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Registro Distrital 8009 de 2024

Registro Distrital 8009 de 2024 Nivel Distrital

Tipo
Registro Distrital
Número
8009
Año
2024
Fecha
8 de mayo de 2024
Entidad
Nivel Distrital
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

5,5 ALCALDE MAYOR Carlos Fernando Galán Pachón ALCALDESA MAYOR Claudia Nayibe López Hernández REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • No. 8009 - Pp 1 - 22 - 2024 • MAYO •.8 CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Central RESOLUCIÓN DE 2024 RESOLUCIÓN Nº SDH-000132 “Por la cual se termina un nombramiento provisional y se efectúa un nuevo nom bramiento en provisionalidad en una vacante temporal”.................................. 4 Sector Local DECRETOS LOCALES DE 2024 ALCALDÍA LOCAL DE SUMAPAZ DECRETO LOCAL Nº 05 “Por el cual se ajustan las Obligaciones por Pagar constituidas, de Gastos de Funcionamiento e Inversión y Otras Vigencias de la Alcaldía Local de Sumapaz para la vigencia fiscal 2024”............................................................................ 11 DECRETO LOCAL Nº 06 “Por el cual se ajusta la disponibilidad inicial del Presupuesto de Ingresos y Gas tos la Alcaldía Local de Sumapaz, para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2024”.......................................................... 17 ALCALDÍA LOCAL DE KENNEDY DECRETO LOCAL Nº 006 “Por el cual se ajusta el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Kennedy para la vigencia fiscal 2024”............................ 19 AÑO 58 AÑO 58 NÚMERO 8009 8 • MAYO • 2024 ALCALDESA MAYOR Claudia Nayibe López Hernández SECRETARÍA GENERAL ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL.

LA PUBLICACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS EN EL REGISTRO DISTRITAL SE REALIZA DE ACUERDO A LA LEY 1437 DEL 2011 EN SU ARTÍCULO 65 MODIFICADO POR LA LEY 2080 DE 2021 “POR LA CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO”.

CORREO: REGISTRODISTRITAL@ALCALDIABOGOTA.GOV.CO DIRECCIÓN: CALLE 11 SUR #1-60 ESTE - LA MARÍA - BOGOTÁ D.C.

TELÉFONO: 381 3000 EXT. 5010 - 5202 SUBDIRECTORA IMPRENTA DISTRITAL: MARCELA IRENE DE JESÚS GONZÁLEZ BONILLA RESOLUCIÓN DE 2024 SECRETARÍA DE HACIENDA RESOLUCIÓN Nº SDH-000132 (6 de mayo de 2024)

“Por la cual se termina un nombramiento provisional y se efectúa un nuevo nombramiento en provisionalidad en una vacante temporal”

LA SECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA En uso de las facultades legales y en especial las conferidas por el numeral 4 del artículo 1 del Decreto 101 de 2004, artículo 4 del Decreto Distrital 601 de 2014 modificado por el artículo 1 del Decreto Distrital 364 de 2015, así como las disposiciones consagradas en la Ley 909 de 2004 modificada por la Ley 1960 de 2019, Decreto 1083 de 2015 modificado por el Decreto 648 de 2017 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Distrital 601 del 22 de diciembre de 2014, modificado por los Decretos Distritales 364 de 2015, 607 de 2017, 834 de 2018 y adicionado por el Decreto Distrital 839 de 2019, se estableció la nueva estructura de la entidad y mediante el Decreto Distrital 600 del 22 de diciembre de 2014, modificado por los Decretos Distritales 608 de 2017, 835 de 2018, 454 de 2021, 281 de 2023 y 592 de 2023, se estableció la planta de cargos, producto del proceso de modernización llevado a cabo en la Secretaría Distrital de Hacienda.

Que la provisión de los empleos cuya naturaleza son de carrera administrativa se hará conforme a lo establecido en la Ley 909 de 2004, es decir, mediante concurso de méritos proceso que adelanta la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC).

Que la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, expidió el Acuerdo 002 de 2021, mediante el cual se convocó a concurso de méritos, en las modalidades de ascenso y abierto, para proveer los empleos en vacancia definitiva pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda - Proceso de Selección No. 1485 de 2020 - Distrito Capital 4.

Que por necesidades del servicio y mientras es remitida por la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, la lista de elegibles para proveer de manera definitiva los empleos que se encuentran en vacancia definitiva, se realizaron nombramientos provisionales en tales vacantes de la Entidad.

Que mediante Resolución No. SDH-000566 del 20 de diciembre de 2019, se efectuó el nombramiento en provisionalidad a la señora CLARA MILENA GRANADOS GARZÓN, identificada con cédula de ciudadanía No. 39.577.521, en el empleo de Técnico Operativo Código 314 Grado 09, de la Oficina de Operación del Sistema de Gestión Documental, de la Dirección de Gestión Corporativa, de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda.

Que mediante Resolución No. SDH-000079 del 24 de febrero de 2023, se efectuó un traslado a la servidora CLARA MILENA GRANADOS GARZÓN, identificada con cédula de ciudadanía No. 39.577.521, al empleo de Técnico Operativo Código 314 Grado 09, de la Oficina de Cobro Especializado, de la Dirección Distrital de Cobro de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda, como consecuencia de las acciones afirmativas al demostrar su condición de madre cabeza de familia.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8009 • PP. 1-4 • 2024 • MAYO • 8 4 “Por la cual se termina un nombramiento provisional y se efectúa un nuevo nombramiento en provisionalidad en una vacante temporal”

Que mediante Resolución No. DGC-000142 del 03 de abril de 2023, la señora CLARA MILENA GRANADOS GARZÓN, identificada con cédula de ciudadanía No. 39.577.521, fue trasladada al empleo de Oficina de Gestión del Servicio, de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá de la Secretaría Distrital de Hacienda, al seguir ostentando su condición de madre cabeza de familia.

