Registro Distrital 7936 de 2024
Registro Distrital 7936 de 2024 Nivel Distrital
- Tipo
- Registro Distrital
- Número
- 7936
- Año
- 2024
- Fecha
- 15 de febrero de 2024
- Entidad
- Nivel Distrital
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
5,5 ALCALDE MAYOR Carlos Fernando Galán Pachón ALCALDESA MAYOR Claudia Nayibe López Hernández REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • No. 7936- Pp 1 - 66 - 2024 • FEBRERO • 15 CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Central DECRETOS DE 2024 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. DECRETO Nº 066 “Por medio del cual se efectúa un nombramiento”........................................... 4 DECRETO Nº 069 “Por medio del cual se efectúa un nombramiento”........................................... 6 Sector Descentralizado RESOLUCIONES DE 2024 INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO - IDU RESOLUCIÓN Nº 183 “Por medio de la cual se resuelve dejar sin efectos la elegibilidad de algunas unidades sociales para optar al reconocimiento económico previsto en el Plan de Gestión Social del Proyecto Vía de Integración Regional Calle 13 (Av. Cen tenario) desde el Limite Occidental del Distrito hasta la Troncal Américas con Carrera 50, conforme a la Resolución 5965 de 2006, por medio de la cual se adoptan los procedimientos tendientes a la aplicación de los criterios y facto res establecidos en el Decreto 329 de 2006, que modificó el Decreto 296 de 2003”................................................................................................................. 8 INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN Nº 225 “Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de los empleos de la planta de empleos del Instituto Distrital de Re creación y Deporte”......................................................................................... 28 Sector Local DECRETOS LOCALES DE 2024 ALCALDÍA LOCAL DE BOSA DECRETO LOCAL Nº 001 “Por el cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administrado ra Local de Bosa con el objetivo de aprobar el Proyecto de Acuerdo 001 de 2024”............................................................................................................... 57 ALCALDÍA LOCAL DE LOS MÁRTIRES DECRETO LOCAL Nº 005 “Por el cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de los Mártires para que se surta el proceso de integración de la terna para la designación de alcalde o alcaldesa local de la Alcaldía de Los Mártires para el periodo 2024-2027”............................................................................. 59 ALCALDÍA LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE DECRETO LOCAL Nº 005 “Por medio del cual amplia la fecha de la convocatoria a Sesiones Extraordi narias a la Junta Administradora Local de Rafael Uribe Uribe del 16 de febrero del 2024 al 29 de febrero de 2024 y se modifica el Decreto Local 004 del 2 de febrero de 2024”.............................................................................................. 62 ALCALDÍA LOCAL DE ANTONIO NARIÑO DECRETO LOCAL Nº 006 “Por medio del cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Adminis tradora Local de Antonio Nariño para el periodo comprendido entre el nueve (09) hasta el veintinueve (29) de febrero de 2024, inclusive”......................... 65 AÑO 58 NÚMERO 7936 15 • FEBRERO • 2024 ALCALDESA MAYOR Claudia Nayibe López Hernández SECRETARÍA GENERAL ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL.
LA PUBLICACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS EN EL REGISTRO DISTRITAL SE REALIZA DE ACUERDO A LA LEY 1437 DEL 2011 EN SU ARTÍCULO 65 MODIFICADO POR LA LEY 2080 DE 2021 “POR LA CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO”.
CORREO: REGISTRODISTRITAL@ALCALDIABOGOTA.GOV.CO DIRECCIÓN: CALLE 11 SUR #1-60 ESTE - LA MARÍA - BOGOTÁ D.C.
TELÉFONO: 381 3000 EXT. 5010 - 5202 SUBDIRECTORA IMPRENTA DISTRITAL: MARCELA IRENE DE JESÚS GONZÁLEZ BONILLA DECRETOS DE 2024 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
DECRETO Nº 066 (13 de febrero de 2024)
“Por medio del cual se efectúa un nombramiento”
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-4 • 2024 • FEBRERO • 15 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-5 • 2024 • FEBRERO • 15 5 DECRETO Nº 069 (15 de febrero de 2024)
“Por medio del cual se efectúa un nombramiento”
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-6 • 2024 • FEBRERO • 15 6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-7 • 2024 • FEBRERO • 15 7 RESOLUCIONES DE 2024 INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO - IDU RESOLUCIÓN Nº 183 (30 de enero de 2024)
“Por medio de la cual se resuelve dejar sin efectos la elegibilidad de algunas unidades sociales para optar al reconocimiento económico previsto en el Plan de Gestión Social del Proyecto Vía de Integración Regional Calle 13 (Av.
Centenario) desde el Limite Occidental del Distrito hasta la Troncal Américas con Carrera 50, conforme a la Resolución 5965 de 2006, por medio de la cual se adoptan los procedimientos tendientes a la aplicación de los criterios y factores establecidos en el Decreto 329 de 2006, que modificó el Decreto 296 de 2003”.
EL DIRECTOR TÉCNICO DE PREDIOS DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO - IDU, en uso de sus facultades reglamentarias atribuidas por la Resolución de Nombramiento No 1551 del 7 de marzo de 2023 y Acta de Posesión 079 del 03 de abril de 2023 y la Resolución de delegación de funciones No 6165 del 29 de diciembre de 2023, proferidas por la Dirección General del INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO establecimiento público de orden Distrital, creado por el Acuerdo 19 de 1972, reglamentado por el Acuerdo 006 del 2021 del Consejo Directivo del IDU, por medio de la cual se adoptó la nueva estructura organizacional del IDU y se determinaron las funciones de sus dependencias, y demás disposiciones concordantes y
CONSIDERANDO:
1.
Que el Artículo 58 de la Constitución Política de Colombia establece:
“Se garantizan la propiedad privada y los demás derechos adquiridos con arreglo a las leyes civiles, los cuales no pueden ser desconocidos ni vulnerados por leyes posteriores. Cuando de la aplicación de una ley expedida por motivos de utilidad pública o interés social, resultare en conflicto los derechos de los particulares con la necesidad por ella reconocida, el interés privado deberá ceder al interés público o social. La propiedad es una función social que implica obligaciones. Como tal, le es inherente una función ecológica. El Estado protegerá y promoverá las formas asociativas y solidarias de propiedad. Por motivos de utilidad pública o interés social definidos por el legislador, podrá haber expropiación mediante sentencia judicial e indemnización previa. Este se fijará consultando los intereses de la comunidad y del afectado. En los casos que determine el legislador, dicha expropiación podrá adelantarse por vía administrativa, sujeta a posterior acción contenciosaadministrativa, incluso respecto del precio”.
2.
Que la Ley 388 de 1997, modificó la Ley 9 de 1989, “(…) por la cual se dictan normas sobre planes de desarrollo municipal, compraventa y expropiación de bienes y 1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-8 • 2024 • FEBRERO • 15 8 Subsistema de Gestión Antisoborno - IDU denuncia.soborno@idu.gov.co Para descargar la versión firmada mecánicamente puede escanear el código QR DTDP 202432500001836 Información Pública RESOLUCIÓN NÚMERO 183 DE 2024 “Por medio de la cual se resuelve dejar sin efectos la elegibilidad de algunas unidades sociales para optar al reconocimiento económico previsto en el Plan de Gestión Social del Proyecto Vía de Integración Regional Calle 13 (Av. Centenario) desde el Limite Occidental del Distrito hasta la Troncal Américas con Carrera 50, conforme a la Resolución 5965 de 2006, por medio de la cual se adoptan los procedimientos tendientes a la aplicación de los criterios y factores establecidos en el Decreto 329 de 2006, que modificó el Decreto 296 de 2003”. se dictan otras disposiciones” y dispuso que la función pública de ordenamiento del territorio local se ejerce mediante la acción de “Dirigir y realizar la ejecución de obras de infraestructura para el transporte (…), y a su vez en el artículo 58 ibídem, prevé la adquisición de inmuebles por motivos de utilidad pública o interés social y los literales c) Ejecución de programas y proyectos de renovación urbana y provisión de espacios públicos urbanos. y e) Ejecución de programas y proyectos de infraestructura vial y de sistemas de transporte masivo. Cuando en desarrollo de los proyectos que trata se adelanten expropiaciones administrativas tendientes a la adquisición de predios que impliquen movilización involuntaria de ciudadanos.
3.
Que el Decreto Distrital 555 de diciembre de 2021 “Por el cual se adopta la revisión general del Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá D.C.” estipula sobre los estándares de Calidad del Hábitat en sus artículos 286, 385 y 386 lo siguiente:
“Artículo 286. Participación del Instituto de Desarrollo Urbano o la entidad competente para la adquisición de predios para la realización de obras para el cumplimiento de obligaciones urbanísticas aplicables al tratamiento de desarrollo. La participación de la administración distrital para la adquisición de suelos y/o ejecución de las obras de carga general para el cumplimiento de obligaciones urbanísticas aplicables al tratamiento de desarrollo, se dará a través del Instituto de Desarrollo Urbano y demás entidades competentes, y se concretará en la gestión pública del suelo de conformidad con el artículo 2.2.5.5.1 y siguientes del Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015.
Los costos asociados a la totalidad del proceso estarán a cargo del promotor, urbanizador y/o titular del proyecto. Las entidades competentes establecerán los procedimientos respectivos para el cumplimiento de las condiciones establecidas en este artículo”.
Artículo 385.
Reasentamiento de familias. Podrán ser objeto de reasentamiento, las familias asentadas en predios donde se requiera ejecutar obras de estabilización, retención, drenaje o control, para evitar que la zona de afectación se amplíe e involucre nuevos predios.
2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-9 • 2024 • FEBRERO • 15 9 Subsistema de Gestión Antisoborno - IDU denuncia.soborno@idu.gov.co Para descargar la versión firmada mecánicamente puede escanear el código QR DTDP 202432500001836 Información Pública RESOLUCIÓN NÚMERO 183 DE 2024 “Por medio de la cual se resuelve dejar sin efectos la elegibilidad de algunas unidades sociales para optar al reconocimiento económico previsto en el Plan de Gestión Social del Proyecto Vía de Integración Regional Calle 13 (Av. Centenario) desde el Limite Occidental del Distrito hasta la Troncal Américas con Carrera 50, conforme a la Resolución 5965 de 2006, por medio de la cual se adoptan los procedimientos tendientes a la aplicación de los criterios y factores establecidos en el Decreto 329 de 2006, que modificó el Decreto 296 de 2003”.
Artículo 386.
Acciones para el reasentamiento. El reasentamiento implica la realización, entre otras de las siguientes acciones conforme a lo contemplado en los numerales: (…)
2. Priorizar las familias a reasentar, acorde con la inminencia del riesgo y los proyectos estratégicos o el restablecimiento de condiciones para aquellas impactadas por obra pública a desarrollar, determinando los eventos de traslado inmediato y provisional, cuando se requiera.
3. Definir los criterios para adelantar el programa de reasentamiento y el de restablecimiento de condiciones socio económicas y las modalidades o alternativas habitacionales viables, técnica, económica y jurídicamente sostenibles.
4. Formular e implementar el plan de gestión social para el reasentamiento y el restablecimiento de condiciones socio económicas para garantizar la integración social y económica de las familias u hogares a reasentar (…)”.
4.
Que dentro de los fines misionales del Instituto de Desarrollo Urbano contenidos en el Acuerdo 019 de 1972, se encuentra la de desarrollar obras de infraestructura de los sistemas de movilidad y espacio público contemplados en el plan de ordenamiento territorial, plan de desarrollo económico y social de obras públicas.
5.
Que el Concejo de Bogotá, mediante Acuerdo Distrital 10 de 2000, reguló el pago de compensaciones por parte del Instituto de Desarrollo Urbano-IDU en el Distrito Capital y dictó otras disposiciones, cuando se configure el desplazamiento involuntario de la población, por razón de la ejecución de obras públicas o el desarrollo de acciones de renovación urbana adelantadas por el IDU.
6.
Que el Decreto Distrital 296 de 2003 “Por el cual se reglamenta el Acuerdo 10 de 2000 y parcialmente los artículos 292,293 y 294, numeral 3° del Título II (…)”, plantea 3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-10 • 2024 • FEBRERO • 15 10 Subsistema de Gestión Antisoborno - IDU denuncia.soborno@idu.gov.co Para descargar la versión firmada mecánicamente puede escanear el código QR DTDP 202432500001836 Información Pública RESOLUCIÓN NÚMERO 183 DE 2024 “Por medio de la cual se resuelve dejar sin efectos la elegibilidad de algunas unidades sociales para optar al reconocimiento económico previsto en el Plan de Gestión Social del Proyecto Vía de Integración Regional Calle 13 (Av. Centenario) desde el Limite Occidental del Distrito hasta la Troncal Américas con Carrera 50, conforme a la Resolución 5965 de 2006, por medio de la cual se adoptan los procedimientos tendientes a la aplicación de los criterios y factores establecidos en el Decreto 329 de 2006, que modificó el Decreto 296 de 2003”. sobre los componentes del Plan de Gestión Social en su artículo 4° lo siguiente:
“Artículo 4º.- Componentes del Plan de Gestión Social. El Plan de Gestión Social es el conjunto de programas, actividades y acciones tendientes a abordar integralmente a las familias a reasentar a fin de minimizar los efectos negativos del desplazamiento involuntario. El Plan de Gestión Social tendrá un componente social y un componente económico. Componente Social: Corresponde al conjunto de programas, planes, proyectos, estrategias, actividades y acciones con los cuales se pretende mitigar y minimizar los impactos sociales, económicos y culturales en la población desplazada por la ejecución de los proyectos. Componente Económico: Corresponde a los reconocimientos económicos que hace la entidad a cargo del proyecto, los cuales tienen por objeto minimizar los impactos socioeconómicos generados por el desplazamiento”.
7.
Que el Decreto Distrital 329 de 2006 modificó parcialmente el Decreto 296 de 2003 en lo atinente a los factores y parámetros para el reconocimiento y pago del componente económico del Plan de Gestión Social.
8.
Que el artículo 2° de la Resolución 5965 de 2006 “Por la cual se adoptan los procedimientos tendientes a la aplicación de los criterios y factores establecidos en el decreto 329 del 22 de agosto de 2006, que modificó el decreto 296 del 16 de septiembre de 2003 y se dictan otras disposiciones”, expedida por el INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO – IDU, consagró dentro de los OBJETIVOS DEL PLAN DE GESTION SOCIAL los siguientes: “1. Mitigar y hacer un reconocimiento económico por los impactos negativos causados por el desplazamiento involuntario de la población a causa de las obras públicas que desarrolla el Instituto de Desarrollo Urbano - IDU, en el Distrito, con el propósito de que las unidades sociales logren el restablecimiento de sus condiciones iniciales en cuanto a: vivienda, actividades económicas (producción /renta), acceso a servicios sociales, y redes sociales, garantizando que éstas conserven su calidad de vida y en lo posible mejore significativamente. 2. Facilitar el traslado de la población evitando su reasentamiento en zonas no legalizadas, de alto riesgo, de preservación ambiental o en corredores viales, manteniendo o mejorando en lo posible su calidad de vida, propiciando el 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-11 • 2024 • FEBRERO • 15 11 Subsistema de Gestión Antisoborno - IDU denuncia.soborno@idu.gov.co Para descargar la versión firmada mecánicamente puede escanear el código QR DTDP 202432500001836 Información Pública RESOLUCIÓN NÚMERO 183 DE 2024 “Por medio de la cual se resuelve dejar sin efectos la elegibilidad de algunas unidades sociales para optar al reconocimiento económico previsto en el Plan de Gestión Social del Proyecto Vía de Integración Regional Calle 13 (Av. Centenario) desde el Limite Occidental del Distrito hasta la Troncal Américas con Carrera 50, conforme a la Resolución 5965 de 2006, por medio de la cual se adoptan los procedimientos tendientes a la aplicación de los criterios y factores establecidos en el Decreto 329 de 2006, que modificó el Decreto 296 de 2003”. ordenamiento urbano y facilitando la restauración de inmuebles y predios aledaños a la obra”.
9.
Que el artículo 5° ibídem, determinó, que serán beneficiarios del componente económico del Plan de Gestión Social, todas las unidades sociales que; “(…) Estén incluidas en el plan de gestión social elaborado con base en el censo y diagnóstico socioeconómico de cada proyecto y aprobado por el Instituto; 2. Sean objeto de desplazamiento a causa directa de la adquisición del predio para la obra pública ejecutada por el IDU. (…)”.
