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Registro Distrital 7916 de 2024

Registro Distrital 7916 de 2024 Nivel Distrital

Tipo
Registro Distrital
Número
7916
Año
2024
Fecha
23 de enero de 2024
Entidad
Nivel Distrital
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

5,5 ALCALDE MAYOR Carlos Fernando Galán Pachón ALCALDESA MAYOR Claudia Nayibe López Hernández REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • No. 7916- Pp 1 - 27 - 2024 • ENERO • 23 CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Central RESOLUCIONES SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL RESOLUCIÓN Nº 021 “Por la cual se efectúa un encargo”.................................................................. 4 RESOLUCIÓN Nº 676 “Por la cual se efectúa un encargo por derecho preferencial”.......................... 9 SECRETARÍA DE HACIENDA RESOLUCIÓN Nº SDH-000017 “Por la cual se efectúa un nombramiento ordinario y se termina un encargo”......13 Sector Local ACUERDO LOCAL DE 2023 JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE USME ACUERDO LOCAL N° 005 “POR MEDIO DEL CUAL SE CREA EL CONSEJO LOCAL DE PAZ, RECON CILIACIÓN, CONVIVENCIA Y TRANSFORMACIÓN DE CONFLICTOS DE USME”............................................................................................................. 15 RESOLUCIÓN LOCAL DE 2023 ALCALDÍA LOCAL DE TEUSAQUILLO RESOLUCIÓN LOCAL Nº 337 “Por medio del cual la Alcaldía Local de Teusaquillo reconoce el mérito a fun cionarios y contratistas de la Alcaldía Local, por su labor y contribución a la ejecución del Plan de Desarrollo Local 2020-2024”........................................ 25 AÑO 58 NÚMERO 7916 23 • ENERO • 2024 ALCALDESA MAYOR Claudia Nayibe López Hernández SECRETARÍA GENERAL ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL.

LA PUBLICACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS EN EL REGISTRO DISTRITAL SE REALIZA DE ACUERDO A LA LEY 1437 DEL 2011 EN SU ARTÍCULO 65 MODIFICADO POR LA LEY 2080 DE 2021 “POR LA CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO”.

CORREO: REGISTRODISTRITAL@ALCALDIABOGOTA.GOV.CO DIRECCIÓN: CALLE 11 SUR #1-60 ESTE - LA MARÍA - BOGOTÁ D.C.

TELÉFONO: 381 3000 EXT. 5010 - 5202 SUBDIRECTORA IMPRENTA DISTRITAL: MARCELA IRENE DE JESÚS GONZÁLEZ BONILLA RESOLUCIONES SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL RESOLUCIÓN Nº 021 (18 de enero de 2024)

“Por la cual se efectúa un encargo”

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7916 • PP. 1-4 • 2024 • ENERO • 23 4 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7916 • PP. 1-5 • 2024 • ENERO • 23 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7916 • PP. 1-6 • 2024 • ENERO • 23 6 7 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7916 • PP. 1-7 • 2024 • ENERO • 23 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7916 • PP. 1-8 • 2024 • ENERO • 23 8 RESOLUCIÓN Nº 676 (27 de diciembre de 2023)

“Por la cual se efectúa un encargo por derecho preferencial”

9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7916 • PP. 1-9 • 2024 • ENERO • 23 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7916 • PP. 1-10 • 2024 • ENERO • 23 10 11 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7916 • PP. 1-11 • 2024 • ENERO • 23 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7916 • PP. 1-12 • 2024 • ENERO • 23 12 SECRETARÍA DE HACIENDA RESOLUCIÓN Nº SDH-000017 (19 de enero de 2024)

“Por la cual se efectúa un nombramiento ordinario y se termina un encargo”

LA SECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por la Ley 909 de 2004, el Decreto 1083 de 2015 modificado por el Decreto 648 de 2017, el Decreto Distrital 101 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 5º de la ley 909 de 2004 señala la clasificación de los empleos, disponiendo como una de las excepciones a los de carrera administrativa, aquellos de libre nombramiento y remoción.

Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, establecen que las vacantes definitivas de los empleos de libre nombramiento y remoción serán provistas mediante nombramiento ordinario, previo el cumplimiento de los requisitos exigidos para el desempeño del cargo.

Que el empleo de libre nombramiento y remoción denominado Asesor Código 105 Grado 07 ubicado en el Despacho de la Secretaria Distrital de Hacienda, de la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Hacienda, se encuentra vacante de manera definitiva; por tanto, debe ser provisto con una persona que cumpla con los requisitos exigidos para su desempeño, los cuales se encuentran señalados en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda.

Que mediante memorando No. 2024IE001470O1 del 19 de enero de 2024, suscrito por la Secretaria Distrital de Hacienda, se solicitó en la Subdirección del Talento Humano, el nombramiento ordinario de la señora MARTHA ADRIANA AMEZQUITA CARDENAS, identificada con cédula de ciudadanía No. 53.052.365 en el cargo de libre nombramiento y remoción denominado Asesor Código 105 Grado 07 ubicado en el Despacho de la Secretaria Distrital de Hacienda.

Que de conformidad con la certificación de cumplimiento de requisitos de fecha 19 de enero de 2024, expedida por la Subdirección del Talento Humano, la señora MARTHA ADRIANA AMEZQUITA CARDENAS, identificada con cédula de ciudadanía No. 53.052.365, cumple con los requisitos y el perfil requerido para ser nombrada en el empleo denominado Asesor Código 105 Grado 07 ubicado en el Despacho de la Secretaria Distrital de Hacienda, de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda.

Que, en el presupuesto de gastos e inversiones de la Entidad para la vigencia fiscal en curso, existe apropiación presupuestal disponible en los rubros de factores constitutivos de salario y contribuciones inherentes a la nómina, para respaldar las obligaciones del referido empleo.

Que mediante Resolución No. DGC-000838 del 30 de noviembre de 2023, se encargó en empleo de Asesor Código 105 Grado 07 ubicado en el Despacho de la Secretaria Distrital de Hacienda a la señora LEIDY KATTERINE PAUNA DÍAZ, identificada con la cédula de ciudadanía No.1.022.382.281 quien ocupa el empleo de Asesor Código 105 Grado 05, ubicado en el 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7916 • PP. 1-13 • 2024 • ENERO • 23 “Por la cual se efectúa un nombramiento ordinario y se termina un encargo”

Despacho del Secretario Distrital de Hacienda, desde el 1 de diciembre de 2023 y hasta por tres (3) meses o hasta cuando sea provisto el cargo.

Que conforme a lo anterior, se hace necesario terminar el encargo y proceder a la provisión definitiva del empleo de Asesor Código 105 Grado 07 ubicado en el Despacho de la Secretaria Distrital de Hacienda.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1o.

Nombrar a la señora MARTHA ADRIANA AMEZQUITA CARDENAS, identificada con cédula de ciudadanía No. 53.052.365, en el empleo de libre nombramiento y remoción denominado Asesor Código 105 Grado 07 ubicado en el Despacho de la Secretaria Distrital de Hacienda, de la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Hacienda.

Artículo 2o.

Como consecuencia de lo anterior, dar por terminado, a partir de la fecha de la posesión de la señora MARTHA ADRIANA AMEZQUITA CARDENAS, el encargo de la señora LEIDY KATTERINE PAUNA DÍAZ, identificada con la cédula de ciudadanía No.1.022.382.281, en el empleo de Asesor Código 105 Grado 07 ubicado en el Despacho de la Secretaria Distrital de Hacienda, realizado mediante la Resolución No. DGC-000838 del 30 de noviembre de 2023, quien continuará desempeñando el cargo de Asesor Código 105 Grado 05, ubicado en el Despacho de la Secretaria Distrital de Hacienda.

Artículo 3o.

El presente nombramiento cuenta con saldo de apropiación presupuestal suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de factores constitutivos de salario y contribuciones inherentes a la nómina durante la vigencia fiscal en curso.

Artículo 4o.

Comunicar el contenido de la presente resolución a la señora MARTHA ADRIANA AMEZQUITA CARDENAS, identificada con cédula de ciudadanía No. 53.052.365 y a la señora LEIDY KATTERINE PAUNA DÍAZ, identificada con la cédula de ciudadanía No.1.022.382.281.

