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Registro Distrital 8231 de 2024

Registro Distrital 8231 de 2024 Nivel Distrital

Tipo
Registro Distrital
Número
8231
Año
2024
Fecha
30 de diciembre de 2024
Entidad
Nivel Distrital
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

5,5 ALCALDE MAYOR Carlos Fernando Galán Pachón REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 • No. 8231 - Pp 1 - 421 - 2024 • DICIEMBRE • 30 CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Central ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. - REGIÓN METROPOLITANA BO- GOTÁ – CUNDINAMARCA RESOLUCIÓN Nº 526 “Por la cual se efectúa la liquidación del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones para la vigencia fiscal 2025 de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca y se dictan otras disposiciones”..................................180 Sector Descentralizado CONTRALORÍA DE BOGOTÁ D.C. RESOLUCIÓN Nº 036 “Por la cual se adopta una nueva versión de las Caracterizaciones de los Procesos de la Contraloría de Bogotá D.C. y se dictan otras disposiciones”....................202 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL RESOLUCIÓN Nº 0988 Por la cual se clausuran las labores de la actualización catastral vigencia 2025, se ordena la renovación de la inscripción en el Catastro de todos los sectores catastrales objeto de actualización y sus respectivos predios y se determina la entrada en vigencia de los avalúos resultantes...........................................340 Sector Local ACUERDO LOCAL 2024 JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL - RAFAEL URIBE URIBE ACUERDO LOCAL Nº 007 “POR EL CUAL SE EXPIDE EL PRESUPUESTO DE INGRESOS Y GASTOS DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE, PARA LA VIGENCIA FISCAL COMPRENDIDA ENTRE EL 01 ENERO Y EL 31 DE DICIEMBRE DE 2025”.....................................................................................380 DECRETOS LOCALES 2024 ALCALDÍA LOCAL DE BARRIOS UNIDOS DECRETO LOCAL Nº 20 Por medio del cual se modifica parcialmente el apartado de considerandos del Decreto Local 18 de 2024 “Por el cual se expide el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Barrios Unidos, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025”......................382 ALCALDÍA LOCAL DE CHAPINERO DECRETO LOCAL Nº 024 “Por medio del cual se liquida el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos e Inversión de la Alcaldía Local de Chapinero para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025”.............................................389 RESOLUCIONES 2024 SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL RESOLUCIÓN Nº 0631 “Por la cual se otorgan delegaciones para la ordenación del gasto y se dictan otras disposiciones”.....................................................................................................4 RESOLUCIÓN Nº 1002 “Por medio de la cual se prescriben los métodos y se establecen los procedimientos para la presentación de informes de rendición de las cuentas de la Secretaría Distrital de Integración Social a la Contraloría de Bogotá D.C. y a la Contraloría General de la República, mediante los aplicativos SIVICOF y SIRECI, y se dictan otras disposiciones”...........................................................................................14 RESOLUCIÓN Nº 1074 “Por la cual se reglamenta el Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Secretaría Distrital de integración Social y se deroga la Resolución 1118 de 2023”..............................................................................................................48 RESOLUCIÓN Nº 1389 Por medio de la cual se designan a los gerentes de proyecto de la Secretaría de Integración Social, en el marco del Acuerdo Distrital 0927 del 7 de junio de 2024 que adoptó el Plan Distrital de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas y el Plan Plurianual de Inversiones para Bogotá D. C. para el período 2024-2027 “Bogotá Camina Segura”................................................65 RESOLUCIÓN Nº 1751 Por medio de la cual se establece el plan especial para la implementación progresiva del Servicio Social Transferencias para personas con discapacidad................................................................................................................77 RESOLUCIÓN Nº 1809 “Por medio de la cual se adopta la Política de Cumplimiento Normativo de la Secretaría Distrital Integración Social y se conforma el Órgano de Cumplimiento Normativo en el marco de lo dispuesto en el Decreto Distrital 610 de 2022”......89 RESOLUCIÓN Nº 1869 “Por la cual se define el objeto, conformación y funciones de las Mesas Técnicas del Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Secretaría Distrital de Integración Social”...........................................................................................................101 RESOLUCIÓN Nº 2007 Por medio de la cual se establece el plan especial para la implementación del Servicio Social “Jóvenes con Oportunidades”......................................................122 RESOLUCIÓN Nº 2021 “Por medio de la cual se dispone la entrada en funcionamiento e implementación de la Comisaría de Familia de Ciudad Bolívar 3 creada a través del artículo 1º del Acuerdo 229 de 2006”................................................................131 RESOLUCIÓN Nº 2072 Por medio de la cual se establece el plan especial para la implementación de la transformación del Servicio Apoyos Económicos para Persona Mayor a Transferencias Monetarias para Persona Mayor y se dictan otras disposiciones...............................................................................................................139 ALCALDÍA LOCAL DE KENNEDY DECRETO LOCAL Nº 015 “Por el cual se liquida el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos e Inversión de la Alcaldía Local de Kennedy, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del 2025”........................................................396 ALCALDÍA LOCAL DE LOS MÁRTIRES DECRETO LOCAL Nº 019 “Por el cual se liquida el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero al 31 de diciembre del 2025”..............................................................404 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA RESOLUCIÓN Nº SDH-000302 “Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba”.....................150 RESOLUCIÓN Nº SDH-000305 “Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba”.....................154 RESOLUCIÓN Nº SDH-000307 “Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba”.....................158 RESOLUCIÓN Nº SDH-000308 “Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba”.....................162 RESOLUCIÓN Nº SDH-000309 “Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba”.......................167 RESOLUCIÓN Nº SDH-000310 “Por la cual se realizan unos nombramientos en provisionalidad en unas vacantes temporales y definitivas de la Secretaría Distrital de Hacienda”.............172 ALCALDÍA LOCAL DE PUENTE ARANDA DECRETO LOCAL Nº 020 “Por el cual se liquida el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º. de enero y el 31 de diciembre de 2025”............413 AÑO 59 NÚMERO 8231 30 • DICIEMBRE • 2024 SECRETARÍA GENERAL ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL.

LA PUBLICACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS EN EL REGISTRO DISTRITAL SE REALIZA DE ACUERDO A LA LEY 1437 DEL 2011 EN SU ARTÍCULO 65 MODIFICADO POR LA LEY 2080 DE 2021 “POR LA CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO”.

CORREO: REGISTRODISTRITAL@ALCALDIABOGOTA.GOV.CO DIRECCIÓN: CALLE 11 SUR #1-60 ESTE - LA MARÍA - BOGOTÁ D.C.

TELÉFONO: 381 3000 EXT. 5010 - 5202 SUBDIRECTORA IMPRENTA DISTRITAL: CLAUDIA ELENA MEJÍA ACOSTA RESOLUCIONES DE 2024 FOR-GJ-032 V1 RESOLUCIÓN NÚMERO DEL 0631 DEL 8 DE MARZO DE 2024 “Por la cual se otorgan delegaciones para la ordenación del gasto y se dictan otras disposiciones”.

EL SECRETARIO DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 12 de la Ley 80 de 1993, el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, el Decreto Distrital 607 de 2007, Decreto Distrital 113 de 2023, y el artículo 60 del Decreto Distrital No. 854 de 2001, Decreto 021 de 2024, y Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240308-172254-3a9649-05378575 2024-03-08T19:52:47-05:00 - Pagina 1 de 10

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política en su artículo 209 establece que la función administrativa está al servicio del interés general, y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, delegación y desconcentración de funciones.

Que el artículo 211 de la Constitución Política dispuso que la ley fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar en sus subalternos o en otras autoridades.

Que el artículo 3 de la Ley 489 de 1998, establece que la función administrativa se desarrollará conforme al principio de eficiencia, garantizando el cumplimiento del deber que tienen los organismos, entidades y personas encargadas de manera permanente o transitoria de su prestación, de elegir los medios que resulten más adecuados para el cumplimiento de sus deberes constitucionales, legales o reglamentarios.

Que el artículo 12 de la Ley 80 de 1993 establece que los jefes y representantes legales de las Entidades Estatales podrán delegar total o parcialmente la competencia para celebrar contratos y desconcentrar la realización de licitaciones en los servidores públicos que desempeñen cargos en el nivel directivo o ejecutivo o en sus equivalentes.

Que el artículo 21 de la Ley 1150 de 2007 adicionó un inciso y un parágrafo al artículo 12 de la Ley 80 de 1993, señalando que en ningún caso los jefes y representantes de las entidades estatales quedarán exonerados por virtud de la delegación de sus deberes de control y vigilancia de la actividad precontractual y contractual.

Que el artículo 37 del Decreto Ley 2150 de 1995 establece que los jefes y representantes legales de las Entidades Estatales podrán delegar total o parcialmente la competencia para la realización de licitaciones o concursos o para la celebración de contratos sin consideración a la naturaleza o cuantía de estos, en los servidores públicos que desempeñen cargos de nivel directivo, ejecutivo o en sus equivalentes.
Que la Ley 489 de 1998 en su artículo 9°, le concede a los representantes legales de organismos y entidades que posean una estructura independiente y autonomía administrativa, la posibilidad de mediante acto de delegación, transferir la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política y en la misma ley.

Que el numeral 9° del artículo 25 de la Ley 80 de 1993 prevé que en los procesos de contratación intervendrán el jefe y las unidades asesoras y ejecutoras de la entidad, que se señalen en las correspondientes normas sobre su organización y funcionamiento.

Que el artículo 60 del Decreto Distrital 854 de 2001, establece que las Secretarías de Despacho, "(...) como entidades ejecutoras que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital, tienen la capacidad de contratar y comprometer a nombre de la persona jurídica de la que hacen parte y ordenar el gasto en desarrollo de las apropiaciones incorporadas en su presupuesto. Estas facultades están en cabeza de los Secretarios de Despacho (..,) ".

Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-4 • 2024 • DICIEMBRE • 30 4 FOR-GJ-032 V1 RESOLUCIÓN NÚMERO DEL 0631 DEL 8 DE MARZO DE 2024 “Por la cual se otorgan delegaciones para la ordenación del gasto y se dictan otras disposiciones”.

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240308-172254-3a9649-05378575 2024-03-08T19:52:47-05:00 - Pagina 2 de 10 Que a su vez, el artículo 87 del Decreto Distrital 714 de 1996 "Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de 1995 y Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital”, determina que: " Los Órganos y Entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital, tendrán la capacidad de contratar y comprometer a nombre de la persona jurídica de la que, hacen parte y ordenar el gasto en desarrollo de las apropiaciones incorporadas en su presupuesto, lo que constituye la autonomía presupuestal a que se refieren la Constitución Política y la Ley. Estas facultades estarán en cabeza del Jefe de cada Entidad quien podrá delegarlas en funcionarios del nivel directivo y serán ejercidas teniendo en cuenta las normas consagradas en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y en las disposiciones legales vigentes.”

Que el Decreto Distrital 607 de 2007, modificado por los Decretos Distritales 459 de 2021 y Decreto Distrital 113 de 2023, determina y regula la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Integración Social y asigna las competencias y funciones de cada dependencia dentro de la misma y contempla que corresponde a ellas participar en la conformación de los términos de referencia o pliegos de condiciones, para la contratación de bienes o servicios en relación con las funciones que les correspondan.

Que teniendo en cuenta que la contratación administrativa está orientada al cumplimiento de los fines del Estado, y en ese sentido relacionada con el cumplimiento de los fines misionales de cada entidad, se hace necesario orientar la delegación del gasto atendiendo a las funciones signadas por el Decreto Distrital 607 de 2007, con sus modificaciones mencionadas, a cada dependencia de la Secretaría Distrital de Integración Social, en observancia además del principio de legalidad que rige la función pública.

Que a través de la Resolución No. 1603 del 26 de septiembre de 2018 se efectuaron unas delegaciones en el/la Director/a de Gestión Corporativa en materia de administración de personal.
Que dicho acto administrativo fue adicionado por la Resolución No. 207 del 15 de febrero de 2019, modificada a su vez por la Resolución No. 1690 del 21 de agosto de 2019, en materia de suscripción y modificación de los denominados convenios de pasantías.

Que por otra parte, a través de la Resolución No. 594 del 17 de marzo de 2023 modificada por la Resolución 1266 del 8 de junio de 2023 y la Resolución 0541 del 26 de febrero de 2024 la Secretaría Distrital de Integración Social determinó las delegaciones para la ordenación del gasto y se dictan otras disposiciones.

Que a través de la Resolución No. 1266 del 8 de junio de 2023, “Por la cual se delegó la ordenación del gasto y se dictan otras disposiciones”, se delegó la ordenación de gasto a la Subsecretaria técnica de los proyectos de inversión No. 7730, 7735, 7749 y 7768, y la ordenación del gasto para el pago de las sentencias judiciales, en el/la Directora/a de Gestión Corporativa.

Que el artículo octavo de la Resolución No. 1266 de 2023 señala que “De conformidad con lo dispuesto por el artículo 12 de la Ley 489 de 1998, el (la) Secretario (a) Distrital de Integración Social puede en cualquier tiempo reasumir las competencias delegadas a través de la expedición del acto administrativo correspondiente y revisar los actos expedidos por sus delegatarios.”

Que a través de la Resolución No. 541 del 26 de febrero de 2024, “Por la cual se modifica la Resolución No 1266 de 2003, por la cual se delegó la ordenación de gasto y se dictan otras disposiciones”, Se delegó la ordenación de gasto a la Dirección Territorial de los proyectos de inversión No. 7730, 7735, 7749 y 7768.

Que en virtud de lo anterior se hace necesario armonizar en un solo documento las delegaciones de ordenación del gasto de la entidad para adelantar todas las actuaciones propias de la actividad Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-5 • 2024 • DICIEMBRE • 30 5 FOR-GJ-032 V1 RESOLUCIÓN NÚMERO DEL 0631 DEL 8 DE MARZO DE 2024 “Por la cual se otorgan delegaciones para la ordenación del gasto y se dictan otras disposiciones”. contractual y de la ordenación del gasto en los proyectos de inversión de la Secretaría.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo primero.

Delegar la competencia para ordenar el gasto, adelantar los procesos de contratación en cualquiera de sus modalidades de selección, sin límite de cuantía e independencia de su objeto, y todos los trámites y actos inherentes a los mismos, así:

No. Proyecto Nombre Proyecto de Inversión Cargo Ordenador del Gasto Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240308-172254-3a9649-05378575 2024-03-08T19:52:47-05:00 - Pagina 3 de 10 7733 Fortalecimiento institucional para una gestión pública efectiva y transparente en la ciudad de Bogotá. Subsecretario(a) Técnico 7730 Servicio de atención a la población proveniente de flujos migratorios mixtos en Bogotá. Director(a) Territorial Director(a) Territorial 7735 Fortalecimiento de los procesos territoriales y la construcción de respuestas integradoras e innovadoras en los territorios de Bogotá – Región.

7749 Implementación de la estrategia de territorios cuidadores en Bogotá. Director(a) Territorial 7768 Implementación de una estrategia de acompañamiento a hogares con mayor pobreza evidente y oculta de Bogotá. Director(a) Territorial 7565 Suministro de espacios adecuados, inclusivos y seguros para el desarrollo social integral en Bogotá. Director(a) de Gestión Corporativa 7748 Fortalecimiento de la gestión institucional y desarrollo integral del talento humano en Bogotá. Director(a) de Gestión Corporativa Director(a) de Análisis y Diseño Estratégico 7741 Fortalecimiento de la gestión de la información y el conocimiento con enfoque participativo y territorial de la Secretaría Distrital de Integración Social en Bogotá.

7745 Compromiso por una alimentación integral en Bogotá Director(a) de Nutrición y Abastecimiento 7564 Mejoramiento de la capacidad de respuesta institucional de las Comisarías de Familia en Bogotá.

Director(a) para la Inclusión y las Familias Director(a) para la Inclusión y las Familias 7752 Contribución a la protección de los derechos de las familias especialmente de sus integrantes afectados por la violencia intrafamiliar en la ciudad de Bogotá.

7756 Compromiso social por la diversidad en Bogotá. Director(a) para la Inclusión y las Familias Director(a) para la Inclusión y las Familias 7771 Fortalecimiento de las oportunidades de inclusión de las personas con discapacidad, familias y sus cuidadores-as en Bogotá 7740 Generación Jóvenes con Derechos en Bogotá. Director(a) Poblacional 7744 Generación de Oportunidades para el Desarrollo Integral de la Niñez y la Adolescencia de Bogotá. Director(a) Poblacional Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-6 • 2024 • DICIEMBRE • 30 6 FOR-GJ-032 V1 RESOLUCIÓN NÚMERO DEL 0631 DEL 8 DE MARZO DE 2024 “Por la cual se otorgan delegaciones para la ordenación del gasto y se dictan otras disposiciones”.

No. Proyecto Nombre Proyecto de Inversión Cargo Ordenador del Gasto 7753 Prevención de la maternidad y paternidad temprana en Bogotá. Director(a) Poblacional Director (a) Poblacional.

7757 Implementación de estrategias y servicios integrales para el abordaje del fenómeno de habitabilidad en calle en Bogotá.

7770 Compromiso con el envejecimiento activo y una Bogotá cuidadora e incluyente. Director(a) Poblacional 7918 Implementación de transferencias monetarias a hogares pobres y vulnerables en Bogotá. Director(a) de Transferencias Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240308-172254-3a9649-05378575 2024-03-08T19:52:47-05:00 - Pagina 4 de 10 La delegación a que se refiere el presente acto administrativo implica que los servidores delegados quedan facultados para adelantar todas las actuaciones propias de la actividad contractual y de la ordenación del gasto tales como: dirigir y adelantar los procesos de selección con el apoyo de la Subdirección de Contratación, la apertura de los procesos de selección, suscribir contratos y convenios, modificar, suspender, adicionar, prorrogar contratos y convenios y comprometer recursos presupuestales, todas las cuales deberán ser ejercidas teniendo en cuenta las normas previstas en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, el Estatuto Orgánico del Presupuesto Nacional, y en las demás disposiciones legales vigentes.

Parágrafo 1. El (La) Subsecretario/a Técnico y el/la Subsecretario/a de Gestión Institucional de la
Secretaría Distrital de Integración Social, en lo que a sus funciones corresponda, tendrán la competencia respecto de la contratación en la cual no se comprometan recursos en dinero o en especie por parte de la Secretaría Distrital de Integración Social, de acuerdo con sus competencias.

Parágrafo 2. Sin perjuicio de estar sujetos al marco de delegación previsto en la presente
Resolución, los contratos o convenios que se fundamenten en regímenes especiales como los establecidos en el artículo 355 de la Constitución Política y el artículo 2º del Decreto Nacional 092 de 2017, requerirán para su celebración de la autorización del Secretario/a Distrital de Integración Social.

Parágrafo 3. De las delegaciones y facultades que por medio del presente artículo se otorgan
a los ordenadores de gasto, quedan exceptuadas las que de manera expresa se confieran a otros servidores en la presente Resolución o en actos posteriores.

Parágrafo 4. El delegatario no podrá delegar a su vez en otro(a) servidor(a) público(a) las
facultades aquí delegadas.

Artículo segundo.

Cuando en un mismo proceso de selección o contratación se comprometan simultáneamente recursos de varios proyectos de inversión o de funcionamiento, cuya ordenación de gasto corresponda a diferentes Subsecretarios (as) o Directores(as), según las delegaciones conferidas en el artículo anterior, será competente para ordenar el gasto, adelantar el proceso, celebrar los contratos y/o convenios, el (la) Director(a) y/o el (la) Subsecretario(a) que según las funciones determinadas por el Decreto 607 de 2007 o el reglamento que lo modifique o sustituya, tenga dentro de sus competencias el objeto a contratar.

Parágrafo. El ordenador del gasto, o el funcionario del nivel directivo que este delegue, debe asumir
la supervisión del contrato celebrado y podrá solicitar los apoyos a la supervisión que considere necesarios para la correcta ejecución y supervisión del contrato.

Artículo tercero.

Delegar a los ordenadores del gasto aquí designados, el pago de sentencias judiciales, conciliaciones, laudos arbitrales y otros gastos derivados de las decisiones judiciales o

Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-7 • 2024 • DICIEMBRE • 30 7 FOR-GJ-032 V1 RESOLUCIÓN NÚMERO DEL 0631 DEL 8 DE MARZO DE 2024 “Por la cual se otorgan delegaciones para la ordenación del gasto y se dictan otras disposiciones”.

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240308-172254-3a9649-05378575 2024-03-08T19:52:47-05:00 - Pagina 5 de 10 extrajudiciales que sean de su competencia, en las que se ordene el pago o devolución de una suma de dinero.

Parágrafo. Delegar en el/la Director/a de Gestión Corporativa la facultad de suscribir, modificar,
suspender y terminar los convenios y memorandos de entendimiento con las diferentes instituciones educativas y la expedición de actos administrativos para efectos de la realización de actividades de pasantías y servicio social obligatorio, al interior de la Secretaría Distrital de Integración Social.

Artículo cuarto.

Delegar a los ordenadores del gasto la facultad de suscribir actas de terminación anticipada, así como la facultad de liquidar bilateralmente y unilateralmente todos los contratos, convenios y/o acuerdos de voluntades, con o sin recursos, o con recursos en especie celebrados por la Secretaría Distrital de Integración Social independientemente de quien los haya suscrito, así como las actas de cierre de los tramites en los cuales ostenta la ordenación del gasto sin consideración de la naturaleza y/o cuantía de estos.

Así mismo, se delega la facultad de suscribir los documentos necesarios para declarar la pérdida de competencia para liquidar los contratos, convenios y/o acuerdos de voluntades con o sin recursos, en dinero o especie, celebrados por la Secretaría Distrital de Integración Social, independientemente de quien los haya suscrito.

Parágrafo 1. Para efectos de la facultad otorgada, se tendrá en cuenta la Guía de Liquidaciones
expedida por la Agencia Colombia Compra Eficiente, el Manual de Contratación y Supervisión y el Manual de Administración y Cobro de Cartera de la Secretaría Distrital de Integración Social.

Parágrafo 2. El delegatario no podrá delegar a su vez en otro(a) servido(a) público(a) las facultades
aquí delegadas.

Artículo quinto.

Delegar en el (la) Subdirector (a) Administrativo y Financiero la ordenación de los pagos derivados de los contratos celebrados con cargo a los recursos de funcionamiento y a los diferentes proyectos de inversión de la Secretaría Distrital de Integración Social y de los Fondos de Desarrollo Local, con ocasión a recursos comprometidos vía convenio.

Parágrafo 1. La facultad de autorizar el pago de los gastos o el desembolso de los recursos que
previamente hayan sido ordenados sin límite de cuantía, estos estarán sujetos al Programa Anual de Caja - PAC, la disponibilidad de los fondos y los requisitos legales y contractuales vigentes.

Parágrafo 2. En los eventos de vacancia, ausencia, caso fortuito o fuerza mayor u otros que impidan
al (a) Subdirector (a) Administrativo (a) y Financiero (a), suscribir las órdenes de pago, dicha competencia, será asumida por el (la) Director (a) de Gestión Corporativa.

Artículo sexto.

Delegar en los ordenadores del gasto la competencia para solicitar al área de presupuesto de la entidad, la expedición del registro presupuestal, para los actos diferentes a los relacionados con contratación estatal, que afecten el presupuesto de la entidad, tanto de inversión como de funcionamiento que sean de su competencia.

Artículo septimo.

Esta resolución deberá ser comunicada para los efectos pertinentes, a la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá y a la Secretaría de Hacienda – Dirección Distrital de Tesorería.

Artículo octavo.

Comunicar el contenido del presente acto administrativo a cada una de las dependencias de esta Secretaría, para su conocimiento y fines pertinentes.

Artículo noveno.

La presente resolución deberá ser publicada en el Registro Distrital, y en el link de Transparencia y acceso a la información pública de la página web de esta entidad, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 1712 de 2014 y el Decreto Nacional 103 de 2015, compilado en el Decreto Único Reglamentario 1081 de 2015 de la Presidencia de la República.

Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-8 • 2024 • DICIEMBRE • 30 8 FOR-GJ-032 V1 RESOLUCIÓN NÚMERO DEL 0631 DEL 8 DE MARZO DE 2024 “Por la cual se otorgan delegaciones para la ordenación del gasto y se dictan otras disposiciones”.

ARTÍCULO DÉCIMO El presente acto administrativo rige a partir del día siguiente a su publicación y deroga en su totalidad la Resolución No. 1266 del 8 de junio de 2023 y la Resolución No. 541 del 26 de febrero de 2024 y adiciona la Resolución No. 1603 del 26 de septiembre de 2018.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240308-172254-3a9649-05378575 2024-03-08T19:52:47-05:00 - Pagina 6 de 10 Dado en Bogotá, D.C., a los ocho (08) días del mes de marzo de 2024.

ROBERTO ANGULO SALAZAR Secretario Distrital de Integración Social Proyectó: Estefany Sabino Fajardo – Abogada Subdirección de Contratación Revisó: Ruby Esperanza Arias Castro – Subdirectora de Contratación Oscar David Garzón Alfaro – Subdirector de Diseño, Evaluación y Sistematización Andrés Eduardo Vallejo García- Abogado Oficina Jurídica Aprobó: Lina María Sánchez Romero- Subsecretaría de Gestión Institucional Iván Osejo Villamil – Director de Análisis y Diseño Estratégico.

María Camila Díaz Marín – Directora de Gestión Corporativa Laura Alejandra Contreras Salazar – Jefe Oficina Jurídica.

Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-9 • 2024 • DICIEMBRE • 30 9 REGISTRO DE FIRMAS ELECTRONICAS Resolucion 0631 DEL 8 DE MARZO DE 2024 - Ordenacion del Gasto. SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL gestionado por: azsign.com.co 20240308-172254-3a9649-05378575 2024-03-08 17:22:54 Id Acuerdo:

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Finalizado 2024-03-08 19:52:46 para verificación Revisión: Revisó Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240308-172254-3a9649-05378575 2024-03-08T19:52:47-05:00 - Pagina 7 de 10 ANDRES EDUARDO VALLEJO GARCIA 79701762 avallejo@sdis.gov.co Revisión: Revisó Oscar David Garzon Alfaro 1075650932 ogarzona@sdis.gov.co Integracion Social Revisión: Revisó RUBY ARIAS CASTRO 53154433 rearias@sdis.gov.co Subdirectora de Contratación SDIS Elaboración: Proyectó ESTEFANY SABINO FAJARDO 1033738752 esabino@sdis.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-10 • 2024 • DICIEMBRE • 30 10 REGISTRO DE FIRMAS ELECTRONICAS Resolucion 0631 DEL 8 DE MARZO DE 2024 - Ordenacion del Gasto. SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL gestionado por: azsign.com.co 20240308-172254-3a9649-05378575 2024-03-08 17:22:54 Id Acuerdo:

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Finalizado 2024-03-08 19:52:46 para verificación Aprobación: Aprobó Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240308-172254-3a9649-05378575 2024-03-08T19:52:47-05:00 - Pagina 8 de 10 LAURA ALEJANDRA CONTRERAS SALAZAR 1032366278 lcontrerass@sdis.gov.co JEFE OFICINA JURÍDICA SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL Aprobación: Aprobó maria camila diaz marin 1030562523 mcdiazm@sdis.gov.co Aprobación: Aprobó Ivan Osejo Villamil 79723119 iosejov@sdis.gov.co Director SDIS - Dirección de Análisis y Diseño Estratégico Aprobación: Aprobó Lina María Sánchez Romero 64696062 LSanchezR@sdis.gov.co Subsecretaria de Gestión Institucional Secretaría Distrital de Integración Social REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-11 • 2024 • DICIEMBRE • 30 11 REGISTRO DE FIRMAS ELECTRONICAS Resolucion 0631 DEL 8 DE MARZO DE 2024 - Ordenacion del Gasto. SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL gestionado por: azsign.com.co 20240308-172254-3a9649-05378575 2024-03-08 17:22:54 Id Acuerdo:

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Finalizado 2024-03-08 19:52:46 para verificación Firma: Firmó Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240308-172254-3a9649-05378575 2024-03-08T19:52:47-05:00 - Pagina 9 de 10 Roberto Angulo Salazar 80060611 rangulo@sdis.gov.co Secretario de Despacho Secretaría Distrital de Integración Social REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-12 • 2024 • DICIEMBRE • 30 12 REPORTE DE TRAZABILIDAD Resolucion 0631 DEL 8 DE MARZO DE 2024 - Ordenacion del Gasto. SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL gestionado por: azsign.com.co 20240308-172254-3a9649-05378575 2024-03-08 17:22:54 Id Acuerdo:

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Finalizado 2024-03-08 19:52:46 para verificación TRAMITE PARTICIPANTE ESTADO ENVIO, LECTURA Y RESPUESTA Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240308-172254-3a9649-05378575 2024-03-08T19:52:47-05:00 - Pagina 10 de 10 ESTEFANY SABINO FAJARDO Env.: 2024-03-08 17:22:56 Lec.: 2024-03-08 17:24:07 Elaboración esabino@sdis.gov.co Aprobado Res.: 2024-03-08 17:24:12 IP Res.: 181.53.13.219 RUBY ARIAS CASTRO Env.: 2024-03-08 17:24:12 rearias@sdis.gov.co Lec.: 2024-03-08 17:29:14 Revisión Aprobado Subdirectora de Contratación Res.: 2024-03-08 17:30:45 SDIS IP Res.: 186.155.7.19 Oscar David Garzon Alfaro Env.: 2024-03-08 17:30:45 ogarzona@sdis.gov.co Lec.: 2024-03-08 18:06:48 Revisión Aprobado Res.: 2024-03-08 18:06:50 Integracion Social IP Res.: 186.155.7.19 ANDRES EDUARDO VALLEJO GARCIA Env.: 2024-03-08 18:06:50 Lec.: 2024-03-08 18:07:17 Revisión avallejo@sdis.gov.co Aprobado Res.: 2024-03-08 18:32:42 IP Res.: 190.24.56.39 Lina María Sánchez Romero Env.: 2024-03-08 18:32:42 LSanchezR@sdis.gov.co Lec.: 2024-03-08 18:50:25 Aprobación Aprobado Subsecretaria de Gestión Institucional Res.: 2024-03-08 18:51:14 Secretaría Distrital de Integración Soci IP Res.: 186.102.93.101 Ivan Osejo Villamil Env.: 2024-03-08 18:51:14 iosejov@sdis.gov.co Lec.: 2024-03-08 19:14:33 Aprobación Aprobado Director Res.: 2024-03-08 19:14:41 SDIS - Dirección de Análisis y Diseño Es IP Res.: 191.95.63.156 maria camila diaz marin Env.: 2024-03-08 19:14:41 Lec.: 2024-03-08 19:23:14 Aprobación mcdiazm@sdis.gov.co Aprobado Res.: 2024-03-08 19:23:22 IP Res.: 191.156.229.132 LAURA ALEJANDRA CONTRERAS SALAZAR Env.: 2024-03-08 19:23:22 lcontrerass@sdis.gov.co Lec.: 2024-03-08 19:25:13 Aprobación Aprobado JEFE OFICINA JURÍDICA Res.: 2024-03-08 19:25:35 SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCI IP Res.: 186.155.7.19 Roberto Angulo Salazar Env.: 2024-03-08 19:25:35 rangulo@sdis.gov.co Lec.: 2024-03-08 19:52:43 Firma Aprobado Secretario de Despacho Res.: 2024-03-08 19:52:46 Secretaría Distrital de Integración Soci IP Res.: 186.84.21.179 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-13 • 2024 • DICIEMBRE • 30 13 FOR-GJ-032 RESOLUCIÓN Nº. 1002 DE 29 de Abril de2024 “Por medio de la cual se prescriben los métodos y se establecen los procedimientos para la presentación de informes de rendición de las cuentas de la Secretaría Distrital de Integración Social a la Contraloría de Bogotá D.C. y a la Contraloría General de la República, mediante los aplicativos SIVICOF y SIRECI, y se dictan otras disposiciones”

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240429-110906-c57e43-21543880 2024-04-29T17:34:18-05:00 - Pagina 1 de 34 EL SECRETARÍO DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL En uso de sus facultades legales y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política, en su artículo 209, establece que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad; que las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado; y que la administración pública, en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley.

Que el artículo 267 de la Constitución Política establece que la vigilancia de la gestión fiscal del Estado incluye el ejercicio de un control financiero, de gestión y de resultados, fundado en la eficiencia, la economía, la equidad y la valoración de los costos ambientales. En los casos excepcionales previstos por la ley, la Contraloría podrá ejercer control posterior sobre cuentas de cualquier entidad territorial.

Que uno de los objetivos de un Sistema de Control Interno es asegurar la oportunidad y confiabilidad de la información y de sus registros, según el literal e.) del artículo 2 de la Ley 87 de 1993.

Que el literal e) del artículo 3º de la citada Ley, determina que todas las transacciones de las entidades deberán registrarse de forma exacta, veraz y oportuna de forma tal que permita preparar informes operativos, administrativos y financieros. Así mismo, el artículo 6º de la Ley 87 de 1993, dispone que el establecimiento, mantenimiento, perfección y desarrollo del Sistema de Control Interno en los organismos y entidades públicas, será responsabilidad del Representante Legal o máximo Directivo correspondiente.

Página 1 de 28 Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-14 • 2024 • DICIEMBRE • 30 14 FOR-GJ-032 RESOLUCIÓN Nº. 1002 DE 29 de Abril de2024 “Por medio de la cual se prescriben los métodos y se establecen los procedimientos para la presentación de informes de rendición de las cuentas de la Secretaría Distrital de Integración Social a la Contraloría de Bogotá D.C. y a la Contraloría General de la República, mediante los aplicativos SIVICOF y SIRECI, y se dictan otras disposiciones”

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240429-110906-c57e43-21543880 2024-04-29T17:34:18-05:00 - Pagina 2 de 34 Que mediante la Ley 951 de 2005, se creó el acta de informe de gestión y se fijaron las normas para la entrega y recepción de los asuntos y recursos públicos del Estado, estableciendo la obligación para los servidores/as públicos/as en calidad de titulares y representantes legales, y los particulares que administren fondos o bienes del Estado, al separarse de sus cargos o al finalizar la administración, de presentar a quienes los sustituyan legalmente en sus funciones, un informe de los asuntos de su competencia, así como de la gestión de los recursos financieros, humanos y administrativos que tuvieron asignados para el ejercicio de sus funciones.

Que es deber de todo servidor público, de acuerdo con el artículo 38, numeral 1 de la Ley 1952 de 2019, Código General Disciplinario, modificado por la Ley 2094 de 2021, “(…) Cumplir y hacer que se cumplan los deberes contenidos en la Constitución, los tratados de derechos humanos y derecho internacional humanitario, los demás ratificados por el Congreso, las leyes, los decretos, las ordenanzas, los acuerdos distritales y municipales, los estatutos, de la entidad, los reglamentos y los manuales de funciones, las decisiones judiciales y disciplinarias, las convenciones colectivas, los contratos de trabajo y las órdenes superiores emitidas por funcionario competente.”

Que el Capítulo III del Título IX del Decreto Nacional 403 de 2020 (artículos 78 a 88) reglamenta el régimen de sanciones y, faculta a los funcionarios que determine la Ley o el titular del órgano de control fiscal para su imposición cuando haya lugar en el ejercicio de la vigilancia y control de la gestión fiscal de la administración pública o de los particulares que manejen fondos, bienes o recursos públicos, señalando las causales, forma y monto de las mismas.

Que la Contraloría de Bogotá, D.C., expidió la Resolución Reglamentaria No. 002 de 11 de febrero de 2022, “Por medio de la cual se reglamenta la forma y los términos para la rendición de la cuenta ante la Contraloría de Bogotá, D.C. y se dictan otras disposiciones"

Página 2 de 28 Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-15 • 2024 • DICIEMBRE • 30 15 FOR-GJ-032 RESOLUCIÓN Nº. 1002 DE 29 de Abril de2024 “Por medio de la cual se prescriben los métodos y se establecen los procedimientos para la presentación de informes de rendición de las cuentas de la Secretaría Distrital de Integración Social a la Contraloría de Bogotá D.C. y a la Contraloría General de la República, mediante los aplicativos SIVICOF y SIRECI, y se dictan otras disposiciones”

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240429-110906-c57e43-21543880 2024-04-29T17:34:18-05:00 - Pagina 3 de 34 Que en el artículo 3º de la citada Resolución Reglamentaria establece “CUENTA. Es el informe acompañado de los documentos que soportan legal, técnica, financiera y contablemente las operaciones realizadas por los responsables del erario.”, y que (…) “La cuenta consolidada está conformada por el conjunto de formatos electrónicos CB y documentos electrónicos CBN, los cuales se encuentran disponibles en el Sistema de Vigilancia y Control Fiscal - SIVICOF-, herramienta mediante la cual los sujetos de vigilancia y control fiscal de la Contraloría de Bogotá, D.C., deben rendir cuenta e informes (…)”.

Que a su vez el artículo 9º de la Resolución Reglamentaria No. 002 de 11 de febrero de 2022, señala entre los responsables de rendir la cuenta “(…) el representante legal de la entidad u organismo público, tanto del sector central como descentralizado, o quien haga sus veces (…)”; en tanto que el artículo 10° de la misma dispone: “(…) en caso de retiro definitivo será el jefe o el representante legal de la entidad u organismo público que se encuentre vinculado al momento de rendir la cuenta”, Que en cumplimiento de la disposición antes señalada para el caso de esta entidad deberá rendirla el Secretario Distrital de Integración Social o quien haga sus veces, quien deberá rendir cuentas sobre su gestión legal, financiera, operativa, ambiental y de resultados.

Que el artículo 15 de la Resolución Reglamentaria citada establece:

“Artículo 15. PERIODO DE LA CUENTA CONSOLIDADA. La cuenta se rendirá por los siguientes periodos: mensual, trimestral, anual y ocasional.

- La cuenta mensual comprende el periodo del primero al último día de cada mes,

- La cuenta trimestral, comprende la información del 1 de enero al 30 de marzo, del 1 de abril al 30 junio, del 1 de julio al 30 de septiembre y del 1 de octubre al 31 de diciembre de cada vigencia,

Página 3 de 28 Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-16 • 2024 • DICIEMBRE • 30 16 FOR-GJ-032 RESOLUCIÓN Nº. 1002 DE 29 de Abril de2024 “Por medio de la cual se prescriben los métodos y se establecen los procedimientos para la presentación de informes de rendición de las cuentas de la Secretaría Distrital de Integración Social a la Contraloría de Bogotá D.C. y a la Contraloría General de la República, mediante los aplicativos SIVICOF y SIRECI, y se dictan otras disposiciones”

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240429-110906-c57e43-21543880 2024-04-29T17:34:18-05:00 - Pagina 4 de 34

- La cuenta anual comprende el periodo del 1 de enero a 31 de diciembre de la vigencia fiscal inmediatamente anterior y,

- La cuenta ocasional corresponde a la información adicional o especializada; podrá solicitarse en cualquier tiempo información diferente a la que se refiere la presente resolución, que se requiera para el cumplimiento de la misión institucional”.

Que el artículo 19 de esa misma Resolución de la Contraloría de Bogotá, señala: “El informe deberá presentarse dentro de los quince (15) días hábiles siguientes al retiro, periodo dentro del cual el representante legal del sujeto de vigilancia y control fiscal solicitará por escrito la apertura del sistema para su reporte”.

Que la rendición de la cuenta a la Contraloría de Bogotá D.C., deberá realizarse a través del SISTEMA DE VIGILANCIA Y CONTROL FISCAL - SIVICOF-, cumpliendo con los formatos, estándares y validaciones dispuestos en el mismo.

Que en virtud de lo dispuesto en la Resolución No. 038 de 2022 de la Contraloría de Bogotá quedaron sin efectos las modificaciones de la Resolución Reglamentaria No. 002 de 11 de febrero de 2022, llevadas a cabo mediante la Resolución No. 006 de 2022 y, en consecuencia, los artículos 11, 14 y 16 de la segunda continúan vigentes.

Que se hace necesario establecer las directrices para la rendición de las cuentas de conformidad con los ajustes y modificaciones que la Contraloría de Bogotá, D.C., introdujo a este proceso, mediante la expedición de la Resolución Reglamentaria No. 002 de 11 de febrero de 2022.

Que la Constitución Política de Colombia en el artículo 119 señala que "La Contraloría General de la República tiene a su cargo la vigilancia de la gestión fiscal y el control de resultado de la administración".

Página 4 de 28 Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-17 • 2024 • DICIEMBRE • 30 17 FOR-GJ-032 RESOLUCIÓN Nº. 1002 DE 29 de Abril de2024 “Por medio de la cual se prescriben los métodos y se establecen los procedimientos para la presentación de informes de rendición de las cuentas de la Secretaría Distrital de Integración Social a la Contraloría de Bogotá D.C. y a la Contraloría General de la República, mediante los aplicativos SIVICOF y SIRECI, y se dictan otras disposiciones”

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240429-110906-c57e43-21543880 2024-04-29T17:34:18-05:00 - Pagina 5 de 34 Que el artículo 272 de la Constitución Política prevé que la vigilancia de la gestión fiscal de los departamentos, distritos y municipios en los que existan contralorías corresponde a estas, en forma concurrente con la Contraloría General de la República.

Que dentro de las atribuciones concedidas por la Constitución Política al Contralor General de la República se encuentra la de “Prescribir los métodos y la forma de rendir cuentas los responsables del manejo de fondos o bienes de la Nación e indicar los criterios de evaluación financiera, operativa y de resultados que deberán seguirse”

Que la Ley 42 de 1993 en su artículo 16 establece “El Contralor General de la República determinará las personas obligadas a rendir cuentas y prescribirá los métodos, formas y plazos para ello” y ordenó que "cada entidad conformará una sola cuenta que será remitida por el jefe del organismo respectivo a la Contraloría General de la República"

Que la Contraloría General de la República expidió la Resolución Orgánica REG-ORG- 0064 de 2023 “Por la cual se reglamenta la rendición electrónica de la cuenta, los informes y otra información que realizan los sujetos de vigilancia y control fiscal a la Contraloría General de la República a través del Sistema de Rendición Electrónico de la Cuenta e Informes y Otra Información (SIRECI)”, norma que fue subrogada por el artículo 72 de la Resolución Reglamentaria Orgánica REG-ORG- 066 del 2 de abril de 2024.
Que el artículo 2º de la Resolución Orgánica REG-ORG- 066 del 2 de abril de 2024 dispone que “El método y la forma de rendir cuenta e informe y otra información, que se establecen por esta Resolución, serán de obligatorio cumplimiento de acuerdo a los responsables señalados en cada Título y Capítulo, entidades del orden nacional, territorial y los particulares que administren o manejen fondos, bienes o recursos públicos en sus diferentes etapas de planeación, recaudo y percepción, conservación, adquisición, custodia, explotación, enajenación, consumo, adjudicación, gasto, inversión y disposición sin importar su monto o participación, que son sujetos a la vigilancia y control fiscal de la Contraloría General de la República, por disposición Constitucional y legal”

Página 5 de 28 Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-18 • 2024 • DICIEMBRE • 30 18 FOR-GJ-032 RESOLUCIÓN Nº. 1002 DE 29 de Abril de2024 “Por medio de la cual se prescriben los métodos y se establecen los procedimientos para la presentación de informes de rendición de las cuentas de la Secretaría Distrital de Integración Social a la Contraloría de Bogotá D.C. y a la Contraloría General de la República, mediante los aplicativos SIVICOF y SIRECI, y se dictan otras disposiciones”

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240429-110906-c57e43-21543880 2024-04-29T17:34:18-05:00 - Pagina 6 de 34 Que en su artículo 7º la citada resolución señala que el SISTEMA DE RENDICIÓN ELECTRÓNICO DE LA CUENTA, INFORME Y OTRA INFORMACIÓN (SIRECI). “Es la herramienta tecnológica establecida como canal institucional por la Contraloría General de la República para que los representantes legales de las entidades nacionales, territoriales y particulares, que manejen fondos, bienes y recursos públicos, rindan cuenta, informe y otra información, reglamentadas en el presente acto administrativo.”

Que la Secretaria Distrital de Hacienda es la encargada de la consolidación y transmisión de la información a través del aplicativo SIRECI, razón por la cual, para cumplir con dicho propósito dentro de los plazos previstos por el ente de Control, expidió la Circular Externa DDP 000018 del 18 de diciembre de 2023, por medio de la cual establece los lineamientos, formatos y términos para la rendición de las cuentas a la Contraloría General de la República.

Que los citados aspectos de la gestión requieren de la buena ejecución y compromiso de todos los funcionarios, en especial de los niveles directivos y asesor, en aras de no incurrir en las sanciones que el mismo marco legal establece.

En mérito de lo anterior,

RESUELVE:

Capítulo I.

OBJETO

Artículo 1.

OBJETO. La presente Resolución tiene por objeto establecer en la Secretaría Distrital de Integración Social los métodos, la forma, términos, responsables y procedimientos para la preparación, validación, consolidación y rendición de las cuentas que se rinden a la Contraloría de Bogotá, D.C. mediante el aplicativo SIVICOF y a la Contraloría General de la Republica mediante el aplicativo

Página 6 de 28 Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-19 • 2024 • DICIEMBRE • 30 19 FOR-GJ-032 RESOLUCIÓN Nº. 1002 DE 29 de Abril de2024 “Por medio de la cual se prescriben los métodos y se establecen los procedimientos para la presentación de informes de rendición de las cuentas de la Secretaría Distrital de Integración Social a la Contraloría de Bogotá D.C. y a la Contraloría General de la República, mediante los aplicativos SIVICOF y SIRECI, y se dictan otras disposiciones”

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240429-110906-c57e43-21543880 2024-04-29T17:34:18-05:00 - Pagina 7 de 34 SIRECI.

Capítulo II.

DE LAS CUENTAS DEL SIVICOF

Artículo 2.

DE LAS CUENTAS DE LA CONTRALORIA DE BOGOTÁ. La rendición de las cuentas a la Contraloría de Bogotá se hará a través del aplicativo SIVICOF, dispuesto por ese ente de Control. Para lo cual en la Secretaría Distrital de Integración Social se definen en esta resolución la forma, términos, responsables, procedimientos y presentación de informes de las diferentes cuentas.

Artículo 3.

RESPONSABLE DE CONSOLIDAR Y RENDIR LA CUENTA EN LA SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL. Para la rendición de las cuentas a la Contraloría de Bogotá, a través del aplicativo SIVICOF, se establecen las siguientes responsabilidades en la Entidad.

ACTIVIDAD RESPONSABLE Solicitar la información para reportar la cuenta mensual, anual, al culminar gestión u ocasional.

Oficina de Control Interno.

Secretario de Despacho / Oficina de Control Interno. Realizar las alertas preventivas correspondientes frente a los reportes de la cuenta a la Contraloría.

Entregar la información validada de tal forma que sea precisa, correcta, veraz, oportuna y completa en los tiempos en los que sea requerido por el Secretario de Despacho / Oficina de Control Interno.

Director, Subdirector o Jefe de Oficina, de las áreas responsables. Consolidar la información enviada por los responsables de la información y validar mediante el Storm User de la Oficina de Control Interno.

Página 7 de 28 Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-20 • 2024 • DICIEMBRE • 30 20 FOR-GJ-032 RESOLUCIÓN Nº. 1002 DE 29 de Abril de2024 “Por medio de la cual se prescriben los métodos y se establecen los procedimientos para la presentación de informes de rendición de las cuentas de la Secretaría Distrital de Integración Social a la Contraloría de Bogotá D.C. y a la Contraloría General de la República, mediante los aplicativos SIVICOF y SIRECI, y se dictan otras disposiciones”

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240429-110906-c57e43-21543880 2024-04-29T17:34:18-05:00 - Pagina 8 de 34 Secretario de Despacho.

ACTIVIDAD RESPONSABLE Contraloría de Bogotá, D.C la información de los Formatos Electrónicos – CB presentados.

Nota: Si se presentan errores, solicitar el ajuste al responsable por medio de correo electrónico.

Enviar los archivos, al asesor de Despacho, para la firma digital del Secretario.

Firmar digitalmente por parte del Secretario Distrital de Integración Social, cada uno de los formatos CB y los documentos CBN, y remitirlos a la Oficina de Control Interno para el cargue en sivicof.

Nota: La firma digital certifica que la información presentada es correcta, veraz y completa.

Oficina de Control Interno Procesar y/o radicar ante el Ente de control, mediante el Storm Web del sistema de vigilancia y control fiscal - SIVICOF- de la Contraloría de Bogotá D.C, en debida forma y dentro de los términos establecidos por la norma, los diferentes informes para la rendición de las cuentas en cada uno de los períodos.

Si se presentan errores, solicitar el ajuste al responsable por medio de correo electrónico, y una vez ajustado, enviar al Asesor de Despacho, para firmar digitalmente el documento.

Página 8 de 28 Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-21 • 2024 • DICIEMBRE • 30 21 FOR-GJ-032 RESOLUCIÓN Nº. 1002 DE 29 de Abril de2024 “Por medio de la cual se prescriben los métodos y se establecen los procedimientos para la presentación de informes de rendición de las cuentas de la Secretaría Distrital de Integración Social a la Contraloría de Bogotá D.C. y a la Contraloría General de la República, mediante los aplicativos SIVICOF y SIRECI, y se dictan otras disposiciones”

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240429-110906-c57e43-21543880 2024-04-29T17:34:18-05:00 - Pagina 9 de 34 Oficina de Control Interno ACTIVIDAD RESPONSABLE Generar el Certificado de recepción de información, que da cuenta que los informes fueron cargados de manera exitosa a través del aplicativo SIVICOF y que aprobaron en su totalidad las pruebas de validación en lo relativo a formato e integridad.

Oficina de Control Interno Enviar correo a los responsables de la información, con la certificación del cargue de la Información en el aplicativo del Ente de Control.

Oficina de Control Interno.

Solicitar a comunicaciones la publicación, en la página WEB de la SDIS, de la certificación generada por SIVICOF.

Artículo 4.

DEL PERIODO DE LA CUENTA CONSOLIDADA POR ENTIDAD. La cuenta se rendirá por los siguientes períodos: mensual, anual, al culminar la gestión y ocasional, de acuerdo con los términos previstos a continuación:

FECHA PARA FECHA PARA REMITIR A OFICINA CUENTA DE CONTROL FECHA MÁXIMA PARA ENVIARLA VIA REMITIR AL DESPACHO PARA FIRMA INTERNO SIVICOF DIGITAL MENSUAL - Hasta el cuarto día hábil siguiente al mes reportado.

Hasta el quinto día hábil siguiente al mes reportado.

Hasta el último día hábil del mes Hasta el primer día hábil siguiente al Hasta el segundo día hábil Hasta el séptimo día hábil siguiente al mes reportado. MENSUAL – DEUDA PUBLICA Página 9 de 28 Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-22 • 2024 • DICIEMBRE • 30 22 FOR-GJ-032 RESOLUCIÓN Nº. 1002 DE 29 de Abril de2024 “Por medio de la cual se prescriben los métodos y se establecen los procedimientos para la presentación de informes de rendición de las cuentas de la Secretaría Distrital de Integración Social a la Contraloría de Bogotá D.C. y a la Contraloría General de la República, mediante los aplicativos SIVICOF y SIRECI, y se dictan otras disposiciones”

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240429-110906-c57e43-21543880 2024-04-29T17:34:18-05:00 - Pagina 10 de 34 FECHA PARA FECHA PARA REMITIR A OFICINA CUENTA DE CONTROL FECHA MÁXIMA PARA ENVIARLA VIA REMITIR AL DESPACHO PARA FIRMA INTERNO SIVICOF DIGITAL reportado. mes reportado. siguiente al mes reportado.

MENSUAL - CONTRATACIÓN Hasta el décimo segundo día hábil siguiente al mes reportado.

Hasta el décimo tercer día hábil siguiente al mes reportado.

Hasta el quinto día hábil del mes de febrero.

Hasta el séptimo día hábil del mes de febrero.

Hasta el décimo primer día hábil del mes de febrero.

Hasta el décimo quinto día hábil siguiente al mes reportado. ANUAL Nota: Comprende el período del 1 de enero al 31 de diciembre de la vigencia fiscal inmediatamente anterior.

INFORME DE GESTIÓN AL CULMINAR LA GESTIÓN Hasta el décimo primer día hábil siguiente al retiro definitivo del cargo del-a Secretario-a Hasta el decimotercer día hábil siguiente al retiro definitivo del cargo del-a Secretario-a Hasta el décimo quinto día hábil siguiente al retiro definitivo del cargo del-a Secretario-a

Artículo 5.

PRESENTACIÓN Y FORMA. La rendición de la cuenta a la Contraloría de Bogotá, D.C. deberá realizarse a través del SISTEMA DE VIGILANCIA Y CONTROL FISCAL -SIVICOF-, cumpliendo con los estándares y validaciones dispuestos en el mismo.

Página 10 de 28 Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-23 • 2024 • DICIEMBRE • 30 23 FOR-GJ-032 RESOLUCIÓN Nº. 1002 DE 29 de Abril de2024 “Por medio de la cual se prescriben los métodos y se establecen los procedimientos para la presentación de informes de rendición de las cuentas de la Secretaría Distrital de Integración Social a la Contraloría de Bogotá D.C. y a la Contraloría General de la República, mediante los aplicativos SIVICOF y SIRECI, y se dictan otras disposiciones”

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240429-110906-c57e43-21543880 2024-04-29T17:34:18-05:00 - Pagina 11 de 34 Para rendir la información mediante el SISTEMA DE VIGILANCIA Y CONTROL FISCAL -SIVICOF-, el Secretario Distrital de Integración Social certifica mediante su respectiva firma digital la veracidad de la información allí registrada en cada informe (Grupo de Formatos Electrónicos y/o Documentos Electrónicos).

Formatos CB: Son datos parametrizados de acuerdo con los formatos establecidos por la Contraloría de Bogotá D.C., los cuales son validados inicialmente por el aplicativo local Storm User para posteriormente ser enviados y validados utilizando el aplicativo Storm Web -SIVICOF-.

Documentos CBN. Son datos contenidos en documentos elaborados en procesadores de palabra y hojas electrónicas, sin formato previo definido, referentes a informes, estudios o cualquier otro tipo de documento que se exija como parte de la cuenta, no son validados inicialmente por el aplicativo local Storm User, pero deben ser enviados utilizando el aplicativo Storm Web -SIVICOF-.

Parágrafo. Una vez los diferentes formatos CB y los documentos CBN sean enviados
al Asesor de Despacho, este envía cada informe, con la respectiva firma digital del Secretario Distrital de Integración Social, a el Jefe de Oficina de Control Interno, para que a través del aplicativo SISTEMA DE VIGILANCIA Y CONTROL FISCAL -SIVICOFde la Contraloría de Bogotá D.C., y de acuerdo con los tiempos y responsables establecidos en los artículos 3 y 4 de la presente resolución, sean rendidos al Ente de Control.

Artículo 6.

CONTENIDO DE LA PRESENTACIÓN. El Secretario Distrital de Integración Social deberá presentar las Cuentas Mensual, Anual Ocasional y el informe al Culminar la Gestión, incluyendo los respectivos formatos y documentos electrónicos aportados por los responsables señalados a continuación:

Página 11 de 28 Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-24 • 2024 • DICIEMBRE • 30 24 FOR-GJ-032 RESOLUCIÓN Nº. 1002 DE 29 de Abril de2024 “Por medio de la cual se prescriben los métodos y se establecen los procedimientos para la presentación de informes de rendición de las cuentas de la Secretaría Distrital de Integración Social a la Contraloría de Bogotá D.C. y a la Contraloría General de la República, mediante los aplicativos SIVICOF y SIRECI, y se dictan otras disposiciones”

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240429-110906-c57e43-21543880 2024-04-29T17:34:18-05:00 - Pagina 12 de 34

1. CUENTA MENSUAL: La cuenta mensual consolidada para la Secretaría Distrital de Integración Social incluye los siguientes informes y los responsables de elaborarla son:

INFORME DE PRESUPUESTO CODIGO NOMBRE DEL FORMATO o DOCUMENTO Responsable CB-0003 Ejecución Cuentas por Pagar de la Vigencia Anterior CBN-1001 Programa Anual Mensualizado de Caja - PAC CBN-1093 Informe de Modificaciones al presupuesto de Dirección de Gestión Corporativa Subdirección Administrativa y Financiera Ingresos, Gastos e Inversiones INFORME DE DEUDA PUBLICA CODIGO NOMBRE DEL FORMATO o DOCUMENTO Responsable CBN-1092 Certificación de no existencia de Deuda Pública Dirección de Gestión Corporativa Subdirección Administrativa y Financiera CBN-1005 Comportamiento Indicadores de Endeudamiento (Señalar que no se presenta).

INFORME DE INVERSIONES CODIGO NOMBRE DEL FORMATO o DOCUMENTO Responsable CBN-0001 Certificado de no existencia de Recursos de Tesorería, Inversiones Financieras, Fiducias y Carteras Colectivas Dirección de Gestión Corporativa Subdirección Administrativa y Financiera INFORME DE GESTION Y RESULTADOS Página 12 de 28 Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-25 • 2024 • DICIEMBRE • 30 25 FOR-GJ-032 RESOLUCIÓN Nº. 1002 DE 29 de Abril de2024 “Por medio de la cual se prescriben los métodos y se establecen los procedimientos para la presentación de informes de rendición de las cuentas de la Secretaría Distrital de Integración Social a la Contraloría de Bogotá D.C. y a la Contraloría General de la República, mediante los aplicativos SIVICOF y SIRECI, y se dictan otras disposiciones”

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240429-110906-c57e43-21543880 2024-04-29T17:34:18-05:00 - Pagina 13 de 34 CODIGO NOMBRE DEL FORMATO o DOCUMENTO Responsable CBN-1098 Informe sobre la evolución del patrimonio autónomo o encargo fiduciario Dirección de Gestión Corporativa Subdirección Administrativa y Financiera INFORME DE CONTRATACIÓN CODIGO NOMBRE DEL FORMATO o DOCUMENTO Responsable CB-0011 Contratistas Dirección de Gestión Corporativa Subdirección de Contratación CB-0012 Contractual CB-0013 Localización CB-0014 Presupuesto Contratación CB-0015 Modificaciones Contractuales CB-0016 Novedades Contractuales CB-0017 Pagos CB-0018 Controversias Contractuales CB-0019 Interventorías

2. CUENTA ANUAL: La cuenta anual consolidada para la Secretaría Distrital de Integración Social incluye los siguientes informes y los responsables de elaborarla son:

RESPONSABLES INFORME PRESUPUESTO CODIGO DETALLE O DESCRIPCIÓN DE LA INFORMACIÓN Página 13 de 28 Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-26 • 2024 • DICIEMBRE • 30 26 FOR-GJ-032 RESOLUCIÓN Nº. 1002 DE 29 de Abril de2024 “Por medio de la cual se prescriben los métodos y se establecen los procedimientos para la presentación de informes de rendición de las cuentas de la Secretaría Distrital de Integración Social a la Contraloría de Bogotá D.C. y a la Contraloría General de la República, mediante los aplicativos SIVICOF y SIRECI, y se dictan otras disposiciones”

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240429-110906-c57e43-21543880 2024-04-29T17:34:18-05:00 - Pagina 14 de 34 CB-0001 Reservas Presupuestales al Cierre de la Vigencia CB-0002 Pasivos Exigibles al Cierre de la Vigencia CBN-0004 Cuentas por Pagar al Cierre de la Vigencia Dirección de Gestión Corporativa Subdirección Administrativa y Financiera RESPONSABLES INFORME CONTRATACION CODIGO DETALLE O DESCRIPCIÓN DE LA INFORMACIÓN CBN-1024 Plan Anual de Adquisiciones Dirección de Gestión Corporativa Subdirección Administrativa y Financiera - Contratación INFORME BALANCE SOCIAL RESPONSABLES CODIGO DETALLE O DESCRIPCIÓN DE LA INFORMACIÓN CBN-0021 Informe de Balance Social Dirección de Análisis y Diseño Estratégico Subdirección Diseño, Evaluación y Sistematización RESPONSABLES INFORME GESTION Y RESULTADOS CODIGO DETALLE O DESCRIPCIÓN DE LA INFORMACIÓN CB-0404 Indicadores de Gestión Dirección de Análisis y Diseño Estratégico CBN-1030 Certificado de Reporte al Sistema de Página 14 de 28 Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-27 • 2024 • DICIEMBRE • 30 27 FOR-GJ-032 RESOLUCIÓN Nº. 1002 DE 29 de Abril de2024 “Por medio de la cual se prescriben los métodos y se establecen los procedimientos para la presentación de informes de rendición de las cuentas de la Secretaría Distrital de Integración Social a la Contraloría de Bogotá D.C. y a la Contraloría General de la República, mediante los aplicativos SIVICOF y SIRECI, y se dictan otras disposiciones”

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240429-110906-c57e43-21543880 2024-04-29T17:34:18-05:00 - Pagina 15 de 34 RESPONSABLES INFORME GESTION Y RESULTADOS CODIGO DETALLE O DESCRIPCIÓN DE LA INFORMACIÓN Seguimiento a los Proyectos de Inversión Subdirección Diseño, Evaluación y Sistematización CBN-1045 Informe de Gerencia CBN-1090 Informe de Gestión y Resultados CB-0422 Gastos e Inversiones por Proyecto y Meta CB-0405 Relación Peticiones, quejas y reclamos Subsecretaria de Gestión Institucional - Servicio Integral de Atención a la Ciudadanía. CB-0423 Informe de Procesos Judiciales Oficina Jurídica RESPONSABLES INFORME CULMINAR LA GESTION CODIGO DETALLE O DESCRIPCIÓN DE LA INFORMACIÓN CBN-1115 Acta de Informe al Culminar la Gestión Dirección de Análisis y Diseño Estratégico RESPONSABLES INFORME ESTADISTICAS INFORMATICA CODIGO DETALLE O DESCRIPCIÓN DE LA INFORMACIÓN CBN-1100 Plan de Informática Dirección de Análisis y Diseño Estratégico Subdirección Investigación e Información Página 15 de 28 Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-28 • 2024 • DICIEMBRE • 30 28 FOR-GJ-032 RESOLUCIÓN Nº. 1002 DE 29 de Abril de2024 “Por medio de la cual se prescriben los métodos y se establecen los procedimientos para la presentación de informes de rendición de las cuentas de la Secretaría Distrital de Integración Social a la Contraloría de Bogotá D.C. y a la Contraloría General de la República, mediante los aplicativos SIVICOF y SIRECI, y se dictan otras disposiciones”

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240429-110906-c57e43-21543880 2024-04-29T17:34:18-05:00 - Pagina 16 de 34 RESPONSABLES INFORME CONTABILIDAD CODIGO DETALLE O DESCRIPCIÓN DE LA INFORMACIÓN CBN-0901 CGN2015_001_SALDOS_Y_MOVIMIENTOS_ CONVERGENCIA CBN-0902 CGN2015_002_OPERACIONES_RECIPROCAS Dirección de Gestión Corporativa Subdirección Administrativa y Financiera _ CONVERGENCIA. CB-0905 Cuentas por Cobrar CBN-0906 Notas a los estados financieros CBN-1009 Estado de Situación Financiera CBN-1010 Estado de Resultado Integral o Estado de Resultados CBN-1011 Estado de Cambios en el patrimonio CBN-1026 Inventario Físico RESPONSABLES INFORME CONTROL FISCAL INTERNO CODIGO DETALLE O DESCRIPCIÓN DE LA INFORMACIÓN CBN-1038 Informe de la Oficina de Control Interno Oficina de Control Interno CBN-1015 Informe de austeridad en el gasto Dirección de Gestión Corporativa Subdirección Administrativa y Financiera CBN-1016 Informe sobre Detrimentos Patrimoniales Dirección de Gestión Corporativa Subdirección Página 16 de 28 Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-29 • 2024 • DICIEMBRE • 30 29 FOR-GJ-032 RESOLUCIÓN Nº. 1002 DE 29 de Abril de2024 “Por medio de la cual se prescriben los métodos y se establecen los procedimientos para la presentación de informes de rendición de las cuentas de la Secretaría Distrital de Integración Social a la Contraloría de Bogotá D.C. y a la Contraloría General de la República, mediante los aplicativos SIVICOF y SIRECI, y se dictan otras disposiciones”

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240429-110906-c57e43-21543880 2024-04-29T17:34:18-05:00 - Pagina 17 de 34 RESPONSABLES INFORME CONTROL FISCAL INTERNO CODIGO DETALLE O DESCRIPCIÓN DE LA INFORMACIÓN Administrativa y Financiera (Apoyo Logístico). CBN-1107 Plan de Contingencia Institucional Dirección de Análisis y Diseño Estratégico Subdirección Diseño, Evaluación y Sistematización RESPONSABLES INFORME CONTROL FISCAL INTERNO ESPECIALES CODIGO DETALLE O DESCRIPCIÓN DE LA INFORMACIÓN CBN-1019 Informe de Control Interno contable Oficina de Control Interno CBN-1022 Informe ejecutivo anual de Control Interno.

RESPONSABLES INFORME PLAN DE MEJORAMIENTO – SEGUIMIENTO ENTIDAD CODIGO DETALLE O DESCRIPCIÓN DE LA INFORMACIÓN CB-0402S Plan de mejoramiento - Seguimiento Entidad Oficina de Control Interno

3. CUENTA AL CULMINAR LA GESTIÓN: La cuenta al culminar la gestión en la Secretaria Distrital de Integración Social incluye los siguientes informes y los responsables de elaborarla son:

Página 17 de 28 Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-30 • 2024 • DICIEMBRE • 30 30 FOR-GJ-032 RESOLUCIÓN Nº. 1002 DE 29 de Abril de2024 “Por medio de la cual se prescriben los métodos y se establecen los procedimientos para la presentación de informes de rendición de las cuentas de la Secretaría Distrital de Integración Social a la Contraloría de Bogotá D.C. y a la Contraloría General de la República, mediante los aplicativos SIVICOF y SIRECI, y se dictan otras disposiciones”

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240429-110906-c57e43-21543880 2024-04-29T17:34:18-05:00 - Pagina 18 de 34 INFORME GESTION Y RESULTADOS RESPONSABLES CODIGO DETALLE O DESCRIPCIÓN DE LA INFORMACIÓN CBN-1115 Acta de Informe al Culminar la Gestión Dirección de Análisis y Diseño Estratégico INFORME CONTABILIDAD RESPONSABLES CODIGO DETALLE O DESCRIPCIÓN DE LA INFORMACIÓN CBN-0906 Notas a los estados financieros Dirección de Gestión Corporativa Subdirección Administrativa y Financiera CBN-1009 Estado de Situación Financiera CBN-1010 Estado de Resultado Integral o Estado de Resultados CBN-1011 Estado de Cambios en el patrimonio Parágrafo. DE LA RENDICIÓN DE LA CUENTA AL CULMINAR LA GESTIÓN. Es la cuenta que debe presentar el Secretario Distrital de Integración Social o quien haga sus veces, a la Contraloría de Bogotá, D.C. cuando culmine su gestión y, cubrirá el período comprendido entre la fecha de corte de la última rendición de cuenta efectuada (intermedia o anual) y la fecha de retiro definitivo del cargo. Ésta debe presentarse dentro de los quince (15) días hábiles siguientes al retiro definitivo del cargo del Secretario.

Artículo 7.

TÉRMINOS DE LA CUENTA CONSOLIDADA POR ENTIDAD. Los términos máximos para la rendición de las cuentas consolidadas Mensual, Anual y de Culminación de Gestión, a la Contraloría de Bogotá, D.C., a través del Sistema de Vigilancia y Control Fiscal -SIVICOF-, son los establecidos en el artículo 4 de la presente Resolución.

Página 18 de 28 Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-31 • 2024 • DICIEMBRE • 30 31 FOR-GJ-032 RESOLUCIÓN Nº. 1002 DE 29 de Abril de2024 “Por medio de la cual se prescriben los métodos y se establecen los procedimientos para la presentación de informes de rendición de las cuentas de la Secretaría Distrital de Integración Social a la Contraloría de Bogotá D.C. y a la Contraloría General de la República, mediante los aplicativos SIVICOF y SIRECI, y se dictan otras disposiciones”

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240429-110906-c57e43-21543880 2024-04-29T17:34:18-05:00 - Pagina 19 de 34

Artículo 8.

DEL INFORME DE CONTABILIDAD. La información contable se presentará a la Contraloría de Bogotá, D.C. a través del SISTEMA DE VIGILANCIA Y CONTROL FISCAL -SIVICOF- de manera anual, mensual y ocasional, conforme a los parámetros y plazos señalados por la Contaduría General de la Nación para las entidades y organismos del sector público.

Artículo 9.

DE LA INFORMACIÓN OCASIONAL. La Contraloría de Bogotá, D.C. podrá solicitar en cualquier tiempo a la Secretaría Distrital de Integración Social, información diferente a la señalada en la cuenta consolidada a que se refiere la presente Resolución para el cumplimiento de la misión del organismo de vigilancia y control fiscal. Para tal efecto, la Contraloría de Bogotá D.C. mediante comunicación escrita señalará la información requerida, el término, la forma y el lugar de presentación.

Parágrafo. Cuando el antes mencionado Organismo de Control, solicite este tipo de
información, el Asesor de Despacho, informara al Jefe de la Oficina de Control Interno y este mediante comunicación escrita solicitará el diligenciamiento y envío de los formatos con la información, términos y forma requeridos, para el proceso de validación y cargue en el SIVICOF. En este caso, la información ocasional, se remitirá conforme a los requerimientos y dentro de los términos establecidos por la Contraloría de Bogotá D.C.

Capítulo III.

DE LAS CUENTAS DEL SIRECI

Artículo 10.

DE LAS CUENTAS DE LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. La rendición de las cuentas a la Contraloría General de la República, se harán a través del aplicativo SIRECI, dispuesto por ese ente de Control, de acuerdo

Página 19 de 28 Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-32 • 2024 • DICIEMBRE • 30 32 FOR-GJ-032 RESOLUCIÓN Nº. 1002 DE 29 de Abril de2024 “Por medio de la cual se prescriben los métodos y se establecen los procedimientos para la presentación de informes de rendición de las cuentas de la Secretaría Distrital de Integración Social a la Contraloría de Bogotá D.C. y a la Contraloría General de la República, mediante los aplicativos SIVICOF y SIRECI, y se dictan otras disposiciones”

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240429-110906-c57e43-21543880 2024-04-29T17:34:18-05:00 - Pagina 20 de 34 con los parámetros establecidos por la Secretaria Distrital de Hacienda en consonancia con las disposiciones del Ente de Control.

Artículo 11.

RESPONSABLE DE CONSOLIDAR Y RENDIR LA CUENTA EN LA SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL. Para la rendición de las cuentas a la Contraloría General de la República, se realizan de acuerdo con los parámetros establecidos por la Secretaria Distrital de Hacienda en consonancia con las disposiciones de la Contraloría General de la República, para lo cual se establecen las siguientes responsabilidades en la Entidad.

ACTIVIDAD RESPONSABLE Solicitar la información para reportar la cuenta mensual, semestral, anual u ocasional.

Oficina de Control Interno.

Secretario de Despacho / Oficina de Control Interno. Realizar las alertas preventivas correspondientes frente a los reportes de la cuenta a la Contraloría.

Entregar la información validada de tal forma que sea precisa, correcta, veraz, oportuna y completa en los tiempos en los que sea requerido por el Secretario de Despacho / Oficina de Control Interno.

Jefe Oficina de Control Interno.

Director, Subdirector o Jefe de Oficina, de las áreas responsables. Consolidar la información enviada por los responsables de la información y validar mediante el Storm User de la Contraloría General de la Republica la información de los Formatos Electrónicos presentados.

Nota: Si se presentan errores, solicitar el ajuste al responsable por medio de correo electrónico.

Página 20 de 28 Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-33 • 2024 • DICIEMBRE • 30 33 FOR-GJ-032 RESOLUCIÓN Nº. 1002 DE 29 de Abril de2024 “Por medio de la cual se prescriben los métodos y se establecen los procedimientos para la presentación de informes de rendición de las cuentas de la Secretaría Distrital de Integración Social a la Contraloría de Bogotá D.C. y a la Contraloría General de la República, mediante los aplicativos SIVICOF y SIRECI, y se dictan otras disposiciones”

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240429-110906-c57e43-21543880 2024-04-29T17:34:18-05:00 - Pagina 21 de 34 Asesor de Despacho / Director, Subdirector o Jefe de Oficina.

ACTIVIDAD RESPONSABLE Enviar los archivos validados, al Asesor de Despacho / Director, Subdirector o Jefe de Oficina designado, para su envió a la Secretaria Distrital de Hacienda.

Remitir por parte del Asesor de Despacho / Director, Subdirector o Jefe de Oficina designado, cada uno de los formatos y los documentos a la Secretaria Distrital de Hacienda para el cargue en SIRECI.

Nota: Él envió desde el Asesor de Despacho / Director, Subdirector o Jefe de Oficina designado, certifica que la información presentada es correcta, veraz y completa.

Enviar copia del correo a la Oficina de Control Interno, del envío de la Información, el cual da cuenta que los informes fueron enviados de manera exitosa y dentro de los tiempos establecidos.

Asesor de Despacho / Director, Subdirector o Jefe de Oficina.

Artículo 12.

PERIODO DE LA CUENTA CONSOLIDADA POR ENTIDAD. La cuenta se rendirá por los siguientes períodos: mensual, semestral, anual, y ocasional, de acuerdo con los términos previstos a continuación:

Página 21 de 28 Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-34 • 2024 • DICIEMBRE • 30 34 FOR-GJ-032 RESOLUCIÓN Nº. 1002 DE 29 de Abril de2024 “Por medio de la cual se prescriben los métodos y se establecen los procedimientos para la presentación de informes de rendición de las cuentas de la Secretaría Distrital de Integración Social a la Contraloría de Bogotá D.C. y a la Contraloría General de la República, mediante los aplicativos SIVICOF y SIRECI, y se dictan otras disposiciones”

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240429-110906-c57e43-21543880 2024-04-29T17:34:18-05:00 - Pagina 22 de 34 FECHA PARA FECHA PARA REMITIR A OFICINA CUENTA DE CONTROL REMITIR AL DESPACHO FECHA MÁXIMA PARA ENVIARLA SHD INTERNO MENSUAL Hasta el penúltimo día hábil del mes reportado.

Hasta el último día hábil del mes reportado.

Hasta la fecha límite indicada en Circular de SHD.

Hasta el primer día hábil siguiente al mes reportado. SEMESTRAL Hasta el día hábil que precede a la fecha límite indicada en Circular de SHD.

Hasta el día hábil anterior a la fecha límite indicada en Circular de SHD.

ANUAL Hasta el décimo día hábil del mes de febrero.

Hasta el décimo segundo día hábil del mes de febrero.

Hasta la fecha limite indicada en Circular de SHD.

Artículo 13.

PRESENTACIÓN Y FORMA DE LA CUENTA. La rendición de la cuenta a la Contraloría General de la República. Deberá realizarse a través del Sistema De Rendición Electrónica De La Cuenta E Informes – SIRECI -, cumpliendo con los estándares y validaciones dispuestos en el mismo.

Para rendir la información mediante el Sistema de Rendición Electrónica de La Cuenta E Informes – SIRECI-, el Secretario Distrital de Integración Social realizará el envió de la información a la Secretaria Distrital de Hacienda para su cargue en el aplicativo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 11 de la presente Resolución.

Artículo 14.

CONTENIDO DE LA PRESENTACIÓN. El Secretario Distrital de Integración Social deberá presentar las Cuentas Mensual, semestral, Anual y Ocasional incluyendo los respectivos formatos y documentos electrónicos aportados por los responsables señalados a continuación:

Página 22 de 28 Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-35 • 2024 • DICIEMBRE • 30 35 FOR-GJ-032 RESOLUCIÓN Nº. 1002 DE 29 de Abril de2024 “Por medio de la cual se prescriben los métodos y se establecen los procedimientos para la presentación de informes de rendición de las cuentas de la Secretaría Distrital de Integración Social a la Contraloría de Bogotá D.C. y a la Contraloría General de la República, mediante los aplicativos SIVICOF y SIRECI, y se dictan otras disposiciones”

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240429-110906-c57e43-21543880 2024-04-29T17:34:18-05:00 - Pagina 23 de 34

1. CUENTA MENSUAL: La cuenta mensual consolidada para la Secretaría Distrital de Integración Social incluye los siguientes informes y los responsables de elaborarla son:

INFORME M-7.3 REGALIAS CONTRATOS Y PROYECTOS No. Forma NOMBRE DEL FORMATO o DOCUMENTO Responsable F23.8 Proyectos de Inversión del Sistema General de Regalías Dirección de Análisis y Diseño Estratégico F23.9 Contratos realizados con Recursos del SGR Responsable INFORME M-71 OBRAS CIVILES INCONCLUSAS O SIN USO No. Forma NOMBRE DEL FORMATO o DOCUMENTO F71 Declaración de información Subdirección de Plantas Físicas F71 Datos básicos de la obra F71.1 Entidades contratantes de la obra F71.2 Contratos involucrados en la ejecución de la obra F71.3 Relación de pagos efectuados en una obra F7.4 Relación de municipios donde se desarrolla la obra F7.5 Fuentes de financiación de la obra F71.6 Roles involucrados en planeación y ejecución de la obra F71.7 Licencias F71.8 Presupuesto de la obra F71.9 Pólizas Página 23 de 28 Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-36 • 2024 • DICIEMBRE • 30 36 FOR-GJ-032 RESOLUCIÓN Nº. 1002 DE 29 de Abril de2024 “Por medio de la cual se prescriben los métodos y se establecen los procedimientos para la presentación de informes de rendición de las cuentas de la Secretaría Distrital de Integración Social a la Contraloría de Bogotá D.C. y a la Contraloría General de la República, mediante los aplicativos SIVICOF y SIRECI, y se dictan otras disposiciones”

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240429-110906-c57e43-21543880 2024-04-29T17:34:18-05:00 - Pagina 24 de 34 Responsable INFORME M-71 OBRAS CIVILES INCONCLUSAS O SIN USO No. Forma NOMBRE DEL FORMATO o DOCUMENTO F71.10 Procesos en curso y/o fallos F71.11 Actas de reunión o notificaciones F71.12 Actualizar datos

2. CUENTA SEMESTRAL: La cuenta semestral consolidada para la Secretaría Distrital de Integración Social incluye los siguientes informes y los responsables de elaborarla son:

Responsable INFORME M-3 PLAN DE MEJORAMIENTO No. Forma NOMBRE DEL FORMATO o DOCUMENTO F14.2 Planes de Mejoramiento Entes Territoriales Oficina de Control Interno F14.3 Oficio remisorio Responsable INFORME M- 70 DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA No. Forma NOMBRE DEL FORMATO o DOCUMENTO F70.140 Delitos contra la Administración Pública Oficina Jurídica F70.141 Modificación de registros de delitos contra la Administración Pública

3. CUENTA ANUAL: La cuenta anual consolidada para la Secretaría Distrital de Integración Social incluye los siguientes informes y los responsables de elaborarla son:

Página 24 de 28 Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-37 • 2024 • DICIEMBRE • 30 37 FOR-GJ-032 RESOLUCIÓN Nº. 1002 DE 29 de Abril de2024 “Por medio de la cual se prescriben los métodos y se establecen los procedimientos para la presentación de informes de rendición de las cuentas de la Secretaría Distrital de Integración Social a la Contraloría de Bogotá D.C. y a la Contraloría General de la República, mediante los aplicativos SIVICOF y SIRECI, y se dictan otras disposiciones”

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240429-110906-c57e43-21543880 2024-04-29T17:34:18-05:00 - Pagina 25 de 34 INFORME M6 – SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES CODIGO NOMBRE DEL FORMATO o DOCUMENTO Responsable F16.3 Presupuesto de Gastos - SGP Dirección de Análisis y Diseño Estratégico F16.3 COLUMNA 28 “Cuentas por Pagar constituidas en la vigencia” y COLUMNA 36 “Pagos realizados por reservas presupuestales en vigencias anteriores” F19.2 Proyectos Orientados a Atención de Infancia, Niñez y Adolescencia. F20.4 Desarrollo de políticas publicas Dirección de Análisis y Dirección de Gestión Diseño Estratégico Dirección Poblacional F19.5.1 Contratos con recursos de origen Nacional diferentes a la participación de Educación, alimentación Escolar y salud.

Corporativa Subdirección de Contratación F19.5.2 Integrantes consorcios y uniones temporales – SGP

Artículo 15.

TERMINOS DE LA CUENTA CONSOLIDADA POR ENTIDAD. Los términos máximos para la rendición de las cuentas consolidadas Mensual, semestral y Anual a la Contraloría General de la República, a través del Sistema de Rendición Electrónica de La Cuenta E Informes – SIRECI -, son los establecidos en el artículo 12 de la presente Resolución.

Artículo 16.

DE LA INFORMACIÓN OCASIONAL. La Contraloría General de la República podrá solicitar en cualquier tiempo a la Secretaría Distrital de Integración Social, información diferente a la señalada en la cuenta consolidada a que se refiere

Página 25 de 28 Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-38 • 2024 • DICIEMBRE • 30 38 FOR-GJ-032 RESOLUCIÓN Nº. 1002 DE 29 de Abril de2024 “Por medio de la cual se prescriben los métodos y se establecen los procedimientos para la presentación de informes de rendición de las cuentas de la Secretaría Distrital de Integración Social a la Contraloría de Bogotá D.C. y a la Contraloría General de la República, mediante los aplicativos SIVICOF y SIRECI, y se dictan otras disposiciones”

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240429-110906-c57e43-21543880 2024-04-29T17:34:18-05:00 - Pagina 26 de 34 la presente Resolución para el cumplimiento de la misión del organismo de vigilancia y control fiscal. Para tal efecto, la Contraloría General de la República mediante comunicación escrita señalará la información requerida, el término, la forma y el lugar de presentación.

Parágrafo. Cuando el antes mencionado Organismo de Control, solicite este tipo de
información, el Asesor de Despacho, informara al Jefe de la Oficina de Control Interno, y este mediante comunicación escrita solicitará al Directivo o Jefe de Dependencias responsable de la información, el diligenciamiento y envío de los formatos con la información, términos y forma requeridos, para el proceso de validación y cargue en el SIRECI. En este caso, la información ocasional, se remitirá conforme a los requerimientos y dentro de los términos establecidos por la Contraloría General de la República.

Capítulo IV.

DE LAS SANCIONES

Artículo 17.

DEL PROCEDIMIENTO PECUNIARIO De conformidad con lo dispuesto en el artículo 101 de Ley 42 de 1993 “Los contralores impondrán multas a los servidores públicos y particulares que manejen fondos o bienes del Estado, hasta por el valor de cinco (5) salarios devengados por el sancionado a quienes no comparezcan a las citaciones que en forma escrita las hagan las contralorías; no rindan las cuentas e informes exigidos o no lo hagan en la forma y oportunidad establecidos por ellas”

Parágrafo Primero. Se entenderá por no presentada la cuenta o el informe, cuando
no cumplan con los aspectos de presentación, forma, términos, período, contenido y firma establecidos en la presente Resolución o los exigidos en la solicitud de información, del respectivo Ente de Control.

Página 26 de 28 Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-39 • 2024 • DICIEMBRE • 30 39 FOR-GJ-032 RESOLUCIÓN Nº. 1002 DE 29 de Abril de2024 “Por medio de la cual se prescriben los métodos y se establecen los procedimientos para la presentación de informes de rendición de las cuentas de la Secretaría Distrital de Integración Social a la Contraloría de Bogotá D.C. y a la Contraloría General de la República, mediante los aplicativos SIVICOF y SIRECI, y se dictan otras disposiciones”

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240429-110906-c57e43-21543880 2024-04-29T17:34:18-05:00 - Pagina 27 de 34 Parágrafo Segundo. El Subsecretario, Director, el Subdirector o el Jefe de Oficina que entrega la información, se hará responsable de que ésta es precisa, correcta, veraz y completa. Por lo tanto, responderá civil, penal o disciplinariamente, según sea el caso, por cualquier imprecisión, inconsistencia, falsedad u omisión en los datos.

Capítulo V.

OTRAS DISPOSICIONES

Artículo 18.

En caso de que el Ente de Control realice cambios en los formatos o en las fechas de rendición de las cuentas establecidas, la Oficina de Control Interno, informará a la Dirección de Análisis y diseño Estratégico para realizar los respectivos ajustes a esos formatos o fechas y los comunicará a los responsables de preparar y validar la información.

Artículo 19.

RESPONSABLE DEL SOPORTE TÉCNICO. La Dirección de Análisis y Diseño Estratégico a través de la Subdirección de Investigación e Información, de la Secretaría Distrital de Integración Social, deberá garantizar el funcionamiento de las plataformas de software y del hardware de la entidad, así como el acceso a Internet, requeridos por parte de los responsables de preparar, validar, consolidar y enviar las cuentas y los informes, para su remisión oportuna a la Contraloría de Bogotá, mediante el Sistema de Vigilancia y Control Fiscal –SIVICOF y a la Contraloría General de la República, mediante el SIRECI.

Artículo 20.

DEROGATORIA Y VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de expedición y deroga todas aquellas disposiciones contrarias que sobre el particular se hayan expedido, en especial la Resolución Nº. 0706 de 2023.

Página 27 de 28 Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-40 • 2024 • DICIEMBRE • 30 40 FOR-GJ-032 RESOLUCIÓN Nº. 1002 DE 29 de Abril de2024 “Por medio de la cual se prescriben los métodos y se establecen los procedimientos para la presentación de informes de rendición de las cuentas de la Secretaría Distrital de Integración Social a la Contraloría de Bogotá D.C. y a la Contraloría General de la República, mediante los aplicativos SIVICOF y SIRECI, y se dictan otras disposiciones”

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240429-110906-c57e43-21543880 2024-04-29T17:34:18-05:00 - Pagina 28 de 34 PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los 29 días del mes de abril de dos mil veinticuatro (2024).

ROBERTO ANGULO SALAZAR Secretario Distrital de Integración Social Aprobó: Iván Osejo Villamil - Director de Análisis y Diseño Estratégico. Aprobó: María Camila Díaz Marín – Directora de Gestión Corporativa. Revisó: Julián Esteban Rodríguez Leiva - Asesor Despacho. Revisó: Rosemary Chávez Rodríguez - Jefe Oficina de Control Interno. Revisó: Laura Alejandra Contreras Salazar – Jefe Oficina Jurídica. Revisó: Oscar David Garzón Alfaro - Subdirector de Diseño, Evaluación y Sistematización. Revisó: Ruby Esperanza Arias Castro - Subdirectora de Contratación. Revisó: Gloria Matilde Torres Cruz - Subdirectora Administrativa y Financiera. Revisó: Martha Isabel Ortiz – Abogada Oficina Jurídica Proyectó: Andrea Vega Rodríguez – Profesional Oficina jurídica Proyectó: Johanna Paola Caicedo Murcia – Profesional Dirección de Análisis y Diseño Estratégico. Proyectó: Luis Guillermo Patiño Muñoz - Profesional Dirección Análisis y Diseño Estratégico.

