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Registro Distrital 7653 de 2023

Registro Distrital 7653 de 2023 Nivel Distrital

Tipo
Registro Distrital
Número
7653
Año
2023
Fecha
21 de febrero de 2023
Entidad
Nivel Distrital
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

5,5 ALCALDESA MAYOR Claudia Nayibe López Hernández REGISTRO DISTRITAL - BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) AÑO 57 - No. 7653- Pp 1 - 4 - 2023 - FEBRERO - 21 AÑO 57 NÚMERO 7653 21 • FEBRERO • 2023 RESOLUCIÓN DE 2023 cionado el primero por el artículo 53 de la Ley 2195 de 2022 y modificado el segundo por el artículo 93 de la Ley 1474 de 2011.

EMPRESA DE RENOVACIÓN Y DESARROLLO URBANO DE BOGOTÁ D.C.

RESOLUCIÓN Nº 031 (16 de febrero de 2023)

Que dentro del mencionado régimen se estimó perti nente mantener las condiciones establecidas en los artículos 2.8.4.4.5., y 2.8.4.4.6., del Decreto 1068 de 2015, respecto a la celebración de contratos de pres tación de servicios personales.

“Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 004 de 2023 “Por medio de la cual se delegan las competencias en materia de representación legal, Que la Gerencia General mediante la Resolución 004 de 2023, decidió delegar las competencias en materia de representación legal, ordenación del gasto, y dictar otras disposiciones. ordenación del gasto, y se dictan otras EL GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA DE RENOVACIÓN Y DESARROLLO URBANO DE BOGOTÁ D.C.

En uso de facultades constitucionales y legales, en especial las establecidas en el artículo 147 del Decreto Ley 1421 de 1993; el artículo 09 de la Ley 489 de 1998; el artículo 17 del Acuerdo Distrital 257 de 2006; el artículo 12 del Acuerdo Distrital 643 de 2016; el artículo 22 del Acuerdo 01 de 2016; el artículo 1, ordinal I del Acuerdo 04 de 2016; y el artículo 22 del Acuerdo 47 de 2022 de la Junta Directiva de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá, D.C., y, Que con el fin de hacer más eficientes los trámites a cargo de las dependencias de la Empresa, en aten ción a los principios de la función administrativa, se encuentra necesario modificar la Resolución No. 004 de 2023 en relación con el alcance de la ordenación del gasto en materia contractual y con la delegación de la representación legal en materia judicial, prejudicial, extrajudicial y administrativa, así como delegar expre samente la función de certificar sobre la inexistencia de relaciones contractuales vigentes con objeto igual al del contrato que se pretende suscribir, o autorizar su celebración, previamente a la celebración de contratos de prestación de servicios personales, siempre que se configuren los supuestos contenidos en la norma respectiva.

CONSIDERANDO:

En mérito de lo expuesto;

RESUELVE:

Artículo 1.

Modificar el artículo DÉCIMO QUINTO de la Resolución 004 de 2023, el cual quedará así:

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 209 de la Constitución Política, “La función administra tiva está al servicio de los intereses generales y se de sarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delega ción y la desconcentración de funciones”.

“ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO. Alcance de la orde nación del gasto en materia contractual. La orde nación de gasto de la presente Resolución en materia de gestión contractual, comprende la suscripción de los actos contractuales y la realización de todas aquellas actividades necesarias en los procesos de contratación, en sus etapas precontractual, contrac Que mediante la Resolución 02 de 2023, se adoptó el “Manual de Contratación y Gestión de Negocios” de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano De Bogotá D. C., conforme al régimen especial previsto en los artículos 13 y 14 de la Ley 1150 de 2007, adi 1 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7653 • pP. 1-1 • 2023 • FEBRERO • 21 tual y post contractual, e inclusive la de proferir actos administrativos en la gestión de convenios o contratos interadministrativos, salvo lo delegado en la Dirección de Gestión Contractual en el artículo décimo octavo de la presente Resolución. efectiva la garantía de cumplimiento y demás ampa ros, cuando proceda, originadas en los contratos o convenios suscritos por los ordenadores del gasto de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C.”

Artículo 4.

Vigencia. La presente Resolución rige a partir del día siguiente al de su publicación y deroga las normas que sean contrarias.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los dieciséis (16) días del mes de febrero de dos mil veintitrés (2023).

