Registro Distrital 7983 de 2024
Registro Distrital 7983 de 2024 Nivel Distrital
- Tipo
- Registro Distrital
- Número
- 7983
- Año
- 2024
- Fecha
- 12 de abril de 2024
- Entidad
- Nivel Distrital
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
5,5 ALCALDE MAYOR Carlos Fernando Galán Pachón ALCALDESA MAYOR Claudia Nayibe López Hernández REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • No. 7983 - Pp 1 - 14 - 2024 • ABRIL • 12 CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Central RESOLUCIONES DE 2024 SECRETARÍA DE HACIENDA RESOLUCIÓN Nº SDH-000105 “Por la cual se realiza un nombramiento en provisionalidad en una vacante defi nitiva de la Secretaría...................................................................................... 4 Sector Descentralizado INSTITUTO DISTRITAL DE LA PARTICIPACIÓN Y ACCIÓN COMUNAL - IDPAC RESOLUCIÓN Nº 112 Por medio de la cual se acreditan los consejeros (as) locales de la Bicicleta elec tos (as) para el periodo 2024 - 2027 y se dictan otras disposiciones............... 9 AÑO 58 AÑO 58 NÚMERO 7983 12 • ABRIL • 2024 ALCALDESA MAYOR Claudia Nayibe López Hernández SECRETARÍA GENERAL ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL.
LA PUBLICACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS EN EL REGISTRO DISTRITAL SE REALIZA DE ACUERDO A LA LEY 1437 DEL 2011 EN SU ARTÍCULO 65 MODIFICADO POR LA LEY 2080 DE 2021 “POR LA CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO”.
CORREO: REGISTRODISTRITAL@ALCALDIABOGOTA.GOV.CO DIRECCIÓN: CALLE 11 SUR #1-60 ESTE - LA MARÍA - BOGOTÁ D.C.
TELÉFONO: 381 3000 EXT. 5010 - 5202 SUBDIRECTORA IMPRENTA DISTRITAL: MARCELA IRENE DE JESÚS GONZÁLEZ BONILLA RESOLUCIONES DE 2024 SECRETARÍA DE HACIENDA RESOLUCIÓN Nº SDH-000105 (10 de abril de 2024)
“Por la cual se realiza un nombramiento en provisionalidad en una vacante definitiva de la Secretaría Distrital de Hacienda”
LA SECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA En uso de las facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 909 de 2004, el Decreto 1083 de 2015, el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004 y artículo 4 del Decreto Distrital 601 de 2014 modificado por el artículo 1 del Decreto Distrital 364 de 2015 y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Distrital No. 281 del 27 de junio de 2023, se modificó la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Hacienda, y se crearon cuarenta (40) empleos de carrera administrativa, de los cuales, treinta y dos (32) corresponden a la denominación de Auxiliar Administrativo, Código 407 Grado 04, ubicados en la Dirección Distrital de Impuesto de Bogotá y en la Subdirección de Gestión Documental de la Dirección de Gestión Corporativa de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda, empleos que en su totalidad se encuentran en vacancia definitiva.
Que el artículo 125 de la Constitución Política, establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso a los cargos de carrera y ascenso en los mismos, se hará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la Ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes.
Que el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado por el artículo 1º del Decreto Nacional 648 de 2017, refiere que las vacantes definitivas en empleos de carrera se proveerán en período de prueba o en ascenso, con las personas que hayan sido seleccionadas mediante el sistema de mérito, de conformidad con lo establecido en la Ley 909 de 2004 o en las disposiciones que regulen los sistemas específicos de carrera, según corresponda, y que mientras se surte el proceso de selección, estos podrán proveerse transitoriamente a través de las figuras del encargo o del nombramiento provisional, en los términos señalados en la referida Ley, en el Decreto Ley 760 de 2005 o en las disposiciones que regulen los sistemas específicos de carrera.
