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Registro Distrital 8125 de 2024

Registro Distrital 8125 de 2024 Nivel Distrital

Tipo
Registro Distrital
Número
8125
Año
2024
Fecha
11 de septiembre de 2024
Entidad
Nivel Distrital
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

5,5 ALCALDE MAYOR Carlos Fernando Galán Pachón ALCALDESA MAYOR Claudia Nayibe López Hernández REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • No. 8125 - Pp 1 - 131 - 2024 • SEPTIEMBRE • 11 CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Descentralizado ACUERDO DE 2023 CAJA DE LA VIVIENDA POPULAR - CONSEJO DIRECTIVO ACUERDO Nº 006 Por el cual se modifican las funciones de la Dirección Jurídica, la Dirección de Gestión Corporativa, y se dictan otras disposiciones....................................... 4 RESOLUCIONES DE 2024 CAJA DE LA VIVIENDA POPULAR RESOLUCIÓN Nº 965 “Por la cual se suspenden los efectos del sistema de información misional de la Dirección Técnica de Reasentamiento de la Caja de Vivienda Popular adoptado con la Resolución No 792 del 12 de septiembre del 2023”............................. 12 CONTRALORÍA DE BOGOTÁ, D.C. RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA Nº 026 “Por la cual se adopta la nueva versión del Procedimiento para la Recepción y Trámite del Derecho de Petición y Denuncia Fiscal en la Contraloría de Bogotá D.C.”................................................................................................................ 14 Sector Local ACUERDO LOCAL DE 2024 JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE SANTA FE ACUERDO LOCAL Nº 003 POR EL CUAL SE ADOPTA EL PLAN DE DESARROLLO ECONÓMICO, SO CIAL, AMBIENTAL Y DE OBRAS PÚBLICAS PARA LA LOCALIDAD DE SANTA FE 2025-2028 “SANTA FE CAMINA SEGURA”............................................. 75 DECRETOS LOACALES DE 2024 ALCALDÍA LOCAL DE PUENTE ARANDA DECRETO LOCAL Nº 013 “Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda para la vigencia fiscal 2024”............................................................................................................. 125 DECRETO LOCAL Nº 014 “Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda para la vigencia fiscal 2024”............................................................................................................. 128 AÑO 58 AÑO 58 NÚMERO 8125 11 • SEPTIEMBRE • 2024 ALCALDESA MAYOR Claudia Nayibe López Hernández SECRETARÍA GENERAL ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL.

LA PUBLICACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS EN EL REGISTRO DISTRITAL SE REALIZA DE ACUERDO A LA LEY 1437 DEL 2011 EN SU ARTÍCULO 65 MODIFICADO POR LA LEY 2080 DE 2021 “POR LA CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO”.

CORREO: REGISTRODISTRITAL@ALCALDIABOGOTA.GOV.CO DIRECCIÓN: CALLE 11 SUR #1-60 ESTE - LA MARÍA - BOGOTÁ D.C.

TELÉFONO: 381 3000 EXT. 5010 - 5202 SUBDIRECTORA IMPRENTA DISTRITAL: MARCELA IRENE DE JESÚS GONZÁLEZ BONILLA ACUERDO DE 2023 CAJA DE LA VIVIENDA POPULAR - CONSEJO DIRECTIVO ACUERDO Nº 006 (22 de diciembre de 2023)

Por el cual se modifican las funciones de la Dirección Jurídica, la Dirección de Gestión Corporativa, y se dictan otras disposiciones.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-4 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-5 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-6 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-7 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 7 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-8 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 8 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-9 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-10 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 10 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-11 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 11 RESOLUCIONES DE 2024 CAJA DE LA VIVIENDA POPULAR RESOLUCIÓN Nº 965 (26 de agosto de 2024)

“Por la cual se suspenden los efectos del sistema de información misional de la Dirección Técnica de Reasentamiento de la Caja de Vivienda Popular adoptado con la Resolución No 792 del 12 de septiembre del 2023”.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-12 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-13 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 13 CONTRALORÍA DE BOGOTÁ, D.C.

RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA Nº 026 (5 de septiembre de 2024)

“Por la cual se adopta la nueva versión del Procedimiento para la Recepción y Trámite del Derecho de Petición y Denuncia Fiscal en la Contraloría de Bogotá D.C.”

EL CONTRALOR DE BOGOTÁ D.C.

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Acuerdo Distrital No. 658 de 20161 y

CONSIDERANDO:

Que los articulos 23 y 74 de la Constitución Política de Colombia, consagran el derecho fundamental que tiene toda persona a presentar peticiones respetuosas a las autoridades, por motivos de interés general o particular y a obtener pronta respuesta; asi como a acceder a documentos públicos, salvo en los casos que establezca la ley.

Que el articulo 269 de la Carta, establece como obligación de las autoridades, diseñar y aplicar en las entidades públicas, métodos y procedimientos de control interno, según la naturaleza de sus funciones, de conformidad con lo que disponga la ley.

Que el articulo 270 ibídem, dispone que la ley establecerá las formas y los sistemas de participación ciudadana que vigilen que la gestión pública sea cumplida en todos los niveles administrativos y sus resultados.

Que el articulo 55 de la Ley 190 de 19952, determina que las quejas y reclamos se resolverán o contestarán siguiendo los principios, términos y procedimientos dispuestos en el Código Contencioso Administrativo para el ejercicio del derecho de petición, y su incumplimiento dará lugar a las sanciones previstas en el mismo.

1 ModIficado parcialmente por los Acuerdos Distritales 664 de 2017. 881. 886 Y 904 de 2023.

2 -Por la cual se dictan normas tendientes a preservar la moralidad en /a Administración Publica y se fijan disposiciones con el fm de erradicar fa corrupción administrativa.• www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A-lO
- Código Postal 111321 PBX: 33588888 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-14 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 14 RESOLUCiÓN REGLAMENTARIA N° ,---- lO CONTRALORIA -
- ódigo ormato GD-l0-01 ersión: 2.0 "Por la cual se adopta la nueva versión del Procedimiento para la Recepción y Trámite del Derecho de Petición y Denuncia Fiscal en la Contraloria de Bogotá D.C. "

Que el artículo 22 de la Ley 1437 de 20113, dispone que estará a cargo de las autoridades reglamentar la tramitación interna de las peticiones que les corresponda resolver, para garantizar el buen funcionamiento de los servicios a su cargo.

Que el Congreso de la República expidió la Ley No. 1755 de 2015 del 30 de junio de 2015, "Por medio de la cual se regula el Derecho Fundamental de Petición y se sustituye un titulo del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo".

Que el literal h) del articulo 3° de la Resolución Reglamentaria 051 del 18 de agosto de 20154, establece como una de las funciones a cargo del Centro de Atención al Ciudadano "Velar por el estricto cumplimiento del procedimiento establecido por la Entidad para la Recepción y trámite de los derechos de petición según la normatividad relacionada".

Que el Acuerdo Distrital 658 de 2016, regula en el artículo 6° la autonomia administrativa, en virtud de la cual, corresponde a la Contraloría de Bogotá D.C., definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones en armonia con los principios consagrados en la Constitución, las leyes y los respectivos acuerdos vigentes.

Que la Contraloría de Bogotá D.C., mediante Resolución Reglamentaria 038 del 8 de octubre de 2018, actualizó el Modelo Estándar de Control Interno - MECI de conformidad con la estructura definida en la dimensión No. 7 "Control Interno", del Manual Operativo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG.

Que teniendo en cuenta el concepto de mejora del Sistema Integrado de Gestión, fue necesario actualizar el procedimiento para la Recepción y Trámite del Derecho de Petición. En consecuencia, mediante Resolución Reglamentaria 033 del 30 de agosto de 3 Modificado por el artículo 1° de la Lev Estatutaria 1755 de 2015. ~ "Por medio de la cual se actualiza la organización del Centro de Atención al Ciudadano' www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A W 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 33588888 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-15 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 15 RESOLUCiÓN REGLAMENTARIA N° DEL 115 EP 2024 ---- ódigo ormato o CONTItAlQ!\JA ll< ~J(.~'l\ IU GD-10-01 ersión: 2.0 "Por la cual se adopta la nueva versión del Procedimiento para la Recepción y Trámite del Derecho de Petición y Denuncia Fiscal en la Contraloria de Bogotá D.G."

2019, se adoptó la versión 9.0 del Procedimiento para la Recepción y Trámite del Derecho de Petición.

Que en los articulas 69 y 70 de la Ley 1757 de 2015, se encuentra definida la denuncia fiscal, asi como el procedimiento para su atención y respuesta.

Que la Contraloria de Bogotá D.C., evidenció la necesidad de fortalecer el procedimiento para la atención de las peticiones y denuncias en el control fiscal, mediante el establecimiento de criterios que permitan diferenciar las mismas, a efectos de garantizar que se dé la atención, trámite legal y seguimiento correspondiente a cada una de ellas.

Que asi mismo la Entidad identificó la urgencia de propiciar la adecuada coordinación entre las dependencias involucradas dentro del proceso de atención, trámite y seguimiento de las referidas actuaciones, para asi fortalecer la capacidad institucional respecto del ejercicio de control fiscal que se realiza mediante el análisis de las aludidas denuncias; asi como para brindar respuestas de fondo a las peticiones que satisfagan plenamente los lineamientos legales y jurisprudenciales dispuestos en la materia.

Que en virtud de lo expuesto, resulta procedente actualizar y modificar el nombre del Procedimiento para la Atención, Trámite y Seguimiento a los derechos de petición en la Contraloria de Bogotá D.C.

Que en mérito de lo expuesto, el Contralar de Bogotá D.C.,

RESUELVE:

ARTíCULO PRIMERO. Adoptar la nueva versión del siguiente procedimiento: www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N" 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 33588888 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-16 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 16 RESOLUCiÓN REGLAMENTARIA N° _ o CONTRAlüRfA -
- ódigo armato GD-l0-01 ersi6n: 2.0 "Por la cual se adopta la nueva versión del Procedimiento para la Recepción y Trámite del Derecho de Petición y Denuncia Fiscal en la Contraloria de Bogotá D.C."

N° Procedimiento Versión Códic¡o 1 Procedimiento para la Recepción y Trámite del Derecho de Petición 10.0 PPCCPI-04 la Denuncia Fiscal.

ARTíCULO SEGUNDO. Es responsabilidad de los directores, subdirectores, jefes de oficina y gerentes velar por la administración, divulgación y cumplimiento de los procedimientos adoptados.

ARTíCULO TERCERO. La presente resolución deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial la Resolución Reglamentaria 033 del 30 de agosto de 2019 y rige a partir del 30 de septiembre de 2024, fecha a partir de la cual la Dirección de Apoyo al Despacho, junto con todas las dependencias de la Entidad, en el marco de sus competencias, acogerán y cumplirán en su totalidad las disposiciones contenidas en el procedimiento aqui adoptado.

PUBLíQUESE, COMUNíQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C. a los JULlÁN MAURICIO ROl Contralor de Bogotá D.C Proyectó: Diana Carolina Miranda Verbel- Profesional Universitario 219 - 01. DAD..([~ -
- APro.b6: DaVid.JOSé Valencia c.ampo - Director de Participación CiU~d a y Desarrollo local W~l Juan Carlos Gualdrón Alba.
Director de Apoyo al Despach L1::t-'. ReVisión Técmca: $andra PatnCl3 8oh6rquez Gonza!ez - Directora e Planeaci6n ~~"...,¿ -., Revisión Jurídica: Osear Gerardo Arias Escamilla - Director Juridico, (/.[,!I www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N" 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 33588888 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-17 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 17 Código formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y TRÁMITE DEL DERECHO DE PETICIÓN Y LA DENUNCIA FISCAL.

Código documento: PPCCPI-04 Versión: 10.0 Este procedimiento se adopta mediante Resolución Reglamentaria N.º 026 Fecha: 5 de septiembre de 2024

1. OBJETIVO

Estandarizar las actividades necesarias para recepcionar, radicar, direccionar, responder y hacer seguimiento a las peticiones relacionadas con la gestión que le corresponde adelantar a la Contraloría de Bogotá D.C. (peticiones, quejas y reclamos, -PQR), y el trámite de las denuncias fiscales relacionadas con los sujetos de vigilancia y control de su competencia.

2. ALCANCE

El procedimiento inicia con la recepción del derecho de petición - DPC o denuncia fiscal presentado ante la Entidad, luego pasa por la fase de radicación en el Sistema PQR y termina con el archivo de los documentos remitidos al CAC por las dependencias que tramitaron la petición o denuncia fiscal.

3. BASE LEGAL

NORMA FECHA DESCRIPCIÓN Constitución Política de 4-jul-1991 “Constitución Política de Colombia.”

Colombia “Por la cual se expide el Reglamento del Congreso; el Senado y Ley 5 17-jun-1992 la Cámara de Representantes.” Artículo 258. “Solicitud de informes por los Congresistas.”

“Por la cual se establecen normas para el ejercicio del control Ley 87 29-nov-1993 interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones.”1 1 Reglamentado por el Decreto 1826 de 1994. Modificado por el Decreto 2106 de 2019. Reglamentado parcialmente por el Decreto 1537 de 2001. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 1 de 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-18 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 18 Código formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y TRÁMITE DEL DERECHO DE PETICIÓN Y LA DENUNCIA FISCAL.

Código documento: PPCCPI-04 Versión: 10.0 “Por la cual se dictan normas tendientes a preservar la moralidad en la Administración Pública y se fijan disposiciones, Ley 190 6-jun-1995 con el fin de erradicar la corrupción administrativa. Artículo 55 y 79.”

“Por la cual se dictan disposiciones sobre racionalización de trámites y procedimientos administrativos de los organismos y Ley 962 8-jul-2005 entidades del Estado y de los particulares que ejercen funciones públicas o prestan servicios públicos.”

Ley 1437 18-ene-2011 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.”2 “Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los Ley 1474 12-jul-2011 mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública.”

“Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar Decreto Ley regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes 19 de 2012 10-ene-2012 en la Administración Pública.”

Ley 1581 17-oct-2012 “Por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales.”3 “Por medio de la cual se crea la Ley de Transparencia y del Ley 1712 6-mar-2014 Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional y se dictan otras disposiciones.”

“Por medio de la cual se regula el Derecho Fundamental de Ley 1755 30-jun-2015 Petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.”

Ley 1757 6-jul-2015 “Por la cual se dictan disposiciones en materia de promoción y protección del derecho a la participación democrática.”

2 Modificada por el Decreto 403 de 2020. Modificada por la Ley 2080 de 2021. Modificada por la Ley 2195 de 2022. Modificada por el Decreto 1463 de 2022. 3 Reglamentado parcialmente por el Decreto 1377 de 2013. Reglamentado por el Decreto 886 de 2014. Reglamentado parcialmente por el Decreto 1081 de 2015. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 2 de 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-19 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 19 Código formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y TRÁMITE DEL DERECHO DE PETICIÓN Y LA DENUNCIA FISCAL.

Código documento: PPCCPI-04 Versión: 10.0 “Por medio de la cual se expide el Código General Disciplinario Ley 1952 28-ene-2019 se derogan la Ley 734 de 2002 y algunas disposiciones de la ley 1474 de 2011, relacionadas con el derecho disciplinario.”

"Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo". Capítulo 25 Decreto 1074 26-may-2015 (Reglamenta Parcialmente la Ley 1581 De 2012) y Capítulo 26 (Registro Nacional de Bases de Datos).

"Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Único del Sector Presidencia de la República" Título 1 (Disposiciones Decreto 1081 26-may-2015 Generales en Materia de Transparencia Y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional).

“Por el cual se adiciona el capítulo 12 al Título 3 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho, relacionado con la Decreto 1166 19-jul-2016 presentación, tratamiento y radicación de las peticiones presentadas verbalmente.”

Acuerdo 21-dic-2016 “Por el cual se dictan normas sobre organización y Distrital 658 funcionamiento de la Contraloría de Bogotá D.C.”4 “Por el cual se modifica parcialmente el Acuerdo 658 del 21 de diciembre de 2016 por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá, D.C., Acuerdo 28-mar-2017 se modifica su estructura orgánica e interna, se fijan funciones Distrital 664 de sus Dependencias, se modifica la planta de personal, y se dictan otras disposiciones.”

“Por medio del cual se modifica parcialmente el Acuerdo 658 de Acuerdo 2016 en cuanto a la estructura orgánica e interna, funciones de 22-mar-2023 Distrital 886 algunas dependencias y la planta global de empleos de la Contraloría de Bogotá D.C, y se dictan otras disposiciones.”

4 Modificado parcialmente por el artículo 1 del Acuerdo Distrital 664 de 2017. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 3 de 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-20 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 20 Código formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y TRÁMITE DEL DERECHO DE PETICIÓN Y LA DENUNCIA FISCAL.

Código documento: PPCCPI-04 Versión: 10.0 Norma NTC- ISO 23-sep-2015 Norma Técnica Colombiana. - Sistema de Gestión de la Calidad.

Requisitos.

9001:2015 Norma NTC- 23-sep-2015 Norma Técnica Colombiana. - Sistemas de Gestión Ambiental.

ISO Requisitos con orientación para su uso.

14001:2015 Norma NTC- ISO 15-oct-2015 Norma Técnica Colombiana. Sistema de Gestión de la Calidad – Fundamentos y Vocabulario.

9000:2015

4. DEFINICIONES:

CONSOLIDACIÓN: proceso de recaudo, organización, revisión, validación, articulación del texto, edición documental y verificación de soportes de información a cargo de la dependencia de acuerdo con la materia objeto de la petición o denuncia fiscal.

COPIA DE DERECHO DE PETICIÓN - AZ: derecho de petición presentado por un ciudadano ante otros organismos con copia a la Contraloría de Bogotá D.C.

DERECHO DE PETICIÓN CIUDADANO - DPC: es el derecho fundamental que tiene toda persona natural o jurídica a presentar solicitudes respetuosas ante las autoridades, por motivos de interés general o particular y a obtener su pronta resolución completa y de fondo sobre la misma.5 Por la forma de presentación, puede ser:

✔ Anónimo: cuando el peticionario prefiere mantener en reserva su nombre y dirección de notificación, independientemente que su manifestación se efectúe de manera escrita o verbal. Así mismo, será anónimo cuando del contenido del DPC no sea posible individualizar, identificar o establecer los datos de la persona que lo presenta.

5 Artículo 13 de la Ley 1437 de 2011. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 4 de 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-21 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 21 Código formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y TRÁMITE DEL DERECHO DE PETICIÓN Y LA DENUNCIA FISCAL.

Código documento: PPCCPI-04 Versión: 10.0 ✔ Verbal: cuando el peticionario presente verbalmente la petición. El funcionario receptor debe dejar la evidencia documental de acuerdo con el formato establecido en el procedimiento de la Entidad y puede ser presentado en audiencias, debates, foros, línea telefónica; entre otros.

✔ Escrito: cuando el peticionario allega formalmente un documento contentivo de una solicitud a través de redes sociales, correo certificado, correo electrónico, página web, o físico mediante radicado en el Centro de Atención al Ciudadano, en la oficina que corresponda o demás puntos de recibo.

Por su contenido puede ser:

Denuncia: poner en conocimiento de la Entidad una conducta con la finalidad de que por las vías pertinentes se adelante la investigación a que haya lugar.6 El denunciante debe indicar las circunstancias de tiempo, modo y lugar.

Dentro del término establecido en el artículo 14 de la Ley Estatutaria 1755 de 2015 la Contraloría de Bogotá D.C. deberá identificar las acciones que correspondan y dar respuesta cuando sea de competencia de la Entidad; o deberá trasladar la denuncia a las autoridades competentes conforme a lo dispuesto en el artículo 21 ibidem.

Denuncia fiscal: es la narración de hechos constitutivos de presuntas irregularidades por el uso indebido de los recursos públicos, la mala prestación de los servicios públicos en donde se administren recursos públicos y sociales, la inequitativa inversión pública o el daño al medio ambiente, puestos en conocimiento de los organismos de control fiscal, y podrá ser presentada por las veedurías o por cualquier ciudadano7 para que la Contraloría de Bogotá D.C., efectúe las priorizaciones, focalizaciones, investigaciones y demás acciones pertinentes en el marco de la vigilancia y el control fiscal.

6 Corte Constitucional, Sentencia T 230 del 7 de julio de 2020. MP: Luis Guillermo Guerrero Pérez. 7 Artículo 69, Ley 1757 del 6 de julio de 2015. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 5 de 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-22 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 22 Código formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y TRÁMITE DEL DERECHO DE PETICIÓN Y LA DENUNCIA FISCAL.

Código documento: PPCCPI-04 Versión: 10.0 Queja: comunicación en la que se manifiesta una inconformidad, o descontento en relación con una conducta o acción de la administración en el desarrollo de sus funciones.8 Reclamo: es la exigencia o demanda de una solución ante la prestación indebida de un servicio o falta de atención de una solicitud9.

Consulta: es toda petición presentada por la ciudadanía, autoridades o demás interesados para que la administración manifieste su parecer, dictamen, opinión o concepto acerca de materias propias de las actividades a su cargo. Deberán resolverse dentro del término dispuesto en el numeral 2° del artículo 14 de la Ley Estatutaria 1755 de 2015.

