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Registro Distrital 7902 de 2024

Registro Distrital 7902 de 2024 Nivel Distrital

Tipo
Registro Distrital
Número
7902
Año
2024
Fecha
2 de enero de 2024
Entidad
Nivel Distrital
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

5,5 ALCALDE MAYOR Carlos Fernando Galán Pachón ALCALDESA MAYOR Claudia Nayibe López Hernández REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • No. 7902- Pp 1 - 138 - 2024 • ENERO • 2 CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Descentralizado RESOLUCIONES DE 2023 CONTRALORÍA DE BOGOTÁ, D.C. RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA Nº 036 “Por la cual se modifica y reglamenta el trámite del Plan de Mejoramiento que presentan los sujetos de vigilancia y control a la gestión fiscal de Contraloría de Bogotá D.C. y se adopta el procedimiento interno”.......................................... 4 RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA Nº 037 “Por la cual se actualiza el Procedimiento Administrativo PGD-10-01 ancionato rio Fiscal en la Contraloría de Bogotá, D.C., se signan competencias y se dictan otras disposiciones”........................................................................................ 72 Sector Local DECRETOS LOCALES DE 2023 ALCALDÍA LOCAL DE TEUSAQUILLO DECRETO LOCAL Nº 020 “Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal 2023”.................................................................................. 124 DECRETO LOCAL Nº 027 “Por medio del cual se liquida el presupuesto anual de ingresos y gastos de la Alcaldía Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2024”............................................................. 127 AÑO 58 NÚMERO 7902 2 • ENERO • 2024 ALCALDESA MAYOR Claudia Nayibe López Hernández SECRETARÍA GENERAL ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL.

LA PUBLICACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS EN EL REGISTRO DISTRITAL SE REALIZA DE ACUERDO A LA LEY 1437 DEL 2011 EN SU ARTÍCULO 65 MODIFICADO POR LA LEY 2080 DE 2021 “POR LA CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO”.

CORREO: REGISTRODISTRITAL@ALCALDIABOGOTA.GOV.CO DIRECCIÓN: CALLE 11 SUR #1-60 ESTE - LA MARÍA - BOGOTÁ D.C.

TELÉFONO: 381 3000 EXT. 5010 - 5202 SUBDIRECTORA IMPRENTA DISTRITAL: MARCELA IRENE DE JESÚS GONZÁLEZ BONILLA RESOLUCIONES DE 2023 CONTRALORÍA DE BOGOTÁ, D.C.

RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA Nº 036 (28 de diciembre de 2023)

“Por la cual se modifica y reglamenta el trámite del Plan de Mejoramiento que presentan los sujetos de vigilancia y control a la gestión fiscal de Contraloría de Bogotá D.C. y se adopta el procedimiento interno”

EL CONTRALOR DE BOGOTÁ D.C. (E.F)

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las previstas en el articulo 5 del Decreto Ley 403 de 2020, el Acuerdo Distrital 658 de 20161, la Resolución 1547 del 20 de diciembre de 2023, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 272 de la Constitución Política, incisos 1 y 6, preceptúan que la vigilancia de la gestión fiscal de los departamentos, distritos y municipios donde haya contralorias, corresponde a estas en forma concurrente con la Contraloria General de la República, y que los contralores departamentales, distritales y municipales ejercerán, en el ámbito de su jurisdicción, las funciones atribuidas al Contralor General de la Repúblíca en el artículo 268 en lo que sea pertinente, según los principios de coordinación, concurrencia, y subsidiariedad.

Que el artículo 105 del Decreto Ley 1421 de 1993, modificado por el articulo 164 del Decreto Ley 403 de 2020, establece que la vigilancia de la gestión fiscal del Distrito Capital y de los particulares que manejen fondos o bienes de éste, corresponde a la Contra/oría de Bogotá D.C., que incluye el ejercicio de un control financiero, de gestión y de resultados, fundado en la eficiencia, la economía, la equidad y la valoración de los costos ambientales.

1 Mo(liflcado parCialmente por los Acuerdos Oistntales 664 de 2017, 001, 886 Y 904 de 2023 www.contraloriabogota.gov.ca Carrera 32 A W 26 A - 10- Código Postal 111321 PBX: 33588888 Página 1 de 16 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-4 • 2024 • ENERO • 2 4 '1e Ole 2023 CódigoFormato PGD-10-01

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Versión: 2.0 -DE "'GOTA. n.c. Vlgtlancla y control a la gestlon fiscal de Contralona de Bogotá D.C. y se adopta el procedimiento interno"

Que el artículo 109 del citado decreto, establece dentro de las funciones del Contralor de Bogotá D.C. la de:" 1. Prescribir los métodos y la forma de rendir cuentas por parte de los responsables del manejo de fondos o bienes del Distrito e indicar los criterios de evaluación financiera y de resultados que deberán seguirse."

Que en un ejercicio conjunto, la Contraloría General de la República, la Audítoría General de la República y algunas contralorías territoriales, actualizaron la Guía de Auditoría Territorial-GATconforme con las normas internacionales ISSAI3 y las NIA4, con el fín de ser tenida en cuenta por los entes de control territorial.

Que en la "GUlA DE AUDITORlA TERRITORIAL EN EL MARCO DE LAS NORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORlA ISSAI (Versión 3.0)" de octubre de 2022, en el numeral 1.3.2.5 "Plan de Mejoramiento y seguimiento", señala que: "El auditado, como resultado de la auditoria, cualquiera que sea su modalidad, deberá elaborar un plan de mejoramiento que atienda las deficiencias señaladas en el informe de auditoria. El plan será reportado a través del sistema que determine cada Contraloria Territorial. Las Contralorias Territoriales efectuarán vigilancia y control a las acciones que adopte el sujeto auditado sobre los resultados planteados en los informes de auditoria. El seguimiento se enfoca en determinar si el sujeto de control ha desarrollado acciones para atender los resultados del informe de auditoria. Igualmente, las Contralorías Territoriales determinarán la efectividad de las acciones del plan de mejoramiento ejecutado por los sujetos vigilados. La efectividad consiste en la implementación de las acciones desarrolladas por el sujeto de control para contrarrestar las causas de los hallazgos establecidos, producto del ejercicio del control fisca!'. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N' 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 33588888 Página 2 de 16 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-5 • 2024 • ENERO • 2 RESOLU~IÓN REGLAMENTARIA N° DE -~B Jr 'In?? I~.. _. Código Formato YI "Por la cualse modIfIca y reglamenta el tra"!lte del PGD-10-01 CONTRALORiA P!a.n deMejoramlento que p~esentan los sUjetos ~e DE "OGOTA. n.e vIgilancIa y control a la gestlOn fIscal de Contralona de Versión: 2.0 Bogotá D.C. y se adopta el procedimiento interno"

Que la GAT es un instrumento de apoyo a la gestión institucional y misional de las contralorias territoriales, elaborada para facilitar el ejercicio del proceso auditor, mediante la aplicación articulada y simultánea de los sistemas de control fiscal definidos en la Ley 42 de 1993, o la norma que la complemente o sustituya, con el propósito de evaluar la gestión fiscal, revisar y fenecer las cuentas que deben llevar los responsables del erario y determinar el grado de eficiencia, eficacia y economía con que hayan obrado.

Que el numeral 5 del artículo 3 del Acuerdo 658 de 2016 establece como objetivo de la Contraloría de Bogotá D.C.: "contribuir con los informes de auditoria en el mejoramiento de la gestión administrativa y fiscal de las entidades distritales".

Que mediante Resolución Reglamentaria No. 016 del 10 de mayo de 2023, fueron adoptadas, las nuevas versiones de documentos y procedimíentos del Proceso de Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal de la Contraloría de Bogotá D.C.

Que mediante Resolución Reglamentaria No. 036 del 20 de septiembre de 2019, fue reglamentado el trámite del Plan de Mejoramiento y adoptado el procedimiento interno del mismo.

Que se hace necesario actualizar el procedimiento del Plan de Mejoramiento, con su aplicación a los nuevos tipos de auditoría reglamentados en cumplimiento de los lineamientos del SINACOF en la Guía de Auditoría Territorial GAT 3.0 y lo dispuesto en la normatividad vigente. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A W 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 33588888 Página 3 de 16 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-6 • 2024 • ENERO • 2 6

- RESOLUCiÓN REGLAMENTARIA N°__ .DE 28 DIe 2023 G "Por la cualse m?difica y reglamenta el trámite del g~~:~tg~mato

CONTRALORiA P!a.n de.Mejoramlento que p~esentan los sUjetos ~e Versión: 2.0 '" ""GOTA. oc vIgilancIa y control a la gestlOn fIscal de Contralona de Bogotá D.C. y se adopta el procedimiento interno"

Que por su parte, es necesario actualizar el trámite que deben aplicar los sujetos de vigilancia y control fiscal para la elaboración, modificación, seguimiento y reporte del plan de mejoramiento. Asi como el procedimiento que sigue la Contraloría de Bogotá D.C., para la evaluación de la eficacia y efectividad de las acciones adelantadas por el sujeto de vigilancia y control fiscal, de conformidad con lo establecido en las metodologías vigentes reglamentadas por la Contraloria de Bogotá D.C., en ejercicio del control fiscal.

Que de acuerdo con la actualización de la metodologia para la calificación de la gestión fiscal, se ajustaron las definiciones de las categorías de evaluación de la eficacia y efectividad de las acciones formuladas por los Sujetos de Control, la herramienta técnica utilizada en la evaluación y seguimiento y otros procedimientos y criterios técnicos en la evaluación de los planes de mejoramiento presentados.

Que, en mérito de lo expuesto, el Contralor de Bogotá D.C. (E,

RESUELVE:

ARTíCULO PRIMERO: Modificar y reglamentar el trámite del Plan de Mejoramiento que presentan los sujetos de vigilancia y control a la gestión fiscal de Contraloría de Bogotá D.C., en los siguientes términos:

CAPíTULO I GENERALIDADES OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACiÓN. La presente resolución tiene por objeto establecer los parámetros para la elaboración, modificación, seguímiento, reporte y www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A -10 - Código Postal 111321 PBX: 33588888 Página 4 de 16 7 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-7 • 2024 • ENERO • 2. I RESOLUCION REGLAMENTARIA N°__ DE 2 B Olí. 2n'l' I~.... Código Formato ~l "Por la cualse m~d,f,ca y reglamenta el tra"},te del PGD-10-01 CONTRALORiA Plan de MejoramIento que presentan los sUjetos de Oil\OGOTA. oc vigilancia y control a la gestión fiscal de Contraloría de Versión: 2.0 Bogotá D. C. y se adopta el procedimiento interno" evaluación del plan de mejoramiento que suscriban los sujetos de vigilancia y control fiscal de la Contraloría de Bogotá D.C., derivado de las auditorias financiera y de gestión, desempeño, cumplimiento, visita de control fiscal, actuación especial de fiscalización cuando dentro de los objetivos específicos de estas se incluya la evaluación al plan de mejoramiento y acciones conjuntas con la Contraloría General de la República que adelante la Contraloria de Bogotá D.C., sobre la vigilancia y control a la gestión fiscal de la administración y de los particulares que manejen fondos o bienes del Distrito Capital.

PLAN DE MEJORAMIENTO. Instrumento que contiene el conjunto de acciones que debe implementar el Sujeto de Vigilancia y Control Fiscal, tendientes a subsanar la causa raíz de los hallazgos administrativos (que hayan sido identificados en ejercicio de las auditorías financiera y de gestión, desempeño, cumplimiento, visita de control fiscal, actuación especial de fiscalización cuando dentro de los objetivos especificos de esta se incluya la evaluación al plan de mejoramiento y acciones conjuntas con la Contra loría General de la República que adelante la Contraloria de Bogotá sobre la gestión fiscal de la administración y de los particulares que manejen fondos o bienes del Distrito Capital, con el fin que el sujeto de vigilancia y control fiscal adecue dicha gestión a los principios de economia, eficiencia, eficacia, equidad, desarrollo sostenible y valoración de costos ambientales, y de los riesgos identificados que pueden afectar la gestión fiscal.

RESPONSABLES. El jefe o el representante legal de la entidad u organismo público, tanto del sector central como descentralizado, o quien haga sus veces, el Curador Urbano, el Alcalde Local, el representante legal o quien haga sus veces en los Fondos de Servicios Educativos y el particular o entidad de carácter privado; sujeto de vigilancia y control fiscal de la Contraloría de Bogotá D.C., a los cuales se haya www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 33588888 Página 5 de 16 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-8 • 2024 • ENERO • 2 8 RESOLUCiÓN REGLAMENTARIA'N°.J DE 28 ore IO?1 G "Por la cualsem?difica y reglamenta el trámite del ~~~~~:g~mato CONTRALORiA Plan de Mejoramiento que presentan los sUjetos de N ")GOTA. oc vigilancia y control a la gestión fiscal de Contraloria de Versión: 2.0 Bogotá D.C. y se adopta el procedimiento interno" comunicado informe de auditoría de cualquiera de los tipos de auditoría con hallazgos que afecten la gestión, deberán presentar un plan de mejoramiento, conforme lo establece la presente resolución reglamentaria.

CONTENIDO. El plan de mejoramiento contiene la totalidad de acciones que ha formulado el sujeto de vigilancia y control fiscal con el fin de eliminar la causa origen de los hallazgos comunicados por la Contraloria de Bogotá D.C., y adecuar su gestión a los principios de eficacia, eficiencia, economia, equidad, desarrollo sostenible y valoración de costos ambientales.

FIRMA DIGITAL. Con el fin de asegurar que la información transmitida a través del sistema de rendición de cuentas, dispuesto por la Contraloría de Bogotá D.C., para tal fin, sea la perteneciente a cada una de las entidades sujeto de vigilancia y control fiscal, será exigible la firma digital de que trata el articulo 13 de la Resolución Reglamentaria NO.002 del 11 de febrero de 2022.

CAPíTULO 11 INCORPORACiÓN HALLAZGOS Corresponde a la Contra loría de Bogotá D.C. incorporar en el sistema de rendición de cuentas dispuesto para tal fin, los hallazgos definitivos comunicados en el informe final de auditorías financiera y de gestión, desempeño, cumplimiento, visita de control fiscal, actuación especial de fiscalización y acciones conjuntas con la Contraloria General de la República o auditoria a los Estados Contables Consolidados del Sector Público Distrital, Gobierno y Bogotá D.C., según corresponda; previo a la comunicación del informe final al sujeto de vigilancia y control fiscal. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N" 26 A. 10 - Código Postal 111321 PBX: 33588888 Página 6 de 16 9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-9 • 2024 • ENERO • 2 RESOLUCiÓN REGLAMENTARIA NO' ~ DE 26 DI 2023 O "Por la cual se modifica y reglamenta el trámite del CódigoFormato PGD-10-01 CONTRALORiA Plan de Mejoramiento que presentan los sujetos de -- -- vigilancia y control a la gestión fiscal de Contraloria de Versión:2.0 DE BOGOl A. o.e.

Bogotá D.C. y se adopta el procedimiento interno"

CAPíTULO 111 FORMULACiÓN PLAN DE MEJORAMIENTO FORMULACiÓN. El responsable, deberá definir la causa que originó el hallazgo de auditoria, la (s) acción (es), el indicador (nombre y formula), la meta (con unidad de medida asociada a la fórmula del indicador), el (las) área (s) responsable (s) de ejecutarla (s), la fecha de inicio para la ejecución de la acción y la fecha de terminación que se defina para su ejecución, teniendo en cuenta los limites establecidos en los instructivos, previstos en el formato para la formulación del plan de mejoramiento definido en la cuenta y presentarlo únicamente a través del sistema de rendición de cuentas, dispuesto por la Contraloria de Bogotá D.C., para tal fin.

Sobre este plan de mejoramiento la Contraloria de Bogotá D.C., no emitirá pronunciamiento, lo realizará en posteriores auditorias, en las cuales evaluará la eficacia y efectividad de las acciones implementadas por el sujeto de vigilancia y control fiscal para eliminar la causa que originó los hallazgos comunicados en el informe de auditoria.

La fecha limite programada para la implementación, ejecución y culminación de las acciones que se formulen no debe superar los doce (12) meses, contados a partir de la fecha de formulación del respectivo plan de mejoramiento.

La Oficina de Planeación y la Oficina de Control Interno del sujeto de vigilancia y control fiscal o quienes hagan sus veces, en cumplimiento de los roles establecidos en las normas vigentes, deberán acompañar y asesorar a los responsables en la formulación del plan de mejoramiento, según corresponda, con el fin de lograr la www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N" 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 33588888 Página 7 de 16 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-10 • 2024 • ENERO • 2 10 DIe 202: Código Formato PGD-10-01 RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA N°---- O "Por la cualse modifica y reglamenta el trá"!ite del CONTRALORiA P(a!1deMejoramIento que p~esentan los sUjetos ~e Versión: 2.0 DE ",lGOTA. De vlgtlancla y control a la gestlOn fiscal de Contralofla de Bogotá D.C. y se adopta el procedimiento interno" conformidad de los requisitos de presentación de los formatos de la cuenta, asi como, hacer seguimiento a la eficacia y efectividad de la acción formulada para eliminar la causa origen del hallazgo comunicado por la Contraloría de Bogotá D.C.

En el caso de los Curadores Urbanos, la fecha límite programada para la implementación, ejecución y culminación de las acciones que se formulen no debe ser mayor a los doce (12) meses, contados a partir de la fecha de formulación del plan de mejoramiento. No obstante, en el último año del periodo para el que han sido nombrados, la fecha de terminación de las acciones deberá ser previa al último trimestre del periodo, en concordancia con el Decreto de nombramiento de cada Curador. En todo caso, la formulación y cumplimiento de la acción no podrá sobrepasar el período para el cual fue designado como Curador Urbano, sin embargo, si la gestíón finaliza antes del período designado, deberá rendir en el aplicativo para la Rendición de Cuentas de la Contraloria de Bogotá el cumplimiento al plan de mejoramiento al momento del retiro o culminación de gestión.

TÉRMINO. El sujeto de vigilancia y control fiscal deberá presentar el plan de mejoramíento dentro de los diez (10) dias hábiles siguientes a la radicación del informe final de auditoría financiera y de gestión, desempeño, cumplimiento, visita de control fiscal, actuación especial de fiscalización y acciones conjuntas con la Contraloría General de la República.

Los términos establecidos en el presente artículo serán prorrogables hasta por cinco (5) días hábiles, por el Director Sectorial de Fiscalización, cuando el sujeto de vigilancia y control fiscal lo solicite por escrito aduciendo fuerza mayor o falla técnica comprobable. La solicitud deberá presentarse con anteríoridad a la fecha límite de formulación. www.contraloríabogota.gov.co Carrera 32 A N" 26 A -10 - Código Postal 111321 PBX: 33588888 Página 8 de 16 11 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-11 • 2024 • ENERO • 2 DIe 2023 Código Formato PGD-10-01 Versión: 2.0 RESOLUCiÓN REGLAMENTARIA N° _ O "Por la cual.se m?difica y reglamenta el trá"!ite del CONTRAl.ORiA P!a.n deMejoramiento que p'~esentan los sUjetos ~e -¡;¡¡¡-OGOTA. De. vigilancia y control a la gestlOn fiscal de Contralona de Bogotá D.C. y se adopta el procedimiento interno"

CAPíTULO IV MODIFICACiÓN, SEGUIMIENTO Y REPORTE MODIFICACiÓN. El responsable podrá solicitar por escrito, la modificación de la acción por una sola vez, al Director Sectorial de Fiscalización debidamente justificada.

La modificación se permite para los campos de: acción, área responsable, fecha de terminación, indicador o meta formulada. No se podrá adicionar nuevas acciones, ni eliminar las inicialmente formuladas.

El Director Sectorial de Fiscalización, según corresponda, deberán dar respuesta al Sujeto de Vigilancia y Control Fiscal, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de radicación de la solicitud.

No se podrán modificar aquellas acciones a las cuales les falte treinta (30) días hábiles para su terminación.

La nueva fecha de terminación de la acción(es) a modificar, no podrá superar seis (6) meses adicionales a los doce (12) meses, contados a partir de la fecha de formulación del respectivo plan de mejoramiento, sin superar los dieciocho (18) meses en total.

SEGUIMIENTO. El seguimiento al Plan de Mejoramiento es una actividad permanente que corresponde realizar al sujeto de vigilancia y control fiscal conforme al mecanismo que adopte internamente, tal como lo establece, el manual operatívo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión o la metodologia vigente que esté adoptada para verificar su cumplimiento. El resultado de este seguimiento deberá mantenerse disponible para consulta de la Contraloria de Bogotá D.C. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N" 26 A -10 - Código Postal 111321 PBX: 33588888 Página 9 de 16 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-12 • 2024 • ENERO • 2 12 RESOLUCiÓN REGLAMENTARIA N°--- ~ "Por la cual.se modifica y reglamenta el trámite del le 2023 CódigoFormato PGD-10-01 Versión:2.0 CONTRALORiA Plan de.MejoramIento que p~esentan los sUjetos ~e..O,",'GOTÁ. De. vlgtlancla y control a la gestlon ftscal de Contralorta de Bogotá O.C. y se adopta el procedimiento interno"

La Oficina de Control Interno del sujeto de vigilancia y control fiscal o quien haga sus veces, en cumplimiento de los roles establecidos en las normas vigentes, específicamente en su función evaluadora y de seguimiento, realizará la verificación del plan de mejoramiento, para determinar las acciones cumplidas, de lo cual dejará los registros y soportes correspondientes.

REPORTE. El Plan de Mejoramiento con el respectivo seguimiento de la totalidad de las acciones abiertas, con corte a 31 de diciembre de cada vigencia, se presentará, por parte del sujeto de vigilancia y control fiscal, a través del Sistema de Rendición de Cuentas, dispuesto para tal fin, de conformidad con los parámetros y términos establecidos por la Contraloria de Bogotá D.C., para la rendición de la cuenta anual y presentación de informes.

El Plan de Mejoramiento para acciones incumplidas se presentará por parte del sujeto vigilancia a través del Sistema de Rendición de Cuentas, dispuesto para tal fin dentro de los cinco (5) días hábiles contados a partir del dia siguiente del cumplimiento de los treinta (30) días hábiles improrrogables para este tipo de acciones.

CAPITULO V EVALUACiÓN EVALUACiÓN. Corresponde a la Contraloría de Bogotá D.C., evaluar, el cumplimiento (eficacia) y la efectividad de las acciones del Plan de Mejoramiento para eliminar la causa (s) que originó los hallazgos detectados en cumplimiento de la vigilancia y control a la gestión fiscal. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A W 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 33588888 Página 10 de 16 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-13 • 2024 • ENERO • 2 DIe 2023 Código Formato PGD-10-01 RESOLUCiÓN REGLAMENTARIA N° lO "Por la cual.se modifica y reglamenta e-I-tra-'m-o I-'tedel Versión: 2.0 CONTRALORíA Plan de.MejoramIento que p~esentan los sUjetos ~e '" 'OGOTA"-C VlgJiancla y control a la gestlOn fIscal de Contralorta de Bogotá D.C. y se adopta el procedimiento interno"

RESULTADO DE LA EVALUACiÓN. El resultado de la evaluación de la eficacia y la efectividad de cada una de las acciones del plan de mejoramiento se categoriza como:

- Cumplida efectiva:
Cuando la acción es calificada con una eficacia del

100% Y una efectividad mayor o igual al 75%, por considerarse que en ese porcentaje se elimina la causa del hallazgo.

- Cumplida inefectiva:
Cuando la acción implementada es calificada con

una eficacia del 100% pero la situación detectada no es corregida, es decir, persiste la causa que originó el hallazgo, en consecuencia, la calificación de la efectividad es menor al 75%, por lo que el auditor debe calificar la(s) acción(es) como cumplida ¡nefectiva y formular un nuevo hallazgo. Este trámite debe surtirse en los términos de la misma auditoria en la cual se realiza evaluación al plan de mejoramiento; es decir, una vez ejerzan el derecho de contradicción los sujetos auditados, a los resultados de la verificación de las acciones evaluadas presentados en el Informe preliminar, en el numeral correspondiente al Plan de Mejoramiento, con evidencias atinentes a comprobar la efectividad de la(s) acción(es) para subsanar la causa que generó el hallazgo. Si la respuesta del Sujeto de Vigilancia y Control Fiscal desvirtúa la calificación, no se registra en el informe final y en consecuencia se modifica la calificación correspondiente; en caso contrario, el nuevo hallazgo se registra en el informe final.

