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Registro Distrital 8489 de 2025

Registro Distrital 8489 de 2025 Nivel Distrital

Tipo
Registro Distrital
Número
8489
Año
2025
Fecha
31 de diciembre de 2025
Entidad
Nivel Distrital
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

5,5 ALCALDE MAYOR Carlos Fernando Galán Pachón REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 • No. 8489 - Pp 1 - 678 - 2025 • DICIEMBRE • 31 CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Central DECRETOS 2025 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. DECRETO Nº 674 “Por medio del cual se nombran los Jefes o Responsables de Control Interno de las entidades y organismos del Distrito Capital para el período 2026-2029”........4 DECRETO Nº 675 “Por medio del cual se liquida el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026 y se dictan otras disposiciones, en cumplimiento del Acuerdo Distrital 1019 del 15 de diciembre del 2025”............................................................................................................9 DECRETO Nº 676 “Por el cual se adiciona el Capítulo 3 al Título 4 de la Parte 1 del Libro 5 del Decreto Único Distrital 670 de 2025 de Ordenamiento Territorial de Bogotá D.C., en lo relacionado con la adopción de incentivos asociados a medidas de construcción sostenible para la provisión de vivienda formal, la adaptación y mitigación al cambio climático y la reactivación económica en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones”....................................................................313 DECRETO Nº 677 “Por medio del cual se corrige el Decreto Distrital 674 de 2018 que adoptó la modificación del Plan Parcial de Renovación Urbana ‘Proscenio’, ubicado en la Localidad de Chapinero”..............................................................................512 DECRETO Nº 678 “ Por medio del cual se subroga el Capítulo 2 del Título 2 de la Parte 1 del Libro 5 del Decreto Único Distrital 670 de 2025 de Ordenamiento Territorial de Bogotá D.C., en lo relativo al instrumento de Formalización Urbanística, y se dictan otras disposiciones.”.............................................................................569 DECRETO Nº 679 “Por medio del cual se sustituyen los artículos 427 y 428 del Decreto Único Distrital 645 de 2025 del Sector Hacienda con respecto a la determinación para el Distrito Capital de Bogotá del porcentaje de reajuste de los avalúos catastrales de conservación para el año 2026”................................................................611 DECRETO Nº 680 “Por medio del cual se suprime el numeral 31 del artículo 1383, y se modifican los artículos 1390 y 1403 del Decreto Distrital 670 de 2025, Único de Ordenamiento Territorial”................................................................................615 DECRETO Nº 681 “Por medio del cual se realiza una reducción al Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025”............626 DECRETO Nº 682 “Por medio del cual se nombran los Jefes o Responsables de Control Interno de las entidades y organismos del Distrito Capital para el período 2026-2029”....676 AÑO 60 NÚMERO 8489 31 • DICIEMBRE • 2025 SECRETARÍA GENERAL ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL.

LA PUBLICACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS EN EL REGISTRO DISTRITAL SE REALIZA DE ACUERDO A LA LEY 1437 DEL 2011 EN SU ARTÍCULO 65 MODIFICADO POR LA LEY 2080 DE 2021 “POR LA CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO”.

CORREO: REGISTRODISTRITAL@ALCALDIABOGOTA.GOV.CO DIRECCIÓN: CALLE 11 SUR #1-60 ESTE - LA MARÍA - BOGOTÁ D.C.

TELÉFONO: 381 3000 EXT. 5010 - 5202 SUBDIRECTORA IMPRENTA DISTRITAL: MARÍA ANGÉLICA PUMAREJO HINOJOSA DECRETOS DE 2025 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-4 • 2025 • DICIEMBRE • 31 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-5 • 2025 • DICIEMBRE • 31 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-6 • 2025 • DICIEMBRE • 31 6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-7 • 2025 • DICIEMBRE • 31 7 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-8 • 2025 • DICIEMBRE • 31 8 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-9 • 2025 • DICIEMBRE • 31 9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-10 • 2025 • DICIEMBRE • 31 10 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-11 • 2025 • DICIEMBRE • 31 11 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-12 • 2025 • DICIEMBRE • 31 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-13 • 2025 • DICIEMBRE • 31 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-14 • 2025 • DICIEMBRE • 31 14 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-15 • 2025 • DICIEMBRE • 31 15 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-16 • 2025 • DICIEMBRE • 31 16 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-17 • 2025 • DICIEMBRE • 31 17 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-18 • 2025 • DICIEMBRE • 31 18 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-19 • 2025 • DICIEMBRE • 31 19 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-20 • 2025 • DICIEMBRE • 31 20 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-21 • 2025 • DICIEMBRE • 31 21 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-22 • 2025 • DICIEMBRE • 31 22 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-23 • 2025 • DICIEMBRE • 31 23 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-24 • 2025 • DICIEMBRE • 31 24 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-25 • 2025 • DICIEMBRE • 31 25 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-26 • 2025 • DICIEMBRE • 31 26 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-27 • 2025 • DICIEMBRE • 31 27 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-28 • 2025 • DICIEMBRE • 31 28 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-29 • 2025 • DICIEMBRE • 31 29 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-30 • 2025 • DICIEMBRE • 31 30 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-31 • 2025 • DICIEMBRE • 31 31 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-32 • 2025 • DICIEMBRE • 31 32 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-33 • 2025 • DICIEMBRE • 31 33 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-34 • 2025 • DICIEMBRE • 31 34 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-35 • 2025 • DICIEMBRE • 31 35 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-36 • 2025 • DICIEMBRE • 31 36 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-37 • 2025 • DICIEMBRE • 31 37 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-38 • 2025 • DICIEMBRE • 31 38 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-39 • 2025 • DICIEMBRE • 31 39 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-40 • 2025 • DICIEMBRE • 31 40 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-41 • 2025 • DICIEMBRE • 31 41 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-42 • 2025 • DICIEMBRE • 31 42 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-43 • 2025 • DICIEMBRE • 31 43 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-44 • 2025 • DICIEMBRE • 31 44 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-45 • 2025 • DICIEMBRE • 31 45 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-46 • 2025 • DICIEMBRE • 31 46 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-47 • 2025 • DICIEMBRE • 31 47 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-48 • 2025 • DICIEMBRE • 31 48 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Anexo 1 Sectores de Gestión Pública, Gobierno, Hacienda, Planeación, Desarrollo Económico, Industria y Turismo, Movilidad, Jurídica, Seguridad, Convivencia y Justicia y Organismos de Control Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-49 • 2025 • DICIEMBRE • 31 49 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-50 • 2025 • DICIEMBRE • 31 50 Contenido

1. Sector Gestión Pública

- Consolidado ........................................................................................................... 7

- Entidades

Secretaría General................................................................................................. 9 Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital......................................... 13

2. Sector Gobierno

- Consolidado ........................................................................................................... 19

- Entidades

Secretaría Distrital de Gobierno............................................................................. 21 Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - DADEP....... 25 Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal.......................................... 29

3. Sector Hacienda

- Consolidado ........................................................................................................... 35
- Entidades

Secretaría Distrital de Hacienda............................................................................. 37 Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.............................................. 43 Fondo de Prestaciones Económicas, Cesantías y Pensiones - FONCEP.............. 47

4. Sector Planeación

57

- Consolidado ........................................................................................................... 55
- Entidad

Secretaría Distrital de Planeación..........................................................................

5. Sector Desarrollo Económico, Industria y Turismo

- Consolidado ........................................................................................................... 63
- Entidades

Secretaría Distrital de Desarrollo Económico......................................................... 65 Instituto para la Economía Social - IPES................................................................ 69 Instituto Distrital de Turismo................................................................................... 75 3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-51 • 2025 • DICIEMBRE • 31 51 Contenido

6. Sector Movilidad

- Consolidado ........................................................................................................... 81
- Entidades

Secretaría Distrital de Movilidad............................................................................. 83 Instituto de Desarrollo Urbano - IDU...................................................................... 89 Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial................ 93

7. Sector Gestión Jurídica

- Consolidado ........................................................................................................... 99
- Entidad

Secretaría Jurídica Distrital.................................................................................... 101

8. Sector Seguridad, Convivencia y Justicia

- Consolidado ........................................................................................................... 107
- Entidades

Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia....................................... 109 Unidad Administrativa Especial Cuerpo Oficial de Bomberos................................ 115

9. Organismos de Control

- Consolidado ........................................................................................................... 121
- Entidades

Concejo de Bogotá D.C........................................................................................ 123 Personería de Bogotá D.C.................................................................................... 127 Veeduría de Bogotá D.C....................................................................................... 131 Contraloría de Bogotá D.C.................................................................................... 135 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-52 • 2025 • DICIEMBRE • 31 52 Entidades Sector Gestión Pública Anexo 1 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-53 • 2025 • DICIEMBRE • 31 53 6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-54 • 2025 • DICIEMBRE • 31 54 SECTOR GESTIÓN PÚBLICA - CONSOLIDADO Entidad Funcionamiento Deuda Inversión Total SECRETARÍA GENERAL 159.787.529.000 0 112.773.126.000 272.560.655.000 DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL DISTRITAL - DASCD 21.550.002.000 0 4.943.797.000 26.493.799.000 TOTAL SECTOR 181.337.531.000 0 117.716.923.000 299.054.454.000 7 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-55 • 2025 • DICIEMBRE • 31 55 8 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-56 • 2025 • DICIEMBRE • 31 56 Secretaría General Anexo 1 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-57 • 2025 • DICIEMBRE • 31 57 10 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-58 • 2025 • DICIEMBRE • 31 58 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0104-01 SECRETARÍA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ UNIDAD EJECUTORA 01 Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO RECURSOS TRANSFERENCIAS DISTRITO NACIÓN TOTAL O2 GASTOS 272.560.655.000 272.560.655.000 O21 Funcionamiento 159.787.529.000 159.787.529.000 O211 Gastos de personal 97.393.619.000 97.393.619.000 O212 Adquisición de bienes y servicios 55.204.829.000 55.204.829.000 O213 Transferencias corrientes 7.163.522.000 7.163.522.000 O218 25.559.000 25.559.000 Gastos por tributos, tasas, contribuciones, multas, sanciones e intereses de mora O23 Inversión 112.773.126.000 112.773.126.000 O2301 DIRECTA 112.773.126.000 112.773.126.000 O230117 Bogotá Camina Segura 112.773.126.000 112.773.126.000 O23011723 Tecnologías de la información y las comunicaciones 20.999.680.000 20.999.680.000 O2301172301 8.937.720.000 8.937.720.000 Facilitar el acceso y uso de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) en todo el territorio nacional O230117230120240229 8.937.720.000 8.937.720.000 Implementación de la estrategia de ciudad inteligente para mejorar la calidad de vida de la ciudadanía en Bogotá D.C O2301172302 12.061.960.000 12.061.960.000 Fomento del desarrollo de aplicaciones, software y contenidos para impulsar la apropiación de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC)

O230117230220240184 12.061.960.000 12.061.960.000 Fortalecimiento de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en el sector Gestión Pública de Bogotá D.C O23011733 Cultura 5.754.391.000 5.754.391.000 O2301173302 Gestión, protección y salvaguardia del patrimonio cultural colombiano 5.754.391.000 5.754.391.000 O230117330220240225 5.754.391.000 5.754.391.000 Fortalecimiento del acceso y difusión de la memoria histórica y del patrimonio documental de Bogotá D.C.

O23011739 Ciencia, tecnología e innovación 2.190.237.000 2.190.237.000 O2301173906 2.190.237.000 2.190.237.000 Fomento a vocaciones y formación, generación, uso y apropiación social del conocimiento de la ciencia, tecnología e innovación O230117390620240230 2.190.237.000 2.190.237.000 Fortalecimiento del Ecosistema de Innovación Pública de Bogotá para mejorar la confianza ciudadana, el valor público y el gobierno colaborativo en Bogotá D.C.

O23011741 Inclusión social y reconciliación 30.495.400.000 30.495.400.000 11 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-59 • 2025 • DICIEMBRE • 31 59 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0104-01 SECRETARÍA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ UNIDAD EJECUTORA 01 Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO RECURSOS TRANSFERENCIAS DISTRITO NACIÓN TOTAL O2301174101 Atención, asistencia y reparación integral a las víctimas 30.495.400.000 30.495.400.000 O230117410120240220 30.495.400.000 30.495.400.000 Fortalecimiento de capacidades institucionales y de la sociedad civil para la implementación del acuerdo de paz, la memoria, y los derechos de las víctimas del conflicto armado en Bogotá D.C.

O23011745 Gobierno Territorial 53.333.418.000 53.333.418.000 O2301174599 Fortalecimiento a la gestión y dirección de la administración pública territorial 53.333.418.000 53.333.418.000 O230117459920240193 12.095.516.000 12.095.516.000 Optimización del servicio a la ciudadanía para aumentar la confianza en la administración distrital de Bogotá D.C.

O230117459920240201 Fortalecimiento de la internacionalización de Bogotá D.C. 2.437.750.000 2.437.750.000 O230117459920240223 12.971.340.000 12.971.340.000 Optimización de la gestión integral de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

O230117459920240224 5.692.702.000 5.692.702.000 Fortalecimiento de la gestión y articulación institucional para la generación de valor público en Bogotá D.C.

O230117459920240231 3.049.859.000 3.049.859.000 Fortalecimiento de la cultura en los actores públicos y privados en integridad y estado abierto que mejore la gobernanza en Bogotá D.C.

O230117459920240235 17.086.251.000 17.086.251.000 Fortalecimiento de la comunicación pública para que la ciudadanía conozca las acciones, planes, programas y proyectos que adelanta la administración distrital Bogotá D.C TOTAL GASTOS E INVERSIONES 272.560.655.000 272.560.655.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-60 • 2025 • DICIEMBRE • 31 60 Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital Anexo 1 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-61 • 2025 • DICIEMBRE • 31 61 14 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-62 • 2025 • DICIEMBRE • 31 62 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0125-01 DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL - DASCD UNIDAD EJECUTORA 01 Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO RECURSOS TRANSFERENCIAS DISTRITO NACIÓN TOTAL O2 GASTOS 26.493.799.000 26.493.799.000 O21 Funcionamiento 21.550.002.000 21.550.002.000 O211 Gastos de personal 12.247.005.000 12.247.005.000 O212 Adquisición de bienes y servicios 9.302.604.000 9.302.604.000 O218 393.000 393.000 Gastos por tributos, tasas, contribuciones, multas, sanciones e intereses de mora O23 Inversión 4.943.797.000 4.943.797.000 O2301 DIRECTA 4.943.797.000 4.943.797.000 O230117 Bogotá Camina Segura 4.943.797.000 4.943.797.000 O23011745 Gobierno Territorial 4.943.797.000 4.943.797.000 O2301174599 Fortalecimiento a la gestión y dirección de la administración pública territorial 4.943.797.000 4.943.797.000 O230117459920240147 3.687.994.000 3.687.994.000 Desarrollo de Capacidades para una Gestión Innovadora e Incluyente del Talento Humano, Fomentando la Confianza Ciudadana en el Gobierno de Bogotá D.C.

O230117459920240177 1.255.803.000 1.255.803.000 Fortalecimiento Institucional del DASCD: Hacia una gestión pública centrada en la ciudadanía. Bogotá D.C.

TOTAL GASTOS E INVERSIONES 26.493.799.000 26.493.799.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto 15 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-63 • 2025 • DICIEMBRE • 31 63 16 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-64 • 2025 • DICIEMBRE • 31 64 Entidades Sector Gobierno Anexo 1 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 17 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-65 • 2025 • DICIEMBRE • 31 65 18 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-66 • 2025 • DICIEMBRE • 31 66 SECTOR GOBIERNO - CONSOLIDADO Entidad Funcionamiento Deuda Inversión Total SECRETARÍA DISTRITAL DE GOBIERNO 223.037.634.000 0 77.357.237.000 300.394.871.000 DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA DEFENSORÍA DEL ESPACIO PÚBLICO 18.529.097.000 0 38.625.859.000 57.154.956.000 INSTITUTO DISTRITAL DE LA PARTICIPACIÓN Y ACCIÓN COMUNAL 23.731.704.000 0 25.352.033.000 49.083.737.000 TOTAL SECTOR 265.298.435.000 0 141.335.129.000 406.633.564.000 19 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-67 • 2025 • DICIEMBRE • 31 67 20 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-68 • 2025 • DICIEMBRE • 31 68 Secretaria Distrital de Gobierno Anexo 1 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 21 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-69 • 2025 • DICIEMBRE • 31 69 22 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-70 • 2025 • DICIEMBRE • 31 70 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0110-01 SECRETARÍA DISTRITAL DE GOBIERNO UNIDAD EJECUTORA 01 Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO RECURSOS TRANSFERENCIAS DISTRITO NACIÓN TOTAL O2 GASTOS 300.394.871.000 300.394.871.000 O21 Funcionamiento 223.037.634.000 223.037.634.000 O211 Gastos de personal 197.183.990.000 197.183.990.000 O212 Adquisición de bienes y servicios 25.853.144.000 25.853.144.000 O218 500.000 500.000 Gastos por tributos, tasas, contribuciones, multas, sanciones e intereses de mora O23 Inversión 77.357.237.000 77.357.237.000 O2301 DIRECTA 77.357.237.000 77.357.237.000 O230117 Bogotá Camina Segura 77.357.237.000 77.357.237.000 O23011745 Gobierno Territorial 77.357.237.000 77.357.237.000 O2301174501 Fortalecimiento de la convivencia y la seguridad ciudadana 21.014.736.000 21.014.736.000 O230117450120240069 FORTALECIMIENTO DE LA GESTIÓN POLICIVA EN BOGOTÁ D.C. 12.055.868.000 12.055.868.000 O230117450120240120 8.958.868.000 8.958.868.000 FORTALECIMIENTO DEL TEJIDO SOCIAL Y LA RECONSTRUCCIÓN DE LA CONFIANZA CON LA CIUDADANÍA PARA PROMOVER LA CULTURA DE LA CONVIVENCIA BASADA EN EL DIÁLOGO BOGOTÁ D.C.

O2301174502 19.789.614.000 19.789.614.000 Fortalecimiento del buen gobierno para el respeto y garantía de los derechos humanos.

O230117450220240110 9.472.144.000 9.472.144.000 FORTALECIMIENTO DE LA CAPACIDAD INSTITUCIONAL Y DE LOS ACTORES SOCIALES PARA LA GARANTÍA, PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS Y DE LIBERTAD RELIGIOSA Y DE CONCIENCIA EN BOGOTÁ D.C.

O230117450220240115 2.743.972.000 2.743.972.000 IMPLEMENTACIÓN DE ESTRATEGIAS DE INNOVACIÓN PUBLICA Y SOCIAL PARA EL FOMENTO DE LA GESTIÓN DEL CONOCIMIENTO EN BOGOTÁ D.C.

O230117450220240145 1.941.803.000 1.941.803.000 IMPLEMENTACIÓN DE LA ESTRATEGIA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN ESPACIOS DE TOMA DE DECISIONES PÚBLICAS EN BOGOTÁ D.C O230117450220240148 5.631.695.000 5.631.695.000 FORTALECIMIENTO DE LA CAPACIDAD INSTITUCIONAL Y DE LOS ACTORES SOCIALES PARA LA GARANTÍA, PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE LAS COMUNIDADES ÉTNICAS EN BOGOTÁ D.C 23 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-71 • 2025 • DICIEMBRE • 31 71 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0110-01 SECRETARÍA DISTRITAL DE GOBIERNO UNIDAD EJECUTORA 01 Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO RECURSOS TRANSFERENCIAS DISTRITO NACIÓN TOTAL O2301174599 Fortalecimiento a la gestión y dirección de la administración pública territorial 36.552.887.000 36.552.887.000 O230117459920240070 9.900.112.000 9.900.112.000 FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DE LA GESTIÓN LOCAL EN LAS LOCALIDADES DE BOGOTÁ D.C.

O230117459920240121 2.509.912.000 2.509.912.000 FORTALECIMIENTO DE LAS RELACIONES ESTRATÉGICAS DE LOS ACTORES POLÍTICOS DE LOS DIFERENTES NIVELES QUE INFLUYAN EN LA IMPLEMENTACIÓN DE LOS PROGRAMAS DE LA ADMINISTRACIÓN DISTRITAL BOGOTÁ D.C.

O230117459920240173 3.286.634.000 3.286.634.000 IMPLEMENTACIÓN DE ACCIONES ORIENTADAS A LA GESTIÓN PÚBLICA EFECTIVA Y TRANSPARENTE EN LA SECRETARÍA DISTRITAL DE GOBIERNO DE BOGOTÁ D.C.

O230117459920240180 5.047.946.000 5.047.946.000 FORTALECIMIENTO TECNOLÓGICO PARA UNA ADMINISTRACIÓN MÁS EFICIENTE EN LA SECRETARÍA DISTRITAL DE GOBIERNO BOGOTÁ D.C.

O230117459920240262 15.808.283.000 15.808.283.000 FORTALECIMIENTO DE LA GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y OPERATIVA DE LA SECRETARIA DISTRITAL DE GOBIERNO BOGOTÁ D.C.

TOTAL GASTOS E INVERSIONES 300.394.871.000 300.394.871.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto 24 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-72 • 2025 • DICIEMBRE • 31 72 Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público Anexo 1 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 25 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-73 • 2025 • DICIEMBRE • 31 73 26 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-74 • 2025 • DICIEMBRE • 31 74 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0127-01 DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA DEFENSORÍA DEL ESPACIO PÚBLICO - DADEP UNIDAD EJECUTORA 01 Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO RECURSOS TRANSFERENCIAS DISTRITO NACIÓN TOTAL O2 GASTOS 57.154.956.000 57.154.956.000 O21 Funcionamiento 18.529.097.000 18.529.097.000 O211 Gastos de personal 16.048.647.000 16.048.647.000 O212 Adquisición de bienes y servicios 2.480.240.000 2.480.240.000 O218 210.000 210.000 Gastos por tributos, tasas, contribuciones, multas, sanciones e intereses de mora O23 Inversión 38.625.859.000 38.625.859.000 O2301 DIRECTA 38.625.859.000 38.625.859.000 O230117 Bogotá Camina Segura 38.625.859.000 38.625.859.000 O23011745 Gobierno Territorial 38.625.859.000 38.625.859.000 O2301174501 Fortalecimiento de la convivencia y la seguridad ciudadana 27.971.854.000 27.971.854.000 O230117450120240010 18.701.617.000 18.701.617.000 Consolidación de la defensa del espacio espacio público y la apropiación del patrimonio inmobiliario de Bogotá D.C.

O230117450120240022 1.006.000.000 1.006.000.000 Generación de proyectos de bienestar con enfoque de género, poblacional y diferencial en espacios públicos de Bogotá D.C.

O230117450120240059 8.264.237.000 8.264.237.000 Fortalecimiento del proceso de actualización del inventario de uso Público y Bienes Fiscales en Bogotá D.C O2301174599 Fortalecimiento a la gestión y dirección de la administración pública territorial 10.654.005.000 10.654.005.000 O230117459920240108 6.682.646.000 6.682.646.000 Implementación de la estrategia de fortalecimiento de la gestión institucional y operativa para mejorar el servicio a la ciudadanía en Bogotá D.C O230117459920240168 3.971.359.000 3.971.359.000 Fortalecimiento de las TIC para apalancar la capacidad institucional del espacio público en Bogotá D.C TOTAL GASTOS E INVERSIONES 57.154.956.000 57.154.956.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto 27 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-75 • 2025 • DICIEMBRE • 31 75 28 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-76 • 2025 • DICIEMBRE • 31 76 Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal Anexo 1 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 29 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-77 • 2025 • DICIEMBRE • 31 77 30 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-78 • 2025 • DICIEMBRE • 31 78 PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS 2026 0220 - INSTITUTO DISTRITAL DE LA PARTICIPACIÓN Y ACCIÓN COMUNAL - IDPAC Pesos $ TRANSFERENCIAS CÓDIGO CONCEPTO PRESUPUESTO O15 Transferencias administración central 49.083.737.000 O1501 Aporte ordinario 49.083.737.000 TOTAL TRANSFERENCIAS 49.083.737.000 TOTAL RENTAS E INGRESOS 49.083.737.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto.

31 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-79 • 2025 • DICIEMBRE • 31 79 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0220-01 INSTITUTO DISTRITAL DE LA PARTICIPACIÓN Y ACCIÓN COMUNAL - IDPAC UNIDAD EJECUTORA 01 Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO APORTES RECURSOS ADMINISTRADOS DISTRITO TOTAL O2 GASTOS 49.083.737.000 49.083.737.000 O21 Funcionamiento 23.731.704.000 23.731.704.000 O211 Gastos de personal 18.512.570.000 18.512.570.000 O212 Adquisición de bienes y servicios 5.218.220.000 5.218.220.000 O218 Gastos por tributos, tasas, contribuciones, multas, sanciones e intereses de mora 914.000 914.000 O23 Inversión 25.352.033.000 25.352.033.000 O2301 DIRECTA 25.352.033.000 25.352.033.000 O230117 Bogotá Camina Segura 25.352.033.000 25.352.033.000 O23011745 Gobierno Territorial 25.352.033.000 25.352.033.000 O2301174501 Fortalecimiento de la convivencia y la seguridad ciudadana 199.000.000 199.000.000 O230117450120240079 199.000.000 199.000.000 Implementación del aprovechamiento en bienes fiscales y en zonas de cesión de carácter comunitario en Bogotá D.C.

O2301174502 Fortalecimiento del buen gobierno para el respeto y garantía de los derechos humanos. 18.980.533.000 18.980.533.000 O230117450220240212 2.653.500.000 2.653.500.000 Formación en capacidades democráticas en interrelación con la innovación social y la cualificación de la participación incidente; con enfoques de cultura ciudadana, democrática y de paz Bogotá D.C.

O230117450220240238 7.325.500.000 7.325.500.000 Implementación de mecanismos de participación que potencian el desarrollo territorial Bogotá D.C.

O230117450220240254 8.710.033.000 8.710.033.000 Construcción de Ciudadanía Activa Crece la participación en el territorio con promoción, información e innovación Bogotá D.C.

O230117450220240322 291.500.000 291.500.000 Implementación de acciones de innovación social que promuevan la participación incidente y la solución de problemas públicos Bogotá D.C.

O2301174599 Fortalecimiento a la gestión y dirección de la administración pública territorial 6.172.500.000 6.172.500.000 O230117459920240194 6.172.500.000 6.172.500.000 Fortalecimiento de la gestión institucional del IDPAC en el marco de la ejecución del Plan de Desarrollo de Bogotá D.C.

TOTAL GASTOS E INVERSIONES 49.083.737.000 49.083.737.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto.

32 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-80 • 2025 • DICIEMBRE • 31 80 Entidades Sector Hacienda Anexo 1 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 33 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-81 • 2025 • DICIEMBRE • 31 81 34 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-82 • 2025 • DICIEMBRE • 31 82 SECTOR HACIENDA - CONSOLIDADO Entidad Funcionamiento Deuda Inversión Total SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA 856.915.520.000 2.382.687.288.000 5.894.822.220.000 9.134.425.028.000 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL 87.382.450.000 0 38.983.136.000 126.365.586.000 FONDO DE PRESTACIONES ECONÓMICAS, CESANTIAS Y PENSIONES - FONCEP 611.361.784.000 184.853.228.000 4.882.662.000 801.097.674.000 TOTAL SECTOR 1.555.659.754.000 2.567.540.516.000 5.938.688.018.000 10.061.888.288.000 35 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-83 • 2025 • DICIEMBRE • 31 83 36 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-84 • 2025 • DICIEMBRE • 31 84 Secretaría Distrital de Hacienda Anexo 1 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 37 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-85 • 2025 • DICIEMBRE • 31 85 38 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-86 • 2025 • DICIEMBRE • 31 86 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0111-01 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA UNIDAD EJECUTORA 01 - DIRECCIÓN DEGESTIÓN CORPORATIVA Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO RECURSOS TRANSFERENCIAS DISTRITO NACIÓN TOTAL O2 GASTOS 457.232.565.000 457.232.565.000 O21 Funcionamiento 413.676.041.000 413.676.041.000 O211 Gastos de personal 253.247.994.000 253.247.994.000 O212 Adquisición de bienes y servicios 159.526.034.000 159.526.034.000 O213 Transferencias corrientes 884.197.000 884.197.000 O218 17.816.000 17.816.000 Gastos por tributos, tasas, contribuciones, multas, sanciones e intereses de mora O23 Inversión 43.556.524.000 43.556.524.000 O2301 DIRECTA 43.556.524.000 43.556.524.000 O230117 Bogotá Camina Segura 43.556.524.000 43.556.524.000 O23011745 Gobierno Territorial 43.556.524.000 43.556.524.000 O2301174599 Fortalecimiento a la gestión y dirección de la administración pública territorial 43.556.524.000 43.556.524.000 O230117459920240105 8.570.000.000 8.570.000.000 Fortalecimiento de la capacidad tecnológica de la Secretaría Distrital de Hacienda Bogotá D.C, O230117459920240106 Mejoramiento de los Ingresos Tributarios en Bogotá D.C. 8.829.525.000 8.829.525.000 O230117459920240155 Recuperación y gestión de la cartera morosa Bogotá D.C. 2.997.600.000 2.997.600.000 O230117459920240188 11.415.339.000 11.415.339.000 Fortalecimiento de la experiencia ciudadana con los servicios de la Secretaria Distrital de Hacienda Bogotá D.C.

O230117459920240199 9.610.802.000 9.610.802.000 Fortalecimiento Intitucional de la Secretaría Distrital de Hacienda Bogotá D.C.

O230117459920240325 2.133.258.000 2.133.258.000 Fortalecimiento de los criterios de calidad del gasto para el análisis y toma de decisiones en las finanzas públicas de Bogotá D.C.

TOTAL GASTOS E INVERSIONES 457.232.565.000 457.232.565.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto 39 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-87 • 2025 • DICIEMBRE • 31 87 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0111-02 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA UNIDAD EJECUTORA 02 - DIRECCIÓN DISTRITAL DE PRESUPUESTO Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO RECURSOS TRANSFERENCIAS DISTRITO NACIÓN TOTAL O2 GASTOS 6.180.035.711.000 40.348.701.000 6.220.384.412.000 O21 Funcionamiento 376.139.799.000 376.139.799.000 O213 Transferencias corrientes 376.067.593.000 376.067.593.000 O218 72.206.000 72.206.000 Gastos por tributos, tasas, contribuciones, multas, sanciones e intereses de mora O23 Inversión 5.803.895.912.000 40.348.701.000 5.844.244.613.000 O233 Transferencias corrientes 5.803.895.912.000 40.348.701.000 5.844.244.613.000 TOTAL GASTOS E INVERSIONES 6.180.035.711.000 40.348.701.000 6.220.384.412.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto 40 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-88 • 2025 • DICIEMBRE • 31 88 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0111-03 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA UNIDAD EJECUTORA 03 - DIRECCIÓN DISTRITAL CRÉDITO PÚBLICO Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO RECURSOS TRANSFERENCIAS DISTRITO NACIÓN TOTAL O2 GASTOS 2.382.687.288.000 2.382.687.288.000 O22 Servicio de la deuda pública 2.382.687.288.000 2.382.687.288.000 O221 Servicio de la deuda pública externa 1.226.926.347.000 1.226.926.347.000 O222 Servicio de la deuda pública interna 1.155.760.941.000 1.155.760.941.000 TOTAL GASTOS E INVERSIONES 2.382.687.288.000 0 2.382.687.288.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto 41 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-89 • 2025 • DICIEMBRE • 31 89 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0111-04 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA UNIDAD EJECUTORA 04 - FONDO CUENTACONCEJO DE BOGOTÁ D.C.

Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO RECURSOS TRANSFERENCIAS DISTRITO NACIÓN TOTAL O2 GASTOS 74.120.763.000 74.120.763.000 O21 Funcionamiento 67.099.680.000 67.099.680.000 O211 Gastos de personal 33.821.303.000 33.821.303.000 O212 Adquisición de bienes y servicios 33.230.347.000 33.230.347.000 O213 Transferencias corrientes 43.000.000 43.000.000 O218 5.030.000 5.030.000 Gastos por tributos, tasas, contribuciones, multas, sanciones e intereses de mora O23 Inversión 7.021.083.000 7.021.083.000 O2301 DIRECTA 7.021.083.000 7.021.083.000 O230117 Bogotá Camina Segura 7.021.083.000 7.021.083.000 O23011745 Gobierno Territorial 7.021.083.000 7.021.083.000 O2301174599 Fortalecimiento a la gestión y dirección de la administración pública territorial 7.021.083.000 7.021.083.000 O230117459920240219 7.021.083.000 7.021.083.000 Fortalecimiento de la capacidad institucional para responder a los retos que demandan los grupos de interés del Concejo de Bogotá D.C.

TOTAL GASTOS E INVERSIONES 74.120.763.000 74.120.763.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto 42 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-90 • 2025 • DICIEMBRE • 31 90 Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital Anexo 1 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 43 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-91 • 2025 • DICIEMBRE • 31 91 44 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-92 • 2025 • DICIEMBRE • 31 92 PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS 2026 0226 - UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL Pesos $ CÓDIGO CONCEPTO PRESUPUESTO O1 Ingresos 7.700.000.000 O11 Ingresos Corrientes 7.700.000.000 O1102 Ingresos no tributarios 7.700.000.000 TOTAL RECURSOS ADMINISTRADOS 7.700.000.000 TRANSFERENCIAS CÓDIGO CONCEPTO PRESUPUESTO O15 Transferencias administración central 118.665.586.000 O1501 Aporte ordinario 118.665.586.000 TOTAL TRANSFERENCIAS 118.665.586.000 TOTAL RENTAS E INGRESOS 126.365.586.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto.

45 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-93 • 2025 • DICIEMBRE • 31 93 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0226-01 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL UNIDAD EJECUTORA 01 Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO APORTES RECURSOS ADMINISTRADOS DISTRITO TOTAL O2 GASTOS 7.700.000.000 118.665.586.000 126.365.586.000 O21 Funcionamiento 87.382.450.000 87.382.450.000 O211 Gastos de personal 73.274.424.000 73.274.424.000 O212 Adquisición de bienes y servicios 14.105.026.000 14.105.026.000 O218 Gastos por tributos, tasas, contribuciones, multas, sanciones e intereses de mora 3.000.000 3.000.000 O23 Inversión 7.700.000.000 31.283.136.000 38.983.136.000 O2301 DIRECTA 7.700.000.000 31.283.136.000 38.983.136.000 O230117 Bogotá Camina Segura 7.700.000.000 31.283.136.000 38.983.136.000 O23011704 Información Estadística 7.165.920.000 20.034.955.000 27.200.875.000 O2301170406 Generación de la información geográfica del territorio nacional 7.165.920.000 20.034.955.000 27.200.875.000 O230117040620240063 202.350.000 4.486.748.000 4.689.098.000 Fortalecimiento de la infraestructura de datos espaciales para facilitar la producción, integración, explotación de información geográfica y catastral para potenciar la toma de decisiones en Bogotá O230117040620240065 6.251.782.000 9.944.855.000 16.196.637.000 Optimización de la gestión catastral mediante la interoperabilidad, automatización de actividades y captura oportuna de cambios en los predios de la ciudad de Bogotá D.C O230117040620240068 711.788.000 5.603.352.000 6.315.140.000 Fortalecimiento del acceso y cobertura de los servicios y trámites digitales de la UAECD en Bogotá D.C.

O23011745 Gobierno Territorial 534.080.000 11.248.181.000 11.782.261.000 O2301174599 Fortalecimiento a la gestión y dirección de la administración pública territorial 534.080.000 11.248.181.000 11.782.261.000 O230117459920240001 534.080.000 11.248.181.000 11.782.261.000 Fortalecimiento tecnológico e institucional orientado a la mejora en la prestación de los servicios a la ciudadanía en Bogotá D.C TOTAL GASTOS E INVERSIONES 7.700.000.000 118.665.586.000 126.365.586.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto.

46 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-94 • 2025 • DICIEMBRE • 31 94 Fondo de Prestaciones Económicas, Cesantías y Pensiones - FONCEP Anexo 1 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 47 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-95 • 2025 • DICIEMBRE • 31 95 48 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-96 • 2025 • DICIEMBRE • 31 96 PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS 2026 0206 - FONDO DE PRESTACIONES ECONÓMICAS, CESANTÍAS Y PENSIONES Pesos $ CÓDIGO CONCEPTO PRESUPUESTO O1 Ingresos 468.479.774.000 O11 Ingresos Corrientes 31.801.260.000 O1102 Ingresos no tributarios 31.801.260.000 O12 Recursos de capital 436.678.514.000 O1205 Rendimientos financieros 183.406.388.000 O1209 Recuperación de cartera - préstamos 12.070.737.000 O1210 Recursos del balance 241.199.389.000 O1213 Reintegros y otros recursos no apropiados 2.000.000 TOTAL RECURSOS ADMINISTRADOS 468.479.774.000 TRANSFERENCIAS CÓDIGO CONCEPTO PRESUPUESTO O15 Transferencias administración central 332.617.900.000 O1501 Aporte ordinario 42.500.831.000 O1507 Fondo de pensiones públicas 6.916.668.000 O1508 Bonos pensionales 283.200.401.000 TOTAL TRANSFERENCIAS 332.617.900.000 TOTAL RENTAS E INGRESOS 801.097.674.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto.

49 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-97 • 2025 • DICIEMBRE • 31 97 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0206-01 FONDO DE PRESTACIONES ECONÓMICAS, CESANTÍAS Y PENSIONES UNIDAD EJECUTORA 01 - GESTIÓN CORPORATIVA Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO APORTES RECURSOS ADMINISTRADOS DISTRITO TOTAL O2 GASTOS 34.922.501.000 42.500.831.000 77.423.332.000 O21 Funcionamiento 34.143.916.000 38.396.754.000 72.540.670.000 O211 Gastos de personal 16.325.810.000 16.325.810.000 O212 Adquisición de bienes y servicios 22.031.240.000 22.031.240.000 O217 Disminución de pasivos 34.143.916.000 34.143.916.000 O218 Gastos por tributos, tasas, contribuciones, multas, sanciones e intereses de mora 39.704.000 39.704.000 O23 Inversión 778.585.000 4.104.077.000 4.882.662.000 O2301 DIRECTA 778.585.000 4.104.077.000 4.882.662.000 O230117 Bogotá Camina Segura 778.585.000 4.104.077.000 4.882.662.000 O23011745 Gobierno Territorial 778.585.000 4.104.077.000 4.882.662.000 O2301174599 Fortalecimiento a la gestión y dirección de la administración pública territorial 778.585.000 4.104.077.000 4.882.662.000 O230117459920240151 778.585.000 4.104.077.000 4.882.662.000 Fortalecimiento de la gestión de derechos prestacionales y de la política de atención al pensionado en Bogotá D.C.

TOTAL GASTOS E INVERSIONES 34.922.501.000 42.500.831.000 77.423.332.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto.

50 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-98 • 2025 • DICIEMBRE • 31 98 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0206-02 FONDO DE PRESTACIONES ECONÓMICAS, CESANTÍAS Y PENSIONES UNIDAD EJECUTORA 02 - FONDO PENSIONES PÚBLICAS DE BOGOTÁ Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO APORTES RECURSOS ADMINISTRADOS DISTRITO TOTAL O2 GASTOS 433.557.273.000 290.117.069.000 723.674.342.000 O21 Funcionamiento 427.793.185.000 111.027.929.000 538.821.114.000 O213 Transferencias corrientes 427.793.185.000 111.027.929.000 538.821.114.000 O22 Servicio de la deuda pública 5.764.088.000 179.089.140.000 184.853.228.000 O222 Servicio de la deuda pública interna 5.764.088.000 179.089.140.000 184.853.228.000 TOTAL GASTOS E INVERSIONES 433.557.273.000 290.117.069.000 723.674.342.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto.

51 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-99 • 2025 • DICIEMBRE • 31 99 52 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-100 • 2025 • DICIEMBRE • 31 100 Entidad Sector Planeación Anexo 1 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 53 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-101 • 2025 • DICIEMBRE • 31 101 54 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-102 • 2025 • DICIEMBRE • 31 102 SECTOR PLANEACIÓN Entidad Funcionamiento Deuda Inversión Total SECRETARÍA DISTRITAL DE PLANEACIÓN 136.881.052.000 0 72.692.265.000 209.573.317.000 TOTAL SECTOR 136.881.052.000 0 72.692.265.000 209.573.317.000 55 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-103 • 2025 • DICIEMBRE • 31 103 56 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-104 • 2025 • DICIEMBRE • 31 104 Secretaría Distrital de Planeación Anexo 1 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-105 • 2025 • DICIEMBRE • 31 105 58 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-106 • 2025 • DICIEMBRE • 31 106 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0120-01 SECRETARÍA DISTRITAL DE PLANEACIÓN UNIDAD EJECUTORA 01 Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO RECURSOS TRANSFERENCIAS DISTRITO NACIÓN TOTAL O2 GASTOS 209.573.317.000 209.573.317.000 O21 Funcionamiento 136.881.052.000 136.881.052.000 O211 Gastos de personal 120.409.959.000 120.409.959.000 O212 Adquisición de bienes y servicios 16.369.586.000 16.369.586.000 O213 Transferencias corrientes 99.650.000 99.650.000 O218 1.857.000 1.857.000 Gastos por tributos, tasas, contribuciones, multas, sanciones e intereses de mora O23 Inversión 72.692.265.000 72.692.265.000 O2301 DIRECTA 72.692.265.000 72.692.265.000 O230117 Bogotá Camina Segura 72.692.265.000 72.692.265.000 O23011704 Información Estadística 13.356.017.000 13.356.017.000 O2301170401 Levantamiento y actualización de información estadística de calidad 13.356.017.000 13.356.017.000 O230117040120240157 13.356.017.000 13.356.017.000 Fortalecimiento de los procesos de información para la toma de decisiones en Bogotá D.C.

O23011739 Ciencia, tecnología e innovación 1.255.295.000 1.255.295.000 O2301173906 1.255.295.000 1.255.295.000 Fomento a vocaciones y formación, generación, uso y apropiación social del conocimiento de la ciencia, tecnología e innovación O230117390620240160 1.255.295.000 1.255.295.000 Implementación de retos y uso de metodologías de innovación abierta, basadas en información estratégica para la generación de mayor valor público en procesos de planeación de Bogotá D.C.

O23011745 Gobierno Territorial 58.080.953.000 58.080.953.000 O2301174502 1.013.853.000 1.013.853.000 Fortalecimiento del buen gobierno para el respeto y garantía de los derechos humanos.

O230117450220240243 1.013.853.000 1.013.853.000 Asistencia Técnica para el fortalecimiento de la política pública LGBTI y sus componentes hacia la garantía de los derechos de las personas de los sectores sociales LGBTI y sobre otras orientaciones s O2301174599 Fortalecimiento a la gestión y dirección de la administración pública territorial 57.067.100.000 57.067.100.000 O230117459920240153 492.430.000 492.430.000 Desarrollo de un modelo de gobernanza colaborativa y multinivel que favorezca la planeación y gestión articulada del Aeropuerto El Dorado y su entorno urbano - regional. Bogotá D.C.

59 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-107 • 2025 • DICIEMBRE • 31 107 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0120-01 SECRETARÍA DISTRITAL DE PLANEACIÓN UNIDAD EJECUTORA 01 Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO RECURSOS TRANSFERENCIAS DISTRITO NACIÓN TOTAL O230117459920240156 16.019.582.000 16.019.582.000 Contribución a la concreción del modelo de ordenamiento territorial mediante la generación de condiciones técnicas, normativas y de gestión en Bogotá D.C.

O230117459920240158 4.174.286.000 4.174.286.000 Implementación del Modelo Colaborativo para la Participación Ciudadana en los instrumentos de planeación, en el marco de la transparencia, la deliberación y el control social en Bogotá D.C.

O230117459920240162 22.397.234.000 22.397.234.000 Fortalecimiento del modelo de operación de la SDP a través del desarrollo de estrategias que mejoren la capacidad institucional y atiendan las necesidades de la ciudadanía. Bogotá D.C.

O230117459920240164 1.897.810.000 1.897.810.000 Desarrollo de las acciones requeridas para implementar el plan estratégico de articulación interna distrital y externa multinivel para la integración territorial en el entorno funcional de Bogotá D.C.

O230117459920240185 6.795.490.000 6.795.490.000 Asistencia técnica para Generar información cualitativa y cuantitativa articulada sobre la implementación de intervenciones públicas en la ciudad para la toma de decisiones basadas en evidencias. Bogo O230117459920240211 2.290.999.000 2.290.999.000 Fortalecimiento de la información oportuna, clara y confiable para un seguimiento integral de los proyectos de inversión y los Planes de Desarrollo Distrital y Local Bogotá D.C.

O230117459920240239 2.999.269.000 2.999.269.000 Fortalecimiento para el desarrollo de mecanismos e instrumentos de coordinación y rectoría para las políticas públicas dirigidas a la población en condiciones de vulnerabilidad y el desarrollo rural d TOTAL GASTOS E INVERSIONES 209.573.317.000 209.573.317.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto 60 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-108 • 2025 • DICIEMBRE • 31 108 Entidades Sector Desarrollo Económico, Industria y Turismo Anexo 1 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 61 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-109 • 2025 • DICIEMBRE • 31 109 62 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-110 • 2025 • DICIEMBRE • 31 110 Entidad Funcionamiento Deuda Inversión Total SECTOR DESARROLLO ECONÓMICO, INDUSTRIA Y TURISMO - CONSOLIDADO SECRETARÍA DISTRITAL DE DESARROLLO ECONÓMICO 47.297.039.000 0 171.576.797.000 218.873.836.000 INSTITUTO PARA LA ECONOMIA SOCIAL - IPES 23.431.235.000 0 65.033.514.000 88.464.749.000 INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO 18.817.308.000 0 14.728.476.000 33.545.784.000 TOTAL SECTOR 89.545.582.000 0 251.338.787.000 340.884.369.000 63 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-111 • 2025 • DICIEMBRE • 31 111 64 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-112 • 2025 • DICIEMBRE • 31 112 Secretaría Distrital de Desarrollo Económico Anexo 1 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 65 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-113 • 2025 • DICIEMBRE • 31 113 66 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-114 • 2025 • DICIEMBRE • 31 114 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0117-01 SECRETARÍA DISTRITAL DE DESARROLLO ECONÓMICO UNIDAD EJECUTORA 01 Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO RECURSOS TRANSFERENCIAS DISTRITO NACIÓN TOTAL O2 GASTOS 218.873.836.000 218.873.836.000 O21 Funcionamiento 47.297.039.000 47.297.039.000 O211 Gastos de personal 36.544.911.000 36.544.911.000 O212 Adquisición de bienes y servicios 10.752.128.000 10.752.128.000 O23 Inversión 171.576.797.000 171.576.797.000 O2301 DIRECTA 171.576.797.000 171.576.797.000 O230117 Bogotá Camina Segura 171.576.797.000 171.576.797.000 O23011704 Información Estadística 7.060.753.000 7.060.753.000 O2301170401 Levantamiento y actualización de información estadística de calidad 7.060.753.000 7.060.753.000 O230117040120240267 7.060.753.000 7.060.753.000 Generación y articulación de la información sobre el desarrollo económico de Bogotá D.C.

O23011717 Agricultura y desarrollo rural 11.909.023.000 11.909.023.000 O2301171702 Inclusión productiva de pequeños productores rurales 11.909.023.000 11.909.023.000 O230117170220240265 4.309.313.000 4.309.313.000 Fortalecimiento de los sistemas productivos acorde a la vocación y potencial económico del territorio mediante la reconversión, innovación y diversificación productiva de la Ruralidad de Bogotá D.C.

O230117170220240273 7.599.710.000 7.599.710.000 Consolidación del Sistema de Abastecimiento y Distribución de Alimentos de Bogotá D.C.

O23011735 Comercio, industria y turismo 78.036.312.000 78.036.312.000 O2301173502 Productividad y competitividad de las empresas colombianas 78.036.312.000 78.036.312.000 O230117350220240266 Fortalecimiento de los negocios locales de la ciudad de Bogotá D.C. 36.961.832.000 36.961.832.000 O230117350220240268 471.795.000 471.795.000 Diseño de la estrategia para incrementar la productividad del Distrito Aeroportuario de Bogotá D.C.

O230117350220240270 24.802.624.000 24.802.624.000 Mejoramiento de las capacidades de innovación, productividad e internacionalización del tejido empresarial de Bogotá Región para acceder a mercados locales, regionales e internacionales. Bogotá D.C.

O230117350220240275 15.800.061.000 15.800.061.000 Fortalecimiento de la articulación del ecosistema CTEI, en torno a servicios y equipamientos para el desarrollo de iniciativas que impulsen la productividad y el desarrollo económico de Bogotá D.C.

O23011736 Trabajo 48.649.191.000 48.649.191.000 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-115 • 2025 • DICIEMBRE • 31 115 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0117-01 SECRETARÍA DISTRITAL DE DESARROLLO ECONÓMICO UNIDAD EJECUTORA 01 Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO RECURSOS TRANSFERENCIAS DISTRITO NACIÓN TOTAL O2301173602 Generación y formalización del empleo 48.649.191.000 48.649.191.000 O230117360220240271 Fortalecimiento de la ruta integral de empleo y formación en Bogotá D.C. 48.649.191.000 48.649.191.000 O23011745 Gobierno Territorial 25.921.518.000 25.921.518.000 O2301174599 Fortalecimiento a la gestión y dirección de la administración pública territorial 25.921.518.000 25.921.518.000 O230117459920240264 5.095.267.000 5.095.267.000 Fortalecimiento de las capacidades institucionales para mejorar la sostenibilidad del sistema integrado de gestión, bajo estándares del MIPG en Bogotá D.C.

O230117459920240269 20.826.251.000 20.826.251.000 Fortalecimiento de la capacidad administrativa y técnica de la SDDE para afrontar los desafíos institucionales en Bogotá D.C.

TOTAL GASTOS E INVERSIONES 218.873.836.000 218.873.836.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto 68 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-116 • 2025 • DICIEMBRE • 31 116 Instituto para la Economía Social - IPES Anexo 1 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 69 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-117 • 2025 • DICIEMBRE • 31 117 70 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-118 • 2025 • DICIEMBRE • 31 118 PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS 2026 0200 - INSTITUTO PARA LA ECONOMÍA SOCIAL - IPES Pesos $ CÓDIGO CONCEPTO PRESUPUESTO O1 Ingresos 288.916.000 O11 Ingresos Corrientes 278.516.000 O1102 Ingresos no tributarios 278.516.000 O12 Recursos de capital 10.400.000 O1205 Rendimientos financieros 10.000.000 O1213 Reintegros y otros recursos no apropiados 400.000 TOTAL RECURSOS ADMINISTRADOS 288.916.000 TRANSFERENCIAS CÓDIGO CONCEPTO PRESUPUESTO O15 Transferencias administración central 88.175.833.000 O1501 Aporte ordinario 88.175.833.000 TOTAL TRANSFERENCIAS 88.175.833.000 TOTAL RENTAS E INGRESOS 88.464.749.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto.

71 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-119 • 2025 • DICIEMBRE • 31 119 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0200-01 INSTITUTO PARA LA ECONOMÍA SOCIAL - IPES UNIDAD EJECUTORA 01 Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO APORTES RECURSOS ADMINISTRADOS DISTRITO TOTAL O2 GASTOS 288.916.000 88.175.833.000 88.464.749.000 O21 Funcionamiento 23.431.235.000 23.431.235.000 O211 Gastos de personal 16.702.285.000 16.702.285.000 O212 Adquisición de bienes y servicios 6.727.741.000 6.727.741.000 O218 Gastos por tributos, tasas, contribuciones, multas, sanciones e intereses de mora 1.209.000 1.209.000 O23 Inversión 288.916.000 64.744.598.000 65.033.514.000 O2301 DIRECTA 288.916.000 64.744.598.000 65.033.514.000 O230117 Bogotá Camina Segura 288.916.000 64.744.598.000 65.033.514.000 O23011735 Comercio, industria y turismo 263.916.000 29.235.527.000 29.499.443.000 O2301173502 Productividad y competitividad de las empresas colombianas 263.916.000 29.235.527.000 29.499.443.000 O230117350220240025 1.180.137.000 1.180.137.000 Fortalecimiento para la integración económica y productiva de las unidades de negocio de la economía informal de Bogotá D.C.

O230117350220240028 6.992.655.000 6.992.655.000 Mantenimiento para fortalecer la infraestructura a través de mantenimiento preventivo, correctivo, Embellecimiento y/o reforzamiento estructural de las Plazas Distritales de Mercado de Bogotá D.C O230117350220240033 Administración y Fortalecimiento de las Plazas Distritales de Mercado de Bogotá D.C. 263.916.000 21.062.735.000 21.326.651.000 O23011736 Trabajo 931.000.000 931.000.000 O2301173602 Generación y formalización del empleo 931.000.000 931.000.000 O230117360220240024 931.000.000 931.000.000 Fortalecimiento de la ruta de formación integral y orientación para el empleo para los vendedores de la economía informal de Bogotá D.C O23011741 Inclusión social y reconciliación 25.000.000 23.440.650.000 23.465.650.000 O2301174103 Inclusión social y productiva para la población en situación de vulnerabilidad 25.000.000 23.440.650.000 23.465.650.000 O230117410320240019 15.269.381.000 15.269.381.000 Implementación de la Política Pública Distrital de Vendedoras y Vendedores Informales. Bogotá D.C.

O230117410320240035 25.000.000 8.171.269.000 8.196.269.000 Aprovechamiento del espacio público donde converge la población vendedora informal para fortalecer la economía social. Bogotá D.C.

O23011745 Gobierno Territorial 11.137.421.000 11.137.421.000 O2301174599 Fortalecimiento a la gestión y dirección de la administración pública territorial 11.137.421.000 11.137.421.000 O230117459920240027 8.693.219.000 8.693.219.000 Fortalecimiento para optimizar los procesos, la gestión estratégica y operativa del IPES Bogotá D.C 72 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-120 • 2025 • DICIEMBRE • 31 120 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0200-01 INSTITUTO PARA LA ECONOMÍA SOCIAL - IPES UNIDAD EJECUTORA 01 Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO APORTES RECURSOS ADMINISTRADOS DISTRITO TOTAL O230117459920240029 2.444.202.000 2.444.202.000 Fortalecimiento para optimizar la calidad, confiabilidad, seguridad y accesibilidad de la información de los datos del Instituto Para la Economía TOTAL GASTOS E INVERSIONES 288.916.000 88.175.833.000 88.464.749.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto.

73 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-121 • 2025 • DICIEMBRE • 31 121 74 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-122 • 2025 • DICIEMBRE • 31 122 Instituto Distrital de Turismo Anexo 1 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 75 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-123 • 2025 • DICIEMBRE • 31 123 76 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-124 • 2025 • DICIEMBRE • 31 124 PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS 2026 0221 - INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO - IDT Pesos $ TRANSFERENCIAS CÓDIGO CONCEPTO PRESUPUESTO O15 Transferencias administración central 33.545.784.000 O1501 Aporte ordinario 33.545.784.000 TOTAL TRANSFERENCIAS 33.545.784.000 TOTAL RENTAS E INGRESOS 33.545.784.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto.

77 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-125 • 2025 • DICIEMBRE • 31 125 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0221-01 INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO - IDT UNIDAD EJECUTORA 01 Pesos $ PRESUPUESTO APORTES DISTRITO CÓDIGO CONCEPTO TOTAL RECURSOS ADMINISTRADOS O2 GASTOS 33.545.784.000 33.545.784.000 O21 Funcionamiento 18.817.308.000 18.817.308.000 O211 Gastos de personal 16.089.308.000 16.089.308.000 O212 Adquisición de bienes y servicios 2.677.700.000 2.677.700.000 O213 Transferencias corrientes 50.000.000 50.000.000 O218 Gastos por tributos, tasas, contribuciones, multas, sanciones e intereses de mora 300.000 300.000 O23 Inversión 14.728.476.000 14.728.476.000 O2301 DIRECTA 14.728.476.000 14.728.476.000 O230117 Bogotá Camina Segura 14.728.476.000 14.728.476.000 O23011735 Comercio, industria y turismo 10.740.000.000 10.740.000.000 O2301173502 Productividad y competitividad de las empresas colombianas 10.740.000.000 10.740.000.000 O230117350220240111 3.040.000.000 3.040.000.000 Desarrollo de acciones de marketing que permitan el posicionamiento y consolidación de la ciudad como destino turístico a nivel regional nacional e internacional a Bogotá D.C.

O230117350220240112 550.000.000 550.000.000 Desarrollo de estrategias de mercadeo y fortalecimiento de capacidades de actores de la cadena de valor del turismo para mejorar el posicionamiento a nivel nacional e internacional de Bogotá D.C.

O230117350220240119 2.850.000.000 2.850.000.000 Fortalecimiento de la capacidad del Sistema Distrital de Turismo para el fomento de la actividad turística de Bogotá-Región como destino competitivo, responsable, sostenible y accesible Bogotá D.C.

O230117350220240126 1.700.000.000 1.700.000.000 Implementación de 10 productos que aporten a mantener la certificacion de Bogotá como Destino Turístico Inteligente Bogotá D.C.

O230117350220240128 1.750.000.000 1.750.000.000 Implementación de un modelo de gestión de información estadística para el sector turismo de Bogotá D.C.

O230117350220240324 850.000.000 850.000.000 Apoyo a Proyectos Turísticos que contribuyan al desarrollo social, cultural y económico de la ciudad de Bogotá D.C.

O23011745 Gobierno Territorial 3.988.476.000 3.988.476.000 O2301174599 Fortalecimiento a la gestión y dirección de la administración pública territorial 3.988.476.000 3.988.476.000 O230117459920240190 Fortalecimiento de la gestión institucional y operativa del Instituto Distrital de Turismo Bogotá D.C. 3.988.476.000 3.988.476.000 TOTAL GASTOS E INVERSIONES 33.545.784.000 33.545.784.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto.

78 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-126 • 2025 • DICIEMBRE • 31 126 Entidades Sector Movilidad Anexo 1 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 79 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-127 • 2025 • DICIEMBRE • 31 127 80 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-128 • 2025 • DICIEMBRE • 31 128 SECTOR MOVILIDAD - CONSOLIDADO Entidad Funcionamiento Deuda Inversión Total SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD 187.329.733.000 0 3.928.279.780.000 4.115.609.513.000 INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO - IDU 132.341.056.000 0 2.363.490.459.000 2.495.831.515.000 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL 53.180.107.000 0 171.634.042.000 224.814.149.000 TOTAL SECTOR 372.850.896.000 0 6.463.404.281.000 6.836.255.177.000 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-129 • 2025 • DICIEMBRE • 31 129 82 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-130 • 2025 • DICIEMBRE • 31 130 Secretaría Distrital de Movilidad Anexo 1 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 83 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-131 • 2025 • DICIEMBRE • 31 131 84 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-132 • 2025 • DICIEMBRE • 31 132 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0113-01 SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD UNIDAD EJECUTORA 01 - DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO RECURSOS TRANSFERENCIAS DISTRITO NACIÓN TOTAL O2 GASTOS 283.637.401.000 283.637.401.000 O21 Funcionamiento 187.329.733.000 187.329.733.000 O211 Gastos de personal 142.016.533.000 142.016.533.000 O212 Adquisición de bienes y servicios 22.337.700.000 22.337.700.000 O213 Transferencias corrientes 22.975.500.000 22.975.500.000 O23 Inversión 96.307.668.000 96.307.668.000 O2301 DIRECTA 96.307.668.000 96.307.668.000 O230117 Bogotá Camina Segura 96.307.668.000 96.307.668.000 O23011745 Gobierno Territorial 96.307.668.000 96.307.668.000 O2301174599 Fortalecimiento a la gestión y dirección de la administración pública territorial 96.307.668.000 96.307.668.000 O230117459920240093 570.210.000 570.210.000 Mejoramiento en la gestión de las acciones de transparencia e integridad de la Secretaría Distrital de Movilidad en Bogotá D.C.

O230117459920240095 32.047.408.000 32.047.408.000 Mejoramiento y mantenimiento de los servicios de TI asociados a la infraestructura tecnológica operacional de la Secretaria Distrital de la Movilidad de Bogotá D.C.

O230117459920240097 32.817.923.000 32.817.923.000 Consolidación del trabajo colaborativo y apoyo institucional en la Secretaría Distrital de Movilidad de Bogotá D.C O230117459920240104 30.872.127.000 30.872.127.000 Fortalecimiento de la Gestión Jurídica en la Secretaría Distrital de Movilidad de Bogotá D.C TOTAL GASTOS E INVERSIONES 283.637.401.000 283.637.401.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto 85 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-133 • 2025 • DICIEMBRE • 31 133 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0113-02 SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD UNIDAD EJECUTORA 02 - DIRECCIÓN TRANSITO Y TRANSPORTE Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO RECURSOS TRANSFERENCIAS DISTRITO NACIÓN TOTAL O2 GASTOS 3.831.972.112.000 3.831.972.112.000 O23 Inversión 3.831.972.112.000 3.831.972.112.000 O2301 DIRECTA 536.708.112.000 536.708.112.000 O230117 Bogotá Camina Segura 536.708.112.000 536.708.112.000 O23011724 Transporte 447.253.355.000 447.253.355.000 O2301172402 Infraestructura red vial regional 2.105.948.000 2.105.948.000 O230117240220240114 2.105.948.000 2.105.948.000 Fortalecimiento de la red de cicloinfraestructura en la ciudad de Bogotá D.C.

O2301172409 Seguridad de transporte 445.147.407.000 445.147.407.000 O230117240920240096 8.602.671.000 8.602.671.000 Implementación de intervenciones integrales de cultura, comunicación y pedagogía, para la movilidad segura en Bogotá D.C.

O230117240920240099 48.795.895.000 48.795.895.000 Implementación de acciones para una movilidad sostenible, segura y confiable para Bogotá D.C.

O230117240920240100 6.010.536.000 6.010.536.000 Fortalecimiento del componente de gobernanza para la implementación de la estrategia de seguridad vial en Bogotá O230117240920240116 25.561.813.000 25.561.813.000 Fortalecimiento del programa niñas y niños primero para mejorar la seguridad vial y la confianza en el camino al colegio en Bogotá D.C.

O230117240920240124 105.633.880.000 105.633.880.000 Fortalecimiento del sistema de señalización para la movilidad enfocada en la mejora de la seguridad vial en la ciudad de Bogotá D.C.

O230117240920240125 73.821.831.000 73.821.831.000 Fortalecimiento de las intervenciones de control y prevención del tránsito y el transporte para mejorar la seguridad vial en Bogotá D.C.

O230117240920240127 176.720.781.000 176.720.781.000 Consolidación de las intervenciones en el espacio público para el mejoramiento de las condiciones de movilidad y seguridad vial en los corredores y puntos estratégicos en Bogotá D.C.

O23011745 Gobierno Territorial 89.454.757.000 89.454.757.000 O2301174502 4.520.205.000 4.520.205.000 Fortalecimiento del buen gobierno para el respeto y garantía de los derechos humanos.

O230117450220240077 4.520.205.000 4.520.205.000 Implementación de espacios de participación ciudadana incidente en la Secretaría Distrital de Movilidad de Bogotá D.C.

O2301174599 Fortalecimiento a la gestión y dirección de la administración pública territorial 84.934.552.000 84.934.552.000 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-134 • 2025 • DICIEMBRE • 31 134 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0113-02 SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD UNIDAD EJECUTORA 02 - DIRECCIÓN TRANSITO Y TRANSPORTE Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO RECURSOS TRANSFERENCIAS DISTRITO NACIÓN TOTAL O230117459920240075 40.156.486.000 40.156.486.000 Fortalecimiento de los procesos contravencionales asociados a las infracciones de normas de tránsito y transporte público en Bogotá D.C.

O230117459920240076 44.778.066.000 44.778.066.000 Mejoramiento de los servicios prestados en la Secretaría Distrital de Movilidad de Bogotá D.C.

O233 Transferencias corrientes 3.295.264.000.000 3.295.264.000.000 TOTAL GASTOS E INVERSIONES 3.831.972.112.000 3.831.972.112.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto 87 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-135 • 2025 • DICIEMBRE • 31 135 88 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-136 • 2025 • DICIEMBRE • 31 136 Instituto de Desarrollo Urbano - IDU Anexo 1 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 89 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-137 • 2025 • DICIEMBRE • 31 137 90 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-138 • 2025 • DICIEMBRE • 31 138 PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS 2026 0204 - INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO - IDU Pesos $ CÓDIGO CONCEPTO PRESUPUESTO O1 Ingresos 908.385.148.000 O11 Ingresos Corrientes 35.862.389.000 O1102 Ingresos no tributarios 35.862.389.000 O12 Recursos de capital 872.522.759.000 O1201 Disposición de activos 49.060.182.000 O1202 Excedentes financieros 24.770.000.000 O1208 Transferencias de capital 140.000.000.000 O1210 Recursos del balance 658.692.577.000 TOTAL RECURSOS ADMINISTRADOS 908.385.148.000 TRANSFERENCIAS CÓDIGO CONCEPTO PRESUPUESTO O15 Transferencias administración central 1.587.446.367.000 O1501 Aporte ordinario 1.587.446.367.000 TOTAL TRANSFERENCIAS 1.587.446.367.000 TOTAL RENTAS E INGRESOS 2.495.831.515.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto.

91 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-139 • 2025 • DICIEMBRE • 31 139 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0204-01 INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO - IDU UNIDAD EJECUTORA 01 Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO APORTES RECURSOS ADMINISTRADOS DISTRITO TOTAL O2 GASTOS 908.385.148.000 1.587.446.367.000 2.495.831.515.000 O21 Funcionamiento 132.341.056.000 132.341.056.000 O211 Gastos de personal 113.539.570.000 113.539.570.000 O212 Adquisición de bienes y servicios 18.796.888.000 18.796.888.000 O218 Gastos por tributos, tasas, contribuciones, multas, sanciones e intereses de mora 4.598.000 4.598.000 O23 Inversión 908.385.148.000 1.455.105.311.000 2.363.490.459.000 O2301 DIRECTA 907.986.405.000 1.455.105.311.000 2.363.091.716.000 O230117 Bogotá Camina Segura 907.986.405.000 1.455.105.311.000 2.363.091.716.000 O23011724 Transporte 763.071.482.000 1.272.472.875.000 2.035.544.357.000 O2301172402 Infraestructura red vial regional 563.577.976.000 1.148.716.125.000 1.712.294.101.000 O230117240220200051 Integración funcional del Regiotram a la estructura urbana de la Ciudad 100.000.000 100.000.000 O230117240220240117 103.079.162.000 146.513.689.000 249.592.851.000 Consolidación del sistema del espacio público, para brindar movilidad segura, inclusiva y sostenible en Bogotá D.C O230117240220240140 460.498.814.000 1.002.102.436.000 1.462.601.250.000 Consolidación de infraestructura vial y ciclo infraestructura para una movilidad sostenible, eficiente, inclusiva que promueve la integración modal en Bogotá D.C O2301172408 Prestación de servicios de transporte público de pasajeros 199.493.506.000 123.756.750.000 323.250.256.000 O230117240820240133 199.493.506.000 123.756.750.000 323.250.256.000 Construcción de infraestructura de transporte para una movilidad sostenible, eficiente, inclusiva que promueve la integración modal en Bogotá D.C O23011745 Gobierno Territorial 144.914.923.000 182.632.436.000 327.547.359.000 O2301174599 Fortalecimiento a la gestión y dirección de la administración pública territorial 144.914.923.000 182.632.436.000 327.547.359.000 O230117459920240113 144.914.923.000 182.632.436.000 327.547.359.000 Fortalecimiento del Modelo de Operación Institucional del Instituto de Desarrollo Urbano en Bogota D.C O234 Transferencias de capital 398.743.000 398.743.000 TOTAL GASTOS E INVERSIONES 908.385.148.000 1.587.446.367.000 2.495.831.515.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto.

