Registro Distrital 8423 de 2025
Registro Distrital 8423 de 2025 Nivel Distrital
- Tipo
- Registro Distrital
- Número
- 8423
- Año
- 2025
- Fecha
- 7 de octubre de 2025
- Entidad
- Nivel Distrital
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
5,5 ALCALDE MAYOR Carlos Fernando Galán Pachón REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 • No. 8423 - Pp 1 - 22 - 2025 • OCTUBRE • 7 CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Central DECRETO 2025 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D. C. DECRETO Nº 475 “Por medio del cual se corrige un error formal en el Decreto Distrital 466 del 26 de septiembre de 2025”......................................................................................4 RESOLUCIÓN 2025 SECRETARÍA GENERAL RESOLUCIÓN Nº 427 “Por la cual se efectúan unos encargos por derecho preferencial, en la Planta de Personal de la Secretaría General de la Alcaldía de Bogotá, D.C. y se terminan unos encargos”..................................................................................................7 Sector Local ACUERDO LOCAL 2025 JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE CHAPINERO ACUERDO LOCAL Nº 001 “Por el cual se adiciona el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Vigencia Fiscal 2025 del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero”................................14 DECRETO LOCAL 2025 ALCALDÍA LOCAL DE SUMAPAZ DECRETO LOCAL Nº 009 “Por el cual se efectúa una modificación presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, para la vigencia fiscal 2025”..........................................................................................19 AÑO 59 NÚMERO 8423 7 • OCTUBRE • 2025 SECRETARÍA GENERAL ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL.
LA PUBLICACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS EN EL REGISTRO DISTRITAL SE REALIZA DE ACUERDO A LA LEY 1437 DEL 2011 EN SU ARTÍCULO 65 MODIFICADO POR LA LEY 2080 DE 2021 “POR LA CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO”.
CORREO: REGISTRODISTRITAL@ALCALDIABOGOTA.GOV.CO DIRECCIÓN: CALLE 11 SUR #1-60 ESTE - LA MARÍA - BOGOTÁ D.C.
TELÉFONO: 381 3000 EXT. 5010 - 5202 SUBDIRECTORA IMPRENTA DISTRITAL: MARÍA ANGÉLICA PUMAREJO HINOJOSA DECRETO DE 2025 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8423 • PP. 1-4 • 2025 • OCTUBRE • 7 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8423 • PP. 1-5 • 2025 • OCTUBRE • 7 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8423 • PP. 1-6 • 2025 • OCTUBRE • 7 6 RESOLUCIÓN DE 2025 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8423 • PP. 1-7 • 2025 • OCTUBRE • 7 7 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8423 • PP. 1-8 • 2025 • OCTUBRE • 7 8 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8423 • PP. 1-9 • 2025 • OCTUBRE • 7 9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8423 • PP. 1-10 • 2025 • OCTUBRE • 7 10 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8423 • PP. 1-11 • 2025 • OCTUBRE • 7 11 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8423 • PP. 1-12 • 2025 • OCTUBRE • 7 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8423 • PP. 1-13 • 2025 • OCTUBRE • 7 13 ACUERDO LOCAL DE 2025 ACUERDO LOCAL No. 001 – 2025 “Por el cual se adiciona el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Vigencia Fiscal 2025 del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero”
LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE CHAPINERO En uso de las atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 324 de la Constitución Política de Colombia, el numeral 4 del artículo 69 del Decreto –Ley 1421 de 1993, modificado por la Ley 2116 de 2021, el artículo 32.2 del Decreto 158 de 2025, y
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 69 del Decreto Ley 1421 de 1993, modificado por el artículo 8 de la Ley 2116 de 2021, corresponde a las Juntas Administradoras Locales aprobar el presupuesto anual del respectivo Fondo de Desarrollo Local, así como sus modificaciones.
Que según lo establecido al artículo 32.2 del Decreto 158 de 2025, cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante créditos adicionales, según lo siguiente:
“2.2. Créditos adicionales. Es el aumento de las partidas inicialmente aprobadas o no previstas para un objeto del gasto. Cuando durante la ejecución del Presupuesto de los FDL se hiciere indispensable aumentar el monto de las apropiaciones para complementar las insuficientes, ampliar los servicios existentes o establecer nuevos servicios autorizados por la ley, se pueden abrir créditos adicionales de conformidad con las siguientes competencias:
(…) c) Adición por Excedentes Financieros: Si persistiera un saldo positivo, una vez ajustado el presupuesto local al monto real de las Obligaciones por Pagar constituidas al cierre de la vigencia inmediatamente anterior, deberá este ser adicionado por cada FDL mediante Acuerdo de la JAL, de acuerdo con la distribución que efectúe el CONFIS Distrital, quien para el efecto consultará los conceptos de los alcaldes locales correspondientes.”
