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Registro Distrital 8457 de 2025

Registro Distrital 8457 de 2025 Nivel Distrital

Tipo
Registro Distrital
Número
8457
Año
2025
Fecha
24 de noviembre de 2025
Entidad
Nivel Distrital
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

5,5 ALCALDE MAYOR Carlos Fernando Galán Pachón REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 • No. 8457 - Pp 1 - 64 - 2025 • NOVIEMBRE • 24 CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Central RESOLUCIONES 2025 SECRETARÍA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN Nº 981 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural para Artistas en Actividades barriales - Navidad 2025, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”.....................................................................................4 Sector Descentralizado EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ - ESP RESOLUCIÓN Nº 0698 POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARAN DÍAS HÁBILES LOS SÁBADOS PARA LA GESTIÓN PRECONTRACTUAL DE LOS PROCESOS DE CONTRATACIÓN DE LA EAAB- ESP...............................................................11 RESOLUCIÓN Nº 0699 POR MEDIO DE LA CUAL SE CORRIGE UN ERROR FORMAL EN LA RESOLUCIÓN 0695 DE 19 DE NOVIEMBRE DE 2025.....................................13 INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO RESOLUCIÓN Nº 2998 “Por la cual se autoriza, ordena la baja y destino final de los bienes declarados inservibles por la Entidad, según lo recomendado por el Subcomité Financiero, Contable y de Inventarios y por el Comité Institucional de Gestión y Desempeño dimensión Financiera Contable y de Inventarios”...........................................15 CONTRALORÍA DE BOGOTÁ, D.C. RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA Nº 014 “Por la cual se actualiza el procedimiento para prácticas laborales”......................25 Sector Local ACUERDO LOCAL 2025 JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE SANTA FE ACUERDO LOCAL Nº 004 “Por medio del cual se constituye el Consejo Local de Protección y Bienestar Animal (CLPyBA)”..........................................................................................47 DECRETOS LOCALES 2025 ALCALDÍA LOCAL DE CHAPINERO DECRETO LOCAL Nº 19 “Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero para la vigencia fiscal 2025”....56 ALCALDÍA LOCAL DE PUENTE ARANDA DECRETO LOCAL Nº 009 “Por medio del cual se efectúa un Traslado en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda para la vigencia fiscal 2025”.......................................................................................................60 AÑO 60 NÚMERO 8457 24 • NOVIEMBRE • 2025 SECRETARÍA GENERAL ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL.

LA PUBLICACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS EN EL REGISTRO DISTRITAL SE REALIZA DE ACUERDO A LA LEY 1437 DEL 2011 EN SU ARTÍCULO 65 MODIFICADO POR LA LEY 2080 DE 2021 “POR LA CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO”.

CORREO: REGISTRODISTRITAL@ALCALDIABOGOTA.GOV.CO DIRECCIÓN: CALLE 11 SUR #1-60 ESTE - LA MARÍA - BOGOTÁ D.C.

TELÉFONO: 381 3000 EXT. 5010 - 5202 SUBDIRECTORA IMPRENTA DISTRITAL: MARÍA ANGÉLICA PUMAREJO HINOJOSA RESOLUCIONES DE 2025 *20252200565333* Radicado: 20252200565333 Fecha: 09-10-2025 RESOLUCIÓN No. 981 DE 10 DE OCTUBRE DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural para Artistas en Actividades barriales - Navidad 2025, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”

EL SECRETARIO DE DESPACHO De la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas el Decreto Distrital 340 de 2020 modificado por el Decreto 400 de 2022 y,

CONSIDERANDO:

Que los artículos 70 y 71 de la Constitución Política de Colombia de 1991, establecen el deber del Estado de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades y otorga la competencia para establecer mecanismos positivos para fomentar el desarrollo artístico, cultural y patrimonial de la Nación.

Que el numeral 3 del artículo 1 de la Ley 397 de 1997 se establece: “El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de reconocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación Colombiana”.

Que la ley en cita en su artículo 17 señala:

“(…) DEL FOMENTO. El Estado a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, fomentará las artes en todas sus expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas, como elementos del diálogo, el intercambio, la participación y como expresión libre y primordial del pensamiento del ser humano que construye en la convivencia pacífica.”.

Que así mismo, el artículo 18 de la mencionada ley establece:

" (…) El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos especiales y promocionará la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales. Para tal efecto establecerá, entre otros programas, bolsas de trabajo, becas, premios anuales, concursos, festivales, talleres de formación artística, apoyo a personas y grupos dedicados a actividades culturales, ferias, exposiciones, unidades móviles de divulgación cultural, y otorgará incentivos y créditos especiales para artistas sobresalientes, así como para integrantes de las comunidades locales en el campo de la creación, la ejecución, la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo (…)”

Página 1 de 7 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8457 • PP. 1-4 • 2025 • NOVIEMBRE • 24 4 *20252200565333* Radicado: 20252200565333 Fecha: 09-10-2025 RESOLUCIÓN No. 981 DE 10 DE OCTUBRE DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural para Artistas en Actividades barriales - Navidad 2025, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”

Que el Decreto Distrital 340 de 2020, “Por el cual se modifica la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y se dictan otras disposiciones” señala que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, tiene por objeto:

“(…) orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculadas y la sociedad civil (…)”.

Que el artículo 3º, literal (j) del Decreto Distrital 340 de 2020, señala que, dentro de las funciones de esta Secretaría, está la de: “(…) Gestionar la ejecución de las políticas, planes y proyectos culturales y artísticos, con el fin de garantizar el efectivo ejercicio de los derechos culturales y fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo (…)”.

Que el artículo 12, literal b del Decreto Distrital 340 de 2020, contempla, entre otras, como funciones de la Subsecretaría de Gobernanza la de: “Realizar la orientación técnica del diseño, ejecución y evaluación de las políticas, planes, programas y proyectos de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para el cumplimiento de su misión como cabeza de sector (…)”

Que el reconocimiento del fomento a la cultura como elemento central de protección y promoción de los Derechos Humanos, ha propiciado la creación de esquemas de política pública que buscan materializar el mandato constitucional de promover la protección, desarrollo y difusión de la cultura mediante la adopción de medidas que faciliten el ejercicio de sus derechos por parte de todas las comunidades. Así las cosas, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, establece el proceso misional del fomento a la cultura, como el conjunto de programas impulsados desde las entidades públicas que conforman el sector, con el propósito de promover, reconocer y fortalecer las prácticas artísticas, culturales y patrimoniales de la ciudadanía; garantizando un impacto integral e incluyente sobre la ciudad y favoreciendo el ejercicio libre y creativo de los derechos culturales.

Que dentro de las líneas de fomento se han definido las invitaciones culturales, las cuales se han concebido como mecanismos que buscan diversificar la participación de la ciudadanía en el proceso de Fomento, por medio de convocatorias que se adapten a las necesidades particulares o concertaciones con las poblaciones, sectores sociales o agentes de la ciudad, y les permita a las organizaciones, colectivos o personas, encontrar Página 2 de 7 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8457 • PP. 1-5 • 2025 • NOVIEMBRE • 24 5 *20252200565333* Radicado: 20252200565333 Fecha: 09-10-2025 RESOLUCIÓN No. 981 DE 10 DE OCTUBRE DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural para Artistas en Actividades barriales - Navidad 2025, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte” otros medios a través de los cuales acceder a recursos económicos o en especie; así como a espacios que les facilite iniciar, fortalecer o ampliar sus prácticas culturales, artísticas, creativas o patrimoniales.

Que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte – SCRD, en desarrollo del objetivo distrital “Bogotá confía en su bienestar”, impulsa estrategias de fomento orientadas a generar oportunidades que dinamicen el desarrollo cultural en el ámbito local. En este marco, promueve la participación de artistas y agrupaciones de teatro, música, danza, circo, magia, improvisación, comparsas, títeres o marionetas, a través de la presente invitación cultural, con el propósito de fortalecer la programación de actividades barriales que se llevarán a cabo durante la temporada navideña de 2025 en los distintos espacios y eventos organizados por la SCRD a nivel distrital y local.

