Registro Distrital 8447 de 2025
Registro Distrital 8447 de 2025 Nivel Distrital
- Tipo
- Registro Distrital
- Número
- 8447
- Año
- 2025
- Fecha
- 7 de noviembre de 2025
- Entidad
- Nivel Distrital
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
5,5 ALCALDE MAYOR Carlos Fernando Galán Pachón REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 • No. 8447 - Pp 1 - 27 - 2025 • NOVIEMBRE • 7 CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Descentralizado ACUERDO 2025 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL - CONSEJO DIRECTIVO ACUERDO Nº 08 Por medio del cual se emite concepto favorable para realizar reducción al Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital –UAECD, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025...............4 Sector Central RESOLUCIONES 2025 SECRETARÍA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN Nº 1065 “Por el cual se modifica el artículo primero de la Resolución No. 342 del 26 de mayo de 2025 a efectos de aumentar la bolsa de recursos del mecanismo “Proyectos en Red” Del Programa Fortalecimiento a Agentes del Sector – PFAS 2025 de la Secretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”...................13 Sector Descentralizado UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL RESOLUCIÓN Nº 484 Por la cual se adoptan los lineamientos para la actualización del Registro de Activos de Información y el Índice de Información Clasificada y Reservada de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital de conformidad con la Ley 1712 de 2014 y el Decreto Reglamentario 1081 de 2015.........................19 Sector Local DECRETOS LOCALES 2025 ALCALDÍA LOCAL DE ANTONIO NARIÑO DECRETO LOCAL Nº 013 “Por medio del cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Antonio Nariño”.......................................................22 DECRETO LOCAL Nº 014 “Por medio del cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Antonio Nariño”.........................................................24 DECRETO LOCAL Nº 015 “Por medio del cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Antonio Nariño”.........................................................26 AÑO 60 NÚMERO 8447 7 • NOVIEMBRE • 2025 SECRETARÍA GENERAL ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL.
LA PUBLICACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS EN EL REGISTRO DISTRITAL SE REALIZA DE ACUERDO A LA LEY 1437 DEL 2011 EN SU ARTÍCULO 65 MODIFICADO POR LA LEY 2080 DE 2021 “POR LA CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO”.
CORREO: REGISTRODISTRITAL@ALCALDIABOGOTA.GOV.CO DIRECCIÓN: CALLE 11 SUR #1-60 ESTE - LA MARÍA - BOGOTÁ D.C.
TELÉFONO: 381 3000 EXT. 5010 - 5202 SUBDIRECTORA IMPRENTA DISTRITAL: MARÍA ANGÉLICA PUMAREJO HINOJOSA ACUERDO DE 2025 ACUERDO N.° 08 DE 2025 Por medio del cual se emite concepto favorable para realizar reducción al Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital –UAECD, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025 EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL - UAECD En ejercicio de sus facultades legales, reglamentarias y estatutarias, en especial las que confiere el artículo 11 del Acuerdo N.º 004 del 05 de noviembre de 2021 y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme con el numeral 4.° del artículo 11 del Acuerdo N.º 004 del 5 de noviembre de 2021, mediante el cual se determinan las reglas de organización, funcionamiento y estatutos de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, el Consejo Directivo tiene entre sus funciones aprobar anualmente los planes, programas y proyectos, así como el presupuesto de la Unidad y las modificaciones que se realicen a los mismos, de conformidad con las disposiciones distritales vigentes y dentro de su competencia según su reglamento.
Que el Decreto N.º 192 del 2 de junio de 2021 de la Alcaldía Mayor de Bogotá, “Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones”, establece en su artículo 11° lo siguiente:
“Artículo 11°. Modificaciones de las apropiaciones. Cuando fuere necesario aumentar o reducir la cuantía de las apropiaciones, además de lo establecido en el Estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital, los establecimientos públicos deberán entregar a la Secretaría Distrital de Hacienda el Acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos con el concepto previo favorable de la adición o reducción presupuestal solicitada.
Parágrafo. Cuando se trate de modificaciones de gastos de inversión, se requerirá además
que las entidades del Distrito cuenten con el concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.”
Que la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital - UAECD cuenta con presupuesto autorizado mediante el Decreto Distrital 470 del 27 de diciembre de 2024, “Por medio del cual se liquida el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025 y se dictan otras disposiciones, en cumplimiento del Acuerdo Distrital 940 del 19 de diciembre de 2024”.
Que el artículo 1° del mencionado Decreto fijó para la UAECD el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos para la vigencia fiscal 2025, conforme al siguiente detalle:
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8447 • PP. 1-4 • 2025 • NOVIEMBRE • 7 4 Continuación del Acuerdo N.º 08 DE 2025 Página n.º 2 de 9 Por medio del cual se emite concepto favorable para realizar reducción al Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital –UAECD, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025 Concepto Recursos administrados Transferencias Total O11 Ingresos Corrientes 10.446.852.000 0 $10.446.852.000 O12 Recursos de Capital 80.000.000 0 $80.000.000 Total, Rentas e Ingresos 10.526.852.000 0 $10.526.852.000 Que, el artículo 2° del citado Decreto fijó para la UAECD el Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones para la vigencia fiscal 2025, conforme a las siguientes apropiaciones:
Concepto Recursos Administrados Aportes Distrito Total O21 Gastos de funcionamiento 0 83.871.298.000 83.871.298.000 O23 Inversión 10.526.852.000 32.331.671.000 42.858.523.000 Total, Gastos e Inversiones 10.526.852.000 116.202.969.000 126.729.821.000 Que la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., expidió el Decreto 062 del 9 de febrero de 2024, “Por el cual se ordena implementar medidas de austeridad y eficiencia del gasto público en las entidades y organismos de la administración distrital", en cuyo artículo 6° se dispone lo siguiente:
“Artículo 6°. Reducción del gasto en contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión. A partir de la expedición del presente decreto, las entidades y organismos distritales ejecutarán un plan de reducción del gasto en la contratación de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, que genere para la vigencia 2024 un ahorro al menos del diez por ciento (10%) respecto del gasto ejecutado en la vigencia anterior de acuerdo con lo que consta en los registros del SIDEAP y de la plataforma BOGDATA, con observancia de los criterios que señale para el efecto la Secretaría Distrital de Hacienda.
Parágrafo 1. De manera excepcional frente a situaciones de fuerza mayor o caso fortuito,
los secretarios cabeza de sector podrán solicitar ante el CONFIS la autorización de un gasto superior por este concepto siguiendo los criterios definidos previamente para estos eventos con observancia de las respectivas normas presupuestales.
Parágrafo 2. Lo previsto en este artículo será de obligatoria observancia para las entidades
y organismos que conforman el sector central de la Administración Distrital y los establecimientos públicos; las demás entidades distritales aplicarán mecanismos de REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8447 • PP. 1-5 • 2025 • NOVIEMBRE • 7 5 Continuación del Acuerdo N.º 08 DE 2025 Página n.º 3 de 9 Por medio del cual se emite concepto favorable para realizar reducción al Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital –UAECD, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025 austeridad en el gasto público por este concepto. de conformidad con lo aquí previsto en el marco de su naturaleza jurídica.
