Registro Distrital 8045 de 2024
Registro Distrital 8045 de 2024 Nivel Distrital
- Tipo
- Registro Distrital
- Número
- 8045
- Año
- 2024
- Fecha
- 21 de junio de 2024
- Entidad
- Nivel Distrital
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
5,5 ALCALDE MAYOR Carlos Fernando Galán Pachón ALCALDESA MAYOR Claudia Nayibe López Hernández REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • No. 8045 - Pp 1 - 83 - 2024 • JUNIO • 21 CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Central SECRETARÍA DE HACIENDA RESOLUCIÓN Nº SDH-000166 “Por la cual se efectúa un nombramiento ordinario y se termina un encargo”.. 4 RESOLUCIÓN Nº DDI-015168 2024EE196339O1 “Por medio de la cual se ordena la publicación de actos administrativos, de con formidad con el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011”..................................... 6 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. - SECRETARÍA GENERAL RESOLUCIÓN Nº 260 “Por la cual se efectúa un nombramiento”...................................................... 16 Sector Descentralizado CONTRALORÍA DE BOGOTÁ, D.C. RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA Nº 017 “Por la cual se crea la Junta de Contratación, se actualiza el Manual de Contra tación, el procedimiento para la Gestión Contractual, se crea el Procedimiento Plan Anual de Adquisiciones y se dictan otras disposiciones”........................ 18 RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA Nº 019 “Por medio de la cual se establecen lineamientos para la suscripción de los con tratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión de la Contraloría de Bogotá D.C.”.......................................................................... 183 Sector Local ALCALDÍA LOCAL DE PUENTE ARANDA DECRETO LOCAL Nº 009 “Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda para la vigencia fiscal 2023”............................................................................................................. 193 AÑO 58 AÑO 58 NÚMERO 8045 21 • JUNIO • 2024 ALCALDESA MAYOR Claudia Nayibe López Hernández SECRETARÍA GENERAL ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL.
LA PUBLICACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS EN EL REGISTRO DISTRITAL SE REALIZA DE ACUERDO A LA LEY 1437 DEL 2011 EN SU ARTÍCULO 65 MODIFICADO POR LA LEY 2080 DE 2021 “POR LA CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO”.
CORREO: REGISTRODISTRITAL@ALCALDIABOGOTA.GOV.CO DIRECCIÓN: CALLE 11 SUR #1-60 ESTE - LA MARÍA - BOGOTÁ D.C.
TELÉFONO: 381 3000 EXT. 5010 - 5202 SUBDIRECTORA IMPRENTA DISTRITAL: MARCELA IRENE DE JESÚS GONZÁLEZ BONILLA RESOLUCIONES DE 2024 SECRETARÍA DE HACIENDA RESOLUCIÓN Nº SDH-000166 (19 de junio de 2024)
“Por la cual se efectúa un nombramiento ordinario y se termina un encargo”
LA SECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por la Ley 909 de 2004, el Decreto 1083 de 2015 modificado por el Decreto 648 de 2017, el Decreto Distrital 101 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 5º de la ley 909 de 2004 señala la clasificación de los empleos, disponiendo como una de las excepciones a los de carrera administrativa, aquellos de libre nombramiento y remoción.
Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, establecen que las vacantes definitivas de los empleos de libre nombramiento y remoción serán provistas mediante nombramiento ordinario, previo el cumplimiento de los requisitos exigidos para el desempeño del cargo.
Que el empleo de libre nombramiento y remoción denominado Jefe de Oficina Código 006 Grado 03, de la Oficina de Cobro Especializado de la Dirección Distrital de Cobro, de la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Hacienda, se encuentra vacante de manera definitiva; por tanto, debe ser provisto con una persona que cumpla con los requisitos exigidos para su desempeño, los cuales se encuentran señalados en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda.
Que de conformidad con la certificación de cumplimiento de requisitos de fecha 18 de junio de 2024, expedida por la Subdirección del Talento Humano, el señor EDUARDO FERNANDEZ FRANCO, identificado con cédula de ciudadanía No.79.455.617, cumple con los requisitos y el perfil requerido para ser nombrado en el empleo denominado Jefe de Oficina Código 006 Grado 03, de la Oficina de Cobro Especializado de la Dirección Distrital de Cobro, de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda.
Que, en el presupuesto de gastos e inversiones de la Entidad para la vigencia fiscal en curso, existe apropiación presupuestal disponible en los rubros de factores constitutivos de salario y contribuciones inherentes a la nómina, para respaldar las obligaciones del referido empleo.
Que mediante la Resolución No. DGC-000322 del 22 de mayo de 2024, se encargó en el empleo de Jefe de Oficina Código 006 Grado 03, de la Oficina de Cobro Especializado de la Dirección Distrital de Cobro a la señora KELLY JOHANNA MURCIA CLAROS, identificada con la cédula de ciudadanía No.52.701.740, quien ocupa el empleo de Subdirector Técnico Código 068 Grado 05, de la Subdirección de Cobro Tributario, desde el 22 de mayo de 2024 y hasta el 21 de agosto de 2024, inclusive, o hasta que sea provisto de forma definitiva el empleo, por renuncia del titular.
Que conforme a lo anterior, se hace necesario terminar el encargo y proceder a la provisión definitiva del empleo de Jefe de Oficina Código 006 Grado 03, de la Oficina de Cobro Especializado de la Dirección Distrital de Cobro.
En mérito de lo expuesto, REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-4 • 2024 • JUNIO • 21 4 “Por la cual se efectúa un nombramiento ordinario y se termina un encargo”
RESUELVE:
Artículo 1o.
Nombrar al señor EDUARDO FERNANDEZ FRANCO, identificado con cédula de ciudadanía No.79.455.617, en el empleo de libre nombramiento y remoción denominado Jefe de Oficina Código 006 Grado 03, de la Oficina de Cobro Especializado de la Dirección Distrital de Cobro, de la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Hacienda.
Artículo 2o.
Como consecuencia de lo anterior, dar por terminado, a partir de la fecha de la posesión del señor EDUARDO FERNANDEZ FRANCO, el encargo de la señora KELLY JOHANNA MURCIA CLAROS, identificada con la cédula de ciudadanía No.52.701.740, en el empleo de Jefe de Oficina Código 006 Grado 03, de la Oficina de Cobro Especializado de la Dirección Distrital de Cobro, realizado mediante la Resolución No. DGC-000322 del 22 de mayo de 2024, quien continuará desempeñando el cargo de Subdirector Técnico Código 068 Grado 05, de la Subdirección de Cobro Tributario.
Artículo 3o.
El presente nombramiento cuenta con saldo de apropiación presupuestal suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de factores constitutivos de salario y contribuciones inherentes a la nómina durante la vigencia fiscal en curso.
Artículo 4o.
Comunicar el contenido de la presente resolución al señor EDUARDO FERNANDEZ FRANCO y a la señora KELLY JOHANNA MURCIA CLAROS y publicar, a través de la página web de la entidad y en el Registro Distrital.
Artículo 5o.
La presente resolución rige a partir de la fecha de expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, a los Ana Maria Cadena Ruiz - 52698252 Firmado digitalmente por Ana Maria Cadena Ruiz - 52698252 ANA MARÍA CADENA RUÍZ Secretaria Distrital de Hacienda Aprobado por: Olga Liliana Sandoval Rodriguez – Subsecretaria General Firmado digitalmente por Olga Liliana Sandoval Rodriguez - 52425031 Olga Liliana Sandoval Rodriguez - 52425031 Aprobado por: Diego Armando Chitiva Sanchez – Director de Gestión Corporativa Firmado digitalmente por Diego Chitiva Sánchez Revisado por: Ingrid Marcela Barrera Correa – Subdirectora del Talento Humano Firmado digitalmente por INGRID MARCELA BARRERA CORREA INGRID MARCELA BARRERA CORREA Revisado por: Tania Margarita López Llamas – Asesora Subdirección del Talento Humano Firmado digitalmente por Tania López Proyectado por: Ana Maria Charry N – Profesional Universitario Subdirección del Talento Humano ANA MARIA CHARRY NIÑO Firmado digitalmente por ANA MARIA CHARRY NIÑO Tania López REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-5 • 2024 • JUNIO • 21 5 RESOLUCIÓN Nº DDI-015168 2024EE196339O1 (19 de junio de 2024)
“Por medio de la cual se ordena la publicación de actos administrativos, de conformidad con el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011” conformidad con el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011”
LA JEFE DE LA OFICINA DE NOTIFICACIONES Y DOCUMENTACIÓN FISCAL DE LA SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN TRIBUTARIA Y SERVICIO -DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ – DIB En ejercicio de las competencias conferidas en el artículo 162 del Decreto Distrital No. 807 de 1993 y de las funciones establecidas en el artículo 26 del Decreto Distrital 601 de diciembre de 2014, y de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011.
CONSIDERANDO:
Que, en desarrollo de los principios orientadores de la función administrativa de la eficacia, economía, celeridad y eficiencia, resulta necesario simplificar y adecuar a los avances tecnológicos e informáticos el procedimiento de publicación de actos administrativos proferidos por la administración tributaria distrital, devueltos por correo.
Que conforme a lo dispuesto en el literal b) del artículo 26 del Decreto Distrital 601 de diciembre de 2014, corresponde a la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal notificar los actos administrativos que se generen en desarrollo de la gestión de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá y/o sus dependencias Que de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, los actos administrativos relacionados en los anexos No.1 y No.2 fueron devueltos por correo y se hace necesario publicarlos en el Registro Distrital, división de la secretaria general de la Alcaldía Mayor Que, en consideración a lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo primero.
Ordenar la publicación en el Registro Distrital, división de la secretaria general de la Alcaldía Mayor, los actos administrativos relacionados en los anexos No.1 y No.2 que hacen parte de la presente resolución, de acuerdo con la parte motiva.
Artículo segundo.
Los Actos administrativos para publicar se encuentran listados en los siguientes anexos: Anexo No. 1 con 61 Registros, Anexo No. 2 con 21 Registros.
Artículo tercero.
Acto(s) administrativo(s) del anexo No.1:
OFICINA TIPO DE ACTO CONTROL MASIVO RESOLUCIÓN SANCIÓN POR NO ATENDER REQUERIMIENTO DE INFORMACIÓN CUENTAS CORRIENTES Y DEVOLUCIONES RESOLUCIÓN DE DEVOLUCIÓN Y/O COMPENSACIÓN LIQUIDACIÓN OFICIAL DE REVISIÓN RESOLUCIÓN SANCIÓN POR NO ATENDER REQUERIMIENTO DE LIQUIDACIÓN INFORMACIÓN RESOLUCIÓN SANCIÓN POR NO ENVIAR INFORMACIÓN REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-6 • 2024 • JUNIO • 21 6 RESOLUCION No DDI-015168 2024EE196339O1 Del 19-06-2024 "Por medio de la cual se ordena la publicación de actos administrativos, de conformidad con el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011”
Contra los actos administrativos mencionados procede el Recurso de Reconsideración que deberá interponerse ante la Oficina de Recursos Tributarios de la Subdirección Jurídico Tributaria, ubicada en la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá en la Carrera 30 No. 25 – 90 Piso 14, costado occidental dentro de los (2) Meses siguientes a esta publicación.
Acto(s) administrativo(s) del anexo No.2:
OFICINA TIPO DE ACTO CONTROL MASIVO AUTO DE ARCHIVO GENERAL FISCALIZACIÓN REQUERIMIENTO ESPECIAL RECURSOS TRIBUTARIOS AUTO ADMISORIO Contra los actos administrativos mencionados en el anexo No 2 no procede ningún Recurso. La notificación se entenderá surtida desde la fecha de publicación de este aviso.
Artículo cuarto.
Esta Resolución rige a partir de su publicación.
Dado en Bogotá, D.C. a los 19 días del mes de junio de 2024.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado digitalmente por MARIA LINNETTE ROJAS RIVERA MARÍA LINNETTE ROJAS RIVERA Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal Proyectado por: Gloria Trinidad Blanco Luna Firma del funcionario 19/06/2024 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-7 • 2024 • JUNIO • 21 7 CAUSAL DE DEVOLUCIÓN DE FECHA DEVOLUCIÓN ESTE 12/06/2024 CERRADO 73F 35 12/06/2024 CERRADO AP 301 31/05/2024 CERRADO AP 301 31/05/2024 CERRADO AP 301 31/05/2024 CERRADO NOTIFICACIÓN PERÍODO GRAVABLE DIRECCIÓN DE DEL ACTO FECHA 30/05/2024 2021 KR 15A 55 17 06/06/2024 CERRADO 19/03/2024 2021 CL 54 14 148 30/05/2024 NO RESIDE 04/06/2024 2021 CL 39B SUR TIPO MACIÓN DE ACTO NO ATENDER NO ATENDER RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN SANCIÓN POR SANCIÓN POR INFORMACIÓN INFORMACIÓN ENVIAR INFOR- COMPENSACIÓN 31/05/2024 2023 CL 48 P SUR 0 46 DEVOLUCIÓN Y/O SANCIÓN POR NO CIAL DE REVISIÓN 19/03/2024 2021 CL 4 10 35 04/06/2024 DESCONOCIDO CIAL DE REVISIÓN 19/03/2024 2021 TV 9 ESTE 44A 16 04/06/2024 DESCONOCIDO CIAL DE REVISIÓN 28/05/2024 2021 KR 28 61 C 52 CIAL DE REVISIÓN 28/05/2024 2021 KR 28 61 C 52 CIAL DE REVISIÓN 28/05/2024 2021 KR 28 61 C 52 CIAL DE REVISIÓN 19/03/2024 2021 CL 18 BIS 34A 68 31/05/2024 DESCONOCIDO REQUERIMIENTO DE REQUERIMIENTO DE PLACA - CHIP Y/O MATRICULA INMOBILIARIA-NIT DE TIPO TICOS 32829908 MAGNÉ- IMPUESTO ENTE IDENTIFI- NOTIFICACIÓN POR AVISO CACIÓN DEL CONTRIBUY- NESES 66.969.343 VEHÍCULOS FOV713 LIQUIDACIÓN OFI- ANTONIO 2.282.658 ICA 2282658 LEZ CASTRO 52.801.546 VEHÍCULOS REL661 LIQUIDACIÓN OFI- APODERADO PAEZ TRIANA 18.959.254 VEHÍCULOS BYC232 LIQUIDACIÓN OFI- NOMBRE DEL JARENA ACEVEDO 32.829.908 MEDIOS ZOLA CONTRERAS 3.245.576 PREDIAL AAA0166COLF RESOLUCIÓN DE FORERO PERDOMO 52.713.490 ICA 52713490 GUIZAMON VANEGAS 41.745.637 PREDIAL AAA0190JCZE LIQUIDACIÓN OFI- GUIZAMON VANEGAS 41.745.637 PREDIAL AAA0036WMFZ LIQUIDACIÓN OFI- GUIZAMON VANEGAS 41.745.637 PREDIAL AAA0036WJDM LIQUIDACIÓN OFI- CONTRIBUYENTE Y/O ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-015168 DEL 19 DE JUNIO DE 2024 que se relacionan a continuación, las actuaciones administrativas objeto de la presente publicación.
EXPEDIENTE SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ La Jefe de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber:
Que los Jefes de la Oficina de Control Masivo de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, la Oficina de Cuentas Corrientes y Devoluciones En consecuencia, conforme a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por medio de la publicación a:
No. de la Subdirección de Recaudación y Cuentas Corrientes y la Oficina de Liquidación de la Subdirección de Determinación, profirieron para los contribuyentes DDI-009667 2024EE079980 O1 202309223000095041 NIDIA ZUÑIGA ME- DDI-010035 2024EE080358 O1 202309223000094766 MARIA FLOR GONZA- DDI-012717 2024EE182047 O1 202308303000091343 DIANA PAOLA DDI-012633 2024EE180268 O1 202331073000088479 MARTHA ELENA LE- DDI-012633 2024EE180268 O1 202331073000088479 MARTHA ELENA LE- DDI-009234 2024EE079404 O1 202308303000091190 NELLY BEATRIZ ORE- DDI-012633 2024EE180268 O1 202331073000088479 MARTHA ELENA LE- DDI-009629 2024EE079942 O1 202309223000094788 NODER DIONICIO DDI-012797 2024EE183978 O1 202308303000090802 GIRALDO GIL RUBIEL DDI-012752 2024EE182608 O1 202404167000021489 ALVARO ENRIQUE UR- RESOLUCIÓN No. RADICADO No. DE REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-8 • 2024 • JUNIO • 21 8 SUR 11/06/2024 CERRADO 3 104 04/06/2024 CERRADO 51 48 30/05/2024 DESCONOCIDO LC 206 05/06/2024 REHUSADO LC 206 05/06/2024 REHUSADO CAL 103 30/05/2024 NO RESIDE LC 314 3 30/05/2024 NO RESIDE BOCAGRANDE ESTEFANIA LO- 19/03/2024 2021 KR 2 9 62 30/05/2024 DESCONOCIDO 19/03/2024 2021 KR 14 B 38 48 29/05/2024 NO RESIDE 19/03/2024 2021 KR 2 8 146 CC 28/05/2024 2021 CL 47 B NORTE 19/03/2024 2021 CL 12B SUR 19/03/2024 2021 KR 13 11 13 ED 19/03/2024 2021 KR 75 1A 53 29/05/2024 DESCONOCIDO 19/03/2024 2021 KR 4 3 27 30/05/2024 NO RESIDE 19/03/2024 2021 CL 16 11 47 31/05/2024 NO RESIDE MACIÓN NO ATENDER NO ATENDER NO ATENDER NO ATENDER NO ATENDER NO ATENDER NO ATENDER NO ATENDER RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN SANCIÓN POR SANCIÓN POR SANCIÓN POR SANCIÓN POR SANCIÓN POR SANCIÓN POR SANCIÓN POR SANCIÓN POR INFORMACIÓN INFORMACIÓN INFORMACIÓN INFORMACIÓN INFORMACIÓN INFORMACIÓN INFORMACIÓN INFORMACIÓN ENVIAR INFOR- COMPENSACIÓN 24/05/2024 2023 CL 40D 87 B 21 DEVOLUCIÓN Y/O SANCIÓN POR NO CIAL DE REVISIÓN 30/05/2024 2020-7 CL 11 SUR 31 39 CIAL DE REVISIÓN 30/05/2024 2021-7 CL 11 SUR 31 39 REQUERIMIENTO DE REQUERIMIENTO DE REQUERIMIENTO DE REQUERIMIENTO DE REQUERIMIENTO DE REQUERIMIENTO DE REQUERIMIENTO DE REQUERIMIENTO DE TICOS 813003616 TICOS 812006863 TICOS 806005346 TICOS 800131807 TICOS 800078875 TICOS 79699030 TICOS 74339116 TICOS 74381570 MAGNÉ- MAGNÉ- MAGNÉ- MAGNÉ- MAGNÉ- MAGNÉ- MAGNÉ- MAGNÉ- NOTIFICACIÓN POR AVISO SAS 800.151.964 ICA 800151964 LIQUIDACIÓN OFI- SAS 800.151.964 ICA 800151964 LIQUIDACIÓN OFI- TADA 805.009.709 ICA 805009709 VIFRA 812.006.863 MEDIOS TION LTDA 813.003.616 MEDIOS NICAS MARINAS 806.005.346 MEDIOS REYES FORERO 74.381.570 MEDIOS FRATERNAL FUN- BONILLA SALAZAR 79.699.030 MEDIOS GUEZ RODRIGUEZ 80.007.112 VEHÍCULOS BSG012 RESOLUCIÓN DE BRICEÑO CHACON 74.339.116 MEDIOS EN ACCESOS S.A.S 800.131.807 MEDIOS ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-015168 DEL 19 DE JUNIO DE 2024 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ DDI-007945 2024EE078107 O1 202308303000091673 NEGOCIOS Y GES- DDI-008109 2024EE078271 O1 202308303000091601 FUNDACION VINCULO DDI-007724 2024EE077886 O1 202308303000091708 OPERACIONES TEC- DDI-012707 2024EE181836 O1 202308043000089745 ACER INGENIERIA DDI-012707 2024EE181836 O1 202308043000089745 ACER INGENIERIA DDI-012607 2024EE179739 O1 202308303000091893 SKY SYSTEM LIMI- DDI-008157 2024EE078319 O1 202308303000091582 ACCESS TECNOLOGIA DDI-009076 2024EE079246 O1 202308303000091308 JOSE EDILBERTO DDI-007788 2024EE077950 O1 202308303000091578 COLINDA SAS 800.078.875 MEDIOS DDI-012564 2024EE178638 O1 202404167000021485 JOHN JAIRO RODRI- DDI-007802 2024EE077964 O1 202308303000091105 VICTOR ALFONSO DDI-007936 2024EE078098 O1 202308303000091378 JORGE ALEXANDER REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-9 • 2024 • JUNIO • 21 9 07/06/2024 REHUSADO 801 30/05/2024 NO RESIDE SUR 30/05/2024 NO RESIDE ESTE 30/05/2024 DESCONOCIDO LIN KM 3.4 VIA SIBERIA TANO OF B9 METROPOLI- PRADOS DEL DE NEGOCIOS EMPRESARIAL COTA CENTRO AUTOP MEDEL- 76 CA BARRIO GRAN AMERICA 11/06/2024 NO RESIDE 19/03/2024 2021 CL 31 6 24 31/05/2024 NO RESIDE 19/03/2024 2021 CL 59 6 31 OF 19/03/2024 2021 AV 6C 6 65 URB 19/03/2024 2021 CL 40 BIS 6 26 30/05/2024 NO RESIDE 19/03/2024 2021 CL 47 39 B 14 30/05/2024 2021 19/03/2024 2021 AV 9 27 88 30/05/2024 NO RESIDE 19/03/2024 2021 CL 6 5 57 31/05/2024 CERRADO 04/06/2024 2021 KR 31 A 25 A MACIÓN MACIÓN NO ATENDER NO ATENDER NO ATENDER NO ATENDER NO ATENDER NO ATENDER NO ATENDER RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN SANCIÓN POR SANCIÓN POR SANCIÓN POR SANCIÓN POR SANCIÓN POR SANCIÓN POR SANCIÓN POR INFORMACIÓN INFORMACIÓN INFORMACIÓN INFORMACIÓN INFORMACIÓN INFORMACIÓN INFORMACIÓN ENVIAR INFOR- ENVIAR INFOR- SANCIÓN POR NO SANCIÓN POR NO CIAL DE REVISIÓN 19/04/2024 2021-1 KR 47 91 07 30/05/2024 NO RESIDE REQUERIMIENTO DE REQUERIMIENTO DE REQUERIMIENTO DE REQUERIMIENTO DE REQUERIMIENTO DE REQUERIMIENTO DE REQUERIMIENTO DE TICOS 900155215 TICOS 900081192 TICOS 900086210 TICOS 900071465 TICOS 900055281 TICOS 830060953 TICOS 830025918 MAGNÉ- MAGNÉ- MAGNÉ- MAGNÉ- MAGNÉ- MAGNÉ- MAGNÉ- NOTIFICACIÓN POR AVISO SAS 830.094.640 ICA 830094640 LTDA 900.055.281 MEDIOS S.A.S. 900.071.465 MEDIOS NIZACIO N 830.060.953 MEDIOS LOGIA LTD A 900.081.192 MEDIOS RIDAD LIMITADA 820.001.482 RETEICA 820001482 LIQUIDACIÓN OFI- STRUCCION SA S 900.155.215 MEDIOS PORTE INTEGRAL INGENIERIA Y CON- S.A.S - EN REORGA- CACIONES Y TECNO- NICOS PETROLEROS ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-015168 DEL 19 DE JUNIO DE 2024 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ DDI-011657 2024EE127076 O1 202308183000090696 CENTINEL DE SEGU- DDI-008028 2024EE078190 O1 202308303000092173 ENERGIZANDO DDI-006538 2024EE076692 O1 202310093000096305 SEPTIMA FILMS SAS 900.086.210 MEDIOS DDI-009323 2024EE079493 O1 202308303000092231 SISTEMAS COMUNI- DDI-009133 2024EE079303 O1 202308303000091689 TRANSPORTES TEC- DDI-009229 2024EE079399 O1 202308303000092062 TEG SEGURIDAD DDI-012725 2024EE182196 O1 202308303000091630 NOMADA TRANS- DDI-009084 2024EE079254 O1 202308303000092126 PETROCOMBUSTION DDI-006769 2024EE076925 O1 202308303000091427 IHV S.A.S. 830.025.918 MEDIOS DDI-012798 2024EE183984 O1 202308303000091995 INGEAGUAS S A S 830.016.432 ICA 830016432 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-10 • 2024 • JUNIO • 21 10 29/05/2024 DESCONOCIDO 202" 07/06/2024 CERRADO BG 15 30/05/2024 REHUSADO 202-204 31/05/2024 NO RESIDE PORTERIA 1 30/05/2024 REHUSADO ÑO ZIPAQUIRA INDUTRIAL LTDA CENTEIMPOSEG CL 25 NORTE 2 B N 58 BRR SAN VI- 19/03/2024 2021 CL 41 30A 15 30/05/2024 DESCONOCIDO 19/03/2024 2021 KR 39 26 53 31/05/2024 DESCONOCIDO 19/03/2024 2021 CL 33A 1A 56 31/05/2024 NO RESIDE 19/03/2024 2021 CL 40 8 26 30/05/2024 NO RESIDE 19/03/2024 2021 AC 900 LC 2001 30/05/2024 NO RESIDE 19/03/2024 2021 CL 41 55 35 19/03/2024 2021 KM 2 VIA BRICE- 19/03/2024 2021 30/05/2024 2021 "KR 7D 151 55 AP 19/03/2024 2021 DG 13 6 95 OF NO ATENDER NO ATENDER NO ATENDER NO ATENDER NO ATENDER NO ATENDER NO ATENDER NO ATENDER NO ATENDER NO ATENDER RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN SANCIÓN POR SANCIÓN POR SANCIÓN POR SANCIÓN POR SANCIÓN POR SANCIÓN POR SANCIÓN POR SANCIÓN POR SANCIÓN POR SANCIÓN POR INFORMACIÓN INFORMACIÓN INFORMACIÓN INFORMACIÓN INFORMACIÓN INFORMACIÓN INFORMACIÓN INFORMACIÓN INFORMACIÓN INFORMACIÓN REQUERIMIENTO DE REQUERIMIENTO DE REQUERIMIENTO DE REQUERIMIENTO DE REQUERIMIENTO DE REQUERIMIENTO DE REQUERIMIENTO DE REQUERIMIENTO DE REQUERIMIENTO DE REQUERIMIENTO DE TICOS 900714956 TICOS 900630924 TICOS 900596683 TICOS 900496832 TICOS 900496743 TICOS 900384295 TICOS 900266988 TICOS 900245878 TICOS 900244490 TICOS 900163394 MAGNÉ- MAGNÉ- MAGNÉ- MAGNÉ- MAGNÉ- MAGNÉ- MAGNÉ- MAGNÉ- MAGNÉ- MAGNÉ- NOTIFICACIÓN POR AVISO SAS 900.630.924 MEDIOS LTDA 900.245.878 MEDIOS TICE SAS 900.496.832 MEDIOS RENTING S.A.S 900.384.295 MEDIOS SECURITY S A S 900.496.743 MEDIOS SOLUTIONS SAS 900.714.956 MEDIOS CAS CORTES S A S 900.596.683 MEDIOS ENIERIA Y SERVICIOS ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-015168 DEL 19 DE JUNIO DE 2024 " CAMBIACOL S.A.S 900.244.490 MEDIOS SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ DDI-006683 2024EE076838 O1 202308303000093041 DATA LINCK SMART DDI-007962 2024EE078124 O1 202308303000092928 SOLUCIONES EN ING- DDI-006715 2024EE076870 O1 202308303000092723 ACABADOS Y METALI- DDI-008046 2024EE078208 O1 202308303000092996 METALVIDRIOS VER- DDI-009356 2024EE079526 O1 202308303000092905 CRISTAL GLASS DDI-009139 2024EE079309 O1 202308303000092305 COMPUNETWORK DDI-006768 2024EE076924 O1 202308303000092146 GRUPO PRONUM SAS 900.266.988 MEDIOS DDI-007740 2024EE077902 O1 202308303000091994 IMPOSEG INDUTRIAL DDI-007795 2024EE077957 O1 202308303000091621 CARGO GROUP S A S 900.163.394 MEDIOS DDI-012685 2024EE181423 O1 "202311303000099050 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-11 • 2024 • JUNIO • 21 11 30/05/2024 REHUSADO 4178 30/05/2024 NO RESIDE BG 31 OF 302 31/05/2024 NO RESIDE NORTE 2 29/05/2024 NO RESIDE 70 OF 406 30/05/2024 NO RESIDE PRADOS DEL 6 45 ED HORI- ZONTE 30/05/2024 NO RESIDE CAJICA PAR IN- VTE ZIPAQUIRA DUSTRIAL ZUMA 19/03/2024 2021 19/03/2024 2021 CR 29 C 10 C 125 19/03/2024 2021 KR 10 15 72 30/05/2024 NO RESIDE 19/03/2024 2021 CARRERA 20 19/03/2024 2021 KR 43 A 7 170 LC 19/03/2024 2021 CL 32 14A 19 30/05/2024 DESCONOCIDO 19/03/2024 2021 CL 8 4 06 31/05/2024 CERRADO 19/03/2024 2021 CR 48 25 A A SUR 19/03/2024 2021 KR 64 A 78 55 31/05/2024 NO RESIDE 19/03/2024 2021 CL 62 N 6 09 NO ATENDER NO ATENDER NO ATENDER NO ATENDER NO ATENDER NO ATENDER NO ATENDER NO ATENDER NO ATENDER NO ATENDER RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN SANCIÓN POR SANCIÓN POR SANCIÓN POR SANCIÓN POR SANCIÓN POR SANCIÓN POR SANCIÓN POR SANCIÓN POR SANCIÓN POR SANCIÓN POR INFORMACIÓN INFORMACIÓN INFORMACIÓN INFORMACIÓN INFORMACIÓN INFORMACIÓN INFORMACIÓN INFORMACIÓN INFORMACIÓN INFORMACIÓN REQUERIMIENTO DE REQUERIMIENTO DE REQUERIMIENTO DE REQUERIMIENTO DE REQUERIMIENTO DE REQUERIMIENTO DE REQUERIMIENTO DE REQUERIMIENTO DE REQUERIMIENTO DE REQUERIMIENTO DE TICOS 900889303 TICOS 900866933 TICOS 900838509 TICOS 900822522 TICOS 900819391 TICOS 900815699 TICOS 900815369 TICOS 900803867 TICOS 900732744 TICOS 900731891 MAGNÉ- MAGNÉ- MAGNÉ- MAGNÉ- MAGNÉ- MAGNÉ- MAGNÉ- MAGNÉ- MAGNÉ- MAGNÉ- NOTIFICACIÓN POR AVISO 900.731.891 MEDIOS SAS 900.838.509 MEDIOS SAS 900.815.699 MEDIOS S.A.S.
S. A. S 900.822.522 MEDIOS BIA S.A.S 900.803.867 MEDIOS RIDAD Y SALUD COLOMBIA S.A.S. 900.866.933 MEDIOS LABORAL IPS S AS 900.815.369 MEDIOS A.F.C. ADMINISTRA- CIAS EN COLOMBIA DORES DE FRANQUI- ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-015168 DEL 19 DE JUNIO DE 2024 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ DDI-006361 2024EE076514 O1 202308303000092374 TAPS QUIMICA SAS 900.889.303 MEDIOS DDI-009269 2024EE079439 O1 202308303000092400 MEGA ESTRUCTURAS DDI-009158 2024EE079328 O1 202308303000092401 ZENIT INGENIERIA DDI-006818 2024EE076975 O1 202308303000092547 CADES AIRES DE COL DDI-007758 2024EE077920 O1 202308303000093066 ACTION FITNESS SAS 900.819.391 MEDIOS DDI-006789 2024EE076945 O1 202308303000092969 FREYA DE COLOMBIA DDI-007967 2024EE078129 O1 202308303000092893 ACMEDICA SEGU- DDI-009388 2024EE079558 O1 202308303000092602 TESRGROUP COLOM- DDI-008085 2024EE078247 O1 202308303000092881 FUELTRANS S A S 900.732.744 MEDIOS DDI-006406 2024EE076559 O1 202308303000092639 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-12 • 2024 • JUNIO • 21 12 2 AP 102 05/06/2024 DESCONOCIDO EL LAGO 30/05/2024 NO RESIDE 205 CC MER- CURIO 30/05/2024 NO RESIDE 19/03/2024 2021 AV 3C 40N 08 30/05/2024 CERRADO 19/03/2024 2021 CR 71 83 49 29/05/2024 NO RESIDE 19/03/2024 2021 CR 15 18 04 04/06/2024 CERRADO 30/05/2024 2021 KR 6 E 1 A 60 TO 19/03/2024 2021 CR 5 24 47 SEC 19/03/2024 2021 KR 1 32 91 31/05/2024 CERRADO 19/03/2024 2021 KR 2 16 20 31/05/2024 DESCONOCIDO 19/03/2024 2021 KR 7 32 35 LC MACIÓN NO ATENDER NO ATENDER NO ATENDER NO ATENDER NO ATENDER NO ATENDER NO ATENDER RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN SANCIÓN POR SANCIÓN POR SANCIÓN POR SANCIÓN POR SANCIÓN POR SANCIÓN POR SANCIÓN POR INFORMACIÓN INFORMACIÓN INFORMACIÓN INFORMACIÓN INFORMACIÓN INFORMACIÓN INFORMACIÓN ENVIAR INFOR- SANCIÓN POR NO CIAL DE REVISIÓN 19/04/2024 2021-1, 2021-2 KR 11 11 57 11/06/2024 DESCONOCIDO REQUERIMIENTO DE REQUERIMIENTO DE REQUERIMIENTO DE REQUERIMIENTO DE REQUERIMIENTO DE REQUERIMIENTO DE REQUERIMIENTO DE TICOS 1144176529 TICOS 901291071 TICOS 901398890 TICOS 901154678 TICOS 901106457 TICOS 901266190 TICOS 901091331 MAGNÉ- MAGNÉ- MAGNÉ- MAGNÉ- MAGNÉ- MAGNÉ- MAGNÉ- NOTIFICACIÓN POR AVISO Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal los dos (2) meses siguientes a la publicación del presente aviso.
TINEZ 1.090.367.291 RETEICA 1090367291 LIQUIDACIÓN OFI- ERY SAS 901.291.071 MEDIOS PORT SAS 901.091.331 MEDIOS MONTAÑO 1.144.176.529 MEDIOS RANTES SAS 901.106.457 MEDIOS ZOMAC S.A.S 901.266.190 MEDIOS CASTELBLANCO CALDERON MAR- COMPGENIOSS TM 901.398.890 MEDIOS ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-015168 DEL 19 DE JUNIO DE 2024 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ Contra los actos administrativos mencionados procede el Recurso de Reconsideración, que deberá interponerse ante la Oficina de Recursos Tributarios de la Subdirección Jurídico Tributaria, ubicada en la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá en la Carrera 30 No. 25 – 90 piso 14, costado occidental dentro de DDI-011645 2024EE127064 O1 202308183000090519 ANGELICA MARIA DDI-008102 2024EE078264 O1 202308303000091452 ANGIE STEPHANIE DDI-006364 2024EE076516 O1 202308303000093455 CONSORCIO K-HUA- DDI-009210 2024EE079380 O1 202308303000093247 NARCOBOLLO DELIV- DDI-012709 2024EE181855 O1 202308303000093845 GRUPO VALUE SAS 901.268.872 ICA 901268872 DDI-009242 2024EE079412 O1 202308303000093000 INVERSIONES BAR- DDI-008088 2024EE078250 O1 202308303000092876 2L PROYECTOS S.A.S 901.154.678 MEDIOS DDI-009292 2024EE079462 O1 202308303000093093 SAN JOSE Y MARIA DDI-007783 2024EE077945 O1 202308303000093045 ML TECHNICAL SIP- MARÍA LINNETTE ROJAS RIVERA REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-13 • 2024 • JUNIO • 21 13 CAUSAL DE DEVOLUCIÓN DE FECHA DEVOLUCIÓN 213 06/06/2024 NO RESIDE 213 06/06/2024 NO RESIDE 213 06/06/2024 NO RESIDE 199 06/06/2024 NO RESIDE 199 06/06/2024 NO RESIDE 15D 25 07/06/2024 CERRADO 15D 25 07/06/2024 CERRADO AP 401 11/06/2024 CERRADO KR 31B 4A 75 NOTIFICACIÓN 2018-7, 2019-7, 2020-7, 2022-7 PERÍODO GRAVABLE DIRECCIÓN DE DEL ACTO FECHA TIPO DE ACTO ESPECIAL 08/05/2024 2021-6 KR 28A 15 28 05/06/2024 NO RESIDE PLACA - CHIP Y/O MATRICULA INMOBILIARIA-NIT DE TIPO IMPUESTO NOTIFICACIÓN POR AVISO ENTE IDENTIFI- CACIÓN DEL CONTRIBUY- las actuaciones administrativas objeto de la presente publicación.
ARDILA 17.414.224 PREDIAL AAA0268FUNX AUTO DE ARCHIVO 31/05/2024 2021 CL 76 SUR ARDILA 17.414.224 PREDIAL AAA0025MWHK AUTO DE ARCHIVO 31/05/2024 2021 CL 76 SUR GOMEZ 4.484.412 PREDIAL AAA0269MXPP AUTO DE ARCHIVO 31/05/2024 2021 KR 21 10 08 LC GOMEZ 4.484.412 PREDIAL AAA0050ZLOM AUTO DE ARCHIVO 31/05/2024 2021 KR 21 10 08 LC GIRALDO 24.866.219 PREDIAL AAA0269MXPP AUTO DE ARCHIVO 31/05/2024 2021 CL 9 20A 06 LC GIRALDO 24.866.219 PREDIAL AAA0269FYLW AUTO DE ARCHIVO 31/05/2024 2021 CL 9 20A 06 LC GIRALDO 24.866.219 PREDIAL AAA0253FCYN AUTO DE ARCHIVO 31/05/2024 2021 CL 9 20A 06 LC SANCHEZ 51.620.100 PREDIAL AAA0252FEJH AUTO DE ARCHIVO 21/05/2024 2021 KR 6 30D 86 SUR 31/05/2024 CERRADO SANCHEZ 51.620.100 PREDIAL AAA0252FEMS AUTO DE ARCHIVO 21/05/2024 2021 KR 6 30D 86 SUR 31/05/2024 CERRADO APODERADO NOMBRE DEL SEGURIDAD S.A. 800.181.509 RETEICA 800181509 REQUERIMIENTO CONTRIBUYENTE Y/O DRIGUEZ RODRIGUEZ 79.736.132 ICA 79736132 AUTO DE ARCHIVO 31/05/2024 ANEXO No.2 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-015168 DEL 19 JUNIO DE 2024 " HECTOR FREDDY RO- EXPEDIENTE SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ La Jefe de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber:
En consecuencia, conforme a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por medio de la publicación a:
NA 2024EE182019 C1 202403149000016618 ANGIOMED RX LTDA 830.147.156 PREDIAL AAA0184FBSY AUTO ADMISORIO 30/05/2024 2017, 2018 CL 67 A 68 A 70 07/06/2024 DESCONOCIDO NA 2024EE182019 C1 202403149000016618 ANGIOMED RX LTDA 830.147.156 PREDIAL AAA0103MUOE AUTO ADMISORIO 30/05/2024 2011 CL 67 A 68 A 70 07/06/2024 DESCONOCIDO NA 2024EE172259 O1 202309223000095339 ANA JULIA GOMEZ NA 2024EE172259 O1 202309223000095339 ANA JULIA GOMEZ NA 2024EE182803 O1 "202403153000103018 NA 2024EE145489 O1 202405083000119936 HERRAMIENTAS Y NA 2024EE182587 O1 202309223000095142 EMMA INES ZULUAGA NA 2024EE182520 O1 202309223000095110 EMMA INES ZULUAGA NA 2024EE182520 O1 202309223000095110 EMMA INES ZULUAGA NA 2024EE182490 O1 202309223000095261 CIRO ANTONIO CALVO NA 2024EE182490 O1 202309223000095261 CIRO ANTONIO CALVO NA 2024EE182587 C1 202309223000095142 GERARDO BOTERO NA 2024EE182747 O1 202309223000095279 GERARDO BOTERO No.
CIÓN No. RADICADO No. DE Que los Jefes de la Oficina de Control Masivo de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, la Oficina General de Fiscalización de la Subdirección de Determinación y la Oficina de Recursos Tributarios de la Subdirección Jurídico Tributaria, profirieron para los contribuyentes que se relacionan a continuación, RESOLU- REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-14 • 2024 • JUNIO • 21 14 07/06/2024 CERRADO 46 62 05/06/2024 DESCONOCIDO 32 PI 2 06/06/2024 CERRADO OF 501 05/06/2024 NO RESIDE CARRETERA TRONCAL DE CL 110 9 25 OF
- Cundinamarca
19, PARQUE CENTRAL MON- TANA, Mosquera OCCIDENTE KM SUR MZ 28 IN 22 05/06/2024 NO RESIDE 805 TO EMPRE- SARIAL PACIFIC 05/06/2024 DESCONOCIDO 2017-7, 2018-7, 2019-7, 2020-7, 2021-7 ESPECIAL 08/05/2024 2021-6 CL 127 D BIS NO.
