Registro Distrital 8398 de 2025
Registro Distrital 8398 de 2025 Nivel Distrital
- Tipo
- Registro Distrital
- Número
- 8398
- Año
- 2025
- Fecha
- 1 de septiembre de 2025
- Entidad
- Nivel Distrital
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
5,5 ALCALDE MAYOR Carlos Fernando Galán Pachón REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 • No. 8398 - Pp 1 - 119 - 2025 • SEPTIEMBRE • 1 CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Central ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. - REGIÓN METROPOLITANA BOGOTÁ – CUNDINAMARCA RESOLUCIÓN Nº 303 “Por medio de la cual se modifica la Resolución 526 del 27 de diciembre del 2024 – “Por la cual se efectúa la liquidación del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones para la vigencia fiscal 2025 de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca y se dictan otras disposiciones”; así como las Resoluciones 027 del 27 de enero de 2025, 061 del 28 de febrero de 2025,103 del 02 de abril de 2025,135 del 28 de abril de 2025,144 del 30 de abril 2025,151 del 5 de mayo 2025,175 del 19 de mayo 2025, 184 del 30 de mayo 2025 y 261 del 24 de julio de 2025”........................................................72 SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO RESOLUCIÓN Nº 1946 “Por la cual se reglamenta el trámite interno de peticiones ante la Secretaría de Educación del Distrito (SED)”......................................................................82 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA RESOLUCIÓN Nº SDH-000099 “Por la cual se realizan unos nombramientos en provisionalidad en unas vacantes temporales de la Secretaría Distrital de Hacienda”.........................99 SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD RESOLUCIÓN Nº 1680614 “POR LA CUAL SE HACE UN NOMBRAMIENTO EN PROVISIONALIDAD EN UN EMPLEO DE LA PLANTA GLOBAL DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD”.........................................................................106 SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL RESOLUCIÓN Nº 320 “Por la cual se efectúa un encargo de funciones”..........................................109 Sector Local RESOLUCIONES 2025 SECRETARÍA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN Nº 758 “Por la cual se efectúa una delegación para Consejo Consultivo y de Concertación para los Pueblos Indígenas en Bogotá, D.C.; se autoriza designar un profesional de apoyo para las Mesas Temáticas Indígenas y para las Mesas Indígenas en las localidades y se adoptan otras disposiciones”..........................4 RESOLUCIÓN Nº 771 “Por la cual se modifica la Resolución No. 209 de 10 de abril del 2025. “Por la cual se efectúa la delegación para el Comité SUGA y para el Subcomité Técnico de Eventos Culturales, Recreativos y Deportivos, se designa un profesional de apoyo y se adoptan otras disposiciones ” en el sentido de actualizar la información de la actual Directora de Arte, Cultura y Patrimonio”.....................8 RESOLUCIÓN Nº 792 “Por la cual se ordena la apertura de la convocatoria “Beca Más Cultura Local Sumapaz, Sembrando Cultura Rural” del Fondo de Desarrollo Local de Sumapaz en el marco del componente B del Programa Más Cultura Local 2025, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”..........................12 RESOLUCIÓN Nº 796 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural Territorios Vivos 24/7 Tunjuelito de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”............................................................................................................21 RESOLUCIÓN Nº 798 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la “Invitación Cultural: “Salón de artistas Distrito Creativo San Felipe”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”.....................................................................................27 RESOLUCIÓN Nº 801 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la convocatoria del Programa Distrital de Apoyos Concertado (PDAC) 2026 en la Modalidad Proyectos Metropolitanos, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”......34 RESOLUCIÓN Nº 802 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la convocatoria del Programa Distrital de Apoyos Concertado (PDAC) 2026 en la Modalidad Proyectos Locales e Interlocales, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”.......44 RESOLUCIÓN Nº 804 “Por la cual se modifica el presupuesto de gastos e inversión de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte para la vigencia 2025”....................54 DECRETOS LOCALES 2025 ALCALDÍA LOCAL DE FONTIBÓN DECRETO LOCAL Nº 10 “ Por medio del cual se deroga el Decreto Local No. 08 del 31 de julio de 2025 en el cual se convocó a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Fontibón”..........................................................................................113 ALCALDÍA LOCAL DE MÁRTIRES DECRETO LOCAL Nº 11 “POR MEDIO DEL CUAL SE EFECTÚA TRASLADO PRESUPUESTAL EN EL PRESUPUESTO DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO DEL FONDO DE DE- SARROLLO LOCAL DE MÁRTIRES PARA LA VIGENCIA FISCAL 2025”......115 SECRETARÍA GENERAL RESOLUCIÓN Nº 357 “Por la cual se deroga un nombramiento en encargo, se deja sin efectos parcialmente el artículo 2° de la Resolución No. 318 de 2025, se efectúa un encargo por derecho preferencial en la Planta de Personal de la Secretaría General de la Alcaldía de Bogotá, D.C. y se termina un encargo”......................................62 RESOLUCIÓN Nº 358 “Por la cual se hace un nombramiento provisional”.........................................69 AÑO 59 NÚMERO 8398 1 • SEPTIEMBRE • 2025 SECRETARÍA GENERAL ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL.
LA PUBLICACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS EN EL REGISTRO DISTRITAL SE REALIZA DE ACUERDO A LA LEY 1437 DEL 2011 EN SU ARTÍCULO 65 MODIFICADO POR LA LEY 2080 DE 2021 “POR LA CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO”.
CORREO: REGISTRODISTRITAL@ALCALDIABOGOTA.GOV.CO DIRECCIÓN: CALLE 11 SUR #1-60 ESTE - LA MARÍA - BOGOTÁ D.C.
TELÉFONO: 381 3000 EXT. 5010 - 5202 SUBDIRECTORA IMPRENTA DISTRITAL: MARÍA ANGÉLICA PUMAREJO HINOJOSA RESOLUCIONES DE 2025 *20251100431983* Radicado: 20251100431983 Fecha: 15-08-2025 RESOLUCIÓN No. 758 DE 19 DE AGOSTO DE 2025 “Por la cual se efectúa una delegación para Consejo Consultivo y de Concertación para los Pueblos Indígenas en Bogotá, D.C.; se autoriza designar un profesional de apoyo para las Mesas Temáticas Indígenas y para las Mesas Indígenas en las localidades y se adoptan otras disposiciones”
EL SECRETARIO DE DESPACHO En uso de sus facultades legales en especial las conferidas por el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, el Acuerdo 257 de 2006 expedido por el Concejo Distrital, el Decreto Distrital No. 340 de 2020, modificado por el Decreto Distrital 400 de 2022, el Decreto Distrital 612 de 2015 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 113° de la Constitución Política de 1991 establece “(...) Los diferentes órganos del Estado tienen funciones separadas pero colaboran armónicamente para la realización de sus fines.", por su parte, el artículo 209 prevé "(...) La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.”
Que el artículo 9º de la Ley 489 de 1998, señala que: “Las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente Ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias”.
Que el artículo 32° del Acuerdo 257 de 2006, “Por el cual se dictan normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito Capital, y se expiden otras disposiciones", emanado del Concejo de Bogotá, estableció el sistema de coordinación de la Administración del Distrito Capital como el conjunto de políticas, estrategias, instancias y mecanismos que permiten articular la gestión de los organismos y entidades distritales, de manera que garanticen la efectividad y materialización de los derechos individuales y colectivos, y el adecuado y oportuno suministro de los bienes, así como la prestación de los servicios a sus habitantes.
Que mediante el Acuerdo 359 de 2009, el Concejo de Bogotá D.C., estableció los lineamientos de Política Pública para los indígenas en Bogotá D.C., con el objeto de definir las estrategias, acciones, planes y programas que la Administración Distrital desarrolla en todos sus órdenes, en concertación con los pueblos indígenas, para garantizar igualdad de oportunidades, acceso y permanencia en el goce efectivo de sus derechos y el mejoramiento de sus condiciones de vida.
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REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-4 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 4 *20251100431983* Radicado: 20251100431983 Fecha: 15-08-2025 RESOLUCIÓN No. 758 DE 19 DE AGOSTO DE 2025 “Por la cual se efectúa una delegación para Consejo Consultivo y de Concertación para los Pueblos Indígenas en Bogotá, D.C.; se autoriza designar un profesional de apoyo para las Mesas Temáticas Indígenas y para las Mesas Indígenas en las localidades y se adoptan otras disposiciones”
Que con Decreto Distrital 543 de 2011, se adoptó la Política Pública para los Pueblos Indígenas en Bogotá, D.C., 2011- 2021, en el marco de una Ciudad de Derechos que reconozca, restablezca y garantice los derechos individuales y colectivos de los pueblos indígenas.
Que el Decreto Distrital 612 de 2015 creó el Consejo Consultivo y de Concertación para los Pueblos Indígenas en Bogotá D.C. como un espacio de diálogo e interlocución permanente entre la Administración Distrital y los Pueblos Indígenas para garantizar el goce efectivo de sus derechos y el mejoramiento de sus condiciones de vida en el marco del principio del Buen Vivir, el cual tiene como objeto apoyar la orientación y concertación de las acciones requeridas o derivadas del proceso de implementación y seguimiento de la Política Pública para los Pueblos Indígenas en Bogotá D.C.; del Plan Integral de Acciones Afirmativas y de todas las decisiones administrativas susceptibles de afectarlos. Con Documento CONPES 37 se expidió la Política Pública para Pueblos Indígenas en Bogotá Que dentro de los integrantes del Consejo Consultivo y de Concertación para los Pueblos Indígenas en Bogotá D.C, se encuentra el Secretario Distrital de Cultura, Recreación y Deporte o su delegado, al tenor de lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto Distrital 612 de 2015. Por mandato del artículo 6, se crearon las siguientes mesas temática para la deliberación, socialización y retroalimentación de las acciones requeridas o derivadas de la implementación de la Política Pública para los Pueblos Indígenas en Bogotá D.C. y del Plan de Acciones Afirmativas. a) Mesa Camino de gobierno propio y autonomía. b) Mesa de Camino de Consulta Previa, participación y concertación. c) Mesa de Camino de identidad y cultura. d) Mesa de Camino de educación propia e intercultural. e) Mesa de Camino de economía indígena. f) Mesa de Camino de salud y medicina ancestral. g) Mesa de Camino de protección y desarrollo integral. h) Mesa de Camino hacia la soberanía y seguridad alimentaria. i) Mesa de Camino territorio Que por mandato del artículo 8 del mencionado decreto se reglamentó la constitución de las Mesas Indígenas en las localidades, las que estarán conformadas y coordinadas por los Cabildos Indígenas que tengan presencia en lo local y que estén plenamente avalados por el Consejo Consultivo de Concertación para los Pueblos Indígenas en Bogotá D.C.
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REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-5 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 5 *20251100431983* Radicado: 20251100431983 Fecha: 15-08-2025 RESOLUCIÓN No. 758 DE 19 DE AGOSTO DE 2025 “Por la cual se efectúa una delegación para Consejo Consultivo y de Concertación para los Pueblos Indígenas en Bogotá, D.C.; se autoriza designar un profesional de apoyo para las Mesas Temáticas Indígenas y para las Mesas Indígenas en las localidades y se adoptan otras disposiciones”
Que para garantizar la adecuada y oportuna participación de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, así como para articulación, seguimiento, monitoreo y toma de decisiones en el Consejo Consultivo y en cada una de las diferentes mesas, se revisaron las temáticas a tratar y teniendo en cuenta el artículo 15 del Decreto 340 de 2020 “Por el cual se modifica la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y se dictan otras disposiciones”, establece las funciones de la Dirección de Asuntos Locales y Participación, las cuales son afines al propósito de esta política y de la instancia, se delegará en el Director de Asuntos Locales y Participación de esta Secretaría y se autoriza para que se designe a un profesional de apoyo para las respectivas Mesas Temáticas Indígenas y para las Mesas Indígenas en las localidades.
Que en merito de lo expuesto:
RESUELVE:
Artículo 1.
Delegar en el Director de Asuntos Locales y Participación - DALP, en cabeza de Andrés Felipe Jara Moreno, o quien haga sus veces y quien representa a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, en el Consejo Consultivo y de Concertación para los Pueblos Indígenas en Bogotá, D.C., de acuerdo con lo expuesto en la parte considerativa del presente acto administrativo.
Parágrafo 1. El delegado queda autorizado para designar a un profesional en cada una
de las Mesas Temáticas Indígenas y para las Mesas Indígenas en las localidades de las cuales haga parte la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
Parágrafo 2. La facultad otorgada podrá reasumirse en cualquier momento de
conformidad con lo previsto en el artículo 12 de la Ley 489 de 1998, o la norma que lo modifique, sustituya o adicione.
Artículo 2.
El funcionario delegado debe presentar un Informe periódico al Secretario de Despacho a través del sistema orfeo, sobre las decisiones y compromisos adquiridos.
Artículo 3.
Solicitar a la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, comunicar la presente Resolución a Andrés Felipe Jara Moreno al correo institucionales: andres.jara@scrd.gov.co. Igualmente comunicar a la Secretaría Técnica del Consejo Consultivo y de Concertación para los Pueblos Indígenas en Bogotá, D.C. a: la señora María Carmen Chindoy Chindoy, Subdirectora de Asuntos Indígenas y Rrom Secretaría Distrital de Gobierno al correo maria.chindoy@gobiernobogota.gov.co con copia a: Daniel Esteban Albarracín Garavito - daniel.albarracin@gobiernobogota.gov.co y Carlos
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REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-6 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 6 *20251100431983* Radicado: 20251100431983 Fecha: 15-08-2025 RESOLUCIÓN No. 758 DE 19 DE AGOSTO DE 2025 “Por la cual se efectúa una delegación para Consejo Consultivo y de Concertación para los Pueblos Indígenas en Bogotá, D.C.; se autoriza designar un profesional de apoyo para las Mesas Temáticas Indígenas y para las Mesas Indígenas en las localidades y se adoptan otras disposiciones”
Alberto Romero Santofimio - carlosal.romeros@gobiernobogota.gov.co de acuerdo con la solicitud efectuada mediante correo electrónico, enviado el 12 de agosto y radicado en esta Secretaría bajo el No. 20257100199052
Artículo 4.
Solicitar a la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, efectuar la publicación en el Régimen Legal de Bogotá y en el Registro Distrital.
Artículo 5.
La presente resolución rige a partir de su expedición.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C., a los diecinueve (19) días de agosto (08) de dos mil veinticinco (2025).
Santiago Trujillo Escobar Secretario de Despacho Proyectó: Martha Reyes Castillo – Profesional Especializado Oficina Jurídica Revisó: Héctor Ricardo Ojeda Sierra- Jefe Oficina Jurídica (E)
Documento 20251100431983 firmado electrónicamente por:
Santiago Trujillo Escobar Secretario de Despacho Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Fecha firma: 19-08-2025 09:12:50 Hector Ricardo Ojeda Sierra (E)
Jefe Oficina Juridica (E) Oficina Jurídica Fecha firma: 19-08-2025 08:23:39 Martha Reyes Castillo Profesional Especializado Oficina Jurídica Oficina Jurídica Fecha firma: 15-08-2025 11:27:50 Sharon Nicole Rodríguez Perdomo Profesional Universitario - Numeración y Fechado Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano Fecha firma: 19-08-2025 16:04:33 c73898123ce0cffea576c4a3ac1c8751fdd441fbfd9e9330af3c48e93eb369d3 Codigo de Verificación CV: 4cd82 Página 4 de 4 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-7 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 7 *20251100438143* Radicado: 20251100438143 Fecha: 20-08-2025 RESOLUCIÓN No. 771 DE 21 DE AGOSTO DE 2025 “Por la cual se modifica la Resolución No. 209 de 10 de abril del 2025. “Por la cual se efectúa la delegación para el Comité SUGA y para el Subcomité Técnico de Eventos Culturales, Recreativos y Deportivos, se designa un profesional de apoyo y se adoptan otras disposiciones ” en el sentido de actualizar la información de la actual Directora de Arte, Cultura y Patrimonio”
EL SECRETARIO DE DESPACHO En uso de sus facultades legales en especial las conferidas por el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, el Acuerdo 257 de 2006 expedido por el Concejo Distrital, el Decreto Distrital No. 340 de 2020, modificado por el Decreto Distrital 400 de 2022, el artículo 7 del Decreto Distrital 599 de 2013, adicionado por el artículo 2 del Decreto Distrital 622 de 2016, el artículo 24 A del Decreto Distrital 470 de 2021, y
CONSIDERANDO:
Que el Sistema Único de Gestión para el Registro, la Evaluación, y la Autorización de Actividades de Aglomeración de Público en el Distrito Capital –SUGA. contiene un conjunto de protocolos, procedimientos, disposiciones e instrumentos ordenados y articulados que sirven como mecanismo para registrar, evaluar y autorizar las actividades de aglomeración de público en el Distrito Capital.
Que por mandato del artículo 7 del Decreto Distrital 599 de 2013, adicionado por el artículo 2 del Decreto Distrital 622 de 2016, la conformación del Comité SUGA, se encuentra integrado entre otros, por el Secretario Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, o su delegado.
Que el Decreto Distrital 470 de 2021 “Por medio del cual se modifica el Decreto Distrital 599 de 2013, en lo relacionado con eventos culturales, recreativos y deportivos, y se dictan otras disposiciones” prevé en el artículo 24A el Subcomité Técnico de Eventos Culturales, Recreativos y Deportivos que estará, integrado por “... la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte -SCRD, que actuará como apoyo a la Secretaría Técnica del Subcomité, la cual será ejercida por la dependencia delegada de la Secretaría Distrital de Gobierno.”
Que al Subcomité Técnico de Eventos Culturales, Recreativos y Deportivos, le corresponde definir la viabilidad técnica de las solicitudes de autorización de realización de los eventos culturales, recreativos y deportivos de que trata el Capítulo V1, sin perjuicio de las competencias propias de cada una de las entidades, autoridades y secretarías que conforman el Comité SUGA.
1 “DE LOS ESCENARIOS CULTURALES PARA LAS ARTES ESCÉNICAS Y LAS EXHIBICIONES CINEMATOGRÁFICAS.”
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REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-8 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 8 *20251100438143* Radicado: 20251100438143 Fecha: 20-08-2025 RESOLUCIÓN No. 771 DE 21 DE AGOSTO DE 2025 “Por la cual se modifica la Resolución No. 209 de 10 de abril del 2025. “Por la cual se efectúa la delegación para el Comité SUGA y para el Subcomité Técnico de Eventos Culturales, Recreativos y Deportivos, se designa un profesional de apoyo y se adoptan otras disposiciones ” en el sentido de actualizar la información de la actual Directora de Arte, Cultura y Patrimonio”
Que este despacho expidió la Resolución No. 209 de 10 de abril del 2025, por la cual se delegó la participación en el Comité SUGA y en el Subcomité Técnico de Eventos Culturales, Recreativos y Deportivos, en cabeza del Director de Arte, Cultura y Patrimonio de esta Secretaría y se designó un profesional de apoyo técnico.
Que el artículo 9º de la Ley 489 de 1998, señala que: “Las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente Ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias...”.
Que en cumplimiento de lo establecido en la Circular 0012 de 2025, expedida por la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. y para garantizar la adecuada y oportuna participación de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, así como para la articulación, seguimiento, monitoreo y toma de decisiones en el Comité SUGA y en el Subcomité Técnico de Eventos Culturales, Recreativos y Deportes; teniendo en cuenta, la posesión de la titular del cargo de Directora Técnica 009 Grado 08 de la Dirección de Arte, Cultura y Patrimonio de esta Secretaría, se hace necesario actualizar la información.
Que en merito de lo expuesto:
RESUELVE:
Artículo 1.
