Registro Distrital 7991 de 2024
Registro Distrital 7991 de 2024 Nivel Distrital
- Tipo
- Registro Distrital
- Número
- 7991
- Año
- 2024
- Fecha
- 22 de abril de 2024
- Entidad
- Nivel Distrital
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
5,5 ALCALDE MAYOR Carlos Fernando Galán Pachón ALCALDESA MAYOR Claudia Nayibe López Hernández REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • No. 7991- Pp 1 - 21 - 2024 • ABRIL • 22 CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Central RESOLUCIONES DE 2024 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. - SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL RESOLUCIÓN Nº 206 “Por la cual se deroga la Resolución No. 177 del 22 de marzo de 2024 de la Secretaría Jurídica Distrital”.............................................................................. 4 RESOLUCIÓN Nº 219 “Por la cual se hace un nombramiento”............................................................ 8 Sector Descentralizado UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENI MIENTO VIAL RESOLUCIÓN Nº 115 “Por medio de la cual el Director General de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, modifica de manera transitoria la Reso lución 575 del 12 de Julio de 2023, para delegar funciones en materia sanciona toria contractual en el Jefe de la Oficina Asesora Jurídica”............................ 12 Sector Local DECRETOS LOCALES DE 2024 ALCALDÍA LOCAL DE CIUDAD BOLÍVAR DECRETO LOCAL Nº 006 “POR EL CUAL SE AJUSTA EL PRESUPUESTO ANUAL DE INGRESOS Y GAS TOS DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE CIUDAD BOLÍVAR, PARA LA VIGENCIA FISCAL 2024”............................................................................... 16 ALCALDÍA LOCAL DE PUENTE ARANDA DECRETO LOCAL Nº 007 “Por el cual se convoca a sesiones extraordinarias a la junta Administradora Lo cal de Puente Aranda entre el veintidós (22) de abril de 2024 y el treinta (30) de abril del 2024”................................................................................................. 18 AÑO 58 AÑO 58 NÚMERO 7991 22 • ABRIL • 2024 ALCALDESA MAYOR Claudia Nayibe López Hernández SECRETARÍA GENERAL ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL.
LA PUBLICACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS EN EL REGISTRO DISTRITAL SE REALIZA DE ACUERDO A LA LEY 1437 DEL 2011 EN SU ARTÍCULO 65 MODIFICADO POR LA LEY 2080 DE 2021 “POR LA CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO”.
CORREO: REGISTRODISTRITAL@ALCALDIABOGOTA.GOV.CO DIRECCIÓN: CALLE 11 SUR #1-60 ESTE - LA MARÍA - BOGOTÁ D.C.
TELÉFONO: 381 3000 EXT. 5010 - 5202 SUBDIRECTORA IMPRENTA DISTRITAL: MARCELA IRENE DE JESÚS GONZÁLEZ BONILLA RESOLUCIONES DE 2024 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. - SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL RESOLUCIÓN Nº 206 (12 de abril de 2024)
“Por la cual se deroga la Resolución No. 177 del 22 de marzo de 2024 de la Secretaría Jurídica Distrital”
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7991 • PP. 1-4 • 2024 • ABRIL • 22 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7991 • PP. 1-5 • 2024 • ABRIL • 22 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7991 • PP. 1-6 • 2024 • ABRIL • 22 6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7991 • PP. 1-7 • 2024 • ABRIL • 22 7 RESOLUCIÓN Nº 219 (12 de abril de 2024)
“Por la cual se hace un nombramiento”
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7991 • PP. 1-8 • 2024 • ABRIL • 22 8 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7991 • PP. 1-9 • 2024 • ABRIL • 22 9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7991 • PP. 1-10 • 2024 • ABRIL • 22 10 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7991 • PP. 1-11 • 2024 • ABRIL • 22 11 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL RESOLUCIÓN Nº 115 (21 de febrero de 2024)