Que, en atención a lo establecido en la Circular Externa No. SDH-000002 de 2025, la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital – UAECD proyectó para la vigencia fiscal 2025 una reducción respecto de la apropiación inicial, equivalente al uno por ciento (1%) en el agregado “Adquisición de Bienes y Servicios” del presupuesto de Gastos de Funcionamiento, y al cinco por ciento (5%) en los proyectos que contemplan productos orientados al fortalecimiento institucional dentro del presupuesto de Gastos de Inversión.
Que, con el propósito de dar cumplimiento a la política de austeridad del gasto, la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital – UAECD realizó un análisis y verificación detallada de las apropiaciones correspondientes a la vigencia fiscal 2025, identificando que la reducción se aplicará de la siguiente manera:
Concepto de gasto Recursos administrados Aportes Distrito Total O21 Gastos de funcionamiento 0 83.871.298.000 83.871.298.000 O23 Inversión 10.526.852.000 32.331.671.000 42.858.523.000 Total, Gastos e Inversiones 10.526.852.000 116.202.969.000 126.729.821.000 O21 Gastos de funcionamiento -132.320.800 -132.320.800 O23 Inversión -301.252.000 -362.352.500 -663.604.500 Reducción Austeridad del Gasto -301.252.000 -494.673.300 -795.925.300 Total, Gastos e Inversiones 10.225.600.000 115.708.295.700 125.933.895.700 Reducción Austeridad Total Concepto de gasto Recursos administrados Aportes Distrito Total del Gasto O21 Gastos de funcionamiento 0 83.871.298.000 83.871.298.000 -132.320.800 83.738.977.200 O23 Inversión 10.526.852.000 32.331.671.000 42.858.523.000 -663.604.500 42.194.918.500 Total, Gastos e inversiones 10.526.852.000 116.202.969.000 126.729.821.000 -795.925.300 125.933.895.700 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8447 • PP. 1-6 • 2025 • NOVIEMBRE • 7 6 Continuación del Acuerdo N.º 08 DE 2025 Página n.º 4 de 9 Por medio del cual se emite concepto favorable para realizar reducción al Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital –UAECD, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025 Que la entidad proyectó para la vigencia 2025 el recaudo de ingresos propios por valor de diez mil quinientos veintiséis millones de pesos ($10.526.000.000), distribuidos de la siguiente manera:
Concepto de Ingresos Vigencia 2025 Ventas directas 471.000.000 Contratos y/o convenios Bogotá 4.054.000.000 Gestión y Operación Catastral a nivel nacional 5.921.852.000 Rendimientos Financieros 80.000.000 Total, Ingresos Propios Proyectados 10.526.852.000 Que, en el marco de los contratos de gestión y/o convenios suscritos por la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital – UAECD con entidades del orden distrital, y considerando la posibilidad de ampliar su alcance hacia entidades del orden nacional y el sector privado, desde la vigencia 2024 se inició un proceso de estructuración, planeación y fortalecimiento del relacionamiento estratégico e institucional, orientado al posicionamiento de la Entidad frente a actores clave como el Grupo Energía Bogotá – GEB; el Instituto de Desarrollo Urbano – IDU, con el cual se mantienen tres contratos en ejecución y se proyecta uno adicional para la realización de avalúos comerciales; la Empresa Metro de Bogotá – EMB, en el marco de las líneas 1 y 2; el proyecto ALO SUR; la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá – RENOBO; la Cámara de Comercio de Bogotá; Claro Colombia (Comunicación Celular S.A. – Comcel S.A.); y OCENSA.
Que, con base en el portafolio de relacionamiento institucional y en los negocios en proceso de estructuración, se proyectaron para la vigencia fiscal 2025 ingresos estimados por valor de cuatro mil cincuenta y cuatro millones de pesos ($4.054.000.000); sin embargo, a la fecha, la ejecución de los contratos interadministrativos no ha alcanzado el nivel esperado, lo que ha afectado directamente el recaudo previsto, situación atribuible principalmente a la limitada ejecución de los convenios administrativos suscritos, dado que el número de avalúos requeridos por nuestros socios de negocio ha presentado una disminución significativa.
Que, en el marco del fortalecimiento de la Gestión y Operación Catastral a nivel nacional, la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital – UAECD estimó un crecimiento progresivo orientado a consolidar una estructura operativa que responda a las necesidades del mercado y se alinee con las competencias que actualmente ejerce como gestor y operador catastral, proyectando para la vigencia fiscal 2025 ingresos por valor de cinco mil novecientos veintiún millones de pesos ($5.921.000.000).
Que, como parte del proceso de estructuración operativa, durante la presente vigencia se adelantaron estudios de costos, definición de procedimientos, estructuración contractual y acercamientos con REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8447 • PP. 1-7 • 2025 • NOVIEMBRE • 7 7 Continuación del Acuerdo N.º 08 DE 2025 Página n.º 5 de 9 Por medio del cual se emite concepto favorable para realizar reducción al Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital –UAECD, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025 municipios cercanos a Bogotá, con el fin de retomar de manera progresiva, controlada y acorde con las capacidades institucionales la prestación de servicios de gestión y/u operación catastral.
Que, a pesar de los esfuerzos realizados por la Entidad y los acercamientos con las entidades territoriales, a la fecha no ha sido posible concretar la firma de nuevos contratos o convenios, situación que ha afectado la proyección del recaudo de ingresos propios.
Que, los recursos proyectados por concepto de rendimientos financieros de las cuentas bancarias no pudieron ser recaudados por la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital – UAECD, en razón a la puesta en operación de la Cuenta Única Distrital – CUD, mecanismo mediante el cual la Secretaría Distrital de Hacienda, a través de la Dirección Distrital de Tesorería, recauda, administra, invierte, paga, traslada y dispone de los recursos correspondientes al Presupuesto Anual del Distrito Capital.
Que, de acuerdo con lo expuesto anteriormente y con base en las proyecciones de ingresos por concepto de “Contratos y/o convenios Bogotá”, la entidad proyecta recaudar un valor de $3.569.165.000, así mismo, se estiman ingresos al final del año por valor de $635.972.000 correspondientes al concepto “Gestión y Operación Catastral a nivel nacional”, considerando posibles contratos a suscribir a partir de propuestas técnicas presentadas en el segundo semestre del año. Asimismo, durante la presente vigencia por concepto de “Rendimientos Financieros” la entidad obtuvo un valor de $2.715.000, los demás recursos proyectados no pudieron ser recaudados en su totalidad en razón a la puesta en producción de la Cuenta Única Distrital no pudieron ser recaudados en su totalidad de acuerdo con la programación inicial.