Modificar el artículo primero de la Resolución No. 209 de 10 de abril del 2025. “Por la cual se efectúa la delegación para el Comité SUGA y para el Subcomité Técnico de Eventos Culturales, Recreativos y Deportivos, se designa un profesional de apoyo y se adoptan otras disposiciones” en el sentido de actualizar la información de la actual Directora de Arte, Cultura y Patrimonio, en consecuencia el artículo primero quedará así:
“Artículo 1. Artículo 1. Delegar en la Directora de Arte Cultura y Patrimonio, hoy en cabeza de Nathalia Rippe Sierra, o quien haga sus veces, la participación del Secretario Distrital de Cultura, Recreación y Deporte en el Comité SUGA y en el Subcomité Técnico de Eventos Culturales, Recreativos y Deportivos, de acuerdo con lo expuesto en parte motiva del presente acto.
Parágrafo 1. Designar para el Apoyo técnico profesional del Comité
SUGA, así como en el Subcomité Técnico de Eventos Culturales, Página 2 de 4 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR 2 https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=178840 Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-9 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 9 *20251100438143* Radicado: 20251100438143 Fecha: 20-08-2025 RESOLUCIÓN No. 771 DE 21 DE AGOSTO DE 2025 “Por la cual se modifica la Resolución No. 209 de 10 de abril del 2025. “Por la cual se efectúa la delegación para el Comité SUGA y para el Subcomité Técnico de Eventos Culturales, Recreativos y Deportivos, se designa un profesional de apoyo y se adoptan otras disposiciones ” en el sentido de actualizar la información de la actual Directora de Arte, Cultura y Patrimonio”
Recreativos y Deportivos, al profesional Diego Fernando Millán Grijalba, identificado con la cédula de ciudadanía 80.029.742, vinculado a este organismo por contrato de prestación de servicios y quien participará en las sesiones de estas instancias.
Parágrafo 2. La facultad otorgada podrá reasumirse en cualquier momento
de conformidad con lo previsto en el artículo 12 de la Ley 489 de 1998, o la norma que lo modifique, sustituya o adicione.”
Artículo 2.
Las demás decisiones adoptadas en la Resolución 209 de 2025, que no son objeto de esta modificación, conservan su vigencia.
Artículo 3.
Solicitar a la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, comunicar la presente Resolución a Nathalia Rippe Sierra, al correo institucional nathalia.rippe
@scrd.gov.co en su condición de Directora de Arte, Cultura y Patrimonio y a Diego Fernando Millán Grijalba al correo institucional diego.millan@scrd.gov.co y a la doctora Diana Marcela Zarabanda Suárez, en su condición de Directora Jurídica, de la Secretaría Distrital de Gobierno y Secretaría Técnica del Comité SUGA, a los correos: diana.zarabanda@gobiernobogota.gov.co - secretaria.suga@gobiernobogota.gov.co
Artículo 4.
Solicitar a la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, efectuar la publicación en el Régimen Legal de Bogotá y en el Registro Distrital.
Artículo 5.
La presente resolución rige a partir de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C. a los veintiún (21) días de agosto (08) de dos mil veinticinco (2025).
Santiago Trujillo Escobar Secretario de Despacho Proyectó: Martha Reyes Castillo – Profesional Especializado Oficina Jurídica Revisó: Héctor Ricardo Ojeda Sierra – Jefe Oficina Jurídica (E) Documento 20251100438143 firmado electrónicamente por:
Santiago Trujillo Escobar Secretario de Despacho Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Fecha firma: 20-08-2025 16:18:58 Hector Ricardo Ojeda Jefe Oficina Juridica (E)
Página 3 de 4 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-10 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 10 *20251100438143* Radicado: 20251100438143 Fecha: 20-08-2025 RESOLUCIÓN No. 771 DE 21 DE AGOSTO DE 2025 “Por la cual se modifica la Resolución No. 209 de 10 de abril del 2025. “Por la cual se efectúa la delegación para el Comité SUGA y para el Subcomité Técnico de Eventos Culturales, Recreativos y Deportivos, se designa un profesional de apoyo y se adoptan otras disposiciones ” en el sentido de actualizar la información de la actual Directora de Arte, Cultura y Patrimonio”
Sierra (E) Oficina Jurídica Fecha firma: 20-08-2025 15:54:48 Martha Reyes Castillo Profesional Especializado Oficina Jurídica Oficina Jurídica Fecha firma: 20-08-2025 15:50:43 Sharon Nicole Rodríguez Perdomo Profesional Universitario - Numeración y Fechado Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano Fecha firma: 21-08-2025 09:18:41 f89f69588c0b814b2359c9b1501e0ddf60cb755d1e3c54952293681f54ef8126 Codigo de Verificación CV: 7c427 Página 4 de 4 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-11 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 11 *20252200450943* Radicado: 20252200450943 Fecha: 26-08-2025 RESOLUCIÓN No. 792 DEL 27 DE AGOSTO DE 2025 “Por la cual se ordena la apertura de la convocatoria “Beca Más Cultura Local Sumapaz, Sembrando Cultura Rural” del Fondo de Desarrollo Local de Sumapaz en el marco del componente B del Programa Más Cultura Local 2025, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
EL SECRETARIO DE DESPACHO De la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Decreto Distrital 340 de 2020modificado por el Decreto Distrital 400 de 2022 y,
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de Colombia en el artículo 70 dispone que “El Estado tiene el deber de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades (…)”. A su turno el artículo 71 ibidem establece que: “(…) El Estado creará incentivos para personas e instituciones que desarrollen y fomenten la ciencia y la tecnología y las demás manifestaciones culturales y ofrecerá estímulos especiales a personas e instituciones que ejerzan estas actividades”.
Que el numeral 3 del artículo 1° de la Ley 397 de 1997, Ley General de Cultura, señala que: “(…) El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de reconocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación colombiana (…)”.
Que la Ley 397 de 1997 “Por la cual se desarrollan los artículos 70, 71 y 72 y demás artículos concordantes de la Constitución Política y se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura y se trasladan algunas dependencias.”, en su artículo 17 señala:
“(…) DEL FOMENTO. El Estado a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, fomentará las artes en todas sus expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas, como elementos del diálogo, el intercambio, la participación y como expresión libre y primordial del pensamiento del ser humano que construye en la convivencia pacífica”.
Que así mismo, el artículo 18 de la mencionada ley establece:
Página 1 de 9 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR "(…) El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos especiales y promocionará la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales. Para tal efecto establecerá, entre otros programas, bolsas de trabajo, becas, premios anuales, concursos, festivales, talleres Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-12 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 12 *20252200450943* Radicado: 20252200450943 Fecha: 26-08-2025 RESOLUCIÓN No. 792 DEL 27 DE AGOSTO DE 2025 “Por la cual se ordena la apertura de la convocatoria “Beca Más Cultura Local Sumapaz, Sembrando Cultura Rural” del Fondo de Desarrollo Local de Sumapaz en el marco del componente B del Programa Más Cultura Local 2025, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte” de formación artística, apoyo a personas y grupos dedicados a actividades culturales, ferias, exposiciones, unidades móviles de divulgación cultural, y otorgará incentivos y créditos especiales para artistas sobresalientes, así como para integrantes de las comunidades locales en el campo de la creación, la ejecución, la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo (…)”
Que el Acuerdo Distrital No. 257 de 2006 “Por el cual se dictan normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito Capital, y se expiden otras disposiciones”, en su artículo 94 establece que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, tiene por objeto “(…) orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculadas y la sociedad civil. (…)”.
Que en el artículo 3 del Decreto Distrital 340 de 2020, se definen las funciones de la Secretaría Distrital de Cultura Recreación y Deporte, entre ellas: “(…) f. Impulsar la formación y gestión de actividades y programas artísticos, culturales, deportivos y de alto rendimiento, acorde con los planes sectoriales y con el plan de desarrollo económico y social y de obras públicas del Distrito Capital; (…) i. Coordinar la ejecución de las políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y del deporte que desarrollen las entidades adscritas y vinculadas y las localidades; j. Gestionar la ejecución de las políticas, planes y proyectos culturales y artísticos, con el fin de garantizar el efectivo ejercicio de los derechos culturales y fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo; (…) o. Promover e impulsar estrategias que garanticen el desarrollo del arte y estímulos para los artistas (…)”.
Que mediante Convenio Interadministrativo Marco No. 690 de 2024, celebrado entre la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte – SCRD, los Fondos de Desarrollo Local de Suba, Barrios Unidos, Teusaquillo, Engativá, Usaquén, Santa Fe, Los Mártires, Ciudad Bolívar, San Cristóbal, Kennedy, Fontibón, Usme, Rafael Uribe Uribe, Bosa, Antonio Nariño, Puente Aranda, Tunjuelito, Sumapaz, La Candelaria y Chapinero, la Fundación Gilberto Álzate Avendaño – FUGA y el Instituto Distrital de las Artes – IDARTES, en la Cláusula primera, se dispuso como objeto: “Aunar esfuerzos técnicos y administrativos con el fin de desarrollar acciones articuladas para fomentar, gestionar y desarrollar proyectos para la transformación social y económica de los territorios a través de la creación y circulación de bienes y servicios artísticos, culturales, patrimoniales y Página 2 de 9 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-13 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 13 *20252200450943* Radicado: 20252200450943 Fecha: 26-08-2025 RESOLUCIÓN No. 792 DEL 27 DE AGOSTO DE 2025 “Por la cual se ordena la apertura de la convocatoria “Beca Más Cultura Local Sumapaz, Sembrando Cultura Rural” del Fondo de Desarrollo Local de Sumapaz en el marco del componente B del Programa Más Cultura Local 2025, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte” creativos, así como el fortalecimiento de los agentes de este sector en las localidades del Distrito Capital”.
Que en el Convenio Interadministrativo Marco No. 690 de 2024, en la Cláusula novena se establece como compromiso de la SCRD de: “4. Poner a disposición del convenio las herramientas propias y experiencia acumulada en materia del Programa Distrital de Estímulos - PDE específicamente de las convocatorias, actos y trámites administrativos que se generan como consecuencia de esta”.
Que mediante Convenio Interadministrativo derivado No. 679 de 2025, celebrado entre la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte – SCRD, Instituto Distrital de las Artes – IDARTES, Fondo de desarrollo local de Usaquén; Fondo de Desarrollo Local de Chapinero; Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal; Fondo de Desarrollo Local de Usme; Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito; Fondo de Desarrollo Local de Bosa; Fondo de Desarrollo Local de Kennedy; Fondo de Desarrollo Local de Fontibón; Fondo de Desarrollo Local de Engativá; Fondo de Desarrollo Local de Suba; Fondo de Desarrollo Local de Barrios Unidos; Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo; Fondo de Desarrollo local Antonio Nariño; Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda; Fondo de Desarrollo Local Rafael Uribe Uribe; Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar y; Fondo de Desarrollo Local de Sumapaz., se dispuso como objeto: “Aunar esfuerzos técnicos, administrativos y financieros entre la SCRD, IDARTES y 17 Fondos de Desarrollo Local con el objetivo de implementar el programa Más Cultura Local 2025, buscando fortalecer las capacidades de los agentes culturales y artísticos de las localidades de Bogotá e impulsar procesos sostenibles de transformación social, económica y comunitaria a través del arte y la cultura, en articulación con las metas y líneas estratégicas del Plan de Desarrollo Distrital 2024-2027 “Bogotá Camina Segura”.
Que la Subsecretaría de Gobernanza en cumplimiento de sus funciones y en el marco del Plan de Desarrollo 2024-2027, “Bogotá Camina Segura”, cuenta con el Proyecto de Inversión 7965, denominado “Fortalecimiento del fomento para el desarrollo de procesos culturales sostenibles en Bogotá D.C” que tiene como objetivo general: “Ampliar el alcance de fomento en términos de renovación y disminución de brechas poblacionales, territoriales, y sociales para contribuir a la sostenibilidad de los procesos culturales”, y entre sus metas se encuentran entregar 931 estímulos de conformidad con los lineamientos establecidos en el procedimiento de Fomento y toda su articulación se genera por conducto de la Dirección de Fomento.
Que el Programa Más Cultura Local 2025 como estrategia de fomento, cuenta con el componente B mediante el cual se desarrollan convocatorias públicas a través del Página 3 de 9 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-14 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 14 *20252200450943* Radicado: 20252200450943 Fecha: 26-08-2025 RESOLUCIÓN No. 792 DEL 27 DE AGOSTO DE 2025 “Por la cual se ordena la apertura de la convocatoria “Beca Más Cultura Local Sumapaz, Sembrando Cultura Rural” del Fondo de Desarrollo Local de Sumapaz en el marco del componente B del Programa Más Cultura Local 2025, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
Programa Distrital de Estímulos en correspondencia con las metas de los Planes de Desarrollo Local de los FDL y un enfoque de territorialización de los recursos.
Que con base lo anterior, esta Secretaría, contempló la pertinencia y oportunidad de dar apertura a la convocatoria “Beca Más Cultura Local Sumapaz, Sembrando Cultura Rural” del Fondo de Desarrollo Local de Sumapaz en el marco del componente B del Programa Más Cultura Local 2025, con el propósito de fortalecer a los agentes artísticos y culturales e impulsar los procesos de transformación social y económica en la localidad de Sumapaz.
Que en lo relacionado con la incorporación de los recursos del Convenio Interadministrativo 679 de 2025, estos se adelantaron de acuerdo al cronograma y los procesos a ejecutar en cada vigencia definidos en la estructura de gestión del Programa Más Cultural Local 2025, por parte de las entidades responsables.
Que de acuerdo con lo anterior y conforme con lo establecido en el Convenio Interadministrativo No. 679 de 2025, el Fondo de Desarrollo Local de Sumapaz en cumplimiento de sus compromisos expidió el Certificado de Registro Presupuestal No. 1429 del 14 de julio de 2025, por valor de DOSCIENTOS OCHENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($280.000.000), el cual soporta presupuestalmente la convocatoria y las erogaciones presupuestales que se generen con ocasión de la asignación de recursos, según los lineamientos de las condiciones generales y específicas de participación en que se soporta la convocatoria que se describe a continuación:
MONTO DEL ÁREA MODALIDAD FONDO DE DESARROLLO NOMBRE DE LA CONVOCATORIA N° DE ESTÍMULOS ESTÍMULO VALOR DE LA CONVOCATORIA CRP LOCAL Interdisciplinar Beca Sumapaz Beca Más Cultura 1429 Local Sumapaz, 10 El valor individual del / Transdisciplina r Sembrando Cultura Rural estímulo es VEINTIDÓS MILLONES CUARENTA MIL PESOS $ 220.400.000 M/ ($ 22.040.000) M/CTE CTE Categoría Gestión cultural rural Categoría Oficios Página 4 de 9 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-15 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 15 *20252200450943* Radicado: 20252200450943 Fecha: 26-08-2025 RESOLUCIÓN No. 792 DEL 27 DE AGOSTO DE 2025 “Por la cual se ordena la apertura de la convocatoria “Beca Más Cultura Local Sumapaz, Sembrando Cultura Rural” del Fondo de Desarrollo Local de Sumapaz en el marco del componente B del Programa Más Cultura Local 2025, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
Culturales y patrimoniales Que en atención a que se generó el registro presupuestal respectivo de los recursos del Fondo en cita y que de conformidad con los términos del Convenio, deben ser incorporados al presupuesto de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, según el detalle que se muestra en el cuadro que antecede, se procederá con la expedición del Certificado de Disponibilidad Presupuestal, con el cual se soportará el componente presupuestal para la asignación de los estímulos en la convocatoria referida y el reconocimiento económico de los jurados encargados de realizar la evaluación de los proyectos y efectuar la recomendación de los seleccionados como ganadores de la convocatoria que se relacionan en el artículo primero de la presente resolución, según lo consignado en el Convenio Interadministrativo No. 679 de 2025.
Que las “CONDICIONES GENERALES DE PARTICIPACIÓN DEL PROGRAMA DISTRITAL DE ESTÍMULOS – PDE 2025” son una ruta de acceso a la ciudadanía al programa, que organiza tanto criterios como procesos para participar, verificar, evaluar y otorgar los distintos estímulos, basados en los principios de transparencia, participación, inclusión, cooperación y corresponsabilidad.
Que las condiciones y requisitos de participación de la convocatoria “Beca Más Cultura Local Sumapaz, Sembrando Cultura Rural” que se apertura mediante el presente acto administrativo se encuentran establecidas en el documento denominado “CONDICIONES GENERALES DE PARTICIPACIÓN DEL PROGRAMA DISTRITAL DE ESTÍMULOS - PDE 2025” y en el documento que contiene los requisitos específicos de la convocatoria en mención, hacen parte integral de la presente resolución, los cuales serán publicados en el siguiente micrositio: https://sicon.scrd.gov.co/ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
Que de conformidad con los requisitos específicos de la convocatoria en mención, se establece: “(…) "Desde la fecha de publicación de la convocatoria, la ciudadanía cuenta con cinco (5) días hábiles para hacer comentarios a la misma. Los comentarios se recibirán en el correo electrónico: convocatorias@scrd.gov.co hasta las 17:00:00 horas del último día (…)”. Por tanto, la convocatoria que se relacionan en el artículo primero del presente acto administrativo se publicarán en el micrositio mencionado en párrafo anterior desde el 27 de agosto de 2025 para los fines correspondientes, y la apertura de la misma será el 4 de septiembre de 2025.
Que de conformidad con las disposiciones establecidas en el Convenio Interadministrativo No. 679 de 2025 y en desarrollo de la política de fomento, mediante el presente acto Página 5 de 9 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-16 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 16 *20252200450943* Radicado: 20252200450943 Fecha: 26-08-2025 RESOLUCIÓN No. 792 DEL 27 DE AGOSTO DE 2025 “Por la cual se ordena la apertura de la convocatoria “Beca Más Cultura Local Sumapaz, Sembrando Cultura Rural” del Fondo de Desarrollo Local de Sumapaz en el marco del componente B del Programa Más Cultura Local 2025, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte” administrativo la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, dispone la apertura de la convocatoria “Beca Más Cultura Local Sumapaz, Sembrando Cultura Rural” del Fondo de Desarrollo Local de Sumapaz en el marco del componente B del Programa Más Cultura Local 2025.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo primero.
Ordenar la apertura de la convocatoria “Beca Más Cultura Local Sumapaz, Sembrando Cultura Rural” del Fondo de Desarrollo Local de Sumapaz en el marco del componente B del Programa Más Cultura Local 2025, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo, tal y como se indica a continuación:
MONTO DEL VALOR DE LA ÁREA MODALIDAD FONDO DE DESARROLLO NOMBRE DE LA CONVOCATORIA N° DE ESTÍMULO ESTÍMULO CONVOCATO CRP LOCAL S RIA El valor individual del estímulo es VEINTIDÓS MILLONES CUARENTA MIL PESOS ($ 22.040.000)
Beca Más Cultura Interdisciplinar M/CTE $ 220.400.000 Local Sumapaz, 10 Beca Sumapaz M/CTE 1429 / Transdisciplina Sembrando Cultura Rural r Categoría Gestión cultural rural Categoría Oficios Culturales y patrimoniales PARÁGRAFO: Los recursos para el desarrollo y ejecución de la convocatoria relacionada, se encuentran soportados en el Certificado de Registro Presupuestal No. 1429 del 14 de julio de 2025, expedido por el Fondo de Desarrollo Local de Sumapaz, donde, posterior al proceso de incorporación al presupuesto de la SCRD, se procederá con la expedición del Certificado de Disponibilidad Presupuestal para la convocatoria que se enuncia en el artículo primero de la presente resolución, con el propósito de soportar las acciones Página 6 de 9 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-17 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 17 *20252200450943* Radicado: 20252200450943 Fecha: 26-08-2025 RESOLUCIÓN No. 792 DEL 27 DE AGOSTO DE 2025 “Por la cual se ordena la apertura de la convocatoria “Beca Más Cultura Local Sumapaz, Sembrando Cultura Rural” del Fondo de Desarrollo Local de Sumapaz en el marco del componente B del Programa Más Cultura Local 2025, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte” correspondientes a la ejecución de la misma, tal y como se señala en la parte motiva del presente
Artículo segundo.