JUAN GUILLERMO JIMÉNEZ GÓMEZ Gerente General De igual manera, de conformidad con la delegación del gasto de que trata el presente acto, se delega en los/las respectivos (as) Subgerentes la representación legal, para certificar sobre la inexistencia de relaciones contractuales vigentes con objeto igual al del contrato que se pretende suscribir, o autorizar su celebración, previamente a la celebración de los contratos de prestación de servicios personales, siempre que se configuren los supuestos contenidos en el artículo 2.8.4.4.5. del Decreto 1068 de 2015, o la norma que lo modifique o sustituya.”

Artículo 2.

Modificar el artículo DÉCIMO SEXTO de la Resolución 004 de 2023, el cual quedará así:

DECRETO LOCAL DE 2023 ALCALDÍA LOCAL DE TEDUSAQUILLO DECRETO LOCAL Nº 001 (15 de febrero de 2023)

“Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal 2023”.

LA ALCALDESA LOCAL DE TEUSAQUILLO (E).

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 31 del Decreto 372 de 2010 y,

CONSIDERANDO:

“ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO. Representación Legal en material Judicial, Prejudicial, Extrajudicial y Administrativa. Se delega la Representación Legal de la Empresa para efectos judiciales, prejudiciales, extrajudiciales y administrativos tendientes a la defen sa de los intereses de la Empresa, en el Subgerente Jurídico, quien tendrá la facultad de adelantar todas las acciones que considere necesarias para la presente delegación atendiendo lo dispuesto en las funciones que le fueron otorgadas en el Manual de Funciones, y ejerciéndola de manera directa o a través de apo derados vinculados con ésta, así como la facultad de atender las citaciones y audiencias de Conciliación Judicial, Prejudicial, y demás que puedan resultar de la defensa de la entidad dentro de los procesos en los que ésta sea parte. Dicha facultad también conlleva ade lantar los actos administrativos referentes al pago de condenas y demás actuaciones que pudieran proferirse en contra de la Empresa al igual que dar cumplimiento a las decisiones judiciales que se profieran para ésta.”

Artículo 3.

Modificar el artículo DÉCIMO OCTAVO de la Resolución 004 de 2023, el cual quedará así:

Que según los establecido en el párrafo tercero del artículo 31 del Decreto 372 de 2010, a saber: “Los tras lados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el alcalde Local”.

Que el parágrafo único del artículo 10 del Decreto 192 de 2021, dispone que …“Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría de Hacienda – Di rección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en gastos de funcionamiento de los traslados presupues tales al interior de cada uno de los rubros que compo nen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones o constitu tivas de factor salarios siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministritos, Adquisición de servicios, “ARTÍCULO DÉCIMO OCTAVO. Disposiciones en materia de trámites contractuales. En el marco del pro pósito principal establecido en el manual de funciones y las funciones esenciales de la Dirección de Gestión Contractual, esta dependencia podrá adelantar el trá mite, presidir las audiencias, proyectar y suscribir los actos contractuales de imposición de multas, declara toria de incumplimiento para hacer efectiva la cláusula penal pecuniaria, hacer efectivos los descuentos por incumplimiento de los Acuerdos de Niveles de Servicio (ANS), los relativos a la declaratoria de la ocurrencia del siniestro, así como realizar el trámite para hacer REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7653 • pP. 1-2 • 2023 • FEBRERO • 21 2 FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de servicios y Otros Gastos Ge nerales)”.

2.203.651, y O212020200701030571355 “Servicios de seguros generales de responsabilidad civil” por valor de $ 18.915.533, dichas adiciones le permitirán a la Administración Local dar cumplimiento al desa rrollo de su misionalidad, amparando los intereses patrimoniales, así como los bienes que estén bajo su responsabilidad, custodia, cuidado y control, o por los que pueda ser legalmente responsable, así como la expedición de cualquier otra póliza de seguros que requiera la entidad en el desarrollo de su actividad.

Que, en mérito de lo anteriormente expuesto:

DECRETA:

Que existe un saldo de apropiación dis ponible en los rubros de gastos de funciona m i e n t o O 2 1 2 0 2 0 2 0 0 7 0 1 0 3 0 1 0 2 7 1 3 1 1 “Seguros de vida individual” por valor de $ 7.585.831; O212020200701030471347 “Servicio de segu ro obligatorio de SOAT” por valor de $ 676.228; O212020200701030571354 “Servicios de seguros contra incendio, terremoto o sustracción” por valor de $ 12.857.125; los cuales pueden ser utilizados para fortalecer rubros necesarios para el desarrollo de la gestión institucional.