92 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-140 • 2025 • DICIEMBRE • 31 140 Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial Anexo 1 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 93 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-141 • 2025 • DICIEMBRE • 31 141 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-142 • 2025 • DICIEMBRE • 31 142 PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS 2026 0227 - UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL Pesos $ CÓDIGO CONCEPTO PRESUPUESTO O1 Ingresos 27.460.331.000 O12 Recursos de capital 27.460.331.000 O1202 Excedentes financieros 1.641.244.000 O1208 Transferencias de capital 20.500.000.000 O1210 Recursos del balance 5.319.087.000 TOTAL RECURSOS ADMINISTRADOS 27.460.331.000 TRANSFERENCIAS CÓDIGO CONCEPTO PRESUPUESTO O15 Transferencias administración central 197.353.818.000 O1501 Aporte ordinario 197.353.818.000 TOTAL TRANSFERENCIAS 197.353.818.000 TOTAL RENTAS E INGRESOS 224.814.149.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto.

95 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-143 • 2025 • DICIEMBRE • 31 143 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0227-01 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL UNIDAD EJECUTORA 01 Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO APORTES RECURSOS ADMINISTRADOS DISTRITO TOTAL O2 GASTOS 27.460.331.000 197.353.818.000 224.814.149.000 O21 Funcionamiento 53.180.107.000 53.180.107.000 O211 Gastos de personal 42.206.273.000 42.206.273.000 O212 Adquisición de bienes y servicios 10.825.126.000 10.825.126.000 O218 Gastos por tributos, tasas, contribuciones, multas, sanciones e intereses de mora 148.708.000 148.708.000 O23 Inversión 27.460.331.000 144.173.711.000 171.634.042.000 O2301 DIRECTA 27.460.331.000 144.173.711.000 171.634.042.000 O230117 Bogotá Camina Segura 27.460.331.000 144.173.711.000 171.634.042.000 O23011724 Transporte 26.113.351.000 105.015.058.000 131.128.409.000 O2301172402 Infraestructura red vial regional 26.113.351.000 105.015.058.000 131.128.409.000 O230117240220240131 Conservación de la red vial y red de cicloinfraestructura de Bogotá D.C. 26.113.351.000 105.015.058.000 131.128.409.000 O23011740 Vivienda, ciudad y territorio 1.346.980.000 6.376.552.000 7.723.532.000 O2301174002 Ordenamiento territorial y desarrollo urbano 1.346.980.000 6.376.552.000 7.723.532.000 O230117400220240142 Conservación de la red de infraestructura peatonal en Bogotá D.C. 1.346.980.000 6.376.552.000 7.723.532.000 O23011745 Gobierno Territorial 32.782.101.000 32.782.101.000 O2301174502 Fortalecimiento del buen gobierno para el respeto y garantía de los derechos humanos. 429.086.000 429.086.000 O230117450220240301 429.086.000 429.086.000 Fortalecimiento de la atención y participación ciudadana con enfoques de género, diferencial y territorial en Bogotá D.C.

O2301174599 Fortalecimiento a la gestión y dirección de la administración pública territorial 32.353.015.000 32.353.015.000 O230117459920240161 7.036.993.000 7.036.993.000 Fortalecimiento de los Componentes tecnológicos para garantizar la demanda en la operación de la UAERMV de Bogotá D.C.

O230117459920240179 Fortalecimiento de la gestión institucional de la UAERMV de Bogotá D.C.. 25.316.022.000 25.316.022.000 TOTAL GASTOS E INVERSIONES 27.460.331.000 197.353.818.000 224.814.149.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto.

96 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-144 • 2025 • DICIEMBRE • 31 144 Entidad Sector Gestión Jurídica Anexo 1 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 97 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-145 • 2025 • DICIEMBRE • 31 145 98 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-146 • 2025 • DICIEMBRE • 31 146 SECTOR GESTIÓN JURÍDICA Entidad Funcionamiento Deuda Inversión Total SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL 37.872.176.000 0 10.671.154.000 48.543.330.000 TOTAL SECTOR 37.872.176.000 0 10.671.154.000 48.543.330.000 99 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-147 • 2025 • DICIEMBRE • 31 147 100 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-148 • 2025 • DICIEMBRE • 31 148 Secretaría Jurídica Distrital Anexo 1 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 101 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-149 • 2025 • DICIEMBRE • 31 149 102 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-150 • 2025 • DICIEMBRE • 31 150 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0136-01 SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL UNIDAD EJECUTORA 01 Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO RECURSOS TRANSFERENCIAS DISTRITO NACIÓN TOTAL O2 GASTOS 48.543.330.000 48.543.330.000 O21 Funcionamiento 37.872.176.000 37.872.176.000 O211 Gastos de personal 29.060.631.000 29.060.631.000 O212 Adquisición de bienes y servicios 8.811.174.000 8.811.174.000 O218 371.000 371.000 Gastos por tributos, tasas, contribuciones, multas, sanciones e intereses de mora O23 Inversión 10.671.154.000 10.671.154.000 O2301 DIRECTA 10.671.154.000 10.671.154.000 O230117 Bogotá Camina Segura 10.671.154.000 10.671.154.000 O23011712 Justicia y del derecho 5.106.609.000 5.106.609.000 O2301171205 Defensa jurídica del Estado 5.106.609.000 5.106.609.000 O230117120520240274 1.931.019.000 1.931.019.000 Fortalecimiento del modelo de gestión jurídica y prevención del daño antijurídico en Bogotá D.C.

O230117120520240278 1.766.216.000 1.766.216.000 Fortalecimiento de la capacidad institucional y operativa de la Secretaría Jurídica para gestionar los aspectos jurídicos. Bogotá D.C.

O230117120520240287 1.409.374.000 1.409.374.000 Fortalecimiento institucional para optimizar la gestión jurídica y normativa en la Secretaría Jurídica Distrital Bogotá D.C.

O23011745 Gobierno Territorial 5.564.545.000 5.564.545.000 O2301174599 Fortalecimiento a la gestión y dirección de la administración pública territorial 5.564.545.000 5.564.545.000 O230117459920240149 4.000.000.000 4.000.000.000 Modernización integral de la Infraestructura TIC de la Secretaria Jurídica Distrital. Bogotá D.C.

O230117459920240181 1.284.265.000 1.284.265.000 Fortalecimiento estratégico institucional y mejora de la gestión de la Secretaría Jurídica Distrital de Bogotá D.C.

O230117459920240277 280.280.000 280.280.000 Fortalecimiento de la participación ciudadana en el ciclo de gobernanza regulatoria del Distrito Capital. Bogotá D.C.

TOTAL GASTOS E INVERSIONES 48.543.330.000 48.543.330.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto 103 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-151 • 2025 • DICIEMBRE • 31 151 104 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-152 • 2025 • DICIEMBRE • 31 152 Entidades Sector Seguridad, Convivencia y Justicia Anexo 1 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 105 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-153 • 2025 • DICIEMBRE • 31 153 106 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-154 • 2025 • DICIEMBRE • 31 154 SECTOR SEGURIDAD, CONVIVENCIA Y JUSTICIA - CONSOLIDADO Entidad Funcionamiento Deuda Inversión Total SECRETARÍA DISTRITAL DE SEGURIDAD, CONVIVENCIA Y JUSTICIA 137.796.293.000 0 748.586.546.000 886.382.839.000 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL CUERPO OFICIAL DE BOMBEROS 127.997.520.000 0 67.934.771.000 195.932.291.000 TOTAL SECTOR 265.793.813.000 0 816.521.317.000 1.082.315.130.000 107 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-155 • 2025 • DICIEMBRE • 31 155 108 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-156 • 2025 • DICIEMBRE • 31 156 Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia Anexo 1 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 109 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-157 • 2025 • DICIEMBRE • 31 157 110 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-158 • 2025 • DICIEMBRE • 31 158 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0137-01 SECRETARÍA DISTRITAL DE SEGURIDAD, CONVIVENCIA Y JUSTICIA UNIDAD EJECUTORA 01 - GESTION INSTITUCIONAL Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO RECURSOS TRANSFERENCIAS DISTRITO NACIÓN TOTAL O2 GASTOS 622.805.516.000 622.805.516.000 O21 Funcionamiento 137.796.293.000 137.796.293.000 O211 Gastos de personal 107.850.603.000 107.850.603.000 O212 Adquisición de bienes y servicios 28.745.690.000 28.745.690.000 O213 Transferencias corrientes 1.200.000.000 1.200.000.000 O23 Inversión 485.009.223.000 485.009.223.000 O2301 DIRECTA 485.009.223.000 485.009.223.000 O230117 Bogotá Camina Segura 485.009.223.000 485.009.223.000 O23011704 Información Estadística 1.070.110.000 1.070.110.000 O2301170401 Levantamiento y actualización de información estadística de calidad 1.070.110.000 1.070.110.000 O230117040120240315 1.070.110.000 1.070.110.000 Desarrollo un sistema de información integrado y de gestión del conocimiento para el análisis estratégico en el Sector Seguridad, Convivencia y Justicia en Bogotá D.C.

O23011712 Justicia y del derecho 132.145.282.000 132.145.282.000 O2301171202 Promoción al acceso a la justicia 22.037.462.000 22.037.462.000 O230117120220240295 22.037.462.000 22.037.462.000 Modernización del Sistema Distrital de Justicia para el establecimiento de servicios funcionales de acceso a la justicia y de resolución de conflictos Bogotá D.C O2301171207 Fortalecimiento de la política criminal del Estado colombiano 110.107.820.000 110.107.820.000 O230117120720240305 110.107.820.000 110.107.820.000 Implementación un modelo de gestión carcelario y de detención con enfoque restaurativo para la población privada de la libertad y pospenada en Bogotá D.C.

O23011741 Inclusión social y reconciliación 24.381.569.000 24.381.569.000 O2301174103 Inclusión social y productiva para la población en situación de vulnerabilidad 24.381.569.000 24.381.569.000 O230117410320240306 24.381.569.000 24.381.569.000 Ampliación de las capacidades del Programa Distrital de Justicia Juvenil Restaurativa en Bogotá D.C.

O23011745 Gobierno Territorial 327.412.262.000 327.412.262.000 O2301174501 Fortalecimiento de la convivencia y la seguridad ciudadana 236.206.481.000 236.206.481.000 O230117450120240292 4.767.062.000 4.767.062.000 Fortalecimiento de la Gestión Integral de la Seguridad en la Región Metropolitana Bogotá D.C 111 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-159 • 2025 • DICIEMBRE • 31 159 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0137-01 SECRETARÍA DISTRITAL DE SEGURIDAD, CONVIVENCIA Y JUSTICIA UNIDAD EJECUTORA 01 - GESTION INSTITUCIONAL Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO RECURSOS TRANSFERENCIAS DISTRITO NACIÓN TOTAL O230117450120240296 93.748.514.000 93.748.514.000 Fortalecimiento de las capacidades del Sistema de operación y Tecnológico del C4 en Bogotá D.C.

O230117450120240304 53.454.775.000 53.454.775.000 Ampliación de equipamientos de justicia con enfoque territorial para la garantía y protección de derechos en Bogotá D.C.

O230117450120240312 84.236.130.000 84.236.130.000 Fortalecimiento del pie de fuerza policial y de la gestión territorial para la Convivencia y Seguridad en Bogotá D.C.

O2301174502 12.754.923.000 12.754.923.000 Fortalecimiento del buen gobierno para el respeto y garantía de los derechos humanos.

O230117450220240294 12.754.923.000 12.754.923.000 Recuperación de la seguridad de los entornos comerciales, industriales y residenciales a partir de la articulación de esfuerzos de seguridad pública en Bogotá D.C.

O2301174599 Fortalecimiento a la gestión y dirección de la administración pública territorial 78.450.858.000 78.450.858.000 O230117459920240314 78.450.858.000 78.450.858.000 Fortalecimiento la Gestión Administrativa y Operativa de la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia en Bogotá D.C.

TOTAL GASTOS E INVERSIONES 622.805.516.000 622.805.516.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto 112 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-160 • 2025 • DICIEMBRE • 31 160 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0137-02 SECRETARÍA DISTRITAL DE SEGURIDAD, CONVIVENCIA Y JUSTICIA UNIDAD EJECUTORA 02 - FONDO CUENTAPARA LA SEGURIDAD Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO RECURSOS TRANSFERENCIAS DISTRITO NACIÓN TOTAL O2 GASTOS 263.577.323.000 263.577.323.000 O23 Inversión 263.577.323.000 263.577.323.000 O2301 DIRECTA 263.577.323.000 263.577.323.000 O230117 Bogotá Camina Segura 263.577.323.000 263.577.323.000 O23011712 Justicia y del derecho 6.432.800.000 6.432.800.000 O2301171207 Fortalecimiento de la política criminal del Estado colombiano 6.432.800.000 6.432.800.000 O230117120720240293 6.432.800.000 6.432.800.000 Desarrollo de las Estrategias para la Implementación del Sistema Distrital de Apropiación del Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana en Bogotá D.C.

O23011745 Gobierno Territorial 257.144.523.000 257.144.523.000 O2301174501 Fortalecimiento de la convivencia y la seguridad ciudadana 257.144.523.000 257.144.523.000 O230117450120240290 257.144.523.000 257.144.523.000 Fortalecimiento de capacidades operativas de vigilancia policial, funciones militares y otras de apoyo a la seguridad la convivencia y la justicia en Bogotá D.C."

TOTAL GASTOS E INVERSIONES 263.577.323.000 263.577.323.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto 113 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-161 • 2025 • DICIEMBRE • 31 161 114 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-162 • 2025 • DICIEMBRE • 31 162 Unidad Administrativa Especial Cuerpo Oficial de Bomberos Anexo 1 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 115 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-163 • 2025 • DICIEMBRE • 31 163 116 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-164 • 2025 • DICIEMBRE • 31 164 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0131-01 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL CUERPO OFICIAL DE BOMBEROS UNIDAD EJECUTORA 01 Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO RECURSOS TRANSFERENCIAS DISTRITO NACIÓN TOTAL O2 GASTOS 195.932.291.000 195.932.291.000 O21 Funcionamiento 127.997.520.000 127.997.520.000 O211 Gastos de personal 107.011.115.000 107.011.115.000 O212 Adquisición de bienes y servicios 16.965.510.000 16.965.510.000 O213 Transferencias corrientes 4.000.000.000 4.000.000.000 O218 20.895.000 20.895.000 Gastos por tributos, tasas, contribuciones, multas, sanciones e intereses de mora O23 Inversión 67.934.771.000 67.934.771.000 O2301 DIRECTA 67.934.771.000 67.934.771.000 O230117 Bogotá Camina Segura 67.934.771.000 67.934.771.000 O23011745 Gobierno Territorial 67.934.771.000 67.934.771.000 O2301174503 Gestión del riesgo de desastres y emergencias 42.767.306.000 42.767.306.000 O230117450320240255 42.767.306.000 42.767.306.000 MODERNIZACIÓN Y FORTALECIMIENTO DE LAS CAPACIDADES DEL CUERPO OFICIAL DE BOMBEROS, EN FORMACIÓN, INFRAESTRUCTURA, EQUIPAMIENTOS, CONOCIMIENTO, REDUCCIÓN Y ATENCIÓN DE EMERGENCIAS O2301174599 Fortalecimiento a la gestión y dirección de la administración pública territorial 25.167.465.000 25.167.465.000 O230117459920240207 25.167.465.000 25.167.465.000 FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL PARA UN GOBIERNO CONFIABLE BOGOTÁ D.C.

TOTAL GASTOS E INVERSIONES 195.932.291.000 195.932.291.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto 117 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-165 • 2025 • DICIEMBRE • 31 165 118 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-166 • 2025 • DICIEMBRE • 31 166 Organismos de Control Anexo 1 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 119 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-167 • 2025 • DICIEMBRE • 31 167 120 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-168 • 2025 • DICIEMBRE • 31 168 ORGANISMOS DE CONTROL - CONSOLIDADO Entidad Funcionamiento Deuda Inversión Total CONCEJO DE BOGOTÁ D. C. 138.293.526.000 0 0 138.293.526.000 PERSONERÍA DE BOGOTÁ D.C. 298.076.212.000 0 17.904.377.000 315.980.589.000 VEEDURÍA DISTRITAL DE BOGOTÁ D.C. 33.587.464.000 0 3.281.479.000 36.868.943.000 CONTRALORÍA DE BOGOTÁ D.C. 246.195.621.000 0 41.294.321.000 287.489.942.000 TOTAL OTRAS ENTIDADES 716.152.823.000 0 62.480.177.000 778.633.000.000 121 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-169 • 2025 • DICIEMBRE • 31 169 122 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-170 • 2025 • DICIEMBRE • 31 170 Concejo de Bogotá D.C.

Anexo 1 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 123 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-171 • 2025 • DICIEMBRE • 31 171 124 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-172 • 2025 • DICIEMBRE • 31 172 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0100-01 CONCEJO DE BOGOTA, D.C. UNIDAD EJECUTORA 01 Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO RECURSOS TRANSFERENCIAS DISTRITO NACIÓN TOTAL O2 GASTOS 138.293.526.000 138.293.526.000 O21 Funcionamiento 138.293.526.000 138.293.526.000 O211 Gastos de personal 138.258.926.000 138.258.926.000 O212 Adquisición de bienes y servicios 34.600.000 34.600.000 TOTAL GASTOS E INVERSIONES 138.293.526.000 138.293.526.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto 125 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-173 • 2025 • DICIEMBRE • 31 173 126 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-174 • 2025 • DICIEMBRE • 31 174 Personería de Bogotá, D.C.

Anexo 1 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 127 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-175 • 2025 • DICIEMBRE • 31 175 128 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-176 • 2025 • DICIEMBRE • 31 176 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0102-01 PERSONERÍA DE BOGOTÁ, D.C. UNIDAD EJECUTORA 01 Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO RECURSOS TRANSFERENCIAS DISTRITO NACIÓN TOTAL O2 GASTOS 315.980.589.000 315.980.589.000 O21 Funcionamiento 298.076.212.000 298.076.212.000 O211 Gastos de personal 249.716.745.000 249.716.745.000 O212 Adquisición de bienes y servicios 48.359.467.000 48.359.467.000 O23 Inversión 17.904.377.000 17.904.377.000 O2301 DIRECTA 17.904.377.000 17.904.377.000 O230117 Bogotá Camina Segura 17.904.377.000 17.904.377.000 O23011725 Organismos de Control 9.868.743.000 9.868.743.000 O2301172501 3.276.403.000 3.276.403.000 Fortalecimiento del control y la vigilancia de la gestión fiscal y resarcimiento al daño del patrimonio público O230117250120240288 3.276.403.000 3.276.403.000 Fortalecimiento del ejercicio de prevención y control a la función pública en la Personería de Bogotá D.C.

O2301172502 3.291.200.000 3.291.200.000 Promoción, protección y defensa de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario O230117250220240286 3.291.200.000 3.291.200.000 Fortalecimiento del ejercicio de protección de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario en la Personería de Bogotá D.C.

O2301172504 Vigilancia de la gestión administrativa de los funcionarios del Estado 3.301.140.000 3.301.140.000 O230117250420240272 3.301.140.000 3.301.140.000 Fortalecimiento de la gestión de la potestad disciplinaria en la Personería de Bogotá D.C.

O23011745 Gobierno Territorial 8.035.634.000 8.035.634.000 O2301174599 Fortalecimiento a la gestión y dirección de la administración pública territorial 8.035.634.000 8.035.634.000 O230117459920240285 Modernización institucional de la Personería de Bogotá D.C. 8.035.634.000 8.035.634.000 TOTAL GASTOS E INVERSIONES 315.980.589.000 315.980.589.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto 129 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-177 • 2025 • DICIEMBRE • 31 177 130 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-178 • 2025 • DICIEMBRE • 31 178 Veeduría de Bogotá D.C.

Anexo 1 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 131 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-179 • 2025 • DICIEMBRE • 31 179 132 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-180 • 2025 • DICIEMBRE • 31 180 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0105-01 VEEDURÍA DISTRITAL UNIDAD EJECUTORA 01 Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO RECURSOS TRANSFERENCIAS DISTRITO NACIÓN TOTAL O2 GASTOS 36.868.943.000 36.868.943.000 O21 Funcionamiento 33.587.464.000 33.587.464.000 O211 Gastos de personal 18.323.327.000 18.323.327.000 O212 Adquisición de bienes y servicios 15.263.059.000 15.263.059.000 O218 1.078.000 1.078.000 Gastos por tributos, tasas, contribuciones, multas, sanciones e intereses de mora O23 Inversión 3.281.479.000 3.281.479.000 O2301 DIRECTA 3.281.479.000 3.281.479.000 O230117 Bogotá Camina Segura 3.281.479.000 3.281.479.000 O23011723 Tecnologías de la información y las comunicaciones 1.344.170.000 1.344.170.000 O2301172302 1.344.170.000 1.344.170.000 Fomento del desarrollo de aplicaciones, software y contenidos para impulsar la apropiación de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC)

O230117230220240046 1.344.170.000 1.344.170.000 Fortalecimiento de capacidades institucionales y tecnológicas para el control y la vigilancia de carácter preventivo en Bogotá D.C.

O23011725 Organismos de Control 1.254.446.000 1.254.446.000 O2301172503 Lucha contra la corrupción 1.254.446.000 1.254.446.000 O230117250320240031 1.254.446.000 1.254.446.000 Control Social para la promoción de la Cultura de Integridad, Transparencia y Anticorrupción en las Entidades y Empresas en las que el Distrito tiene participación en Bogotá D.C.

O23011739 Ciencia, tecnología e innovación 682.863.000 682.863.000 O2301173906 682.863.000 682.863.000 Fomento a vocaciones y formación, generación, uso y apropiación social del conocimiento de la ciencia, tecnología e innovación O230117390620240023 682.863.000 682.863.000 Contribución a una cultura de innovación pública para la eficiencia y el control de carácter preventivo en las entidades del Distrito - LABCAPITAL en Bogotá D.C.

TOTAL GASTOS E INVERSIONES 36.868.943.000 36.868.943.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto 133 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-181 • 2025 • DICIEMBRE • 31 181 134 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-182 • 2025 • DICIEMBRE • 31 182 Contraloría de Bogotá D.C.

Anexo 1 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 135 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-183 • 2025 • DICIEMBRE • 31 183 136 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-184 • 2025 • DICIEMBRE • 31 184 PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS 2026 0235 - CONTRALORÍA DE BOGOTÁ, D.C.

Pesos $ CÓDIGO CONCEPTO PRESUPUESTO O1 Ingresos 1.617.779.000 O11 Ingresos Corrientes 1.617.779.000 O1102 Ingresos no tributarios 1.617.779.000 TOTAL RECURSOS ADMINISTRADOS 1.617.779.000 TRANSFERENCIAS CÓDIGO CONCEPTO PRESUPUESTO O15 Transferencias administración central 285.872.163.000 O1501 Aporte ordinario 285.872.163.000 TOTAL TRANSFERENCIAS 285.872.163.000 TOTAL RENTAS E INGRESOS 287.489.942.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto.

137 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-185 • 2025 • DICIEMBRE • 31 185 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0235-01 CONTRALORÍA DE BOGOTÁ, D.C. UNIDAD EJECUTORA 01 - CONTRALORÍA Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO APORTES RECURSOS ADMINISTRADOS DISTRITO TOTAL O2 GASTOS 1.617.779.000 285.872.163.000 287.489.942.000 O21 Funcionamiento 246.195.621.000 246.195.621.000 O211 Gastos de personal 229.844.755.000 229.844.755.000 O212 Adquisición de bienes y servicios 16.255.228.000 16.255.228.000 O213 Transferencias corrientes 15.000.000 15.000.000 O218 Gastos por tributos, tasas, contribuciones, multas, sanciones e intereses de mora 80.638.000 80.638.000 O23 Inversión 1.617.779.000 39.676.542.000 41.294.321.000 O2301 DIRECTA 1.617.779.000 39.676.542.000 41.294.321.000 O230117 Bogotá Camina Segura 1.617.779.000 39.676.542.000 41.294.321.000 O23011725 Organismos de Control 14.594.321.000 14.594.321.000 O2301172501 14.594.321.000 14.594.321.000 Fortalecimiento del control y la vigilancia de la gestión fiscal y resarcimiento al daño del patrimonio público O230117250120240050 Implementación del Control Fiscal Digital al servicio del ciudadano. Bogotá D.C. 13.594.321.000 13.594.321.000 O230117250120240196 Fortalecimiento del Control Social como Insumo para el Control Fiscal. Bogotá D.C. 1.000.000.000 1.000.000.000 O23011745 Gobierno Territorial 1.617.779.000 25.082.221.000 26.700.000.000 O2301174599 Fortalecimiento a la gestión y dirección de la administración pública territorial 1.617.779.000 25.082.221.000 26.700.000.000 O230117459920240044 5.200.000.000 5.200.000.000 Fortalecimiento de la gestión y la infraestructura de TI que soporte el modelo de operación e innovación tecnológica para el cumplimiento de los objetivos de la Contraloría de Bogotá D.C.

O230117459920240109 1.000.000.000 1.000.000.000 Fortalecimiento de la Infraestructura Física y Dotación de Mobiliario de la Contraloría de Bogotá D.C.

O230117459920240130 Fortalecimiento de la Capacidad Institucional de la Contraloría de Bogotá D.C. 1.617.779.000 18.882.221.000 20.500.000.000 TOTAL GASTOS E INVERSIONES 1.617.779.000 285.872.163.000 287.489.942.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto.

138 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-186 • 2025 • DICIEMBRE • 31 186 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Anexo 2 Sectores de Educación, Salud, Integración Social, Cultura, Recreación y Deporte, Ambiente, Hábitat y Mujeres Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-187 • 2025 • DICIEMBRE • 31 187 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-188 • 2025 • DICIEMBRE • 31 188 Contenido

1. Sector Educación

- Consolidado ............................................................................................................ 7

- Entidades

Secretaría de Educación del Distrito....................................................................... 9 Instituto para la Investigación Educativa y el Desarrollo Pedagógico-IDEP............ 13 Universidad Distrital “Francisco José de Caldas”................................................... 17 Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología - ATENEA 21

2. Sector Salud

- Consolidado ............................................................................................................ 27

- Entidades

Secretaría Distrital de Salud................................................................................... 29 Fondo Financiero Distrital de Salud - FFDS........................................................... 33

3. Sector Integración Social

- Consolidado ............................................................................................................ 41

- Entidades

Secretaría Distrital de Integración Social................................................................ 43 Instituto para la Protección de la Niñez y la Juventud - IDIPRON........................... 47

4. Sector Cultura, Recreación y Deporte

- Consolidado ............................................................................................................ 53

- Entidades

Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte............................................ 55 Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD.................................................. 59 Instituto Distrital del Patrimonio Cultural - IDPC..................................................... 63 Fundación “Gilberto Álzate Avendaño”................................................................... 69 Orquesta Filarmónica de Bogotá............................................................................ 73 Instituto Distrital de las Artes - IDARTES................................................................ 77 3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-189 • 2025 • DICIEMBRE • 31 189 Contenido

5. Sector Ambiente

- Consolidado ........................................................................................................... 85

- Entidades

Secretaría Distrital de Ambiente............................................................................. 87 Jardín Botánico “José Celestino Mutis”.................................................................. 91 Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático – IDIGER................. 95 Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal – IDPYBA............................... 99

6. Sector Hábitat

- Consolidado ........................................................................................................... 105

- Entidades

Secretaría Distrital del Hábitat................................................................................ 107 115 Caja de Vivienda Popular....................................................................................... 111 Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos...........................................

7. Sector Mujer

- Consolidado ........................................................................................................... 121

- Entidades

Secretaría Distrital de la Mujer.............................................................................. 123 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-190 • 2025 • DICIEMBRE • 31 190 Entidades Sector Educación Anexo 2 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-191 • 2025 • DICIEMBRE • 31 191 6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-192 • 2025 • DICIEMBRE • 31 192 SECTOR EDUCACIÓN - CONSOLIDADO Entidad Funcionamiento Deuda Inversión Total SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO 180.400.647.000 0 7.567.387.205.000 7.747.787.852.000 INSTITUTO PARA LA INVESTIGACIÓN EDUCATIVA Y EL DESARROLLO PEDAGÓGICO - IDEP 10.052.709.000 0 6.349.767.000 16.402.476.000 UNIVERSIDAD DISTRITAL "FRANCISCO JOSÉ DE CALDAS" 505.039.654.000 0 43.528.101.000 548.567.755.000 AGENCIA DISTRITAL PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR, LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA"ATENEA" 14.007.015.000 0 756.437.622.000 770.444.637.000 TOTAL SECTOR 709.500.025.000 0 8.373.702.695.000 9.083.202.720.000 7 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-193 • 2025 • DICIEMBRE • 31 193 8 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-194 • 2025 • DICIEMBRE • 31 194 Secretaría de Educación del Distrito Anexo 2 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-195 • 2025 • DICIEMBRE • 31 195 10 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-196 • 2025 • DICIEMBRE • 31 196 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0112-01 SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO UNIDAD EJECUTORA 01 Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO RECURSOS TRANSFERENCIAS DISTRITO NACIÓN TOTAL O2 GASTOS 3.076.201.635.000 4.671.586.217.000 7.747.787.852.000 O21 Funcionamiento 180.400.647.000 180.400.647.000 O211 Gastos de personal 121.465.995.000 121.465.995.000 O212 Adquisición de bienes y servicios 52.932.652.000 52.932.652.000 O213 Transferencias corrientes 6.000.000.000 6.000.000.000 O218 2.000.000 2.000.000 Gastos por tributos, tasas, contribuciones, multas, sanciones e intereses de mora O23 Inversión 2.895.800.988.000 4.671.586.217.000 7.567.387.205.000 O2301 DIRECTA 2.895.800.988.000 4.671.586.217.000 7.567.387.205.000 O230117 Bogotá Camina Segura 2.895.800.988.000 4.671.586.217.000 7.567.387.205.000 O23011722 Educación 2.895.800.988.000 4.671.586.217.000 7.567.387.205.000 O2301172201 2.895.800.988.000 4.671.586.217.000 7.567.387.205.000 Calidad, cobertura y fortalecimiento de la educación inicial, prescolar, básica y media O230117220120200007 Servicio educativo de Cobertura con Equidad en Bogotá D.C. 135.140.000.000 211.744.165.000 346.884.165.000 O230117220120200008 275.816.848.000 275.816.848.000 Fortalecimiento de la infraestructura y dotación de ambientes de aprendizaje y sedes administrativas a cargo de la Secretaría de Educación de Bogotá D.C.

O230117220120240062 96.181.000.000 7.033.653.000 103.214.653.000 Modernización y fortalecimiento de los sistemas de información, incluyendo innovación tecnológica, al servicio de la calidad educativa en los colegios públicos de la ciudad de Bogotá D.C.

O230117220120240118 697.479.000.000 697.479.000.000 Prestación de los servicios administrativos para la operación del sistema educativo oficial y divulgación de la oferta educativa de Bogotá D.C.

O230117220120240138 17.427.000.000 17.427.000.000 Consolidación de las trayectorias educativas en condiciones de calidad de las niñas, niños, adolescentes, jóvenes y adultos para una educación que te responde en Bogotá D.C.

O230117220120240139 43.380.000.000 43.380.000.000 Fortalecimiento de la atención integral a la primera infancia en los colegios de Bogotá D.C.

O230117220120240143 37.884.000.000 37.884.000.000 Implementación del programa de convivencia y salud mental en las comunidades educativas y entornos priorizados en Bogotá D.C.

O230117220120240169 581.780.530.000 4.316.059.305.000 4.897.839.835.000 Administración y gestión del Talento Humano para garantizar el servicio educativo oficial de Bogotá D.C.

11 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-197 • 2025 • DICIEMBRE • 31 197 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0112-01 SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO UNIDAD EJECUTORA 01 Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO RECURSOS TRANSFERENCIAS DISTRITO NACIÓN TOTAL O230117220120240202 880.596.610.000 110.949.160.000 991.545.770.000 Mejoramiento del bienestar integral de los estudiantes matrículados en los colegios Oficiales de Bogotá D.C.

O230117220120240210 8.586.000.000 8.586.000.000 Desarrollo y fortalecimiento de las habilidades comunicativas en lengua extranjera de los estudiantes matriculados en los colegios oficiales en el marco de una educación de calidad. Bogotá D.C.

O230117220120240240 121.530.000.000 25.799.934.000 147.329.934.000 Fortalecimiento de los aprendizajes de los estudiantes matriculados en los colegios oficiales en el marco de una educación de calidad, inclusiva y equitativa en Bogotá D.C.

TOTAL GASTOS E INVERSIONES 3.076.201.635.000 4.671.586.217.000 7.747.787.852.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-198 • 2025 • DICIEMBRE • 31 198 Instituto para la Investigación Educativa y Desarrollo Pedagógico - IDEP Anexo 2 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-199 • 2025 • DICIEMBRE • 31 199 14 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-200 • 2025 • DICIEMBRE • 31 200 PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS 2026 0219 - INSTITUTO PARA LA INVESTIGACIÓN EDUCATIVA Y EL DESARROLLO PEDAGÓGICO - IDEP Pesos $ CÓDIGO CONCEPTO PRESUPUESTO O1 Ingresos 855.000.000 O11 Ingresos Corrientes 855.000.000 O1102 Ingresos no tributarios 855.000.000 TOTAL RECURSOS ADMINISTRADOS 855.000.000 TRANSFERENCIAS CÓDIGO CONCEPTO PRESUPUESTO O15 Transferencias administración central 15.547.476.000 O1501 Aporte ordinario 15.547.476.000 TOTAL TRANSFERENCIAS 15.547.476.000 TOTAL RENTAS E INGRESOS 16.402.476.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto.

15 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-201 • 2025 • DICIEMBRE • 31 201 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0219-01 INSTITUTO PARA LA INVESTIGACIÓN EDUCATIVA Y EL DESARROLLO PEDAGÓGICO - IDEP UNIDAD EJECUTORA 01 Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO APORTES RECURSOS ADMINISTRADOS DISTRITO TOTAL O2 GASTOS 855.000.000 15.547.476.000 16.402.476.000 O21 Funcionamiento 10.052.709.000 10.052.709.000 O211 Gastos de personal 8.624.079.000 8.624.079.000 O212 Adquisición de bienes y servicios 1.428.316.000 1.428.316.000 O218 Gastos por tributos, tasas, contribuciones, multas, sanciones e intereses de mora 314.000 314.000 O23 Inversión 855.000.000 5.494.767.000 6.349.767.000 O2301 DIRECTA 855.000.000 5.494.767.000 6.349.767.000 O230117 Bogotá Camina Segura 855.000.000 5.494.767.000 6.349.767.000 O23011722 Educación 855.000.000 5.494.767.000 6.349.767.000 O2301172201 Calidad, cobertura y fortalecimiento de la educación inicial, prescolar, básica y media 855.000.000 5.494.767.000 6.349.767.000 O230117220120240307 855.000.000 5.494.767.000 6.349.767.000 Generación y divulgación de conocimiento para el desarrollo y la transformación educativa en Bogotá D.C.

TOTAL GASTOS E INVERSIONES 855.000.000 15.547.476.000 16.402.476.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto.

16 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-202 • 2025 • DICIEMBRE • 31 202 Universidad Distrital “Francisco José de Caldas”

Anexo 2 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 17 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-203 • 2025 • DICIEMBRE • 31 203 18 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-204 • 2025 • DICIEMBRE • 31 204 PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS 2026 0230 - UNIVERSIDAD DISTRITAL FRANCISCO JOSE DE CALDAS Pesos $ CÓDIGO CONCEPTO PRESUPUESTO O1 Ingresos 110.433.573.000 O11 Ingresos Corrientes 108.960.363.000 O1102 Ingresos no tributarios 108.960.363.000 O12 Recursos de capital 1.473.210.000 O1205 Rendimientos financieros 1.261.420.000 O1209 Recuperación de cartera - préstamos 211.790.000 TOTAL RECURSOS ADMINISTRADOS 110.433.573.000 TRANSFERENCIAS CÓDIGO CONCEPTO PRESUPUESTO O15 Transferencias administración central 438.134.182.000 O1501 Aporte ordinario 398.447.651.000 O1503 Estampilla Pro Universidad Distrital 39.686.531.000 TOTAL TRANSFERENCIAS 438.134.182.000 TOTAL RENTAS E INGRESOS 548.567.755.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto.

19 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-205 • 2025 • DICIEMBRE • 31 205 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0230-01 UNIVERSIDAD DISTRITAL FRANCISCO JOSE DE CALDAS UNIDAD EJECUTORA 01 Pesos $ PRESUPUESTO APORTES DISTRITO CÓDIGO CONCEPTO TOTAL RECURSOS ADMINISTRADOS O2 GASTOS 110.433.573.000 438.134.182.000 548.567.755.000 O21 Funcionamiento 106.592.003.000 398.447.651.000 505.039.654.000 O23 Inversión 3.841.570.000 39.686.531.000 43.528.101.000 110.433.573.000 438.134.182.000 548.567.755.000 TOTAL GASTOS E INVERSIONES Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto.

20 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-206 • 2025 • DICIEMBRE • 31 206 Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “ATENEA”

Anexo 2 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 21 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-207 • 2025 • DICIEMBRE • 31 207 22 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-208 • 2025 • DICIEMBRE • 31 208 PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS 2026 0501 - AGENCIA DISTRITAL PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR, LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA ATENEA Pesos $ CÓDIGO CONCEPTO PRESUPUESTO O1 Ingresos 305.000.000.000 O11 Ingresos Corrientes 145.371.000.000 O1102 Ingresos no tributarios 145.371.000.000 O12 Recursos de capital 159.629.000.000 O1208 Transferencias de capital 159.629.000.000 TOTAL RECURSOS ADMINISTRADOS 305.000.000.000 TRANSFERENCIAS CÓDIGO CONCEPTO PRESUPUESTO O15 Transferencias administración central 465.444.637.000 O1501 Aporte ordinario 465.444.637.000 465.444.637.000 TOTAL TRANSFERENCIAS TOTAL RENTAS E INGRESOS 770.444.637.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto.

23 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-209 • 2025 • DICIEMBRE • 31 209 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0501-01 AGENCIA DISTRITAL PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR, LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA "ATENEA"

UNIDAD EJECUTORA 01 Pesos $ PRESUPUESTO APORTES DISTRITO CÓDIGO CONCEPTO TOTAL RECURSOS ADMINISTRADOS O2 GASTOS 305.000.000.000 465.444.637.000 770.444.637.000 O21 Funcionamiento 14.007.015.000 14.007.015.000 O211 Gastos de personal 12.729.492.000 12.729.492.000 O212 Adquisición de bienes y servicios 1.277.523.000 1.277.523.000 O23 Inversión 305.000.000.000 451.437.622.000 756.437.622.000 O2301 DIRECTA 305.000.000.000 451.437.622.000 756.437.622.000 O230117 Bogotá Camina Segura 305.000.000.000 451.437.622.000 756.437.622.000 O23011722 Educación 142.500.000.000 415.586.568.000 558.086.568.000 O2301172202 Calidad y fomento de la educación superior 142.500.000.000 415.586.568.000 558.086.568.000 O230117220220210007 Implementacion del sistema de educación postmedia para Bogotá D.C. 244.109.891.000 244.109.891.000 O230117220220240205 142.500.000.000 171.476.677.000 313.976.677.000 Fortalecimiento e implementación de estrategias de acceso y permanencia en programas de educación posmedia pertinentes y acordes con las demandas sociales y productivas de Bogotá D.C.

O23011736 Trabajo 500.000.000 9.000.000.000 9.500.000.000 O2301173602 Generación y formalización del empleo 500.000.000 9.000.000.000 9.500.000.000 O230117360220240192 500.000.000 9.000.000.000 9.500.000.000 Implementación de estrategias de formación a través de ciclos cortos y/o certificaciones que permitan adquirir las habilidades y competencias necesarias para mejorar la empleabilidad en Bogotá D.C.

O23011739 Ciencia, tecnología e innovación 162.000.000.000 6.908.000.000 168.908.000.000 O2301173906 162.000.000.000 6.908.000.000 168.908.000.000 Fomento a vocaciones y formación, generación, uso y apropiación social del conocimiento de la ciencia, tecnología e innovación O230117390620240165 162.000.000.000 6.908.000.000 168.908.000.000 Consolidación del ecosistema de ciencia, tecnología e innovación para facilitar la resolución de necesidades y retos de Bogotá D.C.

O23011745 Gobierno Territorial 19.943.054.000 19.943.054.000 O2301174599 Fortalecimiento a la gestión y dirección de la administración pública territorial 19.943.054.000 19.943.054.000 O230117459920240159 19.943.054.000 19.943.054.000 Fortalecimiento institucional para la gestión de la educación posmedia, la ciencia y la tecnología en Bogotá D.C TOTAL GASTOS E INVERSIONES 305.000.000.000 465.444.637.000 770.444.637.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto.

24 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-210 • 2025 • DICIEMBRE • 31 210 Entidades Sector Salud Anexo 2 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 25 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-211 • 2025 • DICIEMBRE • 31 211 26 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-212 • 2025 • DICIEMBRE • 31 212 SECTOR SALUD - CONSOLIDADO Entidad Funcionamiento Deuda Inversión Total SECRETARÍA DISTRITAL DE SALUD 108.620.111.000 0 0 108.620.111.000 FONDO FINANCIERO DISTRITAL DE SALUD - FFDS 27.625.445.000 0 5.118.228.316.000 5.145.853.761.000 TOTAL SECTOR 136.245.556.000 0 5.118.228.316.000 5.254.473.872.000 27 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-213 • 2025 • DICIEMBRE • 31 213 28 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-214 • 2025 • DICIEMBRE • 31 214 Secretaría Distrital de Salud Anexo 2 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 29 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-215 • 2025 • DICIEMBRE • 31 215 30 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-216 • 2025 • DICIEMBRE • 31 216 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0114-01 SECRETARÍA DISTRITAL DE SALUD UNIDAD EJECUTORA 01 Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO RECURSOS TRANSFERENCIAS DISTRITO NACIÓN TOTAL O2 GASTOS 108.620.111.000 108.620.111.000 O21 Funcionamiento 108.620.111.000 108.620.111.000 O211 Gastos de personal 107.119.244.000 107.119.244.000 O212 Adquisición de bienes y servicios 1.500.867.000 1.500.867.000 TOTAL GASTOS E INVERSIONES 108.620.111.000 108.620.111.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto 31 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-217 • 2025 • DICIEMBRE • 31 217 32 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-218 • 2025 • DICIEMBRE • 31 218 Fondo Financiero Distrital de Salud - FFDS Anexo 2 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 33 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-219 • 2025 • DICIEMBRE • 31 219 34 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-220 • 2025 • DICIEMBRE • 31 220 PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS 2026 0201 - FONDO FINANCIERO DISTRITAL DE SALUD - FFDS Pesos $ CÓDIGO CONCEPTO PRESUPUESTO O1 Ingresos 2.370.102.313.000 O11 Ingresos Corrientes 2.272.418.455.000 O1102 Ingresos no tributarios 2.272.418.455.000 O12 Recursos de capital 97.683.858.000 O1202 Excedentes financieros 727.455.000 O1205 Rendimientos financieros 37.734.882.000 O1208 Transferencias de capital 8.586.601.000 O1210 Recursos del balance 49.878.633.000 O1213 Reintegros y otros recursos no apropiados 756.287.000 TOTAL RECURSOS ADMINISTRADOS 2.370.102.313.000 TRANSFERENCIAS CÓDIGO CONCEPTO PRESUPUESTO O15 Transferencias administración central 2.775.751.448.000 O1501 Aporte ordinario 1.384.969.648.000 O1502 Sistema general de participaciones 1.390.781.800.000 TOTAL TRANSFERENCIAS 2.775.751.448.000 TOTAL RENTAS E INGRESOS 5.145.853.761.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto.

35 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-221 • 2025 • DICIEMBRE • 31 221 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0201-01 FONDO FINANCIERO DISTRITAL DE SALUD - FFDS UNIDAD EJECUTORA 01 Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO APORTES RECURSOS ADMINISTRADOS DISTRITO TOTAL O2 GASTOS 2.370.102.313.000 2.775.751.448.000 5.145.853.761.000 O21 Funcionamiento 27.295.177.000 330.268.000 27.625.445.000 O212 Adquisición de bienes y servicios 23.606.401.000 23.606.401.000 O213 Transferencias corrientes 3.686.776.000 330.268.000 4.017.044.000 O218 Gastos por tributos, tasas, contribuciones, multas, sanciones e intereses de mora 2.000.000 2.000.000 O23 Inversión 2.342.807.136.000 2.775.421.180.000 5.118.228.316.000 O2301 DIRECTA 2.338.457.338.000 2.775.421.180.000 5.113.878.518.000 O230117 Bogotá Camina Segura 2.338.457.338.000 2.775.421.180.000 5.113.878.518.000 O23011719 Salud y protección social 2.338.457.338.000 2.775.421.180.000 5.113.878.518.000 O2301171901 Salud pública y prestación de servicios 55.000.000.000 287.909.518.000 342.909.518.000 O230117190120200149 Fortalecimiento de la infraestructura y dotación del sector salud Bogotá 55.000.000.000 287.909.518.000 342.909.518.000 O2301171903 Inspección, vigilancia y control 19.158.945.000 19.158.945.000 O230117190320240137 19.158.945.000 19.158.945.000 Fortalecimiento para el acceso a los servicios de salud con calidad en la población Bogotá D.C.

O2301171905 Salud pública 17.578.622.000 679.565.495.000 697.144.117.000 O230117190520220002 161.749.217.000 161.749.217.000 Generación de capacidades para la creación del centro de desarrollo tecnológico de producción de biológicos. Bogotá O230117190520240195 Fortalecimiento del Ecosistema de CTeI para la Salud Pública de Bogotá D.C. 23.047.729.000 23.047.729.000 O230117190520240200 99.281.601.000 99.281.601.000 Mejoramiento del sistema de Emergencias Médicas de Bogotá D.C en el nuevo Modelo de atención en salud más Bien-estar O230117190520240227 3.646.339.000 3.646.339.000 (8143) Implementación de intervenciones colectivas que promuevan conductas de cuidado priorizando la movilidad segura y saludable. Bogotá D.C.

O230117190520240233 12.118.135.000 12.118.135.000 Implementación de procesos de atención psicosocial en las diferentes modalidades para la población víctima de conflicto armado. Bogotá D.C.

O230117190520240237 3.792.859.000 3.792.859.000 Implementación de acciones del sector salud para la prevención y atención de diferentes formas de violencia intrafamiliar y de género a través de un plan de acción Bogotá D.C.

O230117190520240242 17.578.622.000 375.929.615.000 393.508.237.000 Fortalecimiento de la Gobernanza y Gobernabilidad de la Salud Pública enel marco de la atención primaria social Bogotá D.C.

O2301171906 Aseguramiento y prestación integral de servicios de salud 2.265.878.716.000 1.788.787.222.000 4.054.665.938.000 36 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-222 • 2025 • DICIEMBRE • 31 222 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0201-01 FONDO FINANCIERO DISTRITAL DE SALUD - FFDS UNIDAD EJECUTORA 01 Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO APORTES RECURSOS ADMINISTRADOS DISTRITO TOTAL O230117190620240135 Fortalecimiento de la Red Integrada de Servicios de Salud y Capital Salud Bogotá D.C. 188.537.764.000 188.537.764.000 O230117190620240141 Modernización y desarrollo administrativo de la Secretaria de Salud Bogotá D.C. 54.973.795.000 54.973.795.000 O230117190620240154 42.658.655.000 42.658.655.000 Actualización e implementación de la arquitectura empresarial y modernización de la infraestructura tecnológica en la Secretaria Distrital de Salud. Bogotá D.C.

O230117190620240167 Servicio Integral y Buen Gobierno para ciudadanías dignificadas Bogotá D.C. 8.881.369.000 8.881.369.000 O230117190620240178 Implementación de Salud Digital para Bogotá Bogotá D.C 9.994.063.000 9.994.063.000 O230117190620240187 77.886.382.000 77.886.382.000 Implementación del Modelo de salud centrado en atención primaria social para el bienestar de la población Bogotá D.C.

O230117190620240197 Transformación de la Participación social para el Bien-Estar Bogotá D.C. 19.033.665.000 19.033.665.000 O230117190620240203 Implementación Aseguramiento y prestación integral de servicios de saludBogotá D.C. 2.265.878.716.000 1.386.821.529.000 3.652.700.245.000 O233 Transferencias corrientes 4.349.798.000 4.349.798.000 TOTAL GASTOS E INVERSIONES 2.370.102.313.000 2.775.751.448.000 5.145.853.761.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto.

37 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-223 • 2025 • DICIEMBRE • 31 223 38 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-224 • 2025 • DICIEMBRE • 31 224 Entidades Sector Integración Social Anexo 2 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 39 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-225 • 2025 • DICIEMBRE • 31 225 40 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-226 • 2025 • DICIEMBRE • 31 226 SECTOR INTEGRACIÓN SOCIAL - CONSOLIDADO Entidad Funcionamiento Deuda Inversión Total SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL 62.079.284.000 0 2.439.592.056.000 2.501.671.340.000 INSTITUTO DISTRITAL PARA LA PROTECCIÓN DE LA NIÑEZ Y LA JUVENTUD - IDIPRON 32.612.394.000 0 83.486.741.000 116.099.135.000 TOTAL SECTOR 94.691.678.000 0 2.523.078.797.000 2.617.770.475.000 41 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-227 • 2025 • DICIEMBRE • 31 227 42 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-228 • 2025 • DICIEMBRE • 31 228 Secretaría Distrital de Integración Social Anexo 2 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 43 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-229 • 2025 • DICIEMBRE • 31 229 44 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-230 • 2025 • DICIEMBRE • 31 230 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0122-01 SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL UNIDAD EJECUTORA 01 Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO RECURSOS TRANSFERENCIAS DISTRITO NACIÓN TOTAL O2 GASTOS 2.076.034.449.000 425.636.891.000 2.501.671.340.000 O21 Funcionamiento 62.079.284.000 62.079.284.000 O211 Gastos de personal 35.686.332.000 35.686.332.000 O212 Adquisición de bienes y servicios 26.392.952.000 26.392.952.000 O23 Inversión 2.013.955.165.000 425.636.891.000 2.439.592.056.000 O2301 DIRECTA 2.013.955.165.000 425.636.891.000 2.439.592.056.000 O230117 Bogotá Camina Segura 2.013.955.165.000 425.636.891.000 2.439.592.056.000 O23011712 Justicia y del derecho 8.349.623.000 1.387.440.000 9.737.063.000 O2301171202 Promoción al acceso a la justicia 8.349.623.000 1.387.440.000 9.737.063.000 O230117120220240045 8.349.623.000 1.387.440.000 9.737.063.000 Fortalecimiento de las Comisarías de Familia para el mejoramiento en el acceso a la justicia de víctimas de violencias por razones de género y otras violencias en el contexto familiar en Bogotá D.C O23011741 Inclusión social y reconciliación 1.218.979.213.000 424.249.451.000 1.643.228.664.000 O2301174102 110.723.656.000 243.303.721.000 354.027.377.000 Desarrollo integral de la primera infancia a la juventud, y fortalecimiento de las capacidades de las familias de niñas, niños y adolescentes O230117410220240042 110.723.656.000 243.303.721.000 354.027.377.000 Desarrollo de capacidades para las gestantes, niñas, niños, adolescentes y sus familias que promuevan su desarrollo integral en Bogotá D.C.

O2301174103 Inclusión social y productiva para la población en situación de vulnerabilidad 1.108.255.557.000 180.945.730.000 1.289.201.287.000 O230117410320240017 164.049.222.000 38.011.283.000 202.060.505.000 Generación de oportunidades para la inclusión social y productiva de las personas mayores en Bogotá D.C.

O230117410320240018 602.829.282.000 602.829.282.000 Implementación de transferencias monetarias para hogares en condición de pobreza o Vulnerabilidad en Bogotá D.C.

O230117410320240043 15.769.440.000 15.769.440.000 Implementación de estrategias de inclusión Social y productiva para la población joven en situación de pobreza y vulnerabilidad en Bogotá D.C.

O230117410320240049 14.118.558.000 14.118.558.000 Fortalecimiento de la gestión territorial para la promoción de la gobernanza, inclusión y movilidad social en los territorios urbanos y rurales de Bogotá D.C.

O230117410320240057 68.385.681.000 19.218.701.000 87.604.382.000 Desarrollo del abordaje integral del fenómeno de habitabilidad en calle para contribuir a la reducción de formas extremas de exclusión en Bogotá D.C.

45 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-231 • 2025 • DICIEMBRE • 31 231 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0122-01 SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL UNIDAD EJECUTORA 01 Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO RECURSOS TRANSFERENCIAS DISTRITO NACIÓN TOTAL O230117410320240071 Generación del bien-estar alimentario y nutricional en Bogotá D.C. 222.054.756.000 33.799.340.000 255.854.096.000 O230117410320240103 21.048.618.000 89.916.406.000 110.965.024.000 Generación de respuestas integradoras para la Inclusión social y productiva, y la prevención de todas las formas de violencia y discriminación en Bogotá D.C.

O23011745 Gobierno Territorial 786.626.329.000 786.626.329.000 O2301174502 4.205.457.000 4.205.457.000 Fortalecimiento del buen gobierno para el respeto y garantía de los derechos humanos.

O230117450220240012 4.205.457.000 4.205.457.000 Fortalecimiento técnico de la política social y de la calidad en la prestación de los servicios de la SDIS en Bogotá D.C.

O2301174599 Fortalecimiento a la gestión y dirección de la administración pública territorial 782.420.872.000 782.420.872.000 O230117459920240021 Fortalecimiento de la infraestructura de los servicios sociales en Bogotá D.C. 61.442.750.000 61.442.750.000 O230117459920240056 Fortalecimiento de la Gestión Pública Institucional en Bogotá D.C. 561.983.828.000 561.983.828.000 O230117459920240073 158.994.294.000 158.994.294.000 Generación de la información, gestión del conocimiento y la innovación para la transformación social en Bogotá D.C.

TOTAL GASTOS E INVERSIONES 2.076.034.449.000 425.636.891.000 2.501.671.340.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto 46 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-232 • 2025 • DICIEMBRE • 31 232 Instituto Distrital para la Protección de la Niñez y la Juventud - IDIPRON Anexo 2 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 47 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-233 • 2025 • DICIEMBRE • 31 233 48 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-234 • 2025 • DICIEMBRE • 31 234 PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS 2026 0214 - INSTITUTO DISTRITAL PARA LA PROTECCIÓN DE LA NIÑEZ Y LA JUVENTUD - IDIPRON Pesos $ CÓDIGO CONCEPTO PRESUPUESTO O1 Ingresos 28.870.000.000 O11 Ingresos Corrientes 28.870.000.000 O1102 Ingresos no tributarios 28.870.000.000 TOTAL RECURSOS ADMINISTRADOS 28.870.000.000 TRANSFERENCIAS CÓDIGO CONCEPTO PRESUPUESTO O15 Transferencias administración central 87.229.135.000 O1501 Aporte ordinario 87.229.135.000 TOTAL TRANSFERENCIAS 87.229.135.000 TOTAL RENTAS E INGRESOS 116.099.135.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto.

49 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-235 • 2025 • DICIEMBRE • 31 235 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0214-01 INSTITUTO DISTRITAL PARA LA PROTECCIÓN DE LA NIÑEZ Y LA JUVENTUD - IDIPRON UNIDAD EJECUTORA 01 Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO APORTES RECURSOS ADMINISTRADOS DISTRITO TOTAL O2 GASTOS 28.870.000.000 87.229.135.000 116.099.135.000 O21 Funcionamiento 32.612.394.000 32.612.394.000 O211 Gastos de personal 30.352.550.000 30.352.550.000 O212 Adquisición de bienes y servicios 2.158.344.000 2.158.344.000 O218 Gastos por tributos, tasas, contribuciones, multas, sanciones e intereses de mora 101.500.000 101.500.000 O23 Inversión 28.870.000.000 54.616.741.000 83.486.741.000 O2301 DIRECTA 28.870.000.000 54.616.741.000 83.486.741.000 O230117 Bogotá Camina Segura 28.870.000.000 54.616.741.000 83.486.741.000 O23011741 Inclusión social y reconciliación 28.870.000.000 54.616.741.000 83.486.741.000 O2301174102 20.458.141.000 20.458.141.000 Desarrollo integral de la primera infancia a la juventud, y fortalecimiento de las capacidades de las familias de niñas, niños y adolescentes O230117410220240037 20.458.141.000 20.458.141.000 Prevención, atención y protección integral a niñez, adolescencia y juventud en formas de exclusión extrema asociados al fenómeno de habitabilidad en calle Bogotá D.C.

O2301174103 Inclusión social y productiva para la población en situación de vulnerabilidad 28.870.000.000 4.096.500.000 32.966.500.000 O230117410320240038 28.870.000.000 4.096.500.000 32.966.500.000 Mejoramiento de capacidades y oportunidades a jóvenes inmersos en formas extremas de exclusión, asociados al fenómeno de habitabilidad en calle, para su integración productiva y social Bogotá D.C.

O2301174104 Atención integral de población en situación permanente de desprotección social y/o familiar 30.062.100.000 30.062.100.000 O230117410420240039 1.982.700.000 1.982.700.000 Optimización de la infraestructura física de unidades de protección integral y dependencias del IDIPRON Bogotá D.C.

O230117410420240040 4.959.000.000 4.959.000.000 Fortalecimiento de la infraestructura tecnológica y de comunicaciones del IDIPRON BOGOTÁ D.C.

O230117410420240041 23.120.400.000 23.120.400.000 Prestación de servicios de apoyo y gestión administrativa e institucional del IDIPRON Bogotá D.C.

TOTAL GASTOS E INVERSIONES 28.870.000.000 87.229.135.000 116.099.135.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto.

50 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-236 • 2025 • DICIEMBRE • 31 236 Entidades Sector Cultura, Recreación y Deporte Anexo 2 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 51 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-237 • 2025 • DICIEMBRE • 31 237 52 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-238 • 2025 • DICIEMBRE • 31 238 SECTOR CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE - CONSOLIDADO Entidad Funcionamiento Deuda Inversión Total SECRETARÍA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE 39.917.993.000 0 278.768.646.000 318.686.639.000 INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE - IDRD 54.394.412.000 0 498.513.226.000 552.907.638.000 INSTITUTO DISTRITAL DEL PATRIMONIO CULTURAL - IDPC 18.218.673.000 0 29.141.050.000 47.359.723.000 FUNDACIÓN GILBERTO ALZATE AVENDAÑO 8.715.263.000 0 37.012.550.000 45.727.813.000 ORQUESTA FILARMÓNICA DE BOGOTÁ 42.399.603.000 0 42.124.468.000 84.524.071.000 INSTITUTO DISTRITAL DE ARTES - IDARTES 22.901.432.000 0 217.022.528.000 239.923.960.000 TOTAL SECTOR 186.547.376.000 0 1.102.582.468.000 1.289.129.844.000 53 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-239 • 2025 • DICIEMBRE • 31 239 54 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-240 • 2025 • DICIEMBRE • 31 240 Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Anexo 2 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 55 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-241 • 2025 • DICIEMBRE • 31 241 56 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-242 • 2025 • DICIEMBRE • 31 242 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0119-01 SECRETARÍA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE UNIDAD EJECUTORA 01 Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO RECURSOS TRANSFERENCIAS DISTRITO NACIÓN TOTAL O2 GASTOS 289.863.717.000 28.822.922.000 318.686.639.000 O21 Funcionamiento 39.917.993.000 39.917.993.000 O211 Gastos de personal 34.783.296.000 34.783.296.000 O212 Adquisición de bienes y servicios 5.134.697.000 5.134.697.000 O23 Inversión 249.945.724.000 28.822.922.000 278.768.646.000 O2301 DIRECTA 249.945.724.000 28.822.922.000 278.768.646.000 O230117 Bogotá Camina Segura 249.945.724.000 28.822.922.000 278.768.646.000 O23011733 Cultura 236.521.724.000 28.822.922.000 265.344.646.000 O2301173301 Promoción y acceso efectivo a procesos culturales y artísticos 236.521.724.000 28.822.922.000 265.344.646.000 O230117330120240080 16.978.069.000 16.978.069.000 Fortalecimiento de prácticas y transformaciones culturales, patrimoniales, urbanas y sociales para el bienestar integral de Bogotá D.C.

O230117330120240081 Formación Artística, Cultural y Deportiva a lo largo de la vida en Bogotá D.C. 3.120.455.000 3.120.455.000 O230117330120240082 Fortalecimiento del acceso a la cultura escrita de los habitantes de Bogotá D.C. 24.569.004.000 28.822.922.000 53.391.926.000 O230117330120240102 37.431.000.000 37.431.000.000 Fortalecimiento de alianzas estratégicas a nivel bilateral y multilateral para el posicionamiento de la ciudad como referente cultural y recreodeportivo en escenarios internacionales Bogotá D.C.

O230117330120240122 17.802.187.000 17.802.187.000 Innovación y cambio cultural para la transformación de comportamientos que promuevan el orgullo por la ciudad de Bogotá D.C.

O230117330120240123 71.605.720.000 71.605.720.000 Asistencia Técnica para el desarrollo de infraestructuras culturales sostenibles en el Distrito Capital Bogotá D.C.

O230117330120240144 10.026.380.000 10.026.380.000 Fortalecimiento de la sostenibilidad económica del sector cultural y creativo, a través de la implementación de programas que permitan aumentar crecimiento y competitividad, en Bogotá D.C.

O230117330120240152 42.304.291.000 42.304.291.000 Fortalecimiento del Fomento para el Desarrollo de Procesos Culturales Sostenibles en Bogotá D.C.

O230117330120240217 12.684.618.000 12.684.618.000 Fortalecimiento de la gobernanza territorial, la participación incidente y la atención diferenciada de los grupos étnicos, etarios y sectores sociales desde las prácticas culturales en Bogotá D.C.

O23011745 Gobierno Territorial 13.424.000.000 13.424.000.000 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-243 • 2025 • DICIEMBRE • 31 243 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0119-01 SECRETARÍA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE UNIDAD EJECUTORA 01 Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO RECURSOS TRANSFERENCIAS DISTRITO NACIÓN TOTAL O2301174599 Fortalecimiento a la gestión y dirección de la administración pública territorial 13.424.000.000 13.424.000.000 O230117459920240163 13.424.000.000 13.424.000.000 Fortalecimiento Institucional para una Gobernanza Pública Confiable en Bogotá D.C.

TOTAL GASTOS E INVERSIONES 289.863.717.000 28.822.922.000 318.686.639.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto 58 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-244 • 2025 • DICIEMBRE • 31 244 Instituto Distrital de Recreación y Deporte
- IDRD Anexo 2 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 59 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-245 • 2025 • DICIEMBRE • 31 245 60 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-246 • 2025 • DICIEMBRE • 31 246 PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS 2026 0211 - INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE - IDRD Pesos $ CÓDIGO CONCEPTO PRESUPUESTO O1 Ingresos 91.649.804.000 O11 Ingresos Corrientes 74.398.679.000 O1102 Ingresos no tributarios 74.398.679.000 O12 Recursos de capital 17.251.125.000 O1210 Recursos del balance 17.251.125.000 TOTAL RECURSOS ADMINISTRADOS 91.649.804.000 TRANSFERENCIAS CÓDIGO CONCEPTO PRESUPUESTO O15 Transferencias administración central 461.257.834.000 O1501 Aporte ordinario 412.568.005.000 O1502 Sistema general de participaciones 38.430.563.000 O1504 IVA cedido de licores (Ley 788 de 2002) 10.259.266.000 TOTAL TRANSFERENCIAS 461.257.834.000 TOTAL RENTAS E INGRESOS 552.907.638.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto.

61 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-247 • 2025 • DICIEMBRE • 31 247 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0211-01 INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE - IDRD UNIDAD EJECUTORA 01 Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO APORTES RECURSOS ADMINISTRADOS DISTRITO TOTAL O2 GASTOS 91.649.804.000 461.257.834.000 552.907.638.000 O21 Funcionamiento 54.394.412.000 54.394.412.000 O211 Gastos de personal 44.439.969.000 44.439.969.000 O212 Adquisición de bienes y servicios 9.954.443.000 9.954.443.000 O23 Inversión 91.649.804.000 406.863.422.000 498.513.226.000 O2301 DIRECTA 91.649.804.000 406.863.422.000 498.513.226.000 O230117 Bogotá Camina Segura 91.649.804.000 406.863.422.000 498.513.226.000 O23011743 Deporte y Recreación 91.215.692.000 392.863.422.000 484.079.114.000 O2301174301 91.215.692.000 391.093.422.000 482.309.114.000 Fomento a la recreación, la actividad física y el deporte para desarrollar entornos de convivencia y paz O230117430120240245 7.905.000.000 14.839.949.000 22.744.949.000 Formación integral de la primera infancia, infancia, adolescencia y juventud a través de procesos de exploración, apropiación e iniciación mediante el juego y el deporte en Bogotá D.C.

O230117430120240247 4.500.000.000 4.500.000.000 Fortalecimiento de la gestión recreodeportiva, la participación incidente y la construcción de comunidad desde los barrios en Bogotá D.C O230117430120240248 39.797.432.000 151.005.243.000 190.802.675.000 Administración de parques y escenarios confiables y seguros para promover el encuentro y apropiación del espacio público de Bogotá D.C.

O230117430120240249 41.407.254.000 106.841.905.000 148.249.159.000 Construcción y adecuación de parques y escenarios recreodeportivos para el encuentro y disfrute de los habitantes de Bogotá D.C.

O230117430120240252 2.106.006.000 61.562.165.000 63.668.171.000 Implementación de los programas de BOGOTÁ DEPORTIVA desde la iniciación hasta el rendimiento en Bogotá D.C.

O230117430120240258 Desarrollo de programas recreativos y de actividad física en Bogotá D.C. 52.344.160.000 52.344.160.000 O2301174302 Formación y preparación de deportistas 1.770.000.000 1.770.000.000 O230117430220240253 Fortalecimiento de la economía del deporte y la recreación en Bogotá D.C. 1.770.000.000 1.770.000.000 O23011745 Gobierno Territorial 434.112.000 14.000.000.000 14.434.112.000 O2301174599 Fortalecimiento a la gestión y dirección de la administración pública territorial 434.112.000 14.000.000.000 14.434.112.000 O230117459920240251 434.112.000 14.000.000.000 14.434.112.000 Fortalecimiento de la capacidad institucional para una gestión pública, eficiente y oportuna en Bogotá D.C.

TOTAL GASTOS E INVERSIONES 91.649.804.000 461.257.834.000 552.907.638.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto.