Que el proyecto Navidad es Cultura 2025 constituye un esfuerzo interinstitucional entre los Fondos de Desarrollo Local de La Candelaria, Santa Fe, Tunjuelito y Suba y la SCRD, así como un ejercicio ciudadano que articula expresiones artísticas, tecnológicas y comunitarias, con el propósito de fortalecer la confianza en las instituciones, reafirmar el orgullo por la diversidad cultural de Bogotá y proyectar la ciudad como un escenario de encuentro, esperanza y transformación social.

Que la SCRD suscribió el Contrato Interadministrativo No. 821 de 2025, celebrado con la Asociación Nacional de las Artes – A.N.A., cuyo objeto consiste en: “Prestar los servicios requeridos para el desarrollo del proyecto Navidad es Cultura 2025, de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico” y en el marco de dicho contrato y lo establecido en los compromisos de la SCRD que están consignados en las condiciones específicas de participación la “Invitación Cultural para Artistas en Actividades barriales - Navidad 2025”, la SCRD tiene el compromiso de: “Realizar el seguimiento y acompañamiento en el marco del Contrato Interadministrativo No. 821 de 2025, celebrado con la Asociación Nacional de las Artes – A.N.A.”.

Que para la ejecución de la presente invitación cultural, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte estableció la siguiente caracterización general:

Dependencia encargada de Invitación Tipo del incentivo No. de incentivos Descripción de los incentivos la invitación Invitación Económico fijo Cultural Subsecretaría de Gobernanza
- Navidad Recursos entregados a para Artistas en Actividades través del barriales - Navidad Cuatro (4)
Categoría 1. Noches Mágicas en La Candelaria, Santa Fe y Suba: Se otorgarán veintidós (22) incentivos por un valor de siete millones de pesos ($7.000.000) cada uno, priorizando las localidades de La Candelaria con 8 incentivos, Santa Fe con 6 incentivos y Suba con 8 incentivos Contrato Interadministrativo 2025 Página 3 de 7 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8457 • PP. 1-6 • 2025 • NOVIEMBRE • 24 6 *20252200565333* Radicado: 20252200565333 Fecha: 09-10-2025 RESOLUCIÓN No. 981 DE 10 DE OCTUBRE DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural para Artistas en Actividades barriales - Navidad 2025, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”

Categoría 2. Personajes y Circuitos Itinerantes: Se otorgarán siete (7) incentivos por un valor de cien millones quinientos veinticuatro mil cuarenta y cinco pesos ($100.524.045) cada uno, priorizando las localidades de La Candelaria con 2 incentivos, Santa Fe con 2 incentivos y Suba con 3 incentivos. Y un (1) incentivo por valor de sesenta millones trescientos veintisiete mil veintisiete pesos ($60.327.027) para la localidad de Tunjuelito.

No. 821 de 2025 Categoría

3.

Artistas Emergentes (multidisciplinar): Se otorgarán treinta y un (31) incentivos por un valor de siete millones de pesos ($7.000.000) cada uno.

Categoría 4. Desfile Inaugural Navideño: Se otorgarán seis (6) incentivos por un valor de veintinueve millones cuatrocientos cincuenta y seis mil pesos ($29.456.000) cada uno, priorizando las localidades de La Candelaria con 2 incentivos, Santa Fe con 2 incentivos y Suba con 2 incentivos.

Que los requisitos y condiciones específicas de participación para la “Invitación Cultural para Artistas en Actividades barriales - Navidad 2025”, hacen parte integral de la presente resolución y pueden ser consultadas en el micrositio web: https://invitaciones.scrd.gov.co/ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

Que de conformidad a lo anterior y en cumplimiento del marco normativo señalado, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte dispone la apertura a la “Invitación Cultural para Artistas en Actividades barriales - Navidad 2025”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo primero.

Ordenar la apertura a la “Invitación Cultural para Artistas en Actividades barriales - Navidad 2025”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo, la cual asciende a la suma de MIL TRESCIENTOS ONCE MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y UN MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS PESOS M/CTE ($1.311.731.342) para la totalidad de los incentivos de cada una de las categorías, y de acuerdo al cronograma establecido para tal fin.

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REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8457 • PP. 1-7 • 2025 • NOVIEMBRE • 24 7 *20252200565333* Radicado: 20252200565333 Fecha: 09-10-2025 RESOLUCIÓN No. 981 DE 10 DE OCTUBRE DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural para Artistas en Actividades barriales - Navidad 2025, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”

Artículo segundo.

Los requisitos y condiciones de participación de la “Invitación Cultural para Artistas en Actividades barriales - Navidad 2025” se encuentran publicados en el micrositio web: https://invitaciones.scrd.gov.co/ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

Parágrafo. Las modificaciones a los términos de la Invitación Cultural citada en el
presente acto administrativo se podrán efectuar mediante aviso modificatorio que deberá publicarse en el respectivo micrositio web de Invitaciones Culturales de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte https://invitaciones.scrd.gov.co/, con anterioridad no menor a un (1) día hábil al vencimiento del plazo fijado en el cronograma que se indica en las condiciones de la Invitación Cultural.

Artículo tercero.

Realizar por la Subsecretaría de Gobernanza las acciones y trámites correspondientes para el seguimiento y acompañamiento en el marco del Contrato Interadministrativo No. 821 de 2025, celebrado con la Asociación Nacional de las Artes – A.N.A. con el fin de hacer efectivo el incentivo económico descrito en las condiciones específicas de participación de la “Invitación Cultural para Artistas en Actividades barriales - Navidad 2025”, de la cual son responsables.

Parágrafo. Los desembolsos de los incentivos económicos de la “Invitación Cultural
para Artistas en Actividades barriales - Navidad 2025”, se efectuaran por la Asociación Nacional de las Artes – A.N.A. y de acuerdo con los términos establecidos en el Contrato Interadministrativo No. 821 de 2025.

Artículo cuarto.

Publicar por la Dirección de Fomento la presente resolución, así como los requisitos y condiciones de participación de la invitación cultural en el micrositio denominado: Invitaciones Culturales de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte https://invitaciones.scrd.gov.co/. Y por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, publicar el contenido de la presente resolución en la Gaceta Distrital, en el Régimen Legal de Bogotá D.C. y en la página web de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

Artículo quinto.

Comunicar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, el contenido de la presente resolución a través del sistema de gestión documental ORFEO, a la Subsecretaría de Gobernanza y a la Dirección de Fomento de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para los trámites de su competencia.

Artículo sexto.

El presente acto administrativo rige a partir del día siguiente a su publicación y contra este no procede recurso alguno, de conformidad con lo señalado en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.

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REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8457 • PP. 1-8 • 2025 • NOVIEMBRE • 24 8 *20252200565333* Radicado: 20252200565333 Fecha: 09-10-2025 RESOLUCIÓN No. 981 DE 10 DE OCTUBRE DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural para Artistas en Actividades barriales - Navidad 2025, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”

Dada en Bogotá, a los diez (10) días de octubre (10) de dos mil veinticinco (2025).