Que, a 31 de diciembre de 2024, el Fondo de Desarrollo Local de Chapinero, cerró la vigencia fiscal con excedentes financieros por valor de CINCO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS PESOS ($ 5.834.355.282).
1 Carrera 13 N.º 54-74 PISO 4 y 5 Torre B PBX 3486200 Ext. 1037 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8423 • PP. 1-14 • 2025 • OCTUBRE • 7 14 Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal -CONFIS Distrital, mediante la Circular 02 del 01 de abril de 2025, determinó la distribución parcial de excedentes financieros generados por los 20 Fondos de Desarrollo Local al cierre de la vigencia 2024, por valor de TRES MIL CIENTO OCHENTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS MCTE. ($3.184.399.857) y la Circular 03 del 27 de junio de 2025, la distribución parcial de excedentes financieros generados por los 20 Fondos de Desarrollo Local al cierre de la vigencia 2024, por valor de MIL NOVECIENTOS SIETE MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS ONCE PESOS MCTE. ($1.907.648.311).
Que la Secretaría Distrital de Planeación informó a la Alcaldía Local de Chapinero, mediante Oficio 2-2025-21396 del 16 de abril de 2025, el CONCEPTO FAVORABLE para realizar una adición presupuestal por valor de TRES MIL CIENTO OCHENTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS MCTE. ($3.184.399.857), y mediante Oficio 2-2025-39661 del 21 de julio de 2025, el CONCEPTO FAVORABLE para realizar una adición presupuestal por valor de MIL NOVECIENTOS SIETE MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS ONCE PESOS MCTE. ($1.907.648.311) a los recursos de inversión directa de la vigencia 2025, para su aplicación exclusiva para los proyectos 2507 “Chapinero cultural: promueve el talento y el patrimonio local”, 2499 “Chapinero cultura en evolución: transformar espacios para la creatividad”, y 2276 “Chapinero protegido: Chapinero protegido: Dotación y mejora de equipamento para la seguridad” correspondiente a los excedentes financieros.
Que es necesario incorporar al presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2025, los recursos asignados por el CONFIS.
Que el Alcalde Local (E) presentó para estudio y aprobación de la Junta Administradora Local el proyecto acuerdo para la adición de recursos al Presupuesto de Ingresos y Gastos de la vigencia fiscal 2025 al Fondo de Desarrollo Local de Chapinero.
Que es función de la Junta Administradora Local aprobar las modificaciones que aumentan las apropiaciones autorizadas inicialmente por la Junta Administradora Local o no previstas para un objeto de gasto.
La Junta Administradora Local de Chapinero aprobó los excedentes financieros determinados por el CONFIS así: De la Circular 02 del 01 de abril de 2025, se aprobó la totalidad de los recursos 2 Carrera 13 N.º 54-74 PISO 4 y 5 Torre B PBX 3486200 Ext. 1037 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8423 • PP. 1-15 • 2025 • OCTUBRE • 7 15 asignados por valor de TRES MIL CIENTO OCHENTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS MCTE. ($3.184.399.857) y de la Circular 03 del 27 de junio de 2025, se aprobó un parcial de los recursos asignados por valor de SEISCIENTOS SIETE MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS ONCE PESOS MCTE. ($607.648.311).
Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,
ACUERDA:
Artículo 1º.
– Efectúese una adición al Presupuesto de Ingresos de la vigencia 2025 del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero, por valor de TRES MIL SETECIENTOS NOVENTA Y DOS MILLONES CUARENTA Y OCHO MIL CIENTO SESENTA Y OCHO PESOS MCTE. ($3.792.048.168), conforme al siguiente detalle:
CÓDIGO CONCEPTO VALOR O1 Ingresos 3.792.048.168 O12 Recursos de capital 3.792.048.168 TOTAL INGRESOS 3.792.048.168
Artículo 2º.
– Efectúese una adición en el Presupuesto de Gastos de Inversión de la vigencia 2025 del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero, por valor de TRES MIL SETECIENTOS NOVENTA Y DOS MILLONES CUARENTA Y OCHO MIL CIENTO SESENTA Y OCHO PESOS MCTE. ($3.792.048.168), conforme al siguiente detalle:
CÓDIGO CONCEPTO VALOR O2 Gastos 3.792.048.168 O23 Inversión 3.792.048.168 TOTAL GASTOS 3.792.048.168 3 Carrera 13 N.º 54-74 PISO 4 y 5 Torre B PBX 3486200 Ext. 1037 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8423 • PP. 1-16 • 2025 • OCTUBRE • 7 16
Artículo 3º.