ESPECIAL 08/05/2024 2021-6 KR 37 55 30 05/06/2024 NO RESIDE ESPECIAL 08/05/2024 2021-6 CL 124 7 C 44 ESPECIAL 08/05/2024 2021-6 CL 64A SUR 71 ESPECIAL 08/05/2024 2021-6 KR 52 B 20 69 NOTIFICACIÓN POR AVISO Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal LTDA 900.076.120 RETEICA 900076120 REQUERIMIENTO BIA S.A 860.002.590 ICA 860002590 AUTO ADMISORIO 30/05/2024 TION SAS 901.357.581 RETEICA 901357581 REQUERIMIENTO LARIA S.A 900.239.528 ICA 900239528 AUTO ADMISORIO 30/05/2024 2017-7, 2019-7 SOLUTION SAS 901.189.436 RETEICA 901189436 REQUERIMIENTO LAVERDET S.A.S 901.288.772 RETEICA 901288772 REQUERIMIENTO OSORIO POSADA EMPRESARIAL S A S 900.426.889 RETEICA 900426889 REQUERIMIENTO CEUTICA Y HOSPITA- ANEXO No.2 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-015168 DEL 19 JUNIO DE 2024 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ NA 2024EE145585 O1 202405083000119958 COMERCIALIZADORA NA 2024EE145571 O1 202405083000119954 DIVERSIFIED GLOBAL NA 2024EE149548 O1 202405083000119971 SKYFIRE PROTEC- NA 2024EE145544 O1 202405083000119949 ATLANTIS GRUPO NA 2024EE145528 O1 202405083000119945 REPRESENTACIONES NA 2024EE181721 O1 202301160000020251 BRENNTAG COLOM- NA 2024EE181628 O1 202301160000020348 LOGISTICA FARMA- NA 2024EE182019 C1 202403149000016618 ANGIOMED RX LTDA 830.147.156 PREDIAL AAA0184FCTO AUTO ADMISORIO 30/05/2024 2017, 2018 CL 67 A 68 A 70 07/06/2024 DESCONOCIDO Contra los actos administrativos mencionados no procede ningún Recurso. La notificación se entenderá surtida desde la fecha de publicación de este aviso.
MARÍA LINNETTE ROJAS RIVERA REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-15 • 2024 • JUNIO • 21 15 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. - SECRETARÍA GENERAL RESOLUCIÓN Nº 260 (10 de junio de 2024)
“Por la cual se efectúa un nombramiento”
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-16 • 2024 • JUNIO • 21 16 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-17 • 2024 • JUNIO • 21 17 CONTRALORÍA DE BOGOTÁ, D.C.
RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA Nº 017 (11 de junio de 2024)
“Por la cual se crea la Junta de Contratación, se actualiza el Manual de Contratación, el procedimiento para la Gestión Contractual, se crea el Procedimiento Plan Anual de Adquisiciones y se dictan otras disposiciones”
EL CONTRALOR DE BOGOTÁ D.C.
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial, las conferidas en el Acuerdo Distrital 658 de 20161, y
CONSIDERANDO:
Que en concordancia con los artículos 209 y 267 de la Constitución Politica de Colombia las funciones a cargo de la Contraloría de Bogotá D.C. y su gestión institucional, deben enmarcarse en los principios de la función administrativa y a su vez en la correcta aplicación de la gestión fiscal, en particular, frente a los principios de transparencia, eficacia, celeridad, moralidad, imparcialidad, publicidad y economía, que exigen mayor observancia en la gestión contractual tal y como lo establece el articulo 23 de la Ley 80 de 19932.
Que de acuerdo con lo dispuesto en el numeral primero del articulo 11 de la Ley 80 de 19933, la competencia para ordenar y dirigir la realización de procesos de selección de contratistas será del jefe o representante legal de la Entidad, según sea el caso.
Que así mismo, el inciso primero del artículo 124 de la precitada ley, faculta al Contralor de Bogotá D.C., en su calidad de representante legal de la Entidad, para delegar total o parcialmente la competencia para expedir los actos inherentes a la actividad contractual y para desconcentrar el proceso contractual en los servidores públicos que desempeñen cargos del nivel directivo o en sus equivalentes.
Que en ese sentido, el articulo 21 del Acuerdo Distrital658 de 2016, consagra que el, El Acuerdo Drstrrtal658 de 2016. fue modifICado parcialmente por los Acuerdos Distntales 664 de 2017, B86 Y 904 de 2023, e~pedidopor el ConcejO de Bogotá o,e 2 'Por la cual se e~plde el Estatuto Genera! de Contratación de la AdministraCión Publica.
J Aparte tachado derogado por el artiClJlo 32 de la ley 1150 de 2007. 4Aparte tachadO derogado por el articulo 32 de la Ley 1150 de 2007. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32A W 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 33588888 Página 1 de 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-18 • 2024 • JUNIO • 21 18 RESOLUCiÓN REGLAMENTARIA N° 017 DEL 11 DE JUNIO DE 2024 "Por la cual se crea la Junta de Contratación, se actualiza el Manual de Código Cormato O Contratación, el procedimiento para la Gestión Contractual, se crea el PGD-10-01 Procedimiento Plan Anual de Adquisiciones y se dictan otras "ersión: 2.0 CONTRAIORIA l'r!'o("I(;('I~.!le disposiciones"
Contralor de Bogotá D.C., mediante acto administrativo, podrá delegar las facultades de ejecución presupuestal, ordenación del gasto, contratación y otras competencias administrativas, técnicas o juridicas, en los términos de los actos de delegación y de acuerdo con las funciones atribuidas a las diferentes dependencias de la Entidad, la cual podrá recaer en los servidores públicos de los niveles directivo y asesor.
Que en virtud del principio de economía, en los procesos de contratación intervendrán el jefe y las dependencias asesoras y ejecutoras de la Entidad que se señalen en las correspondientes normas sobre su organización y funcionamiento, como lo preceptúa el numeral 9° del artículo 25 de la Ley 80 de 1993.
Que de conformidad con la naturaleza jurídica de la Contraloria de Bogotá D.C., esta Entidad como organismo de carácter técnico, se encuentra dotada de autonomía administrativa y presupuestal según lo establecen los artículos 1 y 75 del Acuerdo Distrital 658 de 2016, los cuales disponen que en ejercicio de la autonomía contractual, el Contralor de Bogotá D.C., suscribirá en nombre y representación de la Entidad los contratos que debe celebrar en cumplimiento de sus funciones, sin perjuicio de la delegación que realice conforme a lo dispuesto en los acuerdos y las disposiciones legales.
Que de acuerdo con las funciones establecidas en el numeral 4 del articulo 54 del Acuerdo Distrital658 de 2016, expedido por el Concejo de Bogotá D.C., la consolidación del Plan Anual de Adquisiciones está a cargo de la Subdirección de Contratación, bajo la dírección y orientación de la Dírección Administrativa y Financiera, con el acompañamiento de las demás dependencias de la Entidad.
Que en consonancia, a través de la Resolución 020 de 20226, se creó la Junta de 5 Modificado por el articulo
3. del Acuerdo Distritar 664 de 2017. 8 "Por la cual se mod,fica la Resolución Reglamentaria No, 03 de 2022, se crea la Junta de Contrafación y se reglamenta su funcionamiento" www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32A N° 26 A -10 - Código Postal 111321 PBX: 33588888 Página 2 de 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-19 • 2024 • JUNIO • 21 19 RESOLUCiÓN REGLAMENTARIA N° 017 DEL 11 DE JUNIO DE 2024 "Por la cual se crea la Junta de Contratación, se actualiza el Manual de Contratación, el procedimiento para la Gestión Contractual, se crea el PGD-10-01 Código ~ormato O CONTRALORIA Procedimiento Plan Anual de Adquisiciones y se dictan otras Versión: 2.0 1)1 1\(\(••'L~_Il('. disposiciones"
Contratación como un órgano consultor, asesor, de orientación y seguimiento, que imparte los lineamientos que rigen la actividad precontractual, contractual y postcontractual de la Contraloria de Bogotá D.C.
Que en virtud del proceso de mejora continua de la Entidad, la actualización normativa en materia contractual dada en las vigencias 2022 y 2023, asi como la expedición de los Acuerdos Distritales 886 y 904 de 2023, por los cuales se transformó la Oficina Asesora Juridica en Dirección Jurídica, es necesario actualizar el Manual de Contratación y el Procedimiento para la Gestión Contractual adoptados mediante la Resolución Reglamentaria 034 de 2022 e implementar acciones de mejora para el funcionamiento de la Junta de Contratación creada mediante Resolución Reglamentaria No. 020 de 2022.
Que en observancia de los principios de transparencia y responsabilidad consagrados en la Ley 80 de 1993, para la correcta gestión contractual de la Entidad, mediante Resolución Reglamentaria No. 034 del 22 de diciembre de 20227 se adoptó el Manual de Contratación, el cual sigue los criterios de buenas prácticas y herramientas que en materia de contratación pública son previstos por la Agencia Nacional de Contratación Pública Colombia Compra Eficiente.
Que adicionalmente, mediante Resolución Ordinaria No. 0273 del 7 de marzo de 2024, se delegó en cabeza del Director Administrativo la competencia para expedir la autorización expresa para celebrar contratos cuando existan relaciones contractuales vigentes con objeto igual al que se pretende suscribir y la competencia para iniciar, tramitar y decidir los procesos sancionatorios contractuales, hasta la expedición y firmeza del acto administrativo que adopte la decisión.
Que por otra parte, con el fin de optimizar el desarrollo de las actividades en materia 7.Por la cual se modifica el proced,miento para la Ges/lón Contractual y el Manual de Contratación.• www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32A W 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 33588888 Página 3 de 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-20 • 2024 • JUNIO • 21 20 RESOLUCiÓN REGLAMENTARIA N° 017 DEL 11 DE JUNIO DE 2024 "Por la cual se crea la Junta de Contratación, se actualiza el Manual de Código ~ormato O Contratación, el procedimiento para la Gestión Contractual, se crea el PGD-10-01 Procedimiento Plan Anual de Adquisiciones y se dictan otras Versión: 2.0 CONTRALOIUA I'j l\(\Co;('f.',!le. disposiciones" contractual, se hace necesario crear un procedimiento independiente para el Plan Anual de Adquisiciones de la Entidad.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTíCULO PRIMERO: Crear la Junta de Contratación de la Contralorla de Bogotá D.C., como un órgano consultor, asesor, de orientación y seguimiento, que impartirá los lineamientos que regirán la actividad precontractual, contractual y postcontractual de la Entidad, y que tendrá como función principal hacer recomendaciones al ordenador de gasto, en materia contractual, atendiendo los principios que regulan la contratación estatal, la función administrativa y la gestión fiscal.
Parágrafo.
La composición, funcionamiento y demás reglamentación de la Junta de Contratación de la Contraloria de Bogotá D.C., se hará a través del Manual de Contratación de la Entidad.
ARTíCULO SEGUNDO: Delegar en el Director Administrativo, la declaratoria de incumplimiento, tasación y aplicación de multas y sanciones, asi como la declaratoria de caducidad en los diferentes procesos contractuales adelantados por la Entidad.
ARTíCULO TERCERO: Delegar en el Director Administrativo, la expedición de la autorización expresa para la celebración de contratos, cuando existan relaciones contractuales vigentes con objetos iguales a los que se pretenden suscribir, previa verificación de las especiales características y necesidades técnicas de las contrataciones a realizar. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32A W 26 A - 10 - Código Postal 111321 P8X: 33588888 Página 4 de 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-21 • 2024 • JUNIO • 21 21 RESOLUCiÓN REGLAMENTARIA N° 017 DEL 11 DE JUNIO DE 2024 "Por la cual se crea la Junta de Contratación, se actualiza el Manual de ~(ÓdigO Contratación, el procedimiento para la Gestión Contractual, se crea el PGD-1Q-01 ormato O CONTRAtORIA Procedimiento Plan Anual de Adquisiciones y se dictan otras f,¡ersión: 2.0 nr 1It"'~'1.' 1)(' disposiciones"
ARTíCULO CUARTO: Adoptar la nueva versión de los siguientes documentos en el Proceso de Gestión Administrativa y Financiera- PGAF de la Contraloría de Bogotá D.C.:
No. DOCUMENTO CODIGO ~ERSION 1 Manual de Contratación PGAF-09 ~.O 2 Procedimiento para la Gestión Contractual PGAF-08 13.0 3 Procedimiento Plan Anual de Adquisiciones PGAF-22 1.0 ARTíCULO QUINTO: Es responsabilidad de los directores, subdirectores, jefes de oficina y gerentes, velar por la divulgación y administración los documentos adoptados.
ARTíCULO SEXTO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación, deroga las Resoluciones Reglamentarias No. 020 de 2022 y No. 034 de 2022, la Resolución Ordinaria No. 0273 de 2024 y las demás disposiciones que le sean contrarias.
PUBlíQUESE, COMUNíQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C., a los 11 JUN2024 UEZ Contralor de Bogotá D..
PrOyect6 Aprobó Revisoo Técnica lsadora Femández Posada
- Directora Administrativa ., ' Sandra Patricia BOh6rquez González -oll'ectora de P¡ytneaci6n._~.k -;;;¡-" •• RevIsIÓn Juridlca Osear Gerardo Arias EscamllJa - Dlfector JlIidlCOJJJ LY RevIsión DAD Juan Carlos Gualdr6n Alba - Director Apoyo al o:é'~1"
Registro Dlstr~al N" www.contraloriabogota.gov.CO Carrera 32A W 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 33588888 Página 5 de 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-22 • 2024 • JUNIO • 21 22 Procedimiento Plan Anual de Adquisiciones Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-22 Versión: 1.0 Este procedimiento se adopta mediante Resolución Reglamentaria N.º 017 del 11 de junio de 2024 OBJETIVO Establecer las actividades necesarias para la planeación de la utilización de recursos, mediante la elaboración y actualización del Plan Anual de Adquisiciones de la Contraloría de Bogotá D.C.
1. ALCANCE
Este procedimiento inicia con la solicitud a las dependencias acerca de necesidades de bienes, obras y servicios, requeridos para la vigencia fiscal siguiente, y la publicación del Plan Anual de Adquisiciones.
Continúa con la modificación del Plan Anual de Adquisiciones, durante la vigencia respectiva, si a ello hubiere lugar.
2. BASE LEGAL
NORMA FECHA DESCRIPCIÓN “Artículo 209. La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la Constitución Política de 20-Jul 1991 desconcentración de funciones. Las autoridades Colombia administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado. La administración pública, en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley.”
Ley 80 28-Oct 1993 “Por la cual se expide el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública.” www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 1 de 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-23 • 2024 • JUNIO • 21 23 Procedimiento Plan Anual de Adquisiciones Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-22 Versión: 1.0 “Por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de Ley 489 29-Dic 1998 las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones.”
“Por medio de la cual se introducen medidas para la eficiencia y la transparencia en la Ley 80 de 1993 y se dictan otras disposiciones Ley 1150 16-Jul 2007 generales sobre la contratación con recursos públicos.”
“Por la cual se dictan las disposiciones generales del hábeas data y se regula el manejo de la información contenida en bases de datos Ley 1266 31-Dic 2008 personales, en especial la financiera, crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países y se dictan otras disposiciones.”
“Por medio de la cual se modifica el Código Penal, se crea un nuevo bien jurídico tutelado - denominado "de la protección de la información y de los datos" y se preservan integralmente los Ley 1273 05-Ene 2009 sistemas que utilicen las tecnologías de la información y las comunicaciones, entre otras disposiciones.”
“Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, Ley 1474 12-Jul 2011 investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública.” www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 2 de 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-24 • 2024 • JUNIO • 21 24 Procedimiento Plan Anual de Adquisiciones Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-22 Versión: 1.0 Ley 1581 17-Oct 2012 “Por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales.”
“Por la cual se dictan normas sobre la responsabilidad de las personas jurídicas por actos de corrupción transnacional y se dictan Ley 1778 02-Feb 2016 otras disposiciones en materia de lucha contra la corrupción.”
“Por la cual se adicionan, modifican y dictan disposiciones orientadas a fortalecer la Ley 1882 15-Ene 2018 contratación pública en Colombia, la ley de infraestructura y se dictan otras disposiciones.”
“Por medio de la cual se expide el Código General Disciplinario se derogan la Ley 734 de Ley 1952 20-Ene 2019 2002 y algunas disposiciones de la Ley 1474 de 2011, relacionadas con el derecho disciplinario.”
“Por medio de la cual se regulan las sanciones para condenados por corrupción y delitos contra la Administración pública, así como la cesión Ley 2014 30-Dic 2019 unilateral administrativa del contrato por actos de corrupción y se dictan otras disposiciones.”
Ley 2022 22-Jul 2020 “Por la cual modifica el artículo 4 de la Ley 1882 de 2018 y se dictan otras disposiciones.”
“Por medio de la cual se adoptan medidas para Ley 2040 27-Jul 2020 impulsar el trabajo para adultos mayores y se dictan otras disposiciones.”
Ley 2069 31-Dic 2020 “Por medio del cual se impulsa el emprendimiento en Colombia.”
“Por medio de la cual se Reforma el Código de Ley 2080 25-Ene 2021 Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo -Ley 1437 de 2011- y www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 3 de 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-25 • 2024 • JUNIO • 21 25 Procedimiento Plan Anual de Adquisiciones Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-22 Versión: 1.0 se dictan otras disposiciones en materia de descongestión en los procesos que se tramitan ante la jurisdicción.”
Ley 2094 29-Jun 2021 “Por medio de la cual se reforma la Ley 1952 de 2019 y se dictan otras disposiciones.”
Ley 2160 25-Nov 2021 “Por medio del cual se modifica la Ley 80 de 1993 y la Ley 1150 de 2007.”
“Por medio de la cual se adoptan medidas en materia de transparencia, prevención y lucha Ley 2195 18-Ene 2022 contra la corrupción y se dictan otras disposiciones.”
“Por el cual se expide el Plan Nacional de Ley 2294 19-May 2023 Desarrollo 2022-2026 "Colombia Potencia Mundial de la Vida””
“Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites Decreto Ley 19 10-Ene 2012 innecesarios existentes en la Administración Pública.”
“Por el cual se recogen y reexpiden las normas en materia del sector financiero, asegurador y Decreto 2555 15-Jul 2010 del mercado de valores y se dictan otras disposiciones.”
Decreto 1072 26-May 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo.”
“Por medio del cual se expide el Decreto Único Decreto 1074 26-May 2015 Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo.”
“Por medio del cual se expide el Decreto Único Decreto 1078 26-May 2015 Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Capítulo 1 - www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 4 de 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-26 • 2024 • JUNIO • 21 26 Procedimiento Plan Anual de Adquisiciones Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-22 Versión: 1.0 Título 9, subrogado por el Decreto 1008 de 2018.”
“Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Único del Sector Presidencia de la República. Libro 2, Parte 1, Titulo 1 que tiene Decreto 1081 26-May 2015 por objeto reglamentar la Ley 1712 de 2014, en lo relativo a la gestión de la información pública.”
“Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Decreto 1082 26-May 2015 Planeación Nacional, con sus modificaciones y adiciones.”
Decreto 1494 13-Jul 2015 “Por el cual se corrigen yerros en la Ley 1712 de 2014.”
“Por el cual se reglamenta la contratación con entidades privadas sin ánimo de lucro a la que Decreto 92 23-Ene 2017 hace referencia el inciso 2° del artículo 355 de la Constitución Política.”
“Por el cual se establecen los lineamientos generales de la política de Gobierno Digital y se subroga el capítulo 1 del título 9 de la parte 2 del Decreto 1008 14-Jun 2018 libro 2 del Decreto 1078 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.”
“Por el cual se reglamenta el artículo 41 de la Ley 1955 de 2019, sobre las condiciones para implementar la obligatoriedad y aplicación de los Acuerdos Marco de Precios y se modifican los Decreto 310 25-Mar 2021 artículos 2.2.1.2.1.2.7. y 2.2.1.2.1.2.12. del Decreto 1082 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional.” www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 5 de 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-27 • 2024 • JUNIO • 21 27 Procedimiento Plan Anual de Adquisiciones Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-22 Versión: 1.0 “Por el cual se modifican los artículos 2.2.1.1.2.1.1., 2.2.1.2.1.3.2. Y 2.2.1.2.3.1.14., y se adicionan unos parágrafos transitorios a los artículos 2.2.1.1.1.5.2., 2.2.1.1.1.5.6. y Decreto 399 13-Abr 2021 2.2.1.1.1.6.2. del Decreto 1082 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional.”
“Por el cual se modifica parcialmente el artículo 2.2.1.1.1.3.1. y se adiciona el artículo 2.2.1.2.4.2.9. al Decreto 1082 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Decreto 680 22-Jun 2021 Planeación Nacional, en relación con la regla de origen de servicios en el Sistema de Compra Pública.”
“Por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1082 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional, con el fin reglamentar los artículos 30, 31, 32, 34 y 35 de Decreto 1860 24-Dic 2021 la Ley 2069 de 2020, en lo relativo al sistema de compras públicas y se dictan otras disposiciones.”
“Por el cual se modifica y adiciona el Decreto número 1082 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional para promover el acceso al sistema de Compras Públicas de las MiPymes, las Cooperativas y Decreto 142 01-Feb 2023 demás entidades de la economía solidaria, se incorporan criterios sociales y ambientales en los Procesos de Contratación de las Entidades Estatales, se incluye el Título de emprendimiento comunal y se dictan otras disposiciones.” www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 6 de 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-28 • 2024 • JUNIO • 21 28 Procedimiento Plan Anual de Adquisiciones Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-22 Versión: 1.0 “Por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá D.C., se modifica su estructura orgánica e Acuerdo Distrital 658 21-Dic 2016 interna, se fijan funciones de sus dependencias, se modifica la planta de personal, y se dictan otras disposiciones.”
“Por el cual se modifica parcialmente el Acuerdo 658 del 21 de diciembre de 2016 "por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá, Acuerdo Distrital 664 28-Mar 2017 D.C., se modifica su estructura orgánica e interna, se fijan funciones de sus dependencias, se modifica la planta de personal, y se dictan otras disposiciones.”
“Por medio del cual se modifica parcialmente el Acuerdo 658 de 2016 en cuanto a la estructura orgánica e interna, funciones de algunas Acuerdo Distrital 886 22-Mar 2023 dependencias y la planta global de empleos de la Contraloría de Bogotá D.C, y se dictan otras disposiciones.”
Acuerdo Distrital 904 26-Jun 2023 “Por medio del cual se modifican parcialmente los Acuerdos Distritales 881 y 886 de 2023.”
“Por la cual se definen los Estándares Mínimos Resolución 0312 13-Feb 2019 del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST.”
De acuerdo con el numeral 5 del artículo 3 del 27 de Circular Externa Única.
Decreto 4170 de 2011, Colombia Compra diciembre de CCE-EICP-MA-06 Eficiente actualiza la Circular Externa Única de 2023 acuerdo con los cambios normativos www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 7 de 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-29 • 2024 • JUNIO • 21 29 Procedimiento Plan Anual de Adquisiciones Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-22 Versión: 1.0
3. DEFINICIONES:
Consultar en el siguiente enlace el Banco Terminológico PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES (PAA): El Plan Anual de Adquisiciones es una herramienta para: (i) facilitar a las entidades estatales identificar, registrar, programar y divulgar sus necesidades de bienes, obras y servicios; y (ii) diseñar estrategias de contratación basadas en agregación de la demanda que permitan incrementar la eficiencia del proceso de contratación.
ACTUALIZACIÓN DEL PAA (PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES): La Unidad debe actualizar el Plan por lo menos una vez durante su vigencia, cuando: i) haya ajustes en los cronogramas de adquisición, valores, modalidad de selección, origen de los recursos; ii) para incluir nuevas obras, bienes o servicios; iii) para excluir cualquier actividad; iv) modificar el presupuesto anual de adquisiciones.
CLASIFICADOR DE BIENES Y SERVICIOS: Codificación estándar para clasificar los bienes y servicios de manera uniforme, establecido por las Naciones Unidas y adoptado por la Agencia Nacional de Contratación, conocido por las siglas UNSPSC.
SECOP: Sistema Electrónico para la Contratación Pública.
4. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
4.1. FORMULACIÓN, APROBACIÓN, ACTUALIZACIÓN Y SEGUIMIENTO AL PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES 1 Comunicación oficial - Formato PGD-07-02 Profesional de la Dirección Administrativa y Financiera.
Elabora comunicación oficial, solicitando a las dependencias el reporte de necesidades de bienes, obras y servicios, requeridos para la vigencia fiscal siguiente, Punto de Control: La comunicación oficial interna, deberá contar con la verificación del Subdirector de Contratación.
Observación: www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 8 de 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-30 • 2024 • JUNIO • 21 30 Procedimiento Plan Anual de Adquisiciones Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-22 Versión: 1.0 Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES con los respectivos soportes.
Esta actividad se debe realizar durante el último trimestre de cada vigencia.
2 Revisa, firma y remite la solicitud.
Comunicación oficial - Formato PGD-07-02 Director/a Administrativo/a – Ordenador del Gasto Observación: De no contar con aprobación, remite observaciones al profesional de la Dirección Administrativa, para que sean subsanadas o aclaradas.
3 Observación: La remisión de la información a la Dirección administrativa y Financiera, deberá realizarse vía correo electrónico.
Diligencia el Reporte de necesidades para la adquisición de bienes servicios y obras, con los respectivos soportes y remite a la Dirección Administrativa y Financiera.
Reporte de necesidades para la adquisición de bienes servicios y obras – Formato PGAF- 08-01 // Comunicación oficial Contralor Auxiliar// Directores Técnicos// Jefes de Oficinas Asesoras// Jefes de Oficinas// Subdirectores// Funcionarios de las dependencias que requieren el bien o servicio Observación: − Si existen 4 Profesional de la Dirección Administrativa y Financiera.
Comunicación oficial // Consolidado Plan Anual de Adquisiciones – Formato PGAF- 08-13 observaciones frente al documento se realiza requerimiento al área solicitante para que sean subsanadas o aclaradas.
Revisa la información remitida y determina el cumplimiento de los requisitos establecidos.
Consolida la información de conformidad con el formato establecido y el presupuesto aprobado para la Entidad. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 9 de 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-31 • 2024 • JUNIO • 21 31 Procedimiento Plan Anual de Adquisiciones Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-22 Versión: 1.0 Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES Observación: − El consolidado debe ser acorde al presupuesto aprobado para la Entidad. − De no contar con 5 Revisa la información del Consolidado Plan Anual de Adquisiciones.
Director/a Administrativo/a – Ordenador del Gasto Consolidado Plan Anual de Adquisiciones – Formato PGAF- 08-13 // Comunicación oficial aprobación, remite observaciones al profesional de la Dirección Administrativa y Financiera, para que sean subsanadas o aclaradas 6 Comité Directivo.
Aprueba el Consolidado del Plan Anual de Adquisiciones, formato PGAF-08-13.
Consolidado Plan Anual de Adquisiciones – Formato PGAF- 08-13 // Acta PGD-02-07 Punto de Control: Verifica la articulación del PAA con los objetivos estratégicos de la entidad.
Observación: El Director/a Administrativo/a presenta el PAA al Comité Directivo, de acuerdo con lo establecido en la resolución que reglamenta los Comités.
7 Profesional de la Dirección Administrativa y Financiera Observación: Esta actividad deberá realizarse, de manera periódica, acorde con el seguimiento que se realice al PAA.
Comunicación oficial // Formato Plan, Programa, Manual o Documento Técnico PGD- 02-02 Remite Plan Anual de Adquisiciones para publicación, al encargado de la publicación en la plataforma SECOP II y al área responsable de publicación en la página de la Entidad, con los respectivos soportes.
Observación: − La publicación del SECOP II 8 Publica el Plan Anual de Adquisiciones en SECOP
II.
Profesionales o técnicos encargados de la publicación en la PAA se debe realizar a más tardar el 31 de www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 10 de 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-32 • 2024 • JUNIO • 21 32 Procedimiento Plan Anual de Adquisiciones Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-22 Versión: 1.0 Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES plataforma SECOP II enero y actualizarlo como mínimo en el mes de julio de cada vigencia, previo seguimiento No obstante, se puede actualizar el PAA en el momento que lo requiera la Entidad. − Continúa en la actividad 10.
No Aplica 9 Constancia de publicación en la WEB.
Área encargada de la publicación en página de la Entidad Publica el Plan Anual de Adquisiciones en la página WEB de la Entidad.
Punto de Control: − Si la modificación por 10 Comunicación oficial Profesional de la Dirección Administrativa y Financiera Recibe y consolida las solicitudes de modificación al PAA, por parte de las diferentes dependencias de la Entidad.
Remite para publicación en la plataforma SECOP II. su complejidad lo requiere, deberá contar con previa aprobación por parte de la Junta de Contratación, la cual será citada y presentada por la Subdirección de Contratación. − Regresa a la actividad 8.
Observación: − Regresa a la actividad No 9 − Esta actividad deberá 11 Profesional de la Dirección Administrativa.
Elabora el seguimiento al Plan Anual de Adquisiciones, con sus respectivos soportes.
Remite al área responsable de publicación en la página de la Entidad. realizarse, de manera periódica, acorde con la necesidad de la Entidad.
Seguimiento Plan Anual de Adquisiciones – PGAF-08-14 // Formato Plan, Programa, Manual o Documento Técnico PGD- 02-02 // Comunicación oficial www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 11 de 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-33 • 2024 • JUNIO • 21 33 Procedimiento Plan Anual de Adquisiciones Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-22 Versión: 1.0
5. FORMATOS Y OTROS DOCUMENTOS RELACIONADOS AL PROCEDIMIENTO
1. PGAF-22-01 Reporte de necesidades para adquisiciones de bienes-servicios-obras
2. PGAF-22-02 Consolidado Plan Anual de Adquisiciones
3. PGAF-22-03 Seguimiento Plan Anual de Adquisiciones
6. CONTROL DE CAMBIOS
Versión Descripción de la Modificación Resolución Reglamentaria y Fecha 1.0 R.R. No. 017 11-Jun-2024 Responsable de Proceso que Aprueba Cargo Directora Administrativa Dependencia Dirección Administrativa y Financiera Nombre Completo Isadora Fernández Posada Firma Director/a de Planeación que Realiza Revisión Técnica Nombre Completo Sandra Patricia Bohórquez González Firma www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 12 de 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-34 • 2024 • JUNIO • 21 34 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 Este procedimiento se adopta mediante Resolución Reglamentaria N.º 017 del 11 de junio de 2024
1. OBJETIVO
Establecer las actividades necesarias para adelantar la contratación de los bienes, servicios y obras requeridos por la Contraloría de Bogotá D.C., aplicando los principios y las modalidades de contratación previstas por la Ley.
2. ALCANCE
Este procedimiento inicia con la radicación del estudio previo en la Subdirección de Contratación, hasta el inicio del proceso de selección en cualquiera de sus modalidades o elaboración del contrato, para el caso de contratación directa.
Sigue con la designación de la persona que ejercerá la supervisión del contrato o convenio por parte del jefe del área solicitante de la contratación respectiva, la cual se especifica en los estudios previos. Si el contrato es objeto de liquidación, el procedimiento finaliza con la publicación de la respetiva acta en SECOP II.
3. BASE LEGAL
NORMA FECHA DESCRIPCIÓN
Artículo 209.
La función administrativa está al
servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la Constitución Política de 20-Jul 1991 descentralización, la delegación y la Colombia desconcentración de funciones. Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado. La administración pública, en todos sus www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 1 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-35 • 2024 • JUNIO • 21 35 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley.
Ley 80 28-Oct 1993 “Por la cual se expide el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública.”
“Por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de Ley 489 29-Dic 1998 las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones.”
“Por medio de la cual se introducen medidas para la eficiencia y la transparencia en la Ley 80 de 1993 y se dictan otras disposiciones Ley 1150 16-Jul 2007 generales sobre la contratación con recursos públicos.”
“Por la cual se dictan las disposiciones generales del hábeas data y se regula el manejo de la información contenida en bases de datos Ley 1266 31-Dic 2008 personales, en especial la financiera, crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países y se dictan otras disposiciones.”
“Por medio de la cual se modifica el Código Penal, se crea un nuevo bien jurídico tutelado - Ley 1273 05-Ene 2009 denominado "de la protección de la información y de los datos" y se preservan integralmente los www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 2 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-36 • 2024 • JUNIO • 21 36 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 sistemas que utilicen las tecnologías de la información y las comunicaciones, entre otras disposiciones.”
“Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, Ley 1474 12-Jul 2011 investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública.”
Ley 1581 17-Oct 2012 “Por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales.”
“Por la cual se dictan normas sobre la responsabilidad de las personas jurídicas por actos de corrupción transnacional y se dictan Ley 1778 02-Feb 2016 otras disposiciones en materia de lucha contra la corrupción.”
“Por la cual se adicionan, modifican y dictan disposiciones orientadas a fortalecer la Ley 1882 15-Ene 2018 contratación pública en Colombia, la ley de infraestructura y se dictan otras disposiciones.”
“Por medio de la cual se expide el Código General Disciplinario se derogan la Ley 734 de Ley 1952 20-Ene 2019 2002 y algunas disposiciones de la Ley 1474 de 2011, relacionadas con el derecho disciplinario.”
“Por medio de la cual se regulan las sanciones para condenados por corrupción y delitos contra la Administración pública, así como la cesión Ley 2014 30-Dic 2019 unilateral administrativa del contrato por actos de corrupción y se dictan otras disposiciones.”
Ley 2022 22-Jul 2020 “Por la cual modifica el artículo 4 de la Ley 1882 de 2018 y se dictan otras disposiciones.” www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 3 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-37 • 2024 • JUNIO • 21 37 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 “Por medio de la cual se adoptan medidas para Ley 2040 27-Jul 2020 impulsar el trabajo para adultos mayores y se dictan otras disposiciones.”
Ley 2069 31-Dic 2020 “Por medio del cual se impulsa el emprendimiento en Colombia.”
“Por medio de la cual se Reforma el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo -Ley 1437 de 2011- y Ley 2080 25-Ene 2021 se dictan otras disposiciones en materia de descongestión en los procesos que se tramitan ante la jurisdicción.”
Ley 2094 29-Jun 2021 “Por medio de la cual se reforma la Ley 1952 de 2019 y se dictan otras disposiciones.”
Ley 2160 25-Nov 2021 “Por medio del cual se modifica la Ley 80 de 1993 y la Ley 1150 de 2007.”
“Por medio de la cual se adoptan medidas en materia de transparencia, prevención y lucha Ley 2195 18-Ene 2022 contra la corrupción y se dictan otras disposiciones.”
“Por el cual se expide el Plan Nacional de Ley 2294 19-May 2023 Desarrollo 2022-2026 "Colombia Potencia Mundial de la Vida””
“Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites Decreto Ley 19 10-Ene 2012 innecesarios existentes en la Administración Pública.”
“Por el cual se recogen y reexpiden las normas en materia del sector financiero, asegurador y Decreto 2555 15-Jul 2010 del mercado de valores y se dictan otras disposiciones.” www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 4 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-38 • 2024 • JUNIO • 21 38 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 Decreto 1072 26-May 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo.”
“Por medio del cual se expide el Decreto Único Decreto 1074 26-May 2015 Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo.”
“Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Capítulo 1 - Decreto 1078 26-May 2015 Título 9, subrogado por el Decreto 1008 de 2018.”
“Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Único del Sector Presidencia de la República. Libro 2, Parte 1, Titulo 1 que tiene Decreto 1081 26-May 2015 por objeto reglamentar la Ley 1712 de 2014, en lo relativo a la gestión de la información pública.”
“Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Decreto 1082 26-May 2015 Planeación Nacional, con sus modificaciones y adiciones.”
Decreto 1494 13-Jul 2015 “Por el cual se corrigen yerros en la Ley 1712 de 2014.”
“Por el cual se reglamenta la contratación con entidades privadas sin ánimo de lucro a la que Decreto 92 23-Ene 2017 hace referencia el inciso 2° del artículo 355 de la Constitución Política.”
“Por el cual se establecen los lineamientos generales de la política de Gobierno Digital y se Decreto 1008 14-Jun 2018 subroga el capítulo 1 del título 9 de la parte 2 del libro 2 del Decreto 1078 de 2015, Decreto Único www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 5 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-39 • 2024 • JUNIO • 21 39 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.”
“Por el cual se reglamenta el artículo 41 de la Ley 1955 de 2019, sobre las condiciones para implementar la obligatoriedad y aplicación de los Acuerdos Marco de Precios y se modifican los Decreto 310 25-Mar 2021 artículos 2.2.1.2.1.2.7. y 2.2.1.2.1.2.12. del Decreto 1082 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional.”
“Por el cual se modifican los artículos 2.2.1.1.2.1.1., 2.2.1.2.1.3.2. Y 2.2.1.2.3.1.14., y se adicionan unos parágrafos transitorios a los artículos 2.2.1.1.1.5.2., 2.2.1.1.1.5.6. y Decreto 399 13-Abr 2021 2.2.1.1.1.6.2. del Decreto 1082 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional.”
“Por el cual se modifica parcialmente el artículo 2.2.1.1.1.3.1. y se adiciona el artículo 2.2.1.2.4.2.9. al Decreto 1082 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Decreto 680 22-Jun 2021 Planeación Nacional, en relación con la regla de origen de servicios en el Sistema de Compra Pública.”
“Por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1082 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional, con el fin reglamentar los artículos 30, 31, 32, 34 y 35 de Decreto 1860 24-Dic 2021 la Ley 2069 de 2020, en lo relativo al sistema de compras públicas y se dictan otras disposiciones.” www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 6 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-40 • 2024 • JUNIO • 21 40 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 “Por el cual se modifica y adiciona el Decreto número 1082 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional para promover el acceso al sistema de Compras Públicas de las MiPymes, las Cooperativas y Decreto 142 01-Feb 2023 demás entidades de la economía solidaria, se incorporan criterios sociales y ambientales en los Procesos de Contratación de las Entidades Estatales, se incluye el Título de emprendimiento comunal y se dictan otras disposiciones.”
“Por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá D.C., se modifica su estructura orgánica e Acuerdo Distrital 658 21-Dic 2016 interna, se fijan funciones de sus dependencias, se modifica la planta de personal, y se dictan otras disposiciones.”
“Por el cual se modifica parcialmente el Acuerdo 658 del 21 de diciembre de 2016 "por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá, Acuerdo Distrital 664 28-Mar 2017 D.C., se modifica su estructura orgánica e interna, se fijan funciones de sus dependencias, se modifica la planta de personal, y se dictan otras disposiciones.”
“Por medio del cual se modifica parcialmente el Acuerdo 658 de 2016 en cuanto a la estructura orgánica e interna, funciones de algunas Acuerdo Distrital 886 22-Mar 2023 dependencias y la planta global de empleos de la Contraloría de Bogotá D.C, y se dictan otras disposiciones.” www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 7 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-41 • 2024 • JUNIO • 21 41 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 Acuerdo Distrital 904 26-Jun 2023 “Por medio del cual se modifican parcialmente los Acuerdos Distritales 881 y 886 de 2023.”
“Por la cual se definen los Estándares Mínimos Resolución 0312 13-Feb 2019 del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST.”
De acuerdo con el numeral 5 del artículo 3 del 27 de Circular Externa Única.
Decreto 4170 de 2011, Colombia Compra diciembre de CCE-EICP-MA-06 Eficiente actualiza la Circular Externa Única de 2023 acuerdo con los cambios normativos
4. DEFINICIONES:
Consultar en el siguiente enlace el Banco Terminológico.
ACEPTACIÓN DE OFERTA: Es aplicable únicamente para los procesos de selección de mínima cuantía y en donde la oferta junto con su aceptación constituye el contrato, estableciendo los derechos y obligaciones de las partes, los productos a entregar, los plazos para la ejecución y los términos para la liquidación.
ADENDAS: Son los documentos que se expiden dentro de un proceso licitatorio, concurso, selección abreviada o contratación de mínima cuantía con el fin de aclarar, modificar o precisar los términos de los pliegos de condiciones o la invitación pública, con posterioridad a la expedición y que formaran parte de los mismos.
ADJUDICATARIO: Es el proponente que resulte favorecido con la adjudicación dentro del proceso de selección.
ANÁLISIS DEL SECTOR: El análisis del sector ofrece herramientas para establecer el contexto del Proceso de Contratación, identificar algunos de los Riesgos, determinar los requisitos habilitantes y la forma de evaluar las ofertas. El alcance del estudio de sector debe ser proporcional al valor del Proceso de Contratación, la naturaleza del objeto a contratar, el tipo de www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 8 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-42 • 2024 • JUNIO • 21 42 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 contrato y a los Riesgos identificados para el Proceso de Contratación. El análisis del sector debe cubrir tres áreas: A. Aspectos generales. B. Estudio de la oferta. C. Estudio de la demanda1.
AUDIENCIA DE ADJUDICACIÓN: Es la audiencia que se adelanta dentro del proceso de Licitación Pública en la que se adopta de forma pública, la escogencia del mejor oferente para celebrar el contrato, como resultado de haberse evaluado las ofertas presentadas, publicitado el resultado y de haberse dado respuesta a las eventuales observaciones.
