Registro Distrital 8022 de 2024
Registro Distrital 8022 de 2024 Nivel Distrital
- Tipo
- Registro Distrital
- Número
- 8022
- Año
- 2024
- Fecha
- 24 de mayo de 2024
- Entidad
- Nivel Distrital
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
5,5 ALCALDE MAYOR Carlos Fernando Galán Pachón ALCALDESA MAYOR Claudia Nayibe López Hernández REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • No. 8022 - Pp 1 - 340 - 2024 • MAYO •.24 CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Descentralizado SECRETARÍA DE MOVILIDAD RESOLUCIÓN Nº 19605 “POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA ADMINISTRATIVAMENTE EL ABAN- DONO DEL VEHÍCULO DE PLACA CQT541 INMOVILIZADO EN LOS PATIOS OFICIALES DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD.”.................. 41 RESOLUCIÓN Nº 47832 “Por medio de la cual se declara administrativamente el abandono de vehículos inmovilizados en los patios de la Secretaría Distrital de Movilidad con propietario indeterminado (p).”.......................................................................................... 52 ACUERDO DE 2024 EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ - ESP- JUNTA DIRECTIVA ACUERDO Nº 181 Por medio del cual se actualizan los costos de referencia para los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado en todas las áreas de prestación de la EAAB – ESP, se adoptan las tarifas resultantes y se establecen los costos para los contratos de suministro de agua potable e interconexión y se adoptan las tarifas resultantes........................................................................................ 4 Sector Central DOCUMENTO DE 2024 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. - SECRETARÍA DE PLANEACIÓN DOCUMENTO 04 CONPES D.C. Consejo Distrital de Política Económica y Social del Distrito Capital “POLÍTICA PÚBLICA DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN 2019-2038”........... 67 Sector Descentralizado RESOLUCIONES DE 2024 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. - SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL RESOLUCIÓN Nº 254 “Por la cual se modifica parcialmente la Resolución No. 113 de 2023 ‘Por la cual se adopta Política Interna de Teletrabajo en la Secretaría Jurídica Distrital y se dictan otras disposiciones”.............................................................................. 25 SECRETARÍA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN Nº 321 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la invitación cultural “Comunicación étnica” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”....... 34 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL – UAECD RESOLUCIÓN Nº 0359 Por medio de la cual se modifica la Resolución 0158 de 2024 “Por medio de la cual se establece la sede y se efectúan unas delegaciones para la prestación de los servicios de gestión catastral multipropósito en las entidades territoriales en donde la UAECD ejerce como gestor catastral”........................................... 333 AÑO 58 AÑO 58 NÚMERO 8022 24 • MAYO • 2024 ALCALDESA MAYOR Claudia Nayibe López Hernández SECRETARÍA GENERAL ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL.
LA PUBLICACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS EN EL REGISTRO DISTRITAL SE REALIZA DE ACUERDO A LA LEY 1437 DEL 2011 EN SU ARTÍCULO 65 MODIFICADO POR LA LEY 2080 DE 2021 “POR LA CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO”.
CORREO: REGISTRODISTRITAL@ALCALDIABOGOTA.GOV.CO DIRECCIÓN: CALLE 11 SUR #1-60 ESTE - LA MARÍA - BOGOTÁ D.C.
TELÉFONO: 381 3000 EXT. 5010 - 5202 SUBDIRECTORA IMPRENTA DISTRITAL: MARCELA IRENE DE JESÚS GONZÁLEZ BONILLA ACUERDO DE 2024 EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ - ESP- JUNTA DIRECTIVA ACUERDO Nº 181 (30 de abril de 2024)
Por medio del cual se actualizan los costos de referencia para los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado en todas las áreas de prestación de la EAAB – ESP, se adoptan las tarifas resultantes y se establecen los costos para los contratos de suministro de agua potable e interconexión y se adoptan las tarifas resultantes REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-4 • 2024 • MAYO • 24 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-5 • 2024 • MAYO • 24 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-6 • 2024 • MAYO • 24 6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-7 • 2024 • MAYO • 24 7 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-8 • 2024 • MAYO • 24 8 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-9 • 2024 • MAYO • 24 9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-10 • 2024 • MAYO • 24 10 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-11 • 2024 • MAYO • 24 11 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-12 • 2024 • MAYO • 24 12 Anexo II INFORME - ACTUALIZACIÓN POR IPC CON CORTE A MARZO 2024
- Informe para la Junta Directiva -
Bogotá D.C., abril de 2024 MPFD0801F08 -02 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-13 • 2024 • MAYO • 24 13 CONTENIDO
1. INTRODUCCIÓN ................................................................................................................... 3
2. ANTECEDENTES GENERALES ........................................................................................... 3
3. ACTUALIZACIÓN DE TARIFAS POR INDEXACIÓN ............................................................ 5
3.1 Determinación del Factor de Actualización por IPC...................................................... 5 3.2 Incorporación del Factor de Actualización en las Tarifas.............................................. 6
4. IMPACTOS DE LAS MODIFICACIONES REALIZADAS....................................................... 6
4.1 Impactos en los cargos fijos y por consumo.................................................................. 6 4.2 Impactos en Tarifas...................................................................................................... 7 4.3 Impactos en Facturas Promedio................................................................................. 10 MPFD0801F08 -02 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-14 • 2024 • MAYO • 24 14
1. INTRODUCCIÓN
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 125 de la Ley 142 de 1.994 durante el período de vigencia de cada fórmula, los prestadores de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado podrán actualizar sus tarifas de prestación de los servicios, de conformidad con las condiciones, requisitos y procedimientos previstos en la regulación para tal fin.
La Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico – CRA estableció como factor para la actualización de las tarifas de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado, el Índice de Precios al Consumidor – IPC, el cual es reportado oficialmente por el DANE de forma mensual, el quinto (5) día hábil de cada mes. Así mismo, se estableció que cada vez que se presente un acumulado igual o superior al 3% en este índice, con respecto al IPC de la última indexación aplicada, los prestadores podrán actualizar sus tarifas incorporando la variación del IPC presentada.
El presente documento soporte, contiene entre otros, la memoria de cálculo de las indexaciones acumuladas en el periodo diciembre de 2023 - marzo de 2024 y que soporta su incorporación en el cálculo tarifario para decisión de la Junta Directiva de la EAAB-ESP.
2. ANTECEDENTES GENERALES
La Ley 142 de 1.994, Régimen de Servicios Públicos Domiciliarios, establece en su artículo 125:
“ARTÍCULO 125. ACTUALIZACIÓN DE LAS TARIFAS. Durante el período de vigencia de cada fórmula, las empresas podrán actualizar las tarifas que cobran a sus usuarios aplicando las variaciones en los índices de precios que las fórmulas contienen. Las nuevas tarifas se aplicarán a partir del día quince del mes que corresponda, cada vez que se acumule una variación de, por lo menos, un tres por ciento (3%) en alguno de los índices de precios que considera la fórmula.
Cada vez que las empresas de servicios públicos reajusten las tarifas, deberán comunicar los nuevos valores a la Superintendencia de servicios públicos, y a la comisión respectiva. Deberán, además, publicarlos, por una vez, en un periódico que circule en los municipios en donde se presta el servicio, o en uno de circulación nacional.”.
De acuerdo con lo anterior, la Ley prevé la actualización de las tarifas del servicio de acueducto y alcantarillado, cada vez que se presente por lo menos una variación del 3% y determina que corresponde a la CRA, en el proceso de definición de las fórmulas tarifarias, determinar los índices de precios a utilizar para efectuar la actualización de las tarifas.
En la Resolución CRA 688 de 2014 y 735 de 2015, mediante la cual se adoptó la actual metodología tarifaria para los servicios de acueducto y alcantarillado, normatividad que actualmente se encuentra compilada en la Resolución CRA 943 de 2021, establece en su artículo 2.1.2.1.4.7.1 que el factor de actualización a utilizar corresponde al Índice de Precios al Consumidor – IPC y determina:
MPFD0801F08 -02 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-15 • 2024 • MAYO • 24 15 “(…) Una vez actualizado el costo de referencia de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado, la persona prestadora podrá aplicar un factor de actualización por IPC cada vez que el Índice de Precios al Consumidor, reportado por el DANE, acumule una variación de por lo menos tres por ciento (3%). Las personas prestadoras deberán iniciar las acumulaciones del IPC desde la fecha del 𝐹𝐹𝐹𝐹1, de conformidad con la siguiente fórmula:
𝐶𝐶𝐶𝐶𝐶𝐶𝐶𝐶𝐶𝐶 𝑑𝑑𝑑𝑑 𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅=𝐶𝐶𝐶𝐶𝐶𝐶𝐶𝐶𝐶𝐶 𝑑𝑑𝑑𝑑 𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅−1∗𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹 Donde:
𝐶𝐶𝐶𝐶𝐶𝐶𝐶𝐶𝐶𝐶 𝑑𝑑𝑑𝑑 𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅: Se refiere al costo de referencia actualizado para el periodo i de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado, expresado en términos unitarios. 𝐶𝐶𝐶𝐶𝐶𝐶𝐶𝐶𝐶𝐶 𝑑𝑑𝑑𝑑 𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅𝑅−1: Se refiere al costo de referencia estimado a partir de la última actualización efectuada por la persona prestadora.
𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹: Factor de Actualización por IPC, el cual podrá ser aplicado cada vez que se acumule una variación de por lo menos el tres por ciento (3%) en el Índice de Precios al Consumidor reportado por el DANE. Este factor será calculado de la siguiente manera:
𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹 = 𝐼𝐼𝐼𝐼𝐼𝐼𝐼𝐼 / 𝐼𝐼𝐼𝐼𝐼𝐼𝐼𝐼 −1 Donde:
𝐼𝐼𝐼𝐼𝐼𝐼𝐼𝐼: IPC reportado por el DANE en el mes seleccionado por la persona prestadora, para efectos de realizar la actualización por concepto de IPC (mes final).
𝐼𝐼𝐼𝐼𝐼𝐼𝐼𝐼−1: IPC reportado por el DANE correspondiente al último mes en el cual se realizó la actualización por concepto de IPC o aquel que la persona prestadora seleccione como mes base para la actualización, el cual no podrá ser anterior al momento en el que se aplicó la última indexación.
De conformidad con lo previsto en la regulación tarifaria vigente, se establece que, para determinar el factor de actualización de los costos y tarifas, se debe establecer la variación del IPC reportado en el mes determinado, con respecto al IPC reportado al último mes en el cual se realizó la actualización por concepto de indexación, siendo este el procedimiento que se debe aplicar para determinar el factor de actualización y su incorporación al cálculo tarifario.
En este sentido, los componentes de costos de referencia objeto de actualización son el Costo Medio de Administración CMA, el Costo Medio de Operación CMO y el Costo Medio de Inversión
CMI.
MPFD0801F08 -02 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-16 • 2024 • MAYO • 24 16 Por su parte, la regulación tarifaria determinó que el componente Costo Medio de Tasas Ambientales CMT acueducto y alcantarillado1, no es objeto de actualización por indexación, lo anterior, dado que este componente se actualiza cada vez que se presente un nuevo cobro por concepto de tasas ambientales por parte de las autoridades ambientales competentes, por tal razón, este componente no es objeto de indexación tarifaria.
3. ACTUALIZACIÓN DE TARIFAS POR INDEXACIÓN
3.1 Determinación del Factor de Actualización por IPC De conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.2.1.4.7.1 de la Resolución CRA 943 de 2021, la determinación del factor de indexación a aplicar corresponde a la variación del IPC del mes correspondiente, con respecto al IPC del último mes en el que se efectuó la última indexación tarifaria.
Dado que el DANE publica el IPC mes vencido, el quinto (5) día hábil de cada mes, en el mes de abril de 2024 se publicó el valor del IPC correspondiente al mes de marzo de 2024 y según la información publicada por el DANE en su página web www.dane.gov.co para el mes de marzo de 2024 el IPC fue el siguiente:
IPC marzo 2024 141,48 Por su parte, el último mes en el cual se presentó un acumulado por IPC y la EAAB-ESP realizó la correspondiente actualización por este concepto fue el mes de noviembre de 2023, que según el reporte del IPC realizado por el DANE fue de:
IPC noviembre 2023 137,09 Con el fin de determinar el factor de actualización previsto en la regulación tarifaria vigente (FAIPC) para este periodo, la variación presentada en el IPC para el periodo comprendido entre los meses de diciembre de 2023 y marzo de 2024 se toma el factor de marzo de 2024 y el de noviembre de 2024, así:
IPC marzo 2024 141,48 IPC noviembre 2023 137,09 Variación (FAIPC) 1,0320 Con la información publicada por el DANE, a principios del abril de los Índices - Serie de empalme 2003 – 2024, el factor de indexación al mes de marzo de 2024 se observa que se presentó un acumulado por indexación equivalente al 3,20%, correspondiente a la variación del IPC para el periódo comprendido entre los meses de diciembre de 2023 y marzo de 2024 y por lo anterior, se podrá adelantar una actualización de tarifas por este concepto, decisión que se somete a aprobación de la Junta Directiva de la EAAB-ESP.
1 Parágrafo 3 del artículo 2.1.2.1.4.7.1. de la Resolución CRA 943 de 2021 MPFD0801F08 -02 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-17 • 2024 • MAYO • 24 17 Se debe tener presente que de conformidad con lo previsto en el parágrafo 1 del artículo 2.1.2.1.4.7.1 de la Resolución CRA 943 de 2021, este factor se determina redondeado cuatro (4) decimales y el indexador a incorporar en la actualización de las tarifas a dos (2) decimales, siendo entonces el factor de actualización de las tarifas a incorporar el 3,20%.
3.2 Incorporación del Factor de Actualización en las Tarifas Una vez se determina del factor de actualización de las tarifas por concepto de IPC (FAIPC), el cálculo para su incorporación consiste en multiplicar los componentes tarifarios vigentes que son objeto de actualización por IPC (CMA, CMO y CMI), por el correspondiente factor de actualización obtenido que para este caso fue del 3,20% acumulado a marzo de 2024.
4. IMPACTOS DE LAS MODIFICACIONES REALIZADAS
4.1 Impactos en los cargos fijos y por consumo A continuación, se presentan los impactos en los cargos fijos y por consumo por las actualizaciones por la indexación acumulada del 3,20% al mes de marzo de 2024, en los cargos fijos y por consumo:
BOGOTÁ SOACHA GACHANCIPÁ OTROS Comparación Cargo Fijo Acueducto Alcantarillado Acueducto Alcantarillado Acueducto Acueducto Cargo Fijo Vigente $ 8.910,65 $ 4.235,42 $ 8.910,65 $ 4.235,42 $ 8.910,65 $ 8.910,65 Cargo Fijo Actualizado $ 9.195,79 $ 4.370,95 $ 9.195,79 $ 4.370,95 $ 9.195,79 $ 9.195,79 Variación % 3,20% 3,20% 3,20% 3,20% 3,20% 3,20% Variación Neta $ 285,14 $ 135,53 $ 285,14 $ 135,53 $ 285,14 $ 285,14 Comparación Bogotá Soacha Gachancipá Otros Acueducto Alcantarillado Acueducto Alcantarillado Acueducto Acueducto Cargo Consumo $ 3.380,84 $ 3.614,80 $ 3.105,39 $ 2.909,13 $ 2.384,24 $ 2.082,39 Cargo Consumo Vigente $ 3.488,11 $ 3.727,66 $ 3.203,85 $ 2.999,62 $ 2.459,62 $ 2.148,11 Cargo Consumo Actualizado Variación % 3,17% 3,12% 3,17% 3,11% 3,16% 3,16% Variación Neta $ 107,27 $ 112,86 $ 98,46 $ 90,49 $ 75,38 $ 65,72 Los costos de referencia definidos para Otros Municipios son aplicables a las APS diferentes a Bogotá D.C., Soacha y Gachancipá en las que la Empresa eventualmente podría prestar los servicios pero que no requiere la recuperación de activos vía tarifa ni la ejecución de inversiones en su Plan de Obras e Inversiones Regulado (POIR) que sean específicas para la prestación de los servicios en el respectivo municipio.
MPFD0801F08 -02 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-18 • 2024 • MAYO • 24 18 4.2 Impactos en Tarifas En relación con las tarifas de prestación de los servicios de acueducto y alcantarillado de la EAAB- ESP, a continuación, se presenta el impacto acumulado por la actualización realizada en porcentaje y valores en pesos de marzo de 2024:
Bogotá D.C BOGOTÁ Servicio Acueducto Servicio Alcantarillado Cargo No Cargo No Estrato y Clase/Uso Cargo Básico Básico Cargo Básico Básico Cargo Fijo $/Suscriptor/mes Cargo Fijo $/Suscriptor/mes $/m3 $/m3 $/m3 $/m3 Estrato 1 3,20% 3,17% 3,17% 3,20% 3,12% 3,12% Estrato 2 3,20% 3,17% 3,17% 3,20% 3,12% 3,12% Estrato 3 3,20% 3,17% 3,17% 3,20% 3,12% 3,12% Estrato 4 3,20% 3,17% 3,17% 3,20% 3,12% 3,12% Estrato 5 3,20% 3,17% 3,17% 3,20% 3,12% 3,12% Estrato 6 3,20% 3,17% 3,17% 3,20% 3,12% 3,12% Comercial 3,20% 3,17% 3,17% 3,20% 3,12% 3,12% Industrial 3,20% 3,17% 3,17% 3,20% 3,12% 3,12% Oficial 3,20% 3,17% 3,17% 3,20% 3,12% 3,12% BOGOTÁ Servicio Acueducto Servicio Alcantarillado Estrato y Clase/Uso Cargo No Cargo No Cargo Básico Básico Cargo Básico Básico Cargo Fijo $/Suscriptor/mes Cargo Fijo $/Suscriptor/mes $/m3 $/m3 $/m3 $/m3 Estrato 1 $ 85,54 $ 32,18 $ 107,27 $ 40,66 $ 33,86 $ 112,86 Estrato 2 $ 171,08 $ 64,37 $ 107,27 $ 81,32 $ 67,72 $ 112,86 Estrato 3 $ 242,37 $ 91,18 $ 107,27 $ 115,20 $ 95,93 $ 112,86 Estrato 4 $ 285,14 $ 107,27 $ 107,27 $ 135,53 $ 112,86 $ 112,86 Estrato 5 $ 638,71 $ 166,27 $ 166,27 $ 337,47 $ 170,42 $ 170,42 Estrato 6 $ 781,28 $ 176,99 $ 176,99 $ 468,94 $ 181,70 $ 181,70 Comercial $ 427,71 $ 160,91 $ 160,91 $ 203,30 $ 169,29 $ 169,29 Industrial $ 370,68 $ 148,03 $ 148,03 $ 177,54 $ 161,39 $ 161,39 Oficial $ 285,14 $ 107,27 $ 107,27 $ 135,53 $ 112,86 $ 112,86 MPFD0801F08 -02 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-19 • 2024 • MAYO • 24 19 Soacha SOACHA Servicio Acueducto Servicio Alcantarillado Cargo No Cargo No Estrato y Clase/Uso Cargo Básico Básico Cargo Básico Básico Cargo Fijo $/Suscriptor/mes Cargo Fijo $/Suscriptor/mes $/m3 $/m3 $/m3 $/m3 Estrato 1 3,20% 3,17% 3,17% 3,20% 3,11% 3,11% Estrato 2 3,20% 3,17% 3,17% 3,20% 3,11% 3,11% Estrato 3 3,20% 3,17% 3,17% 3,20% 3,11% 3,11% Estrato 4 3,20% 3,17% 3,17% 3,20% 3,11% 3,11% Estrato 5 3,20% 3,17% 3,17% 3,20% 3,11% 3,11% Estrato 6 3,20% 3,17% 3,17% 3,20% 3,11% 3,11% Comercial 3,20% 3,17% 3,17% 3,20% 3,11% 3,11% Industrial 3,20% 3,17% 3,17% 3,20% 3,11% 3,11% Oficial 3,20% 3,17% 3,17% 3,20% 3,11% 3,11% SOACHA Servicio Acueducto Servicio Alcantarillado Estrato y Clase/Uso Cargo No Cargo No Cargo Básico Básico Cargo Básico Básico Cargo Fijo $/Suscriptor/mes Cargo Fijo $/Suscriptor/mes $/m3 $/m3 $/m3 $/m3 Estrato 1 $ 85,54 $ 38,94 $ 98,46 $ 40,66 $ 30,71 $ 90,49 Estrato 2 $ 171,08 $ 80,93 $ 98,46 $ 81,32 $ 61,94 $ 90,49 Estrato 3 $ 285,14 $ 98,46 $ 98,46 $ 135,53 $ 90,49 $ 90,49 Estrato 4 $ 285,14 $ 98,46 $ 98,46 $ 135,53 $ 90,49 $ 90,49 Estrato 5 $ 638,71 $ 179,20 $ 179,20 $ 337,47 $ 146,59 $ 146,59 Estrato 6 $ 781,28 $ 179,20 $ 179,20 $ 468,94 $ 146,59 $ 146,59 Comercial $ 427,71 $ 174,27 $ 174,27 $ 203,30 $ 143,88 $ 143,88 Industrial $ 370,68 $ 179,20 $ 179,20 $ 177,54 $ 146,59 $ 146,59 Oficial $ 285,14 $ 98,46 $ 98,46 $ 135,53 $ 90,49 $ 90,49 Gachancipá / Tocancipá GACHANCIPÁ TOCANCIPÁ Servicio Acueducto Servicio Acueducto Estrato y Clase/Uso Cargo No Cargo No Cargo Básico Básico Cargo Básico Básico Cargo Fijo $/Suscriptor/mes Cargo Fijo $/Suscriptor/mes $/m3 $/m3 $/m3 $/m3 Estrato 1 3,20% 3,16% 3,16% 3,20% 3,16% 3,16% Estrato 2 3,20% 3,16% 3,16% 3,20% 3,16% 3,16% MPFD0801F08 -02 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-20 • 2024 • MAYO • 24 20 GACHANCIPÁ TOCANCIPÁ Servicio Acueducto Servicio Acueducto Estrato y Clase/Uso Cargo No Cargo No Cargo Básico Básico Cargo Básico Básico Cargo Fijo $/Suscriptor/mes Cargo Fijo $/Suscriptor/mes $/m3 $/m3 $/m3 $/m3 Estrato 3 3,20% 3,16% 3,16% 3,20% 3,16% 3,16% Estrato 4 3,20% 3,16% 3,16% 3,20% 3,16% 3,16% Estrato 5 3,20% 3,16% 3,16% 3,20% 3,16% 3,16% Estrato 6 3,20% 3,16% 3,16% 3,20% 3,16% 3,16% Comercial 3,20% 3,16% 3,16% 3,20% 3,16% 3,16% Industrial 3,20% 3,16% 3,16% 3,20% 3,16% 3,16% Oficial 3,20% 3,16% 3,16% 3,20% 3,16% 3,16% GACHANCIPÁ TOCANCIPÁ Servicio Acueducto Servicio Acueducto Estrato y Clase/Uso Cargo No Cargo No Cargo Básico Básico Cargo Básico Básico Cargo Fijo $/Suscriptor/mes Cargo Fijo $/Suscriptor/mes $/m3 $/m3 $/m3 $/m3 Estrato 1 $ 228,11 $ 60,31 $ 75,38 $ 85,54 $ 19,71 $ 65,72 Estrato 2 $ 228,11 $ 60,31 $ 75,38 $ 171,08 $ 39,44 $ 65,72 Estrato 3 $ 256,62 $ 67,84 $ 75,38 $ 242,37 $ 55,86 $ 65,72 Estrato 4 $ 285,14 $ 75,38 $ 75,38 $ 285,14 $ 65,72 $ 65,72 Estrato 5 $ 427,71 $ 113,07 $ 113,07 $ 427,71 $ 98,58 $ 98,58 Estrato 6 $ 456,22 $ 120,61 $ 120,61 $ 456,22 $ 105,16 $ 105,16 Comercial $ 427,71 $ 113,07 $ 113,07 $ 427,71 $ 98,58 $ 98,58 Industrial $ 484,73 $ 128,14 $ 128,14 $ 399,20 $ 92,00 $ 92,00 Oficial $ 285,14 $ 75,38 $ 75,38 $ 285,14 $ 65,72 $ 65,72 Zipaquirá ZIPAQUIRÁ Servicio Acueducto Estrato y Clase/Uso Cargo No Cargo Básico Básico Cargo Fijo $/Suscriptor/mes $/m3 $/m3 Estrato 1 3,20% 3,16% 3,16% Estrato 2 3,20% 3,16% 3,16% Estrato 3 3,20% 3,16% 3,16% Estrato 4 3,20% 3,16% 3,16% Estrato 5 3,20% 3,16% 3,16% MPFD0801F08 -02 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-21 • 2024 • MAYO • 24 21 ZIPAQUIRÁ Servicio Acueducto Estrato y Clase/Uso Cargo No Cargo Básico Básico Cargo Fijo $/Suscriptor/mes $/m3 $/m3 Estrato 6 3,20% 3,16% 3,16% Comercial 3,20% 3,16% 3,16% Industrial 3,20% 3,16% 3,16% Oficial 3,20% 3,16% 3,16% ZIPAQUIRÁ Servicio Acueducto Estrato y Clase/Uso Cargo No Cargo Básico Básico Cargo Fijo $/Suscriptor/mes $/m3 $/m3 Estrato 1 $ 285,14 $ 32,86 $ 65,72 Estrato 2 $ 285,14 $ 42,72 $ 65,72 Estrato 3 $ 285,14 $ 62,43 $ 65,72 Estrato 4 $ 285,14 $ 65,72 $ 65,72 Estrato 5 $ 427,71 $ 98,58 $ 98,58 Estrato 6 $ 456,22 $ 105,16 $ 105,16 Comercial $ 427,71 $ 98,58 $ 98,58 Industrial $ 427,71 $ 98,58 $ 98,58 Oficial $ 285,14 $ 65,72 $ 65,72 4.3 Impactos en Facturas Promedio A continuación, se estima el impacto en la factura promedio para cada suscriptor por efecto de la incorporación de la actualización por IPC acumulado al mes de marzo de 2024.
Bogotá D.C Estrato y Clase/Uso BOGOTÁ Variaciones Factura Acueducto + Alcantarillado Consumo Medio (A) Vigente (B) Actualizada % $ Estrato 1 11,03 $ 27.102 $ 27.957 3,15% $ 855 Estrato 2 10,23 $ 50.827 $ 52.431 3,16% $ 1.604 Estrato 3 8,42 $ 61.268 $ 63.202 3,16% $ 1.934 Estrato 4 8,43 $ 72.102 $ 74.378 3,16% $ 2.276 Estrato 5 9,20 $ 128.882 $ 132.954 3,16% $ 4.072 MPFD0801F08 -02 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-22 • 2024 • MAYO • 24 22 Estrato y Clase/Uso BOGOTÁ Variaciones Factura Acueducto + Alcantarillado Consumo Medio (A) Vigente (B) Actualizada % $ Estrato 6 10,64 $ 160.319 $ 165.385 3,16% $ 5.066 Comercial 16,69 $ 194.872 $ 201.015 3,15% $ 6.143 Industrial 146,28 $ 1.455.773 $ 1.501.583 3,15% $ 45.811 Oficial 258,99 $ 1.824.962 $ 1.882.394 3,15% $ 57.433 Soacha Estrato y Clase/Uso SOACHA Variaciones Factura Acueducto + Alcantarillado Consumo Medio (A) Vigente (B) Actualizada % $ Estrato 1 8,88 $ 23.618 $ 24.363 3,15% $ 745 Estrato 2 8,07 $ 44.557 $ 45.963 3,15% $ 1.405 Estrato 3 6,32 $ 51.158 $ 52.773 3,16% $ 1.615 Comercial 17,28 $ 194.628 $ 200.757 3,15% $ 6.129 Industrial 135,02 $ 1.416.561 $ 1.461.097 3,14% $ 44.536 Oficial 175,15 $ 1.066.589 $ 1.100.105 3,14% $ 33.515 Gachancipá Estrato y Clase/Uso GACHANCIPÁ Variaciones Factura Acueducto $/Suscriptor/mes Consumo Medio (A) Vigente (B) Actualizada % $ Estrato 2 8,50 $ 23.341 $ 24.082 3,17% $ 740,75 Estrato 3 10,63 $ 30.830 $ 31.807 3,17% $ 977,76 Comercial 23,29 $ 96.659 $ 99.721 3,17% $ 3.061,11 Oficial 26,46 $ 71.998 $ 74.277 3,17% $ 2.279,69 Tocancipá Estrato y Clase/Uso TOCANCIPÁ Variaciones Factura Acueducto $/Suscriptor/mes Consumo Medio (A) Vigente (B) Actualizada % $ Estrato 2 62,67 $ 83.648 $ 86.291 3,16% $ 2.642,78 Comercial 11,15 $ 48.194 $ 49.721 3,17% $ 1.526,88 Oficial 58,41 $ 130.543 $ 134.667 3,16% $ 4.123,85 MPFD0801F08 -02 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-23 • 2024 • MAYO • 24 23 Zipaquirá ZIPAQUIRÁ Variaciones Factura Acueducto $/Suscriptor/mes Estrato y Clase/Uso Consumo Medio (A) Vigente (B) Actualizada % $ Estrato 4 34,85 $ 130.371 $ 134.492 3,16% $ 4.121,05 Estrato 6 740,00 $ 2.324.823 $ 2.398.199 3,16% $ 73.376,91 Nota: Consumos medios para el cálculo de las facturas correspondientes al mes de enero 2024 MPFD0801F08 -02 Página 12 de 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-24 • 2024 • MAYO • 24 24 RESOLUCIONES DE 2024 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. - SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL RESOLUCIÓN Nº 254 (22 de mayo de 2024)
“Por la cual se modifica parcialmente la Resolución No. 113 de 2023 ‘Por la cual se adopta Política Interna de Teletrabajo en la Secretaría Jurídica Distrital y se dictan otras disposiciones”
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-25 • 2024 • MAYO • 24 25 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-26 • 2024 • MAYO • 24 26 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-27 • 2024 • MAYO • 24 27 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-28 • 2024 • MAYO • 24 28 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-29 • 2024 • MAYO • 24 29 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-30 • 2024 • MAYO • 24 30 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-31 • 2024 • MAYO • 24 31 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-32 • 2024 • MAYO • 24 32 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-33 • 2024 • MAYO • 24 33 SECRETARÍA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN Nº 321 (22 de mayo de 2024)
“Por medio de la cual se ordena la apertura de la invitación cultural “Comunicación étnica” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
EL SECRETARIO DE DESPACHO De la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas el Decreto Distrital 340 de 2020 modificado por el Decreto 400 de 2022 y,
CONSIDERANDO:
Que los artículos 70 y 71 de la Constitución Política de Colombia, establecen el deber del Estado de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades y otorga la competencia para establecer mecanismos positivos para fomentar el desarrollo artístico, cultural y patrimonial de la Nación.
Que el numeral 3 del artículo 1° de la Ley 397 de 1997, Ley General de Cultura, señala que:
“(…) El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de reconocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación colombiana (…)”.
Que la Ley 397 de 1997 “Por la cual se desarrollan los artículos 70, 71 y 72 y demás artículos concordantes de la Constitución Política y se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura y se trasladan algunas dependencias.”, en su artículo 17 señala:
“(…) DEL FOMENTO. El Estado a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, fomentará las artes en todas sus expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas, como elementos del diálogo, el intercambio, la participación y como expresión libre y primordial del pensamiento del ser humano que construye en la convivencia pacífica.”.
Que, así mismo, el artículo 18 de la mencionada ley establece:
" (…) El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos especiales y promocionará la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales. Para tal Página 1 de 7 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-34 • 2024 • MAYO • 24 34
*20242200199453*
Al contestar, citar el número:
Radicado: 20242200199453 Fecha: 22-05-2024 RESOLUCIÓN No. 321 DE 22 DE MAYO DE 2024 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la invitación cultural “Comunicación étnica” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte” efecto establecerá, entre otros programas, bolsas de trabajo, becas, premios anuales, concursos, festivales, talleres de formación artística, apoyo a personas y grupos dedicados a actividades culturales, ferias, exposiciones, unidades móviles de divulgación cultural, y otorgará incentivos y créditos especiales para artistas sobresalientes, así como para integrantes de las comunidades locales en el campo de la creación, la ejecución, la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo (…)”
Que el Decreto Distrital 340 de 2020, "Por el cual se modifica la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y se dictan otras disposiciones” señala que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, tiene por objeto:
“(…) orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculadas y la sociedad civil (…)”.
Que el artículo 3º, literal (j) del Decreto Distrital 340 de 2022, señala que dentro de las funciones de esta Secretaría, está la de: “(…) Gestionar la ejecución de las políticas, planes y proyectos culturales y artísticos, con el fin de garantizar el efectivo ejercicio de los derechos culturales y fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo (…)”.
Que el Decreto Distrital en mención, en su artículo 12 literal (h), contempla como una de las funciones de la Subsecretaría de Gobernanza de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte la de: "(…) Dirigir estrategias, planes, programas y proyectos orientados a la identificación reconocimiento, fomento, sensibilización, formación, promoción y difusión del arte, la cultura y el patrimonio en los diferentes grupos poblacionales (…)".
Que, en dicho sentido, el reconocimiento del fomento a la cultura como elemento central de protección y promoción de los Derechos Humanos, ha propiciado la creación de esquemas de política pública que buscan materializar el mandato constitucional de promover la protección, desarrollo y difusión de la cultura mediante la adopción de medidas que faciliten el ejercicio de sus derechos por parte de todas las comunidades. Así las cosas, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, establece el proceso misional del fomento a la cultural, como el conjunto de programas impulsados Página 2 de 7 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-35 • 2024 • MAYO • 24 35
*20242200199453*
Al contestar, citar el número:
Radicado: 20242200199453 Fecha: 22-05-2024 RESOLUCIÓN No. 321 DE 22 DE MAYO DE 2024 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la invitación cultural “Comunicación étnica” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte” desde las entidades públicas que conforman el sector, con el propósito de promover, reconocer y fortalecer las prácticas artísticas, culturales y patrimoniales de la ciudadanía; garantizando un impacto integral e incluyente sobre la ciudad y favoreciendo el ejercicio libre y creativo de los derechos culturales.
Que, el reconocimiento del fomento a la cultura como elemento central de protección y promoción de los Derechos Humanos, ha propiciado la creación de esquemas de política pública que buscan materializar el mandato Constitucional de promover la protección, desarrollo y difusión de la cultura, mediante la adopción de medidas que faciliten el ejercicio de sus derechos por parte de todas las comunidades.
Que, en consonancia con lo anterior, esta Secretaría mediante su proceso misional de Fomento, impulsa programas desde las entidades públicas que conforman el sector, con el propósito de promover, reconocer y fortalecer las prácticas artísticas, culturales y patrimoniales de la ciudadanía; garantizando un impacto integral e incluyente sobre la ciudad y favoreciendo el ejercicio libre y creativo de los derechos culturales.
Que dentro de las líneas de fomento se han definido las invitaciones culturales, las cuales se han concebido como mecanismos que buscan diversificar la participación de la ciudadanía en el proceso de Fomento, por medio de convocatorias que se adapten a las necesidades particulares o concertaciones con las poblaciones, sectores sociales o agentes de la ciudad, y les permita a las organizaciones, colectivos o personas, encontrar otros medios a través de los cuales acceder a recursos económicos o en especie; así como a espacios que les facilite iniciar, fortalecer o ampliar sus prácticas culturales, artísticas, creativas o patrimoniales.
Que la presente invitación tiene como objetivo reconocer la participación de los consejeros y las consejeras de los distintos espacios de participación del Sistema Distrital de Arte, Cultura y Patrimonio (SDACP) a través de un incentivo económico que permita apoyar sus procesos de formación profesional a nivel tecnológico, técnico, pregrado o posgrado en instituciones de educación superior.
Que sumado a lo anterior con este incentivo se aspira a fortalecer a los procesos de formación de los consejeros y consejeras como agentes fundamentales del Sector Cultura; ya que de acuerdo con lo estipulado en el Decreto 480 de 2018 el Sistema Distrital de Arte, Cultura y Patrimonio (SDACP) facilita la participación de todos los actores locales e institucionales para la generación de capacidades, la garantía de los derechos Página 3 de 7 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-36 • 2024 • MAYO • 24 36
*20242200199453*
Al contestar, citar el número:
Radicado: 20242200199453 Fecha: 22-05-2024 RESOLUCIÓN No. 321 DE 22 DE MAYO DE 2024 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la invitación cultural “Comunicación étnica” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte” culturales y el desarrollo del sector cultural de la ciudad, permitiendo que los habitantes tengan una mayor incidencia en la gestión pública de la ciudad.
Que la presente invitación tiene como objetivo fomentar el acceso a los derechos culturales de los pueblos étnicos en Bogotá D.C., con el propósito de fortalecer los medios comunitarios, las estrategias de comunicación o la creación de contenidos audiovisuales que propicien la conexión intercultural y la generación de diálogos con la ciudadanía general donde se evidencian las prácticas artísticas, culturales o patrimoniales desarrolladas por los grupos étnicos, mostrando la diversidad poblacional que habita los territorios de la ciudad Que, en ese sentido, se invita a las agrupaciones o personas jurídicas pertenecientes a los pueblos étnicos, que cuenten con el respectivo aval de las autoridades o representantes de las instancias distritales que residen en Bogotá D.C a presentar iniciativas para visibilizar las dinámicas de su comunidad, a través de procesos de comunicación comunitaria con énfasis étnico.
Que para soportar la invitación que se apertura, la SCRD, cuenta con el certificado de disponibilidad presupuestal que se cita a continuación:
Monto total de la Invitación Monto del Dependencia encargada de la incentivo No. de incentivos invitación CDP convocatoria N.º 934 del Dirección de Fomento Invitación cultural Comunicación étnica $25.000.000 10 $250.000.000 18 de abril de 2024 Que de conformidad a lo anterior y en cumplimiento del marco normativo señalado, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte da apertura a la invitación cultural “Comunicación étnica”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
Que los requisitos y condiciones específicas de participación para la invitación cultural “Comunicación étnica”, hacen parte integral de la presente resolución y pueden ser consultadas en el micrositio web: https://invitaciones.scrd.gov.co/ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
Página 4 de 7 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-37 • 2024 • MAYO • 24 37
*20242200199453*
Al contestar, citar el número:
Radicado: 20242200199453 Fecha: 22-05-2024 RESOLUCIÓN No. 321 DE 22 DE MAYO DE 2024 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la invitación cultural “Comunicación étnica” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
Que, en consideración de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo primero.