Página 28 de 28 Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-41 • 2024 • DICIEMBRE • 30 41 REGISTRO DE FIRMAS ELECTRONICAS Resolucion 1002 de 2024 cuentas Sivicof y sireci SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL gestionado por: azsign.com.co 20240429-110906-c57e43-21543880 2024-04-29 11:09:06 Id Acuerdo:

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Finalizado 2024-04-29 17:34:15 para verificación Revisión: Revisó Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240429-110906-c57e43-21543880 2024-04-29T17:34:18-05:00 - Pagina 29 de 34 Martha Isabel Ortiz Hurtado 36861141 mortizh@sdis.gov.co Abogada Oficina Jurídica Elaboración: Elaboró Andrea Vega Rodríguez 52516635 avegar@sdis.gov.co Profesional Especializada Grado 23 Secretaría Distrital de Integración Social Elaboración: Elaboró Johanna Paola Caicedo Murcia 52201042 jcaicedom@sdis.gov.co Contratista Secretaría Distrital de Integración Social Elaboración: Elaboró Luis Guillermo Patiño Muñoz 19.440300 LPatino@sdis.gov.co Contratista Grupo Asesor Despacho REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-42 • 2024 • DICIEMBRE • 30 42 REGISTRO DE FIRMAS ELECTRONICAS Resolucion 1002 de 2024 cuentas Sivicof y sireci SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL gestionado por: azsign.com.co 20240429-110906-c57e43-21543880 2024-04-29 11:09:06 Id Acuerdo:

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Finalizado 2024-04-29 17:34:15 para verificación Aprobación: Aprobó Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240429-110906-c57e43-21543880 2024-04-29T17:34:18-05:00 - Pagina 30 de 34 Ivan Osejo Villamil 79723119 iosejov@sdis.gov.co Director SDIS - Dirección de Análisis y Diseño Estratégico Aprobación: Aprobó maria camila diaz marin 1030562523 mcdiazm@sdis.gov.co Revisión: Revisó JULIAN ESTEBAN RODRIGUEZ LEIVA 1026258051 jerodriguezl@sdis.gov.co Asesor de Despacho Revisión: Revisó Rosemary Chavez 51890687 rchavezr@sdis.gov.co Jefe de Oficina Oficina de Control Interno REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-43 • 2024 • DICIEMBRE • 30 43 REGISTRO DE FIRMAS ELECTRONICAS Resolucion 1002 de 2024 cuentas Sivicof y sireci SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL gestionado por: azsign.com.co 20240429-110906-c57e43-21543880 2024-04-29 11:09:06 Id Acuerdo:

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Finalizado 2024-04-29 17:34:15 para verificación Revisión: Revisó Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240429-110906-c57e43-21543880 2024-04-29T17:34:18-05:00 - Pagina 31 de 34 LAURA ALEJANDRA CONTRERAS SALAZAR 1032366278 lcontrerass@sdis.gov.co JEFE OFICINA JURÍDICA SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL Revisión: Revisó Oscar David Garzon Alfaro 1075650932 ogarzona@sdis.gov.co Integracion Social Revisión: Revisó RUBY ARIAS CASTRO 53154433 rearias@sdis.gov.co Subdirectora de Contratación SDIS Revisión: Revisó Gloria Matilde Torres Cruz 52202939 gtorresc@sdis.gov.co Subdirectora Administrativa y Financiera Secretaria Distrital de Integración Social REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-44 • 2024 • DICIEMBRE • 30 44 REGISTRO DE FIRMAS ELECTRONICAS Resolucion 1002 de 2024 cuentas Sivicof y sireci SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL gestionado por: azsign.com.co 20240429-110906-c57e43-21543880 2024-04-29 11:09:06 Id Acuerdo:

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Finalizado 2024-04-29 17:34:15 para verificación Firma: Firma Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240429-110906-c57e43-21543880 2024-04-29T17:34:18-05:00 - Pagina 32 de 34 Roberto Angulo Salazar 80060611 rangulo@sdis.gov.co Secretario de Despacho Secretaría Distrital de Integración Social REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-45 • 2024 • DICIEMBRE • 30 45 REPORTE DE TRAZABILIDAD Resolucion 1002 de 2024 cuentas Sivicof y sireci SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL gestionado por: azsign.com.co 20240429-110906-c57e43-21543880 2024-04-29 11:09:06 Id Acuerdo:

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Finalizado 2024-04-29 17:34:15 para verificación TRAMITE PARTICIPANTE ESTADO ENVIO, LECTURA Y RESPUESTA Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240429-110906-c57e43-21543880 2024-04-29T17:34:18-05:00 - Pagina 33 de 34 Luis Guillermo Patiño Muñoz Env.: 2024-04-29 11:09:09 LPatino@sdis.gov.co Lec.: 2024-04-29 11:10:03 Elaboración Aprobado Contratista Res.: 2024-04-29 11:10:10 Grupo Asesor Despacho IP Res.: 190.27.225.68 Johanna Paola Caicedo Murcia Env.: 2024-04-29 11:10:10 jcaicedom@sdis.gov.co Lec.: 2024-04-29 11:12:02 Elaboración Aprobado Contratista Res.: 2024-04-29 11:12:26 Secretaría Distrital de Integración Soci IP Res.: 186.102.103.106 Andrea Vega Rodríguez Env.: 2024-04-29 11:12:26 avegar@sdis.gov.co Lec.: 2024-04-29 11:15:54 Elaboración Aprobado Profesional Especializada Grado 23 Res.: 2024-04-29 11:16:35 Secretaría Distrital de Integración Soci IP Res.: 200.118.60.11 Martha Isabel Ortiz Hurtado Env.: 2024-04-29 11:16:35 mortizh@sdis.gov.co Lec.: 2024-04-29 13:33:58 Revisión Abogada Oficina Jurídica Aprobado Res.: 2024-04-29 13:34:01 IP Res.: 190.27.225.68 Gloria Matilde Torres Cruz Env.: 2024-04-29 13:34:01 gtorresc@sdis.gov.co Lec.: 2024-04-29 14:19:04 Revisión Aprobado Subdirectora Administrativa y Financiera Res.: 2024-04-29 14:19:41 Secretaria Distrital de Integración Soci IP Res.: 190.27.225.68 RUBY ARIAS CASTRO Env.: 2024-04-29 14:19:42 rearias@sdis.gov.co Lec.: 2024-04-29 14:31:00 Revisión Aprobado Subdirectora de Contratación Res.: 2024-04-29 14:41:51 SDIS IP Res.: 190.27.225.68 Oscar David Garzon Alfaro Env.: 2024-04-29 14:41:51 ogarzona@sdis.gov.co Lec.: 2024-04-29 14:46:21 Revisión Aprobado Res.: 2024-04-29 14:46:26 Integracion Social IP Res.: 190.27.225.68 LAURA ALEJANDRA CONTRERAS SALAZAR Env.: 2024-04-29 14:46:26 lcontrerass@sdis.gov.co Lec.: 2024-04-29 15:11:50 Revisión Aprobado JEFE OFICINA JURÍDICA Res.: 2024-04-29 15:17:29 SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCI IP Res.: 190.27.225.68 Rosemary Chavez Env.: 2024-04-29 15:17:29 rchavezr@sdis.gov.co Lec.: 2024-04-29 15:33:45 Revisión Aprobado Jefe de Oficina Res.: 2024-04-29 15:33:52 Oficina de Control Interno IP Res.: 186.99.246.123 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-46 • 2024 • DICIEMBRE • 30 46 REPORTE DE TRAZABILIDAD Resolucion 1002 de 2024 cuentas Sivicof y sireci SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL gestionado por: azsign.com.co 20240429-110906-c57e43-21543880 2024-04-29 11:09:06 Id Acuerdo:

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Finalizado 2024-04-29 17:34:15 para verificación TRAMITE PARTICIPANTE ESTADO ENVIO, LECTURA Y RESPUESTA Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240429-110906-c57e43-21543880 2024-04-29T17:34:18-05:00 - Pagina 34 de 34 JULIAN ESTEBAN RODRIGUEZ LEIVA Env.: 2024-04-29 15:33:52 jerodriguezl@sdis.gov.co Lec.: 2024-04-29 16:31:20 Revisión Asesor de Despacho Aprobado Res.: 2024-04-29 16:31:38 IP Res.: 191.156.145.73 maria camila diaz marin Env.: 2024-04-29 16:31:38 Lec.: 2024-04-29 16:46:24 Aprobación mcdiazm@sdis.gov.co Aprobado Res.: 2024-04-29 17:06:17 IP Res.: 190.27.225.68 Ivan Osejo Villamil Env.: 2024-04-29 17:06:17 iosejov@sdis.gov.co Lec.: 2024-04-29 17:21:38 Aprobación Aprobado Director Res.: 2024-04-29 17:23:54 SDIS - Dirección de Análisis y Diseño Es IP Res.: 191.95.57.79 Roberto Angulo Salazar Env.: 2024-04-29 17:23:54 rangulo@sdis.gov.co Lec.: 2024-04-29 17:34:08 Firma Aprobado Secretario de Despacho Res.: 2024-04-29 17:34:15 Secretaría Distrital de Integración Soci IP Res.: 191.156.231.83 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-47 • 2024 • DICIEMBRE • 30 47 RESOLUCIÓN No. 1074 DEL 06 DE MAYO DE 2024 “Por la cual se reglamenta el Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Secretaría Distrital de integración Social y se deroga la Resolución 1118 de 2023”.

EL SECRETARIO DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240506-155319-bde0c7-51757121 2024-05-06T22:04:03-05:00 - Pagina 1 de 17 En uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas en el artículo 2.2.22.3.8 del Decreto Nacional 1499 de 2017, el literal h) del artículo 4 del Decreto Distrital 607 de 2007 modificado por el artículo 2° del Decreto Distrital 508 de 2022, el artículo 11 del Decreto Distrital 610 de 2022, el artículo 15 del Decreto Distrital 221 de 2023, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015 “Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014- 2018 “Todos por un nuevo país”, integró en un solo sistema de gestión los sistemas de desarrollo administrativo y de gestión de la calidad, previstos en las leyes 489 de 1998 y 872 de 2003, respectivamente.

Que en consecuencia, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 1083 de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública” y en Título 22 de la Parte 2 del Libro 2, reglamentó el Sistema de Gestión, creado en el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015.

Que el Decreto Nacional 1499 de 2017 “Por medio del cual se modifica el Decreto 1083 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Función Pública, en lo relacionado con el Sistema de Gestión establecido en el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015”, actualizó el Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG).

Que el artículo 2.2.22.3.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado por el Decreto 1499 de 2017, adopta la versión actualizada del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) con el fin de lograr el funcionamiento del Sistema de Gestión y su articulación con el Sistema de Control Interno.

Que el artículo 2.2.22.3.2 del Título 22 del Libro 2 del Decreto Nacional 1083 de 2015, sustituido mediante el artículo 1 del Decreto Nacional 1499 de 2017, definió el Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG), como un marco de referencia para dirigir, planear, ejecutar, hacer Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-48 • 2024 • DICIEMBRE • 30 48 FOR-GJ-032 V1 Continuación de la Resolución No. 1074 del 06 de mayo de 2024 “por la cual se reglamenta el Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Secretaría Distrital de integración Social y se dictan otras disposiciones” seguimiento, evaluar y controlar la gestión de las entidades y de los organismos públicos, con el fin de generar resultados que atiendan los planes de desarrollo y resuelvan las necesidades y problemas de los ciudadanos, con integridad y calidad en el servicio.

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240506-155319-bde0c7-51757121 2024-05-06T22:04:03-05:00 - Pagina 2 de 17 Que el artículo 2.2.22.3.4. ibidem, establece que el Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) se adoptará por los organismos y entidades de los órdenes nacional y territorial de la Rama Ejecutiva del Poder Público.

Que el artículo 2.2.22.3.8 del citado Decreto, dispone que cada una de las entidades integrará un Comité Institucional de Gestión y Desempeño encargado de orientar la implementación y operación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG), el cual sustituirá los demás comités que tengan relación con el Modelo y que no sean obligatorios por mandato legal. El mencionado Comité debe incluir todos los temas que atiendan la implementación y desarrollo de las políticas de gestión definidas en el Modelo Integrado de Planeación y Gestión -MIPG-.

Que el artículo 2.2.22.3.8. señala que en el orden territorial el representante legal de cada entidad definirá la conformación del Comité Institucional, el cual será presidido por un servidor del más alto nivel jerárquico, e integrado por servidores públicos del nivel directivo o asesor”.

Que el Decreto Distrital 221 de 2023 reglamenta el Sistema de Gestión en el Distrito Capital, deroga el Decreto Distrital 807 de 2019 y dicta otras disposiciones.

Que la Secretaría Distrital de Integración Social adelantó un estudio técnico-normativo en el marco de la estructuración del Comité Institucional de Gestión y Desempeño.

Que mediante la Resolución No. 1118 del 23 de mayo de 2023, la Secretaría Distrital de Integración Social reestructuró el Comité Institucional de Gestión y Desempeño como la instancia encargada de orientar la implementación, seguimiento y evaluación del Sistema de Gestión y la operación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión -MIPG-, articulando todas las áreas de la entidad, recursos, herramientas, estrategias y políticas de gestión y desempeño institucional, de acuerdo con la normativa vigente en la materia.

Que en cumplimiento a la normatividad antes relacionada, las funciones del Consejo Directivo y del Consejo de Seguimiento al Cumplimiento de Metas Sociales y Financieras son integradas y asumidas por el Comité Institucional de Gestión y Desempeño.

Que teniendo en cuenta las consideraciones previas, para hacer más eficiente al Comité Institucional de Gestión y Desempeño, es necesario derogar la resolución No.1118 de 2023.

Que en mérito de lo expuesto:

Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-49 • 2024 • DICIEMBRE • 30 49 FOR-GJ-032 V1 Continuación de la Resolución No. 1074 del 06 de mayo de 2024 “por la cual se reglamenta el Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Secretaría Distrital de integración Social y se dictan otras disposiciones”

RESUELVE:

Título I.

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240506-155319-bde0c7-51757121 2024-05-06T22:04:03-05:00 - Pagina 3 de 17 COMITÉ INSTITUCIONAL DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO

Artículo 1.

COMITÉ INSTITUCIONAL DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO. El Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Secretaría Distrital de Integración Social, es la instancia encargada de orientar la implementación, seguimiento y evaluación del Sistema de Gestión y la operación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión -MIPG-, articulando todas las áreas de la entidad, recursos, herramientas, estrategias y políticas de gestión y desempeño institucional, de acuerdo con la normativa vigente en la materia. Sustituirá los demás comités que tengan relación con el Modelo Integrado de Planeación y Gestión –MIPG.

Artículo 2.

LÍDERES DE IMPLEMENTACIÓN DE LAS POLÍTICAS DE MIPG. Las Políticas de Gestión y Desempeño Institucional y el Componente Ambiental en la Secretaría Distrital de Integración Social, serán lideradas por las siguientes dependencias, sin perjuicio de la participación que las demás puedan tener en su implementación.

DIMENSIÓN POLÍTICA DEPENDENCIA Talento Humano Talento Humano Subdirección de Gestión y Desarrollo del Talento Humano Integridad Subdirección de Gestión y Desarrollo del Talento Humano Planeación Institucional Subdirección de Diseño, Evaluación y Direccionamiento Sistematización Estratégico y Subdirección Administrativa y Financiera y Planeación Subdirección de Diseño, Evaluación y Gestión presupuestal y eficiencia del gasto público Sistematización Compras y contratación Subdirección de Contratación Dirección de Gestión Corporativa Fortalecimiento organizacional y simplificación de procesos Gestión con valores para resultados Dirección de Análisis y Diseño Estratégico Servicio al ciudadano Subsecretaría de Gestión Institucional Defensa Jurídica Oficina Jurídica Mejora Normativa Oficina Jurídica Simplificación, Racionalización y Estandarización de trámites Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-50 • 2024 • DICIEMBRE • 30 50 FOR-GJ-032 V1 Continuación de la Resolución No. 1074 del 06 de mayo de 2024 “por la cual se reglamenta el Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Secretaría Distrital de integración Social y se dictan otras disposiciones”

Dirección de Análisis y Diseño Estratégico y Participación ciudadana en Subdirección de Diseño, Evaluación y la gestión pública Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240506-155319-bde0c7-51757121 2024-05-06T22:04:03-05:00 - Pagina 4 de 17 Sistematización Gobierno digital Subdirección de Investigación e Información Seguridad digital Subdirección de Investigación e Información Componente ambiental Dirección de Gestión Corporativa Evaluación de Seguimiento y evaluación Subdirección de Diseño, Evaluación y resultados de la gestión institucional Sistematización Gestión documental Dirección de Gestión Corporativa y Subdirección Administrativa y Financiera Transparencia, acceso a la información pública y lucha Subsecretaría de Gestión Institucional Información y comunicación contra la corrupción Gestión de la información estadística Dirección de Análisis y Diseño Estratégico Gestión del conocimiento y Gestión del conocimiento y la de la innovación Dirección de Análisis y Diseño Estratégico innovación Control interno Control interno Subdirección de Diseño, Evaluación y Sistematización PARÁGRAFO 1. Los criterios a desarrollar para la actualización, implementación y puesta en marcha de las dimensiones que agrupan las políticas de gestión y desempeño institucional, componente ambiental, prácticas, herramientas o instrumentos, serán los dispuestos en el Manual Operativo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG), así como los establecidos en los lineamientos e instrumentos que definan las entidades líderes de la política de gestión a nivel distrital, y aquellos definidos internamente por la Secretaría Distrital de Integración Social.

Parágrafo 2. La Subdirección de Diseño, Evaluación y Sistematización, como líder de la
Política de Gestión y Desempeño Institucional denominada Control Interno, será la dependencia responsable para la implementación y sostenibilidad del Modelo Estándar de Control Interno en la Secretaría Distrital de Integración Social.

Parágrafo 3. Sin perjuicio de lo enunciado en relación con el liderazgo de las políticas de
gestión y desempeño institucional, deberá tenerse en cuenta que la responsabilidad en la implementación es compartida, de acuerdo con las funciones propias de las dependencias, razón por la cual, deberá ser concertada, de tal manera que permita la asignación y ejecución de actividades.

Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-51 • 2024 • DICIEMBRE • 30 51 FOR-GJ-032 V1 Continuación de la Resolución No. 1074 del 06 de mayo de 2024 “por la cual se reglamenta el Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Secretaría Distrital de integración Social y se dictan otras disposiciones”

Título II.

INTEGRACIÓN, RESPONSABILIDADES Y FUNCIONES DEL COMITÉ INSTITUCIONAL DE Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240506-155319-bde0c7-51757121 2024-05-06T22:04:03-05:00 - Pagina 5 de 17 GESTIÓN Y DESEMPEÑO

Artículo 3.

INTEGRANTES DEL COMITÉ INSTITUCIONAL DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO. El Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Secretaría Distrital de integración Social está integrado por los siguientes servidores públicos que tendrán voz y voto:

1. El (la) Secretario (a) quien lo preside.
2. El (la) Subsecretario(a) de Gestión Institucional
3. El (la) Subsecretario (a) Técnico (a)
4. El (la) Jefe de la Oficina Jurídica
5. El (la) Director (a) de Gestión Corporativa
6. El (la) Director (a) de Análisis y Diseño Estratégico
7. El (la) Director (a) de Nutrición y Abastecimiento
8. El (la) Director (a) Territorial
9. El (la) Director (a) Poblacional
10. El (la) Director (a) para la Inclusión y las Familias
11. El (la) Director (a) Transferencias.

Parágrafo 1. El (la) Secretario (a) de Despacho, podrá delegar la presidencia en otros
miembros del Comité, formalizando esta decisión mediante comunicación dirigida a la Secretaría Técnica.

Parágrafo 2. El (La) Jefe de la Oficina de Control Interno y el Subdirector de Diseño,
Evaluación y Sistematización de la Secretaría Distrital de Integración Social serán invitados permanentes con voz, pero sin voto.

Parágrafo 3. Cuando se considere pertinente, según los temas a tratar en el orden del día,
por su condición jerárquica, funcional o conocimiento técnico, el Comité podrá invitar a sus sesiones a los Jefes de oficina, Subdirectores técnicos de nivel central y/o locales, servidores públicos o contratistas que puedan contribuir a la toma de decisiones. Estas personas tendrán derecho a voz, pero no voto. La citación a estos servidores la efectuará la Secretaría Técnica, a través de la convocatoria a las sesiones.

ARTÍCULO
4. RESPONSABILIDADES DE LOS INTEGRANTES DEL COMITÉ INSTITUCIONAL DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO. Son responsabilidades de los integrantes del Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Secretaría Distrital de Integración Social, las siguientes:

Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-52 • 2024 • DICIEMBRE • 30 52 FOR-GJ-032 V1 Continuación de la Resolución No. 1074 del 06 de mayo de 2024 “por la cual se reglamenta el Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Secretaría Distrital de integración Social y se dictan otras disposiciones”

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240506-155319-bde0c7-51757121 2024-05-06T22:04:03-05:00 - Pagina 6 de 17

1. Asistir a las reuniones del Comité que sean convocadas y suscribir el registro de asistencia respectivo.
2. Preparar y presentar propuestas sobre los asuntos relacionados con los temas, políticas, dimensiones y componentes que sean de su competencia, así como los informes de seguimiento sobre tales asuntos, para lo cual se cuenta con el apoyo de las Mesas Técnicas correspondientes.
3. Allegar al Secretario Técnico, con la antelación suficiente a la sesión respectiva, los documentos soportes para apoyar a los integrantes del Comité en la deliberación y decisión de los asuntos de su competencia.
4. Las demás que les asigne el (la) Presidente (a) del Comité.

Artículo 5.

FUNCIONES DEL COMITÉ INSTITUCIONAL DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO. Son funciones del Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Secretaría Distrital de Integración Social las siguientes:

1. Aprobar y hacer seguimiento, a las acciones y estrategias adoptadas para la operación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG.
2. Articular los esfuerzos institucionales, recursos, metodologías y estrategias para asegurar la implementación, sostenibilidad y mejora del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG.
3. Proponer al Comité Sectorial de Gestión y el Desempeño Institucional, iniciativas que contribuyan al mejoramiento en la implementación y operación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG.
4. Presentar los informes que el Comité Sectorial de Gestión y Desempeño y los organismos de control requieran sobre la gestión y el desempeño de la entidad.
5. Asegurar la implementación y desarrollo de las políticas de gestión y directrices en materia de seguridad digital y de la información.
6. Realizar seguimiento al cumplimiento de las metas Plan de Desarrollo y metas Proyectos de Inversión de la Entidad.
7. Orientar y aprobar el anteproyecto y proyecto de presupuesto de Funcionamiento e Inversión de la Entidad.
8. Realizar seguimiento a la ejecución y avance del presupuesto anual de la entidad.
9. Definir acciones y estrategias relacionadas con la organización, manejo y control de los documentos producidos en desarrollo de la gestión institucional.
10. Aprobar los planes, programas, proyectos, estrategias y herramientas necesarias para la implementación interna de las políticas de gestión, previo visto bueno de la Subdirección de Diseño, Evaluación y Sistematización o de la dependencia responsable de su formulación.
11. Definir acciones y estrategias orientadas al buen uso y aprovechamiento de las tecnologías de información y las comunicaciones, así como a la protección de los activos de información de la entidad.

Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-53 • 2024 • DICIEMBRE • 30 53 FOR-GJ-032 V1 Continuación de la Resolución No. 1074 del 06 de mayo de 2024 “por la cual se reglamenta el Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Secretaría Distrital de integración Social y se dictan otras disposiciones”

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240506-155319-bde0c7-51757121 2024-05-06T22:04:03-05:00 - Pagina 7 de 17

12. Adelantar acciones y estrategias para la correcta implementación, operación, seguimiento, evaluación y mejora continua de la gestión ambiental institucional, contemplando los recursos necesarios y el cumplimiento de la normatividad ambiental vigente.
13. Efectuar acciones y estrategias relacionadas a garantizar la implementación, seguimiento y evaluación del Teletrabajo en la Entidad.
14. Elaborar directrices tendientes a la consolidación y publicación anual del Plan Anticorrupción y de Atención Ciudadano-PAAC, de conformidad con lo establecido por la Ley 1474 de 2011, y realizar seguimiento al cumplimiento de dicha ley, de los componentes del Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano - PAAC de la Secretaría Distrital de Integración Social y de la oportuna publicación de dicho plan.
15. Aprobar las directrices tendientes a la implementación de la Ley 1712 del 2014 de transparencia y acceso a la información pública en la Secretaría Distrital de Integración Social y realizar el seguimiento al cumplimiento de las obligaciones de dicha Ley y demás normas concordantes aplicables a la entidad en materia de transparencia.
16. Definir acciones, estrategias y directrices relacionadas con la Gestión Integral Social.
17. Aprobar las propuestas que en cumplimiento de sus funciones presenten o formulen las Mesas Técnicas.
18. Aprobar y definir acciones con fundamento en la información presentada por la Dirección Corporativa o quien haga sus veces, para la adquisición de predios necesarios para la ejecución de proyectos de la Secretaría Distrital de Integración Social y en general para la gestión predial de la entidad.
19. Realizar la concertación de los procesos de gestión del riesgo, entendidos como conocimiento del riesgo, reducción del riesgo y manejo de desastres.
20. Las demás que tengan relación directa con la implementación, desarrollo y evaluación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión

Título III.

ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN DEL COMITÉ INSTITUCIONAL DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO

Artículo 6.

La presidencia del Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Secretaría Distrital de Integración Social será ejercida por el (la) Secretario (a), cuyo rol principal será orientar y liderar la gestión de este.

Parágrafo. El (la) Secretario (a) de Despacho, podrá delegar la presidencia en otros
miembros del Comité, formalizando esta decisión mediante comunicación dirigida a la Secretaría Técnica.

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Artículo 7.

FUNCIONES DEL PRESIDENTE DEL COMITÉ INSTITUCIONAL DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO. Son funciones del presidente del Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Secretaría Distrital de Integración Social las siguientes:

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240506-155319-bde0c7-51757121 2024-05-06T22:04:03-05:00 - Pagina 8 de 17

1. Presidir, instalar y dirigir las sesiones del Comité.
2. Suscribir los actos administrativos y/o decisiones adoptadas por la instancia de coordinación.
3. Coordinar con la Secretaría Técnica la elaboración de actas e informes y demás documentos para su publicación.
4. Suscribir las actas con la Secretaría Técnica.
5. Las demás funciones que establezca la ley o el reglamento, que tengan relación directa con la implementación, desarrollo y evaluación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG.

Artículo 8.

SECRETARÍA TÉCNICA DEL COMITÉ INSTITUCIONAL DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO. La Secretaría Técnica del Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Secretaría Distrital de Integración Social será ejercida por el (la) Director (a) de Análisis y Diseño Estratégico.

Artículo 9.

FUNCIONES DE LA SECRETARÍA TÉCNICA DEL COMITÉ INSTITUCIONAL DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO. Son funciones de la Secretaría Técnica del Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Secretaría Distrital de Integración Social, las siguientes:

1. Convocar a sesiones a los integrantes del Comité Institucional de Gestión y Desempeño, indicando: hora, día y lugar de la reunión.
2. Verificar el quórum antes de sesionar.
3. Proyectar y suscribir con el (la) Presidente (a) las actas de las reuniones, así como los informes, actos administrativos y demás documentos.
4. Consolidar y presentar los documentos, estrategias, planes, programas y proyectos propuestos por sus integrantes, si así se requiere.
5. Publicar los documentos e informes que se requieran en la página web de la entidad.
6. Custodiar y conservar los documentos expedidos por la instancia y demás documentos relacionados.
7. Hacer seguimiento y verificar el cumplimiento de los compromisos adquiridos por los integrantes de la instancia.
8. Las demás que sean necesarias para el adecuado funcionamiento de la instancia.

Título IV.

SESIONES Y FUNCIONAMIENTO Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-55 • 2024 • DICIEMBRE • 30 55 FOR-GJ-032 V1 Continuación de la Resolución No. 1074 del 06 de mayo de 2024 “por la cual se reglamenta el Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Secretaría Distrital de integración Social y se dictan otras disposiciones”

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240506-155319-bde0c7-51757121 2024-05-06T22:04:03-05:00 - Pagina 9 de 17

Artículo 10.

SESIONES DEL COMITÉ INSTITUCIONAL DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO. El Comité sesionará de forma ordinaria mínimo una vez cada tres (3) meses y de manera extraordinaria por solicitud de los integrantes, previa convocatoria del Secretario (a) Técnico (a) del Comité.

Parágrafo. Se podrá celebrar sesiones virtuales por solicitud de la Presidencia del Comité o
de la Secretaría Técnica. En las sesiones virtuales se podrá deliberar y decidir por medio de comunicación simultánea, sucesiva, o asincrónica, utilizando los recursos tecnológicos que existan en materia de telecomunicaciones.

Artículo 11.

CITACIÓN A LAS SESIONES DEL COMITÉ INSTITUCIONAL DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO. Las sesiones del Comité serán convocadas por la Secretaría Técnica, de conformidad con la agenda definida.

Las citaciones a las sesiones del Comité se realizarán con una antelación de por lo menos tres (3) días para las sesiones ordinarias y un (1) día para las extraordinarias; señalando el objeto de la reunión, el orden del día, la fecha, hora y lugar.

Artículo 12.

QUÓRUM Y MAYORÍAS. El Comité Institucional de Gestión y Desempeño sesionará y deliberará con la mitad más uno (1) de sus miembros y las decisiones se tomarán por la mayoría de los miembros asistentes. Al inicio de las reuniones, la Secretaría Técnica debe verificar la existencia de quórum para deliberar.

Parágrafo. En caso de empate en la votación, la Presidencia del Comité podrá tomar la
decisión o determinar el procedimiento de desempate.

Artículo 13.

ACTAS DE LAS SESIONES DEL COMITÉ INSTITUCIONAL DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO. De cada sesión se levantará un acta que contendrá la relación de la asistencia e inasistencia, invitados y participantes, los temas tratados, las decisiones adoptadas y los votos emitidos por cada uno de los integrantes. Las actas llevarán el número consecutivo por cada año.

Una vez elaborada el acta, se remitirá vía correo electrónico a los asistentes para su revisión y ajustes. Pasado el término de cinco (5) días hábiles y atendiendo las modificaciones que se consideren pertinentes, se procederá a la legalización mediante la firma del (la) presidente(a) y del (la) secretario(a) técnico(a).

Artículo 14.

DECISIONES DEL COMITÉ INSTITUCIONAL DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO. Cuando se estime pertinente, el Comité Institucional de Gestión y Desempeño adoptará sus decisiones mediante resoluciones, circulares, actas, instructivos o cualquier otro acto administrativo que las contenga, los cuales serán suscritos por el Presidente (a) y el Secretario (a) Técnico (a) según sea el caso y con observancia de los parámetros que la ley establezca para

Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-56 • 2024 • DICIEMBRE • 30 56 FOR-GJ-032 V1 Continuación de la Resolución No. 1074 del 06 de mayo de 2024 “por la cual se reglamenta el Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Secretaría Distrital de integración Social y se dictan otras disposiciones”

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240506-155319-bde0c7-51757121 2024-05-06T22:04:03-05:00 - Pagina 10 de 17 su publicación.

Artículo 15.

IMPEDIMENTOS, RECUSACIONES O CONFLICTOS DE INTERÉS. Los integrantes del Comité Institucional de Gestión y Desempeño están sujetos a las causales de impedimento y recusación previstas en el artículo 11 de la Ley 1437 de 2011, Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Cuando un miembro del Comité advierta que puede estar inmerso en una de las causales de impedimento, deberá informar a la secretaría Técnica del Comité previo a comenzar la deliberación de los asuntos sometidos a consideración. El presidente del Comité, decidirá sobre el impedimento.

De igual manera, los integrantes del Comité podrán ser recusados, caso en el cual se dará a la recusación el mismo trámite del impedimento. Si se admite la causal de impedimento, recusación y/o conflicto de intereses y con ello se afecta el quórum deliberatorio y decisorio, el presidente del Comité, designará un servidor público de la entidad, del nivel directivo a asesor, para que integre ad hoc el Comité, en reemplazo de quien haya sido declarado impedido o recusado, en tal caso se suspende la sesión correspondiente hasta que se produzca la designación.

Cuando el impedimento recaiga en el presidente del Comité, la decisión se adoptará por la mayoría de los integrantes del Comité.

Título V.

MESAS TÉCNICAS

Artículo 16.

MESAS TÉCNICAS. El Comité Institucional de Gestión y Desempeño podrá conformar Mesas Técnicas, como instancias de apoyo, que estarán integrados por representantes de las dependencias líderes de la implementación de las políticas de gestión y desempeño y representantes de las dependencias que se requieran de acuerdo a la temática, necesidad, o circunstancia que se presente en la Secretaría. Las recomendaciones o propuestas que realice la Mesa Técnica y requieran aprobación serán presentadas por su respectivo líder ante el Comité Institucional de Gestión y Desempeño.

Las Mesas Técnicas se reunirán cuando sea necesario en virtud del cumplimiento de sus funciones. En aras de hacer más eficiente y eficaz la implementación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión, el Comité Institucional de Gestión y Desempeño podrá modificar la conformación y funciones de las Mesas Técnicas o crear otras, cuando las circunstancias lo ameriten.

Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-57 • 2024 • DICIEMBRE • 30 57 FOR-GJ-032 V1 Continuación de la Resolución No. 1074 del 06 de mayo de 2024 “por la cual se reglamenta el Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Secretaría Distrital de integración Social y se dictan otras disposiciones”

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240506-155319-bde0c7-51757121 2024-05-06T22:04:03-05:00 - Pagina 11 de 17 PARÁGRAFO 1. Las mesas técnicas contarán con un líder cuya designación será realizada por el Comité Institucional de Gestión y Desempeño.

Parágrafo 2. Las mesas técnicas deberán reunirse como mínimo una vez al año.

Parágrafo 3. El Comité de Gestión y Desempeño definirá el objeto y las funciones de las
mesas técnicas.

Artículo 17.

INSTANCIAS INTERNAS DE COORDINACIÓN QUE POR MANDATO LEGAL O RELEVANCIA INSTITUCIONAL DE LOS ASUNTOS QUE MANEJAN, DEBEN MANTENERSE. Las siguientes instancias internas de coordinación existentes en la Secretaría Distrital de Integración Social, no son sustituidas por el Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la entidad:

- Comisión de Personal
- Comité de Contratación
- Comité de Conciliación
- Comité Jurídico
- Comité de Convivencia Laboral
- Comité de Reubicaciones
- Comité Institucional de Coordinación de Control Interno
- Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo COPASST.

Título VI.

DISPOSICIONES FINALES

Artículo 18.

PUBLICACIÓN. La presente Resolución deberá ser publicada en el normograma de la entidad, en el enlace de Transparencia y Acceso a la Información Pública, de la página web de esta entidad, en cumplimiento con lo dispuesto en la Ley 1712 de 2014 y el Decreto Nacional 103 de 2015 Compilado en el Decreto Único Reglamentario 1081 de 2015 del Sector Presidencia de la República.

Artículo 19.

COMUNICACIÓN. El contenido del presente acto administrativo deberá ser comunicado a cada una de las dependencias de esta Secretaría, para su conocimiento y fines pertinentes.

Artículo 20.

VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, en especial la Resolución No. 1118 del 23 de mayo de 2023.

Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-58 • 2024 • DICIEMBRE • 30 58 FOR-GJ-032 V1 Continuación de la Resolución No. 1074 del 06 de mayo de 2024 “por la cual se reglamenta el Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Secretaría Distrital de integración Social y se dictan otras disposiciones”

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los seis (6) días del mes de mayo de 2024.

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240506-155319-bde0c7-51757121 2024-05-06T22:04:03-05:00 - Pagina 12 de 17 ROBERTO ANGULO SALAZAR Secretario Distrital de Integración Social Proyectó: Laura Patricia Saavedra Alarcón – Contratista Subdirección de Diseño, Evaluación y Sistematización Revisó: Juan Manuel Possos – Contratista Dirección de Análisis y Diseño Estratégico Viviana Lucia Mendoza – Contratista Subdirección de Diseño, Evaluación y Sistematización Alejandra Rojas- Contratista Dirección de Análisis y Diseño Estratégico Angela Marcela Castillo – Asesora Dirección de Análisis y Diseño Estratégico Aprobó: Laura Alejandra Contreras Salazar – Jefe Oficina Jurídica Lina María Sánchez – Subsecretaria de Gestión Institucional Juliana Sanchez Calderon – Subsecretaria Técnica Iván Osejo Villamil - Director de Análisis y Diseño Estratégico Oscar David Garzón Alfaro- Subdirector de Diseño, Evaluación y Sistematización Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-59 • 2024 • DICIEMBRE • 30 59 REGISTRO DE FIRMAS ELECTRONICAS Resolución 1074 del 06 de mayo de 2024 SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL gestionado por: azsign.com.co 20240506-155319-bde0c7-51757121 2024-05-06 15:53:19 Id Acuerdo:

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Finalizado 2024-05-06 22:04:01 para verificación Aprobación: Aprobó Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240506-155319-bde0c7-51757121 2024-05-06T22:04:03-05:00 - Pagina 15 de 17 Roberto Angulo Salazar 80060611 rangulo@sdis.gov.co Secretario de Despacho Secretaría Distrital de Integración Social Aprobación: Aprobó Beatriz Juliana Sanchez Calderon 52355110 jusanchez@sdis.gov.co Subsecretaria Tecnica Secretaría de Integración Social Aprobación: Aprobó Lina María Sánchez Romero 64696062 LSanchezR@sdis.gov.co Subsecretaria de Gestión Institucional Secretaría Distrital de Integración Social REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-62 • 2024 • DICIEMBRE • 30 62 REPORTE DE TRAZABILIDAD Resolución 1074 del 06 de mayo de 2024 SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL gestionado por: azsign.com.co 20240506-155319-bde0c7-51757121 2024-05-06 15:53:19 Id Acuerdo:

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Finalizado 2024-05-06 22:04:01 para verificación TRAMITE PARTICIPANTE ESTADO ENVIO, LECTURA Y RESPUESTA Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240506-155319-bde0c7-51757121 2024-05-06T22:04:03-05:00 - Pagina 16 de 17 Laura Saavedra Env.: 2024-05-06 15:53:53 lsaavedraa@sdis.gov.co Lec.: 2024-05-06 15:54:00 Elaboración Aprobado Contratista Res.: 2024-05-06 15:54:07 Sdis IP Res.: 186.29.214.19 Viviana Lucía Mendoza Hortua Env.: 2024-05-06 15:54:07 vmendoza@sdis.gov.co Lec.: 2024-05-06 15:57:14 Revisión Contratista Subdirección de Diseño, Eval Aprobado Res.: 2024-05-06 15:58:21 IP Res.: 186.29.32.180 Alejandra Rojas Env.: 2024-05-06 15:58:22 ARojasC@sdis.gov.co Lec.: 2024-05-06 16:01:51 Revisión Contratista Aprobado Res.: 2024-05-06 16:39:59 IP Res.: 181.54.32.14 ANGELA MARCELA CASTILLO HERRERA Env.: 2024-05-06 16:40:00 Lec.: 2024-05-06 16:48:07 Revisión acastilloh@sdis.gov.co Aprobado Res.: 2024-05-06 16:48:16 IP Res.: 201.244.172.57 JUAN MANUEL POSSOS PEDROZA Env.: 2024-05-06 16:48:16 jpossosp@sdis.gov.co Lec.: 2024-05-06 17:20:13 Revisión Aprobado CONTRATISTA DADE Res.: 2024-05-06 17:29:54 SDIS IP Res.: 186.155.15.253 Oscar David Garzon Alfaro Env.: 2024-05-06 17:29:54 ogarzona@sdis.gov.co Lec.: 2024-05-06 17:39:47 Aprobación Aprobado Res.: 2024-05-06 17:39:52 Integracion Social IP Res.: 190.27.225.68 Ivan Osejo Villamil Env.: 2024-05-06 17:39:52 iosejov@sdis.gov.co Lec.: 2024-05-06 17:40:55 Aprobación Aprobado Director Res.: 2024-05-06 17:41:06 SDIS - Dirección de Análisis y Diseño Es IP Res.: 191.95.56.172 LAURA ALEJANDRA CONTRERAS SALAZAR Env.: 2024-05-06 17:41:06 lcontrerass@sdis.gov.co Lec.: 2024-05-06 18:40:32 Aprobación Aprobado JEFE OFICINA JURÍDICA Res.: 2024-05-06 18:40:51 SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCI IP Res.: 186.102.8.147 Lina María Sánchez Romero Env.: 2024-05-06 18:40:51 LSanchezR@sdis.gov.co Lec.: 2024-05-06 18:58:03 Aprobación Aprobado Subsecretaria de Gestión Institucional Res.: 2024-05-06 19:01:46 Secretaría Distrital de Integración Soci IP Res.: 186.86.33.232 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-63 • 2024 • DICIEMBRE • 30 63 REPORTE DE TRAZABILIDAD Resolución 1074 del 06 de mayo de 2024 SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL gestionado por: azsign.com.co 20240506-155319-bde0c7-51757121 2024-05-06 15:53:19 Id Acuerdo:

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Finalizado 2024-05-06 22:04:01 para verificación TRAMITE PARTICIPANTE ESTADO ENVIO, LECTURA Y RESPUESTA Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240506-155319-bde0c7-51757121 2024-05-06T22:04:03-05:00 - Pagina 17 de 17 Beatriz Juliana Sanchez Calderon Env.: 2024-05-06 19:01:46 jusanchez@sdis.gov.co Lec.: 2024-05-06 19:28:24 Aprobación Aprobado Subsecretaria Tecnica Res.: 2024-05-06 19:28:31 Secretaría de Integración Social IP Res.: 186.84.90.253 Roberto Angulo Salazar Env.: 2024-05-06 19:28:32 rangulo@sdis.gov.co Lec.: 2024-05-06 22:03:18 Aprobación Aprobado Secretario de Despacho Res.: 2024-05-06 22:04:01 Secretaría Distrital de Integración Soci IP Res.: 186.84.22.51 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-64 • 2024 • DICIEMBRE • 30 64 Página 1 de 7 FOR-GJ-032 RESOLUCIÓN NÚMERO 1389 DEL 2 DE JULIO DE 2024 Por medio de la cual se designan a los gerentes de proyecto de la Secretaría de Integración Social, en el marco del Acuerdo Distrital 0927 del 7 de junio de 2024 que adoptó el Plan Distrital de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas y el Plan Plurianual de Inversiones para Bogotá D. C. para el período 2024-2027 “Bogotá Camina Segura”

EL SECRETARIO DE INTEGRACIÓN SOCIAL Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240702-104523-f2ed06-00966440 2024-07-02T12:38:49-05:00 - Pagina 1 de 12 En uso de las facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 9 de la ley 489 de 1998, el Decreto Distrital 607 de 2007, Decreto Distrital 021 de 2024, y

CONSIDERANDO:

Que con la adopción del Plan Distrital de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas y el Plan Plurianual de Inversiones para Bogotá D. C. para el período 2024-2027 “Bogotá Camina Segura a través del Acuerdo Distrital 0927 del 7 de junio de 2024, se hace necesario la actualización de la designación de las Gerencias de Proyectos en la Secretaría Distrital de Integración, así como la definición de las responsabilidades a cargo y otros aspectos generales en consideración a las siguientes disposiciones normativas.

Que el artículo 342 de la Constitución Política de 1991, señala:

“La correspondiente ley orgánica reglamentará todo lo relacionado con los procedimientos de elaboración, aprobación y ejecución de los planes de desarrollo y dispondrá los mecanismos apropiados para su armonización y para la sujeción a ellos de los presupuestos oficiales. Determinará, igualmente, la organización y funciones del Consejo Nacional de Planeación y de los consejos territoriales, así como los procedimientos conforme a los cuales se hará efectiva la participación ciudadana en la discusión de los planes de desarrollo, y las modificaciones correspondientes, conforme a lo establecido en la Constitución”.

Que la Ley 152 de 1994 “Por la cual se establece la Ley Orgánica del Plan de Desarrollo” establece los procedimientos y mecanismos para la elaboración, aprobación, ejecución, seguimiento, evaluación y control de los planes de desarrollo para la Nación, las entidades territoriales y los organismos públicos de todo orden.

Que según lo establecido en el numeral 3 del artículo 49 de la Ley 152 de 1994, “[l]as entidades Territoriales, a través de sus organismos de Planeación, organizarán y pondrán en funcionamiento bancos de programas y proyectos y sistemas de información para la planeación. El Departamento Nacional de Planeación organizará las metodologías, criterios y procedimientos que permitan integrar estos sistemas para la planeación y una Red Nacional de Bancos de Programas y Proyectos, de acuerdo con lo que se disponga en el reglamento”.

Que, en esta línea, el artículo 2 del Decreto Distrital 449 de 1999, definió el Banco Distrital de Programas y Proyectos como: “una herramienta para la planeación, que consiste en un sistema de formación donde se registra un conjunto de iniciativas de inversión que han sido consideradas viables por la entidad responsable de su ejecución, de acuerdo Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-65 • 2024 • DICIEMBRE • 30 65 Página 2 de 7 FOR-GJ-032 RESOLUCIÓN NÚMERO 1389 DEL 2 DE JULIO DE 2024 Por medio de la cual se designan a los gerentes de proyecto de la Secretaría de Integración Social, en el marco del Acuerdo Distrital 0927 del 7 de junio de 2024 que adoptó el Plan Distrital de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas y el Plan Plurianual de Inversiones para Bogotá D. C. para el período 2024-2027 “Bogotá Camina Segura”

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240702-104523-f2ed06-00966440 2024-07-02T12:38:49-05:00 - Pagina 2 de 12 con lo establecido en este Decreto”.

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 5 del Decreto Nacional 2844 de 2010, los proyectos de inversión “(…) contemplan actividades limitadas en el tiempo, que utilizan total o parcialmente recursos públicos, con el fin de crear, ampliar, mejorar, o recuperar la capacidad de producción o de provisión de bienes o servicios por parte del Estado…”

Que el artículo 6 del Decreto Distrital 714 de 1996 que compiló el Acuerdo Distrital 24 de 1995 y el Acuerdo Distrital 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital, estableció que “[e]l Plan Operativo Anual de Inversiones señalará los proyectos de inversión clasificados por sectores, entidades y programas. Este plan guardará concordancia con el Plan de Inversiones establecido en el Plan de Desarrollo Distrital…”.

Que el Manual Operativo Presupuestal del Distrito Capital, establece que la información de los proyectos de inversión deberá registrarse en el aplicativo SEGPLAN - módulo POAI de la Secretaría Distrital de Planeación y que esta información deberá tener completa coherencia con las metas y los compromisos incorporados en el Plan de Desarrollo Distrital.

Que la gestión de los proyectos de inversión en la Secretaría Distrital de Integración Social, se desarrolla de acuerdo con los lineamientos impartidos por la Secretaría Distrital de Planeación, como autoridad distrital en la materia, en los términos establecidos en el artículo 73 del Acuerdo 257 de 2006.

Que a través del Acuerdo No. 927 del 7 de junio de 2024, se adoptó el Plan Distrital de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para el periodo 2024-2027 “Bogotá Camina Segura”.

Que los proyectos de inversión de la Secretaría Distrital de Integración Social se encuentran estructurados por objetivos, actividades y tareas, y su programación y ejecución física y presupuestal se realiza a través de las distintas dependencias, según corresponda, bajo la coordinación de unidades estratégicas, denominadas gerencias de proyecto, orientadas a cumplir el propósito, objetivos y actividades de los proyectos de inversión, conforme con lo establecido en el numeral 2.2.7. del Manual de Usuario para la Operación del Banco Distrital de Programas y Proyectos (Versión 4) de la Secretaría Distrital de Planeación:

“…En el proceso de formulación de un proyecto de inversión es necesario identificar las diferentes relaciones al interior y exterior de la entidad. Por tal razón se debe señalar las diferentes áreas o dependencias que deben intervenir para la correcta ejecución del proyecto. Es importante que se defina un equipo responsable de la formulación, ejecución y seguimiento del proyecto en el que se identifique el gerente o líder del proyecto…”

Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-66 • 2024 • DICIEMBRE • 30 66 Página 3 de 7 FOR-GJ-032 RESOLUCIÓN NÚMERO 1389 DEL 2 DE JULIO DE 2024 Por medio de la cual se designan a los gerentes de proyecto de la Secretaría de Integración Social, en el marco del Acuerdo Distrital 0927 del 7 de junio de 2024 que adoptó el Plan Distrital de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas y el Plan Plurianual de Inversiones para Bogotá D. C. para el período 2024-2027 “Bogotá Camina Segura”

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240702-104523-f2ed06-00966440 2024-07-02T12:38:49-05:00 - Pagina 3 de 12 Que el artículo 14 del Decreto Distrital 607 de 2007, señala que son funciones de la Dirección de Análisis y Diseño Estratégico, entre otras, las siguientes:

“d) Dirigir la formulación de los proyectos de inversión de la Entidad, realizar su inscripción y registro en el Banco de Proyectos de la Secretaría Distrital de Planeación y realizar la evaluación de los mismos. g) Orientar los procesos de programación de metas sociales y financieras de la Secretaría y de seguimiento de las mismas, en coordinación con las Direcciones Territorial, Poblacional y de Gestión Corporativa.”

Que el artículo 15 del Decreto Distrital 607 de 2007, señala que son funciones de la Subdirección de Diseño, Evaluación y Sistematización, entre otras, las siguientes:

“a) Implementar las políticas, estrategias, planes, programas y proyectos definidos por la Secretaría en materia de programación, planeación, costeo, evaluación, seguimiento de objetivos y metas de los proyectos y servicios operados por la Secretaría y responsabilizarse de lo pertinente con las entidades adscritas. b) Adelantar el proceso de programación de metas sociales y financieras de la Secretaría y realizar el seguimiento y evaluación de las mismas. c) Definir en conjunto con las demás dependencias de la Secretaría la formulación de los proyectos de inversión de la entidad.”

Que, persiguiendo el logro de los objetivos estratégicos y programas, así como las metas del plan de desarrollo, metas de resultado y producto y proyectos de inversión formulados en el marco del Plan Distrital de Desarrollo, se hace necesario que cada uno de éstos, se encuentre liderado por un gerente, dando aplicación a los principios de eficacia, economía, celeridad y modelo de gobernanza.

Que el artículo 211 de la Constitución Política dispuso que la ley (…) “fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar en sus subalternos o en otras autoridades….”

Que el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, establece que “Las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente Ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias…”

Que por las anteriores consideraciones se hace necesaria la actualización de la designación de las Gerencias de Proyectos en la Secretaría Distrital de Integración Social en el marco del Acuerdo No. 927 del 7 de junio de 2024 que Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-67 • 2024 • DICIEMBRE • 30 67 Página 4 de 7 FOR-GJ-032 RESOLUCIÓN NÚMERO 1389 DEL 2 DE JULIO DE 2024 Por medio de la cual se designan a los gerentes de proyecto de la Secretaría de Integración Social, en el marco del Acuerdo Distrital 0927 del 7 de junio de 2024 que adoptó el Plan Distrital de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas y el Plan Plurianual de Inversiones para Bogotá D. C. para el período 2024-2027 “Bogotá Camina Segura”

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240702-104523-f2ed06-00966440 2024-07-02T12:38:49-05:00 - Pagina 4 de 12 adoptó el Plan Distrital de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas y el Plan Plurianual de Inversiones para Bogotá D.C. para el periodo 2024-2027 “Bogotá Camina Segura”, entre otros aspectos.

Que los proyectos de inversión fueron revisados y avalados por el equipo Directivo, en cabeza del Secretario Distrital de Integración Social.

En virtud de lo anteriormente expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1°.

DEFINICIÓN. Denomínese Gerente de Proyecto, al funcionario del nivel directivo o nivel asesor quien, designado por el Secretario de Integración Social, bajo los lineamientos de la Dirección de Análisis y Diseño Estratégico y la Subdirección de Diseño, Evaluación y Sistematización, liderará la formulación, planeación, ejecución, actualización, seguimiento y cierre del proyecto de inversión asignado, en procura de lograr su propósito, metas y objetivos, en cumplimiento de las políticas, lineamientos, procesos, procedimientos, guías, manuales y demás instrumentos aplicables.

Artículo 2°.

DESIGNACIÓN. En el marco del Acuerdo Distrital 927 de 2024 a través del cual se adoptó el Plan Distrital de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas y el Plan Plurianual de Inversiones para Bogotá D. C. para el período 2024- 2027 “Bogotá Camina Segura”, los Gerentes de Proyecto de la Secretaría Distrital de Integración Social, son los siguientes.

No. Proyecto Nombre Proyecto de Inversión Cargo Gerente de Proyecto 7937 Generación de oportunidades para la inclusión social y productiva de las personas mayores en Bogotá D.C. Director(a) Poblacional 7938 Implementación de transferencias monetarias para hogares en condición de pobreza o vulnerabilidad en Bogotá D.C. Director(a) de Transferencias Director(a) Poblacional 7939 Desarrollo de capacidades para las gestantes, niñas, niños, adolescentes y sus familias que promuevan su desarrollo integral en Bogotá D.C.

Director(a) Poblacional 7940 Implementación de estrategias de inclusión social y productiva para la población joven en situación de pobreza y vulnerabilidad en Bogotá D.C.

7942 Director(a) para la Inclusión y las Familias Fortalecimiento de las Comisarías de Familia para el mejoramiento en el acceso a la justicia de víctimas de violencias por razones de género y otras violencias en el contexto familiar en Bogotá D.C Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-68 • 2024 • DICIEMBRE • 30 68 Página 5 de 7 FOR-GJ-032 RESOLUCIÓN NÚMERO 1389 DEL 2 DE JULIO DE 2024 Por medio de la cual se designan a los gerentes de proyecto de la Secretaría de Integración Social, en el marco del Acuerdo Distrital 0927 del 7 de junio de 2024 que adoptó el Plan Distrital de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas y el Plan Plurianual de Inversiones para Bogotá D. C. para el período 2024-2027 “Bogotá Camina Segura”

No. Proyecto Nombre Proyecto de Inversión Cargo Gerente de Proyecto Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240702-104523-f2ed06-00966440 2024-07-02T12:38:49-05:00 - Pagina 5 de 12 7943 Fortalecimiento técnico de la política social y de la calidad en la prestación de los servicios de la SDIS en Bogotá D.C. Subsecretario(a) Técnico 7945 Fortalecimiento de la infraestructura de los servicios sociales en Bogotá D.C. Director(a) de Gestión Corporativa 7946 Fortalecimiento de la gestión pública Institucional en Bogotá D.C. Director(a) de Gestión Corporativa Director(a) Territorial 7947 Fortalecimiento de la gestión territorial para la promoción de la gobernanza, inclusión y movilidad social en los territorios urbanos y rurales de Bogotá D.C.

Director(a) Poblacional 7948 Desarrollo del abordaje integral del fenómeno de habitabilidad en calle para contribuir a la reducción de formas extremas de exclusión en Bogotá D.C.

7953 Generación del bien-estar alimentario y nutricional en Bogotá D.C. Director(a) de Nutrición y Abastecimiento 7955 Generación de la información, gestión del conocimiento y la innovación para la transformación social en Bogotá D.C. Director(a) de Análisis y Diseño Estratégico Director(a) para la Inclusión y las Familias 8047 Generación de respuestas integradoras para la inclusión social y productiva, y la prevención de todas las formas de violencia y discriminación en Bogotá D.C.

Artículo 3°.

RESPONSABILIDADES DEL GERENTE DE PROYECTO. Son responsabilidades del gerente de proyecto las siguientes:

1. Coordinar la formulación del proyecto de inversión y programar las actividades resultado y/o producto y su posterior seguimiento. Esta función tendrá el apoyo de la Subdirección de Diseño, Evaluación y Sistematización.

2. Construir el documento técnico para la formulación del proyecto de Inversión, de acuerdo con la metodología establecida para tal efecto por la Secretaría Distrital de Planeación y con la asesoría y acompañamiento de la Subdirección de Diseño, Evaluación y Sistematización, así como garantizar su actualización cuando sea necesario.

3. Programar para cada vigencia de ejecución de los Proyectos de Inversión a su cargo, los recursos presupuestales requeridos para el cumplimiento de los compromisos y metas previstas en los mismos, en concordancia con la normatividad vigente.

4. Gestionar y apoyar la elaboración y actualización de los instrumentos requeridos para la ejecución del proyecto de inversión: (i) Plan de Acción; (ii) Bitácora de conteo de actividades, (iii) Anteproyecto de Presupuesto; (iv) Plan Anual

Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-69 • 2024 • DICIEMBRE • 30 69 Página 6 de 7 FOR-GJ-032 RESOLUCIÓN NÚMERO 1389 DEL 2 DE JULIO DE 2024 Por medio de la cual se designan a los gerentes de proyecto de la Secretaría de Integración Social, en el marco del Acuerdo Distrital 0927 del 7 de junio de 2024 que adoptó el Plan Distrital de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas y el Plan Plurianual de Inversiones para Bogotá D. C. para el período 2024-2027 “Bogotá Camina Segura”

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240702-104523-f2ed06-00966440 2024-07-02T12:38:49-05:00 - Pagina 6 de 12 de Adquisiciones; (iv) Plan Anual Mensualizado de Caja (PAC) y demás requerimientos que se presenten.

5. Coordinar la ejecución, seguimiento y cierre del proyecto de inversión e impulsar acciones para la adecuada ejecución, control físico y financiero.

6. Solicitar los Certificados de Disponibilidad Presupuestal (CDP) que amparan los procesos programados en el plan de adquisiciones. Igualmente podrán quedar facultados para solicitar Certificados de Disponibilidad Presupuestal (CDP) los Subdirectores Técnicos del área respectiva o responsables del rubro presupuestal previa autorización formal por escrito por parte del Gerente del Proyecto.

7. Consolidar y presentar los informes con relación al proyecto de inversión que sean requeridos por la Subdirección de Diseño, Evaluación y Sistematización, los entes de control y las demás entidades Distritales o Nacionales.

8. Verificar y validar el cumplimiento de los procedimientos requeridos de la Entidad para el reporte y cierre del proyecto de inversión en los sistemas de información distritales y nacionales.

9. Adelantar las acciones de coordinación y control necesarias para lograr la calidad y veracidad de la información reportada en relación con la ejecución del proyecto de inversión a cargo.

10. Solicitar a la Subdirección de Diseño, Evaluación y Sistematización el concepto de viabilidad sobre cualquier cambio en las etapas de formulación, programación, ejecución, seguimiento, ajuste o actualización, de los proyectos, sus actividades, acciones, objetivos, presupuesto y tareas del proyecto a su cargo.

Parágrafo. Los gerentes de proyecto cuentan con las subdirecciones técnicas o, en su defecto, deberán contar
con un profesional enlace que facilite la comunicación con la Subdirección de Diseño, Evaluación y Sistematización. La persona seleccionada deberá consolidar y articular de manera coherente e integral los aportes técnicos efectuados por los responsables de las diferentes actividades o componentes de los proyectos de inversión, así como los aportes relacionados con la programación, ejecución, seguimiento, ajuste o actualización del proyecto y con la respuesta a requerimientos de información y de rendición de cuentas, las cuales deberán atenderse con oportunidad, veracidad y calidad.

ARTÍCULO 4° - Delegar al (la) Subdirector (a) de Contratación de la Entidad, la competencia para solicitar al Área de Presupuesto de la Secretaría, la expedición del registro presupuestal de los contratos y convenios que se celebren con cargo a los recursos de funcionamiento y de los diferentes proyectos de inversión de la Entidad.

Parágrafo. Para los demás actos que afecten el presupuesto de la Entidad, tanto de inversión como de Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín
Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-70 • 2024 • DICIEMBRE • 30 70 Página 7 de 7 FOR-GJ-032 RESOLUCIÓN NÚMERO 1389 DEL 2 DE JULIO DE 2024 Por medio de la cual se designan a los gerentes de proyecto de la Secretaría de Integración Social, en el marco del Acuerdo Distrital 0927 del 7 de junio de 2024 que adoptó el Plan Distrital de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas y el Plan Plurianual de Inversiones para Bogotá D. C. para el período 2024-2027 “Bogotá Camina Segura”

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240702-104523-f2ed06-00966440 2024-07-02T12:38:49-05:00 - Pagina 7 de 12 funcionamiento, la competencia para solicitar al Área de Presupuesto de la Secretaría la expedición del registro presupuestal será del (la) Director (a) o Subsecretario (a) que presenta la necesidad. Dichas solicitudes serán proyectadas por el área respectiva que genera dicha necesidad.

ARTÍCULO 5° - De conformidad con lo dispuesto por el artículo 12 de la Ley 489 de 1998, el (la) Secretario(a) Distrital de Integración Social puede en cualquier tiempo reasumir las competencias designadas y revisar los actos expedidos por sus delegatarios.

ARTÍCULO 6° - Para la implementación de la presente resolución, se aplicarán las políticas, procesos, procedimientos, manuales, guías y demás instrumentos institucionales previstos para la gestión de los proyectos de inversión.

ARTÍCULO 7° - Comunicar el contenido del presente acto administrativo a cada una de las dependencias de esta Secretaría, para su conocimiento y fines pertinentes.

ARTÍCULO 8° - El presente acto administrativo rige a partir de día siguiente a su publicación y deroga la Resolución 595 del 17 de marzo de 2023.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los dos (02) días del mes de julio de dos mil veinticuatro (2024).

ROBERTO ANGULO SALAZAR Secretario Distrital de Integración Social Proyectó: Ingrid Johana Molina Berbeo - Subdirección de Diseño, Evaluación y Sistematización.

Reviso: Ruby Esperanza Arias Castro - Subdirectora de Contratación Oscar David Garzón Alfaro - Subdirector de Diseño, Evaluación y Sistematización Andrés Eduardo Vallejo García - Abogado Oficina Jurídica Juan Manuel Possos Pedroza - Abogado Director de Análisis y Diseño Estratégico. Aprobó: María Camila Díaz Marín - Subsecretaría (e) de Gestión Institucional Iván Osejo Villamil - Director de Análisis y Diseño Estratégico. María Camila Díaz Marín - Directora de Gestión Corporativa Laura Alejandra Contreras Salazar - Jefe Oficina Jurídica.

Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-71 • 2024 • DICIEMBRE • 30 71 REGISTRO DE FIRMAS ELECTRONICAS RESOLUCIÓN NÚMERO 1389 DEL 2 DE JULIO DE 2024 SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL gestionado por: azsign.com.co 20240702-104523-f2ed06-00966440 2024-07-02 10:45:24 Id Acuerdo:

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Finalizado 2024-07-02 12:38:47 para verificación Revisión: Revisó Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240702-104523-f2ed06-00966440 2024-07-02T12:38:49-05:00 - Pagina 8 de 12 ANDRES EDUARDO VALLEJO GARCIA 79701762 avallejo@sdis.gov.co Revisión: Revisó RUBY ARIAS CASTRO 53154433 rearias@sdis.gov.co Subdirectora de Contratación SDIS Revisión: Revisó Oscar David Garzon Alfaro 1075650932 ogarzona@sdis.gov.co Integracion Social Elaboración: Elaboró Ingrid Johana Molina Berbeo 1069728577 imolina@sdis.gov.co Contratista Secretaría Distrital de Integración Social REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-72 • 2024 • DICIEMBRE • 30 72 REGISTRO DE FIRMAS ELECTRONICAS RESOLUCIÓN NÚMERO 1389 DEL 2 DE JULIO DE 2024 SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL gestionado por: azsign.com.co 20240702-104523-f2ed06-00966440 2024-07-02 10:45:24 Id Acuerdo:

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Finalizado 2024-07-02 12:38:47 para verificación Aprobación: Aprobó Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240702-104523-f2ed06-00966440 2024-07-02T12:38:49-05:00 - Pagina 9 de 12 maria camila diaz marin 1030562523 mcdiazm@sdis.gov.co Aprobación: Aprobó Ivan Osejo Villamil 79723119 iosejov@sdis.gov.co Director SDIS - Dirección de Análisis y Diseño Estratégico Aprobación: Aprobó maria camila diaz marin 1030562523 mcdiazm@sdis.gov.co Revisión: Revisó JUAN MANUEL POSSOS PEDROZA 80133615 jpossosp@sdis.gov.co CONTRATISTA DADE SDIS REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-73 • 2024 • DICIEMBRE • 30 73 REGISTRO DE FIRMAS ELECTRONICAS RESOLUCIÓN NÚMERO 1389 DEL 2 DE JULIO DE 2024 SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL gestionado por: azsign.com.co 20240702-104523-f2ed06-00966440 2024-07-02 10:45:24 Id Acuerdo:

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Finalizado 2024-07-02 12:38:47 para verificación Firma: Firma Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240702-104523-f2ed06-00966440 2024-07-02T12:38:49-05:00 - Pagina 10 de 12 Roberto Angulo Salazar 80060611 rangulo@sdis.gov.co Secretario de Despacho Secretaría Distrital de Integración Social Aprobación: Aprobó LAURA ALEJANDRA CONTRERAS SALAZAR 1032366278 lcontrerass@sdis.gov.co JEFE OFICINA JURÍDICA SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-74 • 2024 • DICIEMBRE • 30 74 REPORTE DE TRAZABILIDAD RESOLUCIÓN NÚMERO 1389 DEL 2 DE JULIO DE 2024 SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL gestionado por: azsign.com.co 20240702-104523-f2ed06-00966440 2024-07-02 10:45:24 Id Acuerdo:

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Finalizado 2024-07-02 12:38:47 para verificación TRAMITE PARTICIPANTE ESTADO ENVIO, LECTURA Y RESPUESTA Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240702-104523-f2ed06-00966440 2024-07-02T12:38:49-05:00 - Pagina 11 de 12 Ingrid Johana Molina Berbeo Env.: 2024-07-02 10:45:39 imolina@sdis.gov.co Lec.: 2024-07-02 10:46:17 Elaboración Aprobado Contratista Res.: 2024-07-02 10:50:52 Secretaría Distrital de Integración Soci IP Res.: 190.27.225.68 Env.: 2024-07-02 10:50:52 Oscar David Garzon Alfaro Lec.: 2024-07-02 10:51:33 ogarzona@sdis.gov.co Aprobado Revisión Res.: 2024-07-02 10:51:52 Integracion Social IP Res.: 190.27.225.68 RUBY ARIAS CASTRO Env.: 2024-07-02 10:51:52 rearias@sdis.gov.co Lec.: 2024-07-02 10:58:32 Revisión Aprobado Subdirectora de Contratación Res.: 2024-07-02 10:58:54 SDIS IP Res.: 190.27.225.68 ANDRES EDUARDO VALLEJO GARCIA Env.: 2024-07-02 10:58:54 Lec.: 2024-07-02 11:06:42 Revisión avallejo@sdis.gov.co Aprobado Res.: 2024-07-02 11:07:37 IP Res.: 190.27.225.68 JUAN MANUEL POSSOS PEDROZA Env.: 2024-07-02 11:07:37 jpossosp@sdis.gov.co Lec.: 2024-07-02 11:11:15 Revisión Aprobado CONTRATISTA DADE Res.: 2024-07-02 11:15:13 SDIS IP Res.: 186.155.16.172 maria camila diaz marin Env.: 2024-07-02 11:15:13 Lec.: 2024-07-02 11:22:45 Aprobación mcdiazm@sdis.gov.co Aprobado Res.: 2024-07-02 11:22:51 IP Res.: 190.27.225.68 Ivan Osejo Villamil Env.: 2024-07-02 11:22:51 iosejov@sdis.gov.co Lec.: 2024-07-02 12:03:08 Aprobación Aprobado Director Res.: 2024-07-02 12:03:59 SDIS - Dirección de Análisis y Diseño Es IP Res.: 191.95.49.118 maria camila diaz marin Env.: 2024-07-02 12:03:59 Lec.: 2024-07-02 12:04:16 Aprobación mcdiazm@sdis.gov.co Aprobado Res.: 2024-07-02 12:04:29 IP Res.: 190.27.225.68 LAURA ALEJANDRA CONTRERAS SALAZAR Env.: 2024-07-02 12:04:29 lcontrerass@sdis.gov.co Lec.: 2024-07-02 12:30:57 Aprobación Aprobado JEFE OFICINA JURÍDICA Res.: 2024-07-02 12:32:02 SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCI IP Res.: 190.27.225.68 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-75 • 2024 • DICIEMBRE • 30 75 REPORTE DE TRAZABILIDAD RESOLUCIÓN NÚMERO 1389 DEL 2 DE JULIO DE 2024 SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL gestionado por: azsign.com.co 20240702-104523-f2ed06-00966440 2024-07-02 10:45:24 Id Acuerdo:

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Finalizado 2024-07-02 12:38:47 para verificación TRAMITE PARTICIPANTE ESTADO ENVIO, LECTURA Y RESPUESTA Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240702-104523-f2ed06-00966440 2024-07-02T12:38:49-05:00 - Pagina 12 de 12 Roberto Angulo Salazar Env.: 2024-07-02 12:32:02 rangulo@sdis.gov.co Lec.: 2024-07-02 12:38:38 Firma Aprobado Secretario de Despacho Res.: 2024-07-02 12:38:47 Secretaría Distrital de Integración Soci IP Res.: 191.156.183.34 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-76 • 2024 • DICIEMBRE • 30 76 RESOLUCIÓN N° 1751 DEL 21 DE AGOSTO DE 2024 Por medio de la cual se establece el plan especial para la implementación progresiva del Servicio Social Transferencias para personas con discapacidad.

EL SECRETARIO DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL En uso de sus facultades constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las conferidas por Firmado Electronicamente con AZSign Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240821-152746-648396-67898945 Acuerdo: 20240821-183827-6fb123-26899071 2024-08-21T18:23:46-05:00 - Pagina 1 de 10 2024-08-21T19:03:05-05:00 - Pagina 1 de 12 el artículo 1º, los literales a) y c) del artículo 2º y el literal h) del artículo 4 del Decreto Distrital 607 de 2007, modificado por el artículo 2 del Decreto Distrital 508 de 2022 y

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el artículo 1º de la Constitución Política, el poder del Estado se justifica para el cumplimiento de unos fines esenciales, siendo el primero de ellos el de “garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución”.

Que el artículo 13 de la Constitución erige a la igualdad material como uno de sus pilares, entendida como el deber y el mandato para el Estado de promover “las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptará medidas en favor de grupos discriminados o marginados” y de proteger “especialmente a aquellas personas que, por su condición económica, física o mental, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta (…)”.

Que, en desarrollo de este principio, derecho y mandato de igualdad material, la Constitución focaliza y prioriza los derechos constitucionales de grupos poblacionales específicos, con garantías de igualdad y no discriminación, así como a través de los tratos diferenciados que requieren para el ejercicio de sus libertades y derechos.

Que la Corte Constitucional en sentencia C-478/2003 al referirse a los deberes asignados al Estado para garantizar la efectividad del derecho a la igualdad de la población en situación de discapacidad, interpretó que los mandatos constitucionales de protección prevén dos facetas, una de abstención y otra de acción así: “de conformidad con la Constitución el compromiso que tiene el Estado para con las personas discapacitadas es doble: por una parte, abstenerse de adoptar o ejecutar cualquier medida administrativa o legislativa que lesione el principio de igualdad de trato; por otra, con el fin de garantizar una igualdad de oportunidades, remover todos los obstáculos que en los ámbitos normativo, económico y social configuren efectivas desigualdades de hecho que se opongan al pleno disfrute de los derechos de estas personas, y en tal sentido, impulsar acciones positivas”.

Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-77 • 2024 • DICIEMBRE • 30 77 FOR-GJ-032 V1 Continuación de la Resolución No. 1751 del 21 de agosto de 2024 Por medio de la cual se establece el plan especial para la implementación progresiva del Servicio Social Transferencias para personas con discapacidad Firmado Electronicamente con AZSign Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240821-152746-648396-67898945 Acuerdo: 20240821-183827-6fb123-26899071 2024-08-21T18:23:46-05:00 - Pagina 2 de 10 2024-08-21T19:03:05-05:00 - Pagina 2 de 12 Que de conformidad con los artículos 7, 93 y 330 de la Constitución Política, concordados con la Ley 21 de 1991 y el artículo 7 de la Ley 87 de 1890, “[el] Estado reconoce la y protege la diversidad étnica”, “los territorios indígenas estarán gobernados por consejos conformados y reglamentados según los usos y costumbres” y le “[Corresponde] al Cabildo de cada parcialidad: Formar y custodiar el censo distribuido por familias, anotando al margen, al fin de cada año, las altas y bajas que haya sufrido”.

Que, el inciso 5º del artículo 94 de la Ley 715 de 2001, modificado por el artículo 24 de la Ley 1176 de 2007, establece que “la focalización” es “el proceso mediante el cual, se garantiza que el gasto social se asigne a los grupos de población más pobre y vulnerable” y que “las entidades territoriales al realizar inversión social, especialmente mediante la asignación de subsidios, deben aplicar los criterios e instrumentos de focalización, definidos por el Conpes Social. Los diferentes programas sociales del orden nacional o territorial, deben definir la forma en que aplicarán los criterios e instrumentos para la focalización, contemplando además los criterios de egreso o cesación de la condición de beneficiarios que resulten pertinentes, en función de los objetivos e impactos perseguidos”.

Que mediante del Decreto Nacional No. 441 de 2017 “Por el cual se sustituye el Título 8 del Libro 2 de la Parte 2 del Decreto 1082 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional”, se actualizó el “Sistema de Identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales (Sisbén)”, definido como el “instrumento de la política social para la focalización del gasto social, el cual utiliza herramientas estadísticas y técnicas que permiten identificar y ordenar a la población, para la selección y asignación de subsidios y beneficios por parte de las entidades y programas con base en las condiciones socioeconómicas en él registradas”.

Que el artículo 2.2.8.1.5 del referido decreto establece que “el Sisbén es de obligatoria aplicación y uso para las entidades públicas del orden nacional y las entidades territoriales, al realizar gasto social”.

Que, el artículo 24 de la Ley 1176 de 2007 establece que los “diferentes programas sociales del orden nacional o territorial deben definir la forma en que aplicarán los criterios e instrumentos para la focalización, contemplando, además, los criterios de egreso o cesación de la condición de beneficiarios que resulten pertinentes, en función de los objetivos e impactos perseguidos”.

Que el artículo 5 del Decreto Distrital No. 083 de 2007, modificado por el Decreto Distrital No. 613 de 2014, establece que la Secretaría Distrital de Integración Social debe propender por el uso Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-78 • 2024 • DICIEMBRE • 30 78 FOR-GJ-032 V1 Continuación de la Resolución No. 1751 del 21 de agosto de 2024 Por medio de la cual se establece el plan especial para la implementación progresiva del Servicio Social Transferencias para personas con discapacidad Firmado Electronicamente con AZSign Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240821-152746-648396-67898945 Acuerdo: 20240821-183827-6fb123-26899071 2024-08-21T18:23:46-05:00 - Pagina 3 de 10 2024-08-21T19:03:05-05:00 - Pagina 3 de 12 del SISBEN como herramienta de focalización conforme a la normatividad vigente, sin supeditar la atención en los servicios públicos sociales que protegen derechos fundamentales a la aplicación de la encuesta, estando facultada para adoptar las medidas a que haya lugar para la definición de criterios complementarios cuando quien solicita un servicio no se encuentre clasificado en SISBEN.

Que el Acuerdo Distrital 927 de 2024 “Por medio del cual se adopta el plan de desarrollo económico, social, ambiental y de obras públicas del distrito capital 2024-2027 “Bogotá Camina Segura”“ contempló en su artículo 10° los programas del objetivo estratégico “Bogotá confía en su Bien-Estar”, y dispuso el programa 8, “Erradicación del hambre en Bogotá”, como parte de las acciones de atención directa a los grupos poblacionales y sectores sociales de la estrategia: “Mejores transferencias más Bien – Estar”, que busca obtener el máximo aprovechamiento social de la plataforma de transferencias a partir de una mejor combinación, especialización y focalización de las ayudas en los canales monetarios y de bonos canjeables y en especie, programa concordante con el Objetivo Desarrollo Sostenible No. 2 “Hambre Cero”, el cual contribuye a reducir la inseguridad alimentaria, garantizando el derecho a la alimentación para quienes habitan en la ciudad de Bogotá D.C.

Que el artículo 75 del precitado Acuerdo Distrital, estableció que la Administración Distrital incrementará de manera progresiva y sostenible el monto y cobertura de las transferencias monetarias para personas con discapacidad y/o sus cuidadores y cuidadoras; y en el artículo 52 ídem, se modificó el artículo 24 del Acuerdo Distrital 761 de 2020, fortaleciendo la estrategia de Ingreso Mínimos Garantizado para ampliar la integración de programas que permitan buscar el objetivo de reducir los índices de pobreza monetaria y de feminización de la pobreza.

Que el parágrafo 1º del referido artículo 24, determina que “Los planes, programas, proyectos, criterios de focalización, servicios y presupuestos de las entidades distritales cuyos bienes y servicios estén dirigidos a población pobre y/o vulnerable, podrán ser modificados para atender la estrategia integral del Ingreso Mínimo Garantizado en Bogotá”.

Que el artículo 1° del Decreto Distrital No. 607 del 2007 establece como objeto de la Secretaría Distrital de Integración Social: orientar y liderar la formulación y desarrollo de políticas de promoción, prevención, protección, restablecimiento y garantía de los derechos de los grupos poblacionales, familias y comunidades, enfatizando en la prestación de servicios sociales básicos para quienes enfrentan mayor situación de pobreza y vulnerabilidad. Así como, prestar servicios sociales básicos de atención a aquellos grupos poblacionales que además de sus condiciones de pobreza se encuentran en riesgo social, vulneración manifiesta o en situación de exclusión social.

Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-79 • 2024 • DICIEMBRE • 30 79 FOR-GJ-032 V1 Continuación de la Resolución No. 1751 del 21 de agosto de 2024 Por medio de la cual se establece el plan especial para la implementación progresiva del Servicio Social Transferencias para personas con discapacidad Firmado Electronicamente con AZSign Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240821-152746-648396-67898945 Acuerdo: 20240821-183827-6fb123-26899071 2024-08-21T18:23:46-05:00 - Pagina 4 de 10 2024-08-21T19:03:05-05:00 - Pagina 4 de 12 Que el literal f) del artículo 2° la Resolución No. 218 de 2023, “Por la cual se definen las reglas y principios aplicables a los servicios sociales de la Secretaría Distrital de Integración Social, se adoptan los instrumentos de focalización, los criterios de ingreso, priorización, egreso y restricciones, y se dictan otras disposiciones”, señala el principio de: “(…) Transformación de los servicios. La transformación de los servicios se enmarca en la mejora continua de la oferta institucional, a partir de las necesidades de la ciudadanía, las realidades de los territorios, y la puesta en marcha de programas y estrategias de política social, con el fin de generar una red de servicios sociales que contribuyan a la inclusión social, al desarrollo de capacidades y a la prestación de los servicios sociales de alta calidad (…)” y el artículo 7° ídem, estableció el procedimiento para la modificación de las fichas técnicas de los servicios sociales.

Que desde el inicio del actual gobierno distrital la Secretaría Distrital de Integración Social viene trabajando en la optimización de los programas sociales, entre ellos repotenciando las transferencias monetarias para la población más pobre y vulnerable, como parte de la estrategia Bogotá Sin Hambre 2.0., del Plan Distrital de Desarrollo “Bogotá Camina Segura”.

Que, en el marco de lo anterior la Secretaría Distrital de Integración Social realizó una estrategia de comunicación masiva de “Mejores transferencias, más bien-estar” y a través de la Subdirección para la Discapacidad, con el apoyo de las Subdirecciones Locales realizó jornadas de socialización para la selección de canal con los beneficiarios del servicio “Fortalecimiento a la inclusión y apoyo Alimentario a Personas con Discapacidad”, por medio de las cuales se informó sobre la aplicación del SISBEN IV BOGOTÁ (entre los grupos A,B y C09), como criterio de ingreso y permanencia en el servicio social; igualmente se comunicó la posibilidad de escogencia del canal de atención, a través de transferencias monetarias.

Que, en las referidas jornadas de selección de canal los beneficiarios, mediante manifestación juramentada, informaron las entidades financieras, productos y números de teléfonos asociados a sus respectivos números de identificación, para que les fueran realizadas las Transferencias Monetarias a los números de teléfono por ellos indicados, comprometiéndose a informar a la Secretaría Distrital de Integración Social cualquier cambio en la entidad financiera, producto o abonado telefónico.

Que el día 15 de julio de 2024, atendiendo los términos del artículo 7 de la Resolución 218 de 2022, el Comité de Gestión institucional y Desempeño de la Secretaría Distrital de Integración Social aprobó modificación de la ficha técnica del servicio “Fortalecimiento a la inclusión y apoyo Alimentario a Personas con Discapacidad” a “7.10.7 Transferencias para Personas con Discapacidad”, por parte del referido comité.

Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-80 • 2024 • DICIEMBRE • 30 80 FOR-GJ-032 V1 Continuación de la Resolución No. 1751 del 21 de agosto de 2024 Por medio de la cual se establece el plan especial para la implementación progresiva del Servicio Social Transferencias para personas con discapacidad Firmado Electronicamente con AZSign Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240821-152746-648396-67898945 Acuerdo: 20240821-183827-6fb123-26899071 2024-08-21T18:23:46-05:00 - Pagina 5 de 10 2024-08-21T19:03:05-05:00 - Pagina 5 de 12 Que el portafolio de servicios de la Secretaría Distrital de Integración Social fue actualizado el pasado 22 de julio del 2024 mediante Memorando I2024019890, el cual se materializo a través de la versión 9 del PORTAFOLIO DE SERVICIOS, MODALIDADES, ESTRATEGIAS, BENEFICIOS Y TRANSFERENCIAS MONETARIAS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL.

Que la ficha del servicio social “7.10.7 Transferencias para Personas con Discapacidad”, establece en su población objeto las “Personas con discapacidad, residentes en el Distrito Capital, en situación de pobreza extrema, pobreza moderada y vulnerabilidad por inseguridad alimentaria” y entre sus criterios de priorización la base maestra SISBEN IV BOGOTÁ y, como criterios de ingreso, además de contar con el certificado de discapacidad expedido por la autoridad competente, encontrarse entre los grupos A, B y hasta C9, y como criterio de egreso no estar entre las referidas categorías del SISBEN IV BOGOTÁ.

Que, mediante la Circular Externa del 20 de junio de 2024, el Ministerio del Interior emitió recomendaciones para “garantizar el respeto de los sistemas de información propios con los que cuentan los grupos étnicos indígenas para acreditar su pertenencia indígena”, conforme al registro de los censos de población, autoridades tradicionales reconocidas por la respectiva comunidad y asociaciones del pueblo Rom, de que trata el numeral 7° del artículo 13 del Decreto Ley 2893 de 2011, modificado por el artículo 1°del Decreto 2340 de 2015.

Que el servicio social “7.10.7 Transferencias para Personas con Discapacidad” se socializó bajo los términos dispuestos por el artículo 7 de la 218 de 2023.

Que, en sesión del 15 de agosto de 2024, el Comité Coordinador de la estrategia de Ingreso Mínimo Garantizado (IMG) aprobó incluir en ésta el componente de transferencias monetarias para personas con discapacidad focalizadas por la Subdirección de Discapacidad de SDIS, para lo cual, la implementación progresiva de estas transferencias se realizará a través de los canales de IMG.

Que una vez realizada la validación de la información reportada por algunos de los beneficiarios que eligieron pasarse a la modalidad de Transferencias Monetarias del servicio “7.10.7 - Transferencias para Personas con Discapacidad”, se detectaron inconsistencias que impiden hacerles efectivo el pago de la transferencia. Por lo tanto, considerando que es la primera vez en que se surtirán este tipo de dispersiones y procurando no afectar a aquellos a quienes se les presentó esta situación, por única vez se encuentra necesario continuar otorgándoles el beneficio a través del bono canjeable por alimentos.

Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-81 • 2024 • DICIEMBRE • 30 81 FOR-GJ-032 V1 Continuación de la Resolución No. 1751 del 21 de agosto de 2024 Por medio de la cual se establece el plan especial para la implementación progresiva del Servicio Social Transferencias para personas con discapacidad Que en el marco de lo anterior se requiere establecer los términos en que se llevará a cabo la implementación progresiva del servicio “7.10.7 - Transferencias para Personas con Discapacidad”.

Que en mérito de lo expuesto:

RESUELVE:

Firmado Electronicamente con AZSign Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240821-152746-648396-67898945 Acuerdo: 20240821-183827-6fb123-26899071 2024-08-21T18:23:46-05:00 - Pagina 6 de 10 2024-08-21T19:03:05-05:00 - Pagina 6 de 12

Artículo primero.

OBJETO: Establecer el plan especial para la implementación progresiva del servicio de transferencias para personas con discapacidad y establecer los cortes a partir de los cuales empezarán a aplicar los instrumentos de focalización, los criterios de ingreso, priorización, egreso y restricciones establecidas en la ficha del servicio social “7.10.7 - Transferencias para Personas con Discapacidad”.

Artículo segundo.

Plan especial para la implementación progresiva del servicio “Transferencias para Personas con Discapacidad”. La implementación del servicio se realizará de manera progresiva, bajo los siguientes términos y grupos de clasificación:

a) Las personas con discapacidad que son beneficiarias del servicio social “Transferencias para Personas con Discapacidad”, que eligieron transferencia monetaria y que cuentan con una cuenta activa en la entidad financiera identificada en su manifestación juramentada, empezarán a recibir el beneficio económico mensual a partir del mes de agosto de 2024. b) Las personas con discapacidad que son beneficiarias del servicio social “Transferencias para Personas con Discapacidad”, que eligieron transferencia monetaria y cuya cuenta no se encuentre activa en la entidad financiera identificada en su manifestación juramentada, por única vez recibirán el beneficio a través del bono canjeable por alimentos. Para la entrega de los beneficios subsecuentes, deberán actualizar la información de la entidad financiera, producto y/o número de celular, conforme a los compromisos realizados en las referidas manifestaciones. En caso de que no se realice la actualización, se realizará la suspensión hasta tanto se realice este procedimiento. c) Las personas con discapacidad que se encontraban registradas en las listas de priorización para el ingreso al servicio “Transferencias para Personas con Discapacidad”, serán focalizadas conforme a los criterios definidos en la ficha técnica del servicio social. d) Las personas beneficiarias del servicio “Fortalecimiento a la inclusión y apoyo Alimentario a Personas con Discapacidad”, sustituido por el servicio al “Transferencias para Personas con Discapacidad”, que no atendieron las comunicaciones, citaciones, llamadas y visitas Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-82 • 2024 • DICIEMBRE • 30 82 FOR-GJ-032 V1 Continuación de la Resolución No. 1751 del 21 de agosto de 2024 Por medio de la cual se establece el plan especial para la implementación progresiva del Servicio Social Transferencias para personas con discapacidad Firmado Electronicamente con AZSign Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240821-152746-648396-67898945 Acuerdo: 20240821-183827-6fb123-26899071 2024-08-21T18:23:46-05:00 - Pagina 7 de 10 2024-08-21T19:03:05-05:00 - Pagina 7 de 12 domiciliarias realizadas por la Subdirección para la Discapacidad y las Subdirecciones locales de la SDIS, con el objeto de dar a conocer el proceso de transformación del servicio y permitirles la elección del canal para la recepción del beneficio, continuarán suspendidos hasta el 31 de octubre de 2024. Cumplida esta fecha, les serán aplicados los criterios de egreso dispuestos para el servicio vigente.

Parágrafo 1. A partir del 01 de noviembre de 2024, las personas que venían siendo beneficiarias
del servicio “Fortalecimiento a la inclusión y apoyo Alimentario a Personas con Discapacidad”, sustituido por el servicio “Transferencias para Personas con Discapacidad”, que no se encuentren en las categorías A1 a C9 de la base maestra del SISBEN IV BOGOTÁ o que no estén registradas en ella, serán egresadas del servicio social, con excepción de las comunidades étnicas siempre y cuando se encuentren en los listados censales oficiales avalados por entidad gubernamental competente, conforme a lo definido en la ficha técnica del servicio.

Artículo tercero.

VIGENCIA. Esta Resolución rige desde el día siguiente de su publicación en la página web de la Secretaría Distrital de Integración Social.

PUBLÍQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los _______ (__) días del mes de agosto de dos mil veinticuatro (2024).

ROBERTO ANGULO SALAZAR Secretario Distrital de Integración Social Proyectó: Oscar Andrés Manrique Gutiérrez – Contratista Oficina Jurídica Michael Yesid Camacho Riaño - Contratista Subdirección para la Discapacidad Revisó: Marcela Cubides – Subdirectora para la Discapacidad Mauricio Sandino – Director de Transferencias David Felipe Pinzón Fonseca – Contratista Dirección de Transferencias Aprobó: Juliana Sánchez Calderón - Subsecretaria Técnica Laura Alejandra Contreras Salazar – Jefe Oficina Asesora Jurídica Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-83 • 2024 • DICIEMBRE • 30 83 REGISTRO DE FIRMAS ELECTRONICAS 21082024 RESOLUCION_TRANSF_ DISCAPACIDAD_VF_ SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL gestionado por: azsign.com.co Id Acuerdo: 20240821-152746-648396-67898945 Creación: 2024-08-21 15:27:46 Escanee el código Estado: Finalizado Finalización: 2024-08-21 18:23:45 para verificación Revisión: FIRMA Firmado Electronicamente con AZSign Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240821-152746-648396-67898945 Acuerdo: 20240821-183827-6fb123-26899071 2024-08-21T18:23:46-05:00 - Pagina 8 de 10 2024-08-21T19:03:05-05:00 - Pagina 8 de 12 Mauricio Sandino 80001466 msandino@sdis.gov.co Director de Transferencias Secretaría Distrital de Integración Social Revisión: REVISIÓN Marcela Cubides 52968359 mcubides1@sdis.gov.co Subdirectora para la Discapacidad Dirección para la Inclusión y las Familias Elaboración: FIRMA Michael Camacho Riaño 1022982735 mcamachor@sdis.gov.co Contratista Subdirección para la Discapacidad Elaboración: FIRMA Oscar Andrés Manrique Gutiérrez 74080160 omanrique@sdis.gov.co Contratista Secretaría Distrital de Integración Social REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-84 • 2024 • DICIEMBRE • 30 84 REGISTRO DE FIRMAS ELECTRONICAS 21082024 RESOLUCION_TRANSF_ DISCAPACIDAD_VF_ SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL gestionado por: azsign.com.co Id Acuerdo: 20240821-152746-648396-67898945 Creación: 2024-08-21 15:27:46 Escanee el código Estado: Finalizado Finalización: 2024-08-21 18:23:45 para verificación Aprobación: FIRMA Firmado Electronicamente con AZSign Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240821-152746-648396-67898945 Acuerdo: 20240821-183827-6fb123-26899071 2024-08-21T18:23:46-05:00 - Pagina 9 de 10 2024-08-21T19:03:05-05:00 - Pagina 9 de 12 LAURA ALEJANDRA CONTRERAS SALAZAR 1032366278 lcontrerass@sdis.gov.co JEFE OFICINA JURÍDICA SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL Aprobación: FIRMA Beatriz Juliana Sanchez Calderon 52355110 jusanchez@sdis.gov.co Subsecretaria Tecnica Secretaría de Integración Social Revisión: FIRMA David Felipe Pinzón Fonseca 1015426135 dpinzonf@sdis.gov.co Contratista Dirección de Transferencias REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-85 • 2024 • DICIEMBRE • 30 85 REPORTE DE TRAZABILIDAD 21082024 RESOLUCION_TRANSF_ DISCAPACIDAD_VF_ SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL gestionado por: azsign.com.co Id Acuerdo: 20240821-152746-648396-67898945 Creación: 2024-08-21 15:27:46 Escanee el código Estado: Finalizado Finalización: 2024-08-21 18:23:45 para verificación TRAMITE PARTICIPANTE ESTADO ENVIO, LECTURA Y RESPUESTA Firmado Electronicamente con AZSign Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240821-152746-648396-67898945 Acuerdo: 20240821-183827-6fb123-26899071 2024-08-21T18:23:46-05:00 - Pagina 10 de 10 2024-08-21T19:03:05-05:00 - Pagina 10 de 12 Oscar Andrés Manrique Gutiérrez Env.: 2024-08-21 15:28:06 omanrique@sdis.gov.co Lec.: 2024-08-21 15:31:29 Elaboración Aprobado Contratista Res.: 2024-08-21 15:31:57 Secretaría Distrital de Integración Soci IP Res.: 191.95.54.200 Michael Camacho Riaño Env.: 2024-08-21 15:31:57 mcamachor@sdis.gov.co Lec.: 2024-08-21 15:57:34 Elaboración Aprobado Contratista Res.: 2024-08-21 15:58:00 Subdirección para la Discapacidad IP Res.: 191.156.227.193 Marcela Cubides Env.: 2024-08-21 15:58:00 mcubides1@sdis.gov.co Lec.: 2024-08-21 16:00:59 Revisión Aprobado Subdirectora para la Discapacidad Res.: 2024-08-21 16:01:05 Dirección para la Inclusión y las Famili IP Res.: 191.156.189.149 Mauricio Sandino Env.: 2024-08-21 16:01:05 msandino@sdis.gov.co Lec.: 2024-08-21 16:10:52 Revisión Aprobado Director de Transferencias Res.: 2024-08-21 16:11:01 Secretaría Distrital de Integración Soci IP Res.: 190.27.225.68 David Felipe Pinzón Fonseca Env.: 2024-08-21 16:11:01 dpinzonf@sdis.gov.co Lec.: 2024-08-21 16:44:51 Revisión Aprobado Contratista Res.: 2024-08-21 16:45:24 Dirección de Transferencias IP Res.: 191.95.49.177 Beatriz Juliana Sanchez Calderon Env.: 2024-08-21 16:45:24 jusanchez@sdis.gov.co Lec.: 2024-08-21 17:08:58 Aprobación Aprobado Subsecretaria Tecnica Res.: 2024-08-21 17:09:24 Secretaría de Integración Social IP Res.: 190.158.204.52 LAURA ALEJANDRA CONTRERAS SALAZAR Env.: 2024-08-21 17:09:25 lcontrerass@sdis.gov.co Lec.: 2024-08-21 18:23:19 Aprobación Aprobado JEFE OFICINA JURÍDICA Res.: 2024-08-21 18:23:45 SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCI IP Res.: 190.27.225.68 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-86 • 2024 • DICIEMBRE • 30 86 REGISTRO DE FIRMAS ELECTRONICAS 21082024 RESOLUCION_TRANSF_ DISCAPACIDAD_VF_ SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL gestionado por: azsign.com.co Id Acuerdo: 20240821-183827-6fb123-26899071 Creación: 2024-08-21 18:38:27 Escanee el código Estado: Finalizado Finalización: 2024-08-21 19:03:04 para verificación Aprobación: FIRMA Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240821-183827-6fb123-26899071 2024-08-21T19:03:05-05:00 - Pagina 11 de 12 Roberto Angulo Salazar 80060611 rangulo@sdis.gov.co Secretario de Despacho Secretaría Distrital de Integración Social REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-87 • 2024 • DICIEMBRE • 30 87 REPORTE DE TRAZABILIDAD 21082024 RESOLUCION_TRANSF_ DISCAPACIDAD_VF_ SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL gestionado por: azsign.com.co Id Acuerdo: 20240821-183827-6fb123-26899071 Creación: 2024-08-21 18:38:27 Escanee el código Estado: Finalizado Finalización: 2024-08-21 19:03:04 para verificación TRAMITE PARTICIPANTE ESTADO ENVIO, LECTURA Y RESPUESTA Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240821-183827-6fb123-26899071 2024-08-21T19:03:05-05:00 - Pagina 12 de 12 Roberto Angulo Salazar Env.: 2024-08-21 18:38:45 rangulo@sdis.gov.co Lec.: 2024-08-21 19:02:57 Aprobación Aprobado Secretario de Despacho Res.: 2024-08-21 19:03:04 Secretaría Distrital de Integración Soci IP Res.: 191.156.159.240 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-88 • 2024 • DICIEMBRE • 30 88 RESOLUCIÓN N° 1809 DEL 26 DE AGOSTO DE 2024 «Por medio de la cual se adopta la Política de Cumplimiento Normativo de la Secretaría Distrital Integración Social y se conforma el Órgano de Cumplimiento Normativo en el marco de lo dispuesto en el Decreto Distrital 610 de 2022».