El nuevo hallazgo en su redacción debe orientarse solamente a la causa (factor de riesgo) que generó el hallazgo, es decir, a la desviación u omisión en la gestión administrativa que debe subsanar el sujeto auditado para eliminar la causa raíz o mitigar el riesgo asociado que evite una nueva materialización. Los procesos www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A W 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 33588888 Página 11 de 16 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-14 • 2024 • ENERO • 2 14 Ole 2023 Código Formato PGD-10-01 RESOLUCiÓN REGLAMENTARIA N°_~_' __ O "Por la cual.se modifica y reglamenta el trá"}ite del CONTRALORiA Plan de Mejoramiento que p'~esentan los sUjetos ~e Versión: 2.0 nE 'OGOTÁ-"C vigilancia y control a la gestlon fiscal de Contralorla de Bogotá D.C. y se adopta el procedimiento interno" generados por la incidencia del hallazgo inicial seguirán su curso normal según la normatividad vigente y no deben tenerse en cuenta, salvo que se encuentren en nuevos hechos, lo que produciria un nuevo hallazgo originado en la auditoría presente y no tendria ninguna relación conexa de trámite con el hallazgo inicial, es decir, no sería un resultado de la evaluación de plan de mejoramiento. Si no se presentan esos nuevos hechos, el nuevo hallazgo será solamente administratívo o con presunta incidencia disciplinaria si persíste el incumplimiento según los criterios evaluados.

La(s) acción(es) planteada(s) para el nuevo hallazgo deberán eliminar la causa que oríginó el hallazgo, en caso contrario en el seguimiento respectivo se deben calificar como incumplidas (en ningún caso la acción se calificará dos veces como cumplida inefectiva).

- Incumplida: Cuando la fecha de terminación de la acción se encuentra

vencida y el Sujeto de Vigilancia y Control Fiscal no la ha ejecutado en el 100%, por lo cual la calificación de la eficacia es menor al 100% o, cuando la(s) acción(es) planteada(s) para el nuevo hallazgo originado en una acción calificada como inefectiva, no elimina(n) la causa que originó el hallazgo inicial.

El sujeto de vigilancia y control fiscal deberá culminar las acciones incumplidas dentro de los siguientes treinta (30) días hábiles improrrogables, contados a partir de la fecha de comunicación del informe final de auditoria (radicado), sin perjuicio de las sanciones previstas en la presente resolución, evento en el cual deberá presentar el seguimiento a través del Sistema de Rendición de Cuentas, dispuesto por la Contraloria de Bogotá O.C, para lo cual el sujeto de vigilancia tendrá cinco (5) días hábiles para reportar el seguimiento en el sistema a partir del día siguiente de su culminación, señalado anteriormente. www.contraloriabogota.gov.CO Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 33588888 Página 12 de 16 15 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-15 • 2024 • ENERO • 2 6 DI ~~23 CódigoFormato PGD-10-01 RESOLUCiÓN REGLAMENTARIA N° O "Por la cual.se modifica y reglamenta e-I-tr.-ám-. -itedel Versión:2.0 CONTRALORiA Plan de MejoramIento que p~esentan los sUjetos ~e OEilOGOTA De VIgIlancIa y control a la gestlOn fiscal de Contralorta de Bogotá D.C. y se adopta el procedimiento interno"

- Cerrada por vencimiento de términos:
Cuando la acción supera tres (3)

vigencias contadas a partir de la fecha programada para su terminación, sin que haya sido evaluada por parte de la Contraloría de Bogotá D.C.

- Averiguación preliminar:
Cuando una acción ha sido calificada

previamente como incumplida y transcurridos los treinta (30) días hábiles para su cumplimiento el sujeto de vigilancia y control fiscal no la implementó. Este estado se debe evaluar la pertinencia de adelantar el procedimiento administrativo sancionatorio fiscal, el cual debe ser adelantado conforme al procedimiento vigente para tal fin.

Las acciones derivadas de los informes comunicados por la Dirección de Reacción Inmediata serán evaluadas por la Dirección Sectorial que tenga asignado el sujeto de vigilancia y control evaluado.

Cuando con ocasión de la formulación del plan de mejoramiento se encuentren situaciones que puedan afectar su evaluación, se categoriza de la siguiente manera:

- Incalificable:
Cuando el texto formulado como acción es incoherente, o

manifiesta desacuerdo por parte del sujeto de control evaluado, genera como consecuencia que el equipo auditor no la puede evaluar, por lo cual se debe evaluar la pertinencia de adelantar el procedimiento administrativo sancionatorio fiscal.

- En el evento que no se formule acción(es) a un hallazgo determinado, se

registra el hallazgo administrativo con posible incidencia disciplinaria en el informe final de auditoría, por lo cual se debe evaluar la pertinencia de adelantar el procedimiento administrativo sancionatorio fiscal. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 33588888 Página 13 de 16 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-16 • 2024 • ENERO • 2 16 RESOLUCiÓN REGLAMENTARIA N° _ ~ "Por la cual.se m?difica y reglamenta el trámite del DIe 2023 Código Formato PGD-10-01 CONTRALORíA Plan de.Mejoramlento que p~esentan los sUjetos ~e Versión: 2.0 ()Ei;OGÓTÁ. De vigilancia y control a la gestlOn fiscal de Contralona de Bogotá D.C. y se adopta el procedimiento interno"

Cuando un hallazgo de la misma temática se ha determinado nuevamente, en dos o más ocasiones o varias auditorias, con cierta frecuencia o de manera sistemática, se considera RECURRENTE.

La recurrencia no es categoría de calificación, es una característica que ídentifica las acciones recurrentes e incide en la calificación consolidada impactando con una disminución del 20% la calificación consolidada de la acción aplicada y por ende el plan de mejoramiento.

Para el caso de los curadores que han finalizado la gestión (culmína el periodo para el cual fueron nombrados) y que establecieron plan de mejoramiento, la evaluación de las acciones por parte de la Contraloria de Bogotá D.C. podrá tener única y exclusivamente calificación de cumplida efectiva o Incumplida, cuando solo falte 45 días hábiles para culminar el período para el cual fueron nombrados. Tiempo pertinente para el trámite de las acciones calificadas como incumplidas.

INCUMPLIMIENTO DEL PLAN DE MEJORAMIENTO. Se entiende que el plan de mejoramiento se incumple cuando el promedio de la calificación total de la Eficacia y Efectividad de las acciones evaluadas, no supera el 75%, teniendo en cuenta que el resultado consolidado de la calificación puede estar afectado por acciones que no se pueden evaluar, no formuladas o por recurrencia de hallazgos determinados, relacionados con las acciones evaluadas y con mayor incidencia aquellas recurrentes con riesgo fiscal. En el total de acciones evaluadas no se incluye la cantidad de acciones cerradas por vencimiento de términos. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A W 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 33588888 Página 14 de 16 17 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-17 • 2024 • ENERO • 2 re 2023 Código Formato PGD-10-01 RESOLUCiÓN REGLAMENTARIA N° O "Por la cualse modifica y reglamenta e-I-tr-ám-l-.te del CONTRALORíA Pla.n de MejoramIento que p~esentan los sUjetos ~e Versión: 2.0 DE 'OGOTÁ De. vigilancIa y control a la gestlOn fiscal de Contralona de Bogotá D.C. y se adopta el procedimiento interno"

Capítulo VI.

SANCIONES CAUSALES DE SANCiÓN. la Contraloría de Bogotá D.C., podrá según el caso, imponer sanciones a los responsables, cuando su conducta se adecue, a las previstas en os articulos 100 a 104 de la Ley 42 de 1993.

Serán causales susceptibles de investigación sancionatoria el incumplimiento del plan de mejoramiento de la presente resolución reglamentaria, cuando no se adelanten las acciones tendientes a subsanar las deficiencias señaladas por la Contraloría de Bogotá D.C., cuando no se formule acción(es) a un hallazgo determinado, cuando no se culminen las acciones formuladas en el plazo indicado y la inobservancia en los aspectos de presentación, forma, términos y contenido, establecidos en el presente acto administrativo y los expedidos para la rendición de la cuenta.

PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONATORIO. Para la imposición de sanciones la Contraloría de Bogotá D.C., adelantará el trámite del procedimiento administrativo sancionatorio fiscal de acuerdo con la reglamentación vigente, en concordancia con el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y demás disposiciones que lo modifiquen o adicionen.

ARTíCULO SEGUNDO: ADOPCiÓN PROCEDIMIENTO. Adoptar el Procedimiento para la evaluación del plan de mejoramiento PVCGF-07 versión 16.0 del Proceso de Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal de la Contraloría de Bogotá D.C. www.contraloriabogota.gov.ca Carrera 32 A W 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 33588888 Página 15 de 16 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-18 • 2024 • ENERO • 2 18 re 20?3 Código f:ormato PGD-10-01 RESOLUCiÓN REGLAMENTARIA N° ' 28 O "Por la cual,se modifica y reglamenta el trá"!ite del CONTRALORíA Plan de.MejoramIento que p'~esentan los sUjetos ~e Versióo: 2.0 o, '''GOTA. o.c. vigilancIa y control a la gestlon fiscal de Contralofla de Bogotá D.C. y se adopta el procedimiento interno"

ARTíCULO TERCERO: RESPONSABILIDAD: Es responsabilidad de los Directores Sectoriales de Fiscalización y del Director de Reacción Inmediata velar por la divulgación, actualización y mejoramiento del procedimiento adoptado.

ARTíCULO CUARTO: DEROGATORIA Y VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación, deroga la Resolución Reglamentaria 036 del 20 de septiembre de 2019 y las demás disposiciones que le sean contrarias.

PUBLíQUESE, COMUNíQUESE Y CÚMPLASE (#,e-)

ES BUSTAMANTE Contralor de Bogotá D.C. (E.F)

Proyectó: Juan Camilo Vesga Bonilla - Despacho Contraror AUXili~rC~ Aprobó: Javier Tomas Reyes Bustamante ~ Contrator AUXiljar~ Revisó Técnica: Sandra Patricia Bohórquez Gonzalez - Directora de Planeación ~~ Revisión Jurídica: Osear Gerardo Arias Escamilla
- Director Juridico ~i Registro Distrital N° www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A W 26 A - 10- Código Postal 111321 PBX: 33588888 Página 16 de 16 19 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-19 • 2024 • ENERO • 2 Procedimiento para la Evaluación del Plan de Mejoramiento Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-07 Versión: Versión: 16.0 Este procedimiento se adopta mediante Resolución Reglamentaria Nº 036 Fecha: diciembre 28 de 2023

1. OBJETIVO

Estandarizar las actividades para el registro de los hallazgos definitivos a comunicar en los informes finales de auditoría financiera y de gestión, desempeño, cumplimiento, visita de control fiscal, actuaciones especiales de fiscalización y las acciones conjuntas con la CGR realizadas en el Proceso de Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal y la posterior evaluación del plan de mejoramiento que los Sujetos de Vigilancia y Control Fiscal presentan a la Contraloría de Bogotá D.C., en el Sistema de Vigilancia y Control Fiscal – SIVICOF.

2. ALCANCE

Este procedimiento inicia con la incorporación de los hallazgos definitivos a comunicar en los informes finales de auditoría financiera y de gestión, desempeño, cumplimiento, visita de control fiscal, actuaciones especiales de fiscalización cuando se tenga como objetivo de la misma la evaluación del plan de mejoramiento y las acciones conjuntas con la CGR y termina con el cargue del archivo “Evaluación Auditor” en el Sistema de Vigilancia y Control Fiscal – SIVICOF.

3. BASE LEGAL

Norma Fecha Descripción Constitución Política 7-Jul/91 Artículos 268 y 272 y sus modificaciones con el Acto Legislativo 04/19.

Ley 42 26-Ene/93 Sobre la organización del sistema de control fiscal financiero y los organismos que lo ejercen. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 1 de 52 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-20 • 2024 • ENERO • 2 20 Procedimiento para la Evaluación del Plan de Mejoramiento Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-07 Versión: Versión: 16.0 Norma Fecha Descripción En especial, el Capítulo V Sanciones, teniendo en cuenta la reviviscencia de estos artículos, al haber declarado inexequibles los artículos 78 a 82 y 85 a 88 del Decreto Ley 403 de 2020, mediante Sentencia C-209-23 Ley 594 14-Jul/00 Por medio del cual se dicta la Ley General de archivos y se dictan otras disposiciones “Por la cual se dictan las disposiciones generales del hábeas data y se regula el manejo de la información contenida en bases de datos Ley 1266 31-Dic/08 personales, en especial la financiera, crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países y se dictan otras disposiciones”

Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y Ley 1474 12-Jul/11 sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública y sus modificaciones con el Decreto Ley 403/20.

Por medio de la cual se crea la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Ley 1712 06-Mar/14 Información Pública Nacional y se dictan otras disposiciones.

Dispone la fusión del Sistema de Desarrollo Administrativo y el de Gestión de Calidad y su Ley 1753 09-Jun/15 articulación con el de Control Interno, para lo cual se adoptará un Modelo. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 2 de 52 21 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-21 • 2024 • ENERO • 2 Procedimiento para la Evaluación del Plan de Mejoramiento Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-07 Versión: Versión: 16.0 Norma Fecha Descripción “Por medio de la cual se Reforma el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo –Ley 1437 de 2011– y se dictan Ley 2080 25-Ene/21 otras disposiciones en materia de descongestión en los procesos que se tramitan ante la jurisdicción”.

Por el cual se dicta el régimen especial para el Distrito Capital de Santafé de Bogotá.” (En especial Decreto Ley 1421 22-Jul/93 los Artículos 105 y 109) y sus modificaciones con el Decreto 403/20.

Por medio del cual se dictan normas para la correcta implementación del Acto Legislativo 04 de Decreto Ley 403 16-Mar/20 2019 y el fortalecimiento del control fiscal. En los artículos declarados exequibles.

Decreto 103 20-Ene/15 Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1712 de 2014 y se dictan otras disposiciones.

Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública. En Decreto 1083 26-May/15 especial lo pertinente al Sistema de Control Interno y el Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG.

Por medio del cual se modifica el Decreto 1083 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Función Pública, en lo relacionado con el Sistema Decreto 1499 11-Sep/17 de Gestión establecido en el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 3 de 52 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-22 • 2024 • ENERO • 2 22 Procedimiento para la Evaluación del Plan de Mejoramiento Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-07 Versión: Versión: 16.0 Norma Fecha Descripción Por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá, D.C., Acuerdo 658 21-Dic/16 se modifica su estructura orgánica e interna, se fijan funciones de sus dependencias, se modifica la planta de personal, y se dictan otras disposiciones.

Por el cual se modifica parcialmente el Acuerdo 658 del 21 de diciembre de 2016 “Por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento Acuerdo 664 26-Mar/17 de la Contraloría de Bogotá, D.C., se modifica su estructura orgánica e interna, se fijan funciones de sus dependencias, se modifica la planta de personal, y se dictan otras disposiciones.”

Por medio de la cual se reglamenta la forma y los Resolución términos para la rendición de la cuenta ante la 11-Feb/22 Reglamentaria 002 Contraloría de Bogotá, D.C. y se dictan otras disposiciones.

Por la cual se adopta la Guía de Auditoría Resolución 31-Ene/23 Territorial en el marco de las normas Reglamentaria 002 internacionales - ISSAI - GAT Versión 3.0 Por la cual se crea y reglamenta el Comité Técnico Intersectorial y se ajusta el Comité Técnico para el Resolución 10-May/23 Proceso Reglamentaria 015 de Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal, en la Contraloría de Bogotá, D.C.

Por la cual se adoptan nuevas versiones de Resolución 10-May/23 documentos y procedimientos del Proceso de Reglamentaria 016 Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal de la www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 4 de 52 23 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-23 • 2024 • ENERO • 2 Procedimiento para la Evaluación del Plan de Mejoramiento Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-07 Versión: Versión: 16.0 Norma Fecha Descripción Contraloría de Bogotá, D.C Por medio de la cual se modifica y corrige la Resolución 18-May/23 Resolución Reglamentaria No. 016 de 10 de mayo Reglamentaria 018 de 2023 Guía de Auditoría para las Contralorías 20-Oct/22 Guía de Auditoría Territorial en el marco de las Territoriales – GAT Normas ISSAI versión 3.0 versión 3.0 Guía de Auditoría para Guía de Auditoría para Bogotá D.C. Aspectos Bogotá – GAB versión 10-May/23 Generales, Principios y Fundamentos de la 2.0 Vigilancia y Control Fiscal Marco de pronunciamientos profesionales Marco de  Los Principios de la INTOSAI (INTOSAI-P) pronunciamientos 2019-2020  Las Normas Internacionales de las Entidades profesionales de Fiscalizadoras Superiores (ISSAI)

INTOSAI-IFPP La Guía de la INTOSAI (GUID)

4. DEFINICIONES:

Consultar en el siguiente enlace el Banco Terminológico ACCIÓN CORRECTIVA: actividad necesaria para corregir las desviaciones encontradas en la gestión, que se generan como consecuencia de los procesos de autoevaluación, de evaluación independiente y en las observaciones formales provenientes de los Órganos de control. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 5 de 52 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-24 • 2024 • ENERO • 2 24 Procedimiento para la Evaluación del Plan de Mejoramiento Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-07 Versión: Versión: 16.0 EFECTIVIDAD: capacidad de la acción implementada por el Sujeto de Vigilancia y Control Fiscal para eliminar la causa que originó el hallazgo de auditoría evidenciado por la Contraloría de Bogotá D.C.

EFICACIA: grado de cumplimiento de la acción.

EVALUACIÓN: actividad que realiza la Contraloría de Bogotá D.C. con el propósito de verificar la eficacia (cumplimiento) y la efectividad de las acciones ejecutadas del plan de mejoramiento para eliminar la(s) causa(s) que originaron los hallazgos detectados en cumplimiento de la vigilancia y control a la gestión fiscal que realiza la Contraloría de Bogotá D.C., mediante auditorías de regularidad, desempeño, visita de control fiscal o el Dictamen a los Estados Contables Consolidados del Sector Público Distrital, Gobierno y Bogotá Distrito Capital.

El resultado de la evaluación de la eficacia y la efectividad de cada una de las acciones del plan de mejoramiento se categoriza de la siguiente manera:

 Acciones a evaluar: del total de acciones incluidas en el plan de mejoramiento corresponde a aquellas cuya fecha de terminación se encuentra cumplida y no han sido evaluadas por la Contraloría de Bogotá.

 Abierta: Acción que aún no ha sido evaluada por la Contraloría de Bogotá.

Cuando se formula una nueva acción por defecto se clasifica como Abierta.

 Cumplida efectiva: Cuando la acción es calificada con una eficacia del 100% y una efectividad mayor o igual al 75% por considerarse que en ese porcentaje se elimina la causa del hallazgo.

 Cumplida inefectiva: Cuando la acción implementada es calificada con una www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 6 de 52 25 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-25 • 2024 • ENERO • 2 Procedimiento para la Evaluación del Plan de Mejoramiento Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-07 Versión: Versión: 16.0 eficacia del 100% pero la situación detectada no es corregida, es decir, persiste la causa que originó el hallazgo, en consecuencia, la calificación de la efectividad es menor al 75%, por lo que el auditor debe calificar la(s) acción(es) como cumplida inefectiva y formular un nuevo hallazgo. Este trámite debe surtirse en los términos de la misma auditoría en la cual se realiza evaluación al plan de mejoramiento; es decir, una vez ejerzan el derecho de contradicción los sujetos auditados, a los resultados de la verificación de las acciones evaluadas presentados en el Informe preliminar, en el numeral correspondiente al Plan de Mejoramiento, con evidencias atinentes a comprobar la efectividad de la(s) acción(es) para subsanar la causa que generó el hallazgo. Si la respuesta del Sujeto de Vigilancia y Control Fiscal desvirtúa la calificación, no se registra en el informe final y en consecuencia se modifica la calificación correspondiente; en caso contrario, el nuevo hallazgo se registra en el informe final.

El nuevo hallazgo en su redacción debe orientarse solamente a la causa (factor de riesgo) que generó el hallazgo, es decir, a la desviación u omisión en la gestión administrativa que debe subsanar el sujeto auditado para eliminar la causa raíz o mitigar el riesgo asociado que evite una nueva materialización. Los procesos generados por la incidencia del hallazgo inicial seguirán su curso normal según la normatividad vigente y no deben tenerse en cuenta, salvo que se encuentren en nuevos hechos, lo que produciría un nuevo hallazgo originado en la auditoría presente y no tendría ninguna relación conexa de trámite con el hallazgo inicial, es decir, no sería un resultado de la evaluación de plan de mejoramiento. Si no se presentan esos nuevos hechos, el nuevo hallazgo será solamente administrativo o con presunta incidencia disciplinaria si persiste el incumplimiento según los criterios evaluados.

La(s) acción(es) planteada(s) para el nuevo hallazgo deberán eliminar la causa que originó el hallazgo, en caso contrario en el seguimiento respectivo se deben calificar como incumplidas (en ningún caso la acción se calificará dos veces como cumplida inefectiva). www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 7 de 52 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-26 • 2024 • ENERO • 2 26 Procedimiento para la Evaluación del Plan de Mejoramiento Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-07 Versión: Versión: 16.0   Incumplida: Cuando la fecha de terminación de la acción se encuentra vencida y el Sujeto de Vigilancia y Control Fiscal no la ha ejecutado en el 100%, por lo cual la calificación de la eficacia es menor al 100% o cuando la(s) acción(es) planteada(s) para el nuevo hallazgo originado en una acción calificada como inefectiva, no elimina(n) la causa que originó el hallazgo inicial.

El sujeto de vigilancia y control fiscal deberá culminar las acciones incumplidas dentro de los siguientes treinta (30) días hábiles improrrogables, contados a partir de la fecha de comunicación del informe final de auditoría (radicado), sin perjuicio de las sanciones previstas en la presente resolución, evento en el cual deberá presentar el seguimiento a través del Sistema de Rendición de Cuentas, dispuesto por la Contraloría de Bogotá D.C, para lo cual el sujeto de vigilancia tendrá cinco (5) días hábiles para reportar el seguimiento en el sistema a partir del día siguiente de su culminación, señalado anteriormente.

 Cerrada por vencimiento de términos: Cuando la acción supera tres (3) vigencias contadas a partir de la fecha programada para su terminación, sin que haya sido evaluada por parte de la Contraloría de Bogotá D.C.

 Averiguación preliminar: Cuando una acción ha sido calificada previamente como incumplida y transcurridos los treinta (30) días hábiles para su cumplimiento el sujeto de vigilancia y control fiscal no la implementó. Este estado se debe evaluar la pertinencia de adelantar el procedimiento administrativo sancionatorio fiscal, el cual debe ser adelantado conforme al procedimiento vigente para tal fin.

Las acciones derivadas de los informes comunicados por la Dirección de Reacción Inmediata serán evaluadas por la Dirección Sectorial que tenga asignado el sujeto de vigilancia y control evaluado. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 8 de 52 27 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-27 • 2024 • ENERO • 2 Procedimiento para la Evaluación del Plan de Mejoramiento Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-07 Versión: Versión: 16.0 Cuando con ocasión de la formulación del plan de mejoramiento se encuentren situaciones que puedan afectar su evaluación, se categoriza de la siguiente manera:

 Incalificable: Cuando el texto formulado como acción es incoherente, o manifiesta desacuerdo por parte del sujeto de control evaluado, genera como consecuencia que el equipo auditor no la puede evaluar, por lo cual se debe evaluar la pertinencia de adelantar el procedimiento administrativo sancionatorio fiscal.

En el evento que no se formule acción(es) a un hallazgo determinado, se registra el hallazgo administrativo con posible incidencia disciplinaria en el informe final de auditoría, por lo cual se debe evaluar la pertinencia de adelantar el procedimiento administrativo sancionatorio fiscal.