Ordenar la apertura a la invitación cultural “Comunicación étnica”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, a partir del 22 de mayo de 2024 así:
Monto del No. De incentivos Monto Total de la Invitación CDP incentivo $25.000.000 10 $250.000.000 934 del 18 de abril de 2024
Artículo segundo.
Los requisitos y condiciones de participación de la invitación cultural se encuentran publicados en el micrositio web: https://invitaciones.scrd.gov.co/ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
Artículo tercero.
Los recursos para el desarrollo y ejecución de la invitación cultural “Comunicación étnica” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte serán atendidos con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal número 934 del 18 de abril de 2024.
Artículo cuarto.
La Dirección de Fomento será responsable de realizar los trámites correspondientes al desembolso del incentivo económico previsto en esta invitación cultural, de conformidad con el artículo primero del presente acto administrativo.
Artículo quinto.
Solicitar a la Dirección de Fomento publicar la presente resolución, así como los requisitos y condiciones de participación de la invitación cultural en el micrositio denominado: Invitaciones Culturales de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
Artículo sexto.
Solicitar a la Dirección de Gestión Corporativa, comunicar el contenido de la presente resolución a través del sistema de gestión documental ORFEO, a la Dirección de Fomento y al Grupo Interno de Trabajo de Gestión Financiera de la
Página 5 de 7 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-38 • 2024 • MAYO • 24 38
*20242200199453*
Al contestar, citar el número:
Radicado: 20242200199453 Fecha: 22-05-2024 RESOLUCIÓN No. 321 DE 22 DE MAYO DE 2024 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la invitación cultural “Comunicación étnica” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para los trámites de su competencia.
Artículo séptimo.
Solicitar a la Dirección de Gestión Corporativa, la publicación del contenido de la presente resolución en la Gaceta Distrital y en el Régimen Legal de Bogotá D.C.
Artículo octavo.
El presente acto administrativo rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación y contra este no procede recurso alguno, de conformidad con lo señalado en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.
Dado en Bogotá D.C, a los 22 días del mes de mayo de 2024.
NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE SANTIAGO TRULILLO ESCOBAR Secretario de Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Proyectó y revisó: Edgar Javier Pulido Caro - Contratista Dirección de Fomento Aprobó: Liliana Marcela Pamplona – Directora de Fomento Revisó: Diego Eduardo Beltrán Hernández - Contratista Oficina Jurídica Revisó y ajustó: Sandra Margoth Vélez Abello - Jefe Oficina Jurídica: Documento 20242200199453 firmado electrónicamente por:
Robertson Giancarlo Alvarado Camacho Contratista numeración y fechado de resoluciones Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano Fecha firma: 22-05-2024 20:24:55 Santiago Trujillo Escobar Secretario de Cultura, Recreación y Deporte Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Fecha firma: 22-05-2024 19:39:13 Ana María Boada Ayala Subsecretaría de Gobernanza Subsecretaría de Gobernanza Fecha firma: 22-05-2024 19:25:06 Miguelangel Solano Rojas Contratista Subsecretaría de Gobernanza Página 6 de 7 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-39 • 2024 • MAYO • 24 39
*20242200199453*
Al contestar, citar el número:
Radicado: 20242200199453 Fecha: 22-05-2024 RESOLUCIÓN No. 321 DE 22 DE MAYO DE 2024 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la invitación cultural “Comunicación étnica” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
Fecha firma: 22-05-2024 19:21:54 Sandra Margoth Vélez Abello Jefe Oficina Jurídica Oficina Jurídica Fecha firma: 22-05-2024 15:45:51 Diego Eduardo Beltrán Hernández Contratista Oficina Jurídica Fecha firma: 22-05-2024 15:30:56 Liliana Marcela Pamplona Romero Directora de fomento Dirección de Fomento Fecha firma: 22-05-2024 15:29:05 Edgar Javier Pulido Caro Contratista Dirección de Fomento Fecha firma: 22-05-2024 15:22:42 Revisó: Nathalia Andrea Penagos Núñez - Auxiliar administrativo - Dirección de Fomento f85bb3a9bd01c77272e45a1b96500d30e6d86f73e090964787613ee41ab0bc14 Codigo de Verificación CV: adb75 Página 7 de 7 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-40 • 2024 • MAYO • 24 40 SECRETARÍA DE MOVILIDAD RESOLUCIÓN Nº 19605 (15 de febrero de 2024)
“POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA ADMINISTRATIVAMENTE EL ABANDONO DEL VEHÍCULO DE PLACA CQT541 INMOVILIZADO EN LOS PATIOS OFICIALES DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD.”
EL(LA) DIRECTORA TÉCNICA DE ATENCIÓN AL CIUDADANO DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD- SDM, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas en el artículo 209 de Constitución Política, la Ley 769 de 2002, la Ley 1730 de 2014, el Decreto Distrital 672 del 22 de noviembre de 2018 y la Resolución 345192 de 2022 de la Secretaría Distrital de Movilidad, y
I.
CONSIDERANDO:
1.
Que la constitución Política de Colombia de 1991 consagró a Colombia como un Estado Social de Derecho fundada en el respeto y garantía de los derechos de los ciudadanos y en la prevalencia del interés general, que debe, entre otros fines, asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares (C.N., Art. 1 y 2).
2. Que, de conformidad con ello, el artículo 58 superior expone el derecho a la propiedad privada, consagrado como una prerrogativa revestida de función social que impone a los propietarios de un bien tanto derechos como obligaciones, concebido entonces como un derecho relativo orientado a satisfacer los intereses, no sólo del particular sino también de la comunidad.
3.
Que el artículo 22 de la Ley 1383 de 2010, que modificó el artículo 135 de la Ley 769 de 2002, dispuso que ante la comisión de una contravención, la autoridad de tránsito extenderá al conductor la orden de comparendo.
4.
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 125 del CNTT, las autoridades de tránsito están facultadas para inmovilizar los vehículos que incurran en alguna de las causales que allí se establecen, y conducirlos a los patios autorizados hasta que cese la causa que dio origen a la inmovilización.
5.
Que la Ley 769 de 2002, en su artículo 122 modificado por el artículo 20 de la ley 1383 de 2010, señala el tipo de sanciones a imponer frente a la violación a las normas en ella contenidas, así: «1. Amonestación, 2. Multa, 3. Retención preventiva de la Licencia de Conducción, 4. Suspensión de la licencia de conducción, 5. Suspensión o cancelación del permiso o registro, 6. Inmovilización del vehículo. 7. Retención preventiva del vehículo, 8. Cancelación definitiva de la licencia de conducción […]».
6.
Que la sanción de inmovilización, desarrollada en, el artículo 125 del Código Nacional de Tránsito Terrestre determina que con esta medida se suspenderá «[…] temporalmente la circulación del vehículo por las vías públicas o privadas abiertas al público. Para tal efecto, el vehículo será conducido a parqueaderos autorizados que determine la autoridad competente, hasta que se subsane o cese la causa que le dio origen […]».
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-41 • 2024 • MAYO • 24 41 *202441000196056* DAC 202441000196056 Informacion Publica Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento RESOLUCIÓN NÚMERO 19605 DE 2024 “POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA ADMINISTRATIVAMENTE EL ABANDONO DEL VEHÍCULO DE PLACA CQT541 INMOVILIZADO EN LOS PATIOS OFICIALES DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD.”
7. Que, como quiera que la sanción de inmovilización es de connotación transitoria, toda vez que lo que pretende es suspender temporalmente la circulación de un vehículo con el cual se está quebrantando una norma de tránsito o transporte, la entrega del vehículo se realiza de manera inmediata, una vez se subsane la causa que originó la inmovilización y en consecuencia, se cancelen los valores generados por el procedimiento de traslado y custodia.
8. Que, el artículo 128 del Código Nacional de Tránsito modificado por la Ley 1730 de 2014, incorporó una solución para los organismos de tránsito que custodian vehículos inmovilizados no reclamados consistente en aplicar la figura de la declaratoria administrativa de abandono determinando el procedimiento a seguir para ello.
9. Que, el procedimiento contenido en la norma ibídem establece que para lograr la declaratoria administrativa de abandono, debe realizarse la publicación por una vez en un periódico de amplia circulación nacional con el fin de que el propietario o poseedor del vehículo se presente a reclamar su automotor y a cancelar lo adeudado al organismo de tránsito.
10.
Que la figura de declaración administrativa de abandono permite al Organismo de Tránsito mediante acto administrativo declarar la renuencia del propietario o poseedor de retirar el vehículo del parqueadero y a su vez, asumir la obligación adeudada por concepto de los servicios prestados de parqueadero y/o grúa.
11.
Que la Resolución No. 089 de 18 de febrero de 2019 delegó en la Dirección de Investigaciones Administrativas al Tránsito y Transporte, la facultad de: “[…] expedir los actos administrativos constitutivos del título ejecutivo dentro de la etapa preliminar del proceso coactivo derivado de la permanencia en los patios autorizados de esta Entidad de los vehículos de servicio particular y público, a razón de su inmovilización, por infringir las normas de tránsito y transporte. […]”.
12.
Que el parágrafo 5 de la Ley 1730 de 2014, dispone “Además, dentro del contenido del acto administrativo se ordenará informar al organismo de tránsito donde se encuentra inscrito el vehículo para que adopte las decisiones necesarias”, con la finalidad de inscribir la figura de declaratoria de abandono y proceder con la enajenación del automotor.
PA01-PR16-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-42 • 2024 • MAYO • 24 42 *202441000196056* DAC 202441000196056 Informacion Publica Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento RESOLUCIÓN NÚMERO 19605 DE 2024 “POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA ADMINISTRATIVAMENTE EL ABANDONO DEL VEHÍCULO DE PLACA CQT541 INMOVILIZADO EN LOS PATIOS OFICIALES DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD.”
13.
Que previo al proceso de enajenación el perito adscrito al organismo de tránsito realiza avalúo del automotor a fin de establecer la calidad en que será subastado, de conformidad con el inciso décimo segundo del artículo 1° de la Ley 1730 de 2014, que reza «…los automotores que presentan alto deterioro o sean inservibles como consecuencia del agua, el sol y otros factores recibidos en los parqueaderos, serán enajenados como chatarra, previo dictamen de un perito adscrito al organismo de tránsito respectivo»
14.
Que en el evento en el que el vehículo no sea reclamado y se declare su abandono, el organismo de tránsito podrá enajenarlo para sustituirlo por su equivalente en dinero, suma que deberá depositarse en una cuenta especial de la cual se efectuarán las deducciones a las que la venta dió lugar y en caso de existir un remanente, éste será puesto a disposición del dueño del automotor. No obstante, los dineros no reclamados tendrán una caducidad de cinco (5) años al cabo de los cuales serán remitidos para su manejo a la entidad de carácter nacional responsable de la ejecución de la política pública de seguridad vial.
II. COMPETENCIA
En virtud de lo dispuesto en el literal d) artículo 6° del CNTT, el legislador confirió la calidad de organismos de tránsito a las Secretarías Distritales de Tránsito dentro del área urbana de los distritos especiales, los cuales tienen como función organizar y dirigir lo relacionado con el tránsito y transporte en su respectiva jurisdicción (artículo 2 CNTT).
Por su parte, el artículo 2 de la Ley 1383 de 2010, estableció que son autoridades de tránsito, los organismos de tránsito de carácter distrital1.
Que adicionalmente, el Decreto 672 del 2018 en el artículo 4 numeral 5, dispuso como funciones del despacho el fungir como autoridad de tránsito y transporte de Bogotá2, el cual delegó, a través de la Resolución N° 345192 de 2022, en la Dirección de Atención al Ciudadano, la facultad de: [...]expedir los Actos Administrativos de Declaratoria de Abandono […]” para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 1730 del 29 de julio de 2014 «por la cual se sustituye el contenido del artículo 128 de la Ley 769 de 2002 – Código Nacional de Tránsito Terrestre».
1 El artículo 2 de la Ley 1383 de 2010, que modificó el artículo 2 de la Ley 769 de 2002, dispuso que son autoridades de tránsito “(...) los organismos de tránsito de carácter departamental, municipal o distrital” 2 El numeral 5 del artículo 4 del Decreto 672 del 2018 cita: «Son funciones del Despacho de la Secretaría Distrital de Movilidad las siguientes: […] 5. Fungir como autoridad de tránsito y transporte en Bogotá, D.C.»
PA01-PR16-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-43 • 2024 • MAYO • 24 43 *202441000196056* DAC 202441000196056 Informacion Publica Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento RESOLUCIÓN NÚMERO 19605 DE 2024 “POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA ADMINISTRATIVAMENTE EL ABANDONO DEL VEHÍCULO DE PLACA CQT541 INMOVILIZADO EN LOS PATIOS OFICIALES DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD.”
Así mismo, el artículo 28 del Decreto 672 de 2018, estableció como funciones de la Dirección de Atención al Ciudadano de la Secretaría Distrital de Movilidad, numeral 9: “Atender la operación para la custodia de los vehículos, objeto de la sanción de inmovilización y las acciones conexas para su destino final, en cumplimiento de la normatividad y lineamientos nacionales, distritales e institucionales”.
En ese orden, la aplicación de la figura de la Declaratoria Administrativa de Abandono busca que se declare la renuencia del propietario o poseedor de retirar el vehículo del parqueadero y de asumir la obligación adeudada por los servicios prestados por concepto de parqueadero y/o grúa, lo que permitirá al organismo de tránsito proceder a la enajenación del vehículo para sustituirlo por su equivalente en dinero, a la luz de lo contenido en el artículo 128 del Código Nacional de Tránsito, modificado por el artículo 1° de la Ley 1730 de 2014.
III. DEL CASO PARTICULAR En el caso sub-examen, este Despacho conforme a lo autorizado por la Ley 1730 del 29 de julio de 2014, analizará la procedencia de la declaratoria administrativa de abandono del vehículo de placa CQT541 ello teniendo en cuenta que:
El día 27 De octubre del 2012 en la ciudad de Bogotá, la autoridad de tránsito en vía, en cumplimiento de sus funciones contenidas en el Código Nacional de Tránsito Terrestre – CNTT (Ley 769 de 2002), elaboró la orden de comparendo No. 11001000000003253813 disponiendo la inmovilización del vehículo de placa CQT541 que Ingresó a los patios oficiales de la Secretaría Distrital de Movilidad, como consta en el Inventario de patios No. 161161 quedando establecido que su permanencia en los mismos superó el año de inmovilización.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley 1730 de 2014, la Secretaría Distrital de Movilidad dio inicio al procedimiento contenido en la misma, realizando la(s) publicación(es) de la lista de vehículos inmovilizados con permanencia superior a un (1) año en los patios oficiales de éste organismo de tránsito, el día MARTES, 27 DE JUNIO DE 2017, EN EL DIARIO EL ESPECTADOR, PÁGINA 2, MARTES, 15 DE MARZO DE 2016, EN EL DIARIO ASUNTOS LEGALES DE LA REPÚBLICA, PÁGINAS 18, MIÉRCOLES, 22 DE OCTUBRE DE 2014, EN EL DIARIO EL NUEVO SIGLO, PÁGINAS 3C. en cuyo listado se encuentra el automotor de placa CQT541 con el fin de que el propietario o poseedor, acudiera a reclamarlo, dentro de los (15) días hábiles siguientes, sin embargo, el propietario no se hizo presente.
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Así mismo se consultó el RUNT el cual obra en el expediente, y en el que se puede evidenciar que a la fecha de inmovilización del automotor objeto del presente acto administrativo, la titularidad del derecho real de dominio se encontraba en cabeza del (la) señor(a) al (la) señor(a) ABELARDO GABRIEL DE LA ESPRIELLA OTERO identificado(a) con la cédula de ciudadanía N° 11004242 y estando inmovilizado, se surtió sobre el automotor trámite de traspaso a persona indeterminada, vigente hasta la expedición del presente acto administrativo.
Con el fin de determinar el valor adeudado por concepto de servicios de parqueadero y/ o grúa, la Dirección de Atención al Ciudadano de la Secretaría Distrital de Movilidad, emitirá la liquidación de los mismos, con corte a la fecha de firmeza del presente acto administrativo, discriminando los valores por los tiempos en los que se ejerció el derecho de dominio en la forma ya referida.
Dicha liquidación se remitirá a la Dirección de Investigaciones Administrativas al Tránsito y al Transporte para que proceda con la imposición de la obligación que corresponda por concepto del servicio de patios y grúa, en virtud de la delegación establecida mediante Resolución 089 de 2019.
Que, en aras de garantizar el derecho de propiedad y dominio, la Secretaría Distrital de Movilidad creó la cuenta especial No. 91000005220 en el Banco GNB Sudameris de la Secretaría Distrital de Hacienda, en la que se consignarán los dineros producto de la enajenación de los vehículos declarados en abandono y de la cual se harán las deducciones en las que, por costos administrativos incurrió la entidad, así como los costos generados por los servicios prestados de patios y grúa previamente liquidados.
Una vez se realicen las deducciones anteriores, esta Dirección, remitirá el valor de la liquidación emitida junto con los reportes de descuento y distribución de los dineros obtenidos en la respectiva subasta, así como los montos adeudados que no fueron cubiertos con el producto de la enajenación, a la Subdirección Financiera de la entidad, para que realice los registros contables correspondientes.
Cuando el valor de la enajenación cubra la totalidad de lo adeudado y exista un remanente, dicho monto dinerario permanecerá por el término de cinco (5) años en la cuenta especial a disposición de la persona que pruebe su condición de propietario y/o poseedor del vehículo declarado en abandono, calidad que deberá ser otorgada mediante acto administrativo motivado. Concluidos los cinco (5) años referidos, se cumplirá lo establecido por la norma, en cuanto a su caducidad, por lo que la Subdirección Financiera 3 de esta Secretaría remitirá los valores no reclamados por el 3 Decreto 672 de 2018 funciones de la Subdirección Financiera, artículo 39 numeral 17: “las demás que le sean asignadas y que correspondan con la razón de ser de la dependencia”.
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Cuando el valor de la enajenación no cubra la totalidad de lo adeudado, la entidad dentro de los mismos (5) años ya referidos y previa declaración de la condición de propietario y/o poseedor del vehículo declarado en abandono, podrá imponer la obligación en cabeza de la persona determinada y continuar el proceso de cobro que corresponda, al cabo de los cuales, si dicha condición no se ha declarado, deberá a través de la Subdirección Financiera reportar el monto para ser objeto de estudio por parte del comité de depuración contable de la entidad.
En ese orden es de mencionar que la propiedad privada había venido siendo considerada como un derecho absoluto en razón a lo consagrado en el artículo 669 de la Ley 153 de 1887 - Código Civil Colombiano, en donde se indica que el derecho de dominio es: «…el derecho real en una cosa corporal, para gozar y disponer de ella, no siendo contra ley o contra derecho ajeno» (Subrayado fuera de texto).
Bajo esa égida, la Constitución Política de 1991 en su artículo 58 le da el tratamiento de derecho fundamental, por lo que el mismo no puede ser desconocido ni vulnerado. Empero, al unísono le determina su sentido, alcance y ejercicio enmarcados dentro de una función social que implica obligaciones, es decir, una serie de cargas establecidas por parte del Estado, quitándole su condición de derecho absoluto para convertirlo en relativo.
En desarrollo de la mencionada función social respecto de la propiedad privada, la Corte Constitucional señaló que:
«La propiedad privada ha sido reconocida por esta Corporación como un derecho subjetivo al que le son inherentes unas funciones sociales y ecológicas, dirigidas a asegurar el cumplimiento de varios deberes constitucionales, entre los cuales, se destacan la protección del medio ambiente, la salvaguarda de los derechos ajenos y la promoción de la justicia, la equidad y el interés general como manifestaciones fundamentales del Estado Social de Derecho (C.P. arts. 1° y 95, nums, 1 y 8). De manera que el mismo ordenamiento jurídico a la vez que se encuentra comprometido con el respeto a su núcleo esencial, debe adoptar medidas que permitan asegurar el logro de las citadas funciones, lo que conduce -en últimas- a consolidar los derechos del propietario con las necesidades de la colectividad, debidamente fundamentadas en el Texto Superior»4.
4 Sentencia C-189 de 2006 de la Corte Constitucional, Magistrado ponente Rodrigo Escobar Gil.
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El derecho de propiedad además de ser un derecho pleno, en el que las facultades de su titular son ejercidas autónomamente dentro de los límites impuestos por el ordenamiento jurídico y los derechos ajenos, es también un derecho exclusivo, en la medida en que, por regla general, el propietario puede oponerse a la intromisión de un tercero en su ejercicio; lo que conlleva a que el derecho sea irrevocable, amén de que su extinción o transmisión depende de la voluntad de su propietario y no de la realización de una causa extraña o del querer de un tercero. A pesar de ello, la titularidad del derecho de dominio depende no solo de la relación estricta entre el propietario y el bien, sino que su ejercicio debe propender por reconocer los derechos a todos los demás miembros de la sociedad.
De acuerdo con lo anterior, la figura creada por la Ley 1730 de 2014, es decir, la declaratoria administrativa de abandono, permite evidenciar que el cuidado que debe tener un propietario con su vehículo a fin de ejercer sobre el mismo su función social está desestimado como quiera que, en primer lugar, se evidencia el desinterés de reclamar el automotor que ha permanecido inmovilizado por infracción a las normas de tránsito por un término superior a un (1) año; y, en segundo lugar, por no haber asumido sus obligaciones pecuniarias respecto del mismo.
Analizado el caso particular objeto del presente acto administrativo, se evidencia el cumplimiento de los presupuestos referidos, como se pasa a demostrar:
(i) El vehículo de placa CQT541 ingresó a los patios oficiales de la Secretaría Distrital de Movilidad el día 27 de octubre del 2012 con ocasión de la infracción de tránsito E03 (ii) Consultado el RUNT a la fecha de expedición del presente acto administrativo, el vehículo aparece registrado a nombre de persona indeterminada (iii) El automotor ha permanecido inmovilizado en los patios oficiales un período superior a un (1) año; (iv) El propietario o poseedor del automotor no ha asumido los costos asociados a su traslado y custodia.
En razón de lo anterior, este organismo de tránsito procedió con la publicación de la placa del vehículo en un diario de amplia circulación nacional permitiendo que su propietario, poseedor o acreedor prendario ejercieran su derecho de reclamo sin que dicha actuación se hubiese llevado a cabo.
En consecuencia, la Secretaría Distrital de Movilidad, una vez declarado el abandono del vehículo, dispondrá del bien y procederá con su enajenación.
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Respecto del avalúo del vehículo de placa CQT541 este es realizado por un perito debidamente inscrito ante el Registro Abierto de Avaluadores y adscrito a este Organismo de Tránsito, en aras de determinar el valor del vehículo objeto de este pronunciamiento, de conformidad con los métodos, técnicas, actuaciones, criterios y herramientas que se consideren necesarios y pertinentes para el dictamen, a la luz del Decreto Nacional No. 422 de 2000, la Ley 1673 de 2013 reglamentada por el Decreto Nacional 556 de 2014 y demás normas aplicables.
Es pertinente mencionar que en cuanto a los costos que incurrió la entidad para efectuar este proceso administrativo, tales como: (i) Identificación técnica del automotor; (ii) publicación en el diario(s) de amplia circulación; (iii) peritaje del vehículo (iv) intermediación comercial, dichos costos serán deducidos del valor obtenido de la enajenación del bien con fundamento en lo establecido en el inciso 8 del artículo 1 de la Ley 1730 de 20145.
Adicionalmente y a efectos de declarar administrativamente el abandono del vehículo de placas CQT541 la Secretaría Distrital de Movilidad, en aras de garantizar la plena identificación del automotor, arrima al expediente, los siguientes documentales: (i) el Registro Único Nacional de Tránsito – RUNT (ii) Identificación Técnica del Automotor, las cuales comprueban las características de identificación del rodante, y que corresponden a las siguientes:
MARCA PEUGEOT MOTOR PSARFX10HJB13030003 CLASE AUTOMOVIL CHASIS 11114270 LÍNEA 405 SRI N° VIN MODELO 1995 CILINDRAJE 1998 COLOR ROJO CONSUL ESTADO REGISTRO ACTIVO SERVICIO Particular ORGANISMO DE TRÁNSITO STRIA TTEyMOV CUND/LA CALERA Finalmente, con fundamento en los principios que rigen la función administrativa establecidos en el artículo 209 Constitucional y el artículo 3 de la Ley 1437 de 2011, especialmente el principio de publicidad, una vez esta Dirección expida el presente acto administrativo, procederá con su publicación, toda vez que se desconoce la información sobre los terceros interesados en el proceso declarativo de abandono, siguiendo lo dispuesto en el artículo 73 de la Ley 1437 de 2011, con la finalidad de que estos ciudadanos puedan ejercer su derecho fundamental a la defensa en garantía del debido proceso (C.N. art.29).
5 Ley 1730 de 2014 inciso 8° “Con el objetivo de respetar el derecho de propiedad y dominio, se autoriza al organismo de tránsito correspondiente, para crear una cuenta especial, en una de las entidades financieras que existan en el lugar, donde se consignen los dineros individualizados de cada propietario o poseedor del vehículo producto de la enajenación del bien y de la cual se efectuarán las deducciones a las que esta dio lugar. Los recursos del propietario o poseedor depositados en esta cuenta, podrán ser objeto de embargo vía cobro coactivo y de existir un remanente este debe ser puesto a disposición del dueño del automotor. Los dineros no reclamados serán manejados por la entidad de carácter nacional responsable de la ejecución de la política pública de seguridad vial, su caducidad será de cinco (5) años.”
PA01-PR16-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-48 • 2024 • MAYO • 24 48 *202441000196056* DAC 202441000196056 Informacion Publica Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento RESOLUCIÓN NÚMERO 19605 DE 2024 “POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA ADMINISTRATIVAMENTE EL ABANDONO DEL VEHÍCULO DE PLACA CQT541 INMOVILIZADO EN LOS PATIOS OFICIALES DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD.”
En mérito de lo expuesto, la Dirección de Atención al Ciudadanía de la Secretaría Distrital de Movilidad, IV. R E S U E L V E:
Artículo primero.
DECLARACIÓN ADMINISTRATIVA DE ABANDONO. DECLARAR Administrativamente el Abandono del vehículo de placa CQT541 el cual, a la fecha de expedición del presente acto administrativo, registra con propietario indeterminado, de conformidad con las razones expuestas en la parte motiva del presente acto administrativo.
Artículo segundo.
INSCRIPCIÓN DE LA MEDIDA. REMITIR copia del presente acto administrativo al organismo de tránsito de STRIA TTEyMOV CUND/LA CALERA donde se encuentra registrado el vehículo de placa CQT541 para que proceda con la inscripción de la medida de declaratoria de abandono decretada y su consecuente reporte al Registro Único Nacional de Tránsito -RUNT, de conformidad con lo establecido en el inciso 5 del artículo 1 de la Ley 1730 de 2014, que sustituyó el artículo 128 del C.N.T.T.
Artículo tercero.
ENAJENACIÓN DEL VEHÍCULO. PROCEDER con la enajenación del vehículo de placa CQT541 una vez en firme este acto administrativo, previo
avalúo de perito designado por la Secretaría Distrital de Movilidad, dando cumplimiento a lo señalado en la parte motiva de este proveído.
Artículo cuarto.
DEPÓSITO DE RECURSOS. REALIZAR, la respectiva consignación en la cuenta especial No. 91000005220 del Banco GNB Sudameris de la Secretaría Distrital de Hacienda, de los dineros percibidos con ocasión de la enajenación del rodante objeto de este pronunciamiento, debidamente individualizados, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de este acto.
Parágrafo. Realizada la validación de la consignación, LIQUIDESE por parte de la
Dirección de Atención al Ciudadano el valor del servicio de patios y/o grúa, con corte a la fecha de firmeza del presente acto administrativo, discriminando los valores adeudados por los tiempos en los que se ejerció el derecho de dominio por cada tipo de propiedad ya referido, así como de los costos en que incurrió la Entidad para efectuar este proceso administrativo.
PA01-PR16-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-49 • 2024 • MAYO • 24 49 *202441000196056* DAC 202441000196056 Informacion Publica Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento RESOLUCIÓN NÚMERO 19605 DE 2024 “POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA ADMINISTRATIVAMENTE EL ABANDONO DEL VEHÍCULO DE PLACA CQT541 INMOVILIZADO EN LOS PATIOS OFICIALES DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD.”
Artículo quinto.
DEDUCCIONES: DEDUCIR, de la cuenta especial N° 91000005220 del Banco GNB Sudameris de la Secretaría Distrital de Hacienda, la suma de dinero adeudada en que incurrió la entidad para efectuar las deducciones a las que esta dio lugar, así como los costos generados por los servicios prestados de patios y grúa, de conformidad a los documentos soporte que reposan dentro del expediente.
Artículo sexto.
REGISTROS CONTABLES. Una vez realizadas las deducciones del artículo anterior, REPORTAR los valores del producto de la enajenación a la Subdirección Financiera para que realice los registros contables y las diligencias que correspondan.
Parágrafo. Transcurridos 5 años a partir del proceso de enajenación, los valores que no
fueron cubiertos con el producto de esta y que se encuentren en cabeza de propietario indeterminado, deberán ser objeto de estudio por parte del comité de depuración contable de la entidad de conformidad con lo establecido en la parte considerativa de este proveído.
Artículo séptimo.
IMPOSICIÓN DE OBLIGACIÓN. REMITIR la documentación pertinente a la Dirección de Investigaciones Administrativas al Tránsito y al Transporte de la Secretaría Distrital de Movilidad, a fin de emitir los títulos ejecutivos que correspondan, en los que se establezca la obligación por concepto de los servicios de patios y grúa, de acuerdo con la delegación contenida en la Resolución 089 de 2019.
Artículo octavo.
DEVOLUCIÓN DE REMANENTES. En el evento en el que el valor de la enajenación cubra la totalidad de lo adeudado y exista un remanente, tal monto deberá permanecer en la cuenta especial No. 91000005220 del Banco GNB Sudameris de la Secretaría Distrital de Hacienda por el término de cinco (5) años para que, en caso de reclamación por parte de la persona a quien mediante acto administrativo se le reconozca su condición de propietario y/o poseedor del vehículo declarado en abandono, este le sea devuelto.
Artículo noveno.
CADUCIDAD DE REMANENTES. Si cumplidos los cinco (5) años establecidos en el inciso 8° del artículo 1° de la Ley 1730 de 2014, previa liquidación del crédito y
apropiación de los dineros que soportan lo adeudado por concepto de patio y/o grúas, el propietario o poseedor no ha solicitado la devolución de los dineros remanentes, se Decreta la caducidad de los mismos, momento a partir del cual la Subdirección Financiera de la Secretaría Distrital de Movilidad deberá remitirlos a la cuenta de la Entidad de carácter nacional responsable de la ejecución de la política pública de seguridad vial.
PA01-PR16-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-50 • 2024 • MAYO • 24 50 *202441000196056* DAC 202441000196056 Informacion Publica Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento RESOLUCIÓN NÚMERO 19605 DE 2024 “POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA ADMINISTRATIVAMENTE EL ABANDONO DEL VEHÍCULO DE PLACA CQT541 INMOVILIZADO EN LOS PATIOS OFICIALES DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD.”
Artículo décimo.
NOTIFICACIÓN. NOTIFICAR el contenido de la presente resolución a los terceros interesados, conforme lo dispone el artículo 73 de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO: RECURSOS. Contra la presente decisión procede el recurso de reposición, el cual deberá ser interpuesto por el interesado, por escrito y dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su notificación, debidamente sustentado y con la observancia de lo preceptuado en los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011 NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C. a los quince día(s) del mes de Febrero de 2024.
Alejandra Rojas Posada Directora Técnica de Atención al Ciudadano Firma mecánica generada en 15-02-2024 03:54 PM Reviso: Jose Sarmiento Elaboró: Jennifer Alejandra Saenz Gil PA01-PR16-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-51 • 2024 • MAYO • 24 51 RESOLUCIÓN Nº 47832 (15 de mayo de 2024)
“Por medio de la cual se declara administrativamente el abandono de vehículos inmovilizados en los patios de la Secretaría Distrital de Movilidad con propietario indeterminado (p).”
EL(LA) DIRECTORA TÉCNICA DE ATENCIÓN AL CIUDADANO DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD- SDM, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas en el artículo 209 de Constitución Política, la Ley 769 de 2002, la Ley 1730 de 2014, el Decreto Distrital 672 del 22 de noviembre de 2018 y la Resolución 345192 de 2022 de la Secretaría Distrital de Movilidad, y
I.
CONSIDERANDO:
1.
Que la constitución Política de Colombia de 1991 consagró a Colombia como un Estado Social de Derecho fundada en el respeto y garantía de los derechos de los ciudadanos y en la prevalencia del interés general, que debe, entre otros fines, asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares (C.N., Art. 1 y 2).
2. Que, de conformidad con ello, el artículo 58 superior expone el derecho a la propiedad privada, consagrado como una prerrogativa revestida de función social que impone a los propietarios de un bien tanto derechos como obligaciones, concebido entonces como un derecho relativo orientado a satisfacer los intereses, no sólo del particular sino también de la comunidad.
3.
Que el artículo 22 de la Ley 1383 de 2010, que modificó el artículo 135 de la Ley 769 de 2002, dispuso que, ante la comisión de una contravención, la autoridad de tránsito extenderá al conductor la orden de comparendo.
4.Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 125 del CNTT, las autoridades de tránsito están facultadas para inmovilizar los vehículos que incurran en alguna de las causales que allí se establecen, y conducirlos a los patios autorizados hasta que cese la causa que dio origen a la inmovilización.
5.
Que la Ley 769 de 2002, en su artículo 122 modificado por el artículo 20 de la ley 1383 de 2010, señala el tipo de sanciones a imponer frente a la violación a las normas en ella contenidas, así: «1. Amonestación, 2. Multa, 3. Retención preventiva de la Licencia de Conducción, 4. Suspensión de la licencia de conducción, 5. Suspensión o cancelación del permiso o registro, 6. Inmovilización de los vehículos. 7. Retención preventiva de los vehículos, 8. Cancelación definitiva de la licencia de conducción […]».
6.
Que la sanción de inmovilización, desarrollada en, el artículo 125 del Código Nacional de Tránsito Terrestre determina que con esta medida se suspenderá «[…] temporalmente la circulación de los vehículos por las vías públicas o privadas abiertas al público. Para tal efecto, el vehículo será conducido a parqueaderos autorizados que determine la autoridad competente, hasta que se subsane o cese la causa que le dio origen […]».
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7. Que, como quiera que la sanción de inmovilización es de connotación transitoria, toda vez que lo que pretende es suspender temporalmente la circulación de un vehículo con el cual se está quebrantando una norma de tránsito o transporte, la entrega de los vehículos se realiza de manera
inmediata, una vez se subsane la causa que originó la inmovilización y en consecuencia, se cancelen los valores generados por el procedimiento de traslado y custodia.
8.
Que la Ley 769 de 2002 en su artículo 47 dispone que “La tradición del dominio de los vehículos automotores requerirá, además de su entrega material, su inscripción en el organismo de tránsito correspondiente, quien lo reportará en el Registro Nacional Automotor en un término no superior a quince (15) días. La inscripción ante el organismo de tránsito deberá hacerse dentro de los sesenta (60) días hábiles siguientes a la adquisición de los vehículos.”, es decir, que la tradición del derecho real de dominio de un automotor implica tanto la entrega material del bien como la inscripción del negocio jurídico ante el organismo de tránsito respectivo.
9. Que, el Ministerio de Transporte expidió la Resolución N° 5194 de 2008, por medio de la cual se estableció un procedimiento especial para el registro de la propiedad de un vehículo a persona indeterminada, reglamentado posteriormente por las Resoluciones 10028 del 12 de octubre de 2012, 5709 del 26 de diciembre de 2016, 3282 del 5 de agosto de 2019, y la No. 20223040045295 del 04 de agosto de 2022, normativas que han permitido que los propietarios que no formalizaron el respectivo traspaso ante el organismo de tránsito, actualicen y reflejen la situación jurídica real de los vehículos inscritos.
10. Que, el artículo 128 del Código Nacional de Tránsito modificado por la Ley 1730 de 2014, incorporó una solución para los organismos de tránsito que custodian vehículos inmovilizados no reclamados consistente en aplicar la figura de la declaratoria administrativa de abandono determinando el procedimiento a seguir para ello.
11. Que, el procedimiento contenido en la norma ibídem establece que, para lograr la declaratoria administrativa de abandono, debe realizarse la publicación por una vez en un periódico de amplia circulación nacional con el fin de que el propietario o poseedor de los vehículos se presente a reclamar su automotor y a cancelar lo adeudado al organismo de tránsito.
12.
Que la figura de declaración administrativa de abandono permite al Organismo de Tránsito mediante acto administrativo declarar la renuencia del propietario o poseedor de retirar el vehículo del parqueadero y a su vez, asumir la obligación adeudada por concepto de los servicios prestados de parqueadero y/o grúa.
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13.
Que el inciso 5 de la Ley 1730 de 2014, dispone «Además, dentro del contenido del acto administrativo se ordenará informar al organismo de tránsito donde se encuentra inscrito el vehículo para que adopte las decisiones necesarias», con la finalidad de inscribir la figura de declaratoria de abandono y proceder con la enajenación de los automotores.
14.
Que el inciso 6 del artículo 1 de la Ley 1730 de 2014 señala que “Cuando se trate de vehículos de servicio público, el acto administrativo de declaración de abandono, también deberá notificarse a la empresa transportadora, por las implicaciones que de la decisión puedan derivarse.”