Que, por lo anterior, la reducción presupuestal de los recursos administrados por la Entidad asciende a cinco mil ochocientos cuarenta y ocho millones de pesos ($5.848.000.000), valor que impacta el presupuesto total de la UAECD, conforme se expone a continuación:
Concepto de Ingresos Vigencia 2025 Reducción Final Vigencia 2025 Ventas directas 471.000.000 0 471.000.000 Contratos y/o convenios Bogotá 4.054.000.000 -484.835.000 3.569.165.000 Gestión y Operación Catastral a nivel nacional 5.921.852.000 -5.285.880.000 635.972.000 Rendimientos Financieros 80.000.000 -77.285.000 2.715.000 Total, Ingresos Propios Proyectados 10.526.852.000 -5.848.000.000 4.678.852.000 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8447 • PP. 1-8 • 2025 • NOVIEMBRE • 7 8 Continuación del Acuerdo N.º 08 DE 2025 Página n.º 6 de 9 Por medio del cual se emite concepto favorable para realizar reducción al Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital –UAECD, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025 Que, la reducción presupuestal consolidada, incluyendo recursos de austeridad y recursos administrados, corresponde a seis mil seiscientos cuarenta y tres millones novecientos veinticinco mil trescientos pesos m/cte. ($6.643.925.300), distribuidos así: por gastos de funcionamiento de fuente distrito, $132.320.800, y por gastos de inversión, $6.511.604.500.
Concepto de gasto Recursos administrados Aportes Distrito Total O21 Gastos de funcionamiento 0 83.871.298.000 83.871.298.000 O23 Inversión 10.526.852.000 32.331.671.000 42.858.523.000 Total, Gastos e Inversiones 10.526.852.000 116.202.969.000 126.729.821.000 O21 Gastos de funcionamiento -$132.320.800 -132.320.800 O23 Inversión -6.149.252.000 -$362.352.500 -6.511.604.500 Reducción Presupuestal Consolidada -6.149.252.000 -$494.673.300 -6.643.925.300 Total, Gastos e Inversiones 4.377.600.000 115.708.295.700 120.085.895.700 Reducción Austeridad Concepto de gasto Recursos administrados Aportes Distrito Total Reducción Presupuestal Total del Gasto O21 Gastos de funcionamiento 0 83.871.298.000 83.871.298.000 -132.320.800 0 83.738.977.200 O23 Inversión 10.526.852.000 32.331.671.000 42.858.523.000 -663.604.500 -5.848.000.000 36.346.918.500 Total, Presupuesto de Gastos 10.526.852.000 116.202.969.000 126.729.821.000 -795.925.300 -5.848.000.000 120.085.895.700 Que, la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital – UAECD expidió los Certificados de Disponibilidad Presupuestal, suscritos por el responsable de presupuesto de la Entidad, los cuales garantizan la existencia de los saldos libres de afectación que sustentan la reducción presupuestal.
No. CDP Valor CDP Valor Total Concepto 657 484.835.000 5.848.000.000 Reducción Presupuestal 658 5.285.880.000 659 77.285.000 393 85.634.000 663.604.500 Austeridad del Gasto 396 215.618.000 392 198.366.000 395 163.986.500 391 132.320.800 132.320.800 Total, Reducción 6.643.925.300 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8447 • PP. 1-9 • 2025 • NOVIEMBRE • 7 9 Continuación del Acuerdo N.º 08 DE 2025 Página n.º 7 de 9 Por medio del cual se emite concepto favorable para realizar reducción al Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital –UAECD, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025 Que, mediante comunicación de la Secretaría Distrital de Planeación SDP 2-2025-55209, de fecha 08 de octubre de 2025, radicado interno UAECD 2025ER19698 del 09 de octubre de 2025, la Secretaría emitió concepto favorable a la solicitud de reducción en el presupuesto de inversión.
Que el Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital – UAECD, en sesión 08 del 23 de octubre de 2025, según consta en el acta N.º 08 de la misma fecha, aprobó la presente solicitud.
Que, en mérito de lo expuesto,
ACUERDAN:
Artículo 1°.
Emitir concepto favorable para la reducción al Presupuesto de Rentas e Ingresos de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital – UAECD, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2025, por la suma de seis mil seiscientos cuarenta y tres millones novecientos veinticinco mil trescientos pesos m/cte. ($6.643.925.300), conforme al detalle siguiente:
Código Concepto Crédito Reducción O1 INGRESOS 6.643.925.300 O11 INGRESOS CORRIENTES 6.071.967.000 O1102 Ingresos no tributarios 6.071.967.000 O110205 Venta de bienes y servicios 6.071.967.000 O110205001 Ventas de establecimientos de mercado 6.071.967.000 O11020500109 Servicios para la comunidad, sociales y personales 6.071.967.000 O1102050010901 Servicios de la administración pública y otros servicios prestados a la comunidad en general 6.071.967.000 O110205001090101 Servicios administrativos del gobierno 6.071.967.000 O11020500109010112 Servicios ejecutivos de la administración pública 6.071.967.000 O12 RECURSOS DE CAPITAL 77.285.000 O1205 Rendimientos financieros 77.285.000 O120502 Depósitos 77.285.000 O12050205 Recursos propios de libre destinación 77.285.000 O15 Transferencias Administración Central 494.673.300 O1501 Aporte Ordinario 494.673.300 O150101 VIGENCIA 494.673.300 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8447 • PP. 1-10 • 2025 • NOVIEMBRE • 7 10 Continuación del Acuerdo N.º 08 DE 2025 Página n.º 8 de 9 Por medio del cual se emite concepto favorable para realizar reducción al Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital –UAECD, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025
Artículo 2°.
Emitir concepto favorable para la reducción al Presupuesto de Gastos e Inversión de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital – UAECD, para la vigencia fiscal 2025, por la suma de seis mil seiscientos cuarenta y tres millones novecientos veinticinco mil trescientos pesos m/cte. ($6.643.925.300), distribuidos de la siguiente manera: por gastos de funcionamiento de fuente distrito, ciento treinta y dos millones trescientos veinte mil ochocientos pesos m/cte. ($132.320.800), y por gastos de inversión, seis mil quinientos once millones seiscientos cuatro mil quinientos pesos m/cte. ($6.511.604.500), tal como se muestra a continuación:
Rubro Concepto de gasto Contracrédito (reducción) O2 GASTOS 6.643.925.300 O21 GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 132.320.800 O212 Adquisición de bienes y servicios 132.320.800 O21202 Adquisiciones diferentes de activos 132.320.800 O2120202 Adquisición de servicios 132.320.800 O2120202007 Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing 132.320.800 O212020200701 Servicios financieros y servicios conexos 132.320.800 O21202020070103 Servicios de seguros y pensiones (excepto los servicios de reaseguro y de seguridad social de afiliación obligatoria) 132.320.800 O2120202007010305 Otros servicios de seguros distintos a los seguros de vida (excepto los servicios de reaseguro) 132.320.800 O212020200701030571355 Servicios de seguros generales de responsabilidad civil 132.320.800 O23 INVERSION 6.511.604.500 O2301 DIRECTA 6.511.604.500 O230117 BOGOTÁ CAMINA SEGURA 6.511.604.500 O23011704 Información Estadística 5.770.715.000 O2301170406 Generación de la información geográfica del territorio nacional 5.770.715.000 O230117040620240063 0 Fortalecimiento de la infraestructura de datos espaciales para facilitar la producción, integración, explotación de información geográfica y catastral para potenciar la toma de decisiones en Bogotá.