Artículo 5o.

La presente resolución rige a partir de la fecha de expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, a los (899999061-9) Secretaría Distrital de Hacienda - Ana Maria Cadena Ruiz 2024.01.19 16:03:50 -05'00' (899999061-9) Secretaría Distrital de Hacienda - Ana Maria Cadena Ruiz ANA MARIA CADENA RUIZ Secretaria Distrital de Hacienda Firmado digitalmente por Diana Blanco Garzon INGRID MARCELA BARRERA CORREA Firmado digitalmente por INGRID MARCELA BARRERA CORREA Ana María Charry Niño Firmado digitalmente por Ana María Charry Niño Aprobado por: Diana Consuelo Blanco Garzón – Subsecretaria General Revisado por: Ingrid Marcela Barrera Correa – Subdirectora del Talento Humano Proyectado por: Ana María Charry Niño – Profesional Universitario Subdirección del Talento Humano REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7916 • PP. 1-14 • 2024 • ENERO • 23 14 ACUERDO LOCAL DE 2023 JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE USME ACUERDO LOCAL N° 005 (21 de diciembre de 2023)

“POR MEDIO DEL CUAL SE CREA EL CONSEJO LOCAL DE PAZ, RECONCILIACIÓN, CONVIVENCIA Y TRANSFORMACIÓN DE CONFLICTOS DE USME”

LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE USME En ejercicio de las atribuciones legales conferidas por la Constitución Política de Colombia, Decreto Ley 1421 de 1993, Ley Orgánica 2116 de 2021 y,

CONSIDERANDO:

Que el Acuerdo Distrital 809 del 17 de marzo de 2021, en su artículo 1º, modificó el artículo1º del Acuerdo Distrital 17 de 1999 que creó el Consejo Distrital de Paz; transformándolo en el Consejo Distrital de Paz, Reconciliación, Convivencia y Transformación de Conflictos, como órgano asesor y consultivo del Gobierno Distrital, y encaminado al logro y mantenimiento de la paz, generación de una cultura de reconciliación y transformación de conflictos.

J Que de conformidad con lo señalado en el artículo 2º del Acuerdo Distrital No. 809 de 2021, corresponde,a las Alcaldías Locales dentro de la Política Pública Distrital de Paz, Reconciliación, No Estigmatización y Transformación de Conflictos, hacer cumplir los fines, fundamentos y· responsabilidades del Estado en materia de paz, reconciliación, no estigmatización y transformación de conflictos.

Que el artículo 13 del Acuerdo 809 de 2021 señala que, en relación con los Consejos Locales de Paz, Reconciliación, Convivencia y Transformación de Conflictos, las Juntas · Administradoras Locales a iniciativa propia o de cada Alcalde Local, acordarán la conformación de los Consejos Locales de l:,az, contemplando que: (...) su reglamentación se ceñirá a todo lo consagrado en este acuerdo, en el marco de sus competencias y atendiendo las dinámicas territoriales.

Que el Decreto Distrital 421 de 2021 "Por medio del cual se reglamenta el Consejo Distritalde Paz, Reconciliación, Convivencia y Transformación de Conflictos", establece los parámetros para la reglamentación de los Consejos Locales de Paz y las responsabilidades desde las autoridades locales para garantizar su instalación y su funcionamiento articulado.

Que el artículo 16 del Decreto Distrital 421 de 2021 señala que: "(...) dentro de la reglamentación de los Consejos Locales de Paz, Reconciliación, Convivencia y Transformación de Conflictos que se creen por las Juntas Administradoras Locales, a iniciativa de cada alcalde o alcaldesa local, deberá contemplar una secretaría técnica compartida entre la instítucionalidad y un representante de las organizaciones o sectores civiles de la localidad."