Los requisitos y condiciones de participación de la convocatoria “Beca Más Cultura Local Sumapaz, Sembrando Cultura Rural” del Fondo de Desarrollo Local de Sumapaz, que hacen parte del componente B del Programa Más Cultura Local 2025, se encuentran establecidos en el documento denominado “CONDICIONES GENERALES DE PARTICIPACIÓN DEL PROGRAMA DISTRITAL DE ESTÍMULOS – PDE 2025”, y en el documento que contiene los requisitos específicos de dicha convocatoria del componente B del Programa Más Cultura Local 2025, los cuales forman parte integral de la presente resolución.
Parágrafo. Las modificaciones a los términos de la convocatoria citada en el presente
acto administrativo se podrá modificar mediante aviso modificatorio que deberá publicarse en el respectivo micrositio web de convocatorias de la entidad de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (https://sicon.scrd.gov.co/), con anterioridad no menor a un (1) día hábil al vencimiento del plazo fijado en las condiciones de la convocatoria.
Artículo tercero.
Realizar por la Dirección de Fomento los trámites correspondientes al desembolso de los estímulos económicos, previstos en la citada convocatoria de la cual es responsable, de conformidad con el artículo primero del presente acto administrativo, acorde con los procesos y procedimientos definidos en este organismo.
Artículo cuarto.
Publicar por la Dirección de Fomento la presente resolución, así como los requisitos y condiciones de participación de las convocatorias en el micrositio: https://sicon.scrd.gov.co/ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. Y por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, publicar el contenido de la presente resolución en la Gaceta Distrital y en el Régimen Legal de Bogotá D.C. y en el vínculo de transparencia y acceso a la información pública de la página web de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
Artículo quinto.
Comunicar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano el contenido de la presente resolución a través de la herramienta ORFEO, a la Dirección de Fomento y al Grupo Interno de Trabajo de Gestión Financiera de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para los trámites de su competencia.
Página 7 de 9 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-18 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 18 *20252200450943* Radicado: 20252200450943 Fecha: 26-08-2025 RESOLUCIÓN No. 792 DEL 27 DE AGOSTO DE 2025 “Por la cual se ordena la apertura de la convocatoria “Beca Más Cultura Local Sumapaz, Sembrando Cultura Rural” del Fondo de Desarrollo Local de Sumapaz en el marco del componente B del Programa Más Cultura Local 2025, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
Artículo sexto.
El presente acto administrativo rige a partir del día siguiente a su publicación y contra este no procede recurso alguno, de conformidad con lo señalado en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.
Dada en Bogotá D.C., a los veintisiete (27) días del mes de agosto (08) de dos mil veinticinco (2025).
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR Secretario de Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Nombre Funcionario – Contratista Proyectó: Astrid Milena Casas Bello – Contratista Dirección de Fomento. Revisó: Martha Carolina Hernández Acevedo – Contratista Dirección de Fomento. Edgar Javier Pulido Caro - Contratista Dirección de Fomento. Aprobó: Juan Diego Jaramillo Morales – Director de Fomento. Revisó: Diego Eduardo Beltrán Hernández – Contratista Oficina Jurídica. Aprobó revisión: Héctor Ricardo Ojeda Sierra – Jefe (E) Oficina Jurídica.
Documento 20252200450943 firmado electrónicamente por:
Santiago Trujillo Escobar Secretario de Despacho Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Fecha firma: 27-08-2025 06:05:20 Hector Ricardo Ojeda Sierra (E)
Jefe Oficina Juridica (E) Oficina Jurídica Fecha firma: 26-08-2025 21:17:07 Diego Eduardo Beltrán Hernández Contratista Oficina Jurídica Fecha firma: 26-08-2025 19:31:50 Juan Diego Jaramillo Morales Director de Fomento Dirección de Fomento Fecha firma: 26-08-2025 18:33:49 Martha Carolina Hernández Acevedo Página 8 de 9 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Contratista Dirección de Fomento Fecha firma: 26-08-2025 18:14:23 Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-19 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 19 *20252200450943* Radicado: 20252200450943 Fecha: 26-08-2025 RESOLUCIÓN No. 792 DEL 27 DE AGOSTO DE 2025 “Por la cual se ordena la apertura de la convocatoria “Beca Más Cultura Local Sumapaz, Sembrando Cultura Rural” del Fondo de Desarrollo Local de Sumapaz en el marco del componente B del Programa Más Cultura Local 2025, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
Edgar Javier Pulido Caro Contratista Dirección de Fomento Fecha firma: 26-08-2025 18:20:35 Astrid Milena Casas Bello Contratista Dirección de Fomento Fecha firma: 26-08-2025 18:08:04 Sharon Nicole Rodríguez Perdomo Profesional Universitario - Numeración y Fechado Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano Fecha firma: 27-08-2025 08:14:12 be7eb928ed1221a6f6743c391c3ba1ae5dd652e19eeb3c033887305564909055 Codigo de Verificación CV: 2053b Página 9 de 9 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-20 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 20 *20252200451003* Radicado: 20252200451003 Fecha: 26-08-2025 RESOLUCIÓN No. 796 DEL 27 DE AGOSTO DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural Territorios Vivos 24/7 Tunjuelito de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
EL SECRETARIO DE DESPACHO De la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas el Decreto Distrital 340 de 2020 modificado por el Decreto 400 de 2022 y,
CONSIDERANDO:
Que los artículos 70 y 71 de la Constitución Política de Colombia de 1991, establecen el deber del Estado de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades y otorga la competencia para establecer mecanismos positivos para fomentar el desarrollo artístico, cultural y patrimonial de la Nación.
Que el numeral 3 del artículo 1° de la Ley 397 de 1997, “Por la cual se desarrollan los artículos 70, 71 y 72 y demás artículos concordantes de la Constitución Política y se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura y se trasladan algunas dependencias.”, señala que:
“(…) El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de reconocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación colombiana (…)”.
Que la ley en cita en su artículo 17 señala:
“(…) DEL FOMENTO. El Estado a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, fomentará las artes en todas sus expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas, como elementos del diálogo, el intercambio, la participación y como expresión libre y primordial del pensamiento del ser humano que construye en la convivencia pacífica.”.
Que así mismo, el artículo 18 de la mencionada ley establece:
" (…) El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos especiales y promocionará la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales. Para tal efecto establecerá, entre otros programas, bolsas de trabajo, becas, premios anuales, concursos, festivales, talleres de formación artística, apoyo a personas y grupos dedicados a actividades culturales, ferias, exposiciones, unidades móviles de divulgación cultural, y otorgará incentivos y créditos especiales para artistas Página 1 de 6 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-21 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 21 *20252200451003* Radicado: 20252200451003 Fecha: 26-08-2025 RESOLUCIÓN No. 796 DEL 27 DE AGOSTO DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural Territorios Vivos 24/7 Tunjuelito de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte” sobresalientes, así como para integrantes de las comunidades locales en el campo de la creación, la ejecución, la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo (…)”
Que el Decreto Distrital 340 de 2020, “Por el cual se modifica la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y se dictan otras disposiciones” señala que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, tiene por objeto:
“(…) orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculadas y la sociedad civil (…)”.
Que el artículo 3º, literal (j) del Decreto Distrital 340 de 2020, señala que, dentro de las funciones de esta Secretaría, está la de: “(…) Gestionar la ejecución de las políticas, planes y proyectos culturales y artísticos, con el fin de garantizar el efectivo ejercicio de los derechos culturales y fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo (…)”.
Que el artículo 13, literal (d) del Decreto Distrital 340 de 2020, contempla como funciones de la Dirección de Economía, Estudios y Política la de: “Asesorar la formulación e implementación de políticas públicas, planes, programas y proyectos relacionados con temas de economía cultural y creativa y de las economías derivadas del sector. (…)”.
Que el reconocimiento del fomento a la cultura como elemento central de protección y promoción de los Derechos Humanos, ha propiciado la creación de esquemas de política pública que buscan materializar el mandato constitucional de promover la protección, desarrollo y difusión de la cultura mediante la adopción de medidas que faciliten el ejercicio de sus derechos por parte de todas las comunidades. Así las cosas, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, establece el proceso misional del fomento a la cultura, como el conjunto de programas impulsados desde las entidades públicas que conforman el sector, con el propósito de promover, reconocer y fortalecer las prácticas artísticas, culturales y patrimoniales de la ciudadanía; garantizando un impacto integral e incluyente sobre la ciudad y favoreciendo el ejercicio libre y creativo de los derechos culturales.
Que dentro de las líneas de fomento se han definido las invitaciones culturales, las cuales se han concebido como mecanismos que buscan diversificar la participación de la ciudadanía en el proceso de Fomento, por medio de convocatorias que se adapten a las necesidades particulares o concertaciones con las poblaciones, sectores sociales o agentes de la ciudad, y les permita a las organizaciones, colectivos o personas, encontrar otros medios a través de los cuales acceder a recursos económicos o en especie; así Página 2 de 6 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-22 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 22 *20252200451003* Radicado: 20252200451003 Fecha: 26-08-2025 RESOLUCIÓN No. 796 DEL 27 DE AGOSTO DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural Territorios Vivos 24/7 Tunjuelito de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte” como a espacios que les facilite iniciar, fortalecer o ampliar sus prácticas culturales, artísticas, creativas o patrimoniales.
Que en el marco de la ejecución del Plan de Desarrollo para Bogotá (2024 - 2027) “Bogotá Camina Segura” en su Objetivo No. 3: “Bogotá confía en su potencial”, que pretende dinamizar la vida de una ciudad 24 horas, facilitando un entorno activo y seguro objetivo la SCRD, la Dirección de Economía, Estudios y Política, ha diseñado una apuesta cultural que acompaña la estrategia Bogotá 24/7. Esta iniciativa busca expandir la oferta en horarios no convencionales, garantizando el acceso y el ejercicio de los derechos culturales de la ciudadanía. En línea con esto, la SCRD tiene la meta de implementar 20 proyectos de jornadas 24 horas, fortaleciendo el ecosistema cultural y creativo de la ciudad. Esta meta se desglosa en cinco proyectos por año. Para el 2025, uno de estos proyectos se denomina Territorios Vivos 24/7, y se implementará en las localidades de Suba, Tunjuelito, Santa Fe, Candelaria, Teusaquillo y Usaquén.
Que la SCRD, a través de la Dirección de Economía, Estudios y Política, estructuró la “Invitación Cultural Territorios Vivos 24/7 Tunjuelito” la cual tiene como objeto: “Impulsar la apropiación cultural en la localidad de Tunjuelito mediante un proceso de caracterización basado en la oferta cultural en horarios no convencionales y públicos, que permita generar nuevos conocimientos que orienten la producción de obras y productos artísticos innovadores, lo cual derivará en el diseño y circulación de una agenda cultural con contenidos arraigados en la identidad y vocaciones locales”.
Que la “Invitación Cultural Territorios Vivos 24/7 Tunjuelito” tiene como finalidad visibilizar y enriquecer la oferta cultural en horarios no convencionales, desde el conocimiento de las tendencias y dinámicas locales que dialoguen, reflexionen y propongan ejercicios de apropiación y resignificación del territorio, como resultado de un ejercicio colaborativo de participación ciudadana.
Que para amparar los incentivos económicos que se detallan en la presente invitación cultural, la SCRD cuenta con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal que se cita a continuación:
Valor individual Monto total de la Dependencia encargada de la Invitación Tipo del incentivo No. de incentivos del incentivo invitación CDP invitación Invitación VEINTIOCHO CIENTO CATORCE Dirección de Economía, Económico Cuatro (4)
MILLONES QUINIENTOS MIL 1333 de 2025 Estudios y Cultural Territorios Vivos 24/7 PESOS M/CTE MILLONES DE PESOS M/CTE ($114.000.000)
Política Tunjuelito ($28.500.000)
Que los requisitos y condiciones específicas de participación para la “Invitación Cultural Territorios Vivos 24/7 Tunjuelito”, hacen parte integral de la presente resolución y Página 3 de 6 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-23 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 23 *20252200451003* Radicado: 20252200451003 Fecha: 26-08-2025 RESOLUCIÓN No. 796 DEL 27 DE AGOSTO DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural Territorios Vivos 24/7 Tunjuelito de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte” pueden ser consultadas en el micrositio web: https://invitaciones.scrd.gov.co/ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
Que de conformidad a lo anterior y en cumplimiento del marco normativo señalado, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte dispone la apertura a la “Invitación Cultural Territorios Vivos 24/7 Tunjuelito”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo primero.
Ordenar la apertura a la “Invitación Cultural Territorios Vivos 24/7 Tunjuelito”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo, y de acuerdo al cronograma establecido para tal fin.
Parágrafo. Los incentivos económicos a que hace referencia la invitación cultural que
se apertura, se encuentran amparados en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal con No 1333 del 10 de julio del 2025, relacionado en la parte motiva del presente acto administrativo.
Artículo segundo.
Los requisitos y condiciones de participación de la “Invitación Cultural Territorios Vivos 24/7 Tunjuelito” se encuentran publicados en el micrositio web: https://invitaciones.scrd.gov.co/ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
Parágrafo. Las modificaciones a los términos de la Invitación Cultural citada en el
presente acto administrativo se podrá modificar mediante aviso modificatorio que deberá publicarse en el respectivo micrositio web de Invitaciones Culturales de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte https://invitaciones.scrd.gov.co/, con anterioridad no menor a un (1) día hábil al vencimiento del plazo fijado en el cronograma que se indica en las condiciones de la Invitación Cultural.
Artículo tercero.
Realizar por la Dirección de Economía, Estudios y Política de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte los trámites correspondientes al desembolso de los incentivos económicos previstos en la citada invitación cultural de la cual es responsable, de conformidad con el artículo primero del presente acto administrativo, acorde con los procesos y procedimientos definidos en este organismo.
Artículo cuarto.
Publicar por la Dirección de Fomento la presente resolución, así como los requisitos y condiciones de participación de la invitación cultural en el micrositio
Página 4 de 6 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-24 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 24 *20252200451003* Radicado: 20252200451003 Fecha: 26-08-2025 RESOLUCIÓN No. 796 DEL 27 DE AGOSTO DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural Territorios Vivos 24/7 Tunjuelito de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte” denominado: Invitaciones Culturales de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. Y por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, publicar el contenido de la presente resolución en la Gaceta Distrital y en el Régimen Legal de Bogotá D.C. y en la página web de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
Artículo quinto.
Comunicar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, el contenido de la presente resolución a través del sistema de gestión documental ORFEO, a la Dirección de Economía, Estudios y Política, a la Dirección de Fomento y al Grupo Interno de Trabajo de Gestión Financiera de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para los trámites de su competencia.
Artículo sexto.
El presente acto administrativo rige a partir del día siguiente a su publicación y contra este no procede recurso alguno, de conformidad con lo señalado en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.
Dada en Bogotá D.C., a los veintisiete (27) días de agosto (08) de dos mil veinticinco (2025).
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR Secretario de Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Héctor Ricardo Ojeda Sierra-Jefe (E) Oficina Jurídica Proyectó: Lina Carrillo Orduz - Contratista Dirección de Fomento. Revisó: Edgar Javier Pulido Caro - Contratista Dirección de Fomento. Miguel Ángel Solano Rojas – Contratista Subsecretaría de Gobernanza. Aprobó: Juan Diego Jaramillo Morales – Director de Fomento. Mario Arturo Suarez Mendoza – Director de Economía, Estudios y Política. Mario Arturo Suarez Mendoza – Subsecretario (E) de Gobernanza Revisó: Diego Eduardo Beltrán Hernández- Contratista Oficina Jurídica Aprobó revisión y ajustó Documento 20252200451003 firmado electrónicamente por:
Contratista Oficina Jurídica Santiago Trujillo Escobar Secretario de Despacho Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Fecha firma: 27-08-2025 16:41:47 Diego Eduardo Beltrán Hernández Página 5 de 6 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-25 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 25 *20252200451003* Radicado: 20252200451003 Fecha: 26-08-2025 RESOLUCIÓN No. 796 DEL 27 DE AGOSTO DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural Territorios Vivos 24/7 Tunjuelito de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
Fecha firma: 26-08-2025 19:50:33 Hector Ricardo Ojeda Sierra (E)
Jefe Oficina Juridica (E) Oficina Jurídica Fecha firma: 26-08-2025 21:13:48 Mario Arturo Suárez Mendoza (E)
Subsecretario de Gobernanza (E) Subsecretaría de Gobernanza Fecha firma: 27-08-2025 12:37:08 Miguelangel Solano Rojas Contratista Subsecretaría de Gobernanza Fecha firma: 27-08-2025 12:18:00 Juan Diego Jaramillo Morales Director de Fomento Dirección de Fomento Fecha firma: 26-08-2025 19:46:55 Edgar Javier Pulido Caro Contratista Dirección de Fomento Fecha firma: 26-08-2025 19:23:01 Lina Leonor Carrillo Orduz Contratista Dirección de Fomento Fecha firma: 26-08-2025 18:24:12 Mario Arturo Suárez Mendoza Director de Economía Estudios y Política Dirección de Economía Estudios y Política Fecha firma: 27-08-2025 09:47:53 Sharon Nicole Rodríguez Perdomo Profesional Universitario - Numeración y Fechado Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano Fecha firma: 27-08-2025 16:08:44 19881ea42c6ee1f2a039a1b24b55e272ab6144115e4d77eb56d246b185c581e6 Codigo de Verificación CV: dd397 Página 6 de 6 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-26 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 26
*20252200452903*
Al contestar, citar el número:
Radicado: 20252200452903 Fecha: 27-08-2025 RESOLUCIÓN No. 798 DEL 27 DE AGOSTO DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la “Invitación Cultural: “Salón de artistas Distrito Creativo San Felipe”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
EL SECRETARIO DE DESPACHO De la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Decreto Distrital 340 de 2020 modificado por el Decreto 400 de 2022
CONSIDERANDO:
Que los artículos 70 y 71 de la Constitución Política establecen el deber del Estado de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades y otorga la competencia para establecer mecanismos positivos para fomentar el desarrollo artístico, cultural y patrimonial de la Nación.
Que el numeral 3 del artículo 1° de la Ley 397 de 1997, “Por la cual se desarrollan los artículos 70, 71 y 72 y demás artículos concordantes de la Constitución Política y se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura y se trasladan algunas dependencias.” señala que:
“(…) El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de reconocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación colombiana (…)”.
Que la ley en cita en su artículo 17 señala:
“(…) DEL FOMENTO. El Estado a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, fomentará las artes en todas sus expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas, como elementos del diálogo, el intercambio, la participación y como expresión libre y primordial del pensamiento del ser humano que construye en la convivencia pacífica.”.
Que así mismo, el artículo 18 de la mencionada ley establece:
Página 1 de 7 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-27 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 27
*20252200452903*
Al contestar, citar el número:
Radicado: 20252200452903 Fecha: 27-08-2025 RESOLUCIÓN No. 798 DEL 27 DE AGOSTO DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la “Invitación Cultural: “Salón de artistas Distrito Creativo San Felipe”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
"(…) El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos especiales y promocionará la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales. Para tal efecto establecerá, entre otros programas, bolsas de trabajo, becas, premios anuales, concursos, festivales, talleres de formación artística, apoyo a personas y grupos dedicados a actividades culturales, ferias, exposiciones, unidades móviles de divulgación cultural, y otorgará incentivos y créditos especiales para artistas sobresalientes, así como para integrantes de las comunidades locales en el campo de la creación, la ejecución, la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo (…)”.
Que el Decreto Distrital 340 de 2020, “Por el cual se modifica la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y se dictan otras disposiciones” señala que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, tiene por objeto:
“(…) orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculadas y la sociedad civil (…)”.
Que el artículo 3º, literal (j) del Decreto Distrital 340 de 2020, señala que dentro de las funciones de esta Secretaría, está la de: “(…) Gestionar la ejecución de las políticas, planes y proyectos culturales y artísticos, con el fin de garantizar el efectivo ejercicio de los derechos culturales y fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo (…)”.