O230117040620240065 5.770.715.000 Optimización de la gestión catastral mediante la interoperabilidad, automatización de actividades y captura oportuna de cambios en los predios de la ciudad de Bogotá D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8447 • PP. 1-11 • 2025 • NOVIEMBRE • 7 11 Continuación del Acuerdo N.º 08 DE 2025 Página n.º 9 de 9 Por medio del cual se emite concepto favorable para realizar reducción al Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital –UAECD, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025 Rubro Concepto de gasto Contracrédito (reducción)
O230117040620240068 Fortalecimiento del acceso y cobertura de los servicios y trámites digitales de la UAECD en Bogotá D.C.
O23011745 Gobierno Territorial 740.889.500 O2301174599 Fortalecimiento a la gestión y dirección de la administración pública territorial. 740.889.500 O230117459920240001 Fortalecimiento tecnológico e institucional orientado a la mejora en la prestación de los servicios a la ciudadanía en Bogotá D.C. 740.889.500
Artículo 3°.
Comunicaciones. Comunicar el contenido del presente Acuerdo a la Secretaría Distrital de Hacienda- Dirección Distrital de Presupuesto, Secretaría Distrital de Planeación y demás oficinas competentes.
Artículo 4°.
Publicación. Ordénese a la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital – UAECD publicar el presente acto administrativo a través de los medios de comunicación de amplia divulgación con los que cuente, conforme con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.
Artículo 5°.
Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.
Firmado digitalmente por ANA MARIA CADENA RUIZ ANA MARIA CADENA RUIZ PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá D.C., a los veintitrés (23) días del mes de octubre de dos mil veinticinco (2025).
ANA MARÍA CADENA RUIZ GLORIA EDITH MARTÍNEZ SIERRA Presidenta Consejo Directivo Secretario Consejo Directivo Proyectó: Enith Milena Ariza Rodríguez /Profesional Especializado Oficina Asesora de Planeación Revisó: Orlando José Maya Martínez/Jefe Oficina Asesora de Planeación Revisó: Guiomar Patricia Gil Ardila/ Subgerente Administrativa y Financiera Revisó: Jairo Andrés Revelo Molina/Gerente Gestión Corporativa REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8447 • PP. 1-12 • 2025 • NOVIEMBRE • 7 12 RESOLUCIONES DE 2025
*20252200599643*
Radicado: 20252200599643 Fecha: 24-10-2025 RESOLUCIÓN No. 1065 DE 28 DE OCTUBRE DE 2025 “Por el cual se modifica el artículo primero de la Resolución No. 342 del 26 de mayo de 2025 a efectos de aumentar la bolsa de recursos del mecanismo “Proyectos en Red” Del Programa Fortalecimiento a Agentes del Sector – PFAS 2025 de la Secretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
EL SECRETARIO DE DESPACHO De la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Decreto Distrital No.340 de 2020, modificado por el Decreto Distrital 400 de 2022
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución 342 del 26 de mayo de 2025 se ordenó la apertura del mecanismo “Proyectos en Red” del Programa Fortalecimiento a Agentes del Sector - PFAS 2025 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. Donde en su parte resolutiva se estableció lo siguiente:
“ARTÍCULO PRIMERO: Ordenar la apertura del mecanismo de participación “Proyectos en Red” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo, tal como se indica a continuación:
MECANISMO TIPO DE INCENTIVO MONTO TOTAL Bolsa de recursos por el valor de: MIL DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($1.250.000.000)
“Proyectos en Red”
$ 1.250.000.000 El valor base de estos incentivos empezará desde los CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($50.000.000), montos que serán asignados por el comité técnico interno conformado para tal efecto desde la SCRD.
Parágrafo. Los recursos para el desarrollo y ejecución del mecanismo de
participación, se encuentran amparados en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal N° 1178 del 09 de mayo de 2025.”
Que mediante Resolución No. 666 del 28 de julio de 2025 se modificó el artículo primero de la Resolución 342 de 2025 del 26 de mayo de 2025 a efectos de aumentar la bolsa de recursos del mecanismo “Proyectos en Red” del Programa Fortalecimiento a Agentes del Página 1 de 6 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8447 • PP. 1-13 • 2025 • NOVIEMBRE • 7 13
*20252200599643*
Radicado: 20252200599643 Fecha: 24-10-2025 RESOLUCIÓN No. 1065 DE 28 DE OCTUBRE DE 2025 “Por el cual se modifica el artículo primero de la Resolución No. 342 del 26 de mayo de 2025 a efectos de aumentar la bolsa de recursos del mecanismo “Proyectos en Red” Del Programa Fortalecimiento a Agentes del Sector – PFAS 2025 de la Secretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
Sector - PFAS 2025 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. Donde en su parte resolutiva se estableció lo siguiente:
“ARTÍCULO PRIMERO: Modificar el artículo primero de la Resolución No. 342 del 26 de mayo de 2025, a efectos de aumentar la bolsa de recursos del mecanismo “Proyectos en Red”, de acuerdo con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo, el cual para todos los efectos se entenderá así:
“ARTÍCULO PRIMERO: Ordenar la apertura del mecanismo de participación “Proyectos en Red” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo, tal como se indica a continuación:
MECANISMO TIPO DE INCENTIVO MONTO TOTAL “Proyectos en Red”
$ 1.500.000.000 Bolsa de recursos por el valor de: MIL QUINIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($1.500.000.000). El valor base de estos incentivos empezará desde los CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($50.000.000), montos que serán asignados por el comité técnico interno conformado para tal efecto desde la SCRD.
Parágrafo. Los recursos para el desarrollo y ejecución del mecanismo de
participación referido, se encuentran amparados en los Certificados de Disponibilidad Presupuestal N° 1178 del 09 de mayo de 2025 y 1307 del 07 de julio de 2025.”
Que conforme a lo dispuesto en el literal b) y d) del artículo 14 del Decreto 340 de 2020, corresponde a la Dirección de Fomento, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, el ejercicio de, entre otras, las siguientes funciones: “(…) b) Dirigir actividades relacionadas con el diseño, ejecución, fortalecimiento y seguimiento los planes, programas y proyectos de fomento al Sector Cultura, Recreación y Deporte bajo criterios de equidad, pertinencia y transparencia. (…) d) Diseñar estrategias orientadas a fortalecer las instituciones locales y los agentes del sector cultura, la recreación y el deporte (…)”.