LA SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240826-163100-6c7945-42850734 2024-08-26T16:38:07-05:00 - Pagina 1 de 12 En uso de sus facultades constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las conferidas en el literal h) del artículo 4 del Decreto Distrital 607 de 2007 modificado por el artículo 2 del Decreto Distrital 508 de 2022, en cumplimiento del Decreto Distrital 610 de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de 1991, define a Colombia como un Estado Social y Democrático de Derecho y sus fines esenciales son, entre otros, servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución, en el cual prevalece el interés general y cuyas autoridades están instituidas para garantizar los derechos fundamentales de todos los residentes y el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares.

Que la norma ibídem, establece que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en varios principios, entre ellos, la moralidad administrativa, sobre la cual se ha pronunciado la Corte Constitucional en los siguientes términos:

«(…) el principio de la moralidad en su acepción constitucional, no se circunscribe al fuero interno de los servidores públicos, sino que abarca toda la gama del comportamiento que la sociedad en un momento dado espera de quienes manejan los recursos de la comunidad y que no puede ser otro que el de absoluta pulcritud y honestidad. (…)»1 Que con la expedición de la Ley 1474 de 2011 “Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública”, se introdujeron mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública.

Que mediante la Ley 2195 de 2022 «Por medio de la cual se adoptan medidas en materia de transparencia, prevención y lucha contra la corrupción», se adoptaron medidas tendientes a prevenir los actos de corrupción, reforzar la articulación y coordinación de las entidades del Estado y a recuperar los daños ocasionados por dichos actos con el fin de promover la cultura de la legalidad e integridad para recuperar la confianza ciudadana y el respeto por lo público. ϭCORTE CONSTITUCIONAL. C-643 de 2012. Magistrado Sustanciador: GABRIEL EDUARDO MENDOZA MARTELO Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-89 • 2024 • DICIEMBRE • 30 89 FOR-GJ-032 V1 Continuación de la Resolución No. 1809 DEL 26 DE AGOSTO DE 2024 “Por medio de la cual se adopta la Política de Cumplimiento Normativo de la Secretaría Distrital Integración Social y se conforma el Órgano de Cumplimiento Normativo en el marco de lo dispuesto en el Decreto Distrital 610 de 2022”.

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240826-163100-6c7945-42850734 2024-08-26T16:38:07-05:00 - Pagina 2 de 12 Que la precitada Ley contempló en su artículo 31 los Programas de Transparencia y Ética en el Sector Público, modificando el artículo 73 de la Ley 1474 de 2011 y ordenando que las entidades públicas del orden administrativo territorial adoptaran dichos programas.

Que a través de documento CONPES Distrital 01, Publicado en el Registro Distrital No. 6489 del 6 de febrero de 2019, se establece la «Política Pública Distrital de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción», cuyo objetivo general es fortalecer las instituciones para prevenir y mitigar el impacto negativo de las prácticas corruptas en el sector público, privado y en la ciudadanía mediante acciones enmarcadas en cuatro componentes: i) transparencia; ii) integridad; iii) medidas anticorrupción; y iv) capacidades institucionales.

Que mediante Acuerdo Distrital 927 de 2024 «Por medio del cual se adopta el plan de desarrollo económico, social, ambiental y de obras públicas del distrito capital 2024-2027 “Bogotá Camina Segura”», se determinó que la coordinación de la acción jurídica distrital frente a la lucha contra la corrupción administrativa se encuentra bajo la dirección de la Secretaría Jurídica Distrital como cabeza de sector.

Que el numeral 5 del artículo 22 de la norma ejusdem, estableció el propósito y estrategia del objetivo « (…) «Bogotá Confía En Su Gobierno» Lucha contra la corrupción con control interno y colaboración pública: La corrupción es un flagelo que afecta la prestación de servicios, la calidad de vida de la ciudadanía y la reputación institucional, por esta razón es fundamental identificar, entender y actuar para erradicar prácticas de corrupción en las diferentes entidades del Distrito capital que se camuflan en la contratación estatal, la expedición de trámites y la focalización de servicios. La lucha contra la corrupción requiere de mejor información para identificar y prevenir, tecnología para anticipar y mitigar y colaboración ciudadana para combatirla y acabarla, por lo que las entidades deben contar con procesos, herramientas y controles claros que les permitan disponer de la condiciones para actuar con rapidez y efectividad en la identificación de hechos, el levantamiento de evidencias, el debido proceso, las medidas de corrección y la reparación institucional y social de los impactos generados por actuaciones corruptas (…)»2 Que mediante el Decreto 556 del 29 de diciembre de 2006, se determinaron el objeto, la estructura organizacional y las funciones de la Secretaría Distrital de Integración Social.

Que el literal h) del artículo 4 del Decreto Distrital 607 de 2007, modificado por el art. 2, del Decreto Distrital 508 de 2022 dispone como funciones del Despacho de la Secretaría Distrital de Integración Social, entre otras:

ϮVer Artículo 15. Propósito y estrategias del objetivo “Bogotá Confía En Su Gobierno”, del Acuerdo 927 de 2024 – Concejo de Bogotá D.C.

Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-90 • 2024 • DICIEMBRE • 30 90 FOR-GJ-032 V1 Continuación de la Resolución No. 1809 DEL 26 DE AGOSTO DE 2024 “Por medio de la cual se adopta la Política de Cumplimiento Normativo de la Secretaría Distrital Integración Social y se conforma el Órgano de Cumplimiento Normativo en el marco de lo dispuesto en el Decreto Distrital 610 de 2022”.

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240826-163100-6c7945-42850734 2024-08-26T16:38:07-05:00 - Pagina 3 de 12 « (…) h) Preparar los proyectos de acuerdo, de decreto, de resolución y demás actos administrativos que deban dictarse relacionados con el Sector de Integración Social».

Que el Decreto Distrital No. 118 de 2018, « Por el cual se adopta el Código de Integridad del Servicio Público, se modifica el Capítulo II del Decreto Distrital 489 de 2009, "por el cual se crea la Comisión Intersectorial de Gestión Ética del Distrito Capital", y se dictan otras disposiciones de conformidad con lo establecido en el Decreto Nacional 1499 de 2017», establece en los artículos 6,7,8,9,10, la misión, conformación, perfil, responsabilidades, formación y capacitación de los/las Gestores/as de Integridad.

Que mediante Decreto Distrital 610 de 2022 «Por medio del cual se adopta el Modelo de Gestión Jurídica Anticorrupción para el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones», se adoptó el Modelo de Gestión Jurídica Anticorrupción como un instrumento de gerencia pública para la coordinación integral de las actividades jurídicas anticorrupción en materia de derecho administrativo, disciplinario y penal en el distrito capital, articulando de forma coherente y sistemática las medidas desarrolladas en materia de lucha contra la corrupción en la administración pública distrital en lo que corresponde a la adopción de planes de cumplimiento normativo por medio de los cuales se pueda garantizar una cultura de la legalidad que promueva las buenas prácticas administrativas a fin de evitar espacios que posibiliten actos de corrupción.

Que el objetivo general del Modelo de Gestión Jurídica Anticorrupción es implementar una cultura de cumplimiento normativo para el Distrito Capital, que permita prevenir, disminuir o mitigar la materialización de riesgos administrativos con incidencia disciplinaria o penal asociados con actos de corrupción; y en caso de su ocurrencia, tener los mecanismos oportunos para su investigación, sanción y reparación.

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 8 del Decreto Distrital 610 de 2022, el Modelo de Gestión Jurídica Anticorrupción – MGJA está compuesto por: (i) Política de cumplimiento normativo, (ii) Órgano de cumplimiento, (iii) Plan de Cumplimiento Normativo, (iv) Líneas de defensa, (v) Políticas de alerta de irregularidades (whistleblowing), y (vi) Incentivos a la innovación y buenas prácticas en materia de integridad y ética de lo público.

Que el artículo 9, ibídem, define la Política de Cumplimiento Normativo como la manifestación expresa y solemne que deberá realizar cada integrante de la alta dirección o de los órganos de gobierno de cada entidad sobre su compromiso irrestricto y convicción permanente de cumplir todas las normas jurídicas de integridad, transparencia y lucha contra la corrupción administrativa y en especial observar un comportamiento coherente con los máximos principios éticos del buen Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-91 • 2024 • DICIEMBRE • 30 91 FOR-GJ-032 V1 Continuación de la Resolución No. 1809 DEL 26 DE AGOSTO DE 2024 “Por medio de la cual se adopta la Política de Cumplimiento Normativo de la Secretaría Distrital Integración Social y se conforma el Órgano de Cumplimiento Normativo en el marco de lo dispuesto en el Decreto Distrital 610 de 2022”.

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240826-163100-6c7945-42850734 2024-08-26T16:38:07-05:00 - Pagina 4 de 12 servicio público, y como consecuencia de este compromiso, las entidades distritales deberán adoptar todas las medidas administrativas que sean necesarias para el desarrollo e implementación del Modelo de Gestión Jurídica Anticorrupción-MGJA.

Que el parágrafo del artículo 9 del Decreto Distrital 610 de 2022, establece que «Cada entidad deberá publicar en su página web una copia de los documentos en los que conste la manifestación de compromiso sobre la política de cumplimiento en la que se evidencien las firmas de los integrantes. Igualmente, deberá ser actualizado cuando se vinculen nuevos integrantes de la alta dirección o de los órganos de gobierno».

Que para el caso de la Secretaría Distrital de Integración Social, el citado compromiso está en cabeza de la alta dirección, y se materializa con la manifestación clara, expresa y solemne de cada uno de los directivos de la entidad, del acatamiento, desarrollo e implementación de las actividades descritas en el artículo 10 del Decreto Distrital 610 de 2022, utilizando esta y otras herramientas para fortalecer la integridad, transparencia y no tolerancia a la corrupción, ello sin perjuicio de otras medidas o acciones que favorezcan la disminución de este riesgo.

Que a su vez el artículo 11 del Decreto Distrital 610 de 2022, determina que “[será] responsabilidad del Comité Institucional de Gestión de Desempeño o Comité Directivo conformar el Órgano de Cumplimiento según las características y necesidades institucionales. No obstante, deberán hacer parte del equipo, como mínimo, los encargados funcionales o líderes de los procesos de planeación institucional, o de talento humano, o de gestión jurídica, o de contratación, y delegados o delegadas de los gestores de integridad”. Así mismo, que, en el marco del Comité Institucional de Gestión de Desempeño o Comité Directivo, el Órgano de cumplimiento se encarga de elaborar el Plan de Cumplimiento Normativo y de la observación y verificación del acatamiento de lo establecido en el Modelo de Gestión Jurídica Anticorrupción - MGJA al interior de cada una de las entidades y organismos distritales, realizando los controles internos en la entidad u organismo distrital.

Que la Resolución No. 382 de 2021, de la SDIS, «Por la cual se reestructura el Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Secretaría Distrital de Integración Social y se dictan otras disposiciones», determino que «El Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Secretaría Distrital de Integración Social, es la instancia encargada de orientar la implementación, seguimiento y evaluación del Sistema de Gestión y la operación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión -MIPG-, articulando todas las áreas de la entidad, recursos, herramientas, estrategias y políticas de gestión y desempeño institucional, de acuerdo con la normativa vigente en la materia. Sustituirá los demás comités que tengan relación con el Modelo Integrado de Planeación y Gestión –MIPG3». ϯhttp://aplicativos.sdis.gov.co/normograma/public/files/documentos/eVFJdi0BCE.pdf Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-92 • 2024 • DICIEMBRE • 30 92 FOR-GJ-032 V1 Continuación de la Resolución No. 1809 DEL 26 DE AGOSTO DE 2024 “Por medio de la cual se adopta la Política de Cumplimiento Normativo de la Secretaría Distrital Integración Social y se conforma el Órgano de Cumplimiento Normativo en el marco de lo dispuesto en el Decreto Distrital 610 de 2022”.

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240826-163100-6c7945-42850734 2024-08-26T16:38:07-05:00 - Pagina 5 de 12 Que, en Sesión No. 35 del lunes 26 de agosto de 2024, el Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Secretaría Distrital de Integración Social aprobó la Política de Cumplimiento Normativo y la conformación del órgano de cumplimiento normativo, en el marco de lo dispuesto en el Decreto Distrital 610 de 2022, los cuales se concretan en el presente acto administrativo.

Que en mérito de lo expuesto:

RESUELVE:

Artículo primero.

Objeto. La presente Resolución adopta la política de cumplimiento normativo consistente en la manifestación expresa y solemne que debe realizar cada integrante de la alta dirección de la Secretaría Distrital de Integración Social, expresando su compromiso de cumplir todas las normas jurídicas de integridad, transparencia y lucha contra la corrupción administrativa y de observar un comportamiento coherente con los máximos principios éticos del buen servicio público. También conforma el órgano de cumplimiento en el marco del Comité Institucional de Gestión de Desempeño, para la elaboración del Plan de Cumplimiento Normativo y de la observación y verificación del acatamiento de lo establecido en el Modelo de Gestión Jurídica Anticorrupción – MGJA, en el marco de lo dispuesto en el Decreto Distrital 610 de 2022.

Artículo segundo.

Política de Cumplimiento Normativo. Adóptese la Política de Cumplimiento Normativo de la Secretaría Distrital de Integración Social, entendida como la manifestación expresa y solemne que debe realizar cada integrante de la alta dirección sobre su compromiso irrestricto y convicción permanente de cumplir todas las normas jurídicas de integridad, transparencia y lucha contra la corrupción administrativa y en especial observar un comportamiento coherente con los máximos principios éticos del buen servicio público.

Artículo tercero.

Manifestación de compromiso. En cumplimiento de lo dispuesto en el parágrafo del artículo 9 del Decreto Distrital 610 de 2022 todos los integrantes de la alta dirección de la Secretaría Distrital de Integración Social deberán expresar por escrito su compromiso irrestricto y convicción permanente de cumplir todas las normas jurídicas de integridad, transparencia y lucha contra la corrupción administrativa y en especial observar un comportamiento coherente con los máximos principios éticos del buen servicio público, que permitan evitar de la mayor forma posible espacios que posibiliten actos de corrupción, así como poner en conocimiento oportuno a las instancias competentes de realizar la investigación y sanción de las posibles conductas de corrupción administrativa de las que se pueda conocer con ocasión del cargo. Las manifestaciones suscritas por los integrantes de la alta dirección, se mantendrá publicada en el enlace de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la página web de la Entidad.

Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-93 • 2024 • DICIEMBRE • 30 93 FOR-GJ-032 V1 Continuación de la Resolución No. 1809 DEL 26 DE AGOSTO DE 2024 “Por medio de la cual se adopta la Política de Cumplimiento Normativo de la Secretaría Distrital Integración Social y se conforma el Órgano de Cumplimiento Normativo en el marco de lo dispuesto en el Decreto Distrital 610 de 2022”.

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240826-163100-6c7945-42850734 2024-08-26T16:38:07-05:00 - Pagina 6 de 12 Para el efecto, en el anexo del presente acto administrativo se adopta el contenido del formato de manifestación del compromiso aquí referido, conforme a los parámetros del Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG.

Artículo cuarto.

Principios. La Política de Cumplimiento Normativo de la Secretaría Distrital de Integración Social se enmarcará en los principios constitucionales y legales de la función pública y los dispuestos en el Decreto 610 de 2022, Modelo de Gestión Jurídica Anticorrupción – MGJA, los cuales son: debida diligencia, responsabilidad, corresponsabilidad, solidaridad, confianza, buena fe, transparencia, integridad, precaución, proactividad, máxima probidad, autocontrol, buen gobierno y primacía de lo sustancial sobre lo formal; todo esto con la finalidad principal de salvaguardar la ética de lo público.

Artículo quinto.

Confórmese el Órgano de Cumplimiento Normativo de la Secretaría Distrital de Integración Social, como el equipo encargado de la elaboración del Plan de Cumplimiento Normativo y al seguimiento y verificación del acatamiento de lo establecido en el Modelo de Gestión Jurídica Anticorrupción – MGJA, realizando los respectivos controles internos en la entidad, el cual estará integrado por:

4.1 El (la) Jefe de la Oficina Jurídica o su delegado(a), quien la lidera. 4.2 El (la) Subsecretario(a) de Gestión Institucional o su delegado(a). 4.3 El (la) Jefe de la Oficina de Control Disciplinario Interno o su delegado(a). 4.4 El (la) Director(a) de Análisis y Diseño Estratégico o su delegado(a) 4.5 El (la) Director(a) de Gestión Corporativo(a) o su delegado(a), 4.6 El (la) Subdirector(a) de Contratación o su delegado(a). 4.7 El (la) Subdirector(a) de Gestión y Desarrollo del Talento Humano o su delegado(a). 4.8 Un/a Gestor/a de Integridad.

Parágrafo 1. Será invitado permanente el/la Jefe/a de la Oficina de Control Interno quien contará
con voz, pero sin voto.

Parágrafo 2. El Órgano de Cumplimiento Normativo a través de su secretaría técnica podrá
convocar a otros líderes de proceso según las necesidades que se requieran, así como a los diferentes apoyos técnicos de las dependencias respectivas, con el objetivo de desarrollar las actividades y responsabilidades asignadas.

Artículo sexto.

El órgano de cumplimiento normativo en el marco de lo dispuesto en los artículos 12, 16 y 30 Decreto Distrital 610 de 2022 tendrá a su cargo las siguientes funciones:

Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-94 • 2024 • DICIEMBRE • 30 94 FOR-GJ-032 V1 Continuación de la Resolución No. 1809 DEL 26 DE AGOSTO DE 2024 “Por medio de la cual se adopta la Política de Cumplimiento Normativo de la Secretaría Distrital Integración Social y se conforma el Órgano de Cumplimiento Normativo en el marco de lo dispuesto en el Decreto Distrital 610 de 2022”.

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240826-163100-6c7945-42850734 2024-08-26T16:38:07-05:00 - Pagina 7 de 12 5.1 Realizar la revisión y validación de los riesgos de cumplimiento normativo, previo a la adopción del Plan de Cumplimiento Normativo. 5.2 Elaborar el Plan de Cumplimiento Normativo de la entidad. 5.3 Realizar el seguimiento a la implementación del Modelo de Gestión Jurídica Anticorrupción - MGJA. 5.4 Presentar al Comité Institucional de Gestión y Desempeño propuestas de nuevas medidas anticorrupción al interior de la entidad, acorde al ámbito del MGJA cuando lo estime necesario, o cuando se expida nueva normativa que lo amerite. 5.5 Asesorar y atender las consultas en temas de prevención de la corrupción, cuando las dependencias, funcionarios o colaboradores de la entidad así lo requieran. 5.6 Elaborar informes con base en las evaluaciones realizadas y los reportes necesarios a la alta dirección cuando a ello haya lugar. 5.7 Las demás que sean designadas por el Comité MIPG.

Parágrafo. El órgano de cumplimiento orientará sus funciones en el marco del MIPG Distrital.

Artículo séptimo.

Sesiones. El órgano de cumplimiento normativo se reunirá por lo menos tres (3) veces al año por convocatoria a cargo de la secretaría técnica, de manera presencial, virtual o asincrónico por correo electrónico, utilizando los medios electrónicos disponibles por la entidad, siempre que estos sean idóneos, dejando constancia de lo actuado por ese mismo medio con los atributos de seguridad necesarios de acuerdo con lo establecido en el artículo 63 de la Ley 1437 de 2011. Constituye un deber de todas las personas que integran el Comité asistir a todas sus sesiones, salvo que se encuentre debidamente justificada su inasistencia.

Parágrafo. El órgano de cumplimiento sesionará con la mayoría simple de sus miembros. Se
requerirá mayoría absoluta para la aprobación del proyecto del plan de cumplimiento, y para las demás decisiones se aplicará la mayoría simple de quienes se encuentren deliberando. Del desarrollo de las reuniones se levantarán las actas correspondientes. Si la sesión es asincrónica por correo institucional, las integrantes podrán votar durante el transcurso de la sesión pudiendo exponer las inquietudes que consideren necesarias, las cuales serán resueltas por el mismo medio.

Artículo octavo.

Secretaría Técnica del Órgano de Cumplimiento Normativo. La Secretaría Técnica del Órgano de Cumplimiento Normativo estará a cargo del/a Jefe/a de la Oficina Jurídica o su designado, quien desarrollará las siguientes actividades:

7.1 Realizar la convocatoria de las sesiones del órgano de cumplimiento y equipo técnico. 7.2 Verificar el quórum antes de sesionar, fijar y hacer seguimiento al orden del día. 7.3 Elaborar los informes, actas y/o documentos y presentarlos para su aprobación si así se requiere Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-95 • 2024 • DICIEMBRE • 30 95 FOR-GJ-032 V1 Continuación de la Resolución No. 1809 DEL 26 DE AGOSTO DE 2024 “Por medio de la cual se adopta la Política de Cumplimiento Normativo de la Secretaría Distrital Integración Social y se conforma el Órgano de Cumplimiento Normativo en el marco de lo dispuesto en el Decreto Distrital 610 de 2022”.

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240826-163100-6c7945-42850734 2024-08-26T16:38:07-05:00 - Pagina 8 de 12 7.4 Custodiar, archivar y conservar los documentos expedidos por el órgano de Cumplimiento. 7.5 Realizar el seguimiento de las actividades y acciones acordadas. 7.6 Las demás que se requieran para apoyar el ejercicio de las acciones a cargo del órgano de Cumplimiento.

Artículo noveno.

Convocatoria de gestores/as de integridad. Para la participación e Integración del órgano de cumplimiento normativo, la secretaría técnica, a través de la Subdirección de Gestión y Desarrollo del Talento Humano convocará a los/as gestores/as de integridad de la Secretaría Distrital Integración Social para que de manera autónoma se designe un/a delegado/a y un/a suplente para la participación en el órgano de cumplimiento. Dicha participación deberá ser renovada o ratificada de manera anual.

Artículo décimo.

Divulgación. La presente Resolución será socializada a todos/as los/as Servidores/as Públicos y colaboradores/as de la Secretaría Distrital de Integración Social a través de la página web de la entidad y remitida por la secretaría técnica a lo/as miembros del órgano de cumplimiento normativo.

ARTÍCULO DECIMO PRIMERO. Publicación. En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 1712 de 2014 y el Decreto Nacional 103 de 2015, compilado en el Decreto Único Reglamentario 1081 de 2015 del sector Presidencia de la República; la presente Resolución deberá publicarse en el normograma institucional y en el enlace de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la página web de la Entidad.

ARTÍCULO DECIMO SEGUNDO. Vigencia. La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en la página web de la Secretaría Distrital de Integración Social.

PUBLÍQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los veintiséis (26) días del mes de agosto de dos mil veinticuatro (2024).

ROBERTO ANGULO SALAZAR Secretario Distrital de Integración Social Proyectó: Oscar Andrés Manrique Gutiérrez – Contratista Oficina Jurídica Revisó: Andrés Cárdenas Bonilla – Abogado Contratista Oficina Jurídica SDIS Aprobó: Laura Alejandra Contreras Salazar – Jefe Oficina Asesora Jurídica Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-96 • 2024 • DICIEMBRE • 30 96 FOR-GJ-032 V1 Continuación de la Resolución No. 1809 DEL 26 DE AGOSTO DE 2024 “Por medio de la cual se adopta la Política de Cumplimiento Normativo de la Secretaría Distrital Integración Social y se conforma el Órgano de Cumplimiento Normativo en el marco de lo dispuesto en el Decreto Distrital 610 de 2022”.

ANEXO Manifestación de conocimiento y aceptación de la Política de Cumplimiento Normativo Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240826-163100-6c7945-42850734 2024-08-26T16:38:07-05:00 - Pagina 9 de 12 Bogotá, D.C, Yo, ____________en mi calidad de________________ de la Secretaría Distrital de Integración Social, identificado (a) con C.C. No._______________ manifiesto que conozco el Decreto Distrital 610 de 2022, por medio del cual se adoptó el Modelo de Gestión Jurídica Anticorrupción -MGJA, como un instrumento de gerencia pública para la coordinación integral de las actividades jurídicas anticorrupción en materia de derecho administrativo, disciplinario y penal en el Distrito Capital, con el objeto de fomentar la cultura de la legalidad, prevenir los actos de corrupción, disponer medidas ágiles para su detección, corrección y no repetición.

Por lo tanto, conforme lo exige la ética pública y las buenas prácticas administrativas, declaro que:

1. Manifiesto mi compromiso irrestricto y convicción permanente de cumplir todas las normas jurídicas de integridad, transparencia y lucha contra la corrupción administrativa y en especial observar un comportamiento coherente con los máximos principios éticos del buen servicio público.

2. Asumo la responsabilidad de difundir entre todos/as los/as servidores/as y colaboradores/as de la entidad esta política, las normas que la rigen y los estándares de cumplimiento, así como promover la mitigación de los riesgos identificados en el plan de cumplimiento normativo.

3. Ejecutaré las medidas para fortalecer la cultura de la legalidad y el cumplimiento del Modelo de Gestión Jurídica Anticorrupción MGJA.

4. Propondré las herramientas necesarias para minimizar la ocurrencia de conductas penales o disciplinarias asociadas con la corrupción.

5. Adelantaré las acciones tendientes a la no repetición de dichas conductas.

Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-97 • 2024 • DICIEMBRE • 30 97 FOR-GJ-032 V1 Continuación de la Resolución No. 1809 DEL 26 DE AGOSTO DE 2024 “Por medio de la cual se adopta la Política de Cumplimiento Normativo de la Secretaría Distrital Integración Social y se conforma el Órgano de Cumplimiento Normativo en el marco de lo dispuesto en el Decreto Distrital 610 de 2022”.

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240826-163100-6c7945-42850734 2024-08-26T16:38:07-05:00 - Pagina 10 de 12

6. Promoveré la difusión al interior de la entidad del control social para la participación, seguimiento a los recursos públicos y minimizar hechos o conductas asociadas con posibles actos de corrupción.

Por eso hoy manifiesto y asumo el compromiso antes expresado, procurando evitar de la mayor forma posible espacios que posibiliten actos de corrupción, así como poner en conocimiento oportuno a las instancias competentes de realizar la investigación y sanción de las posibles conductas de corrupción administrativa que conozca o llegue a conocer.

Firma Nombre: Cargo:

DD/MM/AA/ El presente compromiso estará publicado en la página Web de la Secretaría Distrital de Integración Social de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la página web de la Entidad Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-98 • 2024 • DICIEMBRE • 30 98 REGISTRO DE FIRMAS ELECTRONICAS RESOLUCION_POLITICA_ORGANO_CUMPLIMIENTO _MGJA SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL gestionado por: azsign.com.co Id Acuerdo: 20240826-163100-6c7945-42850734 Creación: 2024-08-26 16:31:00 Escanee el código Estado: Finalizado Finalización: 2024-08-26 16:38:05 para verificación Firma: Firmante Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240826-163100-6c7945-42850734 2024-08-26T16:38:07-05:00 - Pagina 11 de 12 Roberto Angulo Salazar 80060611 rangulo@sdis.gov.co Secretario de Despacho Secretaría Distrital de Integración Social Aprobación: Aprobador LAURA ALEJANDRA CONTRERAS SALAZAR 1032366278 lcontrerass@sdis.gov.co JEFE OFICINA JURÍDICA SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL Elaboración: Elaborador Oscar Andrés Manrique Gutiérrez 74080160 omanrique@sdis.gov.co Contratista Secretaría Distrital de Integración Social REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-99 • 2024 • DICIEMBRE • 30 99 REPORTE DE TRAZABILIDAD RESOLUCION_POLITICA_ORGANO_CUMPLIMIENTO _MGJA SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL gestionado por: azsign.com.co Id Acuerdo: 20240826-163100-6c7945-42850734 Creación: 2024-08-26 16:31:00 Escanee el código Estado: Finalizado Finalización: 2024-08-26 16:38:05 para verificación TRAMITE PARTICIPANTE ESTADO ENVIO, LECTURA Y RESPUESTA Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240826-163100-6c7945-42850734 2024-08-26T16:38:07-05:00 - Pagina 12 de 12 Oscar Andrés Manrique Gutiérrez Env.: 2024-08-26 16:31:20 omanrique@sdis.gov.co Lec.: 2024-08-26 16:33:13 Elaboración Aprobado Contratista Res.: 2024-08-26 16:33:24 Secretaría Distrital de Integración Soci IP Res.: 181.53.239.211 LAURA ALEJANDRA CONTRERAS SALAZAR Env.: 2024-08-26 16:33:24 lcontrerass@sdis.gov.co Lec.: 2024-08-26 16:35:30 Aprobación Aprobado JEFE OFICINA JURÍDICA Res.: 2024-08-26 16:35:49 SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCI IP Res.: 190.27.225.68 Roberto Angulo Salazar Env.: 2024-08-26 16:35:49 rangulo@sdis.gov.co Lec.: 2024-08-26 16:37:31 Firma Aprobado Secretario de Despacho Res.: 2024-08-26 16:38:05 Secretaría Distrital de Integración Soci IP Res.: 190.27.225.68 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-100 • 2024 • DICIEMBRE • 30 100 RESOLUCIÓN Nº 1869 DEL 02 DE SEPTIEMBRE DE 2024 “Por la cual se define el objeto, conformación y funciones de las Mesas Técnicas del Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Secretaría Distrital de Integración Social”.

LA SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240902-102721-b02c77-26442935 2024-09-02T20:06:41-05:00 - Pagina 1 de 21 En uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas en el artículo 2.2.22.3.8 del Decreto Nacional 1499 de 2017, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 15 del Decreto Distrital 221 de 2023, y el literal h) del artículo 4 del Decreto Distrital 607 de 2007 modificado por los Decretos 149 de 2012, 445 de 2014, 587 de 2017, 459 de 2021, 508 de 2022, 113 de 2023, 114 de 2023 y el Título V de la Resolución No. 1074 del 06 de mayo de 2024

CONSIDERANDO:

Que el artículo 2.2.22.3.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado por el Decreto 1499 de 2017, adopta la versión actualizada del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) con el fin de lograr el funcionamiento del Sistema de Gestión y su articulación con el Sistema de Control Interno.

Que el artículo 2.2.22.3.2 del Título 22 del Libro 2 del Decreto Nacional 1083 de 2015, sustituido mediante el artículo 1 del Decreto Nacional 1499 de 2017, definió el MIPG, como un marco de referencia para dirigir, planear, ejecutar, hacer seguimiento, evaluar y controlar la gestión de las entidades y de los organismos públicos, con el fin de generar resultados que atiendan los planes de desarrollo y resuelvan las necesidades y problemas de los ciudadanos, con integridad y calidad en el servicio.

Que adicionalmente en el artículo 2.2.22.3.4 ibídem, establece que el MIPG se adoptará por los organismos y entidades de los órdenes nacional y territorial de la Rama Ejecutiva del Poder Público.

Que el artículo 2.2.22.3.8 del citado Decreto, dispone que cada una de las entidades integrará un Comité Institucional de Gestión y Desempeño encargado de orientar la implementación y operación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG), el cual sustituirá los demás comités que tengan relación con el Modelo y que no sean obligatorios por mandato legal.

Que, según esa misma disposición, el Comité será conformado por el representante legal de cada entidad y será presidido por un servidor del más alto nivel jerárquico, e integrado por servidores públicos del nivel directivo o asesor, tiene la función de “6 Asegurar la implementación y desarrollo de las políticas de gestión”, y las mesas técnicas creadas mediante esta resolución están orientadas al cumplimiento de la misma.

Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-101 • 2024 • DICIEMBRE • 30 101 FOR-GJ-032 Continuación de la Resolución No. 1869 DEL 02 DE SEPTIEMBRE DE 2024 “Por la cual se define el objeto, conformación y funciones de las Mesas Técnicas del Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Secretaría Distrital de Integración Social”.

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240902-102721-b02c77-26442935 2024-09-02T20:06:41-05:00 - Pagina 2 de 21 Que el Decreto Distrital 221 de 2023 reglamenta el Sistema de Gestión en el Distrito Capital, deroga el Decreto Distrital 807 de 2019 y dicta otras disposiciones.

Que el artículo 15 de la norma ibídem, consagra: “Comités Institucionales de Gestión y Desempeño. Encargados de orientar la implementación y seguimiento del Sistema de Gestión y la operación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG al interior de las entidades, articulando todas las áreas de la misma, recursos, herramientas, estrategias y políticas de gestión y desempeño institucional, de acuerdo con la normatividad vigente en la materia”.

Que mediante la Resolución conjunta 001 del 30 de septiembre de 2019, la Secretaría Distrital de Hacienda y la Contaduría General de Bogotá D.C., expidieron el Manual de Procedimientos Administrativos y Contables para el Manejo y Control de los Bienes en las Entidades de Gobierno Distrital, la cual, en el numeral 2.4, recomienda crear la instancia de apoyo, que es avalado por la Alta Dirección, a través del cual se traten diversos temas administrativos, en algunos casos con incidencia contable, con el fin de coordinar, planificar, apoyar la gestión y el control de los bienes.

Que el precitado manual recomienda que, de acuerdo con la estructura organizacional de cada entidad, la instancia de apoyo sea integrada por representantes de las dependencias relacionadas con la administración, control y registro de los bienes de la entidad.

Que mediante la Resolución 0941 del 4 de julio de 2018 la Secretaría Distrital de Integración Social adoptó el Plan Sectorial de Transversalización para la Igualdad de Género del sector Integración Social, la cual en su artículo 10 creó la Mesa de Mujer y Equidad de Género del sector Integración Social para la correcta implementación del citado Plan Sectorial y del Plan de Igualdad de Oportunidades para las Mujeres y la Equidad de Género.

Que mediante comunicación 1-2024-013765 del 23 de julio de 2024 la Secretaría Distrital de la Mujer informó a la Secretaría Distrital de Integración Social que si bien el CONPES D.C. 14 de 2020 que adopta la Política Pública de Mujeres y Equidad de Género 2020-2030 en el Distrito Capital y el Decreto 581 de 2023, por medio del cual se establece el mecanismo "En igualdad: Sello Distrital de Igualdad de Género" no establecen explícitamente la obligación de crear y mantener una Mesa de Mujer y Equidad de Género en los sectores de la Administración Distrital, es recomendable constituir y/o adaptar un espacio de articulación interna para el abordaje de asuntos de género, aspectos que serán abordados en la Mesa Técnica de Políticas Públicas Sociales.

Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-102 • 2024 • DICIEMBRE • 30 102 FOR-GJ-032 Continuación de la Resolución No. 1869 DEL 02 DE SEPTIEMBRE DE 2024 “Por la cual se define el objeto, conformación y funciones de las Mesas Técnicas del Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Secretaría Distrital de Integración Social”.

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240902-102721-b02c77-26442935 2024-09-02T20:06:41-05:00 - Pagina 3 de 21 Que así mismo la Secretaría Distrital de la Mujer informó que con la entrada en vigencia del CONPES D.C. 14 de 2020, el Decreto Distrital 166 de 2010 y la Resolución 492 de 2015 de la Secretaría de la Mujer que estableció los Planes Sectoriales de Transversalización para la Igualdad de Género perdieron vigencia.

Que para racionalizar las instancias establecidas en la Resolución 1681 de 2023 se incorporan los asuntos de la Mesa Técnica de Excepcionalidad a la Mesa Técnica de Servicios Sociales, teniendo en cuenta que gozan de unidad de materia tanto en su conformación, objeto y funciones, las cuales se encuentran relacionadas con la población objetivo, criterios de ingreso, de priorización, de egreso y/o de permanencia en los servicios sociales que presta la Secretaría Distrital de Integración Social.

Que en el marco del Acuerdo 333 de 2008, “Por el cual se desarrolla la Política de Reducción de Costos Ambientales en las entidades del Distrito Capital y crea la figura de Gestor Ambiental” y del Decreto 165 de 2015, “Por el cual se reglamenta la figura de gestor ambiental para las entidades distritales, prevista en el acuerdo 333 de 2008, y se dictan otras disposiciones”, la Secretaría Distrital de Integración Social expidió la Resolución 1038 de 2015 que en su artículo 1 designa al Director(a) de Gestión Corporativa como Gestor Ambiental de la SDIS, adicionalmente en el artículo 2 de la misma resolución establece las funciones del gestor las cuales están directamente relacionadas con las funciones de la Mesa Técnica de Gestión Ambiental descrita en el artículo 10 de la Resolución 1681 de 2023.

Que conforme con lo anteriormente expuesto, para optimizar las instancias institucionales se suprime la Mesa Técnica de Gestión Ambiental y las funciones relacionadas con los procesos de formulación, concertación, implementación, evaluación y seguimiento del Plan Institucional de Gestión Ambiental -PIGA que seguirán siendo desarrolladas por el Gestor Ambiental de la SDIS, sin perjuicio de las demás funciones y previsiones definidas en la Resolución 1038 de 2015.

Que mediante el artículo 16.2. del Acuerdo 927 de 2024 "Por medio del cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas del Distrito Capital 2024-2027 “Bogotá Camina Segura”” se incorpora el Programa 33. Fortalecimiento institucional para un Gobierno confiable, en el cual se establece que “(…) se definirá y ofrecerá el portafolio distrital de asistencia técnica, con el fin de fortalecer las capacidades para atender los retos de ciudad desde dos perspectivas: (…) (ii) la creación e implementación de modelos de gestión eficaces para la intervención integral y sincronizada de retos de ciudad de alto impacto (…)”

Que por lo anterior, desde la Dirección Territorial se formuló el Modelo de Gestión de Abordaje Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-103 • 2024 • DICIEMBRE • 30 103 FOR-GJ-032 Continuación de la Resolución No. 1869 DEL 02 DE SEPTIEMBRE DE 2024 “Por la cual se define el objeto, conformación y funciones de las Mesas Técnicas del Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Secretaría Distrital de Integración Social”.

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240902-102721-b02c77-26442935 2024-09-02T20:06:41-05:00 - Pagina 4 de 21 Territorial que reúne las diferentes apuestas y estrategias territoriales de la Secretaría Distrital de Integración Social que buscan atender los grupos poblacionales con mayor exclusión y vulnerabilidad social Que la Resolución 001 de 2024 de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, adopta el Manual Operativo del Modelo Distrital de Relacionamiento Integral con la Ciudadanía por el cual se establece que las entidades distritales deberán definir una mesa técnica que formule, coordine y haga seguimiento a la implementación de este modelo desde su misión.

Que mediante la Resolución 1681 del 26 de julio de 2023, se definió el objeto, conformación y funciones de las mesas técnicas del Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Secretaría Distrital de Integración Social, no obstante, en el marco del seguimiento al funcionamiento y operación de las mismas, se identificó la necesidad de suprimir las Mesas Técnicas de Ruralidad, Excepcionalidad y de Gestión Ambiental de acuerdo con las consideraciones que anteceden, y por otra parte de crear la Mesa Técnica de Apoyo de Inventarios y la Mesa Técnica del Modelo de Relacionamiento con la Ciudadanía.

Que en mérito de lo expuesto:

RESUELVE:

Artículo primero.

MESAS TÉCNICAS. El Comité Institucional de Gestión y Desempeño podrá conformar Mesas Técnicas, como instancias de apoyo, que estarán integradas por representantes de las dependencias líderes de la implementación de las políticas de gestión y desempeño y representantes de las dependencias que se requieran de acuerdo con la temática, necesidad, o circunstancia que se presente en la Secretaría. Las recomendaciones o propuestas que realice las Mesas Técnicas serán presentadas por su respectivo líder ante el Comité Institucional de Gestión y Desempeño.

Las Mesas Técnicas se reunirán cuando sea necesario en virtud del cumplimiento de sus funciones. En aras de hacer más eficiente y eficaz la implementación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión, el Comité Institucional de Gestión y Desempeño podrá modificar la conformación y funciones de las Mesas Técnicas o crear otras, cuando las circunstancias lo ameriten.

Parágrafo 1. Podrán ser llevados directamente los asuntos de competencia de las mesas
técnicas al Comité Institucional de Gestión y Desempeño, sin haber pasado previamente por Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-104 • 2024 • DICIEMBRE • 30 104 FOR-GJ-032 Continuación de la Resolución No. 1869 DEL 02 DE SEPTIEMBRE DE 2024 “Por la cual se define el objeto, conformación y funciones de las Mesas Técnicas del Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Secretaría Distrital de Integración Social”.

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240902-102721-b02c77-26442935 2024-09-02T20:06:41-05:00 - Pagina 5 de 21 alguna de las instancias consagradas en esta Resolución.

Parágrafo 2. Cada mesa técnica contará con un (1) líder cuya delegación será realizada por
el Comité Institucional de Gestión y Desempeño.

Parágrafo 3. Cada mesa técnica deberá reunirse como mínimo una (1) vez al año.

Parágrafo 4. El Comité Institucional de Gestión y Desempeño definirá el objeto y las
funciones de las mesas técnicas y el Secretario (a) Distrital de Integración Social suscribirá los actos administrativos relacionados con las mismas, en cumplimiento de lo establecido por el artículo 7°, numeral 2° de la Resolución 1074 del 6 de mayo de 2024.

Artículo segundo.

RESPONSABILIDADES DE LAS MESAS TÉCNICAS. Las Mesas Técnicas tienen las siguientes responsabilidades:

1. Formular propuestas de intervención en los asuntos relacionados con las temáticas a su cargo, para ser presentadas a aprobación por parte del Comité Institucional de Gestión y Desempeño, acompañadas del material de apoyo con la información más relevante que permita la deliberación y decisión de dicha instancia.
2. Solicitar a la Secretaría Técnica del Comité, a través del líder de la mesa respectiva, la incorporación de los asuntos que considere pertinentes en la agenda de las sesiones.
3. Presentar los informes que le sean requeridos por el Comité Institucional de Gestión y Desempeño o por cualquier otra instancia interna o externa, sobre los asuntos a su cargo.
4. Realizar las actuaciones que le sean encargadas por el Comité Institucional de Gestión y Desempeño y las que requiera para impulsar el desarrollo y mejoramiento de los asuntos a su cargo.

Artículo tercero.

OPERACIÓN DE LAS MESAS TÉCNICAS. Para el desarrollo de las responsabilidades asignadas en el artículo anterior, las Mesas Técnicas operan bajo los siguientes criterios:

1. El líder define las fechas en las que se adelantarán las reuniones de la Mesa Técnica respectiva y solicita oportunamente a la Secretaría Técnica del Comité Institucional de Gestión y Desempeño la incorporación de los asuntos de su competencia en la agenda de las sesiones.
2. Cada Mesa Técnica preparará oportunamente la información sobre los asuntos de su competencia que deben ser abordados en las sesiones del Comité Institucional de Gestión y

Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-105 • 2024 • DICIEMBRE • 30 105 FOR-GJ-032 Continuación de la Resolución No. 1869 DEL 02 DE SEPTIEMBRE DE 2024 “Por la cual se define el objeto, conformación y funciones de las Mesas Técnicas del Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Secretaría Distrital de Integración Social”.

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240902-102721-b02c77-26442935 2024-09-02T20:06:41-05:00 - Pagina 6 de 21 Desempeño. Con suficiente antelación, el líder de la Mesa entrega a la Secretaría Técnica del Comité, la información sobre los asuntos que se discutirán en el Comité.
3. Los integrantes de la Mesa Técnica delegarán su participación en servidores públicos del nivel directivo o asesor en caso de que lo requieran. Para las sesiones en las que se tomen decisiones, deberán asistir los miembros titulares de cada Mesa Técnica.
4. El líder de cada Mesa Técnica podrá invitar a las sesiones a los servidores públicos que estime pertinente, de acuerdo con los temas que se aborden.
5. El líder de cada Mesa Técnica conservará los registros de asistencia, evidencias, actas de reunión y demás documentos de apoyo utilizados en las sesiones.

Título I.

MESA TÉCNICA DE SERVICIOS SOCIALES

Artículo cuarto.

OBJETO DE LA MESA TÉCNICA DE SERVICIOS SOCIALES. Esta mesa tendrá por objeto dar soporte técnico y operativo al Comité Institucional de Gestión y Desempeño en el diseño, prestación y seguimiento de los servicios sociales a cargo de la Secretaría Distrital de Integración Social, para el cumplimiento de la misión institucional.

Artículo quinto.

INTEGRANTES DE LA MESA TÉCNICA DE SERVICIOS SOCIALES. La Mesa Técnica de Servicios sociales está conformada por:

1. El (la) Subsecretario(a) Técnico(a) o su delegado(a), quien la lidera.
2. El (la) Subsecretario(a) de Gestión Institucional o su delegado (a).
3. El (la) Jefe de la Oficina Jurídica o su designado(a)
4. El (la) Director(a) de Análisis y Diseño Estratégico o su delegado (a)
5. El (la) Director(a) de Nutrición y Abastecimiento o su delegado (a)
6. El (la) Director(a) Territorial o su delegado(a)
7. El (la) Director(a) Poblacional o su delegado(a).
8. El (la) Director(a) para Inclusión y las Familias o su delegado(a).
9. El (la) Director(a) de Transferencias o su delegado(a).

Artículo sexto.

FUNCIONES DE LA MESA TÉCNICA DE SERVICIOS SOCIALES. Son funciones de la Mesa Técnica de Servicios Sociales, las siguientes:

Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-106 • 2024 • DICIEMBRE • 30 106 FOR-GJ-032 Continuación de la Resolución No. 1869 DEL 02 DE SEPTIEMBRE DE 2024 “Por la cual se define el objeto, conformación y funciones de las Mesas Técnicas del Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Secretaría Distrital de Integración Social”.

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240902-102721-b02c77-26442935 2024-09-02T20:06:41-05:00 - Pagina 7 de 21

1. Definir, analizar y consolidar los temas propuestos para aprobación del Comité Institucional de Gestión y Desempeño cuando sesione, con relación a los servicios sociales que presta la entidad.
2. Aprobar los documentos técnicos de tipo estratégico que la Mesa Técnica defina, que sean requeridos para el diseño, prestación y seguimiento a los servicios sociales.
3. Orientar la incorporación de los enfoques de derechos, diferencial, género, poblacional y territorial en los servicios sociales.
4. Viabilizar y presentar para aprobación del Comité Institucional de Gestión y Desempeño la creación, modificación, transformación o supresión de los servicios sociales que presta la entidad.
5. Monitorear la verificación de las condiciones consignadas en las fichas técnicas de los servicios sociales.
6. Hacer seguimiento a la implementación del modelo de gestión de la calidad de los servicios sociales.
7. Coordinar con las Mesas Técnicas de Políticas Públicas Sociales, del Modelo de Gestión de Abordaje Territorial y del Modelo de Relacionamiento con la Ciudadanía, las acciones para la articulación efectiva entre las políticas públicas y la atención de los servicios sociales de la Secretaría Distrital de Integración Social a la ciudadanía.
8. Analizar, dirimir y decidir sobre los casos de excepcionalidad presentados en relación con la población objetivo, criterios de ingreso, de priorización, de egreso y/o de permanencia en los servicios sociales que presta la Secretaría Distrital de Integración Social.

Título II.

MESA TÉCNICA DE ARCHIVO Y GESTIÓN DE INFORMACIÓN.

Artículo séptimo.

OBJETO DE LA MESA TÉCNICA DE ARCHIVO Y GESTIÓN DE INFORMACIÓN. Esta mesa tendrá por objeto asesorar la formulación e implementación de la política de Gestión Documental de la Secretaría Distrital de Integración Social, asegurando el cumplimiento normativo que en la materia se disponga y dando privilegio a la inclusión y uso de tecnologías de la información.

Artículo octavo.

INTEGRANTES DE LA MESA TÉCNICA DE ARCHIVO Y GESTIÓN DE INFORMACIÓN. La Mesa Técnica de Archivo y Gestión de Información, estará conformada por:

1. El (la) Director(a) de Gestión Corporativo(a) o su delegado(a), quien la lidera.

Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-107 • 2024 • DICIEMBRE • 30 107 FOR-GJ-032 Continuación de la Resolución No. 1869 DEL 02 DE SEPTIEMBRE DE 2024 “Por la cual se define el objeto, conformación y funciones de las Mesas Técnicas del Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Secretaría Distrital de Integración Social”.

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240902-102721-b02c77-26442935 2024-09-02T20:06:41-05:00 - Pagina 8 de 21

2. El (la) Subsecretario(a) de Gestión Institucional o su delegado(a).
3. El (la) Jefe de la Oficina Jurídica o su designado(a).
4. El (la) Director(a) de Análisis y Diseño Estratégico o su delegado(a)
5. El (la) Subdirector(a) Administrativo y Financiero, quien ejerce la secretaría técnica.

Artículo noveno.

FUNCIONES DE LA MESA TÉCNICA DE ARCHIVO Y GESTIÓN DE INFORMACIÓN. Son funciones de la Mesa Técnica de Archivo y Gestión de Información, las siguientes:

1. Asesorar al Comité de Gestión y Desempeño Institucional en la aplicación de la normatividad archivística.
2. Evaluar a la luz de la normatividad vigente, los instrumentos para la protección del patrimonio documental según el Sistema Distrital de Archivos, conforme con lo establecido en los artículos 2.8.2.1.5 y 2.8.2.1.6 del Decreto 1080 de 2015 y las demás normas distritales y nacionales que rigen esta materia.
3. Liderar la generación de estudios técnicos con el fin de modernizar la función archivística de la entidad, incluyendo las acciones encaminadas a incorporar las tecnologías de la información en la gestión de documentos electrónicos de conformidad con la normatividad que la rige.
4. Revisar e interpretar la normatividad archivística y tomar las decisiones que permitan su implementación al interior de la entidad.
5. Revisar y aprobar las formas, formatos y formularios físicos y electrónicos que requiera la entidad para el desarrollo de sus funciones y procesos, teniendo en cuenta que los mismos impactan la gestión documental de la entidad.
6. Realizar acompañamiento en la implementación de la estrategia de Gobierno digital y demás políticas asociadas que deba adelantar la entidad, cuyo impacto recaiga sobre la gestión documental y de información.

Título III.

MESA TÉCNICA PARA LA GESTIÓN DEL RIESGO

Artículo décimo.

OBJETO DE LA MESA TÉCNICA PARA LA GESTIÓN DEL RIESGO. Esta mesa tendrá por objeto la concertación y seguimiento a los procesos de gestión del riesgo, entendidos como conocimiento del riesgo, reducción del riesgo y manejo de desastres, tanto al interior de la entidad, como en el marco de sus competencias ante el Sistema Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático, para contribuir a la seguridad, el bienestar, la calidad de vida de los servidores públicos, contratistas y beneficiarios de los servicios sociales de la entidad, así

Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-108 • 2024 • DICIEMBRE • 30 108 FOR-GJ-032 Continuación de la Resolución No. 1869 DEL 02 DE SEPTIEMBRE DE 2024 “Por la cual se define el objeto, conformación y funciones de las Mesas Técnicas del Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Secretaría Distrital de Integración Social”.

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240902-102721-b02c77-26442935 2024-09-02T20:06:41-05:00 - Pagina 9 de 21 como al desarrollo sostenible en el marco de la Política Nacional de Gestión del Riesgo.

ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO. INTEGRANTES DE LA MESA TÉCNICA PARA LA GESTIÓN DEL RIESGO. La Mesa Técnica para la Gestión del Riesgo estará conformada por:

1. El (la) Director(a) Territorial o su delegado (a), quien la lidera.
2. El (la) Subsecretario(a) Técnico(a) o su delegado(a).
3. El (la) Subsecretario(a) de Gestión Institucional o su delegado(a).
4. El (la) Jefe de la Oficina Asesora de Comunicaciones o su designado(a).
5. El (la) Director(a) de Análisis y Diseño Estratégico o su delegado(a)
6. El (la) Director(a) de Nutrición y Abastecimiento o su delegado(a)
7. El (la) Director(a) Poblacional o su delegado(a).
8. El (la) Director(a) para Inclusión y las Familias o su delegado(a).
9. El (la) Director(a) de Transferencias o su delegado(a).
10. El (la) Director(a) de Gestión Corporativo (a) o su delegado(a).
11. El (la) Subdirector para la Identificación, Caracterización e Integración, o su delegado(a).

ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO. FUNCIONES DE LA MESA TÉCNICA PARA LA GESTIÓN DEL RIESGO. Son funciones de la Mesa Técnica para la Gestión del Riesgo, las siguientes:

1. Promover la utilización de desarrollos tecnológicos, sistemas de información, georreferenciación y prácticas de innovación para la gestión del riesgo.
2. Emitir los lineamientos y las instrucciones en el marco del Sistema Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático, del cual forma parte esta Secretaría, en los términos del artículo 3° del Decreto Distrital 172 de 2014, o la norma que lo modifique o sustituya, en concordancia con lo dispuesto en el Plan Distrital de Gestión del Riesgo de Desastres y del Cambio Climático para Bogotá D.C., 2018-2030, de que trata el Decreto Distrital 837 de 2018, o el que haga sus veces.
3. Brindar el soporte técnico requerido por el Comité Institucional de Gestión y Desempeño, en asuntos de Gestión de Riesgos.

Título IV.

MESA TÉCNICA DEL MODELO DE GESTIÓN DEL ABORDAJE TERRITORIAL Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-109 • 2024 • DICIEMBRE • 30 109 FOR-GJ-032 Continuación de la Resolución No. 1869 DEL 02 DE SEPTIEMBRE DE 2024 “Por la cual se define el objeto, conformación y funciones de las Mesas Técnicas del Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Secretaría Distrital de Integración Social”.

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240902-102721-b02c77-26442935 2024-09-02T20:06:41-05:00 - Pagina 10 de 21 ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO. OBJETO DE LA MESA TÉCNICA DEL MODELO DE GESTIÓN DEL ABORDAJE TERRITORIAL. Esta mesa tiene por objeto dar orientaciones técnicas, operativas y de articulación en la Secretaría Distrital de Integración Social, para la implementación del Modelo de Gestión del Abordaje Territorial, que permita generar acciones de mejora continua en la Entidad.

ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO. INTEGRANTES DE LA MESA TÉCNICA DEL MODELO DE GESTIÓN DEL ABORDAJE TERRITORIAL. La Mesa Técnica para el Modelo de Gestión del Abordaje Territorial estará conformada por:

1. El (la) Director(a) Territorial o su delegado(a), quien la lidera.
2. El (la) Subsecretario(a) Técnico(a) o su delegado(a).
3. El (la) Subsecretario(a) de Gestión Institucional o su delegado(a).
4. El (la) Jefe de la Oficina Jurídica o su designado(a).
5. El (la) Jefe de la Oficina Asesora de Comunicaciones o su designado(a).
6. El (la) Director(a) de Análisis y Diseño Estratégico o su delegado(a)
7. El (la) Director(a) de Nutrición y Abastecimiento o su delegado(a)
8. El (la) Director(a) Poblacional o su delegado(a).
9. El (la) Director(a) para la Inclusión y las Familias o su delegado(a).
10. El (la) Director(a) de Transferencias o su delegado(a).
11. El (la) Director(a) de Gestión Corporativa o su delegado(a).

ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO. FUNCIONES DE LA MESA TÉCNICA DEL MODELO DE GESTIÓN DEL ABORDAJE TERRITORIAL. Son funciones de la Mesa Técnica del Modelo de Gestión del Abordaje Territorial, las siguientes:

1. Asesorar y dar el soporte técnico requerido por el Comité Institucional de Gestión y Desempeño en asuntos del Modelo de Gestión del Abordaje Territorial.
2. Definir acciones y acuerdos institucionales para la coordinación, articulación, e implementación del Modelo de Gestión de Abordaje Territorial y las estrategias a cargo.
3. Revisar y aprobar los lineamientos para la operación e implementación del Modelo de Gestión de Abordaje Territorial y las estrategias a cargo.
4. Coordinar con las Mesas Técnica de Servicios Sociales y de Políticas Públicas Sociales, el fortalecimiento de las acciones para la implementación del Modelo de Gestión del Abordaje Territorial, en el marco de las estrategias de transformaciones rurales integrales y las estrategias de abordaje territorial para la identificación y atención de la población con mayor exclusión.

Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-110 • 2024 • DICIEMBRE • 30 110 FOR-GJ-032 Continuación de la Resolución No. 1869 DEL 02 DE SEPTIEMBRE DE 2024 “Por la cual se define el objeto, conformación y funciones de las Mesas Técnicas del Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Secretaría Distrital de Integración Social”.

Título V.

MESA TÉCNICA DE POLÍTICAS PÚBLICAS SOCIALES Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240902-102721-b02c77-26442935 2024-09-02T20:06:41-05:00 - Pagina 11 de 21 ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO. SEGUNDO. OBJETO DE LA MESA TÉCNICA DE POLÍTICAS PÚBLICAS SOCIALES. Esta mesa tendrá por objeto brindar soporte técnico y operativo al Comité Institucional de Gestión y Desempeño en la gestión del ciclo de vida de las políticas públicas que lidera y en las que participa la Secretaría Distrital de Integración Social, para el cumplimiento de la misión institucional.

ARTÍCULO DÉCIMO SÉPTIMO. INTEGRANTES DE LA MESA TÉCNICA DE POLÍTICAS PÚBLICAS SOCIALES. La Mesa Técnica de Políticas Púbicas Sociales está conformada por:

1. El (la) Subsecretario(a) Técnico(a) o su delegado(a), quien la lidera.
2. Una (1) persona delegada por el Despacho del (de la) Secretario(a) Distrital de Integración Social.
3. El (la) Subsecretario(a) de Gestión Institucional o su delegado(a).
4. El (la) Director(a) de Análisis y Diseño Estratégico o su delegado(a)
5. El (la) Director(a) de Nutrición y Abastecimiento o su delegado(a).
6. El (la) Director(a) Territorial o su delegado(a)
7. El (la) Director(a) Poblacional o su delegado(a).
8. El (la) Director(a) para Inclusión y las Familias o su delegado(a).
9. El (la) Director(a) de Transferencias o su delegado(a).

ARTÍCULO DÉCIMO OCTAVO. FUNCIONES DE LA MESA TÉCNICA DE POLÍTICAS PÚBLICAS SOCIALES. Son funciones de la Mesa Técnica de Políticas Públicas Sociales, las siguientes:

1. Revisar, viabilizar y presentar para aprobación del Comité Institucional de Gestión y Desempeño y/o del Comité Sectorial de Gestión y Desempeño las propuestas de formulación, reformulación, modificación y evaluación de las políticas públicas, conforme con los procedimientos institucionales.
2. Orientar y realizar seguimiento a la implementación de las políticas públicas en todo el ciclo de vida.
3. Aprobar los documentos técnicos de tipo estratégico que la Mesa Técnica defina, que sean requeridos para la gestión interna de las políticas públicas.
4. Orientar la incorporación y transversalización de los enfoques de derechos, diferencial,

Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-111 • 2024 • DICIEMBRE • 30 111 FOR-GJ-032 Continuación de la Resolución No. 1869 DEL 02 DE SEPTIEMBRE DE 2024 “Por la cual se define el objeto, conformación y funciones de las Mesas Técnicas del Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Secretaría Distrital de Integración Social”.

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240902-102721-b02c77-26442935 2024-09-02T20:06:41-05:00 - Pagina 12 de 21 de género, poblacional y territorial en el abordaje de las políticas públicas sociales que le competen a la Secretaría.
5. Desarrollar ejercicios de transferencia de conocimiento al interior de la Secretaría en temas relacionados con las políticas públicas.
6. Coordinar con las Mesas Técnicas de Servicios Sociales, del Modelo de Gestión de Abordaje Territorial y del Modelo de Relacionamiento con la Ciudadanía, las acciones de articulación efectiva entre las políticas públicas y la prestación de los servicios sociales de la Secretaría Distrital de Integración Social a la ciudadanía.

Título VI.

MESA TÉCNICA DE APOYO DE INVENTARIOS ARTÍCULO DÉCIMO NOVENO. OBJETO DE LA MESA TÉCNICA DE APOYO DE INVENTARIOS. Esta Mesa tendrá por objeto velar por el correcto manejo de los bienes muebles de la entidad o por los que legalmente sea responsable y apoyar en su gestión al responsable del Almacén e inventarios o quien haga sus veces.

ARTÍCULO VIGÉSIMO. INTEGRANTES DE LA MESA TÉCNICA DE APOYO DE INVENTARIOS: La Mesa Técnica de Apoyo de Inventarios estará conformada por:

1. El (la) Subsecretario(a) de Gestión Institucional, o su delegado(a).
2. El (la) Director(a) de Gestión Corporativa quien la liderará.
3. El (la) Jefe de la Oficina Asesora Jurídica, o su designado(a).
4. El (la) Subdirector(a) Administrativo y Financiero o su delegado(a).
5. El (la) Asesor(a) de Apoyo Logístico o su delegado(a).
6. El (la) responsable de Inventarios y Almacén de la Entidad.
7. El (la) responsable de la Contabilidad o Contador (a) de la Entidad.

ARTÍCULO VIGÉSIMO PRIMERO. FUNCIONES DE LA MESA TÉCNICA DE APOYO DE INVENTARIOS. Son funciones de la Mesa Técnica de Apoyo de Inventarios, las siguientes:

1. Asesorar al representante legal y/o funcionarios responsables de las áreas de gestión de la entidad en la determinación de las políticas, estrategias y procedimientos requeridos sobre el manejo de los bienes muebles.
2. Realizar el seguimiento de la gestión administrativa en relación con el manejo de bienes muebles de conformidad con la reglamentación expedida por el Contador General de la

Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-112 • 2024 • DICIEMBRE • 30 112 FOR-GJ-032 Continuación de la Resolución No. 1869 DEL 02 DE SEPTIEMBRE DE 2024 “Por la cual se define el objeto, conformación y funciones de las Mesas Técnicas del Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Secretaría Distrital de Integración Social”.

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240902-102721-b02c77-26442935 2024-09-02T20:06:41-05:00 - Pagina 13 de 21 Nación y/o Contador General del Distrito.
3. Propender porque las áreas de gestión identifiquen los riesgos inherentes a cada una de las actividades relacionadas con el manejo de los bienes muebles e implementen los controles que sean necesarios para administrarlos.
4. Revisar, analizar y recomendar la depuración de valores de los inventarios de bienes muebles con base en los informes que presenten el responsable de Almacén e inventarios sobre la gestión administrativa realizada y los soportes documentales correspondientes.
5. Recomendar y realizar seguimiento a los mecanismos y acciones requeridas para la realización de los inventarios físicos, toma física y pruebas representativas de la entidad.
6. Presentar para decisión y aprobación por parte del Comité de Gestión de desempeño, mediante acta, el destino final de los bienes declarados inservibles o no utilizables de la Secretaría, con base en los análisis, informes o proyecto de actas de baja, presentados por el responsable de almacén e inventarios, dentro de los cuales se podrán contemplar factores como: resultados de costo/beneficio, valor de mantenimiento, concepto técnico, nivel de uso, tecnología, costos de bodegaje, estado actual y funcionalidad, etc. Una vez aprobada la destinación final de los bienes por la Mesa Técnica se debe emitir la resolución de baja de bienes firmada por el representante legal de la Secretaría Distrital de Integración Social o quien haga sus veces.
7. Realizar el seguimiento requerido para garantizar que los responsables del proceso de inventarios suministren la información de forma oportuna y confiable para la adecuada contabilización y presentación de información a los Entes de Control.
8. Presentar para aprobación por parte del comité de gestión y desempeño, cuando se requiera y mediante acta, la reclasificación de los bienes que maneja la Secretaría Distrital de Integración Social, así como sobre los resultados arrojados por los análisis o avalúos técnicos de los bienes, determinación de catálogo de elementos, que permitan dar claridad en la administración de estos.
9. Analizar las características y comportamiento de los bienes de la entidad y demás factores que considere necesarios, para determinar la reclasificación de bienes devolutivos y bienes de consumo controlado cuando haya lugar.
10. Las demás que sean asignadas por el (la) Representante Legal de la Secretaría Distrital de Integración Social o su delegado(a).

Título VII.

MESA TÉCNICA DEL MODELO DE RELACIONAMIENTO CON LA CIUDADANÍA Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-113 • 2024 • DICIEMBRE • 30 113 FOR-GJ-032 Continuación de la Resolución No. 1869 DEL 02 DE SEPTIEMBRE DE 2024 “Por la cual se define el objeto, conformación y funciones de las Mesas Técnicas del Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Secretaría Distrital de Integración Social”.

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240902-102721-b02c77-26442935 2024-09-02T20:06:41-05:00 - Pagina 14 de 21 ARTÍCULO VIGÉSIMO SEGUNDO. OBJETO DE LA MESA TÉCNICA DEL MODELO DE RELACIONAMIENTO CON LA CIUDADANÍA. Esta mesa tendrá por objeto brindar orientaciones técnicas, operativas y de articulación en la Secretaría Distrital de Integración Social, para la implementación del Modelo de Relacionamiento Integral con la Ciudadanía, que permitan generar acciones de mejora continua en la Entidad.

ARTÍCULO VIGÉSIMO TERCERO. INTEGRANTES DE LA MESA TÉCNICA DEL MODELO DE RELACIONAMIENTO INTEGRAL CON LA CIUDADANÍA. La Mesa Técnica para el Modelo de Relacionamiento con la Ciudadanía estará conformada por:

1. El (la) Subsecretario(a) de Gestión Institucional o su delegado(a) quien la lidera.
2. El (la) Subsecretario(a) Técnico(a) o su delegado(a).
3. El (la) Director(a) de Análisis y Diseño Estratégico o su delegado(a).
4. El (la) Director(a) de Gestión Corporativo(a) o su delegado(a),
5. El (la) líder del equipo del Servicio Integral de Atención a la Ciudadanía -SIAC

ARTÍCULO VIGÉSIMO CUARTO. FUNCIONES DE LA MESA TÉCNICA DEL MODELO DE RELACIONAMIENTO INTEGRAL CON LA CIUDADANÍA. Son funciones de la Mesa Técnica del Modelo de Relacionamiento con la Ciudadanía, las siguientes:

1. Asesorar y dar el soporte técnico requerido por el Comité Institucional de Gestión y Desempeño en asuntos del Modelo de Relacionamiento Integral con la Ciudadanía.
2. Formular la estrategia, planes y/o lineamientos requeridos para el cumplimiento del Modelo de Relacionamiento Integral con la Ciudadanía.
3. Realizar seguimiento a la implementación del Modelo de Relacionamiento Integral con la Ciudadanía.
4. Coordinar con las Mesas Técnicas de Servicios Sociales y Políticas Públicas Sociales, la articulación efectiva entre las políticas públicas y la atención de los servicios sociales de la Secretaría Distrital de Integración Social con la ciudadanía.

Título VIII.

DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO VIGÉSIMO QUINTO. ASPECTOS NO REGULADOS. Las Mesas Técnicas definirán los aspectos necesarios para su adecuado funcionamiento y el ejercicio de sus funciones, cuando estos no se encuentren reglamentados en la Resolución No.1074 del 06 de mayo de 2024 “Por Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-114 • 2024 • DICIEMBRE • 30 114 FOR-GJ-032 Continuación de la Resolución No. 1869 DEL 02 DE SEPTIEMBRE DE 2024 “Por la cual se define el objeto, conformación y funciones de las Mesas Técnicas del Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Secretaría Distrital de Integración Social”.

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240902-102721-b02c77-26442935 2024-09-02T20:06:41-05:00 - Pagina 15 de 21 la cual se reglamenta el Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Secretaría Distrital de integración Social”, ni en el presente acto administrativo.

ARTÍCULO VIGÉSIMO SEXTO. PUBLICACIÓN. En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 1712 de 2014 y el Decreto Nacional 103 de 2015, compilado en el Decreto Único Reglamentario 1081 de 2015 del sector Presidencia de la República; la presente Resolución deberá publicarse en el normograma institucional y en el enlace de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la página web de la Entidad.

ARTÍCULO VIGÉSIMO SÉPTIMO. COMUNICACIÓN. El contenido del presente acto administrativo deberá ser comunicado a cada una de las dependencias de esta Secretaría, para su conocimiento y fines pertinentes.

ARTÍCULO VIGÉSIMO OCTAVO. VIGENCIA. La presente Resolución del Comité Institucional de Gestión y Desempeño, regirá al día siguiente de su publicación, y deroga todas aquellas disposiciones que le sean contrarias, en especial la Resolución 0941 de 2018, la Resolución No. 1681 de 2023 y la Resolución 0056 del 19 de enero de 2009 y las demás disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los dos (02) días del mes de septiembre de dos mil veinticuatro (2024).

ROBERTO ANGULO SALAZAR Secretario Distrital de Integración Social Presidente Comité Institucional de Gestión y Desempeño Proyectó: Andrea Vega Rodríguez – Abogada Oficina Asesora Jurídica Laura Patricia Saavedra Alarcón – Contratista Subdirección de Diseño, Evaluación y Sistematización Revisó: Viviana Lucia Mendoza – Contratista Subdirección de Diseño, Evaluación y Sistematización Alejandra Rojas- Contratista Dirección de Análisis y Diseño Estratégico Martha Isabel Ortiz Hurtado – Abogada Contratista Oficina Jurídica Angela Marcela Castillo – contratista Dirección de Análisis y Diseño Estratégico Juan Manuel Possos Pedroza – contratista Dirección de Análisis y Diseño Estratégico Oscar Andrés Manrique Gutiérrez- contratista Oficina Jurídica Oscar David Garzón Alfaro- Subdirector de Diseño, Evaluación y Sistematización Aprobó: Juliana Sánchez, Subsecretaria Técnica Lina María Sánchez, Subsecretaria de Gestión Institucional Laura Alejandra Contreras Salazar – Jefe Oficina Asesora Jurídica Iván Osejo Villamil – Director de Análisis y Diseño Estratégico Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-115 • 2024 • DICIEMBRE • 30 115 REGISTRO DE FIRMAS ELECTRONICAS 20240902_Resolución 1869 de 2024 Mesas tecnicas SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL gestionado por: azsign.com.co Id Acuerdo: 20240902-102721-b02c77-26442935 Creación: 2024-09-02 10:27:21 Escanee el código Estado: Finalizado Finalización: 2024-09-02 20:06:39 para verificación Aprobación: Revisó Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240902-102721-b02c77-26442935 2024-09-02T20:06:41-05:00 - Pagina 16 de 21 Alejandra María Rojas Castillo C.C. 52425908 ARojasC@sdis.gov.co Contratista Revisión: Revisó Viviana Lucía Mendoza Hortua 53073850 vmendoza@sdis.gov.co Contratista Subdirección de Diseño, Evaluación y Sistematización Elaboración: Elaboró Laura Saavedra 1016045314 lsaavedraa@sdis.gov.co Contratista Sdis Elaboración: Elaboró Andrea Vega Rodríguez 52516635 avegar@sdis.gov.co Profesional Especializada Grado 23 Secretaría Distrital de Integración Social REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-116 • 2024 • DICIEMBRE • 30 116 REGISTRO DE FIRMAS ELECTRONICAS 20240902_Resolución 1869 de 2024 Mesas tecnicas SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL gestionado por: azsign.com.co Id Acuerdo: 20240902-102721-b02c77-26442935 Creación: 2024-09-02 10:27:21 Escanee el código Estado: Finalizado Finalización: 2024-09-02 20:06:39 para verificación Aprobación: Aprobó Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240902-102721-b02c77-26442935 2024-09-02T20:06:41-05:00 - Pagina 17 de 21 Lina María Sánchez Romero 64696062 LSanchezR@sdis.gov.co Subsecretaria de Gestión Institucional Secretaría Distrital de Integración Social Aprobación: Aprobó Beatriz Juliana Sanchez Calderon 52355110 jusanchez@sdis.gov.co Subsecretaria Tecnica Secretaría de Integración Social Aprobación: Aprobó Ivan Osejo Villamil 79723119 iosejov@sdis.gov.co Director SDIS - Dirección de Análisis y Diseño Estratégico Revisión: Revisó Oscar David Garzon Alfaro 1075650932 ogarzona@sdis.gov.co Subdirector de Diseño, Evaluación y Sistematización Integracion Social REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-117 • 2024 • DICIEMBRE • 30 117 REGISTRO DE FIRMAS ELECTRONICAS 20240902_Resolución 1869 de 2024 Mesas tecnicas SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL gestionado por: azsign.com.co Id Acuerdo: 20240902-102721-b02c77-26442935 Creación: 2024-09-02 10:27:21 Escanee el código Estado: Finalizado Finalización: 2024-09-02 20:06:39 para verificación Revisión: Revisó Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240902-102721-b02c77-26442935 2024-09-02T20:06:41-05:00 - Pagina 18 de 21 Oscar Andrés Manrique Gutiérrez 74080160 omanrique@sdis.gov.co Contratista Secretaría Distrital de Integración Social Revisión: Revisó JUAN MANUEL POSSOS PEDROZA 80133615 jpossosp@sdis.gov.co CONTRATISTA DADE SDIS Revisión: Revisó ANGELA MARCELA CASTILLO HERRERA 51739783 acastilloh@sdis.gov.co Aprobación: Revisó Martha Isabel Ortiz Hurtado 36861141 mortizh@sdis.gov.co Abogada Oficina Jurídica REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-118 • 2024 • DICIEMBRE • 30 118 REGISTRO DE FIRMAS ELECTRONICAS 20240902_Resolución 1869 de 2024 Mesas tecnicas SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL gestionado por: azsign.com.co Id Acuerdo: 20240902-102721-b02c77-26442935 Creación: 2024-09-02 10:27:21 Escanee el código Estado: Finalizado Finalización: 2024-09-02 20:06:39 para verificación Firma: Firma Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240902-102721-b02c77-26442935 2024-09-02T20:06:41-05:00 - Pagina 19 de 21 Roberto Angulo Salazar 80060611 rangulo@sdis.gov.co Secretario de Despacho Secretaría Distrital de Integración Social Aprobación: Aprobó LAURA ALEJANDRA CONTRERAS SALAZAR 1032366278 lcontrerass@sdis.gov.co JEFE OFICINA JURÍDICA SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-119 • 2024 • DICIEMBRE • 30 119 REPORTE DE TRAZABILIDAD 20240902_Resolución 1869 de 2024 Mesas tecnicas SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL gestionado por: azsign.com.co Id Acuerdo: 20240902-102721-b02c77-26442935 Creación: 2024-09-02 10:27:21 Escanee el código Estado: Finalizado Finalización: 2024-09-02 20:06:39 para verificación TRAMITE PARTICIPANTE ESTADO ENVIO, LECTURA Y RESPUESTA Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240902-102721-b02c77-26442935 2024-09-02T20:06:41-05:00 - Pagina 20 de 21 Andrea Vega Rodríguez Env.: 2024-09-02 10:27:47 avegar@sdis.gov.co Lec.: 2024-09-02 10:41:49 Elaboración Aprobado Profesional Especializada Grado 23 Res.: 2024-09-02 10:42:22 Secretaría Distrital de Integración Soci IP Res.: 190.27.225.68 Laura Saavedra Env.: 2024-09-02 10:42:22 lsaavedraa@sdis.gov.co Lec.: 2024-09-02 10:45:55 Elaboración Aprobado Contratista Res.: 2024-09-02 10:46:00 Sdis IP Res.: 190.27.225.68 Viviana Lucía Mendoza Hortua Env.: 2024-09-02 10:46:00 vmendoza@sdis.gov.co Lec.: 2024-09-02 11:00:34 Revisión Contratista Subdirección de Diseño, Eval Aprobado Res.: 2024-09-02 11:01:50 IP Res.: 186.29.35.34 Alejandra María Rojas Castillo Env.: 2024-09-02 11:01:50 ARojasC@sdis.gov.co Lec.: 2024-09-02 11:08:36 Aprobación Contratista Aprobado Res.: 2024-09-02 12:15:28 IP Res.: 181.63.24.85 Martha Isabel Ortiz Hurtado Env.: 2024-09-02 12:15:28 mortizh@sdis.gov.co Lec.: 2024-09-02 12:19:44 Aprobación Abogada Oficina Jurídica Aprobado Res.: 2024-09-02 12:19:49 IP Res.: 190.27.225.68 ANGELA MARCELA CASTILLO HERRERA Env.: 2024-09-02 12:19:49 Lec.: 2024-09-02 12:22:54 Revisión acastilloh@sdis.gov.co Aprobado Res.: 2024-09-02 13:19:12 IP Res.: 201.244.197.238 JUAN MANUEL POSSOS PEDROZA Env.: 2024-09-02 13:19:12 jpossosp@sdis.gov.co Lec.: 2024-09-02 14:03:58 Revisión Aprobado CONTRATISTA DADE Res.: 2024-09-02 14:04:12 SDIS IP Res.: 191.156.188.192 Oscar Andrés Manrique Gutiérrez Env.: 2024-09-02 14:04:12 omanrique@sdis.gov.co Lec.: 2024-09-02 14:04:55 Revisión Aprobado Contratista Res.: 2024-09-02 14:05:06 Secretaría Distrital de Integración Soci IP Res.: 181.53.239.211 Oscar David Garzon Alfaro Env.: 2024-09-02 14:05:06 ogarzona@sdis.gov.co Lec.: 2024-09-02 14:55:39 Revisión Aprobado Subdirector de Diseño, Evaluación y Sist Res.: 2024-09-02 14:55:42 Integracion Social IP Res.: 190.27.225.68 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-120 • 2024 • DICIEMBRE • 30 120 REPORTE DE TRAZABILIDAD 20240902_Resolución 1869 de 2024 Mesas tecnicas SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL gestionado por: azsign.com.co Id Acuerdo: 20240902-102721-b02c77-26442935 Creación: 2024-09-02 10:27:21 Escanee el código Estado: Finalizado Finalización: 2024-09-02 20:06:39 para verificación TRAMITE PARTICIPANTE ESTADO ENVIO, LECTURA Y RESPUESTA Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240902-102721-b02c77-26442935 2024-09-02T20:06:41-05:00 - Pagina 21 de 21 Ivan Osejo Villamil Env.: 2024-09-02 14:55:42 iosejov@sdis.gov.co Lec.: 2024-09-02 15:19:02 Aprobación Aprobado Director Res.: 2024-09-02 15:19:12 SDIS - Dirección de Análisis y Diseño Es IP Res.: 191.95.54.163 Beatriz Juliana Sanchez Calderon Env.: 2024-09-02 15:19:12 jusanchez@sdis.gov.co Lec.: 2024-09-02 15:23:34 Aprobación Aprobado Subsecretaria Tecnica Res.: 2024-09-02 15:23:55 Secretaría de Integración Social IP Res.: 190.27.225.68 Lina María Sánchez Romero Env.: 2024-09-02 15:23:56 LSanchezR@sdis.gov.co Lec.: 2024-09-02 16:05:42 Aprobación Aprobado Subsecretaria de Gestión Institucional Res.: 2024-09-02 18:46:38 Secretaría Distrital de Integración Soci IP Res.: 190.27.225.68 LAURA ALEJANDRA CONTRERAS SALAZAR Env.: 2024-09-02 18:46:38 lcontrerass@sdis.gov.co Lec.: 2024-09-02 19:52:23 Aprobación Aprobado JEFE OFICINA JURÍDICA Res.: 2024-09-02 19:53:19 SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCI IP Res.: 186.102.10.192 Roberto Angulo Salazar Env.: 2024-09-02 19:53:19 rangulo@sdis.gov.co Lec.: 2024-09-02 20:04:30 Firma Aprobado Secretario de Despacho Res.: 2024-09-02 20:06:39 Secretaría Distrital de Integración Soci IP Res.: 191.156.144.230 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-121 • 2024 • DICIEMBRE • 30 121 RESOLUCIÓN N° 2007 DEL 23 DE SEPTIEMBRE DE 2024 Por medio de la cual se establece el plan especial para la implementación del Servicio Social “Jóvenes con Oportunidades”

EL SECRETARIO DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL En uso de sus facultades constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las establecidas en los literales h) y j) del artículo 4 del Decreto Distrital 607 de 2007, modificado por el artículo 2 Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240923-110537-b39df8-05277997 2024-09-23T18:46:13-05:00 - Pagina 1 de 9 del Decreto Distrital 508 de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el artículo 1º de la Constitución Política, el poder del Estado se justifica para el cumplimiento de unos fines esenciales, siendo el primero de ellos el de “garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución”.

Que el artículo 13 de la Constitución erige a la igualdad material como uno de sus pilares, entendida como el deber y el mandato para el Estado de promover “las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptará medidas en favor de grupos discriminados o marginados” y de proteger “especialmente a aquellas personas que, por su condición económica, física o mental, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta (…)”.

Que, en desarrollo de este principio, derecho y mandato de igualdad material, la Constitución focaliza y prioriza los derechos constitucionales de grupos poblacionales específicos, con garantías de igualdad y no discriminación, así como a través de los tratos diferenciados que requieren para el ejercicio de sus libertades y derechos.

Que el artículo 45 superior, dispone que el adolescente tiene derecho a la protección y formación integral, además de señalar que “el Estado y la sociedad garantizan la participación activa de los jóvenes en los organismos públicos y privados que tengan a cargo la protección, educación y progreso de la juventud”. Este artículo fue aprobado en la Comisión Quinta de la Asamblea Nacional Constituyente del 10 de mayo de 1991, en donde se estableció que los jóvenes tienen el derecho a la protección y formación física, psicológica, intelectual, social, correspondiendo al Estado garantizar la participación activa en la vida cultural, deportiva, social, política, laboral y económica, dado que resulta de suma importancia que los jóvenes participen en las decisiones que les atañen y en los organismos que comprometa sus necesidades.

Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-122 • 2024 • DICIEMBRE • 30 122 FOR-GJ-032 V1 Continuación de la Resolución No. 2007 DEL 23 DE SEPTIEMBRE DE 2024 Por medio de la cual se establece el plan especial para la implementación del Servicio Social “Jóvenes con oportunidades”

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240923-110537-b39df8-05277997 2024-09-23T18:46:13-05:00 - Pagina 2 de 9 Que, de conformidad con la sentencia C-862 de 2012 la Honorable Corte Constitucional dispuso que, “la población conformada por las y los jóvenes resulta un sector fundamental de cada sociedad” y siguiendo los presupuestos del artículo 45 superior se indicó que, “el Estado y la sociedad deben garantizar la participación activa de los jóvenes en los organismos públicos y privados que tengan a cargo la protección, educación y progreso de la juventud”.

Que, el inciso 5º del artículo 94 de la Ley 715 de 2001, modificado por el artículo 24 de la Ley 1176 de 2007, establece que “la focalización” es “el proceso mediante el cual, se garantiza que el gasto social se asigne a los grupos de población más pobre y vulnerable” y que “las entidades territoriales al realizar inversión social, especialmente mediante la asignación de subsidios, deben aplicar los criterios e instrumentos de focalización, definidos por el Conpes Social. Los diferentes programas sociales del orden nacional o territorial, deben definir la forma en que aplicarán los criterios e instrumentos para la focalización, contemplando además los criterios de egreso o cesación de la condición de beneficiarios que resulten pertinentes, en función de los objetivos e impactos perseguidos”.

Que el parágrafo 1º del artículo 24 del Acuerdo Distrital 761 de 2020, modificado por el artículo 52 del Acuerdo Distrital 927 de 2024, determina que “Los planes, programas, proyectos, criterios de focalización, servicios y presupuestos de las entidades distritales cuyos bienes y servicios estén dirigidos a población pobre y/o vulnerable, podrán ser modificados para atender la estrategia integral del Ingreso Mínimo Garantizado en Bogotá”.

Que el Acuerdo Distrital 927 de 2024 “Por medio del cual se adopta el plan de desarrollo económico, social, ambiental y de obras públicas del distrito capital 2024-2027 “Bogotá Camina Segura” entre los programas del objetivo estratégico “Bogotá confía en su Bien-Estar”, artículo 10°, contempló el Programa 10.7 “Bogotá, una ciudad con menos pobreza”, el cual tiene como objetivo “reducir de manera sostenible la pobreza en la ciudad, creando condiciones para que las personas que hayan salido de la pobreza no regresen a esta”, en cuyas acciones se contempla “la articulación de las transferencias monetarias del programa denominado hoy Ingreso Mínimo Garantizado (IMG) -especialmente, de la población joven- con la oferta pública y privada de educación posmedia, formación para el trabajo, intermediación y enganche laboral.

Que como lo establece el referido Programa 10.7, la señalada articulación del programa de IMG con la oferta pública y privada de educación “busca que estos jóvenes que reciban el IMG se sostengan en el sistema educativo de la ciudad fortaleciendo las condiciones para que alcancen una trayectoria de ingresos por encima de la línea de pobreza. El punto de partida es el perfilamiento desde la educación media de potenciales beneficiarios del programa. La ruta Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-123 • 2024 • DICIEMBRE • 30 123 FOR-GJ-032 V1 Continuación de la Resolución No. 2007 DEL 23 DE SEPTIEMBRE DE 2024 Por medio de la cual se establece el plan especial para la implementación del Servicio Social “Jóvenes con oportunidades”

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240923-110537-b39df8-05277997 2024-09-23T18:46:13-05:00 - Pagina 3 de 9 continúa con la focalización de jóvenes pobres y vulnerables que cumplan con los requisitos de ingreso. Apalancados en la oferta de educación posmedia pública y privada y una vez verificada la vinculación del beneficiario a un programa de formación posmedia (público o privado) se le otorgará al participante la transferencia monetaria, que estará condicionada a la asistencia y/o desempeño del joven durante el programa de formación. Una vez finalizado el proceso de formación, la Secretaría de Desarrollo Económico inicia el proceso de intermediación y enganche laboral. Adicionalmente, la ruta incluirá un componente transversal de proyecto de vida y el acompañamiento mediante los servicios complementarios de la Secretaría de Integración Social para la población joven en Bogotá.”

Que, así mismo, el precitado acuerdo dispuso el objetivo estratégico “BOGOTÁ CONFÍA EN SU POTENCIAL”, y en el Programa 17 “Formación para el trabajo y acceso a oportunidades educativas” contempló la necesidad de generar “(…) mecanismos alternativos de recursos que favorezcan principalmente a jóvenes que transitan de forma inmediata desde la educación media. Se les brindará ofertas institucionales objeto de transferencias monetarias (principalmente condicionadas, como las descritas en el programa “Bogotá una ciudad con menos pobreza (…)”; implementación de esquemas unificados de focalización en las iniciativas de inclusión social y productiva; mecanismos de sostenimiento que permitan culminar satisfactoriamente los estudios, procesos permanentes de educación en inteligencia emocional, apoyo psicosocial, y rutas claras de empleo y empleabilidad, a fin de que la trayectoria educativa culmine hacia oficios, ocupaciones o profesiones que incrementen las posibilidades de empleabilidad. (…)”.

Que el artículo 1° del Decreto Distrital No. 607 del 2007 establece como objeto de la Secretaría Distrital de Integración Social: orientar y liderar la formulación y desarrollo de políticas de promoción, prevención, protección, restablecimiento y garantía de los derechos de los grupos poblacionales, familias y comunidades, enfatizando en la prestación de servicios sociales básicos para quienes enfrentan mayor situación de pobreza y vulnerabilidad. Así como, prestar servicios sociales básicos de atención a aquellos grupos poblacionales que además de sus condiciones de pobreza se encuentran en riesgo social, vulneración manifiesta o en situación de exclusión social.

Que desde el inicio del actual gobierno distrital la Secretaría Distrital de Integración Social viene trabajando en la optimización de los programas sociales, entre ellos, repotenciando las transferencias monetarias para la población más pobre y vulnerable como parte de la estrategia Bogotá Confía en su Bien-estar, una ciudad con menos pobreza, del Plan Distrital de Desarrollo “Bogotá Camina Segura”.