AUDIENCIA DE ASIGNACIÓN DE RIESGOS: Es la audiencia que se adelanta en el marco del proceso de licitación pública cuyo propósito es que los oferentes y la Entidad revisen, en un espacio de diálogo, la asignación de los riesgos que previamente se han incluido en el pliego de condiciones. De esta manera se podrán identificar y valorar los riesgos previsibles del contrato.
CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL (CDP): El certificado de disponibilidad presupuestal es un documento de gestión financiera y presupuestal que permite dar certeza sobre la existencia de una apropiación disponible y libre de afectación para la asunción de un compromiso, de ello, deviene del valor que la ley le ha otorgado, al señalar que cualquier acto administrativo que comprometa apropiaciones presupuestales deberá contar con certificados de disponibilidad presupuestal previos y cualquier compromiso que se adquiera con violación de esa obligación, generará responsabilidad, disciplinaria, fiscal y penal2.
CLASIFICADOR DE BIENES Y SERVICIOS: Codificación estándar para clasificar los bienes y servicios de manera uniforme, establecido por las Naciones Unidas y adoptado por la Agencia Nacional de Contratación, conocido por las siglas UNSPSC.
DECLARATORIA DE DESIERTA: La declaratoria desierta del proceso de selección solamente procede por motivos o causas que impidan la escogencia objetiva del contratista. Dicha 1 Colombia Compra Eficiente. Guía para la Elaboración de Estudios de Sector. http://www.nuevalegislacion.com/files/susc/cdj/doct/guia_es_14.pdf 2 Agencia Nacional de Infraestructura – ANI. Glosario. https://www.ani.gov.co/glosario/cdp www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 9 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-43 • 2024 • JUNIO • 21 43 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 declaratoria deberá constar en un acto administrativo que señale en forma expresa y detallada las razones que han conducido a esa decisión ESTUDIO DE MERCADO: Trámite que consiste en la solicitud de información, no vinculante para la Entidad, relacionada con el valor del objeto que se pretende contratar y las condiciones de la contratación en el mercado.
ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS: Los estudios y documentos previos son el soporte para elaborar el proyecto de pliegos, los pliegos de condiciones, y el contrato.
MANIFESTACIÓN DE INTERÉS: Requisito de procedibilidad (habilitante) para la presentación de ofertas dentro del proceso de selección abreviada de menor cuantía, el cual consiste básicamente en expresar la voluntad de un interesado (persona jurídica, persona natural, consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura) a la entidad estatal para participar en el respectivo proceso de contratación.
PROCESO DE CONTRATACIÓN: Conjunto de actos y actividades, y su secuencia, adelantado por la Entidad Estatal desde la planeación hasta el vencimiento de las garantías de calidad, estabilidad y mantenimiento, o las condiciones de disposición final o recuperación ambiental de las obras o bienes o el vencimiento del plazo, lo que ocurra más tarde.3 SECOP: Sistema Electrónico para la Contratación Pública.
5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO:
5.1. MODALIDADES DE SELECCIÓN DE CONTRATISTAS De conformidad con lo definido en la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, la Ley 1882 de 2018 y el Decreto 1082 de 2015, las modalidades de selección son: Licitación Pública, Selección Abreviada, Concurso de Méritos, Mínima Cuantía y Contratación Directa.
3 Decreto 1082 de 2015, Artículo 2.2.1.1.1.3.1. Definiciones www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 10 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-44 • 2024 • JUNIO • 21 44 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 5.1.1. PROCEDIMIENTO LICITACIÓN PÚBLICA.
N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES 1 Elabora estudio previo con los respectivos soportes y remite a la Subdirección de Contratación.
Solicita a la Dirección Administrativa y Financiera la expedición del Certificado de Disponibilidad Presupuestal correspondiente.
Contralor Auxiliar// Directores Técnicos// Jefes de Oficinas Asesoras// Jefes de Oficinas// Subdirectores// Servidores de las dependencias que requieren el bien o servicio Estudio previo licitación pública Formato PGAF-08- 12 y Documentos Previos con los soportes respectivos.
Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP), y su respectiva solicitud.
Punto de Control: Revisión de los documentos y soportes por parte del responsable del área que requiere la contratación.
Observación:
- El solicitante deberá garantizar que el contenido del estudio previo sea conforme al formato y que los soportes correspondan al contenido de este.
- El solicitante deberá remitir la totalidad de los anexos correspondientes, incluyendo el anexo de oferta económica del proceso.
Comunicación oficial 2 Subdirector de Contratación Punto de Control: Revisión de las comunicaciones oficiales recibidas.
Asigna profesional responsable para que revise la documentación y determine la viabilidad jurídica.
Asigna número de proceso de contratación Observación: − Si existen 3 Profesional de la Subdirección de Contratación Comunicación oficial // Aviso de Convocatoria Pública // Proyecto de Pliego de Condiciones Revisa, formula observaciones y solicita ajustes de los Estudios Previos y demás documentos soporte del proceso de contratación determinando su viabilidad jurídica.
Verifica la existencia o solicita inclusión o observaciones frente al Estudio Previo y documentos soporte se realiza requerimiento al área solicitante para que sean subsanadas o aclaradas. Si no hay respuesta por parte del www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 11 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-45 • 2024 • JUNIO • 21 45 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES área solicitante, se devuelven los documentos soporte y finaliza el procedimiento. modificación de la línea correspondiente del proceso en el Plan Anual de Adquisiciones – PAA a la Dirección Administrativa y Financiera.
Elabora el Aviso de Convocatoria Pública y el Proyecto de Pliego de Condiciones.
Estructura el proceso en el SECOP II y carga los estudios y documentos previos junto con el proyecto de pliego de condiciones.
Aprobación en SECOP II 4 Subdirector de Contratación Aprueba y publica en la plataforma SECOP II el proceso contractual.
Punto de Control: Previo a la aprobación del documento deberá contar con la verificación del Profesional de la Dirección Administrativa y la Junta de Contratación.
Observación: Si no se cuenta con aprobación, se devuelve con observaciones al profesional en la Subdirección de Contratación.
Plataforma del SECOP // Comunicación oficial 5 Profesional de la Subdirección de Contratación Remite las observaciones allegadas a los Estudios Previos y Proyecto de Pliego de Condiciones.
Punto de Control: Remitir de acuerdo con el contenido: técnicoeconómico al área solicitante; las de contenido financieroorganizacional a la persona designada por la Subdirección Financiera; Las de www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 12 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-46 • 2024 • JUNIO • 21 46 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES contenido jurídico son resueltas por el Profesional responsable o el Subdirector de Contratación.
Observación: Si no hay observaciones continúa en la actividad 7 inciso 2.
6 Comunicación oficial // Respuestas a Observaciones PGAF-08-14 Responde las observaciones recibidas al Estudio Previo y Proyecto de Pliego de Condiciones, según sea el caso.
Observación: De ser necesario, ajustar documentos y remitir al profesional de la subdirección de contratación.
Jefe de la dependencia solicitante// persona designada por la Subdirección Financiera// Profesional de la Subdirección de Contratación 7 Profesional de la Subdirección de Contratación Comunicación oficial // Respuestas a Observaciones PGAF-08-14 Punto de Control: La resolución de apertura del proceso se proyecta cuando existan o no observaciones.
Consolida observaciones y respuestas a observaciones al estudio previo y Proyecto de pliego de condiciones.
Estructura el Pliego de Condiciones definitivo con base en la documentación ajustada recibida.
Proyecta la Resolución de apertura del proceso de selección y por medio de la cual se integra el Comité Evaluador.
Documentos del proceso 8 Subdirector de Contratación Aprueba y publica la Resolución (formato PGD-10- 02), que ordena la apertura del proceso de selección y por medio de la cual se integra el Comité Evaluador y Punto de Control Previo a la aprobación de los documentos se deberá contar con la verificación del Profesional de la Dirección Administrativa www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 13 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-47 • 2024 • JUNIO • 21 47 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES el Pliego de Condiciones definitivo. y la Junta de Contratación. Observación: De no contar con aprobación de los documentos, remite observaciones al Profesional de la Subdirección de Contratación para que sean subsanadas o aclaradas.
9 Acta PGD-02-07 Realiza dentro del término legal, la Audiencia de Asignación de Riesgos y Aclaración de Pliegos.
Publica el acta respectiva.
Profesional responsable // Subdirector de Contratación // Comité Evaluador Observación: Durante la audiencia, se puede presentar aclaración del Pliego de Condiciones definitivo, si así lo establece la Entidad o a solicitud de interesados.
Plataforma del SECOP // Comunicación oficial 10 Profesional de la Subdirección de Contratación Remitir las observaciones a los integrantes del Comité Evaluador, según competencia.
Punto de Control: Remitir de acuerdo con el contenido a los miembros del comité evaluador, según competencia.
Observación: Si no hay observaciones continúa en la actividad 15.
11 Comité Evaluador Comunicación oficial // Respuestas a Observaciones PGAF-08-14 Observación: De ser necesario, ajustar documentos y remitir al profesional de la subdirección de contratación.
Responde las observaciones recibidas al Pliego de Condiciones Definitivo, según competencia. Revisa la necesidad de modificación al pliego de condiciones definitivo mediante adendas.
12 Profesional de la Subdirección de Contratación Consolida documento de respuesta a observaciones al pliego de condiciones definitivo en el SECOP II.
Publicación en SECOP Respuestas a Observaciones PGAF-08-14 Observación: De no generarse adendas continuar en la actividad 15. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 14 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-48 • 2024 • JUNIO • 21 48 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES Estructura las adendas al pliego de condiciones definitivo que le sean solicitadas o que sean necesarias En caso de que la adenda genere modificación a los documentos del proceso, las versiones definitivas deberán ser cargadas en la plataforma SECOP II.
13 Subdirector de Contratación Aprobación en SECOP II // Comunicación oficial Revisa y aprueba las adendas al pliego de condiciones definitivo Punto de Control Previo a la aprobación de los documentos se deberá contar con la verificación del Profesional de la Dirección Administrativa.
Observación: De no contar con aprobación, remite observaciones al Profesional de la Subdirección de Contratación para que sean subsanadas o aclaradas.
14 Aprobación en SECOP II // Comunicación oficial Aprueba y Publica las adendas al pliego de condiciones definitivo Director Administrativo – Ordenador del Gasto Observación: De no contar con aprobación, remite observaciones al Profesional de la Subdirección de Contratación para que sean subsanadas o aclaradas.
Observación: − Para la publicación de Plataforma del SECOP // Comunicación oficial 15 Profesional de la Subdirección de Contratación lista de ofertas, se debe verificar si tiene reserva de confidencialidad. − Si se trata de un Efectúa el cierre del proceso. Abre (Desencripta en el SECOP) las propuestas y publica lista de oferentes y de ofertas.
Informa al Comité Evaluador de la disponibilidad de las ofertas para verificación y proceso cuyo objeto sea una obra pública, www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 15 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-49 • 2024 • JUNIO • 21 49 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES evaluación, en SECOP y la fecha en la cual se debe entregar las evaluaciones se deben presentar la oferta técnica y la oferta económica, de forma separada, conforme lo establece el parágrafo 2° del artículo 30 de la Ley 80 de 1993, adicionado por el artículo 1° de la Ley 1882 de 2018. En el momento de la apertura (desencriptación) solo se hará para la propuesta técnica. − En caso de no presentarse ofertas, continuar en la actividad 22 Comunicación oficial //Informe Preliminar No Aplica 16 Comité Evaluador Verifica requisitos habilitantes y realiza la calificación de propuestas, según competencia.
Remite informes preliminares al Profesional de la Subdirección de Contratación.
Publicación en SECOP No Aplica 17 Profesional de la Subdirección de Contratación Consolida Informe de Verificación y Calificación Preliminar.
Publica los informes preliminares de verificación y calificación junto con el consolidado.
Plataforma del SECOP // Comunicación oficial 18 Profesional de la Subdirección de Contratación Remitir las observaciones a los integrantes del Comité Evaluador, según competencia.
Punto de Control: Remitir de acuerdo con el contenido a los miembros del comité evaluador, según competencia. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 16 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-50 • 2024 • JUNIO • 21 50 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES Observación: Si no hay observaciones continúa en la actividad 20.
19 Comité Evaluador Observación: En caso de ser necesario realiza los cambios al informe de evaluación.
Comunicación oficial // Respuestas a Observaciones PGAF-08-14 Revisa y responde las observaciones, aclaraciones y subsanaciones que formulen los proponentes a los informes de verificación y evaluación.
Remite al Profesional de la Subdirección de Contratación.
20 Profesional de la Subdirección de Contratación Consolidado Informe de Verificación y Calificación Final y Respuestas a Observaciones PGAF-08-14 Punto de Control: Previo a la publicación del documento deberá contar con la verificación del Subdirector de Contratación, el Profesional de la Dirección Administrativa y recomendación de adjudicación por parte de la Junta de Contratación.
Observación: − Si no se cuenta con Consolida y publica el informe de Verificación y Calificación Final y las respuestas emitidas por el Comité Evaluador a las observaciones presentadas a los informes preliminares de verificación y calificación.
Elabora proyecto de resolución de adjudicación o de declaratoria de desierta del proceso, previa aprobación. aprobación, se devuelve con observaciones al profesional en la Subdirección de Contratación.
Observación: − El Director 21 Acta PGD-02-07 Celebra audiencia pública de adjudicación o de declaratoria de desierta.
Director Administrativo – Ordenador del Gasto// Subdirector de Contratación// Comité Evaluador // Administrativo – Ordenador del Gasto tiene la facultad de establecer si continúa con el proceso, independientemente a www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 17 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-51 • 2024 • JUNIO • 21 51 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES Profesional de la Subdirección de Contratación. la recomendación de la Junta. − Si se trata de un proceso cuyo objeto sea una obra pública, se dará apertura (Desencriptar) a la oferta económica y se remitirá al Comité Evaluador para la respectiva verificación y calificación. − En esta audiencia se complementa, si es del caso, la Resolución de Adjudicación o declaratoria desierta del proceso y se suscribe por parte del Director Administrativo
- Ordenador del Gasto. − Igualmente, se da por notificada en audiencia la resolución de adjudicación o de declaratoria de desierto del proceso, la cual también se publica en el SECOP II.
Publica Acta de Audiencia y Resolución de Adjudicación.
22 Profesional de la Subdirección de Contratación Observación: Activa el procedimiento de etapa contractual, en caso de adjudicación.
Acta PGD-02-07 Resolución PGD-10-02 Archiva Digitalmente el expediente contractual.
23 Profesional de la Subdirección de Contratación Expediente digital completo del proceso, ubicado en la carpeta compartida de la Punto de Control: Verificación de las carpetas de los expedientes en la carpeta compartida de la www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 18 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-52 • 2024 • JUNIO • 21 52 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES Subdirección de Contratación.
Subdirección de Contratación por parte del servidor o contratista encargado en la Subdirección de Contratación.
Observación: Se debe tener en cuenta lo establecido en el PGD-05 del proceso de gestión documental.
5.1.2. PROCEDIMIENTO CONCURSO DE MÉRITOS ABIERTO Y SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA.
N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES Punto de Control: Revisión de los documentos y soportes por parte del responsable del área que requiere la contratación.
Observación: − El solicitante deberá 1 Elabora estudio previo con los respectivos soportes y remite a la Subdirección de Contratación.
Solicita a la Dirección Administrativa y Financiera la expedición del Certificado de Disponibilidad Presupuestal correspondiente. garantizar que el contenido del estudio previo sea conforme al formato y que los soportes correspondan al contenido de este. − El solicitante deberá Contralor Auxiliar// Directores Técnicos// Jefes de Oficinas Asesoras// Jefes de Oficinas// Subdirectores// Servidores de las dependencias que requieren el bien o servicio.
Estudio previo concurso de méritos Formato PGAF-08- 11 o Estudio previo selección abreviada de menor cuantía Formato PGAF-08- 09 y Documentos Previos con los soportes respectivos.
Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP), y su respectiva solicitud. remitir la totalidad de los anexos correspondientes, incluyendo el anexo de oferta económica del proceso. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 19 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-53 • 2024 • JUNIO • 21 53 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES Comunicación oficial 2 Subdirector de Contratación Punto de Control: Revisión de las comunicaciones oficiales recibidas.
Asigna profesional responsable para que revise la documentación y determine la viabilidad jurídica.
Asigna número de proceso de contratación.
Observación: − Si existen 3 Profesional de la Subdirección de Contratación Comunicación oficial // Aviso de Convocatoria Pública // Proyecto de Pliego de Condiciones observaciones frente al Estudio Previo y documentos soporte se realiza requerimiento al área solicitante para que sean subsanadas o aclaradas. Si no hay respuesta por parte del área solicitante, se devuelven los documentos soporte y Finaliza el procedimiento. − Tiempos conforme a los términos del manual de contratación.
Revisa los Estudios Previos y demás documentos soporte del proceso de contratación y determina su viabilidad jurídica.
Verifica la existencia o solicita inclusión o modificación de la línea correspondiente del proceso en el Plan Anual de Adquisiciones – PAA a la Dirección Administrativa y Financiera.
Elabora el Aviso de Convocatoria Pública, y el Proyecto de Pliego de Condiciones.
Estructura el proceso en el SECOP II y carga los estudios y documentos previos junto con el proyecto de pliego de Condiciones.
4 Subdirector de Contratación Aprobación en SECOP II Aprueba y publica en la plataforma SECOP II el proceso contractual.
Punto de Control: Previo a la aprobación del documento deberá contar con la verificación del Profesional de la Dirección Administrativa y la Junta de Contratación.
Observación: www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 20 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-54 • 2024 • JUNIO • 21 54 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES Si no se cuenta con aprobación, se devuelve con observaciones al profesional en la Subdirección de Contratación.
Plataforma del SECOP // Comunicación oficial 5 Profesional de la Subdirección de Contratación Remite las observaciones allegadas a los Estudios Previos y Proyecto de Pliego de Condiciones.
Punto de Control: Remitir de acuerdo con el contenido: técnicoeconómico al área solicitante; las de contenido financieroorganizacional a la persona designada por la Subdirección Financiera; Las de contenido jurídico son resueltas por el Profesional responsable o el Subdirector de Contratación.
Observación: Si no hay observaciones continúa en la actividad 7 inciso 2.
6 Comunicación oficial // Respuestas a Observaciones PGAF-08-14 Responde las observaciones recibidas al Estudio Previo y Proyecto de Pliego de Condiciones, según sea el caso.
Observación: De ser necesario, ajustar documentos y remitir al profesional de la subdirección de contratación.
Jefe de la dependencia solicitante// persona designada por la Subdirección Financiera// Profesional de la Subdirección de Contratación 7 Profesional de la Subdirección de Contratación Comunicación oficial // Respuestas a Observaciones PGAF-08-14 Punto de Control: La resolución de apertura del proceso se proyecta cuando existan o no observaciones.
Consolida observaciones y respuestas a observaciones al estudio previo y Proyecto de pliego de condiciones.
Estructura el Pliego de Condiciones definitivo con www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 21 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-55 • 2024 • JUNIO • 21 55 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES base en la documentación ajustada recibida. Proyecta la Resolución de apertura del proceso de selección y por medio de la cual se integra el Comité Evaluador.
Punto de Control Previo a la aprobación de los documentos se deberá contar con la verificación del Profesional de la Dirección Administrativa y la Junta de Contratación.
Observación:
− De no contar con Documentos del proceso 8 Subdirector de Contratación Aprueba y publica la Resolución (Formato PGD- 10-02), que ordena la apertura del proceso de selección y por medio de la cual se integra el Comité Evaluador y el Pliego de Condiciones definitivo. aprobación de los documentos, remite observaciones al Profesional de la Subdirección de Contratación para que sean subsanadas o aclaradas. − Si se trata de un proceso de concurso de méritos, continuar en la actividad 10. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 22 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-56 • 2024 • JUNIO • 21 56 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES Observación − Esta actividad solo aplica en caso de que el proceso sea de Selección Abreviada por Menor Cuantía previa aprobación de la Junta de Contratación relacionada con llevar a cabo el SORTEO. − Si se reciben más de Publicación en SECOP // Acta PGD-02-07 Elabora lista de posibles oferentes y publica junto con el acta de sorteo o registro.
9 Profesional de la Subdirección de Contratación 10 manifestaciones de interés y la Contraloría decide hacer sorteo para seleccionar máximo 10 interesados con los que se continuará el proceso, se realiza el sorteo, según las reglas establecidas en los pliegos de condiciones, para conformar la Lista de Posibles Oferentes. Del sorteo se debe dejar acta y registro.
Plataforma del SECOP // Comunicación oficial 10 Profesional de la Subdirección de Contratación Remitir las observaciones a los integrantes del Comité y Evaluador, según competencia.
Punto de Control: Remitir de acuerdo con el contenido a los miembros del comité evaluador, según competencia. Observación: Si no hay observaciones continúa en la actividad 15.
11 Comité Evaluador Comunicación oficial // Respuestas a Observaciones PGAF-08-14 Responde las observaciones recibidas al Pliego de Condiciones Definitivo, según competencia. Revisa la necesidad de modificación al pliego de Observación: De ser necesario, ajustar documentos y remitir al profesional de la subdirección de contratación. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 23 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-57 • 2024 • JUNIO • 21 57 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES condiciones definitivo mediante adendas.
Observación: − De no generarse adendas continuar en la actividad 15. − En caso de que la 12 Profesional de la Subdirección de Contratación Publicación en SECOP Respuestas a Observaciones PGAF-08-14 Consolida documento de respuesta a observaciones al pliego de condiciones definitivo en el SECOP II.
Estructura las adendas al pliego de condiciones definitivo que le sean solicitadas o que sean necesarias. adenda genere modificación a los documentos del proceso, las versiones definitivas deberán ser cargadas en la plataforma SECOP II.
13 Subdirector de Contratación Aprobación en SECOP II // Comunicación oficial Revisa y aprueba las adendas al pliego de condiciones definitivo.
Punto de Control Previo a la aprobación de los documentos se deberá contar con la verificación del Profesional de la Dirección Administrativa. Observación: De no contar con aprobación, remite observaciones al Profesional de la Subdirección de Contratación para que sean subsanadas o aclaradas.
14 Aprueba y Publica las adendas al pliego de condiciones definitivo.
Aprobación en SECOP II // Comunicación oficial Director Administrativo – Ordenador del Gasto Observación: De no contar con aprobación, remite observaciones al Profesional de la Subdirección de Contratación para que sean subsanadas o aclaradas.
Observación: − Para la publicación de 15 Profesional de la Subdirección de Contratación Efectúa el cierre del proceso. Abre (Desencripta en el SECOP) las propuestas y Plataforma del SECOP // Comunicación oficial lista de ofertas, se debe verificar si tiene www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 24 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-58 • 2024 • JUNIO • 21 58 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES reserva de confidencialidad. − En caso de no presentarse ofertas, continuar en la actividad 20. publica lista de oferentes y de ofertas.
Informa al Comité Evaluador de la disponibilidad de las ofertas para verificación y evaluación, en SECOP y la fecha en la cual se debe entregar las evaluaciones.
16 Comité Evaluador Comunicación oficial //Informe Preliminar No Aplica Verifica requisitos habilitantes y realiza la calificación de propuestas, según competencia.
Remite informes preliminares al Profesional de la Subdirección de Contratación.
Publicación en SECOP No Aplica 17 Profesional de la Subdirección de Contratación Consolida Informe de Verificación y Calificación Preliminar.
Publica los informes preliminares de verificación y calificación junto con el consolidado.
Plataforma del SECOP // Comunicación oficial 18 Profesional de la Subdirección de Contratación Remitir las observaciones a los integrantes del Comité Evaluador, según competencia.
Punto de Control: Remitir de acuerdo con el contenido a los miembros del comité evaluador, según competencia.
Observación: Si no hay observaciones continúa en la actividad 20.
19 Comité Evaluador Revisa y responde las observaciones, aclaraciones y subsanaciones que formulen los proponentes a Comunicación oficial // Respuestas a Observaciones PGAF-08-14 Observación: En caso de ser necesario realiza los cambios al informe de evaluación. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 25 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-59 • 2024 • JUNIO • 21 59 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES los informes de verificación y evaluación Remite al Profesional de la Subdirección de Contratación.
20 Profesional de la Subdirección de Contratación Punto de Control: Previo a la publicación del documento deberá contar con la verificación del Subdirector de Contratación, el Profesional de la Dirección Administrativa y la recomendación de adjudicación por parte de la Junta de Contratación.
Observación: − Si no se cuenta con Consolidado Informe de Verificación y Calificación Final y Respuestas a Observaciones PGAF-08-14 Resolución PGD-10-02 Consolida y publica el informe de Verificación y Calificación Final y las respuestas emitidas por el Comité Evaluador a las observaciones presentadas a los informes preliminares de verificación y calificación.
Elabora y publica resolución de adjudicación o de declaratoria de desierta del proceso, previa aprobación. aprobación, se devuelve con observaciones al profesional en la Subdirección de Contratación. − Activa el procedimiento de etapa contractual, en caso de adjudicación.
Archiva Digitalmente el expediente contractual.
21 Profesional de la Subdirección de Contratación Expediente digital completo del proceso, ubicado en la carpeta compartida de la Subdirección de Contratación.
Punto de Control: Verificación de las carpetas de los expedientes en la carpeta compartida de la Subdirección de Contratación por parte del servidor o contratista encargado en la Subdirección de Contratación.
Observación: www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 26 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-60 • 2024 • JUNIO • 21 60 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES Se debe tener en cuenta lo establecido en el PGD-05 del proceso de gestión documental.
5.1.3. PROCEDIMIENTO SELECCIÓN ABREVIADA SUBASTA INVERSA N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES Punto de Control: Revisión de los documentos y soportes por parte del responsable del área que requiere la contratación.
Observación: − El solicitante deberá 1 Elabora estudio previo con los respectivos soportes y remite a la Subdirección de Contratación.
Solicita a la Dirección Administrativa y Financiera la expedición del Certificado de Disponibilidad Presupuestal correspondiente. garantizar que el contenido del estudio previo sea conforme al formato y que los soportes correspondan al contenido de este. − El solicitante deberá Contralor Auxiliar// Directores Técnicos// Jefes de Oficinas Asesoras// Jefes de Oficinas// Subdirectores// Servidores de las dependencias que requieren el bien o servicio Estudio previo selección abreviada mediante subasta inversa Formato PGAF-08-10 y Documentos Previos con los soportes respectivos.
Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP), y su respectiva solicitud remitir la totalidad de los anexos correspondientes, incluyendo el anexo de oferta económica del proceso.
Comunicación oficial 2 Subdirector de Contratación Punto de Control: Revisión de las comunicaciones oficiales recibidas.
Asigna profesional responsable para que revise la documentación y determine la viabilidad jurídica. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 27 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-61 • 2024 • JUNIO • 21 61 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES Asigna número de proceso de contratación.
Observación: − Si existen 3 Profesional de la Subdirección de Contratación Comunicación oficial // Aviso de Convocatoria Pública // Proyecto de Pliego de Condiciones observaciones frente al Estudio Previo y documentos soporte se realiza requerimiento al área solicitante para que sean subsanadas o aclaradas. Si no hay respuesta por parte del área solicitante, se devuelven los documentos soporte y Finaliza el procedimiento. − Tiempos conforme a los términos del manual de contratación.
Revisa los Estudios Previos y demás documentos soporte del proceso de contratación y determina su viabilidad jurídica.
Verifica la existencia o solicita inclusión o modificación de la línea correspondiente del proceso en el Plan Anual de Adquisiciones – PAA a la Dirección Administrativa y Financiera.
Elabora el Aviso de Convocatoria Pública y el Proyecto de Pliego de Condiciones. Estructura el proceso en el SECOP II y carga los estudios. y documentos previos junto con el proyecto de pliego de Condiciones.
4 Subdirector de Contratación Aprobación en SECOP II Aprueba y publica en la plataforma SECOP II el proceso contractual.
Punto de Control: Previo a la aprobación del documento deberá contar con la verificación del Profesional de la Dirección Administrativa y la Junta de Contratación.
Observación: Si no se cuenta con aprobación, se devuelve con observaciones al profesional en la Subdirección de Contratación. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 28 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-62 • 2024 • JUNIO • 21 62 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES Plataforma del SECOP // Comunicación oficial 5 Profesional de la Subdirección de Contratación Remite las observaciones allegadas a los Estudios Previos y Proyecto de Pliego de Condiciones.
Punto de Control: Remitir de acuerdo con el contenido: técnicoeconómico al área solicitante; las de contenido financieroorganizacional a la persona designada por la Subdirección Financiera; Las de contenido jurídico son resueltas por el Profesional responsable o el Subdirector de Contratación Observación: Si no hay observaciones continúa en la actividad 7 inciso 2.
6 Comunicación oficial // Respuestas a Observaciones PGAF-08-14 Responde las observaciones recibidas al Estudio Previo y Proyecto de Pliego de Condiciones, según sea el caso.
Observación: De ser necesario, ajustar documentos y remitir al profesional de la subdirección de contratación.
Jefe de la dependencia solicitante// Persona designada por la Subdirección Financiera// Profesional de la Subdirección de Contratación www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 29 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-63 • 2024 • JUNIO • 21 63 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES 7 Profesional de la Subdirección de Contratación Comunicación oficial // Respuestas a Observaciones PGAF-08-14 Punto de Control: La resolución de apertura del proceso se proyecta cuando existan o no observaciones.
Consolida observaciones y respuestas a observaciones al estudio previo y Proyecto de pliego de condiciones.
Estructura el Pliego de Condiciones definitivo con base en la documentación ajustada recibida.
Proyecta la Resolución de apertura del proceso de selección y por medio de la cual se integra el Comité Evaluador.
Documentos del proceso 8 Subdirector de Contratación Punto de Control Previo a la aprobación de los documentos se deberá contar con la verificación del Profesional de la Dirección Administrativa y la Junta de Contratación.
Observación:
− De no contar con Aprueba y publica la Resolución (Formato PGD- 10-02), que ordena la apertura del proceso de selección y por medio de la cual se integra el Comité Evaluador y el Pliego de Condiciones definitivo. aprobación de los documentos, remite observaciones al Profesional de la Subdirección de Contratación para que sean subsanadas o aclaradas. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 30 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-64 • 2024 • JUNIO • 21 64 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES Plataforma del SECOP // Comunicación oficial 9 Profesional de la Subdirección de Contratación Remitir las observaciones a los integrantes del Comité Evaluador, según competencia.
Punto de Control: Remitir de acuerdo con el contenido a los miembros del comité evaluador, según competencia.
Observación: Si no hay observaciones continúa en la actividad 14.
10 Comité Evaluador Comunicación oficial // Respuestas a Observaciones PGAF-08-14 Observación: De ser necesario, ajustar documentos y remitir al profesional de la subdirección de contratación.
Responde las observaciones recibidas al Pliego de Condiciones Definitivo, según competencia. Revisa la necesidad de modificación al pliego de condiciones definitivo mediante adendas.
11 Profesional de la Subdirección de Contratación Publicación en SECOP Respuestas a Observaciones PGAF-08-14 Consolida documento de respuesta a observaciones al pliego de condiciones definitivo en el SECOP II.
Estructura las adendas al pliego de condiciones definitivo que le sean solicitadas o que sean necesarias.
Observación: De no generarse adendas continuar en la actividad 14 En caso de que la adenda genere modificación a los documentos del proceso, las versiones definitivas deberán ser cargadas en la plataforma SECOP II.
12 Subdirector de Contratación Revisa y aprueba las adendas al pliego de condiciones definitivo.
Aprobación en SECOP II // Comunicación oficial Punto de Control Previo a la aprobación de los documentos se deberá contar con la verificación del Profesional de la Dirección Administrativa.
Observación: De no contar con aprobación, remite observaciones al www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 31 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-65 • 2024 • JUNIO • 21 65 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES Profesional de la Subdirección de Contratación para que sean subsanadas o aclaradas.
13 Aprobación en SECOP II // Comunicación oficial Aprueba y Publica las adendas al pliego de condiciones definitivo Director Administrativo – Ordenador del Gasto Observación: De no contar con aprobación, remite observaciones al Profesional de la Subdirección de Contratación para que sean subsanadas o aclaradas.
Observación: − Para la publicación de lista de ofertas, se debe verificar si tiene reserva de confidencialidad. − Solo se debe Plataforma del SECOP // Comunicación oficial 14 Profesional de la Subdirección de Contratación desencriptar Sobre No 1 de requisitos habilitantes. − En caso de no Efectúa el cierre del proceso. Abre (Desencripta en el SECOP) las propuestas y publica lista de oferentes y de ofertas.
Informa al Comité Evaluador de la disponibilidad de las ofertas para verificación y evaluación, en SECOP y la fecha en la cual se debe entregar las evaluaciones. presentarse ofertas, continuar en la actividad 24.
15 Comité Evaluador Comunicación oficial //Informe Preliminar No Aplica Verifica requisitos habilitantes de propuestas, según competencia.
Remite informes preliminares al Profesional de la Subdirección de Contratación. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 32 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-66 • 2024 • JUNIO • 21 66 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES Publicación en SECOP No Aplica 16 Profesional de la Subdirección de Contratación Consolida Informe de Verificación Preliminar.
Publica los informes preliminares de verificación junto con el consolidado.
Plataforma del SECOP // Comunicación oficial 17 Profesional de la Subdirección de Contratación Remitir las observaciones a los integrantes del Comité Evaluador, según competencia.
Punto de Control: Remitir de acuerdo con el contenido a los miembros del comité evaluador, según competencia.
Observación: Si no hay observaciones continúa en la actividad 19.
18 Comité Evaluador Observación: En caso de ser necesario realiza los cambios al informe de evaluación.
Comunicación oficial // Respuestas a Observaciones PGAF-08-14 Revisa y responde las observaciones, aclaraciones y subsanaciones que formulen los proponentes a los informes de verificación y evaluación.
Remite al Profesional de la Subdirección de Contratación.
19 Profesional de la Subdirección de Contratación Consolidado informe de verificación y calificación final y Respuestas a Observaciones PGAF-08-14 Consolida y publica el informe de verificación final y las respuestas emitidas por el Comité Evaluador a las observaciones presentadas a los informes preliminares de verificación Punto de Control: Previo a la publicación del documento deberá contar con la verificación del Subdirector de Contratación, el Profesional de la Dirección Administrativa y la Junta de Contratación.
Observación: Si no se cuenta con aprobación, se devuelve con observaciones al www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 33 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-67 • 2024 • JUNIO • 21 67 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES profesional en la Subdirección de Contratación Observación: − La Subasta tendrá su Plataforma del SECOP // Comunicación oficial 20 Profesional de la Subdirección de Contratación inicio con la desencriptación de los sobres que contienen la oferta económica.
Desencripta sobre # 2 correspondiente a la Oferta Económica.
Informa al Comité Evaluador Financiero y Económico, de la disponibilidad de las ofertas para verificación en SECOP Observación: − En caso de que haya Comunicación oficial 21 Comité Evaluador Financiero y Económico Verifica la totalidad de ofertas económicas y determina proponentes habilitados y precio de arranque de la Subasta. un único oferente, también se deberá realizar la verificación.
Observación: − El evento de subasta 22 Desarrolla Evento de Subasta Inversa Reporte Plataforma SECOP II Subdirector de Contratación// Comité Evaluador// Profesional de la Subdirección de Contratación se adelantará a través del Sistema Electrónico para la Contratación Pública SECOP. Una vez verificados los valores y establecido el precio de arranque se iniciarán los lances por parte de los proponentes habilitados, de acuerdo con las fechas y horas establecidas en el cronograma del respectivo proceso. − Una vez concluida la subasta electrónica, el SECOP genera un informe (acta) de la misma y ésta queda publicada en el SECOP. − Cuando se presente un solo oferente que www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 34 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-68 • 2024 • JUNIO • 21 68 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES cumpla con los requisitos habilitantes (técnicos, financieros y jurídicos) y cuya oferta económica haya sido evaluada favorablemente por el comité evaluador financiero y técnico, no habrá lugar al evento de subasta.
Plataforma SECOP II No Aplica 23 Comité Evaluador Financiero y Económico Solicita justificación de precios artificialmente bajos y ajuste de oferta económica, cuando aplique.
Resolución PGD-10-02 24 Profesional de la Subdirección de Contratación Elabora y publica resolución de adjudicación o de declaratoria de desierta del proceso, previa aprobación.
Punto de Control: Previo a la publicación del documento deberá contar con la verificación del Subdirector de Contratación, el Profesional de la Dirección Administrativa y la recomendación de adjudicación por parte de la Junta de Contratación.
Observación: − Si no se cuenta con aprobación, se devuelve con observaciones al profesional en la Subdirección de Contratación. − Activa el procedimiento de etapa contractual, en caso de adjudicación.
Archiva digitalmente el expediente contractual.
25 Profesional de la Subdirección de Contratación Expediente digital completo del proceso, ubicado en Punto de Control: Verificación de las carpetas de los www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 35 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-69 • 2024 • JUNIO • 21 69 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES la carpeta compartida de la Subdirección de Contratación. expedientes en la carpeta compartida de la Subdirección de Contratación por parte del servidor o contratista encargado en la Subdirección de Contratación.
Observación: Se debe tener en cuenta lo establecido en el PGD-05 del proceso de gestión documental.
5.1.4. PROCEDIMIENTO SELECCIÓN MÍNIMA CUANTÍA.
N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES Punto de Control: Revisión de los documentos y soportes por parte del responsable del área que requiere la contratación.
Observación: − El solicitante deberá 1 Elabora estudio previo con los respectivos soportes y remite a la Subdirección de Contratación.
Solicita a la Dirección Administrativa y Financiera la expedición del Certificado de Disponibilidad Presupuestal correspondiente. garantizar que el contenido del estudio previo sea conforme al formato y que los soportes correspondan al contenido de este. − El solicitante deberá Contralor Auxiliar// Directores Técnicos// Jefes de Oficinas Asesoras// Jefes de Oficinas// Subdirectores// Servidores de las dependencias que requieren el bien o servicio Estudio previo mínima cuantía Formato PGAF-08- 08 y documentos previos con los soportes respectivos.
Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP), y su respectiva solicitud. remitir la totalidad de los anexos correspondientes, incluyendo el anexo de oferta económica del proceso. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 36 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-70 • 2024 • JUNIO • 21 70 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES Comunicación oficial 2 Subdirector de Contratación Punto de Control: Revisión de las comunicaciones oficiales recibidas.
Asigna profesional responsable para que revise la documentación y determine la viabilidad jurídica.
Asigna número de proceso de contratación.
Observación: − Si existen Comunicación oficial // Invitación Pública 3 Profesional de la Subdirección de Contratación observaciones frente al Estudio Previo y documentos soporte se realiza requerimiento al área solicitante para que sean subsanadas o aclaradas. Si no hay respuesta por parte del área solicitante, se devuelven los documentos soporte y Finaliza el procedimiento. − Tiempos conforme a los términos del manual de contratación. − En la invitación se debe indicar el comité evaluador.
Revisa los Estudios Previos y demás documentos soporte del proceso de contratación y determina su viabilidad jurídica.
Verifica la existencia o solicita inclusión o modificación de la línea correspondiente del proceso en el Plan Anual de Adquisiciones – PAA a la Dirección Administrativa y Financiera.
Elabora la invitación pública de conformidad con las normas vigentes y el estudio previo.
Estructura el proceso en el SECOP II y carga los estudios y documentos previos junto con la invitación pública.
4 Subdirector de Contratación Aprobación en SECOP II Aprueba en la plataforma SECOP II el proceso contractual.
Punto de Control: Previo a la aprobación del documento deberá contar con la verificación del Profesional de la Dirección Administrativa.
Observación: Si no se cuenta con aprobación, se devuelve www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 37 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-71 • 2024 • JUNIO • 21 71 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES con observaciones al profesional en la Subdirección de Contratación.
5 Aprobación en SECOP II Aprueba y Publica en la plataforma SECOP II el proceso contractual.
Director Administrativo – Ordenador del Gasto Observación: Si no se cuenta con aprobación, se devuelve con observaciones al profesional en la Subdirección de Contratación.
Plataforma del SECOP // Comunicación oficial 6 Profesional de la Subdirección de Contratación Remite las observaciones allegadas a los Estudios Previos e Invitación Pública.
Revisa y analiza las solicitudes para limitar la convocatoria a MiPymes. (si se allegan)
Punto de Control: Remitir de acuerdo con el contenido: técnicoeconómico al área solicitante; las de contenido jurídico son resueltas por el Profesional o el Subdirector de Contratación.
Observación: Si no hay observaciones continúa en la actividad 8 inciso 2.
No Aplica 7 Comité Evaluador Responde las observaciones recibidas al Estudio Previo y a la Invitación Pública, según sea el caso.
Comunicación oficial // Respuestas a Observaciones PGAF-08-14 Observación: − De no generarse adendas continuar en la actividad 11.
− En caso de que la 8 Profesional de la Subdirección de Contratación Comunicación oficial // Aviso Limitación Mipymes// Respuestas a Observaciones PGAF-08-14 Consolida y publica observaciones y respuestas a observaciones al estudio previo y a la Invitación Pública.
Elabora y publica aviso de convocatoria limitando o no el proceso a Mipymes.