Que de acuerdo con lo citado en párrafo anterior, la Dirección de Fomento ha recomendado considerar incrementar el valor del presupuesto de acuerdo con lo observado en los sectores priorizados, lo que por supuesto demanda contar con recursos adicionales en la Página 2 de 6 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8447 • PP. 1-14 • 2025 • NOVIEMBRE • 7 14
*20252200599643*
Radicado: 20252200599643 Fecha: 24-10-2025 RESOLUCIÓN No. 1065 DE 28 DE OCTUBRE DE 2025 “Por el cual se modifica el artículo primero de la Resolución No. 342 del 26 de mayo de 2025 a efectos de aumentar la bolsa de recursos del mecanismo “Proyectos en Red” Del Programa Fortalecimiento a Agentes del Sector – PFAS 2025 de la Secretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte” bolsa se hace necesario y pertinente efectuar un aumento presupuestal a la misma, con el fin de consolidar, fomentar y promover los procesos colaborativos y de concertación orientados a la gestión cultural, así como las iniciativas presentadas que contribuyen al fortalecimiento y la asociatividad de los sectores culturales.
Que la Subsecretaría de Gobernanza, acorde con lo expresado por la Dirección de Fomento, estima pertinente la modificación a la que refiere el presente acto administrativo y en consecuencia se dispone lo pertinente, lo cual se ha determinado en la suma de TREINTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($30.000.000) para fortalecer el desarrollo de los proyectos sectoriales en el marco de “Proyectos en Red”, soportado en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal que se describe a continuación:
DESCRIPCIÓN NÚMERO DEL CDP MECANISMO RUBRO DEL RUBRO CONCEPTO DEL GASTO FONDO VALOR TOTAL O23202020 Fortalecimie 0991124 Servicios de nto del Fomento la administraci “Proyectos en 1788 del 21 de octubre $ 30.000.000 Red”
O23011733 0120240152 1-100-F001 VA- RECURSOS para el Desarrollo de Procesos ón pública relacionado de 2025 DISTRITO Culturales Sostenibles en Bogotá s con la recreación, cultural y la D.C. religión Que de conformidad con la disponibilidad presupuestal en cita, y dada la relevancia del mecanismo, frente a la posibilidad aumentar la bolsa de recursos “Proyectos en Red” se considera pertinente, modificar el artículo primero de la Resolución No. 342 del 26 de mayo de 2025, modificado por la Resolución No. 666 del 28 de julio de 2025, en el sentido de aumentar el valor de la bolsa estipulada, ascendiendo a la suma de MIL QUINIENTOS TREINTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($1.530.000.000).
En mérito de lo expuesto.
RESUELVE:
Artículo primero.
Modificar el artículo primero de la Resolución No. 342 del 26 de mayo de 2025, modificado por la Resolución No. 666 del 28 de julio de 2025, a efectos de aumentar la
Página 3 de 6 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8447 • PP. 1-15 • 2025 • NOVIEMBRE • 7 15
*20252200599643*
Radicado: 20252200599643 Fecha: 24-10-2025 RESOLUCIÓN No. 1065 DE 28 DE OCTUBRE DE 2025 “Por el cual se modifica el artículo primero de la Resolución No. 342 del 26 de mayo de 2025 a efectos de aumentar la bolsa de recursos del mecanismo “Proyectos en Red” Del Programa Fortalecimiento a Agentes del Sector – PFAS 2025 de la Secretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte” bolsa de recursos del mecanismo “Proyectos en Red”, de acuerdo con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo, el cual para todos los efectos se entenderá así:
“ARTÍCULO PRIMERO: Ordenar la apertura del mecanismo de participación “Proyectos en Red” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo, tal como se indica a continuación:
MECANISMO TIPO DE INCENTIVO MONTO TOTAL $ 1.530.000.000 “Proyectos en Red”
Bolsa de recursos por el valor de: MIL QUINIENTOS TREINTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($1.530.000.000). El valor base de estos incentivos empezará desde los CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($50.000.000), montos que serán asignados por el comité técnico interno conformado para tal efecto desde la SCRD.
Parágrafo. Los recursos para el desarrollo y ejecución del mecanismo de
participación referido, se encuentran amparados en los Certificados de Disponibilidad Presupuestal N° 1178 del 09 de mayo de 2025, 1307 del 07 de julio de 2025 y 1788 del 21 de octubre de 2025.”.
Artículo segundo.
Comunicar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano el contenido de la presente resolución a través de la herramienta ORFEO, Subsecretaría de Gobernanza, Dirección de Fomento, Oficina Asesora de Comunicaciones y al Grupo Interno de Trabajo de Gestión Financiera de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para los trámites de su competencia.
Artículo tercero.
Publicar por la Dirección de Fomento la presente resolución, así como los requisitos y condiciones de participación del mecanismo en el micrositio: https:// qa-invitaciones.scrd.gov.co de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. Y por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, publicar el contenido de la presente resolución en la Gaceta Distrital y en el Régimen Legal de Bogotá y en la página web de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
Página 4 de 6 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8447 • PP. 1-16 • 2025 • NOVIEMBRE • 7 16
*20252200599643*
Radicado: 20252200599643 Fecha: 24-10-2025 RESOLUCIÓN No. 1065 DE 28 DE OCTUBRE DE 2025 “Por el cual se modifica el artículo primero de la Resolución No. 342 del 26 de mayo de 2025 a efectos de aumentar la bolsa de recursos del mecanismo “Proyectos en Red” Del Programa Fortalecimiento a Agentes del Sector – PFAS 2025 de la Secretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
Artículo cuarto.
Las demás disposiciones contenidas en la Resolución No. 342 del 26 de mayo de 2025, continúan vigentes, siempre que no sean contrarias a lo consagrado en el presente acto administrativo.
Artículo quinto.
El presente acto administrativo rige a partir del día siguiente a su publicación y contra este no procede recurso alguno, de conformidad con lo señalado en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.
Dada en Bogotá D.C., a los veintiocho (28) días de octubre (10) de dos mil veinticinco (2025).
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR Secretario de Despacho Sandra Margoth Vélez Abello – Jefe Oficina Jurídica.