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR Secretario de Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Héctor Ricardo Ojeda Sierra – Jefe (E) Oficina Jurídica Proyectó: Lina Carrillo Orduz - Contratista Dirección de Fomento. Revisó: Edgar Javier Pulido Caro - Contratista Dirección de Fomento. Miguel Ángel Solano Rojas – Contratista Subsecretaría de Gobernanza Aprobó: Juan Diego Jaramillo Morales – Director de Fomento. Ana María Boada Ayala – Subsecretaria de Gobernanza Revisó: Diego Eduardo Beltrán Hernández- Contratista Oficina Jurídica Aprobó revisión y ajustó Documento 20252200565333 firmado electrónicamente por:

Santiago Trujillo Escobar Secretario de Despacho Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Fecha firma: 10-10-2025 11:30:37 Hector Ricardo Ojeda Sierra (E)

Jefe Oficina Juridica (E) Oficina Jurídica Fecha firma: 10-10-2025 11:08:35 Diego Eduardo Beltrán Hernández Contratista Oficina Jurídica Fecha firma: 10-10-2025 10:05:31 Ana María Boada Ayala Subsecretaría de Gobernanza Subsecretaría de Gobernanza Fecha firma: 10-10-2025 07:29:02 Miguelangel Solano Rojas Contratista Subsecretaría de Gobernanza Fecha firma: 10-10-2025 07:03:34 Juan Diego Jaramillo Morales Director de Fomento Dirección de Fomento Fecha firma: 09-10-2025 18:08:25 Edgar Javier Pulido Caro Contratista Dirección de Fomento Fecha firma: 09-10-2025 17:54:49 Lina Leonor Carrillo Orduz Contratista Dirección de Fomento Fecha firma: 09-10-2025 17:25:01 Página 6 de 7 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8457 • PP. 1-9 • 2025 • NOVIEMBRE • 24 9 *20252200565333* Radicado: 20252200565333 Fecha: 09-10-2025 RESOLUCIÓN No. 981 DE 10 DE OCTUBRE DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural para Artistas en Actividades barriales - Navidad 2025, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”

Sharon Nicole Rodríguez Perdomo Profesional Universitario - Numeración y Fechado Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano Fecha firma: 10-10-2025 15:07:53 c2b23e75feb9dfbcd9b260c85922254272e79839e14a4c58e7823da1b30d3e28 Codigo de Verificación CV: 1869c Página 7 de 7 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8457 • PP. 1-10 • 2025 • NOVIEMBRE • 24 10 0698 20/11/2025 COT RESOLUCIÓN No DE POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARAN DÍAS HÁBILES LOS SÁBADOS PARA LA GESTIÓN PRE CONTRACTUAL DE LOS PROCESOS DE CONTRATACIÓN DE LA EAAB- ESP.

La Gerente General de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá - ESP, en ejercicio de sus funciones, en especial la conferida en el numeral 13 del literal a) del artículo décimo octavo del Acuerdo de Junta Directa No. 05 de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 209 de la Constitución Política consagra que “La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones”.

Que en relación con los principios de eficacia y eficiencia, la Honorable Corte Constitucional, en la Sentencia C-826-2013, afirmó que “(…) la eficacia constituye una cualidad de la acción administrativa en la que se expresa la vigencia del estado social en el ámbito jurídico- administrativo. Así mismo añade que en definitiva, la eficacia es la traducción de los deberes constitucionales positivos en que se concreta el valor superior de la igualdad derivado directamente de la nota o atributo de socialidad del Estado. Por su parte, en lo que atañe al principio de eficiencia la jurisprudencia de este Tribunal ha señalado que se trata de la máxima racionalidad de la relación costos-beneficios, de manera que la administración pública tiene el deber de maximizar el rendimiento o los resultados, con costos menores, por cuanto los recursos financieros de Hacienda, que tienden a limitados, deben ser bien planificados por el Estado para que tengan como fin satisfacer las necesidades prioritarias de la comunidad sin el despilfarro del gasto público. Lo anterior significa, que la eficiencia presupone que el Estado, por el interés general, está obligado a tener una planeación adecuada del gasto, y maximizar la relación costos – beneficios (…)”.

Que en consonancia, el artículo cuarto del Manual de Contratación vigente de la Empresa dispone que “La contratación de obras, bienes y servicios se efectuará con criterios de eficiencia y eficacia, sustentados por los principios de la función administrativa y de la gestión fiscal establecidos en los artículos 209 y 267 de la Constitución Política de Colombia”.

Que para agotar las etapas y el cronograma de los procesos de selección, basados en los principios de eficacia y eficiencia, se hace necesario declarar administrativamente como días hábiles los sábados.

Que en mérito de lo anterior,

RESUELVE:

Artículo primero.

Para la gestión de las actividades inherentes a la etapa precontractual de los procesos de contratación que se encuentren en curso o sean radicados ante la Dirección de Contratación y Compras de la EAAB-ESP, se declaran hábiles los sábados a partir de la expedición de la presente resolución y hasta el 31 de diciembre de 2025.

Artículo segundo.

Comunicar la presente resolución a los Gerentes Corporativos, los Gerentes de Tecnología y Jurídico y la Secretaria General para que, en ejercicio de sus competencias y responsabilidades asignadas, presten el apoyo que requiera la Dirección de Contratación y Compras durante los días que se habilitan.

MPFD0801F10-02 Página 1 de 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8457 • PP. 1-11 • 2025 • NOVIEMBRE • 24 11 0698 20/11/2025 COT RESOLUCIÓN No DE

Artículo tercero.

Publicar la presente resolución en el micrositio “Contrate con nosotros” de la página web de la EAAB-ESP.

Artículo cuarto.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C., a los 20/11/2025 COT Firmado por NATASHA AVENDAÑO GARCIA el 20/11/2025 a las 16:31:56 COT NATASHA AVENDAÑO GARCÍA Gerente General Iniciales de RODRIGO HERNAN RIOS OLIVEROS el 20/11/2025 COT a las 09:59:27 COT Proyectó: Rodrigo Ríos Oliveros – Director Contratación y Compras Aprobó: Heyby Poveda Ferro – Secretaria General Aprobado por HEYBY POVEDA FERRO el 20/11/2025 a las 10:06:32 COT Iniciales de DIANA MARCELA HERRERA AFRICANO el 20/11/2025 COT a las 16:36:59 COT MPFD0801F10-02 Página 2 de 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8457 • PP. 1-12 • 2025 • NOVIEMBRE • 24 12 20/11/2025 COT 0699 RESOLUCIÓN No DE POR MEDIO DE LA CUAL SE CORRIGE UN ERROR FORMAL EN LA RESOLUCIÓN 0695 DE 19 DE NOVIEMBRE DE 2025.

La Gerente General de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá – ESP, en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias establecidas en el numeral 13 del literal A y los numerales 1 y 2 del literal C del artículo décimo octavo del Acuerdo de Junta Directiva No. 05 del 17 de enero de 2019 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución 0695 de 19 de noviembre de 2025, se modificó parcialmente, se adicionó y corrigió la Resolución No. 0537 de 08 de septiembre de 2025.

Que en el artículo séptimo de la Resolución 0695 de 19 de noviembre de 2025, se cometió un error formal de digitación al citar en las equivalencias aplicables a las denominaciones de los cargos con título de tecnólogo y técnico profesional, los niveles, cuando lo correcto era dejar en el encabezado la enunciación “Para los empleos que requieran título de tecnólogo” y “Para los empleos que requieran formación técnica profesional” sin mencionar los niveles.

Que sobre el particular la Ley 1437 del 2011, en su artículo 45 dispone:

“Articulo 45 Corrección de errores formales. En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda.”

Que de conformidad con lo dispuesto en la citada normativa la corrección referida es procedente y atiende lo aprobado por los Comités de Desarrollo Humano y Empresarial sesionadas el pasado 11 de noviembre de 2025 y permite dar aplicación a las equivalencias previstas para estos cargos.

Que mediante memorando No. 1410001-2025- 0385 de 20 de noviembre de 2025 la Oficina Asesoría Legal realizó estudio jurídico formal a la presente resolución y emitió visto bueno teniendo en cuenta que se encontraba ajustado a las disposiciones legales y reglamentarias.

Que la presente corrección no da lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revive los términos legales para demandar el acto administrativo.

Que por lo anterior,

RESUELVE:

Artículo primero.

Corregir el error formal de digitación evidenciado en el artículo séptimo de la Resolución 0695 del 19 de noviembre 2025, a través del cual se modificó parcialmente el articulo nonagésimo de la Resolución No. 0537 del 8 de septiembre de 2025 con el fin de dejar los encabezados relacionados con los empleos que requieren título tecnólogo y formación técnica profesional solo con la denominación de los mismos, como se establece a continuación:

MPFD0801F10-02 Página 1 de 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8457 • PP. 1-13 • 2025 • NOVIEMBRE • 24 13 0699 20/11/2025 COT RESOLUCIÓN No DE “(…) Para los empleos que requieran título de tecnólogo. a) Título de formación tecnológica, por un (1) año de experiencia relacionada, adicional a la experiencia exigida en el cargo, siempre y cuando se acredite la terminación y la aprobación de los estudios en el área de la disciplina académica requerida.