Que el literal f) del artículo 2° de la Resolución No. 218 de 2023, “Por la cual se definen las reglas y principios aplicables a los servicios sociales de la Secretaría Distrital de Integración Social, se Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-124 • 2024 • DICIEMBRE • 30 124 FOR-GJ-032 V1 Continuación de la Resolución No. 2007 DEL 23 DE SEPTIEMBRE DE 2024 Por medio de la cual se establece el plan especial para la implementación del Servicio Social “Jóvenes con oportunidades”

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240923-110537-b39df8-05277997 2024-09-23T18:46:13-05:00 - Pagina 4 de 9 adoptan los instrumentos de focalización, los criterios de ingreso, priorización, egreso y restricciones, y se dictan otras disposiciones”, señala que “[la] transformación de los servicios se enmarca en la mejora continua de la oferta institucional, a partir de las necesidades de la ciudadanía, las realidades de los territorios, y la puesta en marcha de programas y estrategias de política social, con el fin de generar una red de servicios sociales que contribuyan a la inclusión social, al desarrollo de capacidades y a la prestación de los servicios sociales de alta calidad (…)” y, el artículo 7° ídem, estableció el procedimiento para la modificación de las fichas técnicas de los servicios sociales.

Que, en el marco de lo anterior la Secretaría Distrital de Integración Social realizó una estrategia de comunicación masiva de “Mejores transferencias, más bien-estar”, y a través de la Subdirección para la Juventud, se identificó la necesidad de mejorar las Transferencias Monetarias Condicionadas del servicio “Parceros Por Bogotá”, cuyo ciclo semestral ha finalizado, creando un servicio más integral que permita garantizar la inclusión social y productiva de la población joven en Bogotá y cumplir los objetivos del programa “Bogotá, una ciudad con menos pobreza”, que hace parte del objetivo estratégico “Bogotá confía en su Bien-Estar” del Plan de desarrollo económico, social, ambiental y de obras públicas del distrito capital 2024-2027 “Bogotá Camina Segura”.

Que, en sesión del 15 de agosto de 2024, el Comité Coordinador de la estrategia de Ingreso Mínimo Garantizado (IMG) aprobó incluir en ésta el componente de transferencias monetarias condicionadas para jóvenes en rutas de inclusión social y productiva, focalizadas por la Subdirección para la Juventud y cuyas condicionalidades serán verificadas por las distintas entidades que participan en las rutas de atención, para lo cual, la implementación de estas transferencias se realizará a través de los canales de IMG, mediante dispersiones realizadas por la Secretaría Distrital de Integración Social.

Que el día 05 de septiembre de 2024, atendiendo los términos del artículo 7 de la Resolución 218 de 2022, el Comité de Gestión institucional y Desempeño de la Secretaría Distrital de Integración Social aprobó la modificación de la ficha técnica del servicio “Parceros Por Bogotá” a “Jóvenes con Oportunidades”.

Que el portafolio de servicios de la Secretaría Distrital de Integración Social fue actualizado el 9 de septiembre de 2024, mediante Memorando I2024025363, el cual se materializó a través de la versión 10 del PORTAFOLIO DE SERVICIOS, MODALIDADES, ESTRATEGIAS, BENEFICIOS Y TRANSFERENCIAS MONETARIAS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL.

Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-125 • 2024 • DICIEMBRE • 30 125 FOR-GJ-032 V1 Continuación de la Resolución No. 2007 DEL 23 DE SEPTIEMBRE DE 2024 Por medio de la cual se establece el plan especial para la implementación del Servicio Social “Jóvenes con oportunidades”

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240923-110537-b39df8-05277997 2024-09-23T18:46:13-05:00 - Pagina 5 de 9 Que la ficha del servicio social “jóvenes con Oportunidades”, establece en su población objeto las “Jóvenes entre los 14 y 28 años en situación de pobreza extrema, pobreza moderada y vulnerabilidad por inseguridad alimentaria residentes en la ciudad de Bogotá, que no estén graduados de educación superior”, con el objeto de “[contribuir] a la inclusión social y productiva de jóvenes en pobreza extrema, pobreza moderada y vulnerabilidad por inseguridad alimentaria en la ciudad de Bogotá D.C, a través de una estrategia intersectorial que incluye transferencias monetarias condicionadas para el acceso y finalización a oportunidades de formación, acompañamiento psicosocial y acompañamiento y orientación laboral durante su tiempo de permanencia en el servicio”.

Que el servicio social “Jóvenes con Oportunidades” se socializó bajo los términos dispuestos por el artículo 7 de la 218 de 2023, a través del grupo focal enunciado previamente.

Que en el marco de lo anterior se requiere establecer los términos bajo los cuales se llevará a cabo la implementación del servicio “Jóvenes con oportunidades”, antes “Parceros Por Bogotá”.

Que en mérito de lo expuesto:

RESUELVE:

Artículo primero.

OBJETO: Establecer el plan especial para la implementación del servicio de transferencias para personas jóvenes y los cortes a partir de los cuales empezarán a aplicar los instrumentos de focalización, los criterios de ingreso, priorización, egreso y restricciones establecidas en la ficha del servicio social “Jóvenes con oportunidades”.

Artículo segundo.

IMPLEMENTACIÓN. La implementación del servicio “Jóvenes con Oportunidades” se realizará atendiendo los siguientes términos y grupos de clasificación:

a) Las personas jóvenes beneficiarias del servicio social “Jóvenes con Oportunidades”, empezarán a recibir el beneficio económico mensual a partir del mes de octubre de 2024. b) Las personas jóvenes beneficiarias del Servicio “Parceros por Bogotá”, sustituido por el servicio "Jóvenes con Oportunidades", ejecutaran las correspondientes actividades condicionadas hasta el 30 de septiembre del 2024. Cumplida esta fecha, les serán aplicados los criterios de egreso definidos en la ficha técnica del servicio social vigente.

Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-126 • 2024 • DICIEMBRE • 30 126 FOR-GJ-032 V1 Continuación de la Resolución No. 2007 DEL 23 DE SEPTIEMBRE DE 2024 Por medio de la cual se establece el plan especial para la implementación del Servicio Social “Jóvenes con oportunidades” c) Las personas jóvenes registradas en las listas de priorización para el ingreso al servicio “Parceros por Bogotá”, sustituido por el servicio, “Jóvenes con oportunidades”, serán focalizadas conforme a los criterios definidos en la ficha técnica del servicio social vigente.

Artículo tercero.

VIGENCIA. Esta Resolución rige desde el día siguiente de su publicación en la página web de la Secretaría Distrital de Integración Social.

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240923-110537-b39df8-05277997 2024-09-23T18:46:13-05:00 - Pagina 6 de 9 PUBLÍQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los veintitrés (23) días del mes de septiembre de dos mil veinticuatro (2024).

ROBERTO ANGULO SALAZAR Secretario Distrital de Integración Social Proyectó: José David Tarazona - Contratista Subdirección para la Juventud Revisó: Oscar Andrés Manrique Gutiérrez – Contratista Oficina Jurídica Diego Fernando Duque Gaitán – Subdirector para la Discapacidad Mauricio Sandino – Director de Transferencias Aprobó: Juliana Sánchez Calderón - Subsecretaria Técnica Laura Alejandra Contreras Salazar – Jefe Oficina Asesora Jurídica Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-127 • 2024 • DICIEMBRE • 30 127 REGISTRO DE FIRMAS ELECTRONICAS RESOLUCION_TRANSF_ JUVENTUD_VF SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL gestionado por: azsign.com.co Id Acuerdo: 20240923-110537-b39df8-05277997 Creación: 2024-09-23 11:05:37 Escanee el código Estado: Finalizado Finalización: 2024-09-23 18:46:12 para verificación Revisión: Mauricio Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240923-110537-b39df8-05277997 2024-09-23T18:46:13-05:00 - Pagina 7 de 9 Mauricio Sandino 80001466 msandino@sdis.gov.co Director de Transferencias Secretaría Distrital de Integración Social Revisión: Diego Diego Fernando Duque Gaitan 1026589651 dfduqueg@sdis.gov.co Subdirector para la juventud Secretaría Distrital de Integración Social Revisión: Oscar Oscar Andrés Manrique Gutiérrez 74080160 omanrique@sdis.gov.co Contratista Secretaría Distrital de Integración Social Elaboración: Jose José David Tarazona Rueda 1093759041 jtarazona@sdis.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-128 • 2024 • DICIEMBRE • 30 128 REGISTRO DE FIRMAS ELECTRONICAS RESOLUCION_TRANSF_ JUVENTUD_VF SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL gestionado por: azsign.com.co Id Acuerdo: 20240923-110537-b39df8-05277997 Creación: 2024-09-23 11:05:37 Escanee el código Estado: Finalizado Finalización: 2024-09-23 18:46:12 para verificación Firma: Roberto Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240923-110537-b39df8-05277997 2024-09-23T18:46:13-05:00 - Pagina 8 de 9 Roberto Angulo Salazar 80060611 rangulo@sdis.gov.co Secretario de Despacho Secretaría Distrital de Integración Social Aprobación: Laura LAURA ALEJANDRA CONTRERAS SALAZAR 1032366278 lcontrerass@sdis.gov.co JEFE OFICINA JURÍDICA SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL Aprobación: Juliana Beatriz Juliana Sanchez Calderon 52355110 jusanchez@sdis.gov.co Subsecretaria Tecnica Secretaría de Integración Social REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-129 • 2024 • DICIEMBRE • 30 129 REPORTE DE TRAZABILIDAD RESOLUCION_TRANSF_ JUVENTUD_VF SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL gestionado por: azsign.com.co Id Acuerdo: 20240923-110537-b39df8-05277997 Creación: 2024-09-23 11:05:37 Escanee el código Estado: Finalizado Finalización: 2024-09-23 18:46:12 para verificación TRAMITE PARTICIPANTE ESTADO ENVIO, LECTURA Y RESPUESTA Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240923-110537-b39df8-05277997 2024-09-23T18:46:13-05:00 - Pagina 9 de 9 José David Tarazona Rueda Env.: 2024-09-23 11:05:57 Lec.: 2024-09-23 11:15:13 Elaboración jtarazona@sdis.gov.co Aprobado Res.: 2024-09-23 11:15:17 IP Res.: 186.31.153.19 Oscar Andrés Manrique Gutiérrez Env.: 2024-09-23 11:15:17 omanrique@sdis.gov.co Lec.: 2024-09-23 11:16:38 Revisión Aprobado Contratista Res.: 2024-09-23 11:16:46 Secretaría Distrital de Integración Soci IP Res.: 181.53.239.211 Diego Fernando Duque Gaitan Env.: 2024-09-23 11:16:46 dfduqueg@sdis.gov.co Lec.: 2024-09-23 11:17:08 Revisión Aprobado Subdirector para la juventud Res.: 2024-09-23 11:18:22 Secretaría Distrital de Integración Soci IP Res.: 190.27.225.68 Mauricio Sandino Env.: 2024-09-23 11:18:22 msandino@sdis.gov.co Lec.: 2024-09-23 11:24:38 Revisión Aprobado Director de Transferencias Res.: 2024-09-23 11:25:10 Secretaría Distrital de Integración Soci IP Res.: 190.27.225.68 Beatriz Juliana Sanchez Calderon Env.: 2024-09-23 11:25:10 jusanchez@sdis.gov.co Lec.: 2024-09-23 12:01:21 Aprobación Aprobado Subsecretaria Tecnica Res.: 2024-09-23 14:54:21 Secretaría de Integración Social IP Res.: 201.221.172.52 LAURA ALEJANDRA CONTRERAS SALAZAR Env.: 2024-09-23 14:54:21 lcontrerass@sdis.gov.co Lec.: 2024-09-23 15:13:24 Aprobación Aprobado JEFE OFICINA JURÍDICA Res.: 2024-09-23 16:30:54 SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCI IP Res.: 190.27.225.68 Roberto Angulo Salazar Env.: 2024-09-23 16:30:54 rangulo@sdis.gov.co Lec.: 2024-09-23 17:10:40 Firma Aprobado Secretario de Despacho Res.: 2024-09-23 18:46:12 Secretaría Distrital de Integración Soci IP Res.: 167.0.153.184 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-130 • 2024 • DICIEMBRE • 30 130 FOR-GJ-032 V2 RESOLUCIÓN Nº 2021 DEL 24 DE SEPTIEMBRE DE 2024 “Por medio de la cual se dispone la entrada en funcionamiento e implementación de la Comisaría de Familia de Ciudad Bolívar 3 creada a través del artículo 1º del Acuerdo 229 de 2006”

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240924-114400-2807f9-31580442 2024-09-24T15:49:25-05:00 - Pagina 1 de 8 EL SECRETARIO DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto 607 de 2007 y en desarrollo de lo previsto en artículos 1º y 2º del Acuerdo 229 de 2006, y

CONSIDERANDO:

Que los artículos 5º y 42 de la Constitución Política consagran que la familia es la institución básica de la sociedad, y que el Estado debe garantizar la protección integral de la familia, por ser esta el núcleo de la sociedad, el medio primario y natural para el crecimiento y bienestar de todos sus miembros. De manera que la familia debe recibir la protección y asistencia necesaria para su desarrollo armónico y para la garantía de los derechos de sus integrantes.

Que el artículo 84 de la Ley 1098 de 2006 “Por la cual se expide el Código de la Infancia y la Adolescencia” establece que “los municipios contarán al menos con una Comisaría de Familia según la densidad de la población y las necesidades del servicio. Su creación, composición y organización corresponde a los Concejos Municipales.

Que la Ley 2126 de 2021 “Por la cual se regula la creación, conformación y funcionamiento de las comisarías de familia, se establece el órgano rector y se dictan otras disposiciones” consagra que las comisarías de familia son la puerta de acceso a la justicia para las víctimas de la violencia en el contexto familiar, pues se encargan de brindar atención especializada para prevenir, proteger, restablecer, reparar y garantizar los derechos de quienes estén en riesgo, sean o hayan sido víctimas de violencia por razones de género u otras violencias en el contexto familiar.

Que en virtud de lo previsto en el parágrafo 1º del artículo 6 de la citada ley, el Distrito en el marco de su autonomía aumentará el número de comisarías de familia, atendiendo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-131 • 2024 • DICIEMBRE • 30 131 FOR-GJ-032 V2 RESOLUCIÓN Nº 2021 DEL 24 DE SEPTIEMBRE DE 2024 “Por medio de la cual se dispone la entrada en funcionamiento e implementación de la Comisaría de Familia de Ciudad Bolívar 3 creada a través del artículo 1º del Acuerdo 229 de 2006”

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240924-114400-2807f9-31580442 2024-09-24T15:49:25-05:00 - Pagina 2 de 8 entre otros factores, los relacionados con las necesidades del servicio, tales como dispersión de la población, altos índices la problemática objeto de su competencia, y la insuficiencia de oferta existente.

Que el parágrafo 3º del artículo 6º de la Ley 2126 de 2021, dispone que los municipios y los distritos deben garantizar progresivamente el servicio de las comisarías de familia en los sectores rurales y de difícil acceso de su territorio para su oportuna atención.

Que mediante el Acuerdo 229 de 2006, el Concejo Distrital amplió en la ciudad de Bogotá a treinta y seis (36) Comisarías de Familia fijas y dos (2) móviles, para asegurar la eliminación progresiva de barreras de acceso a la justicia familiar. A su vez, en el parágrafo del artículo primero de la citada norma señaló que “Durante la vigencia del actual Plan de Desarrollo se crearan dos (2) Comisarías Móviles y las once (11) restantes, se implementaran de conformidad con lo establecido en los Planes de Desarrollo sucesivos”

Que de las treinta y seis (36) Comisarías de Familia fijas creadas por el Acuerdo 229 de 2006, actualmente en el Distrito se encuentran en funcionamiento treinta y cinco (35), por lo que se encuentra pendiente por implementar una (1) de ellas.

Que el artículo 2º del Acuerdo 229 de 2006, modificado por el artículo 2º del Acuerdo 662 de 2016, facultó a la Secretaría Distrital de Integración Social para establecer un procedimiento de reparto y la cobertura que deben tener las comisarías de familia diurnas, semipermanentes y permanentes, así como para establecer su competencia territorial cuando las demás comisarías no se encuentren en servicio y conforme a las necesidades de la ciudad.

Que en atención a lo dispuesto en el parágrafo primero del artículo 3º del Acuerdo 229 de 2006, modificado por el artículo 2º del Acuerdo 662 de 2016, los criterios que deben observarse para la implementación o ampliación de las comisarías de familia son los de proporcionalidad, accesibilidad y oportunidad, para asegurar la eliminación progresiva de barreras de acceso a la justicia familiar, atendiendo las características específicas de cada uno de los territorios, sus dinámicas internas, la demanda y densidad de la Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 Correo electrónico institucional: integracion@sdis.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-132 • 2024 • DICIEMBRE • 30 132 FOR-GJ-032 V2 RESOLUCIÓN Nº 2021 DEL 24 DE SEPTIEMBRE DE 2024 “Por medio de la cual se dispone la entrada en funcionamiento e implementación de la Comisaría de Familia de Ciudad Bolívar 3 creada a través del artículo 1º del Acuerdo 229 de 2006”

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240924-114400-2807f9-31580442 2024-09-24T15:49:25-05:00 - Pagina 3 de 8 población, las dimensiones del área, las condiciones de vulnerabilidad y la problemática existente en cada una de las localidades.

Que en función de los criterios de proporcionalidad, accesibilidad y oportunidad consagrados en el artículo 3º del Acuerdo 229 de 2006, modificado por el artículo 2º del Acuerdo 662 de 2016, y a partir de un análisis de la capacidad disponible para la atención de las víctimas de violencia en el contexto familiar basado en el número de despachos comisariales y de equipos interdisciplinarios versus el número de personas que, en calidad de víctimas, acudieron a las Comisarías de Familia durante el año 2023, y el primer semestre de 2024, Ciudad Bolívar es la localidad de mayor necesidad al registrar en 2023 una Comisaría de Familia por cada 2.552 víctimas y un equipo interdisciplinario por cada 1.276; y para el año 2024 una Comisaria por cada 1.270 víctimas y un equipo interdisciplinario por cada 635.

Que el Decreto Distrital 607 de 2007 “Por medio del cual se determina el objeto, la estructura organizacional y las funciones de la Secretaría Distrital de Integración Social”, en el literal d) del artículo 26° establece como una de las funciones de la Subdirección para las Familia, el dirigir la gestión de las Comisarías de familia a fin de que estas garanticen el acceso a la justicia familiar y la aplicación de medidas de protección de acuerdo con las competencias legales de prevención, protección y policivas, en el marco de la legislación vigente de infancia y de familia.

Que el Acuerdo Distrital 927 de 2024 “Por medio del cual se adopta el plan de desarrollo económico, social, ambiental y de obras públicas del distrito capital 2024-2027” “Bogotá Camina Segura”, contempla en su artículo 40 la ampliación de los servicios de las comisarías de familia, así: “La Administración Distrital, en cumplimiento de los factores de cobertura, disponibilidad permanente y necesidades de servicio establecidos en los artículos 6° y 30º de la Ley 2126 de 2021, adelantará las acciones que considere pertinentes con el fin de que las Comisarías de Familia en Bogotá puedan extender su presencia y atención territorial, bien sea aumentando el número de comisarías fijas; ampliando el número de comisarías en jornadas de atención permanente y/o semipermanente; o creando nuevas comisarías con carácter móvil.”

Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 Correo electrónico institucional: integracion@sdis.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-133 • 2024 • DICIEMBRE • 30 133 FOR-GJ-032 V2 RESOLUCIÓN Nº 2021 DEL 24 DE SEPTIEMBRE DE 2024 “Por medio de la cual se dispone la entrada en funcionamiento e implementación de la Comisaría de Familia de Ciudad Bolívar 3 creada a través del artículo 1º del Acuerdo 229 de 2006”

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240924-114400-2807f9-31580442 2024-09-24T15:49:25-05:00 - Pagina 4 de 8 Que, de acuerdo con la justificación técnica realizada por la Subdirección para las Familias de la Secretaría Distrital de Integración Social, que hace parte integral del presente acto administrativo, “a partir de un análisis de la capacidad disponible para la atención de las víctimas de violencia en el contexto familiar basado en el número de despachos comisariales y de equipos interdisciplinarios versus el número de personas que, en calidad de víctimas, acudieron a las Comisarías de Familia durante 2023 y el primer semestre de 2024, Ciudad Bolívar es la localidad de mayor necesidad al registrar en 2023 una Comisaría de Familia por cada 2.552 víctimas y un equipo interdisciplinario por cada 1.276; y en 2024 una Comisaria por cada 1.270 víctimas y un equipo interdisciplinario por cada 635”.

Que, de acuerdo con la referida justificación técnica, “[obedeciendo] a la alta demanda de casos de violencia en el contexto familiar, así como la necesidad de garantizar el servicio de acceso a la justicia familiar con oportunidad e integralidad a los habitantes de la localidad de Ciudad Bolívar, así como a los habitantes de la ruralidad y ruralidad dispersa, que en ocasiones no logra llegar a la periferia para acceder a este servicio, se considera oportuno contar con una tercera Comisaría de Familia (…) en la Unidad de Planeamiento Local (UPL) El Lucero, lo que facilitaría el acceso para los ciudadanos que habitan en los sectores catastrales de la zona oriental de la localidad Ciudad Bolívar al contar con un nuevo despacho en el Supercade de Manitas, reduciendo sus desplazamientos para acceder a los servicios de las Comisarías de Familia”.

Que las instalaciones en las que funcionará la comisaría de familia que se implementa mediante el presente acto administrativo, la Subdirección para la Familia adelantó una visita al Supercade Manitas, ubicado en la Carrera 18L # 70 B - 50 Sur, e identificó que cuenta con espacios amplios, iluminados con adecuadas terminaciones en la infraestructura en general; es decir que reúne las condiciones previstas en el artículo 29 de la Ley 2126 de 2021, para que opere la Comisaría de Familia fija cuya implementación se encuentra pendiente.

Que, para cumplir con la totalidad de Comisarías de Familia fijas, creadas por el Acuerdo 229 de 2006, se hace necesario establecer la implementación de la Comisaría de Familia Ciudad Bolívar, en el Supercade Manitas ubicado en la Carrera 18L # 70 B - 50 Sur.

Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 Correo electrónico institucional: integracion@sdis.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-134 • 2024 • DICIEMBRE • 30 134 FOR-GJ-032 V2 RESOLUCIÓN Nº 2021 DEL 24 DE SEPTIEMBRE DE 2024 “Por medio de la cual se dispone la entrada en funcionamiento e implementación de la Comisaría de Familia de Ciudad Bolívar 3 creada a través del artículo 1º del Acuerdo 229 de 2006”

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240924-114400-2807f9-31580442 2024-09-24T15:49:25-05:00 - Pagina 5 de 8 Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo primero.

Establecer la implementación de la Comisaría de Familia Ciudad Bolívar 3, en el SUPERCADE MANITAS ubicado en la Carrera 18L # 70 B - 50 Sur, en modalidad diurna, con horario de atención de lunes a viernes siete (07:00 am) de la mañana a cuatro (04:00 pm) de la tarde.

Artículo segundo.

La presente resolución rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación.

Dado en Bogotá, D.C., a los veinticuatro (24) días del mes de septiembre de dos mil veinticuatro (2024).

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE ROBERTO ANGULO SALAZAR Secretario Distrital de Integración Social Proyectó: Cesar Orlando Cañón Oliva Revisó: Martha Isabel Ortiz Hurtado, Contratista Oficina Jurídica Aprobó: Laura Alejandra Contreras Salazar, Jefe Oficina Jurídica Natalia Velasco Castrillón, Subdirectora para la Familia Diana Patricia Martínez Gallego, Directora para Inclusión y las Familias Juliana Sánchez Calderón, Subsecretaria Técnica Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 Correo electrónico institucional: integracion@sdis.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-135 • 2024 • DICIEMBRE • 30 135 REGISTRO DE FIRMAS ELECTRONICAS Resolucion entrada C Manitas SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL gestionado por: azsign.com.co Id Acuerdo: 20240924-114400-2807f9-31580442 Creación: 2024-09-24 11:44:00 Escanee el código Estado: Finalizado Finalización: 2024-09-24 15:49:24 para verificación Aprobación: APROBACIÓN Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240924-114400-2807f9-31580442 2024-09-24T15:49:25-05:00 - Pagina 6 de 8 Natalia Velasco Castrillón 25278515 nvelasco@sdis.gov.co Subdirectora para la familia Secretaria de Integración Social Aprobación: APROBACIÓN LAURA ALEJANDRA CONTRERAS SALAZAR 1032366278 lcontrerass@sdis.gov.co JEFE OFICINA JURÍDICA SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL Revisión: REVISIÓN Martha Isabel Ortiz Hurtado 36861141 mortizh@sdis.gov.co Abogada Oficina Jurídica Elaboración: ELABORACIÓN CESAR ORLANDO CAÑON OLIVA 1016039177 CCanon@sdis.gov.co LIDER JURIDICO SECRETARIA DSITRITAL DE INTEGRACION SOCIAL/ SUBDIRECCION PARA LA FAMILIA REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-136 • 2024 • DICIEMBRE • 30 136 REGISTRO DE FIRMAS ELECTRONICAS Resolucion entrada C Manitas SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL gestionado por: azsign.com.co Id Acuerdo: 20240924-114400-2807f9-31580442 Creación: 2024-09-24 11:44:00 Escanee el código Estado: Finalizado Finalización: 2024-09-24 15:49:24 para verificación Firma: FIRMANTE Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240924-114400-2807f9-31580442 2024-09-24T15:49:25-05:00 - Pagina 7 de 8 Roberto Angulo Salazar 80060611 rangulo@sdis.gov.co Secretario de Despacho Secretaría Distrital de Integración Social Aprobación: APROBACIÓN Beatriz Juliana Sanchez Calderon 52355110 jusanchez@sdis.gov.co Subsecretaria Tecnica Secretaría de Integración Social Aprobación: APROBACIÓN Diana Patricia Martínez Gallego 51939359 dpmartinezg@sdis.gov.co Dirección para la Inclusión y las Familias Secretaria Distrital de Integración Social REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-137 • 2024 • DICIEMBRE • 30 137 REPORTE DE TRAZABILIDAD Resolucion entrada C Manitas SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL gestionado por: azsign.com.co Id Acuerdo: 20240924-114400-2807f9-31580442 Creación: 2024-09-24 11:44:00 Escanee el código Estado: Finalizado Finalización: 2024-09-24 15:49:24 para verificación TRAMITE PARTICIPANTE ESTADO ENVIO, LECTURA Y RESPUESTA Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240924-114400-2807f9-31580442 2024-09-24T15:49:25-05:00 - Pagina 8 de 8 CESAR ORLANDO CAÑON OLIVA Env.: 2024-09-24 11:44:12 CCanon@sdis.gov.co Lec.: 2024-09-24 11:58:11 Elaboración Aprobado LIDER JURIDICO Res.: 2024-09-24 11:58:40 SECRETARIA DSITRITAL DE INTEGRACION SOCI IP Res.: 190.27.225.68 Martha Isabel Ortiz Hurtado Env.: 2024-09-24 11:58:40 mortizh@sdis.gov.co Lec.: 2024-09-24 12:02:12 Revisión Abogada Oficina Jurídica Aprobado Res.: 2024-09-24 12:03:00 IP Res.: 190.27.225.68 LAURA ALEJANDRA CONTRERAS SALAZAR Env.: 2024-09-24 12:03:00 lcontrerass@sdis.gov.co Lec.: 2024-09-24 12:10:55 Aprobación Aprobado JEFE OFICINA JURÍDICA Res.: 2024-09-24 12:11:08 SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCI IP Res.: 190.27.225.68 Natalia Velasco Castrillón Env.: 2024-09-24 12:11:08 nvelasco@sdis.gov.co Lec.: 2024-09-24 12:12:55 Aprobación Aprobado Subdirectora para la familia Res.: 2024-09-24 12:13:26 Secretaria de Integración Social IP Res.: 190.27.225.68 Diana Patricia Martínez Gallego Env.: 2024-09-24 12:13:26 dpmartinezg@sdis.gov.co Lec.: 2024-09-24 12:14:51 Aprobación Aprobado Dirección para la Inclusión y las Famili Res.: 2024-09-24 12:25:03 Secretaria Distrital de Integración Soci IP Res.: 190.121.150.41 Beatriz Juliana Sanchez Calderon Env.: 2024-09-24 12:25:03 jusanchez@sdis.gov.co Lec.: 2024-09-24 14:34:52 Aprobación Aprobado Subsecretaria Tecnica Res.: 2024-09-24 14:46:05 Secretaría de Integración Social IP Res.: 190.27.225.68 Roberto Angulo Salazar Env.: 2024-09-24 14:46:06 rangulo@sdis.gov.co Lec.: 2024-09-24 14:55:26 Firma Aprobado Secretario de Despacho Res.: 2024-09-24 15:49:24 Secretaría Distrital de Integración Soci IP Res.: 191.156.235.253 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-138 • 2024 • DICIEMBRE • 30 138 RESOLUCIÓN N° 2072 DEL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2024 Por medio de la cual se establece el plan especial para la implementación de la transformación del Servicio Apoyos Económicos para Persona Mayor a Transferencias Monetarias para Persona Mayor y se dictan otras disposiciones EL SECRETARIO DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240930-193548-a06632-49839103 2024-09-30T20:58:34-05:00 - Pagina 1 de 11 En uso de sus facultades constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las establecidas en los literales h) y j) del artículo 4° del Decreto Distrital 607 de 2007, modificado por el artículo 2 del Decreto Distrital 508 de 2022 y

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el artículo 2° de la Constitución Política, el poder del Estado se justifica para el cumplimiento de unos fines esenciales, siendo el primero de ellos el de “garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución”.

Que el artículo 13 de la Constitución erige a la igualdad material como uno de sus pilares, entendida como el deber y el mandato para el Estado de promover “las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptará medidas en favor de grupos discriminados o marginados” y de proteger “especialmente a aquellas personas que, por su condición económica, física o mental, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta (…)”.

Que, en desarrollo de este principio, derecho y mandato de igualdad material, la Constitución focaliza y prioriza los derechos constitucionales de grupos poblacionales específicos, con garantías de igualdad y no discriminación, así como a través de los tratos diferenciados que requieren para el ejercicio de sus libertades y derechos.

Que el artículo 46 de la Constitución Política establece la responsabilidad del Estado de concurrir con la sociedad y la familia para la protección y la asistencia de las personas mayores, así como para la promoción de su integración a la vida activa y comunitaria, y que “El Estado les garantizará los servicios de la seguridad social integral y el subsidio alimentario en caso de indigencia".

Que el Libro Cuarto de la Ley 100 de 1993 “Por la cual se crea el sistema de seguridad social integral y se dictan otras disposiciones", establece los “Servicios Sociales Complementarios” para las personas mayores más vulnerables o en formas extremas de exclusión social, y contempla para ellos auxilios económicos que pueden ser administrados y ejecutados de manera descentralizada. Por tal razón el Estado ha generado una modalidad de beneficio que consiste en un subsidio económico directo, el cual tiene como objetivo fundamental proteger al adulto mayor, que se encuentra en estado de indigencia o de extrema pobreza, protegiéndolo contra el Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-139 • 2024 • DICIEMBRE • 30 139 FOR-GJ-032 V1 Continuación de la Resolución No. 2072 DEL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2024 “Por medio de la cual se establece el plan especial para la implementación de la transformación del Servicio Apoyos Económicos para Persona Mayor a Transferencias Monetarias para Persona Mayor y se dictan otras disposiciones”

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240930-193548-a06632-49839103 2024-09-30T20:58:34-05:00 - Pagina 2 de 11 riesgo económico de la imposibilidad de generar ingresos y el riesgo derivado de la exclusión social, desarrollado a nivel nacional mediante el Programa Colombia Mayor, y a nivel territorial de acuerdo con las necesidades y posibilidades de cada entidad de dicho orden.

Que mediante la Ley 2055 de 2020 Colombia ratificó la "Convención Interamericana sobre la protección de los derechos humanos de las personas mayores" adoptada en Washington el 15 de junio de 2015 por la Organización de los Estados Americanos (OEA), como un instrumento que tiene el objeto de promover, proteger y asegurar el reconocimiento y el pleno goce y ejercicio, en condiciones de igualdad, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de la persona mayor, a fin de contribuir a su plena inclusión, integración y participación en la sociedad.

Que el artículo 17 de la referida Convención reconoce el derecho de las personas mayores a la seguridad social y establece que “Los Estados Parte promoverán progresivamente, dentro de los recursos disponibles, que la persona mayor reciba un ingreso para una vida digna a través de los sistemas de seguridad social y otros mecanismos flexibles de protección social.”.

Que, el inciso 5º del artículo 94 de la Ley 715 de 2001, modificado por el artículo 24 de la Ley 1176 de 2007, establece que “la focalización” es “el proceso mediante el cual, se garantiza que el gasto social se asigne a los grupos de población más pobre y vulnerable” y que “las entidades territoriales al realizar inversión social, especialmente mediante la asignación de subsidios, deben aplicar los criterios e instrumentos de focalización, definidos por el Conpes Social. Los diferentes programas sociales del orden nacional o territorial deben definir la forma en que aplicarán los criterios e instrumentos para la focalización, contemplando además los criterios de egreso o cesación de la condición de beneficiarios que resulten pertinentes, en función de los objetivos e impactos perseguidos”.

Que, el artículo 24 de la Ley 1176 de 2007 establece que los “diferentes programas sociales del orden nacional o territorial deben definir la forma en que aplicarán los criterios e instrumentos para la focalización, contemplando, además, los criterios de egreso o cesación de la condición de beneficiarios que resulten pertinentes, en función de los objetivos e impactos perseguidos”.

Que el Acuerdo Distrital 927 de 2024 “Por medio del cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas del Distrito Capital 2024-2027 “Bogotá Camina Segura” contempló en su artículo 10° los programas del objetivo estratégico “Bogotá confía en su Bien-Estar”, y dispuso el programa 7, “Bogotá, una ciudad con menos pobreza”, como parte de las acciones de atención directa a las personas mayores, que busca “(…) incluir la definición de atenciones con enfoque diferencial que incluyen personas con discapacidad, y personas mayores, además de la identificación de atenciones a través de listados censales de población Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-140 • 2024 • DICIEMBRE • 30 140 FOR-GJ-032 V1 Continuación de la Resolución No. 2072 DEL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2024 “Por medio de la cual se establece el plan especial para la implementación de la transformación del Servicio Apoyos Económicos para Persona Mayor a Transferencias Monetarias para Persona Mayor y se dictan otras disposiciones”

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240930-193548-a06632-49839103 2024-09-30T20:58:34-05:00 - Pagina 3 de 11 víctima del conflicto, de personas que residen en inquilinatos tipo pagadiarios, grupos étnicos, y personas afectadas por situaciones de emergencia.(…)”.

Que así mismo el programa 12 “Bogotá cuida a su gente”, del artículo 10 ídem, contempla "el rediseño y creación de servicios sociales para la atención integral de las necesidades de la población y la ampliación de la cobertura en transferencias de apoyos económicos para personas mayores, vía programa Ingreso Mínimo Garantizado, con el fin de rescatar su rol social, garantizar un ingreso digno y potenciar las habilidades y capacidades de las personas mayores.”

Que, en línea con lo anterior, el artículo 52 del precitado Acuerdo Distrital, modificó el artículo 24 del Acuerdo Distrital 761 de 2020, fortaleciendo la estrategia de Ingreso Mínimos Garantizado - IMG- para ampliar la integración de programas que permitan buscar el objetivo de reducir los índices de pobreza monetaria y de feminización de la pobreza. El parágrafo 1º del referido artículo 24, determina que “Los planes, programas, proyectos, criterios de focalización, servicios y presupuestos de las entidades distritales cuyos bienes y servicios estén dirigidos a población pobre y/o vulnerable, podrán ser modificados para atender la estrategia integral del Ingreso Mínimo Garantizado en Bogotá”.

Que el artículo 64 ídem, estableció la reestructuración del programa de apoyos económicos a personas mayores por parte de la Secretaría Distrital de Integración Social, “en el marco de las acciones de ajuste al diseño y uso de canales de entrega de la estrategia de Ingreso Mínimo Garantizado, y teniendo en cuenta las dinámicas demográficas que marcan una tendencia hacia el envejecimiento de la población durante el periodo 2024-2027”, buscando alcanzar progresivamente el aumento de la base de personas mayores beneficiarias, y el incremento del valor mensual de los apoyos económicos entregados “siguiendo criterios de sostenibilidad fiscal, pertinencia de las inversiones y focalización del gasto público”.

Que el artículo 1° del Decreto Distrital No. 607 del 2007 establece como objeto de la Secretaría Distrital de Integración Social: orientar y liderar la formulación y desarrollo de políticas de promoción, prevención, protección, restablecimiento y garantía de los derechos de los grupos poblacionales, familias y comunidades, enfatizando en la prestación de servicios sociales básicos para quienes enfrentan mayor situación de pobreza y vulnerabilidad. Así como, prestar servicios sociales básicos de atención a aquellos grupos poblacionales que además de sus condiciones de pobreza se encuentran en riesgo social, vulneración manifiesta o en situación de exclusión social.

Que la Resolución No. 218 de 2023, “Por la cual se definen las reglas y principios aplicables a los servicios sociales de la Secretaría Distrital de Integración Social, se adoptan los instrumentos de focalización, los criterios de ingreso, priorización, egreso y restricciones, y se dictan otras Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-141 • 2024 • DICIEMBRE • 30 141 FOR-GJ-032 V1 Continuación de la Resolución No. 2072 DEL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2024 “Por medio de la cual se establece el plan especial para la implementación de la transformación del Servicio Apoyos Económicos para Persona Mayor a Transferencias Monetarias para Persona Mayor y se dictan otras disposiciones”

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240930-193548-a06632-49839103 2024-09-30T20:58:34-05:00 - Pagina 4 de 11 disposiciones”, establece en el artículo 2 del literal f) “(…) Transformación de los servicios. La transformación de los servicios se enmarca en la mejora continua de la oferta institucional, a partir de las necesidades de la ciudadanía, las realidades de los territorios, y la puesta en marcha de programas y estrategias de política social, con el fin de generar una red de servicios sociales que contribuyan a la inclusión social, al desarrollo de capacidades y a la prestación de los servicios sociales de alta calidad (…)” y el artículo 7° ídem, estableció el procedimiento para la modificación de las fichas técnicas de los servicios sociales.

Que, desde el inicio del actual gobierno distrital, la Secretaría Distrital de Integración Social viene trabajando en la optimización de los programas sociales, entre ellos repotenciando las transferencias monetarias para la población más pobre y vulnerable, como parte de la estrategia Bogotá Confía en su Bien-estar, una ciudad con menos pobreza, del Plan Distrital de Desarrollo “Bogotá Camina Segura”.

Que en el marco de lo anterior, la Secretaría Distrital de Integración Social en la presente vigencia inició el proceso de reestructuración del servicio “Apoyos Económicos para Persona Mayor”, dirigido a la transformación de los denominados Tipo A, B, y B desplazado al servicio de “Transferencias Monetarias para Persona Mayor”, y en desarrollo de la estrategia de comunicación masiva de “Mejores transferencias, más bien-estar”, desde el mes de mayo de 2024 la Subdirección para la Vejez con el apoyo de las Subdirecciones Locales, realizó sesenta y cuatro (64) jornadas de socialización con los beneficiarios del referido servicio, con el fin de darles a conocer los cambios, y que realizaran la selección del canal de dispersión de su preferencia, por ventanilla o por billeteras móviles.

Que, en sesión del 15 de agosto de 2024, el Comité Coordinador de la estrategia de Ingreso Mínimo Garantizado (IMG) aprobó incluir el componente de transferencias monetarias para personas mayores focalizadas por la Subdirección para la Vejez de la Secretaría Distrital de Integración Social, para lo cual, la implementación de estas transferencias se realizará a través de los canales de Ingreso Mínimo Garantizado, mediante dispersiones realizadas por la Secretaría Distrital de Integración Social.

Que el día 17 de septiembre de 2024, atendiendo los términos del artículo 7 de la Resolución 218 de 2022, el Comité de Gestión institucional y Desempeño de la Secretaría Distrital de Integración Social aprobó la modificación de la ficha técnica del servicio “Apoyos Económicos para Persona Mayor”, con el fin de eliminar las disposiciones relativas a los apoyos económicos Tipo A, B y B desplazados que en adelante no serán aplicables.

Que el día 17 de septiembre de 2024, atendiendo los términos del artículo 7 de la Resolución 218 de 2022, el Comité de Gestión institucional y Desempeño de la Secretaría Distrital de Integración Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-142 • 2024 • DICIEMBRE • 30 142 FOR-GJ-032 V1 Continuación de la Resolución No. 2072 DEL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2024 “Por medio de la cual se establece el plan especial para la implementación de la transformación del Servicio Apoyos Económicos para Persona Mayor a Transferencias Monetarias para Persona Mayor y se dictan otras disposiciones”

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240930-193548-a06632-49839103 2024-09-30T20:58:34-05:00 - Pagina 5 de 11 Social aprobó la creación de la ficha técnica del servicio “Transferencias Monetarias para Persona Mayor”, con el fin de “Garantizar un ingreso a las personas mayores a través de una transferencia monetaria, que aporte para la superación de los índices de pobreza extrema, moderada y de vulnerabilidad por inseguridad alimentaria severa y moderada de esta población en el Distrito Capital.”

Que con el fin de incluir la modificación de la ficha técnica del servicio “Apoyos Económicos para Persona Mayor” en el portafolio de servicios de la Secretaría Distrital de Integración Social, el mismo fue actualizado el pasado 20 de septiembre del 2024 mediante Memorando I2024026810, y se materializó a través de la publicación en la página web de la entidad de la versión 11 del PORTAFOLIO DE SERVICIOS, MODALIDADES, ESTRATEGIAS, BENEFICIOS Y TRANSFERENCIAS MONETARIAS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL, el 25 de septiembre de 2024.

Que la ficha técnica del servicio “Transferencias Monetarias para Persona Mayor” de la Versión 11 del referido Portafolio de Servicios, incorporó como criterio de priorización ser “Persona mayor de 60 años que haya sido titular beneficiario de transferencias de la Estrategia IMG durante los ciclos 7 y/o 8 del año 2024” y “No estar pensionado(a) por vejez, invalidez o sobrevivencia.”, condición que para la implementación del nuevo servicio contempló necesario “[aplicar] un régimen de transición para el primer ciclo de pagos […que contemple] la NO aplicación del criterio de ingreso “No estar pensionado(a) por vejez, invalidez o sobrevivencia” por una (1) única vez”.

Que la nueva ficha del servicio “7.8.6. Apoyos Económicos para Persona Mayor”, se socializó bajo los términos dispuestos por el artículo 7 de la Resolución 218 de 2023.

Que en el marco de lo anterior se requiere establecer los términos en los que se llevará a cabo la implementación de la transformación del Servicio Apoyos Económicos para Persona Mayor a “Transferencias Monetarias para Persona Mayor”, así como precisar el régimen de transición dispuesto para su ejecución, según la versión 11 del PORTAFOLIO DE SERVICIOS, MODALIDADES, ESTRATEGIAS, BENEFICIOS Y TRANSFERENCIAS MONETARIAS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL.

Que en mérito de lo expuesto:

RESUELVE:

Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-143 • 2024 • DICIEMBRE • 30 143 FOR-GJ-032 V1 Continuación de la Resolución No. 2072 DEL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2024 “Por medio de la cual se establece el plan especial para la implementación de la transformación del Servicio Apoyos Económicos para Persona Mayor a Transferencias Monetarias para Persona Mayor y se dictan otras disposiciones”

Artículo primero.

OBJETO. Establecer el plan especial para la implementación de la transformación del Servicio “Apoyos Económicos para Persona Mayor” a “Transferencias Monetarias para Persona Mayor”.

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240930-193548-a06632-49839103 2024-09-30T20:58:34-05:00 - Pagina 6 de 11

Artículo segundo.

IMPLEMENTACIÓN. La implementación de la transformación del Servicio “Apoyos Económicos para Persona Mayor” a “Transferencias Monetarias para Persona Mayor” se realizará bajo los siguientes términos:

a) A partir de la publicación de la actualización de la ficha técnica del servicio “Apoyos Económicos para Persona Mayor” que se materializó a través de la versión 11 del Portafolio de servicios, modalidades, estrategias, beneficios y transferencias monetarias de la Secretaría Distrital de Integración Social, no se realizará focalización para el servicio Apoyos Económicos para Persona Mayor. Lo anterior implica que, las personas mayores ya no deben focalizarse en el Sistema de Información y Registro de beneficiarios - SIRBE en las Subdirecciones Locales para la Integración Social – SLIS para ser potenciales beneficiarios del servicio de apoyos económicos. b) Las personas mayores beneficiarias del servicio social Apoyos Económicos para Persona Mayor Tipo A, B, B desplazado, que se encuentren en estado “EN ATENCIÓN” en el Sistema Misional- SIRBE, con corte al 30 de septiembre de 2024, serán egresadas de dicho servicio y, a partir del 01 de octubre de 2024, pasarán a ser beneficiarias de la estrategia Mejores transferencias más bienestar, a través de “Transferencias Monetarias para Persona Mayor”, siempre que hayan elegido el canal de dispersión (por ventanilla o por billeteras móviles) durante el proceso de comunicación masiva de “Mejores transferencias, más bien-estar”, y no presenten las novedades descritas en el literal c) de la presente resolución. Estas personas empezarán a recibir el beneficio económico mensual a partir del mes de octubre de 2024, a través de “Transferencias Monetarias para Persona Mayor” por los canales de Ingreso Mínimo Garantizado. c) Sobre las personas mayores beneficiarias del servicio Apoyos Económicos para Persona Mayor Tipo A, B, B desplazado, que al 18 de septiembre de 2024, no atendieron las comunicaciones, citaciones y no fueron ubicadas en las visitas domiciliarias realizadas por las Subdirecciones Locales de la Secretaría Distrital de Integración Social, para dar a conocer el proceso de transformación del servicio y realizar la elección del canal de dispersión de la Transferencia monetaria (por ventanilla o por billeteras móviles), y aquellas que presentaron novedades en el seguimiento, se realizarán las siguientes acciones:

Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-144 • 2024 • DICIEMBRE • 30 144 FOR-GJ-032 V1 Continuación de la Resolución No. 2072 DEL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2024 “Por medio de la cual se establece el plan especial para la implementación de la transformación del Servicio Apoyos Económicos para Persona Mayor a Transferencias Monetarias para Persona Mayor y se dictan otras disposiciones”

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240930-193548-a06632-49839103 2024-09-30T20:58:34-05:00 - Pagina 7 de 11

1. Para quienes se haya resuelto su situación de ubicación o novedad entre el 18 y el 30 septiembre de 2024, empezarán a recibir la transferencia monetaria mensual a partir del mes de noviembre de 2024, a través de “Transferencias Monetarias para Persona Mayor” por los canales de Ingreso Mínimo Garantizado.

2. Para quienes no fue posible resolver su situación de ubicación o novedad entre el 18 y el 30 septiembre de 2024, serán egresadas a partir del mes de octubre de 2024, mediante acto administrativo susceptible de reposición, bajo los términos de la Ley 1437 de 2011.

Parágrafo 1. En el evento que mediante acto administrativo que resuelve el recurso de
reposición, se determine que la persona mayor egresada en los términos establecidos anteriormente, debe continuar con el apoyo económico y por tanto, transitar a “Transferencias Monetarias para Persona Mayor”, le corresponderá elegir el canal de dispersión por el cual desea empezar a recibir la Transferencia monetaria de los canales de Ingreso Mínimo Garantizado, sin que proceda el reconocimiento de apoyos económicos o transferencias monetarias retroactivas por el tiempo en que no fue posible entregárselo, por no haber sido ubicado, o por causas atribuibles a su responsabilidad. d) A las personas mayores que, bajo las condiciones anteriores sean trasladadas a “Transferencias Monetarias para Persona Mayor”, les aplicarán los criterios de egreso de la ficha de “Transferencias Monetarias para Persona Mayor” del Portafolio de servicios, modalidades, estrategias, beneficios y transferencias monetarias de la Secretaría Distrital de Integración Social. e) Los criterios de ingreso y priorización de Transferencias Monetarias para Persona Mayor, y del servicio de Apoyos Económicos para Persona Mayor (Tipo C y Cofinanciado Tipo D
- Colombia Mayor), serán los definidos en el portafolio de servicios de la Secretaría Distrital de Integración Social. f) Las personas mayores beneficiarias del servicio Apoyos Económicos para Persona Mayor Tipo A, B, B desplazado que, al 30 de septiembre de 2024, cumplían uno de los criterios de egreso establecidos en la Resolución 218 del 2023 – portafolio de servicios versión 10, serán registradas en estado ATENDIDO en el sistema de información SIRBE, de acuerdo con el procedimiento de egreso correspondiente adelantado por la Subdirección Local. g) Las personas mayores que ya se encontraban focalizadas para el servicio Apoyos Económicos para Persona Mayor hasta el 30 de septiembre de 2024, podrán ser Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-145 • 2024 • DICIEMBRE • 30 145 FOR-GJ-032 V1 Continuación de la Resolución No. 2072 DEL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2024 “Por medio de la cual se establece el plan especial para la implementación de la transformación del Servicio Apoyos Económicos para Persona Mayor a Transferencias Monetarias para Persona Mayor y se dictan otras disposiciones”

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240930-193548-a06632-49839103 2024-09-30T20:58:34-05:00 - Pagina 8 de 11 consideradas para el servicio de Apoyos Económicos para Persona Mayor (Tipo C y Cofinanciado Tipo D - Colombia Mayor), siempre y cuando cumplan con los criterios establecidos en el portafolio de servicios de la Secretaría Distrital de Integración Social. h) Las personas mayores que ingresen a las Transferencias monetarias para persona mayor por el criterio “persona mayor de 60 años que haya sido titular beneficiario de transferencias monetarias de la Estrategia IMG durante los ciclos 7 y/u 8 del año 2024”, por una (1) única vez, no les aplicará el criterio de ingreso de “no estar pensionado(a) por vejez, invalidez o sobrevivencia”.

Artículo tercero.

VIGENCIA. Esta Resolución rige a partir el día siguiente de su publicación en la página web de la Secretaría Distrital de Integración Social.

PUBLÍQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los treinta (30) días de septiembre de dos mil veinticuatro (2024).

ROBERTO ANGULO SALAZAR Secretario Distrital de Integración Social Proyectó: Liliana Catalina Pulido Garzón - Contratista Subdirección para la Vejez Revisó: Oscar Andrés Manrique Gutiérrez - Contratista Oficina Jurídica Diana Carolina Mora Betancourt - Subdirectora para la Vejez Mauricio Sandino – Director de Transferencias Aprobó: Juliana Sánchez Calderón - Subsecretaria Técnica Laura Alejandra Contreras Salazar – Jefe Oficina Jurídica Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-146 • 2024 • DICIEMBRE • 30 146 REGISTRO DE FIRMAS ELECTRONICAS RESOLUCION TRANSFERENCIAS PARA PERSONA MAYOR 20240930 (3) SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL gestionado por: azsign.com.co Id Acuerdo: 20240930-193548-a06632-49839103 Creación: 2024-09-30 19:35:48 Escanee el código Estado: Finalizado Finalización: 2024-09-30 20:58:33 para verificación Revisión: Mauricio Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240930-193548-a06632-49839103 2024-09-30T20:58:34-05:00 - Pagina 9 de 11 Mauricio Sandino 80001466 msandino@sdis.gov.co Director de Transferencias Secretaría Distrital de Integración Social Revisión: Diana Diana Carolina Mora B. 52955091 dmoram@sdis.gov.co Subdirectora para la vejez Secretaría Distrital de Integración Social Revisión: Oscar Oscar Andrés Manrique Gutiérrez 74080160 omanrique@sdis.gov.co Contratista Secretaría Distrital de Integración Social Elaboración: Liliana LILIANA CATALINA PULIDO GARZÓN 1014194700 lpulidol@sdis.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-147 • 2024 • DICIEMBRE • 30 147 REGISTRO DE FIRMAS ELECTRONICAS RESOLUCION TRANSFERENCIAS PARA PERSONA MAYOR 20240930 (3) SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL gestionado por: azsign.com.co Id Acuerdo: 20240930-193548-a06632-49839103 Creación: 2024-09-30 19:35:48 Escanee el código Estado: Finalizado Finalización: 2024-09-30 20:58:33 para verificación Firma: Roberto Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240930-193548-a06632-49839103 2024-09-30T20:58:34-05:00 - Pagina 10 de 11 Roberto Angulo Salazar 80060611 rangulo@sdis.gov.co Secretario de Despacho Secretaría Distrital de Integración Social Aprobación: Laura LAURA ALEJANDRA CONTRERAS SALAZAR 1032366278 lcontrerass@sdis.gov.co JEFE OFICINA JURÍDICA SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL Aprobación: Juliana Beatriz Juliana Sanchez Calderon 52355110 jusanchez@sdis.gov.co Subsecretaria Tecnica Secretaría de Integración Social REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-148 • 2024 • DICIEMBRE • 30 148 REPORTE DE TRAZABILIDAD RESOLUCION TRANSFERENCIAS PARA PERSONA MAYOR 20240930 (3) SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL gestionado por: azsign.com.co Id Acuerdo: 20240930-193548-a06632-49839103 Creación: 2024-09-30 19:35:48 Escanee el código Estado: Finalizado Finalización: 2024-09-30 20:58:33 para verificación TRAMITE PARTICIPANTE ESTADO ENVIO, LECTURA Y RESPUESTA Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240930-193548-a06632-49839103 2024-09-30T20:58:34-05:00 - Pagina 11 de 11 LILIANA CATALINA PULIDO GARZÓN Env.: 2024-09-30 19:36:00 Lec.: 2024-09-30 19:36:20 Elaboración lpulidol@sdis.gov.co Aprobado Res.: 2024-09-30 19:36:50 IP Res.: 186.84.90.153 Oscar Andrés Manrique Gutiérrez Env.: 2024-09-30 19:36:50 omanrique@sdis.gov.co Lec.: 2024-09-30 19:37:40 Revisión Aprobado Contratista Res.: 2024-09-30 19:37:44 Secretaría Distrital de Integración Soci IP Res.: 181.53.239.211 Diana Carolina Mora B.

Env.: 2024-09-30 19:37:44 dmoram@sdis.gov.co Lec.: 2024-09-30 19:38:35 Revisión Aprobado Subdirectora para la vejez Res.: 2024-09-30 19:39:02 Secretaría Distrital de Integración Soci IP Res.: 186.84.108.82 Mauricio Sandino Env.: 2024-09-30 19:39:02 msandino@sdis.gov.co Lec.: 2024-09-30 19:44:53 Revisión Aprobado Director de Transferencias Res.: 2024-09-30 19:46:33 Secretaría Distrital de Integración Soci IP Res.: 191.156.34.225 Beatriz Juliana Sanchez Calderon Env.: 2024-09-30 19:46:34 jusanchez@sdis.gov.co Lec.: 2024-09-30 20:26:24 Aprobación Aprobado Subsecretaria Tecnica Res.: 2024-09-30 20:27:41 Secretaría de Integración Social IP Res.: 181.57.20.182 LAURA ALEJANDRA CONTRERAS SALAZAR Env.: 2024-09-30 20:27:41 lcontrerass@sdis.gov.co Lec.: 2024-09-30 20:41:00 Aprobación Aprobado JEFE OFICINA JURÍDICA Res.: 2024-09-30 20:41:43 SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCI IP Res.: 186.102.88.180 Roberto Angulo Salazar Env.: 2024-09-30 20:41:43 rangulo@sdis.gov.co Lec.: 2024-09-30 20:49:46 Firma Aprobado Secretario de Despacho Res.: 2024-09-30 20:58:33 Secretaría Distrital de Integración Soci IP Res.: 190.66.253.215 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-149 • 2024 • DICIEMBRE • 30 149 Pública Clasificada “Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba”

200000-120 Resolución LA SECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA En uso de las facultades legales y en especial las conferidas por el numeral 4 del artículo 1 Decreto 101 de 2004, artículo 4 del Decreto Distrital 601 de 2014 modificado por el artículo 1 del Decreto Distrital 364 de 2015, así como las disposiciones consagradas en la Ley 909 de 2004 modificada por la Ley 1960 de 2019, Decreto 1083 de 2015 modificado por el Decreto 648 de 2017,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 125 de la Constitución Política, establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso a los cargos de carrera y ascenso en los mismos, se hará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la Ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes.

Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, establecen que los empleos de carrera en vacancia definitiva se proveerán en período de prueba con los seleccionados mediante el sistema de mérito.

Que de conformidad con el literal c) del artículo 11 de la Ley 909 de 2004 y el artículo 2.2.6.3 del Decreto 1083 de 2015, le corresponde a la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC - elaborar y suscribir las convocatorias a concurso, para el desempeño de empleos públicos de carrera administrativa.

Que mediante el Decreto Distrital 601 del 22 de diciembre de 2014, modificado por los Decretos Distritales 364 de 2015, 607 de 2017, 834 de 2018 y adicionado por el Decreto Distrital 839 de 2019 se estableció la nueva estructura de la entidad y mediante el Decreto Distrital 600 del 22 de diciembre de 2014, modificado por los Decretos Distritales 608 de 2017, 835 de 2018, 454 de 2021, 281 de 2023 y 592 de 2023, se estableció la planta de cargos, producto del proceso de modernización llevado a cabo en la Secretaría Distrital de Hacienda.

Que, en cumplimiento de las normas precitadas, la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, expidió el Acuerdo 542 de 2015, mediante el cual se convocó a concurso abierto de méritos para proveer definitivamente los empleos vacantes de la planta de personal pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Distrital de Hacienda, Convocatoria No. 328 de 2015 – SDH.

Que con fundamento en los principios constitucionales de eficacia, celeridad y economía previstos en el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia y en el artículo 3° del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - Ley 1437 de 2011 y, superadas www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-150 • 2024 • DICIEMBRE • 30 150 Pública Clasificada todas las etapas del proceso de selección para la provisión por mérito de los empleos que conforman la Convocatoria No. 328 de 2015, con base en los resultados totales del concurso y de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 del referido Acuerdo 542 de 2015, le corresponde a la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, conformar en estricto orden de mérito las listas de elegibles de los empleos convocados.

Que la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC – 20192130118385 del 28 de noviembre de 2019, “Por la cual se conforma la Lista de Elegibles para proveer tres (3) vacantes del empleo de carrera identificado con el código OPEC No. 213002, denominado Técnico Operativo, Código 314, Grado 17, del Sistema General de Carrera de la Secretaría Distrital de Hacienda, ofertado a través de la Convocatoria No. 328 de 2015-SDH”, adquiriendo firmeza total el 14 de mayo de 2020.

A continuación, se registra la forma como se ha utilizado la referida lista de elegibles correspondiente a la OPEC 213002, asi:

POSICIÓN RESOLUCIÓN DEROGATORIA LISTA NOMBRAMIENTO RESOLUCIÓN DE NOMBRAMIENTO SDH USO DIRECTO/ MISMO EMPLEO ESTADO ACTUAL S/ RENUNCIAS 1 VICTORIA ANGELICA CARDENAS ACEVEDO SDH-000586.23/12/2019 Uso Directo Vinculada N/A Vacancia Lista vencida Provisto como 2 SANDRA PAOLA JAIMES SDH-000586.23/12/2019 Uso Directo definitiva STAHU-000014 empleo equivalente con de 12/10/2022 otra OPEC 3 JONATHAN HELl ROZO MIRANDA SDH-000586. 23/12/2019 Uso Directo Vinculado N/A SDH- 000641 4 ORLANDO TEATINO GONZÁLEZ SDH-000479. 30/07/2021 Mismo empleo Derogado Nombramiento 9/11/2021 5 ERNESTO SANCHEZ GARCÍA SDH-000558. 02/09/2021 Mismo empleo Vinculado N/A 6 HUMBERTO NIAMPIRA RODRÍGUEZ SDH-000194. 27/05/2022 Mismo empleo Vinculado N/A SDH-000095 7 JHONATAN ROLANDO MONTAÑO PEÑA SDH-000447. 28/11/2023 Mismo empleo Derogado Nombramiento 24/03/2024 8 HICLER VIASUS CASTAÑEDA SDH-000447. 28/11/2023 Mismo empleo Vinculado N/A Que, mediante oficio con Radicado bajo el No. 2021EE097600O1 del 2 de abril de 2024, la Secretaría Distrital de Hacienda, solicitó a la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC, autorización para el uso de la lista de elegibles correspondiente a la OPEC 213002, como consecuencia de la derogatoria de del señor JHONATAN ROLANDO MONTAÑO PEÑA.

Que la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, mediante oficio radicado bajo el No. 2024RS100867 del 16 de julio de 2024 cuyo asunto es “Autorización uso de lista de elegibles (Sin Cobro) para proveer dos (2) vacantes en los empleos identificados con las OPEC No. 213002 y 213105 ofertadas en la Convocatoria Nro. 328 de 2015- SHD.” autorizó el uso de la lista así:

(…) esta Comisión Nacional efectuó el respectivo análisis de viabilidad de uso de lista de elegibles, previo agotamiento de los tres (3) primeros órdenes de provisión de que trata el artículo 2.2.5.3.2 del Decreto 1083 de 20151, concluyendo que: www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-151 • 2024 • DICIEMBRE • 30 151 Pública Clasificada x Para la provisión de dos (2) vacantes en los empleos identificados con las OPEC No. 213002 y 213105, denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 1, es posible hacer uso de la lista de elegibles, con los elegibles que se relacionan a continuación:

OPEC DENOMINACION CÓDIGO GRADO POSICIÓN EN PUNTAJE CÉDULA NOMBRE FIRMEZA LA LISTA 22 de abril de 2019 213002 TÉCNICO OPERATIVO 314 17 9 68,03 80004932 MAURICIO ALEXANDER MAYORGA MOLINA (…)”

Que la Subdirección del Talento Humano certifica en el presente acto administrativo que se verificó el uso correcto de la lista de elegibles, de manera que se siga el orden de esta, siendo procedente nombrar al elegible que ocupó la novena (9) posición de la lista.

Que la Subdirección del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Hacienda, realizó la revisión de la documentación del señor MAURICIO ALEXANDER MAYORGA MOLINA, identificado con cédula de ciudadanía No. 80.004.932, quien ocupó la novena (9) posición de la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, mediante Resolución CNSC – 20192130118385 del 28 de noviembre de 2019, determinando que cumple con los requisitos establecidos en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la entidad para el empleo denominado Técnico Operativo, Código 314, Grado 17, ubicado en la Oficina de Inteligencia Tributaria, de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá, de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda; así mismo, se verificaron directamente los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, sin encontrarse anotación especial.

Que de acuerdo con lo anterior, es procedente nombrar al señor MAURICIO ALEXANDER MAYORGA MOLINA, identificado con cédula de ciudadanía No. 80.004.932, en período de prueba por el término de seis (6) meses en el referido empleo. Finalizado el período de prueba, el jefe inmediato evaluará su desempeño y si el resultado de la evaluación del desempeño es satisfactorio en el ejercicio de sus funciones, el evaluado adquirirá los derechos de carrera y deberá ser inscrito en el Registro Público de la Carrera Administrativa, de lo contrario su nombramiento será declarado insubsistente, según lo señalado en el numeral 5 del artículo 31 de la Ley 909 de 2004, en concordancia con el artículo 2.2.6.25 del Decreto Nacional 1083 de 2015.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º.

Nombrar en período de prueba al señor MAURICIO ALEXANDER MAYORGA MOLINA,

identificado con cédula de ciudadanía No. 80.004.932, quien ocupó la novena (9) posición de la lista de elegibles expedida mediante Resolución No. CNSC – 20192130118385 del 28 de noviembre de 2019, bajo el código OPEC 213002, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Técnico Operativo, Código 314, Grado 17, de la Oficina de Inteligencia Tributaria de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda, de acuerdo con la parte considerativa de la presente resolución. www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-152 • 2024 • DICIEMBRE • 30 152 Pública Clasificada

Artículo 2º.

El período de prueba al que se refiere el artículo anterior tendrá una duración de seis (6) meses, contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004. Al finalizar el periodo de prueba, le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato y de ser satisfactoria la calificación, será inscrito en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento será declarado insubsistente por Resolución motivada.

Artículo 3º.

El señor MAURICIO ALEXANDER MAYORGA MOLINA, de conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, tendrá diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción de la comunicación del nombramiento enviada por la Subdirección del Talento Humano, para manifestar si acepta el nombramiento; y posteriormente tendrá diez (10) días hábiles para posesionarse, los cuales se contarán a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento.

Parágrafo. El Nombramiento y posesión a que se refiere el artículo precedente, se sujetará a lo
establecido en los artículos 2.2.5.1.4 y 2.2.5.1.8 del Decreto 1083 de 2015.

Artículo 4º.

El presente nombramiento cuenta con saldo de apropiación presupuestal suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de factores constitutivos de salario y contribuciones inherentes a la nómina durante la vigencia fiscal en curso.

Artículo 5°.

Comunicar al señor MAURICIO ALEXANDER MAYORGA MOLINA y al jefe de la Oficina de Inteligencia Tributaria, el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Hacienda.

Artículo 6°.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y surte efectos fiscales a partir de su posesión.

Artículo 7º.

Publicar el presente acto administrativo en la página Web de la Secretaría Distrital de Hacienda

PUBLIQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C., a los Ana Maria Cadena Ruiz - 52698252 Firmado digitalmente por Ana Maria Cadena Ruiz - 52698252 ANA MARÍA CADENA RUÍZ Secretaria Distrital de Hacienda Firmado digitalmente por Janneth Milena Pacheco Baquero Janneth Milena Pacheco Baquero Aprobado por: Janneth Milena Pacheco Baquero – Subsecretaria General (E ) _______

Firmado digitalmente por DIEGO ARMANDO CHITIVA SANCHEZ Revisado por: Diego Armando Chitiva Sánchez – Subdirector del Talento Humano (E ) _______

Firmado digitalmente por Genny Martinez Laguna Genny Martinez Laguna Genny Mercedes Martinez Laguna – Contratista Subdirección del Talento Humano _______ Firmado digitalmente por Meilys Barraza P.

Meilys Barraza P.

Proyectado por: Meilys Barraza Pacheco – Contratista Subdirección del Talento Humano _______ www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-153 • 2024 • DICIEMBRE • 30 153 Pública Clasificada “Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba”

200000-120 Resolución LA SECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA En uso de las facultades legales y en especial las conferidas por el numeral 4 del artículo 1 Decreto 101 de 2004, artículo 4 del Decreto Distrital 601 de 2014 modificado por el artículo 1 del Decreto Distrital 364 de 2015, así como las disposiciones consagradas en la Ley 909 de 2004 modificada por la Ley 1960 de 2019, Decreto 1083 de 2015 modificado por el Decreto 648 de 2017,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 125 de la Constitución Política, establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso a los cargos de carrera y ascenso en los mismos, se hará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la Ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes.

Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, establecen que los empleos de carrera en vacancia definitiva se proveerán en período de prueba con los seleccionados mediante el sistema de mérito.

Que de conformidad con el literal c) del artículo 11 de la Ley 909 de 2004 y el artículo 2.2.6.3 del Decreto 1083 de 2015, le corresponde a la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC - elaborar y suscribir las convocatorias a concurso, para el desempeño de empleos públicos de carrera administrativa.

Que mediante el Decreto Distrital 601 del 22 de diciembre de 2014, modificado por los Decretos Distritales 364 de 2015, 607 de 2017, 834 de 2018 y adicionado por el Decreto Distrital 839 de 2019 se estableció la nueva estructura de la entidad y mediante el Decreto Distrital 600 del 22 de diciembre de 2014, modificado por los Decretos Distritales 608 de 2017, 835 de 2018, 454 de 2021, 281 de 2023 y 592 de 2023, se estableció la planta de cargos, producto del proceso de modernización llevado a cabo en la Secretaría Distrital de Hacienda.

Que, en cumplimiento de las normas precitadas, la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, expidió el Acuerdo 542 de 2015, mediante el cual se convocó a concurso abierto de méritos para proveer definitivamente los empleos vacantes de la planta de personal pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Distrital de Hacienda, Convocatoria No. 328 de 2015 – SDH.

Que con fundamento en los principios constitucionales de eficacia, celeridad y economía previstos en el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia y en el artículo 3° del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - Ley 1437 de 2011 y, superadas www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-154 • 2024 • DICIEMBRE • 30 154 Pública Clasificada todas las etapas del proceso de selección para la provisión por mérito de los empleos que conforman la Convocatoria No. 328 de 2015, con base en los resultados totales del concurso y de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 del referido Acuerdo 542 de 2015, le corresponde a la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, conformar en estricto orden de mérito las listas de elegibles de los empleos convocados.

Que la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC – 20172130020635 del 23 de marzo de 2017, “Por la cual se conforma la Lista de Elegibles para proveer cuatro (4) vacantes del empleo de carrera identificado con el código OPEC No. 212860, denominado Profesional Especializado, Código 222, Grado 24, del Sistema General de Carrera de la Secretaría Distrital de Hacienda, ofertado a través de la Convocatoria No. 328 de 2015 – SDH.”

A continuación, se registra la forma como se ha utilizado la referida lista de elegibles correspondiente a la OPEC 212860, asi:

POSICIÓN RESOLUCIÓN DEROGATORIAS/ LISTA NOMBRAMIENTO RESOLUCIÓN DE NOMBRAMIENTO SDH USO DIRECTO/ MISMO EMPLEO ESTADO ACTUAL RENUNCIAS 1 VICTOR JULIO VILLAMIL ALDANA SDH-000514. 20/11/2019 Uso Directo Derogado SDH-000162 11/03/2021 2 CLAUDIA VALENTNA IBARRA PINTOR SDH-000514. 20/11/2019 Uso Directo Renuncia DGC – 000487 27/05/2022 3 HECTOR FABIO JARAMILLO ORDOÑEZ SDH-000514. 20/11/2019 Uso Directo Vinculado N/A 4 KITSON RICARDO CASTAÑO ESPINOSA SDH-000514. 20/11/2019 Uso Directo Derogado SDH-000292 09/07/2020 STAHU-000070 12/03/2024 5 JUAN CARLOS MONTAÑA GEREDA SDH-000292 09/07/2020 Uso Directo vacancia definitiva/ Lista vencida 6 JOHN ALEXANDER ALBA GONZALEZ SDH-000280.20/04/2021 Uso Directo Derogado SDH-000351 24/05/2021 7 CARLOS GUSTAVO LARA ZAMBRANO SDH-000500. 11/08/2021 Uso Directo Derogado SDH-000042 24/01/2022 8 GUILLERMO MANUEL BENITEZ RODRÍGUEZ SDH-000237. 29/06/2022 Uso Directo Derogado SDH.000300 10/08/2022 9 JOSÉ DANIEL GONZÁLEZ VARGAS SDH-000309. 2/08/2023 Uso Directo Derogado SDH-000445 28/11/2023 Que, mediante oficio Radicado bajo el No. 2023EE489259O1 del 06 de diciembre de 2023 y reiterados, a través de ventanilla única de la CNSC con Radicado No 2024RE038262 del 21 de febrero y 2024RE132408 del 07 de mayo de 2024, la Secretaría Distrital de Hacienda, solicitó a la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC, autorización para el uso de la lista de elegibles correspondiente a la OPEC 212860, como consecuencia de la derogatoria del señor JOSÉ DANIEL GONZÁLEZ VARGAS.

Que la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, mediante oficio radicado bajo el No. 2024RS105434 del 19 de julio de 2024 cuyo asunto es “Autorización uso de lista de elegibles para proveer dos (2) vacantes en los empleos identificados con los Códigos OPEC Nro. 212860 y 213004, ofertada en la Convocatoria Nro. 328 de 2015 – SDH.” autorizó el uso de la lista así:

(…) www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-155 • 2024 • DICIEMBRE • 30 155 Pública Clasificada En atención a su solicitud, esta Comisión Nacional efectuó el respectivo análisis de viabilidad de uso de lista de elegibles, previo agotamiento de los tres (3) primeros órdenes de provisión de que trata el 2.2.5.3.2 del Decreto 1083 de 20151, concluyendo que: x Para la provisión de una (1) vacante en el empleo identificado con el Código OPEC Nro. 212860 denominado Profesional Especializado, Código 22, Grado 24, es posible hacer uso de la lista de elegibles, con la elegible que se relaciona a continuación:

POSICIÓN RESOLUCIÓN ENTIDAD EMPLEO PUNTAJE CÉDULA NOMBRE FIRMEZA EN LA LISTA GEOVANNA SECRETARIA DISTRITAL DE 212860 64,98 35262244 MILENA GONZALEZ 26 DE MARZO DE 2019 Y 7 DE NOVIEMBRE 10 20172130020635 DEL 23 DE MARZO DE 2017 HACIENDA GARCIA DE 2019 (…)”

Que la Subdirección del Talento Humano certifica en el presente acto administrativo que se verificó el uso correcto de la lista de elegibles, de manera que se siga el orden de esta, siendo procedente nombrar al elegible que ocupó la décima (10) posición de la lista.

Que la Subdirección del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Hacienda, realizó la revisión de la documentación de la señora GEOVANNA MILENA GONZALEZ GARCIA, identificada con cédula de ciudadanía No. 35.262.244, quien ocupó la décima ( 10) de la lista de elegibles expedida mediante Resolución No. CNSC – 20172130020635 del 23 de marzo de 2017, determinando que cumple con los requisitos establecidos en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la entidad para el empleo de Profesional Especializado Código 222, Grado 24, de la Dirección de Informática y Tecnología de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda; así mismo, se verificaron directamente los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, sin encontrarse anotación especial.

Que de acuerdo con lo anterior, es procedente nombrar a la señor GEOVANNA MILENA GONZALEZ GARCIA, en período de prueba por el término de seis (6) meses en el referido empleo. Finalizado el período de prueba, el jefe inmediato evaluará su desempeño y si el resultado de la evaluación del desempeño es satisfactorio en el ejercicio de sus funciones, la evaluada adquirirá los derechos de carrera y deberá ser inscrita en el Registro Público de la Carrera Administrativa, de lo contrario su nombramiento será declarado insubsistente, según lo señalado en el numeral 5 del artículo 31 de la Ley 909 de 2004, en concordancia con el artículo 2.2.6.25 del Decreto Nacional 1083 de 2015.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º.

Nombrar en período de prueba a la señora GEOVANNA MILENA GONZÁLEZ GARCÍA,

identificada con cédula de ciudadanía No. 35.262.244, quien ocupó la décima (10) posición de la lista de elegibles expedida mediante Resolución No. CNSC - 20172130020635 del 23 de marzo de 2017, bajo el código OPEC 212860, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Profesional Especializado Código 222, Grado 24, de la Dirección de Informática y Tecnología, de la www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-156 • 2024 • DICIEMBRE • 30 156 Pública Clasificada Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda, de acuerdo con la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2º.

El período de prueba al que se refiere el artículo anterior tendrá una duración de seis (6) meses, contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004. Al finalizar el periodo de prueba, le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato y de ser satisfactoria la calificación, será inscrita en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento será declarado insubsistente por Resolución motivada.

Artículo 3º.

La señora GEOVANNA MILENA GONZÁLEZ GARCÍA, de conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, tendrá diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción de la comunicación del nombramiento, para manifestar si acepta el nombramiento; y posteriormente tendrá diez (10) días hábiles para posesionarse, los cuales se contarán a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento.

Parágrafo. El Nombramiento y posesión a que se refiere el artículo precedente, se sujetará a lo
establecido en los artículos 2.2.5.1.4 y 2.2.5.1.8 del Decreto 1083 de 2015.

Artículo 4º.

El presente nombramiento cuenta con saldo de apropiación presupuestal suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de factores constitutivos de salario y contribuciones inherentes a la nómina durante la vigencia fiscal en curso.

Artículo 5°.

Comunicar a la señora GEOVANNA MILENA GONZÁLEZ GARCÍA y a la Dirección de Informática y Tecnología, el presente acto administrativo a través de la Subdirección del Talento Humano.

Artículo 6°.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y surte efectos fiscales a partir de su posesión.

Artículo 7º.

Publicar el presente acto administrativo en la página Web de la Secretaría Distrital de Hacienda

PUBLIQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C., a los Ana Maria Cadena Ruiz - 52698252 Firmado digitalmente por Ana Maria Cadena Ruiz - 52698252 ANA MARÍA CADENA RUÍZ Secretaria Distrital de Hacienda Janneth Milena Pacheco Baquero Firmado digitalmente por Janneth Milena Pacheco Baquero Aprobado por: Janneth Milena Pacheco Baquero – Subsecretaria General (E ) _______

Firmado digitalmente por DIEGO ARMANDO CHITIVA SANCHEZ Revisado por: Diego Armando Chitiva Sánchez – Subdirector del Talento Humano (E ) _______

Firmado digitalmente por Genny Martinez Laguna Genny Martinez Laguna Genny Mercedes Martinez Laguna – Contratista Subdirección del Talento Humano _______ Firmado digitalmente por Meilys Barraza P.

Meilys Barraza P.

Proyectado por: Meilys Barraza Pacheco – Contratista Subdirección del Talento Humano _______ www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-157 • 2024 • DICIEMBRE • 30 157 Pública Clasificada “Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba”

200000-120 Resolución LA SECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA En uso de las facultades legales y en especial las conferidas por el numeral 4 del artículo 1 Decreto 101 de 2004, artículo 4 del Decreto Distrital 601 de 2014 modificado por el artículo 1 del Decreto Distrital 364 de 2015, así como las disposiciones consagradas en la Ley 909 de 2004 modificada por la Ley 1960 de 2019, Decreto 1083 de 2015 modificado por el Decreto 648 de 2017,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 125 de la Constitución Política, establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso a los cargos de carrera y ascenso en los mismos, se hará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la Ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes.

Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, establecen que los empleos de carrera en vacancia definitiva se proveerán en período de prueba con los seleccionados mediante el sistema de mérito.

Que de conformidad con el literal c) del artículo 11 de la Ley 909 de 2004 y el artículo 2.2.6.3 del Decreto 1083 de 2015, le corresponde a la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC - elaborar y suscribir las convocatorias a concurso, para el desempeño de empleos públicos de carrera administrativa.

Que mediante el Decreto Distrital 601 del 22 de diciembre de 2014, modificado por los Decretos Distritales 364 de 2015, 607 de 2017, 834 de 2018 y adicionado por el Decreto Distrital 839 de 2019 se estableció la nueva estructura de la entidad y mediante el Decreto Distrital 600 del 22 de diciembre de 2014, modificado por los Decretos Distritales 608 de 2017, 835 de 2018, 454 de 2021, 281 de 2023 y 592 de 2023, se estableció la planta de cargos, producto del proceso de modernización llevado a cabo en la Secretaría Distrital de Hacienda.

Que, en cumplimiento de las normas precitadas, la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, expidió el Acuerdo 542 de 2015, mediante el cual se convocó a concurso abierto de méritos para proveer definitivamente los empleos vacantes de la planta de personal pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Distrital de Hacienda, Convocatoria No. 328 de 2015 – SDH.

Que con fundamento en los principios constitucionales de eficacia, celeridad y economía previstos en el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia y en el artículo 3° del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - Ley 1437 de 2011 y, superadas www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-158 • 2024 • DICIEMBRE • 30 158 Pública Clasificada todas las etapas del proceso de selección para la provisión por mérito de los empleos que conforman la Convocatoria No. 328 de 2015, con base en los resultados totales del concurso y de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 del referido Acuerdo 542 de 2015, le corresponde a la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, conformar en estricto orden de mérito las listas de elegibles de los empleos convocados.

Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, expidió la Resolución No. CNSC – 20192130021835 del 4 de abril de 2019, “Por la cual se conforma la Lista de Elegibles para proveer una (1) vacante del empleo de carrera identificado con código OPEC No. 213105, denominado Profesional Universitario Código 219 Grado 1, del Sistema General de Carrera de la Secretaría Distrital de Hacienda, ofertado a través de la Convocatoria No. 328 de 2015”, la cual quedó en firme para los elegibles del 1 al 6, el 5 de noviembre de 2019; del 7 al 8, el 17 de febrero de 2020 y fecha de vencimiento de lista el 16 de febrero de 2022.

A continuación, se registra la forma como se ha utilizado la referida lista de elegibles correspondiente a la OPEC 213105, asi:

POSICIÓN RESOLUCIÓN DEROGATORIAS/ LISTA NOMBRAMIENTO RESOLUCIÓN DE NOMBRAMIENTO SDH USO DIRECTO/ MISMO EMPLEO ESTADO ACTUAL RENUNCIAS 1 LUIS FERNANDO ARANGO VARGAS SDH-000387. 14/11/2019 Uso Directo Derogado SDH- 000503 11/11/2020 2 ALEXANDER CONDE GÓMEZ SDH-000119.17/02/2021 Uso Directo Derogado SDH- 000158 10/03/2021 3 CAMILO ALEXANDER RAMÍREZ ARIAS SDH-000269. 13/04/2021 Uso Directo Derogado SDH- 000354 24/05/2021 4 SERGIO ANDRÉS NAVARRO HERNÁNDEZ SDH-000458. 27/07/2021 Uso Directo Derogado SDH- 000115 09/03/2022 5 VIVIANA MARÍA OQUENDO PATIÑO SDH-000288. 08/08/2022 Uso Directo Derogado SDH-000323 29/08/2022 6 YILBER ALEXANDER QUINTANA CASTRO SDH-000492. 16/12/2022 Uso Directo Derogado SDH-000264 13/07/2023 7 VANESSA ASTRID CASTRO PRIMICIERO SDH-000424. 03/11/2023 Uso Directo Derogado SDH-000096 27/03/2024 Que, mediante oficio con Radicado bajo el No. 2021EE0976000O1 del 2 de abril de 2024, la Secretaría Distrital de Hacienda, solicitó a la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC, autorización para el uso de la lista de elegibles correspondiente a la OPEC 213105, como consecuencia de la derogatoria de la señora VANESSA ASTRID CASTRO PRIMICIERO.

Que la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, mediante oficio radicado bajo el No. 2024RS100867 del 16 de julio de 2024 cuyo asunto es “Autorización uso de lista de elegibles (Sin Cobro) para proveer dos (2) vacantes en los empleos identificados con las OPEC No. 213002 y 213105 ofertadas en la Convocatoria Nro. 328 de 2015- SHD.” autorizó el uso de la lista así:

(…) esta Comisión Nacional efectuó el respectivo análisis de viabilidad de uso de lista de elegibles, previo agotamiento de los tres (3) primeros órdenes de provisión de que trata el artículo 2.2.5.3.2 del Decreto 1083 de 20151, concluyendo que: x Para la provisión de dos (2) vacantes en los empleos identificados con las OPEC No. 213002 y 213105, denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 1, es www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-159 • 2024 • DICIEMBRE • 30 159 Pública Clasificada posible hacer uso de la lista de elegibles, con los elegibles que se relacionan a continuación:

OPEC DENOMINACION CÓDIGO GRADO POSICIÓN PUNTAJE CÉDULA NOMBRE FIRMEZA EN LA LISTA 22 de abril de 2019 213105 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 01 8 68,38 1143344641 MIGUEL ANGEL CUERVO CERQUERA (…)”

Que la Subdirección del Talento Humano certifica en el presente acto administrativo que se verificó el uso correcto de la lista de elegibles, de manera que se siga el orden de esta, siendo procedente nombrar al elegible que ocupó la octava (8) posición de la lista.

Que la Subdirección del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Hacienda, realizó la revisión de la documentación del señor MIGUEL ANGEL CUERVO CERQUERA, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.143.344.641, quien ocupó la octava (8) posición de la lista de elegibles expedida mediante Resolución No. CNSC – 20192130021835 del 04 de abril de 2019, determinando que cumple con los requisitos establecidos en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la entidad para el empleo de Profesional Universitario Código 219, Grado 01, de la Subdirección de Análisis Sectorial de la Dirección de Estadística y Estudios Fiscales de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda; así mismo, se verificaron directamente los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, sin encontrarse anotación especial.

Que de acuerdo con lo anterior, es procedente nombrar al señor MIGUEL ANGEL CUERVO CERQUERA, en período de prueba por el término de seis (6) meses en el referido empleo. Finalizado el período de prueba, el jefe inmediato evaluará su desempeño y si el resultado de la evaluación del desempeño es satisfactorio en el ejercicio de sus funciones, el evaluado adquirirá los derechos de carrera y deberá ser inscrito en el Registro Público de la Carrera Administrativa, de lo contrario su nombramiento será declarado insubsistente, según lo señalado en el numeral 5 del artículo 31 de la Ley 909 de 2004, en concordancia con el artículo 2.2.6.25 del Decreto Nacional 1083 de 2015.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º.

Nombrar en período de prueba al señor MIGUEL ANGEL CUERVO CERQUERA,

identificado con cédula de ciudadanía No. 1.143.344.641, quien ocupó la octava (8) posición de la lista de elegibles expedida mediante Resolución No. CNSC – 20192130021835 del 04 de abril de 2019, bajo el código OPEC No. 213105, para desempeñar el empleo de carrera administrativa denominado Profesional Universitario Código 219, Grado 01, de la Subdirección de Análisis Sectorial de la Dirección de Estadística y Estudios Fiscales de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda, de acuerdo con la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2º.

El período de prueba al que se refiere el artículo anterior tendrá una duración de seis (6) meses, contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004. Al finalizar el periodo de prueba, le será evaluado el desempeño por el jefe

www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-160 • 2024 • DICIEMBRE • 30 160 Pública Clasificada inmediato y de ser satisfactoria la calificación, será inscrito en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactorio, el nombramiento será declarado insubsistente por Resolución motivada.

Artículo 3º.

El señor MIGUEL ANGEL CUERVO CERQUERA, de conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017 tendrá diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción de la comunicación del nombramiento, para manifestar si acepta el nombramiento; y posteriormente tendrá diez (10) días hábiles para posesionarse, los cuales se contarán a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento.

Parágrafo. El Nombramiento y posesión a que se refiere el artículo precedente, se sujetará a lo
establecido en los artículos 2.2.5.1.4 y 2.2.5.1.8 del Decreto 1083 de 2015.

Artículo 4º.

El presente nombramiento cuenta con saldo de apropiación presupuestal suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de factores constitutivos de salario y contribuciones inherentes a la nómina durante la vigencia fiscal en curso.

Artículo 5°.

Comunicar al señor MIGUEL ANGEL CUERVO CERQUERA y a la Subdirección de Análisis Sectorial de la Dirección de Estadística y Estudios Fiscales, el presente acto administrativo a través de la Subdirección del Talento Humano.

Artículo 6°.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y surte efectos fiscales a partir de su posesión.

Artículo 7º.

Publicar el presente acto administrativo en la página Web de la Secretaría Distrital de Hacienda

PUBLIQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C., a los Ana Maria Cadena Ruiz - 52698252 Firmado digitalmente por Ana Maria Cadena Ruiz - 52698252 ANA MARÍA CADENA RUÍZ Secretaria Distrital de Hacienda Firmado digitalmente por Janneth Milena Pacheco Baquero Janneth Milena Pacheco Baquero Aprobado por: Janneth Milena Pacheco Baquero – Subsecretaria General (E ) _______

Firmado digitalmente por DIEGO ARMANDO CHITIVA SANCHEZ Revisado por: Diego Armando Chitiva Sánchez – Subdirector del Talento Humano (E ) _______

Firmado digitalmente por Genny Martinez Laguna Genny Martinez Laguna Genny Mercedes Martinez Laguna – Contratista Subdirección del Talento Humano _______ Firmado digitalmente por Meilys Barraza P.

Meilys Barraza P.

Proyectado por: Meilys Barraza Pacheco – Contratista Subdirección del Talento Humano _______ www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-161 • 2024 • DICIEMBRE • 30 161 Pública Clasificada “Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba”

200000-120 Resolución LA SECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA En uso de las facultades legales y en especial las conferidas por el numeral 4 del artículo 1 del Decreto 101 de 2004, artículo 4 del Decreto Distrital 601 de 2014 modificado por el artículo 1 del Decreto Distrital 364 de 2015, así como las disposiciones consagradas en la Ley 909 de 2004 modificada por la Ley 1960 de 2019, Decreto 1083 de 2015 modificado por el Decreto 648 de 2017 y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 125 de la Constitución Política, establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso a los cargos de carrera y ascenso en los mismos, se hará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la Ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes.

Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, establecen que los empleos de carrera en vacancia definitiva se proveerán en período de prueba con los seleccionados mediante el sistema de mérito.

Que de conformidad con el literal c) del artículo 11 de la Ley 909 de 2004 y el artículo 2.2.6.3 del Decreto 1083 de 2015, le corresponde a la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC elaborar y suscribir las convocatorias a concurso, para el desempeño de empleos públicos de carrera administrativa.

Que mediante el Decreto Distrital 601 del 22 de diciembre de 2014, modificado por los Decretos Distritales 364 de 2015, 607 de 2017, 834 de 2018 y adicionado por el Decreto Distrital 839 de 2019 se estableció la nueva estructura de la entidad y mediante el Decreto Distrital 600 del 22 de diciembre de 2014, modificado por los Decretos Distritales 608 de 2017, 835 de 2018, 454 de 2021, 281 de 2023 y 592 de 2023, se estableció la planta de cargos, producto del proceso de modernización llevado a cabo en la Secretaría Distrital de Hacienda.

Que en cumplimiento de las normas precitadas, la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC expidió el Acuerdo 002 de 2021, mediante el cual se convocó a concurso de méritos, en las modalidades de Ascenso y Abierto, para proveer los empleos en vacancia definitiva www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-162 • 2024 • DICIEMBRE • 30 162 Pública Clasificada pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda - Proceso de Selección No. 1485 de 2020 - Distrito Capital 4.

Que con fundamento en los principios constitucionales de eficacia, celeridad y economía previstos en el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia y en el artículo 3° del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - Ley 1437 de 2011 y, que conforman la Convocatoria Distrito Capital 4, con base en los resultados totales del concurso y de acuerdo con lo establecido en el artículo 24 del referido Acuerdo 002 de 2021, le corresponde a la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, conformar en estricto orden de mérito las listas de elegibles de los empleos convocados.

Que la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 6368 del 10 de noviembre de 2021, “Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer tres (3) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 219, Grado 18, identificado con el Código OPEC No. 136986 en la modalidad abierto del Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - SDH, Procesos de Selección 1462 a 1492 y 1546 de 2020 Convocatoria Distrito Capital 4”, la cual quedó en firme el día 29 de noviembre de 2021.

