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Registro Distrital 8401 de 2025

Registro Distrital 8401 de 2025 Nivel Distrital

Tipo
Registro Distrital
Número
8401
Año
2025
Fecha
8 de septiembre de 2025
Entidad
Nivel Distrital
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

5,5 ALCALDE MAYOR Carlos Fernando Galán Pachón REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 • No. 8401 - Pp 1 - 37 - 2025 • SEPTIEMBRE • 8 CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Descentralizado RESOLUCIONES 2025 INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO RESOLUCIÓN Nº 019 ¨Por la cual se efectúa modificación del presupuesto de Ingresos, Rentas y Gastos del Instituto Distrital de Turismo para la vigencia 2025¨.........................4 RESOLUCIÓN Nº 023 “Por la cual se actualizan y modifican disposiciones sobre conformación del Comité Institucional de oordinación de Control Interno del Instituto Distrital de Turismo creado por la Resolución 129 de 2018, modificada por la Resolución 052 de 31 de marzo de 2022 y la Resolución 011 de 2023”.............................8 RESOLUCIÓN Nº 061 ¨Por la cual se efectúa modificación del presupuesto de Ingresos, Rentas y Gastos del Instituto Distrital de Turismo para la vigencia 2025¨......................12 RESOLUCIÓN Nº 062 ¨Por la cual se efectúa modificación del presupuesto de Ingresos, Rentas y Gastos del Instituto Distrital de Turismo para la vigencia 2025¨.....................17 RESOLUCIÓN Nº 063 ¨Por la cual se efectúa modificación del presupuesto de Ingresos, Rentas y Gastos del Instituto Distrital de Turismo para la vigencia 2025¨.....................21 RESOLUCIÓN Nº 064 ¨Por la cual se adiciona la caja menor del Instituto Distrital de Turismo para la vigencia fiscal 2025”........................................................................................27 RESOLUCIÓN Nº 066 “Por medio de la cual se adopta el Sistema de Gestión de Documentos Electrónicos de Archivo -SGDEA ORFEO en el Instituto Distrital de Turismo - IDT y se dictan otras disposiciones”................................................................30 CIRCULAR 2025 INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO - SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA CIRCULAR Nº 06 Directrices para la Transición al Nuevo Sistema de Gestión Documental SGDEA
- ORFEO.........................................................................................................35 AÑO 59 NÚMERO 8401 8 • SEPTIEMBRE • 2025 SECRETARÍA GENERAL ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL.

LA PUBLICACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS EN EL REGISTRO DISTRITAL SE REALIZA DE ACUERDO A LA LEY 1437 DEL 2011 EN SU ARTÍCULO 65 MODIFICADO POR LA LEY 2080 DE 2021 “POR LA CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO”.

CORREO: REGISTRODISTRITAL@ALCALDIABOGOTA.GOV.CO DIRECCIÓN: CALLE 11 SUR #1-60 ESTE - LA MARÍA - BOGOTÁ D.C.

TELÉFONO: 381 3000 EXT. 5010 - 5202 SUBDIRECTORA IMPRENTA DISTRITAL: MARÍA ANGÉLICA PUMAREJO HINOJOSA RESOLUCIONES DE 2025 019 14 de febrero de 2025 RESOLUCIÓN No. ____________ DE _____________ ¨Por la cual se efectúa modificación del presupuesto de Ingresos, Rentas y Gastos del Instituto Distrital de Turismo para la vigencia 2025¨ EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el literal b) del artículo 5 del Acuerdo 275 de 2007 del Concejo de Bogotá D.C., el artículo 10 del Decreto Distrital 192 de 2021, el literal b) del artículo 18 del Acuerdo 001 de 2007, el artículo 1 del Acuerdo 006 de 2016 y los numerales 1 y 3 del artículo 6º del Acuerdo 7 de 2022 de la Junta Directiva, y

CONSIDERANDO:

Que, el Instituto Distrital de Turismo es un establecimiento público del orden Distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera, y patrimonio propio, adscrito a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico.

Que el artículo 10 del Decreto Distrital No. 192 de 2021 dispone que “Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos”.

Que, de conformidad con el literal b del Artículo 4 del Acuerdo Distrital 275 de 2007, es función de la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo “Aprobar los planes, programas, proyectos y presupuesto del Instituto, así como las modificaciones que se hagan a los mismos, de acuerdo con las disposiciones distritales vigentes sobre el tema y que sean de su competencia de acuerdo con su reglamento”.

Que, mediante Acuerdo 006 de fecha 1° de Septiembre de 2016, la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo autoriza al Director General para efectuar, a través de acto administrativo, los traslados presupuestales que se requieran para el presupuesto de funcionamiento, cuando éstos correspondan a valores inferiores o iguales a 202 S.M.M.L.V, es decir que para la vigencia 2024, la autorización es hasta $$287.547.000, sin necesidad de adelantar el trámite de aprobación ante la Junta Directiva, previo cumplimiento de los requisitos dispuestos por la Secretaría Distrital de Hacienda.

Carrera 10 No 28 – 49 Edificio Centro Internacional Torre A – Piso 23 Código Postal 110311 Conmutador: (601) 2170711 ext. 1000 www.idt.gov.co GD-F10-V23 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8401 • PP. 1-4 • 2025 • SEPTIEMBRE • 8 4 019 14 de febrero de 2025 RESOLUCIÓN No. ____________ DE _____________ ¨Por la cual se efectúa modificación del presupuesto de Ingresos, Rentas y Gastos del Instituto Distrital de Turismo para la vigencia 2025¨ Que, el parágrafo del Artículo 10 del Decreto Distrital 192 de 2021 exceptúa del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda cuando se efectúen modificaciones en gastos de funcionamiento al interior de los siguientes rubros:

“Parágrafo. Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan at mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales)”.

Que artículo 31 del decreto 470 del 27 de diciembre de 2024, de liquidación del presupuesto del distrito de Bogotá para vigencia 2.025, permite hacer modificaciones presupuestales al interior de los componentes de gastos:

“Durante la vigencia 2025, las modificaciones en el presupuesto de Gastos de Funcionamiento y del servicio de la deuda por traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen los gastos de personal, adquisición de bienes y servicios, transferencias corrientes, disminución de pasivos y gastos por tributos, tasas, contribuciones, multas, sanciones e intereses de mora, capital, intereses y comisiones de la deuda interna o externa, se harán mediante resolución expedida por el representante legal de la entidad respectiva o por Decreto del Alcalde(sa) Local, previo cumplimiento de los requisitos establecidos por la Secretaría Distrital de 1-lacienda-Dirección Distrital de Presupuesto para tal fin.”

Que, el IDT requiere efectuar un traslado entre los rubros presupuestales que componen los gastos de personal, sin concepto previo de la Secretaría Distrital de Hacienda, por valor de $34.200.000, para cubrir el pago de la indemnización por vacaciones de los ex funcionarios de la entidad CLAUDIA STELLA DEL TRÁNSITO AGUDELO HERNANDEZ identificada con C.C. No. 51.663.626 profesional Especializado Código 222 Grado 04 asignada a la Subdirección de Desarrollo y Competitividad, YINNA ALEXANDRA MUÑOZ BARBOSA identificada con C.C. No. 53.103.576 Subdirector Técnico Código 068 Grado 01 – Mercadeo de la planta de empleos de la entidad, ESTEFANIA OROZCO SÁNCHEZ identificada con C.C. No. 1.012.447.475 Profesional Universitario Código 219 grado 02 – Oficina Jurídica, de la planta de la Carrera 10 No 28 – 49 Edificio Centro Internacional Torre A – Piso 23 Código Postal 110311 Conmutador: (601) 2170711 ext. 1000 www.idt.gov.co GD-F10-V23 Página 2 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8401 • PP. 1-5 • 2025 • SEPTIEMBRE • 8 5 019 14 de febrero de 2025 RESOLUCIÓN No. ____________ DE _____________ ¨Por la cual se efectúa modificación del presupuesto de Ingresos, Rentas y Gastos del Instituto Distrital de Turismo para la vigencia 2025¨ entidad y JUAN CAMILO ORTIZ ZABALA BARBOSA identificado con C.C. No. 1.018.440.036 jefe de Oficina Código 006 Grado 01 – Oficina Jurídica de la planta de empleos de la entidad.

Que se identificaron los siguientes rubros presupuestales que componen los gastos de personal que presentan mayores y menores saldos para contracreditarlos y acreditarlos respectivamente.

CÓDIGO NOMBRE CONTRACRÉDITO CRÉDITO O211010100101 Sueldo básico 34.200.000 O211010300102 Indemnización por vacaciones 34.200.000 TOTAL 34.200.000 34.200.000 Que, de conformidad con el numeral 3 del Artículo 14 del Acuerdo 07 de 2022 expedido por la Junta Directiva del Instituto, se determinó la necesidad de efectuar una modificación al presupuesto de funcionamiento, consistente en un traslado presupuestal por valor de $34.200.000.

Que como se indicó en precedencia, la presente modificación presupuestal se realiza entre rubros de gastos de personal, para garantizar el pago de indemnización e vacaciones de exfuncionarios del IDT; por lo que no requiere concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda, en atención al citado parágrafo del artículo 10 del Decreto Distrital 192 de 2021 y el artículo 31 del decreto 470 del 27 de diciembre de 2.024.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1.

