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Registro Distrital 8127 de 2024

Registro Distrital 8127 de 2024 Nivel Distrital

Tipo
Registro Distrital
Número
8127
Año
2024
Fecha
12 de septiembre de 2024
Entidad
Nivel Distrital
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

5,5 ALCALDE MAYOR Carlos Fernando Galán Pachón ALCALDESA MAYOR Claudia Nayibe López Hernández REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • No. 8127 - Pp 1 - 105 - 2024 • SEPTIEMBRE • 12 CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Central ACUERDO DE 2024 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. - REGIÓN METROPOLITANA BO GOTÁ – CUNDINAMARCA - CONSEJO REGIONAL ACUERDO REGIONAL Nº 003 “Por medio del cual se concede autorización al Director de la Región Metropolita na Bogotá – Cundinamarca para contratar y para asumir compromisos con cargo a vigencias futuras ordinarias para la vigencia 2025”....................................... 4 RESOLUCIÓN Nº 214 ¨Por la cual se efectúa modificación del presupuesto de Ingresos, Rentas y Gas tos del Instituto Distrital de Turismo para la vigencia 2024¨............................ 47 RESOLUCIÓN Nº 217 ¨Por la cual se ordena la anulación parcial de la reserva presupuestal a fa vor de Jasbleidy Salas Guzmán identificado con cédula de ciudadanía No. 52.815.788”..................................................................................................... 51 RESOLUCIÓN Nº 218 “Por la cual se modifica el planteamiento y cronograma de un mecanismo del plan de acción de la política de prevención del daño antijurídico en el Instituto Distrital de Turismo con marco de acción 2024-2025, adoptada por medio de la Resolución 431 de 2023 de la Dirección General”.......................................... 56 ACUERDO REGIONAL Nº 004 “Por medio del cual se identifica y declara el hecho metropolitano ‘Gestión para la Seguridad Integral en la Región Metropolitana Bogotá Cundinamarca’, se adopta su ámbito geográfico y se dictan otras disposiciones”........................ 11 INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO - IDT CIRCULAR Nº 012.................................................................................... 61 ACUERDO REGIONAL Nº 005 “Por medio de la cual se crea el Consejo Regional de Seguridad y Convivencia Ciudadana y Justicia de la Región Metropolitana Bogotá-Cundinamarca”..... 14 Sector Local ACUERDO REGIONAL Nº 010 “Por medio del cual se fija procedimiento para formular y adoptar el Plan Estra tégico y de Ordenamiento de la Región Metropolitana –PERM y las acciones para su implementación, seguimiento, evaluación y revisión y se dictan otras disposiciones”................................................................................................. 22 ACUERDO LOCAL DE 2024 JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE ACUERDO LOCAL Nº 004 POR EL CUAL SE ADOPTA EL PLAN DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOCIAL, AMBIENTAL Y DE OBRAS PÚBLICAS PARA LA LOCALIDAD DE RAFAEL URIBE URIBE 2025-2028 “RAFAEL URIBE URIBE CAMINA SEGU RA”.......................................................................................................... 62 RESOLUCIONES DE 2024 SECRETARÍA DE HACIENDA RESOLUCIÓN Nº SDH-000236 “Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba”.................... 39 Sector Descentralizado DECRETO LOCAL DE 2024 ALCALDÍA LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE DECRETO LOCAL Nº 015 “Por el cual se sanciona el Acuerdo Local No. 004 – 2024 POR EL CUAL SE ADOPTA EL PLAN DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOCIAL, AMBIENTAL Y DE OBRAS PÚBLICAS PARA LA LOCALIDAD DE RAFAEL URIBE URIBE 2025-2028 “RAFAEL URIBE URIBE CAMINA SEGURA”............................ 104 INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO RESOLUCIÓN Nº 212 Por la cual se designa el Defensor de la Ciudadanía en el Instituto Distrital de Turismo - IDT.................................................................................................. 45 AÑO 58 AÑO 58 NÚMERO 8127 12 • SEPTIEMBRE • 2024 ALCALDESA MAYOR Claudia Nayibe López Hernández SECRETARÍA GENERAL ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL.

LA PUBLICACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS EN EL REGISTRO DISTRITAL SE REALIZA DE ACUERDO A LA LEY 1437 DEL 2011 EN SU ARTÍCULO 65 MODIFICADO POR LA LEY 2080 DE 2021 “POR LA CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO”.

CORREO: REGISTRODISTRITAL@ALCALDIABOGOTA.GOV.CO DIRECCIÓN: CALLE 11 SUR #1-60 ESTE - LA MARÍA - BOGOTÁ D.C.

TELÉFONO: 381 3000 EXT. 5010 - 5202 SUBDIRECTORA IMPRENTA DISTRITAL: MARCELA IRENE DE JESÚS GONZÁLEZ BONILLA ACUERDOS DE 2024 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. - REGIÓN METROPOLITANA BOGOTÁ – CUNDINAMARCA - CONSEJO REGIONAL ACUERDO REGIONAL Nº 003 (14 de agosto de 2024)

“Por medio del cual se concede autorización al Director de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca para contratar y para asumir compromisos con cargo a vigencias futuras ordinarias para la vigencia 2025”.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-4 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-5 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-6 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-7 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 7 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-8 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 8 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-9 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-10 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 10 ACUERDO REGIONAL Nº 004 (14 de agosto de 2024)

“Por medio del cual se identifica y declara el hecho metropolitano ‘Gestión para la Seguridad Integral en la Región Metropolitana Bogotá Cundinamarca’, se adopta su ámbito geográfico y se dictan otras disposiciones”.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-11 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 11 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-12 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-13 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 13 ACUERDO REGIONAL Nº 005 (14 de agosto de 2024)

“Por medio de la cual se crea el Consejo Regional de Seguridad y Convivencia Ciudadana y Justicia de la Región Metropolitana Bogotá-Cundinamarca”.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-14 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 14 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-15 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 15 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-16 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 16 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-17 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 17 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-18 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 18 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-19 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 19 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-20 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 20 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-21 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 21 ACUERDO REGIONAL Nº 010 (29 de agosto de 2024)

“Por medio del cual se fija procedimiento para formular y adoptar el Plan Estratégico y de Ordenamiento de la Región Metropolitana –PERM y las acciones para su implementación, seguimiento, evaluación y revisión y se dictan otras disposiciones”.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-22 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 22 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-23 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 23 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-24 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 24 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-25 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 25 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-26 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 26 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-27 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 27 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-28 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 28 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-29 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 29 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-30 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 30 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-31 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 31 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-32 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 32 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-33 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 33 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-34 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 34 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-35 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 35 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-36 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 36 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-37 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 37 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-38 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 38 RESOLUCIONES DE 2024 SECRETARÍA DE HACIENDA RESOLUCIÓN Nº SDH-000236 (9 de sptiembre de 2024)

“Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba”.

