Registro Distrital 8154 de 2024
Registro Distrital 8154 de 2024 Nivel Distrital
- Tipo
- Registro Distrital
- Número
- 8154
- Año
- 2024
- Fecha
- 11 de octubre de 2024
- Entidad
- Nivel Distrital
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
5,5 ALCALDE MAYOR Carlos Fernando Galán Pachón ALCALDESA MAYOR Claudia Nayibe López Hernández REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • No. 8154 - Pp 1 - 96 - 2024 • OCTUBRE • 11 CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Descentralizado ACUERDO DE 2024 EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ - ESP - JUNTA DIRECTIVA ACUERDO Nº 199 Por medio del cual se emite autorización de la Junta Directiva de la EAAB-ESP para asumir obligaciones en la vigencia 2024 que afectan el presupuesto de vigencias futuras ordinarias 2025 y 2026, en Gastos de Funcionamiento....... 4 Sector Central RESOLUCIONES DE 2024 SECRETARÍA DE HACIENDA RESOLUCIÓN Nº SDH-00252 “Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba”...................... 7 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. - SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL RESOLUCIÓN Nº 469 “Por la cual se efectúa un encargo por derecho preferencial y se dictan otras disposiciones”................................................................................................. 13 SECRETARÍA DE MOVILIDAD RESOLUCIÓN Nº 305022 “POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA ADMINISTRATIVAMENTE EL ABAN DONO DE VEHÍCULOS INMOVILIZADOS EN LOS PATIOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD CON PROPIETARIO INDETERMINADO(P)”..............18 Sector Local ACUERDOS LOCALES DE 2024 JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE CHAPINERO ACUERDO LOCAL Nº 006 POR EL CUAL SE ADOPTA EL PLAN DE DESARROLLO ECONÓMICO, SO CIAL, AMBIENTAL Y DE OBRAS PÚBLICAS PARA LA LOCALIDAD DE CHA PINERO 2025-2028 “CHAPINERO CAMINA SEGURA”................................ 29 ACUERDO LOCAL N° 007 “Por el cual se adiciona el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Vigencia Fiscal 2024 del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero”............................. 83 DECRETOS LOCALES DE 2024 ALCALDÍA LOCAL DE CHAPINERO DECRETO LOCAL Nº 016 “Por medio del cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Adminis tradora Local de Chapinero”........................................................................... 86 DECRETO LOCAL Nº 17 “Por el cual se liquida la adición al presupuesto de la Vigencia Fiscal 2024 del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero, de conformidad con el Acuerdo Local N° 007 aprobado por la Junta Administradora Local de Chapinero el 1 de octu bre de 2024”.................................................................................................... 89 ALCALDÍA LOCAL DE SUMAPAZ DECRETO LOCAL Nº 022 “Por el cual se efectúa una modificación presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, para la vigencia fiscal 2024”........................................................................................ 93 AÑO 58 AÑO 58 NÚMERO 8154 11 • OCTUBRE • 2024 ALCALDESA MAYOR Claudia Nayibe López Hernández SECRETARÍA GENERAL ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL.
LA PUBLICACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS EN EL REGISTRO DISTRITAL SE REALIZA DE ACUERDO A LA LEY 1437 DEL 2011 EN SU ARTÍCULO 65 MODIFICADO POR LA LEY 2080 DE 2021 “POR LA CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO”.
CORREO: REGISTRODISTRITAL@ALCALDIABOGOTA.GOV.CO DIRECCIÓN: CALLE 11 SUR #1-60 ESTE - LA MARÍA - BOGOTÁ D.C.
TELÉFONO: 381 3000 EXT. 5010 - 5202 SUBDIRECTORA IMPRENTA DISTRITAL: CLAUDIA ELENA MEJÍA ACOSTA ACUERDO DE 2024 EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ - ESP - JUNTA DIRECTIVA ACUERDO Nº 199 (30 de septiembre de 2024)
Por medio del cual se emite autorización de la Junta Directiva de la EAAB-ESP para asumir obligaciones en la vigencia 2024 que afectan el presupuesto de vigencias futuras ordinarias 2025 y 2026, en Gastos de Funcionamiento.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 PP. 1-4 • 2024 • OCTUBRE • 11 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 • PP. 1-5 • 2024 • OCTUBRE • 11 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 PP. 1-6 • 2024 • OCTUBRE • 11 6 RESOLUCIONES DE 2024 SECRETARÍA DE HACIENDA RESOLUCIÓN Nº SDH-00252 (9 de octubre de 2024)
“Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba”
200000-120 Resolución LA SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA En uso de las facultades legales y en especial las conferidas por el numeral 4 del artículo 1 del Decreto 101 de 2004, artículo 4 del Decreto Distrital 601 de 2014 modificado por el artículo 1 del Decreto Distrital 364 de 2015, así como las disposiciones consagradas en la Ley 909 de 2004 modificada por la Ley 1960 de 2019, Decreto 1083 de 2015 modificado por el Decreto 648 de 2017 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 125 de la Constitución Política, establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso a los cargos de carrera y ascenso en los mismos, se hará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la Ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes.
Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, establecen que los empleos de carrera en vacancia definitiva se proveerán en período de prueba con los seleccionados mediante el sistema de mérito.
Que de conformidad con el literal c) del artículo 11 de la Ley 909 de 2004 y el artículo 2.2.6.3 del Decreto 1083 de 2015, le corresponde a la Comisión Nacional del Servicio Civil
- CNSC - elaborar y suscribir las convocatorias a concurso, para el desempeño de empleos públicos de carrera administrativa.
Que mediante el Decreto Distrital 601 del 22 de diciembre de 2014, modificado por los Decretos Distritales 364 de 2015, 607 de 2017, 834 de 2018 y adicionado por el Decreto Distrital 839 de 2019 se estableció la nueva estructura de la entidad y mediante el Decreto Distrital 600 del 22 de diciembre de 2014, modificado por los Decretos Distritales 608 de 2017, 835 de 2018, 454 de 2021, 281 de 2023 y 592 de 2023, se estableció la planta de cargos, producto del proceso de modernización llevado a cabo en la Secretaría Distrital de Hacienda. www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 • PP. 1-7 • 2024 • OCTUBRE • 11 7 Pública Clasificada Que en cumplimiento de las normas precitadas, la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC expidió el Acuerdo 002 de 2021, mediante el cual se convocó a concurso de méritos, en las modalidades de Ascenso y Abierto, para proveer los empleos en vacancia definitiva pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda - Proceso de Selección No. 1485 de 2020 - Distrito Capital 4.
Que con fundamento en los principios constitucionales de eficacia, celeridad y economía previstos en el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia y en el artículo 3° del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - Ley 1437 de 2011 y, que conforman la Convocatoria Distrito Capital 4, con base en los resultados totales del concurso y de acuerdo con lo establecido en el artículo 24 del referido Acuerdo 002 de 2021, le corresponde a la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, conformar en estricto orden de mérito las listas de elegibles de los empleos convocados.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 6285 del 10 de noviembre de 2021, “Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer tres (3) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 219, Grado 14, identificado con el Código OPEC No. 137110 en la modalidad abierto del Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - SDH, Procesos de Selección 1462 a 1492 y 1546 de 2020 Convocatoria Distrito Capital 4”, la cual quedó en firme para los elegibles del 1 al 5, los elegibles 7 y 8 el 31 de octubre de 2022 y el elegible 9 el 12 de septiembre de 2022.
Que mediante Resolución No. SDH-000804 del 13 de diciembre de 2021, se nombraron en periodo de prueba a JAVIER ANTONIO RIOS ALVAREZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.344.086, quien ocupó la primera (1) posición, JUDY ANDREA ESPAÑOL FLOREZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 53.011.611, quien ocupó la segunda (2) posición y DAVID MAURICIO AVELLANEDA VELOSA, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.023.919.428, quien ocupó la tercera (3) posición, de la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Resolución No. 6285 del 10 de noviembre de 2021, para desempeñar los empleos de carrera administrativa denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 14, de la Oficina de Cobro Prejurídico, de la Dirección Distrital de Cobro de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda, tomando posesión en sus respectivos empleos.
Que en cumplimiento al Criterio Unificado sobre el uso de listas de elegibles en contexto de la Ley 1960 de 2019, expedido por la Comisión Nacional de Servio Civil, mediante Resolución No. SDH-000048 del 28 de febrero de 2023, se realizó el nombramiento en www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 PP. 1-8 • 2024 • OCTUBRE • 11 8 Pública Clasificada periodo de prueba a los señores (as) ÁLEX JULIÁN MOJICA SIERRA, identificado con cédula de 7.183.049, quien ocupó la cuarta (4) posición, MARILY OLAYA VANEGAS, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.075.269.635, quien ocupó la quinta (5) posición y JOHANA CATALINA CAMBEROS JEREZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.020.753.733, quien ocupó la séptima (7) posición de la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Resolución No. 6285 del 10 de noviembre de 2021, siendo excluido la sexta (6) posición mediante la Resolución No. 11032 del 18 de agosto del 2022, expedida por la CNSC; para desempeñar el empleo de carrera administrativa denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 14, de la Oficina de Cobro General de la Dirección Distrital de Cobro de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda, tomando posesión en sus respectivos empleos.
Que mediante Resolución No. SDH-000305 del 02 de agosto de 2023, se efectuó el nombramiento en periodo de prueba al señor YEFFER CENEN MATEUS LEÓN, identificado con cédula de ciudadanía No. 74.244.411, quien ocupó la octava (8) posición de la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, para desempeñar el empleo de carrera administrativa de Profesional Universitario, Código 219 Grado 14, de la Oficina de Cobro General, de la Dirección Distrital de Cobro de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda, tomando posesión del mismo.
Que mediante Resolución No. SDH-000104 del 09 de abril de 2024, se efectuó el nombramiento en periodo de prueba al señor JHONNY ALBERTO ROJAS LUGO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.030.655.249, quien ocupó la novena (9) posición de la lista de elegibles, para desempeñar el empleo de carrera administrativa de Profesional Universitario, Código 219 Grado 14, de la Oficina de Cobro Prejurídico de la Dirección Distrital de Cobro, de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda, tomando posesión del mismo.
Que mediante Resolución No. DGC – 000582 del 04 de septiembre de 2024, se aceptó la renuncia del señor DAVID MAURICIO AVELLANEDA VELOSA, identificado con cédula de ciudadanía número 1.023.919.428, al empleo de carrera Profesional Universitario código 219 grado 14 de la Oficina de Cobro Prejurídico de la Dirección Distrital de Cobro, de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda, quien ocupó la tercera (3) posición de la lista de elegibles y se declaró la vacancia definitiva del mismo.
Que la Subdirección del Talento Humano, reportó la novedad de la renuncia del señor MAURICIO AVELLANEDA VELOSA realizada con Resolución No. DGC – 000582 del 04 de septiembre de 2024, a través del Módulo Banco Nacional de Listas de Elegibles - BNLE portal SIMO 4.0, radicado bajo el No. 2024RE193085 del 9 de septiembre de 2024 y, solicitó autorización para el uso de lista de elegibles de la OPEC 137110, para proveer la vacante correspondiente con ocasión a la renuncia. www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 • PP. 1-9 • 2024 • OCTUBRE • 11 9 Pública Clasificada Que la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC a través del módulo de reporte de novedades del en el Portal SIMO 4.0, con radicado bajo el No. 2024RE205369 del 23 de septiembre de 2024, aprobó el uso de listas de elegibles, en los siguientes términos:
(…) Una vez efectuado el respectivo análisis de viabilidad de uso de lista de elegibles, previo agotamiento de los tres (3) primeros órdenes de provisión de que trata el artículo 2.2.5.3.2 del Decreto 1083 de 20151, y haciendo uso del Módulo de reporte de novedades del Banco Nacional de Listas de Elegibles – BNLE del Portal SIMO 4.0 AUTORIZA A La SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – SDH el uso de la lista de elegibles para el(la) elegible JERSON DAVID GARCÍA PATIÑO identificado(a) con cédula de ciudadanía Nro. 1023914370, quien ocupó la posición diez (10) en el empleo identificado con el Código OPEC Nro. 137110, denominado PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 219, Grado 14, con ocasión a la renuncia posterior al periodo de prueba del(la) elegible DAVID MAURICIO AVELLANEDA VELOSA.
(…) ”
Que la Subdirección del Talento Humano certifica en el presente acto administrativo que se verificó el uso correcto de la lista de elegibles, de manera que se siga el orden de esta, siendo procedente nombrar al elegible que ocupó la posición diez (10) de la lista.
Que la Subdirección del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Hacienda, realizó la revisión de la documentación del señor JERSON DAVID GARCÍA PATIÑO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.023.914.370, quien ocupó la décima (10) posición de la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, mediante Resolución No. 6285 del 10 de noviembre de 2021, determinando que cumple con los requisitos establecidos en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la entidad para el empleo denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 14, de la Oficina de Cobro Prejurídico de la Dirección Distrital de Cobro, de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda; así mismo, se verificaron directamente los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, sin encontrarse anotación especial.
Que de acuerdo con lo anterior, es procedente nombrar al señor JERSON DAVID GARCÍA PATIÑO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.023.914.370, en período de prueba por el término de seis (6) meses en el referido empleo. Finalizado el período de prueba, el jefe inmediato evaluará su desempeño y si el resultado de la evaluación del desempeño es satisfactorio en el ejercicio de sus funciones, el evaluado adquirirá los www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 PP. 1-10 • 2024 • OCTUBRE • 11 10 Pública Clasificada derechos de carrera y deberá ser inscrito en el Registro Público de la Carrera Administrativa, de lo contrario su nombramiento será declarado insubsistente, según lo señalado en el numeral 5 del artículo 31 de la Ley 909 de 2004, en concordancia con el artículo 2.2.6.25 del Decreto Nacional 1083 de 2015.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1º.
Nombrar en período de prueba al señor JERSON DAVID GARCÍA PATIÑO,
identificado con cédula de ciudadanía No. 1.023.914.370, quien ocupó la décima (10) posición de la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC mediante Resolución No. 6285 del 10 de noviembre de 2021, bajo el código OPEC 137110, para desempeñar el empleo de carrera administrativa denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 14, de la Oficina de Cobro Prejurídico de la Dirección Distrital de Cobro de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda, de acuerdo con la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2º.
El período de prueba al que se refiere el artículo anterior tendrá una duración de seis (6) meses, contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004. Al finalizar el período de prueba, le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato y de ser satisfactoria la calificación, será inscrito en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento será declarado insubsistente por resolución motivada.
Artículo 3º.
El señor JERSON DAVID GARCÍA PATIÑO, de conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, tendrá diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción de la comunicación del nombramiento, para manifestar si acepta el nombramiento; y posteriormente tendrá diez (10) días hábiles para tomar posesión del empleo, los cuales se contarán a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento.
Parágrafo. El nombramiento y posesión a que se refiere el artículo precedente se sujetará
a lo establecido en los artículos 2.2.5.1.4 y 2.2.5.1.8 del Decreto 1083 de 2015.
Artículo 4°.
El presente nombramiento cuenta con saldo de apropiación presupuestal suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de factores constitutivos de salario y contribuciones inherentes a la nómina durante la vigencia fiscal en curso.
www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 • PP. 1-11 • 2024 • OCTUBRE • 11 11 Pública Clasificada Artículo 5º Comunicar al señor JERSON DAVID GARCÍA PATIÑO, y al jefe de oficina de Cobro Perjudico, el presente acto administrativo a través de la Subdirección del Talento Humano.
Artículo 6°.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y surte efectos fiscales a partir de su posesión.
Artículo 7º.
Publicar el presente acto administrativo en la página Web de la Secretaría Distrital de Hacienda.
Ana Maria Cadena Ruiz - 52698252 Firmado digitalmente por Ana Maria Cadena Ruiz - 52698252 PUBLIQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C., a los ANA MARÍA CADENA RUÍZ Secretaria Distrital de Hacienda Olga Liliana Sandoval Rodriguez
- 52425031 Firmado digitalmente por Olga Liliana Sandoval Rodriguez - 52425031 Aprobado por:
Olga Liliana Sandoval Rodríguez – Subsecretaria General _______ DIEGO ARMANDO CHITIVA SÁNCHEZ Diego Armando Chitiva Sánchez – Director de gestión Corporativa _______ Ingrid Marcela Barrera Correa 2024.09.27 11:36:03 -05'00' Ingrid Marcela Barrera Correa Revisado por: Ingrid Marcela Barrera Correa – subdirectora del Talento Humano _______ Firmado digitalmente por Genny Martinez Laguna Genny Martinez Laguna Genny Mercedes Martinez Laguna – Contratista Subdirección del Talento Humano _______ Firmado digitalmente por Meilys Barraza P.
Meilys Barraza P.
Proyectado por: Meilys Barraza Pacheco – Contratista Subdirección del Talento Humano _______ www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 PP. 1-12 • 2024 • OCTUBRE • 11 12 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. - SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL RESOLUCIÓN Nº 469 (7 de octubre de 2024)
“Por la cual se efectúa un encargo por derecho preferencial y se dictan otras disposiciones”
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 • PP. 1-13 • 2024 • OCTUBRE • 11 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 PP. 1-14 • 2024 • OCTUBRE • 11 14 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 • PP. 1-15 • 2024 • OCTUBRE • 11 15 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 PP. 1-16 • 2024 • OCTUBRE • 11 16 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 • PP. 1-17 • 2024 • OCTUBRE • 11 17 SECRETARÍA DE MOVILIDAD RESOLUCIÓN Nº 305022 (19 de septiembre de 2024)
“POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA ADMINISTRATIVAMENTE EL ABANDONO DE VEHÍCULOS INMOVILIZADOS EN LOS PATIOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD CON PROPIETARIO INDETERMINADO(P)”.
EL(LA) DIRECTORA TÉCNICA DE ATENCIÓN AL CIUDADANO DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD- SDM, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas en el artículo 209 de Constitución Política, la Ley 769 de 2002, la Ley 1730 de 2014, el Decreto Distrital 672 del 22 de noviembre de 2018 y la Resolución 345192 de 2022 de la Secretaría Distrital de Movilidad, y
I.
CONSIDERANDO:
1.
Que la constitución Política de Colombia de 1991 consagró a Colombia como un Estado Social de Derecho fundada en el respeto y garantía de los derechos de los ciudadanos y en la prevalencia del interés general, que debe, entre otros fines, asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares (C.N., Art. 1 y 2).
2. Que, de conformidad con ello, el artículo 58 superior expone el derecho a la propiedad privada, consagrado como una prerrogativa revestida de función social que impone a los propietarios de un bien tanto derechos como obligaciones, concebido entonces como un derecho relativo orientado a satisfacer los intereses, no sólo del particular sino también de la comunidad.
3.
Que el artículo 22 de la Ley 1383 de 2010, que modificó el artículo 135 de la Ley 769 de 2002, dispuso que, ante la comisión de una contravención, la autoridad de tránsito extenderá al conductor la orden de comparendo.
4.Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 125 del CNTT, las autoridades de tránsito están facultadas para inmovilizar los vehículos que incurran en alguna de las causales que allí se establecen, y conducirlos a los patios autorizados hasta que cese la causa que dio origen a la inmovilización.
5.
Que la Ley 769 de 2002, en su artículo 122 modificado por el artículo 20 de la ley 1383 de 2010, señala el tipo de sanciones a imponer frente a la violación a las normas en ella contenidas, así: «1. Amonestación, 2. Multa, 3. Retención preventiva de la Licencia de Conducción, 4. Suspensión de la licencia de conducción, 5. Suspensión o cancelación del permiso o registro, 6. Inmovilización de los vehículos. 7. Retención preventiva de los vehículos, 8. Cancelación definitiva de la licencia de conducción […]».
6.
Que la sanción de inmovilización, desarrollada en, el artículo 125 del Código Nacional de Tránsito Terrestre determina que con esta medida se suspenderá «[…] temporalmente la circulación de los vehículos por las vías públicas o privadas abiertas al público. Para tal efecto, el vehículo será conducido a parqueaderos autorizados que determine la autoridad competente, hasta que se subsane o cese la causa que le dio origen […]».
7. Que, como quiera que la sanción de inmovilización es de connotación transitoria, toda vez que lo que pretende es suspender temporalmente la circulación de un vehículo con el cual se está quebrantando una norma de tránsito o transporte, la entrega de los vehículos se realiza de manera
1 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR16-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 PP. 1-18 • 2024 • OCTUBRE • 11 18 *202441003050226* DAC 202441003050226 Informacion Publica Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento RESOLUCIÓN NÚMERO 305022 DE 2024 “POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA ADMINISTRATIVAMENTE EL ABANDONO DE VEHÍCULOS INMOVILIZADOS EN LOS PATIOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD CON PROPIETARIO INDETERMINADO(P)” inmediata, una vez se subsane la causa que originó la inmovilización y en consecuencia, se cancelen los valores generados por el procedimiento de traslado y custodia.
8.
Que la Ley 769 de 2002 en su artículo 47 dispone que “La tradición del dominio de los vehículos automotores requerirá, además de su entrega material, su inscripción en el organismo de tránsito correspondiente, quien lo reportará en el Registro Nacional Automotor en un término no superior a quince (15) días. La inscripción ante el organismo de tránsito deberá hacerse dentro de los sesenta (60) días hábiles siguientes a la adquisición de los vehículos.”, es decir, que la tradición del derecho real de dominio de un automotor implica tanto la entrega material del bien como la inscripción del negocio jurídico ante el organismo de tránsito respectivo.
9. Que, el Ministerio de Transporte expidió la Resolución N° 5194 de 2008, por medio de la cual se estableció un procedimiento especial para el registro de la propiedad de un vehículo a persona indeterminada, reglamentado posteriormente por las Resoluciones 10028 del 12 de octubre de 2012, 5709 del 26 de diciembre de 2016, 3282 del 5 de agosto de 2019, y la No. 20223040045295 del 04 de agosto de 2022, normativas que han permitido que los propietarios que no formalizaron el respectivo traspaso ante el organismo de tránsito, actualicen y reflejen la situación jurídica real de los vehículos inscritos.
10. Que, el artículo 128 del Código Nacional de Tránsito modificado por la Ley 1730 de 2014, incorporó una solución para los organismos de tránsito que custodian vehículos inmovilizados no reclamados consistente en aplicar la figura de la declaratoria administrativa de abandono determinando el procedimiento a seguir para ello.
11. Que, el procedimiento contenido en la norma ibídem establece que para lograr la declaratoria administrativa de abandono, debe realizarse la publicación por una vez en un periódico de amplia circulación nacional con el fin de que el propietario o poseedor de los vehículos se presente a reclamar su automotor y a cancelar lo adeudado al organismo de tránsito.
12.
Que la figura de declaración administrativa de abandono permite al Organismo de Tránsito mediante acto administrativo declarar la renuencia del propietario o poseedor de retirar el vehículo del parqueadero y a su vez, asumir la obligación adeudada por concepto de los servicios prestados de parqueadero y/o grúa.
13.
Que el inciso 5 de la Ley 1730 de 2014, dispone «Además, dentro del contenido del acto administrativo se ordenará informar al organismo de tránsito donde se encuentra inscrito el vehículo para que adopte las decisiones necesarias», con la finalidad de inscribir la figura de declaratoria de abandono y proceder con la enajenación de los automotores.
14.
Que el inciso 6 del artículo 1 de la Ley 1730 de 2014 señala que “Cuando se trate de vehículos de servicio público, el acto administrativo de declaración de abandono, también deberá notificarse a la empresa transportadora, por las implicaciones que de la decisión puedan derivarse.”
2 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR16-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 • PP. 1-19 • 2024 • OCTUBRE • 11 19 *202441003050226* DAC 202441003050226 Informacion Publica Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento RESOLUCIÓN NÚMERO 305022 DE 2024 “POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA ADMINISTRATIVAMENTE EL ABANDONO DE VEHÍCULOS INMOVILIZADOS EN LOS PATIOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD CON PROPIETARIO INDETERMINADO(P)”
15.
Que previo al proceso de enajenación el perito adscrito al organismo de tránsito realiza avalúo de los automotores a fin de establecer la calidad en que será subastado, de conformidad con el inciso décimo segundo del artículo 1° de la Ley 1730 de 2014, que reza «…los automotores que presentan alto deterioro o sean inservibles como consecuencia del agua, el sol y otros factores recibidos en los parqueaderos, serán enajenados como chatarra, previo dictamen de un perito adscrito al organismo de tránsito respectivo» 16.