DPC de información y acceso a los documentos públicos: es toda petición que se formula ante la Contraloría de Bogotá D.C., solicitando información respecto de sus actuaciones o para permitir el examen de documentos públicos que tiene en su poder, siempre que dichos documentos no estén sometidos a reserva.

El carácter reservado de una información o de determinados documentos, no será oponible a las autoridades judiciales, legislativas, ni a las autoridades administrativas que, siendo constitucional o legalmente competentes para ello, los soliciten para el debido ejercicio de sus funciones.

EXPEDIENTE: conjunto de documentos producidos y recibidos durante el trámite de un DPC o denuncia fiscal, que se conservan manteniendo la integridad y orden en que se tramitaron, desde su inicio hasta su archivo definitivo.

NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA: acto mediante el cual se pone en conocimiento al peticionario de la respuesta a través de medios electrónicos, y que procede siempre que el peticionario o denunciante haya aceptado este medio de notificación.

8 Corte Constitucional, Sentencia T- 230 del 7 de julio de 2020. MP: Luis Guillermo Guerrero Pérez. 9 Ibidem www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 6 de 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-23 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 23 Código formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y TRÁMITE DEL DERECHO DE PETICIÓN Y LA DENUNCIA FISCAL.

Código documento: PPCCPI-04 Versión: 10.0 NOTIFICACIÓN PERSONAL: acto mediante el cual se pone en conocimiento al peticionario de la contestación realizada a su petición, y se le hace entrega al interesado de la copia íntegra de la documentación solicitada. Tiene por objeto que el peticionario conozca el contenido de la respuesta a su petición de forma clara y concreta.

Dicha diligencia, podrá efectuarse mediante correo electrónico siempre y cuando el interesado acepte ser notificado de esta manera.

Para el trámite de la notificación personal se seguirá lo dispuesto en los artículos 67, 68 y 69 de la Ley 1437 de 2011.

NOTIFICACIÓN POR AVISO: si no pudiere hacerse la notificación personal esta se hará por medio de aviso que se remitirá a la dirección, al número de fax o al correo electrónico que figuren en el expediente o puedan obtenerse del registro mercantil, acompañado de copia íntegra del acto administrativo. El aviso deberá indicar la fecha del acto que se notifica, la autoridad que lo expidió, los recursos que legalmente proceden, las autoridades ante quienes deben interponerse, los plazos respectivos y la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al de la entrega del aviso en el lugar de destino10.

Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la Entidad por el término establecido en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso.

En el expediente se dejará constancia de la remisión o publicación del aviso y de la fecha en que por este medio quedará surtida la notificación personal.

10 Artículo 69, Ley 1437 de 2011. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 7 de 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-24 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 24 Código formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y TRÁMITE DEL DERECHO DE PETICIÓN Y LA DENUNCIA FISCAL.

Código documento: PPCCPI-04 Versión: 10.0 REDIRECCIONAMIENTO: trámite mediante el cual se reasigna un DPC a la dependencia competente.

RESPUESTA DE FONDO: es aquella en la que la Entidad se pronuncia de manera completa y detallada sobre todos los asuntos indicados en la petición, y en relación con el tema planteado; esto, independientemente de que el sentido de la respuesta sea favorable o no a lo solicitado11.

RESPUESTA DEFINITIVA (APLICABLE A LA DENUNCIA FISCAL): es aquella en la que la Entidad, en el marco de una denuncia fiscal, se pronuncia sobre todos los asuntos expuestos en la misma, siempre que guarden relación con la función fiscalizadora de la Contraloría de Bogotá D.C., de forma clara, precisa y congruente. La respuesta deberá ser comunicada al denunciante, máximo, dentro de los siguientes seis (6) meses posteriores a su recepción.12 COMUNICACIÓN DE EVALUACIÓN Y DETERMINACIÓN DE COMPETENCIA: es aquella mediante la cual se informa al denunciante, dentro del término previsto en el artículo 14 de la Ley 1755 de 2015, sobre el trámite que se le dará a su denuncia fiscal (entiéndase archivo, traslado por competencia, indagación preliminar, etc.).

SIGLAS:

✔ AZ: Copia Derecho de Petición ✔ DPC: Derecho de Petición Ciudadano.

✔ CAC: Centro de Atención al Ciudadano.

✔ DAD: Dirección de Apoyo al Despacho.

NOTA: para efectos del presente procedimiento, aplican los términos establecidos en la ley, o en aquellos instrumentos que los modifiquen, sustituyan o aclaren.

11 Corte Constitucional, Sentencia T - 369 de 27 de junio de 2013. MP: Alberto Rojas Ríos. 12 Artículo 70 Ley 1757 de 2015. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 8 de 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-25 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 25 Código formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y TRÁMITE DEL DERECHO DE PETICIÓN Y LA DENUNCIA FISCAL.

Código documento: PPCCPI-04 Versión: 10.0

5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO:

PUNTOS DE CONTROL/ No RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES 5.1. TRÁMITE DPC

- Radicación:

Observación:

Si la solicitud es presentada de forma verbal, se transcribe diligenciando el Anexo No. 1 (PPCCPI-04- 01).

El DPC puede ser presentado en el CAC, en las Técnico o Solicitud Gerencias Locales, o a asistencial (documento Recibe la solicitud través de correo electrónico, responsable: externo o presentada ante la 1 página web, redes sociales o - CAC.

PPCCPI-04- Entidad. por cualquier otro medio - Todas las 01). disponible para ello. dependencias.

Si se recibe en un lugar diferente al CAC, se debe remitir a dicha dependencia a través del correo electrónico controlciudadano@contralori abogota.gov.co. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 9 de 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-26 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 26 Código formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y TRÁMITE DEL DERECHO DE PETICIÓN Y LA DENUNCIA FISCAL.

Código documento: PPCCPI-04 Versión: 10.0 PUNTOS DE CONTROL/ No RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES Observación:

De presentarse inconvenientes técnicos en el sistema PQR, se recibirá el DPC, indicando fecha, hora y funcionario que lo recibe de manera manual.

Una vez subsanados los inconvenientes técnicos, se Técnico o deberá realizar el trámite de Radica el DPC en el asistencial 2 radicación y sistema de PQR. responsable CAC. direccionamiento en el sistema de PQR.

Cuando el DPC sea presentado verbalmente o mediante escrito, en día sábado, domingo o festivo, se ingresará al sistema el día hábil siguiente.

 Valoración del contenido:

Observación:

Valora el contenido Cuando se trate de una del documento, solicitud que involucre la 3 Profesional del teniendo en cuenta CAC. protección de datos lo establecido en la personales, deberá www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 10 de 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-27 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 27 Código formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y TRÁMITE DEL DERECHO DE PETICIÓN Y LA DENUNCIA FISCAL.

Código documento: PPCCPI-04 Versión: 10.0 PUNTOS DE CONTROL/ No RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES normatividad observarse el procedimiento aplicable. establecido en el artículo 15 de la Ley 1581 de 2012.

Punto de Control:

La solicitud será considerada como denuncia fiscal cuando su contenido cumpla con los siguientes requisitos:

- Que sea competencia de la Contraloría de Bogotá D.C.

- Que su nivel de claridad permita determinar que se trata de un tema fiscal objeto de denuncia, como lo son los hechos constitutivos de presuntas irregularidades por: a. El uso indebido de los recursos públicos que pueda derivar en un daño al patrimonio del Estado.13 13 En los términos establecidos en la Sentencia de Constitucionalidad C - 340 del 09 de mayo de 2007, MP: Rodrigo Escobar Gil. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 11 de 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-28 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 28 Código formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y TRÁMITE DEL DERECHO DE PETICIÓN Y LA DENUNCIA FISCAL.

Código documento: PPCCPI-04 Versión: 10.0 PUNTOS DE CONTROL/ No RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES b. La mala prestación de los servicios públicos en donde se administren recursos públicos y sociales. c. La inequitativa inversión pública o el daño al medio ambiente.

Para este caso, remitirse al punto 37.

La evaluación y determinación de competencia, así como la atención inicial y recaudo de pruebas, no podrá exceder el término establecido en la Ley 1437 de 2011 para la respuesta de las peticiones.

En los casos en los que se allegue una solicitud específicamente relacionada con el desarrollo de procesos fiscales, administrativos o www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 12 de 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-29 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 29 Código formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y TRÁMITE DEL DERECHO DE PETICIÓN Y LA DENUNCIA FISCAL.

Código documento: PPCCPI-04 Versión: 10.0 PUNTOS DE CONTROL/ No RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES disciplinarios, se procederá a remitirlo a la dependencia que esté conociendo del mismo, para que le dé el trámite correspondiente según su naturaleza.

Rechaza de plano Observación: el DPC si es Si de la lectura del DPC irrespetuoso. concluye que se tipifica lo Si el DPC debe definido para solicitudes corregirse o 4 Profesional del irrespetuosas (artículo 19 de CAC. aclararse por el la Ley Estatutaria 1755 de peticionario, 2015), se rechaza el DPC y continúa actividad se finaliza el proceso.

30.

Traslado DPC a entidad Si no es de competente, competencia de la mediante Observación:

El traslado se debe realizar Contraloría de formato dentro del término Bogotá D.C., se PPCCPI-04-07 establecido en el artículo 21 elabora oficio de 5 Profesional del Comunicación CAC. de la Ley 1437 de 2011. De traslado a la entidad que informa al esto, se informará al competente y al peticionario interesado. peticionario. sobre el traslado a la entidad competente, www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 13 de 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-30 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 30 Código formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y TRÁMITE DEL DERECHO DE PETICIÓN Y LA DENUNCIA FISCAL.

Código documento: PPCCPI-04 Versión: 10.0 PUNTOS DE CONTROL/ No RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES mediante formato PGD-07-04.

Si el DPC o Observación: denuncia fiscal es Si para la respuesta de fondo competencia de la se requiere información de Entidad, se más de una dependencia de direcciona a través la Contraloría de Bogotá del sistema de PQR D.C., se elaborarán tantos a la dependencia memorandos como Direccionamie encargada del dependencias estén nto interno del tema. involucradas, señalando a DPC o cuál de ellas corresponde el denuncia Si la información proceso de consolidación de 6 Profesional del fiscal, CAC. solicitada reposa en la respuesta. mediante los archivos del formato CAC, se podrá Cuando existan fallas PGD-07-02. emitir respuesta técnicas en el sistema de definitiva al PQR, que impidan radicar y peticionario direccionar el DPC o la obviando el oficio denuncia fiscal, el reparto se informativo de realizará a través de correo trámite interno. electrónico institucional, sin que ello implique una www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 14 de 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-31 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 31 Código formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y TRÁMITE DEL DERECHO DE PETICIÓN Y LA DENUNCIA FISCAL.

Código documento: PPCCPI-04 Versión: 10.0 PUNTOS DE CONTROL/ No RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES interrupción de términos. Una vez subsanados los inconvenientes técnicos, se deberá realizar el trámite de radicación y direccionamiento en el aplicativo.

Para el redireccionamiento de la denuncia fiscal remitirse al paso 37.

Los memorandos de direccionamiento serán firmados por el director de la Dirección de Apoyo al Despacho.

Identifica el Punto de control: contenido de la Cuando se trate de petición y realiza el solicitudes realizadas por reparto al concejales de Bogotá D.C., Asesor, funcionario que congresistas, magistrados de Director, considere sea el altas cortes, y medios de 7 Jefe de Oficina o competente, de comunicación; el director, Gerente Local. acuerdo con la jefe de oficina o gerente distribución de local, coordinará con el tareas en la Despacho del Contralor o la dependencia.

Dirección de Apoyo al www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 15 de 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-32 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 32 Código formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y TRÁMITE DEL DERECHO DE PETICIÓN Y LA DENUNCIA FISCAL.

Código documento: PPCCPI-04 Versión: 10.0 PUNTOS DE CONTROL/ No RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES Despacho la elaboración y radicación de la respuesta.

Se sigue el mismo procedimiento en los casos de peticiones provenientes de la Presidencia de la República, Fiscalía General de la Nación, Auditoría General de la República, Contraloría General de la República, Procuraduría General de la Nación, Defensoría del Pueblo, Personería de Bogotá D.C.; y demás organismos de control.

Las peticiones presentadas por las autoridades referidas, deberán ser contestadas dentro de los términos establecidos en la ley, así: peticiones presentadas por – Congresistas: 5 días hábiles siguientes a su recepción. 14 14 Artículo 258 de la Ley 5 de 1992. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 16 de 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-33 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 33 Código formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y TRÁMITE DEL DERECHO DE PETICIÓN Y LA DENUNCIA FISCAL.

Código documento: PPCCPI-04 Versión: 10.0 PUNTOS DE CONTROL/ No RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES Concejales y demás autoridades:10 días hábiles siguientes a su recepción.15 Defensor del Pueblo: 5 días hábiles siguientes a su recepción.16 Redireccionam Confirma que el iento DPC Observación: tema objeto de la mediante El redireccionamiento del petición es de su formato PGD - Asesor, DPC se realizará dentro de competencia, si no 07-02.

Subdirector, los primeros tres (3) días lo es, redirecciona o Técnico o 8 hábiles desde su radicación. traslada el DPC a la Traslado por Profesional dependencia o a la competencia responsable del En ningún caso se podrá entidad mediante trámite. devolver un DPC al CAC. competente. formato PPCCPI-04-

07.

Asesor, Examina si se Observación:

Subdirector, Trámite adicional implica el puede dar una Técnico o desarrollo de actuaciones de respuesta de fondo 9 Profesional vigilancia, control fiscal y al DPC o si requiere responsable del acción ciudadana. un trámite adicional. trámite.

Elabora y envía 10 Asesor o Observación:

Profesional proyecto de 15 Artículo 30 de la Ley 1755 de 2015. 16 Artículo 15 de la Ley 24 de 1992. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 17 de 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-34 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 34 Código formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y TRÁMITE DEL DERECHO DE PETICIÓN Y LA DENUNCIA FISCAL.

Código documento: PPCCPI-04 Versión: 10.0 PUNTOS DE CONTROL/ No RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES responsable del respuesta para la Cuando se trate de trámite. firma del Contralor, comunicaciones dirigidas a Contralor Auxiliar, concejales de Bogotá D.C., Director o Gerente congresistas, magistrados de Local. altas cortes y medios de comunicación, el proyecto de respuesta se elabora para la firma del Contralor o del Director de Apoyo al Despacho. Deberá remitirse a la DAD, tres (3) días hábiles antes del vencimiento del término de ley para dar respuesta al derecho de petición.

Se sigue el mismo procedimiento en los casos de peticiones provenientes de la Presidencia de la República, Fiscalía General de la Nación, Auditoría General de la República, Contraloría General de la República, Procuraduría General de la Nación, Defensoría del Pueblo, Personería de Bogotá D.C.; y www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 18 de 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-35 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 35 Código formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y TRÁMITE DEL DERECHO DE PETICIÓN Y LA DENUNCIA FISCAL.

Código documento: PPCCPI-04 Versión: 10.0 PUNTOS DE CONTROL/ No RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES demás organismos de control.

Para el caso de los derechos de petición de información, en los que se requiere la expedición de fotocopias, su valor correrá a cargo del peticionario, de conformidad con lo establecido en la resolución vigente.

Si el contenido de la petición se refiere a información o documentos sometidos a reserva, se deberá dar aplicación a lo señalado en los artículos 24, 25 y 26 de la Ley Estatutaria 1755 de 2015, y según el caso, se procederá a informar de la situación, de forma motivada, de acuerdo con las disposiciones legales.

Contralor, Verifica el contenido Observación:

Respuesta Contralor Auxiliar, del proyecto de La respuesta debe ser DPC 11 Director, respuesta y firma oportuna y de fondo, dentro PGD-07-04.

Jefe de oficina, documento. de los términos de ley, así www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 19 de 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-36 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 36 Código formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y TRÁMITE DEL DERECHO DE PETICIÓN Y LA DENUNCIA FISCAL.

Código documento: PPCCPI-04 Versión: 10.0 PUNTOS DE CONTROL/ No RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES Gerente Local. como clara, precisa y congruente con lo solicitado.

Esta, debe ser puesta en conocimiento del peticionario.

Observación:

La radicación y asociación al Sistema de PQR de las respuestas que deba firmar el Contralor o el Director de Apoyo al Despacho, Radica la corresponderá a la DAD. comunicación en el Técnico o sistema de PQR y 12 asistencial En concordancia con lo asocia el radicado responsable. anterior, la DAD deberá al proceso del DPC. informar al CAC y a la Dirección Sectorial de Fiscalización, Dependencia u oficina la que fue allegada la solicitud de la realización de dicho trámite.

 Ampliación de términos:

Si el plazo para Observación: responder la La solicitud de ampliación de Asesor o petición no es términos se realizará ante la Profesional 13 suficiente, proyecta DAD, preferiblemente, un (1) responsable del memorando de día hábil antes del trámite. solicitud de vencimiento del plazo legal. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 20 de 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-37 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 37 Código formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y TRÁMITE DEL DERECHO DE PETICIÓN Y LA DENUNCIA FISCAL.

Código documento: PPCCPI-04 Versión: 10.0 PUNTOS DE CONTROL/ No RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES ampliación de La dependencia que realice términos. la solicitud, explicará de forma clara y detallada las razones técnicas y jurídicas por las cuales no se puede resolver o dar respuesta a la petición dentro del término legal inicialmente previsto.

La ampliación del término no puede exceder del doble del inicialmente previsto en el DPC (parágrafo único del artículo 14 de la Ley Estatutaria 1755 de 2015).

Si es aprobada, Solicitud de Contralor, verifica la aprobación de Punto de Control:

Se entiende notificada la Contralor Auxiliar, pertinencia de la ampliación de DAD, una vez se avance la Director, solicitud de términos, 14 solicitud, dentro del proceso Jefe de oficina o ampliación de mediante a través del sistema de PQR.

Gerente Local. términos y firma el formato memorando.

PGD-07-02.

Valora el contenido de la solicitud de ampliación de 15 Profesional de la DAD – CAC. términos. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 21 de 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-38 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 38 Código formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y TRÁMITE DEL DERECHO DE PETICIÓN Y LA DENUNCIA FISCAL.

Código documento: PPCCPI-04 Versión: 10.0 PUNTOS DE CONTROL/ No RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES Proyecta memorando de aprobación o no aprobación y remite al Director de Apoyo al Despacho para su firma.

Aprobación de Aprueba la solicitud Observación: ampliación de Si aprueba la solicitud, se de ampliación de términos, amplía el término de términos e informa 16 Director DAD. mediante respuesta en el Sistema al responsable del formato PQR. trámite.

PGD-07-02.

Proyecta comunicación Observación: externa informando La comunicación de al peticionario sobre Asesor o ampliación del plazo debe la ampliación de profesional ser notificada al peticionario 17 términos, señalando responsable del antes del vencimiento del las razones y el trámite. término inicialmente previsto plazo para para emitir respuesta. responderle de fondo.

Contralor, Verifica el contenido Comunicación Observación:

Contralor Auxiliar, del proyecto y si que informa al Cuando se trate de Director, está de acuerdo peticionario la comunicaciones dirigidas a 18 Jefe de oficina o firma la ampliación de concejales de Bogotá D.C., Gerente Local. comunicación. términos congresistas, magistrados de www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 22 de 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-39 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 39 Código formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y TRÁMITE DEL DERECHO DE PETICIÓN Y LA DENUNCIA FISCAL.

Código documento: PPCCPI-04 Versión: 10.0 PUNTOS DE CONTROL/ No RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES PGD-07-04 altas cortes y medios de comunicación, el proyecto de respuesta se elabora para la firma del Contralor o del Director de Apoyo al Despacho. Deberá remitirse a la DAD tres (3) días hábiles antes del vencimiento del término de ley para dar respuesta al Derecho de petición.

Se sigue el mismo procedimiento en los casos de peticiones provenientes de la Personería de Bogotá D.C., Procuraduría General de la Nación, Defensoría del Pueblo, Fiscalía General de la Nación, Auditoría General de la República, Presidencia de la República; y demás organismos de control.

Radica la comunicación en el Técnico o sistema de PQR y 19 Asistencial asocia el radicado responsable. al proceso del DPC. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 23 de 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-40 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 40 Código formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y TRÁMITE DEL DERECHO DE PETICIÓN Y LA DENUNCIA FISCAL.

Código documento: PPCCPI-04 Versión: 10.0 PUNTOS DE CONTROL/ No RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES Para finalización del proceso remitirse al numeral 5.4.

 Tramite adicional - petición incompleta:

Si la petición está incompleta, elabora comunicación dirigida al Asesor o peticionario dentro Profesional del término 20 responsable del establecido en el trámite. artículo 17 de la Ley 1755 de 2015, para que la complemente.

Verifica el contenido Solicitud Contralor, de la solicitud de complemento Contralor Auxiliar, complemento y del DPC o Director, firma la denuncia fiscal 21 Jefe de oficina o comunicación mediante Gerente Local. dirigida al formato peticionario.

PGD-07-04.

Radica la comunicación en el Técnico o sistema de PQR y 22 asistencial asocia el radicado responsable. al proceso del DPC. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 24 de 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-41 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 41 Código formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y TRÁMITE DEL DERECHO DE PETICIÓN Y LA DENUNCIA FISCAL.