“Por medio de la cual el Director General de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, modifica de manera transitoria la Resolución 575 del 12 de Julio de 2023, para delegar funciones en materia sancionatoria contractual en el Jefe de la Oficina Asesora Jurídica”
EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL – UAERMV En uso de las facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas por los artículos 209 y 211 de la Constitución Política de 1991; artículos 9 y 10 de la Ley 489 de 1998; artículo 12 de la Ley 80 de 1993 adicionado por el artículo 21 de la Ley 1150 de 2007; artículos 14 y 17 del Acuerdo 257 de 2006 del Concejo de Bogotá; numerales 10 y 22 del artículo 2 del Acuerdo 02 de 2023; numerales 10 y 17 del artículo 19 del Acuerdo 05 de 2023 expedidos por el Consejo Directivo de la UAERMV, demás disposiciones concordantes; y
CONSIDERANDO:
1. El Acuerdo No. 02 de 2023, expedido por el Consejo Directivo de la UAERMV “Por el cual se establece la estructura organizacional de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial y las funciones de sus dependencias”, en el numeral 22 del artículo 2 establece las funciones y facultades del Director General de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, lo faculta para delegar funciones que estime pertinentes, así como las responsabilidades que sean necesarias y reasumirlas cuando así lo considere, en los términos previstos en la ley.
2. Mediante Resolución No, 575 del 12 de Julio de 20231 , el Director General de la UAERMV, entre otras decisiones, resolvió:
“Artículo 1. Delegar en el (la) Secretario (a) General, el (la) Subdirector (a)Técnico (a) de Producción y Apoyo Logístico, el (la) Subdirector (a)Técnico (a) de Intervención de la Infraestructura y el (la) Jefe de la Oficina de Tecnologías de la Información, la competencia para suscribir contratos y convenios necesarios para el cumplimiento de las funciones, planes y programas de la Entidad, de acuerdo con las siguientes reglas, limitaciones y excepciones:
1 “Por medio de la cual el Director General de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, delega funciones y se derogan las resoluciones 331 de 2016, 079 de 2017, 352 de 2021 y 246 de 2023 expedidas por la Dirección General de la UAERMV”.
Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Sede Operativa - Atención al Ciudadano: Calle 22D No. 120-40 GDOC-FM-007 www.umv.gov.co Página 2 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7991 • PP. 1-12 • 2024 • ABRIL • 22 12 *20241000049543* Radicado: 20241000049543 Fecha: 21-02-2024 Pág. 2 de 4 RESOLUCIÓN N° 115 DEL 21/02/2024 “Por medio de la cual el Director General de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, modifica de manera transitoria la Resolución 575 del 12 de Julio de 2023, para delegar funciones en materia sancionatoria contractual en el Jefe de la Oficina Asesora Jurídica”.
A. La delegación comprende:
1. Los contratos que se suscriban por parte de la Entidad, sin límite de cuantía.
2. Los convenios y contratos interadministrativos cuya cuantía no exceda de 1.000 SMLMV.
3. Los contratos que no generan erogación para la Entidad.
B. La delegación incluye
1. Ordenación del gasto. Para el caso del (la) Secretario (a) General la ordenación del gasto incluye la asignación de roles y usuarios para la firma de las órdenes de tesorería - OT que se generen para los pagos a través de la Tesorería Distrital.
2. La realización de las actividades inherentes al proceso de selección del contratista cualquiera sea la modalidad de selección.
3. La adjudicación o declaratoria de desierto del proceso de selección.
4. La suscripción, modificación, terminación y liquidación del contrato, convenio o contrato interadministrativo.
5. Las modificaciones, adiciones, prórrogas, suspensiones, ampliaciones, reinicios, reconocimiento de mayores cantidades de obra, ítems no previstos, restablecimiento del equilibrio económico de los contratos, convenios y contratos interadministrativos.