Que en el evento en el que el vehículo no sea reclamado y se declare su abandono, el organismo de tránsito podrá enajenarlo para sustituirlo por su equivalente en dinero, suma que deberá depositarse en una cuenta especial de la cual se efectuarán las deducciones a las que la venta dio lugar, así como los costos generados por los servicios prestados de patios y grúa, y en caso de existir un remanente, éste será puesto a disposición del dueño de los automotores. No obstante, los dineros no reclamados tendrán una caducidad de cinco (5) años al cabo de los cuales serán remitidos para su manejo a la entidad de carácter nacional responsable de la ejecución de la política pública de seguridad vial.
II. COMPETENCIA
En virtud de lo dispuesto en el literal d) artículo 6° del CNTT, el legislador confirió la calidad de organismos de tránsito a las Secretarías Distritales de Tránsito dentro del área urbana de los distritos especiales, los cuales tienen como función organizar y dirigir lo relacionado con el tránsito y transporte en su respectiva jurisdicción (artículo 2 CNTT).
Por su parte, el artículo 2 de la Ley 1383 de 2010, estableció que son autoridades de tránsito, los organismos de tránsito de carácter distrital1.
Que adicionalmente, el Decreto 672 del 2018 en el artículo 4 numeral 5, dispuso como funciones del despacho el fungir como autoridad de tránsito y transporte de Bogotá2, el cual delegó, a través de la Resolución N° 345192 de 2022, en la Dirección de Atención al Ciudadano, la facultad de: “[...]expedir los Actos Administrativos de Declaratoria de Abandono […]” para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 1730 del 29 de julio de 2014 «por la cual se sustituye el contenido del artículo 128 de la Ley 769 de 2002 – Código Nacional de Tránsito Terrestre».
Así mismo, el artículo 28 del Decreto 672 de 2018, estableció como funciones de la Dirección de Atención al Ciudadano de la Secretaría Distrital de Movilidad, numeral 9: “Atender la operación para la custodia de los vehículos, objeto de la sanción de inmovilización y las acciones conexas para su destino final, en cumplimiento de la normatividad y lineamientos nacionales, distritales e institucionales”.
En ese orden, la aplicación de la figura de la Declaratoria Administrativa de Abandono busca que se declare la renuencia del propietario o poseedor de retirar el vehículo del parqueadero y de asumir la obligación adeudada por los servicios prestados por concepto de parqueadero y/o grúa, lo que permitirá al organismo de tránsito proceder a la enajenación de los vehículos para sustituirlo por 1 El artículo 2 de la Ley 1383 de 2010, que modificó el artículo 2 de la Ley 769 de 2002, dispuso que son autoridades de tránsito “(...) los organismos de tránsito de carácter departamental, municipal o distrital” 2 El numeral 5 del artículo 4 del Decreto 672 del 2018 cita: «Son funciones del Despacho de la Secretaría Distrital de Movilidad las siguientes: […] 5. Fungir como autoridad de tránsito y transporte en Bogotá, D.C.»
3 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR16-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 PP. 1-20 • 2024 • OCTUBRE • 11 20 *202441003050226* DAC 202441003050226 Informacion Publica Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento RESOLUCIÓN NÚMERO 305022 DE 2024 “POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA ADMINISTRATIVAMENTE EL ABANDONO DE VEHÍCULOS INMOVILIZADOS EN LOS PATIOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD CON PROPIETARIO INDETERMINADO(P)” su equivalente en dinero, a la luz de lo contenido en el artículo 128 del Código Nacional de Tránsito, modificado por el artículo 1° de la Ley 1730 de 2014.
III. DE LOS CASOS PARTICULARES
En los casos sub-examen, este Despacho conforme a lo autorizado por la Ley 1730 del 29 de julio de 2014, analizará la procedencia de la declaratoria administrativa de abandono de los vehículos objeto del presente pronunciamiento. En ese sentido, a continuación se muestra el detalle del objeto de la inmovilización, el tiempo que ha permanecido en el patio y el cumplimiento del requisito de publicación en un diario de amplia circulación, la cual tenía como fin brindarle al propietario o poseedor la posibilidad de que acudiera a reclamar su automotor, dentro de los (15) días hábiles siguientes, sin embargo, no se hizo presente persona alguna permaneciendo lo rodantes en los patios de la Secretaría, por lo que se da continuidad a la decisión que ha de adoptarse, así:
No PLACA No. COMPARENDO FECHA INMOVILIZ INFRACCIÓN No. INVENTARIO PUBLICACIÓN ACIÓN 1 BLA44 11001000000005991976 2/10/2013 D02 134477 MARTES, 27 DE JUNIO DE 2017, EN EL DIARIO EL ESPECTADOR, PÁGINAS 1 A 6 / MIÉRCOLES, 22 DE OCTUBRE DE 2014, EN EL DIARIO EL NUEVO SIGLO, PÁGINAS 1C a 10 C 2 CSB262 11001000000023361433 11001000000023361413 25/6/2019 C35 - C06 REGA59538 EL ESPECTADOR, DOMINGO 19 DE JULIO 2020, PÁGINA 48 3 FTD420 11001000000001896776 29/05/2012 C02 148115 MARTES, 27 DE JUNIO DE 2017, EN EL DIARIO EL ESPECTADOR, PÁGINAS 1 A 6 / MARTES, 15 DE MARZO DE 2016, EN EL DIARIO ASUNTOS LEGALES DE LA REPÚBLICA, PÁGINAS 18 A 22 / MIÉRCOLES, 22 DE OCTUBRE DE 2014, EN EL DIARIO EL NUEVO SIGLO, PÁGINAS 1C a 10 C 4 FTG616 13296684 11/02/2008 205 3725 MARTES, 27 DE JUNIO DE 2017, EN EL DIARIO EL ESPECTADOR, PÁGINAS 1 A 6 / MARTES, 15 DE MARZO DE 2016, EN EL DIARIO ASUNTOS LEGALES DE LA REPÚBLICA, PÁGINAS 18 A 22 / MIÉRCOLES, 22 DE OCTUBRE DE 2014, EN EL DIARIO EL NUEVO SIGLO, PÁGINAS 1C a 10 C 5 FUC140 11001000000025388804 11/06/2020 C02 REGA89746 EL ESPECTADOR / MARTES 20 DE JULIO 2021 Pag 39 Avisos de Ley 6 GUP92A 11001000000006022834 29/10/2013 C02 137784 MARTES, 27 DE JUNIO DE 2017, EN EL DIARIO EL ESPECTADOR, PÁGINAS 1 A 6 / MARTES, 15 DE MARZO DE 2016, EN EL DIARIO ASUNTOS LEGALES DE LA REPÚBLICA, PÁGINAS 18 A 22 / MIÉRCOLES, 22 DE OCTUBRE DE 2014, EN EL DIARIO EL NUEVO SIGLO, PÁGINAS 1C a 10 C 7 LED17B 11001000000016244574 8/02/2018 D01 A189469 SÁBADO 30 DE MARZO DE 2019, EN EL DIARIO EL TIEMPO PAG. 6.1 8 MSQ63B 11001000000013442468 23/03/2017 C02 A 148646 MIÉRCOLES, 20 DE JUNIO DE 2018, EN EL DIARIO EL TIEMPO, PÁGINA 5.3 9 OJI85B 11001000000013085472 1/08/2016 C02 A 110309 SÁBADO, 07 DE OCTUBRE DE 2017, EN EL DIARIO EL TIEMPO 10 PXG473 11001000000025388845 11/06/2020 C02 REGA89732 EL ESPECTADOR / MARTES 20 DE JULIO 2021 Pag 39 Avisos de Ley SÁBADO, 07 DE OCTUBRE DE 2017, EN EL 11 PXG968 11001000000010206725 8/12/2015 C02 A 65084 DIARIO EL TIEMPO / MIÉRCOLES, 22 DE OCTUBRE DE 2014, EN EL DIARIO EL NUEVO SIGLO, PÁGINAS 1C a 10 C 12 QIV52B 11001000000013168169 19/10/2016 B01 A126168 VIERNES, 15 DE DICIEMBRE DE 2017, EN EL DIARIO EL ESPECTADOR 4 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR16-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 • PP. 1-21 • 2024 • OCTUBRE • 11 21 *202441003050226* DAC 202441003050226 Informacion Publica Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento RESOLUCIÓN NÚMERO 305022 DE 2024 “POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA ADMINISTRATIVAMENTE EL ABANDONO DE VEHÍCULOS INMOVILIZADOS EN LOS PATIOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD CON PROPIETARIO INDETERMINADO(P)”
Así mismo se consultó el Certificado de Tradición o RUNT respectivamente, documentos que obran en cada expediente, y en los que se puede evidenciar que a la fecha de inmovilización del automotor objeto del presente acto administrativo, la titularidad del derecho real de dominio se encontraba en cabeza de propietarios determinados y estando inmovilizados, se surtió sobre los automotores trámite de traspaso a persona indeterminada, tal y como a continuación se muestra:
FECHA FIN PLACA PROPIETARIO No. DE IDENTIFICACION No DE PROPIEDAD 1 BLA44 GLADYS HERNANDEZ FERNANDEZ 51715720 10/12/2014 2 CSB262 CARLOS RUBIEL ALVAREZ TINOCO 80278990 28/08/2019 3 FTD420 EDUARDO ANTONIO FONSECA COLMENARES 19061732 11/10/2014 4 FTG616 ANA RITA MORENO DE MALAGON 41337789 12/02/2010 5 FUC140 LUIS VELASCO OLIVEROS 79504406 20/09/2023 6 GUP92A JAHIDER ANDRES BUITRAGO GORDILLO 1070950688 10/05/2023 7 LED17B MIGUEL EDUARDO GARCIA MEJIA 79154681 20/12/2021 8 MSQ63B ALVARO ALFONSO LOPEZ VEGA 79882970 28/03/2022 9 OJI85B CESAR ANDRES MORALES RODRIGUEZ 93414213 24/05/2021 10 PXG473 MARTHA YANETH MORENO PINEDA 51857604 24/02/2022 11 PXG968 ALFONSO RODRIGUEZ VELANDIA 2872476 14/02/2008 12 QIV52B JUAN SEBASTIAN VARGAS BARRETO 1030534859 26/10/2019 En consecuencia y ante la ausencia de ciudadano que acredite un interés legítimo sobre los vehículos objeto de este pronunciamiento, toda vez que este organismo de tránsito desconoce a la fecha el titular del derecho de dominio, la Secretaría Distrital de Movilidad procederá a declarar el abandono administrativo de los automotores a la luz de la citada normativa.
Con el fin de determinar el valor adeudado por concepto de servicios de parqueadero y/ o grúa, la Dirección de Atención al Ciudadano de la Secretaría Distrital de Movilidad, emitirá la liquidación de los mismos, con corte a la fecha de firmeza del presente acto administrativo, discriminando los valores por los tiempos en los que se ejerció el derecho de dominio en la forma ya referida.
Dicha liquidación se remitirá a la Dirección de Investigaciones Administrativas al Tránsito y al Transporte para que proceda con la imposición de la obligación que corresponda por concepto del servicio de patios y grúa, en virtud de la delegación establecida mediante Resolución 089 de 2019. En aras de garantizar el derecho de propiedad y dominio, la Secretaría Distrital de Movilidad creó la cuenta especial No. 91000005220 en el Banco GNB Sudameris de la Secretaría Distrital de Hacienda, en la que se consignarán los dineros producto de la enajenación de los vehículos declarados en abandono, de la cual se harán las deducciones en las que por costos administrativos incurrió la entidad, así como los costos generados por los servicios prestados de patios y grúa previamente liquidados.
5 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR16-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 PP. 1-22 • 2024 • OCTUBRE • 11 22 *202441003050226* DAC 202441003050226 Informacion Publica Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento RESOLUCIÓN NÚMERO 305022 DE 2024 “POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA ADMINISTRATIVAMENTE EL ABANDONO DE VEHÍCULOS INMOVILIZADOS EN LOS PATIOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD CON PROPIETARIO INDETERMINADO(P)”
Una vez se realicen las deducciones anteriores, esta Dirección, remitirá el valor de la liquidación emitida junto con los reportes de descuento y distribución de los dineros obtenidos en la respectiva subasta, así como los montos adeudados que no fueron cubiertos con el producto de la enajenación, a la Subdirección Financiera de la entidad, para que realice los registros contables correspondientes.
Cuando el valor de la enajenación cubra la totalidad de lo adeudado y exista un remanente, dicho monto dinerario permanecerá por el término de cinco (5) años en la cuenta especial a disposición de la persona que pruebe su condición de propietario y/o poseedor del vehículo declarado en abandono, calidad que deberá ser otorgada mediante acto administrativo motivado. Concluidos los cinco (5) años referidos, se cumplirá lo establecido por la norma, en cuanto a su caducidad, por lo que la Subdirección Financiera 3 de esta Secretaría remitirá los valores no reclamados por el propietario y/o poseedor del automotor, a la entidad de carácter nacional responsable de la ejecución de la política pública de seguridad vial en la forma dispuesta por ésta para tal fin.
Cuando el valor de la enajenación no cubra la totalidad de lo adeudado, la entidad dentro de los mismos (5) años ya referidos y previa declaración de la condición de propietario y/o poseedor de los vehículos declarado en abandono, podrá imponer la obligación en cabeza de la persona determinada. En los casos en los que los vehículos correspondan a servicio público, deberá notificarse a la empresa de servicio público en la que el automotor se encuentre vinculado, en razón de las implicaciones que de la decisión puedan derivarse y continuar el proceso de cobro que corresponda. Al cabo del término señalado, si dicha condición no se ha declarado, deberá a través de la Subdirección Financiera reportar el monto para ser objeto de estudio por parte del comité de depuración contable de la entidad.
Lo anterior toda vez que la propiedad privada había venido siendo considerada como un derecho absoluto en razón a lo consagrado en el artículo 669 de la Ley 153 de 1887 - Código Civil Colombiano, en donde se indica que el derecho de dominio es: «…el derecho real en una cosa corporal, para gozar y disponer de ella, no siendo contra ley o contra derecho ajeno» (Subrayado fuera de texto).
Bajo esa égida, la Constitución Política de 1991 en su artículo 58 le da el tratamiento de derecho fundamental, por lo que el mismo no puede ser desconocido ni vulnerado. Empero, al unísono le determina su sentido, alcance y ejercicio enmarcados dentro de una función social que implica obligaciones, es decir, una serie de cargas establecidas por parte del Estado, quitándole su condición de derecho absoluto para convertirlo en relativo.
En desarrollo de la mencionada función social respecto de la propiedad privada, la Corte Constitucional señaló que:
«La propiedad privada ha sido reconocida por esta Corporación como un derecho subjetivo al que le son inherentes unas funciones sociales y ecológicas, dirigidas a asegurar el cumplimiento de varios deberes constitucionales, entre los cuales, se destacan la protección del medio ambiente, la salvaguarda de los derechos ajenos y la promoción de la justicia, la 3 Decreto 672 de 2018 funciones de la Subdirección Financiera, artículo 39 numeral 17: “las demás que le sean asignadas y que correspondan con la razón de ser de la dependencia”.
6 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR16-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 • PP. 1-23 • 2024 • OCTUBRE • 11 23 *202441003050226* DAC 202441003050226 Informacion Publica Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento RESOLUCIÓN NÚMERO 305022 DE 2024 “POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA ADMINISTRATIVAMENTE EL ABANDONO DE VEHÍCULOS INMOVILIZADOS EN LOS PATIOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD CON PROPIETARIO INDETERMINADO(P)” equidad y el interés general como manifestaciones fundamentales del Estado Social de Derecho (C.P. arts. 1° y 95, nums, 1 y 8). De manera que el mismo ordenamiento jurídico a la vez que se encuentra comprometido con el respeto a su núcleo esencial, debe adoptar medidas que permitan asegurar el logro de las citadas funciones, lo que conduce -en últimasa consolidar los derechos del propietario con las necesidades de la colectividad, debidamente fundamentadas en el Texto Superior»4.
El derecho de propiedad además de ser un derecho pleno, en el que las facultades de su titular son ejercidas autónomamente dentro de los límites impuestos por el ordenamiento jurídico y los derechos ajenos, es también un derecho exclusivo, en la medida en que, por regla general, el propietario puede oponerse a la intromisión de un tercero en su ejercicio; lo que conlleva a que el derecho sea irrevocable, amén de que su extinción o transmisión depende de la voluntad de su propietario y no de la realización de una causa extraña o del querer de un tercero. A pesar de ello, la titularidad del derecho de dominio depende no solo de la relación estricta entre el propietario y el bien, sino que su ejercicio debe propender por reconocer los derechos a todos los demás miembros de la sociedad.
De acuerdo con lo anterior, la figura creada por la Ley 1730 de 2014, es decir, la declaratoria administrativa de abandono, permite evidenciar que el cuidado que debe tener un propietario con su vehículo a fin de ejercer sobre el mismo su función social está desestimado como quiera que, en primer lugar, se evidencia el desinterés de reclamar el automotor que ha permanecido inmovilizado por infracción a las normas de tránsito por un término superior a un (1) año; y, en segundo lugar, por no haber asumido sus obligaciones pecuniarias respecto del mismo.
Analizado los casos particulares objeto del presente acto administrativo, se evidencia el cumplimiento de los presupuestos referidos, como se pasa a demostrar:
(i) Los vehículos referidos ingresaron a los patios oficiales de la Secretaría Distrital de Movilidad con ocasión de por lo menos una infracción de tránsito o transporte; (ii) Consultado el Certificado de Tradición o RUNT, a la fecha de expedición del presente acto administrativo, los vehículos aparecen registrados a nombre de persona indeterminada; (iii) Los automotores han permanecido inmovilizados en los patios oficiales un período superior a un (1) año; (iv) El propietario o poseedor de los automotores no han asumido los costos asociados a su traslado y custodia.
En razón de lo anterior, este organismo de tránsito procedió con la publicación de las placas de los vehículos en un diario de amplia circulación nacional permitiendo que su propietario o poseedor ejercieran su derecho de reclamo sin que dicha actuación se hubiese llevado a cabo.
4 Sentencia C-189 de 2006 de la Corte Constitucional, Magistrado ponente Rodrigo Escobar Gil.
7 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR16-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 PP. 1-24 • 2024 • OCTUBRE • 11 24 *202441003050226* DAC 202441003050226 Informacion Publica Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento RESOLUCIÓN NÚMERO 305022 DE 2024 “POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA ADMINISTRATIVAMENTE EL ABANDONO DE VEHÍCULOS INMOVILIZADOS EN LOS PATIOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD CON PROPIETARIO INDETERMINADO(P)”
En consecuencia, la Secretaría Distrital de Movilidad, una vez declarado el abandono de los vehículos, dispondrá de los bienes y procederá con su enajenación.
Respecto de los avalúos de los vehículos referidos, estos deben ser realizados por un perito debidamente inscrito ante el Registro Abierto de Avaluadores y adscrito a este Organismo de Tránsito, en aras de determinar el valor de los vehículos objeto de este pronunciamiento, de conformidad con los métodos, técnicas, actuaciones, criterios y herramientas que se consideren necesarios y pertinentes para el dictamen, a la luz del Decreto Nacional No. 422 de 2000, la Ley 1673 de 2013 reglamentada por el Decreto Nacional 556 de 2014 y demás normas aplicables.
Es pertinente mencionar que en cuanto a los costos que incurrió la entidad para efectuar este proceso administrativo, tales como: (i) Identificación técnica de los automotores; (ii) publicación en diario(s) de amplia circulación; (iii) peritaje de los vehículos (iv) intermediación comercial, dichos costos serán deducidos del valor obtenido de la enajenación de los bienes con fundamento en lo establecido en el inciso 8 del artículo 1 de la Ley 1730 de 20145.
Adicionalmente, y a efectos de declarar administrativamente el abandono de los vehículos abajo relacionados, la Secretaría Distrital de Movilidad, en aras de garantizar la plena identificación de los automotores, arrima al expediente, las siguientes documentales: (i) el Certificado de Tradición y/o el Registro Único Nacional de Tránsito - RUNT, (ii) Identificación Técnica de los automotores, las cuales comprueban las características de identificación de los rodantes, y que corresponden a las siguientes:
ESTADO No PLACA CLASE MARCA LINEA MODELO COLOR MOTOR CHASIS SERIE CILINDRAJE SERVICIO DEL VEHÍCULO 1 BLA44 MOTOCICLETA AKT AK 125 2007 GRIS 157FMIXJ211664 LLCJPP2097E016872 * 124 PARTICULAR CANCELADO ELANTRA AVANTE 1998 GRIS SANDALO G4GMV394688 KMHJF31MPWU675785 KMHJF31MPWU675785 1795 PARTICULAR ACTIVO 2 CSB262 AUTOMOVIL HYUNDAI GLS AUTOMOVIL DAIHATSU CHARMANT A 20 1981 BLANCO 2T5308963 A40025622 A40025622 1400 PARTICULAR ACTIVO 3 FTD420 AUTOMOVIL CHEVROLET CHEVETTE 1982 BLANCO 1JK1131020 5P220617 5P220617 1400 PARTICULAR ACTIVO 4 FTG616 5 FUC140 AUTOMOVIL CHEVROLET CHEVETTE 1984 BLANCO SEVRES 6F15B113ER (ETA) 5P420015 5P420015 1400 PARTICULAR ACTIVO DISCOVER 2008 NEGRO JNGBPH12853 MD2JNB1Z68VH02219 * 135 PARTICULAR ACTIVO 6 GUP92A MOTOCICLETA BAJAJ 135 SUPREME 7 LED17B MOTOCICLETA YAMAHA BWS-100 2008 ROJO NEGRO B116E761347 9FKKB006A82761347 * 100 PARTICULAR ACTIVO FASTWIND 8 MSQ63B MOTOCICLETA UNITED MOTORS 220R 2008 AZUL 167FML08S12388 LJEPCML058A003422 (ETA) LJEPCML058A003422 196 PARTICULAR ACTIVO 9 OJI85B MOTOCICLETA HONDA CBF 150 2009 NEGRO KC09E5018233 9FMKC0S298F001102 * 149 PARTICULAR ACTIVO 10 PXG473 AUTOMOVIL CHEVROLET MONZA 1986 BLANCO 18TA31001257 5P656123 5P656123 1800 PARTICULAR ACTIVO 11 PXG968 AUTOMOVIL CHEVROLET MONZA CLASSIC 1988 NEGRO CUARZO METALIZADO 18LVC31003811 5P768607 5P768607 1796 PARTICULAR ACTIVO 12 QIV52B MOTOCICLETA AKT AK 125 2009 NEGRO 157FMIVE145080 *** 9F2AK125X9E013175 124 PARTICULAR ACTIVO 5 Ley 1730 de 2014 inciso 8° “Con el objetivo de respetar el derecho de propiedad y dominio, se autoriza al organismo de tránsito correspondiente, para crear una cuenta especial, en una de las entidades financieras que existan en el lugar, donde se consignen los dineros individualizados de cada propietario o poseedor del vehículo producto de la enajenación del bien y de la cual se efectuarán las deducciones a las que esta dio lugar. Los recursos del propietario o poseedor depositados en esta cuenta, podrán ser objeto de embargo vía cobro coactivo y de existir un remanente este debe ser puesto a disposición del dueño del automotor. Los dineros no reclamados serán manejados por la entidad de carácter nacional responsable de la ejecución de la política pública de seguridad vial, su caducidad será de cinco (5) años.”
8 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR16-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 • PP. 1-25 • 2024 • OCTUBRE • 11 25 *202441003050226* DAC 202441003050226 Informacion Publica Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento RESOLUCIÓN NÚMERO 305022 DE 2024 “POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA ADMINISTRATIVAMENTE EL ABANDONO DE VEHÍCULOS INMOVILIZADOS EN LOS PATIOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD CON PROPIETARIO INDETERMINADO(P)”
Ahora bien, con respecto a los vehículos de placas BLA44, CSB262 se deja expresa constancia que, de acuerdo al registro de los Estudios Técnicos Automotores No ETA-12167 del 11 de junio de 2024 y ETA 10505 de 01 de mayo de 2024,documental que reposa en el plenario, así mismo el vehículo de placa FUC140 tiene el número de motor regrabado el cual no coincide con el sistema RUNT, lo que puede obedecer a un cambio de motor no registrado ante el organismo de tránsito, lo anterior se según el estudio técnico automotor ETA – 12322 del 11 de junio de 2024; de otro lado de acuerdo al ETA 11737 de 12 de julio de 2024 el vehículo de placa GUP92A tiene los sistemas de identificación ilegibles por su deterioro.