Proyectó: Estefan Mestizo Rosas - Contratista Dirección de Fomento PFAS. Revisó: Omar Sandoval Vargas - Contratista Dirección de Fomento PFAS. Edgar Javier Pulido Caro – Contratista Dirección de Fomento. Miguel Ángel Solano Rojas - Contratista Subsecretaría de Gobernanza. Aprobó: Juan Diego Jaramillo Morales – Director de Fomento. Ana María Boada Ayala – Subsecretaria de Gobernanza Revisó: Diego Eduardo Beltrán Hernández - Contratista Oficina Jurídica. Aprobó revisión y ajustó:
Documento 20252200599643 firmado electrónicamente por:
Santiago Trujillo Escobar Secretario de Despacho Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Fecha firma: 27-10-2025 17:27:51 Sandra Margoth Vélez Abello Jefe de Oficina Jurídica Oficina Jurídica Fecha firma: 27-10-2025 15:51:24 Diego Eduardo Beltrán Hernández Contratista Oficina Jurídica Fecha firma: 27-10-2025 13:54:50 Ana María Boada Ayala Subsecretaría de Gobernanza Subsecretaría de Gobernanza Página 5 de 6 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8447 • PP. 1-17 • 2025 • NOVIEMBRE • 7 17
*20252200599643*
Radicado: 20252200599643 Fecha: 24-10-2025 RESOLUCIÓN No. 1065 DE 28 DE OCTUBRE DE 2025 “Por el cual se modifica el artículo primero de la Resolución No. 342 del 26 de mayo de 2025 a efectos de aumentar la bolsa de recursos del mecanismo “Proyectos en Red” Del Programa Fortalecimiento a Agentes del Sector – PFAS 2025 de la Secretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
Fecha firma: 24-10-2025 18:37:04 Miguelangel Solano Rojas Contratista Subsecretaría de Gobernanza Fecha firma: 24-10-2025 18:31:15 Juan Diego Jaramillo Morales Director de Fomento Dirección de Fomento Fecha firma: 24-10-2025 16:54:30 Edgar Javier Pulido Caro Contratista Dirección de Fomento Fecha firma: 24-10-2025 16:47:42 Omar Giovanni Sandoval Vargas Contratista Dirección de Fomento Fecha firma: 24-10-2025 14:52:16 Estefan Mestizo Rojas Contratista Dirección de Fomento Fecha firma: 24-10-2025 14:28:55 Sharon Nicole Rodríguez Perdomo Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano Fecha firma: 28-10-2025 09:41:08 Fecha firma: 28-10-2025 09:41:08 7268b763b43cae6aafbc0480f4b170d10676d15bc4719fc4cfee5b13c95a5be3 Codigo de Verificación CV: 20bd0 Página 6 de 6 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8447 • PP. 1-18 • 2025 • NOVIEMBRE • 7 18 RESOLUCIÓN N.° 0484 31-octubre-2025 Por la cual se adoptan los lineamientos para la actualización del Registro de Activos de Información y el Índice de Información Clasificada y Reservada de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital de conformidad con la Ley 1712 de 2014 y el Decreto Reglamentario 1081 de 2015.
LA DIRECTORA DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL (UAECD) en uso de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por los numerales 15 y 23 del artículo 16 del Acuerdo 4 de 2021 del Consejo Directivo de la UAECD, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo 63 del Acuerdo Distrital 257 de noviembre 30 de 20061, modificado por el artículo 291 del Acuerdo Distrital 927 de 2024, la entidad fue transformada en Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital - UAECD, del sector descentralizado por servicios, de carácter eminentemente técnico y especializado, con personería jurídica, autonomía administrativa y presupuestal, y con patrimonio propio, adscrita a la Secretaría Distrital de Hacienda.
Que la Constitución Política de Colombia de 1991 estableció el derecho de acceso a la información pública en sus artículos 20, 23, 74 y 209, estipulando que todas las personas pueden acceder a los documentos públicos, salvo las excepciones plasmadas en la Constitución y en la Ley.
Que en virtud de los principios de máxima publicidad y transparencia definidos en la Ley 1712 de 20142, toda información en posesión, bajo control o custodia de un sujeto obligado es pública y no podrá ser reservada o limitada sino por disposición constitucional o legal en consecuencia dichos sujetos están en el deber de proporcionar y facilitar el acceso a la misma en los términos más amplios posibles y a través de los medios y procedimientos que al efecto establezca la ley, excluyendo solo aquello que esté sujeto a las excepciones constitucionales y legales y bajo el cumplimiento de los requisitos establecidos en esta ley.
Que el Decreto Nacional 1081 de 20153 que reguló la Ley 1712 de 2014, estipula en su artículo 2.1.1.5.1. que los instrumentos para la gestión de la información pública son: (1) Registro de Activos de Información, (2) Índice de Información Clasificada y Reservada, (3) Esquema de Publicación de Información, (4) Programa de Gestión Documental. Igualmente prevé que los sujetos obligados deben articular dichos instrumentos mediante el uso eficiente de las tecnologías de la información y las comunicaciones, y garantizar su actualización y divulgación.
1 Por el cual se dictan normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito Capital, y se expiden otras disposiciones. 2 Por medio de la cual se crea la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional y se dictan otras disposiciones. 3 GJUR-06-FR-01 V2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8447 • PP. 1-19 • 2025 • NOVIEMBRE • 7 19 Continuación de la Resolución n.º Página n.º 2 de 3 0484 31-octubre-2025 Por la cual se adoptan los lineamientos para la actualización del Registro de Activos de Información y el Índice de Información Clasificada y Reservada de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital de conformidad con la Ley 1712 de 2014 y el Decreto Reglamentario 1081 de 2015.
Que el artículo 2.1.1.5.2. del citado decreto establece que: Información, el Índice de Información Clasificada y Reservada, el Esquema de Publicación de Información y el Programa de Gestión Documental, deben ser adoptados y actualizados por medio de acto administrativo o documento equivalente de acuerdo con el régimen legal al sujeto Que de acuerdo con el artículo 2.1.1.5.1.1 de la norma en cita, el registro de activos de información se define como: cuyos componentes mínimos son enlistados en el artículo siguiente de la misma norma.
Que en lo relacionado con el Índice de Información Clasificada y Reservada, el artículo 2.1.1.5.2.1. del Decreto Nacional 1081 de 2015, lo define como el inventario de la información pública generada, obtenida, adquirida o controlada por el sujeto obligado, en calidad de tal, que ha sido calificada como clasificada o reservada.
Que mediante la Resolución 948 de 2024 de la UAECD se adoptaron los instrumentos para la gestión de la información pública, relacionados con el Registro de Activos de Información e Índice de Información Clasificada y Reservada, contenidos en la Ley 1712 de 2014 y el Decreto Reglamentario 1081 de 2015.
Que en cumplimiento del Procedimiento de Gestión de Seguridad y Privacidad de la Información de la UAECD y su instructivo GEST-03-IN-01, los propietarios de los activos y responsables de cada proceso al interior de la Unidad, revisaron y aprobaron mediante correo electrónico el Registro de Activos de Información e Índice de Información Clasificada y Reservada de la UAECD para la presente vigencia.
Que en cumplimiento del artículo 8 de la Ley 1437 de 2011 y el numeral 4 del artículo 63 del Decreto Distrital 479 de 2024, el proyecto de esta resolución se publicó en el Sistema LegalBog del 24 de septiembre al 01 de octubre de 2025, plazo en el cual no se recibieron comentarios por parte de la ciudadanía, lo cual consta en la Certificación de Publicación proyectos de actos Administrativos de fecha 24 de octubre del presente año, expedida por la Oficina de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de la Secretaría Jurídica Distrital.
Que en mérito de lo expuesto, GJUR-06-FR-01 V2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8447 • PP. 1-20 • 2025 • NOVIEMBRE • 7 20 31-octubre-2025 Continuación de la Resolución n.º Página n.º 3 de 3 0484 Por la cual se adoptan los lineamientos para la actualización del Registro de Activos de Información y el Índice de Información Clasificada y Reservada de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital de conformidad con la Ley 1712 de 2014 y el Decreto Reglamentario 1081 de 2015.
RESUELVE:
Artículo 1°.
Las actualizaciones del Registro de Activos de Información y el Índice de Información Clasificada y Reservada adoptados mediante Resolución 948 de 2024, se efectuarán a través de
acorde con lo establecido en el Decreto Nacional 1081 de 2015 y el Instructivo de Gestión de Activos de Información código GEST-03-IN-01 o aquellos que los adicionen, modifiquen o sustituyan.