TRASLADO: Efectuar el siguiente traslado presupuestal de Gastos de Funcionamiento en el presupuesto del Instituto Distrital de Turismo, por la suma de $34.200.000, entre los rubros presupuestales dispuestos en el catálogo de cuentas.

0221-01 INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO CONTRACRÉDITOS CÓDIGO NOMBRE VALOR O211010100101 Sueldo básico 34.200.000 TOTAL CONTRACRÉDITOS 34.200.000 Carrera 10 No 28 – 49 Edificio Centro Internacional Torre A – Piso 23 Código Postal 110311 Conmutador: (601) 2170711 ext. 1000 www.idt.gov.co GD-F10-V23 Página 3 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8401 • PP. 1-6 • 2025 • SEPTIEMBRE • 8 6 019 14 de febrero de 2025 RESOLUCIÓN No. ____________ DE _____________ ¨Por la cual se efectúa modificación del presupuesto de Ingresos, Rentas y Gastos del Instituto Distrital de Turismo para la vigencia 2025¨ 0221-01 INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO CRÉDITOS CÓDIGO NOMBRE VALOR O211010300102 Indemnización por vacaciones 34.200.000 TOTAL CRÉDITOS 34.200.000

Artículo 2.

REMISIÓN: Remítase copias de la presente Resolución a la Secretaría de Hacienda Distrital y demás oficinas competentes.

Artículo 3.

VIGENCIA: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. catorce (14) dias del mes de febrero de 2025 Dada en Bogotá D. C., a los______________________________.

ANDRES SANTAMARIA GARRIDO Director General Nombres completos y apellidos Cargo, Dependencia Firma Proyectado por: Dumar Ernesto Carvajal Carrillo Profesional Especializado de Presupuesto SGC Proyectado por: Germán Alberto Montoya Castaño Profesional Especializado de Nómina SGC Aprobado por: Danery Buitrago Gómez Subdirectora de Gestión Corporativa Revisado por: Tatiana López Rojas Asesora de Dirección Los arriba firmantes declaramos que hemos revisado el presente documento y lo encontramos ajustado a las normas y disposiciones legales. Así mismo, la información contenida en él, es precisa, correcta, veraz y completa, y por lo tanto, lo presentamos para firma del Director General del Instituto Distrital de Turismo.

Carrera 10 No 28 – 49 Edificio Centro Internacional Torre A – Piso 23 Código Postal 110311 Conmutador: (601) 2170711 ext. 1000 www.idt.gov.co GD-F10-V23 Página 4 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8401 • PP. 1-7 • 2025 • SEPTIEMBRE • 8 7 023 20 de febrero de 2025 RESOLUCIÓN No. ____________ DE _____________ “Por la cual se actualizan y modifican disposiciones sobre conformación del Comité Institucional de Coordinación de Control Interno del Instituto Distrital de Turismo creado por la Resolución 129 de 2018, modificada por la Resolución 052 de 31 de marzo de 2022 y la Resolución 011 de 2023”

EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO En uso de sus facultades legales y en especial las que le confieren el artículo 2.2.21.1.5 del Decreto 1083 de 2015, los literales b) y e) del artículo 5 del Acuerdo No. 275 de 2007 del Concejo de Bogotá, y los numerales 3, 5, 7, 10, del articulo 6 del acuerdo 07 del 31 de octubre de 2022 de la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo.

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Distrital de Turismo -IDT, fue creado mediante el Acuerdo 275 de 2007, como un establecimiento público del orden Distrital, adscrito a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico -SDDE, cuyo objeto es “La ejecución de las políticas y planes y programas para la promoción del turismo y el posicionamiento del Distrito Capital como “Destino Turístico Sostenible”

Que el Artículo 209 de la Constitución Política establece que la función administrativa debe estar al servicio de los intereses generales de la ciudadanía y se desarrollan con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, delegación y desconcentración de funciones.

Que el artículo 13 de la Ley 87 de 1993 establece que los organismos y entidades del Estado, en sus diferentes órdenes y niveles, deben establecer un Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno, de acuerdo con la naturaleza de las funciones propias de la organización.

Que en concordancia con lo anterior, el artículo 2.2.21.1.5 del Decreto 1083 de 2015 dispone que las entidades y organismos del Estado están obligadas a establecer un Comité Institucional de Coordinación de Control Interno como órgano asesor e instancia decisoria en los asuntos de control interno.

Que el artículo 2.2.23.1 de la misma norma señala que el Sistema de Control Interno se articulará al Sistema de Gestión en el marco del Modelo Integrado de Planeación y Gestión
- MIPG, a través de los mecanismos de control y verificación que permiten el cumplimiento de los objetivos y el logro de resultados de las entidades. El Control Interno es transversal a Carrera 10 No 28 – 49 Edificio Centro Internacional Torre A – Piso 23 Código Postal 111311 Conmutador: 2170711 Ext. 101 www.idt.gov.co GD-F10-V22 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8401 • PP. 1-8 • 2025 • SEPTIEMBRE • 8 8 023 20 de febrero de 2025 RESOLUCIÓN No. ____________ DE _____________ “Por la cual se actualizan y modifican disposiciones sobre conformación del Comité Institucional de Coordinación de Control Interno del Instituto Distrital de Turismo creado por la Resolución 129 de 2018, modificada por la Resolución 052 de 31 de marzo de 2022 y la Resolución 011 de 2023” la gestión y desempeño de las entidades y se implementa a través del Modelo Estándar de Control Interno -- MECI.

Que mediante la Resolución 129 del 26 de julio de 2018, se creó el Comité Institucional de Coordinación de Control Interno del Instituto Distrital de Turismo, que fue actualizado y modificado sobre su conformación, funcionamiento y reglamento interno por medio de la Resolución No 052 del 31 de marzo de 2022 y la Resolución No. 011 del 18 de enero de 2023.

Que mediante la Resolución No. 011 de 2023, se modificó el articulo 1 de la Resolución 052 de 2022, y está a su vez modifico el artículo 3 de la Resolución 129 de 2018, a través del cual se definió la conformación del Comité Institucional de Coordinación de Control Interno del Instituto Distrital de Turismo.

Que la Resolución 277 de 2021, mediante el artículo 8 estableció el funcionamiento del Comité Institucional de Coordinación de Control Interno, cuyas funciones tienen alcance en el desarrollo del proceso de Evaluación y además articula las instancias y comités institucionales en el Instituto Distrital de Turismo.

Que mediante la sesión del Comité Institucional de Coordinación de Control Interno, realizada el día 18 de diciembre de 2024, los miembros aprobaron por unanimidad, según consta en el Acta N° 05 de esa fecha, la exclusión de El/La Jefe de la Oficina de Control Disciplinario Interno como miembro de este Comité, teniendo en consideración que la Oficina de Control Disciplinario Interno, es la dependencia encargada de conocer y fallar en primera instancia los procesos disciplinarios que se adelanten contra los servidores de la entidad, razón por la cual se requiere garantizar su independencia como operador disciplinario de la entidad.

Que la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo, mediante acuerdo 07 del 31 de octubre de 2022, modificó la Estructura Organizacional del Instituto Distrital de Turismo IDT y el acuerdo 09 del 31 de octubre de 2022, modificó la planta de personal del Instituto Distrital de turismo IDT.

Carrera 10 No 28 – 49 Edificio Centro Internacional Torre A – Piso 23 Código Postal 110311 Conmutador: (601) 2170711 ext. 1000 www.idt.gov.co GD-F10-V23 Página 2 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8401 • PP. 1-9 • 2025 • SEPTIEMBRE • 8 9 023 20 de febrero de 2025 RESOLUCIÓN No. ____________ DE _____________ “Por la cual se actualizan y modifican disposiciones sobre conformación del Comité Institucional de Coordinación de Control Interno del Instituto Distrital de Turismo creado por la Resolución 129 de 2018, modificada por la Resolución 052 de 31 de marzo de 2022 y la Resolución 011 de 2023”

Que, en cumplimiento de las disposiciones legales enunciadas, es necesario actualizar, modificar disposiciones sobre conformación del Comité Institucional de Coordinación de Control Interno del Instituto Distrital de Turismo.

Que, con fundamento en las anteriores consideraciones,

RESUELVE:

Artículo 1.

Modifíquese el artículo 1 de la Resolución 011 de 2023, el cual quedará así:

Artículo 3.

Integración del Comité Institucional de Coordinación de Control Interno. El Comité Institucional de Coordinación de Control Interno está integrado por:

1. El Director (a) General del Instituto Distrital de Turismo o su delegado/a quien lo asistirá en su representación, quien lo presidirá.

2. El/La Subdirector(a) de Desarrollo y Competitividad.

3. El/La Subdirector(a) de Mercadeo.

4. El/La Subdirector(a) de Inteligencia y Gestión de Tecnologías de la información

5. El/La Subdirector (a) de Planeación

6. El/La Subdirector (a) de Gestión Corporativa

7. El/La Jefe de la Oficina Jurídica

8. El/La Asesor(a) de Despacho designado por la Dirección.

9. El/La Asesor(a) de Comunicaciones.

10. El/La Asesor (a) de Control Interno.

Carrera 10 No 28 – 49 Edificio Centro Internacional Torre A – Piso 23 Código Postal 110311 Conmutador: (601) 2170711 ext. 1000 www.idt.gov.co GD-F10-V23 Página 3 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8401 • PP. 1-10 • 2025 • SEPTIEMBRE • 8 10 023 20 de febrero de 2025 RESOLUCIÓN No. ____________ DE _____________ “Por la cual se actualizan y modifican disposiciones sobre conformación del Comité Institucional de Coordinación de Control Interno del Instituto Distrital de Turismo creado por la Resolución 129 de 2018, modificada por la Resolución 052 de 31 de marzo de 2022 y la Resolución 011 de 2023” veinte (20) dias del mes de febrero de 2025

Artículo 2.

