Registro Distrital 8469 de 2025
Registro Distrital 8469 de 2025 Nivel Distrital
- Tipo
- Registro Distrital
- Número
- 8469
- Año
- 2025
- Fecha
- 11 de diciembre de 2025
- Entidad
- Nivel Distrital
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
5,5 ALCALDE MAYOR Carlos Fernando Galán Pachón REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 • No. 8469 - Pp 1 - 38 - 2025 • DICIEMBRE • 11 CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Descentralizado ACUERDO 2025 AGENCIA DISTRITAL PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR, LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA ATENEA - CONSEJO DIRECTIVO ACUERDO Nº 20 “Por medio del cual se aprueba una Sustitución de Ingresos entre Agregados en el Presupuesto de Ingresos y Rentas de la Agencia para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología Atenea”...................................................................4 Sector Central RESOLUCIONES 2025 SECRETARÍA GENERAL RESOLUCIÓN Nº 567 “Por medio de la cual se efectúa un nombramiento”............................................7 SECRETARÍA DISTRITAL DEL HÁBITAT RESOLUCIÓN Nº 1365 “Por medio de la cual se delegan funciones a cargo del Despacho de la Secretaría Distrital del Hábitat”.......................................................................11 Sector Descentralizado AGENCIA DISTRITAL PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR, LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA “ATENEA” RESOLUCIÓN Nº DG 107 “Por medio de la cual se aplica la tabla de honorarios de la vigencia 2025, para los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión que celebre con personas naturales la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “ATENEA” que se suscriban en la vigencia 2026, y se adoptan otras disposiciones.”........................................................16 VEEDURÍA DISTRITAL RESOLUCIÓN Nº 284 Por la cual se hace un traslado en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Veeduría Distrital para la vigencia fiscal 2025...............................................20 Sector Local DECRETOS LOCALES 2025 ALCALDÍA LOCAL DE FONTIBÓN DECRETO LOCAL Nº 018 “Por el cual se modifica y adiciona el Decreto Local 013 de 2020 en lo relacionado con el proceso de convocatoria y elección de los delegados de carácter no institucional público o de la comunidad del Consejo Local de Protección y Bienestar Animal de la Localidad Fontibón”....................................................26 ALCALDÍA LOCAL DE MÁRTIRES DECRETO LOCAL Nº 16 “POR MEDIO DEL CUAL SE EFECTÚA TRASLADO PRESUPUESTAL EN EL PRESUPUESTO DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE MÁRTIRES PARA LA VIGENCIA FISCAL 2025”.....36 AÑO 60 NÚMERO 8469 11 • DICIEMBRE • 2025 SECRETARÍA GENERAL ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL.
LA PUBLICACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS EN EL REGISTRO DISTRITAL SE REALIZA DE ACUERDO A LA LEY 1437 DEL 2011 EN SU ARTÍCULO 65 MODIFICADO POR LA LEY 2080 DE 2021 “POR LA CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO”.
CORREO: REGISTRODISTRITAL@ALCALDIABOGOTA.GOV.CO DIRECCIÓN: CALLE 11 SUR #1-60 ESTE - LA MARÍA - BOGOTÁ D.C.
TELÉFONO: 381 3000 EXT. 5010 - 5202 SUBDIRECTORA IMPRENTA DISTRITAL: MARÍA ANGÉLICA PUMAREJO HINOJOSA ACUERDO DE 2025 Página 1 de 3 Acuerdo 20 de 2025 (09 de diciembre)
“Por medio del cual se aprueba una Sustitución de Ingresos entre Agregados en el Presupuesto de Ingresos y Rentas de la Agencia para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología Atenea”
El Consejo Directivo de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología Atenea En ejercicio de sus facultades legales y en especial las que confieren los Decretos Distritales 714 de 1996 y 192 de 2021, el numeral 4 del artículo 10 del Decreto Distrital 273 de 2020, y,
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto Distrital No. 273 de 2020, la Dirección de la Agencia Distrital para La Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea”, estará a cargo del Consejo Directivo y del Director General.
Que acorde con el numeral 4 del artículo 10 del Decreto Distrital No. 273 de 2020, es función del Consejo Directivo: "Aprobar el proyecto de presupuesto anual de la Agencia, así como sus modificaciones".