Artículo 2°.
De conformidad con los artículos 2.1.1.5.1.2. y 2.1.1.5.2.2. del Decreto Nacional 1081 de 2015, el Registro de Activos de Información y el Índice de Información Clasificada y Reservada, se publicarán en el sitio web de la UAECD, en el enlace de transparencia y acceso a la información pública.
Artículo 3°.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Registro Distrital.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los 31-octubre-2025 OLGA LUCÍA LÓPEZ MORALES Directora Aprobó: Francisco Andrés Rodríguez Eraso - Gerente de Tecnología Gloria Edith Martínez Sierra - Gerente Jurídica Guiomar Patricia Gil Ardila Subgerente Administrativo y Financiero Revisó: Diana Cañas Ochoa - Profesional Especializada - Gerencia Jurídica Proyectó: Luis Albeiro Cortes Castiblanco Profesional Especializado Gerencia de Tecnología GJUR-06-FR-01 V2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8447 • PP. 1-21 • 2025 • NOVIEMBRE • 7 21 DECRETOS LOCALES DE 2025 DECRETO LOCAL No. 013 (30 de septiembre de 2025)
“Por medio del cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Antonio Nariño”
LA ALCALDESA LOCAL DE ANTONIO NARIÑO En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el inciso segundo artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993, artículo 50 del Acuerdo Local 02 de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993, las Juntas Administradoras Locales se reúnen “(…) ordinariamente, por derecho propio, cuatro veces al año, así: el primero (1°) de marzo, el primero (1°) de junio, el primero (1°) de septiembre y el primero (1°) de diciembre. Cada vez las sesiones durarán treinta (30) días prorrogables, a juicio de la misma Junta hasta por cinco (5) días más.”
Que al tenor del inciso segundo del artículo 71 ídem, las Juntas Administradoras Locales sesionan extraordinariamente por convocatoria que les haga el respectivo Alcalde; en cuyo caso sesionarán por el término que señale el mandatario local, ocupándose únicamente de los asuntos que se sometan a su consideración de manera específica.
Que, por su parte, el artículo 48 del Acuerdo Local 002 de 2018, dispone que, la Junta Administradora Local de Antonio Nariño se reunirá por derecho propio cuatro (4) veces al año en periodos de sesiones ordinarias, así: el primero (1) marzo; el primero (1) junio; el primero (1) de septiembre y el primero (1) de diciembre, con el fin de ejercer las facultades atribuidas.
Que en aplicación del artículo 50 del citado acuerdo local dicha Corporación se encuentra facultada para sesionar de manera extraordinaria, siempre y cuando sea convocada por el Alcalde Local, para ocuparse exclusivamente de los temas señalados en el acto administrativo mediante el cual se realice la convocatoria.
Que de conformidad con el artículo 73 del Decreto Ley 1421 de 1993 se instituye que “El alcalde local instalará y clausurará las sesiones ordinarias y extraordinarias de las juntas administradoras y deberá prestarles la colaboración necesaria para garantizar su buen funcionamiento. Las juntas no podrán sesionar fuera del lugar señalado como sede oficial. Sin embargo, previa convocatoria efectuada con la debida antelación, podrán sesionar en sitio distinto para escuchar a las comunidades”.
Que, en atención a lo expuesto, la Alcaldesa Local es competente para convocar a la Junta Administradora Local de Antonio Nariño a sesiones extraordinarias, para debatir el asunto que se ocupará la corporación.
Página 1 de 2 Alcaldía local Antonio Nariño Calle 17 Sur No. 18 – 49 Código Postal: 111411 Tel. 4432490 Información Línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8447 • PP. 1-22 • 2025 • NOVIEMBRE • 7 22 Que, en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo primero.
Convocar a la Junta Administradora Local de Antonio Nariño, a sesiones extraordinarias los días 1, 2, 3, 5, 6, 12, 13 y 14 de Octubre 2025,
Artículo segundo.
Durante las sesiones extraordinarias la Junta Administradora Local de Antonio Nariño, se ocupará del trámite del asunto que se detalla a continuación.
“con el fin de adelantar el trámite pertinente respecto del Proyecto de acuerdo Local “Por el cual se modifica el acuerdo local No. 01 de 2008 por medio del cual se creó el Consejo Local de Productividad y Competitividad de la Localidad de Antonio Nariño”
Artículo tercero.
Comuníquese el presente Decreto Local a la Presidencia de la Junta Administradora Local de Antonio Nariño.
Artículo cuarto.
El presente decreto local rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C., el día treinta (30) de septiembre de 2025.
LUISA MARÍA RAMÍREZ RIASCOS Alcaldesa Local de Antonio Nariño.
Proyectó: Maggly Duran Iguaran/ Contratista FDLAN Revisó:
Ximena Rueda/ Contratista FDLAN Aprobó: Luisa Ramírez Ríasco/ Alcaldesa FDLAN Página 2 de 2 Alcaldía local Antonio Nariño Calle 17 Sur No. 18 – 49 Código Postal: 111411 Tel. 4432490 Información Línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8447 • PP. 1-23 • 2025 • NOVIEMBRE • 7 23 DECRETO LOCAL No. 014 (15 de octubre de 2025)
“Por medio del cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Antonio Nariño”
LA ALCALDESA LOCAL DE ANTONIO NARIÑO En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el inciso segundo artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993, artículo 50 del Acuerdo Local 02 de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993, las Juntas Administradoras Locales se reúnen “(…) ordinariamente, por derecho propio, cuatro veces al año, así: el primero (1°) de marzo, el primero (1°) de junio, el primero (1°) de septiembre y el primero (1°) de diciembre. Cada vez las sesiones durarán treinta (30) días prorrogables, a juicio de la misma Junta hasta por cinco (5) días más.”
Que al tenor del inciso segundo del artículo 71 ídem, las Juntas Administradoras Locales sesionan extraordinariamente por convocatoria que les haga el respectivo Alcalde; en cuyo caso sesionarán por el término que señale el mandatario local, ocupándose únicamente de los asuntos que se sometan a su consideración de manera específica.
Que, por su parte, el artículo 48 del Acuerdo Local 002 de 2018, dispone que, la Junta Administradora Local de Antonio Nariño se reunirá por derecho propio cuatro (4) veces al año en periodos de sesiones ordinarias, así: el primero (1) marzo; el primero (1) junio; el primero (1) de septiembre y el primero (1) de diciembre, con el fin de ejercer las facultades atribuidas.
Que en aplicación del artículo 50 del citado acuerdo local dicha Corporación se encuentra facultada para sesionar de manera extraordinaria, siempre y cuando sea convocada por el Alcalde Local, para ocuparse exclusivamente de los temas señalados en el acto administrativo mediante el cual se realice la convocatoria.