PLAN DE MEJORAMIENTO1: Instrumento que contiene el conjunto de acciones que debe implementar un Sujeto de Vigilancia y Control Fiscal, tendientes a subsanar o corregir hallazgos administrativos (teniendo en cuenta que todos los hallazgos son administrativos algunos tienen incidencia y otros no) que hayan sido identificados en ejercicio de las auditorías de regularidad, desempeño, visita de control fiscal y auditoría a los estados financieros consolidados del sector público Distrital, Gobierno y Bogotá D.C., que adelante la Contraloría de Bogotá sobre la gestión fiscal de la administración y de los particulares que manejen fondos o bienes del Distrito Capital, con el fin que el sujeto de vigilancia y control fiscal adecue dicha gestión a los principios de economía, eficiencia, eficacia, equidad, la mitigación del impacto ambiental y de los riesgos identificados que pueden impactar la gestión fiscal.

1 Adaptada del Manual Técnico del Modelo Estándar de Control Interno para el Estado Colombiano. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 9 de 52 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-28 • 2024 • ENERO • 2 28 Procedimiento para la Evaluación del Plan de Mejoramiento Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-07 Versión: Versión: 16.0 RECURRENCIA: Cuando un hallazgo de la misma temática se ha determinado nuevamente, en dos o más ocasiones o varias auditorías, con cierta frecuencia o de manera sistemática.

La recurrencia no es categoría de calificación, es una característica que identifica las acciones recurrentes e incide en la calificación consolidada impactando con una disminución del 20% la calificación consolidada de la acción aplicada y por ende el plan de mejoramiento.

RIESGO FISCAL2: Posibilidad de que por acción u omisión, uso indebido del poder, de los recursos o de la información, se pueden materializar riesgos que pueden tener afectación o impactos significativos sobre el resultado fiscal, es decir el superávit o déficit del sector público, a través de mayores gastos o menores ingresos públicos respecto a los previstos y en consecuencia ocasionar posibles detrimentos patrimoniales (pérdida, sobrecosto, entre otros), impactar las necesidades de recursos públicos de los sujetos de vigilancia y control, lesionar los intereses de una entidad y en consecuencia del Estado.

SEGUIMIENTO ANUAL: Consiste en el reporte del seguimiento al plan de mejoramiento de las acciones abiertas y las calificadas como incumplidas, una vez culminado su término de vencimiento establecido de treinta (30) días hábiles, con corte a 31 de diciembre de cada vigencia, se presentará, por parte del Sujeto de Vigilancia y Control Fiscal, a través, del SIVICOF, de conformidad con los parámetros y términos establecidos por la Contraloría de Bogotá D.C., para la rendición de la cuenta y presentación de informes.

2 Tomado y adaptado del enlace https://blogs.iadb.org/gestion-fiscal/es/que-son-riesgos-fiscales-y-como-manejarlos/ - BID – Gestión Fiscal. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 10 de 52 29 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-29 • 2024 • ENERO • 2 Procedimiento para la Evaluación del Plan de Mejoramiento Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-07 Versión: Versión: 16.0 SEGUIMIENTO: Actividad permanente que le corresponde realizar al Sujeto de Vigilancia y Control Fiscal, conforme al mecanismo que adopte internamente, tal como lo establece el Modelo Estándar de Control Interno – MECI o la metodología vigente implementada, para verificar su cumplimiento. El resultado de este seguimiento deberá mantenerse disponible para consulta de la Contraloría de Bogotá D.C.

La Oficina de Control Interno del Sujeto de Vigilancia y Control Fiscal o quien haga sus veces, en cumplimiento de los roles establecidos en las normas vigentes, específicamente en su función evaluadora y de seguimiento, realizará la verificación del plan de mejoramiento, para determinar las acciones cumplidas, de lo cual dejará los registros y soportes correspondientes.

SISTEMA DE VIGILANCIA Y CONTROL FISCAL – SIVICOF-. Sistema dispuesto por la Contraloría de Bogotá D.C., a través del cual se recibe electrónicamente la información de la cuenta remitida por los Sujetos de Vigilancia y Control Fiscal, permitiendo su validación, procesamiento y almacenamiento de manera inmediata, ágil y oportuna.

5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO:

5.1 Incorporación de los hallazgos en el Sistema de Vigilancia y Control Fiscal – SIVICOF.

PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES Profesional Observación:

Incorpora en el Archivo en Especializado o Esta actividad se realiza 1 módulo “STORM formato Excel y Universitario previamente a la USER”, del SIVICOF en STR (Equipo Auditor) comunicación del informe www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 11 de 52 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-30 • 2024 • ENERO • 2 30 Procedimiento para la Evaluación del Plan de Mejoramiento Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-07 Versión: Versión: 16.0 PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES los hallazgos final.

Direcciones definitivos a La descripción del comunicar en el hallazgo debe incluir el Sectoriales de informe final de criterio, la condición, Fiscalización auditoría financiera y causa y efecto en forma de gestión, sucinta, conforme en lo Asesor, desempeño, plasmado en el informe.

Profesional cumplimiento, visita Especializado o de control fiscal, La fecha de corte Universitario actuaciones corresponde a la fecha especiales de de radicación del informe Dirección de fiscalización, final ante el Sujeto de Reacción acciones conjuntas Control.

Inmediata con la CGR y auditoría a los En el evento de culminar estados financieros más de una auditoría en consolidados del el mismo Sujeto de sector público Control con la misma distrital, gobierno y fecha de corte, éstas se Bogotá D.C. y deben consolidar en un genera el archivo solo archivo Excel y STR.

STR.

El archivo STR se genera al cargar y validar en STORM USER el archivo de Excel con los www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 12 de 52 31 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-31 • 2024 • ENERO • 2 Procedimiento para la Evaluación del Plan de Mejoramiento Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-07 Versión: Versión: 16.0 PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES hallazgos a comunicar según el formato y parámetros establecidos para tal fin en SIVICOF.

Para el cargue de los formatos STR remitirse al instructivo “cargue de archivos STR al STORM USER”

Punto de Control:

Subdirector El Supervisor verifica que (Supervisor) o la totalidad de los Gerente (Líder) hallazgos definitivos se Verifica que en el Direcciones hayan incorporado en el archivo Excel se Sectoriales de sistema, incluyendo los encuentre registrada Fiscalización nuevos hallazgos la totalidad de los 2 generados por la N/A hallazgos a Asesor calificación de acciones comunicar en el como “cumplida informe final de Dirección de inefectiva”, en el formato auditoría.

Reacción indicado y según el instructivo, antes de la Inmediata firma del informe final por Subdirector parte del Coordinador. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 13 de 52 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-32 • 2024 • ENERO • 2 32 Procedimiento para la Evaluación del Plan de Mejoramiento Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-07 Versión: Versión: 16.0 PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES Punto de Control:

Director Técnico El Coordinador debe Remite el archivo en (Coordinador) garantizar el correcto formato STR a la Memorando diligenciamiento del Dirección de Direcciones radicado en archivo y el envío Tecnologías de la Sectoriales de SIGESPRO oportuno de los registros 3 Información y las Fiscalización adjunto archivo correspondientes antes Comunicaciones, STR de la radicación del para su cargue en Dirección de informe final ante el SIVICOF.

Reacción Sujeto de Vigilancia y Inmediata Control.

Carga el archivo en Punto de Control:

SIVICOF, para que En el evento de encontrar el Sujeto de observaciones en el Vigilancia y Control cargue del archivo, evaluado formule las informa al Coordinador Profesional acciones pertinentes. por correo electrónico Memorando de Universitario, institucional para que respuesta Especializado de Habilita en SIVICOF ajuste el archivo, de radicado en 4 la Dirección de el informe de manera inmediata.

SIGESPRO.

TIC formulación al plan de mejoramiento en Observación: los términos En el sistema SIVICOF se establecidos para su puede generar el rendición en la certificado de cargue del Resolución formato de hallazgos www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 14 de 52 33 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-33 • 2024 • ENERO • 2 Procedimiento para la Evaluación del Plan de Mejoramiento Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-07 Versión: Versión: 16.0 PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES Reglamentaria de correspondiente. plan de mejoramiento y la normatividad vigente de rendición de la cuenta.

Director Técnico Efectúa ajustes en (Coordinador) caso de ser Direcciones Punto de Control: solicitados por la Sectoriales de Esta actividad debe Dirección TIC, Correo, Archivo 5 Fiscalización realizarse el mismo día enviando el archivo STR de solicitud de ajuste de STR al correo en el Dirección de la Dirección de TIC. cual se requirió la Reacción corrección.

Inmediata Punto de control:

Verifica en SIVICOF el Director Técnico reporte del cargue (Coordinador) correcto de la Comunica el informe información. final al Sujeto de Oficio remisorio Direcciones 6 Vigilancia y Control (PGD-07-04)

Sectoriales de Observación:

Fiscal auditado.

Fiscalización Para la ejecución de estas actividades se debe cumplir lo establecido en Dirección de los procedimientos de Reacción auditoría vigentes del Inmediata www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 15 de 52 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-34 • 2024 • ENERO • 2 34 Procedimiento para la Evaluación del Plan de Mejoramiento Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-07 Versión: Versión: 16.0 PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES proceso PVCGF en la fase de informe, según la modalidad aplicada.

5.2. EVALUACIÓN DEL PLAN DE MEJORAMIENTO PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES Genera el reporte del Observación:

SIVICOF denominado Se evaluarán las acciones “Información que estén identificadas detallada acciones como abiertas con fecha vencidas” del plan de de terminación vencida al mejoramiento del último día de la fase de Profesional Sujeto de Vigilancia y planeación de la auditoría Especializado o Control Fiscal a que inicia. En el evento en Universitario auditar, el cual Reporte del plan que no se incluya la (Equipo Auditor) contiene las acciones de mejoramiento totalidad de las acciones 1 Gerente (Líder) objeto de evaluación, con las acciones vencidas, registre la teniendo en cuenta a evaluar justificación técnica u Direcciones que la fecha de operativa para que se Sectoriales de terminación de las realice seguimiento en Fiscalización acciones debe ser otras auditorías, evitando coherente con el que las no evaluadas alcance de la sean cerradas por auditoría establecido vencimiento de términos, en el respectivo plan así mismo, incluir las de trabajo. acciones calificadas como www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 16 de 52 35 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-35 • 2024 • ENERO • 2 Procedimiento para la Evaluación del Plan de Mejoramiento Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-07 Versión: Versión: 16.0 PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES Verifica que el Sujeto incumplidas en auditorias de Vigilancia y anteriores, que tengan Control Fiscal haya vencido el término de formulado acciones treinta (30) días hábiles para la totalidad de posteriores a la comunicación al sujeto de hallazgos en la forma, vigilancia y control para términos y métodos su verificación antes de la reglamentados. culminación de la fase de ejecución de la auditoría en curso, de acuerdo con lo indicado en el procedimiento 5.3 de este documento.

En caso de encontrar incumplimiento en el contenido, forma, términos o método establecido para la formulación del plan de mejoramiento, y en el evento que no se formule acción(es) a un hallazgo determinado, se debe evaluar la pertinencia de www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 17 de 52 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-36 • 2024 • ENERO • 2 36 Procedimiento para la Evaluación del Plan de Mejoramiento Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-07 Versión: Versión: 16.0 PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES adelantar el procedimiento administrativo sancionatorio fiscal.

Punto de control:

El Supervisor verifica que se dé el trámite correspondiente según las responsabilidades y competencias establecidas en los reglamentos y especialmente en lo definido en el procedimiento administrativo sancionatorio fiscal, con evidencia suficiente y pertinente.

Profesional Incluye en el plan de Observación:

Especializado o trabajo las acciones El seguimiento al Universitario cuya fecha de cumplimiento del Plan de 2 N/A (Equipo Auditor) terminación se Mejoramiento a través de encuentra cumplida y la verificación de las Gerente (Líder) acciones formuladas por asigna el responsable www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 18 de 52 37 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-37 • 2024 • ENERO • 2 Procedimiento para la Evaluación del Plan de Mejoramiento Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-07 Versión: Versión: 16.0 PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES Direcciones de su evaluación de los Sujetos de Control Sectoriales de manera individual de auditados, solamente se Fiscalización acuerdo con el adelantará mediante proceso, tema o Auditorías Financiera y de asunto asignado y el Gestión, de Cumplimiento perfil del profesional o de desempeño y que lo adelantará. actuaciones especiales de fiscalización programadas Incluye las acciones en el Plan de Auditoría calificadas como Distrital PAD. incumplidas de auditorías anteriores Para auditorías de cumplimiento, desempeño que no hayan sido y actuaciones especiales verificadas y que su de fiscalización, se término de 30 días deberá incluir la posteriores a su evaluación del plan de comunicación, se haya cumplido, de mejoramiento en los acuerdo con lo objetivos específicos de la indicado en el misma. numeral 5.3 de este documento; y según Las acciones derivadas sea pertinente de de los informes acuerdo al tipo de comunicados por la auditoría que se Dirección de Reacción adelante.

Inmediata serán www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 19 de 52 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-38 • 2024 • ENERO • 2 38 Procedimiento para la Evaluación del Plan de Mejoramiento Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-07 Versión: Versión: 16.0 PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES evaluadas por la Dirección Sectorial que tenga asignado el sujeto de vigilancia y control, estas, deben estar incluidas en el reporte de acciones vencidas del sujeto auditado.

Si la acción proviene de una auditoría donde se aplicó la metodología anterior por factores, reclasifíquela o asígnele el proceso que se asimila en la nueva metodología, para el caso de Gestión Contractual, le corresponde Gasto Público; Gestión Financiera le corresponde Desempeño Financiero y para el caso de Gestión Presupuestal, identifique a qué grupo de cuentas presupuestales se refiere www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 20 de 52 39 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-39 • 2024 • ENERO • 2 Procedimiento para la Evaluación del Plan de Mejoramiento Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-07 Versión: Versión: 16.0 PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES el hallazgo y ubíquela en Ingresos o Gastos según corresponda.

A las acciones de hallazgos comunicados en auditorías de Desempeño, Cumplimiento, Visita de control Fiscal o Actuaciones Especiales de Fiscalización, en las cuales no se tengan identificado el proceso evaluado, determínelo de acuerdo con el que se considere más evidente en la temática que trata el hallazgo y regístrelo en los cuadros definidos para el numeral Muestra de auditoría - Plan de Mejoramiento del Plan de Trabajo, según corresponda en auditorías financiera y de gestión, www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 21 de 52 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-40 • 2024 • ENERO • 2 40 Procedimiento para la Evaluación del Plan de Mejoramiento Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-07 Versión: Versión: 16.0 PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES cumplimiento, desempeño y actuaciones especiales de fiscalización.

En el caso que a la acción en el SIVICOF se haya clasificado en el factor control fiscal interno, ésta debe ser reclasificada al proceso correspondiente a la temática más relevante evaluada en el hallazgo.

Analiza el reporte de Observación: plan de mejoramiento Se deben incluir la y verifica que en el totalidad de las acciones Director Técnico plan de trabajo: vencidas al corte indicado (Coordinador)

 Se registren las en el plan de trabajo (acciones abiertas con acciones cuya Direcciones fecha de terminación 3 fecha de Plan de Trabajo Sectoriales de vencida al día anterior de terminación se Fiscalización la fecha de inicio de la encuentre auditoría). cumplida.

 La asignación del Para el caso de las responsable de su Curadurías, el Director evaluación. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 22 de 52 41 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-41 • 2024 • ENERO • 2 Procedimiento para la Evaluación del Plan de Mejoramiento Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-07 Versión: Versión: 16.0 PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES Sectorial de Hábitat y  Se incluya el 100% Ambiente, informará a la de las acciones Dirección de Tecnologías que el Sujeto de de la Información las Vigilancia y novedades de los Control Fiscal períodos de los debió haber curadores, con el objeto implementado a la de controlar la fecha de la formulación de las evaluación. acciones en el Sistema de  Se Incluya las Rendición de Cuentas. acciones Punto de Control: calificadas como El Supervisor asegura que incumplidas de en el evento en que no se auditorías incluya la totalidad de anteriores que no acciones vencidas, se hayan sido debe registrar la verificadas y las justificación técnica en el que en caso que plan de trabajo, y su término para programarse la culminación (30 evaluación del total en días), se cumpla otras actuaciones, en todo en ejecución de la caso evitando que aplique auditoría que el vencimiento de inicia de acuerdo términos. con lo indicado en el numeral 5.3 de www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 23 de 52 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-42 • 2024 • ENERO • 2 42 Procedimiento para la Evaluación del Plan de Mejoramiento Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-07 Versión: Versión: 16.0 PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES este documento; según sea pertinente de acuerdo a la modalidad de auditoría que se desarrolla.

Observación:

La evaluación de las acciones debe realizarse en primer término a partir de la información Verifica mediante suministrada por la Profesional soportes y pruebas de Oficina de Control Interno Especializado y/o auditoría el o quien haga sus veces Universitario cumplimiento y en el Sujeto de Vigilancia (Equipo Auditor)

Papeles de 4 efectividad de las y Control Fiscal para su Trabajo acciones del plan de posterior verificación en la Direcciones mejoramiento fase de ejecución de Sectoriales de incluidas en el Plan de acuerdo con el proceso Fiscalización Trabajo. evaluado, es decir, se debe realizar transversalmente y de forma paralela a la evaluación de los procesos en coherencia www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 24 de 52 43 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-43 • 2024 • ENERO • 2 Procedimiento para la Evaluación del Plan de Mejoramiento Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-07 Versión: Versión: 16.0 PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES con los parámetros establecidos en la metodología para la calificación a la gestión fiscal de acuerdo con lo indicado en la guía de auditoría financiera y de gestión PVCGF-04-01; así como los procedimientos definidos para la verificación de las acciones del plan de mejoramiento en los programas de auditoría por proceso.

En el caso de auditorías de cumplimiento, desempeño y actuaciones especiales de fiscalización como se establezca en el alcance del plan de trabajo.

Profesional Diligencia la Evaluación del Observación:

5 Especializado o herramienta Plan de Para cada acción se debe Universitario electrónica Mejoramiento con dejar evidencia de que www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 25 de 52 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-44 • 2024 • ENERO • 2 44 Procedimiento para la Evaluación del Plan de Mejoramiento Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-07 Versión: Versión: 16.0 PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES (Equipo Auditor) implementada para la la calificación la verificación realizada evaluación y correspondiente sea coherente con la Direcciones calificación del aplicada en la calificación determinada, Sectoriales de auditoría documentada en papeles cumplimiento del plan Fiscalización (PVCGF-07-01) de trabajo y el sustento de mejoramiento, en los casos que del seguimiento, así como aplique, según los el análisis de la parámetros de la Evaluación del auditor, en metodología vigente, los campos indicada en las guías correspondientes en el de cada tipo de formato PVCGF-07-01 auditoría.

Evaluación Plan de Mejoramiento.

Para el caso de los curadores urbanos que han finalizado la gestión (culmina el período para el cual fueron nombrados) y que establecieron Plan de mejoramiento, la evaluación de las acciones por parte de la Dirección de Hábitat y Ambiente, podrá tener única y exclusivamente calificación de cumplida www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 26 de 52 45 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-45 • 2024 • ENERO • 2 Procedimiento para la Evaluación del Plan de Mejoramiento Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-07 Versión: Versión: 16.0 PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES efectiva o Incumplida, cuando solo falte 45 días hábiles para culminar el período para el cual fueron nombrados.

Tiempo pertinente para el trámite de las acciones calificadas como incumplidas.

En el momento de la aplicación del instrumento para realizar la Evaluación del Plan de Mejoramiento, se debe tener en cuenta lo siguiente:

Para las acciones de hallazgos originados en auditorías de cumplimiento, desempeño, visita de control fiscal o actuaciones especiales de fiscalización, en las www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 27 de 52 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-46 • 2024 • ENERO • 2 46 Procedimiento para la Evaluación del Plan de Mejoramiento Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-07 Versión: Versión: 16.0 PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES cuales no se identificó el proceso o factor de gestión evaluado en el SIVICOF (para el caso de las auditorías en que se aplicó la versión anterior de la metodología), se le debe asignar el proceso relacionado con la temática o asunto evaluado determinante en el hallazgo asociado.

Verifican en mesa de El Supervisor se asegura trabajo el avance en que la calificación de las el seguimiento del acciones se cumplan los plan de mejoramiento criterios o condiciones y verificación del definidas en las diferentes Subdirector cumplimiento de las Acta Mesa de categorías y en especial (Supervisor) acciones asignadas al trabajo (PGD-02- 6 la de cumplida inefectiva, Equipo Auditor, así

07)

dado que el SIVICOF Gerente (Líder) como el validará que en ningún diligenciamiento del caso la acción se formato de calificación calificará dos veces como correspondiente de cumplida inefectiva. Así acuerdo con la mismo, verificará el metodología www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 28 de 52 47 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-47 • 2024 • ENERO • 2 Procedimiento para la Evaluación del Plan de Mejoramiento Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-07 Versión: Versión: 16.0 PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES aplicable, dejando sustento del análisis y documentada la calificación aplicada acción de control.

El Supervisor verifica que para las acciones en estado de Averiguación Preliminar, se debe determinar la procedencia del inicio del procedimiento administrativo sancionatorio fiscal vigente.

Determina el Punto de control: porcentaje de El Líder y Supervisor Gerente (Líder) cumplimiento del plan verifica que el porcentaje de mejoramiento obtenido sea coherente Profesional obtenido en la hoja con la evaluación Especializado o Plan de Mejoramiento realizada a cada una de Universitario Resultado del formato N/A las acciones y cada uno (Equipo Auditor)

PVCGF-07-01, de los procesos 7 agregado a partir de asociados, de acuerdo Direcciones la calificación de la con la evidencia suficiente Sectoriales de Eficacia y Efectividad y apropiada que la Fiscalización de cada acción sustenta. asignada a cada www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 29 de 52 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-48 • 2024 • ENERO • 2 48 Procedimiento para la Evaluación del Plan de Mejoramiento Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-07 Versión: Versión: 16.0 PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES Auditor en el proceso Observación: evaluado.

Se entiende que el plan de mejoramiento se incumple, cuando el promedio de la calificación total de la Eficacia y Efectividad de las acciones evaluadas, no supera el 75%, teniendo en cuenta que el resultado consolidado de la calificación puede estar relacionado con las acciones evaluadas y con mayor incidencia aquellas recurrentes con riesgo fiscal.

Cuando se determine que el plan de mejoramiento fue incumplido, se deberá analizar la pertinencia de iniciar un procedimiento administrativo sancionatorio fiscal www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 30 de 52 49 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-49 • 2024 • ENERO • 2 Procedimiento para la Evaluación del Plan de Mejoramiento Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-07 Versión: Versión: 16.0 PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES Si el resultado es mayor o igual que 75%, se entiende que el plan de mejoramiento se cumplió.

Si el resultado es menor que 75%: el plan de mejoramiento se entiende incumplido.

La calificación consolidada del plan de mejoramiento como resultado de la aplicación de la herramienta de calificación, no incluye la calificación de las acciones calificadas como incumplidas en otras auditorías, pero esta calificación si debe ser reportada en la evaluación del auditor en el SIVICOF. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 31 de 52 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-50 • 2024 • ENERO • 2 50 Procedimiento para la Evaluación del Plan de Mejoramiento Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-07 Versión: Versión: 16.0 PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES Profesional Presenta el resultado Especializado o de la evaluación al Universitario Observación:

(Equipo Auditor) plan de mejoramiento.

El resultado se presenta N/A según lo establecido en el 8 Gerente (Líder)

Aplica procedimiento plan de trabajo Beneficios del Control correspondiente.

Direcciones Fiscal, en caso de Sectoriales de presentarse.

Fiscalización Elabora informe de los resultados de la evaluación del plan Punto de control El Líder y Supervisor Profesional de mejoramiento, asegura que el Auditor Especializado o según las acciones presente el informe de la Universitario asignadas para evaluación del plan de (Equipo Auditor) verificar en el Acta mesa de mejoramiento de las proceso asignado, y trabajo acciones asignadas para Gerente (Líder) lo presenta al (PGD-02-07) su verificación, revisión y Supervisor y Líder ajustes e incorporación al Direcciones para su consolidación informe preliminar, según 9 Sectoriales de y validación en mesa los procedimientos e de trabajo, según lo Fiscalización instructivos vigentes. establecido en el respectivo plan de trabajo. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 32 de 52 51 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-51 • 2024 • ENERO • 2 Procedimiento para la Evaluación del Plan de Mejoramiento Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-07 Versión: Versión: 16.0 PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES Registra el resultado Observación de la evaluación del El Auditor debe registrar plan de mejoramiento Profesional claramente el estado en el formato Especializado o evaluación auditor según Universitario “Evaluación Auditor” el resultado de la (Equipo Auditor) del SIVICOF - evaluación y la respuesta (STORM USER) del Sujeto de Vigilancia y Archivos Excel y Gerente (Líder)

Control Fiscal.