Para los empleos que requieran formación técnica profesional. a) Título de formación técnica profesional, por un (1) año de experiencia relacionada, adicional a la experiencia exigida en el cargo, siempre y cuando se acredite la terminación y la aprobación de los estudios en el área de la disciplina académica requerida. b) Un (1) año de educación superior por dos (2) años de experiencia relacionada y viceversa, siempre y cuando se acredite el diploma de bachiller. c) Título de Bachiller Técnico, Tecnológico o Industrial en la especialidad especifica por título de bachiller en cualquier modalidad, siempre y cuando acredite veinticuatro (24) meses de experiencia relacionada con las funciones del cargo o el área de desempeño, adicional a la experiencia exigida en el cargo. (…)”.

Artículo segundo.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

20/11/2025 COT PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D. C., a los Firmado por NATASHA AVENDAÑO GARCIA el 20/11/2025 a las 18:36:04 COT NATASHA AVENDAÑO GARCÍA Leido por NICOLAS FERNANDO APARICIO ALVARADO el 20/11/2025 a las 18:29:01 COT Iniciales de LADY KATHERINE GUAYACUNDO DUARTE el 20/11/2025 COT a las 18:08:47 COT Leido por JULIANA SANTOS RAMIREZ el 20/11/2025 a las 18:12:31 COT Leido por LORENA STEFHANIA RODRIGUEZ SALAZAR el 20/11/2025 a las 18:10:27 COT Aprobado por JUAN RAMON JIMENEZ OSORIO el 20/11/2025 a las 18:28:30 COT Aprobado por MARINA TERESA MONTES ALVAREZ el 20/11/2025 a las 18:12:52 COT Gerente General Proyectó: Lady K. Guayacundo Duarte - Prof. Especializada GCGHYA.

Revisó: Juliana Santos Ramírez - Jefe Oficina Asesoría Legal Lorena Rodríguez Salazar – Asesora Gerencia Jurídica.

Aprobó: Juan Ramón Jiménez Osorio– Gerente Jurídico Marina Montes Álvarez – Gerente Corporativa Gestión Humana y Administrativa Iniciales de DIANA MARCELA HERRERA AFRICANO el 20/11/2025 COT a las 18:39:55 COT MPFD0801F10-02 Página 2 de 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8457 • PP. 1-14 • 2025 • NOVIEMBRE • 24 14 ¡ ¢£¤¥ ¦ § ¡ ¨ §© ª§¦ «¡¦¡©¡¬ ª¡ ¡¦® ¦ ¯¦¡¬ ¦ © °±!""$% & ' ()*(+,-.* / 0.*)+.*

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Código ormato PGD-10-01 RESOLUCiÓN REGLAMENTARIA No.O 1 4DE" 1 NO J '1(}'2.'t 0 Versión: 2.0 CONTRAlORiA "Por la cual se actualiza el procedimiento para prácticas
- I)~¡\ülim ..•..¡),i.::- laborales"

EL CONTRALOR DE BOGOTÁ D.C.

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Acuerdo No. 658 de 20161 y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 269 de la Constitución Política, establece como obligación de las autoridades diseñar y aplicar en las entidades públicas, según la naturaleza de sus funciones, métodos y procedimientos de control interno de acuerdo con lo que disponga la ley.

Que de conformidad con los literales b) y 1) del artículo 4 de la Ley 87 de 19932 se deben implementar como elementos del sistema de control interno institucional, los procedimientos para la ejecución de procesos, la simplificación y actualización de normas y procedimientos.

Que el Acuerdo 658 de 2016, regula en el artículo 6 la autonomia administrativa, en virtud de la cual, corresponde a la Contraloría de Bogotá D.C., definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones en armonía con los principios consagrados en la Constitución, las leyes y los respectivos acuerdos vigentes.

1 Modificado parcialmente por los Acuerdos Distritales 664 de 2017, 881,886 Y 904 de 2023.

2 "Por la cual se establecen normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos del estado y se dictan otras disposiciones", www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A No. 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 33588888 Página 1 de 3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8457 • PP. 1-25 • 2025 • NOVIEMBRE • 24 25 ~ I
- ~ __ .~ RESOlUCION REGLAMENTARIA No!.) 1 :4 DE Código Formato PGD-10-01 Versión: 2.0 "Por la cual se actualiza el procedimiento para prácticas laborales"

Que la Contraloria de Bogotá D.C. mediante Resolución Reglamentaria No. 038 del 8 de octubre de 2018, adoptó la nueva versión del Modelo Estándar de Control Interno - MECI e incorporó la estructura definida en la dimensión No.

7 Control Interno, del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG.

Que la Contraloria de Bogotá D.C., expidió la Resolución Reglamentaria No. 048 del 31 de octubre de 2019, por medio de la cual se adopta la versión 2.0 del PGTH-12 Procedimiento para Prácticas Laborales. r Que con sustento en el principio de mejora continua en la entidad, la Dirección de Talento Humano, adelantó la revisión del PGTH-12 - Procedimiento para Prácticas Laborales, versión 2.0, identificando la necesidad de modificar dicho procedimiento para actualizar la normatividad vigente sobre la materia e incluir formatos para estandarizar los registros del mismo, a fin de optimizar y facilitar el proceso de vinculación formativa.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTíCULO PRIMERO. Adoptar la nueva versión para el siguiente procedimiento del Proceso de Gestión del Talento Humano:

No. Documento Versión Código 1 Procedimiento para prácticas laborales 3.0 PGTH-12 www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A No. 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 33588888 Página 2 de 3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8457 • PP. 1-26 • 2025 • NOVIEMBRE • 24 26 RESOLUCiÓN REGLAMENTARIA No.O 1 4 DE Código Formato PGD-10-01 G CONTRALORIA Versión: 2.0 --m-¡lii,úl'A. u.c "Por la cual se actualiza el procedimiento para prácticas laborales"

ARTíCULO SEGUNDO. Realizar la divulgación del documento aquí adoptado, es responsabilidad de los directores, subdirectores, jefes de oficina y gerentes, asi como velar por su administración y cumplimiento.

ARTíCULO TERCERO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, en particular la Resolución Reglamentaria No. 048 del 31 de octubre de 2019.

PUBLíQUESE, COMUNíQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C., a los 2 1 NOV2025 JULlÁN MAURICI \:lEZ Proyectó: Ana Isabel Castro
- Dirección de Talento Humano c:,,(~~(/ Aprobó: Ray G. Vanegas Herrera - Dirección de Talento Humano . .
Revisó Técnica: Sandra Patricia Boh6rquez González - Dirección e PlaneaC¡6n~ Revisión Jurídica: Osear Gerardo Arias Escamilla
- Dirección Jurídica A I Revisó:
Juan Camilo Caro Esteban
- Director de Apoyo al Despacho Registro Oístrital No. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A No. 26 A -10 - Código Postal 111321 PBX: 33588888 Página 3 de 3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8457 • PP. 1-27 • 2025 • NOVIEMBRE • 24 27 Código Formato:
PGD-02-05 Versión: 15.0 Procedimiento para prácticas laborales Código Documento: PGTH-12 Versión: 3.0

1. OBJETIVO

Estandarizar las actividades pertinentes para el desarrollo de las prácticas laborales en la Contraloría de Bogotá D.C., de conformidad con la normatividad vigente.

2. ALCANCE

Inicia con la correspondiente presentación de la necesidad de practicantes por parte de los directivos de las dependencias de la entidad y termina con la expedición del Certificado de Prácticas Laborales debidamente firmado.

3. BASE LEGAL

Norma Fecha Descripción Constitución 4-jul-1991 Constitución Política de Colombia.

Ley 115 8-feb-1994 “Por la cual se expide la Ley General de Educación”.

“Por la cual se dictan normas para apoyar el empleo y ampliar la protección social y se modifican algunos artículos del Ley 789 27-dic-2002 Código Sustantivo de Trabajo”.

“Por medio de la cual se promueve el empleo y el emprendimiento juvenil, se generan medidas para superar Ley 1780 2-may-2016 barreras de acceso al mercado de trabajo y se dictan otras disposiciones”.

