Registro Distrital 8161 de 2024
Registro Distrital 8161 de 2024 Nivel Distrital
- Tipo
- Registro Distrital
- Número
- 8161
- Año
- 2024
- Fecha
- 21 de octubre de 2024
- Entidad
- Nivel Distrital
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
5,5 ALCALDE MAYOR Carlos Fernando Galán Pachón ALCALDESA MAYOR Claudia Nayibe López Hernández REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 • No. 8161 - Pp 1 - 55 - 2024 • OCTUBRE • 21 CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Local ACUERDO LOCAL DE 2024 JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE SUBA ACUERDO LOCAL Nº 002 POR EL CUAL SE ADOPTA EL PLAN DE DESARROLLO ECONÓMICO, SO CIAL, AMBIENTAL Y DE OBRAS PÚBLICAS PARA LA LOCALIDAD DE SUBA 2025-2028 “Confiando en su veci, SUBA CAMINA SEGURA”......................... 4 DECRETOS LOCALES DE 2024 ALCALDÍA LOCAL DE CHAPINERO DECRETO LOCAL Nº 18 “Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero para la vigencia fiscal 2024”............................................................................................................... 47 ALCALDÍA LOCAL DE ANTONIO NARIÑO DECRETO LOCAL Nº 22 “Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño para la vigencia fiscal 2024”........................................................................................ 51 AÑO 59 AÑO 59 NÚMERO 8161 21 • OCTUBRE • 2024 ALCALDESA MAYOR Claudia Nayibe López Hernández SECRETARÍA GENERAL ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL.
LA PUBLICACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS EN EL REGISTRO DISTRITAL SE REALIZA DE ACUERDO A LA LEY 1437 DEL 2011 EN SU ARTÍCULO 65 MODIFICADO POR LA LEY 2080 DE 2021 “POR LA CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO”.
CORREO: REGISTRODISTRITAL@ALCALDIABOGOTA.GOV.CO DIRECCIÓN: CALLE 11 SUR #1-60 ESTE - LA MARÍA - BOGOTÁ D.C.
TELÉFONO: 381 3000 EXT. 5010 - 5202 SUBDIRECTORA IMPRENTA DISTRITAL: CLAUDIA ELENA MEJÍA ACOSTA ACUERDO LOCAL DE 2024 JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE SUBA ACUERDO LOCAL Nº 002 (30 de agosto de 2024)
POR EL CUAL SE ADOPTA EL PLAN DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOCIAL, AMBIENTAL Y DE OBRAS PÚBLICAS PARA LA LOCALIDAD DE SUBA 2025-2028 “Confiando en su veci, SUBA CAMINA SEGURA”
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8161 PP. 1-4 • 2024 • OCTUBRE • 21 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8161 • PP. 1-5 • 2024 • OCTUBRE • 21 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8161 PP. 1-6 • 2024 • OCTUBRE • 21 6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8161 • PP. 1-7 • 2024 • OCTUBRE • 21 7 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8161 PP. 1-8 • 2024 • OCTUBRE • 21 8 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8161 • PP. 1-9 • 2024 • OCTUBRE • 21 9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8161 PP. 1-10 • 2024 • OCTUBRE • 21 10 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8161 • PP. 1-11 • 2024 • OCTUBRE • 21 11 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8161 PP. 1-12 • 2024 • OCTUBRE • 21 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8161 • PP. 1-13 • 2024 • OCTUBRE • 21 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8161 PP. 1-14 • 2024 • OCTUBRE • 21 14 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8161 • PP. 1-15 • 2024 • OCTUBRE • 21 15 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8161 PP. 1-16 • 2024 • OCTUBRE • 21 16 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8161 • PP. 1-17 • 2024 • OCTUBRE • 21 17 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8161 PP. 1-18 • 2024 • OCTUBRE • 21 18 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8161 • PP. 1-19 • 2024 • OCTUBRE • 21 19 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8161 PP. 1-20 • 2024 • OCTUBRE • 21 20 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8161 • PP. 1-21 • 2024 • OCTUBRE • 21 21 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8161 PP. 1-22 • 2024 • OCTUBRE • 21 22 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8161 • PP. 1-23 • 2024 • OCTUBRE • 21 23 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8161 PP. 1-24 • 2024 • OCTUBRE • 21 24 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8161 • PP. 1-25 • 2024 • OCTUBRE • 21 25 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8161 PP. 1-26 • 2024 • OCTUBRE • 21 26 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8161 • PP. 1-27 • 2024 • OCTUBRE • 21 27 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8161 PP. 1-28 • 2024 • OCTUBRE • 21 28 