Código documento: PPCCPI-04 Versión: 10.0 PUNTOS DE CONTROL/ No RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES Observación:

Complemento Recibe la A partir del día siguiente en Asesor o del DPC o información que que el interesado profesional denuncia fiscal 23 completa la solicitud complemente su DPC, se responsable del (documento del peticionario. reactivará el término para trámite. externo). resolver la petición.

Observación:

Vencido el mes de plazo, se procederá a declarar el desistimiento tácito, en el marco de lo establecido en el artículo 17 de la Ley Estatutaria 1755 de 2015.

Si no recibe la Desistimiento información que y archivo del Esto, se realiza mediante completa la DPC o acto administrativo motivado Asesor o solicitud, proyecta denuncia (Anexo No. 2). profesional oficio de 24 fiscal, responsable del desistimiento tácito mediante trámite.

Punto de control: del DPC y remite formato Los interesados podrán para revisión y PGD-07-02. desistir en cualquier tiempo firma. de sus peticiones, sin perjuicio de que la respectiva solicitud pueda ser nuevamente presentada con el lleno de los requisitos legales, pero la Entidad podrá continuar de oficio la www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 25 de 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-42 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 42 Código formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y TRÁMITE DEL DERECHO DE PETICIÓN Y LA DENUNCIA FISCAL.

Código documento: PPCCPI-04 Versión: 10.0 PUNTOS DE CONTROL/ No RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES actuación si la considera necesaria por razones de interés público; en tal caso expedirá resolución motivada.

Observación:

El oficio declarando el desistimiento y archivo del expediente se notificará Desistimiento personalmente; contra este y archivo del Verifica el contenido Contralor Auxiliar, acto administrativo, DPC, del proyecto y firma Director, únicamente procederá 25 mediante oficio de Jefe de Oficina o recurso de reposición, sin formato desistimiento.

Gerente Local. perjuicio de que la respectiva PGD-07-04. solicitud pueda ser nuevamente presentada con el lleno de los requisitos legales.

Si no se cuenta con Observación: la autorización para Para la notificación realizar la electrónica se debe tener en notificación cuenta lo establecido en el Asesor o electrónica, o, si no artículo 56 de la Ley 1437 de 26 profesional hay otro medio más 2011. responsable. eficaz para informar al interesado Para los demás casos, el proyecta envío de la citación se hará comunicación, para dentro del término www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 26 de 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-43 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 43 Código formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y TRÁMITE DEL DERECHO DE PETICIÓN Y LA DENUNCIA FISCAL.

Código documento: PPCCPI-04 Versión: 10.0 PUNTOS DE CONTROL/ No RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES que se acerque a establecido en el artículo 68 notificarse de la Ley 1437 de 2011. personalmente del oficio de En el proyecto se precisará desistimiento. que se le conceden cinco (5) días hábiles para comparecer o de lo contrario se notificará por aviso.

(Anexo No. 3).

Verifica el contenido Contralor Auxiliar, Observación: del proyecto de Se debe tener en cuenta lo Director, citación para 27 establecido en el artículo 67 Jefe de Oficina o notificación Gerente Local. de la Ley 1437 de 2011. personal y firma.

Citación para notificación personal del desistimiento y Radica la citación y Técnico o archivo del asocia el radicado 28 asistencial DPC, responsable. al proceso del DPC. mediante formato PGD-07-04.

Notifica Notificación Observación: personalmente al personal del En caso de no comparecer, Técnico o peticionario el desistimiento y el oficio de desistimiento se 29 asistencial desistimiento. (Ver archivo del notificará por aviso. Si responsable.

Anexo 2).

DPC o de la presenta recurso se www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 27 de 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-44 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 44 Código formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y TRÁMITE DEL DERECHO DE PETICIÓN Y LA DENUNCIA FISCAL.

Código documento: PPCCPI-04 Versión: 10.0 PUNTOS DE CONTROL/ No RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES denuncia resolverá conforme a lo fiscal, establecido en la Ley 1437 mediante de 2011. formato PPCCPI-04-

05.

 Trámite adicional – petición no es clara:

Observación:

Cuando se trate de solicitudes de concejales de Bogotá D.C., congresistas, magistrados de altas cortes y medios de comunicación, En el evento en que el Director, Jefe de Oficina o no se comprenda la Gerente Local, proyectará la finalidad u objeto de comunicación externa para Asesor o la petición, proyecta revisión y firma del Contralor profesional comunicación 30 o Director de Apoyo al responsable del externa solicitando Despacho y otorgará el trámite. aclarar; y remite término dispuesto en el para revisión y artículo 19 de la Ley firma.

Estatutaria 1755 de 2015, para que el peticionario aclare.

Se sigue el mismo procedimiento en los casos www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 28 de 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-45 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 45 Código formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y TRÁMITE DEL DERECHO DE PETICIÓN Y LA DENUNCIA FISCAL.

Código documento: PPCCPI-04 Versión: 10.0 PUNTOS DE CONTROL/ No RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES de peticiones provenientes de la Presidencia de la República, Fiscalía General de la Nación, Auditoría General de la República, Contraloría General de la República, Procuraduría General de la Nación, Defensoría del Pueblo, Personería de Bogotá D.C.; y demás organismos de control.

Solicitud de aclaración del Observación:

DPC o Se informará al interesado denuncia fiscal para que corrija o aclare mediante dentro del término Verifica el contenido formato Director, establecido en el artículo 19 del proyecto de PGD-07-04.

31 Jefe de Oficina o de la Ley Estatutaria 1755 de comunicación y Gerente Local.

2015. Si vencido este firma.

Aclaración del término no aclara la petición, DPC o se archivará conforme a lo denuncia fiscal establecido en dicho artículo.

(documento externo).

Técnico o Radica la 32 asistencial comunicación en el responsable. sistema de PQR y www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 29 de 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-46 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 46 Código formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y TRÁMITE DEL DERECHO DE PETICIÓN Y LA DENUNCIA FISCAL.

Código documento: PPCCPI-04 Versión: 10.0 PUNTOS DE CONTROL/ No RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES asocia el radicado al proceso del DPC.

Confirma que el peticionario haya respondido lo requerido en la solicitud de Asesor o aclaración. profesional (Continúa trámite 33 responsable del actividad. No. 8). trámite.

En el evento en que el peticionario no aclare la petición, archiva el proceso.

 Trámite adicional – petición reiterativa:

Observación:

Cuando se trate de En el evento en que Respuesta a solicitudes de concejales de la petición sea petición Bogotá D.C., congresistas, reiterativa y ya esté Asesor o reiterativa, magistrados de altas cortes y resuelta, proyectará profesional mediante medios de comunicación, 34 documento responsable del formato el Director, Jefe de Oficina o remitiéndose a trámite.

PGD-07-04.

Gerente Local, proyectará la respuestas comunicación externa para anteriores. revisión y firma del Contralor o Director de Apoyo al www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 30 de 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-47 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 47 Código formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y TRÁMITE DEL DERECHO DE PETICIÓN Y LA DENUNCIA FISCAL.

Código documento: PPCCPI-04 Versión: 10.0 PUNTOS DE CONTROL/ No RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES Despacho y otorgará el término establecido en el artículo 19 de la Ley 1755 de 2015.

Se sigue el mismo procedimiento en los casos de peticiones provenientes de la Presidencia de la República, Fiscalía General de la Nación, Auditoría General de la República, Contraloría General de la República, Procuraduría General de la Nación, Defensoría del Pueblo, Personería de Bogotá D.C.; y demás organismos de control.

Punto de control:

Se remitirá a respuestas anteriores, salvo que se trate de derechos imprescriptibles, o de peticiones que se hubieren negado por no acreditar requisitos, siempre www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 31 de 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-48 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 48 Código formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y TRÁMITE DEL DERECHO DE PETICIÓN Y LA DENUNCIA FISCAL.

Código documento: PPCCPI-04 Versión: 10.0 PUNTOS DE CONTROL/ No RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES que en la nueva petición se subsane.

Verifica el contenido del Director, proyecto de 35 Jefe de Oficina o comunicación y Gerente Local. firma.

Radica la comunicación en el Técnico o sistema de PQR y 36 asistencial asocia el radicado responsable. al proceso del DPC. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 32 de 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-49 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 49 Código formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y TRÁMITE DEL DERECHO DE PETICIÓN Y LA DENUNCIA FISCAL.

Código documento: PPCCPI-04 Versión: 10.0 5.2. DENUNCIA FISCAL:

Direcciona la denuncia fiscal a Direccionamie través del sistema nto interno de de PQR a la la denuncia Dirección fiscal, 37 Profesional del CAC.

Sectorial de mediante Fiscalización o formato dependencia PGD-07-02. encargada del tema.

Punto de control:

Si la dependencia o dirección sectorial de fiscalización a la que le fue asignada, se percata de que la denuncia fiscal no es de competencia de la Contraloría de Bogotá Contralor, D.C., o corresponde a otra Contralor Auxiliar, Valora el dependencia, dentro de los Director, Director contenido de la 38 tres (3) días hábiles Sectorial de denuncia fiscal. siguientes a su radicación la Fiscalización o redireccionará a la Dirección Gerente Local.

Sectorial de Fiscalización o dependencia o a la autoridad que considere competente.

De dicho trámite se informará al CAC mediante correo electrónico. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 33 de 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-50 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 50 Código formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y TRÁMITE DEL DERECHO DE PETICIÓN Y LA DENUNCIA FISCAL.

Código documento: PPCCPI-04 Versión: 10.0 En caso de evidenciarse que la solicitud no corresponde a una denuncia fiscal sino a otro tipo de requerimiento, se tramitará bajo lo establecido en el presente procedimiento (remitirse al paso 9). De igual manera, se comunicará al CAC a efectos de que realice las modificaciones de términos pertinentes dentro del Sistema PQR.

En ningún caso se podrá devolver una denuncia fiscal al CAC.

Observación:

La dirección sectorial de fiscalización o dependencia Valora el que tenga a su cargo la Contralor, contenido de la denuncia fiscal, procederá a Contralor Auxiliar, denuncia fiscal, y dar respuesta al peticionario Director, Director designa un bajo la modalidad de Sectorial de 39 profesional o comunicación de evaluación Fiscalización o profesionales y determinación de Gerente Local. para su análisis. competencia, a efectos de informar las gestiones que adelantará la Contraloría de Bogotá D.C., para dar www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 34 de 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-51 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 51 Código formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y TRÁMITE DEL DERECHO DE PETICIÓN Y LA DENUNCIA FISCAL.

Código documento: PPCCPI-04 Versión: 10.0 respuesta. Lo anterior, según el término dispuesto en el artículo 14 de la Ley 1755 de 2015.

Las comunicaciones de evaluación y determinación de competencia que se den en el marco de la denuncia fiscal presentada por las siguientes autoridades, deberán ser respondidas dentro de los siguientes términos:

Denuncias presentadas por Congresistas: 5 días hábiles siguientes a su recepción.17 Concejales y demás autoridades: 10 días hábiles siguientes a su recepción.18 Defensor del Pueblo: 5 días hábiles siguientes a su recepción.19 Esto, en el entendido de que la denuncia se resolverá en forma definitiva en los seis 17 Artículo 258 de la Ley 5 de 1992. 18 Artículo 30 de la Ley Estatutaria 1755 de 2015. 19 Artículo 15 de la Ley 24 de 1992. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 35 de 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-52 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 52 Código formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y TRÁMITE DEL DERECHO DE PETICIÓN Y LA DENUNCIA FISCAL.

Código documento: PPCCPI-04 Versión: 10.0 (6) meses siguientes a su recepción, conforme a la Ley 1757 de 2015.

El plazo de seis (6) meses establecido no puede implicar, en ningún caso, la afectación de las garantías procesales establecidas en el proceso de responsabilidad fiscal, ni la modificación de las etapas, términos y garantías previstos en el régimen legal establecido en la Ley 610 de 2000 o normas que la modifiquen.20 Punto de control:

En caso de que la Dirección Sectorial de Fiscalización o dependencia considere que la denuncia fiscal carece de información necesaria para darle el trámite correspondiente, se requerirá al denunciante para que, dentro del término dispuesto 20 Corte Constitucional, sentencia C - 150 del 8 de abril del 2015. MP: Mauricio González Cuervo. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 36 de 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-53 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 53 Código formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y TRÁMITE DEL DERECHO DE PETICIÓN Y LA DENUNCIA FISCAL.

Código documento: PPCCPI-04 Versión: 10.0 en el artículo 17 de la Ley 1755 de 2015, la complete.

De la misma manera, cuando no se comprenda su finalidad u objeto, se devolverá al denunciante para que la corrija dentro del término dispuesto en el artículo 19 de la Ley 1755 de 2015.

En los dos casos anteriores, se suspenderán los términos para dar respuesta al denunciante, los cuales se reanudarán una vez se reciba la información.

Proyecta la Observación: respuesta a la La respuesta definitiva a la denuncia fiscal denuncia fiscal puede que se presentará consistir en lo siguiente:

Profesional o ante el Comité profesionales Técnico

1. Archivo: La decisión de

encargados del correspondiente archivo procede en los 40 análisis de la como órgano siguientes casos: i) denuncia fiscal. interno de cuando la denuncia fiscal coordinación, no es de competencia de apoyo, asesoría la Contraloría de Bogotá técnica y general D.C. y se traslada a otras www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 37 de 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-54 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 54 Código formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y TRÁMITE DEL DERECHO DE PETICIÓN Y LA DENUNCIA FISCAL.

Código documento: PPCCPI-04 Versión: 10.0 en desarrollo de autoridades; ii) cuando el la vigilancia y denunciante dirige su control a la comunicación acertadamente al ente gestión fiscal21. competente y remite copia a la Contraloría de Bogotá D.C.; en este caso, se le informa que por haber presentado la denuncia fiscal a la entidad competente, la Contraloría de Bogotá D.C. se abstiene de adelantar cualquier otro trámite; iii) cuando el denunciante no presente en el término legal previsto, la ampliación o complementación de información solicitada a una denuncia incompleta u oscura; y iv) cuando el denunciante no corrija o no aclare su denuncia de acuerdo con la solicitud de la Entidad.

2. Traslado por

competencia: cuando la 21 Regulado en la Resolución Reglamentaria No. 015 de 2023 o su modificatoria. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 38 de 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-55 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 55 Código formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y TRÁMITE DEL DERECHO DE PETICIÓN Y LA DENUNCIA FISCAL.

Código documento: PPCCPI-04 Versión: 10.0 denuncia no sea competencia de la Contraloría de Bogotá D.C., será trasladada a la autoridad competente, dentro del término establecido en el artículo 21 de la Ley 1755 de 2015.

3. Actuación especial de

fiscalización, Indagación Preliminar u otro ejercicio de vigilancia fiscal. en caso de que se requiera establecer si existe certeza sobre la ocurrencia del hecho, la causación del daño patrimonial con ocasión de su acaecimiento, la entidad afectada y la determinación de los presuntos responsables, se activará el ejercicio de vigilancia fiscal que la Dirección sectorial estime pertinente y sobre el cual se le debe dar respuesta www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 39 de 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-56 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 56 Código formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y TRÁMITE DEL DERECHO DE PETICIÓN Y LA DENUNCIA FISCAL.

Código documento: PPCCPI-04 Versión: 10.0 definitiva al peticionario, dentro del término de seis meses, sin que ello implique el desconocimiento del marco regulatorio de cada ejercicio de vigilancia o control fiscal.

4. Cuando se haya

adelantado un proceso de vigilancia y control fiscal se notificará en los siguientes términos:

Si del ejercicio de vigilancia se generaron resultados o hallazgos, se le informará al denunciante el estado de los mismos en los siguientes términos:

- Para los hallazgos

con incidencia disciplinaria o penal: se relacionará el traslado a las autoridades competentes. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 40 de 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-57 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 57 Código formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y TRÁMITE DEL DERECHO DE PETICIÓN Y LA DENUNCIA FISCAL.

Código documento: PPCCPI-04 Versión: 10.0

- Para los hallazgos

con incidencia fiscal: se comunicará sobre la remisión a la Dirección de Responsabilidad Fiscal y Jurisdicción Coactiva.

- Para los informes de

auditoría que se refieran al tema: sobre el apartado correspondiente.

Punto de control:

Cuando se trate de comunicaciones de evaluación y determinación de competencia dirigidas a concejales de Bogotá D.C., congresistas, magistrados de altas cortes y medios de comunicación, el proyecto de respuesta se elaborará para la firma del Contralor o del Director de Apoyo al Despacho. Deberá remitirse a la DAD, preferiblemente tres (3) días hábiles antes del vencimiento del término de www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 41 de 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-58 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 58 Código formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y TRÁMITE DEL DERECHO DE PETICIÓN Y LA DENUNCIA FISCAL.

Código documento: PPCCPI-04 Versión: 10.0 ley para dar respuesta a la denuncia fiscal.

Se sigue el mismo procedimiento en los casos de peticiones provenientes de la Presidencia de la República, Fiscalía General de la Nación, Auditoría General de la República, Contraloría General de la República, Procuraduría General de la Nación, Defensoría del Pueblo, Personería de Bogotá D.C.; y demás organismos de control.

La respuesta definitiva que se allegue al denunciante deberá ser clara, puntual objetiva y concreta.

Observación:

Aprobación de la respuesta Aprueba la definitiva de la denuncia respuesta fiscal según los parámetros 41 Comité técnico definitiva de la correspondiente. establecidos en el punto denuncia fiscal. anterior y las facultades reglamentarias establecidas. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 42 de 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-59 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 59 Código formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y TRÁMITE DEL DERECHO DE PETICIÓN Y LA DENUNCIA FISCAL.

Código documento: PPCCPI-04 Versión: 10.0 Comunicación que informa al Verifica el denunciante Contralor, contenido del sobre el Contralor Auxiliar, proyecto de contenido de Director o 42 respuesta y firma la respuesta, Gerente Local. documento. mediante formato PGD-07-04.

Radica la Observación: comunicación en La radicación y asociación al el sistema de Sistema de PQR de las PQR y asocia el respuestas que deba firmar radicado al el Contralor o el Director de proceso de la Apoyo al Despacho, Técnico o asistencial denuncia fiscal. corresponderá a la DAD.

43 responsable.

Para la En concordancia con lo finalización del anterior, la DAD deberá trámite remitirse informar al CAC de la al numeral 5.4. realización de dicho trámite. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 43 de 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-60 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 60 Código formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y TRÁMITE DEL DERECHO DE PETICIÓN Y LA DENUNCIA FISCAL.

Código documento: PPCCPI-04 Versión: 10.0 5.3 NOTIFICACIONES  Servicio de mensajería:

Una vez finalizados Observación: los pasos descritos La certificación debe con antelación, contener la evidencia del escanea trámite dado por el operador Certificación certificación de de correo.

Técnico o de entrega entrega de la 44 asistencial operador de plataforma del En el evento que el operador responsable. correo. operador de correo; de correo devuelva la y asocia al proceso comunicación (continúa del DPC o trámite de notificación por Denuncia fiscal en aviso actividad 49). el sistema de PQR.

 Entrega correo electrónico:

Remite el oficio de Observación: respuesta a través En la plataforma del correo del correo electrónico, selecciona electrónico “OPCIONES” y marca señalado por el “Solicitar una confirmación Prueba de peticionario, de entrega”. También se Técnico o entrega indicando en el puede marcar la opción 45 asistencial (correo asunto el número “Solicitar una confirmación responsable. electrónico). del DPC o denuncia de lectura”. fiscal y el radicado de respuesta.

En el evento que el servidor Finalizado esto, de correo electrónico asocia la prueba de rechace el envío de la www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 44 de 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-61 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 61 Código formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y TRÁMITE DEL DERECHO DE PETICIÓN Y LA DENUNCIA FISCAL.

Código documento: PPCCPI-04 Versión: 10.0 entrega al proceso comunicación, continúa el del DPC en el trámite de notificación por sistema de PQR. aviso descrito en la actividad

49.

 Diligencia de notificación personal:

Si no se cuenta con Punto de control: la autorización para El envío de la citación se realizar la hará dentro del término notificación establecido en el artículo 68 electrónica, o, si no de la Ley 1437 de 2011, y de hay otro medio más dicha diligencia se dejará eficaz para informar constancia en el expediente. al interesado, se le enviará una citación Cuando se desconozca la a la dirección, al información sobre el número de fax o al destinatario señalada en el correo electrónico Técnico o inciso anterior, la citación se que figuren en el 46 Asistencial publicará en la página expediente o responsable. electrónica o en un lugar de puedan obtenerse acceso al público de la del registro respectiva entidad (primer mercantil, para que piso de la Sede Principal de comparezca a la la Contraloría de Bogotá diligencia de D.C.) por el término de cinco notificación (5) días hábiles. Lo anterior, personal. de conformidad con lo establecido en el artículo 68 La notificación de la Ley 1437 de 2011. personal podrá efectuarse por www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 45 de 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-62 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 62 Código formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y TRÁMITE DEL DERECHO DE PETICIÓN Y LA DENUNCIA FISCAL.

Código documento: PPCCPI-04 Versión: 10.0 correo electrónico si el interesado acepta ser notificado así.