Finalmente, con fundamento en los principios que rigen la función administrativa establecidos en el artículo 209 Constitucional y el artículo 3 de la Ley 1437 de 2011, especialmente el principio de publicidad, una vez esta Dirección expida el presente acto administrativo, procederá con su publicación, toda vez que se desconoce la información sobre los terceros interesados en el proceso declarativo de abandono, siguiendo lo dispuesto en el artículo 73 de la Ley 1437 de 2011, con la finalidad de que estos ciudadanos puedan ejercer su derecho fundamental a la defensa en garantía del debido proceso (C.N. art.29).
En mérito de lo expuesto, la Dirección de Atención al Ciudadano de la Secretaría Distrital de Movilidad, IV. R E S U E L V E:
Artículo primero.
DECLARACIÓN ADMINISTRATIVA DE ABANDONO. DECLARAR administrativamente el abandono de los vehículos relacionados a continuación, los cuales registran con propietario indeterminado, por las razones expuestas en la parte motiva del presente acto administrativo:
No PLACA ORGANISMO DE TRANSITO 1 BLA44 SECRETARIA DISTRITAL DE MOVILIDAD DE BOGOTA 2 CSB262 STRIA TTEyMOV CUND/CHOCONTA 3 FTD420 STRIA TTEyMOV CUNDINAMARCA/COTA 4 FTG616 STRIA TTEyMOV CUNDINAMARCA/COTA 5 FUC140 STRIA TTEyMOV CUNDINAMARCA/COTA 6 GUP92A STRIA MCPAL TTO GRANADA 7 LED17B INST TTOyTTE MCPAL CIENAGA 8 MSQ63B SECRETARIA DE MOVILIDAD MUNICIPAL DE CHIA 9 OJI85B STRIA MCPAL TTOyTTE IBAGUE 10 PXG473 STRIA TTEyMOV CUND/CHOCONTA 11 PXG968 STRIA TTEyMOV CUND/CHOCONTA 12 QIV52B STRIA TTEy MOV CUND/SIBATE
Artículo segundo.
INSCRIPCIÓN DE LA MEDIDA. REMITIR copia del presente acto administrativo al organismo de tránsito donde se encuentra registrado cada vehículo para que proceda con la inscripción de la medida de declaratoria de abandono decretada y su consecuente
9 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR16-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 PP. 1-26 • 2024 • OCTUBRE • 11 26 *202441003050226* DAC 202441003050226 Informacion Publica Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento RESOLUCIÓN NÚMERO 305022 DE 2024 “POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA ADMINISTRATIVAMENTE EL ABANDONO DE VEHÍCULOS INMOVILIZADOS EN LOS PATIOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD CON PROPIETARIO INDETERMINADO(P)” reporte al Registro Único Nacional de Tránsito -RUNT, de conformidad con lo establecido en el inciso 5 del artículo 1 de la Ley 1730 de 2014, que sustituyó el artículo 128 del C.N.T.T.
Artículo tercero.
ENAJENACIÓN DE LOS VEHÍCULOS. PROCEDER con la enajenación de los vehículos una vez en firme este acto administrativo, previo avalúo de perito designado por la Secretaría Distrital de Movilidad, dando cumplimiento a lo señalado en la parte motiva de este proveído.
Artículo cuarto.
DEPÓSITO DE RECURSOS. REALIZAR, la respectiva consignación en la cuenta especial No. 91000005220 del Banco GNB Sudameris de la Secretaría Distrital de Hacienda, de los dineros percibidos con ocasión de la enajenación de los rodantes objetos de este pronunciamiento, debidamente individualizados, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de este acto.
Parágrafo. Realizada la validación de la consignación, LIQUIDESE por parte de la
Dirección de Atención al Ciudadano el valor del servicio de patios y/o grúa, con corte a la fecha de firmeza del presente acto administrativo, así como de los costos en que incurrió la Entidad para efectuar este proceso administrativo.
Artículo quinto.
DEDUCCIONES. DEDUCIR de la cuenta especial N°91000005220 del Banco GNB Sudameris de la Secretaría Distrital de Hacienda, la suma de dinero en que incurrió la entidad para efectuar la enajenación de los automotores, así como los costos generados por los servicios prestados de patios y grúa hasta su importe, de conformidad a los documentos soporte que reposan dentro del expediente.
Artículo sexto.
REGISTROS CONTABLES. Una vez realizadas las deducciones del artículo anterior, REPORTAR los valores del producto de la enajenación a la Subdirección Financiera para que realice los registros contables y las diligencias que correspondan.
Parágrafo. Transcurridos 5 años a partir del proceso de enajenación los valores que no fueron
cubiertos con el producto de esta, deberán ser objeto de estudio por parte del comité de depuración contable de la entidad de conformidad con lo establecido en la parte considerativa de este proveído.
Artículo séptimo.
IMPOSICIÓN DE OBLIGACIÓN. REMITIR la documentación pertinente a la Dirección de Investigaciones Administrativas al Tránsito y al Transporte de la Secretaría Distrital de Movilidad, a fin de emitir los títulos ejecutivos que correspondan, en los que se establezca la obligación por concepto de los servicios de patios y grúa, de acuerdo con la delegación contenida en la Resolución 089 de 2019.
Artículo octavo.
DEVOLUCIÓN DE REMANENTES. En el evento en el que el valor de la enajenación cubra la totalidad de lo adeudado y exista un remanente, tal monto deberá permanecer en la cuenta especial No. 91000005220 del Banco GNB Sudameris de la Secretaría Distrital de Hacienda por el término de cinco (5) años para que, en caso de reclamación por parte
10 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR16-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 • PP. 1-27 • 2024 • OCTUBRE • 11 27 *202441003050226* DAC 202441003050226 Informacion Publica Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento RESOLUCIÓN NÚMERO 305022 DE 2024 “POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA ADMINISTRATIVAMENTE EL ABANDONO DE VEHÍCULOS INMOVILIZADOS EN LOS PATIOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD CON PROPIETARIO INDETERMINADO(P)” de la persona a quien mediante acto administrativo se le reconozca su condición de propietario y/o poseedor de los vehículos declarado en abandono, este le sea devuelto.
Artículo noveno.
CADUCIDAD DE REMANENTES. Si cumplidos los cinco (5) años establecidos en el inciso 8o Ley 1730 de 2014, previa liquidación del crédito y apropiación de los dineros que soportan lo adeudado por concepto de patio y/o grúas, el propietario o poseedor no ha solicitado la devolución de los dineros remanentes, se Decreta la caducidad de los mismos, momento a partir del cual la Subdirección Financiera de la Secretaría Distrital de Movilidad deberá remitirlos a la cuenta de la Entidad de carácter nacional responsable de la ejecución de la política pública de seguridad vial.
Artículo décimo.
NOTIFICACIÓN. NOTIFICAR el contenido de la presente resolución a los terceros interesados, conforme lo dispone el artículo 73 de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO: RECURSOS. Contra la presente decisión procede el recurso de reposición, el cual deberá ser interpuesto por el interesado, por escrito y dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su notificación, debidamente sustentado y con la observancia de lo preceptuado en los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C. a los dicinueve día(s) del mes de Septiembre de 2024.
Alejandra Rojas Posada Directora Técnica de Atención al Ciudadano Firma mecánica generada en 19-09-2024 11:14 AM Proyectó: Diana Sabogal Revisó: Nuvia Consuelo Pinilla Forero 11 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR16-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 PP. 1-28 • 2024 • OCTUBRE • 11 28 ACUERDOS LOCALES DE 2024 JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE CHAPINERO ACUERDO LOCAL Nº 006 (29 de agosto de 2024)
POR EL CUAL SE ADOPTA EL PLAN DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOCIAL, AMBIENTAL Y DE OBRAS PÚBLICAS PARA LA LOCALIDAD DE CHAPINERO 2025-2028 “CHAPINERO CAMINA SEGURA”
LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE CHAPINERO, En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Constitución Política de Colombia en sus artículos 324, el decreto 1421 de 1993 en su artículo 69 Artículo 62 del Acuerdo Distrital 878 de 2023.
ACUERDA:
PARTE I PARTE ESTRATEGICA
Capítulo I.
VISIÓN
Artículo 1.
Adopción del plan. Se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de obras públicas para la localidad de Chapinero para el periodo 2025-2028 “Chapinero Camina Segura”, el cual constituye el referente de las acciones y políticas de la administración local.
Artículo 2.
Visión. En el año 2028, Chapinero se consolida con un modelo de desarrollo integral y sostenible en Bogotá, destacándose por su capacidad de innovación, inclusión, confianza y como una localidad que camina segura.
Chapinero, es reconocido como un territorio competitivo y turístico, donde convergen múltiples actores, quienes gozan de todas las garantías para realizar importantes aportes al ecosistema productivo de la localidad, siempre en el marco de la protección ambiental, a través de programas integrales de concientización, educación ambiental y la preservación de su ecosistema, destacándose por su compromiso inquebrantable con la conservación de los cerros orientales, esenciales como pulmón verde y refugio de biodiversidad.
Así mismo, promueve y preserva el patrimonio artístico y cultural del distrito, su arquitectura histórica, tradiciones locales, expresiones artísticas y culturales, que fortalecen la identidad diversa del territorio, comprometidos con el bien-estar de las y los habitantes de la localidad, al asegurar un legado de 1 Carrera 13 Nº 54-74 PISO 4 Torre B PBX 3486200 Ext. 1037 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 • PP. 1-29 • 2024 • OCTUBRE • 11 29 sostenibilidad, entornos pacíficos y valores culturales para las futuras generaciones.
Artículo 3.
Objetivo General del plan. Potencializar el crecimiento de la localidad a través de entornos seguros, donde se priorice la actividad económica, turística y cultural como ejes de prosperidad, en el que se impulsen la articulación y el desarrollo sostenible en sus zonas rurales y urbanas, que fortalezcan las condiciones educativas orientadas a proyectos de vida con propósito y transformaciones desde lo individual y colectivo, mediante agentes de cambio que consoliden la confianza ciudadana, para demostrar que en “Chapinero se puede ser”.
Artículo 4.
Objetivos Estratégicos. El presente Plan de Desarrollo Local en coherencia con el Plan de Desarrollo Distrital “Bogotá Camina Segura” adopta sus fundamentos y estructura general. Las directrices y políticas que orientan la acción articulada de la administración local frente al Plan de Desarrollo Distrital se organizan en torno a los “Objetivos Estratégicos”.
Los Objetivos estratégicos se constituyen en los elementos estructurales, que permitirán visibilizar los resultados que espera alcanzar en la ciudad, y en el cada Plan de Desarrollo Local contribuye a lograr estos objetivos a nivel territorial.
Objetivos estratégicos del plan:
1. Bogotá avanza en seguridad.
2. Bogotá confía en su bien–estar.
3. Bogotá confía en su potencial.
4. Bogotá ordena su territorio y avanza en su acción climática.
5. Bogotá confía en su gobierno.
Capítulo II.
OBJETIVO ESTRATÉGICO “BOGOTÁ AVANZA EN SEGURIDAD”
Objetivos, estrategias, programas
Artículo 5.
Propósito del Objetivo. La localidad de Chapinero se proyecta como una localidad que es un entorno seguro que reconoce la importancia del enfoque diferencial, interseccional, territorial (urbano-rural) y poblacional (niños y niñas, mujeres, sector social LGTBIQ+, indígena, NARP, juventud, con discapacidad, personas en situación de calle, persona mayor y campesinado), prioriza y promueve el diálogo frente a problemáticas, conflictos y necesidades ciudadanas que fortalece la convivencia pacífica y la confianza de sus habitantes en las instituciones locales y distritales, con cero tolerancia a cualquier tipo de violencia, en especial contra las mujeres en su diversidad y basadas en género.
Artículo 6.
Estrategias. Las estrategias que serán desarrolladas para el logro del Objetivo Estratégico son:
2 Carrera 13 Nº 54-74 PISO 4 Torre B PBX 3486200 Ext. 1037 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 PP. 1-30 • 2024 • OCTUBRE • 11 30 a. Chapinero + segura, equipada y vigilante. Se enfoca en la dotación y adecuación de equipamientos que fortalezcan la seguridad y justicia en la localidad, donde se promuevan entornos seguros, la vigilancia en las calles y la respuesta efectiva de la fuerza pública. Esto busca disminuir delitos como hurto y microtráfico en coordinación con las entidades del distrito para optimizar las condiciones del entorno, la convivencia y el acceso a la justicia. b. Chapinero + preventiva, protectora y cero tolerantes a las violencias contra la mujer. Se centra en prevenir el feminicidio y las violencias contra las mujeres y la atención y protección integral para aquellas que las viven, a través de la escucha, el acompañamiento y el acceso a la justicia. Crear campañas y capacitaciones en prevención y resignificación de espacios con un enfoque interseccional y territorial, para mujeres y el sector social LGBTIQ+ que fortalezcan la ruta de atención de violencias basadas en género y promueva una convivencia pacífica que transforme los prejuicios culturales e institucionales. c. Chapinero + diálogo y convivencia pacífica. Se centra en acciones de concientización, educación, formación a la ciudadanía en la existencia y aplicación de la ley de seguridad y convivencia que promueva la prevención para priorizar el diálogo como herramienta en la resolución de conflictos y fortalecer la convivencia pacífica en las comunidades mediante actividades enfocadas en la autorregulación, la empatía y la sociabilidad donde se desarrollen las capacidades de autogestión de conflictos al interior de la comunidad, además de la creación de espacios de escucha y participación ciudadana con diversos actores en el marco del respeto, y que respondan a las necesidades locales de seguridad y convivencia. d. Chapinero + resolutiva y justa. Hace énfasis en el abordaje de conflictos en procura de lograr una resolución efectiva e integral de conflictos al interior de los hogares, colegios, comunidades y espacio público, a través de acciones para prevenir y disminuir el bullying y prejuicios escolares, gestionar conflictos comunales y conservar el espacio público. Se trabajarán iniciativas pedagógicas y proyectos comunitarios, que incluyen la sensibilización sobre derechos y deberes bajo el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana. e. Chapinero + espacios públicos sostenibles. Se centra en la organización, recuperación y embellecimiento del espacio público, donde se fomenta su uso concertado, sostenible y el aprovechamiento económico mediante acuerdos y campañas educativas que promuevan la responsabilidad ciudadana. Además, se implementan acciones para el control y regulación del espacio público, al mejorar la infraestructura urbana y al crear entornos más inclusivos y seguros para todos los residentes de la localidad. f. Chapinero + accesible e inclusiva. Se enfoca en la construcción y conservación del espacio público para mejorar la accesibilidad y movilidad, en especial para niños y niñas, personas con discapacidad y adultos mayores, donde se reivindique la localidad para todas y todos al hacerla más amigable y habitable. Esta estrategia contempla la intervención de espacios, así como la adecuación de cicloinfraestructura, para garantizar que las infraestructuras sean duraderas y eficientes. También incluye acciones de mantenimiento y reparaciones necesarias para prolongar la vida útil de las infraestructuras existentes, que aseguren un entorno urbano funcional y seguro para todos los habitantes. g. Chapinero + constructiva. Se enfoca en promover la cultura ciudadana en torno al uso, la conservación y sustentabilidad del espacio público, donde se fortalezcan las capacidades institucionales para gestionar situaciones que afecten el disfrute del espacio público y promuevan los derechos de la ciudadanía. Esta estrategia se enfoca en mejorar la calidad de vida mediante la promoción del respeto mutuo, la 3 Carrera 13 Nº 54-74 PISO 4 Torre B PBX 3486200 Ext. 1037 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 • PP. 1-31 • 2024 • OCTUBRE • 11 31 sensibilización comunitaria y la colaboración entre la ciudadanía y las autoridades para crear un entorno más seguro e inclusivo.
Artículo 7.
Programa 1. Diálogo social y cultura ciudadana para la convivencia pacífica y la recuperación de la confianza. Este programa tiene como objetivo central fortalecer la seguridad ciudadana a través de mejorar la presencia institucional y la coordinación con autoridades locales para fortalecer la respuesta ante desafíos de seguridad, que propicie el acceso equitativo a la justicia y protegiendo los derechos de la ciudadanía, fortalecer el diálogo, la convivencia pacífica y restaurar la confianza. Esto incluye medidas preventivas contra la violencia de género, apoyo a víctimas y el fortalecimiento continuo de las redes de mujeres. Estrategias innovadoras en espacios públicos, educación sobre igualdad de género y seguridad, abordando las diversas realidades locales para promover un entorno inclusivo, seguro y sostenible en Chapinero.
Fundamentado en principios de cultura ciudadana y diálogo social, se promueve activamente el respeto por las normas y la responsabilidad compartida en seguridad, a través de la implementación de estrategias de atención de movilizaciones y aglomeraciones en el territorio. El fortalecimiento de organizaciones comunitarias y ciudadanas que trabajan en la promoción de la seguridad y convivencia pacífica.
Artículo 8.
Metas e indicadores del programa.
CONCEPTO DE GASTO META Indicador Organizaciones comunitarias Fortalecer 20 organizaciones comunitarias a través de capacidades para promover Promoción de la convivencia ciudadana. acciones de corresponsabilidad en la gestión de la seguridad y la convivencia. fortalecidas a través de capacidades para promover acciones de corresponsabilidad en la gestión de la seguridad y la convivencia.
Acciones formativas diferenciales para la promoción Implementar 20 acciones formativas diferenciales para la promoción de la Promoción de la convivencia ciudadana. de la convivencia ciudadana convivencia ciudadana. implementadas.
Iniciativas de convivencia con Implementar 19 iniciativas de convivencia participación ciudadana Promoción de la convivencia ciudadana. con participación de la ciudadanía. implementadas.
Artículo 9.
Programa 2. Cero tolerancias a las violencias contra las mujeres y violencias basadas en género. Este programa tiene como objetivo central aplicar acciones que protejan efectivamente los derechos de las mujeres, enfocándose especialmente en la prevención del feminicidio y otras formas de violencia basadas en género. Fundamentado en el compromiso de la Alcaldía Local de Chapinero por abordar las brechas de desigualdad y discriminación, el programa implementa acciones concretas para atender y respaldar a las víctimas de estas violencias.
4 Carrera 13 Nº 54-74 PISO 4 Torre B PBX 3486200 Ext. 1037 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 PP. 1-32 • 2024 • OCTUBRE • 11 32
Artículo 10.
Metas e indicadores del programa.
CONCEPTO DE GASTO META Indicador Vincular 2431 personas en acciones Prevención del feminicidio y las para la prevención del feminicidio y la Número de Personas vinculadas en acciones para la prevención del violencias contra las mujeres. violencia contra la mujer. feminicidio y la violencia contra la mujer.
Artículo 11.
Programa 3. Desmantelamiento de estructuras criminales y delincuenciales con mejores capacidades y activos tecnológicos. Este programa tiene como objetivo fortalecer el ecosistema de seguridad y su capacidad operativa, mediante la dotación de vehículos, tecnologías avanzadas y equipos especiales de protección y atención. Con el fin de mejorar la eficiencia en la respuesta a incidentes y el seguimiento de actividades delictivas, se proporcionarán herramientas tecnológicas. La implementación de estos recursos busca aumentar la presencia policial en el territorio y mejorar la percepción de seguridad de la ciudadanía.
Artículo 12.
Metas e indicadores del programa.
CONCEPTO DE GASTO META Indicador Dotaciones suministradas Dotación, mantenimiento de equipamientos que permitan el Suministrar 8 dotaciones a organismos a organismos de fortalecimiento de la seguridad y de seguridad. seguridad. justicia.
Intervenir 5 equipamientos de seguridad Equipamientos de seguridad y acceso a la justicia intervenidos con Dotación, mantenimiento de equipamientos que permitan el y acceso a la justicia con acciones de fortalecimiento, operación, adecuación fortalecimiento de la seguridad y justicia. y/o dotación. acciones de fortalecimiento, operación, adecuación y/o dotación.
Artículo 13.
Programa 4. Servicios centrados en la justicia. Este programa tiene como objetivo mejorar el acceso a la justicia, acompañar y fortalecer los mecanismos de justicia comunitaria en Chapinero. Se beneficiará a los ciudadanos mediante estrategias que promuevan la resolución de conflictos, la salud mental y la educación en temas de convivencia y seguridad. Para ello, se implementarán programas que permitan a la ciudadanía acceder a mecanismos alternativos de resolución de conflictos y apoyo emocional, integrando servicios de salud mental para garantizar el bienestar psicológico de las personas involucradas. Se
5 Carrera 13 Nº 54-74 PISO 4 Torre B PBX 3486200 Ext. 1037 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 • PP. 1-33 • 2024 • OCTUBRE • 11 33 promoverán programas pedagógicos en instituciones educativas públicas y alianzas privadas, fomentando una cultura de paz, resolución de conflictos, desde la comunidad escolar. Además, se desarrollarán acciones pedagógicas locales basadas en el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, orientadas a sensibilizar a la población sobre sus derechos, deberes y la importancia del bienestar emocional en la convivencia pacífica.
Artículo 14.
Metas e indicadores del programa.
CONCEPTO DE GASTO META Indicador Fortalecer 1 programas de abordaje de Programas de abordaje de conflictividad escolar Acceso a la Justicia. para la convivencia con conflictividad escolar para la convivencia con enfoque restaurativo. enfoque restaurativo Actores comunitarios fortalecidos con fortalecidos.
Fortalecer 1 actor comunitario con herramientas y capacidades para la Acceso a la Justicia. implementación de un enfoque restaurativo para la justicia y la herramientas y capacidades para la implementación de un enfoque restaurativo para convivencia. la justicia y la convivencia.
Implementar 1 proyecto de justicia local Proyectos de justicia local para la resolución efectiva de conflictividades de Acceso a la Justicia. manera integral en el para la resolución efectiva de conflictividades de manera integral en el sistema de justicia. sistema de justicia implementados.
Ciudadanos beneficiados Beneficiar a 250 ciudadanos con habilidades y capacidades para Acceso a la Justicia. gestionar la convivencia con habilidades y capacidades para gestionar la convivencia constructivamente.
Proyectos comunitarios constructivamente.
Implementar 1 proyecto comunitario en implementados en la la localidad, para la apropiación del Acceso a la Justicia.
Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana. localidad, para la apropiación del Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana.
Acciones pedagógicas Implementar 1 acción pedagógica para para la gestión de Acceso a la Justicia. la gestión de conflictividades y prevención de violencias. conflictividades y prevención de violencias 6 Carrera 13 Nº 54-74 PISO 4 Torre B PBX 3486200 Ext. 1037 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 PP. 1-34 • 2024 • OCTUBRE • 11 34 implementadas.
Programas comunitarios con enfoque restaurativo Acceso a la Justicia. para el cuidado del espacio público y del Ejecutar 2 programa comunitario con enfoque restaurativo para el cuidado del espacio público y del medio ambiente. medio ambiente ejecutados.
Artículo 15.
Programa 5. Espacio público seguro e inclusivo. Este programa tiene como objetivo central transformar los espacios públicos de Chapinero en lugares seguros, inclusivos y accesibles para todos sus residentes, teniendo en cuenta a las personas con discapacidad. Se enfocará en mejorar la infraestructura urbana con mobiliario accesible. Además, se promoverá el respeto irrestricto de la ley de seguridad y convivencia, como también los acuerdos y contratos en los que se permita el uso y explotación del espacio público a través de actividades culturales, deportivas, recreacionales y mercados temporales mediante acuerdos específicos para el uso del espacio público, involucrando a la comunidad en su cuidado y mantenimiento. La intervención de metros cuadrados del sistema de espacio público peatonal y de cicloinfraestructura, mediante acciones de construcción y conservación garantizará espacios mejorados y bien mantenidos.
Artículo 16.