- Comunicación. Una vez expedido el presente Acuerdo, comuníquese inmediatamente a la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, para lo de su competencia.
Artículo 4º.
- El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de sanción y publicación y deroga cualquier acuerdo local que le sea contrario.
Dado en Bogotá D.C., a los ( 28 ) días del mes de septiembre de dos mil veinticinco (2025).
Edil Ponente:
MARIAPAZ BUITRAGO ARISTIZABAL Edilesa Partido Centro Democrático EDIL JUAN NICOLÁS VELASCO ORJUELA Secretario Junta Administradora local FÉLIX ANDRÉS MILLÁN CHAUX Presidente Junta Administradora Local de Chapinero 4 Carrera 13 N.º 54-74 PISO 4 y 5 Torre B PBX 3486200 Ext. 1037 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8423 • PP. 1-17 • 2025 • OCTUBRE • 7 17 El Alcalde Local de Chapinero (E), sanciona el presente Acuerdo a los un (1) días del mes de octubre del año 2025.
DANIEL HERNANDO ORTIZ QUINTERO Alcalde Local de Chapinero (E)
5 Carrera 13 N.º 54-74 PISO 4 y 5 Torre B PBX 3486200 Ext. 1037 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8423 • PP. 1-18 • 2025 • OCTUBRE • 7 18 DECRETO LOCAL DE 2025 Página 1 de 4 DECRETO LOCAL No. 009 (19 de Septiembre de 2025)
“Por el cual se efectúa una modificación presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, para la vigencia fiscal 2025”
EL ALCALDE LOCAL DE SUMAPAZ En uso de sus facultades constitucionales, legales y en especial las que le confiere el artículo 32 del Decreto 158 del 21 de abril de 2025 y,
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 158 de 2025, en el Título 4. DE LAS MODIFICACIONES PRESUPUES- TALES en su artículo 32, establece: Modificaciones Presupuestales. Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente:
32.1. Traslado Presupuestal. Es la modificación que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales aprobados por la JAL. La disponibilidad de las apropiaciones para efectuar los traslados presupuestales será certificada por el responsable de Presupuesto del respectivo FDL.
Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el alcalde local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto.
(…). Todos los traslados de gastos de inversión requerirán del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.
Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los FDL que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por las JAL, se harán mediante decreto del alcalde local.
Que con el radicado No. 2-2025-47466 del 2 de septiembre de 2025, la Secretaría Distrital de Planeación, emitió concepto previo y favorable para el traslado presupuestal relacionado con los gastos de inversión.
Código: GDI-GPD-F034 Versión: 05 Vigencia: 11 de julio de 2024 Caso HOLA: 59797 Casa de la Cultura, Corregimiento de Betania. Centro Poblado de San Juan. Código postal: 112011 Tel. (601) 3387000 Línea gratuita: 195 Página web www.sumapaz.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8423 • PP. 1-19 • 2025 • OCTUBRE • 7 19 Continuación Decreto Número 009 Página 2 de 4 “Por el cual se efectúa una modificación presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, para la vigencia fiscal 2025”
Que mediante oficio No. 2025ER227419O1 del 12 de septiembre de 2025, la Dirección Distrital de Presupuesto emite concepto previo favorable considerando que el Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, efectuó los estudios técnicos, legales y financieros exigidos para realizar el ajuste presupuestal mediante el cual se efectúa un traslado al interior del Presupuesto de Gastos de Inversión de la vigencia 2025, por valor de MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE MILLONES SETENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS VEINTIDÓS PESOS M/CTE. ($1.687.072.222)
Que, dentro del Plan de Desarrollo Local de Sumapaz 2025 – 2028 “Bogotá Camina Segura” cuenta al interior de su presupuesto de inversión con los proyectos 2288 y 2327 que requieren adición de recursos para el cumplimiento de sus metas, de acuerdo con la justificación financiera y técnica. Por lo anterior, una vez analizada la ejecución del presupuesto de la vigencia fiscal 2025, del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, es procedente realizar un traslado presupuestal al interior del agregado de inversión.
Que, en mérito de lo anterior expuesto,
DECRETA:
Artículo primero.