Que agotadas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 10129 del 11 de Noviembre de 2021, “Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer uno (1) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado TÉCNICO OPERATIVO, Código 314, Grado 9, identificado con el Código OPEC No. 150809 en la modalidad abierto del Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - SDH, Procesos de Selección 1462 a 1492 y 1546 de 2020 Convocatoria Distrito Capital 4”.

Que en cumplimiento al criterio unificado del 16 de enero y 22 de septiembre de 2020, expedido por la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC y previa autorización, la Secretaría Distrital de Hacienda, mediante Resolución No. SDH-000097 del 27 de marzo de 2024, nombró entre otros, al señor GIOVANI HERRERA ESPEJO, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.912.086, en el empleo de carrera administrativa denominado Técnico Operativo, Código 314, Grado 09, de la Oficina de Gestión del Servicio de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda, quien ocupó la octava (8) posición de la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC, mediante Resolución No. 10129 del 11 de Noviembre de 2021.

Que el señor GIOVANI HERRERA ESPEJO, mediante oficio radicado bajo el No. 2024ER083926O1 del 12 de abril de 2024, aceptó el nombramiento en periodo de prueba en el empleo Técnico Operativo, Código 314, Grado 09, de la Oficina de Gestión del Servicio de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda, efectuado mediante Resolución No SDH-000097 del 27 de marzo de 2024, y solicitó prórroga para tomar posesión el día 6 de mayo de 2024.

Que mediante oficio radicado bajo el No. 2024EE111370O1 del 15 de abril de 2024, la Subdirección del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Hacienda, dio respuesta al señor GIOVANI HERRERA ESPEJO, autorizando la prórroga para tomar posesión en el empleo el día 6 de mayo de 2024.

Que conforme a lo dispuesto en el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, los nombramientos en provisionalidad en vacancia definitiva tienen duración hasta que su provisión se efectúe con las personas que hayan sido seleccionadas mediante el concurso de mérito.

Que el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015, dispone que: “Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8009 • PP. 1-5 • 2024 • MAYO • 8 5 “Por la cual se termina un nombramiento provisional y se efectúa un nuevo nombramiento en provisionalidad en una vacante temporal”

Que en virtud de la provisión del empleo de Técnico Operativo, Código 314, Grado 09, de la Oficina de Gestión del Servicio de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda, conforme a la autorización de uso de lista de elegibles expedida para el efecto por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC, es procedente ordenar la terminación del nombramiento provisional, a la señora CLARA MILENA GRANADOS GARZÓN, identificada con cédula de ciudadanía No. 39.577.521, en el empleo de Técnico Operativo, Código 314, Grado 09, ubicado en la Oficina de Gestión del Servicio de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá, de la Planta Global Secretaría Distrital de Hacienda, a partir de la posesión del señor GIOVANI HERRERA ESPEJO.

Que la señora CLARA MILENA GRANADOS GARZÓN, mediante correos electrónicos del 3, 6 de noviembre de 2021 y del 4 de agosto de 2022, invocó y acreditó la condición de madre cabeza de familia, reiterando su condición mediante correo electrónico del 24 de abril de 2024, enfatizando que es la única responsable del cuidado y manutención de su hija menor de edad, debido a que su progenitor falleció, y con el fin de soportar lo anterior, adjuntó la siguiente documentación: 1) - Copia del registro civil de nacimiento de la menor, 2) -Copia del registro civil de defunción del progenitor.

Que de conformidad con la Directiva No. 007 de 2023 expedida por Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital – DASCD, señalan puntualmente los lineamientos sobre la provisión de empleos de carrera administrativa con listas de elegibles proferidas par la CNSC y sobre estabilidad laboral reforzada de los servidores provisionales que se encuentren en condición de madre cabeza de familia, indicando:

“3 Estabilidad laboral reforzada con padre o madre cabeza de familia.

El concepto de mujer cabeza de familia se estableció en el artículo 2º de la Ley 82 de 1993 en los siguientes términos:

“Para todos los efectos de la presente ley, entiéndase por “Mujer Cabeza de Familia”, quien, siendo soltera o casada, tenga bajo su cargo, económica y socialmente, en forma permanente, hijos menores propios u otras personas incapaces o incapacitadas para trabajar, ya sea por ausencia permanente o deficiencia sustancial que ayude a los demás miembros del núcleo familiar.

Parágrafo. Esta condición y la cesación de la misma, desde el momento en que ocurra el respectivo
evento, deberá ser declarada por la mujer cabeza de familia de bajos ingresos ante notario, expresando las circunstancias básicas de su caso y sin que por este concepto se causen emolumentos notariales a su cargo”

La Corte Constitucional es enfática en señalar que las acciones afirmativas y el reconocimiento de la condición de madre o padre cabeza de familia se fundan en mandatos constitucionales y jurisprudenciales que trasciende el mandato de lo establecido en la Ley 82 de 1993 y en la Ley 790 de 2022”, y en tal sentido dicha corporación, ha definido que la condición de padre o madre cabeza de familia se acredita “cuando la persona (i) tiene la responsabilidad permanente de hijos menores o personas incapacitadas para trabajar, (ii) no cuenta con ayuda de otros miembros de la familia y REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8009 • PP. 1-6 • 2024 • MAYO • 8 6 “Por la cual se termina un nombramiento provisional y se efectúa un nuevo nombramiento en provisionalidad en una vacante temporal”

(iii) su pareja murió, esta ausente de manera permanente o abandonó el hogar y se demuestra que esta se sustrae del cumplimiento de sus obligaciones, o cuando su pareja se encuentre presente pero no asuma la responsabilidad que le corresponde por motivos como la incapacidad física, sensorial, siquica o mental.”

Que el numeral 1° del artículo 2.2.12.1.1.1 del Decreto 1083 de 2015, define Madre o padre cabeza de familia sin alternativa económica, como: “Entiéndase por madre o padre cabeza de familia, quien siendo soltera(o) o casada(o), tenga bajo su cargo, económica o socialmente, en forma permanente, hijos menores propios u otras personas incapaces o incapacitadas para trabajar, ya sea por ausencia permanente o incapacidad física, sensorial, síquica o moral del cónyuge o compañera(o) permanente o deficiencia sustancial de los demás miembros del núcleo familiar”.