Que la Secretaría Distrital de Hacienda, mediante oficio radicado No. 2023EE375476O1 del 25 de septiembre de 2023, y previo al reporte realizado en el Sistema de apoyo para la Igualdad, el Mérito y la Oportunidad- SIMO; solicitó el uso de lista para la provisión de treinta y dos (32) empleos vacantes definitivos de carrera administrativa de Auxiliares Administrativos Código 407 Grado 04, que cuentan con características de posibles empleos equivalentes, los cuales pueden ser provistos con alguna de las listas de elegibles del Proceso de Selección No. 1485 de 2020 – Distrito Capital 4, convocatoria que actualmente se encuentra vigente.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7983• PP. 1-4 • 2024 • ABRIL • 12 4 “Por la cual se realiza un nombramiento en provisionalidad en una vacante definitiva de la Secretaría Distrital de Hacienda”
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, una vez realizadas las respectivas verificaciones, mediante oficio radicado bajo el No. 2023RS142366 del 25 de octubre de 2023, cuyo asunto es: “Respuesta a la solicitud de autorización uso de lista de elegibles para proveer algunas vacantes correspondientes a Empleos Equivalentes, ofertadas en los Procesos de Selección Nro.1462 a 1492 y 1546 de 2020, Convocatoria Distrito Capital 4”, informó lo siguiente: (…)
De otro lado, una vez realizados los análisis de viabilidad de uso de listas, las vacantes que a continuación se relacionan no guardan equivalencia alguna con ningún empleo ofertado en las diferentes convocatorias que ha realizado la Secretaría Distrital de Hacienda.
Por lo tanto, se considera que NO SON EQUIVALENTES, ya no que no cumplen con los requisitos estipulados en el Criterio Unificado para el “uso de listas de elegibles para empleos equivalentes” proferido por la Sala Plena de Comisionados el 22 de septiembre de 2020.
(…)
Que, agotado el orden de provisión anterior, con el fin dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, la Subdirección del Talento Humano, el día 14 de noviembre de 2023, certificó y publicó la imposibilidad de realizar encargo en el empleo auxiliar Administrativo Código 407 Grado 04 en la intranet el 17 del mismo mes y año, que, una vez revisada la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda, no se cuenta con funcionarios de carrera administrativa para la provisión de estos empleos mediante encargo. Lo anterior, debido a que no existen grados inmediatamente inferiores al empleo anteriormente descrito.
Que mediante correo electrónico de fecha 14 de marzo de 2024, remitido por la Subsecretaría General, se solicitó a la Subdirección del Talento Humano, adelantar las actuaciones administrativas pertinentes para llevar a cabo la provisión mediante Nombramiento Provisional de la señora LEIDY MARCELA PRIETO TORRES, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.073.680.681, en el empleo de Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 04, acorde a la normatividad vigente y los procedimientos establecidos para tal fin.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7983 • PP. 1-5 • 2024 • ABRIL • 12 5 “Por la cual se realiza un nombramiento en provisionalidad en una vacante definitiva de la Secretaría Distrital de Hacienda”
Que existe en la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Hacienda, entre otros, un empleo (1) vacante en carrera administrativa denominado Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 04, ubicado en la Oficina de Notificaciones y Documentación fiscal de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda, el cual puede ser provisto transitoriamente por necesidades del servicio, con el fin de garantizar el cabal desarrollo de las actividades de la entidad.
Que la Subdirección del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Hacienda, realizó la revisión de la documentación de la señora LEIDY MARCELA PRIETO TORRES, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.073.680.681, determinando que cumple con las condiciones y reúne los requisitos previstos en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la Secretaría Distrital de Hacienda, modificado mediante Resolución No. SDH- 000371 del 18 de septiembre de 2023, para desempeñar el empleo de Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 04, ubicado en la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá, de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda; así mismo, se verificaron directamente los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, sin encontrarse anotación especial.