62 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-248 • 2025 • DICIEMBRE • 31 248 Instituto Distrital del Patrimonio Cultural
- IDPC Anexo 2 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 63 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-249 • 2025 • DICIEMBRE • 31 249 64 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-250 • 2025 • DICIEMBRE • 31 250 PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS 2026 0213 - INSTITUTO DISTRITAL DEL PATRIMONIO CULTURAL - IDPC Pesos $ CÓDIGO CONCEPTO PRESUPUESTO O1 Ingresos 6.357.406.000 O11 Ingresos Corrientes 5.981.778.000 O1102 Ingresos no tributarios 5.981.778.000 O12 Recursos de capital 375.628.000 O1210 Recursos del balance 375.628.000 TOTAL RECURSOS ADMINISTRADOS 6.357.406.000 TRANSFERENCIAS CÓDIGO CONCEPTO PRESUPUESTO O15 Transferencias administración central 41.002.317.000 O1501 Aporte ordinario 41.002.317.000 TOTAL TRANSFERENCIAS 41.002.317.000 TOTAL RENTAS E INGRESOS 47.359.723.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto.

65 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-251 • 2025 • DICIEMBRE • 31 251 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0213-01 INSTITUTO DISTRITAL DEL PATRIMONIO CULTURAL - IDPC UNIDAD EJECUTORA 01 Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO APORTES RECURSOS ADMINISTRADOS DISTRITO TOTAL O2 GASTOS 6.357.406.000 41.002.317.000 47.359.723.000 O21 Funcionamiento 18.218.673.000 18.218.673.000 O211 Gastos de personal 15.510.910.000 15.510.910.000 O212 Adquisición de bienes y servicios 2.707.445.000 2.707.445.000 O218 Gastos por tributos, tasas, contribuciones, multas, sanciones e intereses de mora 318.000 318.000 O23 Inversión 6.357.406.000 22.783.644.000 29.141.050.000 O2301 DIRECTA 6.357.406.000 22.783.644.000 29.141.050.000 O230117 Bogotá Camina Segura 6.357.406.000 22.783.644.000 29.141.050.000 O23011733 Cultura 6.126.829.000 15.547.971.000 21.674.800.000 O2301173301 Promoción y acceso efectivo a procesos culturales y artísticos 59.424.000 5.769.705.000 5.829.129.000 O230117330120240206 452.500.000 452.500.000 Desarrollo de procesos pedagógicos en patrimonio cultural con niños, niñas, adolescentes, jóvenes y otros actores en Bogotá D.C.

O230117330120240228 59.424.000 5.317.205.000 5.376.629.000 Consolidación de estrategias y mecanismos que aporten al reconocimiento, divulgación y apropiación de los patrimonios a nivel territorial y poblacional en Bogotá D.C.

O2301173302 Gestión, protección y salvaguardia del patrimonio cultural colombiano 6.067.405.000 9.778.266.000 15.845.671.000 O230117330220240098 2.894.016.000 2.894.016.000 Desarrollo de instrumentos de planeación y gestión territorial asociados a los patrimonios de Bogotá D.C.

O230117330220240136 Desarrollo de acciones para la gestión del patrimonio arqueológico de Bogotá D.C. 185.000.000 767.000.000 952.000.000 O230117330220240241 133.000.000 133.000.000 Desarrollo de procesos de valoración, identificación, documentación y registro de prácticas y manifestaciones del patrimonio vivo en Bogotá D.C.

O230117330220240244 5.882.405.000 2.777.500.000 8.659.905.000 Desarrollo de acciones de intervención para la protección y conservación de los valores del paisaje histórico, urbano y rural de los espacios patrimoniales de Bogotá D.C.

O230117330220240259 2.706.750.000 2.706.750.000 Mejoramiento de la capacidad institucional para la atención de trámites y servicios orientados a la intervención, protección y conservación del patrimonio cultural material de Bogotá D.C.

O230117330220240260 500.000.000 500.000.000 Implementación de procesos de valoración para el inventario del patrimonio cultural material en Bogotá D.C.

O23011745 Gobierno Territorial 230.577.000 7.235.673.000 7.466.250.000 O2301174599 Fortalecimiento a la gestión y dirección de la administración pública territorial 230.577.000 7.235.673.000 7.466.250.000 66 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-252 • 2025 • DICIEMBRE • 31 252 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0213-01 INSTITUTO DISTRITAL DEL PATRIMONIO CULTURAL - IDPC UNIDAD EJECUTORA 01 Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO APORTES RECURSOS ADMINISTRADOS DISTRITO TOTAL O230117459920240186 230.577.000 7.235.673.000 7.466.250.000 Fortalecimiento de la eficiencia administrativa del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural de Bogotá D.C.

TOTAL GASTOS E INVERSIONES 6.357.406.000 41.002.317.000 47.359.723.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto.

67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-253 • 2025 • DICIEMBRE • 31 253 68 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-254 • 2025 • DICIEMBRE • 31 254 Fundación “Gilberto Álzate Avendaño”

Anexo 2 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 69 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-255 • 2025 • DICIEMBRE • 31 255 70 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-256 • 2025 • DICIEMBRE • 31 256 PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS 2026 0215 - FUNDACIÓN GILBERTO ALZATE AVENDAÑO Pesos $ CÓDIGO CONCEPTO PRESUPUESTO O1 Ingresos 2.647.166.000 O11 Ingresos Corrientes 2.628.813.000 O1102 Ingresos no tributarios 2.628.813.000 O12 Recursos de capital 18.353.000 O1210 Recursos del balance 18.353.000 TOTAL RECURSOS ADMINISTRADOS 2.647.166.000 TRANSFERENCIAS CÓDIGO CONCEPTO PRESUPUESTO O15 Transferencias administración central 43.080.647.000 O1501 Aporte ordinario 43.080.647.000 TOTAL TRANSFERENCIAS 43.080.647.000 TOTAL RENTAS E INGRESOS 45.727.813.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto.

71 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-257 • 2025 • DICIEMBRE • 31 257 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0215-01 FUNDACIÓN GILBERTO ALZATE AVENDAÑO UNIDAD EJECUTORA 01 Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO APORTES RECURSOS ADMINISTRADOS DISTRITO TOTAL O2 GASTOS 2.647.166.000 43.080.647.000 45.727.813.000 O21 Funcionamiento 8.715.263.000 8.715.263.000 O211 Gastos de personal 6.626.291.000 6.626.291.000 O212 Adquisición de bienes y servicios 2.088.972.000 2.088.972.000 O23 Inversión 2.647.166.000 34.365.384.000 37.012.550.000 O2301 DIRECTA 2.647.166.000 34.365.384.000 37.012.550.000 O230117 Bogotá Camina Segura 2.647.166.000 34.365.384.000 37.012.550.000 O23011733 Cultura 2.637.990.000 30.969.255.000 33.607.245.000 O2301173301 Promoción y acceso efectivo a procesos culturales y artísticos 2.637.990.000 30.969.255.000 33.607.245.000 O230117330120240051 Fortalecimiento del ecosistema artístico y cultural en el Centro de Bogotá D.C. 108.290.000 6.222.226.000 6.330.516.000 O230117330120240052 29.700.000 2.260.367.000 2.290.067.000 Fortalecimiento de espacios de transformación cultural, memoria, valoración social y participación incidente en el Centro de la Ciudad Bogotá D.C.

O230117330120240053 19.720.584.000 19.720.584.000 Consolidación del Distrito Creativo en el Bronx para la revitalización del centro de la ciudad Bogotá D.C.

O230117330120240054 Consolidación del ecosistema de la economía cultural y creativa del centro de Bogotá D.C 2.500.000.000 2.031.817.000 4.531.817.000 O230117330120240055 734.261.000 734.261.000 Mantenimiento de los equipamientos de la FUGA para la circulación artística en el Centro de Bogotá D.C.

O23011745 Gobierno Territorial 9.176.000 3.396.129.000 3.405.305.000 O2301174599 Fortalecimiento a la gestión y dirección de la administración pública territorial 9.176.000 3.396.129.000 3.405.305.000 O230117459920240011 Fortalecimiento institucional de la FUGA Bogotá D.C. 9.176.000 3.396.129.000 3.405.305.000 TOTAL GASTOS E INVERSIONES 2.647.166.000 43.080.647.000 45.727.813.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto.

72 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-258 • 2025 • DICIEMBRE • 31 258 Orquesta Filarmónica de Bogotá Anexo 2 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 73 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-259 • 2025 • DICIEMBRE • 31 259 74 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-260 • 2025 • DICIEMBRE • 31 260 PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS 2026 0216 - ORQUESTA FILARMÓNICA DE BOGOTÁ Pesos $ CÓDIGO CONCEPTO PRESUPUESTO O1 Ingresos 1.587.527.000 O11 Ingresos Corrientes 1.107.141.000 O1102 Ingresos no tributarios 1.107.141.000 O12 Recursos de capital 480.386.000 O1210 Recursos del balance 480.386.000 TOTAL RECURSOS ADMINISTRADOS 1.587.527.000 TRANSFERENCIAS CÓDIGO CONCEPTO PRESUPUESTO O15 Transferencias administración central 82.936.544.000 O1501 Aporte ordinario 82.936.544.000 TOTAL TRANSFERENCIAS 82.936.544.000 TOTAL RENTAS E INGRESOS 84.524.071.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto.

75 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-261 • 2025 • DICIEMBRE • 31 261 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0216-01 ORQUESTA FILARMÓNICA DE BOGOTÁ UNIDAD EJECUTORA 01 Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO APORTES RECURSOS ADMINISTRADOS DISTRITO TOTAL O2 GASTOS 1.587.527.000 82.936.544.000 84.524.071.000 O21 Funcionamiento 42.399.603.000 42.399.603.000 O211 Gastos de personal 40.178.753.000 40.178.753.000 O212 Adquisición de bienes y servicios 2.220.500.000 2.220.500.000 O218 Gastos por tributos, tasas, contribuciones, multas, sanciones e intereses de mora 350.000 350.000 O23 Inversión 1.587.527.000 40.536.941.000 42.124.468.000 O2301 DIRECTA 1.587.527.000 40.536.941.000 42.124.468.000 O230117 Bogotá Camina Segura 1.587.527.000 40.536.941.000 42.124.468.000 O23011733 Cultura 1.267.527.000 37.957.975.000 39.225.502.000 O2301173301 Promoción y acceso efectivo a procesos culturales y artísticos 1.267.527.000 37.957.975.000 39.225.502.000 O230117330120240170 Consolidación Programa de Formación Musical "Vamos a la Filarmónica" Bogotá D.C. 787.141.000 21.118.978.000 21.906.119.000 O230117330120240171 Fortalecimiento Ciudad Creativa de la Música Bogotá D.C. 480.386.000 14.426.662.000 14.907.048.000 O230117330120240172 Implementación programa de fomento de la Orquesta Filarmónica Bogotá D.C. 2.153.265.000 2.153.265.000 O230117330120240246 Mantenimiento equipamientos culturales de la OFB Bogotá D.C. 259.070.000 259.070.000 O23011745 Gobierno Territorial 320.000.000 2.578.966.000 2.898.966.000 O2301174599 Fortalecimiento a la gestión y dirección de la administración pública territorial 320.000.000 2.578.966.000 2.898.966.000 O230117459920240175 Fortalecimiento capacidad administrativa y de la gestión institucional de la OFB Bogotá D.C. 320.000.000 2.578.966.000 2.898.966.000 TOTAL GASTOS E INVERSIONES 1.587.527.000 82.936.544.000 84.524.071.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto.

76 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-262 • 2025 • DICIEMBRE • 31 262 Instituto Distrital de las Artes - IDARTES Anexo 2 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 77 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-263 • 2025 • DICIEMBRE • 31 263 78 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-264 • 2025 • DICIEMBRE • 31 264 PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS 2026 0222 - INSTITUTO DISTRITAL DE LAS ARTES - IDARTES Pesos $ CÓDIGO CONCEPTO PRESUPUESTO O1 Ingresos 53.081.959.000 O11 Ingresos Corrientes 46.275.583.000 O1102 Ingresos no tributarios 46.275.583.000 O12 Recursos de capital 6.806.376.000 O1210 Recursos del balance 6.806.376.000 TOTAL RECURSOS ADMINISTRADOS 53.081.959.000 TRANSFERENCIAS CÓDIGO CONCEPTO PRESUPUESTO O15 Transferencias administración central 186.842.001.000 O1501 Aporte ordinario 186.842.001.000 TOTAL TRANSFERENCIAS 186.842.001.000 TOTAL RENTAS E INGRESOS 239.923.960.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto.

79 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-265 • 2025 • DICIEMBRE • 31 265 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0222-01 INSTITUTO DISTRITAL DE LAS ARTES - IDARTES UNIDAD EJECUTORA 01 Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO APORTES RECURSOS ADMINISTRADOS DISTRITO TOTAL O2 GASTOS 53.081.959.000 186.842.001.000 239.923.960.000 O21 Funcionamiento 22.901.432.000 22.901.432.000 O211 Gastos de personal 15.441.529.000 15.441.529.000 O212 Adquisición de bienes y servicios 7.459.485.000 7.459.485.000 O218 Gastos por tributos, tasas, contribuciones, multas, sanciones e intereses de mora 418.000 418.000 O23 Inversión 53.081.959.000 163.940.569.000 217.022.528.000 O2301 DIRECTA 53.081.959.000 163.940.569.000 217.022.528.000 O230117 Bogotá Camina Segura 53.081.959.000 163.940.569.000 217.022.528.000 O23011733 Cultura 53.081.959.000 126.389.569.000 179.471.528.000 O2301173301 Promoción y acceso efectivo a procesos culturales y artísticos 53.081.959.000 126.389.569.000 179.471.528.000 O230117330120240064 1.600.000.000 8.300.000.000 9.900.000.000 Consolidación de procesos desde las artes que aporten al desarrollo integral de la primera infancia en Bogotá D.C.

O230117330120240086 Implementación de procesos de formación artística con las comunidades en Bogotá D.C. 4.000.000.000 38.050.000.000 42.050.000.000 O230117330120240087 Consolidación de la Red de Escenarios Culturales en Bogotá D.C. 29.259.912.000 17.698.000.000 46.957.912.000 O230117330120240088 15.000.000.000 14.620.517.000 29.620.517.000 Consolidación de procesos creativos, innovadores, incluyentes, participativos y de transformación social a través del fomento a las prácticas artísticas en Bogotá D.C.

O230117330120240089 1.447.270.000 1.447.270.000 Fortalecimiento y posicionamiento del sector artístico mediante la promoción del conocimiento y la internacionalización cultural en Bogotá D.C.

O230117330120240092 726.569.000 726.569.000 Generación de contenidos digitales de experiencias y formación artística para la apropiación en Bogotá D.C.

O230117330120240146 3.222.047.000 39.586.857.000 42.808.904.000 Fortalecimiento de las prácticas artísticas en el espacio público, para promover la convivencia, apropiación ciudadana y la generación de confianza en Bogotá D.C.

O230117330120240176 Implementación del ecosistema sostenible para las artes en Bogotá D.C. 1.306.285.000 1.306.285.000 O230117330120240182 4.654.071.000 4.654.071.000 Implementación de prácticas artísticas y creativas para la promoción del bienestar y la innovación social en Bogotá D.C.

O23011745 Gobierno Territorial 37.551.000.000 37.551.000.000 O2301174599 Fortalecimiento a la gestión y dirección de la administración pública territorial 37.551.000.000 37.551.000.000 80 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-266 • 2025 • DICIEMBRE • 31 266 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0222-01 INSTITUTO DISTRITAL DE LAS ARTES - IDARTES UNIDAD EJECUTORA 01 Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO APORTES RECURSOS ADMINISTRADOS DISTRITO TOTAL O230117459920240085 27.571.000.000 27.571.000.000 Fortalecimiento de la infraestructura tecnológica, comunicativa y la gestión institucional para la cualificación de capacidades y mejoramiento de los servicios dirigidos a la ciudadanía en Bogotá D.C.

O230117459920240091 9.980.000.000 9.980.000.000 Adecuación, mantenimiento y modernización de los equipamientos culturales a cargo del Idartes en Bogotá D.C.

TOTAL GASTOS E INVERSIONES 53.081.959.000 186.842.001.000 239.923.960.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto.

81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-267 • 2025 • DICIEMBRE • 31 267 82 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-268 • 2025 • DICIEMBRE • 31 268 Entidades Sector Ambiente Anexo 2 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 83 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-269 • 2025 • DICIEMBRE • 31 269 84 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-270 • 2025 • DICIEMBRE • 31 270 SECTOR AMBIENTE - CONSOLIDADO Entidad Funcionamiento Deuda Inversión Total SECRETARÍA DISTRITAL DE AMBIENTE 40.885.323.000 0 200.222.526.000 241.107.849.000 JARDÍN BOTÁNICO "JOSÉ CELESTINO MUTIS" 14.012.501.000 0 57.379.692.000 71.392.193.000 INSTITUTO DISTRITAL DE GESTIÓN DEL RIESGO Y CAMBIO CLIMÁTICO-IDIGER 30.125.853.000 0 29.876.529.000 60.002.382.000 INSTITUTO DISTRITAL DE PROTECCIÓN Y BIENESTAR ANIMAL – IDPYBA 9.067.831.000 0 39.318.071.000 48.385.902.000 TOTAL SECTOR 94.091.508.000 0 326.796.818.000 420.888.326.000 85 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-271 • 2025 • DICIEMBRE • 31 271 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-272 • 2025 • DICIEMBRE • 31 272 Secretaría Distrital de Ambiente Anexo 2 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 87 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-273 • 2025 • DICIEMBRE • 31 273 88 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-274 • 2025 • DICIEMBRE • 31 274 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0126-01 SECRETARÍA DISTRITAL DE AMBIENTE UNIDAD EJECUTORA 01 Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO RECURSOS TRANSFERENCIAS DISTRITO NACIÓN TOTAL O2 GASTOS 241.107.849.000 241.107.849.000 O21 Funcionamiento 40.885.323.000 40.885.323.000 O211 Gastos de personal 26.060.091.000 26.060.091.000 O212 Adquisición de bienes y servicios 14.823.032.000 14.823.032.000 O218 2.200.000 2.200.000 Gastos por tributos, tasas, contribuciones, multas, sanciones e intereses de mora O23 Inversión 200.222.526.000 200.222.526.000 O2301 DIRECTA 200.222.526.000 200.222.526.000 O230117 Bogotá Camina Segura 200.222.526.000 200.222.526.000 O23011732 Ambiente y desarrollo sostenible 163.998.732.000 163.998.732.000 O2301173201 Fortalecimiento del desempeño ambiental de los sectores productivos 67.207.061.000 67.207.061.000 O230117320120240013 5.364.827.000 5.364.827.000 Incorporación de criterios de ecourbanismo, producción y consumo sostenible en Bogotá D.C.

O230117320120240060 45.626.298.000 45.626.298.000 Fortalecimiento en la Evaluación, Seguimiento y Control Ambiental a los Recursos Naturales y la Estructura Ecológica Principal en Bogotá D.C.

O230117320120240078 16.215.936.000 16.215.936.000 Mejoramiento de la calidad del Aire, Auditiva y Visual, construyendo una ciudad más justa y saludable en Bogotá D.C O2301173202 Conservación de la biodiversidad y sus servicios ecosistémicos 85.021.449.000 85.021.449.000 O230117320220240074 85.021.449.000 85.021.449.000 Incremento de las acciones que contribuyen a la adaptación de los socioecosistemas de Bogotá Región ante los fenómenos de variabilidad y cambio climático Bogotá D.C.

O2301173204 Gestión de la información y el conocimiento ambiental 2.062.929.000 2.062.929.000 O230117320420240084 2.062.929.000 2.062.929.000 Fortalecimiento de la capacidad en la Gestión Legal Ambiental de la SDA Bogotá D.C.

O2301173208 Educación Ambiental 9.707.293.000 9.707.293.000 O230117320820240032 9.707.293.000 9.707.293.000 Fortalecimiento de la apropiación social del conocimiento para la resiliencia climática en Bogotá D.C.

O23011745 Gobierno Territorial 36.223.794.000 36.223.794.000 O2301174599 Fortalecimiento a la gestión y dirección de la administración pública territorial 36.223.794.000 36.223.794.000 O230117459920240048 Fortalecimiento Institucional para la gestión ambiental Bogotá D.C. 21.825.422.000 21.825.422.000 89 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-275 • 2025 • DICIEMBRE • 31 275 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0126-01 SECRETARÍA DISTRITAL DE AMBIENTE UNIDAD EJECUTORA 01 Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO RECURSOS TRANSFERENCIAS DISTRITO NACIÓN TOTAL O230117459920240058 7.417.758.000 7.417.758.000 Fortalecimiento de la planeación y gestión del conocimiento ambiental Bogotá D.C.

O230117459920240067 6.980.614.000 6.980.614.000 Fortalecimiento de la gestión de TI en la Secretaría Distrital de Ambiente Bogotá D.C.

TOTAL GASTOS E INVERSIONES 241.107.849.000 241.107.849.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto 90 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-276 • 2025 • DICIEMBRE • 31 276 Jardín Botánico “José Celestino Mutis”

Anexo 2 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 91 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-277 • 2025 • DICIEMBRE • 31 277 92 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-278 • 2025 • DICIEMBRE • 31 278 PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS 2026 0218 - JARDÍN BOTÁNICO JOSE CELESTINO MUTIS Pesos $ CÓDIGO CONCEPTO PRESUPUESTO O1 Ingresos 10.391.980.000 O11 Ingresos Corrientes 8.775.000.000 O1102 Ingresos no tributarios 8.775.000.000 O12 Recursos de capital 1.616.980.000 O1210 Recursos del balance 1.616.980.000 TOTAL RECURSOS ADMINISTRADOS 10.391.980.000 TRANSFERENCIAS CÓDIGO CONCEPTO PRESUPUESTO O15 Transferencias administración central 61.000.213.000 O1501 Aporte ordinario 61.000.213.000 TOTAL TRANSFERENCIAS 61.000.213.000 TOTAL RENTAS E INGRESOS 71.392.193.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto.

93 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-279 • 2025 • DICIEMBRE • 31 279 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0218-01 JARDÍN BOTÁNICO "JOSE CELESTINO MUTIS" UNIDAD EJECUTORA 01 Pesos $ PRESUPUESTO APORTES DISTRITO CÓDIGO CONCEPTO TOTAL RECURSOS ADMINISTRADOS O2 GASTOS 10.391.980.000 61.000.213.000 71.392.193.000 O21 Funcionamiento 14.012.501.000 14.012.501.000 O211 Gastos de personal 9.189.136.000 9.189.136.000 O212 Adquisición de bienes y servicios 4.822.357.000 4.822.357.000 O218 Gastos por tributos, tasas, contribuciones, multas, sanciones e intereses de mora 1.008.000 1.008.000 O23 Inversión 10.391.980.000 46.987.712.000 57.379.692.000 O2301 DIRECTA 10.391.980.000 46.987.712.000 57.379.692.000 O230117 Bogotá Camina Segura 10.391.980.000 46.987.712.000 57.379.692.000 O23011717 Agricultura y desarrollo rural 4.080.000.000 4.080.000.000 O2301171708 Ciencia, tecnología e innovación agropecuaria 4.080.000.000 4.080.000.000 O230117170820240002 4.080.000.000 4.080.000.000 Fortalecimiento de la agricultura urbana en el Distrito Capital como estrategia de adaptación al cambio climático y dinamización económica Bogotá D.C.

O23011732 Ambiente y desarrollo sostenible 5.695.000.000 34.166.318.000 39.861.318.000 O2301173202 Conservación de la biodiversidad y sus servicios ecosistémicos 4.775.000.000 28.973.394.000 33.748.394.000 O230117320220240004 3.475.000.000 24.952.470.000 28.427.470.000 Consolidación de las coberturas vegetales como estrategia de adaptación y mitigación al cambio climático en el Distrito Capital. Bogotá D.C.

O230117320220240007 1.300.000.000 4.020.924.000 5.320.924.000 Consolidación de acciones y procesos de educación ambiental y de participación para la comprensión de la conservación, el uso sostenible de la biodiversidad y los retos del cambio climático en Bogotá O2301173204 Gestión de la información y el conocimiento ambiental 920.000.000 5.192.924.000 6.112.924.000 O230117320420240006 Investigación para la conservación de los ecosistemas y la flora de Bogotá D.C. 4.313.232.000 4.313.232.000 O230117320420240008 920.000.000 879.692.000 1.799.692.000 Investigación Fortalecimiento del Tropicario del Jardín Botánico de Bogotá como estrategia para la conservación ex situ de la flora colombiana. Bogotá D.C.

O23011745 Gobierno Territorial 4.696.980.000 8.741.394.000 13.438.374.000 O2301174599 Fortalecimiento a la gestión y dirección de la administración pública territorial 4.696.980.000 8.741.394.000 13.438.374.000 O230117459920240005 4.696.980.000 8.741.394.000 13.438.374.000 Fortalecimiento de las capacidades organizacionales, físicas y tecnológicas del Jardín Botánico José Celestino Mutis Bogotá D.C.

TOTAL GASTOS E INVERSIONES 10.391.980.000 61.000.213.000 71.392.193.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto.

94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-280 • 2025 • DICIEMBRE • 31 280 Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático -IDIGER Anexo 2 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 95 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-281 • 2025 • DICIEMBRE • 31 281 96 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-282 • 2025 • DICIEMBRE • 31 282 PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS 2026 0203 - INSTITUTO DISTRITAL DE GESTIÓN DE RIESGOS Y CAMBIO CLIMÁTICO - IDIGER Pesos $ CÓDIGO CONCEPTO PRESUPUESTO O1 Ingresos 65.219.000 O12 Recursos de capital 65.219.000 O1210 Recursos del balance 65.219.000 TOTAL RECURSOS ADMINISTRADOS 65.219.000 TRANSFERENCIAS CÓDIGO CONCEPTO PRESUPUESTO O15 Transferencias administración central 59.937.163.000 O1501 Aporte ordinario 59.937.163.000 TOTAL TRANSFERENCIAS 59.937.163.000 TOTAL RENTAS E INGRESOS 60.002.382.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto.

97 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-283 • 2025 • DICIEMBRE • 31 283 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0203-01 INSTITUTO DISTRITAL DE GESTIÓN DE RIESGOS Y CAMBIO CLIMÁTICO - IDIGER UNIDAD EJECUTORA 01 Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO APORTES DISTRITO TOTAL RECURSOS ADMINISTRADOS O2 GASTOS 65.219.000 59.937.163.000 60.002.382.000 O21 Funcionamiento 30.125.853.000 30.125.853.000 O211 Gastos de personal 27.592.919.000 27.592.919.000 O212 Adquisición de bienes y servicios 2.531.284.000 2.531.284.000 O218 Gastos por tributos, tasas, contribuciones, multas, sanciones e intereses de mora 1.650.000 1.650.000 O23 Inversión 65.219.000 29.811.310.000 29.876.529.000 O2301 DIRECTA 65.219.000 29.811.310.000 29.876.529.000 O230117 Bogotá Camina Segura 65.219.000 29.811.310.000 29.876.529.000 O23011732 Ambiente y desarrollo sostenible 4.900.000.000 4.900.000.000 O2301173204 Gestión de la información y el conocimiento ambiental 4.100.000.000 4.100.000.000 O230117320420240208 Generación de Conocimiento del Riesgo de Desastres y los Efectos del Cambio Climático en Bogotá D.C 4.100.000.000 4.100.000.000 O2301173208 Educación Ambiental 800.000.000 800.000.000 O230117320820240189 800.000.000 800.000.000 Fortalecimiento de la gobernanza del Riesgo y Adaptación al Cambio Climático en la Ciudad de Bogotá D.C.

O23011740 Vivienda, ciudad y territorio 6.000.000.000 6.000.000.000 O2301174002 Ordenamiento territorial y desarrollo urbano 6.000.000.000 6.000.000.000 O230117400220240150 6.000.000.000 6.000.000.000 Generación de acciones para la reducción de la condición de vulnerabilidad de las familias ubicadas en zona de alto riesgo no mitigable en la ciudad de Bogotá D.C.

O23011745 Gobierno Territorial 65.219.000 18.911.310.000 18.976.529.000 O2301174503 Gestión del riesgo de desastres y emergencias 8.511.000.000 8.511.000.000 O230117450320240129 4.000.000.000 4.000.000.000 Incremento de las acciones de reducción del riesgo y adaptación al cambio climático en las unidades de Planeamiento Local UPL, que cuenten con análisis de riesgo en Bogotá D.C.

O230117450320240166 Optimización del proceso de manejo de emergencias y desastres en Bogotá D.C. 3.511.000.000 3.511.000.000 O230117450320240319 1.000.000.000 1.000.000.000 Fortalecimiento de la capacidad institucional de la entidad coordinadora del Sistema Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático en las instancias locales de Bogotá D.C.

O2301174599 Fortalecimiento a la gestión y dirección de la administración pública territorial 65.219.000 10.400.310.000 10.465.529.000 O230117459920240216 65.219.000 10.400.310.000 10.465.529.000 Implementación de acciones de fortalecimiento institucional para mejorar el desempeño institucional del IDIGER en el Distrito Capital Bogotá D.C.

TOTAL GASTOS E INVERSIONES 65.219.000 59.937.163.000 60.002.382.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto.

98 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-284 • 2025 • DICIEMBRE • 31 284 Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal – IDPYBA Anexo 2 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 99 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-285 • 2025 • DICIEMBRE • 31 285 100 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-286 • 2025 • DICIEMBRE • 31 286 PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS 2026 0229 - INSTITUTO DISTRITAL DE PROTECCION Y BIENESTAR ANIMAL - IDPYBA Pesos $ TRANSFERENCIAS CÓDIGO CONCEPTO PRESUPUESTO O15 Transferencias administración central 48.385.902.000 O1501 Aporte ordinario 48.385.902.000 TOTAL TRANSFERENCIAS 48.385.902.000 TOTAL RENTAS E INGRESOS 48.385.902.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto.

101 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-287 • 2025 • DICIEMBRE • 31 287 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0229-01 INSTITUTO DISTRITAL DE PROTECCION Y BIENESTAR ANIMAL - IDPYBA UNIDAD EJECUTORA 01 Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO APORTES RECURSOS ADMINISTRADOS DISTRITO TOTAL O2 GASTOS 48.385.902.000 48.385.902.000 O21 Funcionamiento 9.067.831.000 9.067.831.000 O211 Gastos de personal 6.586.279.000 6.586.279.000 O212 Adquisición de bienes y servicios 2.480.270.000 2.480.270.000 O218 Gastos por tributos, tasas, contribuciones, multas, sanciones e intereses de mora 1.282.000 1.282.000 O23 Inversión 39.318.071.000 39.318.071.000 O2301 DIRECTA 39.318.071.000 39.318.071.000 O230117 Bogotá Camina Segura 39.318.071.000 39.318.071.000 O23011745 Gobierno Territorial 39.318.071.000 39.318.071.000 O2301174501 Fortalecimiento de la convivencia y la seguridad ciudadana 28.274.417.000 28.274.417.000 O230117450120240030 5.299.011.000 5.299.011.000 Fortalecimiento de la apropiación de la cultura ciudadana para la convivencia interespecie armónica, la protección y el bienestar de los animales en Bogotá D.C.

O230117450120240034 900.518.000 900.518.000 Desarrollo de un proceso institucional de gestión del conocimiento para el fortalecimiento de la política pública de protección y bienestar animal en Bogotá D.C.

O230117450120240036 22.074.888.000 22.074.888.000 Optimización De los servicios para la atención integral y bienestar de animales domésticos, de granja y especies no convencionales en Bogotá D.C.

O2301174599 Fortalecimiento a la gestión y dirección de la administración pública territorial 11.043.654.000 11.043.654.000 O230117459920240061 11.043.654.000 11.043.654.000 Mejoramiento de la gestión pública y administrativa del Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal en Bogotá D.C.

TOTAL GASTOS E INVERSIONES 48.385.902.000 48.385.902.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto.

102 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-288 • 2025 • DICIEMBRE • 31 288 Entidades Sector Hábitat Anexo 2 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 103 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-289 • 2025 • DICIEMBRE • 31 289 104 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-290 • 2025 • DICIEMBRE • 31 290 SECTOR HÁBITAT - CONSOLIDADO Entidad Funcionamiento Deuda Inversión Total SECRETARÍA DISTRITAL DEL HÁBITAT 31.492.065.000 0 824.815.300.000 856.307.365.000 CAJA DE VIVIENDA POPULAR 16.564.759.000 0 87.618.159.000 104.182.918.000 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE SERVICIOS PÚBLICOS 340.834.172.000 0 227.568.591.000 568.402.763.000 TOTAL SECTOR 388.890.996.000 0 1.140.002.050.000 1.528.893.046.000 105 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-291 • 2025 • DICIEMBRE • 31 291 106 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-292 • 2025 • DICIEMBRE • 31 292 Secretaría Distrital del Hábitat Anexo 2 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 107 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-293 • 2025 • DICIEMBRE • 31 293 108 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-294 • 2025 • DICIEMBRE • 31 294 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0118-01 SECRETARÍA DISTRITAL DEL HÁBITAT UNIDAD EJECUTORA 01 Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO RECURSOS TRANSFERENCIAS DISTRITO NACIÓN TOTAL O2 GASTOS 695.717.104.000 160.590.261.000 856.307.365.000 O21 Funcionamiento 31.492.065.000 31.492.065.000 O211 Gastos de personal 23.607.526.000 23.607.526.000 O212 Adquisición de bienes y servicios 7.883.915.000 7.883.915.000 O218 624.000 624.000 Gastos por tributos, tasas, contribuciones, multas, sanciones e intereses de mora O23 Inversión 664.225.039.000 160.590.261.000 824.815.300.000 O2301 DIRECTA 525.573.241.000 525.573.241.000 O230117 Bogotá Camina Segura 525.573.241.000 525.573.241.000 O23011740 Vivienda, ciudad y territorio 478.414.049.000 478.414.049.000 O2301174001 Acceso a soluciones de vivienda 339.136.216.000 339.136.216.000 O230117400120240222 339.136.216.000 339.136.216.000 Subsidio Distrital de Vivienda para el acceso a soluciones habitacionales por parte de hogares vulnerables en Bogotá D.C.

O2301174002 Ordenamiento territorial y desarrollo urbano 135.774.781.000 135.774.781.000 O230117400220200320 Estudios y diseños de proyectos para el mejoramiento integral de Barrios 2020-2024 Bogotá 81.496.552.000 81.496.552.000 O230117400220240209 3.612.947.000 3.612.947.000 Desarrollo de estrategias que promuevan la participación ciudadana en la revitalización y resiliencia de espacios urbanos y rurales a través de la gobernanza colaborativa, la gestión y la innovación O230117400220240214 50.665.282.000 50.665.282.000 Adecuación de entornos urbanos y/o rurales con déficit de infraestructura y espacio público de Bogotá D.C.

O2301174003 Acceso de la población a los servicios de agua potable y saneamiento básico 3.503.052.000 3.503.052.000 O230117400320240218 3.503.052.000 3.503.052.000 Mejoramiento de la prestación y acceso de los servicios públicos domiciliarios, en especial en suelo rural y hogares en condición de vulnerabilidad de Bogotá D.C.

O23011745 Gobierno Territorial 47.159.192.000 47.159.192.000 O2301174599 Fortalecimiento a la gestión y dirección de la administración pública territorial 47.159.192.000 47.159.192.000 O230117459920240213 2.738.585.000 2.738.585.000 Implementación de las estrategias de generación y difusión del conocimiento e innovación para la toma de decisiones en política publica sobre las dinámicas del hábitat en Bogotá D.C.

109 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-295 • 2025 • DICIEMBRE • 31 295 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0118-01 SECRETARÍA DISTRITAL DEL HÁBITAT UNIDAD EJECUTORA 01 Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO RECURSOS TRANSFERENCIAS DISTRITO NACIÓN TOTAL O230117459920240215 4.750.869.000 4.750.869.000 Asistencia técnica para la habilitación de suelo y la gestión de los trámites de los proyectos que promuevan la generación e iniciación de viviendas vis y vip en Bogotá D.C.

O230117459920240226 10.782.821.000 10.782.821.000 Implementación de acciones y estrategias que garanticen el desarrollo formal de vivienda, la legalización urbanística y la prevención frente a la urbanización ilegal en Bogotá D.C.

O230117459920240250 28.886.917.000 28.886.917.000 Fortalecimiento en la gestión pública integral en la Secretaría Distrital del Hábitat a través del modelo de gestión institucional de la entidad, aumentando el conocimiento de la ciudadanía O233 Transferencias corrientes 138.651.798.000 160.590.261.000 299.242.059.000 TOTAL GASTOS E INVERSIONES 695.717.104.000 160.590.261.000 856.307.365.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto 110 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-296 • 2025 • DICIEMBRE • 31 296 Caja de Vivienda Popular Anexo 2 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 111 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-297 • 2025 • DICIEMBRE • 31 297 112 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-298 • 2025 • DICIEMBRE • 31 298 PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS 2026 0208 - CAJA DE VIVIENDA POPULAR Pesos $ CÓDIGO CONCEPTO PRESUPUESTO O1 Ingresos 4.178.650.000 O12 Recursos de capital 4.178.650.000 O1205 Rendimientos financieros 3.217.504.000 O1210 Recursos del balance 961.146.000 TOTAL RECURSOS ADMINISTRADOS 4.178.650.000 TRANSFERENCIAS CÓDIGO CONCEPTO PRESUPUESTO O15 Transferencias administración central 100.004.268.000 O1501 Aporte ordinario 100.004.268.000 TOTAL TRANSFERENCIAS 100.004.268.000 TOTAL RENTAS E INGRESOS 104.182.918.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto.

113 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-299 • 2025 • DICIEMBRE • 31 299 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0208-01 CAJA DE VIVIENDA POPULAR UNIDAD EJECUTORA 01 Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO APORTES RECURSOS ADMINISTRADOS DISTRITO TOTAL O2 GASTOS 4.178.650.000 100.004.268.000 104.182.918.000 O21 Funcionamiento 16.564.759.000 16.564.759.000 O211 Gastos de personal 12.197.570.000 12.197.570.000 O212 Adquisición de bienes y servicios 4.367.073.000 4.367.073.000 O218 Gastos por tributos, tasas, contribuciones, multas, sanciones e intereses de mora 116.000 116.000 O23 Inversión 4.178.650.000 83.439.509.000 87.618.159.000 O2301 DIRECTA 4.178.650.000 83.439.509.000 87.618.159.000 O230117 Bogotá Camina Segura 4.178.650.000 83.439.509.000 87.618.159.000 O23011740 Vivienda, ciudad y territorio 3.217.504.000 69.277.474.000 72.494.978.000 O2301174001 Acceso a soluciones de vivienda 3.217.504.000 25.522.242.000 28.739.746.000 O230117400120240090 3.339.590.000 3.339.590.000 Contribución en la formalización de vivienda de barrios legalizados y mejora en la conformación yaprobación del espacio público en Bogotá D.C O230117400120240094 Mejoramiento integral de vivienda a familias en condiciones de vulnerabilidad en Bogotá D.C. 556.747.000 9.597.712.000 10.154.459.000 O230117400120240174 Titulación de predios e iniciación de viviendas nuevas Bogotá D.C. 2.660.757.000 12.584.940.000 15.245.697.000 O2301174002 Ordenamiento territorial y desarrollo urbano 43.755.232.000 43.755.232.000 O230117400220240066 Mejoramiento Integral de Barrios con Entornos Seguros Bogotá D.C. 25.438.936.000 25.438.936.000 O230117400220240134 Traslado de hogares localizados en zonas de alto riesgo no mitigable en Bogotá D.C. 18.316.296.000 18.316.296.000 O23011745 Gobierno Territorial 961.146.000 14.162.035.000 15.123.181.000 O2301174599 Fortalecimiento a la gestión y dirección de la administración pública territorial 961.146.000 14.162.035.000 15.123.181.000 O230117459920240191 961.146.000 14.162.035.000 15.123.181.000 Fortalecimiento de la capacidad institucional para la modernización de la Caja de la Vivienda Popular de la ciudad de Bogotá D.C.

TOTAL GASTOS E INVERSIONES 4.178.650.000 100.004.268.000 104.182.918.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto.

114 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-300 • 2025 • DICIEMBRE • 31 300 Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos Anexo 2 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 115 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-301 • 2025 • DICIEMBRE • 31 301 116 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-302 • 2025 • DICIEMBRE • 31 302 PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS 2026 0228 - UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE SERVICIOS PÚBLICOS - UAESP Pesos $ CÓDIGO CONCEPTO PRESUPUESTO O1 Ingresos 21.057.356.000 O11 Ingresos Corrientes 2.053.212.000 O1102 Ingresos no tributarios 2.053.212.000 O12 Recursos de capital 19.004.144.000 O1210 Recursos del balance 19.004.144.000 TOTAL RECURSOS ADMINISTRADOS 21.057.356.000 TRANSFERENCIAS CÓDIGO CONCEPTO PRESUPUESTO O15 Transferencias administración central 547.345.407.000 O1501 Aporte ordinario 547.345.407.000 TOTAL TRANSFERENCIAS 547.345.407.000 TOTAL RENTAS E INGRESOS 568.402.763.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto.

117 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-303 • 2025 • DICIEMBRE • 31 303 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0228-01 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE SERVICIOS PÚBLICOS - UAESP UNIDAD EJECUTORA 01 Pesos $ PRESUPUESTO APORTES DISTRITO CÓDIGO CONCEPTO TOTAL RECURSOS ADMINISTRADOS O2 GASTOS 21.057.356.000 547.345.407.000 568.402.763.000 O21 Funcionamiento 340.834.172.000 340.834.172.000 O211 Gastos de personal 26.381.965.000 26.381.965.000 O212 Adquisición de bienes y servicios 12.710.054.000 12.710.054.000 O213 Transferencias corrientes 301.742.153.000 301.742.153.000 O23 Inversión 21.057.356.000 206.511.235.000 227.568.591.000 O2301 DIRECTA 21.057.356.000 206.511.235.000 227.568.591.000 O230117 Bogotá Camina Segura 21.057.356.000 206.511.235.000 227.568.591.000 O23011719 Salud y protección social 1.428.865.000 7.666.554.000 9.095.419.000 O2301171905 Salud pública 1.428.865.000 7.666.554.000 9.095.419.000 O230117190520240291 1.428.865.000 7.666.554.000 9.095.419.000 Mejoramiento de la infraestructura y de los servicios de destino final en los cementerios públicos distritales Bogotá D.C.

O23011721 Minas y energia 10.600.000.000 10.600.000.000 O2301172102 Consolidación productiva del sector de energía eléctrica 10.600.000.000 10.600.000.000 O230117210220240263 Fortalecimiento de la operación y de la prestación del servicio de Alumbrado Público en Bogotá D.C. 10.600.000.000 10.600.000.000 O23011740 Vivienda, ciudad y territorio 19.628.491.000 177.804.681.000 197.433.172.000 O2301174003 Acceso de la población a los servicios de agua potable y saneamiento básico 19.628.491.000 177.804.681.000 197.433.172.000 O230117400320240276 16.581.240.000 24.600.000.000 41.181.240.000 Implementación de un modelo de Gestión integral de residuos como garantía de saneamiento básico bajo un enfoque de economía circular Bogotá D.C.

O230117400320240302 Fortalecimiento de la actividad de aprovechamiento en Bogotá D.C. 51.272.699.000 51.272.699.000 O230117400320240320 75.479.300.000 75.479.300.000 Implementación de estrategias integrales para la gestión de residuos sólidos de puntos críticos y de arrojo clandestino como garantía de área limpia en el espacio público de Bogotá D.C.

O230117400320240321 3.047.251.000 26.452.682.000 29.499.933.000 Implementación y transformación del Relleno Sanitario Doña Juana hacia un parque Tecnológico en manejo de residuos, Bogotá D.C.

O23011745 Gobierno Territorial 10.440.000.000 10.440.000.000 O2301174599 Fortalecimiento a la gestión y dirección de la administración pública territorial 10.440.000.000 10.440.000.000 O230117459920240107 Fortalecimiento de los procesos de planificación y gestión de la UAESP Bogotá D.C. 10.440.000.000 10.440.000.000 TOTAL GASTOS E INVERSIONES 21.057.356.000 547.345.407.000 568.402.763.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto.

118 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-304 • 2025 • DICIEMBRE • 31 304 Entidad Sector Mujer Anexo 2 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 119 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-305 • 2025 • DICIEMBRE • 31 305 120 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-306 • 2025 • DICIEMBRE • 31 306 SECTOR MUJER Entidad Funcionamiento Deuda Inversión Total SECRETARÍA DISTRITAL DE LA MUJER 35.840.589.000 0 106.153.607.000 141.994.196.000 TOTAL SECTOR 35.840.589.000 0 106.153.607.000 141.994.196.000 121 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-307 • 2025 • DICIEMBRE • 31 307 122 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-308 • 2025 • DICIEMBRE • 31 308 Secretaría Distrital de la Mujer Anexo 2 Presupuesto 2026 Bogotá, Distrito Capital Alcaldía Mayor de Bogotá D.C Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto 123 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-309 • 2025 • DICIEMBRE • 31 309 124 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-310 • 2025 • DICIEMBRE • 31 310 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0121-01 SECRETARÍA DISTRITAL DE LA MUJER UNIDAD EJECUTORA 01 Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO RECURSOS TRANSFERENCIAS DISTRITO NACIÓN TOTAL O2 GASTOS 141.994.196.000 141.994.196.000 O21 Funcionamiento 35.840.589.000 35.840.589.000 O211 Gastos de personal 30.781.894.000 30.781.894.000 O212 Adquisición de bienes y servicios 5.058.245.000 5.058.245.000 O218 450.000 450.000 Gastos por tributos, tasas, contribuciones, multas, sanciones e intereses de mora O23 Inversión 106.153.607.000 106.153.607.000 O2301 DIRECTA 106.153.607.000 106.153.607.000 O230117 Bogotá Camina Segura 106.153.607.000 106.153.607.000 O23011712 Justicia y del derecho 10.839.939.000 10.839.939.000 O2301171202 Promoción al acceso a la justicia 10.839.939.000 10.839.939.000 O230117120220240300 10.839.939.000 10.839.939.000 Consolidación de la Estrategia de Justicia de Género como mecanismo para promover los derechos de las mujeres a una vida libre de violencias en Bogotá D.C.

O23011745 Gobierno Territorial 95.313.668.000 95.313.668.000 O2301174501 Fortalecimiento de la convivencia y la seguridad ciudadana 35.469.625.000 35.469.625.000 O230117450120240298 35.469.625.000 35.469.625.000 Fortalecimiento de la estrategia de acogida, atención y prevención de violencias contra las mujeres en el espacio público y privado en Bogotá D.C.

O2301174502 44.863.545.000 44.863.545.000 Fortalecimiento del buen gobierno para el respeto y garantía de los derechos humanos.

O230117450220240289 2.284.683.000 2.284.683.000 Implementación de la estrategia de transformación cultural de la Secretaría Distrital de la Mujer en Bogotá D.C.

O230117450220240299 2.316.708.000 2.316.708.000 Implementación de una estrategia de comunicación para la promoción de los derechos de las mujeres, la prevención y atención de las violencias de género en Bogotá D.C.

O230117450220240308 2.439.866.000 2.439.866.000 Ampliación de los servicios con enfoque diferencial para la atención a mujeres que ejercen actividades sexuales pagadas (ASP) en Bogotá D.C.

O230117450220240309 13.209.684.000 13.209.684.000 Fortalecimiento a la implementación, seguimiento y cordinación del Sistema Distrital de Cuidado en Bogotá D.C.

125 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-311 • 2025 • DICIEMBRE • 31 311 PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES 2026 0121-01 SECRETARÍA DISTRITAL DE LA MUJER UNIDAD EJECUTORA 01 Pesos $ PRESUPUESTO CÓDIGO CONCEPTO RECURSOS TRANSFERENCIAS DISTRITO NACIÓN TOTAL O230117450220240310 15.215.467.000 15.215.467.000 Implementación de estrategias de participación, territorialización y transversalización de la Política Pública de Mujeres y Equidad de Género a nivel local en Bogotá D.C O230117450220240311 1.774.071.000 1.774.071.000 Fortalecimiento de los servicios y estrategias con enfoque diferencial en el sector público y privado que vinculen a la ciudadanía y a las mujeres en sus diferencias y diversidad en Bogotá D.C.

O230117450220240313 2.104.579.000 2.104.579.000 Desarrollo de capacidades digitales para potenciar la inclusión social de las mujeres en zonas urbanas y rurales en Bogotá D.C O230117450220240317 3.775.829.000 3.775.829.000 Producción de información sobre los derechos de las mujeres para potenciar la toma de decisiones en Bogotá D.C.

O230117450220240318 1.742.658.000 1.742.658.000 Implementación de estrategias para el empoderamiento económico de las mujeres en toda su diversidad en Bogotá D.C.

O2301174599 Fortalecimiento a la gestión y dirección de la administración pública territorial 14.980.498.000 14.980.498.000 O230117459920240297 2.461.102.000 2.461.102.000 Implementación de las políticas públicas PPMYEG y PPASP para la garantía de los derechos de las mujeres, la transversalización del enfoque de género y la igualdad en Bogotá D.C.

O230117459920240316 12.519.396.000 12.519.396.000 Mejoramiento del Modelo de Operación por Procesos de la Secretaría Distrital de la Mujer en Bogotá D.C.

TOTAL GASTOS E INVERSIONES 141.994.196.000 141.994.196.000 Fuente: SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – Dirección Distrital de Presupuesto 126 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-312 • 2025 • DICIEMBRE • 31 312 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-313 • 2025 • DICIEMBRE • 31 313 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-314 • 2025 • DICIEMBRE • 31 314 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-315 • 2025 • DICIEMBRE • 31 315 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-316 • 2025 • DICIEMBRE • 31 316 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-317 • 2025 • DICIEMBRE • 31 317 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-318 • 2025 • DICIEMBRE • 31 318 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-319 • 2025 • DICIEMBRE • 31 319 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-320 • 2025 • DICIEMBRE • 31 320 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-321 • 2025 • DICIEMBRE • 31 321 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-322 • 2025 • DICIEMBRE • 31 322 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-323 • 2025 • DICIEMBRE • 31 323 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-324 • 2025 • DICIEMBRE • 31 324 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-325 • 2025 • DICIEMBRE • 31 325 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-326 • 2025 • DICIEMBRE • 31 326 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-327 • 2025 • DICIEMBRE • 31 327 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-328 • 2025 • DICIEMBRE • 31 328 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-329 • 2025 • DICIEMBRE • 31 329 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-330 • 2025 • DICIEMBRE • 31 330 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-331 • 2025 • DICIEMBRE • 31 331 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-332 • 2025 • DICIEMBRE • 31 332 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-333 • 2025 • DICIEMBRE • 31 333 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-334 • 2025 • DICIEMBRE • 31 334 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-335 • 2025 • DICIEMBRE • 31 335 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-336 • 2025 • DICIEMBRE • 31 336 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-337 • 2025 • DICIEMBRE • 31 337 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-338 • 2025 • DICIEMBRE • 31 338 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-339 • 2025 • DICIEMBRE • 31 339 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-340 • 2025 • DICIEMBRE • 31 340 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-341 • 2025 • DICIEMBRE • 31 341 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-342 • 2025 • DICIEMBRE • 31 342 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-343 • 2025 • DICIEMBRE • 31 343 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-344 • 2025 • DICIEMBRE • 31 344 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-345 • 2025 • DICIEMBRE • 31 345 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-346 • 2025 • DICIEMBRE • 31 346 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-347 • 2025 • DICIEMBRE • 31 347 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-348 • 2025 • DICIEMBRE • 31 348 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-349 • 2025 • DICIEMBRE • 31 349 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-350 • 2025 • DICIEMBRE • 31 350 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-351 • 2025 • DICIEMBRE • 31 351 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-352 • 2025 • DICIEMBRE • 31 352 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-353 • 2025 • DICIEMBRE • 31 353 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-354 • 2025 • DICIEMBRE • 31 354 12/2025 Secretaría Distrital de Planeación Documento Técnico de Soporte Incorporación de Incentivos Decreto Distrital 555 de 2021 Dirección de Desarrollo del Suelo Subdirección de Renovación Urbana y Desarrollo Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Subdirección de Ecourbanismo y Construcción Sostenible 0 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-355 • 2025 • DICIEMBRE • 31 355 CONTENIDO Glosario 4 Introducción 8

1. Contexto y Justificación 9

1.1. Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá D.C. 10 1.2. Generación de Vivienda en Bogotá 11 1.3. Dinámica de desarrollo de ciudad 15 1.4. Plan Distrital de Desarrollo 2024 – 2027 “Bogotá Camina Segura” 23 1.5. Economía urbana y medidas para su dinamización 26

2. Objetivos 27

2.1. Objetivos Generales 27 2.2. Objetivos Específicos 28

3. Marco normativo General 28

4. Metodología de diagnóstico, evaluación y propuesta 40

5. Medidas de Ecourbanismo y Construcción Sostenible 42

5.1. Metodología de análisis de las medidas de ecourbanismo 44 5.2. Medidas de Ecourbanismo 48 5.2.1. Aprovechamiento de Aguas Lluvias 48 5.2.2. Materiales con Atributo Sostenible 56 5.2.3. Verde Urbano 61 5.2.4. Reducción del Efecto Isla de Calor 70 5.2.5. Fuentes No Convencionales de Energía Renovable (FNCER). 74

6. Diagnóstico Tratamientos Urbanísticos 80

6.1. Análisis Geográfico Multicriterio 82 6.2. Modelaciones Normativas – metodología y análisis 90 6.3. Viabilidad de proyectos 96

7. Incentivos urbanísticos 97

7.1. Análisis y modelación de incentivos urbanísticos 98 7.2. Incentivos urbanísticos 99 7.2.1. Incentivo para la construcción de Vivienda VIS y/o VIP en el tratamiento de Desarrollo 100 7.2.2. Incentivo para el cumplimiento de cargas locales asociadas a parques, plazas y plazoletas en el tratamiento de Desarrollo. 106 1 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-356 • 2025 • DICIEMBRE • 31 356 7.2.3. Incentivo de mezcla de usos en Planes Parciales de Tratamiento de Desarrollo aplicable a proyectos que cumplan la obligación VIS y VIP en sitio 111 7.2.4. Incentivo para el Tratamiento de Renovación Urbana 115 7.2.5. Incentivo para la construcción de Vivienda VIS y/o VIP en el tratamiento de Consolidación. 122 7.2.6. Incentivo para el Tratamiento de Consolidación 127 7.2.7. Incentivo para los proyectos en Área de Actividad de Grandes Servicios Metropolitanos que incluyan el uso residencial. 138 7.2.8. Seguimiento, beneficios y efectos de los incentivos 144 ILUSTRACIONES ILUSTRACIÓN 1. DÉFICIT HABITACIONAL – NACIONAL Y BOGOTÁ 11 ILUSTRACIÓN 2. UNIDADES DE VIVIENDA LANZADAS BOGOTÁ Y CUNDINAMARCA 12 ILUSTRACIÓN 3. UNIDADES DE VIVIENDA VENDIDAS BOGOTÁ Y CUNDINAMARCA 13 ILUSTRACIÓN 4. UNIDADES DE VIVIENDA INICIADAS BOGOTÁ Y CUNDINAMARCA 13 ILUSTRACIÓN 5. UNIDADES DE VIVIENDA DISPONIBLES EN BOGOTÁ 14 ILUSTRACIÓN 6. ÁREA LICENCIADA EN M2 17 ILUSTRACIÓN 7. LIQUIDACIONES DE OBLIGACIONES URBANÍSTICAS POR SEMESTRE 18 ILUSTRACIÓN 8. LIQUIDACIONES POR TRATAMIENTO 19 ILUSTRACIÓN 9. RECAUDO DE OBLIGACIONES POR TRATAMIENTO 20 ILUSTRACIÓN 10. ESQUEMA DE MEDIDAS DE ECOURBANISMO ASOCIADAS A INCENTIVOS 47 ILUSTRACIÓN 11. ESQUEMA MEDIDA DE AGUA LLUVIA 52 ILUSTRACIÓN 12. CONSUMO PROMEDIO PER CÁPITA DE AGUA MENSUAL EN SECTOR PÚBLICO DISTRITAL 54 ILUSTRACIÓN 13. ESQUEMA MEDIDA DE MATERIALES CON ATRIBUTO SOSTENIBLE 59 ILUSTRACIÓN 14. ESQUEMA MEDIDA DE TECHO VERDE 65 ILUSTRACIÓN 15. ESQUEMA MEDIDA DE ZONA VERDE EN PLACA 66 ILUSTRACIÓN 16. ESQUEMA MEDIDA DE PLENA TIERRA 66 ILUSTRACIÓN 17. PROMEDIO DE TEMPERATURA MEDIA ANUAL DE LAS ESTACIONES DE LA RED DE MONITOREO DE CALIDAD DEL AIRE DE BOGOTÁ – TEMP 70 ILUSTRACIÓN 18. ESQUEMA MEDIDA DE REDUCCIÓN DE ISLA DE CALOR 72 ILUSTRACIÓN 19. ESQUEMA MEDIDA DE FUENTES NO CONVENCIONALES DE ENERGÍA RENOVABLE 78 ILUSTRACIÓN 20. PLANO DE BOGOTÁ D.C. CON LA DISTRIBUCIÓN DE SUELO PARA LOS TRATAMIENTOS DE DESARROLLO, RENOVACIÓN URBANA Y CONSOLIDACIÓN FILTRO NIVEL 0 85 ILUSTRACIÓN 21. GRÁFICOS DE DISTRIBUCIÓN DE SUELO PARA LOS TRATAMIENTOS DE DESARROLLO, RENOVACIÓN URBANA Y CONSOLIDACIÓN, EN ÁREA Y NÚMERO DE LOTES FILTRO NIVEL 0 86 ILUSTRACIÓN 22. PLANOS Y GRÁFICOS DE DISTRIBUCIÓN DE SUELO PARA LOS TRATAMIENTOS DE DESARROLLO, RENOVACIÓN URBANA Y CONSOLIDACIÓN, EN ÁREA Y NÚMERO DE LOTES FILTRO NIVEL 4 87 ILUSTRACIÓN 23. PLANO TRATAMIENTO DE RENOVACIÓN URBANA FILTRO NIVEL 4 CON CLASIFICACIÓN POR ÁREA DE LOTE 88 ILUSTRACIÓN 24. PLANO TRATAMIENTO DE CONSOLIDACIÓN FILTRO NIVEL 4 CON CLASIFICACIÓN POR ÁREA DE LOTE 88 ILUSTRACIÓN 25. PLANO TRATAMIENTO DE DESARROLLO FILTRO NIVEL 4 CON CLASIFICACIÓN POR ÁREA DE LOTE 89 2 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-357 • 2025 • DICIEMBRE • 31 357 ILUSTRACIÓN 26. ESQUEMA INCENTIVO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA VIS Y/O VIP EN EL TRATAMIENTO DE DESARROLLO 102 ILUSTRACIÓN 27. ESQUEMA INCENTIVO PARA EL CUMPLIMIENTO DE CARGAS LOCALES EN TRATAMIENTO DE DESARROLLO 108 ILUSTRACIÓN 28. ESQUEMA COMPARATIVO INCENTIVO PARA LA MEZCLA DE USOS EN PLANES PARCIALES EN TRATAMIENTO DE DESARROLLO 113 ILUSTRACIÓN 29. ESQUEMA INCENTIVO PARA EL TRATAMIENTO DE RENOVACIÓN URBANA 117 ILUSTRACIÓN 30. ESQUEMA INCENTIVO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA VIS Y/O VIP EN TRATAMIENTO DE CONSOLIDACIÓN 123 ILUSTRACIÓN 31. ESQUEMA INCENTIVO PARA EL TRATAMIENTO DE CONSOLIDACIÓN 135 ILUSTRACIÓN 32. ESQUEMA DE APLICACIÓN DEL INCENTIVO PARA EL TRATAMIENTO DE CONSOLIDACIÓN 135 ILUSTRACIÓN 33. ESQUEMA INCENTIVO PARA PROYECTOS EN ÁREA DE ACTIVIDAD DE GRANDES SERVICIOS METROPOLITANOS QUE INCLUYAN EL USO RESIDENCIAL 139 TABLAS TABLA 1. LIQUIDACIONES POR TRATAMIENTO A PARTIR DE 2021 19 TABLA 2. ESTRATEGIA 2 (E2) GENERACIÓN DE ESPACIO PÚBLICO A TRAVÉS DE LAS ACTUACIONES URBANÍSTICAS 22 TABLA 3. INTERVENCIÓN DE URBANIZADORES Y/O TERCEROS 23 TABLA 4. CIFRAS PROYECTOS QUE PARTICIPAN EN ALGÚN ESQUEMA DE CERTIFICACIÓN O RECONOCIMIENTO EN CONSTRUCCIÓN SOSTENIBLE. 39 TABLA 5. CAMBIOS EN LOS VOLÚMENES DE ESCORRENTÍA E INFILTRACIÓN EN FUNCIÓN DE LA IMPERMEABILIDAD DE LAS SUPERFICIES. 48 TABLA 6. CONSUMO PER CÁPITA SDP 2025 53 TABLA 7. ATRIBUTOS SOSTENIBLES PARA MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN 58 TABLA 8. MEDIDAS DE REVERDECIMIENTO OBLIGATORIAS SEGÚN USOS DEL SUELO 62 TABLA 9. BENEFICIOS CALCULADOS POR LA IMPLEMENTACIÓN DE SISTEMAS FOTOVOLTAICOS 79 TABLA 10. DATOS Y FUENTES PARA EL ANÁLISIS GEOESPACIAL MULTICRITERIO 83 TABLA 11. FILTROS IDENTIFICACIÓN DE PREDIOS PARA APLICACIÓN DE NORMA 84 TABLA 12. CONDICIONES DE LOS ESCENARIOS ELEGIDOS 91 TABLA 13. TABLA DE DETERMINANTES GEOGRÁFICAS 91 TABLA 14. TABLA DE VARIABLES NORMATIVAS APLICADAS 92 TABLA 15. EJERCICIO PRÁCTICO COMPARATIVO DE APLICACIÓN DEL INCENTIVO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA VIS Y/O VIP EN EL TRATAMIENTO DE DESARROLLO ¡ERROR! MARCADOR NO DEFINIDO. TABLA 16. EJERCICIO PRÁCTICO COMPARATIVO DE APLICACIÓN DEL INCENTIVO PARA EL CUMPLIMIENTO DE CARGAS LOCALES EN EL TRATAMIENTO DE DESARROLLO 109 TABLA 17. EJERCICIO PRÁCTICO COMPARATIVO DE APLICACIÓN DEL INCENTIVO DE MEZCLA DE USOS PARA PLANES PARCIALES EN TRATAMIENTO DE DESARROLLO ¡ERROR! MARCADOR NO DEFINIDO. TABLA 18. EJERCICIO PRÁCTICO COMPARATIVO DE APLICACIÓN DEL INCENTIVO PARA EL TRATAMIENTO DE RENOVACIÓN URBANA 117 TABLA 19. EJERCICIO PRÁCTICO COMPARATIVO DE APLICACIÓN DEL INCENTIVO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA VIS Y/O VIP EN EL TRATAMIENTO DE CONSOLIDACIÓN ¡ERROR! MARCADOR NO DEFINIDO. TABLA 20. EJERCICIO PRÁCTICO COMPARATIVO DE APLICACIÓN DEL INCENTIVO PARA EL TRATAMIENTO DE CONSOLIDACIÓN ¡ERROR! MARCADOR NO DEFINIDO. TABLA 21. EJERCICIO PRÁCTICO COMPARATIVO DE APLICACIÓN DEL INCENTIVO PARA LOS PROYECTOS EN ÁREA DE ACTIVIDAD DE GRANDES SERVICIOS METROPOLITANOS QUE INCLUYAN EL USO RESIDENCIAL ¡ERROR! MARCADOR NO DEFINIDO.

3 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-358 • 2025 • DICIEMBRE • 31 358 Glosario Agua potable: Aquella que reúne los requisitos organolépticos, físicos, químicos y microbiológicos que la hacen apta y aceptable para el consumo humano; cumple con la NTC 813 y con las demás normas de calidad de agua.

Aguas lluvias: Aguas provenientes de la precipitación pluvial.

Alta reflectancia (solar): Propiedad de un material o superficie de repeler (reflejar) una proporción elevada de la radiación solar incidente, con lo cual la absorción térmica se reduce; se expresa como un valor de reflectancia solar o albedo alto, y es criterio relevante en diseño de cubiertas, pavimentos y fachadas para eficiencia energética o mitigación urbana.

Balance hídrico: Establece que la cantidad de agua que entra en una cuenca hidrográfica debe ser igual a la cantidad de agua que sale de ella. El balance hídrico se calcula mediante la suma de las entradas y salidas de agua en una cuenca hidrográfica en un período determinado. Las entradas de agua en una cuenca hidrográfica incluyen la precipitación, la nieve derretida y el agua subterránea. Las salidas de agua incluyen la evaporación, la transpiración de las plantas y la escorrentía superficial. El balance hídrico se utiliza para calcular la cantidad de agua disponible para el uso humano, la agricultura y la conservación del medio ambiente en una cuenca hidrográfica. Además, también se utiliza para predecir los efectos del cambio climático en el suministro de agua en una determinada área.

Caudal del pico del hidrograma: Se refiere al valor máximo del caudal (caudal = volumen de agua que atraviesa una sección transversal en la unidad de tiempo) que se alcanza en un hidrograma de escorrentía (o de un evento de lluvias) para una cuenca determinada.

Cobertura arbórea: Porcentaje de la superficie del suelo que está cubierto por la proyección vertical de las copas, teniendo en cuenta las especies vegetales leñosas que en su estado adulto cuenten con más de 5 metros de altura.

Demanda energética: Es la cantidad de energía eléctrica requerida por los usuarios del Sistema Interconectado Nacional (SIN)". Esta demanda se analiza y proyecta para los mercados regulado (consumidores residenciales y pequeños comercios) y no regulado (grandes industrias y comercios), y es un indicador 4 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-359 • 2025 • DICIEMBRE • 31 359 fundamental para planificar la expansión de la generación y transmisión de energía en el país para garantizar el abastecimiento futuro.

Efecto isla de calor: Fenómeno urbano-térmico según el cual un área densamente edificada acumula, retiene y emite más calor que sus áreas rurales o menos urbanizadas aledañas, generando una elevación de la temperatura ambiente y superficial, relevante para la confortabilidad, la demanda energética y la planificación urbana.

Fuentes No Convencionales de Energía Renovable (FNCER): La Ley 1715 de 2014 definió las Fuentes No Convencionales de Energía Renovable (FNCER) como aquellos recursos de energía renovable disponibles a nivel mundial que son ambientalmente sostenibles, pero que en el país no son empleados o son utilizados de manera marginal y no se comercializan ampliamente. Se consideran FNCER la biomasa, los pequeños aprovechamientos hidroeléctricos (PCH), la eólica, la geotérmica, la solar y los mares. Además, la Ley de Transición Energética estableció como FNCE a otras fuentes como el hidrogeno verde y el hidrogeno azul. Materiales con atributo de análisis de ciclo de vida: Materiales que cuenten con Análisis de Ciclo de Vida al menos con alcance Cuna a Puerta de acuerdo con la ISO 14044.