Que la Corte Constitucional en Sentencia T-084 de 2018, ha analizado y definido los elementos que configuran la condición de Madre o Padre Cabeza de Familia como: “(…)La condición de madre cabeza de familia requiere la confluencia de los siguientes elementos, a saber: (i) que la mujer tenga a su cargo la responsabilidad de hijos menores de edad o de otras personas “incapacitadas” para trabajar; (ii) que la responsabilidad exclusiva de la mujer en la jefatura del hogar sea de carácter permanente; (iii) que exista una auténtica sustracción de los deberes legales de manutención por parte de la pareja o del padre de los menores de edad a cargo; y (iv) que exista una deficiencia sustancial de ayuda de los demás miembros de la familia(…)

Que la Subdirección del Talento Humano, con el fin de constatar la dependencia económica de la menor, consultó las bases de datos ADRES, en las que se registra que la menor se encuentra afiliada al sistema general de salud en calidad de beneficiaria de la señora CLARA MILENA GRANADOS GARZÓN.

Que conforme a lo expuesto, la servidora acreditó en debida forma su condición de madre cabeza de familia a la luz de los requisitos que la Corte Constitucional ha plasmado en sus fallos de tutela y que fueron compilados en la Sentencia T-084 de 2018, además de lo previsto en la Directiva No. No. 007 de 2023, proferida por el DASCD y la Alcaldía Mayor de Bogotá.

Que el parágrafo 2 y 3 del artículo 2.2.5.3.2 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1º del Decreto 498 de 2020, señala: “PARÁGRAFO 2º. Cuando la lista de elegibles elaborada como resultado de un proceso de selección esté conformada por un número menor de aspirantes al de empleos ofertados a proveer, la administración, antes de efectuar los respectivos nombramientos en período de prueba y retirar del servicio a los provisionales, deberá tener en cuenta el siguiente orden de protección generado por:

1. Enfermedad catastrófica o algún tipo de discapacidad.
2. Acreditar la condición de padre o madre cabeza de familia en los términos señalados en las normas vigentes y la jurisprudencia sobre la materia.
3. Ostentar la condición de prepensionados en los términos señalados en las normas vigentes y la jurisprudencia sobre la materia.
4. Tener la condición de empleado amparado con fuero sindical.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8009 • PP. 1-7 • 2024 • MAYO • 8 7 “Por la cual se termina un nombramiento provisional y se efectúa un nuevo nombramiento en provisionalidad en una vacante temporal”

Parágrafo 3º. Cuando la lista de elegibles esté conformada por un número igual o superior al
número de empleos a proveer, la administración deberá adelantar acciones afirmativas para que en lo posible los servidores que se encuentren en las condiciones señaladas en el parágrafo anterior sean reubicados en otros empleos de carrera o temporales que se encuentren vacantes, y para los cuales cumplan requisitos, en la respectiva entidad o en entidades que integran el sector administrativo (...)” (Negrillas y Subrayas fuera de texto)

Que sobre la naturaleza de las acciones afirmativas, la Sentencia C-371 de 2000, explicó lo siguiente: “con esta expresión se designan políticas o medidas dirigidas a favorecer a determinadas personas o grupos, ya sea con el fin de eliminar o reducir las desigualdades de tipo social, cultural o económico que los afectan, bien de lograr que los miembros de un grupo subrepresentado, usualmente un grupo que ha sido discriminado, tengan una mayor representación”

Que frente a las personas de especial protección, la Corte Constitucional en sentencia SU-446 de 2011, la Corte Constitucional ha afirmado “(...) que cuando con fundamento en el principio del mérito (art. 125 C.P.) surja en cabeza del nominador la obligación de nombrar de la lista de elegibles a quien superó las etapas del concurso, en un cargo de carrera ocupado en provisionalidad por un sujeto de especial protección como los padres o madres cabeza de familia, limitados físicos, psíquicos o sensoriales y prepensionados, en aplicación de medidas afirmativas dispuestas en la Constitución Política (art. 13 numeral 3º), y en la materialización del principio de solidaridad social (art. 95 ibídem), se debe proceder con especial cuidado previendo dispositivos tendientes a no lesionar sus derechos.(…)”.

Que la Corte Constitucional en Sentencia T-186 de 2013, ha reconocido que cuando un empleado ocupa en provisionalidad un cargo de carrera y es, además, sujeto de especial protección constitucional, “(…) concurre una relación de dependencia intrínseca entre la permanencia en el empleo público y la garantía de sus derechos fundamentales, particularmente el mínimo vital y la igualdad de oportunidades. De allí que se sostenga por la jurisprudencia que la eficacia de esos derechos depende del reconocimiento de estabilidad laboral en aquellos casos, a través de un ejercicio de ponderación entre tales derechos y los principios que informan la carrera administrativa (…)”.

Que atendiendo las normas y la jurisprudencia antes señalada, es necesario adelantar acciones afirmativas con aquellos servidores que gozan de especial protección, como es el caso de la señora CLARA MILENA GRANADOS GARZÓN, quien demostró ser madre cabeza de familia en los términos señalados en las normas vigentes y la jurisprudencia sobre la materia.

Que toda vez que la señora CLARA MILENA GRANADOS GARZÓN, no goza de los derechos que otorga la carrera administrativa, ya que su vinculación fue mediante nombramiento provisional, y dado que existe una causal objetiva, la cual es la autorización por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil de la lista de elegibles para proveer de manera definitiva el empleo Técnico Operativo, Código 314, Grado 09, ubicado en la Oficina de Gestión del Servicio de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá de la Planta Global Secretaría Distrital de Hacienda, empleo en el cual fue trasladada, es REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8009 • PP. 1-8 • 2024 • MAYO • 8 8 “Por la cual se termina un nombramiento provisional y se efectúa un nuevo nombramiento en provisionalidad en una vacante temporal” procedente dar por terminado su nombramiento en provisionalidad y realizar un nuevo nombramiento en provisionalidad en un empleo de igual condición siempre y cuando se encuentre vacante dentro de la planta global de la Secretaría Distrital de Hacienda, en aras de garantizar la protección especial con que cuenta.