Que el reconocimiento del fomento a la cultura como elemento central de protección y promoción de los Derechos Humanos, ha propiciado la creación de esquemas de política pública que buscan materializar el mandato constitucional de promover la protección, desarrollo y difusión de la cultura mediante la adopción de medidas que faciliten el ejercicio de sus derechos por parte de todas las comunidades. Así las cosas, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, establece el proceso misional del fomento a la cultura, como el conjunto de programas impulsados desde las entidades públicas que conforman el sector, con el propósito de promover, reconocer y fortalecer las prácticas artísticas, culturales y patrimoniales de la ciudadanía; garantizando un impacto Página 2 de 7 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-28 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 28
*20252200452903*
Al contestar, citar el número:
Radicado: 20252200452903 Fecha: 27-08-2025 RESOLUCIÓN No. 798 DEL 27 DE AGOSTO DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la “Invitación Cultural: “Salón de artistas Distrito Creativo San Felipe”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte” integral e incluyente sobre la ciudad y favoreciendo el ejercicio libre y creativo de los derechos culturales.
Que en el marco del Plan de Desarrollo Distrital 2024–2027 “Bogotá Camina Segura”, y de manera particular en el Objetivo No. 3 “Bogotá confía en su potencial”, la SCRD avanza en la implementación del Programa 3.20 “Promoción del emprendimiento formal, equitativo e incluyente”, el cual contempla, entre otras acciones, la consolidación de un sistema distrital de apoyo al emprendimiento, la activación de Distritos Creativos para la creación de valor y riqueza en el ecosistema cultural y creativo, y la resignificación del imaginario colectivo del entorno.
Que la “Invitación Cultural: “Salón de artistas Distrito Creativo San Felipe” se alinea con uno de los objetivos estratégicos de la Política Pública Distrital de Economía Cultural y Creativa (2019–2038), enfocado en la creación de condiciones para el fortalecimiento del ecosistema cultural impulsando la dinamización y sostenibilidad económica de los agentes culturales y creativos, así como el fortalecimiento de sus capacidades productivas. Esta acción parte del fortalecimiento al Distrito Creativo San Felipe, reconocido por la concentración de galerías, estudios, espacios de creación y colectivos independientes, lo que lo convierte en un referente de la escena artística contemporánea de Bogotá.
Que para el desarrollo de este objetivo, la SCRD, a través de la Dirección de Economía, Estudios y Política, ha diseñado una apuesta cultural que acompaña la estrategia Distritos Creativos, que busca consolidar un modelo de intervención cultural integral y sostenible que aporte a la consolidación de espacios adecuados para el fortalecimiento del ecosistema creativo, atendiendo a las necesidades y vocaciones de los territorios priorizados.
Que en este sentido, la SCRD, a través de la Dirección de Economía, Estudios y Política invita a personas naturales o agrupaciones a presentar iniciativas para la circulación de obras originales de las artes plásticas, obras escultóricas, instalaciones sonoras y otras prácticas artísticas contemporáneas (En un espacio individual de máximo 20 metros cuadrados) que establezcan un diálogo conceptual con la temática oficial de la Bienal Internacional de Arte y Ciudad de Bogotá – BOG25 “Ensayos sobre la felicidad” https://www.bienalbogota.com/ y, a la vez, reflejen la diversidad, creatividad y potencial Página 3 de 7 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-29 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 29
*20252200452903*
Al contestar, citar el número:
Radicado: 20252200452903 Fecha: 27-08-2025 RESOLUCIÓN No. 798 DEL 27 DE AGOSTO DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la “Invitación Cultural: “Salón de artistas Distrito Creativo San Felipe”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte” del Distrito Creativo San Felipe. “Invitación cultural: “Salón de artistas Distrito Creativo San Felipe” cuya finalidad es reconocer y exaltar el territorio como epicentro del pensamiento artístico, la experimentación y la diversidad cultural.
Que para amparar los incentivos económicos que se detallan en la presente invitación cultural, la SCRD cuenta con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal que se cita a continuación:
Monto total de Dependencia encargada de la Invitación Tipo de incentivo No. de incentivos la invitación CDP invitación Dirección de “Invitación cultural: “Salón Economía, de artistas $60.000.000 Económico fijo Seis (6) Incentivos económicos cada uno por No. 1443 del 19 de agosto de 2025 Estudios y Distrito Creativo San Política valor de $10.000.000 Felipe”
Que los requisitos y condiciones específicas de participación de la Invitación Cultural: “Salón de artistas Distrito Creativo San Felipe hacen parte integral de la presente resolución y pueden ser consultadas en el micrositio web: https://invitaciones.scrd.gov.co/ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
Que de conformidad con lo anterior y en cumplimiento del marco normativo señalado, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte dispone la apertura a la “Invitación cultural: “Salón de artistas Distrito Creativo San Felipe”.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo primero.
Ordenar la apertura de la “Invitación Cultural: “Salón de artistas Distrito Creativo San Felipe”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo, y de acuerdo con el cronograma establecido para tal fin.
Página 4 de 7 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-30 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 30
*20252200452903*
Al contestar, citar el número:
Radicado: 20252200452903 Fecha: 27-08-2025 RESOLUCIÓN No. 798 DEL 27 DE AGOSTO DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la “Invitación Cultural: “Salón de artistas Distrito Creativo San Felipe”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
Parágrafo. Los incentivos económicos a que hace referencia la invitación cultural que
se apertura, se encuentran amparados en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No.1443 del 19 de agosto de 2025, relacionado en la parte motiva del presente acto administrativo.
Artículo segundo.
Los requisitos y condiciones de participación de la “Invitación Cultural: “Salón de artistas Distrito Creativo San Felipe” serán publicados en el micrositio web: https://invitaciones.scrd.gov.co/ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
Parágrafo. Las modificaciones a los términos de la Invitación Cultural citada en el
presente acto administrativo se podrá modificar mediante aviso modificatorio que deberá publicarse en el respectivo micrositio web de Invitaciones Culturales de la SCRD (https://invitaciones.scrd.gov.co/), con anterioridad no menor a un (1) día hábil al vencimiento del plazo fijado en el cronograma que se indica en las condiciones de la Invitación Cultural.
Artículo tercero.
Realizar por la Dirección de Economía, Estudios y Política de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte los trámites correspondientes al desembolso de los incentivos económicos previsto en la citada invitación cultural de la cual es responsable, de conformidad con el artículo primero del presente acto administrativo, acorde con los procesos y procedimientos definidos en este organismo.
Artículo cuarto.
Comunicar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, el contenido de la presente resolución a través del sistema de gestión documental ORFEO, a la Dirección de Economía, Estudios y Política, la Dirección de Fomento y al Grupo Interno de Trabajo de Gestión Financiera de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para los trámites de su competencia.
Artículo quinto.
Publicar por la Dirección de Fomento la presente resolución, así como los requisitos y condiciones de participación de la presente invitación cultural en el micrositio denominado: Invitaciones Culturales de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. Y por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, publicar el contenido de la presente resolución en la Gaceta Distrital y en el
Página 5 de 7 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-31 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 31
*20252200452903*
Al contestar, citar el número:
Radicado: 20252200452903 Fecha: 27-08-2025 RESOLUCIÓN No. 798 DEL 27 DE AGOSTO DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la “Invitación Cultural: “Salón de artistas Distrito Creativo San Felipe”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
Régimen Legal de Bogotá D.C. y en la página web de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
Artículo sexto.
La presente resolución rige a partir del día siguiente a su publicación, y contra este no procede recurso alguno, de conformidad con lo señalado en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.
Dada en Bogotá D.C., a los veintisiete (27) días de agosto (08) de dos mil veinticinco (2025).
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR Secretario de Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Sandra Margoth Vélez Abello - Jefe Oficina Jurídica.
Proyectó: Nelson Eduardo Cortes Castillo - Contratista Dirección de Fomento. Revisó: Edgar Javier Pulido Caro - Contratista Dirección de Fomento. Miguel Ángel Solano Rojas – Contratista Subsecretaría de Gobernanza. Aprobó: Juan Diego Jaramillo Morales – Director de Fomento. Mario Arturo Suarez Mendoza - Dirección de Economía, Estudios y Política. Mario Arturo Suarez Mendoza - Subsecretario (E) de Gobernanza. Revisó: Diego Eduardo Beltrán Hernández -Contratista Oficina Jurídica. Aprobó revisión y ajustó:
Documento 20252200452903 firmado electrónicamente por:
Santiago Trujillo Escobar Secretario de Despacho Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Fecha firma: 27-08-2025 15:17:38 Sandra Margoth Vélez Abello Jefe de Oficina Jurídica Oficina Jurídica Fecha firma: 27-08-2025 14:47:28 Diego Eduardo Beltrán Hernández Contratista Oficina Jurídica Fecha firma: 27-08-2025 14:29:47 Página 6 de 7 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-32 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 32
*20252200452903*
Al contestar, citar el número:
Radicado: 20252200452903 Fecha: 27-08-2025 RESOLUCIÓN No. 798 DEL 27 DE AGOSTO DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la “Invitación Cultural: “Salón de artistas Distrito Creativo San Felipe”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
Mario Arturo Suárez Mendoza (E)
Subsecretario de Gobernanza (E) Subsecretaría de Gobernanza Fecha firma: 27-08-2025 12:49:55 Miguelangel Solano Rojas Contratista Subsecretaría de Gobernanza Fecha firma: 27-08-2025 12:44:35 Juan Diego Jaramillo Morales Director de Fomento Dirección de Fomento Fecha firma: 27-08-2025 11:40:19 Edgar Javier Pulido Caro Contratista Dirección de Fomento Fecha firma: 27-08-2025 11:23:42 Nelson Eduardo Cortes Castillo Contratista Dirección de Fomento Fecha firma: 27-08-2025 10:22:41 Mario Arturo Suárez Mendoza Director de Economía Estudios y Política Dirección de Economía Estudios y Política Fecha firma: 27-08-2025 12:20:34 Sharon Nicole Rodríguez Perdomo Profesional Universitario - Numeración y Fechado Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano Fecha firma: 27-08-2025 16:17:44 b8e1e01f985a6ab5ba53c25ea5d19d1887b5573fb20b80913571a61ad63f9e90 Codigo de Verificación CV: b2e34 Página 7 de 7 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-33 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 33 20252200452 843 Al contestar, por favor cite el radicado:
No.:*20252200452843* Fecha: 27-08-2025 RESOLUCIÓN No. 801 DEL 29 DE AGOSTO DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la convocatoria del Programa Distrital de Apoyos Concertado (PDAC) 2026 en la Modalidad Proyectos Metropolitanos, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
EL SECRETARIO DE DESPACHO De la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Decreto Distrital No. 340 de 2020, modificado por el Decreto Distrital 400 de 2022 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 70 de la Constitución Política de 1991, establece: "(…) El Estado tiene el deber de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades, por medio de la educación permanente y la enseñanza científica, técnica, artística y profesional en todas las etapas del proceso de creación de la identidad nacional. La cultura en sus diversas manifestaciones es fundamento de la nacionalidad. El Estado reconoce la igualdad y dignidad de todas las personas que conviven en el país. El Estado promoverá la investigación, la ciencia, el desarrollo y la difusión de los valores culturales de la Nación (…)".
Que el artículo 71 de la Constitución Política de Colombia dispone: "(…) La búsqueda del conocimiento y la expresión artística son libres. Los planes de desarrollo económico y social incluirán el fomento a las ciencias y, en general, a la cultura. El Estado creará incentivos para personas e instituciones que desarrollen y fomenten la ciencia y la tecnología y las demás manifestaciones culturales y ofrecerá estímulos especiales a personas e instituciones que ejerzan estas actividades (…)".
Que el numeral 3 del artículo 1 de la Ley 397 de 1997, Ley General de Cultura, señala que: “El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de conocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación colombiana”.
Que la citada ley en su artículo 17 señala: “(…) El Estado a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, fomentará las artes en todas sus expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas, como elementos del diálogo, el Página 1 de 10 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-34 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 34 20252200452 843 Al contestar, por favor cite el radicado:
No.:*20252200452843* Fecha: 27-08-2025 RESOLUCIÓN No. 801 DEL 29 DE AGOSTO DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la convocatoria del Programa Distrital de Apoyos Concertado (PDAC) 2026 en la Modalidad Proyectos Metropolitanos, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte” intercambio, la participación y como expresión libre y primordial del pensamiento del ser humano que construye en la convivencia pacífica”.
Que así mismo, en su artículo 18 de la ley anteriormente mencionada, establece: "(…) El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos especiales y promocionará la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales. Para tal efecto establecerá, entre otros programas, bolsas de trabajo, becas, premios anuales, concursos, festivales, talleres de formación artística, apoyo a personas y grupos dedicados a actividades culturales, ferias, exposiciones, unidades móviles de divulgación cultural, otorgará incentivos y créditos especiales para artistas sobresalientes, así como y para integrantes de las comunidades locales en el campo de la creación, la ejecución, la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo (...)”.
Que corresponde a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, en desarrollo de las funciones contenidas en el Decreto Distrital 340 de 2020, artículo 3º, literal j: “Gestionar la ejecución de las políticas, planes y proyectos culturales y artísticos, con el fin de garantizar el efectivo ejercicio de los derechos culturales y fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo”.
Que en cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 1493 de 2011, fue creada la contribución parafiscal cultural de los espectáculos públicos de las artes escénicas para proyectos de infraestructura cultural; sin embargo, con el fin de vincular nuevas líneas de participación, mediante la Ley 2070 de 2020 se amplió la posibilidad de inversión de estos recursos incluyendo las líneas de circulación y producción en la financiación de proyectos de esta naturaleza con un porcentaje máximo de acuerdo con el recaudo de cada entidad territorial.
Que, para definir el alcance de estos proyectos, el Decreto 1080 de 2015, modificado por el Decreto Legislativo 639 de 2021, en su artículo 2.9.2.4.2, establece que son actividades de:
“(…) 5. Producción: Conjunto de actividades y procesos que los agentes del Sector de las artes escénicas desarrollan para disponer de los elementos Página 2 de 10 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-35 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 35 20252200452 843 Al contestar, por favor cite el radicado:
No.:*20252200452843* Fecha: 27-08-2025 RESOLUCIÓN No. 801 DEL 29 DE AGOSTO DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la convocatoria del Programa Distrital de Apoyos Concertado (PDAC) 2026 en la Modalidad Proyectos Metropolitanos, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte” técnicos y artísticos necesarios para la realización de espectáculos públicos de las artes escénicas de acuerdo con lo establecido en el literal a) del artículo 3° de la Ley 1493 de 2011 (...)”
“(…) 6. Circulación: Actividades de gestión y puesta en escena de contenidos desarrollados por los agentes del sector de las artes escénicas para la presentación al público en general de los espectáculos públicos de las artes escénicas, de acuerdo con lo establecido en el literal a) del artículo 3° de la Ley 1493 de 2011 (…)”
Que atendiendo las disposiciones contenidas en el artículo 13 de la Ley 1493 de 2011, modificado por el artículo 12 de la Ley 2070 de 2020, y lo establecido en la Decreto 1080 de 2015, modificado por el Decreto 639 de 2021, mediante el Programa Distrital de Apoyos Concertado (PDAC) se articulan recursos de la contribución parafiscal cultural de los espectáculos públicos de las artes escénicas en las líneas y/o procesos de circulación y producción.
Que en cumplimiento con lo señalado en el artículo 3 del Decreto Distrital 321 de 2022 en lo que se refiere a la administración y ejecución de los recursos de la contribución parafiscal cultural, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte – SCRD como entidad ordenadora del gasto destinará estos recursos a la realización de actividades o proyectos que incentiven la producción y circulación de las artes escénicas a través de convocatorias públicas; contribuyendo así con el objetivo de incrementar las acciones para la cobertura contextualizada, equitativa e integral de los programas de fomento orientados al fortalecimiento de los agentes culturales y la apropiación ciudadana de los procesos culturales, artísticos y patrimoniales de la ciudad.
Que el Acuerdo Distrital 257 de 2006 “Por el cual se dictan normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito Capital, y se expiden otras disposiciones”, en su artículo 94 establece la naturaleza, objeto y funciones básicas de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, la cual tiene por objeto: “(...) orientar y liderar la formulación concertada de Página 3 de 10 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-36 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 36 20252200452 843 Al contestar, por favor cite el radicado:
No.:*20252200452843* Fecha: 27-08-2025 RESOLUCIÓN No. 801 DEL 29 DE AGOSTO DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la convocatoria del Programa Distrital de Apoyos Concertado (PDAC) 2026 en la Modalidad Proyectos Metropolitanos, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte” políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculadas y la sociedad civil.”
Que el documento CONPES D.C. “POLÍTICA PÚBLICA DISTRITAL DE ECONOMÍA CULTURAL Y CREATIVA 2019-2038”, definió como uno de los objetivos específicos de dicha Política “(…) 4.2.3 Ampliar mecanismos de apoyo financiero dirigido a los agentes del sector cultural y creativo”, para lo cual: “(…) La Secretaría Distrital de Cultura Recreación y Deporte en articulación con entidades públicas y privadas, realizará actividades de gestión y acompañamiento técnico que permitan aumentar el número de los agentes del sector cultural y creativo que acceden a financiación. Para el efecto, se ampliarán los mecanismos de apoyo financiero dirigido a los agentes del sector cultural y creativo, para que puedan apalancar la producción de bienes y servicios, a través del acceso a recursos no reembolsables, y fortalecimiento de servicios de financiación (…)”.
Que mediante Acuerdo del Concejo Distrital No. 927 de 2024, adoptó el Plan Distrital de Desarrollo “Bogotá Camina Segura”, 2024-2027, cuenta con el Proyecto de Inversión 7965, denominado: “Fortalecimiento del fomento para el desarrollo de procesos culturales sostenibles en Bogotá D.C” con el objetivo general de buscar mejorar la calidad de vida de las personas garantizándoles una mayor seguridad, inclusión, libertad, igualdad de oportunidades y un acceso más justo a bienes y servicios públicos, fortaleciendo el tejido social en un marco de construcción de confianza y aprovechando el potencial de la sociedad y su territorio a partir de un modelo de desarrollo comprometido con la acción climática y la integración regional.
Que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte en el marco del Plan de Desarrollo 2024-2027, a través del proyecto de inversión citado propende por el fomento y desarrollo de procesos culturales, en términos de renovación y disminución de brechas poblacionales, territoriales, y sociales para contribuir a la sostenibilidad de los procesos culturales.
Que los lineamientos de fomento establecen que el Programa Distrital de Apoyos Concertados hace parte de un conjunto de acciones que trascienden la entrega de Página 4 de 10 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-37 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 37 20252200452 843 Al contestar, por favor cite el radicado:
No.:*20252200452843* Fecha: 27-08-2025 RESOLUCIÓN No. 801 DEL 29 DE AGOSTO DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la convocatoria del Programa Distrital de Apoyos Concertado (PDAC) 2026 en la Modalidad Proyectos Metropolitanos, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte” recursos y busca facilitar el ejercicio, dinamización y disfrute de la cultura, como un recurso valioso para el desarrollo social y económico. En este sentido, el Programa Distrital de Apoyos Concertados (PDAC) hace parte de la materialización de los mandatos constitucionales antes descritos en la ciudad capital, a través de la creación de apoyos, que resaltan el valor de las organizaciones y los agentes culturales en la gestión de la cultura; favorecen el ejercicio de los derechos culturales de los ciudadanos y las ciudadanas; y promueven la participación.