Materiales con atributo de compuestos orgánicos volátiles (COV): Las Pinturas para espacios interiores deberán cumplir con los siguientes niveles de contenidos orgánicos volátiles: Pintura Mate: < 50 g/L | Pintura Brillante: <100 g/L | Pintura Brillo Alto: < 150 g/L.

Materiales con atributo de gestión corporativa: El fabricante del material cuenta con estándares sociales y ambientales tipo: Reporte GRI, B Corporation, Empresa BIC, ISO 14001, ISO 26000 o que sea signatario de acuerdos o iniciativas nacionales e internacionales tipo Pacto Global, Protocolo de manufactura OCDE, Net Zero Carbon Building Commitment entre otros.

Materiales con atributo de negocios verdes: Materiales producidos por industrias avaladas como Negocios Verdes de acuerdo con el Plan de Negocios Verdes 2022- 2030 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.

Materiales con atributo de origen regional: Materias primas extraídas en un radio de 500 km tomando como centro el proyecto.

5 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-360 • 2025 • DICIEMBRE • 31 360 Materiales con atributo de sello ambiental: Productos o Materiales que cuenten con el Sello Ambiental Colombiano (SAC).

Materiales sostenibles: producto de la recuperación, reciclaje o aprovechamiento de residuos sólidos usados para reemplazar parcialmente los insumos convencionales. Estos materiales minimizan los impactos ambientales y sociales durante su ciclo de vida y pueden generar beneficios económicos.

Plena tierra: Espacio de carácter permanente que no impide artificialmente la permeabilidad del suelo, que permite el libre crecimiento de la cobertura vegetal y no presenta endurecimientos generados por el proyecto constructivo en superficie, ni en el subsuelo.

Retención de aguas lluvias: Proceso mediante el cual se acumula temporalmente el agua de lluvia (escorrentía pluvial) para reducir los volúmenes evacuados de forma inmediata, disminuir los picos de caudal y/o mejorar la calidad del agua, con el fin de mitigar inundaciones, gestionar escorrentía.

Reverdecimiento: Es una medida de adaptación al cambio climático determinada en el POT que busca garantizar el incremento del área verde, las coberturas vegetales y el arbolado urbano de la ciudad con el objeto de contribuir a aumentar la calidad ambiental urbana y la permeabilidad del suelo regulando el ciclo hidrológico, reduciendo la escorrentía superficial y el fenómeno de isla de calor.

Sistema Hídrico: El sistema hídrico del Distrito Capital es una categoría del componente de áreas de especial importancia ecosistémica de la Estructura Ecológica Principal, el cual está compuesto por los cuerpos y corrientes hídricas naturales y artificiales y sus áreas de ronda.

Sistemas fotovoltaicos: Un sistema fotovoltaico es una de las Fuentes No Convencionales de Energía Renovable (FNCER) cuyo desarrollo es el aprovechamiento de la energía solar para la producción de energía eléctrica. Se definen como un conjunto de componentes que transforman la radiación solar directamente en energía eléctrica. Su implementación es impulsada a través de incentivos legales y tributarios establecidos en la Ley 1715 de 2014, con el objetivo de diversificar la matriz energética del país, reducir la dependencia de los combustibles fósiles y avanzar en la transición hacia un sistema más sostenible y limpio.

6 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-361 • 2025 • DICIEMBRE • 31 361 Techo verde: Un techo verde es un sistema constructivo que permite mantener de manera sostenible un paisaje natural sobre la cubierta de una edificación mediante una adecuada integración entre: la edificación intervenida, la vegetación escogida, el medio de crecimiento diseñado, los factores climáticos y ambientales.

Techo verde semi intensivo: Esta tipología, posee un material vegetal de proporciones medias que requiere de un riego periódico; así mismo, pueden manejar tránsito en superficie (no pesado) y zonas de permanencia para el disfrute de las personas que los visitan, requiere de un mantenimiento moderado y presenta un peso entre 150 kg/m2 y 450 kg/m2. El sustrato puede tener grosores entre los 15 cm y 50 cm; sin embargo, este dependerá del material vegetal a establecer.

Usos no potables: Se refiere a los usos del agua que no implican consumo humano directo (es decir, no beber ni cocinar), sino actividades como riego, limpieza, descarga de sanitarios, industrias, etc.

Zonas verdes sobre placa: Área en superficie que incorpora sustrato para el desarrollo de cobertura vegetal y es generado a partir del desarrollo de un proyecto constructivo que contempla estructuras en subsuelo.

7 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-362 • 2025 • DICIEMBRE • 31 362 Introducción La Ley 388 de 1997 y sus decretos reglamentarios, particularmente el Decreto 1077 de 2015, establece los fundamentos normativos de los tratamientos urbanísticos como instrumentos para orientar las intervenciones en el territorio, diferenciando actuaciones en función de las condiciones físicas, sociales y funcionales de cada zona. Las disposiciones para cada tratamiento – desarrollo, renovación urbana y consolidación – permiten establecer reglas específicas para el desarrollo tanto del espacio público, como para el uso, ocupación y edificabilidad del suelo de propiedad privada. Estos tratamientos responden de manera diferenciada a las condiciones existentes como resultado de la valoración de las características físicas de cada zona y su función dentro del modelo territorial. La normatividad vigente indica que las disposiciones establecidas para cada tratamiento se aplican en áreas específicas de la ciudad, teniendo en cuenta la cartografía oficial del Plan de Ordenamiento Territorial, y pueden desarrollarse en diferentes modalidades que permiten regular adecuadamente los distintos contextos urbanos.

La Ley 388 de 1997 establece los lineamientos para que los diferentes Planes de Ordenamiento Territorial (POT) contemplen estos tratamientos urbanísticos, asegurando que las intervenciones se encuentren alineadas con los objetivos de desarrollo sostenible, inclusión social y fortalecimiento del espacio público. Así mismo, el Decreto 1077 de 2015, en su parte reglamentaria, proporciona directrices adicionales sobre cómo aplicar estos tratamientos, detallando las condiciones para su implementación en el marco del ordenamiento territorial y la gestión urbana.

Esta propuesta tiene como objetivo fomentar la implementación de medidas de ecourbanismo y construcción sostenible como parte de la política pública enfocada en mejorar la calidad de las condiciones ambientales urbanas y fortalecer las disposiciones establecidas en el Decreto 555 de 2021 – Plan de Ordenamiento Territorial – mediante la incorporación de una serie de incentivos dirigidos a los tratamientos de Renovación Urbana, Desarrollo y Consolidación.

Esta estrategia busca promover y fortalecer el desarrollo sostenible y ordenado de la ciudad de Bogotá respondiendo a sus necesidades actuales, incentivando intervenciones que contribuyan a la modernización de la infraestructura urbana, el crecimiento controlado de sectores estratégicos, la mejora del espacio público, priorizando la renovación de áreas deterioradas y la consolidación de zonas en proceso de transformación, la integración de nuevas dinámicas económicas y sociales en el territorio.

8 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-363 • 2025 • DICIEMBRE • 31 363 Estos incentivos, alineados con los objetivos del Plan de Ordenamiento Territorial, pretenden generar un entorno más equitativo, eficiente y resiliente, donde el desarrollo urbano esté en armonía con la protección del medio ambiente y el bienestar de los ciudadanos.

El Plan de Ordenamiento Territorial en su Artículo 117, ordena reglamentar las disposiciones de Ecourbanismo y Construcción Sostenible, esta fue la motivación principal para la adopción del Decreto Distrital 582 de 2023 el cual incluyó elementos de: Reverdecimiento Urbano, Medidas Pasivas, Confort en las Edificaciones, Eficiencia en Agua y Energía, Materiales, Residuos, Normas urbanísticas aplicables a las construcciones vecinas y colindantes con áreas de la Estructura Ecológica Principal e incentivos asociados a las medidas. Adicionalmente, incluye el procedimiento para su aplicación, los métodos indicativos, la verificación, la determinación de la vigencia y el seguimiento al cumplimiento de los porcentajes adicionales de ahorro voluntario en agua y energía.

En línea con lo dispuesto en el Plan de Desarrollo Distrital PDD 2024-2028 Bogotá Camina Segura y su programa 25 “Aumento de la resiliencia climática y reducción de la vulnerabilidad”. Las medidas de Ecourbanismo y Construcción Sostenible se convierten entonces, en un motor de transformación que permitirán responder a los retos que la ciudad ha establecido en el marco de la emergencia climática y a los efectos que trae consigo la variabilidad y el cambio climático, garantizando así, un adecuado uso, reúso y manejo del agua lluvia y de las aguas grises en las edificaciones nuevas, buscando reducir los impactos asociados a las inundaciones y escorrentías, entendiendo además que el reverdecimiento, el uso de materiales e insumos con atributos de sostenibilidad y la eficiencia en agua y energía promueven una infraestructura más resiliente y adaptada a los fenómenos de variabilidad y cambio climático.

1. Contexto y Justificación

La adopción de nuevas normas genera períodos de aprendizaje, transición y adaptación a sus nuevas disposiciones. Durante estos períodos, es común que se presente una desaceleración en la dinámica de licenciamiento y en la aplicación de la norma. La implementación del Decreto Distrital 555 de 2021, “Por el cual se adopta la revisión general del Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá D.C.”, tuvo este efecto, el cual, además, se vio acentuado por las secuelas de la emergencia sanitaria declarada con ocasión del Virus Covid 19, la cual inició en 9 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-364 • 2025 • DICIEMBRE • 31 364 2020 y que para el año 2022 aún generaba repercusiones en diversos ámbitos, incluidas las dinámicas económicas.

En este contexto, se presentan diferentes factores adicionales, que han incidido en la dinámica actual del desarrollo de la ciudad y que han colaborado a la ralentización de la misma. En este capítulo se analizan algunos de esos factores y se señalan aquellos que motivan este decreto.

1.1. Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá D.C.

El Plan de Ordenamiento Territorial POT vigente de Bogotá D.C. desde sus desafíos, políticas, principios, objetivos, modelo de ocupación, y medidas de ordenamiento territorial, está regido por lineamientos que conducen a la protección de la estructura ecológica principal, el reverdecimiento, la adaptación al cambio climático, el mejoramiento de la calidad ambiental, el desarrollo económico y la competitividad, la reactivación económica, la generación de un hábitat digno y de vivienda con soportes urbanos, el mejoramiento del ambiente urbano y la construcción sostenible.

Estas disposiciones constituyen la base para proponer nuevas medidas de Ecourbanismo y Construcción Sostenible, acompañadas de incentivos urbanísticos que faciliten su adopción como prácticas habituales entre constructores y promotores de proyectos. Estos actores se consolidan como piezas clave en el desarrollo de la ciudad bajo las condiciones y principios definidos por el POT.

Tal como ya se había señalado en el artículo 117 del POT, se define la política distrital de Ecourbanismo y Construcción Sostenible y se establece que se deberán reglamentar las disposiciones para la implementación de dicha política, lo cual da origen al Decreto Distrital 582 de 2023, en el cual como ya se advirtió se establecen las medidas de Ecourbanismo y Construcción Sostenible y se abre la posibilidad de generar nuevas medidas e incentivos que permitan implementar la política.

Por otra parte, a lo largo del Decreto Distrital 555 de 2021 se definen incentivos y factores de descuento para el cumplimiento de las obligaciones urbanísticas impuestas a los diferentes tratamientos, con el objetivo de generar suelo urbanizado para el desarrollo de vivienda formal que aporte a la superación del déficit actual, y que a su vez contribuya al cumplimiento de las metas territoriales. A la vez, se abre la puerta a presentar y reglamentar nuevos incentivos:

10 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-365 • 2025 • DICIEMBRE • 31 365 “Artículo 558. Incentivos. Corresponde a los aspectos contenidos en el presente Plan que tiene como fin promover o motivar el cumplimiento de las metas territoriales. En la presente Sección se señalan, los incentivos aplicables que deberán ser reglamentados por la administración distrital, sin perjuicio de que puedan incluirse nuevos.” Subrayado fuera del texto original.

1.2. Generación de Vivienda en Bogotá La encuesta Nacional de Calidad de Vida realizada por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DANE en 20231 reveló que el déficit habitacional de la zona urbana de Bogotá es de 331,000 unidades de vivienda. En dicha encuesta, se presentan datos discriminados de déficit cuantitativo que corresponden a los hogares con deficiencias que son susceptibles de mejoras por medio de intervenciones, y déficit cualitativo que mide las condiciones de los hogares que habitan en viviendas con deficiencias estructurales y de espacio, como se ve en la siguiente gráfica:

Ilustración 1. Déficit habitacional – Nacional y Bogotá Fuente: Encuesta Nacional de Calidad de Vida 2023, publicada en abril de 2024, DANE Camacol por su parte, registra en el sistema de información Coordenada Urbana2, la dinámica del desarrollo de la ciudad con datos de lanzamientos, ventas e iniciaciones por unidades de vivienda. El estudio recopila los datos anuales desde el año 2017 hasta febrero de 2025, y los tres momentos muestran claramente el efecto de la pandemia con una fuerte caída en los lanzamientos a partir del año 2021, el mismo comportamiento en las ventas a partir del año 2022; y la 1 https://www.dane.gov.co/index.php/estadisticas-por-tema/salud/calidad-de-vida-ecv/encuestanacional-de-calidad-de-vida-ecv-2023 2 https://ww2.coordenadaurbana.com/ 11 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-366 • 2025 • DICIEMBRE • 31 366 consecuencia en las iniciaciones a partir del año 2023. Así mismo, se evidencia el comportamiento posterior del mercado, que hasta el momento no refleja una recuperación.

Los lanzamientos en Bogotá, vienen disminuyendo desde el año 2021, y para febrero del año 2025, presentan una caída del 13% con respecto al año anterior. La cifra de lanzamientos corresponde a la más baja en los últimos 9 años, con un total de 26.061 unidades lanzadas discriminadas por segmento inmobiliario de la siguiente forma:
- Alto (>435smmlv): 2.219 unidades
- Segmento Medio (Tope VIS a 435 smmlv): 8.272 unidades
- VIS: 15.570 unidades Ilustración 2. Unidades de vivienda lanzadas Bogotá y Cundinamarca Fuente: Departamento de Estudios Económicos e Información Camacol Bogotá y Cundinamarca con base en Coordenada Urbana Las unidades de vivienda vendidas en Bogotá han venido disminuyendo desde 2022, año que representó el mejor desempeño del mercado en los últimos nueve años analizados en el estudio. Para 2025, se presenta una caída del 9,8 % con respecto al año anterior, con un total de 35.878 unidades lanzadas al mercado, distribuidas de la siguiente manera por segmento inmobiliario:
- Alto (>435smmlv): 2.666 unidades
- Segmento Medio (Tope VIS a 435 smmlv): 7.771 unidades
- VIS: 25.441 unidades.

12 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-367 • 2025 • DICIEMBRE • 31 367 La cifra más alta la corresponde al año 2022, con 52.137 unidades vendidas, y la más baja al año 2018, con 28.354 unidades vendidas.

Ilustración 3. Unidades de vivienda vendidas Bogotá y Cundinamarca Fuente: Departamento de Estudios Económicos e Información Camacol Bogotá y Cundinamarca con base en Coordenada Urbana En cuanto a las viviendas iniciadas, cuya caída inicia en el año 2023, para el año 2025 en Bogotá se presenta una caída del 16,1% con respecto al año anterior, con un total de 32.182 unidades iniciadas. La distribución por segmento inmobiliario es la siguiente:
- Alto (>435smmlv): 2.572 unidades
- Segmento Medio (Tope VIS a 435 smmlv): 2.259 unidades
- VIS: 27.351 unidades La cifra más alta corresponde al año 2023, en el cual se iniciaron 49.939 unidades, y la más baja al 2018 con 23.974 unidades iniciadas.

Ilustración 4. Unidades de vivienda iniciadas Bogotá y Cundinamarca 13 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-368 • 2025 • DICIEMBRE • 31 368 Fuente: Departamento de Estudios Económicos e Información Camacol Bogotá y Cundinamarca con base en Coordenada Urbana El recorrido de los datos anteriores, finalmente conduce a que la oferta disponible en vivienda en Bogotá a febrero de 2025, corresponde a 37.448 unidades disponibles en 676 proyectos, con la siguiente distribución por tipo de producto inmobiliario:

- No VIS: 13.248 unidades
- VIS: 24.240 unidades

Ilustración 5. Unidades de vivienda disponibles en Bogotá 14 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-369 • 2025 • DICIEMBRE • 31 369 Fuente: Departamento de Estudios Económicos e Información Camacol Bogotá y Cundinamarca con base en Coordenada Urbana Cruzando los datos de la Encuesta Nacional de Calidad de Vida del DANE cuyo resultado es un déficit de 331.000 unidades de vivienda para el área urbana de Bogotá, y la oferta disponible en vivienda según Coordenada Urbana, 24.240 unidades VIS y 37.488 unidades de vivienda en total, con 32.182 unidades lanzadas por año, con una dinámica descendente, el panorama muestra que la tendencia del mercado sigue en bajada y la generación de vivienda sigue siendo una prioridad, por lo tanto, es necesario tomar medidas para motivar el cambio de la tendencia.

1.3. Dinámica de desarrollo de ciudad El Decreto 555 de 2021 introdujo nuevos elementos y factores adicionales a las disposiciones normativas y a las obligaciones urbanísticas previstas en normas anteriores. Se tiene previsto que ante cambios normativos de esta envergadura se presente un periodo de transición, de adaptación a las nuevas condiciones, de aprendizaje y ajustes por parte de todos los actores. Adicionalmente, la expedición del POT vigente coincidió con un momento de cambios económicos, de dinámicas de mercado, y de coyunturas a diferentes niveles, generadas por la pandemia de los años 2020 y 2021 que ha tenido efectos aún visibles en el desarrollo de proyectos inmobiliarios y muestran un panorama de desaceleración en el 15 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-370 • 2025 • DICIEMBRE • 31 370 licenciamiento de proyectos urbanísticos. Bajo este contexto, la demanda de vivienda se ha visto afectada por factores como:

- El bajo crecimiento económico del Distrito Capital, con un crecimiento del 0,6% del PIB en el año 2023, de acuerdo a datos obtenidos del Observatorio de Desarrollo Económico de Bogotá (ODEB), lo cual representa un estancamiento en la percepción de ingresos de los hogares.

- Las tasas de interés en Colombia han fluctuado significativamente, desde la pandemia de COVID-19, impactando tanto la adquisición de vivienda como el desarrollo del sector construcción. Durante los años 2020 y 2021, las tasas de intervención fueron históricamente bajas para estimular la economía, facilitando el acceso a créditos hipotecarios, sin embargo, con la alta inflación de los años 2022 y 2023, el Banco de la República elevó las tasas de referencia, afectando la demanda de vivienda. Al respecto, el mismo Banco en el Informe de Política Monetaria de abril de 2023 reportó un máximo para la inflación en el mes de marzo del mismo año. En 2024, la política monetaria comenzó a relajarse, con una reducción progresiva de la tasa a 10,25%, lo que busca reactivar el sector inmobiliario y mitigar el impacto del alto costo del crédito en la construcción. Con todo lo anterior, si bien se ha presentado un descenso en las tasas de interés, el Banco de la República proyecta que un escenario que pueda ser llamado de estabilización suceda en el curso de dos años, previendo una convergencia en la meta de 3,0% a finales de 2025, por lo cual actualmente el sector se encuentra iniciando su recuperación.

- Los cambios en la política de asignación de subsidios para la compra de vivienda por parte del Gobierno Nacional, resultan en una limitación importante del número de hogares que están en capacidad de adquirir algún tipo de vivienda. Camacol ha afirmado que el recorte presupuestal y el cambio en la política pública ha conllevado a que el sector complete 25 meses en pérdidas con corte a septiembre de 2024.

Por otra parte, la oferta también presenta las siguientes dificultades:

- Incrementos en los costos de construcción que han llegado hasta un 14% (interanual) en el primer trimestre del año 2023 y que, aun cuando ha venido disminuyendo hasta un modesto 3,64% en agosto de 2024, el efecto acumulado de los incrementos en los costes desde diciembre de 2022, año 16 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-371 • 2025 • DICIEMBRE • 31 371 base del índice, es en todo caso del 23,64%, como se evidencia en el Boletín técnico: Índice de Costos de la Construcción de Edificaciones (ICOCED) del DANE.

- La dinámica del licenciamiento ha mostrado una desaceleración, la cantidad acumulada de metros cuadrados licenciados con corte a mes de julio del presente año, evidencia una disminución del 29.4% frente al mismo periodo del año anterior, y ha sido la más baja en los últimos cinco años, por debajo incluso del primer año de pandemia.

Dinámica de licenciamiento y liquidaciones de cargas urbanísticas Complementando la información del DANE y Camacol expuesta en el capítulo anterior, la Secretaría de Desarrollo Económico presenta los datos de la dinámica de licenciamiento que viene bajando desde el año 2022. Para el 2024, año en el cual se licenciaron 1.680.700 m2, se registró en el punto más bajo de los últimos 9 años, comparable con el 2020, en el pico de la pandemia.

Ilustración 6. Área licenciada en m2 Fuente: Secretaría de Desarrollo Económico con datos del DANE Las de obligaciones urbanísticas en dinero, se constituyen en una de las fuentes de financiación de los proyectos POT como se establece en el Artículo 520 del Decreto Distrital 555 de 2021:

17 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-372 • 2025 • DICIEMBRE • 31 372 “Artículo 520. Liquidación y recaudo del pago compensatorio de las obligaciones urbanísticas. Cuando se permita el pago compensatorio en dinero de las obligaciones urbanísticas, la liquidación de las mismas estará a cargo de la Secretaría Distrital de Planeación y el recaudo se realizará por la Secretaría Distrital de Hacienda, a través del mecanismo de recaudo y administración que se cree para este fin, en el marco de los sistemas de recaudo existentes en la Dirección Distrital de Tesorería de la Secretaría Distrital de Hacienda. Adicionalmente sus rendimientos financieros y la destinación de los recursos se encauzarán y priorizarán para los programas del presente Plan para lo cual, será necesario realizar la apertura de una cuenta bancaria en la que se administren, exclusivamente, estos recursos. Se deberán tener en cuenta las consideraciones descritas en el artículo “Gestión y gerencia de los recursos dinerarios provenientes de instrumentos de financiación asociados al ordenamiento territorial”. Subrayado fuera de texto En la gráfica siguiente se presenta el número de liquidaciones solicitadas y elaboradas por la Subdirección de Economía Urbana, Rural y Regional, discriminado por semestre a partir de la entrada en vigencia de la Revisión General del POT. Con corte a noviembre del año 2024, se realizaron 1.329 trámites en total. La liquidación se requiere en aquellos casos que cumplen con ciertas características, no todas las licencias requieren de una liquidación de cargas en dinero: de las 1.680 licencias solicitadas en 2024, la SEURR llevó a cabo 1.140 liquidaciones.

Ilustración 7. Liquidaciones de obligaciones urbanísticas por semestre 18 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-373 • 2025 • DICIEMBRE • 31 373 Fuente: Subdirección de Economía Urbana, Rural y Regional de la Secretaría de Planeación Distrital Los datos de liquidaciones por tratamiento, muestran un total de 2.216 con corte al primer trimestre de 2.025 con el mayor número de trámites en tratamiento de consolidación, seguido de renovación urbana, y una participación mínima de los tratamientos de conservación y desarrollo. La distribución del número de liquidaciones por tratamiento desde la entrada en vigencia del POT es la siguiente:

Tabla 1. Liquidaciones por tratamiento a partir de 2021 TRATAMIENTO No. DE LIQUIDACIONES % Consolidación 1.469 66,29% Renovación Urbana 714 32,22% Conservación 23 1,04% Desarrollo 10 0,45% Fuente: Elaboración propia a partir de los datos de la Subdirección de Economía Urbana, Rural y Regional de la Secretaría de Planeación Distrital Ilustración 8. Liquidaciones por tratamiento 19 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-374 • 2025 • DICIEMBRE • 31 374 Fuente: Subdirección de Economía Urbana, Rural y Regional de la Secretaría de Planeación Distrital A pesar de que el número de liquidaciones está liderada por el tratamiento de consolidación, el mayor recaudo es producto del licenciamiento en tratamiento de renovación urbana, como se ve en la Ilustración 9.

El total recaudado en los cuatro años de vigencia del POT, es de 31.066 millones que se distribuyen por tratamiento, así:

Ilustración 9. Recaudo de obligaciones por tratamiento 20 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-375 • 2025 • DICIEMBRE • 31 375 Fuente: Subdirección de Economía Urbana, Rural y Regional de la Secretaría de Planeación Distrital Generación de Espacio Público Efectivo Otro efecto directo del desarrollo de la ciudad y del licenciamiento es la generación Espacio Público Efectivo (EPE). El Gobierno Nacional mediante el decreto 1077 de 2015 fijó un índice mínimo de espacio público efectivo por habitante en áreas urbanas, de quince (15m2) metros cuadrados por habitante, para ser alcanzado durante la vigencia de los correspondientes Planes de Ordenamiento. Por su parte, el POT registró en su DTS que para el año 2019 Bogotá contaba con 4,62 m2 de espacio público por habitante, por debajo de la meta del Plan Maestro de Espacio Público, que se encuentra en 6 m2, y del índice mínimo establecido por el Gobierno Nacional según el Decreto Nacional 1077 de 2015, que es de 15m2/hab, y con varias Unidades de Planeamiento Local (UPL) muy por debajo de esos indicadores.

“Del estándar esperado de 6,0 m2 por habitante del Plan Maestro de Espacio Público se ha logrado un indicador de 4,5 m2 por habitante, teniendo un déficit de 1,5 m2 (1.124,3 ha)” (Alcaldía Mayor de Bogotá, 2021a, pág. 23)

En el POT se plantean tres formas de generar espacio público, apoyando la meta establecida en el estándar:

1. Parques de Borde y generación de parques de proximidad en UPL

deficitarias.

21 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-376 • 2025 • DICIEMBRE • 31 376

2. Espacio público por acciones y actuaciones urbanísticas conforme a las

obligaciones urbanísticas aplicables a cada tratamiento.
3. Transformación de espacio público total, en espacio público peatonal y para el encuentro.

En términos generales, el POT estimó que, durante el tiempo de su ejecución, se realizarían aportes de espacio público efectivo tanto en sitio como por compensación, a través de los planes parciales, licenciamientos urbanísticos directos y demás instrumentos de planeación, llegando a una resultante de 4 m2 adicionales por habitante. La proyección de la distribución de los aportes en generación de espacio público por tratamiento, estaría liderada por el tratamiento de desarrollo, seguido por el tratamiento de consolidación, como se muestra en la tabla siguiente:

Tabla 2. Estrategia 2 (E2) Generación de Espacio Público a través de las Actuaciones Urbanísticas Fuente: (Alcaldía Mayor de Bogotá, 2021b, pág. 82)

Conforme a los informes de gestión y resultados de los años 2021, 2022 y 2023 publicados por el DADEP, el espacio público total incorporado es de 6.913.980,10 m2 (DADEP, 2021, pág. 50) en el año 2021, 1.608.106,78 m2 (DADEP, 2022, pág.
60. en el año 2022 y 3.149.091.41 m2 en el año 2023 (DADEP, 2023, pág. 94), 22 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-377 • 2025 • DICIEMBRE • 31 377 mostrando un decrecimiento de los datos presentados en vigencia del Decreto Distrital 555 de 2021.

Por su parte el IDU (2023, pág. 162) en el Informe de Gestión y Resultados 2020- 2023 – IDU reporta en la tabla 7.6.12.3 Intervención de Urbanizadores y/o Terceros, el área de espacio público generada “asociada a proyectos de infraestructura vial y del espacio público; en cumplimiento de las obligaciones establecidas en los diferentes Instrumentos de Planeación o de Movilidad y Licencias Urbanísticas”, y registrada en los tramites adelantados ante la entidad durante los años 2020, 2021, 2022 y 2023. Los datos demuestran un decrecimiento a partir del año 2022, acorde con la información de licenciamientos, lanzamientos, ventas e iniciaciones presentada anteriormente:

- Año 2020: Proyectos – 21 / Área de EP generada: 127.7390 m2 - Año 2021: Proyectos – 18 / Área de EP generada: 121.156 m2 - Año 2022: Proyectos – 14 / Área de EP generada: 44.594 m2 - Año 2023: Proyectos – 8 / Área de EP generada: 18.893 m2 Tabla 3. Intervención De Urbanizadores y/o Terceros Fuente: (IDU, 2023, pág. 169)

1.4. Plan Distrital de Desarrollo 2024 – 2027 “Bogotá Camina Segura”

El Plan Distrital de Desarrollo 2024 – 2027 denominado “Bogotá Camina Segura” adoptado mediante Acuerdo 927 de 2024 resalta la necesidad de implementar incentivos que favorezcan la construcción de vivienda y mejoren la infraestructura pública, mientras que el Decreto Distrital 555 de 2021, POT, establece directrices para la generación de vivienda VIS y VIP, y de cesiones urbanísticas de calidad en 23 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-378 • 2025 • DICIEMBRE • 31 378 los nuevos desarrollos, y en todos los tratamientos urbanísticos, así como la incorporación de políticas de ecourbanismo y construcción sostenible en la ciudad. Este enfoque apunta a consolidar una Bogotá más verde, equitativa y resiliente frente a los desafíos urbanos actuales y futuros.

Desde los objetivos del PDD se evidencia que se encuentran alineados con el enfoque del POT:

“Artículo 14 Objetivo estratégico “Bogotá ordena su territorio y avanza en su acción climática”. 14.1. Programa 23. Ordenamiento territorial sostenible, equilibrado y participativo. Con el objetivo de hacer de Bogotá un territorio adaptado, equilibrado y sostenible, fortalecer la planeación territorial como una labor continua con la capacidad de comprender las complejidades y retos de las dinámicas urbana, rural y regional, con el fin de reaccionar de manera oportuna a las demandas del desarrollo territorial, social, económico y ambiental y con ello garantizar la calidad de vida y el bienestar de las personas que habitan y visitan el territorio. (…) 14.2 Programa 24. Revitalización y renovación urbana y rural con inclusión. El programa tiene como objetivo revitalizar zonas de intervención, en su componente público y privado, así como proteger y garantizar la permanencia y calidad de vida de sus pobladores originales, respeta todas las formas de vida, junto al cuidado y mantenimiento del ambiente natural y el construido. Con la intervención de proyectos de revitalización desarrollados en suelo urbano y rural se promoverá la renaturalización y adaptación al cambio climático, impulsando la sostenibilidad ambiental, la conservación de los recursos naturales mediante la incorporación de criterios de construcción sostenible y la participación activa de los habitantes en la toma de decisiones y la implementación de proyectos, de tal forma que las acciones emprendidas respondan a las necesidades y expectativas de la población (…) (…) se buscará promover el uso eficiente de recursos y tecnologías en la construcción, la mitigación de impactos ambientales y la creación de espacios urbanos más saludables y habitables, a través del fortalecimiento de los Ecobarrios y la gestión y apoyo en la implementación del programa de comunidades energéticas con el Gobierno Nacional, cuyo objetivo es fomentar prácticas sostenibles en las comunidades mediante la participación activa de los ciudadanos. Estas acciones buscan reducir el impacto ambiental en nuestra ciudad, promoviendo la adaptación al cambio climático, 24 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-379 • 2025 • DICIEMBRE • 31 379 bajo estos cinco pilares de intervención: 1. Uso eficiente del agua, 2. Ahorro y eficiencia energética, 3. Infraestructuras verdes, 4. Mejorar la calidad del aire, 5. Eficiencia en el manejo de residuos y materiales. Así mismo, para impulsar el Crecimiento Verde en la ciudad, se adelantarán acciones en tres ejes en armonía y equilibrio entre los sectores productivos y el ambiente: 1) Incorporar determinantes ambientales en proyectos de urbanismo y construcción. 2) Incluir criterios ambientales en los diferentes proyectos de producción y/o consumo sostenible. 3) Impulsar negocios verdes. El enfoque del crecimiento verde permitirá implementar e incentivar una infraestructura más resiliente frente a los fenómenos climáticos, estimular sistemas urbanos de drenaje sostenible, siendo cruciales para mitigar y adaptarse al cambio climático y proteger la calidad de vida de la ciudadanía. La promoción del Ecourbanismo y Construcción Sostenible, que se implementará de manera progresiva en proyectos urbanos nuevos y existentes, será fundamental para el uso de materiales ecológicos, eficiencia energética y ahorro de agua. (…)” 14.3. Programa 25. Aumento de la resiliencia climática y reducción de la vulnerabilidad. El reto del programa es reducir la vulnerabilidad a los efectos del cambio climático, mediante la conservación de la biodiversidad con enfoque regional, la adopción de medidas de acción climática en la ruralidad y las áreas urbanas, así como estrategias para la atención de la población vulnerable a la variabilidad climática como migrantes y desplazados climáticos. Bogotá pretende posicionarse como líder nacional en el desarrollo de capacidades de prevención, preparación y respuesta (PPR), colaborando con personas expertas en gestión del riesgo de desastres, salud pública y epidemiología. (…)”

Subrayado fuera de texto.

Este objetivo enfatiza que la sostenibilidad en la ciudad debe ser un esfuerzo de actores públicos y privados. En este sentido, es necesaria la participación de la parte privada para alcanzar estos logros y para la consecución de un aporte al espacio público por medio de medidas urbanísticas y constructivas más ambiciosas.

Adicionalmente, se encuentra otro punto de articulación entre las disposiciones del POT y aquellas del PDD en cuanto a la posibilidad de plantear incentivos, que promuevan la generación de vivienda y la reactivación económica:

“Artículo 147. Incentivos para la provisión de suelo para vivienda de Interés Social y Vivienda de Interés Prioritario en tratamiento de 25 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-380 • 2025 • DICIEMBRE • 31 380 Desarrollo o en proyectos y/o programas de renovación urbana. Modifíquese el artículo 75 del Acuerdo 761 de 2020, el cual quedará así: “Artículo 75. Incentivos para la provisión de suelo para vivienda de interés social y vivienda de interés prioritario en tratamiento de desarrollo o en proyectos y/o programas de renovación urbana. En concordancia con lo establecido en el parágrafo del artículo 15 de la Ley 388 de 1997, la Administración Distrital podrá establecer incentivos y mecanismos para la generación efectiva de provisión de suelo y/o para la construcción efectiva de Viviendas de Interés Social (VIS) y Viviendas de Interés Prioritaria (VIP), en armonía con las disposiciones del Plan de Ordenamiento Territorial vigente. Las reglamentaciones que se expidan podrán definir condiciones adicionales para la obtención de los incentivos Distritales que se generen para el cumplimiento de la presente disposición y del Plan de Ordenamiento Territorial.”

“Artículo 164. Incentivos para la provisión de vivienda formal y la reactivación económica. La administración distrital deberá generar incentivos tributarios, urbanísticos y/o de construcción sostenible para favorecer la generación de vivienda, la sostenibilidad de las intervenciones que se realicen en el espacio público, los equipamientos, y la mejora; reemplazo o dotación de redes nuevas de servicios públicos en todos los tratamientos urbanísticos y, en general, para promover la reactivación económica del Distrito.

Parágrafo. Las reglamentaciones que se expidan para reactivar e incentivar
la construcción deberán cumplir con los principios de claridad, equilibrio y proporcionalidad en la imposición de las cargas, facilidad y sencillez para su trámite, compromiso de las autoridades para agilizar las gestiones a su cargo, y en todo caso deberán estar orientadas a generar estímulos e incentivos tales como los tributarios, urbanísticos y/o de construcción sostenible.”

1.5. Economía urbana y medidas para su dinamización El sector de la construcción es uno de los reglones principales de la economía, e impacta directamente en el PIB de la ciudad, la generación de empleo y de vivienda formal, así como la meta de conducir a la ciudadanía hacia la formalidad. Lo anterior, fomenta a la vez, a una construcción más equitativa de ciudad con condiciones que permitan asumir los desafíos de ordenamiento definidos en el POT 26 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-381 • 2025 • DICIEMBRE • 31 381 y enfrentar la posible crisis energética y ambiental por escasez de recursos como el agua y el gas, la falta de infraestructura y el cambio climático.

En la Secretaría Distrital de Planeación, SDP se ha venido desarrollando el engranaje del ecosistema para la reactivación económica, que tiene como objetivo dinamizar el sector y mejorar las condiciones para el desarrollo en la ciudad aprovechando la oportunidad que ofrece la articulación entre los lineamientos del Plan de Ordenamiento Territorial y Plan de Desarrollo Distrital que están encaminados a la protección del medio ambiente, la conservación y manejo de los recursos naturales y el desarrollo económico.

En el marco de este ecosistema se vienen tomando medidas que permitan lograr los objetivos planteados en el POT y en el PDD, a la vez que buscan la activación de las dinámicas urbanas. El conjunto de estas medidas pretende generar un ambiente en el que se promueve el desarrollo de la ciudad:

- Mantener los factores k y d - Actualización del Anexo 5 - Priorización de las AE ZIBO y Montevideo - Transferencias de derechos de construcción y desarrollo de Estructura Ecológica Principal a desarrollos de vivienda en Grandes Servicios Metropolitanos y su tabla de equivalencias - Medidas de ecourbanismo y construcción sostenible asociadas a incentivos urbanísticos

2. Objetivos

2.1. Objetivos Generales La protección del medio ambiente y de la estructura ecológica principal, la apuesta por mejorar la calidad del aire y el ambiente urbano, el reverdecimiento, como objetivos de la política de ecourbanismo y construcción sostenible, a la vez se convierten en objetivo general de este decreto. Es de fundamental importancia en el desarrollo de la ciudad no perder de vista el territorio sobre el cual se establece, y la importancia de proteger y mantener los recursos que el mismo ofrece.

27 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-382 • 2025 • DICIEMBRE • 31 382 El cumplimiento de las metas del POT se constituyen en el segundo objetivo general, y pone de manifiesto la necesidad de desarrollar una ciudad más equitativa, con soportes urbanos y vivienda formal sobre ese territorio.

2.2. Objetivos Específicos Se consideran objetivos específicos de este decreto, la implementación de medidas acordes con la política de ecourbanismo y construcción sostenible que permitan el reverdecimiento urbano, la mejora de la calidad ambiental, la disminución del consumo de agua, la disminución de los gases efecto invernadero, la disminución de la temperatura ambiental, la disminución del consumo de energía eléctrica, y el uso de tecnologías limpias, así como de materiales y procesos constructivos sostenibles.

Así mismo, se pretende dar mayor aplicabilidad a las disposiciones del POT mediante una reglamentación de norma urbana para los tratamientos de desarrollo, consolidación y renovación urbana. Esto con el fin de promover la reactivación del desarrollo de la ciudad, la generación de vivienda VIP y VIS, y la generación de espacio público de calidad para los ciudadanos.

3. Marco normativo General

Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá D.C. – Decreto Distrital 555 de 2021 El marco normativo que regula el desarrollo urbano y económico de Bogotá ha experimentado importantes avances en los últimos años, con el objetivo de fomentar la sostenibilidad y el bienestar social. El instrumento clave en este proceso es el Decreto Distrital 555 de 2021, que adopta la revisión general del Plan de Ordenamiento Territorial (POT) de la ciudad, cuyas disposiciones buscan promover la protección del medio ambiente, el uso prudente de los recursos naturales, la reactivación económica, la provisión de vivienda formal y el desarrollo sostenible a través de incentivos tributarios, urbanísticos y de construcción sostenible.

El POT desde sus conceptos principales, tiene como parte de sus lineamientos estas premisas que conducen a un desarrollo de ciudad más equilibrado, en una búsqueda del balance entre la protección del medio natural y el desarrollo económico con mejores oportunidades para los ciudadanos. Este decreto, busca la implementación medidas de ecourbanismo y construcción sostenible asociadas a 28 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-383 • 2025 • DICIEMBRE • 31 383 la reglamentación de ciertas condiciones normativas por medio de incentivos, con el fin de hacer posible el desarrollo de proyectos con el enfoque integral del POT.

POT: desafíos, políticas, principios y medidas El Artículo 2 del Decreto Distrital 555 de 2021 determina los desafíos del ordenamiento territorial del Distrito Capital, entre los cuales se destacan:

“2. El desafío económico: Promover la reactivación económica, el desarrollo productivo y la competitividad del Distrito Capital, para la creación de más empleos y de mayor valor agregado, garantizando la generación de riqueza e ingresos para la ciudad y la ciudadanía, reduciendo inequidades y la feminización de la pobreza.
4. El desafío ambiental: Responder, con sentido de urgencia, a la emergencia climática y de pandemia, así como a la pérdida de biodiversidad y de servicios ecosistémicos, para mejorar el entorno de vida y promover la salud y el bienestar de sus habitantes y de todas las formas de vida que comparten el territorio distrital.
6. El desafío del hábitat sostenible: Intervenir los entornos urbanos y rurales con soportes suficientes, programando vivienda digna y entornos vitales, seguros y accesibles, promoviendo diferentes soluciones habitacionales de calidad, diversas y óptimas para responder a las necesidades habitacionales mediante una gestión integral del hábitat.”.

En el artículo 3 del mismo Decreto se definen las políticas de largo plazo del ordenamiento territorial del Distrito Capital, con el fin de responder a los desafíos identificados, se resalta la Política de Hábitat y Vivienda:

“… Reconoce diferentes tipos de tenencia, la diversidad de soluciones habitacionales, las modalidades de gestión del hábitat y el hábitat popular e incentiva la producción de vivienda en entornos con soportes urbanos, cercana a lugares de trabajo por su proximidad o porque se utilice la unidad residencial como un insumo productivo y generador de actividad económica. Se orienta a promover la producción de vivienda VIS y VIP, y definir estándares de calidad. (…)”

Más adelante en el artículo 4 se establecen los principios rectores del ordenamiento territorial, entre los cuales se destaca el primero, que vuelve a hacer énfasis en el cambio climático:

“1. Respuesta y adaptación al cambio climático, a través del reverdecimiento de Bogotá, el uso racional y controlado de los recursos 29 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-384 • 2025 • DICIEMBRE • 31 384 naturales, la protección del corredor de páramos de Sumapaz- Chingaza - Guerrero y del complejo de alta montaña, la economía de energía y el uso de energías renovables, la descarbonización de la movilidad priorizando al peatón, el incentivo de la movilidad sostenible, el acceso a bienes y servicios por medio de canales digitales y de acceso remoto, el manejo alternativo de aguas lluvias y la incorporación del riesgo al ordenamiento, impulsando decididamente el ecourbanismo y la construcción sostenible.

El artículo 5 en los objetivos de ordenamiento territorial de largo plazo, vuelve a la importancia de mejorar el ambiente urbano y de los asentamientos rurales, de la siguiente manera:

“El Distrito Capital busca mejorar la calidad ambiental de los entornos construidos, promoviendo la calidad del aire, la protección frente al ruido, el control del riesgo tecnológico, la disminución y el control de la contaminación de los cuerpos hídricos y, en general, la reducción de los impactos ambientales del desarrollo territorial.”

El modelo de ocupación territorial – MOT – multiescalar integra componentes de diferentes escalas y sistemas. El modelo se define de la siguiente manera, en el artículo 6 del POT:

“Bogotá será un territorio articulado desde las escalas regional, distrital y local que se ordena a través de las áreas de importancia ambiental y de los patrimonios culturales; que responde a la emergencia climática y disminuye la vulnerabilidad territorial, que brinda soportes de proximidad con un mejor aprovechamiento del suelo para tener equilibrio territorial y que propicia la revitalización sobre áreas consolidadas con oferta de vivienda, empleo, espacio público y equipamientos. (…)”.

El Artículo 17 a su vez, establece medidas territoriales para la mitigación y adaptación al cambio climático, las cuales se concretan en las decisiones puntuales de las estructuras territoriales, los sistemas estructurantes, los proyectos, programas, indicadores y metas. Así mismo, define la construcción sostenible como una de las medidas tanto para la mitigación como para la adaptación al cambio climático.

Obligaciones urbanísticas El equilibrio entre el reverdecimiento, el cuidado en el consumo de los recursos, el interés de mejorar el ambiente urbano, la generación de vivienda, la reactivación 30 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-385 • 2025 • DICIEMBRE • 31 385 económica, y el desarrollo productivo, hacen parte del enfoque del POT, y tienen en las obligaciones urbanísticas uno de los elementos clave para el balance.

En el artículo 265 se definen las obligaciones urbanísticas como:

“(…) un mecanismo que tiene como propósito generar el equilibrio entre los beneficios que se otorgan por las condiciones de edificabilidad y las necesidades de soportes urbanos representados en suelo o su equivalencia en área construida o en pagos compensatorios, de acuerdo con las disposiciones establecidas en el presente Plan y en cumplimiento del principio de reparto equitativo de cargas y beneficios (…)”.

Es importante tener en cuenta que las metas de los programas y proyectos cuentan con diferentes formas de financiación, en el artículo 508 se definen los instrumentos y mecanismos de financiación y gestión de suelo:

“Son instrumentos que facilitan la ejecución de actuaciones y acciones urbanísticas, que permiten asegurar el reparto equitativo de cargas y beneficios. Sin perjuicio que algunos de los instrumentos, por su diseño y sus objetivos, comparten la naturaleza de instrumentos de financiación y de gestión del suelo (…)”.

Bajo la óptica de los mecanismos de financiación, en el artículo 519 se caracterizan las obligaciones urbanísticas:

“Las obligaciones urbanísticas que serán objeto de los sistemas de reparto de cargas y beneficios son:
1. De carácter local intermedio, secundario y domiciliario, entendidas como aquellas asociadas a los procesos de desarrollo y densificación, y que son objeto de reparto entre los propietarios del suelo como contraprestación por los mayores beneficios urbanísticos generados por las normas de uso y edificabilidad, de acuerdo con los principios de ordenamiento territorial contenidos en la Ley 388 de 1997, con el fin de lograr mejores condiciones de vida para los habitantes de la ciudad y de contrarrestar los efectos de los procesos de crecimiento y densificación. Estas obligaciones son a su vez un instrumento de gestión de suelo y de financiación que permite concretar el modelo de ordenamiento y el principio del reparto equitativo de cargas y beneficios.
2. De carácter general, principal, arterial, matriz, primarias y troncales: se distribuirán entre los propietarios de toda el área beneficiaria de las mismas y deberán ser recuperados mediante tarifas, contribución de valorización, 31 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-386 • 2025 • DICIEMBRE • 31 386 participación en plusvalía, impuesto predial o cualquier otro sistema que garantice el reparto equitativo de las cargas y beneficios de las actuaciones.

Parágrafo. En el marco de las Actuaciones Estratégicas se podrá definir la
proporción de la obligación urbanística asociada al cambio de uso como mecanismo alternativo para la recuperación de plusvalías. Los recursos recaudados por este concepto se destinarán a financiar los soportes urbanos que se establezcan en cada Actuación Estratégica”.

Incentivos El POT prevé diferentes incentivos para promover el cumplimiento de las metas de sus programas y proyectos. Estos incentivos se encuentran como factores para el cálculo de cargas, la posibilidad de aumentar la altura permitida para proyectos que desarrollen vivienda VIS y/o VIP, opciones para el cumplimiento de las diferentes obligaciones, entre otros. Adicionalmente, deja abierta la posibilidad de generar nuevos incentivos con el fin de cumplir los objetivos propuestos.

En el Artículo 558 se definen los incentivos que deberán reglamentarse, y a la vez mantiene la posibilidad de proponer nuevos incentivos, dentro del marco del cumplimiento de las metas:

“Artículo 558. Incentivos. Corresponde a los aspectos contenidos en el presente Plan que tiene como fin promover o motivar el cumplimiento de las metas territoriales. En la presente Sección se señalan, los incentivos aplicables que deberán ser reglamentados por la administración distrital, sin perjuicio de que puedan incluirse nuevos.”

Subrayado fuera del texto Uno de los objetivos y metas más recurrentes es la generación de vivienda VIS y/o VIP de calidad, con los soportes urbanos correspondientes y necesarios, en torno a este objetivo en el POT quedaron definidos ciertos incentivos y se deja abierta la posibilidad de crear nuevos incentivos con el mismo fin:

“Artículo 298. Incentivos para la construcción efectiva de VIS/VIP. Los incentivos del nivel Distrital que se establecen tendrán como finalidad la generación efectiva de provisión de suelo útil urbanizado y la construcción efectiva de la Vivienda de Interés Social Prioritario (VIP) y Vivienda de Interés Social (VIS) de acuerdo con los lineamientos definidos en la presente reglamentación para el Tratamiento De Desarrollo. Adicionalmente, de manera excepcional podrán generarse incentivos para VIS y VIP en el marco de los Planes de Desarrollo y/o reglamentación respecto a la obligación VIS y VIP; siempre y cuando cumplan con lo 32 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-387 • 2025 • DICIEMBRE • 31 387 anteriormente expuesto. En el decreto reglamentario se podrán definir condiciones adicionales para la obtención de los incentivos Distritales.”.

Subrayado fuera de texto.

Programas POT En el Plan de Ordenamiento Territorial, los programas están asociados a los objetivos de ordenamiento, cada objetivo tiene programas, subprogramas, metas y estrategias de intervención e indicadores específicos, para establecer el avance en el cumplimiento de los objetivos y metas a través de los programas.

Los programas y subprogramas relacionados con los retos que enfrenta este decreto se exponen a continuación:

“Artículo 566. Programa Conectividad ecosistémica, reverdecimiento y atención de la emergencia climática. El programa aporta al objetivo del Plan de Ordenamiento Territorial que busca proteger la estructura ecológica principal y los paisajes bogotanos y generar las condiciones de una relación más armoniosa y sostenible de la ciudad con su entorno rural, a mejorar el ambiente urbano y de los asentamientos rurales y a incrementar la capacidad de resiliencia del territorio frente a la ocurrencia de desastres y derivados de la variabilidad y del cambio climático, se pretende responder, con sentido de urgencia, a la crisis climática y de pandemia y mejorar el entorno de vida para promover la salud y el bienestar de los ciudadanos. Contribuye a concretar los propósitos de todas las estructuras territoriales.
6. Subprograma de Construcción Sostenible y Resiliente Con el fin de mitigar los impactos ambientales este subprograma tiene como propósito orientar y ejecutar acciones para conseguir que las infraestructuras de la ciudad se construyan con criterios de sostenibilidad, resiliencia y fortalecimiento comunitario (…)
Meta: 100% de edificaciones nuevas con criterios de sostenibilidad Estrategia de intervención: Edificaciones nuevas con criterios de sostenibilidad Proyectos de implementación Sistemas Urbanos de Drenaje Sostenible SUDS.

569. Programa de hábitat y vivienda popular. El programa aporta al objetivo del Plan de Ordenamiento Territorial de Reducir los desequilibrios y desigualdades para una Bogotá más solidaria y cuidadora. Apuesta por la oferta de vivienda (nueva, en arriendo, reúso de edificaciones, vivienda

33 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-388 • 2025 • DICIEMBRE • 31 388 colectiva, progresiva y productiva, lotes con servicios, vivienda de interés cultural u otras alternativas) y mejoramiento del hábitat especialmente para grupos de población vulnerables bajo los principios de integralidad, progresividad, inclusión social y socioeconómica (…)
1. Subprograma de cualificación del hábitat Consolidación de una oferta habitacional cualificada con enfoque diferencial, territorial y de género, a partir de una estructura de soporte que brinde acceso a servicios sociales, culturales, y generación de actividades económicas que mitigue la segregación y la gentrificación. Las Secretarías de Planeación y Hábitat, en coordinación con las entidades competentes, serán las responsables de la ejecución de este subprograma.
Meta: 786.639 soluciones de vivienda entre oferta nueva y otras alternativas (De las cuales 197.457 se producirán en alternativas como el reúso de edificaciones, así como por la generación de oferta pública de vivienda)
2. Subprograma de vivienda de Interés Social y Prioritario Busca la provisión de suelo, así como la construcción y promoción de vivienda de interés social y prioritario con adecuadas condiciones y garantizando entornos de calidad urbanística, mediante mecanismos que incentiven la oferta habitacional para las familias con menores ingresos. De igual forma, su ubicación será estratégica en polígonos de revitalización y redensificación de áreas urbanas deficitarias ya sean de tratamiento de Mejoramiento Integral o de Consolidación, que cuenten con las condiciones y sistemas urbanos a corto y mediano plazo para ser desarrolladas con proyectos de vivienda de interés social, la gestión del suelo y la estructuración y promoción de intervenciones urbanas integrales. (…)
Meta: 531.777 viviendas de interés social y prioritario iniciadas (incluye reúso y oferta pública) Estrategia de intervención Promoción de Vivienda de interés social y prioritario en zonas revitalización y redensificación (nueva, en alquiler, colectiva, lotes con servicios, reúso edificaciones, vivienda de interés cultural, progresiva y productiva, etc) y en desarrollo Ecourbanismo y Construcción Sostenible En la Conferencia de las Partes (COP) 21 de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático (CMNUCC) se adoptó el Acuerdo de París, como un mecanismo complementario de la CMNUCC, cuyo objetivo central es mantener el aumento de la temperatura media mundial muy por debajo de 2ºC con respecto 34 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-389 • 2025 • DICIEMBRE • 31 389 a los niveles preindustriales y proseguir los esfuerzos para limitar dicho aumento a 1,5ºC con respecto a los niveles preindustriales (MADS, 2024). Estos aumentos de temperatura consecuentemente aceleran y alteran las fases del ciclo del agua (evaporación, evapotranspiración, condensación, precipitación y recolección), exacerbando a su vez, los fenómenos de origen hidrometeorológicos e hidroclimáticos extremos que conducen a eventos de emergencias y desastres derivadas de amenazas climáticas tales como inundaciones, movimientos en masa, avenidas torrenciales, lluvias intensas, sequías y extremos de calor, entre otros.

Por su parte, Colombia estableció en el marco de la Ley 1931 de 2018, las Contribuciones Determinadas a Nivel Nacional (NDC, por sus siglas en inglés) como el documento que consigna los compromisos climáticos del país a nivel de adaptación y cuyas medidas buscan reducir la vulnerabilidad y los riesgos asociados a los efectos del cambio climático, mejorando así la capacidad de adaptación a los efectos adversos de la variabilidad y el cambio climático de un modo que no se comprometa la producción de alimentos, productividad y competitividad de la ciudad.

En concordancia con el parágrafo 1 del artículo 2 de la Ley 2169 del 2021 “Por medio de la cual se impulsa el desarrollo bajo en carbono del país mediante el establecimiento de metas y medidas mínimas en materia de carbono neutralidad y resiliencia climática y se dictan otras disposiciones”, con la presente reglamentación, se adoptan medidas de ecourbanismo y construcción sostenible asociadas a incentivos urbanísticos que contribuyen a la provisión de vivienda formal, y a la reactivación económica del Distrito Capital; impulsando así el desarrollo bajo en carbono y la resiliencia climática.

Decreto Distrital 582 de 2023 Bogotá apostó avanzar en la acción climática actuando sobre una movilidad sostenible, una gestión adecuada de los riesgos de desastres, la conservación y restauración de ecosistemas, la construcción de un hábitat digno y una revitalización urbana con medidas de sostenibilidad ambiental que disminuirá la huella de carbono y mejoraran el bienestar de sus habitantes.

El Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá, adoptado mediante el Decreto Distrital 555 de 2021, en su artículo 117 ordenó adoptar la reglamentación del ecourbanismo y la construcción sostenible de la ciudad, contemplando para ello los siguientes elementos:

35 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-390 • 2025 • DICIEMBRE • 31 390

1. Reverdecimiento Urbano: Superficies verdes y arborización en las áreas libres privadas, infraestructura vegetada en cubierta y fachada.
2. Medidas Pasivas, confort en las edificaciones
3. Eficiencia en Agua y Energía
4. Materiales
5. Residuos
6. Normas urbanísticas aplicables a las construcciones vecinas y colindantes con áreas de la
7. Estructura Ecológica Principal
8. Incentivos para la construcción sostenible.

Dichos lineamientos se encuentran hoy reglamentados en el Decreto Distrital 582 del 6 de diciembre de 2023 “Por el cual se reglamentan las disposiciones de Ecourbanismo y Construcción Sostenible del Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá D.C., y se dictan otras disposiciones”, que tiene como propósito lograr que toda edificación nueva independiente de su uso, a excepción del uso industrial, aporte a minimizar su impacto urbano y a la mitigación de los efectos del cambio climático. La norma citada contiene un compendio de disposiciones mínimas obligatorias en los temas seleccionados y listados por el artículo 117 del POT.

Ahora bien, en relación con los incentivos es importante tener en cuenta el Artículo 2.2.7.1.4 Incentivos del Decreto Nacional 1285 de 2015 el cual promueve que los municipios y distritos establezcan incentivos para la implementación de las medidas de construcción sostenible. De igual manera, en ese momento se encontraba vigente la Resolución 0549 del 10 de julio de 2015, y en el artículo 10 incluyó los incentivos, que posteriormente fueron aclarados en el numeral 7 de la circular del MVCT 2020EE0037555 de la siguiente manera: “(…) Respecto a la aplicación de incentivos resulta necesario precisar que esta opción es válida siempre y cuando el constructor y/o diseñador opte por el cumplimiento de porcentajes de ahorro superiores a los que establece la resolución, es decir que, aquellas edificaciones que alcancen la meta mínima de ahorro, no son objeto de incentivos dado que se está dando cumplimiento a una normativa nacional”

En el Decreto Distrital 582 de 2023 se establecieron incentivos para construcciones en la modalidad de obra nueva y para uso de vivienda, con el objeto de fomentar acciones de diseño y constructivas que superen los estándares establecidos por la norma nacional vigente en su momento y que fueran más allá del cumplimiento de las disposiciones mínimas obligatorias en la Resolución 0549 de 2015.

36 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-391 • 2025 • DICIEMBRE • 31 391 Generación de Infraestructura Verde en la Ciudad Algunas de las acciones que implementa el ecourbanismo y la construcción sostenible de la ciudad se encuentran alineadas principalmente con dos de los objetivos de la Política Distrital de Espacio Público y del Sistema de Espacio Público Peatonal para el Encuentro, establecidos en el artículo 89 del Decreto 555 de 2021, resaltadas a continuación: “1.Aumentar el Espacio Público con condiciones adecuadas y equitativamente en todo el territorio distrital. 2.Restituir jurídica, físico-espacial, ambiental, social y culturalmente, los espacios públicos en condición inadecuada para su uso, goce y disfrute por parte de la ciudadanía, teniendo en cuenta el acceso universal y la igualdad de oportunidades. 3.Aumentar la calidad ambiental del espacio público para reverdecer a Bogotá, adaptarse y mitigar el cambio climático. 4.Consolidar los lineamientos e instrumentos necesarios para la sostenibilidad del espacio público y la gestión e implementación del Sistema Distrital de Espacio Público Peatonal para el Encuentro.” Subrayado fuera del texto original El Gobierno Nacional indicó en el Artículo 2.2.3.1.5 Elementos del espacio público del Decreto Nacional 1077 de 2015 que el espacio público está conformado por elementos naturales y elementos artificiales o construidos y, dentro de la clasificación de estos últimos relacionó lo siguiente:

“(…) 1.2.4. Son también elementos constitutivos del espacio público las áreas y elementos arquitectónicos espaciales y naturales de propiedad privada que por su localización y condiciones ambientales y paisajísticas, sean incorporadas como tales en los planes de ordenamiento territorial y los instrumentos que lo desarrollen, tales como cubiertas, fachadas, paramentos, pórticos, antejardines, cerramientos; 1.2.5. De igual forma se considera parte integral del perfil vial, y por ende del espacio público, los antejardines de propiedad privada.” Subrayado fuera del texto original Por su parte, el Plan de Ordenamiento Territorial en su DTS libro II numeral 7.2.1.6. Espacios privados de uso público para el encuentro, estableció que los elementos antes citados:

“… hacen parte del espacio público, principalmente porque conforman el paisaje urbano que es de interés público. Otras áreas como las áreas 37 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-392 • 2025 • DICIEMBRE • 31 392 privadas afectas al uso público han surgido para resolver conflictos en el espacio público, cualificando y complementando la oferta existente. En ambos casos se requiere que haya una articulación entre los elementos para consolidar la imagen del espacio público.” Subrayado fuera del texto original Tras la revisión de las medidas que sobre regulación del reverdecimiento, hoy se adoptan en las construcciones sostenibles, es ineludible ver en la norma de ecourbanismo y construcción sostenible, una gran oportunidad de aporte ambiental a la ciudad, pero también una importante contribución cuantitativa y cualitativa al espacio público involucrando esos elementos que hoy en día son considerados por la norma urbanística como espacios privados de uso público.

El diseño y construcción de las nuevas edificaciones integran y generan un aumento del verde urbano de la ciudad, a través de las áreas privadas afectas al uso público, conformando continuidad visual e integralidad con el espacio público reconocido, permitiendo usar gozar y disfrutar, visual y ambientalmente el verde de la ciudad y cumpliendo la función social y ecológica de la propiedad.

Las fachadas, culatas, cubiertas y terrazas cuentan con directrices de diseño fijadas en el Artículo 128. Directrices para el manejo de espacios privados afectos al uso público del POT, y contemplan la incorporación de infraestructuras verdes que respondan a los objetivos de vitalidad, calidad ambiental y mitigación de efectos del cambio climático, fijando la necesidad de propiciar relaciones directas y de continuidad visual entre el espacio público y privado, fachadas transparentes y accesos peatonales para la articulación con los usos del primer piso.

De igual forma los antejardines y las áreas de mitigación de impactos urbanísticos cuentan con directrices específicas que determinan su conexión con el espacio público colindante, debiendo garantizar que todos los frentes de las edificaciones contiguas a estas áreas propicien relaciones directas y de continuidad visual con fachadas transparentes. A la vez, se establece el manejo de reverdecimiento y de incorporación de cobertura verde en estas áreas, de al menos el 20% del área total sin que se impidan las actividades de encuentro. A su vez el POT, en el artículo 128 precisó lo siguiente: “Parágrafo 1. Las áreas privadas afectas al uso público se contabilizarán como parte de los indicadores de espacio público del Distrito cuando se permita su uso, goce y disfrute por parte de los usuarios, cumpliendo con las anteriores condiciones.

38 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-393 • 2025 • DICIEMBRE • 31 393 Parágrafo 2. Sin perjuicio de los estímulos que se puedan determinar en la reglamentación específica para el desarrollo de áreas privadas afectas al uso público, en ningún caso podrán ser contabilizados como cesiones para espacio público.”

Certificaciones LEED, EDGE, CASA y Bogotá Construcción Sostenible Los sistemas de certificación en construcción sostenible han sido una herramienta fundamental para la evolución de las prácticas de construcción en Bogotá y en Colombia. Estos sistemas de gestión orientan el desarrollo de las prácticas de arquitectura e ingeniería con parámetros de desempeño y eficiencia en cada sistema de las edificaciones. Algunos sistemas de certificación se han enfocado en usos comerciales e institucionales principalmente y otros como EDGE y CASA Colombia se han enfocado en generar un instrumento que permita implementar prácticas de sostenibilidad en el sector residencial. Estos sistemas de certificación en Colombia han movilizado a los distintos actores de la cadena de valor de la construcción durante casi 20 años, desarrollando procesos de innovación al interior de las compañías, estableciendo estándares y motivando al desarrollo de políticas públicas enfocadas en la construcción sostenible. Estos sistemas también han sido utilizados por el sector financiero, asegurador y entidades de gobierno, con el fin de otorgar beneficios e incentivos a los desarrolladores inmobiliarios que logran dichas certificaciones.

Es importante resaltar el trabajo de más de una década de la Secretaría Distrital de Ambiente en el desarrollo de “Bogotá Construcción Sostenible” (BCS), un sistema de reconocimiento para las edificaciones de Bogotá, que incorporan prácticas de sostenibilidad con alcance a nivel edificatorio y urbano, que además incorpora una visión integral, con referencia a estándares locales e internacionales, para medir la eficiencia de los proyectos de construcción.

Para brindar una perspectiva respecto a las cifras de estas herramientas de certificación y reconocimiento de la construcción sostenible, a continuación, se presenta una tabla resumen.

Tabla 4. Cifras proyectos que participan en algún esquema de certificación o reconocimiento en construcción sostenible.

LEED EDGE BCS CASA Total 249 248 47 24 Dotacional 7 3 8 39 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-394 • 2025 • DICIEMBRE • 31 394 3 Educativo 11 12 10 Hospitalario 12 Sistemas de Transporte Parque 4 Residencial 16 212 3 24 Oficinas 137 4 8 Comercio 38 6 1 Hospedaje 10 7 1 Industrial 1 Plan Parcial 8 Mixto 4 1 Otros 17 Fuente: Elaboración SDP a partir de (SDA, 2024) (Cámara Colombiana de la Construcción, 2024)

(CCCS, 2024) (United States Green Building Council, s.f.)

4. Metodología de diagnóstico, evaluación y propuesta

El planteamiento de la presente propuesta se llevó a cabo con dos procesos en paralelo con equipos multidisciplinarios, verificando las implicaciones y efectos de las medidas y los incentivos de manera integral, con múltiples iteraciones hasta lograr un resultado viable, balanceado, y con beneficios para todas las partes.

La definición de incentivos urbanísticos como mecanismos de fomento para la incorporación de medidas de ecourbanismo en proyectos urbanos, requiere un enfoque integral que articule variables espaciales, normativas, económicas y de diseño urbano. Para ello, se diseñó un proceso metodológico por etapas articuladas de forma secuencial y acumulativa, que permite estructurar y evaluar de manera sistemática las condiciones del suelo para los diferentes tratamientos analizados, los retos normativos y financieros que enfrentan los proyectos, y la pertinencia de diferentes esquemas de incentivos asociados a las medidas de ecourbanismo.

Medidas de Ecourbanismo Incentivos Urbanísticos Análisis de las medidas de ecourbanismo existentes en la norma Análisis geográfico multicriterio, para establecer la distribución de suelo urbano, identificando el área potencial en cada tratamiento - Desarrollo, Renovación Urbana y Consolidación Propuesta de medidas de ecourbanismo: revisión de medidas analizadas anteriormente, ideación de nuevas medidas.

Definición de casos de análisis para cada tratamiento – áreas tipo, condiciones tipológicas y variables que incluyen: predios medianeros, o esquineros, predios únicos, englobes 40 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-395 • 2025 • DICIEMBRE • 31 395 de media manzana, o manzana completa, rangos de ICe, presencia de reservas viales o ambientales, exigencia de control ambiental Análisis cualitativo y elección de medidas de ecourbanismo a modelar.

Construcción de modelación normativa masiva en Excel sobre los casos definidos incluyendo cálculo de obligaciones en sitio y en dinero, y condiciones normativas aplicables a cada tratamiento.

Análisis de resultados de modelación normativa: identificación de retos normativos en cada tratamiento Análisis de beneficios ambientales, requerimientos de aplicación y costos de las medidas de ecourbanismo elegidas Planteamiento del método para balancear la ecuación: Implementación de medidas de ecourbanismo asociadas a incentivos Modelación financiera masiva sobre los modelos normativos estableciendo estructura de costos, supuestos financieros, y aplicación método de valor residual de suelo Análisis de modelación financiera: Identificación de retos financieros en cada tratamiento Aplicación de las medidas de ecourbanismo en las modelaciones normativas y financieras masivas.