10.Que de acuerdo con el artículo 9° ibídem, en relación con la recepción de la documentación se señaló que; “Para el correspondiente estudio y análisis, los documentos serán solicitados mediante oficio dirigido al responsable de la unidad social, el cual deberá contar con los documentos en su totalidad dentro de los dos (2) meses siguientes a la fecha del recibo de la comunicación enviada por el IDU a la última dirección aportada en el expediente. De no contarse con la documentación en el término previsto, se concederá un término adicional de cinco días hábiles.
Parágrafo. Para el caso de los documentos que provengan del extranjero, estos
deben cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 65 y 259 del C.P.C y podrá otorgarse un plazo de ocho (8) días hábiles adicionales para aportarlos”. Es por ello que, de acuerdo al procedimiento establecido, para iniciar el trámite de reconocimiento económico el Instituto de Desarrollo Urbano remite a la unidad social beneficiaria un oficio donde se solicita la documentación para acreditar la tenencia, el tipo, verificar las condiciones de traslado y la obtención del paz y salvo del propietario del predio en los casos que aplique.
11.
Que de conformidad con el artículo 12° de la Resolución 5965 de 2006 se señalaron los factores del no reconocimiento del componente económico del plan de gestión social: “(…) Son motivos para no reconocer todos o algunos de los factores del componente económico: 1. No cumplir con los requisitos para ser beneficiario del componente económico. 3. Presentar documentación incompleta, con inconsistencias, incoherencias o irregularidades, no subsanadas en la oportunidad establecida en el artículo décimo de la presente resolución. 4. Negarse a aportar u 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-12 • 2024 • FEBRERO • 15 12 Subsistema de Gestión Antisoborno - IDU denuncia.soborno@idu.gov.co Para descargar la versión firmada mecánicamente puede escanear el código QR DTDP 202432500001836 Información Pública RESOLUCIÓN NÚMERO 183 DE 2024 “Por medio de la cual se resuelve dejar sin efectos la elegibilidad de algunas unidades sociales para optar al reconocimiento económico previsto en el Plan de Gestión Social del Proyecto Vía de Integración Regional Calle 13 (Av. Centenario) desde el Limite Occidental del Distrito hasta la Troncal Américas con Carrera 50, conforme a la Resolución 5965 de 2006, por medio de la cual se adoptan los procedimientos tendientes a la aplicación de los criterios y factores establecidos en el Decreto 329 de 2006, que modificó el Decreto 296 de 2003”. oponerse a practicar pruebas requeridas por el IDU, en cuyo caso quedará constancia escrita mediante informe del equipo adscrito al proyecto (…). No se reconocerán aquellos factores sobre los cuales las unidades sociales no cuenten con la totalidad de los requisitos establecidos para su reconocimiento de acuerdo con los parámetros establecidos en esta resolución”.
12.De acuerdo con el artículo 5° de la Resolución 1412 de 2019 se estableció el régimen probatorio con el fin de adelantar los trámites tendientes a realizar el reconocimiento económico derivado del componente económico, en virtud de lo anterior la norma consagra que además de la información recolectada en el censo y diagnóstico socioeconómico, servirán como medios de prueba para conceder los reconocimientos los previstos en la Resolución 5965 de 2006 y la presente resolución, así como los informes técnicos de cualquier naturaleza, los conceptos de las visitas de verificación, los oficios de solicitud de documentos dirigidos a terceros donde se indica que la unidad social debe actualizar sus datos de residencia y teléfono ya que la solicitud será enviada a la última dirección que aparece registrada en el expediente predial; y en general cualquier medio probatorio que sea útil para constatar dicha información.
13.Que el Acuerdo 006 de 2021 emanado del Consejo Directivo del IDU, adopta la estructura organizacional del Instituto de Desarrollo Urbano – IDU, y se determinan las funciones de sus dependencias entre ellas la de la Dirección Técnica de Predios, quien tiene como funciones a desarrollar entre otras las siguientes: “(…)Proponer políticas, estrategias, planes y programas que con lleven a mitigar los impactos socioeconómicos y culturales en la población afectada por el proceso de adquisición de predios y responder por la implementación y ejecución de aquellos que se adopten; Formular, implementar y ejecutar los planes de gestión social que deban adoptarse, para mitigar los impactos causados durante el proceso de adquisición de predios, de conformidad con las políticas, estrategias, planes y programas establecidos(…)”.
6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-13 • 2024 • FEBRERO • 15 13 Subsistema de Gestión Antisoborno - IDU denuncia.soborno@idu.gov.co Para descargar la versión firmada mecánicamente puede escanear el código QR DTDP 202432500001836 Información Pública RESOLUCIÓN NÚMERO 183 DE 2024 “Por medio de la cual se resuelve dejar sin efectos la elegibilidad de algunas unidades sociales para optar al reconocimiento económico previsto en el Plan de Gestión Social del Proyecto Vía de Integración Regional Calle 13 (Av. Centenario) desde el Limite Occidental del Distrito hasta la Troncal Américas con Carrera 50, conforme a la Resolución 5965 de 2006, por medio de la cual se adoptan los procedimientos tendientes a la aplicación de los criterios y factores establecidos en el Decreto 329 de 2006, que modificó el Decreto 296 de 2003”.
14.Que la Resolución IDU Número 6165 del 29 de diciembre de 2023, emitida por la Dirección General del Instituto de Desarrollo Urbano- IDU, “Por la cual se delegan funciones y se dictan otras disposiciones” en su artículo 24 delega al Director Técnico de Predios, entre otras las siguientes funciones: “24.1 Autorizar el reconocimiento y el pago de compensaciones y/o primas de reasentamiento a las unidades sociales beneficiarias. 24.2 Suscribir las actas de transacción por concepto de pagos por reasentamiento y los demás actos a la autorización del pago de las mismas. 24.8 Autorizar las inclusiones, exclusiones, actualizaciones y demás modificaciones que deban realizarse al censo que forma parte del Plan de Gestión Social respectivo”.
DESARROLLO NORMATIVO DEL PROYECTO:
15.Que el proyecto “Vía de Integración Regional Calle 13 (Av. Centenario) desde el Límite Occidental del Distrito hasta la Troncal Américas con Carrera 50”, fue recogido en el actual Plan de desarrollo actual contenido en el artículo 19 del Acuerdo 761 del 12 de junio de 2020, “(…) Por medio del cual se adopta el plan de desarrollo económico, social, ambiental y de obras públicas del distrito capital 2020- 2024 “un nuevo contrato social y ambiental para la Bogotá del siglo XXI (…)”.
16.Que la Dirección General del Instituto de Desarrollo Urbano - IDU, expidió la Resolución 5571 de fecha 27 de noviembre de 2018, mediante la cual se anunció el proyecto Vía de Integración Regional Calle 13 (Av. Centenario) desde el Límite del Distrito hasta la Troncal Américas con Carrera 50”, y se iniciaron los trámites para incorporar el trazado al Plan de Ordenamiento Territorial de la Ciudad.
17.Que mediante el Decreto Distrital 801 del 20 de diciembre de 2018, “(…)Por medio del cual se declara la existencia de especiales Condiciones de Urgencia por motivos de utilidad pública e interés social, para la adquisición de los predios necesarios a través de expropiación por vía administrativa del proyecto Vía de Integración Regional Calle 13 (Av. Centenario) desde el Límite del Distrito hasta 7 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-14 • 2024 • FEBRERO • 15 14 Subsistema de Gestión Antisoborno - IDU denuncia.soborno@idu.gov.co Para descargar la versión firmada mecánicamente puede escanear el código QR DTDP 202432500001836 Información Pública RESOLUCIÓN NÚMERO 183 DE 2024 “Por medio de la cual se resuelve dejar sin efectos la elegibilidad de algunas unidades sociales para optar al reconocimiento económico previsto en el Plan de Gestión Social del Proyecto Vía de Integración Regional Calle 13 (Av. Centenario) desde el Limite Occidental del Distrito hasta la Troncal Américas con Carrera 50, conforme a la Resolución 5965 de 2006, por medio de la cual se adoptan los procedimientos tendientes a la aplicación de los criterios y factores establecidos en el Decreto 329 de 2006, que modificó el Decreto 296 de 2003”. la Troncal Américas con Carrera 50 (…)”, el Alcalde Mayor de Bogotá D.C., decretó en su artículo 1° sobre las condiciones de urgencia y declaró “(…) la existencia de especiales condiciones de urgencia por motivos de utilidad pública e interés social, para la adquisición de los derechos de propiedad y demás derechos reales, por enajenación voluntaria o expropiación por vía administrativa, de los predios requeridos para la ejecución del Proyecto (…)”, anunciado en la Resolución 5571 del 27 de noviembre de 2018, expedida por la Dirección General del IDU.
18.Que mediante la Resolución 1888 del 27 de diciembre de 2018, la Secretaría Distrital de Planeación, definió en su artículo 1° la “(…) Zona de Reserva Vial de la Avenida Centenario entre la Troncal Américas con Carrera 50 hasta el Límite Occidental del Distrito, de acuerdo con lo demarcado en los cuatro (4) planos (…)”.
19.Que mediante la Resolución 1412 el 5 de abril de 2019, la Dirección Técnica de Predios del Instituto de Desarrollo Urbano – IDU, dio inicio al Plan de Gestión Social del proyecto “Vía de Integración Regional Calle 13 (Av. Centenario) desde el Límite Occidental del Distrito hasta la Troncal Américas con Carrera 50”, y se estableció el número de unidades sociales que se encuentran localizadas en los predios requeridos, las que se identificaron mediante el levantamiento del censo y diagnóstico socio económico, y que serán beneficiarias del componente social y económico, la cual fue modificada por las Resoluciones 2714 del 19 de junio de 2019, 3581 del 31 de julio de 2019, 5299 del 16 de septiembre de 2019, 6903 del 7 de octubre de 2019, 10570 del 29 de noviembre de 2019, 2457 del 3 de marzo de 2020, 3860 del 07 de julio de 2020, 7515 del 9 de diciembre de 2020, 2242 del 25 de junio de 2021, 2147 del 7 de abril de 2022, 6425 del 31 de octubre de 2022 y Resolución 3915 del 10 de agosto de 2023.
20.Que mediante la Resolución 2714 del 19 de junio de 2019, “(…) por la cual se autorizan unas modificaciones censales al Plan de Gestión Social del proyecto Vía de Integración Regional Calle 13 (Av. Centenario) desde el Límite Occidental 8 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-15 • 2024 • FEBRERO • 15 15 Subsistema de Gestión Antisoborno - IDU denuncia.soborno@idu.gov.co Para descargar la versión firmada mecánicamente puede escanear el código QR DTDP 202432500001836 Información Pública RESOLUCIÓN NÚMERO 183 DE 2024 “Por medio de la cual se resuelve dejar sin efectos la elegibilidad de algunas unidades sociales para optar al reconocimiento económico previsto en el Plan de Gestión Social del Proyecto Vía de Integración Regional Calle 13 (Av. Centenario) desde el Limite Occidental del Distrito hasta la Troncal Américas con Carrera 50, conforme a la Resolución 5965 de 2006, por medio de la cual se adoptan los procedimientos tendientes a la aplicación de los criterios y factores establecidos en el Decreto 329 de 2006, que modificó el Decreto 296 de 2003”. del Distrito hasta la Troncal Américas con Carrera 50(…)”; se incluyeron noventa y un (91) Unidades Sociales.
21.Que mediante la Resolución 1373 del 10 de julio de 2019, la Secretaría Distrital de Planeación, modificó la Zona de Reserva Vial de la Avenida Centenario entre la Troncal Américas con Carrera 50 hasta el Límite Occidente del Distrito definida en la Resolución 1888 del 27 de diciembre de 2018, de acuerdo con lo demarcado en los planos 1 de 10, 2 de 10, 3 de 10, 4 de 10, 5 de 10, 6 de 10, 7 de 10, 8 de 10, 9 de 10 y 10 de 10.
22.Que mediante la Resolución 3581 del 31 de julio de 2019, la Dirección Técnica de Predios del Instituto de Desarrollo Urbano – IDU, autorizó la modificación censal y se incluyeron mil quinientas quince (1515) Unidades Sociales al Plan de Gestión Social del proyecto “Vía de Integración Regional Calle 13 (Av. Centenario) desde el Límite Occidental del Distrito hasta la Troncal Américas con Carrera 50”, adoptado mediante la Resolución 1412 del 5 de abril de 2019.
23.Que mediante la Resolución 6903 del 7 de octubre de 2019, la Dirección Técnica de Predios del Instituto de Desarrollo Urbano – IDU, autorizó la modificación censal de siete (7) Unidades Sociales al Plan de Gestión Social del proyecto “Vía de Integración Regional Calle 13 (Av. Centenario) desde el Límite Occidental del Distrito hasta la Troncal Américas con Carrera 50”, adoptado mediante la Resolución 1412 del 5 de abril de 2019.
24.
Que como consecuencia de las dinámicas sociales que presentan en el Distrito Capital, tanto las Unidades Sociales, así como los Tipos y las Tenencias identificadas en los censos Socioeconómicos elaborados para el proyecto “Vía de Integración Regional Calle 13 (Av. Centenario) desde el Límite Occidental del Distrito hasta la Troncal Américas con Carrera 50”, registran cambios entre la etapa de diseños y la ejecución de la obra por parte del IDU; con el propósito de mitigar los impactos negativos causados por el 9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-16 • 2024 • FEBRERO • 15 16 Subsistema de Gestión Antisoborno - IDU denuncia.soborno@idu.gov.co Para descargar la versión firmada mecánicamente puede escanear el código QR DTDP 202432500001836 Información Pública RESOLUCIÓN NÚMERO 183 DE 2024 “Por medio de la cual se resuelve dejar sin efectos la elegibilidad de algunas unidades sociales para optar al reconocimiento económico previsto en el Plan de Gestión Social del Proyecto Vía de Integración Regional Calle 13 (Av. Centenario) desde el Limite Occidental del Distrito hasta la Troncal Américas con Carrera 50, conforme a la Resolución 5965 de 2006, por medio de la cual se adoptan los procedimientos tendientes a la aplicación de los criterios y factores establecidos en el Decreto 329 de 2006, que modificó el Decreto 296 de 2003”. traslado ocasionado como consecuencia de las intervenciones del proyecto, de manera permanente se adelanta un proceso de verificación de las unidades sociales por parte de los profesionales sociales adscritos a la Dirección Técnica de Predios, con el fin de adecuar el censo a su realidad y proceder a su actualización, mediante la inclusión, exclusión, aclaración y actualización, según las circunstancias actuales de cada predio.
25.
Que los profesionales de restablecimiento de condiciones asignados al proyecto “Vía de Integración Regional Calle 13 (Av. Centenario) desde el Límite Occidental del Distrito hasta la Troncal Américas con Carrera 50”, presentaron a la Dirección Técnica de Predios del IDU el informe del estudio social después de la verificación en terreno y/o validación de los documentos soporte allegados por las unidades sociales, donde se pudo establecer, que se requiere la modificación de la información de treinta y seis (36) Unidades Sociales en el sentido de cesar la elegibilidad de algunas unidades sociales para el reconocimiento de los factores del componente económico contenidos en el Plan de Gestión Social. En dicho informe que se anexará al expediente, se plasman los casos puntuales con la correspondiente verificación en terreno y/o validación de los documentos soporte y se hace su justificación social y jurídica, el cual hace parte integral del presente acto administrativo.
26.Que, para el estudio y aprobación de los casos, adicional a la verificación en terreno, se creó el expediente dentro del cual reposa la documentación que sustenta el cese de elegibilidad de las unidades sociales para optar al reconocimiento económico de los factores del componente económico del Plan de Gestión Social en lo relacionado con el incumplimiento de sus deberes, documentos debidamente estudiados, evaluados y avalados por el personal y colaboradores asignados del componente de restablecimiento de condiciones de la Dirección Técnica de Predios.
27.En virtud a lo expuesto, el proceso de gestión predial se surtió a cabalidad en sus diferentes etapas, en las cuales se generó una serie de acompañamientos 10 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-17 • 2024 • FEBRERO • 15 17 Subsistema de Gestión Antisoborno - IDU denuncia.soborno@idu.gov.co Para descargar la versión firmada mecánicamente puede escanear el código QR DTDP 202432500001836 Información Pública RESOLUCIÓN NÚMERO 183 DE 2024 “Por medio de la cual se resuelve dejar sin efectos la elegibilidad de algunas unidades sociales para optar al reconocimiento económico previsto en el Plan de Gestión Social del Proyecto Vía de Integración Regional Calle 13 (Av. Centenario) desde el Limite Occidental del Distrito hasta la Troncal Américas con Carrera 50, conforme a la Resolución 5965 de 2006, por medio de la cual se adoptan los procedimientos tendientes a la aplicación de los criterios y factores establecidos en el Decreto 329 de 2006, que modificó el Decreto 296 de 2003”. integrales a través de un equipo multidisciplinar que brindó asesoría y apoyo gratuito frente a las necesidades de las unidades sociales.