Que el PDAC es una de las estrategias de fomento del sector cultura de Bogotá D.C., que articula los recursos, esfuerzos y voluntades de la SCRD y de sus entidades adscritas, con el objetivo de: 1. Promover y fortalecer la gestión e implementación de proyectos de iniciativa privada, de interés público y de carácter artístico, cultural, patrimonial y creativo, a ejecutarse en Bogotá D.C., acordes con el Plan de Desarrollo Distrital vigente, mediante convocatoria a personas jurídicas legalmente constituidas como entidades sin ánimo de lucro, cuyo domicilio principal o de alguna de sus sedes, se encuentre ubicado en Bogotá D.C.; 2. Contribuir al acceso y disfrute de los derechos culturales de los y las habitantes de Bogotá D.C., incrementando la oferta de actividades artísticas, culturales, patrimoniales y creativas y propiciando espacios de encuentro, fortalecimiento del tejido social y reconocimiento del otro; 3. Reconocer la experiencia e idoneidad de las entidades sin ánimo de lucro del sector cultura de Bogotá D.C., apoyando sus proyectos para contribuir así, al fortalecimiento y a la sostenibilidad del ecosistema artístico, cultural, patrimonial y creativo de la ciudad; y 4. Propiciar alianzas entre la institucionalidad y las entidades sin ánimo de lucro de carácter artístico, cultural, patrimonial y creativo de Bogotá D.C., con el fin de ampliar el impacto de sus proyectos en la ciudad.
Que a través del PDAC se conforma un listado de proyectos elegibles en cada una de sus modalidades de participación: proyectos metropolitanos (convocatoria por invitación) o proyectos locales e interlocales (convocatoria abierta), presentados por entidades privadas sin ánimo de lucro, de reconocida experiencia e idoneidad que tengan su domicilio principal o alguna de sus sedes en Bogotá D.C.
Página 5 de 10 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-38 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 38 20252200452 843 Al contestar, por favor cite el radicado:
No.:*20252200452843* Fecha: 27-08-2025 RESOLUCIÓN No. 801 DEL 29 DE AGOSTO DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la convocatoria del Programa Distrital de Apoyos Concertado (PDAC) 2026 en la Modalidad Proyectos Metropolitanos, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
Que las Condiciones de Participación del PDAC de cada una de las modalidades citadas para la convocatoria 2026, además de estar alineadas con los objetivos del nuevo Plan Distrital de Desarrollo, “Bogotá Camina Segura”, 2024-2027, responden al interés del sector cultura, pues el objetivo del fomento a la cultura en Bogotá D.C. es entregar a la ciudadanía una guía accesible y clara de los criterios que configuran el PDAC y de los procesos que definen su convocatoria en sus dos modalidades: proyectos locales e interlocales y proyectos metropolitanos.
Que en virtud de lo anterior, una de las acciones concretas a realizar en el marco del proceso de fomento es la puesta en marcha del PDAC, por medio del cual se promueve y apoya la realización de proyectos de iniciativa privada y de interés público, acordes con el Plan Distrital de Desarrollo vigente y encaminados a fomentar y dinamizar las prácticas culturales artísticas, patrimoniales, creativas y de cultura ciudadana en la ciudad de Bogotá D.C. Este programa se implementa mediante convocatoria a personas jurídicas legalmente constituidas como entidades sin ánimo de lucro, cuyo domicilio principal, o alguna de sus sedes, se encuentre ubicada en Bogotá D.C.
Que los proyectos metropolitanos, además de ser desarrollados en Bogotá D.C., ser de iniciativa privada, de interés público y presentados por entidades sin ánimo de lucro de carácter artístico, cultural, patrimonial y creativo, con amplia experiencia, los proyectos metropolitanos tienen alcance distrital y cuentan con al menos siete (7) versiones anteriores con permanencia y programación continua, por lo menos una de estas versiones, realizada con apoyo del PDAC. Inciden directamente en al menos cinco (5) localidades de la ciudad y pueden demostrar: a) un impacto masivo en relación con la cantidad y diversidad de su población beneficiaria y, b) su contribución a la dinamización del empleo cultural. Aportan al posicionamiento y reconocimiento nacional e internacional de Bogotá D.C., como una capital cultural y creativa, en articulación con las estrategias, programas y apuestas de ciudad.
Que de conformidad a lo anterior y en cumplimiento del marco normativo señalado, mediante el presente acto administrativo la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, ordena la apertura de la convocatoria del “Programa Distrital de Apoyos Concertados (PDAC) 2026 en la Modalidad Proyectos Metropolitanos”, para los Página 6 de 10 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-39 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 39 20252200452 843 Al contestar, por favor cite el radicado:
No.:*20252200452843* Fecha: 27-08-2025 RESOLUCIÓN No. 801 DEL 29 DE AGOSTO DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la convocatoria del Programa Distrital de Apoyos Concertado (PDAC) 2026 en la Modalidad Proyectos Metropolitanos, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte” proyectos de iniciativa privada y de interés público, presentados por organizaciones sin ánimo de lucro, de derecho privado y de reconocida idoneidad cuyo domicilio principal, o alguna de sus sedes, se encuentre ubicada en Bogotá D.C.
Que las condiciones y requisitos de participación de la convocatoria que se abren mediante el presente acto administrativo se encuentran establecidas en el documento de "Condiciones de Participación Convocatoria 2026 Modalidad Proyectos Metropolitanos” del Programa Distrital de Apoyos Concertado (PDAC) 2026 que atienden lo dispuesto en el Decreto 092 de 2017, hacen parte integral de la presente resolución y pueden ser consultadas en el micrositio web: http://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/convocatorias.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo primero.
Ordenar la apertura de la convocatoria del “Programa Distrital de Apoyos Concertados (PDAC) 2026 en la Modalidad Proyectos Metropolitanos”, de conformidad con lo establecido en la parte motiva del presente acto administrativo y de acuerdo con el cronograma establecido para tal fin.
Artículo segundo.
Los requisitos y condiciones de participación de la referida convocatoria
serán publicados en el micrositio web: http://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/convocatorias de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
Parágrafo. Las modificaciones a los términos de la convocatoria citada en el
presente acto administrativo se podrá modificar mediante aviso modificatorio que deberá publicarse en el respectivo micrositio web http://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/convocatorias de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, con anterioridad no menor a un (1) día hábil al Página 7 de 10 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-40 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 40 20252200452 843 Al contestar, por favor cite el radicado:
No.:*20252200452843* Fecha: 27-08-2025 RESOLUCIÓN No. 801 DEL 29 DE AGOSTO DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la convocatoria del Programa Distrital de Apoyos Concertado (PDAC) 2026 en la Modalidad Proyectos Metropolitanos, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte” vencimiento del plazo fijado en el cronograma que se indica en las condiciones de la convocatoria.
Artículo tercero.
Comunicar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, el contenido de la presente resolución a través de la herramienta ORFEO a la Dirección de Fomento y a la Oficina Asesora de Comunicaciones de la Secretaría Distrital de Cultura Recreación y Deporte; asimismo, al correo institucional del Instituto Distrital de las Artes - IDARTES, la Fundación Gilberto Álzate Avendaño - FUGA, Instituto Distrital de Patrimonio Cultural - IDPC y a la Orquesta Filarmónica de Bogotá - OFB para los trámites de su competencia.
Artículo cuarto.
Publicar por la Dirección de Fomento la presente resolución así como los requisitos y condiciones de participación de la convocatoria del “Programa Distrital de Apoyos Concertados (PDAC) 2026 en la Modalidad Proyectos Metropolitanos”, establecidos en el documento denominado "Condiciones de Participación Convocatoria 2026 Modalidad Proyectos Metropolitanos”, en el micrositio web: http://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/convocatorias. Y por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, publicar el contenido de la presente resolución en la Gaceta Distrital y en el Régimen Legal de Bogotá y en la página web de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
Artículo quinto.
El presente acto administrativo rige a partir del día siguiente a su publicación y contra este no procede recurso alguno, de conformidad con lo señalado en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.
Dada en Bogotá D.C., a los veintinueve (29) días del mes de agosto (08) de dos mil veinticinco (2025).
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Página 8 de 10 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-41 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 41 20252200452 843 Al contestar, por favor cite el radicado:
No.:*20252200452843* Fecha: 27-08-2025 RESOLUCIÓN No. 801 DEL 29 DE AGOSTO DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la convocatoria del Programa Distrital de Apoyos Concertado (PDAC) 2026 en la Modalidad Proyectos Metropolitanos, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR Secretario de Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Sandra Margoth Vélez Abello - Jefe Oficina Jurídica.
Proyectó: Claudia Lucía Carrión Camelo - Contratista Dirección de Fomento. Revisó: Magda Viviana Acero Mora – Contratista Dirección de Fomento Edgar Javier Pulido Caro - Contratista Dirección de Fomento. Miguel Ángel Solano Rojas – Contratista Subsecretaría de Gobernanza. Aprobó: Juan Diego Jaramillo Morales – Director de Fomento. Mario Arturo Suarez Mendoza - Subsecretario de Gobernanza (E) Revisó: Diego Eduardo Beltrán Hernández -Contratista Oficina Jurídica. Aprobó revisión y ajustó:
Documento 20252200452843 firmado electrónicamente por:
Santiago Trujillo Escobar Secretario de Despacho Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Fecha firma: 28-08-2025 16:01:13 Sandra Margoth Vélez Abello Jefe de Oficina Jurídica Oficina Jurídica Fecha firma: 28-08-2025 15:18:37 Diego Eduardo Beltrán Hernández Contratista Oficina Jurídica Fecha firma: 28-08-2025 14:17:14 Mario Arturo Suárez Mendoza (E)
Subsecretario de Gobernanza (E) Subsecretaría de Gobernanza Fecha firma: 28-08-2025 13:42:12 Miguelangel Solano Rojas Contratista Subsecretaría de Gobernanza Fecha firma: 28-08-2025 13:15:03 Juan Diego Jaramillo Morales Director de Fomento Dirección de Fomento Fecha firma: 28-08-2025 12:27:25 Magda Viviana Acero Contratista Dirección de Fomento Página 9 de 10 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-42 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 42 20252200452 843 Al contestar, por favor cite el radicado:
No.:*20252200452843* Fecha: 27-08-2025 RESOLUCIÓN No. 801 DEL 29 DE AGOSTO DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la convocatoria del Programa Distrital de Apoyos Concertado (PDAC) 2026 en la Modalidad Proyectos Metropolitanos, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
Mora Fecha firma: 28-08-2025 09:07:36 Edgar Javier Pulido Caro Contratista Dirección de Fomento Fecha firma: 28-08-2025 11:22:30 Claudia Lucia Carrión Camelo Contratista Dirección de Fomento Fecha firma: 27-08-2025 10:12:29 Sharon Nicole Rodríguez Perdomo Profesional Universitario - Numeración y Fechado Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano Fecha firma: 29-08-2025 08:31:09 4bc92c272ea0138c71fa115c099a633da33eb81f64189b74feb3a08f0b7704d8 Codigo de Verificación CV: 99599 Página 10 de 10 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-43 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 43 20252200452 763 Al contestar, por favor cite el radicado:
No.:*20252200452763* Fecha: 27-08-2025 RESOLUCIÓN No. 802 DEL 29 DE AGOSTO DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la convocatoria del Programa Distrital de Apoyos Concertado (PDAC) 2026 en la Modalidad Proyectos Locales e Interlocales, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
EL SECRETARIO DE DESPACHO De la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Decreto Distrital No. 340 de 2020, modificado por el Decreto Distrital 400 de 2022 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 70 de la Constitución Política de 1991, establece: "(…) El Estado tiene el deber de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades, por medio de la educación permanente y la enseñanza científica, técnica, artística y profesional en todas las etapas del proceso de creación de la identidad nacional. La cultura en sus diversas manifestaciones es fundamento de la nacionalidad. El Estado reconoce la igualdad y dignidad de todas las personas que conviven en el país. El Estado promoverá la investigación, la ciencia, el desarrollo y la difusión de los valores culturales de la Nación (…)".
Que el artículo 71 de la Constitución Política de Colombia dispone: "(…) La búsqueda del conocimiento y la expresión artística son libres. Los planes de desarrollo económico y social incluirán el fomento a las ciencias y, en general, a la cultura. El Estado creará incentivos para personas e instituciones que desarrollen y fomenten la ciencia y la tecnología y las demás manifestaciones culturales y ofrecerá estímulos especiales a personas e instituciones que ejerzan estas actividades (…)".
Que el numeral 3 del artículo 1 de la Ley 397 de 1997, Ley General de Cultura, señala que: “El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de conocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación colombiana”.
Que la citada ley en su artículo 17 señala: “(…) El Estado a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, fomentará las artes en todas sus expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas, como elementos del diálogo, el Página 1 de 10 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-44 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 44 20252200452 763 Al contestar, por favor cite el radicado:
No.:*20252200452763* Fecha: 27-08-2025 RESOLUCIÓN No. 802 DEL 29 DE AGOSTO DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la convocatoria del Programa Distrital de Apoyos Concertado (PDAC) 2026 en la Modalidad Proyectos Locales e Interlocales, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte” intercambio, la participación y como expresión libre y primordial del pensamiento del ser humano que construye en la convivencia pacífica”.
Que así mismo, en su artículo 18 de la ley anteriormente mencioanda, establece: "(…) El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos especiales y promocionará la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales. Para tal efecto establecerá, entre otros programas, bolsas de trabajo, becas, premios anuales, concursos, festivales, talleres de formación artística, apoyo a personas y grupos dedicados a actividades culturales, ferias, exposiciones, unidades móviles de divulgación cultural, otorgará incentivos y créditos especiales para artistas sobresalientes, así como y para integrantes de las comunidades locales en el campo de la creación, la ejecución, la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo (...)”.
Que corresponde a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, en desarrollo de las funciones contenidas en el Decreto Distrital 340 de 2020, artículo 3º, literal j: “Gestionar la ejecución de las políticas, planes y proyectos culturales y artísticos, con el fin de garantizar el efectivo ejercicio de los derechos culturales y fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo”.
Que en cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 1493 de 2011, fue creada la contribución parafiscal cultural de los espectáculos públicos de las artes escénicas para proyectos de infraestructura cultural; sin embargo, con el fin de vincular nuevas líneas de participación, mediante la Ley 2070 de 2020 se amplió la posibilidad de inversión de estos recursos incluyendo las líneas de circulación y producción en la financiación de proyectos de esta naturaleza con un porcentaje máximo de acuerdo con el recaudo de cada entidad territorial.
Que para definir el alcance de estos proyectos, el Decreto 1080 de 2015, modificado por el Decreto Legislativo 639 de 2021, en su artículo 2.9.2.4.2, establece que son actividades de:
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REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-45 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 45 20252200452 763 Al contestar, por favor cite el radicado:
No.:*20252200452763* Fecha: 27-08-2025 RESOLUCIÓN No. 802 DEL 29 DE AGOSTO DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la convocatoria del Programa Distrital de Apoyos Concertado (PDAC) 2026 en la Modalidad Proyectos Locales e Interlocales, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
“(…) 5. Producción: Conjunto de actividades y procesos que los agentes del Sector de las artes escénicas desarrollan para disponer de los elementos técnicos y artísticos necesarios para la realización de espectáculos públicos de las artes escénicas de acuerdo con lo establecido en el literal a) del artículo 3° de la Ley 1493 de 2011 (...)”
“(…) 6. Circulación: Actividades de gestión y puesta en escena de contenidos desarrollados por los agentes del sector de las artes escénicas para la presentación al público en general de los espectáculos públicos de las artes escénicas, de acuerdo con lo establecido en el literal a) del artículo 3° de la Ley 1493 de 2011 (…)”
Que atendiendo las disposiciones contenidas en el artículo 13 de la Ley 1493 de 2011, modificado por el artículo 12 de la Ley 2070 de 2020, y lo establecido en la Decreto 1080 de 2015, modificado por el Decreto 639 de 2021, mediante el Programa Distrital de Apoyos Concertado (PDAC) se articulan recursos de la contribución parafiscal cultural de los espectáculos públicos de las artes escénicas en las líneas y/o procesos de circulación y producción.
Que en cumplimiento con lo señalado en el artículo 3 del Decreto Distrital 321 de 2022 en lo que se refiere a la administración y ejecución de los recursos de la contribución parafiscal cultural, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte – SCRD como entidad ordenadora del gasto destinará estos recursos a la realización de actividades o proyectos que incentiven la producción y circulación de las artes escénicas a través de convocatorias públicas; contribuyendo así con el objetivo de incrementar las acciones para la cobertura contextualizada, equitativa e integral de los programas de fomento orientados al fortalecimiento de los agentes culturales y la apropiación ciudadana de los procesos culturales, artísticos y patrimoniales de la ciudad.
Que el Acuerdo Distrital 257 de 2006 “Por el cual se dictan normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito Capital, y se expiden otras disposiciones”, en su artículo 94 establece la Página 3 de 10 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-46 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 46 20252200452 763 Al contestar, por favor cite el radicado:
No.:*20252200452763* Fecha: 27-08-2025 RESOLUCIÓN No. 802 DEL 29 DE AGOSTO DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la convocatoria del Programa Distrital de Apoyos Concertado (PDAC) 2026 en la Modalidad Proyectos Locales e Interlocales, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte” naturaleza, objeto y funciones básicas de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, la cual tiene por objeto: “(...) orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculadas y la sociedad civil.”
Que el documento CONPES D.C. “POLÍTICA PÚBLICA DISTRITAL DE ECONOMÍA CULTURAL Y CREATIVA 2019-2038”, definió como uno de los objetivos específicos de dicha Política “(…) 4.2.3 Ampliar mecanismos de apoyo financiero dirigido a los agentes del sector cultural y creativo”, para lo cual: “(…) La Secretaría Distrital de Cultura Recreación y Deporte en articulación con entidades públicas y privadas, realizará actividades de gestión y acompañamiento técnico que permitan aumentar el número de los agentes del sector cultural y creativo que acceden a financiación. Para el efecto, se ampliarán los mecanismos de apoyo financiero dirigido a los agentes del sector cultural y creativo, para que puedan apalancar la producción de bienes y servicios, a través del acceso a recursos no reembolsables, y fortalecimiento de servicios de financiación (…)”.
Que mediante Acuerdo del Concejo Distrital No. 927 de 2024, se adoptó el Plan Distrital de Desarrollo “Bogotá Camina Segura”, 2024-2027, el cual cuenta con el Proyecto de Inversión 7965, denominado: “Fortalecimiento del fomento para el desarrollo de procesos culturales sostenibles en Bogotá D.C” con el objetivo general de buscar mejorar la calidad de vida de las personas garantizándoles una mayor seguridad, inclusión, libertad, igualdad de oportunidades y un acceso más justo a bienes y servicios públicos, fortaleciendo el tejido social en un marco de construcción de confianza y aprovechando el potencial de la sociedad y su territorio a partir de un modelo de desarrollo comprometido con la acción climática y la integración regional.
Que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte en el marco del Plan de Desarrollo 2024-2027, a través del proyecto de inversión citado propende por el fomento y desarrollo de procesos culturales, en términos de renovación y disminución de brechas poblacionales, territoriales, y sociales para contribuir a la sostenibilidad de los procesos culturales.
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REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-47 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 47 20252200452 763 Al contestar, por favor cite el radicado:
No.:*20252200452763* Fecha: 27-08-2025 RESOLUCIÓN No. 802 DEL 29 DE AGOSTO DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la convocatoria del Programa Distrital de Apoyos Concertado (PDAC) 2026 en la Modalidad Proyectos Locales e Interlocales, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
Que los lineamientos de fomento establecen que el Programa Distrital de Apoyos Concertados hace parte de un conjunto de acciones que trascienden la entrega de recursos y busca facilitar el ejercicio, dinamización y disfrute de la cultura, como un recurso valioso para el desarrollo social y económico. En este sentido, el Programa Distrital de Apoyos Concertados (PDAC) hace parte de la materialización de los mandatos constitucionales antes descritos en la ciudad capital, a través de la creación de apoyos, que resaltan el valor de las organizaciones y los agentes culturales en la gestión de la cultura; favorecen el ejercicio de los derechos culturales de los ciudadanos y las ciudadanas; y promueven la participación.