Propuesta y análisis de incentivos: ideación, análisis cualitativo y elección de incentivos a modelar Modelación de incentivos sobre la modelación normativa y financiera, se aplican los incentivos elegidos Análisis del efecto de la aplicación de las medidas en el resultado físico y financiero del proyecto. Ajuste de parámetros Análisis de resultados de la modelación de incentivos: verificar efecto de la aplicación y ajuste de parámetros Cruce de resultados con el efecto de la aplicación de los incentivos Cruce de resultados con efecto de la implementación de las medidas: verificación en viabilidad de proyectos 41 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-396 • 2025 • DICIEMBRE • 31 396 urbanísticos: verificación en viabilidad de proyectos.

Cabidas arquitectónicas en lotes específicos para verificar resultados y ajustar los requerimientos de las medidas y los incentivos.

Esta metodología constituye una herramienta clave, no solo para identificar barreras, sino para orientar las decisiones en torno al diseño de las medidas de ecourbanismo y los incentivos urbanísticos propuestos, para que sean eficaces y adaptables a las condiciones reales del mercado y del territorio urbano, con el fin de acelerar la transición hacia una ciudad más sostenible.

5. Medidas de Ecourbanismo y Construcción Sostenible

El cambio climático tiene manifestaciones en los ecosistemas y su prestación de servicios, en las actividades productivas, en la infraestructura y en la población. La forma en la que inciden dichas manifestaciones en el territorio puede conllevar a que actores públicos, privados y sociales incurran en gastos no previstos, debido a eventos causados por el aumento de la temperatura o por cambios en las precipitaciones, no obstante, las manifestaciones de cambio climático pueden significar una oportunidad para el crecimiento económico, el desarrollo social y el manejo responsable y sostenible de los ecosistemas (MADS, 2024).

Debido a lo anterior, en Bogotá se tomaron medidas de racionamiento en el consumo de agua y mediante la Resolución 291 de 2024 de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá – ESP, se ordenó la suspensión sectorizada del servicio público domiciliario de acueducto.

Como consecuencia de la variabilidad y el cambio climático, se prevé un aumento en la frecuencia e intensidad de las emergencias y desastres asociados a los fenómenos de El Niño y La Niña. Esta situación no solo genera mayores impactos en la calidad de vida de la población, sino que también plantea importantes desafíos para la reducción y prevención de riesgos, especialmente en el contexto de las estrategias de adaptación al cambio climático.

Las medidas de ecourbanismo y construcción sostenible se constituyen en un motor de transformación fundamental para enfrentar los retos que la ciudad ha planteado en el marco de la emergencia climática y frente a los efectos de la variabilidad y el cambio climático. Estas medidas, permiten garantizar un uso aprovechamiento y manejo adecuados del agua lluvia y de las aguas grises en las edificaciones 42 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-397 • 2025 • DICIEMBRE • 31 397 nuevas, contribuyendo a la reducción de impactos asociados a inundaciones y escorrentías.

Asimismo, el reverdecimiento urbano, el uso de materiales e insumos con atributos de sostenibilidad, y la eficiencia en el consumo de agua y energía promueven una infraestructura más resiliente y mejor adaptada a los fenómenos derivados del cambio climático.

Meta de construcción sostenible POT Con base en el análisis del desempeño del desarrollo constructivo en la ciudad de Bogotá durante el período de implementación del Decreto Distrital 555 de 2021, así como en la evaluación de la aplicación normativa derivada del Decreto Distrital 582 de 2023, la administración distrital considera necesario promover un nuevo conjunto de medidas más ambiciosas y eficaces.

Si bien el 100 % de las edificaciones nuevas debe incorporar las medidas mínimas obligatorias establecidas por la normativa vigente – relacionadas con el balance hídrico, el confort térmico y lumínico, la calidad del aire al interior de las edificaciones, el manejo de residuos, la protección por colindancia a elementos de la estructura ecológica principal (EEP), y los ahorros en agua y energía definidos por la regulación nacional –, se identifica, la necesidad de avanzar hacia estrategias complementarias, que contribuyan de manera significativa a la reducción de la huella de carbono, a la mejora del ciclo urbano del agua y en consecuencia, a la mitigación del cambio climático.

Estas nuevas medidas deberán ser aplicables a todo tipo de construcción, independientemente del tratamiento urbanístico, y deberán estar formuladas de manera que puedan armonizarse e integrarse entre sí, garantizando así una implementación coherente y eficaz en el marco del modelo de ciudad sostenible definido por el POT.

El presente capitulo aborda las medidas de ecourbanismo y construcción sostenible propuestas para ser implementadas en nuevos proyectos urbanos; así como la metodología desarrollada para analizar y justificar su viabilidad. Dicha metodología, se estructura en torno a cinco componentes: un análisis costo-beneficio, un análisis de sensibilidad orientado a identificar variables críticas y prever escenarios alternativos, un análisis de sostenibilidad, un estudio de la disponibilidad de 43 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-398 • 2025 • DICIEMBRE • 31 398 tecnologías y soluciones sostenibles en el mercado, y una evaluación de la facilidad de inclusión de estas medidas dentro de los procesos constructivos actuales.

En este contexto, se presentan las cinco medidas de ecourbanismo y construcción sostenible propuestas:

 Aprovechamiento de aguas lluvias: mediante el uso del agua disponible en los medios determinados para su almacenamiento, para fines no potables como, riego de jardines, lavado de pisos y/o sanitarios de las zonas comunes.

 Uso de materiales con atributos sostenibles: incorporando en el presupuesto de obra materiales de negocios verdes, de origen regional, que cuenten con características como bajo contenido de compuestos orgánicos volátiles (COV), análisis de ciclo de vida, declaraciones ambientales de producto y/o gestión corporativa.

 Reverdecimiento urbano: a través de incorporar áreas para techos verdes, zonas verdes sobre placa y/o el incremento de coberturas vegetales en suelo natural (plena tierra).

 Reducción del efecto de isla de calor: mediante el uso de materiales de alta reflectancia solar en las cubiertas sin vegetación.

 Incorporación de Fuentes no Convencionales de Energía Renovable (FNCER): promoviendo el uso de energías renovables dentro de los proyectos de construcción.

Para cada una de estas medidas se presenta a continuación, un análisis detallado que incluye antecedentes y marco normativo, beneficios esperados en términos ambientales, sociales y económicos, así como una descripción técnica de su funcionamiento y aplicabilidad en los proyectos de obra nueva.

5.1. Metodología de análisis de las medidas de ecourbanismo Para garantizar la implementación efectiva y sostenible de nuevas medidas técnicas asociadas con el desarrollo sostenible en los nuevos proyectos de construcción, es fundamental considerar criterios de sostenibilidad bien definidos.

44 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-399 • 2025 • DICIEMBRE • 31 399 En este contexto, Bogotá en línea con sus compromisos en materia de cambio climático, y consciente de la necesidad de abordar el desarrollo urbano con criterios de sostenibilidad, ha decidido promover de manera concreta Cinco (5) aspectos relevantes: el manejo adecuado del agua y su posterior aprovechamiento, el reverdecimiento, la implementación de materiales que contribuyan a la reducción del efecto Isla de Calor, y el uso de energía no convencional, mediante incentivos concretos para los desarrolladores inmobiliarios.

Las acciones que se implementarán sobre estas temáticas están motivadas por la necesidad de aportar a los compromisos frente al cambio climático y de responder a los desafíos que estableció el POT de Bogotá en materia ambiental y de hábitat. Se fomentará, el buen uso manejo y aprovechamiento del agua, la visión de economía circular en la industria de la construcción para reducir los impactos ambientales y sociales de los procesos de esta cadena de valor, así como también la conexión con la naturaleza, la calidad del aire, la promoción y conservación de la biodiversidad, y la preservación y la recuperación de servicios ecosistémicos. La siguiente metodología, se empleó para justificar estos criterios de sostenibilidad, abarcando un análisis detallado a través de varios parámetros claves.

1. Análisis Costo-Beneficio

El análisis costo-beneficio, evalúa la relación entre los costos asociados con la implementación de cada medida de sostenibilidad y los beneficios esperados en las dimensiones ambientales, sociales y económicas de manera reciproca en la relación constructor, ciudadanía y ciudad. Este análisis incluyó:

- Identificación de costos: Definición los costos iniciales y recurrentes para implementar cada medida, tomando como referencia costos de mercado, disponibilidad tecnológica y costos operacionales para cada una de las medidas planteadas.

- Cuantificación de beneficios: Medición de los beneficios tangibles e intangibles, como ahorros en el uso de los recursos naturales y financieros, mejora en la salud pública, o impactos ambientales positivos.

- Relación costo-beneficio: Calculo de la relación costo-beneficio para cada criterio, justificando su implementación basada en la ventaja económica y sostenibilidad a largo plazo.

45 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-400 • 2025 • DICIEMBRE • 31 400

2. Análisis de Sensibilidad

Este análisis, evaluó cómo los cambios en variables clave pueden afectar los resultados de la implementación de las disposiciones de sostenibilidad para cada medida:

- Identificación de variables críticas: definición de las variables que más pueden influir en los costos y beneficios (por ejemplo, precio del recurso, costo de materiales, disponibilidad de proveedores locales de materiales, etc.)

- Simulación de escenarios: Creación de diferentes escenarios (optimista, pesimista y neutral) para ver cómo los cambios en estas variables afectan los resultados.

- Evaluación de riesgos: Identificar y evaluar los riesgos asociados con cada criterio, proporcionando una justificación basada en la robustez de los beneficios, frente a posibles fluctuaciones en los costos.

3. Costo de Implementación

Este apartado, evalúa los costos específicos de implementar cada criterio de sostenibilidad, considerando:

- Costos iniciales: Inversión necesaria para adoptar tecnologías, materiales o procesos que cumplan con los criterios.

- Costos operativos: Gastos recurrentes asociados con el mantenimiento y operación de las soluciones implementadas.

4. Disponibilidad en el Mercado

La disponibilidad de tecnologías, materiales o servicios necesarios para cumplir con cada criterio de sostenibilidad será evaluada.

- Análisis de proveedores: Se identificaron los proveedores y productos disponibles en el mercado, que cumplen con los criterios de sostenibilidad.

46 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-401 • 2025 • DICIEMBRE • 31 401

- Accesibilidad y costos: Se llevó a cabo la evaluación la accesibilidad de estos recursos y sus costos, considerando la competitividad y la calidad.

5. Facilidad de Inclusión

Este punto, evalúa la facilidad con la que cada criterio de sostenibilidad puede ser integrado en el proyecto o proceso existente.

- Compatibilidad con sistemas actuales: se llevó a cabo el análisis de cómo los nuevos criterios se integran con las infraestructuras, procesos y prácticas existentes.

- Resistencia al cambio: Se identificaron posibles resistencias y se incorporaron lineamientos de fácil implementación para mitigar estos desafíos, facilitando una transición suave hacia prácticas más sostenibles.

Ilustración 10. Esquema de medidas de ecourbanismo asociadas a incentivos 47 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-402 • 2025 • DICIEMBRE • 31 402 Fuente: Elaboración propia SDP, 2024.

Las medidas de ecourbanismo propuestas se agrupan en los siguientes componentes: aprovechamiento de agua lluvia, fuentes de energía renovables de fuente no convencional, materiales con atributo de sostenibilidad, verde urbano y reducción del efecto isla de calor.

5.2. Medidas de Ecourbanismo 5.2.1. Aprovechamiento de Aguas Lluvias El ciclo del agua es un proceso esencial que asegura la renovación continua del agua en la Tierra. Este ciclo incluye la circulación del agua entre océanos, atmósfera, tierra y cuerpos de agua, tanto superficiales como subterráneos, sin embargo, la actividad humana interfiere con este ciclo natural. De acuerdo con el reporte de la Comisión Mundial sobre la economía del agua, por primera vez en la historia de la humanidad el ciclo hidrológico está desequilibrado, socavando un futuro equitativo y sostenible para todos (Global Commission on the Economics of Water, 2024).

Según datos del Observatorio Ambiental de Bogotá el promedio anual de lluvias en Bogotá para 25 años es de 809 milímetros, lo que equivale a llenar aproximadamente 314 piscinas olímpicas diariamente. Es importante mencionar que geográficamente la zona de los cerros orientales presenta una mayor pluviosidad.

La demanda de agua potable y la urbanización alteran la infiltración y aumentan la escorrentía, reduciendo la calidad del agua. Según Paul y Meyer (2001), el volumen de escorrentía aumenta según la impermeabilidad de las superficies, así como también se reduce el porcentaje de agua que logra infiltrarse, para ilustrar esto se presenta la siguiente tabla:

Tabla 5. Cambios en los volúmenes de escorrentía e infiltración en función de la impermeabilidad de las superficies.

Porcentaje Porcentaje de Porcentaje de Incremento Impermeabilidad de las Infiltración superficies de Escorrentía Infiltración superficial profunda en escorrentía 48 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-403 • 2025 • DICIEMBRE • 31 403 Suelo natural 10% 25% 25% - Impermeabilidad 10 al 20% 20% 21% 21% 2.0 Impermeabilidad 35 al 50% 30% 20% 15% 3.0 Impermeabilidad 75 al 100% 55% 10% 5% 5.5 Fuente: (Paul & Meyer, 2001)

La existencia de este tipo de superficies afecta el ciclo hidrológico al limitar la infiltración, generar más escorrentía superficial, disminuir la recarga de aguas subterráneas y su flujo (Lakhvinder Kaur, 2019). Por ello, en las edificaciones es importante implementar estrategias que minimicen estas alteraciones, replicando los flujos naturales para preservar la sostenibilidad del ciclo del agua.

El consumo de agua en las edificaciones durante su vida útil es crucial y está determinado por las decisiones de diseño y construcción. En el primer trimestre de 2024, el 42.6% de las edificaciones que culminaron su construcción contaba con un Sistema de Ahorro de Agua, siendo el principal sistema la instalación de accesorios de ahorro de agua (188 edificaciones); seguido por los sistemas de recolección y reutilización de agua lluvia (41 edificaciones); jardinería exterior eficiente (21 edificaciones), y tratamiento de aguas residuales y reciclaje de agua (6 edificaciones) (DANE, 2024) que cuentan con sistemas de ahorro hídrico.

El empleo de aguas lluvias en proyectos de construcción en Colombia enfrenta desafíos significativos. Entre el 40% y el 65% de las empresas encuestadas en el Estado de la Construcción Sostenible 2024, implementan medidas para el uso de aguas lluvias en menos del 10% de sus proyectos, explicado principalmente por la falta de conocimiento o capacitación en la implementación de medidas de gestión integral del agua, la falta de incentivos del gobierno y los desafíos en la medición y seguimiento de los resultados. Las principales estrategias utilizadas para la gestión del agua lluvia en los proyectos son, la recolección de agua en tanques para su reutilización, la canalización y drenaje y los SUDS. El uso de tanques de retención es la estrategia menos seleccionada (CCCS, 2024).

Descripción de la Medida La Resolución 799 de 2021 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio que modifica el Reglamento Técnico del Sector de Agua Potable y Saneamiento Básico determina que, para nuevos desarrollos urbanos, donde se modifique la cobertura del suelo, se deben generar estrategias con el fin de mitigar el efecto de la impermeabilización de las áreas en el aumento de los caudales de escorrentía. En consecuencia, se debe evaluar la implementación de los Sistemas Urbanos de 49 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-404 • 2025 • DICIEMBRE • 31 404 Drenaje Sostenible (SUDS) considerando aspectos como las condiciones topográficas y geotécnicas, las normas urbanísticas y ambientales, la configuración de las cuencas de drenaje, y la capacidad de infiltración del suelo. Conforme a este reglamento nacional, de ser viable, el diseño de los SUDS debe orientarse a reducir el caudal pico del hidrograma de la creciente de diseño en al menos un 30%, evitando sobrecargas en los sistemas pluviales y posibles inundaciones. Además, cuando se utilicen estructuras de retención, se deben prever sistemas de cribado, sedimentación y mantenimiento accesible.

Por su parte, el Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá en su artículo 185 define a los SUDS como estructuras de soporte al sistema de alcantarillado pluvial convencional, contribuyendo al manejo del agua de lluvia en el área urbana del Distrito Capital. Estos sistemas, fundamentales para la sostenibilidad del recurso hídrico y la recuperación de la cuenca del río Bogotá.

De acuerdo con el POT, los planes parciales y proyectos urbanísticos deberán implementar SUDS para reducir al menos un 25% del caudal pico del hidrograma de la creciente de diseño, distribuyendo la retención en áreas privadas (13%) y cesiones para vías, parques y zonas verdes (12%); estableciéndose una relación en proporción 52/48.

Adicionalmente, la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá en su Norma Técnica de Servicio NS-085 sobre Criterios de Diseño de Sistemas de Alcantarillado establece la obligatoriedad que tienen las edificaciones de implementar tanques de tormentas y define como metodología que “Los nuevos desarrollos y proyectos de redensificación deberán incluir un manejo del volumen de escorrentía adicional generado por el aumento de la impermeabilidad del suelo en comparación con las condiciones de áreas no urbanizadas. El consultor deberá calcular los hidrogramas siguiendo la metodología descrita en la sección 4.3.1.3.2 (Método del Soil Conservation Service-SCS) para condiciones de desarrollo y para condiciones no urbanizadas, donde para este último se deberá asumir un porcentaje de área impermeable no mayor al 10%”.

Con base en el criterio definido por la EAAB en su norma técnica, el POT estableció un porcentaje de retención del 10% para los Tratamientos Urbanísticos de Consolidación y Renovación Urbana.

Complementando lo anterior, los proyectos objeto de la presente reglamentación en uso residencial predominante, industrial y dotacional, que se ejecuten mediante licencia de urbanización, deberán retener el mayor valor que resulte de calcular el 50 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-405 • 2025 • DICIEMBRE • 31 405 caudal pico del hidrograma de la creciente de diseño, con base en la aplicación del artículo 44 de la Resolución 799 de 2021 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y la norma técnica NS-085 Criterios de Diseño de Sistemas de Alcantarillado, aprovechando para usos no potables el volumen disponible.

A su vez, aquellos proyectos objeto de la presente reglamentación, tramitados directamente mediante licencia urbanística de construcción, localizados en los Tratamientos Urbanísticos de Renovación Urbana o Consolidación, deberá retener en el área útil del predio, como mínimo el 15% del caudal pico del hidrograma de la creciente de diseño, calculado con base en la norma técnica NS-085 Criterios de Diseño de Sistemas de Alcantarillado, aprovechando para usos no potables el volumen disponible.

El aprovechamiento del agua retenida en los tanques al interior de las áreas útiles privadas podrá efectuarse en actividades como: riego de jardines, lavado de pisos y fachadas, sanitarios de las zonas comunes y en proyectos dotacionales e industriales en las baterías sanitarias.

En todos los casos, cumpliendo con el Decreto Distrital 099 de 2024 “Por el cual se reglamenta el artículo 604 del Decreto Distrital 555 de 2021, en lo relacionado con las normas de construcción y habitabilidad aplicables a la vivienda urbana y rural en Bogotá D.C.”, y el Decreto Distrital 334 de 2024 “Por medio del cual se establecen medidas que propenden por el ahorro y uso eficiente del agua potable en el Distrito Capital de Bogotá” y las normas que reglamenten el uso y tratamiento de dichas aguas para uso no potables.

51 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-406 • 2025 • DICIEMBRE • 31 406 Ilustración 11. Esquema medida de agua lluvia Fuente: Elaboración propia – Subdirección de Ecourbanismo y Construcción Sostenible - SDP Beneficios Ambientales Ante la ocurrencia de eventos extremos como el fenómeno de El Niño, se incrementa significativamente el riesgo de escasez hídrica en el país. La recolección y aprovechamiento de aguas lluvias ofrece una solución efectiva para mitigar este riesgo, al garantizar una fuente de agua alternativa para usos no potables como riego, descarga de sanitarios y sistemas de enfriamiento. Adicionalmente, el Anexo No. 1 de la Resolución 0194 de 2025 del Ministerio de Vivienda menciona, que este tipo de medida contribuye a reducir la presión sobre las fuentes de agua potable, alineándose con los objetivos de sostenibilidad y manejo eficiente de recursos establecidos en las políticas nacionales y regionales.

De manera complementaria, la implementación de los sistemas de retención y aprovechamiento de agua lluvia permiten atenuar la escorrentía superficial reduciendo el volumen de agua que llega a los sistemas de alcantarillado durante eventos de precipitación intensa, disminuyendo el riesgo de inundación, daños materiales y erosión (MADS, 2022), además de evitar que la primera lavada de agua lluvia llegue a los cuerpos de agua de la ciudad disminuyen los costos 52 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-407 • 2025 • DICIEMBRE • 31 407 asociados al manejo de aguas residuales (en áreas dónde aún los sistemas son combinados). Estos sistemas pueden colectar el agua lluvia desde cubiertas duras o vegetadas, áreas verdes en plena tierra o placa, integrando diferentes medidas de ecourbanismo en las edificaciones.

Económicos El aprovechamiento de agua lluvia disminuye el consumo de agua del acueducto para los usos no potables y la cantidad de agua entregada a la red de alcantarillado público, reduciendo los costos de la factura de estos dos servicios. La magnitud de esta reducción depende no solo del volumen de almacenamiento, sino de la intensidad de su uso conforme a las necesidades de cada edificación.

Ejemplo de ello, es el sistema de captación y aprovechamiento de agua lluvia en el Centro Administrativo Distrital – CAD que se encuentra en servicio desde al año 2016. El agua lluvia es recolectada mediante un sistema de tragantes o desagües que se conecta con un sistema de bajantes en cada torre y conducida hasta un sistema de 96 tanques con una capacidad total de almacenamiento de 3.500 m3. Posteriormente, el agua es filtrada y clorada para bombearse al tanque elevado en la cubierta del edificio en una proporción de 90% y 10% - respectivamente entre agua lluvia y agua potable - por medio de un sistema automatizado y distribuida por una red mixta a las unidades sanitarias del edificio.

Con base en la información suministrada por la Dirección Administrativa de la Secretaría Distrital de Planeación a través del Plan Institucional de Gestión Ambiental PIGA 2024-2027 (SDP, 2024), se ha analizado el consumo per cápita para esta Entidad durante el año 2023, teniendo en cuenta que ocupa algunos de los pisos del edificio mencionado, obteniendo los siguientes resultados:

Tabla 6. Consumo Per Cápita SDP 2025 MES Consumo Consumo Per Cápita m3* Usuarios Permanentes m3 ENE-FEB 299 1109 0,27 MAR-ABR 357 1358 0,26 MAY-JUN 408 1561 0,26 JUL-AGO 753 1936 0,39 SEP-OCT 430 1934 0,22 NOV-DIC 351 1893 0,19 53 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-408 • 2025 • DICIEMBRE • 31 408 *Dato obtenido por prorrateo respecto al área ocupada Dato obtenido mediante el análisis de los ingresos y salidas a la Entidad Fuente: Elaboración Propia SECS – SDP, 2025 Las temporadas de lluvias que se presentan en la ciudad de Bogotá, son recurrentes entre los meses de abril y junio, repitiéndose entre en octubre y noviembre. Por lo anterior, en el cuadro se ve reflejada una disminución del consumo de agua per cápita para esos períodos, gracias al sistema de aprovechamiento de agua lluvia implementado en el CAD.

Para darse una idea del comportamiento del consumo de agua per cápita en el sector público de la ciudad de Bogotá, podemos observar en la gráfica siguiente, la evolución del indicador denominado PIGAAGUA (SECRETARÍA DISTRITAL DE AMBIENTE, 2025).

Ilustración 12. Consumo promedio per cápita de agua mensual en sector público Distrital Fuente: Observatorio Ambiental de Bogotá, 2025 La gestión sostenible y circular del agua en edificaciones mediante estrategias que replican el ciclo hidrológico, promueve la reducción del impacto negativo de la impermeabilización del suelo y la eliminación de la capa vegetal; apostando por un 54 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-409 • 2025 • DICIEMBRE • 31 409 futuro regenerativo que permita disminuir la demanda de agua para la operación de sus sistemas. (CONSEJO COLOMBIANO DE CONSTRUCCIÓN SOSTENIBLE, 2021).

Al reducir la dependencia de fuentes de agua externas, se disminuyen los costos operativos y se garantiza un suministro continuo y confiable de agua, lo que resulta en ahorros significativos a largo plazo.

Otro caso representativo es el proyecto Future Seeds CIAT en Palmira, Valle del Cauca (CCCS, 2022), que cuenta con una batería de tanques de tormenta, de agua lluvia cruda, de agua lluvia tratada y sistemas de tratamiento. El sistema logra suplir el 100% del consumo de agua en el proyecto cumpliendo con un 34% de ahorro respecto a la línea base indicada en LEED v4 para el consumo de agua interior por la especificación de aparatos sanitarios ahorradores. Con la implementación de SUDS y el reúso de agua lluvia, el proyecto logra gestionar la escorrentía del percentil 98 dentro del lindero del proyecto y por la especificación de especies nativas y adaptadas, el proyecto tendrá un 100% de ahorro respecto a tener otro tipo de paisajismo y contar con un sistema de riego.

Sociales. La implementación de estrategias, tales como el aprovechamiento de agua lluvia, es uno de los eslabones del desarrollo urbano sostenible; cuyo fin último, es garantizar la permanencia de las ciudades sin agotar los recursos que proveen de servicios ecosistémicos a las poblaciones que las habitan. (CONSEJO COLOMBIANO DE CONSTRUCCIÓN SOSTENIBLE, 2025)

En tal sentido, los beneficios ambientales descritos previamente, redundan directa o indirectamente en la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos. A su vez mediante la promoción del cumplimiento de normativas y la obtención de certificaciones en sostenibilidad, se fortalece el valor y la competitividad de las edificaciones; lo cual, se manifiesta en la posibilidad de desarrollar un mercado de la construcción más informado y consciente, enfocado en la materialización de la vivienda sostenible y saludable.

Así mismo la generación de empleo en negocios relacionados con la gestión eficiente del recurso hídrico, dinamiza las cadenas de valor y amplia la oferta de servicios existentes en el mercado.

55 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-410 • 2025 • DICIEMBRE • 31 410 5.2.2. Materiales con Atributo Sostenible Antecedentes Los atributos de sostenibilidad en los materiales comprenden tanto propiedades inherentes, como también factores relacionados con los procesos de fabricación de los productos. Entre los atributos de sostenibilidad se encuentran: materiales provenientes de negocios verdes, de origen regional, que cuenten con sello ambiental colombiano, con bajo contenido de compuestos orgánicos volátiles (COV), que cuenten con análisis de ciclo de vida, declaraciones ambientales de producto, y/o gestión corporativa.

Para ilustrar el grado de avance de la industria de materiales con atributos sostenibles en Colombia, se consultaron fuentes secundarias, tanto de organizaciones referentes en construcción sostenible (ICONTEC, Consejo Colombiano de Construcción Sostenible), entidades gubernamentales (Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible) y la Academia, así como también de los mismos fabricantes de materiales, con los siguientes hallazgos:

 Más de 90 empresas de fabricantes de materiales de construcción tienen productos con atributos como Declaraciones Ambientales de Producto, Análisis de Ciclo de Vida, productos con bajos consumos de agua y energía, productos con bajos compuestos orgánicos volátiles entre otros.  El radio de pertinencia para validar la condición de material regional (500 km), permite que los proyectos en Bogotá especifiquen materiales cuyos procesos de fabricación se den en 30 ciudades principales.  Más de 170 empresas relacionadas a la industria de la madera hacen parte del pacto por la madera legal.  El Sello Ambiental Colombiano permite verificar 11 grupos de materiales ampliamente utilizados en la industria de la construcción, entre estos, ladrillos y bloques de arcilla, pinturas y materiales de recubrimiento, aparatos sanitarios, y prefabricados.

Actualmente, con la entrada en vigencia del Decreto Distrital 582 de 2023, a partir de junio de 2024, las edificaciones que se licencien bajo la modalidad de obra nueva deberán incluir, como parte de las Disposiciones Mínimas Obligatorias, materiales con atributos de sostenibilidad.

56 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-411 • 2025 • DICIEMBRE • 31 411 El marco normativo está definido por el Decreto Distrital 582 de 2023, por el cual se reglamentan las disposiciones de Ecourbanismo y Construcción Sostenible del Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá D.C., y se dictan otras disposiciones - Manual de Ecourbanismo y Construcción Sostenible, apartado de materiales; el Decreto 507 de 2023, por el cual se adopta el modelo y los lineamientos para la gestión integral de los Residuos de Construcción y Demolición - RCD en Bogotá D.C., y se dictan otras disposiciones; y la Resolución 01138 de 2013, por el cual se adopta el modelo y los lineamientos para la gestión integral de los Residuos de Construcción y Demolición - RCD en Bogotá D.C., y se dictan otras disposiciones.

Descripción de la medida Esta medida busca promover el uso de materiales con atributos sostenibles, incorporando en el presupuesto de obra, materiales de negocios verdes, de origen regional, que cuenten. con sello ambiental colombiano, que cuenten con características como bajo contenido de compuestos orgánicos volátiles (COV), análisis de ciclo de vida, declaraciones ambientales de producto, y/o gestión corporativa.

El Decreto Distrital 582 de 2023, estableció dentro de las Disposiciones Mínimas Obligatorias que el 20% del presupuesto de materiales (sin incluir mano de obra ni equipos), debe cumplir con uno o varios de los atributos sostenibles para los siguientes usos:

- Residencial (Unifamiliar- bifamiliar, Multifamiliar-Colectiva y Colectiva - Habitacionales con servicios) - Comercio y Servicios (Tipo 1, Tipo 2 y Tipo 3): Comercio y servicios básicos Servicios de hospedaje Servicios de oficinas - Dotacionales Salud con enfoque social y resolutivo mayor a 4000 m² Servicios del cuidado Educación primera infancia, preescolar, básica y media mayor a 4000 m² - Aplica Servicios del cuidado: Educación superior, educación para el trabajo, desarrollo y talento humano, y educación técnica, tecnológica, para la ciencia e innovación mayor a 4000 m² Los atributos de sostenibilidad a los que se hace referencia son los siguientes:

57 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-412 • 2025 • DICIEMBRE • 31 412 Tabla 7. Atributos sostenibles para materiales de construcción ATRIBUTO SOSTENIBLE DESCRIPCIÓN Materiales producidos por industrias avaladas como Negocios Verdes de acuerdo con el Plan de Negocios Verdes 2022-2023 Negocios Verdes del MADS.

Origen Regional Materias primas extraídas en un radio de 500 km tomando como centro el proyecto Sello Ambiental Productos o Materiales que cuenten con el Sello Ambiental Colombiano (SAC).NTC 6033,NTC 5720, NTC 5517, NTC 6100, Colombiano NTC 6038, NTC 6018, NTC 5871, NTC 6024, NTC 5757, NTC (SAC).

6093, NTC 6034 Las Pinturas para espacios interiores deberán cumplir con los Compuestos siguientes niveles de contenidos orgánicos volátiles: Pintura Mate: < 50 g/L | Pintura Brillante: < 100 g/L | Pintura Brillo Alto: < Orgánicos Volátiles (COV)

Materiales que cuenten con Análisis de Ciclo de Vida al menos 150 g/L. Análisis de Ciclo con alcance Cuna a Puerta de acuerdo con la ISO 14044. de Vida El fabricante del material cuenta con estándares sociales y Gestión corporativa ambientales tipo: Reporte GRI, B Corporation, Empresa BIC, ISO 14001, ISO 26000 o que sea signatario de acuerdos o iniciativas nacionales e internacionales tipo Pacto Global, Protocolo de manufactura Declaraciones Ambientales de Producto conforme a la norma ISO14025.

OCDE, Net Zero Carbon Building Commitment entre otros. Declaración Ambiental de producto (EPD siglas en ingles )

Nota: La participación de los aceros estructurales y concretos, en el porcentaje requerido del presupuesto, solo podrá ser efectiva si estos productos cuentan con Declaraciones Ambientales de Producto conforme a la norma ISO14025.

Fuente: Elaborado con base en Manual de Ecourbanismo y Construcción Sostenible de Bogotá, (SDP, 2023. Pag 44)

En ese sentido, se busca con la presente reglamentación, que los proyectos objeto del respectivo incentivo aporten un 20% adicional a la Disposición Mínima Obligatoria del Decreto 582 de 2023 (20% del presupuesto en materiales con atributos sostenibles). Por lo que se podrá acceder al incentivo si en total, el 40% del presupuesto destinado a materiales corresponde a aquellos que cuenten con atributos de sostenibilidad.

58 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-413 • 2025 • DICIEMBRE • 31 413 El uso industrial y el uso dotacional tipo 1, que no estaban incluidas en las disposiciones mínimas obligatorias establecidas en el Decreto 582 de 2023, estarán sujetos únicamente al cumplimiento del 20% del presupuesto destinado a materiales con atributos sostenibles, conforme a lo dispuesto en la presente reglamentación.

Ilustración 13. Esquema medida de materiales con atributo sostenible Fuente: Elaboración propia – Subdirección de Ecourbanismo y Construcción Sostenible - SDP Beneficios Ambientales El uso de materiales con atributos en sostenibilidad en la construcción contribuye a la acción climática mediante la reducción del carbono embebido o incorporado en estos materiales, al representar una menor energía consumida en su extracción procesamiento y transporte, principalmente para aquellos materiales fabricados de manera local o mediante cadenas de aprovechamiento de residuos.

59 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-414 • 2025 • DICIEMBRE • 31 414 En el marco del proyecto de Edificaciones Net Zero Carbono en Colombia, el estudio de línea base para Bogotá determinó que la actividad de la construcción representa una fracción significativa en los gases de efecto invernadero (GEI). Si bien, las emisiones totales asociadas a materiales se mantienen estables en el periodo analizado (2020 y 2025), pasando de 1,35 a 1,40 millones de toneladas de CO₂ equivalente (MtCO₂eq) (U. Andes y Hill, 2022), se configura como una oportunidad clave para la descarbonización del sector.

En Bogotá se aprovechan más de 3 millones de toneladas de residuos de construcción y demolición que debido al marco normativo y a la producción de nuevos materiales a nivel local, son incorporados nuevamente a la cadena de valor de la construcción en la ciudad. Este enfoque, reduce la presión sobre el suelo evitando la disposición final y sus costos asociados (SDA, 2020).

Económicos Las evaluaciones internacionales de mercado de los activos inmobiliarios indican que el uso de materiales sostenibles es un factor clave para obtener mejores calificaciones y atraer a inversionistas con criterios ASG (ambientales, sociales y de gobernanza), con énfasis en el aumento de la eficiencia energética y la reducción de las emisiones totales (GRESB, 2024). Adicionalmente, la circularidad y la eficiencia en el uso de materiales y procesos son las principales palancas para la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero en las cadenas de suministros, con menores costos promedio por tonelada de CO2 equivalente y mayores niveles de maduración empresarial (WEF, 2021).

En el panorama nacional, la percepción del sector constructor sobre los mayores cambios experimentados en torno a la sostenibilidad en los últimos 5 años identifica una mayor consideración de los criterios ASG, cambios en las prácticas de diseño y construcción y una mayor demanda de proyectos sostenibles, lo que sugiere una respuesta del mercado sobre la expectativa cambiante de los clientes y la regulación en estas temáticas. El 56% de los gremios de proveedores y fabricantes de materiales o equipos informan que han generado nuevos empleos por incorporar la sostenibilidad y el 53% indica que más de la mitad de sus materiales cuenta con atributos de sostenibilidad (CCCS, 2024).

Sociales 60 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-415 • 2025 • DICIEMBRE • 31 415 El uso de materiales de construcción provenientes de negocios verdes permite dinamizar este mercado y contribuir a la generación de empleos en la ciudad. Durante 2024, los Negocios Verdes avalados por la Secretaría Distrital de Ambiente se consolidaron como una fuente creciente de empleo sostenible en la ciudad. Se reportó la creación de 1.514 empleos, de los cuales 225 son inclusivos, promoviendo la inserción laboral de poblaciones vulnerables. Estos negocios no solo dinamizan la economía, sino que posicionan a Bogotá como referente en sostenibilidad urbana (SDA, 2024).

Por otra parte, el uso de materiales de bajo contenido de compuestos orgánicos volátiles (COV), como pinturas y adhesivos ecológicos, mejora significativamente la calidad del aire interior (Minambiente, 2021). En viviendas y espacios cerrados, donde los habitantes pasan más del 90% del tiempo en interiores, la reducción de COV es crucial para la salud pública (EPA, 2020), debido a que estos compuestos pueden afectar el sistema respiratorio y agravar enfermedades en poblaciones vulnerables (CCS, 2023).

5.2.3. Verde Urbano Antecedentes Acorde con lo establecido en el Plan de Ordenamiento Territorial, en el Artículo 129. “Reverdecimiento. Se entiende por reverdecimiento el proceso que busca incrementar en cantidad y diversidad las coberturas vegetales al interior de la ciudad, para obtener mayores beneficios y servicios de la biodiversidad y los ecosistemas” (Decreto 555, 2021.)

Adicionalmente, en la Reglamentación de Ecourbanismo y Construcción Sostenible (ECOS), adoptada mediante el Decreto 582 de 2023y en su respectivo Manual de Ecourbanismo y Construcción Sostenible (Secretaría Distrital de Planeación, 2023a) se determinan diferentes medidas obligatorias de reverdecimiento urbano:

Plena Tierra: Del requerimiento de Equipamiento Comunal Privado exigido por el POT destinado a zonas verdes, el proyecto debe implementar el 40% de estas en Plena Tierra, en la cual como mínimo un 50% de esta deberá tener una cobertura tipo arbórea, de requerirse algún tipo de endurecimiento este no podrá superar el 10% del área de Plena Tierra.

Del 100% del área libre del proyecto que se encuentre en plena tierra, como mínimo 61 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-416 • 2025 • DICIEMBRE • 31 416 se debe garantizar un 60% en zona verde natural, la cual deberá tener mínimo 50% de cobertura de tipo arbóreo, de requerirse algún tipo de endurecimiento, este no podrá superar el 10% de esta área y construirse con diseños que permitan la infiltración al suelo.

Zona verde en placa: Del 100% del área libre del proyecto que se encuentre sobre placa, como mínimo se debe garantizar un 30% en zona verde natural superficial.

Techos verdes: Garantizar que al menos el 30% del total del área útil de cubierta del proyecto sea una cubierta vegetativa de tipo semi intensivo.

Tabla 8. Medidas de Reverdecimiento obligatorias según usos del suelo MEDIDA DE REVERDECIMIENTO USO Plena Tierra Zona Verde en Placa Techos Verdes Residencial VIS y VIP Residencial NO VIS X Comercio y Servicios X Servicio de Hospedaje Dotacional Salud Dotacional Educación T2 (4.000 y hasta pi, pre, básica, media +4000m2 15.000 m2) T3 (+15.000 m2)

Dotacional Educación T2 (4.000 y hasta T2 (4.000 y hasta T2 (4.000 y hasta superior +4000m2 15.000 m2) T3 (+15.000 m2)

15.000 m2) T3 (+15.000 m2)

15.000 m2) T3 (+15.000 m2)

Fuente: Elaborado con base en Manual de Ecourbanismo y Construcción Sostenible de Bogotá, (SDP, 2023. Pag 17 a 21)

En este sentido, es claro cómo en la Reglamentación ECOS, siguiendo las determinaciones del POT, se establece la importancia de incrementar en el reverdecimiento urbano de Bogotá. Por lo que se considera necesario realizar acciones adicionales para que los proyectos que se desarrollen en la ciudad aumenten el alcance de dichas medidas.

Según datos del Observatorio Ambiental de Bogotá, publicados en su página web, hasta 2023 se contabilizan aproximadamente 36.841 metros cuadrados de techos verdes y jardines verticales reportados voluntariamente a la Secretaría Distrital de Ambiente por quienes han implementado estas prácticas (Observatorio Ambiental 62 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-417 • 2025 • DICIEMBRE • 31 417 de Bogotá - OAB, 2025). Equivalentes alrededor de 2,64 el tamaño de la Plaza de Bolívar de Bogotá.

De acuerdo con lo establecido en el Decreto Distrital 582 de 2023, las cubiertas verdes a implementar deben ser del tipo semi intensivo, caracterizadas por un peso promedio que oscila entre 150 kg/m² y 450 kg/m². Este tipo de sustrato puede estar compuesto por turba, fibra de coco, arcilla triturada o cocida, subproductos vegetales y material mineral, con un grosor que varía entre 15 y 50 cm. Además, permiten techos de tránsito ligero y se pueden combinar con zonas de ocio, lo que contribuye a preservar y restaurar los servicios ecosistémicos.

En cuanto a las zonas verdes en placa son de tipo extensivo que incorporen el sustrato para el desarrollo de cobertura vegetal de bajo porte que, como su nombre lo indica, se disponga sobre una estructura artificial denominada placa. Las áreas en plena tierra corresponden a las zonas verdes donde no existe ninguna construcción por debajo y como mínimo un 50% de estas áreas deberán tener una cobertura tipo arbórea.

En general, este tipo de medidas pueden implementarse de manera común, dado que las infraestructuras, tecnologías, coberturas o elementos que los constituyen se encuentran en el mercado y como parte de la oferta del sector de la construcción.

Dentro de los materiales principales para su construcción se observan el uso de capas de sustrato natural (tierra) con distintos espesores; con diferentes tipos de plantas (herbáceas, aromáticas, bulbosas, tapizantes y arbustivas de porte bajo y/o rastreras y cubre suelos) y, en algunos casos, el uso de lámina geotextil para la contención y permeabilidad del suelo. Todos estos materiales son ampliamente ofrecidos y distribuidos por múltiples empresas nacionales. Así mismo, al ser tenidas en cuenta dentro del diseño inicial de los proyectos, se entiende que son de fácil construcción y con baja incidencia de costo directo.

Marco Normativo  Acuerdo 418 de 2009 “Por el cual se promueve la implementación de tecnologías arquitectónicas sustentables, como techos o terrazas verdes, entre otras en el D.C. y se dictan otras disposiciones”  Resolución 6423 de 2011 de la Secretaría Distrital de Ambiente, Bogotá adoptó la Guía Técnica de Techos Verdes, como una herramienta para 63 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-418 • 2025 • DICIEMBRE • 31 418 establecer los requerimientos técnicos y prácticas recomendadas para la correcta aplicación de tecnologías de techos verdes en Bogotá D.C  Resolución 1570 de 2014 "Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 6423 de 2011” incluye los jardines verticales en la guía práctica de techos verdes para Bogotá, como un instrumento de unificación de criterios técnicos y prácticas recomendadas para la correcta aplicación de tecnologías de techos verdes en Bogotá D.C.  Decreto 088 de 2017 “Por medio del cual se establecen las normas para el ámbito de aplicación del Plan de Ordenamiento Zonal del Norte – “Ciudad Lagos de Torca” y se dictan otras disposiciones”, en su artículo 12. Construcción Sostenible. Establece un porcentaje mínimo del área de cubierta de las edificaciones en césped natural o vegetación de acuerdo con el uso, convirtiéndose en el único acto administrativo que reglamenta la obligación de incorporar un área mínima en los proyectos de infraestructura.  Acuerdo Distrital 761 de 2020 “Por medio del cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas del Distrito Capital 2020-2024 “UN NUEVO CONTRATO SOCIAL Y AMBIENTAL PARA LA BOGOTÁ DEL SIGLO XXI”, se incorporó como meta plan de desarrollo “Reverdecer 20.000 m2 en la ciudad a través del fortalecimiento de la infraestructura vegetada.

Descripción de la medida La medida se considera cumplida en proyectos de uso residencial predominante en las condiciones definidas en el decreto, donde se garantice un área correspondiente al treinta por ciento (30%) del área útil del lote en tratamiento de desarrollo y veinte por ciento (20%) en los tratamientos de consolidación o renovación.

En edificaciones en las cuales:

se incluyan las tipologías de vivienda VIP y VIS simultáneamente se cumpla la obligación de vivienda de interés prioritario VIP establecida en los artículos 293 y 322 del Decreto Distrital 555 de 2025 respectivamente, con área construida en sitio se duplique la obligación de área construida en vivienda de interés prioritario VIP en sitio Los porcentajes de verde urbano corresponderán al veinte por ciento (20%) del área útil del lote en tratamiento de desarrollo y diez por ciento (10%) del área útil del lote en tratamientos de consolidación y renovación urbana 64 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-419 • 2025 • DICIEMBRE • 31 419 El cumplimiento de la medida requiere la implementación de una o varias de las siguientes intervenciones:

- El techo verde es un sistema que permite mantener de manera sostenible un paisaje natural sobre la cubierta de una edificación mediante una adecuada integración entre: la edificación intervenida, la vegetación escogida, el medio de crecimiento diseñado, los factores climáticos y ambientales. Esta intervención se puede disponer total o parcialmente en las áreas de cubiertas y terrazas, incluyendo aquellas generadas por retrocesos y/o aislamientos, con una cobertura vegetativa de tipo semi-intensivo, para uso contemplativo o de recreación pasiva que corresponda a áreas libres y de uso comunal.

Ilustración 14. Esquema medida de techo verde Fuente: Elaboración propia – Subdirección de Ecourbanismo y Construcción Sostenible - SDP - Zona verde en placa corresponde a los sistemas multicapa que recubren tejidos, terrazas, cubiertas y áreas libres privadas que proporcionan a la ciudad beneficios como interceptar y retener aguas lluvias, reducir el volumen de escorrentía superficial, retener contaminantes y actuar como capa de aislamiento térmico en el edificio ayudando a compensar el efecto de isla de calor. Se deberá disponer total o parcialmente de una zona verde 65 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-420 • 2025 • DICIEMBRE • 31 420 natural superficial en el área libre en primer piso que se encuentre sobre placa.

Ilustración 15. Esquema medida de zona verde en placa Fuente: Elaboración propia – Subdirección de Ecourbanismo y Construcción Sostenible - SDP - Plena tierra se entiende como el espacio de carácter permanente que no impide artificialmente la permeabilidad del suelo, que permite el libre crecimiento de la cobertura vegetal y no presenta endurecimientos generados por el proyecto constructivo en superficie, ni en el subsuelo. Se deberá disponer total o parcialmente de una zona en plena tierra con cobertura de tipo arbórea, en el sesenta por ciento (60%) de esta área.

Ilustración 16. Esquema medida de plena tierra 66 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-421 • 2025 • DICIEMBRE • 31 421 Fuente: Elaboración propia – Subdirección de Ecourbanismo y Construcción Sostenible - SDP - Materiales permeables se entienden como las estructuras alternativas a las superficies asfálticas convencionales como pavimentos, gravillas o adoquín ecológicos cuya función principal es drenar hacia el subsuelo el agua de escorrentía superficial (SDP, MEP, 2023), por tal motivo, su ubicación se debe priorizar en primeros pisos.

Dentro del mismo Plan de Ordenamiento se prioriza el Reverdecimiento como una de las apuestas de ciudad: “(…) que busca incrementar en cantidad y diversidad las coberturas vegetales” (SDP, POT, Art 129, 2021). Por tal motivo, Plena Tierra es la medida que mayor puede aportar al cumplimiento de dicho objetivo y las superficies permeables en menor medida.

El cálculo del porcentaje de verde urbano se realizará con la sumatoria de las áreas de las intervenciones definidas en el presente artículo, utilizando la siguiente tabla de ponderación.

Intervención de verde urbano Factor de ponderación Techo verde 1.0 Incremento de Zona Verde en placa 1.0 67 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-422 • 2025 • DICIEMBRE • 31 422 Incremento de Plena Tierra 2.0 Materiales permeables 0.5 La presente medida aplica para proyectos de uso residencial predominante en tipologías VIP, VIS y/o No VIS. No aplica para el uso residencial VIP cuando se desarrolle en edificaciones exclusivamente para esta tipología de vivienda.

Beneficios La implementación de medidas ECOS como Techos verdes, Zona verde sobre placa y Plena tierra trae consigo beneficios en los siguientes aspectos:

Ambientales Los techos verdes y jardines verticales contribuyen a compensar, en parte, las áreas verdes perdidas con la construcción de las edificaciones, fortalecer la biodiversidad promoviendo hábitats para diferentes especies como aves y polinizadores cumpliendo una función de relación ecosistémica, reducir la temperatura ambiente de 1 a 5 °C, además de mejorar la calidad de vida de las personas (Secretaría Distrital de Ambiente. SDA, 2023).

De otro lado, está la mitigación del efecto isla de calor. En el caso del proyecto Contree Las Palmas, en Medellín en el que el efecto sombra de las especies arbóreas del paisajismo con su proyección de crecimiento a 10 años y las sombras arrojadas por los volúmenes arquitectónicos del proyecto en los espacios exteriores, logra una reducción del efecto isla de calor del 52% (Consejo Colombiano de Construcción Sostenible - CCCS. CASA Colombia, 2022).

Desde la experiencia que se ha tenido con el programa de reconocimiento Bogotá Construcción Sostenible de la SDA, con los proyectos que se han evaluado y apoyado en el programa, mediante la Edición N° 3 del Programa, se afirma que este tipo de medidas coadyuban en la mitigación de inundaciones por empozamientos de aguas lluvias y que, especialmente los techos verdes sirven para el manejo de la escorrentía superficial, ya que pueden retener entre 50 y 70% del agua lluvia. En el caso de la Alcaldía de Mártires Bogotá, reconocida por BCS, se evidencia un aprovechamiento de agua lluvia del 100% de la cubierta y el 77.82% es almacenado recirculación. (Secretaría Distrital de Ambiente. SDA, 2023)

Económicos 68 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-423 • 2025 • DICIEMBRE • 31 423 Uno de los principales beneficios económicos que se obtienen de este tipo de infraestructuras vegetadas es la disminución en los costos anuales de mantenimiento hasta en un 75%, incluso en climas extremos. Según estudios realizados a los techos verdes, se disminuye significativamente la necesidad e intensidad de mantenimiento, especialmente por los gastos operativos a largo plazo. (Diadem, 2025)

Si bien, la inversión de un techo verde puede ser alta inicialmente, se observa que este tipo de coberturas generan mayor impermeabilización a los materiales del tejado, protegiendo la edificación de influencias externas como el sol, la lluvia, el viento y las fluctuaciones de temperatura. Esto aumenta la vida útil de las cubiertas hasta en 60 años. Según algunos productores, su inversión se puede recuperar entre 8 a 21 años, volviéndolo altamente rentable. (Sempergreen, 2025)

Sociales En términos generales, el reverdecimiento urbano no sólo brinda a la ciudad nuevas coberturas vegetales, aumentando los metros cuadrados de zonas verdes, sino también mejora el paisaje urbano, volviendo la ciudad más habitable. Así mismo, aumentar el verde en las edificaciones sirve para mejorar su confort interior, debido a la regulación de la temperatura ambiente e interior y aportando al aislamiento del ruido exterior. (Secretaría Distrital de Ambiente. SDA, 2023). En el caso del Proyecto Ministerios Manzana 6, reconocido por el programa BCS en Bogotá, plantea acciones que promueven la biodiversidad en la zona con la recuperación las especies nativas, logrando una relación de árboles por área del predio de 1árb/65 m. (Secretaria Distrital de Ambiente. SDA, 2022).

Este tipo de infraestructuras, de manera complementaria, pueden orientarse hacia la agricultura urbana (total o parcialmente). Esto implica que el reverdecimiento urbano, representa una oportunidad para sus usuarios finales, al fomentar la producción y aprovisionamiento de algunos alimentos, garantizando una mayor estabilidad y sustentabilidad. Como referencia local en Bogotá, el proyecto City Huerta Cedro Poing cuenta con uno de los huertos urbanos implementado en techo verde más grande del Distrito, con 150 m2 de los cuales el 100% es aprovechado para la producción alimentaria (Secretaría Distrital de Ambiente. SDA, 2023)

69 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-424 • 2025 • DICIEMBRE • 31 424 5.2.4. Reducción del Efecto Isla de Calor Para inicios del 2024, en Bogotá, según el IDEAM, se alcanzó la temperatura más alta registrada a la fecha, 25.1°C, producto del fenómeno de El Niño, evento climático que se caracteriza por ocurrir cada 3 a 7 años, provocando altas temperaturas y temporada de sequía. Así mismo, es relevante considerar que en Bogotá en el año 2024, se presentó la temperatura media anual más alta de los últimos 14 años, siendo esta de 15.6 °C. (Secretaría Distrital de Ambiente, 2024)

Ilustración 17. Promedio de temperatura media anual de las estaciones de la red de monitoreo de calidad del aire de Bogotá – TEMP Fuente: Adaptado del Observatorio Ambiental, por Secretaría Distrital de Ambiente, 2024, https://oab.ambientebogota.gov.co/promedio-de-temperatura-media-anual-de-las-estaciones-de-la- red-de-monitoreo-de-calidad-del-aire-de-bogota/ Factores como el diseño y la estructura de la ciudad, la topografía, la morfología urbana, la densidad poblacional, la disponibilidad de espacios abiertos, así como las actividades de transporte e industria, desempeñan un papel fundamental en la intensidad del efecto de isla. de calor. Estos elementos influyen directamente en la absorción de la radiación solar y en el movimiento del aire a través del entorno urbano, determinando en gran medida las masas de aire fluyen a través del tejido urbano (SDA, 2019).

Es por esta razón que desde el diseño de la ciudad y sus estructuras edificatorias se deben plantear soluciones armónicas para mitigar los efectos de habitar el territorio. En la búsqueda de medidas que beneficien el ambiente, la biodiversidad, los servicios ecosistémicos, la conectividad de la naturaleza y el confort urbano, se evidencia el potencial que desde el ámbito del diseño y la construcción de las nuevas edificaciones en la ciudad se puede dar al manejo de las cubiertas, con la 70 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-425 • 2025 • DICIEMBRE • 31 425 implementación de la medida de verde urbano anteriormente descrita y con el uso de materiales que no generen sobre calentamiento urbano.

El mercado dispone de materiales que garantizan la alta reflectancia solar en pinturas y recubrimientos, algunos concretos, membranas, impermeabilizantes, tejas y baldosas, lo que garantiza la implementación de la medida.

En tal sentido, la medida propende por el desarrollo de proyectos nuevos que aporten al enfriamiento del ambiente y a no generar nuevas zonas con efecto Isla Calor en la ciudad, esto mediante el uso de materiales de alta reflectancia solar, es decir, con una alta capacidad de reflejar la radiación solar. La medida no solo aporta beneficios al entorno urbano, en conjunto con las medidas de transmitancia térmica en muros exteriores de fachada del Decreto Distrital 582 de 2023, debe contribuir al confort térmico en los diferentes niveles de las edificaciones.

En beneficio de lo anterior, los valores del índice de reflectancia solar (SRI) para garantizar el cumplimiento del objeto de la disposición ya son aplicados por los sistemas de certificación y corresponden a un SRI mayor a 32 para techos con pendiente pronunciada (pendiente > 9.5°) y SRI mayor a 64 para techos con pendiente baja (pendiente < 9.5°) y una reflectancia solar mayor a 0,33 en las zonas duras descubiertas del primer nivel.

Al respecto, conviene recordar que el índice de reflectancia solar se entiende como la capacidad que tienen un material de reflejar la luz solar, y la emitancia corresponde a la capacidad del material de liberar el calor absorbido, mientras que el índice de reflectancia solar corresponde a un valor que representa la capacidad del material expuesto al sol incorporando la reflectancia y la emitancia, para rechazar calor. (Consejo Colombiano de Construcción Sostenible CCCS, 2021).

Descripción de la medida El proyecto deberá garantizar que en las áreas de cubierta que no cuenten con cobertura vegetal, o elementos del sistema de generación de energía, se utilicen superficies de alta reflectancia solar, con un índice de reflectancia solar SRI mayor a 32 para techos con pendiente pronunciada (pendiente > 9.5°) y SRI mayor a 64 para techos con pendiente baja (pendiente ≤ 9.5°), evitando así el almacenamiento y aumento externo de la temperatura.

71 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-426 • 2025 • DICIEMBRE • 31 426 Las zonas duras descubiertas del primer nivel, que no tengan instaladas superficies en colores claros, podrán hacer uso de material con reflectancia solar mayor a 0,33.

Esta medida presenta las mismas condiciones de aplicabilidad para los usos residencial, dotacional e industrial objeto de los incentivos del decreto.

Ilustración 18. Esquema medida de reducción de isla de calor Fuente: Elaboración propia – Subdirección de Ecourbanismo y Construcción Sostenible - SDP Beneficios La implementación de materiales con alta reflectancia solar aporta beneficios de tipo ambientales sociales y económicos, pero para efectos de la medida contemplada nos concentramos en el beneficio del impacto ambiental y social que la medida brinda a la ciudad específicamente por el efecto isla de calor.

Ambiental La revista científica “Informes de Construcción” editada por el Instituto de Ciencias de la Construcción Eduardo Torroja del Consejo Superior de Investigaciones Científicas CSIC en España, 2015, contiene un artículo del Instituto de Ciencias Humanas Sociales y Ambientales, CCT Mendoza, CONICET Argentina, 72 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-427 • 2025 • DICIEMBRE • 31 427 Una investigación específica sobre la Reflectancia solar de las envolventes opacas de la ciudad y su efecto sobre las temperaturas urbanas en el cual se simularon 6 escenarios en la ciudad de Mendoza, Argentina concluye, entre otros, que la estrategia de incrementar la reflectancia solar en las envolventes registra un efecto térmico benéfico sobre los materiales horizontales (pavimentos y techos), siendo el color la variable que resulta más impactante en el comportamiento térmico superficial de un material, registrando diferencias de temperatura superficial de 20 a 40°C entre casos extremos. Otras variables relevantes que determinan la aptitud de un material, como la terminación y composición, pueden mejorar el desempeño térmico de un material entre 10 y 20°C (Alchapar, 2015, pág. 11).

Una de las principales conclusiones de este estudio resalta que, a escala urbana, la aplicación de esta estrategia de enfriamiento permitiría reducir hasta 3°C la temperatura del aire y 12°C la temperatura de las superficies en la ciudad. Los resultados obtenidos en este trabajo corroboran la información aportada por artículos científicos producidos previamente (Alchapar, 2015, pág. 11).

Si bien es cierto las características geográficas y atmosféricas de ambas ciudades difieren, el estudio presentado demuestra la correlación existente entre el uso de materiales de construcción en las edificaciones y la temperatura de su entorno, en tal sentido, el comportamiento de la temperatura media anual de los últimos seis años en la ciudad nos hace reflexionar acerca de la necesidad de incrementar el esfuerzo por evitar el aumento de temperatura en el área urbana.

Por otro lado, un estudio realizado por el Consejo Colombiano de Construcción Sostenible (CCCS) da cuenta del efecto de los materiales sobre el clima de las ciudades. Menciona como ejemplo, que las superficies negras a pleno sol generan un aumento de temperatura de 50 °C, mientras que una superficie blanca ocasiona un aumento de temperatura de 8,1 °C (Consejo Colombiano de Construcción Sostenible CCCS, 2021).

Social La medida contribuye al control de enfermedades originadas por golpes de calor, favorece las actividades al aire libre, reduce las afectaciones a la fauna y a los servicios ecosistémicos (Secretaría Distrital de Ambiente, 2023). Adicionalmente y considerando que a nivel mundial algunas ciudades podrían aumentar sus temperaturas hasta 4°C, es necesario tomar acción que contribuya a reducir los 73 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-428 • 2025 • DICIEMBRE • 31 428 desplazamientos, los daños a construcciones y a vidas humanas ocasionados por fenómenos climáticos extremos (UNDP, 2024).

5.2.5. Fuentes No Convencionales de Energía Renovable (FNCER).

La transición energética es una prioridad nacional y para Bogotá, en el marco del desarrollo sostenible y la mitigación del cambio climático. El aprovechamiento de la energía solar fotovoltaica se presenta como una alternativa clave en esta transición, y por ello se cuenta con un amplio marco normativo para su regulación e incentivos a las Fuentes No Convencionales de Energía Renovable (FNCER).

En concordancia con la reglamentación nacional, principalmente la Ley 1715 de 2014 y sus decretos reglamentarios, se establece que el cumplimiento de esta medida podrá realizarse mediante la implementación de cualquiera de los siguientes sistemas de generación de energía, o una combinación de ellos:

 Energía Solar: Incluyendo tanto sistemas fotovoltaicos (conversión de luz a electricidad) como sistemas solares térmicos (calentamiento de agua).  Energía Eólica: Aprovechamiento de la energía del viento, principalmente a través de aerogeneradores de pequeña escala adaptados al entorno urbano.  Energía Geotérmica: Utilización del calor del subsuelo para climatización o generación eléctrica.  Biomasa: Generación de energía a partir de la combustión o digestión de materia orgánica residual.  Pequeños Aprovechamientos Hidroeléctricos (PCH): Aplicable en proyectos que colinden o incluyan cuerpos de agua con potencial para microcentrales de bajo impacto.

El análisis técnico, las modelaciones de costos y los beneficios calculados se centraron específicamente en los sistemas solares fotovoltaicos. Esta decisión no es excluyente, sino que responde a las siguientes razones estratégicas, metodológicas y de mercado que los posicionan como la tecnología de mayor pertinencia para un análisis a escala de ciudad en el contexto actual de Bogotá:

1. Máxima Aplicabilidad y Versatilidad Urbana: De todas las FNCER, la energía solar fotovoltaica es la que presenta la mayor facilidad de integración en un entorno urbano denso y construido. A diferencia de la energía eólica (que requiere condiciones de viento específicas y espacios libres de obstrucciones), la geotérmica (con altos costos de perforación y

74 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-429 • 2025 • DICIEMBRE • 31 429 dependencia geológica) o la biomasa (que exige una logística compleja de recolección y suministro), los sistemas fotovoltaicos pueden ser instalados en una amplia variedad de superficies existentes, como cubiertas, fachadas y terrazas, sin requerir suelo adicional.
2. Escalabilidad y Modularidad Superior: La tecnología fotovoltaica es inherentemente modular. Permite dimensionar proyectos desde una escala residencial mínima (pocos paneles para cubrir los consumos comunes de un edificio) hasta grandes instalaciones comerciales o industriales. Esta flexibilidad la hace adaptable a la totalidad de las tipologías de edificación analizadas en Bogotá, desde la vivienda unifamiliar hasta los grandes servicios metropolitanos, permitiendo un análisis comparativo homogéneo.
3. Madurez del Mercado y Viabilidad Analítica: El mercado de la energía solar fotovoltaica en Bogotá es, con diferencia, el más desarrollado entre las FNCER. Existe una base consolidada de proveedores, instaladores y consultores, lo que garantiza la disponibilidad de datos robustos y actualizados sobre costos de inversión (CAPEX), costos de operación y mantenimiento (OPEX), y rendimientos energéticos. Esta madurez del mercado y la abundancia de datos son condiciones indispensables para realizar una modelación financiera rigurosa y masiva como la que soporta este documento. Analizar otras tecnologías con el mismo nivel de detalle sería inviable por la escasez de datos de mercado locales.

Los sistemas fotovoltaicos convierten la radiación solar en electricidad mediante celdas fotovoltaicas, integradas en paneles solares. Estas celdas son dispositivos electrónicos que utilizan el efecto fotoeléctrico para transformar la luz solar (fotones) en energía eléctrica (electrones), proporcionando una fuente sostenible y renovable.

Cada celda fotovoltaica se compone de dos capas semiconductoras con cargas opuestas: una negativa (N), con exceso de electrones por la modificación del silicio, y una positiva (P), con deficiencia de electrones; separadas por una junta neutra. La generación de energía ocurre cuando la luz solar incide sobre los semiconductores, transfiriendo energía a los electrones que, al liberarse, generan una corriente eléctrica continua (DC). Esta corriente se convierte luego a corriente alterna (AC) mediante un inversor para su uso doméstico y conexión a la red.

Diversos tipos de celdas solares existen, con características y aplicaciones específicas, entre ellas:

75 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-430 • 2025 • DICIEMBRE • 31 430  Silicio cristalino: Alta eficiencia y durabilidad, común en instalaciones residenciales y comerciales.  Silicio monocristalino: Mayor eficiencia y rendimiento por ser de un solo cristal de silicio, pero con mayor costo.  Silicio amorfo: Flexibilidad y bajo costo, pero menor eficiencia.

La potencia de un panel solar (vatios [W]) indica su capacidad máxima de generación eléctrica en condiciones óptimas y depende de su tamaño y eficiencia. Los rangos de potencia comunes son: estándar (250W - 400W), superiores (500W o más) e inferiores (150W).

El cálculo de la energía generada se realiza con la siguiente fórmula: Potencia (W) x Horas Solares Aprovechables Diarias = Energía Generada por Día (Wh), permitiendo estimar la producción en kWh.

El marco normativo que regula las FNCER e incentiva su adopción en Bogotá incluye la Ley 1715 de 2014 “Por medio de la cual se regula la integración de las energías renovables no convencionales al Sistema Energético Nacional”, el Decreto 3683 de 2003 “reglamenta el uso racional y eficiente de la energía, de tal manera que se tenga la mayor eficiencia energética para asegurar el abastecimiento energético pleno y oportuno, la competitividad del mercado energético colombiano, la protección al consumidor y la promoción de fuentes no convencionales de energía, dentro del marco del desarrollo sostenible y respetando la normatividad vigente sobre medio ambiente y los recursos naturales renovables”, la Resolución 30 de 2018, “Por la cual se regulan las actividades de autogeneración a pequeña escala y de generación distribuida en el Sistema Interconectado Nacional”, la NTC 2050 “Código Eléctrico Colombiano” en la sección 690 se dedica específicamente a "Sistemas Solares Fotovoltaicos"’, entre otros. Estos instrumentos, sumados a las políticas de incentivos distritales, buscan impulsar la transición energética y la diversificación de la matriz.

Medida Esta medida se centra en la integración estratégica de Fuentes no convencionales de Energía Renovable en edificaciones nuevas, buscando minimizar la dependencia de la red eléctrica convencional. La implementación se adaptará a las características específicas de cada sector (residencial, dotacional e industrial), asegurando la viabilidad técnica y económica de cada proyecto.

76 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-431 • 2025 • DICIEMBRE • 31 431 El objetivo de esta medida es incentivar que los proyectos trasciendan contribuyendo activamente a la sostenibilidad y seguridad energética de la ciudad. a) Dimensionamiento del Sistema: El dimensionamiento del Sistema de Energía Fotovoltaica se realizará mediante un análisis detallado del consumo energético de cada edificación, considerando:

 Patrones de consumo: Se estudiarán los históricos de consumo, las horas pico y los perfiles de demanda para cada uso.  Radiación solar disponible: Se analizarán los datos de radiación solar de la ubicación específica del proyecto para optimizar la captación de energía.  Proyecciones de demanda futura: Se considerará el crecimiento proyectado de la demanda energética para asegurar la capacidad del sistema a largo plazo. b) Requerimientos Energéticos Mínimos: La capacidad del sistema de generación por fuente no convencional de energía renovable se determinará para cubrir como mínimo la demanda energética para la iluminación de las áreas descritas a continuación dependiendo del uso.

 Proyectos de uso residencial predominante en tipologías VIP, VIS y/o No VIS, para las áreas comunes de la copropiedad. La presente medida no aplica para el uso residencial VIP cuando se desarrolle en edificaciones exclusivamente para esta tipología.