28. Con fundamento en el anterior orden fáctico y normativo, la Dirección Técnica de Predios del Instituto de Desarrollo Urbano-IDU, autoriza el cese de los efectos de elegibilidad de algunas de las unidades sociales para optar al reconocimiento del componente económico ya que siendo unidades compensables no acreditaron el lleno de requisitos previstos en la norma, de conformidad a lo que se describe en la parte resolutiva del presente acto administrativo.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo primero.
HACER CESAR los efectos de elegibilidad a las unidades sociales compensables para el reconocimiento del componente económico contenido en el Plan de Gestión Social del proyecto “Vía de Integración Regional Calle 13 (Av. Centenario) desde el Límite Occidental del Distrito hasta la Troncal Américas con Carrera 50”, dado que incurrieron en las causales para el no pago del reconocimiento de los factores de dicho componente, contempladas en el artículo décimo segundo de la Resolución IDU 5965 de 2006 y enlistadas a continuación:
TIPO DE DOCUMEN OBSERVACIO NES Proceso de RT NOMBRE COMPLETO TENENCIA TIPO UNIDAD SOCIAL TO DE IDENTIDAD pago compensaciones Y NÚMERO 50826 JOSE PEDRO MORALES C.C. 79636515 SUBARRENDATA RIO ECONÓMICO La US arrendataria no contaba con 11 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-18 • 2024 • FEBRERO • 15 18 Subsistema de Gestión Antisoborno - IDU denuncia.soborno@idu.gov.co Para descargar la versión firmada mecánicamente puede escanear el código QR DTDP 202432500001836 Información Pública RESOLUCIÓN NÚMERO 183 DE 2024 “Por medio de la cual se resuelve dejar sin efectos la elegibilidad de algunas unidades sociales para optar al reconocimiento económico previsto en el Plan de Gestión Social del Proyecto Vía de Integración Regional Calle 13 (Av. Centenario) desde el Limite Occidental del Distrito hasta la Troncal Américas con Carrera 50, conforme a la Resolución 5965 de 2006, por medio de la cual se adoptan los procedimientos tendientes a la aplicación de los criterios y factores establecidos en el Decreto 329 de 2006, que modificó el Decreto 296 de 2003”.
TIPO DE DOCUMEN OBSERVACIO NES Proceso de TENENCIA TIPO RT NOMBRE COMPLETO UNIDAD SOCIAL TO DE IDENTIDAD pago compensaciones Y NÚMERO permiso para subarrendar; el arrendador no le otorga paz y salvo.
C.C. 70906388 ARRENDATARIO ECONÓMICO La US arrendataria no obtuvo el paz y salvo del arrendador 50829 HENRY ALBERTO CASTAÑO TORRES C.C. 36184358 50829 DEISY POLANIA CUELLAR ARRENDATARIO ECONÓMICO No obtiene paz y salvo del propietario, dado que no llegan a acuerdo de pago 50833 CLINICA HIDRAULICA SAS NIT 900039703- 3 ARRENDATARIO ECONÓMICO La US arrendataria no obtuvo el paz y salvo del arrendador C.C. 91044165 TENEDOR HOGAR No subsanó documentos faltantes para iniciar el trámite de reconocimiento económico; no actualizó datos de contacto 50842 LIBARDO AYALA GOMEZ C.C. 79619213 50865 JACSON RICO JIMENEZ ARRENDATARIO ECONÓMICO No obtiene paz y salvo del propietario, dado que no llegan a acuerdo de pago 50875 GRUPO EMPRESARIAL EN LINEA S.A.
NIT 830111257- ARRENDATARIO ECONÓMICO La US no subsanó 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-19 • 2024 • FEBRERO • 15 19 Subsistema de Gestión Antisoborno - IDU denuncia.soborno@idu.gov.co Para descargar la versión firmada mecánicamente puede escanear el código QR DTDP 202432500001836 Información Pública RESOLUCIÓN NÚMERO 183 DE 2024 “Por medio de la cual se resuelve dejar sin efectos la elegibilidad de algunas unidades sociales para optar al reconocimiento económico previsto en el Plan de Gestión Social del Proyecto Vía de Integración Regional Calle 13 (Av. Centenario) desde el Limite Occidental del Distrito hasta la Troncal Américas con Carrera 50, conforme a la Resolución 5965 de 2006, por medio de la cual se adoptan los procedimientos tendientes a la aplicación de los criterios y factores establecidos en el Decreto 329 de 2006, que modificó el Decreto 296 de 2003”.
TIPO DE DOCUMEN OBSERVACIO NES Proceso de TENENCIA TIPO RT NOMBRE COMPLETO UNIDAD SOCIAL TO DE IDENTIDAD pago compensaciones Y NÚMERO 3 documentos de contrato de arriendo, el cual estaba suscrito por un arrendador que no tenía relación con el predio.
C.C. 79138751 50929 LUIS ALVEIRO ACOSTA JOYA ARRENDATARIO ECONÓMICO La US NO radicó documentación para iniciar el trámite de reconocimiento económico.
C.C. 1073150541 NIT 901.244.857 -0 51000 JORGE ANDRES NEIRA MORALES/TRANSVEHIC ULOS DE COLOMBIA SAS ARRENDATARIO ECONÓMICO No subsanó documentos faltantes para iniciar el trámite de reconocimiento económico; no actualizó datos de contacto C.C. 5842490 51081 JADER AUGUSTO SALINAS RAMIREZ ARRENDATARIO HOGAR US no radicó documentos para iniciar el trámite de reconocimiento económico; no obtiene paz y salvo del propietario, dado que no llegan a acuerdo de pago 51081 PLINIO ACEVEDO DIAZ C.C. ARRENDATARIO ECONÓMICO US no radicó 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-20 • 2024 • FEBRERO • 15 20 Subsistema de Gestión Antisoborno - IDU denuncia.soborno@idu.gov.co Para descargar la versión firmada mecánicamente puede escanear el código QR DTDP 202432500001836 Información Pública RESOLUCIÓN NÚMERO 183 DE 2024 “Por medio de la cual se resuelve dejar sin efectos la elegibilidad de algunas unidades sociales para optar al reconocimiento económico previsto en el Plan de Gestión Social del Proyecto Vía de Integración Regional Calle 13 (Av. Centenario) desde el Limite Occidental del Distrito hasta la Troncal Américas con Carrera 50, conforme a la Resolución 5965 de 2006, por medio de la cual se adoptan los procedimientos tendientes a la aplicación de los criterios y factores establecidos en el Decreto 329 de 2006, que modificó el Decreto 296 de 2003”.
TIPO DE DOCUMEN OBSERVACIO NES Proceso de TENENCIA TIPO RT NOMBRE COMPLETO UNIDAD SOCIAL TO DE IDENTIDAD pago compensaciones Y NÚMERO 79206263 documentos para iniciar el trámite de reconocimiento económico; no obtiene paz y salvo del propietario, dado que no llegan a acuerdo de pago C.C. 5933553 51085 WORKS WOLDEN S.A.S. FREDY ALEXANDER PATARROYO SALCEDO ARRENDATARIO ECONÓMICO La US NO radicó documentación para iniciar el trámite de reconocimiento económico.
C.C. 20948794 51086 MARIA DE JESUS CASTAÑEDA MARTIN ARRENDATARIO ECONÓMICO La US incumplió fecha de traslado acordada; no obtiene paz y salvo del propietario, dado que no llegan a acuerdo de pago. 51091 MARILINDELIA ZARATE MARIN C.C. 52477063 ARRENDATARIO ECONÓMICO US no radicó documentos para iniciar el trámite de reconocimiento económico; no obtiene paz y salvo del propietario, dado que no 14 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-21 • 2024 • FEBRERO • 15 21 Subsistema de Gestión Antisoborno - IDU denuncia.soborno@idu.gov.co Para descargar la versión firmada mecánicamente puede escanear el código QR DTDP 202432500001836 Información Pública RESOLUCIÓN NÚMERO 183 DE 2024 “Por medio de la cual se resuelve dejar sin efectos la elegibilidad de algunas unidades sociales para optar al reconocimiento económico previsto en el Plan de Gestión Social del Proyecto Vía de Integración Regional Calle 13 (Av. Centenario) desde el Limite Occidental del Distrito hasta la Troncal Américas con Carrera 50, conforme a la Resolución 5965 de 2006, por medio de la cual se adoptan los procedimientos tendientes a la aplicación de los criterios y factores establecidos en el Decreto 329 de 2006, que modificó el Decreto 296 de 2003”.
TIPO DE DOCUMEN OBSERVACIO NES Proceso de TENENCIA TIPO RT NOMBRE COMPLETO UNIDAD SOCIAL TO DE IDENTIDAD pago compensaciones Y NÚMERO llegan a acuerdo de pago C.C. 80011386 51095 MARCELIANO BELTRAN OLAYA ARRENDATARIO ECONÓMICO La US NO radicó documentación para iniciar el trámite de reconocimiento económico.
C.C. 212764 51103 PLINIO LEON SALDAÑA LOSADA ARRENDATARIO ECONÓMICO US no radicó documentos para iniciar el trámite de reconocimiento económico; no obtiene paz y salvo del propietario, dado que no llegan a acuerdo de pago C.C. 9774740 ARRENDATARIO HOGAR US no obtiene paz y salvo por no llegar a acuerdo de pago con propietario 51142 LUIS ALBERTO GONZALEZ C.C. 12957652 51155 ROMAN HERNANDO BASTIDAS CORAL ARRENDATARIO ECONÓMICO No subsanó documentos faltantes para iniciar el trámite de reconocimiento económico 51155 INGENIERIA CAMPOS SOLUCIONES METALMECANICAS S.A.S.
NIT 9007874954 ARRENDATARIO ECONÓMICO No subsanó documentos faltantes para iniciar el trámite de 15 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-22 • 2024 • FEBRERO • 15 22 Subsistema de Gestión Antisoborno - IDU denuncia.soborno@idu.gov.co Para descargar la versión firmada mecánicamente puede escanear el código QR DTDP 202432500001836 Información Pública RESOLUCIÓN NÚMERO 183 DE 2024 “Por medio de la cual se resuelve dejar sin efectos la elegibilidad de algunas unidades sociales para optar al reconocimiento económico previsto en el Plan de Gestión Social del Proyecto Vía de Integración Regional Calle 13 (Av. Centenario) desde el Limite Occidental del Distrito hasta la Troncal Américas con Carrera 50, conforme a la Resolución 5965 de 2006, por medio de la cual se adoptan los procedimientos tendientes a la aplicación de los criterios y factores establecidos en el Decreto 329 de 2006, que modificó el Decreto 296 de 2003”.
TIPO DE DOCUMEN OBSERVACIO NES Proceso de TENENCIA TIPO RT NOMBRE COMPLETO UNIDAD SOCIAL TO DE IDENTIDAD pago compensaciones Y NÚMERO reconocimiento económico C.C. 1014187820 51157 GABRIEL ROBERTO AGUIRRE ARRENDATARIO ECONÓMICO La US no radicó documentos para iniciar el trámite de reconocimiento económico, no llegó a acuerdo de pago con propietario y no obtuvo paz y salvo NIT 9012493977 51161 TRANSCARS G & S S.A.S ARRENDATARIO ECONÓMICO La US no radicó documentos para iniciar el trámite de reconocimiento económico; no llegó a acuerdo de pago con propietario y no obtuvo paz y salvo NIT 9011187154 51164 TRACTOLASER TIENDA ARRENDATARIO ECONÓMICO US no obtiene paz y salvo por no llegar a acuerdo de pago con propietario C.C. 39533056 ARRENDATARIO ECONÓMICO 51413 BLANCA AMPARO PUERTO ROA US no obtiene paz y salvo por no llegar a acuerdo de pago con propietario 51616 SANDRA BALLESTEROS C.C. 52980484 ARRENDATARIO HOGAR US no obtiene paz y salvo por no llegar a acuerdo de pago 16 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-23 • 2024 • FEBRERO • 15 23 Subsistema de Gestión Antisoborno - IDU denuncia.soborno@idu.gov.co Para descargar la versión firmada mecánicamente puede escanear el código QR DTDP 202432500001836 Información Pública RESOLUCIÓN NÚMERO 183 DE 2024 “Por medio de la cual se resuelve dejar sin efectos la elegibilidad de algunas unidades sociales para optar al reconocimiento económico previsto en el Plan de Gestión Social del Proyecto Vía de Integración Regional Calle 13 (Av. Centenario) desde el Limite Occidental del Distrito hasta la Troncal Américas con Carrera 50, conforme a la Resolución 5965 de 2006, por medio de la cual se adoptan los procedimientos tendientes a la aplicación de los criterios y factores establecidos en el Decreto 329 de 2006, que modificó el Decreto 296 de 2003”.
TIPO DE DOCUMEN OBSERVACIO NES Proceso de TENENCIA TIPO RT NOMBRE COMPLETO UNIDAD SOCIAL TO DE IDENTIDAD pago compensaciones Y NÚMERO con propietario C.C. 79273666 ARRENDATARIO HOGAR US no obtiene paz y salvo por no llegar a acuerdo de pago con propietario 51619 MISAEL GOMEZ C.C. 79166378 51638 LUIS CARLOS BARRAGAN ROBAYO ARRENDATARIO ECONÓMICO La US no radicó documentos para iniciar el trámite de reconocimiento económico; no llegó a acuerdo de pago con propietario y no obtuvo paz y salvo C.C. 36172884 51639 ROSALBA OTALORA CORTES SUBARRENDATA RIO ECONÓMICO No subsanó documentos faltantes para iniciar el trámite de reconocimiento económico C.C. 3000028 51639 HECTOR GABRIEL TORRES CRUZ ARRENDATARIO ECONÓMICO No subsanó documentos faltantes para iniciar el trámite de reconocimiento económico C.C. 79136718 51656 JAVIER DOMINGUEZ PINZON ARRENDATARIO SOCIOECONÓMI CO La US no radicó documentos para iniciar el trámite de reconocimiento económico 51819 SANTIAGO ADOLFO C.C. ARRENDATARIO HOGAR La US no radicó 17 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-24 • 2024 • FEBRERO • 15 24 Subsistema de Gestión Antisoborno - IDU denuncia.soborno@idu.gov.co Para descargar la versión firmada mecánicamente puede escanear el código QR DTDP 202432500001836 Información Pública RESOLUCIÓN NÚMERO 183 DE 2024 “Por medio de la cual se resuelve dejar sin efectos la elegibilidad de algunas unidades sociales para optar al reconocimiento económico previsto en el Plan de Gestión Social del Proyecto Vía de Integración Regional Calle 13 (Av. Centenario) desde el Limite Occidental del Distrito hasta la Troncal Américas con Carrera 50, conforme a la Resolución 5965 de 2006, por medio de la cual se adoptan los procedimientos tendientes a la aplicación de los criterios y factores establecidos en el Decreto 329 de 2006, que modificó el Decreto 296 de 2003”.
TIPO DE DOCUMEN OBSERVACIO NES Proceso de TENENCIA TIPO RT NOMBRE COMPLETO UNIDAD SOCIAL TO DE IDENTIDAD pago compensaciones Y NÚMERO PAMPLONA 71781876 documentos para iniciar el trámite de reconocimiento económico; no llegó a acuerdo de pago con propietario y no obtuvo paz y salvo C.C. 1016009764 51820 DALIDA ARACELY GARCÍA AHUMADA ARRENDATARIO HOGAR La US no radicó documentos para iniciar el trámite de reconocimiento económico; no llegó a acuerdo de pago con propietario y no obtuvo paz y salvo C.C. 1106888274 ARRENDATARIO HOGAR US no obtiene paz y salvo por no llegar a acuerdo de pago con propietario 51847 DIEGO FERNANDO VARON ALFONSO C.C. 79111838 51847 FABIO BERNAL ARRENDATARIO ECONÓMICO US no obtiene paz y salvo por no llegar a acuerdo de pago con propietario 51852 JHONNY STEBAN ROJAS BELTRAN C.C. 1016093767 ARRENDATARIO HOGAR La US no radicó documentos para iniciar el trámite de reconocimiento económico; no obtuvo el paz y 18 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-25 • 2024 • FEBRERO • 15 25 Subsistema de Gestión Antisoborno - IDU denuncia.soborno@idu.gov.co Para descargar la versión firmada mecánicamente puede escanear el código QR DTDP 202432500001836 Información Pública RESOLUCIÓN NÚMERO 183 DE 2024 “Por medio de la cual se resuelve dejar sin efectos la elegibilidad de algunas unidades sociales para optar al reconocimiento económico previsto en el Plan de Gestión Social del Proyecto Vía de Integración Regional Calle 13 (Av. Centenario) desde el Limite Occidental del Distrito hasta la Troncal Américas con Carrera 50, conforme a la Resolución 5965 de 2006, por medio de la cual se adoptan los procedimientos tendientes a la aplicación de los criterios y factores establecidos en el Decreto 329 de 2006, que modificó el Decreto 296 de 2003”.