A continuación, se registra la forma como se ha utilizado la referida lista de elegibles correspondiente a la OPEC 136986, asi:

POSICIÓN RESOLUCIÓN DEROGATORIAS/ LISTA NOMBRAMIENTO RESOLUCIÓN DE NOMBRAMIENTO SDH USO DIRECTO/ MISMO EMPLEO ESTADO ACTUAL RENUNCIAS SDH-000035 15/02/2023- SDH-000253 1 DIEGO ENRIQUE CASTRO CASTAÑEDA SDH-000136. 04/04/2022 Uso Directo Revocatorio nombramiento 30/06/2023 2 ANDERSON ÁLVAREZ ÁLVAREZ SDH-000830. 13/12/2023 Uso Directo Vinculado N/A 3 JEFFERSON LUIS PUENTE BARÓN SDH-000830. 13/12/2023 Uso Directo Vinculado N/A 4 ILDER GREGORIO DIAZ MENDIETA SDH-000404.26/10/2022 Mismo empleo Vinculado N/A 5 LAURA CATALINA MELO BUITRAGO SDH-000404.26/10/2022 Mismo empleo Vinculada N/A 6 LUIS ALBERTO SALAZAR SANDOVAL SDH-000284.17/07/2023 Mismo empleo Vinculado N/A 7 MARICELA PINZON CARDOZO SDH-000348.01/09/2023 Uso Directo Vinculada N/A Que la Secretaría Distrital de Hacienda, identificó un (1) nuevo empleo vacante correspondiente a características de mismos empleos con la OPEC No.136986, Profesional Universitario, Código 219, Grado 18, ubicado en la Oficina de Administración Funcional del Sistema, de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda, el cual será provisto con la lista de elegibles conformada mediante Resolución No. 6368 del 10 de noviembre de 2021. www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-163 • 2024 • DICIEMBRE • 30 163 Pública Clasificada Que en cumplimiento del Criterio Unificado del 16 de enero y 22 de septiembre de 2020, expedido por la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC, la Secretaría Distrital de Hacienda mediante oficios radicados bajo los Nos. 2023EE338095O1 del 31 de agosto de 2023 y 2024EE184671O1 del 05 de junio de 2024, solicitó a la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC, autorización para el uso de lista de elegibles para proveer la vacante correspondiente.

Que la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, mediante oficio con radicado bajo el No. 2024RS190659 del 29 de noviembre del 2024, cuyo asunto es “Autorización de uso de lista de elegibles para “Mismos Empleos” para proveer una (1) nueva vacante surgida con posterioridad al Procesos de Selección 1462 a 1492 y 1546 de 2020 Convocatoria Distrito Capital 4.”, autorizó el uso de la lista en los siguientes términos:

(…)

Expuesto lo anterior esta CNSC determino la viabilidad de autorización de uso de lista de elegibles, teniendo en cuenta las mesas de trabajo realizadas con la entidad y tomando como referente que la solicitud inicial se dio el 01 de febrero de 2024, fecha para la cual aún se encontraba vigente el Acuerdo 165 de 2020:”

AUTORIZACIÓN EMPLEO VACANTE DENOMINACION DEL EMPLEO Id empleo ID vacante Concepto OPEC Posición Cédula Elegible 209342 390949 PROFESIONAL UNIVERSITARIO Mismo Empleo 136986 8 1082851759 CENDY PAOLA 219 - 18 VARGAS BARRIOS (…)”

Que la Subdirección del Talento Humano certifica en el presente acto administrativo que se verificó el uso correcto de la lista de elegibles, de manera que se siga el orden de esta, siendo procedente nombrar a la elegible que ocupó la octava (8) posición de la lista.

Que la Subdirección del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Hacienda, realizó la revisión de la documentación de la señora CENDY PAOLA VARGAS BARRIOS, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.082.851.759, quien ocupó la octava (8) posición de la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, mediante Resolución No. 6368 del 10 de noviembre de 2021, determinando que cumple con los requisitos establecidos en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la entidad para el empleo denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 18, ubicada en la Oficina de Administración Funcional del Sistema, de la Dirección Distrital de Impuestos de www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-164 • 2024 • DICIEMBRE • 30 164 Pública Clasificada Bogotá, de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda; así mismo, se verificaron directamente los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, sin encontrarse anotación especial.

Que de acuerdo con lo anterior, es procedente nombrar a la señora CENDY PAOLA VARGAS BARRIOS, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.082.851.759, en período de prueba por el término de seis (6) meses en el referido empleo. Finalizado el período de prueba, el jefe inmediato evaluará su desempeño y si el resultado de la evaluación del desempeño es satisfactorio en el ejercicio de sus funciones, la evaluada adquirirá los derechos de carrera y deberá ser inscrita en el Registro Público de la Carrera Administrativa, de lo contrario su nombramiento será declarado insubsistente, según lo señalado en el numeral 5 del artículo 31 de la Ley 909 de 2004, en concordancia con el artículo 2.2.6.25 del Decreto Nacional 1083 de 2015.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º.

Nombrar en período de prueba a la señora CENDY PAOLA VARGAS BARRIOS,

identificada con cédula de ciudadanía No. 1.082.851.759, quien ocupó la octava (8) posición de la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC mediante Resolución No.6368 del 10 de noviembre de 2021, bajo el código OPEC 136986, para desempeñar el empleo de carrera administrativa denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 18, de la Oficina de Administración Funcional del Sistema de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá, de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda, de acuerdo con la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2º.

El período de prueba al que se refieren el artículo anterior tendrá una duración de

seis (6) meses, contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004. Al finalizar el período de prueba, le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato y de ser satisfactoria la calificación, será inscrita en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento será declarado insubsistente por resolución motivada.

Artículo 3º.

La señora CENDY PAOLA VARGAS BARRIOS, de conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, tendrá diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción de la comunicación del nombramiento, para manifestar si acepta el nombramiento; y posteriormente tendrá diez (10) días hábiles para tomar posesión del empleo, los cuales se contarán a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento.

Parágrafo. El nombramiento y posesión a que se refiere el artículo precedente se sujetará a lo
establecido en los artículos 2.2.5.1.4 y 2.2.5.1.8 del Decreto 1083 de 2015. www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-165 • 2024 • DICIEMBRE • 30 165 Pública Clasificada

Artículo 4°.

El presente nombramiento cuenta con saldo de apropiación presupuestal suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de factores constitutivos de salario y contribuciones inherentes a la nómina durante la vigencia fiscal en curso.

Artículo 5º Comunicar a la señora CENDY PAOLA VARGAS BARRIOS, y al jefe de Oficina de Administración Funcional del Sistema, el presente acto administrativo a través de la Subdirección del Talento Humano.

Artículo 6°.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y surte efectos fiscales a partir de su posesión.

Artículo 7º.

Publicar el presente acto administrativo en la página Web de la Secretaría Distrital de Hacienda.

Ana Maria Cadena Ruiz - 52698252 Firmado digitalmente por Ana Maria Cadena Ruiz - 52698252 PUBLIQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C., a los ANA MARÍA CADENA RUÍZ Secretaria Distrital de Hacienda Firmado digitalmente por Janneth Milena Pacheco Baquero Janneth Milena Pacheco Baquero Aprobado por: Janneth Milena Pacheco Baquero – Subsecretaria General (E ) _______

Firmado digitalmente por DIEGO ARMANDO CHITIVA SANCHEZ Revisado por: Diego Armando Chitiva Sánchez – Subdirector del Talento Humano (E ) _______

Genny Martinez Laguna Firmado digitalmente por Genny Martinez Laguna Genny Mercedes Martinez Laguna – Contratista Subdirección del Talento Humano _______ Firmado digitalmente por Meilys Barraza P.

Meilys Barraza P.

Proyectado por: Meilys Barraza Pacheco – Contratista Subdirección del Talento Humano _______ www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-166 • 2024 • DICIEMBRE • 30 166 Pública Clasificada “Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba”

200000-120 Resolución LA SECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA En uso de las facultades legales y en especial las conferidas por el numeral 4 del artículo 1 del Decreto 101 de 2004, artículo 4 del Decreto Distrital 601 de 2014 modificado por el artículo 1 del Decreto Distrital 364 de 2015, así como las disposiciones consagradas en la Ley 909 de 2004 modificada por la Ley 1960 de 2019, Decreto 1083 de 2015 modificado por el Decreto 648 de 2017 y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 125 de la Constitución Política, establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso a los cargos de carrera y ascenso en los mismos, se hará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la Ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes.

Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, establecen que los empleos de carrera en vacancia definitiva se proveerán en período de prueba con los seleccionados mediante el sistema de mérito.

Que de conformidad con el literal c) del artículo 11 de la Ley 909 de 2004 y el artículo 2.2.6.3 del Decreto 1083 de 2015, le corresponde a la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC elaborar y suscribir las convocatorias a concurso, para el desempeño de empleos públicos de carrera administrativa.

Que mediante el Decreto Distrital 601 del 22 de diciembre de 2014, modificado por los Decretos Distritales 364 de 2015, 607 de 2017, 834 de 2018 y adicionado por el Decreto Distrital 839 de 2019 se estableció la nueva estructura de la entidad y mediante el Decreto Distrital 600 del 22 de diciembre de 2014, modificado por los Decretos Distritales 608 de 2017, 835 de 2018, 454 de 2021, 281 de 2023 y 592 de 2023, se estableció la planta de cargos, producto del proceso de modernización llevado a cabo en la Secretaría Distrital de Hacienda.

Que en cumplimiento de las normas precitadas, la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC expidió el Acuerdo 002 de 2021, mediante el cual se convocó a concurso de méritos, en las modalidades de Ascenso y Abierto, para proveer los empleos en vacancia definitiva www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-167 • 2024 • DICIEMBRE • 30 167 Pública Clasificada pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda - Proceso de Selección No. 1485 de 2020 - Distrito Capital 4.

Que con fundamento en los principios constitucionales de eficacia, celeridad y economía previstos en el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia y en el artículo 3° del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - Ley 1437 de 2011 y, que conforman la Convocatoria Distrito Capital 4, con base en los resultados totales del concurso y de acuerdo con lo establecido en el artículo 24 del referido Acuerdo 002 de 2021, le corresponde a la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, conformar en estricto orden de mérito las listas de elegibles de los empleos convocados.

Que la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 6285 del 10 de noviembre de 2021, “Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer tres (3) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 219, Grado 14, identificado con el Código OPEC No. 137110 en la modalidad abierto del Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - SDH, Procesos de Selección 1462 a 1492 y 1546 de 2020 Convocatoria Distrito Capital 4”, la cual quedó en firme para los elegibles del 1 al 5, los elegibles 7 y 8 el 31 de octubre de 2022 y el elegible 9 el 12 de septiembre de 2022.

A continuación, se registra la forma como se ha utilizado la referida lista de elegibles correspondiente a la OPEC 137110, asi:

POSICIÓN RESOLUCIÓN DEROGATORIAS/ LISTA NOMBRAMIENTO RESOLUCIÓN DE NOMBRAMIENTO SDH USO DIRECTO/ MISMO EMPLEO ESTADO ACTUAL RENUNCIAS 1 JAVIER ANTONIO RIOS ALVAREZ SDH-000804. 13/12/2019 Uso Directo vinculado N/A 2 JUDY ANDREA ESPAÑOL FLOREZ SDH-000804. 13/12/2019 Uso Directo Vinculada N/A 3 DAVID MAURICIO AVELLANEDA VELOSA SDH-000804. 13/12/2019 Uso Directo Renunció DGC-000582 4/09/2024 4 ÁLEX JULIÁN MOJICA SIERRA SDH-000048. 28/02/2024 empleo equivalente vinculado N/A 5 MARILY OLAYA VANEGAS SDH-000048. 28/02/2024 empleo equivalente vinculada N/A 6 JOSE ANTONIO RUA RUA Excluido de la lista Resolución № 11032 18/08/ 2022 NA NA N/A 7 JOHANA CATALINA CAMBEROS JEREZ SDH-000048. 28/02/2024 empleo equivalente vinculada N/A 8 YEFFER CENEN MATEUS LEON SDH-000305. 02/08/2023 Mismo empleo vinculado N/A 9 JHONNY ALBERTO ROJAS LUGO SDH-000104. 09/04/2024 Mismo empleo Vinculado N/A 10 JERSON DAVID GARCÍA PATIÑO SDH-000252. 09/10/2024 Uso Directo vinculado N/A Que la Secretaría Distrital de Hacienda, identificó un (1) nuevo empleo vacante correspondiente a características de mismos empleos con la OPEC No.137110, denominado www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-168 • 2024 • DICIEMBRE • 30 168 Pública Clasificada Profesional Universitario, Código 219, Grado 14, de la Oficina de Cobro Prejurídico de la Dirección Distrital de Cobro de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda, el cual será provisto con la lista de elegibles conformada mediante Resolución No. 6285 del 10 de noviembre de 2021.

Que en cumplimiento del Criterio Unificado del 16 de enero y 22 de septiembre de 2020, expedido por la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC, la Secretaría Distrital de Hacienda mediante oficio radicado bajo el No. 2024EE181347O1 del 30 de mayo de 2024, solicitó a la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC, autorización para el uso de lista de elegibles para proveer la vacante correspondiente.

Que la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, mediante oficio con radicado bajo el No. 2024RS189882 del 28 de noviembre del 2024, cuyo asunto es “Autorización de uso de lista de elegibles para “Empleos Equivalentes” para proveer una (1) nueva vacante surgida con posterioridad al Procesos de Selección 1462 a 1492 y 1546 de 2020 Convocatoria Distrito Capital 4.”, autorizó el uso de la lista en los siguientes términos:

(…)

Está Dirección efectuó el respectivo análisis de viabilidad, previo agotamiento de los tres (3) primeros órdenes de provisión de que trata el artículo 2.2.5.3.2 del Decreto 1083 de 20151, y se procede con la autorización de uso de listas de elegibles en los siguientes términos:”

AUTORIZACIÓN EMPLEO VACANTE DENOMINACION DEL EMPLEO Id empleo ID vacante Concepto OPEC Posición Cédula Elegible 214020 421994 Profesional Universitario Mismo Empleo 137110 11 72259416 FELIX ENRIQUE CASSERES CAÑATE 219 - 14 (…)”

Que la Subdirección del Talento Humano certifica en el presente acto administrativo que se verificó el uso correcto de la lista de elegibles, de manera que se siga el orden de esta, siendo procedente nombrar al elegible que ocupó la posición once (11) de la lista.

Que la Subdirección del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Hacienda, realizó la revisión de la documentación del señor FELIX ENRIQUE CASSERES CAÑATE, identificado con cédula de ciudadanía No. 72.259.416, quien ocupó la posición once (11) de la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, mediante Resolución No. 6285 del 10 de noviembre de 2021, determinando que cumple con los requisitos establecidos en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la entidad para el empleo denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 14, de la Oficina de Cobro Prejurídico de la Dirección Distrital de Cobro, de la Planta Global de la Secretaría www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-169 • 2024 • DICIEMBRE • 30 169 Pública Clasificada Distrital de Hacienda; así mismo, se verificaron directamente los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, sin encontrarse anotación especial.

Que de acuerdo con lo anterior, es procedente nombrar al señor FELIX ENRIQUE CASSERES CAÑATE, identificado con cédula de ciudadanía No. 72.259.416, en período de prueba por el término de seis (6) meses en el referido empleo. Finalizado el período de prueba, el jefe inmediato evaluará su desempeño y si el resultado de la evaluación del desempeño es satisfactorio en el ejercicio de sus funciones, el evaluado adquirirá los derechos de carrera y deberá ser inscrito en el Registro Público de la Carrera Administrativa, de lo contrario su nombramiento será declarado insubsistente, según lo señalado en el numeral 5 del artículo 31 de la Ley 909 de 2004, en concordancia con el artículo 2.2.6.25 del Decreto Nacional 1083 de 2015.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º.

Nombrar en período de prueba al señor FELIX ENRIQUE CASSERES CAÑATE,

identificado con cédula de ciudadanía No. 72.259.416, quien ocupó la posición once (11) de la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC mediante Resolución No. 6285 del 10 de noviembre de 2021, bajo el código OPEC 137110, para desempeñar el empleo de carrera administrativa denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 14, de la Oficina de Cobro Prejurídico de la Dirección Distrital de Cobro de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda, de acuerdo con la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2º.

El período de prueba al que se refiere el artículo anterior tendrá una duración de seis (6) meses, contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004. Al finalizar el período de prueba, le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato y de ser satisfactoria la calificación, será inscrito en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento será declarado insubsistente por resolución motivada.

Artículo 3º.

El señor FELIX ENRIQUE CASSERES CAÑATE, de conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, tendrá diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción de la comunicación del nombramiento, para manifestar si acepta el nombramiento; y posteriormente tendrá diez (10) días hábiles para tomar posesión del empleo, los cuales se contarán a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento.

Parágrafo. El nombramiento y posesión a que se refiere el artículo precedente se sujetará a lo
establecido en los artículos 2.2.5.1.4 y 2.2.5.1.8 del Decreto 1083 de 2015. www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-170 • 2024 • DICIEMBRE • 30 170 Pública Clasificada

Artículo 4°.

El presente nombramiento cuenta con saldo de apropiación presupuestal suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de factores constitutivos de salario y contribuciones inherentes a la nómina durante la vigencia fiscal en curso.

Artículo 5º Comunicar al señor FELIX ENRIQUE CASSERES CAÑATE, y al jefe de oficina de Cobro Perjudico, el presente acto administrativo a través de la Subdirección del Talento Humano.

Artículo 6°.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y surte efectos fiscales a partir de su posesión.

Artículo 7º.

Publicar el presente acto administrativo en la página Web de la Secretaría Distrital de Hacienda.

Firmado digitalmente por Ana Maria Cadena Ruiz - 52698252 Ana Maria Cadena Ruiz - 52698252 PUBLIQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C., a los ANA MARÍA CADENA RUÍZ Secretaria Distrital de Hacienda Firmado digitalmente por Janneth Milena Pacheco Baquero Janneth Milena Pacheco Baquero Aprobado por: Janneth Milena Pacheco Baquero – Subsecretaria General (E ) _______

Firmado digitalmente por DIEGO ARMANDO CHITIVA SANCHEZ Revisado por: Diego Armando Chitiva Sánchez – Subdirector del Talento Humano (E ) _______

Genny Martinez Laguna Firmado digitalmente por Genny Martinez Laguna Genny Mercedes Martinez Laguna – Contratista Subdirección del Talento Humano _______ Firmado digitalmente por Meilys Barraza P.

Meilys Barraza P.

Proyectado por: Meilys Barraza Pacheco – Contratista Subdirección del Talento Humano _______ www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-171 • 2024 • DICIEMBRE • 30 171 “Por la cual se realizan unos nombramientos en provisionalidad en unas vacantes temporales y definitivas de la Secretaría Distrital de Hacienda”

Pública Clasificada 200000-120 Resolución LA SECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA En uso de las facultades legales y en especial las conferidas por el numeral 4 del artículo 1 Decreto 101 de 2004, artículo 4 del Decreto Distrital 601 de 2014 modificado por el artículo 1 del Decreto Distrital 364 de 2015, así como las disposiciones consagradas en la Ley 909 de 2004 modificada por la Ley 1960 de 2019, Decreto 1083 de 2015 modificado por el Decreto 648 de 2017,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 125 de la Constitución Política, establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso a los cargos de carrera y ascenso en los mismos, se hará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la Ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes.

Que el artículo 25 de la le Ley 909 de 2004 establece que “los empleos de carrera cuyos titulares se encuentren en situaciones administrativas que impliquen separación temporal de los mismos serán provistos en forma provisional solo por el tiempo que duren aquellas situaciones, cuando no fuere posible proveerlos mediante encargo con servidores públicos de carrera”.

Que los artículos 2.2.5.21 y 2.2.5.2.2 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el artículo 1º del Decreto Nacional 648 de 2017, señalan los casos en que se produce la vacancia definitiva y Temporal de los empleos.

Que el artículo 2.2.5.3.1 ídem, refiere que las vacantes definitivas en empleos de carrera se proveerán en período de prueba o en ascenso, con las personas que hayan sido seleccionadas mediante el sistema de mérito, de conformidad con lo establecido en la Ley 909 de 20044 o en las disposiciones que regulen los sistemas específicos de carrera, según corresponda, y que mientras se surte el proceso de selección, estos podrán proveerse transitoriamente a través de las figuras del encargo o del nombramiento provisional, en los términos señalados en la referida Ley, en el Decreto Ley 760 de 2005 o en las disposiciones que regulen los sistemas específicos de carrera. www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-172 • 2024 • DICIEMBRE • 30 172 Pública Clasificada Que el artículo 2.2.5.3.2. ídem, señala el orden para la provisión definitiva de los empleos de carrera, entre otros dispone: “(…) 4. Con la persona que al momento en que deba producirse el nombramiento ocupe el primer puesto en lista de elegibles para el empleo ofertado que fue objeto de convocatoria para la respectiva entidad. Si agotadas las anteriores opciones no fuere posible la provisión del empleo deberá adelantarse proceso de selección específico para la respectiva entidad”.

Que el artículo 2.2.5.3.3 ídem, señala lo siguiente: “Provisión de las vacancias temporales. (…)

Las vacantes temporales en empleos de carrera podrán ser provistas mediante nombramiento provisional, cuando no fuere posible proveerlas mediante encargo con empleados de carrera. (…)

Parágrafo. Los encargos o nombramientos que se realicen en vacancias temporales se
efectuarán por el tiempo que dure la misma”.

Que actualmente, se encuentran en vacancia temporal y definitiva, los siguientes empleos de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda:

Estado del ID Estado de ocupación Denominación Cd Gr Dependencia titular del empleo cargo 102331 Vacante Temporal Técnico Operativo 314 09 Oficina de Gestión del Servicio Titular en encargo Jenny Lizeth Fino Pinzón 102332 Vacante Temporal Técnico Operativo 314 09 Oficina de Gestión del Servicio Titular en encargo Carlos Julio Díaz Rodríguez 102337 Vacante Temporal Técnico Operativo 314 09 Oficina de Gestión del Servicio Titular en encargo Astrid Rocío Alonso Vique 102341 Vacante Temporal Técnico Operativo 314 09 Oficina de Gestión del Servicio Titular en encargo Patricia Riscanevo Leal 102344 Vacante Temporal Técnico Operativo 314 09 Oficina de Gestión del Servicio Titular en encargo Emiro Ñañez Zúñiga www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-173 • 2024 • DICIEMBRE • 30 173 Pública Clasificada 103136 Vacante Definitiva Técnico Operativo 314 09 Subdirección de Servicios de TIC Pasa a nueva convocatoria, No equivalente comunicación CNSC- 2022RS116429 del 26/10/2022 103295 Vacante Temporal Técnico Operativo 314 09 Oficina Técnica del Sistema de Gestión Documental Titular en encargo Liliana Molina González 103655 Vacante Temporal Técnico Operativo 314 09 Oficina de Gestión del Servicio y Notificaciones Titular en encargo- Luisa Fernanda Gómez Montaño Titular en encargo- Diana Acosta Melo 103680 Vacante Temporal Técnico Operativo 314 09 Oficina de Operación del Sistema de Gestión Documental 102811 Vacante Temporal Técnico Operativo 314 04 Dirección Distrital de Tesorería Titular en encargo -Juan Pablo Serrano Parra 103309 Vacante Temporal Auxiliar Titular en encargo- Belén Andrea Alfonso Administrativo 407 16 Oficina de Operación del Sistema de Gestión Documental 103252 Vacante Definitiva Auxiliar Administrativo 407 04 Subdirección del Talento Humano Pasa a nueva convocatoria, listas vencidas, comunicación CNSC - 2024RS190026 del 28/11/2024 Que con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 909 de 2004 modificado por el artículo 1 de la Ley 1960 de junio 27 de 2019, la Subdirección del Talento Humano, dio inicio el 2 de julio de 2024 al proceso de Encargos 2-2024, con el fin de proveer empleos en vacancia definitiva y temporal de la entidad, el cual finalizó con el nombramiento de algunos empleos en encargos y desiertos once (11) empleos mencionados con anterioridad, en razón a que ninguno de los servidores de carrera que cumplían los requisitos académicos y de experiencia, manifestaron su interés de continuar en dicho procedimiento.

Que la Subdirección del Talento Humano el día 22 de octubre de 2024, certificó que, efectuado el proceso de encargos y ante la no existencia de servidores que manifestaran interés en los empleos referidos, pueden ser provistos transitoriamente mediante nombramiento provisional, www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-174 • 2024 • DICIEMBRE • 30 174 Pública Clasificada por necesidades del servicio, con el fin de garantizar el cabal desarrollo de las actividades de la Entidad.

Que el 24 de octubre de 2024, se publicó en la Intranet de la entidad, la certificación expedida por la Subdirección del Talento Humano, con el fin de dar publicidad y oponibilidad, a las personas que consideren tener interés en el mismo.

Que así mismo, en publicación del 16 de julio de 2024 en la Intranet, la Subdirección del Talento Humano, certificó que el empleo de Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 04 de la Subdirección del Talento Humano, de la Dirección de Gestión Corporativa, no existían servidores de carrera administrativa de grados inferiores que cumplan los requisitos exigidos en el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por la Ley 1960 de 2019, por lo cual era procedente el nombramiento provisional.

Que la Subsecretaría General, solicitó a la Subdirección del Talento Humano adelantar las actuaciones administrativas pertinentes para llevar a cabo la provisión mediante nombramiento provisional, de los doce (12) empleos en vacancia temporal y definitiva, acorde a la normatividad vigente y los procedimientos establecidos para tal fin.

Que la Subdirección del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Hacienda, realizó la revisión de la documentación de los (as) señores (as) MARÍA CONSUELO ARAGÓN BARRERA, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.501.527; SANDRA MILENA LÓPEZ ARANGO identificada con cédula de ciudadanía No. 39.744.908; KATHY GISSEL MEJÍA TORRES identificada con cédula de ciudadanía No. 1.019.096.064; ALEJANDRA CHAVES GARCÍA, identificada con cédula de ciudadanía No. 51.933.372; DANIELA DE LOS ÁNGELES SUAREZ BELTRÁN, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.033.809.255; JUAN DIEGO PERAZA AMADO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.014.278.779; FABIO ANDRES HIGUERA MORENO identificado con cédula de ciudadanía No. 80.913.051; CAMILO ANDRÉS HERNÁNDEZ AVELLA, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.052.414.513; SHARIK GERALDINE RENDÓN ROJAS identificada con cédula de ciudadanía No. 1.000.620.336; para desempeñar los empleos de Técnico Operativo, Código 314 Grado 09, ubicados en la Oficina de Gestión del Servicio de la Dirección Distrital de Impuestos, Oficina Técnica del Sistema de Gestión Documental, Oficina de Operación del Sistema de Gestión Documental de la Dirección de Gestión Corporativa, Subdirección de Servicios TIC de la Dirección de Informática y Tecnología, Oficina de Gestión del Servicio y Notificaciones de la Dirección Distrital de Cobro; a la señora JULIETH LORENA ORTÍZ TRIANA identificada con cédula de ciudadanía No. 1.019.094.296, en el empleo de Técnico Operativo, Código 314 Grado 04, ubicado en el Despacho del Director Distrital de Tesorería de la Dirección Distrital de Tesorería; a la señora ALEXANDRA SÁNCHEZ DÍAZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 20.357.949, en el empleo de Auxiliar Administrativo, Código 407 Grado 16, ubicado en la Oficina de Operación del Sistema de Gestión Documental de la Dirección de Gestión Corporativa y SUSSY MARYBEL IBAGUE SÁNCHEZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.165.580, en el empleo de Auxiliar Administrativo, Código 407 Grado 04 de la Subdirección del Talento Humano de la Dirección de Gestión Corporativa, de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda; determinando que cumplen con las condiciones y reúnen los requisitos previstos en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la Secretaría Distrital de Hacienda; así www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-175 • 2024 • DICIEMBRE • 30 175 Pública Clasificada mismo, se verificaron directamente los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, sin encontrarse anotación especial.

Que la Corte Constitucional en Sentencia T-147 de 2013, respecto a la naturaleza de los nombramientos en provisionalidad, señaló que:

“La vinculación en calidad de provisional constituye un modo de proveer cargos públicos “cuando se presentan vacancias definitivas o temporales y mientras éstos se proveen en propiedad conforme a las formalidades de ley o cesa la situación administrativa que originó la vacancia temporal”. Los cargos provisionales, como su nombre lo indica, son de carácter transitorio y excepcional y buscan solucionar las necesidades del servicio y evitar la parálisis en el ejercicio de las funciones públicas mientras se realizan los procedimientos ordinarios para cubrir las vacantes en una determinada entidad, en aplicación de los principios de eficiencia y celeridad. La naturaleza de los cargos provisionales difiere de la de los cargos de carrera administrativa y de los empleos de libre nombramiento y remoción. Los funcionarios nombrados en provisionalidad en empleos de carrera no cuentan con las garantías que de ella se derivan, pese a lo cual, tienen el derecho a que se motive el acto administrativo por medio del cual son retirados de su cargo, ya que dicha motivación se erige como una garantía mínima que se deriva del derecho fundamental al debido proceso y del control a la arbitrariedad de la administración, y no del hecho de pertenecer a un cargo de carrera. Los cargos provisionales no son asimilables a los cargos de carrera administrativa, y es por ello que a los primeros no le son aplicables los derechos que se derivan de ella, ya que quienes se hallan vinculados en provisionalidad no agotaron los requisitos que exige la Constitución y la ley para gozar de tales beneficios, es decir, superar exitosamente el concurso de méritos y el período de prueba, entre otros. Pero tampoco pueden asimilarse a los de libre nombramiento y remoción, pues su vinculación no se sustenta en la confianza para ejercer funciones de dirección o manejo que es propia de éstos, sino en la necesidad de evitar la parálisis de la función pública mientras se logra su provisión en los términos que exige la Constitución. En consecuencia, frente a los cargos provisionales no puede predicarse ni la estabilidad laboral propia de los de carrera ni la discrecionalidad relativa de los de libre nombramiento y remoción; razón por la que el nominador tiene la obligación de motivar el acto administrativo mediante el cual se produce la desvinculación.”

Que por lo anterior, se considera procedente efectuar los nombramientos en provisionalidad a las personas mencionadas en el código y grado anteriormente descrito, en cumplimiento de los requisitos y competencias exigidos para el desempeño del empleo, conforme a lo establecido en la Constitución, la ley, los reglamentos y los manuales de funciones y de competencias laborales de esta Secretaría Distrital de Hacienda, y hasta que el titular regrese a su cargo y/o hasta que sea provisto mediante el sistema de mérito.

En mérito de lo expuesto; www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-176 • 2024 • DICIEMBRE • 30 176 Pública Clasificada

RESUELVE:

Artículo 1º.

Nombrar en provisionalidad en una vacante temporal a la señora MARÍA CONSUELO ARAGÓN BARRERA, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.501.527, en el empleo de carrera administrativa denominado Técnico Operativo, Código 314 Grado 09, de la Oficina de Gestión del Servicio de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá, de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda, y hasta que el titular regrese a su cargo y/o mientras se surte el proceso de provisión en caso que se genere la vacancia definitiva del empleo, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.

Artículo 2º.

Nombrar en provisionalidad en una vacante temporal a la señora SANDRA MILENA LÓPEZ ARANGO, identificada con cédula de ciudadanía No. 39.744.908, en el empleo de carrera administrativa denominado Técnico Operativo, Código 314 Grado 09, de la Oficina de Gestión del Servicio de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá, de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda, y hasta que el titular regrese a su cargo y/o mientras se surte el proceso de provisión en caso que se genere la vacancia definitiva del empleo, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.

Artículo 3º.

Nombrar en provisionalidad en una vacante temporal a la señora KATHY GISSEL MEJÍA TORRES identificada con cédula de ciudadanía No. 1.019.096.064, en el empleo de carrera administrativa denominado Técnico Operativo, Código 314 Grado 09, de la Oficina de Gestión del Servicio de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá, de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda, y hasta que el titular regrese a su cargo y/o mientras se surte el proceso de provisión en caso que se genere la vacancia definitiva del empleo, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.

Artículo 4º.

Nombrar en provisionalidad en una vacante temporal a la señora ALEJANDRA CHAVES GARCÍA, identificada con cédula de ciudadanía No. 51.933.372, en el empleo de carrera administrativa denominado Técnico Operativo, Código 314 Grado 09, de la Oficina de Gestión del Servicio de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá, de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda, y hasta que el titular regrese a su cargo y/o mientras se surte el proceso de provisión en caso que se genere la vacancia definitiva del empleo, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.

Artículo 5º.

Nombrar en provisionalidad en una vacante temporal a la señora DANIELA DE LOS ÁNGELES SUAREZ BELTRÁN, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.033.809.255, en el empleo de carrera administrativa denominado Técnico Operativo, Código 314 Grado 09, de la Oficina de Gestión del Servicio de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá, de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda, y hasta que el titular regrese a su cargo y/o mientras se surte el proceso de provisión en caso que se genere la vacancia definitiva del empleo, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.

Artículo 6º.

Nombrar en provisionalidad en una vacante definitiva al señor JUAN DIEGO PERAZA AMADO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.014.278.779, en el empleo de carrera administrativa denominado Técnico Operativo, Código 314 Grado 09, de la Subdirección de Servicios TIC de la Dirección de Informática y Tecnología, de la Planta Global de la Secretaría

www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-177 • 2024 • DICIEMBRE • 30 177 Pública Clasificada Distrital de Hacienda, y hasta que el mismo sea provisto de manera definitiva mediante el sistema de mérito, sin que este nombramiento genere derechos de carrera administrativa, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.

Artículo 7º.

Nombrar en provisionalidad en una vacante temporal al señor FABIO ANDRÉS HIGUERA MORENO identificado con cédula de ciudadanía No. 80.913.051, en el empleo de carrera administrativa denominado Técnico Operativo, Código 314 Grado 09, de la Oficina Técnica del Sistema de Gestión Documental de la Dirección de Gestión Corporativa, de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda, y hasta que el titular regrese a su cargo y/o mientras se surte el proceso de provisión en caso que se genere la vacancia definitiva del empleo, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.

Artículo 8º.

Nombrar en provisionalidad en una vacante temporal al señor CAMILO ANDRÉS HERNÁNDEZ AVELLA, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.052.414.513, en el empleo de carrera administrativa denominado Técnico Operativo, Código 314 Grado 09, de la Oficina de Gestión del Servicio y Notificaciones de la Dirección Distrital de Cobro, de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda, y hasta que el titular regrese a su cargo y/o mientras se surte el proceso de provisión en caso que se genere la vacancia definitiva del empleo, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.

Artículo 9º.

Nombrar en provisionalidad en una vacante temporal a la señora SHARIK GERALDINE RENDÓN ROJAS identificada con cédula de ciudadanía No. 1.000.620.336, en el empleo de carrera administrativa denominado Técnico Operativo, Código 314 Grado 09, de la Oficina de Operación del Sistema de Gestión Documental, de la Dirección de Gestión Corporativa, de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda, y hasta que el titular regrese a su cargo y/o mientras se surte el proceso de provisión en caso que se genere la vacancia definitiva del empleo, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.

Artículo 10º.

Nombrar en provisionalidad en una vacante temporal a la señora JULIETH LORENA ORTÍZ TRIANA identificada con cédula de ciudadanía No. 1.019.094.296, en el empleo de carrera administrativa denominado Técnico Operativo, Código 314 Grado 04, del Despacho del Director Distrital de Tesorería de la Dirección Distrital de Tesorería, de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda, y hasta que el titular regrese a su cargo y/o mientras se surte el proceso de provisión en caso que se genere la vacancia definitiva del empleo, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.

Artículo 11º.

Nombrar en provisionalidad en una vacante temporal a la señora ALEXANDRA SÁNCHEZ DÍAZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 20.357.949, en el empleo de carrera administrativa denominado Auxiliar Administrativo, Código 407 Grado 16, Oficina de Operación del Sistema de Gestión Documental de la Dirección de Gestión Corporativa, de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda, y hasta que el titular regrese a su cargo y/o mientras se surte el proceso de provisión en caso que se genere la vacancia definitiva del empleo, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.

www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-178 • 2024 • DICIEMBRE • 30 178 Pública Clasificada

Artículo 12º.

Nombrar en provisionalidad en una vacante definitiva a la señora SUSSY MARYBEL IBAGUE SÁNCHEZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.165.580, en el empleo de carrera administrativa denominado Auxiliar Administrativo, Código 407 Grado 04, de la Subdirección de Talento Humano de la Dirección de Gestión Corporativa, de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda, y hasta que el mismo sea provisto de manera definitiva mediante el sistema de mérito, sin que este nombramiento genere derechos de carrera administrativa, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.

Artículo 13º.

Las personas nombradas mediante el presente acto administrativo, de conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, tendrán diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción de la comunicación del nombramiento para manifestar su aceptación o rechazo y diez (10) días hábiles para tomar posesión del cargo, los cuales se contarán a partir de la aceptación del nombramiento.

Parágrafo. El nombramiento y posesión a que se refiere el artículo precedente se sujetará a lo
establecido en los artículos 2.2.5.1.4 y 2.2.5.1.8 del Decreto 1083 de 2015.

Artículo 14°.

Los presentes nombramientos cuentan con saldo de apropiación presupuestal suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de factores constitutivos de salarios y contribuciones inherentes a la nómina durante la vigencia fiscal en curso.

Artículo 15°.

Comunicar a las personas relacionadas en los artículos precedentes y a los jefes de oficinas, el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Hacienda.

Artículo 16°.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y surte efectos fiscales a partir de la posesión.

Artículo 17º.

Publicar el presente acto administrativo en la página Web de la Secretaría Distrital de Hacienda.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C., a los Ana Maria Cadena Ruiz - 52698252 Firmado digitalmente por Ana Maria Cadena Ruiz - 52698252 ANA MARÍA CADENA RUÍZ Secretaria Distrital de Hacienda Janneth Milena Pacheco Baquero Firmado digitalmente por Janneth Milena Pacheco Baquero Aprobado por: Janneth Milena Pacheco Baquero– Subsecretaria General (E) _______

Firmado digitalmente por DIEGO ARMANDO CHITIVA SANCHEZ Diego Armando Chitiva Sánchez – Director de Gestión Corporativa _______ Genny Martínez Laguna Firmado digitalmente por Genny Martínez Laguna Proyectado por: Genny Mercedes Martínez Laguna – Contratista Subdirección del Talento Humano _______ www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-179 • 2024 • DICIEMBRE • 30 179 RESOLUCIÓN 526 (27 de diciembre de 2024)

“Por la cual se efectúa la liquidación del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones para la vigencia scal 2025 de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca y se dictan otras disposiciones”

EL DIRECTOR DE LA REGIÓN METROPOLITANA BOGOTÁ – CUNDINAMARCA En uso de las facultades legales y reglamentarias, en especial, las conferidas por el numeral 6 del arơculo 27 de la Ley 2199 del 2022, los arơculos 36 y 67 del Acuerdo Regional 004 del 2023; y

CONSIDERANDO:

1. Que el numeral 6 del arơculo 5 y el parágrafo 1 de arơculo 9 de la Ley 2199 de 2022 previeron la gradualidad en la implementación de las funciones y competencias de la Región Metropolitana, la cual Ɵene sus efectos en materia presupuestal.

2. Que el literal a) del numeral 6 del arơculo 21 de la Ley 2199 de 2022 establece como una de las funciones del Consejo Regional, en materia scal, “aprobar el Plan de Inversiones y el Presupuesto Anual de Rentas y Gastos de la Región Metropolitana y sus enƟdades”.

3. Que mediante Acuerdo Regional 001 de 2022 se adoptó los estatutos de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca, y en el arơculo 60 se estableció que, el régimen presupuestal a la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca le serán aplicables las reglas presupuestales contenidas en la Ley 2199 del 2022; y en lo no regulado en esta, las reglas presupuestales parƟculares dispuestas para los establecimientos públicos en el Estatuto Orgánico de Presupuesto expedido mediante Decreto Ley No. 111 de 1996 y las generales de este estatuto, en uno y en otro caso, en cuanto resulten perƟnentes y las demás normas que las modiquen.

4. Que el Consejo Regional de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca aprobó el Acuerdo Regional 023 de 2024 - “Por el cual se expide el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones para la vigencia scal 2025 de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca, sus enƟdades adscritas y se dictan otras disposiciones”; donde para la Región Metropolitana en el arơculo 1 aprobó, un presupuesto Anual de Rentas e Ingresos por la suma de CIENTO OCHENTA Y UN MIL DOSCIENTOS VEINTIOCHO MILLONES CIENTO SESENTA Y SEIS MIL PESOS M/CTE ($181.228.166.000); y en el arơculo 3 aprobó, un presupuesto Anual de Gastos de Funcionamiento e Inversión para la vigencia scal 2025 por la suma de CIENTO

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-180 • 2024 • DICIEMBRE • 30 180 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN 526 DEL 27 DE DICIEMBRE DE 2024: “Por la cual se efectúa la liquidación del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones para la vigencia scal 2025 de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca y se dictan otras disposiciones”. ________________________________________________________________________________________

OCHENTA Y UN MIL DOSCIENTOS VEINTIOCHO MILLONES CIENTO SESENTA Y SEIS MIL PESOS M/CTE ($181.228.166.000).

5. Que conforme con lo establecido en el arơculo 36 del Acuerdo Regional 004 de 15 de agosto de 2023, “Al Director de la Región Metropolitana le corresponde expedir la resolución de liquidación del presupuesto anual aprobado por el Consejo Regional, teniendo en cuenta los soportes presentados para su debate y que se tuvieron en cuenta para la aprobación, discriminando las cuentas conforme al Catálogo Integrado de Clasicación Presupuestal vigente, junto con un anexo en donde se desagreguen los gastos”.

Que, en mérito de lo expuesto, R E S U E L V E:

Artículo 1.

LIQUIDAR EL PRESUPUESTO ANUAL DE RENTAS E INGRESOS. Liquidar el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca para la vigencia scal de 2025, por la suma de CIENTO OCHENTA Y UN MIL DOSCIENTOS VEINTIOCHO MILLONES CIENTO SESENTA Y SEIS MIL PESOS M/CTE ($181.228.166.000), conforme con el siguiente detalle:

CÓDIGO DESCRIPCIÓN VALOR ($)

1 INGRESOS 181.228.166.000 1.1 INGRESOS CORRIENTES 86.829.900.000 1.1.02 INGRESOS NO TRIBUTARIOS 86.829.900.000 1.1.02.06 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 86.829.900.000 1.1.02.06.006 TRANSFERENCIAS DE OTRAS ENTIDADES DEL GOBIERNO GENERAL 86.829.900.000 1.1.02.06.006.01 APORTES NACIÓN 86.829.900.000 1.2 RECURSOS DE CAPITAL 94.398.266.000 1.2.10 RECURSOS DEL BALANCE 94.398.266.000 1.2.10.02 SUPERÁVIT FISCAL 94.398.266.000

Artículo 2.

LIQUIDAR EL PRESUPUESTO ANUAL DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO E INVERSIONES. Liquidar el Presupuesto Anual de Gastos de Funcionamiento e Inversiones de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca para la vigencia scal de 2025, por la suma CIENTO

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-181 • 2024 • DICIEMBRE • 30 181 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN 526 DEL 27 DE DICIEMBRE DE 2024: “Por la cual se efectúa la liquidación del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones para la vigencia scal 2025 de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca y se dictan otras disposiciones”. ________________________________________________________________________________________

OCHENTA Y UN MIL DOSCIENTOS VEINTIOCHO MILLONES CIENTO SESENTA Y SEIS MIL PESOS M/CTE ($181.228.166.000), conforme con el siguiente detalle:

RUBRO DESCRIPCIÓN VALOR ($)

2 GASTOS 181.228.166.000 UNIDAD EJECUTORA 01 REGION METROPOLITANA 2.1 GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 23.029.900.000 2.1.1 GASTOS DE PERSONAL 9.042.676.509 2.1.1.01 PLANTA DE PERSONAL PERMANENTE 9.042.676.509 2.1.1.01.01 FACTORES CONSTITUTIVOS DE SALARIO 6.177.606.432 2.1.1.01.01.001 FACTORES SALARIALES COMUNES 6.177.606.432 2.1.1.01.02 CONTRIBUCIONES INHERENTES A LA NÓMINA 2.392.542.426 2.1.1.01.02.001 APORTES A LA SEGURIDAD SOCIAL EN PENSIONES 631.155.300 2.1.1.01.02.002 APORTES A LA SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD 447.068.500 2.1.1.01.02.003 APORTES DE CESANTÍAS 576.576.602 2.1.1.01.02.004 APORTES A CAJAS DE COMPENSACIÓN FAMILIAR 228.096.238 2.1.1.01.02.005 APORTES GENERALES AL SISTEMA DE RIESGOS LABORALES 224.525.490 2.1.1.01.02.006 APORTES AL ICBF 171.072.176 2.1.1.01.02.007 APORTES AL SENA 114.048.120 2.1.1.01.03 REMUNERACIONES NO CONSTITUTIVAS DE FACTOR SALARIAL 472.527.651 2.1.1.01.03.001 PRESTACIONES SOCIALES 308.259.651 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-182 • 2024 • DICIEMBRE • 30 182 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN 526 DEL 27 DE DICIEMBRE DE 2024: “Por la cual se efectúa la liquidación del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones para la vigencia scal 2025 de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca y se dictan otras disposiciones”. ________________________________________________________________________________________

RUBRO DESCRIPCIÓN VALOR ($)

2.1.1.01.03.190 APOYO DE SOSTENIMIENTO PRÁCTICAS LABORALES 164.268.000 2.1.2 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS 10.903.067.937 2.1.2.01 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS 243.011.181 2.1.2.01.01 ACTIVOS FIJOS 243.011.181 2.1.2.01.01.003 MAQUINARIA Y EQUIPOS 39.248.049 2.1.2.01.01.004 ACTIVOS FIJOS NO CLASIFICADOS COMO MAQUINARIA Y EQUIPOS 7.870.860 2.1.2.01.01.005 OTROS ACTIVOS FIJOS 195.892.272 2.1.2.02 ADQUISICIONES DIFERENTES DE ACTIVOS 10.660.056.756 2.1.2.02.01 MATERIALES Y SUMINISTROS 61.761.364 35.448.482 2.1.2.02.01.002 PRODUCTOS ALIMENTICIOS, BEBIDAS Y TABACO; TEXTILES, PRENDAS DE VESTIR Y PRODUCTOS DE CUERO 23.483.891 2.1.2.02.01.003 OTROS BIENES TRANSPORTABLES (EXCEPTO PRODUCTOS METÁLICOS, MAQUINARIA Y EQUIPO)

2.1.2.02.01.004 PRODUCTOS METÁLICOS, MAQUINARIA Y EQUIPO 2.828.991 2.1.2.02.02 ADQUISICION DE SERVICIOS 10.598.295.392 2.1.2.02.02.006 750.000.000 COMERCIO Y DISTRIBUCIÓN; ALOJAMIENTO; SERVICIOS DE SUMINISTRO DE COMIDAS Y BEBIDAS; SERVICIOS DE TRANSPORTE; Y SERVICIOS DE DISTRIBUCIÓN DE ELECTRICIDAD, GAS Y AGUA 2.355.249.468 2.1.2.02.02.007 SERVICIOS FINANCIEROS Y SERVICIOS CONEXOS; SERVICIOS INMOBILIARIOS; Y SERVICIOS DE ARRENDAMIENTO Y LEASING REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-183 • 2024 • DICIEMBRE • 30 183 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN 526 DEL 27 DE DICIEMBRE DE 2024: “Por la cual se efectúa la liquidación del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones para la vigencia scal 2025 de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca y se dictan otras disposiciones”. ________________________________________________________________________________________

RUBRO DESCRIPCIÓN VALOR ($)

2.1.2.02.02.008 SERVICIOS PRESTADOS A LAS EMPRESAS Y SERVICIOS DE PRODUCCIÓN 6.941.113.093 2.1.2.02.02.009 SERVICIOS PARA LA COMUNIDAD, SOCIALES Y PERSONALES 171.932.831 2.1.2.02.02.010 VIÁTICOS DE LOS FUNCIONARIOS EN COMISIÓN 380.000.000 2.1.3 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 2.019.459.443 2.1.3.05 A ENTIDADES DEL GOBIERNO 2.000.000.000 2.1.3.05.09 A OTRAS ENTIDADES DEL GOBIERNO GENERAL 2.000.000.000 2.1.3.05.09.099 AGENCIA REGIONAL DE MOVILIDAD 2.000.000.000 2.1.3.07 PRESTACIONES PARA CUBRIR RIESGOS SOCIALES 19.459.443 2.1.3.07.02 PRESTACIONES SOCIALES RELACIONADAS CON EL EMPLEO 19.459.443 2.1.3.07.02.010 INCAPACIDADES Y LICENCIAS DE MATERNIDAD Y PATERNIDAD (NO DE PENSIONES) 19.459.443 1.064.696.111 2.1.8 GASTOS POR TRIBUTOS, TASAS, CONTRIBUCIONES, MULTAS, SANCIONES E INTERESES DE MORA 2.1.8.01 IMPUESTOS 724.912.664 2.1.8.01.14 GRAVAMEN A LOS MOVIMIENTOS FINANCIEROS 724.912.664 2.1.8.04 CONTRIBUCIONES 339.783.447 2.1.8.04.01 CUOTA DE FISCALIZACIÓN Y AUDITAJE 339.783.447 UNIDAD EJECUTORA 01 REGION METROPOLITANA 2.3 GASTOS DE INVERSIÓN 103.071.988.073 2.3.2 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS 103.071.988.073 2.3.2.01 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS 41.470.821.290 2.3.2.02 ADQUISICIÓN DE DIFERENTES ACTIVOS 61.601.166.783 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-184 • 2024 • DICIEMBRE • 30 184 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN 526 DEL 27 DE DICIEMBRE DE 2024: “Por la cual se efectúa la liquidación del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones para la vigencia scal 2025 de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca y se dictan otras disposiciones”. ________________________________________________________________________________________

RUBRO DESCRIPCIÓN VALOR ($)

BPIN 20241400230001 4.028.170.000 IMPLEMENTACIÓN Y FORTALECIMIENTO DE PROCESOS PARTICIPATIVOS INCIDENTES EN LOS ASUNTOS DE LA REGIÓN METROPOLITANA BOGOTÁ D.C. CUNDINAMARCA 2.3.2 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS 4.028.170.000 2.3.2.02 ADQUISICIÓN DE DIFERENTES ACTIVOS 4.028.170.000 2.3.2.02.02 ADQUISICIÓN DE SERVICIOS 4.028.170.000 2.3.2.02.02.008 SERVICIOS PRESTADOS A LAS EMPRESAS Y SERVICIOS DE PRODUCCIÓN 4.028.170.000 BPIN 20241400230002 26.072.588.067 FORTALECIMIENTO DE LA PLANEACIÓN TERRITORIAL Y SOCIOECONÓMICA A ESCALA METROPOLITANA DE LA REGIÓN METROPOLITANA. BOGOTÁ D.C. CUNDINAMARCA 2.3.2 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS 26.072.588.067 2.3.2.01 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS 865.790.800 2.3.2.01.01 ACTIVOS FIJOS 865.790.800 2.3.2.01.01.005 OTROS ACTIVOS FIJOS 865.790.800 2.3.2.02 ADQUISICIÓN DE DIFERENTES ACTIVOS 25.206.797.267 2.3.2.02.02 ADQUISICIÓN DE SERVICIOS 25.206.797.267 2.3.2.02.02.008 SERVICIOS PRESTADOS A LAS EMPRESAS Y SERVICIOS DE PRODUCCIÓN 25.206.797.267 BPIN 20241400230003 6.533.276.160 FORTALECIMIENTO DE LA CAPACIDAD ORGANIZACIONAL Y TECNOLÓGICA DE LA REGIÓN METROPOLITANA BOGOTÁ D.C. CUNDINAMARCA 2.3.2 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS 6.533.276.160 2.3.2.01 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS 285.000.000 2.3.2.01.01 ACTIVOS FIJOS 285.000.000 2.3.2.01.01.003 MAQUINARIA Y EQUIPOS 240.000.000 2.3.2.01.01.005 OTROS ACTIVOS FIJOS 45.000.000 2.3.2.02 ADQUISICIÓN DE DIFERENTES ACTIVOS 6.248.276.160 2.3.2.02.02 ADQUISICIÓN DE SERVICIOS 6.248.276.160 2.3.2.02.02.008 SERVICIOS PRESTADOS A LAS EMPRESAS Y SERVICIOS DE PRODUCCIÓN 6.248.276.160 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-185 • 2024 • DICIEMBRE • 30 185 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN 526 DEL 27 DE DICIEMBRE DE 2024: “Por la cual se efectúa la liquidación del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones para la vigencia scal 2025 de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca y se dictan otras disposiciones”. ________________________________________________________________________________________

RUBRO DESCRIPCIÓN VALOR ($)

BPIN 20241400230004 51.058.439.490 FORTALECER CAPACIDADES PARA LA PLANEACIÓN, EJECUCIÓN Y ARTICULACIÓN DE ESTRATEGIAS EN MATERIA DE TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS DE LA REGIÓN METROPOLITANA 2.3.2 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS 51.058.439.490 2.3.2.01 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS 40.320.030.490 2.3.2.01.01 ACTIVOS FIJOS 40.320.030.490 2.3.2.01.01.001 EDIFICACIONES Y ESTRUCTURAS 40.320.030.490 2.3.2.02 ADQUISICIÓN DE DIFERENTES ACTIVOS 10.738.409.000 2.3.2.02.02 ADQUISICIÓN DE SERVICIOS 10.738.409.000 2.3.2.02.02.008 SERVICIOS PRESTADOS A LAS EMPRESAS Y SERVICIOS DE PRODUCCIÓN 10.738.409.000 BPIN 20241400230005 15.379.514.356 FORTALECIMIENTO DE LAS CAPACIDADES PARA LA PLANEACIÓN EJECUCIÓN Y ARTICULACIÓN DE ESTRATEGIAS PARA LA SEGURIDAD ALIMENTARIA METROPOLITANA Y REGIONAL EN CUNDINAMARCA 2.3.2 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS 15.379.514.356 2.3.2.02 ADQUISICIÓN DE DIFERENTES ACTIVOS 15.379.514.356 2.3.2.02.01 MATERIALES Y SUMINISTROS 9.503.000.000 2.3.2.02.01.000 AGRICULTURA, SILVICULTURA Y PRODUCTOS DE LA PESCA 9.503.000.000 2.3.2.02.02 ADQUISICIÓN DE SERVICIOS 5.876.514.356 2.3.2.02.02.008 SERVICIOS PRESTADOS A LAS EMPRESAS Y SERVICIOS DE PRODUCCIÓN 5.876.514.356 UNIDAD EJECUTORA 02 AGENCIA REGIONAL DE MOVILIDAD 2.3 GASTOS DE INVERSIÓN 55.126.277.927 BPIN 20231400230001 55.126.277.927 ELABORACIÓN DE LOS ESTUDIOS͕ DISEÑOS Y CONSTRUCCIÓN DEL INTERCAMBIADOR VIAL EN LA INTERSECCIÓN DE LA AVENIDA MEDELLÍN (CALLE 80) CON AVENIDA LAS QUINTAS (CARRERA 119) Y LA CARRERA 120 EN BOGOTÁ D.C.

2.3.2 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS 55.126.277.927 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-186 • 2024 • DICIEMBRE • 30 186 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN 526 DEL 27 DE DICIEMBRE DE 2024: “Por la cual se efectúa la liquidación del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones para la vigencia scal 2025 de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca y se dictan otras disposiciones”. ________________________________________________________________________________________

RUBRO DESCRIPCIÓN VALOR ($)

2.3.2.01 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS 55.126.277.927 2.3.2.01.01 ACTIVOS FIJOS 55.126.277.927 2.3.2.01.01.001 EDIFICACIONES Y ESTRUCTURAS 55.126.277.927

Artículo 3.

COMUNICAR. Comunicar el presente acto administraƟvo a la Subdirección de GesƟón CorporaƟva y a los Gerentes de los Proyectos de Inversión de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca para que procedan conforme sus competencias.

Artículo 4.

PUBLICACIÓN Y VIGENCIA. La presente Resolución rige a parƟr de la fecha de su publicación de conformidad con lo establecido en los Estatutos de la Región Metropolitana.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D.C., a los veinƟsiete (27) días del mes de diciembre del año dos mil veinƟcuatro (2024).

LUIS FELIPE LOTA UIS FELIPE LOT Director ROL NOMBRES Y APELLIDOS CARGO/ROL FIRMA/Vo.Bo. Aprobó: Jennifer Bermúdez Dussán Subdirectora de GesƟón CorporaƟva Revisó: Clara Inés Márquez Vásquez Jefe Ocina Jurídica Angélica Avendaño Ortegón ContraƟsta RMBC – Despacho Proyectó: Laura Alejandra Rodríguez García ContraƟsta RMBC – Despacho Claudia Maritza Soto C. ContraƟsta RMBC – SGC, Financiera REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-187 • 2024 • DICIEMBRE • 30 187 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN 526 DEL 27 DE DICIEMBRE DE 2024: “Por la cual se efectúa la liquidación del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones para la vigencia scal 2025 de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca y se dictan otras disposiciones”. ________________________________________________________________________________________

ANEXO 1 PRESUPUESTO ANUAL DE RENTAS E INGRESOS REGIÓN METROPOLITANA BOGOTÁ – CUNDINAMARCA (Cifras en pesos corrientes)

CÓDIGO DESCRIPCIÓN VALOR ($)

1 INGRESOS* 181.228.166.000 1.1 INGRESOS CORRIENTES 86.829.900.000 1.1.02 INGRESOS NO TRIBUTARIOS 86.829.900.000 1.1.02.06 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 86.829.900.000 1.1.02.06.006 TRANSFERENCIAS DE OTRAS ENTIDADES DEL GOBIERNO GENERAL 86.829.900.000 1.1.02.06.006.01 APORTES NACIÓN 86.829.900.000 1.2 RECURSOS DE CAPITAL 94.398.266.000 1.2.10 RECURSOS DEL BALANCE 94.398.266.000 1.2.10.02 SUPERÁVIT FISCAL 94.398.266.000 ANEXO 2 PRESUPUESTO ANUAL DE GASTOS Y PLAN ANUAL DE INVERSIONES REGIÓN METROPOLITANA BOGOTÁ – CUNDINAMARCA (Cifras en pesos corrientes)

RUBRO DESCRIPCIÓN VALOR ($)

2 GASTOS 181.228.166.000 UNIDAD EJECUTORA 01 REGION METROPOLITANA 2.1 GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 23.029.900.000 2.1.1 GASTOS DE PERSONAL 9.042.676.509 2.1.1.01 PLANTA DE PERSONAL PERMANENTE 9.042.676.509 2.1.1.01.01 FACTORES CONSTITUTIVOS DE SALARIO 6.177.606.432 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-188 • 2024 • DICIEMBRE • 30 188 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN 526 DEL 27 DE DICIEMBRE DE 2024: “Por la cual se efectúa la liquidación del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones para la vigencia scal 2025 de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca y se dictan otras disposiciones”. ________________________________________________________________________________________

RUBRO DESCRIPCIÓN VALOR ($)

2.1.1.01.01.001 FACTORES SALARIALES COMUNES 6.177.606.432 2.1.1.01.01.001.01 SUELDO BÁSICO 3.480.794.436 2.1.1.01.01.001.03 GASTOS DE REPRESENTACIÓN 197.733.021 2.1.1.01.01.001.06 PRIMA DE SERVICIO 214.680.775 2.1.1.01.01.001.07 BONIFICACIÓN POR SERVICIOS PRESTADOS 107.290.384 2.1.1.01.01.001.08 PRESTACIONES SOCIALES 703.296.736 2.1.1.01.01.001.08.01 PRIMA DE NAVIDAD 475.200.498 2.1.1.01.01.001.08.02 PRIMA DE VACACIONES 228.096.238 2.1.1.01.01.001.09 PRIMA TÉCNICA SALARIAL 1.473.811.080 2.1.1.01.02 CONTRIBUCIONES INHERENTES A LA NÓMINA 2.392.542.426 2.1.1.01.02.001 APORTES A LA SEGURIDAD SOCIAL EN PENSIONES 631.155.300 2.1.1.01.02.002 APORTES A LA SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD 447.068.500 2.1.1.01.02.003 APORTES DE CESANTÍAS 576.576.602 2.1.1.01.02.004 APORTES A CAJAS DE COMPENSACIÓN FAMILIAR 228.096.238 2.1.1.01.02.005 APORTES GENERALES AL SISTEMA DE RIESGOS LABORALES 224.525.490 2.1.1.01.02.006 APORTES AL ICBF 171.072.176 2.1.1.01.02.007 APORTES AL SENA 114.048.120 2.1.1.01.03 REMUNERACIONES NO CONSTITUTIVAS DE FACTOR SALARIAL 472.527.651 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-189 • 2024 • DICIEMBRE • 30 189 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN 526 DEL 27 DE DICIEMBRE DE 2024: “Por la cual se efectúa la liquidación del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones para la vigencia scal 2025 de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca y se dictan otras disposiciones”. ________________________________________________________________________________________

RUBRO DESCRIPCIÓN VALOR ($)

2.1.1.01.03.001 PRESTACIONES SOCIALES 308.259.651 2.1.1.01.03.001.01 VACACIONES 288.921.908 2.1.1.01.03.001.03 BONIFICACIÓN ESPECIAL DE RECREACIÓN 19.337.743 2.1.1.01.03.190 APOYO DE SOSTENIMIENTO PRÁCTICAS LABORALES 164.268.000 2.1.2 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS 10.903.067.937 2.1.2.01 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS 243.011.181 2.1.2.01.01 ACTIVOS FIJOS 243.011.181 2.1.2.01.01.003 MAQUINARIA Y EQUIPOS 39.248.049 2.1.2.01.01.003.03 MAQUINARIA DE OFICINA, CONTABILIDAD E INFORMÁTICA 6.773.950 2.1.2.01.01.003.03.02 MAQUINARIA DE INFORMÁTICA Y SUS PARTES, PIEZAS Y ACCESORIOS 6.773.950 2.1.2.01.01.003.05 EQUIPO Y APARATOS DE RADIO, TELEVISIÓN Y COMUNICACIONES 32.474.099 31.168.800 2.1.2.01.01.003.05.02 APARATOS TRANSMISORES DE TELEVISIÓN Y RADIO; TELEVISIÓN, VIDEO Y CÁMARAS DIGITALES; TELÉFONOS 1.305.299 2.1.2.01.01.003.05.05 DISCOS, CINTAS, DISPOSITIVOS DE ALMACENAMIENTO EN ESTADO SÓLIDO NO VOLÁTILES Y OTROS MEDIOS, NO GRABADOS 2.1.2.01.01.004 ACTIVOS FIJOS NO CLASIFICADOS COMO MAQUINARIA Y EQUIPOS 7.870.860 2.1.2.01.01.004.01.01 MUEBLES 7.870.860 2.1.2.01.01.004.01.01.02 MUEBLES DEL TIPO UTILIZADO EN LA OFICINA 7.870.860 2.1.2.01.01.005 OTROS ACTIVOS FIJOS 195.892.272 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-190 • 2024 • DICIEMBRE • 30 190 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN 526 DEL 27 DE DICIEMBRE DE 2024: “Por la cual se efectúa la liquidación del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones para la vigencia scal 2025 de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca y se dictan otras disposiciones”. ________________________________________________________________________________________

RUBRO DESCRIPCIÓN VALOR ($)

2.1.2.01.01.005.02 PRODUCTOS DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL 195.892.272 2.1.2.01.01.005.02.03 PROGRAMAS DE INFORMÁTICA Y BASES DE DATOS 195.892.272 2.1.2.01.01.005.02.03.01 PROGRAMAS DE INFORMÁTICA 195.892.272 2.1.2.01.01.005.02.03.01.01 PAQUETES DE SOFTWARE 195.892.272 2.1.2.02 ADQUISICIONES DIFERENTES DE ACTIVOS 10.660.056.756 2.1.2.02.01 MATERIALES Y SUMINISTROS 61.761.364 35.448.482 2.1.2.02.01.002 PRODUCTOS ALIMENTICIOS, BEBIDAS Y TABACO; TEXTILES, PRENDAS DE VESTIR Y PRODUCTOS DE CUERO 16.589.926 2.1.2.02.01.00203 PRODUCTOS DE MOLINERÍA, ALMIDONES Y PRODUCTOS DERIVADOS DEL ALMIDÓN; OTROS PRODUCTOS ALIMENTICIOS 2.1.2.02.01.002032381101 CAFÉ TRILLADO EXCELSO 12.012.323 2.1.2.02.01.00203239 OTROS PRODUCTOS ALIMENTICIOS N.C.P. 4.577.603 2.1.2.02.01.00204 BEBIDAS 1.917.239 2.1.2.02.01.0020424410 AGUAS EMBOTELLADAS, SIN EDULCORANTES O AROMATIZADAS; HIELO 1.917.239 2.1.2.02.01.00207 ARTÍCULOS TEXTILES (EXCEPTO PRENDAS DE VESTIR) 913.612 2.1.2.02.01.0020727190 913.612 OTROS ARTÍCULOS ELABORADOS CON TEXTILES (INCLUYE PAÑOS PARA FREGAR PISO, PAÑOS PARA LIMPIAR PLATOS, PAÑOS PARA LIMPIAR EL POLVO Y PAÑOS DE LIMPIEZA SIMILARES, CINTURONES DE SEGURIDAD Y CHALECOS SALVAVIDAS)

2.1.2.02.01.00208 TEJIDO DE PUNTO O GANCHILLO; PRENDAS DE VESTIR 504.598 2.1.2.02.01.002082823814 CHALECOS Y PRENDAS SIMILARES DE TEJIDOS PLANOS 504.598 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-191 • 2024 • DICIEMBRE • 30 191 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN 526 DEL 27 DE DICIEMBRE DE 2024: “Por la cual se efectúa la liquidación del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones para la vigencia scal 2025 de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca y se dictan otras disposiciones”. ________________________________________________________________________________________

RUBRO DESCRIPCIÓN VALOR ($)

2.1.2.02.01.00209 CUERO Y PRODUCTOS DE CUERO; CALZADO 15.523.107 2.1.2.02.01.002092929012 PARTES Y ACCESORIOS PARA ARTÍCULOS DE PROTECCIÓN PERSONAL 15.523.107 23.483.891 2.1.2.02.01.003 OTROS BIENES TRANSPORTABLES (EXCEPTO PRODUCTOS METÁLICOS, MAQUINARIA Y EQUIPO)

2.1.2.02.01.00302 PASTA O PULPA, PAPEL Y PRODUCTOS DE PAPEL; IMPRESOS Y ARTÍCULOS SIMILARES 9.353.875 2.1.2.02.01.003023212901 PAPEL BOND 123.201 2.1.2.02.01.003023213102 PAPEL PARA SERVILLETAS, TOALLAS Y SIMILARES 822.553 2.1.2.02.01.003023215306 CAJAS DE CARTÓN LISO 96.307 2.1.2.02.01.003023219202 SOBRES DE MANILA 16.848 2.1.2.02.01.003023219302 PAPEL SANITARIO FRACCIONADO 4.007.055 2.1.2.02.01.003023219907 VASOS DE PAPEL O CARTÓN 1.587.039 2.1.2.02.01.003023219999 ARTÍCULOS N.C.P. DE PULPA DE PAPEL O CARTÓN 2.632.301 2.1.2.02.01.003023270101 LIBRETAS Y ANÁLOGOS 68.571 2.1.2.02.01.00304 QUÍMICOS BÁSICOS 63.536 2.1.2.02.01.00304 3413999 ALCOHOLES N.C.P. 63.536 5.092.648 2.1.2.02.01.00305 OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; FIBRAS ARTIFICIALES (O FIBRAS INDUSTRIALES HECHAS POR EL HOMBRE)

2.1.2.02.01.003053529901 BOTIQUINES PARA EMERGENCIA 145.209 2.1.2.02.01.003053532201 DETERGENTES EN POLVO 179.874 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-192 • 2024 • DICIEMBRE • 30 192 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN 526 DEL 27 DE DICIEMBRE DE 2024: “Por la cual se efectúa la liquidación del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones para la vigencia scal 2025 de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca y se dictan otras disposiciones”. ________________________________________________________________________________________

RUBRO DESCRIPCIÓN VALOR ($)

2.1.2.02.01.003053532202 DETERGENTES LÍQUIDOS 4.278.920 2.1.2.02.01.003053542006 PEGANTES SINTÉTICOS 60.000 2.1.2.02.01.003053549952 CINTAS Y PAPELES ESPECIALES PARA CORRECCIÓN Y BORRADO DE TEXTOS 428.645 2.1.2.02.01.00306 PRODUCTOS DE CAUCHO Y PLÁSTICO 6.937.440 2.1.2.02.01.003063626001 GUANTES DE CAUCHO 251.876 2.1.2.02.01.003063627009 CHUPAS Y ACCESORIOS DE CAUCHO PARA SANITARIOS 9.178 2.1.2.02.01.003063627018 BORRADORES DE CAUCHO 34.517 2.1.2.02.01.003063692007 CINTAS PEGANTES (TRANSPARENTES) 23.623 2.1.2.02.01.003063693001 ARTÍCULOS DE MATERIAL PLÁSTICO PARA SERVICIOS SANITARIOS 2.349.616 2.1.2.02.01.003063694002 UTENSILIOS DE MATERIAL PLÁSTICO PARA LA MESA Y COCINA 4.049.922 2.1.2.02.01.003063694003 VASOS Y JARROS DE MATERIAL PLÁSTICO 183.980 2.1.2.02.01.003063694015 ESPONJAS Y SIMILARES DE PLÁSTICO ESPUMADO FLEXIBLE 34.728 2.1.2.02.01.00307 VIDRIO Y PRODUCTOS DE VIDRIO Y OTROS PRODUCTOS NO METÁLICOS N.C.P. 198.299 2.1.2.02.01.003073719305 VASOS Y JARROS DE VIDRIO 79.325 2.1.2.02.01.003073722103 VAJILLAS DE PORCELANA 118.974 2.1.2.02.01.00308 MUEBLES; OTROS BIENES TRANSPORTABLES N.C.P. 1.838.093 2.1.2.02.01.0030838911 1.838.093 PLUMAS, ESTILÓGRAFOS PARA CALCAR, LÁPICES, PORTAPLUMAS, PORTAMINAS Y SOPORTES SIMILARES, Y SUS PARTES; LÁPICES DE COLORES, LÁPICES DE MINA, LÁPICES DE PINTURA AL PASTEL, CARBONILLAS Y TIZAS PARA DIBUJAR REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-193 • 2024 • DICIEMBRE • 30 193 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN 526 DEL 27 DE DICIEMBRE DE 2024: “Por la cual se efectúa la liquidación del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones para la vigencia scal 2025 de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca y se dictan otras disposiciones”. ________________________________________________________________________________________

RUBRO DESCRIPCIÓN VALOR ($)

2.1.2.02.01.003083891103 LAPICEROS 120.189 2.1.2.02.01.003083891104 MARCADORES DE FIELTRO Y SIMILARES 586.481 2.1.2.02.01.003083891106 LÁPICES 48.017 2.1.2.02.01.003083891107 LÁPICES DE COLORES 1.010 2.1.2.02.01.003083899302 ESCOBAS 203.457 2.1.2.02.01.003083899314 TRAPEADORES 97.536 2.1.2.02.01.003083899318 PARTES PARA ESCOBAS Y CEPILLOS 39.018 2.1.2.02.01.003083899998 ARTÍCULOS N.C.P. PARA ESCRITORIO Y OFICINA 742.385 2.1.2.02.01.004 PRODUCTOS METÁLICOS, MAQUINARIA Y EQUIPO 2.828.991 2.1.2.02.01.00402 PRODUCTOS METÁLICOS ELABORADOS (EXCEPTO MAQUINARIA Y EQUIPO) 2.337.199 2.1.2.02.01.004024291207 OLLETAS, LECHERAS, CAFETERAS Y SIMILARES, ESMALTADOS 2.184.764 2.1.2.02.01.004024291305 TIJERAS PARA ARTES Y OFICIOS 39.140 2.1.2.02.01.004024299201 MANGOS METÁLICOS 85.148 2.1.2.02.01.004024299502 CLIPS 28.147 2.1.2.02.01.00404 MAQUINARIA PARA USOS ESPECIALES 43.108 2.1.2.02.01.004044491504 MÁQUINAS DOSIFICADORAS Y MEZCLADORAS DE PLÁSTICOS 43.108 2.1.2.02.01.00405 MAQUINARIA DE OFICINA, CONTABILIDAD E INFORMÁTICA 448.684 2.1.2.02.01.004054516003 ENGRAPADORAS PARA OFICINA 223.657 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-194 • 2024 • DICIEMBRE • 30 194 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN 526 DEL 27 DE DICIEMBRE DE 2024: “Por la cual se efectúa la liquidación del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones para la vigencia scal 2025 de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca y se dictan otras disposiciones”. ________________________________________________________________________________________

RUBRO DESCRIPCIÓN VALOR ($)

2.1.2.02.01.004054516004 PERFORADORAS 89.084 2.1.2.02.01.004054516005 SACAGANCHOS 40.541 2.1.2.02.01.0040545272 UNIDADES REMOVIBLES DE ALMACENAMIENTO 95.402 2.1.2.02.02 ADQUISICION DE SERVICIOS 10.598.295.392 2.1.2.02.02.006 750.000.000 COMERCIO Y DISTRIBUCIÓN; ALOJAMIENTO; SERVICIOS DE SUMINISTRO DE COMIDAS Y BEBIDAS; SERVICIOS DE TRANSPORTE; Y SERVICIOS DE DISTRIBUCIÓN DE ELECTRICIDAD, GAS Y AGUA 2.1.2.02.02.00604 SERVICIO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS 750.000.000 2.1.2.02.02.0060464114 SERVICIOS DE TRANSPORTE TERRESTRE ESPECIAL LOCAL DE PASAJEROS 700.000.000 2.1.2.02.02.0060464241 SERVICIOS DE TRANSPORTE AÉREO DE PASAJEROS, EXCEPTO LOS SERVICIOS DE AEROTAXI 50.000.000 2.355.249.468 2.1.2.02.02.007 SERVICIOS FINANCIEROS Y SERVICIOS CONEXOS; SERVICIOS INMOBILIARIOS; Y SERVICIOS DE ARRENDAMIENTO Y LEASING 2.1.2.02.02.00701 SERVICIOS FINANCIEROS Y SERVICIOS CONEXOS 75.000.000 2.1.2.02.02.0070171355 SERVICIOS DE SEGUROS GENERALES DE RESPONSABILIDAD CIVIL 25.000.000 2.1.2.02.02.0070171359 OTROS SERVICIOS DE SEGUROS DISTINTOS DE LOS SEGUROS DE VIDA N.C.P. 50.000.000 2.1.2.02.02.00702 SERVICIOS INMOBILIARIOS 2.280.249.468 2.1.2.02.02.0070272112 2.066.887.878 SERVICIOS DE ALQUILER O ARRENDAMIENTO CON O SIN OPCIÓN DE COMPRA, RELATIVOS A BIENES INMUEBLES NO RESIDENCIALES (DIFERENTES A VIVIENDA), PROPIOS O ARRENDADOS 213.361.590 2.1.2.02.02.0070272212 SERVICIOS DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES INMUEBLES NO RESIDENCIALES (DIFERENTES A VIVIENDA) A COMISIÓN O POR CONTRATO REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-195 • 2024 • DICIEMBRE • 30 195 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN 526 DEL 27 DE DICIEMBRE DE 2024: “Por la cual se efectúa la liquidación del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones para la vigencia scal 2025 de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca y se dictan otras disposiciones”. ________________________________________________________________________________________

RUBRO DESCRIPCIÓN VALOR ($)

2.1.2.02.02.008 SERVICIOS PRESTADOS A LAS EMPRESAS Y SERVICIOS DE PRODUCCIÓN 6.941.113.093 2.1.2.02.02.00802 SERVICIOS JURÍDICOS Y CONTABLES 1.571.640.000 2.1.2.02.02.0080282199 OTROS SERVICIOS JURÍDICOS N.C.P. 1.571.640.000 2.1.2.02.02.00803 4.931.378.100 SERVICIOS PROFESIONALES, CIENTÍFICOS Y TÉCNICOS (EXCEPTO LOS SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN, URBANISMO, JURÍDICOS Y DE CONTABILIDAD)

2.1.2.02.02.0080383111 SERVICIOS DE CONSULTORÍA EN GESTIÓN ESTRATÉGICA 3.422.501.200 2.1.2.02.02.0080383112 SERVICIOS DE CONSULTORÍA EN GESTIÓN FINANCIERA 770.100.000 2.1.2.02.02.0080383113 SERVICIOS DE CONSULTORÍA EN ADMINISTRACIÓN DEL RECURSO HUMANO 357.000.000 2.1.2.02.02.0080383115 SERVICIOS DE CONSULTORÍA EN GESTIÓN ADMINISTRATIVA 302.552.900 2.1.2.02.02.0080383132 SERVICIOS DE SOPORTE EN TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN (TI) 66.000.000 2.1.2.02.02.0080383990 OTROS SERVICIOS PROFESIONALES, TÉCNICOS Y EMPRESARIALES N.C.P. 13.224.000 2.1.2.02.02.00804 SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES, TRANSMISIÓN Y SUMINISTRO DE INFORMACIÓN 195.861.352 2.1.2.02.02.0080484120 SERVICIO TELEFONIA FIJA ( ACCESO) 4.635.720 2.1.2.02.02.0080484131 SERVICIOS MÓVILES DE VOZ 13.798.512 2.1.2.02.02.0080484222 SERVICIOS DE ACCESO A INTERNET DE BANDA ANCHA 100.927.120 2.1.2.02.02.0080484399 OTROS SERVICIOS DE CONTENIDOS EN LÍNEA (ON- LINE) N.C.P. 76.500.000 2.1.2.02.02.00805 SERVICIOS DE SOPORTE 164.283.186 2.1.2.02.02.0080585250 SERVICIOS DE PROTECCIÓN (GUARDAS DE SEGURIDAD) 58.125.600 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-196 • 2024 • DICIEMBRE • 30 196 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN 526 DEL 27 DE DICIEMBRE DE 2024: “Por la cual se efectúa la liquidación del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones para la vigencia scal 2025 de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca y se dictan otras disposiciones”. ________________________________________________________________________________________

RUBRO DESCRIPCIÓN VALOR ($)

2.1.2.02.02.0080585330 SERVICIO DE LIMPIEZA GENERAL 86.157.586 2.1.2.02.02.0080585961 SERVICIOS DE ORGANIZACIÓN Y ASISTENCIA DE CONVENCIONES 20.000.000 77.950.455 2.1.2.02.02.00806 SERVICIOS DE APOYO Y DE OPERACIÓN PARA LA AGRICULTURA, LA CAZA, LA SILVICULTURA, LA PESCA, LA MINERÍA Y LOS SERVICIOS PÚBLICOS 2.1.2.02.02.0080686312 SERVICIO DE DISTRIBUCIÓN DE ELECTRICIDAD ( A COMISIÓN O POR CONTRATO) 52.891.372 2.1.2.02.02.0080686330 SERVICIO DE DISTRIBUCIÓN DE AGUA POR TUBERIA ( A COMISIÓN O POR CONTRATO) 25.059.083 2.1.2.02.02.009 SERVICIOS PARA LA COMUNIDAD, SOCIALES Y PERSONALES 171.932.831 2.1.2.02.02.00902 SERVICIOS DE EDUCACIÓN 10.530.000 2.1.2.02.02.009029291 OTROS SERVICIOS DE LA EDUCACIÓN Y LA FORMACIÓN 10.530.000 24.512.831 2.1.2.02.02.00904 SERVICIOS DE ALCANTARILLADO, RECOLECCIÓN, TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN DE DESECHOS Y OTROS SERVICIOS DE SANEAMIENTO AMBIENTAL 2.1.2.02.02.0090494110 SERVICIOS DE ALCANTARILLADO Y TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES 19.147.646 2.1.2.02.02.0090494239 SERVICIOS GENERALES DE RECOLECCIÓN DE OTROS DESECHOS 5.365.185 2.1.2.02.02.00906 SERVICIOS RECREATIVOS, CULTURALES Y DEPORTIVOS 136.890.000 2.1.2.02.02.0090696590 OTROS SERVICIOS DEPORTIVOS Y RECREATIVOS 136.890.000 2.1.2.02.02.010 VIÁTICOS DE LOS FUNCIONARIOS EN COMISIÓN 380.000.000 2.1.3 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 2.019.459.443 2.1.3.05 A ENTIDADES DEL GOBIERNO 2.000.000.000 2.1.3.05.09 A OTRAS ENTIDADES DEL GOBIERNO GENERAL* 2.000.000.000 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-197 • 2024 • DICIEMBRE • 30 197 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN 526 DEL 27 DE DICIEMBRE DE 2024: “Por la cual se efectúa la liquidación del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones para la vigencia scal 2025 de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca y se dictan otras disposiciones”. ________________________________________________________________________________________

RUBRO DESCRIPCIÓN VALOR ($)

2.1.3.05.09.099 AGENCIA REGIONAL DE MOVILIDAD* 2.000.000.000 2.1.3.07 PRESTACIONES PARA CUBRIR RIESGOS SOCIALES 19.459.443 2.1.3.07.02 PRESTACIONES SOCIALES RELACIONADAS CON EL EMPLEO 19.459.443 2.1.3.07.02.010 INCAPACIDADES Y LICENCIAS DE MATERNIDAD Y PATERNIDAD (NO DE PENSIONES) 19.459.443 1.064.696.111 2.1.8 GASTOS POR TRIBUTOS, TASAS, CONTRIBUCIONES, MULTAS, SANCIONES E INTERESES DE MORA 2.1.8.01 IMPUESTOS 724.912.664 2.1.8.01.14 GRAVAMEN A LOS MOVIMIENTOS FINANCIEROS 724.912.664 2.1.8.04 CONTRIBUCIONES 339.783.447 2.1.8.04.01 CUOTA DE FISCALIZACIÓN Y AUDITAJE 339.783.447 UNIDAD EJECUTORA 01 REGION METROPOLITANA* 2.3 GASTOS DE INVERSIÓN 103.071.988.073 2.3.2 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS 103.071.988.073 2.3.2.01 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS 41.470.821.290 2.3.2.02 ADQUISICIÓN DE DIFERENTES ACTIVOS 61.601.166.783 BPIN 20241400230001 4.028.170.000 IMPLEMENTACIÓN Y FORTALECIMIENTO DE PROCESOS PARTICIPATIVOS INCIDENTES EN LOS ASUNTOS DE LA REGIÓN METROPOLITANA BOGOTÁ D.C. CUNDINAMARCA 2.3.2 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS 4.028.170.000 2.3.2.02 ADQUISICIÓN DE DIFERENTES ACTIVOS 4.028.170.000 2.3.2.02.02 ADQUISICIÓN DE SERVICIOS 4.028.170.000 2.3.2.02.02.008 SERVICIOS PRESTADOS A LAS EMPRESAS Y SERVICIOS DE PRODUCCIÓN 4.028.170.000 2.3.2.02.02.00803 SERVICIOS PROFESIONALES, CIENTÍFICOS Y TÉCNICOS (EXCEPTO LOS SERVICIOS DE 2.303.332.300 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-198 • 2024 • DICIEMBRE • 30 198 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN 526 DEL 27 DE DICIEMBRE DE 2024: “Por la cual se efectúa la liquidación del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones para la vigencia scal 2025 de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca y se dictan otras disposiciones”. ________________________________________________________________________________________

RUBRO DESCRIPCIÓN VALOR ($)

INVESTIGACIÓN, URBANISMO, JURÍDICOS Y DE CONTABILIDAD) 2.3.2.02.02.00805 SERVICIOS DE SOPORTE 1.724.837.700 BPIN 20241400230002 26.072.588.067 FORTALECIMIENTO DE LA PLANEACIÓN TERRITORIAL Y SOCIOECONÓMICA A ESCALA METROPOLITANA DE LA REGIÓN METROPOLITANA. BOGOTÁ D.C. CUNDINAMARCA 2.3.2 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS 26.072.588.067 2.3.2.01 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS 865.790.800 2.3.2.01.01 ACTIVOS FIJOS 865.790.800 2.3.2.01.01.005 OTROS ACTIVOS FIJOS 865.790.800 2.3.2.01.01.00502 PRODUCTOS DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL 865.790.800 2.3.2.02 ADQUISICIÓN DE DIFERENTES ACTIVOS 25.206.797.267 2.3.2.02.02 ADQUISICIÓN DE SERVICIOS 25.206.797.267 2.3.2.02.02.008 SERVICIOS PRESTADOS A LAS EMPRESAS Y SERVICIOS DE PRODUCCIÓN 25.206.797.267 2.3.2.02.02.00803 25.206.797.267 SERVICIOS PROFESIONALES, CIENTÍFICOS Y TÉCNICOS (EXCEPTO LOS SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN, URBANISMO, JURÍDICOS Y DE CONTABILIDAD)

BPIN 20241400230003 6.533.276.160 FORTALECIMIENTO DE LA CAPACIDAD ORGANIZACIONAL Y TECNOLÓGICA DE LA REGIÓN METROPOLITANA BOGOTÁ D.C. CUNDINAMARCA 2.3.2 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS 6.533.276.160 2.3.2.01 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS 285.000.000 2.3.2.01.01 ACTIVOS FIJOS 285.000.000 2.3.2.01.01.003 MAQUINARIA Y EQUIPOS 240.000.000 2.3.2.01.01.00303 MAQUINARIA DE OFICINA, CONTABILIDAD E INFORMÁTICA 240.000.000 2.3.2.01.01.005 OTROS ACTIVOS FIJOS 45.000.000 2.3.2.01.01.00502 PRODUCTOS DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL 45.000.000 2.3.2.02 ADQUISICIÓN DE DIFERENTES ACTIVOS 6.248.276.160 2.3.2.02.02 ADQUISICIÓN DE SERVICIOS 6.248.276.160 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-199 • 2024 • DICIEMBRE • 30 199 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN 526 DEL 27 DE DICIEMBRE DE 2024: “Por la cual se efectúa la liquidación del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones para la vigencia scal 2025 de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca y se dictan otras disposiciones”. ________________________________________________________________________________________

RUBRO DESCRIPCIÓN VALOR ($)

2.3.2.02.02.008 SERVICIOS PRESTADOS A LAS EMPRESAS Y SERVICIOS DE PRODUCCIÓN 6.248.276.160 2.3.2.02.02.00803 6.248.276.160 SERVICIOS PROFESIONALES, CIENTÍFICOS Y TÉCNICOS (EXCEPTO LOS SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN, URBANISMO, JURÍDICOS Y DE CONTABILIDAD)

BPIN 20241400230004 51.058.439.490 FORTALECER CAPACIDADES PARA LA PLANEACIÓN, EJECUCIÓN Y ARTICULACIÓN DE ESTRATEGIAS EN MATERIA DE TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS DE LA REGIÓN METROPOLITANA 2.3.2 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS 51.058.439.490 2.3.2.01 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS 40.320.030.490 2.3.2.01.01 ACTIVOS FIJOS 40.320.030.490 2.3.2.01.01.001 EDIFICACIONES Y ESTRUCTURAS 40.320.030.490 2.3.2.01.01.00103 OTRAS ESTRUCTURAS 40.320.030.490 2.3.2.02 ADQUISICIÓN DE DIFERENTES ACTIVOS 10.738.409.000 2.3.2.02.02 ADQUISICIÓN DE SERVICIOS 10.738.409.000 2.3.2.02.02.008 SERVICIOS PRESTADOS A LAS EMPRESAS Y SERVICIOS DE PRODUCCIÓN 10.738.409.000 2.3.2.02.02.00803 10.738.409.000 SERVICIOS PROFESIONALES, CIENTÍFICOS Y TÉCNICOS (EXCEPTO LOS SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN, URBANISMO, JURÍDICOS Y DE CONTABILIDAD)

BPIN 20241400230005 15.379.514.356 FORTALECIMIENTO DE LAS CAPACIDADES PARA LA PLANEACIÓN EJECUCIÓN Y ARTICULACIÓN DE ESTRATEGIAS PARA LA SEGURIDAD ALIMENTARIA METROPOLITANA Y REGIONAL EN CUNDINAMARCA 2.3.2 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS 15.379.514.356 2.3.2.02 ADQUISICIÓN DE DIFERENTES ACTIVOS 15.379.514.356 2.3.2.02.01 MATERIALES Y SUMINISTROS 9.503.000.000 2.3.2.02.01.000 AGRICULTURA, SILVICULTURA Y PRODUCTOS DE LA PESCA 9.503.000.000 2.3.2.02.01.00001 PRODUCTOS DE LA AGRICULTURA Y LA HORTICULTURA 9.503.000.000 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-200 • 2024 • DICIEMBRE • 30 200 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN 526 DEL 27 DE DICIEMBRE DE 2024: “Por la cual se efectúa la liquidación del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones para la vigencia scal 2025 de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca y se dictan otras disposiciones”. ________________________________________________________________________________________

RUBRO DESCRIPCIÓN VALOR ($)

2.3.2.02.02 ADQUISICIÓN DE SERVICIOS 5.876.514.356 2.3.2.02.02.008 SERVICIOS PRESTADOS A LAS EMPRESAS Y SERVICIOS DE PRODUCCIÓN 5.876.514.356 2.3.2.02.02.00803 5.876.514.356 SERVICIOS PROFESIONALES, CIENTÍFICOS Y TÉCNICOS (EXCEPTO LOS SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN, URBANISMO, JURÍDICOS Y DE CONTABILIDAD)

UNIDAD EJECUTORA 02 AGENCIA REGIONAL DE MOVILIDAD* 2.3 GASTOS DE INVERSIÓN 55.126.277.927 BPIN 20231400230001 55.126.277.927 ELABORACIÓN DE LOS ESTUDIOS͕ DISEÑOS Y CONSTRUCCIÓN DEL INTERCAMBIADOR VIAL EN LA INTERSECCIÓN DE LA AVENIDA MEDELLÍN (CALLE 80) CON AVENIDA LAS QUINTAS (CARRERA 119) Y LA CARRERA 120 EN BOGOTÁ D.C.