15.
Que previo al proceso de enajenación el perito adscrito al organismo de tránsito realiza avalúo de los automotores a fin de establecer la calidad en que será subastado, de conformidad con el inciso décimo segundo del artículo 1° de la Ley 1730 de 2014, que reza «…los automotores que presentan alto deterioro o sean inservibles como consecuencia del agua, el sol y otros factores recibidos en los parqueaderos, serán enajenados como chatarra, previo dictamen de un perito adscrito al organismo de tránsito respectivo»
16.
Que en el evento en el que el vehículo no sea reclamado y se declare su abandono, el organismo de tránsito podrá enajenarlo para sustituirlo por su equivalente en dinero, suma que deberá depositarse en una cuenta especial de la cual se efectuarán las deducciones a las que la venta dio lugar, así como los costos generados por los servicios prestados de patios y grúa, y en caso de existir un remanente, éste será puesto a disposición del dueño de los automotores. No obstante, los dineros no reclamados tendrán una caducidad de cinco (5) años al cabo de los cuales serán remitidos para su manejo a la entidad de carácter nacional responsable de la ejecución de la política pública de seguridad vial.
II. COMPETENCIA
En virtud de lo dispuesto en el literal d) artículo 6° del CNTT, el legislador confirió la calidad de organismos de tránsito a las Secretarías Distritales de Tránsito dentro del área urbana de los distritos especiales, los cuales tienen como función organizar y dirigir lo relacionado con el tránsito y transporte en su respectiva jurisdicción (artículo 2 CNTT).
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Por su parte, el artículo 2 de la Ley 1383 de 2010, estableció que son autoridades de tránsito, los organismos de tránsito de carácter distrital1.
Que adicionalmente, el Decreto 672 del 2018 en el artículo 4 numeral 5, dispuso como funciones del despacho el fungir como autoridad de tránsito y transporte de Bogotá2, el cual delegó, a través de la Resolución N° 345192 de 2022, en la Dirección de Atención al Ciudadano, la facultad de: “[...]expedir los Actos Administrativos de Declaratoria de Abandono […]” para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 1730 del 29 de julio de 2014 «por la cual se sustituye el contenido del artículo 128 de la Ley 769 de 2002 – Código Nacional de Tránsito Terrestre».
Así mismo, el artículo 28 del Decreto 672 de 2018, estableció como funciones de la Dirección de Atención al Ciudadano de la Secretaría Distrital de Movilidad, numeral 9: “Atender la operación para la custodia de los vehículos, objeto de la sanción de inmovilización y las acciones conexas para su destino final, en cumplimiento de la normatividad y lineamientos nacionales, distritales e institucionales”.
En ese orden, la aplicación de la figura de la Declaratoria Administrativa de Abandono busca que se declare la renuencia del propietario o poseedor de retirar el vehículo del parqueadero y de asumir la obligación adeudada por los servicios prestados por concepto de parqueadero y/o grúa, lo que permitirá al organismo de tránsito proceder a la enajenación de los vehículos para sustituirlo por su equivalente en dinero, a la luz de lo contenido en el artículo 128 del Código Nacional de Tránsito, modificado por el artículo 1° de la Ley 1730 de 2014.
III. DE LOS CASOS PARTICULARES
En los casos sub-examen, este Despacho conforme a lo autorizado por la Ley 1730 del 29 de julio de 2014, analizará la procedencia de la declaratoria administrativa de abandono de los vehículos objeto del presente pronunciamiento.
1 El artículo 2 de la Ley 1383 de 2010, que modificó el artículo 2 de la Ley 769 de 2002, dispuso que son autoridades de tránsito “(...) los organismos de tránsito de carácter departamental, municipal o distrital” 2 El numeral 5 del artículo 4 del Decreto 672 del 2018 cita: «Son funciones del Despacho de la Secretaría Distrital de Movilidad las siguientes: […] 5. Fungir como autoridad de tránsito y transporte en Bogotá, D.C.»
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En ese sentido, a continuación se muestra el detalle del objeto de la inmovilización, el tiempo que ha permanecido en el patio y el cumplimiento del requisito de publicación en un diario de amplia circulación, la cual tenía como fin brindarle al propietario o poseedor la posibilidad de que acudiera a reclamar su automotor, dentro de los (15) días hábiles siguientes, sin embargo, no se hizo presente persona alguna permaneciendo lo rodantes en los patios de la Secretaría, por lo que se da continuidad a la decisión que ha de adoptarse, así:
No PLACA No. COMPARENDO FECHA COMPARENDO INFRACCIÓN No. INVENTARIO PUBLICACIÓN 1 ARD26 1100100000008157244. 9/01/2015 C35 A 31210 MARTES, 27 DE JUNIO DE 2017, EN EL DIARIO EL ESPECTADOR, PÁGINAS 1 A 6 21/03/2015 D02 - H02 A37824 JUEVES, 30 DE JUNIO DE 2016, EN EL 2 AUG88 11001000000008178823 DIARIO PORTAFOLIO, PÁGINA 27 - 11001000000008178824 28/07/2011 C02 59673 MARTES, 15 DE MARZO DE 2016, EN EL 3 AYZ70 11001000000000682983.
DIARIO ASUNTOS LEGALES DE LA REPÚBLICA, PÁGINAS 18 A 22 BAK44 1100100000007830099. 10/05/2014 F A 10526 MARTES, 15 DE MARZO DE 2016, EN EL DIARIO ASUNTOS LEGALES DE LA 4 REPÚBLICA, PÁGINAS 18 A 22 / MIÉRCOLES, 22 DE OCTUBRE DE 2014, EN EL DIARIO EL NUEVO SIGLO, PÁGINAS 1C a 10 C 5 BVW53 11001000000016272123 28/04/2017 F A152475 MIÉRCOLES, 20 DE JUNIO DE 2018, EN EL DIARIO EL TIEMPO, PÁGINA 5.3 23/07/2019 B01 - D02 REGM53137 EL ESPECTADOR. DOMINGO 18 DE OCTUBRE 2020, PÁGINA 55 6 BVZ63 11001000000023474463 - 11001000000023474464 BXG93 11001000000003410366.
5/12/2012 D02 104124 MARTES, 27 DE JUNIO DE 2017, EN EL DIARIO EL ESPECTADOR, PÁGINAS 1 A 6 / MARTES, 15 DE MARZO DE 2016, EN EL DIARIO ASUNTOS LEGALES DE LA 7 REPÚBLICA, PÁGINAS 18 A 22 / MIÉRCOLES, 22 DE OCTUBRE DE 2014, EN EL DIARIO EL NUEVO SIGLO, PÁGINAS 1C a 10 C CHG798 11001000000003093283 10/07/2012 C35 150850 MARTES, 27 DE JUNIO DE 2017, EN EL DIARIO EL ESPECTADOR, PÁGINAS 1 A 6 8 / MARTES, 15 DE MARZO DE 2016, EN EL DIARIO ASUNTOS LEGALES DE LA REPÚBLICA, PÁGINAS 18 A 22 / 4 PA01-PR16-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-56 • 2024 • MAYO • 24 56 *202441000478326* DAC 202441000478326 Informacion Publica Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento RESOLUCIÓN NÚMERO 47832 DE 2024 “Por medio de la cual se declara administrativamente el abandono de vehículos inmovilizados en los patios de la Secretaría Distrital de Movilidad con propietario indeterminado (p).”
MIÉRCOLES, 22 DE OCTUBRE DE 2014, EN EL DIARIO EL NUEVO SIGLO, PÁGINAS 1C a 10 C 9 DAK045 11001000000025295088 15/04/2020 C02 REGA87791 EL ESPECTADOR / MARTES 20 DE JULIO 2021 Pag 39 Avisos de Ley 7/12/2015 C02 A 69547 SÁBADO, 07 DE OCTUBRE DE 2017, EN 10 DMY55C 11001000000010205692.
EL DIARIO EL TIEMPO FCG022 11001000000000595067.
9/06/2011 C02 120583 MARTES, 27 DE JUNIO DE 2017, EN EL DIARIO EL ESPECTADOR, PÁGINAS 1 A 6 / MARTES, 15 DE MARZO DE 2016, EN EL DIARIO ASUNTOS LEGALES DE LA 11 REPÚBLICA, PÁGINAS 18 A 22 / MIÉRCOLES, 22 DE OCTUBRE DE 2014, EN EL DIARIO EL NUEVO SIGLO, PÁGINAS 1C a 10 C 3/12/2015 B01-H02 A 68817 SÁBADO, 07 DE OCTUBRE DE 2017, EN 12 FOP43C 11001000000010191343 EL DIARIO EL TIEMPO - 11001000000010191344 6/08/2019 C02 REGM54504 EL ESPECTADOR / MIÉRCOLES 19 DE 13 FZG39A 11001000000023527116.
OCTUBRE 2 02 2 14 IRF55 11001000000010492040 9/04/2016 C02 89855 SÁBADO, 07 DE OCTUBRE DE 2017, EN EL DIARIO EL TIEMPO 15 LPK58C 11001000000010576843 20/07/2016 C02 A107885 SÁBADO, 07 DE OCTUBRE DE 2017, EN EL DIARIO EL TIEMPO 15/08/2019 D04 - D01 REGM55389 EL ESPECTADOR. DOMINGO 18 DE 16 MLX56B 11001000000023539796 OCTUBRE 2020, PÁGINA 55 - 11001000000023539915 17 PTJ88A 11001000000034048246 14/07/2022 B02 REGM178229 EL ESPECTADOR / DOMINGO 05 DE NOVIEMBRE 2023 Pag 54 15/04/2017 F A 103235 MIÉRCOLES, 20 DE JUNIO DE 2018, EN EL 18 QGW245 11001000000013472528.
DIARIO EL TIEMPO, PÁGINA 5.3 SED184 11001000000016410945.
19 27/08/2017 C35 A 115293 SÁBADO 30 DE MARZO DE 2019, EN EL DIARIO EL TIEMPO PAG. 6.1; SÁBADO, 06 DE OCTUBRE DE 2018, EN EL DIARIO EL TIEMPO, PÁGINA 8.
14/08/2019 C02 REGM55285 EL ESPECTADOR. DOMINGO 18 DE 20 ZBP18C 11001000000023538378.
OCTUBRE 2020, PÁGINA 55 21 ZII609 11001000000025315758 28/04/2020 C02 REGA88057 EL ESPECTADOR / MARTES 20 DE JULIO 2021 Pag 39 Avisos de Ley Así mismo se consultó el Certificado de Tradición o RUNT respectivamente, documentos que obran en cada expediente, y en los que se puede evidenciar que a la fecha de inmovilización del automotor objeto del presente acto administrativo, la titularidad del derecho real de dominio se encontraba en cabeza de propietarios determinados y estando inmovilizados, se surtió sobre los automotores trámite de traspaso a persona indeterminada, tal y como a continuación se muestra:
PA01-PR16-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-57 • 2024 • MAYO • 24 57 *202441000478326* DAC 202441000478326 Informacion Publica Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento RESOLUCIÓN NÚMERO 47832 DE 2024 “Por medio de la cual se declara administrativamente el abandono de vehículos inmovilizados en los patios de la Secretaría Distrital de Movilidad con propietario indeterminado (p).”
No. PLACA PROPIETARIO No. DE IDENTIFICACION FECHA FIN DE PROPIEDAD 1 ARD26 MECM PROFECIONALES CONTRATISTAS LTDA 8300429764 10/04/2015 2 AUG88 CARLOS ARTURO SALAZAR RAMIREZ 94225067 15/09/2015 3 AYZ70 MARTHA YOANA OSUNA DIAZ 52547750 25/07/2017 4 BAK44 PEDRO MIGUEL HEREDIA VARGAS 4264090 22/03/2018 5 BVW53 GERARDO HERRERA USECHE 19181505 24/09/2018 6 BVZ63 GIOVANNI EDUARDO GOMEZ VELASCO 79640550 3/08/2018 7 BXG93 LUIS ALFONSO ARANGO ROYERO 1046398121 21/12/2015 8 CHG798 JORGE ENRIQUE CRUZ 19198033 11/10/2022 9 DAK045 JANNA MOTORS S.A.S 802000849 17/11/2021 10 DMY55C MARIA INES MANRIQUE 24078708 31/07/2017 11 FCG022 JORGE WILLIAMS LOPEZ RIOS 79278885 10/03/2021 12 FOP43C BETSY CATALINA ANGARITA PEREZ, 1010176141 4/01/2018 13 FZG39A CARLOS ANDRES HERNANDEZ OCAMPO 1053767422 19/11/2020 14 IRF55 CARLOS ALBERTO AMAYA CORTES 13703391 23/12/2019 15 LPK58C DICKSON RENE PATIÑO 11229270 10/05/2017 16 MLX56B GLORIA PATRICIA ARIAS MOLINA 52109021 17/11/2018 17 PTJ88A JHON ALEXANDER GAONA FORERO 1057514520 26/07/2022 18 QGW245 YAMIL SABBAGH SOLANO 7417055 24/02/2014 19 SED184 PEDRO PARRA GOMEZ 19428089 6/12/2011 20 ZBP18C HAIDER GRISALES ARANZAZU 1060266734 3/09/2019 21 ZII609 LUIS ALFREDO GALVIS MATEUS 91213306 20/11/2021 En consecuencia y ante la ausencia de ciudadano que acredite un interés legítimo sobre los vehículos objeto de este pronunciamiento, toda vez que este organismo de tránsito desconoce a la fecha el titular del derecho de dominio, la Secretaría Distrital de Movilidad procederá a declarar el abandono administrativo de los automotores a la luz de la citada normativa.
Con el fin de determinar el valor adeudado por concepto de servicios de parqueadero y/ o grúa, la Dirección de Atención al Ciudadano de la Secretaría Distrital de Movilidad, emitirá la liquidación de los mismos, con corte a la fecha de firmeza del presente acto administrativo, discriminando los valores por los tiempos en los que se ejerció el derecho de dominio en la forma ya referida.
PA01-PR16-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-58 • 2024 • MAYO • 24 58 *202441000478326* DAC 202441000478326 Informacion Publica Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento RESOLUCIÓN NÚMERO 47832 DE 2024 “Por medio de la cual se declara administrativamente el abandono de vehículos inmovilizados en los patios de la Secretaría Distrital de Movilidad con propietario indeterminado (p).”
Dicha liquidación se remitirá a la Dirección de Investigaciones Administrativas al Tránsito y al Transporte para que proceda con la imposición de la obligación que corresponda por concepto del servicio de patios y grúa, en virtud de la delegación establecida mediante Resolución 089 de 2019.
En aras de garantizar el derecho de propiedad y dominio, la Secretaría Distrital de Movilidad creó la cuenta especial No. 91000005220 en el Banco GNB Sudameris de la Secretaría Distrital de Hacienda, en la que se consignarán los dineros producto de la enajenación de los vehículos declarados en abandono, de la cual se harán las deducciones en las que por costos administrativos incurrió la entidad, así como los costos generados por los servicios prestados de patios y grúa previamente liquidados.
Una vez se realicen las deducciones anteriores, esta Dirección, remitirá el valor de la liquidación emitida junto con los reportes de descuento y distribución de los dineros obtenidos en la respectiva subasta, así como los montos adeudados que no fueron cubiertos con el producto de la enajenación, a la Subdirección Financiera de la entidad, para que realice los registros contables correspondientes.
Cuando el valor de la enajenación cubra la totalidad de lo adeudado y exista un remanente, dicho monto dinerario permanecerá por el término de cinco (5) años en la cuenta especial a disposición de la persona que pruebe su condición de propietario y/o poseedor del vehículo declarado en abandono, calidad que deberá ser otorgada mediante acto administrativo motivado. Concluidos los cinco (5) años referidos, se cumplirá lo establecido por la norma, en cuanto a su caducidad, por lo que la Subdirección Financiera 3 de esta Secretaría remitirá los valores no reclamados por el propietario y/o poseedor del automotor, a la entidad de carácter nacional responsable de la ejecución de la política pública de seguridad vial en la forma dispuesta por ésta para tal fin.
Cuando el valor de la enajenación no cubra la totalidad de lo adeudado, la entidad dentro de los mismos (5) años ya referidos y previa declaración de la condición de propietario y/o poseedor de los vehículos declarado en abandono, podrá imponer la obligación en cabeza de la persona determinada. En los casos en los que los vehículos correspondan a servicio público, deberá notificarse a la empresa de servicio público en la que el automotor se encuentre vinculado, en razón de las implicaciones que de la decisión puedan derivarse y continuar el proceso de cobro que corresponda. Al cabo del término señalado, si dicha condición no se ha declarado, deberá a través de la Subdirección Financiera reportar el monto para ser objeto de estudio por parte del comité de depuración contable de la entidad.
3 Decreto 672 de 2018 funciones de la Subdirección Financiera, artículo 39 numeral 17: “las demás que le sean asignadas y que correspondan con la razón de ser de la dependencia”.
PA01-PR16-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-59 • 2024 • MAYO • 24 59 *202441000478326* DAC 202441000478326 Informacion Publica Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento RESOLUCIÓN NÚMERO 47832 DE 2024 “Por medio de la cual se declara administrativamente el abandono de vehículos inmovilizados en los patios de la Secretaría Distrital de Movilidad con propietario indeterminado (p).”
Lo anterior toda vez que la propiedad privada había venido siendo considerada como un derecho absoluto en razón a lo consagrado en el artículo 669 de la Ley 153 de 1887 - Código Civil Colombiano, en donde se indica que el derecho de dominio es: «…el derecho real en una cosa corporal, para gozar y disponer de ella, no siendo contra ley o contra derecho ajeno» (Subrayado fuera de texto).
Bajo esa égida, la Constitución Política de 1991 en su artículo 58 le da el tratamiento de derecho fundamental, por lo que el mismo no puede ser desconocido ni vulnerado. Empero, al unísono le determina su sentido, alcance y ejercicio enmarcados dentro de una función social que implica obligaciones, es decir, una serie de cargas establecidas por parte del Estado, quitándole su condición de derecho absoluto para convertirlo en relativo.
En desarrollo de la mencionada función social respecto de la propiedad privada, la Corte Constitucional señaló que:
«La propiedad privada ha sido reconocida por esta Corporación como un derecho subjetivo al que le son inherentes unas funciones sociales y ecológicas, dirigidas a asegurar el cumplimiento de varios deberes constitucionales, entre los cuales, se destacan la protección del medio ambiente, la salvaguarda de los derechos ajenos y la promoción de la justicia, la equidad y el interés general como manifestaciones fundamentales del Estado Social de Derecho (C.P. arts. 1° y 95, nums, 1 y 8). De manera que el mismo ordenamiento jurídico a la vez que se encuentra comprometido con el respeto a su núcleo esencial, debe adoptar medidas que permitan asegurar el logro de las citadas funciones, lo que conduce -en últimas- a consolidar los derechos del propietario con las necesidades de la colectividad, debidamente fundamentadas en el Texto Superior»4.
El derecho de propiedad además de ser un derecho pleno, en el que las facultades de su titular son ejercidas autónomamente dentro de los límites impuestos por el ordenamiento jurídico y los derechos ajenos, es también un derecho exclusivo, en la medida en que, por regla general, el propietario puede oponerse a la intromisión de un tercero en su ejercicio; lo que conlleva a que el derecho sea irrevocable, amén de que su extinción o transmisión depende de la voluntad de su propietario y no de la realización de una causa extraña o del querer de un tercero. A pesar de ello, 4 Sentencia C-189 de 2006 de la Corte Constitucional, Magistrado ponente Rodrigo Escobar Gil.
PA01-PR16-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-60 • 2024 • MAYO • 24 60 *202441000478326* DAC 202441000478326 Informacion Publica Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento RESOLUCIÓN NÚMERO 47832 DE 2024 “Por medio de la cual se declara administrativamente el abandono de vehículos inmovilizados en los patios de la Secretaría Distrital de Movilidad con propietario indeterminado (p).” p p y q p la titularidad del derecho de dominio depende no solo de la relación estricta entre el propietario y el bien, sino que su ejercicio debe propender por reconocer los derechos a todos los demás miembros de la sociedad.
De acuerdo con lo anterior, la figura creada por la Ley 1730 de 2014, es decir, la declaratoria administrativa de abandono, permite evidenciar que el cuidado que debe tener un propietario con su vehículo a fin de ejercer sobre el mismo su función social está desestimado como quiera que, en primer lugar, se evidencia el desinterés de reclamar el automotor que ha permanecido inmovilizado por infracción a las normas de tránsito por un término superior a un (1) año; y, en segundo lugar, por no haber asumido sus obligaciones pecuniarias respecto del mismo.
Analizado los casos particulares objeto del presente acto administrativo, se evidencia el cumplimiento de los presupuestos referidos, como se pasa a demostrar:
(i) Los vehículos referidos ingresaron a los patios oficiales de la Secretaría Distrital de Movilidad con ocasión de por lo menos una infracción de tránsito o transporte; (ii) Consultado el Certificado de Tradición o RUNT, a la fecha de expedición del presente acto administrativo, los vehículos aparecen registrados a nombre de persona indeterminada; (iii) Los automotores han permanecido inmovilizados en los patios oficiales un período superior a un (1) año; (iv) El propietario o poseedor de los automotores no han asumido los costos asociados a su traslado y custodia.
En razón de lo anterior, este organismo de tránsito procedió con la publicación de las placas de los vehículos en un diario de amplia circulación nacional permitiendo que su propietario o poseedor ejercieran su derecho de reclamo sin que dicha actuación se hubiese llevado a cabo.
En consecuencia, la Secretaría Distrital de Movilidad, una vez declarado el abandono de los vehículos, dispondrá de los bienes y procederá con su enajenación.
Respecto de los avalúos de los vehículos referidos, estos deben ser realizados por un perito debidamente inscrito ante el Registro Abierto de Avaluadores y adscrito a este Organismo de PA01-PR16-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-61 • 2024 • MAYO • 24 61 *202441000478326* DAC 202441000478326 Informacion Publica Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento RESOLUCIÓN NÚMERO 47832 DE 2024 “Por medio de la cual se declara administrativamente el abandono de vehículos inmovilizados en los patios de la Secretaría Distrital de Movilidad con propietario indeterminado (p).”
Tránsito, en aras de determinar el valor de los vehículos objeto de este pronunciamiento, de conformidad con los métodos, técnicas, actuaciones, criterios y herramientas que se consideren necesarios y pertinentes para el dictamen, a la luz del Decreto Nacional No. 422 de 2000, la Ley 1673 de 2013 reglamentada por el Decreto Nacional 556 de 2014 y demás normas aplicables.
Es pertinente mencionar que en cuanto a los costos que incurrió la entidad para efectuar este proceso administrativo, tales como: (i) Identificación técnica de los automotores; (ii) publicación en diario(s) de amplia circulación; (iii) peritaje de los vehículos (iv) intermediación comercial, dichos costos serán deducidos del valor obtenido de la enajenación de los bienes con fundamento en lo establecido en el inciso 8 del artículo 1 de la Ley 1730 de 20145.
Adicionalmente, y a efectos de declarar administrativamente el abandono de los vehículos abajo relacionados, la Secretaría Distrital de Movilidad, en aras de garantizar la plena identificación de los automotores, arrima al expediente, las siguientes documentales: (i) el Certificado de Tradición y/o el Registro Único Nacional de Tránsito - RUNT, (ii) Identificación Técnica de los automotores, las cuales comprueban las características de identificación de los rodantes, y que corresponden a las siguientes:
No PLACA CLASE MARCA LINEA MODE LO COLOR MOTOR CHASIS SERIE CILINDRAJE SERVICIO ESTADO DEL VEHÍCULO 1 ARD26 MOTOCI AUTECO BOXER CLETA 99.35 2006 ROJO DUFBMD9 9513 DUMBMD0 4515 99 PARTICULAR CANCELADO 2 AUG88 MOTOCI BAJAJ BOXER 2006 AZUL DUMBMG1 CLETA TEC 9139 DUFBMG9 5404 99 PARTICULAR CANCELADO 3 AYZ70 MOTOCI CLETA AKT AK 125 2006 GRIS 157FMIXJ0 56691 LLCJPP207 6E012494 124 PARTICULAR CANCELADO 4 BAK44 MOTOCI CLETA AUTECO AK 125 2006 ROJO 157FMIXJ0 99267 LLCJPP207 7E001299 124 PARTICULAR CANCELADO 5 BVW53 MOTOCI CLETA AKT AK 125 2008 AZUL UNIVERSO 157FMIFE1 58262 LLCJPP205 8E013744 124 PARTICULAR CANCELADO 6 BVZ63 MOTOCI AUTECO DISCOV 2008 NEGRO DSGBPH67 125 PARTICULAR ACTIVO CLETA BAJAJ ER 125 104 MD2DSB5 Z78VG0506 2 7 BXG93 MOTOCI CLETA AKT AK 125 2009 NEGRA 157FMIVE0 64042 9F2AK1259 9E000031 124 PARTICULAR CANCELADO 8 CHG798 CAMIO 1984 NEGRO AJF1EK274 NETA FORD SIN LINEA 93 AJF1EK27493 5000 PARTICULAR ACTIVO 9 DAK045 CAMIO CHEVROL CHEYE 1995 AZUL KSV311336 C1K4KSV3 NETA ET NNE 11336 5700 PARTICULAR ACTIVO K10 10 DMY55C MOTOCI BAJAJ PLATIN DUMBTA3 99 PARTICULAR CANCELADO CLETA 2011 NEGRO CLASSIC 7244 MD2DZB4 Z5BFA0128 O 100 SPORT 2 5 Ley 1730 de 2014 inciso 8° “Con el objetivo de respetar el derecho de propiedad y dominio, se autoriza al organismo de tránsito correspondiente, para crear una cuenta especial, en una de las entidades financieras que existan en el lugar, donde se consignen los dineros individualizados de cada propietario o poseedor del vehículo producto de la enajenación del bien y de la cual se efectuarán las deducciones a las que esta dio lugar. Los recursos del propietario o poseedor depositados en esta cuenta, podrán ser objeto de embargo vía cobro coactivo y de existir un remanente este debe ser puesto a disposición del dueño del automotor. Los dineros no reclamados serán manejados por la entidad de carácter nacional responsable de la ejecución de la política pública de seguridad vial, su caducidad será de cinco (5) años.”
PA01-PR16-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-62 • 2024 • MAYO • 24 62 *202441000478326* DAC 202441000478326 Informacion Publica Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento RESOLUCIÓN NÚMERO 47832 DE 2024 “Por medio de la cual se declara administrativamente el abandono de vehículos inmovilizados en los patios de la Secretaría Distrital de Movilidad con propietario indeterminado (p).”
11 FCG022 AUTOM 07MJ2318 07MJ2318 2400 PARTICULAR ACTIVO OVIL CITROEN SIN LINEA 1980 DORADO 0798027017.
12 FOP43C MOTOCI AKT AK 125 124 PARTICULAR CANCELADO CLETA EVO 2011 NEGRO 157FMIIE2 36455 9F2A21259 BE201725 13 FZG39A MOTOCI 2007 GRIS DJGBNC40 CLETA AUTECO SIN LINEA 127 MD2DJB3Z 97VC03452 178 PARTICULAR ACTIVO 14 IRF55 MOTOCI CLETA UNITED MOTORS FASTWI ND 220R 2007 ROJO 167FML07S 00326 L5DPCM28 17A000054 0 PARTICULAR ACTIVO 15 LPK58C MOTOCI AKT AK150 150 PARTICULAR CANCELADO CLETA EVO 2011 ROJO 162FMJJE0 49677 9F2A51502 CE201025 16 MLX56B MOTOCI SKYGO SG 125 CLETA GY-3 2009 NEGRO 156FMI2M 92008229 LX8YCJ3A 19D000114 125 PARTICULAR ACTIVO 17 PTJ88A MOTOCI AKT AK200X 193 PARTICULAR ACTIVO CLETA M 2011 AZUL 163FMLIA0 46143 9F2A12007 BBC01839 18 QGW245 CAMPE FORD EXPLOR RO ER 2002 PLATA METALICO 2A39988 8XDZU70E 228A39988 8XDZU70E228A 39988 4000 PARTICULAR CANCELADO 19 SED184 CAMIO CHEVROL LUV KB NETA ET 21 1985 NEGRO ROJO 819453 KS560610 KS560610 1600 PARTICULAR ACTIVO 20 ZBP18C MOTOCI BAJAJ PLATIN DZZWDJ31 CLETA 2015 BLANCO INFINITO 880 9FLDZC4Z 7FAF39754 9FLDZC4Z7FAF 39754 99 PARTICULAR ACTIVO O 100 SPORT 21 ZII609 CAMIO NETA MERCURY SIN LINEA 1993 CHAMPAÑA 4M2DVIIW 8PDJ50608 2800 PARTICULAR ACTIVO Finalmente, con fundamento en los principios que rigen la función administrativa establecidos en el artículo 209 Constitucional y el artículo 3 de la Ley 1437 de 2011, especialmente el principio de publicidad, una vez esta Dirección expida el presente acto administrativo, procederá con su publicación, toda vez que se desconoce la información sobre los terceros interesados en el proceso declarativo de abandono, siguiendo lo dispuesto en el artículo 73 de la Ley 1437 de 2011, con la finalidad de que estos ciudadanos puedan ejercer su derecho fundamental a la defensa en garantía del debido proceso (C.N. art.29).
En mérito de lo expuesto, la Dirección de Atención al Ciudadano de la Secretaría Distrital de Movilidad, IV. R E S U E L V E:
Artículo primero.
DECLARACIÓN ADMINISTRATIVA DE ABANDONO. DECLARAR administrativamente el abandono de los vehículos relacionados a continuación, los cuales registran con propietario indeterminado, por las razones expuestas en la parte motiva del presente acto administrativo:
No PLACA ORGANISMO DE TRÁNSITO 1 ARD26 SECRETARIA DISTRITAL DE MOVILIDAD DE BOGOTA 2 AUG88 SECRETARIA DISTRITAL DE MOVILIDAD DE BOGOTA 3 AYZ70 SDM - BOGOTA D.C.
4 BAK44 SECRETARIA DISTRITAL DE MOVILIDAD DE BOGOTA PA01-PR16-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-63 • 2024 • MAYO • 24 63 *202441000478326* DAC 202441000478326 Informacion Publica Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento RESOLUCIÓN NÚMERO 47832 DE 2024 “Por medio de la cual se declara administrativamente el abandono de vehículos inmovilizados en los patios de la Secretaría Distrital de Movilidad con propietario indeterminado (p).”
No PLACA ORGANISMO DE TRÁNSITO 5 BVW53 SECRETARIA DISTRITAL DE MOVILIDAD DE BOGOTA 6 BVZ63 SECRETARIA DISTRITAL DE MOVILIDAD DE BOGOTA 7 BXG93 SDM - BOGOTA D.C.
8 CHG798 STRIA TTEyMOV CUNDINAMARCA/COTA 9 DAK045 INST TTOyTTE MCPAL CIENAGA 10 DMY55C SECRETARIA DISTRITAL DE MOVILIDAD DE BOGOTA 12 FOP43C SECRETARIA DISTRITAL DE MOVILIDAD 11 FCG022 STRIA TTEy MOV CUND/SIBATE DE BOGOTA 13 FZG39A STRIA TTOyTTE MCPAL FLORENCIA 14 IRF55 INSP MCPAL TTOyTTE SAN GIL 15 LPK58C SECRETARIA DISTRITAL DE MOVILIDAD DE BOGOTA 16 MLX56B STRIA TTOyTTE MCPAL SABANETA 17 PTJ88A INSP MCPAL TTOyTTE BARBOSA/STDER 18 QGW245 STRIA DTAL TTO BARRANQUILLA 19 SED184 SECRETARIA DISTRITAL DE MOVILIDAD DE BOGOTA 20 ZBP18C STRIA TTEy MOV CUND/SIBATE 21 ZII609 STRIA DPTAL TTEyTTO CUND/CAJICA
Artículo segundo.
INSCRIPCIÓN DE LA MEDIDA. REMITIR copia del presente acto administrativo al organismo de tránsito donde se encuentra registrado cada vehículo para que proceda con la inscripción de la medida de declaratoria de abandono decretada y su consecuente reporte al Registro Único Nacional de Tránsito -RUNT, de conformidad con lo establecido en el inciso 5 del artículo 1 de la Ley 1730 de 2014, que sustituyó el artículo 128 del C.N.T.T.
Artículo tercero.
ENAJENACIÓN DE LOS VEHÍCULOS. PROCEDER con la enajenación de los vehículos una vez en firme este acto administrativo, previo avalúo de perito designado por la Secretaría Distrital de Movilidad, dando cumplimiento a lo señalado en la parte motiva de este proveído.
PA01-PR16-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-64 • 2024 • MAYO • 24 64 *202441000478326* DAC 202441000478326 Informacion Publica Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento RESOLUCIÓN NÚMERO 47832 DE 2024 “Por medio de la cual se declara administrativamente el abandono de vehículos inmovilizados en los patios de la Secretaría Distrital de Movilidad con propietario indeterminado (p).”
Artículo cuarto.
DEPÓSITO DE RECURSOS. REALIZAR, la respectiva consignación en la cuenta especial No. 91000005220 del Banco GNB Sudameris de la Secretaría Distrital de Hacienda, de los dineros percibidos con ocasión de la enajenación de los rodantes objetos de este pronunciamiento, debidamente individualizados, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de este acto.
Parágrafo. Realizada la validación de la consignación, LIQUIDESE por parte de la
Dirección de Atención al Ciudadano el valor del servicio de patios y/o grúa, con corte a la fecha de firmeza del presente acto administrativo, así como de los costos en que incurrió la Entidad para efectuar este proceso administrativo.
Artículo quinto.
DEDUCCIONES. DEDUCIR de la cuenta especial N°91000005220 del Banco GNB Sudameris de la Secretaría Distrital de Hacienda, la suma de dinero en que incurrió la entidad para efectuar la enajenación de los automotores, así como los costos generados por los servicios prestados de patios y grúa hasta su importe, de conformidad a los documentos soporte que reposan dentro del expediente.
Artículo sexto.
REGISTROS CONTABLES. Una vez realizadas las deducciones del artículo anterior, REPORTAR los valores del producto de la enajenación a la Subdirección Financiera para que realice los registros contables y las diligencias que correspondan.
Parágrafo. Transcurridos 5 años a partir del proceso de enajenación los valores que no fueron
cubiertos con el producto de esta, deberán ser objeto de estudio por parte del comité de depuración contable de la entidad de conformidad con lo establecido en la parte considerativa de este proveído.
Artículo séptimo.
IMPOSICIÓN DE OBLIGACIÓN. REMITIR la documentación pertinente a la Dirección de Investigaciones Administrativas al Tránsito y al Transporte de la Secretaría Distrital de Movilidad, a fin de emitir los títulos ejecutivos que correspondan, en los que se establezca la obligación por concepto de los servicios de patios y grúa, de acuerdo con la delegación contenida en la Resolución 089 de 2019.
PA01-PR16-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-65 • 2024 • MAYO • 24 65 *202441000478326* DAC 202441000478326 Informacion Publica Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento RESOLUCIÓN NÚMERO 47832 DE 2024 “Por medio de la cual se declara administrativamente el abandono de vehículos inmovilizados en los patios de la Secretaría Distrital de Movilidad con propietario indeterminado (p).”
Artículo octavo.
DEVOLUCIÓN DE REMANENTES. En el evento en el que el valor de la enajenación cubra la totalidad de lo adeudado y exista un remanente, tal monto deberá permanecer en la cuenta especial No. 91000005220 del Banco GNB Sudameris de la Secretaría Distrital de Hacienda por el término de cinco (5) años para que, en caso de reclamación por parte de la persona a quien mediante acto administrativo se le reconozca su condición de propietario y/o poseedor de los vehículos declarado en abandono, este le sea devuelto.
Artículo noveno.
CADUCIDAD DE REMANENTES. Si cumplidos los cinco (5) años establecidos en el inciso 8o Ley 1730 de 2014, previa liquidación del crédito y apropiación de los dineros que soportan lo adeudado por concepto de patio y/o grúas, el propietario o poseedor no ha solicitado la devolución de los dineros remanentes, se Decreta la caducidad de los mismos, momento a partir del cual la Subdirección Financiera de la Secretaría Distrital de Movilidad deberá remitirlos a la cuenta de la Entidad de carácter nacional responsable de la ejecución de la política pública de seguridad vial.
Artículo décimo.
NOTIFICACIÓN. NOTIFICAR el contenido de la presente resolución a los terceros interesados, conforme lo dispone el artículo 73 de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO: RECURSOS. Contra la presente decisión procede el recurso de reposición, el cual deberá ser interpuesto por el interesado, por escrito y dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su notificación, debidamente sustentado y con la observancia de lo preceptuado en los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C. a los quince día(s) del mes de Mayo de 2024.
Alejandra Rojas Posada Directora Técnica de Atención al Ciudadano Firma mecánica generada en 15-05-2024 04:26 PM Proyectó: Juan Leonardo Salcedo Sarmiento Revisó: Marcela Zuluaga PA01-PR16-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-66 • 2024 • MAYO • 24 66 DOCUMENTO DE 2024 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. - SECRETARÍA DE PLANEACIÓN DOCUMENTO 04 CONPES D.C.
Consejo Distrital de Política Económica y Social del Distrito Capital “POLÍTICA PÚBLICA DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN 2019-2038”
04 Documento CONPES D.C.
Consejo Distrital de Política Económica y Social del Distrito Capital “POLÍTICA PÚBLICA DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN 2019-2038”
Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, Industria Turismo Sector: Desarrollo Económico, Industria y Turismo Sectores y entidades corresponsables Alta Consejería para las TIC, Educación, Gestión Pública, Planeación, Salud, Veeduría Distrital.
ADENDA NÚMERO 1 Bogotá D.C. 10 de enero de 2024 Publicado en el Registro Distrital No. de fecha de 2024.
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D. C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-67 • 2024 • MAYO • 24 67 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C)
La Secretaría Técnica del Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C.), en uso de las facultades conferidas por el artículo 127 del Acuerdo Distrital 645 de 2016. el artículo 68 del Acuerdo 761 de 2020, los cuales crean y modifican el artículo 25A del Acuerdo 257 de 2006, y en función del Acuerdo 02 de 2020, expide la presente adenda al Documento CONPES DC 04 Política Pública de Ciencia Tecnología e Innovación 2019-2038 (PPCT+I), aprobado en 2019.