Que el numeral 5 del artículo 7 del Acuerdo 02 de 2021, del Consejo Directivo, reitera la misma competencia en cabeza de este órgano.
Que el artículo 63 del Decreto Distrital 714 de 1996, Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital establece que: “Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales y la cancelación de apropiaciones, (…)”.
Que el artículo 2 del Decreto Distrital 470 de 2024, "Por el cual se liquida el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025 y se dictan otras disposiciones, en cumplimiento del Acuerdo Distrital 940 del 19 de diciembre de 2024", asignó la suma de $721.421.675.000 para financiar el presupuesto de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología - Atenea en la vigencia fiscal 2025, para Gastos de Funcionamiento e Inversión. Dentro de dicha apropiación, el mismo decreto estableció que Atenea contaría con recursos administrados en el rubro de Ingresos Corrientes O11 por $155.000.000.000 y en Recursos de Capital O12 en Recursos de Capital por $150.000.000.000 para un total de $305.000.000.000, así:
Que los ingresos de recursos administrados relacionados en el ítem anterior están desagregados en los rubros O11020600606 Otras unidades de gobierno destinados al recaudo por concepto de convenios suscritos o a suscribir para programas de Educación Superior especialmente con los Fondos de Desarrollo Local y en el rubro O12080600214 Convenios entidades distritales dentro de los cuales se proyecta el recaudo por convenios a suscribir con entidades públicas para desarrollar programas de Ciencia, Tecnología e Innovación en especial el recaudo para la capitalización de la fábrica de vacunas Bogotá Bio.
Que el artículo 42 del Decreto Distrital 470 de 2024, establece:
“Cambios entre cuentas de ingresos y de fuentes de financiación. La Administración Distrital a través de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, podrá efectuar cambios entre cuentas de ingresos del Catálogo de Clasificación Presupuestal, los cuales tendrán su correspondencia en las fuentes de financiación de los agregados de gastos de cada una de las entidades siempre y cuando no se modifique el valor total del presupuesto aprobado por el Concejo Distrital para cada Cra 10 # 28-49. Torre A, piso 26.
Bogotá D.C. – Colombia (601) 666 0006 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8469 • PP. 1-4 • 2025 • DICIEMBRE • 11 4 Página 2 de 3 Acuerdo 20 de 2025 (09 de diciembre)
“Por medio del cual se aprueba una Sustitución de Ingresos entre Agregados en el Presupuesto de Ingresos y Rentas de la Agencia para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología Atenea” sección.
Los Establecimientos Públicos realizarán por acto administrativo expedido por la Junta o Consejo Directivo distribuciones en el Presupuesto de Rentas e Ingresos, previo concepto favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto."
Que en el marco del programa Bogotá Científica, la Agencia, requiere la suscripción de un convenio con el propósito de financiar actividades de investigación, desarrollo e innovación (I+D+i) que generen soluciones con alto potencial de impacto social y económico, promoviendo la colaboración entre universidades, centros de investigación, industria, sector público y sociedad civil. Dicho convenio se realizará con una entidad privada, cuyos recursos deberán registrarse en el rubro O1102050109 Servicios para la comunidad sociales y personales, por corresponder a aportes provenientes de dicho tipo de entidades.
Que la totalidad de los recursos provenientes de convenios para su ejecución en 2025 fueron proyectados en el rubro O12080600214 – Convenios con entidades distritales para programas de Ciencia, Tecnología e Innovación, y que el origen de los recursos objeto de este acto administrativo proviene de entidades del sector privado, se deben clasificarse en el rubro O1102050109 – Servicios para la comunidad, sociales y personales, por lo que se requiere efectuar el respectivo traslado en el presupuesto de ingresos de la Agencia.
Que por lo anteriormente expuesto, se requiere realizar sustitución en el Presupuesto de Rentas e Ingresos de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología Atenea en la suma total de DOS MIL MILLONES DE PESOS ($2.000.000.000) M/CTE.
Que de acuerdo con el manual operativo presupuestal en el ítem 3.1.1.1 Procedimiento para la sustitución de ingresos entre agregados Presupuestales que establece: “Así mismo la Administración Distrital a través de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, podrá efectuar cambios entre las fuentes de financiación de los agregados de ingresos y gastos de cada una de las entidades, siempre y cuando no se modifique el valor total del presupuesto aprobado por el Concejo de Bogotá para cada sección.”