Las demás disposiciones de la Resolución 052 de 31 de marzo de 2022, continúan vigentes

Artículo 3.

Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga la Resolución 011 de 2023.

Dada en Bogotá D. C., a los COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado digitalmente por ANDRES SANTAMARIA GARRIDO Fecha: 2025.02.20 17:56:31 -05'00' ANDRES SANTAMARIA GARRIDO ANDRES SANTAMARÍA GARRIDO Director General Nombres completos y apellidos Cargo, Dependencia Firma Proyectado por: Silenia Neira Torres Contratista de Control Interno Gilberto Antonio Suarez Asesor de Control Interno Revisado por:

Revisado Por: Adriana Puente Plaza Contratista Oficina Jurídica Claudia Marcela Peña Castro Jefe de Oficina Jurídica (E)

Aprobado para firma por: (Subdirector(a) / Asesor(a)

Los arriba firmantes declaramos que hemos revisado el presente documento y lo encontramos ajustado a las normas y disposiciones legales. Así mismo, la información contenida en él, es precisa, correcta, veraz y completa, y por lo tanto, lo presentamos para firma de la Director del Instituto Distrital de Turismo.

Carrera 10 No 28 – 49 Edificio Centro Internacional Torre A – Piso 23 Código Postal 110311 Conmutador: (601) 2170711 ext. 1000 www.idt.gov.co GD-F10-V23 Página 4 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8401 • PP. 1-11 • 2025 • SEPTIEMBRE • 8 11 061 05 de agosto de 2025 RESOLUCIÓN No. ____________ DE _____________ ¨Por la cual se efectúa modificación del presupuesto de Ingresos, Rentas y Gastos del Instituto Distrital de Turismo para la vigencia 2025¨ EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el literal b) del artículo 5 del Acuerdo 275 de 2007 del Concejo de Bogotá D.C., el artículo 10 del Decreto Distrital 192 de 2021, el literal b) del artículo 18 del Acuerdo 001 de 2007, el artículo 1 del Acuerdo 006 de 2016 y los numerales 1 y 3 del artículo 6º del Acuerdo 7 de 2022 de la Junta Directiva, y

CONSIDERANDO:

Que, el Instituto Distrital de Turismo es un establecimiento público del orden Distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera, y patrimonio propio, adscrito a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico.

Que el artículo 10 del Decreto Distrital No. 192 de 2021 dispone que “Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos”.

Que, de conformidad con el literal b del Artículo 4 del Acuerdo Distrital 275 de 2007, es función de la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo “Aprobar los planes, programas, proyectos y presupuesto del Instituto, así como las modificaciones que se hagan a los mismos, de acuerdo con las disposiciones distritales vigentes sobre el tema y que sean de su competencia de acuerdo con su reglamento”.

Que, mediante Acuerdo 006 de fecha 1° de Septiembre de 2016, la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo autoriza al Director General para efectuar, a través de acto administrativo, los traslados presupuestales que se requieran para el presupuesto de funcionamiento, cuando éstos correspondan a valores inferiores o iguales a 202 S.M.M.L.V, es decir que para la vigencia 2025, la autorización es hasta $287.547.000, sin necesidad de Carrera 10 No 28 – 49 Edificio Centro Internacional Torre A – Piso 23 Código Postal 110311 Conmutador: (601) 2170711 ext. 1000 www.idt.gov.co GD-F10-V23 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8401 • PP. 1-12 • 2025 • SEPTIEMBRE • 8 12 061 05 de agosto de 2025 RESOLUCIÓN No. ____________ DE _____________ ¨Por la cual se efectúa modificación del presupuesto de Ingresos, Rentas y Gastos del Instituto Distrital de Turismo para la vigencia 2025¨ adelantar el trámite de aprobación ante la Junta Directiva, previo cumplimiento de los requisitos dispuestos por la Secretaría Distrital de Hacienda.

Que, el parágrafo del Artículo 10 del Decreto Distrital 192 de 2021 exceptúa del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda cuando se efectúen modificaciones en gastos de funcionamiento al interior de los siguientes rubros:

“Parágrafo. Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan at mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales)”.

Que artículo 31 del decreto 470 del 27 de diciembre de 2024, de liquidación del presupuesto del distrito de Bogotá para vigencia 2.025, permite hacer modificaciones presupuestales al interior de los componentes de gastos:

“Durante la vigencia 2025, las modificaciones en el presupuesto de Gastos de Funcionamiento y del servicio de la deuda por traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen los gastos de personal, adquisición de bienes y servicios, transferencias corrientes, disminución de pasivos y gastos por tributos, tasas, contribuciones, multas, sanciones e intereses de mora, capital, intereses y comisiones de la deuda interna o externa, se harán mediante resolución expedida por el representante legal de la entidad respectiva o por Decreto del Alcalde(sa) Local, previo cumplimiento de los requisitos establecidos por la Secretaría Distrital de 1-lacienda-Dirección Distrital de Presupuesto para tal fin.”

Que, el IDT requiere trasladar $36.237.302 al rubro “O2120202010 Viáticos de los funcionarios en comisión”, con el fin cubrir los gatos de viáticos de funcionarios del Instituto en las delegaciones respectivas.

Carrera 10 No 28 – 49 Edificio Centro Internacional Torre A – Piso 23 Código Postal 110311 Conmutador: (601) 2170711 ext. 1000 www.idt.gov.co GD-F10-V23 Página 2 de 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8401 • PP. 1-13 • 2025 • SEPTIEMBRE • 8 13 061 05 de agosto de 2025 RESOLUCIÓN No. ____________ DE _____________ ¨Por la cual se efectúa modificación del presupuesto de Ingresos, Rentas y Gastos del Instituto Distrital de Turismo para la vigencia 2025¨ Que se identificaron los siguientes rubros presupuestales que componen los gastos de adquisición bienes y servicios que presentan mayores y menores saldos para contracreditarlos y acreditarlos respectivamente.

CÓDIGO NOMBRE CONTRACRÉDITO CRÉDITO O21202020070272112 36.237.302 Servicios de alquiler o arrendamiento con o sin opción de compra, relativos a bienes inmuebles no residenciales (diferentes a vivienda), propios o arrendados O2120202010 Viáticos de los funcionarios en comisión 36.237.302 TOTAL 36.237.302 36.237.302 Que, de conformidad con el numeral 3 del Artículo 14 del Acuerdo 07 de 2022 expedido por la Junta Directiva del Instituto, se determinó la necesidad de efectuar una modificación al presupuesto de funcionamiento, consistente en un traslado presupuestal por valor de $36.237.302 Que, como se indicó en precedencia, la presente modificación presupuestal se realiza entre rubros de Gastos de Funcionamiento al interior de los rubros presupuestales que componen la adquisición de bienes y servicios, para el suministro de combustible a los dos vehículos de propiedad del IDT; por lo que no requiere concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda, en atención al citado parágrafo del artículo 10 del Decreto Distrital 192 de 2021 y el artículo 31 del decreto 470 del 27 de diciembre de 2.024.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1.

TRASLADO: Efectuar el siguiente traslado presupuestal de Gastos de Funcionamiento en el presupuesto del Instituto Distrital de Turismo, por la suma de $36.237.302, entre los rubros presupuestales dispuestos en el catálogo de cuentas.

Carrera 10 No 28 – 49 Edificio Centro Internacional Torre A – Piso 23 Código Postal 110311 Conmutador: (601) 2170711 ext. 1000 www.idt.gov.co GD-F10-V23 Página 3 de 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8401 • PP. 1-14 • 2025 • SEPTIEMBRE • 8 14 061 05 de agosto de 2025 RESOLUCIÓN No. ____________ DE _____________ ¨Por la cual se efectúa modificación del presupuesto de Ingresos, Rentas y Gastos del Instituto Distrital de Turismo para la vigencia 2025¨ 0221-01 INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO CONTRACRÉDITOS CÓDIGO NOMBRE VALOR O21202020070272112 36.237.302 Servicios de alquiler o arrendamiento con o sin opción de compra, relativos a bienes inmuebles no residenciales (diferentes a vivienda), propios o arrendados TOTAL CONTRACRÉDITOS 36.237.302 0221-01 INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO CRÉDITOS CÓDIGO NOMBRE VALOR O2120202010 Viáticos de los funcionarios en comisión 36.237.302 TOTAL CRÉDITOS 36.237.302

Artículo 2.

REMISIÓN: Remítase copias de la presente Resolución a la Secretaría de Hacienda Distrital y demás oficinas competentes.

Artículo 3.

VIGENCIA: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. cinco (05) dias del mes de agosto de 2025 Dada en Bogotá D. C., a los______________________________.