Ajusta los documentos del proceso de ser necesario de acuerdo con las respuestas. adenda genere modificación a los documentos del proceso, las versiones definitivas deberán ser cargadas en la plataforma SECOP II. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 38 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-72 • 2024 • JUNIO • 21 72 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES Estructura las adendas a la Invitación Pública que le sean solicitadas o que sean necesarias.
9 Subdirector de Contratación Aprobación en SECOP II // Comunicación oficial Revisa y aprueba las adendas a la Invitación Pública.
Punto de Control Previo a la aprobación de los documentos se deberá contar con la verificación del Profesional de la Dirección Administrativa. Observación: De no contar con aprobación, remite observaciones al Profesional de la Subdirección de Contratación para que sean subsanadas o aclaradas.
10 Aprobación en SECOP II // Comunicación oficial Aprueba y Publica las adendas a la Invitación Pública.
Director Administrativo – Ordenador del Gasto Observación: De no contar con aprobación, remite observaciones al Profesional de la Subdirección de Contratación para que sean subsanadas o aclaradas.
Observación: − Para la publicación de Plataforma del SECOP // Comunicación oficial 11 Profesional de la Subdirección de Contratación lista de ofertas, se debe verificar si tiene reserva de confidencialidad. − En caso de no presentarse ofertas, continuar en la actividad 17.
Efectúa el cierre del proceso. Abre (Desencripta en el SECOP II) las propuestas y publica lista de oferentes y de ofertas.
Informa al Comité Evaluador de la disponibilidad de las ofertas para verificación y evaluación, en SECOP II y la fecha en la cual se debe entregar las evaluaciones. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 39 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-73 • 2024 • JUNIO • 21 73 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES Observación: − Se inicia con la 12 Comité Evaluador Comunicación oficial //Informe Preliminar verificación de requisitos habilitantes a la oferta de menor valor, en caso de que no cumpla y no subsane se continúa con la segunda menor oferta y así sucesivamente.
Verifica requisitos habilitantes y realiza la evaluación de las propuestas, según competencia.
Remite informes preliminares al Profesional de la Subdirección de Contratación.
Solicita justificación de precios artificialmente bajos y ajuste de oferta económica, cuando aplique.
Publicación en SECOP No Aplica 13 Profesional de la Subdirección de Contratación Consolida Informes de Verificación Preliminar.
Publica los informes preliminares de verificación junto con el consolidado.
Plataforma del SECOP // Comunicación oficial 14 Profesional de la Subdirección de Contratación Remite las observaciones a los informes preliminares de verificación, a los integrantes del Comité Evaluador, según competencia.
Punto de Control: Remitir de acuerdo con el contenido a los miembros del comité evaluador, según competencia.
Observación: Si no hay observaciones continúa en la actividad 16.
15 Comité Evaluador Comunicación oficial // Respuestas a Observaciones PGAF-08-14 Observación: En caso de ser necesario realiza los cambios al informe de evaluación.
Revisa y responde las observaciones, aclaraciones y subsanaciones que formulen los proponentes a los informes de verificación preliminares.
Remite al Profesional de la Subdirección de Contratación. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 40 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-74 • 2024 • JUNIO • 21 74 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES 16 Profesional de la Subdirección de Contratación Consolidado Informe de Verificación Definitivo y Respuestas a Observaciones PGAF-08-14 Consolida y publica el informe de Verificación Definitivo y las respuestas emitidas por el Comité Evaluador a las observaciones presentadas a los informes preliminares de verificación.
Punto de Control: Previo a la publicación del documento deberá contar con la verificación del Subdirector de Contratación y el Profesional de la Dirección Administrativa.
Observación: Si no se cuenta con aprobación, se devuelve con observaciones al profesional en la Subdirección de Contratación.
Aceptación de la oferta // Resolución PGD-10-02 17 Profesional de la Subdirección de Contratación Punto de Control: Previo a la publicación del documento deberá contar con la verificación del Subdirector de Contratación y el Profesional de la Dirección Administrativa.
Observación: − Si no se cuenta con Elaborar y publica la resolución de declaratoria de desierta del proceso.
En caso de adjudicación del proceso, activa el procedimiento de etapa contractual. aprobación, se devuelve con observaciones al profesional en la Subdirección de Contratación.
Archiva Digitalmente el expediente contractual.
18 Profesional de la Subdirección de Contratación Expediente digital completo del proceso, ubicado en la carpeta compartida de la Subdirección de Contratación.
Punto de Control: Verificación de las carpetas de los expedientes en la carpeta compartida de la Subdirección de Contratación por parte del servidor o contratista encargado en la www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 41 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-75 • 2024 • JUNIO • 21 75 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES Subdirección de Contratación.
Observación: Se debe tener en cuenta lo establecido en el PGD-05 del proceso de gestión documental.
5.1.5. PROCEDIMIENTO CONTRATACIÓN DIRECTA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES Y DE APOYO A LA GESTIÓN N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES Observación: − El solicitante deberá 1 Elabora solicitud de contratación, justificación y especificaciones técnicas y remite a la Dirección Administrativa.
PGAF-08-02 Solicitud de Contratación Servicios Profesionales y de Apoyo a la Gestión garantizar que el contenido de la solicitud sea conforme al formato.
Contralor Auxiliar// Directores Técnicos// Jefes de Oficinas Asesoras// Jefes de Oficinas// Subdirectores// Servidores de las dependencias que requieren el bien o servicio Comunicación oficial 2 Director Administrativo Asigna profesional para que revise la documentación y determine la viabilidad del proceso.
Punto de Control: Revisión de las comunicaciones oficiales recibidas.
Observación: − El profesional de la 3 Profesional Dirección Administrativa y Financiera Elabora estudio previo y remite a la Subdirección de Contratación, con los respectivos soportes.
Solicita la expedición del Certificado de Disponibilidad Presupuestal.
Estudio previo contratación directa servicios profesionales y de apoyo a la gestión persona natural formato PGAF-08-03 //Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP), Dirección Administrativa deberá garantizar que el contenido del estudio previo sea conforme al formato y remitir la totalidad de los anexos correspondientes, www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 42 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-76 • 2024 • JUNIO • 21 76 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES incluyendo la documentación completa por parte del contratista. − El estudio previo y su respectiva solicitud //Certificado de inexistencia y/o insuficiencia de personal // Documentos del contratista Solicita a la Dirección de Talento Humano la expedición del certificado de inexistencia y insuficiencia de personal.
Solicita al contratista los documentos necesarios para la suscripción del contrato. deberá ser firmado por el jefe de la dependencia que requiera el servicio.
Comunicación oficial 4 Subdirector de Contratación Punto de Control: Revisión de las comunicaciones oficiales recibidas.
Asigna profesional para que revise la documentación y determine la viabilidad jurídica. Asigna número de proceso de contratación.
Observación: − El estudio previo deberá contar con la verificación del Subdirector de Contratación y el profesional designado por el Ordenador del Gasto para la respectiva revisión. − Si existen 5 Profesional de la Subdirección de Contratación Comunicación oficial // Constancia de Idoneidad y experiencia formato PGAF-08-04 observaciones frente al estudio previo y documentos soporte se realiza requerimiento al profesional de la Dirección Administrativa. Si no hay respuesta por parte del área solicitante, se devuelven documentos y Finaliza el procedimiento. − Tiempos conforme a los términos del Revisa los Estudios Previos y los documentos soporte del proceso de contratación y determina su viabilidad jurídica.
Verifica la existencia o solicita inclusión o modificación de la línea correspondiente del proceso en el Plan Anual de Adquisiciones – PAA a la Dirección Administrativa y Financiera.
Elabora la Certificación objetos iguales, cuando se requiera.
Elabora la Constancia de Idoneidad y experiencia del Contratista.
Estructura el proceso en el SECOP II y carga los estudios y documentos previos, junto con los www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 43 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-77 • 2024 • JUNIO • 21 77 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES correspondientes certificados y constancias. manual de contratación. − Se deberá tener en cuenta la ley de protección de datos personales Ley 1712 de 2014 y el Decreto 1082 de 2015, para el cargue de los documentos en el SECOP II.
Aprobación en SECOP II 6 Subdirector de Contratación Aprueba y publica en la plataforma SECOP II el proceso contractual.
Punto de Control: Previo a la publicación del proceso, deberá contar con la verificación del Profesional de la Dirección Administrativa.
Observación: Si no se cuenta con aprobación, se devuelve con observaciones al profesional en la Subdirección de Contratación.
Activa el procedimiento de etapa contractual. No Aplica No Aplica 7 Profesional de la Subdirección de Contratación Archiva Digitalmente el expediente contractual.
8 Profesional de la Subdirección de Contratación Expediente digital completo del proceso, ubicado en la carpeta compartida de la Subdirección de Contratación.
Punto de Control: Verificación de las carpetas de los expedientes en la carpeta compartida de la Subdirección de Contratación por parte del servidor o contratista encargado en la Subdirección de Contratación.
Observación: Se debe tener en cuenta lo establecido en el www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 44 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-78 • 2024 • JUNIO • 21 78 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES PGD-05 del proceso de gestión documental.
5.1.6. PROCEDIMIENTO CONTRATACIÓN DIRECTA Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES Punto de Control: Revisión de los documentos y soportes por parte del responsable del área que requiere la contratación.
Observación: − El solicitante deberá 1 garantizar que el contenido del estudio previo sea conforme al formato y que los soportes correspondan al contenido de este. − La dependencia Elabora estudio previo con los respectivos soportes y remite a la Subdirección de Contratación.
Solicita a la Dirección Administrativa y Financiera la expedición del Certificado de Disponibilidad Presupuestal correspondiente.
Contralor Auxiliar// Directores Técnicos// Jefes de Oficinas Asesoras// Jefes de Oficinas// Subdirectores// Servidores de las dependencias que requieren el bien o servicio Estudio previo contratación directa formato PGAF-08-07 y documentos previos con los soportes respectivos.
Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP), y su respectiva solicitud solicitante deberá remitir la totalidad de los anexos, incluyendo la documentación del futuro contratista y los soportes que permitan identificar el cumplimiento de los requisitos definidos por la Entidad.
Comunicación oficial 2 Subdirector de Contratación Punto de Control: Revisión de las comunicaciones oficiales recibidas.
Asigna profesional para que revise la documentación y determine la viabilidad jurídica. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 45 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-79 • 2024 • JUNIO • 21 79 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES Asigna número de proceso de contratación.
Observación: − Si existen Comunicación oficial 3 Profesional de la Subdirección de Contratación observaciones frente al estudio previo y documentos soporte se realiza requerimiento al área solicitante. Si no hay respuesta por parte del área solicitante, se devuelven documentos y Finaliza el procedimiento. − Tiempos conforme a Revisa los Estudios Previos y los documentos soporte del proceso de contratación y determina su viabilidad jurídica.
Verifica la existencia o solicita inclusión o modificación de la línea correspondiente del proceso en el Plan Anual de Adquisiciones – PAA a la Dirección Administrativa y Financiera. los términos del manual de contratación. − Si se trata de una contratación directa sin ofertas continúa en la actividad 5.
Publicación en SECOP II 4 Profesional de la Subdirección de Contratación Elabora y publica la invitación al proceso, junto con el estudio previo y los soportes respectivos.
Remite para el cargue de la oferta y documentos requeridos al futuro contratista.
Punto de Control: Previo a la publicación del documento deberá contar con la verificación del Subdirector de Contratación y el Profesional de la Dirección Administrativa.
Observación: De no contar con aprobación, remite observaciones al Profesional de la Subdirección de Contratación para que sean subsanadas o aclaradas.
Resolución PGD-10-02 5 Profesional de la Subdirección de Contratación Verifica la oferta y documentos presentados por el futuro contratista.
Punto de Control: Previo a la publicación del documento deberá www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 46 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-80 • 2024 • JUNIO • 21 80 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 contar con la verificación del Subdirector de Contratación y el Profesional de la Dirección Administrativa y la firma del Ordenador del Gasto.
Observación: − Si se trata de una Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES Elabora y publica el Acto Administrativo de Justificación. contratación directa sin ofertas, el profesional de la Subdirección de Contratación estructura el proceso en el SECOP II y carga los estudios y previos, junto con los documentos del futuro contratista. − Activa el procedimiento de etapa contractual, en caso de adjudicación.
Archiva digitalmente el expediente contractual.
6 Profesional de la Subdirección de Contratación Expediente digital completo del proceso, ubicado en la carpeta compartida de la Subdirección de Contratación.
Punto de Control: Verificación de las carpetas de los expedientes en la carpeta compartida de la Subdirección de Contratación por parte del servidor o contratista encargado en la Subdirección de Contratación.
Observación: Se debe tener en cuenta lo establecido en el PGD-05 del proceso de gestión documental. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 47 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-81 • 2024 • JUNIO • 21 81 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 5.1.7. COMPRA POR TIENDA VIRTUAL (ACUERDO MARCO, GRANDES SUPERFICIES Y AGREGACIÓN DE DEMANDA).
Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES 1 Punto de Control: Revisión de los documentos y soportes por parte del responsable del área que requiere la contratación.
Observación: − El solicitante deberá Elabora solicitud de contratación, justificación y especificaciones técnicas, con los respectivos soportes y remite a la subdirección de Contratación.
Solicita a la Dirección Administrativa y Financiera la expedición del Certificado de Disponibilidad Presupuestal correspondiente.
Contralor Auxiliar// Directores Técnicos// Jefes de Oficinas Asesoras// Jefes de Oficinas// Subdirectores// Servidores de las dependencias que requieren el bien o servicio Solicitud de contratación Tienda Virtual formato PGAF-08-06 y documentos previos con los soportes respectivos.
Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP), y su respectiva solicitud. garantizar que el contenido de la solicitud de contratación sea conforme al formato y que los soportes correspondan al contenido de este.
Comunicación oficial 2 Subdirector de Contratación Asigna profesional para que revise la documentación y determine la viabilidad jurídica.
Punto de Control: Revisión de las comunicaciones oficiales recibidas.
3 Profesional con Usuario Comprador Comunicación oficial // Tienda Virtual- Colombia Compra Eficiente Punto de Control: Remitir las observaciones de acuerdo con el contenido: técnicoeconómico al área solicitante; las de contenido jurídico son resueltas por el Subdirector de Contratación.
Observación: − Si existen Revisa la solicitud de contratación, justificación y especificaciones técnicas y los documentos soporte del proceso de contratación y determina su viabilidad jurídica.
Verifica la existencia o solicita inclusión o modificación de la línea correspondiente del proceso en el Plan Anual de Adquisiciones – PAA a la Dirección Administrativa y Financiera. observaciones frente a la solicitud de contratación y documentos soporte se www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 48 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-82 • 2024 • JUNIO • 21 82 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES realiza requerimiento al área solicitante. Si no hay respuesta por parte del área solicitante, se devuelven documentos y Finaliza el procedimiento. − Tiempos conforme a Diligencia el documento de cotización o borrador de orden de compra (según corresponda) de acuerdo con el Manual del Acuerdo Marco de Referencia (son diferentes técnicamente).
Remite las observaciones allegadas por los interesados. los términos del manual de contratación. − Si no hay observaciones continúa en la actividad
5. − El profesional deberá diligenciar el mecanismo que se establezca para la compra por tienda virtual, de acuerdo con la adquisición que se requiera, el cual deberá ser aprobado por la dependencia solicitante.
4 Responde y publica las observaciones recibidas por parte de los interesados.
Comunicación oficial // Respuestas a Observaciones PGAF-08-14 Jefe de la dependencia solicitante // Profesional con Usuario Comprador Punto de Control: Previo a la publicación de las respuestas, estas deben contar con la aprobación del Subdirector de Contratación. Observación: Se deberá tener en cuenta que la presentación de observaciones aplica de acuerdo al mecanismo que se esté utilizando en la TVEC. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 49 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-83 • 2024 • JUNIO • 21 83 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES 5 Tienda Virtual- Colombia Compra Eficiente // Orden de compra Jefe de la dependencia solicitante // Profesional con Usuario Comprador Verifica las ofertas presentadas, según el mecanismo del Acuerdo Marco de precios.
Realiza el trámite de adjudicación del proceso, a la mejor oferta, en la Plataforma.
Genera la Orden de Compra, desde la plataforma.
Punto de Control: Reporte Tienda Virtual- Colombia Compra Eficiente.
Observación: Si se trata de una compra por tienda virtual a través del mecanismo de agregación de demanda, deberá elaborar y publicar el acto administrativo de justificación formato PGD-10-02, previa aprobación del Subdirector de Contratación y firma del Ordenador del Gasto.
No Aplica 6 Revisa y aprueba la orden de compra que resulte del proceso de selección.
Director Administrativo – Ordenador del Gasto Tienda Virtual- Colombia Compra Eficiente // Orden de compra No Aplica No Aplica 7 Profesional con Usuario Comprador Activa el procedimiento de etapa contractual en la actividad No 6.
Archiva Digitalmente el expediente contractual.
8 Profesional con Usuario Comprador Expediente digital completo del proceso, ubicado en la carpeta compartida de la Subdirección de Contratación.
Punto de Control: Verificación de las carpetas de los expedientes en la carpeta compartida de la Subdirección de Contratación por parte del servidor o contratista encargado en la Subdirección de Contratación.
Observación: Se debe tener en cuenta lo establecido en el PGD-05 del proceso de gestión documental. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 50 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-84 • 2024 • JUNIO • 21 84 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 5.2. PROCEDIMIENTO ETAPA CONTRACTUAL N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES No Aplica No Aplica 1 Profesional de la Subdirección de Contratación Elabora el complemento del contrato electrónico.
Estructura el contrato electrónico que resulte del proceso de selección en el SECOP II.
2 Subdirector de Contratación Aprobación en SECOP II // Comunicación oficial Revisa y aprueba el contrato electrónico y su complemento.
Observación: De no contar con aprobación, remite observaciones al Profesional de la Subdirección de Contratación para que sean subsanadas o aclaradas.
Observación: − De no contar con 3 aprobación por parte del proveedor por tener observaciones, la devuelve a la Entidad para que sean subsanadas o aclaradas. − En caso de no Aprobación en SECOP II // Comunicación oficial Revisa y aprueba el contrato electrónico y su complemento y remite para aprobación del proveedor Profesional de la Dirección Administrativa y Financiera presentarse respuesta por parte del proveedor para la aceptación del contrato, o que el mismo sea rechazado por el proveedor, se da por terminado el proceso.
4 Revisa y aprueba el contrato electrónico y su complemento.
Aprobación en SECOP II // Comunicación oficial Director Administrativo – Ordenador del Gasto Observación: De no contar con aprobación, remite observaciones al Profesional de la Subdirección de Contratación para que www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 51 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-85 • 2024 • JUNIO • 21 85 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES sean subsanadas o aclaradas.
5 Comunicación oficial
- Formato PGD-07- 02 Elabora y remite la solicitud de expedición del certificado de registro presupuestal (CRP).
Servidor de la Subdirección de Contratación // Subdirector de Contratación Punto de Control: Revisión y visto bueno del Subdirector de Contratación.
Observación: Dentro del mismo comunicado se pueden solicitar tantos CRP, como se requieran en el momento de su proyección.
6 Revisa y firma la solicitud de expedición del certificado de registro presupuestal (CRP).
Comunicación oficial
- Formato PGD-07- 02 Director Administrativo – Ordenador del Gasto Observación:
De no contar con aprobación, remite observaciones a la Subdirección de Contratación para que sean subsanadas o aclaradas.
Observación: − La afiliación a ARL Comunicación oficial 7 Profesional Subdirección de Contratación Revisa y envía a aprobación las Pólizas que amparan el contrato.
Solicita la afiliación del proveedor a la ARL. solo aplica para los contratos de prestación de servicios con persona natural y cuyos contratistas hayan manifestado la intención de afiliación a la ARL de la Entidad. − La aprobación de las pólizas, solo aplica para los procesos en los que la Entidad ha considerado necesaria la solicitud.
8 Subdirector de Contratación Aprueba las pólizas que amparan el contrato.
Aprobación en SECOP II // Comunicación oficial Observación: De no contar con aprobación, remite www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 52 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-86 • 2024 • JUNIO • 21 86 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES observaciones al Profesional de la Subdirección de Contratación para que sean subsanadas o aclaradas.
9 Elabora y remite comunicación de supervisión. Comunicación oficial No Aplica Profesional Subdirección de Contratación // Subdirector de Contratación 10 Supervisor de contrato Acta de Inicio Formato FGAF-08- 15 // Publicación en SECOP II.
Estructura, suscribe y remite acta de inicio del contrato a la subdirección de contratación.
Observación: El acta de inicio solo aplicará, para los contratos en los que haya sido establecido, desde los documentos del proceso y/o el complemento del contrato.
Publicación en SECOP II.
11 Profesional Subdirección de Contratación Inicia la ejecución del contrato en SECOP II.
Publica el acta de inicio.
Observación: Si no se presentan modificaciones contractuales, continúa en la actividad No. 29.
12 Supervisor del Contrato Comunicación oficial interna // Formato Solicitud y Justificación modificaciones contractuales PGAF- 08-16 // Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP)
Elabora solicitud y justificación de modificaciones de contratos o convenios, con los respectivos soportes y remite a la subdirección de Contratación.
Solicita a la Dirección Administrativa y Financiera la expedición del Certificado de Disponibilidad Presupuestal correspondiente.
Punto de Control: Revisión de los documentos y soportes por parte del responsable del área que requiere la modificación del contrato.
Observación: Si la solicitud de modificaciones contractual requiere ser analizada por la Junta de Contratación, debe ser radicada con ocho (8) días hábiles antes del vencimiento o término previsto para la www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 53 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-87 • 2024 • JUNIO • 21 87 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES modificación, si no requiere ser analizada por la junta, cinco (5) días hábiles antes del vencimiento o término previsto para la modificación.
Comunicación oficial 13 Subdirector de Contratación Asigna profesional para que revise la documentación y determine su viabilidad jurídica.
Punto de Control: Revisión de las comunicaciones oficiales recibidas.
Observación: − La revisión de la solicitud de modificación con los respectivos soportes debe realizarse en máximo dos (2) días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de recibo de los documentos en la Subdirección de Contratación. − Si existen Comunicación oficial 14 Profesional de la Subdirección de Contratación Revisa la legalidad de la solicitud de modificación y demás documentos soporte recibidos con la solicitud y determina su viabilidad jurídica.
Elabora la minuta de modificación de conformidad con las normas vigentes, cuando aplique.
Estructura y carga los soportes, en el SECOP II. observaciones frente a la solicitud de modificación y documentos soporte se realiza requerimiento al área solicitante, la cual debe responder, aclarar o modificar en máximo dos (2) días hábiles contados a partir de la fecha de recibo de las observaciones. − Si no hay respuesta por parte del área solicitante, se devuelven documentos www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 54 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-88 • 2024 • JUNIO • 21 88 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES y finaliza el procedimiento.
Punto de Control: − Previo a la aprobación 15 Subdirector de Contratación Revisar y aprueba modificación y soportes.
Publicación en SECOP II del documento deberá contar con la verificación del Profesional de la Dirección Administrativa. Observación: − Si no se cuenta con aprobación, se devuelve con observaciones al profesional en la Subdirección de Contratación.
Observación: − De no contar con aprobación por parte del proveedor por tener observaciones, la devuelve a la Entidad para que sean subsanadas o aclaradas. − En caso de no 16 Revisar, aprueba y remite al Contratista la modificación.
Publicación en SECOP II Director Administrativo – Ordenador del Gasto presentarse respuesta por parte del proveedor para la aceptación de la modificación del contrato, o en el evento que la modificación sea rechazada por el proveedor, se da por terminado el proceso y se continúa en la actividad 29.
Publica modificación. Publicación en SECOP 17 Profesional de la Subdirección de Contratación Observación Si la modificación no corresponde a una www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 55 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-89 • 2024 • JUNIO • 21 89 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES adición, se continúa en la actividad 20.
18 Comunicación oficial
- Formato PGD-07- 02 Elabora y remite la solicitud de expedición del certificado de registro presupuestal (CRP).
Servidor de la Subdirección de Contratación // Subdirector de Contratación Punto de Control: Revisión y visto bueno del Subdirector de Contratación.
Observación: Dentro del mismo comunicado se pueden solicitar tantos CRP, como se requieran en el momento de su proyección.
Observación: − De no contar con 19 Comunicación oficial
- Formato PGD-07- 02 Revisa y firma la solicitud de expedición del certificado de registro presupuestal (CRP).
Director Administrativo – Ordenador del Gasto aprobación, remite observaciones a la Subdirección de Contratación para que sean subsanadas o aclaradas. − Si el contrato inicial, no contemplaba garantías, continuar en la actividad No 22.
No Aplica 20 Profesional Subdirección de Contratación Revisa y envía para aprobación las Pólizas que amparan la modificación del contrato.
Observación: En el caso que la modificación corresponda a una prórroga o cesión para un contrato de prestación de servicios con persona natural, deberá solicitar la respectiva afiliación a la ARL.
21 Subdirector de Contratación Aprobación en SECOP II // Comunicación oficial Aprueba las Pólizas que amparan la modificación del contrato.
Observación: De no contar con aprobación, remite observaciones al Profesional de la Subdirección de Contratación para que www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 56 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-90 • 2024 • JUNIO • 21 90 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES sean subsanadas o aclaradas.
Comunicación oficial No Aplica 22 Elabora y remite comunicación de modificación a la supervisión.
Profesional Subdirección de Contratación // Subdirector de Contratación Comunicación oficial interna 23 Supervisor del Contrato Solicita a la Subdirección de Contratación la Liquidación del contrato o convenio.
Observación: Para el inicio del trámite liquidatario de los contratos o convenios, el supervisor o interventor será el responsable de solicitar la liquidación del contrato dentro del término legal, cuando a ello hubiere lugar. Deberá verificar que se encuentren la totalidad de soportes establecidos en el contrato (Ej.: Informes, productos, garantías individuales o exclusivas de los bienes contratados, Registro de entrada al almacén de los elementos adquiridos, etc.), así como también validar las publicaciones de los soportes de ejecución en el SECOP II y/o en la TVEC.
Comunicación oficial 24 Subdirector de Contratación Asigna Profesional para proyectar la liquidación de los contratos que lo requieran.
Punto de Control: Revisión de las comunicaciones oficiales recibidas.
No Aplica 25 Profesional de la Subdirección de Contratación Comunicación oficial // Formato Acta de Liquidación PGAF- 08-17 Revisa y valida documentos soporte de la solicitud y determina su viabilidad jurídica. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 57 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-91 • 2024 • JUNIO • 21 91 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES Elabora y remite el acta de liquidación.
No Aplica 26 Subdirector de Contratación Revisa y remite al supervisor el acta de liquidación.
Comunicación oficial // Formato Acta de Liquidación PGAF- 08-17 27 Supervisor del contrato Comunicación oficial // Formato Acta de Liquidación PGAF- 08-17 Revisa y firma el acta de liquidación.
Remite documento al proveedor, para trámite.
Remite acta de liquidación a la subdirección de contratación.
Observación: Previo a la remisión del acta de liquidación a la Subdirección de Contratación, esta deberá estar debidamente suscrita el supervisor y el proveedor.
Publica el acta de liquidación en la plataforma SECOP II. No Aplica 28 Profesional de la Subdirección de Contratación Punto de Control: Previo a la publicación del documento deberá contar con la firma del Ordenador del Gasto Observación: El Profesional de la Subdirección de Contratación con el apoyo de la Supervisión y Interventoría del contrato, deberán adelantar el procedimiento de la convocatoria y notificación al contratista, observando para el efecto los términos del CPACA, con la finalidad de culminar las actividades propias de la suscripción del acta de liquidación contractual. Vencidos los términos para la notificación, sin lograr la presentación del www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 58 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-92 • 2024 • JUNIO • 21 92 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES contratista al proceso de liquidación o presentándose este no estuviere de acuerdo en los términos de la liquidación, se procederá a surtir los trámites correspondientes a la Liquidación Unilateral del contrato.
5.3. PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONATORIO CONTRACTUAL Si en ejercicio de la supervisión y/o interventoría se evidencia un presunto incumplimiento contractual se deberán adelantar el siguiente procedimiento.
Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES Observación: El informe de supervisión deberá contener:
− Descripción detallada de los hechos generadores del presunto incumplimiento. − Las normas y 1 Supervisor del contrato Comunicación oficial // Informe de supervisión. cláusulas del contrato que posiblemente se incumplieron con ocasión a los hechos. − Relación de las Requiere al contratista por escrito, con copia a la compañía de seguros, en caso de tener pólizas.
Responde comunicaciones a que haya lugar.
Elabora y remite solicitud de inicio de presunto incumplimiento contractual, junto con el informe de supervisión a la Subdirección de Contratación. pruebas en las que se soporta el informe y sus anexos. − Identificar y cuantificar los posibles perjuicios que se están ocasionando o que se pueden ocasionar a la entidad por el www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 59 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-93 • 2024 • JUNIO • 21 93 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES incumplimiento del contratista. − Las consecuencias que se podrían generar para el contratista por su conducta, en desarrollo de la actuación administrativa.
Observación: − De no contar con aprobación de los documentos, remite observaciones al supervisor para que sean subsanadas o aclaradas. − En la citación, se Comunicación oficial 2 Profesional de la Subdirección de Contratación // subdirector de Contratación Revisa jurídicamente la solicitud de inicio del presunto incumplimiento contractual.
Proyecta el oficio de citación, el cual será suscrito y remitido por el ordenador del gasto. deberá hacer mención expresa y detallada de los hechos; establecer el lugar, fecha y hora para la realización de la audiencia; adjuntar el informe de supervisión.
Observación: − En el evento en que la Comunicación oficial 3 Ordenador del gasto.
Cita a audiencia al contratista y al garante (cuando aplique) para debatir lo ocurrido. garantía de cumplimiento consista en póliza de seguros, el garante será citado de la misma manera.
Observación: − La audiencia se Acta de audiencia 4 Ordenador del gasto.
Adelantar la audiencia.
Firma resolución motivada. adelantará conforme a los términos establecidos en el Artículo 86 de la Ley 1474 de 2011 y aquella que la adicione y modifique. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 60 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-94 • 2024 • JUNIO • 21 94 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES − El Subdirector de Contratación o quien este designe, procederá a dar lectura de la citación a la audiencia de presunto incumplimiento. − El ordenador del gasto. concederá el uso de la palabra al representante legal del contratista o a quien lo represente y a continuación al garante, para que presenten sus descargos, en virtud de lo cual, podrá rendir las explicaciones del caso y solicitar o aportar pruebas. − En cualquier momento de la audiencia, el ordenador del gasto, de oficio o a petición de parte, puede suspender la diligencia cuando en su criterio resulte necesario para allegar o practicar pruebas que estime conducentes, pertinentes y útiles o cuando por cualquier otra razón debidamente sustentada ello resulte necesario para el correcto desarrollo de la actuación administrativa. − Hecho lo precedente, el ordenador del gasto, mediante resolución www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 61 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-95 • 2024 • JUNIO • 21 95 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES motivada en la que consigne lo ocurrido en desarrollo de la audiencia y que se notificará en estrados, procederá a decidir sobre la declaratoria de incumplimiento para la imposición de multa, hacer efectiva la cláusula penal pecuniaria, declarar la caducidad y afectación de la garantía única de cumplimiento. − Contra la decisión así proferida sólo procede el recurso de reposición que se interpondrá, sustentará y decidirá en la misma audiencia. La decisión sobre el recurso se entenderá notificada en estrados. Una vez en firme la decisión, se procederá a expedir la constancia de ejecutoria respectiva.
Cesación del procedimiento:
− El ordenador del gasto podrá dar por terminado el procedimiento en cualquier momento, si tiene conocimiento de la cesación del incumplimiento, para lo cual se deberá contar con documento www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 62 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-96 • 2024 • JUNIO • 21 96 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES expreso que en tal sentido allegue el supervisor del contrato en audiencia pública.
Observación: Los documentos se remitirán de la siguiente manera: − Al supervisor y al ordenador del gasto con el fin de que realicen la compensación de. saldos al contratista sancionado, siempre y cuando existan saldos a favor del mismo. − A la subdirección Comunicación oficial 5 Subdirector de Contratación Remite acto administrativo, antecedentes, anexos. y soportes. financiera informando la sanción impuesta y el valor de la misma, para lo de su competencia. − A la cámara de comercio en que se encuentre inscrito el contratista, comunicando la aplicación de la sanción impuesta. − A la Procuraduría General de la Nación para lo de su competencia. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 63 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-97 • 2024 • JUNIO • 21 97 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0
6. FORMATOS Y OTROS DOCUMENTOS RELACIONADOS AL PROCEDIMIENTO
1. PGAF-08-01 Hoja de ruta.
2. PGAF-08-02 Solicitud de Contratación Servicios Profesionales y de Apoyo a la Gestión.
3. PGAF-08-03 Estudios previos contratación directa servicios profesionales y de apoyo a la gestión.
4. PGAF-08-04 Constancia de idoneidad.
5. PGAF-08-06 Solicitud de Contratación Tienda Virtual del Estado Colombiano.
6. PGAF-08-07 Estudios previos contratación Directa.
7. PGAF-08-08 Estudios previos mínima cuantía.
8. PGAF-08-09 Estudios previos selección abreviada de menor cuantía.
9. PGAF-08-10 Estudios previos selección abreviada mediante subasta inversa.
10. PGAF-08-11 Estudios previos concurso de méritos.
11. PGAF-08-12 Estudios previos licitación pública.
12. PGAF-08-13 Estudios previos convenios.
13. PGAF-08-14 Respuesta a observaciones.
14. PGAF-08-15 Acta de inicio.
15. PGAF-08-16 Solicitud y justificación de modificaciones contractuales.
16. PGAF-08-17 Acta de liquidación.
7. CONTROL DE CAMBIOS
Versión Descripción de la Modificación Resolución Reglamentaria y Fecha 1.0 R.R. No. 009 24-Feb-2003 Si requiere ver la trazabilidad consultar la Resolución Reglamentaria.
2.0 R.R. No. 27 06-May-2003 Si requiere ver la trazabilidad consultar la Resolución Reglamentaria.
3.0 R.R. No. 046 22-Dic-2005 Si requiere ver la trazabilidad consultar la Resolución Reglamentaria.
4.0 R.R. No. 035 30-Dic-2009 Si requiere ver la trazabilidad consultar la Resolución Reglamentaria.
5.0 R.R. No. 021 12 de 2012 Si requiere ver la trazabilidad consultar la Resolución Reglamentaria.
6.0 R.R. No. 050 18-Nov-2013 Si requiere ver la trazabilidad consultar la Resolución Reglamentaria.
7.0 R.R. No. 012 10-Mar-2014 Si requiere ver la trazabilidad consultar la Resolución Reglamentaria.
8.0 R.R. No. 030 23-Oct-2014 Si requiere ver la trazabilidad consultar la Resolución Reglamentaria.
9.0 R.R. No. 017 28-Feb-2018 Si requiere ver la trazabilidad consultar la Resolución Reglamentaria.
10.0 R.R. No. 042 30-Sep-2019 Si requiere ver la trazabilidad consultar la Resolución Reglamentaria. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 64 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-98 • 2024 • JUNIO • 21 98 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 Versión Descripción de la Modificación Resolución Reglamentaria y Fecha
1. Se incorporan las acciones en el procedimiento, de acuerdo con la creación de la Junta de Contratación mediante Resolución Reglamentaria No. 20 de 2022.
11.0 R.R. No. 003 25-Feb-2022
2. Se eliminan los siguientes formatos:
- PGAF-08-02 Plan Anual de Adquisiciones.
- PGAF-08-15 Convenio de Cooperación Interinstitucional.
- PGAF-08-19 Acta de asignación de riesgos y aclaración de pliegos.
- PGAF-08-20 Acta de cierre y apertura de propuestas.
- PGAF-08-21 Acta comité asesor evaluador.
- PGAF-08-23 Acta orden de elegibilidad y apertura sobre económico.
- PGAF-08-24 Acta de audiencia de subasta inversa presencial.
- PGAF-08-25 Acta de sorteo proceso de selección abreviada de menor cuantía.
- PGAF-08-09 Informe de supervisión.
- PGAF-08-10 Recibo a satisfacción.
3. Se modifican los siguientes formatos:
- PGAF-08-01 Reporte de necesidades para adquisiciones de bienes-servicios-obras; se incluye información nueva requerida para la proyección del PAA.
- PGAF-08-04 Estudios previos contratación directa servicios profesionales y de apoyo a la gestión; se modifica el nombre del formato y se dan nuevos lineamientos para el mismo.
- PGAF-08-11 Constancia de Idoneidad y Experiencia; se incluye información de elaboración, revisión y aprobación del documento.
- PGAF-08-12 Hoja de Ruta; se modifica el formato eliminando documentos que ya no se generan por el manejo de SECOP II.
- PGAF-08-18 Anexo al contrato de prestación de servicios; se modifica el nombre del formato y se dan nuevos lineamientos para el mismo.
4. Se crean e incluyen los siguientes formatos, se toman los códigos de los formatos que están siendo eliminados:
www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 65 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-99 • 2024 • JUNIO • 21 99 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 Versión Descripción de la Modificación Resolución Reglamentaria y Fecha
- PGAF-08-02 Estudios previos licitación pública.
- PGAF-08-15 Estudios previos selección abreviada mediante subasta inversa.
- PGAF-08-19 Estudios previos mínima cuantía.
- PGAF-08-20 Estudios previos contratación directa.
- PGAF-08-21 Solicitud y justificación de modificaciones contractuales.
- PGAF-08-23 Certificación objetos iguales.
- PGAF-08-24 Estudios previos selección abreviada de menor cuantía.
1. Se modifica el procedimiento en general, con el fin de optimizar el número de actividades y consolidar las acciones que son comunes a los diferentes procedimientos.
2. Se incluyen actividades específicas del procedimiento en relación con el manejo de los expedientes, los cuales se manejarán digitales únicamente.
3. Se crea la etapa contractual del procedimiento, que incluye la elaboración de los contratos, las modificaciones y la liquidación de los mismos.
4. Se eliminan todos los formatos del procedimiento, para crear una nueva nomenclatura y establecer únicamente los formatos descritos a continuación:
12.0 R.R. No. 034 22-Dic-2022
- PGAF-08-01 Hoja de Ruta.
- PGAF-08-02 Solicitud de Contratación Servicios Profesionales y de Apoyo a la Gestión.
- PGAF-08-03 Estudios previos contratación directa servicios profesionales y de apoyo a la gestión Persona Natural.
- PGAF-08-04 Constancia de idoneidad.
- PGAF-08-06 Solicitud de Contratación Tienda Virtual del Estado Colombiano.
- PGAF-08-07 Estudios previos contratación directa.
- PGAF-08-08 Estudios previos mínima cuantía.
- PGAF-08-09 Estudios previos selección abreviada de menor cuantía.
- PGAF-08-10 Estudios previos selección abreviada mediante subasta inversa.
- PGAF-08-11 Estudios previos concurso de méritos.
- PGAF-08-12 Estudios previos licitación pública.
- PGAF-08-13 Estudios previos convenios.
- PGAF-08-14 Respuesta a observaciones.
www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 66 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-100 • 2024 • JUNIO • 21 100 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 Versión Descripción de la Modificación Resolución Reglamentaria y Fecha
- PGAF-08-15 Acta de inicio.
- PGAF-08-16 Solicitud y justificación de modificaciones contractuales.
- PGAF-08-17 Acta de liquidación.
13.0 R.R. No. 017 11-Jun-2024 Responsable de proceso que aprueba. Cargo Directora Administrativa Dependencia Dirección Administrativa y Financiera Nombre Completo Isadora Fernández Posada Firma Director de planeación que realiza revisión técnica. Nombre Completo Sandra Patricia Bohórquez González Firma www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 67 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-101 • 2024 • JUNIO • 21 101 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 Aprobado Mediante Resolución Reglamentaria N.º 017 del 11 de junio de 2024 Manual de Contratación V 6.0 JULIÁN MAURICIO RUIZ RODRÍGUEZ Contralor de Bogotá, D.C.