2.3.2 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS 55.126.277.927 2.3.2.01 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS 55.126.277.927 2.3.2.01.01 ACTIVOS FIJOS 55.126.277.927 2.3.2.01.01.001 EDIFICACIONES Y ESTRUCTURAS 55.126.277.927 2.3.2.01.01.00103 OTRAS ESTRUCTURAS 55.126.277.927 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-201 • 2024 • DICIEMBRE • 30 201 RESOLUCiÓN REGLAMENTARIA ° Código Formato PGD-10.01 O' CON! Jv\lOItIA Versión: 2.0 III!<III,O!A Ol "Por la cual se adopta una nueva versión de las Caracterizaciones de los Procesos de la Contraloria de Bogotá O. C. y se dictan otras disposiciones"

EL CONTRALOR DE BOGOTÁ D.C.

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial, las conferidas en el Acuerdo Distrital 658 de 20161, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 269 de la Constitución Política de Colombia, establece como obligación de las autoridades, diseñar y aplicar en las entidades públícas, métodos y procedimientos de control interno, según la naturaleza de sus funciones, de conformídad con lo que disponga la ley.

Que en los literales b) y 1) del articulo 4 de la Ley 87 de 19932, se establece en la implementación de elementos del sistema de control interno institucional, la definición de políticas como guías de acción y procedimientos para la ejecución de procesos, así como la simplificación y actualización de normas y procedimientos.

Que el Acuerdo Distrital658 de 2016, regula en el artículo 6° la autonomía administrativa, en virtud de la cual, corresponde a la Contraloría de Bogotá D.C., definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones en armonia con los principios consagrados en la Constitución, las leyes y los Acuerdos vigentes.

Que el numeral 9° del artículo 38 del precitado Acuerdo, establece que la Dirección de Planeación debe "Realizar estudios, propuestas e investigaciones de carácter técnico sobre desarrollo administrativo, métodos de trabajo, simplificación,, ModIficado parcialmente por los Acuerdos Dislrilales 664 de 2017. 881, 886 Y 904 de 2023.

2 Por la cual se establecen normas para el ejercicio de control interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones www.contraloriabo90ta.90v.co Carrera 32 A N" 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 33588888 Página 1 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-202 • 2024 • DICIEMBRE • 30 202, RESOLUCiÓN REGLAMENTARIA N° DE) ~. 024 Código Formato PGO-10-01 "Por la cual se adopta una nueva versión de las Caracterizaciones de los Procesos de la Contraloria de Bogotá D.C. y se dictan otras Versión: 20 [ll ~O{;(lT~1)" disposiciones" o CONllV\ll~lIA agilización y modernización de trámites y procedimientos y demás asuntos relacionados con la organización, tendientes al mejoramiento de la gestión y de los sistemas implementados en la Entidad".

Que mediante Resolución Reglamentaria No. 038 del 8 de octubre de 2018, se actualizó el Modelo Estándar de Control Interno - MECI en la Contraloria de Bogotá D.C., con el fin de incorporar la estructura definida para la dimensión 7 - Control Interno, del Manual Operativo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG.

Que mediante la Resolución Reglamentaria No. 027 del 13 de octubre de 2023, se adoptaron al interior de la entidad las caracterizaciones de los procesos de Direccionamiento Estratégico - DE, Participación Ciudadana y Comunicación con Partes Interesadas - PCCPI, Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal- VCGF, Responsabilidad Fiscal y Jurisdicción Coactiva - RFJC, Gestión Juridica - GJ, Gestión del Talento Humano - GTH, Gestión Administrativa y Financiera - GAF, Gestión de Tecnologias de la Información - GTI, Gestión Documental- GD y Evaluación y Mejora -EM.

Que mediante la Resolución Reglamentaria No. 002 del 11 de enero de 2024, se adoptó la versión 14.0 de la caracterización del proceso de Estudios de Economia y Política Pública - PEEPP.

Que en desarrollo del proceso de auditoria interna realizado al Sistema de Gestión de Calidad - SIG vigencia 2024, se evidenciaron oportunidades de mejora frente al fortalecimiento de los requisitos aplicables a los procesos de la entidad de la norma NTC ISO 9001 de 2015, en lo relacionado con temas de planificación y control. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 33588888 Página 2 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-203 • 2024 • DICIEMBRE • 30 203 1') -r '" 1. n e," DE L ¡;¡,!..

RESOLUCiÓN REGLAMENTARIA N° Código Formato PGD-10.01 CONTRAl.?IÜA "Por la cual se adopta una nueva versión de las Caracterizaciones de los Procesos de la Contraloría de Bogotá O.C. y se dictan otras Versión: 2.0 disposiciones"

Que la Dirección de Planeación en el marco del ciclo de mejora continua determinó necesario actualizar las once (11) caracterizaciones de proceso del Sistema Integrado de Gestión y demás aspectos técnicos pertinentes.

Que en mérito de lo expuesto, el Contralor de Bogotá D.C.,

RESUELVE:

ARTíCULO PRIMERO: Adoptar la nueva versión de los siguientes documentos del Sistema Integrado de Gestión - SIG:

No. DOCUMENTO CODIGO VERSION 1 Caracterización Proceso Direccionamiento Estratégico PDE-01 15.0 Caracterización Proceso Participación Ciudadana y PPCCPI- 2 14.0 Comunicación con Partes Interesadas 01 3 Caracterización Proceso Estudios de Economia y PEEPP-01 15.0 Politica Pública 4 Caracterización Proceso Vigilancia y Control a la PVCGF-01 17.0 Gestión Fiscal 5 Caracterización Proceso Responsabilidad Fiscal y PRFJC-01 15.0 Jurisdicción Coactiva 6 Caracterización Proceso Gestión Jurídica PGJ-01 6.0 7 Caracterización Proceso Gestión del Talento Humano PGTH-01 13.0 8 Caracterización Proceso Gestión Administrativa y PGAF-01 12.0 Financiera www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A W 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 33588888 Página 3 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-204 • 2024 • DICIEMBRE • 30 204 l RESOLUCiÓN REGLAMENTARIA N° Código Formato PGD.1O-01 o CON I RALORIA Versión: 2.0 "Por la cual se adopta una nueva versión de las Caracterizaciones de los Procesos de la Contraloria de Bogotá D.C. y se dictan otras 1'1 1'(110111" 1)( disposiciones"

No. DOCUMENTO CODIGO VERSION 9 Caracterización Proceso Gestión de Tecnologias de la PGTI-01 6.0 Información 10 Caracterización Proceso Gestión Documental PGD-01 6.0 11 Caracterización Proceso Evaluación y Mejora PEM-01 11.0 ARTíCULO SEGUNDO: Es responsabilidad de los directores, subdirectores, jefes de oficina y gerentes de la Contraloría de Bogotá D.C., velar por la divulgación y cumplimiento de los documentos adoptados.

ARTíCULO TERCERO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial, la Resolución Reglamentaria No. 027 del 13 de octubre de 2023 y el numeral 2 del artículo 2 de la Resolución Reglamentaria No. 002 del 11 de enero de 2024.

PUBlíQUESE, COMUNíQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C., 1c.

Contralor de Bogotá D., Proyectó" Revisión Técnica: Revisión Jurídica"

Ana Esther Tovar Porras - Dirección de Planeación t:f"J -"" Sandra Patricia Boh6rquez González -Dirección de Planeación.::.;.:-•..:Z Osea, Oe,aldo Arias Eseam;na - Di'occ,6n JU'idl~J <ál.

Johan Humberto Neira Chacón - Dirección de Apoyo al Despacho (EF) ~ Aprobó"

Registro Oislrital N° www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N' 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 33588888 Página 4 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-205 • 2024 • DICIEMBRE • 30 205 Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión: 15.0 Caracterización de Proceso Direccionamiento Estratégico - PDE

4. contexto de la organización

5. Liderazgo

6. Planificación

7.3 Toma de conciencia 7.5 Información documentada 9.1 Seguimiento, medición, análisis y evaluación 9.1.1 Generalidades Definir y difundir la orientación estratégica de la Contraloría de Bogotá para el logro de los objetivos y El Proceso de Direccionamiento Estratégico inicia con la elaboración del contexto de la organización metas institucionales, incorporando revisiones periódicas para ajustarla a los cambios del entorno y al desarrollo de las funciones de la Entidad y termina con la implementación de las acciones de mejora establecidas en el Plan de Mejoramiento.

Norma Numeral ISO 9001:2015 Tipo de Proceso: Estratégico Dependencias que Integran el Proceso: 10000 - Despacho del Contralor 20000 - Despacho del Contralor Auxiliar 30000 - Dirección de Planeación Objetivo del Proceso:

Alcance del Proceso:

Base Legal: Las normas externas e internas que aplican al proceso, se puntualizan en los procedimientos respectivos.

Requisitos que aplican al proceso SGC: www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 1 de 14 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-206 • 2024 • DICIEMBRE • 30 206 Organismos de Control Otras partes interesadas Procesos del SIG Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión: 15.0 Contexto de la Organización - DOFA Plan Estratégico Institucional - PEI Proceso Salida Claves del Actualizar el contexto de la organización (DOFA)

Formular y difundir el direccionamiento Caracterización de Proceso Direccionamiento Estratégico - PDE organización estructura de la Contraloría de Bogotá D.C.

Contralor ✓ Requisitos contexto de la ✓ Acuerdo que define la ✓ Propuesta programática del ✓ Contexto de la organización 9.1.3 Análisis y evaluación 9.3 Revisión por la dirección Normas ISO Partes Interesadas Pertinentes Norma Numeral Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas

10. Mejora

Descripción del Proceso1: P: Planear; H: Hacer; V: Verificar; A: Actuar.

Interno Externo Interno Externo 1 Un proceso es un conjunto de actividades mutuamente relacionadas que utilizan las entradas para proporcionar resultados, las cuales se gestionan bajo el enfoque de procesos a través del ciclo PHVA. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 2 de 14 Concejo de Bogotá Proceso Direccionamiento Estratégico 1 2 Nº Entradas Actividades P H V A P P Procesos del SIG ✓ DOFA por proceso P estratégico P REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-207 • 2024 • DICIEMBRE • 30 207 Organismos de Control Otras partes interesadas Proceso Direccionamiento Estratégico Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión: 15.0 Lineamientos de la Proceso Salida Claves del Elaborar los lineamientos de la Alta Dirección como insumos para la planificación estratégica de la Entidad.

Formular actividades estratégicas para elaborar:

Caracterización de Proceso Sistema de Gestión de la Calidad Direccionamiento Estratégico - PDE PEI.

(Vigencia anterior)

Sistema Integrado de Gestión.

AGR PEI Dirección de Gestión ✓ Plan Estratégico Institucional – ✓ Plan de Acción Institucional.

✓ Informe de Gestión del ✓ Informe Auditoría Externa al ✓ Informe de Certificación de la ✓ Informes de auditoría ✓ Plan Estratégico Institucional - ✓ Lineamientos de la Alta ✓ Informe del Sistema Integrado Firma Certificadora Auditoría General de la República - AGR Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas Interno Externo Interno Externo www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 3 de 14 Proceso Direccionamiento Estratégico y Mejora ✓ Informes de Auditoría Proceso Direccionamiento Estratégico 3 Nº Entradas Actividades P H V A P Alta Dirección Procesos del SIG P Proceso Evaluación P 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-208 • 2024 • DICIEMBRE • 30 208 Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión: 15.0 Plan de Acción del proceso Mapa de Riesgos del proceso Proceso Salida Claves del Plan de Acción del proceso Mapa de Riesgos del proceso Caracterización de Proceso Direccionamiento Estratégico - PDE (DOFA del proceso) formulados. daño antijurídico y defensa litigiosa. necesario para la operación y control eficaz de los procesos. adecuado. la operación de los procesos.

Sistema de Gestión - SG.

Sistema de Gestión de la Calidad.

✓ Contexto de la organización ✓ Proyectos de Inversión ✓ Políticas de prevención del ✓ Talento humano competente, ✓ Ambiente de trabajo ✓ Informe de auditoría interna al ✓ Informes de auditoría interna ✓ Informe Auditoría Externa al ✓ Infraestructura necesaria para Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas Interno Externo Interno Externo www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 4 de 14 Proceso Gestión Jurídica Talento Humano Proceso Gestión Administrativa y Financiera y Mejora Nº Entradas Actividades P H V A P P Proceso Gestión del P P Proceso Evaluación P Firma Certificadora REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-209 • 2024 • DICIEMBRE • 30 209 Organismos de Control Otras partes interesadas Organismos de Control Otras partes Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión: 15.0 Plan de Acción Institucional.

Mapa de Riesgos Institucional.

Proceso Salida Claves del de Acción Institucional.

Consolidar el Mapa de Riesgos Institucional.

Caracterización de Proceso Direccionamiento Estratégico - PDE AGR.

Documental. aplicaciones y herramientas de TI en producción.

PEI Consolidar el Plan Documental. formulado según lineamientos de la alta dirección.

Documental.

✓ Informe de Certificación de la ✓ Informes de auditoría.

✓ Sistemas de información, ✓ Mapa de Riesgos del proceso Auditoría General de la República - AGR ✓ Plan Estratégico Institucional - Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas Interno Externo Interno Externo www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 5 de 14 Documental.

✓ Instrumentos para la Gestión Proceso Gestión Tecnologías de la Información Proceso Direccionamiento Estratégico Documental ✓ Instrumentos para la Gestión Procesos del SIG Documental ✓ Instrumentos para la Gestión 5 6 Nº Entradas Actividades P H V A P P Proceso Gestión P H H Procesos del SIG ✓ Plan de Acción del proceso.

H Proceso Gestión H interesadas H Proceso Gestión REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-210 • 2024 • DICIEMBRE • 30 210 Organismos de Control Otras partes interesadas Control Procesos del SIG Organismos de Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión: 15.0 Programa de Transparencia y Ética Pública.

Resultados de Revisión por la Dirección Proceso Salida Claves del Elaborar el Programa de Transparencia y Ética Pública.

Efectuar Revisión por la Dirección al SIG Caracterización de Proceso Direccionamiento Estratégico - PDE Dirección. del Programa de Transparencia y Ética Pública implementar el Programa de Transparencia y Ética Pública.

Documental. por la Dirección Dirección para la Revisión por la Dirección del SIG. del SIG.

✓ Actividades por componente ✓ Estrategias para la ✓ Lineamientos de la Alta ✓ Informe del Sistema Integrado ✓ Lineamientos de la Alta Presidencia de la República – Secretaría de Transparencia (normativa aplicable)

Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas Interno Externo Interno Externo www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 6 de 14 Proceso Direccionamiento Estratégico Documental ✓ Instrumentos para la Gestión Norma ISO ✓ Requisitos para la Revisión Proceso Direccionamiento Estratégico.

7 8 Nº Entradas Actividades P H V A H H H Proceso Gestión H H REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-211 • 2024 • DICIEMBRE • 30 211 Secretaría Distrital de Planeación – SDP Departamento Nacional de Planeación – DNP Secretaría Distrital de Procesos del SIG Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión: 15.0 Proyectos de Inversión formulados Proceso Salida Claves del Formular los proyectos de inversión Caracterización de Proceso Direccionamiento Estratégico - PDE de la medición de la satisfacción de los clientes Documental. entes competentes.

✓ Informe sobre los resultados ✓ Directrices impartidas por Secretaría Distrital de Planeación – SDP Departamento Nacional de Planeación – DNP Secretaría Distrital de Hacienda – SDH Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas Interno Externo Interno Externo www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 7 de 14 Proceso Participación Ciudadana y Comunicación con Partes Interesadas Documental ✓ Instrumentos para la Gestión Nº Entradas Actividades P H V A H H Proceso Gestión H 9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-212 • 2024 • DICIEMBRE • 30 212 Hacienda – SDH Secretaría Distrital de Hacienda - interesadas Proceso Gestión Administrativa y Financiera Partes Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión: 15.0 Anteproyecto de presupuesto firmado Resolución de distribución del presupuesto aprobado Pronunciamiento comunicado Procesos Sancionatorios comunicados (2da instancia)

Proceso Salida Claves del Revisar y firmar el anteproyecto de presupuesto Emitir Resolución de distribución del presupuesto Considerar y firmar:

Pronunciamientos Proceso Administrativo Sancionatorio (2da instancia)

Caracterización de Proceso Direccionamiento Estratégico - PDE presupuesto aprobado Administrativo Sancionatorio (2da instancia)

✓ Directrices impartidas ✓ Decreto de liquidación del ✓ Proyecto de Pronunciamiento ✓ Proyecto de Proceso Secretaría Distrital de Hacienda - SDH ✓ Anteproyecto de presupuesto Concejo de Bogotá Secretaría Distrital de Hacienda - SDH ✓ Proyecto de Pronunciamiento Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas Interno Externo Interno Externo www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 8 de 14 Proceso Gestión Administrativa y Financiera Proceso de Estudios de Economía y Política Pública Proceso de Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal Nº Entradas Actividades 10 12 P H V A H SDH H H 11 H H REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-213 • 2024 • DICIEMBRE • 30 213 Partes interesadas Organismos de Control Servidores públicos de la Contraloría de Bogotá D. C.

Proceso Direccionamiento Estratégico Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión: 15.0 Autos de responsabilidad fiscal (2da instancia) comunicados Actos administrativos comunicados Fallo comunicado Informe del Sistema Integrado de Gestión - SIG Proceso Salida Claves del Autos de Responsabilidad Fiscal (2da instancia)

Actos administrativos Fallo disciplinario sancionatorio Informe del Caracterización de Proceso Direccionamiento Estratégico - PDE Administrativo Sancionatorio (2da instancia). responsabilidad fiscal (2da instancia). revisión de legalidad. institucional. sancionatorio originado en el Proceso Disciplinario.

✓ Recursos Proceso ✓ Recurso auto de ✓ Concepto jurídico o de ✓ Concepto sobre posición ✓ Respuesta a consulta.

✓ Fallo disciplinario Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas Interno Externo Interno Externo www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 9 de 14 Jurídica.

Talento Humano ✓ Actos administrativos Jurídica Nº Entradas Actividades P H V A H Partes interesadas H Proceso Gestión H Proceso Gestión del H Proceso Gestión H 13 Procesos del SIG ✓ Informes de Gestión Elaborar el REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-214 • 2024 • DICIEMBRE • 30 214 Otras partes interesadas Organismos de Control.

Proceso Participación Ciudadana y Comunicación con Partes Interesadas Proceso Direccionamiento Estratégico Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión: 15.0 Informe de Gestión del Proceso.

Oportunidades de mejora Proceso Salida Claves del Sistema Integrado de Gestión – SIG.

Evaluar el desempeño del proceso.

Caracterización de Proceso y Ética Pública.

Direccionamiento Estratégico - PDE Dirección.

- Programa de Transparencia

- Otros

seguimiento y verificación:

- Plan de Mejoramiento.

- Mapa de Riesgos.

✓ Autoevaluación del proceso.

✓ Informes institucionales de ✓ Informes de auditoría.

✓ Resultados del proceso.

✓ Resultados de Revisión por la Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas Interno Externo Interno Externo www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 10 de 14 Proceso Direccionamiento Estratégico Proceso Direccionamiento Estratégico y Mejora Nº Entradas Actividades 14 P H V A H V V V Proceso Evaluación REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-215 • 2024 • DICIEMBRE • 30 215 Organismos de Control Proceso Direccionamiento Estratégico Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión: 15.0 Plan de Mejoramiento.

Proceso Salida Claves del Implementar acciones correctivas o de Caracterización de Proceso Direccionamiento Estratégico - PDE Denuncia Fiscal. partes interesadas:

Ciudadanía, Concejo y Opinión Pública independiente del estado del sistema de control interno mantenida y conservada. al Sistema de Gestión de Calidad.

Dirección.

AGR.

✓ Informe de Certificación de la ✓ Informes de auditoría.

✓ Informe de Auditoría Externa ✓ Oportunidades de mejora.

✓ Resultado Revisión por la ✓ Derechos de Petición y ✓ Resultados retroalimentación ✓ Informe de evaluación Auditoría General de la República – AGR.

Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas Interno Externo Interno Externo www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 11 de 14 Proceso de Participación Ciudadana y Comunicación con Partes Interesadas Documental.

✓ Información documentada Proceso Direccionamiento Estratégico Nº Entradas Actividades P H V A V V Proceso de Gestión V V Firma Certificadora A 15 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-216 • 2024 • DICIEMBRE • 30 216 Proceso Evaluación y Mejora Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión: 15.0 Proceso Salida Claves del mejora del proceso.

Caracterización de Proceso recomendaciones Direccionamiento Estratégico - PDE ✓ No conformidades ✓ Hallazgos y ✓ Oportunidades de mejora Auditoría General de la República – AGR Firma certificadora Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas Interno Externo Interno Externo www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 12 de 14 Nº Entradas Actividades P H V A A Evaluación y Mejora REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-217 • 2024 • DICIEMBRE • 30 217 Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión: 15.0 Caracterización de Proceso Direccionamiento Estratégico - PDE Procedimiento para Mantener Información Documentada del SIG, adoptado mediante R.R.

017 DE 2020, respecto del registro de las entradas, actividades clave y salidas de las etapas del Verificar y el Actuar, en el marco del ciclo de mejora continua PHVA. numerales de requisitos respecto de las normas de Gestión Ambiental ISO 14001:2015;

Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo Decreto 1072 de 2015 y Gestión de la Seguridad de la Información ISO-IEC 27001:2013.

La caracterización del proceso cambia de versión 14.0 a 15.0 en los siguientes aspectos:

La caracterización del proceso cambia de versión y se ajusta al nuevo formato de la estructura definida en el Procedimiento para Mantener Información Documentada del SIG, establecido en la Resolución Reglamentaria 028 de 2022.

Se actualiza la base legal de acuerdo con la entrada en vigencia de los Acuerdos Distritales 886 y 904 de 2023.

Se actualizaron algunas actividades del planear y del hacer con el propósito de garantizar la adecuada alineación y coherencia de las salidas y entradas del proceso.

✓ Se actualiza y se ajusta al nuevo Formato PGD-02-03 versión 16.0, establecido en el ✓ Se suprimen los puntos relacionados con la Base Legal, Herramientas y Recursos y los de 2020 13 – nov -2023 R.R Nº. 023 del 03 de noviembre Administrativo2 Descripción de la Modificación3 13.0 14.0 R.R. N°027 Versión Acto Control de Cambios:

2 Registrar número y fecha de la Resolución Reglamentaria (Manuales); Acta Comité Institucional o memorando remisorio solicitud de cambios del documento. 3 Mantener la descripción de las ultimas 2 versiones y dejar en blanco la nueva versión. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 13 de 14 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-218 • 2024 • DICIEMBRE • 30 218 Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión: 15.0 Introduce el texto aquí Caracterización de Proceso Responsable de Proceso que Aprueba Direccionamiento Estratégico - PDE relacionado con los recursos Tecnológicos, Virtuales y de Información.

Director de Planeación que Realiza Revisión Técnica ✓ Se unifican y precisan aspectos relacionados con la Información documentada y lo Administrativo2 Descripción de la Modificación3 Resolución Reglamentaria No. 036 26-dic-2024 15.0 Versión Acto Cargo Contralor Auxiliar Dependencia Despacho Contralor Auxiliar Nombre Completo Javier Tomas Reyes Bustamante Firma Nombre Completo Sandra Patricia Bohórquez González Firma www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 14 de 14 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-219 • 2024 • DICIEMBRE • 30 219 Código Formato: PGD-02-03 12100 - Subdirección de Gestión Local 15000 - Oficina Asesora de Comunicaciones 11000 - Dirección de Apoyo al Despacho 12000 - Dirección de Participación Ciudadana y Desarrollo Local Versión: 16.0 Caracterización de Proceso Establecer un enlace permanente con los clientes Concejo, Ciudadanía y partes interesadas de la El Proceso inicia con el diseño de estrategias, instrumentos y piezas comunicacionales internas y 6.2. Objetivos de calidad y planificación para lograrlos.

7.3. Toma de conciencia.

7.4. Comunicación 7.5. Información documentada.

9.1. Seguimiento, medición, análisis y evaluación:

6.1. Acciones para abordar riesgos y oportunidades.

Participación Ciudadana y Comunicación con Partes Interesadas –PPCCPI Versión documento: 14.0 entidad, promoviendo la participación ciudadana y el ejercicio del Control Social, como insumos para el externas y termina con la implementación de acciones de mejora establecidas en: Planes de mejoramiento.

Control Fiscal y difundiendo el posicionamiento de la imagen institucional de la Contraloría de Bogotá D.C.

Norma Numeral ISO 9001:2015 Tipo de Proceso: Estratégico Dependencias que Integran el Proceso:

Objetivo del Proceso:

Alcance del Proceso:

Base Legal: Las normas externas e internas que aplican al Proceso, se puntualizan en los procedimientos respectivos.

Requisitos que aplican al proceso SGC: www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 1 de 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-220 • 2024 • DICIEMBRE • 30 220 Organismos de Control Otras Partes Interesadas.

Proceso Participación Ciudadana y Comunicación con Partes Interesadas.

Código Formato: PGD-02-03 Plan Estratégico de Comunicaciones.

Proceso Resultados Interno Externo Actividades Claves del Diseño de estrategias, instrumentos y piezas comunicacionales internas y externas.

Versión: 16.0 Caracterización de Proceso organización (DOFA del aplicaciones y Proceso). herramientas de TI en Institucional - PEI producción.

Contexto de la Sistemas de Información, Plan Estratégico

10. Mejora.

9.1.3. Análisis y evaluación.

9.1.1. Generalidades.

9.1.2. Satisfacción del Cliente.

Entradas Salida Participación Ciudadana y Comunicación con Partes Interesadas –PPCCPI Versión documento: 14.0 Norma Numeral Descripción del Proceso1: P: Planear; H: Hacer; V: Verificar; A: Actuar.

Interno Externo Insumo 1 Un proceso es un conjunto de actividades mutuamente relacionadas que utilizan las entradas para proporcionar resultados, las cuales se gestionan bajo el enfoque de procesos a través del ciclo PHVA. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 2 de 13 Proceso Direccionamiento Estratégico. de Tecnologías de la Información.

1 Proceso Gestión P P Proveedor Cliente y Partes Interesadas PH VA Nº REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-221 • 2024 • DICIEMBRE • 30 221 Organismos de Control.

Salida Proceso Direccionamiento Estratégico.

Código Formato: PGD-02-03 Plan de Acción del proceso.

Mapa de Riesgos del proceso.

Proceso Mapa de Riesgos del proceso.

Formular actividades estratégicas para:

Plan de Acción del proceso.

Versión: 16.0 Caracterización de Proceso Institucional – PEI.

Comunicaciones. para la operación de los Dirección. procesos.

Integrado de Gestión. organización (DOFA del Proceso). formulados.

Plan Estratégico Plan Estratégico de Infraestructura necesaria Lineamientos de la Alta  Informe del Sistema Contexto de la Proyectos de inversión Participación Ciudadana y Comunicación con Partes Interesadas –PPCCPI Versión documento: 14.0 Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas Interno Externo Interno Externo www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 3 de 13 Proceso Direccionamiento Estratégico.

Proceso Participación Ciudadana y Comunicación con Partes Interesadas.

Proceso Gestión Administrativa y Financiera.

2 P P P VA Nº Entradas Actividades Claves del PH REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-222 • 2024 • DICIEMBRE • 30 222 Salida Código Formato: PGD-02-03 Proceso Versión: 16.0 Caracterización de Proceso de la AGR. interna al Sistema de Gestión SG.

Interna.

Externa al Sistema de competente y necesario Gestión de Calidad. daño antijurídico y defensa para la operación y control litigiosa. eficaz de los procesos. adecuado.

Política de prevención del Talento Humano Informe de auditoría Informes de auditorías.

Informe de Auditoría Informe de Auditoría Ambiente de trabajo Informe de Certificación Participación Ciudadana y Comunicación con Partes Interesadas –PPCCPI Versión documento: 14.0 Auditoría General de la República – AGR.

Certificadora Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas Interno Externo Interno Externo www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 4 de 13 Proceso Gestión del Talento Humano.

Proceso Evaluación y Mejora.

P Gestión Jurídica.

P P P P Firma VA Nº Entradas Actividades Claves del PH REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-223 • 2024 • DICIEMBRE • 30 223 Salida Proceso Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal.

Código Formato: PGD-02-03 temas de impacto en la ciudadanía.

Documento de focalización de Proceso acciones ciudadanas y los temas de impacto. percepción de clientes, las relacionados con la focalice los principales temas Elaborar documento que Versión: 16.0 Caracterización de Proceso producción. aplicaciones y herramientas de TI en resultados de la medición Denuncia fiscal. gestión documental. de la satisfacción de los y temas de impacto para los clientes. clientes. de Localidad, sobre temáticas de impacto identificados en la gestión de participación realizada con la Ciudadanía.

Sistemas de Información, Instrumentos para la Informe sobre los Necesidades, expectativas Reportes de las Gerencias Participación Ciudadana y Comunicación con Partes Interesadas –PPCCPI Versión documento: 14.0 Ciudadanía.

Concejo.

Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas Interno Externo Interno Externo www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 5 de 13 Proceso Gestión Tecnologías de la Información Documental.

Proceso Participación Ciudadana y Comunicación con Partes Interesadas.

3 p P Proceso Gestión P P Ciudadanos. Derechos de petición y P VA Nº Entradas Actividades Claves del PH REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-224 • 2024 • DICIEMBRE • 30 224 Otras Partes Interesadas.

Otras Partes Interesadas.

Salida Proceso Participación Ciudadana y Comunicación con Partes Interesadas.

Código Formato: PGD-02-03 control fiscal. ciudadanía para el Estrategia de Rendición de Ciudadanos capacitados.

Insumos de la Cuentas.

Proceso Control Social como insumo del control fiscal. ciudadano en el ejercicio del participación ciudadana en la ciudad e integrar al control social y la Diseñar estrategias e instrumentos de participación ciudadana.

Promover el ejercicio del Versión: 16.0 Caracterización de Proceso mecanismos de Institucional – PEI.

Institucional. proceso. aplicaciones y Participación Ciudadana.

Cuentas.

Dirección.

Dirección.

Plan Estratégico Instrumentos y Plan Estratégico Plan de Acción del Sistemas de Información, Lineamientos de la Alta Estrategia de Rendición de Lineamientos de la Alta Participación Ciudadana y Comunicación con Partes Interesadas –PPCCPI Versión documento: 14.0 República (Ley de participación ciudadana).

Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas Interno Externo Interno Externo www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 6 de 13 Proceso Direccionamiento Estratégico.

Proceso Direccionamiento Estratégico.

Proceso Participación Ciudadana y Comunicación con Partes Interesadas.

Proceso Gestión de Tecnologías 4 Congreso de la 5 P P P P P VA Nº Entradas Actividades Claves del PH REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-225 • 2024 • DICIEMBRE • 30 225 Interesadas.

Concejo de Bogotá.

Otras Partes Interesadas.

Salida Procesos del SIG. Otras Partes Proceso Direccionamiento Estratégico.

Proceso Participación Código Formato: PGD-02-03 satisfacciones de Derechos de denuncia fiscal Proposiciones Atendidas.

Informe sobre los resultados de la medición de las los clientes. petición y Proceso radicadas en la Contraloría de Bogotá. partes interesadas clientes Recepcionar, direccionar, coordinar y dar respuesta a los PQR y Proposiciones Medir la satisfacción de las Ciudadanía y Concejo y otra parte interesada periodistas.

Versión: 16.0 Caracterización de Proceso revisión de legalidad institucional. herramientas de TI en denuncia fiscal producción. medir la satisfacción del cliente, sobre los productos y servicios que genera la entidad.

 Concepto jurídico o de  Respuesta a consulta.

 Concepto sobre posición Derechos de petición y Instrumento que permita Participación Ciudadana y Comunicación con Partes Interesadas –PPCCPI Versión documento: 14.0 Concejo de Bogotá Proposiciones Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas Interno Externo Interno Externo www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 7 de 13 de la Información y las Comunicaciones.

Jurídica.

Proceso de Participación Ciudadana y Comunicación Con Partes Interesadas.

Proceso de Participación Ciudadana y Comunicación Con Partes Interesadas.

6 P Proceso Gestión H H H 7 VA Nº Entradas Actividades Claves del PH REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-226 • 2024 • DICIEMBRE • 30 226 Otras Partes Interesadas.

Otras Partes Interesadas.

Salida Ciudadana y Comunicación Con Partes Interesadas.

Código Formato: PGD-02-03 Información divulgada.

Rendición de cuentas a la ciudadanía.

Proceso Entidad. pública de cuentas de la Difundir o divulgar información institucional.

Coordinar la rendición Versión: 16.0 Caracterización de Proceso aplicaciones y comunicados. de cuentas. Estrategia de Rendición de cuentas de la SIG. entidad. petición y de acceso a la información.

Información institucional:

Manual único de rendición Sistemas de Información, Pronunciamientos Informes de Auditoría.

Informes Obligatorios.

Estudios.

Informes.

Informe de Gestión del Informe de derechos de Participación Ciudadana y Comunicación con Partes Interesadas –PPCCPI Versión documento: 14.0 Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas Interno Externo Interno Externo www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 8 de 13 Procesos del Sistema Integrado de Gestión – SIG.

Proceso de Participación Ciudadana y Comunicación Con Partes Interesadas.

Proceso Gestión de Tecnologías 9 H 8 H H VA Nº Entradas Actividades Claves del PH REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-227 • 2024 • DICIEMBRE • 30 227 Organismos de Control.

Salida Proceso Direccionamiento Estratégico.

Proceso de Participación Ciudadana y Comunicación Con Partes Interesadas.

Código Formato: PGD-02-03 mejora.

Informe de Gestión del Proceso.

Oportunidades y acciones de Proceso Evaluar el desempeño del proceso.

Versión: 16.0 Caracterización de Proceso de seguimiento y verificación:

Integrado de Gestión – herramientas de TI en para la operación de los producción.

SIG. por la Dirección. procesos. proceso.

Infraestructura necesaria Informe del Sistema Resultados del proceso.

Resultados de Revisión  Informes de auditoría.

Informes Institucionales Autoevaluación del Participación Ciudadana y Comunicación con Partes Interesadas –PPCCPI Versión documento: 14.0 Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas Interno Externo Interno Externo www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 9 de 13 de la Información.

Proceso de Gestión Administrativa y Financiera.

Proceso Direccionamiento Estratégico.

Proceso de Participación Ciudadana y Comunicación Con Partes Interesadas.

Proceso Direccionamiento Estratégico.

Proceso Evaluación y Mejora.

10 V V V H H VA Nº Entradas Actividades Claves del PH REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-228 • 2024 • DICIEMBRE • 30 228 Salida Código Formato: PGD-02-03 Proceso Versión: 16.0 Caracterización de Proceso independiente del estado del sistema de control interno.

Transparencia y Ética Pública.

- Plan de Mejoramiento.

- Mapa de Riesgos.

- Programa de

- Otros

denuncia fiscal. mantenida y conservada. la AGR. retroalimentación partes interesadas: Ciudadanía, Concejo y Opinión Pública Derechos de Petición y Información documentada, Informe de Certificación de  Informe de evaluación Resultados Informes de auditorías.

Participación Ciudadana y Comunicación con Partes Interesadas –PPCCPI Versión documento: 14.0 General de la Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas Interno Externo Interno Externo www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 10 de 13 Proceso de Participación Ciudadana y Comunicación Con Partes Interesadas.

Proceso de Gestión documental.

V V V Auditoría VA Nº Entradas Actividades Claves del PH REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-229 • 2024 • DICIEMBRE • 30 229 Organismos de Control.

Salida Mejora.

Proceso Participación Ciudadana y Comunicación Con Partes Interesadas.

Proceso Evaluación y Código Formato: PGD-02-03 Plan de Mejoramiento.

Proceso proceso.

Implementar acciones correctivas o de mejora de Versión: 16.0 Caracterización de Proceso mejora. por la Dirección. recomendaciones Externa al Sistema de Gestión de Calidad.

Informe de Auditoría  Oportunidades de No conformidades.

Hallazgos y Oportunidades de mejora Participación Ciudadana y Comunicación con Partes Interesadas –PPCCPI Versión documento: 14.0 República – AGR. certificadora.

Resultados de Revisión Auditoría General de la República – AGR.

Firma Certificadora Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas Interno Externo Interno Externo www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 11 de 13 Proceso de Participación Ciudadana y Comunicación Con Partes Interesadas.

Proceso Direccionamiento Estratégico Evaluación y Mejora 11 V Firma A A A VA Nº Entradas Actividades Claves del PH REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-230 • 2024 • DICIEMBRE • 30 230 Código Formato: PGD-02-03 establecido en el Procedimiento para Mantener Información Documentada del SIG, adoptado mediante R.R. 017 DE 2020, respecto del registro de las entradas, actividades clave y salidas de las etapas del Verificar y el Actuar, en el marco del ciclo de mejora continua PHVA.

Recursos y los numerales de requisitos respecto de las normas de Gestión Ambiental ISO 14001:2015; Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo Decreto 1072 de 2015 y Gestión de la Seguridad de la Información ISO-IEC 27001:2013. y lo relacionado con los recursos Tecnológicos, Virtuales y de Información.

La caracterización del proceso cambia de versión y se ajusta al nuevo formato de la nueva estructura definida en el Podrecimiento para Mantener Información Documentada del SIG, establecido en la resolución reglamentaria 028 de 2022.

La caracterización del proceso cambia de versión 13.0 A 14.0 en los siguientes aspectos:

 Se actualiza y se ajusta al nuevo Formato PGD-02-03 versión 16.0,  Se suprimen los puntos relacionados con la Base Legal, Herramientas y  Se unifican y precisan aspectos relacionados con la Información documentada Versión: 16.0 Caracterización de Proceso Participación Ciudadana y Comunicación con Partes Interesadas –PPCCPI Versión documento: 14.0 9-May-2024 18-Nov-2022 Resolución Reglamentaria No. 036 26-dic-2024 12.0 Resolución Reglamentaria No 028 13.0 PGD Aprobación 3-2024-11571 14.0 Control de Cambios:

2 Registrar número y fecha de la Resolución Reglamentaria (Manuales); Acta Comité Institucional o memorando remisorio solicitud de cambios del documento. 3 Mantener la descripción de las ultimas 2 versiones y dejar en blanco la nueva versión. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 12 de 13 Versión Acto administrativo2 Descripción de la Modificación3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-231 • 2024 • DICIEMBRE • 30 231 Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Caracterización de Proceso Responsable de Proceso que Aprueba Director de Planeación que realiza Revisión Técnica Participación Ciudadana y Comunicación con Partes Interesadas –PPCCPI Versión documento: 14.0 Cargo Director Técnico Dependencia Dirección de Participación Ciudadana y Desarrollo Local Nombre Completo David José Valencia Campo Firma Nombre Completo Sandra Patricia Bohórquez González Firma www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 13 de 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-232 • 2024 • DICIEMBRE • 30 232 Código Formato:

PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión: 15.0 Caracterización de Proceso 160000 - Dirección de Estudios de Economía y Política Pública 160100 - Subdirección de Evaluación de Política Pública 160200 - Subdirección de Estudios Económicos y Fiscales 160300 - Subdirección de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero Estudios de Economía y Política Pública - PEEPP Realizar la vigilancia y control fiscal a nivel Macro de las finanzas y las políticas públicas de la El proceso inicia con la elaboración del Plan Anual de Estudios - PAE y termina con la Administración Distrital en cumplimiento de la Constitución Política, la Ley y los Reglamentos, mediante la elaboración de informes, informes obligatorios, estudios y pronunciamientos que sirvan para focalizar o priorizar ejercicios de vigilancia y control fiscal micro y como insumo para el Control Político y el Control Social. implementación de las acciones de mejora establecidas en el Plan de Mejoramiento.

6.1. Acciones para abordar riesgos y oportunidades. (Considerar apartados: 4.1 Comprensión de la organización y su contexto, 4.2 Comprensión de las necesidades y expectativas de las partes interesadas)

6.2. Objetivos de calidad y planificación para lograrlos.

7.3. Toma de conciencia.

7.5. Información documentada.

8. Operación

ISO Norma Numeral 9001:2015 Requisitos que Cumple el Proceso:

Tipo de Proceso: Misional Dependencias que Integran el Proceso:

Objetivo del Proceso:

Alcance del Proceso:

Base Legal: Las normas externas e internas que aplican al proceso, se puntualizan en los procedimientos respectivos. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A No. 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 1 de 11 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-233 • 2024 • DICIEMBRE • 30 233 Organismos de Control Salida Código Formato:

PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión: 15.0 Proceso Estudios de Economía y Política Pública.

Plan Anual de Estudios PAE Actividades Claves del Proceso Formular el Plan Anual de Estudios PAE Caracterización de Proceso Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas Institucional. dirección.

Estudios de Economía y Política Pública - PEEPP  Plan Estratégico  Lineamientos de la alta Entradas 8.1 Planificación y Control Operacional 8.2 Requisitos para los productos y servicios 8.4 Control de los procesos, productos y servicios suministrados externamente.

8.5 Producción y provisión del servicio.

8.6 Liberación de los productos y servicios 8.7 Control de las salidas no conformes 9.1. Seguimiento, medición, análisis y evaluación:

9.1.1. Generalidades.

9.1.3. Análisis y evaluación

10. Mejora.

Proveedor Norma Numeral Descripción del Proceso1: P: Planear; H: Hacer; V: Verificar; A: Actuar.

1 Un proceso es un conjunto de actividades mutuamente relacionadas que utilizan las entradas para proporcionar resultados, las cuales se gestionan bajo el enfoque de procesos a través del ciclo PHVA. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A No. 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 2 de 11 Interno Externo Interno Externo Direccionamiento Estratégico No P 1 PHVA REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-234 • 2024 • DICIEMBRE • 30 234 Otras Partes Interesadas Salida Código Formato:

PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión: 15.0 Actividades Claves del Proceso Caracterización de Proceso Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas Integrado de Gestión. organización formulados propuestos por las Direcciones Sectoriales sugerencias y reclamos.

Estudios de Economía y Política Publica cumplimiento a la política de Estudios de Economía y Política Pública - PEEPP  Informe del Sistema  Contexto de la  Proyectos de Inversión  Temas de interés  Lineamentos del Proceso Entradas  Peticiones, quejas, Proveedor www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A No. 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 3 de 11 Interno Externo Interno Externo Proceso Vigilancia y Control a La Gestión Fiscal Proceso Participación Ciudadana y Comunicación con Partes Interesadas Proceso Estudios de Economía y Política Publica Jurídica  Acciones para dar No P P P P Proceso Gestión PHVA REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-235 • 2024 • DICIEMBRE • 30 235 Salida Código Formato:

PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión: 15.0 Actividades Claves del Proceso Caracterización de Proceso Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas prevención del daño antijurídico documental competente, necesario para la operación del proceso. adecuado. para la operación de los procesos. y al SIG. sistema de Gestión de la Calidad. la AGR.

Estudios de Economía y Política Pública - PEEPP  Talento humano  Ambiente de trabajo  Infraestructura necesaria  Informe Auditoría Externa al  Informe de Certificación de  Informes de auditorías.

Entradas Certificadora Auditoría General de la República – AGR.

Proveedor www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A No. 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 4 de 11 Interno Externo Interno Externo Documental  Instrumentos para la gestión Talento Humano Proceso Gestión Administrativa y Financiera.

Mejora  Informe de auditoría interna No P Proceso Gestión P Proceso Gestión P P Proceso Evaluación y P Firma P PHVA REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-236 • 2024 • DICIEMBRE • 30 236 Partes Interesadas Salida Código Formato:

PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión: 15.0 Proceso Estudios de Economía y Política Publica Proceso Comunicación con el Cliente y Partes Interesadas.

Proceso Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal Obligatorio Memorando Asignación Equipo de Trabajo Plan de Trabajo PEEPP o Esquema de Pronunciamiento Productos:

 Informe  Informe  Estudio  Pronunciamiento Actividades Claves del Proceso Planificar la elaboración del informe, informe obligatorio, estudio o pronunciamiento Ejecutar el Plan de Trabajo o el Esquema de Pronunciamiento Caracterización de Proceso Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas aplicaciones y herramientas TI en producción.

Esquema de Pronunciamiento Administración Distrital de la Administración Distrital (Aplicativos) estudios, entre otros Estudios de Economía y Política Pública - PEEPP  Sistemas de Información,  Plan de Trabajo o el  Información de la  Informes, estadísticas,  Plan Distrital de Desarrollo Entradas  Plan Anual de Estudios PAE Entidades Rectoras Gobierno Nacional y Distrital.

Sujetos de Vigilancia y Proveedor www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A No. 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 5 de 11 Interno Externo Interno Externo Proceso Gestión de Tecnologías de la Información.

Proceso Estudios de Economía y Política Publica Proceso Estudios de Economía y Política Publica No 3 P P 2 H H PHVA REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-237 • 2024 • DICIEMBRE • 30 237 Salida Código Formato:

PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión: 15.0 Proceso de Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal Diagnósticos Sectoriales Lineamientos del Proceso de Estudios de Economía y Política Pública Actividades Claves del Proceso para la planeación y articulación con el Proceso de Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal Caracterización de Proceso Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas Liquidación del Presupuesto Distrital legalidad institucional Institucional Dirección Comunicar insumos obligatorios, estudios pronunciamientos Públicas Distritales Estudios de Economía y Política Pública - PEEPP  Proyecto y Decreto  Normatividad  Concepto jurídico o de  Respuesta a consulta  Concepto sobre posición  Plan Estratégico  Lineamientos de la Alta  Informes, Informes  Plan Distrital de Desarrollo  Inventario de Políticas Entradas Control a la Gestión Fiscal Sujetos de Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal Proveedor www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A No. 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 6 de 11 Interno Externo Interno Externo Jurídica Proceso de Direccionamiento Estratégico Proceso Estudios de Economía y Política Publica No 4 H Proceso Gestión H H H PHVA REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-238 • 2024 • DICIEMBRE • 30 238 Organismos de Control.

Salida Código Formato:

PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión: 15.0 Proceso Estudios de Economía y Política Publica Gestión del Proceso. mejora.

 Informe de  Oportunidades Actividades Claves del Proceso Evaluar el desempeño del proceso Caracterización de Proceso Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas la Dirección. y al SIG Sistema de Gestión de Calidad - SGC seguimiento al Plan de Mejoramiento seguimiento al Mapa de Riesgos seguimiento del Programa de Transparencia y Ética Pública Estudios de Economía y Política Pública - PEEPP  Autoevaluación del proceso.

 Informe de auditoría interna  Informe de auditoría al  Informe de verificación al  Informe de verificación al  Informe de verificación al Entradas  Resultados del proceso.

 Resultados de Revisión por Proveedor www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A No. 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 7 de 11 Interno Externo Interno Externo Proceso Estudios de Economía y Política Publica Proceso Direccionamiento Estratégico Mejora No 5 V V V Proceso Evaluación y PHVA REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-239 • 2024 • DICIEMBRE • 30 239 Organismos de Control Salida Código Formato:

PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión: 15.0 Plan de Mejoramiento.

Actividades Claves del Proceso de mejora del proceso.

Caracterización de Proceso Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas independiente del estado del sistema de control interno. sugerencias y reclamos. retroalimentación partes interesadas: Ciudadanía, Concejo y Opinión Pública. mantenida y conservada. la AGR. al Sistema de Gestión de Calidad.

Estudios de Economía y Política Pública - PEEPP  Informe de evaluación  Peticiones, quejas,  Resultados  Informe de Certificación de  Informes de auditorías.

 Informe de Auditoría Externa Entradas Auditoría General de la República – AGR.

Certificadora Proveedor www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A No. 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 8 de 11 Interno Externo Interno Externo Participación Ciudadana y Comunicación con Partes Interesadas.

Documental.

 Información documentada Documental  Oportunidades de mejora. Implementar acciones No V V Proceso de Gestión V V Firma A 6 Proceso Gestión PHVA REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-240 • 2024 • DICIEMBRE • 30 240 Salida Código Formato:

PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión: 15.0 Proceso Estudios de Economía y Política Pública.

Proceso Evaluación y Mejora Actividades Claves del Proceso Caracterización de Proceso Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas dirección. recomendaciones.

Estudios de Economía y Política Pública - PEEPP  No conformidades.

 Hallazgos y Entradas  Resultado revisión por la Proveedor www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A No. 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 9 de 11 Interno Externo Interno Externo Proceso Direccionamiento Estratégico.

No A A Evaluación y Mejora PHVA REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-241 • 2024 • DICIEMBRE • 30 241 Código Formato:

PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión: 15.0 Caracterización de Proceso principio de Integralidad que relaciona los dos niveles de vigilancia y control a la gestión fiscal.

Estudios y pronunciamientos. hace parte del Procedimiento para Mantener Información Documentada del SIG, respecto del registro de las entradas, actividades clave y salidas de las etapas del Verificar y el Actuar, en el marco del ciclo de mejora continua PHVA. numerales de requisitos respecto de las normas de Gestión Ambiental ISO 14001:2015;

Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo Decreto 1072 de 2015 y Gestión de la Seguridad de la Información ISO-IEC 27001:2013.

La caracterización del proceso se actualiza a la nueva versión, por:

 Ajuste en la redacción del Objetivo en el marco del Decreto 403 de 2020, incluyendo el  Se determina que los productos del proceso son: Informes, Informes Obligatorios,  Se incluye en la columna de resultados el término Documentos La caracterización del proceso cambia de versión 14.0 a 15.0, en los siguientes aspectos:

 Se actualiza el Formato PGD-02-03, Versión 15.0 “Caracterización de Proceso”, el cual  Se suprimen los puntos relacionados con la Base Legal, Herramientas y Recursos y los Estudios de Economía y Política Pública - PEEPP 11-ene-2024 Administrativo2 Descripción de la Modificación3 de octubre de 2024 13.0 R.R. N° 027 del 13 14.0 R.R. N° 02 Versión Acto Control de Cambios 2 Registrar número y fecha de la Resolución Reglamentaria (Manuales); Acta Comité Institucional o memorando remisorio solicitud de cambios del documento. 3 Mantener la descripción de las ultimas 2 versiones y dejar en blanco la nueva versión. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A No. 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 10 de 11 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-242 • 2024 • DICIEMBRE • 30 242 Código Formato:

PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión: 15.0 Caracterización de Proceso Responsable de Proceso que Aprueba recursos tecnológicos, virtuales y de información del proceso.

Director de Planeación que realiza Revisión Técnica  Se unifican y precisan aspectos relacionados con la Información documentada y Estudios de Economía y Política Pública - PEEPP Administrativo2 Descripción de la Modificación3 Resolución Reglamentaria No. 036 26-dic-2024 15.0 Versión Acto Cargo Director Técnico Dependencia Dirección Estudios de Economía y Política Pública Nombre Completo Lina Raquel Rodríguez Meza Firma Nombre Completo Sandra Patricia Bohórquez González Firma www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A No. 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 11 de 11 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-243 • 2024 • DICIEMBRE • 30 243 Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión: 17.0 20000 - Despacho del Contralor Auxiliar 12000 - Dirección de Participación Ciudadana y Desarrollo Local 18000 - Dirección de Reacción Inmediata 30000 - Dirección de Planeación 80000 - Dirección Sector Movilidad 90000 - Dirección Sector Gestión Jurídica 100000 - Dirección Sector Salud 110000 - Dirección Sector Gobierno 120000 - Dirección Sector Equidad y Genero 130000 - Dirección Sector Hábitat y Ambiente 140000 - Dirección Sector Educación 150000 - Dirección Sector Hacienda 190000 - Dirección Sector Desarrollo Económico, Industria y Turismo 200000 - Dirección Sector Integración Social 210000 - Dirección Sector Servicios Públicos 220000 - Dirección Sector Cultura, Recreación y Deporte 230000 - Dirección Sector Seguridad, Convivencia y Justicia 30100 - Subdirección de Análisis, Estadísticas e Indicadores Caracterización de Proceso Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal - PVCGF del mejoramiento de la calidad de vida de los ciudadanos del Distrito Capital.

Tipo de Proceso: Misional Dependencias que Integran el Proceso:

Objetivo del Proceso: Ejercer la vigilancia y control a la gestión fiscal de los sujetos de vigilancia y control fiscal, en aras www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 1 de 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-244 • 2024 • DICIEMBRE • 30 244 Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión: 17.0 Caracterización de Proceso Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal - PVCGF 6.1. Acciones para abordar riesgos y oportunidades. (Considerar apartados: 4.1 Comprensión de la organización y su contexto, 4.2 Comprensión de las necesidades y expectativas de las partes interesadas)

6.2. Objetivos de calidad y planificación para lograrlos.

7.3. Toma de conciencia.

7.5. Información documentada.

8. Operación

8.1 Planificación y Control Operacional 8.2 Requisitos para los productos y servicios 8.5 Producción y provisión del servicio.

8.6 Liberación de los productos y servicios 8.7 Control de las salidas no conformes 9.1. Seguimiento, medición, análisis y evaluación:

9.1.1. Generalidades.

9.1.3. Análisis y evaluación la implementación de acciones de mejora establecidas en el Plan de Mejoramiento.

Norma Numeral ISO 9001:2015 Alcance del Proceso: El proceso inicia con la elaboración del Plan Distrital de Vigilancia y Control Fiscal – PDVCF y termina con Base Legal: Las normas externas e internas que aplican al Proceso, se puntualizan en los procedimientos respectivos.

Requisitos que aplican al proceso SGC www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 2 de 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-245 • 2024 • DICIEMBRE • 30 245 Organismos de Control y otras partes interesadas Salida Proceso Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión: 17.0 Plan Distrital de Vigilancia y Control Fiscal - PDVCF Claves del Proceso Formular el Plan Distrital de Vigilancia y Control Fiscal - PDVCF Caracterización de Proceso del Proceso) necesario para la operación y control eficaz del proceso.

Estudios de Economía y Política Pública. de impacto en la ciudadanía.

✓ Plan Estratégico Institucional – PEI.

✓ Lineamientos de la Alta Dirección.

✓ Contexto de la Organización (DOFA ✓ Proyectos de Inversión formulados ✓ Talento humano competente, ✓ Ambiente de trabajo adecuado.

✓ Lineamientos del Proceso de Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal - PVCGF

10. Mejora.

Norma Numeral Descripción del Proceso1: P: Planear; H: Hacer; V: Verificar; A: Actuar.

1 Un proceso es un conjunto de actividades mutuamente relacionadas que utilizan las entradas para proporcionar resultados, las cuales se gestionan bajo el enfoque de procesos a través del ciclo PHVA. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 3 de 12 Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas Interno Externo Interno Externo Proceso Direccionamiento Estratégico Proceso Gestión del Talento Humano Proceso Estudios de Economía y Política Pública Participación ✓ Documento de focalización de temas 1 P P P P Proceso VA Nº Entradas Actividades PH REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-246 • 2024 • DICIEMBRE • 30 246 Salida Proceso Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión: 17.0 Asignación de equipo para auditoría o actuación.

Plan de trabajo de Claves del Proceso Planificar la Auditoría o Actuación de Control Fiscal.

Caracterización de Proceso control y vigilancia de la gestión fiscal (Bases de datos, estadísticas, tablero de control, entre otros). vigilancia y control fiscal. determinación de los hallazgos que han dado inicio de los procesos de responsabilidad fiscal (Formato 21 – Sección 05 – Hallazgos Fiscales cuenta AGR)

Fiscal – PDVCF. control y vigilancia de la gestión fiscal (Bases de datos, estadísticas, tablero de control, entre otros).

✓ Insumos para la planificación del ✓ Informes de Auditoría.

✓ Plan de mejoramiento sujeto de ✓ Comportamiento histórico en la ✓ Plan Distrital de Vigilancia y Control ✓ Insumos para la planificación del Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal - PVCGF www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 4 de 12 Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas Interno Externo Interno Externo Ciudadana y Comunicación con Partes Interesadas Proceso Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal Proceso Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal P P 2 VA Nº Entradas Actividades PH REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-247 • 2024 • DICIEMBRE • 30 247 Salida Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión: 17.0 auditoría o actuación (programas de auditoría o actuación y Claves del Proceso Caracterización de Proceso sujetos.

Estudios de Economía y Política Pública. reclamos. necesario para la operación y control eficaz del proceso. operación de los procesos.

✓ Informes de Auditoría o actuaciones.

✓ Formatos de Entendimiento de los ✓ Lineamientos del Proceso de ✓ Diagnósticos sectoriales ✓ Productos ✓ Peticiones, quejas, sugerencias y ✓ Proposiciones atendidas.

✓ Talento humano competente, ✓ Ambiente de trabajo adecuado.

Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal - PVCGF ✓ Infraestructura necesaria para la www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 5 de 12 Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas Interno Externo Interno Externo Proceso Estudios de Economía y Política Pública Proceso Participación Ciudadana y comunicación con partes interesadas Proceso Gestión del Talento Humano Proceso Gestión Administrativa y Financiera cronograma). P P P P VA Nº Entradas Actividades PH REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-248 • 2024 • DICIEMBRE • 30 248 Salida Proceso Responsabilidad Fiscal y Jurisdicción Coactiva Proceso Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal Proceso Estudios de Economía y Política Pública Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión: 17.0 Hallazgos fiscales.

Claves del Proceso Ejecutar plan de trabajo.

Caracterización de Proceso aplicaciones y herramientas de TI en producción. al sujeto de control. operación del Proceso. impacto que afectan o ponen en riesgo el erario público Distrital. o actuación. actuación (programas de auditoría o actuación y cronograma). necesario para la operación y control eficaz del proceso. operación de los procesos.

✓ Sistemas de Información, ✓ Cuenta y otra Información solicitada ✓ Infraestructura necesaria para la ✓ Denuncias o quejas sobre hechos de ✓ Asignación de equipo para auditoría ✓ Plan de trabajo de auditoría o ✓ Talento humano competente, ✓ Ambiente de trabajo adecuado. Informe.

✓ Infraestructura necesaria para la Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal - PVCGF Sujeto de vigilancia y control fiscal. partes interesadas www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 6 de 12 Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas Interno Externo Interno Externo Proceso Gestión Tecnologías de la Información Proceso Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal Proceso Gestión del Talento Humano Proceso Gestión Administrativa y Financiera 3 P P P Clientes y otras H H VA Nº Entradas Actividades PH REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-249 • 2024 • DICIEMBRE • 30 249 Partes Salida Proceso Participación Ciudadana y Comunicación con Partes Interesadas Proceso Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal Proceso Direccionamiento Estratégico Proceso Direccionamiento Estratégico Proceso Responsabilidad Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión: 17.0 Solicitud de apertura proceso sancionatorio.

Proyecto Pronunciamiento Resolución sanción o Auto de archivo.

Proyecto Proceso Sancionatorio segunda instancia.

Multas originadas en procesos sancionatorios.

Claves del Proceso Tramitar procesos administrativos sancionatorios Caracterización de Proceso aplicaciones y herramientas de TI en producción. legalidad. documental sancionatorio. legalidad. documental ✓ Sistemas de Información, ✓ Concepto jurídico o de revisión de ✓ Respuesta a consulta ✓ Concepto sobre posición institucional ✓ Instrumentos para la gestión ✓ Solicitud de apertura proceso ✓ Concepto jurídico o de revisión de ✓ Respuesta a consulta ✓ Concepto sobre posición institucional Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal - PVCGF www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 7 de 12 Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas Interno Externo Interno Externo Proceso Gestión Tecnologías de la Información Jurídica Documental Proceso Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal Jurídica Documental ✓ Instrumentos para la gestión 4 H H Proceso Gestión H Proceso Gestión H interesadas H Proceso Gestión H Proceso Gestión VA Nº Entradas Actividades PH REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-250 • 2024 • DICIEMBRE • 30 250 Partes interesadas Organismos de control.

Salida Fiscal y Jurisdicción Coactiva Proceso Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal Proceso Responsabilidad Fiscal y Jurisdicción Coactiva Proceso Direccionamiento Estratégico Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión: 17.0 Auto de Archivo.

Memorando de Traslado de la Indagación preliminar con solicitud de apertura del Proceso de Responsabilidad Fiscal y Jurisdicción Coactiva.

Informe de Gestión del Proceso.

Oportunidades de mejora Claves del Proceso Adelantar Indagación Preliminar. desempeño del proceso.

Caracterización de Proceso preliminar legalidad. documental impacto que afectan o ponen en riesgo el erario público Distrital.

Dirección.

✓ Concepto jurídico o de revisión de ✓ Respuesta a consulta ✓ Concepto sobre posición institucional ✓ Denuncias o quejas sobre hechos de ✓ Autoevaluación del proceso. Evaluar el Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal - PVCGF ✓ Solicitud de apertura de indagación partes interesadas ✓ Resultados del proceso.

✓ Resultados de Revisión por la www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 8 de 12 Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas Interno Externo Interno Externo Proceso Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal Jurídica Documental ✓ Instrumentos para la gestión Proceso Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal Proceso Direccionamiento Estratégico 5 6 V V H H Proceso Gestión H Proceso Gestión H Clientes y otras VA Nº Entradas Actividades PH REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-251 • 2024 • DICIEMBRE • 30 251 Salida Proceso Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión: 17.0 Claves del Proceso Caracterización de Proceso Pública. del estado del sistema de control interno.

Fiscal. interesadas: Ciudadanía, Concejo y Opinión Pública. y conservada. seguimiento y verificación:

- Plan de Mejoramiento.

- Mapa de Riesgos.

- Programa de Transparencia y Ética

- Otros

✓ Informes institucionales de ✓ Informe de auditoría.

✓ Informe de evaluación independiente ✓ Derechos de Petición y Denuncia ✓ Resultados retroalimentación partes ✓ Informe de Certificación de la AGR.

✓ Informes de auditorías.

Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal - PVCGF Auditoría General de la República – AGR. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 9 de 12 Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas Interno Externo Interno Externo y mejora Proceso Participación Ciudadana y comunicación con partes interesadas Documental ✓ Información documentada mantenida V Proceso Evaluación V V Proceso Gestión V VA Nº Entradas Actividades PH REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-252 • 2024 • DICIEMBRE • 30 252 Organismos de control Salida Proceso Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal Proceso Evaluación y Mejora Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión: 17.0 Plan de Mejoramiento.

Claves del Proceso Implementar acciones correctivas o de mejora del proceso.

Caracterización de Proceso Sistema de Gestión de Calidad.

Dirección.

✓ Informe de Auditoría Externa al ✓ Producto no conforme.

✓ No conformidades ✓ Hallazgos y recomendaciones ✓ Oportunidades de mejora.

Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal - PVCGF Certificadora ✓ Oportunidades de mejora.

✓ Resultados de Revisión por la Auditoría General de la República – AGR.

Firma Certificadora www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 10 de 12 Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas Interno Externo Interno Externo Proceso Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal Proceso Direccionamiento Estratégico y mejora 7 V Firma A A A Proceso Evaluación VA Nº Entradas Actividades PH REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-253 • 2024 • DICIEMBRE • 30 253 Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión: 17.0 Caracterización de Proceso Procedimiento para Mantener Información Documentada del SIG, adoptado mediante R.R. 017 DE 2020, respecto del registro de las entradas, actividades claves y salidas de las etapas del Verificar y el Actuar, en el marco del ciclo de mejora continua PHVA. los numerales de requisitos respecto de las normas de Gestión Ambiental ISO 14001:2015; Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo Decreto 1072 de 2015 y Gestión de la Seguridad de la Información ISO-IEC 27001:2013. relacionado con los recursos Tecnológicos, Virtuales y de Información del proceso.

Cambia de versión y se ajusta al nuevo formato de la estructura definida en el Procedimiento para Mantener Información Documentada del SIG, establecido en la Resolución Reglamentaria 028 de 2022.

Se actualiza la base legal La caracterización del proceso cambia de versión 16.0 A 17.0 en los siguientes aspectos:

✓ Se actualiza y se ajusta al nuevo Formato PGD-02-03 versión 16.0, establecido en el ✓ Se suprimen los puntos relacionados con la Base Legal, Herramientas y Recursos y ✓ Se unifican y precisan aspectos relacionados con la Información documentada y lo Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal - PVCGF Reglamentaria y Fecha Descripción de la Modificación 03 noviembre 2020 13 octubre 2023 Control de Cambios:

Versión Resolución 15.0 R.R. N° 023 16.0 R.R. N° 027 17.0 R.R. 036 de 2024 www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 11 de 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-254 • 2024 • DICIEMBRE • 30 254 Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión: 17.0 Caracterización de Proceso Responsable de Proceso que Aprueba Director de Planeación que Realiza Revisión Técnica Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal - PVCGF Cargo Contralor Auxiliar Dependencia Despacho del Contralor Auxiliar Nombre Completo Javier Tomás Reyes Bustamante Firma Nombre Completo Sandra Patricia Bohórquez González Firma www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 12 de 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-255 • 2024 • DICIEMBRE • 30 255 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-256 • 2024 • DICIEMBRE • 30 256 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-257 • 2024 • DICIEMBRE • 30 257 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-258 • 2024 • DICIEMBRE • 30 258 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-259 • 2024 • DICIEMBRE • 30 259 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-260 • 2024 • DICIEMBRE • 30 260 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-261 • 2024 • DICIEMBRE • 30 261 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-262 • 2024 • DICIEMBRE • 30 262 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-263 • 2024 • DICIEMBRE • 30 263 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-264 • 2024 • DICIEMBRE • 30 264 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-265 • 2024 • DICIEMBRE • 30 265 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-266 • 2024 • DICIEMBRE • 30 266 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-267 • 2024 • DICIEMBRE • 30 267 R.R. 036 de 2024 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-268 • 2024 • DICIEMBRE • 30 268 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-269 • 2024 • DICIEMBRE • 30 269 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-270 • 2024 • DICIEMBRE • 30 270 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-271 • 2024 • DICIEMBRE • 30 271 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-272 • 2024 • DICIEMBRE • 30 272 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-273 • 2024 • DICIEMBRE • 30 273 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-274 • 2024 • DICIEMBRE • 30 274 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-275 • 2024 • DICIEMBRE • 30 275 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-276 • 2024 • DICIEMBRE • 30 276 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-277 • 2024 • DICIEMBRE • 30 277 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-278 • 2024 • DICIEMBRE • 30 278 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-279 • 2024 • DICIEMBRE • 30 279 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-280 • 2024 • DICIEMBRE • 30 280 036 de 2024 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-281 • 2024 • DICIEMBRE • 30 281 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-282 • 2024 • DICIEMBRE • 30 282 Código Formato: PGD-02- 03 Versión: 16.0 Versión documento: 13.0 70000 - Dirección Talento Humano 70100 - Subdirección de Bienestar Social 70200 - Subdirección de Gestión del Talento Humano 70300 - Subdirección de Carrera Administrativa 70400 - Subdirección de Capacitación y Cooperación Técnica 14000 - Oficina de Asuntos Disciplinarios Caracterización de Proceso Gestión del Talento Humano - PGTH 6.1. Acciones para abordar riesgos y oportunidades.

6.2. Objetivos de calidad y planificación para lograrlos.

7.1.2. Personas.

Gestionar el desarrollo integral de los servidores públicos de la Contraloría de Bogotá, D.C., en El proceso de Gestión del Talento Humano inicia con la Elaboración del Plan Estratégico de Talento pro del mejoramiento continuo y el desarrollo institucional, con el propósito de contar con servidores íntegros y comprometidos con la misión, visión y objetivos institucionales, que garanticen la calidad en la prestación del servicio y la satisfacción de la ciudadanía y las partes interesadas.

Humano, y termina con la implementación de las acciones de mejora establecidas en el Plan de Mejoramiento.

Norma Numeral ISO 9001:2015 Tipo de Proceso: Apoyo Dependencias que Integran el Proceso:

Objetivo del Proceso:

Alcance del Proceso:

Base Legal: Las normas externas e internas que aplican al Proceso, se puntualizan en los procedimientos respectivos.

Requisitos que aplican al proceso SGC: www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 1 de 14 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-283 • 2024 • DICIEMBRE • 30 283 Control Interesadas Otras Partes Organismo de Humano Salida del Talento Proceso Gestión Código Formato: PGD-02- 03 Versión: 16.0 Versión documento: 13.0 Plan Estratégico de Talento Humano del Proceso Formular el Plan Estratégico de Talento Humano Caracterización de Proceso Gestión del Talento Humano - PGTH (DOFA del proceso).

PEI Dirección.

✓ Contexto de la organización ✓ Plan Estratégico Institucional - ✓ Lineamientos de la Alta 7.1.6. Conocimientos de la organización.

7.3. Toma de conciencia.

7.5. Información documentada.

8.1. Planificación y control operacional.

9.1. Seguimiento, medición, análisis y evaluación:

9.1.1. Generalidades.

9.1.3. Análisis y evaluación.

10. Mejora.

Norma Numeral Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas Descripción del Proceso1: P: Planear; H: Hacer; V: Verificar; A: Actuar.

1 Un proceso es un conjunto de actividades mutuamente relacionadas que utilizan las entradas para proporcionar resultados, las cuales se gestionan bajo el enfoque de procesos a través del ciclo PHVA. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 2 de 14 Interno Externo Interno Externo Proceso Direccionamiento Estratégico VA Nº Entradas Actividades Claves PH P 1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-284 • 2024 • DICIEMBRE • 30 284 Salida Procesos del SIG Código Formato: PGD-02- 03 Versión: 16.0 Versión documento: 13.0 del Proceso Caracterización de Proceso Gestión del Talento Humano - PGTH formulados. necesario para la operación y control eficaz de los procesos.

Ambiente de trabajo adecuado. la operación de los procesos. al Sistema de Gestión de la Calidad AGR.

✓ Proyectos de Inversión ✓ Talento humano competente, ✓ Informes de Auditoría ✓ Informes de auditoría Externa ✓ Informe de Certificación de la ✓ Informes de auditorías.

✓ Infraestructura necesaria para AGR.

Firma Certificadora de la República – Auditoría General Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 3 de 14 Interno Externo Interno Externo Proceso Gestión del Talento Humano Proceso Administrativa y Financiera Proceso Evaluación y Mejora VA Nº Entradas Actividades Claves PH REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-285 • 2024 • DICIEMBRE • 30 285 Control Interesadas Otras Partes Organismos de Humano Salida del Talento Proceso Gestión Código Formato: PGD-02- 03 Versión: 16.0 Versión documento: 13.0 Plan de Trabajo Incentivos y Salud en el Plan de Trabajo Bienestar Social e Capacitación – PIC Anual de Seguridad Plan Institucional de del Proceso Formular:

Plan Institucional de Capacitación – PIC Plan de Bienestar Social e Incentivos Plan de Trabajo Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo Caracterización de Proceso Gestión del Talento Humano - PGTH documental. aplicaciones y herramientas TIC en producción. daño antijurídico y defensa litigiosa.

SGSST. necesidades de Bienestar Social documental organización y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá, D.C ✓ Instrumentos para la gestión ✓ Sistemas de Información, ✓ Políticas de prevención del ✓ Informe de Resultados del ✓ Encuesta de identificación de ✓ Instrumentos para la gestión ✓ Acuerdo que establece la Bogotá D:C Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 4 de 14 Interno Externo Interno Externo Proceso de Gestión documental.

Proceso Gestión Tecnologías de la Información Proceso Gestión Jurídica Proceso Gestión del Talento Humano Proceso Gestión Documental Concejo de VA Nº Entradas Actividades Claves PH P 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-286 • 2024 • DICIEMBRE • 30 286 Entidad Proceso Salida Servidores Financiera.

Estratégico Públicos de la Administrativa y Proceso Gestión Direccionamiento Código Formato: PGD-02- 03 Versión: 16.0 Versión documento: 13.0 Actos Laborales de Funciones Administrativos Manual Específico y de Competencias del Proceso Elaborar Manual Específico de Funciones, y de Competencias Laborales Elaborar liquidaciones y proyectar los Actos Administrativos necesarios para el cumplimiento de las sentencias en temas administrativo- laborales Caracterización de Proceso Gestión del Talento Humano - PGTH legalidad. institucional. el Mecanismo Alternativo de Solución de Conflictos – MASC. procesos en los que es parte la entidad.

MASC o aprueba liquidación de costas. administrativo en el que es parte la entidad ✓ Concepto jurídico o de ✓ Concepto sobre posición ✓ Respuesta a consulta.

✓ Sentencias proferidas en ✓ Acto que aprueba o imprueba ✓ Decisión en trámite ✓ Acto que aprueba o imprueba Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 5 de 14 Interno Externo Interno Externo Jurídica Proceso Gestión Jurídica VA Nº Entradas Actividades Claves PH H 3 Proceso Gestión H 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-287 • 2024 • DICIEMBRE • 30 287 Interesadas Otras Partes Entidad Entidad Salida Servidores Servidores Talento Humano públicos de la Proceso Públicos de la Gestión del Procesos del SIG Código Formato: PGD-02- 03 Versión: 16.0 Versión documento: 13.0 procesos Situaciones competente, eficaz de los Ambiente de Administrativas Talento humano necesario para la Trabajo adecuado operación y control del Proceso Fortalecer las habilidades y competencias de los servidores públicos Propiciar ambientes de Trabajo, adecuados Gestionar las situaciones administrativas del personal Caracterización de Proceso Gestión del Talento Humano - PGTH Salud en el Trabajo públicos vinculados a la Entidad actualizados (Página WEB e Intranet) públicos vinculados a la Entidad y Partes actualizados (Página WEB e Intranet) públicos vinculados a la Entidad ✓ Plan de Trabajo Seguridad y ✓ Solicitudes de servidores ✓ Partes Interesadas ✓ Canales de comunicación ✓ Solicitudes de servidores ✓ Interesadas ✓ Canales de comunicación ✓ Solicitudes de servidores ✓ Partes Interesadas.

Partes interesadas Partes interesadas Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 6 de 14 Interno Externo Interno Externo Proceso Gestión del Talento Humano Servidores públicos de la Entidad Servidores públicos de la Entidad VA Nº Entradas Actividades Claves PH H 5 H 6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-288 • 2024 • DICIEMBRE • 30 288 Interesadas Otras Partes Entidad Salida Servidores Financiera.

Públicos de la la Entidad Servidores Administrativa y Públicos de Proceso Gestión Código Formato: PGD-02- 03 Versión: 16.0 Versión documento: 13.0 expedidas de Nómina. información conforme a la Certificaciones permitida por Ley Necesidades pago del Proceso Elaborar las certificaciones laborales para los servidores y ex servidores de la Entidad Elaborar y liquidar la nómina de la Entidad Caracterización de Proceso Gestión del Talento Humano - PGTH Denuncia Fiscal.

Intranet)

Novedades de Nómina. sistema de carrera administrativa especial aplicaciones y herramientas TIC en producción sobre el régimen de carrera administrativa especial carrera administrativa especial, ✓ Derechos de Petición y ✓ Canales de comunicación ✓ actualizados (Página WEB e ✓ Situaciones Administrativas.

✓ Trámite de novedades en el ✓ Sistemas de Información, ✓ Lineamientos normativos Partes interesadas Partes interesadas:

Comisión Especial de Carrera DASCD DAFP ✓ Novedades del sistema de Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 7 de 14 Interno Externo Interno Externo Servidores Públicos de la Entidad Proceso Gestión del Talento Humano Proceso Gestión de Tecnologías de la Información VA Nº Entradas Actividades Claves PH H 7 H 8 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-289 • 2024 • DICIEMBRE • 30 289 Carrera DASCD Comisión interesadas Especial de Otras Partes Entidad Humano Salida Servidores del Talento Públicos de la Proceso Gestión Código Formato: PGD-02- 03 Versión: 16.0 Versión documento: 13.0 especial Trámite de administrativa novedades en el sistema de carrera del Proceso Administrar el sistema de carrera administrativa y de política del empleo público de la Contraloría de Bogotá, D.C Caracterización de Proceso Gestión del Talento Humano - PGTH (inscripciones, actualizaciones y retiros) Evaluaciones del desempeño laboral para el ingreso a carrera administrativa especial carrera administrativa (evaluaciones del desempeño, inscripciones y actualizaciones en el Registro Público de Carrera Especial, estudios de perfiles, convocatorias concursos, entre otros) carrera administrativa (evaluaciones del desempeño, inscripciones y actualizaciones en el Registro Público de Carrera Especial, estudios de ✓ Convocatorias y concursos ✓ Novedades del sistema de ✓ Novedades del sistema de interesadas (Quejosos)

Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 8 de 14 Interno Externo Interno Externo Proceso Gestión del Talento Humano.

Servidores Públicos de la Entidad Otras Partes Oficina de Asuntos Disciplinarios VA Nº Entradas Actividades Claves PH H 9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-290 • 2024 • DICIEMBRE • 30 290 DAFP judiciales y Bogotá, Autoridades General (Sujetos de la Nación, Quejoso;

Confianza;

Defensores Interesadas Procesales;

Otras Partes Procuraduría de Oficio o de Personería de Entidad Entidad Jurídica Salida Servidores Exservidores Públicos de la Públicos de la Proceso Gestión Código Formato: PGD-02- 03 Versión: 16.0 Versión documento: 13.0 fondo:

Trámite: procesal Investigación Remisión por Competencia Decisiones de Decisiones de Auto Inhibitorio Auto de Archivo Auto de Impulso de procedimiento Pliego de Cargos Auto de terminación Auto de Apertura de del Proceso Adelantar la evaluación de la noticia disciplinaria de conformidad con la normatividad vigente.

Dirigir y adelantar en la Fase de Instrucción (Primera Instancia), los procesos disciplinarios de conformidad con la normatividad Caracterización de Proceso Gestión del Talento Humano - PGTH perfiles, convocatorias concursos, entre otros)

Informe o cualquier medio que amerite credibilidad) Auto de Asignación proceso disciplinario ✓ Noticias Disciplinarias (Queja, ✓ Resultados del trámite del Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 9 de 14 Interno Externo Interno Externo Humano del Talento Proceso Gestión VA Nº Entradas Actividades Claves PH H 10 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-291 • 2024 • DICIEMBRE • 30 291 contencioso administrativo) de control.

Organismos jurisdicción de lo Humano Salida del Talento Proceso de Estratégico.

Proceso Gestión Direccionamiento Código Formato: PGD-02- 03 Versión: 16.0 Versión documento: 13.0 mejora.

Nulidades calificatorios del Proceso.

Alegatos pre- Auto de Cierre y Oportunidades de Informe de Gestión del Proceso vigente Auto Resuelve Evaluar el desempeño del proceso.

Caracterización de Proceso Gestión del Talento Humano - PGTH y Ética Pública.

Dirección.

Seguimiento y Verificación:

- Plan de Mejoramiento.

- Mapa de Riesgos.

- Programa de Transparencia

- Otros.

✓ Autoevaluación del proceso.

✓ Informes de auditoría.

✓ Informes Institucionales de ✓ Resultados del proceso.

✓ Resultados de Revisión por la Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 10 de 14 Interno Externo Interno Externo Proceso Gestión del Talento Humano Proceso Direccionamiento Estratégico Proceso Evaluación y Mejora.

VA Nº Entradas Actividades Claves PH V 11 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-292 • 2024 • DICIEMBRE • 30 292 Salida Código Formato: PGD-02- 03 Versión: 16.0 Versión documento: 13.0 del Proceso Caracterización de Proceso Gestión del Talento Humano - PGTH independiente del estado del sistema de control interno. independiente del estado del sistema de control interno.

Denuncia Fiscal. partes interesadas:

Ciudadanía, Concejo y Opinión Pública mantenida y conservada. al Sistema de Gestión de Calidad.

AGR.

✓ Informe de evaluación ✓ Informe de evaluación ✓ Derechos de Petición y ✓ Resultados retroalimentación ✓ Informe de Certificación de la ✓ Informes de auditorías.

✓ Informe de Auditoría Externa ✓ Información documentada Auditoría General de la República – AGR.

Certificadora Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 11 de 14 Interno Externo Interno Externo Proceso de Participación Ciudadana Proceso de Gestión documental.

VA Nº Entradas Actividades Claves PH Firma REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-293 • 2024 • DICIEMBRE • 30 293 de control Organismos Mejora Proceso Humano Salida de Talento Evaluación y Proceso Gestión Código Formato: PGD-02- 03 Versión: 16.0 Versión documento: 13.0 Plan de Mejoramiento. del Proceso Implementar acciones correctivas o de mejora del proceso.

Caracterización de Proceso Gestión del Talento Humano - PGTH dirección.

✓ Oportunidades de mejora.

✓ Resultado revisión por la ✓ No conformidades.

✓ Hallazgos y recomendaciones ✓ Oportunidades de Mejora Auditoría General de la República – AGR.

Firma Certificadora Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 12 de 14 Interno Externo Interno Externo Proceso Gestión de Talento Humano Proceso Direccionamiento Estratégico.

Proceso de Evaluación y Mejora VA Nº Entradas Actividades Claves PH A 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-294 • 2024 • DICIEMBRE • 30 294 Código Formato: PGD-02- 03 Versión: 16.0 Versión documento: 13.0 Caracterización de Proceso definida en el Procedimiento para Mantener la Información Documentada del SIG, ajustada para que cumpla con criterios de accesibilidad. vigente sobre carrera especial de las contralorías territoriales y proceso disciplinario. como el órgano que dirige y vigila la carrera especial de las contralorías territoriales. únicamente la etapa de Instrucción en los procesos disciplinarios, acorde con lo establecido en la Ley 1952 de 2019. cual hace parte del Procedimiento para Mantener Información Documentada del SIG, adoptado mediante R.R. 017 DE 2020, respecto del registro de las entradas, actividades claves y salidas de las etapas del Verificar y el Actuar, en el marco del ciclo de mejora continua PHVA.

Gestión del Talento Humano - PGTH ✓ La caracterización del proceso se actualiza al formato de la nueva estructura ✓ Se revisa y actualiza la base legal atendiendo lo establecido en la normatividad ✓ Se incluyen las modificaciones relacionadas con la Comisión de Carrera Especial ✓ Se ajusta la competencia de la Oficina de Asuntos Disciplinarios para adelantar La caracterización del proceso cambia de versión 12.0 a 13.0 en los siguientes aspectos:

✓ Se actualiza el Formato PGD-02-03, Versión 16.0 “Caracterización de Proceso”, el 13–nov-2023 03 de noviembre de 2020 Control de Cambios:

11.0 R.R. No. 023 del 12.0 R.R. N°027 Versión Acto administrativo2 Descripción de la Modificación3 2 Registrar número y fecha de la Resolución Reglamentaria (Manuales); Acta Comité Institucional o memorando remisorio solicitud de cambios del documento 3 Mantener la descripción de las ultimas 2 versiones y dejar en blanco la nueva versión. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 13 de 14 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-295 • 2024 • DICIEMBRE • 30 295 Código Formato: PGD-02- 03 Versión: 16.0 Versión documento: 13.0 Caracterización de Proceso los numerales de requisitos respecto de las normas de Gestión Ambiental ISO 14001:2015; Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo Decreto 1072 de 2015 y Gestión de la Seguridad de la Información ISO-IEC 27001:2013. recursos tecnológicos, virtuales y de información del proceso.

Responsable de Proceso que Aprueba Gestión del Talento Humano - PGTH ✓ Se suprimen los puntos relacionados con la Base Legal, Herramientas y Recursos y ✓ Se unifican y precisan aspectos relacionados con la Información documentada y Director de Planeación que Realiza Revisión Técnica R.R. 036 de 2024 13.0 Cargo Director Técnico Dependencia Dirección de Talento Humano Nombre Completo Ray Garfunkell Vanegas Herrera Firma Nombre Completo Sandra Patricia Bohórquez González Firma Versión Acto administrativo2 Descripción de la Modificación3 www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 14 de 14 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-296 • 2024 • DICIEMBRE • 30 296 Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión: 12.0 60000 - Dirección Administrativa y Financiera 60100 - Subdirección Financiera 60200 - Subdirección de Servicios Generales 60300 - Subdirección de Recursos Materiales 60400 - Subdirección de Contratación Caracterización de Proceso Gestión Administrativa y Financiera – PGAF 6.1. Acciones para abordar riesgos y oportunidades (Considerar apartados: 4.1 Comprensión de la organización, 4.2 Comprensión de las necesidades y expectativas de las partes interesadas).

6.2. Objetivos de calidad y planificación para lograrlos.

7.3. Toma de conciencia.

7.5. Información documentada.

8.4. Control de los procesos, productos y servicios suministrados externamente.

9.1. Seguimiento, medición, análisis y evaluación:

Proveer de manera eficiente los recursos financieros, físicos, de infraestructura y de servicios para El Proceso de Gestión Administrativa y Financiera inicia con la elaboración del Anteproyecto de garantizar la operación de los procesos de la Contraloría de Bogotá D.C.

Presupuesto de la Entidad y termina con la implementación de las acciones de mejora establecidas en el Plan de Mejoramiento.

Norma Numeral ISO 9001:2015 Tipo de Proceso: Apoyo Dependencias que Integran el Proceso:

Objetivo del Proceso:

Alcance del Proceso:

Base Legal: Las normas externas e internas que aplican al proceso, se puntualizan en los procedimientos respectivos.

Requisitos que aplican al proceso SGC: www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 1 de 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-297 • 2024 • DICIEMBRE • 30 297 Salida Proceso Direccionamiento Estratégico Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión: 12.0 Anteproyecto de Presupuesto de la Entidad Actividades Claves del Proceso Elaborar el Anteproyecto de Presupuesto de la Entidad Caracterización de Proceso recursos financieros, presupuestales y contables. programación presupuestal.

CGN.

✓ Lineamientos para la ✓ Lineamientos e Informe de la Gestión Administrativa y Financiera – PGAF 9.1.1. Generalidades.

9.1.3. Análisis y evaluación.

10. Mejora.

Secretaría Distrital de Hacienda – SDH ✓ Normas en materia de Secretaría Distrital de Planeación – SDP Contaduría General de la Nación - CGN Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas Norma Numeral Descripción del Proceso1: P: Planear; H: Hacer; V: Verificar; A: Actuar.

Interno Externo Interno Externo 1 Un proceso es un conjunto de actividades mutuamente relacionadas que utilizan las entradas para proporcionar resultados, las cuales se gestionan bajo el enfoque de procesos a través del ciclo PHVA. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 2 de 12 Nº Entradas P 1 PHVA REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-298 • 2024 • DICIEMBRE • 30 298 Colombia Compra Eficiente.

Secretaría Distrital de Ambiente Secretaría de Movilidad Organismos de Control Salida Proceso Gestión Administrativa y Financiera Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión: 12.0 Plan Anual de Adquisiciones (PAA).

Plan Institucional de Gestión Ambiental – PIGA.

Plan Institucional de Seguridad Vial

- PISV.

Actividades Claves del Proceso Formular Planes:

Plan Anual de Adquisiciones.

Plan Institucional de Gestión Ambiental PIGA Plan Institucional de Seguridad Vial

- PISV.

Caracterización de Proceso codifica y distribuye el presupuesto anual aprobado.

(DOFA del proceso).

PEI.

Dirección formulados. necesidades para la adquisición de bienes, servicios y obras. la operación de los procesos.

Sistema de Gestión de la Calidad.

✓ Resolución Ordinaria que ✓ Contexto de la organización ✓ Plan Estratégico Institucional – ✓ Lineamientos de la Alta ✓ Proyectos de Inversión ✓ Reporte consolidado de ✓ Infraestructura necesaria para ✓ Informe de Auditoría Externa al Gestión Administrativa y Financiera – PGAF Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas Interno Externo Interno Externo Direccionamiento Estratégico Proceso Gestión Administrativa y Financiera www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 3 de 12 2 Nº Entradas P P P Firma Certificadora PHVA REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-299 • 2024 • DICIEMBRE • 30 299 Otras partes interesadas.

Salida Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión: 12.0 Actividades Claves del Proceso Caracterización de Proceso AGR. documental. daño antijurídico y defensa litigiosa. necesario para la operación y control eficaz de los procesos. aplicaciones y herramientas de TI en producción. materia ambiental2.

✓ Informe de Certificación de la ✓ Informes de auditorías.

✓ Políticas de prevención del ✓ Talento humano competente, ✓ Ambiente de trabajo adecuado.

✓ Sistemas de información, ✓ Normas y lineamientos en Gestión Administrativa y Financiera – PGAF Auditoría General de la República – AGR.

✓ Instrumentos para la gestión Secretaria Distrital de Ambiente.

Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas Interno Externo Interno Externo Proceso de Gestión documental.

Jurídica Proceso Gestión del Talento Humano Proceso Gestión Tecnologías de la Información 2 Aplica para la formulación del Plan Institucional de Gestión Ambiental PIGA. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 4 de 12 Nº Entradas P P P Proceso Gestión P P P PHVA REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-300 • 2024 • DICIEMBRE • 30 300 Secretaría Distrital de Hacienda – SDH Secretaría Distrital de Planeación – SDP Salida Proceso Gestión Administrativa y Financiera.

Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión: 12.0 Programa Anual de Caja

- PAC

Ejecución Presupuestal Pagos Informes Financieros.

Estados Contables.

Actividades Claves del Proceso Administrar los recursos financieros, presupuestales y realizar las operaciones contables Caracterización de Proceso materia de Seguridad Vial3. cumplir en materia de seguridad vial4. requerimientos de gastos de funcionamiento y de inversión.

✓ Normas y lineamientos en ✓ Establecer líneas de acción a ✓ Necesidades y/o Gestión Administrativa y Financiera – PGAF Movilidad.

Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas Interno Externo Interno Externo Secretaria de Comité de Seguridad Vial.

Proceso Gestión Administrativa y Financiera 3 Aplica para la formulación Plan Institucional de Seguridad Vial – PISV.

4 Ibid. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 5 de 12 Nº Entradas P H 3 PHVA REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-301 • 2024 • DICIEMBRE • 30 301 Contaduría General de la Nación.

Contaduría Distrital.

Organismos de Control Otras partes interesadas.

Persona Natural o Jurídica.

Salida Proceso de Responsabilidad Fiscal y Jurisdicción Coactiva.

Proceso Gestión Jurídica.

Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión: 12.0 Títulos ejecutivos que contengan derechos a favor de la Contraloría de Bogotá.