LA SECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA En uso de las facultades legales y en especial las conferidas por el numeral 4 del artículo 1 del Decreto 101 de 2004, artículo 4 del Decreto Distrital 601 de 2014 modificado por el artículo 1 del Decreto Distrital 364 de 2015, así como las disposiciones consagradas en la Ley 909 de 2004 modificada por la Ley 1960 de 2019, Decreto 1083 de 2015 modificado por el Decreto 648 de 2017 y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 125 de la Constitución Política, establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso a los cargos de carrera y ascenso en los mismos, se hará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la Ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes.

Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, establecen que los empleos de carrera en vacancia definitiva se proveerán en período de prueba con los seleccionados mediante el sistema de mérito.

Que de conformidad con el literal c) del artículo 11 de la Ley 909 de 2004 y el artículo 2.2.6.3 del Decreto 1083 de 2015, le corresponde a la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC - elaborar y suscribir las convocatorias a concurso, para el desempeño de empleos públicos de carrera administrativa.

Que mediante el Decreto Distrital 601 del 22 de diciembre de 2014, modificado por los Decretos Distritales 364 de 2015, 607 de 2017, 834 de 2018 y adicionado por el Decreto Distrital 839 de 2019 se estableció la nueva estructura de la entidad y mediante el Decreto Distrital 600 del 22 de diciembre de 2014, modificado por los Decretos Distritales 608 de 2017, 835 de 2018, 454 de 2021 y 281 de 2023 y 592 de 2023, se estableció la planta de cargos, producto del proceso de modernización llevado a cabo en la Secretaría Distrital de Hacienda.

Que en cumplimiento de las normas precitadas, la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC expidió el Acuerdo 002 de 2021, mediante el cual se convocó a concurso de méritos, en las modalidades de Ascenso y Abierto, para proveer los empleos en vacancia definitiva pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda - Proceso de Selección No. 1485 de 2020 - Distrito Capital 4.

Que con fundamento en los principios constitucionales de eficacia, celeridad y economía previstos en el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia y en el artículo 3° del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - Ley 1437 de 2011 y, superadas todas las etapas del proceso de selección para la provisión por mérito de los empleos que conforman la Convocatoria Distrito Capital 4, con base en los resultados totales del concurso y de acuerdo con lo establecido en REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-39 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 39 “Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba” el artículo 24 del referido Acuerdo 002 de 2021, le corresponde a la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, conformar en estricto orden de mérito las listas de elegibles de los empleos convocados.

Que la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC, expidió la Resolución No. 6376 del 10 de noviembre de 2021, "Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer doce (12) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado TECNICO OPERATIVO, Código 314, Grado 9, identificado con el Código OPEC No. 136956 en la modalidad abierto del Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de SECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA - SDH, Procesos de Selección 1462 a 1492 y 1546 de 2020 Convocatoria Distrito Capital 4", la cual quedó en firme el 29 de noviembre de 2021.

Que mediante Resolución No. SDH —000841 del 13 de diciembre de 2021, se realizaron los nombramientos de las señoras (es) SANDRA ELIZABETH PALACIOS FORERO, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.901.244, ocupó la primera (1) posición, NATALIA MARÍA GONZÁLEZ GUTIÉRREZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.018.406.697, ocupó la segunda (2) posición, DIANA ACOSTA MELO, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.024.466.901, ocupó la tercera (3) posición, TERESA GÓMEZ HERNÁNDEZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 63.332.567, ocupó la cuarta (4) posición, GLORIA ESPERANZA IBÁÑEZ SÁENZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.120.569.093, ocupó la quinta (5) posición, WILFREDO CASTANEDA RIVERA, identificado con cédula de ciudadanía No. 81.745.033, ocupó la sexta (6) posición, GINA PAOLA GUEVARA SUÁREZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.070.328.924, ocupó la séptima (7) posición, DIEGO ALFONSO DÍAZ GONZÁLEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 80.169.232, ocupó la octava (8) posición, KATHERYNE PERDOMO PUENTES, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.024.499.018, ocupó la novena (9) posición, KAREN JULIETH DUARTE HERNÁNDEZ, identificada con cédula de ciudadanía No.1.069.944.523, quien comparte la misma posición novena (9), VIVIANA NANCY GARCIA BAUTISTA, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.769.252, ocupó la décima (10) posición, y MARISOL CRUZ GÓMEZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.360.124 ocupó la undécima (11) posición de la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil CNSC, mediante Resolución No. 6376 del 10 de noviembre de 2021, para desempeñar el empleo de carrera administrativa denominado Técnico Operativo, Código 314, Grado 09, de la Oficina de Operación del Sistema de Gestión Documental, de la Dirección de Gestión Corporativa de la Secretaría Distrital de Hacienda.

Que mediante Resolución No. SDH-000103 del 4 de marzo de 2022, se derogó el nombramiento en período de prueba efectuado mediante Resolución No. SDH - 000841 del 13 de diciembre de 2021, a la señora KAREN JULIETH DUARTE HERNÁNDEZ, quien ocupó la novena (9) posición de la lista de elegibles.