Que para continuar el trámite del cambio entre cuentas de ingresos y fuentes de financiación ante el Consejo Directivo de la Agencia, se solicitó ante la Secretaría Distrital de Hacienda- Dirección Distrital de Presupuesto, mediante radicado 2-2025-38931 del 21 de noviembre de 2025, la solicitud de concepto previo favorable.
Que en consecuencia, la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, emitió concepto favorable para la sustitución de fuentes, mediante el radicado 2025EE856998O1 del 04 de diciembre de 2025.
Que, en mérito de lo expuesto,
ACUERDA:
Artículo primero.
Aprobar la Sustitución de Ingresos entre Agregados en el Presupuesto de Ingresos y Rentas de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología- Atenea para la vigencia fiscal 2025, por valor de $2.000.000.000 DOS MIL MILLONES DE PESOS M/CTE, acorde con el siguiente detalle:
Cra 10 # 28-49. Torre A, piso 26.
Bogotá D.C. – Colombia (601) 666 0006 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8469 • PP. 1-5 • 2025 • DICIEMBRE • 11 5 Página 3 de 3 Acuerdo 20 de 2025 (09 de diciembre)
“Por medio del cual se aprueba una Sustitución de Ingresos entre Agregados en el Presupuesto de Ingresos y Rentas de la Agencia para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología Atenea”
Código rubro Nombre del rubro Aprop vigente Sustitución Apropiación ajustada O1 Ingresos 721.421.675.000 - 721.421.675.000 O11 Ingresos Corrientes 155.000.000.000 2.000.000.000 157.000.000.000 O1102 Ingresos no tributarios 155.000.000.000 2.000.000.000 157.000.000.000 O110205 Venta de bienes y servicios
- 2.000.000.000 2.000.000.000 O110205001 Ventas de establecimientos de mercado
- 2.000.000.000 2.000.000.000 O11020500109 Servicios para la comunidad, sociales y personales
- 2.000.000.000 2.000.000.000 O1102050010901 Servicios de la administración pública y otros servicios prestados a la comunidad en general
- 2.000.000.000 2.000.000.000 O110205001090101 Servicios administrativos del gobierno
- 2.000.000.000 2.000.000.000 O11020500109010112 Servicios ejecutivos de la administración pública
- 2.000.000.000 2.000.000.000 O110206 Transferencias corrientes 155.000.000.000 - 155.000.000.000 O110206006 Transferencias de otras entidades del gobierno general 155.000.000.000 - 155.000.000.000 O11020600606 Otras unidades de gobierno 155.000.000.000 - 155.000.000.000 O12 Recursos de capital 150.000.000.000 2.000.000.000 - 148.000.000.000 O1208 Transferencias de capital 150.000.000.000 2.000.000.000 - 148.000.000.000 O120806 De otras entidades del gobierno general 150.000.000.000 2.000.000.000 - 148.000.000.000 O120806002 Condicionadas a la adquisición de un activo 150.000.000.000 2.000.000.000 - 148.000.000.000 O12080600214 Convenios entidades distritales 150.000.000.000 2.000.000.000 - 148.000.000.000 O15 Transferencias administración central 416.421.675.000 - 416.421.675.000 O1501 Aporte ordinario 416.421.675.000 - 416.421.675.000 O150101 Vigencia 416.421.675.000 416.421.675.000
Artículo segundo.
Remitir copia del siguiente Acuerdo a la Subgerencia Financiera de la Agencia – Atenea para que proceda con el trámite conducente al registro en el sistema de información presupuestal.
Artículo tercero.
El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C., a los nueve (09) días del mes de diciembre de 2025 ISABEL SEGOVIA OSPINA DIEGO ESCALLÓN ARANGO Presidenta Consejo Directivo Secretario Técnico Consejo Directivo Cra 10 # 28-49. Torre A, piso 26.