Pago de sentencias o actos aprobatorios de Mecanismos Alternativos de resolución de Conflictos – MASC con soportes.

Actividades Claves del Proceso Caracterización de Proceso sentencias, autos aprobatorios de conciliación judicial o autos aprobatorios de costas. el mecanismo alternativo de solución de conflictos- MASC o aprueba liquidación de costas. conciliación.

✓ Necesidades de pago de ✓ Acto que aprueba o imprueba ✓ Acto que audiencia de Gestión Administrativa y Financiera – PGAF ✓ Necesidades pago de nómina.

Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas Interno Externo Interno Externo Proceso Gestión del Talento Humano Jurídica www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 6 de 12 Nº Entradas H Proceso Gestión H PHVA REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-302 • 2024 • DICIEMBRE • 30 302 Colombia Compra Eficiente (TVEC - SECOP)

Organismos de control y otras partes interesadas.

Salida Proceso Gestión Administrativa y Financiera.

Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión: 12.0 Contratos y/o convenios interadministrati vos Actividades Claves del Proceso adquisición de bienes, servicios y obras requeridos por la entidad Caracterización de Proceso procesos en los que es parte la entidad. de legalidad. posición institucional. contratación. Gestionar la (PAA).

(CDP). de legalidad.

✓ Sentencias proferidas en ✓ Concepto jurídico o de revisión ✓ Respuesta a consulta.

✓ Concepto jurídico sobre ✓ Lineamientos en materia de ✓ Plan Anual de Adquisiciones ✓ Necesidades de contratación.

✓ Disponibilidad Presupuestal Gestión Administrativa y Financiera – PGAF Colombia Compra Eficiente, Contratación Estatal, contexto jurídico y contratación en línea.

Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas Interno Externo Interno Externo Proceso Gestión Administrativa y Financiera Jurídica ✓ Concepto jurídico o de revisión www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 7 de 12 Proceso Gestión Nº Entradas H 4 PHVA REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-303 • 2024 • DICIEMBRE • 30 303 Organismos de Control Otras partes interesadas Salida Procesos SIG.

Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión: 12.0 Infraestructura necesaria para la operación de los procesos.

Actividades Claves del Proceso Gestionar y proporcionar los bienes, obras y servicios administrativos, de transporte, mantenimiento y de apoyo logísticos para la operación de los procesos Caracterización de Proceso posición institucional. de los procesos. bienes de consumo y de propiedad planta y equipo. interadministrativos.

Ambiental PIGA y de Seguridad Vial – PISV de legalidad. posición institucional.

✓ Respuesta a consulta.

✓ Concepto jurídico sobre ✓ Necesidades de infraestructura ✓ Inventarios de gestión de ✓ Contratos y/o convenios ✓ Plan Institucional de Gestión ✓ Concepto jurídico o de revisión ✓ Respuesta a consulta.

✓ Concepto jurídico sobre Gestión Administrativa y Financiera – PGAF Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas Interno Externo Interno Externo Proceso Gestión Administrativa y Financiera Proceso Gestión Jurídica www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 8 de 12 Nº Entradas H 5 PHVA REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-304 • 2024 • DICIEMBRE • 30 304 Organismos de Control.

Salida Proceso de Direccionamiento Estratégico.

Proceso Gestión Administrativa y Financiera Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión: 12.0 Informe de Gestión del Proceso.

Oportunidades de mejora.

Actividades Claves del Proceso Evaluar el desempeño del Proceso.

Caracterización de Proceso Transparencia Ética Pública.

- Mapa de Riesgos.

- Plan de Mejoramiento.

- Programa de

- Otros.

Dirección. seguimiento y verificación a: independiente del estado del sistema de control interno. denuncia fiscal. partes interesadas:

✓ Autoevaluación del proceso.

✓ Informes de auditorías.

✓ Informes institucionales de ✓ Informe de evaluación ✓ Derechos de petición y ✓ Resultados retroalimentación Gestión Administrativa y Financiera – PGAF ✓ Resultados del proceso.

✓ Resultados de Revisión por la Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas Interno Externo Interno Externo Proceso Gestión Administrativa y Financiera -PGAF Proceso Direccionamiento Estratégico- PDE Proceso Evaluación y Mejora.

Proceso de Participación Ciudadana www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 9 de 12 Nº Entradas 6 V V V PHVA V REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-305 • 2024 • DICIEMBRE • 30 305 Organismos de Salida Proceso Gestión Administrativa y Financiera Proceso Evaluación y Mejora Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión: 12.0 Plan de Mejoramiento.

Actividades Claves del Proceso Implementar acciones correctivas o de mejora del proceso.

Caracterización de Proceso Ciudadanía, Concejo y Opinión Pública. mantenida y conservada.

AGR.

Sistema de Gestión de Calidad.

Dirección ✓ Informe de Certificación de la ✓ Informes de auditorías.

✓ Informe de Auditoría Externa al ✓ No conformidades.

✓ Hallazgos y recomendaciones.

✓ Oportunidades de mejora.

Gestión Administrativa y Financiera – PGAF ✓ Oportunidades de mejora.

✓ Información documentada Auditoría General de la República – AGR.

Certificadora.

✓ Resultados Revisión por la AGR Firma Certificadora Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas Interno Externo Interno Externo Proceso de Gestión Documental.

Proceso Gestión Administrativa y Financiera Proceso Direccionamiento Estratégico Proceso de Evaluación y Mejora www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 10 de 12 7 Nº Entradas V V V Firma A Control A A PHVA REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-306 • 2024 • DICIEMBRE • 30 306 Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión: 12.0 Caracterización de Proceso hace parte del Procedimiento para Mantener Información Documentada del SIG, adoptado mediante R.R. 017 DE 2020, respecto del registro de las entradas, actividades claves y salidas de las etapas del Verificar y el Actuar, en el marco del ciclo de mejora continua PHVA. numerales de requisitos respecto de las normas de Gestión Ambiental ISO 14001:2015;

Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo Decreto 1072 de 2015 y Gestión de la Seguridad de la Información ISO-IEC 27001:2013. tecnológicos, virtuales y de información del proceso.

Gestión Administrativa y Financiera – PGAF La caracterización del proceso cambia de versión y se ajusta al nuevo formato de la estructura definida en el Procedimiento para Mantener Información Documentada del SIG.

La caracterización del proceso cambia de versión 11.0 a 12.0 en los siguientes aspectos:

✓ Se actualiza el Formato PGD-02-03, Versión 16.0 “Caracterización de Proceso”, el cual ✓ Se suprimen los puntos relacionados con la Base Legal, Herramientas y Recursos y los ✓ Se unifican y precisan aspectos relacionados con la Información documentada y recursos 036 de 2024 de 2020 R.R Nº. 023 del RR. No. 027 del 13 – nov - 2023.

03 de noviembre Administrativo5 Descripción de la Modificación6 11.0 12.0 R.R.

10.0 Versión Acto Control de Cambios:

5 Registrar número y fecha de la Resolución Reglamentaria (Manuales); Acta Comité Institucional o memorando remisorio solicitud de cambios del documento 6 Mantener la descripción de las ultimas 2 versiones y dejar en blanco la nueva versión. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 11 de 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-307 • 2024 • DICIEMBRE • 30 307 Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión: 12.0 Caracterización de Proceso Responsable de Proceso que Aprueba Director de Planeación que Realiza Revisión Técnica Gestión Administrativa y Financiera – PGAF Cargo Director Administrativo Dependencia Dirección Administrativa y Financiera Nombre Completo Isadora Fernández Posada Firma Nombre Completo Sandra Patricia Bohórquez González Firma www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 12 de 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-308 • 2024 • DICIEMBRE • 30 308 Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión documento: 6.0 Caracterización 40000 - Dirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones 40100 - Subdirección de la Gestión de la Información 40200 - Subdirección de Recursos Tecnológicos Proceso Gestión de Tecnologías de la Información - PGTI Desarrollar capacidades de TI para garantizar el correcto, seguro y continuo funcionamiento de la El proceso inicia con la formulación del Plan Estratégico de Tecnologías de Información y las ✓ 6.1. Acciones para abordar riesgos y oportunidades.

✓ 6.2. Objetivos de calidad y planificación para lograrlos.

✓ 7.3. Toma de conciencia. plataforma tecnológica de la Entidad y el mejoramiento de los procesos internos que fortalezcan el ejercicio de control fiscal en Bogotá D.C., a través de la gestión del conocimiento y la innovación, las mejores prácticas de TI, la transformación digital y la gestión de servicios de TI requeridos por los procesos del SIG.

Comunicaciones – PETI y termina con la implementación de las acciones de mejora establecida en:

Planes de Mejoramiento, Mapa de Riesgos y Oportunidades de Mejora.

Norma Numeral Tipo de Proceso: Apoyo Dependencias que Integran el Proceso:

Objetivo del Proceso:

Alcance del Proceso:

Base Legal: Las normas externas e internas que aplican al Proceso, se puntualizan en los procedimientos respectivos.

Requisitos que aplican al proceso SGC:

ISO 9001:2015 www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 1 de 10 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-309 • 2024 • DICIEMBRE • 30 309 Organismos de Control Otras partes Salida Proceso Gestión de Tecnologías de la Información.

Procesos de la Contraloría de Bogotá.

Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión documento: 6.0 Plan Estratégico de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones – PETI.

Proceso Formular actividades estratégicas para elaborar:

Plan Estratégico de Tecnologías de Información y las Comunicaciones – PETI.

Caracterización Nacional y Distrital y Objetivos de Desarrollo Sostenible – ODS. normas en materia de Tecnología y de Política de Gobierno Digital.

✓ Planes de Desarrollo ✓ Políticas, lineamientos y Proceso Gestión de Tecnologías de la Información - PGTI ✓ 7.5. Información documentada.

✓ 9.1. Seguimiento, medición, análisis y evaluación:

✓ 9.1.1. Generalidades.

✓ 9.1.3. Análisis y evaluación).

✓ 10. Mejora.

Distrital.

Ministerio de las TIC e Instancias Distritales (Consejería Distrital de TIC)

Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas Norma Numeral Descripción del Proceso1: P: Planear; H: Hacer; V: Verificar; A: Actuar.

1 Un proceso es un conjunto de actividades mutuamente relacionadas que utilizan las entradas para proporcionar resultados, las cuales se gestionan bajo el enfoque de procesos a través del ciclo PHVA. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 2 de 10 Interno Externo Interno Externo Gobierno Nacional y 1 P interesadas. P VA Nº Entradas Actividades Claves del PH REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-310 • 2024 • DICIEMBRE • 30 310 Salida Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión documento: 6.0 Plan de Seguridad y Privacidad de la Información – PSPI Plan de contingencias de Tecnologías de la Información - PCTI Proceso Plan de Seguridad y Privacidad de la Información – PSPI Plan de contingencias de Tecnologías de la Información - PCTI Caracterización normas en materia de Tecnología, de transparencia y acceso a la información y de protección de datos. organización (DOFA del proceso)

Institucional – PEI.

Dirección. formulados. información, comunicaciones, infraestructura TIC.

Tecnologías de la ✓ Políticas, lineamientos y ✓ Contexto de la ✓ Plan Estratégico ✓ Lineamientos de la Alta ✓ Proyectos de Inversión ✓ Necesidades de ✓ Políticas de TI.

✓ Plan Estratégico de Proceso Gestión de Tecnologías de la Información - PGTI República.

Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 3 de 10 Interno Externo Interno Externo Proceso Direccionamiento Estratégico Proceso Gestión de Tecnologías de la Información.

Procesos del SIG.

P Congreso de la P P VA Nº Entradas Actividades Claves del PH REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-311 • 2024 • DICIEMBRE • 30 311 Salida Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión documento: 6.0 Proceso Caracterización Información y las Comunicaciones – PETI. del daño antijurídico y defensa litigiosa. para la operación de los procesos. competente, necesario para la operación y control eficaz de los procesos. adecuado. gestión documental.

✓ Políticas de Prevención ✓ Infraestructura necesaria ✓ Talento Humano ✓ Ambiente de trabajo Proceso Gestión de Tecnologías de la Información - PGTI Entes de control ✓ Informes de auditoría.

Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 4 de 10 Interno Externo Interno Externo Jurídica.

Proceso Gestión Administrativa y Financiera.

Proceso Gestión del Talento Humano.

Proceso Evaluación y Mejora.

Documental.

✓ Instrumentos para la P Proceso Gestión P P P P Proceso Gestión VA Nº Entradas Actividades Claves del PH REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-312 • 2024 • DICIEMBRE • 30 312 Organismos de Control Otras partes interesadas.

Organismos de Control Otras partes interesadas.

Salida Proceso Gestión de Tecnologías de la Información.

Procesos del SIG.

Proceso Gestión de Tecnologías de la Información.

Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión documento: 6.0 Infraestructura de TI.

Sistemas de Información, aplicaciones y herramientas de TI en producción.

Solicitudes de soporte y servicios de TI atendidos.

Plan de Seguridad y Privacidad de la Información Proceso Gestionar la Infraestructura de TI y Conectividad necesaria.

Gestionar los servicios de TI requeridos.

Gestionar la información y sistemas de información.

Gestionar la Seguridad de Información de la Plataforma Tecnológica de la Contralora de Bogotá, D.C.

Caracterización Tecnologías de la Información y las Comunicaciones – PETI. información, comunicaciones e infraestructura TI. servicios de TI.

Tecnologías de Información y Comunicaciones – PETI.

Seguridad y Salud en el Trabajo ✓ Políticas de TI.

✓ Plan Estratégico de ✓ Necesidades de ✓ Solicitudes de soporte y ✓ Políticas de TI.

✓ Plan Estratégico ✓ Plan de Trabajo Anual de Proceso Gestión de Tecnologías de la Información - PGTI Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 5 de 10 Interno Externo Interno Externo Proceso Gestión de Tecnologías de la Información.

Proceso Gestión de Tecnologías de la Información.

Talento Humano.

3 H 2 H H Proceso Gestión VA Nº Entradas Actividades Claves del PH REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-313 • 2024 • DICIEMBRE • 30 313 Organismos de Control.

Salida Proceso Gestión de Tecnologías de la Información.

Proceso de Direccionamiento estratégico.

Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión documento: 6.0 Informe de Gestión del Proceso.

Oportunidades de mejora.

Proceso Evaluar el desempeño del proceso.

Caracterización Preparación y Respuesta ante Emergencias (SG- SST). revisión de legalidad. institucional proceso. por la Dirección. de seguimiento y verificación:

- Plan de Mejoramiento.

- Mapa de Riesgos.

✓ Plan de Prevención, ✓ Concepto jurídico o de ✓ Concepto sobre posición ✓ Respuesta a consulta.

✓ Resultados del proceso ✓ Autoevaluación del ✓ Informes de auditoría ✓ Informes institucionales Proceso Gestión de Tecnologías de la Información - PGTI ✓ Resultados de Revisión Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 6 de 10 Interno Externo Interno Externo Jurídica.

Proceso Gestión de Tecnologías de la Información.

Proceso Direccionamiento Estratégico.

Proceso Evaluación y Mejora.

4 V V V 5 H Proceso Gestión VA Nº Entradas Actividades Claves del PH REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-314 • 2024 • DICIEMBRE • 30 314 Salida Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión documento: 6.0 Proceso Caracterización Transparencia y Ética Pública. independiente del estado del sistema de control interno.

- Programa de

- Otros

denuncia fiscal. retroalimentación partes interesadas. documentada, mantenida y conservada. de la AGR.

Externa del Sistema de Gestión de Calidad.

✓ Informe de evaluación ✓ Derechos de petición y ✓ Resultados ✓ Información ✓ Informe de Certificación ✓ Informes de auditorías.

✓ Informe de Auditoría Proceso Gestión de Tecnologías de la Información - PGTI Auditoría General de la República – AGR.

Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 7 de 10 Interno Externo Interno Externo Proceso de Participación Ciudadana.

Proceso de Gestión Documental.

V V V V Firma certificadora.

VA Nº Entradas Actividades Claves del PH REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-315 • 2024 • DICIEMBRE • 30 315 Organismos de Control.

Salida Proceso y Evaluación y Mejora.

Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión documento: 6.0 Plan de Mejoramiento.

Proceso Implementar acciones correctivas o de mejora del proceso.

Caracterización Dirección. recomendaciones ✓ No conformidades ✓ Hallazgos y ✓ Oportunidades de mejora Proceso Gestión de Tecnologías de la Información - PGTI ✓ Oportunidades de mejora.

✓ Resultado Revisión por la Auditoría General de la República – AGR.

Firma certificadora.

Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 8 de 10 Interno Externo Interno Externo Proceso Gestión de Tecnologías de la Información.

Proceso Direccionamiento Estratégico.

Proceso Evaluación y Mejora.

A 6 VA Nº Entradas Actividades Claves del PH REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-316 • 2024 • DICIEMBRE • 30 316 Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión documento: 6.0 Caracterización de la nueva estructura definida en el Procedimiento para Mantener Información Documentada del SIG, establecido en la Resolución Reglamentaria 028 de 2022. actividades claves, insumos y resultados del proceso.

Proceso”, el cual hace parte del Procedimiento para Mantener Información Documentada del SIG, adoptado mediante R.R. 017 DE 2020, respecto del registro de las entradas, actividades claves y salidas de las etapas del Verificar y el Actuar, en el marco del ciclo de mejora continua PHVA.

Recursos y los numerales de requisitos respecto de las normas de Gestión Ambiental ISO 14001:2015; Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo Decreto 1072 de 2015 y Gestión de la Seguridad de la Información ISO-IEC 27001:2013.

✓ La caracterización del proceso cambia de versión y se ajusta al nuevo formato ✓ Se actualiza la base legal, el objetivo del proceso y se complementan algunas La caracterización del proceso cambia de versión 5.0 a 6.0 en los siguientes aspectos:

✓ Se actualiza el Formato PGD-02-03, Versión 16.0 “Caracterización de ✓ Se suprimen los puntos relacionados con la Base Legal, Herramientas y Proceso Gestión de Tecnologías de la Información - PGTI 03-nov-2020 13–nov-2023 CONTROL DE CAMBIOS 4.0 R.R. N° 030 5.0 R.R. N°027 2 Registrar número y fecha de la Resolución Reglamentaria (Manuales); Acta Comité Institucional o memorando remisorio solicitud de cambios del documento. 3 Mantener la descripción de las ultimas 2 versiones y dejar en blanco la nueva versión. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 9 de 10 Versión Acto administrativo2 Descripción de la Modificación3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-317 • 2024 • DICIEMBRE • 30 317 Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión documento: 6.0 Caracterización documentada y recursos tecnológicos, virtuales y de información del proceso ✓ Se unifican y precisan aspectos relacionados con la Información Responsable de Proceso que Aprueba Director de Planeación que realiza Revisión Técnica Proceso Gestión de Tecnologías de la Información - PGTI R.R. 036 de 2024 6.0 Cargo Director Técnico Dependencia Dirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Nombre Completo Ingrid Tatiana Montealegre Arboleda Firma Nombre Completo Sandra Patricia Bohórquez González Firma www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 10 de 10 Versión Acto administrativo2 Descripción de la Modificación3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-318 • 2024 • DICIEMBRE • 30 318 Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión documento: 6.0 60000 - Dirección Administrativa y Financiera 60200 - Subdirección de Servicios Generales Gestión Documental- PGD Caracterización de Proceso Implementar las actividades técnicas y administrativas que permitan un eficiente, eficaz y efectivo El Proceso de Gestión Documental inicia con la Formulación de los instrumentos para la gestión manejo y organización de la documentación producida y recibida por la Contraloría de Bogotá, D.C., mediante la determinación de disposiciones y la aplicación de metodologías, con el propósito de garantizar la consulta, conservación, preservación y utilización de la memoria institucional. documental., los cuales dan los lineamientos para la producción o recepción de documentos por parte de los servidores públicos y contratistas, gestión y tramite, conformación de expedientes (físicos y electrónicos), transferencias primarias al archivo central y transferencias secundarias a la Dirección Distrital Archivo de Bogotá, garantizando la conservación, preservación y disponibilidad hasta su disposición final y termina con la implementación de las acciones de mejora establecidas en el Plan de Mejoramiento.

Tipo de Dependencias que Integran el Proceso:

Objetivo Alcance Proceso: Apoyo del Proceso: del Proceso:

Base Legal: Las normas externas e internas que aplican al proceso, se puntualizan en los procedimientos respectivos. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 1 de 10 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-319 • 2024 • DICIEMBRE • 30 319 de la Nación Archivo General SIG Salida Procesos del Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión documento: 6.0 de Archivos
- PINAR.

Intrumentos para la gestión documental:

 Plan Institucional del Proceso Actividades Claves Formular instrumentos para la gestión documental.

Gestión Documental- PGD Caracterización de Proceso Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas del Proceso).

 Plan Estratégico Institucional – PEI.

 Lineamientos de la Alta Dirección.

 Contexto de la Organización (DOFA  Proyectos de Inversión formulados.

Entradas 6.1. Acciones para abordar riesgos y oportunidades.

6.2. Objetivos de calidad y planificación para lograrlos.

7.3. Toma de conciencia.

7.5. Información documentada.

9.1. Seguimiento, medición, análisis y evaluación:

9.1.1. Generalidades.

9.1.3. Análisis y evaluación.

10. Mejora.

Norma Numeral Proveedor Descripción del Proceso1: P: Planear; H: Hacer; V: Verificar; A: Actuar.

Requisitos que aplican al proceso SGC:

ISO 9001:2015 Interno Externo Interno Externo 1 Un proceso es un conjunto de actividades mutuamente relacionadas que utilizan las entradas para proporcionar resultados, las cuales se gestionan bajo el enfoque de procesos a través del ciclo PHVA. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 2 de 10 Proceso Direccionamiento Estratégico.

Nº P 1 PHVA REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-320 • 2024 • DICIEMBRE • 30 320 Bogotá nuestra de Archivos Ciudadanos de Archivo de interesados en Concejo Distrital Dirección Distrital información púbica Salida Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión documento: 6.0 Gestión Documental
- PGD.

Integrado de Conservación Documental
- SIC. de Acceso
- TCA..

Metadatos, etc)

 Programa de  Sistema  Tabla de Control  Esquema de del Proceso Actividades Claves Gestión Documental- PGD Caracterización de Proceso Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas lineamientos) documental. de instrumentos archivísticos. entidad en materia de gestión documental. de la normatividad archivística en las entidades del distrito capital de Gestión de la Calidad.

 Normatividad (Directrices y  Informes relacionados con la gestión  Conceptos Técnicos de evaluación  Informes sobre el estado de la  Informe estratégico al cumplimiento  Informe Auditoría Externa al Sistema  Informe de Certificación de la AGR  Informes de auditorías.

Entradas  Informes de auditoría.

Archivo General de la Nación Dirección Distrital de Archivo de Bogotá Certificadora Auditoría General de la República – AGR.

Proveedor Interno Externo Interno Externo www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 3 de 10 Proceso Evaluación y Mejora Nº p p Firma P P PHVA REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-321 • 2024 • DICIEMBRE • 30 321 Bogotá nuestra Entidades información Ciudadanos de Archivo de interesados en Dirección Distrital SIG Salida Procesos del Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión documento: 6.0 Información documentada mantenida y conservada del Proceso distribuir comunicaciones oficiales archivos de gestión transferencias Actividades Claves Mantener y conservar la información documentada:

 Recibir, radicar,  Organizar  Recibir Gestión Documental- PGD Caracterización de Proceso Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas necesario para la operación del proceso. operación de los procesos. aplicaciones y herramientas TI en producción. legalidad.

 Talento humano competente,  Ambiente de trabajo adecuado.

 Sistemas de Información, Entradas  Infraestructura necesaria para la  Información divulgada.

Proveedor Interno Externo Interno Externo www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 4 de 10 Talento Humano Proceso Gestión Administrativa y Financiera.

Proceso Gestión de Tecnologías de la Información.

Proceso Participación Ciudadana y Comunicación con Partes Interesadas.

Jurídica  Concepto jurídico o revisión de 2 Nº P Proceso Gestión P H H H Proceso Gestión PHVA REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-322 • 2024 • DICIEMBRE • 30 322 Salida Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión documento: 6.0 del Proceso Archivo Central (depurar, conservar y transferir a la Dirección Distrital de Archivo de Bogotá preservación digital y de conservación de documentos préstamo de documentos Actividades Claves  Organizar el  Ejecutar plan de  Realizar el Gestión Documental- PGD Caracterización de Proceso Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas Institucional.

PINAR.

PGD funcionales para la adquisición del SGDEA. documentos.

Procedimientos.

 Concepto sobre posición  Respuesta a consulta.

 Comunicaciones oficiales .Plan Institucional de Archivos –  Programa de Gestión Documental –  Sistema Integrado de Conservación.

 Modelo de requisitos técnicos y  Esquema de Metadatos.

 Tablas de control de acceso.

 Programa de reprografía.

 Solicitud de consulta y préstamos de  Inventarios documentales.

Entradas Entidades Empresas Ciudadanos Proveedor Interno Externo Interno Externo www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 5 de 10 SIG Documental Nº H Procesos del H Proceso Gestión PHVA REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-323 • 2024 • DICIEMBRE • 30 323 Organismos de control.

Salida Proceso Direccionamien to Estratégico.

Proceso Gestión Documental.

Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión documento: 6.0 Informe de Gestión del Proceso.

Oportunidades de mejora. del Proceso Actividades Claves Evaluar el desempeño del proceso Gestión Documental- PGD Caracterización de Proceso Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas Ética Pública.

Seguimiento Verificación:

- Plan de Mejoramiento.

- Mapa de Riesgos.

- Programa de Transparencia y

- Otros.

lineamientos). segundarias.

Dirección.

 Tablas de Retención Documental.

 Tablas de Valoración Documental  Normatividad (Directrices y  Cronograma de transferencias  Autoevaluación del proceso.

 Informes de auditoría.

 Informes Institucionales de Entradas  Resultados de Revisión por la Dirección Distrital de Archivo de Bogotá Proveedor Interno Externo Interno Externo www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 6 de 10 Proceso Gestión Documental  Resultados del proceso.

Proceso Direccionamiento Estratégico Proceso Evaluación y Mejora Nº 3 V V V H PHVA REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-324 • 2024 • DICIEMBRE • 30 324 Organismos de control Salida Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión documento: 6.0 Plan de Mejoramiento. del Proceso Actividades Claves acciones Gestión Documental- PGD Caracterización de Proceso Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas independiente del estado del sistema de control interno.

Fiscal. interesadas: Ciudadanía, Concejo y Opinión Pública. mantenida y conservada.

Sistema de Gestión de Calidad.

 Informe de evaluación  Derechos de Petición y Denuncia  Resultados retroalimentación partes  Informe de Certificación de la AGR.

 Informes de auditorías.

 Informe de Auditoría Externa al Entradas  Información documentada Auditoría General de la República – AGR.

Certificadora Proveedor Interno Externo Interno Externo www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 7 de 10 Proceso de Participación Ciudadana y Comunicación con Partes Interesadas.

Proceso de Gestión Documental.

Documental  Oportunidades de mejora. Implementar Nº V V V V Firma A 4 Proceso Gestión PHVA REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-325 • 2024 • DICIEMBRE • 30 325 Salida Proceso Gestión Documental.

Proceso Evaluación y Mejora Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión documento: 6.0 del Proceso Actividades Claves corectivas o de mejora del proceso.

Gestión Documental- PGD Caracterización de Proceso Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas  No conformidades.

 Hallazgos y recomendaciones.

 Oportunidades de Mejora.

Entradas  Resultado Revisión por la Dirección.

Auditoría General de la República – AGR.

Firma Certificadora.

Proveedor Interno Externo Interno Externo www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 8 de 10 Proceso Direccionamiento Estratégico.

Evaluación y Mejora Nº PHVA REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-326 • 2024 • DICIEMBRE • 30 326 Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión documento: 6.0 Gestión Documental- PGD Caracterización de Proceso Procedimiento para Mantener Información Documentada del SIG, adoptado mediante R.R. 017 DE 2020, respecto del registro de las entradas, actividades clave y salidas de las etapas del Verificar y el Actuar, en el marco del ciclo de mejora continua PHVA. numerales de requisitos respecto de las normas de Gestión Ambiental ISO 14001:2015; Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo Decreto 1072 de 2015 y Gestión de la Seguridad de la Información ISO-IEC 27001:2013. con los recursos Tecnológicos, Virtuales y de Información.

La caracterización del proceso cambia de versión y se ajusta al nuevo formato de la nueva estructura definida en el Procedimiento para Mantener Información Documentada del SIG, establecido en la Resolución Reglamentaria 028 de 2022.

Así mismo, se ajusta el objetivo, el alcance, la base legal y se ajustan algunos nombres de partes interesadas y de instrumentos archivísticos.

La caracterización del proceso cambia de versión 5.0 a 6.0, en los siguientes aspectos:

Se suprimen los puntos relacionados con la Base Legal, Herramientas y Recursos y los Se unifican y precisan aspectos relacionados con la Información documentada y lo relacionado Se actualiza y se ajusta al nuevo Formato PGD-02-03 versión 16.0, establecido en el 036 de 2024 03 nov 2020 13-nov-2023 administrativo2 Descripción de la Modificación3 Control de Cambios:

4.0 R.R. N° 023 5.0 R.R. N° 027 6.0 R.R.

2 Registrar número y fecha de la Resolución Reglamentaria (Manuales); Acta Comité Institucional o memorando remisorio solicitud de cambios del documento. 3 Mantener la descripción de las ultimas 2 versiones y dejar en blanco la nueva versión. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 9 de 10 Versión Acto REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-327 • 2024 • DICIEMBRE • 30 327 Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión documento: 6.0 Gestión Documental- PGD Caracterización de Proceso Responsable de Proceso que Aprueba Director de Planeación que Realiza Revisión Técnica www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 10 de 10 Cargo Subdirector Administrativo Dependencia Subdirección de Servicios Generales Nombre Completo Ginna Andrea Rey Amador Firma Nombre Completo Sandra Patricia Bohórquez González Firma REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-328 • 2024 • DICIEMBRE • 30 328 Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión documento: 11.0 Evaluación y Mejora - PEM Caracterización de Proceso Evaluar la eficiencia y eficacia de la Contraloría de Bogotá D.C., mediante el seguimiento, El Proceso Evaluación y Mejora inicia con la identificación de actividades estratégicas para la 6.1. Acciones para abordar riesgos y oportunidades (Considerar apartados: 4.1 Comprensión de la organización, 4.2 Comprensión de las necesidades y expectativas de las partes interesadas).

6.2. Objetivos de calidad y planificación para lograrlos.

7.3. Toma de conciencia.

7.5. Información documentada.

9.1 Seguimiento, medición, análisis y evaluación 9.1.1 Generalidades medición y análisis de la gestión de los procesos con el propósito de promover la mejora continua de la Entidad. formulación del Programa Anual de Auditorías Internas - PAAI y termina con la implementación de las acciones de mejora establecidas en el Plan de Mejoramiento.

Norma Numeral ISO 9001:2015 Tipo de Proceso: Evaluación Dependencias que Integran el Proceso: 13000 - Oficina de Control Interno Objetivo del Proceso:

Alcance del Proceso:

Base Legal: Las normas externas e internas que aplican al proceso, se puntualizan en los procedimientos respectivos.

Requisitos que aplican al proceso SGC:

PBX: 3358888 Página 1 de 11 www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-329 • 2024 • DICIEMBRE • 30 329 Organismos de control.

Otras partes interesadas.

Proceso Evaluación y Mejora.

Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión documento: 11.0 Programa Anual de Auditorías Internas -PAAI.

Proceso Salida Formular el Programa Anual de Auditorías Internas - PAAI.

Evaluación y Mejora - PEM Caracterización de Proceso orgánica de la Contraloría de Bogotá, D.C.

Resoluciones, Guías, Circulares, Directrices y Lineamientos (DOFA del proceso).

 Acuerdo que define la estructura  Informes.

 Normatividad aplicable: Decretos,  Contexto de la organización  Plan Estratégico Institucional - PEI  Lineamientos de la Alta Dirección.

9.1.3 Análisis y evaluación 9.2 Auditoría Interna

10. Mejora

Entradas Actividades Claves del Concejo de Bogotá.

Entes de control y otras entidades generadoras de normas.

Norma Numeral Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas Descripción del Proceso1: P: Planear; H: Hacer; V: Verificar; A: Actuar.

Interno Externo Interno Externo PBX: 3358888 Página 2 de 11 1 Un proceso es un conjunto de actividades mutuamente relacionadas que utilizan las entradas para proporcionar resultados, las cuales se gestionan bajo el enfoque de procesos a través del ciclo PHVA. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 Proceso Direccionamiento Estratégico 1 PH VA Nº P P P REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-330 • 2024 • DICIEMBRE • 30 330 Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión documento: 11.0 Proceso Salida Evaluación y Mejora - PEM Caracterización de Proceso Ética pública.

Gestión. formulados. seguimiento y verificación a: vigencia anterior. independiente del estado del sistema de control interno.

Sistema de Gestión de la Calidad.

- Mapa de Riesgos.

- Plan de Mejoramiento.

- Programa de Transparencia

- Otros.

 Informe del Sistema Integrado de  Proyectos de Inversión  Informes de auditorías.

 Informes institucionales de  Resultados del PAAI de la  Informe de evaluación  Informe de Auditoría Externa al Entradas Actividades Claves del Certificadora Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas Interno Externo Interno Externo PBX: 3358888 Página 3 de 11 www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 Proceso Evaluación y Mejora PH VA Nº P P Firma REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-331 • 2024 • DICIEMBRE • 30 331 Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión documento: 11.0 Proceso Salida Evaluación y Mejora - PEM Caracterización de Proceso AGR. documental. antijurídico y defensa litigiosa. necesario para la operación y control eficaz de los procesos. operación de los procesos. aplicaciones y herramientas de TI en producción.

 Informe de Certificación de la  Informes de auditorías.

 Talento humano competente,  Ambiente de trabajo adecuado.

 Sistemas de información, Entradas Actividades Claves del Auditoría General de la República – AGR.

 Instrumentos para la gestión  Infraestructura necesaria para la Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas Interno Externo Interno Externo PBX: 3358888 Página 4 de 11 www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 Proceso de Gestión documental.

Jurídica  Política de prevención del daño Proceso Gestión del Talento Humano Proceso Gestión Administrativa y Financiera Proceso Gestión Tecnologías de la Información PH VA Nº P P P Proceso Gestión P P P REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-332 • 2024 • DICIEMBRE • 30 332 Organismos de control.

Otras partes interesadas.

Organismos de control.

Proceso Evaluación y Mejora.

Procesos del SIG.

Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión documento: 11.0 Plan de Auditoría.

Informes de Auditoría.

Proceso Salida Formular Planes de Auditorías.

Ejecutar Planes de Auditorías.

Evaluación y Mejora - PEM Caracterización de Proceso Ética pública.

Internas – PAAI. seguimiento y verificación a:

Entes externos.

- Mapa de Riesgos.

- Plan de Mejoramiento.

- Programa de Transparencia

- Otros.

documental. legalidad.

 Programa Anual de Auditorías  Informes de Auditorías.

 Informes institucionales de  Seguimientos e informes de Entradas Actividades Claves del Entes de control y otras entidades solicitantes  Instrumentos para la gestión  Plan de Auditoría.

Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas Interno Externo Interno Externo PBX: 3358888 Página 5 de 11 www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 Proceso Evaluación y Mejora Procesos de Gestión Documental Proceso Evaluación y Mejora.

Jurídica.

 Concepto jurídico o de revisión de 2 3 PH VA Nº H H H H Proceso Gestión REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-333 • 2024 • DICIEMBRE • 30 333 Otras partes interesadas.

Organismos de control.

Otras partes interesadas.

Organismos de control.

Procesos del SIG.

Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión documento: 11.0 Informes institucionales de verificación y seguimiento.

Mejoramiento.

Transparencia y Ética Pública.

- Plan de

- Programa de

- Otros

- Mapa de Riesgos.

Proceso Salida Realizar seguimiento y verificación institucionales a:

Elaborar informes de ley. Informes de Ley.

Evaluación y Mejora - PEM Caracterización de Proceso Ética pública.

- Mapa de Riesgos.

- Plan de Mejoramiento.

- Programa de Transparencia

- Otros

institucional. monitoreo a las acciones implementadas por los procesos en: documental Internas – PAAI. acuerdo al informe.

 Concepto sobre posición  Respuesta a consulta.

 Reporte de seguimiento y  Programa Anual de Auditorías  Información suministrada de Entradas Actividades Claves del  Instrumentos para la gestión Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas Interno Externo Interno Externo PBX: 3358888 Página 6 de 11 www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 Procesos del SIG.

Proceso de Gestión Documental Proceso Evaluación y Mejora PH VA Nº H 4 H 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-334 • 2024 • DICIEMBRE • 30 334 Otras partes interesadas.

Organismos Servidores públicos de la Contraloría de Bogotá.

Proceso de Direccionamiento Estratégico.

Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión documento: 11.0 Estrategias de promoción del enfoque hacia la prevención.

Informe de Gestión del Proceso.

Oportunidades de mejora.

Proceso Salida Desarrollar actividades que promuevan el enfoque hacia la prevención.

Evaluar el desempeño del proceso.

Evaluación y Mejora - PEM Caracterización de Proceso documental verificaciones. de Control Interno, Auditoría Interna, entre otras.

Dirección.

 Instrumentos para la gestión  Informes de Auditorías.

 Informes de Ley  Resultados de seguimiento y  Marco conceptual sobre Sistema  Autoevaluación del proceso.

Entradas Actividades Claves del externa  Resultados del proceso.

 Resultados de Revisión por la Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas Interno Externo Interno Externo PBX: 3358888 Página 7 de 11 www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 Proceso de Gestión Documental Proceso Evaluación y Mejora Normatividad Proceso Evaluación y Mejora de control. Proceso Direccionamiento Estratégico PH VA Nº H 6 V 7 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-335 • 2024 • DICIEMBRE • 30 335 Proceso Evaluación y Mejora Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión documento: 11.0 Proceso Salida Evaluación y Mejora - PEM Caracterización de Proceso Ética pública. seguimiento y verificación a: independiente del estado del sistema de control interno. fiscal. partes interesadas: Ciudadanía, Concejo y Opinión Pública. mantenida y conservada.

- Mapa de Riesgos.

- Plan de Mejoramiento.

- Programa de Transparencia

- Otros.

 Informes de auditorías.

 Informes institucionales de  Informe de evaluación  Derechos de petición y denuncia  Resultados retroalimentación Entradas Actividades Claves del  Información documentada Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas Interno Externo Interno Externo PBX: 3358888 Página 8 de 11 www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 Proceso Evaluación y Mejora.

Proceso de Participación Ciudadana y Comunicación con Partes Interesadas.

Proceso de Gestión documental.

PH VA Nº REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-336 • 2024 • DICIEMBRE • 30 336 Organismos de control Proceso Evaluación y Mejora Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión documento: 11.0 Plan de Mejoramiento.

Proceso Salida Implementar acciones correctivas o de mejora del proceso.

Evaluación y Mejora - PEM Caracterización de Proceso AGR.

Sistema de Gestión de Calidad.

Dirección.

 Informe de Certificación de la  Informes de auditorías.

 Informe de Auditoría Externa al  No conformidades.

 Hallazgos y recomendaciones.

 Oportunidades de mejora.

Entradas Actividades Claves del Auditoría General de la República – AGR.

Certificadora  Oportunidades de mejora.

 Resultado Revisión por la AGR Firma Certificadora Proveedor Insumo Resultados Cliente y Partes Interesadas Interno Externo Interno Externo PBX: 3358888 Página 9 de 11 www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 Firma Proceso Evaluación y Mejora.

Proceso Direccionamiento Estratégico.

Proceso Evaluación y Mejora.

PH VA Nº A 8 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-337 • 2024 • DICIEMBRE • 30 337 Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión documento: 11.0 Evaluación y Mejora - PEM Caracterización de Proceso hace parte del Procedimiento para Mantener Información Documentada del SIG, adoptado mediante R.R. 017 DE 2020, respecto del registro de las entradas, actividades claves y salidas de las etapas del Verificar y el Actuar, en el marco del ciclo de mejora continua PHVA. numerales de requisitos respecto de las normas de Gestión Ambiental ISO 14001:2015;

La caracterización del proceso cambia de versión y se ajusta al nuevo formato de la estructura definida en el Procedimiento para Mantener Información Documentada del SIG, establecido en la Resolución Reglamentaria 028 de 2022. Se actualizó la base legal, se incluyó la normatividad asociada al ejercicio y competencia de la OCI y con la entrada en vigencia de los Acuerdos Distritales 886 y 904 de 2023. Se ajustó la redacción del objetivo y alcance del Proceso. Se actualizaron algunas actividades del planear y del hacer con el propósito de garantizar la adecuada alineación y coherencia de las salidas y entradas del proceso. En el planear se agregó como insumo los informes de auditoría externa.

La caracterización del proceso cambia de versión 10.0 a 11.0 en los siguientes aspectos:

 Se actualiza el Formato PGD-02-03, Versión 16.0 “Caracterización de Proceso”, el cual  Se suprimen los puntos relacionados con la Base Legal, Herramientas y Recursos y los 3-nov-2020 13–nov-2023 administrativo2 Descripción de la Modificación3 9.0 R.R. 023 10.0 R.R. N°027 CONTROL DE CAMBIOS Versión Acto PBX: 3358888 Página 10 de 11 2 Registrar número y fecha de la Resolución Reglamentaria (Manuales); Acta Comité Institucional o memorando remisorio solicitud de cambios del documento. 3 Mantener la descripción de las ultimas 2 versiones y dejar en blanco la nueva versión. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-338 • 2024 • DICIEMBRE • 30 338 Código Formato: PGD-02-03 Versión: 16.0 Versión documento: 11.0 Evaluación y Mejora - PEM Caracterización de Proceso Responsable de Proceso que Aprueba Director de Planeación que realiza Revisión Técnica Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo Decreto 1072 de 2015 y Gestión de la Seguridad de la Información ISO-IEC 27001:2013. tecnológicos, virtuales y de información del proceso.

 Se unifican y precisan aspectos relacionados con la Información documentada y recursos 036 de 2024 administrativo2 Descripción de la Modificación3 11.0 R.R.

Versión Acto Cargo Jefe Oficina de Control Interno Dependencia Oficina de Control Interno Nombre Completo Fredy Alexander Peña Núñez Firma Nombre Completo Sandra Patricia Bohórquez González Firma www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 11 de 11 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-339 • 2024 • DICIEMBRE • 30 339 RESOLUCIÓN N.° 0988 27-diciembre-2024 Por la cual se clausuran las labores de la actualización catastral vigencia 2025, se ordena la renovación de la inscripción en el Catastro de todos los sectores catastrales objeto de actualización y sus respectivos predios y se determina la entrada en vigencia de los avalúos resultantes LA DIRECTORA DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL (UAECD) en uso de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por la Ley 14 de 1983, la Ley 1955 de 2019, modificada por la Ley 2294 de 2023, la Resolución 1040 de 2023 expedida por el IGAC, modificada por la Resolución 746 de 2024, el Acuerdo Distrital 257 de 2006, modificado por el artículo 291 del Acuerdo Distrital 927 de 2024 y el Acuerdo 004 de 2021 del Consejo Directivo de la UAECD, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 79 de la Ley 1955 de 2019, modificado por el artículo 43 de la Ley 2294 de 2023, Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022de la Vida, La gestión catastral es un servicio público prestado directamente por el Estado, que comprende un conjunto de operaciones técnicas y administrativas orientadas a la adecuada formación, actualización, conservación y difusión de la información catastral con enfoque multipropósito, para contribuir a la prestación eficiente de servicios y trámites de información catastral a la ciudadanía y a la administración del territorio en términos de apoyo para la seguridad jurídica del derecho de propiedad inmueble, el fortalecimiento de los fiscos locales y el apoyo a los procesos de planeación y ordenamiento territorial, con perspectiva intercultural Que el título IV de la Resolución 1040 de 2023 del Instituto Geográfico Agustín Codazzi Por medio de la cual se expide la resolución única de la gestión catastral multipropósito modificado parcialmente por la Resolución 746 de 2024, regula técnicamente los procesos de la gestión catastral con enfoque multipropósito, que incluyen la formación, actualización, conservación y difusión de la información catastral.

Anexo 1. Glosario de términos para la gestión catastral multipropósito la mencionada resolución define el proceso de actualización catastral como el conjunto de actividades destinadas a identificar, recoger, incorporar o rectificar en la base de datos catastral los cambios o inconsistencias en la información catastral en sus componentes físicos, jurídicos y económicos, en un territorio objetivo, durante un período determinado.

Que el artículo 4.2.9. de la Resolución 1040 de 2023, modificado por el artículo 7 de la Resolución 746 de 2024, establece los actos administrativos obligatorios en los procesos de formación y actualización catastral: inicio del proceso, aprobación de valores y clausura.

GJUR-06-FR-01 V2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-340 • 2024 • DICIEMBRE • 30 340 Continuación de la Resolución n.º Página n.º 2 de 40 0988 27-diciembre-2024 Por la cual se clausuran las labores de la actualización catastral vigencia 2025, se ordena la renovación de la inscripción en el Catastro de todos los sectores catastrales objeto de actualización y sus respectivos predios y se determina la entrada en vigencia de los avalúos resultantes Que respecto al acto administrativo que clausura el proceso de actualización catastral, el inciso cuarto ibidem estipula Una vez finalizados o cerrados los procesos de formación o actualización catastral, se deberá expedir un acto administrativo de clausura, en el cual el gestor catastral ordenará la inscripción en la base de datos catastral de los predios que han sido formados, o la renovación de la inscripción en la base de datos catastral de los predios que han sido actualizados, y determinará la vigencia fiscal de los avalúos catastrales a partir del 1º de enero del año siguiente al cierre de los procesos mencionados. Este acto administrativo es de carácter general, debe ser publicado de acuerdo con los términos establecidos en la Ley 1437 de 2011 y comunicado a la SNR y a la Dirección de Regulación y Habilitación del IGAC Que de acuerdo con los incisos primero y segundo del artículo 4.2.12 de la de la Resolución 1040 de 2023, el proceso de actualización catastral debe iniciarse en el año correspondiente a su programación y cerrarse en el mismo año, salvo situaciones excepcionales o por causales de fuerza mayor o caso fortuito. Igualmente, el referido artículo prevé que el cierre del proceso debe realizarse a más tardar el 31 de diciembre del año anterior al que se pretenda poner en vigencia la información catastral con efectos fiscales.

Que con relación a los procedimientos definidos por los gestores catastrales para el cumplimiento de sus labores y los métodos de recolección de información catastral, los incisos primero y segundo del artículo 1.7 de la Resolución 1040 de 2023, modificados por el artículo 2 de la Resolución 746 de 2024, prescriben Los gestores catastrales podrán definir los procedimientos internos apropiados para el ejercicio de sus labores, siempre y cuando respeten el marco regulatorio y los procesos establecidos en la presente resolución, así como las especificaciones técnicas de la base de datos catastral y el Modelo Extendido Catastro-Registro LADM COL vigente. La presente resolución establece las condiciones técnicas y jurídicas mínimas que deben contemplar los gestores catastrales para adelantar los procesos catastrales.

Los gestores catastrales podrán aplicar métodos directos, indirectos, declarativos, colaborativos o una combinación de estos para la recolección de información catastral, respetando lo dispuesto en la presente regulación, las especificaciones técnicas de la base de datos catastral y el Modelo Extendido Catastro-Registro LADM COL vigente.

Que el parágrafo del numeral 2 del artículo 4.2.3. de la Resolución 1040 de 2023 El proceso de actualización catastral cubrirá por defecto la totalidad de los predios del territorio objetivo, renovando su avalúo catastral para todos ellos, incluidos los que no hayan sido objeto de levantamiento catastral por mantener las mismas características físicas y jurídicas GJUR-06-FR-01 V2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-341 • 2024 • DICIEMBRE • 30 341 Continuación de la Resolución n.º Página n.º 3 de 40 0988 27-diciembre-2024 Por la cual se clausuran las labores de la actualización catastral vigencia 2025, se ordena la renovación de la inscripción en el Catastro de todos los sectores catastrales objeto de actualización y sus respectivos predios y se determina la entrada en vigencia de los avalúos resultantes Que el Acuerdo Distrital 257 de 2006, la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, en adelante UAECD, Realizar, mantener y actualizar el censo catastral del Distrito Capital en sus diversos aspectos, en particular fijar el valor de los bienes inmuebles que sirve como base para la determinación de los impuestos sobre dichos bienes. Así mismo, el numeral 7 del artículo 5 del Acuerdo 004 de 2021 del Consejo Directivo de la UAECD prevé entre las funciones de esta como Gestor Adelantar los procesos de formación, actualización, conservación y difusión de la información catastral, así como los procedimientos del enfoque catastral multipropósito.

Que la UAECD expidió la Resolución 0190 del tres (3) de abril de 2024 Por medio de la cual se ordena el inicio del proceso de actualización de la formación catastral de una parte de Bogotá, D.C., así como la Resolución 0984 del 26 de diciembre de 2024 Por la cual se aprueban los valores de los predios objeto del proceso de actualización catastral para la vigencia 2025 Que surtidas las etapas de la actualización del Catastro con observancia de las disposiciones técnicas y los procedimientos legales y reglamentarios es procedente clausurar el proceso, ordenar la renovación de la inscripción de los sectores catastrales y sus respectivos predios que han sido actualizados y determinar la vigencia de los avalúos resultantes.

En el marco de los procesos de formación y actualización catastral, los actos administrativos de inicio, los que amplían el plazo para el cierre de los procesos, los que aprueban valores comerciales, los de cierre que ordenan la inscripción de los predios en la base de datos catastral, así como los que realicen correcciones a errores sistemáticos de la base de datos, se consideran actos de carácter general y serán obligatorios cuando se publiquen en el Diario Oficial o en las gacetas territoriales, según el caso, de acuerdo con la Ley 1437 de 2011.

Que la Sentencia C-1251/01, proferida por la Corte Constitucional, declaró exequible el artículo 2.° de la Ley 601 de 2000, en el entendido que la publicación de los actos de formación y actualización catastral debe hacerse en un periódico de amplia circulación, y que su comunicación a la dirección del predio es obligatoria pero no surte los efectos de una notificación Que en cumplimiento del numeral 8 del artículo 8 de la Ley 1437 de 2011 y del Decreto Distrital 474 de 2022, el proyecto de esta resolución fue publicado en el portal único LegalBog Participa GJUR-06-FR-01 V2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-342 • 2024 • DICIEMBRE • 30 342 Continuación de la Resolución n.º Página n.º 4 de 40 0988 27-diciembre-2024 Por la cual se clausuran las labores de la actualización catastral vigencia 2025, se ordena la renovación de la inscripción en el Catastro de todos los sectores catastrales objeto de actualización y sus respectivos predios y se determina la entrada en vigencia de los avalúos resultantes del 17 al 24 de diciembre de 2024, plazo en el cual no se recibieron opiniones, sugerencias o propuestas alternativas de la ciudadanía o grupos de interés.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1°.

CLAUSURAR el proceso de actualización del Catastro para los sectores catastrales, incluyendo sus respectivos predios, que se detallan a continuación:

CÓDIGO NOMBRE DE SECTOR NÚMERO CÓDIGO DE LOCALIDAD NOMBRE LOCALIDAD DE SECTOR 1 4 SAN CRISTÓBAL 001101 LAS BRISAS 2 4 SAN CRISTÓBAL 001102 BUENOS AIRES 3 4 SAN CRISTÓBAL 001103 VITELMA 4 4 SAN CRISTÓBAL 001104 MOLINOS DE ORIENTE 5 4 SAN CRISTÓBAL 001106 SAN BLAS 6 4 SAN CRISTÓBAL 001107 LAS MERCEDES 7 4 SAN CRISTÓBAL 001108 SAN CRISTÓBAL SUR 8 4 SAN CRISTÓBAL 001109 LA MARIA 9 4 SAN CRISTÓBAL 001110 SAN JAVIER 10 4 SAN CRISTÓBAL 001111 SANTA ANA SUR 11 4 SAN CRISTÓBAL 001112 PRIMERO DE MAYO 12 4 SAN CRISTÓBAL 001113 SAN BLAS II 13 4 SAN CRISTÓBAL 001114 VELODROMO 14 4 SAN CRISTÓBAL 001115 MONTE CARLO 15 4 SAN CRISTÓBAL 001116 TIBAQUE URBANO 16 4 SAN CRISTÓBAL 001118 LOS LAURELES SUR ORIENTAL I 17 4 SAN CRISTÓBAL 001119 AGUAS CLARAS I 18 15 ANTONIO NARIÑO 001201 SEVILLA 19 15 ANTONIO NARIÑO 001202 CIUDAD BERNA 20 15 ANTONIO NARIÑO 001203 CARACAS GJUR-06-FR-01 V2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-343 • 2024 • DICIEMBRE • 30 343 Continuación de la Resolución n.º Página n.º 5 de 40 0988 27-diciembre-2024 Por la cual se clausuran las labores de la actualización catastral vigencia 2025, se ordena la renovación de la inscripción en el Catastro de todos los sectores catastrales objeto de actualización y sus respectivos predios y se determina la entrada en vigencia de los avalúos resultantes CÓDIGO NOMBRE DE SECTOR NÚMERO CÓDIGO DE LOCALIDAD NOMBRE LOCALIDAD DE SECTOR 21 15 ANTONIO NARIÑO 001204 CIUDAD JARDIN SUR 22 4 SAN CRISTÓBAL 001205 SOCIEGO 23 4 SAN CRISTÓBAL 001206 QUINTA RAMOS 24 4 SAN CRISTÓBAL 001207 NARINO SUR 25 15 ANTONIO NARIÑO 001208 LA HORTUA 26 4 SAN CRISTÓBAL 001209 MODELO SUR 27 4 SAN CRISTÓBAL 001210 CALVO SUR 28 15 ANTONIO NARIÑO 001211 POLICARPA 29 4 SAN CRISTÓBAL 001301 GRANADA SUR 30 4 SAN CRISTÓBAL 001302 MONTEBELLO 31 4 SAN CRISTÓBAL 001303 CORDOBA 32 4 SAN CRISTÓBAL 001304 BELLO HORIZONTE 33 4 SAN CRISTÓBAL 001305 ATENAS 34 4 SAN CRISTÓBAL 001306 SAN PEDRO 35 4 SAN CRISTÓBAL 001307 RAMAJAL 36 4 SAN CRISTÓBAL 001308 SANTA INES SUR 37 4 SAN CRISTÓBAL 001309 SAN VICENTE 38 4 SAN CRISTÓBAL 001310 LA VICTORIA 39 4 SAN CRISTÓBAL 001311 LA GLORIA OCCIDENTAL 40 4 SAN CRISTÓBAL 001312 LOS ALPES 41 4 SAN CRISTÓBAL 001313 BELLAVISTA SUR 42 4 SAN CRISTÓBAL 001314 SAN JOSE SUR ORIENTAL 43 4 SAN CRISTÓBAL 001315 ALTAMIRA 44 4 SAN CRISTÓBAL 001316 MORALBA 45 4 SAN CRISTÓBAL 001317 PUENTE COLORADO 46 4 SAN CRISTÓBAL 001318 QUINDIO 47 4 SAN CRISTÓBAL 001319 LA GLORIA ORIENTAL 48 4 SAN CRISTÓBAL 001320 NUEVA GLORIA 49 4 SAN CRISTÓBAL 001321 SAN MARTIN SUR 50 4 SAN CRISTÓBAL 001322 SAN RAFAEL USME GJUR-06-FR-01 V2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-344 • 2024 • DICIEMBRE • 30 344 Continuación de la Resolución n.º Página n.º 6 de 40 0988 27-diciembre-2024 Por la cual se clausuran las labores de la actualización catastral vigencia 2025, se ordena la renovación de la inscripción en el Catastro de todos los sectores catastrales objeto de actualización y sus respectivos predios y se determina la entrada en vigencia de los avalúos resultantes CÓDIGO NOMBRE DE SECTOR NÚMERO CÓDIGO DE LOCALIDAD NOMBRE LOCALIDAD DE SECTOR 51 4 SAN CRISTÓBAL 001323 NUEVA DELHI 52 4 SAN CRISTÓBAL 001324 EL PINAR 53 4 SAN CRISTÓBAL 001325 JUAN REY (LA PAZ)

54 4 SAN CRISTÓBAL 001327 LOS LIBERTADORES 55 4 SAN CRISTÓBAL 001328 SANTA RITA SUR ORIENTAL 56 4 SAN CRISTÓBAL 001329 EL PARAISO 57 4 SAN CRISTÓBAL 001330 CANADA O GUIRA 58 4 SAN CRISTÓBAL 001331 ALTOS DEL ZUQUE 59 4 SAN CRISTÓBAL 001332 VILLABEL 60 4 SAN CRISTÓBAL 001333 ALTOS DEL POBLADO 61 4 SAN CRISTÓBAL 001334 LAS GAVIOTAS 62 5 USME 001335 VILLA DIANA 63 5 USME 001336 JUAN JOSE RONDON I 64 5 USME 001337 SAN PEDRO SUR 65 4 SAN CRISTÓBAL 001338 LA BELLEZA 66 4 SAN CRISTÓBAL 001339 BOSQUE DE LOS ALPES 67 5 USME 001340 TIHUAQUE 68 4 SAN CRISTÓBAL 001342 ALTOS DEL ZIPA 69 5 USME 001344 LOS SOCHES 70 5 USME 001345 DONA LILIANA 71 5 USME 001346 CIUDAD LONDRES I 72 5 USME 001347 JUAN REY SUR 73 5 USME 001348 LA CABANA 74 4 SAN CRISTÓBAL 001350 YOMASA 75 4 SAN CRISTÓBAL 001352 LAS GUACAMAYAS II 76 4 SAN CRISTÓBAL 001353 LAS GUACAMAYAS IV 77 4 SAN CRISTÓBAL 001354 LAS GUACAMAYAS III 78 4 SAN CRISTÓBAL 001355 LAS GUACAMAYAS I 79 4 SAN CRISTÓBAL 001356 VILLA DEL CERRO 80 4 SAN CRISTÓBAL 001357 SANTA INES SUR II GJUR-06-FR-01 V2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-345 • 2024 • DICIEMBRE • 30 345 Continuación de la Resolución n.º Página n.º 7 de 40 0988 27-diciembre-2024 Por la cual se clausuran las labores de la actualización catastral vigencia 2025, se ordena la renovación de la inscripción en el Catastro de todos los sectores catastrales objeto de actualización y sus respectivos predios y se determina la entrada en vigencia de los avalúos resultantes CÓDIGO NOMBRE DE SECTOR NÚMERO CÓDIGO DE LOCALIDAD NOMBRE LOCALIDAD DE SECTOR 81 4 SAN CRISTÓBAL 001358 CHIGUAZA URBANO 82 4 SAN CRISTÓBAL 001362 ARBOLEDA SANTA TERESITA 83 4 SAN CRISTÓBAL 001363 COLMENA I LOS PINARES 84 18 RAFAEL URIBE URIBE 001401 SAN JOSE SUR 85 18 RAFAEL URIBE URIBE 001402 GUSTAVO RESTREPO 86 18 RAFAEL URIBE URIBE 001403 HOSPITAL SAN CARLOS 87 18 RAFAEL URIBE URIBE 001404 SOSIEGO SUR 88 4 SAN CRISTÓBAL 001405 VEINTE DE JULIO 89 4 SAN CRISTÓBAL 001406 SAN ISIDRO 90 4 SAN CRISTÓBAL 001407 SURAMERICA 91 4 SAN CRISTÓBAL 001408 VILLA DE LOS ALPES 92 4 SAN CRISTÓBAL 001409 LAS LOMAS 93 18 RAFAEL URIBE URIBE 001410 MARCO FIDEL SUAREZ 94 18 RAFAEL URIBE URIBE 001411 SAN JORGE SUR 95 18 RAFAEL URIBE URIBE 001412 GRANJAS SAN PABLO 96 18 RAFAEL URIBE URIBE 001413 LA RESURRECCION 97 18 RAFAEL URIBE URIBE 001414 MOLINOS DEL SUR 98 18 RAFAEL URIBE URIBE 001415 MARCO FIDEL SUAREZ I 99 18 RAFAEL URIBE URIBE 001416 SAN AGUSTIN 100 18 RAFAEL URIBE URIBE 001417 LOS MOLINOS 101 18 RAFAEL URIBE URIBE 001418 MARRUECOS 102 18 RAFAEL URIBE URIBE 001419 CALLEJON SANTA BARBARA 103 18 RAFAEL URIBE URIBE 001420 EL PLAYON 104 18 RAFAEL URIBE URIBE 001421 DIANA TURBAY 105 18 RAFAEL URIBE URIBE 001422 DIANA TURBAY ARRAYANES 106 18 RAFAEL URIBE URIBE 001423 ARBOLEDA SUR 107 4 SAN CRISTÓBAL 001424 BARCELONA SUR 108 18 RAFAEL URIBE URIBE 001425 GRANJAS DE SANTA SOFIA 109 18 RAFAEL URIBE URIBE 001426 SAN LUIS 110 18 RAFAEL URIBE URIBE 001427 PUERTO RICO GJUR-06-FR-01 V2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-346 • 2024 • DICIEMBRE • 30 346 Continuación de la Resolución n.º Página n.º 8 de 40 0988 27-diciembre-2024 Por la cual se clausuran las labores de la actualización catastral vigencia 2025, se ordena la renovación de la inscripción en el Catastro de todos los sectores catastrales objeto de actualización y sus respectivos predios y se determina la entrada en vigencia de los avalúos resultantes CÓDIGO NOMBRE DE SECTOR NÚMERO CÓDIGO DE LOCALIDAD NOMBRE LOCALIDAD DE SECTOR 111 18 RAFAEL URIBE URIBE 001428 CERROS DE ORIENTE 112 18 RAFAEL URIBE URIBE 001429 GUIPARMA 113 4 SAN CRISTÓBAL 001430 VILLA DE LOS ALPES I 114 18 RAFAEL URIBE URIBE 001431 LA RESURRECCION I 115 18 RAFAEL URIBE URIBE 001432 DIANA TURBAY CULTIVOS 116 18 RAFAEL URIBE URIBE 001434 CARMEN DEL SOL 117 18 RAFAEL URIBE URIBE 001435 LOS ARRAYANES II 118 15 ANTONIO NARIÑO 002101 LA FRAGUITA 119 15 ANTONIO NARIÑO 002102 SAN ANTONIO 120 15 ANTONIO NARIÑO 002103 RESTREPO 121 15 ANTONIO NARIÑO 002104 RESTREPO OCCIDENTAL 122 15 ANTONIO NARIÑO 002105 SANTANDER 123 15 ANTONIO NARIÑO 002106 SENA 124 15 ANTONIO NARIÑO 002107 LA FRAGUA 125 18 RAFAEL URIBE URIBE 002201 OLAYA 126 18 RAFAEL URIBE URIBE 002202 QUIROGA 127 18 RAFAEL URIBE URIBE 002203 QUIROGA CENTRAL 128 18 RAFAEL URIBE URIBE 002204 QUIROGA SUR 129 18 RAFAEL URIBE URIBE 002205 SANTA LUCIA 130 18 RAFAEL URIBE URIBE 002209 QUIROGA I 131 15 ANTONIO NARIÑO 002301 EDUARDO FREY 132 15 ANTONIO NARIÑO 002302 SANTANDER SUR 133 18 RAFAEL URIBE URIBE 002303 CENTENARIO 134 18 RAFAEL URIBE URIBE 002304 SANTIAGO PEREZ 135 18 RAFAEL URIBE URIBE 002305 LIBERTADOR 136 18 RAFAEL URIBE URIBE 002306 BRAVO PAEZ 137 18 RAFAEL URIBE URIBE 002307 INGLES 138 18 RAFAEL URIBE URIBE 002308 CLARET 139 15 ANTONIO NARIÑO 002309 VILLA MAYOR ORIENTAL 140 18 RAFAEL URIBE URIBE 002310 MURILLO TORO GJUR-06-FR-01 V2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-347 • 2024 • DICIEMBRE • 30 347 Continuación de la Resolución n.º Página n.º 9 de 40 0988 27-diciembre-2024 Por la cual se clausuran las labores de la actualización catastral vigencia 2025, se ordena la renovación de la inscripción en el Catastro de todos los sectores catastrales objeto de actualización y sus respectivos predios y se determina la entrada en vigencia de los avalúos resultantes CÓDIGO NOMBRE DE SECTOR NÚMERO CÓDIGO DE LOCALIDAD NOMBRE LOCALIDAD DE SECTOR 141 18 RAFAEL URIBE URIBE 002311 VILLA MAYOR 142 6 TUNJUELITO 002401 TUNAL ORIENTAL 143 6 TUNJUELITO 002402 SAN VICENTE FERRER 144 6 TUNJUELITO 002403 VENECIA OCCIDENTAL 145 6 TUNJUELITO 002404 VENECIA 146 6 TUNJUELITO 002405 ESCUELA GENERAL SANTANDER 147 6 TUNJUELITO 002406 SAMORE 148 6 TUNJUELITO 002407 EL CARMEN 149 6 TUNJUELITO 002408 FATIMA 150 6 TUNJUELITO 002409 NUEVO MUZU 151 6 TUNJUELITO 002410 PARQUE EL TUNAL 152 6 TUNJUELITO 002411 ISLA DEL SOL 153 19 CIUDAD BOLÍVAR 002412 VERONA 154 6 TUNJUELITO 002413 MUZU 155 19 CIUDAD BOLÍVAR 002414 ISMAEL PERDOMO 156 19 CIUDAD BOLÍVAR 002415 MADELENA 157 19 CIUDAD BOLÍVAR 002416 EL ENSUENO 158 19 CIUDAD BOLÍVAR 002417 BARLOVENTO 159 19 CIUDAD BOLÍVAR 002418 LA ESTANCIA 160 19 CIUDAD BOLÍVAR 002419 RINCON DE LA VALVANERA 161 19 CIUDAD BOLÍVAR 002420 LA CORUNA 162 19 CIUDAD BOLÍVAR 002421 RAFAEL ESCAMILLA 163 19 CIUDAD BOLÍVAR 002422 ATLANTA 164 19 CIUDAD BOLÍVAR 002423 ESPINO 165 19 CIUDAD BOLÍVAR 002424 RINCON DE GALICIA 166 19 CIUDAD BOLÍVAR 002426 SANTO DOMINGO 167 19 CIUDAD BOLÍVAR 002427 GALICIA 168 19 CIUDAD BOLÍVAR 002428 PRIMAVERA II 169 19 CIUDAD BOLÍVAR 002429 MARIA CANO 170 19 CIUDAD BOLÍVAR 002430 LAS BRISAS GJUR-06-FR-01 V2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-348 • 2024 • DICIEMBRE • 30 348 Continuación de la Resolución n.º Página n.º 10 de 40 0988 27-diciembre-2024 Por la cual se clausuran las labores de la actualización catastral vigencia 2025, se ordena la renovación de la inscripción en el Catastro de todos los sectores catastrales objeto de actualización y sus respectivos predios y se determina la entrada en vigencia de los avalúos resultantes CÓDIGO NOMBRE DE SECTOR NÚMERO CÓDIGO DE LOCALIDAD NOMBRE LOCALIDAD DE SECTOR 171 19 CIUDAD BOLÍVAR 002431 POTOSI 172 19 CIUDAD BOLÍVAR 002432 ARBORIZADORA BAJA 173 19 CIUDAD BOLÍVAR 002433 EL PENON DEL CORTIJO 174 19 CIUDAD BOLÍVAR 002434 JERUSALEN 175 19 CIUDAD BOLÍVAR 002435 EL CHIRCAL SUR 176 19 CIUDAD BOLÍVAR 002436 BELLAVISTA 177 19 CIUDAD BOLÍVAR 002437 LA PRADERA 178 19 CIUDAD BOLÍVAR 002438 SIERRA MORENA 179 19 CIUDAD BOLÍVAR 002439 SIERRA MORENA 180 19 CIUDAD BOLÍVAR 002440 SIERRA MORENA 181 19 CIUDAD BOLÍVAR 002441 LOS TRES REYES I 182 19 CIUDAD BOLÍVAR 002442 SANTA VIVIANA 183 19 CIUDAD BOLÍVAR 002443 LA PRIMAVERA I 184 19 CIUDAD BOLÍVAR 002444 SIERRA MORENA II 185 19 CIUDAD BOLÍVAR 002445 CARACOLI 186 19 CIUDAD BOLÍVAR 002446 LOS TRES REYES 187 19 CIUDAD BOLÍVAR 002447 EL MIRADOR DE LA ESTANCIA 188 19 CIUDAD BOLÍVAR 002448 PERDOMO ALTO 189 19 CIUDAD BOLÍVAR 002449 ESPINO I 190 19 CIUDAD BOLÍVAR 002450 PERDOMO ALTO 191 19 CIUDAD BOLÍVAR 002451 SAN ANTONIO DEL MIRADOR 192 19 CIUDAD BOLÍVAR 002453 CIUDAD BOLÍVAR 193 19 CIUDAD BOLÍVAR 002455 LA VALVANERA 194 19 CIUDAD BOLÍVAR 002456 QUIBA I 195 19 CIUDAD BOLÍVAR 002460 ARBORIZADORA ALTA I 196 19 CIUDAD BOLÍVAR 002461 ARBORIZADORA ALTA II 197 6 TUNJUELITO 002501 SAN CARLOS 198 19 CIUDAD BOLÍVAR 002502 MILLAN 199 5 USME 002503 LA AURORA 200 19 CIUDAD BOLÍVAR 002504 COMPARTIR GJUR-06-FR-01 V2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-349 • 2024 • DICIEMBRE • 30 349 Continuación de la Resolución n.º Página n.º 11 de 40 0988 27-diciembre-2024 Por la cual se clausuran las labores de la actualización catastral vigencia 2025, se ordena la renovación de la inscripción en el Catastro de todos los sectores catastrales objeto de actualización y sus respectivos predios y se determina la entrada en vigencia de los avalúos resultantes CÓDIGO NOMBRE DE SECTOR NÚMERO CÓDIGO DE LOCALIDAD NOMBRE LOCALIDAD DE SECTOR 201 5 USME 002505 NUEVO SAN ANDRES 202 5 USME 002506 GRAN YOMASA 203 6 TUNJUELITO 002507 ABRAHAM LINCOLN 204 6 TUNJUELITO 002508 TUNJUELITO 205 6 TUNJUELITO 002509 SAN BENITO 206 18 RAFAEL URIBE URIBE 002510 LA PICOTA ORIENTAL 207 18 RAFAEL URIBE URIBE 002511 LA PICOTA 208 6 TUNJUELITO 002512 AREA ARTILLERIA 209 19 CIUDAD BOLÍVAR 002513 LAS ACACIAS 210 19 CIUDAD BOLÍVAR 002514 MEISSEN 211 19 CIUDAD BOLÍVAR 002515 SAN FRANCISCO 212 19 CIUDAD BOLÍVAR 002516 MEXICO 213 19 CIUDAD BOLÍVAR 002517 LUCERO DEL SUR 214 19 CIUDAD BOLÍVAR 002518 RONDA 215 5 USME 002519 DANUBIO 216 19 CIUDAD BOLÍVAR 002520 LAS MANAS 217 19 CIUDAD BOLÍVAR 002521 LUCERO ALTO 218 19 CIUDAD BOLÍVAR 002522 EL MOCHUELO ORIENTAL 219 19 CIUDAD BOLÍVAR 002523 LA ALAMEDA 220 5 USME 002524 LA ANDREA 221 5 USME 002525 BARRANQUILLITA 222 5 USME 002526 SANTA LIBRADA 223 5 USME 002527 LA CABANA 224 5 USME 002528 SANTA LIBRADA NORTE 225 5 USME 002529 LA MARICHUELA 226 19 CIUDAD BOLÍVAR 002530 QUIBA 227 19 CIUDAD BOLÍVAR 002531 CANDELARIA LA NUEVA 228 19 CIUDAD BOLÍVAR 002532 QUINTAS DEL SUR 229 19 CIUDAD BOLÍVAR 002533 SOTAVENTO 230 19 CIUDAD BOLÍVAR 002534 CASA DE TEJA GJUR-06-FR-01 V2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-350 • 2024 • DICIEMBRE • 30 350 Continuación de la Resolución n.º Página n.º 12 de 40 0988 27-diciembre-2024 Por la cual se clausuran las labores de la actualización catastral vigencia 2025, se ordena la renovación de la inscripción en el Catastro de todos los sectores catastrales objeto de actualización y sus respectivos predios y se determina la entrada en vigencia de los avalúos resultantes CÓDIGO NOMBRE DE SECTOR NÚMERO CÓDIGO DE LOCALIDAD NOMBRE LOCALIDAD DE SECTOR 231 18 RAFAEL URIBE URIBE 002535 PALERMO SUR 232 5 USME 002536 MONTEBLANCO 233 5 USME 002537 CHUNIZA 234 5 USME 002538 USMINIA 235 19 CIUDAD BOLÍVAR 002539 SAN RAFAEL 236 19 CIUDAD BOLÍVAR 002540 ESTRELLA DEL SUR 237 5 USME 002541 GRANADA SUR 238 5 USME 002542 SERRANIAS 239 5 USME 002543 COMUNEROS 240 19 CIUDAD BOLÍVAR 002544 LOS LAURELES II 241 19 CIUDAD BOLÍVAR 002545 EL SATELITE 242 19 CIUDAD BOLÍVAR 002546 NACIONES UNIDAS 243 19 CIUDAD BOLÍVAR 002547 EL TESORO 244 5 USME 002548 EL VIRREY 245 19 CIUDAD BOLÍVAR 002549 VILLA GLORIA 246 5 USME 002550 DUITAMA 247 5 USME 002551 ALASKA 248 19 CIUDAD BOLÍVAR 002552 JUAN PABLO II 249 19 CIUDAD BOLÍVAR 002553 SUMAPAZ 250 19 CIUDAD BOLÍVAR 002554 GIBRALTAR SUR 251 5 USME 002555 SAN JUAN BAUTISTA 252 5 USME 002556 DESARROLLO BRAZUELOS I 253 19 CIUDAD BOLÍVAR 002557 JUAN JOSE RONDON 254 19 CIUDAD BOLÍVAR 002558 VILLAS EL DIAMANTE 255 19 CIUDAD BOLÍVAR 002559 LOS ALPES SUR 256 19 CIUDAD BOLÍVAR 002560 BELLAVISTA LUCERO ALTO 257 19 CIUDAD BOLÍVAR 002561 CORDILLERA DEL SUR 258 19 CIUDAD BOLÍVAR 002562 CENTRAL DE MEZCLAS 259 5 USME 002563 EL PEDREGAL 260 19 CIUDAD BOLÍVAR 002564 EL MINUTO DE MARIA GJUR-06-FR-01 V2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-351 • 2024 • DICIEMBRE • 30 351 Continuación de la Resolución n.º Página n.º 13 de 40 0988 27-diciembre-2024 Por la cual se clausuran las labores de la actualización catastral vigencia 2025, se ordena la renovación de la inscripción en el Catastro de todos los sectores catastrales objeto de actualización y sus respectivos predios y se determina la entrada en vigencia de los avalúos resultantes CÓDIGO NOMBRE DE SECTOR NÚMERO CÓDIGO DE LOCALIDAD NOMBRE LOCALIDAD DE SECTOR 261 19 CIUDAD BOLÍVAR 002565 PARAISO QUIBA 262 18 RAFAEL URIBE URIBE 002566 LA PAZ 263 19 CIUDAD BOLÍVAR 002568 ARBORIZADORA ALTA 264 19 CIUDAD BOLÍVAR 002569 ARBORIZADORA ALTA 265 19 CIUDAD BOLÍVAR 002570 EL MIRADOR 266 5 USME 002571 ANTONIO JOSE DE SUCRE 267 5 USME 002572 SALAZAR USME 268 19 CIUDAD BOLÍVAR 002573 ARBORIZADORA ALTA 269 19 CIUDAD BOLÍVAR 002574 CEDRITOS DEL SUR 270 19 CIUDAD BOLÍVAR 002575 CERRO COLORADO 271 5 USME 002576 SERRANIAS I 272 5 USME 002577 DANUBIO II 273 19 CIUDAD BOLÍVAR 002578 ARABIA 274 19 CIUDAD BOLÍVAR 002579 VILLA CANDELARIA 275 19 CIUDAD BOLÍVAR 002580 BELLA FLOR 276 19 CIUDAD BOLÍVAR 002581 LA TORRE 277 19 CIUDAD BOLÍVAR 002582 BELLA FLOR SUR 278 19 CIUDAD BOLÍVAR 002583 QUIBA URBANO 279 19 CIUDAD BOLÍVAR 002584 EL MOCHUELO 280 19 CIUDAD BOLÍVAR 002585 EL MOCHUELO URBANO 281 5 USME 002586 YOMASA NORTE 282 19 CIUDAD BOLÍVAR 002587 BRISAS DEL VOLADOR 283 5 USME 002589 PORVENIR 284 5 USME 002590 LA FISCALA 285 19 CIUDAD BOLÍVAR 002591 BRAZUELOS OCCIDENTAL 286 5 USME 002592 DESARROLLO BRAZUELOS 287 5 USME 002593 TUNJUELITO 288 5 USME 002594 VILLA ISRAEL 289 19 CIUDAD BOLÍVAR 002595 LAGUNITAS URBANO 290 5 USME 002597 LA FISCALA NORTE GJUR-06-FR-01 V2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-352 • 2024 • DICIEMBRE • 30 352 Continuación de la Resolución n.º Página n.º 14 de 40 0988 27-diciembre-2024 Por la cual se clausuran las labores de la actualización catastral vigencia 2025, se ordena la renovación de la inscripción en el Catastro de todos los sectores catastrales objeto de actualización y sus respectivos predios y se determina la entrada en vigencia de los avalúos resultantes CÓDIGO NOMBRE DE SECTOR NÚMERO CÓDIGO DE LOCALIDAD NOMBRE LOCALIDAD DE SECTOR 291 19 CIUDAD BOLÍVAR 002598 EL MOCHUELO II URBANO 292 5 USME 002599 CENTRO USME URBANO 293 5 USME 002601 ARRAYANES I 294 5 USME 002602 FISCALA ALTA 295 5 USME 002604 LOS OLIVARES 296 5 USME 002605 BOLONIA 297 5 USME 002606 EL CURUBO 298 5 USME 002607 LA ESPERANZA SUR 299 5 USME 002608 EL BOSQUE CENTRAL I 300 5 USME 002609 EL BOSQUE 301 5 USME 002610 CHAPINERITO 302 5 USME 002611 CHARALA 303 5 USME 002612 LA COMUNA 304 5 USME 002613 EL PROGRESO USME 305 5 USME 002614 LA ORQUIDEA DE USME 306 5 USME 002615 LA ESPERANZA DE USME 307 5 USME 002616 EL NUEVO PORTAL 308 5 USME 002617 EL REFUGIO I 309 5 USME 002618 PUERTA AL LLANO DE USME 310 5 USME 002619 VILLA ANITA 311 5 USME 002620 EL NUEVO PORTAL II 312 5 USME 002621 SAN FELIPE DE USME 313 5 USME 002622 TOCAIMITA ORIENTAL I 314 5 USME 002625 ARRAYANES V 315 5 USME 002626 BOLONIA I 316 5 USME 002627 LA REFORMA 317 5 USME 002629 EL NEVADO II 318 5 USME 002630 EL PORTAL DEL DIVINO 319 5 USME 002631 EL NEVADO 320 5 USME 002632 LA REQUILINA GJUR-06-FR-01 V2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-353 • 2024 • DICIEMBRE • 30 353 Continuación de la Resolución n.º Página n.º 15 de 40 0988 27-diciembre-2024 Por la cual se clausuran las labores de la actualización catastral vigencia 2025, se ordena la renovación de la inscripción en el Catastro de todos los sectores catastrales objeto de actualización y sus respectivos predios y se determina la entrada en vigencia de los avalúos resultantes CÓDIGO NOMBRE DE SECTOR NÚMERO CÓDIGO DE LOCALIDAD NOMBRE LOCALIDAD DE SECTOR 321 5 USME 002633 LAS VIOLETAS 322 5 USME 002634 EL TUNO 323 5 USME 002635 BRISAS DEL LLANO 324 5 USME 002636 LA HUERTA 325 18 RAFAEL URIBE URIBE 002637 ARRAYANES VI 326 5 USME 002640 EL PEDREGAL II 327 5 USME 002642 EL PORTAL URBANO 328 5 USME 002643 EL SALTEADOR 329 5 USME 002644 CENTRO USME URBANO I 330 5 USME 002645 PUERTA AL LLANO I 331 3 SANTA FE 003101 LA ALAMEDA 332 3 SANTA FE 003102 LAS NIEVES 333 17 LA CANDELARIA 003103 LAS AGUAS 334 17 LA CANDELARIA 003104 LA CONCORDIA 335 17 LA CANDELARIA 003105 EGIPTO 336 17 LA CANDELARIA 003106 CENTRO ADMINISTRATIVO 337 3 SANTA FE 003107 SANTA INES 338 3 SANTA FE 003108 LA CAPUCHINA 339 3 SANTA FE 003109 VERACRUZ 340 17 LA CANDELARIA 003110 LA CATEDRAL 341 3 SANTA FE 003201 SAN BERNARDO 342 3 SANTA FE 003202 LAS CRUCES 343 17 LA CANDELARIA 003203 SANTA BARBARA 344 17 LA CANDELARIA 003204 BELEN 345 3 SANTA FE 003205 EL GUAVIO 346 3 SANTA FE 003206 LA PENA 347 3 SANTA FE 003207 LOS LACHES 348 3 SANTA FE 003208 EL ROCIO 349 3 SANTA FE 003209 EL DORADO 350 3 SANTA FE 003210 RAMIREZ GJUR-06-FR-01 V2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-354 • 2024 • DICIEMBRE • 30 354 Continuación de la Resolución n.º Página n.º 16 de 40 0988 27-diciembre-2024 Por la cual se clausuran las labores de la actualización catastral vigencia 2025, se ordena la renovación de la inscripción en el Catastro de todos los sectores catastrales objeto de actualización y sus respectivos predios y se determina la entrada en vigencia de los avalúos resultantes CÓDIGO NOMBRE DE SECTOR NÚMERO CÓDIGO DE LOCALIDAD NOMBRE LOCALIDAD DE SECTOR 351 3 SANTA FE 003211 GIRARDOT 352 3 SANTA FE 003212 LOURDES 353 3 SANTA FE 003215 SAN FRANCISCO RURAL 354 3 SANTA FE 003221 LA PEÑA I 355 14 LOS MÁRTIRES 004101 RICAURTE 356 14 LOS MÁRTIRES 004102 LA SABANA 357 14 LOS MÁRTIRES 004103 VOTO NACIONAL 358 14 LOS MÁRTIRES 004104 LA ESTANZUELA 359 14 LOS MÁRTIRES 004105 EDUARDO SANTOS 360 14 LOS MÁRTIRES 004106 EL VERGEL 361 14 LOS MÁRTIRES 004107 SANTA ISABEL SUR 362 14 LOS MÁRTIRES 004108 SANTA ISABEL 363 14 LOS MÁRTIRES 004109 VERAGUAS 364 14 LOS MÁRTIRES 004110 LA PEPITA 365 14 LOS MÁRTIRES 004111 EL PROGRESO 366 16 PUENTE ARANDA 004201 PENSILVANIA 367 16 PUENTE ARANDA 004202 COMUNEROS 368 16 PUENTE ARANDA 004203 LA ASUNCION 369 16 PUENTE ARANDA 004204 MONTES 370 16 PUENTE ARANDA 004205 PRIMAVERA OCCIDENTAL 371 16 PUENTE ARANDA 004206 SAN FRANCISCO 372 16 PUENTE ARANDA 004207 GORGONZOLA 373 16 PUENTE ARANDA 004208 LOS EJIDOS 374 16 PUENTE ARANDA 004209 SANTA MATILDE 375 16 PUENTE ARANDA 004210 JORGE GAITAN CORTES 376 16 PUENTE ARANDA 004211 BOCHICA 377 16 PUENTE ARANDA 004212 TIBANA 378 16 PUENTE ARANDA 004301 SAN RAFAEL INDUSTRIAL 379 16 PUENTE ARANDA 004302 SAN RAFAEL 380 16 PUENTE ARANDA 004303 BARCELONA GJUR-06-FR-01 V2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-355 • 2024 • DICIEMBRE • 30 355 Continuación de la Resolución n.º Página n.º 17 de 40 0988 27-diciembre-2024 Por la cual se clausuran las labores de la actualización catastral vigencia 2025, se ordena la renovación de la inscripción en el Catastro de todos los sectores catastrales objeto de actualización y sus respectivos predios y se determina la entrada en vigencia de los avalúos resultantes CÓDIGO NOMBRE DE SECTOR NÚMERO CÓDIGO DE LOCALIDAD NOMBRE LOCALIDAD DE SECTOR 381 16 PUENTE ARANDA 004304 GALAN 382 16 PUENTE ARANDA 004305 LA PRADERA 383 16 PUENTE ARANDA 004306 LA TRINIDAD 384 16 PUENTE ARANDA 004307 SAN GABRIEL 385 16 PUENTE ARANDA 004308 COLON 386 16 PUENTE ARANDA 004309 LA CAMELIA 387 16 PUENTE ARANDA 004310 PROVIVIENDA NORTE 388 8 KENNEDY 004316 LAS MARGARITAS 389 16 PUENTE ARANDA 004317 LA CAMELIA II 390 16 PUENTE ARANDA 004401 SAN EUSEBIO 391 16 PUENTE ARANDA 004402 REMANSO 392 16 PUENTE ARANDA 004403 AUTOPISTA MUZU 393 16 PUENTE ARANDA 004404 AUTOPISTA SUR 394 16 PUENTE ARANDA 004405 OSPINA PEREZ SUR 395 16 PUENTE ARANDA 004406 OSPINA PEREZ 396 16 PUENTE ARANDA 004407 ALCALA 397 16 PUENTE ARANDA 004408 TEJAR 398 16 PUENTE ARANDA 004409 ALQUERIA 399 16 PUENTE ARANDA 004412 REMANSO SUR 400 16 PUENTE ARANDA 004413 AUTOPISTA MUZU ORIENTAL 401 8 KENNEDY 004501 HIPOTECHO 402 8 KENNEDY 004502 HIPOTECHO OCCIDENTAL 403 8 KENNEDY 004503 PROVIVIENDA ORIENTAL 404 8 KENNEDY 004504 PROVIVIENDA 405 8 KENNEDY 004505 PROVIVIENDA OCCIDENTAL 406 8 KENNEDY 004506 LA CAMPINA 407 8 KENNEDY 004507 CIUDAD KENNEDY SUR 408 8 KENNEDY 004508 CIUDAD KENNEDY OCCIDENTAL 409 8 KENNEDY 004509 CIUDAD KENNEDY 410 8 KENNEDY 004510 CIUDAD KENNEDY ORIENTAL GJUR-06-FR-01 V2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-356 • 2024 • DICIEMBRE • 30 356 Continuación de la Resolución n.º Página n.º 18 de 40 0988 27-diciembre-2024 Por la cual se clausuran las labores de la actualización catastral vigencia 2025, se ordena la renovación de la inscripción en el Catastro de todos los sectores catastrales objeto de actualización y sus respectivos predios y se determina la entrada en vigencia de los avalúos resultantes CÓDIGO NOMBRE DE SECTOR NÚMERO CÓDIGO DE LOCALIDAD NOMBRE LOCALIDAD DE SECTOR 411 8 KENNEDY 004511 CIUDAD KENNEDY CENTRAL 412 8 KENNEDY 004512 TIMIZA 413 7 BOSA 004513 SAN DIEGO-BOSA 414 8 KENNEDY 004514 CIUDAD KENNEDY NORTE 415 8 KENNEDY 004515 TUNDAMA 416 8 KENNEDY 004516 BOITA 417 8 KENNEDY 004517 JACQUELINE 418 8 KENNEDY 004518 TIMIZA A 419 7 BOSA 004519 ESCOCIA 420 7 BOSA 004520 LA PAZ BOSA 421 7 BOSA 004521 LA ESTACION BOSA 422 7 BOSA 004522 BOSA 423 7 BOSA 004523 JIMENEZ DE QUESADA 424 7 BOSA 004524 SAN PABLO BOSA 425 8 KENNEDY 004525 PASTRANA 426 7 BOSA 004526 BOSA NOVA 427 7 BOSA 004527 NUEVA GRANADA BOSA 428 7 BOSA 004528 PASO ANCHO 429 7 BOSA 004529 CEMENTERIO JARDINES APOGEO 430 8 KENNEDY 004530 TIMIZA B 431 8 KENNEDY 004531 MANDALAY 432 8 KENNEDY 004532 LA CECILIA 433 7 BOSA 004533 EL RETAZO 434 8 KENNEDY 004534 ROMA 435 8 KENNEDY 004535 CLASS 436 8 KENNEDY 004536 EL RUBI 437 8 KENNEDY 004537 CASABLANCA 438 7 BOSA 004538 OLARTE 439 7 BOSA 004539 GRAN COLOMBIANO 440 8 KENNEDY 004540 CATALINA II GJUR-06-FR-01 V2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-357 • 2024 • DICIEMBRE • 30 357 Continuación de la Resolución n.º Página n.º 19 de 40 0988 27-diciembre-2024 Por la cual se clausuran las labores de la actualización catastral vigencia 2025, se ordena la renovación de la inscripción en el Catastro de todos los sectores catastrales objeto de actualización y sus respectivos predios y se determina la entrada en vigencia de los avalúos resultantes CÓDIGO NOMBRE DE SECTOR NÚMERO CÓDIGO DE LOCALIDAD NOMBRE LOCALIDAD DE SECTOR 441 8 KENNEDY 004541 EL PARAISO BOSA 442 8 KENNEDY 004542 ALQUERIA LA FRAGUA NORTE 443 8 KENNEDY 004543 ALQUERIA LA FRAGUA 444 8 KENNEDY 004544 LAS DELICIAS 445 8 KENNEDY 004545 CATALINA 446 7 BOSA 004546 VILLA DEL RIO 447 8 KENNEDY 004547 CORABASTOS 448 8 KENNEDY 004548 TECHO 449 8 KENNEDY 004549 NUEVA YORK 450 7 BOSA 004550 JOSE MARIA CARBONEL 451 8 KENNEDY 004551 HIPOTECHO SUR 452 7 BOSA 004552 GUALOCHE 453 7 BOSA 004553 ANDALUCIA II 454 8 KENNEDY 004554 PATIO BONITO 455 8 KENNEDY 004555 PATIO BONITO II 456 8 KENNEDY 004556 GRAN BRITALIA I 457 8 KENNEDY 004557 GRAN BRITALIA 458 8 KENNEDY 004558 CAMPO HERMOSO 459 8 KENNEDY 004559 EL CARMELO 460 8 KENNEDY 004560 SAUCEDAL 461 7 BOSA 004561 EL JARDIN 462 8 KENNEDY 004562 LLANO GRANDE 463 19 CIUDAD BOLÍVAR 004563 GUADALUPE 464 8 KENNEDY 004564 TAIRONA 465 8 KENNEDY 004565 TOCAREMA 466 8 KENNEDY 004566 PATIO BONITO III 467 7 BOSA 004567 VILLAS DEL PROGRESO 468 7 BOSA 004568 JORGE URIBE BOTERO 469 7 BOSA 004569 JOSE ANTONIO GALAN 470 7 BOSA 004570 ANTONIA SANTOS GJUR-06-FR-01 V2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-358 • 2024 • DICIEMBRE • 30 358 Continuación de la Resolución n.º Página n.º 20 de 40 0988 27-diciembre-2024 Por la cual se clausuran las labores de la actualización catastral vigencia 2025, se ordena la renovación de la inscripción en el Catastro de todos los sectores catastrales objeto de actualización y sus respectivos predios y se determina la entrada en vigencia de los avalúos resultantes CÓDIGO NOMBRE DE SECTOR NÚMERO CÓDIGO DE LOCALIDAD NOMBRE LOCALIDAD DE SECTOR 471 7 BOSA 004572 CORREDOR FERREO DEL SUR 472 7 BOSA 004573 CIUDADELA EL RECREO 473 7 BOSA 004574 CHARLES DE GAULLE 474 7 BOSA 004575 LOS LAURELES 475 8 KENNEDY 004576 CASA BLANCA SUR 476 7 BOSA 004577 SAN BERNARDINO XXII URBANO 477 8 KENNEDY 004578 VILLA NELLY III SECTOR 478 7 BOSA 004579 ESCOCIA 479 7 BOSA 004580 BOSA NOVA EL PORVENIR 480 8 KENNEDY 004581 TIMIZA C 481 8 KENNEDY 004582 RENANIA URAPANES 482 7 BOSA 004583 ARGELIA II 483 8 KENNEDY 004584 SANTA CATALINA 484 7 BOSA 004586 JIMENEZ DE QUESADA II SECTOR 485 7 BOSA 004587 LOS SAUCES 486 7 BOSA 004588 EL DANUBIO AZUL 487 7 BOSA 004589 SAN PEDRO 488 7 BOSA 004590 SAN BERNARDINO XXV URBANO 489 7 BOSA 004591 EL PORTAL DEL BRASIL 490 7 BOSA 004592 SAN MARTIN 491 7 BOSA 004593 LA LIBERTAD 492 7 BOSA 004594 SAN ANTONIO 493 7 BOSA 004595 CHICO SUR 494 8 KENNEDY 004596 ALQUERIA LA FRAGUA II 495 7 BOSA 004597 SAN BERNARDINO I 496 7 BOSA 004598 VILLA ANNY I 497 7 BOSA 004599 VILLA ANNY II 498 8 KENNEDY 004601 CALANDAIMA 499 7 BOSA 004602 REMANSO URBANO 500 8 KENNEDY 004603 EL PARAISO GJUR-06-FR-01 V2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-359 • 2024 • DICIEMBRE • 30 359 Continuación de la Resolución n.º Página n.º 21 de 40 0988 27-diciembre-2024 Por la cual se clausuran las labores de la actualización catastral vigencia 2025, se ordena la renovación de la inscripción en el Catastro de todos los sectores catastrales objeto de actualización y sus respectivos predios y se determina la entrada en vigencia de los avalúos resultantes CÓDIGO NOMBRE DE SECTOR NÚMERO CÓDIGO DE LOCALIDAD NOMBRE LOCALIDAD DE SECTOR 501 7 BOSA 004604 BRASILIA 502 7 BOSA 004605 CHICALA 503 8 KENNEDY 004607 CIUDAD DE CALI 504 8 KENNEDY 004609 LOS ALMENDROS 505 8 KENNEDY 004611 EL JAZMIN 506 8 KENNEDY 004612 DINDALITO 507 8 KENNEDY 004613 PROVIVIENDA OCCIDENTAL 508 8 KENNEDY 004614 DINDALITO 509 8 KENNEDY 004615 OSORIO XII 510 7 BOSA 004616 OSORIO X URBANO 511 8 KENNEDY 004617 TINTALITO 512 8 KENNEDY 004618 DINTALITO 513 8 KENNEDY 004619 CHUCUA DE LA VACA III 514 8 KENNEDY 004620 CHUCUA DE LA VACA II 515 8 KENNEDY 004621 CHUCUA DE LA VACA I 516 7 BOSA 004622 BRASIL 517 7 BOSA 004623 SAN BERNARDINO POTRERITOS 518 7 BOSA 004624 LA VEGA SAN BERNARDINO 519 7 BOSA 004625 EL REMANSO I 520 8 KENNEDY 004626 LAS ACACIAS 521 8 KENNEDY 004627 GALAN 522 7 BOSA 004628 BETANIA 523 7 BOSA 004630 PARCELA EL PORVENIR 524 7 BOSA 004631 EL CORZO 525 7 BOSA 004632 LA CABANA 526 7 BOSA 004633 SANTA FE BOSA 527 7 BOSA 004634 CANAVERALEJO 528 7 BOSA 004635 SAN BERNARDINO II 529 7 BOSA 004637 LAS MARGARITAS 530 7 BOSA 004638 CIUDADELA EL RECREO II GJUR-06-FR-01 V2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-360 • 2024 • DICIEMBRE • 30 360 Continuación de la Resolución n.º Página n.º 22 de 40 0988 27-diciembre-2024 Por la cual se clausuran las labores de la actualización catastral vigencia 2025, se ordena la renovación de la inscripción en el Catastro de todos los sectores catastrales objeto de actualización y sus respectivos predios y se determina la entrada en vigencia de los avalúos resultantes CÓDIGO NOMBRE DE SECTOR NÚMERO CÓDIGO DE LOCALIDAD NOMBRE LOCALIDAD DE SECTOR 531 7 BOSA 004641 LA INDEPENDENCIA 532 7 BOSA 004642 ISLANDIA 533 7 BOSA 004643 EL CORZO I 534 7 BOSA 004645 CAÑAVERALEJO I 535 7 BOSA 004646 EL CORZO II 536 12 BARRIOS UNIDOS 005101 JOSE JOAQUIN VARGAS 537 12 BARRIOS UNIDOS 005102 POPULAR MODELO 538 12 BARRIOS UNIDOS 005103 SAN MIGUEL 539 12 BARRIOS UNIDOS 005104 EL ROSARIO 540 13 TEUSAQUILLO 005105 CAMPIN OCCIDENTAL 541 13 TEUSAQUILLO 005106 NICOLAS DE FEDERMAN 542 13 TEUSAQUILLO 005107 ACEVEDO TEJADA 543 13 TEUSAQUILLO 005108 CIUDAD UNIVERSITARIA 544 13 TEUSAQUILLO 005109 CENTRO ADMINISTRATIVO OCC.