Que mediante Resolución No. SDH-000104 del 4 de marzo de 2022, se derogó el nombramiento en período de prueba efectuado mediante Resolución No. SDH - 000841 del 13 de diciembre de 2021, al señor DIEGO ALFONSO DÍAZ GONZÁLEZ, quien ocupó la octava (8) posición de la lista de elegibles.

Que mediante Resolución No. SDH-000276 del 1 de agosto de 2022, se nombró en período de prueba al señor WILLIAM CALDERÓN MARTÍNEZ, en el empleo de Técnico Operativo, Código 314, Grado 9, REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-40 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 40 “Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba” de la Oficina de Operación del Sistema de Gestión Documental de la Dirección de Gestión Corporativa de la planta global de la Secretaría Distrital de Hacienda, quien ocupó la decimosegunda (12) posición de la lista de elegibles.

Que mediante Resolución No. SDH - 000499 del 16 de diciembre de 2022, se nombró en período de prueba a la señora NORMA CONSTANZA ALONSO MANCIPE, en el empleo de Técnico Operativo, Código 314, Grado 09, de la Oficina de Operación del Sistema de Gestión Documental de la Dirección de Gestión Corporativa, de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda, quien ocupó la décimo tercera (13) posición de la lista de elegibles, previo proceso de desempate con el señor FRED RAUL CAMACHO GRANADOS con quien compartía la misma posición décimo tercera (13).

Que el artículo 6 de la Ley 1960 de 2019, modificó el numeral 4 del artículo 31 de la Ley 909 de 2004 y señaló: “ 4. Con los resultados de las pruebas la Comisión Nacional del Servicio Civil o la entidad contratada por delegación de aquella elaborará en estricto orden de mérito la lista de elegibles que tendrá una vigencia de dos (2) años. Con esta y en estricto orden de méritos se cubrirán las vacantes para las cuales se efectuó el concurso y las vacantes definitivas de cargos equivalentes no convocados, que surjan con posterioridad a la convocatoria de concurso en la misma Entidad.”

Que la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, el 16 de enero de 2020 expidió el Criterio Unificado sobre el uso de listas de elegibles en contexto de la Ley 1960 de 2019 y fue complementado con el Criterio Unificado del 22 de septiembre de 2020, en el que estableció: “(…) En cumplimiento del artículo 6 de la Ley 1960 de 2019, las listas de elegibles producto de un proceso de selección se usarán para proveer vacantes definitivas de los “mismos empleos” o “empleos equivalentes”, en los casos previstos en la Ley”. (es decir las vacantes generadas por modificación de planta, o por las causales del artículo 41 de la Ley 909 de 2004). (…) Se entenderá por “mismos empleos”, los empleos con igual denominación, código, grado, asignación básica mensual, propósito, funciones, mismos requisitos de estudio y experiencia reportados en la OPEC, ubicación geográfica y mismo grupo de aspirantes; criterios con los que en el proceso de selección se identifica el empleo con un número de OPEC. Se entenderá por empleos equivalentes aquellos que pertenezcan al mismo nivel jerárquico, tengan grado salarial igual, posean el mismo requisito de experiencia, sean iguales o similares en cuanto al propósito principal o funciones, requisitos de estudios y competencias comportamentales y mismo grupo de referencia de los empleos de las listas de elegibles. (Negrilla fuera de texto).

Que, en cumplimiento al anterior criterio, mediante Resolución No. SDH-000472 del 12 de diciembre de 2023, se realizaron los nombramientos en periodo de prueba de las señoras (es) FRED RAUL CAMACHO GRANADOS, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.815.557, quien ocupó la décimo tercera (13) posición de empate, GLORIA AMPARO RIVERA PARADA, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.823.619, quien ocupó la décimo cuarta (14) posición, MAURICIO REYES BARÓN identificado con cédula de ciudadanía No. 91.508.728, quien ocupó la décimo quinta (15) posición y de MAURICIO DAVID KATIME BELEÑOS identificado con cédula de ciudadanía No. 1.082.901.122 quien ocupó la décimo sexta (16) posición de la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, a través de la Resolución No. 6376 del 10 de noviembre de 2021, para desempeñar el empleo de carrera administrativa de Técnico Operativo, Código 314, Grado 09, ubicados en la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Dirección Distrital de Impuestos REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-41 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 41 “Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba” de Bogotá, para las posiciones de la 13 a 15 y en la Oficina de Operación del Sistema de Gestión Documental de la Dirección de Gestión Corporativa de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda, para el elegible de la posición 16.

Que mediante Resolución No. STAHU-000038 del 12 de febrero de 2024, se declaró la vacancia definitiva del empleo de Técnico Operativo Código 314 Grado 09, de la Oficina de Operación del Sistema de Gestión Documental de la Dirección de Gestión Corporativa, de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda, del cual era titular la señora KATHERYNE PERDOMO PUENTES, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.024.499.018, quien ocupó la novena (9) posición de la lista de elegibles.

Que mediante Resolución No. SDH-000073 del 12 de marzo de 2024, se derogó los nombramientos en período de prueba efectuados mediante Resolución No. SDH – 000472 del 12 de diciembre de 2023, a los señores FRED RAUL CAMACHO GRANADOS y MAURICIO REYES BARÓN, quienes ocuparon la décimo tercera (13) y décimo quinta (15) posición de la lista de elegibles.

Que mediante Resolución No. SDH - 000126 del 29 de abril de 2024, se nombró en período de prueba a las señores (as) ELISEO DAVID CRISTANCHO RODRÍGUEZ identificado con cédula de ciudadanía Nro. 1.098.704.858, LEIDY PAOLA VELÁSQUEZ DUQUE identificada con cédula de ciudadanía Nro. 1.022.983.933 quienes comparten la décimo séptima (17) posición y, PAOLA IGNACIA CASTILLO ESCUDERO identificada con cédula de ciudadanía Nro. 52.917.373, quien ocupó la décimo octava (18) posición de la lista de elegibles, en el empleo de Técnico Operativo, Código 314, Grado 09, el primero ubicado en la Oficina de Operación del Sistema de Gestión Documental de la Dirección de Gestión Corporativa y los dos últimos en la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda Que mediante Resolución No. SDH-000175 del 27 de junio de 2024, se derogó el nombramiento en período de prueba efectuado mediante Resolución No. SDH – 000126 del 29 de abril de 2024, al señor ELISEO DAVID CRISTANCHO RODRÍGUEZ, quien ocupó la décimo séptima (17) posición en empate de la lista de elegibles.