TIPO DE DOCUMEN OBSERVACIO NES Proceso de TENENCIA TIPO RT NOMBRE COMPLETO UNIDAD SOCIAL TO DE IDENTIDAD pago compensaciones Y NÚMERO salvo de la US que se identificó como Propietaria.
C.C. 53009872 51863 DEISY JOHANA PIÑEROS PEÑA ARRENDATARIO SOCIOECONÓMI CO La US no obtiene paz y salvo; el propietario informa que llevaba varios años sin pagar el canon de arriendo.
NIT 800150987- 9 51885 INGEDUCTOS S.A ARRENDATARIO ECONÓMICO La US no radicó documentos para iniciar el trámite de reconocimiento económico; no obtuvo el paz y salvo de la US que se identificó como Propietaria.
Artículo segundo.
MEDIOS DE PRUEBA: La información del cese de elegibilidad para optar al reconocimiento económico previsto en el Plan de Gestión Social del Proyecto Vía de Integración Regional Calle 13 (Av. Centenario) desde el Límite Occidental del Distrito hasta la Troncal Américas con Carrera 50, de acuerdo a lo previsto en el Acuerdo 10 del 2000, el cual fue reglamentado por el Decreto Distrital 296 de 2003, el Decreto Distrital 329 de 2006 y la Resolución IDU 5965 de 2006 o los actos que la modifiquen, adicionen o sustituyan, tendrá como medios de prueba a cargo de la Dirección Técnica de Predios del Instituto de Desarrollo Urbano, los informes técnicos,
19 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-26 • 2024 • FEBRERO • 15 26 Subsistema de Gestión Antisoborno - IDU denuncia.soborno@idu.gov.co Para descargar la versión firmada mecánicamente puede escanear el código QR DTDP 202432500001836 Información Pública RESOLUCIÓN NÚMERO 183 DE 2024 “Por medio de la cual se resuelve dejar sin efectos la elegibilidad de algunas unidades sociales para optar al reconocimiento económico previsto en el Plan de Gestión Social del Proyecto Vía de Integración Regional Calle 13 (Av. Centenario) desde el Limite Occidental del Distrito hasta la Troncal Américas con Carrera 50, conforme a la Resolución 5965 de 2006, por medio de la cual se adoptan los procedimientos tendientes a la aplicación de los criterios y factores establecidos en el Decreto 329 de 2006, que modificó el Decreto 296 de 2003”. sociales y jurídicos de cualquier naturaleza, los conceptos de las visitas de verificación, informes y/o actas, los oficios dirigidos a terceros y en general cualquier medio probatorio que sea útil para constatar dicha información.
Artículo tercero.
PUBLICAR el presente Acto Administrativo en los términos del artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de la Contencioso Administrativo.
Dada en Bogotá D.C., en Enero 30 de 2024.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE OSCAR RAMIREZ MARIN Director Técnico de Predios Firma mecánica generada el 30-01-2024 04:30:51 PM autorizada mediante Resolución No. 400 de marzo 11 de 2021 Vo Bo: Julieth Andrea Castañeda León/ Asesora Restablecimiento de Condiciones/DTDP Revisó: Francy Elena Menjura Gualteros / Enlace Predial Restablecimiento de Condiciones / DTDP Proyectó: Carmen Yulieth Díaz Álvarez / Abogada / DTDP 20 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-27 • 2024 • FEBRERO • 15 27 INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN Nº 225 (13 de febrero de 2024)
“Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de los empleos de la planta de empleos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte”
EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE En uso de sus facultades legales y, en especial de las conferidas por el numeral 5º del artículo 5º del Acuerdo 4 de 1978 y el numeral 7° del artículo 2 de la Resolución 002 de 2023 de Junta Directiva, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 122 de la Constitución Política consagra que no habrá empleo público que no tenga funciones detalladas en la Ley o Reglamento.
Que la Ley 909 de 2004, el Decreto Ley 785 de 2005 y el Decreto Reglamentario 1083 de 2015 consagran que las entidades deben expedir sus Manuales Específicos de Funciones, Requisitos Mínimos y Competencias Laborales, teniendo en cuenta el contenido funcional y las competencias comunes y comportamentales de los empleos que forman la planta de personal.
Que mediante las Resoluciones de Junta Directiva Nos.006 del 7 de julio de 2017 y 002 del 24 de mayo de 2023, se modificó la estructura organizacional, y las funciones asignadas a las dependencias del Instituto Distrital de Recreación y Deporte.
Que mediante Resolución de la Dirección General No. 788 del 20 de diciembre de 2019, se modificó el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos públicos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte.
Que mediante la Resolución de Junta Directiva No.003 del 24 de mayo de 2023 se modificó la Planta de Personal del Instituto Distrital de Recreación y Deporte.
Que el Decreto Nacional No. 1083 de 2015, en su artículo 2.2.2.4.9 establece que:
“Para el ejercicio de los empleos que exijan como requisito el título o la aprobación de estudios en educación superior, las entidades y organismos identificarán en el manual específico de funciones y de competencias laborales, los Núcleos Básicos del Conocimiento NBC que contengan las disciplinas académicas o profesiones, de acuerdo con la clasificación establecida en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior – SNIES”.
Que asimismo, y en cumplimiento de las directrices contenidas en la Directiva No. 003 del 29 de diciembre de 2023, expedida por el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, que señala:
“(…) En ese sentido, cuando haya un cambio en la operación y/o del modelo de gestión, se deberá hacer una evaluación sobre las repercusiones de dichos cambios en las funciones esenciales y los conocimientos asociados con cada empleo y en los casos que corresponda adelantar los tramites de ajuste de los perfiles con el fin de garantizar que haya correspondencia entre el modelo de operación de la Entidad u organismo y su Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales y de esta manera propender por una mayor eficiencia en la ejecución de sus procesos. (…)”.
Que de acuerdo con lo anterior, se hace necesario ajustar los requisitos de estudio para los niveles Directivo y Asesor, con el fin que los mismos sean establecidos a partir de núcleos básicos del conocimiento.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-28 • 2024 • FEBRERO • 15 28 IDRD INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 225 “Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de los empleos de la planta de empleos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte”
Que mediante oficios con número de radicación IDRD 20243100017401, 20243100017351, 20243100017371, 20243100017861 y 20243100017391 del 23 y 24 de enero de 2024, se socializó la modificación al Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales, a los sindicatos de la Entidad en cumplimiento de lo establecido en el parágrafo 3º del artículo 2.2.2.6.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015 que dispone que se dejará constancia del proceso de consulta adelantado con las organizaciones sindicales presentes en la respectiva entidad, en el cual se dará a conocer el alcance de la modificación o actualización del Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales y se escucharán sus observaciones e inquietudes.
Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, mediante oficio 2-2024-2343 del 9 de febrero de 2024, expidió el concepto técnico favorable para la modificación del Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales del Instituto Distrital de Recreación y Deporte – IDRD.
Que, en mérito de lo expuesto, este despacho
RESUELVE:
Artículo 1.
- Modificar parcialmente el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales del Instituto Distrital de Recreación y Deporte, en el sentido de ajustar los perfiles de los empleos de los niveles Directivo y Asesor, cuyas funciones deberán ser cumplidas por los empleados públicos con criterios de eficiencia y eficacia, en orden al logro de la misión, objetivos y funciones que la ley y los reglamentos le señalan al Instituto Distrital de Recreación y Deporte – IDRD.
DESPACHO DEL DIRECTOR I. IDENTIFICACIÓN Nivel: Directivo Denominación del empleo: Director General de Entidad Descentralizada Código: 050 Grado: 04 N° de cargos: Uno (1) Dependencia Despacho del Director Cargo del Jefe inmediato: Alcalde Mayor de Bogotá Director General de Entidad Descentralizada Código 050 - Grado 04 II. ÁREA FUNCIONAL DIRECCIÓN GENERAL III. PROPÓSITO PRINCIPAL Formular las políticas y estrategias para el fomento de la recreación, el deporte y el aprovechamiento del tiempo libre y orientar la gestión del Instituto para el cumplimiento de los planes, programas y proyectos institucionales, de conformidad con lo dispuesto en normas vigentes sobre la materia.
IV. FUNCIONES ESENCIALES DEL EMPLEO
1. Dirigir y controlar las acciones del Instituto en materia de fijación de políticas, ejecución de programas de capacitación, coordinación, procesamiento de la información, promoción, asesoría y divulgación de servicios.
2. Fijar los lineamientos para la administración del talento humano, la gestión financiera y de recursos físicos y tecnológicos del Instituto, de acuerdo con las normas y
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-29 • 2024 • FEBRERO • 15 29 IDRD INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 225 “Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de los empleos de la planta de empleos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte” procedimientos establecidos.
3. Dirigir la ejecución de estrategias de financiamiento, mercadeo y comercialización de los parques y escenarios, de acuerdo con los procedimientos y normatividad vigente.
4. Liderar la implementación y desarrollo de los sistemas de gestión necesarios para el eficiente desarrollo de la entidad, de acuerdo con la normatividad vigente.
5. Establecer, mantener y perfeccionar el sistema de control interno de la entidad, de acuerdo con la naturaleza, estructura y misión institucional.
6. Conocer y fallar en segunda instancia los procesos disciplinarios en contra de los servidores, ex servidores y particulares que ejerzan funciones públicas en el Instituto, de acuerdo con lo dispuesto en los procedimientos establecidos y normatividad vigente.
7. Liderar el diseño y ejecución de las políticas en materia de atención, orientación y servicio a ciudadanos, de acuerdo con las políticas establecidas por la Administración Distrital.
8. Ordenar los gastos y suscribir los actos administrativos, contratos y convenios que sean requeridos para el cumplimiento de las mestas propuestas para la Entidad, de conformidad con las normas vigentes sobre la materia.
9. Dirigir la elaboración y presentación del anteproyecto anual de presupuesto del Instituto, así como las adiciones, traslados y estados financieros, de conformidad con las disposiciones legales, orgánicas y reglamentarias sobre la materia.
10. Orientar la función de control disciplinario interno en los términos previstos en la Ley o en las normas que la modifiquen.
11. Nombrar y remover al personal de la Entidad, de conformidad con lo establecida en la ley y expedir los actos administrativos relacionados con la administración de personal del Instituto.
12. Desempeñar las demás funciones que le señalen el Acuerdo de Estructura vigente, las disposiciones legales, así como los demás Acuerdos Distritales, los Estatutos, el Alcalde Mayor y las que refiriéndose a la marcha de la entidad, no estén atribuidas expresamente a otra autoridad.
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
1. Gestión Pública.
2. Plan de Desarrollo de Bogotá.
3. Normatividad en Contratación Estatal.
4. Planeación Estratégica.
5. Finanzas Públicas.
6. Normatividad referente a la administración de personal en entidades públicas.
7. Formulación y evaluación de políticas públicas en materia recreativa y deportiva.
8. Plan de Ordenamiento Territorial.
9. Plan Maestro del Espacio Público.
10. Normatividad Sistema Distrital de Parques.
11. Utilización de aplicaciones ofimáticas.
VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES COMUNES POR NIVEL JERÁRQUICO Aprendizaje continuo Visión estratégica.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-30 • 2024 • FEBRERO • 15 30 IDRD INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 225 “Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de los empleos de la planta de empleos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte”
Orientación a resultados Liderazgo efectivo.
Orientación al usuario y al ciudadano Planeación. Toma de decisiones.
Compromiso con la organización Trabajo en equipo y adaptación al cambio Gestión del desarrollo de las personas.
Pensamiento sistémico. Resolución de conflictos.
VII. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA ESTUDIOS EXPERIENCIA meses de experiencia Sesenta (60) Profesional.
Título Profesional en alguna disciplina académica de uno de los siguientes núcleos básicos del conocimiento (NBC):
NBC en Administración;
NBC en Economía;
NBC en Contaduría Pública;
NBC en Derecho y afines;
NBC en Ingeniería Industrial y afines;
NBC en Ingeniería Civil y afines;
NBC en Arquitectura y Afines;
NBC en Comunicación Social, Periodismo y Afines; NBC en Ingeniería ambiental, sanitaria y afines;
NBC en Deportes, Educación Física y Recreación NBC en Ciencia Política, Relaciones Internacionales.
Título de posgrado en modalidad de especialización, en áreas relacionada con las funciones del cargo.
Matrícula o Tarjeta Profesional en los casos requeridos por la Ley.
I. IDENTIFICACIÓN Nivel: Asesor Denominación del empleo: Asesor Código: 105 Grado: 04 N° de cargos: Uno (1) Dependencia Dirección General Cargo del Jefe inmediato: Director General Asesor Código 105 Grado 04 II. ÁREA FUNCIONAL DIRECCIÓN GENERAL III. PROPÓSITO PRINCIPAL Asesorar a la Dirección General en el análisis, conceptualización y seguimiento a los temas y actividades que se requieran dentro de la gestión de la misión institucional, las políticas del Distrito Capital y los lineamientos del Plan de Desarrollo Distrital.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-31 • 2024 • FEBRERO • 15 31 IDRD INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 225 “Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de los empleos de la planta de empleos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte”
IV. FUNCIONES ESENCIALES DEL EMPLEO
1. Conceptuar sobre la pertinencia de las acciones propuestas desde las áreas misionales y de apoyo para el cumplimiento eficiente de los planes y políticas adoptada por la Dirección General.
2. Desarrollar acciones de articulación y cooperación sectorial e intersectorial para la gestión de políticas en el Instituto y el Sector Cultura, Recreación y Deporte.
3. Verificar que los proyectos y acciones de la entidad se articulen con las necesidades y características de las comunidades poblacionales que sean objeto de la misión institucional.
4. Realizar las consultas y conceptos necesarios para asesorar a la Dirección General en los procesos y procedimientos pertinentes a los temas que le sean asignados.
5. Realizar el análisis del impacto social de la gestión institucional, recomendando a la Dirección General las acciones a que haya lugar.
6. Identificar los elementos de juicio que requiera la Dirección General para la toma de decisiones en lo relacionado con la adopción, ejecución y evaluación del impacto social de los proyectos y programas que sean responsabilidad de la entidad.
7. Conceptuar, dentro de su competencia, lo pertinente a consultas, peticiones, quejas y reclamos radicados en la dependencia por los usuarios internos y externos, tomando en consideración los términos previstos en la Ley y los procedimientos establecidos para tal fin.
8. Desempeñar las demás funciones asignadas por el jefe inmediato de acuerdo con el nivel, la naturaleza el área de desempeño.
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
1. Normas vigentes sobre contratación estatal.
2. Plan de Desarrollo Distrital.
3. Estatuto de Bogotá.
4. Normatividad en Contratación Estatal.
5. Metodologías para evaluación de proyectos y análisis de indicadores de impacto.
6. Plan de Ordenamiento Territorial.
7. Utilización de aplicaciones ofimáticas.
VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES COMUNES POR NIVEL JERÁRQUICO Confiabilidad Técnica. Creatividad e Innovación.
Aprendizaje continuo. Orientación a resultados.
Iniciativa.
Orientación al usuario y al ciudadano.
Construcción de Relaciones.
Compromiso con la organización. Trabajo en equipo.
Conocimiento del Entorno.
Adaptación al cambio.
VII. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA ESTUDIOS EXPERIENCIA REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-32 • 2024 • FEBRERO • 15 32 IDRD INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 225 “Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de los empleos de la planta de empleos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte”
Veinticuatro (24) meses de experiencia profesional.
Título Profesional en alguna disciplina académica de uno de los siguientes núcleos básicos del conocimiento (NBC):
NBC en Administración; NBC en Comunicación Social, Periodismo y Afines; NBC en Ingeniería de Sistemas, Telemática y afines;
NBC en Economía;
NBC en Ingeniería Industrial y afines;
NBC en Arquitectura y Afines;
NBC en Ingeniería Administrativa y afines;
NBC en Derecho y afines. NBC en Ingeniería ambiental, sanitaria y afines; NBC en Ciencia Política, Relaciones Internacionales.
NBC en Sociología, Trabajo Social y Afines.