STR.

Una vez se realiza la Direcciones valoración de la 10 La fecha de corte Sectoriales de respuesta al informe corresponde a la fecha de Fiscalización preliminar genera los radicación del informe archivos validados final en la Entidad Excel y STR evaluada. requeridos.

Verifica que en el archivo formato Excel Subdirector se encuentre (Supervisor) registrada la totalidad de los hallazgos y 11 Gerente (Líder)

N/A N/A acciones evaluadas y Direcciones que se señale Sectoriales de claramente la Fiscalización calificación de cada una de ellas.

12 Director Técnico Remite el archivo Memorando con Observación: www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 33 de 52 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-52 • 2024 • ENERO • 2 52 Procedimiento para la Evaluación del Plan de Mejoramiento Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-07 Versión: Versión: 16.0 PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES (Coordinador)

STR a la Dirección radicación Esta actividad se realiza de Tecnologías de la interna, con anterioridad a la Direcciones Información y las adjunto archivo comunicación del informe Sectoriales de comunicaciones para STR final, de conformidad con Fiscalización su cargue en (PGD-07-02) los términos establecidos SIVICOF. en los procedimientos del proceso de vigilancia y Solicita a la Dirección control a la gestión fiscal, TIC la habilitación del según la modalidad o informe de auditoría realizada. seguimiento Entidad en el caso que se Punto de Control: encuentren El Coordinador informa a registradas acciones la Dirección de TIC, la incumplidas. existencia de acciones incumplidas en los archivos emitidos, a fin de habilitar SIVICOF para la rendición del seguimiento de las acciones a la Entidad en el término establecido (30 días hábiles improrrogables)

Profesional Carga el archivo STR Memorando de Observación 13 Universitario o

- Evaluación Auditor

respuesta En el evento de encontrar Especializado en SIVICOF, según radicado en observaciones en el www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 34 de 52 53 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-53 • 2024 • ENERO • 2 Procedimiento para la Evaluación del Plan de Mejoramiento Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-07 Versión: Versión: 16.0 PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES los términos SIGESPRO cargue del archivo, Dirección de indicados.

Comunicación informa al Director oficial y externa Técnico por correo Tecnologías de la Habilita el informe (PGD-07-04) electrónico institucional Información y las seguimiento Entidad Comunicaciones para que ajuste el archivo, en SIVICOF para las de manera inmediata. acciones calificadas Una vez realizados los como incumplidas, ajustes, se debe repetir según los términos todo el proceso de establecidos para su generación del archivo rendición.

STR. Esta actividad se debe realizar el mismo día.

La fecha de corte para habilitación del informe seguimiento Entidad de las acciones calificadas como incumplidas, corresponde a la fecha correspondiente a treinta (30) días hábiles, contados a partir de la fecha de comunicación del informe final de auditoría (radicado). www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 35 de 52 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-54 • 2024 • ENERO • 2 54 Procedimiento para la Evaluación del Plan de Mejoramiento Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-07 Versión: Versión: 16.0 PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES En el sistema SIVICOF se puede generar el certificado de cargue del formato de hallazgos correspondiente.

5.3. SEGUIMIENTO DE ACCIONES INCUMPLIDAS PUNTOS DE CONTROL Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO / OBSERVACIONES Punto de control:

De acuerdo con la complejidad y cantidad de las acciones Reporte de las incumplidas el Director acciones Director Técnico Asigna al Profesional podrá programar la incumplidas del (Coordinador) o Profesionales verificación de estas plan de necesarios para acciones, una vez mejoramiento de la Direcciones realizar la verificación culminado su término de 1 vigencia a auditar.

Sectoriales de de las acciones vencimiento establecido Memorando Fiscalización de treinta (30) días incumplidas. asignando al hábiles, contados a Profesional. partir de la fecha de comunicación del informe final de auditoría (radicado). www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 36 de 52 55 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-55 • 2024 • ENERO • 2 Procedimiento para la Evaluación del Plan de Mejoramiento Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-07 Versión: Versión: 16.0 PUNTOS DE CONTROL Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO / OBSERVACIONES En caso de encontrar incumplimiento en el contenido, forma, términos o método establecido para la formulación del plan de mejoramiento, se debe determinar la pertinencia de iniciar el procedimiento administrativo sancionatorio fiscal.

Observación:

Esta verificación podrá realizarse en ejecución de las actuaciones programadas en el PAD vigente, solo en Auditorías Financiera y de Gestión, de cumplimiento, de desempeño y actuaciones especiales de fiscalización, siempre y cuando quede www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 37 de 52 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-56 • 2024 • ENERO • 2 56 Procedimiento para la Evaluación del Plan de Mejoramiento Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-07 Versión: Versión: 16.0 PUNTOS DE CONTROL Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO / OBSERVACIONES establecido en los objetivos específicos de la misma; o por oficio asignando la labor a los funcionarios necesarios por un término entre tres (3) y diez (10) días hábiles, según la complejidad de las acciones y exclusivamente para estas verificaciones.

Observación: El Auditor Registra el resultado debe registrar de la evaluación del claramente el estado plan de mejoramiento Profesional evaluación auditor en el formato Especializado o según el resultado de la “Evaluación Auditor”

Universitario Archivo en formato evaluación. del SIVICOF
- (Equipo Auditor)

Excel y en STR 2 (STORM USER), una Archivo Excel Si el Sujeto de Vigilancia vez se realiza la Direcciones y Control cumple y (PVCGF-07-01) verificación de las Sectoriales de subsana las causas de acciones incumplidas Fiscalización los hallazgos, se califica y genera los archivos como cumplida validados Excel y efectiva, de lo contrario STR. se califica con el estado www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 38 de 52 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-57 • 2024 • ENERO • 2 Procedimiento para la Evaluación del Plan de Mejoramiento Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-07 Versión: Versión: 16.0 PUNTOS DE CONTROL Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO / OBSERVACIONES averiguación preliminar y en este caso, se debe determinar la pertinencia de iniciar el procedimiento administrativo sancionatorio fiscal.

Punto de control El Líder o Supervisor verifica que en el archivo (formato Excel) se encuentre registrada la totalidad de los hallazgos y acciones evaluadas y que se señale claramente la calificación de cada una de ellas.

El Líder o Supervisor, según corresponda, debe verificar que el resultado de la evaluación sea www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 39 de 52 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-58 • 2024 • ENERO • 2 58 Procedimiento para la Evaluación del Plan de Mejoramiento Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-07 Versión: Versión: 16.0 PUNTOS DE CONTROL Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO / OBSERVACIONES consistente con los soportes presentados.

Verifica que en el archivo formato Excel Punto de Control Subdirector El Superviso o Líder, se encuentre (Supervisor) o según corresponda, registrada la totalidad Gerente (Líder) debe verificar que el de los hallazgos y Archivo Excel 3 resultado de la acciones evaluadas y Direcciones evaluación sea que se señale Sectoriales de consistente con los claramente el estado Fiscalización soportes presentados. de cada una de las mismas.

Observación:

Esta actividad se realiza Memorando Director Técnico con anterioridad a la Remite el archivo radicado en (Coordinador) comunicación del oficio STR a la Dirección SIGESPRO 4 Direcciones o informe final de TIC para su cargue en adjunto archivo Sectoriales de auditoria indicando el STR SIVICOF.

Fiscalización estado de las acciones (PGD-07-02) producto de la evaluación.

Carga el archivo STR Observación Memorando de Profesional

- Evaluación Auditor

En el evento de Universitario o respuesta radicado 5 en SIVICOF, según encontrar observaciones en SIGESPRO Especializado los términos en el cargue del archivo, (PGD-07-02) indicados. informa al Director www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 40 de 52 59 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-59 • 2024 • ENERO • 2 Procedimiento para la Evaluación del Plan de Mejoramiento Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-07 Versión: Versión: 16.0 PUNTOS DE CONTROL Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO / OBSERVACIONES Dirección de Técnico por correo Tecnologías de la electrónico institucional para que ajuste el Información y las archivo, de manera Comunicaciones inmediata.

En el sistema SIVICOF se puede generar el certificado de cargue del formato de hallazgos correspondiente.

Punto de Control:

Oficio de Director Técnico El Coordinador, en caso comunicación al (Coordinador) de presentarse acciones Sujeto o informe calificadas como Comunica al Sujeto de final de auditoría Vigilancia y Control a Direcciones averiguación (según haya sido la Gestión Fiscal el Sectoriales de 6 preliminar, debe de oficio o en resultado de la determinar la pertinencia Fiscalización auditoría) de iniciar el evaluación Comunicación procedimiento Director Técnico oficial y externa administrativo (PGD-07-04) sancionatorio fiscal.

5.4. MODIFICACIONES PLAN DE MEJORAMIENTO www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 41 de 52 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-60 • 2024 • ENERO • 2 60 Procedimiento para la Evaluación del Plan de Mejoramiento Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-07 Versión: Versión: 16.0 PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES Director Técnico Punto de Control (Coordinador)

Recepciona solicitud El Supervisor asegurará del Sujeto de el cumplimiento del Direcciones Vigilancia y Control Radicado término de respuesta a la 1 Sectoriales de para la modificación SIGESPRO solicitud recibida de tres Fiscalización al plan de (3) días hábiles siguientes mejoramiento. a la fecha de su Director Técnico radicación.

Verifica en SIVICOF Gerente (Líder) que la fecha de Punto de Control: terminación de la Profesional El Supervisor verificará el acción cumpla con Especializado o cumplimiento de los las condiciones Universitario Reporte SIVICOF definidas en la criterios establecidos para (Equipo Auditor) la solicitud y aprobación resolución reglamentaria vigente de la modificación Direcciones para realizar la realizada.

2 Sectoriales de modificación del plan Fiscalización de mejoramiento Director Técnico Informa la Punto de control Radicado (Coordinador) autorización o El comunicado de SIGESPRO negación de la autorización debe con comunicación Direcciones solicitud de contener la fecha de 3 al Sujeto de Sectoriales de modificación corte, que corresponde a Vigilancia y Fiscalización dependiendo del la fecha de radicación de Control Fiscal resultado de la la solicitud y el término www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 42 de 52 61 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-61 • 2024 • ENERO • 2 Procedimiento para la Evaluación del Plan de Mejoramiento Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-07 Versión: Versión: 16.0 PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES actividad anterior, con Comunicación autorizado para la copia a la Dirección oficial y externa habilitación de la de TIC.

(PGD-07-04) plataforma SIVICOF.

Punto de Control:

Profesional La Dirección de TIC Habilita informe para Universitario o asegurará que las la modificación del Especializado acciones modificadas plan de mejoramiento quedarán bloqueadas 4 en los términos N/A Dirección de automáticamente por indicados por la Tecnologías de la SIVICOF evitando Dirección Sectorial.

Información y las posteriores Comunicaciones modificaciones después del término otorgado.

Punto de Control:

Director Técnico La verificación se debe Verifica en SIVICOF (Coordinador) realizar en el formato de que los sujetos de Gerente (Líder), modificaciones al plan de control hayan Profesional mejoramiento, en el efectuado la Especializado o evento que se encuentre N/A 5 modificación Universitario alguna diferencia frente a correspondiente lo aprobado, deberá ser conforme a lo Direcciones comunicado al jefe aprobado.

Sectoriales de inmediato para que sea Fiscalización comunicado al sujeto de control para su ajuste, sin www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 43 de 52 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-62 • 2024 • ENERO • 2 62 Procedimiento para la Evaluación del Plan de Mejoramiento Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-07 Versión: Versión: 16.0 PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES perjuicio de las acciones sancionatorias que se puedan presentar.

6. FORMATOS Y OTROS DOCUMENTOS RELACIONADOS AL

PROCEDIMIENTO

1. PVCGF-07-01 – Evaluación plan de mejoramiento.

7. CONTROL DE CAMBIOS

Resolución Versión3 Reglamentaria y Descripción de la Modificación4 Fecha Resolución Reglamentaria Si requiere ver la trazabilidad consultar la 1.0 N°20 14 de marzo de Resolución Reglamentaria 2003 Resolución Reglamentaria Si requiere ver la trazabilidad consultar la 2.0 N°30 21 de mayo de Resolución Reglamentaria 2003 Resolución Si requiere ver la trazabilidad consultar la Reglamentaria 3.0 N°51 30 de diciembre Resolución Reglamentaria de 2004 3 Registrar todas las versiones 4 Mantener la descripción de las ultimas 2 versiones y registrar la nueva de manera resumida, si existen más de tres (3) versiones indicar que puede consultar el acto administrativo por el cual se aprobó. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 44 de 52 63 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-63 • 2024 • ENERO • 2 Procedimiento para la Evaluación del Plan de Mejoramiento Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-07 Versión: Versión: 16.0 Resolución Versión3 Reglamentaria y Descripción de la Modificación4 Fecha Resolución Reglamentaria Si requiere ver la trazabilidad consultar la 4.0 N°45 30 de noviembre Resolución Reglamentaria de 2005 Resolución Reglamentaria Si requiere ver la trazabilidad consultar la 5.0 N°18 14 de agosto de Resolución Reglamentaria 2006 Resolución Reglamentaria Si requiere ver la trazabilidad consultar la 6.0 N°26 28 de diciembre Resolución Reglamentaria de 2007 Resolución Reglamentaria Si requiere ver la trazabilidad consultar la 7.0 N°29 3 de noviembre de Resolución Reglamentaria 2009 Resolución Reglamentaria Si requiere ver la trazabilidad consultar la 8.0 N°15 14 de mayo de Resolución Reglamentaria 2010 Resolución Reglamentaria Si requiere ver la trazabilidad consultar la 9.0 N°07 31 de marzo de Resolución Reglamentaria 2011 www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 45 de 52 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-64 • 2024 • ENERO • 2 64 Procedimiento para la Evaluación del Plan de Mejoramiento Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-07 Versión: Versión: 16.0 Resolución Versión3 Reglamentaria y Descripción de la Modificación4 Fecha Resolución Reglamentaria Si requiere ver la trazabilidad consultar la 10.0 N°33 9 de diciembre de Resolución Reglamentaria 2011 Resolución Reglamentaria Si requiere ver la trazabilidad consultar la 11.0 N°30 28 de diciembre Resolución Reglamentaria de 2012 Resolución Reglamentaria Si requiere ver la trazabilidad consultar la 12.0 N°03 14 de enero de Resolución Reglamentaria 2014 Resolución Reglamentaria Si requiere ver la trazabilidad consultar la 13.0 N°69 28 de diciembre Resolución Reglamentaria de 2015 Se modifica la denominación del Dictamen a los Estados Contables; cambiando Sector Gobierno General por Gobierno, de conformidad con la Resolución solicitud de EEPP. Se utiliza el término estados Reglamentaria 14.0 financieros de acuerdo con la normatividad vigente.

N°12 28 de febrero de 2018 Se ajustan las definiciones de las categorías de evaluación de la eficacia y efectividad de las acciones de acuerdo con los ajustes incorporados www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 46 de 52 65 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-65 • 2024 • ENERO • 2 Procedimiento para la Evaluación del Plan de Mejoramiento Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-07 Versión: Versión: 16.0 Resolución Versión3 Reglamentaria y Descripción de la Modificación4 Fecha en la nueva metodología para la calificación de la gestión fiscal MCGF.

Se adicionan excepciones para la evaluación del plan de mejoramiento cuando no se formulan acciones a los hallazgos o se formulan acciones incoherentes o en desacuerdo.

Se adiciona una nueva categoría de calificación de las acciones denominada incalificable.

Se cambia la denominación de las categorías: 1)

Cerrada por Cumplida Efectiva y 2) Inefectiva por Cumplida Inefectiva Se cambia la definición de reporte por seguimiento anual y se ajusta su redacción Se ajusta la redacción de algunos puntos de control.

En las actividades en donde se contempla como registro el Certificado expedido por SIVICOF, se retira y se aclara en observaciones su forma de consulta o generación.

En el ítem 5.2 Evaluación del plan de mejoramiento www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 47 de 52 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-66 • 2024 • ENERO • 2 66 Procedimiento para la Evaluación del Plan de Mejoramiento Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-07 Versión: Versión: 16.0 Resolución Versión3 Reglamentaria y Descripción de la Modificación4 Fecha actividad 1 en donde se genera el reporte del sistema, se especifica a cuál reporte corresponde en el SIVICOF Se ajusta en los puntos de control correspondientes a la aplicación de la matriz de calificación, la nueva referencia a la metodología adoptada.

Se ajustan las definiciones de las categorías de calificación de las acciones en la actividad de evaluación, especificando las ponderaciones parametrizadas para la calificación de eficacia y efectividad, y el nuevo proceso de cálculo de la calificación consolidada del plan de mejoramiento.

Se adiciona como punto de control cuando se está aplicando la MCGF, la necesidad de identificar y/o reclasificar el factor que corresponda a la temática evaluada, según corresponda.

Se ajusta el porcentaje de calificación de cumplimiento/incumplimiento del plan de mejoramiento, de acuerdo con los ajustes de la nueva MCGF. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 48 de 52 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-67 • 2024 • ENERO • 2 Procedimiento para la Evaluación del Plan de Mejoramiento Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-07 Versión: Versión: 16.0 Resolución Versión3 Reglamentaria y Descripción de la Modificación4 Fecha La calificación consolidada del plan de mejoramiento como resultado de la aplicación de la MCGF no incluye la calificación de las acciones calificadas como incumplidas en otras auditorías, pero esta calificación si debe ser reportada en la evaluación del auditor en el SIVICOF.

Se corrige fecha de corte para habilitación del informe seguimiento Entidad de las acciones calificadas como incumplidas.

Se ajusta en los registros y referencias realizadas a los archivos digitales que se generan como insumo para el registro de hallazgos y evaluación del auditor, que no es necesario la remisión del archivo Excel.

Se ajustó el procedimiento y formatos de acuerdo a las nuevas estructuras definidas por el proceso de gestión documental y se aplicaron requisitos de accesibilidad.

Resolución reglamentaria 15.0 Se ajustó objetivos y alcance en coherencia con la N° 036 20 septiembre actualización de la guía de auditoría para Bogotá y de 2019 los procedimientos de auditoría.

Se actualizó la base legal de acuerdo con la reglamentación vigente aplicable y las nuevas www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 49 de 52 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-68 • 2024 • ENERO • 2 68 Procedimiento para la Evaluación del Plan de Mejoramiento Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-07 Versión: Versión: 16.0 Resolución Versión3 Reglamentaria y Descripción de la Modificación4 Fecha metodologías aplicadas.

Se actualizaron y precisaron las definiciones, de acuerdo con el alcance de la Guía de Auditoría para Bogotá, la reglamentación vigente y la nueva estructura conceptual de la Evaluación del Plan de Mejoramiento.

Se actualizan los responsables de las actividades de acuerdo con los roles adoptados en la Guía de Auditoría para Bogotá.

Se ajusta la redacción de puntos de control y observaciones de acuerdo con la actualización de la metodología de calificación y en coherencia con los ajustes realizados en los demás procedimientos según el tipo de auditoría.

Se precisan los cortes para la selección de las acciones a verificar.

Se ajustan las nuevas denominaciones de los tipos de auditoría como la Auditoría de Regularidad por la Financiera y de Gestión, entre otras. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 50 de 52 69 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-69 • 2024 • ENERO • 2 Procedimiento para la Evaluación del Plan de Mejoramiento Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-07 Versión: Versión: 16.0 Resolución Versión3 Reglamentaria y Descripción de la Modificación4 Fecha Se incorpora como anexo el formato de PVCGF- 07-01 Evaluación del Plan de Mejoramiento, teniendo en cuenta la nueva estructura de los instrumentos de calificación y se ubica en el procedimiento que corresponde.

Se precisa y detalla el trámite en cuanto a la forma en que se debe calificar una acción cumplida inefectiva, las características del nuevo hallazgo, los momentos para ejercer el derecho de contradicción que es a los resultados de la evaluación del plan de mejoramiento y la determinación del nuevo hallazgo en el informe final cuando se confirme la calificación de la acción como cumplida inefectiva.

La ubicación del nuevo hallazgo en el numeral del proceso relacionado con el hallazgo en el cual se determinó, el numeral de Evaluación del Plan de Mejoramiento no tiene hallazgos dado que es transversal a todos los procesos.

Se ajustó redacción para hacer énfasis en el enfoque al riesgo, de acuerdo con el cumplimiento de los principios de las Normas Internacionales ISSAI. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 51 de 52 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-70 • 2024 • ENERO • 2 70 Procedimiento para la Evaluación del Plan de Mejoramiento Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-07 Versión: Versión: 16.0 Resolución Versión3 Reglamentaria y Descripción de la Modificación4 Fecha  Se actualiza el trámite de inicio de procedimiento administrativo sancionatorio fiscal indicando las nuevas conductas tipificadas como sancionables según la reglamentación vigente.

Resolución Reglamentaria 16.0 N° 036 del 28 de diciembre de 2023 Responsable de Proceso que Aprueba Cargo Contralor Auxiliar Dependencia Despacho del Contralor Auxiliar Nombre Completo JAVIER TOMÁS REYES BUSTAMANTE Firma Director de Planeación que Realiza Revisión Técnica Nombre Completo SANDRA PATRICIA BOHÓRQUEZ GONZÁLEZ Firma www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 52 de 52 71 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-71 • 2024 • ENERO • 2 RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA Nº 037 (28 de diciembre de 2023)

“Por la cual se actualiza el Procedimiento Administrativo PGD-10-01 ancionatorio Fiscal en la Contraloría de Bogotá, D.C., se signan competencias y se dictan otras disposiciones”

EL CONTRALOR DE BOGOTÁ D.C. (E.F)

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial, las conferidas en el Acuerdo Distrital658 de 20161 la Resolución 1547 del 20 de diciembre de 2023, y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 272 de la Constitución Política de Colombia, modificado por el artículo 4 0 del Acto Legislativo 04 de 2019, señala que la vigilancia de la gestión fiscal de los departamentos, distritos y municipios donde haya contralorías, corresponde a estas en forma concurrente con la Contraloría General de la República.

Que los contralores departamentales, distritales y municipales ejercerán, en el ámbito de su jurisdicción, las funciones atribuidas al Contralor General de la República en el artículo 268 de la Carta en lo que sea pertinente, según los principios de coordinación, concurrencia, y subsidiariedad.

Que dentro de las funciones atribuidas por el artículo 268 de la Carta, a la Contraloría de Bogotá D.C., entre otras, se encuentra la de exigir a los empleados oficiales de cualquier orden y a toda persona o entidad pública o privada que administre fondos o bienes públicos, informes sobre su gestión fiscal y la de imponer las sanciones pecuniarias que sean del caso, recaudar su monto y ejercer la jurisdicción coactiva.

1 Modificado parcialmente por los Acuerdos Distritales 664 de 2017, 881, 886 Y 904 de 2023. www,contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 33588888 Página 1 de 9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-72 • 2024 • ENERO • 2 72 ESOLUCIÓN REGLAMENTARIA N°__ a 4C 6 I o Formato e CONTRALORÍA --_.- DE I)OGOTIi, D.e:.

'Por la cual se actualiza el Procedimiento Administrativo PGD-10-01 ancionatorio Fiscal en la Contraloría de Bogotá D.C. se signan competencias y se dictan otras disposiciones"

Que el artículo 105 del Decreto Ley 1421 de 19932 señala que la vigilancia de la gestión fiscal del Distrito Capital y de los particulares que manejen fondos o bienes del mismo, corresponde a la Contraloría de Bogotá D.C.

Que los numerales 4,5 Y 8 del artículo 109 del Decreto Ley 1421 de 1993 señalan que el Contralor de Bogotá D.C., tiene entre otras, las atribuciones de exigir informes sobre su gestión fiscal a todas las personas o entidades públicas o privadas que administren fondos o bienes del Distrito, imponer las sanciones pecuniarias que sean del caso y recaudar su monto, para lo cual podrá ejercer la jurisdicción coactiva sobre los alcances deducidos y la de presentar anualmente al Concejo un informe evaluativo de la gestión de las entidades descentralizadas y las localidades del Distrito.

Que los artículos 47, 47A 48,49, 49A, 50, 51 Y 52 de la Ley 1437 de 20113, regulan el procedimiento administrativo sancionatorio general y fiscal.