Que, en consecuencia, dichos recursos serán adi cionados a los rubros O212020200701030571351 “Servicios de seguros de vehículos” por valor de $

Artículo 1.

Efectúese un contra crédito al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la vigencia fiscal 2023 del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo de conformidad con el siguiente detalle:

CÓDIGO NOMBRE CONTRACRÉDITO O2 Gastos $ 21.119.184 O21 Funcionamiento $ 21.119.184 O212 Adquisición de bienes y servicios $ 21.119.184 O21202 Adquisición de diferentes activos $ 21.119.184 O2120202 Adquisición de servicios $ 21.119.184 O2120202007 Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing $ 21.119.184 O212020200701 Servicios financieros y servicios conexos $ 21.119.184 O21202020070103 Servicios de seguros y pensiones (excepto los servicios de reaseguro y de seguridad social de afiliación obligatoria) $ 21.119.184 O2120202007010301 Servicios de seguros de vida (excepto los servicios de reaseguro) $ 7.585.831 CÓDIGO NOMBRE CONTRACRÉDITO O21202020070103010271311 Seguros de vida individual $ 7.585.831 O2120202007010304 Servicios de seguros de salud y de accidentes $ 676.228 O212020200701030471347 Servicio de seguro obligatorio de accidentes de tránsito (SOAT) $ 676.228 O2120202007010305 Otros servicios de seguros distintos a los seguros de vida (excepto los servicios de reaseguro) $ 12.857.125 O212020200701030571354 Servicios de Seguros contra incendio, terremoto o sustracción $ 12.857.125 TOTAL CONTRACRÉDITOS $ 21.119.184

Artículo 2.

Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la vigencia fiscal 2023

del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo de con formidad con el siguiente detalle:

3 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7653 • pP. 1-3 • 2023 • FEBRERO • 21 CÓDIGO NOMBRE CRÉDITO O2 Gastos $ 21.119.184 O21 Funcionamiento $ 21.119.184 O212 Adquisición de bienes y servicios $ 21.119.184 O21202 Adquisición de diferentes activos $ 21.119.184 O2120202 Adquisición de servicios $ 21.119.184 O2120202007 Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing $ 21.119.184 O212020200701 Servicios financieros y servicios conexos $ 21.119.184 O21202020070103 Servicios de seguros y pensiones (excepto los servicios de reaseguro y de seguridad social de afiliación obligatoria) $ 21.119.184 O2120202007010305 Otros servicios de seguros distintos a los seguros de vida (excepto los servicios de reaseguro) $ 21.119.184 O212020200701030571351 Servicios de seguros de vehículos automotores $ 2.203.651 O212020200701030571355 Servicios de seguros generales de responsabilidad civil $ 18.915.533 TOTAL CRÉDITOS $ 21.119.184

Artículo 5.

Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Artículo 3.

Comunicación. Una vez expedido el pre sente Decreto, deberán ser informadas las Secretarías Distritales de Hacienda, de Gobierno y la Junta Admi nistradora Local, para lo de su competencia.

Dado en Bogotá, D.C., a los quince (15) días del mes de febrero de dos mil veintitrés (2023).

Artículo 4.

Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.

ROSA ISABEL MONTERO TORRES Alcaldesa Local de Teusaquillo (E)

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7653 • pP. 1-4 • 2023 • FEBRERO • 21 4 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Descentralizado RESOLUCIÓN DE 2023 EMPRESA DE RENOVACIÓN Y DESARROLLO URBANO DE BOGOTÁ D.C. RESOLUCIÓN Nº 031 “Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 004 de 2023 “Por medio de la cual se delegan las competencias en materia de representación legal, ordenación del gasto, y se dictan otras....................................................................................1 Sector Local DECRETO LOCAL DE 2023 ALCALDÍA LOCAL DE TEDUSAQUILLO DECRETO LOCAL Nº 001 “Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal 2023”...............................................................................................2 MARÍA CLEMENCIA PÉREZ URIBE Secretaria General Alcaldía Mayor de Bogotá, Distrito Capital

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