Entrega personalmente el Respuesta Técnico o oficio de respuesta DPC recibida 47 asistencial al peticionario; y PGD-07-04. responsable. deja constancia de recibido y fecha.

Remite la constancia de notificación al CAC a través del correo electrónico cac@contraloriabog Técnico o ota.gov.co y anexa asistencial la constancia de 48 responsable. notificación al proceso del DPC o denuncia fiscal en el sistema de PQR.

 Notificación por aviso www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 46 de 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-63 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 63 Código formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y TRÁMITE DEL DERECHO DE PETICIÓN Y LA DENUNCIA FISCAL.

Código documento: PPCCPI-04 Versión: 10.0 Observación:

Esta notificación se surte cuando no es posible realizar Proyecta aviso de Asesor o la notificación personal, se notificación, 49 profesional desconoce la información del mediante Anexo responsable. destinatario o se rechace su No. 3. entrega vía mensajería o correo electrónico.

Contralor Auxiliar, Verifica el Aviso de Director, contenido del notificación 50 Jefe de oficina o proyecto y firma el DPC.

Gerente Local. aviso.

Radica el aviso en Técnico o el sistema PQR y asistencial asocia el radicado 51 responsable. al proceso del DPC o denuncia fiscal.

Publica el aviso con sus anexos en un Observación:

De conformidad con el lugar de acceso al artículo 69 de la Ley 1437 de público y remite al 2011, la publicación debe CAC mediante Técnico o estar fijada durante cinco (5) correo electrónico asistencial 52 días hábiles, desde 8:00 a.m. cac@contraloriabog responsable. del día 1° hasta 5:00 p.m. del ota.gov.co para su día 5°. publicación en la página web institucional.

5.4 SEGUIMIENTO Y MONITOREO  En la dependencia responsable: www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 47 de 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-64 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 64 Código formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y TRÁMITE DEL DERECHO DE PETICIÓN Y LA DENUNCIA FISCAL.

Código documento: PPCCPI-04 Versión: 10.0 Observación:

En este seguimiento debe tenerse en cuenta tanto la emisión de respuesta a los Asigna funcionario derechos de petición o responsable de denuncia fiscales, como lo efectuar relativo al cumplimiento de Contralor Auxiliar, seguimiento y los términos de los Director, monitoreo 53 desistimientos tácitos, las Jefe de Oficina o permanente a los aclaraciones, las peticiones Gerente Local derechos de oscuras e incompletas, los petición o DPC incluidos en proceso denuncias fiscales. auditor, los términos de los avisos de notificación, las ampliaciones de términos; entre otros.

Realiza seguimiento Observación: y monitoreo, Esta actividad es Profesional, implementando los fundamental para garantizar técnico o autocontroles que 54 el cumplimiento de los asistencial considere términos de ley, en el trámite responsable. necesarios y de los derechos de petición. pertinentes.

 En el Centro de Atención al Ciudadano:

Enlista el reporte que genera el sistema de los 55 Profesional CAC. derechos de petición y las denuncias fiscales www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 48 de 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-65 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 65 Código formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y TRÁMITE DEL DERECHO DE PETICIÓN Y LA DENUNCIA FISCAL.

Código documento: PPCCPI-04 Versión: 10.0 próximos a vencerse.

Envía a cada El Reporte de dependencia el seguimiento Observación:

Junto con el reporte se debe reporte de los de DPC y hacer la recomendación a las derechos de denuncias 56 Profesional CAC. dependencias, sobre el petición y de las fiscales, se seguimiento a las denuncias denuncias fiscales envía por fiscales. próximos a correo vencerse. electrónico.

Realiza permanentemente revisión documental de los soportes que evidencian el trámite de los derechos de Observación: petición o La revisión se efectuará en el denuncias fiscales.

57 Técnico o sistema de PQR de manera Asistencial CAC. continua.

Solicita vía correo electrónico o telefónicamente a la dependencia responsable los documentos faltantes. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 49 de 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-66 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 66 Código formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y TRÁMITE DEL DERECHO DE PETICIÓN Y LA DENUNCIA FISCAL.

Código documento: PPCCPI-04 Versión: 10.0 Entrega al ciudadano la Encuesta de encuesta de percepción del 58 Técnico o percepción sobre el asistencial CAC. servicio. servicio presentado (Ver Anexo No. 5).

Evalúa las encuestas de percepción de los ciudadanos que han presentado derechos de 59 Profesional CAC. petición o denuncias fiscales en la Entidad, e incorpora el resultado en el Informe de PQR.

Observación:

Informe El informe debe contener lo Derechos de señalado en el literal h) del Elabora informe petición y de artículo 11 de la Ley 1712 de 60 Profesional CAC. trimestral de PQR.

Acceso a la 2014 compilado en el artículo Información.

2.1.1.6.2 del Decreto 1081 de 2015.

Remite informe de Solicitud de PQR a la Dirección publicación del de Tecnologías de informe, 61 Profesional CAC. la Información y las mediante Comunicaciones formato www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 50 de 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-67 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 67 Código formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y TRÁMITE DEL DERECHO DE PETICIÓN Y LA DENUNCIA FISCAL.

Código documento: PPCCPI-04 Versión: 10.0 TIC para que sea PGD-07-02. publicado en el link de transparencia y acceso a la información.

5.5 CIERRE PROCESO

- Finalización proceso:

Observación:

En los eventos en que las comunicaciones se emitan por fuera del proceso del DPC, deben ser asociadas a este. Si el proceso ya se encuentra finalizado estas comunicaciones se subirán Asocia al proceso como anexo al radicado que en el sistema PQR dio origen al DPC o a la Asesor o todos y cada uno de denuncia fiscal. profesional los documentos que responsable de la 62 se requieran para La radicación y asociación al dependencia soportar la Sistema de PQR de las encargada. respuesta del DPC respuestas a los concejales o denuncia fiscal. de Bogotá D.C., congresistas, magistrados de altas cortes, y medios de comunicación; que deba firmar el Contralor o el Director de Apoyo al Despacho, corresponderá a la DAD. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 51 de 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-68 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 68 Código formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y TRÁMITE DEL DERECHO DE PETICIÓN Y LA DENUNCIA FISCAL.

Código documento: PPCCPI-04 Versión: 10.0 Se sigue el mismo procedimiento en los casos de respuestas dadas a las peticiones provenientes de la Presidencia de la República, Fiscalía General de la Nación, Auditoría General de la República, Contraloría General de la República, Procuraduría General de la Nación, Defensoría del Pueblo, Personería de Bogotá D.C.; y demás organismos de control.

En concordancia con lo anterior, la DAD deberá informar al CAC de la realización de dicho trámite.

Remite correo electrónico a: cac@contraloriabog Observación:

Los documentos generados ota.gov.co Asesor o para cada DPC o denuncia 63 profesional informando el fiscal deben estar asociados responsable. trámite dado a los en el sistema PQR.

DPC o denuncia fiscal asignados a su dependencia.

- Archivo:

www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 52 de 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-69 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 69 Código formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y TRÁMITE DEL DERECHO DE PETICIÓN Y LA DENUNCIA FISCAL.

Código documento: PPCCPI-04 Versión: 10.0 Abre y organiza el expediente del DPC o denuncia fiscal, adjuntando al mismo sus anexos, Observación: el (los)

Las notificaciones pueden memorando(s) de ser: constancia de envío por direccionamiento, el Técnico o correo electrónico, oficio informativo al 64 asistencial del certificación del operador de peticionario, la CAC. correo, constancia de recibo respuesta definitiva de entrega personal o y sus anexos; así notificación por aviso. como, la notificación que evidencia la entrega de oficios al peticionario.

5.6 TRÁMITE COPIAS DE DERECHOS DE PETICIÓN - AZ Observación:

Aplica cuando a la Recibe la copia del Técnico o Copia DPC Contraloría de Bogotá D.C., DPC dirigido a la 65 asistencial Recibido. lleguen copias de solicitudes Contraloría de responsable CAC. que se presentan ante otros Bogotá D.C. organismos o entidades. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 53 de 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-70 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 70 Código formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y TRÁMITE DEL DERECHO DE PETICIÓN Y LA DENUNCIA FISCAL.

Código documento: PPCCPI-04 Versión: 10.0 Observación:

De no ser de competencia de la Contraloría de Bogotá D.C., se remitirá a la entidad competente.

Ingresa al sistema Técnico o De ser de competencia de la PQR la copia del 66 asistencial Contraloría de Bogotá D.C., DPC o denuncia responsable CAC. se analizará como DPC, fiscal.

(remitirse al punto 3); y si se entiende como denuncia fiscal, se tramitará bajo este procedimiento (remitirse al punto 37).

Remite correo electrónico a: cac@contraloriabog Técnico o ota.gov.co 67 asistencial informando el responsable. trámite dado a las AZ asignadas a su dependencia.

Abre y organiza el expediente del DPC o denuncia fiscal, Técnico o anexando los 68 asistencial soportes allegados CAC. por la dependencia que tramitó el mismo. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 54 de 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-71 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 71 Código formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y TRÁMITE DEL DERECHO DE PETICIÓN Y LA DENUNCIA FISCAL.

Código documento: PPCCPI-04 Versión: 10.0

5. FORMATOS Y OTROS DOCUMENTOS RELACIONADOS AL PROCEDIMIENTO

1. PPCCPI-04-01 Derecho de petición Verbal.

2. PPCCPI-04-03 Desistimiento y Archivo del DPC.

3. PPCCPI-04-04 Notificación por aviso DPC- Copia AZ.

4. PPCCPI-04-05 Notificación personal del desistimiento y archivo del proceso de DPC.

5. PPCCPI-04-06 Encuesta de percepción del servicio.

6. PPCCPI-04-07 Traslado por competencia.

7. CONTROL DE CAMBIOS

Resolución Versión reglamentaria Descripción de la modificación y fecha R.R. No. 016 Si requiere ver la trazabilidad consultar la Resolución 13 marzo 2003 y Reglamentaria.

1.0 R.R No. 018 29 abril 2003 R. R. No. 049 30 Si requiere ver la trazabilidad consultar la Resolución septiembre 2003 Reglamentaria. y 2.0 R. R. No. 052 27 octubre 2003 Si requiere ver la trazabilidad consultar la Resolución 3.0 R.R. No. 031 21 julio 2005 Reglamentaria.

Si requiere ver la trazabilidad consultar la Resolución 4.0 R.R. No. 010 12 abril 2010 Reglamentaria.

Si requiere ver la trazabilidad consultar la Resolución 5.0 R.R. No. 011 31 marzo 2011 Reglamentaria. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 55 de 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-72 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 72 Código formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y TRÁMITE DEL DERECHO DE PETICIÓN Y LA DENUNCIA FISCAL.

Código documento: PPCCPI-04 Versión: 10.0 Resolución Versión reglamentaria Descripción de la modificación y fecha Si requiere ver la trazabilidad consultar la Resolución 6.0 R.R. No. 039 23 octubre 2013 Reglamentaria.

R.R. No. 004 Si requiere ver la trazabilidad consultar la Resolución 7.0 01 febrero de Reglamentaria.

2018 El procedimiento cambia de versión 8.0 a 9.0, con las siguientes modificaciones: Base legal: se adicionó la normatividad relacionada con Ley 1952 de 2015. Se precisaron las 9.0 R.R. No. 033 definiciones de conformidad con los cambios de la normatividad.

30 agosto 2019 Se ajustaron actividades relacionadas con el trámite de las Denuncia en el Control Fiscal y gestión de documentos.

R.R. No. 026 10.0 3 de septiembre 2024 Responsable de Proceso que Aprueba Cargo Director Técnico Dependencia Dirección de Participación Ciudadana y Desarrollo Local Nombre Completo David José Valencia Campo Firma Director de Planeación que Realiza Revisión Técnica www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 56 de 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-73 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 73 Código formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y TRÁMITE DEL DERECHO DE PETICIÓN Y LA DENUNCIA FISCAL.

Código documento: PPCCPI-04 Versión: 10.0 Responsable de Proceso que Aprueba Nombre Completo Sandra Patricia Bohórquez González Firma www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 57 de 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-74 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 74 ACUERDO LOCAL DE 2024 JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE SANTA FE ACUERDO LOCAL Nº 003 (30 de agosto de 2024)

POR EL CUAL SE ADOPTA EL PLAN DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOCIAL, AMBIENTAL Y DE OBRAS PÚBLICAS PARA LA LOCALIDAD DE SANTA FE 2025-2028 “SANTA FE CAMINA SEGURA”

LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE SANTA FE, En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Constitución Política de Colombia en sus artículos 324, el decreto 1421 de 1993 en su artículo 69 Artículo 62 del Acuerdo Distrital 878 de 2023.

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 14 del artículo 86 del Decreto Ley 1421 de 1993, modificado por el artículo 11 de la Ley 2116 de 2021 “Por medio de la cual se modifica el Decreto Ley 1421 de 1993, referente al Estatuto Orgánico de Bogotá”, establece que los alcaldes locales tienen la atribución de “ejecutar las políticas de presupuestos participativos dictadas por la Secretaría Distrital de Gobierno y establecer las disposiciones que aseguren la realización de las actividades necesarias para la efectiva participación de la sociedad civil en el proceso de programación del presupuesto local, el cual se deberá desarrollar en armonía con el plan de desarrollo distrital y el de las localidades, en plena concordancia con la Ley 1757 de 2015 y las demás disposiciones legales aplicables.”

Que, el artículo 60 del Acuerdo Distrital 878 de 2023, reglamentado por el Decreto Distrital 580 de 2023, señala la formulación y elaboración de los Planes de Desarrollo Local de la siguiente forma: “Una vez surtidos los Encuentros Ciudadanos, continúa la etapa de elaboración del proyecto del Plan de Desarrollo Local. Para su elaboración se deberá tener en cuenta el siguiente proceso: a. La Alcaldía Local, durante los veinte (20) días calendarios siguientes a la finalización de los Encuentros Ciudadanos, consolidará el proyecto del Plan de Desarrollo con base en el documento final de los Encuentros Ciudadanos y presentará informe a la Junta Administradora Local de las inclusiones realizadas de los aportes y propuestas presentadas por los ciudadanos. b. Una vez se cuente con el proyecto de plan, la Alcaldía Local convocará a una Mesa de Concertación Local de la cual hará parte el Consejo de Planeación Local, el Alcalde(sa) Local y/o sus delegadas(os), los representantes de las Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente. Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-75 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 75 mesas de trabajo de los Encuentros Ciudadanos y la Junta Administradora Local, para analizar el proyecto de Plan de Desarrollo Local elaborado por la Alcaldía Local. En esta mesa se buscará garantizar la inclusión de los aportes y propuestas ciudadanas expresadas en el documento final de los encuentros ciudadanos y las propuestas de las JAL. c. La convocatoria y metodología para el desarrollo de la Mesa de Concertación Local serán definidas por la Alcaldía Local con apoyo del IDPAC. La Alcaldía Local también definirá el número máximo de representantes que participará en la mesa y podrá convocar a la Veeduría Distrital para que participe como veedora del proceso. La Mesa de Concertación Local tendrá una duración máxima de veinte (20) días calendario. d. El Alcalde(sa) Local contará con ocho (8) días calendario para ajustar el proyecto de plan con base al resultado de la mesa de concertación y presentar el proyecto definitivo del Plan de Desarrollo Local a consideración de la Junta Administradora Local. e. En caso de no encontrar procedente las observaciones correspondientes, dejará constancia técnica de la justificación para la no inclusión y se informará de ello a la Junta Administradora Local para que se tenga en cuenta en el momento de aprobación.

Parágrafo 1. La Alcaldía Local podrá radicar ante la Junta Administradora Local el
documento de Plan de Desarrollo Local, en el caso de no llegarse a un acuerdo en la Mesa de Concertación o ante la imposibilidad de instalar la misma.

Parágrafo 2. La Secretaría Distrital de Planeación asesorará la formulación técnica
de los Planes de Desarrollo Local.”

Que, el 22 de febrero de 2024, el Secretario Distrital de Planeación, el Secretario Distrital de Gobierno y el Director del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal – IDPAC, expiden la Circular Conjunta 006 en la cual se establecen los lineamientos metodológicos para la realización de los encuentros ciudadanos y la formulación de los Planes de Desarrollo Local 2025 – 2028.

Que, el 02 de julio de 2024, el CONFIS Distrital expide la CIRCULAR CONFIS 04 en la cual se establecen los lineamientos de política para las líneas de inversión local 2025 – 2028.

Que, en Santa Fe, la Alcaldía Local en conjunto con el Consejo de Planeación Local (CPL), desarrolló los Encuentros Ciudadanos entre el 10 de abril de 2024 y el 09 de mayo de 2024.

Que, en Santa Fe, la Alcaldía Local en conjunto con el CPL y la JAL, desarrolló las Mesas de Concertación entre el 15 y 25 de julio de 2024.

Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente. Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-76 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 76 Que en la comisión de Plan de Desarrollo presidida por el edil Marlon Giovanny Cruz Cotrina, se realizó el nombramiento de los ponentes Diana Alejandra Orjuela Sáenz y José Orlando Hernández Ramírez, quienes rindieron ponencia positiva realizando las respectivas recomendaciones propuestas por la totalidad de quienes componen la corporación y fue aprobado en primer (1°) debate en la comisión de Plan de Desarrollo, llevada a cabo el día 29 de agosto de 2024, siendo acogida y aprobada por los honorables ediles: Marlon Giovanny Cruz Cotrina, Jhon Bisckmar Cury Parra, Hernández Ramírez José Orlando, Méndez Cuello Kevin Yesid, Orjuela Sáenz Diana Alejandra, Poveda Guerrero Rosa Evelia y Ana Celia Sabogal Castro.

Una vez dicho trámite, fue remitida a la presidencia de la corporación para que surta a segundo (2°) debate en Plenaria que se realizó el día 30 de agosto de 2024, donde fue aprobado, por los honorables: Marlon Giovanny Cruz Cotrina, Jhon Bisckmar Cury Parra, Hernández Ramírez José Orlando, Méndez Cuello Kevin Yesid, Orjuela Sáenz Diana Alejandra, Poveda Guerrero Rosa Evelia y Ana Celia Sabogal Castro.

ACUERDA:

PARTE I PARTE ESTRATEGICA

Capítulo I.

VISIÓN

Artículo 1.

Adopción del plan. Se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de obras públicas para la localidad de Santa Fe para el periodo 2025- 2028 “Santa Fe Camina Segura”, el cual constituye el referente de las acciones y políticas de la administración local.

Artículo 2.

Visión.

Para 2028 Santa Fe será una localidad de bien-estar e igualdad de oportunidades; fundamentada en la confianza, el respeto y la libertad, fortalecerá el sentido de identidad de la comunidad, promoverá la inclusión y la diversidad, fomentará acuerdos donde todas y todos puedan ser y hacer. A través de la gestión pública institucional, para la innovación, la productividad y el desarrollo sostenible, la localidad será protagonista de un proyecto comprometido con la seguridad, el bienestar social, la acción climática y la creación de un futuro próspero y equitativo, alineado con los objetivos distritales y globales de sostenibilidad.

Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente. Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-77 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 77 En este contexto, la localidad se destacará como el centro revitalizado de Bogotá D.C., y será un referente distrital en democracia, en la protección de sus habitantes, de los seres vivos, del tejido social y la promoción de la gestión cultural Santa Fe estará fortalecida por la transparencia y sus habitantes tendrán las condiciones que garanticen una democracia participativa, con enfoque territorial, de género, étnico y diferencial, a través de espacios de concertación, de la mano de los grupos poblacionales, las instancias de participación ciudadana, los consejos locales, las Juntas de Acción Comunal y el respectivo control social y político de la Junta Administradora Local. En armonía enfrentaremos los desafíos que se nos propone como sociedad y localidad.

Artículo 3.

Objetivo General del plan.

El Plan de Desarrollo Local “Santa Fe Camina Segura”, en concordancia con la visión local y de ciudad, buscará que la localidad sea un territorio seguro, sostenible y de oportunidades para los ciudadanos, donde se potencia sus talentos, su diversidad, sus emprendimientos, y su cultura, a través de procesos orientados a garantizar la seguridad, el bien-estar, la confianza y la colaboración con la administración.

“Santa Fe Camina Segura” es resultado de un proceso de construcción colectiva que inició en los Encuentros Ciudadanos, donde la comunidad expresó las problemáticas y situaciones a mejorar y reconoció la importancia del territorio rural de la localidad; de ahí que este Plan responde a las necesidades particulares de Santa Fe, buscando garantizar la seguridad, el bien-estar, la participación, la sostenibilidad, la cultura, la inclusión y el acceso a los bienes y servicios públicos.

Artículo 4.

Objetivos Estratégicos. El presente Plan de Desarrollo Local en coherencia con el Plan de Desarrollo Distrital “Bogotá Camina Segura” adopta sus fundamentos y estructura general. Las directrices y políticas que orientan la acción articulada de la administración local frente al Plan de Desarrollo Distrital se organizan en torno a los “Objetivos Estratégicos”.

Los Objetivos estratégicos se constituyen en los elementos estructurales, que permitirán visibilizar los resultados que espera alcanzar en la ciudad, y en el cada Plan de Desarrollo Local contribuye a lograr estos objetivos a nivel territorial.