ANDRES SANTAMARIA GARRIDO Firmado digitalmente por ANDRES SANTAMARIA GARRIDO Fecha: 2025.08.05 17:07:32 -05'00' ANDRES SANTAMARIA GARRIDO Director General Nombres completos y apellidos Cargo, Dependencia Firma Proyectado por: Dumar Ernesto Carvajal Carrillo Profesional Especializado de Presupuesto SGC Proyectado por: Diego Manuel Vargas Medina Profesional Universitario Talento humano SGC Revisado por Tatiana López Rojas Subdirectora de Gestión Corporativa E. Los arriba firmantes declaramos que hemos revisado el presente documento y lo encontramos ajustado a las normas y disposiciones legales. Así mismo, la información contenida en él, es precisa, correcta, veraz y completa, y por lo tanto, lo presentamos para firma del Director General del Instituto Distrital de Turismo.

Carrera 10 No 28 – 49 Edificio Centro Internacional Torre A – Piso 23 Código Postal 110311 Conmutador: (601) 2170711 ext. 1000 www.idt.gov.co GD-F10-V23 Página 4 de 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8401 • PP. 1-15 • 2025 • SEPTIEMBRE • 8 15 061 05 de agosto de 2025 RESOLUCIÓN No. ____________ DE _____________ ¨Por la cual se efectúa modificación del presupuesto de Ingresos, Rentas y Gastos del Instituto Distrital de Turismo para la vigencia 2025¨ Carrera 10 No 28 – 49 Edificio Centro Internacional Torre A – Piso 23 Código Postal 110311 Conmutador: (601) 2170711 ext. 1000 www.idt.gov.co GD-F10-V23 Página 5 de 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8401 • PP. 1-16 • 2025 • SEPTIEMBRE • 8 16 062 12 de agosto de 2025 RESOLUCIÓN No. ____________ DE _____________ ¨Por la cual se efectúa modificación del presupuesto de Ingresos, Rentas y Gastos del Instituto Distrital de Turismo para la vigencia 2025¨ EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el literal b) del artículo 5 del Acuerdo 275 de 2007 del Concejo de Bogotá D.C., el artículo 10 del Decreto Distrital 192 de 2021, el literal b) del artículo 18 del Acuerdo 001 de 2007, el artículo 1 del Acuerdo 006 de 2016 y los numerales 1 y 3 del artículo 6º del Acuerdo 7 de 2022 de la Junta Directiva, y

CONSIDERANDO:

Que, el Instituto Distrital de Turismo es un establecimiento público del orden Distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera, y patrimonio propio, adscrito a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico.

Que el artículo 10 del Decreto Distrital No. 192 de 2021 dispone que “Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos”.

Que, de conformidad con el literal b del Artículo 4 del Acuerdo Distrital 275 de 2007, es función de la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo “Aprobar los planes, programas, proyectos y presupuesto del Instituto, así como las modificaciones que se hagan a los mismos, de acuerdo con las disposiciones distritales vigentes sobre el tema y que sean de su competencia de acuerdo con su reglamento”.

Que, mediante Acuerdo 006 de fecha 1° de Septiembre de 2016, la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo autoriza al Director General para efectuar, a través de acto administrativo, los traslados presupuestales que se requieran para el presupuesto de funcionamiento, cuando éstos correspondan a valores inferiores o iguales a 202 S.M.M.L.V, es decir que para la vigencia 2024, la autorización es hasta $$287.547.000, sin necesidad de adelantar el trámite de aprobación ante la Junta Directiva, previo cumplimiento de los requisitos dispuestos por la Secretaría Distrital de Hacienda.

Carrera 10 No 28 – 49 Edificio Centro Internacional Torre A – Piso 23 Código Postal 110311 Conmutador: (601) 2170711 ext. 1000 www.idt.gov.co GD-F10-V23 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8401 • PP. 1-17 • 2025 • SEPTIEMBRE • 8 17 062 12 de agosto de 2025 RESOLUCIÓN No. ____________ DE _____________ ¨Por la cual se efectúa modificación del presupuesto de Ingresos, Rentas y Gastos del Instituto Distrital de Turismo para la vigencia 2025¨ Que, el parágrafo del Artículo 10 del Decreto Distrital 192 de 2021 exceptúa del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda cuando se efectúen modificaciones en gastos de funcionamiento al interior de los siguientes rubros:

“Parágrafo. Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan at mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales)”.

Que artículo 31 del decreto 470 del 27 de diciembre de 2024, de liquidación del presupuesto del distrito de Bogotá para vigencia 2.025, permite hacer modificaciones presupuestales al interior de los componentes de gastos:

“Durante la vigencia 2025, las modificaciones en el presupuesto de Gastos de Funcionamiento y del servicio de la deuda por traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen los gastos de personal, adquisición de bienes y servicios, transferencias corrientes, disminución de pasivos y gastos por tributos, tasas, contribuciones, multas, sanciones e intereses de mora, capital, intereses y comisiones de la deuda interna o externa, se harán mediante resolución expedida por el representante legal de la entidad respectiva o por Decreto del Alcalde(sa) Local, previo cumplimiento de los requisitos establecidos por la Secretaría Distrital de 1-lacienda-Dirección Distrital de Presupuesto para tal fin.”

Que, el IDT requiere realizar un traslado presupuestal de gastos de funcionamiento al interior de los rubros de gastos de personal, para cubrir el pago de la indemnización por vacaciones de la ex funcionaria de la entidad DANERY BUITRAGO GÓMEZ identificada con C.C. No. 66.834.397 Subdirector Técnico Código 068 Grado 01 – Gestión Corporativa de la planta de empleos de la entidad Que se identificaron los siguientes rubros presupuestales que componen los gastos de adquisición bienes y servicios que presentan mayores y menores saldos para contracreditarlos y acreditarlos respectivamente.

CÓDIGO NOMBRE CONTRA CRÉDITO CRÉDITO Carrera 10 No 28 – 49 Edificio Centro Internacional Torre A – Piso 23 Código Postal 110311 Conmutador: (601) 2170711 ext. 1000 www.idt.gov.co GD-F10-V23 Página 2 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8401 • PP. 1-18 • 2025 • SEPTIEMBRE • 8 18 062 12 de agosto de 2025 RESOLUCIÓN No. ____________ DE _____________ ¨Por la cual se efectúa modificación del presupuesto de Ingresos, Rentas y Gastos del Instituto Distrital de Turismo para la vigencia 2025¨ O211010100101 Sueldo básico 15.000.000 O211010300102 Indemnización por vacaciones 15.000.000 TOTAL 15.000.000 15.000.000 Que, de conformidad con el numeral 3 del Artículo 14 del Acuerdo 07 de 2022 expedido por la Junta Directiva del Instituto, se determinó la necesidad de efectuar una modificación al presupuesto de funcionamiento, consistente en un traslado presupuestal por valor de $15.000.000 Que, como se indicó en precedencia, la presente modificación presupuestal se realiza entre rubros de Gastos de Funcionamiento al interior de los rubros presupuestales de gastos de personal, para cubrir el pago de la indemnización por vacaciones de ex funcionarios de la entidad; por lo que no requiere concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda, en atención al citado parágrafo del artículo 10 del Decreto Distrital 192 de 2021 y el artículo 31 del decreto 470 del 27 de diciembre de 2.024.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1.

TRASLADO: Efectuar el siguiente traslado presupuestal de Gastos de Funcionamiento en el presupuesto del Instituto Distrital de Turismo, por la suma de $15.000.000, entre los rubros presupuestales dispuestos en el catálogo de cuentas.

0221-01 INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO CONTRACRÉDITOS CÓDIGO NOMBRE VALOR O211010100101 Sueldo básico 15.000.000 TOTAL CRÉDITOS 15.000.000 0221-01 INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO CRÉDITOS CÓDIGO NOMBRE VALOR O211010300102 Indemnización por vacaciones 15.500.000 TOTAL CRÉDITOS 15.000.000 Carrera 10 No 28 – 49 Edificio Centro Internacional Torre A – Piso 23 Código Postal 110311 Conmutador: (601) 2170711 ext. 1000 www.idt.gov.co GD-F10-V23 Página 3 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8401 • PP. 1-19 • 2025 • SEPTIEMBRE • 8 19 062 12 de agosto de 2025 RESOLUCIÓN No. ____________ DE _____________ ¨Por la cual se efectúa modificación del presupuesto de Ingresos, Rentas y Gastos del Instituto Distrital de Turismo para la vigencia 2025¨

Artículo 2.

REMISIÓN: Remítase copias de la presente Resolución a la Secretaría de Hacienda Distrital y demás oficinas competentes.

Artículo 3.

VIGENCIA: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. doce (12) dias del mes de agosto de 2025 Dada en Bogotá D. C., a los______________________________.

Firmado digitalmente por ANDRES SANTAMARIA GARRIDO Fecha: 2025.08.12 17:16:10 -05'00' ANDRES SANTAMARIA GARRIDO ANDRES SANTAMARIA GARRIDO Director General Nombres completos y apellidos Cargo, Dependencia Firma Proyectado por: Dumar Ernesto Carvajal Carrillo Profesional Especializado de Presupuesto SGC Proyectado por: German Antonio Montoya Castaño Profesional Especializado de Nómina SGC Aprobado por:: Tatiana López Rojas Subdirectora de Gestión Corporativa Los arriba firmantes declaramos que hemos revisado el presente documento y lo encontramos ajustado a las normas y disposiciones legales. Así mismo, la información contenida en él, es precisa, correcta, veraz y completa, y por lo tanto, lo presentamos para firma del Director General del Instituto Distrital de Turismo.