Que la Corte Constitucional en Sentencia T-147 de 2013, respecto a la naturaleza de los nombramientos en provisionalidad, señaló que:
“La vinculación en calidad de provisional constituye un modo de proveer cargos públicos “cuando se presentan vacancias definitivas o temporales y mientras éstos se proveen en propiedad conforme a las formalidades de ley o cesa la situación administrativa que originó la vacancia temporal”. Los cargos provisionales, como su nombre lo indica, son de carácter transitorio y excepcional y buscan solucionar las necesidades del servicio y evitar la parálisis en el ejercicio de las funciones públicas mientras se realizan los procedimientos ordinarios para cubrir las vacantes en una determinada entidad, en aplicación de los principios de eficiencia y celeridad. La naturaleza de los cargos provisionales difiere de la de los cargos de carrera administrativa y de los empleos de libre nombramiento y remoción. Los funcionarios nombrados en provisionalidad en empleos de carrera no cuentan con las garantías que de ella se derivan, pese a lo cual, tienen el derecho a que se motive el acto administrativo por medio del cual son retirados de su cargo, ya que dicha motivación se erige como una garantía mínima que se deriva del derecho fundamental al debido proceso y del control a la arbitrariedad de la administración, y no del hecho de pertenecer a un cargo de carrera. Los cargos provisionales no son asimilables a los cargos de carrera administrativa, y es por ello que a los primeros no le son aplicables los derechos que se derivan de ella, ya que quienes se hallan vinculados en REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7983• PP. 1-6 • 2024 • ABRIL • 12 6 “Por la cual se realiza un nombramiento en provisionalidad en una vacante definitiva de la Secretaría Distrital de Hacienda” provisionalidad no agotaron los requisitos que exige la Constitución y la ley para gozar de tales beneficios, es decir, superar exitosamente el concurso de méritos y el período de prueba, entre otros. Pero tampoco pueden asimilarse a los de libre nombramiento y remoción, pues su vinculación no se sustenta en la confianza para ejercer funciones de dirección o manejo que es propia de éstos, sino en la necesidad de evitar la parálisis de la función pública mientras se logra su provisión en los términos que exige la Constitución. En consecuencia, frente a los cargos provisionales no puede predicarse ni la estabilidad laboral propia de los de carrera ni la discrecionalidad relativa de los de libre nombramiento y remoción; razón por la que el nominador tiene la obligación de motivar el acto administrativo mediante el cual se produce la desvinculación.”
Que, por lo anterior, se considera procedente efectuar el nombramiento en provisionalidad a la señora LEIDY MARCELA PRIETO TORRES, en una vacante definitiva del empleo de Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 04, de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá, de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda, y hasta tanto este sea provisto mediante el sistema de mérito.
En mérito de lo expuesto;
RESUELVE:
Artículo 1º.
Nombrar en provisionalidad a la señora LEIDY MARCELA PRIETO TORRES, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.073.680.681, en una vacante definitiva del empleo de carrera administrativa denominado Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 04, ubicado en la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá, de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda y hasta que el mismo sea provisto de manera definitiva mediante el sistema de mérito, sin que este nombramiento genere derechos de carrera administrativa, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.
Artículo 2º.
La señora LEIDY MARCELA PRIETO TORRES, de conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, tendrá diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción de la comunicación del nombramiento para manifestar su aceptación o rechazo y diez (10) días hábiles para tomar posesión del cargo, los cuales se contarán a partir de la fecha de aceptación del nombramiento.
Parágrafo. El nombramiento y posesión a que se refiere el artículo precedente se sujetará a
lo establecido en los artículos 2.2.5.1.4 y 2.2.5.1.8 del Decreto 1083 de 2015.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7983 • PP. 1-7 • 2024 • ABRIL • 12 7 “Por la cual se realiza un nombramiento en provisionalidad en una vacante definitiva de la Secretaría Distrital de Hacienda”
Artículo 3°.
El presente nombramiento cuenta con saldo de apropiación presupuestal suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de factores constitutivos de salario y contribuciones inherentes a la nómina durante la vigencia fiscal en curso.
Artículo 4°.
Comunicar a la señora LEIDY MARCELA PRIETO TORRES, el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Hacienda.