Efectúese un contracrédito en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz para la Vigencia Fiscal 2025, por la suma de MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE MILLONES SETENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS VEINTIDÓS PESOS M/CTE. ($1.687.072.222), de acuerdo con el siguiente detalle:
CÓDIGO PRESUPUESTAL RUBRO VALOR O2 Gastos 1.687.072.222 O23 INVERSIÓN 1.687.072.222 O2301 DIRECTA 1.687.072.222 O230117 Bogotá Camina Segura 1.687.072.222 O23011745 Gobierno Territorial 1.687.072.222 Código: GDI-GPD-F034 Versión: 05 Vigencia: 11 de julio de 2024 Caso HOLA: 59797 Casa de la Cultura, Corregimiento de Betania. Centro Poblado de San Juan. Código postal: 112011 Tel. (601) 3387000 Línea gratuita: 195 Página web www.sumapaz.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8423 • PP. 1-20 • 2025 • OCTUBRE • 7 20 Continuación Decreto Número 009 Página 3 de 4 “Por el cual se efectúa una modificación presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, para la vigencia fiscal 2025”
CÓDIGO PRESUPUESTAL RUBRO VALOR O2301174599 1.687.072.222 Fortalecimiento a la gestión y dirección de la administración pública territorial O23011745992024231901000 Atención a víctimas en Sumapaz 200.000.000 O23011745992024233101000 Construcción e Intervención de equipamientos culturales 400.000.000 O23011745992024 236201000 Legalización y titulación de predios en Sumapaz 140.000.000 O23011745992024 239801000 Cuidado y protección para la población Vulnerable de Sumapaz 317.200.000 O23011745992024 248601000 Acciones para la promoción de la cultura, tradición y costumbres Sumapaceñas 40.000.000 O23011745992024 269601000 Participación incidente en Sumapaz 589.872.222 VALOR TOTAL CONTRACRÉDITOS 1.687.072.222
Artículo segundo.
Efectúese un crédito en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz para la Vigencia Fiscal 2025, por la suma de MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE MILLONES SETENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS VEINTIDÓS PESOS M/CTE. ($1.687.072.222), de acuerdo con el siguiente detalle:
CÓDIGO PRESUPUESTAL RUBRO VALOR O2 GASTOS 1.687.072.222 O23 INVERSIÓN 1.687.072.222 O2301 DIRECTA 1.687.072.222 O230117 Bogotá Camina Segura 1.687.072.222 O23011745 Gobierno Territorial 1.687.072.222 Código: GDI-GPD-F034 Versión: 05 Vigencia: 11 de julio de 2024 Caso HOLA: 59797 Casa de la Cultura, Corregimiento de Betania. Centro Poblado de San Juan. Código postal: 112011 Tel. (601) 3387000 Línea gratuita: 195 Página web www.sumapaz.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8423 • PP. 1-21 • 2025 • OCTUBRE • 7 21 Continuación Decreto Número 009 Página 4 de 4 “Por el cual se efectúa una modificación presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, para la vigencia fiscal 2025”
CÓDIGO PRESUPUESTAL RUBRO VALOR O2301174599 1.687.072.222 Fortalecimiento a la gestión y dirección de la administración pública territorial O23011745992024 228801000 Acciones para fortalecer las industrias culturales y creativas 40.000.000 O23011745992024 232701000 Fortalecimiento Institucional y sedes administrativas 1.647.072.222 VALOR TOTAL CRÉDITOS 1.687.072.222
Artículo tercero.
Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.
Artículo cuarto.
Remitir el presente Decreto a la Dirección Distrital de Presupuesto - Secretaría Distrital de Hacienda para los trámites pertinentes.
Artículo quinto.
Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Dado en Bogotá D.C., a los 19 días del mes de septiembre de 2025 PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado digitalmente por GARCIA BEJARANO DIEGO RAMIRO GARCIA BEJARANO DIEGO RAMIRO DIEGO RAMIRO GARCÍA BEJARANO Alcalde Local de Sumapaz Proyectó: Claudia Patricia Forero G. Prof. Responsable de Presupuesto Revisó y Aprobó: Bernardo Escobar Rivera– Prof. Univ. Del AGDL Código: GDI-GPD-F034 Versión: 05 Vigencia: 11 de julio de 2024 Caso HOLA: 59797 Casa de la Cultura, Corregimiento de Betania. Centro Poblado de San Juan. Código postal: 112011 Tel. (601) 3387000 Línea gratuita: 195 Página web www.sumapaz.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8423 • PP. 1-22 • 2025 • OCTUBRE • 7 22
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