6. El ejercicio de las facultades excepcionales de caducidad, de terminación, interpretación y modificación unilateral, imposición de multas y de declaratoria de incumplimiento de conformidad con las normas vigentes que regulan la materia sancionatoria.
7. La declaratoria de siniestro y efectividad de la garantía única de cumplimiento y sus respectivos amparos.
8. Las demás actuaciones relacionadas e inherentes que garanticen la correcta ejecución de los contratos suscritos (subraya fuera de texto)
3. En desarrollo de los principios que rigen la función administrativa, en particular los atinentes a la celeridad, economía y con el fin de cumplir los cometidos de la UAERMV y optimizar los procesos administrativos para la adecuada y eficiente prestación del servicio, el Director General, ha
Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Sede Operativa - Atención al Ciudadano: Calle 22D No. 120-40 GDOC-FM-007 www.umv.gov.co Página 2 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7991 • PP. 1-13 • 2024 • ABRIL • 22 13 *20241000049543* Radicado: 20241000049543 Fecha: 21-02-2024 Pág. 3 de 4 RESOLUCIÓN N° 115 DEL 21/02/2024 “Por medio de la cual el Director General de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, modifica de manera transitoria la Resolución 575 del 12 de Julio de 2023, para delegar funciones en materia sancionatoria contractual en el Jefe de la Oficina Asesora Jurídica”. considerado la necesidad de delegar temporal y parcialmente la función legal consagrada en el artículo 86 de la Ley 1474 en el Jefe de la Oficina Asesora Jurídica de la Entidad, con el fin de garantizar mejores niveles de eficiencia y eficacia.
En merito a lo expuesto, el Director General (e) de la UAERMV,
RESUELVE:
Artículo primero.
Adicionar el artículo primero de la Resolución No. 575 de 2023 así:
Parágrafo. NOVENO: Delegar en el jefe de la Oficina Asesora Jurídica, la
competencia de Imposición de multas, sanciones y declaratorias de incumplimiento de que trata el artículo 86 de la ley 1474 de 2011, para los casos que puntualmente le sean señalados.
Artículo segundo.
Contra la presente resolución no procede recurso alguno.
Artículo tercero.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su notificación.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C.
Documento 20241000049543 firmado electrónicamente por:
Director General DIRECCIÓN GENERAL ALVARO SANDOVAL REYES Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Sede Operativa - Atención al Ciudadano: Calle 22D No. 120-40 GDOC-FM-007 www.umv.gov.co Página 3 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7991 • PP. 1-14 • 2024 • ABRIL • 22 14 *20241000049543* Radicado: 20241000049543 Fecha: 21-02-2024 Pág. 4 de 4 RESOLUCIÓN N° 115 DEL 21/02/2024 “Por medio de la cual el Director General de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, modifica de manera transitoria la Resolución 575 del 12 de Julio de 2023, para delegar funciones en materia sancionatoria contractual en el Jefe de la Oficina Asesora Jurídica”. alvaro.sandoval@umv.gov.co Fecha firma: 21-02-2024 11:40:57 Revisó: RAFAEL ANTONIO URIBE ECHEVERRI - Jefe de Oficina - OFICINA JURÍDICA - rafael.uribe@umv.gov.co MARIELA GRASS CHAPARRO - Asesora - DIRECCIÓN GENERAL mariela.grass@umv.gov.co MARIELA GRASS CHAPARRO - Asesora - DIRECCIÓN GENERAL mariela.grass@umv.gov.co Proyectó: KARINA MARGARITA NORIGA ORTIZ - Contratista - GERENCIA DE CONTRATACIÓN - karina.noriega@umv.gov.co 499e3557917d055cc20af75c73346b36ded4ca5d96e6f853db3d4936140fcfe4 Codigo de Verificación CV: ac7fe Comprobar desde: https://www.umv.gov.co/portal/verificar/ Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Sede Operativa - Atención al Ciudadano: Calle 22D No. 120-40 GDOC-FM-007 www.umv.gov.co Página 4 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7991 • PP. 1-15 • 2024 • ABRIL • 22 15 DECRETOS LOCALES DE 2024 ALCALDÍA LOCAL DE CIUDAD BOLÍVAR DECRETO LOCAL Nº 006 (12 de abril de 2024)