Que en la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda existe una vacante temporal del empleo de Técnico Operativo, Código 314, Grado 09, ubicado en la Oficina de Gestión del Servicio de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá, de la Planta Global Secretaría Distrital de Hacienda, cuyo titular del empleo es el servidor JONATHAN ALEJANDRO BRAVO CHAVARRIO, quien se encuentra en encargo en otro empleo, mediante Resolución No.DGC-000299 del 07 de junio de 2023.

Que la señora CLARA MILENA GRANADOS GARZÓN, identificada con cédula de ciudadanía No. 39.577.521, cumple con las condiciones y reúne los requisitos previstos en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la Secretaría Distrital de Hacienda, adoptado mediante Resolución No. SDH-000101 del 15 de abril de 2015, para desempeñar el empleo de Técnico Operativo, Código 314, Grado 09, ubicado en la Oficina de Gestión del Servicio de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá, y hasta que el titular regrese a su cargo y/o el mismo sea provisto de manera definitiva.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º.

Dar por terminado el nombramiento en provisionalidad efectuado mediante Resolución No. SDH-000566 del 20 de diciembre de 2019, a la señora CLARA MILENA GRANADOS GARZÓN, identificada con cédula de ciudadanía No. 39.577.521, en el empleo de Técnico Operativo, Código 314, Grado 09, de la Oficina de Gestión del Servicio de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá, de la Planta Global Secretaría Distrital de Hacienda, a partir de la fecha de posesión del señor GIOVANI HERRERA ESPEJO, de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2°.

Nombrar en provisionalidad en una vacante temporal a la señora CLARA MILENA GRANADOS GARZÓN, identificada con cédula de ciudadanía No. 39.577.521, en el empleo de Técnico Operativo, Código 314, Grado 09, de la Oficina de Gestión del Servicio de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá, de la Planta Global Secretaría Distrital de Hacienda y hasta que el titular regrese a su empleo o que el mismo sea provisto de manera definitiva, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.

Artículo 3°.

La señora CLARA MILENA GRANADOS GARZÓN, de conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017 tendrá diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción de la comunicación, para manifestar si acepta el nombramiento; y posteriormente, tendrá diez (10) días hábiles para posesionarse, los cuales se contarán a partir de la fecha de aceptación del nombramiento.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8009 • PP. 1-9 • 2024 • MAYO • 8 9 “Por la cual se termina un nombramiento provisional y se efectúa un nuevo nombramiento en provisionalidad en una vacante temporal”

Ana Maria Cadena Ruiz - 52698252 Firmado digitalmente por Ana Maria Cadena Ruiz - 52698252 Parágrafo. El nombramiento y posesión a que se refiere el artículo precedente se sujetara a lo establecido en los artículos 2.2.5.1.4 y 2.2.5.1.8 del Decreto 1083 de 2015.

Artículo 4°.

El presente nombramiento cuenta con saldo de apropiación presupuestal suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de factores constitutivos de salario y contribuciones inherentes a la nómina durante la vigencia fiscal en curso.

Artículo 5°.

Comunicar a la servidora CLARA MILENA GRANADOS GARZÓN y al jefe de la Oficina de Gestión del Servicio, el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Hacienda.

Artículo 6°.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y surte efectos fiscales a partir de la posesión.

Artículo 7°.

Publicar el presente acto administrativo en la página Web de la entidad y el Registro Distrital.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C., a los ANA MARÍA CADENA RUÍZ Secretaria Distrital de Hacienda Olga Liliana Sandoval Rodríguez – Subsecretaria General Olga Liliana Sandoval Rodriguez - 52425031 Firmado digitalmente por Olga Liliana Sandoval Rodriguez - 52425031 Aprobado por:

Diego Armando Chitiva Sánchez – Director de Gestión Corporativa Firmado digitalmente por Diego Chitiva Sánchez Ingrid Marcela Barrera Correa – Subdirectora del Talento Humano Firmado digitalmente por Ingrid Marcela Barrera Correa Fecha: 2024.04.30 15:06:10 -05'00' Ingrid Marcela Barrera Correa Tania Margarita López Llamas – Asesora Dirección de Gestión Corporativa Revisado por:

Tania López Firmado digitalmente por Tania López Genny Martinez Laguna Firmado digitalmente por Genny Martinez Laguna Genny Martínez Laguna- Contratista Subdirección del Talento Humano Meilys Barraza P. Firmado digitalmente por Meilys Barraza P.

Proyectado por: Meilys Barraza Pacheco – Contratista Subdirección del Talento Humano REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8009 • PP. 1-10 • 2024 • MAYO • 8 10 DECRETOS LOCALES DE 2024 ALCALDÍA LOCAL DE SUMAPAZ DECRETO LOCAL Nº 05 (6 de mayo de 2024)

“Por el cual se ajustan las Obligaciones por Pagar constituidas, de Gastos de Funcionamiento e Inversión y Otras Vigencias de la Alcaldía Local de Sumapaz para la vigencia fiscal 2024”

EL ALCALDE LOCAL DE SUMAPAZ En uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el artículo 31 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010 y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 36 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010, determina que el Alcalde por Decreto incrementará o reducirá el monto de obligaciones por pagar al monto real, siempre y cuando no supere los montos aprobados por la JAL.

Que se presentan diferencias entre los valores y rubros de obligaciones por pagar, determinados, frente a los programados en el presupuesto de Gastos de la vigencia, inicialmente proyectados.

Que, en la Resolución SDH N° 000191 del 22 de septiembre de 2017, “Manual Operativo Presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local”, se indica el procedimiento a seguir para efectuar el ajuste en mención.

Que el Artículo 10 del decreto 192 de 2021, Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones, en su Artículo 10 establece. - Modificaciones al anexo del decreto de liquidación.