Carrera 10 No 28 – 49 Edificio Centro Internacional Torre A – Piso 23 Código Postal 110311 Conmutador: (601) 2170711 ext. 1000 www.idt.gov.co GD-F10-V23 Página 4 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8401 • PP. 1-20 • 2025 • SEPTIEMBRE • 8 20 063 12 de agosto de 2025 RESOLUCIÓN No. ____________ DE _____________ ¨Por la cual se efectúa modificación del presupuesto de Ingresos, Rentas y Gastos del Instituto Distrital de Turismo para la vigencia 2025¨ EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el literal b) del artículo 5 del Acuerdo 275 de 2007 del Concejo de Bogotá D.C., el artículo 10 del Decreto Distrital 192 de 2021, el literal b) del artículo 18 del Acuerdo 001 de 2007, el artículo 1 del Acuerdo 006 de 2016 y los numerales 1 y 3 del artículo 6º del Acuerdo 7 de 2022 de la Junta Directiva, y

CONSIDERANDO:

Que, el Instituto Distrital de Turismo es un establecimiento público del orden Distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera, y patrimonio propio, adscrito a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico.

Que el artículo 10 del Decreto Distrital No. 192 de 2021 dispone que “Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos”.

Que, de conformidad con el literal b del Artículo 4 del Acuerdo Distrital 275 de 2007, es función de la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo “Aprobar los planes, programas, proyectos y presupuesto del Instituto, así como las modificaciones que se hagan a los mismos, de acuerdo con las disposiciones distritales vigentes sobre el tema y que sean de su competencia de acuerdo con su reglamento”.

Que, mediante Acuerdo 006 de fecha 1° de Septiembre de 2016, la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo autoriza al Director General para efectuar, a través de acto administrativo, los traslados presupuestales que se requieran para el presupuesto de funcionamiento, cuando éstos correspondan a valores inferiores o iguales a 202 S.M.M.L.V, es decir que para la vigencia 2025, la autorización es hasta $287.547.000, sin necesidad de Carrera 10 No 28 – 49 Edificio Centro Internacional Torre A – Piso 23 Código Postal 110311 Conmutador: (601) 2170711 ext. 1000 www.idt.gov.co GD-F10-V23 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8401 • PP. 1-21 • 2025 • SEPTIEMBRE • 8 21 063 12 de agosto de 2025 RESOLUCIÓN No. ____________ DE _____________ ¨Por la cual se efectúa modificación del presupuesto de Ingresos, Rentas y Gastos del Instituto Distrital de Turismo para la vigencia 2025¨ adelantar el trámite de aprobación ante la Junta Directiva, previo cumplimiento de los requisitos dispuestos por la Secretaría Distrital de Hacienda.

Que, el parágrafo del Artículo 10 del Decreto Distrital 192 de 2021 exceptúa del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda cuando se efectúen modificaciones en gastos de funcionamiento al interior de los siguientes rubros:

“Parágrafo. Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan at mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales)”.

Que artículo 31 del decreto 470 del 27 de diciembre de 2024, de liquidación del presupuesto del distrito de Bogotá para vigencia 2.025, permite hacer modificaciones presupuestales al interior de los componentes de gastos:

“Durante la vigencia 2025, las modificaciones en el presupuesto de Gastos de Funcionamiento y del servicio de la deuda por traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen los gastos de personal, adquisición de bienes y servicios, transferencias corrientes, disminución de pasivos y gastos por tributos, tasas, contribuciones, multas, sanciones e intereses de mora, capital, intereses y comisiones de la deuda interna o externa, se harán mediante resolución expedida por el representante legal de la entidad respectiva o por Decreto del Alcalde(sa) Local, previo cumplimiento de los requisitos establecidos por la Secretaría Distrital de 1-lacienda-Dirección Distrital de Presupuesto para tal fin.”

Que, el IDT requiere trasladar $5.010.601 al rubro “O2120202008078712001 Servicio de mantenimiento y reparación de equipo de oficina y contabilidad, (excepto computadores y equipos periféricos)”, para contratar el mantenimiento de sillas del Instituto Carrera 10 No 28 – 49 Edificio Centro Internacional Torre A – Piso 23 Código Postal 110311 Conmutador: (601) 2170711 ext. 1000 www.idt.gov.co GD-F10-V23 Página 2 de 6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8401 • PP. 1-22 • 2025 • SEPTIEMBRE • 8 22 063 12 de agosto de 2025 RESOLUCIÓN No. ____________ DE _____________ ¨Por la cual se efectúa modificación del presupuesto de Ingresos, Rentas y Gastos del Instituto Distrital de Turismo para la vigencia 2025¨ Que, el IDT requiere trasladar $22.752.000 al rubro “O2120201003063699010 Tapas para agendas, carpetas o similares en vinilo”, para contratar la compra de carpetas cuatro aletas para el sistema de gestión documental.

Que, el IDT requiere trasladar $3.188.000 al rubro “O2120201003023215307 Cajas de cartón litografiadas”, para contratar la compra de cajas de cartón para el sistema de gestión documental.

Que, el IDT requiere trasladar $2.000.000 al rubro “O2120201003063699006 Ganchos legajadores plásticos”, para contratar la compra de ganchos legajadores para el sistema de gestión documental.

Que, el IDT requiere trasladar $100.000 al rubro “O21202020080585951 Servicios de copia y reproducción”, para el pago de impresiones publicitarias.

Que, el IDT requiere trasladar $300.000 al rubro “O21202020060767430 Servicios de parqueaderos”, para el pago de servicios de parqueadero.

Que, el IDT requiere trasladar $200.000 al rubro “O21202020060868021 Servicios locales de mensajería nacional”, para el pago de servicio de mensajería.

Que se identificaron los siguientes rubros presupuestales que componen los gastos de adquisición bienes y servicios que presentan mayores y menores saldos para contracreditarlos y acreditarlos respectivamente.

CÓDIGO NOMBRE CONTRACRÉDITO CRÉDITO O21202020070272112 29.928.298 Servicios de alquiler o arrendamiento con o sin opción de compra, relativos a bienes inmuebles no residenciales (diferentes a vivienda), propios o arrendados O21202020080585290 Otros servicios de seguridad 3.622.303 Carrera 10 No 28 – 49 Edificio Centro Internacional Torre A – Piso 23 Código Postal 110311 Conmutador: (601) 2170711 ext. 1000 www.idt.gov.co GD-F10-V23 Página 3 de 6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8401 • PP. 1-23 • 2025 • SEPTIEMBRE • 8 23 063 12 de agosto de 2025 RESOLUCIÓN No. ____________ DE _____________ ¨Por la cual se efectúa modificación del presupuesto de Ingresos, Rentas y Gastos del Instituto Distrital de Turismo para la vigencia 2025¨ CÓDIGO NOMBRE CONTRACRÉDITO CRÉDITO O2120202008078712001 5.010.601 Servicio de mantenimiento y reparación de equipo de oficina y contabilidad, (excepto computadores y equipos periféricos)

O2120201003063699010 Tapas para agendas, carpetas o similares en vinilo 22.752.000 O2120201003023215307 Cajas de cartón litografiadas 3.188.000 O2120201003063699006 Ganchos legajadores plásticos 2.000.000 Servicios de copia y reproducción 100.000 O21202020080585951 Servicios de parqueaderos 300.000 O21202020060767430 Servicios locales de mensajería nacional 200.000 O21202020060868021 TOTAL 33.550.601 33.550.601 Que, de conformidad con el numeral 3 del Artículo 14 del Acuerdo 07 de 2022 expedido por la Junta Directiva del Instituto, se determinó la necesidad de efectuar una modificación al presupuesto de funcionamiento, consistente en un traslado presupuestal por valor de $33.550.601 Que, como se indicó en precedencia, la presente modificación presupuestal se realiza entre rubros de Gastos de Funcionamiento al interior de los rubros presupuestales que componen la adquisición de bienes y servicios; por lo que no requiere concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda, en atención al citado parágrafo del artículo 10 del Decreto Distrital 192 de 2021 y el artículo 31 del decreto 470 del 27 de diciembre de 2.024.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Carrera 10 No 28 – 49 Edificio Centro Internacional Torre A – Piso 23 Código Postal 110311 Conmutador: (601) 2170711 ext. 1000 www.idt.gov.co GD-F10-V23 Página 4 de 6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8401 • PP. 1-24 • 2025 • SEPTIEMBRE • 8 24 063 12 de agosto de 2025 RESOLUCIÓN No. ____________ DE _____________ ¨Por la cual se efectúa modificación del presupuesto de Ingresos, Rentas y Gastos del Instituto Distrital de Turismo para la vigencia 2025¨

Artículo 1.

TRASLADO: Efectuar el siguiente traslado presupuestal de Gastos de Funcionamiento en el presupuesto del Instituto Distrital de Turismo, por la suma de $33.550.601, entre los rubros presupuestales dispuestos en el catálogo de cuentas.