Que el PDAC es una de las estrategias de fomento del sector cultura de Bogotá D. C., que articula los recursos, esfuerzos y voluntades de la SCRD y de sus entidades adscritas, con el objetivo de: 1. Promover y fortalecer la gestión e implementación de proyectos de iniciativa privada, de interés público y de carácter artístico, cultural, patrimonial y creativo, a ejecutarse en Bogotá D.C., acordes con el Plan de Desarrollo Distrital vigente, mediante convocatoria a personas jurídicas legalmente constituidas como entidades sin ánimo de lucro, cuyo domicilio principal o de alguna de sus sedes, se encuentre ubicado en Bogotá D.C.; 2. Contribuir al acceso y disfrute de los derechos culturales de los y las habitantes de Bogotá D.C., incrementando la oferta de actividades artísticas, culturales, patrimoniales y creativas y propiciando espacios de encuentro, fortalecimiento del tejido social y reconocimiento del otro; 3. Reconocer la experiencia e idoneidad de las entidades sin ánimo de lucro del sector cultura de Bogotá D.C., apoyando sus proyectos para contribuir así, al fortalecimiento y a la sostenibilidad del ecosistema artístico, cultural, patrimonial y creativo de la ciudad; y 4. Propiciar alianzas entre la institucionalidad y las entidades sin ánimo de lucro de carácter artístico, cultural, patrimonial y creativo de Bogotá D.C., con el fin de ampliar el impacto de sus proyectos en la ciudad.
Que a través del PDAC se conforma un listado de proyectos elegibles en cada una de sus modalidades de participación: proyectos metropolitanos (convocatoria por invitación) y proyectos locales e interlocales (convocatoria abierta), presentados por entidades privadas sin ánimo de lucro, de reconocida experiencia e idoneidad que tengan su domicilio principal o alguna de sus sedes en Bogotá D.C.
Página 5 de 10 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-48 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 48 20252200452 763 Al contestar, por favor cite el radicado:
No.:*20252200452763* Fecha: 27-08-2025 RESOLUCIÓN No. 802 DEL 29 DE AGOSTO DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la convocatoria del Programa Distrital de Apoyos Concertado (PDAC) 2026 en la Modalidad Proyectos Locales e Interlocales, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
Que las Condiciones de Participación del PDAC de cada una de las modalidades citadas para la convocatoria 2026, además de estar alineadas con los objetivos del nuevo Plan Distrital de Desarrollo, “Bogotá Camina Segura”, 2024-2027, responden al interés del sector cultura, pues el objetivo del fomento a la cultura en Bogotá D.C. es entregar a la ciudadanía una guía accesible y clara de los criterios que configuran el PDAC y de los procesos que definen cada convocatoria en sus dos modalidades: proyectos locales e interlocales y proyectos metropolitanos.
Que en virtud de lo anterior, una de las acciones concretas a realizar en el marco del proceso de fomento es la puesta en marcha del PDAC, por medio del cual se promueve y apoya la realización de proyectos de iniciativa privada y de interés público, acordes con el Plan Distrital de Desarrollo vigente y encaminados a fomentar y dinamizar las prácticas culturales artísticas, patrimoniales, creativas y de cultura ciudadana en la ciudad de Bogotá D.C. Este programa se implementa mediante convocatoria a personas jurídicas legalmente constituidas como entidades sin ánimo de lucro, cuyo domicilio principal, o alguna de sus sedes, se encuentre ubicada en Bogotá D.C.
Que los proyectos locales e interlocales son de iniciativa privada, de interés público y presentados por una entidad sin ánimo de lucro de carácter artístico, cultural, patrimonial y creativo. Dichos proyectos tienen alcance directo en el territorio y la población, barrial o veredal, de una o varias localidades de Bogotá D.C., entendidos los conceptos de barrio y vereda de manera multidimensional en su vecindad física, territorial, sociocultural e identitaria.
Que de conformidad a lo anterior y en cumplimiento del marco normativo señalado, mediante el presente acto administrativo la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, ordena la apertura de la convocatoria del “Programa Distrital de Apoyos Concertados (PDAC) 2026 en la Modalidad Proyectos Locales e Interlocales”, para los proyectos de iniciativa privada y de interés público, presentados por organizaciones sin ánimo de lucro, de derecho privado y de reconocida idoneidad cuyo domicilio principal, o alguna de sus sedes, se encuentre ubicada en Bogotá D.C.
Página 6 de 10 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-49 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 49 20252200452 763 Al contestar, por favor cite el radicado:
No.:*20252200452763* Fecha: 27-08-2025 RESOLUCIÓN No. 802 DEL 29 DE AGOSTO DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la convocatoria del Programa Distrital de Apoyos Concertado (PDAC) 2026 en la Modalidad Proyectos Locales e Interlocales, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
Que las condiciones y requisitos de participación de la convocatoria que se abre mediante el presente acto administrativo se encuentran establecidas en el documento de "Condiciones de Participación Convocatoria 2026 Modalidad Proyectos Locales e Interlocales” del Programa Distrital de Apoyos Concertado (PDAC) 2026 que atienden lo dispuesto en el Decreto 092 de 2017, hacen parte integral de la presente resolución y pueden ser consultadas en el micrositio web: http://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/convocatorias.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo primero.
Ordenar la apertura de la convocatoria del “Programa Distrital de Apoyos Concertados (PDAC) 2026 en la Modalidad Proyectos Locales e Interlocales”, de conformidad con lo establecido en la parte motiva del presente acto administrativo y de acuerdo con el cronograma establecido para tal fin.
Artículo segundo.
Los requisitos y condiciones de participación de la referida convocatoria
serán publicados en el micrositio web: http://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/convocatorias de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
Parágrafo. Las modificaciones a los términos de la convocatoria citada en el
presente acto administrativo se podrá modificar mediante aviso modificatorio que deberá publicarse en el respectivo micrositio web http://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/convocatorias de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, con anterioridad no menor a un (1) día hábil al vencimiento del plazo fijado en el cronograma que se indica en las condiciones de la convocatoria.
Página 7 de 10 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-50 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 50 20252200452 763 Al contestar, por favor cite el radicado:
No.:*20252200452763* Fecha: 27-08-2025 RESOLUCIÓN No. 802 DEL 29 DE AGOSTO DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la convocatoria del Programa Distrital de Apoyos Concertado (PDAC) 2026 en la Modalidad Proyectos Locales e Interlocales, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
Artículo tercero.
Comunicar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, el contenido de la presente resolución a través de la herramienta ORFEO a la Dirección de Fomento y a la Oficina Asesora de Comunicaciones de la Secretaría Distrital de Cultura Recreación y Deporte; asimismo, al correo institucional del Instituto Distrital de las Artes - IDARTES, la Fundación Gilberto Álzate Avendaño - FUGA, Instituto Distrital de Patrimonio Cultural - IDPC y a la Orquesta Filarmónica de Bogotá - OFB para los trámites de su competencia.
Artículo cuarto.
Publicar por la Dirección de Fomento la presente resolución así como los requisitos y condiciones de participación de la convocatoria del “Programa Distrital de Apoyos Concertados (PDAC) 2026 en la Modalidad Proyectos Locales e Interlocales”, establecidos en el documento denominado "Condiciones de Participación Convocatoria 2026 Modalidad Proyectos Locales e Interlocales”, en el micrositio web: http://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/convocatorias. Y por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, publicar el contenido de la presente resolución en la Gaceta Distrital y en el Régimen Legal de Bogotá y en la página web de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
Artículo quinto.
El presente acto administrativo rige a partir del día siguiente a su publicación y contra este no procede recurso alguno, de conformidad con lo señalado en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.
Dada en Bogotá D.C., a los veintinueve (29) días del mes de agosto (08) de dos mil veinticinco (2025).
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR Secretario de Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Página 8 de 10 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-51 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 51 20252200452 763 Al contestar, por favor cite el radicado:
No.:*20252200452763* Fecha: 27-08-2025 RESOLUCIÓN No. 802 DEL 29 DE AGOSTO DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la convocatoria del Programa Distrital de Apoyos Concertado (PDAC) 2026 en la Modalidad Proyectos Locales e Interlocales, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
Sandra Margoth Vélez Abello - Jefe Oficina Jurídica.
Proyectó: Claudia Lucía Carrión Camelo - Contratista Dirección de Fomento. Revisó: Magda Viviana Acero Mora – Contratista Dirección de Fomento Edgar Javier Pulido Caro - Contratista Dirección de Fomento. Miguel Ángel Solano Rojas – Contratista Subsecretaría de Gobernanza. Aprobó: Juan Diego Jaramillo Morales – Director de Fomento. Mario Arturo Suarez Mendoza - Subsecretario de Gobernanza (E) Revisó: Diego Eduardo Beltrán Hernández -Contratista Oficina Jurídica. Aprobó revisión y ajustó Documento 20252200452763 firmado electrónicamente por:
Santiago Trujillo Escobar Secretario de Despacho Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Fecha firma: 28-08-2025 16:02:23 Sandra Margoth Vélez Abello Jefe de Oficina Jurídica Oficina Jurídica Fecha firma: 28-08-2025 15:15:21 Diego Eduardo Beltrán Hernández Contratista Oficina Jurídica Fecha firma: 28-08-2025 14:15:38 Mario Arturo Suárez Mendoza (E)
Subsecretario de Gobernanza (E) Subsecretaría de Gobernanza Fecha firma: 28-08-2025 13:41:34 Miguelangel Solano Rojas Contratista Subsecretaría de Gobernanza Fecha firma: 28-08-2025 13:11:29 Juan Diego Jaramillo Morales Director de Fomento Dirección de Fomento Fecha firma: 28-08-2025 12:24:06 Magda Viviana Acero Mora Contratista Dirección de Fomento Fecha firma: 28-08-2025 09:07:15 Edgar Javier Pulido Caro Contratista Dirección de Fomento Fecha firma: 28-08-2025 11:29:45 Página 9 de 10 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-52 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 52 20252200452 763 Al contestar, por favor cite el radicado:
No.:*20252200452763* Fecha: 27-08-2025 RESOLUCIÓN No. 802 DEL 29 DE AGOSTO DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la convocatoria del Programa Distrital de Apoyos Concertado (PDAC) 2026 en la Modalidad Proyectos Locales e Interlocales, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
Claudia Lucia Carrión Camelo Contratista Dirección de Fomento Fecha firma: 27-08-2025 10:05:36 Sharon Nicole Rodríguez Perdomo Profesional Universitario - Numeración y Fechado Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano Fecha firma: 29-08-2025 08:36:06 f944a5d32a17558e648b97cce664c26d0ad45e69810711cd6d29892ac10f0b10 Codigo de Verificación CV: c6c95 Página 10 de 10 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-53 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 53 *20251700459873* Radicado: 20251700459873 Fecha: 28-08-2025 RESOLUCIÓN No. 804 DEL 29 DE AGOSTO DE 2025 “Por la cual se modifica el presupuesto de gastos e inversión de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte para la vigencia 2025”
EL SECRETARIO DE DESPACHO En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Acuerdo Distrital 257 de 2006 y el Decreto Distrital 037 de 2017.
CONSIDERANDO:
Que el Acuerdo Distrital 257 de 2006 en su artículo 90 establece para el Sector Cultura, Recreación y Deporte como misión garantizar las condiciones para el ejercicio efectivo, progresivo y sostenible de los derechos a la cultura, a la recreación y al deporte de los habitantes del Distrito Capital, así como fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo.
Que el Decreto Distrital 340 de 2020 en concordancia con el artículo 94 del Acuerdo Distrital 257 de 2006 señala como objeto de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD el de “…orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculadas y la sociedad civil.”
Que el artículo 25 del Decreto Distrital 714 de 1996 - Estatuto Orgánico de Presupuesto del Distrito Capital dispone que la Secretaría Distrital de Hacienda, con base en el Plan Financiero para la vigencia respectiva, determinará los límites de gastos globales para cada uno de los órganos, entidades y organismos que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital.
Que el Decreto Distrital 192 de 2021 “Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dicta otras disposiciones” establece en el parágrafo del artículo 11 sobre la modificación de las apropiaciones lo siguiente: “Artículo 11°. Modificaciones de las apropiaciones. Cuando fuere necesario aumentar o reducir la cuantía de las apropiaciones, además de lo establecido en el Estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital, los establecimientos públicos deberán entregar a la Secretaría Distrital de Hacienda el Acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos con el concepto previo favorable de la adición o reducción presupuestal solicitada.
Parágrafo. Cuando se Página 1 de 8
GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-54 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 54 *20251700459873* Radicado: 20251700459873 Fecha: 28-08-2025 RESOLUCIÓN No. 804 DEL 29 DE AGOSTO DE 2025 “Por la cual se modifica el presupuesto de gastos e inversión de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte para la vigencia 2025” trate de modificaciones de gastos de inversión, se requerirá además que las entidades del Distrito cuenten con el concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.”
Que el 27 de diciembre de 2024, fue expedido el Decreto Distrital 470 “Por el cual se liquida el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2025 y se dictan otras disposiciones, en cumplimiento del Acuerdo Distrital 940 del 19 de diciembre de 2024”.
Que la Resolución SDH No 191 del 22 de septiembre de 2017, mediante la cual se adopta el Manual Operativo Presupuestal del Distrito Capital, en el numeral 3.2.1.3.1 establece los pasos para efectuar un ajuste por suscripción de convenios o contratos entre entidades distritales.
Que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte suscribió el convenio interadministrativo No. 680 de 2025 SCRD con la Fundación Gilberto Alzate Avendaño y 3 FDL, mediante el cual se aúnan esfuerzos técnicos, administrativos y financieros entre la SCRD, FUGA y El Fondo De Desarrollo Local De Santa Fe, El Fondo De Desarrollo Local De Los Mártires Y El Fondo De Desarrollo Local De La Candelaria con el objetivo de implementar el programa Más Cultura Local 2025, orientado a fortalecer las capacidades de los agentes culturales y creativos de las localidades participantes e impulsar procesos sostenibles de transformación social, económica y comunitaria a través del arte y la cultura, en articulación con las metas y líneas estratégicas del Plan de Desarrollo Distrital 2024-2027 “Bogotá Camina Segura”.
Que para la suscripción del convenio No. 680 de 2025 SCRD se expidieron los correspondientes Certificados de Disponibilidad Presupuestal y Certificados de Registro Presupuestal, amparando la incorporación al presupuesto de la SCRD para la vigencia 2025 por la suma de SEISCIENTOS VEINTISEIS MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS ($626.764.296), como se describe a continuación:
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REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-55 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 55 *20251700459873* Radicado: 20251700459873 Fecha: 28-08-2025 RESOLUCIÓN No. 804 DEL 29 DE AGOSTO DE 2025 “Por la cual se modifica el presupuesto de gastos e inversión de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte para la vigencia 2025”
ENTIDAD CDP Nº CRP Nº Rubro Fondo Valor Valor CRP Valor para incorporar vigencia 2025 $ 94.800.000 O23011745992024263 7 1-100-I079 VA- Ingresos Corrientes FDL 761 16/06/2025 $ 404.800.000 879 15/07/2025 FONDO DE DESARROLLO LOCAL LA CANDELARIA $ 310.000.000 $ 404.800.000 $ 349.801.336 O23011745992024265 3 1-100-I079 VA- Ingresos Corrientes FDL $ 172.245.600 O23011745992024271 5 1-100-I079 VA- Ingresos Corrientes FDL 849 27/05/2025 $ 880.703.600 1009 15/07/2025 FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE LOS MARTIRES $ 108.087.925 $ 280.333.525 $ 235.283.587 O23011745992024275 2 1-100-I079 VA- Ingresos Corrientes FDL $ 88.979.968 $ 88.979.968 $ 41.679.373 1012 6/06/2025 $ 942.416.700 1159 15/07/2025 O23011745992024291 5 1-100-I079 VA- Ingresos Corrientes FDL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE SANTAFE Total $ 774.113.493 $ 626.764.296 Que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte suscribió el convenio interadministrativo No. 679 de 2025 SCRD con el Instituto Distrital de Artes y 17 FDL, Aunar esfuerzos técnicos, administrativos y financieros entre la SCRD, IDARTES y El Fondo De Desarrollo Local De Usaquén; Fondo De Desarrollo Local De Chapinero; Fondo De Desarrollo Local De San Cristóbal; Fondo De Desarrollo Local De Usme; Fondo De Desarrollo Local De Tunjuelito; Fondo De Desarrollo Local De Bosa; Fondo De Desarrollo Local De Kennedy; Fondo De Desarrollo Local De Fontibón; Fondo De Desarrollo Local De Engativá; Fondo De Desarrollo Local De Suba; Fondo De Desarrollo Local De Barrios Unidos; Fondo De Desarrollo Local De Teusaquillo; Fondo De Desarrollo Local Antonio Nariño; Fondo De Desarrollo Local De Puente Aranda; Fondo De Desarrollo Local Rafael Uribe Uribe; Fondo De Desarrollo Local De Ciudad Bolívar Y; El Fondo De Desarrollo Rural De Sumapaz con el objetivo de implementar el programa Más Cultura Local 2025, orientado a fortalecer las capacidades de los agentes culturales y artísticos de las localidades participantes e impulsar procesos sostenibles de transformación social, económica y comunitaria a través del arte y la cultura, en articulación con las metas y líneas estratégicas del Plan de Desarrollo Distrital 2024-2027 “Bogotá Camina Segura”.