Que, en el en el Decreto Local N° 22 del 18 de diciembre de 2023, “Por cual se Liquida el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024”, ajustado mediante Decreto Local N° 03 del 5 de febrero de 2024, se estima que al cierre de la vigencia fiscal 2023, la disponibilidad de recursos en Tesorería será de $ 59.657.445.000, respaldando las obligaciones por pagar al 31 de diciembre de 2023.

Que el Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz (FDRS), una vez llevado a cabo el Código: GDI - GPD – F034 Versión: 03 Vigencia: 16 de enero de 2020 Casa de la Cultura- Corregimiento de Betania Código Postal: 111711 Tel. 5557087 Información Línea 195 www.gobiernobogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8009 • PP. 1-11 • 2024 • MAYO • 8 11 Continuación Decreto Número 05_Página 2 de 6 “Por el cual se ajustan las Obligaciones por Pagar constituidas de Gastos de Funcionamiento e Inversión y Otras Vigencias de la Alcaldía Local de Sumapaz, para la vigencia fiscal 2024” cierre presupuestal de la vigencia fiscal 2023, en el que se constituyeron Obligaciones por Pagar por un total de $ 48.704.624.429, debe ajustar las obligaciones por pagar con cargo a los Gastos de Funcionamiento, y las obligaciones por pagar con cargo a la Inversión, en los sub agregados “Un nuevo Contrato Social y ambiental para la Bogotá del Siglo XXI”, y “Obligaciones por pagar vigencias anteriores”.

Que de los $ 48.704.622.406, corresponde al rubro de Obligaciones por pagar de Funcionamiento $ 622.677.096,00 de Obligaciones por pagar. Un nuevo Contrato Social y ambiental para la Bogotá del Siglo XXI $ 38.155.689.098,00, y $ 9.926.256.212 de Obligaciones por pagar vigencias anteriores.

Que, en consecuencia, el Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz FDRS debe ajustar al interior del agregado de obligaciones por pagar funcionamiento y obligaciones por pagar inversión, del presupuesto aprobado para la vigencia fiscal 2023, la suma de DIEZ MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y DOS MILLONES OCHOCIENTOS VEINTE Y DOS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CUATRO PESOS M/CTE ($ 10.952.822.594).

Que la Secretaría Distrital de Planeación expidió concepto favorable al Ajuste de las Obligaciones por Pagar de Inversión, mediante comunicación No. 2-2024-20247 de fecha 10 de abril de 2024.

Que la secretaria Distrital de Hacienda conceptuó de manera favorable el ajuste, mediante comunicación No. 2024EE141222O1 del 2 de mayo de 2024.

Que, en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo primero.

Ajustar el agregado de Obligaciones por Pagar de Gastos de Funcionamiento e Inversión, en el Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz para la vigencia fiscal del 2024, conforme al siguiente detalle:

Código: GDI - GPD – F034 Versión: 03 Vigencia: 14 de enero de 2020 Casa de la Cultura Betania Corregimiento de Betania Código Postal: 111711 Tel. 5557087 Información Línea 195 www.gobiernobogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8009 • PP. 1-12 • 2024 • MAYO • 8 12 Continuación Decreto Número 05_Página 3 de 6 “Por el cual se ajustan las Obligaciones por Pagar constituidas de Gastos de Funcionamiento e Inversión y Otras Vigencias de la Alcaldía Local de Sumapaz, para la vigencia fiscal 2024”

CODIGO PRESUPUESTAL RUBRO CONTRACREDITO O2 GASTOS 10.952.822.594 O21 FUNCIONAMIENTO 402.900.904 O2190 OBLIGACIONES POR PAGAR FUNCIONA- MIENTO 402.900.904 O219001 Obligaciones por Pagar Vigencia Anterior 395.429.651 O219002 Obligaciones por Pagar Otras Vigencias 7.471.253 O23 INVERSIÓN 10.549.921.690 O2306 OBLIGACIONES POR PAGAR 10.549.921.690 O230616 Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI 7.261.723.902 O23061601 2.413.240.168 Hacer un nuevo contrato social con igualdad de oportunidades para la inclusión social, productiva y política O2306160101 Subsidios y transferencias para la equidad 195.186.977 O23061601010000001583 Más y Mejores Oportunidades para la Población Vulnerables 195.186.977 O2306160106 Sistema Distrital del Cuidado 367.945.934 O23061601060000001637 Revitalización y Transformación Productiva en la Localidad de Sumapaz. 131.876.699 O23061601060000001638 Prevención de violencias y Dotación Jardines 2.604.522 O23061601060000001641 Estrategias del cuidado para cuidadoras, cuidadores y a personas con discapacidad. 107.309.381 O23061601060000001643 Mejores condiciones de salud en la Ruralidad. 126.155.332 O2306160108 Prevención y atención de maternidad temprana 8.125.560 O23061601080000001645 Estrategia para la prevención del embarazo en la adolescencia de Sumapaz 8.125.560 O2306160114 Formación integral: más y mejor tiempo en los colegios 56.731.307 O23061601140000001586 Dotaciones didácticas y pedagógicas para mejores colegios 56.731.307 O2306160118 Cierre de Brechas para la inclusión productiva urbano rural 5.429.666 Código: GDI - GPD – F034 Versión: 03 Vigencia: 14 de enero de 2020 Casa de la Cultura Betania Corregimiento de Betania Código Postal: 111711 Tel. 5557087 Información Línea 195 www.gobiernobogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8009 • PP. 1-13 • 2024 • MAYO • 8 13 Continuación Decreto Número 05_Página 4 de 6 “Por el cual se ajustan las Obligaciones por Pagar constituidas de Gastos de Funcionamiento e Inversión y Otras Vigencias de la Alcaldía Local de Sumapaz, para la vigencia fiscal 2024”