“Por medio del cual se dictan normas para promover la inserción laboral y productiva de los jóvenes, y se dictan otras Ley 2039 27-jul-2020 disposiciones”

“Por medio de la cual se reconocen las prácticas laborales como experiencia profesional y/o relacionada y se dictan otras Ley 2043 27-jul-2020 disposiciones”.

Ley 2119 30-jul-2021 "Por medio del cual se establecen medidas para fortalecer la conciencia educativa para el trabajo en la educación básica www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A No.26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 1 de 19 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8457 • PP. 1-28 • 2025 • NOVIEMBRE • 24 28 Código Formato: PGD-02-05 Versión: 15.0 Procedimiento para prácticas laborales Código Documento: PGTH-12 Versión: 3.0 Norma Fecha Descripción secundaria, educación media y educación superior y se dictan otras disposiciones en materia de inserción laboral para jóvenes"

“Por el cual se dictan normas sobre asociación para actividades científicas y tecnológicas, proyectos de Decreto 393 8-feb-1991 investigación y creación de tecnologías”.

“Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública”. Capítulo 6, Título 5 de la Parte Decreto 1083 26-may-2015 2 del Libro 2.

“Por el cual se adiciona el Parágrafo 2° al artículo 2.2.6.3.25 y la Sección 5 al Capítulo 2 del Título 6 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1072 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Decreto 616 4-jun-2021 Sector Trabajo, en lo relacionado con la equivalencia de experiencia profesional previa y se dictan otras disposiciones”.

“Por el cual se reglamenta el artículo 2 de la Ley 2039 del 2020 y se adiciona el capítulo 6 al título 5 de la parte 2 del libro 2 del Decreto 1083 del 2015, en lo relacionado con el Decreto 952 19-ago-2021 reconocimiento de la experiencia previa como experiencia profesional válida para la inserción laboral de jóvenes en el sector público”

“Por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá, D.C., se modifica su estructura orgánica e interna, se fijan funciones de sus dependencias, se modifica la planta de personal, y se dictan Acuerdo 658 21-dic-2016 otras disposiciones”.

Modificado parcialmente por los Acuerdos Nos. 664 de 2017, 881, 886 y 904 de 2023 Resolución 3546 3-ago-2018 “Por la cual se regulan las prácticas laborales”.

Expedida por el Ministerio del Trabajo. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A No.26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 2 de 19 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8457 • PP. 1-29 • 2025 • NOVIEMBRE • 24 29 Código Formato: PGD-02-05 Versión: 15.0 Procedimiento para prácticas laborales Código Documento: PGTH-12 Versión: 3.0 Norma Fecha Descripción “Por la cual se delega una función en el director técnico de Talento Humano de la Contraloría de Bogotá, D.C., en materia de vinculación formativa y/o práctica laboral y se dictan otras Resolución 001 18-ene-2019 disposiciones.”

“Por la cual se modifica la Resolución 3546 de 2018 en cumplimiento del artículo 192 de la Ley 1955 de 2019 y se dictan otras disposiciones”.

Resolución 623 03-mar-2020 Expedida por el Ministerio de Trabajo.

4. DEFINICIONES:

Carácter formativo1: la práctica laboral es una actividad pedagógica adelantada por un estudiante, para desarrollar competencias básicas, transversales y laborales en escenarios de trabajo real, que lo preparan para su desempeño autónomo en el mercado laboral. Por lo tanto, no constituye relación de trabajo y las actividades que este desarrolla, deben versar sobre los asuntos establecidos por el programa académico o formativo respectivo y en armonía a las necesidades del escenario de práctica laboral.

Certificado de práctica laboral2: documento oficial emitido por la entidad donde se realizó la práctica, mediante el cual se constata la ejecución de la práctica laboral y permite que el tiempo de esta sea reconocido como experiencia profesional para efectos académicos o laborales.

Este certificado, es expedido por la Dirección de Talento Humano y valida las labores desempeñadas por el estudiante. Deberá incluir, al menos, el nombre del practicante, pasante o 1 Artículo 4º, Resolución 623 de 2020, expedida por el Ministerio de Trabajo, “Por la cual se modifica la Resolución 3546 de 2018 en cumplimiento del artículo 192 de la Ley 1955 de 2019 y se dictan otras disposiciones”. 2 Ley 2043 de 2020 “Por medio de la cual se reconocen las prácticas laborales como experiencia profesional y/o relacionada y se dictan otras disposiciones”. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A No.26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 3 de 19 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8457 • PP. 1-30 • 2025 • NOVIEMBRE • 24 30 Código Formato: PGD-02-05 Versión: 15.0 Procedimiento para prácticas laborales Código Documento: PGTH-12 Versión: 3.0 monitor, su documento de identificación, la fecha de inicio de la actividad formativa, la correspondiente fecha de terminación, las actividades y responsabilidades a cargo y la dedicación total en meses3.

Entidad estatal4: entidades y organismos de las ramas del poder público, órganos autónomos e independientes, organismos de control y los que conforman la organización electoral.

Escenario de práctica laboral5: entidad privada o estatal que recibe al practicante para que realice actividades formativas relacionadas con su área de conocimiento, durante el tiempo determinado por el programa académico o formativo respectivo para el cumplimiento de la práctica laboral.

Institución educativa6: entidad formativa a la que se encuentra adscrito el estudiante que desarrolla la práctica laboral.

Monitor7: docente vinculado a la institución educativa, que ejerce la supervisión de la actividad formativa en conjunto con el tutor, acompañando y haciendo seguimiento al desarrollo de la práctica laboral.

Plan de práctica: documento suscrito por el estudiante, el tutor y el monitor al inicio de la práctica laboral, en el cual se definen los objetivos formativos a alcanzar, conforme a las actividades que el estudiante desarrollará en el escenario de práctica, el monitoreo en su ejecución y los resultados de aprendizaje.

Plaza de práctica laboral8: vacante que contiene el conjunto de actividades que el estudiante realizará para el cumplimiento de la práctica laboral.

3 Parágrafo 1, artículo 2.2.5.6.4 del Decreto 1083 de 2015; “Certificación de experiencia adquirida por prácticas, pasantías y monitorias”. 4 Resolución 623 de 2020, expedida por el Ministerio de Trabajo, “Por la cual se modifica la Resolución 3546 de 2018 en cumplimiento del artículo 192 de la Ley 1955 de 2019 y se dictan otras disposiciones”. 5 Ibid. 6 Ibid. 7 Ibid. 8 Ibid. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A No.26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 4 de 19 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8457 • PP. 1-31 • 2025 • NOVIEMBRE • 24 31 Código Formato: PGD-02-05 Versión: 15.0 Procedimiento para prácticas laborales Código Documento: PGTH-12 Versión: 3.0 Práctica laboral9: actividad formativa desarrollada por un estudiante de programas de formación complementaria ofrecidos por las escuelas normales superiores, educación superior de pregrado y posgrado, educación para el trabajo y desarrollo humano, así como de formación profesional integral del SENA, durante un tiempo determinado, en un ambiente laboral real, con supervisión y sobre asuntos relacionados con su área de estudio o desempeño y su tipo de formación; para el cumplimiento de un requisito para culminar sus estudios u obtener un título que lo acreditará para el desempeño laboral.

Practicante10: estudiante de programas de formación complementaria ofrecidos por las escuelas normales superiores, educación superior de pregrado y posgrado, educación para el trabajo y desarrollo humano, así como de formación profesional integral del SENA, que desarrolla actividades de práctica laboral.

Relación tripartita11: en las prácticas laborales participan el estudiante, el escenario de práctica y la Institución Educativa.

Vigencia limitada12: las prácticas laborales no pueden superar el tiempo dispuesto para ello en los reglamentos y normatividad de la Institución Educativa. En todo caso, esta vigencia debe estar acorde con lo dispuesto en la autorización previa que el Inspector del Trabajo y Seguridad Social expida para el caso de los adolescentes entre los quince (15) y diecisiete (17) años de edad.