Que la Subdirección del Talento Humano, reportó la novedad de la derogatoria del nombramiento del señor ELISEO DAVID CRISTANCHO RODRÍGUEZ realizada con Resolución No. SDH-000175 del 27 de junio de 2024, a través del Módulo Banco Nacional de Listas de Elegibles - BNLE portal SIMO 4.0, radicado bajo el No. 2024RE128507 del 28 de junio de 2024 y, se solicitó autorización para el uso de lista de elegibles de la OPEC 136956, para proveer la vacante.

Que la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC a través del módulo de reporte de novedades del Portal SIMO 4.0, con radicado bajo el No. 2024RE170995 del 29 de julio de 2024, aprobó el uso de listas de elegibles correspondiente, en los siguientes términos:

“(…) Una vez efectuado el respectivo análisis de viabilidad de uso de lista de elegibles, previo agotamiento de los tres (3) primeros órdenes de provisión de que trata el artículo 2.2.5.3.2 del Decreto REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-42 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 42 “Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba”

1083 de 2015, y haciendo uso del Módulo de reporte de novedades del Banco Nacional de Listas de Elegibles – BNLE del Portal SIMO 4.0:

“AUTORIZA A La SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - SDH el uso de la lista de elegibles para el(la) elegible JACQUELINE RAMOS CAMARGO identificado(a) con cédula de ciudadanía Nro. 52129427, quien ocupó la posición diecinueve (19) en el empleo identificado con el Código OPEC Nro. 136956, denominado TECNICO OPERATIVO, Código 314, Grado 9, con ocasión a la derogatoria del nombramiento en periodo de prueba del(la) elegible ELISEO DAVID CRISTANCHO RODRIGUEZ.”

Que la Subdirección del Talento Humano certifica en el presente acto administrativo, que se verificó el uso correcto de la lista de elegibles, de manera que se siga el orden de esta, siendo procedente nombrar a la elegible que ocupó la décimo novena (19) posición de la lista de elegibles.

Que la Subdirección del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Hacienda, realizó la revisión de la documentación de la señora JACQUELINE RAMOS CAMARGO identificada con cédula de ciudadanía Nro. 52.129.427 quien ocupó la décimo novena (19) posición de la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, mediante Resolución No. 6376 del 10 de noviembre de 2021, determinando que cumple con los requisitos establecidos en el Manual Especifico de Funciones y Competencias Laborales de la Entidad, para el empleo de Técnico Operativo, Código 314, Grado 09, ubicado en la Oficina de Operación del Sistema de Gestión Documental de la Dirección de Gestión Corporativa de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda; así mismo, se verificaron directamente los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, sin encontrarse anotación especial.

Que de acuerdo con lo anterior, es procedente nombrar a la señora JACQUELINE RAMOS CAMARGO, en periodo de prueba por el término de seis (6) meses en los referidos empleos. Finalizado el periodo de prueba, el jefe inmediato evaluará su desempeño y si el resultado de la evaluación del desempeño es satisfactorio en el ejercicio de sus funciones, la evaluada adquirirá los derechos de carrera y deberá ser inscrita en el Registro Público de la Carrera Administrativa, de lo contrario su nombramiento será declarado insubsistente, según lo señalado en el numeral 5 del artículo 31 de la Ley 909 de 2004, en concordancia con el artículo 2.2.6.25 del Decreto Nacional 1083 de 2015.

Que en mérito de lo expuesto:

RESUELVE:

Artículo 1º.

Nombrar en periodo de prueba a la señora JACQUELINE RAMOS CAMARGO identificada con cédula de ciudadanía Nro. 52.129.427 quien ocupó la décimo novena (19) posición de la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, mediante Resolución No. 6376 del 10 de noviembre de 2021 bajo la OPEC 136956, para desempeñar el empleo de carrera administrativa de Técnico Operativo, Código 314, Grado 09, de la Oficina de Operación del Sistema de Gestión Documental de la Dirección de Gestión Corporativa de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda, de acuerdo con la parte considerativa de la presente Resolución.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-43 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 43 “Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba”

Ana Maria Cadena Ruiz - 52698252 Firmado digitalmente por Ana Maria Cadena Ruiz - 52698252

Artículo 2°.

La señora JACQUELINE RAMOS CAMARGO, de conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, tendrá diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción de la comunicación del nombramiento, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días hábiles para tomar posesión del empleo, los cuales se contarán a partir de la aceptación del nombramiento.

Parágrafo. El nombramiento y posesión a que se refiere el artículo precedente se sujetará a lo
establecido en los artículos 2.2.5.1.4 y 2.2.5.1.8 del Decreto 1083 de 2015.

Artículo 3°.

El presente nombramiento cuenta con saldo de apropiación presupuestal suficiente, para respaldar las obligaciones por concepto de factores constitutivos de salarios y contribuciones inherentes a la nómina durante la vigencia fiscal en curso.

Artículo 4°.

Comunicar a la señora JACQUELINE RAMOS CAMARGO y, al Jefe de la Oficina de Operación del Sistema de Gestión Documental el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Hacienda.

Artículo 5°.

Publicar el presente acto administrativo en la página Web de la entidad y en el Registro Distrital.