Que el artículo 3 del Acuerdo Distrital 658 de 2016, señala como uno de los objetivos de la Contraloría de Bogotá D.C., "6. Establecer las responsabilidades fiscales e imponer las sanciones administrativas pecuniarias que corresponda y las demás acciones derivadas del ejercicio de la vigilancia y control fiscal (..)". A su turno, el artículo 9 del mismo Acuerdo dispuso que, para el trámite de los procesos administrativos sancionatorios, esta Entidad debe ceñirse a la Constitución Política, a las normas y disposiciones que le señalen los asuntos sobre los cuales tiene jurisdicción y competencia.

2 Modificado por el artículo 164 del Decreto Ley 403 de 2020, Modificado por la Ley 2080 de 2021. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 33588888 Página 2 de 9 73 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-73 • 2024 • ENERO • 2 2023 ódigo Formato GD-10-01 DE HOGOTA, n.e.

ESOLUCIÓN REGLAMENTARIA N 0"\'-- "Por la cual se actualiza el Procedimiento Administrativo ancionatorio Fiscal en la Contraloría de Bogotá D. C. se signan competencias y se dictan otras disposiciones"

- CONTRALORíA

Que la Contraloría de Bogotá D.C., mediante Resolución Reglamentaria No. 025 del 12 de noviembre de 2020, actualizó y armonizó el trámite del procedimiento administrativo sancionatorio fiscal acorde con la expedición del Acto Legislativo 04 de 2019, por medio del cual se modificaron los artículos 267 a 274 superiores, el Decreto Ley 403 de 2020 y adoptó la versión 11.0 Código PVCGF-10 del procedimiento para adelantar el proceso administrativo sancionatorio fiscal dentro del Proceso de Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal del Sistema Integrado de Gestión - SIG.

Que como consecuencia de la demanda de inconstitucionalidad en contra de los artículos 78 a 88 del Decreto Ley 403 de 2020, mediante la Sentencia C- 209 de 2023, proferida el 7 de junio de 2023, la Corte Constitucional declaró: i) La inexequibilidad de los artículos 78,79,80, 81,82, 85, 86, 87 Y 88 del Decreto Ley 403 de 2020; ii) La exequibilidad condicionada de los artículos 83 y 84 de la referida norma, en el entendido de que la sanción de suspensión únicamente podrá aplicarse por la Contraloría General de la República y no por la Auditoría General de la República, con excepción de los numerales primeros de tales artículos, que se declararon inexequibles; y iii) La reviviscencia de los artículos 99 a 104 de la Ley 42 de 1993 y del segundo parágrafo del artículo 114 de la Ley 1474 de 2011.

Que los artículos 99 a 104 de la Ley 42 de 1993 facultan a los contralores para imponer sanciones, amonestaciones y llamados de atención a servidores públicos de cualquier entidad de la administración, o a los particulares que manejen fondos o bienes del Estado, en los términos establecidos en la referida normativa. La amonestación y la multa se imponen directamente, el ejercicio de la facultad de remoción y de suspensión por parte de los contralores territoriales se aplica a través de los nominadores.

Que como resultado de la declaración de inexequibilidad de las disposiciones del Decreto Ley 403 de 2020 que regulaban el procedimiento administrativo sancionatorio www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 33588888 Página 3 de 9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-74 • 2024 • ENERO • 2 74 ESOlUCIÓN REGLAMENTARIA N°__ e ó- '~o Formato DE I\OGOTA, D,e 'Por la cual se actualiza el Procedimiento Administrativo PGD-10-01 ancionatorio Fiscal en la Contraloría de Bogotá D. C. se signan competencias y se dictan otras disposiciones"

- CONTRALORÍA -~-~..,..-

fiscal y la consecuente reviviscencia de los artículos 99 a 104 de la Ley 42 de 1993 y el segundo párrafo del artículo 114 de la Ley 1474 de 2011, es necesario actualizar y armonizar el trámite del procedimiento administrativo sancionatorio fiscal a lo dispuesto en las normas vigentes y adoptar una nueva versión.

En mérito de lo expuesto, el Contralor de Bogotá D.C, (E.F)

RESUELVE:

ARTíCULO PRIMERO. PROCEDIMIENTO. Adoptar la nueva versión del Procedimiento Administrativo Sancionatorio Fiscal, versión 12.0 Código PVCGF-10 dentro del Proceso de Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal del Sistema Integrado de Gestión - SIG.

ARTíCULO SEGUNDO. CAMPO DE APLICACIÓN. El Procedimiento Administrativo Sancionatorio Fiscal se aplicará a los servidores públicos, particulares o entidades que administren o manejen fondos o bienes del Distrito Capital y a los particulares que, estando obligados, no atiendan los requerimientos que haga la Contraloría de Bogotá D.C. y que sirvan de prueba en las investigaciones que ella adelante.

ARTíCULO TERCERO. COMPETENCIA. Son competentes para conocer del Procedimiento Administrativo Sancionatorio fiscal:

En primera instancia, los Directores Sectoriales de Fiscalización, el Director de Responsabilidad Fiscal y Jurisdicción Coactiva y el Director de Reacción Inmediata. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 33588888 Página 4 de 9 75 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-75 • 2024 • ENERO • 2 ESOLUCIÓN REGLAMENTARIA N°__ 'Por la cual se actualiza el Procedimiento Administrativo ancionatorio Fiscal en la Contraloría de Bogotá D. C. se signan competencias y se dictan otras disposiciones"

- CONTRALORiA ----- DE I)OGOTA. n,e:.

En segunda instancia, el Contralor de Bogotá D.C. con sustanciación a cargo de la Dirección Jurídica.

Parágrafo.
PRIMERO. Los procedimientos administrativos sancionatorios fiscales que se adelanten contra particulares que no realicen gestión fiscal4, serán competencia de la Dirección de Responsabilidad Fiscal y Jurisdicción Coactiva y la Dirección de Reacción Inmediata, esta última, cuando adelante procesos de responsabilidad fiscal por instrucción del Contralor de Bogotá, D.C.

Parágrafo.
SEGUNDO. Es de exclusiva competenciaS del Contralor de Bogotá D.C., promover ante la autoridad correspondiente, la solicitud de remoción, suspensión o terminación del contrato por justa causa de conformidad con lo previsto en el artículo 102 de la Ley 42 de 1993.

ARTíCULO CUARTO. SANCIONES. De conformidad con la Ley 42 de 1993, producto del procedimiento administrativo sancionatorio fiscal se podrán imponer, directamente o previa solicitud a los nominadores según corresponda, las siguientes sanciones:

1. AMONESTACiÓN O LLAMADO DE ATENCiÓN:
Los funcionarios

competentes podrán amonestar o llamar la atención a cualquier servidor público, particular o entidad que administre o maneje fondos, bienes o recursos de Bogotá Distrito Capital, cuando consideren, con base en los resultados de la vigilancia fiscal, que: a) Han obrado contrariando los principios establecidos en el artículo 8° de la Ley 42 de 1993 y b) Obstaculizan las investigaciones y actuaciones que adelanta la Contraloría de Bogotá D.C.

4 Articulo 114 de la Ley 1474 de 2011 5 Articulo 99 de la Ley 42 de 1993 www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 33588888 Página 5 de 9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-76 • 2024 • ENERO • 2 76 ESOLUCIÓN REGLAMENTARIA N°, 8 DIe t ~'1 Formato e CONTRALORÍA ---,,-,.•.,...,,,,,,,~-- DE HO(;OT,;., D,C.

'Por la cual se actualiza el Procedimiento Administrativo PGD-10-01 ancionatorio Fiscal en la Contraloría de Bogotá D.C. se signan competencias y se dictan otras disposiciones"

La copia de la amonestación o llamado de atención será remitido al superior jerárquico del servidor público o al funcionario supervisor del particular en la entidad donde presta sus servicios y a la Procuraduría General de la Nación o Personería de Bogotá D.C., para lo de su competencia.

Estas sanciones serán independientes de las demás acciones que por competencia correspondan a la Contraloría de Bogotá D.C., por los mismos hechos.

2. MULTA

2.1. De conformidad con el artículo 101 de la Ley 42 de 1993, los funcionarios competentes podrán imponer multas a los servidores públicos y a los particulares que manejen fondos o bienes del Distrito Capital, hasta por el valor de cinco (5) salarios devengados por el sancionado para la época de los hechos, cuando incurran en una de las siguientes conductas: a) No comparezcan a las citaciones que en forma escrita les formule la Contraloría de Bogotá D.C. b) No rindan las cuentas e informes exigidos o no lo hagan en la forma y oportunidad establecidos por la Entidad. c) Incurran en forma reiterada en errores u omisiones en la presentación de cuentas e informes. d) Les sean determinadas glosas de forma en la revisión de sus cuentas. e) Entorpezcan o impidan en cualquier forma el cabal cumplimiento de las funciones asignadas a la Contraloría de Bogotá D.C. f) No suministren oportunamente la información solicitada. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A No 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 33588888 Página 6 de 9 77 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-77 • 2024 • ENERO • 2 ESOLUCIÓN REGLAMENTARIA N° L 2U¿~ ódigo Formato PGD-10-01 1)[ I\OGOTA. [l.e:.

'Por la cual se actualiza el Procedimiento Administrativo ancionatorio Fiscal en la Contraloría de Bogotá D. C. se signan competencias y se dictan otras disposiciones" e CONTRALORíA g) Teniendo bajo su responsabilidad asegurar fondos, valores o bienes, no lo hicieren oportunamente o en la cuantía requerida. h) No adelanten las acciones orientadas a subsanar las deficiencias señaladas por la Contraloría de Bogotá D.C. i) No cumplan con las obligaciones fiscales diferentes a las señaladas en este artículo.

D Cuando a criterio del funcionario competente exista mérito suficiente para e1l06.

2.2. El Director de Responsabilidad Fiscal y Jurisdicción Coactiva y el Director de Reacción Inmediata impondrán sanción entre cinco (5) y diez (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes a los particulares que no sean gestores fiscales de conformidad con lo establecido en el parágrafo segundo del artículo 114 de la Ley 1474 de 2011.

3. REMOCiÓN O TERMINACiÓN DEL CONTRATO

En virtud de la facultad conferida por el artículo 102 de la Ley 42 de 1992, el Contralor de Bogotá D.C., ante la renuencia en la presentación oportuna de las cuentas o informes, o su no presentación por más de tres (3) períodos consecutivos o seis (6) no consecutivos dentro de un mismo período fiscal, solicitará la remoción al nominador o la terminación del contrato por justa causa del servidor público, según fuere el caso, cuando la mora o la renuencia hayan sido sancionadas previamente con multas.

ARTíCULO QUINTO. PAGO DE MULTA. Cuando se imponga como sanción una multa y se encuentre en firme la resolución sancionatoria, el pago deberá realizarse en 6 Ver Sentencia C-QS4 de 1997 Corte Constitucional. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A W 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 33588888 Página 7 de 9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-78 • 2024 • ENERO • 2 78 ESOLUCIÓN REGLAMENTARIA N°__ 'Por la cual se actualiza el Procedimiento Administrativo ancionatorio Fiscal en la Contraloría de Bogotá O. C. se signan competencias y se dictan otras disposiciones" la Tesorería de la Contraloría de Bogotá D.C., dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su ejecutoria.

Vencido el término sin que se haya cancelado la multa se informará dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al pagador correspondiente para que se proceda a realizar los descuentos del salario devengado por el sancionado, haciendo llegar copia de la resolución, evento en el cual deberá hacer el respectivo seguimiento del recaudo e informar a la Tesorería de la Contraloría de Bogotá D.C. con el fin de que sean legalizados estos pagos.

En caso de que el sancionado fuere un particular, ~eberá cancelar la multa a favor de la Tesorería de la Contraloría de Bogotá D.C. dentro de los diez (10) días,, hábiles siguientes a la ejecutoria de la de~1~i~rique la impuso.

"o"

ARTíCULO SEXTO. REMISiÓN A LA DIRECCiÓN DE RESPONSABILIDAD FISCAL Y JURISDICCiÓN COACTIVA. De las resoluciones de imposición de multa que se encuentren debidamente ejecutoriadas y en cuyo caso el monto no se haya cancelado o descontado, se dará traslado para su cobro dentro de los treinta (30) días siguientes al vencimiento del plazo para cancelar la multa a la Dirección de Responsabilidad Fiscal y Jurisdicción Coactiva de la Contraloría de Bogotá D.C. - Subdirección de Jurisdicción Coactiva para el inicio de la correspondiente acción de cobro.

ARTíCULO SÉPTIMO. RESPONSABILIDAD: Es responsabilidad del Director Sectorial de Fiscalización, Director de Reacción Inmediata y el Director de Responsabilidad Fiscal y Jurisdicción Coactiva velar por la divulgación, actualización y mejoramiento del procedimiento adoptado. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 33588888 Página 8 de 9 79 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-79 • 2024 • ENERO • 2 ESOlUCIÓN REGLAMENTARIA N°__ e CONTRALORiA 1)[ l)oCOTIi. D.C 'Por la cual se actualiza el Procedimiento Administrativo ancionatorio Fiscal en la Contraloría de Bogotá D.C. se signan competencias y se dictan otras disposiciones"

ARTíCULO OCTAVO. DEROGATORIA Y VIGENCIA. El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su publicación, deroga las disposiciones que le sean contrarias en especial la Resolución Reglamentaria No. 025 del 12 de noviembre de 2020.

PUBlíQUESE, COMUNíQUESE Y CÚMPLASE DIe Contralor de Bogotá D.C. (E.F)

Proyectó: niooJ~~ Juan Camilo Vesga Bonilla - Profesional Despacho Contralor Auxilia~.1=-:¡:~ Aprobó:

Javier Tomás Reyes Bustamante
- Contralor AUXilia~ Revisión Técnica:

Sandra Patricia Bohórquez González
- Directora Técnica de Planeación ;3j:(5:,~~:~ Revisión Jurídica:

Oscar Gerardo Arias Escamilla
- Jefe Oficina Asesora Jurídic~lh Registro Distrital N° www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 33588888 Página 9 de 9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-80 • 2024 • ENERO • 2 80 Procedimiento Administrativo Sancionatorio Fiscal Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-10 Versión: 12.0 Este procedimiento se adopta mediante Resolución Reglamentaria No 037 Fecha: diciembre 28 de 2023

1. OBJETIVO

Se busca la estandarización del conjunto de actividades que permitan adelantar procesos administrativos sancionatorios fiscales en contra del servidor público del Distrito y particulares que manejen fondos o bienes de Bogotá D.C., que han obrado en contravía de las disposiciones legales que regulan la gestión fiscal, o que se rehúsen a suministrar información u obstaculicen las investigaciones y actuaciones que adelante la Contraloría de Bogotá, D.C. Así como los contratistas, interventores y particulares que participen, determinen, coadyuven, colaboren, conozcan o hayan conocido hechos objeto de investigación, así como a los comerciantes y demás personas jurídicas y naturales que se nieguen a suministrar información pertinente para el ejercicio de la vigilancia y el control fiscal.

2. ALCANCE

Inicia con la comunicación del servidor público de la Contraloría de Bogotá, D.C. a su superior jerárquico de la dependencia, sobre la ocurrencia de un hecho que pueda generar el inicio de una actuación administrativa sancionatoria fiscal o de una averiguación preliminar y termina con la entrega del expediente del procedimiento administrativo sancionatorio fiscal en la Dirección correspondiente, una vez esté ejecutoriado o en su defecto hasta su terminación anticipada o archivo de la actuación.

3. BASE LEGAL

Para adelantar el procedimiento administrativo sancionatorio fiscal, la Contraloría de Bogotá, D.C. se encuentra amparada bajo la siguiente normatividad: www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 1 de 43 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-81 • 2024 • ENERO • 2 Procedimiento Administrativo Sancionatorio Fiscal Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-10 Versión: 12.0 Norma Fecha Descripción Constitución Política de 20-jul-1991 Numerales 4°, 5° y 17 del artículo 268 y el artículo 272, modificado por el Acto Legislativo 04 de 2019 Colombia Ley 42 26-ene-1993 Sobre la organización del sistema de control fiscal financiero y los organismos que lo ejercen.

Decreto Ley 1421 21-jul-1993 Por el cual se dicta el régimen especial para el Distrito Capital de Santafé de Bogotá.

Ley 1437 18-ene-2011 Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de Ley 1474 12-jul-2011 actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública.

Ley 1564 12-jul-2012 Por medio de la cual se expide el Código General del Proceso y se dictan otras disposiciones.

Por medio de la cual se reforma el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo- Ley 1437 de 2011- y se dictan otras Ley 2080 25-ene-2021 disposiciones en materia de descongestión en los procesos que se tramitan ante la Jurisdicción.

Por el cual se dictan normas sobre organización y Acuerdo funcionamiento de la Contraloría de Bogotá, D.C., se Distrital No. modifica su estructura orgánica e interna, se fijan funciones 21-dic-2016 6581 de sus dependencias, se modifica la planta de personal, y se dictan otras disposiciones.

1 Modificado parcialmente por los Acuerdos Distritales 664 de 2017, 881, 886 y 904 de 2023. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 2 de 43 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-82 • 2024 • ENERO • 2 82 Procedimiento Administrativo Sancionatorio Fiscal Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-10 Versión: 12.0

4. DEFINICIONES:

Consultar en el siguiente enlace el Banco Terminológico AMONESTACIÓN: Sanción consistente en un llamado de atención escrito remitido al superior jerárquico del funcionario o particular y a las autoridades que determine el Órgano de Control Fiscal.

APLICATIVO TRAZABILIDAD: Aplicación Web como herramienta de apoyo técnico que asocia sistemáticamente el flujo de la información y los resultados de las actuaciones de control fiscal en cada uno de los sujetos vigilados por la Contraloría de Bogotá, D.C., sin que esta actividad sea un requisito de legalidad de la actuación administrativa ni una condición necesaria para el trámite normal del procedimiento administrativo sancionatorio fiscal.

AUTO DE APERTURA Y FORMULACIÓN DE CARGOS: Es el acto de trámite por medio del cual la Contraloría de Bogotá, D.C., inicia con el procedimiento administrativo sancionatorio fiscal y fórmula cargos al servidor público o al particular que maneje fondos o bienes públicos, o que, sin ser gestor fiscal, no atienda los requerimientos que le formule la Entidad en ejercicio de sus funciones.

El acto administrativo debe señalar los hechos que originan el procedimiento administrativo sancionatorio fiscal. En éste se identifican claramente las personas naturales o jurídicas objeto de investigación, las disposiciones presuntamente vulneradas y las sanciones o medidas que serían procedentes, en caso de comprobarse la infracción. Contra este acto administrativo no procede recurso alguno.

AUTO DE PRUEBAS: Es el acto de trámite que se genera cuando deben decretarse y practicarse pruebas ya sean oficiosas o a petición de parte o interviniente, www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 3 de 43 83 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-83 • 2024 • ENERO • 2 Procedimiento Administrativo Sancionatorio Fiscal Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-10 Versión: 12.0 en el procedimiento administrativo sancionatorio fiscal. Contra este acto administrativo no procede recurso alguno.

AUTO DE TRASLADO PARA ALEGATOS: Acto administrativo mediante el cual, culminado el periodo probatorio, se da traslado al investigado y a su apoderado para presentar los alegatos de conclusión. Contra este acto administrativo no procede recurso alguno.

AVERIGUACIÓN PRELIMINAR: Es una actuación facultativa, cuya finalidad es determinar el grado de probabilidad de la existencia o no de una de las faltas tipificadas en los artículos 267 numeral 17 de la Constitución Política de Colombia, 100 a 102 de la Ley 42 de 1993 y del segundo parágrafo del artículo 114 de la Ley 1474 de 2011.

CADUCIDAD DE LA FACULTAD SANCIONATORIA FISCAL: Término que tiene la Contraloría de Bogotá, D.C., para imponer la sanción administrativa fiscal, establecida en tres (3) años a partir de ocurrido el hecho, la conducta u omisión que pudo ocasionarla, término dentro del cual el acto administrativo que impone la sanción debe haber sido expedido y notificado en primera instancia.

CAMPO DE APLICACIÓN: El procedimiento administrativo sancionatorio fiscal será aplicable a los servidores públicos y las entidades o personas naturales o jurídicas de derecho público o privado que a cualquier título recauden, administren, manejen, dispongan o inviertan fondos, bienes o recursos públicos, o que sin ser gestores fiscales deban suministrar información que se requiera para el ejercicio de las funciones de vigilancia o control fiscal. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 4 de 43 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-84 • 2024 • ENERO • 2 84 Procedimiento Administrativo Sancionatorio Fiscal Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-10 Versión: 12.0 CONDUCTAS SANCIONABLES: Las descritas en el artículo 268 numeral 17 de la Constitución Política de Colombia, 100 a 102 de la Ley 42 de 1993 y del segundo parágrafo del artículo 114 de la Ley 1474 de 2011.

COMPETENCIA: Facultad constitucional, legal o reglamentaria de la cual goza el Contralor de Bogotá, D.C., los Directores Sectoriales de Fiscalización, de Responsabilidad Fiscal y Jurisdicción Coactiva y de Reacción Inmediata, para imponer sanciones a los servidores públicos, contratistas, interventores, proveedores o particulares que manejen o administren fondos, bienes o recursos públicos del Distrito Capital y en general a las personas que hayan participado, determinado, coadyuvado, colaborado o hayan conocido los hechos objeto de la investigación.

CRITERIOS PARA LA IMPOSICIÓN Y GRADUACIÓN DE LAS SANCIONES:

Podrá imponerse cuando los sujetos sancionables incurran en una o varias de las conductas tipificadas a título de culpa o dolo2, salvo en los casos en que concurran los criterios para la imposición de la sanción de suspensión.

Como lo dispone el artículo 50 de la Ley 1437 de 2011, la gravedad de las faltas y el rigor de las sanciones por infracciones administrativas se deben graduar en atención a los siguientes criterios:

1. Daño o peligro generado a los intereses jurídicos tutelados.

2. Beneficio económico obtenido por el infractor para sí o a favor de un tercero.

3. Reincidencia en la comisión de la infracción.

4. Resistencia, negativa u obstrucción a la acción investigadora o de supervisión.

5. Utilización de medios fraudulentos o utilización de persona interpuesta para

ocultar la infracción u ocultar sus efectos.

2 Artículos 22 y 23 de la Ley 599 de 2000. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 5 de 43 85 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-85 • 2024 • ENERO • 2 Procedimiento Administrativo Sancionatorio Fiscal Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-10 Versión: 12.0

6. Grado de prudencia y diligencia con que se hayan atendido los deberes o se

hayan aplicado las normas legales pertinentes.

7. Renuencia o desacato en el cumplimiento de las órdenes impartidas por la

autoridad competente

8. Reconocimiento o aceptación expresa de la infracción antes del decreto de

pruebas.

DESCARGOS: Manifestación del investigado a través de la cual, en el ejercicio del derecho de defensa responde a los cargos formulados.

MEDIOS ELECTRÓNICOS: Se entiende como cualquier tecnología idónea para la comunicación o transferencia de datos.

DECISIÓN: Acto administrativo por el cual el funcionario competente, adopta una determinación, de acuerdo con las circunstancias demostradas, agotando la instancia o actuación administrativa correspondiente.

EJECUTORIA: Potestad de la administración para la ejecución de los actos administrativos una vez adquirida su firmeza.

MULTA: Sanción de contenido económico, impuesta de acuerdo con la graduación señalada en el artículo 50 de la Ley 1437 de 2011.

NOTIFICACIÓN: Acto procesal por el cual, la Contraloría de Bogotá, D.C., da a conocer el contenido de una decisión bien sea de fondo o de trámite, garantizando el principio de publicidad de las actuaciones administrativas, a través de cualquiera de las modalidades o formas de notificación previstas en la ley. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 6 de 43 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-86 • 2024 • ENERO • 2 86 Procedimiento Administrativo Sancionatorio Fiscal Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-10 Versión: 12.0 OBLIGACIÓN FISCAL: Es el conjunto de deberes establecidos en la Constitución Política, en las leyes u otras normas jurídicas, que tienen por objeto regular los recaudos o percepciones, conservaciones, adquisiciones, enajenaciones, gastos, explotaciones, inversiones o disposiciones realizadas con cargo a recursos o bienes distritales y garantizar su protección.

PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONATORIO FISCAL: Es el conjunto de actuaciones administrativas que adelanta la Contraloría de Bogotá, D.C., con el fin de facilitar el ejercicio de investigaciones fiscales y de la vigilancia fiscal, e impulsar el correcto y oportuno cumplimiento de ciertas obligaciones que permiten el adecuado, transparente y eficiente control fiscal. Con este procedimiento no se pretende resarcir, ni reparar el daño, sino se busca un medio conminatorio que se fundamenta en el poder correccional del Estado.

PRUEBA DE OFICIO: Medio probatorio conducente, pertinente y útil, que decreta y recauda el funcionario competente para adelantar la actuación administrativa, para soportar la decisión sin necesidad de ser solicitada por el implicado.

RECURSO: Es la actuación procesal que tiene el implicado para controvertir la decisión que se adopte dentro del proceso sancionatorio fiscal, como medios que ofrece la Constitución Política y la Ley, y mecanismo de defensa del implicado en aras a la observancia de la garantía constitucional del debido proceso.

SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO: Solamente en los casos expresamente previstos en disposiciones legales especiales, el silencio de la administración equivale a decisión positiva tal como lo dispone el artículo 84 de la Ley 1437 de 2011. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 7 de 43 87 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-87 • 2024 • ENERO • 2 Procedimiento Administrativo Sancionatorio Fiscal Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-10 Versión: 12.0 De acuerdo con el artículo 49A la Ley 1437 de 2011, contra la decisión que resuelve el procedimiento sancionatorio procede recurso de reposición, apelación y queja. Si los recursos no se deciden en el término de 3 meses contados a partir de su debida y oportuna interposición, se entenderán fallados a favor del recurrente.

TÉRMINOS: Tiempo fijado en la ley o los reglamentos en el cual se pueden ejercer derechos o realizar actos procesales por parte de los implicados y tomar decisiones por parte de la Contraloría de Bogotá, D.C.

5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO:

Puntos de control / No. Responsable Actividad Registro observaciones Subdirector Informa por escrito Técnico, de manera inmediata Gerente, Asesor a su superior o Profesional jerárquico, de la Observación:

Remitirse al formato ocurrencia de un Memorando de PVCGF-10-01 Dirección hecho que pueda solicitud de “Instructivo para el Sectorial de generar el inicio de evaluación sobre Desarrollo del Fiscalización, una actuación posible inicio de 1 procedimiento Dirección de administrativa procedimiento administrativo Reacción sancionatoria fiscal, administrativo sancionatorio fiscal en Inmediata, al indicar sancionatorio fiscal la Contraloría de Dirección de explícitamente los (PVCGF-10-02)

Bogotá, D.C.”

Responsabilidad hechos, conducta, Fiscal y trámites adelantados, Jurisdicción norma Coactiva presuntamente www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 8 de 43 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-88 • 2024 • ENERO • 2 88 Procedimiento Administrativo Sancionatorio Fiscal Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-10 Versión: 12.0 Puntos de control / No. Responsable Actividad Registro observaciones vulnerada y presuntos responsables.

Asigna al profesional Observación: para evaluar si están Remitirse al formato dados los PVCGF-10-02 presupuestos para “Memorando de adoptar cualquiera Solicitud de Inicio de de las siguientes Proceso Administrativo decisiones:

Sancionatorio Fiscal”

Director Técnico Debe relacionar el Sectorial, i) Iniciar una número del Director de averiguación memorando con el que Reacción preliminar Memorando de se realizó la solicitud o Inmediata, asignación 2 el oficio radicado por Director de ii) Iniciar Profesional cualquier persona en Responsabilidad procedimiento el que solicita el inicio Fiscal y administrativo del PASF.

Jurisdicción sancionatorio fiscal y El profesional Coactiva formular cargos asignado preferiblemente iii) Emitir documento deberá contar con de no viabilidad de formación en derecho iniciar un procedimiento Punto de control: Si sancionatorio fiscal se consideró www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 9 de 43 89 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-89 • 2024 • ENERO • 2 Procedimiento Administrativo Sancionatorio Fiscal Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-10 Versión: 12.0 Puntos de control / No. Responsable Actividad Registro observaciones necesaria la averiguación preliminar, sigue con la actividad 4.

Si se decide iniciar procedimiento sancionatorio fiscal y formular cargos deberá remitirse a la actividad 5.

En caso de que no sea procedente el PASF se comunicará a quien solicitó el inicio del PASF mediante oficio motivado donde se exponen las razones de la mencionada decisión.

Director técnico Diligenciar la Formato de y profesional Declaración de Declaración de 3 asignado Independencia y no Independencia y no N/A (Dirección Conflicto de Conflicto de Sectorial de Intereses en la cual Intereses www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 10 de 43 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-90 • 2024 • ENERO • 2 90 Procedimiento Administrativo Sancionatorio Fiscal Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-10 Versión: 12.0 Puntos de control / No. Responsable Actividad Registro observaciones Fiscalización, se declara (PVCGF-15-03)

Dirección de expresamente que Reacción se mantiene la Inmediata, independencia Dirección de respecto del Responsabilidad procedimiento Fiscal y administrativo Jurisdicción sancionatorio fiscal.

Coactiva)

Observación:

Director Técnico Remitirse al formato y profesional PVCGF-10-20 “Auto asignado por el cual se avoca Profiere auto conocimiento, apertura mediante el cual:

Dirección averiguación Auto de apertura de Sectorial de preliminar, decreto de averiguación i) Se avoca Fiscalización, pruebas y comisión de preliminar, decreto conocimiento, ii)

4 Dirección de funcionario”. Deberá de pruebas y Abre averiguación Reacción asignarse un número comisión de preliminar, iii)

Inmediata, que identifique el funcionario.

Decreta las pruebas Dirección de procedimiento. y iv) Comisiona Responsabilidad funcionario.

Fiscal y Cuando el director Jurisdicción determine en su Coactiva evaluación pertinente el inicio de www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 11 de 43 91 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-91 • 2024 • ENERO • 2 Procedimiento Administrativo Sancionatorio Fiscal Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-10 Versión: 12.0 Puntos de control / No. Responsable Actividad Registro observaciones procedimiento administrativo sancionatorio fiscal, el profesional que informó la ocurrencia del hecho deberá preparar el proyecto de acto administrativo.

Punto de control:

El auto que abre la averiguación preliminar deberá motivarse y decretarse las pruebas que correspondan.

Esta etapa será adelantada en un tiempo prudencial y no deberá superar los cuarenta y cinco (45) días hábiles.

Si como resultado de la averiguación www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 12 de 43 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-92 • 2024 • ENERO • 2 92 Procedimiento Administrativo Sancionatorio Fiscal Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-10 Versión: 12.0 Puntos de control / No. Responsable Actividad Registro observaciones preliminar decide abrir procedimiento administrativo sancionatorio fiscal y formular cargos debe remitirse a la actividad

5.

En caso de determinar que no hay lugar al inicio de un PASF, deberá expedir auto de cierre de averiguación preliminar.

Director Técnico Inicia procedimiento Observación: y profesional administrativo El auto de apertura y asignado sancionatorio fiscal y Auto de apertura y formulación de cargos Dirección formula cargos. formulación de es un acto de trámite Sectorial de Agota el trámite de cargos que da inicio al 5 Fiscalización, notificación personal (PVCGF-10-03) procedimiento Dirección de en los términos del Citación notificación administrativo Reacción artículo 67 del personal sancionatorio fiscal, Inmediata, Código de (PVCGF-10-04) contra el cual no Dirección de Procedimiento procede recurso Responsabilidad Administrativo y de lo alguno. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 13 de 43 93 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-93 • 2024 • ENERO • 2 Procedimiento Administrativo Sancionatorio Fiscal Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-10 Versión: 12.0 Puntos de control / No. Responsable Actividad Registro observaciones Fiscal y Contencioso Durante el curso del Jurisdicción Administrativo. proceso, efectuar Coactiva control de legalidad sobre las actuaciones procesales adelantadas, control que se hará de igual forma cuando el proceso sea reasignado a otro profesional.

Punto de control:

Verifica que el auto de apertura y formulación de cargos contenga como mínimo, los aspectos contemplados en la nota del formato (PVCGF-10-03)

El envío de la citación se hará dentro de los cinco (5) días www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 14 de 43 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-94 • 2024 • ENERO • 2 94 Procedimiento Administrativo Sancionatorio Fiscal Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-10 Versión: 12.0 Puntos de control / No. Responsable Actividad Registro observaciones siguientes a la expedición del acto.

Punto de Control:

Acta de notificación La notificación se personal del auto de realizará acorde con lo Notifica apertura y establecido en los Secretario de la personalmente o por formulación de artículos 67 y dependencia o aviso al implicado del cargos 6 siguientes del Código funcionario que auto de apertura y (PVCGF-10-05) de Procedimiento haga sus veces formulación de o Aviso Administrativo y de lo cargos.

(si aplica)

Contencioso (PVCGF-10-06)

Administrativo.

Gestor Calidad Observación: del Proceso La inclusión de datos Registra dentro de en el aplicativo de los (5) cinco días Director Técnico trazabilidad no es un hábiles siguientes en requisito de legalidad el formulario Resultados de la Dirección de la actuación “Procedimiento Vigilancia y Control a Sectorial de administrativa ni una 7 Administrativo la Gestión Fiscal Fiscalización, condición necesaria Sancionatorio” del (Anexo Trazabilidad)

Dirección de para el trámite normal aplicativo de Reacción del procedimiento, sin Trazabilidad, los Inmediata, embargo, deben ser datos del PASF una Dirección de registrados en el vez se inicia.

Responsabilidad aplicativo de Fiscal y trazabilidad. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 15 de 43 95 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-95 • 2024 • ENERO • 2 Procedimiento Administrativo Sancionatorio Fiscal Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-10 Versión: 12.0 Puntos de control / No. Responsable Actividad Registro observaciones Jurisdicción Punto de control:

Coactiva Los datos deben ser registrados de manera oportuna, teniendo en cuenta la fecha del auto de apertura y formulación de cargos.

Será responsabilidad del profesional asignado y el directivo de cada dependencia mantener actualizados, completos y en términos, estos registros que sirven de insumo para reportes oficiales a otros entes de control y otras instancias jerárquicas.

Punto de control:

Secretario de la Recibe el Los servidores Dependencia o Descargos 8 documento de públicos o particulares Funcionario que (documento externo) descargos en tiempo vinculados a un haga sus veces procedimiento www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 16 de 43 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-96 • 2024 • ENERO • 2 96 Procedimiento Administrativo Sancionatorio Fiscal Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-10 Versión: 12.0 Puntos de control / No. Responsable Actividad Registro observaciones administrativo sancionatorio fiscal, podrán responder por escrito a cada uno de los cargos que se le imputa y aportar o pedir las pruebas que acrediten sus descargos, para lo cual contarán con el término de cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación del auto de apertura y formulación de cargos.

Profesional Proyecta el auto que Petición de práctica Punto de control: asignado resuelve la solicitud de pruebas La práctica de las probatoria.

(si aplica) pruebas será Director Técnico (Documento Externo decretada dentro de El director técnico Auto de pruebas los cinco (5) días 9 Dirección suscribe auto de (PVCGF-10-08) hábiles siguientes al Sectorial de trámite que señala el vencimiento del Fiscalización, periodo probatorio, Asignación de término para presentar Dirección de funcionario para la decreta la práctica de los descargos al auto Reacción práctica de pruebas de apertura y las pruebas, de oficio Inmediata,, (si aplica) o a petición de parte. formulación de cargos. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 17 de 43 97 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-97 • 2024 • ENERO • 2 Procedimiento Administrativo Sancionatorio Fiscal Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-10 Versión: 12.0 Puntos de control / No. Responsable Actividad Registro observaciones Dirección de Contra el cual no (PGD-07-02)

Responsabilidad procede recurso Las pruebas se Fiscal y alguno. Se notifica Auto que niega la practicarán en un Jurisdicción de conformidad con práctica de pruebas periodo máximo de Coactiva el artículo 67 y (si aplica) diez (10) días hábiles. siguientes del Código Notificación personal Cuando sean tres de Procedimiento del auto que niega la (3) o más investigados Administrativo y de lo práctica de pruebas o se deban practicar Contencioso en el exterior el Administrativo.

(si aplica) o Aviso del término probatorio auto que niega la podrá ser hasta de Si es necesario, práctica de pruebas treinta (30) días mediante (si aplica) hábiles. memorando, asigna (PVCGF-10-06) un funcionario del De las pruebas nivel profesional para Pruebas practicadas se corre la práctica de las (si aplica) traslado al investigado pruebas o suscribe Auto que rechaza auto que niega la por el término de cinco pruebas práctica de las (5) días hábiles.

(si aplica) pruebas, Contra el cual no procede Punto de Control: recurso alguno. Se Serán admisibles todos los medios de notifica de prueba señalados en conformidad con el artículo 67 y el Código General del www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 18 de 43 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-98 • 2024 • ENERO • 2 98 Procedimiento Administrativo Sancionatorio Fiscal Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-10 Versión: 12.0 Puntos de control / No. Responsable Actividad Registro observaciones siguientes del Código Proceso, y serán de Procedimiento rechazadas mediante Administrativo y de lo auto de manera Contencioso motivada las Administrativo. inconducentes, impertinentes y superfluas y no se atenderán las extemporáneas o practicadas ilegalmente.

Director Técnico o Profesional asignado Observación:

Soportar mediante Dirección actas o registro Sectorial de Practica las pruebas documental, en las Fiscalización, de acuerdo con la que conste el 10 Dirección de asignación realizada N/A desarrollo de las pruebas decretadas de Reacción por el servidor oficio o a petición de Inmediata, competente. alguno de los Dirección de investigados o sus Responsabilidad Fiscal y apoderados.

Jurisdicción Coactiva www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 19 de 43 99 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-99 • 2024 • ENERO • 2 Procedimiento Administrativo Sancionatorio Fiscal Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-10 Versión: 12.0 Puntos de control / No. Responsable Actividad Registro observaciones Proyecta el auto que corre traslado para presentar los alegatos respectivos.

Profesional asignado.

El director expide el auto que corre Director Técnico traslado al investigado por diez Dirección (10) días hábiles Auto que corre el Sectorial de para que presente traslado para la Fiscalización, los alegatos N/A 11 presentación de Dirección de respectivos, vencido alegatos Reacción el periodo probatorio.

Inmediata, Dirección de Se notifica de Responsabilidad conformidad con el Fiscal y artículo 67 y Jurisdicción siguientes del Código Coactiva de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Profesional Proyecta la Resolución que Punto de control:

12 asignado resolución mediante impone sanción de la cual decide el www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 20 de 43 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-100 • 2024 • ENERO • 2 100 Procedimiento Administrativo Sancionatorio Fiscal Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-10 Versión: 12.0 Puntos de control / No. Responsable Actividad Registro observaciones Director Técnico procedimiento multa (PVCGF-10- El acto administrativo administrativo

10)

que ponga fin al Dirección sancionatorio fiscal, procedimiento Sectorial de imponiendo sanción Auto por el cual se administrativo Fiscalización, al implicado o archiva el sancionatorio fiscal Dirección de archivando el procedimiento deberá contener como Reacción proceso. administrativo mínimo lo establecido Inmediata, sancionatorio fiscal en el artículo 49 del Dirección de La decisión se (PVCGF-10-12)

Código de Responsabilidad deberá proferir Procedimiento Fiscal y dentro de los quince Administrativo y de lo Jurisdicción (15) días hábiles Contencioso Coactiva siguientes a la Administrativo. presentación de los alegatos o al El trámite de la vencimiento del Resolución término concedido correspondiente se para el efecto si no debe realizar conforme se presentan. al procedimiento para la elaboración y Lo anterior, control de previendo además resoluciones que no se haya ordinarias vigente. perdido la facultad sancionatoria fiscal. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 21 de 43 101 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-101 • 2024 • ENERO • 2 Procedimiento Administrativo Sancionatorio Fiscal Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-10 Versión: 12.0 Puntos de control / No. Responsable Actividad Registro observaciones Elabora y remite Director Técnico citación al implicado y Profesional para que asignado comparezca a notificarse del acto Dirección administrativo.

Sectorial de Fiscalización, Citación notificación Agota el trámite de Dirección de Personal (PVCGF- N/A 13 notificación personal Reacción 10-04) en los términos del Inmediata, artículo 67 del Dirección de Código de Responsabilidad Procedimiento Fiscal y Administrativo y de lo Jurisdicción Contencioso Coactiva Administrativo.

Diligencia de Punto de control:

Notifica notificación de la La notificación se personalmente o por resolución que realizará acorde con lo aviso, al implicado o Secretario de la impone sanción establecido en los a su apoderado del Dependencia o (PVCGF-10-11) artículos 67 y acto administrativo 14 Funcionario que siguientes del Código decisorio del haga sus veces Aviso de la de Procedimiento procedimiento resolución que Administrativo y de lo administrativo impone sanción de Contencioso sancionatorio fiscal. multa (si aplica)

Administrativo. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 22 de 43 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-102 • 2024 • ENERO • 2 102 Procedimiento Administrativo Sancionatorio Fiscal Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-10 Versión: 12.0 Puntos de control / No. Responsable Actividad Registro observaciones Acta de notificación personal del Auto de archivo (si aplica)

(PVCGF-10-13)

Aviso del auto de archivo (si aplica)

Gestor Calidad Punto de control:

Registra en el del Proceso Los datos deben ser formulario registrados de manera “Procedimiento Director Técnico oportuna. administrativo Sancionatorio” del Dirección Será responsabilidad aplicativo de Resultados de la Sectorial de del profesional Trazabilidad, los Vigilancia y Control a Fiscalización, asignado y del 15 datos del acto la Gestión Fiscal Dirección de directivo de cada administrativo (Anexo Trazabilidad)

Reacción dependencia mantener decisorio del actualizados, Inmediata, proceso, completos y en Dirección de simultáneamente a términos, estos Responsabilidad las actuaciones o Fiscal y registros que sirven de autos según Jurisdicción insumo para reportes corresponda.

Coactiva) oficiales a otros entes www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 23 de 43 103 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-103 • 2024 • ENERO • 2 Procedimiento Administrativo Sancionatorio Fiscal Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-10 Versión: 12.0 Puntos de control / No. Responsable Actividad Registro observaciones de control y otras instancias jerárquicas.

Observación:

Los recursos de reposición y apelación Recibe el escrito que deberán interponerse contiene el recurso dentro de los términos interpuesto por el señalados en el sancionado o su Recurso de artículo 49A del apoderado reposición contra Código de reconocido en la auto de archivo (si Procedimiento actuación. aplica) Citación Administrativo y de lo Secretario de la notificación Personal Contencioso Recursos que Dependencia o (PVCGF-10-04)

Administrativo.; con la 16 proceden en el funcionario que expresión concreta de PASF: haga sus veces Presentación los motivos de la personal del inconformidad, Reposición, apoderado no indicando el nombre y Apelación y Queja. reconocido (si aplica) dirección del (PVCGF-10-14) recurrente, así como la En caso de no dirección electrónica, presentar recursos continúa con la si desea ser notificado por este medio y las actividad N° 27. pruebas que se pretenden hacer valer. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 24 de 43 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-104 • 2024 • ENERO • 2 104 Procedimiento Administrativo Sancionatorio Fiscal Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-10 Versión: 12.0 Puntos de control / No. Responsable Actividad Registro observaciones Suscribe la Observación:

Resolución que El trámite para resuelve el recurso resolver los recursos de reposición, será el consagrado en reponiendo o el artículo 49A del confirmando la Código de decisión inicial.

Procedimiento Director Técnico Administrativo y de lo Dirección En caso de reponer Contencioso Sectorial de Resolución que la decisión continúa Administrativo. y lo Fiscalización, decide un recurso de con la actividad N° que no esté regulado, Dirección de reposición (PVCGF-

27.

se aplicarán los Reacción 10-15) artículos 74 y 17 Inmediata, Elabora y remite siguientes del Código Dirección de Citación notificación citación al implicado de Procedimiento Responsabilidad Personal (PVCGF- para que Administrativo y de lo Fiscal y 10-04) comparezca a Contencioso Jurisdicción notificarse del acto Administrativo.

Coactiva administrativo en los términos del artículo Punto de control:

67 del Código de Se debe garantizar el Procedimiento cumplimiento de los Administrativo y de lo términos de ley Contencioso establecidos para Administrativo. resolver los recursos www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 25 de 43 105 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-105 • 2024 • ENERO • 2 Procedimiento Administrativo Sancionatorio Fiscal Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-10 Versión: 12.0 Puntos de control / No. Responsable Actividad Registro observaciones de reposición y en subsidio de apelación.

Observación:

Se debe realizar un análisis de Citación notificación procedencia y personal de la oportunidad de los Resolución que recursos interpuestos decide recurso de y en caso de negar el Notifica al implicado reposición (PVCGF- de apelación, del acto que resuelve 10-04) procederá el recurso el recurso de de queja. reposición.

Acta de notificación Secretario de la personal de la Este último, se Dependencia o Agota el trámite de 18 resolución por la cual Funcionario que interpone directamente notificación en los se decide recurso de haga sus veces ante el superior términos del Código reposición (PVCGF- funcional de la de Procedimiento 10-16)

Administrativo y de lo autoridad Contencioso administrativa que ha Aviso de la Administrativo. negado el recurso, es Resolución por la facultativo, al escrito cual se decide debe acompañarse de recurso de copia de la providencia reposición. nugatoria del recurso. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 26 de 43 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-106 • 2024 • ENERO • 2 106 Procedimiento Administrativo Sancionatorio Fiscal Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-10 Versión: 12.0 Puntos de control / No. Responsable Actividad Registro observaciones Punto de control:

El recurso de queja se interpone dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación de la decisión, que niega el recurso de apelación.

Habiendo determinado la procedencia de los recursos se debe resolver de fondo los cargos propuestos.

Gestor Calidad Registra en el Punto de control: del Proceso formulario Los datos deben ser “Procedimiento registrados de manera Director Técnico administrativo oportuna.

Sancionatorio” del Resultados de la Dirección aplicativo de Será responsabilidad Vigilancia y Control a 19 Sectorial de Trazabilidad, los del profesional la Gestión Fiscal Fiscalización, datos de la decisión asignado y el directivo (Anexo Trazabilidad)

Dirección de del recurso de de cada dependencia Reacción reposición, con los mantener Inmediata, radicados de las actualizados, Dirección de actuaciones o autos completos y en Responsabilidad según corresponda. términos, estos www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 27 de 43 107 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-107 • 2024 • ENERO • 2 Procedimiento Administrativo Sancionatorio Fiscal Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-10 Versión: 12.0 Puntos de control / No. Responsable Actividad Registro observaciones Fiscal y registros que sirven de Jurisdicción insumo para reportes Coactiva oficiales a otros entes de control y otras instancias jerárquicas Remite el PASF al Director Técnico Contralor, a través de la Dirección de Dirección Apoyo al Despacho, Sectorial de área que remitirá a la Fiscalización, Recurso de Dirección Jurídica, Punto de control:

Dirección de apelación o queja (si Se enviará dentro de para que sustancie el Reacción aplica) los cinco (5) días proyecto de acto Inmediata, Solicitud proyecto 20 hábiles siguientes a la administrativo que Dirección de resolución para notificación del auto resuelve el recurso Responsabilidad resolver recurso de de apelación o queja, que resuelve el Fiscal y apelación o queja (si si fue interpuesto. recurso de reposición.

Jurisdicción aplica) (PGD-07-02 Coactiva, En caso de no Dirección de presentar recurso Apoyo al continúa con la Despacho actividad N° 27.

Director Técnico Asigna a un asesor o Punto de control:

Asesor, profesional para El recurso de 21 Profesional sustanciar y apelación o queja proyectar la contra el acto www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 28 de 43 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-108 • 2024 • ENERO • 2 108 Procedimiento Administrativo Sancionatorio Fiscal Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-10 Versión: 12.0 Puntos de control / No. Responsable Actividad Registro observaciones Dirección resolución que administrativo que Jurídica resuelve el recurso impone la sanción de queja o apelación. deberá ser decidido, en un término de (3) meses contados a partir del acto que resolvió el recurso de reposición.

Director Técnico Revisa, aprueba, firma y remite para Remisión resolución Dirección conocimiento del que decide un Jurídica Contralor a través de 22 recurso de apelación N/A la Dirección de o queja (si aplica)

Dirección de Apoyo al Despacho (PGD-07-02)

Apoyo al el Proyecto de Despacho resolución.