Que para la suscripción del convenio No. 679 de 2025 SCRD se expidieron los correspondientes Certificados de Disponibilidad Presupuestal y Certificados de Registro Presupuestal, amparando la incorporación al presupuesto de la SCRD para la vigencia 2025 por la suma de TRECE MIL DOSCIENTOS VEINTIOCHO MILLONES OCHENTA Y TRES MIL SETECIENTOS VEINTICINCO PESOS ($13.228.083.725), como se describe a continuación:
ENTIDAD CDP Nº CRP Nº Rubro Fondo Valor Valor CRP Valor para incorporar FONDO DE 1307 9/06/2025 $ 1.724.392.660 1276 15/07/2025 O23011745992024262 1-100-I079 VA- $ 562.427.996 $ 1.247.583.229 $ 1.156.376.243 Página 3 de 8 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-56 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 56 *20251700459873* Radicado: 20251700459873 Fecha: 28-08-2025 RESOLUCIÓN No. 804 DEL 29 DE AGOSTO DE 2025 “Por la cual se modifica el presupuesto de gastos e inversión de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte para la vigencia 2025”
ENTIDAD CDP Nº CRP Nº Rubro Fondo Valor Valor CRP Valor para incorporar 4 Ingresos Corrientes FDL DESARROLLO LOCAL DE USAQUEN $ 685.155.233 O23011745992024265 5 1-100-I079 VA- Ingresos Corrientes FDL $ 756.572.000 O23011745992024250 7 1-100-I079 VA- Ingresos Corrientes FDL 676 26/06/2025 $ 920.879.973 800 14/07/2025 FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE CHAPINERO $ 164.307.973 $ 920.879.973 $ 858.856.099 O23011745992024250 7 1-100-I079 VA- Ingresos Corrientes FDL $ 122.150.000 O23011745992024225 1 1-100-I079 VA- Ingresos Corrientes FDL 1422 27/06/2025 $ 2.956.500.000 1831 15/07/2025 FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE SAN CRISTOBAL $ 1.449.250.000 $ 1.571.400.000 $ 1.417.461.607 O23011745992024240 5 1-100-I079 VA- Ingresos Corrientes FDL $ 616.468.200 $ 616.468.200 $ 530.526.982 1428 12/06/2025 $ 1.673.062.000 1762 14/07/2025 O23011745992024256 4 FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE USME 1-100-I079 VA- Ingresos Corrientes FDL $ 328.877.500 $ 328.877.500 $ 276.164.277 1031 10/06/2025 $ 1.030.443.000 1252 17/07/2025 O23011745992024292 9 1-100-I079 VA- Ingresos Corrientes FDL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE TUNJUELITO $ 1.409.992.265 O23011745992024282 5 1-100-I079 VA- Ingresos Corrientes FDL 1565 28/05/2025 $ 2.880.172.974 2066 22/07/2025 FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE BOSA $ 273.178.315 $ 1.683.170.580 $ 1.532.552.163 O23011745992024284 0 1-100-I079 VA- Ingresos Corrientes FDL $ 506.820.311 O23011745992024278 0 1-100-I079 VA- Ingresos Corrientes FDL 2596 16/06/2025 $ 552.179.657 2804 14/07/2025 FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE KENNEDY $ 45.359.346 $ 552.179.657 $ 419.030.092 O23011745992024278 8 1-100-I079 VA- Ingresos Corrientes FDL $ 226.081.818 O23011745992024240 1 1-100-I079 VA- Ingresos Corrientes FDL 1459 19/06/2025 $ 1.355.375.818 1687 17/07/2025 FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE FONTIBON $ 210.900.519 $ 436.982.337 $ 367.627.998 O23011745992024241 5 1-100-I079 VA- Ingresos Corrientes FDL $ 39.993.950 $ 39.993.950 $ - 1746 23/05/2025 $ 39.993.950 1798 17/07/2025 O23011745992024233 9 1-100-I079 VA- Ingresos Corrientes FDL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE ENGATIVA $ 1.278.409.091 O23011745992024248 9 1-100-I079 VA- Ingresos Corrientes FDL 1579 28/05/2025 $ 3.067.557.831 1966 17/07/2025 FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE SUBA $ 1.789.148.740 $ 3.067.557.831 $ 2.778.640.956 O23011745992024274 3 1-100-I079 VA- Ingresos Corrientes FDL $ 586.932.364 O23011745992024263 1 1-100-I079 VA- Ingresos Corrientes FDL $ 174.687.000 840 27/05/2025 $ 839.472.596 986 11/07/2025 $ 839.472.596 $ 747.518.955 O23011745992024263 4 1-100-I079 VA- Ingresos Corrientes FDL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE BARRIOS UNIDOS $ 77.853.232 O23011745992024264 7 1-100-I079 VA- Ingresos Corrientes FDL $ 643.504.498 O23011745992024233 0 1-100-I079 VA- Ingresos Corrientes FDL 1003 13/06/2025 $ 653.312.898 1113 15/07/2025 FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE TEUSAQUILLO $ 9.808.400 $ 653.312.898 $ 585.295.412 O23011745992024266 3 1-100-I079 VA- Ingresos Corrientes FDL $ 613.771.600 $ 613.771.600 $ 556.458.063 834 20/06/2025 $ 1.098.271.600 1008 15/07/2025 O23011745992024235 3 1-100-I079 VA- Ingresos Corrientes FDL FONDO DE DESARROLLO LOCAL ANTONIO NARIÑO $ 533.138.000 $ 598.675.900 $ 549.391.471 FONDO DE DESARROLLO LOCAL PUENTE 1007 5/06/2025 $ 598.675.900 1240 21/07/2025 O23011745992024232 2 1-100-I079 VA- Ingresos Corrientes FDL Página 4 de 8 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-57 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 57 *20251700459873* Radicado: 20251700459873 Fecha: 28-08-2025 RESOLUCIÓN No. 804 DEL 29 DE AGOSTO DE 2025 “Por la cual se modifica el presupuesto de gastos e inversión de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte para la vigencia 2025”
ENTIDAD CDP Nº CRP Nº Rubro Fondo Valor Valor CRP Valor para incorporar $ 65.537.900 ARANDA O23011745992024248 2 1-100-I079 VA- Ingresos Corrientes FDL $ 643.850.353 $ 643.850.353 $ 550.023.432 1209 13/06/2025 $ 1.829.094.332 1569 16/07/2025 O23011745992024255 0 1-100-I079 VA- Ingresos Corrientes FDL FONDO DE DESARROLLO LOCAL RAFAEL URIBE $ 478.450.000 O23011745992024224 4 1-100-I079 VA- Ingresos Corrientes FDL 2064 23/05/2025 $ 3.898.590.748 2684 21/07/2025 FONDO DE DESARROLLO LOCAL CIUDAD BOLIVAR $ 371.115.901 $ 849.565.901 $ 651.825.097 O23011745992024240 6 1-100-I079 VA- Ingresos Corrientes FDL $ 280.000.000 $ 280.000.000 $ 250.334.878 1298 27/05/2025 $ 280.000.000 1429 14/07/2025 O23011745992024248 6 1-100-I079 VA- Ingresos Corrientes FDL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE SUMAPAZ Total $ 14.943.742.505 $ 13.228.083.725 Que mediante comunicación No. 2-2025-46562 del 27 de agosto de 2025, la Secretaría Distrital de Planeación, conceptúa favorablemente sobre el ajuste de TRECE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL VEINTIÚN PESOS M/CTE ($13.854.848.021) en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para la presente vigencia fiscal.
Que de conformidad con lo expuesto, se requiere ajustar el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, específicamente en el proyecto de inversión 7965 - Fortalecimiento del fomento para el desarrollo de procesos culturales sostenibles en Bogotá D.C. en la suma de TRECE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL VEINTIÚN PESOS M/CTE ($13.854.848.021), con el fin de dar una adecuada ejecución a los recursos de los convenios: i) Convenio interadministrativo No. 680 de 2025 SCRD suscrito entre la SCRD, la FUGA y 3 FDL del cual se incorporan en 2025 $626.764.296, y ii) Convenio interadministrativo No. 679 de 2025 suscrito entre la SCRD, IDARTES y 17 FDL del que se incorporan para 2025 $13.228.083.725. La apropiación se realiza así: $13.564.848.021 en el rubro O23011733012024015201128 - fondo de financiación 1-100-I036 - VA-Convenios y $290.000.000 en el rubro O23011733012024015201054 - fondo de financiación 1-100-I036 - VA-Convenios.
Que, en mérito de lo anterior,
RESUELVE:
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REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-58 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 58 *20251700459873* Radicado: 20251700459873 Fecha: 28-08-2025 RESOLUCIÓN No. 804 DEL 29 DE AGOSTO DE 2025 “Por la cual se modifica el presupuesto de gastos e inversión de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte para la vigencia 2025”
Artículo 1.
Efectuar el ajuste en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte para la vigencia fiscal 2025, por valor de TRECE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL VEINTIÚN PESOS M/CTE ($13.854.848.021), según el siguiente detalle:
Código Denominación Valor en pesos O2 GASTOS $ 13.854.848.021 O23 Inversión $ 13.854.848.021 O2301 DIRECTA $ 13.854.848.021 O230117 Bogotá Camina Segura $ 13.854.848.021 O23011733 Cultura $ 13.854.848.021 O2301173301 Promoción y acceso efectivo a procesos culturales y artísticos $ 13.854.848.021 O230117330120240152 Fortalecimiento del fomento para el desarrollo de procesos culturales sostenibles en Bogotá D.C. $ 13.854.848.021 O23011733012024015201128 Fortalecimiento del fomento para el desarrollo de procesos culturales sostenibles en Bogotá D.C. $ 13.564.848.021 O23011733012024015201054 Fortalecimiento del fomento para el desarrollo de procesos culturales sostenibles en Bogotá D.C. $ 290.000.000 Total Créditos $ 13.854.848.021
Artículo 2.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de la aprobación de la operación presupuestal por parte de la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda y contra ella no proceden los recursos de Ley, de conformidad con el artículo 75 de la Ley No. 1437 de 2011.
Artículo 3.
Ordenar al Grupo Interno de Trabajo de Gestión Financiera publicar la presente resolución en la Página Web de la entidad, en el sitio de presupuesto general del link de transparencia.
Artículo 4.
Ordenar a la Dirección de Gestión Corporativa de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte publicar el presente acto administrativo en la Gaceta Distrital y en Régimen Legal de Bogotá.
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REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-59 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 59 *20251700459873* Radicado: 20251700459873 Fecha: 28-08-2025 RESOLUCIÓN No. 804 DEL 29 DE AGOSTO DE 2025 “Por la cual se modifica el presupuesto de gastos e inversión de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte para la vigencia 2025”
Artículo 5.
Publíquese el presente acto administrativo en la página web de la entidad y en el registro distrital.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C., a los veintinueve (29) días del mes de agosto (08) de dos mil veinticinco (2025).
SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR Secretario de Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Proyectó: Jesús David López Camargo – Contratista Oficina Asesora de Planeación Carolina Arteaga Arteaga – Profesional Especializado Oficina Asesora de Planeación Revisó y ajustó: Sandra Margoth Vélez Abello - Jefe Oficina Asesora de Jurídica Aprobó: Luis Fernando Mejía Castro - Jefe Oficina Asesora de Planeación Documento 20251700459873 firmado electrónicamente por:
Santiago Trujillo Escobar Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Fecha firma: 29-08-2025 08:59:41 Fecha firma: 29-08-2025 08:59:41 Sandra Margoth Vélez Abello Jefe de Oficina Jurídica Oficina Jurídica Fecha firma: 28-08-2025 16:58:29 Luis Fernando Mejia Castro Jefe Oficina Asesora de Planeación Oficina Asesora de Planeación Fecha firma: 28-08-2025 16:27:16 Diana Carolina Arteaga Arteaga Profesional Especializado Código 222 Grado 19 Oficina Asesora de Planeación Fecha firma: 28-08-2025 15:46:25 Jesus David Lopez Camargo Contratista Oficina Asesora de Planeación Fecha firma: 28-08-2025 15:55:41 Sharon Nicole Rodríguez Perdomo Profesional Universitario - Numeración y Fechado Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano Fecha firma: 29-08-2025 09:41:18 Página 7 de 8 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-60 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 60 *20251700459873* Radicado: 20251700459873 Fecha: 28-08-2025 RESOLUCIÓN No. 804 DEL 29 DE AGOSTO DE 2025 “Por la cual se modifica el presupuesto de gastos e inversión de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte para la vigencia 2025”
6fea5ef9b8042d6f58eecbb89cf6541cce18e29b4d12f2f57a780886ed3763c6 Codigo de Verificación CV: ea2c0 Página 8 de 8 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-61 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 61 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-62 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 62 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-63 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 63 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-64 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 64 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-65 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 65 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-66 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 66 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-67 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-68 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 68 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-69 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 69 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-70 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 70 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-71 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 71 RESOLUCIÓN No. 303 (26 de agosto de 2025)
“Por medio de la cual se modifica la Resolución 526 del 27 de diciembre del 2024 – “Por la cual se efectúa la liquidación del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones para la vigencia fiscal 2025 de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca y se dictan otras disposiciones”; así como las Resoluciones 027 del 27 de enero de 2025, 061 del 28 de febrero de 2025,103 del 02 de abril de 2025,135 del 28 de abril de 2025,144 del 30 de abril 2025,151 del 5 de mayo 2025,175 del 19 de mayo 2025, 184 del 30 de mayo 2025 y 261 del 24 de julio de 2025”
EL DIRECTOR DE LA REGIÓN METROPOLITANA BOGOTÁ – CUNDINAMARCA En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial, las conferidas por el numeral 6 del artículo 27 de la Ley 2199 del 2022, los artículos 36 y 66 del Acuerdo Regional 004 del 2023; y
CONSIDERANDO:
1. Que el Consejo Regional aprobó el Acuerdo Regional 023 del 4 diciembre 2024 “Por el cual se establece el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones para la vigencia fiscal 2025 de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca y se dictan otras disposiciones”, por valor de CIENTO OCHENTA Y UN MIL DOSCIENTOS VEINTIOCHO MILLONES CIENTO SESENTA Y SEIS MIL PESOS ($181.228.166.000)
M/CTE.
2. Que mediante Resolución 526 del 27 de diciembre del 2024 se efectuó la liquidación del presupuesto anual de rentas e ingresos y gastos e inversiones para la vigencia fiscal 2025 de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca.
3. Que el Consejo Regional aprobó el Acuerdo Regional No. 002 de 28 de abril de 2025 - “Por el cual se realiza una adición en el presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca para la vigencia fiscal 2025”, por valor de VEINTE MIL OCHOCIENTOS VEINTIOCHO MILLONES OCHOCIENTOS QUINCE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO PESOS ($20.828.815.464) M/CTE.
4. Que, de conformidad con lo anterior, mediante Resolución 135 del 28 de abril de 2025 se efectuó la liquidación de la adición en el presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca para la vigencia fiscal 2025.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-72 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 72 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN 303 DEL 26 DE AGOSTO DE 2025: “Por medio de la cual se modifica la Resolución 526 del 27 de diciembre del 2024 – “Por la cual se efectúa la liquidación del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones para la vigencia fiscal 2025 de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca y se dictan otras disposiciones”; así como las Resoluciones 027 del 27 de enero de 2025, 061 del 28 de febrero de 2025,103 del 02 de abril de 2025,135 del 28 de abril de 2025,144 del 30 de abril 2025,151 del 5 de mayo 2025,175 del 19 de mayo 2025, 184 del 30 de mayo 2025 y 261 del 24 de julio de 2025 ” ________________________________________________________________________________________
5. Que, a través de la Resolución 144 del 30 de abril 2025, se efectuó una reducción en el presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca para la vigencia fiscal 2025, por valor de SEISCIENTOS SIETE MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA MIL PESOS ($607.980.000) M/CTE.
6. Que mediante Resolución 151 del 5 de mayo de 2025 se efectuó un aplazamiento en el presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca para la vigencia fiscal 2025, por valor total de OCHENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS VEINTIÚN MILLONES NOVECIENTOS VEINTE MIL PESOS ($86.221.920.000) M/CTE., en consideración al Decreto 0069 del 24 de enero de 2025, expedido por el Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, “Por el cual se aplazan unas apropiaciones en el Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal 2025”.
7. Que mediante Resolución 027 del 27 de enero de 2025, Resolución 061 del 28 de febrero de 2025, Resolución 103 de 2 de abril de 2025, Resolución 175 del 19 de mayo de 2025, Resolución 184 del 30 de mayo 2025 y Resolución 261 del 24 de julio de 2025, se modificó la liquidación del presupuesto en consideración al principio de gradualidad de la operación de la Entidad, de conformidad con lo establecido en el numeral 6 del artículo 5 y el parágrafo 1 del artículo 9 de la Ley Orgánica 2199 de 2022.
8. Que mediante memorando CI-20250820-1000 de 20 de agosto de 2025, la Oficina Asesora de Planeación Institucional manifestó: “la Subdirección de Planeación Metropolitana y Regional, mediante memorando con radicado No. CI-20250814-987, relacionada con la necesidad de realizar una modificación en el valor total del proyecto de inversión “Fortalecimiento de la planeación territorial y socioeconómica a escala metropolitana de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca”, identificado con el BPIN 20241400230002, y la necesidad de asignar recursos al recién formulado proyecto de inversión “Fortalecimiento de las capacidades para la planeación ejecución y articulación de estrategias para la gestión integral del agua y los ecosistemas estratégicos en la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca” identificado con el BPIN 20251400230006 para iniciar su ejecución durante la vigencia 2025, se requiere
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-73 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 73 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN 303 DEL 26 DE AGOSTO DE 2025: “Por medio de la cual se modifica la Resolución 526 del 27 de diciembre del 2024 – “Por la cual se efectúa la liquidación del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones para la vigencia fiscal 2025 de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca y se dictan otras disposiciones”; así como las Resoluciones 027 del 27 de enero de 2025, 061 del 28 de febrero de 2025,103 del 02 de abril de 2025,135 del 28 de abril de 2025,144 del 30 de abril 2025,151 del 5 de mayo 2025,175 del 19 de mayo 2025, 184 del 30 de mayo 2025 y 261 del 24 de julio de 2025 ” ________________________________________________________________________________________ realizar una reducción de DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS ($250.000.000) M/CTE. al proyecto identificado con el BPIN 20241400230002, con el fin de asignar dichos recursos al proyecto identificado con el BPIN 20251400230006. En virtud de lo anterior, nos permitimos solicitar de manera atenta realizar el ajuste correspondiente en la desagregación del presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca para la vigencia fiscal 2025, en los siguientes términos:
RUBRO DESCRIPCIÓN Apr. Vigente al Apropiación después del 31.07.2025 Solicitud de ajuste ajuste BPIN 20241400230002 $ 26.072.588.067 -$ 250.000.000 $ 25.822.588.067 FORTALECIMIENTO DE LA PLANEACIÓN TERRITORIAL Y SOCIOECONÓMICA A ESCALA METROPOLITANA DE LA REGIÓN METROPOLITANA. BOGOTÁ D.C. CUNDINAMARCA BPIN 20251400230006 $ 0 $ 250.000.000 $ 250.000.000 FORTALECIMIENTO DE LAS CAPACIDADES PARA LA PLANEACIÓN EJECUCIÓN Y ARTICULACIÓN DE ESTRATEGIAS PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DEL AGUA Y LOS ECOSISTEMAS ESTRATÉGICOS EN LA REGIÓN METROPOLITANA BOGOTÁ - CUNDINAMARCA Extracto tomado de la tabla remitida en el memorando CI-20250820-1000 de 20 de agosto de 2025 Cabe resaltar que esta redistribución de recursos entre los dos proyectos de inversión no implica modificaciones en la apropiación total autorizada en materia de inversión y tiene como objetivo asegurar tanto la continuidad del proyecto en ejecución como el inicio oportuno del nuevo proyecto. La reducción planteada para el proyecto de inversión identificado con el BPIN 20241400230002 no compromete el cumplimiento de las metas ni la capacidad operativa del mismo, cuya ficha técnica ha sido actualizada en coherencia con esta solicitud (ver ficha BPIN 20241400230002). Al mismo tiempo, la asignación de recursos al nuevo proyecto identificado con el BPIN 20251400230006 permitirá iniciar las actividades programadas para el presente año, en concordancia con lo establecido en su ficha técnica, manteniendo consistencia con los instrumentos de planeación vigentes (ver ficha BPIN 20251400230006).”
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-74 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 74 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN 303 DEL 26 DE AGOSTO DE 2025: “Por medio de la cual se modifica la Resolución 526 del 27 de diciembre del 2024 – “Por la cual se efectúa la liquidación del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones para la vigencia fiscal 2025 de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca y se dictan otras disposiciones”; así como las Resoluciones 027 del 27 de enero de 2025, 061 del 28 de febrero de 2025,103 del 02 de abril de 2025,135 del 28 de abril de 2025,144 del 30 de abril 2025,151 del 5 de mayo 2025,175 del 19 de mayo 2025, 184 del 30 de mayo 2025 y 261 del 24 de julio de 2025 ” ________________________________________________________________________________________
9. Que mediante memorando CI-20250825-1018 del 25 de agosto de 2025, la Subdirección de Gestión Corporativa manifestó: “(…)De acuerdo con el seguimiento y control a la ejecución del presupuesto de la entidad, la Subdirección de Gestión Corporativa de la Región Metropolitana en cumplimiento de la función asignada en el numeral 4 del literal b) del artículo 12 del Acuerdo Regional 003 de 2022, respecto de los gastos de funcionamiento de la vigencia en curso, acorde con las competencias que está adquiriendo la entidad de manera gradual y progresiva, y en virtud de los principios de concurrencia, complementariedad, coordinación y subsidiariedad, ha identificado con el concurso de las dependencias competentes de la RMBC, la siguiente necesidad:
- La Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca (RMBC), en su calidad de entidad administrativa de asociatividad regional, cumple la función de articular las competencias de las entidades territoriales que la integran, bajo los principios constitucionales de coordinación, concurrencia, complementariedad y subsidiariedad en el ejercicio de la función administrativa y en la planeación del desarrollo, dada la interdependencia geográfica, ambiental, social y económica del territorio. En este contexto, la sede administrativa de la RMBC se constituye como Centro Regional, espacio físico en el que concurren tanto la Entidad como sus Agencias adscritas, y en el cual se desarrollan actividades de planeación, gestión y articulación con los 116 municipios del departamento de Cundinamarca, así como con los representantes de las entidades territoriales que hacen parte de la Región. Dicho espacio dispone de salas y áreas de trabajo que permiten cumplir con los propósitos territoriales, ambientales, sociales y económicos de la RMBC, asegurando la articulación interinstitucional y la atención adecuada a la comunidad.