Para estos efectos es pertinente señalar que, los objetivos de este Documento CONPES D.C. establecen, lo siguiente:
Objetivo general. Fortalecer el Ecosistema Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación para lograr insertar a Bogotá dentro de las denominadas sociedades de conocimiento, como una ciudad-región competitiva, sostenible, innovadora, e integradora con base a su capacidad para crear valor por medio de la generación y aplicación de conocimiento. Objetivo específico 1. Consolidar a la Educación y la Investigación con enfoque al desarrollo de capacidades endógenas en Ciencia, Tecnología e Innovación. Objetivo específico 2. Potenciar la innovación empresarial y la competitividad de las cadenas de producción. Objetivo específico 3. Generar procesos de Innovación Social y Pública que aporten a lograr un Desarrollo Humano Sostenible La Secretaría Distrital de Desarrollo Económico solicitó ajustes al Documento CONPES D.C. 04 de 2019 y al plan de acción de la política pública, entre los cuales se encuentra la incorporación de un nuevo objetivo específico, que incluye un indicador de resultado y cuatro productos asociados. Adicionalmente, se realizan ajustes en la oferta de productos de la política.
La Secretaría Técnica del CONPES D.C. adelantó la aprobación de los ajustes en sesión CONPES D.C. 04 de 2023, según lo establecido en la Guía de Formulación e Implementación de Políticas Públicas Distritales, para lo que se relaciona la siguiente modificación:
Tras el análisis de los efectos de la pandemia por COVID 19, y dando alcance al contenido del artículo 138 del Acuerdo 761 de 2020, el Distrito desarrolló diagnóstico mediante una consultoría realizada con el fin de identificar los aspectos estratégicos que se deberían integrar desde el sector Salud en la actual PPCT+I. Por lo que se dio la creación de un objetivo específico, un resultado y cuatro productos de política.
Objetivo específico 4. Consolidar el Sistema Distrital de CT+I en salud para el abordaje equitativo de las necesidades y retos de salud y bienestar de la población de Bogotá.
Resultado 4.1. Incremento en la articulación de grupos de investigación de CT+I para atender las necesidades y retos de salud y bienestar de la población de Bogotá.
Producto 4.1.1 Proyectos de CT+I que atiendan problemáticas en salud, bienestar y vida de la población de Bogotá D.C., cofinanciados por la Secretaría Distrital de Salud. Producto 4.1.2 Planes de trabajo de la Red Pública Distrital de Investigación e Innovación en Salud. Producto 4.1.3 Eventos de ciudad para la divulgación y apropiación social del conocimiento en CT+I para la salud. Producto 4.1.4 Recursos de aprendizaje implementados por la Secretaría Distrital de Salud orientados al fortalecimiento de conocimientos de CT+I en salud.
2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-68 • 2024 • MAYO • 24 68 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C)
Documento CONPES D.C.
Se identificó que el proceso de solicitud de ajustes al presente documento se encuentra en armonía con las actualizaciones y modificaciones llevadas a cabo en el plan de acción de la política pública, aprobados por la Secretaría Técnica del CONPES D.C. y el CONPES D.C.
En el documento CONPES D.C. ajustado, es claro que la PPCT+I se formuló con la participación de distintos actores del Ecosistema CT+I de la ciudad y la región, con la intención de intervenir en los factores estratégicos que inciden en el proceso de desarrollar capacidades endógenas para generar conocimiento y para aplicarlo a la solución de los problemas y desafíos que se confrontan en Bogotá Región. La política pública se alinea con los Objetivos de Desarrollo Sostenible, dado que reconoce la importancia de alcanzar los retos globales a escala local y regional específicamente en el ODS 3 “Salud y bienestar”, ODS 4 “Educación de calidad”, ODS 8 “Trabajo decente y crecimiento económico”, ODS 9 “Industria, innovación e infraestructura” y ODS 10 “Reducción de las desigualdades.
El siguiente cuadro detalla los ajustes realizados al Documento CONPES D.C. 04:
Capitulo Documento CONPES D.C. Ajuste realizado Resumen Ejecutivo Incorporación de mención al Objetivo Especifico 4 y su justificación Introducción Se incorpora mención a la nueva cadena de valor integrada a la PPCT+I con la adición del Objetivo específico 4 Antecedentes Se incorpora normativa nacional referida a las orientaciones de PND 2022- 2026, lineamientos nacionales, Misión de Sabios y Foco de Ciencias de la Vida y la Salud. Se incluye la recomendación que subyace del Diagnóstico de CT+I en Salud.
Justificación Se menciona a ODS. Se menciona al enfoque de Salud y CT+I que se incorpora a la política pública Diagnóstico Se incorpora referencia al Diagnóstico CT+I en Salud realizado Formulación Se incorpora Objetivo 4 de la PPCT+I y la explicación sobre su alcance estratégico Financiamiento Se ajusta la sección y cuadro de costos estimados de acuerdo con los cambios realizados en el plan de acción. Costo estimado de la política pública: $1.257.439* *Cifras en millones de pesos Plan de Acción El plan de acción de la PPCT+I presenta una modificación parcial en su estructura programática con la incorporación del objetivo específico No. 4, un indiciador de resultado y cuatro productos asociados. Su estructura pasa de 3 a 4 objetivos específicos, de 7 a 8 resultados y de 24 a 32 productos.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-69 • 2024 • MAYO • 24 69 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C)
Objetivo específico 1. Este objetivo presenta la eliminación de un producto y la incorporación de uno nuevo en su reemplazo. El costo estimado de las intervenciones asignado varía de $592.173 a $572.035 millones.
Objetivo específico 2. Este objetivo presenta la incorporación de dos nuevos productos. El costo estimado de las intervenciones asignado varía de $87.933 a $380.262.
Objetivo específico 3. Este objetivo presenta la eliminación de tres productos y la incorporación de uno nuevo. El costo estimado de las intervenciones asignado varía de $231.225 a $241.740.
Objetivo específico 4. Este objetivo se incorpora junto con un indicador de resultado y 4 productos. El costo estimado de las intervenciones es de $63.443 millones.
Finalmente, los demás apartes del Documento CONPES D.C. 04 de 2019 que no fueron objeto de la presente modificación permanecerán incólumes. La Secretaría Técnica del CONPES D.C. emite la presente adenda al Documento CONPES D.C. 04, cuyas modificaciones fueron presentadas en sesión Pre CONPES D.C. del 23 octubre de 2023 y sesión CONPES D.C. 05 del 1 de noviembre de 2023.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-70 • 2024 • MAYO • 24 70 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C)
Resumen ejecutivo En la actualidad, las sociedades de conocimiento constituyen los motores modernos del desarrollo económico, el crecimiento sustentable, la equidad y la soberanía de las naciones. Dichas sociedades se basan en los grandes cambios en la Ciencia, Tecnología e Innovación (CT+I) a nivel mundial, entre ellos la Cuarta Revolución Industrial y la Industria 4.0 (además de otros cambios en la Ciencia mundial). Entre otros resultados, dichos cambios están generando crecientes brechas tecnológicas entre las empresas colombianas y las empresas innovadoras a nivel mundial. Sobre este desafío existen publicaciones recientes analizando las dificultades y oportunidades que estas nuevas tecnologías generan. Estas brechas tecnológicas son consecuencia de los grandes cambios en la CT+I mundial.
Adicionalmente, el alto ritmo del progreso de la ciencia y la tecnología trae consigo la necesidad de actualizar y mejorar los conocimientos y la infraestructura en CT+I que existe en Bogotá y en Colombia. Esto lleva a la necesidad de invertir en capacitación de recursos humanos de alto nivel, en modernizar y fortalecer la infraestructura que existe para investigación y para CT+I en general, especialmente incluyendo laboratorios, y en financiamiento de investigaciones.
De cara a direccionar a la ciudad de Bogotá hacia una sociedad con dichas características, se identificó que la problemática en cuanto a CT+I que retrasa dicha transición radica en el desaprovechamiento de las capacidades existentes de CT+I en el ecosistema de la ciudad y su región. Al mismo tiempo, si bien es muy importante aprovechar las capacidades en CT+I que tenemos en la ciudad-región, el desafío que se confronta es bastante más complejo.
Así, uno de los principales desafíos que se deben tomar en consideración es el de fortalecer las capacidades endógenas en investigación, en gestión tecnológica y en las diversas dimensiones relacionadas con la generación y aplicación de conocimiento. Y es necesario responder a este desafío en forma integral, incluyendo la aplicación sistemática de los criterios que surgen de los enfoques de derechos humanos, género, diferencial, territorial y ambiental, como un elemento transversal a toda la política REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-71 • 2024 • MAYO • 24 71 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C) distrital.
Ante la problemática descrita, se formula una política pública de CT+I para Bogotá D.C. con el objetivo de fortalecer el Ecosistema Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación1 ERCTI, entendido como el conjunto de redes de agentes públicos, privados y educacionales que interactúan en un territorio específico, aprovechando una infraestructura particular para los propósitos de adaptar, generar y/o difundir innovaciones tecnológicas. Un ERCTI es un entorno geográfico en el que se concentran diferentes actores. Estos cooperan permanentemente entre sí y su interacción es esencial para desarrollar sus actividades de innovación. Al fortalecer este ecosistema será posible insertar a Bogotá en las denominadas Sociedades de Conocimiento, como una ciudad-región competitiva, sostenible, innovadora e integradora con base en su capacidad para crear valor por medio de la generación y aplicación de conocimiento.
Para sentar las bases para la formulación de la Política Distrital de CT+I 2019-2038 se realizó un Diagnóstico de la situación de la CT+I en el Distrito Capital en la fase de agenda pública de la política. Este Diagnóstico se basa en cuatro fuentes de información:
(a) Un conjunto de estudios previos que se realizaron sobre este tema, de los cuáles el más importante es el estudio realizado por el Observatorio de Ciencia y Tecnología – OCYT (2016) “Necesidades, intereses y posiciones de los actores institucionales pertinentes para la formulación de una política pública de CT+I” con el objetivo de identificar requerimientos y necesidades que distintos sectores de la población distrital confrontan. (b) El estudio en profundidad de “El Ecosistema Regional de CT+I de Bogotá-Región” (Chaparro, 2017), en el cual se analizan los principales actores sociales que constituyen este Ecosistema, los programas y servicios que cada uno ofrece, y los problemas y limitantes que confrontan. (c) Una amplia gama de foros de participación y entrevistas que se realizaron como parte de la Estrategia de Participación Ciudadana que se desarrolló, tanto como parte del proceso de elaboración del diagnóstico, como parte del proceso de formulación la Política 1 El Ecosistema Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación se aborda a mayor detalle en el documento de Diagnóstico y Factores Estratégicos de la fase de agenda pública de la política.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-72 • 2024 • MAYO • 24 72 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C)
Distrital. d) Diagnóstico realizado, con el fin de identificar los factores estratégicos que deberían integrarse desde el sector Salud en la actual Política Distrital de CT+I.
La consideración y análisis de dichos insumos condujo a la formulación de los Factores Estratégicos que inciden en el proceso de desarrollar capacidades endógenas para generar conocimiento y para aplicarlo a la solución de los problemas y desafíos que se confrontan.
La propuesta de Política Distrital de CT+I que se presenta en este documento se estructura alrededor de un Objetivo General que se plantea en términos de lograr la siguiente visión:
Fortalecer el Ecosistema Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación para lograr insertar a Bogotá dentro de las denominadas sociedades de conocimiento, como una ciudadregión competitiva, sostenible, innovadora, e integradora con base a su capacidad para crear valor por medio de la generación y aplicación de conocimiento.
Para lograr la Visión de integrar el Distrito Capital a las Sociedades del Conocimiento al 2038, se identificaron tres grandes desafíos que se deben solucionar para lograr este objetivo general:
1. Consolidar a la Educación y la Investigación con enfoque al desarrollo de capacidades endógenas en Ciencia, Tecnología e Innovación.
2. Potenciar la innovación empresarial y la competitividad de las cadenas de producción.
3. Generar procesos de Innovación Social y Pública que aporten a lograr un Desarrollo Humano Sostenible.
Durante la implementación de la política de CT+I en la coyuntura social y económica por la pandemia causada por el COVID-19, se evidenció el rol de la ciencia como eje de la respuesta a la emergencia social originada, y, por ende, la necesidad de fortalecer la financiación de los sistemas de investigación, las redes de colaboración para la investigación e innovación y la apropiación social de conocimiento para enfrentar futuras REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-73 • 2024 • MAYO • 24 73 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C) emergencias sanitarias. En este sentido, como resultado de un diagnóstico realizado por el sector Salud y en cumplimiento del artículo 138 del Acuerdo Distrital de 761 de 2020 se identificó la necesidad de incluir un nuevo desafío para la ciudad en el marco de la política pública:
4. Consolidar el Sistema Distrital de CT+I en salud para el abordaje equitativo de las necesidades y retos de salud y bienestar de la población de Bogotá.
Estos cuatro objetivos específicos definen los Ejes Estratégicos alrededor de los cuales se articula la propuesta de política distrital de CT+I que se presenta en este documento.
Adicionalmente para lograr esta visión es necesario responder a los desafíos de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030 de Naciones Unidas.
Poder alcanzar estos objetivos depende de la capacidad de generar conocimiento por medio del desarrollo de la ciencia y la tecnología y responder a lo que Nicholas Ashford llama el Triple Desafío de la Sostenibilidad: la Sostenibilidad Ambiental (coexistencia armónica con el Ambiente), la Sostenibilidad Económica (capacidad de tener empresas y cadenas de producción que puedan sobrevivir en este nuevo entorno tecnológico y ser competitivas), y la Sostenibilidad Social (capacidad de inclusión social y de participación en los beneficios de la Sociedad del Conocimiento por parte de toda la población.2 2 Nicholas A. Ashford y Ralph P. Hall: “Technology, Globalization and Sustainable Development”; New Haven, Yale University Press, 2011.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-74 • 2024 • MAYO • 24 74 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C)
Tabla de contenido Resumen ejecutivo 5 Tabla de contenido 9 Siglas y abreviaciones 10 Introducción 11 Antecedentes y justificación 14 Diagnóstico e identificación de factores estratégicos 29 Formulación de la política 40 Objetivo general 40 Sectores y entidades corresponsables 46 Seguimiento y evaluación 47 Financiamiento 48 Glosario 50 Bibliografía 52 Anexos 53 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-75 • 2024 • MAYO • 24 75 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C)
Siglas y abreviaciones Significado Sigla/ Abreviación ACTI Actividades de Ciencia, Tecnología e Innovación.
I+D Actividades de Investigación y Desarrollo.
CCB Cámara de Comercio de Bogotá CT+I Ciencia, Tecnología e Innovación.
DANE Departamento Nacional de Estadística.
ERCTI Ecosistema Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación.
IAP Investigación-Acción-Participativa.
MEN Ministerio de Educación Nacional.
OCYT Observatorio Colombiano de Ciencia y Tecnología OCDE Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OECD por sus siglas en inglés).
PIB Producto Interno Bruto.
SDDE Secretaría de Desarrollo Económico.
SDDE Secretaría de Desarrollo Económico.
SDH Secretaría de Hacienda.
SNCTeI STEM Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación.
Acrónimo de los términos en inglés Science, Technology, Engineering and Mathematics SUE Sistema Universitario Estatal.
TIC Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
ATENEA Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-76 • 2024 • MAYO • 24 76 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C)
Introducción La formación de las denominadas sociedades de conocimiento demanda de forma permanente la participación de los miembros de esta en los procesos de investigación científica de punta, en el aprovechamiento de parte de esos resultados científicos para la producción de tecnologías y en la utilización de la ciencia y la tecnología en la creación de soluciones innovadoras a los problemas de la sociedad. Este complejo proceso de creación y apropiación social del conocimiento es constante, dinámico, contribuye a aumentar el bienestar y cuenta con la participación de todos los actores de la sociedad.
Las sociedades de conocimiento son los motores modernos del desarrollo económico, el crecimiento sustentable, la equidad y la soberanía de las naciones. Bogotá posee características únicas para convertirse en una sociedad de conocimiento. No solamente es la ciudad más poblada de Colombia, con más de 8 millones de habitantes, también concentra el 25.7% de la actividad económica del país, con inversiones del 0.98% de PIB en actividades de ciencia, tecnología e innovación, por encima del promedio nacional, pero por debajo de ciudades comparables como Sao Paulo y Ciudad de México, ver (Alcaldía de Bogotá 2016) y (OCYT, 2017).
Bogotá también concentra la mayor cantidad de instituciones universitarias, cuenta con el 38.3% de los grupos de investigación registrados ante Colciencias (1.837), con el 46% de ellos concentrados en las más altas clasificaciones A1, A y B, (Colciencias 2016). La capital también lidera la formación doctoral en el país contribuyendo con 828 tesis de doctorado registradas de un total de 2.090 en el país y cuenta con la mayor concentración de Centros de Investigación y Desarrollo Tecnológico. En consecuencia, la ciudad se encuentra en un punto importante en el que debe afrontar el desaprovechamiento de las capacidades ya mencionadas en CT+I en el ecosistema de la ciudad y la región, asumiendo que en este momento histórico y con toda esta capacidad mencionada este tema debería estar mucho más desarrollado.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-77 • 2024 • MAYO • 24 77 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C)
Hasta ahora Bogotá no ha tenido una Política Distrital de CT+I, aunque ha habido varios estudios en esta dirección que se hicieron en el 2006, 2009 y 2013. Sin embargo, Bogotá ha participado en la política nacional de CT+I, gracias a la cual es que hoy tiene la infraestructura y la capacidad instalada descritas en el párrafo anterior. Es gracias a esta política de los últimos 20 años y más, que hoy cuenta con la concentración de grupos de investigación, de programas de doctorado y de centros de desarrollo tecnológico que existen en el Distrito.
Con la presente política se están dando tres pasos nuevos muy importantes, que la diferencian de las acciones relacionadas, previamente emprendidas. En primer lugar, se está formulando por primera vez una Política Distrital de CT+I con enfoque territorial. Es decir, que responda a los problemas específicos de la ciudad-región.
En segundo lugar, adopta una estrategia de desarrollo regional basada en el conocimiento, para poder insertarse con éxito en la sociedad del conocimiento. Esto va más allá del reconocimiento de la importancia de la ciencia, la tecnología y la innovación, las cuáles desempeñan un papel muy importante. Pero las estrategias de desarrollo basadas en el conocimiento, sobre lo cual hay una importante literatura, llevan a desarrollar estrategias para que este pueda permear la sociedad en todos sus niveles, incluyendo la generación y gestión de conocimiento por parte de los ciudadanos en el ámbito de la comunidad local. Esto le permite a la política responder a los Objetivos del Desarrollo Sostenible (ODS), relacionados con mejorar el bienestar de comunidades locales.
En tercer lugar, le asigna una alta importancia al análisis estratégico y prospectivo de los grandes cambios que se están dando en la ciencia y la tecnología a nivel mundial, los cuales deben realizarse de manera continua, con el fin de identificar las oportunidades y los desafíos que esto le representa al desarrollo de la región.
En virtud del carácter transversal que caracteriza a la CT+I es clara su intervención en diversas políticas públicas del distrito, es por esto que en su formulación se trata de influir positivamente en tres ámbitos: el REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-78 • 2024 • MAYO • 24 78 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C) empresarial, el institucional y el de la sociedad, conscientes de que la ciencia y la tecnología son unos medios muy potentes para intervenir problemas sociales y económicos del Distrito Capital.
En cuanto al proceso de participación se desarrolló una Estrategia que incluyó diversos foros en los que se involucraron una gran variedad de actores sociales y sectores de la población distrital. Es muy importante destacar que todas las ideas y propuestas de acción que se han incorporado en esta política surgieron de los diferentes espacios de participación. En la fase de agenda pública y de formulación el proceso se materializó a través de escenarios de debate y de construcción de iniciativas, en donde los participantes incorporaron a través del diálogo de saberes y el reconocimiento de las diferentes perspectivas, sus visiones de futuro frente al papel que debe tener esta política para la ciudad y la región.
La necesidad de plantear una política a largo plazo de CT+I del Distrito Capital, 2019-2038, que tenga en cuenta las complejas dinámicas del ecosistema, la relación universidad/empresa/Estado, y que logre insertar a Bogotá en las denominadas sociedades de conocimiento es el principal objetivo de este documento. Para lograr este objetivo, la política plantea diversas estrategias orientadas a alcanzar sus cuatro objetivos específicos y líneas de acción definidas para fortalecer las capacidades de la región, incluyendo el fortalecimiento de la investigación y la formación del talento humano con las competencias que caracterizan el siglo XXI, así como la mejora en la articulación entre los diversos actores del sistema regional de CT+I y el fortalecimiento de los mecanismos de concertación entre ellos. Esto último es importante para poder responder al problema de la desarticulación que hoy se confronta y que limita la efectividad del ecosistema regional.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-79 • 2024 • MAYO • 24 79 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C)
Antecedentes y justificación Conceptual y Técnico El mundo contemporáneo se caracteriza por cuatro procesos que en algunos casos se complementan y en otros generan tensiones entre ellos: a) Grandes adelantos científicos y tecnológicos sin precedentes están transformando el mundo en todos los sectores de la sociedad: en transporte, en salud, en telecomunicaciones, en las diversas ramas de la producción, en el aprovechamiento de la biodiversidad y en muchos otros campos de acción. Surge la Sociedad del Conocimiento, basada en un marco de derechos, justicia, igualdad de género y sostenibilidad. b) La capacidad de crear y aplicar conocimiento se ha convertido en Factor de Producción y en requisito para poder participar en la nueva Economía Global del Conocimiento. c) Como consecuencia de lo anterior, la Educación, la Generación de Conocimiento por medio de la Investigación, el Aprendizaje continuo y la Innovación se han convertido en procesos estratégicos en la construcción de este nuevo entorno. d) Pero al mismo tiempo, los grandes Desafíos que se enfrentan, tanto a nivel local como global, se han multiplicado, poniendo en entredicho el modelo de desarrollo y la capacidad real de la ciencia en aportar soluciones. Aquí se refiere a lo que Nicholas Ashford denominó el “Triple Desafío de la Sostenibilidad”: (i) La sostenibilidad económica que depende de la competitividad, del crecimiento económico y de la capacidad de generar empleo e ingresos para la población. (ii) La sostenibilidad ambiental basada en un uso racional de los recursos naturales, en la capacidad de gestión de ecosistemas, en el desarrollo de fuentes alternativas de energía y en estrategias que permitan responder a los desafíos del cambio climático global. (iii) La sostenibilidad social, lo que requiere asegurar la inclusión social y combatir con éxito la pobreza y el conflicto social.
Para poder integrar al Distrito Capital en estos procesos y responder a estos desafíos se requiere la formulación de una Política de Ciencia, Tecnología e Innovación (CT+I) y un Plan de Acción 2019-2038 que asegure su efectiva implementación. Con el fin de sentar las bases para la formulación de esta política, es importante aclarar el marco conceptual REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-80 • 2024 • MAYO • 24 80 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C) con el cual se aborda el tema de la Política de CT+I, en la medida en que su comprensión deriva en la formulación de los cuatro Ejes Estratégicos de la política Distrital, y en particular el tercero relacionado con empoderar la comunidad y el ciudadano a partir del conocimiento, incluyendo el conocimiento empírico que él genera.
Veamos primero los tres conceptos básicos de Ciencia, Tecnología e Innovación, conceptos que están claramente definidos en manuales internacionales como el de Frascati y el de Oslo, que son ampliamente utilizados en Colombia. Uno de los más grandes avances de la humanidad está en la creación de un cuerpo de conocimientos acerca de la naturaleza que nos rodea, este cuerpo de conocimientos, denominado “Ciencia”, está basado en la existencia de leyes naturales que son comprobables experimentalmente, y que buscan ser expresadas hasta donde sea posible por medio de un lenguaje matemático. El conocimiento científico tiene su aplicación práctica bajo el concepto de “Tecnología”, y esto incluye tanto tecnologías de producción como organizacionales.
Por “Innovación” se entiende la creación de valor para la sociedad a partir del conocimiento, ya sea en el sector productivo (Innovaciones Tecnológicas) como en la sociedad en general (Innovaciones Sociales). Hay dos enfoques para analizar el proceso de Innovación. El primero se basa en el Manual de Oslo, el cual se refiere esencialmente a la Innovación empresarial, como parte de un proceso de producción. Este Manual define cuatro tipos de innovaciones, en su versión más reciente ampliada: Innovación en Producto, en Proceso, en Marketing y en Organización. Se aplica tanto a la industria como a los servicios, incluyendo los servicios públicos. Considera la innovación como un proceso en red en el que las interacciones entre los diversos agentes generan nuevos conocimientos y tecnología.
Un segundo enfoque que ha surgido para analizar la Innovación es el que propone la Teoría del Conocimiento, en el cual la innovación surge a partir del momento en que se busca crear valor a partir del conocimiento, pero dicho valor no se limita a los valores empresariales de productividad, reducción de costos e incrementar la eficiencia de la producción. El valor generado por el conocimiento puede igualmente referirse a mejorar el bienestar de una comunidad, o a la solución de cualquier problema que una comunidad confronta. Es bien sabido que en el contexto de la REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-81 • 2024 • MAYO • 24 81 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C)
Economía del Conocimiento que caracteriza el siglo XXI la innovación no se limita a innovaciones en productos y en procesos de producción. La innovación crecientemente se basa en procesos de Aprendizaje continuo, relacionados con procesos de sistematizar experiencias que faciliten el tránsito de “conocimiento tácito” (personal) a “conocimiento codificado”, y por lo tanto con procesos basados en Gestión del Conocimiento, tanto en contextos corporativos (como la empresa), como comunitarios (la comunidad).
Cuando se habla de “conocimiento” se refiere a dos tipos de conocimiento: el “conocimiento científico” generado por la investigación o por la reflexión basada en la utilización del método científico (relacionado con la “Ciencia” como se definió al inicio); y el “conocimiento empírico” generado por la experiencia vivencial de personas, grupos u organizaciones. Este segundo tipo de conocimiento se relaciona con el conocimiento que una persona o grupo tiene de sus propias necesidades y de cómo satisfacerlas. El marco conceptual que se utiliza en esta Política Distrital de CT+I se basa en el tipo de conocimiento, que, sin desconocer la gran importancia que tiene la ciencia y el conocimiento científico en el mundo contemporáneo, le asigna un papel igualmente importante al conocimiento empírico generado por el ciudadano en la solución de los problemas que se confrontan en una comunidad, por medio de procesos de aprendizaje social.
El estudio más reciente realizado sobre la situación de la CT+I en Bogotá, es el estudio sobre “El Ecosistema Regional de CT+I de Bogotá-Región: Situación actual y proyección hacia el futuro”3 (Chaparro, 2017), el cual presenta un detallado análisis de los diversos actores sociales que constituyen el Ecosistema Regional y de las diversas formas y estructuras que toman las relaciones de cooperación que se establecen entre ellos.
Este análisis concluye que Bogotá no solamente tiene la concentración territorial más grande en temas y capacidades de CT+I de Colombia, sino que también cuenta con una institucionalidad bastante desarrollada, que puede ser potencializada siempre y cuando se superen algunas de las debilidades identificadas, particularmente relacionadas con la articulación de los actores.
3 Ver Fernando Chaparro: “El Ecosistema Regional de CT+i de Bogotá-Región: Situación actual y proyección hacia el futuro”; Bogotá, Universidad Nacional, CID, 2017.
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Normativo La mayor parte de componentes del marco jurídico de la CT+I en Colombia son actos legislativos nacionales. En otros casos son actos jurídicos distritales, que definen elementos importantes de la normatividad al nivel Distrito Capital. Los principales elementos del marco jurídico actual son los siguientes:
1. Ley 29 de 1990 y un conjunto de Decretos que se derivan de esta Ley, que son los que establecen las bases del Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología de Colombia. Esta Ley coincide con el fin del proteccionismo y el inicio de la apertura, y es uno de los instrumentos que el país creó para operar en el nuevo entorno de mercados abiertos.
Principales Decretos derivados en el marco de las facultades extraordinarias:
a. Decreto-ley 591 de 1991. Mecanismos de contratación en C&T b. Decreto-ley 393 de 1991. Creación de entidades de C&T con participación pública y privada c. Decreto-ley 585 de 1991. Crea el Sistema de Ciencia y Tecnología.
COLCIENCIAS pasa a ser Instituto adscrito al DNP
2. Ley 80 de 1993 - Ley de Contratación. Deroga parcialmente el decreto-ley 591. Mantiene la contratación directa para C&T (art. 24).
La nueva ley de contratación, 1150 del 2007 y el decreto 1510 de 2013, mantienen la contratación directa para ciencia y tecnología como en la Ley 80 de 1993.
3. Constitución Política Nacional de 1991. Artículos 70 y 71 hacen alusión directa al papel de la Ciencia y la Tecnología en el desarrollo del país.
4. Los Incentivos Tributarios constituyen un elemento importante de la política de fomento a la inversión en CT+I y a la innovación. Dichos incentivos se basan en las siguientes leyes:
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-83 • 2024 • MAYO • 24 83 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C) a. Ley 6 de 1992: deducción del valor de la inversión hasta un 20% de la renta líquida para personas jurídicas que realicen inversiones en investigaciones de carácter científico y tecnológico directamente o a través de universidades reconocidas u otros organismos aprobados por el DNP. b. Ley 383 de 1997: Las personas jurídicas, contribuyentes del impuesto sobre la renta que realicen inversiones o hagan donaciones para proyectos de investigación o desarrollo de actividades tendrán derecho a deducir de su renta el ciento veinticinco por ciento (125%) del valor invertido o donado, en el periodo gravable en que se realizó la inversión c. Ley 633 de 2000 eliminó el beneficio para las actividades de C&T y lo dejó solo para proyectos de I&D, e incluyó los proyectos de innovación. El Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología quedó encargado de calificar los proyectos y de manejar la exención de IVA para importaciones. d. Ley 1286 de 2009 creó el Consejo de Nacional de Beneficios Tributarios (CNBT), encargado de aprobar las solicitudes de descuento y las exenciones del IVA para importaciones. e. Ley 1450 de 2011. Amplió la composición del CNBT, eliminó la modalidad de proyectos de innovación para tener acceso al incentivo, y amplió el incentivo al 175% de la inversión o donación con un tope máximo de 40% de la renta líquida. Estableció que la remuneración de personas naturales por la ejecución directa de labores de carácter científico, tecnológico o de innovación, tampoco es gravable, siempre y cuando ésta provenga directamente del proyecto de investigación. f. La Ley 1739 de 2014, en su artículo 32 que modifica el artículo 158- 1 del Estatuto Tributario, igualmente establece beneficios para inversiones en investigación y desarrollo tecnológico, para las personas que realicen inversiones en proyectos calificados por el Consejo Nacional de Beneficios Tributarios en Ciencia y Tecnología e Innovación como de investigación, desarrollo tecnológico o innovación, de acuerdo con los criterios y las condiciones definidas por el Consejo Nacional de Política Económica y Social mediante REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-84 • 2024 • MAYO • 24 84 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C) documento Conpes, tendrán derecho a deducir de su renta, el ciento setenta y cinco por ciento (175%) del valor invertido en dichos proyectos en el periodo gravable en que se realizó la inversión. Esta deducción no podrá exceder del cuarenta por ciento (40%) de la renta líquida, determinada antes de restar el valor de la inversión g. La Reforma Tributaria de 2016 (Ley 1819 de 2016), estableció que las personas que realicen inversiones en proyectos calificados por el Consejo Nacional de Beneficios Tributarios en Ciencia y Tecnología en Innovación como de investigación, desarrollo tecnológico o innovación, de acuerdo con los criterios y condiciones definidas por el Consejo Nacional de Política Económica y Social, mediante actualización del documento CON PES 3834 de 2015, tendrán derecho a descontar de su impuesto sobre la renta a cargo el 25% del valor invertido en dichos proyectos, en el período gravable en que se realizó la inversión.
5. Nueva Ley de Ciencia y Tecnología: Ley 1286 de 2009.
a. Transforma a Colciencias en Departamento Administrativo de Ciencia y Tecnología. b. Crea el Fondo Francisco José de Caldas como encargo fiduciario para administrar los recursos de inversión para CT+I. c. Crea el Consejo Nacional de Beneficios Tributarios en Ciencia, Tecnología e Innovación, para asumir las funciones que en materia de beneficios tributarios ha venido ejerciendo el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología. d. Define el Sistema Nacional de CT+I como: “El Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación -SNCTI- es un sistema abierto del cual forman parte las políticas, estrategias, programas, metodologías y mecanismos para la gestión, promoción, financiación, protección y divulgación de la investigación científica y la innovación tecnológica, así como las organizaciones públicas privadas o mixtas que realicen o promuevan el desarrollo de actividades científicas, tecnológicas y de innovación.”
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6. Ley 1951 de 2019. Creación del Ministerio de Ciencia Tecnología e Innovación, antes Colciencias, con el propósito de impulsar la promoción del conocimiento, la productividad y la contribución al desarrollo y la competitividad del país, así como el fortalecimiento del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación.
7. CONPES 4069. Política Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación 2022-2031. Como parte del ejercicio de actualización de la PPCT+I se incluye esta política nacional. Su objetivo general es “incrementar la contribución de la CTI al desarrollo social, económico, ambiental, y sostenible, del país con un enfoque diferencial, territorial, y participativo, para contribuir a lograr los cambios culturales que promuevan una sociedad del conocimiento”. Plantea como objetivos específicos:
- Incrementar las vocaciones científicas en la población infantil y juvenil; la formación en CT+I, y la vinculación del capital humano relacionado en el mercado laboral, para cerrar las brechas de talento humano; fortalecer el capital humano en CT+I del país, y aumentar la inserción y la demanda de doctores en el sector productivo.
- Mejorar la capacidad de generación de conocimiento científico y tecnológico; la infraestructura científica y tecnológica, y las capacidades de las IGC y de las entidades de soporte, para aumentar la calidad e impacto en la sociedad colombiana del conocimiento.
- Mejorar las capacidades y condiciones para innovar y emprender; la transferencia de conocimiento y tecnología hacia el sector productivo y la sociedad en general, así como las condiciones para favorecer la adopción de tecnologías e incrementar los niveles de innovación y productividad del país.
- Fortalecer los procesos de inclusión, impacto, y cultura de CTI y la comunicación pública del quehacer científico y de la CTI, para lograr
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- Aumentar la inclusión social en el desarrollo de la CTI, las capacidades regionales en CTI, y la cooperación a nivel regional e internacional, para consolidar el SNCTI y los sistemas regionales de innovación.
- Mejorar la articulación institucional, el marco regulatorio, y la capacidad de inteligencia e información estratégica en CTI, para mejorar la dinamización; gobernanza, y relacionamiento de actores, del SNCTI.
- Incrementar la financiación de la CTI, mejorar su eficiencia y eficacia, y su monitoreo y evaluación, para incrementar el alcance y la optimización de las inversiones en CTI.
8. Planes de Desarrollo:
a. Ley del Plan 2010-2014 (Ley 1450 de 2010). Incentivos tributarios mencionados anteriormente b. Ley del Plan 2014-2018 (Ley 1753 de 2015). Unificación del Sistema de Competitividad con el de CTeI, derogado por el artículo 336 de la Ley 1955 de 2019. c. Ley del Plan 2018-2022 (Ley 1955 de 2019). Crea el Sistema Nacional de Competitividad e Innovación (SNCI) con el objetivo de fortalecer la competitividad y articula a través de la Comisión Nacional de Competitividad e Innovación los sistemas:
- Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI)
- Sistema Nacional de Innovación Agropecuaria (SNIA)
- Comisión Intersectorial de Propiedad Intelectual (CIPI)
- Consejo Nacional de Economía Naranja (CNEN)
- Sistema Nacional Ambiental (SINA)
- Los demás sistemas, órganos e instancias relacionadas con competitividad, productividad e innovación.
- También lanza la Política de Parques Científicos, Tecnológicos y de Innovación (PCTI).
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-87 • 2024 • MAYO • 24 87 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C) d. Como parte del ejercicio de actualización de la PPCT+I, se incluye la Ley del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 (Ley 2294 de 2023).Artículo 225 fortalecimiento de la institucional para el sector de ciencia, tecnología e innovación: “El Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación diseñará el arreglo institucional para fortalecer el sector de Ciencia, tecnología e innovación, que contemple la creación de una Agencia responsable de ejecutar la político de ciencia, tecnología e innovación o través de programas, proyectos y estrategias destinados o fomentar los vocaciones y formación en CTel, o generar conocimiento y capacidades científicos, tecnológicos y de innovación de alto calidad, así como o promover transferencia y apropiación del conocimiento, con el fin de generar impactos positivos en los ámbitos social, ambiental y económico del país”
9. Reformas Constitucionales.
a. Acto Legislativo 05 de 2011. Estableció que el 10% de las regalías derivadas de la explotación de recursos mineros y petroleros se destine a proyectos de CT+I en los departamentos. Establece el Fondo de Ciencia y Tecnología con el fin de financiar los proyectos en este campo. El sistema de presentación y seguimiento de los proyectos (MGA) no es adecuado para proyectos de investigación y desarrollo. La entidad ejecutora de los proyectos es el gobierno regional o una universidad pública b. Acto Legislativo 04 de 2017. La definición de los proyectos de inversión financiados con los recursos del Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación, se hace por el respectivo Órgano Colegiado de Administración y Decisión; y el ejecutor de los proyectos es la entidad que los haya presentado en la convocatoria.