CODIGO PRESUPUESTAL RUBRO CONTRACREDITO O23061601180000001587 Acceso y sostenimiento en la educación superior 5.429.666 O2306160119 Vivienda y entornos dignos en el territorio rural 257.110.043 O23061601190000001589 Vivienda y entornos dignos en el territorio rural 257.110.043 O2306160120 175.578.405 Bogotá, referente en cultura, deporte, recreación y actividad física, con parques para el desarrollo y la salud O23061601200000001590 Recreación y Deporte 175.578.405 O2306160121 1.130.446.626 Creación y vida cotidiana: Apropiación ciudadana del arte, la cultura y el patrimonio, para la democracia cultural O23061601210000001633 Acciones para la promoción de la cultura, tradición y costumbres sumapaceñas. 1.130.446.626 O2306160123 Bogotá rural 216.685.650 O23061601230000001634 Asistencia técnica Agropecuaria y ambiental 216.685.650 O23061602 1.155.823.878 Cambiar nuestros hábitos de vida para reverdecer a Bogotá y adaptarnos y mitigar la crisis climática O2306160228 Bogotá protectora de sus recursos naturales 161.779.780 O23061602280000001648 Educación Ambiental 22.797.954 O23061602280000001651 Restauración ecológica urbana y/o rural. 138.981.826 O2306160230 Eficiencia en la atención de emergencias 537.168.998 O23061602300000001652 Por una Sumapaz sin riesgos y que le aporta y se adapta al cambio climático 537.168.998 O2306160233 Más árboles y más y mejor espacio público 100.324.539 O23061602330000001655 Mas y mejor espacio público 100.324.539 O2306160234 Bogotá protectora de los animales 27.840.425 O23061602340000001666 Sumapaz comprometida con el bienestar animal 27.840.425 O2306160237 Provisión y mejoramiento de servicios públicos. 161.888.012 O23061602370000001668 Acueductos veredales y saneamiento básico 161.888.012 Código: GDI - GPD – F034 Versión: 03 Vigencia: 14 de enero de 2020 Casa de la Cultura Betania Corregimiento de Betania Código Postal: 111711 Tel. 5557087 Información Línea 195 www.gobiernobogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8009 • PP. 1-14 • 2024 • MAYO • 8 14 Continuación Decreto Número 05_Página 5 de 6 “Por el cual se ajustan las Obligaciones por Pagar constituidas de Gastos de Funcionamiento e Inversión y Otras Vigencias de la Alcaldía Local de Sumapaz, para la vigencia fiscal 2024”

CODIGO PRESUPUESTAL RUBRO CONTRACREDITO O2306160238 Ecoeficiencia, reciclaje, manejo de residuos e inclusión de la población recicladora 166.822.124 O23061602380000001669 Por una Sumapaz ecoeficiente, alternativa y sostenible 166.822.124 O23061603 189.660.743 Inspirar confianza y legitimidad para vivir sin miedo y ser epicentro de cultura ciudadana, paz y reconciliación O2306160339 Bogotá territorio de paz y atención integral a las víctimas del conflicto armado 22.560.282 O23061603390000001672 Procesos de construcción de memoria, verdad, reparación integral a víctimas, paz y reconciliación 22.560.282 O2306160340 123.277.980 Más mujeres viven una vida libre de violencias, se sienten seguras y acceden con confianza al sistema de justicia O23061603400000001674 123.277.980 Más mujeres viven una vida libre de violencias, se sienten seguras y acceden con confianza al sistema de justicia.

O2306160348 Plataforma institucional para la seguridad y justicia 43.822.481 O23061603480000001683 Acceso a la justicia 43.822.481 O23061604 Hacer de Bogotá Región un modelo de movilidad multimodal, incluyente y sostenible 2.175.591.713 O2306160449 Movilidad segura, sostenible y accesible 2.175.691.713 O23061604490000001688 Movilidad segura, sostenible y accesible 2.175.691.713 O23061605 Construir Bogotá Región con gobierno abierto, transparente y ciudadanía consciente 1.327.307.400 O2306160554 Transformación digital y gestión de TIC para un territorio inteligente. 391.869 O23061605540000001692 Conectividad y redes de comunicación. 391.869 O2306160555 Fortalecimiento de Cultura Ciudadana y su institucionalidad 311.591.000 O23061605550000001691 Fortalecimiento de cultura ciudadana y su institucionalidad 311.591.000 O2306160556 Gestión pública efectiva 433.144.010 Código: GDI - GPD – F034 Versión: 03 Vigencia: 14 de enero de 2020 Casa de la Cultura Betania Corregimiento de Betania Código Postal: 111711 Tel. 5557087 Información Línea 195 www.gobiernobogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8009 • PP. 1-15 • 2024 • MAYO • 8 15 Continuación Decreto Número 05_Página 6 de 6 “Por el cual se ajustan las Obligaciones por Pagar constituidas de Gastos de Funcionamiento e Inversión y Otras Vigencias de la Alcaldía Local de Sumapaz, para la vigencia fiscal 2024”

CODIGO PRESUPUESTAL RUBRO CONTRACREDITO O23061605560000001693 Terminación de infraestructuras (sedes administrativas locales) 433.144.010 O2306160557 Gestión Pública Local 582.180.521 O23061605570000001696 Gestión Pública Local 582.180.521 O230690 OBLIGACIONES POR PAGAR INVERSIÓN VI- GENCIAS ANTERIORES 3.288.197.788 TOTAL, CONTRACREDITOS 10.952.822.594 CODIGO PRESUPUESTAL RUBRO CREDITO O4 DISPONIBILIDAD FINAL 10.952.822.594 TOTAL, CREDITOS 10.952.822.594

Artículo 2.

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación

Dado en Bogotá D.C., a los Seis (06) días del mes de mayo de 2024.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE SEBASTIÁN SALDARRIAGA RIVERA Alcalde Local de Sumapaz Proyectó: Gema Ortega Trujillo Prof. Esp. de apoyo al Despacho Naira Carolina Parra Beltrán, Prof. de apoyo a Presupuesto Revisó: Claudia Patricia Forero Gamboa, Responsable de Presupuesto FDRS Leidy Milena Bareño Prof. De apoyo al Despacho Código: GDI - GPD – F034 Versión: 03 Vigencia: 14 de enero de 2020 Casa de la Cultura Betania Corregimiento de Betania Código Postal: 111711 Tel. 5557087 Información Línea 195 www.gobiernobogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8009 • PP. 1-16 • 2024 • MAYO • 8 16 DECRETO LOCAL Nº 06 (6 de mayo de 2024)

“Por el cual se ajusta la disponibilidad inicial del Presupuesto de Ingresos y Gastos la Alcaldía Local de Sumapaz, para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2024”

EL ALCALDE LOCAL DE SUMAPAZ En uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el artículo 31 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010 y, C O N S I D E R A N D O:

Que el Decreto 372 de 2010 en su Artículo 36 estipula que los F.D.L., efectuarán el ajuste presupuestal por cierre de vigencia anterior, mediante decreto local, previa viabilidad presupuestal de la Secretaria Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto.