Metas e indicadores del programa.
Acuerdos realizados para la organización, la recuperación, CONCEPTO DE GASTO META Indicador Realizar 6 acuerdos para la organización, la recuperación, el el cuidado, el embellecimiento, Acuerdos para el uso y aprovechamiento del espacio la sostenibilidad, el cuidado, el embellecimiento, la sostenibilidad, el mejoramiento y el público aprovechamiento económico del mejoramiento y el aprovechamiento económico espacio público. del espacio público.
Intervenir 1145 metros cuadrados de elementos del sistema de espacio Construcción y/o conservación de elementos del sistema de público peatonal con acciones de Metros cuadrados construidos y/o conservados de elementos del sistema de espacio público espacio público construcción y/o conservación. peatonal.
Implementar 4 estrategias de seguridad Estrategias de seguridad y convivencia implementadas a Cultura ciudadana en torno a la seguridad y convivencia a través de gestores locales, que permitan el uso y disfrute través de gestores locales, que permitan el uso y disfrute del espacio público. del espacio público 7 Carrera 13 Nº 54-74 PISO 4 Torre B PBX 3486200 Ext. 1037 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 • PP. 1-35 • 2024 • OCTUBRE • 11 35
Capítulo III.
OBJETIVO ESTRATÉGICO “BOGOTÁ CONFÍA EN SU BIEN – ESTAR”
Objetivos, estrategias, programas
Artículo 17.
Propósito del Objetivo. La localidad de Chapinero se proyecta como una localidad que construye confianza y se preocupa por el bien-estar de sus ciudadanos. Cuida, acompaña, promueve la inclusión y la seguridad y construye un territorio de paz y reconciliación para todas, todos y todes.
Avanza hacia una localidad saludable que promueve una ciudadanía activa y proporciona espacios dignos para el ejercicio y disfrute de los derechos, el bienestar personal y una mejor salud de sus habitantes. Esto incluye la promoción y prevención de enfermedades físicas y mentales, la mejora de parques y jardines, y la creación de espacios saludables y de esparcimiento. Chapinero avanza y se posiciona como una localidad de paz y reconciliación en donde todos puedan volver a empezar.
Chapinero como referente de arte, patrimonio, cultura, recreación y deporte, donde sus habitantes se apropian de los espacios, respetando su misionalidad, co-crean y participan activamente en la protección y conservación de los mismos, reconoce el valor de los conocimientos y habilidades al interior de la comunidad con enfoque diferencial, interseccional, territorial (urbano-rural) y poblacional (niños y niñas, mujeres, sector social LGTBIQ+, indígena, NARP, juventud, con discapacidad, personas en situación de calle, persona mayor, víctimas del conflicto y campesinado), como medios para la construcción de memoria, verdad, reconciliación, y una cultura de paz.
Una localidad amigable para todas, todos y todes, que genera la protección y el bienestar animal, asegurando que sean tratados de manera digna y responsable dentro de las relaciones que tienen con los seres humanos. Chapinero avanza y se posiciona como una localidad de paz y reconciliación, en donde todos puedan volver a empezar.
Artículo 18.
Estrategias. Las estrategias que serán desarrolladas para el logro del Objetivo Estratégico son:
a. Chapinero + equitativo. Se enfoca en la entrega de un apoyo económico a personas en condición de pobreza y vulnerabilidad, a través de transferencias monetarias que aseguren un ingreso mínimo. Este programa busca reducir los índices de pobreza monetaria, multidimensional y de feminización de la pobreza en Chapinero, mejorando la calidad de vida de sus beneficiarios mediante un enfoque integral e inclusivo. b. Chapinero + comprometida con nuestras personas mayores. Proporciona apoyo económico a personas mayores en situación de vulnerabilidad, promoviendo su autonomía e independencia. A través de un aporte monetario y procesos de desarrollo humano, busca mejorar la seguridad económica y fortalecer las capacidades personales de esta población, propiciando una vida digna y plena.
8 Carrera 13 Nº 54-74 PISO 4 Torre B PBX 3486200 Ext. 1037 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 PP. 1-36 • 2024 • OCTUBRE • 11 36 c. Chapinero te acompaña. Se enfoca en desarrollar actividades de salud complementarias para personas con discapacidad y sus cuidadores en Chapinero. Estas acciones están diseñadas para mejorar el bienestar integral de estos grupos poblacionales, proporcionando apoyo específico que no está cubierto por los planes de beneficios en salud vigentes, con un enfoque inclusivo y diferencial que abarca todos los ciclos de vida y contextos territoriales. d. Chapinero te orienta. Busca reducir los factores de riesgo asociados al consumo de sustancias psicoactivas (SPA) priorizando los programas de abordaje para niños, niñas, jóvenes y adolescentes - NNJA. Esta intervención se basa en una estrategia social y comunitaria que vincula a la comunidad en programas de concientización, educativos y de prevención, donde se proporcione apoyo y recursos para abordar y mitigar el consumo y expendio de SPA en la localidad, entendiendo que esta es una problemática de salud pública. e. Chapinero + independiente. Se enfoca en otorgar dispositivos de asistencia personal (DAP) a personas con discapacidad, para promover su independencia y participación comunitaria. Esta acción complementa los procesos de habilitación y rehabilitación y responde a la necesidad ciudadana de invertir en dispositivos que faciliten la inclusión y mejoren la calidad de vida dentro de sus contextos cotidianos. f. Chapinero sexualmente responsable. Se enfoca en promover los derechos sexuales y reproductivos, la salud sexual y reproductiva informada entre adolescentes y jóvenes mujeres, sector social LGTBIQ+, personas con discapacidad con enfoque diferencial, interseccional, territorial (urbano-rural) y poblacional (niños y niñas, mujeres, sector social LGTBIQ+, indígena, NARP, juventud, con discapacidad, personas en situación de calle, persona mayor, víctimas del conflicto y campesinado), donde se fomente el disfrute de la sexualidad de manera consciente y responsable. Mediante programas y estrategias de sensibilización, educativos y campañas de sensibilización, se busca transformar mitos y creencias culturales sobre la sexualidad. El enfoque abarca los diferentes ciclos de vida y busca promover un entorno de respeto y conocimiento. g. Chapinero + saludable. Se centra en reducir factores de riesgo en los habitantes de la localidad, con especial atención en los grupos vulnerables mediante acciones integrales de salud física, nutricional y oral. Serán implementados programas educativos y preventivos, así como actividades comunitarias que fomenten hábitos saludables y prevengan enfermedades. Este enfoque promueve la inclusión y el bienestar de toda la población, para una mejor calidad de vida y el fortalecimiento de la cohesión social. h. Chapinero te escucha. Aborda la salud mental de la comunidad mediante acciones colectivas de promoción y prevención adaptadas a las necesidades psicosociales de grupos vulnerables. Se implementarán programas de atención, considerando las particularidades étnicas, culturales y sociales. Con un enfoque integral con enfoque diferencial, interseccional, territorial (urbano-rural) y poblacional (niños y niñas, mujeres, sector social LGTBIQ+, indígena, NARP, juventud, con discapacidad, personas en situación de calle, persona mayor, víctimas del conflicto y campesinado), que mejore el bienestar mental de los habitantes de Chapinero, buscando promover la cohesión social y un entorno inclusivo y seguro.
9 Carrera 13 Nº 54-74 PISO 4 Torre B PBX 3486200 Ext. 1037 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 • PP. 1-37 • 2024 • OCTUBRE • 11 37 i. Chapinero te cuida. Se centra en promover los derechos y el bienestar integral de las mujeres cuidadoras, para garantizar su autonomía mediante servicios de calidad en entornos urbanos y rurales. Incluye programas para el desarrollo y la seguridad infantil, creando espacios seguros libres de bullying y prejuicios para adolescentes y jóvenes. Así mismo, refuerza las rutas de prevención de vulneraciones de derechos, proporciona atención socio-jurídica a diversas poblaciones vulnerables, y capacita a madres, padres y cuidadores, con un enfoque diferencial, interseccional y territorial. j. Chapinero te protege. El enfoque principal es la prevención y atención de la violencia intrafamiliar y sexual en poblaciones en situación de riesgo y vulnerabilidad. A través del fortalecimiento de estrategias de protección y promoción de derechos, se busca garantizar el bienestar físico y emocional, especialmente de las mujeres que son cuidadoras, asegurando su acceso a servicios de calidad. Se implementan acciones específicas con un enfoque diferencial interseccional, territorial (urbano-rural) y poblacional (niños y niñas, mujeres, sector social LGTBIQ+, indígena, NARP, juventud, con discapacidad, personas en situación de calle, persona mayor, víctimas del conflicto y campesinado) y de género, promoviendo entornos seguros y la articulación de servicios de apoyo psicosocial y jurídico para lograr una respuesta integral y efectiva. k. Chapinero te empodera. Se enfoca en fortalecer las capacidades de las mujeres para el ejercicio de sus derechos y su autonomía económica, para disminuir la feminización de la pobreza y las brechas de género en entornos urbanos y rurales. Mediante acciones y procesos locales, promueve el desarrollo económico, individual y colectivo, por medio de capacitación a mujeres y personas del sector LGBTIQ+ en el derecho a una vida libre de violencias, con un enfoque desde la Política Pública de Mujeres y Equidad de Género (PPMYEG). Esta estrategia busca crear un entorno donde las mujeres puedan alcanzar el pleno desarrollo de sus derechos en igualdad de oportunidades. l. Chapinero te acoge. Se orienta a beneficiar a las víctimas del conflicto armado y excombatientes mediante procesos de apropiación social de la memoria, a través de actividades pedagógicas, artísticas y culturales. Promueve la construcción de paz, mediante el fortalecimiento del tejido social y la estabilización integración socioeconómica y territorial, y fomenta la participación de estas poblaciones en diversos escenarios. Esta estrategia busca la reconciliación y el desarrollo integral, para asegurar que las voces de las víctimas y excombatientes sean escuchadas y valoradas en la comunidad. m. Chapinero + creativa. Impulsa el reconocimiento y fortalecimiento de procesos culturales, artísticos y patrimoniales a través del apoyo a los agentes del sector y poblaciones vulnerables. Fomenta la participación en conmemoraciones, festividades y eventos culturales de diversos grupos poblacionales, en el marco de la transparencia y la democratización. Esta estrategia crea las condiciones necesarias para el desarrollo y proyección de iniciativas que reflejen la diversidad y riqueza cultural de Chapinero. n. Chapinero + activa. Fomenta la recreación y el deporte mediante el apoyo a iniciativas locales, la realización de eventos recreo-deportivos y el desarrollo de programas formativos en deportes convencionales y alternativos. Promueve el uso de parques y espacios públicos para actividades que beneficien el bienestar físico y cognitivo de todas las edades, y la prevención de enfermedades y 10 Carrera 13 Nº 54-74 PISO 4 Torre B PBX 3486200 Ext. 1037 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 PP. 1-38 • 2024 • OCTUBRE • 11 38 fomentando el cuidado de la salud mental. Busca propiciar que todos los habitantes de Chapinero disfruten de una vida activa y saludable, con énfasis en la inclusión y la diversidad cultural. o. Chapinero reconoce sus saberes. Impulsa la valoración y visibilización de las prácticas artísticas, culturales y patrimoniales de la comunidad mediante festivales, exposiciones, ferias y procesos de formación inclusivos. Promueve el desarrollo de competencias en áreas culturales y artísticas, para fortalecer el ejercicio de los derechos culturales y contribuir al desarrollo humano. Así mismo, se enfoca en brindar apoyo a emprendedores, líderes y organizaciones locales, asegurando la inclusión de todos los grupos poblacionales y reafirmando el compromiso con la diversidad y la interculturalidad en Chapinero. p. Chapinero + animalista y responsable. Promueve el bienestar animal a través de servicios integrales como esterilización, atención veterinaria de urgencias y brigadas médicas preventivas para animales sin cuidadores, en condición de calle o animales de familias que residan en estrato 1, 2 y 3. Además, fomenta la educación en tenencia responsable, adopción y la no tenencia de animales silvestres, junto con campañas de sensibilización y capacitación. Esta iniciativa busca garantizar la dignidad, protección y salud de los animales, para favorecer su bienestar y promover prácticas éticas y responsables en la comunidad. q. Chapinero impulsa tu futuro. Busca transformar y beneficiar las vidas de los jóvenes altamente vulnerables que residan en la localidad de Chapinero mediante transferencias monetarias condicionadas. Esta iniciativa no solo proporciona apoyo económico, sino que también fomenta su inclusión en entornos educativos y sociales, facilitando orientación socio-ocupacional y formación en habilidades esenciales para su desarrollo. Al integrar estos elementos, la estrategia aspira a reducir el riesgo social y empoderar a los jóvenes, creando un camino hacia oportunidades sostenibles y un futuro prometedor en la comunidad. r. Chapinero sin hambre. Busca garantizar que las personas en situación de vulnerabilidad, especialmente aquellas cuyas actividades diarias se desarrollan en el transcurso de la noche, como las personas que ejercen el trabajo sexual pago, músicos y personas habitantes de calle, entre otras, en situación de vulnerabilidad, puedan acceder a su derecho de seguridad alimentaria en horarios nocturnos, en condiciones apropiadas y seguras, superando así las barreras que enfrentan estas poblaciones específicas que les impide acceder a servicios de alimentación en horarios convencionales. Promoviendo así, procesos de inclusión social, permitiendo el monitoreo del estado nutricional de los beneficiarios y fomentando hábitos y estilos de vida saludables, adaptados a las necesidades específicas de estas poblaciones.
Artículo 19.
Programa 7. Bogotá, una ciudad con menos pobreza. Este programa se centra en el bienestar de los más vulnerables, siendo un mecanismo fundamental para mitigar la pobreza. Busca proporcionar y garantizar un ingreso mínimo para las personas y hogares beneficiarios, permitiéndoles satisfacer sus necesidades básicas y mejorar su calidad de vida. El programa tiene como objetivo fortalecer las transferencias monetarias condicionadas, dirigidos a hogares, personas mayores, mujeres cabeza de familia
11 Carrera 13 Nº 54-74 PISO 4 Torre B PBX 3486200 Ext. 1037 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 • PP. 1-39 • 2024 • OCTUBRE • 11 39 y jóvenes de Chapinero.
Artículo 20.
Metas e indicadores del programa.
CONCEPTO DE GASTO META Indicador Beneficiar 160 jóvenes con transferencias condicionadas y acompañamiento psicosocial para la promoción al acceso y permanencia a Transferencias monetarias condicionadas para jóvenes oportunidades de formación y empleabilidad.
Jóvenes beneficiados con transferencias condicionadas y acompañamiento psicosocial para la promoción al acceso y permanencia a oportunidades de formación y empleabilidad Aporte monetario que brinde un ingreso mínimo a personas en Otras Transferencias condición de pobreza y/o vulnerabilidad de la ciudad con Monetarias Atender 28000 personas con apoyos que contribuyan al ingreso mínimo garantizado. el objetivo de reducir los índices de pobreza monetaria, multidimensional y de feminización de la pobreza.
Beneficiar a 679 personas mayores con apoyo Número de personas mayores Apoyo económico para persona económico tipo C (constante para cada beneficiadas con apoyo mayor - tipo C vigencia). económico tipo C
Artículo 21.
Programa 8. Erradicación del hambre en Bogotá. Este programa está orientado a reducir los niveles de inseguridad alimentaria y contribuir a la garantía del derecho a la alimentación, está dirigido a población pobre y pobres extremos, focalizados por la Secretaria de Integración Social y atendidos en las unidades operativas de la SDIS.
Artículo 22.
Metas e indicadores del programa.
CONCEPTO DE GASTO META Indicador Número de cupos habilitados Habilitar 400 cupos para la atención de para la atención de población Comedores comunitarios población en inseguridad alimentaria y nutricional del Distrito Capital, a través de en inseguridad alimentaria y nutricional del Distrito Capital, a comedores comunitarios través de comedores comunitarios
Artículo 23.
Programa 10. Salud Pública Integrada e Integral. Este programa se centra en la articulación para el desarrollo de alianzas que favorezcan la Atención Primaria Social y aborden de manera efectiva los determinantes sociales de las inequidades en salud. Su objetivo es fortalecer la red de salud para mejorar la
12 Carrera 13 Nº 54-74 PISO 4 Torre B PBX 3486200 Ext. 1037 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 PP. 1-40 • 2024 • OCTUBRE • 11 40 capacidad de atención en situaciones de salud física y mental de la ciudadanía. Además, el programa se enfoca en el desarrollo de acciones complementarias en salud relacionadas con la implementación de iniciativas que mejoren el acceso y la calidad de los servicios de salud para personas con discapacidad, prevención y disminución de factores de riesgo del consumo de sustancias psicoactivas (SPA) en adolescentes y jóvenes y estrategias de salud sexual y reproductiva, teniendo en cuenta los derechos sexuales y reproductivos, la prevención del embarazo adolescente y la atención a personas gestantes y maternidad temprana que promueven prácticas saludables y procesos educativos. Estas acciones buscan contribuir a una mejora integral de la salud en la comunidad, abordando las diversas necesidades de las y los ciudadanos de manera equitativa, con enfoque diferencial y territorial.
Artículo 24.
Metas e indicadores del programa.
CONCEPTO DE GASTO META Indicador Vincular 201 personas con discapacidad, cuidadores y cuidadoras, en actividades complementarias en salud.
Acciones complementarias para personas con discapacidad y sus cuidadores Número de personas con discapacidad, cuidadores y cuidadoras, vinculados en actividades complementarias en salud.
Acciones para la disminución de los factores de riesgo frente al consumo de sustancias psicoactivas.
Vincular 400 personas a las acciones desarrolladas desde los dispositivos de base comunitaria en respuesta al consumo de SPA.
Números de personas vinculadas a las acciones desarrolladas desde los dispositivos de base comunitaria en respuesta al consumo de SPA.
Otorgamiento de Dispositivos de asistencia Personal - DAP - a personas con discapacidad Beneficiar a 101 personas con discapacidad a través de Dispositivos de Asistencia Personal - Ayudas Técnicas (no incluidas en los Planes de Beneficios).
Número de personas con discapacidad beneficiadas con Dispositivos de Asistencia Personal - Ayudas Técnicas (no incluidas en los Planes de Beneficios).
Salud sexual y reproductiva consciente en adolescentes y jóvenes Vincular 400 personas a las acciones y estrategias para promover la salud sexual y reproductiva consciente en los diferentes ciclos de vida.
Número de personas vinculadas a las acciones y estrategias para promover la salud sexual y reproductiva consciente en los diferentes ciclos de vida.
Acciones complementarias en salud física y nutricional Vincular 320 personas en acciones complementarias en salud física, nutricional y oral, a través del Circuito del Cuidado.
Número de personas vinculadas en las acciones complementarias en salud física, nutricional y oral, a través del Circuito del Cuidado.
Acciones para la promoción y atención de la salud mental Beneficiar a 425 personas con acciones para la promoción y atención de la salud mental.
Número de personas beneficiadas con acciones para la promoción y atención de la salud mental.
13 Carrera 13 Nº 54-74 PISO 4 Torre B PBX 3486200 Ext. 1037 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 • PP. 1-41 • 2024 • OCTUBRE • 11 41
Artículo 25.
Programa 12. Bogotá cuida a su gente. Este programa tiene como objetivo cuidar y aumentar los niveles de bienestar de todas, todos y todes, permitiendo un acceso efectivo a los servicios sociales para los grupos poblacionales y diferenciales incluida la vereda del Verjón Bajo, al buscar que la localidad promueva la garantía y el goce efectivo de los derechos, de manera equitativa e incluyente. La administración local trabajará de la mano con organizaciones comunitarias, entidades sociales, jurídicas e instancias de participación para ofrecer una red de apoyo integral, al propender que los habitantes de Chapinero reciban la atención y el cuidado necesarios para vivir en una localidad justa, segura y equitativa.
Artículo 26.
Metas e indicadores del programa.
META Indicador Prevención y atención de Número de Personas que violencia intrafamiliar y sexual Vincular 4000 personas en procesos para la participan en procesos para la para poblaciones en situaciones prevención de violencias en el contexto prevención de violencias en el de riesgo y vulnerabilidad de derechos familiar y/o violencia sexual. contexto familiar y/o violencia sexual.
Estrategias de cuidado a cuidadoras personas cuidadoras Vincular 1780 mujeres estrategias de cuidado. a Mujeres cuidadoras vinculadas a estrategias de cuidado.
Fortalecimiento de capacidades Vincular 1234 mujeres para el ejercicio de derechos y el fortalecimiento de su autonomía económica.
Mujeres vinculadas para el para el ejercicio de derechos y ejercicio de derechos y el para la autonomía económica de fortalecimiento de su autonomía las mujeres económica.
Artículo 27.
Programa 13. Bogotá, un territorio de paz y reconciliación en donde todos puedan volver a empezar. Este programa busca construir una cultura de paz en la localidad, desde lo individual y colectivo, lo que implica un compromiso con la territorialización del acuerdo de paz en lo local, para esto el programa promueve la atención e integración de las víctimas del conflicto armado que quieren reconstruir y visualizar su proyecto de vida en la localidad. Chapinero debe ser y será un territorio de paz y reconciliación en donde todos y todas se sientan seguros y puedan volver a empezar. Ser un territorio de paz desde lo local significa entender las dinámicas sociales y promover el desarrollo de los territorios marginados y empobrecidos, atender a la población vulnerable y excluida y garantizar la participación de los actores locales involucrados en las estrategias que impactan en la construcción de paz de Chapinero.
Artículo 28.
Metas e indicadores del programa.
14 Carrera 13 Nº 54-74 PISO 4 Torre B PBX 3486200 Ext. 1037 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 PP. 1-42 • 2024 • OCTUBRE • 11 42 CONCEPTO DE GASTO META Indicador Procesos pedagógicos, artísticos, culturales, formativos o académicos Realizar 6 procesos pedagógicos, artísticos, culturales, formativos o para el realizados para el fortalecimiento Construcción de memoria, verdad, reparación, víctimas, paz fortalecimiento de iniciativas ciudadanas para la apropiación social de la memoria, y reconciliación. de iniciativas ciudadanas para la apropiación social de la memoria, verdad, reparación integral a víctimas, verdad, reparación integral a paz y reconciliación. víctimas, paz y reconciliación.
Acciones de construcción de paz realizadas que contribuyan al tejido Realizar 4 acciones de construcción de paz que contribuyan al tejido social, la Construcción de memoria, verdad, reparación, víctimas, paz y reconciliación. social, la integración local, la sostenibilidad económica y/o integración local, la sostenibilidad económica y/o desarrollo territorial para desarrollo territorial para la la reconciliación. reconciliación.
Realizar 2 procesos de fortalecimiento de Procesos realizados para el fortalecimiento de habilidades y habilidades y capacidades de la población víctima del conflicto armado o Construcción de memoria, verdad, reparación, víctimas, paz y reconciliación. excombatientes para promover su capacidades de la población víctima del conflicto armado o excombatientes que promuevan su participación en los diferentes participación en diferentes escenarios. escenarios.
Artículo 29.
Programa 14. Bogotá deportiva, recreativa, artística, patrimonial e intercultural. Este programa está enfocado en la promoción y participación de los y las ciudadanas en la construcción de un circuito deportivo, recreativo, artístico, cultural y patrimonial para fomentar el bienestar y potenciar el desarrollo y la salud física y mental, haciendo de Chapinero una localidad con más bienestar consciente. Mediante este programa se busca beneficiar a NNAJ, adultos, persona mayor y campesinado, con un enfoque interseccional y diferencial, abarcando a mujeres, sector social LGBTIQ+, indígenas, NARP y personas con discapacidad, teniendo en consideración las particularidades territoriales. Se promueve el aprovechamiento del tiempo libre para la práctica deportiva, la actividad física y la recreación como ejes esenciales en el bienestar físico, de salud mental y de valores ciudadanos. La administración local trabajará en conjunto con organizaciones comunitarias y entidades deportivas y culturales para ofrecer una amplia gama de actividades y eventos que promuevan la integración y el respeto por la diversidad cultural y patrimonial de la localidad. Con estas acciones, se busca fortalecer el tejido social y crear una comunidad más unida y saludable.
Artículo 30.
Metas e indicadores del programa.
