ajenas en el pro ceso de perfeccionamiento contractual y presupuestal.

“... El Certificado de Registro Presupuestal (Ilustración 31) es “el documento mediante el cual se perfecciona el compromiso y se afecta en forma definitiva la apropiación, garantizando que sólo se utilizará para tal fin. En este registro se deberá indicar claramente el valor y el plazo de las prestaciones a las que haya lugar. Esta operación es un requisito de perfeccionamiento de estos actos administrativos y deberá efectuarse después de la firma del contrato y antes del acta de iniciación del mismo en los términos y con el cumplimiento de los requisitos establecidos en las normas legales vigentes. Los CRP deben ser expedidos a través del sistema de información presupuestal vigente”

Que, de acuerdo con lo dispuesto en el principio pre supuestal de anualidad, una vez cerrada la vigencia, el sistema no permite realizar ninguna acción desde el área de presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito, ni desde la Dirección Distrital de Tesorería de la Secretaría Distrital de Hacienda.

23 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7663 • pP. 1-23 • 2023 • MARZO • 6 Que, en virtud del artículo 3º de la Ley 1437 de 2011, que hace referencia a los principios del procedimiento administrativo en especial el de eficacia, el cual, dispone lo siguiente: “(…) 11. En virtud del principio de eficacia, las autoridades buscarán que los procedimientos logren su finalidad y, para el efecto, removerán de oficio los obstáculos puramente formales, evitarán decisiones inhibitorias, dilaciones o retardos y sanearán, de acuerdo con este Código las irregularidades procedimentales que se presenten, en procura de la efectividad del derecho material objeto de la actuación administrativa.”

Que, de acuerdo con lo expuesto en el presente acto administrativo, para realizar el pago de las mencio nadas obligaciones adquiridas a través de las órdenes de compra No. 103604 ABOVE SAS NIT: 900.838.665 y No. 103609 suscrita con la COMERCIALIZADORA VINARTA SAS NIT: 800.209.890-1, se deben compro meter recursos del presupuesto de la vigencia 2023 con cargo al rubro O23011601120000001909 - Tunjuelito comprometida con el desarrollo Integral de la primera Infancia., sin que se afecte el avance en el cumplimiento de las metas y resultados esperados para cada producto de este proyecto, la ejecución del proyecto de inversión en que se originó la necesidad.

Por lo anteriormente expuesto,

RESUELVE:

Que, el artículo 41 de la Ley 1437 de 2011, señala lo siguiente: “Artículo 41. Corrección de irregularidades en la actuación administrativa. La autoridad, en cualquier momento anterior a la expedición del acto, de oficio o a petición de parte, corregirá las irregularidades que se hayan presentado en la actuación adminis trativa para ajustarla a derecho, y adoptará las medidas necesarias para concluirla”.

Que, de conformidad con la norma transcrita se reconoce la autotutela administrativa y la obligación que tiene la administración de corregir los yerros en que incurra en el trámite administrativo y así evitar que sus decisiones nazcan a la vida jurídica con vicios.

Artículo 1.

Ordénese al responsable de Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito, expedir los Certificados de Disponibilidad Presupuestal (CDP), los Certificados de Registro Presupuestal (CRP) y las Orde nes de Pago, con cargo a los rubros de la vigencia 2023, por valor de CIENTO TRECE MILLONES SETECIEN TOS VEINTIOCHO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE PESOS M/CTE ($113.728.549).

Nombre Objeto Valor Bruto Orden de compra RUBRO PRESUPUESTAL SUMINISTRO DE ELEMENTOS DE MA- TERIAL PEDAGOGICO Y ENTREGA DE LOS MISMOS PARA LOS IED DE LA LO- CALIDAD DE TUNJUELITO A O23011601120000001909 ABOVE SAS NIT:

- Tunjuelito comprometida con

TRAVÉS DE LA PLATAFORMA DE LA TIENDA VIRTUAL DEL ESTADO $ 108.709.395 103604 CV 325- 900.838.665-1 2022. el desarrollo Integral de la pri- mera Infancia COLOMBIANO CONFORME EL ACUERDO MARCO DE PRECIOS SUMINISTRO DE ELEMEN- TOS DE MATERIAL PEDAGOGICO Y ENTREGA DE LOS MISMOS A NIVEL NACIONAL SUMINISTRO DE ELEMENTOS DE MATERIAL PEDAGOGICO Y ENTREGA DE LOS MISMOS PARA LOS IED DE LA LO- CALIDAD DE TUNJUELITO A TRAVÉS DE LA COMERCIALIZA- DORA VINARTA PLATAFORMA DE LA TIENDA VIRTUAL DEL ESTADO COLOMBIANO $ 5.019.154 103609 CV 328- O23011601120000001909
- Tunjuelito comprometida con el desarrollo Integral de la pri- mera Infancia CONFORME EL ACUERDO MARCO 2022 SAS NIT: 800.209.890-1 DE PRECIOS SUMINISTRO DE ELEMEN- TOS DE MATERIAL PEDAGOGICO Y ENTREGA DE LOS MISMOS A NIVEL NACIONAL, CCE 166 AMP 2021 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7663 • pP. 1-24 • 2023 • MARZO • 6 24