10. Instrumentos jurídicos que desempeñan un papel muy importante en la dimensión territorial:
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-88 • 2024 • MAYO • 24 88 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C) a. El Acuerdo 257 de 2006 por medio del cual se realiza una Reforma Administrativa del Distrito Capital, establece como funciones de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico y la Secretaria Distrital de Planeación, “formular y orientar la política de Ciencia, Tecnología e Innovación del Distrito Capital, en coordinación con el sector Educación”. b. Decreto 547 de 2016: Modificación de la Gobernanza de la CT+I en el Distrito Capital: El Artículo 4 de este Decreto suprime la Comisión Distrital de Ciencia Tecnología e Innovación, ya que por disposición del artículo 186 de la Ley 1753 de 2015, se integra a la Comisión Regional de Competitividad. c. El Decreto 293 de 2017 “Por el cual se reglamenta el artículo 7 de la Ley 1753 de 2015 en lo relacionado con los Planes y Acuerdos Estratégicos Departamentales (PAED) en Ciencia, Tecnología e Innovación y se dictan otras disposiciones.”
11. Ley 1838 de julio de 2017 sobre de Empresas de Base Tecnológica (Spinn-offs):
Por medio de esta Ley se dictan normas de fomento a la CT+I mediante la creación de empresas de base tecnológica (Spin-offs). En el marco de la Ley, un Spin-off es “aquella empresa basada en conocimientos, sobre todo aquellos protegidos por derechos de Propiedad Intelectual, gestados en el ámbito de las lES, resultado de actividades de investigación y desarrollo realizadas bajo su respaldo, en sus laboratorios e instalaciones o por investigadores a ellas vinculados. Las Spin-offs pueden ser creadas por las IES, con o sin particulares, o por docentes o investigadores a cualquier título, o mediante asociación de éstos con las IES. Los docentes o investigadores pueden recibir beneficios económicos por esta actividad, sin que se configure factor salarial.
11. Acto Legislativo No. 4 de 2017, por el cual se modifica el Sistema General de Regalías: a. “Parágrafo 5. Los programas o proyectos de inversión que se
financiarán con los recursos del Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación serán definidos por el respectivo Órgano Colegiado de REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-89 • 2024 • MAYO • 24 89 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C)
Administración y Decisión, a través de convocatorias públicas abiertas y competitivas, articuladas con los correspondientes planes de desarrollo. Para la presentación y ejecución de los proyectos la entidad deberá ser parte del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación. Los programas o proyectos aprobados serán ejecutados por las entidades que los presentaron en la convocatoria”.
Las disposiciones contenidas en este Acto Legislativo contribuirán positivamente a mejorar la transparencia del SGR, la calidad de los proyectos y el logro de los impactos esperados.
12. En los temas relacionados con el abordaje de los enfoques de derechos humanos, genero, diferencial-poblacional, territorial y ambiental, es importante destacar la importancia de un conjunto de políticas públicas que se deben tomar en consideración:
a). Política Pública Infancia y Adolescencia b). Política Pública Envejecimiento y la Vejez c). Política Pública de Juventud d). Política Pública de Adultez e). Política Pública LGBTI f). Políticas Públicas para Indígenas y Afrodescendientes g). Política Pública Discapacidad h). Política Pública Ruralidad Como parte del ejercicio de actualización de la PPCT+I, se incluye además de la legislación nacional sobre temas de CT+I las recomendaciones sobre hacia dónde deben orientarse las Políticas de CT+I del país del Foco de Ciencias de la Vida y la Salud de la Misión Internacional de Sabios del 2019.
La Misión Internacional de Sabios surgió como una iniciativa del Gobierno nacional de convocar a un grupo de expertos independientes, cuya meta fue definir una ruta para el desarrollo de la CT+I en Colombia (Gobierno de Colombia, 2020). La Misión se organizó en ocho focos, uno de ellos es el de Ciencias de la Vida y de la Salud, el cual desarrolló propuestas con la intención de guiar la construcción e implementación de políticas y estrategias públicas que garanticen una vida saludable y así promover el REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-90 • 2024 • MAYO • 24 90 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C) bienestar de todas y todos los colombianos en todas las edades, gracias al uso sabio y generoso de la ciencia, la tecnología y la innovación CT+I (Gobierno de Colombia, 2020).
Una de sus recomendaciones para lograr la equidad en Colombia, es necesario adoptar la ciencia y la tecnología, y ampliar el concepto de innovación en salud para abordar los desafíos sociales que afectan los determinantes de la salud, proponiendo un enfoque explícito en la Investigación, Desarrollo e Innovación (I+D+i) para crear y mantener niveles óptimos de salud. La construcción de un sistema de salud que verdaderamente se enfoque en la salud como componente del bienestar, debe estar basado en el uso de conocimiento científico contextualizado para abordar problemas educativos, biomédicos y de salud pública y así responder a las necesidades de las comunidades y lograr una sociedad sostenible e incluyente. Tales propuestas señalan la importancia de utilizar el mejor conocimiento y movilizar el mejor talento disponible para dar soluciones a los determinantes ambientales y sociales sobre la salud y el bienestar.
A lo anterior se suma que el sistema de salud se debe considerar como parte de un sistema más amplio de bienestar, debe ser la fuente de las preguntas, problemas o desafíos que requieren nuevo conocimiento para su solución. La apropiación de CT+I puede producir el nuevo conocimiento y promover el uso del mejor conocimiento generado en cualquier parte del mundo, recurriendo a los principios fundamentales de la actividad científica y a la infraestructura tecnológica hoy disponible y la que emergerá́ en los siguientes 25 años, para aprovechar las oportunidades existentes o resolver problemas y necesidades apremiantes.
Por otro lado, también existe una importante normatividad a Nivel Internacional sobre estos temas. Dos Convenios Internacionales recientes que son importantes para la Política Distrital de CT+I son los siguientes:
1. Los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030 de Naciones Unidas, adoptada en la Asamblea General del 2015.4 Como parte de esta Agenda de Desarrollo Sostenible se adoptaron 17 objetivos.
4 Ver: https://www.un.org/sustainabledevelopment/es/objetivos-de-desarrollo-sostenible/ REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-91 • 2024 • MAYO • 24 91 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C)
2. Declaración sobre la Ciencia y el Uso del Saber Científico, adoptada en la Conferencia Mundial sobre la Ciencia para el Siglo XXI organizada por la UNESCO en julio de 1999.
Con base en el análisis preliminar realizado en la fase de diagnóstico, se han identificado las siguientes falencias, que dan lugar a las respectivas recomendaciones para corregirlas:
(1) No existe una Ley de Innovación en Colombia, como sí existe en países como Estados Unidos, países europeos y Brasil, que acepte y reglamente el “manejo del riesgo” en proyectos de investigación, desarrollo tecnológico e innovación, en los que se puede lograr un éxito desde el punto de vista de los resultados científicos y tecnológicos, pero que por razones de coyuntura del mercado el emprendimiento o la innovación no logran cristalizar y la innovación no da inicio. Si en Colombia se utilizan recursos públicos en proyectos en los que esta situación se confronta, se considera que se trata de detrimento del erario público, y el ordenador del gasto tiene que pagar dicho detrimento. Esto efectivamente impide el uso de recursos públicos para financiar proyectos de innovación, en virtud que no acepta el concepto de riesgo. En los países dinámicos que se han insertado en la sociedad y la economía del conocimiento, incluyendo países de América Latina, el manejo del riesgo utilizando recursos públicos está claramente reglamentado. En estos países existen líneas de financiación con recursos públicos que pueden apoyar estos proyectos de innovación, reglamentando el riesgo y definiéndose criterios claros sobre cómo gestionarlo en forma responsable.
(2) La Ley de Ciencia y Tecnología había introducido flexibilidad en procesos de contratación para fines de Ciencia y Tecnología. Sin embargo, se generó una desconfianza y una falta de claridad sobre el tema, lo que llevó a que un instrumento jurídico sumamente valioso, efectivamente se perdiera porque nadie se atreve a utilizarlo. Se perdió una reforma valiosa que es indispensable recuperar.
(3) Una revisión de los incentivos tributarios de fomento a la inversión en investigación y en innovación permitirá comprender su dinámica y su real uso e impacto.
(4) Algunas reformas quedaron incompletas o fueron insuficientes; tal es REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-92 • 2024 • MAYO • 24 92 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C) el caso de las corporaciones mixtas de derecho privado que se crearon para fines de CT+I, pero que confrontan problemas operacionales en su funcionamiento.
(5) Cómo parte del ejercicio de actualización de la PPCT+I, en un escenario postpandemia COVID 19, se identificó que era necesario crear las condiciones, los medios y los incentivos para que, desde la CT+I y de manera integral, se haga un aporte a la investigación y avances científicos sobre salud en la ciudad. Inicialmente, la política tenía su foco en la generación y aprovechamiento del conocimiento en función de elevar la innovación y la competitividad del sector productivo de la ciudad-región, pero también debe contemplar de manera explícita aspectos de la investigación en salud que directamente servían a la salud y el bienestar de la población.
Otro aspecto es fortalecer las capacidades de CT+I de la ciudad, generando las condiciones para llevar a cabo investigaciones e innovaciones relevantes y adecuadas a las necesidades de su población. La emergencia sanitaria derivada por la pandemia del COVID-19 acentuó la importancia de contar con capacidades en CT+I que permitan generar nuevo conocimiento para comprender eventos de interés en salud pública, diseñar programas y proyectos para darles respuesta, así como desarrollar tecnologías y proyección de innovación.
Justificación Una política pública de CT+I es necesaria para fortalecer la capacidad y articulación de la región para responder a las demandas en torno al fortalecimiento de la educación (formación de talento humano), la investigación y el desarrollo de capacidades endógenas en el campo de CT+I; fomentar la innovación empresarial y la competitividad de las cadenas de producción de la región, integrando las nuevas tecnologías en este proceso para lograr una economía regional tecnológicamente avanzada y sostenible; y fomentar la innovación social y el desarrollo humano sostenible por medio de la apropiación social de la CT+I por parte del ciudadano y de la comunidad, en donde las sociedades usen la CT+I como medio para lograr mitigar problemáticas sociales, económicas y ambientales, de acuerdo a ODS.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-93 • 2024 • MAYO • 24 93 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C)
Lo anterior se comprueba, al observar el desarrollo de otras ciudades que a nivel mundial presentan un alto crecimiento económico, así como la mejora de la calidad de vida de los habitantes y que también se posicionan en los primeros lugares de rankings internacionales de innovación de ciudades, como por ejemplo el elaborado por 2thinknow Agencia Global de innovación (2thinknow, 2018). De acuerdo con este índice elaborado en el 2018, las ciudades que ocuparon los primeros cinco lugares son: ocupados por Tokyo, Londres, San francisco, Nueva York y los Ángeles, mientras que la Ciudad de México ocupa el puesto 77. Estas ciudades han priorizado en sus agendas de desarrollo aspectos como Smart cities data, start –ups, conectividad e internet, inversión en tecnologías emergentes, etc.
Así mismo, una política de CT+I debe reconocer la importancia del efecto diferencial en las poblaciones y sectores sociales, teniendo en cuenta la dificultad inherente a la no neutralidad de la producción de conocimiento y tecnología, para que la ciudad avance en índices de competitividad desde los niveles industrial, educativo y social, y la generación de herramientas para abordar los desafíos a nivel de la Ciudad-Región. Generar las condiciones habilitantes del Sistema distrital de CT+I facilita la producción y uso del conocimiento para atender desafíos que afectan el bienestar de la población en Bogotá.
La Política de CT+I tiene a los ODS como un referente, incorporando cuatro de ellos en su Plan de Acción (3 Salud y Bienestar - 4 Educación de calidad - 8 Trabajo decente y crecimiento económico - 9 Industria, innovación e infraestructura), su foco está en la generación y aprovechamiento del conocimiento en función de elevar la innovación y la competitividad del sector productivo de la ciudad-región, e implementar un enfoque transformativo a fin de utilizar la ciencia y tecnología para satisfacer las necesidades sociales y abordar los problemas para construir sociedades sostenibles e inclusivas.
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Diagnóstico e identificación de factores estratégicos Bogotá es la región que concentra la mayor capacidad en el campo de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación (CT+I) de Colombia. Como se puede ver en la Tabla 1. Inversión Nacional de ACTI, periodo 2012-2016 y Tabla 2. Inversión Nacional de I+D, periodo 2012-2016, Bogotá concentra el 43,2% de la inversión en actividades de CT+I (ACTI) y el 38% de la inversión nacional en Investigación y Desarrollo (I&D). La inversión en investigación en Bogotá que se puede observar en la Tabla 2 incluye tanto la investigación básica que se realiza en las universidades, como investigación aplicada que se realiza en los Centros de Desarrollo Tecnológico, y la investigación relacionada con el desarrollo de nuevos productos que realizan las empresas de la ciudad-región.
Tabla 1. Inversión Nacional de ACTI, periodo 2012-2016 Región/Departamento 2012 2013 2014 2015 2016 TOTAL % ǡǤǤ ʹǤͲ͵Ǥ͵Ͷ ʹǤͻͲǤͷͷͷ ʹǤʹͻͶǤͻͺ ʹǤͳʹͷǤͻͺ ʹǤͳͺ͵ǤͷͲͳ ͳͳǤ͵ͷͺǤͲͻ Ͷ͵ǡʹΨ ͺͳǤͲͷ ʹͷǤͳͷͷ ͳǤͶͲͷǤͳͲʹ ͳǤͶͳͻǤʹʹ͵ ͳǤ͵ͻʹǤͻͻͲ ͷǤͺͳ͵Ǥͷʹ ʹʹǡͳΨ ʹͺǤͶͶʹ ͵͵Ǥͻ ͵͵ͺǤͺͳ ͶͲ͵Ǥͷͷͻ ͵ͺͶǤͳͳͲ ͳǤͶͻǤͻ͵ͻ ǡΨ ͺͷǤͺͻͷ ͶʹͶǤͷͷ Ͷ͵ͺǤͲ ͵ͺͶǤʹͻʹ ͶͳʹǤͲ͵ ͳǤͶͷǤͶͶͳ ǡΨ ʹͺͻǤͻͲͳ ʹͺǤʹͳ ͵ͳͶǤͻ͵ ͶͲͺǤͳ ͵ͷͷǤͳ ͳǤͶǤͶͺ ǡ͵Ψ ͳǤͲͷͻ ͳʹǤͲͶ ͵ͻǤ͵͵ ͶͺʹǤͶʹ ͶͷͲǤʹͻͳ ͳǤͶͳǤʹͷͻ ǡʹΨ ͳ͵͵Ǥ͵Ͷ ͳͳǤͲ͵Ͳ ͳͶͷǤͷͻ ͳͲǤͳͶͺ ͳͶǤͶͻͳ ͵ͻǤͺͻͻ ʹǡͺΨ ȋǡ ǡȌ ͵ǤͲͷ ͶͲǤͳͳ ͳͶͺǤͷͺ ʹͲͲǤʹͻͶ ͳͺʹǤͲʹ ͵ͶǤͺͻ ʹǡͶΨ À ȋǡ ǡ ÓȌ ͶͷǤʹͷͷ ͷǤͶ ͳ͵ͶǤͳʹ ͳͷǤ͵ͺͲ ͳͷͷǤͻͳ ͷǤͳͷ ʹǡʹΨ ȋǡ ǡ ǡ Ȍ ͳͺǤͶͷͺ ͶʹǤʹͷ ͻͳǤͷͷ ͳʹ͵ǤͶͳ ͳͲͻǤͷͻ ͵ͺͷǤͷͲͺ ͳǡͷΨ ȋǡ ǡ Àǡ ǡ ǡ ± Ȍ Total General ͶǤͲʹͶǤͳͶͲ ͶǤͺͺʹǤͲͳ ͷǤͻͳǤͻͳͺ ͷǤͺͺ͵ǤͶͲ͵ ͷǤͺͲͲǤͳͻͺ ʹǤʹͺͳǤʹͲ ͳͲͲǡͲΨ Fuente: Observatorio Colombiano de Ciencia y Tecnología (OCYT 2017). Nota: Valores en millones de pesos constantes de 2015.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-95 • 2024 • MAYO • 24 95 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C)
Tabla 2. Inversión Nacional de I+D, periodo 2012-2016 Región/Departamento 2012 2013 2014 2015 2016 TOTAL % ǡǤǤ ͶͲǤͶ͵Ͳ ͳǤͳͷͳǤͷͳ ͷͳǤͳͺͳ ͻͻǤʹʹ ʹʹǤͳͶ ͶǤͲͷǤͲͻ ͵ǡΨ ͶͲͻǤͺͺͳ ͵ͺͺǤͻͻͻ ͺʹͳǤʹͷͶ ͻͻǤͻʹʹ Ͷ͵Ǥʹͻ ʹǤͻ͵Ǥ͵ʹͷ ʹǡͷΨ ͳͻͺǤͶʹʹ ʹʹǤͳͲͻ ͳͲǤͳͳͶ ͳͻǤͺ ͳǤʹͷͳ ͻͶʹǤͷͺʹ ͺǡΨ ͵ͶǤͳʹ ͳǤͺͷ ʹʹǤͻͻ ʹͳ͵ǤͷͲ ʹʹǤͷͶͻ ͺͻǤͲͲͻ ͺǡͳΨ ͶͺǤͺͶ Ǥͳͳ ͳͶǤͳͲ ͳͺͲǤͺͻ ͳͶͻǤ͵ ͳͻǤͺͶ ͷǡΨ ͻǤͳͷͲ ͷͷǤͻͳʹ ͶǤʹ͵ʹ ͷͻǤͳ ͷǤʹ ͵ͲͷǤʹʹͲ ʹǡͺΨ ͳͲͳǤͻͲ ͻͳǤʹͺ ͳͳ͵ǤͲͶͳ ͳͳʹǤͳ͵Ͷ ͳͳͻǤͲͻ ͷ͵Ǥͷʹ ͷǡͲΨ ȋǡ ǡȌ ͳǤͲͺ͵ ͳͺǤ Ͷ͵Ǥͳͳ ͷͲǤͻͳ ͵ͷǤͺͳ ͳͷǤ͵ͻͳ ͳǡͷΨ ȋǡ ǡǡ Ȍ ͳͷǤͲͷ ͳͷǤͻͻͳ ʹǤͻ͵ ͷͻǤͶͲ Ͷ͵Ǥͺ ͳ͵Ǥͳ ͳǡͷΨ À ȋǡ ǡ ÓȌ ͷǤͻͶ ͳͳǤͺͺ ͶͶǤ͵ͷͲ Ͷ͵Ǥ͵Ͳ ͶͶǤͻͶ ͳͷͲǤʹ ͳǡͶΨ ȋǡ ǡ Àǡ ǡ ǡ ±Ȍ Total general ͳǤͶͳǤͶʹ ʹǤʹͲͷǤ͵ͳ͵ ʹǤͶ͵Ǥͻͳ͵ ʹǤʹͻͻǤͲʹ͵ ʹǤʹͲͺǤͷ ͳͲǤͻͳǤʹ͵ͻ ͳͲͲΨ Fuente: Observatorio Colombiano de Ciencia y Tecnología (OCYT 2017). Nota: Valores en millones de pesos constantes de 2015.
Adicionalmente, Bogotá tiene una significativa concentración de Grupos de Investigación, sobre todo en categorías A1 y A de Minciencias (Ver Gráfica 1. “Porcentaje de grupos de investigación de Bogotá con respecto al total nacional, 2014-2021” y Gráfica 2. “Porcentaje de grupos de investigación de Bogotá con respecto al total nacional de acuerdo con su clasificación 2021”)
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Gráfica 1. Porcentaje de grupos de investigación de Bogotá con respecto al total nacional, 2014-2021 Fuente: Minciencias. (2023) GRUPOS DE INVESTIGACIÓN RECONOCIDOS. Fecha de consulta: junio de 2023. Disponible en: https://minciencias.gov.co/la-ciencia-en-cifras/grupos Gráfica 1. Porcentaje de grupos de investigación de Bogotá con respecto al total nacional de acuerdo con su clasificación, 2021 Fuente: Minciencias. (2023) GRUPOS DE INVESTIGACIÓN RECONOCIDOS. Fecha de consulta: junio de 2023. Disponible en: https://minciencias.gov.co/la-ciencia-en-cifras/grupos REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-97 • 2024 • MAYO • 24 97 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C)
Bogotá se destaca como la ciudad de mayor representatividad en la concesión de patentes por parte de la SIC, tanto en patentes de invención como en patentes de modelos de utilidad, representando en promedio 55,5 % y 57,1 % respectivamente, entre 2010 y 2015 (Ver Gráfica 2. Participación de Bogotá en la concesión de patentes de residentes de Colombia por parte de la SIC, 2010-2015).
Gráfica 2. Participación de Bogotá en la concesión de patentes de residentes de Colombia por parte de la SIC, 2010-2015 ͺͲΨ ͲǡͲΨ ͲΨ ͳǡͶΨ ͶǡͲΨ ͷǡͺΨ ͷǡʹΨ ͷǡ͵Ψ ͲΨ ͷͻǡͺΨ ͷͶǡͺΨ ͷ͵ǡΨ ͷͲǡΨ ͷͲΨ ͶǡΨ Ͷ͵ǡʹΨ ͶͲΨ ͵ͲΨ ʹͲΨ ͳͲΨ ͲΨ ʹͲͳͲ ʹͲͳͳ ʹͲͳʹ ʹͲͳ͵ ʹͲͳͶ ʹͲͳͷ × Fuente: OCYT: “Boletín de Indicadores de Ciencia, Tecnología e Innovación, Bogotá 2016”.
Bogotá cuenta con un complejo Ecosistema de CT+I, compuesto por más de 100 universidades, un importante conjunto de Centros de Desarrollo Tecnológico, y un sector empresarial bastante dinámico que cubre diversos sectores de la producción. De los 72 actores reconocidos por Minciencias en el Sistema Nacional de CT+I (SNCT+I), 27 de ellos se encuentran ubicados en Bogotá.
Así mismo es importante destacar que Bogotá ya cuenta con un ejercicio de análisis estratégico y prospectivo, denominado Especialización Inteligente, por medio del cual se logró determinar la vocación productiva basada en el conocimiento y la innovación, lo que llevó a la identificación de cinco áreas estratégicas que son de alta prioridad para la región (ver CCB Especialización Inteligente 2017):
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- Bio-polo: desarrollo de alimentos funcionales, farmacogenética, biocosmética y servicios avanzados de salud.
- Bogotá región creativa: desarrollo de servicios de software, creación de contenidos digitales en español, diseño sostenible, música como potenciadora de la economía naranja y otros.
- Servicios empresariales: desarrollo en las áreas de finanzas, pymes, E-salud y servicios de profesionales especializados.
- Hub de conocimiento avanzado: servicios de investigación e innovación basada en conocimiento, educación terciaria pertinente e innovación en educación.
Definición de la problemática del sistema de CT+I de Bogotá como ciudad-región El diagnóstico realizado en la fase de Agenda Pública permitió establecer la problemática que esta política pretender abordar, y conocer cuáles son los puntos críticos de la misma. Posteriormente, estos puntos críticos fueron agrupados en los siguientes cuatro grandes desafíos identificados como factores estratégicos que se confrontan para poder lograr el objetivo de insertar a Bogotá en la Sociedad del Conocimiento:
- El desaprovechamiento de la Educación, la investigación y las capacidades en endógenas en CT+I para lograr un desarrollo basado en el conocimiento.
- El rezago de la innovación empresarial y la competitividad para insertarse con éxito en la economía del conocimiento.
- El desaprovechamiento del conocimiento para lograr una sociedad equitativa y un desarrollo humano sostenible.
Este proceso de identificación de factores estratégicos permitió a su vez sistematizar los diversos elementos que se han ubicado en el diagnostico en términos de Árbol de Problemas, el cual expone las causas y consecuencias de la problemática a tratar, y que sirve como base para la estructura de la Política Pública Distrital de CT+I alrededor de tres grandes ejes estratégicos u objetivos específicos.
Posteriormente, el diagnóstico realizado sobre Ciencia, Tecnología e Innovación en Salud, desarrollado por el Distrito a través de la Secretaría REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-99 • 2024 • MAYO • 24 99 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C)
Distrital de Salud en 2022 (SDS, 2022) y tras el escenario de la pandemia por COVID 19, se integraría al proceso de actualización de la política, identificando la siguiente problemática:
- Poca correspondencia entre las capacidades en CT+I existentes y las problemáticas de Salud en Bogotá, lo cual conduce a carencias y necesidades en la atención de las problemáticas de salud y bienestar en Bogotá, desde la investigación.
El diagnóstico integrado es incorporado como un nuevo eje al árbol de objetivos de la PPCT+I. A continuación, se presenta de manera gráfica las causas y consecuencias relacionados con el desaprovechamiento de las capacidades existentes de CT+I en el ecosistema de la ciudad y su región.
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Al desarrollar un enfoque integral para responder a las causas identificadas, se podrá incrementar significativamente el aprovechamiento de las capacidades de la ciudad-región como potenciadora de recursos innovadores y proyectos de emprendimiento y competitividad basados en conocimiento y el principio de la equidad.
Análisis de Actores Un Ecosistema Regional de CT+I es un ente muy complejo y no se pueden hacer apreciaciones generales o generalizaciones sobre los niveles de influencia entre actores, o sobre la organización de ellos para llevar a cabo actividades de CT+I. Es necesario analizar sectores o casos específicos para poder comprender como funcionan tales redes, en casos y sectores concretos, tales como: Salud, Gestión Ambiental, fomento a la innovación en la empresa, el Ecosistema de Emprendimiento de Bogotá, fortalecimiento de la investigación en la universidad, fomento a la interacción Universidad-Empresa, empoderamiento de la comunidad con conocimiento por medio de investigación-acción participativa, etc.
Cada sector o dimensión del Ecosistema es bastante diferente y tiene muchas especificidades. Bogotá es la única ciudad de Colombia que cuenta con un estudio tan detallado en el cual, si es posible analizar estas preguntas, pero en sectores, casos y experiencias concretas. Es con base en este estudio que se identificaron los nueve tipos de actores sociales del Ecosistema Regional y las nueve funciones que ellos cumplen:
1. Actores directos de los procesos de aplicación de conocimiento y de innovación, que según el caso pueden ser:
- La Ciudadanía, las Comunidades en las que viven y sus organizaciones de base (con el nombre de Com. & Ciud.), representada por la gran esfera verde oscuro del centro del diagrama. La Ciudadanía es un actor directo de su propio desarrollo, con el apoyo de los diversos actores sociales que se identifican en el diagrama.
- Las Empresas y Cadenas de Producción (o Clusters Regionales) de la ciudad-región, incluyendo desde empresas grandes hasta empresas pequeñas y mipymes que generan producción y empleo, dos pilares importantes del desarrollo regional.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-102 • 2024 • MAYO • 24 102 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C)
- Emprendimientos y creación de nuevas empresas.
- Hospitales y sistemas de atención primaria en el caso de salud.
- Investigadores del ecosistema científico que desarrollan CT+I en salud, que buscan el fortalecimiento en la prestación de servicios, desarrollo de fármacos, análisis de problemáticas desde la salud pública y sus determinantes sociales.
2. Instituciones del Gobierno Nacional y del Gobierno Territorial que desempeñan un papel importante en el fomento al desarrollo de la CT+I. A nivel del gobierno nacional hay instituciones tales como COLCIENCIAS, el DNP, Innpulsa y los respectivos Ministerios con programas en CT+I. A nivel del gobierno territorial están las diversas Secretarías de la Administración Distrital que desarrollan programas de CT+I, así como diversos institutos y organizaciones especializadas que desarrollan líneas de acción en este campo.
3. Organizaciones de empresarios y gremios, tales como la Cámara de Comercio de Bogotá, la ANDI, el Foro de Presidentes de Bogotá y otras organizaciones gremiales.
4. Organizaciones cuya función principal es crear espacios de articulación entre los actores sociales del Ecosistema, la principal de las cuales es Bogotá-Connect y sus diversos programas. Pero esta función la desempeñan diversos foros en la ciudad-región.
5. Las Universidades de Bogotá y la región circundante, tanto universidades públicas como privadas, siendo éstas uno de los principales actores sociales del Ecosistema con capacidad para formar los profesionales que el desarrollo de la región requiere, así como generar nuevo conocimiento por medio de la investigación.
6. Los Centros de Investigación y Desarrollo Tecnológico (CDTs), ya sea públicos, privados, universitarios o empresariales. Además de investigación relacionada con diversos sectores de la producción, los CDTs son los encargados de suministrar servicios de apoyo a la innovación y de extensionismo tecnológico, dos funciones críticas que se requieren para poder responder a los grandes cambios en la CT+I a nivel mundial y al desafío de las brechas tecnológicas generados por dichos cambios.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-103 • 2024 • MAYO • 24 103 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C)
7. Las firmas de ingeniería y de prestación de servicios tecnológicos, las cuáles cumplen una función muy importante de intermediación y de difusión del conocimiento dentro del Ecosistema Regional, apoyando el acceso al conocimiento y la solución de problemas en muy diversos ámbitos.
8. Los institutos de capacitación técnica y tecnológica y de formación para el trabajo, cumpliendo una función estratégica importante en la formación de los recursos humanos que el desarrollo de la región requiere (a nivel técnico y tecnológico)
9. Instituciones pertenecientes al sistema financiero que apoya actividades de CT+I, incluyendo instituciones bancarias, fondos de capital de riesgo y mecanismos de financiación tanto nacionales como territoriales, tales como el Sistema General de Regalías.
Es importante señalar que los actores en el marco del Ecosistema Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación que intervienen en la presente política se han dividido en dos grandes grupos:
1. Los actores sociales relacionados con la generación de conocimiento, o con la generación de valor a partir del conocimiento.
a) Universidades e instituciones tecnológicas, representados por el sistema universitario estatal seccional Bogotá y universidades privadas representativas. b) Centros, grupos de investigación y desarrollo tecnológico. c) La comunidad científica constituida por redes de investigación, comunidades de conocimiento y aprendizaje, así como por investigadores y académicos que son sus miembros. d) Empresas, cadenas de producción y clústeres regionales que constituyen el sector productivo (de bienes y servicios). e) Emprendedores que crean empresas. f) Instituciones que prestan servicios tecnológicos y de intermediación. g) Organizaciones de base de la comunidad y los ciudadanos que son sus miembros.
2. Los actores institucionales de carácter público y privado relacionados
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-104 • 2024 • MAYO • 24 104 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C) con el fomento y la coordinación de programas e iniciativas de CT&I. a) Las secretarías y dependencias del Gobierno Distrital. b) Instituciones del Gobierno Nacional: Minciencias y DNP c) Bogotá-Connect. d) La Cámara de Comercio de Bogotá. e) La Asociación Nacional de Empresarios de Colombia – ANDI. f) Innpulsa Colombia. g) Invest in Bogotá. h) Pro-Bogotá. i) La Asociación Colombiana para el Avance de la Ciencia (ACAC). j) La Academia de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales. k) Maloka.
Gráfica 5. Estructura de los Actores Sociales que constituyen el Ecosistema Regional de CT+I Fuente: Adaptado de Chaparro,2017.
Finalmente se debe destacar que esta política pública va dirigida desde REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-105 • 2024 • MAYO • 24 105 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C) entidades del orden distrital que intervienen en temas de educación, investigación y ciencia para poder impactar en la ciudadanía en términos generales y en específico a los estudiantes de las Instituciones de Educación Distrital, universitarios, emprendedores, docentes Formulación de la política Objetivo general Para poder responder a las causas y consecuencias, entendiendo estas que se mencionan en la sección anterior, se plantea el siguiente objetivo general para la Política Distrital de Ciencia, Tecnología e Innovación:
Fortalecer el Ecosistema Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación para lograr insertar a Bogotá, dentro de las denominadas Sociedades de Conocimiento, como una ciudad-región competitiva, sostenible, innovadora e integradora con base en su capacidad para crear valor por medio de la generación y aplicación de conocimiento.
Objetivos específicos En desarrollo de este objetivo general se plantean cuatro objetivos específicos que responden a los factores estratégicos identificados.
1. Consolidar a la Educación y la Investigación con enfoque al desarrollo de capacidades endógenas en Ciencia, Tecnología e Innovación.
Este objetivo surge de entender la importancia que tiene el aprendizaje de la ciencia y la tecnología desde los primeros niveles de enseñanza en las instituciones educativas, y el importante salto que hay que dar en este tema para que los profesionales del futuro sean competentes en un mercado laboral cada vez más influenciado por la cuarta revolución industrial. Es por esto, que el resultado que se pretende obtener con este objetivo específico es el mejoramiento de la enseñanza de las Ciencias en el Sistema de Educación Distrital, y para lograrlo se realizará acompañamiento pedagógico en inglés, matemáticas y ciencias naturales en educación básica y media a las Instituciones de Educación Distrital.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-106 • 2024 • MAYO • 24 106 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C)
Sin duda, un factor determinante para el mejoramiento de la enseñanza tiene que ver con la docencia, por lo que se promoverá que mujeres y hombres docentes y directivos docentes participen de manera activa en programas de formación continua en áreas de inglés, matemáticas y/o ciencias; en este mismo sentido, se desarrollarán programas específicos para la formación de docentes y directivos docentes del Distrito a través de los Centros de Innovación de la Red de Innovación del Maestro.
Adicionalmente, se fomentará una mayor interacción de las instituciones de educación superior con su entorno social teniendo en cuenta que los estudiantes que se forman allí, serán la fuerza laboral de la región y deberán contar con las habilidades, conocimientos y capacidades para ser competitivos en la era de la sociedad del conocimiento. Para ello, en el marco del Subsistema de Educación Superior, se creará el nodo de acción colaborativa de Ciencia, Tecnología e Innovación que propenderá por el fortalecimiento de programas de pregrado en áreas STEM y el tránsito a la Educación Superior con enfoque diferencial de género, para mejorar la participación de la mujer en el Sistema Nacional y Regional de CT+I.
2. Potenciar la innovación empresarial y la competitividad de las cadenas de producción.
Este objetivo específico parte del reconocimiento del rezago de la innovación empresarial y la competitividad en la ciudad. Entendiendo que la Ciencia, la Tecnología y la Innovación son motores de la economía, los territorios, las empresas, las industrias, los emprendimientos intensivos en conocimiento e innovación adquieren relevancia y un papel principal en esta política pública, como unos de los actores más llamados para potenciar la competitividad de la ciudad región. Así mismo, se busca generar una mayor articulación entre los actores del ecosistema de apoyo al emprendimiento y la innovación.
Una manera de hacerlo es incentivando a las empresas para que accedan a los programas de CT+I del Distrito y puedan mejorar sus capacidades de innovación para ser más competitivas. Para tal efecto se establecerá una oferta de servicios de desarrollo empresarial para el uso intensivo y el aprovechamiento del conocimiento, la tecnología e innovación para empresas de Bogotá junto con un mayor acceso al financiamiento de REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-107 • 2024 • MAYO • 24 107 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C) empresas que desarrollen proyectos de innovación y la intervención en los clústeres priorizados para el cierre de brechas de productividad.
Por otra parte, se requiere incrementar el uso y aprovechamiento de la CT+I en las distintas fases de emprendimiento en la ciudad por medio de la oferta de servicios del ecosistema, para lo cual se incentivará el desarrollo de herramientas, capacidades y servicios encaminadas al fortalecimiento de emprendimientos en sus fases de ideación, desarrollo, operación, crecimiento y consolidación, y se promoverán acuerdos para su articulación con el ecosistema empresarial.
Precisamente, como parte de la necesidad de generar incentivos para el fortalecimiento del ecosistema de innovación resulta de vital importancia generar espacios físicos de aglomeración de actividades vinculadas a la CT+I que faciliten sus intercambios y potencien la articulación basada en el conocimiento, aprovechando de esta manera la relación entre los Planes de Ordenamiento Territorial y del desarrollo de la CT+I. En este sentido, las empresas de Bogotá podrán participar en Distritos de Innovación en los que se potencie el desarrollo de actividades económicas innovadoras, para lo cual se les brindarán las normas e instrumentos necesarios para la viabilización territorial del Distrito de Innovación.
3. Generar procesos de Innovación Social y Pública que aporten a lograr un Desarrollo Humano Sostenible
Este objetivo surge del reconocimiento del papel que deben cumplir la innovación y la tecnología, para atender problemas sociales y ambientales. Se requiere que la ciudadanía en general comience a apropiar la ciencia para aplicarla en espacios comunes y así, apostar por la solución de problemáticas de las comunidades y ser responsables de su propio desarrollo y calidad de vida, al tiempo que se fortalece la innovación en la gestión pública.
Dado que la ciudadanía cumple un papel fundamental en la innovación pública, se puede potenciar su participación desarrollando capacidades y competencias digitales mediante el uso de las TIC en la solución de problemas de la comunidad por medio de los Laboratorios de Innovación Digital del Distrito, en los que se desarrollarán aplicaciones de manera conjunta entre el Distrito y la ciudadanía, incluyendo grupos étnicos y REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-108 • 2024 • MAYO • 24 108 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C) personas con discapacidad. La puesta en marcha y operación de los Laboratorios de innovación Digital permitirá brindar capacitación formal y no formal dirigida a la generación de conocimiento asociado a la apropiación de TIC y brindar asesoría en la incorporación de tecnologías emergentes a soluciones desarrolladas frente a problemáticas sociales.
Así mismo, la aplicación de CT+I a la administración pública conduce a un mejoramiento de la eficiencia y la efectividad de la gestión pública, para ello se fortalecerán las acciones desarrolladas por el laboratorio de Innovación para la Gestión pública de la Veeduría Distrital, en el cual se continuarán diseñando innovaciones a problemas públicos distritales.
A través del sector salud se buscará que el 1% del presupuesto del sector sea destinado a CT+I. Se adelantará acompañamiento técnico en proyectos de investigación para la salud, y se tendrá en constante actualización la herramienta de mapa de conocimiento para la gestión del conocimiento en salud en Bogotá Por último, para contribuir a la generación de procesos de innovación social y pública que aporten a lograr un Desarrollo Humano Sostenible, se buscará mejorar la transferencia de conocimiento mediante la implementación del Sistema Estadístico Distrital que contribuya a la materialización de un modelo de gobierno que promueve la utilización de datos abiertos.
4. Consolidar el Sistema Distrital de CT+I en salud para el abordaje equitativo de las necesidades y retos de salud y bienestar de la población de Bogotá.