CONCEPTO DE GASTO META Indicador Iniciativas de interés cultural, artístico, patrimonial y de Otorgar 16 estímulos de apoyo al sector artístico y cultural.
Estímulos otorgados de apoyo al sector artístico y cultural. cultura ciudadana.
15 Carrera 13 Nº 54-74 PISO 4 Torre B PBX 3486200 Ext. 1037 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 • PP. 1-43 • 2024 • OCTUBRE • 11 43 Recreación y deporte Beneficiar 7 colectivos u organizaciones recreo deportivas inscritas en el Banco que implementan iniciativas de carácter barrial con apoyos económicos.
Colectivos u organizaciones recreo deportivas inscritas en el Banco que implementan iniciativas de carácter barrial beneficiadas con apoyos económicos.
Recreación y deporte Beneficiar 4000 personas en actividades recreo-deportivas comunitarias.
Personas beneficiadas con actividades recreo-deportivas comunitarias.
Recreación y deporte Capacitar 3600 personas en los campos deportivos o recreativos.
Personas capacitadas en los campos deportivos o recreativos.
Arte, cultura y patrimonio Realizar 10 eventos de promoción, circulación y apropiación de actividades artísticas, culturales y patrimoniales.
Eventos de promoción, circulación y apropiación de actividades artísticas, culturales y patrimoniales realizadas Arte, cultura y patrimonio Capacitar 1540 personas en los campos artísticos, interculturales, culturales y/o patrimoniales.
Personas beneficiadas y capacitadas con procesos de formación y exploración en los campos artísticos, culturales y patrimoniales.
Arte, cultura y patrimonio Beneficiar 32 organizaciones artísticas, culturales y patrimoniales con elementos entregados.
Número de Organizaciones artísticas, culturales y patrimoniales beneficiadas con elementos entregados.
Artículo 31.
Programa 15. Bogotá protege la vida animal. Este programa busca la transformación ciudadana hacia una cultura de respeto y trato digno a la vida animal en todas sus formas, al convertir a Chapinero en una localidad amigable con todos los animales, tanto domésticos como silvestres y sinantrópicas presentes en la localidad. Esto procura que el enfoque de bien-estar animal se materialice mediante acciones que promuevan la protección y el bienestar integral de los animales. Se prestará especial atención a aquellos animales que se encuentran en situación de calle o abandono, o que puedan estar en estado de vulnerabilidad y/o riesgo, así como aquellos animales que prestan servicios de seguridad. La administración local, en su esfuerzo por fomentar una cultura de conciencia, protección y respeto a la vida animal, considera de vital importancia trabajar conjuntamente con tenedores de animales, colectivos, voluntariados, la red local de proteccionistas y de hogares de paso, y en articulación con el Consejo Local de Protección y Bienestar Animal de la Localidad de Chapinero. Con estas acciones, se busca garantizar el bienestar, la protección, la dignidad y la vida de los animales, promoviendo una convivencia armónica y responsable entre los habitantes de la localidad y los animales.
16 Carrera 13 Nº 54-74 PISO 4 Torre B PBX 3486200 Ext. 1037 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 PP. 1-44 • 2024 • OCTUBRE • 11 44
Artículo 32.
Metas e indicadores del programa.
CONCEPTO DE GASTO META Indicador Número de animales atendidos por Atender 4428 animales en los programas Protección y bienestar animal. de brigadas médicas, urgencias los programas de brigadas médicas, urgencias veterinarias y veterinarias y adopciones.1 adopciones.
Esterilizar 2695 perros y gatos incluyendo Protección y bienestar animal.
Número de animales esterilizados. los que están en condición de vulnerabilidad.
Capítulo IV.
OBJETIVO ESTRATÉGICO “BOGOTÁ CONFÍA EN SU POTENCIAL”
Objetivos, estrategias, programas
Artículo 33.
Propósito del Objetivo. La localidad de Chapinero se proyecta como una localidad que fomenta el desarrollo integral a través de su talento humano, natural y tecnológico con el fin de construir un espacio más equitativo y próspero desde el fortalecimiento de la educación y el emprendimiento productivo para mejorar las condiciones de vida en las zonas rurales y urbanas donde sus habitantes contribuyan al crecimiento de la localidad.
Chapinero potencializa la educación mediante programas innovadores y accesibles que buscan formar una comunidad más capacitada y consciente. Estas iniciativas educativas no solo elevan el nivel académico de sus habitantes, sino que también promueven valores de inclusión y participación en la vida comunitaria. Con un especial enfoque en la educación continua y la capacitación técnica, Chapinero se posiciona como una localidad donde el conocimiento y el aprendizaje son motores esenciales para el desarrollo personal y colectivo.
Chapinero impulsa su talento local a través del apoyo al HUB creativo y cultural que sirve como plataforma para artistas, emprendedores y profesionales. Este espacio dinámico y colaborativo fomenta la innovación y la productividad, al permitir que las ideas se transformen en proyectos empresariales exitosos y sostenibles. La sinergia entre la creatividad y el emprendimiento en Chapinero fortalece la economía local y enriquece el tejido social.
Artículo 34.
Estrategias. Las estrategias que serán desarrolladas para el logro del Objetivo Estratégico son:
17 Carrera 13 Nº 54-74 PISO 4 Torre B PBX 3486200 Ext. 1037 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 • PP. 1-45 • 2024 • OCTUBRE • 11 45 a. Chapinero potencializa la educación. Se enfoca en la dotación y modernización de equipamientos en las instituciones educativas públicas de la localidad. Mediante la provisión de recursos pedagógicos y tecnológicos adecuados, se busca mejorar significativamente los entornos de aprendizaje, asegurando que los estudiantes, desde la primera infancia hasta la educación superior, tengan acceso a herramientas que potencien sus habilidades y fomenten la equidad educativa. Esta inversión no solo mejora la infraestructura educativa, sino que también responde a las necesidades de dotación y mantenimiento continuo de equipos tecnológicos en los colegios públicos de Chapinero. b. Chapinero + oportunidades para la educación. Se centra en otorgar apoyo económico a estudiantes para facilitar su acceso y permanencia en la educación superior, cubriendo gastos esenciales. Esta iniciativa busca garantizar la equidad y continuidad educativa, permitiendo que los jóvenes de Chapinero tengan las mismas oportunidades de desarrollo académico y profesional, para contribuir al crecimiento productivo y al fortalecimiento del talento local. c. Chapinero impulsa su talento local. Busca fortalecer las capacidades técnicas y habilidades blandas de los habitantes mediante formación formal, no formal, mentoría y asesorías en colaboración con instituciones educativas y sector empresarial. Se promoverán ferias de empleo inclusivas, con la participación de empresas locales, para mejorar el acceso a oportunidades laborales, velando por la equidad y el fomento de una economía dinámica y sostenible que responda a las necesidades de todos los sectores de la población. d. Chapinero + capacitada. Busca fortalecer el desarrollo turístico local mediante la generación de acciones, incentivos y capacitaciones que impulsen la gestión turística con enfoque de sostenibilidad promoviendo el cuidado y el respeto del medio ambiente. Se fomentarán espacios de comercialización periódicos y se facilitará la realización de ferias y rutas turísticas, a través de alianzas, para contribuir a la dinamización económica y social de Chapinero con la participación del tejido empresarial local. e. Chapinero un HUB creativo y cultural. Busca fortalecer el ecosistema cultural y creativo mediante la activación de Distritos Creativos y territorios culturales, el fortalecimiento de competencias emprendedoras de agentes y organizaciones, y la promoción de la creación y circulación de bienes y servicios en escenarios especializados. Estas acciones, apoyadas por la inversión, impulsarán el desarrollo económico y social de la localidad y fortalecerán su tejido productivo y cultural. f. Chapinero rural + productiva. Incentivará la producción sostenible en El Verjón Bajo a través de la reconversión productiva y el establecimiento de sistemas innovadores, con buenas prácticas agrícolas y pecuarias. Además, fortalecerá la capacidad organizacional y de asociatividad para la producción, transformación y comercialización de productos agropecuarios, que mejoren su competitividad mediante asesoría técnica, apoyo financiero y la creación de ferias de productos campesinos. g. Chapinero + innovadora y empresarial. Fortalecerá el tejido empresarial local apoyando a Mipymes, emprendimientos y actores de la economía informal mediante asesoría técnica y financiera, optimización de procesos y adquisición de equipos y tecnología. Además, impulsará la visibilidad de pequeñas unidades productivas y micronegocios con la organización de ruedas de negocios, ferias, estrategias comerciales innovadoras y marketing digital, para promover un entorno empresarial dinámico y sostenible.
18 Carrera 13 Nº 54-74 PISO 4 Torre B PBX 3486200 Ext. 1037 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 PP. 1-46 • 2024 • OCTUBRE • 11 46
Artículo 35.
Programa 16. Atención integral a la primera infancia y educación como eje del potencial humano. Este programa busca optimizar la atención a la primera infancia y fortalecer el sistema educativo desde la formación básica hasta la educación superior a través de mejoras en infraestructura y dotación de equipos que permitan espacios de aprendizaje adecuados en las sedes educativas. Se trabajará en la permanencia estudiantil mediante apoyo económico o en especie que fomente la equidad donde todos los estudiantes tengan las mismas oportunidades y herramientas necesarias para potencializar sus habilidades en miras al crecimiento productivo.
Artículo 36.
Metas e indicadores del programa.
CONCEPTO DE GASTO META Indicador Dotación de equipamientos para instituciones educativas públicas Dotar 7 sedes educativas urbanas y rurales con recursos pedagógicos y/o tecnológicos. del distrito.
Sedes educativas urbanas y rurales dotadas con recursos pedagógicos y/o tecnológicos.
Número de estudiantes beneficiados con apoyo de sostenimiento para la permanencia en la educación Apoyo para educación superior. postmedia (niveles de formación técnico profesional, Beneficiar 229 estudiantes con apoyo de sostenimiento para la permanencia en la educación postmedia (niveles de formación técnico profesional, tecnólogo, profesional universitario y educación para el trabajo y desarrollo humano).
Número de estudiantes beneficiados en programas de tecnólogo, profesional universitario y educación para el trabajo y desarrollo humano).
Beneficiar a 229 estudiantes en programas educación postmedia (niveles Apoyo para educación superior. de educación postmedia (niveles de formación técnico profesional, tecnólogo, profesional universitario y educación para de formación técnico profesional, tecnólogo, profesional universitario y el trabajo y desarrollo humano). educación para el trabajo y desarrollo humano).
Artículo 37.
Programa 19. Desarrollo empresarial, productividad y empleo. Este programa busca fortalecer las capacidades empresariales, emprendedoras y laborales de los habitantes de Chapinero, mejorar el acceso a oportunidades de empleo a través de la optimización y masificación de las ferias de empleabilidad como foco de productividad, proporcionar formación, asesoría técnica y acceso a recursos, para fomentar una economía más dinámica, inclusiva, sostenible y potenciando el desarrollo turístico promoviendo el cuidado y el respeto del medio ambiente, urbano y rural local. Se implementarán acciones específicas para fortalecer tanto las habilidades técnicas como las habilidades blandas de las personas para aumentar su competitividad, productividad y desarrollo económico en el mercado laboral y empresarial.
Artículo 38.
Metas e indicadores del programa.
19 Carrera 13 Nº 54-74 PISO 4 Torre B PBX 3486200 Ext. 1037 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 • PP. 1-47 • 2024 • OCTUBRE • 11 47 CONCEPTO DE GASTO META Indicador Fortalecimiento de habilidades para la empleabilidad - impulso al empleo local.
Realizar 757 acciones para fortalecer las capacidades y/o habilidades, técnicas y blandas de las personas de la localidad, con el fin de mejorar el acceso a oportunidades de empleo.
Número de acciones realizadas para fortalecer las capacidades y/o habilidades, técnicas y blandas de las personas de la localidad, con el fin de mejorar el acceso a oportunidades de empleo.
Desarrollo turístico local.
Apoyar 159 Mipymes y/o emprendimientos orientados al fortalecimiento de las capacidades locales para la gestión y el desarrollo turístico.
Número de Mipymes y/o emprendimientos orientados al fortalecimiento de las capacidades locales para la gestión y el desarrollo turístico apoyados.
Artículo 39.
Programa 20. Promoción del emprendimiento formal, equitativo e incluyente. Este programa tiene como objetivo impulsar el emprendimiento, promoviendo un entorno empresarial formal, equitativo e incluyente que fortalezca el tejido productivo de la localidad. Se financiarán y acompañarán proyectos del sector cultural y creativo, reconociendo su importancia para el desarrollo económico y social. Además, se vinculará a hogares y unidades productivas rurales a procesos de comercialización, optimizando su capacidad productiva y mejorando su acceso a mercados, brindando asesoría, formación y recursos necesarios para gestionar y desarrollar sus proyectos de manera efectiva.
Artículo 40.
Metas e indicadores del programa.
CONCEPTO DE GASTO META Indicador Sostenibilidad del ecosistema cultural y creativo.
Financiar 30 proyectos del sector cultural y creativo.
Número de proyectos financiados y acompañados del sector cultural y creativo.
Extensión agropecuaria y productividad rural.
Vincular 54 hogares y/o unidades productivas a procesos productivos y de comercialización en el sector rural.
Número de hogares y/o unidades productivas vinculadas a procesos productivos y de comercialización en el sector rural.
Fortalecimiento del tejido empresarial local.
Apoyar a 177 Mipymes, emprendimientos y/o actores de la economía informal para el fortalecimiento del tejido empresarial local.
Número de Mipymes, emprendimientos y/o actores de la economía informal apoyados para el fortalecimiento del tejido empresarial local.
Capítulo V.
OBJETIVO ESTRATÉGICO “BOGOTÁ ORDENA SU TERRITORIO Y AVANZA EN SU ACCIÓN CLIMÁTICA”
Objetivos, estrategias, programas 20 Carrera 13 Nº 54-74 PISO 4 Torre B PBX 3486200 Ext. 1037 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 PP. 1-48 • 2024 • OCTUBRE • 11 48
Artículo 41.
Propósito del Objetivo. La localidad de Chapinero se proyecta como una localidad que busca posicionarse como un territorio que revitaliza su desarrollo urbano y rural, y potencializar sus entornos al certificarse como un Área Turística Sostenible para promover un entorno seguro, organizado y saludable para la comunidad, al brindar espacios seguros e incluyentes, donde se mantengan los lugares públicos en óptimas condiciones para su uso. La comunidad tendrá la oportunidad de participar en actividades de conocimiento sobre gestión del riesgo, cambio climático, reconocimiento y cuidado de la biodiversidad, y eventos culturales, actividades recreo-deportivas, artísticas, de turismo, patrimoniales y transferencia de conocimiento y organización del territorio donde se fomente la economía local por medio de su patrimonio natural y cultural, de esta manera la comunidad tendrá una visión desde el empleo, la sostenibilidad y competencia, al potencializar la ventaja competitiva de la localidad.
Adicionalmente a esto, la localidad estará comprometida con el ecosistema y la sostenibilidad por medio de planes de reverdecimiento, que incluyen zonas verdes para promover una cultura más responsable con el medio ambiente. Se adecuan las zonas para incentivar el uso de medios de transporte con menores o nulas emisiones de contaminantes y además se realizará un acompañamiento en el desarrollo de unidades urbanas y rurales de producción agrícola sostenibles, creación de espacios verdes, espacios de agricultura urbana y periurbana sostenible, mantenimiento de árboles, procesos de restauración ecológica, recuperación de jardines urbanos, acciones que serán fuente de ingresos para muchas familias de la localidad, y que contribuyen a la salud mental, física y a la seguridad y soberanía alimentaria.
Armonizar la habitabilidad de las comunidades de los cerros orientales de Chapinero mediante acciones que optimicen las condiciones de la vivienda y que busquen reducir el impacto ambiental promoviendo una vida digna.
Artículo 42.
Estrategias. Las estrategias que serán desarrolladas para el logro del Objetivo Estratégico son:
a. Chapinero Turístico y Sostenible. Implementación de construcciones, mantenimiento y dotación de parques, con diseños arquitectónicos y mejoras en la infraestructura existente, creando espacios recreativos, deportivos y culturales, para propiciar espacios seguros y óptimos para la comunidad. b. Chapinero le apuesta a la cultura local. Busca hacer una apuesta por la cultura local, identificando y revitalizando los espacios culturales para fomentar su uso y apropiación por parte de los habitantes. La estrategia se centra en intervenir y mejorar los equipamientos culturales existentes, promoviendo el desarrollo del potencial creativo y cultural de la comunidad. Se llevarán a cabo acciones específicas para fortalecer la infraestructura cultural, para facilitar el acceso y la participación en actividades que enriquezcan la vida cultural de la localidad. c. Chapinero + rural. Realización de acciones de restauración ecológica, mantenimiento de arbolado en zonas rurales y creación de huertas rurales, para fortalecer la agricultura campesina a través de programas que faciliten el acceso a servicios estatales y promuevan el uso sostenible del suelo rural.
21 Carrera 13 Nº 54-74 PISO 4 Torre B PBX 3486200 Ext. 1037 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 • PP. 1-49 • 2024 • OCTUBRE • 11 49 d. Chapinero reverdece. Desarrollo de renaturalización urbana, mantenimiento de arbolado y jardines urbanos, para integrar a grupos comunitarios con un enfoque interseccional y territorial, que promueva la agricultura urbana y peri-urbana agroecológica con el propósito de mejorar la sostenibilidad ambiental, la seguridad y soberanía alimentaria y la salud física y mental. e. Chapinero + consciente. Divulgación y sensibilización sobre consumo responsable, economía circular y separación en la fuente, con el objetivo de promover una cultura ciudadana de gestión de residuos y fortalecer a las organizaciones recicladoras locales, comunitarias, de propiedad horizontal, centros comerciales y actividades comerciales; mediante procesos de formación y concientización en áreas urbanas y rurales. Chapinero reconoce el reciclaje y la separación en la fuente como un componente del servicio público de aseo. f. Chapinero + transitable. Mejorar la infraestructura vial con construcciones y adecuaciones que promuevan la movilidad activa, para facilitar el tránsito mixto y la realización de actividades de concientización en colaboración con universidades, con el fin de fomentar espacios seguros y accesibles. g. Chapinero + alerta frente al riego y las emergencias. Implementar obras de ingeniería y adecuaciones paisajísticas para mitigar riesgos ambientales y antropogénicos, fortalecer la capacidad de respuesta ante desastres y promover la apropiación segura de los suelos de protección mediante la concientización y fortalecimiento del cuerpo de bomberos. h. Chapinero + vital y azul. Fortalecer o construir o mejorar la infraestructura de acueductos o redes de distribución hídrica o saneamiento básico, dotando de suministros para asegurar la calidad, continuidad y cobertura de estos servicios, y de esta manera incrementar la resiliencia de las comunidades rurales y mejorar su calidad de vida. i. Chapinero + infraestructura pública. Dotar, adecuar y mejorar las unidades operativas de servicios sociales de la Secretaría Distrital de Integración Social (SDIS), proporcionando elementos e infraestructura necesarios para la prestación eficiente de servicios sociales y potenciando las capacidades ciudadanas, en pro de un entorno seguro y saludable para toda la comunidad de Chapinero urbana y rural. Bajo la articulación interinstitucional y concertado con la comunidad. j. Chapinero + habitable. Este programa busca orientar recursos hacia la población que no tiene una vivienda en condiciones aceptables de habitabilidad, garantizando que los hogares accedan a reparaciones o mejoras locativas y así armonizar la habitabilidad de las comunidades de los cerros orientales de chapinero mediante acciones que optimicen las condiciones de la vivienda y que busquen reducir el impacto ambiental promoviendo una vida digna.
Artículo 43.
Programa 24. Revitalización y renovación urbana y rural con inclusión. Este programa se ejecutará por medio de planes de creación de espacios verdes, mantenimiento básico para la sostenibilidad de los árboles, recuperación de los jardines urbanos y zonas verdes, buscando mejorar la calidad del aire y las estructuras del suelo, beneficiando la salud de la comunidad en la localidad generando un impacto visual y paisajístico significativo en Chapinero. Además, promueve intervenciones de construcción, planes de mantenimiento y mejoramiento en la infraestructura de los parques de la localidad, con diseños adaptados a las necesidades y características de cada espacio.
22 Carrera 13 Nº 54-74 PISO 4 Torre B PBX 3486200 Ext. 1037 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 PP. 1-50 • 2024 • OCTUBRE • 11 50 De esta manera, se propiciarán espacios seguros para la comunidad, en óptimas condiciones de infraestructura y se fomentará el disfrute de los residentes. Para asegurar la prestación eficiente de los servicios esenciales para la ruralidad del sector, se realizará un mejoramiento en la infraestructura de los servicios públicos, incluyendo silvopastoriles y mecanización de bajo impacto para la agricultura sostenible. Un trabajo conjunto con comercios, la Policía Nacional y vigilancia privada facilitará una oferta 24 horas que dinamice la economía y el empleo en la localidad.
Artículo 44.
Metas e indicadores del programa.
CONCEPTO DE GASTO META Indicador Construcción, mantenimiento y dotación de parques de la red de m2 de Parques de la red de proximidad construidos y dotados. proximidad.
Construir 950 m2 de Parques de la red de proximidad (la construcción incluye su dotación).
Construcción, mantenimiento y dotación de parques de la red de proximidad.
Intervenir 6 Parques de la red de proximidad con acciones de mejoramiento, mantenimiento y/o dotación.
Número de Parques de la red de proximidad intervenidos en mejoramiento, mantenimiento y/o dotación.
Dotación de equipamientos culturales de escala local.
Intervenir 4 equipamientos culturales con acciones de construcción, adecuación y/o dotación.
No. de equipamientos culturales intervenidos con acciones de construcción, adecuación y/o dotación.
Artículo 45.
Programa 25. Aumento de la resiliencia climática y reducción de la vulnerabilidad. Este programa busca que la localidad sea resiliente a los efectos e impactos del cambio climático, por medio de la creación de entornos seguros y saludables para la comunidad, mejorando la infraestructura de los parques y espacios verdes de la localidad como también en las actividades de cultura ambiental que fortalezcan la cohesión social. Además, la gestión de riesgos, implementación de prácticas agrícolas sostenibles y agroecológicas, programas de educación sobre la gestión de residuos preparará a la comunidad ante posibles desastres y efectos del cambio climático. Con estas actividades se mejorará la calidad ambiental y se facilitará la disponibilidad de los servicios esenciales, fortaleciendo el ámbito social y ambiental de la localidad de Chapinero.
Artículo 46.
Metas e indicadores del programa.
23 Carrera 13 Nº 54-74 PISO 4 Torre B PBX 3486200 Ext. 1037 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 • PP. 1-51 • 2024 • OCTUBRE • 11 51 CONCEPTO DE GASTO META Indicador Implementar 4 procesos comunitarios de Número de procesos rurales Asistencia técnica agropecuaria y ambiental. educación ambiental que promueven la conservación de la biodiversidad y el agua con asistencia técnica agropecuaria y/o ambiental Número de m2 de jardinería convencional y biodiversa Reverdecimiento Urbano Mantener 1050 m2 de jardinería mantenidos Reverdecimiento Urbano Mantener 600 árboles en zona urbana Número de árboles mantenidos en zona urbana Reverdecimiento Urbano Intervenir 3.3 hectárea de conectores ecosistémicos Número de hectáreas de conectores ecosistémicos de la Estructura Ecológica Principal intervenidos Reverdecimiento Urbano Número de procesos comunitarios de educación Implementar 1 proceso comunitario de educación ambiental que promueven la conservación de la biodiversidad y el agua ambiental implementados Reverdecimiento Urbano Implementar 100 huertas urbanas Número de huertas urbanas implementadas Capacitar 4800 personas en separación en Personas capacitadas en separación en la fuente y la fuente y reciclaje.
Cambios de hábitos de consumo, separación en la fuente y reciclaje. reciclaje
Artículo 47.
Programa 26. Movilidad Sostenible. Este programa promueve la movilidad sostenible por medio de mejoras en la infraestructura del sistema de transporte, para que la comunidad transite, camine y procure el uso de medios de transporte que disminuyan las emisiones de gases de efecto invernadero, con el objetivo de mejorar la calidad del aire en la localidad. Se busca promover un transporte accesible para la comunidad, al promover, por ejemplo, el uso de la bicicleta como alternativa de movilidad.