Artículo 2.

Ordénese la expedición del Certificado de Registro Presupuestal de las siguientes órdenes de compra:

Nombre Objeto Valor Bruto Orden de compra RUBRO PRESUPUESTAL SUMINISTRO DE ELEMENTOS DE MA- TERIAL PEDAGOGICO Y ENTREGA DE LOS MISMOS PARA LOS IED DE LA LO- CALIDAD DE TUNJUELITO A TRAVÉS $108.709.395 103604 CV 325- O23011601120000001909
- Tunjuelito comprometida con el desarrollo Integral de la pri- mera ABOVE SAS NIT: 900.838.665-1 DE LA PLATAFORMA DE LA TIENDA VIRTUAL DEL ESTADO COLOMBIANO CONFORME EL ACUERDO MARCO DE 2022.

Infancia PRECIOS SUMINISTRO DE ELEMEN- TOS DE MATERIAL PEDAGOGICO Y ENTREGA DE LOS MISMOS A NIVEL NACIONAL SUMINISTRO DE ELEMENTOS DE MA- TERIAL PEDAGOGICO Y ENTREGA DE LOS MISMOS PARA LOS IED DE LA LO- CALIDAD DE TUNJUELITO A TRAVÉS COMERCIALIZA- DORA VINARTA O23011601120000001909
- Tunjuelito comprometida con el desarrollo Integral de la primera $ 5.019.154 103609 CV 328-2022 SAS NIT: 800.209.890- Infancia 1 DE LA PLATAFORMA DE LA TIENDA VIRTUAL DEL ESTADO COLOMBIANO CONFORME EL ACUERDO MARCO DE PRECIOS SUMINISTRO DE ELEMEN- TOS DE MATERIAL PEDAGOGICO Y ENTREGA DE LOS MISMOS A NIVEL NACIONAL, CCE 166 AMP 2021 PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los veintisiete (27) días del

Artículo 3.

Ordénese al responsable de Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito, realizar los trámites necesarios para efectuar los compromisos antes descritos.

mes de febrero de dos mil veintitrés (2023).

JOSEPH SWITER PLAZA PINILLA La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Alcalde Local de Tunjuelito 25 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7663 • pP. 1-25 • 2023 • MARZO • 6 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Central RESOLUCIONES DE 2023 SECRETARÍA DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ – DIB RESOLUCIÓN Nº DDI-014637, 2023EE069093O1 “Por medio de la cual se ordena la publicación de actos administrativos, de con formidad con el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011”..........................................1 RESOLUCIÓN Nº DDI-014671, 2023EE069950O1 “Por medio de la cual se ordena la publicación de actos administrativos, de con formidad con el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011”..........................................8 Sector Descentralizado INSTITUTO DISTRITAL DE PATRIMONIO CULTURAL RESOLUCIÓN Nº 70 “Por medio de la cual se realiza un nombramiento provisional”..........................12 RESOLUCIÓN Nº 71 “Por medio de la cual se realiza un nombramiento provisional”..........................13 RESOLUCIÓN Nº 72 “Por medio de la cual se realiza un nombramiento provisional”..........................15 RESOLUCIÓN Nº 73 “Por medio de la cual se realiza un nombramiento provisional”..........................16 RESOLUCIÓN Nº 74 “Por medio de la cual se realiza un nombramiento provisional”..........................18 RESOLUCIÓN Nº 73 “Por medio de la cual se realiza un nombramiento provisional”..........................19 Sector Local ALCALDÍA LOCAL DE TUNJUELITO RESOLUCIÓN LOCAL Nº 013 “Por medio de la cual se ordena la expedición de CDP, CRP de órdenes de compra con cargo al presupuesto de la vigencia 2023 del Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito”..........................21 MARÍA CLEMENCIA PÉREZ URIBE Secretaria General Alcaldía Mayor de Bogotá, Distrito Capital

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