Título de posgrado en modalidad especialización, en áreas relacionadas con las funciones del cargo.
Matricula o Tarjeta profesional en los casos reglamentados por la ley.
I. IDENTIFICACIÓN Nivel: Asesor Denominación del empleo: Asesor Código: 105 Grado: 02 N° de cargos: Uno (1) Dependencia Dirección General Cargo del Jefe inmediato: Director General Asesor Código 105 Grado 02 II. ÁREA FUNCIONAL DIRECCIÓN GENERAL III. PROPÓSITO PRINCIPAL Asesorar al Director General en la formulación de políticas, planes, programas y proyectos que demanden análisis y gestión de relaciones interinstitucionales y sectoriales para su ejecución e implementación de los mismos, de acuerdo con la misión de la Entidad IV. FUNCIONES ESENCIALES DEL EMPLEO
1. Asesorar al Director General del Instituto en el cumplimiento de las funciones asignadas a ese Despacho.
2. Asesorar al Director General en la formulación, coordinación y ejecución de las políticas y los planes específicos de la dependencia.
3. Prestar asesoría técnica con el aporte de elementos de juicio para la toma de decisiones relacionadas con la adopción, ejecución y control de los programas propios de la dependencia.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-33 • 2024 • FEBRERO • 15 33 IDRD INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 225 “Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de los empleos de la planta de empleos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte”
4. Conceptuar, dentro de su competencia, lo pertinente a consultas, peticiones, quejas y reclamos radicados en la dependencia por los usuarios internos y externos, tomando en consideración los términos previstos en la Ley y los procedimientos establecidos para tal fin.
5. Disponer la preparación y revisión de las ponencias, evaluaciones, informes y proyectos que deba presentar el Director General ante la Junta Directiva y/o en los diferentes actos en que participe en representación del Instituto.
6. Realizar asesoría técnica para la presentación de la Entidad en reuniones, juntas o comités, cuando sea convocado o delegado en desarrollo de las funciones asignadas, de acuerdo con los lineamientos impartidos por la Dirección General y las políticas Distritales.
7. Desempeñar las demás funciones asignadas por el jefe inmediato de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del empleo.
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
1. Plan de Desarrollo Distrital.
2. Normatividad Sistema Nacional del Deporte.
3. Estatuto de Bogotá.
4. Normatividad en Contratación Estatal.
5. Plan de Ordenamiento Territorial.
6. Utilización de aplicaciones ofimáticas.
VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES COMUNES POR NIVEL JERÁRQUICO Aprendizaje continuo Confiabilidad Técnica.
Orientación a resultados Creatividad e Innovación.
Orientación al usuario y al ciudadano Iniciativa. Construcción de Relaciones.
Compromiso con la organización Trabajo en equipo y adaptación al cambio Conocimiento del Entorno.
VII. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA ESTUDIOS EXPERIENCIA Doce (12) meses de experiencia profesional.
Título Profesional en alguna disciplina académica de uno de los siguientes núcleos básicos del conocimiento (NBC):
NBC en Administración; NBC en Economía;
NBC en Contaduría Pública;
NBC en Ingeniería Industrial y afines; NBC en Ingeniería Administrativa y afines; NBC en Derecho y afines; NBC en Comunicación Social, Periodismo y Afines;
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-34 • 2024 • FEBRERO • 15 34 IDRD INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 225 “Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de los empleos de la planta de empleos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte”
NBC en Ciencia política, relaciones internacionales; NBC en Ingeniería de Sistemas, Telemática y afines;
NBC en Ingeniería Civil y afines; NBC en Arquitectura y Afines; NBC en Deportes, Educación Física y Recreación NBC en Ingeniería ambiental, sanitaria y afines; NBC en Sociología, Trabajo Social y Afines NBC en Educación Título de posgrado en modalidad de especialización, en áreas relacionada con las funciones del cargo.
Matrícula o Tarjeta Profesional en los casos requeridos por la Ley.
I. IDENTIFICACIÓN Nivel: Asesor Denominación del empleo: Asesor Código: 105 Grado: 01 N° de cargos: Cinco (5) Dependencia Dirección General Cargo del Jefe inmediato: Director General Asesor Código 105 Grado 01 II. ÁREA FUNCIONAL DIRECCIÓN GENERAL III. PROPÓSITO PRINCIPAL Asesorar al Director General en el seguimiento a la gestión de la Entidad en lo que se refiere a medicina deportiva, en coordinación con otras entidades de carácter público y/o privado.
IV. FUNCIONES ESENCIALES DEL EMPLEO
1. Realizar las recomendaciones pertinentes al jefe inmediato para la formulación adopción, ejecución y control de proyectos y programas relacionados con la medicina deportiva y ciencias aplicadas, con eficacia y oportunidad.
2. Articular los mecanismos de control necesarios para el seguimiento y evaluación de las actividades y términos establecidos en los diferentes programas y proyectos que sean de su competencia, conforme a los procedimientos vigentes.
3. Realizar las consultas y conceptos necesarios para asesorar al jefe inmediato en materia de medicina deportiva y ciencias aplicadas al deporte, en lo referente a la planeación, ejecución y evaluación de actividades pertinentes
4. Realizar seguimiento a la definición de los criterios que deben cumplir las labores de registro estadístico sistematizado de cada deportista que pertenezca al registro de Bogotá en todas las categorías y disciplinas, bajo parámetros antropométricos, nutricionales, psicológicos, fisiológicos, médicos y demás que se considere pertinente.
5. Informar oportunamente al jefe inmediato sobre el plan anual de necesidades, de
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-35 • 2024 • FEBRERO • 15 35 IDRD INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 225 “Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de los empleos de la planta de empleos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte” recursos físicos y humanos, que en materia de medicina deportiva y ciencias aplicadas al deporte deban desarrollarse por parte del Instituto, de acuerdo con los lineamientos institucionales establecidos.
6. Organizar la elaboración y presentación de los informes relacionados con la ejecución y cumplimiento de los convenios y contratos suscritos entre el Instituto y terceros, que sean de su competencia, en lo relacionado con aspectos administrativos, financieros y operativos.
7. Planear oportunamente los trámites administrativos y operativos que le correspondan en relación con la contratación pública, que se relacione con sus funciones o que le sean asignados por el jefe inmediato.
8. Conceptuar, dentro de su competencia, lo pertinente a consultas, peticiones, quejas y reclamos radicados en la dependencia por los usuarios internos y externos, tomando en consideración los términos previstos en la Ley y los procedimientos establecidos para tal fin.
9. Desempeñar las demás funciones asignadas por el jefe inmediato de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del empleo.
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
1. Plan de Desarrollo Distrital.
2. Sistema Nacional del Deporte.
3. Estatuto Orgánico de Bogotá.
4. Normatividad en Contratación Estatal.
5. Conocimientos avanzados en medicina deportiva y aplicaciones al alto rendimiento.
6. Utilización de aplicaciones ofimáticas
VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES COMUNES POR NIVEL JERÁRQUICO Aprendizaje continuo.
Confiabilidad Técnica.
Orientación a resultados.
Creatividad e Innovación.
Orientación al usuario y al ciudadano.
Iniciativa.
Construcción de Relaciones.
Compromiso con la organización. Trabajo en equipo.
Conocimiento del Entorno.
Adaptación al cambio.
VII. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA ESTUDIOS EXPERIENCIA Ocho (8) meses de experiencia profesional.
Título Profesional correspondiente al siguiente núcleo básico del conocimiento (NBC):
NBC en Medicina.
Título de posgrado en modalidad de especialización, en relación con las funciones del empleo.
Matrícula o Tarjeta Profesional en los casos requeridos por la Ley.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-36 • 2024 • FEBRERO • 15 36 IDRD INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 225 “Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de los empleos de la planta de empleos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte”
I. IDENTIFICACIÓN Nivel: Asesor Denominación del empleo: Asesor Código: 105 Grado: 01 N° de cargos: Cinco (5) Dependencia Dirección General Cargo del Jefe inmediato: Director General Asesor Código 105 Grado 01 II. ÁREA FUNCIONAL DIRECCIÓN GENERAL III. PROPÓSITO PRINCIPAL Asesorar al Director General en la formulación, adopción, ejecución y control de los proyectos y programas, así como en el diseño, ejecución y control de los procesos, procedimientos y planes del área de desempeño que le sea asignada.
IV. FUNCIONES ESENCIALES DEL EMPLEO
1. Asesorar a la Dirección General, desde el punto de vista técnico, en la formulación diseño, relación y ejecución de las políticas y estrategias institucionales de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Entidad y la normatividad vigente.
2. Asesorar, desde su competencia técnica, la emisión de conceptos y aporte de elementos de juicio para la toma de decisiones relacionadas con la adopción, ejecución de planes, proyectos y programas institucionales y demás actos administrativos, de acuerdo con los requerimientos de las dependencias de la Entidad y las políticas Distritales.
3. Articular los mecanismos de control necesarios para el seguimiento a la ejecución y evaluación de las actividades, según los parámetros establecidos, en los diferentes programas y proyectos que sean de su competencia.
4. Asesorar, desde su competencia técnica, la toma de decisiones relacionadas con la misión del área y con las labores específicas que le sean asignadas.
5. Elaborar propuestas técnicas en relación con los proyectos de trabajo que se consideren necesarios y convenientes para el cumplimiento de la misión institucional, de acuerdo con los lineamientos y políticas del IDRD y las normas vigentes.
6. Realizar el direccionamiento y seguimiento a las comunicaciones y requerimientos de la dependencia hacia las áreas competentes y ejercer el control de cumplimiento en los plazos fijados para su respuesta.
7. Desempeñar las demás funciones asignadas por el jefe inmediato de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del empleo.
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
7. Plan de Desarrollo Distrital.
8. Estatuto de Bogotá.
9. Normatividad en Contratación Estatal.
10. Plan de Ordenamiento Territorial.
11. Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
12. Utilización de aplicaciones ofimáticas.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-37 • 2024 • FEBRERO • 15 37 IDRD INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 225 “Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de los empleos de la planta de empleos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte”
VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES COMUNES POR NIVEL JERÁRQUICO Aprendizaje continuo Orientación a resultados Confiabilidad Técnica. Creatividad e Innovación. Iniciativa.
Orientación al usuario y al ciudadano Construcción de Relaciones.
Compromiso con la organización Conocimiento del Entorno.
Trabajo en equipo y adaptación al cambio VII. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA ESTUDIOS EXPERIENCIA Ocho (8) meses de experiencia profesional.
Título Profesional en alguna disciplina académica de uno de los siguientes núcleos básicos del conocimiento (NBC):
NBC en Administración;
NBC en Economía; NBC en Contaduría Pública;
NBC en Ingeniería Industrial y afines;
NBC en Ingeniería Administrativa y afines;
NBC en Derecho y afines;
NBC en Comunicación Social, Periodismo y Afines;
NBC en Ciencia política, relaciones internacionales;
NBC en Ingeniería de Sistemas, Telemática y afines;
NBC en Ingeniería Civil y afines;
NBC en Arquitectura y Afines;
NBC en Deportes, Educación Física y Recreación NBC en Sociología, Trabajo Social y Afines NBC en Educación, Título de posgrado en modalidad de especialización, en áreas relacionada con las funciones del cargo. Matrícula o Tarjeta Profesional en los casos requeridos por la Ley.
I. IDENTIFICACIÓN Nivel: Directivo Denominación del empleo: Secretario General Código: 054 Grado: 03 N° de cargos: Uno (1) Dependencia Donde se ubique el cargo Cargo del Jefe inmediato: Quien ejerza la supervisión Directa. Secretario General Código 054 - Grado 03 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-38 • 2024 • FEBRERO • 15 38 IDRD INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 225 “Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de los empleos de la planta de empleos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte”
II. ÁREA FUNCIONAL SECRETARIA GENERAL III. PROPÓSITO PRINCIPAL Liderar la planeación, ejecución y seguimiento de las políticas, planes, programas y proyectos dirigidos a garantizar la gestión administrativa y documental de la entidad.
IV. FUNCIONES ESENCIALES DEL EMPLEO
1. Orientar al Director General y a las demás dependencias de la Entidad, en la formulación de políticas, objetivos, planes, programas y proyectos del Instituto, así como en la aplicación de nuevos procedimientos que mejoren la administración del talento humano, recursos físicos, financieros y tecnológicos.
2. Definir las políticas para la implementación y aplicación del Subsistema de Gestión Documental, así como en la implementación de estrategias, metodologías y mecanismos de carácter administrativo y organizacional para garantizar la adecuada administración de la correspondencia, los archivos de gestión y central del IDRD, conforme a los procedimientos establecidos.
3. Dirigir las acciones para la aplicación de las políticas de transparencia y Código de Integridad, de acuerdo a lineamientos distritales y nacionales.
4. Dirigir y desarrollar continuamente la implementación, mantenimiento y mejora del Sistema de Atención al Cliente, Quejas y Reclamos del Instituto, conforme a la normatividad vigente y lineamientos distritales.
5. Liderar la presentación al Director General de los proyectos de acuerdos, resoluciones y demás actos administrativos y documentos que deban expedirse para el normal funcionamiento de la entidad.
6. Administrar el control de los actos administrativos que en el desarrollo de las funciones de la entidad se requieran, garantizar su legalidad y el cumplimiento de los trámites requeridos para la legalización, numeración, notificación y conservación de los mismos.
7. Desempeñar la Secretaría de la Junta Directiva del Instituto, llevar sus actas y suministrar la información requerida por sus miembros.
8. Suscribir, de acuerdo con su competencia, respuestas a las consultas, peticiones, quejas y reclamos radicadas en la dependencia por los clientes internos y externos, tomando en consideración los términos de Ley y los procedimientos internos establecidos.
9. Liderar con las demás dependencias del Instituto las actuaciones que sean necesarias para realizar una intervención coordinada, integral y articulada, en ejecución de los planes, programas y proyectos de inversión a desarrollar, en cumplimiento de las políticas de la Administración Distrital.
10. Liderar la adopción e implementación de los políticas y estrategias que garanticen la adecuada prestación de servicios al ciudadano por parte de la Entidad, en cumplimiento de las normas vigentes sobre la materia.
11. Desempeñar las actividades de supervisión de los contratos que celebre la dependencia y que le sean asignados, con el fin de facilitar el logro de los objetivos y estrategias institucionales en cumplimiento de las normas legales vigentes.
12. Organizar los informes relacionados con la ejecución de planes, programas, proyectos y actividades propias de los procesos de la dependencia, con el objeto de hacer seguimiento y proponer acciones de mejora, de acuerdo con los procedimientos
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-39 • 2024 • FEBRERO • 15 39 IDRD INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 225 “Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de los empleos de la planta de empleos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte” definidos y la normatividad aplicable.
13. Definir los procesos de gestión documental y atención al usuario a nivel local con el fin de acercar los servicios de la Entidad a los habitantes del Distrito Capital.
14. Desempeñar las demás funciones asignadas por el jefe inmediato de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del empleo.
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
1. Plan de Desarrollo Distrital.
2. Estatuto Orgánico de Bogotá.
3. Normatividad en Contratación Estatal.
4. Plan de Ordenamiento Territorial.
5. Normatividad relacionada con transparencia y derecho de acceso a la información pública.
6. Sistema de Gestión Documental.
7. Modelo Integrado de Planeación y Gestión.
8. Sistema Nacional de Servicio al Ciudadano.
9. Utilización de aplicaciones ofimáticas.
VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES COMUNES POR NIVEL JERÁRQUICO Aprendizaje continuo Visión estratégica.
Liderazgo efectivo.
Orientación a resultados Orientación al usuario y al ciudadano Planeación. Toma de decisiones.
Compromiso con la organización Trabajo en equipo y adaptación al cambio Gestión del desarrollo de las personas.
Pensamiento sistémico. Resolución de conflictos.
VII. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA ESTUDIOS EXPERIENCIA Veinticuatro (24) meses de experiencia profesional.
Título Profesional en alguna disciplina académica de uno de los siguientes núcleos básicos del conocimiento (NBC):
NBC en Administración; NBC en Economía;
NBC en Contaduría Pública;
NBC en Ingeniería Industrial y afines; NBC en Ingeniería Administrativa y afines;
NBC en Derecho y afines; NBC en Ciencia política, relaciones internacionales;
Título de posgrado en modalidad de especialización, en áreas relacionada con las funciones del cargo.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-40 • 2024 • FEBRERO • 15 40 IDRD INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 225 “Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de los empleos de la planta de empleos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte”
Profesional en los casos Matrícula o Tarjeta requeridos por la Ley.