Bogotá D.C. – Colombia (601) 666 0006 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8469 • PP. 1-6 • 2025 • DICIEMBRE • 11 6 RESOLUCIONES DE 2025 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8469 • PP. 1-7 • 2025 • DICIEMBRE • 11 7 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8469 • PP. 1-8 • 2025 • DICIEMBRE • 11 8 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8469 • PP. 1-9 • 2025 • DICIEMBRE • 11 9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8469 • PP. 1-10 • 2025 • DICIEMBRE • 11 10 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8469 • PP. 1-11 • 2025 • DICIEMBRE • 11 11 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8469 • PP. 1-12 • 2025 • DICIEMBRE • 11 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8469 • PP. 1-13 • 2025 • DICIEMBRE • 11 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8469 • PP. 1-14 • 2025 • DICIEMBRE • 11 14 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8469 • PP. 1-15 • 2025 • DICIEMBRE • 11 15 RESOLUCIÓN No DG 107 de 2025 (02 de diciembre de 2025)
“Por medio de la cual se aplica la tabla de honorarios de la vigencia 2025, para los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión que celebre con personas naturales la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “ATENEA” que se suscriban en la vigencia 2026, y se adoptan otras disposiciones.”
EL DIRECTOR GENERAL DE LA AGENCIA DISTRITAL PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR, LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA “ATENEA”
En ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, en especial por las conferidas por los numerales 6 y 11 del artículo 11 del Decreto Distrital 273 de 2020, los numerales 6 y 16 del artículo 9 del Acuerdo 02 de 2021 expedido por el Consejo Directivo de “Atenea” y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 80 de 1993 en su artículo 3° señala que “Los servidores públicos tendrán en consideración que al celebrar contratos y con la ejecución de los mismos, las entidades buscan el cumplimiento de los fines estatales, la continua y eficiente prestación de los servicios públicos y la efectividad de los derechos e intereses de los administrados que colaboran con ellas en la consecución de dichos fines. Los particulares por su parte tendrán en cuenta al celebrar y ejecutar contratos con las entidades estatales que, colaboran con ellas en el logro de sus fines y cumplen una función social que, como tal implica obligaciones”. Así mismo el numeral 3, del artículo 32, establece que “(…) los que celebren las entidades estatales para desarrollar actividades relacionadas con la administración o funcionamiento de la entidad. Estos contratos sólo podrán celebrarse con personas naturales cuando dichas actividades no puedan realizarse con personal de planta o requieran conocimiento especializados. En ningún caso estos contratos generan relación laboral ni prestaciones sociales y se celebrarán por el término estrictamente indispensable.”
Que de acuerdo con el literal h del numeral 4 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, es procedente la contratación directa para la prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, o para la ejecución de trabajos artísticos que solo pueden encomendarse a determinadas personas naturales.
Que en la Resolución No. 365 de 2024 de la Agencia Atenea, se estableció para los conceptos de experiencia profesional, experiencia relacionada, experiencia laboral y experiencia docente, certificación de la educación formal, equivalencias entre estudios y experiencia conforme las definiciones contenidas en el Decreto Ley 785 de 2005 y en el artículo 2.2.2.3.7 del Decreto Nacional 1083 de 2015 y fundamentado en los siguientes criterios: a) la necesidad de la Entidad para los fines misionales y administrativos; b) la idoneidad y/o experiencia de las personas a las que se pretende contratar; c) la pertinencia de las equivalencias frente a la necesidad del servicio y d) la reglamentación especial aplicable a cada caso.
Carrera 10 No. 28 – 49 torre A piso 26 PBX: (601) 6660006 www.agenciaatenea.gov.co Información: Línea 195 1 F2_P5_J – V1 -26/10/2023 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8469 • PP. 1-16 • 2025 • DICIEMBRE • 11 16 RESOLUCIÓN No DG 107 de 2025 (02 de diciembre de 2025)
“Por medio de la cual se aplica la tabla de honorarios de la vigencia 2025, para los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión que celebre con personas naturales la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “ATENEA” que se suscriban en la vigencia 2026, y se adoptan otras disposiciones.”
Que el perfil del contratista se determina con base en la necesidad a satisfacer en cada caso, criterio que las áreas responsables tendrán en cuenta para fijar los requisitos específicos de estudio y de experiencia y definir las obligaciones y responsabilidades a desarrollar, las cuales deberán ser inherentes al objeto contractual a desarrollar.