5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO:

9 Resolución 623 de 2020, expedida por el Ministerio de Trabajo, “Por la cual se modifica la Resolución 3546 de 2018 en cumplimiento del artículo 192 de la Ley 1955 de 2019 y se dictan otras disposiciones”. 10 Ibid. 11 Artículo 4º, Resolución 623 de 2020, expedida por el Ministerio de Trabajo, “Por la cual se modifica la Resolución 3546 de 2018 en cumplimiento del artículo 192 de la Ley 1955 de 2019 y se dictan otras disposiciones”. 12 Ibid. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A No.26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 5 de 19 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8457 • PP. 1-32 • 2025 • NOVIEMBRE • 24 32 Código Formato: PGD-02-05 Versión: 15.0 Procedimiento para prácticas laborales Código Documento: PGTH-12 Versión: 3.0 PUNTOS DE CONTROL/ No RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTROS OBSERVACIONES Punto de control La solicitud del directivo de la Contraloría de Bogotá D.C., debe Contralor de Bogotá reflejar:

D.C.,  Programa académico Presenta la solicitud de Memorando Contralor Auxiliar, requerido. practicante(s) a la (PGD-02-04) director 1 Subdirección de  Objetivo de la o correo administrativo, Capacitación y práctica. electrónico. director técnico o Cooperación Técnica.

 Actividades jefes de oficina. específicas a desarrollar.

 Número de practicantes requeridos.

Diligencia el link en la página WEB de la Punto de control Contraloría de Bogotá Se realiza seguimiento Estudiantes de D.C. semanal, verificando la instituciones de No aplica https://www.contraloria 2 inscripción de los educación superior bogota.gov.co/practica estudiantes. ntes-contraloria Indaga en las Profesional o técnico diferentes de la Subdirección No aplica No aplica dependencias de la 3 de Capacitación y entidad a través de Cooperación Técnica encuestas, la www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A No.26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 6 de 19 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8457 • PP. 1-33 • 2025 • NOVIEMBRE • 24 33 Código Formato: PGD-02-05 Versión: 15.0 Procedimiento para prácticas laborales Código Documento: PGTH-12 Versión: 3.0 PUNTOS DE CONTROL/ No RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTROS OBSERVACIONES disponibilidad de plazas, para la asignación de estudiantes de acuerdo a la disponibilidad de estudiantes inscritos en la web institucional.

En caso de no contar con la plaza disponible para realizar la práctica en la Contraloría de Bogotá D.C., se informará al estudiante la respuesta en un tiempo no mayor a cinco (5) días.

Si la postulación es viable, se remitirá un correo con los documentos que se deben allegar para iniciar el proceso de formalización y vinculación formativa. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A No.26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 7 de 19 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8457 • PP. 1-34 • 2025 • NOVIEMBRE • 24 34 Código Formato: PGD-02-05 Versión: 15.0 Procedimiento para prácticas laborales Código Documento: PGTH-12 Versión: 3.0 PUNTOS DE CONTROL/ No RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTROS OBSERVACIONES Estrategia 1: Remitir al enlace de la Caja de Compensación Familiar, la solicitud del estudiante para el Observación: registro y publicación Se diligencia el formato de las plazas que establece la Caja de disponibles, en el Compensación para su Sistema de posterior publicación en Subdirector de Información del la respectiva página.

No aplica 4 Capacitación y Servicio Público de Cooperación Técnica Empleo de acuerdo.

Como resultado del registro se presentan los Estrategia 2: Indaga códigos de las plazas en los centros publicadas. académicos la disponibilidad de estudiantes que deseen realizar la práctica en la Entidad.

Recibe las hojas de Punto de control vida postuladas para Se debe verificar que la verificación de perfiles institución de educación Profesional o técnico requeridos. superior, cumpla con el de la Subdirección No aplica 5 requisito de aprobación de Capacitación y Si el estudiante cumple en la página del Cooperación Técnica con el perfil, se remite Ministerio de Educación un correo al Nacional (SNIES). www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A No.26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 8 de 19 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8457 • PP. 1-35 • 2025 • NOVIEMBRE • 24 35 Código Formato: PGD-02-05 Versión: 15.0 Procedimiento para prácticas laborales Código Documento: PGTH-12 Versión: 3.0 PUNTOS DE CONTROL/ No RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTROS OBSERVACIONES practicante con el https://hecaa.mineducaci listado de los on.gov.co/consultaspublic documentos as/ies necesarios para dar inicio al proceso de vinculación formativa, así:

 Carta de presentación de la universidad, en la que se indique que el estudiante se encuentra habilitado legalmente por la institución para realizar la práctica, así como los datos del docente o coordinador responsable del ejercicio académico y las horas o tiempo en meses que es necesario para aprobar el requisito académico. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A No.26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 9 de 19 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8457 • PP. 1-36 • 2025 • NOVIEMBRE • 24 36 Código Formato: PGD-02-05 Versión: 15.0 Procedimiento para prácticas laborales Código Documento: PGTH-12 Versión: 3.0 PUNTOS DE CONTROL/ No RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTROS OBSERVACIONES  Hoja de vida.

 Carta de presentación del candidato a practicante en la que manifiesta su voluntad de realizar la práctica en la Entidad y en el horario en que está dispuesto a realizarla.

 Certificación o carnet de EPS, SISBEN o Régimen especial de salud al que se encuentre vinculado.

 Una (1) foto 3x4, fondo azul en medio magnético (formato JPG.)

 Fotocopia documento de identidad. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A No.26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 10 de 19 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8457 • PP. 1-37 • 2025 • NOVIEMBRE • 24 37 Código Formato: PGD-02-05 Versión: 15.0 Procedimiento para prácticas laborales Código Documento: PGTH-12 Versión: 3.0 PUNTOS DE CONTROL/ No RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTROS OBSERVACIONES Elabora proyecto de Puntos de Control: acto administrativo de El tutor siempre será el vinculación formativa, director técnico o jefe de designando al tutor, oficina, o servidor de (director, subdirector o carrera administrativa jefe de área) de designado por el directivo conformidad con el a través de oficio, quien requerimiento y la realizará el Profesional o técnico disponibilidad de la acompañamiento, de la Subdirección No aplica 6 plaza. seguimiento y evaluación de Capacitación y (informe) en la práctica Cooperación Técnica El proyecto se remite a académica – laboral. la Dirección de Talento Humano, para revisión Observación jurídica y firma del El original de las director de Talento resoluciones ordinarias Humano. reposa en la Dirección de Talento Humano.

Valida con su firma la Resolución resolución de de No aplica vinculación formativa y vinculación 7 Director de Talento Humano entrega para continuar formativa con el trámite.

(PGD-10-02)

Remite a través de correo electrónico la Profesional o técnico No aplica No aplica resolución de 8 de la Dirección de vinculación formativa, Talento Humano para continuar con el www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A No.26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 11 de 19 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8457 • PP. 1-38 • 2025 • NOVIEMBRE • 24 38 Código Formato: PGD-02-05 Versión: 15.0 Procedimiento para prácticas laborales Código Documento: PGTH-12 Versión: 3.0 PUNTOS DE CONTROL/ No RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTROS OBSERVACIONES trámite a la Subdirección de Capacitación y Cooperación Técnica.

Realiza afiliación del Soporte de practicante, a riesgos afiliación a la laborales a través del ARL. aplicativo de la ARL y se remite correo Correo con informativo al personal Punto de Control reporte de Envía correo electrónico responsable de la afiliación con reporte de afiliación, Subdirección de ARL y a la Subdirección de Gestión de Talento solicitud Gestión del Talento Humano, para los carné.

Humano para la trámites pertinentes.

Profesional o técnico respectiva inclusión en la de la Subdirección Correo a 9 planilla de pago de Solicita a la de Capacitación y estudiante aportes.

Subdirección de Cooperación Técnica con copia Gestión del Talento documentos Humano, mediante vinculación. correo electrónico, la expedición del carné Correo al institucional que lo tutor acredita como designado practicante laboral no presentando remunerado de la al estudiante.