Artículo 6°.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C., a los ANA MARÍA CADENA RUÍZ Secretaria Distrital de Hacienda Olga Liliana Sandoval Rodríguez – Subsecretaria General Olga Liliana Sandoval Firmado digitalmente por Olga Liliana Sandoval Aprobado por:

Diego Armando Chitiva Sánchez – Director de Gestión Corporativa DIEGO ARMANDO CHITIVA SÁNCHEZ Ingrid Marcela Barrera Correa - Subdirectora del Talento Humano Firmado digitalmente por Ingrid Marcela Barrera Correa Fecha: 2024.08.27 15:45:19 -05'00' Ingrid Marcela Barrera Correa Revisado por:

Tania Margarita López Llamas – Asesora Dirección de Gestión Corporativa Tania López Firmado digitalmente por Tania López Proyectado por: Adriana Idrovo Chacón - Contratista de la Subdirección del Talento Humano Adriana Idrovo Chacón Firmado digitalmente por Adriana Idrovo Chacón REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-44 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 44 INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO RESOLUCIÓN Nº 212 (25 de julio de 2024)

Por la cual se designa el Defensor de la Ciudadanía en el Instituto Distrital de Turismo - IDT.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-45 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 45 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-46 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 46 RESOLUCIÓN Nº 214 (8 de agosto de 2024)

¨Por la cual se efectúa modificación del presupuesto de Ingresos, Rentas y Gastos del Instituto Distrital de Turismo para la vigencia 2024¨.

EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el literal b) del artículo 5 del Acuerdo 275 de 2007 del Concejo de Bogotá D.C., el artículo 10 del Decreto Distrital 192 de 2021, el literal b) del artículo 18 del Acuerdo 001 de 2007, el artículo 1 del Acuerdo 006 de 2016 y los numerales 1 y 3 del artículo 6º del Acuerdo 7 de 2022 de la Junta Directiva, y

CONSIDERANDO:

Que, el Instituto Distrital de Turismo es un establecimiento público del orden Distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera, y patrimonio propio, adscrito a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico.

Que el artículo 10 del Decreto Distrital No. 192 de 2021 dispone que “Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos”.

Que, de conformidad con el literal b del Artículo 4 del Acuerdo Distrital 275 de 2007, es función de la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo “Aprobar los planes, programas, proyectos y presupuesto del Instituto, así como las modificaciones que se hagan a los mismos, de acuerdo con las disposiciones distritales vigentes sobre el tema y que sean de su competencia de acuerdo con su reglamento”.

Que, mediante Acuerdo 006 de fecha 01 de Septiembre de 2016, la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo autoriza al Director General para efectuar, a través de acto administrativo, los traslados presupuestales que se requieran para el presupuesto de funcionamiento, cuando éstos correspondan a valores inferiores o iguales a 202 S.M.M.L.V, es decir que para la vigencia 2024, la autorización es hasta DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS MIL Carrera 10 No 28 – 49 Edificio Centro Internacional Torre A – Piso 23 Código Postal 110311 Conmutador: (601) 2170711 ext. 1000 www.idt.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-47 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 47 214 08 de agosto de 2024 RESOLUCIÓN No. ____________ DE _____________ ¨Por la cual se efectúa modificación del presupuesto de Ingresos, Rentas y Gastos del Instituto Distrital de Turismo para la vigencia 2024 ¨ ($262.600.000) PESOS M/CTE., sin necesidad de adelantar el trámite de aprobación ante la Junta Directiva, previo cumplimiento de los requisitos dispuestos por la Secretaría Distrital de Hacienda.

Que, el Instituto Distrital de Turismo requiere tramitar un traslado presupuestal en gastos de funcionamiento para adicionar la caja menor de la vigencia 2024, con el fin de atender erogaciones que tengan el carácter de urgentes, imprescindibles, imprevistas o inaplazables, necesarias para la buena marcha de la Entidad Que, se identificaron los siguientes rubros que presentan déficit, igualmente los rubros que tienen mayores recursos en su apropiación, por tal motivo se hace necesario realizar el traslado con el propósito de cubrir las necesidades de caja menor:

CRÉDITO CÓDIGO NOMBRE CONTRA CRÉDITO 2.000.000 O2120201003033331101 Gasolina motor corriente 1.000.000 O2120202008078714102 Servicio de mantenimiento y reparación de vehículo 1.000.000 O2120201004024299991 Artículos n.c.p. de ferretería y cerrajería 500.000 O21202020060464114 Servicios de transporte terrestre especial local de pasajeros 1.000.000 O21202020080787130 Servicios de mantenimiento y reparación de computadores O21202020060767430 Servicios de parqueaderos 500.000 TOTAL 3.000.000 3.000.000 Que, de conformidad con el numeral 3 del Artículo 14 del Acuerdo 07 de 2022 expedido por la Junta Directiva del Instituto, se determinó la necesidad de efectuar una modificación al presupuesto de gastos de funcionamiento, consistente en un traslado presupuestal por valor de TRES MILLONES ($3.000.000) DE PESOS M. CTE. para adicionar la caja menor del IDT.

Que, el parágrafo del Artículo 10 del Decreto Distrital 192 de 2021 exceptúa del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda cuando se efectúen modificaciones en gastos de funcionamiento al interior de los siguientes rubros:

Carrera 10 No 28 – 49 Edificio Centro Internacional Torre A – Piso 23 Código Postal 110311 Conmutador: (601) 2170711 ext. 1000 www.idt.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-48 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 48 08 de agosto de 2024 214 RESOLUCIÓN No. ____________ DE _____________ ¨Por la cual se efectúa modificación del presupuesto de Ingresos, Rentas y Gastos del Instituto Distrital de Turismo para la vigencia 2024 ¨ “Parágrafo. Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan at mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales)”.

Que, la presente modificación presupuestal se realiza por valor de TRES MILLONES ($3.000.000) DE PESOS M. CTE. para adicionar la caja menor del IDT; por lo que no requiere concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda, en atención al citado parágrafo del artículo 10 del Decreto Distrital 192 de 2021.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1.

TRASLADO: Efectuar el siguiente traslado presupuestal de Gastos de Funcionamiento en el presupuesto del Instituto Distrital de Turismo, por la suma de TRES MILLONES ($3.000.000) DE PESOS M. CTE. entre los rubros presupuestales dispuestos en el catálogo de cuentas.