CARRERA 14 A Nº 137B SUR- 32 - NUEVA SEDE PLAZOLETA PRINCIPAL USME PUEBLO. TEL: 7693100 EXT. 239 E-mail: j,alusmT(O}qmail.com o/ OOBl!RNO BOGOTI\ -· 15 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7916 • PP. 1-15 • 2024 • ENERO • 23 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7916 • PP. 1-16 • 2024 • ENERO • 23 16 17 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7916 • PP. 1-17 • 2024 • ENERO • 23 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7916 • PP. 1-18 • 2024 • ENERO • 23 18 19 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7916 • PP. 1-19 • 2024 • ENERO • 23 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7916 • PP. 1-20 • 2024 • ENERO • 23 20 21 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7916 • PP. 1-21 • 2024 • ENERO • 23 JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE USME:t•".

ACUERDO L )CAL 005 DEL 21 DE DICIEMBRE DE 2023 POR MEDIO DEL CUAL SE CREA EL CONSEJO LOCAL DE PAZ, RECONCILIACIÓN, CONVIVENCIA Y TRANSFORMACIÓN DE CONFLICTOS DE USME Cada sector de la sociedad civil deberŊ1 garantizar la inclusión de al menos un 30% de mujeres en cada una de las listas para la elección de representantes. Será nula la elección, d,e,signación o postulación que no cumpla este criterio.

Las organizaciones de la sociedad civil deberán tener como radio de acción y/o cobertura la Localidad de Usme.

Parágrafo 1. El Consejo Local de Paz, Reconciliación, Convivencia y Transformación de Conflictos
de Usme, garantizará la representacién y participación efectiva de los diferentes sectores de la sociedad civil, respetando los enfoque; diferenciales y de género, así como la inclusión de sus agendas.

La designación de los representantes cinte el Consejo Local de Paz, Reconciliación, Convivencia y Transformación de Conflictos de Usme, se hará a título personal; no obstante, en caso de ausencia temporal o definitiva del o la repre,entante, será reemplazado/a por suplente debidamente acreditado por el sector o grupo poblacional al que pertenece.

Parágrafo 2. El Consejo Local de Paz, Reconciliación, Convivencia y Transformación de Conflictos
de Usme, en sesión plenaria podrá dHterminar la participación en calidad de invitados, de otras organizaciones de la sociedad civil que no lo integran, quienes tendrán voz, pero no voto; en todo caso, la forma de designación y elecció 1 de los representantes de estas organizaciones se realizará de conformidad con lo dispuesto en este artículo. f

Artículo 8.

- Requisitos: Los y las mpresentantes de las organizaciones de la sociedad civil que tengan interés de integrar El Consejo Local de Paz, Reconciliación, Convivencia yTransformación de Conflictos de Usme, deberán suministra·:

- Datos de identificación y localización del o la representante.
- Carta de la organización represe ,tada, en la cual se indique el sector por el cual se presenta el o la representante, así como la experiencia y/o vinculación con el sector.
- Copia del acta de la reunión eI1 la cual se hizo la postulación y designación o elección, indicando las organizaciones panicipantes, el proceso de su convocatoria y el mecanismo por el cual se elige.
- Documento explicativo de la repmsentatividad del sector.
- Datos suficientes sobre la misionalidad de la organización, domicilio y número telefónico de las entidades postulantes y de los representantes.
- Presentar un documento señalando su experiencia en la construcción de paz, reconciliación y transformación de conflictos; s J motivación para hacer parte del Consejo Local. Esta información reposará en la Secretaría Técnica del Consejo Local, no será objeto de evaluación

para la postulación y designaci:'m de los y las representantes y podrá utilizarse para la elaboración del plan de trabajo.

Artículo 9.

Periodo: Con el objeto d,3 garantizar la continuidad de las políticas distritales de paz y acorde a los principios democráticos, participativos y de representación, los representantes de la sociedad civil ante el Consejo Local de Paz, Reconciliación, Convivencia y Transformación de Conflictos de Usme se elegirán o desigrarán para períodos de cuatro (4) años.