Contraloría de Bogotá D.C. adjuntando la foto www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A No.26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 12 de 19 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8457 • PP. 1-39 • 2025 • NOVIEMBRE • 24 39 Código Formato: PGD-02-05 Versión: 15.0 Procedimiento para prácticas laborales Código Documento: PGTH-12 Versión: 3.0 PUNTOS DE CONTROL/ No RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTROS OBSERVACIONES en formato JPG, RH, Formato Acta fecha de inicio y de de Inicio para finalización de la la práctica.

Vinculación Formativa y Remite al estudiante Prácticas correo electrónico Laborales adjuntando:

(PGTH-12- 01).

1. Copia de la

Resolución de Guía para vinculación Prácticas formativa.

Laborales

2. Copia de la

(PGTH -12- afiliación a la ARL.

02).

3. Formato acta de

inicio.

4. Guía para

prácticas laborales Remite al tutor memorando presentando al estudiante, junto con la copia de la resolución de vinculación formativa, formato de acta de inicio y copia www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A No.26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 13 de 19 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8457 • PP. 1-40 • 2025 • NOVIEMBRE • 24 40 Código Formato: PGD-02-05 Versión: 15.0 Procedimiento para prácticas laborales Código Documento: PGTH-12 Versión: 3.0 PUNTOS DE CONTROL/ No RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTROS OBSERVACIONES de la afiliación a la ARL.

Puntos de control:

La respectiva Suscribe con el dependencia deberá estudiante, el Acta de conservar el acta de inicio Inicio y la remite en y remitir copia por medio formato PDF a la magnético a la Subdirección de Subdirección de Capacitación.

Capacitación y Cooperación Técnica.

Realiza la inducción Acta de Inicio correspondiente a las para la Observación: actividades propias de Director técnico, jefe Vinculación El plan de práctica, es un la plaza académica y de Oficina o servidor Formativa y documento suscrito al lo ubica en el puesto de carrera designado 10 Prácticas inicio de la práctica de trabajo por el director Laborales laboral, por el estudiante, entregándole los (Tutor de la práctica)

(PGTH-12- el tutor y el monitor en el elementos necesarios,

01)

cual se definen los si así se requiere para objetivos formativos a la ejecución de la alcanzar, conforme a las práctica. actividades que el estudiante desarrollará en Elabora de manera el escenario de práctica, conjunta con el monitoreo en su estudiante, el Plan de ejecución y los resultados práctica. de aprendizaje. (Este documento es exigido por www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A No.26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 14 de 19 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8457 • PP. 1-41 • 2025 • NOVIEMBRE • 24 41 Código Formato: PGD-02-05 Versión: 15.0 Procedimiento para prácticas laborales Código Documento: PGTH-12 Versión: 3.0 PUNTOS DE CONTROL/ No RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTROS OBSERVACIONES la academia de acuerdo con la normatividad vigente por lo tanto las especificaciones para su construcción deben ser dadas por el plantel académico)

Punto de Control:

El informe de la práctica debe ser remitido a través Elabora y remite a la del aplicativo de Subdirección de correspondencia interno Capacitación y SIGESPRO.

Director técnico, jefe Cooperación Técnica, Debe incluir: de oficina o servidor el informe de Información detallada de carrera designado No aplica finalización de la 11 sobre las partes por el director práctica laboral, donde involucradas, la fecha de (Tutor de la práctica) se consoliden las inicio y terminación de la y el Estudiante actividades que realizó actividad, las tareas el practicante y el total realizadas, el horario de horas cumplidas. correspondiente y el nivel de cumplimiento de la misma.

Hace entrega del Punto de Control: carnet institucional en El estudiante debe No aplica la Subdirección de realizar la devolución del 12 Estudiante Gestión de Talento carnet que le fue Humano entregado en su www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A No.26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 15 de 19 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8457 • PP. 1-42 • 2025 • NOVIEMBRE • 24 42 Código Formato: PGD-02-05 Versión: 15.0 Procedimiento para prácticas laborales Código Documento: PGTH-12 Versión: 3.0 PUNTOS DE CONTROL/ No RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTROS OBSERVACIONES condición de practicante de la Entidad.

Remite correo a la Subdirección de Gestión del Talento Humano para generar la novedad de retiro en la planilla de pago de aportes de la ARL.

Elabora para revisión y Punto de control: visto bueno del La Subdirección de Correo Profesional o subdirector de Gestión de Talento electrónico Técnico de la capacitación, el Humano, debe generar la con novedad 13 Subdirección de certificado de la novedad de retiro en la de retiro a la Capacitación y finalización de práctica planilla de pago de ARL.

Cooperación Técnica laboral, dentro de los aportes. quince (15) días hábiles siguientes a la presentación del informe entregado por el director o jefe de oficina de la dependencia donde se llevó a cabo la práctica laboral. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A No.26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 16 de 19 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8457 • PP. 1-43 • 2025 • NOVIEMBRE • 24 43 Código Formato: PGD-02-05 Versión: 15.0 Procedimiento para prácticas laborales Código Documento: PGTH-12 Versión: 3.0 PUNTOS DE CONTROL/ No RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTROS OBSERVACIONES Remite certificado debidamente revisado al director técnico de Talento Humano para firma.

Revisa, aprueba y Certificado firma el certificado de de la práctica realizada y finalización lo devuelve a la de Práctica 14 Director Técnico de Talento Humano Subdirección de Laboral Capacitación y (PGTH -12- Cooperación Técnica.

03)

Entrega al estudiante en medio magnético el certificado expedido y Profesional de la archiva copia en Subdirección de No aplica 15 DATACONTRABOG Capacitación y de la Subdirección de Cooperación Técnica Capacitación y Cooperación Técnica. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A No.26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 17 de 19 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8457 • PP. 1-44 • 2025 • NOVIEMBRE • 24 44 Código Formato: PGD-02-05 Versión: 15.0 Procedimiento para prácticas laborales Código Documento: PGTH-12 Versión: 3.0

6. FORMATOS Y OTROS DOCUMENTOS RELACIONADOS AL PROCEDIMIENTO

1. PGTH-12-01 Acta de Inicio para la Vinculación Formativa y Prácticas Laborales.

2. PGTH -12-02 Guía para Prácticas Laborales.

3. PGTH -12-03 Certificado de finalización de Práctica Laboral.

7. CONTROL DE CAMBIOS

Acto Versión Descripción de la Modificación administrativo El procedimiento se actualiza para ajustar las actividades a lo reglado en la Resolución 3546 del 3 de agosto de 2018 expedida por el Ministerio del Trabajo, en el que se establece la obligatoriedad de expedir un acto administrativo para la Resolución vinculación del practicante.

Reglamentaria Se reemplaza la palabra “práctica académica” por “práctica 1.0 No. 015 laboral”.

26 febrero 2018 Por lo anterior, se actualizó la base legal, se incluyeron nuevas definiciones, actividades y anexos.

Se incluyó el Anexo 1, el Anexo 2 y se ajustó el Anexo 3 (antes 1).

El procedimiento se actualiza para incluir en la base legal la Resolución 623 de 2020, la cual contempla nuevas definiciones sobre la materia; se ajustaron las actividades y se incluyeron Resolución formatos para estandarizar los registros, lo que permite Reglamentaria 2.0 optimizar y facilitar el proceso de vinculación formativa.

No. 048 del 31 Se actualizó el Manual de Prácticas Laborales, el cual en esta de octubre 2019 versión se denomina “Guía para Prácticas Laborales”. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A No.26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 18 de 19 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8457 • PP. 1-45 • 2025 • NOVIEMBRE • 24 45 Código Formato: PGD-02-05 Versión: 15.0 Procedimiento para prácticas laborales Código Documento: PGTH-12 Versión: 3.0 Acto Descripción de la Modificación Versión administrativo Por último, el procedimiento se ajusta a la estructura definida en la nueva versión del Procedimiento para mantener la información documentada del Sistema Integrado de Gestión y se incluyen criterios de accesibilidad.

Resolución 3.0 reglamentaria No.