Artículo 5°.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y surte efectos fiscales a partir de la posesión.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C., a los Ana Maria Cadena Ruiz - 52698252 Firmado digitalmente por Ana Maria Cadena Ruiz - 52698252 ANA MARÍA CADENA RUÍZ Secretaria Distrital de Hacienda Aprobado por: Olga Liliana Sandoval Rodríguez – Subsecretaria General Firmado digitalmente por Olga Liliana Sandoval Rodriguez - 52425031 Fecha: 2024.04.10 08:45:46 -05'00' Olga Liliana Sandoval Rodriguez - 52425031 Diego Armando Chitiva Sánchez – Director de Gestión Corporativa Firmado digitalmente por DIEGO ARMANDO CHITIVA SÁNCHEZ Revisado por:
Ingrid Marcela Barrera Correa - Subdirectora del Talento Humano Ingrid Marcela Barrera Correa - 52333985 Firmado digitalmente por Ingrid Marcela Barrera Correa - 52333985 Tania Margarita López Llamas – Asesora de la Dirección de Gestión Corporativa Tania López Firmado digitalmente por Tania López Ana María Charry Niño Firmado digitalmente por Ana María Charry Niño Proyectado por: Ana María Charry Niño – Profesional Universitario de la Subdirección del Talento Humano REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7983• PP. 1-8 • 2024 • ABRIL • 12 8 INSTITUTO DISTRITAL DE LA PARTICIPACIÓN Y ACCIÓN COMUNAL - IDPAC RESOLUCIÓN Nº 112 (15 de mrzo de 2024)
Por medio de la cual se acreditan los consejeros (as) locales de la Bicicleta electos (as) para el periodo 2024 - 2027 y se dictan otras disposiciones EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE LA PARTICIPACIÓN Y ACCIÓN COMUNAL -IDPAC- En ejercicio de las facultades conferidas en los literales a) y b) del artículo 56 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, conforme al mandato establecido en el Decreto Distrital 495 de 2019 Artículo 11, Parágrafo 1, inciso a), el Decreto Distrital 498 de 2022, en armonía con lo reglamentado mediante las Resoluciones IDPAC 084 del 21 de febrero de 2020 y 524 de 2023 y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 de la Ley 1757 de 2015 establece que, “La participación de la sociedad civil se expresa a través de aquellas instancias y mecanismos que permiten su intervención en la conformación, ejercicio y control de los asuntos públicos. Pueden tener su origen en la oferta institucional o en la iniciativa ciudadana”.
Que, el artículo 10 de Ley 1811 de 2016 establece que, “Las alcaldías promoverán la creación de organizaciones de ciclistas y promoverán su participación en las instancias locales de planeación, especialmente las que se deban configurar para el mejoramiento de la movilidad, el tránsito y el transporte”.
Que, a través del Decreto Distrital 495 de 2019 se crearon el Consejo Consultivo, el Consejo Distrital y los Consejos Locales de la Bicicleta, como instancias de participación ciudadana, los cuales funcionarán como órganos asesores y consultivos de la Administración Distrital y local respectivamente, con relación a la Política Pública de la Bicicleta, así como el seguimiento de estrategias, planes, proyectos y programas que se desarrollen en la ciudad relacionados con el uso de la bicicleta.
Que, el artículo 9 ibidem, dispone que en cada una de las veinte (20) localidades de Bogotá se creará un Consejo Local de la Bicicleta como instancia de participación ciudadana, la cual funcionará como órgano asesor y consultivo de la administración local, en relación con la Política Pública de la Bicicleta, así como la formulación y seguimiento de estrategias, planes, proyectos y programas que se desarrollen en la localidad, relacionados con el uso de la bicicleta.
Que, en el parágrafo 2 del artículo 11 del referido decreto se estableció que “El IDPAC tendrá seis (6) meses a partir de la vigencia del presente Decreto para reglamentar, a través de acto administrativo, el proceso de elección de los Consejeros y Consejeras Locales de la Bicicleta”.
Que, el Decreto 498 de 2022 modifica la conformación del Consejo Distrital de la Bicicleta, con el fin de avanzar hacia la participación paritaria en la conformación de los consejos locales de la bicicleta y así mismo, modificó la duración del periodo de la Instancia de participación.