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8161 • PP. 1-29 • 2024 • OCTUBRE • 21 29 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8161 PP. 1-30 • 2024 • OCTUBRE • 21 30 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8161 • PP. 1-31 • 2024 • OCTUBRE • 21 31 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8161 PP. 1-32 • 2024 • OCTUBRE • 21 32 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8161 • PP. 1-33 • 2024 • OCTUBRE • 21 33 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8161 PP. 1-34 • 2024 • OCTUBRE • 21 34 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8161 • PP. 1-35 • 2024 • OCTUBRE • 21 35 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8161 PP. 1-36 • 2024 • OCTUBRE • 21 36 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8161 • PP. 1-37 • 2024 • OCTUBRE • 21 37 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8161 PP. 1-38 • 2024 • OCTUBRE • 21 38 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8161 • PP. 1-39 • 2024 • OCTUBRE • 21 39 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8161 PP. 1-40 • 2024 • OCTUBRE • 21 40 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8161 • PP. 1-41 • 2024 • OCTUBRE • 21 41 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8161 PP. 1-42 • 2024 • OCTUBRE • 21 42 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8161 • PP. 1-43 • 2024 • OCTUBRE • 21 43 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8161 PP. 1-44 • 2024 • OCTUBRE • 21 44 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8161 • PP. 1-45 • 2024 • OCTUBRE • 21 45 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8161 PP. 1-46 • 2024 • OCTUBRE • 21 46 DECRETOS LOCALES DE 2024 ALCALDÍA LOCAL DE CHAPINERO DECRETO LOCAL Nº 18 (15 de octubre de 2024)
“Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero para la vigencia fiscal 2024”.
EL ALCALDE LOCAL DE CHAPINERO En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las conferidas en el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto 372 de 2010 del 30 de agosto de 2010, “Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local F.D.L.” en su artículo 31, establece las Modificaciones Presupuestales e indica que “Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se hará mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda- Dirección Distrital de Presupuesto”.
Que, la Circular Externa No. DDP-000008 del 31 de diciembre de 2019, de la Secretaría Distrital de Hacienda, estableció que, mediante el parágrafo único del artículo 9° del Decreto 777 de 2019 se contempló que “se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que corresponden al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales)”.
Que, la alcaldesa Local de Chapinero mediante Memorando No 20245220012323 del 10 de octubre de 2024, solicitó a la Profesional de Presupuesto adelantar las gestiones pertinentes para realizar el traslado presupuestal al nivel “0212 Adquisición de bienes y servicios” mediante el cual se efectúa un traslado al interior del Presupuesto de Gastos de Funcionamiento vigencia 2024, por valor de VEINTISIETE MILLONES SEISCIENTOS QUINCE MIL SETECIENTOS VEINTITRÉS PESOS M/CTE. ($ 27.615.723).
CONTRACRÉDITOS 2310460-FT-078 Versión 01 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8161 • PP. 1-47 • 2024 • OCTUBRE • 21 47 Continuación del Decreto N°. 18 de 2024 Pág. 2 de 4 “Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero para la vigencia fiscal 2024”.
O212 Adquisición de bienes y servicios Producto de la ejecución del proceso FDLCH-SAMC-006-2024 (118731) se advierte por la Entidad que, pese a que los recursos son suficientes, se requiere realizar un traslado presupuestal “redistribuir” los saldos de los rubros O212020200701030571351 Servicios de seguros de vehículos automotores, O212020200701030571354 Servicios de seguros contra incendio, terremoto y O212020200701030571355 Servicios de seguros generales de responsabilidad en lo referente al GRUPO 1 “Generales”, toda vez que al analizar los tipos de pólizas que lo componen se prevé que dichos rubros no están adecuadamente distribuidos, y de esta forma garantizar el principio de “especialidad” permitiendo así que los recursos presupuestales sean utilizados exclusivamente para los fines y objetivos para los que fueron asignados acorde a lo establecido en la normatividad aplicable y vigente.
En conclusión, se hace necesario disminuir el rubro O212020200701030571355 Servicios de seguros generales de responsabilidad en VEINTISIETE MILLONES SEISCIENTOS QUINCE MIL SETECIENTOS VEINTITRÉS PESOS ($ 27.615.723) M/CTE.