Este objetivo se orienta hacia el fortalecimiento de la investigación científica en salud de la capital. Se busca impulsar la generación, intercambio y uso del conocimiento, el desarrollo tecnológico y la innovación mediante el fortalecimiento de la capacidad de grupos y redes de investigación, trabajando en colaboración con la ciudad, las comunidades, las organizaciones sociales, la academia, los centros de investigación, las empresas y el gobierno distrital. En este sentido, comprendiendo la Salud más allá de la provisión de servicios, se consideró necesario ajustar la PPCT+I a fin de que contemple en su implementación aspectos de la investigación en salud que REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-109 • 2024 • MAYO • 24 109 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C) favorezcan la salud y el bienestar de la población, como es la investigación en ciencias básicas biomédicas, la producción de conocimiento en salud pública, provisión de servicios y otras áreas del conocimiento.
Si bien, la investigación en estas áreas no necesariamente se traduce en productos o servicios, sí contribuye directamente a la salud de las personas a través del reconocimiento de las necesidades de la población de manera contextualizada y a partir de sus problemáticas particulares, impulsar la mejora de la práctica clínica, la actualización de las guías clínicas nacionales, afectar las políticas públicas de salud, las intervenciones de salud pública o la prestación de servicios de aseguramiento.
Al respecto, para el logro del objetivo definido se establecen los siguientes cuatro pilares fundamentales para la implementación de intervenciones: a) Fortalecer las capacidades y el desempeño del Sistema Distrital para estudiar y dar solución a los principales retos de las problemáticas en salud, bienestar y vida de la población del Distrito Capital con enfoque territorial. b) Fortalecer la gobernanza del Sistema de CT+I en salud de la ciudad. c) Diseñar y consolidar mecanismos de articulación y participación de los actores del sistema de ciencia y tecnología en salud, con el fin de fortalecer el conocimiento científico en el talento humano del sector salud y el conocimiento para el autocuidado entre la ciudadanía, a través de la plataforma de aprendizaje virtual Aprender Salud. d) Establecer una Agenda intersectorial y de cooperación para el fomento de la Investigación, Desarrollo en Ciencia Tecnología e Innovación (CT+I) con metas, acciones y objetivos de corto, mediano y largo plazo, que permitan visibilizar el abordaje de las problemáticas de salud bienestar y vida de la población del Distrito Capital y sus localidades a partir del enfoque de los Determinantes Sociales de la Salud (DSS). En la que participen los diversos actores del sistema Distrito Capital de CTI para la salud (Grupos de investigación, centros de investigación, tomadores de decisiones, comunidad, empresa)., de modo que se permita la transformación de la salud en la ciudad.
De igual manera, este cuarto objetivo fortalece la política Distrital de Ciencia Tecnología e Innovación, propone los siguientes principios:
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1. Trascender el enfoque de salud como enfermedad.
2. CTI que busca añadir valor para la sociedad.
3. Equidad, sostenibilidad y justicia social.
4. Complejidad e interdisciplinariedad.
5. Participación y dialogo de saberes
6. Direccionalidad y reflexibilidad.
7. Coordinación y articulación.
8. Integridad científica.
Así mismo, con este eje estratégico de política se pretende articular esfuerzos para el cumplimiento de una de las metas del Plan Territorial de Salud, específicamente en el capítulo de autoridad sanitaria territorial, el cual tiene como fin que a 2024 se implemente acciones de política distrital de CT+I para la vida, la salud y el bienestar en la ciudad, con la participación de la academia, sector empresarial y la ciudadanía en general.
Plan de Acción.
En el Anexo 1 se presenta el Plan de Acción completo en el que se detallan las metas e indicadores tanto de resultados como de productos que se planean desarrollar. Se observan las metas de resultado con una anualización hasta el 2038 fecha de vigencia final de la política, mientras que las metas de producto en algunos casos tienen una anualización únicamente para los primeros 5 años, es decir hasta 2023. Los productos de este Plan de Acción se proyectan con esta temporalidad teniendo en cuenta los impactos que tienen los cambios de CT+I sobre diversas áreas del conocimiento, cambios cada vez más acelerados, que implican constantes revisiones y análisis para ajustar las estrategias que respondan a las necesidades de la ciudadanía en esta materia.
En consecuencia, en términos operativos las entidades responsables y corresponsables de la implementación de esta política pública, deberán realizar una revisión cada 5 años de los productos definidos para establecer su continuidad y el avance correspondiente de los indicadores para los próximos años, considerando el avance en la ejecución y la contribución de cada producto al logro de las metas de resultado propuestas. Esta actividad será liderada por la Secretaría Distrital de REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-111 • 2024 • MAYO • 24 111 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C)
Desarrollo Económico en articulación con responsables y corresponsables definidos en el plan de acción.
Para el proceso de actualización del Plan de Acción de la política cada 5 años y en atención a su naturaleza integral, es imprescindible tener presente los esfuerzos sectoriales en materia de CT+I que se realicen por las entidades distritales y que se encuentren por fuera de lo definido en esta versión.
El Plan de Acción se presenta en forma de una matriz de programación, en el que se describe en detalle las acciones vinculadas a cada uno de los resultados esperados. Para cada resultado esperado se presenta lo siguiente:
- Los indicadores para medir cada uno de los resultados esperados y su evolución anual.
- Los productos planteados para lograr cada uno de los resultados, en una perspectiva de cadena de valor.
- Los indicadores de producto.
- Las metas anuales que definen la evolución de los resultados que se esperan alcanzar, que constituyen la Política y el Plan de Acción a 20 años (2019-2038).
- Las metas finales de los resultados a 2038.
- Las metas anuales que definen la evolución de los productos que constituyen la Política y el Plan de Acción a 20 años (2019-2038).
- La proyección de los costos estimados para la implementación del Plan de Acción (2019-2038).
- La entidad responsable de la gestión de cada línea de acción.
Como parte de la Matriz de plan de acción, cada indicador tiene una Ficha Técnica que contiene información adicional sobre el papel que cada indicador desempeña.
Sectores y entidades corresponsables La implementación de la Política Distrital de CT+I será liderada por la Secretaria Distrital de Desarrollo Económico. Para facilitar la coordinación REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-112 • 2024 • MAYO • 24 112 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C) de las actividades relacionadas con la implementación de esta política se requiere la creación del Comité Distrital de la Política de CT+I, el cual estará a cargo de coordinar los programas y proyectos de CT+I que desarrollan las diversas Secretarías y dependencias del Distrito en el contexto de esta política distrital. Igualmente, este Comité estará a cargo de orientar el sistema de seguimiento y evaluación de la Política Distrital de CT+I 2019-2038, y de aprobar los informes periódicos de evaluación.
Por otra parte, también se deben mencionar como entidades corresponsables en la implementación de la política en cuanto a resultados y productos a la Secretaría de Educación del Distrito – SED, a la Secretaría General – Oficina Alta Consejería Distrital TIC, la Secretaría Distrital de Salud SDS, la Veeduría Distrital y la Secretaría Distrital de Planeación SDP.
Seguimiento y evaluación El proceso de seguimiento y evaluación se hará de acuerdo con lo establecido en la Guía de Seguimiento y Evaluación definida por la Secretaría Distrital de Planeación. El objetivo de este sistema de seguimiento y evaluación es el de constatar el grado al cual se están alcanzando los objetivos y las metas establecidas en el Plan de Acción, y por lo tanto el efectivo cumplimiento con la política distrital.
Teniendo en cuenta el horizonte de tiempo de esta política y la necesidad de división en tres fases cada una por quinquenios, es necesario que el finalizar cada fase dependiendo de los cambios que se reconozcan en materia de CT+I, se defina qué tipo de evaluación es la más conveniente a realizar, ya sea de evaluaciones de resultado, de impacto o de proceso, para tomar decisiones sobre la continuidad o reformulación de las metas de resultados y productos propuestos.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-113 • 2024 • MAYO • 24 113 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C)
Financiamiento El costo total estimado para la ejecución de la Política Pública de Ciencia, Tecnología e Innovación es de $ 1.257.438.926.000 teniendo en cuenta que para 2023 dichos costos deben actualizarse y reprogramarse dado que existen productos anualizados hasta este año. Las principales fuentes de financiación para la política provienen de recursos de inversión y de funcionamiento, pero adicionalmente se proyectan recursos de cooperación internacional como lo es para el caso de la Secretaría de Desarrollo Económico y de la Alta Consejería TIC.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-114 • 2024 • MAYO • 24 114 Total Total Total Total Total Total DE BOGOTÁ D.C ALCALDÍA MAYOR Tabla de financiamiento Entidad 2: Secretaría Distrital de Desarrollo Económico Entidad 3: Secretaría Distrital de Planeación Entidad 4: Alta Consejería para las TIC Entidad 5: Veeduría Distrital Entidad 6: Secretaría Distrital de Salud Entidad 1: Secretaría Distrital de Educación Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C)
Objetivo específico 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025 2026 2027 2028 2029 2030 2031 2032 2033 2034 2035 2036 2037 2038 Costos Objetivo específico 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025 2026 2027 2028 2029 2030 2031 2032 2033 2034 2035 2036 2037 2038 Costos Objetivo específico 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025 2026 2027 2028 2029 2030 2031 2032 2033 2034 2035 2036 2037 2038 Costos Objetivo específico 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025 2026 2027 2028 2029 2030 2031 2032 2033 2034 2035 2036 2037 2038 Costos Objetivo específico 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025 2026 2027 2028 2029 2030 2031 2032 2033 2034 2035 2036 2037 2038 Costos Objetivo específico 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025 2026 2027 2028 2029 2030 2031 2032 2033 2034 2035 2036 2037 2038 Costos Fuente: Elaboración propia Nota: La información desagregada por cada acción está en el Plan de Acción anexo 1 de este documento de política.
1. Consolidar a la Educación y la Investigación con enfoque al desarrollo de capacidades endógenas en
CTeI 22.480 23.607 24.583 25.705 27.056 24.292 24.993 25.715 26.505 27.226 28.015 28.829 29.666 30.529 31.417 32.333 33.275 34.276 35.246 36.276 572.025
2. Potenciar la innovación empresarial y la competitividad de las cadenas de producción 13.671 4.680 13.080 11.977 12.892 42.920 15.775 19.178 13.022 184.193 4.667 4.806 4.864 4.555 4.800 5.070 5.104 4.805 5.055 5.088 380.202
2. Potenciar la innovación empresarial y la competitividad de las cadenas de producción 30
30
3. Generar procesos de Innovación Social y Pública que aporten a lograr un Desarrollo Humano Sostenible 400 450 500 550 600
2.500
3. Generar procesos de Innovación Social y Pública que aporten a lograr un Desarrollo Humano Sostenible 4.144 5.794 8.794 9.891 10.181 4.379 2.019 706 197 13.761 59 59 59 59 59 59 59 59 59 59 60.456
3. Generar procesos de Innovación Social y Pública que aporten a lograr un Desarrollo Humano Sostenible 152 97 703 823 703 120
120 120 120 120 120 120 120 3.438
3. Generar procesos de Innovación Social y Pública que aporten a lograr un Desarrollo Humano Sostenible 3.465 4.807 5.848 2.840 8.131 5.773 6.414 7.056 7.697 8.339 8.980 9.622 10.263 10.905 11.546 12.188 12.829 12.829 12.829 12.829 175.204.
4. Consolidar el Sistema Distrital de CT+I en salud para el abordaje equitativo de las necesidades y retos de salud y
bienestar de la población de Bogotá.
936 2.726 3.136 3.279 3.428 3.586 3.771 3.921 4.101 4.291 4.489 4.697 4.916 5.145 5.385 5.636 63.443 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-115 • 2024 • MAYO • 24 115 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C)
Glosario Ciencia: cuerpo de conocimientos que busca describir el universo y la naturaleza que nos rodea, y ampliar la frontera del conocimiento humano. Este cuerpo de conocimientos está basado en la existencia de leyes naturales que son comprobables experimentalmente, y buscan ser expresadas mediante una formulación matemática hasta donde sea posible.
Innovación: la aplicación o implementación de metodologías y soluciones o ideas novedosas, a través de nuevos procesos, servicios, tecnologías o modelos de negocios, y que son puestos al servicio de la sociedad, los mercados o el gobierno. Cuando dichas innovaciones provienen de la implementación de soluciones tecnológicas o descubrimientos científicos, se le suele llamar “innovación basada en conocimiento”.
Tecnología: el uso y aplicación de desarrollos científicos para producir desarrollos útiles a la sociedad.
Ecosistema de Ciencia, Tecnología e Innovación: ambiente en el cual las actividades de ciencias, tecnología e innovación, basada en conocimientos, pueden desarrollarse de manera armónica y coordinada para que las tres actividades se desarrollen y logren aportar a la prosperidad y el bienestar de una sociedad.
Apropiación social de conocimiento: conjunto de estrategias encaminadas a lograr que los miembros de la sociedad logren socializar y popularizar el conocimiento generado por las comunidades científicas.
Sociedad de conocimiento: modelo innovador de sociedad en la cual la producción y difusión del conocimiento es parte integral de cada integrante de la sociedad misma. Una sociedad de conocimiento logra transformaciones sociales, culturales y económicas en apoyo al desarrollo sustentable. Los pilares de las sociedades del conocimiento son el acceso a la información para todos, la libertad de expresión y la diversidad lingüística.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-116 • 2024 • MAYO • 24 116 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C)
Tecnología de la Información y las Comunicaciones: conjunto de recursos, herramientas, equipos, programas informáticos, aplicaciones, redes y medios, que permiten la compilación, procesamiento, almacenamiento, transmisión de información como voz, datos, texto, video e imágenes.
Política Pública: conjunto de las decisiones, acciones (directamente o a través de agentes), o inacciones de los actores de las diferentes instituciones u organizaciones gubernamentales, las cuales benefician y afectan a los ciudadanos, por medio de la solución de problemas (necesidades, intereses y preferencias) políticamente considerados como públicos. Básicamente estas políticas se encuentran consignadas en las normas jurídicas (que autorizan o restringen) de carácter nacional y distrital, y en los Planes de Desarrollo.
Actividades de Investigación y Desarrollo: Conjunto de actividades creativas y de investigación emprendidas de forma sistemática, a fin de aumentar los conocimientos científicos y técnicos, así como la utilización de los resultados de estos trabajos para conseguir nuevos dispositivos, productos, materiales o procesos. Comprende esta actividad la investigación fundamental, la investigación aplicada y el desarrollo tecnológico.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-117 • 2024 • MAYO • 24 117 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C)
Bibliografía 2thinknow (2018), Innovation Cities™ Index 2018: Global. Fecha de consulta julio de 2019, https://www.innovation-cities.com/innovationcities-index-2018-global/13935/ Alcaldía de Bogotá (2016), “Anuario de estadísticas económicas y fiscales de Bogotá”
OCYT (2017), “Boletín de Indicadores de Ciencia, Tecnología e Innovación de Bogotá 2016”; Bogotá, OCYT, 2017.
Chaparro Fernando, (2017) “El Ecosistema Regional de CT+i de Bogotá- Región: Situación actual y proyección hacia el futuro”; Bogotá, CID, Universidad Nacional, 2017.
Colciencias (2017), “Boletín Estadístico #5, periodo de análisis 2012- 2016”. Bogotá, Colombia.
CCB (2017), Tablero de indicadores de Bogotá y Cundinamarca - Segundo semestre 2017. Fecha de consulta julio de 2018 http://bibliotecadigital.ccb.org.co/handle/11520/19431 Colciencias (2018), “La Ciencia en Cifras”. Fecha de consulta Junio de 2011 en http://www.colciencias.gov.co/la-ciencia-en-cifras Colciencias (2018), Listado de Actores del SNCTeI reconocidos por Colciencias 2018. Fecha de consulta: julio de 2018. http://colciencias.gov.co/sites/default/files/actores_reconocidos_junio_- 2018_0.pdf CCB Especialización Inteligente (2017), “Estrategia de especialización inteligente”, Fecha de consulta: julio de 2018. https://www.ccb.org.co/Transformar-Bogota/Especializacion-Inteligente- Bogota-Region SDS (2022). Documento con la línea base sobre el Sistema de Ciencia Tecnología e Innovación en Salud en Bogotá, incluyendo mapeo de REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-118 • 2024 • MAYO • 24 118 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C) actores, fuentes de financiación, sus dinámicas y principales áreas de investigación. Fecha de consulta: abril de 2024.
Anexos ANEXO 1: Plan de Acción para la Política Pública Distrital de Ciencia, Tecnología e Innovación 2019 – 2038.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-119 • 2024 • MAYO • 24 119 POLÍTICA PÚBLICA DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PARA EL DISTRITO C Documento CONPES Distrital No: 4 Fecha de aprobación: 05/11/2019 Fecha de actualización: 10/01/2024 Sector líder: DesarrolloEconómico Sector corresponsable 1:
Objetivo General de la Política Pública: Fortalecer el Ecosistema Regional de Ciencia, Te po ta c a relativa del Objetivo específico objetivo especifico 25,0%
1. Consolidar a la Educación y la Investigación con enfoque al desarrollo de capacidades endógenas en Ciencia, Tecnología e innovación
25,0%
1. Consolidar a la Educación y la Investigación con enfoque al desarrollo de capacidades endógenas en Ciencia, Tecnología e innovación
25,0%
1. Consolidar a la Educación y la Investigación con enfoque al desarrollo de capacidades endógenas en Ciencia, Tecnología e innovación
25,0%
1. Consolidar a la Educación y la Investigación con enfoque al desarrollo de capacidades endógenas en Ciencia, Tecnología e innovación
25,0%
1. Consolidar a la Educación y la Investigación con enfoque al desarrollo de capacidades endógenas en Ciencia, Tecnología e innovación
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-120 • 2024 • MAYO • 24 120
2. Potenciar la innovación empresarial y la competitividad de las cadenas de producción 25,0%
2. Potenciar la innovación empresarial y la competitividad de las cadenas de producción 25,0%
2. Potenciar la innovación empresarial y la competitividad de las cadenas de producción 25,0%
2. Potenciar la innovación empresarial y la competitividad de las cadenas de producción 25,0%
2. Potenciar la innovación empresarial y la competitividad de las cadenas de producción 25,0%
2. Potenciar la innovación empresarial y la competitividad de las cadenas de producción 25,0%
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-121 • 2024 • MAYO • 24 121
2. Potenciar la innovación empresarial y la competitividad de las cadenas de producción 25,0%
2. Potenciar la innovación empresarial y la competitividad de las cadenas de producción 25,0%
3. Generar procesos de Innovación Social y Pública que aporten a lograr un Desarrollo Humano Sostenible 25,0%
3. Generar procesos de Innovación Social y Pública que aporten a lograr un Desarrollo Humano Sostenible 25,0%
3. Generar procesos de Innovación Social y Pública que aporten a lograr un Desarrollo Humano Sostenible 25,0%
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-122 • 2024 • MAYO • 24 122
3. Generar procesos de Innovación Social y Pública que aporten a lograr un Desarrollo Humano Sostenible 25,0%
3. Generar procesos de Innovación Social y Pública que aporten a lograr un Desarrollo Humano Sostenible 25,0%
3. Generar procesos de Innovación Social y Pública que aporten a lograr un Desarrollo Humano Sostenible 25,0%
3. Generar procesos de Innovación Social y Pública que aporten a lograr un Desarrollo Humano Sostenible 25,0%
3. Generar procesos de Innovación Social y Pública que aporten a lograr un Desarrollo Humano Sostenible 25,0%
3. Generar procesos de Innovación Social y Pública que aporten a lograr un Desarrollo Humano Sostenible 25,0%
3. Generar procesos de Innovación Social y Pública que aporten a lograr un Desarrollo Humano Sostenible 25,0%
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-123 • 2024 • MAYO • 24 123
3. Generar procesos de Innovación Social y Pública que aporten a lograr un Desarrollo Humano Sostenible 25,0%
3. Generar procesos de Innovación Social y Pública que aporten a lograr un Desarrollo Humano Sostenible 25,0%
3. Generar procesos de Innovación Social y Pública que aporten a lograr un Desarrollo Humano Sostenible 25,0%
3. Generar procesos de Innovación Social y Pública que aporten a lograr un Desarrollo Humano Sostenible 25,0%
3. Generar procesos de Innovación Social y Pública que aporten a lograr un Desarrollo Humano Sostenible 25,0%
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-124 • 2024 • MAYO • 24 124 25%
4. Consolidar el Sistema Distrital de CT+I en salud para el abordaje equitativo de las necesidades y retos de salud y bienestar de la población de Bogotá.
25%
4. Consolidar el Sistema Distrital de CT+I en salud para el abordaje equitativo de las necesidades y retos de salud y bienestar de la población de Bogotá.
25%
4. Consolidar el Sistema Distrital de CT+I en salud para el abordaje equitativo de las necesidades y retos de salud y bienestar de la población de Bogotá.
25%
4. Consolidar el Sistema Distrital de CT+I en salud para el abordaje equitativo de las necesidades y retos de salud y bienestar de la población de Bogotá.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-125 • 2024 • MAYO • 24 125 CAPITAL, 2019-2038 IndustriayTurismo Planeación ecnología e Innovación para lograr insertar a Bogotá, dentro de las denominadas Sociedade Resultado esperado Importancia relativa del resultado (%)
25,0% 1.1 Mejoramiento de la enseñanza de las Ciencias en el Sistema de Educación Distrital 25,0% 1.1 Mejoramiento de la enseñanza de las Ciencias en el Sistema de Educación Distrital 25,0% 1.1 Mejoramiento de la enseñanza de las Ciencias en el Sistema de Educación Distrital 25,0% 1.1 Mejoramiento de la enseñanza de las Ciencias en el Sistema de Educación Distrital 25,0% 1.1 Mejoramiento de la enseñanza de las Ciencias en el Sistema de Educación Distrital REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-126 • 2024 • MAYO • 24 126 8,3% 2.1 Fortalecimiento en las capacidades de innovación para la competitividad de las empresas del Distrito Capital 8,3% 2.1 Fortalecimiento en las capacidades de innovación para la competitividad de las empresas del Distrito Capital 8,3% 2.1 Fortalecimiento en las capacidades de innovación para la competitividad de las empresas del Distrito Capital 2.2 Incremento en el uso y aprovechamiento de la CT+I por parte del emprendimiento en la ciudad 8,4% 2.2 Incremento en el uso y aprovechamiento de la CT+I por parte del emprendimiento en la ciudad 8,4% 8,3% 2.3 Clusterización geográfica de empresas creadas o en crecimiento asociadas a la innovación REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-127 • 2024 • MAYO • 24 127 8,3% 2.3 Clusterización geográfica de empresas creadas o en crecimiento asociadas a la innovación 8,3% 2.3 Clusterización geográfica de empresas creadas o en crecimiento asociadas a la innovación 11,28% 3.1 Incremento en el uso de capacidades y competencias digitales para la solución de problemas de la comunidad 11,28% 3.1 Incremento en el uso de capacidades y competencias digitales para la solución de problemas de la comunidad 11,28% 3.1 Incremento en el uso de capacidades y competencias digitales para la solución de problemas de la comunidad REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-128 • 2024 • MAYO • 24 128 11,28% 3.1 Incremento en el uso de capacidades y competencias digitales para la solución de problemas de la comunidad 3.2. Mejoramiento en la eficiencia y la efectividad de la gestión pública 12,3% 3.2. Mejoramiento en la eficiencia y la efectividad de la gestión pública 12,3% 3.2. Mejoramiento en la eficiencia y la efectividad de la gestión pública 12,3% 3.2. Mejoramiento en la eficiencia y la efectividad de la gestión pública 12,3% 3.2. Mejoramiento en la eficiencia y la efectividad de la gestión pública 12,3% 3.2. Mejoramiento en la eficiencia y la efectividad de la gestión pública 12,3% REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-129 • 2024 • MAYO • 24 129 3.2. Mejoramiento en la eficiencia y la efectividad de la gestión pública 12,3% 3.2. Mejoramiento en la eficiencia y la efectividad de la gestión pública 12,3% 3.2. Mejoramiento en la eficiencia y la efectividad de la gestión pública 12,3% 3.2. Mejoramiento en la eficiencia y la efectividad de la gestión pública 12,3% 3.3. Mejoramiento de la transferencia de conocimiento a nivel Distrital 1,42% REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-130 • 2024 • MAYO • 24 130 25% 4.1 Incremento en la articulación de grupos de investigación de CT+I para atender las necesidades y retos de salud y bienestar de la población de Bogotá.
25% 4.1 Incremento en la articulación de grupos de investigación de CT+I para atender las necesidades y retos de salud y bienestar de la población de Bogotá.
25% 4.1 Incremento en la articulación de grupos de investigación de CT+I para atender las necesidades y retos de salud y bienestar de la población de Bogotá.
25% 4.1 Incremento en la articulación de grupos de investigación de CT+I para atender las necesidades y retos de salud y bienestar de la población de Bogotá.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-131 • 2024 • MAYO • 24 131 Entidad 1: es de Conocimiento, como una ciudad-región competitiva, sostenible, innovadora e integradora Nombre del indicador de resultado Porcentaje de estudiantes de grado 11 evaluados en la prueba SABER 11 de colegios distritales de Bogotá en los niveles de desempeño insuficiente y mínimo del área de matemáticas.
Porcentaje de estudiantes de grado 11 evaluados en la prueba SABER 11 de colegios distritales de Bogotá en los niveles de desempeño insuficiente y mínimo del área de matemáticas.
Porcentaje de estudiantes de grado 11 evaluados en la prueba SABER 11 de colegios distritales de Bogotá en los niveles de desempeño insuficiente y mínimo del área de matemáticas.
Porcentaje de estudiantes de grado 11 evaluados en la prueba SABER 11 de colegios distritales de Bogotá en los niveles de desempeño insuficiente y mínimo del área de matemáticas.
Porcentaje de estudiantes de grado 11 evaluados en la prueba SABER 11 de colegios distritales de Bogotá en los niveles de desempeño insuficiente y mínimo del área de matemáticas.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-132 • 2024 • MAYO • 24 132 Porcentaje de empresas con capacidades de innovación empresarial ofrecidos por el Distrito.
Porcentaje de empresas con capacidades de innovación empresarial ofrecidos por el Distrito.
Porcentaje de empresas con capacidades de innovación empresarial ofrecidos por el Distrito.
Porcentaje de emprendimientos en sus fases de ideación, desarrollo, operación, crecimiento y consolidación fortalecidas para el uso y aprovechamiento de la CT+I Porcentaje de emprendimientos en sus fases de ideación, desarrollo, operación, crecimiento y consolidación fortalecidas para el uso y aprovechamiento de la CT+I Porcentaje de los nuevos establecimientos en actividades económicas estratégicas localizados en el Distrito de Innovación REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-133 • 2024 • MAYO • 24 133 Porcentaje de los nuevos establecimientos en actividades económicas estratégicas localizados en el Distrito de Innovación Porcentaje de los nuevos establecimientos en actividades económicas estratégicas localizados en el Distrito de Innovación Aplicaciones desarrolladas en asocio con la comunidad, incluidos los grupos étnicos y personas con discapacidad por los Laboratorios de Innovación Digital Aplicaciones desarrolladas en asocio con la comunidad, incluidos los grupos étnicos y personas con discapacidad por los Laboratorios de Innovación Digital Aplicaciones desarrolladas en asocio con la comunidad, incluidos los grupos étnicos y personas con discapacidad por los Laboratorios de Innovación Digital REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-134 • 2024 • MAYO • 24 134 Aplicaciones desarrolladas en asocio con la comunidad, incluidos los grupos étnicos y personas con discapacidad por los Laboratorios de Innovación Digital Índice de Innovación Pública de Bogotá Índice de Innovación Pública de Bogotá Índice de Innovación Pública de Bogotá Índice de Innovación Pública de Bogotá Índice de Innovación Pública de Bogotá Índice de Innovación Pública de Bogotá REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-135 • 2024 • MAYO • 24 135 Índice de Innovación Pública de Bogotá Índice de Innovación Pública de Bogotá Índice de Innovación Pública de Bogotá Índice de Innovación Pública de Bogotá Porcentaje de operaciones estadísticas con estándares de calidad generadas por las entidades distritales REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-136 • 2024 • MAYO • 24 136 Número de grupos de investigación de CT+I que se articulan para atender las necesidades y retos de salud y bienestar de la población de Bogotá.
Número de grupos de investigación de CT+I que se articulan para atender las necesidades y retos de salud y bienestar de la población de Bogotá.
Número de grupos de investigación de CT+I que se articulan para atender las necesidades y retos de salud y bienestar de la población de Bogotá.
Número de grupos de investigación de CT+I que se articulan para atender las necesidades y retos de salud y bienestar de la población de Bogotá.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-137 • 2024 • MAYO • 24 137 Entidad líder:
Secretaría Distrital de Planeación a con base en su capacidad para crear valor por medio de la generación y aplicación de conocimiento.
Fórmula del indicador de resultado (Número de estudiantes de grado 11 que fueron evaluados en la prueba SABER 11 del sector distrital en los niveles de desempeño insuficiente y mínimo del área de matemáticas / Número de estudiantes de grado 11 que fueron evaluados en la prueba SABER 11 del sector distrital)*100 (Número de estudiantes de grado 11 que fueron evaluados en la prueba SABER 11 del sector distrital en los niveles de desempeño insuficiente y mínimo del área de matemáticas / Número de estudiantes de grado 11 que fueron evaluados en la prueba SABER 11 del sector distrital)*100 (Número de estudiantes de grado 11 que fueron evaluados en la prueba SABER 11 del sector distrital en los niveles de desempeño insuficiente y mínimo del área de matemáticas / Número de estudiantes de grado 11 que fueron evaluados en la prueba SABER 11 del sector distrital)*100 (Número de estudiantes de grado 11 que fueron evaluados en la prueba SABER 11 del sector distrital en los niveles de desempeño insuficiente y mínimo del área de matemáticas / Número de estudiantes de grado 11 que fueron evaluados en la prueba SABER 11 del sector distrital)*100 (Número de estudiantes de grado 11 que fueron evaluados en la prueba SABER 11 del sector distrital en los niveles de desempeño insuficiente y mínimo del área de matemáticas / Número de estudiantes de grado 11 que fueron evaluados en la prueba SABER 11 del sector distrital)*100 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-138 • 2024 • MAYO • 24 138 (Sumatoria de empresas que implementan capacidades de innovación empresarial / Sumatoria de empresas que acceden a los servicios de CTeI.)*100 (Sumatoria de empresas que implementan capacidades de innovación empresarial / Sumatoria de empresas que acceden a los servicios de CTeI.)*100 (Sumatoria de empresas que implementan capacidades de innovación empresarial / Sumatoria de empresas que acceden a los servicios de CTeI.)*100 (Sumatoria de emprendimientos en sus fases de ideación, desarrollo, operación, crecimiento y consolidación fortalecidas para el uso y aprovechamiento de la CTeI/Sumatoria del número de emprendimientos total atendidos por programas del Distrito) *100 (Sumatoria de emprendimientos en sus fases de ideación, desarrollo, operación, crecimiento y consolidación fortalecidas para el uso y aprovechamiento de la CTeI/Sumatoria del número de emprendimientos total atendidos por programas del Distrito) *100 (Número de establecimientos en CIIU’s asociados a la innovación y conocimiento localizados en el área definida para el distrito de innovación / Número total de establecimientos en CIIU’s asociados a la innovación y conocimiento proyectados en el área definida para el distrito de innovación)*100 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-139 • 2024 • MAYO • 24 139 (Número de establecimientos en CIIU’s asociados a la innovación y conocimiento localizados en el área definida para el distrito de innovación / Número total de establecimientos en CIIU’s asociados a la innovación y conocimiento proyectados en el área definida para el distrito de innovación)*100 (Número de establecimientos en CIIU’s asociados a la innovación y conocimiento localizados en el área definida para el distrito de innovación / Número total de establecimientos en CIIU’s asociados a la innovación y conocimiento proyectados en el área definida para el distrito de innovación)*100 Sumatoria del número de aplicaciones desarrolladas en asocio con la comunidad, incluidos los grupos étnicos y personas con discapacidad, por los Laboratorios de Innovación Digital Sumatoria del número de aplicaciones desarrolladas en asocio con la comunidad, incluidos los grupos étnicos y personas con discapacidad, por los Laboratorios de Innovación Digital Sumatoria del número de aplicaciones desarrolladas en asocio con la comunidad, incluidos los grupos étnicos y personas con discapacidad, por los Laboratorios de Innovación Digital REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-140 • 2024 • MAYO • 24 140 Sumatoria del número de aplicaciones desarrolladas en asocio con la comunidad, incluidos los grupos étnicos y personas con discapacidad, por los Laboratorios de Innovación Digital Sumatoria de componentes del índice de Innovación Pública de Bogotá Sumatoria de componentes del índice de Innovación Pública de Bogotá Sumatoria de componentes del índice de Innovación Pública de Bogotá Sumatoria de componentes del índice de Innovación Pública de Bogotá Sumatoria de componentes del índice de Innovación Pública de Bogotá Sumatoria de componentes del índice de Innovación Pública de Bogotá REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-141 • 2024 • MAYO • 24 141 Sumatoria de componentes del índice de Innovación Pública de Bogotá Sumatoria de componentes del índice de Innovación Pública de Bogotá Sumatoria de componentes del índice de Innovación Pública de Bogotá Sumatoria de componentes del índice de Innovación Pública de Bogotá (Número de operaciones estadísticas con estándares de calidad del Inventario Final de Información Estadística/Número de Operaciones Estadísticas del Inventario)*100 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-142 • 2024 • MAYO • 24 142 Sumatoria del número de grupos de investigación en CT+I que se articulen para contribuir a la resolución de las necesidades, retos de salud y bienestar de la población de Bogotá DC.
Sumatoria del número de grupos de investigación en CT+I que se articulen para contribuir a la resolución de las necesidades, retos de salud y bienestar de la población de Bogotá DC.
Sumatoria del número de grupos de investigación en CT+I que se articulen para contribuir a la resolución de las necesidades, retos de salud y bienestar de la población de Bogotá DC.
Sumatoria del número de grupos de investigación en CT+I que se articulen para contribuir a la resolución de las necesidades, retos de salud y bienestar de la población de Bogotá DC.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-143 • 2024 • MAYO • 24 143 Secretaría Distrital de Desarrollo Económico Sector corresponsable 2: Educación Entidad 2:
Indicadores de resultado Línea base Tiempos de Enfoque Tipo de anualización Valor Año Fecha de inicio Poblacional Decreciente 44,50% 2017 2019 Poblacional Decreciente 44,50% 2017 2019 Poblacional Decreciente 44,50% 2017 2019 Poblacional Decreciente 44,50% 2017 2019 Poblacional Decreciente 44,50% 2017 2019 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-144 • 2024 • MAYO • 24 144 Poblacional; Género Constante 60 2018 2019 Poblacional; Género Constante 60 2018 2019 Poblacional; Género Constante 60 2018 2019 Poblacional; Género Creciente 4% 2016 2019 Poblacional; Género Creciente 4% 2016 2019 Territorial Creciente 0 2018 2019 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-145 • 2024 • MAYO • 24 145 Territorial Creciente 0 2018 2019 Territorial Creciente 0 2018 2019 Poblacional Creciente 2 2018 2019 Poblacional Creciente 2 2018 2019 Poblacional Creciente 2 2018 2019 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-146 • 2024 • MAYO • 24 146 Poblacional Creciente 2 2018 2019 N/A Creciente 36 2018 2019 N/A Creciente 36 2018 2019 N/A Creciente 36 2018 2019 N/A Creciente 36 2018 2019 N/A Creciente 36 2018 2019 N/A Creciente 36 2018 2019 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-147 • 2024 • MAYO • 24 147 N/A Creciente 36 2018 2019 N/A Creciente 36 2018 2019 N/A Creciente 36 2018 2019 N/A Creciente 36 2018 2019 N/A Creciente 0 2019 2020 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-148 • 2024 • MAYO • 24 148 Género Suma 21 2023 2024 Género Suma 21 2023 2024 Género Suma 21 2023 2024 Género Suma 21 2023 2024 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-149 • 2024 • MAYO • 24 149 Secretaría de Educación Distrital Sector correspo e ejecución Fecha de finalización Meta 2019 Meta 2020 Meta 2021 Meta 2022 Meta 2023 Meta 2024 2038 44,00% 43,50% 42% 41% 40% 39% 2038 44,00% 43,50% 42% 41% 40% 39% 2038 44,00% 43,50% 42% 41% 40% 39% 2038 44,00% 43,50% 42% 41% 40% 39% 2038 44,00% 43,50% 42% 41% 40% 39% REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-150 • 2024 • MAYO • 24 150 2038 60 60 60 60 60 60 2038 60 60 60 60 60 60 2038 60 60 60 60 60 60 2038 4% 4% 5% 5% 5% 5% 2038 4% 4% 5% 5% 5% 5% 2038 0 0 0 5% 5% 10% REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-151 • 2024 • MAYO • 24 151 2038 0 0 0 5% 5% 10% 2038 0 0 0 5% 5% 10% 2038 2 2 2 2 2 2 2038 2 2 2 2 2 2 2038 2 2 2 2 2 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-152 • 2024 • MAYO • 24 152 2038 2 2 2 2 2 2 2038 36 39 39 42 42 45 2038 36 39% 39% 42% 42% 45% 2038 36 39% 39% 42% 42% 45% 2038 36 39% 39% 42% 42% 45% 2038 36% 39% 39% 42% 42% 45% 2038 36% 39% 39% 42% 42% 45% REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-153 • 2024 • MAYO • 24 153 2038 36% 39% 39% 42% 42% 45% 2038 36 39% 39% 42% 42% 45% 2038 36 39% 39% 42% 42% 45% 2038 36 39% 39% 42% 42% 45% 2024 0 20% 40% 60% 80% 100% REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-154 • 2024 • MAYO • 24 154 2038 21 2038 21 2038 21 2038 21 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-155 • 2024 • MAYO • 24 155 RESPONSABLE 3 RESPONSABLE 3: onsable 3:
Salud Entidad 3: Secretaría Distrital de Salud Sector corresp Metas anuales de resultado Meta 2025 Meta 2026 Meta 2027 Meta 2028 Meta 2029 Meta 2030 Meta 2031 38% 37% 36% 35% 34% 33% 32% 38% 37% 36% 35% 34% 33% 32% 38% 37% 36% 35% 34% 33% 32% 38% 37% 36% 35% 34% 33% 32% 38% 37% 36% 35% 34% 33% 32% REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-156 • 2024 • MAYO • 24 156 60 60 60 60 60 60 60 60 60 60 60 60 60 60 60 60 60 60 60 60 60 5% 6% 6% 6% 6% 6% 6% 5% 6% 6% 6% 6% 6% 6% 10% 15% 15% 20% 20% 25% 25% REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-157 • 2024 • MAYO • 24 157 10% 15% 15% 20% 20% 25% 25% 10% 15% 15% 20% 20% 25% 25% 2 3 3 3 3 3 3 2 3 3 3 3 3 3 2 3 3 3 3 3 3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-158 • 2024 • MAYO • 24 158 2 3 3 3 3 3 3 45 48 48 51 51 54 54 45% 48% 48% 51% 51% 54% 54% 45% 48% 48% 51% 51% 54% 54% 45% 48% 48% 51% 51% 54% 54% 45% 48% 48% 51% 51% 54% 54% 45% 48% 48% 51% 51% 54% 54% REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-159 • 2024 • MAYO • 24 159 45% 48% 48% 51% 51% 54% 54% 45% 48% 48% 51% 51% 54% 54% 45% 48% 48% 51% 51% 54% 54% 45% 48% 48% 51% 51% 54% 54% 0 0 0 0 0 0 0 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-160 • 2024 • MAYO • 24 160 21 21 21 25 25 25 25 21 21 21 25 25 25 25 21 21 21 25 25 25 25 21 21 21 25 25 25 25 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-161 • 2024 • MAYO • 24 161 Veed ponsable 4: Organismos de Control Entidad 4:
Meta 2032 Meta 2033 Meta 2034 Meta 2035 Meta 2036 Meta 2037 Meta 2038 31% 30% 29% 28% 27% 26% 25% 31% 30% 29% 28% 27% 26% 25% 31% 30% 29% 28% 27% 26% 25% 31% 30% 29% 28% 27% 26% 25% 31% 30% 29% 28% 27% 26% 25% REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-162 • 2024 • MAYO • 24 162 60 60 60 60 60 60 60 60 60 60 60 60 60 60 60 60 60 60 60 60 60 6% 6% 6% 6% 6% 6% 6% 6% 6% 6% 6% 6% 6% 6% 25% 25% 25% 25% 25% 25% 25% REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-163 • 2024 • MAYO • 24 163 25% 25% 25% 25% 25% 25% 25% 25% 25% 25% 25% 25% 25% 25% 3 3 3 3 4 4 4 3 3 3 3 4 4 4 3 3 3 3 4 4 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-164 • 2024 • MAYO • 24 164 3 3 3 3 4 4 4 57 57 60 60 63 63 66 57% 57% 60% 60% 63% 63% 66% 57% 57% 60% 60% 63% 63% 66% 57% 57% 60% 60% 63% 63% 66% 57% 57% 60% 60% 63% 63% 66% 57% 57% 60% 60% 63% 63% 66% REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-165 • 2024 • MAYO • 24 165 57% 57% 60% 60% 63% 63% 66% 57% 57% 60% 60% 63% 63% 66% 57% 57% 60% 60% 63% 63% 66% 57% 57% 60% 60% 63% 63% 66% 0 0 0 0 0 0 0 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-166 • 2024 • MAYO • 24 166 30 30 30 30 36 36 36 30 30 30 30 36 36 36 30 30 30 30 36 36 36 30 30 30 30 36 36 36 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-167 • 2024 • MAYO • 24 167 duría Distrital Sector corresponsable 5:
Meta de resultado Final Producto esperado 25% 1.1.1. IED con acompañamiento pedagógico en inglés, matemáticas y/o ciencias naturales en educación básica y media.