“POR EL CUAL SE AJUSTA EL PRESUPUESTO ANUAL DE INGRESOS Y GASTOS DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE CIUDAD BOLÍVAR, PARA LA VIGENCIA FISCAL 2024”
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7991 • PP. 1-16 • 2024 • ABRIL • 22 16 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7991 • PP. 1-17 • 2024 • ABRIL • 22 17 ALCALDÍA LOCAL DE PUENTE ARANDA DECRETO LOCAL Nº 007 (18 de abril de 2024)
“Por el cual se convoca a sesiones extraordinarias a la junta Administradora Local de Puente Aranda entre el veintidós (22) de abril de 2024 y el treinta (30) de abril del 2024”
EL ALCALDE LOCAL DE PUENTE ARANDA En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el artículo 86 del Decreto Ley 1421 de 1993, modificado por la Ley 2116 de 2021 y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Ley 1421 de 1993 “Por el cual se dicta el régimen especial para el Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá”, en su artículo 86 determina las facultades de los Alcaldes Locales, y en los artículos 87 a 95 la naturaleza contempla el patrimonio, la participación en el presupuesto distrital, la contribución y la eficiencia, la representación legal, apropiaciones, celebración de contratos, y la participación ciudadana y comunitaria de los Fondos de Desarrollo Local.
Que la Ley 2116 de 2021 “Por medio de la cual se modifica el decreto ley 1421 de 1993, referente al estatuto orgánico de Bogotá”, modifica algunos artículos del Decreto Ley 1421 de 1993, en aplicación de los principios de descentralización, desconcentración, delegación, pluralismo, transparencia y eficiencia, y en específico en su artículo 11 modifica el artículo 86 del Decreto Ley 1421 de 1993 en Io concerniente a las atribuciones que tienen los alcaldes locales.
Que el Decreto Ley 1421 de 1993, en su artículo 71 establece que “Las juntas administradoras locales se reunirán, ordinariamente, por derecho propio, cuatro veces al año, así: el primero (1o.) de marzo; el primero (1o.) de junio; el primero (1o.) de septiembre, y el primero (1o.) de diciembre. Cada vez las sesiones durarán treinta (30) días prorrogables, a juicio de la misma Junta hasta por cinco (5) días más. También se reunirán extraordinariamente por convocatoria que /es haga e/ respectivo alcalde. En este evento sesionarán por el término que señale el alcalde y únicamente se ocuparán de los asuntos que él mismo someta a su consideración” (Subrayado fuera de texto).
Código: GDI - GPD – F034 Versión: 03 Vigencia: 16 de enero de 2020 Edificio Liévano Calle 11 No. 8 -17 Código Postal: 111711 Tel. 3387000 - 3820660 Información Línea 195 www.gobiernobogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7991 • PP. 1-18 • 2024 • ABRIL • 22 18 Continuación Decreto Local Número 003 de 2024 Página 2 de 4 “Por el cual se convoca a sesiones extraordinarias a la junta Administradora Local de Puente Aranda entre el veintidós (22) de abril de 2024 y el treinta (30) de abril del 2024”
Que de conformidad con el artículo 73 del Decreto Ley 1421 de 1993 “El alcalde local instalará y clausurará las sesiones ordinarias y extraordinarias de las juntas administradoras y deberá prestarles la colaboración necesaria para garantizar su buen funcionamiento. Las juntas no podrán sesionar fuera del lugar señalado como sede oficial. Sin embargo, previa convocatoria efectuada con la debida antelación, podrán sesionar en sitio distinto para escuchar a las comunidades”.