Que, la Resolución 372 de 2021, suscrita por el Instituto Distrital de Participación y Acción Comunal- IDPAC “Por medio de la cual se convoca al proceso de elección de los (las) consejeros (as) locales de la bicicleta para el periodo 2022 – 2024 y se fija el calendario electoral”, estableció en su artículo Sede Principal: Avenida Calle 22 # 68C-51 Teléfono PBX: (57) (1) 2417900 - 2417930 www.participacionbogota.gov.co Código Postal: 110311 Página 1 de 6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7983 • PP. 1-9 • 2024 • ABRIL • 12 9 RESOLUCIÓN N° 112 Por medio de la cual se acreditan los consejeros (as) locales de la Bicicleta electos (as) para el periodo 2024 - 2027 y se dictan otras disposiciones tercero que la convocatoria y fijación del cronograma para futuras elecciones de los consejos locales de la bicicleta, se realizará por medio de circular suscrita por parte del director general del IDPAC.
Que, la Resolución 084 del 21 de febrero de 2020, suscrita por el Director General del Instituto Distrital de Participación y Acción Comunal- IDPAC “Por medio de la cual se reglamenta el proceso de elección de los (las) Consejeros (as) Locales de la Bicicleta mediante el Decreto 495 de 2019” fue modificada por las Resoluciones 105 del 19 de marzo de 2020, 120 del 17 de abril de 2020, 136 del 11 de mayo 2020 y 24 de 2023 en lo que respecta al cronograma electoral, la inscripción de candidatos, los requisitos para los (as) electores (as), la votación y la fórmula electoral.
Que, mediante la Circular 015 de noviembre de 2023, el Director General del Instituto Distrital de Participación y Acción Comunal- IDPAC convocó el proceso de elección de los (las) consejeros (as) locales de la Bicicleta y fijó el calendario del proceso electoral, el cual posteriormente fue modificado por la circular 023 de diciembre de 2023.
Que, conforme al cronograma establecido en la circular 023 de diciembre de 2023, durante el período comprendido entre el 9 de noviembre de 2023 y el 16 de febrero de 2024, se realizó la inscripción de candidatos, candidatas y electores interesados en participar del ejercicio electoral de los consejeros y consejeras locales de la Bicicleta.
Que, mediante el Decreto Distrital 606 de 2023 se actualizó el Sistema Distrital de Participación Ciudadana del Distrito Capital y con ello, se crea la Jornada Única Electoral Ciudadana que será reglamentada por el Instituto Distrital de Participación y Acción Comunal.
Que, una vez recibidos los documentos de los (as) candidatos (as) inscritos (as) y electores, se procedió con la subsanación de la documentación solicitada en cada uno de los casos hasta el 20 de febrero de 2024, y una vez superada esta etapa, el IDPAC y la Secretaría Distrital de Movilidad, publicaron, el 21 de febrero 2024, en sus respectivas páginas web, la lista de candidatos y candidatas habilitados(as) para participar en el proceso electoral.
Que, dando aplicación a lo estipulado en el cronograma electoral, se realizó la jornada de votaciones desde las 8:00 am del 22 de febrero de 2023 hasta las 2:00 pm del 29 de febrero de 2023. Del mismo modo, el escrutinio se realizó mediante la plataforma Facebook del IDPAC, el 29 de febrero de 2023 a las 3:00 pm, con presencia de la Secretaría de Movilidad, el Instituto Distrital de Participación y Acción Comunal y la Veeduría Distrital.
Que, los resultados de dichos comicios fueron consignados en las actas de escrutinio de fecha 29 de febrero de 2024, sin que se presentaran impugnaciones frente al resultado de la elección.
Que, en lo que respecta a las localidades de Chapinero, Santa Fe, Barrios Unidos, Teusaquillo, Antonio Nariño, La Candelaria, Rafael Uribe Uribe, Ciudad Bolívar y Sumapaz se instalará el Comité de Impulso para realizar un nuevo proceso eleccionario conforme a las disposiciones de la Resolución 524 de 2023, dado que no se inscribió la cantidad mínima de candidatos que se requerían para conformar el Consejo Local de la Bicicleta.