0221-01 INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO CONTRACRÉDITOS CÓDIGO NOMBRE VALOR O21202020070272112 29.928.298 Servicios de alquiler o arrendamiento con o sin opción de compra, relativos a bienes inmuebles no residenciales (diferentes a vivienda), propios o arrendados O21202020080585290 Otros servicios de seguridad 3.622.303 TOTAL CONTRACRÉDITOS 33.550.601 0221-01 INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO CRÉDITOS CÓDIGO NOMBRE VALOR O2120202008078712001 5.010.601 Servicio de mantenimiento y reparación de equipo de oficina y contabilidad, (excepto computadores y equipos periféricos)

O2120201003063699010 Tapas para agendas, carpetas o similares en vinilo 22.752.000 O2120201003023215307 Cajas de cartón litografiadas 3.188.000 O2120201003063699006 Ganchos legajadores plásticos 2.000.000 O21202020080585951 Servicios de copia y reproducción 100.000 O21202020060767430 Servicios de parqueaderos 300.000 O21202020060868021 Servicios locales de mensajería nacional 200.000 TOTAL CRÉDITOS 33.550.601 Carrera 10 No 28 – 49 Edificio Centro Internacional Torre A – Piso 23 Código Postal 110311 Conmutador: (601) 2170711 ext. 1000 www.idt.gov.co GD-F10-V23 Página 5 de 6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8401 • PP. 1-25 • 2025 • SEPTIEMBRE • 8 25 063 12 de agosto de 2025 RESOLUCIÓN No. ____________ DE _____________ ¨Por la cual se efectúa modificación del presupuesto de Ingresos, Rentas y Gastos del Instituto Distrital de Turismo para la vigencia 2025¨

Artículo 2.

REMISIÓN: Remítase copias de la presente Resolución a la Secretaría de Hacienda Distrital y demás oficinas competentes.

Artículo 3.

VIGENCIA: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. doce (12) dias del mes de agosto de 2025 Dada en Bogotá D. C., a los______________________________.

ANDRES SANTAMARIA GARRIDO Firmado digitalmente por ANDRES SANTAMARIA GARRIDO Fecha: 2025.08.12 17:22:16 -05'00' ANDRES SANTAMARIA GARRIDO Director General Nombres completos y apellidos Cargo, Dependencia Firma Proyectado por: Dumar Ernesto Carvajal Carrillo Profesional Especializado de Presupuesto SGC Proyectado por: Catalina Beatriz Galindo Charris Profesional Especializado de bienes y servicios SGC Revisado por Tatiana López Rojas Subdirectora de Gestión Corporativa E. Los arriba firmantes declaramos que hemos revisado el presente documento y lo encontramos ajustado a las normas y disposiciones legales. Así mismo, la información contenida en él, es precisa, correcta, veraz y completa, y por lo tanto, lo presentamos para firma del Director General del Instituto Distrital de Turismo.

Carrera 10 No 28 – 49 Edificio Centro Internacional Torre A – Piso 23 Código Postal 110311 Conmutador: (601) 2170711 ext. 1000 www.idt.gov.co GD-F10-V23 Página 6 de 6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8401 • PP. 1-26 • 2025 • SEPTIEMBRE • 8 26 064 25 de agosto de 2025 RESOLUCIÓN No. ____________ DE _____________ ¨Por la cual se adiciona la caja menor del Instituto Distrital de Turismo para la vigencia fiscal 2025 LA DIRECTORA GENERAL EN ENCARGO DEL INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el literal b) del artículo 5º del Acuerdo 275 de 2007 del Concejo de Bogotá D.C., el artículo 57 del Decreto Distrital 192 de 2021, el literal b) del artículo 18 del Acuerdo 001 de 2007 de la Junta Directiva del IDT, el literal c) del artículo 4º del Acuerdo 008 de 2016, modificado por el Acuerdo 006 de 2019 y el Acuerdo 9 de 2021 de la Junta Directiva del IDT, y demás normas legales, estatutarias y reglamentarias,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto 192 del 02 de junio de 2021, la Alcaldía Mayor de Bogotá reglamentó el funcionamiento de las Cajas Menores y los avances en efectivo para las entidades que conforman el Presupuesto Anual y las entidades Distritales con régimen presupuestal de Empresas Industriales y Comerciales del Estado respecto de las transferencias de la Administración Central, las Empresas Sociales del Estado y los Fondos de Desarrollo Local.

Que, el Artículo 57 del citado Decreto 192 de 2021, establece que las “Cajas Menores se constituirán, para cada vigencia fiscal, mediante Resolución suscrita por el Jefe de la respectiva entidad pública distrital, en la cual se deberá indicar: i) la cuantía, ii) el responsable, iii) la finalidad, iv) la clase de gastos que se pueden realizar, v) la unidad ejecutora y vi) la cuantía de cada rubro presupuestal, sin exceder el monto mensual asignado a la caja menor y en ningún caso el límite establecido por el estatuto de contratación para compras directas.”

Que, el artículo 61 del Decreto 192 de 2021, dispone que “La cuantía máxima mensual de la sumatoria de los fondos que se manejen a través de cajas menores se determinará en función del presupuesto anual de cada vigencia fiscal de las entidades, expresado en salarios mínimos mensuales legales vigentes”.

Que, mediante el Decreto Distrital No. 470 del 27 de diciembre de 2024, “Por medio del cual se liquida el presupuesto anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones de Bogotá Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprometida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año 2025, se estableció que el presupuesto asignado al Instituto Distrital de Turismo asciende a la suma de $33.215.621.000.

Que, de conformidad a lo establecido en el Decreto Nacional 1572 del 24 de diciembre de 2024, el salario mínimo mensual legal vigente para la vigencia 2025 es de $1.423.500 Carrera 10 No 28 – 49 Edificio Centro Internacional Torre A – Piso 23 Código Postal 110311 Conmutador: (601) 2170711 ext. 1000 www.idt.gov.co GD-F10-V23 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8401 • PP. 1-27 • 2025 • SEPTIEMBRE • 8 27 064 25 de agosto de 2025 RESOLUCIÓN No. ____________ DE _____________ ¨Por la cual se adiciona la caja menor del Instituto Distrital de Turismo para la vigencia fiscal 2025¨ Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 61 del Decreto Distrital 192 de 2021 y el presupuesto establecido para el Instituto Distrital de Turismo para la vigencia comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025, la cuantía máxima mensual para la caja menor es de 45 salarios mínimos mensuales legales vigentes, es decir, que para la vigencia 2025 es hasta $64.057.500 Que, mediante Resolución No. 003 del 17 de enero de 2025 de la Dirección General, se constituyó la caja menor del Instituto Distrital de Turismo para la vigencia fiscal 2025, por valor de $9.300.000.

Que, mediante Resolución No. 043 del 30 de mayo de 2025 de la Dirección General, se adiciono la caja menor del Instituto Distrital de Turismo para la vigencia fiscal 2025, por valor de $2.700.000 Que el Instituto Distrital de Turismo requiere adicionar la caja menor de la vigencia 2025, por valor de $600.000 con la finalidad de cubrir gastos eventuales, urgentes, imprescindibles, imprevistos o inaplazables de los rubros presupuestales “O21202020080585951 Servicios de copia y reproducción” por valor de $100.000, “O21202020060868021 Servicios locales de mensajería nacional” por valor de $200.000 y “O21202020060767430 Servicios de parqueaderos” por valor de $300.000 Que el Instituto Distrital de Turismo cuenta con el CDP No. 339 del 22 de agosto de 2025, expedido por valor de $600.000, para amparar la adición a la Caja Menor.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1°.

ADICIONAR. Adicionar la caja menor de la vigencia 2025 por valor de $600.000, con el fin de cubrir gastos eventuales, urgentes, imprescindibles, imprevistos o inaplazables.

Artículo 2°.

CUANTÍA Y RUBROS. Los gastos ordenados con cargo a los rubros asignados a la adición de la Caja Menor del Instituto Distrital de Turismo se efectuarán en las cuantías y rubros del presupuesto que a continuación se relacionan, siempre y cuando se trate de gastos generales identificados y definidos en los conceptos del presupuesto de la Entidad, que tengan el carácter de urgentes, imprescindibles, inaplazables e imprevistos y necesarios.

CÓDIGO NOMBRE VALOR O21202020080585951 Servicios de copia y reproducción 100.000 O21202020060868021 Servicios locales de mensajería nacional 200.000 O21202020060767430 Servicios de parqueaderos 300.000 TOTAL 600.000 Carrera 10 No 28 – 49 Edificio Centro Internacional Torre A – Piso 23 Código Postal 110311 Conmutador: (601) 2170711 ext. 1000 www.idt.gov.co GD-F10-V23 Página 2 de 3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8401 • PP. 1-28 • 2025 • SEPTIEMBRE • 8 28 064 25 de agosto de 2025 RESOLUCIÓN No. ____________ DE _____________ ¨Por la cual se adiciona la caja menor del Instituto Distrital de Turismo para la vigencia fiscal 2025¨

Artículo 3°.

La presente resolución rige a partir de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. veinticinco (25) dias del mes de agosto de 2025 Dada en Bogotá D. C., a los______________________________.

IVONNE ADRIANA MARTINEZ ZAPATA Directora General E. Decreto Alcaldía Mayor de Bogotá No 391 del 20 agosto 2025 Nombres completos y apellidos Cargo, Dependencia Firma Proyectado por:

Dumar Ernesto Carvajal Carrillo Profesional Especializado de Presupuesto, Subdirección de Gestión Corporativa Aprobado por: Tatiana López Rojas Subdirectora de Gestión Corporativa E. Los arriba firmantes declaramos que hemos revisado el presente documento y lo encontramos ajustado a las normas y disposiciones legales. Así mismo, la información contenida en él, es precisa, correcta, veraz y completa, y por lo tanto, lo presentamos para firma del Director del Instituto Distrital de Turismo.