ISADORA FERNÁNDEZ POSADA Directora Administrativa CAROLINA DEL PILAR PINEDA MURCIA Subdirectora de Contratación Mayo 2024 www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 1 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-102 • 2024 • JUNIO • 21 102 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 TABLA DE CONTENIDO
Capítulo I. - NATURALEZA JURÍDICA Y UBICACIÓN EN LA ESTRUCTURA DEL ESTADO..... 5
1.1. OBJETIVO....................................................................................................................... 5 1.2. NATURALEZA JURÍDICA Y UBICACIÓN EN LA ESTRUCTURA DEL ESTADO........... 5 1.3. REFERENCIAS NORMATIVAS....................................................................................... 6 1.4. OBLIGATORIEDAD DE LOS MANUALES O GUÍAS EXPEDIDOS POR LA AGENCIA COLOMBIA COMPRA EFICIENTE.......................................................................................... 13 1.5. PRINCIPIOS DE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA......................................................... 14 1.6. EXPEDIENTE CONTRACTUAL..................................................................................... 15 2.1. ORDENACIÓN DEL GASTO.............................................................................................. 15 2.2. JUNTA DE CONTRATACIÓN............................................................................................ 17 3.1. PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES.................................................................................. 23 3.2. INICIATIVA DEL GASTO................................................................................................... 25 3.3. ESTUDIOS PREVIOS........................................................................................................ 25 3.3.1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE LA ENTIDAD ESTATAL PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACIÓN:............................................................................ 26 3.3.2. EL OBJETO A CONTRATAR, CON SUS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.............. 26 3.3.3. LA MODALIDAD DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA Y SU JUSTIFICACIÓN........ 28 3.3.4. EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, LA JUSTIFICACIÓN DEL MISMO Y LOS RUBROS QUE LO COMPONEN:.......................................................................................... 40 3.3.6. EL ANÁLISIS DEL RIESGO Y LA FORMA DE MITIGARLO........................................ 41 3.3.7. LAS GARANTÍAS QUE LA ENTIDAD ESTATAL CONTEMPLA EXIGIR EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.......................................................................................... 42 3.3.8. LA INDICACIÓN DE SI EL PROCESO DE CONTRATACIÓN ESTÁ COBIJADO POR UN ACUERDO COMERCIAL................................................................................................. 42 3.3.9. COMPRAS PÚBLICAS SOSTENIBLES....................................................................... 43 3.4. ANÁLISIS DEL SECTOR................................................................................................... 44 3.4.1. Aspectos generales..................................................................................................... 45 3.4.2. Estudio de la oferta...................................................................................................... 45 3.4.3. Estudio de la demanda................................................................................................ 46 3.5. AUTORIZACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS REQUERIDOS PARA SU EJECUCIÓN.. 47
Capítulo IV. - ETAPAS DEL PROCESO CONTRACTUAL. ........................................................ 49
4.1. ETAPA PRECONTRACTUAL......................................................................................... 49 www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 2 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-103 • 2024 • JUNIO • 21 103 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 4.1.1. SOLICITUD DE CONTRATACIÓN O RADICACION DE ESTUDIO PREVIO............... 49 4.1.2. VERIFICACIÓN DE LEGALIDAD DE LAS SOLICITUDES........................................... 49 4.1.3. COMITÉ EVALUADOR................................................................................................ 51 4.2. ETAPA CONTRACTUAL................................................................................................ 54 4.2.1. ELABORACIÓN DE CONTRATOS.............................................................................. 55 4.2.2. SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO............................................................................... 55 4.2.3. REQUISITOS DE PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN DE LOS CONTRATOS... 55 4.2.4. APROBACIÓN DE GARANTÍAS............................................................................. 56 4.2.5. MODIFICACIONES CONTRACTUALES................................................................ 56 4.3. ETAPA POSTCONTRACTUAL...................................................................................... 64 4.3.1. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO............................................................................. 64 4.3.1.1. CONTRATOS SUSCEPTIBLES DE LIQUIDACIÓN:........................................... 65 4.3.2. SOPORTES DEL ACTA DE LIQUIDACIÓN:.......................................................... 66 4.3.3. LIQUIDACIÓN POR MUTUO ACUERDO............................................................... 67 4.3.4. LIQUIDACIÓN UNILATERAL................................................................................. 68 4.3.5. LIQUIDACIÓN JUDICIAL........................................................................................ 69 4.3.6. CIERRE DEL PROCESO CONTRACTUAL Y ARCHIVO DEL EXPEDIENTE CONTRACTUAL................................................................................................................... 69
Capítulo V. RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL Y POSCONTRACTUAL. ......................... 70
5.1. RESPONSABILIDAD DE LOS CONTRATISTAS............................................................... 71 5.2. RESPONSABILIDAD DE LOS SUPERVISORES O INTERVENTORES............................ 71 5.2.1. DESIGNACIÓN DEL SUPERVISOR, INICIO Y DURACIÓN DE LA FUNCIÓN DE SUPERVISIÓN...................................................................................................................... 71 5.2.2. CRITERIOS PARA LA DESIGNACIÓN DEL SUPERVISOR........................................ 72 5.2.3. CONTRATOS QUE REQUIEREN DE INTERVENTOR................................................ 73 5.2.4. FUNCIONES DE LOS SUPERVISORES E INTERVENTORES................................... 74 www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 3 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-104 • 2024 • JUNIO • 21 104 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 INTRODUCCIÓN El Manual de Contratación se define como el “documento que establece y da a conocer a los partícipes del sistema de compras y contratación pública los flujos de proceso y organigrama que cada entidad estatal desarrolla en sus procesos de contratación y gestión contractual1”.
El presente Manual de Contratación tiene como propósito fijar directrices, orientaciones y estándares para simplificar y homogenizar las actividades que se desarrollan durante las diferentes etapas de la gestión contractual realizada por la Contraloría de Bogotá D.C., es decir la etapa de planeación, selección de contratistas, celebración del contrato, vigilancia y seguimiento a su ejecución, y por último la etapa de liquidación cuando sea necesario, para el cumplimiento de las funciones, metas y objetivos institucionales.
En dichas etapas se destacan, actividades tales como: la planificación de la actividad contractual de la Entidad, el proceso de selección eficiente y transparente de los contratistas, la utilización e implementación de los medios electrónicos de información sobre la contratación estatal, los requisitos para la eficacia jurídica del contrato estatal, el seguimiento que debe hacer la Entidad a la ejecución de las obligaciones a cargo de los contratistas; el manejo de los riesgos previsibles, y por último la liquidación y terminación cumplida del contrato estatal.
Esas orientaciones generales buscan que los funcionarios que intervienen en el proceso contractual cuenten con un documento que les permita conocer la forma cómo opera la Gestión Contractual en la Entidad y así obtener mejores resultados, en la gestión administrativa y en la utilización de los recursos públicos a través de los contratos celebrados por la Entidad.
1 Lineamientos Generales para la Expedición de Manuales de Contratación. Colombia Compra Eficiente. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 4 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-105 • 2024 • JUNIO • 21 105 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0
Capítulo I. - NATURALEZA JURÍDICA Y UBICACIÓN EN LA ESTRUCTURA DEL
ESTADO.
1.1. OBJETIVO Establecer las directrices y estándares para simplificar y unificar las actividades que se desarrollan en las diferentes etapas del proceso contractual, que requiera la Contraloría de Bogotá D.C., para el cumplimiento de sus funciones, metas y objetivos institucionales, así como fijar las pautas, criterios y responsabilidades en el ejercicio de la supervisión de los contratos y convenios suscritos por la Entidad, que garanticen su correcta ejecución y liquidación.
Las directrices aquí establecidas tienen como objetivo dar pleno cumplimiento a los principios de la función pública previstos en la Constitución Política de Colombia, en la ley, en los decretos y demás normas que regulen la contratación estatal.
Este manual deberá ser aplicado por todos los servidores públicos y colaboradores de la Contraloría de Bogotá D.C., en el desarrollo de su actividad contractual o que sean designados como supervisores y para las personas que sean contratadas como interventores o como apoyo a la supervisión,2 así como por todas las dependencias que tengan relación con la actividad de supervisión.
1.2. NATURALEZA JURÍDICA Y UBICACIÓN EN LA ESTRUCTURA DEL ESTADO.
La Contraloría de Bogotá D.C., conforme a lo establecido del Acuerdo Distrital 658 de 20163, es un organismo de carácter técnico, dotado de autonomía administrativa y presupuestal, al cual le corresponde la vigilancia de la gestión fiscal del Distrito Capital y de los particulares que manejen 2 Apoyo a la supervisión: es aquel contratista, persona natural o jurídica, que tenga la capacidad e idoneidad para apoyar la gestión del supervisor del contrato, con el objetivo de realizar adecuadamente el seguimiento a cada una de las actividades contenidas en el contrato. El anterior concepto obedece a la interpretación doctrinaria de la última parte del segundo inciso del artículo 83 de la Ley 1474 de 2011, que indica: “Para la supervisión, la Entidad estatal podrá contratar personal de apoyo, a través de los contratos de prestación de servicios que sean requeridos”; y en concordancia con el Concepto C - 654 de 2021 y el Concepto C – 180 de 2020 de la ANCP-CCE.
3 El Acuerdo Distrital 658 de 2016, fue modificado parcialmente por los Acuerdos Distritales 664 de 2017, 886 y 904 de 2023, expedido por el Concejo de Bogotá D.C. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 5 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-106 • 2024 • JUNIO • 21 106 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 fondos o bienes del mismo, en los términos y condiciones previstos en la Constitución Política de Colombia, las leyes y los acuerdos.
En ningún caso podrá la Contraloría de Bogotá D.C., ejercer funciones administrativas distintas a las inherentes a su propia organización.
La Contraloría de Bogotá D.C., es la entidad que vigila la gestión fiscal de la Administración Distrital y de los particulares que manejan fondos o bienes públicos en aras del mejoramiento de la calidad de vida de los ciudadanos del Distrito Capital.
1.3. REFERENCIAS NORMATIVAS Tabla 1. Referencias Normativas NORMA FECHA DESCRIPCIÓN
Artículo 209.
“La función administrativa está al
servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la Constitución Política de descentralización, la delegación y la 20-Jul 1991 Colombia desconcentración de funciones. Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado. La administración pública, en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley.”
Ley 80 28-Oct 1993 “Por la cual se expide el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública.”
“Por la cual se dictan normas sobre la Ley 489 29-Dic 1998 organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 6 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-107 • 2024 • JUNIO • 21 107 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones.
“Por medio de la cual se introducen medidas para la eficiencia y la transparencia en la Ley 80 de Ley 1150 16-Jul 2007 1993 y se dictan otras disposiciones generales sobre la contratación con recursos públicos.”
“Por la cual se dictan las disposiciones generales del hábeas data y se regula el manejo de la información contenida en bases de datos Ley 1266 31-Dic 2008 personales, en especial la financiera, crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países y se dictan otras disposiciones.”
“Por medio de la cual se modifica el Código Penal, se crea un nuevo bien jurídico tutelado - denominado "de la protección de la información y Ley 1273 05-Ene 2009 de los datos" y se preservan integralmente los sistemas que utilicen las tecnologías de la información y las comunicaciones, entre otras disposiciones.”
“Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, Ley 1474 12-Jul 2011 investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública.”
Ley 1581 17-Oct 2012 “Por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales.”
“Por la cual se dictan normas sobre la Ley 1778 02-Feb 2016 responsabilidad de las personas jurídicas por actos de corrupción transnacional y se dictan www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 7 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-108 • 2024 • JUNIO • 21 108 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 otras disposiciones en materia de lucha contra la corrupción.”4 “Por la cual se adicionan, modifican y dictan disposiciones orientadas a fortalecer la Ley 1882 15-Ene 2018 contratación pública en Colombia, la ley de infraestructura y se dictan otras disposiciones.”
“Por medio de la cual se expide el Código General Disciplinario se derogan la Ley 734 de 2002 y Ley 1952 20-Ene 2019 algunas disposiciones de la Ley 1474 de 2011, relacionadas con el derecho disciplinario.”
“Por medio de la cual se regulan las sanciones para condenados por corrupción y delitos contra Ley 2014 30-Dic 2019 la Administración pública, así como la cesión unilateral administrativa del contrato por actos de corrupción y se dictan otras disposiciones.”
Ley 2022 22-Jul 2020 “Por la cual modifica el artículo 4 de la Ley 1882 de 2018 y se dictan otras disposiciones.”
“Por medio de la cual se adoptan medidas para Ley 2040 27-Jul 2020 impulsar el trabajo para adultos mayores y se dictan otras disposiciones.”
Ley 2069 31-Dic 2020 “Por medio del cual se impulsa el emprendimiento en Colombia.”
“Por medio de la cual se Reforma el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo -Ley 1437 de 2011- y se dictan Ley 2080 25-Ene 2021 otras disposiciones en materia de descongestión en los procesos que se tramitan ante la jurisdicción.”
4 Modificada por el artículo 19 de la Ley 2195 de 2022. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 8 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-109 • 2024 • JUNIO • 21 109 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 Ley 2094 29-Jun 2021 “Por medio de la cual se reforma la Ley 1952 de 2019 y se dictan otras disposiciones.”
Ley 2160 25-Nov 2021 “Por medio del cual se modifica la Ley 80 de 1993 y la Ley 1150 de 2007.”
“Por medio de la cual se adoptan medidas en materia de transparencia, prevención y lucha Ley 2195 18-Ene 2022 contra la corrupción y se dictan otras disposiciones.”
“Por el cual se expide el Plan Nacional de Ley 2294 19-May 2023 Desarrollo 2022-2026 "Colombia Potencia Mundial de la Vida””
“Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites Decreto Ley 19 10-Ene 2012 innecesarios existentes en la Administración Pública.”
“Por el cual se recogen y reexpiden las normas en materia del sector financiero, asegurador y del Decreto 2555 15-Jul 2010 mercado de valores y se dictan otras disposiciones.”
Decreto 1072 26-May 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo.”
“Por medio del cual se expide el Decreto Único Decreto 1074 26-May 2015 Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo.”
“Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Decreto 1078 26-May 2015 Información y las Comunicaciones. Capítulo 1 - Título 9, subrogado por el Decreto 1008 de 2018.”
Decreto 1081 26-May 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Único del Sector Presidencia de la www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 9 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-110 • 2024 • JUNIO • 21 110 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 República. Libro 2, Parte 1, Titulo 1 que tiene por objeto reglamentar la Ley 1712 de 2014, en lo relativo a la gestión de la información pública.”
“Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Decreto 1082 26-May 2015 Planeación Nacional, con sus modificaciones y adiciones.”
Decreto 1494 13-Jul 2015 “Por el cual se corrigen yerros en la Ley 1712 de 2014.”
“Por el cual se reglamenta la contratación con entidades privadas sin ánimo de lucro a la que Decreto 92 23-Ene 2017 hace referencia el inciso 2° del artículo 355 de la Constitución Política.”
“Por el cual se establecen los lineamientos generales de la política de Gobierno Digital y se subroga el capítulo 1 del título 9 de la parte 2 del Decreto 1008 14-Jun 2018 libro 2 del Decreto 1078 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.”
“Por el cual se reglamenta el artículo 41 de la Ley 1955 de 2019, sobre las condiciones para implementar la obligatoriedad y aplicación de los Decreto 310 25-Mar 2021 Acuerdos Marco de Precios y se modifican los artículos 2.2.1.2.1.2.7. y 2.2.1.2.1.2.12. del Decreto 1082 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional.”
“Por el cual se modifican los artículos 2.2.1.1.2.1.1., 2.2.1.2.1.3.2. Y 2.2.1.2.3.1.14., y Decreto 399 13-Abr 2021 se adicionan unos parágrafos transitorios a los artículos 2.2.1.1.1.5.2., 2.2.1.1.1.5.6. y www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 10 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-111 • 2024 • JUNIO • 21 111 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 2.2.1.1.1.6.2. del Decreto 1082 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional.”
“Por el cual se modifica parcialmente el artículo 2.2.1.1.1.3.1. y se adiciona el artículo 2.2.1.2.4.2.9. al Decreto 1082 de 2015, Único Decreto 680 22-Jun 2021 Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional, en relación con la regla de origen de servicios en el Sistema de Compra Pública.”
“Por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1082 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional, con el fin reglamentar los artículos 30, 31, 32, 34 y 35 de la Decreto 1860 24-Dic 2021 Ley 2069 de 2020, en lo relativo al sistema de compras públicas y se dictan otras disposiciones.”
“Por el cual se modifica y adiciona el Decreto número 1082 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional para promover el acceso al sistema de Compras Públicas de las MiPymes, las Cooperativas y Decreto 142 01-Feb 2023 demás entidades de la economía solidaria, se incorporan criterios sociales y ambientales en los Procesos de Contratación de las Entidades Estatales, se incluye el Título de emprendimiento comunal y se dictan otras disposiciones.”
“Por el cual se dictan normas sobre organización Acuerdo Distrital 658 21-Dic 2016 y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá D.C., se modifica su estructura orgánica e www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 11 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-112 • 2024 • JUNIO • 21 112 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 interna, se fijan funciones de sus dependencias, se modifica la planta de personal, y se dictan otras disposiciones.”
“Por el cual se modifica parcialmente el Acuerdo 658 del 21 de diciembre de 2016 "por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá, D.C., Acuerdo Distrital 664 28-Mar 2017 se modifica su estructura orgánica e interna, se fijan funciones de sus dependencias, se modifica la planta de personal, y se dictan otras disposiciones.”
“Por medio del cual se modifica parcialmente el Acuerdo 658 de 2016 en cuanto a la estructura orgánica e interna, funciones de algunas Acuerdo Distrital 886 22-Mar 2023 dependencias y la planta global de empleos de la Contraloría de Bogotá D.C, y se dictan otras disposiciones.”
Acuerdo Distrital 904 26-Jun 2023 “Por medio del cual se modifican parcialmente los Acuerdos Distritales 881 y 886 de 2023.”
“Por la cual se definen los Estándares Mínimos Resolución 0312 13-Feb 2019 del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST.”
De acuerdo con el numeral 5 del artículo 3 del Circular Externa Única.
27 de diciembre Decreto 4170 de 2011, Colombia Compra CCE-EICP-MA-06 de 2023 Eficiente actualiza la Circular Externa Única de acuerdo con los cambios normativos Fuente: Propia. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 12 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-113 • 2024 • JUNIO • 21 113 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 1.4. OBLIGATORIEDAD DE LOS MANUALES O GUÍAS EXPEDIDOS POR LA AGENCIA COLOMBIA COMPRA EFICIENTE.
El numeral 9 del artículo 3 del Decreto Ley 4170 de 20115 establece dentro de las funciones de Colombia Compra Eficiente, desarrollar mecanismos de apoyo a los oferentes que les permitan una mayor y mejor participación en los procesos de contratación de las entidades estatales.
Por su parte, el artículo 2.2.1.2.5.2 del Decreto 1082 de 2015 señala que Colombia Compra Eficiente debe diseñar e implementar los instrumentos estandarizados y especializados por tipo de obra, bien o servicio a contratar, así como cualquier otro manual o guía que se estime necesario o sea solicitado por los partícipes de la contratación pública.
Ahora bien, mediante Respuesta a consulta # 4201912000007508 del 17 de diciembre de 2029, la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente., indicó:
“(… )los Manuales, Guías o Circulares frente a los que existe un fundamento normativo de rango legal o reglamentario que da la competencia a Colombia Compra Eficiente para expedirlos fueron declarados ajustados al ordenamiento jurídico y, además, frente a ellos se puede concluir que se trata de actos administrativos –incluso reglamentos– de obligatorio cumplimiento para los partícipes de la contratación pública, como el manual de uso de los acuerdos marco de precios, los manuales y guías para la elaboración y actualización del plan anual de adquisiciones y el manual o guía para el uso del clasificador de bienes y servicios.
Lo contrario ocurre con los Manuales, Guías o Circulares que se expiden sin una competencia legal o reglamentaria, diferente de la genérica contenida en el Decreto Ley 4170 de 2011, que defiera a esta entidad su adopción, como ocurre con los manuales y guías para la identificación y cobertura del riesgo, los manuales y guías para la determinación de la capacidad 5 Por el cual se crea la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-, se determinan sus objetivos y estructura. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 13 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-114 • 2024 • JUNIO • 21 114 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 residual. Estos instrumentos o herramientas quedan en el ámbito de normas de apoyo y de buenas prácticas para los partícipes del Sistema de Compra Pública, de donde no se puede derivar obligatoriedad.
Así las cosas, la obligatoriedad de las herramientas normativas expedidas por Colombia Compra Eficiente no depende de la forma mediante la cual se adopten, pues las guías, manuales o circulares podrán ser de obligatoria observancia o de mera pauta para fomentar buenas prácticas administrativas, dependiendo de si existe una norma de rango legal o reglamentario, diferente de la general del Decreto 4170 de 2011, que confiera la competencia para regular determinado aspecto de la contratación estatal. Si la competencia no proviene de la ley o el reglamento, sin importar que se trate de una guía, un manual o una circular externa, no producirá efectos jurídicos y su función estará limitada a dar orientaciones o a reproducir normas, esto es, no tendrá fuerza obligatoria y, en consecuencia, no será vinculante para sus destinatarios, con independencia del nombre que tenga6”.
De acuerdo con lo anterior, son obligatorios los lineamientos, manuales y guías, siempre que exista fundamento normativo vinculante para todas las Entidades Estatales. De lo contrario, dichos documentos son solo referentes y guías tanto para las Entidades Estatales como para los particulares.
1.5. PRINCIPIOS DE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA Dentro de toda la actividad contractual, la Contraloría de Bogotá, D.C., deberá dar estricto cumplimiento a los principios establecidos en el Estatuto General de Contratación y demás normas y decretos reglamentarios.
6 El Consejo de Estado, Sección Segunda, en sentencia de 21 de septiembre de 2001, Expediente No. 6371, C.P. Olga Inés Navarrete, indicó frente a la naturaleza jurídica de las circulares que: “La jurisprudencia de esta Corporación ha reiterado que las circulares de servicios son susceptibles de ser demandadas cuando las mismas contengan una decisión de la autoridad pública, capaz de producir efectos jurídicos y puedan, en consecuencia, tener fuerza vinculante frente al administrado, pues de no ser así, si la circular se limita a reproducir lo decidido por otras normas, o por otras instancias, con el fin de instruir a los funcionarios encargados de ejercer determinadas competencias, entonces, la circular no será un acto susceptible de demanda”. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 14 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-115 • 2024 • JUNIO • 21 115 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 1.6. EXPEDIENTE CONTRACTUAL Son los documentos que soportan la actuación contractual desde su inicio hasta su cierre, de acuerdo con los lineamientos para la conservación emitidos por el Archivo General de la Nación y la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente.
El expediente contractual puede ser físico o electrónico; será físico si el trámite contractual se publica en SECOP I, de acuerdo con los lineamientos de Colombia Compra Eficiente. Y será electrónico, si el trámite se adelanta a través de SECOP II, o la plataforma que haga sus veces, o la Tienda Virtual, de acuerdo con los lineamientos de Colombia Compra Eficiente.
De conformidad con la Circular Externa Única de la Agencia Nacional de Contratación Pública 7– Colombia Compra Eficiente el expediente electrónico “está conformado por documentos electrónicos, es decir, formularios o plantillas generados a partir de la información diligenciada por la Entidad o el proveedor, e imágenes digitales de documentos producidos originalmente en físico que tanto la Entidad o el proveedor cargan o publican en SECOP II o plataforma que haga sus veces.”
Por lo anterior, se infiere que el expediente electrónico hace que no sea necesario tener un expediente físico adicional.
En todo caso, se deben seguir los lineamientos establecidos en la Circular Externa No. 21 de 2017, emitida por Colombia Compra Eficiente y el Archivo General de la Nación.
Capítulo II. - DELEGACIÓN, INTERVINIENTES Y FUNCIONES EN MATERIA
CONTRACTUAL.
2.1. ORDENACIÓN DEL GASTO 7 Código CCE-EICP-MA-06 Versión 03 de 27 de diciembre de 2023 www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 15 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-116 • 2024 • JUNIO • 21 116 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 La delegación de funciones se fundamenta en los artículos 209 y 211 de la Constitución Política de Colombia; el artículo 12 de la Ley 80 de 1993; los artículos 21 y 23 del Acuerdo Distrital 658 de 2016, modificado por el Acuerdo Distrital 664 de 2017; el artículo 21 de Ley 1150 de 2007; y las demás normas vigentes que las reglamentan, modifican o adicionan.
De conformidad con el artículo 3° del Acuerdo Distrital 664 de 2017, el Contralor de Bogotá D.C. tiene la facultad de suscribir los contratos que deba celebrar la Entidad en cumplimiento de sus funciones, sin perjuicio de la delegación que realice de conformidad con las disposiciones legales sobre la materia.
En aplicación de la facultad expuesta, el Contralor de Bogotá D.C. delegó en el Director/a Administrativo/a, mediante Resolución N° 032 de 2018, la ordenación del gasto y la competencia para la celebración, adjudicación y suscripción de los contratos, comodatos, convenios de colaboración y cooperación con entidades públicas o privadas y contratos interadministrativos en cualquier cuantía, o sin ella, que se requieran con cargo al presupuesto de la Contraloría de Bogotá D.C., tanto para el ejercicio del control fiscal como para el funcionamiento administrativo de la Entidad.
En lo relacionado con la preparación, el diseño y la ejecución de todos los actos, trámites preparatorios y precontractuales, necesarios para la selección de los contratistas, bajo cualquier modalidad definida en la ley, los deben preparar en coordinación con las dependencias que requieren el bien o servicio con la Dirección Administrativa y Financiera.
De igual manera se encuentra delegado al Director Administrativo lo relacionado con el trámite del procedimiento administrativo sancionatorio contractual, el ejercicio de las cláusulas excepcionales al derecho común y la aplicación de multas, cláusula penal pecuniaria y la declaratoria de incumplimiento, el cual deberá ceñirse a lo contemplado en el Artículo 86 de la Ley 1474 de 2011. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 16 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-117 • 2024 • JUNIO • 21 117 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 2.2. JUNTA DE CONTRATACIÓN La Contraloría de Bogotá D.C., cuenta con la Junta de Contratación como un órgano consultor, asesor, de orientación y seguimiento, que impartirá los lineamientos que regirán la actividad precontractual, contractual y postcontractual de la Entidad, y la planeación de las compras; la Junta está integrada por:
Miembros con voz y voto:
- Director/a Administrativo/a, quien la presidirá.
- Contralor/a Auxiliar o su delegado.
- Director/a Jurídico/a.
- Director/a de Planeación.
- Subdirector/a Financiero.
Miembros con voz sin voto:
- Subdirector de Contratación, quien ejercerá como secretario/a técnico/a.
Invitado permanente:
- Jefe de la Oficina de Control Interno.
Será obligatoria la asistencia de los miembros de la Junta de Contratación de conformidad con los asuntos objeto de análisis y estudio en las sesiones, deberá asistir el abogado de la Subdirección de Contratación encargado de adelantar el proceso contractual incluido en el orden del día y las áreas técnicas que solicitan la contratación presentarán el tema y atenderán las inquietudes que allí sean formuladas por los miembros, según competencia.
A la junta de contratación, será obligatoria la asistencia de sus miembros, de acuerdo con los asuntos objeto de análisis y estudio de sesiones. Igualmente, a la misma deberá asistir el abogado de la Subdirección de Contratación, encargado de adelantar el proceso contractual que www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 17 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-118 • 2024 • JUNIO • 21 118 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 corresponda, y las áreas técnicas que soliciten la contratación, a efectos de que, según su competencia, atiendan las inquietudes que puedan generarse por el referido proceso.
En caso de que alguno de los miembros de la Junta de Contratación no pueda asistir a la sesión, deberá remitir a la Secretaría Técnica de la junta, por cualquier medio escrito, la excusa respectiva; ésta, deberá ser presentada en el día hábil anterior a la sesión, o en el desarrollo de la misma.
En la correspondiente acta de cada sesión de la Junta, el secretario técnico dejará constancia de la asistencia de los miembros e invitados. En caso de inasistencia de alguno de ellos. así lo señalará; igualmente, dictaminará si se presentó en forma oportuna la justificación.
Así mismo, podrán ser invitados a dichas sesiones los funcionarios o contratistas que sean requeridos, de conformidad con los asuntos sometidos a consideración de la Junta. Es de aclarar, que los colaboradores que sean convocados a las sesiones, sólo participarán con voz, exclusivamente en los asuntos que puedan intervenir.
2.2.1 FUNCIONES DE LA JUNTA DE CONTRATACIÓN DE LA CONTRALORÍA DE BOGOTÁ D.C. La Junta de Contratación, según los principales asuntos sometidos a su consideración, tendrá las siguientes funciones:
2.2.1.1. EN RELACIÓN CON EL PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES.
1. Hacer el seguimiento a la ejecución del Plan Anual de Adquisiciones.
2. Las demás que le asigne el Contralor de Bogotá D.C.
2.2.1.2. EN RELACIÓN CON LA GESTIÓN DE LOS PROCESOS DENTRO DE LA ETAPA PRECONTRACTUAL. Cuya cuantía sea igual o superior a la menor cuantía de la entidad, sin importar la modalidad de contratación, se pronunciará respecto de los diferentes documentos, y adelantará su gestión en los siguientes términos: www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 18 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-119 • 2024 • JUNIO • 21 119 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0
1. Analizar y aprobar estudios y documentos previos del bien o servicio a adquirir.
2. Analizar y aprobar la publicación de los pliegos de condiciones definitivos de los
procesos contractuales que se adelanten, y las respuestas dadas a las observaciones que se reciban durante la publicación del proyecto de pliegos. Así mismo, deberá recomendar al ordenador de gasto la apertura del proceso.
3. Recomendar al ordenador del gasto la revocatoria del acto de apertura, cuando a su
juicio se presente alguna de las circunstancias contempladas en el artículo 93 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. También, cuando de conformidad con solicitud de los interesados del proceso, deba pronunciarse sobre la revocatoria.
4. Designar el Comité Evaluador para cada proceso de selección, el cual estará encargado
de realizar las evaluaciones de las propuestas presentadas en los procesos. Dicha actividad, quedará consignada en el Acto de Apertura.
5. Analizar el resultado del traslado de los informes de verificación y calificación preliminar,
realizados por el comité evaluador, en sus aspectos técnicos, jurídicos y financieros, junto con los aspectos ponderables, si a ello hubiere lugar.
6. Verificar, solicitar aclaraciones u objetar, según sea el caso, la recomendación de los
comités evaluadores de las propuestas presentadas en el proceso de contratación, con fundamento en los estudios y documentos previos y particularmente, los factores de selección establecidos para la selección de la propuesta más favorable.
7. Recomendar al ordenador del gasto la adjudicación y celebración del contrato o la
declaratoria de desierta del proceso de selección, de conformidad con lo previsto en la ley y en los documentos que soportan todo el proceso en cada una de sus etapas.
8. De resultar procedente, de conformidad con las reglas de selección, solicitar
reevaluaciones, requerimientos o visitas en aras de obtener una evaluación integral y objetiva de las ofertas.
9. Recomendar al ordenador de gasto, previa verificación de los documentos soporte y
antecedentes de la contratación, la celebración de los convenios y contratos interadministrativos, convenios de asociación, convenios de intercambio de información y convenios de cooperación internacional. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 19 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-120 • 2024 • JUNIO • 21 120 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0
10. Presentar al ordenador del gasto las demás recomendaciones que resulten necesarias,
en aras de garantizar una selección objetiva en los procesos de contratación y el cumplimiento de los trámites previstos en el presente Manual de Contratación.
11. Concurrir, cuando se estime pertinente, a las audiencias previstas por la ley para el
desarrollo de las etapas del proceso de selección, previa citación de la secretaría técnica. No obstante, no se requiere la existencia de quórum para su celebración.
12. Recomendar al ordenador del gasto aspectos relevantes dentro del proceso contractual
a fin de prevenir o minimizar el daño antijurídico.
El ordenador del gasto será el responsable de adoptar la decisión de adjudicación, así como, de la suscripción de los respectivos contratos que de ellos se deriven, previa recomendación de la Junta de Contratación, sin perjuicio de la facultad que le asiste de apartarse de la referida recomendación. No obstante, cuando así lo decida, justificará su decisión la cual que se registrará en el acta respectiva.
2.2.2. SESIONES Y FUNCIONAMIENTO. La Junta de Contratación, sesionará y funcionará bajo los siguientes parámetros:
Se reunirá de manera ordinaria una vez al mes, según convocatoria efectuada por el secretario técnico de la Junta. Y de manera extraordinaria, cuando alguno de sus miembros lo solicite a través del Subdirector de Contratación.
La citación a la Junta de Contratación, así como la socialización de los documentos que se presentan para su consideración, deberán realizarse con una antelación mínima de dos (2) días hábiles de manera ordinaria, y de manera extraordinaria según el desarrollo del proceso, caso en el cual el término indicado podrá ser inferior.
Las sesiones de deliberación podrán efectuarse de manera presencial o virtual (sincrónica o asincrónica). Las mismas, deberán tener una agenda u orden del día, que será estructurada con los www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 20 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-121 • 2024 • JUNIO • 21 121 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 asuntos que deban ser puestos a consideración y aprobación de la junta, adjuntando los antecedentes que sean necesarios para el ejercicio de sus funciones.
El día de la sesión, se hará lectura de la agenda u orden del día por parte del secretario de la junta. Los casos sometidos a consideración, serán expuestos por el área técnica o responsable del tema absolviendo las dudas e inquietudes que se le formulen al término de su intervención; Los miembros de la junta deliberarán sobre el asunto y adoptarán las determinaciones que se estimen procedentes.
2.2.3. QUÓRUM DELIBERATORIO Y DECISORIO. La Junta de Contratación deliberará con la asistencia de la mitad más uno de sus miembros con derecho a voto y las decisiones se tomarán por mayoría de votos de los miembros presentes.
El presidente de la junta de contratación determinará si la junta se reunirá de manera presencial o virtual, con apoyo de medios técnicos o tecnológicos.
2.2.4. ACTAS DE LA JUNTA. De las sesiones de la Junta de Contratación, la Secretaría Técnica dejará constancia en acta; la cual, contendrá las recomendaciones adoptadas por la junta, así como las observaciones de los miembros de la junta, salvamentos de voto o votos negativos que cualquiera de sus integrantes manifieste frente a un determinado tema.
Las actas estarán a disposición de cada uno de los miembros, así como de los servidores públicos e interesados; reposarán en los archivos de la Secretaría Técnica, y harán parte integral de las mismas, las observaciones de la Junta y todos los soportes documentales presentados para su estudio.
La Secretaría Técnica elevará actas de las sesiones virtuales, en las cuales constará la fecha en la que se sometió el asunto a evaluación y aprobación, la fecha en la que dieron respuesta los miembros de la Junta o Comité, y el sentido del voto de cada uno. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 21 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-122 • 2024 • JUNIO • 21 122 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 Las actas serán suscritas por la presidencia y secretaría técnica de la junta.
2.2.5. PRESIDENTE DE LA JUNTA Y FUNCIONES. La Presidencia de la Junta de Contratación será ejercida por el Director Administrativo de la Contraloría de Bogotá D.C., el cual tendrá las siguientes funciones:
- Presidir las sesiones de la Junta de Contratación.
- Convocar o autorizar según el caso a través de la Secretaría Técnica, a los invitados que
considere necesarios para el estudio de los temas de competencia de la Junta de Contratación.
- Autorizar la convocatoria a sesiones virtuales (sincrónica o asincrónica), con apoyo de
medios tecnológicos.
- Suscribir las actas en las que consten las decisiones adoptadas por la Junta de
Contratación.
2.2.6. SECRETARÍA TÉCNICA Y FUNCIONES. La Secretaría Técnica de la Junta de Contratación, será ejercida por el Subdirector de Contratación, el/ cual tendrá las siguientes funciones:
- Remitir a los miembros de la Junta con la antelación que amerite el tema a consideración
de esta, el correspondiente orden del día, indicando el lugar y hora de la reunión, así como los documentos anexos de cada uno de los asuntos a tratar.
- Proyectar, tramitar y custodiar las actas correspondientes a las sesiones desarrolladas
por la Junta de Contratación, las cuales serán suscritas por el Presidente y el Secretario Técnico.
- Proyectar y suscribir las certificaciones o constancias sobre los asuntos sometidos a
consideración de la Junta y comunicar las decisiones adoptadas por la misma, que no sean de competencia del ordenador del gasto, si a ello hubiere lugar.
- Elaborar o proyectar las comunicaciones que emita en conjunto la Junta de Contratación,
así como su Presidente, si a ello hubiere lugar. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 22 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-123 • 2024 • JUNIO • 21 123 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0
- Coordinar la grabación de las sesiones de la Junta de Contratación, cuando a ello hubiere
lugar.
- Las demás que la Junta le asigne.
Capítulo III. ETAPA DE PLANEACIÓN
3.1. PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES De conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.1.1.1.4.1 del Decreto 1082 de 2015, la Contraloría de Bogotá, D.C., está en la obligación de elaborar un Plan Anual de Adquisiciones, el cual debe contener la lista de bienes, obras y servicios que pretenden adquirir durante el año. El principal objetivo del Plan Anual de Adquisiciones es permitir:
- Identificar y justificar el valor total de recursos requeridos por la Entidad para compras y
contratación.
- Tener un referente inicial para evaluar el nivel de ejecución del presupuesto.
- Pronosticar la demanda de bienes y servicios de la Entidad durante el año referido en el
Plan.
En consecuencia, es una herramienta de planeación de la actividad contractual que tiene por objeto:
- Facilitar a las entidades estatales identificar, registrar, programar y divulgar sus
necesidades de bienes, obras y servicios.
- Diseñar estrategias de contratación basadas en agregación de la demanda entre otros
que permitan incrementar la eficiencia del proceso de contratación.
Se precisa que todo proceso contractual, previo a su inicio y con independencia de su modalidad contractual, requiere la verificación de su inclusión en el Plan Anual de Adquisiciones, www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 23 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-124 • 2024 • JUNIO • 21 124 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 por lo que el mismo debe contener la lista completa de bienes, obras y servicios que se pretende adquirir durante el año, a través del mecanismo de la contratación.
La gestión contractual de la Contraloría de Bogotá D.C., se basa en una planeación que busca el cumplimiento de los propósitos, objetivos, metas y prioridades de la Entidad. Este principio, tiende a evitar que la escogencia de un contratista, la suscripción de un contrato, su ejecución y liquidación, sea producto de la improvisación. Para ello, las dependencias de la Entidad analizan las necesidades de contratación existentes y su priorización, lo que se deberá ver reflejado en el Plan Anual de Adquisiciones, de conformidad con el presupuesto asignado en la correspondiente vigencia fiscal.
Para tal efecto, las dependencias de la Entidad en el marco de sus funciones y competencias deben establecer clara y detalladamente el requerimiento de las necesidades, considerando la austeridad en el gasto público, y por ende prescindir de la compra de bienes o servicios que no resulten indispensables o prioritarios para su funcionamiento y operación. Dichas necesidades, se deben estructurar en el marco de los procesos, procedimientos, planes, programas y proyectos institucionales.
El Plan Anual de Adquisiciones está integrado al presupuesto y al Plan de Acción Institucional, por lo tanto, debe guardar coherencia con estos dos instrumentos de planeación y control. Su consolidación, le corresponde a la Dirección Administrativa y Financiera.
Cuando se trate de trámites contractuales en los que además del aporte en recursos de la Entidad haya recursos de otras entidades o aportantes, el valor que deberá incluirse en el Plan Anual de Adquisiciones deberá corresponder exclusivamente al aporte que realice la Contraloría de Bogotá D.C. Así mismo, cuando el aporte de la Entidad, sea pactado parte en dinero y parte en especie, el valor de la contratación será igual a la suma de ambos rubros.
Igualmente, las contrataciones con valor “0” o en las que la Contraloría de Bogotá D.C., no realice ningún aporte presupuestal, deberán incluirse en el Plan Anual de Adquisiciones. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 24 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-125 • 2024 • JUNIO • 21 125 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 NO SE DEBE INCLUIR EN EL PLAN:
- Gastos o ejecuciones de presupuesto que no se realicen a través de la plataforma SECOP
o la Plataforma que haga sus veces, o la Tienda Virtual del Estado Colombiano8.
- Contrataciones realizadas en años anteriores que se sigan ejecutando en el año para el
cual se elabora el Plan9. Adiciones o modificaciones a contratos en ejecución.
- Instrumentos de política tales como: memorandos de entendimiento o cartas de intención.
El Plan Anual de Adquisiciones debe publicarse antes del 31 de enero de cada año, y actualizarse por lo menos una vez al año.
Se precisa que el Plan Anual de Adquisiciones (PAA) es un documento de naturaleza informativa y las adquisiciones incluidas en el mismo pueden ser canceladas, revisadas o modificadas. Esta información, no representa compromiso u obligación alguna por parte de la Entidad estatal ni la compromete a adquirir los bienes, obras y servicios en él señalados.
3.2. INICIATIVA DEL GASTO La iniciativa del gasto en la Contraloría de Bogotá D.C., se encuentra radicada en cada uno de los Directores y jefes de dependencia u oficina, quienes tienen la potestad para presentar proyectos de contratación que comporten el uso de los recursos asignados a la Contraloría de Bogotá D.C.
3.3. ESTUDIOS PREVIOS En consideración de las normas vigentes, los contratos que celebre la Contraloría de Bogotá D.C., deberán estar precedidos de unos estudios y documentos previos realizados por las Direcciones y dependencias que solicitan el bien o servicio, sin perjuicio de los demás requisitos 8 Transferencias, impuestos, tasas, contribuciones, retenciones, viáticos, entre otros. 9 Contratos con vigencias futuras, con reserva presupuestal o vigencias expiradas www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 25 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-126 • 2024 • JUNIO • 21 126 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 que establezcan las normas legales y reglamentarias para cada modalidad de selección; los estudios previos deberán contener lo siguiente:
3.3.1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE LA ENTIDAD ESTATAL PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACIÓN:
En este acápite del documento, se deben describir las causas que determinan la utilidad o provecho que le reporta a la Entidad el objeto del bien o servicio a contratar, y las razones que sustentan la contratación de estos; esto significa, que se debe especificar la meta del Plan Estratégico Institucional a la que está dirigida el cumplimiento del contrato a celebrar, si se encuentra en el Plan Anual de Adquisiciones.