I. IDENTIFICACIÓN Nivel: Directivo Denominación del empleo: Subdirector Administrativo y Financiero Código: 068 Grado: 02 N° de cargos: Uno (1) Dependencia Donde se ubique el cargo Cargo del Jefe inmediato: Quien ejerza la supervisión directa. Subdirector Administrativo y Financiero Código 068 - Grado 02 II. ÁREA FUNCIONAL SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA III. PROPÓSITO PRINCIPAL Dirigir los procesos relacionados con el manejo del talento humano, recursos técnicos, físicos, financieros y servicios generales del Instituto para el logro de la misión institucional.
IV. FUNCIONES ESENCIALES DEL EMPLEO
1. Dirigir y definir el plan de acción, los programas, proyectos y las estrategias de la dependencia, que se adecuen con las políticas y la misión del Instituto.
2. Dirigir el proceso de gestión del talento humano, de acuerdo a la normatividad vigente y directrices de los órganos rectores.
3. Dirigir la administración de los recursos financieros de acuerdo con los lineamientos expedidos por la Secretaría Distrital de Hacienda, con el fin de atender oportunamente las necesidades y obligaciones económicas del Instituto para su óptimo funcionamiento.
4. Fijar directrices para el adecuado manejo y mantenimiento del archivo de gestión, almacén, correspondencia, seguros, equipos, bienes y servicios, para asegurar la normal prestación de los servicios del Instituto.
5. Liderar con la Oficina Asesora de Planeación el diseño de planes, proyectos y programas de inversión administrativa, según los requerimientos de la entidad.
6. Gestionar las actividades de contratación pública de la Subdirección de acuerdo con las normas vigentes.
7. Organizar con las áreas competentes la elaboración del anteproyecto de presupuesto para la siguiente vigencia fiscal.
8. Orientar la elaboración del plan anual de Adquisiciones de la Subdirección en coordinación con la Oficina Asesora de Planeación, de acuerdo con las necesidades de compra identificadas por las áreas a cargo.
9. Desempeñar las actividades de supervisión de los contratos que celebre la dependencia y que le sean asignados, con el fin de facilitar el logro de los objetivos y estrategias institucionales en cumplimiento de las normas legales vigentes.
10. Suscribir los actos administrativos a que haya lugar en relación con el gasto y consecuencialmente, el pago de las condenas y demás decisiones judiciales que se profieran contra el IDRD, que se deban financiar con el presupuesto de funcionamiento e inversión a su cargo.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-41 • 2024 • FEBRERO • 15 41 IDRD INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 225 “Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de los empleos de la planta de empleos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte”
11. Desempeñar las demás funciones asignadas por el jefe inmediato de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del empleo.
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
1. Plan de Desarrollo Distrital.
2. Sistema Nacional del Deporte.
3. Estatuto Orgánico de Bogotá.
4. Normatividad en Contratación Estatal.
5. Plan de Ordenamiento Territorial.
6. Plan Maestro del Espacio Público.
7. Normatividad distrital sobre eventos masivos.
8. Código de Procedimiento Administrativo y Contencioso Administrativo.
9. Modelo Integrado de Planeación y Gestión.
10. Utilización de aplicaciones ofimáticas.
VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES COMUNES POR NIVEL JERÁRQUICO Aprendizaje continuo Visión estratégica.
Orientación a resultados Liderazgo efectivo.
Orientación al usuario y al ciudadano Planeación. Toma de decisiones.
Compromiso con la organización Trabajo en equipo y adaptación al cambio Gestión del desarrollo de las personas.
Pensamiento sistémico. Resolución de conflictos.
VII. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA ESTUDIOS EXPERIENCIA Veinticuatro (24) meses de experiencia profesional.
Título Profesional en alguna disciplina académica de uno de los siguientes núcleos básicos del conocimiento (NBC):
NBC en Administración;
NBC en Economía; NBC en Contaduría Pública;
NBC en Ingeniería Industrial y afines;
NBC en Ingeniería Administrativa y afines; NBC en Derecho y afines;
NBC en Ciencia política, relaciones internacionales;
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-42 • 2024 • FEBRERO • 15 42 IDRD INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 225 “Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de los empleos de la planta de empleos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte”
Título de posgrado en modalidad de especialización, en áreas relacionada con las funciones del cargo.
Matrícula o Tarjeta Profesional en los casos requeridos por la Ley.
I. IDENTIFICACIÓN Nivel: Directivo Denominación del empleo: Subdirector Técnico Código: 068 Grado: 02 N° de cargos: Tres (3) Dependencia Donde se ubique el cargo Cargo del Jefe inmediato: Quien ejerza la supervisión directa. Subdirector Técnico Código 068 - Grado 02 II. ÁREA FUNCIONAL SUBDIRECCIÓN TÉCNICA DE CONSTRUCCIONES III. PROPÓSITO PRINCIPAL Dirigir la ejecución, implementación y desarrollo de las políticas, estrategias y programas relacionados con los proyectos de obras, estudios, diseños, e interventoría de los parques y escenarios de la ciudad, a cargo del Instituto, en cumplimiento de la misión institucional.
IV. FUNCIONES ESENCIALES DEL EMPLEO
1. Gestionar todas las actividades del orden técnico y operativo que desarrolle el Instituto relacionadas con el funcionamiento de los parques y escenarios deportivos y construcción de obras en los mismos.
2. Orientar el desarrollo de los proyectos de construcción a cargo de la entidad, para la toma de decisiones y priorización por parte de la Dirección del Instituto.
3. Revisar y dar viabilidad técnica para la ejecución de nuevos proyectos de obras de construcción y adecuación de escenarios recreo deportivos.
4. Dirigir y revisar la ejecución de programas de recuperación y adecuación de parques y escenarios deportivos, así como también de las demás obras de construcción que adelante el Instituto.
5. Liderar con las dependencias competentes la elaboración del anteproyecto de presupuesto para la siguiente vigencia fiscal.
6. Orientar la elaboración del plan anual de Adquisiciones de la Subdirección en coordinación con la Oficina Asesora de Planeación, de acuerdo con las necesidades de compra identificadas por las áreas a cargo.
7. Liderar conjuntamente con los funcionarios responsables de las áreas de la Subdirección, la elaboración y seguimiento del plan operativo anual, el cual deberá incluir objetivos, metas e indicadores de gestión.
8. Desempeñar las actividades de supervisión de los contratos y convenio que celebre la dependencia y que le sean asignados, con el fin de facilitar el logro de los objetivos y estrategias institucionales en cumplimiento de las normas legales vigentes.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-43 • 2024 • FEBRERO • 15 43 IDRD INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 225 “Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de los empleos de la planta de empleos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte”
9. Gestionar la ejecución de los planes operativos y de desarrollo de la dependencia, identificando acciones integradas y de control interno e informarlas al Director para su consolidación.
10. Aprobar los actos administrativos a que haya lugar en relación con el gasto y consecuencialmente, el pago de las condenas y demás decisiones judiciales que se profieran contra el IDRD, que se deban financiar con el presupuesto de funcionamiento e inversión a su cargo.
11. Desempeñar las demás funciones asignadas por el jefe inmediato de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del empleo.
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
1. Plan de Desarrollo Distrital.
2. Estatuto Orgánico de Bogotá.
3. Normatividad en Contratación Estatal.
4. Plan de Ordenamiento Territorial.
5. Plan Maestro del Espacio Público,
6. Sistema Nacional del Deporte.
7. Lineamientos de Planeación Distrital.
8. Directrices Alcaldía Mayor sobre espacio público.
9. Utilización de aplicaciones ofimáticas.
VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES COMUNES POR NIVEL JERÁRQUICO Visión estratégica.
Aprendizaje continuo Liderazgo efectivo.
Orientación a resultados Planeación.
Orientación al usuario y al ciudadano Toma de decisiones.
Compromiso con la organización Trabajo en equipo y adaptación al cambio Gestión del desarrollo de las personas.
Pensamiento sistémico. Resolución de conflictos.
VII. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA ESTUDIOS EXPERIENCIA Título Profesional en alguna disciplina académica Veinticuatro (24) meses de experiencia de uno de los siguientes núcleos básicos del profesional. conocimiento (NBC):
NBC en Ingeniería Civil y afines; NBC en Arquitectura y Afines;
Título de posgrado en modalidad de especialización, en áreas relacionada con las funciones del cargo.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-44 • 2024 • FEBRERO • 15 44 IDRD INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 225 “Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de los empleos de la planta de empleos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte”
Profesional en los casos Matrícula o Tarjeta requeridos por la Ley.
Subdirector Técnico Código 068 - Grado 02 II. ÁREA FUNCIONAL SUBDIRECCIÓN TÉCNICA DE PARQUES III. PROPÓSITO PRINCIPAL Dirigir la ejecución e implementación y desarrollo de las políticas y programas tendientes a proporcionar sostenibilidad económica, social y de la infraestructura física del Sistema Distrital de Parques mediante la ejecución de estrategias de apropiación social, promoción de servicios y mantenimiento preventivo y correctivo del mismo.
IV. FUNCIONES ESENCIALES DEL EMPLEO
1. Orientar la adopción e implementación de las políticas institucionales en materia de sostenibilidad de parques y escenarios y la participación de la empresa privada para garantizar la operación de los mismos.
2. Gestionar las estrategias y actividades tendientes a la obtención de recursos financieros, a través de la promoción y la publicidad de los programas y eventos institucionales, así como de los parques y escenarios del Sistema Distrital.
3. Liderar la ejecución de los programas y actividades relacionadas con la recuperación y mantenimiento de parques y escenarios deportivos administrados por el IDRD.
4. Dirigir el diseño e implementación de los protocolos de mercadeo y comercialización de los eventos y programas que realiza el Instituto, contribuyendo al cumplimiento de la misión Institucional.
5. Liderar la formulación de los proyectos de infraestructura a realizar en los parques y escenarios del IDRD, de acuerdo con los lineamientos establecidos para el Distrito y las políticas relacionadas con la administración de los mismos.
6. Suscribir los actos administrativos a que haya lugar en relación con el gasto y consecuencialmente, el pago de las condenas y demás decisiones judiciales que se profieran contra el IDRD, que se deban financiar con el presupuesto de funcionamiento e inversión a su cargo.
7. Desempeñar las actividades de supervisión de los contratos y convenio que celebre la dependencia y que le sean asignados, con el fin de facilitar el logro de los objetivos y estrategias institucionales en cumplimiento de las normas legales vigentes.
8. Desempeñar las demás funciones asignadas por el jefe inmediato de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del empleo
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
1. Plan de Desarrollo Distrital.
2. Plan Maestro de Espacio Público.
3. Plan de Ordenamiento Territorial.
4. Modelo Integrado de Planeación y Gestión.
5. Normas de Espacio Público, Mobiliario Urbano y Equipamiento Público.
6. Gestión de riesgos y seguridad industrial.
7. Sistema Distrital de Parques.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-45 • 2024 • FEBRERO • 15 45 IDRD INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 225 “Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de los empleos de la planta de empleos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte”
8. Normativa sobre aprovechamiento económico.
9. Normatividad sobre contratación estatal.
10. Metodologías para evaluación de proyectos y análisis de indicadores de impacto.
11. Sistemas de Gestión Ambiental.
12. Utilización de aplicaciones ofimáticas
VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES COMUNES POR NIVEL JERÁRQUICO Aprendizaje continuo Visión estratégica.
Orientación a resultados Liderazgo efectivo.
Orientación al usuario y al ciudadano Planeación. Toma de decisiones.
Compromiso con la organización Trabajo en equipo y adaptación al cambio Gestión del desarrollo de las personas.
Pensamiento sistémico. Resolución de conflictos.
VII. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA ESTUDIOS EXPERIENCIA Veinticuatro (24) meses de experiencia profesional.
Título Profesional en alguna disciplina académica de uno de los siguientes núcleos básicos del conocimiento (NBC):
NBC en Administración;
NBC en Economía;
NBC en Contaduría Pública; NBC en Ingeniería Industrial y afines; NBC en Ingeniería Administrativa y afines;
NBC en Derecho y afines;
NBC en Ingeniería Civil y afines;
NBC en Arquitectura y Afines; NBC en Ingeniería ambiental, sanitaria y afines;
NBC en Deportes, Educación Física y Recreación Título de posgrado en modalidad de especialización, en áreas relacionada con las funciones del cargo.
Matrícula o Tarjeta Profesional en los casos requeridos por la Ley.
Subdirector Técnico Código 068 - Grado 02 II. ÁREA FUNCIONAL SUBDIRECCIÓN TÉCNICA DE RECREACIÓN Y DEPORTES III. PROPÓSITO PRINCIPAL Dirigir la planeación y ejecución de programas y eventos relacionados con el fomento del alto rendimiento deportivo, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre, así como los REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-46 • 2024 • FEBRERO • 15 46 IDRD INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 225 “Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de los empleos de la planta de empleos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte” programas de fomento y promoción del deporte y adopción de hábitos saludables, para la participación de todos los grupos poblacionales de Bogotá, de acuerdo a los lineamientos de la Dirección General y los planes institucionales.
IV. FUNCIONES ESENCIALES DEL EMPLEO
1. Orientar la adopción e implementación de políticas y programas institucionales en materia de recreación y deporte, dirigidos a la participación de cada uno de los sectores poblacionales del Distrito Capital.
2. Gestionar la ejecución de los programas y actividades deportivas y recreativas orientados a la comunidad de Bogotá, con el fin de lograr un óptimo aprovechamiento del tiempo libre.
3. Liderar el diseño e implementación de lineamientos para promover la participación y adecuada preparación de los deportistas que representen a Bogotá en competencias regionales, nacionales e internacionales.
4. Dirigir la implementación de acciones que permitan la inclusión de deportistas al sistema de alto rendimiento.
5. Liderar la ejecución de actividades formativas y/o de actualización de conocimientos que permitan fortalecer la gestión de los líderes comunitarios, en beneficio de los habitantes de la capital, en lo referente a deporte, recreación y aprovechamiento del tiempo libre.
6. Suscribir los actos administrativos a que haya lugar en relación con el gasto y consecuencialmente, el pago de las condenas y demás decisiones judiciales que se profieran contra el IDRD, que se deban financiar con el presupuesto de funcionamiento e inversión a su cargo.
7. Desempeñar las actividades de supervisión de los contratos y convenio que celebre la dependencia y que le sean asignados, con el fin de facilitar el logro de los objetivos y estrategias institucionales en cumplimiento de las normas legales vigentes.
8. Desempeñar las demás funciones asignadas por el jefe inmediato de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del empleo.
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
1. Políticas Públicas Distritales.
2. Sistema Nacional del Deporte y decretos reglamentarios.
3. Plan de Ordenamiento Territorial.
4. Plan de Desarrollo Distrital.
5. Normatividad Distrital sobre Ciclovía
6. Normatividad Distrital en materia de Eventos Metropolitanos y Plan de Emergencias.
7. Sistema Distrital de Atención Integral de Personas en Condición de Discapacidad.
8. Plan Nacional de Recreación.
9. Modelo Integrado de Planeación y Gestión.
10. Normatividad sobre Contratación Estatal.
11. Utilización de aplicaciones ofimáticas.
VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-47 • 2024 • FEBRERO • 15 47 IDRD INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 225 “Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de los empleos de la planta de empleos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte”
COMUNES POR NIVEL JERÁRQUICO Aprendizaje continuo Orientación a resultados Visión estratégica. Liderazgo efectivo. Planeación.
Orientación al usuario y al ciudadano Toma de decisiones.
Compromiso con la organización Trabajo en equipo y adaptación al cambio Gestión del desarrollo de las personas.
Pensamiento sistémico. Resolución de conflictos.
VII. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA ESTUDIOS EXPERIENCIA Veinticuatro (24) meses de experiencia profesional.
Título Profesional en alguna disciplina académica de uno de los siguientes núcleos básicos del conocimiento (NBC):
NBC en Administración;
NBC en Economía;
NBC en Contaduría Pública;
NBC en Ingeniería Industrial y afines; NBC en Ingeniería Administrativa y afines;
NBC en Derecho y afines;
NBC en Deportes, Educación Física y Recreación NBC en Educación Título de posgrado en modalidad de especialización, en áreas relacionada con las funciones del cargo.
Matrícula o Tarjeta Profesional en los casos requeridos por la Ley.