2.000.000 0221-01 INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO CONTRACRÉDITOS CÓDIGO NOMBRE VALOR O2120201003033331101 Gasolina motor corriente 1.000.000 O2120202008078714102 Servicio de mantenimiento y reparación de vehículo TOTAL CONTRACRÉDITOS 3.000.000 0221-01 INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO CRÉDITOS CÓDIGO NOMBRE VALOR O2120201004024299991 Artículos n.c.p. de ferretería y cerrajería 1.000.000 Carrera 10 No 28 – 49 Edificio Centro Internacional Torre A – Piso 23 Código Postal 110311 Conmutador: (601) 2170711 ext. 1000 www.idt.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-49 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 49 214 08 de agosto de 2024 RESOLUCIÓN No. ____________ DE _____________ ¨Por la cual se efectúa modificación del presupuesto de Ingresos, Rentas y Gastos del Instituto Distrital de Turismo para la vigencia 2024 ¨ 500.000 O21202020060464114 Servicios de transporte terrestre especial local de pasajeros 1.000.000 O21202020080787130 Servicios de mantenimiento y reparación de computadores O21202020060767430 Servicios de parqueaderos 500.000 TOTAL CRÉDITOS 3.000.000

Artículo 2.

REMISIÓN: Remítase copias de la presente Resolución a la Secretaría de Hacienda Distrital y demás oficinas competentes.

Artículo 3.

VIGENCIA: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

08 de Agosto de 2024 Dada en Bogotá D. C., a los ______________________________.

ANDRÉS SANTAMARIA GARRIDO Director General Nombres completos y apellidos Cargo, Dependencia Firma Proyectado por: Dumar Ernesto Carvajal Carrillo Profesional Especializado de Presupuesto SGC Proyectado por: Catalina Beatriz Galindo Charris Profesional Especializado de Bienes y Servicios, SGC Aprobado por: Danery Buitrago Gomez Subdirectora de Gestión Corporativa Revisado por: Tatiana López Rojas Asesora de Dirección Los arriba firmantes declaramos que hemos revisado el presente documento y lo encontramos ajustado a las normas y disposiciones legales. Así mismo, la información contenida en él, es precisa, correcta, veraz y completa, y por lo tanto, lo presentamos para firma del Director General del Instituto Distrital de Turismo.

Carrera 10 No 28 – 49 Edificio Centro Internacional Torre A – Piso 23 Código Postal 110311 Conmutador: (601) 2170711 ext. 1000 www.idt.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-50 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 50 RESOLUCIÓN Nº 217 (13 de agosto de 2024)

¨Por la cual se ordena la anulación parcial de la reserva presupuestal a favor de Jasbleidy Salas Guzmán identificado con cédula de ciudadanía No. 52.815.788”.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-51 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 51 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-52 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 52 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-53 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 53 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-54 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 54 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-55 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 55 RESOLUCIÓN Nº 218 (23 de agosto de 2024)

“Por la cual se modifica el planteamiento y cronograma de un mecanismo del plan de acción de la política de prevención del daño antijurídico en el Instituto Distrital de Turismo con marco de acción 2024-2025, adoptada por medio de la Resolución 431 de 2023 de la Dirección General”

EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO, En uso de sus facultades legales, en especial las que le confieren los artículos 117 y 120 de la Ley 2220 de 2022, así como el literal b) del artículo 5º del Acuerdo No. 275 de 2007 del Concejo de Bogotá, D.C. y del artículo 18 del Acuerdo No. 01 de 2007 de la Junta Directiva, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de Colombia, en su artículo 90, señala que el Estado responde patrimonialmente por los daños antijurídicos que le sean imputables, causados por la acción o la omisión de las autoridades públicas; y el artículo 209 establece que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y debe desarrollarse con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad.

Que, mediante la Ley 2220 de 2022, se expidió el Estatuto de Conciliación y en su Capítulo III del Título V se reguló lo correspondiente a los comités de conciliación de las entidades públicas.

Que en el artículo 115 de la Ley 2220 de 2022 se indicó que las normas sobre comités de conciliación son de obligatorio cumplimiento; en el artículo 117 de esta misma codificación se definió al Comité de Conciliación como una instancia administrativa que actúa como sede de estudio, análisis y formulación de políticas de prevención del daño antijurídico y defensa de los intereses de la respectiva entidad, y en el numeral 1º del artículo 120 se fijó como función de este cuerpo colegiado la formulación y ejecución de políticas de prevención del daño antijurídico.

Que las anteriores definiciones fueron acogidas en la Resolución No. 136 del 3 de marzo de 2023 de la Dirección General del Instituto Distrital de Turismo, por medio de la cual se modificaron las disposiciones sobre conformación, funcionamiento y reglamento interno del Comité de Conciliación.

Carrera 10 No 28 – 49 Edificio Centro Internacional Torre A – Piso 23 Código Postal 110311 Conmutador: (601) 2170711 ext. 1000 www.idt.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-56 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 56 RESOLUCIÓN No. ____________ DE _____________ 23 de agosto de 2024 218 “Por la cual se modifica el planteamiento y cronograma de un mecanismo del plan de acción de la política de prevención del daño antijurídico en el Instituto Distrital de Turismo con marco de acción 2024-2025, adoptada por medio de la Resolución 431 de 2023 de la Dirección General”

Que, por lo tanto, le corresponde al Comité de Conciliación del Instituto Distrital de Turismo el cumplimiento de la función de formular y ejecutar políticas de prevención del daño antijurídico, así como la aprobación de la modificación y ajuste de estas, según el seguimiento a su avance.

Que, mediante la Directiva 25 del 25 de diciembre de 2018, la Secretaría Jurídica Distrital presentó los lineamientos metodológicos para la formulación y adopción de las políticas de prevención del daño antijurídico como un instrumento para la gestión de la política en los Comités de Conciliación de los organismos y entidades distritales.

Que en dicha Directiva 25 de la Secretaría Jurídica Distrital se previó que el Comité de Conciliación puede ajustar o modificar la política de prevención del daño antijurídico y el plan de acción correspondiente, de ser necesario, con base en los resultados de seguimiento y evaluación.