Artículo 48.
Metas e indicadores del programa.
CONCEPTO DE GASTO META Indicador Diseño, construcción y conservación (mantenimiento y rehabilitación) de la malla vial local e intermedia urbana o Intervenir 5 Kilómetros-carril de malla vial urbana (local y/o intermedia) con acciones de construcción y/o conservación. rural.
Kilómetros-carril construidos y/o conservados de malla vial urbana (local y/o intermedia).
24 Carrera 13 Nº 54-74 PISO 4 Torre B PBX 3486200 Ext. 1037 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 PP. 1-52 • 2024 • OCTUBRE • 11 52 Diseño, construcción y conservación (mantenimiento y rehabilitación) de la malla vial local e intermedia urbana o Intervenir 2 Kilómetros-carril de malla vial rural con acciones de construcción y/o conservación.
Kilómetros-carril construidos y/o conservados de malla vial rural. rural.
Artículo 49.
Programa 27. Gestión del riesgo de desastres para un territorio seguro. Este programa busca fortalecer la capacidad de respuesta ante los desastres en la localidad por medio de servicios y funciones de emergencia. Se desarrollarán obras para reducir los riesgos. Se promueven las adecuaciones paisajísticas, geomorfológicas y ambientales para mitigar las amenazas ambientales y antropogénicas. Por medio de la implementación de vigías del riesgo se controlará la ocupación de los suelos de protección y se promoverá la apropiación de estos espacios como áreas públicas seguras. Este programa se convierte en uno de los pilares de respuesta a las necesidades manifestadas por la comunidad en los espacios participativos.
Artículo 50.
Metas e indicadores del programa.
CONCEPTO DE GASTO META Indicador Número de acciones efectivas para Manejo de emergencias y mitigación del riesgo de el fortalecimiento de las capacidades locales en torno a la Realizar 1 acciones efectivas para el fortalecimiento de las capacidades locales en torno a la gestión del riesgo. desastres. gestión del riesgo.
Realizar 2 obras de mitigación y/u obras Número de obras de mitigación y/u Manejo de emergencias y mitigación del riesgo de de mitigación existentes con obras de mitigación existentes con mantenimiento. desastres. mantenimiento.
Artículo 51.
Programa 29. Servicios públicos inclusivos y sostenibles. Este programa busca las intervenciones en infraestructura y dotación de suministros para mejorar la calidad y continuidad del servicio de acueducto o redes de distribución hídrica y alcantarillado o saneamiento básico. Con estas actividades se fortalece la resiliencia de las comunidades, al facilitar el acceso a servicios esenciales y promoción de prácticas sostenibles que propicien una mejora en la calidad ambiental y económica de la localidad de Chapinero.
Artículo 52.
Metas e indicadores del programa.
25 Carrera 13 Nº 54-74 PISO 4 Torre B PBX 3486200 Ext. 1037 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 • PP. 1-53 • 2024 • OCTUBRE • 11 53 CONCEPTO DE GASTO META Indicador Acueductos veredales y saneamiento básico.
Fortalecer 3 acueductos veredales con asistencia, intervenir técnica u organizativa.
Número de acueductos veredales asistidos o intervenidos técnica y organizacionalmente.
Artículo 53.
Programa 30. Atención del déficit social para un hábitat digno. Este programa busca garantizar un entorno seguro y saludable para NNAJ y personas mayores, mediante la dotación de elementos e infraestructura que facilite la prestación de servicios sociales de calidad, promoviendo la participación de la comunidad en la protección de los derechos y la creación de un entorno adecuado para el desarrollo de la localidad. Por medio de la mejora y dotación en la infraestructura y sus respectivos mantenimientos y la creación de espacios recreativos y deportivos inclusivos, se aseguran lugares seguros y accesibles para la comunidad. También, el fomento de actividades culturales y artísticas fortalece la adherencia social y sentido de pertenencia, por último, las prácticas agrícolas sostenibles y mejoramiento en los servicios públicos en áreas rurales aseguran el acceso equitativo de estos servicios a las comunidades. Estas acciones no solo van a asegurar la mejoría de la calidad de vida en la localidad, sino también el fortalecimiento en el ámbito social y ambiental de Chapinero, ofreciendo un hábitat digno y resiliente.
Artículo 54.
Metas e indicadores del programa.
CONCEPTO DE GASTO META Indicador Dotación, adecuación y mejoramiento a unidades operativas de servicios sociales de la SDIS.
Dotar y/o acondicionar 2 unidades operativas orientadas a la atención de la primera infancia (Jardines Infantiles, Casas de Pensamiento Intercultural, Modalidad Espacios Rurales, Crecemos en la Ruralidad, Creciendo Juntos, Centros Amar, Centros Forjar).
Unidades operativas orientadas a la atención de la primera infancia (Jardines Infantiles, Casas de Pensamiento Intercultural, Modalidad Espacios Rurales, Crecemos en la Ruralidad, Creciendo Juntos, Centros Amar) dotadas y/o acondicionadas.
Dotación, adecuación y mejoramiento a unidades operativas de servicios Dotar y/o acondicionar 1 unidad operativa orientada a la prestación de servicios para la persona mayor Unidades operativas orientadas a prestación de servicios sociales a la persona mayor dotadas y/o acondicionados. sociales de la SDIS.
Dotación, adecuación y mejoramiento a unidades operativas de servicios Unidades operativas orientadas a la atención de jóvenes (casas de la juventud, centros forjar) dotadas y/o acondicionadas. sociales de la SDIS.
Dotar y/o acondicionar 1 unidades operativas orientadas a la atención de jóvenes (casas de la juventud, centros forjar).
Artículo 55.
Programa 31. Acceso equitativo de vivienda urbana y rural. Este programa tiene como objetivo central velar por que los residentes de Chapinero, en áreas rurales, tengan acceso a viviendas dignas y asequibles. Se enfocará en la implementación de políticas y proyectos que promuevan la mejora de viviendas existentes, asegurando que los beneficios lleguen a las poblaciones más vulnerables. Paralelamente, el programa promoverá la inclusión social y la sostenibilidad ambiental en los proyectos de
26 Carrera 13 Nº 54-74 PISO 4 Torre B PBX 3486200 Ext. 1037 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 PP. 1-54 • 2024 • OCTUBRE • 11 54 vivienda, al integrar espacios verdes y comunitarios que favorezcan la convivencia y el bienestar de los residentes. Se impulsarán iniciativas de educación y capacitación en temas de construcción sostenible, ahorro energético y gestión de recursos, para empoderar a la comunidad en la creación y mantenimiento de sus viviendas. Además, se fomentará la participación de los ciudadanos en la planificación y desarrollo de proyectos habitacionales y se buscará que las soluciones de vivienda respondan a las necesidades y aspiraciones de la comunidad de Chapinero. Este objetivo se logrará mediante la mejora de viviendas de interés social rurales, proporcionando recursos y apoyo técnico para que estas viviendas cumplan con estándares de calidad y sostenibilidad. Se priorizarán proyectos que reduzcan la brecha habitacional entre las zonas urbanas y rurales, promoviendo una equidad en el acceso a una vivienda digna. A través de la colaboración con entidades gubernamentales, organizaciones no gubernamentales y la comunidad, se implementarán soluciones innovadoras que contribuyan al desarrollo integral y sostenible de la vivienda en Chapinero.
Artículo 56.
Metas e indicadores del programa.
CONCEPTO DE GASTO META Indicador Asignación del subsidio de Mejorar 17 viviendas de interés social rurales.
Viviendas de interés social rurales mejoradas. mejoramiento de vivienda.
Capítulo VI.
OBJETIVO ESTRATÉGICO “BOGOTÁ CONFÍA EN SU GOBIERNO”
Objetivos, estrategias, programas
Artículo 57.
Propósito del Objetivo. La localidad de Chapinero se proyecta como una localidad que construye la confianza de las y los ciudadanos en las instituciones públicas mediante una gobernanza transparente, eficiente y participativa. Este objetivo se centra en mejorar la relación entre el gobierno, las instituciones y la ciudadanía, al promover que las políticas y acciones gubernamentales respondan a las necesidades, solicitudes y expectativas de los habitantes de Bogotá.
Para lograrlo, se implementarán mecanismos de participación ciudadana, transparencia en la gestión pública y rendición de cuentas, promoviendo un gobierno cercano y accesible. Además, se buscará la eficiencia en la prestación de bienes y servicios; y la innovación en las prácticas gubernamentales, con el fin de generar un entorno proactivo de confianza y colaboración entre la comunidad y sus autoridades, fomentando un desarrollo sostenible e inclusivo en la localidad.
Artículo 58.
Estrategias. Las estrategias que serán desarrolladas para el logro del Objetivo Estratégico son:
27 Carrera 13 Nº 54-74 PISO 4 Torre B PBX 3486200 Ext. 1037 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 • PP. 1-55 • 2024 • OCTUBRE • 11 55 a. Chapinero + cercana. Se busca fortalecer el gobierno local mediante la apropiación de conocimientos, el desarrollo de capacidades y la promoción de actitudes idóneas, la armonización institucional para una buena prestación del servicio al ciudadano, que generen valor público. El objetivo es reconstruir la confianza ciudadana en lo público y alinear los servicios locales con las necesidades de los sectores poblacionales, barrios y veredas. b. Chapinero + organizada. Se enfoca en fortalecer institucionalmente a través de estrategias efectivas de inspección, vigilancia y control. El objetivo es garantizar el cumplimiento de normas promoviendo la transparencia y la confianza en la gestión pública. Se implementarán capacitaciones y herramientas tecnológicas para mejorar la eficiencia en la supervisión de actividades, asegurando la integridad y la calidad en la prestación de servicios. Además, se establecerán mecanismos de participación ciudadana para fomentar la corresponsabilidad y el monitoreo continuo, alineando las acciones del gobierno local con las necesidades, solicitudes y expectativas de la comunidad, logrando así un entorno más seguro y organizado. c. Chapinero + conectada y tecnológica. Se busca la operatividad de los Centros de Acceso Comunitario en zonas rurales y urbanas. El objetivo es facilitar la inclusión digital y el acceso a tecnologías avanzadas para todos los ciudadanos. Estos centros ofrecerán recursos tecnológicos, capacitación en competencias digitales y acceso a internet de alta velocidad. Se promoverá el uso de plataformas digitales para la gestión de trámites y servicios, mejorando la conectividad y la eficiencia en la comunicación con el gobierno local. d. Chapinero + participativa. Busca fomentar la participación incidente de las organizaciones sociales y las instancias de participación ciudadana. El objetivo es promover una ciudadanía activa y comprometida, facilitando espacios de diálogo y colaboración. Se implementarán programas de divulgación oportuna capacitación y desarrollo de habilidades y otras actividades para líderes comunitarios, así como la creación de plataformas digitales para la participación inclusiva y transparente. Con esta estrategia, se busca empoderar a la ciudadanía y mejorar la toma de decisiones colectivas, consolidando una democracia participativa y efectiva en Chapinero. e. Chapinero + democrática. El objetivo es capacitar a la ciudadanía a través de procesos de formación para la participación tanto virtual como presencial. La estrategia incluye programas educativos y talleres que desarrollarán habilidades en liderazgo, comunicación y gestión comunitaria. Se implementarán plataformas digitales interactivas y accesibles para facilitar el aprendizaje continuo y la participación de todos los ciudadanos. Además, se promoverán encuentros presenciales para fortalecer la cohesión social y el intercambio de ideas. f. Chapinero + comunitaria. Potencializar las organizaciones comunales mediante programas de capacitación, desarrollo de capacidades y otras actividades. La estrategia implica la creación de redes de colaboración entre las organizaciones y el gobierno local, facilitando el intercambio de conocimientos y experiencias. Se implementarán plataformas digitales para mejorar la comunicación y la coordinación de actividades. Con estas acciones, se busca empoderar a las organizaciones comunales, fomentando una comunidad más cohesionada, participativa y capaz de enfrentar conjuntamente los desafíos locales. g. Chapinero y su identidad Bogotana. Se centra en desarrollar acciones orientadas a la ciudadanía bajo la estrategia "Bogotaneidad". Reconoce y respeta que Bogotá es una ciudad con territorio urbano y rural, 28 Carrera 13 Nº 54-74 PISO 4 Torre B PBX 3486200 Ext. 1037 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 PP. 1-56 • 2024 • OCTUBRE • 11 56 diversa y enriquecida por identidades culturas de todo el país, estas acciones buscan resaltar y fortalecer las características identitarias de los rolos y cachacos: su acento, gusto por el frío, ritmo de vida, referencia a los cerros orientales y arraigo por eventos locales. Se promoverán el distrito creativo y actividades culturales que celebren estas tradiciones, campañas educativas sobre la historia y peculiaridades de Bogotá, festivales comunitarios y talleres participativos que refuercen el sentido de pertenencia y cohesión social en la localidad, así como campañas, acciones y actividades que minimicen la discriminación racial y racismo. h. Chapinero + étnico. Iniciativas diferenciales étnicas para comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales, Palenqueras, y los Pueblos Indígenas reconocidos por el distrito. Desarrollo del enfoque étnico diferencial permitiendo a los grupos étnicos presentes en la localidad soluciones a las problemáticas territoriales y promover la pervivencia, a través de la participación incidente de acuerdo con las prácticas ancestrales relacionadas a sus dinámicas propias, gobierno propio de acuerdo con la normatividad vigente, prácticas sociales, económicas y culturales, que promuevan la atención diferenciada en espacios físicos, conforme a sus usos, costumbres y lenguas propias.
Artículo 59 Programa 33. Fortalecimiento institucional para un Gobierno confiable. Este programa tiene como objetivo fortalecer el gobierno local mediante la apropiación de conocimientos, el desarrollo de capacidades y la promoción de actitudes idóneas, la armonización institucional para una buena prestación del servicio al ciudadano que generen valor público. Se busca reconstruir la confianza ciudadana en lo público y alinear los servicios locales con las necesidades de los ciudadanos en los sectores poblacionales, barrios y veredas de la localidad.
El eje central del programa será la formación en competencias para el liderazgo y la gestión local, fundamentadas en la integridad personal y profesional, la participación comunitaria, la equidad e inclusión, la eficacia de los colaboradores, el liderazgo y la planeación estratégica, la implementación de políticas públicas de calidad, la prestación de servicios, la gestión financiera y presupuestaria de manera transparente y clara, así como la gestión de recursos humanos y la comunicación.
El programa está diseñado para asegurar que se cumplan los resultados y compromisos adquiridos ante la ciudadanía, acercando la alcaldía a los ciudadanos mediante la prestación de servicios de calidad y una atención dignificante. Además, se entrega información clara y adecuada a través de canales de atención disponibles las 24 horas, facilitando el ejercicio de los derechos ciudadanos y garantizando una gestión pública local eficiente, transparente y confiable.
Artículo 60.
Metas e indicadores del programa.
29 Carrera 13 Nº 54-74 PISO 4 Torre B PBX 3486200 Ext. 1037 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 • PP. 1-57 • 2024 • OCTUBRE • 11 57 CONCEPTO DE GASTO META Indicador Fortalecimiento institucional. Realizar 4 estrategias de fortalecimiento institucional (una por vigencia).
Realizar 4 estrategias de fortalecimiento institucional (una por vigencia).
Inspección, vigilancia y control.
Realizar 4 estrategias de inspección, vigilancia y control (una por vigencia).
Estrategias de inspección, vigilancia y control realizada.
Artículo 61.
Programa 35. Bogotá Ciudad Inteligente. Este programa busca transformar a Chapinero en una localidad inteligente mediante acciones integrales que incluyen el uso estratégico de datos y tecnología para mejorar la calidad de vida de los ciudadanos, la competitividad y la eficiencia administrativa en la gestión local. Para ello, se avanzará en la operativización de centros de acceso comunitario urbano y rural que fortalezcan la infraestructura tecnológica en la localidad, priorizando la conectividad y las redes de comunicación de alta calidad. Este esfuerzo permitirá ampliar el acceso a Internet en toda la localidad, asegurando que tanto las zonas urbanas como las más vulnerables y rurales puedan beneficiarse de la digitalización. Además, se promoverá la educación tecnológica mediante la creación de programas de formación en habilidades digitales del siglo XXI. Estos programas estarán dirigidos tanto a la población en general y con enfoque diferencial, interseccional, territorial (urbano-rural) y poblacional (niños y niñas, mujeres, sector social LGBTIQ+, indígena, NARP, juventud, con discapacidad, persona mayor y campesinado), así como a los funcionarios públicos, con el objetivo de fortalecer la toma de decisiones basadas en datos y fomentar un gobierno abierto y participativo.
En la búsqueda de barrios y veredas inteligentes, se impulsará la digitalización y la apropiación de los canales virtuales para participación ciudadana, trámites en líneas y una comunicación más efectiva entre la ciudadanía y el gobierno local. Se fomentará el uso de tecnologías como la inteligencia artificial (IA) y la analítica de datos para incrementar la eficiencia, la toma de mejores decisiones e informadas y la innovación en la administración pública y el sector productivo. Finalmente, se promoverá un entorno digital seguro y una cultura de innovación mediante la capacitación continua en nuevas tecnologías, asegurando que tanto los funcionarios como los ciudadanos estén preparados para interactuar eficazmente en un entorno digital creciente. Esto consolidará a Chapinero como un modelo de localidad inteligente y sostenible.
Artículo 62.
Metas e indicadores del programa.
CONCEPTO DE GASTO META Indicador Servicios TIC´s generados Conectividad y redes de Operativizar 4 Centros de Acceso Comunitario en zonas rurales y/o apartadas y/o urbanas, con énfasis en Servicios TIC´s comunicación. en zonas rurales y/o apartadas y urbanas. generados.
30 Carrera 13 Nº 54-74 PISO 4 Torre B PBX 3486200 Ext. 1037 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 PP. 1-58 • 2024 • OCTUBRE • 11 58 Conectividad y redes de comunicación.
Procesos de formación y desarrollo de competencias digitales realizados en zonas rurales y/o apartadas y urbanas.
Operativizar 4 Centros de Acceso Comunitario en zonas rurales y/o apartadas y/o urbanas, con énfasis en procesos de formación y desarrollo de competencias digitales.
Artículo 63.
Programa 39. Camino hacia una democracia deliberativa con un gobierno cercano a la gente y con participación ciudadana. Este programa busca transformar la forma en que se relaciona el gobierno local y la ciudadanía y reconstruir la confianza ciudadana en lo público, promoviendo una democracia deliberativa y participativa, se enfoca principalmente en prestar servicios de calidad e incluyentes, respondiendo de manera efectiva a las expectativas y necesidades demandadas por la ciudadanía de Chapinero, garantizando la satisfacción en la interacción con el gobierno y la localidad A través de la corresponsabilidad ciudadana, se incentivará la búsqueda conjunta de acciones y soluciones a problemáticas recurrentes del día a día, mejorando así las condiciones de vida de todas y todos los habitantes.
El programa fortalecerá la atención a la ciudadanía, haciéndola más cercana, oportuna, digna y de calidad, asegurando la restauración de los derechos mediante la articulación de consensos y respuestas a los desafíos urbanos, respetando la diversidad. Se mejorará la prestación de servicios y trámites con canales de comunicación sólidos, talento humano capacitado y recursos tecnológicos avanzados.
Artículo 64.
Metas e indicadores del programa.
CONCEPTO DE GASTO META Indicador Fortalecimiento a organizaciones Fortalecer 60 Organizaciones sociales e Instancias de participación ciudadana.
Organizaciones sociales e Instancias de participación ciudadana fortalecidas. sociales y comunitarias y a instancias de participación.
Procesos de formación en capacidades democráticas para la participación ciudadana incidente.
Capacitar 5348 personas a través de procesos de formación para la participación de manera virtual y presencial.
Personas capacitadas a través de procesos de formación para la participación de manera virtual y presencial.
Fortalecimiento a organizaciones comunales.
Fortalecer 18 organizaciones comunales.
Organizaciones comunales fortalecidas.
Bogotaneidad Desarrollar 4 acciones orientadas a la ciudadanía, en el marco de la estrategia "Bogotaneidad".
Acciones desarrolladas, orientadas a la ciudadanía en el marco de la estrategia Bogotaneidad.
31 Carrera 13 Nº 54-74 PISO 4 Torre B PBX 3486200 Ext. 1037 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 • PP. 1-59 • 2024 • OCTUBRE • 11 59 Bogotaneidad Fortalecer 4 unidades de innovación pública y social a nivel local.
Unidades de innovación pública y social fortalecidas.
Iniciativas diferenciales étnicas Iniciativa de inversión local concertada e implementada con los pueblos indígenas. para comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales, Palenqueras, y los Pueblos Indígenas, Rrom o Gitano.
Concertar e implementar una 4 iniciativas de inversión local con los pueblos indígenas (aplica en todas las localidades con autoridades indígenas).
Iniciativas diferenciales étnicas para comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales, Palenqueras, y los Pueblos Iniciativa de inversión local concertada e implementada con las comunidades negras, afrocolombianas y palenqueras.
Indígenas, Rrom o Gitano.
Concertar e implementar una 4 iniciativas de inversión local con las comunidades negras, afrocolombianas y palenqueras (aplica en todas las localidades con autoridades NAP).
Iniciativas diferenciales étnicas para comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales, Palenqueras, y los Pueblos Iniciativa de inversión local concertada e implementada con las comunidades raizales.
Indígenas, Rrom o Gitano.
Concertar e implementar una 4 iniciativa de inversión local con las comunidades raizales (aplica en todas las localidades con autoridades raizales).
PARTE II PLAN DE INVERSIONES
Capítulo VII.
PLAN PLURIANUAL DE INVERSIONES
Artículo 65.
Estrategia financiera.
El Plan Plurianual de Inversiones del Plan de Desarrollo Local “Chapinero Camina Segura” se estima en un monto de $ 133.028.569.000 millones de pesos constantes de 2024. Se financiará con Transferencias de la Administración Central, Recursos de Capital e Ingresos Corrientes.
El Plan de inversiones se financiará en la Administración Local con Ingresos Corrientes, Transferencias y Recursos de Capital, entre los que se destacan las Multas, Venta de Activos Fijos, recaudo de fotocopias y otros ingresos no tributarios.
Artículo 66.
Plan plurianual de inversiones 2025-2028 por propósito del PDL.
A continuación, se presenta el presupuesto proyectado por la administración distrital para el plan plurianual de inversiones teniendo como base el recurso de la vigencia 2024 y su ajuste con el IPC.
32 Carrera 13 Nº 54-74 PISO 4 Torre B PBX 3486200 Ext. 1037 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 PP. 1-60 • 2024 • OCTUBRE • 11 60 RECURSOS Objetivos estratégicos 2025 2026 2027 2028 Total % Objetivo 1 ϭϭ͕ Ϭй Ψ ϯ͘ ϭϵϱ͘ Ϭϯϲ͘ ϰϮϳ Ψ ϱ͘ ϰϱϯ͘ ϱϲϱ͘ ϴϬϯ Ψ ϯ͘ ϭϮϲ͘ Ϭϲϰ͘ ϰϲϵ Ψ Ϯ͘ ϴϵϵ͘ ϵϰϳ͘ ϱϰϭ Ψ ϭϰ͘ ϲϳϰ͘ ϲϭϰ͘ ϮϰϬ Bogotá avanza en seguridad Objetivo 2 ϯϭ͕ ϳϰй Ψ ϭϬ͘ ϰϲϲ͘ ϲϵϴ͘ ϭϲϲ Ψ ϭϬ͘ ϱϭϰ͘ Ϭϵϵ͘ ϴϵϲ Ψ ϭϬ͘ ϳϲϱ͘ ϰϭϰ͘ ϴϳϴ Ψ ϭϬ͘ ϰϳϵ͘ ϴϵϭ͘ ϲϯϳ Ψ ϰϮ͘ ϮϮϲ͘ ϭϬϰ͘ ϱϳϳ Bogotá confía en su bien – estar Objetivo 3. ϭϰ͕ Ϯϵй Ψ ϱ͘ ϬϭϬ͘ ϴϮϲ͘ ϮϵϮ Ψ ϰ͘ ϯϳϭ͘ ϭϬϮ͘ ϭϯϱ Ψ ϰ͘ ϬϯϮ͘ ϳϳϲ͘ ϱϮϵ Ψ ϱ͘ ϱϵϴ͘ ϱϳϳ͘ ϯϳϯ Ψ ϭϵ͘ Ϭϭϯ͘ ϮϴϮ͘ ϯϮϴ Bogotá confía en su potencial Objetivo 4.