25% 1.1.2.Mujeres y hombres docentes y directivos docentes, participando en programas de formación continua en áreas de inglés, matemáticas y/o ciencias 25% 1.1.3. Centros de Innovación de la Red de Innovación del Maestro desarrollando programas de formación para docentes y directivos docentes del Distrito 25% 1.1.4. Creación del nodo de acción colaborativa de ciencia Tecnología e innovación en el marco del Subsistema Distrital de Educación Superior con el fin de fortalecer los pregrados en áreas STEM y fortalecer el transito a educación superior con enfoque diferencial de genero.
25% 1.1.5. Docentes y directivos docentes del Distrito que participan en estrategias de fortalecimiento a redes, colectivos y semilleros y desarrollo de competencias relacionadas con la innovación pedagógica.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-168 • 2024 • MAYO • 24 168 60 2.1.1. Oferta de Servicios de desarrollo empresarial para el uso intensivo y el aprovechamiento del conocimiento, la tecnología e innovación a empresas de Bogotá.
60 2.1.2 Acceso a financiamiento a empresas con proyectos de innovación.
60 2.1.3. Intervenir clústeres priorizados para el cierre de brechas de productividad.
6% 2.2.1. Herramientas, capacidades y servicios para el uso y aprovechamiento de la CT+I encaminadas al fortalecimiento de emprendimientos en sus fases de ideación, desarrollo, operación, crecimiento y consolidación 6% 2.2.2. Acuerdos generados para promover y articular a los emprendimientos que hacen uso de la CTeI con el ecosistema empresarial 25% 2.3.1. Normas e Instrumentos para viabilización territorial del Distrito de Innovación REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-169 • 2024 • MAYO • 24 169 25% 2.3.2. Campus de Ciencia, Tecnología e Innovación de Bogotá puesto a disposición de los actores del ecosistema de emprendimiento e innovación de Bogotá.
25% 2.3.3. Portafolio de servicios del Campus de Ciencia, Tecnología e Innovación de Bogotá a disposición de los actores del ecosistema de emprendimiento e innovación de Bogotá.
56 3.1.1. Puesta en marcha y operación de Laboratorios de Innovación Digital 56 3.1.2. Capacitación formal e informal conducente a la generación de conocimiento para la apropiación de las nuevas tecnologías relacionadas con las TIC, incluyendo grupos étnicos y personas con discapacidad.
56 3.1.3. Asesoría en la incorporación de Tecnologías emergentes en soluciones desarrolladas ante problemáticas de la sociedad REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-170 • 2024 • MAYO • 24 170 56 3.1.4 Personas capacitadas en los Laboratorios de Innovación Digital 66 3.2.1 Laboratorio de Innovación para la gestión pública 66% 3.2.2 Acompañamiento técnico en proyectos de investigación para la salud identificados en la agenda del cuatrienio.
66% 3.2.3 Herramienta para ubicar en donde y como se encuentra el conocimiento para la salud en Bogotá, actualizada - Mapa de conocimiento 66% 3.2.4 Inversión en el sector salud con componente de CT+I 66% 3.2.5 Centro de excelencia BogDATA 66% 3.2.6 Centro de Infraestructura Compartida BogDATA REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-171 • 2024 • MAYO • 24 171 66% 3.2.7 Centro de servicios compartidos BogDATA 66% 3.2.8 Modelo de arquitectura distrital 66% 3.2.9 Medición bienal del Índice de Innovación Pública de Bogotá (IIP)
66% 3.2.10 Lineamientos para la implementación de sistemas ERP en las entidades del distrito 100% 3.3.1 Sistema Estadístico Distrital REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-172 • 2024 • MAYO • 24 172 412 4.1.1. Proyectos de Ciencia, Tecnología e Innovación (CT+I) que atiendan problemáticas en salud, bienestar y vida de la población de Bogotá DC, cofinanciados por la Secretaría Distrital de Salud.
412 4.1.2.Planes de trabajo de la Red Pública Distrital de Investigación e Innovación en Salud.
412 4.1.3. Eventos de ciudad para la divulgación y apropiación social del conocimiento en CT+I para la salud.
412 4.1.4 Recursos de aprendizaje implementados por la Secretaría Distrital de Salud orientados al fortalecimiento de conocimientos de CT+I en salud.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-173 • 2024 • MAYO • 24 173 GestiónPública Estado Importancia relativa del producto Activo 6,0% Activo 6,0% Inactivo Activo 6,0% Activo 7,0% REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-174 • 2024 • MAYO • 24 174 Activo 2,8% Activo 2,7% Activo 2,8% Activo 4,2% Activo 4,2% Activo 2,0% REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-175 • 2024 • MAYO • 24 175 Activo 3,3% Activo 3,0% Activo 2,82% Activo 2,82% Activo 2,82% REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-176 • 2024 • MAYO • 24 176 Activo 2,82% Activo 2,0% Activo 2,2% Activo 2,1% Activo 2,0% Inactivo Inactivo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-177 • 2024 • MAYO • 24 177 Inactivo Activo 0,9% Activo 2,1% Activo 1,0% Activo 1,42% REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-178 • 2024 • MAYO • 24 178 Activo 6,25% Activo 6,25% Activo 6,25% Activo 6,25% REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-179 • 2024 • MAYO • 24 179 Entidad 5:
Nombre indicador de producto Número de IED con acompañamiento pedagógico en inglés, matemáticas y/o ciencias naturales.
Número de mujeres y hombres docentes y directivos docentes beneficiados en programas de formación continua en áreas de inglés, matemáticas y/o ciencias.
Número de Centros de Innovación de la Red de Innovación del Maestro desarrollando programas de formación para docentes y directivos docentes del Distrito.
Avance en la creación del nodo de acción colaborativa de ciencia Tecnología e innovación en el marco del Subsistema Distrital de Educación Superior.
Número de docentes y directivos docentes del Distrito que participan en estrategias de fortalecimiento a redes, colectivos y semilleros y desarrollo de competencias relacionadas con la innovación pedagógica REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-180 • 2024 • MAYO • 24 180 Número de Servicios de desarrollo empresarial entregados para el uso intensivo y el aprovechamiento del conocimiento, la tecnología e innovación en empresas apoyadas por el Distrito Capital.
Servicios financieros entregados a empresas con proyectos de innovación Número de intervenciones priorizadas para las iniciativas clústeres Número de emprendimientos en sus fases de ideación, desarrollo, operación, crecimiento y consolidación capacitados a través de servicios para el uso y aprovechamiento de la CTeI.
Número de alianzas generadas para promover y articular a los emprendimientos que hacen uso de la CTeI con el ecosistema empresarial Porcentaje de avance en la definición de las normas e instrumentos para viabilización territorial del Distrito de Innovación REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-181 • 2024 • MAYO • 24 181 Avance acumulado en la estructuración, construcción y puesta a disposición del Campus de Ciencia, Tecnología e Innovación de Bogotá Beneficiarios que acceden al portafolio de servicios del Campus de Ciencia, Tecnología e Innovación de Bogotá al año Número de Laboratorios de Innovación Digital en operación Número de usuarios de los Laboratorios de Innovación Digital, incluidos los grupos étnicos y personas con discapacidad..
Número de asesorías brindadas a ciudadanos para el abordaje de problemas comunitarios en los que se aporta en su mejor comprensión.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-182 • 2024 • MAYO • 24 182 Número de personas capacitadas en los Laboratorios de Innovación Digital Número de innovaciones a problemas públicos distritales diseñadas Numero de proyectos de investigación para la salud acompañados técnicamente.
Numero de actualizaciones de la herramienta para ubicar en donde y como se encuentra el conocimiento para la salud en Bogotá.
Porcentaje de inversión en el sector salud con componente de CT+I Número de entidades monitoreadas en el proceso de implementación tecnológica (roll out) del ERP distrital que se encuentran previstas en el CONPES de transparencia Porcentaje de avance en la estructuración del centro de infraestructura compartida REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-183 • 2024 • MAYO • 24 183 Porcentaje de avance en la estructuración del centro de servicios compartidos Cantidad de estudios de caracterización y establecimiento del modelo de arquitectura distrital Medición bienal del Índice de Innovación Pública de Bogotá (IIP)
Lineamientos para la implementación de sistemas ERP en las entidades del distrito Porcentaje de avance de la implementación del Plan de Acción del Sistema Estadístico Distrital REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-184 • 2024 • MAYO • 24 184 Número de proyectos de Ciencia, Tecnología e Innovación CT+I que contribuyan a resolver los retos de las problemáticas en salud, bienestar y vida de la población de Bogotá DC y sus localidades, cofinanciados por la Secretaría Distrital de Salud.
Número de planes de trabajo anuales diseñados y ejecutados por la Red Pública Distrital de Investigación e Innovación en salud, en la que participen los diversos actores del sistema del Distrito.
Número de eventos de ciudad para la divulgación y apropiación social del conocimiento en CT+I para la salud.
Número de recursos de aprendizaje implementados por la Secretaría Distrital de Salud orientados al fortalecimiento de conocimientos de CT+I en salud.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-185 • 2024 • MAYO • 24 185 Secretaría General Indicadores de produ Fórmula del indicador de producto Sumatoria de IED acompañadas Sumatoria de mujeres y hombres docentes beneficiados (adjudicados) con programas de formación continua en áreas de inglés, matemáticas y/o ciencias Sumatoria de Centros de Innovación de la Red de Innovación del Maestro, desarrollando programas de formación para docentes y directivos del Distrito.
(Sumatoria de actividades realizadas / actividades previstas para la creación )* Ponderador previsto para el año evaluado Sumatoria de docentes y directivos docentes del Distrito beneficiados con estrategias de fortalecimiento a redes, colectivos y semilleros y desarrollo de competencias relacionadas con la innovación pedagógica.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-186 • 2024 • MAYO • 24 186 Sumatoria del número de servicios de desarrollo empresarial e innovación para el cierre de brechas, ofrecidos por el distrito y entregados a empresas de Bogotá.
Sumatoria No. de servicios financieros entregados a empresas con proyectos de innovación.
Sumatoria del número clústeres con empresas intervenidas Sumatoria del número de emprendimientos en sus fases de ideación, desarrollo, operación, crecimiento y consolidación capacitados con herramientas, capacidades y servicios para el uso y aprovechamiento de la CTeI.
Sumatoria de alianzas generadas para promover y articular a los emprendimientos que hacen uso de la CTeI con el ecosistema empresarial (Numero de tareas cumplidas para la definición de las normas e instrumentos para viabilización territorial del Distrito de Innovación/ Número total de tareas establecidas)*100 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-187 • 2024 • MAYO • 24 187 (Hitos ejecutados/ Hitos programado)*100 Suma del número de beneficiarios (personas naturales o jurídicas) que acceden anualmente al portafolio de servicios del Distrito de Ciencia, Tecnología e Innovación en cualquiera de sus focos estratégicos.
Sumatoria de Laboratorios de Innovación Digital en operación Sumatoria de usuarios de los Laboratorios de Innovación Digital, incluidos los grupos étnicos y personas con discapacidad.
Sumatoria de asesorías brindadas para abordar problemas comunitarios en los que se aporta una mejor comprensión.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-188 • 2024 • MAYO • 24 188 Sumatoria de Personas capacitadas en los Laboratorios de Innovación Digital Sumatoria de innovaciones a problemas públicas diseñadas Sumatoria de proyectos de investigación para la salud acompañados técnicamente.
Sumatoria del numero de actualizaciones de la herramienta para ubicar en donde y como se encuentra el conocimiento para la salud en Bogotá.
Inversión con componente de CT+I / Inversión del sector salud (Sumatoria de las entidades vinculadas al centro de excelencia del ERP / Total de entidades cabezas de sector)*100 (Sumatoria de las entidades vinculadas al centro de infraestructura compartida del ERP / Total de entidades cabezas de sector)*100 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-189 • 2024 • MAYO • 24 189 (Sumatoria de las entidades vinculadas al centro de servicios compartidos del ERP / Total de entidades cabezas de sector)*100 Sumatoria de los estudios realizados para establecer el modelo de arquitectura distrital Sumatoria de aplicaciones del IIP en Bogotá Número de lineamientos para la implementación de sistemas ERP en las entidades del distrito expedidos.
(Número de actividades del plan de acción ejecutadas / Número de actividades del plan de acción programadas) *100 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-190 • 2024 • MAYO • 24 190 Sumatoria de los proyectos de Ciencia, Tecnología e Innovación CT+I que contribuyan a resolver los retos de las problemáticas de salud, bienestar y vida de la población de Bogotá DC, cofinanciados por la Secretaría Distrital de Salud.
Sumatoria de los planes de trabajo anuales diseñados y ejecutados por la Red Pública Distrital de Investigación e Innovación en salud, en la que participen los diversos actores del sistema del Distrito.
Sumatoria de eventos de ciudad para la divulgación y apropiación social del conocimiento en CT+I para la salud.
Sumatoria de recursos de aprendizaje implementados por la Secretaría Distrital de Salud orientados al fortalecimiento de conocimientos de CT+I en salud.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-191 • 2024 • MAYO • 24 191 ucto ODS Educacióndecalidad Educacióndecalidad Educacióndecalidad Educacióndecalidad Educacióndecalidad REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-192 • 2024 • MAYO • 24 192 Trabajodecenteycrecimientoeconómico Trabajodecenteycrecimientoeconómico Trabajodecenteycrecimientoeconómico Trabajodecenteycrecimientoeconómico Trabajodecenteycrecimientoeconómico Trabajodecenteycrecimientoeconómico REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-193 • 2024 • MAYO • 24 193 Trabajodecenteycrecimientoeconómico Trabajodecenteycrecimientoeconómico Industria,innovacióneinfraestructura Industria,innovacióneinfraestructura Industria,innovacióneinfraestructura REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-194 • 2024 • MAYO • 24 194 Industria,innovacióneinfraestructura N/A Industria,innovacióneinfraestructura Industria,innovacióneinfraestructura Industria,innovacióneinfraestructura N/A N/A REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-195 • 2024 • MAYO • 24 195 N/A N/A N/A
16. Paz, justicia e instituciones sólidas
N/A REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-196 • 2024 • MAYO • 24 196 Salud y Bienestar Salud y Bienestar Salud y Bienestar Salud y Bienestar REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-197 • 2024 • MAYO • 24 197 Meta ODS De aquí a 2030, asegurar que todos los jóvenes y una proporción considerable de los adultos, tanto hombres como mujeres, estén alfabetizados y tengan nociones elementales de aritmética.
De aquí a 2030, eliminar las disparidades de género en la educación y asegurar el acceso igualitario a todos los niveles de la enseñanza y la formación profesional para las personas vulnerables, incluidas las personas con discapacidad, los pueblos indígenas y los niños en situaciones de vulnerabilidad.
Construir y adecuar instalaciones educativas que tengan en cuenta las necesidades de los niños y las personas con discapacidad y las diferencias de género, y que ofrezcan entornos de aprendizaje seguros, no violentos, inclusivos y eficaces para todos.
De aquí a 2030, asegurar el acceso igualitario de todos los hombres y las mujeres a una formación técnica, profesional y superior de calidad, incluida la enseñanza universitaria.
De aquí a 2030, asegurar el acceso igualitario de todos los hombres y las mujeres a una formación técnica, profesional y superior de calidad, incluida la enseñanza universitaria.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-198 • 2024 • MAYO • 24 198 Lograr niveles más elevados de productividad económica mediante la diversificación, la modernización tecnológica y la innovación, entre otras cosas centrándose en los sectores con gran valor añadido y un uso intensivo de la mano de obra Promover políticas orientadas al desarrollo que apoyen las actividades productivas, la creación de puestos de trabajo decentes, el emprendimiento, la creatividad y la innovación, y fomentar la formalización y el crecimiento de las microempresas y las pequeñas y medianas empresas, incluso mediante el acceso a servicios financieros Lograr niveles más elevados de productividad económica mediante la diversificación, la modernización tecnológica y la innovación, entre otras cosas centrándose en los sectores con gran valor añadido y un uso intensivo de la mano de obra Promover políticas orientadas al desarrollo que apoyen las actividades productivas, la creación de puestos de trabajo decentes, el emprendimiento, la creatividad y la innovación, y fomentar la formalización y el crecimiento de las microempresas y las pequeñas y medianas empresas, incluso mediante el acceso a servicios financieros Promover políticas orientadas al desarrollo que apoyen las actividades productivas, la creación de puestos de trabajo decentes, el emprendimiento, la creatividad y la innovación, y fomentar la formalización y el crecimiento de las microempresas y las pequeñas y medianas empresas, incluso mediante el acceso a servicios financieros Promover políticas orientadas al desarrollo que apoyen las actividades productivas, la creación de puestos de trabajo decentes, el emprendimiento, la creatividad y la innovación, y fomentar la formalización y el crecimiento de las microempresas y las pequeñas y medianas empresas, incluso mediante el acceso a servicios financieros REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-199 • 2024 • MAYO • 24 199 Lograr niveles más elevados de productividad económica mediante la diversificación, la modernización tecnológica y la innovación, entre otras cosas centrándose en los sectores con gran valor añadido y un uso intensivo de la mano de obra Lograr niveles más elevados de productividad económica mediante la diversificación, la modernización tecnológica y la innovación, entre otras cosas centrándose en los sectores con gran valor añadido y un uso intensivo de la mano de obra Aumentar significativamente el acceso a la tecnología de la información y las comunicaciones y esforzarse por proporcionar acceso universal y asequible a Internet en los países menos adelantados de aquí a 2020 Aumentar significativamente el acceso a la tecnología de la información y las comunicaciones y esforzarse por proporcionar acceso universal y asequible a Internet en los países menos adelantados de aquí a 2021 Aumentar significativamente el acceso a la tecnología de la información y las comunicaciones y esforzarse por proporcionar acceso universal y asequible a Internet en los países menos adelantados de aquí a 2022 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-200 • 2024 • MAYO • 24 200 Aumentar significativamente el acceso a la tecnología de la información y las comunicaciones y esforzarse por proporcionar acceso universal y asequible a Internet en los países menos adelantados de aquí a 2023 N/A Aumentar la investigación científica y mejorar la capacidad tecnológica de los sectores industriales de todos los países, en particular los países en desarrollo, entre otras cosas fomentando la innovación y aumentando considerablemente, de aquí a 2030, el número de personas que trabajan en investigación y desarrollo por millón de habitantes y los gastos de los sectores público y privado en investigación y desarrollo Aumentar la investigación científica y mejorar la capacidad tecnológica de los sectores industriales de todos los países, en particular los países en desarrollo, entre otras cosas fomentando la innovación y aumentando considerablemente, de aquí a 2030, el número de personas que trabajan en investigación y desarrollo por millón de habitantes y los gastos de los sectores público y privado en investigación y desarrollo Aumentar la investigación científica y mejorar la capacidad tecnológica de los sectores industriales de todos los países, en particular los países en desarrollo, entre otras cosas fomentando la innovación y aumentando considerablemente, de aquí a 2030, el número de personas que trabajan en investigación y desarrollo por millón de habitantes y los gastos de los sectores público y privado en investigación y desarrollo N/A N/A REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-201 • 2024 • MAYO • 24 201 N/A N/A N/A 16.6 Crear a todos los niveles instituciones eficaces y transparentes que rindan cuentas N/A REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-202 • 2024 • MAYO • 24 202 Lograr la cobertura sanitaria universal, incluida la protección contra los riesgos financieros, el acceso a servicios de salud esenciales de calidad y el acceso a medicamentos y vacunas inocuos, eficaces, asequibles y de calidad para todos Lograr la cobertura sanitaria universal, incluida la protección contra los riesgos financieros, el acceso a servicios de salud esenciales de calidad y el acceso a medicamentos y vacunas inocuos, eficaces, asequibles y de calidad para todos Lograr la cobertura sanitaria universal, incluida la protección contra los riesgos financieros, el acceso a servicios de salud esenciales de calidad y el acceso a medicamentos y vacunas inocuos, eficaces, asequibles y de calidad para todos Lograr la cobertura sanitaria universal, incluida la protección contra los riesgos financieros, el acceso a servicios de salud esenciales de calidad y el acceso a medicamentos y vacunas inocuos, eficaces, asequibles y de calidad para todos REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-203 • 2024 • MAYO • 24 203 Código Meta Línea base Enfoque Tipo de anualización Indicador del PDD PDD Valor Año Poblacional Creciente SI 387 270 2018 Género Suma NO 67 2018 N/A Creciente NO 2 2018 Poblacional / Género Creciente SI 410 0 2018 No aplica Suma SI 107 58 2022 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-204 • 2024 • MAYO • 24 204 Poblacional;
Género Suma NO 0 2018 N/A Suma NO 0 2018 N/A Constante SI 267 7 2018 Poblacional;
Género Suma NO 80 2016 N/A Suma NO 2 2018 Territorial Creciente NO 0 2018 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-205 • 2024 • MAYO • 24 205 Territorial Creciente NO ND Derechos Humanos Creciente NO ND Poblacional Creciente NO 3 2018 Poblacional; diferencial Creciente NO 0 2018 Poblacional Creciente NO 2 2018 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-206 • 2024 • MAYO • 24 206 Poblacional Creciente NO 0 2018 N/A Suma NO 9 2018 poblacional Constante SI 40 2018 poblacional Constante NO 12 2018 N/A Creciente NO 0,20 2018 Creciente SI 0,00 2017 Creciente SI 0,00 2017 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-207 • 2024 • MAYO • 24 207 Creciente SI 0,00 2017 Constante NO 1,00 2017 Creciente NO 1,00 2018 Programa 54 Transformación digital Creciente SI 0 2023 y gestión TIC para un territorio inteligente N/A Creciente NO 0 2019 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-208 • 2024 • MAYO • 24 208 Género Suma NO 8 2023 Género Suma NO 1 2023 Género Suma NO 1 2022 Género Constante NO 95 2023 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-209 • 2024 • MAYO • 24 209 Tiempos de ejecución Fecha de inicio Fecha de finalización Meta 2019 Meta 2020 Meta 2021 Meta 2022 2019 2038 270 270 286 315 2019 2038 69 71 73 75 2019 2038 3 3 4 5 2019 2020 70% 100% 2023 2038 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-210 • 2024 • MAYO • 24 210 2019 2023 413 73 368 309 2019 2023 55 10 49 41 2019 2038 7 7 7 7 2019 2023 88 40 106 116 2019 2038 2 2 2 2 2019 2019 1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-211 • 2024 • MAYO • 24 211 2023 2028 2028 2038 2019 2023 4 5 0 0 2019 2023 400 660 860 1.060 2019 2023 6 8 10 11 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-212 • 2024 • MAYO • 24 212 2019 2038 75 150 225 300 2019 2023 5 5 5 5 2019 2023 40 40 40 40 2019 2023 1 1 1 1 2019 2023 20% 25% 30% 35% 2019 2028 1% 6% 17% 27% 2019 2028 1% 6% 17% 27% REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-213 • 2024 • MAYO • 24 213 2019 2028 1% 6% 17% 27% 2020 2020 1 2019 2038 1 1 2023 2023 2019 2024 10 30 50 70 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-214 • 2024 • MAYO • 24 214 2024 2038 2024 2038 2025 2038 2024 2038 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-215 • 2024 • MAYO • 24 215 Meta 2023 Meta 2024 Meta 2025 Meta 2026 Meta 2027 376 376 376 376 376 77 79 100 110 120 5 5 5 5 5 100 100 100 100 100 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-216 • 2024 • MAYO • 24 216 146 19 7 7 7 7 7 126 2 2 2 2 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-217 • 2024 • MAYO • 24 217 15% 0 1.260 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-218 • 2024 • MAYO • 24 218 375 450 525 600 675 5 40 1 40% 45% 50% 55% 60% 37% 61% 71% 81% 91% 37% 61% 71% 81% 91% REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-219 • 2024 • MAYO • 24 219 37% 61% 71% 81% 91% 2 2 3 3 4 1 90 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-220 • 2024 • MAYO • 24 220 8 8 8 8 1 1 1 1 0 1 1 1 95 95 95 95 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-221 • 2024 • MAYO • 24 221 Metas anuales de producto Meta 2028 Meta 2029 Meta 2030 Meta 2031 Meta 2032 376 376 376 376 376 130 140 150 165 180 5 5 5 5 5 100 100 100 100 100 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-222 • 2024 • MAYO • 24 222 7 7 7 7 7 2 2 2 2 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-223 • 2024 • MAYO • 24 223 30% 50% 50% 90% 100% 1854 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-224 • 2024 • MAYO • 24 224 750 825 900 975 1050 65% 70% 75% 80% 85% 100% 100% REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-225 • 2024 • MAYO • 24 225 100% 4 5 5 6 6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-226 • 2024 • MAYO • 24 226 10 10 10 10 12 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 95 95 95 95 95 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-227 • 2024 • MAYO • 24 227 Meta 2033 Meta 2034 Meta 2035 Meta 2036 Meta 2037 376 376 376 376 376 200 220 240 260 290 5 5 5 5 5 100 100 100 100 100 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-228 • 2024 • MAYO • 24 228 7 7 7 7 7 2 2 2 2 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-229 • 2024 • MAYO • 24 229 2337 2957 3413 3692 4024 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-230 • 2024 • MAYO • 24 230 1125 1200 1275 1350 1425 90% 95% 100% 100% 100% REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-231 • 2024 • MAYO • 24 231 7 7 8 8 9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-232 • 2024 • MAYO • 24 232 12 12 12 14 14 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 95 95 95 95 95 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-233 • 2024 • MAYO • 24 233 2019 Meta de producto Final Código Proyecto Meta 2038 Costo Estimado Recurso disponible.
Fuente de financiación de Inversión 376 376 $ 18.700,0 $ 18.700 Inversión 1057, 1005, 1072 320 3069 $ 145 $ 145 Inversión 1057, 1040 5 5 $ 3.436 $ 3.436 Inversión 1040 100% $ 200 $ 200 Inversión 1074 100 1600 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-234 • 2024 • MAYO • 24 234 1309 $8.485 $8.485 Inversión 1019 174 $1.000 $1.000 Inversión 1019 7 7 $1.500 $1.500 Inversión 1019 476 $2.186 $2.186 Inversión 1022 2 40 $500 $500 Inversión 1022 1 $30 $30 Funcionamiento N/A REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-235 • 2024 • MAYO • 24 235 100% 4607 5502 5 $ 1.036 $ 1.036 1111 Inversión + Cooperación + Sector Privado 1260 1.036 $ 1.036 $ 1111 Inversión + Cooperación + Sector Privado 12 1.036 $ 1.036 $ 1111 Inversión + Cooperación + Sector Privado REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-236 • 2024 • MAYO • 24 236 1500 1500 1.036 $ 1.036 $ 1111 Inversión + Cooperación + Sector Privado 30 $ 152 $ 152 Inversión 1060 200 $ 400 $ 0 Inversión+ Funcionamiento 1190 60 $ 500 $ 0 Inversión+ Funcionamiento 1190 100% 100% $ 2.565 $ 0 Inversión 1190 100% $ 0 $ 0 100% $ 0 $ 0 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-237 • 2024 • MAYO • 24 237 100% $ 0 $ 0 1,0 9 1 90 $ 400 $ 400 Inversión 984 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-238 • 2024 • MAYO • 24 238 14 162 1 15 1 14 95 95 $13.701 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-239 • 2024 • MAYO • 24 239 2020 2021 Costo Estimado Recurso disponible.
Fuente de financiación Código Proyecto de Costo Estimado Recurso disponible.
Fuente de financiación $19.700 $0 Inversión 1057, 1005, 1072 $20.700 $ 0 Inversión $158 $0 Inversión 1057, 1040 $167 $0 Inversión $3.539 $0 Inversión 1040 $3.716 $0 Inversión $ 210 $ 210 Inversión 1074 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-240 • 2024 • MAYO • 24 240 $1.478 $0 Inversión 1019 $7.551 $0 Inversión $174 $0 Inversión 1019 $890 $0 Inversión $1.500 $0 Inversión 1019 $1.500 $0 Inversión Inversión Inversión + Cooperación $828 $0 + Cooperación 1022 $2.194 $0 + Sector Privado + Sector Privado Inversión Inversión + Cooperación $700 $0 + Cooperación 1022 $945 $0 + Sector Privado + Sector Privado REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-241 • 2024 • MAYO • 24 241 1111 $1.407 $1.407 Inversión + Cooperación + Sector Privado 1.407 $ 1.407 $ 1111 1.823 $ 1.823 $ Inversión + Cooperación + Sector Privado Inversión + Cooperación + Sector Privado 1.407 $ 1.407 $ 1111 1.823 $ 1.823 $ Inversión + Cooperación + Sector Privado Inversión + Cooperación + Sector Privado REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-242 • 2024 • MAYO • 24 242 1.407 $ 1.407 $ 1111 1.823 $ 1.823 $ Inversión + Cooperación + Sector Privado Inversión + Cooperación + Sector Privado $ 97 $ 0 Inversión 1060 $ 703 $ 0 Inversión Inversión+ Funcionamie $ 800 $ 0 Inversión+ Funcionamiento 1190 $ 1.000 $ 0 nto Inversión+ Funcionamie $ 800 $ 0 Inversión+ Funcionamiento 1190 $ 1.000 $ 0 nto $ 3.207 $ 0 Inversión 1190 $ 3.848 $ 0 Inversión $ 0 $ 0 $ 1.190 $ 0 Inversión $ 0 $ 0 $ 1.190 $ 0 Inversión REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-243 • 2024 • MAYO • 24 243 $ 0 $ 0 $ 775 $ 0 Inversión $ 166 $ 0 Inversión 1111 $ 170 $ 0 Inversión $ 0 $ 0 inversión $ 450 $ 0 Inversión 984 $ 500 $ 0 Inversión REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-244 • 2024 • MAYO • 24 244 $4.680 $13.080 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-245 • 2024 • MAYO • 24 245 2022 2023 Código Proyecto de Costo Estimado Recurso disponible.
Fuente de financiación Código Proyecto de Costo Estimado Recurso disponible.
$ 21.700 $ 0 Inversión $ 22.700 0 $178 $0 Inversión $189 $0 $3.827 $0 Inversión $3.827 $0 $ 340 $ 340 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-246 • 2024 • MAYO • 24 246 $6.350 $0 Inversión $22 $0 $748 $0 Inversión $353 $0 $1.500 $0 Inversión $1.500 $0 Inversión + Cooperación $2.401 $0 $2.608 $0 + Sector Privado Inversión + Cooperación $978 $0 $1.012 $0 + Sector Privado REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-247 • 2024 • MAYO • 24 247 $7.397 $0 7872 1.911 $ 1.911 $ 7872 2.007 $ 2.007 $ Inversión + Cooperación + Sector Privado 7872 1.911 $ 1.911 $ 7872 2.007 $ 2.007 $ Inversión + Cooperación + Sector Privado REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-248 • 2024 • MAYO • 24 248 7872 1.911 $ 1.911 $ 7872 2.007 $ 2.007 $ Inversión + Cooperación + Sector Privado $ 703 $ 0 Inversión $ 703 $ 0 $ 1.200 $ 0 Inversión+ Funcionamie $ 1.500 $ 0 nto $ 1.200 $ 0 Inversión+ Funcionamie $ 1.500 $ 0 nto $ 440 $ 0 Inversión $ 5.131 $ 0 $ 1.568 $ 0 Inversión $ 1.569 $ 0 $ 1.568 $ 0 Inversión $ 1.569 $ 0 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-249 • 2024 • MAYO • 24 249 $ 1.022 $ 0 Inversión $ 1.022 $ 0 $ 120 $ 0 inversión $ 0 $ 0 $ 141 $ 141 $ 550 $ 0 Inversión $ 600 $ 0 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-250 • 2024 • MAYO • 24 250 $ 936,00 936 $11.977 $12.892 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-251 • 2024 • MAYO • 24 251 2024 Fuente de financiación Código Proyecto de Costo Estimado Recurso disponible.
Fuente de financiación Código Proyecto de Costo Estimado Inversión $23.381 $ 0 Inversión $ 24.082 Inversión $571 $0 Inversión $571 Inversión Inversión $ 340 Inversión $ 340 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-252 • 2024 • MAYO • 24 252 Inversión Inversión Inversión $1.500 $0 Inversión $1.500 Inversión + Cooperación + Sector Privado Inversión Inversión + Cooperación $700 $0 + Cooperación $945 + Sector Privado + Sector Privado REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-253 • 2024 • MAYO • 24 253 Proyecto de inversión $40.720 $0 Proyecto de inversión $13.330 7872 Inversión + Cooperación + Sector Privado 7872 Inversión + Cooperación + Sector Privado REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-254 • 2024 • MAYO • 24 254 7872 $ 59 59 7872 $ 59 Inversión + Cooperación + Sector Privado Inversión + Cooperación + Sector Privado Inversión Inversión+ Funcionamient o Inversión+ Funcionamient o Inversión $ 5.773 $ 0 Inversión $ 6.414 Inversión $ 1.629 $ 0 Inversión $ 739 Inversión $ 1.629 $ 0 Inversión $ 739 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-255 • 2024 • MAYO • 24 255 Inversión $ 1.062 $ 0 Inversión $ 482 inversión $ 120 $ 0 inversión $ 0 7872 Inversión REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-256 • 2024 • MAYO • 24 256 $ 1.732 NA Inversión $1.823 $ 30 NA Inversión $32 $288 Inversión $ 964 NA Inversión $993 $42.920 $15.775 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-257 • 2024 • MAYO • 24 257 2025 2026 Código Proyecto Recurso disponible.