Que los lineamientos metodológicos planteados por la Secretaría Jurídica Distrital y los regulados por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado han sido acogidos por el Comité de Conciliación del Instituto Distrital de Turismo, a través del Manual de Prevención del Daño Antijurídico (JC-M06).

Que, en sesiones del 22 de noviembre y 20 de diciembre de 2023, por medio de Actas No. 22 y 24, el Comité de Conciliación del Instituto Distrital de Turismo aprobó la política de prevención del daño antijurídico propuesta por el Grupo Interdisciplinario, con marco de acción en el 2024 y 2025, con el objetivo de disminuir los hechos generadores de daño antijurídico, a partir de la indagación sobre las deficiencias observadas en la entidad que han generado litigiosidad en su contra o dado lugar a los niveles de riesgo identificados, por lo que se delimitaron actividades para realizar durante los años 2024 y 2025.

Que, mediante la Resolución 431 del 21 de diciembre de 2023, la Dirección General del Instituto adoptó la política de prevención del daño antijurídico en la entidad con marco de acción para el 2024 y 2025, acogiendo la propuesta aprobada por el Comité de Conciliación, en sesiones del 22 de noviembre y 20 de diciembre de 2023.

Carrera 10 No 28 – 49 Edificio Centro Internacional Torre A – Piso 23 Código Postal 110311 Conmutador: (601) 2170711 ext. 1000 www.idt.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-57 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 57 RESOLUCIÓN No. ____________ DE _____________ 23 de agosto de 2024 218 “Por la cual se modifica el planteamiento y cronograma de un mecanismo del plan de acción de la política de prevención del daño antijurídico en el Instituto Distrital de Turismo con marco de acción 2024-2025, adoptada por medio de la Resolución 431 de 2023 de la Dirección General”

Que, a través de la Resolución 206 del 3 de julio de 2024, la Dirección General del Instituto modificó el cronograma de cinco mecanismos del plan de acción, en atención a la realización de un diagnóstico que resultaba fundamental para ejecutar dichas actividades, así como para hacer frente a las coyunturas particulares que presentaron dos de las dependencias responsables en liderar estas actividades.

Que, en la sesión del 14 de agosto de 2024, que consta en Acta No. 15, el Comité de Conciliación discutió y aprobó la modificación del planteamiento y cronograma de uno de los mecanismos del plan de acción, en atención a que el Instituto Distrital de Turismo cuenta con el módulo CORDIS para la gestión de correspondencia, que incluye una funcionalidad de semaforización respecto de las peticiones, quejas, reclamos, sugerencias y denuncias (PQRSD) que llegan a la entidad, lo que hace innecesaria la adquisición de una herramienta tecnológica adicional; lo que implica que el planteamiento del mecanismo esté dirigido a desarrollar un proceso de apropiación de la tecnología existente (sistema CORDIS), que permita el registro y la trazabilidad del ciclo de vida del documento desde su recepción hasta su cierre, a través de jornadas que se realizarán entre agosto y diciembre de 2024.

Que el Comité de Conciliación consideró que se encuentra justificado el cambio en el planteamiento y cronograma de ese mecanismo, de acuerdo con el informe presentado por la secretaría técnica y la justificación presentada por las áreas a cargo.

Que, en virtud de lo anterior, es pertinente modificar el planteamiento y cronograma de ese mecanismo en el plan de acción de la política de prevención del daño antijurídico, lo que se considera una modificación parcial.

Que, conforme al Manual de prevención del daño antijurídico del Instituto, será necesario que, por intermedio de la secretaría técnica del Comité de Conciliación, se solicite a las áreas correspondientes la implementación del mecanismo ajustado, para que esté dentro de la planeación operativa anual y estratégica de la entidad.

Que acogiendo la Directiva 25 de 2018 de la Secretaría Jurídica Distrital y el Manual mencionado, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la modificación parcial de la Carrera 10 No 28 – 49 Edificio Centro Internacional Torre A – Piso 23 Código Postal 110311 Conmutador: (601) 2170711 ext. 1000 www.idt.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-58 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 58 RESOLUCIÓN No. ____________ DE _____________ 23 de agosto de 2024 218 “Por la cual se modifica el planteamiento y cronograma de un mecanismo del plan de acción de la política de prevención del daño antijurídico en el Instituto Distrital de Turismo con marco de acción 2024-2025, adoptada por medio de la Resolución 431 de 2023 de la Dirección General” política, la secretaría técnica del Comité de Conciliación debe informar y remitirla para conocimiento de la Dirección Distrital de Gestión Judicial de la Secretaría Jurídica Distrital.

Que en mérito de lo anterior,

RESUELVE:

Artículo 1.

Objeto. Modificar el planteamiento y cronograma de un mecanismo del plan de acción de la política de prevención del daño antijurídico del Instituto Distrital de Turismo, adoptada por medio de la Resolución 431 de 2023 de la Dirección General, conforme a lo aprobado por el Comité de Conciliación en sesión del 14 de agosto de 2024.

Artículo 2.

Seguimiento y evaluación. El Comité de Conciliación del Instituto Distrital de Turismo continuará realizando el seguimiento al impacto de la presente política, según informes presentados por las áreas a cargo de su implementación, conforme a lo establecido en el documento de política, esto es, en el plan de acción y en los indicadores definidos para este. De igual forma, el Comité seguirá evaluando si la política formulada y adoptada ha funcionado y se ha podido implementar.

Artículo 3.

Confidencialidad. La política de prevención del daño antijurídico del Instituto Distrital de Turismo, como documento anexo a esta resolución, se debe mantener con confidencialidad. En ese sentido, hará parte del sigilo y secreto profesional de quienes tengan acceso a ella.

Artículo 4.

Implementación. Por intermedio de la secretaría técnica del Comité de Conciliación, informar a las áreas involucradas con esta modificación parcial acerca de los ajustes realizados al plan de acción de la política de prevención del daño antijurídico.

Artículo 5.

Publicación de esta resolución. Por intermedio de la Oficina Jurídica, solicitar la publicación de la presente resolución, a través de la página web, Registro Distrital y el Régimen Legal de Bogotá.