Que en la Resolución SDH N° 000191 del 22 de septiembre de 2017 “Manual Operativo Presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local”, se indica el procedimiento a seguir para efectuar el ajuste en mención.

Que mediante el Decreto Local 05 del 06 de mayo de 2024 se ajustó al interior del agregado de obligaciones por pagar de funcionamiento y obligaciones por pagar inversión, del presupuesto aprobado para la vigencia fiscal 2024.

En mérito de lo expuesto, el Alcalde Local de Sumapaz,

DECRETA:

Artículo 1º.

Ajustar la Disponibilidad Inicial en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz para la vigencia fiscal 2024, conforme al siguiente detalle:

Código: GDI - GPD – F034 Versión: 03 Vigencia: 16 de enero de 2020 Casa de la Cultura- Corregimiento de Betania Código Postal: 111711 Tel. 5557087 Información Línea 195 www.gobiernobogota.gov.co Página 1 de 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8009 • PP. 1-17 • 2024 • MAYO • 8 17 DECRETO LOCAL No. 06 06 de mayo de 2024 “Por el cual se ajusta la disponibilidad inicial del Presupuesto de Ingresos y Gastos la Alcaldía Local de Sumapaz, para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2024”

CÓDIGO CONCEPTO REDUCIR O1 INGRESOS 10.952.822.594 O10 Disponibilidad Inicial 10.952.822.594 O1002 Bancos 10.952.822.594 ARTÍCULO 2º El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Se expide en Bogotá D.C. a los seis (06) días del mes de mayo de dos mil veinticuatro (2024)

SEBASTIÁN SALDARRIAGA RIVERA Alcalde Local de Sumapaz Proyectó: Gema Ortega Trujillo Prof. Esp. de apoyo al Despacho Naira Carolina Parra Beltrán, Prof. de apoyo a Presupuesto Revisó: Claudia Patricia Forero Gamboa, Responsable de Presupuesto FDRS Leidy Milena Bareño Prof. De apoyo al Despacho Código: GDI - GPD – F034 Versión: 03 Vigencia: 16 de enero de 2020 Página 2 de 2 Casa de la Cultura- Corregimiento de Betania Código Postal: 111711 Tel. 5557087 Información Línea 195 www.gobiernobogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8009 • PP. 1-18 • 2024 • MAYO • 8 18 ALCALDÍA LOCAL DE KENNEDY DECRETO LOCAL Nº 006 (3 de mayo de 2024)

“Por el cual se ajusta el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Kennedy para la vigencia fiscal 2024”.

EL ALCALDE LOCAL DE KENNEDY En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que confiere al artículo 36 del Decreto 372 de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto 372 de 2010 en su Artículo 36 estipula que los F.D.L., efectuarán el ajuste presupuestal por cierre de vigencia anterior, mediante decreto local, previa viabilidad presupuestal de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto.

Que en la Resolución SDH N° 000191 del 22 de septiembre de 2017 “Manual Operativo Presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local”, se indica el procedimiento a seguir para efectuar el ajuste en mención.

Que el Fondo de Desarrollo Local de Kennedy apropió en la vigencia 2024 Obligaciones por Pagar por $119.745.362.000, el cual es superior al valor de $118.971.833.100, correspondiente a las obligaciones constituidas a 31 de diciembre de 2023.

Que, en consecuencia, el Fondo de Desarrollo Local, debe ajustar las Obligaciones por pagar en los Gastos de Funcionamiento e Inversión y Obligaciones por Pagar Vigencias Anteriores, hasta el monto de las Obligaciones por pagar realmente constituidas a 31 de diciembre de 2023.

Que con Oficio No. 2-2024-23112 del 19 de abril de 2024, la Secretaría Distrital de Planeación emitió concepto favorable para el trámite del ajuste presupuestal del F.D.L.K.

Que mediante comunicación No. 2024EE141218O1 del 02 de mayo de 2024, la Directora Distrital de Presupuesto, emitió concepto favorable para efectuar el ajuste presupuestal del F.D.L.K.

En mérito de lo anteriormente expuesto, la alcaldesa Local de Kennedy,

DECRETA:

PRIMERO: Ajustar el Presupuesto de gastos e inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Kennedy para la vigencia 2024, conforme al siguiente detalle:

Página 1 de 4 Alcaldía Local de Kennedy Cl 19 sur # 69c-17 Código Postal: 110851 Tel. 4481400 - 4511321 Información Línea 195 www.kennedy.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8009 • PP. 1-19 • 2024 • MAYO • 8 19 PROYECTO DE DECRETO LOCAL No. 006 (03 de mayo de 2024)

“Por el cual se ajusta el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Kennedy para la vigencia fiscal 2024”.