I. IDENTIFICACIÓN Nivel: Directivo Denominación del empleo: Subdirector Código: 070 Grado: 02 N° de cargos: Uno (1) Dependencia Donde se ubique el cargo Cargo del Jefe inmediato: Quien ejerza la supervisión directa. Subdirector Código 070 - Grado 02 II. ÁREA FUNCIONAL SUBDIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN III. PROPÓSITO PRINCIPAL Dirigir los procesos de contratación que adelante el IDRD, necesarios para el correcto funcionamiento de sus actividades, proyectos y programas, de conformidad con el marco normativo existente en materia de contratación y cumpliendo con estándares de calidad, eficiencia y oportunidad establecidos por la Entidad.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-48 • 2024 • FEBRERO • 15 48 IDRD INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 225 “Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de los empleos de la planta de empleos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte”
IV. FUNCIONES ESENCIALES DEL EMPLEO
1. Orientar los procesos contractuales y convenios, de acuerdo con los principios de la contratación administrativa, el Manual de Contratación, el Plan Anual de Adquisiciones del lDRD y la normatividad vigente.
2. Gestionar las estrategias y criterios que deban establecerse en la entidad, relacionados con la actividad contractual, dentro del marco establecido por el ordenamiento jurídico vigente.
3. Orientar a los ordenadores del gasto, cuando estos lo requieran, para la toma de decisiones en materia los procesos contractuales, de conformidad con el Manual de Contratación del IDRD.
4. Establecer la modalidad de selección, proyecto de pliegos y pliegos de condiciones definitivos, buscando que se ajusten a las necesidades reales y al Plan de Adquisiciones aprobado para cada vigencia fiscal, dando aplicación a los principios de economía, transparencia, responsabilidad.
5. Gestionar la realización de las evaluaciones a las propuestas que se presenten dentro de los procesos de selección contractual o de convenios.
6. Organizar la documentación correspondiente a la presentación ante el Comité de Contratación, de los distintos procesos de selección que deban ser llevados a esta instancia, para su respectivo trámite.
7. Suscribir los conceptos que se requieran en el marco de los procesos de contratación que adelante la entidad.
8. Aprobar los documentos, minutas y actas que sean el resultado del proceso de contratación y de aquellos que requieran firma del nominador como representante legal o de los ordenadores del gasto, según sea el caso.
9. Orientar los lineamientos técnicos a las dependencias de la entidad, en lo que respecta a los procedimientos de contratación de las áreas misionales y de apoyo de la Entidad, implementando las mejores prácticas en contratación que conduzcan a selecciones adecuadas.
10. Gestionar el trámite de respuesta a las peticiones, quejas y reclamos presentados por los ciudadanos o usuarios, inherentes a la dependencia, a través de los sistemas dispuestos para tal fin.
11. Gestionar ante la Oficina Asesora de Comunicaciones la información que deba ser publicada en la página web del Instituto, en los temas de su competencia, de acuerdo a la normatividad vigente y lineamientos distritales.
12. Desempeñar las actividades de supervisión de los contratos y convenio que celebre la dependencia y que le sean asignados, con el fin de facilitar el logro de los objetivos y estrategias institucionales en cumplimiento de las normas legales vigentes.
13. Orientar las actividades relacionadas con la implementación y sostenibilidad del Sistema Integrado de Gestión, el Modelo Estándar de Control Interno en el área, en observancia de las recomendaciones realizadas en el ámbito de su competencia.
14. Desempeñar las demás funciones asignadas por el jefe inmediato de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del empleo.
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
1. Normas vigentes sobre contratación.
2. Plan de Desarrollo Distrital
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-49 • 2024 • FEBRERO • 15 49 IDRD INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 225 “Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de los empleos de la planta de empleos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte”
3. Planeación Estratégica.
4. Modelo Integrado de Planeación y Gestión.
5. Sistema de Gestión Documental.
6. Sistema Electrónico de Contratación Pública.
7. Definición de procesos, procedimientos e indicadores de gestión.
8. Utilización de aplicaciones ofimáticas.
VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES COMUNES POR NIVEL JERÁRQUICO Aprendizaje continuo Visión estratégica.
Orientación a resultados Liderazgo efectivo.
Orientación al usuario y al ciudadano Planeación. Toma de decisiones.
Gestión del desarrollo de las personas.
Compromiso con la organización Trabajo en equipo y adaptación al cambio Pensamiento sistémico.
Resolución de conflictos VII. COMPETENCIAS TRANSVERSALES ETENCIAS TRANSVERSALES LABORALES COMPETENCIAS TRANSVERSALES COMUNES
1. Atención al detalle.
2. Visión estratégica.
3. Trabajo en equipo y colaboración.
VIII. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA ESTUDIOS EXPERIENCIA Veinticuatro (24) meses de experiencia profesional.
Título Profesional correspondiente al siguiente núcleo básico del conocimiento (NBC):
NBC en Derecho y Afines.
Título de posgrado en modalidad de especialización, en áreas relacionadas con las funciones del cargo.
Matrícula o Tarjeta Profesional en los casos requeridos por la Ley.
I. IDENTIFICACIÓN Nivel: Directivo Denominación del empleo: Jefe de Oficina Código: 006 Grado: 01 N° de cargos: Dos (02) Dependencia Donde se ubique el cargo Cargo del Jefe inmediato: Quien ejerza la supervisión directa.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-50 • 2024 • FEBRERO • 15 50 IDRD INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 225 “Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de los empleos de la planta de empleos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte”
Jefe de Oficina Código 006 – Grado 01 II. ÁREA FUNCIONAL OFICINA ASUNTOS LOCALES III. PROPÓSITO PRINCIPAL Orientar la formulación de políticas y planes a nivel local que deba ejecutar la Entidad, en cumplimiento de su misión, con cargo a los recursos de los Fondos de Desarrollo Local.
IV. FUNCIONES ESENCIALES DEL EMPLEO
1. Gestionar y proyectar los documentos, informes, balances y actos administrativos que deba suscribir la Dirección General, relacionados con la contratación del presupuesto con cargo a los Fondos de Desarrollo Local, de manera oportuna.
2. Gestionar el seguimiento al trámite de pago de los compromisos que se adquieran con cargo a los recursos de cada Fondo de Desarrollo Local, conforme a las directrices y normatividad vigente.
3. Organizar, de forma sistematizada, el envío de información a los Fondos de Desarrollo Local sobre contratos y convenios celebrados, órdenes de pago, actas de iniciación, adición, suspensión y liquidación, de conformidad con el Sistema de Gestión Documental del IDRD.
4. Organizar, junto con las dependencias competentes, la elaboración del anteproyecto de presupuesto para la siguiente vigencia fiscal.
5. Liderar, en conjunto con las dependencias competentes, el plan operativo anual para la Oficina de Asuntos Locales, de acuerdo con los procedimientos establecidos.
6. Realizar las labores que se requieran, en todas las etapas de los procesos contractuales relacionados con los asuntos a su cargo, según los parámetros establecidos por la Entidad y las normas vigentes de contratación estatal.
7. Gestionar actividades de participación ciudadana a nivel local, que permitan mejorar la oferta de servicios de la entidad, de acuerdo a directrices institucionales.
8. Desempeñar las demás funciones asignadas por el jefe inmediato de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del empleo.
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
1. Plan de Ordenamiento Territorial.
2. Plan de Desarrollo Distrital.
3. Planes locales de Desarrollo.
4. Sistema Nacional del Deporte.
5. Sistema Distrital de Parques.
6. Formulación y Evaluación de Proyectos.
7. Directrices Distritales sobre Funcionamiento de los Fondos de Desarrollo Local.
8. Normatividad sobre contratación estatal.
9. Estatuto Orgánico de Bogotá.
10. Modelo Integrado de Planeación y Gestión
11. Utilización de aplicaciones ofimáticas
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-51 • 2024 • FEBRERO • 15 51 IDRD INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 225 “Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de los empleos de la planta de empleos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte”
VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES COMUNES POR NIVEL JERÁRQUICO Aprendizaje continuo. Visión estratégica.
Orientación a resultados. Liderazgo efectivo.
Orientación al usuario y al ciudadano. Planeación.
Compromiso con la organización. Toma de decisiones. de las Gestión del desarrollo personas.
Trabajo en equipo. Adaptación al cambio.
Pensamiento sistémico.
Resolución de conflictos.
VII. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA ESTUDIOS EXPERIENCIA Dieciocho (18) meses de experiencia profesional.
Título Profesional correspondiente a uno de los siguientes núcleos básicos del conocimiento (NBC):
NBC en Administración;
NBC en Publicidad y Afines;
NBC en Economía;
NBC en Contaduría Pública. NBC en Ingeniería Industrial y afines;
NBC en Ingeniería Administrativa y afines;
NBC en Derecho y afines. NBC en Ciencia Política, Relaciones Internacionales.
NBC en Deportes, Educación Física y Recreación NBC en Sociología, Trabajo Social y Afines NBC en Educación Título de posgrado en modalidad de especialización, en áreas relacionada con las funciones del cargo. Matrícula o Tarjeta Profesional en los casos requeridos por la Ley.
NIVEL ASESOR I. IDENTIFICACIÓN Nivel: Asesor Denominación del empleo: Jefe de Oficina Asesora Código: 115 Grado: 03 N° de cargos: Uno (01) Dependencia Oficina Asesora de Comunicaciones Cargo del Jefe inmediato: Director General REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-52 • 2024 • FEBRERO • 15 52 IDRD INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 225 “Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de los empleos de la planta de empleos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte”
Jefe de Oficina Asesora de Comunicaciones Código 115 - Grado 03 II. ÁREA FUNCIONAL OFICINA ASESORA DE COMUNICACIONES III. PROPÓSITO PRINCIPAL Asesorar a la Dirección General en la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación del plan estratégico de comunicaciones con la finalidad de fortalecer la comunicación con las dependencias y áreas de la Entidad, entre éstas y otras entidades del sector y la comunidad en general.
IV. FUNCIONES ESENCIALES DEL EMPLEO
1. Asesorar a la Dirección General en la formulación, implementación y la evaluación del plan estratégico de comunicaciones de la entidad, de acuerdo con los lineamientos establecidos para tal fin.
2. Asesorar a todas las dependencias y áreas del Instituto, en la gestión de comunicaciones internas, de acuerdo con el protocolo de comunicaciones establecido para ello y los procedimientos definidos para tal fin.
3. Asesorar a la Dirección General en la promoción y posicionamiento de la imagen institucional, de acuerdo con las políticas de comunicaciones de la Entidad.
4. Asesorar en el diseño y desarrollo de contenidos y estrategias de comunicación dirigidos a la comunidad y en particular a los beneficiarios de los programas de la Entidad, de acuerdo con los protocolos y directrices de la Administración Distrital.
5. Fomentar las relaciones de la Entidad con los medios de comunicación masiva, así como el manejo de información que deba ser divulgada por el Instituto, a nivel local, regional, nacional e internacional, de acuerdo con las políticas establecidas por la Administración Distrital.
6. Dirigir la logística y manejo de los medios de comunicación en los eventos institucionales, según los requerimientos y procedimientos establecidos.
7. Desarrollar el sistema de comunicaciones internas, así como de los contenidos de la intranet y la web, en coordinación con la Subdirección Administrativa y Financiera, de acuerdo con las normas aplicables sobre la materia.
8. Conceptuar, dentro de su competencia, lo pertinente a consultas, peticiones, quejas y reclamos radicados en la dependencia por los usuarios internos y externos, tomando en consideración los términos previstos en la Ley y los procedimientos establecidos para tal fin.
9. Desempeñar las demás funciones asignadas por el jefe inmediato de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del empleo.
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
1. Plan de Desarrollo Distrital.
2. Estatuto General de Contratación Estatal y demás normas que lo reglamenten, adicionen o modifiquen.
3. Estatuto Orgánico de Bogotá.
4. Conocimiento en Comunicación Organizacional.
5. Gestión de Social Media y Marketing Digital.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-53 • 2024 • FEBRERO • 15 53 IDRD INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 225 “Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de los empleos de la planta de empleos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte”
6. Modelo Integrado de Planeación y Gestión.
7. Utilización de aplicaciones ofimáticas.
VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES COMUNES POR NIVEL JERÁRQUICO Aprendizaje continuo Confiabilidad técnica.
Orientación a resultados Creatividad e innovación.
Orientación al usuario y al ciudadano Compromiso con la organización Iniciativa. Construcción de relaciones.
Trabajo en equipo y adaptación al cambio Conocimiento del entorno.
VII. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA ESTUDIOS EXPERIENCIA Dieciocho (18) meses de experiencia profesional.
Título Profesional correspondiente a uno de los siguientes núcleos básicos del conocimiento (NBC):
NBC en Comunicación Social, Periodismo y Afines;
NBC en Publicidad y Afines.
Título de posgrado en modalidad de especialización, en áreas relacionada con las funciones del cargo.
Matrícula o Tarjeta Profesional en los casos requeridos por la Ley.
I. IDENTIFICACIÓN Nivel: Asesor Denominación del empleo: Jefe de Oficina Asesora Código: 115 Grado: 03 N° de cargos: Uno (01) Dependencia Oficina Asesora de Planeación Cargo del Jefe inmediato: Director General Jefe de Oficina Asesora de Planeación Código 115 -Grado 03 II. ÁREA FUNCIONAL OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN III. PROPÓSITO PRINCIPAL Asesorar a las dependencias sobre la formulación y seguimiento a la planeación estratégica y operativa, contribuyendo al cumplimiento de la misión y de los objetivos estratégicos de la entidad IV. FUNCIONES ESENCIALES DEL EMPLEO
1. Asesorar a la entidad en la articulación de los lineamientos del Plan Distrital de
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-54 • 2024 • FEBRERO • 15 54 IDRD INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 225 “Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de los empleos de la planta de empleos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte”
Desarrollo con el plan de acción de los proyectos de inversión y el direccionamiento estratégico.
2. Asesorar a las dependencias en la formulación y actualización del plan de acción del IDRD, de acuerdo con los lineamientos institucionales y de las entidades competentes,
3. Asesorar a las dependencias en la formulación y actualización de los proyectos de inversión en el marco de los lineamientos distritales, así como realizar su seguimiento.
4. Dirigir la actualización de la planeación estratégica de la entidad, de acuerdo con los lineamientos del plan de desarrollo y la normatividad vigente.
5. Articular, junto con las subdirecciones, el Plan Anual de Adquisiciones en los plazos establecidos por la administración.
6. Dirigir la elaboración del anteproyecto de presupuesto/inversión de la entidad de acuerdo con los lineamientos de las Secretarías Distritales de Hacienda y Planeación.
7. Dirigir la implementación, sostenibilidad y mejora continua del Sistema de Gestión de la entidad de acuerdo con la normativa vigente.
8. Dirigir la elaboración oportuna del informe de gestión de la entidad, conforme a los lineamientos institucionales y la normatividad vigente.
9. Dirigir la elaboración oportuna del plan operativo por dependencias, conforme a los lineamientos institucionales.
10. Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
1. Plan de Desarrollo Distrital.
2. Estatuto General de Contratación Estatal y demás normas que lo reglamenten, adicionen o modifiquen.
3. Estatuto Orgánico de Bogotá.
4. Sistema de Información Geográfica.
5. Planeación estratégica.
6. Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG.
7. Formulación y evaluación de Proyectos.
8. Utilización de aplicaciones ofimáticas.
VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES COMUNES POR NIVEL JERÁRQUICO Aprendizaje continuo Confiabilidad técnica.
Orientación a resultados Creatividad e innovación.
Orientación al usuario y al ciudadano Iniciativa.
Construcción de relaciones.
Compromiso con la organización Trabajo en equipo y adaptación al cambio Conocimiento del entorno.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-55 • 2024 • FEBRERO • 15 55 IDRD INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 225 “Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de los empleos de la planta de empleos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte”
VII. COMPETENCIAS TRANSVERSALES COMPETENCIAS TRANSVERSALES LABORALES COMPETENCIAS TRANSVERSALES COMUNES (Proceso Planeación Estatal)
1. Planificación y Programación.
2. Integridad Institucional.
VIII. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA ESTUDIOS EXPERIENCIA Dieciocho (18) meses de experiencia profesional.
Título Profesional correspondiente a uno de los siguientes núcleos básicos del conocimiento (NBC):
NBC en Administración;
NBC en Economía;
NBC en Contaduría Pública;
NBC en Ingeniería Industrial y afines;
NBC en Ingeniería Administrativa y afines;
Título de posgrado en modalidad de especialización, en áreas relacionada con las funciones del cargo.
Matrícula o Tarjeta Profesional en los casos requeridos por la Ley.
Artículo 2.
- Comunicación. Comunicar el contenido de la presente resolución al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital -DASCD-.
Artículo 3.
- La presente resolución rige a partir del día siguiente de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente las Resoluciones 788 de 2019 y 051 de 2020 y demás disposiciones que le sean contrarias.
PUBLIQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C., el día, 13-02-2024 DANIEL ANDRÉS GARCÍA CAÑÓN Director General Proyectó: Camilo Rojas Ospina – Profesional Especializado Código 222 Grado 05 (E) Área Talento Humano Vilma del Pilar Medina Gutiérrez - Profesional Especializada Código 222 Grado 10 Área Talento Humano Revisó: Yadima Díaz Ochoa – Profesional Especializada Código 222 Grado 11 Área Talento Humano Revisó Gabriel Ernesto Lagos, Secretario General Aprobó: Juan Carlos Rodríguez Waltero – Subdirector Administrativo y Financiero REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-56 • 2024 • FEBRERO • 15 56 DECRETOS LOCALES DE 2024 ALCALDÍA LOCAL DE BOSA DECRETO LOCAL Nº 001 (5 de enero de 2024)
“Por el cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Bosa con el objetivo de aprobar el Proyecto de Acuerdo 001 de 2024”
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-57 • 2024 • FEBRERO • 15 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-58 • 2024 • FEBRERO • 15 58 ALCALDÍA LOCAL DE LOS MÁRTIRES DECRETO LOCAL Nº 005 (12 de febrero de 2024)
“Por el cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de los Mártires para que se surta el proceso de integración de la terna para la designación de alcalde o alcaldesa local de la Alcaldía de Los Mártires para el periodo 2024-2027”
EL ALCALDE LOCAL DE LOS MÁRTIRES En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993, y
CONSIDERANDO:
Que, conforme con lo previsto en el artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993, la Junta Administradora Local se reunirá extraordinariamente por convocatoria que le haga el respectivo Alcalde Local; evento en el cual sesionará por el término que éste le señale y para ocuparse exclusivamente de los asuntos que él mismo someta a su consideración.
Que de conforme el Artículo 49 del reglamento interno de la Junta Administradora Local de Los Mártires, Acuerdo Local 001 de 2013, se determina que:
Artículo 49.
- CLASIFICACIÓN DE LAS SESIONES. Las sesiones de la junta administradora local son: (…)” Sesión extraordinaria: aquella que convoca el alcalde local a iniciativa propia o por petición de la junta administradora local. Durante estas sesiones, la corporación únicamente se ocupará de los asuntos para los cuales fue convocada. La convocatoria a sesiones extraordinarias debe hacerse por el alcalde local a través de un decreto local, debidamente publicitado entre los miembros de la junta administradora local.”
Que la Junta Administradora Local de Los Mártires, no se encuentra en periodo de sesiones ordinarias, dado que de conformidad a lo establecido en el artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993, el periodo de dichas sesiones esta normado de la siguiente forma: Las juntas administradoras locales se reunirán, ordinariamente, por derecho propio, cuatro veces al año, así: el primero (1) de marzo; el primero (1) de junio; el primero (1) de septiembre, y el primero (1) de diciembre. Cada vez las sesiones durarán treinta (30) días prorrogables, a juicio de la misma Junta hasta por cinco (5) días más.
Que la constitución política de Colombia, dispone en su capitulo IV “Del régimen especial” que Bogotá se organiza como Distrito Capital, cuyo régimen político, fiscal y administrativo será el que determinen la Constitución, las leyes especiales que para el mismo se dicten y las disposiciones vigentes para los municipios.
Que conforme a la carta constitucional, el concejo a iniciativa del alcalde, dividirá el territorio distrital en localidades, de acuerdo con las características sociales de sus habitantes, y hará el correspondiente reparto de competencias y funciones administrativas.
Que el artículo 323 constitucional señala que: “Los alcaldes locales serán designados por el Alcalde Mayor de terna enviada por la correspondiente junta administradora.”. De igual forma establece que en cada localidad existirá una junta administradora la cual tendrá un periodo de cuatro (4) años, la cual no podrá estar integrada por no menos siete (7) ediles según lo determine el Concejo Distrital, atendida la población respectiva.
GDI-GPD-F090 Versión: 07 Vigencia: 22 de febrero de 2022 Caso Hola No. 231090 Alcaldía Local de Los Mártires Avenida Calle 19 No. 28-80 Piso 6 Centro Comercial Mall Plaza Código Postal: 111411 Tel. 3759531 - 3511577 Información Línea 195 www.martires.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-59 • 2024 • FEBRERO • 15 59 Continuación Decreto Local Número No. 004 del 07 de febrero de 2024 Página 2 de 3 Que el artículo 84 de la Ley 1421 de 1993, en concordancia con el artículo 323 de la Constitución Política de Colombia, dispone que los alcaldes y alcaldesas locales serán nombrados por el Alcalde Mayor de terna elaborada por la correspondiente Junta Administradora Local.
Que, el Decreto Nacional 1350 de 2005 y el Decreto Distrital No. 011 de 2008, reglamentan el proceso de conformación de ternas para la designación de alcaldes y alcaldesas locales.
En relación con la elección de los Alcaldes Locales, el Estatuto Orgánico de Bogotá (Decreto Ley 1421 de 1993), señala -en su artículo 84- que los alcaldes locales serán nombrados por terna elaborada por la correspondiente Junta Administradora Local. Esta norma señala que la integración de la terna tendrá lugar dentro de los ocho (8) días iniciales del primer periodo de sesiones de la correspondiente junta.
Que a través de la resolución No.: 0330 del 15 de mayo de 2023 “por la cual se adopta el Manual especifico de funciones y competencias laborales para los empleados de planta de la Secretaría Distrital de Gobierno – SDG”, se establece para el cargo de alcalde local código 30 grado 05, los siguientes requisitos:
Que, según lo señalado en la Circular No. 002 de 2024, el Secretario Distrital de Gobierno solicitó a los alcaldes y alcaldesas locales convocar a sesiones extraordinarias a las juntas administradoras locales con el objeto de surtir el proceso de integración de ternas para la designación de alcaldes y alcaldesas locales para el periodo 2024-2027.
Que, atendiendo la Circular No. 002 de 2024, en las citadas sesiones se incluirán los temas referentes a:
1. Integración de terna para la designación de alcalde o alcaldesa local para el periodo 2024 - 2027.
2. Discusiones tendientes a establecer los criterios que tendrán en cuenta para la conformación de las ternas.
Que, de conformidad con el artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993, es procedente que el Alcalde Local convoque a la corporación edilicia a fin de que se dé cumplimiento a lo ordenado a través de la Circular No. 002 del 8 de febrero de 2024 suscrita por el Señor Secretario Distrital de Gobierno y conforme a ello se ocupe del proceso de integración de ternas para la designación de alcaldes y alcaldesas locales para el periodo 2024-2027.
GDI-GPD-F090 Versión: 07 Vigencia: 22 de febrero de 2022 Caso Hola No. 231090 Alcaldía Local de Los Mártires Avenida Calle 19 No. 28-80 Piso 6 Centro Comercial Mall Plaza Código Postal: 111411 Tel. 3759531 - 3511577 Información Línea 195 www.martires.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-60 • 2024 • FEBRERO • 15 60 Continuación Decreto Local Número No. 004 del 07 de febrero de 2024 Página 3 de 3 Es menester resaltar que conforme a las indicaciones deprecadas por parte del Señor secretario distrital de Gobierno, aún no existe un cronograma de las fases del concurso meritocrático para la designación de los Alcaldes Locales, sin embargo, atendiendo la circular en cita, se debe convocar a la corporación edilicia a fin de que conozca los alcances del proceso meritocrático correspondiente.
Que, en mérito de lo expuesto, el Alcalde Local de Los Mártires,
DECRETA:
Artículo 1°.
Convocar a la Junta Administradora Local de los Mártires, a sesiones extraordinarias para el periodo comprendido entre el 14 y el 29 de febrero de 2024 inclusive.
Artículo 2°.
En las sesiones extraordinarias, la Junta Administradora Local de Los Mártires ÚNICAMENTE se ocupará exclusivamente de surtir el proceso de integración de terna para la designación de alcalde o alcaldesa local para el periodo 2024-2027, de acuerdo al instructivo señalado en la Circular No. 002 del 8 de febrero de 2024 suscrita por el Secretario Distrital de Gobierno.
Artículo 3°.
El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y contra el mismo no procede recurso alguno.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D.C., a los doce (12) días del mes de febrero de dos mil veinticuatro (2024).
JUAN RACHIF CABARCAS RAHMAN ALCALDE LOCAL ALCALDÍA LOCAL DE LOS MÁRTIRES Proyectó: Glendy Paola Suarez – Profesional apoyo al despacho- Contratista.
Revisó: Andrea Vanessa Guzman Barrios – Abogada Transversal Especializada Despacho – Contratista Revisó: Janner Mauricio Rivera – Profesional Especializado Despacho FDLM – Contratista GDI-GPD-F090 Versión: 07 Vigencia: 22 de febrero de 2022 Caso Hola No. 231090 Alcaldía Local de Los Mártires Avenida Calle 19 No. 28-80 Piso 6 Centro Comercial Mall Plaza Código Postal: 111411 Tel. 3759531 - 3511577 Información Línea 195 www.martires.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-61 • 2024 • FEBRERO • 15 61 ALCALDÍA LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE DECRETO LOCAL Nº 005 (9 febrero de 2024)
“Por medio del cual amplia la fecha de la convocatoria a Sesiones Extraordinarias a la Junta Administradora Local de Rafael Uribe Uribe del 16 de febrero del 2024 al 29 de febrero de 2024 y se modifica el Decreto Local 004 del 2 de febrero de 2024”
EL ALCALDE LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993, atendiendo lo dispuesto en el Decreto Distrital 011 de 2008 y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Ley 1421 de 1993 "Por el cual se dicta el régimen especial para el Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá", en su artículo 86 determina las facultades de los Alcaldes Locales y de los artículos 87 al 95 la naturaleza, patrimonio, participación en el presupuesto distrital, la contribución y la eficiencia, la representación legal, apropiaciones, celebración de contratos, y la participación ciudadana y comunitaria de los Fondos de Desarrollo Local.
Que el Decreto Ley 1421 de 1993, en su artículo 71 establece que "Las juntas administradoras locales se reunirán, ordinariamente, por derecho propio, cuatro veces al año, así: el primero (1o.) de marzo; el primero (1o.) de junio; el primero (1o.) de septiembre, y el primero (1o.) de diciembre. Cada vez las sesiones durarán treinta (30) días prorrogables, a juicio de la misma Junta hasta por cinco (5) días más. También se reunirán extraordinariamente por convocatoria que les haga el respectivo alcalde. En este evento sesionarán por el término que señale el alcalde y únicamente se ocuparán de los asuntos que él mismo someta a su consideración".
Que de conformidad con el artículo 73 del Decreto Ley 1421 de 1993 se instituye que "El alcalde local instalará y clausurará las sesiones ordinarias y extraordinarias de las juntas administradoras y deberá prestarles la colaboración necesaria para garantizar su buen funcionamiento. Las juntas no podrán sesionar fuera del lugar señalado como sede oficial. Sin embargo, previa convocatoria efectuada con la debida antelación, podrán sesionar en sitio distinto para escuchar a las comunidades".
Que la Ley 2116 de 2021 "Por medio de la cual se modifica el decreto ley 1421 de 1993, referente al estatuto orgánico de Bogotá", modifica algunos artículos del Decreto Ley 1421 de 1993, en aplicación de los principios de descentralización, desconcentración, delegación, pluralismo, transparencia y eficiencia, y en específico su artículo 11 modifica el artículo 86 del Decreto Ley 1421 de 1993 en lo concerniente a las atribuciones que tienen los alcaldes locales.
Que el artículo 84 de la Ley 1421 de 1993 en concordancia con el artículo 323 de la Constitución Política de Colombia dispone que los alcaldes y alcaldesas locales serán nombrados por el Alcalde(sa) Mayor de terna elaborada por la correspondiente Junta Administradora.
Que el Decreto Nacional 1350 de 2005 y el Decreto Distrital No. 011 de 2008 reglamentan el proceso de conformación de ternas para la designación de alcaldes y alcaldesas locales.
GDI - GPD – F106 Versión: 04 Vigencia: 03 de enero de 2020 Calle 32 No. 23 - 62 sur Código Postal: 111811 Tel. 3660007 Información Línea 195 www.rafaeluribe.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-62 • 2024 • FEBRERO • 15 62 DECRETO No. 005 DEL 09 FEBRERO DE 2024 "Por medio del cual amplia la fecha de la convocatoria a Sesiones Extraordinarias a la Junta Administradora Local de Rafael Uribe Uribe del 16 de febrero del 2024 al 29 de febrero de 2024 y se modifica el Decreto Local 004 del 2 de febrero de 2024" Página 2 de 3 Que, según lo señalado en la Circular No. 002 del 08 de febrero de 2024, el Secretario Distrital de Gobierno faculta a los Alcaldes y Alcaldesas Locales para convocar a sesiones extraordinarias a las Juntas Administradoras Locales del 8 de febrero y hasta el 29 de febrero de 2024 con el objeto de conformar las ternas para la designación de Alcaldes y Alcaldesas Locales.
Que atendiendo a la Circular No. 002 de 2024, en las citadas sesiones se incluirán los temas referentes a:
1. Integración de terna para la designación de Alcalde o Alcaldesa Local 2024-2028
2. Discusiones tendientes a establecer los criterios que tendrán en cuenta para la conformación de las ternas.
Que, de acuerdo con el anterior fundamento normativo, se considera pertinente convocar a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Rafael Uribe Uribe, con el propósito de evaluar y analizar las políticas, programas y proyectos del Plan de Gobierno presentado por Carlos Fernando Galán, Alcalde Mayor de Bogotá para el periodo 2024-2027, “Bogotá camina segura”, con el cual se construirá el Plan de Desarrollo Distrital; así como para conformar las ternas para la designación de Alcaldes y Alcaldesas Locales 2024-2028 y los criterios que tendrán en cuenta para la conformación de las ternas.
En mérito de lo expuesto, este Despacho,
DECRETA:
Artículo 1°.
Ampliar la fecha de la convocatoria a Sesiones Extraordinarias a la Junta Administradora Local de Rafael Uribe Uribe del dieciséis (16) de febrero del 2024 al veintinueve (29) de febrero de 2024 inclusive.
Artículo 2°.
Modificar el artículo 2° del Decreto Local No. 004 del 02 de febrero de 2024, el cual quedará de la siguiente manera:
Artículo 2°.
En las sesiones extraordinarias, la Junta Administradora Local de Rafael Uribe Uribe, ÚNICAMENTE se ocupará de
I. Evaluar y analizar las políticas, programas y proyectos del Plan de Gobierno presentado por Carlos
Fernando Galán, Alcalde Mayor de Bogotá para el periodo 2024-2027, “Bogotá camina segura”, con el cual se construirá el Plan de Desarrollo Distrital. II. La integración de terna para la designación de Alcalde o Alcaldesa Local 2024-2028. III. Las discusiones tendientes a establecer los criterios que tendrán en cuenta para la conformación
de las ternas para la designación de Alcalde o Alcaldesa Local 2024-2028.
GDI - GPD – F106 Versión: 04 Vigencia: 03 de enero de 2020 Calle 32 No. 23 - 62 sur Código Postal: 111811 Tel. 3660007 Información Línea 195 www.rafaeluribe.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-63 • 2024 • FEBRERO • 15 63 DECRETO No. 005 DEL 09 FEBRERO DE 2024 "Por medio del cual amplia la fecha de la convocatoria a Sesiones Extraordinarias a la Junta Administradora Local de Rafael Uribe Uribe del 16 de febrero del 2024 al 29 de febrero de 2024 y se modifica el Decreto Local 004 del 2 de febrero de 2024" Página 3 de 3
Artículo 3°.
El presente Decreto rige a partir de la fecha de publicación.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
EDUARD HUMBERTO QUINTANA ARELLANO Alcalde Local Rafael Uribe Uribe Proyectó: Alejandra Rodríguez Bernal – Profesional apoyo al despacho Aprobó: Leonardo Guerra Ramírez – Profesional apoyo al despacho GDI - GPD – F106 Versión: 04 Vigencia: 03 de enero de 2020 Calle 32 No. 23 - 62 sur Código Postal: 111811 Tel. 3660007 Información Línea 195 www.rafaeluribe.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-64 • 2024 • FEBRERO • 15 64 ALCALDÍA LOCAL DE ANTONIO NARIÑO DECRETO LOCAL Nº 006 (7 de febrero de 2024)
“Por medio del cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Antonio Nariño para el periodo comprendido entre el nueve (09) hasta el veintinueve (29) de febrero de 2024, inclusive”
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-65 • 2024 • FEBRERO • 15 65 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7936 • PP. 1-66 • 2024 • FEBRERO • 15 66
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