Carrera 10 No 28 – 49 Edificio Centro Internacional Torre A – Piso 23 Código Postal 110311 Conmutador: (601) 2170711 ext. 1000 www.idt.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-59 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 59 RESOLUCIÓN No. ____________ DE _____________ 218 “Por la cual se modifica el planteamiento y cronograma de un mecanismo del plan de acción de la política de prevención del daño antijurídico en el Instituto Distrital de Turismo con marco de acción 2024-2025, adoptada por medio de la Resolución 431 de 2023 de la Dirección General”

Artículo 6.

Informe y remisión de la política de prevención del daño antijurídico modificada. Por intermedio de la secretaría técnica del Comité de Conciliación, informar y remitir la política de prevención del daño antijurídico modificada a la Dirección Distrital de Gestión Judicial de la Secretaría Jurídica Distrital.

Artículo 7.

Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE, Dada en Bogotá D. C., a los veintitres (23) días de agosto de 2024.

ANDRÉS SANTAMARÍA GARRIDO Director General INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO Nombres completos y apellidos Cargo, Dependencia Firma Proyectado por:

Damaris Lagos Duarte Profesional Especializado, Oficina Jurídica Revisado por: Juan Camilo Ortiz Zabala Jefe Oficina Jurídica Aprobado para firma por: Tatiana López Rojas Asesora Dirección General Los arriba firmantes declaramos que hemos revisado el presente documento y lo encontramos ajustado a las normas y disposiciones legales. Así mismo, la información contenida en él, es precisa, correcta, veraz y completa, y por lo tanto, lo presentamos para firma del Director General del Instituto Distrital de Turismo.

Carrera 10 No 28 – 49 Edificio Centro Internacional Torre A – Piso 23 Código Postal 110311 Conmutador: (601) 2170711 ext. 1000 www.idt.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-60 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 60 CIRCULAR DE 2024 INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO - IDT CIRCULAR Nº 012 (1 de agosto de 2024)

40000 PARA: Personal de planta del Instituto Distrital de Turismo – IDT DE: Subdirectora de Gestión Corporativa ASUNTO: Directrices en relación con la fiesta distrital del 6 de agosto por la Fundación de Bogotá D.C.

Con un cordial saludo, me refiero a la Circular 008 de 2024 proferida por la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la cual se impartieron directrices en relación con el disfrute de la fiesta distrital del 6 de agosto, señalando que con ocasión de esta declaratoria, mediante el Decreto Distrital 346 de 2007 se dispuso que no habrá actividades laborales en las entidades y organismos del Distrito Capital.

Señala adicionalmente la circular, que se exceptúan de la medida “las entidades que por su naturaleza y misión tengan como objetivo la prestación de servicios que demanden atención inaplazable a los habitantes de la ciudad” e indicó que “de conformidad con el Decreto 101 de 2004 los Jefes de las Entidades Distritales definirán los turnos laborales que permitan garantizar el servicio público a que se ha hecho alusión”.

En consecuencia, los jefes inmediatos deberán garantizar la no afectación en la prestación del servicio que no deba suspenderse y deberán efectuar las coordinaciones pertinentes y, los(as) servidores(as) que laboren el día 6 de agosto, tendrán derecho a una compensación posterior, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 40 del Decreto Nacional 1042 de 1978.

Cordialmente, DANERY BUITRAGO GÓMEZ Subdirectora de Gestión Corporativa DANERY BUITRAGO GOMEZ Firmado digitalmente por DANERY BUITRAGO GOMEZ Fecha: 2024.07.31 22:14:09 -05'00' Nombres completos y apellidos Cargo, Dependencia Firma Proyectado por: Diego Manuel Vargas Profesional Subdirección de Gestión Corporativa Los arriba firmantes declaramos que hemos revisado el presente documento y lo encontramos ajustado a las normas y disposiciones legales. Así mismo, la información contenida en él, es precisa, correcta, veraz y completa, y por lo tanto, lo presentamos para firma de la Subdirectora de Gestión Corporativa.

Avenida Carrera 24 No. 40 – 66 Código Postal 111311 Teléfono: 2170711 www.bogotaturismo.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-61 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 61 ACUERDO LOCAL DE 2024 JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE ACUERDO LOCAL Nº 004 (29 de agosto de 2024)

POR EL CUAL SE ADOPTA EL PLAN DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOCIAL, AMBIENTAL Y DE OBRAS PÚBLICAS PARA LA LOCALIDAD DE RAFAEL URIBE URIBE 2025-2028 “RAFAEL URIBE URIBE CAMINA SEGURA”.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-62 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 62 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-63 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 63 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-64 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 64 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-65 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 65 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-66 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 66 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-67 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-68 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 68 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-69 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 69 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-70 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 70 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-71 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 71 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-72 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 72 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-73 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 73 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-74 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 74 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-75 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 75 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-76 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 76 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-77 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 77 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-78 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 78 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-79 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 79 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-80 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 80 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-81 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-82 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 82 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-83 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 83 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-84 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 84 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-85 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 85 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-86 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-87 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 87 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-88 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 88 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-89 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 89 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-90 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 90 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-91 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 91 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-92 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 92 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-93 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 93 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-94 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-95 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 95 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-96 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 96 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-97 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 97 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-98 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 98 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-99 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 99 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-100 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 100 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-101 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 101 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-102 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 102 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-103 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 103 DECRETO LOCAL DE 2024 ALCALDÍA LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE DECRETO LOCAL Nº 015 (7 de septiembre de 2024)

“Por el cual se sanciona el Acuerdo Local No. 004 – 2024 POR EL CUAL SE ADOPTA EL PLAN DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOCIAL, AMBIENTAL Y DE OBRAS PÚBLICAS PARA LA LOCALIDAD DE RAFAEL URIBE URIBE 2025-2028 “RAFAEL URIBE URIBE CAMINA SEGURA”.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-104 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 104 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8127 • PP. 1-105 • 2024 • SEPTIEMBRE • 12 105

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