Objetivos estratégicos del plan:

1. Bogotá avanza en seguridad.
2. Bogotá confía en su bien–estar.
3. Bogotá confía en su potencial.
4. Bogotá ordena su territorio y avanza en su acción climática.
5. Bogotá confía en su gobierno.

Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente. Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-78 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 78

Capítulo II.

OBJETIVO ESTRATÉGICO “BOGOTÁ AVANZA EN SEGURIDAD”

Objetivos, estrategias, programas

Artículo 5.

Propósito del Objetivo. La localidad de Santa Fe se proyecta como un territorio preparado para adaptarse y prosperar en un mundo en constante cambio, garantizando una vida plena, digna y segura para todos sus habitantes. De esta manera, se pretende convertir en un referente de convivencia pacífica, cooperación comunitaria, garante de los derechos humanos y el respeto por una vida libre de violencias. Este objetivo busca transformar la localidad de Santa Fe en un paradigma de seguridad humana integral, donde cada ciudadano desarrolle plenamente su potencial en un entorno de libertad, dignidad y bienestar.

Artículo 6.

Estrategias. Las estrategias que serán desarrolladas para el logro del Objetivo Estratégico son:

a. Desarrollar acciones que incentiven el diálogo intercultural, el respeto mutuo y la colaboración entre los diversos grupos y comunidades, a través de la promoción de valores de tolerancia, inclusión y solidaridad, para fomentar en la comunidad la convivencia ciudadana. La promoción de la convivencia ciudadana contribuye a crear entornos urbanos y rurales más seguros y pacíficos, donde los individuos puedan desarrollarse plenamente y contribuir positivamente al bienestar colectivo, trabajando desde un enfoque diferencial, étnico territorial y de género. b. Prevenir el feminicidio y la violencia contra la mujer y las niñas mediante la mejora de la seguridad, la convivencia y la generación de entornos protectores en las áreas urbanas y rurales. Esto implica promover una cultura de participación ciudadana centrada en la prevención de la violencia de género, y fortalecer el tejido social para garantizar que las mujeres y las niñas vivan libres de violencia, con acceso a apoyo y protección efectiva. c. Proporcionar a las fuerzas de seguridad y a las instituciones policiales los insumos, las herramientas y los recursos necesarios para desempeñar sus funciones de manera eficiente y efectiva, garantizando mejorar la capacidad de respuesta ante los delitos, la aplicación justa de la ley y la protección de los derechos de todas las personas y niñas, niños y adolescentes. d. Garantizar el acceso a la justicia mediante la difusión de saberes, conocimientos y capacitaciones a la comunidad. Esto implica empoderar a los ciudadanos con información y habilidades necesarias para entender sus derechos y responsabilidades legales, así como los mecanismos disponibles para defenderlos. Se busca reducir las barreras que impiden el acceso equitativo a la justicia, promover la participación activa de la comunidad en el sistema judicial, fomentar una cultura de respeto y cumplimiento de la ley e Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente. Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-79 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 79 implementar estrategias integrales de prevención bajo un modelo de atención centrado en la justicia restaurativa. Este enfoque contribuye a construir una sociedad más justa e inclusiva, donde todos los individuos puedan ejercer sus derechos de manera plena y efectiva. e. Mejorar la calidad de vida de la ciudadanía mediante la construcción y/o conservación de elementos del sistema de espacio público. La inversión en infraestructura de calidad y en la conservación del espacio público, mediante procesos de sostenibilidad urbana, facilita crear entornos más seguros, accesibles y atractivos para los ciudadanos, que mejoran su salud mental y física y fortalecen el tejido social de la comunidad. f. Fortalecer y empoderar a las comunidades locales, dotando a la institucionalidad local de las herramientas y los conocimientos necesarios para abordar los desafíos de seguridad y convivencia ciudadana en sus propios entornos. El enfoque principal es cultivar un sentido de responsabilidad compartida, reconociendo y adaptándose a las particularidades y necesidades específicas del territorio, para mejorar las condiciones de seguridad en el ejercicio de la prevención, la vigilancia y el control en pro de la seguridad humana en cuanto a convivencia y seguridad física, fundamentada en la Ley 1801 de 2016.

Artículo 7.

Programa 1. Diálogo social y cultura ciudadana para la convivencia pacífica y la recuperación de la confianza. Este programa busca transformar el tejido social de la localidad de Santa Fe mediante la promoción activa del diálogo para la resolución pacífica de conflictos y el fortalecimiento de la cultura ciudadana, orientada a construir una convivencia más armoniosa y segura.

Se proyectan acciones para la creación de espacios y oportunidades para que los ciudadanos interactúen, debatan y resuelvan conflictos de manera pacífica, utilizando el diálogo como herramienta principal, fomentando un sentido de responsabilidad compartida por el bienestar de la ciudad. Se busca cultivar una cultura de respeto mutuo, tolerancia y solidaridad que trascienda las diferencias sociales, económicas y culturales.

La recuperación de la confianza es un elemento clave de este programa, tanto entre los ciudadanos como en su relación con las instituciones. Por ello, se propone reconstruir los lazos comunitarios y fortalecer el sentido de pertenencia a la localidad, creando un ambiente donde los habitantes se sientan seguros, valorados y empoderados para participar activamente en la vida cívica. Estas estrategias incluirán la participación y la concertación con los diferentes grupos poblacionales, incluidos y teniendo en cuenta a la población joven y NNA (niños, niñas y adolescentes).

Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente. Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-80 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 80

Artículo 8.

Metas e indicadores del programa.

CONCEPTO DE GASTO META Indicador Fortalecer 31 organizaciones comunitarias a través de capacidades para promover acciones de corresponsabilidad en la gestión de la seguridad y la convivencia.

Organizaciones comunitarias fortalecidas a través de capacidades para promover acciones de corresponsabilidad en la gestión de la seguridad y la convivencia.

Promoción de la convivencia ciudadana (PP)

Implementar 4 acciones formativas diferenciales para la promoción de la convivencia ciudadana.

Acciones formativas diferenciales para la promoción de la convivencia ciudadana implementadas.

Artículo 9.

Programa 2. Cero tolerancia a las violencias contra las mujeres y violencias basadas en género. Este programa busca apoyar de manera integral a las mujeres y a la población general, garantizando la seguridad, la dignidad y el bienestar, desde un enfoque integral de prevención, protección, atención y acceso a la justicia, para construir una Santa Fe más segura y equitativa. Se establecerán acciones orientadas a la promoción y fortalecimiento de capacidades individuales y colectivas, proporcionando las herramientas necesarias para identificar, responder y prevenir casos de violencia basada en género, todo esto desde un enfoque de garantía de derechos humanos

Artículo 10.

Metas e indicadores del programa.

CONCEPTO DE GASTO META Indicador Prevención del feminicidio y las violencias contra las mujeres. (PP)

Vincular 2400 personas en acciones para la prevención del feminicidio y la violencia contra la mujer.

Número de Personas vinculadas en acciones para la prevención del feminicidio y la violencia contra la mujer

Artículo 11.

Programa 3. Desmantelamiento de estructuras criminales y delincuenciales con mejores capacidades y activos tecnológicos. Este programa se enfoca en combatir eficazmente el crimen organizado y la delincuencia. Se basa en la premisa de que, para enfrentar las amenazas criminales cada vez

Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente. Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-81 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 81 más sofisticadas, es necesario evolucionar las capacidades de las fuerzas de seguridad y aprovechar al máximo los avances tecnológicos. El núcleo de este programa radica en la integración de inteligencia avanzada, tecnología de punta y recursos humanos altamente capacitados para identificar, desarticular y prevenir las actividades de las estructuras criminales que operan en la localidad. El objetivo es no solo reaccionar ante el delito, sino anticiparse a él, atacando sus raíces y desmantelando las redes que lo sustentan, con el fin de garantizar la seguridad y la integridad de todas las personas de la localidad Santa Fe.

Artículo 12.

Metas e indicadores del programa.

Suministrar 2 dotaciones a organismos de seguridad.

Dotaciones suministradas a organismos de seguridad CONCEPTO DE GASTO META Indicador Dotación, mantenimiento de equipamientos que permitan el fortalecimiento de la seguridad y justicia. (GP)

Artículo 13.

Programa 4. Servicios centrados en la justicia. Este programa busca visibilizar y fortalecer iniciativas que promuevan la justicia y la convivencia como espacios de encuentro y diálogo desde la diversidad. Promueve acciones de intervención en contextos de alta conflictividad, activando recursos sociales, fortaleciendo capacidades comunitarias, promoviendo lecturas participativas de los conflictos y articulando instancias de mediación social para gestionar la convivencia y prevenir las violencias, desde la autorregulación y las respuestas efectivas.

Así mismo, se pretende incentivar y gestionar el conocimiento y los recursos territoriales para la autorregulación y el abordaje social y comunitario de conflictos, fomentando los Métodos Alternativos de Solución de Conflictos (MASC) y creando estrategias de acceso a la justicia formal, no formal y comunitaria. Incluye acciones de prevención y acceso a la justicia para violencias contra mujeres, niños, niñas y adolescentes (NNA), y otros sujetos de especial protección constitucional, ampliando la efectividad de la respuesta institucional, generando más oportunidades de denuncia y estrategias integrales de prevención con un modelo de atención centrado en la justicia restaurativa

Artículo 14.

Metas e indicadores del programa.

CONCEPTO DE GASTO META Indicador Acceso a la Justicia. (PP)

Fortalecer 8 programas de abordaje de conflictividad escolar para la convivencia con enfoque restaurativo.

Programas de abordaje de conflictividad escolar para la convivencia con enfoque restaurativo fortalecidos.

Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente. Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-82 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 82 Beneficiar 750 ciudadanos con habilidades y capacidades para gestionar la convivencia constructivamente.

Ciudadanos beneficiados con habilidades y capacidades para gestionar la convivencia constructivamente.

Artículo 15.

Programa 5. Espacio público seguro e inclusivo. Este programa se centra en transformar el espacio público de la Localidad de Santa Fe en un entorno que promueva la seguridad, la inclusión y la convivencia ciudadana. Se parte de la premisa de que los espacios públicos bien diseñados, mantenidos y utilizados activamente por la comunidad son fundamentales para la calidad de vida urbana y la prevención del delito.

El enfoque principal está orientado a crear una red de espacios públicos accesibles, atractivos y seguros para los ciudadanos, independientemente de su edad, género, condición socioeconómica o capacidades físicas. Se busca que estos espacios no solo sean lugares de tránsito, sino centros de interacción social, actividad cultural y recreación. (mencionar la carrera 7ma).

Artículo 16.

Metas e indicadores del programa.

CONCEPTO DE GASTO META Indicador Construcción y/o conservación de elementos del sistema de espacio público (PP)

Metros cuadrados construidos y/o conservados de elementos del sistema de espacio público peatonal.

Intervenir 17000 metros cuadrados de elementos del sistema de espacio público peatonal con acciones de construcción y/o conservación.

Cultura ciudadana en torno a la seguridad (GP)

Implementar 4 estrategias de seguridad y convivencia a través de gestores locales que permitan el uso y disfrute del espacio público Estrategias de seguridad y convivencia implementadas a través de gestores locales que permitan el uso y disfrute del espacio público

Capítulo III.

OBJETIVO ESTRATÉGICO “BOGOTÁ CONFÍA EN SU BIEN – ESTAR”

Objetivos, estrategias, programas

Artículo 17.

Propósito del Objetivo. La localidad de Santa Fe se proyecta como una localidad que garantice condiciones de calidad de vida para sus habitantes. Bien-estar es la posibilidad efectiva que tiene la ciudadanía de elegir sobre lo que

Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente. Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-83 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 83 quiere ser y hacer para el beneficio y el desarrollo de su territorio. Para lograr esta proyección es necesario impulsar el acceso equitativo, incluyente y de calidad a la educación, la salud, los servicios del cuidado, la cultura, la recreación, el deporte y la actividad física. Así mismo, garantizar la protección de la niñez, los jóvenes, las mujeres y los adultos mayores.

De esa manera, la localidad de Santa Fe reducirá las brechas de desigualdad y será ejemplo de la construcción de una mejor sociedad; donde cada persona pueda elegir su proyecto de vida, atendiendo a su diversidad, desde enfoques étnicos, poblacionales y diferenciales, para que así pueda alcanzar su máximo potencial y contribuir al bienestar colectivo, así como a la protección y el bienestar de todas las formas de vida.

Artículo 18.

Estrategias. Las estrategias que serán desarrolladas para el logro del Objetivo Estratégico son:

a. El subsidio tipo C es una estrategia que tiene como objetivo mejorar la calidad de vida de las personas mayores en situación de vulnerabilidad que habitan la localidad de Santa Fe, reduciendo la pobreza y su riesgo social a través de un subsidio social, que consiste en el recibimiento de un soporte financiero estable, que ayude a mejorar sus condiciones de vida, bienestar emocional y social, al garantizar que las personas mayores tengan los recursos necesarios para vivir dignamente y participar plenamente en la vida comunitaria. b. Aportar al mejoramiento de vida de los jóvenes en condición de vulnerabilidad en la localidad de Santa Fe mediante transferencias monetarias condicionadas que fomenten su inclusión en dinámicas sociales. Incentivar el desarrollo de competencias que aumenten sus oportunidades laborales y de integración social. El objetivo de este programa es contribuir a la reducción de la pobreza y la desigualdad, fortaleciendo el tejido social y promoviendo una comunidad más cohesionada y resiliente. c. Apoyar a hogares en vulnerabilidad es fundamental para el desarrollo de la localidad de Santa Fe, asegurando un ingreso mínimo garantizando una mejor calidad de vida. El propósito de esta estrategia es reducir los índices de pobreza y el riesgo social, además de fortalecer el tejido social y económico de Santa Fe, fomentando un desarrollo sostenible y equitativo para todos sus habitantes. d. Fortalecer los comedores comunitarios existentes en la localidad de Santa Fe, en consonancia con la misión de la Secretaría Distrital de Integración Social de liderar y formular políticas sociales para la integración de las Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente. Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-84 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 84 personas, las familias y las comunidades, así como la reducción del hambre en la ciudad. Los comedores comunitarios serán el foco de este fortalecimiento, mejorando su capacidad operativa. Esta acción contribuirá directamente a la meta de incrementar los cupos disponibles para la atención alimentaria en el Distrito Capital, promoviendo la seguridad alimenticia y el desarrollo de capacidades que permitan el ejercicio pleno de la ciudadanía, sin la necesidad de crear nuevos comedores. e. Desarrollar acciones para la disminución de factores de riesgo frente al consumo de Sustancias Psicoactivas (SPA), la implementación de dispositivos comunitarios de salud, el otorgamiento de Dispositivos de Asistencia Personal para personas con discapacidad, y la promoción de la salud sexual y reproductiva. Este enfoque integral tiene como objetivo mejorar la salud y el bienestar de la comunidad a través de estrategias basadas en la comunidad y adaptadas a las necesidades específicas de sus habitantes. f. Se desarrollarán acciones y estrategias que promuevan la salud sexual y reproductiva consciente y responsable, transformando tabúes culturales frente a la sexualidad y embarazo adolescente y la promoción del disfrute de la sexualidad de forma autónoma y segura. g. Implementar estrategias y actividades complementarias en salud dirigidas a personas en situación de discapacidad y sus cuidadores. Acciones que fortalezcan la inclusión y participación de personas en situación de discapacidad creando un entorno más equitativo ofreciendo mayores oportunidades de integración y bienestar tanto a la persona en situación de discapacidad como a sus cuidadores o cuidadoras. h. Proporcionar el apoyo necesario a las personas con discapacidad y sus cuidadores. Se establecerá un proceso para otorgar dispositivos de asistencia personal a personas con discapacidad, con el objetivo de aportar a su independencia y participación comunitaria, y complementando los procesos de habilitación y rehabilitación en sus entornos cotidianos. i. Implementar acciones comunitarias de salud mental que incluya campañas de concientización en espacios donde se pueda abordar de manera colectiva el manejo del estrés, la ansiedad y la depresión. Además, se ofrecerá capacitaciones continuas de parte de profesionales de la salud y se establecerán redes de apoyo comunitario. j. Desarrollar inspecciones regulares en focos de basura y de plagas; el uso de tecnologías de fumigación junto con productos ecológicos. Para esto, se Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente. Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-85 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 85 deberá generar una articulación con las instituciones distritales en su implementación, y se deberá promover acciones de monitoreo y evaluaciones comunitarias para medir la efectividad de las acciones. k. Realizar un diagnóstico detallado para identificar las áreas con mayor incidencia de violencia contra la mujer y las niñas, así como también identificar los factores de riesgo asociados. Además, se pretende la organización talleres y programas de capacitación incluyendo hombres y mujeres, sobre temas como igualdad de género, identificación de señales de violencia, y cómo actuar en situaciones de riesgo. l. Crear planes de apoyo integral para mujeres cuidadoras, incluyendo servicios de respiro, formación en habilidades para el autocuidado y el cuidado de otros, y acceso a servicios de salud mental. Colaborar con organizaciones locales y entidades de salud para ofrecer estos servicios y asegurar su sostenibilidad. m. Implementar herramientas en formación sobre derechos humanos, igualdad de género, liderazgo e historia local sobre la mujer, involucrando a lideresas comunitarias y organizaciones de mujeres en la construcción de estos programas para asegurar una perspectiva inclusiva y contextualizada que fomente una mayor participación de las mujeres en los escenarios de participación e incidencia local. n. Desarrollar espacios participativos para la construcción de memoria histórica, promoción de la verdad y la reparación, donde se fomente una mayor agencia e incidencia de las víctimas en los espacios de participación distrital y nacional. Para este fin es crucial colaborar con organizaciones de víctimas, académicos y entidades gubernamentales para asegurar la integridad y el impacto de estos procesos. o. Brindar estímulos para artistas y organizaciones culturales, basado en convocatorias públicas, transparentes y equitativas. De esta manera, se deberá promover la diversidad cultural y el acceso a la cultura mediante exposiciones, festivales y actividades comunitarias, que atiendan a la identidad local, el fomento de la convivencia y la paz, así como la puesta en marcha de acciones afirmativas que impulsen el desarrollo social de la ciudadanía local y distrital. p. Organizar una amplia gama de actividades recreativas y deportivas comunitarias, adaptadas a diferentes edades y capacidades, fomentando la participación de la comunidad mediante herramientas que permitan la Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente. Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-86 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 86 participación de la comunidad, así como también la colaboración con clubes deportivos y organizaciones deportivas comunitarias. q. Fortalecer la formación en arte, cultura y patrimonio dirigidos a diferentes grupos de edad y niveles de habilidad, ofreciendo estímulos para facilitar el acceso, circulación y promoción de actividades culturales. Organizar talleres y cursos regulares impartidos por expertos, proveer espacios y recursos para la creación artística. r. Establecer un plan integral de bienestar animal que incluya servicios de urgencias veterinarias, campañas de esterilización masiva, brigadas médicas en áreas vulnerables, programas educativos sobre tenencia responsable y eventos de adopción. Es necesario colaborar con clínicas veterinarias, organizaciones de protección animal y voluntarios para maximizar el alcance y el impacto.

Artículo 19.

Programa 7. Bogotá, una ciudad con menos pobreza. Este programa se enfoca en reducir la pobreza y el riesgo social de población altamente vulnerable mediante su inclusión en dinámicas y subsidios sociales, así como en orientación socio-ocupacional y formación en habilidades. De igual manera, atender a los hogares de la localidad que se encuentran en situación de vulnerabilidad social, mitigará las consecuencias de la crisis económica y favorecerá la reactivación económica-social, en busca del bienestar de la población.

Artículo 20.

Metas e indicadores del programa.

CONCEPTO DE GASTO META Indicador Apoyo económico para persona mayor - tipo C. (GP)

Beneficiar 2500 personas mayores con transferencias monetarias.

Número de personas mayores con transferencias Monetarias.

Transferencias monetarias condicionadas para jóvenes. (GP)

Beneficiar 800 jóvenes con transferencias condicionadas y acompañamiento psicosocial para la promoción al acceso y permanencia a oportunidades de formación y empleabilidad.

Jóvenes beneficiados con transferencias condicionadas y acompañamiento psicosocial para la promoción al acceso y permanencia a oportunidades de formación y empleabilidad Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente. Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-87 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 87 Transferencias Ordinarias. (GP)

Atender 1264 personas con apoyos que contribuyan al ingreso mínimo garantizado.

Personas atendidas con apoyo que contribuyan al ingreso mínimo garantizado

Artículo 21.

Programa 8. Erradicación del hambre en Bogotá. Este programa pretende fortalecer estas instalaciones para que puedan atender a un mayor número de personas en situación de vulnerabilidad en los comedores comunitarios que ya se encuentran funcionando actualmente en el territorio de Santa Fe. Este programa pretende realizarse con la articulación interadministrativa e intersectorial con las entidades distritales pertinentes.

Artículo 22.

Metas e indicadores del programa.

CONCEPTO DE GASTO META Indicador Comedores Comunitarios (GP)

Habilitar 150 cupos para la atención de población en inseguridad alimentaria y nutricional del Distrito Capital, a través de comedores comunitarios.

Número de cupos habilitados para la atención de población en inseguridad alimentaria y nutricional del Distrito Capital, a través de comedores comunitarios..