CRÉDITOS O212 Adquisición de bienes y servicios En el rubro O212020200701030571351 Servicios de seguros de vehículos automotores se tiene una apropiación inicial de $14.996.455 los cuales se han presupuestado para adquirir el ramo denominado “automóviles” correspondiente al grupo 1 Seguros Todo Riesgos. Sin embargo, una vez realizada la asociación respectiva producto del estudio de mercado base del proceso FDLCH-SAMC-006-2024 (118731) para este ramo, se requiere un total de $20.498.447, por lo que se hace necesario aumentar el rubro presupuestal en $5.501.992 de tal manera que se garantice el principio de “especialidad”.
En el rubro O212020200701030571354 Servicios de seguros contra incendio, terremoto o se tiene una apropiación inicial de $12.619.859 los cuales se han presupuestado para adquirir los ramos denominados “TOTAL TODO RIESGO DAÑOS MATERIALES” y “MANEJO GLOBAL ENTIDADES OFICIALES” correspondiente al grupo 1 Seguros Todo Riesgos. Sin embargo, una vez realizada la asociación respectiva producto del estudio de mercado base del proceso FDLCH-SAMC-006-2024 (118731) para este ramo, se requiere un total de $34.733.590, por lo que se hace necesario aumentar el rubro presupuestal en $22.113.731 de tal manera que se garantice el principio de “especialidad”.
2310460-FT-078 Versión 01 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8161 PP. 1-48 • 2024 • OCTUBRE • 21 48 Continuación del Decreto N°. 18 de 2024 Pág. 3 de 4 “Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero para la vigencia fiscal 2024”.
DECRETA:
Artículo primero.
Efectúese el siguiente contracrédito al Presupuesto anual de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero de la vigencia fiscal 2024, de conformidad con el siguiente detalle:
CONTRACRÉDITOS CÓDIGO DESCRIPCIÓN VALOR O2 GASTOS 27.615.723 O21 Funcionamiento 27.615.723 O212 Adquisición de bienes y servicios 27.615.723 O21202 Adquisiciones diferentes de activos 27.615.723 O2120202 Adquisición de servicios 27.615.723 O2120202007 Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing 27.615.723 O212020200701 Servicios financieros y servicios conexos 27.615.723 O21202020070103 Servicios de seguros y pensiones (excepto los servicios de reaseguro y de seguridad social de afiliación obligatoria) 27.615.723 O2120202007010305 Otros servicios de seguros distintos a los seguros de vida (excepto los servicios de reaseguro) 27.615.723 O212020200701030571355 Servicios de seguros generales de responsabilidad civil 27.615.723 TOTAL CONTRACREDITOS 27.615.723
Artículo segundo.
Efectúese los siguientes créditos al Presupuesto anual de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero de la vigencia fiscal 2024, de conformidad con el siguiente detalle:
CRÉDITOS CÓDIGO DESCRIPCIÓN VALOR O2 GASTOS 27.615.723 O21 Funcionamiento 27.615.723 O212 Adquisición de bienes y servicios 27.615.723 O21202 Adquisiciones diferentes de activos 27.615.723 O2120202 Adquisición de servicios 27.615.723 O2120202007 Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing 27.615.723 O212020200701 Servicios financieros y servicios conexos 27.615.723 2310460-FT-078 Versión 01 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8161 • PP. 1-49 • 2024 • OCTUBRE • 21 49 Continuación del Decreto N°. 18 de 2024 Pág. 4 de 4 “Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero para la vigencia fiscal 2024”.
O21202020070103 Servicios de seguros y pensiones (excepto los servicios de reaseguro y de seguridad social de afiliación obligatoria) 27.615.723 O2120202007010305 Otros servicios de seguros distintos a los seguros de vida (excepto los servicios de reaseguro) 27.615.723 O212020200701030571351 Servicios de seguros de vehículos automotores 5.501.992 O212020200701030571354 Servicios de seguros contra incendio, terremoto o sustracción 22.113.731 TOTAL CRÉDITOS 27.615.723
Artículo tercero.
El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C, a los 15 (quince) días del mes de octubre de 2024.
ALEXANDRA MEJÍA GUZMÁN Alcaldesa Local de Chapinero Proyecto: Nidia Asenet González Torres – Profesional de presupuesto FDLCH Revisó: Fabiola Vásquez Pedraza – Profesional Especializado 222 - 24 Nicolas Carvajal Beltrán – Contratista del despacho 2310460-FT-078 Versión 01 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8161 PP. 1-50 • 2024 • OCTUBRE • 21 50 ALCALDÍA LOCAL DE ANTONIO NARIÑO DECRETO LOCAL Nº 22 (4 de octubre de 2024)
“Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño para la vigencia fiscal 2024”.