Que, considerando lo expuesto con anterioridad y teniendo en cuenta lo establecido en el Decreto 498 del 2022, Artículo 5, parágrafo 1, literal b) sobre la paridad de género “se requiere que el Sede Principal: Avenida Calle 22 # 68C-51 Teléfono PBX: (57) (1) 2417900 - 2417930 www.participacionbogota.gov.co Código Postal: 110311 Página 2 de 6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7983• PP. 1-10 • 2024 • ABRIL • 12 10 RESOLUCIÓN N° 112 Por medio de la cual se acreditan los consejeros (as) locales de la Bicicleta electos (as) para el periodo 2024 - 2027 y se dictan otras disposiciones consejo esté compuesto, al menos, por el cincuenta por ciento (50%) de mujeres electas como consejeras en cada localidad, cuando el número de consejeros sea impar se deberá aproximar hacia el porcentaje mayor el número de mujeres. En caso de no lograrse al menos la representación del cincuenta por ciento (50%) de mujeres, se continuará en la conformación de los Consejos con las personas que sigan en lista ordenadas según el número de votos.”
Que, en actas de escrutinio del 29 de febrero de 2024, se determinan los consejeros y las consejeras locales de la Bicicleta para el período 2024-2027, de las siguientes localidades a saber: Usaquén, San Cristóbal, Usme, Tunjuelito, Bosa, Kennedy, Fontibón, Engativá, Suba, Mártires, Puente Aranda.
Que, en mérito de lo expuesto, el Director general del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal – IDPAC,
RESUELVE:
ARTÍCULO ACREDITAR a los consejeros y consejeras locales de la Bicicleta para el período 2024- 2027, electos(as) de conformidad con las actas de escrutinio de la fecha 29 de febrero de 2024, de la siguiente manera:
Consejo Local de la Bicicleta Usaquén:
1. Ana Isabel Arévalo Vega
2. Carmen Cecilia Iriarte Palencia
3. Juan Santiago Ángel Samper
4. Emma Patricia Quintero Suica
Consejo Local de la Bicicleta San Cristóbal:
1. Manuel Fernando Pérez Sánchez
2. Wilmer Martínez Romero
3. Erika Paola Acosta Gutiérrez
Consejo Local de la Bicicleta Usme:
1. Angélica Moreno Vargas
2. Diana Katherine Piraquive Cepeda
3. Andrea Velásquez Murillo
4. Wilmar Alonso Garzón Contreras
5. Andrés Castellanos Algarra
Consejo Local de la Bicicleta Tunjuelito:
1. Andrés Guillermo Espinosa Triana
Sede Principal: Avenida Calle 22 # 68C-51 Teléfono PBX: (57) (1) 2417900 - 2417930 www.participacionbogota.gov.co Código Postal: 110311 Página 3 de 6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7983 • PP. 1-11 • 2024 • ABRIL • 12 11 RESOLUCIÓN N° 112 Por medio de la cual se acreditan los consejeros (as) locales de la Bicicleta electos (as) para el periodo 2024 - 2027 y se dictan otras disposiciones
2. Caleb David Mendoza Culma
3. Luis Eduardo Guzmán Rojas
4. Luis Felipe Reinosa López
5. Rafel Dionisio Escalante Salcedo
Consejo Local de la Bicicleta Bosa:
1. Yeni Paola Vásquez Sánchez
2. Yina Mairele Lasso Falla
3. Leidy Janteh Cárdenas Montañez
4. Fredy Alexander Martínez Guzmán
5. Frans David Izquierdo Rodríguez
6. Johanny Martínez Salamanca
7. Fredy Contreras Duarte
Consejo Local de la Bicicleta Kennedy:
1. Danna Stephanni Castillo Bejarano
2. Natalia Paola Duque Gómez
3. Dáiron Ferney Lara Sánchez
4. Ricardo Newball Beltrán
5. William Rodríguez Vargas
6. Omar Herfén Aguillón
7. Andrés Mauricio Delgado Cuevas
Consejo Local de la Bicicleta Fontibón:
1. Sandra María González Vera
2. Walter Henry García Acero
3. Iván Darío Ospina Duarte
4. Carlos Andrés Soriano Soriano
5. Hernando Buitrago Rodríguez
Consejo Local de la Bicicleta Engativá:
1. Astrit Maritza Gómez Gómez
2. Diana María Quintero Segura