Artículo 23.

Programa 10. Salud Pública Integrada e Integral. Este programa está orientado a potenciar la atención primaria social y reducir las desigualdades en salud, a través de acciones de prevención y fortalecimiento de la gestión y acciones locales en salud.

La participación de la comunidad y la articulación interinstitucional e intersectorial serán fundamentales para implementar acciones dirigidas a abordar las enfermedades físicas y mentales, reducir los daños y riesgos asociados al consumo de sustancias psicoactivas en cualquier forma de organización social o comunitaria, y promover la salud sexual y reproductiva en adolescentes y jóvenes a través de la prevención y la educación. Además, se busca aumentar la capacidad para proporcionar dispositivos de asistencia técnica y desarrollar acciones complementarias que apoyen a la población con discapacidad y a sus cuidadores. Todas estas iniciativas tienen como objetivo atender las necesidades de la población en materia de salud integral.

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Artículo 24.

Metas e indicadores del programa.

CONCEPTO DE GASTO META Indicador Acciones para la disminución de los factores de riesgo frente al consumo de sustancias psicoactivas. (GP)

Vincular 600 personas a las acciones desarrolladas desde los dispositivos de base comunitaria en respuesta al consumo de SPA.

Números de personas vinculadas a las acciones desarrolladas desde los dispositivos de base comunitaria en respuesta al consumo de SPA.

Salud sexual y reproductiva consiente en adolescentes y jóvenes. (GP)

Vincular 1000 personas a las acciones y estrategias para promover la salud sexual y reproductiva consciente en los diferentes ciclos de vida.

Vincular 1200 personas a las acciones y estrategias para promover la salud sexual y reproductiva consciente en los diferentes ciclos de vida.

Acciones complementarias para personas con discapacidad y sus cuidadores (GP)

Vincular 500 personas con discapacidad, cuidadores y cuidadoras, en actividades complementarias en salud.

Número de personas con discapacidad, cuidadores y cuidadoras, vinculados en actividades complementarias en salud Otorgamiento de Dispositivos de asistencia Personal - DAP a personas con discapacidad (GP)

Beneficiar 800 personas con discapacidad a través de Dispositivos de Asistencia Personal - Ayudas Técnicas (no incluidas en los Planes de Beneficios).

Número de personas con discapacidad beneficiadas con Dispositivos de Asistencia Personal - Ayudas Técnicas (no incluidas en los Planes de Beneficios).

Acciones para la promoción y atención de la salud mental (PP)

Beneficiar 800 personas con acciones para la promoción y atención de la salud mental.

Número de personas beneficiadas con acciones para la promoción y atención de la salud mental.

Control y mitigación de plagas (GP)

Intervenir 100 Focos Con Acciones De Control De Plagas.

Número de focos intervenidos con acciones de control de plagas

Artículo 25.

Programa 12. Bogotá cuida a su gente. Este programa se orienta a fortalecer las rutas para la prevención de vulneraciones de los derechos humanos de las mujeres; promueve el ejercicio de sus derechos en sus diversidades y

Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente. Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-89 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 89 contribuye a su bienestar físico, emocional y a la autonomía en territorios urbanos y rurales.

También, busca fortalecer capacidades y promover alternativas para la inclusión social y productiva, incluyendo el acceso a apoyo psicológico, la formación en habilidades laborales, la creación de espacios de apoyo comunitario y redes de colaboración. Además, contempla actividades de respiro y cuidado alternativo para aliviar la carga de las tareas del cuidado, facilitando su participación en actividades económicas, educativas y recreativas.

Paralelamente, mediante el desarrollo e implementación de acciones individuales y colectivas, fortalece procesos locales que movilizan los derechos de las mujeres y promueven su autonomía económica, buscando disminuir la feminización de la pobreza y las brechas de género y fortaleciendo sus capacidades desde los enfoques de la Política Pública de Mujer y Equidad de Género.

Artículo 26.

Metas e indicadores del programa.

Vincular 2000 personas en procesos para la prevención de violencias en el contexto familiar y/o violencia sexual.

CONCEPTO DE GASTO META Indicador Prevención y atención de violencia intrafamiliar y sexual para poblaciones en situaciones de riesgo y vulnerabilidad de derechos (PP)

Número de Personas que participan en procesos para la prevención de violencias en el contexto familiar y/o violencia sexual.

Estrategias de cuidado a personas cuidadoras. (PP)

Vincular 900 mujeres cuidadoras a estrategias de cuidado.

Mujeres cuidadoras vinculadas a estrategias de cuidado.

Mujeres vinculadas para el ejercicio de derechos y el fortalecimiento de su autonomía económica.

Vincular 1400 mujeres para el ejercicio de derechos y el fortalecimiento de su autonomía económica.

Fortalecimiento de capacidades para el ejercicio de derechos y para la autonomía económica de las mujeres. (PP)

Artículo 27.

Programa 13. Bogotá, un territorio de paz y reconciliación en donde todos puedan volver a empezar. El programa busca beneficiar a la población víctima a través de tres componentes clave: i) la apropiación social de la memoria, mediante procesos pedagógicos, artísticos, culturales y académicos que fortalezcan las iniciativas ciudadanas para preservar la memoria histórica; ii) la construcción de paz, mediante acciones que refuercen el tejido social, la integración local, y el desarrollo territorial para promover la reconciliación; iii) y la participación, fortaleciendo las habilidades y capacidades de las víctimas para que puedan

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Artículo 28.

Metas e indicadores del programa.

CONCEPTO DE GASTO META Indicador Construcción de memoria, verdad, reparación, víctimas, paz y reconciliación. (PP)

Acciones de construcción de paz realizadas que contribuyan al tejido social, la integración local, la sostenibilidad económica y/o desarrollo territorial para la reconciliación.

Realizar 4 acciones de construcción de paz que contribuyan al tejido social, la integración local, la sostenibilidad económica y/o desarrollo territorial para la reconciliación.

Artículo 29.

Programa 14. Bogotá deportiva, recreativa, artística, patrimonial e intercultural. Este programa contribuye a la salud mental y física de la ciudadanía en su ciclo de vida, mediante el incentivo de la práctica deportiva, recreativa, artística, cultural y patrimonial en los barrios, fomentar la participación comunitaria, promover estilos de vida saludables y fortalecer el tejido social a través del arte, la recreación y el deporte, así como la construcción de la identidad territorial de la localidad de Santa Fe.

Este programa pretende apoyar y fomentar la realización de actividades culturales, interculturales, recreo-deportivas, artísticas y patrimoniales contemplados en acuerdos y decretos de orden local y distrital. Estas actividades surgen de acciones e iniciativas de organizaciones y colectivos que operan en zonas urbanas y rurales. Se promueve la realización de certámenes adaptados a las necesidades de las comunidades, con el fin de fortalecer el tejido cultural, artístico y patrimonial local, reconociendo a este sector como un eje fundamental de transformación social en la localidad. El programa adopta un enfoque diferencial, poblacional y de género, que fomenta la inclusión y la participación. Además, incluye actividades recreodeportivas y proyectos orientados al desarrollo de procesos y escuelas de formación deportiva convencional, paralímpica, así como en nuevas tendencias y deportes alternativos. También se ofrecen capacitaciones técnicas y administrativas en diversas modalidades.

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Artículo 30.

Metas e indicadores del programa.

Otorgar 60 estímulos de apoyo al sector artístico y cultural.

Estímulos otorgados de apoyo al sector artístico y cultural CONCEPTO DE GASTO META Indicador Iniciativas de interés cultural, artístico, patrimonial y de cultura ciudadana. (GP)

Beneficiar 8000 personas en actividades recreo-deportivas comunitarias.

Personas beneficiadas con actividades recreo-deportivas comunitarias.

Capacitar 2150 personas en los campos deportivos o recreativos.

Personas capacitadas en los campos deportivos o recreativos.

Beneficiar 2150 Personas con la entrega de dotaciones deportivas.

Personas beneficiadas con la entrega de dotaciones deportivas.

Recreación y deporte. (PP)

Beneficiar 28 colectivos u organizaciones recreo deportivas inscritas en el Banco que implementan iniciativas de carácter barrial con apoyos económicos Colectivos u organizaciones recreo deportivas inscritas en el Banco que implementan iniciativas de carácter barrial beneficiadas con apoyos económicos Realizar 36 eventos de promoción, circulación y apropiación de actividades artísticas, culturales y patrimoniales.

Eventos de promoción, circulación y apropiación de actividades artísticas, culturales y patrimoniales realizadas.

Arte, cultura y patrimonio (PP)

Capacitar 2000 personas en los campos artísticos, interculturales, culturales y/o patrimoniales.

Personas beneficiadas y capacitadas con procesos de formación y exploración en los campos artísticos, culturales y patrimoniales

Artículo 31.

Programa 15. Bogotá protege la vida animal. Este programa contempla servicios de esterilización quirúrgica de perros y gatos y atención de

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Artículo 32.

Metas e indicadores del programa.

CONCEPTO DE GASTO META Indicador Vincular 1500 personas en acciones educativas en temas de protección y bienestar animal Número de personas vinculadas en acciones de educación en temas de protección y bienestar animal Protección y bienestar animal. (PP)

Atender 15000 animales en los programas de brigadas médicas, urgencias veterinarias y adopciones Número de animales atendidos Número de animales atendidos por los programas de brigadas médicas, urgencias veterinarias y adopciones Esterilizar 4000 perros y gatos incluyendo los que está en condición de vulnerabilidad

Capítulo IV.

OBJETIVO ESTRATÉGICO “BOGOTÁ CONFÍA EN SU POTENCIAL”

Objetivos, estrategias, programas

Artículo 33.

Propósito del Objetivo. La localidad de Santa Fe se proyecta como un territorio que impulsa el crecimiento sostenible y equitativo de la comunidad mediante la dotación de infraestructuras educativas, el fomento del sector artístico y cultural, y el apoyo a la educación superior. Estas acciones están orientadas a crear un entorno propicio para el desarrollo intelectual y creativo de los habitantes, fortaleciendo sus habilidades laborales y promoviendo la inclusión social y económica e impulsando la educación y la cultura para garantizar oportunidades de

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De otra parte, para la dinamización de la economía local, se apoyará la gestión turística local y se aportará en la financiación de proyectos culturales y creativos, que favorezcan la transformación empresarial y productiva de Mipymes y los actores de la economía informal, en prospectiva de generar empleo y mejorar la calidad de vida de los ciudadanos, asegurando un crecimiento inclusivo y sostenible para la comunidad.

Artículo 34.

Estrategias. Las estrategias que serán desarrolladas para el logro del Objetivo Estratégico son:

a. Dotar a las instituciones educativas distritales de mobiliario, equipos tecnológicos y materiales didácticos, con el propósito de atender las necesidades de los estudiantes y los centros educativos. b. Apoyar a los jóvenes de la localidad brindando posibilidades para el acceso y permanencia en la educación superior, priorizando a las personas de escasos recursos y en articulación con la Agencia Distrital para la Educación Superior, La Ciencia y la Tecnología - Atenea. c. Desarrollar programas de formación en habilidades técnicas y blandas, en articulación con instituciones educativas y empresas locales, para promover la certificación y acreditación de la población joven, mujeres, adulto mayor, población LGTBIQ+, y demás población diferencial, con el objetivo de mejorar la empleabilidad de los participantes. d. Promover el turismo sostenible y la valorización del patrimonio local, a través de acciones en asistencia técnica, capacitación y financiamiento de proyectos de desarrollo turístico en la Localidad, en integración con distintos sectores comerciales y poblacionales, así como del territorio rural local. e. Financiar proyectos culturales y creativos locales que fomenten la innovación y la sostenibilidad del sector cultural, apoyando iniciativas que generen impacto social y económico, en integración con los saberes diferenciales de los sectores poblaciones y bajo enfoque diferencial. f. Implementar planes de capacitación y asistencia técnica para hogares y unidades productivas del sector rural, mediante prácticas sostenibles y eficientes, que fortalezcan sus habilidades para la comercialización, marketing digital, promoción de mercados campesinos, creación de redes de solidaridad e impulso e intercambio de saberes para el fortalecimiento del proceso agrícola y comercial.

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Artículo 35.

Programa 16. Atención integral a la primera infancia y educación como eje del potencial humano. Este programa contribuye al desarrollo integral de la población de Niñas, Niños, Adolescentes y Jóvenes (NNAJ), a partir de entornos educativos y culturales, que atienden sus necesidades educativas y el uso del tiempo libre, para el fomento de una ciudadanía autónoma y con agencia en el desarrollo de sus proyectos de vida.

Artículo 36.

Metas e indicadores del programa.

CONCEPTO DE GASTO META Indicador Dotación de equipamientos para instituciones educativas públicas del distrito. (GP)

Dotar 8 sedes educativas urbanas y rurales con recursos pedagógicos y/o tecnológicos Sedes educativas urbanas y rurales dotadas con recursos pedagógicos y/o tecnológicos Beneficiar 190 estudiantes con apoyo de sostenimiento para la permanencia en la educación pos-media (niveles de formación técnico profesional, tecnólogo, profesional universitario y educación para el trabajo y desarrollo humano).

Apoyo para educación superior. (GP)

Número de estudiantes beneficiados con apoyo de sostenimiento para la permanencia en la educación pos-media (niveles de formación técnico profesional, tecnólogo, profesional universitario y educación para el trabajo y desarrollo humano). Beneficiar 200 estudiantes en programas de educación pos-media (niveles de formación técnico profesional, tecnólogo, profesional universitario y educación para el trabajo y desarrollo humano).

Número de estudiantes de programas de educación pos-media (niveles de formación técnico profesional, tecnólogo, profesional universitario y educación para el trabajo y desarrollo humano).

Artículo 37.

Programa 19. Desarrollo empresarial, productividad y empleo. Este programa busca cerrar progresivamente las brechas socioeconómicas de la

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Artículo 38.

Metas e indicadores del programa.

CONCEPTO DE GASTO META Indicador Fortalecimiento de habilidades para la empleabilidad - impulso al empleo local. (PP)

Realizar 4 acciones para fortalecer las capacidades y/o habilidades, técnicas y blandas de las personas de la localidad, con el fin de mejorar el acceso a oportunidades de empleo.

Número de acciones realizadas para fortalecer las capacidades y/o habilidades, técnicas y blandas de las personas de la localidad, con el fin de mejorar el acceso a oportunidades de empleo.

Desarrollo turístico local. (PP)

Apoyar 100 Mipymes y/o emprendimientos orientados al fortalecimiento de las capacidades locales para la gestión y el desarrollo turístico Número de Mipymes y/o emprendimientos orientados al fortalecimiento de las capacidades locales para la gestión y el desarrollo turístico apoyados.

Artículo 39.

Programa 20. Promoción del emprendimiento formal, equitativo e incluyente. Este programa busca fomentar el desarrollo económico de la localidad a partir del impulso del sector cultural, rural y la población emprendedora e informal, a través de la implementación del Sistema Distrital de Apoyo al Emprendimiento y el fortalecimiento productivo-empresarial, con el objetivo de proponer alternativas que fomenten el trabajo y el desarrollo de capacidades locales.

Artículo 40.

Metas e indicadores del programa.

CONCEPTO DE GASTO META Indicador Financiar 48 proyectos del sector cultural y creativo.

Sostenibilidad del ecosistema cultural y creativo. (PP)

Número de proyectos financiados y acompañados del sector cultural y creativo.

Extensión agropecuaria y productividad rural. (PP)

Vincular 60 hogares y/o unidades productivas a procesos productivos y de Número de hogares y/o unidades productivas vinculadas a procesos Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente. Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-96 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 96 comercialización en el sector rural. productivos y de comercialización en el sector rural Fortalecimiento del tejido empresarial local. (PP)

Apoyar 200 Mipymes, emprendimientos y/o actores de la economía informal para el fortalecimiento del tejido empresarial local.

Número de Mipymes, emprendimientos y/o actores de la economía informal apoyados para el fortalecimiento del tejido empresarial local.

Capítulo V.

OBJETIVO ESTRATÉGICO “BOGOTÁ ORDENA SU TERRITORIO Y AVANZA

EN SU ACCIÓN CLIMÁTICA”

Objetivos, estrategias, programas

Artículo 41.

Propósito del Objetivo. La localidad de Santa Fe se proyecta como una localidad que fomenta el bienestar comunitario y la sostenibilidad ambiental, a través de intervenciones estratégicas que se desarrollan en infraestructuras urbanas y rurales, con el propósito de mejorar la calidad de vida de los habitantes, mediante la modernización de la malla vial local e intermedia; así como también, con el impulso de la agricultura urbana, promoviendo prácticas agrícolas sostenibles; y la creación y mejoramiento de espacios verdes, como parques y jardines, para mejorar la salud mental y física de los ciudadanos, proporcionando lugares para el esparcimiento y la recreación.

De otra parte, el fortalecimiento de capacidades locales para el manejo de emergencias y mitigación del riesgo es crucial para asegurar que la comunidad esté preparada ante desastres naturales y otras contingencias. Estas acciones buscan satisfacer las necesidades inmediatas de la población y construir una base sólida para un desarrollo inclusivo y sostenible. Estos esfuerzos apuntan a proyectar a Santa Fe como un territorio donde el bienestar comunitario y la sostenibilidad ambiental sean los pilares que soporten el crecimiento y la prosperidad futura de la localidad

Artículo 42.

Estrategias. Las estrategias que serán desarrolladas para el logro del Objetivo Estratégico son:

a. Establecer espacios de asesoría legal para ayudar y acompañar a la ciudadanía local en el proceso de titulación y legalización de predios, realizar campañas informativas el acceso a los servicios de asesoría legal para la propiedad legal, simplificar los trámites administrativos, e Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente. Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-97 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 97 implementar programas de regularización en áreas informales. Colaborar con instituciones gubernamentales y no gubernamentales para coordinar esfuerzos en la promoción de la propiedad legal b. Contribuir con el mejoramiento y el mantenimiento de parques vecinales y de bolsillo, involucrando a la comunidad en el diseño y la ejecución de las intervenciones para garantizar que los espacios públicos respondan a las necesidades locales. Incluye, dotación de mobiliario urbano, juegos infantiles y áreas deportivas, así como el acondicionamiento de espacios para población con discapacidad. c. Dotar de equipamientos e insumos a los grupos organizaciones y/o lugares culturales, así como de desarrollar planes de adecuación que respondan a estas necesidades. Involucrar a la comunidad en el proceso de planificación y diseño. Establecer estrategias de mantenimiento y gestión sostenible para asegurar la durabilidad y funcionalidad de los equipamientos culturales de escala local. d. Proporcionar asistencia técnica agropecuaria y ambiental a los propietarios de predios rurales, a través de procesos de formación que contribuyan a mejorar las prácticas agrícolas y de conservación ambiental. El proceso se realizará en articulación con universidades y organizaciones especializadas para ofrecer talleres y asesorías e impulsar la creación de la Unidad Local de Asistencia Técnica Agropecuaria (ULATA). e. Implementar un plan de fomento para el reverdecimiento urbano que incluya el cuidado de las huertas comunitarias existentes, talleres de capacitación sobre técnicas de cultivo urbano y la provisión de insumos agrícolas. Se deberá promover la participación de escuelas y comunidades locales, incentivando un mayor sentido de pertenencia de los espacios verdes de la localidad y promoviendo la conciencia ambiental y agroecológica. f. D Elaborar un plan de incentivos para la construcción de un proyecto de intervención y mantenimiento de jardinería, huertas comunitarias y coberturas verdes en áreas urbanas, priorizando zonas en riesgo. Este plan incluirá procesos de poda, rehabilitación, mantenimiento, control de plagas y enfermedades, así como reforestación. Todo se llevará a cabo de acuerdo con las normativas de la Resolución 088 de 2021 y la Resolución 0092 de 2023, siguiendo los parámetros establecidos en los Planes Especiales de Manejo y Protección de Bogotá (PEMP). g. Capacitar a la comunidad en la separación de residuos en la fuente y el reciclaje, utilizando talleres, materiales didácticos y plataformas digitales, en articulación con escuelas, empresas y organizaciones locales, fomentando basuras cero y el uso de residuos orgánicos en huertas.

Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente. Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-98 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 98 h. Intervenir la malla vial urbana y rural, priorizando las áreas con mayor deterioro, a través de la construcción y conservación de vías que faciliten el acceso a los diferentes territorios de la localidad. i. Fortalecer las capacidades locales para la oportuna respuesta ante emergencias y desastres, incluyendo la formación de brigadas comunitarias, la realización de simulacros de emergencias y la creación de planes de emergencia locales, donde se integre al sector rural, los cerros orientales, las instituciones educativas, y sectores de alto flujo como San Victorino y la Carrera Séptima. j. Asistir técnicamente el acueducto veredal de la Localidad, proporcionando capacitación en gestión y mantenimiento de sistemas de agua y ampliando su cobertura para los distintos hogares rurales. Para este fin se implementarán mejoras en la infraestructura. Así mismo, la estrategia apunta a tener en consideración el estudio técnico y la construcción de un nuevo acueducto veredal, si así la comunidad rural, la Alcaldía Local y demás entidades pertinentes así lo consideren. k. Dotar, adecuar y mejorar las unidades operativas de la localidad a través de la entrega de elementos y herramientas para mejorar la eficiencia y calidad de los servicios.