Que el Acuerdo Local No. 001 de 2020 “por medio del cual se adopta el reglamento interno de la Junta Administradora Local de Puente Aranda”, en el artículo 49 determina las clases de sesiones de la Junta Administradora Local de Puente Aranda indicando que (...) SESIONES EXTRAORDINARIAS. Aquellas que convoca el Alcalde local a iniciativa propia o por petición de la Junta Administradora Local de Puente Aranda. Durante estas sesiones, LA Corporación únicamente se ocupará de los asuntos para los cuales fue convocada. La convocatoria a las sesiones extraordinarias debe hacerse por el Alcalde Local, a través de un decreto local, debidamente publicitado entre los miembros de la Junta Administradora Local de Puente Aranda (…)”.
Que el Presidente de la Junta Administradora Local, mediante oficio con radicado No. 20246610027652 del 17 de abril del año en curso, solicitó la convocatoria de sesiones extraordinarias del veintidós (22) de abril del 2024 al treinta (30) de abril del 2024, debido a que durante ese período no se encuentran en sesiones ordinarias, con el fin de modificar el reglamento interno para permitir que la Corporación sesione también en forma virtual, lo cual permitirá su normal desarrollo cuando se presenten situaciones que impidan o dificulten la presencialidad de los ediles.
Código: GDI - GPD – F034 Versión: 03 Vigencia: 16 de enero de 2020 Edificio Liévano Calle 11 No. 8 -17 Código Postal: 111711 Tel. 3387000 - 3820660 Información Línea 195 www.gobiernobogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7991 • PP. 1-19 • 2024 • ABRIL • 22 19 Continuación Decreto Local Número 003 de 2024 Página 3 de 4 “Por el cual se convoca a sesiones extraordinarias a la junta Administradora Local de Puente Aranda entre el veintidós (22) de abril de 2024 y el treinta (30) de abril del 2024”
Que en virtud de lo anterior, se procede a convocar a la Junta Administradora Local de Puente Aranda a sesiones extraordinarias.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
PRIMERO. Convocar a Sesiones Extraordinarias a la Junta Administradora Local de Puente Aranda entre el veintidós (22) de abril del 2024 y el treinta (30) de abril del 2024.
SEGUNDO. En las sesiones extraordinarias, la Junta Administradora Local de Puente Aranda solamente se ocupará de la modificación de su reglamento interno para permitir sesionar en forma virtual.
TERCERO. La Junta Administradora Local de Puente Aranda únicamente se ocupará de los asuntos por los cuales está siendo citada a sesiones extraordinarias y una vez aborde, analice, sintetice, y concluya los temas relacionados con el objeto de la convocatoria, se darán por terminadas las respectivas sesiones extraordinarias, que no podrán superar el treinta (30) de abril del 2024.
CUARTO. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Código: GDI - GPD – F034 Versión: 03 Vigencia: 16 de enero de 2020 Edificio Liévano Calle 11 No. 8 -17 Código Postal: 111711 Tel. 3387000 - 3820660 Información Línea 195 www.gobiernobogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7991 • PP. 1-20 • 2024 • ABRIL • 22 20 Continuación Decreto Local Número 003 de 2024 Página 4 de 4 “Por el cual se convoca a sesiones extraordinarias a la junta Administradora Local de Puente Aranda entre el veintidós (22) de abril de 2024 y el treinta (30) de abril del 2024”
Se expide en Bogotá D.C. a los dieciocho (18) días del mes de abril de 2024.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
___________________________
JUAN PABLO BELTRÁN VARGAS ALCALDE LOCAL DE PUENTE ARANDA Proyecto: Sandra Ibarra- Abogada Despacho Código: GDI - GPD – F034 Versión: 03 Vigencia: 16 de enero de 2020 Edificio Liévano Calle 11 No. 8 -17 Código Postal: 111711 Tel. 3387000 - 3820660 Información Línea 195 www.gobiernobogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7991 • PP. 1-21 • 2024 • ABRIL • 22 21
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