Ϯϱ͕ ϵϰй Ψ ϵ͘ Ϯϴϭ͘ Ϭϯϰ͘ ϬϮϰ Ψ ϲ͘ ϮϭϬ͘ ϮϬϴ͘ ϬϴϬ Ψ ϵ͘ ϱϱϴ͘ ϱϬϱ͘ ϲϴϯ Ψ ϵ͘ ϰϲϰ͘ ϭϵϬ͘ Ϯϳϱ Ψ ϯϰ͘ ϱϭϯ͘ ϵϯϴ͘ ϬϲϮ Bogotá ordena su territorio y avanza en su acción climática.
Objetivo 5. ϭϲ͕ ϵϵй Ψ ϱ͘ ϵϬϵ͘ ϵϲϯ͘ ϭϳϲ Ψ ϱ͘ ϱϲϯ͘ ϲϱϭ͘ ϳϮϬ Ψ ϱ͘ ϱϲϯ͘ ϱϬϳ͘ ϰϰϴ Ψ ϱ͘ ϱϲϯ͘ ϱϬϳ͘ ϰϰϴ Ψ ϮϮ͘ ϲϬϬ͘ ϲϮϵ͘ ϳϵϯ Bogotá confía en su gobierno Ψ ϯϯ͘ ϴϲϯ͘ ϱϱϴ͘ Ϭϴϱ Ψ ϯϮ͘ ϭϭϮ͘ ϲϮϳ͘ ϲϯϰ Ψ ϯϯ͘ Ϭϰϲ͘ Ϯϲϵ͘ ϬϬϳ Ψ ϯϰ͘ ϬϬϲ͘ ϭϭϰ͘ Ϯϳϰ TOTAL RECURSOS Ψ ϭϯϯ͘ ϬϮϴ͘ ϱϲϵ͘ ϬϬϬ ϭϬϬ͕ Ϭй Cifras en millones de pesos de 2024 33 Carrera 13 Nº 54-74 PISO 4 Torre B PBX 3486200 Ext. 1037 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 • PP. 1-61 • 2024 • OCTUBRE • 11 61 RECURSOS OBJETIVO 1 Objetivo 1 PBX 3486200 Ext. 1037 BOGOTÀ AVANZA EN SEGURIDAD 2025 2026 2027 2028 Total % 34 Carrera 13 Nº 54-74 PISO 4 Torre B BOGOTÁ AVANZA EN SEGURIDAD Programa 2. Cero tolerancia a las violencias contra las mujeres y violencias basadas en género. ciudadanía.
Fortalecer 20 iniciativas de seguridad y la organizaciones la gestión de la Implementar 19 convivencia con $ 217.859.760 $ 0 $ 196.073.784 $ 0 $ 413.933.544 0,31% participación de la de capacidades para diferenciales para la $ 0 $ 272.300.000 $ 0 $ 272.300.000 $ 544.600.000 0,41% promoción de la comunitarias a través promover acciones de $ 0 $ 265.693.215 $ 0 $ 265.693.215 $ 531.386.430 0,40% corresponsabilidad en convivencia ciudadana Programa 1. Diálogo social y cultura ciudadana para la convivencia pacífica y la recuperación de la confianza.
Subtotal $ 217.859.760 $ 537.993.215 $ 196.073.784 $ 537.993.215 $ 1.489.919.974 1,12% ciudadana. acciones formativas convivencia Implementar 20 Promoción de la convivencia Concepto de gasto Meta
Artículo 67.
Plan plurianual de inversiones 2025-2028 por programa y metas del PDL.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 PP. 1-62 • 2024 • OCTUBRE • 11 62 $ 2.320.000.000 1,74% $ 0 $ 247.191.941 0,19% $ 0 $ 217.191.941 0,16% $ 460.428.786 $ 1.862.399.967 1,40% $ 600.000.000 $ 1.500.000.000 1,13% $ 0 $ 0 $ 467.323.727 $ 300.000.000 $ 580.000.000 $ 580.000.000 $ 580.000.000 PBX 3486200 Ext. 1037 $ 0 $ 217.191.941 Programa 4. Servicios centrados en la justicia.
35 Carrera 13 Nº 54-74 PISO 4 Torre B $ 467.323.727 $ 467.323.727 $ 580.000.000 $ 300.000.000 $ 300.000.000 $ 247.191.941 $ 0 mujer. seguridad Intervenir 5 dotaciones a y/o dotación Suministrar 8 organismos de de abordaje de herramientas y prevención del fortalecimiento, feminicidio y la comunitarios con equipamientos de Fortalecer 1 actor violencia contra la para la justicia y la en acciones para la capacidades para la enfoque restaurativo enfoque restaurativo conflictividad escolar implementación de un operación, adecuación seguridad y acceso a la Fortalecer 1 programas justicia con acciones de para la convivencia con Vincular 2431 personas Subtotal $ 880.000.000 $ 880.000.000 $ 880.000.000 $ 1.180.000.000 $ 3.820.000.000 2,87% Subtotal $ 467.323.727 $ 467.323.727 $ 467.323.727 $ 460.428.786 $ 1.862.399.967 1,40% Programa 3. Desmantelamiento de estructuras criminales y delincuenciales con mejores capacidades y activos tecnológicos. mujeres.
Dotación, permitan el Prevención del feminicidio y las mantenimiento de equipamientos que seguridad y justicia. violencias contra las Acceso a la Justicia. fortalecimiento de la REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 • PP. 1-63 • 2024 • OCTUBRE • 11 63 $ 0 $ 387.191.941 0,29% $ 0 $ 89.250.000 0,07% $ 0 $ 196.191.941 0,15% $ 196.191.941 $ 196.191.941 0,15% $ 0 $ 0 $ 89.250.000 $ 387.191.941 PBX 3486200 Ext. 1037 $ 0 $ 0 $ 0 $ 0 $ 0 $ 196.191.941 $ 0 $ 0 36 Carrera 13 Nº 54-74 PISO 4 Torre B violencias gestión de Ciudadana gestionar la convivencia convivencia habilidades y prevención de y Convivencia Implementar 1 Beneficiar 250 ciudadanos con capacidades para conflictividades y constructivamente sistema de justicia conflictividades de pedagógicas para la manera integral en el Implementar 1 acción resolución efectiva de en la localidad, para la Nacional de Seguridad de justicia local para la apropiación del Código proyectos comunitarios Implementar 1 proyecto REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 PP. 1-64 • 2024 • OCTUBRE • 11 64 $ 0 $ 276.435.982 0,21% $ 0 $ 1.742.674.254 1,31% $ 0 $ 2.048.639.963 1,54% $ 525.333.600 $ 2.101.334.400 1,58% $ 0 $ 0 $ 580.891.418 $ 525.333.600 PBX 3486200 Ext. 1037 $ 0 $ 2.048.639.963 Programa 5. Espacio público seguro e inclusivo.
37 Carrera 13 Nº 54-74 PISO 4 Torre B $ 276.435.982 $ 0 $ 580.891.418 $ 580.891.418 $ 525.333.600 $ 525.333.600 público público. cuidado, el acciones de conservación.
Implementar 4 recuperación, el medio ambiente construcción y/o aprovechamiento sostenibilidad, el permitan el uso y comunitarios con mejoramiento y el la organización, la para el cuidado del disfrute del espacio embellecimiento, la enfoque restaurativo público peatonal con espacio público y del Ejecutar 2 programas del sistema de espacio y convivencia a través económico del espacio Intervenir 1145 metros de gestores locales que Realizar 6 acuerdo para cuadrados de elementos estrategias de seguridad Subtotal $ 523.627.923 $ 413.383.882 $ 476.441.941 $ 196.191.941 $ 1.609.645.687 1,21% conservación de Construcción y/o de espacio público. y aprovechamiento del espacio público torno a la seguridad Acuerdos para el uso Cultura ciudadana en elementos del sistema REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 • PP. 1-65 • 2024 • OCTUBRE • 11 65 $ 192.000.000 $ 768.000.000 0,58% $ 435.262.500 $ 1.741.050.000 1,31% $ 2.922.474.829 $ 11.689.899.316 8,79% $ 1.078.463.169 $ 4.313.852.676 3,24% $ 192.000.000 $ 435.262.500 $ 2.922.474.829 $ 1.078.463.169 $ 192.000.000 $ 192.000.000 $ 435.262.500 $ 435.262.500 Objetivo 2 $ 2.922.474.829 $ 2.922.474.829 $ 1.078.463.169 $ 1.078.463.169 PBX 3486200 Ext. 1037 Programa 8. Erradicación del hambre en Bogotá Programa 7. Bogotá, una ciudad con menos pobreza.
38 Carrera 13 Nº 54-74 PISO 4 Torre B BOGOTÁ CONFÍA EN SU BIEN – ESTAR Meta 2025 2026 2027 2028 Total % Atender 28000 personas con apoyos que contribuyan al ingreso con apoyo económico tipo C.
Beneficiar 160 jóvenes con transferencias condicionadas y acompañamiento psicosocial para la promoción al acceso y permanencia a oportunidades de formación y empleabilidad Habilitar 400 cupos para la atención de población en inseguridad alimentaria y nutricional del Distrito Capital, a través de comedores comunitarios. mínimo garantizado.
Subtotal $ 1.106.225.018 $ 3.154.864.981 $ 1.106.225.018 $ 525.333.600 $ 5.892.648.617 4,43% Concepto de gasto RECURSOS Otras Transferencias Monetarias Apoyo económico para Transferencias monetarias condicionadas para jóvenes Subtotal $ 4.192.937.998 $ 4.192.937.998 $ 4.192.937.998 $ 4.192.937.998 $ 16.771.751.992 12,61% Comedores Comunitarios persona mayor - tipo C Beneficiar 679 personas mayores Cifras en millones de pesos de 2024 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 PP. 1-66 • 2024 • OCTUBRE • 11 66 PBX 3486200 Ext. 1037 39 Carrera 13 Nº 54-74 PISO 4 Torre B Subtotal $ 435.262.500 $ 435.262.500 $ 435.262.500 $ 435.262.500 $ 1.741.050.000 1,31% REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 • PP. 1-67 • 2024 • OCTUBRE • 11 67 $ 239.140.000 $ 873.948.000 0,66% $ 329.680.000 $ 1.268.000.000 0,95% $ 147.784.000 $ 574.084.000 0,43% $ 317.600.000 $ 1.270.400.000 0,95% $ 287.840.000 $ 1.151.360.000 0,87% $ 422.561.337 $ 1.795.885.683 1,35% $ 221.748.000 $ 323.340.000 $ 147.784.000 $ 317.600.000 $ 287.840.000 $ 464.817.471 $ 217.400.000 $ 195.660.000 $ 301.150.000 $ 313.830.000 $ 136.416.000 $ 142.100.000 $ 317.600.000 $ 317.600.000 $ 287.840.000 $ 287.840.000 $ 464.817.471 $ 443.689.404 PBX 3486200 Ext. 1037 Programa 10. Salud Pública Integrada e Integral.
40 Carrera 13 Nº 54-74 PISO 4 Torre B Vincular 320 personas en acciones Vincular 201 personas con discapacidad, cuidadores y cuidadoras, en actividades complementarias en salud.
Vincular 400 personas a las acciones desarrolladas desde los dispositivos de base comunitaria en respuesta al consumo de SPA.
Beneficiar 101 personas con discapacidad a través de Dispositivos de Asistencia Personal - Ayudas Técnicas (no incluidas en los Planes de Beneficios).
Vincular 400 personas a las acciones y estrategias para promover la salud sexual y reproductiva consciente en los diferentes ciclos de vida complementarias en salud física, nutricional y oral Beneficiar 425 personas con acciones para la promoción y atención de la salud mental. salud física y nutricional a personas con discapacidad Acciones complementarias para personas con Acciones para la disminución de los factores de riesgo frente al consumo de sustancias psicoactivas.
Otorgamiento de Dispositivos de asistencia Personal - DAP - Salud sexual y reproductiva consciente en adolescentes y jóvenes Acciones complementarias en Acciones para la promoción y atención de la salud mental Subtotal $ 1.725.223.471 $ 1.700.719.404 $ 1.763.129.471 $ 1.744.605.337 $ 6.933.677.683 5,21% discapacidad y sus cuidadores REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 PP. 1-68 • 2024 • OCTUBRE • 11 68 $ 60.000.000 $ 180.000.000 0,14% $ 299.314.280 $ 1.197.257.120 0,90% $ 402.411.421 $ 1.609.645.684 1,21% $ 486.998.833 $ 1.849.097.102 1,39% $ 1.188.724.535 $ 4.655.999.912 3,50% $ 60.000.000 $ 299.314.280 $ 402.411.421 $ 461.525.048 $ 1.163.250.750 $ 60.000.000 $ 0 Programa 12. Bogotá cuida a su gente.
$ 299.314.280 $ 299.314.280 $ 402.411.421 $ 402.411.421 $ 442.045.095 $ 458.528.132 $ 1.143.770.796 $ 1.160.253.834 PBX 3486200 Ext. 1037 41 Carrera 13 Nº 54-74 PISO 4 Torre B Programa 13. Bogotá, un territorio de paz y reconciliación en donde todos puedan volver a empezar. a estrategias de cuidado.
Vincular 4000 personas en procesos para la prevención de violencias en el contexto familiar y/o violencia sexual Vincular 1234 mujeres para el ejercicio de derechos y el fortalecimiento de su autonomía económica Realizar 6 procesos pedagógicos, artísticos, culturales, formativos o para el fortalecimiento de iniciativas ciudadanas para la apropiación social de la memoria, verdad, reparación integral a víctimas, paz y reconciliación. personas cuidadoras Vincular 1780 mujeres cuidadoras Prevención y atención de violencia intrafamiliar y sexual para poblaciones en situaciones de riesgo y vulnerabilidad de derechos Estrategias de cuidado a Fortalecimiento de capacidades para el ejercicio de derechos y para la autonomía económica de las mujeres.
Subtotal Construcción de memoria, verdad, reparación, víctimas, paz y reconciliación.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 • PP. 1-69 • 2024 • OCTUBRE • 11 69 $ 0 $ 457.257.118 0,34% $ 97.888.800 $ 391.555.200 0,29% $ 219.817.141 $ 879.268.564 0,66% $ 279.817.141 $ 1.516.525.682 1,14% $ 100.000.000 $ 350.000.000 0,26% $ 97.888.800 $ 219.817.141 $ 228.628.559 $ 508.445.701 $ 100.000.000 $ 0 $ 228.628.559 $ 97.888.800 $ 97.888.800 $ 219.817.141 $ 219.817.141 $ 279.817.141 $ 448.445.701 $ 100.000.000 $ 50.000.000 PBX 3486200 Ext. 1037 42 Carrera 13 Nº 54-74 PISO 4 Torre B Programa 14. Bogotá deportiva, recreativa, artística, patrimonial e intercultural.
Otorgar 16 estímulos de apoyo al sector artístico y cultural.
Realizar 4 acciones de construcción de paz que contribuyan al tejido social, la integración local, la sostenibilidad económica y/o desarrollo territorial para la reconciliación.
Realizar 2 procesos de fortalecimiento de habilidades y capacidades de la población víctima del conflicto armado o excombatientes para promover su participación en los diferentes escenarios.
Beneficiar 7 colectivos u organizaciones recreo deportivas inscritas en el Banco que implementan iniciativas de carácter barrial con apoyos económicos Subtotal Iniciativas de interés cultural, artístico, patrimonial y de cultura ciudadana.
Recreación y deporte REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 PP. 1-70 • 2024 • OCTUBRE • 11 70 $ 200.000.000 $ 800.000.000 0,60% $ 906.431.407 $ 3.625.725.628 2,73% $ 140.000.000 $ 700.000.000 0,53% $ 162.498.279 $ 649.993.116 0,49% $ 573.747.419 $ 2.294.989.676 1,73% $ 122.370.921 $ 487.854.484 0,37% $ 2.180.565.905 $ 8.812.263.620 6,62% $ 200.000.000 $ 906.431.407 $ 210.000.000 $ 162.498.279 $ 573.747.419 $ 121.827.855 $ 2.250.565.905 $ 200.000.000 $ 200.000.000 $ 906.431.407 $ 906.431.407 $ 210.000.000 $ 140.000.000 $ 162.498.279 $ 162.498.279 $ 573.747.419 $ 573.747.419 $ 121.827.855 $ 121.827.855 $ 2.250.565.905 $ 2.130.565.905 PBX 3486200 Ext. 1037 43 Carrera 13 Nº 54-74 PISO 4 Torre B Beneficiar 4000 personas en actividades recreo-deportivas comunitarias.
Capacitar 3600 personas en los Realizar 10 eventos de promoción, circulación y apropiación de actividades artísticas, culturales y patrimoniales.
Beneficiar 32 organizaciones artísticas, culturales y patrimoniales con elementos entregados.
Capacitar 1540 personas en los campos artísticos, interculturales, culturales y/o patrimoniales. incluyendo los que está en condición de vulnerabilidad campos deportivos o recreativos Programa 15. Bogotá protege la vida animal.
0,00% Protección y bienestar animal Esterilizar 2695 perros y gatos Arte, cultura y patrimonio Subtotal REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 • PP. 1-71 • 2024 • OCTUBRE • 11 71 $ 2.384.855.7 60 $ 9.102.199.484 6,84 % 150.000.000 $ 350.000.000 0,26 % $ 335.869.800 $ 1.308.031.200 0,98% RECURSOS 2.186.117.780 $ 330.257.200 2025 2026 2027 2028 Total % $ 2.384.855.760 $ 2.146.370.184 $ $ 317.555.000 $ 324.349.200 Objetivo 3.
PBX 3486200 Ext. 1037 Meta 44 Carrera 13 Nº 54-74 PISO 4 Torre B desarrollo humano).
BOGOTÁ CONFÍA EN SU POTENCIAL universitario y educación para el trabajo y Dotar 7 sedes educativas urbanas y rurales con recursos pedagógicos y/o tecnológicos $ 100.000.000 $ 50.000.000 $ 50.000.000 $ técnico profesional, tecnólogo, profesional educación posmedia (niveles de formación Beneficiar 229 estudiantes en programas de Programa 16. Atención integral a la primera infancia y educación como eje del potencial humano.
Atender 4428 animales en los programas de brigadas médicas, urgencias veterinarias y adopciones distrito.
Concepto de gasto Apoyo para educación superior.
Dotación de equipamientos para instituciones educativas públicas del Subtotal $ 439.382.855 $ 446.177.055 $ 452.085.055 $ 458.240.721 $ 1.795.885.684 1,35% Cifras en millones de pesos de 2024 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 PP. 1-72 • 2024 • OCTUBRE • 11 72 $ 12.295.339.595 9,24 % $ 3.279.783.3 00 744.927.540 $ 2.843.140.111 2,14 % 474.474.421 $ 1.795.885.683 1,35 % 323.284.522 $ 1.223.862.834 0,92 % 797.758.943 $ 3.019.748.517 2,27 % 598.628.561 $ 1.197.257.122 0,90 % 651.839.988 $ 1.303.679.976 0,98 % 2.918.968.025 $ 744.927.540 $ 670.434.786 $ 682.850.245 $ $ 474.474.421 $ 372.462.420 $ 474.474.421 $ $ 323.284.522 $ 269.403.769 $ 307.890.021 $ PBX 3486200 Ext. 1037 empleo.
45 Carrera 13 Nº 54-74 PISO 4 Torre B Programa 19. Desarrollo empresarial, productividad y empleo. creativo. $ 0 $ 598.628.561 $ 0 $ en el sector rural. $ 651.839.988 $ 0 $ 0 $ desarrollo turístico desarrollo humano).
Programa 20. Promoción del emprendimiento formal, equitativo e incluyente. orientados al fortalecimiento de las capacidades y/o habilidades, técnicas y capacidades locales para la gestión y el sostenimiento para la permanencia en la Realizar 757 acciones para fortalecer las Beneficiar 229 estudiantes con apoyo de universitario y educación para el trabajo y educación posmedia (niveles de formación técnico profesional, tecnólogo, profesional fin de mejorar el acceso a oportunidades de Apoyar 159 MiPymes y/o emprendimientos a procesos productivos y de comercialización Vincular 54 hogares y/o unidades productivas blandas de las personas de la localidad, con el local. rural. creativo. Financiar 30 proyectos del sector cultural y Subtotal $ 3.229.783.300 $ 2.866.804.970 $ Subtotal $ 797.758.943 $ 641.866.189 $ 782.364.442 $ Desarrollo turístico local. empleabilidad - impulso al empleo Fortalecimiento de habilidades para la Sostenibilidad del ecosistema cultural y Extensión agropecuaria y productividad REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 • PP. 1-73 • 2024 • OCTUBRE • 11 73 1.521.035.1 30 $ 3.698.194.219 2,78 % 270.566.581 $ 1.197.257.121 0,90 % $ 0 $ 424.590.254 $ 0 $ 424.590.254 0,32% $ 585.692.759 $ 0 $ 585.692.759 $ 1.757.078.277 1,32% $ 0 Objetivo 4.
PBX 3486200 Ext. 1037 $ 585.692.759 46 Carrera 13 Nº 54-74 PISO 4 Torre B Programa 24. Revitalización y renovación urbana y rural con inclusión. actores de la economía informal para el fortalecimiento del tejido empresarial local. $ 331.444.062 $ 263.802.416 $ 331.444.062 $ Apoyar 177 MiPymes, emprendimientos y/o Meta 2025 2026 2027 2028 Total % red de proximidad con Intervenir 6 Parques de la acciones de mejoramiento, mantenimiento y/o dotación.
Construir 950 m2 de Parques de la red de proximidad (la construcción incluye su dotación).
BOGOTÁ ORDENA SU TERRITORIO Y AVANZA EN SU ACCIÓN CLIMÁTICA local Subtotal $ 983.284.050 $ 862.430.977 $ 331.444.062 $ proximidad. proximidad.
Construcción, Construcción, Concepto de gasto RECURSOS parques de la red de parques de la red de Fortalecimiento del tejido empresarial mantenimiento y dotación de mantenimiento y dotación de Cifras en millones de pesos de 2024 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 PP. 1-74 • 2024 • OCTUBRE • 11 74 $ 0 $ 181.454.546 $ 0 $ 181.454.546 0,14% $ 276.034.281 $ 276.034.281 $ 276.034.281 $ 1.104.137.124 0,83% $ 120.000.000 $ 120.000.000 $ 120.000.000 $ 480.000.000 0,36% $ 419.039.992 $ 419.039.992 $ 419.039.992 $ 1.676.159.968 1,26% $ 0 $ 276.034.281 $ 120.000.000 $ 419.039.992 PBX 3486200 Ext. 1037 47 Carrera 13 Nº 54-74 PISO 4 Torre B Programa 25. Aumento de la resiliencia climática y reducción de la vulnerabilidad. jardinería $ 182.000.000 $ 112.000.000 $ 112.000.000 $ 182.000.000 $ 588.000.000 0,44% Implementar 4 procesos culturales con acciones de construcción, adecuación y/o dotación (M2)
Mantener 600 árboles en Intervenir 3,3 hectáreas de conectores ecosistémicos $ 0 $ 182.155.331 $ 176.950.893 $ 213.381.959 $ 572.488.182 0,43% Implementar 1 proceso comunitario de educación ambiental que promueven la conservación de la biodiversidad y el agua Implementar 100 huertas comunitarios de educación ambiental que promueven la conservación de la biodiversidad y el agua Capacitar 4800 personas en separación en la fuente y reciclaje. urbanas $ 175.817.164 $ 175.817.164 $ 175.817.164 $ 175.817.164 $ 703.268.656 0,53% Intervenir 4 equipamientos zona urbana $ 112.000.000 $ 0 $ 112.000.000 $ 112.000.000 $ 336.000.000 0,25% proximidad.
Construcción, parques de la red de mantenimiento y dotación de Subtotal $ 861.727.040 $ 861.727.040 $ 700.624.535 $ 861.727.040 $ 3.285.805.655 2,47% Reverdecimiento Urbano Mantener 1050 m2 de Asistencia técnica agropecuaria y ambiental.