3. Lady Yohana Guevara Buitrago
4. Liliana Árevalo Forero
5. Juan Carlos Madero Araque
6. Eduar Oswaldo Mesa Garnica
7. Miguel Ricardo Fresneda Cifuentes
Sede Principal: Avenida Calle 22 # 68C-51 Teléfono PBX: (57) (1) 2417900 - 2417930 www.participacionbogota.gov.co Código Postal: 110311 Página 4 de 6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7983• PP. 1-12 • 2024 • ABRIL • 12 12 RESOLUCIÓN N° 112 Por medio de la cual se acreditan los consejeros (as) locales de la Bicicleta electos (as) para el periodo 2024 - 2027 y se dictan otras disposiciones Consejo Local de la Bicicleta Suba:
1. Adrián Antonio Bernal Sanabria
2. Juan Pablo Molano Garzón
3. Jonathan Steffe Sánchez Rubiano
4. Angie Marcela Ramírez Contreras
5. Armando Iván Donado Redondo
6. Juan Camilo Rocha Caicedo
Consejo Local de la Bicicleta Mártires:
1. Edwin Vázquez Santos
2. Juan David Pinto Rodríguez
3. Jaime Alexander García Rico
Consejo Local de la Bicicleta Puente Aranda:
1. Julián Stevan Guerrero Orjuela
2. Nicolás Felipe Medina Franco
3. Hariján Nicolás Martínez Galvis
4. Magda Johanna Bernal Rodríguez
5. Rolando Esteban Cruz Acosta
Artículo 2.
INSTALAR el comité de impulso en lo que respecta a las localidades de Chapinero, Santa Fe, Barrios Unidos, Teusaquillo, Antonio Nariño, La Candelaria, Rafael Uribe Uribe, Ciudad Bolívar y Sumapaz, con el objetivo de realizar un nuevo proceso eleccionario conforme a las disposiciones de la Resolución 524 de 2023.
Parágrafo. El periodo de los consejeros y consejeras locales que se acreditan mediante
la presente resolución se encuentra sujeto a la reglamentación de las disposiciones del Decreto Distrital 606 de 2023 frente a la Jornada Única Electoral.
Artículo 3.
PUBLICAR el presente acto en la página web de la entidad, garantizándose su amplia divulgación.
Artículo 4.
COMUNICAR el presente acto a las Alcaldías Locales para que procedan a la instalación de los Consejos de la Bicicleta en sus localidades
Artículo 5.
VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Dada en la ciudad de Bogotá D.C., a los quince (15) días del mes de marzo de 2024.
Sede Principal: Avenida Calle 22 # 68C-51 Teléfono PBX: (57) (1) 2417900 - 2417930 www.participacionbogota.gov.co Código Postal: 110311 Página 5 de 6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7983 • PP. 1-13 • 2024 • ABRIL • 12 13 RESOLUCIÓN N° 112 Por medio de la cual se acreditan los consejeros (as) locales de la Bicicleta electos (as) para el periodo 2024 - 2027 y se dictan otras disposiciones PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN PABLO CAMACHO LÒPEZ Director General Funcionario/Contratista Nombre completo y cargo Firma Proyectado por: Adriana Paola Acuña – Contratista Gerencia de Instancias y Mecanismos de Participación Carlos Andrés Orejuela Parra – Gerente de Instancias y Mecanismos de Participación (E) Revisado: Magda Liliana Rojas – Subdirectora de Fortalecimiento a la Organización Social (E) Elsy Yanive Alba Vargas – Jefe Oficina Jurídica.
Yuly Marcela Barajas Aguilera – Asesora Dirección Revisado y Aprobado por dirección:
Declaramos que hemos revisado el presente documento y lo encontramos ajustado a las normas y disposiciones legales y, por lo tanto, presentamos para firma del director general del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal – IDPAC.
Sede Principal: Avenida Calle 22 # 68C-51 Teléfono PBX: (57) (1) 2417900 - 2417930 www.participacionbogota.gov.co Código Postal: 110311 Página 6 de 6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7983• PP. 1-14 • 2024 • ABRIL • 12 14
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