Que la Directiva Distrital No. 002 de 2025, expedida por el Alcalde Mayor de Bogotá, en el numeral 2.9.2 estableció los lineamientos de austeridad para la programación del presupuesto anual de la vigencia 2026, indicando que las entidades deben:
“(…) hacer seguimiento a su Plan de Austeridad 2025-2027, formulado de acuerdo con los lineamientos dados por la Secretaría Distrital de Hacienda y la Secretaría General de la Alcaldía Mayor, mediante Circular Externa SDH-000002 de 2025, en el marco de las medidas establecidas en el Decreto Distrital 062 de 2024 orientadas a fortalecer la gestión fiscal y el uso eficiente, mesurado y transparente de los recursos públicos de Bogotá”.
Que con base en lo anterior, se hace necesario mantener para la vigencia 2026 los parámetros y criterios objetivos para establecer el valor de los honorarios de los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión que celebre la Agencia Atenea con personas naturales, que se encuentran establecidos para la vigencia 2025. Para tal efecto se continuará teniendo en cuenta el valor de los honorarios, conforme lo establecido en el artículo 1 la Resolución No. 365 de 2024 de la Agencia Atenea.
Que de conformidad con las necesidades actuales de la Agencia Atenea para el desarrollo y ejecución de las funciones y servicios a su cargo, es necesario dar lineamientos frente a los aspectos para la contratación de personas extranjeras fundamentada en criterios y condiciones dignas, justas, equitativas y transparentes que garanticen eficacia y eficiencia en la prestación del servicio.
Que, por otra parte, se evidenció un error formal de digitación en el artículo 5 de la Resolución No. 365 de 2024, en el cual se indicó erróneamente que la norma derogada era la Resolución No. 002 de 2023, siendo lo correcto precisar que la resolución derogada corresponde a la Resolución No. 002 de 2024.
Que el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011, señala que en cualquier tiempo se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, en consecuencia, es procedente corregir el artículo 5 de la Resolución No. 365 de 2024.
Carrera 10 No. 28 – 49 torre A piso 26 PBX: (601) 6660006 www.agenciaatenea.gov.co Información: Línea 195 2 F2_P5_J – V1 -26/10/2023 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8469 • PP. 1-17 • 2025 • DICIEMBRE • 11 17 RESOLUCIÓN No DG 107 de 2025 (02 de diciembre de 2025)
“Por medio de la cual se aplica la tabla de honorarios de la vigencia 2025, para los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión que celebre con personas naturales la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “ATENEA” que se suscriban en la vigencia 2026, y se adoptan otras disposiciones.”
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo primero.
TABLA DE HONORARIOS: Aplicar para la vigencia 2026, lo dispuesto en la Resolución No.365 de 2024, respecto de la tabla de honorarios de la vigencia 2025.
Artículo segundo.
CONTRATACIÓN DE PERSONAS EXTRANJERAS: La Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología – Atenea podrá celebrar contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión con personas extranjeras, siempre que estas cumplan con los perfiles de formación académica, experiencia y demás lineamientos previstos en la Resolución No. 365 de 2024. Adicionalmente, deberán acreditar los requisitos establecidos en el artículo 2.2.1.11.5.1 del Decreto Único Reglamentario 1067 de 2015, modificado parcialmente por el Decreto Nacional 1743 de 2015, a saber:
1. Presentar la visa vigente que autorice el desarrollo de la actividad, ocupación u oficio declarado en la respectiva solicitud (visa y/o permiso de trabajo).
2. Contar con cédula de extranjería cuando la permanencia en el país sea igual o superior a tres (3) meses.
Parágrafo 1°. Conforme a lo dispuesto en el artículo 2.2.1.11.5.1 del Decreto 1067 de 2015,
modificado por el artículo 58 del Decreto Nacional 1743 de 2015, corresponderá a la Agencia Atenea, a través del supervisor del contrato, informar por escrito o mediante los mecanismos habilitados para tal fin a la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, sobre la vinculación, contratación o admisión de un extranjero bajo cualquier modalidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la iniciación o terminación de labores.
Parágrafo 2°. Para el ejercicio de profesiones o actividades reguladas señaladas en la visa, la
persona extranjera deberá cumplir los mismos requisitos exigidos a los nacionales colombianos en la normativa vigente, acreditando los documentos correspondientes, tales como homologación o convalidación de títulos, permisos o licencias provisionales, matrícula, tarjeta profesional o certificaciones de experiencia expedidas por los respectivos Consejos Profesionales o autoridades competentes. En el caso de profesiones u oficios no regulados que pretenda desarrollar en el país, deberá acreditar la experiencia o idoneidad en los términos establecidos en la presente resolución.