Fuente de financiación de Inversión Costo Estimado Recurso disponible Fuente de financiación Código Proyecto de $ 0 Inversión $ 24.804 0 $ 25.594 $0 Inversión 7749 $571 $0 Inversión Inversión $ 340 Inversión REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-258 • 2024 • MAYO • 24 258 $0 Inversión $1.500 $0 Inversión Inversión Inversión + Cooperación + Cooperación $0 $978 $0 + Sector Privado + Sector Privado REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-259 • 2024 • MAYO • 24 259 $0 Proyecto de inversión $16.700 $0 Proyecto de inversión REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-260 • 2024 • MAYO • 24 260 59 $ 59 59 $ 0 Inversión $ 7.056 $ 0 Inversión $ 0 Inversión $ 244 $ 0 Inversión $ 0 Inversión $ 244 $ 0 Inversión REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-261 • 2024 • MAYO • 24 261 $ 0 Inversión $ 159 $ 0 Inversión $ 0 $ 120 $ 0 inversión REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-262 • 2024 • MAYO • 24 262 0 Inversión $1.918 0 Inversión 0 Inversión $35 0 inversión 0 Inversión $303 0 Inversión 0 Inversión $1.023 0 Inversión $19.178 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-263 • 2024 • MAYO • 24 263 2027 2028 Costo Estimado Recurso disponible Fuente de financiación Código Proyecto de Costo Estimado Recurso disponible Fuente de financiación 25594 $ 0 Inversión $ 26.315 $ 0 Inversión $571 $0 Inversión $571 $0 Inversión $ 340 Inversión $ 340 Inversión REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-264 • 2024 • MAYO • 24 264 $1.500 $0 Inversión $1.500 $0 Inversión Inversión Inversión + Cooperación + Cooperación $1.012 $0 $700 $0 + Sector Privado + Sector Privado REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-265 • 2024 • MAYO • 24 265 $10.510 $0 Proyecto de inversión $180.000 $0 Proyecto de inversión $1.993 $0 Proyecto de Inversión REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-266 • 2024 • MAYO • 24 266 $ 59 59 $ 59 59 $ 7.697 $ 0 Inversión $ 8.339 $ 0 Inversión $ 52 $ 0 Inversión $ 5.167 $ 0 Inversión $ 52 $ 0 Inversión $ 5.167 $ 0 Inversión REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-267 • 2024 • MAYO • 24 267 $ 34 $ 0 Inversión $ 3.368 $ 0 Inversión $ 0 $ 0 $ 120 $ 0 inversión REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-268 • 2024 • MAYO • 24 268 $2.019 0 Inversión $2.125 0 Inversión $37 0 inversión $40 0 inversión $319 0 Inversión $336 0 Inversión $1.053 0 Inversión $1.085 0 inversión $13.022 $184.193 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-269 • 2024 • MAYO • 24 269 Costos estimados y Recursos disponibles 2029 2030 Código Proyecto de Costo Estimado Recurso disponible Fuente de financiación Código Proyecto de Costo Estimado Recurso disponible $ 27.104 0 Inversión 27918 $ 0 $571 $0 Inversión $571 $0 $ 340 Inversión $ 340 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-270 • 2024 • MAYO • 24 270 $1.500 $0 Inversión $1.500 $0 Inversión + Cooperación $945 $0 $978 $0 + Sector Privado REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-271 • 2024 • MAYO • 24 271 $2.222 $0 Proyecto de Inversión $2.328 $0 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-272 • 2024 • MAYO • 24 272 $ 59 59 $ 59 59 $ 8.980 $ 0 Inversión $ 9.622 $ 0 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-273 • 2024 • MAYO • 24 273 $ 0 $ 0 $ 120 $ 0 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-274 • 2024 • MAYO • 24 274 2236 0 Inversión 2353 0 45 0 inversión 45 0 372 0 Inversión 372 0 1118 0 Inversión 1151 0 $4.667 $4.806 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-275 • 2024 • MAYO • 24 275 2031 Fuente de financiación Código Proyecto de Costo Estimado Recurso disponible Fuente de financiación Código Proyecto de Inversión $ 28.755 $ 0 Inversión Inversión $571 $0 Inversión Inversión $ 340 Inversión REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-276 • 2024 • MAYO • 24 276 Inversión $1.500 $0 Inversión Inversión Inversión + Cooperación + Cooperación $1.012 $0 + Sector Privado + Sector Privado REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-277 • 2024 • MAYO • 24 277 Proyecto de Inversión $2.352 $0 Proyecto de Inversión REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-278 • 2024 • MAYO • 24 278 $ 59 59 Inversión $ 10.263 $ 0 Inversión REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-279 • 2024 • MAYO • 24 279 inversión $ 0 $ 0 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-280 • 2024 • MAYO • 24 280 Inversión 2476 0 Inversión inversión 48 0 inversión Inversión 391 0 Inversión Inversión 1186 0 Inversión $4.864 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-281 • 2024 • MAYO • 24 281 2032 2033 Costo Estimado Recurso disponible Fuente de financiación Código Proyecto de Costo Estimado Recurso disponible $ 29.618 0 Inversión $30.506 $0 $571 $0 Inversión $571 $0 $ 340 Inversión $ 340 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-282 • 2024 • MAYO • 24 282 $1.500 $0 Inversión $1.500 $0 Inversión + Cooperación $700 $0 $945 $0 + Sector Privado REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-283 • 2024 • MAYO • 24 283 $2.355 $0 Proyecto de Inversión $2.355 $0 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-284 • 2024 • MAYO • 24 284 $ 59 59 $ 59 59 $ 10.905 $ 0 Inversión $ 11.546 $ 0 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-285 • 2024 • MAYO • 24 285 $ 120 $ 0 inversión $ 0 $ 0 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-286 • 2024 • MAYO • 24 286 2606 0 Inversión $2.743 0 52 0 inversión $55 0 412 0 Inversión $433 0 1221 0 Inversión $1.258 0 $4.555 $4.800 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-287 • 2024 • MAYO • 24 287 3 2034 Fuente de financiación Código Proyecto de Costo Estimado Recurso disponible Fuente de financiación Código Proyecto de Costo Estimado Inversión $31.422 0 Inversión $32.364 Inversión $571 $0 Inversión $571 Inversión $ 340 Inversión $ 340 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-288 • 2024 • MAYO • 24 288 Inversión $1.500 $0 Inversión $1.500 Inversión Inversión + Cooperación $978 $0 + Cooperación $1.012 + Sector Privado + Sector Privado REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-289 • 2024 • MAYO • 24 289 Proyecto de Inversión $2.592 $0 Proyecto de Inversión $2.592 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-290 • 2024 • MAYO • 24 290 $ 59 59 $ 59 Inversión $ 12.188 $ 0 Inversión $ 12.829 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-291 • 2024 • MAYO • 24 291 $ 120 $ 0 inversión $ 0 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-292 • 2024 • MAYO • 24 292 Inversión $2.886 0 Inversión $3.038 inversión $59 0 inversión $63 Inversión $456 0 Inversión $480 Inversión $1.296 0 Inversión $1.335 $5.070 $5.104 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-293 • 2024 • MAYO • 24 293 2036 2035 Recurso disponible Fuente de financiación Código Proyecto Costo Estimado Recurso disponible Fuente de financiación Código Proyecto de $0 Inversión $33.365 $0 Inversión $0 Inversión $571 $0 Inversión Inversión $ 340 Inversión REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-294 • 2024 • MAYO • 24 294 $0 Inversión $1.500 $0 Inversión Inversión Inversión + Cooperación $0 $700 $0 + Cooperación + Sector Privado + Sector Privado REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-295 • 2024 • MAYO • 24 295 $0 Proyecto de Inversión $2.605 $0 Proyecto de Inversión REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-296 • 2024 • MAYO • 24 296 59 $ 59 59 $ 0 Inversión $ 12.829 $ 0 Inversión REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-297 • 2024 • MAYO • 24 297 $ 0 $ 120 $ 0 inversión REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-298 • 2024 • MAYO • 24 298 0 Inversión $3.197 0 Inversión 0 inversión $68 0 inversión 0 Inversión $505 0 Inversión 0 Inversión $1.375 0 Inversión $4.805 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-299 • 2024 • MAYO • 24 299 2037 2038 Costo Estimado Recurso disponible Fuente de financiación Código Proyecto de Costo Estimado Recurso disponible $34.335 $0 Inversión $35.365 $0 $571 $0 Inversión $571 $0 $ 340 Inversión $ 340 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-300 • 2024 • MAYO • 24 300 $1.500 $0 Inversión $1.500 $0 Inversión + Cooperación $945 $0 $978 $0 + Sector Privado REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-301 • 2024 • MAYO • 24 301 $2.610 $0 Proyecto de Inversión $2.610 $0 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-302 • 2024 • MAYO • 24 302 $ 59 59 $ 59 59 $ 12.829 $ 0 Inversión $ 12.829 $ 0 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-303 • 2024 • MAYO • 24 303 $ 0 $ 0 $ 120 $ 0 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-304 • 2024 • MAYO • 24 304 $3.364 0 Inversión $3.541 0 $73 0 inversión $78 0 $532 0 Inversión $559 0 $1.416 0 Inversión $1.458 0 $5.055 $5.088 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-305 • 2024 • MAYO • 24 305 Costo total Sector Fuente de financiación Inversión $538.428 Educación Inversión $9.402 Educación $18.345 Educación $410 Educación Inversión $5.440 Educación REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-306 • 2024 • MAYO • 24 306 $23.886 DesarrolloEconómicoInd ustriayTurismo $3.165 DesarrolloEconómicoInd ustriayTurismo Inversión $30.000 DesarrolloEconómicoInd ustriayTurismo $10.217 DesarrolloEconómicoInd ustriayTurismo Inversión + Cooperación $17.663 DesarrolloEconómicoInd ustriayTurismo + Sector Privado $30 Planeación REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-307 • 2024 • MAYO • 24 307 $268.657 DesarrolloEconómicoInd ustriayTurismo Proyecto de Inversión $26.614 DesarrolloEconómicoInd ustriayTurismo $2.443 Gestión Pública $8.184 Gestión Pública $8.184 Gestión Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-308 • 2024 • MAYO • 24 308 $9.069 Gestión Pública $2.358 Órganos de control $4.900 Salud $5.000 Salud Inversión $165.304 Salud $12.158 Gestión Pública $12.158 Gestión Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-309 • 2024 • MAYO • 24 309 $7.924 Gestión Pública $336 Gestión Pública inversión $1.080 Órganos de control $141 N/A $2.500 Planeación REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-310 • 2024 • MAYO • 24 310 Inversión $38.057 Salud inversión $760 Salud Inversión $5.758 Salud Inversión $18.868 Salud $1.257.439 $380.232 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-311 • 2024 • MAYO • 24 311 Entidad Dirección/Subdirección/Gr upo/Unidad Secretaría de Educación del Distrito - SED Subsecretaría de Calidad y Pertinencia Secretaría de Educación del Distrito - SED Subsecretaría de Calidad y Pertinencia Secretaría de Educación del Distrito - SED Subsecretaría de Calidad y Pertinencia Secretaría de Educación del Distrito - SED Subsecretaria de Integración Interinstitucional Secretaría de Educación del Distrito - SED Dirección de Formación Docente REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-312 • 2024 • MAYO • 24 312 Dirección de competitividad Secretaría Distrital de Desarrollo Económico Bogotá Región Subdirección de Ciencia, Tecnología e Innovación Dirección de Competitividad/Subdirección de Secretaría Distrital de Desarrollo Económico CTI Secretaría Distrital de Desarrollo Económico Dirección de Competitividad/Subdirección de CTI Dirección de Desarrollo Secretaría Distrital de Desarrollo Económico Empresarial y Empleo/Subdirección de Emprendimiento y Negocios Dirección de Desarrollo Secretaría Distrital de Desarrollo Económico Empresarial y Empleo/Subdirección de Emprendimiento y Negocios Secretaría Distrital de Planeación Dirección de Economía Urbana REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-313 • 2024 • MAYO • 24 313 Secretaría Distrital de Desarrollo Económico Dirección de Competitividad Bogotá Región / Subdirección de Innovación y Productividad Secretaría Distrital de Desarrollo Económico Dirección de Competitividad Bogotá Región / Subdirección de Innovación y Productividad Secretaría General Oficina Alta Consejería Distrital TIC Secretaría General Oficina Alta Consejería Distrital TIC Secretaría General Oficina Alta Consejería Distrital TIC REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-314 • 2024 • MAYO • 24 314 Secretaría General Oficina Alta Consejería Distrital TIC Veeduría Laboratorio de Innovación para la Gestión Pública Distrital Secretaría Distrital de Salud de Bogotá Dirección de Planeación Sectorial Secretaría Distrital de Salud de Bogotá Dirección de Planeación Sectorial Secretaría Distrital de Salud de Bogotá Dirección de Planeación Sectorial Secretaría General Alta Consejería Distrital de TIC Secretaría General Alta Consejería Distrital de TIC REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-315 • 2024 • MAYO • 24 315 Secretaría General Alta Consejería Distrital de TIC Secretaría General Alta Consejería Distrital de TIC Veeduría Laboratorio de Innovación para la Gestión Pública Distrital Secretaría General Alta Consejería Distrital de TIC Secretaría Distrital de Planeación Subsecretaría de Información REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-316 • 2024 • MAYO • 24 316 Secretaría Distrital de Salud de Bogotá CDEIS SDS Secretaría Distrital de Salud de Bogotá CDEIS SDS Secretaría Distrital de Salud de Bogotá CDEIS SDS Secretaría Distrital de Salud de Bogotá CDEIS SDS REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-317 • 2024 • MAYO • 24 317 Responsable de la ejecución Persona de contacto Teléfono Carlos Alberto Reverón Peña 3241000 Ext. 2000 Carlos Alberto Reverón Peña 3241000 Ext. 2000 Germán Andrés Urrego Sandoval 3241000 ext. 2109 Patricia Niño Rodríguez 3241000 Ext. 2000 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-318 • 2024 • MAYO • 24 318 Nicolás Carrizosa - Subdirector de CTeI 693777 Ext: 164 y Ext: 19 Nicolás Carrizosa - Subdirector de CTeI 693777 Ext: 164 y Ext: 19 Nicolás Carrizosa - Subdirector de CTeI 693777 Ext: 164 y Ext: 19 Angelica Segura 3693777 Ext: 176, 502 Angelica Segura 3693777 Ext: 176, 502 Santiago Higuera 3358000 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-319 • 2024 • MAYO • 24 319 Diego Fernando Pardo 36937777 Diego Fernando Pardo 36937777 Sergio Martínez Sergio Martínez Sergio Martínez REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-320 • 2024 • MAYO • 24 320 Sergio Martínez Juan Felipe Yepes González, Líder del Laboratorio de Innovación para la Gestión Pública Distrital 3407666 ext. 242 o 301 Juan Carlos Rodríguez Arana, Veedor Delegado para la Atención de Quejas y Reclamos, Gerente del Proyecto de Inversión 1060 Adriana Posada 3649090 Adriana Posada 3649090 Adriana Posada 3649091 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-321 • 2024 • MAYO • 24 321 Juan Felipe Yepes González, Líder del Laboratorio de Innovación para la Gestión Pública Distrital 3407666 ext. 242 o 301 Juan Carlos Rodríguez Arana, Veedor Delegado para la Atención de Quejas y Reclamos, Gerente del Proyecto de Inversión 1060 Alto Consejero Distrital de TIC / Luisa Ortega 3000 ext. 3050 / 300-287 Antonio José Avendaño - Subsecretario de Información y Estudios Estratégicos 3358000 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-322 • 2024 • MAYO • 24 322 Salomé Valencia Aguirre 3649090 Salomé Valencia 3649090 Salomé Valencia 3649090 Salomé Valencia 3649090 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-323 • 2024 • MAYO • 24 323 Correo electrónico Sector creveron@educacionbogota.gov.co creveron@educacionbogota.gov.co gurregos@educacionbogota.gov.co jninor@educacionbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-324 • 2024 • MAYO • 24 324 ncarrizosa@desarrolloeconomico.gov.co ncarrizosa@desarrolloeconomico.gov.co ncarrizosa@desarrolloeconomico.gov.co asegura@desarrolloeconomico.gov.co asegura@desarrolloeconomico.gov.co dhiguera@sdp.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-325 • 2024 • MAYO • 24 325 dpardo@sdde.gov.co dpardo@sdde.gov.co smartinezm@alcaldiabogota.gov.co smartinezm@alcaldiabogota.gov.co smartinezm@alcaldiabogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-326 • 2024 • MAYO • 24 326 smartinezm@alcaldiabogota.gov.co jyepes@veeduriadistrital.gov.co jrodriguez@veeduriadistrital.gov.co aposada@saludcapital.gov.co asgarcia@saludcapital.gov.co aposada@saludcapital.gov.co asgarcia@saludcapital.gov.co aposada@saludcapital.gov.co asgarcia@saludcapital.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-327 • 2024 • MAYO • 24 327 jyepes@veeduriadistrital.gov.co jrodriguez@veeduriadistrital.gov.co altaconsejeriadetic@alcaldiabogota.gov.co /lfortega@alcaldiabogota.gov.co Todos aavendano@sdp.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-328 • 2024 • MAYO • 24 328 s1valencia@saludcapital.gov.co, asgarcia@saludcapital.gov.co s1valencia@saludcapital.gov.co s1valencia@saludcapital.gov.co s1valencia@saludcapital.gov.co, REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-329 • 2024 • MAYO • 24 329 Corresponsables de la ejecución Persona de Entidad Dirección/Sub dirección/Grup contacto Teléfono REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-330 • 2024 • MAYO • 24 330 Oficinas de TI de las entidades distritales / ETB REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-331 • 2024 • MAYO • 24 331 Correo electrónico Observaciones REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-332 • 2024 • MAYO • 24 332 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL – UAECD RESOLUCIÓN Nº 0359 (21 de mayo de 2024)
Por medio de la cual se modifica la Resolución 0158 de 2024 “Por medio de la cual se establece la sede y se efectúan unas delegaciones para la prestación de los servicios de gestión catastral multipropósito en las entidades territoriales en donde la UAECD ejerce como gestor catastral”
LA DIRECTORA DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL – UAECD –, en uso de sus facultades legales, y en especial las que le confiere el Acuerdo N.º 004 de 2021 del Consejo Directivo de la UAECD, la Ley 1450 de 2011, la Ley 1955 de 2019 modificada por la Ley 2294 de 2023 y la Resolución N.º 1040 del 2023 del Instituto Geográfico Agustín Codazzi -IGAC-, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo 209 de la Constitución Política, la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.
Que el artículo 211 de la Constitución Política señala que la ley fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedandelegar sus funciones ensus subalternos o enotras autoridades administrativas.
Que los artículos 9 a 12 de la Ley 489 de 1998, establecen el régimen básico que regula la delegación administrativa, en desarrollo de los principios de la función administrativa previstos en el artículo 209 de la Constitución Política.
Que el artículo 9 de la Ley 489 de 1998 dispone que las autoridades administrativas, en virtud de la Constitución Política y de conformidad con la citada ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias.
Que el artículo 9 de la norma ibidem dispone que los representantes legales de organismos y entidades que posean una estructura independiente y autonomía administrativa podrán delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política y en la citada ley.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-333 • 2024 • MAYO • 24 333 Continuación de la Resolución n.º Hoja n.º 2 de 8 0359 21 - mayo - 2024 “Por medio de la cual se modifica la Resolución 0158 de 2024 Por medio de la cual se establece la sede y se efectúan unas delegaciones para la prestación de los servicios de gestión catastral multipropósito en las entidades territoriales en donde la UAECD ejerce como gestor catastral”.
Que la Corte Constitucional, en la Sentencia C-727 de junio 21 de 2000, M. P. Vladimiro Naranjo Mesa, ha señalado que, atendiendo lo dispuesto por elartículo 2 dela Ley489 de 1998, "las reglas relativas a los principios propios de la función administrativa, sobre delegación... se aplicarán, en lo pertinente, a las entidades territoriales".
Que el artículo 63 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, adicionado por el artículo 129 del Acuerdo Distrital 761 de 2020, dispone que la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital – UAECD–,tendráasucargoelejerciciode las funciones deautoridad,gestor yoperadorcatastrales a que hace referencia el artículo 79 de la Ley 1955 de 2019 y sus disposiciones reglamentarias y podrá prestar los servicios de gestión y operación catastral en cualquier lugar del territorio nacional. Para este efecto, podrá establecer sedes, gerencias o unidades de negocio en las jurisdicciones de las entidades territoriales con las que contrate la prestación de estos servicios.
Que conforme al artículo 4 del Acuerdo 004 de 2021 expedido por el Consejo Directivo de la Unidad, “Por el cual se determinan las reglas de organización, funcionamiento y estatutos de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, se deroga el Acuerdo N.º 005 de 2020 y se dictan otras disposiciones”, le corresponde como función general a la UAECD establecer sedes, gerencias o unidades de negocio en las jurisdicciones de las entidades territoriales con las que contrate la prestación de estos servicios. Las sedes, gerencias o unidades de negocio que se establezcan podrán disponer de un presupuesto y de la facultad de contratación mediante delegación o desconcentración que efectúe el Director General.
Que el artículo 5 de la norma ibidem establece que, en calidad de gestor catastral, la UAECD tiene como funciones, entre otras: “(…) Prestar el servicio público de gestión catastral multipropósito en las entidades territoriales o esquemas asociativos del orden territorial para los que sea contratado y garantizar la calidad, veracidad e integridad la información catastral, en sus componentes físico, jurídico y económico, cumpliendo con la normativa que regula la prestación del servicio y las demás obligaciones previstas en las normas vigentes.
1. Ejercer las funciones de gestor catastral en cualquier lugar del país, cuando sea contratada para el efecto.
2. Realizar, mantener y actualizar el censo catastral de las entidades territoriales en las que opere como gestor catastral en sus diversos aspectos, en particular fijar el valor de los bienes inmuebles que sirve como base para la determinación de los impuestos sobre dichos bienes. (…)”
Que los numerales 4 y 10 del artículo 16 del Acuerdo 004 de 2021 establecen que el Director(a) General de la UAECD puede desconcentrar y/o delegar funciones en las sedes, gerencias o unidades de negocio en las jurisdicciones de las entidades territoriales con las que la Unidad REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-334 • 2024 • MAYO • 24 334 Continuación de la Resolución n.º Hoja n.º 3 de 8 0359 21 - mayo - 2024 “Por medio de la cual se modifica la Resolución 0158 de 2024 Por medio de la cual se establece la sede y se efectúan unas delegaciones para la prestación de los servicios de gestión catastral multipropósito en las entidades territoriales en donde la UAECD ejerce como gestor catastral”. contrate laprestación delos servicios de gestión yoperación catastrales multipropósito, conforme a lo dispuesto en el citado acuerdo y delegar funciones en los servidores que estime conveniente para el cumplimiento de las funciones a cargo de la Unidad, conforme con las normas legales vigentes.
Quelos artículos 16 y45 delAcuerdo 004de2021establecen que,entreotros aspectos, elDirector General podrá desconcentrar y/o delegar el ejercicio de las funciones de catastro multipropósito a cargo de la UAECD en las sedes, gerencias o unidades de negocio en las jurisdicciones de las entidades territoriales con las que la Unidad contrate la prestación de los servicios de gestión y operación catastral multipropósito y que en virtud de la desconcentración o de la delegación el Director General está facultado para vigilar, coordinar, asignarles personal, presupuesto propio, ordenación del gasto, suscripción de contratos o convenios y delegarles funciones propias de la entidad y de la Dirección General, aplicando criterios de eficiencia en cuanto a la duración de acuerdo con los plazos de ejecución de la operación o gestión catastral.
Que el artículo 79 de la Ley 1955 de 2019 “Por el cual se expide el plan nacional de desarrollo 2018-2022 pacto por Colombia, pacto por la equidad” modificado por el artículo 43 de la Ley 2294 de 2023 “Por el cual se expide el plan nacional de desarrollo 2022- 2026 “Colombia potencia mundial de la vida”, establece que la gestión catastral es un servicio público prestado directamente por el Estado, que comprende un conjunto de operaciones técnicas y administrativas orientadas a la adecuada formación, actualización, conservación y difusión de la información catastral con enfoque multipropósito, para contribuir a la prestación eficiente de servicios ytrámites de información catastral a la ciudadanía y a la administración del territorio en términos de apoyo para la seguridad jurídica del derecho de propiedad inmueble, el fortalecimiento de los fiscos locales y el apoyo a los procesos de planeación y ordenamiento territorial, con perspectiva intercultural.
Que, el artículo 47 de la Ley 2294 de 2023 ordena que le corresponde al Instituto Geográfico Agustín Codazzi -IGAC-, entre otras funciones, expedir las normas técnicas y administrativas relacionadas con estándares, especificaciones y lineamientos, métodos y procedimientos para el desarrollo de la gestión catastral.
Que el artículo 3.8.3 de la Resolución N.º 1040 de 2023, “Por medio de la cual se expide la resolución única de la gestión catastral multipropósito”, expedida por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi -IGAC, establece que los gestores catastrales prestarán el servicio público de gestión catastral en su ámbito de competencia, directamente o con el apoyo de operadores para labores operativas y la obtención de insumos. Así mismo, conforme lo establecido en el artículo 79 de la Ley 1955 de 2019, modificado por el artículo 43 de la Ley 2294 de 2023, los gestores REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-335 • 2024 • MAYO • 24 335 Continuación de la Resolución n.º Hoja n.º 4 de 8 0359 21 - mayo - 2024 “Por medio de la cual se modifica la Resolución 0158 de 2024 Por medio de la cual se establece la sede y se efectúan unas delegaciones para la prestación de los servicios de gestión catastral multipropósito en las entidades territoriales en donde la UAECD ejerce como gestor catastral”. catastrales serán competentes para expedir los actos administrativos necesarios para llevar a cabo las actividades propias de la gestión catastral, los cuales tendrán efectos en el ámbito territorial de su competencia y también en el de las entidades territoriales que los contraten, según corresponda.
Que el artículo 4.1.1. de la citada Resolución 1040 de 2023, establece que los procesos de la gestión catastral con enfoque multipropósito incluyen la formación, actualización, conservación y difusión de la información catastral.
Que estos procesossecombinan para llevar acaboactividades que permiten identificar y describir los predios de un territorio especifico, con el objetivo de construir y mantener una base de datos que refleje con oportunidad, de manera completa, fidedigna y con calidad, la realidad de dichos predios, incluyendo sus cambios físicos, jurídicos y económicos a lo largo del tiempo.
Que de acuerdo con el Anexo N.º 1 de la Resolución N.º 1040 de 2023 los gestores catastrales son las entidades públicas del orden departamental o municipal, así como los esquemas asociativos de entidades territoriales, que hayan sido habilitadas por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) según la reglamentación dispuesta para tal efecto. También lo es el IGAC en su calidad de máxima autoridad catastral, la Agencia Nacional de Tierras y las entidades que eran titulares de catastros descentralizados o cumplen esa función por delegación antes de la promulgación de la Ley 1955 de 2019.
Que con fundamento en lo expuesto, la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital - UAECD, actúa como gestor catastral en el Distrito Turístico y Cultural Cartagena de Indias y en los municipios de Palmira-Valle del Cauca y de Santa Rosa de Cabal, lo anterior, en desarrollo de los respectivos contratos que regulan los términos de la prestación del servicio para cada ente territorial y la UAECD, e igualmente, expidió la Resolución N.º 0158 del 6 de marzo de 2024 por medio de la cual se definió al Subgerente de Gestión Jurídica, la prestación del servicio público de gestión catastral multipropósito y el ejercicio de las funciones judiciales y extrajudiciales requeridos para dar cumplimiento a la gestión catastral a su cargo, Las condiciones de la gestión catastral, para cada uno de los entes territoriales, mencionados, se estableció en los siguientes términos:
I.
Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias.
Que a la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital-UAECD- como gestor catastral del Distrito Turístico y Cultural Cartagena de Indias, en virtud del Contrato Interadministrativo 0059 de 2021 le corresponde: i) Prestar el servicio en forma continua y eficiente, garantizando REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-336 • 2024 • MAYO • 24 336 Continuación de la Resolución n.º Hoja n.º 5 de 8 0359 21 - mayo - 2024 “Por medio de la cual se modifica la Resolución 0158 de 2024 Por medio de la cual se establece la sede y se efectúan unas delegaciones para la prestación de los servicios de gestión catastral multipropósito en las entidades territoriales en donde la UAECD ejerce como gestor catastral”. los recursos físicos, tecnológicos y organizacionales para la prestación optima del servicio público catastral y ii) Realizar la operación para la conservación catastral del DISTRITO DE CARTAGENA (2022-2023), durante el plazo del contrato, de las solicitudes y/o trámites sin finalizar o sin atender, las solicitudes y/o trámites nuevos, así́ como peticiones judiciales y administrativas, en los tiempos definidos por lanormatividad vigente y bajo los acuerdos denivel de servicio definidos entre las partes, entre otros.
II.
Palmira - Valle del Cauca.
Que a la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital-UAECD- como gestor catastral saliente del municipio de Palmira-Valle del Cauca en virtud del Contrato Interadministrativo MP- 385 de 2021 que finalizó el día 30 de abril de 2024, le correspondía: i). Prestar el servicio de gestión catastral del área urbana y rural del municipio, ii) Adelantar el proceso de la gestión catastral con arreglo a los criterios básicos de atención al ciudadano, de calidad del servicio, de protección al usuario, de interoperabilidad tecnológica y de gestión documental necesarios para el inicio de la prestación del servicio público catastral, iii) Expedir los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de las actividades propias de la gestión catastral, los cuales surtirán efectos en el ámbito territorial de competencias del municipio.
III.
Santa Rosa de Cabal - Risaralda.
Que a la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital -UAECD- como gestor catastral del municipio de Santa Rosa de Cabal en virtud del Convenio 0031 del 2021 le corresponde: i) Prestar el servicio de gestión catastral del área urbana y rural del municipio, ii) Adelantar el proceso de la gestión catastral con arreglo a los criterios básicos de atención al ciudadano, de calidad del servicio, de protección al usuario, de interoperabilidad tecnológica y de gestión documental necesarios para el inicio de la prestación del servicio público catastral, iii) Expedir los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de las actividades propias de la gestión catastral, los cuales surtirán efectos en el ámbito territorial de competencias del municipio.
Que de conformidad con los cambios previstos en la Ley N.º 2294 de 2023 y la Resolución N.º 1040 de 2023 del IGAC, y con el fin de unificar la coordinación en la prestación del servicio de gestión catastral y garantizar su efectividad al interior dela-UAECD, sehace necesario modificar las delegaciones anteriormente efectuadas, y establecer la sede para la prestación del servicio público catastral del Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias y los municipios de Palmira-Valle del Cauca y Santa Rosa de Cabal – Risaralda.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-337 • 2024 • MAYO • 24 337 Continuación de la Resolución n.º Hoja n.º 6 de 8 “Por medio de la cual se modifica la Resolución 0158 de 2024 Por medio de la cual se establece 0359 21 - mayo - 2024 la sede y se efectúan unas delegaciones para la prestación de los servicios de gestión catastral multipropósito en las entidades territoriales en donde la UAECD ejerce como gestor catastral”.
Que en virtud de lo dispuesto en el numeral 4 del artículo 30 del Acuerdo 004 de 2021, la Subgerencia de Gestión Jurídica adscrita a la Gerencia de Gestión Jurídica es competente para: “Representar judicial y extrajudicial a la entidad en los procesos y actuaciones que se instauren en su contra o que esta deba promover, mediante poder o delegación”.
Que, la UAECD mediante Resolución número 0069 del 31 de enero de 2024 conformó el Grupo Interno de Trabajo de Catastro Multipropósito Territorial y determinó sus funciones, integrado por un (1) asesor coordinador código 105 grado 04, tres (3) asesores código 105 grado 03, un (1) asesor código 105 grado 2, un (1) asesor código 105 grado 1, y un (1) profesional especializado código 222 grado 06.
Que, el propósito principal del cargo de Asesor Código 105 Grado 03 se encuentra definido en la Resolución 0068 del 31 de enero de 2024, y está orientado a: “Asesorar y asistir al Grupo de Catastro Multipropósito Territorial de la Dirección General de la Unidad, en las diferentes actividades relacionados con los aspectos físicos, jurídicos y económicos de la gestión catastral territorial (…)”, se encuentra procedente la delegación de las funciones como gestor catastral en el Distrito Turístico y Cultural Cartagena de Indias, municipio de Palmira (Valle del Cauca) y el municipio de Santa Rosa de Cabal-Risaralda.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1.
Modificar el artículo 4 de la Resolución 158 de 06 de marzo de 2024, el cual quedará así:
“Delegar en el Asesor Código 105 Grado 03 de la Dirección – Grupo de Catastro Multipropósito Territorial de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, actualmente ocupado por la servidora LUZ ÁNGELA VILLALBA PACHÓN según Resolución de nombramiento n.º 0324 del 10 de mayo de 2024 y acta de posesión n.º 081 del 14 de mayo de 2024, identificada con cédula de ciudadanía 52.737.354, la prestación del servicio público de gestión catastral multipropósito, en las jurisdicciones del Distrito Turístico y Cultural Cartagena de Indias, municipio de Palmira -Valle del Cauca (en calidad de gestor saliente) y del municipio de Santa Rosa de Cabal-Risaralda.
El ejercicio de la delegación comprenderá el cumplimiento de las siguientes funciones:
1. Prestar el servicio público de gestión catastral multipropósito en el Distrito Turístico y Cultural Cartagena de Indias, municipio de Palmira-Valle del Cauca (en calidad de gestor
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-338 • 2024 • MAYO • 24 338 Continuación de la Resolución n.º Hoja n.º 7 de 8 0359 21 - mayo - 2024 “Por medio de la cual se modifica la Resolución 0158 de 2024 Por medio de la cual se establece la sede y se efectúan unas delegaciones para la prestación de los servicios de gestión catastral multipropósito en las entidades territoriales en donde la UAECD ejerce como gestor catastral”. saliente) y del municipio de Santa Rosa de Cabal-Risaralda, garantizando la calidad, veracidad e integridad de la información catastral, en sus componentes físico, jurídico y económico, cumpliendo con la normativa que regula la prestación del servicio y las demás obligaciones previstas en las normas vigentes.
2. Realizar, mantener y actualizar el censo catastral en el Distrito Turístico y Cultural Cartagena de Indias y del Municipio de Santa Rosa de Cabal-Risaralda, en particular fijar el valor de los bienes inmuebles que sirve como base para la determinación de los impuestos sobre dichos bienes.
3. Generar y mantener actualizada la cartografía oficial del Distrito Turístico y Cultural Cartagena de Indias y del Municipio de Santa Rosa de Cabal-Risaralda.
4. Poner a disposición del Distrito Turístico y Cultural Cartagena de Indias, municipio de Palmira-Valle del Cauca (en calidad de gestor saliente) y del municipio de Santa Rosa de Cabal-Risaralda, todos los documentos e instrumentos técnicos que la Unidad elabore para efectos de ejercer la gestión catastral.
5. Adelantar los procesos de conservación y difusión de la información catastral, de acuerdo con los procedimientos del enfoque catastral multipropósito en el Distrito Turístico y Cultural Cartagena de Indias y del municipio de Santa Rosa de Cabal-Risaralda.
6. Expedir los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de las actividades propias de la gestión catastral en el Distrito Turístico y Cultural Cartagena de Indias, municipio de Palmira-Valle del Cauca (en calidad de gestor saliente) y del municipio de Santa Rosa de Cabal-Risaralda.
7. Expedir y realizar cualquier tipo de actos y negocios jurídicos que se relacionen directa o indirectamente con su objeto, o que faciliten su ejecución, así como aquellos que permitan a la Unidad el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones y, en general, que sean útiles para el cumplimiento del objeto y las funciones de la Unidad.
8. Resolver las solicitudes de revisión y los recursos de las actuaciones administrativas que se generen y que tengan relación directa con la gestión catastral que desarrolle la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital en el Distrito Turístico y Cultural Cartagena de Indias, y del municipio de Santa Rosa de Cabal-Risaralda.
9. Dar cumplimiento a las órdenes judiciales y/o autoridades administrativas en los asuntos relacionados con las funciones delegadas en la presente resolución.
10. Cumplir con la normatividad que regula la prestación del servicio, en particular, el marco regulatorio que expida el Gobierno nacional y el IGAC.
Parágrafo 1. El Subgerente de Gestión Jurídica código 090 grado 03 de la planta de
personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, en virtud de las funciones asignadas en el artículo 30 del Acuerdo 004 de 2021, continuará con la representación judicial y extrajudicial de la Entidad en todo el territorio nacional, así como la atención de acciones REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-339 • 2024 • MAYO • 24 339 Continuación de la Resolución n.º Hoja n.º 8 de 8 “Por medio de la cual se modifica la Resolución 0158 de 2024 Por medio de la cual se establece 0359 21 - mayo - 2024 la sede y se efectúan unas delegaciones para la prestación de los servicios de gestión catastral multipropósito en las entidades territoriales en donde la UAECD ejerce como gestor catastral”. constitucionales y en especial las acciones de tutela, para lo cual deberá informar y coordinar con las dependencias competentes de cumplir las órdenes impartidas por los despachos judiciales las cuales deberán dar prioridad en la entrega de la información y/o el cumplimiento de las decisiones judiciales.
Parágrafo 2. El delegado(a) deberá presentar informes a la directora de la Unidad
Administrativa Especial de Catastro Distrital cuando lo requiera, sobre el ejercicio de las funciones delegadas.
Artículo 2.
La directora de la UAECD podrá reasumir en cualquier momento las materias aquí́ delegadas, definitiva o temporalmente.
Artículo 3.
Comunicar el presente acto administrativo a la servidora LUZ ÁNGELA VILLALBA PACHÓN asesora Código 105 Grado 03 de la Dirección -Grupo de Catastro Multipropósito Territorial- y a la Subgerente de Gestión Jurídica 090 – grado 03–de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Artículo 4.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Registro Distrital y en las páginas WEB de los referidos territorios, y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE 21 - mayo - 2024 Dada en Bogotá D.C., a los OLGA LUCÍA LÓPEZ MORALES Directora Proyectó:Luz Angela Villalba Pachón Asesora código 105 grado 03 Revisó: Patricia del Rosario Lozano Triviño Asesora código 105 grado 04 Revisó: Luz Elena Rodríguez Quimbayo Subgerente de Gestión Jurídica Revisó: Gloria Edith Martínez Sierra Gerente Jurídica REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8022 • PP. 1-340 • 2024 • MAYO • 24 340
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