545 13 TEUSAQUILLO 005110 EL SALITRE 546 13 TEUSAQUILLO 005111 LA ESMERALDA 547 12 BARRIOS UNIDOS 005112 PARQUE DISTRITAL SALITRE 548 13 TEUSAQUILLO 005113 PAULO VI 549 13 TEUSAQUILLO 005114 CAMPO EUCARISTICO 550 12 BARRIOS UNIDOS 005115 PARQUE POPULAR SALITRE 551 13 TEUSAQUILLO 005116 PABLO VI NORTE 552 13 TEUSAQUILLO 005117 RAFAEL NUNEZ 553 12 BARRIOS UNIDOS 005201 JORGE ELIECER GAITAN 554 12 BARRIOS UNIDOS 005202 DOCE DE OCTUBRE 555 12 BARRIOS UNIDOS 005203 SAN FERNANDO 556 12 BARRIOS UNIDOS 005204 SAN FERNANDO OCCIDENTAL 557 12 BARRIOS UNIDOS 005205 SIMON BOLÍVAR 558 12 BARRIOS UNIDOS 005206 LA LIBERTAD 559 12 BARRIOS UNIDOS 005207 METROPOLIS 560 12 BARRIOS UNIDOS 005304 LA CASTELLANA GJUR-06-FR-01 V2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-361 • 2024 • DICIEMBRE • 30 361 Continuación de la Resolución n.º Página n.º 23 de 40 0988 27-diciembre-2024 Por la cual se clausuran las labores de la actualización catastral vigencia 2025, se ordena la renovación de la inscripción en el Catastro de todos los sectores catastrales objeto de actualización y sus respectivos predios y se determina la entrada en vigencia de los avalúos resultantes CÓDIGO NOMBRE DE SECTOR NÚMERO CÓDIGO DE LOCALIDAD NOMBRE LOCALIDAD DE SECTOR 561 12 BARRIOS UNIDOS 005305 LA PATRIA 562 12 BARRIOS UNIDOS 005306 ENTRERIOS 563 12 BARRIOS UNIDOS 005307 LOS ANDES 564 12 BARRIOS UNIDOS 005308 RIONEGRO 565 12 BARRIOS UNIDOS 005310 ESCUELA MILITAR 566 11 SUBA 005401 POTOSI 567 11 SUBA 005402 SANTA ROSA 568 11 SUBA 005403 JULIO FLOREZ 569 10 ENGATIVA 005404 LAS FERIAS 570 10 ENGATIVA 005405 LAS FERIAS OCCIDENTAL 571 10 ENGATIVA 005406 BONANZA 572 10 ENGATIVA 005501 PALO BLANCO 573 10 ENGATIVA 005502 LA ESTRADA 574 10 ENGATIVA 005503 BELLAVISTA OCCIDENTAL 575 10 ENGATIVA 005504 LA ESTRADITA 576 10 ENGATIVA 005505 BOSQUE POPULAR 577 10 ENGATIVA 005506 JARDIN BOTANICO 578 10 ENGATIVA 005507 NORMANDIA 579 10 ENGATIVA 005508 LA CABANA 580 10 ENGATIVA 005509 SAN JOAQUIN 581 10 ENGATIVA 005510 EL LAUREL 582 10 ENGATIVA 005601 EL MINUTO DE DIOS 583 10 ENGATIVA 005602 SANTA MARIA 584 10 ENGATIVA 005603 BOYACA 585 10 ENGATIVA 005604 EL REAL 586 10 ENGATIVA 005605 EL ENCANTO 587 10 ENGATIVA 005606 NORMANDIA OCCIDENTAL 588 10 ENGATIVA 005607 SAN IGNACIO 589 10 ENGATIVA 005608 SANTA HELENITA 590 10 ENGATIVA 005609 TABORA GJUR-06-FR-01 V2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-362 • 2024 • DICIEMBRE • 30 362 Continuación de la Resolución n.º Página n.º 24 de 40 0988 27-diciembre-2024 Por la cual se clausuran las labores de la actualización catastral vigencia 2025, se ordena la renovación de la inscripción en el Catastro de todos los sectores catastrales objeto de actualización y sus respectivos predios y se determina la entrada en vigencia de los avalúos resultantes CÓDIGO NOMBRE DE SECTOR NÚMERO CÓDIGO DE LOCALIDAD NOMBRE LOCALIDAD DE SECTOR 591 10 ENGATIVA 005610 LA GRANJA 592 10 ENGATIVA 005611 AUTOPISTA MEDELLIN 593 10 ENGATIVA 005612 PARIS GAITAN 594 10 ENGATIVA 005613 LA SERENA 595 10 ENGATIVA 005614 VILLA LUZ 596 10 ENGATIVA 005615 LA SOLEDAD NORTE 597 10 ENGATIVA 005616 LOS CEREZOS 598 10 ENGATIVA 005617 PRIMAVERA 599 10 ENGATIVA 005619 PARIS 600 10 ENGATIVA 005620 FLORENCIA 601 10 ENGATIVA 005621 FLORIDA BLANCA 602 10 ENGATIVA 005622 BOLIVIA 603 10 ENGATIVA 005623 LOS ANGELES 604 9 FONTIBÓN 005624 AEROPUERTO EL DORADO 605 10 ENGATIVA 005625 LOS ALAMOS 606 10 ENGATIVA 005626 LOS ALAMOS 607 10 ENGATIVA 005627 GARCES NAVAS 608 10 ENGATIVA 005628 GARCES NAVAS ORIENTAL 609 10 ENGATIVA 005629 EL CEDRO 610 10 ENGATIVA 005630 CIUDAD BACHUE 611 10 ENGATIVA 005631 CIUDAD BACHUE I ETAPA 612 10 ENGATIVA 005632 BOCHICA 613 10 ENGATIVA 005634 EL CORTIJO 614 10 ENGATIVA 005635 EL MADRIGAL 615 10 ENGATIVA 005636 ENGATIVA ZONA URBANA 616 10 ENGATIVA 005637 VILLA GLADYS 617 10 ENGATIVA 005638 SANTA CECILIA 618 10 ENGATIVA 005639 QUIRIGUA ORIENTAL 619 10 ENGATIVA 005640 BOLIVIA ORIENTAL 620 10 ENGATIVA 005641 SANTA MONICA GJUR-06-FR-01 V2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-363 • 2024 • DICIEMBRE • 30 363 Continuación de la Resolución n.º Página n.º 25 de 40 0988 27-diciembre-2024 Por la cual se clausuran las labores de la actualización catastral vigencia 2025, se ordena la renovación de la inscripción en el Catastro de todos los sectores catastrales objeto de actualización y sus respectivos predios y se determina la entrada en vigencia de los avalúos resultantes CÓDIGO NOMBRE DE SECTOR NÚMERO CÓDIGO DE LOCALIDAD NOMBRE LOCALIDAD DE SECTOR 621 10 ENGATIVA 005643 ALAMOS 622 10 ENGATIVA 005644 BOCHICA II 623 10 ENGATIVA 005647 VILLAS DE GRANADA 624 10 ENGATIVA 005648 VILLA AMALIA 625 10 ENGATIVA 005649 VILLAS DE GRANADA I 626 10 ENGATIVA 005650 CIUDADELA COLSUBSIDIO 627 10 ENGATIVA 005652 EL MUELLE 628 10 ENGATIVA 005654 GRAN GRANADA 629 10 ENGATIVA 005655 GARCES NAVAS SUR 630 10 ENGATIVA 005657 SABANA DEL DORADO 631 10 ENGATIVA 005658 VILLA SAGRARIO 632 10 ENGATIVA 005660 SAN ANTONIO URBANO 633 10 ENGATIVA 005661 LUIS CARLOS GALAN 634 10 ENGATIVA 005662 EL CEDRO 635 10 ENGATIVA 005663 EL DORADO INDUSTRIAL 636 10 ENGATIVA 005664 EL DORADO 637 10 ENGATIVA 005665 MARANDU 638 10 ENGATIVA 005666 LA FAENA 639 10 ENGATIVA 005667 CENTRO ENGATIVA II 640 10 ENGATIVA 005668 VILLAS DE ALCALA 641 10 ENGATIVA 005669 EL GACO 642 10 ENGATIVA 005670 LA RIVIERA 643 9 FONTIBÓN 005672 LAS NAVETAS 644 9 FONTIBÓN 005673 PUEBLO VIEJO 645 10 ENGATIVA 005675 BOLIVIA 646 10 ENGATIVA 005679 SAN ANTONIO ENGATIVA 647 10 ENGATIVA 005680 VILLA DEL MAR 648 10 ENGATIVA 005682 CIUDAD BACHUE II 649 10 ENGATIVA 005683 QUIRIGUA I 650 10 ENGATIVA 005684 QUIRIGUA II GJUR-06-FR-01 V2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-364 • 2024 • DICIEMBRE • 30 364 Continuación de la Resolución n.º Página n.º 26 de 40 0988 27-diciembre-2024 Por la cual se clausuran las labores de la actualización catastral vigencia 2025, se ordena la renovación de la inscripción en el Catastro de todos los sectores catastrales objeto de actualización y sus respectivos predios y se determina la entrada en vigencia de los avalúos resultantes CÓDIGO NOMBRE DE SECTOR NÚMERO CÓDIGO DE LOCALIDAD NOMBRE LOCALIDAD DE SECTOR 651 14 LOS MÁRTIRES 006101 FLORIDA 652 14 LOS MÁRTIRES 006103 SANTA FE 653 14 LOS MÁRTIRES 006104 LA FAVORITA 654 14 LOS MÁRTIRES 006105 SAN VICTORINO 655 14 LOS MÁRTIRES 006106 EL LISTON 656 14 LOS MÁRTIRES 006107 PALOQUEMAO 657 14 LOS MÁRTIRES 006108 SAMPER MENDOZA 658 14 LOS MÁRTIRES 006109 COLSEGUROS 659 14 LOS MÁRTIRES 006110 USATAMA 660 13 TEUSAQUILLO 006201 EL RECUERDO 661 13 TEUSAQUILLO 006202 GRAN AMERICA 662 16 PUENTE ARANDA 006203 LA FLORIDA OCCIDENTAL 663 16 PUENTE ARANDA 006204 ESTACION CENTRAL 664 16 PUENTE ARANDA 006205 INDUSTRIAL CENTENARIO 665 16 PUENTE ARANDA 006206 EL EJIDO 666 16 PUENTE ARANDA 006207 BATALLON CALDAS 667 16 PUENTE ARANDA 006208 ORTEZAL 668 13 TEUSAQUILLO 006209 QUINTA PAREDES 669 13 TEUSAQUILLO 006210 CENTRO NARINO 670 16 PUENTE ARANDA 006211 CUNDINAMARCA 671 16 PUENTE ARANDA 006212 SALAZAR GOMEZ 672 16 PUENTE ARANDA 006215 PUENTE ARANDA 673 13 TEUSAQUILLO 006216 CIUDAD SALITRE NOR-ORIENTAL 674 13 TEUSAQUILLO 006217 CIUDAD SALITRE SUR-ORIENTAL 675 16 PUENTE ARANDA 006218 CENTRO INDUSTRIAL 676 9 FONTIBÓN 006301 SANTA CECILIA 677 9 FONTIBÓN 006302 CAPELLANIA 678 9 FONTIBÓN 006303 LA ESPERANZA NORTE 679 9 FONTIBÓN 006306 GRANJAS DE TECHO 680 9 FONTIBÓN 006307 MONTEVIDEO GJUR-06-FR-01 V2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-365 • 2024 • DICIEMBRE • 30 365 Continuación de la Resolución n.º Página n.º 27 de 40 0988 27-diciembre-2024 Por la cual se clausuran las labores de la actualización catastral vigencia 2025, se ordena la renovación de la inscripción en el Catastro de todos los sectores catastrales objeto de actualización y sus respectivos predios y se determina la entrada en vigencia de los avalúos resultantes CÓDIGO NOMBRE DE SECTOR NÚMERO CÓDIGO DE LOCALIDAD NOMBRE LOCALIDAD DE SECTOR 681 9 FONTIBÓN 006308 FRANCO 682 9 FONTIBÓN 006311 MODELIA 683 9 FONTIBÓN 006312 MODELIA OCCIDENTAL 684 9 FONTIBÓN 006313 SALITRE OCCIDENTAL 685 9 FONTIBÓN 006315 LA ESPERANZA SUR 686 9 FONTIBÓN 006316 BOSQUE DE MODELIA 687 9 FONTIBÓN 006319 TERMINAL DE TRANSPORTES 688 9 FONTIBÓN 006320 CIUDAD HAYUELOS 689 9 FONTIBÓN 006401 VERSALLES FONTIBÓN 690 9 FONTIBÓN 006402 LA CABANA FONTIBÓN 691 9 FONTIBÓN 006403 SAN JOSE DE FONTIBÓN 692 9 FONTIBÓN 006404 PUERTA DE TEJA 693 9 FONTIBÓN 006405 FERROCAJA FONTIBÓN 694 9 FONTIBÓN 006406 VILLEMAR 695 9 FONTIBÓN 006407 GUADUAL FONTIBÓN 696 9 FONTIBÓN 006408 EL CARMEN FONTIBÓN 697 9 FONTIBÓN 006409 BELEN FONTIBÓN 698 9 FONTIBÓN 006410 CENTRO FONTIBÓN 699 9 FONTIBÓN 006411 CHARCO URBANO 700 9 FONTIBÓN 006413 SAN PABLO JERICO 701 9 FONTIBÓN 006414 BRISAS ALDEA FONTIBÓN 702 9 FONTIBÓN 006415 LA LAGUNA FONTIBÓN 703 9 FONTIBÓN 006416 ATAHUALPA 704 9 FONTIBÓN 006417 VILLA CARMENZA 705 9 FONTIBÓN 006418 PUENTE GRANDE 706 9 FONTIBÓN 006419 EL REFUGIO 707 9 FONTIBÓN 006420 LA GIRALDA 708 9 FONTIBÓN 006423 EL TINTAL CENTRAL 709 8 KENNEDY 006501 COOPERATIVA DE SUB-OFICIALES 710 8 KENNEDY 006502 MARSELLA GJUR-06-FR-01 V2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-366 • 2024 • DICIEMBRE • 30 366 Continuación de la Resolución n.º Página n.º 28 de 40 0988 27-diciembre-2024 Por la cual se clausuran las labores de la actualización catastral vigencia 2025, se ordena la renovación de la inscripción en el Catastro de todos los sectores catastrales objeto de actualización y sus respectivos predios y se determina la entrada en vigencia de los avalúos resultantes CÓDIGO NOMBRE DE SECTOR NÚMERO CÓDIGO DE LOCALIDAD NOMBRE LOCALIDAD DE SECTOR 711 8 KENNEDY 006503 VISION DE ORIENTE 712 8 KENNEDY 006504 BAVARIA 713 8 KENNEDY 006505 PIO XII 714 8 KENNEDY 006506 CASTILLA 715 8 KENNEDY 006507 NUEVO TECHO 716 8 KENNEDY 006508 LAS DOS AVENIDAS 717 8 KENNEDY 006509 LUSITANIA 718 8 KENNEDY 006510 VILLA ALSACIA II 719 8 KENNEDY 006511 LA PAMPA 720 8 KENNEDY 006512 VILLA ALSACIA 721 8 KENNEDY 006514 VERGEL OCCIDENTAL 722 8 KENNEDY 006515 VALLADOLID 723 8 KENNEDY 006516 TINTALA 724 8 KENNEDY 006517 MARIA PAZ 725 8 KENNEDY 006518 OSORIO III 726 9 FONTIBÓN 006519 MORAVIA 727 9 FONTIBÓN 006520 ZONA FRANCA 728 9 FONTIBÓN 006521 SABANA GRANDE 729 9 FONTIBÓN 006522 EL TINTAL II 730 9 FONTIBÓN 006523 SAN PEDRO DE LOS ROBLES 731 8 KENNEDY 006524 LA MAGDALENA 732 9 FONTIBÓN 006525 EL CHANCO I 733 9 FONTIBÓN 006527 INTERINDUSTRIAL 734 8 KENNEDY 006528 EL VERGEL 735 8 KENNEDY 006529 EL VERGEL ORIENTAL 736 8 KENNEDY 006531 CIUDAD TECHO II 737 9 FONTIBÓN 006532 KASANDRA 738 8 KENNEDY 006533 EL TINTAL III 739 8 KENNEDY 006534 EL TINTAL IV 740 9 FONTIBÓN 006535 EL CHANCO III GJUR-06-FR-01 V2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-367 • 2024 • DICIEMBRE • 30 367 Continuación de la Resolución n.º Página n.º 29 de 40 0988 27-diciembre-2024 Por la cual se clausuran las labores de la actualización catastral vigencia 2025, se ordena la renovación de la inscripción en el Catastro de todos los sectores catastrales objeto de actualización y sus respectivos predios y se determina la entrada en vigencia de los avalúos resultantes CÓDIGO NOMBRE DE SECTOR NÚMERO CÓDIGO DE LOCALIDAD NOMBRE LOCALIDAD DE SECTOR 741 13 TEUSAQUILLO 007101 LA SOLEDAD 742 13 TEUSAQUILLO 007102 SANTA TERESITA 743 13 TEUSAQUILLO 007103 LA MAGDALENA 744 13 TEUSAQUILLO 007104 TEUSAQUILLO 745 13 TEUSAQUILLO 007105 ARMENIA 746 13 TEUSAQUILLO 007106 ESTRELLA 747 13 TEUSAQUILLO 007107 LAS AMERICAS 748 13 TEUSAQUILLO 007201 CAMPIN 749 13 TEUSAQUILLO 007202 SAN LUIS 750 13 TEUSAQUILLO 007203 CHAPINERO OCCIDENTAL 751 13 TEUSAQUILLO 007204 QUESADA 752 13 TEUSAQUILLO 007205 PALERMO 753 13 TEUSAQUILLO 007206 BELALCAZAR 754 13 TEUSAQUILLO 007207 GALERIAS 755 13 TEUSAQUILLO 007208 BANCO CENTRAL 756 13 TEUSAQUILLO 007209 ALFONSO LOPEZ 757 12 BARRIOS UNIDOS 007301 LA MERCED NORTE 758 12 BARRIOS UNIDOS 007302 ALCAZARES 759 12 BARRIOS UNIDOS 007303 COLOMBIA 760 12 BARRIOS UNIDOS 007304 CONCEPCION NORTE 761 12 BARRIOS UNIDOS 007305 LA ESPERANZA 762 12 BARRIOS UNIDOS 007306 BAQUERO 763 12 BARRIOS UNIDOS 007307 MUEQUETA 764 12 BARRIOS UNIDOS 007308 QUINTA MUTIS 765 12 BARRIOS UNIDOS 007309 BENJAMIN HERRERA 766 12 BARRIOS UNIDOS 007310 LA PAZ 767 12 BARRIOS UNIDOS 007311 SIETE DE AGOSTO 768 12 BARRIOS UNIDOS 007312 RAFAEL URIBE 769 12 BARRIOS UNIDOS 007401 POLO CLUB 770 12 BARRIOS UNIDOS 007402 JUAN XXIII GJUR-06-FR-01 V2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-368 • 2024 • DICIEMBRE • 30 368 Continuación de la Resolución n.º Página n.º 30 de 40 0988 27-diciembre-2024 Por la cual se clausuran las labores de la actualización catastral vigencia 2025, se ordena la renovación de la inscripción en el Catastro de todos los sectores catastrales objeto de actualización y sus respectivos predios y se determina la entrada en vigencia de los avalúos resultantes CÓDIGO NOMBRE DE SECTOR NÚMERO CÓDIGO DE LOCALIDAD NOMBRE LOCALIDAD DE SECTOR 771 12 BARRIOS UNIDOS 007403 SAN FELIPE 772 12 BARRIOS UNIDOS 007404 ALCAZARES NORTE 773 12 BARRIOS UNIDOS 007405 ONCE DE NOVIEMBRE 774 12 BARRIOS UNIDOS 007406 SANTA SOFIA 775 12 BARRIOS UNIDOS 007407 LA AURORA 776 3 SANTA FE 008101 SAGRADO CORAZON 777 3 SANTA FE 008102 PARQUE NACIONAL 778 3 SANTA FE 008103 LA MERCED 779 3 SANTA FE 008104 LA PERSEVERANCIA 780 3 SANTA FE 008105 LA MACARENA 781 3 SANTA FE 008106 BOSQUE IZQUIERDO 782 3 SANTA FE 008107 SAN DIEGO 783 3 SANTA FE 008108 SAMPER 784 3 SANTA FE 008109 SAN MARTIN 785 2 CHAPINERO 008110 EL PARAISO 786 2 CHAPINERO 008111 CATALUNA 787 2 CHAPINERO 008112 SUCRE 788 3 SANTA FE 008114 PARQUE NACIONAL URBANO 789 2 CHAPINERO 008201 QUINTA CAMACHO 790 2 CHAPINERO 008202 EMAUS 791 2 CHAPINERO 008203 LAS ACACIAS 792 2 CHAPINERO 008204 GRANADA 793 2 CHAPINERO 008205 MARIA CRISTINA 794 2 CHAPINERO 008206 LA SALLE 795 2 CHAPINERO 008207 BOSQUE CALDERON 796 2 CHAPINERO 008208 PARDO RUBIO 797 2 CHAPINERO 008211 JUAN XXIII 798 2 CHAPINERO 008212 MARLY 799 2 CHAPINERO 008213 CHAPINERO CENTRAL 800 2 CHAPINERO 008214 CHAPINERO NORTE GJUR-06-FR-01 V2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-369 • 2024 • DICIEMBRE • 30 369 Continuación de la Resolución n.º Página n.º 31 de 40 0988 27-diciembre-2024 Por la cual se clausuran las labores de la actualización catastral vigencia 2025, se ordena la renovación de la inscripción en el Catastro de todos los sectores catastrales objeto de actualización y sus respectivos predios y se determina la entrada en vigencia de los avalúos resultantes CÓDIGO NOMBRE DE SECTOR NÚMERO CÓDIGO DE LOCALIDAD NOMBRE LOCALIDAD DE SECTOR 801 2 CHAPINERO 008215 INGEMAR 802 2 CHAPINERO 008220 SIBERIA CENTRAL 803 2 CHAPINERO 008221 SIBERIA URBANO 804 2 CHAPINERO 008301 CHICO NORTE II SECTOR 805 2 CHAPINERO 008302 SEMINARIO 806 2 CHAPINERO 008303 EL REFUGIO 807 2 CHAPINERO 008304 LOS ROSALES 808 2 CHAPINERO 008305 BELLAVISTA 809 2 CHAPINERO 008306 PORCIUNCULA 810 2 CHAPINERO 008307 CHICO NORTE 811 2 CHAPINERO 008308 EL CHICO 812 2 CHAPINERO 008309 LA CABRERA 813 2 CHAPINERO 008310 EL RETIRO 814 2 CHAPINERO 008311 EL NOGAL 815 2 CHAPINERO 008312 ESPARTILLAL 816 2 CHAPINERO 008313 LAGO GAITAN 817 2 CHAPINERO 008314 ANTIGUO COUNTRY 818 2 CHAPINERO 008315 CHICO NORTE III SECTOR 819 2 CHAPINERO 008319 EL BAGAZAL 820 2 CHAPINERO 008320 EL REFUGIO ZONA II 821 1 USAQUÉN 008401 LA CALLEJA 822 1 USAQUÉN 008402 COUNTRY CLUB 823 1 USAQUÉN 008403 LA CAROLINA 824 1 USAQUÉN 008404 BELLA SUIZA 825 1 USAQUÉN 008405 GINEBRA 826 1 USAQUÉN 008406 SAN GABRIEL NORTE 827 1 USAQUÉN 008407 USAQUÉN 828 1 USAQUÉN 008408 SANTA ANA 829 1 USAQUÉN 008409 ESCUELA DE CABALLERIA I 830 1 USAQUÉN 008410 ESCUELA DE INFANTERIA GJUR-06-FR-01 V2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-370 • 2024 • DICIEMBRE • 30 370 Continuación de la Resolución n.º Página n.º 32 de 40 0988 27-diciembre-2024 Por la cual se clausuran las labores de la actualización catastral vigencia 2025, se ordena la renovación de la inscripción en el Catastro de todos los sectores catastrales objeto de actualización y sus respectivos predios y se determina la entrada en vigencia de los avalúos resultantes CÓDIGO NOMBRE DE SECTOR NÚMERO CÓDIGO DE LOCALIDAD NOMBRE LOCALIDAD DE SECTOR 831 1 USAQUÉN 008411 RINCON DEL CHICO 832 1 USAQUÉN 008412 SANTA BIBIANA 833 1 USAQUÉN 008413 SANTA BARBARA ORIENTAL 834 1 USAQUÉN 008414 SANTA ANA OCCIDENTAL 835 1 USAQUÉN 008415 SANTA BARBARA CENTRAL 836 1 USAQUÉN 008416 MOLINOS NORTE 837 1 USAQUÉN 008417 SANTA BARBARA OCCIDENTAL 838 1 USAQUÉN 008418 SAN PATRICIO 839 1 USAQUÉN 008419 ESCUELA DE CABALLERIA II 840 1 USAQUÉN 008420 PARAMO URBANO I 841 1 USAQUÉN 008424 SEGUNDO CONTADOR 842 1 USAQUÉN 008425 GINEBRA II 843 1 USAQUÉN 008426 SAN GABRIEL NORTE II 844 1 USAQUÉN 008501 EL TOBERIN 845 1 USAQUÉN 008502 LA PRADERA NORTE 846 1 USAQUÉN 008503 SANTA TERESA 847 1 USAQUÉN 008504 LA CITA 848 1 USAQUÉN 008505 SAN CRISTÓBAL NORTE 849 1 USAQUÉN 008506 BARRANCAS NORTE 850 1 USAQUÉN 008507 BARRANCAS 851 1 USAQUÉN 008508 CEDRO SALAZAR 852 1 USAQUÉN 008509 LOS CEDROS ORIENTAL 853 1 USAQUÉN 008510 ACACIAS USAQUÉN 854 1 USAQUÉN 008511 CEDRO NARVAEZ 855 1 USAQUÉN 008512 CEDRITOS 856 1 USAQUÉN 008513 LISBOA 857 1 USAQUÉN 008514 EL CONTADOR 858 1 USAQUÉN 008515 LOS CEDROS 859 1 USAQUÉN 008516 LAS ORQUIDEAS 860 1 USAQUÉN 008517 LA LIBERIA GJUR-06-FR-01 V2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-371 • 2024 • DICIEMBRE • 30 371 Continuación de la Resolución n.º Página n.º 33 de 40 0988 27-diciembre-2024 Por la cual se clausuran las labores de la actualización catastral vigencia 2025, se ordena la renovación de la inscripción en el Catastro de todos los sectores catastrales objeto de actualización y sus respectivos predios y se determina la entrada en vigencia de los avalúos resultantes CÓDIGO NOMBRE DE SECTOR NÚMERO CÓDIGO DE LOCALIDAD NOMBRE LOCALIDAD DE SECTOR 861 1 USAQUÉN 008518 CAOBOS SALAZAR 862 1 USAQUÉN 008519 ESTRELLA DEL NORTE 863 1 USAQUÉN 008520 BOSQUE DE PINOS 864 1 USAQUÉN 008521 TIBABITA 865 1 USAQUÉN 008522 EL ROCIO NORTE 866 1 USAQUÉN 008523 SAN ANTONIO NORTE 867 1 USAQUÉN 008524 LA GRANJA NORTE 868 1 USAQUÉN 008525 LA URIBE 869 1 USAQUÉN 008526 EL VERVENAL 870 1 USAQUÉN 008527 EL CEREZO 871 1 USAQUÉN 008528 SAN ANTONIO NOROCCIDENTAL 872 1 USAQUÉN 008529 SAN JOSE DE USAQUÉN 873 1 USAQUÉN 008530 LAS MARGARITAS 874 1 USAQUÉN 008532 EL REDIL 875 1 USAQUÉN 008533 HORIZONTES NORTE 876 1 USAQUÉN 008535 BUENAVISTA 877 1 USAQUÉN 008536 BOSQUE DE PINOS I 878 1 USAQUÉN 008537 VERBENAL SAN ANTONIO 879 1 USAQUÉN 008538 BOSQUE DE PINOS III 880 1 USAQUÉN 008539 TORCA I 881 1 USAQUÉN 008540 LA ESTRELLITA I 882 1 USAQUÉN 008542 TIBABITA I 883 1 USAQUÉN 008543 SANTA CECILIA PUENTE NORTE 884 1 USAQUÉN 008544 CANAIMA 885 1 USAQUÉN 008545 MIRADOR DEL NORTE 886 1 USAQUÉN 008547 LA ESTRELLITA III 887 11 SUBA 009101 GRANADA NORTE 888 11 SUBA 009102 BRITALIA 889 11 SUBA 009103 CANTAGALLO 890 11 SUBA 009104 VICTORIA NORTE GJUR-06-FR-01 V2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-372 • 2024 • DICIEMBRE • 30 372 Continuación de la Resolución n.º Página n.º 34 de 40 0988 27-diciembre-2024 Por la cual se clausuran las labores de la actualización catastral vigencia 2025, se ordena la renovación de la inscripción en el Catastro de todos los sectores catastrales objeto de actualización y sus respectivos predios y se determina la entrada en vigencia de los avalúos resultantes CÓDIGO NOMBRE DE SECTOR NÚMERO CÓDIGO DE LOCALIDAD NOMBRE LOCALIDAD DE SECTOR 891 11 SUBA 009105 PRADO PINZON 892 11 SUBA 009106 SAN JOSE DEL PRADO 893 11 SUBA 009107 PRADO VERANIEGO 894 11 SUBA 009108 CIUDAD JARDIN NORTE 895 11 SUBA 009109 NIZA SUR 896 11 SUBA 009110 MAZUREN 897 11 SUBA 009111 MONACO 898 11 SUBA 009112 NIZA SUBA 899 11 SUBA 009113 SAN JOSE DE BAVARIA 900 11 SUBA 009114 GILMAR 901 11 SUBA 009115 IBERIA 902 11 SUBA 009116 PRADO VERANIEGO NORTE 903 11 SUBA 009117 PRADO VERANIEGO SUR 904 11 SUBA 009118 BATAN 905 11 SUBA 009119 ATENAS 906 11 SUBA 009120 NUEVA ZELANDIA 907 11 SUBA 009121 CLUB DE LOS LAGARTOS 908 11 SUBA 009122 LAS VILLAS 909 11 SUBA 009123 NIZA NORTE 910 11 SUBA 009124 PUENTE LARGO 911 11 SUBA 009125 PASADENA 912 11 SUBA 009126 ESTORIL 913 11 SUBA 009127 ANDES NORTE 914 11 SUBA 009128 EL PLAN 915 11 SUBA 009129 VILLA DEL PRADO 916 11 SUBA 009130 CANODROMO 917 11 SUBA 009131 SANTA HELENA 918 11 SUBA 009132 ESCUELA DE CARABINEROS 919 11 SUBA 009133 MIRANDELA 920 11 SUBA 009134 SAN JOSE V SECTOR GJUR-06-FR-01 V2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-373 • 2024 • DICIEMBRE • 30 373 Continuación de la Resolución n.º Página n.º 35 de 40 0988 27-diciembre-2024 Por la cual se clausuran las labores de la actualización catastral vigencia 2025, se ordena la renovación de la inscripción en el Catastro de todos los sectores catastrales objeto de actualización y sus respectivos predios y se determina la entrada en vigencia de los avalúos resultantes CÓDIGO NOMBRE DE SECTOR NÚMERO CÓDIGO DE LOCALIDAD NOMBRE LOCALIDAD DE SECTOR 921 11 SUBA 009135 PORTALES DEL NORTE 922 11 SUBA 009136 CASABLANCA SUBA URBANO 923 11 SUBA 009138 CASABLANCA SUBA URBANO I 924 11 SUBA 009139 CASABLANCA SUBA URBANO II 925 11 SUBA 009140 NUESTRA SENORA DEL ROSARIO 926 11 SUBA 009141 LA CANDELARIA 927 11 SUBA 009142 CONEJERA 928 11 SUBA 009201 LOS NARANJOS 929 11 SUBA 009202 EL RINCON 930 11 SUBA 009203 PUERTA DEL SOL 931 11 SUBA 009204 EL RINCON NORTE 932 11 SUBA 009205 AURES 933 11 SUBA 009206 AURES II 934 11 SUBA 009207 VILLA ELISA 935 11 SUBA 009208 COSTA AZUL 936 11 SUBA 009209 VILLA MARIA 937 11 SUBA 009210 LAS FLORES 938 11 SUBA 009211 EL POA 939 11 SUBA 009212 SUBA URBANO 940 11 SUBA 009213 EL PINO 941 11 SUBA 009214 TUNA ALTA 942 11 SUBA 009215 CASABLANCA SUBA 943 11 SUBA 009216 LA GAITANA 944 11 SUBA 009217 RINCON DE SANTA INES 945 11 SUBA 009218 ALMIRANTE COLON 946 11 SUBA 009219 CAMPANELLA 947 11 SUBA 009220 LAGO DE SUBA 948 11 SUBA 009221 LA CHUCUA 949 11 SUBA 009222 ALTOS DE CHOZICA 950 11 SUBA 009223 TTES DE COLOMBIA GJUR-06-FR-01 V2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-374 • 2024 • DICIEMBRE • 30 374 Continuación de la Resolución n.º Página n.º 36 de 40 0988 27-diciembre-2024 Por la cual se clausuran las labores de la actualización catastral vigencia 2025, se ordena la renovación de la inscripción en el Catastro de todos los sectores catastrales objeto de actualización y sus respectivos predios y se determina la entrada en vigencia de los avalúos resultantes CÓDIGO NOMBRE DE SECTOR NÚMERO CÓDIGO DE LOCALIDAD NOMBRE LOCALIDAD DE SECTOR 951 11 SUBA 009224 NUEVA TIBABUYES 952 11 SUBA 009225 TIBABUYES UNIVERSAL 953 11 SUBA 009226 SALITRE SUBA 954 11 SUBA 009227 LECH WALESA 955 11 SUBA 009228 LOMBARDIA 956 11 SUBA 009229 TOSCANA 957 11 SUBA 009230 SAN CAYETANO 958 11 SUBA 009231 SUBA CERROS 959 11 SUBA 009232 SABANA DE TIBABUYES 960 11 SUBA 009233 TIBABUYES 961 11 SUBA 009234 SABANA DE TIBABUYES NORTE 962 11 SUBA 009235 CIUDAD HUNZA 963 11 SUBA 009236 LA CAROLINA DE SUBA 964 11 SUBA 009237 RINCON DE SUBA 965 11 SUBA 009238 SANTA TERESA DE SUBA 966 11 SUBA 009239 LAS MERCEDES SUBA 967 11 SUBA 009240 POTRERILLO 968 11 SUBA 009241 BOSQUES DE SAN JORGE 969 11 SUBA 009242 TUNA BAJA 970 11 SUBA 009243 LAS MERCEDES I 971 11 SUBA 009244 VILLA HERMOSA 972 11 SUBA 009245 PINOS DE LOMBARDIA 973 11 SUBA 009246 DELMONTE 974 11 SUBA 009247 IRAGUA 975 11 SUBA 009248 TIBABUYES II 976 11 SUBA 009249 VEREDA SUBA NARANJOS 977 11 SUBA 009250 TIBABUYES OCCIDENTAL 978 11 SUBA 009251 SAN CARLOS DE SUBA 979 11 SUBA 009252 BILBAO 980 11 SUBA 009253 SAN PEDRO GJUR-06-FR-01 V2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-375 • 2024 • DICIEMBRE • 30 375 Continuación de la Resolución n.º Página n.º 37 de 40 27-diciembre-2024 0988 Por la cual se clausuran las labores de la actualización catastral vigencia 2025, se ordena la renovación de la inscripción en el Catastro de todos los sectores catastrales objeto de actualización y sus respectivos predios y se determina la entrada en vigencia de los avalúos resultantes CÓDIGO NOMBRE DE SECTOR NÚMERO CÓDIGO DE LOCALIDAD NOMBRE LOCALIDAD DE SECTOR 981 11 SUBA 009254 LISBOA 982 11 SUBA 009255 SANTA RITA DE SUBA 983 11 SUBA 009256 SANTA CECILIA 984 11 SUBA 009257 TIBABUYES 985 11 SUBA 009258 CASA BLANCA SUBA I 986 11 SUBA 009259 BERLIN 987 11 SUBA 009260 ALTOS DE SUBA 988 11 SUBA 009261 TUNA 989 11 SUBA 009262 LA GAITANA ORIENTAL 990 11 SUBA 009263 VILLA ALCAZAR 991 11 SUBA 009265 VEREDA SUBA CERROS II 992 11 SUBA 009266 RINCON ALTAMAR 993 11 SUBA 009267 VILLA MARIA I 994 11 SUBA 009268 SANTA CECILIA DE SUBA I 995 2 CHAPINERO 201105 EL REFUGIO I 996 2 CHAPINERO 201108 EL REFUGIO II 997 2 CHAPINERO 201109 INGEMAR I 998 2 CHAPINERO 201110 INGEMAR ORIENTAL I 999 4 SAN CRISTÓBAL 201302 EL TRIANGULO 1000 4 SAN CRISTÓBAL 201304 AGUAS CLARAS 1001 4 SAN CRISTÓBAL 201306 TIBAQUE I 1002 5 USME 201309 TIBAQUE II 1003 4 SAN CRISTÓBAL 201317 TIBAQUE III 1004 3 SANTA FE 201404 LA PEÑA RURAL 1005 3 SANTA FE 201408 LA PERSEVERANCIA I 1006 2 CHAPINERO 201502 SIBERIA RURAL 1007 2 CHAPINERO 201503 SIBERIA II 1008 2 CHAPINERO 201508 PARDO RUBIO I 1009 5 USME 202203 BOLONIA I 1010 5 USME 202204 LA ESPERANZA SUR I GJUR-06-FR-01 V2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-376 • 2024 • DICIEMBRE • 30 376 Continuación de la Resolución n.º Página n.º 38 de 40 0988 27-diciembre-2024 Por la cual se clausuran las labores de la actualización catastral vigencia 2025, se ordena la renovación de la inscripción en el Catastro de todos los sectores catastrales objeto de actualización y sus respectivos predios y se determina la entrada en vigencia de los avalúos resultantes CÓDIGO NOMBRE DE SECTOR NÚMERO CÓDIGO DE LOCALIDAD NOMBRE LOCALIDAD DE SECTOR 1011 5 USME 202309 EL BOSQUE SUR ORIENTAL RURAL III 1012 5 USME 202404 SAN FELIPE DE USME RURAL 1013 5 USME 202410 TOCAIMITA ORIENTAL 1014 5 USME 202502 EL UVAL 1015 5 USME 202506 EL NUEVO PORTAL II RURAL 1016 5 USME 202511 PUERTA AL LLANO RURAL 1017 5 USME 202601 CENTRO USME 1018 19 CIUDAD BOLÍVAR 204104 PASQUILLA URBANA 1019 19 CIUDAD BOLÍVAR 204106 NUEVA ESPERANZA 1020 19 CIUDAD BOLÍVAR 204107 EL MIRADOR II 1021 19 CIUDAD BOLÍVAR 204127 ARABIA I 1022 19 CIUDAD BOLÍVAR 204128 QUIBA RURAL 1023 19 CIUDAD BOLÍVAR 204129 EL MOCHUELO II NORTE 1024 19 CIUDAD BOLÍVAR 204130 ARABIA II 1025 19 CIUDAD BOLÍVAR 204131 MOCHUELO ALTO URBANO 1026 19 CIUDAD BOLÍVAR 204304 LAGUNITAS 1027 8 KENNEDY 205101 VEREDA EL TINTAL URBANO 1028 9 FONTIBÓN 205102 VEREDA EL TINTAL 1029 8 KENNEDY 205109 LA MAGDALENA I 1030 8 KENNEDY 205209 EL JAZMIN 1031 8 KENNEDY 205221 GALAN RURAL 1032 8 KENNEDY 205225 LAS ACACIAS RURAL 1033 8 KENNEDY 205227 OSORIO IV 1034 7 BOSA 205308 CANAVERALEJO RURAL 1035 7 BOSA 205316 VILLA EMMA 1036 7 BOSA 205318 SAN BERNARDINO XVIII 1037 7 BOSA 205319 SAN BERNARDINO XIX 1038 7 BOSA 205320 EL REMANSO 1039 7 BOSA 205322 CAMPO VERDE 1040 9 FONTIBÓN 205401 EL CHANCO II GJUR-06-FR-01 V2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-377 • 2024 • DICIEMBRE • 30 377 Continuación de la Resolución n.º Página n.º 39 de 40 0988 27-diciembre-2024 Por la cual se clausuran las labores de la actualización catastral vigencia 2025, se ordena la renovación de la inscripción en el Catastro de todos los sectores catastrales objeto de actualización y sus respectivos predios y se determina la entrada en vigencia de los avalúos resultantes CÓDIGO NOMBRE DE SECTOR NÚMERO CÓDIGO DE LOCALIDAD NOMBRE LOCALIDAD DE SECTOR 1041 9 FONTIBÓN 205402 EL CHARCO 1042 10 ENGATIVA 206154 EL CEDRO I 1043 11 SUBA 207110 CASABLANCA SUBA OTOÑO 1044 11 SUBA 207801 SANTA CECILIA DE SUBA II 1045 1 USAQUÉN 208101 PARAMO IV 1046 1 USAQUÉN 208103 BARRANCAS ORIENTAL 1047 1 USAQUÉN 208104 PARAMO URBANO 1048 2 CHAPINERO 208107 LA ESPERANZA 1049 2 CHAPINERO 208108 SAN ISIDRO RURAL 1050 2 CHAPINERO 208110 SAN LUIS ALTOS DEL CABO RURAL 1051 2 CHAPINERO 208111 SAN ISIDRO 1052 2 CHAPINERO 208125 SAN LUIS ALTOS DEL CABO RURAL II 1053 2 CHAPINERO 208126 SAN ISIDRO RURAL II 1054 1 USAQUÉN 208127 PARAMO RURAL V 1055 1 USAQUÉN 208128 TORCA II 1056 1 USAQUÉN 208129 LAS DELICIAS DEL CARMEN II SECTOR 1057 1 USAQUÉN 208203 LA ESTRELLITA

Artículo 2°.

ORDENAR la renovación de la inscripción en la base de datos catastral de los sectores catastrales actualizados, incluyendo sus respectivos predios, conforme con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo.

Artículo 3°.

DETERMINAR que los avalúos catastrales resultantes de la actualización catastral de los predios que integran los sectores catastrales relacionados en el artículo 1.º de la presente resolución entrarán en vigencia a partir del 1.º de enero de 2025.

Artículo 4º.

COMUNICAR el avalúo catastral producto del proceso de actualización de acuerdo con lo dispuesto en el parágrafo del artículo 2.º de la Ley 601 de 2000.

GJUR-06-FR-01 V2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-378 • 2024 • DICIEMBRE • 30 378 27-diciembre-2024 Continuación de la Resolución n.º Página n.º 40 de 40 0988 Por la cual se clausuran las labores de la actualización catastral vigencia 2025, se ordena la renovación de la inscripción en el Catastro de todos los sectores catastrales objeto de actualización y sus respectivos predios y se determina la entrada en vigencia de los avalúos resultantes

Artículo 5º.

COMUNICAR la presente resolución a la Superintendencia de Notariado y Registro (SNR) y a la Dirección de Regulación y Habilitación del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC). Dicha comunicación será adelantada por la Gerencia Jurídica de la entidad.

Artículo 6º.

PUBLICAR el presente acto administrativo en el Registro Distrital y en un diario de amplia circulación.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE 27-diciembre-2024 Dado en Bogotá, D.C., a los OLGA LUCÍA LÓPEZ MORALES Directora Revisó y aprobó aspectos técnicos, económicos, jurídicos y suministro de información:

Yenny Carolina Rozo Gómez - Gerente de Información Catastral Gloria Edith Martínez Sierra Gerente Jurídica Francisco Andrés Rodríguez Eraso - Gerente de Tecnología Elba Nayibe Núñez Arciniegas Subgerente de Información Económica Edgar Estevens Español Morales - Subgerente de Información Física y Jurídica Juan Manuel Quiñones Murcia Asesor Dirección Manuel Tiberio Bolívar Ospina - Profesional Especializado Subgerencia de Información Física y Jurídica Proyectó: Edinson A. Angarita C. Abogado Gerencia Jurídica GJUR-06-FR-01 V2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-379 • 2024 • DICIEMBRE • 30 379 ACUERDO LOCAL DE 2024 JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL- JAL- RAFAEL URIBE URIBE LOCALIDAD 18 ACUERDO LOCAL No. 007 del 15 de diciembre de 2024 “POR EL CUAL SE EXPIDE EL PRESUPUESTO DE INGRESOS Y GASTOS DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE, PARA LA VIGENCIA FISCAL COMPRENDIDA ENTRE EL 01 ENERO Y EL 31 DE DICIEMBRE DE 2025”.

LA JUNTA ADMINISTRADORA DE RAFAEL URIBE URIBE En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Constitución Política de Colombia en su artículo 324; numeral 4 del artículo 69 Decreto – Ley 1421 de 1993 modificado por el artículo 88 de la Ley 617 del 2000 y artículo 17 del Decreto 372 del 2010, y

CONSIDERANDO:

Que la Alcaldesa Local de Rafael Uribe Uribe, presentó el Proyecto de Presupuesto a nivel de agregados para estudio y aprobación de la Junta Administradora Local dentro del término establecido en el artículo 15 del Decreto 372 de 2010.

Que la Secretaría Distrital de Hacienda mediante oficio No. 2024EE397194O1 del día 30 de octubre de 2024, comunicó la cuota de asignación por un monto de CIENTO VEINTIUN MIL OCHENTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL PESOS M/CTE ($121.082.653.000) para la vigencia fiscal 2025.

Que, el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal – CONFIS - en su reunión No. 08 del 28 de noviembre de 2024, emitió concepto favorable al Proyecto de Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, el cual asciende a la suma de DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS DIECINUEVE MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL PESOS M/CTE ($236.319.878.000), para la vigencia fiscal 2025.

Que es función de la Junta Administradora Local aprobar el Presupuesto Anual del respectivo Fondo de Desarrollo Local, previo concepto favorable del CONFIS.

Que, en mérito de lo anterior,

ACUERDA:

Artículo primero.

Expedir el Presupuesto de Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre del 2025, por la suma de DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS DIECINUEVE MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL PESOS M/CTE ($236.319.878.000), de conformidad con el siguiente detalle:

Calle 32 Sur No. 23-62 Teléfono 366 00 07 Ext. 200 correo: jal18rafaeluribeu@gmail.com Bogotá D.C. Colombia 1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-380 • 2024 • DICIEMBRE • 30 380 JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL- JAL- RAFAEL URIBE URIBE LOCALIDAD 18 Código Concepto Valor O1 Ingresos 236.319.878.000 O10 Disponibilidad Inicial 115.237.225.000 O11 Ingresos Corrientes 120.264.236.000 O12 Recursos de capital 818.417.000 TOTAL INGRESOS 236.319.878.000

Artículo segundo.

Expedir el Presupuesto de Gastos e Inversión del Presupuesto Anual del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre del 2025, por la suma de DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS DIECINUEVE MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL PESOS M/CTE ($236.319.878.000), de conformidad con el siguiente detalle:

Código Concepto Valor O2 Gastos 236.319.878.000 O21 Funcionamiento 6.428.773.000 O23 Inversión 229.891.105.000 O4 Disponibilidad Final 0 TOTAL GASTOS 236.319.878.000

Artículo tercero.

El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de publicación y surte efectos fiscales a partir del primero (01) de enero de dos mil veinticinco 2025.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C. a los quince (15) días del mes diciembre de dos mil veinticuatro (2024).

JAIRO RODRIGUEZ BELTRAN CARLOS A. SALAMANCA BAUTISTA PRESIDENTE JAL VICEPRESIDENTE JAL JAIME ALEXANDER BARBOSA VILLALBA SECRETARIO JAL El presente Acuerdo es Sancionado Por:

DIANA CAROLINA SÁNCHEZ CASTILLO Alcadesa Local de Rafael Uribe Uribe Calle 32 Sur No. 23-62 Teléfono 366 00 07 Ext. 200 correo: jal18rafaeluribeu@gmail.com Bogotá D.C. Colombia 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-381 • 2024 • DICIEMBRE • 30 381 DECRETOS LOCALES DE 2024 DECRETO No. 20 DE 2024 (23 de diciembre de 2024)

Por medio del cual se modifica parcialmente el apartado de considerandos del Decreto Local 18 de 2024 “Por el cual se expide el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Barrios Unidos, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025”

LA ALCALDESA LOCAL DE BARRIOS UNIDOS En uso de las facultades legales y en especial las que le confiere el Decreto ley 1421 de 1993 modificado parcialmente por la ley 2116 de 2021, el Decreto 372 de 2010 y el Decreto 192 de 2021; y, C O N S I D E R A N D O:

Que la Alcaldía Local de Barrios Unidos expidió el Decreto 18 de 2024 “Por el cual se expide el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Barrios Unidos, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025”

Que, en dicho Decreto, se establecieron los considerandos en los siguientes términos:

“Que de acuerdo con lo establecido en el Decreto 372 del 30 de agosto de 2010 y Decreto 777 de 2019, los Alcaldes Locales deberán presentar para su aprobación, ante la Junta Administradora Local respectiva, proyecto de Acuerdo para la aprobación de presupuesto para la vigencia siguiente.

Que, como requisitos previos para lo anterior, la Secretaría Distrital de Hacienda mediante comunicación 2024EE397158O1 del 30 de octubre de 2024, comunicó la cuota de asignación por un monto de CINCUENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL PESOS M/CTE ($51.851.896.000) para la vigencia 2025.

Que, así mismo, la Alcaldesa Local de Barrios Unidos, estima que al cierre de la vigencia fiscal 2024, la disponibilidad de recursos en Tesorería será de TREINTAY TRES MIL MILLONES TRESCIENTOS OCHENTAY SIETE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL PESOS M/CTE ($33.387.846.000), respaldando las obligaciones por pagar al 31 de diciembre de 2024.

Que, por otra parte, el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal – CONFIS – en su reunión número 21 del 27 de noviembre de 2024, emitió concepto favorable al Proyecto de 2310460-FT-078 Versión 01 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-382 • 2024 • DICIEMBRE • 30 382 Continuación del Decreto N°. 20 DE 2024 Pág. 2 de 7 Por medio del cual se modifica parcialmente el apartado de considerandos del Decreto Local 18 de 2024 “Por el cual se expide el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Barrios Unidos, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025”

Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Barrios Unidos, el cual asciende a la suma de OCHENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y DOS MIL PESOS M/CTE ($85.239.742.000), para la vigencia fiscal de 2025.

Que la Alcaldesa Local, presentó el proyecto de presupuesto a nivel de agregados para estudio y aprobación de la JAL dentro del término establecido en el Artículo 15º del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010 y Decreto 777 de 2019, a través del radicado 20246200276981 del 3 de diciembre de 2024, dando cumplimiento a su obligación legal y dentro de la ruta establecida por el Módulo 3 del Manual Operativo Presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local, adoptado mediante la Resolución N°SDH-000191 del 22 de septiembre de 2017.

Que, a través de radicado No. 202462002866581 del 11 de diciembre de 2024, se radicó por parte del Despacho de la Alcaldía Local, solicitud, entre otros aspectos, para dar trámite al debate del proyecto de Acuerdo radicado, toda vez que aún habiéndose rendido ponencia, no se había dado cumplimiento a esta etapa establecida en el Reglamento de la Junta Administradora Local JAL.

Que, a través de radicado 20246210085692, la Junta Administradora Local da respuesta a la solicitud anterior, sólo en lo que tiene que ver con el Recurso interpuesto contra la decisión de Archivo del proyecto (sin haberse dado debate), negando dicho recurso por considerar que la ponencia rendida es apta para dar fin al trámite del proyecto de Acuerdo. De esta manera, es menester manifestar que el proceso correspondiente al trámite del proyecto de Acuerdo, no se dio en debida forma.

Que, empero lo anterior, en sesión del 14 de diciembre de 2024 de la Junta Administradora Local de Barrios Unidos, con quórum decisorio, en virtud del artículo 74 del Reglamento de la JAL, Acuerdo Local 01 de 2013, se lleva a primer debate el proyecto de Acuerdo presentado por la Administración: “POR MEDIO DEL CUAL EXPIDE EL PLAN OPERATIVO ANUAL DE INVERSIONES 2025”.

Que, así las cosas, en dicha sesión ordinaria del 14 de diciembre de 2024, la Junta Administradora Local – JAL de Barrios Unidos, en uso de las atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Constitución Política de Colombia en su artículo 324; numeral 4 del artículo 69 del Decreto –Ley 1421 de 1993, modificado por el artículo 88 2310460-FT-078 Versión 01 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-383 • 2024 • DICIEMBRE • 30 383 Continuación del Decreto N°. 20 DE 2024 Pág. 3 de 7 Por medio del cual se modifica parcialmente el apartado de considerandos del Decreto Local 18 de 2024 “Por el cual se expide el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Barrios Unidos, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025” de la Ley 617 de 2000 y el artículo 17 del Decreto 372 del 30 de Agosto de 2010, analizó a detalle y discutió en primer debate el proyecto de presupuesto presentado por la administración local para la vigencia 2025.

Que, en la mencionada sesión del 14 de diciembre de 2024, la Junta Administradora Local de Barrios Unidos, votó de manera positiva por 5 votos, la ponencia negativa presentada por los ediles designados como ponentes para la discusión del proyecto de presupuesto; y en consecuencia, el proyecto radicado no fue aprobado en primer debate el proyecto de presupuesto presentado por la Alcaldía Local de Barrios Unidos. Es relevante tener en cuenta que, dentro de la ponencia negativa se presentaron diferentes argumentos no procedentes, y dentro de la sesión aludida se discutieron presuntos vicios de forma, pero no se dio discusión de fondo con respecto al proyecto de acuerdo. Lo anterior se puede corroborar en el acta respectiva.

Que, en virtud de esto, procede lo dispuesto en el artículo 17 del Decreto 372 de 2010, donde se señala que: “La JAL deberá expedir el Presupuesto Anual del respectivo F.D.L., antes de la media noche del 15 de diciembre; si no lo hace regirá el proyecto presentado por el Alcalde Local, incluyendo las modificaciones que hayan sido aprobadas durante los debates. En dicho caso, el Alcalde Local deberá expedirlo mediante Decreto a nivel de agregados y luego liquidarlo mediante Decreto a nivel de programas y proyectos (…)”, Que, se deja constancia en cuanto a que, durante la sesión ordinaria del 14 de diciembre de 2024, la Corporación JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE BARRIOS UNIDOS, no sugirió, realizó, ni aprobó modificaciones al proyecto de presupuesto presentado por la Alcaldía Local de Barrios Unidos.

Que en mérito de lo expuesto”

Que se hace necesario modificar parcialmente el apartado de considerandos del citado Decreto, con el ánimo de precisar el sustento normativo, ya contenido en dicho acto y el concepto de presentación de modificaciones, toda vez que las mismas pueden ser propuestas por la Junta Administradora Local, pero es competencia de la administración la aprobación de las mismas, por lo que es necesario retirar el concepto “ni aprobó” allí contenido, sin que cambie el sentido se la consideración, la cual se refiere a que no fueron sugeridas, realizadas, ni aprobadas dichas modificaciones.

2310460-FT-078 Versión 01 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-384 • 2024 • DICIEMBRE • 30 384 Continuación del Decreto N°. 20 DE 2024 Pág. 4 de 7 Por medio del cual se modifica parcialmente el apartado de considerandos del Decreto Local 18 de 2024 “Por el cual se expide el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Barrios Unidos, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025”

Que es importante tener en cuenta que no se modifica de modo alguno la parte resolutiva.

Que en mérito de lo expuesto.

DECRETA:

Artículo primero.

Modificar parcialmente el apartado de considerandos del Decreto Local 18 de 2024, la cual quedará así:

Que de acuerdo con lo establecido en el Decreto 372 del 30 de agosto de 2010, los Alcaldes Locales deberán presentar para su aprobación, ante la Junta Administradora Local respectiva, proyecto de Acuerdo para la aprobación de presupuesto para la vigencia siguiente.

Que, como requisitos previos para lo anterior, la Secretaría Distrital de Hacienda mediante comunicación 2024EE397158O1 del 30 de octubre de 2024, comunicó la cuota de asignación por un monto de CINCUENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL PESOS M/CTE ($51.851.896.000) para la vigencia 2025.

Que, así mismo, la Alcaldesa Local de Barrios Unidos, estima que al cierre de la vigencia fiscal 2024, la disponibilidad de recursos en Tesorería será de TREINTAY TRES MIL MILLONES TRESCIENTOS OCHENTAY SIETE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL PESOS M/CTE ($33.387.846.000), respaldando las obligaciones por pagar al 31 de diciembre de 2024.

Que, por otra parte, el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal – CONFIS – en su reunión número 21 del 27 de noviembre de 2024, emitió concepto favorable al Proyecto de Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Barrios Unidos, el 2310460-FT-078 Versión 01 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-385 • 2024 • DICIEMBRE • 30 385 Continuación del Decreto N°. 20 DE 2024 Pág. 5 de 7 Por medio del cual se modifica parcialmente el apartado de considerandos del Decreto Local 18 de 2024 “Por el cual se expide el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Barrios Unidos, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025” cual asciende a la suma de OCHENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y DOS MIL PESOS M/CTE ($85.239.742.000), para la vigencia fiscal de 2025.

Que la Alcaldesa Local, presentó el proyecto de presupuesto a nivel de agregados para estudio y aprobación de la JAL dentro del término establecido en el Artículo 15º del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010, a través del radicado 20246200276981 del 3 de diciembre de 2024, dando cumplimiento a su obligación legal y dentro de la ruta establecida por el Módulo 3 del Manual Operativo Presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local, adoptado mediante la Resolución N°SDH-000191 del 22 de septiembre de 2017.

Que, a través de radicado No. 202462002866581 del 11 de diciembre de 2024, se radicó por parte del Despacho de la Alcaldía Local, solicitud, entre otros aspectos, para dar trámite al debate del proyecto de Acuerdo radicado, toda vez que aún habiéndose rendido ponencia, no se había dado cumplimiento a esta etapa establecida en el Reglamento de la Junta Administradora Local JAL.

Que, a través de radicado 20246210085692, la Junta Administradora Local da respuesta a la solicitud anterior, sólo en lo que tiene que ver con el Recurso interpuesto contra la decisión de Archivo del proyecto (sin haberse dado debate), negando dicho recurso por considerar que la ponencia rendida es apta para dar fin al trámite del proyecto de Acuerdo. De esta manera, es menester manifestar que el proceso correspondiente al trámite del proyecto de Acuerdo, no se dio en debida forma.

Que, empero lo anterior, en sesión del 14 de diciembre de 2024 de la Junta Administradora Local de Barrios Unidos, con quórum decisorio, en virtud del artículo 74 del Reglamento de la JAL, Acuerdo Local 01 de 2013, se lleva a primer debate el proyecto de Acuerdo presentado por la Administración: “Por el cual se expide el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Barrios Unidos, 2310460-FT-078 Versión 01 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-386 • 2024 • DICIEMBRE • 30 386 Continuación del Decreto N°. 20 DE 2024 Pág. 6 de 7 Por medio del cual se modifica parcialmente el apartado de considerandos del Decreto Local 18 de 2024 “Por el cual se expide el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Barrios Unidos, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025” para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025”.

Que, así las cosas, en dicha sesión ordinaria del 14 de diciembre de 2024, la Junta Administradora Local – JAL de Barrios Unidos, en uso de las atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Constitución Política de Colombia en su artículo 324; numeral 4 del artículo 69 del Decreto –Ley 1421 de 1993, modificado por el artículo 88 de la Ley 617 de 2000 y el artículo 17 del Decreto 372 del 30 de Agosto de 2010, analizó a detalle y discutió en primer debate el proyecto de presupuesto presentado por la administración local para la vigencia 2025.

Que, en la mencionada sesión del 14 de diciembre de 2024, la Junta Administradora Local de Barrios Unidos, votó de manera positiva por 5 votos, la ponencia negativa presentada por los ediles designados como ponentes para la discusión del proyecto de presupuesto; y en consecuencia, el proyecto radicado no fue aprobado en primer debate el proyecto de presupuesto presentado por la Alcaldía Local de Barrios Unidos. Es relevante tener en cuenta que, dentro de la ponencia negativa se presentaron diferentes argumentos no procedentes, y dentro de la sesión aludida se discutieron presuntos vicios de forma, pero no se dio discusión de fondo con respecto al proyecto de acuerdo. Lo anterior se puede corroborar en el acta respectiva.

Que, en virtud de esto, procede lo dispuesto en el artículo 17 del Decreto 372 de 2010, donde se señala que: “La JAL deberá expedir el Presupuesto Anual del respectivo F.D.L., antes de la media noche del 15 de diciembre; si no lo hace regirá el proyecto presentado por el Alcalde Local, incluyendo las modificaciones que hayan sido aprobadas durante los debates. En dicho caso, el Alcalde Local deberá expedirlo mediante Decreto a nivel de agregados y luego liquidarlo mediante Decreto a nivel de programas y proyectos (…)”, 2310460-FT-078 Versión 01 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-387 • 2024 • DICIEMBRE • 30 387 Continuación del Decreto N°. 20 DE 2024 Pág. 7 de 7 Por medio del cual se modifica parcialmente el apartado de considerandos del Decreto Local 18 de 2024 “Por el cual se expide el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Barrios Unidos, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025”

Que, se deja constancia en cuanto a que, durante la sesión ordinaria del 14 de diciembre de 2024, la Corporación JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE BARRIOS UNIDOS, no sugirió ni realizó modificaciones al proyecto de presupuesto presentado por la Alcaldía Local de Barrios Unidos.

Que en mérito de lo expuesto.

Artículo segundo.

Las demás estipulaciones contenidas en el Decreto Local 18 de 2024 continúan sin modificación.

Dado en Bogotá D.C., a los veintitrés (23) días del mes de diciembre de dos mil veinticuatro (2024).

ANDREA MELISSA MORALES CANO Alcaldesa Local de Barrios Unidos Proyectó: Daniel Enrique Patiño González – Contratista presupuesto FDLBU Proyectó: Dickson Edward Ramírez López - Responsable Presupuesto FDLBU Revisó: Patricia Cuestas – Abogada FDLBU.

Revisó: Román Albornoz Barreto; profesional especializado ÁGDL – ALBU Revisó: Adriana Montealegre Riaño – Profesional Despacho FDLBU 2310460-FT-078 Versión 01 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-388 • 2024 • DICIEMBRE • 30 388 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-389 • 2024 • DICIEMBRE • 30 389 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-390 • 2024 • DICIEMBRE • 30 390 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-391 • 2024 • DICIEMBRE • 30 391 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-392 • 2024 • DICIEMBRE • 30 392 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-393 • 2024 • DICIEMBRE • 30 393 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-394 • 2024 • DICIEMBRE • 30 394 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-395 • 2024 • DICIEMBRE • 30 395 Página 1 de 8 DECRETO LOCAL No. 015 (27 de diciembre de 2024)

“Por el cual se liquida el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos e Inversión de la Alcaldía Local de Kennedy, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del 2025”.

LA ALCALDESA LOCAL DE KENNEDY En uso de sus facultades legales y en especial la que le confiere el Artículo 19 del Decreto 372 de 2010,

CONSIDERANDO:

Que la alcaldesa Local de Kennedy presentó el Proyecto de Presupuesto a nivel de agregados para estudio y aprobación de la JAL dentro del término establecido en el Artículo 15º del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010.

Que la Secretaría Distrital de Hacienda mediante Oficio No. 2024EE397087O1 del 30 de octubre de 2024, comunicó la Cuota de Asignación para la vigencia.

Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal – CONFIS – mediante la Circular N° 08 del 28 de noviembre de 2024, emitió concepto previo favorable a los Proyectos de Presupuesto de Rentas Ingresos y de Gastos de los Fondos de Desarrollo Local para la vigencia fiscal 2025, según a lo acordado en la sesión 21 del 27 de noviembre de 2024, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 10°, literal (f) del Decreto Distrital 714 de 1996 y el artículo 12° del Decreto Distrital 372 de 2010, Estableciendo la cuota de asignación por valor de TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS NOVENA Y OCHO MIL pesos ($353.745.598.000) moneda corriente, para el Fondo de Desarrollo Local de Kennedy en la vigencia fiscal 2025.

Que la Junta Administradora Local aprobó el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos e Inversión para la vigencia fiscal de 2025 mediante Acuerdo Local No. 011 del 13 de diciembre de 2024, el cual fue debidamente sancionado por la alcaldesa Local de Kennedy.

Que en virtud de lo establecido en el Artículo 19 del Decreto 372 de 2010, la alcaldesa debe liquidar el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos e Inversión a nivel de programas y proyectos.

GDI-GPD-F034 Versión:01 Vigencia:5 de febrero de 2018 Alcaldía Local de Kennedy Transv. 78 K No. 41 A – 04 Sur Código Postal: 110851 Tel. 4481400 - 4511321 Información Línea 195 www.kennedy.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-396 • 2024 • DICIEMBRE • 30 396 Página 2 de 8 DECRETO LOCAL No. 015 (27 de diciembre de 2024)

“Por el cual se liquida el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos e Inversión de la Alcaldía Local de Kennedy, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del 2025”.

Que, en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1.

Fijar el Presupuesto Anual de Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Kennedy para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2025, por la suma de TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL pesos ($353.745.598.000) moneda corriente, conforme al siguiente detalle:

DISTRIBUCIÓN DE INGRESOS CÓDIGO INGRESOS PRESUPUESTO INICIAL O10 Disponibilidad Inicial 159.831.456.000 O11 Ingresos Corrientes 193.314.142.000 O110203 Multas, sanciones e intereses de mora 900.000.000 O110203001 Multas y sanciones 800.000.000 O11020300106 Sanciones fiscales 800.000.000 O11020300120 Multas código nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana 100.000.000 O11020300123 Sanciones urbanísticas 100.000.000 O110205 Venta de Bienes y Servicios 800.000 O110205001 Ventas de establecimientos de mercado 800.000 O11020500109 Servicios para la comunidad, sociales y personales 800.000 GDI-GPD-F034 Versión:01 Vigencia:5 de febrero de 2018 Alcaldía Local de Kennedy Transv. 78 K No. 41 A – 04 Sur Código Postal: 110851 Tel. 4481400 - 4511321 Información Línea 195 www.kennedy.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-397 • 2024 • DICIEMBRE • 30 397 Página 3 de 8 DECRETO LOCAL No. 015 (27 de diciembre de 2024)

“Por el cual se liquida el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos e Inversión de la Alcaldía Local de Kennedy, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del 2025”.

CÓDIGO INGRESOS PRESUPUESTO INICIAL O1102050010901 800.000 Servicios de la administración pública y otros servicios prestados a la comunidad en general O110205001090101 Servicios administrativos del gobierno 800.000 O11020500109010112 Servicios ejecutivos de la administración pública 800.000 O110206 Transferencias corrientes 192.413.342.000 O110206006 Transferencias de otras entidades del gobierno general 192.413.342.000 O11020600606 Otras unidades de gobierno 192.413.342.000 O12 Recursos de Capital 600.000.000 O1205 Rendimientos Financieros 400.000.000 O120502 Depósitos 400.000.000 O12050205 Recursos propios de libre destinación 400.000.000 O1213 Reintegros y otros recursos no apropiados 200.000.000 O121301 Reintegros 200.000.000 TOTAL INGRESOS 353.745.598.000

Artículo 2.

Fijar el Presupuesto Anual de los Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Kennedy para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2025, por la suma de TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL pesos ($353.745.598.000) moneda corriente, conforme al siguiente detalle:

DISTRIBUCIÓN DE GASTOS GDI-GPD-F034 Versión:01 Vigencia:5 de febrero de 2018 Alcaldía Local de Kennedy Transv. 78 K No. 41 A – 04 Sur Código Postal: 110851 Tel. 4481400 - 4511321 Información Línea 195 www.kennedy.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-398 • 2024 • DICIEMBRE • 30 398 Página 4 de 8 DECRETO LOCAL No. 015 (27 de diciembre de 2024)

“Por el cual se liquida el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos e Inversión de la Alcaldía Local de Kennedy, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del 2025”.

CÓDIGO RUBRO PRESUPUESTO INICIAL O2 Gastos 353.745.598.000 O21 Funcionamiento 7.696.706.000 O211 Gastos de personal 1.525.186.000 O21101 Planta de personal permanente 1.525.186.000 O2110103 Remuneraciones no constitutivas de factor salarial 1.525.186.000 O2110103007 Honorarios Ediles 1.525.186.000 O212 Adquisición de bienes y servicios 4.868.371.000 O21202 Adquisiciones diferentes de activos 4.868.371.000 O2120201 Materiales y suministros 315.000.000 O2120201003 Otros bienes transportables (excepto productos metálicos, maquinaria y equipo) 235.000.000 O212020100302 Pasta o pulpa, papel y productos de papel; impresos y artículos similares 115.000.000 O2120201003023219996 Artículos n.c.p. de papel para escritorio 115.000.000 O212020100303 Productos de hornos de coque; productos de refinación de petróleo y combustible nuclear 120.000.000 O2120201003033331101 Gasolina motor corriente 30.000.000 O2120201003033336103 Diésel oil ACPM (fuel gas gasoil marine gas) 90.000.000 O2120201004 Productos metálicos y paquetes de software 80.000.000 O212020100402 Productos metálicos elaborados (excepto maquinaria y equipo) 80.000.000 O2120201004024292199 Herramientas n.c.p. para carpintería 2.000.000 O2120201004024292298 Herramientas n.c.p. para mecánica 2.000.000 O2120201004024292299 Herramientas n.c.p. para construcción 2.000.000 O2120201004024299989 Artículos n.c.p. de metal moldeado 4.000.000 O2120201004024299991 Artículos n.c.p. de ferretería y cerrajería 66.000.000 O2120201004024299994 Artículos de aluminio n.c.p. 4.000.000 O2120202 Adquisición de servicios 4.553.371.000 O2120202006 109.500.000 Servicios de alojamiento; servicios de suministro de comidas y bebidas; servicios de transporte; y servicios de distribución de electricidad, gas y agua O212020200603 Alojamiento; servicios de suministros de comidas y bebidas 107.000.000 GDI-GPD-F034 Versión:01 Vigencia:5 de febrero de 2018 Alcaldía Local de Kennedy Transv. 78 K No. 41 A – 04 Sur Código Postal: 110851 Tel. 4481400 - 4511321 Información Línea 195 www.kennedy.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-399 • 2024 • DICIEMBRE • 30 399 Página 5 de 8 DECRETO LOCAL No. 015 (27 de diciembre de 2024)

“Por el cual se liquida el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos e Inversión de la Alcaldía Local de Kennedy, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del 2025”.

CÓDIGO RUBRO PRESUPUESTO INICIAL O21202020060363399 Otros servicios de suministro de comidas 107.000.000 O212020200608 Servicios postales y de mensajería 2.500.000 O21202020060868021 Servicios locales de mensajería nacional 2.500.000 O2120202007 Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing 931.226.312 O212020200701 Servicios financieros y servicios conexos 811.226.312 O21202020070103 811.226.312 Servicios de seguros y pensiones (excepto los servicios de reaseguro y de seguridad social de afiliación obligatoria)

O2120202007010301 Servicios de seguros de vida (excepto los servicios de reaseguro) 16.675.000 O212020200701030102 Ediles 16.675.000 O21202020070103010271311 Servicios de Seguros de vida individual 16.675.000 O2120202007010304 Servicios de seguros de salud y de accidentes 204.328.000 O212020200701030471347 Servicio de seguro obligatorio de accidentes de tránsito (SOAT) 13.800.000 O212020200701030471349 Otros servicios de seguros de salud n.c.p. 190.528.000 O2120202007010305 Otros servicios de seguros distintos a los seguros de vida (excepto los servicios de reaseguro) 590.223.312 O212020200701030571351 Servicios de seguros de vehículos automotores 85.387.500 O212020200701030571354 Servicios de seguros contra incendio, terremoto o sustracción 148.637.500 O212020200701030571355 Servicios de seguros generales de responsabilidad civil 356.198.312 O212020200703 Servicios de arrendamiento o alquiler sin operario 120.000.000 O21202020070373123 120.000.000 Servicios de arrendamiento sin opción de compra de maquinaria y equipo de oficina sin operario (excepto computadoras)

O2120202008 Servicios prestados a las empresas y servicios de producción 3.469.644.688 O212020200802 Servicios jurídicos y contables 1.100.000 O21202020080282130 Servicios de documentación y certificación jurídica 1.100.000 O212020200803 407.000.000 Servicios profesionales, científicos y técnicos (excepto los servicios de investigación, urbanismo, jurídicos y de contabilidad)

O21202020080383143 Software originales 337.000.000 GDI-GPD-F034 Versión:01 Vigencia:5 de febrero de 2018 Alcaldía Local de Kennedy Transv. 78 K No. 41 A – 04 Sur Código Postal: 110851 Tel. 4481400 - 4511321 Información Línea 195 www.kennedy.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-400 • 2024 • DICIEMBRE • 30 400 Página 6 de 8 DECRETO LOCAL No. 015 (27 de diciembre de 2024)

“Por el cual se liquida el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos e Inversión de la Alcaldía Local de Kennedy, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del 2025”.

CÓDIGO RUBRO PRESUPUESTO INICIAL O21202020080383611 Servicios integrales de publicidad 70.000.000 O212020200804 Servicios de telecomunicaciones, transmisión y suministro de información 164.544.688 O21202020080484110 Servicios de operadores (conexión) 134.544.688 O21202020080484120 Servicios de telefonía fija (acceso) 30.000.000 O212020200805 Servicios de soporte 2.300.000.000 O21202020080585250 Servicios de protección (guardas de seguridad) 1.760.000.000 O21202020080585330 Servicios de limpieza general 540.000.000 O212020200806 327.000.000 Servicios de apoyo y de operación para la agricultura, la caza, la silvicultura, la pesca, la minería y los servicios públicos O21202020080686312 Servicios de distribución de electricidad (a comisión o por contrato) 265.000.000 O21202020080686320 Servicios de distribución de gas por tuberías (a comisión o por contrato) 5.000.000 O21202020080686330 Servicios de distribución de agua por tubería (a comisión o por contrato) 57.000.000 O212020200807 Servicios de mantenimiento, reparación e instalación (excepto servicios de construcción) 270.000.000 O21202020080787130 Servicios de mantenimiento y reparación de computadores y equipos periféricos 220.000.000 O2120202008078714102 Servicio de mantenimiento y reparación de vehículos automóviles 50.000.000 O2120202009 Servicios para la comunidad, sociales y personales 43.000.000 O21202020090494110 Servicios de alcantarillado y tratamiento de aguas residuales 27.000.000 O21202020090494239 Servicios generales de recolección de otros desechos 16.000.000 O2190 Obligaciones por Pagar Funcionamiento 1.303.149.000 O219001 Obligaciones por Pagar Funcionamiento Vigencia Anterior 1.192.281.000 O219002 Obligaciones por Pagar Funcionamiento Otras Vigencias 110.868.000 O23 Inversión 346.048.892.000 O2301 DIRECTA 187.520.585.000 O230117 Bogotá Camina Segura 187.520.585.000 O23011745992025268801000 Kennedy Camina Segura 2.291.500.000 GDI-GPD-F034 Versión:01 Vigencia:5 de febrero de 2018 Alcaldía Local de Kennedy Transv. 78 K No. 41 A – 04 Sur Código Postal: 110851 Tel. 4481400 - 4511321 Información Línea 195 www.kennedy.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-401 • 2024 • DICIEMBRE • 30 401 Página 7 de 8 DECRETO LOCAL No. 015 (27 de diciembre de 2024)

“Por el cual se liquida el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos e Inversión de la Alcaldía Local de Kennedy, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del 2025”.

CÓDIGO RUBRO PRESUPUESTO INICIAL O23011745992025249101000 Kennedy Hogares Seguros Familias Protegidas 2.910.319.000 O23011745992025270601000 Kennedy en Alianza por la Seguridad 1.875.206.000 O23011745992025274501000 Kennedy Camina Hacia la Convivencia 2.535.280.000 O23011745992025255101000 Kennedy Infraestructura para el Futuro 3.118.467.000 O23011745992025268401000 Kennedy Espacios Públicos Seguros 2.722.799.000 O23011745992025272901000 Kennedy Segura y en Paz 1.875.205.000 O23011745992025279401000 Kennedy Respira Bienestar 9.192.260.000 O23011745992025255601000 Kennedy Mujeres sin Barreras 7.080.777.000 O23011745992025281801000 Kennedy Caminos de Reconciliación 1.314.519.000 O23011745992025278001000 Kennedy Proyecta Talento 6.176.929.000 O23011745992025278401000 Kennedy Fuerza Local Pasión por el Deporte 7.500.824.000 O23011745992025261201000 Kennedy Guardianes del Bienestar Animal 2.816.559.000 O23011745992025261001000 Kennedy Ingreso con Propósito 31.690.978.000 O23011745992025237701000 Kennedy Germinando Futuros 18.189.497.000 O23011745992025249201000 Kennedy Destino de Oportunidades 3.999.814.000 O23011745992025251701000 Kennedy Territorio de Progreso 1.878.956.000 O23011745992025278801000 Kennedy Impulso Creativo 1.878.956.000 O23011745992025279001000 Kennedy mi Parque mi Espacio 4.751.772.000 O23011745992025279301000 Kennedy Espacio que Inspira 956.355.000 O23011745992025261601000 Kennedy Respira Verde 397.318.000 O23011745992025264301000 Kennedy Ecomanos en Acción 3.171.199.000 O23011745992025257401000 Kennedy Crecimiento y Conexión 26.747.936.000 O23011745992025262601000 Kennedy Juntos Nos Preparamos Para el Cambio 1.500.165.000 O23011745992025264601000 Kennedy Espacios de Buen Trato 3.075.337.000 O23011745992025271101000 Kennedy Transparente y Eficiente 28.128.087.000 O23011745992025276701000 Kennedy en Línea 2.047.725.000 O23011745992025270501000 Bogotá se Vive en Kennedy 375.042.000 O23011745992025273301000 Voces De Kennedy 6.195.681.000 O23011745992025274001000 Kennedy Trazos de Identidad 1.125.123.000 GDI-GPD-F034 Versión:01 Vigencia:5 de febrero de 2018 Alcaldía Local de Kennedy Transv. 78 K No. 41 A – 04 Sur Código Postal: 110851 Tel. 4481400 - 4511321 Información Línea 195 www.kennedy.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-402 • 2024 • DICIEMBRE • 30 402 Página 8 de 8 DECRETO LOCAL No. 015 (27 de diciembre de 2024)

“Por el cual se liquida el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos e Inversión de la Alcaldía Local de Kennedy, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del 2025”.

CÓDIGO RUBRO PRESUPUESTO INICIAL O2306 Obligaciones por Pagar Inversión 158.528.307.000 O230689 Obligaciones por Pagar Inversión Vigencia Anterior 124.116.009.000 O230690 Obligaciones por Pagar Inversión Otras Vigencias 34.412.298.000 O4 Disponibilidad final 0 Total Gastos más Disponibilidad final 353.745.598.000

Artículo 3.

El presente Decreto Local rige a partir de su fecha de su publicación y surte efectos fiscales a partir de primero (1º) de enero de dos mil veinticuatro (2025).

Dado en la Ciudad de Bogotá D. C., a los veintisiete (27) días del mes de diciembre de dos mil veinticuatro (2024).

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE KARLA TATHYANNA MARIN OSPINA Alcaldesa Local de Kennedy Elaboró: David Fernando Hernández Castiblanco – Contratista CPS-911-2024 del FDL de Kennedy Álvaro Jason Acosta Pérez – Contratista CPS-566-2024 del FDL de Kennedy Revisó y Aprobó: Erika Paola Rojas Urrego – Profesional Universitario 219 Grado 15, responsable de Presupuesto del FDL de Kennedy Adriana Patricia De La Torre Trujillo – Contratista CPS-565-2024 del FDL de Kennedy Diego Fernando Reyes Hernández – Contratista CPS-539-2024 del FDL de Kennedy GDI-GPD-F034 Versión:01 Vigencia:5 de febrero de 2018 Alcaldía Local de Kennedy Transv. 78 K No. 41 A – 04 Sur Código Postal: 110851 Tel. 4481400 - 4511321 Información Línea 195 www.kennedy.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-403 • 2024 • DICIEMBRE • 30 403 Página 1 de 9 “ "

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Alcaldía Local Los Mártires Avenida Calle 19 No. 28-80 Piso 7 Centro Comercial Calima Código Postal: 111411 Tel. 3759531 - 3511577 Información Línea 195 www.martires.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-404 • 2024 • DICIEMBRE • 30 404 Página 2 de 9 )0%%&(#(&'! ( %&!&!!&%%!!!!&%'%& #%) &!#% '%5, %!+75%6469 #!%&(!!%&( ''/!C!##!"! C $ 1+5)626 -6321-&-/-(%(1-'-%/ $0&15 1+5)626255-)17)6 1+5)6261275-&87%5-26 8/7%66%1'-21)6)-17)5)6)6()025% 8/7%6<6%1'-21)6!$0&,10(574%$0?56,&$5 "5%16*)5)1'-%6'255-)17)6 "5%16*)5)1'-%6()275%6)17-(%()6()/+2&-)512+)1)5%/ 64$570,'$'(5'(*1%,(401 )'85626()'%3-7%/ )'85626()/&%/%1')

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Alcaldía Local Los Mártires Avenida Calle 19 No. 28-80 Piso 7 Centro Comercial Calima Código Postal: 111411 Tel. 3759531 - 3511577 Información Línea 195 www.martires.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8231 • PP. 1-406 • 2024 • DICIEMBRE • 30 406 Página 4 de 9!C!##!"! C $,0674$52$4$$*7$#;5,/,.$4(5(/7.5,10(5,0674$5'(2416(&&,@0,0'7564,$.8,0?.,&$5(2@:,&$5 21.,(56>4,&$5 567&1,.7;(06(52$4$2,0674$5 ",06$2$4$5(..15 (*$06(55,06>6,&15 52(8'726()'%8',2<3/>67-'2 "(-$2.=56,&$ 8)&/)627526&-)1)675%163257%&/)61'3 1.?*4$)15 $4&$'14(5'(),(.641;5,/,.$4(5 =2,&(5,0$52$4$.=2,&(5 (&+$'14(5;07/(4$'14(5./1+$',..$52$4$5(..15 46?&7.150&22$4$(5&4,614,1;1),&,0$ 52(8'7260)7>/-'26<3%48)7)6()62*7:%5)

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