Suscribe el acto administrativo que resuelve recurso de Resolución por la apelación o queja, cual se decide un confirmando o N/A recurso de apelación 23 Contralor de Bogotá revocando la o queja decisión dictada por (PVCGF-10-17) el ejecutor de primera instancia y lo devuelve a la www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 29 de 43 109 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-109 • 2024 • ENERO • 2 Procedimiento Administrativo Sancionatorio Fiscal Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-10 Versión: 12.0 Puntos de control / No. Responsable Actividad Registro observaciones Dirección de Apoyo al Despacho, para que lo remita a la Dirección Jurídica.

Remite el proyecto Director Técnico de resolución a la Dirección de Talento 24 N/A N/A Dirección Humano para Jurídica numeración.

Enumera y devuelve a la Dirección Profesional o Jurídica la resolución técnico para que se surta el 25 N/A N/A proceso de Dirección de notificación a través Talento Humano de Secretaría Común.

Notifica al implicado Citación notificación la decisión de la personal de la Director Técnico apelación o queja.

Resolución que decide recurso de Profesional 26 Declara la ejecutoria apelación o queja N/A del acto (PVCGF-10-04)

Dirección administrativo que Jurídica resuelve recurso de Acta de notificación apelación para personal de la www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 30 de 43 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-110 • 2024 • ENERO • 2 110 Procedimiento Administrativo Sancionatorio Fiscal Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-10 Versión: 12.0 Puntos de control / No. Responsable Actividad Registro observaciones efectos del pago Resolución que voluntario o del cobro decide recurso de por jurisdicción apelación o queja coactiva.

(PVCGF-10-16)

Aviso de la Informa y remite el Resolución que expediente a la decide recurso de Dirección Sectorial apelación o queja de Fiscalización correspondiente la Constancia de firmeza del acto ejecutoria y firmeza administrativo. de la resolución que decide recurso de apelación o queja (PVCGF-10-18)

Director Técnico Observación:

Informa de manera y Profesional Es de exclusiva inmediata y oportuna asignado competencia del al representante Contralor de Bogotá, legal, superior Dirección D.C. promover ante la jerárquico o 27 Sectorial de autoridad nominador de la Fiscalización, correspondiente, la entidad donde labora Dirección de solicitud de remoción, el indiciado, sobre la Reacción suspensión o constancia de Inmediata, terminación del ejecutoria y firmeza Dirección de contrato por justa www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 31 de 43 111 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-111 • 2024 • ENERO • 2 Procedimiento Administrativo Sancionatorio Fiscal Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-10 Versión: 12.0 Puntos de control / No. Responsable Actividad Registro observaciones Responsabilidad de la resolución, causa de que tratan Fiscal y para: los artículos 99 y 102 Jurisdicción de la Ley 42 de 1993.

Coactiva *En caso de requerirse continuar con el trámite del descuento que proceda por nómina o *La suspensión a que haya lugar.

Director Técnico y Profesional Envía copia de la asignado resolución sancionatoria al Remisión copia de la Dirección Tesorero de la Observación resolución que Sectorial de Contraloría de Cuando se imponga decide recurso de Fiscalización, Bogotá, D.C., y sanción de multa y se apelación o queja al 28 Dirección de solicita certificación encuentre en firme la tesorero de la Reacción del pago de la Resolución entidad Inmediata, sanción, dentro del sancionatoria (PGD-07-02)

Dirección de término establecido Responsabilidad en el acto Fiscal y administrativo Jurisdicción sancionatorio.

Coactiva www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 32 de 43 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-112 • 2024 • ENERO • 2 112 Procedimiento Administrativo Sancionatorio Fiscal Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-10 Versión: 12.0 Puntos de control / No. Responsable Actividad Registro observaciones Punto de control El pago debe ser realizado dentro de los diez (10) días hábiles Certifica el pago o no siguientes a la pago de la sanción ejecutoria de la impuesta, por parte Resolución.

Certificado de pago o del sancionado, 29 Tesorero no pago de la comunicándolo a la El sancionado debe sanción impuesta Dirección Sectorial efectuar la de Fiscalización Consignación y correspondiente. reportar el pago según lo ordenado en el acto administrativo sancionatorio.

Gestor Calidad En caso de recibir Punto de control: del Proceso pago:

Será responsabilidad del profesional Director Técnico Registra en el asignado y el directivo Resultados de la formulario de cada dependencia Vigilancia y Control a 30 Dirección “Procedimiento mantener la Gestión Fiscal Sectorial de administrativo actualizados, (Anexo Trazabilidad)

Fiscalización, Sancionatorio” del completos y en Dirección de aplicativo de términos, estos Reacción Trazabilidad, los registros que sirven de Inmediata, datos del pago de insumo para reportes www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 33 de 43 113 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-113 • 2024 • ENERO • 2 Procedimiento Administrativo Sancionatorio Fiscal Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-10 Versión: 12.0 Puntos de control / No. Responsable Actividad Registro observaciones Dirección de multas, con los oficiales a otros entes Responsabilidad radicados de las de control y otras Fiscal y actuaciones o autos instancias jerárquicas Jurisdicción según corresponda.

Coactiva Director Técnico Traslada resolución Dirección de imposición de Traslado copia de la Sectorial de Observación: multa que se resolución que La Resolución que Fiscalización, encuentre impone sanción de impone sanción de Dirección de debidamente multa (ejecutoriada) multa presta mérito 31 Reacción ejecutoriada para a la Subdirección de ejecutivo para cobro Inmediata, cobro por Jurisdicción Coactiva por Jurisdicción Dirección de Jurisdicción Coactiva (PGD-07-02)

Responsabilidad Coactiva. y cuyo monto no se Fiscal y haya cancelado.

Jurisdicción Coactiva Subdirector de Da trámite al proceso 32 Jurisdicción de cobro coactivo N/A N/A Coactiva respectivo Actualiza en el Punto de control:

Resultados de la Gestor Calidad formulario Será responsabilidad Vigilancia y Control a 33 del Proceso “Procedimiento del profesional la Gestión Fiscal administrativo asignado y el directivo (Anexo Trazabilidad)

Sancionatorio” del de cada dependencia www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 34 de 43 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-114 • 2024 • ENERO • 2 114 Procedimiento Administrativo Sancionatorio Fiscal Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-10 Versión: 12.0 Puntos de control / No. Responsable Actividad Registro observaciones Director Técnico aplicativo de mantener y profesional Trazabilidad, los actualizados, asignado datos del pago por completos y en cobro coactivo de la términos, estos Dirección multa, registros que sirven de Sectorial de simultáneamente con insumo para reportes Fiscalización, los radicados de las oficiales a otros entes Dirección de actuaciones o autos de control y otras Reacción según corresponda. instancias jerárquicas Inmediata, Dirección de Responsabilidad Fiscal y Jurisdicción Coactiva Director Técnico Entrega el Punto de Control expediente del Aplica procedimiento Dirección procedimiento para la organización y Sectorial de administrativo transferencias Fiscalización, sancionatorio fiscal al documentales del N/A 34 Dirección de administrador de proceso de Gestión Reacción archivo de la Documental Inmediata, Dirección, una vez especialmente el Dirección de sean culminadas numeral 5.1 Responsabilidad todas las Organización Fiscal y actuaciones documental y formato www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 35 de 43 115 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-115 • 2024 • ENERO • 2 Procedimiento Administrativo Sancionatorio Fiscal Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-10 Versión: 12.0 Puntos de control / No. Responsable Actividad Registro observaciones Jurisdicción PGD-05-07 – Coactiva)

Instructivo para la conformación de expedientes. Para evitar la pérdida, modificación o acceso no autorizado a la información que conforma los expedientes del procedimiento administrativo sancionatorio fiscal será responsabilidad de su custodia quien este atendiendo el expediente en desarrollo de este y cuando este se encuentre finalizado y entregado el expediente a la Dirección, será responsabilidad del Administrador del www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 36 de 43 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-116 • 2024 • ENERO • 2 116 Procedimiento Administrativo Sancionatorio Fiscal Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-10 Versión: 12.0 Puntos de control / No. Responsable Actividad Registro observaciones Archivo de la Dependencia.

El Director debe propender por la asignación adecuada a los derechos de acceso para consulta y utilización de los expedientes.

Observación:

Para la preservación del expediente se debe tener en cuenta lo establecido en los procedimientos de gestión documental, en cuanto a: identificación, medio de almacenamiento, protección, entre otros.

Registra en el Observación:

Profesional, Resultados de la formulario Anexo 4 Se deben incluir todos 35 Asesor o Vigilancia y Control a “Procedimiento aquellos Gerente la Gestión Fiscal administrativo procedimientos www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 37 de 43 117 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-117 • 2024 • ENERO • 2 Procedimiento Administrativo Sancionatorio Fiscal Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-10 Versión: 12.0 Puntos de control / No. Responsable Actividad Registro observaciones asignado por el Sancionatorio” del (Anexo 3 administrativos Director aplicativo de Trazabilidad) sancionatorios que Trazabilidad, los tuvieron algún trámite datos de los durante la vigencia, procesos así hayan sido administrativos abiertos en la vigencia sancionatorios una anterior. vez se apertura cada procedimiento Punto de control: administrativo Los datos deben ser sancionatorio y registrados dentro de dentro de los los cinco (5) días términos hábiles siguientes a la establecidos. Para la fecha del Auto de información de Apertura y Sanción, multas, fin Formulación de del proceso, traslado Cargos. a jurisdicción coactiva o recaudos Será responsabilidad de los PASF del nivel directivo de cada dependencia mantener actualizados, completos y en términos, estos registros que sirven de www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 38 de 43 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-118 • 2024 • ENERO • 2 118 Procedimiento Administrativo Sancionatorio Fiscal Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-10 Versión: 12.0 Puntos de control / No. Responsable Actividad Registro observaciones insumo para reportes oficiales a otros entes de control y otras instancias jerárquicas Verifica que la información reportada en el Punto de Control aplicativo de Director Técnico El sistema dejará trazabilidad sea 36 Sectorial de registro de las consistente, veraz y Fiscalización modificaciones y refleje el resultado de ajustes realizados la gestión realizada por la Dependencia.

6. FORMATOS Y OTROS DOCUMENTOS RELACIONADOS AL PROCEDIMIENTO

1. PVCGF-10-01 Instructivo para el desarrollo del PASF en la CB

2. PVCGF-10-02 Solicitud de evaluación sobre posible inicio de PASF

3. PVCGF-10-03 Auto de apertura y formulación cargos

4. PVCGF-10-04 Citación notificación personal

5. PVCGF-10-05 Acta notificación auto apertura

6. PVCGF-10-06 Aviso

7. PVCGF-10-08 Auto de pruebas

8. PVCGF-10-10 Resolución impone sanción multa

9. PVCGF-10-11 Diligencia notificación resolución

10. PVCGF-10-12 Auto archiva PASF

11. PVCGF-10-13 Acta de notificación de archivo del PASF

www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 39 de 43 119 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-119 • 2024 • ENERO • 2 Procedimiento Administrativo Sancionatorio Fiscal Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-10 Versión: 12.0

12. PVCGF-10-14 Presentación personal

13. PVCGF-10-15 Resolución que decide recurso de reposición

14. PVCGF-10-16 Acta de notificación recurso de reposición

15. PVCGF-10-17 Resolución decide recurso apelación

16. PVCGF-10-18 Constancia ejecutoria y firmeza

17. PVCGF-10-19 Memorando designación profesional

18. PVCGF-10-20 Apertura averiguación preliminar

19. PVCGF-10-21 Auto de cierre de averiguación preliminar

7. CONTROL DE CAMBIOS

Resolución Versión Reglamentaria y Descripción de la Modificación Fecha Resolución Si requiere ver la trazabilidad consultar la Resolución Reglamentaria 1.0 Reglamentaria.

N° 04 6-Feb/03 Resolución Si requiere ver la trazabilidad consultar la Resolución Reglamentaria 2.0 Reglamentaria.

N° 30 21-May/03 Resolución Si requiere ver la trazabilidad consultar la Resolución Reglamentaria 2.0 Reglamentaria.

N° 48 30-Sep/03 Resolución Si requiere ver la trazabilidad consultar la Resolución Reglamentaria 3.0 Reglamentaria.

N° 51 30-Dic/04 Si requiere ver la trazabilidad consultar la Resolución 4.0 Resolución Reglamentaria Reglamentaria. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 40 de 43 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-120 • 2024 • ENERO • 2 120 Procedimiento Administrativo Sancionatorio Fiscal Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-10 Versión: 12.0 Resolución Versión Reglamentaria y Descripción de la Modificación Fecha N° 18 14-Ago/06 Resolución Si requiere ver la trazabilidad consultar la Resolución 5.0 Reglamentaria Reglamentaria.

N° 29 3-Nov/09 Resolución Si requiere ver la trazabilidad consultar la Resolución 6.0 Reglamentaria Reglamentaria.

N° 07 31-Mar/11 Resolución Si requiere ver la trazabilidad consultar la Resolución 7.0 Reglamentaria Reglamentaria.

N° 33 28-Dic/12 Resolución Si requiere ver la trazabilidad consultar la Resolución 8.0 Reglamentaria Reglamentaria.

N° 28 9-Jul/13 Resolución Si requiere ver la trazabilidad consultar la Resolución 9.0 Reglamentaria Reglamentaria.

N° 29 8-Sep/17 Se realizaron los siguientes ajustes de acuerdo a los cambios normativos generados por el Decreto Ley 403 del 16 de marzo 2020, así como aspectos de mejora:

Resolución Se ajustó el objetivo, el alcance y las definiciones del 10.0 Reglamentaria procedimiento.

N° 29 26-Jun/19 Se eliminó la actividad 4 y 29 Se adicionaron las actividades 2, 18, 26, 27, 30, 31, 34, 35, 37, y 38 www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 41 de 43 121 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-121 • 2024 • ENERO • 2 Procedimiento Administrativo Sancionatorio Fiscal Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-10 Versión: 12.0 Resolución Versión Reglamentaria y Descripción de la Modificación Fecha Se modificó el responsable, descripción y punto de control de la actividad 3 Se ajustaron los responsables de las actividades 8, 9, 10, 11, 14 y 37 Se modificó el punto de control de la actividad 25 Se modificó la descripción de la actividad 14, 33, 34 y 39 antes numeradas con 15, 27, 29 y 31 respectivamente Se incluyó lo descrito en el artículo 85 del Decreto Ley 403 de 2020, en cuanto a que la Contraloría de Bogotá llevará un registro público de las sanciones administrativas fiscales impuestas.

La Corte Constitucional, mediante Sentencia C-209- 2023, declaró inexequibilidad de los artículos 78, 79, 80, 81, 82, 83 numeral 1°, 84 numeral 1°, 85, 86, 87 y 88 del Decreto Ley 403 de 2020, correspondientes a la regulación del trámite del procedimiento administrativo sancionatorio fiscal y la reviviscencia de los artículos 99 Resolución al 104 de la Ley 42 de 1993 y del segundo parágrafo del 11.0 Reglamentaria artículo 114 de la Ley 1474 de 2011.

025 12 nov/20 Se ajusta a la nueva estructura según formato de procedimiento del Procedimiento para mantener la información documentada del SIG.

En todos los formatos se ajusta encabezado eliminando código de documento y versión y se pasa la paginación del encabezado al pie de página. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 42 de 43 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-122 • 2024 • ENERO • 2 122 Procedimiento Administrativo Sancionatorio Fiscal Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PVCGF-10 Versión: 12.0 Resolución Versión Reglamentaria y Descripción de la Modificación Fecha Se incorporan los formatos 19 y 20.

Resolución Reglamentaria N° 037 del 28 de 12.0 diciembre de 2023 Responsable de Proceso que Aprueba Cargo Contralor Auxiliar Dependencia Despacho del Contralor Auxiliar Nombre Completo JAVIER TOMÁS REYES BUSTAMANTE Firma Director de Planeación que Realiza Revisión Técnica Nombre Completo SANDRA PATRICIA BOHÓRQUEZ GONZÁLEZ Firma www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 43 de 43 123 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-123 • 2024 • ENERO • 2 DECRETOS LOCALES DE 2023 ALCALDÍA LOCAL DE TEUSAQUILLO DECRETO LOCAL Nº 020 (28 de noviembre de 2023)

“Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal 2023”.

EL ALCALDE LOCAL DE TEUSAQUILLO (E).

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 31 del Decreto 372 de 2010 y,

CONSIDERANDO:

Que según los establecido en el párrafo tercero del artículo 31 del Decreto 372 de 2010, estipula: “Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el alcalde Local”.

Que el parágrafo único del artículo 10 del Decreto 192 de 2021, dispone que …“Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en gastos de funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones o constitutivas de factor salarios siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministritos, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de servicios y Otros Gastos Generales)”.

Que es obligación de las Entidades del Estado asegurar sus bienes e intereses patrimoniales. A través de la celebración de contratos de seguros, las Entidades Estatales buscan proteger su patrimonio contra la mayor cantidad de riesgos a los cuales se encuentra expuesto.

Que en cumplimiento de lo previsto en los Decretos 1421 de 1993 y 854 de 2001, el Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo ha adquirido elementos para el funcionamiento y cumplimiento de las funciones a cargo de la Alcaldía Local de Teusaquillo y sus diferentes dependencias que la conforman, así como los bienes destinados a satisfacer las necesidades de la comunidad de Teusaquillo, es por esta razón que se hace necesaria la adquisición de las pólizas de seguro que cubra todos los bienes y activos patrimoniales y extra patrimoniales a cargo de la localidad.

Que existe un saldo de apropiación disponible en el rubro de gastos de funcionamiento O21202020080282130 “Servicios de documentación y certificación jurídica” por valor de $312.000, el cual puede ser utilizado para fortalecer rubros necesarios para el desarrollo de la gestión institucional.

Que, en consecuencia, dichos recursos serán adicionados al rubro O212020200701030571354 “Servicios de seguros contra incendio, terremoto o sustracción” por valor de $312.000, dicha adición le permitirá a la Administración Local dar cumplimiento al desarrollo de su misionalidad, amparando los intereses Alcaldía Local de Teusaquillo Transversal 18 bis # 38-41 Tel. 2870094 Información Línea 195 www.teusaquillo.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-124 • 2024 • ENERO • 2 124 Continuación DECRETO LOCAL No. 020 DE 2023 28/11/2023 “Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal 2023”. Página 2 de 3 patrimoniales, así como los bienes que estén bajo su responsabilidad, custodia, cuidado y control, o por los que pueda ser legalmente responsable en el desarrollo de su actividad.

Que, en mérito de lo anteriormente expuesto:

DECRETA:

Artículo 1.

- Efectúese un contra crédito al Presupuesto de Gastos de la vigencia 2023 del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo de acuerdo con el siguiente detalle:

CÓDIGO NOMBRE CONTRA CRÉDITO O2 Gastos $ 312.000 O21 Funcionamiento $ 312.000 O212 Adquisición de bienes y servicios $ 312.000 O21202 Adquisición de diferentes activos $ 312.000 O2120202 Adquisición de servicios $ 312.000 O2120202008 Servicios prestados a las empresas y servicios de producción $ 312.000 O212020200802 Servicios jurídicos y contables $ 312.000 O21202020080282130 Servicios de documentación y certificación jurídica $ 312.000 TOTAL CREDITOS $ 312.000

Artículo 2º.

– Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos de funcionamiento de la vigencia fiscal 2023 del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo de conformidad con el siguiente detalle:

CÓDIGO NOMBRE CRÉDITO O2 Gastos $ 312.000 O21 Funcionamiento $ 312.000 O212 Adquisición de bienes y servicios $ 312.000 O21202 Adquisición de diferentes activos $ 312.000 O2120202 Adquisición de servicios $ 312.000 O2120202007 Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing $ 312.000 O212020200701 Servicios financieros y servicios conexos $ 312.000 Alcaldía Local de Teusaquillo Transversal 18 bis # 38-41 Tel. 2870094 Información Línea 195 www.teusaquillo.gov.co 125 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-125 • 2024 • ENERO • 2 Continuación DECRETO LOCAL No. 020 DE 2023 28/11/2023 “Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal 2023”. Página 3 de 3 CÓDIGO NOMBRE CRÉDITO O21202020070103 Servicios de seguros y pensiones (excepto los servicios de reaseguro y de seguridad social de afiliación obligatoria) $ 312.000 $ 312.000 O2120202007010305 Otros servicios de seguros distintos a los seguros de vida (excepto los servicios de reaseguro)

O212020200701030571354 Servicios de Seguros contra incendio, terremoto o sustracción $ 312.000 TOTAL CREDITOS $ 312.000

Artículo 3º.

- Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, deberán ser informadas las Secretarías Distritales de Hacienda, de Gobierno y la Junta Administradora Local, para lo de su competencia.

Artículo 4º.

- Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.

Artículo 5º.

- Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los 28 días del mes de noviembre de 2023.

ROSA ISABEL MONTERO TORRES Alcaldesa Local de Teusaquillo (E)

Proyectó: Natalia Andrea Centeno – Profesional de Presupuesto FDLT Revisó: Carolina Suarez Profesional Especializada 222-24 Luz Dary Ayala Palacio Contratista –Despacho Alcaldía Local de Teusaquillo Transversal 18 bis # 38-41 Tel. 2870094 Información Línea 195 www.teusaquillo.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-126 • 2024 • ENERO • 2 126 DECRETO LOCAL Nº 027 (28 de diciembre de 2023)

“Por medio del cual se liquida el presupuesto anual de ingresos y gastos de la Alcaldía Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2024”.

LA ALCALDESA LOCAL DE TEUSAQUILLO (E). En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 19 del Decreto 372 de 2010 y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 17 del Decreto 372 de 2010 dispone que "La JAL deberá expedir el Presupuesto Anual del respectivo F.D.L, antes de la media noche del 15 de diciembre; si no lo hace regirá el proyecto presentado por el Alcalde Local, incluyendo las modificaciones que hayan sido aprobadas durante los debates. En dicho caso, el Alcalde Local deberá expedirlo mediante Decreto a nivel de agregados y luego liquidarlo mediante Decreto a nivel de programas y proyectos.

El proyecto de presupuesto deberá estudiarse en dos debates en días distintos, efectuados uno en comisión de presupuesto y el otro en sesión plenaria de la Corporación. Las decisiones se tomarán con el voto favorable de la mayoría de ellos, siempre que haya quorum. En el primer debate se realizará la consideración y discusión del proyecto y se aprobaran las modificaciones a que haya lugar y en el segundo se le dará aprobación definitiva, en este no se podrán introducir modificaciones o adiciones al texto aprobado en primer debate.".

Que la Alcaldesa Local presento el 04 de diciembre de 2023 el proyecto de presupuesto a nivel de agregados para estudio y aprobación de la JAL cumpliendo con lo establecido en el artículo 15 del Decreto 372 de 2010.

Que en atención a la anterior disposición, la Junta Administradora Local de Teusaquillo, en sesión realizada el día 14 de diciembre de 2023, con acta No. 1033, presentó ponencia negativa al proyecto de Acuerdo Local, en primer debate la votación a esta ponencia fue de cuatro (4) negativos rechazando la ponencia y tres (3) votos positivos por la ponencia ganando así los ediles y edilesas que negaban la ponencia.

Que como consecuencia de lo anterior y con fundamento en el artículo 17 del Decreto 372 de 2010, la Alcaldesa Local (E), expidió el día 20 de diciembre del año en curso el Decreto Local No. 25 de 2023 “Por medio del cual se expidió el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024”.

Que en virtud de lo establecido por el artículo 19 del Decreto 372 de 2010, corresponde a la Alcaldesa Local, expedir el Decreto de liquidación del presupuesto Anual de ingresos y Gastos a nivel de programas Alcaldía Local de Teusaquillo Transversal 18 bis # 38-41 Tel. 2870094 Información Línea 195 www.teusaquillo.gov.co 127 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-127 • 2024 • ENERO • 2 Continuación DECRETO LOCAL No. 027 DE 2023 28 de diciembre de 2023 “Por medio del cual se liquida el presupuesto anual de ingresos y gastos de la Alcaldía Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2024”.

Página 2 de 12 y proyectos. En consecuencia, a ello se procederá.

Que en mérito de lo expuesto;

DECRETA:

Artículo 1.