Artículo 43.

Programa 23. Ordenamiento territorial sostenible, equilibrado y participativo. Este programa pretende crear espacios de asesoría legal que brinden apoyo a la ciudadanía en la obtención de títulos y la legalización de predios, así como simplificar los procedimientos administrativos y difundir información sobre los servicios disponibles, con el fin de impulsar la propiedad legal, fortalecer la seguridad jurídica y estimular el desarrollo económico en la comunidad.

Artículo 44.

Metas e indicadores del programa.

CONCEPTO DE GASTO META Indicador Gestionar la titulación o legalización de 100 predios.

Legalización y titulación de predios (GP)

Predios legalizados y/o con titulación gestionados.

Artículo 45.

Programa 24. Revitalización y renovación urbana y rural con inclusión. Este programa busca aprovechar y mejorar el mobiliario y la infraestructura física de los parques de la localidad, para el uso y recreación de la ciudadanía local, promoviendo la renaturalización y adaptación al cambio climático, impulsando la sostenibilidad ambiental, la conservación de los recursos naturales

Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente. Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-99 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 99 mediante la incorporación de criterios de construcción sostenible y la participación activa de los habitantes en la toma de decisiones.

Artículo 46.

Metas e indicadores del programa.

CONCEPTO DE GASTO META Indicador Intervenir 10 Parques de la red de proximidad con acciones de mejoramiento, mantenimiento y/o dotación.

Construcción, mantenimiento y dotación de parques de la red de proximidad. (PP)

Número de Parques de la red de proximidad intervenidos en mejoramiento, mantenimiento y/o dotación Construir 600 m2 de Parques de la red de proximidad (la construcción incluye su dotación).

M2 de Parques de la red de proximidad construidos y dotados.

Dotación de equipamientos culturales de escala local. (PP)

Intervenir 12 equipamientos culturales con acciones de construcción, adecuación y/o dotación Número de equipamientos culturales intervenidos con acciones de construcción, adecuación y/o dotación

Artículo 47.

Programa 25. Aumento de la resiliencia climática y reducción de la vulnerabilidad. Este programa profundiza en las estrategias ciudadanas para hacer frente a los efectos del cambio climático, y la revitalización urbana, siguiendo la normatividad establecida desde el PEMP (Resolución 088 de 2021 y la Resolución 0092 de 2023). Se promueve el cambio en las prácticas de consumo, uso y aprovechamiento de residuos sólidos, además de apoyar e impulsar actividades agropecuarias y la implementación de técnicas agroecológicas en el sector rural.

Artículo 48.

Metas e indicadores del programa.

CONCEPTO DE GASTO META Indicador Asistencia técnica agropecuaria y ambiental. (GP)

Implementar 4 procesos comunitarios de educación ambiental que promueven la Número de procesos comunitarios de educación ambiental Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente. Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-100 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 100 conservación de la biodiversidad y el agua. implementados y/o fortalecidos.

Implementar 40 huertas rurales.

Número de huertas rurales implementadas.

Apoyar 40 predios rurales con buenas prácticas agropecuarias y ambientales que fortalezcan la protección a coberturas vegetales y recurso hídrico.

Número de predios rurales con buenas prácticas agropecuarias y ambientales que fortalezcan la protección a coberturas vegetales y recurso hídrico.

Implementar 10 huertas urbanas.

Número de huertas urbanas implementadas.

Mantener 4500 árboles en zona urbana.

Número de árboles mantenidos en zona urbana.

Reverdecimiento Urbano. (PP)

Mantener 4500 m2 de jardinería.

Número de m2 de jardinería convencional y biodiversa mantenidos.

Lograr 5 hectáreas en proceso de restauración ecológica.

Número de hectáreas en proceso de restauración ecológica. Cambios de hábitos de consumo, separación en la fuente y reciclaje. (PP)

Capacitar 3000 personas en separación en la fuente y reciclaje.

Personas capacitadas en separación en la fuente y reciclaje.

Artículo 49.

Programa 26. Movilidad Sostenible. Este programa busca mejorar el bienestar comunitario y la sostenibilidad ambiental, mediante la modernización de la malla vial local e intermedia en zonas urbanas y rurales, incluyendo la construcción y mantenimiento para mejorar la movilidad.

Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente. Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-101 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 101

Artículo 50.

Metas e indicadores del programa.

CONCEPTO DE GASTO META Indicador Intervenir 7.5 Kilómetros-carril de malla vial urbana (local y/o intermedia) con acciones de construcción y/o conservación Diseño, construcción y conservación (mantenimiento y rehabilitación) de la malla vial local e intermedia urbana o rural. (PP)

Kilómetros-carril construidos y/o conservados de malla vial urbana (local y/o intermedia) Intervenir 1.5 Kilómetros-carril de malla vial rural con acciones de construcción y/o conservación Kilómetros-carril construidos y/o conservados de malla vial rural

Artículo 51.

Programa 27. Gestión del riesgo de desastres para un territorio seguro. Este programa busca fortalecer las capacidades ciudadanas para la prevención de riesgos en la localidad, integrando la zona urbana y rural, mediante la implementación de programas de formación y capacitación que permitan a la comunidad conocer los factores de riesgo.

Artículo 52.

Metas e indicadores del programa.

CONCEPTO DE GASTO META Indicador Manejo de emergencias y mitigación del riesgo. (GP)

Realizar 2 obras de mitigación y/u obras de mitigación existentes con mantenimiento.

Número de obras de mitigación y/u obras de mitigación existentes con mantenimiento.

Artículo 53.

Programa 29. Servicios públicos inclusivos y sostenibles. Este programa busca fortalecer la capacidad de abastecimiento sostenible de agua, garantizando el acceso a agua potable en las zonas rurales de la localidad.

Artículo 54.

Metas e indicadores del programa.

CONCEPTO DE GASTO META Indicador Acueductos veredales y saneamiento básico. (PP)

Fortalecer 1 acueducto veredal con asistencia, intervenir técnica u organizativa Número de acueductos veredales asistidos o intervenidos técnica Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente. Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-102 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 102 u organizacionalmente.

Artículo 55.

Programa 30. Atención del déficit social para un hábitat digno. Este programa busca mejorar las condiciones de los equipamientos sociales y fortalecer la atención en las diferentes unidades operativas SDIS de Santa Fe, para contribuir con el desarrollo y buen vivir de las poblaciones que requieren especial atención en la Localidad.

Artículo 56.

Metas e indicadores del programa.

CONCEPTO DE GASTO META Indicador Dotar y/o acondicionar 10 unidades operativas orientadas a la atención de la primera infancia (Jardines Infantiles, Casas de Pensamiento Intercultural, Modalidad Espacios Rurales, Crecemos en la Ruralidad, Creciendo Juntos, Centros Amar, Centros Forjar).

Unidades operativas orientadas a la atención de la primera infancia (Jardines Infantiles, Casas de Pensamiento Intercultural, Modalidad Espacios Rurales, Crecemos en la Ruralidad, Creciendo Juntos, Centros Amar) dotadas y/o acondicionadas Dotación a unidades operativas de servicios sociales de la SDIS. (PP)

Dotar y/o acondicionar 1 unidades operativas de atención especializada (Centros Integrarte, Centros Crecer y Cadis).

Unidades operativas de atención especializada (Centros Integrarte, Centros Crecer, Cadis) dotados y/o acondicionados Dotar y/o acondicionar 1 unidades operativas orientadas a la atención de jóvenes (casas de la juventud, centros forjar).

Unidades operativas orientadas a la atención de jóvenes (casas de la juventud, centros forjar) dotadas y/o acondicionadas Dotar y/o acondicionar 1 Centros de Desarrollo Comunitarios para la prestación de servicios sociales dirigidas al desarrollo Sedes de Centros de Desarrollo Comunitarios dotados y/o acondicionados para la prestación de servicios sociales Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente. Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-103 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 103 de capacidades y generación de oportunidades. dirigidas al desarrollo de capacidades y generación de oportunidades.

Capítulo VI.

OBJETIVO ESTRATÉGICO “BOGOTÁ CONFÍA EN SU GOBIERNO”

Objetivos, estrategias, programas

Artículo 57.

Propósito del Objetivo. La localidad de Santa Fe se proyecta como un territorio que cuenta con una base sólida en participación ciudadana, sustentada en la confianza de sus instituciones y en el establecimiento de un Gobierno eficiente, estable, amable, ágil y, sobre todo, que escuche y tenga en cuenta las voces de la comunidad y atienda las necesidades y dinámicas propias de los territorios.

Trabajando articuladamente con las instancias de participación, las organizaciones sociales y comunales, la Junta Administradora Local y otras expresiones de participación ciudadana, la administración local confía en desarrollar un proceso de gobernanza armoniosa y sostenible para la localidad, brindando los canales de relacionamiento necesarios para facilitar y acercar a la ciudadanía a la toma de decisiones.

Artículo 58.

Estrategias. Las estrategias que serán desarrolladas para el logro del Objetivo Estratégico son:

a. Garantizar el acompañamiento constante y la presencia continua de la administración local en el territorio, especialmente en aquellos sectores identificados de mayor complejidad y que requieren apoyo especial, implementando acciones orientadas a la protección, la mejora de la convivencia y el cumplimiento de los lineamientos de ordenamiento del espacio público, a través de procesos de inspección, vigilancia y control. b. Recuperar la confianza de la ciudadanía en la institucionalidad mediante la transversalización de un enfoque poblacional-diferencial y de género, impulsando el fortalecimiento de la eficiencia y eficacia administrativa. c. Reducir la brecha digital y fomentar el desarrollo tecnológico en zonas rurales y/o apartadas, así como la implementación de procesos de formación y desarrollo de competencias digitales en estas áreas, permitirá que la población local esté capacitada y acceda a las tecnologías de la información y la comunicación, integrándose de manera activa al sector digital.

Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente. Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-104 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 104 d. Fortalecer, crear y mantener los servicios TIC que ofrezcan conectividad a Internet que permitan el progreso de competencias digitales, promoviendo el desarrollo tecnológico y social tanto en áreas urbanas como rurales. La instalación, puesta en servicio, operación, mantenimiento, promoción, uso y apropiación de estos servicios buscan mejorar la inclusión digital, fomentar la participación ciudadana y potenciar las oportunidades de crecimiento y bienestar para todos los sectores de Santa Fe. e. Brindar las herramientas necesarias a las instancias de participación y a las organizaciones comunales y sociales para que ejerzan su derecho a la participación incidente y real; fortaleciendo la incidencia de la toma de decisión de las instancias y organizaciones sociales y/o comunitarios de participación de manera efectiva sobre los recursos técnicos, jurídicos y de gestión, necesarias para su completo y pleno funcionamiento. f. Fortalecer las organizaciones comunales para impulsar su autonomía y su labor con la comunidad, en busca de contribuir con el bienestar de las personas en los territorios. g. Fortalecer a la ciudadanía en el desarrollo de capacidades democráticas, trabajo en equipo, resolución de conflictos, construcción de iniciativas de interés público, con el objetivo de incentivar la participación ciudadana incidente. h. Implementar laboratorios de innovación social en la localidad, orientados a mejorar la gestión pública, promover la apropiación ciudadana y fomentar la participación ciudadana. Estos laboratorios trabajarán en la identificación de problemas locales, co-creación de soluciones con la comunidad, realización de pruebas piloto y difusión de resultados exitosos. Además, se complementará con campañas educativas sobre derechos y deberes ciudadanos, la creación de espacios de diálogo, el desarrollo de plataformas digitales para la consulta ciudadana, y la organización de talleres y capacitación en liderazgo y gestión pública. i. Desarrollar planes de inversión concertada con los pueblos Indígenas y los grupos Negros, Afrocolombianos y Palenqueros, que incluya mesas de diálogo para identificar necesidades y prioridades, co-creación de proyectos que busquen la re-significación de las tradiciones, cosmovisión y cultura propias de estos grupos poblacionales. Estos proyectos se orientarán al fortalecimiento de sus saberes propios y de la comunidad étnica como grupos que componen la localidad. j. Llevar a cabo acciones de rehabilitación, mantenimiento y/o dotación de salones comunales y casas de participación. Se promoverá un diagnóstico participativo para identificar necesidades, el desarrollo de un plan de Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente. Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-105 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 105 rehabilitación y la creación de estrategias regulares de cuidado y mantenimiento de los salones comunales. k. Crear un programa de fortalecimiento para medios comunitarios y alternativos que incluya la organización de talleres y cursos de capacitación en periodismo, producción audiovisual, gestión de medios y comunicación digital, así como la dotación y entrega de insumos necesarios para su funcionamiento. Se promoverá el intercambio de experiencias entre diferentes medios comunitarios, se ofrecerá asistencia técnica para mejorar su calidad y sostenibilidad, y se desarrollarán modelos de negocio sostenibles. Además, se promoverá el acceso a redes de colaboración para compartir recursos y apoyo mutuo, aumentando la visibilidad y el impacto de los medios comunitarios a través de campañas de promoción y el uso de plataformas digitales.

Artículo 59.

Programa 33. Fortalecimiento institucional para un Gobierno confiable. Este programa establece las bases para el funcionamiento administrativo del Fondo de Desarrollo Local de Santa Fe, asegurando la prestación de los servicios que la administración pública local necesita para ejecutar de manera responsable y transparente los recursos asignados por el Distrito Capital. Abarca tanto la adecuación de infraestructura como la gestión del talento humano. Además, actúa como garante del cumplimiento de los derechos de los ciudadanos, enmarcado en los procesos y designaciones legales dispuestos por la gobernabilidad local.

Artículo 60.

Metas e indicadores del programa.

CONCEPTO DE GASTO META Indicador Inspección, vigilancia y control. (GP)

Realizar 4 estrategias de inspección, vigilancia y control (una por vigencia).

Estrategias de inspección, vigilancia y control realizada.

Fortalecimiento institucional. (GP)

Realizar 4 estrategias de fortalecimiento institucional (una por vigencia).

Estrategias de fortalecimiento institucional realizadas.

Infraestructura local. (GP) Construir 1 sede administrativa local Sedes administrativas locales construidas.

Artículo 61.

Programa 35. Bogotá Ciudad Inteligente. Este programa pretende implementar estrategias que permitan fortaleces las capacidades y procesos de formación en las tecnologías de la información, así como también el desarrollo de

Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente. Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-106 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 106 competencias digitales, para el cierre de la brecha digital; así mismo, se promoverán iniciativas de conocimiento digital y el acceso a las tecnologías de la información y la comunicación.

Artículo 62.

Metas e indicadores del programa.

CONCEPTO DE GASTO META Indicador Servicios TIC´s generados en zonas rurales y/o apartadas y urbanas.

Operativizar 30 Centros de Acceso Comunitario en zonas rurales y/o apartadas y/o urbanas, con énfasis en Servicios TIC´s generados.

Conectividad y redes de comunicación. (PP)

Procesos de formación y desarrollo de competencias digitales realizados en zonas rurales y/o apartadas y urbanas Operativizar 30 Centros de Acceso Comunitario en zonas rurales y/o apartadas y/o urbanas, con énfasis en procesos de formación y desarrollo de competencias digitales.

Artículo 63.

Programa 39. Camino hacia una democracia deliberativa con un gobierno cercano a la gente y con participación ciudadana. Este programa está diseñado para fomentar y fortalecer el crecimiento, desarrollo y consolidación de todas las formas de participación ciudadana en la localidad de Santa Fe. Su objetivo es potenciar y apoyar a las instancias de participación, así como a las organizaciones sociales y comunitarias, para que puedan desempeñar plenamente sus funciones y, de esta manera, generar un impacto positivo en el territorio local y en sus habitantes. Asimismo, los procesos de formación, buscan incrementar el interés y el conocimiento general acerca de los diferentes mecanismos de participación promovidos por los diversos actores sociales e institucionales.

Artículo 64.

Metas e indicadores del programa.

Fortalecer 120 Organizaciones sociales e Instancias de participación ciudadana.

Organizaciones sociales e Instancias de participación ciudadana fortalecidas.

CONCEPTO DE GASTO META Indicador Fortalecimiento a organizaciones sociales y comunitarias y a las instancias de participación. (PP)

Organizaciones comunales fortalecidas.

Fortalecimiento a Organizaciones Comunales. (GP)

Fortalecer 60 organizaciones comunales.

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Capacitar 2000 personas a través de procesos de formación para la participación de manera virtual y presencial.

Personas capacitadas a través de procesos de formación para la participación de manera virtual y presencial.

Bogotaneidad. (GP)

Desarrollar 2 acciones orientadas a la ciudadanía, en el marco de la estrategia Bogotaneidad.

Acciones desarrolladas, orientadas a la ciudadanía en el marco de la estrategia Bogotaneidad Concertar e implementar 4 iniciativas de inversión local con los pueblos indígenas.

Iniciativas diferenciales étnicas para comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales, Palenqueras, y los Pueblos Indígenas, Rom o Gitano. (GP)

Iniciativa de inversión local concertada e implementada con los pueblos indígenas Concertar e implementar 4 iniciativas de inversión local con las comunidades negras, afrocolombianas y palenqueras.

Iniciativa de inversión local concertada e implementada con las comunidades negras, afrocolombianas y palenqueras.

Infraestructura de espacios para la participación. (PP)

Rehabilitar 8 salones comunales y/o casas de participación.

Salones comunales y/o casas de la participación rehabilitados Fortalecimiento a medios comunitarios y alternativos. (PP)

Fortalecer 40 medios comunitarios y alternativos.

Medios comunitarios y alternativos fortalecidos.

PARTE II PLAN DE INVERSIONES

Capítulo VII.

PLAN PLURIANUAL DE INVERSIONES

Artículo 65.

Estrategia financiera.

El Plan Plurianual de Inversiones del Plan de Desarrollo Local “Santa Fe Camina Segura” se estima en un monto de $ 204.779 millones de pesos constantes de 2024. Se financiará con Transferencias de la Administración Central, Recursos de Capital e Ingresos Corrientes.

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Artículo 66.

Plan plurianual de inversiones 2025-2028 por propósito del PDL.

A continuación, se presentan el presupuesto proyectado por la administración distrital para el plan plurianual de inversiones teniendo como base el recurso de la vigencia 2024 y su ajuste con el IPC.

Objetivos estratégicos RECURSOS 2025 2026 2027 2028 Total % Objetivo 1 Bogotá avanza en seguridad $ 5.905 $ 4.129 $ 5.771 $ 4.371 $ 20.176 9,851% $ 17.367 $ 16.451 $ 16.930 $ 17.415 $ 68.163 33,29% Objetivo 2 Bogotá confía en su bien – estar Objetivo 3. Bogotá confía en su potencial $ 7.256 $ 6.873 $ 7.072 $ 7.278 $ 28.479 13,91% $ 11.886 $ 11.262 $ 11.588 $ 11.928 $ 46.664 22,79% Objetivo 4. Bogotá ordena su territorio y avanza en su acción climática.

Objetivo 5. Bogotá confía en su gobierno $ 10.564 $ 9.911 $ 10.303 $ 10.519 $ 41.297 20,17% TOTAL RECURSOS $ 52.978 $ 48.626 $ 51.664 $ 51.511 $ 204.779 100,0% Cifras en millones de pesos de 2024 Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente. Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-109 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 109

Artículo 67.

Plan plurianual de inversiones 2025-2028 por programa y metas del PDL.

Objetivo 1 BOGOTÁ AVANZA EN SEGURIDAD Concepto de gasto Meta RECURSOS 2025 2026 2027 2028 Total % Programa 1. Diálogo social y cultura ciudadana para la convivencia pacífica y la recuperación de la confianza.

$ 372 $ 352 $ 362 $ 373 $ 1.459 0,72% Fortalecer 60 organizaciones comunitarias a través de capacidades para promover acciones de corresponsabilidad en la gestión de la seguridad y la convivencia.

Promoción de la convivencia ciudadana $ 248 $ 235 $ 241 $ 249 $ 973 0,47% Implementar 4 acciones formativas diferenciales para la promoción de la convivencia ciudadana Subtotal $ 620 $ 587 $ 603 $ 622 $ 2.432 1,19% Programa 2. Cero tolerancia a las violencias contra las mujeres y violencias basadas en género.

$788 $747 $768 $791 $3.094 1,51% Prevención del feminicidio y las violencias contra las mujeres.

Vincular 2400 personas en acciones para la prevención del feminicidio y la violencia contra la mujer.

Subtotal $788 $747 $768 $791 $3.094 1,51% Programa 3. Desmantelamiento de estructuras criminales y delincuenciales con mejores capacidades y activos Suministrar 2 dotaciones a organismos de seguridad. $ 1.548 $ 0 $ 1.524 $ 0 $ 3.072 1,5% tecnológicos. Dotación, mantenimiento de equipamientos que permitan el fortalecimiento de la seguridad y justicia.

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$220 $209 $215 $221 $865 0,42% Fortalecer 8 programas de abordaje de conflictividad escolar para la convivencia con enfoque restaurativo.

Acceso a la Justicia.

$180 $171 $176 $181 $708 0,35% Beneficiar 750 ciudadanos con habilidades y capacidades para gestionar la convivencia constructivamente.

Subtotal $400 $380 $391 $402 $1.573 0,77% Programa 5. Espacio público seguro e inclusivo.