CARRERA 14 A Nº 137B SUR- 32 - NUEVA SEDE PLAZ )LETA PRINCIPAL USME PUEBLO. TEL: 7693100 EXT. 239 E-mail: jalusmE GOBIERNO BOGOTJ\ -· REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7916 • PP. 1-22 • 2024 • ENERO • 23 22 23 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7916 • PP. 1-23 • 2024 • ENERO • 23 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7916 • PP. 1-24 • 2024 • ENERO • 23 24 RESOLUCIÓN LOCAL DE 2023 ALCALDÍA LOCAL DE TEUSAQUILLO RESOLUCIÓN LOCAL Nº 337 (15 de diciembre de 2023)

“Por medio del cual la Alcaldía Local de Teusaquillo reconoce el mérito a funcionarios y contratistas de la Alcaldía Local, por su labor y contribución a la ejecución del Plan de Desarrollo Local 2020-2024”.

LA ALCALDESA (E) LOCAL DE TEUSAQUILLO En uso de sus facultades legales, atribuidas por los numerales 1, 5 y 20 del artículo 86 Decreto Ley 1421 de 1993, artículos 2, 5 y 6 del Acuerdo Distrital 735 de 2019, y el Decreto 379 del 25 de agosto del 2023; y

CONSIDERANDO:

Que, en cumplimiento de sus funciones, la Alcaldesa (E) Local de Teusaquillo como autoridad administrativa de la localidad hace un especial reconocimiento por el cabal cumplimiento de las funciones, obligaciones contractuales, su dedicación, sentido de pertenencia así como de los objetivos alcanzados en el marco de la ejecución del Plan de Desarrollo Local 2020-2024.

Que los Funcionarios y Contratistas de la Alcaldía Local de Teusaquillo han demostrado su gran profesionalismo, dedicación en el servicio y eficiencia en su desempeño laboral y contractual, al destacarse en su labor por el compromiso exhibido en la búsqueda efectiva de la ejecución del Plan de Desarrollo Local indicado, a cargo de la Alcaldía.

Que teniendo en cuenta el marco normativo particularmente de principios constitucionales incorporados en la Carta Política de 1991 como lo son el principio de solidaridad, creación de empresa e inclusión social cada uno se define de la siguiente manera: Solidaridad “deber impuesto a un sujeto por el hecho de pertenecer al conglomerado social, consistente en la vinculación del propio esfuerzo y actividad en beneficio o apoyo de otros asociados o en interés colectivo” y cuya dimensión como deber es se denomina como “impone a los miembros de la sociedad la obligación de coadyuvar con sus congéneres para hacer efectivos los derechos de éstos, máxime cuando se trata de personas en situación de debilidad, en razón a su condición económica, física o mental”. Corte Constitucional, Sentencia C-767 de 2014.

Que los funcionarios públicos en la construcción del Estado Social de Derecho tienen una función social significativa, y compromisos éticos que enaltece la función pública; y junto con los Contratistas como colaboradores de la administración pública, logran coadyuvar al desarrollo de la prestación y garantías de los servicios públicos a cargos del Estado.

Que los Funcionarios y Contratistas de la Alcaldía Local de Teusaquillo se encuentran liderando o gestionando los siguientes logros obtenidos por la Alcaldía Local de Teusaquillo al finalizar la vigencia 2023 así:

- Gestión del Plan Anualizado de Caja. - Depuración de Obligaciones por Pagar. - Ejecución Contractual dentro de la Vigencia. - Seguimiento a la Ejecución Contractual. - Cumplimiento de Metas de Plan de Desarrollo. - Apoyo en las Votaciones de Presupuestos Participativos - Cumplimiento de Metas de Plan de Gestión. - Saneamiento del Rezago del Área Contable. - Consolidación del Archivo Físico. - Saneamiento del Rezago de Impulso de Actuaciones Administrativas. - Apoyo en la Gestión de Actividades y Eventos.

25 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7916 • PP. 1-25 • 2024 • ENERO • 23 RESOLUCIÓN NÚMERO 337 DEL 15 DE DICIEMBRE DEL 2023 “Por medio del cual la Alcaldía Local de Teusaquillo reconoce el mérito a funcionarios y contratistas de la Alcal- día Local, por su labor y contribución a la ejecución del Plan de Desarrollo Local 2020-2024".