CÓDIGO RUBRO REDUCE AUMENTA O2 Gastos 5.781.460.425 5.007.931.525 O21 Funcionamiento 442.964.342 39.167.758 O2190 Obligaciones por Pagar Funcionamiento 442.964.342 39.167.758 O219001 Obligaciones por Pagar Funcionamiento Vigencia Anterior 442.964.342 0 O219002 Obligaciones por Pagar Funcionamiento Otras Vigencias 0 39.167.758 O23 Inversión 5.338.496.083 4.968.763.767 O2306 Obligaciones por Pagar Inversion 5.338.496.083 4.968.763.767 O230616 Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI 5.117.435.276 4.968.763.767 O23061601 3.642.137.967 925.617.354 Hacer un nuevo contrato social con igualdad de oportunidades para la inclusión social, productiva y política O2306160101 Subsidios y transferencias para la equidad 1.873.464.093 0 O23061601010000002107 Kennedy Solidaria 1.873.464.093 0 O2306160106 Sistema Distrital del Cuidado 1.478.170.455 0 O23061601060000002061 Kennedy productiva 1.401.645.378 0 O23061601060000002180 Kennedy territorio de la salud inclusiva 76.525.077 0 O2306160112 Educación inicial: Bases sólidas para la vida 0 525.563.054 O23061601120000002166 Kennedy para la primera infancia 0 525.563.054 O2306160114 Educación inicial: Bases sólidas para la vida 0 400.054.000 O23061601140000002168 Kennedy por la educación 0 400.054.000 O2306160120 288.129.875 0 Bogotá, referente en cultura, deporte, recreación y actividad física, con parques para el desarrollo y la salud O23061601200000002046 Kennedy apuesta por el deporte 288.129.875 0 O2306160121 2.373.544 0 Creación y vida cotidiana: Apropiación ciudadana del arte, la cultura y el patrimonio, para la democracia cultural O23061601210000002054 Kennedy, cultura en mi barrio 2.373.544 0 Página 2 de 4 Alcaldía Local de Kennedy Cl 19 sur # 69c-17 Código Postal: 110851 Tel. 4481400 - 4511321 Información Línea 195 www.kennedy.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8009 • PP. 1-20 • 2024 • MAYO • 8 20 PROYECTO DE DECRETO LOCAL No. 006 (03 de mayo de 2024)

“Por el cual se ajusta el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Kennedy para la vigencia fiscal 2024”.

CÓDIGO RUBRO REDUCE AUMENTA O2306160124 Bogotá región emprendedora e innovadora 0 300 O23061601240000002059 Kennedy con agricultura urbana 0 300 O23061602 60.866.384 2.222.976.665 Cambiar nuestros hábitos de vida para reverdecer a Bogotá y adaptarnos y mitigar la crisis climática O2306160227 Cambio cultural para la gestión de la crisis climática 60.866.384 0 O23061602270000002124 KENNEDY ECO-URBANA 60.866.384 0 O2306160230 Eficiencia en la atención de emergencias 0 800.000.000 O23061602300000002174 Kennedy eficiente en la atención de emergencias y adaptación del cambio climático 0 800.000.000 O2306160233 Más árboles y más y mejor espacio público 0 1.125.356.501 O23061602330000002177 Kennedy reverdece 0 194.000 O23061602330000002179 Kennedy con mejores parques 0 1.125.162.501 O2306160238 Ecoeficiencia, reciclaje, manejo de residuos e inclusión de la población recicladora 0 297.620.164 O23061602380000002119 Kennedy Recicla 0 297.620.164 O23061603 396.735.838 0 Inspirar confianza y legitimidad para vivir sin miedo y ser epicentro de cultura ciudadana, paz y reconciliación O2306160340 73.215.000 0 Más mujeres viven una vida libre de violencias, se sienten seguras y acceden con confianza al sistema de justicia O23061603400000002111 Kennedy por los Derechos de las Mujeres 73.215.000 0 O2306160343 25.909.135 0 Cultura ciudadana para la confianza, la convivencia y la participación desde la vida cotidiana O23061603430000002181 Kennedy con convivencia ciudadana 25.909.135 0 O2306160348 Plataforma institucional para la seguridad y justicia 297.611.703 0 O23061603480000002127 Kennedy más segura 296.573.033 0 O23061603480000002150 Kennedy con acceso a la justicia 1.038.670 0 O23061604 Hacer de Bogotá Región un modelo de movilidad multimodal, incluyente y sostenible 810.881.452 0 Página 3 de 4 Alcaldía Local de Kennedy Cl 19 sur # 69c-17 Código Postal: 110851 Tel. 4481400 - 4511321 Información Línea 195 www.kennedy.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8009 • PP. 1-21 • 2024 • MAYO • 8 21 PROYECTO DE DECRETO LOCAL No. 006 (03 de mayo de 2024)

“Por el cual se ajusta el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Kennedy para la vigencia fiscal 2024”.

CÓDIGO RUBRO REDUCE AUMENTA O2306160449 Movilidad segura, sostenible y accesible 810.881.452 0 O23061604490000002118 Kennedy con mejor movilidad 810.881.452 0 O23061605 Construir Bogotá Región con gobierno abierto, transparente y ciudadanía consciente 206.813.635 1.820.169.748 O2306160555 Fortalecimiento de Cultura Ciudadana y su institucionalidad 0 1.340.836.416 O23061605550000002173 Kennedy fortalece la participación ciudadana 0 1.340.836.416 O2306160556 Gestión Pública Efectiva 105.470.812 0 O23061605560000002175 Sede Administrativa de Kennedy 105.470.812 0 O2306160557 Gestión Pública Local 101.342.823 479.333.332 O23061605570000002176 Kennedy transparente 101.342.823 0 O23061605570000002178 Inspección, vigilancia y control 0 479.333.332 O230690 Obligaciones por pagar Inversión vigencias anteriores 221.060.807 0 O4 Disponibilidad final 0 773.528.900 Total Gastos más Disponibilidad final 5.781.460.425 5.781.460.425 SEGUNDO: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación Se expide en Bogotá D.C. a los tres (03) días del mes de mayo de dos mil veinticuatro (2024).

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE ANTONIO MARÍA LOPEZ BURITICA Alcalde Local de Kennedy (E)

Elaboró: Erika Paola Rojas Urrego, Profesional Universitario Código 219 Grado 15, Área de Presupuesto FDLK Revisó y Aprobó: María del Pilar Muñoz, Profesional Especializado Código 222 Grado 24, Área de Gestión del Desarrollo Administrativo y Financiero FDLK Página 4 de 4 Alcaldía Local de Kennedy Cl 19 sur # 69c-17 Código Postal: 110851 Tel. 4481400 - 4511321 Información Línea 195 www.kennedy.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 8009 • PP. 1-22 • 2024 • MAYO • 8 22

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