Carrera 10 No 28 – 49 Edificio Centro Internacional Torre A – Piso 23 Código Postal 110311 Conmutador: (601) 2170711 ext. 1000 www.idt.gov.co GD-F10-V23 Página 3 de 3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8401 • PP. 1-29 • 2025 • SEPTIEMBRE • 8 29 066 29 de agosto de 2025 RESOLUCIÓN No. ____________ DE __________ "Por medio de la cual se adopta el Sistema de Gestión de Documentos Electrónicos de Archivo - SGDEA ORFEO en el Instituto Distrital de Turismo - IDT y se dictan otras disposiciones"

EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO - IDT En ejercicio de sus facultades legales y en especial las que le confiere los artículos 2.8.2.5.10. y 2.8.5.2 del Decreto 1080 de 2015, el artículo 2.1.1.5.2. Del Decreto 1081 de 2015, el artículo 5 del Acuerdo 275 de 2007 del Concejo de Bogotá, D.C. articulo 5 literal b), Acuerdo 01 de 2007 artículo 18, Acuerdo 008 de 2016 artículo 4 literal c), modificado por el Acuerdo 006 de 2019 y,

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con los artículos 15 y 74 de la Constitución Política dispone “Todas las personas tienen derecho a acceder a los documentos públicos salvo los casos que establezca la ley”.

Que la Ley 594 de 2000 “Por medio de la cual se dicta la Ley General de Archivos y se dictan otras disposiciones”, en su artículo 21 frente a los Programas de Gestión Documental establece que “las entidades públicas deberán elaborar programas de gestión de documentos, pudiendo contemplar el uso de nuevas tecnologías y soportes, en cuya aplicación deberán observarse los principios y procesos archivísticos”.

Que el Decreto 2609 de 2012 por el cual se reglamenta el Título V de la Ley 594 de 2000, parcialmente los artículos 58 y 59 de la Ley 1437 de 2011 y se dictan otras disposiciones en materia de Gestión Documental para todas las Entidades del Estado, en su artículo 8 refiere los instrumentos archivísticos para la gestión documental.

Que el Acuerdo 001 de 2024 del Archivo General de la Nación (AGN) actualiza y establece lineamientos técnicos y normativos para la implementación y operación de los Sistemas de Gestión de Documentos Electrónicos de Archivo (SGDEA), en concordancia con estándares internacionales y buenas prácticas archivísticas.

Que el Acuerdo 04 de 2019 del Archivo de Bogotá, establece lineamientos para la gestión documental electrónica en el Distrito Capital, incluyendo el uso de un SGDEA, metadatos y esquemas de interoperabilidad.

Que el artículo 2.1.1.5.4.1 del Decreto Nacional 1081 de 2015, establece que “en desarrollo de la Ley 1712 de 2014 se entenderá por Programa de Gestión Documental el plan elaborado por cada sujeto obligado para facilitar la identificación, gestión, clasificación, organización, conservación y disposición de la información pública, desde su creación hasta su disposición final, con fines de conservación permanente o eliminación”.

Carrera 10 No 28 – 49 Edificio Centro Internacional Torre A – Piso 23 Código Postal 110311 Conmutador: (601) 2170711 ext. 1000 www.idt.gov.co GD-F10-V23 Página 1 de 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8401 • PP. 1-30 • 2025 • SEPTIEMBRE • 8 30 066 29 de agosto de 2025 RESOLUCIÓN No. ____________ DE __________ "Por medio de la cual se adopta el Sistema de Gestión de Documentos Electrónicos de Archivo - ORFEO en el Instituto Distrital de Turismo - IDT y se dictan otras disposiciones"

Que el artículo 2.2.22.3.4 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 1499 de 2017, establece que "el Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG se adoptará por los organismos y entidades de los órdenes nacional y territorial de la Rama Ejecutiva del Poder Público”.

Que el artículo 2.2.22.3.8 del citado Decreto dispone que cada una de las entidades integrará un Comité Institucional de Gestión y Desempeño, encargado de orientar la implementación y operación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG, el cual sustituirá los demás comités que tengan relación con el Modelo y que no sean obligatorios por mandato legal.

Que, en cumplimiento de lo anterior, el Instituto Distrital de Turismo, mediante Resolución 130 del 26 de julio de 2018, creó el Comité Institucional de Gestión y Desempeño, la cual fue derogada por la Resolución 015 del 30 de enero de 2023 “Por la cual se compilan, actualizan y modifican las disposiciones sobre el Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Instituto Distrital de Turismo creado por la Resolución 130 de 2018”.

Que, en sesión del 29 de julio de 2025, el Comité de Gestión y Desempeño Institucional del Instituto Distrital de Turismo – IDT aprobó la puesta en marcha del SGDEA ORFEO IDT a partir del 01 de septiembre de 2025.

Que el artículo 4 del Decreto 2578 de 2012 “Por el cual se reglamenta el Sistema Nacional de Archivos, se establece la Red Nacional de Archivos, se deroga el Decreto 4124 de 2004 y se dictan otras disposiciones relativas a la administración de los archivos del Estado” establece que en materia de aplicación de la política archivística, será instancia asesora el Comité de Desarrollo Administrativo establecido en el Decreto 2482 de 2012, instancia orientadora del Modelo Integrado de Planeación y Gestión, en donde se discutirán todos los temas referentes a las políticas de desarrollo administrativo y demás componentes del modelo.

Que, en mérito de lo anteriormente expuesto el Director General del Instituto Distrital de Turismo,

RESUELVE:

Artículo 1.

Adoptar el Sistema de Gestión de Documentos Electrónicos de Archivo SGDEA ORFEO en el Instituto Distrital de Turismo - IDT.

Carrera 10 No 28 – 49 Edificio Centro Internacional Torre A – Piso 23 Código Postal 110311 Conmutador: (601) 2170711 ext. 1000 www.idt.gov.co GD-F10-V23 Página 2 de 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8401 • PP. 1-31 • 2025 • SEPTIEMBRE • 8 31 066 29 de agosto de 2025 RESOLUCIÓN No. ____________ DE __________ "Por medio de la cual se adopta el Sistema de Gestión de Documentos Electrónicos de Archivo - ORFEO en el Instituto Distrital de Turismo - IDT y se dictan otras disposiciones"

Parágrafo 1. El SGDEA será de uso obligatorio para todas las dependencias, unidades y servidores
públicos del Instituto Distrital Turismo. A través del SGDEA ORFEO IDT, se gestionarán las comunicaciones oficiales de la Entidad, permitiendo la radicación, digitalización, registro, clasificación, almacenamiento, consulta y conservación de los documentos electrónicos generados por las dependencias productoras.

Para la ejecución de estos procesos, el sistema cumple con las especificaciones de las normas vigentes y con las mejores prácticas para la gestión documental electrónica.

Parágrafo 2. El Sistema de Gestión de Documentos Electrónicos de Archivo - SGDEA ORFEO IDT,
asegura que los documentos electrónicos gestionados, sean auténticos, fiables, íntegros, disponibles y trazables.

Artículo 2.

A partir de la puesta en producción del Sistema de Gestión de Documentos Electrónicos de Archivo – SGDEA ORFEO IDT, el sistema CORDIS permanecerá disponible única y exclusivamente para consulta. En caso de que una solicitud haya sido radicada en CORDIS, su respuesta debe generarse por medio del SGDEA-ORFEO.

Artículo 3.

Corresponde a los jefes de las dependencias realizar seguimiento, el uso apropiado y permanente del Sistema de Gestión de Documentos Electrónicos de Archivo - SGDEA ORFEO IDT, para la gestión y trámite de los asuntos asignados a la dependencia a su cargo.

Artículo 4.

Es deber de los servidores, funcionarios y contratistas del Instituto Distrital de Turismo
- IDT, según corresponda, gestionar de forma apropiada y oportuna la organización, salvaguardar y custodiar los documentos y archivos (físicos y electrónicos) que por razón de sus funciones recepcionen, tramiten, produzcan, archiven o preserven, así como la actualización de la información en el Sistema de Gestión de Documentos Electrónicos de Archivo - SGDEA ORFEO IDT, conforme al manual de funciones, las políticas institucionales, las Tablas de Retención Documental, los procedimientos y la normatividad vigente.

Artículo 5.

La Subdirección de Gestión Corporativa – Gestión Documental, será el administrador funcional del sistema, y capacitará a los servidores del Instituto Distrital de Turismo – IDT sobre las funcionalidades del Sistema de Gestión de Documentos Electrónicos de Archivo — SGDEA ORFEO, bajo el marco legal vigente en materia de tecnologías de la información y gestión documental. Así mismo, tendrá a su cargo la publicación y difusión de las actualizaciones funcionales del sistema.

Carrera 10 No 28 – 49 Edificio Centro Internacional Torre A – Piso 23 Código Postal 110311 Conmutador: (601) 2170711 ext. 1000 www.idt.gov.co GD-F10-V23 Página 3 de 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8401 • PP. 1-32 • 2025 • SEPTIEMBRE • 8 32 066 29 de agosto de 2025 RESOLUCIÓN No. ____________ DE __________ "Por medio de la cual se adopta el Sistema de Gestión de Documentos Electrónicos de Archivo - ORFEO en el Instituto Distrital de Turismo - IDT y se dictan otras disposiciones"

Artículo 6.

La implementación, mantenimiento, integración y actualización del Sistema de Gestión de Documentos Electrónicos de Archivo - SGDEA ORFEO IDT estará a cargo del equipo de Gestión Documental de la Subdirección de Gestión Corporativa y la Subdirección de Inteligencia y Gestión de Tecnologías de la Información velará por la disponibilidad de la infraestructura tecnológica que soporta el sistema.