Igualmente, debe determinarse la necesidad real de la Entidad y las cantidades totales que requiere para satisfacer la misma. En caso de que haya existido un contrato en años anteriores se deberá mencionar, así como si se adquirieron todas las cantidades, o si por falta de presupuesto quedaron pendientes algunas. Ahora bien, si la necesidad que se expresa se encuentra previamente incluida en el Plan de Adquisiciones, debe mencionarse qué sucedería si esa contratación no se realiza, así como si se van a adquirir bienes y servicios y donde se van a distribuir los mismos.
En el mismo sentido, en caso de que existan contratos con objetos similares o que guarden relación, es este el apartado adecuado para documentar con precisión este tipo de relación y la forma como se articulan los diferentes contratos y obligaciones.
3.3.2. EL OBJETO A CONTRATAR, CON SUS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS El objeto debe ser la descripción clara, detallada y precisa de los bienes o servicios que requiere la Entidad; debe ser lícito, física y jurídicamente posible. Así mismo, se deben señalar las obligaciones y actividades contractuales que debe cumplir el contratista y los productos, bienes o informes que debe entregar a la Entidad. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 26 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-127 • 2024 • JUNIO • 21 127 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 También, deberán señalarse las especificaciones técnicas, autorizaciones, permisos y licencias requeridos para su ejecución (si a ello hay lugar), y cuando el contrato incluya diseño y construcción, se requerirán los documentos técnicos para el desarrollo del proyecto.
Para efectos de determinar las actividades se deben usar verbos en infinitivo, tales como: realizar, ejecutar, analizar, entregar, apoyar, suministrar, etc. De la misma manera, se deben precisar las obligaciones correlativas que nacen para la Entidad con la suscripción del contrato, tales como realizar el pago de los bienes o servicios recibidos, entregar bienes o información al contratista para la ejecución del objeto y obligaciones contractuales, entre otras.
Igualmente, se debe establecer el plazo de ejecución del contrato, el cual es la determinación del tiempo estimado para que el contratista ejecute el objeto. Este, debe ser razonable y posible de cumplir y en todo caso, por regla general, no puede exceder la vigencia fiscal; en caso de exceder la misma, se debe contar con la justificación para la constitución de la respectiva reserva presupuestal.
Así mismo, se debe señalar el lugar de ejecución del contrato, esto es, el sitio o sede principal donde se desarrollarán las actividades necesarias para la ejecución del mismo, especificando si el contratista debe ejecutar sus actividades en la sede de la Entidad o fuera de ella, y si debe desplazarse a otras ciudades.
Especificaciones Técnicas: Las especificaciones técnicas del bien o servicio a contratar, corresponden a los requerimientos técnicos para satisfacer la necesidad. Se sugiere tener en cuenta las posibilidades futuras de actualización de los bienes, su vida útil, la coherencia técnica con otras herramientas antes adquiridas, las calidades del personal técnico que debe prestar los servicios, los recursos requeridos para su mantenimiento y demás elementos que afecten la satisfacción de la necesidad que motiva la contratación.
En la estructuración de las especificaciones técnicas, se debe tener en cuenta los siguientes lineamientos: www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 27 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-128 • 2024 • JUNIO • 21 128 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0
- Describir las características y especificaciones técnicas del bien, obra o servicio a
contratar de acuerdo con la necesidad que se requiere satisfacer.
- Determinar los compromisos que deben adquirir los proponentes, así como los
documentos y certificaciones técnicos que deben allegar con la propuesta.
- Establecer los servicios conexos que se requieren para el cumplimiento del objeto
contractual tales como capacitaciones, mantenimientos preventivos y correctivos, soportes técnicos, entrega de manuales, entre otros.
- Para el caso de los procesos de selección, mediante la modalidad de selección abreviada,
para la adquisición de bienes o servicios de características técnicas uniformes y de común utilización, a través del mecanismo de subasta inversa, se deberá incluir la ficha técnica de cada uno de estos bienes o servicios, en la cual se deberá describir la clasificación del bien o servicio de acuerdo con el clasificador de bienes y servicios; describir sus características y especificaciones en términos de desempeño y calidad, señalando como mínimo la denominación del bien o servicio, la denominación técnica del bien o servicio, la unidad de medida y la descripción general, de conformidad con lo dispuesto por numeral 1 del Artículo 2.2.1.2.1.2.1. del Decreto 1082 de 2015.
- En el caso de los procesos de selección mediante la modalidad de selección de concurso
de méritos, se deberá incluir en anexo aparte los requerimientos técnicos de los servicios de consultoría que se van a contratar.
Debe tenerse en cuenta que cuando el objeto de la contratación involucre diseño y construcción, la Entidad deberá poner a disposición de los oferentes todos los documentos técnicos disponibles para el desarrollo del proyecto.
3.3.3. LA MODALIDAD DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA Y SU JUSTIFICACIÓN.
Sobre el particular es necesario señalar y justificar la modalidad de selección que se utilizará para la adquisición de los bienes, obras y servicios, de conformidad con lo previsto en la Ley 1150 de 2007, adicionada por la Ley 1474 de 2011 y en el Decreto 1082 de 2015, a saber: Licitación www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 28 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-129 • 2024 • JUNIO • 21 129 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 Pública, Selección Abreviada, Concurso de Méritos, Contratación Directa, Mínima Cuantía y Acuerdo Marco de Precios; la cual debe ser concordante con la establecida en el Plan Anual de Adquisiciones.
El análisis se debe realizar de acuerdo con las condiciones establecidas en el acápite de modalidades de selección, que determina las condiciones para optar por una u otra modalidad.
Gráfica 1. Modalidades de selección ŽŶƚƌĂƚĂĐŝſŶ ĚŝƌĞĐƚĂ͘ ;EƵŵ͘ ϰƌƚ͘ Ϯ>ĞLJϭϭϱϬĚĞϮϬϬϳ͕ //KEKƉŽƌĞů DşŶŝŵĂĐƵĂŶƚşĂ ;EƵŵ͘ ϱƌƚ͘ Ϯ>ĞLJ ϭ͘ >ŝĐŝƚĂĐŝſŶƉƷďůŝĐĂ͘ ŽŶĐƵƌƐŽĚĞŵĠƌŝƚŽƐ ƌƚ͘ ϴϮĚĞůĂ>ĞLJ Ϯ͘ ^ĞůĞĐĐŝſŶ ĂďƌĞǀŝĂĚĂ͘ ;EƵŵ͘ Ϯ ;EƵŵ͘ ϭƌƚ͘ Ϯ>ĞLJ ;EƵŵ͘ ϯƌƚ͘ Ϯ>ĞLJ ϭϭϱϬĚĞϮϬϬϳ͕ DŽĚŝĨŝĐĂĚŽĂƌƚ͘ ϯϬ ƌƚ͘ Ϯ>ĞLJϭϭϱϬĚĞ ϮϬϴϬĚĞϮϬϮϭ͕ ϭϭϱϬĚĞϮϬϬϳͿ ϭϭϱϬĚĞϮϬϬϳͿ ĚĞůĂ>ĞLJϮϬϲϵĚĞ ϮϬϬϳͿ ϮϬϮϬͿ DŽĚŝĨŝĐĂĚŽLJ ĚŝĐŝŽŶĂĚŽƉŽƌĞů ƌƚ͘ ϯϱϯĚĞůĂ>ĞLJ ϮϮϵϰĚĞϮϬϮϯͿ Fuente: Propia 3.3.3.1. LICITACIÓN PÚBLICA:
Por regla general, la escogencia del contratista se efectuará a través de licitación pública cuando no proceda ninguna de las causales de contratación de bienes y servicios para las cuales la Ley señale un procedimiento distinto, y que el valor de los bienes y servicios a adquirir superen la menor cuantía establecida para cada vigencia fiscal Las principales normas que deben tenerse en cuenta son: la Ley 80 de 1993, especialmente el artículo 30; Ley 1150 de 2007; Decreto 1082 de 2015; Ley 1882 de 2018 y demás normas reglamentarias.
El desarrollo de la Licitación Pública, integra una actividad que no se efectúa en los demás procesos de selección, esta es, la Audiencia de Asignación de Riesgos, en donde se podrá precisar www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 29 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-130 • 2024 • JUNIO • 21 130 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 el contenido y alcance de los pliegos de condiciones, en caso de que algún interesado lo solicite dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la apertura del proceso. Dicha audiencia, podrá ser virtual o presencial según la complejidad del bien, obra o servicio a contratar.
Así mismo, se debe tener en cuenta que la Audiencia de Adjudicación, podrá ser virtual o presencial según la complejidad del bien, obra o servicio a contratar.
El proceso tiene una duración aproximada de tres (3) meses, contados a partir de la publicación del Proyecto de Pliego de Condiciones en el SECOP, el cual podrá modificarse de acuerdo con la complejidad del bien, obra o servicio a contratar.
3.3.3.2. SELECCIÓN ABREVIADA La selección abreviada está prevista para aquellos casos en que, por las características del objeto a contratar, las circunstancias de la contratación o la cuantía o destinación del bien, obra o servicio puedan adelantarse procesos simplificados, que se enuncian a continuación:
Gráfica 2. Causales selección abreviada ^ƵďƐĂƚĂ/ŶǀĞƌƐĂ >ĂĂĚƋƵŝƐŝĐŝſŶŽƐƵŵŝŶŝƐƚƌŽĚĞďŝĞŶĞƐLJƐĞƌǀŝĐŝŽƐĚĞ ĐƵĞƌĚŽDĂƌĐŽĚĞWƌĞĐŝŽƐŽ ĐĂƌĂĐƚĞƌşƐƚŝĐĂƐƚĠĐŶŝĐĂƐƵŶŝĨŽƌŵĞƐLJĚĞĐŽŵƷŶ ŽŵƉƌĂƉŽƌĂƚĂůŽŐŽ ƵƚŝůŝnjĂĐŝſŶ ŽůƐĂĚĞWƌŽĚƵĐƚŽƐ >ĂĐŽŶƚƌĂƚĂĐŝſŶĚĞŵĞŶŽƌĐƵĂŶƚşĂ ƉƌĞƐƚĂĐŝſŶĚĞƐĞƌǀŝĐŝŽƐĚĞƐĂůƵĚ >ĂĐŽŶƚƌĂƚĂĐŝſŶĐƵLJŽƉƌŽĐĞƐŽĚĞůŝĐŝƚĂĐŝſŶƉƷďůŝĐĂ ŚĂLJĂƐŝĚŽĚĞĐůĂƌĂĚŽĚĞƐŝĞƌƚŽ >ĂĞŶĂũĞŶĂĐŝſŶĚĞďŝĞŶĞƐĚĞůƐƚĂĚŽ ^ĞůĞĐĐŝŽŶďƌĞǀŝĂĚĂ WƌŽĚƵĐƚŽƐĚĞŽƌŝŐĞŶŽĚĞƐƚŝŶĂĐŝſŶĂŐƌŽƉĞĐƵĂƌŝŽƐ ŝĞŶĞƐLJ^ĞƌǀŝĐŝŽƐĚĞ/LJ^D WƌŽŐƌĂŵĂƐĚĞWĞƌƐŽŶĂƐĐŽŶƉƌŽƚĞĐĐŝŽŶ ĐŽŶƐƚŝƚƵĐŝŽŶĂů ŝĞŶĞƐLJ^ĞƌǀŝĐŝŽƐƉĂƌĂĞĨĞŶƐĂEĂĐŝŽŶĂů Fuente: Propia www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 30 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-131 • 2024 • JUNIO • 21 131 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 SUBASTA INVERSA: Se encuentra regulada en la Ley 1150 de 2007 literal (a) del numeral 2 del Artículo 2 (Artículos 2.2.1.2.1.2.2 al 2.2.1.2.1.2.6 del Decreto 1082 de 2015, o las normas que las modifiquen, aclaren o sustituyan).
La Contraloría de Bogotá D.C., adelantará la subasta inversa de manera electrónica, a través del Sistema Electrónico para la Contratación Pública SECOP II.
El único factor de selección es el menor precio ofrecido en subasta inversa; todos los demás requisitos y condiciones son habilitantes, de manera que no se asigna puntaje.
Para realizar la subasta, se requiere que por lo menos dos proponentes se encuentren habilitados en el proceso. En caso de que sólo se halle habilitado un proponente, se procederá a verificar la oferta económica y si esta es igual o inferior al presupuesto oficial, se adjudicará por ese valor, sin que se realice ejercicio de subasta.
Para el pliego de condiciones deberá tenerse en cuenta, además de los requisitos concomitantes a todos los procesos de selección, los requisitos establecidos en el Artículo 2.2.1.2.1.2.1. y el numeral 1 del Artículo 2.2.1.2.1.2.2. del Decreto 1082 de 2015 o las normas que las modifiquen, aclaren o sustituyan.
De igual forma, en el pliego de condiciones se deberá:
Verificar si el precio del bien o del servicio es regulado, y la variable sobre la cual se hace la evaluación de las ofertas, y definir el contenido de cada uno de los grupos o lotes, cuando la adquisición se pretende hacer de esta manera.
La anterior información es responsabilidad del área solicitante, y es insumo para que la Subdirección de Contratación pueda elaborar el pliego de condiciones del proceso. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 31 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-132 • 2024 • JUNIO • 21 132 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 La ficha técnica del bien o servicio de características técnicas uniformes y de común utilización, debe incluir:
- La clasificación del bien o servicio de acuerdo con el Clasificador de Bienes y Servicios
de las Naciones Unidas;
- La identificación adicional requerida;
- Unidad de medida;
- Calidad mínima;
- Los patrones de desempeño mínimos.
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 1882 de 2018, hasta antes del inicio de la subasta (la cual inicia con la desencriptación de los sobres que contienen la oferta económica), se podrán presentar subsanaciones a los documentos de la oferta, caso en el cual se podrá reprogramar la misma para el análisis y respuesta del comité evaluador en relación con los documentos presentados por los proponentes.
Los lances en la subasta, deben respetar el margen de mejora mínimo establecido en el pliego de condiciones.
El proceso tiene una duración aproximada de dos (2) meses, contados a partir de la publicación del Proyecto de Pliego de Condiciones en el SECOP, el cual puede modificarse de acuerdo con la complejidad del bien, obra o servicio a contratar.
ACUERDO MARCO DE PRECIOS: Esta modalidad de selección, se utiliza para la adquisición de bienes de características técnicas uniformes y de común utilización, por cuenta de la realización de una operación secundaria a cargo de la Contraloría de Bogotá D.C., siempre que Colombia Compra Eficiente haya suscrito un acuerdo marco de precio y este se encuentre vigente. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 32 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-133 • 2024 • JUNIO • 21 133 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 Esta modalidad de selección, de conformidad con el Artículo 1 del Decreto 310 de 2021, es un procedimiento obligatorio para todas las entidades estatales, siempre que se encuentre suscrito y vigente un acuerdo marco de precios que cubra el objeto que se pretende contratar.
La operación secundaria se refiere a todas las actividades que debe adelantar la Contraloría de Bogotá D.C., para comprar, recibir y pagar los bienes o servicios amparados en un Acuerdo Marco de Precios u otro instrumento de agregación de demanda.
Para la estructuración de la necesidad, la dependencia con iniciativa del gasto debe tener en cuenta, entre otros, cada uno de los contratos de acuerdo marco de precios o instrumentos de agregación de demanda, así como las diferentes guías elaboradas por Colombia Compra Eficiente para la estructuración y compra de los bienes o servicios derivados de los mismos.
La necesidad debe indicar las variables que se tuvieron en cuenta para determinar el valor y adjuntar el respectivo soporte, tales como: el valor histórico, el estudio del mercado, el simulador de compra estructurado conforme a lo indicado por Colombia Compra Eficiente en los documentos del respectivo acuerdo marco de precios o instrumento de agregación de demanda, entre otros.
BOLSA DE PRODUCTOS. Para adelantar este proceso se tendrá como referencia normativa el Inciso 2° literal a) del Artículo 2° de la Ley 1150 de 2007; Artículos del 2.2.1.2.1.2.11 al 2.2.1.2.1.2.19 del Decreto 1082 de 2017; el Decreto 2555 de 2010 y las normas que lo modifiquen, aclaren, adicionen o sustituyan.
De igual forma el Reglamento de Funcionamiento y Operación de la Bolsa y la Circular Única vigente de la BMC, que podrá ser consultado en el siguiente link: https://www.bolsamercantil.com.co/regulacion La Entidad Estatal debe estudiar, comparar e identificar las ventajas de utilizar la bolsa de productos para la adquisición respectiva, frente a la subasta inversa, al Acuerdo Marco de Precios o a la pro-moción de un nuevo Acuerdo Marco de Precios para tales bienes o servicios, incluyendo www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 33 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-134 • 2024 • JUNIO • 21 134 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 el análisis del proceso de selección del comisionista, los costos asociados a la selección, el valor de la comisión y de las garantías.
El estudio mencionado debe mostrar la forma en que la Contraloría de Bogotá D.C., garantiza los principios y objetivos del sistema de compras y contratación pública.
MENOR CUANTÍA: Se encuentra regulada en la Ley 1150 de 2007 literal (b) del numeral 2 del Artículo 2 (Artículos 2.2.1.2.1.2.20 del Decreto 1082 de 2015; o las normas que las modifiquen, aclaren o sustituyan).
Se entenderá por menor cuantía, los valores determinados en función de los presupuestos anuales de las entidades públicas expresados en salarios mínimos legales mensuales.
La selección abreviada de menor cuantía contiene una actividad que no se va a observar en los demás procesos, esto es, la presentación de expresiones de interés dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la apertura y su consecuente sorteo, a discreción de la Junta de Contratación, en caso de presentarse más de diez (10) manifestaciones dentro de un mismo proceso de selección.
El proceso tiene una duración aproximada de dos (2) meses, contados a partir de la publicación del Proyecto de Pliego de Condiciones en el SECOP, el cual puede modificarse de acuerdo con la complejidad del bien, obra o servicio a contratar.
3.3.3.3. CONCURSO DE MÉRITOS.
El marco normativo que lo sustenta es: Ley 80 de 1993, especialmente numeral 2° Artículo 32; Ley 1150 de 2007; Decreto 1082 de 2015 y demás normas reglamentarias. En este tipo de selección de contratistas, no se valora el precio y la adjudicación del proceso se otorga a partir de la calificación de la calidad de la propuesta técnica. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 34 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-135 • 2024 • JUNIO • 21 135 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 Para este proceso, además de lo previsto en el presente Manual, se debe elaborar el anexo técnico, que debe contener los requerimientos técnicos de la consultoría y lo siguiente:
- Los objetivos, metas y alcance de los servicios que se encomienden al consultor, para lo
cual puede hacer mención de los antecedentes de la contratación.
- La descripción detallada de los servicios requeridos y los resultados o productos
esperados, los cuales pueden ser: informes, diagnósticos, diseños, datos, procesos, entre otros, según el objeto de la consultoría.
- El cronograma o los tiempos de la ejecución del contrato de consultoría.
- El listado y ubicación de la información disponible para ser conocida por los proponentes
para facilitarles la preparación de sus propuestas, tales como estudios, informes previos, análisis o documentos definitivos.
El Concurso con precalificación, se aplicará por parte de la Contraloría de Bogotá D.C., cuando los servicios de consultoría señalados en los requerimientos técnicos para el respectivo concurso de méritos puedan desarrollarse por el Contratista con diferentes enfoques, metodologías o la complejidad que la misma así lo exija.
El proceso tiene una duración aproximada de dos (2) meses y quince (15) días para concurso de méritos abierto, contados a partir de la publicación del Proyecto de Pliego de Condiciones en el SECOP, el cual puede modificarse de acuerdo con la complejidad del bien, obra o servicio a contratar.
3.3.3.4. CONTRATACIÓN DE MÍNIMA CUANTÍA.
En razón de la cuantía, la presente contratación se efectuará a través de MÍNIMA CUANTÍA procedimiento establecido en el Decreto 1860 de 2021, que modificó el Decreto 1080 de 2015, con el fin de reglamentar los artículos 30, 32, 34 y 35 de la Ley 2069 de 2020. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 35 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-136 • 2024 • JUNIO • 21 136 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 El proceso tiene una duración aproximada de quince (15) días hábiles, contados a partir de la publicación del estudio previo y la invitación pública para cumplir los términos de Ley, el cual puede modificarse de acuerdo con la complejidad del bien, obra o servicio a contratar.
Cuando el estudio previo lo justifique, de acuerdo a la naturaleza o características del contrato a celebrar, así como su forma de pago, se podrá exigir de parte de la Entidad, para la habilitación de la propuesta, la verificación de la capacidad financiera de los proponentes. Cuando la forma de pago es contra entrega a satisfacción de los bienes, servicios u obras, no se solicitará requisitos financieros, dejando dicha indicación consignada en el estudio previo.
Las garantías no son obligatorias y se solicitan si el área técnica lo estima necesario, atendiendo la naturaleza del objeto del contrato y la forma de pago, todo lo cual debe justificarse en el estudio previo. En este proceso no se exigirá el Registro Único de Proponentes - RUP.
La comunicación de aceptación junto con la oferta, constituye para todos los efectos el contrato celebrado, con base en lo cual se efectuará el respectivo registro presupuestal.
Para adelantar esta modalidad debe tenerse en cuenta el Manual de la Modalidad de Mínima Cuantía expedido por Colombia Compra Eficiente, el cual se encuentra disponible en el link: https://www.colombiacompra.gov.co/manuales-guias-y-pliegos-tipo/manuales-y-guias.
3.3.3.5. CONTRATACIÓN DIRECTA:
De acuerdo con el numeral 4º del Artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, esta modalidad de contratación se utiliza en aquellos eventos en los que no se requiere de convocatoria pública. La contratación directa aplica en los siguientes casos:
- Urgencia manifiesta.
- Contratación de empréstitos.
- Convenios o Contratos interadministrativos.
www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 36 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-137 • 2024 • JUNIO • 21 137 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0
- Contratación de bienes y servicios en el sector defensa sometidos a reserva.
- Contratos para el desarrollo de actividades científicas y tecnológicas.
- Contratos de encargo fiduciario que celebren las entidades territoriales cuando inician el
Acuerdo de Reestructuración de Pasivos.
- Cuando no exista pluralidad de oferentes en el mercado.
- Contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, o para la
ejecución de trabajos artísticos que sólo puedan encomendarse a determinadas personas naturales.
- Arrendamiento y adquisición de inmuebles.
- La selección de peritos expertos o asesores técnicos para presentar o contradecir el
dictamen pericial en procesos judiciales. (Literal adicionado por el Artículo 82 de la Ley 2080 de 2021)
- Los contratos o convenios que las entidades estatales suscriban con los cabildos
Indígenas y las Asociaciones de Autoridades Tradicionales Indígenas, cuyo objeto esté relacionado con el fortalecimiento del Gobierno Propio, la identidad cultural, el ejercicio de la autonomía, o la garantía de los Derechos de los Pueblos Indígenas. (Literal adicionado por el Artículo 2 de la Ley 2160 de 202, y darse aplicación al Artículo 355 de la Constitución Política de Colombia y los Decretos 1088 de 1993 y 252 de 2020 en lo que se encuentra vigente o aquellas normas que lo modifiquen o sustituyan.)
- Los contratos que las entidades estatales suscriban con los consejos comunitarios de las
comunidades negras, regulados por la Ley 70 de 1993, que se encuentren incorporados por el Ministerio del Interior en el correspondiente Registro Público Único Nacional y que hayan cumplido con el deber de actualización de información en el mismo registro, cuyo objeto esté relacionado con el fortalecimiento del gobierno propio, la identidad étnica y cultural, el ejercicio de la autonomía, o la garantía de los derechos de los pueblos de las mismas comunidades. (Literal adicionado por el Artículo 2 de la Ley 2160 de 2021)
- Los contratos que las entidades estatales suscriban con las organizaciones de base
de personas pertenecientes a poblaciones afrocolombianas, raizales y palenqueras o con las demás formas y expresiones organizativas, que cuenten con diez (10) años o más de haber sido incorporados, por el Ministerio del Interior en el correspondiente Registro www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 37 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-138 • 2024 • JUNIO • 21 138 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 Público Único Nacional y que hayan cumplido con el deber de actualización de información en el mismo registro, cuyo objeto esté relacionado con el fortalecimiento de sus organizaciones, la identidad étnica y cultural, o la garantía de los derechos de las poblaciones de las mismas organizaciones. (Literal adicionado por el Artículo 2 de la Ley 2160 de 2021).
3.3.3.5.1. CONTRATOS QUE REQUIEREN ACTO ADMINISTRATIVO DE JUSTIFICACIÓN.
De acuerdo con lo consagrado en el Artículo 2.2.1.2.1.4.1 del Decreto 1082 de 2015, todos los contratos suscritos bajo la modalidad de contratación directa requieren previamente del acto administrativo de justificación; la referida norma, exceptúa de dicho requisito a la celebración de contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, y para los contratos de que tratan los literales (a) y (b) del Artículo 2.2.1.2.1.4.3 del mismo Decreto.
3.3.3.6. OTRAS FORMAS DE CONTRATACIÓN:
Otras formas de contratación pueden ser los convenios de cooperación internacional, y convenios de asociación. La Contraloría de Bogotá D.C., suscribe negocios jurídicos de orden contractual que se hallan previstos en normas diferentes a las que componen el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y cuya suscripción no exige la realización de convocatorias públicas.
Contratación con organismos internacionales. Generalidades, actividades y responsables. En el Artículo 20 de la Ley 1150 de 2007, se establece la contratación de convenios con organismos internacionales.
Convenios de Asociación: Para el caso de Convenios de Asociación deberá darse aplicación al Artículo 355 de la Constitución Política de Colombia, y el Decreto 092 de 2017 en lo que se encuentra vigente o aquellas normas que lo modifiquen o sustituyan. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 38 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-139 • 2024 • JUNIO • 21 139 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 En el caso de los convenios a suscribir en el marco del Decreto 092 de 2017, debe tenerse en cuenta que, conforme a la Guía para la contratación con entidades privadas sin ánimo de lucro y de reconocida idoneidad, emitida por la Agencia Colombia Compra Eficiente, todos los documentos que registren las decisiones y los fundamentos de las mismas en relación con la contratación con entidades privadas sin ánimo de lucro y de reconocida idoneidad con el fin de impulsar programas y actividades de interés público acordes con el plan nacional y los planes seccionales de Desarrollo, deben ser publicados en plataforma SECOP o Plataforma que haga sus veces, así mismo los procesos deben desarrollarse transaccionalmente a través de esta.
CONVENIOS EXCLUSIVOS PARA EL INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN ENTRE ENTIDADES PÚBLICAS. Su fundamento jurídico se encuentra en el Decreto 235 de 2010, estos corresponden a los que suscriba la Entidad y requieran información para el ejercicio de una función misional, en el marco del principio de colaboración armónica entre entidades del Estado, conocida como relaciones inter orgánicas, en las que las entidades actúan en una situación de igualdad, en contraposición a las relaciones usuario-prestador como las que se presentan entre el Estado y los ciudadanos.
3.3.3.7. OTROS INSTRUMENTOS:
Acuerdo de colaboración, los memorandos o cartas de entendimiento. Las cartas de acuerdo de colaboración, los memorandos o cartas de entendimiento, entre otros, corresponden a instrumentos que se utilizan en las diferentes modalidades de cooperación internacional, nacional o gubernamental, sin que los mismos constituyan convenios con organismos internacionales o algún tipo de acuerdo de voluntad de carácter contractual. Tales instrumentos, estarán regulados en el documento específico expedido por la Contraloría de Bogotá D.C., que hará parte del Sistema Integrado de Gestión, dentro de las competencias y gestiones de cooperación que adelanta la Entidad. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 39 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-140 • 2024 • JUNIO • 21 140 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 3.3.4. EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, LA JUSTIFICACIÓN DEL MISMO Y LOS RUBROS QUE LO COMPONEN:
Cuando el valor del contrato sea determinado por precios unitarios, se deberá incluir la forma como la Contraloría de Bogotá D.C., lo estableció de tal manera que el cálculo del presupuesto oficial del proceso de selección esté debidamente soportado.
De igual forma, para determinar el presupuesto oficial del proceso de selección y el valor estimado del contrato, se deberá tener en cuenta el análisis de sector, aspectos generales del mercado, comportamiento del gasto, estudio de la oferta y el estudio de mercado realizado, además de las características técnicas y calidad del bien o servicio a contratar y en las condiciones de modo, tiempo y lugar de ejecución de las obligaciones contractuales.
Para los casos de los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, no es necesario realizar estudio de sector, ni estudio de mercado; únicamente se deberá indicar en el estudio previo, el valor de los honorarios mensuales, y el perfil del contratista de acuerdo con la tabla de honorarios fijados por la Contraloría de Bogotá D.C.
El valor debe contener todos los costos e impuestos a que haya lugar, en los que incurrirá el contratista para la ejecución del contrato, así como todos los costos que impliquen la adecuada ejecución del objeto y obligaciones del contrato, tales como: honorarios, gastos de desplazamiento, variaciones de tasa de cambio, inflación, impuestos, tasas, contribuciones y pagos parafiscales establecidos por las diferentes autoridades del orden nacional, departamental, distrital o municipal; costos de importación o exportación, seguros y garantías, costos de transporte y de instalación, utilidades, administración e imprevistos, y demás costos directos o indirectos necesarios para la ejecución del objeto y obligaciones contractuales. Así mismo, se deberá indicar la forma en que se pagará al contratista el bien o servicio; para el efecto, es necesario tener en cuenta los plazos de entrega. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 40 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-141 • 2024 • JUNIO • 21 141 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 Es de recordar que los pagos anticipados y anticipos se encuentran restringidos. Por esta razón, cuando se cumplan los presupuestos legales para el pago de anticipos o pagos anticipados debe tenerse en cuenta que éstos no pueden exceder el 50% del valor total del contrato y que su desembolso debe estar sujeto al cumplimiento de los requisitos definidos en el parágrafo del Artículo 40 de la Ley 80 de 1993, en el Artículo 91 de la Ley 1474 de 2011, y en el Artículo 2.2.1.1.2.4.1 del Decreto 1082 de 2015.
Adicionalmente, para los anticipos y el pago anticipado debe exigirse al contratista una garantía que ampare su buen manejo o por perjuicios sufridos por la Entidad por la no devolución total o parcial del dinero entregado al contratista a título de pago anticipado, cuando a ello hubiere lugar, de conformidad con lo señalado en el Artículo 2.2.1.2.3.1.7 del Decreto 1082 de 2015.
3.3.5. LOS CRITERIOS PARA SELECCIONAR LA OFERTA MÁS FAVORABLE:
Están representados en las variables, condiciones o aspectos que serán objeto de evaluación para la selección del contratista dependiendo la modalidad de selección que permiten identificar la oferta más favorable para la Entidad, de conformidad con el Artículo 5 de la Ley 1150 de 2007, el Artículo 88 de la Ley 1474 de 2011 y el Artículo 2.2.1.1.2.2 del Decreto 1082 de 2015, cuando se trate de procesos de selección con convocatoria pública.
En caso de que se acuda a la modalidad de contratación directa, en tanto esta causal es de tipo excepcional, deberá justificarse la procedencia de esta; de conformidad con las pautas dadas en la Circular Conjunta No. 14 de 2011 de la Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General de la República y la Auditoría General de la República.
3.3.6. EL ANÁLISIS DEL RIESGO Y LA FORMA DE MITIGARLO.
Este análisis debe establecer la probabilidad de ocurrencia del riesgo previsible y el nivel de impacto de estos al momento de suscribir el contrato estatal, los cuales se deberán mitigar; de ahí la importancia de efectuar un juicioso estudio sobre los riesgos inherentes a la naturaleza y al objeto www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 41 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-142 • 2024 • JUNIO • 21 142 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 de la contratación, destacando la forma de prevenirlos o mitigarlos e indicando la parte que debe asumirlos.
En este orden, y, de conformidad con lo señalado en el Artículo 2.2.1.1.1.6.3 del Decreto 1082 de 2015, es obligación de la Entidad realizar la evaluación de los riesgos asociados a la contratación de los bienes, servicios y obra de acuerdo el Manual para la Identificación y Cobertura del Riesgo en los Procesos de Contratación, expedido por Colombia Compra Eficiente el que lo sustituya, modifique o complemente.
3.3.7. LAS GARANTÍAS QUE LA ENTIDAD ESTATAL CONTEMPLA EXIGIR EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.
La solicitud de estas garantías se deberá realizar de conformidad con el objeto contractual y sus especificaciones, así como las actividades que el contratista deba ejecutar. En este orden, la exigencia de estas, deberá realizarse de conformidad con lo señalado en Libro 2 Parte 2 Título 1”
Contratación Estatal” Sección 3 del Decreto 1082 de 2015.
En los procesos de contratación directa y mínima cuantía, en cumplimiento de lo dispuesto en los Artículos 2.2.1.2.1.4.5 y 2.2.1.2.1.5.4 del Decreto 1082 de 2015, la Entidad deberá analizar y justificar técnicamente en cada caso concreto, la necesidad de exigir garantías o no.
3.3.8. LA INDICACIÓN DE SI EL PROCESO DE CONTRATACIÓN ESTÁ COBIJADO POR UN ACUERDO COMERCIAL.
Debe tenerse en cuenta lo consagrado en el Artículo 2.2.1.2.4.1.3 del Decreto 1082 de 2015. y deberá enunciar la existencia o no de acuerdos internacionales o tratados de libre comercio con relación al bien, obra o servicio a adquirir por la Contraloría de Bogotá D.C.
En este caso, el sentido de la previsión es porque se debe conceder trato nacional a proponentes extranjeros. Para dar aplicación a lo anterior, debe tenerse en cuenta lo establecido www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 42 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-143 • 2024 • JUNIO • 21 143 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 por la Agencia Colombia Compra Eficiente, en lo relacionado con el trato nacional y la reciprocidad.
3.3.9. COMPRAS PÚBLICAS SOSTENIBLES.
La Contraloría de Bogotá D.C., tiene el compromiso de incorporar en sus procesos de contratación criterios de selección que generen mayores impactos positivos para el medio ambiente, la sociedad y la economía, a través de la compra de bienes y servicios; para lo cual, el área técnica deberá verificar en la etapa de planeación, cuáles de estos criterios de acuerdo con el objeto de la contratación y la necesidad a mitigar pueden solicitarse en el proceso Se debe tener presente que los criterios ponderables requeridos deben justificarse en las características de los proveedores de los bienes y servicios a contratar, y deben encontrarse justificados en el impacto positivo que tendrían desde el punto de vista ambiental, social y económico, según corresponda.
Con fundamento en el principio de autonomía de voluntad que rige en los contratos estatales, por expresa remisión de los Artículos 13 y 40 de la Ley 80 de 1993, las entidades podrán incluir las cláusulas con consideraciones medioambientales que estime pertinentes siempre que guarden relación con el objeto del contrato y la necesidad que pretende satisfacer.
El área técnica, previa a la elaboración de los estudios previos, deberá seguir las siguientes etapas para la incorporación de los criterios medioambientales en los procesos de contratación: i) identificar la necesidad, ii) consultar el mercado, iii) realizar un ejercicio de priorización, iv) determinar especificaciones técnicas y criterios de calificación, v) estructurar las condiciones del contrato y vi) medir y evaluar.
Para ello, se recomienda realizar una revisión de la Guía conceptual y metodológica de compras públicas sostenibles del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible10, o en la Guía de Compras Públicas Sostenibles con el Medio Ambiente de la Agencia Nacional de Contratación 10 Compras públicas sostenibles Ministerio de Ambiente. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 43 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-144 • 2024 • JUNIO • 21 144 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 Pública - Colombia Compra Eficiente11, el Portafolio de Bienes y Servicios Sostenibles del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo12 Una vez finalizado el análisis de lo anterior, se deberá indicar si le son o no aplicables criterios de ambientales a la contratación que se pretende adelantar, y como se establecieran dentro del proceso; puede ser como parte de las i) características técnicas y condiciones de calidad sostenibles con el medio ambiente, ii) en los criterios de evaluación y factores de calificación de las propuestas, iii) mediante la inclusión de normas técnicas y iv) el uso del sello ambiental colombiano.
Adicionalmente, es importante hacer un análisis donde los requisitos de sostenibilidad no configuren compras lujosas o suntuosas, para lo cual en la determinación de estos requisitos deberá hacerse un análisis costo-beneficio para la Contraloría de Bogotá D.C., y de la posibilidad de cumplimiento de estos en el mercado, siendo fundamental que tengan el impacto pretendido desde el punto de vista ambiental, social y económico, es decir un beneficio ahorro-calidad para la Entidad.
3.4. ANÁLISIS DEL SECTOR De conformidad con lo establecido en el Artículo 2.2.1.1.1.6.1 del Decreto 1082 de 2015, la Entidad previo al inicio de la estructuración de los estudios y documentos previos, deberá realizar un estudio del sector, el cual deberá contener un análisis legal, comercial, financiero, organizacional, técnico y del riesgo de la contratación, así como el análisis histórico si se hace necesario.
La Contraloría de Bogotá D.C., luego de conocer su necesidad y de identificar los bienes, obras o servicios que requiere, le corresponde definir el sector o mercado al cual pertenecen tales bienes, obras o servicios y hacer el análisis adecuado; como resultado, debe ofrecer herramientas para establecer el contexto del proceso de contratación, identificar los riesgos, determinar los requisitos habilitantes y la forma de evaluar las ofertas.
11 Guía de compras públicas sostenibles. 12 Programa de transformación sostenible MinTIC. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 44 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-145 • 2024 • JUNIO • 21 145 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 El alcance del estudio de sector debe ser proporcionado al valor del proceso de contratación, la naturaleza del objeto a contratar, el tipo de contrato y a los riesgos identificados para el proceso de contratación. Igualmente, el análisis económico del sector debe ofrecer como mínimo la siguiente estructura:
3.4.1. Aspectos generales La entidad estatal debe revisar los aspectos generales del bien en el mercado, obra o servicio que sean relevantes en el proceso de contratación. Para el efecto, es viable analizar en lo posible, lo relativo al contexto económico, técnico y regulatorio, los cuales pueden tener un alcance local, regional, nacional o internacional, dependiendo del proceso de contratación.
3.4.2. Estudio de la oferta Quién vende: permite identificar los proveedores de los productos en el mercado y su comportamiento frente a la contratación pública.
Es claro que el análisis antes mencionado, se debe evidenciar el comportamiento de los posibles interesados en el proceso de contratación, para lo cual puede tener en cuenta variables como, por ejemplo:
- Tamaño de las empresas (esta variable nos permite identificar si se aplican o no criterios
diferenciales para Mipymes).
- Nacionalidad de las empresas (esta variable nos permite identificar el porcentaje de industria
nacional en el mercado).
- Número de proveedores, (esta variable nos permite identificar si existe exclusividad en el
mercado o la posibilidad de tener pluralidad de oferentes).
- Esquema de producción.
- Comportamiento Financiero del mercado (esta variable nos ayuda a identificar los
indicadores financieros de capacidad organizaciones es los procesos que así lo requieran). www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 45 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-146 • 2024 • JUNIO • 21 146 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 Para lo anterior se recomienda realizar una revisión de Modelo de Abastecimiento Estratégico – MAE13, creado por la Agencia Nacional de Contratación Pública Colombia Compra Eficiente o aplicativos como Datos abiertos14, así como utilizar la Guía de Elaboración de Estudios de Sector15 3.4.3. Estudio de la demanda Debe verificarse cómo ha adquirido la entidad estatal en el pasado este bien, obra o servicio: análisis histórico interno, donde se identifica a través de qué proceso de contratación se ha adquirido el bien o servicio, cuanto ha pagado por ello, quienes han sido sus proveedores, cuáles han sido sus dificultades etc.
Es claro que el análisis antes mencionado, se debe evidenciar el comportamiento de adquisiciones del estado frente a ese bien, obra o servicio, para lo cual puede tener en cuenta variables como, por ejemplo:
- Modalidad de contratación.
- Objeto.
- Número de contratos, valores ejecutados, forma de pago.
- Patrones en la adquisición de bienes, servicios u obras a nivel nacional o territorial.
- Garantías exigidas.
Para lo anterior se recomienda realizar una revisión de Modelo de Abastecimiento Estratégico – MAE16, creado por la Agencia Nacional de Contratación Pública Colombia Compra Eficiente o aplicativos como Datos abiertos17, así como utilizar la Guía de Elaboración de Estudios de Sector18 expedido por la Agencia.
13 Modelo de abastecimiento estratégico Colombia Compra. 14 Conjuntos de datos abiertos Colombia Compra. 15 Guía elaboración estudios de sector. 16 Modelo de abastecimiento estratégico Colombia Compra. 17 Conjuntos de datos abiertos Colombia Compra. 18 Guía elaboración estudios de sector. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 46 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-147 • 2024 • JUNIO • 21 147 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 3.5. AUTORIZACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS REQUERIDOS PARA SU EJECUCIÓN.
Previo a solicitar la contratación, cuando a ello hubiera lugar, el área técnica solicitante debe gestionar la expedición de las siguientes autorizaciones y permisos:
Tabla 2. Autorizaciones y permisos para contratación.
CAUSAL DESCRIPCIÓN Para contratos de prestación de servicios -
Artículo 2.