 Proyectos en área de actividad de grandes servicios metropolitanos, en tratamiento de Renovación Urbana o de Consolidación, que incluyan el uso residencial, y pretendan acceder a los incentivos determinados en el decreto; deberán adoptar la medida tanto en la edificación de uso residencial, como en la edificación de uso dotacional y/o industrial, de la siguiente manera: o b.1. Uso industrial: Incluir una fuente no convencional de energía renovable que atienda como mínimo la demanda energética para la iluminación de las áreas complementarias al uso. o b.2. Uso dotacional: Incluir una fuente no convencional de energía renovable que atienda como mínimo la demanda energética para la iluminación de las áreas de circulación de personas, vehículos y áreas de estacionamientos. c) Componentes del Sistema:

77 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-432 • 2025 • DICIEMBRE • 31 432 En el caso del Sistema de Energía Fotovoltaica, estará compuesto por los siguientes elementos principales:

 Inversor: Se instalará un inversor para convertir la corriente continua (DC) generada por los paneles en corriente alterna (AC) para su uso en la edificación.  Sistema de Monitoreo: Se implementará un sistema de monitoreo para registrar la producción de energía, el consumo y el rendimiento del sistema, permitiendo la optimización y el mantenimiento preventivo.  Estructuras de Soporte: Se utilizarán estructuras de soporte de alta calidad y resistencia para la instalación segura de los paneles en techos o fachadas.  Conexión a la Red: El sistema se conectará a la red eléctrica pública, permitiendo la inyección de excedentes de energía y la compensación por el autoconsumo.

Ilustración 19. Esquema medida de Fuentes no convencionales de Energía Renovable Fuente: Elaboración propia – Subdirección de Ecourbanismo y Construcción Sostenible - SDP Beneficios Ambientales 78 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-433 • 2025 • DICIEMBRE • 31 433 Los Sistema de Energía Fotovoltaica, al generar energía limpia a partir de la radiación solar, no emiten contaminantes atmosféricos ni gases de efecto invernadero (GEI) durante su operación. Esto contribuye significativamente a la mitigación del cambio climático y a la mejora de la calidad del aire, reduciendo la presencia de material particulado y CO2. Un sistema residencial puede disminuir entre 1 y 3 toneladas de CO2 equivalente al año (RAAE, 2025), mientras que a nivel ciudad, como lo demuestra el proyecto del Edificio Manuel Ancízar de la UNAL (180 kW, equivalente al consumo de 97 hogares), el impacto puede ser la reducción de 110 toneladas de CO2 anuales (UNAL, 2025).

A diferencia de otras fuentes de energía, los SEF no requieren grandes extensiones de tierra ni afectan fuentes de agua, minimizando su impacto en los ecosistemas. Su instalación en techos y estructuras existentes reduce la presión sobre los recursos naturales.

Económicos La autogeneración de energía reduce significativamente el consumo de la red eléctrica convencional, lo que se traduce en un ahorro considerable en la facturación del servicio, a lo largo de los 30 años de vida útil de los sistemas. (Ver Tabla 1 para detalles por sector). El ahorro acumulado supera con creces la inversión inicial, demostrando un retorno atractivo.

El retorno de la inversión ROI, aunque varía según factores como financiación, incentivos y costo de la electricidad, se proyecta atractivo para los diferentes sectores. El Valor Actual Neto (VAN) positivo, el Periodo de Recuperación de la Inversión (PRI) relativamente corto (4.5 a 9.5 años) y la Tasa Interna de Retorno (TIR) superior a la tasa de descuento, confirman la viabilidad y rentabilidad de la inversión a largo plazo.

La generación de energía propia reduce la dependencia de las fluctuaciones en las tarifas eléctricas, brindando mayor estabilidad financiera a los usuarios, especialmente a hogares de estratos socioeconómicos bajos.

Tabla 9. Beneficios calculados por la implementación de sistemas fotovoltaicos Variable Residencial Zonas comunes Comercial Industrial PH 79 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-434 • 2025 • DICIEMBRE • 31 434 Consumo promedio de energía (KWh)[1] 144 1752 581 1115 43.234.560 540.000.00 0 174.439.44 0 334.767.60 0 Valor estimado de facturación del servicio de energía eléctrica** (valores en COP) Valor mensual[2] 120.096 1.500.000 484.554 929.910 Valor anual 1.441.152 18.000.000 5.814.648 11.158.920 Valor a 30 años (vida útil sistemas fotovoltaicos)

Número de paneles necesarios 4 40 14 42 11.848.500 74.546.757 27.794.000 60.947.000 Área necesaria (m2) 10 100 35 105 Valor estimado de inversión del sistema fotovoltaico (Millones COP)

Ahorro en facturación anual (Millones COP) 4 a 6 18 a19 50 a 80 400 a 600 Retorno de la inversión (años) 3 a 6 4 a 5 3 a 5 3 a 4 Periodo de retorno (años) 9 a 10 4 a 5 4 a 5 4 a 5 7,32 73,2 25,62 76,86 Reducción de la emisión anual de CO2 (Ton CO2)

Fuente: ((Codensa, 2025); (OSI, 2025); (Emergente, 2025); (UNAL, 2025)).

[1] Consumos reportados por la Secretaría Distrital de Hábitat para el seguimiento del Decreto 582 de 2023. [2] Valor promedio correspondiente al tarifario ENEL 2025.

Sociales Los Sistema de Energía Fotovoltaica empoderan a los usuarios, otorgándoles mayor control sobre su suministro energético y reduciendo su vulnerabilidad ante las fluctuaciones de precios y posibles racionamientos.

La industria solar fotovoltaica impulsa la creación de empleos en manufactura, instalación, mantenimiento y desarrollo. La UPME estima 13 empleos por MW instalado y 0.7 empleos por MW en operación (UPME, 2025).

6. Diagnóstico Tratamientos Urbanísticos

80 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-435 • 2025 • DICIEMBRE • 31 435 En el contexto actual, marcado por una desaceleración en el licenciamiento, la disminución en los lanzamientos y el inicio de proyectos de vivienda, así como por un notable incremento en los costos de construcción y el déficit de vivienda, se hace necesario revisar la aplicación de las disposiciones establecidas en el Decreto Distrital 555 de 2021. Este análisis busca identificar los principales retos al desarrollar proyectos, con el fin de proponer ajustes o estrategias complementarias que permitan facilitar su implementación y, al mismo tiempo, fomentar una ciudad más sostenible, resiliente y equitativa.

Los tratamientos urbanísticos definidos en el artículo 255. “Definición y objetivos de los tratamientos urbanísticos” del POT son: desarrollo, renovación urbana, conservación, consolidación y mejoramiento integral. Entre éstos, los tratamientos de desarrollo, renovación urbana y consolidación son los que generan mayor cantidad de unidades de vivienda, de espacio público y de infraestructura urbana, por lo tanto, el análisis se centró en estos tres tratamientos.

Este análisis se enfoca en el uso residencial, ya que uno de los objetivos es fomentar la generación de vivienda, sin embargo, en el área de actividad de grandes servicios metropolitanos, en los tratamientos de renovación urbana y consolidación, el uso residencial, se permite en proyectos que destinen cierta área construida al uso dotacional y/o industrial. Se estudiaron casos en esta área de actividad involucrando el uso residencial y el industrial y/o dotacional para generar medidas de ecourbanismo y un incentivo específico para este tipo de proyectos.

Se estableció una metodología para el diagnóstico que parte de un análisis geográfico en el que se identificó el suelo que ocupa cada tratamiento, su área y ubicación física, así como ciertos filtros para determinar los predios en los que es viable desarrollar proyectos inmobiliarios, así como las áreas tipo, y condiciones presentes en cada uno, como reservas viales o ambientales, altura de las edificaciones existentes, potencial de desarrollo, uso actual. A partir de esta información, se clasificaron los datos, definiendo casos típicos para cada tratamiento, para finalmente generar un modelo masivo y aplicar la norma vigente según el tratamiento y el caso específico.

Los resultados de las modelaciones masivas permitieron sacar conclusiones sobre los retos de aplicación normativa que se presentan en cada uno de los tratamientos.

A continuación, se describe el proceso paso a paso, y las conclusiones obtenidas.

81 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-436 • 2025 • DICIEMBRE • 31 436 6.1. Análisis Geográfico Multicriterio La metodología aplicada para la identificación de lotes con potencial de desarrollo en el área urbana y de expansión de la ciudad de Bogotá D.C., esto, con el fin de realizar modelaciones, para analizar la norma urbana definida en el Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá a través del Decreto 555 de 2021, su comportamiento desde su implementación y las oportunidades frente al comportamiento del mercado inmobiliario. Para llevar a cabo este ejercicio de modelación se utilizaron herramientas de geoprocesamiento y técnicas de selección espacial en ArcGis, lo que permitió identificar y clasificar los predios de acuerdo con las condiciones establecidas en el POT.

Bajo este análisis, se pretende generar insumos que ayuden a planificar la ciudad, entendiendo los posibles escenarios de desarrollo del uso del suelo que permitan tomar decisiones orientadas al crecimiento sostenible, a la mejora en la eficiencia del uso del suelo disponible, y a los incentivos necesarios para que la norma sea aplicada.

Alcance:

- Diseñar una metodología que permita la generación de insumos estadísticos y espaciales para el análisis de norma de desarrollo urbano. - Generar insumos técnicos que permitan tomar decisiones a partir del análisis de norma urbana en suelo disponible, lo que permitirá la identificación de áreas con las condiciones adecuadas para el desarrollo de nuevas viviendas, equipamientos e infraestructura de soporte. - Identificar las condiciones del territorio que sirvan de soporte en la toma de decisiones de ordenamiento teniendo en cuenta los diferentes escenarios de aplicación de la norma.

La identificación de suelo disponible en la ciudad para la modelación de norma urbana parte de la aplicación de un análisis geoespacial multicriterio, cuyo objetivo es evaluar y ponderar múltiples criterios espaciales para identificar zonas que cumplen una serie de requisitos urbanos específicos. Para ello, se tuvieron en cuenta diferentes factores como uso del suelo, restricciones ambientales, de espacio público, de valor patrimonial, entre otros; estos factores son identificados sobre la capa base de lotes y posteriormente son clasificados con 1 (verdadero) o 0 (falso), los cuales actúan como indicadores de cumplimiento.

82 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-437 • 2025 • DICIEMBRE • 31 437 Este ejercicio de análisis se ha estructurado en un Sistema de Información Geográfica sobre el cual se puede relacionar la información alfanumérica y espacial, además, tiene la ventaja de facilitar una evaluación detallada y precisa de las características espaciales y normativas de cada predio. Para este ejercicio, se busca identificar los patrones de desarrollo potencial en suelo urbano y de expansión para los tratamientos de renovación urbana, consolidación y desarrollo delimitados por el POT en el Decreto 555 de 2021.

El análisis geoespacial multicriterio se basa en el uso de información vectorial de diferentes geometrías (punto, línea o polígono), los insumos para el análisis se muestran en la siguiente tabla:

Tabla 10. Datos y fuentes para el análisis geoespacial multicriterio Elemento Fuente Año Clasificación del suelo Datos abiertos Bogotá 2024 Parque Datos abiertos Bogotá 2024 Manzanas catastrales Datos abiertos Bogotá 2024 Estructura Ecológica Principal Datos abiertos Bogotá 2024 Bienes de Interés Cultural Datos abiertos Bogotá 2024 Sectores de Interés Urbanístico Datos abiertos Bogotá 2024 Planes Parciales Formulados o Adoptados Datos abiertos Bogotá 2024 Equipamientos Datos abiertos Bogotá 2024 Estrato Datos abiertos Bogotá 2024 Construcciones Datos abiertos Bogotá 2024 Vías Datos abiertos Bogotá 2024 Tratamientos del suelo Datos abiertos Bogotá 2024 Reservas Datos abiertos Bogotá 2024 Fuente: Elaboración propia – LAB Laboratorio de Ciudad – SDP Criterios A partir de la selección de lotes urbanos y en suelo de expansión, se filtró la información para que quedaran únicamente los lotes en los cuales es posible aplicar la norma urbana. Los criterios establecidos se agruparon por niveles de la siguiente manera:

83 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-438 • 2025 • DICIEMBRE • 31 438 Tabla 11. Filtros identificación de predios para aplicación de norma ELEMENTO ATRIBUTO Variable Booleana Nvl Clasificación del Suelo SueloUrbEx 1 - Está en Suelo Urbano o de Expansión Nvl0: [SueloUrbEx] Parque - (capa POT) No_Parque 1 - Lotes que no están en un parque Manzanas Catastrales Manzana 1 - Están en manzanas catastrales Reservas No_Reserva 1- No está 100% dentro de suelo de reserva Nvl1: [Nvl0] * [No_Parque] * [Manzana] * [No_húmeda] * [No_Reserva] * [No_EEP] EEP No_EEP No_húmeda 1 - No está 100% dentro de suelo de EEP 1 - No está 100% dentro de un humedal No_BIC 1 - No es un BIC Bienes de Interés Cultural No_SIU 1 - No está al interior de un SIU Sectores de Interés Urbanístico Nvl2: [Nvl1] * [No_BIC] * [No_SIU] * [No_PP190] * [No_Eq_Estr] No_PP190 1 - Está por fuera de Plan Parcial con Decreto 190/04 Planes Parciales Formulados o Adoptados excluyendo los de 190 Equipamiento s - Escala 190 No_Eq_Estr 1 - No es equipamiento de escala metropolitana, ni urbana C: Por debajo de 0.5 se queda RU: Por debajo de 1 se queda Nvl3:[Nvl2] * [AltFunc] Índice de área construida Vs potencial IndAlt Consolidació n: Pisos/Altura Máxima RU: Frente a MVA: Pisos/7 RU: Frente a MVI: Pisos/6 84 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-439 • 2025 • DICIEMBRE • 31 439 RU: Frente MVL: Pisos/4 Nvl4: [Nvl3] - Áreas no representativa s Alt_Func 1 - Tiene potencial para ser redesarrollado Agrupación de tamaños de áreas representativas del total de la muestra de los lotes por tratamiento a través de quiebres naturales. Se excluyeron hasta un 5% de lotes por tratamiento que tienen áreas de lote no representativas en el universo total de lotes. (No en cantidad de Ha sino en tamaño)

Fuente: Elaboración propia – LAB Laboratorio de Ciudad – SDP Según la tabla anterior, a cada elemento se le asigna un atributo para la asignación de valores 1 (verdadero) o 0 (falso) de acuerdo con la técnica de selección espacial en ArcGis, de esta manera, una vez cruzada la información y asignados los valores, se emplea la multiplicación de variables booleanas, lo que permite filtrar de acuerdo con los criterios y obtener como resultado solo aquellos predios que cumplen con las condiciones necesarias para su desarrollo.

Los resultados de la identificación se pueden consultar con mayor detalle en el anexo denominado “Anexo Modelaciones”.

Conclusiones de los resultados - A través del análisis realizado se precisa y se da una reducción gradual de predios para optimizar el desarrollo urbano. Con cada uno de los niveles aplicados, se reduce progresivamente el número de lotes, desde una muestra inicial muy amplia (nivel 0) hasta una selección más precisa de predios que cumplen con criterios específicos de desarrollo urbano. Como resultado, si bien los 4.144 lotes en tratamiento de desarrollo representan un 43% del total de los lotes del nivel 0, estos no llegan a representar ni el 1% del total de los lotes de la ciudad.

Ilustración 20. Plano de Bogotá D.C. con la distribución de suelo para los tratamientos de desarrollo, renovación urbana y consolidación filtro nivel 0 85 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-440 • 2025 • DICIEMBRE • 31 440 Fuente: Elaboración propia – LAB Laboratorio de Ciudad – SDP Ilustración 21. Gráficos de distribución de suelo para los tratamientos de desarrollo, renovación urbana y consolidación, en área y número de lotes filtro nivel 0 86 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-441 • 2025 • DICIEMBRE • 31 441 Fuente: Elaboración propia – LAB Laboratorio de Ciudad – SDP - De los tratamientos del suelo analizado (renovación urbana, consolidación y desarrollo) la mayor disponibilidad de lotes con potencial para el desarrollo urbano está en el tratamiento de consolidación, pues este representa el 64% de los lotes resultado del nivel 4; le siguen el tratamiento de renovación con el 35% de los lotes y el tratamiento de desarrollo con el 1%. Lo anterior, permite entender que hay mayor potencial edificatorio en áreas ya urbanizadas.

Ilustración 22. Planos y gráficos de distribución de suelo para los tratamientos de desarrollo, renovación urbana y consolidación, en área y número de lotes filtro nivel 4 87 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-442 • 2025 • DICIEMBRE • 31 442 Fuente: Elaboración propia – LAB Laboratorio de Ciudad – SDP - De acuerdo con la localización de los lotes con potencial de desarrollo, la distribución espacial de la información se caracteriza por: o Tratamiento de renovación urbana: la identificación de lotes con potencial para renovación urbana se distribuye a través de los principales ejes viales de la ciudad, se pueden identificar, entre otros, el corredor del borde oriental de la Av. Caracas, la Autopista Norte y la Zona Industrial.

Ilustración 23. Plano tratamiento de renovación urbana filtro nivel 4 con clasificación por área de lote Fuente: Elaboración propia – LAB Laboratorio de Ciudad – SDP o Tratamiento de consolidación: La consolidación urbana en Bogotá no tiene una concentración específica, no obstante, es posible afirmar que tienen mayor presencia en las zonas centrales a norte y sur de la ciudad, con menor presencia en zonas periféricas.

Ilustración 24. Plano tratamiento de consolidación filtro nivel 4 con clasificación por área de lote 88 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-443 • 2025 • DICIEMBRE • 31 443 Fuente: Elaboración propia – LAB Laboratorio de Ciudad – SDP o Tratamiento de desarrollo: La posibilidad de desarrollo de la ciudad no tiene una concentración específica; existen diferentes zonas de la ciudad con lotes entre 1.000 y 12.000 metros cuadrados para desarrollar.

Ilustración 25. Plano tratamiento de desarrollo filtro nivel 4 con clasificación por área de lote 89 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-444 • 2025 • DICIEMBRE • 31 444 Fuente: Elaboración propia – LAB Laboratorio de Ciudad – SDP - Resulta fundamental hacer énfasis en la necesidad de normalizar la muestra de lotes del nivel 4 a través del tamaño de los lotes; de esta manera se obtiene una representación más precisa y homogénea de las condiciones de cada grupo de tratamiento de suelo. De acuerdo con esto, las oportunidades de desarrollo se centran en 368.562 lotes, que representan el 41% de los lotes que hacen parte del área urbana y de expansión, que además representan el 26% del suelo urbano y de expansión. - De acuerdo con la disponibilidad del suelo resultado del análisis, las estrategias de planificación urbana para el crecimiento de la ciudad pueden orientarse principalmente en el tratamiento de consolidación, buscando densificar áreas ya urbanizadas, seguido de la renovación urbana para recuperar espacio público y mejorar la habitabilidad y, finalmente, el desarrollo de áreas libres que permitan atender nuevas demandas habitacionales y asegurar una estructura urbana equilibrada.

6.2. Modelaciones Normativas – metodología y análisis 90 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-445 • 2025 • DICIEMBRE • 31 445 Metodología Los datos obtenidos en el análisis geográfico multicriterio permitieron establecer los casos a analizar por tratamiento. Estos casos recogen áreas tipo, localización dentro de la manzana: esquinero, medianero; proporción de la manzana: media manzana, manzana completa, frente de manzana; presencia de reservas ambientales o viales, así como exigencia de controles ambientales; rangos de edificabilidad por ubicación. Como resultado se generaron 935 escenarios distribuidos por tratamiento de la siguiente forma:

- Desarrollo: 600 escenarios - Renovación Urbana: 240 escenarios - Consolidación: 95 escenarios Tabla 12. Condiciones de los escenarios elegidos Tratamiento de Desarrollo Tratamiento de Renovación Tratamiento de Consolidación Escenarios con áreas tipo de 74m2 Rango 1, 2 y 3 con Plan Parcial y en Licenciamiento Directo Escenarios con áreas tipo de 700m2 y Escenario de 1400m2 Escenarios con áreas tipo de 2100m2 Escenarios con áreas tipo de 172m2 Rango 4A con Plan Parcial y en Licenciamiento Directo (Pendiente por verificar)

Escenarios con áreas tipo de 6000m2 Escenarios con áreas tipo de 359m2 Rango 4B con Plan Parcial y en Licenciamiento Directo (Pendiente por verificar)

Rango 4C con Plan Parcial y en Licenciamiento Directo Escenario proyectos de Manzana Completa Escenario lotes de gran extensión Rango 4D con Plan Parcial y en Licenciamiento Directo Fuente: Elaboración propia – Equipo Subdirección de Desarrollo y Renovación Urbana – SDP Tabla 13. Tabla de determinantes geográficas Tratamiento de Tratamiento de Determinante Tratamiento de Desarrollo Renovación Consolidación Tipos de proyecto y área de predio o englobes de predios X X X Reserva vial, reserva ambiental y control ambiental X X X Espacio público X X X Fuente: Elaboración propia – Equipo Subdirección de Desarrollo y Renovación Urbana – SDP 91 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-446 • 2025 • DICIEMBRE • 31 446 El siguiente paso consistió en la modelación normativa masiva, realizada en Excel, sobre los casos previamente definidos. Este ejercicio incluyó la aplicación de todas las condiciones establecidas por la norma para cada tratamiento urbanístico, tales como: índice máximo de construcción, altura permitida, índice de ocupación, porcentajes de cesión de espacio público (en sitio y en dinero), provisión de equipamiento público, desarrollo de vías locales, obligación de área destinada a VIS y/o VIP, obligaciones urbanísticas relacionadas con redes locales e infraestructura del sistema pluvial, acueducto y alcantarillado, equipamiento comunal privado, requisitos de estacionamientos y criterios de mezcla de usos.

Tabla 14. Tabla de variables normativas aplicadas Variable Tratamiento de Desarrollo Tratamiento de Renovación Tratamiento de Consolidación Obligación del Anexo 5 o Decreto Distrital 603 de 2022 X X X X X X Equipamiento Comunal Privado X X X Estacionamientos X X X Obligación VIS- VIP y de otros usos – Difiere entre el tratamiento de Desarrollo y los tratamientos de Renovación y consolidación X X X Variables de pago compensatorio en dinero – Difiere entre el tratamiento de Desarrollo y los tratamientos de Renovación y consolidación Fuente: Elaboración propia – Equipo Subdirección de Desarrollo y Renovación Urbana – SDP En el proceso de aplicación de norma y tras realizar los ejercicios numéricos para cada caso, se identificaron diversos retos normativos asociados a cada tratamiento. Estos obstáculos se analizaron con base en los resultados obtenidos, destacando que algunos escenarios, aunque viables en términos cuantitativos, no lo son en términos prácticos. Esto ocurre, por ejemplo, cuando las alturas permitidas generan sobrecostos significativos en la construcción, o cuando la zonificación y distribución de usos afectan negativamente la funcionalidad y viabilidad del proyecto.

Los supuestos utilizados en el desarrollo de la modelación en cuanto a la distribución de productos inmobiliarios y el área construida por unidad se construyeron en función de los estratos:

- 1 – 2: obligación VIP y VIS en sitio + área adicional VIS – área VIS/VIP: unidades de 42 m2 92 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-447 • 2025 • DICIEMBRE • 31 447 - 3 – 4: obligación VIP y VIS en sitio + área adicional 50% VIS y 50% No VIS
- área VIS/VIP: 42 m2 – área no VIS: unidades de 55 m2 - 5 – 6: obligación VIP y VIS en sitio + área adicional No VIS – área no VIS: unidades de 55 m2 6.2.1. Análisis Normativo Una vez identificado el ámbito de aplicación y los casos para cada tratamiento, verificadas las condiciones normativas establecidas para los tratamientos urbanísticos de Desarrollo, Renovación Urbana y Consolidación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Distrital 555 de 2021 y sus decretos reglamentarios, y realizadas las modelaciones masivas, se procedió al análisis técnico integral de los resultados, con el fin de evaluar los retos normativos que se presentan en el planteamiento de proyectos en cada uno de los tratamientos. Las conclusiones del análisis se presentan a continuación.

Tratamiento de Desarrollo Los retos normativos evidenciados para el tratamiento de desarrollo son los siguientes:

- El porcentaje de cargas locales en sitio como espacio público para parques, plazas y plazoletas, las vías locales, y el equipamiento público supera el 50% del área del predio. Esto sucede en proyectos con ICe igual o superior a 1,26. La mayor participación en este porcentaje la tiene la carga de espacio público asociado a parques, plazas y plazoletas. - El 44% de los planes parciales predelimitados cuenta con reservas ambientales cuya área se encuentra entre el 21% y el 40% del área total del predio. El 9% de los planes parciales predelimitados cuenta con reservas ambientales cuya área supera el 40% del total del predio. Se permite el traslado de un porcentaje de la cesión de espacio público asociado a parques, plazas y plazoletas a las áreas de reserva ambiental. En el 26% de los casos estudiados el área de la reserva duplica el área susceptible de traslado. No se contabilizaron los casos de predios en tratamientos de desarrollo que se ejecutan a través de licencia de urbanización con reservas ambientales, ya que no se cuenta con una delimitación específica de los posibles proyectos, sin embargo en el análisis fue posible observar que la misma condición está presente en estos casos.

93 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-448 • 2025 • DICIEMBRE • 31 448 - Los puntos anteriores, evidencian que la ecuación se encuentra desbalanceada, ya que la suma del área de afectaciones viales y/o ambientales más el área de las cargas supera el área útil, generando restricciones adicionales en el desarrollo de los proyectos. - Los ejercicios arrojan que en planes parciales en rangos 1, 2 y 3, para desarrollar índices de construcción superiores a 2,25 se requieren edificaciones con alturas de más de 40 pisos. - Se encontraron dificultades para resolver la ubicación y distribución de las áreas construidas exigidas en usos diferentes al residencial, ya que superan el área de la huella de las edificaciones, y se genera mayor ocupación en primer piso.

Tratamiento de Renovación Urbana Los retos normativos evidenciados para el tratamiento de desarrollo son los siguientes:

- El porcentaje del área para cargas en sitio y las condiciones en cuanto a la geometría de las áreas de cesión en proyectos de manzana completa dificultan la resolución de las cabidas y el cumplimiento de todas las disposiciones - El porcentaje exigido de áreas en usos diferentes al residencial supera el área en primer piso, generando dificultades para la distribución eficiente y funcional de dichas áreas.

Tratamiento de Consolidación Los retos normativos evidenciados para el tratamiento de desarrollo son los siguientes:

- El área exigida en VIS y/o VIP para proyectos con ICe mayor a 3 en edificaciones de la escala del tratamiento de consolidación cumpliendo con la totalidad de las disposiciones genera dificultades para resolver los proyectos. - El porcentaje exigido de áreas en usos diferentes al residencial supera el área en primer piso, generando dificultades para la distribución eficiente y funcional de dichas áreas.

6.2.2. Retos Financieros 94 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-449 • 2025 • DICIEMBRE • 31 449 Posterior a la evaluación normativa y con base en los resultados obtenidos, se desarrolló una modelación financiera masiva a partir del método de valor residual del suelo. Para ello, se estructuró una matriz de costos por tipología de proyecto, de producto inmobiliario, y del estrato, incluyendo variables como costos de construcción, precios de venta por metro cuadrado, cargas y beneficios urbanísticos, así como las obligaciones en dinero derivadas de las cargas definidas en el POT. Los indicadores y supuestos financieros fueron obtenidos a partir de fuentes como el Catastro Distrital, la Secretaría Distrital de Planeación, estudios de mercado inmobiliario y experiencias de análisis económico de instrumentos de planeación normativa en la ciudad.

El ejercicio financiero permitió identificar diferencias significativas en la viabilidad económica de proyectos entre los distintos tratamientos urbanísticos, destacando retos específicos en cada tratamiento que pueden afectar la sostenibilidad financiera de los proyectos y limitar la implementación de medidas asociadas al ecourbanismo. Así mismo, el análisis evidenció oportunidades para incorporar incentivos urbanísticos diferenciales que mejoren la viabilidad de los proyectos que adopten estándares superiores en materia ambiental, eficiencia energética, infraestructura verde, en línea con los objetivos estratégicos del POT.

Tratamiento de Desarrollo Los retos financieros identificados para el tratamiento de Desarrollo son los siguientes:

- Los usos diferentes al residencial tienen un comportamiento diferente en el mercado, los valores de venta son mayores y los ritmos de venta también, por lo tanto, aunque pueden mostrar un resultado positivo en el total del valor de las ventas, los tiempos de colocación dilatan el cierre de los proyectos generando resultados generales negativos. - En el análisis normativo se evidenció que para ciertos casos la altura de las edificaciones supera los 40 pisos, los costos directos asociados a la construcción de edificaciones en altura – como las condiciones estructurales, los sistemas de transporte vertical, y mayores tiempos de obra – no se compensan con los precios de venta de en ciertas zonas.

Se asumió como criterio de viabilidad financiera que el valor residual obtenido supera el el valor de referencia. El 73% de los casos estudiados no son viables.

95 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-450 • 2025 • DICIEMBRE • 31 450 Tratamiento de Renovación Urbana Los retos financieros identificados para el tratamiento de Renovación Urbana son los siguientes:

- El impacto de las cargas en dinero en la estructura de costos y en el flujo de caja de los proyectos es mayor de lo esperado. - Como se mencionó en el caso del tratamiento de Desarrollo, el comportamiento de las ventas de las áreas en usos diferentes al residencial, aunque pueden mostrar un resultado positivo en el total del valor de las ventas, los tiempos de colocación dilatan el cierre de los proyectos generando resultados generales negativos.

El criterio de viabilidad financiera es el mismos que el establecido para el tratamiento de Desarrollo, y el 33% de los casos estudiados no son viables.

Tratamiento de Consolidación Los retos financieros identificados para el tratamiento de Consolidación son los siguientes:

- En proyectos de pequeña envergadura como los que se plantean en el tratamiento de Consolidación, en los casos en los que se exige la construcción de unidades VIS y/o VIP, los costos de construcción no se compensan con el valor de venta de estas unidades que tienen un tope definido. - Nuevamente, el comportamiento de las ventas de las áreas en usos diferentes al residencial, impacta los resultados generales de forma negativa.

Con el mismo criterio de viabilidad financiera, el 25% de los casos estudiados no son viables.

6.3. Viabilidad de proyectos Una vez concluidos los ejercicios de modelación normativa y financiera, se definieron criterios integrados de viabilidad normativa y económica para evaluar el potencial de implementación de proyectos en los diferentes tratamientos urbanísticos establecidos por el Plan de Ordenamiento Territorial. Estos criterios 96 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-451 • 2025 • DICIEMBRE • 31 451 incluyeron aspectos como la edificabilidad efectiva alcanzable, el cumplimiento de los estándares urbanísticos exigidos, la proporción de cargas urbanísticas frente a los costos del proyecto, el resultado financiero mediante el análisis de valor residual del suelo, y la relación entre la inversión requerida y el beneficio recibido.

Este análisis permitió identificar los principales retos que enfrentan los agentes urbanos para materializar proyectos alineados con los objetivos del POT, particularmente en lo relacionado con la sostenibilidad ambiental, y la eficiencia del uso del suelo. A partir de estos hallazgos, se formularon lineamientos para el diseño de incentivos urbanísticos que contribuyan a viabilizar la implementación efectiva de la norma, promoviendo el cumplimiento de estándares superiores de ecourbanismo y fomentando una transformación urbana coherente con los principios de resiliencia, equidad y sostenibilidad definidos en el modelo de ocupación territorial.

7. Incentivos urbanísticos

La incorporación de medidas de ecourbanismo ha estado vinculada desde su formulación normativa a esquemas de incentivos urbanísticos, como una estrategia de corresponsabilidad entre el sector público y privado. Esta relación, parte del reconocimiento de que la implementación de criterios ambientales en el diseño y construcción urbana – como la eficiencia energética, la gestión sostenible del agua, y la infraestructura verde – exige esfuerzos técnicos adicionales, inversiones económicas superiores y procesos de gestión más complejos para los desarrolladores inmobiliarios.

Los requerimientos anteriores, aunque alineados con los objetivos de sostenibilidad y resiliencia urbana del modelo territorial adoptado en el Decreto Distrital 555 de 2021, pueden representar barreras en un mercado caracterizado por márgenes de rentabilidad ajustados, alta incertidumbre normativa y creciente presión por responder a la demanda de vivienda asequible. En este contexto, los incentivos urbanísticos actúan como herramientas de compensación que buscan equilibrar dichos costos adicionales, facilitando y motivando la incorporación voluntaria de medidas de ecourbanismo en los proyectos ubicados en los tratamientos de desarrollo, de renovación urbana y de consolidación.

Sin los estímulos adecuados, existe el riesgo de que los objetivos ambientales del modelo de ocupación sostenible de Bogotá se mantengan solo en el plano declarativo, sin materializarse en la escala y velocidad necesarias. Por tanto, 97 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-452 • 2025 • DICIEMBRE • 31 452 avanzar en la estructuración de incentivos efectivos, proporcionales y adaptados a las realidades del mercado es una condición necesaria para viabilizar el cumplimiento de los principios de sostenibilidad, mitigación del cambio climático y protección ambiental que orientan el ordenamiento territorial actual de la ciudad.

Se propone balancear la relación entre la implementación de medidas de ecourbanismo y los beneficios urbanísticos otorgados como incentivos. El objetivo es encontrar un punto de equilibrio entre los esfuerzos adicionales – técnicos, financieros y de gestión – que implica adoptar criterios de sostenibilidad ambiental en los proyectos urbanos, y los estímulos que el modelo normativo puede ofrecer a los promotores para motivar su adopción efectiva.

Este planteamiento busca garantizar que la incorporación de criterios de ecourbanismo no sea percibida como un obstáculo al desarrollo, sino como una oportunidad para generar valor urbano compartido, competitividad en el mercado y alineación con los objetivos climáticos y de calidad de vida definidos en el modelo de ordenamiento territorial vigente.

7.1. Análisis y modelación de incentivos urbanísticos Tras completar las modelaciones normativas iniciales e identificar las dificultades y retos financieros que enfrentan los proyectos, se propuso un conjunto de incentivos urbanísticos definidos mediante un ejercicio de análisis de criterios cualitativos y cuantitativos. Estos incentivos fueron aplicados sobre todos los casos analizados en la modelación normativa original, permitiendo verificar su efecto en términos de viabilidad, mediante un análisis comparativo de resultados.

Una vez revisado el efecto de los incentivos desde el punto de vista normativo, se verificó su efecto en el valor residual de suelo y en la viabilidad financiera del proyecto, mediante la aplicación del método residual en el cálculo del valor del suelo incluidos los incentivos urbanísticos, y se comparó con el valor residual de suelo inicial antes de la aplicación de los incentivos.

Por otro lado, el equipo de Ecourbanismo, seleccionó las medidas de ecourbanismo y construcción sostenible que tienen un mayor impacto para lograr los objetivos de reducción de consumo y disminución de emisiones, se llevó a cabo el análisis de costos de cada una de las medidas, teniendo en cuenta la escala de los proyectos.

98 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-453 • 2025 • DICIEMBRE • 31 453 Una vez obtenidos los datos de los beneficios que generan los incentivos y los costos requeridos para la implementación de las medidas, se analizaron los impactos tanto de los incentivos, como de las medidas, sobre los costos y ventas del proyecto, con el fin de comparar y verificar que el beneficio de los incentivos en costos, ventas o valor residual de suelo siempre sea superior al costo de implementación de las medidas. Aquellos incentivos o medidas que no cumplieran con esta condición fueron descartados.

Cabe señalar que, para acceder a cualquiera de los incentivos propuestos es necesario implementar todas las medidas de ecourbanismo y construcción sostenible dispuestas en el decreto.

A continuación, se presentan los incentivos elegidos para cada tratamiento, con una descripción general de cada uno, su ámbito de aplicación, y el marco normativo.

7.2. Incentivos urbanísticos Los incentivos urbanísticos tienen como objetivo facilitar la implementación del Decreto Distrital 555 de 2021, y a la vez generar sinergias entre las metas de sostenibilidad urbana, reactivar el sector económico de la construcción y la urgente necesidad de mitigar el déficit habitacional. La clave está en promover incentivos claros, que sean técnicamente viables y proporcionales a los costos y beneficios que conllevan, y que logren movilizar al sector privado sin desdibujar los objetivos ambientales y sociales del ordenamiento territorial.

El planteamiento de los incentivos, atiende los retos normativos que se encontraron en las modelaciones de los tratamientos, se convierten en un instrumento operativo que permite articular los propósitos ambientales, sociales y económicos del ordenamiento territorial con los mecanismos de promoción y regulación de la actividad edificadora en el Distrito Capital, y buscan facilitar el cumplimiento de ciertas condiciones normativas, mejorar las condiciones para el desarrollo de los proyectos, motivar el desarrollo de vivienda formal, especialmente VIS y VIP, y el uso eficiente y equilibrado del suelo.

Los incentivos descritos a continuación, aplican exclusivamente a proyectos en suelo urbano y de expansión que incluyan uso residencial y se desarrollen mediante Licencia de Urbanización y/o Licencia de Construcción en la modalidad de obra 99 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-454 • 2025 • DICIEMBRE • 31 454 nueva, a través de Plan Parcial, de Actuación Estratégica o Proyectos de Renovación Urbana para la Movilidad Sostenible.

Los planes parciales en los que es posible aplicar los incentivos urbanísticos corresponden a aquellos que, a la fecha, no cuentan con acto administrativo de viabilidad y se fundamentan en las disposiciones normativas del Decreto Distrital 555 de 2021.

Se define como proyecto de uso residencial aquel en el que dicho uso es predominante. Esto significa que la superficie destinada a uso residencial corresponde al mayor porcentaje de área construida en relación con los demás usos desarrollados en el proyecto urbanístico.

7.2.1. Incentivo para la construcción de Vivienda VIS y/o VIP en el tratamiento de Desarrollo Este incentivo está orientado a promover la producción de Vivienda de Interés Social (VIS) y Vivienda de Interés Prioritario (VIP) dentro de los proyectos sometidos al tratamiento de Desarrollo. Pretende estimular a los desarrolladores urbanos a incorporar proporciones de vivienda asequible más allá de las obligaciones mínimas, siempre que los proyectos adopten de manera integral las estrategias de ecourbanismo y construcción sostenible contempladas en el Decreto.

Se introduce un factor para el cálculo del índice de construcción efectivo, de tal forma que se disminuye la base para determinar el porcentaje de carga correspondiente. Es así como la norma introduce un beneficio proporcional a la contribución social y ambiental del proyecto, reconociendo el valor de incorporar vivienda VIS y VIP bajo parámetros de sostenibilidad urbana, equilibrando la distribución de las áreas públicas y privadas en los proyectos urbanísticos.

Descripción del Incentivo Se escribe literalmente lo señalado en el proyecto de decreto:

Incentivo para la construcción de Vivienda VIS y/o VIP en el tratamiento de Desarrollo. Los proyectos sujetos a tratamiento de Desarrollo, que adopten todas las medidas de ecourbanismo y construcción sostenible señaladas en el Título II 100 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-455 • 2025 • DICIEMBRE • 31 455 del presente decreto, y que construyan áreas en uso residencial VIS y VIP adicional a la obligación establecida en el artículo 293 del Decreto Distrital 555 de 2021, podrán calcular el índice de construcción efectivo para el cumplimiento de la obligación de espacio público, aplicando la siguiente fórmula:

ICeI = (AC - (AAVV * FI)) / ANU Donde, ICeI: Índice de construcción efectivo para incentivo AC: Área construida para cálculo de obligaciones (Núm. 4 Art. 266 Decreto 555 2021) AAVV: Área construida adicional a la obligación VIS y/o VIP FI: Factor de incentivo asociado al Índice de construcción efectivo (ICe) del proyecto ANU: Área neta Urbanizable Tratamiento de Desarrollo ICe FI ≤1,00 80% ≤1,25 75% ≤1,72 50% ≤2,00 50% ≤2,25 30% ≤2,50 30% ≤2,82 25% La obligación de espacio público se calculará con el porcentaje aplicable correspondiente según la siguiente tabla:

ICeI CESIÓN POR ANU Con obligación VIS y VIP en sitio Total Obligación en % Máximo a trasladar o Espacio Público compensar ≤1 17% 0% ≤1,25 23% 0% ≤1,75 34% 0% ≤2,00 39% 5% ≤2,25 45% 11% ≤2,50 50% 16% ≤2,82 57% 22% 101 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-456 • 2025 • DICIEMBRE • 31 456 Parágrafo 1. La aplicación del presente incentivo no excluye la posibilidad de optar adicionalmente por los incentivos establecidos en el artículo 289 del Decreto Distrital 555 de 2021.

Parágrafo 2. Sin perjuicio de lo establecido en el presente artículo, se deberá dar
cumplimiento a las condiciones para la ejecución de la obligación de espacio público dispuestas en el Decreto Distrital 555 de 2021 para el tratamiento de desarrollo.

Parágrafo 3. El presente incentivo podrá aplicarse simultáneamente con los
incentivos establecidos en el artículo 9 y 10 del presente decreto.

Parágrafo 4. En caso de aplicar simultáneamente el presente incentivo y el
incentivo del artículo 9, el área a compensar y/o trasladar se calcula con el ICeI resultante de la aplicación del presente artículo, y el porcentaje de la tabla del artículo 9.

Ilustración 26. Esquema incentivo para la construcción de vivienda VIS y/o VIP en el tratamiento de Desarrollo Fuente: Elaboración propia – Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales - SDP Aplicabilidad del Incentivo:

102 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-457 • 2025 • DICIEMBRE • 31 457 El incentivo aplica a proyectos localizados en el Tratamiento de Desarrollo sobre los cuales se radique trámite de Plan Parcial cuando aplique, o directamente sobre los cuales se radique solicitud de licencia de urbanización y/o construcción en la modalidad de obra nueva, así como las modificaciones a las mismas, que contemplen la construcción efectiva de vivienda VIS y VIP adicional al cumplimiento de la obligación.

Tabla 15. Ejercicio práctico comparativos de aplicación del incentivo para la construcción de vivienda VIS y/o VIP en el tratamiento de desarrollo SIN INCENTIVO CON INCENTIVO Ej. Proyecto a través de licencia de urbanización Ej. Proyecto a través de licencia de urbanización Área neta urbanizable 15.000,00 Área neta urbanizable 15.000,00 ICe inicial 2,00 ICe inicial 2,00 Obligación Equipamiento Comunal Público 1.200,00 8% Obligación Equipamiento Comunal Público 1.200,00 8% Obligación de Espacio Público 5.850,00 39% Obligación de Espacio Público 5.850,00 39% Área de espacio público en sitio 5.100,00 34% Área de espacio público en sitio 5.100,00 34% Área máxima a trasladar o compensar 750,00 5% Área máxima a trasladar o compensar 750,00 5% Vías locales (supuesto) 1.950,00 13% Vías locales 1.950,00 13% Área útil 6.750,00 Área útil 6.750,00 Área útil para obligación de suelo en VIP 1.350,00 20% Área útil para obligación de suelo en VIP 1.350,00 20% Área útil restante 5.400,00 Área útil restante 5.400,00 Área construida 30.000,00 Área construida 30.000,00 Área construida de obligación en VIP 2.400,00 0,8 Área construida de obligación en VIP 2.400,00 0,8 Área construida en vivienda restante 27.600,00 Área construida en vivienda restante 27.600,00 Área en No VIS 11.040,00 40% Área en No VIS 11.040,00 40% Área en VIS adicional a la obligación VIP 16.560,00 60% Área en VIS adicional a la obligación VIP 16.560,00 60% Factor para incentivo (FI) 0,50 Área para cálculo de ICe para obligaciones 30.000,00 Área para cálculo de ICeI para obligaciones 21.720,00 ICe para obligaciones de EP 2,00 ICeI para obligación de EP 1,45 Obligación de EP 5.850,00 39% Obligación de EP 5.100,00 34% Área máxima a trasladar o compensar 750,00 5% Área máxima a trasladar o compensar 0,00 0% Marco Normativo Decreto 555 de 2023:

Artículo 289.

Incentivos sobre el pago de carga general y la cesión para carga local mediante la generación de VIS y VIP adicional a la obligatoria en tratamiento de desarrollo. Por cada metro cuadrado de área construida en VIS o VIP adicional a la que resulta de la aplicación del índice de construcción mínimo para el cumplimiento de las obligaciones de VIS y VIP en sitio, pueden aplicarse los siguientes incentivos simultáneamente:

103 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-458 • 2025 • DICIEMBRE • 31 458

1. Descuento de 0,12 metros cuadrados de la obligación de carga general, siempre que se deba compensar carga general por falta de suelo de componentes de carga general al interior del proyecto.

2. Posibilidad de asumir la obligación de cesión de 0,22m2 del área de espacio público para parque mediante pago compensatorio, hasta un pago compensatorio máximo que reduzca el porcentaje de cesión en sitio para parque a un mínimo de 25% del área neta urbanizable.

Parágrafo 1. En todo caso, el cumplimiento de la obligación de carga general total del
proyecto no podrá ser menor a la que se encuentre dentro del ámbito del proyecto o a los requerimientos por mitigación de usos y el correcto funcionamiento de estos establecidos en los instrumentos de planeación correspondientes y respectivas obras de mitigación.

Parágrafo 2. La liquidación resultante sólo deberá compensar sobre valor catastral con
las reglas determinadas en el presente Plan, sin incluir el costo de dotación del parque.

Artículo 293.

Porcentaje mínimo de suelo útil y urbanizado para el desarrollo de vivienda de interés social prioritario (sip) y vivienda de interés social (vis) en tratamiento urbanístico de desarrollo. El porcentaje mínimo de suelo útil y urbanizado para el desarrollo de Vivienda de Interés Social Prioritario (VIP) y Vivienda de Interés Social (VIS) en tratamiento urbanístico de Desarrollo se exigirá únicamente en las actuaciones cuyos usos correspondan a residencial (vivienda), comercio y/o servicios, y que se urbanicen aplicando la figura de plan parcial o directamente mediante licencias urbanísticas, así:

Plan Parcial VIP 20% del suelo útil del Plan Parcial en predios con tratamiento de desarrollo en suelo urbano y de expansión urbana. VIS Sin Plan Parcial VIP 20% del suelo útil del proyecto urbanístico en predios con tratamiento de desarrollo en suelo urbano y de expansión urbana.

Parágrafo 1. Para este cálculo no se contabilizan las áreas útiles que contemplen
exclusivamente usos industriales o dotacionales.

Parágrafo 2. Se exceptúan de estas obligaciones los Planes de Ordenamiento Zonal
Norte y Usme, en cuya reglamentación particular se determina la obligación mínima para dichas áreas.

Parágrafo 3. La obligación de porcentaje mínimo de suelo útil y urbanizado para el
desarrollo de vivienda de interés social prioritario (vip) y vivienda de interés social (vis) en planes parciales no podrá compensarse o trasladarse, salvo que se trate de proyectos que se localicen en los polígonos señalados en el mapa de Áreas de Actividad del presente Plan como "Sectores incompatibles con el uso residencial.

Artículo 295.

Cumplimiento de la obligación de destinación a vivienda de interés social prioritario (VIP) y vivienda de interés social (VIS) en el mismo proyecto.

104 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-459 • 2025 • DICIEMBRE • 31 459 Cuando se opte por el cumplimiento de la obligación en el mismo proyecto, para que se entienda cumplida la obligación, su alcance se circunscribe a la provisión de los suelos útiles que se destinarán para el desarrollo de este tipo de vivienda, a la ejecución de las obras de urbanización de los proyectos donde se localicen tales suelos, y a la construcción de un área de Vivienda de Interés Social Prioritario (VIP) cuyo índice de construcción mínimo corresponda a 0,8 sobre área neta urbanizable y de Vivienda de Interés Social (VIS) cuyo índice de construcción corresponda mínimo a 1,75 sobre Área Neta Urbanizable correspondiente a la obligación. Dicha obligación podrá mezclarse con otros usos, con el fin de incentivar el desarrollo de la obligación en sitio, siempre cuando se cumpla con los índices de construcción destinados a la obligación VIS y VIP.

Parágrafo 1. En los proyectos de urbanización por etapas se deberá garantizar para
cada una de ellas el cumplimiento autónomo del porcentaje de VIS y VIP. Cuando el cumplimiento del porcentaje se proponga en una sola etapa y cubra las exigencias de las demás, dicho suelo deberá hacer parte de la licencia de urbanización de la primera etapa.

Parágrafo 2. En los planos aprobados del Plan Parcial, y/o las licencias urbanísticas,
según corresponda, se deberá indicar la localización y alinderamiento del área destinada al cumplimiento de la obligación de provisión de suelo. Adicionalmente, se deberá incluir expresamente en la escritura pública de constitución de la urbanización y de la propiedad horizontal.

Parágrafo 3. En las licencias de construcción se deberá indicar el área total construida
en VIP y VIS, el número de viviendas y su área.

Parágrafo 4. La obligación VIS se podrá desarrollar en la misma área señalada para la
obligación VIP, siempre y cuando se cumpla con el Índice de Construcción mínimo para cada una de ellas.

Parágrafo 5. Los predios en Rango 4A y con Área Neta Urbanizable igual o inferior
1.000m2 se encuentran exentos de la obligación de Vivienda de Interés Social. Para los Rangos 4B y 4C, se entenderá cumplida la obligación en sitio de Vivienda de Interés Social con el cumplimiento de un mínimo 0,8 de Índice de Construcción para dicho producto inmobiliario. La obligación del mínimo de índice de construcción para los Rangos 4B y 4C se mantendrán iguales al resto del Tratamiento (IC de 0,8 a 1,1).

Artículo 298.

Incentivos para la construcción efectiva de la VIS/VIP. Los incentivos del nivel Distrital que se establecen tendrán como finalidad la generación efectiva de provisión de suelo útil urbanizado y la construcción efectiva de la Vivienda de Interés Social Prioritario (VIP) y Vivienda de Interés Social (VIS) de acuerdo con los lineamientos definidos en la presente reglamentación para el Tratamiento de Desarrollo.

Adicionalmente, de manera excepcional podrán generarse incentivos para VIS y VIP en el marco de los Planes de Desarrollo y/o reglamentación respecto a la obligación VIS y VIP; siempre y cuando cumplan con lo anteriormente expuesto. En el decreto reglamentario se podrán definir condiciones adicionales para la obtención de los incentivos Distritales.

105 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-460 • 2025 • DICIEMBRE • 31 460 Marco normativo Acuerdo 927 de 2024:

Artículo 147.

Incentivos para la provisión de suelo para vivienda de Interés Social y Vivienda de Interés Prioritario en tratamiento de Desarrollo o en proyectos y/o programas de renovación urbana. Modifíquese el artículo 75 del Acuerdo 761 de 2020, el cual quedará así:

Artículo 75.

Incentivos para la provisión de suelo para vivienda de interés social y vivienda de interés prioritario en tratamiento de desarrollo o en proyectos y/o programas de renovación urbana. En concordancia con lo establecido en el parágrafo del artículo 15 de la Ley 388 de 1997, la Administración Distrital podrá establecer incentivos y mecanismos para la generación efectiva de provisión de suelo y/o para la construcción efectiva de Viviendas de Interés Social (VIS) y Viviendas de Interés Prioritaria (VIP), en armonía con las disposiciones del Plan de Ordenamiento Territorial vigente. Las reglamentaciones que se expidan podrán definir condiciones adicionales para la obtención de los incentivos Distritales que se generen para el cumplimiento de la presente disposición y del Plan de Ordenamiento Territorial.

Parágrafo. Los predios que conformen el Banco de Tierras Distrital, incluyendo aquellos
que se encuentren en cabeza de patrimonios autónomos y que hayan sido aportados por entidades u organismos del orden nacional o distrital del nivel central o descentralizado, estarán exentos de la contribución por valorización y del pago de la participación en el efecto plusvalía, siempre y cuando cumplan su finalidad para la construcción de Vivienda de Interés Social Prioritaria o Vivienda de Interés Social.

7.2.2. Incentivo para el cumplimiento de cargas locales asociadas a parques, plazas y plazoletas en el tratamiento de Desarrollo.

Es un incentivo urbanístico orientado a facilitar el cumplimiento de la carga de espacio público equilibrando la distribución del suelo al permitir mayores porcentajes de traslado y/o compensación de áreas para parques, plazas y plazoletas, manteniendo los lineamientos establecidos en el Decreto Distrital 555 de 2021 para este fin. La mayor parte de los proyectos localizados en tratamiento de Desarrollo se encuentran ubicados en áreas periféricas de la ciudad y cuentan con áreas de reserva ambiental dentro de su delimitación, en este sentido, al permitir el cumplimiento de un mayor porcentaje de la carga en estas áreas se equilibra el uso del suelo y permite el desarrollo de proyectos más eficientes, con índices de construcción acordes al tratamiento y edificaciones con alturas más moderadas.

Descripción del Incentivo 106 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-461 • 2025 • DICIEMBRE • 31 461 Se escribe literalmente lo señalado en el proyecto de decreto:

Incentivo para el cumplimiento de cargas locales asociadas a parques, plazas y plazoletas en el tratamiento de Desarrollo. Los proyectos sujetos al Tratamiento de Desarrollo, que adopten todas las medidas de ecourbanismo y construcción sostenible señaladas en el Título II del presente decreto y hagan efectiva la obligación VIS y/o VIP en sitio, podrán aplicar los siguientes porcentajes para el cumplimiento de la obligación de cargas locales asociadas a parques, plazas y plazoletas:

1. Proyectos ejecutados directamente a través de licencia de urbanización.
Para los proyectos ejecutados directamente a través de licencia de urbanización, los porcentajes de traslado y/o compensación para el cumplimiento de la obligación de cargas locales asociadas a parques, plazas y plazoletas serán los siguientes:

CARGA LOCAL (se calcula sobre ANU)

ICe Obligación EP Porcentaje máximo a trasladar o compensar ≤1 17% 0% ≤1,25 23% 0% ≤1,75 34% 9% ≤2,00 39% 14% ≤2,25 45% 20% ≤2,50 50% 25% ≤2,82 57% 32%

2. Planes Parciales. Para los proyectos gestionados a través de Plan Parcial, los porcentajes máximos a trasladar para el cumplimiento de las cargas locales asociadas a parques, plazas y plazoletas serán los siguientes:

CARGA LOCAL (se calcula sobre ANU)

ICe Obligación EP Porcentaje máximo a trasladar ≤1 17% 0% ≤1,25 23% 0% ≤1,75 34% 9% ≤2,00 39% 14% ≤2,25 45% 20% 107 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-462 • 2025 • DICIEMBRE • 31 462 ≤2,50 50% 25% ≤2,82 57% 32% Parágrafo 1. Cuando el índice de construcción sea mayor a 1,25, la obligación para espacio público en sitio no podrá ser inferior al 25% del área neta urbanizable.

Parágrafo 2. Si las cargas locales de los proyectos a los que se refiere el presente
artículo superan el 50% del Área Neta Urbanizable, se podrá compensar la obligación de espacio público para parques, plazas y plazoletas a partir de este punto, garantizando en todo caso lo señalado en el parágrafo anterior.

Parágrafo 3. Sin perjuicio de lo establecido en el presente artículo, se deberán
cumplir las condiciones para el traslado de la obligación de espacio público dispuestas en el artículo 288 del Decreto Distrital 555 de 2021.

Parágrafo 4. El porcentaje mínimo de suelo útil y urbanizado para el desarrollo de
Vivienda de Interés Prioritario (VIP) y Vivienda de Interés Social (VIS) se deberá calcular sobre el área útil antes de incentivo.

Ilustración 27. Esquema incentivo para el cumplimiento de cargas locales en tratamiento de desarrollo Fuente: Elaboración propia – Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales - SDP Aplicabilidad del Incentivo:

108 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-463 • 2025 • DICIEMBRE • 31 463 El incentivo aplica para los proyectos sujetos al Tratamiento de Desarrollo sobre los cuales se radique trámite de Plan Parcial cuando aplique, o directamente sobre los cuales se radique solicitud de licencia de urbanización y/o construcción en la modalidad de obra nueva, así como las modificaciones a las mismas, que hagan efectiva su obligación VIS y VIP en sitio, y que tengan la posibilidad de efectuar el cumplimiento de la obligación de las cargas locales asociadas a parques, plazas y plazoletas que señala el artículo 288 del Decreto 555 de 2021, mediante el traslado y/o compensación en el caso de licenciamiento directo, o el traslado en el caso de plan parcial.

Tabla 16. Ejercicio práctico comparativo de aplicación del incentivo para el cumplimiento de cargas locales en el tratamiento de Desarrollo  Proyectos ejecutados directamente a través de licencia de urbanización.

SIN INCENTIVO CON INCENTIVO Ej. Proyecto a través de licencia de urbanización Ej. Proyecto a través de licencia de urbanización Área neta urbanizable 15.000,00 Área neta urbanizable 15.000,00 ICe inicial 2,00 ICe inicial 2,00 Obligación Equipamiento Comunal Público 1.200,00 8% Obligación Equipamiento Comunal Público 1.200,00 8% Obligación de Espacio Público 5.850,00 39% Obligación de Espacio Público 5.850,00 39% Área de espacio público en sitio 5.100,00 34% Área de espacio público en sitio 5.100,00 34% Área máxima a trasladar o compensar 750,00 5% Área máxima a trasladar o compensar 750,00 5% Vías locales (supuesto) 1.950,00 13% Vías locales (supuesto) 1.950,00 13% Área útil 6.750,00 Área útil 6.750,00 Área útil para obligación de suelo en VIP 1.350,00 20% Área útil para obligación de suelo en VIP 1.350,00 20% Área útil restante 5.400,00 Área útil restante 5.400,00 Área construida 30.000,00 Área construida 30.000,00 Área construida de obligación en VIP 2.400,00 0,8 Área construida de obligación en VIP 2.400,00 0,8 Área construida en vivienda restante 27.600,00 Área construida en vivienda restante 27.600,00 Área para cálculo de ICe para obligaciones 30.000,00 Área para cálculo de ICeI para obligaciones 30.000,00 ICe para obligaciones 2,00 ICe para obligaciones 2,00 Obligación de EP 5.850,00 39% Obligación de EP 5.850,00 39% Área de EP máxima a trasladar o compensar 750,00 5% Área de EP máxima a trasladar o compensar 2.100,00 14% Área de espacio público en sitio 5.100,00 34% Área de espacio público en sitio 3.750,00 25%  Proyectos en Planes Parciales de Desarrollo SIN INCENTIVO CON INCENTIVO 109 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-464 • 2025 • DICIEMBRE • 31 464 Ej. En Planes Parciales de Desarrollo Ej. En Planes Parciales de Desarrollo Área neta urbanizable 25.000,00 Área neta urbanizable 25.000,00 ICe inicial 2,40 ICe inicial 2,40 Obligación Equipamiento Comunal Público 2.000,00 8% Obligación Equipamiento Comunal Público 2.000,00 8% Obligación de Espacio Público 12.500,00 50% Obligación de Espacio Público 12.500,00 50% Área de espacio público en sitio 8.500,00 34% Área de espacio público en sitio 8.500,00 34% Área máxima a trasladar o compensar 4.000,00 16% Área máxima a trasladar o compensar 4.000,00 16% Vías locales (supuesto) 3.250,00 13% Vías locales (supuesto) 3.250,00 13% Área útil 11.250,00 Área útil 11.250,00 Área útil para obligación de suelo en VIP 2.250,00 20% Área útil para obligación de suelo en VIP 2.250,00 20% Área útil para obligación de suelo en VIS 2.250,00 20% Área útil para obligación de suelo en VIP 2.250,00 20% Área útil restante 6.750,00 Área útil restante 6.750,00 Área construida 60.000,00 Área construida 60.000,00 Área construida de obligación en VIP 4.000,00 0,8 Área construida de obligación en VIP 4.000,00 0,8 Área construida de obligación en VIS 8.750,00 1,75 Área construida de obligación en VIS 8.750,00 1,75 Área construida restante 47.250,00 Área construida restante 47.250,00 Área construida en dotacional privado 2.400,00 4% Área construida en dotacional privado 2.400,00 4% Área construida en comercio y servicios 4.800,00 8% Área construida en comercio y servicios 4.800,00 8% Área construida en vivienda 40.050,00 67% Área construida en vivienda 40.050,00 67% Área para cálculo de ICe para obligaciones 60.000,00 Área para cálculo de ICe para obligaciones 60.000,00 ICe para obligaciones 2,40 ICe para obligaciones 2,40 Obligación de EP 12.500,00 50% Obligación de EP 12.500,00 50% Área de EP máxima a trasladar 4.000,00 16% Área de EP máxima a trasladar 6.250,00 25% Área de espacio público en sitio 8.500,00 34% Área de espacio público en sitio 6.250,00 25% Área útil después de incentivo 13.500,00 Marco Normativo Decreto 555 de 2021:

Artículo 288.

Cálculo de la obligación de cargas locales asociadas a parques, plazas y plazoletas aplicables al tratamiento de desarrollo. Los proyectos en tratamiento de desarrollo deberán aportar, además de lo dispuesto sobre obligaciones para cargas generales, el equivalente en suelo calculado sobre el Área Neta Urbanizable, con destino a cargas locales, con el siguiente porcentaje, de acuerdo con el índice de construcción efectivo que se concrete en los proyectos:

CESIÓN POR ANU Con obligación VIS y VIP en Índice de Construcción sitio Sin obligación VIS y VIP en sitio 110 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-465 • 2025 • DICIEMBRE • 31 465 % Máximo a % Máximo a Total Obligación en Espacio Total Obligación en Espacio trasladar o compensar trasladar o compensar Público Público ≤1 17% 0% 22% 0% ≤1,25 23% 0% 28% 0% ≤1,75 34% 0% 39% 0% ≤2,00 39% 5% 44% 5% ≤2,25 45% 11% 50% 11% ≤2,50 50% 16% NA NA ≤2,82 57% 22% NA NA Parágrafo 1. No se permite la compensación de la obligación para espacio público en planes parciales. Se permitirá el traslado dentro del ámbito del Plan Parcial en localizar en suelo para proyectos estructurantes de espacio público de borde señalados en el Sistema de Espacio Público Peatonal y para el Encuentro y/o en elementos de la Estructura Ecológica Principal que se encuentren al interior del proyecto o colindantes en caso de ser del mismo propietario, según lo establecido en el artículo siguiente.

Parágrafo 2. Para predios cuyo uso principal sea dotacional sólo se deberá calcular el
8% sobre el Área Neta Urbanizable - ANU para la cesión de espacio público.

Parágrafo 3. Se debe dar cumplimiento a las condiciones para la compensación o
traslado de la obligación para espacio público de acuerdo con lo establecido en la presente sección y en el "Manual de Normas Comunes a los Tratamientos Urbanísticos" que forma parte integral del presente Plan.

Parágrafo 4. Para los proyectos que cumplen con la obligación VIS y VIP en sitio, si las
cargas locales superan el 50% del área Neta Urbanizable, se podrá compensar la obligación para espacio público para parques, plazas y plazoletas a partir de este punto. En todo caso, para los predios con índice de construcción superior a 1,25, la obligación para espacio público para parque en sitio no podrá ser menor del 25% del área neta urbanizable.

7.2.3. Incentivo de mezcla de usos en Planes Parciales de Tratamiento de Desarrollo aplicable a proyectos que cumplan la obligación VIS y VIP en sitio El incentivo de mezcla de usos en Planes Parciales de Tratamiento de Desarrollo busca promover la conformación de proyectos urbanos más equilibrados, sostenibles y funcionales, integrando usos residenciales, comerciales, de servicios y dotacionales dentro de un mismo ámbito de actuación de una manera proporcionada. Este incentivo se otorga a aquellos Planes Parciales que incorporen integralmente las medidas de ecourbanismo y construcción sostenible previstas, y que además cumplan con la obligación de Vivienda de Interés Social (VIS) y Vivienda de Interés Prioritario (VIP) en sitio.

111 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-466 • 2025 • DICIEMBRE • 31 466 Se mantiene la intención de fomentar áreas de ciudad diversas, con la presencia de actividades económicas y equipamientos que enriquecen la vida urbana, promoviendo la ocupación eficiente del suelo, permitiendo mayor diversificación en la mezcla de los usos.

Descripción del Incentivo Se escribe literalmente lo señalado en el proyecto de decreto:

Incentivo de mezcla de usos en Planes Parciales de Tratamiento de Desarrollo. Los Planes Parciales en Tratamiento de Desarrollo que adopten todas las medidas de ecourbanismo y construcción sostenible señaladas en el Título II del presente decreto, y que cumplan la obligación VIS y VIP en sitio, podrán destinar un mínimo del 8% del área construida en usos comerciales y de servicios, dotacionales y/o industriales.

Parágrafo 1. Los usos dotacionales de que trata el presente artículo son diferentes
a los generados por las zonas de cesión obligatoria para equipamiento público y no cuentan para el cumplimiento de esa obligación urbanística.

Parágrafo 2. El presente incentivo solo aplica a los predios localizados en rangos
de edificabilidad 1, 2 y 3, de acuerdo con lo señalado en el mapa CU-5.4 “Rangos de edificabilidad del tratamiento de desarrollo”, cuya área neta urbanizable supere los 1.000 m2.

112 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-467 • 2025 • DICIEMBRE • 31 467 Ilustración 28. Esquema comparativo incentivo para la mezcla de usos en planes parciales en tratamiento de desarrollo Fuente: Elaboración propia – Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales - SDP Aplicabilidad del Incentivo:

El incentivo aplica a predios sobre los cuales se radique trámite de Plan Parcial en tratamiento de Desarrollo conforme al numeral 1 del artículo 300 del Decreto Distrital 555 de 2021.

Solo aplica a los predios localizados en rangos de edificabilidad 1, 2 y 3 cuya área neta urbanizable supere los 1.000 m2. No aplica a los predios localizados en rangos 4B, 4C y 4D en la medida en que el Decreto Distrital 555 de 2021 ya establece como condición la de destinar un mínimo del 8% del área construida en usos comerciales y de servicios, dotacionales y/o industriales.

Tabla 17. Ejercicio práctico comparativo de aplicación del incentivo de mezcla de usos para Planes Parciales en tratamiento de Desarrollo SIN INCENTIVO CON INCENTIVO Ej. En Planes Parciales de Desarrollo Ej. En Planes Parciales de Desarrollo Área neta urbanizable 25.000,00 Área neta urbanizable 25.000,00 113 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-468 • 2025 • DICIEMBRE • 31 468 ICe inicial 2,40 ICe inicial 2,40 Obligación Equipamiento Comunal Público 2.000,00 8% Obligación Equipamiento Comunal Público 2.000,00 8% Obligación de Espacio Público 12.500,00 50% Obligación de Espacio Público 12.500,00 50% Área de espacio público en sitio 8.500,00 34% Área de espacio público en sitio 8.500,00 34% Área máxima a trasladar o compensar 4.000,00 16% Área máxima a trasladar o compensar 4.000,00 16% Vías locales (supuesto) 3.250,00 13% Vías locales (supuesto) 3.250,00 13% Área útil 11.250,00 Área útil 11.250,00 Área útil para obligación de suelo en VIP 2.250,00 20% Área útil para obligación de suelo en VIP 2.250,00 20% Área útil para obligación de suelo en VIS 2.250,00 20% Área útil para obligación de suelo en VIP 2.250,00 20% Área útil restante 6.750,00 Área útil restante 6.750,00 Área construida 60.000,00 Área construida 60.000,00 Área construida de obligación en VIP 12.000,00 20% Área construida de obligación en VIP 12.000,00 20% Área construida de obligación en VIS 12.000,00 20% Área construida de obligación en VIS 12.000,00 20% Área construida restante 36.000,00 Área construida restante 36.000,00 Área construida en dotacional privado 2.400,00 4% Área construida en dotacional privado 0,00 0% Área construida en comercio y servicios 4.800,00 8% Área construida en comercio y servicios 4.800,00 8% Área construida en vivienda 28.800,00 48% Área construida en vivienda 31.200,00 52% Marco Normativo Decreto 555 de 2023:

Artículo 300.