Que de conformidad con el artículo 73 del Decreto Ley 1421 de 1993 se instituye que “El alcalde local instalará y clausurará las sesiones ordinarias y extraordinarias de las juntas administradoras y deberá prestarles la colaboración necesaria para garantizar su buen funcionamiento. Las juntas no podrán sesionar fuera del lugar señalado como sede oficial. Sin embargo, previa convocatoria efectuada con la debida antelación, podrán sesionar en sitio distinto para escuchar a las comunidades”.
Que, en atención a lo expuesto, la Alcaldesa Local es competente para convocar a la Junta Administradora Local de Antonio Nariño a sesiones extraordinarias, para debatir el asunto que se ocupará la corporación.
Página 1 de 2 Alcaldía local Antonio Nariño Calle 17 Sur No. 18 – 49 Código Postal: 111411 Tel. 4432490 Información Línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8447 • PP. 1-24 • 2025 • NOVIEMBRE • 7 24 Que, en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo primero.
Convocar a la Junta Administradora Local de Antonio Nariño, a sesiones extraordinarias los días 17, 18, 19 y 20 de octubre 2025.
Artículo segundo.
Durante las sesiones extraordinarias la Junta Administradora Local de Antonio Nariño, se ocupará del trámite del asunto que se detalla a continuación.
“con el fin de adelantar el trámite pertinente respecto del Proyecto de Acuerdo Local “Por el cual se modifica el acuerdo local No. 01 de 2008 por medio del cual se creó el Consejo Local de Productividad y Competitividad de la Localidad de Antonio Nariño”.
Artículo tercero.
Comuníquese el presente Decreto Local a la Presidencia de la Junta Administradora Local de Antonio Nariño.
Artículo cuarto.
El presente decreto local rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C., el día quince (15) de octubre de 2025.
LUISA MARÍA RAMÍREZ RIASCOS Alcaldesa Local de Antonio Nariño.
Proyectó: Maggly Duran Iguaran/ Contratista FDLAN Revisó:Ximena Rueda/ Contratista FDLAN Aprobó: Luisa Ramírez Ríasco/ Alcaldesa FDLAN Página 2 de 2 Alcaldía local Antonio Nariño Calle 17 Sur No. 18 – 49 Código Postal: 111411 Tel. 4432490 Información Línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8447 • PP. 1-25 • 2025 • NOVIEMBRE • 7 25 DECRETO LOCAL No. 015 (27 de octubre de 2025)
“Por medio del cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Antonio Nariño”
LA ALCALDESA LOCAL DE ANTONIO NARIÑO En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el inciso segundo artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993, artículo 50 del Acuerdo Local 02 de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993, las Juntas Administradoras Locales se reúnen “(…) ordinariamente, por derecho propio, cuatro veces al año, así: el primero (1°) de marzo, el primero (1°) de junio, el primero (1°) de septiembre y el primero (1°) de diciembre. Cada vez las sesiones durarán treinta (30) días prorrogables, a juicio de la misma Junta hasta por cinco (5) días más.”
Que al tenor del inciso segundo del artículo 71 ídem, las Juntas Administradoras Locales sesionan extraordinariamente por convocatoria que les haga el respectivo Alcalde; en cuyo caso sesionarán por el término que señale el mandatario local, ocupándose únicamente de los asuntos que se sometan a su consideración de manera específica.
Que, por su parte, el artículo 48 del Acuerdo Local 002 de 2018, dispone que, la Junta Administradora Local de Antonio Nariño se reunirá por derecho propio cuatro (4) veces al año en periodos de sesiones ordinarias, así: el primero (1) marzo; el primero (1) junio; el primero (1) de septiembre y el primero (1) de diciembre, con el fin de ejercer las facultades atribuidas.
Que en aplicación del artículo 50 del citado acuerdo local dicha Corporación se encuentra facultada para sesionar de manera extraordinaria, siempre y cuando sea convocada por el Alcalde Local, para ocuparse exclusivamente de los temas señalados en el acto administrativo mediante el cual se realice la convocatoria.
Que de conformidad con el artículo 73 del Decreto Ley 1421 de 1993 se instituye que “El alcalde local instalará y clausurará las sesiones ordinarias y extraordinarias de las juntas administradoras y deberá prestarles la colaboración necesaria para garantizar su buen funcionamiento. Las juntas no podrán sesionar fuera del lugar señalado como sede oficial. Sin embargo, previa convocatoria efectuada con la debida antelación, podrán sesionar en sitio distinto para escuchar a las comunidades”.
Que, en atención a lo expuesto, la Alcaldesa Local es competente para convocar a la Junta Administradora Local de Antonio Nariño a sesiones extraordinarias, para debatir el asunto que se ocupará la corporación.
Página 1 de 2 Alcaldía local Antonio Nariño Calle 17 Sur No. 18 – 49 Código Postal: 111411 Tel. 4432490 Información Línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8447 • PP. 1-26 • 2025 • NOVIEMBRE • 7 26 Que, en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo primero.
Convocar a la Junta Administradora Local de Antonio Nariño, a sesiones extraordinarias los días 04, 05 y 06 de noviembre de 2025.
Artículo segundo.
Durante las sesiones extraordinarias la Junta Administradora Local de Antonio Nariño, se ocupará del trámite del asunto que se detalla a continuación.
“con el fin de adelantar el trámite pertinente respecto del Proyecto de Acuerdo Local No. 004 de 2025 “ Por medio del cual se modifica el Acuerdo Local No. 01 de 2008 por medio del cual se creó el Consejo Local de Productividad y Competitividad de la Localidad de Antonio Nariño.”.
Artículo tercero.
Comuníquese el presente Decreto Local a la Presidencia de la Junta Administradora Local de Antonio Nariño.
Artículo cuarto.
El presente decreto local rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C., el día veintisiete (27) de octubre de 2025.
LUISA MARÍA RAMÍREZ RIASCOS Alcaldesa Local de Antonio Nariño.
Proyectó: MagglyDuran Iguaran/ Contratista FDLAN Revisó:Ximena Rueda/ Contratista FDLAN Aprobó: Luisa Ramírez Ríascos/ Alcaldesa FDLAN Página 2 de 2 Alcaldía localAntonio Nariño Calle 17 Sur No. 18 – 49 Código Postal: 111411 Tel. 4432490 Información Línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8447 • PP. 1-27 • 2025 • NOVIEMBRE • 7 27
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.
Documentos relacionados
-
Registro Distrital 8307 de 2025
“Por medio del cual se efectúa traslado en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital para la vigencia fis…
-
Registro Distrital 8340 de 2025
“Por medio de la cual se efectúa un nombramiento”................................................4 “Por la cual se modifica el Reglamento de Emisión y Colocaci…
-
Registro Distrital 7726 de 2023
“Por medio del cual se emite concepto favorable para la distribución de la disponibilidad final para la adición de recursos en la vigencia 2023 para gastos de …
-
Registro Distrital 7813 de 2023
“Por la cual se establecen las personas naturales, jurídicas y/o sociedades de hecho y el contenido y las características de la información que deben suminis …
-
Registro Distrital 7426 de 2022
Por medio del cual se autoriza a la Gerente General de la EAAB-ESP para tramitar y presentar ante el Que el plan de Desarrollo Económico, Social, Ambien tal y…