8.4.4.5 del Decreto 1068 de 2015 Aplica para la contratación de toda clase de servicios, sean estos prestados por personas naturales o jurídicas, cuando:
- No existe personal o no es suficiente o requiere un grado de especialización: La certificación hará constar que: a) de acuerdo con los manuales específicos, no existe personal que pueda desarrollar la actividad para la cual se requiere contratar la prestación del servicio; b) el desarrollo de la actividad requiere servicios especializados que implica la contratación del servicio o; c) aun existiendo personal en la planta, éste no sea suficiente.
El competente para expedirla es el Contralor de Bogotá D.C., o quien este delegue, en la actualidad el delegado es el Director de Talento Humano. La certificación se emite por solicitud de la dependencia que requiere la contratación.
Prestación de servicios con objeto igual – inciso tercero del Artículo 2.8.4.4.5 del Decreto 1068 de 2015 Aplica cuando se pretende contratar a varias personas con el mismo objeto o cuando ya exista un contrato celebrado y se decida adelantar otro u otros con un objeto igual: La certificación hará constar que se autoriza expresamente la contratación, de conformidad con la sustentación sobre las especiales características y necesidades técnicas de las contrataciones a realizar.
El competente para expedirla es el Director Administrativo, previa solicitud de la Subdirección de Contratación.
Para contratos de prestación de servicios - Artículo 2.2.1.2.1.4.9 del Decreto 1082 de 2015 Las entidades estatales pueden contratar bajo la modalidad de contratación directa la prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión con la persona natural o jurídica que esté en capacidad de ejecutar el objeto del contrato, siempre y cuando la entidad estatal verifique la idoneidad o experiencia requerida y relacionada con el área de que se trate. En este caso, no es necesario que la Entidad Estatal haya obtenido previamente varias ofertas, de lo cual se debe dejar constancia escrita. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 47 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-148 • 2024 • JUNIO • 21 148 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 CAUSAL DESCRIPCIÓN El competente para expedir la constancia de Idoneidad es el Subdirector de Contratación.
Para contratos que incluyan alojamiento o alimentación en el marco de seminarios o actividades de capacitación – Articulo 2.8.4.6.2 del Decreto 1068 de 2015 Sólo se podrán iniciar trámites para la contratación o renovación de contratos de suministro, mantenimiento o reparación de bienes muebles y para la adquisición de bienes inmuebles, cuando el Director Administrativo, en su condición de ordenador del gasto, determine en forma motivada que la contratación es indispensable para el normal funcionamiento de la entidad o para la prestación de los servicios a su cargo.
Aplica para contrataciones que tengan por objeto la realización de seminarios o actividades de capacitación que incluyan servicios de alojamiento o alimentación y que sea necesario desarrollar con la presencia de funcionarios de la entidad en ciudades diferentes a la Ciudad de Bogotá. El competente para expedirla es el Director Administrativo en su condición de ordenador del gasto, caso en el cual el área solicitante deberá indicar de manera clara y precisa las razones que justifican la inclusión de los servicios de alojamiento o alimentación, según corresponda, en el marco de la contratación pretendida.
Suministro, mantenimiento o reparación de bienes muebles y para la adquisición de bienes inmuebles - Artículo 2.8.4.3.5 del Decreto 1068 de 2015.
El área técnica debe solicitar el aval de la dependencia o dependencias que tengan relación con el objeto y obligaciones requeridas.
Contratos con objetos transversales a diferentes áreas Licencias Las licencias a su turno corresponden a un tipo de habilitación de carácter administrativo para el desarrollo de determinadas actividades, a manera de ejemplo se citan las siguientes: (1) Licencia de Urbanización, (2) Licencia de Parcelación, (3) Licencia de Subdivisión, (4) Licencia de Construcción (5) Licencia de Intervención y ocupación del espacio público. Estas licencias obedecen a sólo algunas de las que se exigen en Colombia; por lo que, el área solicitante debe verificar qué tipos de licencia requiere el desarrollo de la actividad a contratar, gestionarla y tramitarla con antelación a la fecha de inicio del contrato o del proceso contractual según corresponda.
Fuente: Propia www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 48 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-149 • 2024 • JUNIO • 21 149 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0
Capítulo IV. - ETAPAS DEL PROCESO CONTRACTUAL.
4.1. ETAPA PRECONTRACTUAL.
La etapa precontractual inicia desde la consolidación del plan anual de adquisiciones y culmina con la celebración y perfeccionamiento del contrato.
4.1.1. SOLICITUD DE CONTRATACIÓN O RADICACION DE ESTUDIO PREVIO.
La solicitud de contratación es el documento mediante el cual los servidores públicos con iniciativa de gasto requieren que se adelante un proceso contractual mediante la Tienda Virtual del Estado Colombiano y las contrataciones directas para contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, junto con los documentos requeridos según la modalidad de contratación, se presentará ante la Subdirección de Contratación, dependencia encargada de verificar su inclusión en el Plan Anual de Adquisiciones.
4.1.2. VERIFICACIÓN DE LEGALIDAD DE LAS SOLICITUDES.
La Subdirección de Contratación de la Dirección Administrativa y Financiera procederá a verificar que los documentos estén completos y se ajusten a las disposiciones legales. Si es así, se procede a adelantar el trámite del proceso de selección respectivo o las verificaciones a que haya lugar, tratándose de contratación directa.
Es posible que, en situaciones excepcionales, y por razones de contingencia el Ordenador del Gasto solicite a la Subdirección de Contratación de la Dirección Administrativa y Financiera, realizar revisiones previas a la documentación y estudios previos; sin que ello implique en ninguna circunstancia, que el proceso no deba allegarse completo para efectos de adelantar el trámite legal correspondiente. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 49 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-150 • 2024 • JUNIO • 21 150 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 En caso de que la documentación y estudios previos no estén completos, en debida forma o existan dudas sobre su alcance y contenido, dentro del término señalado para la revisión, se formularán mediante comunicación oficial las observaciones al jefe del área solicitante, para que éste aclare, corrija o complemente los documentos y los remita para su nueva verificación.
El jefe del área solicitante, con independencia de la desconcentración de funciones, es el responsable de efectuar las correcciones, aclaraciones, ajustes y complementar la documentación en los términos señalados, contados a partir del recibo de las observaciones.
Si vencido el término, no se recibe la documentación corregida y completa, la Subdirección de Contratación de la Dirección Administrativa y Financiera devolverá los documentos recibidos al área solicitante, quien, de persistir en la necesidad de contratación, debe efectuar todos los ajustes para solicitar nuevamente el trámite y remitir la documentación completa y ajustada según lo indicado en las observaciones que le fueron formuladas inicialmente. La devolución de una solicitud implica que, en caso de persistir la necesidad, debe ser radicada nuevamente ante la Subdirección de Contratación de la Dirección Administrativa y Financiera en los términos señalados.
Para las contrataciones directas la revisión, formulación de observaciones y solicitud de ajuste de los estudios previos y demás documentos por parte del abogado encargado del trámite contractual tendrá máximo dos (2) días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha de recibo de los documentos en la Subdirección de Contratación. El área técnica solicitante de la contratación, realizará los ajustes y correcciones a los documentos y deberá remitirlos a la Subdirección de Contratación que corresponda, en un término máximo de dos (2) días hábiles contados a partir de la fecha de recibo de las observaciones.
Los trámites de selección de contratistas por convocatoria pública, la revisión, formulación de observaciones y solicitud de ajuste de los estudios previos y demás documentos por parte del abogado encargado del trámite contractual, tendrán una duración máxima de cinco (5) días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de recibo de los documentos en la Subdirección de Contratación. El área técnica solicitante de la contratación, realizará los ajustes y correcciones a los www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 50 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-151 • 2024 • JUNIO • 21 151 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 documentos y deberá remitirlos a la Subdirección de Contratación que corresponda, en un término máximo de cinco (5) días hábiles contados a partir de la fecha de recibo de las observaciones.
La Subdirección de Contratación podrá, en consideración a la complejidad del asunto o a la cantidad de trámites radicados, ampliar el término establecido hasta por la mitad del inicialmente previsto, con el fin de garantizar una adecuada revisión, formulación de observaciones y solicitud de ajustes de los trámites radicados.
En el evento en que las áreas técnicas solicitantes no alleguen dentro de los términos señalados con antelación, los documentos corregidos, completos y debidamente ajustados; la Subdirección de Contratación podrá, previa solicitud del área requirente, en consideración a la complejidad del asunto, ampliar el término establecido hasta por la mitad del inicialmente previsto, al cabo del cual, si no se ha obtenido respuesta, se procederá a la devolución de los mismos.
4.1.3. COMITÉ EVALUADOR.
En el acto administrativo de apertura o en la invitación pública para los procesos de mínima cuantía, se designará un comité evaluador con el fin de evaluar las ofertas presentadas en cada proceso de contratación en sus aspectos técnicos, jurídicos y financieros.
4.1.3.1. FUNCIONES DEL COMITÉ EVALUADOR.
En desarrollo de la actividad asignada, el Comité deberá:
1. Solicitar frente al contenido del pliego de condiciones propuesto o invitación publica,
los ajustes que estimen pertinentes de acuerdo con sus conocimientos y experticia sobre el tema.
2. Dar respuesta a las observaciones y derechos de petición de carácter jurídico,
financiero y capacidad organizacional o técnica y económica que presenten los interesados durante el proceso de selección, cada uno, de acuerdo con su competencia. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 51 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-152 • 2024 • JUNIO • 21 152 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0
3. Verificar el cumplimiento de las condiciones técnicas y económicas, jurídicas,
financieras y capacidad organizacional, capacidad residual habilitantes de los proponentes, según modalidad de la contratación.
4. Verificar, analizar y comprobar los ofrecimientos contenidos en cada una de las
ofertas recibidas, determinando el cumplimiento de todos los requerimientos y condiciones establecidas en el pliego de condiciones o invitación pública. La verificación de las ofertas se efectuará en forma objetiva, ciñéndose a los criterios establecidos en el pliego de condiciones o invitación publica, cada uno de acuerdo con su competencia, de conformidad con lo señalado en el Decreto 1082 de 2015.
5. Recomendar al Ordenador del Gasto la propuesta más favorable para ser adjudicada
por la Contraloría de Bogotá D.C., de conformidad con los resultados de la verificación y calificación efectuadas, observando estrictamente los principios que regulan los procesos de contratación estatal y las actuaciones de los servidores públicos.
6. Elaborar y firmar los informes de verificación individual y los consolidados de
verificación y evaluación, así como los demás documentos que se produzcan con ocasión del cumplimiento de las funciones asignadas.
7. Responder una vez se encuentre el proceso adjudicado o declarado desierto, por
intermedio del Ordenador del Gasto, los derechos de petición que formulen los proponentes, interesados o entes de control.
8. Dar estricto cumplimiento a las disposiciones legales y normas reglamentarias
aplicables al proceso, y en especial, a lo establecido en el Decreto 1082 de 2015.
Cabe recordar que, de conformidad con numeral 3 del Artículo 54 de la Ley 1952 de 2019, constituye falta gravísima, “Participar en la etapa precontractual o en la actividad contractual, en detrimento del patrimonio público, o con desconocimiento de los principios que regulan la contratación estatal y la función administrativa contemplados en la Constitución y en la ley”.
Las actividades del comité se realizarán de acuerdo con el cronograma del proceso, en el que se incluye el lapso en el cual se realizarán las actividades correspondientes, sin que en ningún caso el concepto de los comités sea emitido con posterioridad al plazo máximo fijado en éste. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 52 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-153 • 2024 • JUNIO • 21 153 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 VERIFICACIÓN DE LOS DOCUMENTOS HABILITANTES DE CONTENIDO JURÍDICO.
La verificación de cumplimiento de las calidades y capacidad jurídica habilitante, será realizada mediante el estudio de los documentos de contenido jurídico indicados en el pliego de condiciones o invitación publica que deben presentar los proponentes.
VERIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE DOCUMENTOS DE CONTENIDO TÉCNICO.
La verificación de cumplimiento de los requisitos de experiencia y condiciones técnicas mínimas y adicionales, será realizada mediante el estudio de los documentos de contenido técnico, experiencia y económicos señalados en el pliego de condiciones o invitación publica, que deben presentar los proponentes.
VERIFICACIÓN DE DOCUMENTOS HABILITANTES DE CONTENIDO FINANCIERO, DE LA CAPACIDAD ORGANIZACIONAL Y RESIDUAL.
La verificación y cumplimiento de los requisitos habilitantes financieros, de la capacidad organizacional y residual de los proponentes, será realizada mediante el estudio de los documentos de contenido financiero indicados en el pliego de condiciones o invitación publica, que deben presentar los proponentes.
VERIFICACIÓN Y EVALUACION DE DOCUMENTOS DE CONTENIDO ECONÓMICO.
La verificación de cumplimiento de los requisitos económicos, así como su evaluación, si a ello hubiese lugar, será realizada mediante el estudio de los documentos de contenido económico indicados en el pliego de condiciones o invitación publica, que deben presentar los proponentes.
En consecuencia, los servidores y colaboradores de la Contraloría de Bogotá D.C. que conforman el comité evaluador son responsables de los asuntos que presentan al conocimiento de la Junta de Contratación. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 53 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-154 • 2024 • JUNIO • 21 154 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 Todos los documentos que expida el Comité, en los cuales constarán sus conceptos y las razones de sus decisiones, deberán estar debidamente firmados por cada uno de sus integrantes, según competencia.
4.1.3.2. HABILIDADES, INCOMPATIBILIDADES, PROHIBICIONES O CONFLICTO DE INTERÉS.
Los profesionales integrantes del Comité Evaluador no podrán estar incursos en las causales de inhabilidad, incompatibilidad, prohibiciones o conflicto de interés previstas en la Constitución, la ley y demás normas que las reglamenten.
Los integrantes del comité evaluador conformado, manifestarán por escrito dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la comunicación de la designación, si se encuentran incursos en alguna causal de inhabilidad, incompatibilidad, prohibición o en conflicto de interés. Si no hubiere manifestación, se entenderá la inexistencia de este, salvo en los eventos de que trata el inciso segundo del artículo séptimo del presente acto.
Si en el curso del proceso se presenta una de estas causales, el integrante en el que sobrevenga la causal, de inmediato deberá manifestarlo por escrito al ordenador del gasto y competente contractual, anexando los respectivos documentos que la demuestran.
Si se determinare la configuración de una de estas causales en cualquiera de los integrantes del Comité, el ordenador del gasto y competente contractual deberá reemplazarlo.
4.2. ETAPA CONTRACTUAL Sin importar la modalidad de contratación utilizada para seleccionar al contratista, la etapa contractual debe tener en cuenta los aspectos que se señalan a continuación: www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 54 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-155 • 2024 • JUNIO • 21 155 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 4.2.1. ELABORACIÓN DE CONTRATOS El Artículo 54 del Acuerdo Distrital 658 de 2016, establece como función de la Subdirección de Contratación adelantar el proceso de gestión contractual de la Contraloría de Bogotá D.C., en sus diferentes etapas, promoviendo la aplicación de la normatividad y procedimientos vigentes sobre la materia, así como elaborar y tramitar las minutas de contratos y los proyectos de actos administrativos que se requieran para resolver novedades o modificaciones que se presenten en la ejecución de los mismos y que soliciten las dependencias o supervisores de los contratos, atendiendo la normatividad y procedimientos que rigen la materia.
En todos los anexos de los contratos, aceptaciones de la oferta y demás documentos que sean pertinentes, deberá incorporarse la cláusula de confidencialidad y seguridad de la información.
4.2.2. SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO La suscripción del contrato se realizará de forma electrónica por medio de la plataforma SECOP, o Plataforma que haga sus veces; en todo caso se deben aportar y publicar los documentos externos como complemento a la minuta que sean necesarios, conforme con lo dispuesto en las normas contractuales.
4.2.3. REQUISITOS DE PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN DE LOS CONTRATOS De conformidad con el Artículo 41 de la Ley 80 de 1993, los contratos se perfeccionarán cuando se logre acuerdo sobre su objeto y contraprestación y el mismo sea elevado a escrito.
Para la ejecución de los contratos, se requerirá de la aprobación de la garantía (cuando a ellos haya lugar); la expedición del certificado de registro presupuestal; el inicio de cobertura de afiliación a la ARL (cuando a ellos haya lugar), y la suscripción del acta de inicio (cuando a ellos haya lugar). www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 55 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-156 • 2024 • JUNIO • 21 156 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 Una vez cumplidos los requisitos de ejecución, la Subdirección de Contratación remitirá comunicación al supervisor, con un ejemplar del contrato, del registro presupuestal y de las garantías, de proceder las mismas, indicando la fecha en la cual puede iniciar su ejecución. En caso de que la ejecución del contrato esté supeditada al acta de inicio, así se lo hará saber al supervisor, para que una vez suscrita entre el supervisor del contrato y el contratista, sea remitida a la Subdirección de Contratación.
4.2.4. APROBACIÓN DE GARANTÍAS.
Corresponde al Subdirector de Contratación la aprobación de las garantías constituidas en favor de la Contraloría Bogotá D.C., en virtud de los contratos que suscriban.
4.2.5. MODIFICACIONES CONTRACTUALES La regla general que debe cumplir la entidad estatal corresponde a la inalterabilidad del contrato y, por ende, su modificación tendrá carácter de excepcional y será de interpretación restrictiva.
Así las cosas, los contratos estatales pueden ser modificados cuando sea necesario para lograr su finalidad y garantizar la realización de los fines del Estado, o sí durante la ejecución del contrato se presentan circunstancias sobrevinientes, imprevisibles y excepcionales que aun aplicando los medios de mitigación o medidas de gestión pactadas en el contrato, desbordan la planeación proyectada; o cuando la necesidad pública no pudo satisfacerse en su totalidad por limitaciones presupuestales requiriendo de su celebración.
Por lo anterior, se presentan consideraciones generales que deben ser observadas por la supervisión o Interventoría al momento de realizar el análisis de la viabilidad del tramité de modificación contractual: www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 56 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-157 • 2024 • JUNIO • 21 157 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0
1. En ningún caso, vía modificación contractual pueden desconocerse o desmejorar las
reglas sustanciales fijadas en los documentos precontractuales, que permitieron elegir la mejor oferta, previo cumplimiento de los requisitos habilitantes y de calificación, esto en consonancia con los principios de transparencia, de libre concurrencia y de igualdad, consagrados en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública.
2. La modificación del contrato debe ser solicitada por escrito por el supervisor o
interventor del contrato, así como por el contratista, cuando así se requiera. Si la solicitud de modificación es requerida por el contratista, el Supervisor deberá presentar el respectivo aval a la solicitud; en caso de ser solicitada por el supervisor o el Interventor del Contrato, el requerimiento deberá constar por escrito y estar dirigido a la Subdirección de Contratación, en donde debe presentar una justificación clara y precisa que indique las razones o fundamentos que sustentan su procedencia.
3. La modificación del contrato, puede surgir por acuerdo entre las partes o por el
ejercicio del poder unilateral de la Administración (Artículos 14 al 17 de la Ley 80 de 1993). En este último caso, la misma deberá ser respetuosa del debido proceso y ser implementada mediante acto administrativo motivado.
4. Sin importar el tipo de modificación está debe celebrarse dentro del plazo de
ejecución del contrato.
5. La modificación del contrato, no debe alterar la esencia del acuerdo de voluntades,
el equilibrio contractual ni debe ser fruto de un incumplimiento por parte del contratista.
6. Como el contrato estatal es solemne lo que implica que se dé por escrito19, las
modificaciones a los contratos deben cumplir tal formalidad, por ende, el simple acuerdo entre el supervisor y el contratista sin dicha formalidad, además de configurar una presunta falta disciplinaria, no es suficiente para que una modificación, así concebida, tenga validez.
7. Con independencia de las razones y circunstancias imprevisibles que puedan
presentarse, no es posible que el contrato mute o se transforme en un contrato sustancialmente distinto.
19 CONSEJO DE ESTADO. SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. SALA PLENA. SECCION TERCERA. Consejero ponente: JAIME ORLANDO SANTOFIMIO GAMBOA. Fecha: 19/11/2012. Radicación. 73001233100020000307501. 24897. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 57 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-158 • 2024 • JUNIO • 21 158 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 4.2.5.1. TIPOS DE MODIFICACIONES CONTRACTUALES Prórroga de Contratos:
Es aquella modificación contractual mediante la cual, las partes del contrato, extienden el plazo de ejecución convenido inicialmente ante la ocurrencia de situaciones sobrevinientes e imprevisibles haciendo necesario su ampliación, con la finalidad de dar satisfacción a la necesidad que llevó a la contratación. Para la viabilidad de esta modificación, se requiere que el plazo de ejecución no haya vencido y cuando la prórroga no se adelante con la adición de recursos, deberá presentarse en la solicitud del trámite, la evaluación del impacto de la extensión del plazo en el valor del contrato y en el equilibrio financiero del mismo.
Una vez perfeccionada la prórroga, el supervisor deberá realizar el seguimiento necesario para que el contratista constituya la ampliación de la garantía (si a ello hay lugar) e informar en un plazo máximo de dos (2) días hábiles siguientes al cargue de la póliza en la plataforma SECOP II, a la Subdirección de Contratación para su aprobación.
Será responsabilidad del supervisor realizar la comunicación respectiva a la Subdirección Contractual para la aprobación de la garantía.
Adición de Contratos:
Es la modificación contractual que permite aumentar el valor del contrato; como límite para la adición de los contratos por regla general se tiene el establecido en el parágrafo del artículo 40 de la Ley 80 de 1993, que establece que la adición del contrato no podrá superar en más del cincuenta por ciento (50%) de su valor inicial, expresado este en salarios mínimos legales mensuales vigentes, esto sin perjuicio de normatividad posterior y especial aplicable a cada contratación. Para su trámite, debe contarse con la correspondiente disponibilidad presupuestal y observarse los lineamientos presupuestales del caso. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 58 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-159 • 2024 • JUNIO • 21 159 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 Una vez perfeccionada la prórroga, el supervisor deberá realizar el seguimiento necesario para que el contratista constituya la ampliación de la garantía (si a ello hay lugar) e informar en un plazo máximo de dos (2) días hábiles siguientes al cargue de la póliza en la plataforma SECOP II, a la Subdirección de Contratación para su aprobación.
Será responsabilidad del supervisor realizar la comunicación respectiva a la Subdirección Contractual para la aprobación de la garantía.
Suspensión de Contratos:
Durante el desarrollo del contrato se pueden presentar hechos de fuerza mayor, caso fortuito, o razones de conveniencia para el interés público; por lo que, en procura de la continuidad normal de la ejecución de lo contratado, las partes pueden, de mutuo acuerdo y por escrito, pactar la suspensión del contrato, es decir, disponer el no cumplimiento de las obligaciones mutuas durante un lapso.
Lo anterior, en atención a que la finalidad de la suspensión del contrato estatal está encaminada a reconocer la ocurrencia de situaciones que impiden la ejecución temporal del negocio jurídico; motivo por el cual la suspensión del contrato no puede ser indefinida, sino que debe estar sujeta al vencimiento de un plazo o al cumplimiento de una condición. De ahí que, una vez desparezcan los motivos de la suspensión las partes están en la obligación de reiniciar la ejecución del contrato.
La suspensión del contrato estatal no es una potestad de la administración ni una facultad del contratista. Se debe tener presente que la finalidad de la contratación de obras, bienes y servicios es satisfacer las necesidades públicas y cumplir la misión institucional, por tal razón, solamente, y por excepción, se suspenderán los contratos.
Las suspensiones de facto, entendidas cómo la cesación de las obligaciones por parte del contratista sin aparente justificación, no son avaladas por el ordenamiento jurídico cómo una www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 59 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-160 • 2024 • JUNIO • 21 160 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 especie de suspensión; por lo que, la supervisión e interventoría deberán analizar lo correspondiente para identificar si se está en presencia de un presunto incumplimiento del contrato.
Conforme A la jurisprudencia, dependiendo de la magnitud de la causa que origine la suspensión esta puede ser total o parcial. Es decir, puede imposibilitar el cumplimiento de la totalidad de las obligaciones de las partes o puede impedir a los contratantes honrar solo algunas de estas, pudiendo continuar con la ejecución de las demás.
Vencido el término previsto o superadas las condiciones que motivaron la suspensión, se deberá reiniciar el contrato en la fecha que se señale en el acta de suspensión cuando se realice a través de SECOP I; si fuere a través de SECOP II, o la Plataforma que haga sus veces, se reiniciará en la fecha que se haya señalado en la plataforma o el documento de suspensión anexo. En el caso de las suspensiones de la contratación celebradas a través de la TVEC, se seguirán sus procedimientos.
El contratista, deberá ajustar la vigencia de la(s) garantía(s) por el término de la suspensión, si a ello hubiere lugar, y allegar la modificación de la garantía a la Subdirección de Contratación tratándose de SECOP I y TVEC, o cargarla a la plataforma SECOP II, SECOP o Plataforma que haga sus veces.
Tratándose de contratos cuyo plazo sea una fecha cierta, el acta de suspensión podrá constituir una modificación de dicho plazo, caso en el cual, mediante el acta de reinicio se fijará la nueva fecha en que terminará el contrato; de lo contrario, el supervisor o interventor del contrato deberá justificar en la solicitud del trámite de suspensión la no modificación del plazo contractual.
Es posible que haya eventos en que dicha ampliación del plazo no sea requerida por razones asociadas a la ejecución del contrato. En otros casos, adicionalmente el supervisor o interventor deberá prever si la suspensión del contrato implicaría que su ejecución supere la vigencia fiscal en que se celebró y por ende requiera, por ejemplo, la constitución de reservas presupuestales, caso en el cual será responsable de realizar dicho trámite. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 60 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-161 • 2024 • JUNIO • 21 161 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 Terminación Anticipada por Mutuo Acuerdo:
Esta terminación se presenta cuando las partes, de manera conjunta, solicitan tramitar la finalización del contrato previo cumplimiento del plazo. Es de anotar, que como los contratos celebrados atienden un fin estatal, el contratista en ningún momento puede terminar el mismo unilateralmente.
Respecto del trámite de la terminación anticipada, el Contratista deberá solicitarla al Supervisor o interventor para que este adelante el procedimiento respectivo.
En la solicitud presentada por el Contratista, se deberá indicar la fecha a partir de la cual surtirá efectos la terminación; acaecida ésta, el supervisor e Interventor verificarán el pago de los aportes al Sistema General de Seguridad Social, tal como lo establece la legislación aplicable en la materia. En la solicitud remitida por el Supervisor o Interventor, además de contar con la solicitud del Contratista, deberá indicar que dicha terminación no causa perjuicio a la Entidad y que el Contratista ha cumplido con sus obligaciones contractuales hasta el momento de la terminación.
Aclaraciones del Contrato.
Este tipo específico de modificación, hace relación a la necesidad de cambiar alguna cláusula del contrato, que impida la debida ejecución del contrato o pueda generar a futuro dificultades en la interpretación del mismo por parte de la Entidad o del contratista.
De igual manera, podrán hacerse modificaciones contractuales cuando las partes, desde el contrato inicial, han pactado actualización de precios basados en ajustes al SMLMV e índice de Precios al Consumidor.
El documento de solicitud debe señalar el tipo de modificación, una valoración detallada de las razones que justifican la modificación solicitada y las nuevas condiciones contractuales; el análisis de determinar si dicho ajuste afecta el valor (tanto aumentando, disminuyendo o www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 61 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-162 • 2024 • JUNIO • 21 162 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 manteniendo el valor contractual), como por ejemplo en los casos que se aumenta un producto o se intercambia un producto por otro; el impacto financiero del mismo; un informe detallado del porcentaje de ejecución del contrato; un análisis de la tipificación, estimación y asignación de los riesgos previsibles, de acuerdo a la nueva realidad contractual para que haga parte de las nuevas condiciones acordadas, y la constancia de pago de los aportes al Sistema General de Seguridad Social.
Cesión de Contratos:
Esta se presenta cuando una de las partes del contrato es sustituida por un tercero; la sustitución respecto de las obligaciones contractuales puede ser total o parcial.
Para el efecto, el cesionario debe acreditar calidades y condiciones iguales o superiores a las del cedente conforme a lo requerido en el estudio previo por la dependencia solicitante. Dicha solicitud, debe estar debidamente justificada y acompañada de todos los soportes a que haya lugar, incluyendo informe detallado del porcentaje de ejecución del contrato y de recursos.
Adicional a lo anterior, tratándose de cesión de contratos provenientes de procesos de selección, se deberá surtir, en el candidato a cesionario, la verificación de los requisitos habilitantes (jurídicos, experiencia, organizacional y financieros) actualizados a la fecha de trámite de la cesión; para lo cual, se seguirán los procedimientos, formas e instancias que se adelantaron en el proceso de selección. Para las cesiones de contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión el plazo será hasta día inicialmente pactado, contado a partir de la cobertura de la ARL, es decir el día calendario siguiente de la afiliación y la aprobación de la póliza otorgada por el/la cesionario/a, cuando a ello hubiere lugar.
Para las cesiones SECOP II o plataforma que haga sus veces se deberá cargar en la plataforma todos los documentos que acrediten la identidad, idoneidad y experiencia del cesionario, adicionalmente las que se deban adelantar por la TVEC deberán cumplir sus términos y condiciones del Acuerdo Marco de Precios o documento equivalente. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 62 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-163 • 2024 • JUNIO • 21 163 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 La cesión del contrato también operará en el caso de la inhabilidad e incompatibilidad sobreviniente del contratista o de alguno de los miembros del consorcio o de la unión temporal, considerando para el efecto los requisitos establecidos en el Artículo 9 de la Ley 80 de 1993.
TÉRMINOS PARA EL TRÁMITE DE MODIFICACIONES.
Las modificaciones contractuales con independencia de la modalidad de contratación que antecedió al contrato, tendrán los siguientes términos para la respectiva verificación de legalidad por parte de la Subdirección de Contratación:
1. Las solicitudes de modificación deben ser radicadas en la Subdirección de
Contratación con mínimo cinco (5) días hábiles antes del vencimiento o término previsto para la modificación.
Previo a la radicación de la solicitud de cualquier modificación en la Subdirección de Contratación, el supervisor deberá verificar que se encuentren publicados todos los documentos e informes en el SECOP II. Lo anterior, teniendo en cuenta que es responsabilidad del mismo verificar que se realice el cargue oportuno en la plataforma de los informes de ejecución y sus respectivos soportes. La solicitud que no contenga los soportes debidamente cargados y los pagos aprobados en la citada plataforma, no será tramitada por la Subdirección contractual y será devuelta al área solicitan del trámite.
2. La Subdirección de Contratación, revisará la solicitud de modificación con los
respectivos soportes, en máximo dos (2) días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de recibo de los documentos en la Subdirección de Contratación
3. El supervisor solicitante de la modificación realizará los ajustes y correcciones a los
documentos y deberá remitirlos, en máximo dos (2) días hábiles contados a partir de la fecha de recibo de las observaciones. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 63 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-164 • 2024 • JUNIO • 21 164 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0
4. En el evento que el supervisor solicitante no allegue dentro de los términos señalados
anteriormente, los documentos corregidos, completos y debidamente ajustados, la Subdirección de Contratación devolverá la solicitud de modificación sin tramitar, o podrá en consideración a la complejidad del asunto, ampliar el término establecido.
Tratándose de solicitudes de cesión de derechos patrimoniales o económicos, la Subdirección de Contratación realizará las modificaciones pertinentes, y cuando lo considere necesario solicitará concepto escrito a la Subdirección Financiera o Dirección Jurídica, previa aprobación del Ordenador del Gasto de la respectiva cesión.
4.3. ETAPA POSTCONTRACTUAL.
4.3.1. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO.
Es el procedimiento mediante el cual, una vez terminado el contrato, las partes deben realizar un balance de cuentas respecto de las obligaciones contractuales.
El objetivo de la liquidación, es determinar si las partes pueden declararse a paz y salvo mutuo por todo concepto relacionado con su ejecución o si existen obligaciones por cumplir y la forma en que deben ser observadas.
En el acta de liquidación constaran los acuerdos, conciliaciones y transacciones a que llegaren las partes para poner fin a las divergencias presentadas.
Para Ia liquidación se exigirá al contratista Ia extensión o ampliación, si es del caso, de Ia garantía de cumplimiento del contrato con sus respectivos amparos y Ia responsabilidad civil extracontractual; y en general, cubrir las obligaciones que deba cumplir con posterioridad a Ia extinción del contrato. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 64 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-165 • 2024 • JUNIO • 21 165 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 Por esta razón, la liquidación sólo procede con posterioridad a la terminación de la ejecución del contrato.
La liquidación del contrato no libera al contratista del cumplimiento de algunas obligaciones y garantías contenidas en el contrato, tales como la estabilidad de las obras, la calidad de los bienes y equipos suministrados, la entrega de los registros de derechos de autor etc., las cuales, a pesar de haberse efectuado los trámites de liquidación, persisten en el tiempo hasta la finalización o entrega de los compromisos y plazos establecidos para cada una de ellas; conforme a lo anterior, la supervisión del contrato continuará con las funciones de control y seguimiento hasta el cumplimiento del plazo o condición establecida para las citadas obligaciones.
En consecuencia, cuando con posterioridad a la liquidación del contrato se presenten hechos que se encuentren amparados en las garantías constituidas por el contratista o que le causen un perjuicio a la Entidad, esta debe adelantar las correspondientes acciones administrativas y judiciales previstas en la ley para cada caso.
4.3.1.1. CONTRATOS SUSCEPTIBLES DE LIQUIDACIÓN:
La Contraloría de Bogotá D.C., debe proceder al trámite de la liquidación en los siguientes casos:
- Los contratos de tracto sucesivo.
- Cuando se incluya dentro del contrato la obligación de liquidarlo.
- Los contratos que siendo de ejecución instantánea se hayan prolongado en el tiempo.
- Los contratos en los cuales se haya declarado la caducidad, el incumplimiento o la
terminación anticipada.
- Los contratos en los que se haya proferido el acto de terminación unilateral.
- Los demás que según analizada la conveniencia se requiera adelantar este tipo de acto.
- Por orden judicial.
www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 65 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-166 • 2024 • JUNIO • 21 166 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 La supervisión e interventoría del contrato deberán agotar los trámites necesarios para que se suscriba el acta de liquidación, con el apoyo de la Subdirección de Contratación. Una vez suscrita el acta de liquidación, copia de esta será remitida a la supervisión del contrato.
La liquidación no será obligatoria en los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, de acuerdo con lo previsto en el artículo 60 de la Ley 80 de 1993, Modificado por el artículo 217 del decreto nacional 019 de 2012.
4.3.2. SOPORTES DEL ACTA DE LIQUIDACIÓN:
- Documentos precontractuales y oferta del contratista.
- Contrato principal, prórrogas, adiciones y modificaciones en general.
- Registro presupuestal.
- Pólizas (únicamente se debe remitir los anexos correspondientes a la ampliación de las
vigencias de amparos, si a ello hubiera lugar).
- Formatos de certificaciones de pagos de acuerdo a lo establecido en el contrato, los
cuales deben estar suscritos por la supervisión. (En los contratos sujetos a un único pago se deberá remitir el formato de certificado de pago final)
- Documentos contractuales de ejecución en virtud del desarrollo del contrato, los cuales
deben estar publicados en el SECOP II o plataforma que haga sus veces, que a consideración de la Supervisión o Interventoría deban ser publicados.
- Certificación de pagos expedida por la Tesorería de LA CONTRALORÍA.
- Formato Informe parcial y final del supervisor e interventor el cual debe estar publicado
en el SECOP II o plataforma que haga sus veces.
- Verificación del cargue y aprobación por parte de la supervisión de la facturación y
cuentas de cobro en el SECOP II o plataforma que haga sus veces.
- Los demás documentos que se requieran de acuerdo con la especificidad del contrato
(Ej.: Archivos digitales etc.) www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 66 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-167 • 2024 • JUNIO • 21 167 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 Para el trámite de liquidación no se hace necesaria la remisión de la documentación que ya reposa en el expediente contractual, en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública SECOP II, o en la Tienda Virtual del Estado Colombiano; excepto la representación legal del contratista que va a suscribir la liquidación (sólo para el caso de personas jurídicas) y la verificación del pago de aportes parafiscales o de seguridad social del contratista.
Las liquidaciones de los contratos suscritas por la Contraloría de Bogotá D.C. se adelantarán de la siguiente manera:
4.3.3. LIQUIDACIÓN POR MUTUO ACUERDO La liquidación bilateral es el acuerdo de voluntades que detalla el estado final de la ejecución de las obligaciones adquiridas por las partes del contrato, como consecuencia de su ejecución, o de la terminación anticipada del mismo.
La liquidación se hará dentro del término fijado en el pliego de condiciones, o en su defecto dentro del término que acuerden las partes para tal efecto. De no existir tal termino, la liquidación se realizará dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la expiración del plazo previsto para la ejecución del contrato o a la expedición del acto administrativo que ordene la terminación, o a la fecha del acuerdo que la disponga.
El trámite de liquidación bilateral será solicitado por el Supervisor del Contrato a la Subdirección Contractual para lo cual deberá aportar el informe final para la liquidación, el cual deberá contener la siguiente información: A) Datos de las partes. B) Información del Contrato (objeto, plazo, valor, modificaciones) C) Supervisión del contrato. D) Garantías o pólizas. E)
Relación de pagos. F) Manifestaciones a que haya lugar. G) Balance Financiero. H) Relación de Cumplimiento de las obligaciones contractuales. I) Relación de informes de ejecución contractual.
Así como los anexos respectivos. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 67 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-168 • 2024 • JUNIO • 21 168 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 Proyectada el acta de liquidación bilateral por acuerdo entre las partes por parte de la Subdirección de Contratación con base en la información aportada por el supervisor, esta será suscrita por el Ordenador del Gasto y el supervisor del contrato.
Posteriormente se le comunicará al contratista, por medio del correo electrónico registrado, que a partir del día hábil siguiente a la fecha de remisión de dicho correo cuenta un término de tres (3) días hábiles para acudir a la Subdirección de Contratación de la Contraloría de Bogotá D.C., con el fin de suscribir la correspondiente acta de liquidación.
Si vencido el término anterior el contratista no acude a la suscripción del acta de liquidación, se le remitirá por correo certificado a la dirección física por él registrada una comunicación firmada por el Ordenador del Gasto en la cual lo requiere para que se acerque dentro de los tres (3) días hábiles siguientes.
En el acta de liquidación bilateral, el contratista puede dejar las salvedades sobre los derechos que posteriormente pretenda reclamar por vía judicial.
4.3.4. LIQUIDACIÓN UNILATERAL.
En los casos en los cuales el contratista no se presente para la suscripción del acta de liquidación por mutuo acuerdo previa notificación o convocatoria que le haga la entidad a través de la supervisión o interventoría o se niegue a suscribirla o en el evento en que las partes no lleguen a ningún acuerdo sobre el contenido de esta, la Contraloría de Bogotá D.C., tendrá la facultad de liquidar en forma unilateral el contrato dentro de los dos (2) meses siguientes, al vencimiento del término de liquidación inicial, mediante acto administrativo.
El acto administrativo por medio del cual se liquida unilateralmente el contrato es susceptible de recurso de reposición, como lo dispone el artículo 77 de la Ley 80 de 93, y del medio de control de controversias contractuales, como lo establece el artículo 141 de la Ley 1437 de 2011. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 68 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-169 • 2024 • JUNIO • 21 169 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 Una vez vencido el plazo para liquidar unilateralmente del contrato, la ley permite que el contrato sea objeto de liquidación, dentro de los dos años siguientes. Este término corresponde a la posibilidad de interponer las acciones judiciales contra el contrato. Esa liquidación puede darse de común acuerdo o de manera unilateral por la Entidad Estatal.
4.3.5. LIQUIDACIÓN JUDICIAL.
Se podrá solicitar la liquidación judicial del contrato a través de la pretensión de controversias contractuales cuando la liquidación del contrato no se haya logrado de mutuo acuerdo entre las partes, y cuando no se haya liquidado unilateralmente por parte de la entidad.
El fin de la liquidación por vía judicial es que la autoridad competente se pronuncie jurídicamente acerca de salvedades que hayan podido ser dejadas en el acta de liquidación del contrato y que proceda a liquidarlo de conformidad con los parámetros legales y fácticos que gobiernen cada caso en particular.
Lo anterior, dentro del término de caducidad del medio de control para controversias contractuales que es de dos años.
A efecto de adelantar la liquidación de los contratos suscritos por la Contraloría de Bogotá D.C., se recomienda seguir la guía expedida por la Agencia Nacional Colombia Compra Eficiente G-LPC-01- ANCP–CCE para tal actividad, o aquella que modifique o sustituya.
4.3.6. CIERRE DEL PROCESO CONTRACTUAL Y ARCHIVO DEL EXPEDIENTE CONTRACTUAL.
Surtida la liquidación final del contrato y vencidos los términos de las garantías de cumplimiento, la Subdirección de Contratación procederá a efectuar el cierre del expediente del Proceso de Contratación a través de la plataforma SECOP en la modalidad de modificaciones cierre del proceso, previa verificación de no afectación de las mismas. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 69 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-170 • 2024 • JUNIO • 21 170 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 Para efectos del cierre del proceso contractual, se deberán contar con todos los soportes derivados de la ejecución del contrato como son informes de ejecución, productos entregables, pagos aprobados entre otros (En los casos que aplique).
Será responsabilidad del supervisor verificar que toda esta información se encuentre actualizada y publicada en el expediente electrónico.