Artículo 7.

Las copias de seguridad de la base de datos y bodega de documentos, configuración y su rotación, son automatizadas por la Subdirección de Gestión Corporativa. La Subdirección de Inteligencia y Gestión de Tecnologías de la Información estará a cargo de suministrar la infraestructura requerida para salvaguardar las copias de respaldo y podrán ser solicitadas por la Subdirección de Gestión Corporativa cuando sea necesario.

Artículo 8 A partir del 01 de septiembre de 2025, los códigos de las dependencias del Instituto en términos documentales, serán los siguientes:

ITEM CÓDIGOS DEPENDENCIAS 1 100 Dirección General 2 110 Oficina Asesora de Comunicaciones 3 120 Oficina Jurídica 4 130 Oficina Control Disciplinario Interno 5 200 Subdirección de Mercadeo 6 300 Subdirección de Desarrollo y Competitividad 7 400 Subdirección de Inteligencia y Gestión de Tecnologías de la Información 8 500 Subdirección de Planeación 9 600 Subdirección de Gestión Corporativa Nombres y códigos de los principales procesos y grupos operativos:

CÓDIGOS DEPENDENCIAS Y PROCESO 100 Dirección General 101 Control Interno 110 Oficina Asesora de Comunicaciones 120 Oficina Jurídica 130 Oficina de Control Disciplinario Interno 200 Subdirección de Mercadeo 300 Subdirección de Desarrollo y Competitividad 310 Grupo de Cultura y Responsabilidad Turística Carrera 10 No 28 – 49 Edificio Centro Internacional Torre A – Piso 23 Código Postal 110311 Conmutador: (601) 2170711 ext. 1000 www.idt.gov.co GD-F10-V23 Página 4 de 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8401 • PP. 1-33 • 2025 • SEPTIEMBRE • 8 33 066 29 de agosto de 2025 RESOLUCIÓN No. ____________ DE __________ "Por medio de la cual se adopta el Sistema de Gestión de Documentos Electrónicos de Archivo - ORFEO en el Instituto Distrital de Turismo - IDT y se dictan otras disposiciones"

CÓDIGOS DEPENDENCIAS Y PROCESO 320 Grupo de Consejo Consultivo 330 Grupo de Desarrollo Empresarial 340 Grupo de Producto Turístico 350 Grupo de Infraestructura Turística 360 Grupo de Gestión Territorial 400 Subdirección de Inteligencia y Gestión de Tecnologías de la Información 500 Subdirección de Planeación 600 Subdirección de Gestión Corporativa 610 Proceso Atención a la Ciudadanía 620 Proceso Gestión de Bienes y Servicios 630 Proceso Gestión Financiera 640 Proceso Gestión Documental 650 Proceso Gestión de Talento Humano

Artículo 10.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. a los veintinueve (29) dias del mes de agosto de 2025 Dada en Bogotá D. C IVONNE ADRIANA MARTINEZ ZAPATA Directora General (E)

Nombres completos y apellidos Cargo, Dependencia Firma Proyectado por: Nancy Zamora Profesional Universitario- Subdirección de Gestión Corporativa Revisado por: Tatiana López Rojas Subdirectora de Gestión Corporativa Los arriba firmantes declaramos que hemos revisado el presente documento y lo encontramos ajustado a las normas y disposiciones legales. Así mismo, la información contenida en él, es precisa, correcta, veraz y completa, y por lo tanto, lo presentamos para firma del Director del Instituto Distrital de Turismo.

Carrera 10 No 28 – 49 Edificio Centro Internacional Torre A – Piso 23 Código Postal 110311 Conmutador: (601) 2170711 ext. 1000 www.idt.gov.co GD-F10-V23 Página 5 de 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8401 • PP. 1-34 • 2025 • SEPTIEMBRE • 8 34 CIRCULAR DE 2025 CIRCULAR No. _____ DE _______ 06 15 de agosto de 2025 40000 PARA: Servidores Públicos y Colaboradores del Instituto Distrital de Turismo - IDT DE: Subdirección de Gestión Corporativa ASUNTO: Directrices para la Transición al Nuevo Sistema de Gestión Documental SGDEA – ORFEO.

Cordial saludo, En el marco del proceso de modernización tecnológica y la optimización de los procesos internos del Instituto Distrital de Turismo – IDT, nos permitimos informarles las directrices establecidas para la transición al nuevo Sistema de Gestión de Documentos Electrónicos de Archivo (SGDEA) – ORFEO.

Esta implementación tiene como propósito fortalecer la eficiencia, seguridad y trazabilidad en la gestión documental institucional. En consecuencia, el sistema actual, CORDIS, será retirado de manera progresiva y reemplazado por el nuevo sistema SGDEA-ORFEO.

Para asegurar una transición ordenada y garantizar la continuidad del servicio, se establecen las siguientes directrices:

1. Cierre de trámites en CORDIS. Todos los trámites, solicitudes y expedientes que actualmente se encuentren en curso en el aplicativo CORDIS deberán ser gestionados y finalizados a más tardar el 25 de agosto de 2025. Será responsabilidad de cada líder de proceso y de los funcionarios encargados garantizar el cumplimiento de esta fecha.
2. Continuidad de la radicación. Con la entrada en operación de SGDEA-ORFEO, las secuencias numéricas de radicación de comunicaciones continuarán de manera consecutiva, partiendo desde el último número generado en CORDIS, garantizando así la unicidad documental.

Carrera 10 No 28 – 49 Edificio Centro Internacional Torre A –Piso 23 Código Postal 110311 Conmutador: (601) 2170711 ext. 1000 www.idt.gov.co GD-F11-V21 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8401 • PP. 1-35 • 2025 • SEPTIEMBRE • 8 35 CIRCULAR No. _____ DE _______ 15 de agosto de 2025 06

3. Gestión de trámites durante la transición. En caso de que una solicitud haya sido radicada en CORDIS, pero su respuesta deba generarse una vez esté en funcionamiento SGDEA-ORFEO, esta deberá tramitarse y cerrarse directamente en el nuevo sistema.
4. Uso obligatorio del nuevo sistema. Una vez se anuncie la fecha oficial de entrada en producción, el uso del SGDEA-ORFEO será obligatorio para toda la gestión documental del Instituto. El sistema CORDIS quedará disponible únicamente como módulo de consulta histórica.
5. Formalización del cambio. La adopción del SGDEA-ORFEO será oficializada mediante el correspondiente acto administrativo (Resolución), el cual será comunicado oportunamente a todos los funcionarios.

JORNADAS DE SOCIALIZACIÓN PRESENCIAL OBLIGATORIA – 21 de agosto de 2025 Con el fin de facilitar la apropiación del nuevo sistema y resolver dudas clave sobre su uso, se realizarán jornadas de socialización obligatoria de manera presencial el día miércoles 21 de agosto, en los siguientes horarios y espacios:

📍📍 Lugar: En los puestos de trabajo de cada dependencia. 🗓🗓 Fecha: miércoles, 21 de agosto de 2025.

Hora Dependencias 8:30 a.m. 10:00 am Mercadeo, Competitividad y Control Interno 10:00 a.m. 11:30 Inteligencia 2:00 p.m. 3:30 pm Corporativa, Oficina Disciplinaria y Jurídica 3:30 p.m. 5:00 pm Comunicaciones, Planeación y Dirección General La asistencia a estas jornadas es obligatoria y se requiere puntualidad. Estas sesiones permitirán explicar en detalle el funcionamiento del sistema SGDEA-ORFEO y atender cualquier inquietud que pueda surgir antes de su entrada en producción.

Carrera 10 No 28 – 49 Edificio Centro Internacional Torre A –Piso 23 Código Postal 110311 Conmutador: (601) 2170711 ext. 1000 www.idt.gov.co GD-F11-V21 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8401 • PP. 1-36 • 2025 • SEPTIEMBRE • 8 36 CIRCULAR No. _____ DE _______ 15 de agosto de 2025 06 Agradecemos de antemano su compromiso y disposición para adoptar esta herramienta que contribuirá al fortalecimiento de nuestra gestión institucional. Para dudas o solicitudes de acompañamiento, pueden comunicarse con el Proceso de Gestión Documental.

Fecha: 2025.08.15 13:57:43 -05'00' Atentamente, TATIANA LOPEZ ROJAS Subdirectora Encargada Anexos: (N/A)

Nombres completos y apellidos Cargo, Dependencia Firma Proyectado por:

Rubén Darío Yaima Gómez Contratista – Subdirección de Gestión Corporativa Revisado por:

Nancy Zamora Profesional Universitario – Subdirección de Gestión Corporativa Aprobado para firma por: (Subdirector(a) / Asesor(a)

Tatiana López Rojas Subdirectora de Gestión Corporativa (E)

Los arriba firmantes declaramos que hemos revisado el presente documento y lo encontramos ajustado a las normas y disposiciones legales. Así mismo, la información contenida en él, es precisa, correcta, veraz y completa, y por lo tanto, lo presentamos para firma de la Directora del Instituto Distrital de Turismo.

Carrera 10 No 28 – 49 Edificio Centro Internacional Torre A –Piso 23 Código Postal 110311 Conmutador: (601) 2170711 ext. 1000 www.idt.gov.co GD-F11-V21 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8401 • PP. 1-37 • 2025 • SEPTIEMBRE • 8 37

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