- Fijar el Presupuesto Anual de Ingresos del FDL de Teusaquillo para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero al 31 de diciembre de 2024, por la suma de CUARENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL PESOS M/CTE M/CTE ($49.467.835.000)., conforme al siguiente detalle:

DISTRIBUCION DE INGRESOS RUBRO DESCRIPCIÓN PRESPUESTO 2024 O1 INGRESOS 49.467.835.000 O10 Disponibilidad Inicial 19.494.382.000 O1002 Bancos 19.494.382.000 O11 Ingresos Corrientes 29.963.352.000 O1102 Ingresos no tributarios 29.963.352.000 O110203 Multas, sanciones e intereses de mora 20.000.000 O110203001 Multas y sanciones 20.000.000 O11020300123 Sanciones urbanísticas 20.000.000 O110205 Venta de bienes y servicios 6.600.000 O110205001 Ventas de establecimientos de mercado 6.600.000 O11020500107 Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing 6.500.000 O1102050010702 Servicios Inmobiliarios 6.500.000 O110205001070201 Servicios inmobiliarios relativos a bienes inmuebles propios o arrendados 6.500.000 O11020500107020112 6.500.000 Servicios de alquiler o arrendamiento con o sin opción de compra, relativos a bienes inmuebles no residenciales (diferentes a vivienda), propios o arrendados O11020500109 Servicios para la comunidad, sociales y personales 100.000 Alcaldía Local de Teusaquillo Transversal 18 bis # 38-41 Tel. 2870094 Información Línea 195 www.teusaquillo.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-128 • 2024 • ENERO • 2 128 Continuación DECRETO LOCAL No. 027 DE 2023 28 de diciembre de 2023 “Por medio del cual se liquida el presupuesto anual de ingresos y gastos de la Alcaldía Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2024”.

Página 3 de 12 RUBRO DESCRIPCIÓN PRESPUESTO 2024 O1102050010901 Servicios de la administración pública y otros servicios prestados a la comunidad en general 100.000 O110205001090101 Servicios administrativos del gobierno 100.000 O11020500109010112 Servicios ejecutivos de la administración pública 100.000 O110206 Transferencias corrientes 29.936.752.000 O110206006 Transferencias de otras entidades del gobierno general 29.936.752.000 O11020600606 Otras unidades de gobierno 29.936.752.000 O12 Recursos de Capital 10.101.000 O1202 Excedentes financieros 0 O120203 Fondos de Desarrollo Local 0 O1205 Rendimientos financieros 10.101.000 O120502 Depósitos 10.101.000 O12050205 Recursos propios de libre destinación 10.101.000 TOTAL INGRESOS 49.467.835.000

Artículo 2º.

– Fijar el Presupuesto Anual de Gastos del FDL de Teusaquillo para la vigencia fiscal comprendida en entre el 1º de enero al 31 de diciembre de 2024, por la suma de CUARENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL PESOS M/CTE M/CTE ($49.467.835.000)., conforme al siguiente detalle:

DISTRIBUCION DE GASTOS RUBRO DESCRIPCIÓN PRESPUESTO 2024 O2 GASTOS 49.467.835.000 O21 Funcionamiento 3.300.801.000 O211 Gastos de personal 1.122.590.000 O21101 Planta de personal permanente 1.122.590.000 O2110103 Remuneraciones no constitutivas de factor salarial 1.122.590.000 O2110103007 Honorarios Ediles 1.122.590.000 O212 Adquisición de bienes y servicios 1.645.256.000 O21202 Adquisiciones diferentes de activos 1.645.256.000 O2120201 Materiales y suministros 78.679.000 Alcaldía Local de Teusaquillo Transversal 18 bis # 38-41 Tel. 2870094 Información Línea 195 www.teusaquillo.gov.co 129 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-129 • 2024 • ENERO • 2 Continuación DECRETO LOCAL No. 027 DE 2023 28 de diciembre de 2023 “Por medio del cual se liquida el presupuesto anual de ingresos y gastos de la Alcaldía Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2024”.

Página 4 de 12 RUBRO DESCRIPCIÓN PRESPUESTO 2024 O2120201003 Otros bienes transportables (excepto productos metálicos, maquinaria y equipo) 47.005.000 O212020100303 Productos de hornos de coque; productos de refinación de petróleo y combustible nuclear 24.574.000 O2120201003033331101 Gasolina motor corriente 24.574.000 O212020100308 Muebles; otros bienes transportables n.c.p. 22.431.000 O2120201003083899998 Artículos n.c.p. para escritorio y oficina 22.431.000 O2120201004 Productos metálicos y paquetes de software 31.674.000 O212020100402 Productos metálicos elaborados (excepto maquinaria y equipo) 31.674.000 O2120201004024299991 Artículos n.c.p. de ferretería y cerrajería 31.674.000 O2120202 Adquisición de servicios 1.566.577.000 O2120202005 Servicios de la construcción 21.844.000 O212020200504 Servicios de construcción 21.844.000 O21202020050407 Servicios de terminación y acabado de edificios 21.844.000 O2120202005040754790 Otros servicios de terminación y acabado de edificios 21.844.000 O2120202006 87.376.000 Servicios de alojamiento; servicios de suministro de comidas y bebidas; servicios de transporte; y servicios de distribución de electricidad, gas y agua O212020200603 Alojamiento; servicios de suministros de comidas y bebidas 21.844.000 O21202020060363399 Otros servicios de suministro de comidas 21.844.000 O212020200606 Servicios de alquiler de vehículos de transporte con operario 65.532.000 O21202020060666019 Otros servicios de alquiler de vehículos de trasporte con operario n.c.p. 65.532.000 O2120202007 Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing 631.827.000 O212020200701 Servicios financieros y servicios conexos 296.500.000 O21202020070103 296.500.000 Servicios de seguros y pensiones (excepto los servicios de reaseguro y de seguridad social de afiliación obligatoria)

O2120202007010301 Servicios de seguros de vida (excepto los servicios de reaseguro) 18.958.000 Alcaldía Local de Teusaquillo Transversal 18 bis # 38-41 Tel. 2870094 Información Línea 195 www.teusaquillo.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-130 • 2024 • ENERO • 2 130 Continuación DECRETO LOCAL No. 027 DE 2023 28 de diciembre de 2023 “Por medio del cual se liquida el presupuesto anual de ingresos y gastos de la Alcaldía Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2024”.

Página 5 de 12 RUBRO DESCRIPCIÓN PRESPUESTO 2024 O212020200701030102 Ediles 18.958.000 O21202020070103010271311 Servicios de seguros de vida individual 18.958.000 O2120202007010304 Servicios de seguros de salud y de accidentes 135.214.000 O212020200701030471347 Servicio de seguro obligatorio de accidentes de tránsito (SOAT) 3.058.000 O212020200701030471349 Otros servicios de seguros de salud n.c.p. 132.156.000 O2120202007010305 Otros servicios de seguros distintos a los seguros de vida (excepto los servicios de reaseguro) 142.328.000 O212020200701030571351 Servicios de seguros de vehículos automotores 30.296.000 O212020200701030571354 Servicios de seguros contra incendio, terremoto o sustracción 31.218.000 O212020200701030571355 Servicios de seguros generales de responsabilidad civil 80.814.000 O212020200702 Servicios inmobiliarios 335.327.000 O21202020070272112 335.327.000 Servicios de alquiler o arrendamiento con o sin opción de compra, relativos a bienes inmuebles no residenciales (diferentes a vivienda), propios o arrendados O2120202008 Servicios prestados a las empresas y servicios de producción 805.030.000 O212020200802 Servicios jurídicos y contables 312.000 O21202020080282130 Servicios de documentación y certificación jurídica 312.000 O212020200803 51.880.000 Servicios profesionales, científicos y técnicos (excepto los servicios de investigación, urbanismo, jurídicos y de contabilidad)

O21202020080383151 Servicios de alojamiento de sitios web (hosting) 51.880.000 O212020200804 Servicios de telecomunicaciones, transmisión y suministro de información 55.703.000 O21202020080484110 Servicios de operadores (conexión) 52.426.000 O21202020080484120 Servicios de telefonía fija (acceso) 3.277.000 O212020200805 Servicios de soporte 546.100.000 O21202020080585250 Servicios de protección (guardas de seguridad) 404.114.000 O21202020080585330 Servicios de limpieza general 141.986.000 O212020200806 97.500.000 Servicios de apoyo y de operación para la agricultura, la caza, la silvicultura, la pesca, la minería y los servicios públicos Alcaldía Local de Teusaquillo Transversal 18 bis # 38-41 Tel. 2870094 Información Línea 195 www.teusaquillo.gov.co 131 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-131 • 2024 • ENERO • 2 Continuación DECRETO LOCAL No. 027 DE 2023 28 de diciembre de 2023 “Por medio del cual se liquida el presupuesto anual de ingresos y gastos de la Alcaldía Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2024”.

Página 6 de 12 RUBRO DESCRIPCIÓN PRESPUESTO 2024 O21202020080686312 Servicios de distribución de electricidad (a comisión o por contrato) 81.000.000 O21202020080686330 Servicios de distribución de agua por tubería (a comisión o por contrato) 10.500.000 O21202020080686320 Servicios de distribución de gas por tuberías (a comisión o por contrato) 6.000.000 O212020200807 Servicios de mantenimiento, reparación e instalación (excepto servicios de construcción) 43.535.000 O2120202008078711002 4.000.000 Servicio de mantenimiento y reparación de depósitos, cisternas, tanques y recipientes de metal, (excepto los utilizados para el envase o transporte de mercancías)

O2120202008078714102 Servicio de mantenimiento y reparación de vehículos automóviles 20.000.000 O2120202008078715614 Servicio de mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo para las actividades de impresión 19.535.000 O212020200809 10.000.000 Otros servicios de fabricación; servicios de edición, impresión y reproducción; servicios de recuperación de materiales O2120202008098912197 Servicios de impresión litográfica n.c.p. 10.000.000 O2120202009 Servicios para la comunidad, sociales y personales 20.500.000 O212020200904 20.500.000 Servicios de alcantarillado, recolección, tratamiento y disposición de desechos y otros servicios de saneamiento ambiental O21202020090494110 Servicios de alcantarillado y tratamiento de aguas residuales 10.500.000 O21202020090494239 Servicios generales de recolección de otros desechos 10.000.000 O2190 Obligaciones por Pagar Funcionamiento 532.955.000 O219001 Obligaciones por Pagar Funcionamiento Vigencia Anterior 450.728.000 O219002 Obligaciones por Pagar Funcionamiento Otras Vigencias 82.227.000 O23 INVERSION 46.167.034.000 O2301 DIRECTA 27.205.607.000 Alcaldía Local de Teusaquillo Transversal 18 bis # 38-41 Tel. 2870094 Información Línea 195 www.teusaquillo.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-132 • 2024 • ENERO • 2 132 Continuación DECRETO LOCAL No. 027 DE 2023 28 de diciembre de 2023 “Por medio del cual se liquida el presupuesto anual de ingresos y gastos de la Alcaldía Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2024”.

Página 7 de 12 RUBRO DESCRIPCIÓN PRESPUESTO 2024 O230116 Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI 27.205.607.000 O23011601 Hacer un nuevo contrato social con igualdad de oportunidades para la inclusión social, productiva y política 8.517.000.000 O2301160101 Subsidios y transferencias para la equidad 1.237.000.000 O23011601010000002045 Teusaquillo con un nuevo contrato social con igualdad de oportunidades para la inclusión social 1.237.000.000 O2301160106 Sistema Distrital del Cuidado 3.200.000.000 O23011601060000002094 2.150.000.000 Teusaquillo: Construyendo acciones para el fortalecimiento de capacidades de la gente, la reactivación económica y el impulso empresarial e industrial de la localidad O23011601060000002101 250.000.000 Teusaquillo un nuevo contrato social para la dotación de CAIDSG, dotación de jardines infantiles y centros amar y para la prevención de violencias O23011601060000002109 350.000.000 Teusaquillo un nuevo contrato social con igualdad de oportunidades para vincular mujeres cuidadoras a estrategias del cuidado O23011601060000002113 450.000.000 Teusaquillo incluyente para las personas con discapacidad y la disminución de factores de riesgo frente al consumo de sustancias psicoactivas O2301160112 Educación inicial: Bases sólidas para la vida 200.000.000 O23011601120000002049 Teusaquillo entorno protector para los niños y las niñas 200.000.000 O2301160114 Formación integral: más y mejor tiempo en los colegios 400.000.000 O23011601140000002157 Teusaquillo respira educación 400.000.000 O2301160117 Jóvenes con capacidades: Proyecto de vida para la ciudadanía, la innovación y el trabajo del siglo XXI 1.500.000.000 O23011601170000002160 Jóvenes con futuro 1.500.000.000 O2301160120 Bogotá, referente en cultura, deporte, recreación y actividad física, con parques para el desarrollo y la salud 480.000.000 O23011601200000002072 Teusaquillo referente en deporte, recreación y actividad física 480.000.000 Alcaldía Local de Teusaquillo Transversal 18 bis # 38-41 Tel. 2870094 Información Línea 195 www.teusaquillo.gov.co 133 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-133 • 2024 • ENERO • 2 Continuación DECRETO LOCAL No. 027 DE 2023 28 de diciembre de 2023 “Por medio del cual se liquida el presupuesto anual de ingresos y gastos de la Alcaldía Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2024”.

Página 8 de 12 RUBRO DESCRIPCIÓN PRESPUESTO 2024 O2301160121 800.000.000 Creación y vida cotidiana: Apropiación ciudadana del arte, la cultura y el patrimonio, para la democracia cultural O23011601210000002078 Teusaquillo promotora del arte, la cultura y el patrimonio 800.000.000 O2301160124 Bogotá región emprendedora e innovadora 700.000.000 O23011601240000002087 Teusaquillo adelante con la agricultura urbana 250.000.000 O23011601240000002090 Teusaquillo localidad emprendedora e innovadora 450.000.000 O23011602 Cambiar nuestros hábitos de vida para reverdecer a Bogotá y adaptarnos y mitigar la crisis climática 1.317.607.000 O2301160228 Bogotá protectora de sus recursos naturales 297.607.000 O23011602280000002120 Teusaquillo recupera ecosistemas 297.607.000 O2301160230 Eficiencia en la atención de emergencias 220.000.000 O23011602300000002125 Teusaquillo se previene y se prepara para las emergencias 220.000.000 O2301160233 Más árboles y más y mejor espacio público 650.000.000 O23011602330000002139 Teusaquillo con parques para disfrutar 650.000.000 O2301160238 Ecoeficiencia, reciclaje, manejo de residuos e inclusión de la población recicladora 150.000.000 O23011602380000002116 Teusaquillo se embellece para los ciudadanos 150.000.000 O23011603 4.370.000.000 Inspirar confianza y legitimidad para vivir sin miedo y ser epicentro de cultura ciudadana, paz y reconciliación O2301160339 Bogotá territorio de paz y atención integral a las víctimas del conflicto armado 350.000.000 O23011603390000002140 En Teusaquillo construimos un territorio de paz, memoria y reconciliación 350.000.000 O2301160340 300.000.000 Más mujeres viven una vida libre de violencias, se sienten seguras y acceden con confianza al sistema de justicia O23011603400000002162 Teusaquillo Localidad segura para las mujeres 300.000.000 O2301160343 Cultura ciudadana para la confianza, la convivencia y la participación desde la vida cotidiana 1.100.000.000 O23011603430000002164 Teusaquillo respira confianza y seguridad ciudadana 1.100.000.000 Alcaldía Local de Teusaquillo Transversal 18 bis # 38-41 Tel. 2870094 Información Línea 195 www.teusaquillo.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-134 • 2024 • ENERO • 2 134 Continuación DECRETO LOCAL No. 027 DE 2023 28 de diciembre de 2023 “Por medio del cual se liquida el presupuesto anual de ingresos y gastos de la Alcaldía Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2024”.

Página 9 de 12 RUBRO DESCRIPCIÓN PRESPUESTO 2024 O2301160345 Espacio público más seguro y construido colectivamente 220.000.000 O23011603450000002152 Un nuevo contrato social para el Espacio Público Local 220.000.000 O2301160348 Plataforma institucional para la seguridad y justicia 2.400.000.000 O23011603480000002148 Teusaquillo una localidad para la paz, la concertación y el cuidado 2.100.000.000 O23011603480000002167 Teusaquillo Localidad accesible y justa 300.000.000 O23011604 Hacer de Bogotá Región un modelo de movilidad multimodal, incluyente y sostenible 6.300.000.000 O2301160449 Movilidad segura, sostenible y accesible 6.300.000.000 O23011604490000002154 Teusaquillo mejor con la malla vial y espacio público 6.300.000.000 O23011605 Construir Bogotá Región con gobierno abierto, transparente y ciudadanía consciente 6.701.000.000 O2301160555 Fortalecimiento de Cultura Ciudadana y su institucionalidad 600.000.000 O23011605550000002158 Teusaquillo, un nuevo contrato social para la Participación 600.000.000 O2301160557 Gestión Pública Local 6.101.000.000 O23011605570000002169 Fortalecimiento institucional y rendición de cuentas 3.901.000.000 O23011605570000002172 Teusaquillo con acciones de IVC transparentes 2.200.000.000 O2306 OBLIGACIONES POR PAGAR 18.961.427.000 O230616 Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI 8.323.466.000 O23061601 Hacer un nuevo contrato social con igualdad de oportunidades para la inclusión social, productiva y política 1.014.601.000 O2306160101 Subsidios y transferencias para la equidad 202.251.000 O23061601010000002045 Teusaquillo con un nuevo contrato social con igualdad de oportunidades para la inclusión social 202.251.000 O2306160106 Sistema Distrital del Cuidado 276.540.000 O23061601060000002094 143.423.000 Teusaquillo: Construyendo acciones para el fortalecimiento de capacidades de la gente, la reactivación económica y el impulso empresarial e industrial de la localidad Alcaldía Local de Teusaquillo Transversal 18 bis # 38-41 Tel. 2870094 Información Línea 195 www.teusaquillo.gov.co 135 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-135 • 2024 • ENERO • 2 Continuación DECRETO LOCAL No. 027 DE 2023 28 de diciembre de 2023 “Por medio del cual se liquida el presupuesto anual de ingresos y gastos de la Alcaldía Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2024”.

Página 10 de 12 RUBRO DESCRIPCIÓN PRESPUESTO 2024 O23061601060000002101 26.667.000 Teusaquillo un nuevo contrato social para la dotación de CAIDSG, dotación de jardines infantiles y centros amar y para la prevención de violencias O23061601060000002113 106.450.000 Teusaquillo incluyente para las personas con discapacidad y la disminución de factores de riesgo frente al consumo de sustancias psicoactivas O2306160112 Educación inicial: Bases sólidas para la vida 52.960.000 O23061601120000002049 Teusaquillo entorno protector para los niños y las niñas 52.960.000 O2306160117 Jóvenes con capacidades: Proyecto de vida para la ciudadanía, la innovación y el trabajo del siglo XXI 8.521.000 O23061601170000002160 Jóvenes con futuro 8.521.000 O2306160120 Bogotá, referente en cultura, deporte, recreación y actividad física, con parques para el desarrollo y la salud 44.324.000 O23061601200000002072 Teusaquillo referente en deporte, recreación y actividad física 44.324.000 O2306160121 413.265.000 Creación y vida cotidiana: Apropiación ciudadana del arte, la cultura y el patrimonio, para la democracia cultural O23061601210000002078 Teusaquillo promotora del arte, la cultura y el patrimonio 413.265.000 O2306160124 Bogotá región emprendedora e innovadora 16.740.000 O23061601240000002090 Teusaquillo localidad emprendedora e innovadora 16.740.000 O23061602 Cambiar nuestros hábitos de vida para reverdecer a Bogotá y adaptarnos y mitigar la crisis climática 1.043.697.000 O2306160228 Bogotá protectora de sus recursos naturales 67.513.000 O23061602280000002120 Teusaquillo recupera ecosistemas 67.513.000 O2306160233 Más árboles y más y mejor espacio público 694.643.000 O23061602330000002126 Teusaquillo siembra árboles y respira oxígeno 251.811.000 O23061602330000002139 Teusaquillo con parques para disfrutar 442.832.000 O2306160238 Ecoeficiencia, reciclaje, manejo de residuos e inclusión de la población recicladora 281.541.000 O23061602380000002116 Teusaquillo se embellece para los ciudadanos 214.490.000 O23061602380000002147 Teusaquillo responsable con el consumo 67.051.000 Alcaldía Local de Teusaquillo Transversal 18 bis # 38-41 Tel. 2870094 Información Línea 195 www.teusaquillo.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-136 • 2024 • ENERO • 2 136 Continuación DECRETO LOCAL No. 027 DE 2023 28 de diciembre de 2023 “Por medio del cual se liquida el presupuesto anual de ingresos y gastos de la Alcaldía Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2024”.

Página 11 de 12 RUBRO DESCRIPCIÓN PRESPUESTO 2024 O23061603 731.754.000 Inspirar confianza y legitimidad para vivir sin miedo y ser epicentro de cultura ciudadana, paz y reconciliación O2306160339 Bogotá territorio de paz y atención integral a las víctimas del conflicto armado 33.380.000 O23061603390000002140 En Teusaquillo construimos un territorio de paz, memoria y reconciliación 33.380.000 O2306160340 31.896.000 Más mujeres viven una vida libre de violencias, se sienten seguras y acceden con confianza al sistema de justicia O23061603400000002162 Teusaquillo Localidad segura para las mujeres 31.896.000 O2306160343 Cultura ciudadana para la confianza, la convivencia y la participación desde la vida cotidiana 243.797.000 O23061603430000002164 Teusaquillo respira confianza y seguridad ciudadana 243.797.000 O2306160345 Espacio público más seguro y construido colectivamente 411.777.000 O23061603450000002152 Un nuevo contrato social para el Espacio Público Local 411.777.000 O2306160348 Plataforma institucional para la seguridad y justicia 10.904.000 O23061603480000002167 Teusaquillo Localidad accesible y justa 10.904.000 O23061604 Hacer de Bogotá Región un modelo de movilidad multimodal, incluyente y sostenible 4.282.603.000 O2306160449 Movilidad segura, sostenible y accesible 4.282.603.000 O23061604490000002154 Teusaquillo mejor con la malla vial y espacio público 4.282.603.000 O23061605 Construir Bogotá Región con gobierno abierto, transparente y ciudadanía consciente 1.250.811.000 O2306160555 Fortalecimiento de Cultura Ciudadana y su institucionalidad 193.624.000 O23061605550000002158 Teusaquillo, un nuevo contrato social para la Participación 193.624.000 O2306160557 Gestión Pública Local 1.057.187.000 O23061605570000002169 Fortalecimiento institucional y rendición de cuentas 797.246.000 O23061605570000002172 Teusaquillo con acciones de IVC transparentes 259.941.000 O230690 Obligaciones por pagar Inversión vigencias anteriores 10.637.961.000 Alcaldía Local de Teusaquillo Transversal 18 bis # 38-41 Tel. 2870094 Información Línea 195 www.teusaquillo.gov.co 137 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-137 • 2024 • ENERO • 2 Continuación DECRETO LOCAL No. 027 DE 2023 28 de diciembre de 2023 “Por medio del cual se liquida el presupuesto anual de ingresos y gastos de la Alcaldía Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2024”.

Página 12 de 12 RUBRO DESCRIPCIÓN PRESPUESTO 2024 O4 DISPONIBILIDAD FINAL 0 TOTAL GASTOS MAS DISPONIBILIDAD FINAL 49.467.835.000

Artículo 3º.

- Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, deberán ser informadas las Secretarías Distritales de Hacienda, de Gobierno y la Junta Administradora Local, para lo de su competencia.

Artículo 4º.

- Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.

Artículo 5º.

- Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y surte efectos fiscales a partir del primero (01) de enero de 2024.

COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los 28 días del mes de diciembre de 2023.

ROSA ISABEL MONTERO TORRES Alcaldesa Local de Teusaquillo (E)

Proyectó: Natalia Andrea Centeno – Profesional de Presupuesto FDLT Revisó: Carolina Súarez Cabeza-Profesional Especializada 222-24 Luz Dary Ayala Palacio, Abogada Contratista – Despacho Alcaldía Local de Teusaquillo Transversal 18 bis # 38-41 Tel. 2870094 Información Línea 195 www.teusaquillo.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 NÚMERO 7902 • PP. 1-138 • 2024 • ENERO • 2 138

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