Cambios de hábitos de consumo, separación en la fuente y reciclaje.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 • PP. 1-75 • 2024 • OCTUBRE • 11 75 18.464.365.378 13,88% 16.415.000.000 12,34% $ 0 $ 1.024.682.689 $ 2.049.365.378 1,54% $ 0 $ 374.572.880 $ 374.572.880 0,28% $ 2.000.000.000 $ 0 $ 4.000.000.000 3,01% $ 1.297.262.595 $ 1.222.239.115 $ 4.537.371.354 3,41% $ 4.103.750.000 $ 4.924.500.000 $ $ 0 $ 0 $ 0 $ 1.009.012.487 $ 3.283.000.000 $ 0 Programa 26. Movilidad Sostenible.
$ 1.008.857.157 $ 4.103.750.000 $ 1.024.682.689 $ 2.000.000.000 PBX 3486200 Ext. 1037 Programa 29. Servicios públicos inclusivos y sostenibles.
48 Carrera 13 Nº 54-74 PISO 4 Torre B Programa 27. Gestión del riesgo de desastres para un territorio seguro.
Intervenir 5 Kilómetros- carril de malla vial urbana (local y/o intermedia) con acciones de construcción y/o conservación Intervenir 2 Kilómetros- carril de malla vial rural con acciones de construcción y/o conservación Realizar 1 acción efectivas para el fortalecimiento de las capacidades locales para la respuesta a emergencias y desastres.
Realizar 2 obras de mitigación y/u obras de mitigación existentes con mantenimiento mitigación del riesgo.
Manejo de emergencias y o rural. vial local e intermedia urbana Subtotal Diseño, construcción y conservación (mantenimiento y Subtotal $ 5.128.432.689 $ 3.283.000.000 $ 4.103.750.000 $ 5.949.182.689 $ Subtotal $ 2.000.000.000 $ 0 $ 2.000.000.000 $ 374.572.880 $ 4.374.572.880 3,29% rehabilitación) de la malla REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 PP. 1-76 • 2024 • OCTUBRE • 11 76 $ 0 $ 0 $ 196.217.139 0,15% $ 0 $ 196.217.139 $ 196.217.139 0,15% $ 860.251.413 $ 860.251.413 $ 2.580.754.239 1,94% $ 196.217.140 $ 0 $ 392.434.280 0,30% $ 196.217.140 $ 196.217.139 $ 784.868.558 0,59% $ 0 $ 0 $ 860.251.413 $ 196.217.140 $ 196.217.140 $ 0 $ 0 $ 0 $ 196.217.139 $ 196.217.139 PBX 3486200 Ext. 1037 49 Carrera 13 Nº 54-74 PISO 4 Torre B Programa 31. Acceso equitativo de vivienda urbana y rural Programa 30. Atención del déficit social para un hábitat digno.
Fortalecer 3 acueductos veredales con asistencia, intervenir técnica u organizativa Dotar y/o acondicionar 1 unidades operativas orientadas a la prestación de servicios a la persona mayor Dotar y/o acondicionar 1 unidades operativas orientadas a la atención de jóvenes (casas de la juventud, Dotar y/o acondicionar 2 unidades operativas orientadas a la atención de la primera infancia (Jardines Infantiles, Casas de Pensamiento Intercultural, Modalidad Espacios Rurales, Crecemos en la Ruralidad, Creciendo Juntos, Centros Amar, Centros Forjar) centros forjar)
Acueductos veredales y Subtotal $ 0 $ 860.251.413 $ 860.251.413 $ 860.251.413 $ 2.580.754.239 1,94% Dotación, adecuación y mejoramiento a unidades operativas de servicios sociales de la SDIS Subtotal saneamiento básico.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 • PP. 1-77 • 2024 • OCTUBRE • 11 77 17.068.088.432 12,83% $ $ 177.925.711 $ 711.702.844 0,53% $ 177.925.711 $ 711.702.844 0,53% 1.958.203.990 $ 7.832.815.958 5,89% 2.308.818.118 $ 9.235.272.474 6,94% 4.267.022.108 $ $ $ 177.925.711 $ 177.925.711 1.958.203.990 $ 2.308.818.118 4.267.022.108 $ $ $ 177.925.711 $ 177.925.711 1.958.203.990 $ 2.308.818.118 4.267.022.108 $ $ $ Objetivo 5.
PBX 3486200 Ext. 1037 $ 177.925.711 $ 177.925.711 2.308.818.118 4.267.022.108 $ 1.958.203.990 $ Programa 35. Bogotá Ciudad Inteligente.
50 Carrera 13 Nº 54-74 PISO 4 Torre B BOGOTÁ CONFÍA EN SU GOBIERNO Programa 33. Fortalecimiento institucional para un Gobierno confiable.
Meta 2025 2026 2027 2028 Total % Realizar 4 estrategias de inspección, vigilancia y control (una por vigencia).
Realizar 4 estrategias de fortalecimiento institucional (una por vigencia).
Operativizar 4 Centros de Acceso Comunitario en zonas rurales y/o apartadas y/o urbanas.
Operativizar 4 Centros de Acceso Comunitario en zonas rurales y/o apartadas y/o urbanas, con énfasis en Servicios TIC´s generados. interés social rurales. $ 85.800.000 $ 0 $ 400.400.000 $ 0 $ 486.200.000 0,37% Subtotal $ 85.800.000 $ 0 $ 400.400.000 $ 0 $ 486.200.000 0,37% comunicación.
Concepto de gasto RECURSOS Conectividad y redes de mejoramiento de vivienda Mejorar 17 viviendas de Asignación del subsidio de Inspección, vigilancia y control.
Fortalecimiento institucional.
Subtotal $ Cifras en millones de pesos de 2024 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 PP. 1-78 • 2024 • OCTUBRE • 11 78 $ 50.000.000 $ 200.000.000 0,15% $ 99.000.000 $ 396.000.000 0,30% $ 372.479.993 $ 1.489.919.972 1,12% $ 192.891.425 $ 771.565.700 0,58% $ 100.000.000 $ 400.000.000 0,30% $ 50.000.000 $ 50.000.000 $ 99.000.000 $ 99.000.000 $ 372.479.993 $ 372.479.993 $ 193.035.697 $ 192.891.425 $ 100.000.000 $ 100.000.000 PBX 3486200 Ext. 1037 $ 50.000.000 $ 99.000.000 $ 372.479.993 $ 192.747.153 $ 100.000.000 51 Carrera 13 Nº 54-74 PISO 4 Torre B Fortalecer 60 Organizaciones sociales e Instancias de participación ciudadana.
Capacitar 5348 personas a través de procesos de formación para la participación de manera virtual y presencial.
Desarrollar 4 acciones orientadas a la ciudadanía, en el marco de la estrategia "Bogotaneidad"
Fortalecer 4 unidades de innovación publica y social a nivel local cuatro (4) iniciativa de inversión local con las comunidades negras, afrocolombianas y palenqueras (aplica en todas las localidades con autoridades NAP)
Concertar e implementar Programa 39. Camino hacia una democracia deliberativa con un gobierno cercano a la gente y con participación ciudadana.
Bogotaneidad Subtotal $ 355.851.422 $ 355.851.422 $ 355.851.422 $ 355.851.422 $ 1.423.405.688 1,07% Fortalecimiento a organizaciones sociales y comunitarias y a instancias de participación.
Procesos de formación en capacidades democráticas para la participación ciudadana incidente Fortalecimiento a organizaciones comunales Fortalecer 18 organizaciones comunales. $ 346.600.000 $ 0 $ 0 $ 0 $ 346.600.000 0,26% Iniciativas diferenciales étnicas para comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales, Palenqueras, y los Gitano Pueblos Indígenas, Rrom o REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 • PP. 1-79 • 2024 • OCTUBRE • 11 79 0,08% 0,30% $ 27.000.000 $ 108.000.000 $ 99.000.000 $ 396.000.000 $ 27.000.000 $ 99.000.000 PBX 3486200 Ext. 1037 $ 27.000.000 $ 27.000.000 $ 99.000.000 $ 99.000.000 1.286.827.146 $ 940.515.690 $ 940.371.418 $ 940.371.418 $ 4.108.085.672 3,09% 52 Carrera 13 Nº 54-74 PISO 4 Torre B cuatro (4) iniciativa de inversión local con las comunidades raizales (aplica en todas las localidades con autoridades raizales)
Concertar e implementar cuatro (4) iniciativa de inversión local con los pueblos indígenas (aplica en todas las localidades con autoridades indígenas)
Concertar e implementar Iniciativas diferenciales étnicas para comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales, Palenqueras, y los Gitano Iniciativas diferenciales étnicas para comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales, Palenqueras, y los Gitano Subtotal $ Pueblos Indígenas, Rrom o Pueblos Indígenas, Rrom o Cifras en millones de pesos de 2024 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 PP. 1-80 • 2024 • OCTUBRE • 11 80
Artículo 68.
Mecanismos de coordinación interinstitucional previstos para la ejecución del plan.
La Alcaldía Local programará anualmente los recursos que contribuirán a la ejecución de los Proyectos Integrales de Proximidad, incluidos en el programa de ejecución del POT del Plan de Desarrollo Distrital, para lo cual deberán identificar los recursos a ejecutar en el Plan Operativo Anual de Inversiones, previo al proceso de aprobación de los anteproyectos de presupuesto.
Artículo 69.
Ejecución. La ejecución del plan de inversiones se realizará de acuerdo con lo establecido en el plan plurianual, en el evento que los ingresos proyectados no alcancen los niveles requeridos o se requiera realizar modificaciones al avance de los programas, las inversiones se ajustarán en los presupuestos anuales de acuerdo a la importancia estratégica de cada programa.
Artículo 70.
Anexos. Los siguientes documentos acompaña el Plan de Desarrollo Local de “CHAPINERO CAMINA SEGURA”:
a. El Documento Final de los Encuentros Ciudadanos. b. Matriz de consolidación de información de los Encuentros Ciudadanos. c. El acta de distribución presupuestal del componente de presupuestos participativos.
El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá D.C., a los Veintinueve (29) días del mes de agosto de dos mil veinticuatro (2024).
Ponentes:
FÉLIX ANDRÉS MILLÁN CHAUX Edil Partido Alianza Verde KATHERINNE GARAVITO CASTAÑEDA Edilesa Coalición Pacto Histórico 53 Carrera 13 Nº 54-74 PISO 4 Torre B PBX 3486200 Ext. 1037 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 • PP. 1-81 • 2024 • OCTUBRE • 11 81 JUAN NICOLÁS VELASCO ORJUELA Edil Partido Centro Democrático MARIAPAZ BUITRAGO ARISTIZÁBAL Secretaria (E) JAL Chapinero MARIAPAZ BUITRAGO ARISTIZÁBAL Presidenta Junta Administradora Local de Chapinero El presente Acuerdo Local es sancionado por la Alcaldesa Local de MEJIA GUZMAN ALEXANDRA Firmado digitalmente por MEJIA GUZMAN ALEXANDRA Fecha: 2024.10.09 17:25:10 -05'00' Chapinero a los nueve (9) días del mes de octubre del año 2024.
Alexandra Mejía Guzmán ALCALDESA LOCAL DE CHAPINERO 54 Carrera 13 Nº 54-74 PISO 4 Torre B PBX 3486200 Ext. 1037 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 PP. 1-82 • 2024 • OCTUBRE • 11 82 ACUERDO LOCAL N° 007 (1 de octubre de 2024)
“Por el cual se adiciona el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Vigencia Fiscal 2024 del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero”.
LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE CHAPINERO En uso de las atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Constitución Política de Colombia en su artículo 324; numeral 4 del artículo 69 del Decreto –Ley 1421 de 1993, modificado por el artículo 88 de la Ley 617 de 2000 y el Decreto 372 del 30 de agosto de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que, a 31 de diciembre de 2023, el Fondo de Desarrollo Local de Chapinero, cerro la vigencia fiscal con excedentes financieros por valor de $ 1.386.723.731.
Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS, mediante Circular 03 del 13 de junio de 2024, sesión No 07 y conforme a lo establecido en los artículos 37° y 38° del Decreto 372 de 2010 comunicó la decisión tomada, indicando que, del monto parcial de los excedentes financieros generados a 31 de diciembre de 2023, al Fondo de Desarrollo Local de Chapinero se le asignó una partida de $2.000.000.000 para activar servicios de circulación formación artística, cultural, recreativa y deportiva en las diferentes instalaciones del Centro Felicidad de Chapinero.
Que es necesario incorporar al presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2024, los recursos asignados por el CONFIS.
Que el 3 de julio de 2024, la Secretaría Distrital de Planeación, emitió el concepto favorable N° 2-2024-39455, sobre la modificación a la inversión – adición de excedentes financieros al presupuesto de Ingresos y Gastos de la Vigencia Fiscal 2024 del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero.
Que la Alcaldesa Local presentó para estudio y aprobación de la JAL el proyecto acuerdo para la adición de recursos al Presupuesto de Ingresos y Gastos.
Que es función de la Junta Administradora Local aprobar las modificaciones que aumentan las apropiaciones autorizadas inicialmente por la Junta Administradora Local o no previstas para un objeto de gasto.
Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,
ACUERDA:
Artículo 1º.
– Efectúese una adición al Presupuesto de Ingresos de la vigencia 2024 del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero, por valor de DOS MIL MILLONES DE PESOS MCTE. ($2.000.000.000), conforme al siguiente detalle:
1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 • PP. 1-83 • 2024 • OCTUBRE • 11 83 CÓDIGO NOMBRE VALOR O1 Ingresos 2.000.000.000 O12 Recursos de capital 2.000.000.000 TOTAL INGRESOS 2.000.000.000
Artículo 2º.
– Efectúese una adición en el Presupuesto de Gastos de Inversión de la vigencia 2024 del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero, por valor de DOS MIL MILLONES DE PESOS MCTE. ($2.000.000.000), conforme al siguiente detalle:
CÓDIGO CONCEPTO VALOR O2 Gastos 2.000.000.000 O23 Inversión 2.000.000.000 TOTAL GASTOS 2.000.000.000
Artículo 3º.
- Comunicación. Una vez expedido el presente Acuerdo, comuníquese inmediatamente a la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, para lo de su competencia.
Artículo 4º.
- El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de sanción y publicación y deroga cualquier acuerdo local que le sea contrario.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá D.C., al 1 día del mes de octubre de dos mil veinticuatro (2024).
Ediles Ponentes:
Edil Juan Nicolás Velasco Orjuela Partido Centro Democrático 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 PP. 1-84 • 2024 • OCTUBRE • 11 84 Edilesa Katherinne Garavito Castañeda Partido Pacto Histórico Edil Alfredo Althviz Ramírez Secretario Junta Administradora Local Mariapaz Buitrago Aristizábal Presidente Junta Administradora Local Sancionado en Bogotá D.C. a los ocho (08) días del mes de octubre del año 2024.
MEJIA GUZMAN ALEXANDRA Firmado digitalmente por MEJIA GUZMAN ALEXANDRA Fecha: 2024.10.08 22:45:31 -05'00' ALEXANDRA MEJÍA GUMÁN Alcaldesa Local de Chapinero 3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 • PP. 1-85 • 2024 • OCTUBRE • 11 85 DECRETOS LOCALES DE 2024 ALCALDÍA LOCAL DE CHAPINERO DECRETO LOCAL Nº 016 (3 de octubre de 2024)
“Por medio del cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Chapinero”.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 PP. 1-86 • 2024 • OCTUBRE • 11 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 • PP. 1-87 • 2024 • OCTUBRE • 11 87 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 PP. 1-88 • 2024 • OCTUBRE • 11 88 DECRETO LOCAL Nº 17 (9 de octubre de 2024)
“Por el cual se liquida la adición al presupuesto de la Vigencia Fiscal 2024 del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero, de conformidad con el Acuerdo Local N° 007 aprobado por la Junta Administradora Local de Chapinero el 1 de octubre de 2024”.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 • PP. 1-89 • 2024 • OCTUBRE • 11 89 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 PP. 1-90 • 2024 • OCTUBRE • 11 90 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 • PP. 1-91 • 2024 • OCTUBRE • 11 91 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 PP. 1-92 • 2024 • OCTUBRE • 11 92 ALCALDÍA LOCAL DE SUMAPAZ DECRETO LOCAL Nº 022 (8 de octubre de 2024)
“Por el cual se efectúa una modificación presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, para la vigencia fiscal 2024”.
EL ALCALDE LOCAL DE SUMAPAZ En uso de sus facultades constitucionales, legales y en especial las que le confiere el artículo 31 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, establece: cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, (…)
Que, según el MANUAL OPERATIVO PRESUPUESTAL DEL DISTRITO CAPITAL, en su numeral 4.1 Traslado Presupuestal se manifiesta que: “es la modificación al presupuesto que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales. Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado los efectúa el alcalde Local mediante Decreto, previo concepto favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto”.
Que de acuerdo con el parágrafo único del artículo 10° del Decreto No. 192 del 02 de junio de 2021, expedido por la Alcaldesa Mayor de Bogotá D.C. se modificó el procedimiento para los traslados presupuestales de las entidades que componen el Presupuesto Anual y los Fondos de Desarrollo Local, exceptuando el concepto previo y favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados al interior de cada uno de los rubros que componen, siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación al quinto nivel establecida en el Catálogo de Clasificación Presupuestal del Distrito.
Que con el trámite de esta modificación presupuestal, el Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, no aumenta la cuantía asignada inicialmente para Gastos de Funcionamiento, por valor de $2.756.378.000, los cuales fueron distribuidos en los rubros que se requerían para el adecuado funcionamiento de la alcaldía local, sin embargo, algunos de ellos con la cuota inicialmente asignada al Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, no eran suficientes para cubrir los gastos de la presente vigencia, como es el caso de los Servicios de Protección (Guardas de Seguridad), lo cual hace que lo proyectado en la vigencia anterior, no alcanza para cubrir los costos reales durante el año en curso.
Código: GDI - GPD – F034 Versión: 03 Vigencia: 16 de enero de 2020 Casa de la Cultura, Corregimiento de Betania Código Postal: 111711 Tel. 5557087 Información Línea 195 www.gobiernobogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 • PP. 1-93 • 2024 • OCTUBRE • 11 93 Continuación Decreto Número 022_Página 2 de 4 “Por el cual se efectúa una modificación presupuestal, en el presupuesto del FDRS, vigencia 2024”
Por tal razón, se requiere efectuar un traslado presupuesta al interior de estos rubros, sin afectar la programación ni la ejecución de estos, donde los contracréditos ascienden al valor de $68.048.559, de conformidad con las razones expresadas en la Justificación Técnica que se acompaña a este decreto.
Que en mérito de lo anterior expuesto
DECRETA:
Artículo primero.
Efectúese un contra crédito en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, para la Vigencia Fiscal 2024, por la suma de SESENTA Y OCHO MILLONES CUARENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE PESOS M/CTE ($68.048.559), de acuerdo con el siguiente detalle:
CONTRACRÉDITO Código Presupuestal Rubro Valor O2 GASTOS 68.048.559 O21 Funcionamiento 68.048.559 O212 Adquisición de bienes y servicios 68.048.559 O21202 Adquisiciones diferentes de activos 68.048.559 O2120201 Materiales y suministros 100.000 O2120201003 Otros bienes transportables (excepto productos metálicos, maquinaria y equipo 100.000 O212020100302 Pasta o pulpa, papel y productos de papel; impresos y artículos relacionados 100.000 O2120201003023212101 Papel periódico 100.000 O2120202 Adquisición de servicios 67.948.559 O2120202007 Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing 67.937.458 O212020200701 Servicios financieros y servicios conexos 56.877.458 O21202020070103 56.877.458 Servicios de seguros y pensiones (excepto los servicios de reaseguro y de seguridad social de afiliación obligatoria)
O2120202007010301 Servicios de seguros de vida (excepto los servicios de reaseguro) 2.222.535 O212020200701030102 Ediles 2.222.535 O21202020070103010271311 Servicios de seguros de vida individual ediles 2.222.535 O2120202007010305 Otros servicios de seguros distintos a los seguros de vida (excepto los servicios de reaseguro) 54.654.923 Código: GDI - GPD – F034 Versión: 03 Vigencia: 14 de enero de 2020 Alcaldía local de Sumapaz Casa de la Cultura, Vereda Betania Localidad Sumapaz Código Postal: 111711 Tel. 5557087 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 PP. 1-94 • 2024 • OCTUBRE • 11 94 Continuación Decreto Número 022_Página 3 de 4 “Por el cual se efectúa una modificación presupuestal, en el presupuesto del FDRS, vigencia 2024”
CONTRACRÉDITO Código Presupuestal Rubro Valor O212020200701030571351 Servicios de seguros de vehículos automotores 45.500.000 O212020200701030571359 Otros servicios de seguros distintos de los seguros de vida n.c.p. 9.154.923 O212020200702 Servicios inmobiliarios 1.060.000 O21202020070272252 Servicios de arrendamiento de bienes inmuebles no residenciales (vivienda) a comisión o por contrato 1.060.000 O212020200703 Servicios de arrendamiento o alquiler sin operario 10.000.000 O21202020070373390 Derechos de uso de productos de propiedad intelectual y otros productos similares 10.000.000 O2120202008 Servicios prestados a las empresas y servicios de producción 893.929 O212020200802 Servicios jurídicos y contables 11.101 O21202020080282130 Servicios de documentación y certificación jurídica 11.101 TOTAL, CONCREDITOS 68.048.559
Artículo segundo.
Efectúese un crédito en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz para la Vigencia Fiscal 2024, por la suma SESENTA Y OCHO MILLONES CUARENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE PESOS M/CTE ($68.048.559), de acuerdo con el siguiente detalle:
CRÉDITOS Código Presupuestal Rubro Valor O2 GASTOS 68.048.559 O21 Funcionamiento 68.048.559 O212 Adquisición de bienes y servicios 68.048.559 O21202 Adquisiciones diferentes de activos 68.048.559 O2120201 Materiales y suministros 100.000 O2120201003 Otros bienes transportables (excepto productos metálicos, maquinaria y equipo 100.000 O212020100305 Otros productos químicos; fibras artificiales (o fibras industriales hechas por el hombre) 100.000 O2120201003053511032 Cintas Especiales 100.000 Código: GDI - GPD – F034 Versión: 03 Vigencia: 14 de enero de 2020 Alcaldía local de Sumapaz Casa de la Cultura, Vereda Betania Localidad Sumapaz Código Postal: 111711 Tel. 5557087 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 • PP. 1-95 • 2024 • OCTUBRE • 11 95 Continuación Decreto Número 022_Página 4 de 4 “Por el cual se efectúa una modificación presupuestal, en el presupuesto del FDRS, vigencia 2024”
CRÉDITOS Código Presupuestal Rubro Valor O2120202 Adquisición de servicios 67.948.559 O2120202008 Servicios prestados a las empresas y servicios de producción 67.948.559 O212020200805 Servicios de soporte 67.948.559 O21202020080585250 Servicios de protección (guardas de seguridad) (CPC, División 84) 67.948.559 TOTAL, CRÉDITOS 68.048.559
Artículo tercero.
Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital de conformidad al artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.
Artículo cuarto.
Remitir el presente Decreto a la Dirección Distrital de Presupuesto - Secretaría Distrital de Hacienda para los trámites pertinentes.
Artículo quinto.
Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Dado en Bogotá D.C., a los ocho (8) días del mes de octubre de 2024.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE SEBASTIÁN SALDARRIAGA RIVERA Alcalde Local de Sumapaz Proyectó: Gema Ortega Trujillo - Prof. Esp. de Apoyo al Despacho Revisó: Naira Carolina Parra Beltrán -Prof. de apoyo a Presupuesto Aprobó: Jair Marcel Mahecha Garzón - Prof. Esp. de Apoyo al Despacho Código: GDI - GPD – F034 Alcaldía local de Sumapaz Casa de la Cultura, Vereda Betania Localidad Sumapaz Versión: 03 Vigencia: 14 de enero de 2020 Código Postal: 111711 Tel. 5557087 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8154 PP. 1-96 • 2024 • OCTUBRE • 11 96
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