Si la información no se encuentra completa no se procederá al cierre del expediente contractual y se informará al supervisor sobre esta situación para que subsane lo requerido por la Subdirección Contractual en un término de cinco (5) días hábiles que podrán ser prorrogados por solicitud del área técnica.
Ahora bien, teniendo en cuenta que ni el Decreto Único Reglamentario 1082 de 2015, ni la Ley Estatutaria de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional, Ley 1712 de 2014, lo señalan de manera expresa, los documentos asociados a trámites internos administrativos, operativos y presupuestales de la Contraloría de Bogotá D.C., tales como, pero sin limitarse a paz y salvos, actas o documentos de liberación presupuestal, serán publicados en el SECOP cuando se adelanten todas las revisiones, validaciones y precisiones a que haya lugar y se culmine con su expedición.
Teniendo en cuenta que no se trata de documentos que según la Ley son expedidos en desarrollo de la gestión contractual de la entidad, su publicación no se sujetará al término de los 3 días que establece el artículo 2.2.1.1.1.7.1 del Decreto 1082 de 2015.
Capítulo V. RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL Y POSCONTRACTUAL.
Las personas que intervienen en los procesos contractuales, bien sea como servidores públicos o contratistas, tienen responsabilidades en los términos previstos en la Constitución y la Ley. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 70 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-171 • 2024 • JUNIO • 21 171 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 La responsabilidad se produce como consecuencia de las actuaciones u omisiones antijurídicas en la ejecución de los procesos de selección de contratistas o en la celebración, ejecución de los contratos.
5.1. RESPONSABILIDAD DE LOS CONTRATISTAS.
Los contratistas responden civil y penalmente por sus acciones u omisiones en la actuación contractual en los términos de la Ley, adicional a lo anterior, los consultores y asesores externos responden civil, fiscal, penal y disciplinariamente, al igual que los servidores públicos hasta la etapa de liquidación. Los consorcios y uniones temporales responden por las acciones y omisiones de sus integrantes, en los términos del artículo 7 de la citada Ley 80 de 1993, el Decreto 1082 de 2015, y el artículo 70 de la Ley 1952 de 2019.
El artículo 70 de la Ley 1952 de 2019, respecto de los sujetos disciplinables, el régimen disciplinario se aplica a los particulares que ejerzan funciones públicas de manera permanente o transitoria; que administren recursos públicos; que cumplan labores de interventoría o supervisión en los contratos estatales y a los auxiliares de la justicia.
5.2. RESPONSABILIDAD DE LOS SUPERVISORES O INTERVENTORES.
De lo anterior y como quiera que la supervisión garantiza la correcta ejecución de los recursos públicos, la ley determina que cualquier acción defectuosa o la omisión en el seguimiento a la gestión contractual por parte de los funcionarios encargados de ejercerla, así como de quienes sean contratados externamente para tal fin, los podrá hacer responsables civil, penal y disciplinariamente.
5.2.1. DESIGNACIÓN DEL SUPERVISOR, INICIO Y DURACIÓN DE LA FUNCIÓN DE SUPERVISIÓN.
Las labores de supervisión serán ejercidas por servidores públicos de la Contraloría de Bogotá D.C., según lo establecido en el estudio previo, pliegos de condiciones y en el Contrato. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 71 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-172 • 2024 • JUNIO • 21 172 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 La supervisión será ejercida desde la comunicación oficial interna una vez se hayan cumplido los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del contrato y hasta el cierre del expediente contractual, producto de la terminación del contrato y se suscriba el acta de liquidación (si a ello hay lugar) conforme a los formatos vigentes y aplicables.
Teniendo en cuenta que, la supervisión recae sobre el cargo situado en una dependencia, en el evento en que se presente la ausencia de quien lo ocupa, entre otras causas, por cualquier novedad o situación administrativa (vacaciones, permiso, comisión, licencia y retiro de la Entidad), la supervisión recaerá automáticamente sobre quien haga sus veces, o el jefe inmediato en caso de no existir el cargo, mientras se realiza la designación de un nuevo supervisor.
En caso de solicitarse el cambio de supervisión la solicitud deberá acompañarse con un informe del estado de ejecución del contrato suscrito por el funcionario que ejerce la supervisión y radicarse a la Subdirección de Contratación.
En todos los casos, el supervisor vigilará la ejecución y cumplimiento del objeto del contrato durante todo el tiempo de su vigencia. Así mismo, estará a cargo del supervisor adelantar las gestiones pertinentes relacionadas con la confidencialidad de la información y los trámites de derechos de autor en los casos en que aplique.
5.2.2. CRITERIOS PARA LA DESIGNACIÓN DEL SUPERVISOR.
Para ejercer la actividad de supervisor, se deben reunir como mínimo los siguientes requisitos:
- Deberá ser servidor público activo de la Contraloría de Bogotá D.C.
- Deberá haber sido designado por el ordenador del gasto.
- El supervisor no deberá estar incurso en cualquiera de las causales de inhabilidad,
incompatibilidad o impedimento según lo establecido en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, la Ley 1474 de 2011 y normas concordantes. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 72 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-173 • 2024 • JUNIO • 21 173 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0
- El supervisor no deberá tener parentesco, afecto o interés económico con el contratista y
en general cualquier clase de motivación o conflicto de interés que impida una intervención objetiva.
- Deberá contar con conocimientos básicos referentes al objeto contractual.
5.2.3. CONTRATOS QUE REQUIEREN DE INTERVENTOR.
Para la contratación de particulares en calidad de interventores se adelantarán los trámites legales y reglamentarios previstos para la celebración de contratos de consultoría.
Es recomendable que el concurso de méritos para seleccionar al interventor se inicie de manera simultánea con el proceso de contratación que tiene por objeto el contrato que va a ser objeto de la Interventoría.
Así las cosas, los contratos que requieren de Interventor son los que cumplan con los siguientes criterios:
- Contrato de obra pública resultante de un proceso de licitación.
- Contratos que por su complejidad para su seguimiento es necesario conocimiento
especializado.
5.2.3.1. CONCURRENCIA DE SUPERVISORES E INTERVENTORES.
La supervisión y la interventoría sobre un contrato pueden coincidir, para lo cual la Contraloría de Bogotá D.C. fijará con claridad el alcance y las responsabilidades del supervisor y del interventor para evitar inconvenientes en el seguimiento del contrato, es decir que desde los estudios previos se deberán indicar las actividades técnicas a cargo del interventor y las demás quedarán a cargo de la Entidad a través del supervisor.
El contrato de Interventoría será supervisado directamente por la entidad estatal. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 73 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-174 • 2024 • JUNIO • 21 174 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 5.2.4. FUNCIONES DE LOS SUPERVISORES E INTERVENTORES.
Los interventores y supervisores son quienes ejercen en nombre y representación de la entidad, las obligaciones de control, seguimiento y supervisión de los contratos celebrados, y por tanto están facultados para solicitar informes, aclaraciones y explicaciones sobre el desarrollo de la ejecución contractual y tendrán los siguientes deberes:
1. Suscribir juntamente con el contratista el acta de inicio del contrato o convenio
vigilado (si a ello hay lugar), dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del contrato junto con la aprobación del plan de inversión del anticipo, cuando aplique; y remitirla a la Subdirección de Contratación para publicar en el SECOP II o la plataforma que la reemplace.
2. Requerir al contratista para que cargue las garantías solicitadas en el contrato en la
plataforma SECOP II o plataforma que haga sus veces dentro de los términos pactados, con la finalidad de iniciar la mayor brevedad el contrato o negocio jurídico de que se trate.
3. Verificar que en el SECOP II o en la plataforma que la sustituya el contratista realice
la publicación de los documentos que soporten la ejecución del contrato, documentos tales como informes, actas, listados de asistencia de reuniones, los cuales deberán encontrarse debidamente suscritos y con las formalidades correspondientes.
4. Suscribir conjuntamente con el contratista, cuando así se pacte en el contrato y
dentro del término establecido en el mismo, las actas recibo de bienes o prestación de servicios y las demás actas que surjan en la ejecución del contrato según el caso.
5. Solicitar al contratista los informes que considere necesarios, llevar a cabo reuniones,
integrar los comités que establezca el contrato o convenio y desarrollar otras herramientas encaminadas a verificar la adecuada ejecución del contrato.
6. Revisar que los sitios de entrega de elementos, y ubicación de materiales,
localizaciones, etc., corresponda con las condiciones técnicas y económicas pactadas en el contrato y en las condiciones mínimas o términos de referencia del respectivo proceso de selección.
7. Exigir al contratista el cumplimiento del cronograma de actividades de ejecución y de
inversión del anticipo, en los casos que sea procedente. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 74 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-175 • 2024 • JUNIO • 21 175 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0
8. Proyectar y tramitar la correspondencia que sea necesaria para la correcta ejecución
del contrato o convenio.
9. Atender y tramitar dentro de la órbita de su competencia, toda consulta que realice el
contratista para la correcta ejecución del contrato.
10. Coordinar con el almacenista el recibo de bienes o servicios que incluyen bienes,
dado que se debe registrar el ingreso al almacén y de inmediato actualizar el inventario físico el cual afecta los activos de la entidad.
11. En ningún caso el supervisor o interventor podrá suscribir documentos que impliquen
incremento en el valor inicial del contrato, el único facultado para realizar estas modificaciones es el Ordenador del gasto.
12. Tramitar dentro de los cinco (5) días hábiles anteriores al vencimiento o término
previsto para la modificación y conforme el formato de justificación técnica y económica, las prórrogas, modificaciones, adiciones o suspensiones del plazo de ejecución del contrato o convenio y verificar que las condiciones que se proponen para tales efectos estén acordes con la normatividad vigente.
13. Verificar que se expidan los respectivos registros presupuestales para las adiciones,
modificaciones y cesiones de los contratos a su cargo. Para los casos de contratos que se ejecutan en más de una vigencia, se debe verificar que el primer día hábil de cada vigencia se expida el respectivo registro presupuestal para garantizar que el contrato no se encuentre desamparado.
Nunca se podrá autorizar la prestación de ningún servicio o suministro de bienes sin cumplirse con este requisito.
14. Advertir oportunamente al contratista sobre el cumplimiento de sus obligaciones y si
fuere necesario, solicitarle acciones correctivas, siempre con plazo perentorio.
15. Informar al ordenador del gasto y a la Subdirección de Contratación o quien haga sus
veces, una vez tenga conocimiento sobre los atrasos que puedan dar origen a la aplicación de sanciones, según lo establecido en el contrato y solicitar, cuando haya lugar, la aplicación de multas, sanciones y declaratorias de incumplimiento a los contratistas, dando estricto cumplimiento al principio del debido proceso, de conformidad con el procedimiento establecido por el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011. En todo caso la supervisión debe elaborar un informe, estableciendo y www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 75 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-176 • 2024 • JUNIO • 21 176 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 justificando su concepto, allegando los soportes probatorios relacionados con el presunto incumplimiento.
16. El supervisor o interventor deberá verificar que el contratista publique en el SECOP
II, toda la información que se produzca en la ejecución del contrato.
17. Estudiar y tramitar las solicitudes presentadas por el contratista en el curso de la
ejecución del contrato a la mayor brevedad posible, evitando que se configure el silencio administrativo positivo previsto por el artículo 25 numeral 16 de la Ley 80 de 1993 y de las sanciones que ello conlleva.
18. Vigilar el cumplimiento por parte del contratista de las disposiciones legales de
carácter laboral y exigir que se apliquen las normas de seguridad y salud en el trabajo que sean de obligatorio cumplimiento, cuando por el objeto del contrato haya lugar a ello
19. Tramitar el pago de las cuentas conforme lo establecido en la forma de pago de cada
contrato, ateniendo el instructivo de la Subdirección Financiera y la programación del PAC, incluidos los anticipos, en los que verifique que la cuenta a la cual se desembolsa el anticipo pertenece a una fiducia.
20. Controlar la correcta inversión del anticipo de conformidad con lo establecido en el
contrato y dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 91 la Ley 1474 de 2011, así como aprobar el plan de inversión del anticipo cuando haya lugar.
21. Asistir técnicamente a la Entidad en asuntos relacionados con la ejecución del
contrato.
22. Resolver las consultas del contratista, o tramitarlas ante la dependencia competente,
haciendo el correspondiente seguimiento.
23. Revisar las facturas o documentos equivalentes presentadas por el contratista,
verificando que en ellas se consignen el concepto y valor del servicio prestado, o los bienes entregados y que correspondan con la ejecución del objeto, obligaciones y actividades pactadas y plazos convenidos y remitir de manera oportuna a la Subdirección Financiera la documentación determinada en el contrato para el trámite de pago.
24. Formular y enviar al contratista por escrito las observaciones y objeciones a que haya
lugar cuando haya desacuerdo o inconformidad con el cumplimiento de las obligaciones derivadas www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 76 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-177 • 2024 • JUNIO • 21 177 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 del contrato. Estas observaciones deben estar debidamente sustentadas y justificadas en hechos, circunstancias y normas si hay lugar a ello.
25. Realizar la planificación y control de la ejecución de los contratos de tal manera que
la ejecución se realice durante la vigencia fiscal para la cual fue programada.
26. Hacer control a los riesgos, reporte de su materialización y la toma de decisiones
cuando ocurran, con el fin de evitar alteraciones a la ejecución del contrato.
27. Elaborar un informe del estado de ejecución del contrato o convenio cuando exista
cambio de supervisión o se presente la ausencia por novedad o situación administrativa (vacaciones, permiso, comisión, licencia o retiro de la Entidad) y entregarlo al nuevo supervisor o el jefe inmediato, según sea el caso.
28. Solicitar la liquidación del contrato a la Subdirección de Contratación (si a ello hay
lugar).
29. En aquellos contratos o negocios jurídicos de naturaleza contractual, en las cuales
NO se surte la etapa de la liquidación, pero se pactan obligaciones de ejecución posterior al plazo, tales como mantenimientos, garantías, o apoyos post ventas, entre otros, la supervisión deberá adelantar el debido seguimiento al cumplimiento de dichos compromisos y velar porque la garantía de cumplimiento que ampara el contrato se mantenga vigente hasta el cumplimiento de dichas obligaciones.
30. Informar a la Subdirección Financiera sobre el estado de ejecución del contrato para
establecer las reservas presupuestales y de cuentas por pagar cuando a ello haya lugar, antes del cierre de la vigencia fiscal de cada año.
31. Solicitar a la Subdirección Financiera la liberación de los valores no ejecutados de
los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión con personas naturales que finalizaron al término del plazo de ejecución pactado o al agotamiento del objeto contratado o de las obligaciones contratadas 5.2.5. RESTRICCIONES ESPECIALES DEL SUPERVISOR.
Sin perjuicio de las prohibiciones y prescripciones consagradas en normas vigentes, el supervisor de un contrato en ningún caso podrá: www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 77 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-178 • 2024 • JUNIO • 21 178 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0
1. Adoptar decisiones que impliquen la modificación del contrato o convenio.
2. Abandonar sus funciones hasta cuando haya sido debidamente designado el nuevo
supervisor o interventor, salvo por fuerza mayor o caso fortuito.
3. Solicitar o recibir, directa o indirectamente, para sí o para un tercero, dádivas, favores o
cualquier otra clase de beneficios o prebendas del contratista.
4. Retardar, denegar u omitir cualquier asunto que le corresponda atender por razón de
sus funciones.
5. Constituirse en acreedor o deudor del contratista o de cualquier persona interesada en
el contrato cuya ejecución controla.
6. Gestionar indebidamente a título personal asuntos relacionados con el contrato.
7. Exigir al contratista renuncias a cambio de modificaciones o adiciones al contrato.
8. Exonerar al contratista del cumplimiento de cualquiera de sus obligaciones.
Capítulo VI. BUENAS PRÁCTICAS DE LA GESTIÓN CONTRACTUAL.
Para la Contraloría de Bogotá D.C., es fundamental que todos los servidores públicos, contratistas y colaboradores que tienen a su cargo la planeación, ejecución, seguimiento y control de la contratación de la entidad, cuenten con herramientas de fácil comprensión para el ejercicio contractual diario, que permitan la ejecución óptima de este proceso. Por lo anterior, se presentan de manera sencilla algunas recomendaciones o acciones que deben tenerse en cuenta en las diferentes etapas contractuales, así:
1. Se recomienda a las dependencias u oficinas de la Contraloría de Bogotá D.C., que
realicen un análisis desde los estudios previos, de cuáles deben ser los informes, documentos y productos que cada contratista está obligado a entregar indicando su periodicidad, forma y número de copias o ejemplares. Esto, con el fin de señalar los soportes que son estrictamente necesarios para la acreditación del cumplimiento de las obligaciones y para justificar un desembolso o pago, así como incentivar el suministro de información en medios magnéticos o electrónicos; optimizando de esta manera el proceso de liquidación, cierre o archivo de los expedientes contractuales y a la vez dando cumplimiento a la directiva presidencial referente a la eficiencia administrativa y www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 78 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-179 • 2024 • JUNIO • 21 179 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 lineamientos de la política cero papel en la administración pública amigable con el medio ambiente, garantizando la calidad, integridad, autenticidad y veracidad de la información.
2. A las diferentes dependencias de la Contraloría de Bogotá D.C., se les recomienda
radicar con suficiente antelación, toda clase de solicitud de modificación. Lo anterior, teniendo en cuenta que la Subdirección de Contratación debe llevar a cabo un proceso perentorio que incluye la revisión de la solicitud y la documentación aportada, realizar las observaciones frente a la misma, para posteriormente, cuando sean subsanadas y allegada documentación adicional, se realice la respectiva minuta.
3. Teniendo en cuenta que las modificaciones contractuales se realizan a través de la
plataforma del SECOP II, es importante e indispensable que las dependencias que las solicitan, les recuerden a los contratistas para las modificaciones y en el caso de una cesión, al nuevo proveedor o contratista, que deben tener a la mano el usuario y la clave con los cuales se registró en el dicho portal de Colombia Compra Eficiente (incluso pueden hacer pruebas de ingreso días antes), para evitar demoras y retrasos en la consecución y publicación de la correspondiente modificación.
4. En atención al uso obligatorio de SECOP o plataforma que haga sus veces, los
usuarios son responsables de las actuaciones efectuadas en la misma, en consecuencia, deben tratar con reserva la información de su cuenta y contraseña, que es una firma electrónica en los términos del artículo 7 de la Ley 527 de 199920 y las normas que lo reglamentan.
5. Para evitar el cruce de documentos físicos entre dependencias se recuerda a los
servidores públicos y colaboradores que intervienen en el proceso contractual que cuando requieran revisar, analizar y aclarar dudas acerca de: solicitudes de modificación, liquidaciones en curso o tramitar y dar inicio de procesos sancionatorios, pueden solicitar mesas de trabajo con la Subdirección de Contratación, lo cual generará una gestión más eficaz.
6. En caso de que las diferentes áreas de la Contraloría de Bogotá D.C., necesiten llevar
a cabo una solicitud de modificación contractual, se requiere que la presentación de las mismas, se realice en los formatos adoptados por el Sistema Integrado de Gestión (SIG), y en especial se aconseja que se revisen dichos formatos periódicamente para conocer las actualizaciones que hayan tenido.
20 “Por medio de la cual se define y reglamenta el acceso y uso de los mensajes de datos, del comercio electrónico y de las firmas digitales, y se establecen las entidades de certificación y se dictan otras disposiciones.” Desarrollado por el Decreto 4487 de 2009 - Reglamentado parcialmente por el Decreto 1747 de 2000. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 79 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-180 • 2024 • JUNIO • 21 180 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0 Por lo tanto, cada vez que sea necesario su uso, deberán ser descargados directamente del portal INTRANET o la plataforma que la reemplace.
7. Cuando el supervisor de un contrato suscrito por la Contraloría de Bogotá D.C.,
perciba o denote por parte del contratista alguna dificultad en la consecución del objeto y obligaciones contractuales (sin que implique grave incumplimiento en la ejecución), puede acudir a establecer planes de mejora y cronogramas de trabajo, como instrumentos mediante los cuales el supervisor y el contratista llegan a los acuerdos administrativos que sean necesarios para sobrellevar tales dificultades, a fin de evitar un posible proceso de incumplimiento y en especial para satisfacer la necesidad del servicio para la cual fue contratado.
8. Se recuerda a los contratistas de la Contraloría de Bogotá D.C., la importancia de
que el expediente contractual que reposa en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública SECOP, esté debidamente integrado. Para esto es necesario que se realice el cargue de los informes de ejecución, los productos o entregables (si a ello hay lugar) así como los pagos mensuales con sus respectivos recibos a satisfacción. Será responsabilidad del supervisor del contrato verificar que la información que reposa en la citada plataforma se encuentre completa, toda vez que la misma evidencia la realidad del contrato. No se tramitarán modificaciones, si los documentos de ejecución contractual no se encuentran debidamente cargados y actualizados a la fecha de radicación de la solicitud de modificación.
9. Los contratistas informarán en caso de proceder, de manera clara, oportuna y
suficiente al supervisor del contrato de sus demás actividades privadas económicas y personales que puedan implicar un eventual conflicto de interés respecto del cumplimiento de alguna de las obligaciones pactadas, de tal manera que se evite la materialización de riesgos de corrupción en la ejecución de los contratos suscritos por la Contraloría de Bogotá D.C.
10. En los procesos de mínima cuantía en grandes superficies, el área técnica verificará
que los bienes se encuentren disponibles para compra antes de que la Dirección Administrativa y Financiera proceda a realizar la orden en la Tienda Virtual del Estado Colombiano. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 80 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-181 • 2024 • JUNIO • 21 181 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF - 09 Versión: 6.0
Capítulo VIII. CONTROL DE CAMBIOS
Versión Descripción de la modificación N° Resolución reglamentaria y fecha 1.0 R.R. No. 023 31-Jul-2014 Si requiere ver la trazabilidad consultar la Resolución Reglamentaria.
2.0 R.R. No. 017 28-Feb-2018 Si requiere ver la trazabilidad consultar la Resolución Reglamentaria.
3.0 R.R. No 042 30-Sep-2019 Si requiere ver la trazabilidad consultar la Resolución Reglamentaria.
Se actualizó la normatividad aplicable al desarrollo del proceso contractual. −Se incorpora la descripción, funciones y conceptos de la 4.0 R.R. No. 003 25-Feb-2022 Junta de Contratación teniendo en cuenta que se creó mediante Resolución Reglamentaria No. 20 de 2022. −Se actualizan los conceptos y directrices del documento en general.
5.0 R.R. No. 034 22-Dic-2022 Se actualizan Leyes, reglamentación y conceptos y se reorganiza el manual, para que sea más claro para quienes hagan uso del mismo. Se incorpora la descripción, funciones y conceptos de la Junta de Contratación. Se actualizan los conceptos y directrices del documento en general.
6.0 R.R. No. 017 11-Jun-2024 Responsable de Proceso que Aprueba Cargo Directora Administrativa Dependencia Dirección Administrativa y Financiera Nombre Completo Isadora Fernández Posada Firma Director/a de Planeación que Realiza Revisión Técnica Nombre Completo Sandra Patricia Bohórquez González Firma www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 81 de 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-182 • 2024 • JUNIO • 21 182 RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA Nº 019 (14 de junio de 2024)
“Por medio de la cual se establecen lineamientos para la suscripción de los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión de la Contraloría de Bogotá D.C.”
EL CONTRALOR DE BOGOTÁ D.C.
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Ley 80 de 19931, la Ley 1150 de 20072 y el Acuerdo Distrital 658 de 20163 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 209 de la Constitución Política señala que "La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economia, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones (...)".
Que las entidades en la contratación deben buscar el cumplimiento de los fines del Estado y la continua y eficiente prestación de los servicios públicos, así como la efectividad de los derechos e intereses de los administrados, de conformidad con el articulo 3° de la Ley 80 de 19934• Que para cumplir con los fines del Estado es necesario celebrar contratos de prestación de servicios cuando dichas actividades no puedan realizarse con personal de planta o no exista suficiente personal para atender las necesidades propias de la Entidad, o que requieran de conocimientos especializados, conforme al numeral 3 del,.Por la cual se eXpide el Esta/ulo General de Contra/ación de la Administración Pública", 2 "Por mediO de la OJal se introducen medidaS para la eficiencia y la /Jansparencia en fa Ley 80 de 1993 Y se dictan otras disposiciones generales sobre la contrataCión con Recursos Públicos.• 3 Mochflcado parcialmente por lOs Acuerdos DiSlntales 664 de 2017, 881, 886 Y 904 de 2023
- "Por la cual se expide el Eslatuto General de ContralaClón de la Admmistración PúblICa.• www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N' 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 1 de 10 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-183 • 2024 • JUNIO • 21 183 1 4 UN 2024 RESOLUCiÓN REGLAMENTAR A N° DEL "Por medio de la cual se establecen lineamientos para la suscripción de los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a Código Formato PGD-10-01 Versión: 2.0 la gestión de la Contraloría de Bogotá D.C." nEl\OGOTA o_eo CONTRAtORiA -~- artículo 32 de la Ley 80 de 1993, el cual establece:
"Son contratos de prestación de servicios los que celebren las entidades estatales para desarrollar actividades relacionadas con la administración o funcionamiento de la entidad. Estos contratos sólo podrán celebrarse con personas naturales cuando dichas actividades no puedan realizarse con personal de planta o requieran conocimientos. l' d ()5" especia Iza os.....
Que en la misma medida, la Ley 1150 de 20076 en su articulo 2° numeral 4° literal h) dispone: "(...) Contratación directa. La modalidad de selección de contratación directa solamente procederá en los siguientes casos: (...) h) Para la prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión o para la ejecución de trabajos artísticos que sólo puedan encomendarse a determinadas personas naturales; (...)".
Que el Decreto 1082 de 20157 en su articulo 2.2.1.2.1.4.9 establece que:
"Las Entidades Estatales pueden contratar bajo la modalidad de contratación directa la prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión con la persona natural o jurídica que esté en capacidad de ejecutar el objeto del contrato, siempre y cuando la Entidad Estatal verifique la idoneidad o experiencia requerida y relacionada con el área de que se trate. En este caso, no es necesario que la Entidad Estatal haya obtenido previamente varias ofertas, de lo cual el ordenador del gasto debe dejar constancía escrita. (...)"
~ Apar1es subrayados declarados condicionalmente eKequibles - Sentencia C-l54 de 1997 ~ 'Por medIO de la OJal se introducen medidas para la eficiencia y la transparencia en la Ley SO de 1993 y se dietan otras disposiciones generales sobre la contrataclÓII con Recursos Públicos.' 1 'Por medio del cual se e!Cpide el decreto uniCO reglamentario del sector Administrativo de Planeación Nacional" www.conlraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N" 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 2 de 10 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-184 • 2024 • JUNIO • 21 184 24 Código 14 JU O' CONTRALORiA Formato PGD-l0-01 Versión: 2.0 RESOLUCiÓN REGLAMENTARIA N° DEL "Por medio de la cual se establecen lineamientos para la suscripción de los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión de la Contraloria de Bogotá O. C. "
Que el referido decreto en su artículo 2.2.1.1.2.1.18, díspone que para el inicio del proceso, la entidad estatal debe adelantar estudios prevías que soporten el contrato, los cuales deben contener entre otros, el valor estimado del contrato con su respectiva justificación.
Que los servicios profesionales y de apoyo a la gestión corresponden a aquellos de naturaleza intelectual diferentes a los de consultoria que se derivan del cumplimiento de las funciones de la entidad estatal, asi como los relacionados con actividades operativas, logisticas, entre otras.
Que los perfiles de contratistas en la Contraloría de Bogotá D.C. se determinarán según las competencias y responsabilidades inherentes al objeto contractual a desarrollar; criterios que las áreas responsables deben considerar al fijar los requisitos específicos de estudio y de experiencia, así como las condiciones del mercado, según las necesidades de la Entidad.
Que dadas las disposiciones normativas sobre las equivalencias de estudio y experiencia que las entidades públicas pueden considerar para realizar contratos de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, es preciso que la Contraloria de Bogotá D.C. establezca los lineamientos que deberá considerar para la suscripción de dichos contratos.
Que para garantizar los principios que regulan la función administrativa, así como los que se encuentran establecidos en el Estatuto General de Contratación Pública y de a Modlfteado por el articulo 1 del decreto Nacional 399 de 2021 www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A W 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 3 de 10 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-185 • 2024 • JUNIO • 21 185 lO CONTRAIORiA --".__._. [)[!lO(~OTA!l.e..
RESOLUCiÓN REGLAMENTARIA N°. DEL 1 4 JUN -O~1dj90 "Por medio de la cual se establecen lineamientos para la suscripción Formato de los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a PGD-10-01 I t" die t I d B t' o e " Versión: 2.0 a ges Ion e a on ra arta e ogo a.. acuerdo con la misionalidad de la Contraloría de Bogotá D.C., se hace necesario adoptar mecanismos que faciliten a la administración establecer el monto de los honorarios para los contratistas a que se refiere la presente resolución.
Que la Contraloria de Bogotá D.C. tuvo en cuenta las diferentes tablas de honorarios adoptadas por otras entidades del sector público, el análisis de la contratación de prestación de servicios de la Entidad, la necesidad para el cumplimiento de sus fines misionales y administrativos, así como lo previsto en el Decreto 1068 de 20159.
Que conforme lo anterior, y teniendo en cuenta la necesidad del servicio a contratar, se procederá a establecer los lineamientos que deberán ser tenidos en cuenta por las diferentes dependencias de la Contraloría de Bogotá D.C. para la suscripción de los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión.
Que en mérito de lo expuesto el Contralor de Bogotá D.C.,
RESUELVE:
ARTíCULO PRIMERO. - OBJETO: Establecer los lineamientos que deben considerarse para la gestión y suscripción de los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión en la Contraloría de Bogotá D.C.
ARTíCULO SEGUNDO. - ALCANCE: Lo dispuesto en la presente resolución será aplicable a todas las dependencias de la Contraloría de Bogotá D.C., que requieran j.Por medIO del cual se expide el Decreto UnifX) Reglamenlano del Sector Hacienda y Credito Público. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N' 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 4 de 10 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-186 • 2024 • JUNIO • 21 186 o CONTRALORiA [)( l\()(jOTA Il.e RESOLUCiÓN REGLAMENTARIA N° DEL.] JU' 2c'l,;;,l¡go "Por medio de la cual se establecen lineamientos para la suscripción Formato de los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a PGD-l0-0l I t" die ti' d B t' OC" Versrón: 2.0 a ges Ion e a on ra ona e ogo a.. la necesidad de contratar personas naturales por prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión para el cumplimiento de sus fines misionales y administrativos, cuando dichas actividades no puedan realizarse con personal de planta, requieran conocimientos especializados y se certifique por parte de la Dirección de Talento Humano la no existencia o insuficiencia de personal para llevar a cabo las obligaciones que sean estipuladas en los estudios previos a cargo de cada una de las dependencias donde surge la necesidad.
ARTíCULO TERCERO. - DEFINICIONES: Para efectos de la presente resolución se tendrán en cuenta los siguientes conceptos: a) ESTUDIOS. Conocimientos académicos adquiridos en instituciones públicas o privadas, debidamente reconocidas por el Gobierno Nacional, correspondientes a la educación básica primaria, secundaria, media vocacional, superior en pregrado, en formación técnica laboral, técnica profesional, tecnológica, profesional y en posgrado, especialización y maestria. b) TíTULOS Y CERTIFICADOS ACADÉMICOS OBTENIDOS EN El EXTERIOR.
Los estudios realizados y los titulos obtenidos en el exterior requerirán para su validez de la homologación y convalidación por parte del Ministerio de Educación Nacional o la autoridad competente, conforme a la regulación aplicable a estos. Es importante tener en cuenta que, para celebrar un contrato de prestación de servicios profesionales se debe presentar el titulo profesional debidamente convalidado y homologado. e) EXPERIENCIA PROFESIONAL. Es la adquirida a partir de la terminación y aprobación del pénsum académico de la respectiva formación profesional, en el ejercicio de las actividades propias de la profesión o disciplina académica exigida para el www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A W 26 A - 10. Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 5 de 10 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-187 • 2024 • JUNIO • 21 187 O' CONTRAlORiA --~ -_._- [)f II()(JOTÁ oc RESOLUCiÓN REGLAMENTARIA N" DEL 1 4 JUl'\ 2024 Código "Por medio de la cual se establecen lineamientos para la suscripción Formato de los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a PGD-l0-01 l t.. dIe tI' d B t. o e " VerSión: 2.0 a ges Ion e a on ra orla e ogo a.. desempeño del empleo.
Tratándose de profesiones u ocupaciones del área de la salud, la experiencia profesional se contará con la inscripción en el Registro Único Nacional de Talento Humano en Salud -RETHUS- según lo establecido en el articulo 23 de la Ley 1164 de 2007. De igual manera, tratándose de ingenierias, se dará aplicación a lo señalado en el articulo 12 de la Ley 842 de 2003. d) EXPERIENCIA LABORAL. Es la adquirida con el ejercicio de cualquier empleo, ocupación, arte u oficio. e) CERTIFICACIONES. Los estudios se acreditarán mediante la presentación de certificados, diplomas, actas de grado o titulas otorgados por las instituciones correspondientes. Para su validez requerirán de los registros y autenticaciones que determinen las normas vigentes sobre la materia.
La experiencia se acreditará mediante la presentación de constancias escritas expedidas por la autoridad competente de las respectivas instituciones oficiales o privadas tales como, certificaciones laborales, certificaciones de contratos de prestación de servicios y actas de liquidación de contratos de prestación de servicios.
ARTíCULO CUARTO. - DETERMINACiÓN DE PERFILES Y HONORARIOS.
La Entidad establecerá, a través de la Dirección Administrativa y Financiera, los respectivos perfiles que deben acreditarse en términos de niveles de formación y tiempo de experiencia y sus correspondientes valores de honorarios. Para tal efecto, deberá tenerse en cuenta lo señalado en la presente resolución, y podrán considerarse perfiles diferenciados que busquen atender las necesidades particulares de la Entidad. www.contra¡oriabogota.gov.co Carrera 32 A N" 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 6 de 10 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-188 • 2024 • JUNIO • 21 188 o CONTRAI.ORiA - -- [')[ I\OGOTA o.e RESOLUCiÓN REGLAMENTARIA N° DEL JUN2~~go "Por medio de la cual se establecen lineamientos para la suscripción Formato de los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a PGD-l0-01 la gestión de la Contraloría de Bogotá D. C. " Versión: 2.0 ARTíCULO QUINTO. - EQUIVALENCIAS: Para efectos de la presente resolución se aplicarán las siguientes equivalencias: a) Titulo de formación tecnológica o de formación técnica profesional por tres (3) años de experiencia o viceversa. b) Título de posgrado en la modalidad de especialización por dos (2) años de experiencia profesional o viceversa, siempre que se acredite el titulo profesional. e) Titulo de posgrado en la modalidad de maestria por tres (3) años de experiencia profesional o viceversa, siempre que se acredite el titulo profesional, o equivalencia por especialización más un (1) año de experiencia profesional o viceversa. d) Título de posgrado en la modalidad de doctorado por cuatro (4) años de experiencia profesional, siempre que se acredite el titulo profesional. e) Título profesional adicional al exigido por dos (2) años de experiencia profesional, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con el objeto contractual y las obligaciones a desarrollar. f) Titulo de técnico o tecnólogo adicional al exigido por un (1) año de experiencia, siempre y cuando dicha formación adicional sea afin con el objeto contractual y las obligaciones a desarrollar.
Parágrafo.
PRIMERO: Cuando para el cumplimiento de un objeto contractual se exíja titulo profesional o bachiller, los grados y títulos previstos en las normas sobre la materia no podrán ser compensados por experiencia. www.contra¡oriabogota.gov.co Carrera 32 A W 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 7 de 10 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-189 • 2024 • JUNIO • 21 189 RESOLUCiÓN REGLAMENTARIA N° DEL 1 4 N "Por medio de la cual se establecen lineamientos para la suscripción de los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a o CONTRAl.ORiA 1 "'1.,Código Formato PGD-10-01 Versión: 2.0 ml\()(jmA [le la gestión de la Contraloría de Bogotá D.C. "
Parágrafo.
SEGUNDO: Las equivalencias aquí previstas solo se podrán considerar para cumplir uno solo de los requisitos exigidos.
Parágrafo.
TERCERO: Se tendrá en cuenta como experiencia profesional, aquella adquirida en las pasantías, prácticas, judicaturas, servicio en los consultorios jurídicos, monitorias, contratos laborales, contratos de prestación de servicios, la prestación del Servicio Social PDET y la participación en grupos de investigación debidamente certificados por la autoridad competente siempre y cuando su contenido se relacione directamente con el programa académico cursado, de conformidad el articulo 2° de la Ley 2039 de 2020 modificado por el articulo 9° de la Ley 2221 de 2022.
ARTíCULO SEXTO. - REQUISITOS PARA EL EJERCICIO DE DETERMINADAS OCUPACIONES: Se deberá contar con la existencia de tarjeta profesional, matricula profesional, resoluciones de autorización del ejercicio o registros expedidos por las autoridades competentes y demás requisitos exigidos para el ejercicio, o documento equivalente, según la regulación especifica de cada ocupación ya sea cómo técnico, tecnológicos o profesionales ARTíCULO SÉPTIMO. - EXCLUSIONES
- Quedan excluidos de la presente resolución los siguientes casos: a) Contratos de prestación de servicios altamente calificados, salvo que dicha condición esté debidamente justificada por el Contralor de Bogotá. b) Contratos de representación judicial cuando se trate de procesos estratégicos y asignados individualmente, si el comité de conciliación y defensa judicial certifica dicha condición. c) Tribunales de arbitramento. www.contraloriabogota.gov.co Carrera32 A N' 26 A - 10 - CódigoPostal111321 PBX: 3358888 Página8 de 10 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-190 • 2024 • JUNIO • 21 190 024 RESOLUCiÓN REGLAMENTARIA N° DEL f 4 j N lO CONTRALORiA Código Formato PGD-l0-01 Versión: 2.0 11[ 1I0(JOTA lle "Por medio de la cual se establecen lineamientos para la suscripción de los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión de la Contraloría de Bogotá O. C. " d) Contratos con personas jurídicas. e) Desarrollo y ejecución de trabajos artísticos. f)
Charlas, talleres, conferencias, seminarios y eventos relacionados.
Parágrafo.
Se entiende por servicios altamente calificados aquellos requeridos en situaciones de alto nivel de especialidad, complejidad y detalle.
ARTíCULO OCTAVO. - CRITERIO SOCIAL: La Contraloría de Bogotá D.C., para fortalecer el componente social de la contratación pública, podrá adoptar medidas afirmativas para proteger con la determinación de honoraríos a los contratistas de prestación de servicios y apoyo a la gestión de la Entidad, sujetos de especial protección constitucional. En estos casos, en el estudio previo deberá justificarse por el jefe del área que solicita la contratación indicando las razones del tratamíento diferenciado.
Parágrafo.
En el caso de personas que pertenezcan a pueblos y comunidades indigenas, Rrom o gitanos, negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras se entenderá, para efectos de la presente resolución, que la certificación realizada por parte de la organización indígena o comunitaria según corresponda, en relación con el desempeño de un oficio ancestral o actividad equivalente que sea reconocido por el grupo poblacíonal respectivo, hace las veces de título profesional.
En estos casos se podrá computar como tiempo de experiencía profesional relacionada, aquella que sea certificada por la organízación índígena o comunitaria en el desempeño de su oficio ancestral o actividad equivalente que sea reconocido por el grupo poblacional respectivo. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A W 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 9 de 10 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-191 • 2024 • JUNIO • 21 191 RESOLUCiÓN REGLAMENTARIA N° DEL 1 ~ JU ' 2lJ?~90 (»\ CONTRALORiA ll£ IIOGOTÁ De "Por medio de la cual se establecen lineamientos para la suscripción Formato de los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a PGD-l0-01 la gestión de la Contraloría de Bogotá D.C. " Versión: 2.0 ARTíCULO NOVENO: La presente resolución rige a partir de su publicación y deroga la Resolución No. 007 de 2023 y las demás disposiciones que le sean contrarias.
PUBLíQUESE y CÚMPLASE 4 N 2024 z
- ."
Proy,ct6 oian.3 Carolina HemandeZ. Amado, Abogada
- DIrección.
Administrativ. y:'"'''Ffd ReVISÓ Carohna del Pilar PlfIE!da Murcia 1 Subdirectora de Contratación
Aprobólsadora Femandez POsad. al Directora AdminIstratIVa y F:W;' "'o a V•.•: t"t< Revtsoo Juridlca Osear Gerardo Afias Es.camlllaJ Director JurídiCO
- ReVIsión técnICa Sandra Patnoa BohÓ'quez' Directora de Plana . ~~~ Registro Olslntal W \, www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A W 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 10 de 10 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-192 • 2024 • JUNIO • 21 192 DECRETO LOCAL DE 2024 ALCALDÍA LOCAL DE PUENTE ARANDA DECRETO LOCAL Nº 009 (28 de mayo de 2024)
“Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda para la vigencia fiscal 2023”.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-193 • 2024 • JUNIO • 21 193 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-194 • 2024 • JUNIO • 21 194 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-195 • 2024 • JUNIO • 21 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8045 • PP. 1-196 • 2024 • JUNIO • 21 196
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