EL ALCALDE LOCAL DE ANTONIO NARIÑO En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 31 del Decreto Distrital 372 de 2010 y el artículo 10 del Decreto Distrital 192 de 2021, y
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Distrital 372 de 2010 del 30 de agosto de 2010, por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local, en su artículo 31, establece que cuando fuera necesario los FDL pueden realizar “Modificaciones Presupuestales” e indica que los “Traslado Presupuestales” corresponden a “(…) la modificación que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales aprobados por la JAL. La disponibilidad de las apropiaciones para efectuar los traslados presupuestales, será certificada por el responsable de Presupuesto del respectivo F.D.L.”
Que el inciso segundo del mencionado artículo 31 ídem, señala que los traslados presupuestales se hacen “(…) mediante Decreto expedido por el alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto”.
Que además el artículo 10 del Decreto Distrital No. 192 de 2021 reglamentario del Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital, dispone que “Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos. Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Sí se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación (...)”.
Parágrafo. Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto,
las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales).”
Alcaldía Local de Antonio Nariño Calle 17 Sur No. 18 – 49 Código Postal: 111411 Tel. 4432490 Información Línea 195 www.antonionarino.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8161 • PP. 1-51 • 2024 • OCTUBRE • 21 51 Página 2 de 5 DECRETO LOCAL No. 22 del 4 de octubre de 2024 “Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño para la vigencia fiscal 2024”.
Que de las citadas disposiciones normativas se alude, que los actos administrativos que pretenden efectuar traslados presupuestales requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, y si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.
Que, mediante el Decreto Local No. 32 de diciembre de 2023, se liquidó el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024.
Que, teniendo en cuenta la situación presupuestal actual del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, se hace preciso adelantar un traslado presupuestal con el propósito de cubrir la necesidad de las erogaciones por concepto de Gastos de Inversión de la vigencia 2024, que demanda la gestión institucional, en particular, en el rubro por concepto del rubro O23011605570000002198 “Acciones para el fortalecimiento institucional”.
Que, en razón del acompañamiento idóneo en los procesos de concertación, formulación y contratación de los procesos de inversión que adelanta el Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, se hace indispensable la renovación de los contratos de prestación de servicios de los colaboradores que apoyan el cumplimiento de las metas del Plan Operativo Anual de Inversiones, en el entendido de la importancia de mantener la trazabilidad y comunicación asertiva con las instancias de participación que han venido concertando actividades y estrategias de trabajo con los funcionarios de la Alcaldía Local desde el mes de enero, y así evitar retrocesos en los procesos adelantados.
Que, en este momento de la vigencia, se hace necesario reforzar la estrategia de fortalecimiento institucional para el desarrollo adecuado de la estrategia de Presupuestos Participativos, considerando que, el acompañamiento a la ciudadanía en los procesos de participación es fundamental para cumplir el Plan de Desarrollo Local y Distrital.
Que, en consideración a lo expuesto, la Administración Local requiere efectuar el traslado presupuestal por valor de TRESCIENTOS TRES MILLONES CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO PESOS M/CTE ($ 303.147.684).
Que, el Fondo de Desarrollo local de Antonio Nariño requiere tramitar una modificación en el presupuesto anual de gastos e inversiones de la vigencia comprendida entre el 1 de enero y 31 de diciembre de la vigencia 2024, consistente en un traslado presupuestal de Obligaciones por Pagar al proyecto de inversión 2198.
Que mediante oficio No. 2-2024-53558 del 11 de septiembre de 2024, la Secretaría Distrital de Planeación, emitió concepto previo y favorable para el traslado presupuestal relacionado con los gastos de inversión de la Alcaldía Local Antonio Nariño.
Que mediante oficio No. 2023EE360011O1 del 04 de octubre de 2024, la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, emitió concepto de viabilidad considerando que el Fondo de Desarrollo Local Alcaldía Local de Antonio Nariño Calle 17 Sur No. 18 – 49 Código Postal: 111411 Tel. 4432490 Información Línea 195 www.antonionarino.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8161 PP. 1-52 • 2024 • OCTUBRE • 21 52 Página 3 de 5 DECRETO LOCAL No. 22 del 4 de octubre de 2024 “Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño para la vigencia fiscal 2024”. efectuó los estudios técnicos, legales y financieros exigidos para realizar el ajuste presupuestal mediante la cual se efectúa un traslado del agregado de inversión de la vigencia 2024, por valor de TRESCIENTOS TRES MILLONES CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO PESOS M/CTE. ($303.147.684).
Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
Artículo 1º.
– Efectúese un contra crédito al Presupuesto de Gastos de la vigencia 2024 del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño conforme al siguiente detalle:
CONCEPTO CONTRACRÉDITO O2 GASTOS $ 303.147.684 O23 Inversión $ 303.147.684 O2306 OBLIGACIONES POR PAGAR $ 303.147.684 O230616 Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI $ 214.245.728 O23061601 $ 50.057.926 Hacer un nuevo contrato social con igualdad de oportunidades para la inclusión social, productiva y política O2306160101 Subsidios y transferencias para la equidad $ 10.994.000 O23061601010000001851 Acciones de atención para población vulnerable $ 10.994.000 O2306160117 $ 5.299.326 Jóvenes con capacidades: Proyecto de vida para la ciudadanía, la innovación y el trabajo del siglo XXI O23061601170000002199 Acciones de fomento a la juventud $ 5.299.326 O2306160121 $ 33.764.600 Creación y vida cotidiana: Apropiación ciudadana del arte, la cultura y el patrimonio, para la democracia cultural O23061601210000002201 $ 33.764.600 Acciones de fomento y promoción de actividades artísticas, interculturales, culturales y/o patrimoniales.
Alcaldía Local de Antonio Nariño Calle 17 Sur No. 18 – 49 Código Postal: 111411 Tel. 4432490 Información Línea 195 www.antonionarino.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8161 • PP. 1-53 • 2024 • OCTUBRE • 21 53 Página 4 de 5 DECRETO LOCAL No. 22 del 4 de octubre de 2024 “Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño para la vigencia fiscal 2024”.
O23061604 Hacer de Bogotá Región un modelo de movilidad multimodal, incluyente y sostenible $ 1 O2306160449 Movilidad segura, sostenible y accesible $ 1 O23061604490000002186 Acciones de mejoramiento de la malla vial y el espacio público $ 1 O23061605 Construir Bogotá Región con gobierno abierto, transparente y ciudadanía consciente $ 164.187.801 O2306160557 Gestión Pública Local $ 164.187.801 O23061605570000002189 Acciones inspección, vigilancia y control $ 21.035.489 O23061605570000002198 Acciones para el fortalecimiento institucional $ 143.152.312 O230690 Obligaciones por pagar Inversión vigencias anteriores $ 88.901.956 TOTAL, CONTRA CRÉDITOS $ 303.147.684
Artículo 2º.
– Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos de la vigencia 2024 del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño conforme al siguiente detalle:
CONCEPTO CRÉDITO O2 GASTOS $ 303.147.684 O23 INVERSIÓN $ 303.147.684 O2301 DIRECTA $ 303.147.684 $ 303.147.684 O230116 Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI $ 303.147.684 O23011605 Construir Bogotá Región con gobierno abierto, transparente y ciudadanía consciente O2301160557 Gestión Pública Local $ 303.147.684 O23011605570000002198 Acciones para el fortalecimiento institucional $ 303.147.684 TOTAL, CRÉDITOS $ 303.147.684
Artículo 3°.
- Comunicación. Una vez expedido el presente decreto, comuníquese inmediatamente el contenido de este a la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, para lo de su competencia.
Artículo 4º.
- Publicación. Publíquese el presente decreto en el Registro Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.
Alcaldía Local de Antonio Nariño Calle 17 Sur No. 18 – 49 Código Postal: 111411 Tel. 4432490 Información Línea 195 www.antonionarino.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8161 PP. 1-54 • 2024 • OCTUBRE • 21 54 Página 5 de 5 DECRETO LOCAL No. 22 del 4 de octubre de 2024 “Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño para la vigencia fiscal 2024”.
Artículo 5°.
- Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Se expide en Bogotá D.C. a los cuatro (04) días del mes de octubre de dos mil veinticuatro (2024).
COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE DANILSON GUEVARA VILLABÓN Alcalde Local de Antonio Nariño (E)
Proyectó: Nubia Herrera. Profesional 219-15 FDLAN Aprobó: Anyela Vivieth Mamian - Contratista del Despacho FDLAN Alcaldía Local de Antonio Nariño Calle 17 Sur No. 18 – 49 Código Postal: 111411 Tel. 4432490 Información Línea 195 www.antonionarino.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8161 • PP. 1-55 • 2024 • OCTUBRE • 21 55
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