$ 1.617 $ 1.532 $ 1.577 $ 1.622 $ 6.348 3,10% Cultura ciudadana en torno a la seguridad.

Implementar 4 estrategias de seguridad y convivencia a través de gestores locales que permitan el uso y disfrute del espacio público.

$ 932 $ 883 $ 908 $ 935 $ 3.658 1,79% Construcción y/o conservación de elementos del sistema de espacio público.

Intervenir 17000 metros cuadrados de elementos del sistema de espacio público peatonal con acciones de construcción y/o conservación.

Subtotal $ 2.549 $ 2.415 $ 2.485 $ 2.557 $10.006 4,89% Cifras en millones de pesos de 2024 Objetivo 2 Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente. Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-111 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 111 BOGOTÁ CONFÍA EN SU BIEN – ESTAR Concepto de gasto Meta RECURSOS 2025 2026 2027 2028 Total % Programa 7. Bogotá, una ciudad con menos pobreza.

Apoyo económico para persona mayor - tipo C.

Beneficiar 2500 personas mayores con transferencias monetarias. $ 5.739 $ 5.436 $ 5.594 $ 5.756 $ 22.525 11% $ 1.043 $ 988 $ 1.017 $ 1.047 $ 4.095 2% Transferencias monetarias condicionadas para jóvenes.

Beneficiar 800 jóvenes con transferencias condicionadas y acompañamiento psicosocial para la promoción al acceso y permanencia a oportunidades de formación y empleabilidad.

Transferencias Ordinarias.

Atender 1264 personas con apoyos que contribuyan al ingreso mínimo garantizado. $ 522 $ 494 $ 509 $ 522 $ 2.047 1% Subtotal $ 7.304 $ 6.918 $ 7.120 $ 7.325 $ 28.667 14% Programa 8. Erradicación del hambre en Bogotá.

$209 $198 $203 $209 $819 0,4% Comedores Comunitarios Habilitar 150 cupos para la atención de población en inseguridad alimentaria y nutricional del Distrito Capital, a través de comedores comunitarios.

Subtotal $209 $198 $203 $209 $819 0,4% Programa 10. Salud Pública Integrada e Integral.

$ 261 $ 247 $ 254 $ 262 $ 1.024 0,5% Vincular 600 personas a las acciones desarrolladas desde los dispositivos de base comunitaria en respuesta al consumo de SPA.

Acciones para la disminución de los factores de riesgo frente al consumo de sustancias psicoactivas.

Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente. Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-112 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 112 Concepto de gasto Meta $ 156 $ 148 $ 153 $ 157 $ 614 0,3% RECURSOS 2025 2026 2027 2028 Total % Salud sexual y reproductiva consiente en adolescentes y jóvenes.

Vincular 1000 personas a las acciones y estrategias para promover la salud sexual y reproductiva consciente en los diferentes ciclos de vida.

$ 346 $ 356 $ 366 $ 1.433 $ 346 0,7% Vincular 500 personas con discapacidad, cuidadores y cuidadoras, en actividades complementarias en salud.

Acciones complementarias para personas con discapacidad y sus cuidadores $ 783 $ 741 $ 763 $ 785 $3.072 1,5% Beneficiar 800 personas con discapacidad a través de Dispositivos de Asistencia Personal - Ayudas Técnicas (no incluidas en los Planes de Beneficios).

Otorgamiento de Dispositivos de asistencia Personal - DAP - a personas con discapacidad Beneficiar 800 personas con acciones para la promoción y atención de la salud mental. $ 760 $ 720 $ 741 $ 762 $ 2.983 1,46% Acciones para la promoción y atención de la salud mental Control y mitigación de plagas Intervenir 100 Focos Con Acciones De Control De Plagas. $ 104 $ 99 $ 102 $ 105 $ 410 0,2% Subtotal $ 2.429 $ 2.301 $ 2.369 $ 2.437 $ 9.536 4,66% Programa 12. Bogotá cuida a su gente.

$ 505 $ 478 $ 492 $ 506 $ 1.981 0,97% Vincular 2000 personas en procesos para la prevención de violencias en el contexto familiar y/o violencia sexual.

Prevención y atención de violencia intrafamiliar y sexual para poblaciones en situaciones de riesgo y vulnerabilidad de derechos Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente. Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-113 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 113 Concepto de gasto Meta Vincular 900 mujeres cuidadoras a estrategias de cuidado. $ 682 $ 646 $ 664 $ 684 $ 2.676 1,31% RECURSOS 2025 2026 2027 2028 Total % Estrategias de cuidado a personas cuidadoras.

$ 749 $ 710 $ 731 $ 752 $ 2.942 1,44% Vincular 1400 mujeres para el ejercicio de derechos y el fortalecimiento de su autonomía económica.

Fortalecimiento de capacidades para el ejercicio de derechos y para la autonomía económica de las mujeres.

Subtotal $1.936 $ 1.834 $ 1.887 $ 1.942 $ 7.599 3,71% Programa 13. Bogotá, un territorio de paz y reconciliación en donde todos puedan volver a empezar.

$ 302 $ 286 $ 294 $ 302 $ 1.184 0,58% Construcción de memoria, verdad, reparación, víctimas, paz y reconciliación.

Realizar 4 acciones de construcción de paz que contribuyan al tejido social, la integración local, la sostenibilidad económica y/o desarrollo territorial para la reconciliación.

Subtotal $302 $286 $294 $302 $1.184 0,58% Programa 14. Bogotá deportiva, recreativa, artística, patrimonial e intercultural.

Otorgar 60 estímulos de apoyo al sector artístico y cultural. $ 365 $ 346 $ 356 $ 366 $ 1.433 0,70% Iniciativas de interés cultural, artístico, patrimonial y de cultura ciudadana.

Beneficiar 8000 personas en actividades recreo-deportivas comunitarias. $1.017 $ 964 $ 992 $1.020 $ 3.993 1,95% Recreación y deporte.

Capacitar 2150 personas en los campos deportivos o recreativos. $ 626 $ 593 $ 610 $ 628 $ 2.457 1,20% Beneficiar 2150 Personas con la entrega de dotaciones deportivas. $ 224 $ 212 $ 219 $ 225 $ 880 0,43% Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente. Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-114 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 114 Concepto de gasto Meta $ 162 $ 153 $ 158 $ 162 $ 635 0,31% RECURSOS 2025 2026 2027 2028 Total % Beneficiar 28 colectivos u organizaciones recreo deportivas inscritas en el Banco que implementan iniciativas de carácter barrial con apoyos económicos $ 1.117 $ 1.058 $ 1.089 $ 1.120 $ 4.384 2,14% Realizar 36 eventos de promoción, circulación y apropiación de actividades artísticas, culturales y patrimoniales.

Arte, cultura y patrimonio $ 914 $ 865 $ 891 $ 917 $ 3.587 1,75% Capacitar 2000 personas en los campos artísticos, interculturales, culturales y/o patrimoniales.

Subtotal $ 4.425 $ 4.191 $ 4.315 $ 4.438 $ 17.369 8,48% Programa 15. Bogotá protege la vida animal.

$114 $108 $111 $114 $447 0,22% Vincular 1500 personas en acciones educativas en temas de protección y bienestar animal Protección y bienestar animal $494 $468 $481 $496 $1.939 0,95% Atender 15000 animales en los programas de brigadas médicas, urgencias veterinarias y adopciones Esterilizar 4000 perros y gatos incluyendo los que está en condición de vulnerabilidad $152 $144 $148 $152 $596 0,29% Subtotal $760 $720 $740 $762 $2.982 1,46% Cifras en millones de pesos de 2024 Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente. Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-115 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 115 Objetivo 3. BOGOTÁ CONFÍA EN SU POTENCIAL Concepto de gasto Meta RECURSOS 2025 2026 2027 2028 Total % Programa 16. Atención integral a la primera infancia y educación como eje del potencial humano.

$ 783 $ 741 $ 763 $ 785 $ 3.072 1,5% Dotación de equipamientos para instituciones educativas públicas del distrito.

Dotar 8 sedes educativas urbanas y rurales con recursos pedagógicos y/o tecnológicos $ 783 $ 741 $ 763 $ 785 $ 3.072 1,5% Beneficiar 190 estudiantes con apoyo de sostenimiento para la permanencia en la educación pos-media (niveles de formación técnico profesional, tecnólogo, profesional universitario y educación para el trabajo y desarrollo humano).

Apoyo para educación superior.

$ 3.130 $ 2.965 $ 3.051 $ 3.140 $ 12.286 6 % Beneficiar 200 estudiantes en programas de educación pos-media (niveles de formación técnico profesional, tecnólogo, profesional universitario y educación para el trabajo y desarrollo humano).

Subtotal $ 4.696 $ 4.447 $ 4.577 $ 4.710 $ 18.430 9% Programa 19. Desarrollo empresarial, productividad y empleo.

$ 760 $ 720 $ 741 $ 762 $ 2.983 1,46% Fortalecimiento de habilidades para la empleabilidad - impulso al empleo local.

Realizar 4 acciones para fortalecer las capacidades y/o habilidades, técnicas y blandas de las personas de la localidad, con el fin de mejorar el acceso a oportunidades de empleo.

Desarrollo turístico local. Apoyar 100 Mipymes y/o emprendimientos orientados al $ 609 $ 577 $ 593 $ 611 $ 2.390 1,17% Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente. Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-116 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 116 Concepto de gasto Meta RECURSOS 2025 2026 2027 2028 Total % fortalecimiento de las capacidades locales para la gestión y el desarrollo turístico Subtotal $ 1.369 $ 1.297 $ 1.334 $ 1.373 $ 5.373 2,62% Programa 20. Promoción del emprendimiento formal, equitativo e incluyente.

Sostenibilidad del ecosistema cultural y creativo.

Financiar 48 proyectos del sector cultural y creativo. $ 505 $ 478 $ 492 $ 506 $ 1.981 0,97% $ 291 $ 276 $ 284 $ 292 $ 1.143 0,56% Extensión agropecuaria y productividad rural.

Vincular 60 hogares y/o unidades productivas a procesos productivos y de comercialización en el sector rural.

$ 395 $ 375 $ 385 $ 397 $ 1.552 0,76% Fortalecimiento del tejido empresarial local.

Apoyar 200 Mipymes, emprendimientos y/o actores de la economía informal para el fortalecimiento del tejido empresarial local.

Subtotal $ 1.191 $ 1.129 $ 1.161 $ 1.195 $ 4.676 2,28% Cifras en millones de pesos de 2024 Objetivo 4. BOGOTÁ ORDENA SU TERRITORIO Y AVANZA EN SU ACCIÓN CLIMÁTICA Concepto de gasto Meta RECURSOS 2025 2026 2027 2028 Total % Programa 23. Ordenamiento territorial sostenible, equilibrado y participativo.

Legalización y titulación de predios Gestionar la titulación o legalización de 100 predios. $ 130 $ 124 $ 127 $ 131 $ 512 0,25% Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente. Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-117 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 117 Concepto de gasto Meta RECURSOS 2025 2026 2027 2028 Total % Subtotal $ 130 $ 124 $ 127 $ 131 $ 512 0,25% Programa 24. Revitalización y renovación urbana y rural con inclusión.

$ 587 $ 556 $ 573 $ 589 $ 2.305 1,13% Intervenir 10 Parques de la red de proximidad con acciones de mejoramiento, mantenimiento y/o dotación.

Construcción, mantenimiento y dotación de parques de la red de proximidad.

$ 392 $ 371 $ 382 $ 392 $ 1.537 0,75% Construir 600 m2 de Parques de la red de proximidad (la construcción incluye su dotación).

$ 239 $ 226 $ 233 $ 240 $ 938 0,46% Dotación de equipamientos culturales de escala local.

Intervenir 12 equipamientos culturales con acciones de construcción, adecuación y/o dotación Subtotal $ 1.218 $ 1.153 $ 1.188 $ 1.221 $ 4.780 2,33% Programa 25. Aumento de la resiliencia climática y reducción de la vulnerabilidad.

$ 157 $ 148 $ 153 $ 156 $ 614 0,30% Implementar 4 procesos comunitarios de educación ambiental que promueven la conservación de la biodiversidad y el agua.

Implementar 40 huertas rurales. $ 235 $ 222 $ 229 $ 236 $ 922 0,45% Asistencia técnica agropecuaria y ambiental.

$ 391 $ 371 $ 381 $ 393 $ 1.536 0,75% Apoyar 40 predios rurales con buenas prácticas agropecuarias y ambientales que fortalezcan la protección a coberturas vegetales y recurso hídrico.

Implementar 10 huertas urbanas. $ 22 $ 21 $ 22 $ 22 $ 87 0,04% Reverdecimiento Urbano.

Mantener 4500 árboles en zona urbana. $ 155 $ 147 $ 151 $ 156 $ 609 0,30% Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente. Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-118 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 118 Concepto de gasto Meta RECURSOS 2025 2026 2027 2028 Total % Mantener 4500 m2 de jardinería. $ 44 $ 42 $ 43 $ 45 $ 174 0,08% Lograr 5 hectáreas en proceso de restauración ecológica. $ 221 $ 210 $ 216 $ 222 $ 869 0,42% Capacitar 3000 personas en separación en la fuente y reciclaje. $ 604 $ 572 $ 588 $ 606 $ 2.370 1,16% Cambios de hábitos de consumo, separación en la fuente y reciclaje.

Subtotal $ 1.829 $ 1.733 $ 1.783 $ 1.836 $ 7.181 3,51% Programa 26. Movilidad Sostenible.

$6.865 $6.503 $6.692 $6.887 $26.947 13,16% Intervenir 7.5 Kilómetros-carril de malla vial urbana (local y/o intermedia) con acciones de construcción y/o conservación Diseño, construcción y conservación (mantenimiento y rehabilitación) de la malla vial local e intermedia urbana o rural.

$438 $415 $427 $440 $1.720 0,84% Intervenir 1.5 Kilómetros-carril de malla vial rural con acciones de construcción y/o conservación Subtotal $7.303 $6.918 $7.119 $7.327 $28.667 14% Programa 27. Gestión del riesgo de desastres para un territorio seguro.

$ 704 $ 667 $ 687 $ 707 $ 2.765 1,35% Manejo de emergencias y mitigación del riesgo.

Realizar 2 obras de mitigación y/u obras de mitigación existentes con mantenimiento Subtotal $ 704 $ 667 $ 687 $ 707 $ 2.765 1,35% Programa 29. Servicios públicos inclusivos y sostenibles.

$281 $267 $274 $282 $1.104 0,54% Acueductos veredales y saneamiento básico.

Fortalecer 1 acueducto veredal con asistencia, intervenir técnica u organizativa.

Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente. Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-119 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 119 Concepto de gasto Meta RECURSOS 2025 2026 2027 2028 Total % Subtotal $281 $267 $274 $282 $1.104 0,54% Programa 30. Atención del déficit social para un hábitat digno.

$169 $160 $164 $169 $662 0,321% Dotar y/o acondicionar 10 unidades operativas orientadas a la atención de la primera infancia (Jardines Infantiles, Casas de Pensamiento Intercultural, Modalidad Espacios Rurales, Crecemos en la Ruralidad, Creciendo Juntos, Centros Amar, Centros Forjar).

$84 $80 $82 $85 $331 0,163% Dotar y/o acondicionar 1 unidades operativas de atención especializada (Centros Integrarte, Centros Crecer y Cadis).

Dotación a unidades operativas de servicios sociales de la SDIS.

$84 $80 $82 $85 $331 0,163% Dotar y/o acondicionar 1 unidades operativas orientadas a la atención de jóvenes (casas de la juventud, centros forjar).

$84 $80 $82 $85 $331 0,163% Dotar y/o acondicionar 1 Centros de Desarrollo Comunitarios para la prestación de servicios sociales dirigidas al desarrollo de capacidades y generación de oportunidades.

Subtotal $421 $400 $410 $424 $1.655 0,81% Cifras en millones de pesos de 2024 Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente. Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-120 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 120 Objetivo 5. BOGOTÁ CONFÍA EN SU GOBIERNO Concepto de gasto Meta RECURSOS 2025 2026 2027 2028 Total % Programa 33. Fortalecimiento institucional para un Gobierno confiable.

Inspección, vigilancia y control.

Realizar 4 estrategias de inspección, vigilancia y control (una por vigencia). $ 1.043 $ 988 $ 1.017 $ 1.048 $ 4.096 2% $ 6.151 $ 5.826 $ 5.996 $ 6.170 $ 24.143 11,79% Fortalecimiento institucional.

Realizar 4 estrategias de fortalecimiento institucional (una por vigencia).

Infraestructura local. Construir 1 sede administrativa local $ 0 $ 0 $ 0 $ 20 $ 20 0,01% Subtotal $ 7.194 $ 6.814 $ 7.013 $ 7.238 $ 28.259 13,8% Programa 35. Bogotá Ciudad Inteligente.

$542 $514 $530 $544 $2.130 1,04% Operativizar 30 Centros de Acceso Comunitario en zonas rurales y/o apartadas y/o urbanas, con énfasis en Servicios TIC´s generados.

Conectividad y redes de comunicación.

$181 $171 $176 $181 $709 0,35% Operativizar 30 Centros de Acceso Comunitario en zonas rurales y/o apartadas y/o urbanas, con énfasis en procesos de formación y desarrollo de competencias digitales.

Subtotal $724 $685 $706 $724 $2.839 1,39% Programa 39. Camino hacia una democracia deliberativa con un gobierno cercano a la gente y con participación ciudadana.

$ 635 $ 601 $ 619 $ 638 $ 2.493 1,22% Fortalecimiento a organizaciones sociales y Fortalecer 120 Organizaciones sociales e Instancias de participación ciudadana.

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$ 567 $ 537 $ 553 $ 569 $ 2.226 1,09% Procesos de formación en capacidades democráticas para la participación ciudadana incidente.

Capacitar 2000 personas a través de procesos de formación para la participación de manera virtual y presencial.

Bogotaneidad.

$ 102 $ 0 $ 103 $ 0 $ 205 0,1% Desarrollar 2 acciones orientadas a la ciudadanía, en el marco de la estrategia Bogotaneidad.

$ 182 $ 173 $ 178 $ 184 $ 717 0,35% Concertar e implementar 4 iniciativas de inversión local con los pueblos indígenas.

$ 182 $ 173 $ 178 $ 184 $ 717 0,35% Iniciativas diferenciales étnicas para comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales, Palenqueras, y los Pueblos Indígenas, Rrom o Gitano.

Concertar e implementar 4 iniciativas de inversión local con las comunidades negras, afrocolombianas y palenqueras.

Infraestructura de espacios para la participación.

Rehabilitar 8 salones comunales y/o casas de participación. $ 458 $ 434 $ 446 $ 459 $ 1.797 0,88% Fortalecimiento a medios comunitarios y alternativos.

Fortalecer 40 medios comunitarios y alternativos. $ 312 $ 296 $ 304 $ 313 $ 1.225 0,60% Subtotal $ 2.647 $ 2.412 $ 2.584 $ 2.556 $ 10.199 4,98% Cifras en millones de pesos de 2024 Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente. Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-122 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 122

Artículo 68.

Mecanismos de coordinación interinstitucional previstos para la ejecución del plan.

La Alcaldía Local programará anualmente los recursos que contribuirán a la ejecución de los Proyectos Integrales de Proximidad, incluidos en el programa de ejecución del POT del Plan de Desarrollo Distrital, para lo cual deberán identificar los recursos a ejecutar en el Plan Operativo Anual de Inversiones, previo al proceso de aprobación de los anteproyectos de presupuesto.

Artículo 69.

Ejecución. La ejecución del plan de inversiones se realizará de acuerdo con lo establecido en el plan plurianual, en el evento que los ingresos proyectos no alcance los niveles requeridos o se requiera realizar modificaciones al avance de los programas, las inversiones se ajustarán en los presupuestos anuales de acuerdo con la importancia estratégica de cada programa.

Artículo 70.

Anexos. Los siguientes documentos acompaña el Plan de Desarrollo Local de “Santa Fe Camina Segura”:

a. El Documento Final de los Encuentros Ciudadanos. b. Matriz de consolidación de información de los Encuentros Ciudadanos. c. El acta de distribución presupuestal del componente de presupuestos participativos.

El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá D.C., a los treinta (30) días del mes de agosto de dos mil veinticuatro (2024).

Cordialmente ROSA EVELIA POVEDA GUERRERO Presidente - JAL Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente. Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-123 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 123 JULIETH JOHANNA SILVA AREVALO Secretaria – JAL Sancionado en Bogotá D.C., a los ( ) días del mes de de dos mil veinticuatro (2024).

DIANA CATALINA ARCINIEGAS GONZALEZ Alcaldesa Local (E) de Santa Fe Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente. Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-124 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 124 DECRETOS LOCALES DE 2024 ALCALDÍA LOCAL DE PUENTE ARANDA DECRETO LOCAL Nº 013 (5 de septiembre de 2024)

“Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda para la vigencia fiscal 2024”.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-125 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 125 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-126 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 126 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-127 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 127 DECRETO LOCAL Nº 014 (6 de septiembre de 2024)

“Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda para la vigencia fiscal 2024”.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-128 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 128 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-129 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 129 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-130 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 130 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8125 • PP. 1-131 • 2024 • SEPTIEMBRE • 11 131

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