Condiciones para la mezcla de usos para predios sometidos al tratamiento de desarrollo. Con el fin de generar condiciones de soporte de usos complementarios a la vivienda, los predios en el Tratamiento de Desarrollo, adicional a las mitigaciones previstas para los proyectos de vivienda multifamiliar establecidos en las normas de usos y áreas de actividad, deberán cumplir con las siguientes disposiciones:

1. Los Planes Parciales en el tratamiento de desarrollo deberá destinar como mínimo del 12% del área construida, en usos comerciales y de servicios, dotacionales y/o industriales. De estas como mínimo el 4% deberá destinarse a dotacionales diferentes a los generados por las zonas de cesión obligatoria.

Para los Planes Parciales localizados en los Rangos 4B, 4C y 4D se deberá destinar un mínimo del 8% del área construida, en usos comerciales y de servicios, dotacionales y/o industriales.

2. Para los proyectos superiores a 2 hectáreas Netas Urbanizables localizados en el Área de Actividad Receptora de Actividades Económicas se deberá destinar un mínimo del 8% del área construida total, en usos comerciales y de servicios, dotacionales y/o industriales.

Quedarán exceptuados de la condición del desarrollo de un porcentaje mínimo de índice de construcción en usos comerciales y de servicios, dotacionales y/o 114 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-469 • 2025 • DICIEMBRE • 31 469 industriales, los predios con Área Neta Urbanizable menor a 1000 M2y aquellos localizados en los Rangos 4A.

7.2.4. Incentivo para el Tratamiento de Renovación Urbana El incentivo dirigido a los proyectos urbanísticos bajo el Tratamiento de Renovación Urbana, reconoce la importancia de la reutilización y densificación sostenible del suelo urbano consolidado como estrategia clave para materializar el modelo de ciudad compacta, policéntrica y resiliente que plantea el Decreto Distrital 555 de 2021. Este incentivo está orientado a promover la transformación integral de sectores urbanos, generando beneficios en el cumplimiento de la carga de espacio público, en dos modalidades, dependiendo del área de terreno en el cual se desarrolla el proyecto, en concordancia con las condiciones específicas de este tratamiento.

Descripción del Incentivo Se escribe literalmente lo señalado en el proyecto de decreto:

Incentivo para el tratamiento de Renovación Urbana. Los proyectos urbanísticos sujetos al Tratamiento de Renovación Urbana, que adopten todas las medidas de ecourbanismo y construcción sostenible señaladas en el Título II del presente decreto, podrán cumplir la obligación de espacio público de la siguiente manera:

1. Proyecto con área de terreno hasta 10.000 m2: Los proyectos con área de terreno igual o inferior a 10.000m2 podrán determinar el pago compensatorio de espacio público en dinero con incentivo (PD) de acuerdo con la siguiente fórmula:

PDi = (AT* FdI) * Vref * d Donde, PDi: Valor pago compensatorio en dinero en pesos (COP) con incentivo AT: Área del terreno en m2 de suelo.

FdI: Porcentaje de cálculo para pago compensatorio en dinero con incentivo, según la siguiente tabla:

RENOVACIÓN URBANA SIN PLAN PARCIAL ICe FdI 115 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-470 • 2025 • DICIEMBRE • 31 470 ICe ≤ 1,3 N/A 1,3 < ICe ≤ 2 N/A 2 < ICe ≤ 3 N/A 3 < ICe ≤ 4 7% 4 < ICe ≤ 5 15% 5 < ICe ≤ 6 25% 6 < ICe ≤ 7 34% Vref: Valor de referencia del AT del proyecto al que corresponde la obligación, definido de manera general por la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, del año en el que se realice el pago de esta compensación. d: el valor d se calculará de acuerdo con la progresividad establecida en el Decreto Distrital 555 de 2021.

2. Proyecto con área de terreno mayor a 10.000 m2: Los proyectos con área de terreno mayor a 10.000m2, para el cumplimiento de cesión en suelo para espacio público en sitio -según lo establecido en la Nota 3 de la tabla de Renovación Urbana del artículo 317 del Decreto Distrital 555 de 2021-, podrán aplicar la siguiente fórmula:

CSIr = (AT * FsI)

Donde, CSIr: Área a ceder en m2 de suelo con incentivo para renovación urbana. AT: Área del terreno en m2 de suelo. FsI: Porcentaje de cálculo para obligación en suelo con incentivo, según la siguiente tabla:

RENOVACIÓN URBANA SIN PLAN PARCIAL ICe FsI Condición para el desarrollo del proyecto ICe ≤ 1,3 N/A Licenciamiento urbanístico 1,3 < ICe ≤ 2 N/A 2 < ICe ≤ 3 20% 3 < ICe ≤ 4 27% 4 < ICe ≤ 5 35% 5 < ICe ≤ 6 45% Licenciamiento urbanístico siempre y cuando el área a ceder (CSsI) sea mayor a 400 m2 y se englobe como mínimo una esquina de manzana.

6 < ICe ≤ 7 54% Licenciamiento urbanístico siempre y cuando se englobe una manzana 116 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-471 • 2025 • DICIEMBRE • 31 471 Con formato: Interlineado: Múltiple 1,15 lín.

Con formato: Fuente: (Predeterminada) +Cuerpo (Aptos), Sin subrayado, Color de fuente: Automático Parágrafo. El presente incentivo no aplica para predios ubicados en Área de Actividad Estructurante Receptora de Vivienda de Interés Social (VIS). Los proyectos con área de terreno superior a 10.000 m2 de AT deben dejar la obligación total en cesión en sitio, independientemente del índice de construcción efectivo ICe que alcancen.

Comentado [MC1]: Se incluye este parágrafo a raíz de una de las observaciones recibidas. Corresponde a la Nota 3 del artículo 317 del POT. Puede ser redundante o no ser necesario. Por favor revisar.

Ilustración 29. Esquema incentivo para el tratamiento de renovación urbana Con formato: Ref. de comentario, Fuente: (Predeterminada) Arial Con formato: Fuente:

Con formato: Fuente: (Predeterminada) +Cuerpo (Aptos)

Con formato Con formato: Color de fuente: Automático Fuente: Elaboración propia – Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales - SDP Aplicabilidad del incentivo:

El incentivo aplica a todos los predios ubicados en Tratamiento de Renovación Urbana, excepto los que se encuentran en Área de Actividad Estructurante Receptora de vivienda de interés social (VIS), sobre los cuales se radique trámite de Plan Parcial o sobre los cuales se radique solicitud de licencia de urbanización y/o construcción en la modalidad de obra nueva, así como las modificaciones a las mismas.

Tabla 18. Ejercicio práctico comparativo de aplicación del incentivo para el tratamiento de Renovación Urbana  Proyecto con área de terreno hasta 10.000 m2:

SIN INCENTIVO CON INCENTIVO 117 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-472 • 2025 • DICIEMBRE • 31 472 Ej. Proyectos con AT hasta 10.000m2 Ej. Proyectos con AT hasta 10.000m2 Área de terreno 9.500,00 Área de terreno 9.500,00 ICe inicial 4,80 ICe inicial 4,80 Área construida 45.600,00 Área construida 45.600,00 Porcentaje de carga en dinero (Fd) 25% Porcentaje de carga en dinero (FdI) 15% Valor de referencia (ej. Zona industrial) 2.700.000 Valor de referencia (ej. Zona industrial) 2.700.000 d 0,25 d 0,25 Total a pagar en dinero $1.603.125.000 Total a pagar en dinero $961.875.000  Proyecto con área de terreno mayor a 10.000 m2:

SIN INCENTIVO CON INCENTIVO Ej. Proyectos con AT mayor a 10.000m2 Ej. Proyectos con AT mayor a 10.000m2 Área de terreno 12.000,00 Área de terreno 12.000,00 ICe inicial 4,80 ICe inicial 4,80 Área construida 57.600,00 Área construida 57.600,00 35% Porcentaje de cesión en suelo para EP en sitio (FCep) 45% Porcentaje de cálculo para obligación en suelo con incentivo (FsI)

Cesión en suelo para EP en sitio 5.400,00 Área a ceder en m2 de suelo con incentivo (CSIr) 4.200,00 Área útil resultante 6.600,00 Área útil resultante 7.800,00 Marco normativo Decreto 555 de 2023:

Artículo 317.

Cálculo de la obligación urbanística de cesión en suelo para espacio público. Para proyectos que se desarrollen bajo las condiciones de los tratamientos de consolidación y renovación urbana sin plan parcial se deberán tener en cuenta los siguientes parámetros para el cálculo de la cesión de suelo para espacio público:

1. Se generan en proyectos que superan el índice de construcción base (IC Base) de 1,3.

2. La fórmula para calcular el área a ceder en suelo es: CS = AT * Fs, donde:

CS = Área a ceder en m2 de suelo.

AT = Área de terreno en m2 de suelo.

Fs = Porcentaje para el cálculo de la obligación, de acuerdo con el rango de índice de construcción efectivo (ICe) en suelo según la siguiente tabla:

CONSOLIDACIÓN 118 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-473 • 2025 • DICIEMBRE • 31 473 IC Efectivo (ICe) Cálculo de obligación total Porcentaje de cálculo para obligación en suelo (Fs) ICe ≤ 2 N/A 2 < ICe ≤ 3 5% 3 < ICe ≤ 4 10% ICe > 4 15% Nota 1. Cuando la cesión de espacio público a cumplir en sitio es inferior a 400 m2 de suelo se puede compensar en dinero Nota 2. Proyectos en área de actividad estructurante que engloben una manzana completa deberán aplicar las normas de renovación urbana RENOVACIÓN URBANA SIN PLAN PARCIAL Cálculo de obligación total Condición para el desarrollo del proyecto Porcentaje de cálculo IC Efectivo (ICe) para obligación en suelo (Fs)

ICe ≤ 1,3 N/A 1,3 < ICe ≤ 2 20% 2 < ICe ≤ 3 27% Licenciamiento urbanístico 3 < ICe ≤ 4 35% 4 < ICe ≤ 5 45% 5 < ICe ≤ 6 54% Licenciamiento urbanístico siempre y cuando el área a ceder (Ccs) sea mayor a 400 m2 y se englobe como mínimo una esquina de manzana.

6 < ICe ≤ 7 60% Licenciamiento urbanístico siempre y cuando se englobe una manzana Nota 1. Cuando la cesión de espacio público a cumplir en sitio es inferior a 400 m2 de suelo se puede cumplir con pago compensatorio en dinero Nota 2. Proyectos con área de terreno inferior a 400 m2 de suelo y que alcancen hasta un IC de 2, el Cálculo de obligaciones tendrán que utilizar como factor Fs 10% y no tendrán que asumir obligaciones de VIP/VIS Nota 3. Proyectos con área de terreno superior a 10.000 m2 de AT debe dejar la obligación total en cesión en sitio, independientemente del índice de construcción efectivo ICe que alcance Nota 4. Para proyectos con área de terreno igual o superior a 20.000 M2 deberán cumplir con la obligación de que trata el artículo “Obligación urbanística para equipamiento público”.

Artículo 318.

Forma de cumplimiento de la obligación urbanística de cesión en suelo para espacio público. El cumplimiento de la obligación urbanística definida en el artículo precedente se hará mediante cesión en suelo para espacio público en sitio y

119 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-474 • 2025 • DICIEMBRE • 31 474 mediante pago compensatorio en dinero, según el rango de índice de construcción efectivo.

1.Cesión en suelo para espacio público en sitio (CSs). El cumplimiento de la cesión se determinará aplicando la siguiente formula:

CSs = (AT * FCep) Donde:

CSs: Área a ceder en sitio, en m2 de suelo.

AT: Área de terreno en m2 de suelo.

FCep: Porcentaje de Cesión en suelo para espacio público en sitio:

CONSOLIDACIÓN Forma de cumplimiento Porcentaje de Cesión en suelo para espacio público en sitio IC Efectivo (ICe)

(FCep) ICe ≤ 1,3 N/A 1,3 < ICe ≤ 2 N/A 2 < ICe ≤ 3 5% 3 < ICe ≤ 4 10% ICe > 4 10% RENOVACIÓN URBANA SIN PLAN PARCIAL Forma de cumplimiento de la obligación Porcentaje de cálculo de la cesión en suelo para espacio público IC Efectivo (ICe) en sitio (FCep)

ICe ≤ 1,3 N/A 1,3 < ICe ≤ 5 20% 5 < ICe ≤ 6 20% 6 < ICe ≤ 7 25% Cuando la cesión de suelo (CSs) sea menor a cuatrocientos (400) metros cuadrados, el cumplimiento se hará a través de pago en dinero al fondo cuenta o el mecanismo establecido para tal fin o en especie en los proyectos de proximidad según la reglamentación específica que se haga para las UPL o en actuaciones estratégicas localizadas en zonas deficitarias, de acuerdo con la siguiente fórmula:

Vcomp = CSs * Vref*k Donde:

Vcomp: valor a compensar por obligación en suelo, en pesos (COP)

CSs: Área a ceder en sitio, en m2 de suelo 120 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-475 • 2025 • DICIEMBRE • 31 475 Vref: Valor de referencia del AT el proyecto al que corresponde la obligación, definido de manera general por la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, del año en el que se realice el pago de esta compensación. k= el valor k se calculará con la siguiente progresividad. Adicionalmente, podrá ser reglamentado por la Secretaría Distrital de Planeación, en ningún caso podrá ser inferior a 0,3. a. Hasta el 31 de diciembre de 2024 así: k=0,30 b. Hasta el 31 de diciembre de 2027 así: k=0,50 c. Desde el 1 de enero de 2028 así: k=0,80 2.Pago compensatorio en Dinero (PD). El pago compensatorio se efectuará al fondo cuenta o el mecanismo establecido para tal fin, de acuerdo con el artículo precedente los proyectos que deban cumplir con pago compensatorio en dinero tendrán que aplicar la siguiente fórmula:

PD = (AT* Fd)*Vref*d Donde:

PD: Valor pago compensatorio en dinero en pesos (COP)

AT: Área del terreno en m2 de suelo Vref: Valor de referencia del AT el proyecto al que corresponde la obligación, definido de manera general por la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, del año en el que se realice el pago de esta compensación.

Fd: Porcentaje de cálculo para pago compensatorio en dinero, según las siguientes tablas d= el valor d se calculará de acuerdo con la progresividad que se muestra a continuación. Adicionalmente, podrá ser reglamentado por la Secretaría Distrital de Planeación, en ningún caso podrá ser inferior a 0,25. a. Hasta el 31 de diciembre de 2024 así: d=0,25 b. Hasta el 31 de diciembre de 2027 así: d=0,45 c. Desde el 1 de enero de 2028 así: d=0,75 CONSOLIDACIÓN IC Efectivo (ICe) Forma de cumplimiento Porcentaje para pago compensatorio en dinero (Fd) ICe ≤ 1,3 N/A 1,3 < ICe ≤ 4 N/A 121 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-476 • 2025 • DICIEMBRE • 31 476 ICe > 4 5% RENOVACIÓN URBANA SIN PLAN PARCIAL IC Efectivo (ICe) Forma de cumplimiento de la obligación Porcentaje para pago compensatorio en dinero (Fd) ICe ≤ 1,3 N/A 1,3 < ICe ≤ 2 N/A 2 < ICe ≤ 3 7% 3 < ICe ≤ 4 15% 4 < ICe ≤ 5 25% 5 < IC ≤ 6 34% 6 < IC ≤ 7 35% Parágrafo 1. La cesión de suelo en sitio deberá dar cumplimiento a lo establecido en el Anexo “Manual de Normas Comunes a los Tratamientos Urbanísticos” que forma parte del presente Plan, respecto de las normas comunes sobre condiciones de cesiones para espacio público.

Parágrafo 2. Para la liquidación de las cargas se deberá consultar el valor de referencia
del predio o predios objeto de licenciamiento en el IDECA o el sistema que haga sus veces Parágrafo 3. Cuando el Área de Terreno sea el resultado del englobe de uno o varios predios, para el cálculo del valor a compensar en dinero se tomará el mayor valor de referencia.

Parágrafo 4. Las Áreas de Integración Multimodal no tendrán que cumplir con el pago
compensatorio en dinero (PD), en su lugar darán cumplimiento a la obligación para mejorar las condiciones de infraestructura y prestación del servicio de transporte público – Fcu.

7.2.5. Incentivo para la construcción de Vivienda VIS y/o VIP en el tratamiento de Consolidación.

Tal como sucede con el incentivo para la construcción de vivienda VIS y VIP en Tratamiento de Desarrollo, este incentivo está orientado a promover la producción de Vivienda de Interés Social (VIS) y Vivienda de Interés Prioritario (VIP) dentro de los proyectos sometidos al tratamiento de Consolidación. Con la implementación de un factor en el cálculo de la carga, se motiva a los desarrolladores a desarrollar un 20% más de área construida de vivienda de interés social y/o prioritario.

Descripción del Incentivo Se escribe literalmente lo señalado en el proyecto de decreto:

122 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-477 • 2025 • DICIEMBRE • 31 477 Incentivo para la construcción de Vivienda VIS y/o VIP en el tratamiento de Consolidación. Los proyectos sujetos a Tratamiento de Consolidación, que adopten todas las medidas de ecourbanismo y construcción sostenible señaladas en el Título II del presente decreto, y que construyan como mínimo un 20% de área en uso residencial VIS y/o VIP adicional a la obligación establecida en el artículo 322 del Decreto Distrital 555 de 2021, podrán calcular la obligación espacio público, aplicando la siguiente fórmula:

CSI = AT * FsIc Donde, CSI: Área a ceder en m2 de suelo con incentivo. AT: Área de terreno en m2 de suelo. FsIc: Porcentaje para el cálculo de la obligación, de acuerdo con el rango de índice de construcción efectivo (ICe) en suelo según la siguiente tabla:

CONSOLIDACIÓN Cálculo de la obligación total IC Efectivo (ICe)

Porcentaje de cálculo para obligación en suelo (FsIc)

ICe ≤ 2 N/A 2 < ICe ≤ 3 N/A 3< ICe ≤ 4 5% ICe > 4 10% Parágrafo. El presente incentivo podrá aplicarse simultáneamente con el incentivo de la Sección 5.7. “INCENTIVO PARA DETERMINAR LA ALTURA EN EL TRATAMIENTO DE CONSOLIDACIÓN” del Anexo No. 5 “Manual de Normas Comunes a los Tratamientos Urbanísticos” del Decreto Distrital 555 de 2021., Ilustración 30. Esquema incentivo para la construcción de vivienda VIS y/o VIP en tratamiento de Consolidación 123 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-478 • 2025 • DICIEMBRE • 31 478 Con formato: Fuente: (Predeterminada) +Cuerpo (Aptos)

Con formato Fuente: Elaboración propia – Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales - SDP Aplicabilidad del Incentivo:

El incentivo aplica a proyectos localizados en el tratamiento de Consolidación, que contemplen la construcción efectiva de vivienda VIS y VIP adicional al cumplimiento de la obligación, sobre los cuales se radique solicitud de licencia de urbanización y/o construcción en la modalidad de obra nueva, así como las modificaciones a las mismas.

Con formato: Fuente: (Predeterminada) Arial Tabla 19. Ejercicio práctico comparativo de aplicación del incentivo para la construcción de vivienda VIS y/o VIP en el tratamiento de Consolidación SIN INCENTIVO CON INCENTIVO Ej. Proyecto en Tratamiento de Consolidación Ej. Proyecto en Tratamiento de Consolidación Área de terreno 700,00 Áre de terreno 700,00 Altura UPL 5 Altura UPL 5 Ocupación en primer piso 490,00 70% Ocupación en primer piso 490,00 70% Área construida 2.450,00 Área construida 2.450,00 ICe inicial 3,50 ICe inicial 3,50 Área construida 2.450,00 Área construida 2.450,00 Área de obligación en VIS 147,00 6% Área de obligación en VIS 147,00 6% Área construida restante 2.303,00 Área construida restante 2.303,00 Área en No VIS 2.303,00 100% Área en No VIS 1.813,00 80% Área en VIS adicional a la obligación 0,00 0% Área en VIS adicional a la obligación (Mín 20%) 490,00 20% 124 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-479 • 2025 • DICIEMBRE • 31 479 Área para cálculo de ICe para obligaciones 2.303,00 Área para cálculo de ICe para obligaciones 2.303,00 ICe para obligaciones 3,29 ICe para obligaciones 3,29 Fs 10% FsIc 5% Área a ceder en suelo (CS) 70,00 Área a ceder en suelo con incentivo (CSI) 35,00 Vcomp $56.700.000 Vcomp $28.350.000 Valor de referencia (supuesto) $2.700.000 Valor de referencia (supuesto) $2.700.000 k 0,30 k 0,30 Marco Normativo Decreto 555 de 2023:

Artículo 322.

Obligación de destinar porciones de suelo a la construcción de vivienda de interés social o prioritario o su equivalente en metros cuadrados de construcción. Los proyectos desarrollados bajos las condiciones de los tratamientos de consolidación o de renovación urbana podrán acceder a la edificabilidad adicional por encima del índice base, siempre y cuando se cumpla con las siguientes condiciones:

1. Porcentajes para el cumplimiento de la obligación VIP / VIS:

CONSOLIDACIÓN IC Efectivo (Ice) Obligación VIP/VIS ICe ≤ 3 N/A 3 < ICe ≤ 4 5% VIP ó 10%VIS ICe > 4 6% VIP ó 12% VIS RENOVACIÓN URBANA Las Áreas de Integración Multimodal – AIM IC Efectivo (Ice) VIP VIS VIS ICe ≤ 2 N/A N/A N/A 2 < ICe ≤ 3 5% VIP ó 10%VIS 5% 3 < ICe ≤ 4 7,5% VIP ó 15%VIS 10% 4 < ICe ≤ 5 5% 10% 5 < ICe ≤ 7 10% 10% 10% ICe > 7 ó Planes parciales 10% 15% 15%

2. Progresividad en el Cumplimiento de destinar porciones de suelo a la construcción de vivienda de interés social o prioritario o su equivalente en metros cuadrados de construcción. En proyectos de consolidación y de renovación urbana el porcentaje obligatorio para VIS y VIP que permiten acceder a la edificabilidad adicional se calculará teniendo en cuenta los siguientes parámetros:

CONSOLIDACIÓN IC Efectivo (ICe) HASTA EL 31/12/2027 Desde el 01/01/2028 en adelante ICe ≤ 1,3 N/A 125 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-480 • 2025 • DICIEMBRE • 31 480 1,3 < ICe ≤ 2 N/A Se debe cumplir la totalidad de la 2 < ICe ≤ 3 N/A 3 < ICe ≤ 4 2,5% VIP ó 6% VIS obligación 4 < ICe ≤ 5 3% VIP ó 8% VIS RENOVACIÓN URBANA Hasta el 31/12/2027 Desde el 01/01/2028 en IC Efectivo (ICe) adelante VIP VIS VIS (AIM)

Se debe cumplir la totalidad de la obligación definida en el numeral precedente ICe ≤ 2 N/A N/A N/A 2 < ICe ≤ 3 4% VIP ó 8% VIS 2,5% 3 < ICe ≤ 4 6% VIP ó 12% VIS 7% 4 < ICe ≤ 5 3% 6% 7% 4 < ICe ≤ 7 6% 6% 7% IC > 7 ó Planes parciale 6% 8% 15% Parágrafo 1. La edificabilidad destinada para VIP/VIS que se concrete en sitio derivada de esta obligación no será objeto del cumplimiento de obligaciones urbanísticas descritas en este capítulo.

Parágrafo 2. Los planes parciales que sean adoptados antes del 31 de diciembre de
2027 mantendrán la obligación para destinar VIP/VIS de acuerdo con lo establecido en este artículo y serán la base para el licenciamiento urbanístico respectivo durante toda la vigencia del plan parcial.

Parágrafo 3. Las Áreas de Integración Multimodal - AIM y los proyectos estructurantes
o de renovación urbana para la movilidad sostenible asociados a las Infraestructuras de soporte a la red de transporte público de pasajeros exentos del ámbito de las AIM, no tendrán que cumplir con la obligación de VIP definida en el presente artículo. La obligación VIS será calculada bajo los siguientes parámetros.

Parágrafo 4. Los proyectos que se desarrollen en el área de actividad estructurante
receptora de actividades económicas que destinen más del 70% del área construida en usos no residenciales no deberán cumplir con la obligación de VIS.

Marco normativo Acuerdo 927 de 2024:

Artículo 147.

Incentivos para la provisión de suelo para vivienda de Interés Social y Vivienda de Interés Prioritario en tratamiento de Desarrollo o en proyectos y/o programas de renovación urbana. Modifíquese el artículo 75 del Acuerdo 761 de 2020, el cual quedará así:

Artículo 75.

Incentivos para la provisión de suelo para vivienda de interés social y vivienda de interés prioritario en tratamiento de desarrollo o en proyectos y/o programas de renovación urbana. En concordancia con lo establecido en el parágrafo del artículo 15 de la Ley 388 de 1997, la Administración Distrital podrá

126 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-481 • 2025 • DICIEMBRE • 31 481 establecer incentivos y mecanismos para la generación efectiva de provisión de suelo y/o para la construcción efectiva de Viviendas de Interés Social (VIS) y Viviendas de Interés Prioritaria (VIP), en armonía con las disposiciones del Plan de Ordenamiento Territorial vigente. Las reglamentaciones que se expidan podrán definir condiciones adicionales para la obtención de los incentivos Distritales que se generen para el cumplimiento de la presente disposición y del Plan de Ordenamiento Territorial.

Parágrafo. Los predios que conformen el Banco de Tierras Distrital, incluyendo
aquellos que se encuentren en cabeza de patrimonios autónomos y que hayan sido aportados por entidades u organismos del orden nacional o distrital del nivel central o descentralizado, estarán exentos de la contribución por valorización y del pago de la participación en el efecto plusvalía, siempre y cuando cumplan su finalidad para la construcción de Vivienda de Interés Social Prioritaria o Vivienda de Interés Social.

7.2.6. Incentivo para el Tratamiento de Consolidación Este incentivo permite habilitar hasta dos o tres niveles adicionales a la altura máxima prevista, condicionado al cumplimiento de las medidas de ecourbanismo y construcción sostenible, así como a criterios de localización, área de actividad, área predial y relación con la estructura vial.

La disposición tiene como objetivo incentivar la densificación sostenible de sectores consolidados, promoviendo la eficiencia en el uso del suelo urbano sin comprometer las condiciones ambientales, paisajísticas ni de movilidad. Además, establece límites claros para evitar impactos negativos en el entorno, garantizando que la mayor edificabilidad se traduzca en beneficios urbanos tangibles, como mayor oferta de vivienda formal, renovación del parque inmobiliario, reducción de presiones sobre el suelo de expansión y contribución a la mitigación del cambio climático.

Por otra parte, para la correcta aplicación del incentivo, se actualiza la Sección 1.6 “Empates de Alturas” del Anexo No. 5 del Plan de Ordenamiento Territorial – Decreto Distrital 555 de 2021, con el propósito de ajustar las condiciones volumétricas y morfológicas de las edificaciones en el tratamiento de Consolidación, en coherencia con las políticas de densificación sostenible y armonización del tejido urbano existente. Esta modificación busca optimizar la relación entre las nuevas edificaciones y su contexto inmediato, favoreciendo una transición gradual de alturas que preserve la continuidad urbana, y mejore las condiciones de habitabilidad.

127 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-482 • 2025 • DICIEMBRE • 31 482 La actualización introduce criterios de empate volumétrico y aislamiento lateral que consideran las alturas consolidadas, pero que a su vez incorporan el cumplimiento de medidas de ecourbanismo y construcción sostenible para los casos en los que no se cumplan las condiciones de englobe predial. De esta manera, se refuerza el vínculo entre la morfología urbana, la eficiencia ambiental y la calidad arquitectónica, garantizando que las transformaciones locales contribuyan al modelo de ciudad resiliente, compacta y climáticamente adaptable propuesto en el Decreto Distrital 555 de 2021.

Descripción del Incentivo Se escribe literalmente lo señalado en el proyecto de decreto:

Modificar la Sección 1.6. “EMPATES DE ALTURAS” del Capítulo 1 y adicionar la Sección 5.7. “INCENTIVO PARA DETERMINAR LA ALTURA EN EL TRATAMIENTO DE CONSOLIDACIÓN” al Capítulo 5 del Anexo No. 5 “Manual de Normas Comunes a los Tratamientos Urbanísticos”, que hace parte integral del Plan de Ordenamiento Territorial, según lo establecido en el literal e) del numeral 4° del artículo 607 del Decreto Distrital 555 de 2021, mediante la adopción del documento Anexo 1 del presente Decreto.

Capítulo 1. NORMAS URBANÍSTICAS COMUNES A LOS

TRATAMIENTOS URBANÍSTICOS

Sección 1. 6. EMPATES DE ALTURAS

Para el tratamiento de Mejoramiento Integral, aplica la siguiente regulación respecto de empates de alturas:

Características de las edificaciones Aplicación colindantes Predios que comparten lindero lateral Se permite prever empate volumétrico con predios en los que, a la fecha de con la edificación de mayor altura en entrada en vigencia del Decreto toda la longitud de la fachada, previendo aislamiento lateral por el costado que colinde con la edificación Distrital 555 de 2021, existan edificaciones sin aislamiento lateral y con altura superior a la definida en los de menor altura, calculado a partir de mapas CU-5.4.2 a CU5.4.33. – la altura reglamentaria y de acuerdo Edificabilidad. con las condiciones señaladas para cada tratamiento. (Ver ilustración 07A) Predios que comparten lindero lateral No se exige empate de alturas. (Ver con predios en los que, a la fecha de ilustración 07B)

128 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-483 • 2025 • DICIEMBRE • 31 483 entrada en vigencia del Decreto Distrital 555 de 2021, existan edificaciones sin aislamiento lateral y con altura inferior a la definida en los mapas CU-5.4.2 a CU5.4.33. – Edificabilidad. Predios que comparten lindero lateral Se permite prever la misma dimensión con predios en los que, a la fecha de entrada en vigencia del Decreto de la altura existente de las edificaciones colindantes. (Ver Distrital 555 de 2021, existan ilustración 07C) edificaciones colindantes sin aislamiento lateral y con igual altura entre sí.

En el tratamiento de Mejoramiento Integral, para las edificaciones en las que se aplique el empate de alturas, se exigirán los aislamientos posteriores correspondientes a la altura en pisos alcanzada. (Ver SECCIÓN 4.2.b. Dimensionamiento de aislamientos posteriores en el Tratamiento de Mejoramiento Integral).

Ilustraciones 07A y 07B SECCIÓN 1.6. EMPATES DE ALTURAS – Tratamiento de Mejoramiento Integral 129 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-484 • 2025 • DICIEMBRE • 31 484 Ilustración 07C SECCIÓN 1.6. EMPATES DE ALTURAS Tratamiento de Mejoramiento Integral Para el tratamiento de Consolidación, aplica la siguiente regulación respecto de empates de alturas:

Características de las edificaciones Aplicación colindantes Predios que comparten lindero lateral Se permite prever empate volumétrico con predios en los que, a la fecha de con la edificación de mayor altura en entrada en vigencia del Decreto toda la longitud de la fachada, sin aislamiento lateral, cumpliendo con las condiciones de la Sección 5.7 del Distrital 555 de 2021, existan edificaciones sin aislamiento lateral y con altura superior a la definida en los mapas CU-5.4.2 a CU5.4.33. – presente Anexo. En los casos en los que no sea posible el englobe dispuesto en la Sección 5.7 Edificabilidad. del presente Anexo, se permite el empate sin cumplir con esta condición, y cumpliendo las medidas de ecourbanismo y construcción sostenible señaladas en el Título II del Decreto “Por medio del cual se adoptan incentivos asociados a medidas de construcción sostenible para la provisión de vivienda formal, la 130 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-485 • 2025 • DICIEMBRE • 31 485 adaptación y mitigación al cambio climático y la reactivación económica en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones”, que adopta la modificación de esta sección.

(Ver ilustración 07.1A) Predios que comparten lindero lateral No se exige empate de alturas. (Ver con predios en los que, a la fecha de ilustración 07.1B) entrada en vigencia del Decreto Distrital 555 de 2021, existan edificaciones sin aislamiento lateral y con altura inferior a la definida en los mapas CU-5.4.2 a CU5.4.33. – Edificabilidad.

Predios que comparten lindero lateral Se permite prever la misma dimensión con predios en los que, a la fecha de entrada en vigencia del Decreto de la altura existente de las edificaciones colindantes, cumpliendo Distrital 555 de 2021, existan con las condiciones de la Sección 5.7 edificaciones colindantes sin aislamiento lateral y con igual altura del presente Anexo. En los casos en los que no sea posible entre sí. el englobe dispuesto en la Sección 5.7 del presente Anexo, se permite el empate sin cumplir con esta condición y cumpliendo las medidas de ecourbanismo y construcción sostenible correspondientes al Artículo 4 “Medida de retención y aprovechamiento de aguas lluvias”, Artículo 5 “Medida de Materiales”, Artículo 7 “Medida Reducción Efecto Isla de Calor”, señaladas en el Título II del Decreto “Por medio del cual se adoptan incentivos asociados a medidas de construcción sostenible para la provisión de vivienda formal, la adaptación y mitigación al cambio climático y la reactivación económica en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones”, que adopta la modificación de esta sección.

(Ver ilustración 07.1C)

Ilustraciones 07.1A y 07.1B SECCIÓN 1.6. EMPATES DE ALTURAS – Tratamiento de Consolidación 131 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-486 • 2025 • DICIEMBRE • 31 486 Ilustración 07.1C SECCIÓN 1.6. EMPATES DE ALTURAS Tratamiento de Consolidación En el tratamiento de Consolidación, para las edificaciones en las que se aplique el empate de alturas, se exigirán los aislamientos posteriores correspondientes a la altura máxima en pisos definida en los mapas CU-5.4.2 a CU 5.4.33. - Edificabilidad 132 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-487 • 2025 • DICIEMBRE • 31 487 (Ver SECCIÓN 5.4.b. Dimensionamiento de aislamientos posteriores en el Tratamiento de Consolidación).

CONCORDANCIAS: Decreto Distrital 555 de 2021 Art. 76. Altura de 3 pisos equipamientos en la Zona de Articulación y Restablecimiento de la red de parques del Río Bogotá. Art. 166. Altura de servicios conexos en infraestructuras, proyectos de renovación urbana para la movilidad sostenible y sistemas de servicios públicos. Art. 176. Condiciones de edificabilidad y volumetría de equipamientos: Existentes: Se permite el reconocimiento con la edificabilidad existente. Nuevos:
- En cesiones urbanísticas para equipamientos, en área de actividad de Grandes Servicios metropolitanos, en manzanas completas o en predio con área de terreno superior a 5.000 m2, será la resultante de aplicar las normas comunes a todos los tratamientos. – En los demás: en tratamientos de Consolidación o Mejoramiento Integral, la altura máxima es de 5 pisos. En tratamientos de Renovación Urbana, Conservación y Desarrollo, será la determinada en el tratamiento.
Art. 217. Estaciones radio eléctricas. Art. 248. Acciones de mitigación de impactos urbanísticos (MU): La acción MU1 establece una altura libre de 5 metros para las zonas de transición cubiertas. Art. 260. Altura máxima de las edificaciones. Art. 310. Normas de edificabilidad aplicables al tratamiento urbanístico de consolidación. Art. 312. Normas aplicables a predios de grandes superficies comerciales y manzanas comerciales de urbanizaciones. Art. 338. Altura máxima para obra nueva o ampliación en el tratamiento de Mejoramiento Integral.

Capítulo 5. NORMAS ESPECÍFICAS EN EL TRATAMIENTO DE

CONSOLIDACIÓN

Sección 5. 7. INCENTIVO PARA DETERMINAR LA ALTURA EN EL

TRATAMIENTO DE CONSOLIDACIÓN.

Las edificaciones sujetas al Tratamiento de Consolidación, que adopten todas las medidas de ecourbanismo y construcción sostenible señaladas en el Título II del Decreto “Por medio del cual se adoptan incentivos asociados a medidas de construcción sostenible para la provisión de vivienda formal, la adaptación y mitigación al cambio climático y la reactivación económica en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones”, que adopta la adición de esta sección, podrán habilitar dos o tres niveles adicionales a la altura máxima en pisos prevista en los mapas CU-5.4.2 a CU 5.4.33, siempre y cuando los predios o englobes prediales cuenten con las áreas de terreno descritas a continuación:

133 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-488 • 2025 • DICIEMBRE • 31 488 Predio o englobe con área de terreno en M2 Número de Niveles Igual o mayor a 300 m2 y menor a 800 m2 2 Niveles Igual o mayor a 800 m2 3 Niveles El incentivo aquí señalado es aplicable a predios o englobes prediales en los que se cumpla con la totalidad de las siguientes condiciones: a. Tramitar licencia de construcción en la modalidad de obra nueva. b. Estar ubicados en Área de Actividad de Proximidad o en Área de Actividad Estructurante. (ver mapa CU-5.2. del Decreto Distrital 555 de 2021). c. Estar ubicados por fuera de los polígonos identificados como sectores de uso residencial neto. (Ver Mapa CU-5.2. del Decreto Distrital 555 de 2021). d. Cumplir con las limitantes generales de altura según lo dispuesto en la Sección 1.2 del presente Anexo. e. En predios o englobes con tipología aislada, cuando se desarrollen alturas iguales o mayores a 8 pisos, el predio deberá contar con frente sobre al menos una vía con perfil vial igual o mayor a 22 m. f. En ningún caso se podrá superar la altura de doce (12) pisos. g. Los pisos descritos en la presente sección se contabilizarán para el cálculo de los aislamientos y retrocesos.

Nota 1. El presente incentivo no aplica a los predios que tengan la posibilidad de desarrollar pisos adicionales de los que trata el numeral 2 del artículo 310 del Decreto Distrital 555 de 2021, cuando excepcionalmente se indique en los mapas CU-5.4.2 a CU 5.4.33 – “Edificabilidad máxima” de las Unidades de Planeamiento Local.

Nota 2. El presente incentivo aplica a los proyectos que cuentan con la posibilidad de duplicar la altura indicada en los mapas CU-5.4.2 a CU 5.4.33 – “Edificabilidad máxima” de los que tratan los parágrafos 2 y 3 del artículo 310 del Decreto Distrital 555 de 2021.

Nota 3. El área de los niveles adicionales producto del presente incentivo se tendrá en cuenta para el cálculo de las obligaciones urbanísticas establecidas en la Sección 6, del Subcapítulo 2, del Capítulo 5 “OBLIGACIONES URBANÍSTICAS EN LOS TRATAMIENTOS DE RENOVACIÓN URBANA Y DE CONSOLIDACIÓN” del Decreto Distrital 555 de 2021.

134 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-489 • 2025 • DICIEMBRE • 31 489 Nota 4. Las disposiciones sobre el Tratamiento de Consolidación que no se encuentran señaladas en esta Sección, serán las definidas en el Decreto Distrital 555 de 2021, en el presente Anexo, y en las demás normas que los modifiquen, complementen o sustituyan.

Ilustración 31. Esquema incentivo para el tratamiento de consolidación Fuente: Elaboración propia – Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales – SDP Ilustración 32. Esquema de aplicación del incentivo para el tratamiento de consolidación Fuente: Elaboración propia – Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales – SDP Aplicabilidad del Incentivo:

135 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-490 • 2025 • DICIEMBRE • 31 490 El incentivo aplica a todos los predios sujetos al Tratamiento de Consolidación, ubicados en Áreas de Actividad de Proximidad y Estructurante, sobre los cuales se radique solicitud de licencia de urbanización y/o construcción en la modalidad de obra nueva, así como las modificaciones a las mismas, que cumplan con todas las condiciones establecidas.

Tabla 20. Ejercicio práctico comparativo de aplicación del incentivo para el tratamiento de Consolidación SIN INCENTIVO CON INCENTIVO Ej. Proyecto en Tratamiento de Consolidación Ej. Proyecto en Tratamiento de Consolidación Área de terreno 700,00 Áre de terreno 700,00 Altura UPL 5 Altura UPL 5 Altura con incentivo 7 Ocupación en primer piso 490,00 70% Ocupación en primer piso 490,00 70% Área construida 2.450,00 Área construida 3.430,00 ICe inicial 3,50 ICe inicial 4,90 Área construida en vivienda 2.450,00 Área construida en vivienda 3.430,00 Área de obligación en VIS (Hasta 2027) 147,00 6% Área de obligación en VIS (Hasta 2027) 274,40 8% Área de vivienda restante 2.303,00 Área de vivienda restante 3.155,60 Área en No VIS 2.303,00 100% Área en No VIS 3.155,60 100% Área en VIS adicional a la obligación 0,00 0% Área en VIS adicional a la obligación 0,00 0% Área para cálculo de ICe para obligaciones 2.303,00 Área para cálculo de ICe para obligaciones 3.155,60 ICe para obligaciones 3,29 ICe para obligaciones 4,51 Marco Normativo Decreto 555 de 2023:

Artículo 257.

Edificabilidad máxima permitida en los tratamientos urbanísticos. La edificabilidad máxima aplicable a las actuaciones urbanísticas en los diferentes tratamientos es la resultante de la aplicación del conjunto de incentivos y obligaciones urbanísticas, las normas volumétricas y de altura máxima establecidas de manera particular y diferenciada para cada uno de los sectores de edificabilidad representados en los mapas n.° CU-5.4.2 a CU-5.4.33, que forman parte integral del presente Plan.

Parágrafo. La edificabilidad máxima en la actuación estratégica de "Lagos de Torca" se
someterá a las disposiciones contenidas en el Decreto Distrital 088 de 2017 y demás disposiciones que lo adicionen o complementen.

Artículo 260.

Altura máxima de las edificaciones. La altura máxima de las edificaciones está sujeta a la aplicación de las normas de ocupación, cumplimiento de obligaciones urbanísticas en sitio, el número máximo de pisos permitido cuando éste se especifique en los mapas n.° CU-5.4.2 a CU- 5.4.33, los empates, aislamientos y retrocesos exigidos y las demás normas relacionadas con el aprovechamiento de los predios en edificabilidad.

136 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-491 • 2025 • DICIEMBRE • 31 491 Los criterios específicos para la determinación de la altura de las edificaciones y del cumplimiento de las normas sobre altura máxima en los tratamientos urbanísticos se desarrollan en el Manual de Normas Comunes a los tratamientos.

Se determinan las siguientes condiciones de altura máxima de las edificaciones dependiendo de los tratamientos urbanísticos:

1. Para los tratamientos de conservación, consolidación, mejoramiento integral y tratamiento de desarrollo en los rangos 4A y 4B, la altura máxima se determina en número de pisos.

2. Para los tratamientos de desarrollo en los rangos 1,2,3, 4C y 4D y renovación urbana, la altura máxima será la resultante de la correcta aplicación de las normas del tratamiento urbanístico respectivo.

Artículo 310.

Normas de edificabilidad aplicables al tratamiento urbanístico de consolidación. Aplican las siguientes normas:

1. Los índices de ocupación y construcción son resultantes de la aplicación de las normas volumétricas.

2. La altura en pisos que pueden alcanzar los predios es la indicada en i05 mapas CU-5.4.2 a CU 5.4.33 - "Edificabilidad máxima", para cada una de las Unidades de Planeamiento Local, que forman parte del presente Plan.

Cuando excepcionalmente se indique en dichos mapas que un predio puede llegar a un número máximo de pisos adicionales a la altura identificada para el predio, se deberá cumplir con las siguientes condiciones, según la tipología edificatoria: a. En tipología continua: Frente mínimo de predio igual o mayor a 14 metros. b. En tipología aislada (TA): Frente mínimo de predio igual o mayor a 24 metros y área mínima de 1200 m2. El predio debe estar con frente a vía con perfil vial igual o superior a 22 metros, contados de paramento a paramento, siempre que desarrolle alturas iguales o superiores a 8 pisos.

3. En sectores identificados como de tipología continua no se exigen aislamientos laterales, salvo lo indicado en el parágrafo 3 de este artículo.

4. En sectores identificados como de tipología aislada no se permiten subdivisiones.

Parágrafo 1. Las condiciones específicas de la aplicación de aislamientos laterales,
posteriores y contra espacio público, así como el retroceso contra zonas verdes, y las condiciones sobre subdivisión de predios son las definidas en el "Manual de Normas Comunes a los Tratamientos Urbanísticos.

Parágrafo 2. Para los predios sometidos al tratamiento de consolidación cuyo ámbito
de proyecto objeto de licenciamiento sea igual una manzana y además se localice en área de actividad de proximidad, el número máximo de pisos será dos veces el 137 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-492 • 2025 • DICIEMBRE • 31 492 permitido en los mapas n.° CU-5.4.2 a CU- 5.4.33, sin superar la altura de doce (12) pisos.

Parágrafo 3. En las áreas de actividad receptoras de vivienda de interés social y
prioritario, el número máximo de pisos será dos veces el permitido en los mapas n.° CU-5.4.2 a CU-5.4.33 "Edificabilidad máxima" para cada una de las Unidades de Planeamiento Local, para los predios que, indistintamente de su área, desarrollen como mínimo el 70% del área construida en vivienda de interés social o el 50% del área construida en vivienda de interés prioritario. Para estos casos y en tipología continua, cuando la edificación a desarrollar sea igual o superior a cinco (5) pisos, deberá aislarse lateralmente desde la altura base determinada para el sector. Cuando el plano indique dos alturas, el aislamiento se hará desde la mayor de las alturas.

Parágrafo 4. La densidad máxima permitida en la Urbanización San José de Bayana
será de cuatro (4) viviendas por lote mínimo definido para la urbanización. El índice máximo de construcción predial permitido será de 0.30 y el índice máximo de ocupación predial será 0.15. La densidad e índices señalados se podrán liberar una vez evaluada la capacidad de las redes de alcantarillado existentes y construidas y las redes locales actualmente sin construir.

7.2.7. Incentivo para los proyectos en Área de Actividad de Grandes Servicios Metropolitanos que incluyan el uso residencial.

El incentivo introduce un procedimiento técnico para el cumplimiento de las disposiciones sobre áreas dotacionales e industriales para aquellos proyectos localizados en Área de Actividad de Grandes Servicios Metropolitanos, en Tratamiento de Renovación Urbana o de Consolidación, que incluyan el uso residencial. A través del incentivo, calculan el área requerida en uso industrial y/o dotacional con un índice de construcción de 0,8, tal como se establece en la nota 2 de la tabla del artículo 243 del Decreto Distrital 555 de 2021, y sobre el resultado obtenido, podrán aplicar un factor dependiendo de si la edificación en la que se desarrollan éstos usos es de obra nueva o reúso. Esto, en contraprestación por la implementación de las medidas de ecourbanismo y construcción sostenible tanto en la edificación de uso residencial, como en la edificación de uso dotacional y/o industrial. De este modo, la norma incentiva la transición de los grandes enclaves de servicios metropolitanos hacia entornos urbanos multifuncionales, con una estructura más eficiente, baja en emisiones y adaptada al cambio climático.

Descripción del Incentivo Se escribe literalmente lo señalado en el proyecto de decreto:

Incentivo para los proyectos en Área de Actividad de Grandes Servicios Metropolitanos que incluyan el uso residencial. Los proyectos sujetos a los Tratamientos de Consolidación o Renovación Urbana, que tengan asignada el Área de 138 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-493 • 2025 • DICIEMBRE • 31 493 Actividad de Grandes Servicios Metropolitanos, desarrollen el uso residencial bajo las condiciones dispuestas en el Decreto Distrital 555 de 2021 y adopten la totalidad de las medidas de ecourbanismo y construcción sostenible establecidas en el Título II del presente Decreto, podrán cumplir la disposición de destinar el área construida al uso dotacional y/o industrial aplicando el siguiente procedimiento:

1. Calcular el área construida requerida para uso dotacional y/o industrial que será la mayor entre el área construida preexistente y el índice de construcción efectivo de 0.8 aplicable al área de terreno.

2. Aplicar la siguiente fórmula al área resultante del paso anterior, según aplique:

2.1. En obra nueva: ACri = (ACr * 0,6) Donde, ACri: Área construida en industria y/o dotacional con incentivo. ACr: Área construida requerida (Numeral 1)

2.2. En reúso: ACri = (ACr * 0,4) Donde, ACri: Área construida en industria y/o dotacional con incentivo. ACr: Área construida requerida (Numeral 1)

Parágrafo 1. Cuando se elija el reúso como forma de cumplimiento de la
disposición de destinar el área construida al uso dotacional y/o industrial, si el área construida existente no es suficiente, se deberá complementar con área nueva en sitio, manteniéndose la aplicación del mismo factor de 0,4 sobre el total del área construida requerida.

Parágrafo 2. Cuando se elija el reúso como forma de cumplimiento de la
disposición de destinar el área construida al uso dotacional y/o industrial, se aplicarán las condiciones urbanísticas establecidas en el artículo 327 del Decreto Distrital 555 de 2021.

Parágrafo 3. El presente incentivo no podrá aplicarse simultáneamente con los
incentivos descritos en los artículos 11, 12 y 13.

Ilustración 33. Esquema incentivo para proyectos en Área de Actividad de Grandes Servicios Metropolitanos que incluyan el uso residencial 139 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-494 • 2025 • DICIEMBRE • 31 494 EN OBRA NUEVA EN REÚSO Fuente: Elaboración propia – Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales – SDP Aplicabilidad del Incentivo:

El incentivo aplica a:

140 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-495 • 2025 • DICIEMBRE • 31 495 Con formato: Fuente: (Predeterminada) +Cuerpo (Aptos)

Con formato: Normal, Interlineado: Múltiple 1,08 lín.

Con formato: Color de fuente: Texto 1 Con formato: Color de fuente: Texto 1 Con formato: Color de fuente: Texto 1 Con formato: Color de fuente: Texto 1 Con formato: Fuente: (Predeterminada) +Cuerpo (Aptos), Color de fuente: Texto 1 Con formato: Fuente: (Predeterminada) +Cuerpo (Aptos), Color de fuente: Texto 1 Con formato: Fuente: (Predeterminada) +Cuerpo (Aptos), Color de fuente: Texto 1 Predio(s) localizado(s) en suelo urbano con Tratamiento de Renovación Urbana, en Área de Actividad de Grandes Servicios Metropolitanos que incluyan usos residenciales, sobre los cuales se radique trámite de Plan Parcial; o se radique la formulación de una Actuación Estratégica o se desarrollen Unidades Funcionales en el marco de una Actuación Estratégica; o se presente solicitud de licencia de urbanización y/o construcción, así como las modificaciones a las mismas.

Predio(s) localizado(s) en suelo urbano con Tratamiento de Consolidación, en Área de Actividad de Grandes Servicios Metropolitanos que incluyan usos residenciales, sobre los cuales se radique la formulación de una Actuación Estratégica o se desarrollen Unidades Funcionales en el marco de una Actuación Estratégica; o se presente solicitud de licencia de urbanización y/o construcción, así como las modificaciones a las mismas.

Tabla 21. Ejercicio práctico comparativo de aplicación del incentivo para los Con formato: Fuente: (Predeterminada) +Cuerpo (Aptos), Color de fuente: Texto 1 proyectos en área de actividad de Grandes Servicios Metropolitanos que incluyan el uso residencial Con formato: Fuente: (Predeterminada) +Cuerpo (Aptos), Color de fuente: Texto 1 SIN INCENTIVO CON INCENTIVO Ej. Proyecto en Tratamiento de Renovación en obra nueva Ej. Proyecto en Tratamiento de Renovación en obra nueva Área de terreno 10.000,00 Áre de terreno 10.000,00 Paso 1 (área mayor) 8.000,00 Paso 1 (área mayor) 8.000,00 Edificación preexistente Ind/Dot 5.500,00 Edificación preexistente Ind/Dot 5.500,00 AT * 0,8 8.000,00 0,8 AT * 0,8 8.000,00 0,8 Paso 2 (aplicación de factor)

Obra nueva (0,6) - Opción 1 4.800,00 0,6 Reúso (0,4)- Opción 2 3.200,00 0,4 ICe 4,50 Ice 4,50 Área construida 45.000,00 Área construida (opción 1) 45.000,00 Área en industria y/o dotacional 8.000,00 Área en industria y/o dotacional en obra nueva 4.800,00 Área en vivienda 37.000,00 Área en vivienda 40.200,00 Área construida (opción 2) 45.000,00 Área en industria y/o dotacional en reúso 3.200,00 Área en vivienda 41.800,00 Marco Normativo Decreto 555 de 2023:

Artículo 243.

Usos del suelo permitidos por área de actividad.

(…) Nota 2. El uso residencial se permite en proyectos que destinen al uso dotacional y/o industrial la mayor área construida, bien sea del total del área dotacional o industrial preexistente a la entrada en vigencia del presente Plan, o de la aplicación del índice de 141 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-496 • 2025 • DICIEMBRE • 31 496 construcción efectivo de 0.8 aplicable al área de terreno, cumpliendo con las siguientes condiciones:

1. Las soluciones habitacionales con servicios se podrán desarrollar vinculadas a equipamientos del sistema del cuidado y servicios sociales que se desarrollen en el área construida a la que se hizo mención, cumpliendo con las obligaciones urbanísticas aplicables para el tratamiento en que se localice el proyecto y previa certificación del sector de la administración distrital que corresponda. Cuando no estén vinculadas a equipamientos del sistema del cuidado y servicios sociales, se deberán desarrollar mediante la adquisición de certificados de derechos de construcción y desarrollo.

2. La vivienda multifamiliar y colectiva se deberán desarrollar mediante la adquisición de certificados de derechos de construcción y desarrollo, con excepción de la vivienda multifamiliar VIP.

La preexistencia de usos aquí mencionados se corrobora a través de la certificación catastral correspondiente o de licencias urbanísticas o reconocimientos previos.

Estas disposiciones no serán aplicables para los predios a los que aplique el tratamiento urbanístico de desarrollo.”

Artículo 327.

Condiciones para el desarrollo de proyectos en áreas de actividad en grandes servicios metropolitanos. Los proyectos que se desarrollen bajo las condiciones de los tratamientos de consolidación y renovación urbana que tengan asignada el área de grandes servicios metropolitanos y que incluyan usos residenciales bajo las condiciones establecidas en la nota 2 del artículo “Usos del suelo permitidos por área de actividad”, deberán cumplir con las siguientes obligaciones y condiciones:

1.Obligación urbanística de cesión en suelo para espacio público: Para proyectos que superen el índice de construcción base (IC Base) de 1.3, se deberán tener en cuenta la siguiente fórmula:

CS = AT * Fs Donde:

CS = Área a ceder en m2 de suelo AT = Área de terreno en m2 de suelo Fs = Porcentaje para el cálculo de la obligación en suelo de acuerdo con el rango de índice de construcción efectivo (Ice) en suelo según la siguiente tabla:

CONSOLIDACIÓN IC Efectivo (ICe) Porcentaje de cálculo para obligación en suelo (Fs) ICe ≤ 2 N/A 2 < ICe ≤ 3 5% 3 < ICe ≤ 4 10% 4 < ICe ≤ 5 15% 142 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-497 • 2025 • DICIEMBRE • 31 497 RENOVACIÓN URBANA IC Efectivo (ICe) Porcentaje de cálculo para obligación en suelo (Fs) ICe ≤ 1,3 N/A 1,3 < ICe ≤ 6 20% IC > 6 25% Cuando la cesión de suelo (CSs) sea menor a cuatrocientos (400) metros cuadrados, el cumplimiento se hará a través de pago en dinero al fondo cuenta o el mecanismo establecido para tal fin o en especie en los proyectos de proximidad según la reglamentación específica que se haga para las UPL o en actuaciones estratégicas localizadas en zonas deficitarias, de acuerdo con la siguiente fórmula:

Vcomp = CSs * Vref*k Donde:

Vcomp: valor a compensar por obligación en suelo, en pesos (COP)

CSs: Área a ceder en sitio, en m2 de suelo Vref: Valor de referencia del AT definido por la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, del año en el que se solicita la liquidación de esta compensación. k= el valor k se calculará con la siguiente progresividad. Adicionalmente, podrá ser reglamentado por la Secretaría Distrital de Planeación, en ningún caso podrá ser inferior a 0,3. a. Hasta el 31 de diciembre de 2024 así: k=0,30 b. Hasta el 31 de diciembre de 2027 así: k=0,50 c. Desde el 1 de enero de 2028 así: k=0,80 2.Compra de Derechos de Construcción. Por cada m2 de construcción requerido para uso residencial se deberá adquirir un (1) metro cuadrado de construcción en zonas generadoras de derechos de construcción ubicadas en los terrenos a las que se refiere el artículo “Zonas generadoras y receptoras de derechos de construcción de suelo de protección”.

3.Deberá cumplir con las condiciones establecidas para la obligación urbanística relacionada con las redes locales e infraestructura del sistema pluvial, acueducto y alcantarillado sanitario.

4.No deberá cumplir con la obligación urbanística para VIS y VIP definida en el artículo “Obligación de destinar porciones de suelo a la construcción de vivienda de interés social o prioritario o su equivalente en metros cuadrados de construcción”

5.Como mínimo el 15% de los certificados de construcción y desarrollo adquiridos deberán ser utilizados para vivienda de interés social.

143 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-498 • 2025 • DICIEMBRE • 31 498 6.Para proyectos con área de terreno igual o superior a 20.000 M2 deberán cumplir con la obligación de que trata el artículo “Obligación urbanística para equipamiento público”.

Parágrafo. La cesión de suelo en sitio deberá dar cumplimiento a lo establecido en el
“Manual de Normas Comunes a los Tratamientos Urbanísticos” que forma parte del presente Plan, respecto de las normas comunes sobre condiciones de cesiones para espacio público.”

7.2.8. Seguimiento, beneficios y efectos de los incentivos El presente capítulo establece los lineamientos para el seguimiento, evaluación y análisis de los efectos derivados de la aplicación de los incentivos urbanísticos previstos en el marco de la incorporación de criterios de ecourbanismo y construcción sostenible en los proyectos urbanos. Su propósito es garantizar la trazabilidad y transparencia de los resultados obtenidos, identificando el grado de efectividad de los mecanismos de incentivo en la promoción de un desarrollo urbano equilibrado, sostenible y financieramente viable. Para ello, se proponen herramientas e indicadores que permitirán medir su impacto en dimensiones ambientales, sociales, económicas y territoriales, contribuyendo al fortalecimiento de la gestión urbana distrital y a la toma de decisiones basada en evidencia. De igual forma, se detallan los beneficios esperados y los distintos efectos que estos incentivos generan en la viabilidad, eficiencia y estructura de cargas de los proyectos, asegurando su coherencia con los objetivos de sostenibilidad, densificación equilibrada y equidad territorial establecidos en la política pública distrital.

Seguimiento de resultados Para evaluar la efectividad de los incentivos propuestos, se plantean las siguientes alternativas de seguimiento que permiten medir su impacto en el corto, mediano y largo plazo:

1. Indicadores ambientales: Evaluación de mejoras en las condiciones medioambientales del entorno urbano intervenido.
2. Dinámica de licenciamiento: Análisis de la evolución en la expedición de licencias urbanísticas en los tratamientos priorizados.
3. Producción y comercialización de vivienda: Seguimiento al número de unidades generadas y vendidas por tipo de proyecto.
4. Espacio público efectivo: Verificación de áreas de cesión entregadas, calificadas como espacio público utilizable.

144 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-499 • 2025 • DICIEMBRE • 31 499

5. Recaudo de cargas urbanísticas: Registro del comportamiento del recaudo derivado de las obligaciones en dinero, tanto en su valor como en su distribución por tratamiento.

Beneficios esperados La implementación de incentivos urbanísticos orientados a la adopción de medidas de ecourbanismo y construcción sostenible genera impactos positivos que trascienden el ámbito edificatorio, contribuyendo al fortalecimiento integral del modelo de ocupación del territorio. Desde la perspectiva urbana, estos instrumentos promueven un uso más eficiente y equilibrado del suelo, incentivan la densificación controlada en zonas con infraestructura existente, y fomentan la renovación y consolidación de áreas subutilizadas, mejorando la conectividad, el acceso a equipamientos y la calidad del espacio público. Asimismo, facilitan la integración funcional entre vivienda, comercio y servicios, impulsando centralidades urbanas más compactas, accesibles y sostenibles.

En el componente social, los incentivos favorecen la generación de vivienda formal, en especial de interés social y prioritario, ampliando las oportunidades de acceso a hábitat digno. La consolidación de entornos urbanos más mixtos y equilibrados promueve la inclusión y la diversidad socioeconómica, mientras que la mejora en la calidad del espacio público y la dotación de servicios genera entornos seguros, saludables y propicios para la interacción ciudadana. Estos beneficios se traducen en una mejor calidad de vida, en concordancia con los objetivos de equidad urbana del Distrito.

Los beneficios de la implementación de incentivos urbanísticos asociados a la incorporación de medidas de ecourbanismo, pueden clasificarse así:

1. Fomento a la sostenibilidad urbana: Promueve la adopción de medidas de ecourbanismo, incluyendo eficiencia energética, infraestructura verde y gestión hídrica sostenible, y a la vez promueve la disminución de la huella de carbono.
2. Beneficios financieros: Mejora la viabilidad económica de los proyectos urbanos, al optimizar la relación entre cargas urbanísticas y aprovechamientos económicos.
3. Generación de vivienda: Incrementa la producción de unidades habitacionales, contribuyendo al cierre del déficit habitacional y al acceso a vivienda formal.
4. Producción de espacio público: Facilita el cumplimiento de cesiones urbanísticas, ampliando la oferta de parques, plazoletas y equipamientos públicos en la ciudad.

145 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-500 • 2025 • DICIEMBRE • 31 500

5. Habilitación de suelo urbanizable: Viabiliza el desarrollo de suelo en tratamientos de desarrollo, renovación urbana y consolidación, promoviendo una ocupación más eficiente del territorio.

Efectos de los incentivos en los proyectos Del análisis realizado, se identificaron tres tipos de beneficios generados por los incentivos, según su impacto directo en las variables clave del proyecto:

1. Incentivos con impacto en la viabilidad del proyecto Incrementan el área vendible o mejoran la viabilidad del proyecto al permitir un mayor uso del potencial edificatorio.

 Tratamiento de Desarrollo: La aplicación de un mayor porcentaje de traslado de espacio público a reserva ambiental, permite aumentar el área útil y alcanzar el índice de construcción efectivo (ICe) potencial.  Tratamiento de Desarrollo: La diversificación en la mezcla de usos contribuye a optimizar el desempeño del proyecto.  Tratamiento de Consolidación: Los niveles adicionales dependiendo del tamaño o englobe de predio, permite una mayor área edificada.  Tratamientos de Renovación Urbana y Consolidación en Grandes Servicios Metropolitanos: La aplicación de un factor para el área requerida para uso dotacional y/o industrial en proyectos que incluyan vivienda, permite mejorar las condiciones de la vivienda.

2. Incentivos con impacto en la eficiencia de los proyectos Contribuyen a mejorar la eficiencia ya sea por disminución de alturas, mejor ocupación o aprovechamiento del lote.

 Tratamiento de Desarrollo: El traslado de espacio público a reserva ambiental, permite aumentar el área útil logrando una mayor ocupación del predio y haciendo posible desarrollar el índice de construcción efectivo (ICe) en edificaciones de menor altura.

3. Incentivos con impacto en las cargas urbanísticas Reducen el valor de las obligaciones en dinero, generando un alivio financiero para la viabilidad del proyecto.

 Tratamiento de Desarrollo, y Consolidación: A través de la generación de VIS y/o VIP adicional se disminuye la base para el cálculo de la carga.  Tratamiento de Renovación Urbana: Mediante la aplicación de un menor porcentaje para el cálculo de espacio público.

146 Dirección de Estructuras y Sistemas Territoriales Dirección de Desarrollo del Suelo REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-501 • 2025 • DICIEMBRE • 31 501 DECRETO No._______________ DE ( )

“Por medio del cual se adoptan incentivos asociados a medidas de construcción sostenible para la provisión de vivienda formal, la adaptación y mitigación al cambio climático y la reactivación económica en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones.”.

ANEXO 1

Capítulo 1. NORMAS URBANÍSTICAS COMUNES A LOS TRATAMIENTOS URBANÍSTICOS

Sección 1. 6. EMPATES DE ALTURAS

Para el tratamiento de Mejoramiento Integral, aplica la siguiente regulación respecto de empates de alturas:

Características de las edificaciones Aplicación colindantes Se permite prever empate volumétrico con la edificación de mayor altura en toda la Predios que comparten lindero lateral con predios en los que, a la fecha de entrada en vigencia del Decreto Distrital 555 de 2021, existan edificaciones sin aislamiento lateral y con altura superior a la definida en los mapas CU-5.4.2 a CU5.4.33. – longitud de la fachada, previendo aislamiento lateral por el costado que colinde con la edificación de menor altura, calculado a partir de la altura reglamentaria y de acuerdo con las condiciones señaladas Edificabilidad. para cada tratamiento. (Ver ilustración No se exige empate de alturas. (Ver ilustración 07B)

07A) Predios que comparten lindero lateral con predios en los que, a la fecha de entrada en vigencia del Decreto Distrital 555 de 2021, existan edificaciones sin aislamiento lateral y con altura inferior a la definida en los mapas CU-5.4.2 a CU5.4.33. – Edificabilidad.

Se permite prever la misma dimensión de la altura existente de las edificaciones Predios que comparten lindero lateral con predios en los que, a la fecha de entrada en vigencia del Decreto Distrital 555 de 2021, colindantes. (Ver ilustración 07C)

CLASIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN: PÚBLICA 2310460-FT-078 Versión 01 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-502 • 2025 • DICIEMBRE • 31 502 Continuación del Decreto N°. ______________ DE ____________ Pág. 2 de 10 “Por medio del cual se adoptan incentivos asociados a medidas de construcción sostenible para la provisión de vivienda formal, la adaptación y mitigación al cambio climático y la reactivación económica en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones.” existan edificaciones colindantes sin aislamiento lateral y con igual altura entre sí.

En el tratamiento de Mejoramiento Integral, para las edificaciones en las que se aplique el empate de alturas, se exigirán los aislamientos posteriores correspondientes a la altura en pisos alcanzada. (Ver SECCIÓN 4.2.b. Dimensionamiento de aislamientos posteriores en el Tratamiento de Mejoramiento Integral).

Ilustraciones 07A y 07B SECCIÓN 1.6. EMPATES DE ALTURAS – Tratamiento de Mejoramiento Integral CLASIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN: PÚBLICA 2310460-FT-078 Versión 01 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-503 • 2025 • DICIEMBRE • 31 503 Continuación del Decreto N°. ______________ DE ____________ Pág. 3 de 10 “Por medio del cual se adoptan incentivos asociados a medidas de construcción sostenible para la provisión de vivienda formal, la adaptación y mitigación al cambio climático y la reactivación económica en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones.”