Página 2 de 3 Que el reconocimiento a las acciones y servicios excepcionales realizados por los funcionarios y contratistas que más adelante se enuncian, no solo representan la manifestación de gratitud y solidaridad de los ciudadanos, sino también el querer de la Administración para estimular y fomentar las cualidades profesionales comprometidos con las autoridades y la comunidad, se le otorga la condecoración al mérito por su labor y contribución a la ejecución de proyectos del Plan de Desarrollo Local 2020-2024 y, en consecuencia:

RESUELVE:

Artículo 1.

Destacar a las siguientes Funcionarios Públicos por su labor meritoria y acciones efectivas cumplidas en la Localidad de Teusaquillo, mediante reconocimiento especial así:

FUNCIONARIOS DE LA ALCALDÍA LOCAL DE TEUSAQUILLO N APELLIDOS Y NOMBRES DOCUMENTO 1 CAROLINA SUAREZ CABEZA 52.536.145 2 NATALIA ANDREA CENTENO DÍAZ 53.165.265 3 LEONEL SÁNCHEZ HERNÁNDEZ 14.271.061 4 LUZ ANDREA URQUIJO BOADA 52.821.159 5 BALKIS HELENA WIEDEMAN GIRALDO 51.698.679 6 NANCY CONSTANZA PEÑA SÁNCHEZ 52.153.858 7 JESSICA TATIANA ROMERO POVEDO 1.010.217.972 8 DIDIER ANDRÉS DUCUARA MORA 80.901.733

Artículo 2.

Destacar a las siguientes Contratistas por su labor meritoria y acciones efectivas cumplidas en la Localidad de Teusaquillo, mediante reconocimiento especial así:

CONTRATISTAS ALCALDÍA LOCAL DE TEUSAQUILLO N APELLIDOS Y NOMBRES DOCUMENTO 1 JOSE JOAQUIN OCAMPO TEJADA 94.391.606 2 ERIKA MILENA ESPEJO SOSA 1.015.412.609 3 BLANCA PATRICIA USECHE CESPEDES 52.117.689 4 ANDREA CAROLINA PEREIRA CORRALES 1.102.845.768 5 MARÍA TEREZA URIBE PEÑA 1.065.812.022 6 DAGOBERTO LIÑÁN POMBO 1.143.378.770 7 KAREN DANIELA PARADA NOVOA 1.012.435.649 8 YESSICA PAOLA NOGUERA BECERRA 1.047.413.327 9 LUZ DARY AYALA PALACIO 52.011.073 10 KATHERINE ROCIO PEÑA LOZANO 1.022.426.514 11 WILSON HEDER OROZCO VENECIA 1.133.357.261 12 FERNANDO PÉREZ BEDOYA 79.330.054 13 EVA ROCIO MORALES BUSTOS 1.051.674.441 14 LUISA BIBIANA MEDINA RODRÍGUEZ 51.891.458 Código: GDI - GPD – F034 Versión: 03 Vigencia: 14 de enero de 2020 Alcaldía Local de Teusaquillo Transversal 18 bis # 38-41 Código Postal: 111311 Tel: 3204872 Información Línea 195 www.teusaquillo.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7916 • PP. 1-26 • 2024 • ENERO • 23 26 RESOLUCIÓN NÚMERO 337 DEL 15 DE DICIEMBRE DEL 2023 “Por medio del cual la Alcaldía Local de Teusaquillo reconoce el mérito a funcionarios y contratistas de la Alcal- día Local, por su labor y contribución a la ejecución del Plan de Desarrollo Local 2020-2024".

Página 3 de 3

Artículo 3.

Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.

Artículo 4.

Vigencia. La presente Resolución Local entra en vigencia a partir de su sanción y publicación.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE ROSA ISABEL MONTERO TORRES Alcaldesa Local de Teusaquillo (E)

Proyectó: Sergio Andrés Forero - Contratista FDLT Revisó: Dagoberto Liñan Pombo – Abogado contratista despacho FDLT Código: GDI - GPD – F034 Versión: 03 Vigencia: 14 de enero de 2020 Alcaldía Local de Teusaquillo Transversal 18 bis # 38-41 Código Postal: 111311 Tel: 3204872 Información Línea 195 www.teusaquillo.gov.co 27 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7916 • PP. 1-27 • 2024 • ENERO • 23

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