Carrera 10 No. 28 – 49 torre A piso 26 PBX: (601) 6660006 www.agenciaatenea.gov.co Información: Línea 195 3 F2_P5_J – V1 -26/10/2023 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8469 • PP. 1-18 • 2025 • DICIEMBRE • 11 18 RESOLUCIÓN No DG 107 de 2025 (02 de diciembre de 2025)
“Por medio de la cual se aplica la tabla de honorarios de la vigencia 2025, para los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión que celebre con personas naturales la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “ATENEA” que se suscriban en la vigencia 2026, y se adoptan otras disposiciones.”
Parágrafo 3°. En cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución 4386 de 2018 del Ministerio del
Trabajo, la Agencia Atenea, a través del supervisor del contrato, deberá adelantar los trámites necesarios para la inscripción de las personas extranjeras vinculadas mediante contratos de prestación de servicios profesionales o de apoyo a la gestión en el Registro Único de Trabajadores Extranjeros en Colombia (RUTEC), observando los plazos, términos y requisitos allí definidos.
Artículo tercero.
CORRECCIÓN: Corregir el artículo quinto de la Resolución No. 365 de 2024, en el sentido de indicar que la resolución objeto de derogatoria es la Resolución No. 002 de 2024.
Artículo cuarto.
VIGENCIA: La presente Resolución rige a partir del primer (1°) día de enero de 2026.
Dada en Bogotá D. C., a los dos (02) días del mes de diciembre de 2025.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Firmado digitalmente por VICTOR JAVIER SAAVEDRA MERCADO VICTOR JAVIER SAAVEDRA MERCADO VÍCTOR JAVIER SAAVEDRA MERCADO Director General CAMILO CARDOZO CRUZ Firmado digitalmente por CAMILO CARDOZO CRUZ Ingrid Carolina Silva Rodriguez Firmado digitalmente por Ingrid Carolina Silva Rodriguez Proyectó: Cindy Lorena Sánchez Calderón - Contratista- Subgerencia de Gestión Administrativa Revisó: Camilo Cardozo Cruz- Subgerente de Gestión Administrativa Revisó: Ingrid Carolina Silva - Jefe Oficina Jurídica Aprobó: Diana Blanco Garzón – Gerente de Gestión Corporativa Firmado digitalmente por DIANA CONSUELO BLANCO GARZON Carrera 10 No. 28 – 49 torre A piso 26 PBX: (601) 6660006 www.agenciaatenea.gov.co Información: Línea 195 4 F2_P5_J – V1 -26/10/2023 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8469 • PP. 1-19 • 2025 • DICIEMBRE • 11 19 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8469 • PP. 1-20 • 2025 • DICIEMBRE • 11 20 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8469 • PP. 1-21 • 2025 • DICIEMBRE • 11 21 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8469 • PP. 1-22 • 2025 • DICIEMBRE • 11 22 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8469 • PP. 1-23 • 2025 • DICIEMBRE • 11 23 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8469 • PP. 1-24 • 2025 • DICIEMBRE • 11 24 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8469 • PP. 1-25 • 2025 • DICIEMBRE • 11 25 DECRETOS LOCALES DE 2025 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8469 • PP. 1-26 • 2025 • DICIEMBRE • 11 26 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8469 • PP. 1-27 • 2025 • DICIEMBRE • 11 27 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8469 • PP. 1-28 • 2025 • DICIEMBRE • 11 28 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8469 • PP. 1-29 • 2025 • DICIEMBRE • 11 29 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8469 • PP. 1-30 • 2025 • DICIEMBRE • 11 30 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8469 • PP. 1-31 • 2025 • DICIEMBRE • 11 31 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8469 • PP. 1-32 • 2025 • DICIEMBRE • 11 32 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8469 • PP. 1-33 • 2025 • DICIEMBRE • 11 33 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8469 • PP. 1-34 • 2025 • DICIEMBRE • 11 34 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8469 • PP. 1-35 • 2025 • DICIEMBRE • 11 35 Página 1 de 3 A!#!"
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“POR MEDIO DEL CUAL SE EFECTÚA TRASLADO PRESUPUESTAL EN EL PRESUPUESTO DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE MÁRTIRES PARA LA VIGENCIA FISCAL 2025”.
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