Responsable de Proceso que Aprueba Cargo Director Técnico 009-04 Dependencia Dirección Talento Humano Nombre Completo Ray G. Vanegas Herrera Firma Director de Planeación que Realiza Revisión Técnica Nombre Completo Sandra Patricia Bohórquez González Firma Fecha publicación formato: 30/09/2024. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A No.26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 19 de 19 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8457 • PP. 1-46 • 2025 • NOVIEMBRE • 24 46 ACUERDO LOCAL DE 2025 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8457 • PP. 1-47 • 2025 • NOVIEMBRE • 24 47 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8457 • PP. 1-48 • 2025 • NOVIEMBRE • 24 48 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8457 • PP. 1-49 • 2025 • NOVIEMBRE • 24 49 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8457 • PP. 1-50 • 2025 • NOVIEMBRE • 24 50 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8457 • PP. 1-51 • 2025 • NOVIEMBRE • 24 51 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8457 • PP. 1-52 • 2025 • NOVIEMBRE • 24 52 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8457 • PP. 1-53 • 2025 • NOVIEMBRE • 24 53 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8457 • PP. 1-54 • 2025 • NOVIEMBRE • 24 54 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8457 • PP. 1-55 • 2025 • NOVIEMBRE • 24 55 DECRETOS LOCALES DE 2025 DECRETO No. 19 DE 2025 (13 de noviembre de 2025)

“Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero para la vigencia fiscal 2025”.

LA ALCALDESA LOCAL DE CHAPINERO En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las conferidas en el artículo 32 del Decreto 158 de 2025, y

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto 158 de 2025 del 21 de abril de 2025, “Por medio del cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local F.D.L.” en su artículo 32.1, establece el Traslado Presupuestal e indica que “Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se hará mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda- Dirección Distrital de Presupuesto”….

Que, la Circular Externa No. DDP-000008 del 31 de diciembre de 2019, de la Secretaría Distrital de Hacienda, estableció que, mediante el parágrafo único del artículo 9° del Decreto 777 de 2019 se contempló que “se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que corresponden al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales)”.

Que, la alcaldesa Local de Chapinero mediante Memorando No 20255220016863 del 13 de noviembre de 2025, solicitó a la Profesional de Presupuesto adelantar las gestiones pertinentes para realizar el traslado presupuestal al nivel “0212 Adquisición de bienes y servicios” mediante el cual se efectúa un traslado al interior del Presupuesto de Gastos de Funcionamiento vigencia 2025, por valor de:

CINCUENTA Y UN MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL PESOS M/CTE. ($ 51.764.000).

2310460-FT-078 Versión 01 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8457 • PP. 1-56 • 2025 • NOVIEMBRE • 24 56 Continuación del Decreto N°. 19 de 2025 Pág. 2 de 4 “Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero para la vigencia fiscal 2025”.

CONTRACRÉDITOS O212 Adquisición de bienes y servicios En los rubro O2120201003033331101 Gasolina motor corriente, y O2120201003033336103 Diésel oil ACPM (fuel gas gasoil marine gas) se tenía una apropiación inicial de $35.866.000, y $15.898.000, los cuales se presupuestaron para cubrir el suministro de combustible gasolina motor corriente de los 5 vehículos de la alcaldía, Sin embargo, por razones de obsolescencia y siniestros, cuatro (4) de ellos fueron retirados del servicio, quedando únicamente un (1) vehículo activo, el cual utiliza diésel (ACPM). Esta reducción en la flota ha generado una disminución considerable en el consumo mensual de combustible, lo que ha limitado la ejecución del contrato No 263-2024-CSU (117800) suscrito con la empresa DISTRACOM S.A., cuyo objeto es el suministro de combustible para los vehículos del parque automotor de la Alcaldía Local de Chapinero.

A la fecha, se ha ejecutado el 33,1% del valor total del contrato 263-2024-CSU (117800), lo que equivale a $11.191.754, quedando un saldo por ejecutar de $22.611.246. Este comportamiento financiero refleja fielmente la realidad operativa actual de la entidad. Por lo anteriormente expuesto, los recursos asignados inicialmente en el presupuesto de funcionamiento para la vigencia 2025 no se utilizarán y por esta razón se hace necesario disminuir los rubros por los valores de $35.866.000 y $15.898.000.

CRÉDITOS O212 Adquisición de bienes y servicios En el rubro O21201010030302 “Maquinaria de informática y sus partes, piezas y accesorios” Para la vigencia no se contaba con una apropiación presupuestal en este rubro. No obstante, dada la necesidad de renovar los equipos tecnológicos que han cumplido su vida útil y la obsolescencia de los recursos actualmente disponibles, resulta indispensable realizar un contrato orientado a la actualización y modernización del parque tecnológico. El proceso de contratación se tiene previsto iniciar en el mes de noviembre de 2025; por tal motivo, se requiere efectuar el traslado de recursos con el fin de garantizar la disponibilidad presupuestal necesaria para adelantar dicho proceso. En consecuencia, se hace necesario incrementar este rubro en $51.764.000, con el propósito de asegurar los recursos suficientes para cubrir esta necesidad.

DECRETA:

Artículo primero.

Efectúese el siguiente contracrédito al Presupuesto anual de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero de la vigencia fiscal 2025, de conformidad con el siguiente detalle:

2310460-FT-078 Versión 01 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8457 • PP. 1-57 • 2025 • NOVIEMBRE • 24 57 Continuación del Decreto N°. 19 de 2025 Pág. 3 de 4 “Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero para la vigencia fiscal 2025”.

CONTRACRÉDITOS CÓDIGO DESCRIPCIÓN VALOR O2 GASTOS $ 51.764.000 O21 Funcionamiento $ 51.764.000 O212 Adquisición de bienes y servicios $ 51.764.000 O21202 Adquisiciones diferentes de activos $ 51.764.000 O2120201 Materiales y suministros $ 51.764.000 O2120201003 Otros bienes transportables (excepto productos metálicos, maquinaria y equipo) $ 51.764.000 O212020100303 Productos de hornos de coque; productos de refinación de petróleo y combustible nuclear $ 51.764.000 O2120201003033331101 Gasolina motor corriente $ 35.866.000 O2120201003033336103 Diésel oil ACPM (fuel gas gasoil marine gas) $ 15.898.000 TOTAL CONTRACRÉDITOS $ 51.764.000

Artículo segundo.

Efectúese los siguientes créditos al Presupuesto anual de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero de la vigencia fiscal 2025, de conformidad con el siguiente detalle:

CRÉDITOS CÓDIGO DESCRIPCIÓN VALOR O2 GASTOS $ 51.764.000 O21 Funcionamiento $ 51.764.000 O212 Adquisición de bienes y servicios $ 51.764.000 O21201 Adquisición de activos no financieros $ 51.764.000 O2120101 Activos fijos $ 51.764.000 O2120101003 Maquinaria y equipo $ 51.764.000 O212010100303 Maquinaria de oficina, contabilidad e informática $ 51.764.000 O21201010030302 Maquinaria de informática y sus partes, piezas y accesorios $ 51.764.000 TOTAL CRÉDITOS $ 51.764.000 2310460-FT-078 Versión 01 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8457 • PP. 1-58 • 2025 • NOVIEMBRE • 24 58 Continuación del Decreto N°. 19 de 2025 Pág. 4 de 4 “Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero para la vigencia fiscal 2025”.

Artículo tercero.

El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C, a los 13 (trece) días del mes de noviembre de 2025.

CATHERINE CHAVES HERNANDEZ Alcaldesa Local de Chapinero Proyecto: Nidia Asenet González Torres – Profesional de presupuesto FDLCH Revisó: Fabiola Vásquez Pedraza – Profesional Especializado 222 - 24 Nicolas Carvajal Beltrán – Contratista del despacho 2310460-FT-078 Versión 01 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8457 • PP. 1-59 • 2025 • NOVIEMBRE • 24 59 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8457 • PP. 1-60 • 2025 • NOVIEMBRE • 24 60 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8457 • PP. 1-61 • 2025 • NOVIEMBRE • 24 61 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8457 • PP. 1-62 • 2025 • NOVIEMBRE • 24 62 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8457 • PP. 1-63 • 2025 • NOVIEMBRE • 24 63 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8457 • PP. 1-64 • 2025 • NOVIEMBRE • 24 64

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