Ilustración 07C SECCIÓN 1.6. EMPATES DE ALTURAS Tratamiento de Mejoramiento Integral Para el tratamiento de Consolidación, aplica la siguiente regulación respecto de empates de alturas:

Características de las edificaciones Aplicación colindantes Se permite prever empate volumétrico con la edificación de mayor altura en toda la longitud de la fachada, sin aislamiento Predios que comparten lindero lateral con predios en los que, a la fecha de entrada en vigencia del Decreto Distrital 555 de 2021, existan edificaciones sin aislamiento lateral CLASIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN: PÚBLICA 2310460-FT-078 Versión 01 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-504 • 2025 • DICIEMBRE • 31 504 Continuación del Decreto N°. ______________ DE ____________ Pág. 4 de 10 “Por medio del cual se adoptan incentivos asociados a medidas de construcción sostenible para la provisión de vivienda formal, la adaptación y mitigación al cambio climático y la reactivación económica en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones.” y con altura superior a la definida en los lateral, cumpliendo con las condiciones de mapas CU-5.4.2 a CU5.4.33. – la Sección 5.7 del presente Anexo. En los casos en los que no sea posible el Edificabilidad. englobe dispuesto en la Sección 5.7 del presente Anexo, se permite el empate sin cumplir con esta condición, y cumpliendo las medidas de ecourbanismo y construcción sostenible señaladas en el Título II del Decreto “Por medio del cual se adoptan incentivos asociados a medidas de construcción sostenible para la provisión de vivienda formal, la adaptación y mitigación al cambio climático y la reactivación económica en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones”, que adopta la modificación No se exige empate de alturas. (Ver ilustración 07.1B) de esta sección. (Ver ilustración 07.1A) Predios que comparten lindero lateral con predios en los que, a la fecha de entrada en vigencia del Decreto Distrital 555 de 2021, existan edificaciones sin aislamiento lateral y con altura inferior a la definida en los mapas CU-5.4.2 a CU5.4.33. – Edificabilidad.

Se permite prever la misma dimensión de la altura existente de las edificaciones Predios que comparten lindero lateral con predios en los que, a la fecha de entrada en vigencia del Decreto Distrital 555 de 2021, colindantes, cumpliendo con las condiciones de la Sección 5.7 del presente existan edificaciones colindantes sin aislamiento lateral y con igual altura entre sí.

Anexo. En los casos en los que no sea posible el englobe dispuesto en la Sección 5.7 del CLASIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN: PÚBLICA 2310460-FT-078 Versión 01 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-505 • 2025 • DICIEMBRE • 31 505 Continuación del Decreto N°. ______________ DE ____________ Pág. 5 de 10 “Por medio del cual se adoptan incentivos asociados a medidas de construcción sostenible para la provisión de vivienda formal, la adaptación y mitigación al cambio climático y la reactivación económica en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones.” presente Anexo, se permite el empate sin cumplir con esta condición y cumpliendo las medidas de ecourbanismo y construcción sostenible correspondientes al artículo 3 “Medida de retención y aprovechamiento de aguas lluvias”, artículo 4 “Medida de Materiales”y artículo 6 “Medida de Reducción del Efecto Isla de Calor”, señaladas en el Título II del Decreto “Por medio del cual se adoptan incentivos asociados a medidas de construcción sostenible para la provisión de vivienda formal, la adaptación y mitigación al cambio climático y la reactivación económica en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones”, que adopta la modificación de esta sección. (Ver ilustración 07.1C)

Ilustraciones 07.1A y 07.1B SECCIÓN 1.6. EMPATES DE ALTURAS – Tratamiento de Consolidación CLASIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN: PÚBLICA 2310460-FT-078 Versión 01 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-506 • 2025 • DICIEMBRE • 31 506 Continuación del Decreto N°. ______________ DE ____________ Pág. 6 de 10 “Por medio del cual se adoptan incentivos asociados a medidas de construcción sostenible para la provisión de vivienda formal, la adaptación y mitigación al cambio climático y la reactivación económica en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones.”

Ilustración 07.1C SECCIÓN 1.6. EMPATES DE ALTURAS Tratamiento de Consolidación CLASIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN: PÚBLICA 2310460-FT-078 Versión 01 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-507 • 2025 • DICIEMBRE • 31 507 Continuación del Decreto N°. ______________ DE ____________ Pág. 7 de 10 “Por medio del cual se adoptan incentivos asociados a medidas de construcción sostenible para la provisión de vivienda formal, la adaptación y mitigación al cambio climático y la reactivación económica en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones.”

En el tratamiento de Consolidación, para las edificaciones en las que se aplique el empate de alturas, se exigirán los aislamientos posteriores correspondientes a la altura máxima en pisos definida en los mapas CU-5.4.2 a CU 5.4.33. - Edificabilidad (Ver SECCIÓN 5.4.b. Dimensionamiento de aislamientos posteriores en el Tratamiento de Consolidación).

CONCORDANCIAS: Decreto Distrital 555 de 2021 Art. 76. Altura de 3 pisos equipamientos en la Zona de Articulación y Restablecimiento de la red de parques del Río Bogotá. Art. 166. Altura de servicios conexos en infraestructuras, proyectos de renovación urbana para la movilidad sostenible y sistemas de servicios públicos. Art. 176. Condiciones de edificabilidad y volumetría de equipamientos: Existentes: Se permite el reconocimiento con la edificabilidad existente. Nuevos: - En cesiones urbanísticas para equipamientos, en área de actividad de Grandes Servicios metropolitanos, en manzanas completas o en predio con área de terreno superior a 5.000 m2, será la resultante de aplicar las normas comunes a todos los tratamientos. – En los demás: en tratamientos de Consolidación o Mejoramiento Integral, la altura máxima es de CLASIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN: PÚBLICA 2310460-FT-078 Versión 01 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-508 • 2025 • DICIEMBRE • 31 508 Continuación del Decreto N°. ______________ DE ____________ Pág. 8 de 10 “Por medio del cual se adoptan incentivos asociados a medidas de construcción sostenible para la provisión de vivienda formal, la adaptación y mitigación al cambio climático y la reactivación económica en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones.”

5 pisos. En tratamientos de Renovación Urbana, Conservación y Desarrollo, será la determinada en el tratamiento. Art. 217. Estaciones radio eléctricas. Art. 248. Acciones de mitigación de impactos urbanísticos (MU): La acción MU1 establece una altura libre de 5 metros para las zonas de transición cubiertas. Art. 260. Altura máxima de las edificaciones. Art. 310. Normas de edificabilidad aplicables al tratamiento urbanístico de consolidación. Art. 312. Normas aplicables a predios de grandes superficies comerciales y manzanas comerciales de urbanizaciones. Art. 338. Altura máxima para obra nueva o ampliación en el tratamiento de Mejoramiento Integral.

Capítulo 5. NORMAS ESPECÍFICAS EN EL TRATAMIENTO

DE CONSOLIDACIÓN

Sección 5. 7. INCENTIVO PARA DETERMINAR LA ALTURA EN EL

TRATAMIENTO DE CONSOLIDACIÓN.

Las edificaciones sujetas al Tratamiento de Consolidación, que adopten todas las medidas de ecourbanismo y construcción sostenible señaladas en el Título II del Decreto “Por medio del cual se adoptan incentivos asociados a medidas de construcción sostenible para la provisión de vivienda formal, la adaptación y mitigación al cambio climático y la reactivación económica en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones”, podrán habilitar niveles adicionales a la altura máxima en pisos prevista en los mapas CU-5.4.2 a CU 5.4.33, siempre y cuando los predios o englobes prediales cuenten con las áreas de terreno descritas a continuación:

CLASIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN: PÚBLICA 2310460-FT-078 Versión 01 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-509 • 2025 • DICIEMBRE • 31 509 Continuación del Decreto N°. ______________ DE ____________ Pág. 9 de 10 “Por medio del cual se adoptan incentivos asociados a medidas de construcción sostenible para la provisión de vivienda formal, la adaptación y mitigación al cambio climático y la reactivación económica en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones.”

Predio o englobe con área de terreno en M2 Número de Niveles Igual o mayor a 300 m2 y menor a 800 m2 2 Niveles Igual o mayor a 800 m2 3 Niveles El incentivo aquí señalado es aplicable a predios o englobes prediales en los que se cumpla con la totalidad de las siguientes condiciones: a. Tramitar licencia de construcción en la modalidad de obra nueva. b. Estar ubicados en Área de Actividad de Proximidad o Área de Actividad Estructurante. (ver mapa CU-5.2. del Decreto Distrital 555 de 2021). c. Estar ubicados por fuera de los polígonos identificados como sectores de uso residencial neto. (Ver Mapa CU-5.2. del Decreto Distrital 555 de 2021). d. Cumplir con las limitantes generales de altura según lo dispuesto en la Sección 1.2 del presente Anexo. e. En predios o englobes con tipología aislada, cuando se desarrollen alturas iguales o mayores a 8 pisos, el predio deberá contar con frente sobre al menos una vía con perfil vial igual o mayor a 22 m. f. En ningún caso se podrá superar la altura de doce (12) pisos. g. Los pisos descritos en la presente sección se contabilizarán para el cálculo de los aislamientos y retrocesos.

Nota 1. El presente incentivo no aplica a los predios que tengan la posibilidad de desarrollar pisos adicionales de los que trata el numeral 2 del artículo 310 del Decreto Distrital 555 de 2021, cuando excepcionalmente se indique en los mapas CU-5.4.2 a CU 5.4.33 – “Edificabilidad máxima” de las Unidades de Planeamiento Local.

CLASIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN: PÚBLICA 2310460-FT-078 Versión 01 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-510 • 2025 • DICIEMBRE • 31 510 Continuación del Decreto N°. ______________ DE ____________ Pág. 10 de 10 “Por medio del cual se adoptan incentivos asociados a medidas de construcción sostenible para la provisión de vivienda formal, la adaptación y mitigación al cambio climático y la reactivación económica en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones.”

Nota 2. El presente incentivo aplica a los proyectos que cuentan con la posibilidad de duplicar la altura indicada en los mapas CU-5.4.2 a CU 5.4.33 – “Edificabilidad máxima” de los que tratan los parágrafos 2 y 3 del artículo 310 del Decreto Distrital 555 de 2021.

Nota 3. El área de los niveles adicionales producto del presente incentivo se tendrá en cuenta para el cálculo de las obligaciones urbanísticas establecidas en la Sección 6, del Subcapítulo 2, del Capítulo 5 “OBLIGACIONES URBANÍSTICAS EN LOS TRATAMIENTOS DE RENOVACIÓN URBANA Y DE CONSOLIDACIÓN” del Decreto Distrital 555 de 2021.

Nota 4. Las disposiciones sobre el Tratamiento de Consolidación que no se encuentran señaladas en esta Sección, serán las definidas en el Decreto Distrital 555 de 2021, en el presente Anexo, y en las demás normas que los modifiquen, complementen o sustituyan.

CLASIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN: PÚBLICA 2310460-FT-078 Versión 01 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-511 • 2025 • DICIEMBRE • 31 511 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-512 • 2025 • DICIEMBRE • 31 512 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-513 • 2025 • DICIEMBRE • 31 513 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-514 • 2025 • DICIEMBRE • 31 514 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-515 • 2025 • DICIEMBRE • 31 515 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-516 • 2025 • DICIEMBRE • 31 516 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-517 • 2025 • DICIEMBRE • 31 517 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-518 • 2025 • DICIEMBRE • 31 518 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-519 • 2025 • DICIEMBRE • 31 519 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-520 • 2025 • DICIEMBRE • 31 520 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-521 • 2025 • DICIEMBRE • 31 521 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-522 • 2025 • DICIEMBRE • 31 522 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-523 • 2025 • DICIEMBRE • 31 523 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-524 • 2025 • DICIEMBRE • 31 524 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-525 • 2025 • DICIEMBRE • 31 525 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-526 • 2025 • DICIEMBRE • 31 526 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-527 • 2025 • DICIEMBRE • 31 527 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-528 • 2025 • DICIEMBRE • 31 528 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-529 • 2025 • DICIEMBRE • 31 529 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-530 • 2025 • DICIEMBRE • 31 530 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-531 • 2025 • DICIEMBRE • 31 531 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-532 • 2025 • DICIEMBRE • 31 532 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-533 • 2025 • DICIEMBRE • 31 533 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-534 • 2025 • DICIEMBRE • 31 534 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-535 • 2025 • DICIEMBRE • 31 535 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-536 • 2025 • DICIEMBRE • 31 536 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-537 • 2025 • DICIEMBRE • 31 537 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-538 • 2025 • DICIEMBRE • 31 538 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-539 • 2025 • DICIEMBRE • 31 539 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-540 • 2025 • DICIEMBRE • 31 540 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-541 • 2025 • DICIEMBRE • 31 541 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-542 • 2025 • DICIEMBRE • 31 542 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-543 • 2025 • DICIEMBRE • 31 543 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-544 • 2025 • DICIEMBRE • 31 544 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-545 • 2025 • DICIEMBRE • 31 545 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-546 • 2025 • DICIEMBRE • 31 546 Anexo 2 del Decreto No. ______________ DE _____________ Página 1 de 24 “Metodología para la distribución de cargas y beneficios del Plan Parcial de Renovación Urbana Proscenio”

INTRODUCCION La distribución equitativa de cargas y beneficios es un principio rector del ordenamiento del territorio de obligatorio cumplimiento y no optativo ni discrecional, como lo dispone el artículo 2 de la Ley 388 de 1997, el cual posibilita que todos los actores que participan en la gestión y desarrollo del Plan Parcial de Renovación Urbana (PPRU) se organicen bajo unas mismas reglas que permitan un trato igualitario de todos frente a la norma urbanística, de tal manera que se garantice que todos los propietarios del suelo obtengan la misma tasa de beneficio como resultado del PPRU.

En desarrollo de lo anterior, en este plan parcial se define el régimen de derechos y obligaciones urbanísticas a cargo de los propietarios de suelo. De esta forma, se establece que las obligaciones relativas al reparto equitativo de cargas y beneficios del presente plan parcial deberán ser asumidas por los titulares del derecho de dominio al momento de solicitar la licencia de urbanismo, con excepción de la carga de gestión, los cuales deberán ser asumidas al momento de solicitar la licencia de construcción. Esto, sin consideración a posibles cambios o mutaciones en la titularidad de los inmuebles que se presenten entre el momento de adopción del Plan Parcial y la solicitud de la correspondiente licencia.

Las cargas objeto de reparto de este plan parcial se definen en los términos de los artículos 34 y 35 del Decreto 190 de 2004. En cuanto a los beneficios, éstos pueden entenderse como las ventas potenciales de las áreas vendibles de los productos inmobiliarios.

Cabe destacar, que los valores de los datos utilizados en el ejercicio presentado son valores de referencia para el cálculo del presupuesto del reparto, los cuales deberán precisarse y actualizarse en el desarrollo del plan parcial.

PROCEDIMIENTO PARA EL REPARTO DE CARGAS Y BENEFICIOS Dado que el presente PPRU está conformado por seis Unidades de Actuación Urbanística, para el reparto equitativo de cargas y beneficios se tuvieron en cuenta los siguientes aspectos y se realizaron los siguientes pasos:

2310460-FT-078 Versión 01 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-547 • 2025 • DICIEMBRE • 31 547 Anexo 2 del Decreto No. ______________ DE _____________ Página 2 de 24 “Metodología para la distribución de cargas y beneficios del Plan Parcial de Renovación Urbana Proscenio” a. Valoración aporte de suelo b. Establecer y cuantificar las cargas del Plan Parcial. c. Determinar y cuantificar las ventas estimadas del Plan Parcial. d. Establecer el reparto de cargas y beneficios entre las unidades de gestión y/o actuación urbanística. e. Financiación y cargas en equilibrio f. Metodología de aplicación para factores de conversión A. VALORACIÓN APORTE DE SUELO Para la valoración del aporte de suelo se tomó como referencia el avalúo comercial de los inmuebles que componen las 3 unidades de actuación urbanística UAU / UG TOTAL VALOR DEL APORTE (Valor m2 terreno) + (total construcción) 1 $ 110.866.206.759,00 2 $ 91.928.916.147,00 3 $ 91.626.451.049,00 TOTAL PPRU $ 294.421.573.955,00 Fuente: Borrero Ochoa.

B. CARGAS DEL PLAN PARCIAL CARGAS GENERALES Se determinaron las siguientes cargas generales para el presente plan parcial:

AREA (m2)

TOTAL OBRAS CARGA GENERAL UAU/UG 1 UAU/UG 2 UAU/UG 3 PLAN PARCIAL MALLA VIAL ARTERIAL DENTRO DEL AMBITO 3.464,09 3.047,48 - 6.511,57 Calle 85 TIPO V3-E - 1.459,44 - 1.459,44 Carrera 15 TIPO V3-E 3.464,09 1.588,04 - 5.052,13 MALLA VIAL ARTERIAL FUERA DEL AMBITO 3.085,18 2.934,30 - 6.019,48 Calle 85 TIPO V3-E - 1.558,09 - 1.558,09 2310460-FT-078 Versión 01 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-548 • 2025 • DICIEMBRE • 31 548 Anexo 2 del Decreto No. ______________ DE _____________ Página 3 de 24 “Metodología para la distribución de cargas y beneficios del Plan Parcial de Renovación Urbana Proscenio”

Carrera 15 TIPO V3-E 3.085,18 1.376,21 - 4.461,39 El costo de construcción por m2 estimado para estas obras es:

OBRAS CARGA GENERAL COSTO M2 CONSTRUCCIÓN MALLA VIAL ARTERIAL DENTRO DEL AMBITO Calle 85 TIPO V3-E 868.020 Carrera 15 TIPO V3-E 962.888 MALLA VIAL ARTERIAL FUERA DEL AMBITO Calle 85 TIPO V3-E 805.166 Carrera 15 TIPO V3-E 603.441 Nota 1: Cifras expresadas en pesos colombianos de mayo de 2018 Nota 2: Los presupuestos de soporte de estos valores se presentan en el Anexo H del DTS Así, el valor estimado para las obras de carga general descritas anteriormente es:

TOTAL COSTO (Pesos)

OBRAS CARGA GENERAL UAU/UG 1 UAU/UG 2 UAU/UG 3 TOTAL PLAN PARCIAL MALLA VIAL ARTERIAL DENTRO DEL AMBITO $ 3.335.530.692 $ 2.795.927.768 $ - $ 6.131.458.460 Calle 85 TIPO V3-E $ - $ 1.266.823.109 $ - $ 1.266.823.109 Carrera 15 TIPO V3-E $ 3.335.530.692 $ 1.529.104.660 $ - $ 4.864.635.351 MALLA VIAL ARTERIAL FUERA DEL AMBITO $ 1.861.724.104 $ 2.084.982.632 $ - $ 3.946.706.736 Calle 85 TIPO V3-E $ - $ 1.254.521.093 $ - $ 1.254.521.093 Carrera 15 TIPO V3-E $ 1.861.724.104 $ 830.461.539 $ - $ 2.692.185.643 TOTAL CARGAS GENERALES $ 5.197.254.796 $ 4.880.910.400 $ - $ 10.078.165.196 Nota: Cifras expresadas en pesos colombianos de mayo de 2018 Las cargas generales expuestas serán ejecutadas por los desarrolladores del plan parcial.

CARGAS LOCALES 2310460-FT-078 Versión 01 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-549 • 2025 • DICIEMBRE • 31 549 Anexo 2 del Decreto No. ______________ DE _____________ Página 4 de 24 “Metodología para la distribución de cargas y beneficios del Plan Parcial de Renovación Urbana Proscenio”

Cargas físicas locales Las cargas físicas locales que asume este plan parcial son:

OBRAS CARGA LOCAL AREA (m2) UAU/UG 1 UAU/UG 2 UAU/UG 3 TOTAL PLAN PARCIAL CONTROLES AMBIENTALES 1.028,49 854,04 0,00 1.882,53 Control Ambiental Carrera 15 1.028,49 475,61 0,00 1.504,10 Control Ambiental Calle 85 0,00 378,43 0,00 378,43 MALLA VIAL LOCAL E INTERMEDIA 4.195,57 1.822,85 6.834,13 12.852,55 Calle 86A (Deprimido) TIPO V4 1.650,53 0,00 1.699,09 3.349,62 Calle 86A (a Nivel) TIPO V5 0,00 0,00 1.830,36 1.830,36 Carrera 13A TIPO V5 153,99 0,00 3.304,68 3.458,67 Carrera 14 Pacificación TIPO V7 Entre Calles 85 y 86A 0,00 1.822,85 0,00 1.822,85 Carrera 14 (demolición) TIPO V7 Entre Calles 86A y 88 2.391,05 0,00 0,00 2.391,05 ESPACIO PUBLICO 2.738,64 728,80 1.935,52 5.402,96 Plazoleta 1 1.662,25 0,00 0,00 1.662,25 Plazoleta 2 0,00 728,80 0,00 728,80 Calle 88 Plazoletas 3 447,36 0,00 0,00 447,36 Calle 88 Plazoletas 4 629,03 0,00 0,00 629,03 Plazoleta 5 Sobre Deprimido calle 86A TIPO V4 0,00 0,00 1.935,52 1.935,52 EQUIPAMIENTO 1.681,00 0,00 0,00 1.681,00 Equipamiento construido en plazoleta 1 1.662,00 0,00 0,00 1.662,00 Parqueadero del Equipamiento Público de las Plazoletas 1 y 3 19,00 0,00 0,00 19,00 CARGAS POR FUERA DE LA DELIMITACIÓN 0,00 0,00 550,00 550,00 Mantenimiento Zonal (Ciclorruta y Señalización) ml 0,00 0,00 550,00 550,00 OBRAS CARGA LOCAL COSTO M2 / UN CONTROLES AMBIENTALES Control Ambiental Carrera 15 $ 433.130 Control Ambiental Calle 85 $ 423.903 MALLA VIAL LOCAL E INTERMEDIA 2310460-FT-078 Versión 01 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-550 • 2025 • DICIEMBRE • 31 550 Anexo 2 del Decreto No. ______________ DE _____________ Página 5 de 24 “Metodología para la distribución de cargas y beneficios del Plan Parcial de Renovación Urbana Proscenio”

OBRAS CARGA LOCAL COSTO M2 / UN Calle 86A (Deprimido) TIPO V4 $ 1.177.063 Calle 86A (a Nivel) TIPO V5 $ 435.299 Carrera 13A TIPO V5 $ 921.570 Carrera 14 Pacificación TIPO V7 Entre Calles 85 y 86A $ 836.086 Carrera 14 (demolición) TIPO V7 Entre Calles 86A y 88 $ 56.898 ESPACIO PUBLICO Plazoleta 1 $ 187.136 Plazoleta 2 $ 288.405 Calle 88 Plazoletas 3 $ 1.361.294 Calle 88 Plazoletas 4 $ 1.361.294 Plazoleta 5 Sobre Deprimido calle 86A TIPO V4 $ 1.293.712 EQUIPAMIENTO Equipamiento construido en plazoleta 1 $ 4.053.915 Parqueadero del Equipamiento Público de las Plazoletas 1 y 3 $ 1.361.294 CARGAS POR FUERA DE LA DELIMITACIÓN Mantenimiento Zonal (Ciclorruta y Señalización) ml $ 623.372 Nota 1: Cifras expresadas en pesos colombianos de mayo de 2018 Nota 2: Los presupuestos de soporte de estos valores se presentan en el Anexo H del DTS TOTAL COSTO (Pesos)

OBRAS CARGA LOCAL UAU/UG 1 UAU/UG 2 UAU/UG 3 TOTAL PLAN PARCIAL CONTROLES AMBIENTALES $445.469.843 $366.418.692 $ - $811.888.535 Control Ambiental Carrera 15 $445.469.843 $206.000.945 $ - $651.470.789 Control Ambiental Calle 85 $ - $160.417.747 $ - $160.417.747 MALLA VIAL LOCAL E INTERMEDIA $2.220.735.872 $1.524.058.912 $5.842.183.347 $9.586.978.131 Calle 86A (Deprimido) TIPO V4 $1.942.778.170 $ - $1.999.936.360 $3.942.714.530 Calle 86A (a Nivel) TIPO V5 $ - $ - $796.754.165 $796.754.165 Carrera 13A TIPO V5 $141.912.512 $ - $3.045.492.822 $3.187.405.334 2310460-FT-078 Versión 01 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-551 • 2025 • DICIEMBRE • 31 551 Anexo 2 del Decreto No. ______________ DE _____________ Página 6 de 24 “Metodología para la distribución de cargas y beneficios del Plan Parcial de Renovación Urbana Proscenio”

TOTAL COSTO (Pesos)

OBRAS CARGA LOCAL UAU/UG 1 UAU/UG 2 UAU/UG 3 TOTAL PLAN PARCIAL Carrera 14 Pacificación TIPO V7 Entre Calles 85 y 86A $ - $1.524.058.912 $ - $1.524.058.912 Carrera 14 (demolición) TIPO V7 Entre Calles 86A y 88 $136.045.191 $ - $ - $136.045.191 ESPACIO PUBLICO $1.776.350.016 $210.189.776 $ 2.504.005.087 $4.490.544.880 Plazoleta 1 $311.067.188 $ - $ - $311.067.188 Plazoleta 2 $ - $210.189.776 $ - $210.189.776 Calle 88 Plazoletas 3 $608.988.309 $ - $ - $608.988.309 Calle 88 Plazoletas 4 $856.294.519 $ - $ - $856.294.519 Plazoleta 5 Sobre Deprimido calle 86A TIPO V4 $ - $- $2.504.005.087 $2.504.005.087 EQUIPAMIENTO $6.763.470.799 $ - $ - $6.763.470.799 Equipamiento construido en plazoleta 1 $6.737.606.220 $ - $ - $6.737.606.220 Parqueadero del Equipamiento Público de las Plazoletas 1 y 3 $25.864.579 $ - $ - $25.864.579 CARGAS POR FUERA DE LA DELIMITACIÓN $ - $ - $342.854.538 $342.854.538 Mantenimiento Zonal (Ciclorruta y Señalización) ml $ - $ - $342.854.538 $342.854.538 Nota: Cifras expresadas en pesos colombianos de mayo de 2018 Otras cargas Obras preliminares e indirectos En la carga de obras preliminares e indirectos se incluyen las demoliciones según áreas catastrales, la compensación de 288 estacionamientos y los indirectos de urbanismo.

2310460-FT-078 Versión 01 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-552 • 2025 • DICIEMBRE • 31 552 Anexo 2 del Decreto No. ______________ DE _____________ Página 7 de 24 “Metodología para la distribución de cargas y beneficios del Plan Parcial de Renovación Urbana Proscenio”

Las cargas relacionadas con demoliciones corresponden a cálculos realizados del levantamiento de áreas construidas actuales presentadas en la tabla de avalúos Ver anexo H del DTS.

UAU/UG ÁREA CONSTRUIDA EXISTENTE VALOR DEMOLICIÓN POR M2 VALOR DEMOLICIONES 1 21.101,21 $ 324.904 $ 6.855.872.655,27 2 17.765,80 $ 5.772.183.795,10 3 17.247,29 $ 5.603.717.696,22 TOTAL 56.114,30 $ 18.231.774.146,59 Nota: Cifras expresadas en pesos colombianos de mayo de 2018 La compensación de los 288 estacionamientos se calcula con la siguiente formula:

288*(0,65*(4.500.000*0,286*264.729)) = $290.483.669 En cuanto respecta a los indirectos de urbanismo, estos se valoran en $ 6.763.994.610,92 tal como se detalla en el presupuesto presentado en el anexo H del DTS. La distribución este valor entre las unidades de actuación se hace según la participación inicial de suelo objeto de aporte:

UAU/UG ÁREA DE TERRENO OBEJTO DE REPARTO PARTICIPACIÓN INDIRECTOS DE URBANISMO 1 12.420,00 36,63% $ 2.477.651.225,98 2 9.156,28 27,01% $ 1.826.954.944,41 3 12.329,35 36,36% $ 2.459.388.440,53 TOTAL 33.905,63 1,00 $ 6.763.994.610,92 Nota: Cifras expresadas en pesos colombianos de mayo de 2018 Cargas por gestión de suelo La carga de gestión del suelo hace referencia la opción de un convenio para expropiaciones por motivo de utilidad pública. Se estima que esta condición podría aplicarse a 10 predios del plan parcial, lo que equivale a menos del 5% de los propietarios del mismo. Se estima un valor de $50.000.000 por predio, para realizar la gestión pertinente. De este modo, el valor total estimado es:

2310460-FT-078 Versión 01 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-553 • 2025 • DICIEMBRE • 31 553 Anexo 2 del Decreto No. ______________ DE _____________ Página 8 de 24 “Metodología para la distribución de cargas y beneficios del Plan Parcial de Renovación Urbana Proscenio”

($50.000.000/predio)*(10 predios) = $500.000.000 Así, la distribución de esta carga por unidad es la siguiente:

UAU/UG ÁREA DE TERRENO OBJETO DE REPARTO PARTICIPACIÓN GESTIÓN DE SUELO 1 12.420,00 36,63% $ 183.150.000,00 2 9.156,28 27,01% $ 135.050.000,00 3 12.329,35 36,36% $ 181.800.000,00 TOTAL 33.905,63 100,00% $ 500.000.000,00 Nota: Cifras expresadas en pesos colombianos de mayo de 2018 Gestión social – Mitigación de impactos La carga de gestión social y mitigación de impactos incluye los rubros de:

 Acompañamiento y contacto con la comunidad  Subsidio de arrendamientos  Traslados  Implementación del plan de gestión social En lo que respecta al acompañamiento y contacto con la comunidad se incluye:

Acompañamiento y contacto con la comunidad $ 3.417.000.000,00 Levantamiento de información de inmuebles $ 341.700.000,00 Suministro de Certificados de tradición y libertad $ 68.340.000,00 Levantamiento de Censo comercial de los predios $ 273.360.000,00 Implementación de estrategias para acercamiento con la comunidad $ 2.050.200.000,00 Socialización de Información y estado del plan parcial con la comunidad $ 683.400.000,00 Nota: Cifras expresadas en pesos colombianos de mayo de 2018 2310460-FT-078 Versión 01 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-554 • 2025 • DICIEMBRE • 31 554 Anexo 2 del Decreto No. ______________ DE _____________ Página 9 de 24 “Metodología para la distribución de cargas y beneficios del Plan Parcial de Renovación Urbana Proscenio”

Respecto a el ítem de subsidio de arrendamientos, busca mantener las condiciones de los propietarios que se vinculen al proyecto y esperan un inmueble de reemplazo como mecanismo de restitución de aporte. Se estima que un 50% de los propietarios se vinculen al proyecto necesitarán un subsidio de arrendamiento, lo que equivale a un área estimada de 28.057,15 m2 de los 56.114,30 construidos actualmente. A estos se les compensará aplicando una tasa de arrendamiento mensual equivalente al 0,5% sobre el valor total del inmueble expresados en los avalúos comerciales que hacen parte integral del DTS, durante un periodo estimado de 3 años.

0,5% ∗ 36 ∗ $ 294.421.573.955 ∗ 50% = $ 26.497.941.655,91 Los valores presentados anteriormente corresponden al análisis del mercado de renta de vivienda y oficinas en el sector del Chicó de los cuales se determinó que el valor promedio de arrendamientos para cualquiera de los dos usos es del 0,5% mensual sobre el valor comercial del inmueble como se puede evidenciar en el Anexo H.

Por otra parte, las cargas correspondientes a los traslados, las cuales se aplican a los arrendatarios actuales de los predios, se tasaron teniendo en cuenta los gastos de mudanza, adecuación del predio provisional y compensación por la terminación anticipada de contratos de arrendamiento; para determinar este valor se aplicó el mismo concepto del subsidio de arrendamiento para el 44% de la población que es rentista según lo establecido en el estudio social que hace parte integral del DTS. A continuación, se presenta el valor calculado para los traslados.

0,5% ∗ 36 ∗ $ 294.421.573.955 ∗ 44% = $ 23.318.188.657,24 En la siguiente tabla se presenta el presupuesto general de inversión denle el plan de gestión social del plan parcial, en el anexo G del DTS se puede ver detallado cada uno de estos ítems:

ITEM VALOR EN PESOS Punto de Atención – costo fijo punto de atención y personal año $ 2.108.408.333 PROGRAMAS Programa 1 - Divulgar las bases de actuación y los mecanismos para la conformación de la entidad gestora $7.956.000 Programa 2 - Información - Atención de PQRS $779.700.000 2310460-FT-078 Versión 01 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-555 • 2025 • DICIEMBRE • 31 555 Anexo 2 del Decreto No. ______________ DE _____________ Página 10 de 24 “Metodología para la distribución de cargas y beneficios del Plan Parcial de Renovación Urbana Proscenio”

Programa 3 - Proscenio tu territorio, tu espacio, tu ciudad. $62.160.000 Programa 4 - Atención a Población Renuente $48.000.000 Programa Rentistas – Consulta y Resuelve $117.000.000 Programa propietarios de predios que son utilizaos para su propio hogar – Ve y vuelve a tu hogar $155.300.000 Programa propietarios de predios que son utilizaos para su propio negocio – Ve y vuelve con tu negocio $145.800.000 Programa para usuarios del Espacio público que afectan entornos sociales $9.912.000 TOTAL PROGRAMAS $1.325.328.000 GRAN TOTAL PROGRAMAS MAS PUNTO DE ATENCIÓN Y PERSONAL $3.433.736.333 Nota: Cifras expresadas en pesos colombianos de mayo de 2018 El valor total de la carga de gestión social se distribuye entre las unidades de actuación y/o gestión según su participación en el área privada inicial de cada unidad.

DESCRIPCIÓN UAU/UG 1 UAU/UG 2 UAU/UG 3 TOTAL Área de terreno objeto de reparto 12.420,00 9.156,28 12.329,35 33.905,63 Participación 36,63% 27,01% 36,36% 100,00% Acompañamiento y contacto con la comunidad $1.251.647.100,00 $922.931.700,00 $1.242.421.200,00 $3.417.000.000,00 Subsidio de arrendamientos $9.706.196.028,56 $7.157.094.041,26 $9.634.651.586,09 $ 26.497.941.655,91 Traslados $8.541.452.505,13 $6.298.242.756,31 $8.478.493.395,76 $ 23.318.188.657,20 Implementación plan de gestión social $1.257.777.618,90 $927.452.183,63 $1.248.506.530,80 $ 3.433.736.333,33 TOTAL $20.757.073.252,59 $15.305.720.681,2 1 $20.604.072.712,65 $ 56.666.866.646,45 Nota: Cifras expresadas en pesos colombianos de mayo de 2018 Cargas de Gestión Dentro de la categoría de cargas de gestión se incluye los rubros de formulación del plan parcial y la gestión del promotor.

2310460-FT-078 Versión 01 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-556 • 2025 • DICIEMBRE • 31 556 Anexo 2 del Decreto No. ______________ DE _____________ Página 11 de 24 “Metodología para la distribución de cargas y beneficios del Plan Parcial de Renovación Urbana Proscenio”

Las Cargas de Formulación corresponden a los estudios técnicos y diseños que fueron necesarios para la formulación y modificación del presente plan parcial, entre los cuales se encuentran:

Planteamiento urbanístico y coordinación de las diferentes disciplinas para la elaboración del DTS $ 928.200.000 RUBRO DESCRIPCIÓN VALOR Coordinación técnica y arquitectura Asesoría jurídica Elaboración decreto y supervisión jurídica en la formulación de la modificación del Plan Parcial $1.428.000.000 Recopilación de información histórica referente al plan parcial, compilación y digitalización. $17.255.000 Reconstrucción archivo planeación Estudios de títulos Estudio de títulos de cada uno de los 260 predios que conforman las tres unidades de actuación del plan parcial $72.880.924 Avalúos Elaboración de avalúos a cada uno de los 260 predios que conforman las tres unidades de actuación del plan parcial $154.105.000 Estudios de mercado $221.679.150 Estudio de mercado con el cual se determinó la viabilidad de los usos propuestos, así como los valores de venta a tener en cuenta para la elaboración del modelo de cargas y beneficios.

Levantamiento topográfico $90.751.780 Levantamiento en campo de información para la elaboración del plano topográfico base, el cual se utiliza como base para la formulación urbanística y los diseños técnicos que la acompañan.

$33.915.000 Estudio de suelos Estudio de suelos para determinar las condiciones y características del terreno y de esta forma presentar las recomendaciones constructivas, así como el diseño de pavimentos para las vías que conforman el plan parcial $20.825.000 Estudio Hidrosanitario Desarrollo del estudio y diseño de redes de acueducto alcantarillado y gas para la nueva propuesta urbanística Diseño geométrico de las vías propuestas dentro del nuevo urbanismo.

$16.660.000 Estudio geométrico de vías Estudio de tránsito $97.580.000 Elaboración del estudio de tránsito con el cual se determinan y proponen las medidas para mitigar los impactos en movilidad correspondientes a la nueva propuesta de urbanismo.

Estudio eléctrico Diseño de redes de suministro de energía y alumbrado público para el nuevo planteamiento urbanístico $44.863.000 Estudio ambiental $48.187.501 Elaboración del estudio de impacto ambiental con el cual se determinan y proponen las medidas para mitigar los impactos de carácter ambiental correspondientes a la nueva propuesta de urbanismo 2310460-FT-078 Versión 01 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-557 • 2025 • DICIEMBRE • 31 557 Anexo 2 del Decreto No. ______________ DE _____________ Página 12 de 24 “Metodología para la distribución de cargas y beneficios del Plan Parcial de Renovación Urbana Proscenio”

RUBRO DESCRIPCIÓN VALOR Estudio arqueológico $11.305.000 Elaboración del estudio de prospección arqueológica con el cual se determinan las medidas y recomendaciones a tener en cuenta para el desarrollo del plan parcial, siguiendo los lineamientos establecidos por el ICAHN Estudio social (Actualización)

$14.875.000 Actualización del estudio socioeconómico del plan parcial y planteamiento del plan de gestión social con el cual se mitigan los impactos sociales producto del desarrollo del nuevo urbanismo Elaboración DTS Consolidación, redacción y presentación del documento técnico de soporte, el cual compila todas las disciplinas técnicas que soportan la modificación del plan parcial $17.255.000 $91.980.000 Presupuestos Elaboración de presupuestos para determinar los costos de las cargas físicas y los costos directos de construcción, tenidos en cuenta para el modelo de reparto de cargas y beneficios $249.717.069 Gastos de formulación y socialización Se incluye alquiler de salones para socialización a propietarios durante el proceso de formulación y gestión de tierra, refrigerios, material impreso y digital de comunicación, material impreso para la formulación, planos, avalúos, estudios de títulos, certificados de tradición y libertad, DTS.

Asesoría Teatro Asesoría en el diseño y dimensionamiento del teatro para los ajusten en la formulación del plan parcial $43.726.650 $828.450.000 Gerencia de modificación plan parcial Gestión integral de actividades relacionadas con la formulación del plan parcial y la vinculación de propietarios, así como de la formulación urbanística, económica y social.

Estructuración fiduciaria Acompañamiento legal para la estructuración fiduciaria de los entes gestores que serán establecidos en las unidades de actuación urbanística. $56.525.000 Honorarios Legales Asesorías legales en estructuración de contratos de vinculación, formulación de opciones de vinculación y gestión de tierra. $135.173.826 Renders Desarrollo de imágenes representativas de opciones de desarrollo del plan parcial, para apoyo del DTS. $14.387.100 Asesoría Fiducia $342.720.000 Dirección, supervisión y gestión para la constitución de los vehículos correspondientes para el aporte de terrenos a los entes gestores de las tres unidades de actuación Elaboración del informe de mutación catastral, con el cual se pudo determinar el área de la carrera 14 la cual será objeto de redefinición. $5.355.000 Informe mutación catastral Cra. 14 Elaboración de video que se incluirá en la línea del plan de gestión social relacionada con comunicaciones. $13.628.000 Video información proscenio TOTAL $5.000.000.000 Nota: Cifras expresadas en pesos colombianos de mayo de 2018 2310460-FT-078 Versión 01 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-558 • 2025 • DICIEMBRE • 31 558 Anexo 2 del Decreto No. ______________ DE _____________ Página 13 de 24 “Metodología para la distribución de cargas y beneficios del Plan Parcial de Renovación Urbana Proscenio”

El valor total de la carga de formulación se distribuye entre las unidades de actuación y/o gestión según su participación en el área privada inicial de cada unidad.

UAU/UG Área de terreno objeto de reparto Participación Carga de formulación 1 12.420,00 36,63% $ 1.831.500.000,00 2 9.156,28 27,01% $ 1.350.500.000,00 3 12.329,35 36,36% $ 1.818.000.000,00 Total 33.905,63 100,00% $ 5.000.000.000,00 Nota: Cifras expresadas en pesos colombianos de mayo de 2018 En lo que respecta a la gestión del promotor se mantiene como un porcentaje del valor de las ventas para cada Unidad de Actuación, de acuerdo a lo adoptado en el plan parcial de la siguiente forma:

UAU/UG Ventas estimadas Porcentaje según parágrafo 2.

Art 21 Decreto 334 de 2010 Carga gestión del promotor 1 $ 675.936.485.380,00 1.20% $ 8.111.237.825,00 2 $ 580.817.195.320,00 0.50% $ 2.904.085.977,00 3 $ 635.791.647.682,00 1.30% $ 8.265.291.420,00 Total $ 1,892,545,328,382 3,00% $ 19,280,615,222,00 Nota: Cifras expresadas en pesos colombianos de mayo de 2018 Total otras cargas RUBRO TOTAL COSTO (Pesos) UAU/UG 1 UAU/UG 2 UAU/UG 3 TOTAL PLAN PARCIAL OBRAS PRELIMINARES E INDIRECTOS $ 9.624.007.550 $ 7.599.138.740 $ 8.063.106.137 $ 25.286.252.426 Demoliciones Según áreas Catastrales $ 6.855.872.655 $ 5.772.183.795 $ 5.603.717.696 $ 18.231.774.147 Compensación estacionamientos equipamiento (m2) $ 290.483.669 $ - $ - $ 290.483.669 Indirectos Urbanismo $ 2.477.651.226 $ 1.826.954.944 $ 2.459.388.441 $ 6.763.994.611 CARGAS POR GESTIÓN DEL SUELO $ 183.150.000 $ 135.050.000 $ 181.800.000 $ 500.000.000 2310460-FT-078 Versión 01 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-559 • 2025 • DICIEMBRE • 31 559 Anexo 2 del Decreto No. ______________ DE _____________ Página 14 de 24 “Metodología para la distribución de cargas y beneficios del Plan Parcial de Renovación Urbana Proscenio”

$ 183.150.000 $ 135.050.000 $ 181.800.000 $ 500.000.000 RUBRO TOTAL COSTO (Pesos) UAU/UG 1 UAU/UG 2 UAU/UG 3 TOTAL PLAN PARCIAL Convenio ente encargado de expropiaciones por motivo de utilidad publica GESTION SOCIAL - MITIGACIÓN DE IMPACTOS SOCIALES $ 20.757.073.253 $ 15.305.720.681 $ 20.604.072.713 $ 56.666.866.646 Acompañamiento y contacto con la comunidad $ 1.251.647.100 $ 922.931.700 $ 1.242.421.200 $ 3.417.000.000 Subsidio Arrendamientos $ 9.706.196.029 $ 7.157.094.041 $ 9.634.651.586 $ 26.497.941.656 Traslados $ 8.541.452.505 $ 6.298.242.756 $ 8.478.493.396 $ 23.318.188.657 Implementación del Plan de Gestión Social $ 1.257.777.619 $ 927.452.184 $ 1.248.506.531 $ 3.433.736.333 CARGAS DE GESTIÓN $ 10.033.926.785 $ 4.249.509.698 $ 10.065.722.376 $ 24.349.158.859 Formulación Plan Parcial $ 1.831.500.000 $ 1.350.500.000 $ 1.818.000.000 $ 5.000.000.000 Gestión del promotor $ 8.202.426.785 $ 2.899.009.698 $ 8.247.722.376 $ 19.349.158.859 Nota: Cifras expresadas en pesos colombianos de mayo de 2018 C. VENTAS ESTIMADAS DEL PLAN PARCIAL Las áreas vendibles distribuidas por producto inmobiliario en las unidades de actuación del presente plan parcial son:

AREA VENDIBLE (m2)

PRODUCTO INMOBILIARIO UAU/UG 1 UAU/UG 2 UAU/UG 3 TOTAL PLAN PARCIAL COMERCIAL 10.768,43 5.564,74 10.648,83 26,982.00 Comercio Metropolitano 10.768,43 5.564,74 10,648.83 26,982.00 RESIDENCIAL 16.833,89 8.699,17 16,646.94 42.180,00 SERVICIOS 29.801,34 15.400,00 29,470.38 74.672,00 Servicios Empresariales 23.155,59 11,965.99 22,898.42 58,020.00 Servicios Personales 5.785,30 2,989.64 5,721.06 14,496.00 Servicios de Alto Impacto 860,45 444.65 850.90 2,156.00 DOTACIONAL - 5,463.00 - 5,463.00 Cultural Metropolitano 4,277.00 4,277.00 Educativo Metropolitano 1,186.00 1,186.00 TOTALES 57,403.66 35,127.19 56.766,15 149,297.00 Para el cálculo del valor de ventas asociado a las áreas resultantes del plan parcial, se utilizaron valores de referencia tomados de información de mercado asociados a los usos relacionados en el presente plan parcial. Estos estudios se encuentran anexos al Documento Técnico de Soporte (VER ANEXO H- Estudio Financiero), y el resumen de estos se presentan sus resúmenes a continuación:

2310460-FT-078 Versión 01 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-560 • 2025 • DICIEMBRE • 31 560 Anexo 2 del Decreto No. ______________ DE _____________ Página 15 de 24 “Metodología para la distribución de cargas y beneficios del Plan Parcial de Renovación Urbana Proscenio”

Resumen estudio de mercado residencial estrato 5 y 6 Ítem Área privada Valor por m2 Valor total Promedio 144.29 $ 9.836.625,37 $ 1.501.949.440,17 Desviación estándar 81.39 $ 2.257.469,47 $ 1.125.629.929,19 Coeficiente de variación 56,40% 22.95% 74.94% Nota: Cifras expresadas en pesos colombianos de mayo de 2018 Resumen estudio de mercado locales en venta últimos 6 meses Ítem Área privada Valor por m2 Valor total Promedio 152.96 $ 10.649.728,60 $ 1.642.035.816,42 Desviación estándar 84.52 $ 3.756.501 $ 1.050.218.440,49 Coeficiente de variación 55.26% 35.27% 63.96% Nota: Cifras expresadas en pesos colombianos de mayo de 2018 Resumen estudio de mercado servicios empresariales (oficinas)

Ítem Área privada Valor por m2 Valor total Promedio 6.987,25 $ 8.739.094,06 $ 2.992.369.823,15 Desviación estándar 21.922,51 $ 2.464.957 $2.053.000.269,29 Coeficiente de variación 313.75% 18.58% 68.61% Nota: Cifras expresadas en pesos colombianos de mayo de 2018 Los valores que se adoptaron corresponden al promedio de los estudios presentados más una desviación estándar, esto entendiendo que las condiciones de mercado y definición de los productos inmobiliarios que se desarrollarán en cada uso planteado se encontrarán en el rango superior de los datos presentados.

Para el cálculo del valor comercial del uso dotacional cultural se hicieron consultas con empresas de construcción tanto nacionales como internacionales donde se determinaron valores por orden de magnitud de los costos asociados a su desarrollo sin incluir utilidades.

Dado que en los casos más rentables un servicio personal y un servicio de alto impacto se pueden encontrar en un centro comercial, como es el caso de restaurantes y cines, se asignó el valor de venta del uso comercial a estos servicios.

De este modo, los valores de venta utilizados por m2 son:

2310460-FT-078 Versión 01 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-561 • 2025 • DICIEMBRE • 31 561 Anexo 2 del Decreto No. ______________ DE _____________ Página 16 de 24 “Metodología para la distribución de cargas y beneficios del Plan Parcial de Renovación Urbana Proscenio”

PRECIO POR M2 DE ÁREA PRODUCTO INMOBILIARIO VENDIBLE COMERCIAL Comercio Metropolitano $ 14.520.965 RESIDENCIAL $ 12.094.095 SERVICIOS Servicios Empresariales $ 11.204.051 Servicios Personales $ 14.520.965 Servicios de Alto Impacto $ 14.520.965 DOTACIONAL Cultural Metropolitano $ 21.205.034 Educativo Metropolitano $ 11.204.051 Nota: Cifras expresadas en pesos colombianos de mayo de 2018 PRODUCTO INMOBILIARIO UAU/UG 1 UAU/UG 2 UAU/UG 3 TOTAL PLAN PARCIAL COMERCIAL $ 156.367.995.135 $ 80.805.394.774 $ 154.631.287.721 $ 391.804.677.630 Metropolitano $ 156.367.995.135 $ 80.805.394.774 $ 154.631.287.721 $ 391.804.677.630 RESIDENCIAL $ 203.590.664.880 $ 105.208.588.401 $ 201.329.673.819 $ 510.128.927.100 SERVICIOS $ 355.939.114.444 $ 183.936.67.115 $ 351.986.266.641 $ 891.862.148.200 Servicios Empresariales $ 259.436.411.295 $ 134.067.562.225 $ 256.555.065.499 $ 650.059.039.020 Servicios Personales $ 84.008.138.815 $ 43.412.457.803 $ 83.075.312.023 $ 210.495.908.640 Servicios de Alto Impacto $ 12.494.564.334 $ 6.456.747,.87 $ 12.355.889.119 $ 31.307.200.540 DOTACIONAL $ - $ 103.981.934.904 $ - $ 103.981.934.904 Cultural Metropolitano $ - $ 90.693.930.418 $ - $ 90.693.930.418 Educativo Metropolitano $ - $ 13.288.004.486 $ - $ 13.288.004.486 TOTALES $ 715.897.774.458 $ 473.932.685.195 $ 707.947.228.181 $ 1.897.777.687.834 Nota: Cifras expresadas en pesos colombianos de mayo de 2018 D. REPARTO DE CARGAS Y BENEFICIOS ENTRE LAS UNIDADES DE GESTIÓN Y/O ACTUACIÓN 2310460-FT-078 Versión 01 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-562 • 2025 • DICIEMBRE • 31 562 Anexo 2 del Decreto No. ______________ DE _____________ Página 17 de 24 “Metodología para la distribución de cargas y beneficios del Plan Parcial de Renovación Urbana Proscenio”

En particular, el aporte es el valor del suelo objeto de reparto (incluyendo terreno y construcción), más los aportes de capital requeridos para la construcción y desarrollo de las cargas del plan parcial. De igual forma, los beneficios son los metros cuadrados de área vendible, que se traducen en ventas. La diferencia entre la participación porcentual del aporte y los beneficios que tiene cada Unidad de Actuación o de Gestión, es un desequilibro.

A continuación, se presenta el cálculo desarrollado:

Rubro UAU/UG 1 UAU/UG 2 UAU/UG 3 Total Plan Parcial Aporte en carga $ 57.001.438.915 $ 34.270.996.899 $ 47.603.744.198 $ 138.876.180.012 Aporte en suelo $ 110.866.206.759 $ 91.928.916.147 $ 91.626.451.049 $ 294.421.573.955 Total Aporte $ 167.867.645.674 $ 126.199.913.046 $ 139.230.195.247 $ 433.297.753.967 Participación Aporte 38,7418684% 29,1254482% 32,1326834% 100,0000% Comentado [JEGS1]: Se ajusta con 7 decimales Beneficios Ventas estimadas $ 715.897.774.458 $ 473.932.685.195 $ 707.947.228.181 $ 1.897.777.687.834 Participación Ventas 37,7229524% 24,9730350% 37,3040126% 100,0000% Balance Comentado [JEGS2]: Se ajusta con 7 decimales (%Beneficios - %Aporte) -1,0189160% -4,1524133% 5,1713292% 0,0000% Comentado [JEGS3]: Se ajusta con 7 decimales Equilibrio Total Aporte $ 167.867.645.674 $ 126.199.913.046 $ 139.230.195.247 $ 433.297.753.967 Financiamiento $ (4.414.870.815) $ (17.992.255.936) $ 22.407.126.751 $ - Aporte en equilibrio $ 163.452.774.859 $ 108.207.657.110 $ 161.637.321.998 $ 433.297.753.967 % Aporte en equilibrio 37,7229524% 24,9730350% 37,3040126% 100,0000% Comentado [JEGS4]: Se ajusta con 7 decimales Nota: Cifras expresadas en pesos colombianos de mayo de 2018 E. FINANCIACIÓN Y CARGAS EN EQUILIBRIO 2310460-FT-078 Versión 01 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-563 • 2025 • DICIEMBRE • 31 563 Anexo 2 del Decreto No. ______________ DE _____________ Página 18 de 24 “Metodología para la distribución de cargas y beneficios del Plan Parcial de Renovación Urbana Proscenio”

El resultado del reparto de cargas y beneficios entre las unidades de gestión y/o actuación (tabla anterior), la unidad 3 debe compensar a las unidades de actuación 2 y 3 para lograr el equilibrio ya que la participación en el total de los aportes de esta unidad es menor que su participación en los beneficios.

Con el fin de evitar las compensaciones monetarias entre unidades y asegurar un reparto en equilibrio, se hace una redistribución de las cargas de tal forma que la participación del aporte sea igual que la participación en beneficios.

Rubro UAU/UG 1 UAU/UG 2 UAU/UG 3 Total Plan Parcial Aporte en carga $ 52.586.498.861 $ 16.278.683.374 $ 70.010.997.775 $ 138.876.180.012 Aporte en suelo $ 110.866.206.759 $ 91.928.916,147 $ 91,626,451,049 $ 294.421.573.955 Total Aporte $ 163.452.705.620,55 $ 108.207.599.521 $ 161.637.448.825 $ 433.297.753.967 Comentado [JEGS5]: Se ajusta con 7 decimales Participación Aporte 37,7229524% 24,9730350% 37,3040126% 100,0000% Nota: Cifras expresadas en pesos colombianos de mayo de 2018 En particular, se ajustan las cargas de indirectos de urbanismo, de formulación y de gestión tal y como se muestra en la siguiente tabla:

2310460-FT-078 Versión 01 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-564 • 2025 • DICIEMBRE • 31 564 PARCIAL 36.63% 0.00% 63.37% $ 183,150,000 $ - $ 316,850,000 $ 500,000,000 36.63% 0.00% 63.37% $ 20,757,073,253 $ 1,698,024,443 $ 34,211,768,951 $ 56,666,866,646 AREA (m2) / % DE PARTICIPACIÓN TOTAL COSTO (Pesos)

UAU/UG 1 UAU/UG 2 UAU/UG 3 UAU/UG 1 UAU/UG 2 UAU/UG 3 TOTAL PLAN OTRAS CARGAS LOCALES EN EQUILIBRIO OBRAS PRELIMINARES E INDIRECTOS 21,389.58 17,766.07 17,247.65 $ 9,624,007,550 $ 7,599,138,740 $ 8,063,106,137 $ 25,286,252,426 Demoliciones Según áreas Catastrales 21,101.21 17,765.80 17,247.29 $ 6,855,872,655 $ 5,772,183,795 $ 5,603,717,696 $ 18,231,774,147 Compensación estacionamientos equipamiento (m2) 288.00 $ 290,483,669 $ - $ - $ 290,483,669 Indirectos Urbanismo 36.63% 27.01% 36.36% $ 2,477,651,226 $ 1,826,954,944 $ 2,459,388,441 $ 6,763,994,611 CARGAS POR GESTIÓN DEL SUELO 36.63% 0.00% 63.37% $ 183,150,000 $ - $ 316,850,000 $ 500,000,000 Convenio ente encargado de expropiaciones por motivo de utilidad publica GESTION SOCIAL - MITIGACIÓN DE IMPACTOS SOCIALES Acompañamiento y contacto con la comunidad 36.63% 0.00% 63.37% $ 1,251,647,100 $ - $ 2,165,352,900 $ 3,417,000,000 Subsidio Arrendamientos 36.63% 0.00% 63.37% $ 9,706,196,029 $ - $ 16,791,745,627 $ 26,497,941,656 Traslados 36.63% 7.28% 56.09% $ 8,541,452,505 $ 1,698,024,443 $ 13,078,711,709 $ 23,318,188,657 Anexo 2 del Decreto No. ______________ DE _____________ Página 19 de 24 “Metodología para la distribución de cargas y beneficios del Plan Parcial de Renovación Urbana Proscenio”

2310460-FT-078 Versión 01 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-565 • 2025 • DICIEMBRE • 31 565 Nota: Cifras expresadas en pesos colombianos de mayo de 2018 Implementación del Plan de Gestión Social 36.63% 0.00% 63.37% $ 1,257,777,619 $ - $ 2,175,958,714 $ 3,433,736,333 CARGAS DE GESTIÓN 23.08% 0.00% 76.92% $ 5,619,055,970 $ - $ 18,730,102,889 $ 24,349,158,859 Formulación Plan Parcial 36.63% 0.00% 63.37% $ 1,831,500,000 $ - $ 3,168,500,000 $ 5,000,000,000 Gestión del promotor 19.57% 0.00% 80.43% $ 3,787,555,970 $ - $ 15,561,602,889 $ 19,349,158,859 Anexo 2 del Decreto No. ______________ DE _____________ Página 20 de 24 “Metodología para la distribución de cargas y beneficios del Plan Parcial de Renovación Urbana Proscenio”

2310460-FT-078 Versión 01 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-566 • 2025 • DICIEMBRE • 31 566 Anexo 2 del Decreto No. ______________ DE _____________ Página 21 de 24 “Metodología para la distribución de cargas y beneficios del Plan Parcial de Renovación Urbana Proscenio”

F. METODOLOGÍA DE APLICACIÓN PARA FACTORES DE CONVERSIÓN Para el desarrollo del presente plan parcial se podrán realizar las combinaciones de productos inmobiliarios que respondan a los comportamientos o a la demanda del mercado en el momento de la ejecución del proyecto, manteniendo el reparto equitativo de cargas y beneficios mediante la aplicación de factores de conversión al área vendible indicada en el presente Decreto.

La base para calcular los factores de conversión son los precios de venta promedio por tipo de uso:

Uso Número de m2 vendibles Total Ventas Valor promedio por m2 vendible Comercial 26.982 $ 391.804.677.630 $ 14.520.965 Residencial 42.180 $ 510.128.927.100 $ 12.094.095 Servicios 74.672 $ 891.862.148.200 $ 11.943.729 Dotacional 5.463 $ 103.981.934.904 $ 19.033.852 Nota: Cifras expresadas en pesos colombianos de mayo de 2018 Los factores de conversión para los diferentes usos que el plan parcial ofrece son equivalencias que se usan para calcular los metros cuadrados vendibles finales (Z) de un determinado uso que se pueden obtener a partir de la disminución de los metros cuadrados vendibles iniciales (Y) de otro uso.

Una vez definidos los precios promedio se determina la razón del precio inicial sobre el final, así:

Factor de conversión (ZY) = Precio del uso Z / Precio del uso Y Ejemplo:

Factor de conversión para el aumento del uso comercial mediante disminución del uso residencial 2310460-FT-078 Versión 01 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-567 • 2025 • DICIEMBRE • 31 567 Anexo 2 del Decreto No. ______________ DE _____________ Página 22 de 24 “Metodología para la distribución de cargas y beneficios del Plan Parcial de Renovación Urbana Proscenio”

Factor de conversión (Comercio Residencial) = $14.520.965/12.094.095 = 1,20 Esto significa que por cada m2 vendible del uso comercio que se aumente (Z m2 final) se tendrá que disminuir 1,20 m2 vendibles del uso residencial (Y m2 inicial).

A continuación, se presenta la tabla de factores de conversión para los usos ofrecidos en el Plan:

AUMENTAR (Z) FACTOR DE CONVERSIÓN DISMINUIR (Y) USO M2 M2 USO COMERCIAL 1,00 1,20 1,20 RESIDENCIAL COMERCIAL 1,00 1,22 1,22 SERVICIOS RESIDENCIAL 1,00 0,83 0,83 COMERCIAL RESIDENCIAL 1,00 1,01 1,01 SERVICIOS SERVICIOS 1,00 0,82 0,82 COMERCIAL SERVICIOS 1,00 0,99 0,99 RESIDENCIAL DOTACIONAL 1.00 1,31 1,31 COMERCIAL DOTACIONAL 1,00 1,57 1,57 RESIDENCIAL DOTACIONAL 1,00 1,59 1,59 SERVICIOS Para hacer efectiva la aplicación de los factores de conversión descritos en la tabla anterior, se deberán cumplir las condiciones descritas en el Artículo 37° del presente Decreto.

2310460-FT-078 Versión 01 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-568 • 2025 • DICIEMBRE • 31 568 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-569 • 2025 • DICIEMBRE • 31 569 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-570 • 2025 • DICIEMBRE • 31 570 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-571 • 2025 • DICIEMBRE • 31 571 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-572 • 2025 • DICIEMBRE • 31 572 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-573 • 2025 • DICIEMBRE • 31 573 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-574 • 2025 • DICIEMBRE • 31 574 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-575 • 2025 • DICIEMBRE • 31 575 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-576 • 2025 • DICIEMBRE • 31 576 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-577 • 2025 • DICIEMBRE • 31 577 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-578 • 2025 • DICIEMBRE • 31 578 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-579 • 2025 • DICIEMBRE • 31 579 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-580 • 2025 • DICIEMBRE • 31 580 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-581 • 2025 • DICIEMBRE • 31 581 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-582 • 2025 • DICIEMBRE • 31 582 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-583 • 2025 • DICIEMBRE • 31 583 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-584 • 2025 • DICIEMBRE • 31 584 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-585 • 2025 • DICIEMBRE • 31 585 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-586 • 2025 • DICIEMBRE • 31 586 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-587 • 2025 • DICIEMBRE • 31 587 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-588 • 2025 • DICIEMBRE • 31 588 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-589 • 2025 • DICIEMBRE • 31 589 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-590 • 2025 • DICIEMBRE • 31 590 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-591 • 2025 • DICIEMBRE • 31 591 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-592 • 2025 • DICIEMBRE • 31 592 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-593 • 2025 • DICIEMBRE • 31 593 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-594 • 2025 • DICIEMBRE • 31 594 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-595 • 2025 • DICIEMBRE • 31 595 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-596 • 2025 • DICIEMBRE • 31 596 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-597 • 2025 • DICIEMBRE • 31 597 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-598 • 2025 • DICIEMBRE • 31 598 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-599 • 2025 • DICIEMBRE • 31 599 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-600 • 2025 • DICIEMBRE • 31 600 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-601 • 2025 • DICIEMBRE • 31 601 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-602 • 2025 • DICIEMBRE • 31 602 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-603 • 2025 • DICIEMBRE • 31 603 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-604 • 2025 • DICIEMBRE • 31 604 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-605 • 2025 • DICIEMBRE • 31 605 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-606 • 2025 • DICIEMBRE • 31 606 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-607 • 2025 • DICIEMBRE • 31 607 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-608 • 2025 • DICIEMBRE • 31 608 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-609 • 2025 • DICIEMBRE • 31 609 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-610 • 2025 • DICIEMBRE • 31 610 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-611 • 2025 • DICIEMBRE • 31 611 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-612 • 2025 • DICIEMBRE • 31 612 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-613 • 2025 • DICIEMBRE • 31 613 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-614 • 2025 • DICIEMBRE • 31 614 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-615 • 2025 • DICIEMBRE • 31 615 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-616 • 2025 • DICIEMBRE • 31 616 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-617 • 2025 • DICIEMBRE • 31 617 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-618 • 2025 • DICIEMBRE • 31 618 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-619 • 2025 • DICIEMBRE • 31 619 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-620 • 2025 • DICIEMBRE • 31 620 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-621 • 2025 • DICIEMBRE • 31 621 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-622 • 2025 • DICIEMBRE • 31 622 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-623 • 2025 • DICIEMBRE • 31 623 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-624 • 2025 • DICIEMBRE • 31 624 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-625 • 2025 • DICIEMBRE • 31 625 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-626 • 2025 • DICIEMBRE • 31 626 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-627 • 2025 • DICIEMBRE • 31 627 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-628 • 2025 • DICIEMBRE • 31 628 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-629 • 2025 • DICIEMBRE • 31 629 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-630 • 2025 • DICIEMBRE • 31 630 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-631 • 2025 • DICIEMBRE • 31 631 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-632 • 2025 • DICIEMBRE • 31 632 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-633 • 2025 • DICIEMBRE • 31 633 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-634 • 2025 • DICIEMBRE • 31 634 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-635 • 2025 • DICIEMBRE • 31 635 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-636 • 2025 • DICIEMBRE • 31 636 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-637 • 2025 • DICIEMBRE • 31 637 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-638 • 2025 • DICIEMBRE • 31 638 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-639 • 2025 • DICIEMBRE • 31 639 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-640 • 2025 • DICIEMBRE • 31 640 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-641 • 2025 • DICIEMBRE • 31 641 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-642 • 2025 • DICIEMBRE • 31 642 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-643 • 2025 • DICIEMBRE • 31 643 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-644 • 2025 • DICIEMBRE • 31 644 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-645 • 2025 • DICIEMBRE • 31 645 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-646 • 2025 • DICIEMBRE • 31 646 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-647 • 2025 • DICIEMBRE • 31 647 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-648 • 2025 • DICIEMBRE • 31 648 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-649 • 2025 • DICIEMBRE • 31 649 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-650 • 2025 • DICIEMBRE • 31 650 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-651 • 2025 • DICIEMBRE • 31 651 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-652 • 2025 • DICIEMBRE • 31 652 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-653 • 2025 • DICIEMBRE • 31 653 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-654 • 2025 • DICIEMBRE • 31 654 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-655 • 2025 • DICIEMBRE • 31 655 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-656 • 2025 • DICIEMBRE • 31 656 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-657 • 2025 • DICIEMBRE • 31 657 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-658 • 2025 • DICIEMBRE • 31 658 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-659 • 2025 • DICIEMBRE • 31 659 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-660 • 2025 • DICIEMBRE • 31 660 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-661 • 2025 • DICIEMBRE • 31 661 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-662 • 2025 • DICIEMBRE • 31 662 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-663 • 2025 • DICIEMBRE • 31 663 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-664 • 2025 • DICIEMBRE • 31 664 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-665 • 2025 • DICIEMBRE • 31 665 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-666 • 2025 • DICIEMBRE • 31 666 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-667 • 2025 • DICIEMBRE • 31 667 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-668 • 2025 • DICIEMBRE • 31 668 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-669 • 2025 • DICIEMBRE • 31 669 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-670 • 2025 • DICIEMBRE • 31 670 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-671 • 2025 • DICIEMBRE • 31 671 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-672 • 2025 • DICIEMBRE • 31 672 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-673 • 2025 • DICIEMBRE • 31 673 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-674 • 2025 • DICIEMBRE • 31 674 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-675 • 2025 • DICIEMBRE • 31 675 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-676 • 2025 • DICIEMBRE • 31 676 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-677 • 2025 • DICIEMBRE • 31 677 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8489 • PP. 1-678 • 2025 • DICIEMBRE • 31 678

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