El contrato de arrendamiento vigente de las instalaciones administrativas tiene como plazo de ejecución el 31 de agosto de 2025. Sin embargo, con el fin de garantizar la continuidad en la prestación del servicio administrativo y operativo de la sede, resulta necesario proyectar la celebración de un nuevo contrato de arrendamiento por un término de veinticuatro (24) meses, comprendidos entre el 1 de septiembre de 2025 y el 31 de agosto de 2027, acudiendo a la figura de REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-75 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 75 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN 303 DEL 26 DE AGOSTO DE 2025: “Por medio de la cual se modifica la Resolución 526 del 27 de diciembre del 2024 – “Por la cual se efectúa la liquidación del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones para la vigencia fiscal 2025 de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca y se dictan otras disposiciones”; así como las Resoluciones 027 del 27 de enero de 2025, 061 del 28 de febrero de 2025,103 del 02 de abril de 2025,135 del 28 de abril de 2025,144 del 30 de abril 2025,151 del 5 de mayo 2025,175 del 19 de mayo 2025, 184 del 30 de mayo 2025 y 261 del 24 de julio de 2025 ” ________________________________________________________________________________________ vigencias futuras conforme a lo dispuesto en el inciso 3 del artículo 57 del Acuerdo Regional 004 de 2023 – Estatuto de Presupuesto de la RMBC.
No obstante, en razón a que el Consejo Regional aún no ha expedido la autorización requerida para comprometer recursos de vigencias futuras, y en aras de no generar afectaciones a la continuidad de las operaciones de la Entidad, se hace necesario adicionar un (1) mes al actual contrato de arrendamiento, correspondiente al mes de septiembre de 2025, hasta tanto se cuente con la aprobación de las vigencias futuras para la celebración del nuevo contrato.
El valor correspondiente a esta adición se estima en DOSCIENTOS VEINTIOCHO MILLONES CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL PESOS ($228.146.000), discriminados en cánones de arrendamiento, administración e IVA, según se detalla en la siguiente tabla:
Concepto Piso 14 Piso 15 Total Valor m² Canon de arrendamiento $ 90.000.000,00 $ 83.400.000,00 $ 173.400.000,00 $ 116.782,40 Administración $ 11.300.000,00 $ 10.500.000,00 $ 21.800.000,00 $ 14.576,75 IVA $ 17.100.000,00 $ 15.846.000,00 $ 32.946.000,00 $ 22.188,66 Total mensual $ 118.400.000,00 $ 109.746.000,00 $ 228.146.000,00 $ 153.547,80 En consecuencia, la modificación presupuestal se justifica en la necesidad de asegurar la continuidad de la sede administrativa de la RMBC, evitando la interrupción de los servicios institucionales y garantizando el cumplimiento de los fines misionales de la Entidad, en tanto se surten los trámites correspondientes para comprometer vigencias futuras y dar continuidad contractual más allá del mes de septiembre de 2025.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-76 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 76 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN 303 DEL 26 DE AGOSTO DE 2025: “Por medio de la cual se modifica la Resolución 526 del 27 de diciembre del 2024 – “Por la cual se efectúa la liquidación del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones para la vigencia fiscal 2025 de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca y se dictan otras disposiciones”; así como las Resoluciones 027 del 27 de enero de 2025, 061 del 28 de febrero de 2025,103 del 02 de abril de 2025,135 del 28 de abril de 2025,144 del 30 de abril 2025,151 del 5 de mayo 2025,175 del 19 de mayo 2025, 184 del 30 de mayo 2025 y 261 del 24 de julio de 2025 ” ________________________________________________________________________________________
Por lo cual se requiere para la ejecución en la vigencia 2025 la suma de DOSCIENTOS SEIS MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL PESOS ($ 206.346.000) M/CTE en el rubro de “servicios de alquiler o arrendamiento con o sin opción de compra, relativos a bienes inmuebles no residenciales (diferentes a vivienda), propios o arrendados” y la suma de VENTIUN MILLONES OCHOCIENTOS MIL PESOS ($ 21.800.000) M/CTE en el rubro de “servicios de administración de bienes inmuebles no residenciales (diferentes a vivienda) a comisión o por contrato”; que una vez revisadas las asignaciones presupuestales de estos rubros, se identificó que las mismas son insuficientes para cubrir las necesidades planteadas, por lo cual se requiere adicionarlas en estas sumas.
- Por otra parte mediante memorando CI-20250812-974 de 12 de agosto de 2025, la Oficina Jurídica remitió solicitud de recursos a la Subdirección Corporativa manifestando que “en cumplimiento de sus funciones misionales y en atención a la creciente demanda de asuntos relacionados con la estructuración de proyectos, análisis y seguimiento presupuestal, emisión de conceptos jurídicos y modificación de documentos legales de competencia de la Entidad, requiere reforzar su equipo de trabajo con el fin de garantizar la adecuada gestión y respuesta oportuna a las obligaciones asignadas. En tal sentido, se solicita la asignación de recursos para la contratación de un abogado con experiencia comprobada en dichas materias, cuya labor resulta indispensable para asegurar el cumplimiento normativo presupuestal y el adecuado funcionamiento institucional. Por lo anterior, se requiere la modificación presupuestal correspondiente, por un valor de CUARENTA Y OCHO MILLONES DE PESOS M/CTE ($48.000.000), con el fin de cubrir la presente necesidad y dar continuidad al desarrollo eficiente de las funciones de la Oficina Jurídica. (…)”
10. Que en el citado memorando CI-20250825-1018 del considerando 9, también se estableció: “En seguimiento de la disponibilidad de recursos del presupuesto de funcionamiento de la Región Metropolitana, la Subdirección de Gestión Corporativa ha identificado los siguientes rubros, de los cuales se puede disminuir su apropiación
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-77 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 77 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN 303 DEL 26 DE AGOSTO DE 2025: “Por medio de la cual se modifica la Resolución 526 del 27 de diciembre del 2024 – “Por la cual se efectúa la liquidación del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones para la vigencia fiscal 2025 de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca y se dictan otras disposiciones”; así como las Resoluciones 027 del 27 de enero de 2025, 061 del 28 de febrero de 2025,103 del 02 de abril de 2025,135 del 28 de abril de 2025,144 del 30 de abril 2025,151 del 5 de mayo 2025,175 del 19 de mayo 2025, 184 del 30 de mayo 2025 y 261 del 24 de julio de 2025 ” ________________________________________________________________________________________ presupuestal para suplir las necesidades mencionadas, lo anterior en razón a que los requerimientos proyectados inicialmente para ellos, ya se encuentran cubiertos, estos son:”
Concepto Valor($) SERVICIOS DE CONSULTORÍA EN GESTIÓN ESTRATÉGICA 241.146.000 OTROS SERVICIOS DE CONTENIDOS EN LÍNEA (ON-LINE) N.C.P. 35.000.000 TOTAL 276.146.000 Que, en mérito de lo expuesto, R E S U E L V E:
Artículo 1.
EFECTUAR DESAGREGACIÓN PARCIAL DE RUBROS en el presupuesto de GASTOS DE INVERSIÓN de la Unidad Ejecutora 01, de conformidad con la siguiente descripción:
RUBRO DESCRIPCIÓN PRESUPUESTO VIGENCIA 2025 VALOR (Pesos)
25.822.588.067 BPIN 20241400230002 FORTALECIMIENTO DE LA PLANEACIÓN TERRITORIAL Y SOCIOECONÓMICA A ESCALA METROPOLITANA DE LA REGIÓN METROPOLITANA. BOGOTÁ D.C. CUNDINAMARCA 2.3.2 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS 25.822.588.067 2.3.2.01 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS 615.790.800 2.3.2.01.01 ACTIVOS FIJOS 615.790.800 2.3.2.01.01.005 OTROS ACTIVOS FIJOS 615.790.800 2.3.2.01.01.00502 PRODUCTOS DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL 615.790.800 2.3.2.02 ADQUISICIÓN DE DIFERENTES ACTIVOS 25.206.797.267 2.3.2.02.02 ADQUISICIÓN DE SERVICIOS 25.206.797.267 2.3.2.02.02.008 SERVICIOS PRESTADOS A LAS EMPRESAS Y SERVICIOS DE PRODUCCIÓN 25.206.797.267 24.706.797.267 2.3.2.02.02.00803 SERVICIOS PROFESIONALES, CIENTÍFICOS Y TÉCNICOS (EXCEPTO LOS SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN, URBANISMO, JURÍDICOS Y DE CONTABILIDAD)
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-78 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 78 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN 303 DEL 26 DE AGOSTO DE 2025: “Por medio de la cual se modifica la Resolución 526 del 27 de diciembre del 2024 – “Por la cual se efectúa la liquidación del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones para la vigencia fiscal 2025 de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca y se dictan otras disposiciones”; así como las Resoluciones 027 del 27 de enero de 2025, 061 del 28 de febrero de 2025,103 del 02 de abril de 2025,135 del 28 de abril de 2025,144 del 30 de abril 2025,151 del 5 de mayo 2025,175 del 19 de mayo 2025, 184 del 30 de mayo 2025 y 261 del 24 de julio de 2025 ” ________________________________________________________________________________________
RUBRO DESCRIPCIÓN PRESUPUESTO VIGENCIA 2025 VALOR (Pesos)
2.3.2.02.02.00805 SERVICIOS DE SOPORTE 500.000.000 250.000.000 BPIN 20251400230006 FORTALECIMIENTO DE LAS CAPACIDADES PARA LA PLANEACIÓN EJECUCIÓN Y ARTICULACIÓN DE ESTRATEGIAS PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DEL AGUA Y LOS ECOSISTEMAS ESTRATÉGICOS EN LA REGIÓN METROPOLITANA BOGOTÁ - CUNDINAMARCA 2.3.2.02 ADQUISICIÓN DE DIFERENTES ACTIVOS 250.000.000 2.3.2.02.02 ADQUISICIÓN DE SERVICIOS 250.000.000 2.3.2.02.02.009 SERVICIOS PARA LA COMUNIDAD, SOCIALES Y PERSONALES 250.000.000 250.000.000 2.3.2.02.02.00904 SERVICIOS DE ALCANTARILLADO, RECOLECCIÓN, TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN DE DESECHOS Y OTROS SERVICIOS DE SANEAMIENTO AMBIENTAL
Artículo 2.
TRASLADAR entre los rubros presupuestales de GASTOS DE FUNCIONAMIENTO la suma de DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS MILLONES CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL PESOS ($276.146.000) M/CTE; de conformidad con la siguiente descripción:
RUBRO DESCRIPCIÓN CREDITO CONTRACREDITO UNIDAD EJECUTORA VALOR ($) UNIDAD EJECUTORA VALOR ($)
2.1.2.02.02.00702 SERVICIOS INMOBILIARIOS 2.1.2.02.02.007027211 2 01- REGION METROPOLITAN A SERVICIOS DE ALQUILER O ARRENDAMIENTO CON O SIN OPCIÓN DE COMPRA, RELATIVOS A BIENES INMUEBLES NO RESIDENCIALES (DIFERENTES A VIVIENDA), PROPIOS O ARRENDADOS 206.346.000 2.1.2.02.02.007027221 2 01- REGION METROPOLITAN A SERVICIOS DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES INMUEBLES NO RESIDENCIALES (DIFERENTES A VIVIENDA) A COMISIÓN O POR CONTRATO 21.800.000 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-79 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 79 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN 303 DEL 26 DE AGOSTO DE 2025: “Por medio de la cual se modifica la Resolución 526 del 27 de diciembre del 2024 – “Por la cual se efectúa la liquidación del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones para la vigencia fiscal 2025 de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca y se dictan otras disposiciones”; así como las Resoluciones 027 del 27 de enero de 2025, 061 del 28 de febrero de 2025,103 del 02 de abril de 2025,135 del 28 de abril de 2025,144 del 30 de abril 2025,151 del 5 de mayo 2025,175 del 19 de mayo 2025, 184 del 30 de mayo 2025 y 261 del 24 de julio de 2025 ” ________________________________________________________________________________________
RUBRO DESCRIPCIÓN CREDITO CONTRACREDITO UNIDAD EJECUTORA VALOR ($) UNIDAD EJECUTORA VALOR ($)
2.1.2.02.02.00802 SERVICIOS JURÍDICOS Y CONTABLES 2.1.2.02.02.008028219 9 OTROS SERVICIOS JURÍDICOS N.C.P.
01- REGION METROPOLITAN A 48.000.000 2.1.2.02.02.008028222 1 SERVICIOS DE CONTABILIDAD 2.1.2.02.02.00803 SERVICIOS PROFESIONALES, CIENTÍFICOS Y TÉCNICOS (EXCEPTO LOS SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN, URBANISMO, JURÍDICOS Y DE CONTABILIDAD)
2.1.2.02.02.008038311 1 SERVICIOS DE CONSULTORÍA EN GESTIÓN ESTRATÉGICA 01- REGION METROPOLITAN A 241.146.000 2.1.2.02.02.00804 SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES, TRANSMISIÓN Y SUMINISTRO DE INFORMACIÓN 2.1.2.02.02.008048439 9 OTROS SERVICIOS DE CONTENIDOS EN LÍNEA (ON-LINE) N.C.P.
01- REGION METROPOLITAN A 35.000.000 TOTAL 276.146.000 TOTAL 276.146.000
Artículo 3.
COMUNICAR. Comunicar el presente acto administrativo en la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca a la Subdirección de Gestión Corporativa, Oficina Asesora de Planeación Institucional, y a los Gerentes de los Proyectos de Inversión.
Artículo 4.
PUBLICACIÓN Y VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación de conformidad con lo establecido en los Estatutos de la Región Metropolitana.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-80 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 80 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN 303 DEL 26 DE AGOSTO DE 2025: “Por medio de la cual se modifica la Resolución 526 del 27 de diciembre del 2024 – “Por la cual se efectúa la liquidación del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones para la vigencia fiscal 2025 de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca y se dictan otras disposiciones”; así como las Resoluciones 027 del 27 de enero de 2025, 061 del 28 de febrero de 2025,103 del 02 de abril de 2025,135 del 28 de abril de 2025,144 del 30 de abril 2025,151 del 5 de mayo 2025,175 del 19 de mayo 2025, 184 del 30 de mayo 2025 y 261 del 24 de julio de 2025 ” ________________________________________________________________________________________
Dada en Bogotá D.C., a los veintiséis (26) días del mes de agosto del año dos mil veinticinco (2025).
LOTA LUIS FELIPE Firmado digitalmente por LOTA LUIS FELIPE LUIS FELIPE LOTA Director BERMUDEZ DUSSAN JENNIFER ANDREA Firmado digitalmente por BERMUDEZ DUSSAN JENNIFER ANDREA Fecha: 2025.08.26 17:27:03 -05'00' ROL NOMBRES Y APELLIDOS CARGO/ROL FIRMA/Vo.Bo. Aprobó: Jennifer Bermúdez Dussán Subdirectora de Gestión Corporativa Luis Alberto Colorado Aldana Jefe Oficina Asesora de Planeación Revisó: Clara Inés Márquez Vásquez Jefe Oficina Jurídica Angélica Avendaño Ortegón Contratista RMBC – Despacho Proyectó: Yulie Carolina Pineda Osorio Contratista RMBC – SGC, Financiera Contratista RMBC - Despacho Laura Alejandra Rodríguez García Michael Stick Méndez Méndez Profesional Especializado 222-12, SGC – Financiera Claudia Maritza Soto C. Contratista RMBC – SGC, Financiera REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-81 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-82 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 82 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-83 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 83 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-84 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 84 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-85 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 85 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-86 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-87 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 87 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-88 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 88 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-89 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 89 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-90 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 90 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-91 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 91 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-92 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 92 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-93 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 93 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-94 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-95 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 95 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-96 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 96 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-97 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 97 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-98 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 98 “Por la cual se realizan unos nombramientos en provisionalidad en unas vacantes temporales de la Secretaría Distrital de Hacienda”
Pública Clasificada 200000-120 Resolución LA SECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA En uso de las facultades legales y en especial las conferidas por el numeral 4 del artículo 1 Decreto 101 de 2004, artículo 4 del Decreto Distrital 601 de 2014 modificado por el artículo 1 del Decreto Distrital 364 de 2015, así como las disposiciones consagradas en la Ley 909 de 2004 modificada por la Ley 1960 de 2019, Decreto 1083 de 2015 modificado por el Decreto 648 de 2017,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 125 de la Constitución Política, establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso a los cargos de carrera y ascenso en los mismos, se hará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la Ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes.
Que el artículo 25 de la Ley 909 de 2004 establece que “los empleos de carrera cuyos titulares se encuentren en situaciones administrativas que impliquen separación temporal de los mismos serán provistos en forma provisional solo por el tiempo que duren aquellas situaciones, cuando no fuere posible proveerlos mediante encargo con servidores públicos de carrera”.
Que el artículo 2.2.5.2.2 del Decreto 1083 de 2015, señala que se produce vacancia temporal cuando quien lo desempeña se encuentra, entre otras situaciones, encargado, separándose de las funciones del empleo del cual es titular.
Que el artículo 2.2.5.3.3 del Decreto 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017, señala lo siguiente: “Provisión de las vacancias temporales. (…) www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-99 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 99 Pública Clasificada Las vacantes temporales en empleos de carrera podrán ser provistas mediante nombramiento provisional, cuando no fuere posible proveerlas mediante encargo con empleados de carrera.
(…)
Parágrafo. Los encargos o nombramientos que se realicen en vacancias temporales
se efectuarán por el tiempo que dure la misma”.
Que actualmente, se encuentran vacantes de manera temporal los siguientes empleos de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda:
No. ID EMPLEO DENOMINACIÓN EMPLEO CÓDIGO GRADO DEPENDENCIA DIRECCIÓN Dirección de 1 103294 Técnico Operativo 314 09 Oficina Técnica del Sistema de Gestión Documental Gestión Corporativa Dirección 2 103373 Auxiliar Administrativo 407 22 Subdirección de Gestión Judicial Jurídica Dirección Distrital de 3 103669 Auxiliar Administrativo 407 22 Oficina de Cobro General Cobro Dirección de 4 103684 Técnico Operativo 314 09 Oficina de Operación del Sistema de Gestión Documental Gestión Corporativa Dirección de 5 103688 Técnico Operativo 314 09 Oficina de Operación del Sistema de Gestión Documental Gestión Corporativa Dirección de 6 103689 Técnico Operativo 314 09 Oficina de Operación del Sistema de Gestión Documental Gestión Corporativa Dirección de 7 103683 Técnico Operativo 314 09 Oficina de Operación del Sistema de Gestión Documental Gestión Corporativa www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-100 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 100 Pública Clasificada No. ID EMPLEO DENOMINACIÓN EMPLEO CÓDIGO GRADO DEPENDENCIA DIRECCIÓN Dirección de 8 103307 Auxiliar Administrativo 407 19 Oficina de Operación del Sistema de Gestión Documental Gestión Corporativa Oficina de Operación Dirección de 9 103310 Auxiliar Administrativo 407 16 del Sistema de Gestión Documental Gestión Corporativa Que con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 909 de 2004 modificado por el artículo 1 de la Ley 1960 de junio 27 de 2019, la Subdirección del Talento Humano, dio inicio el 30 de mayo de 2025 al proceso de Encargos 2-2025, con el fin de proveer empleos en vacancia definitiva y temporal de la entidad, el cual finalizó con el nombramiento de algunos empleos en encargos y desiertos en los mencionados con anterioridad, en razón a que ninguno de los servidores de carrera que cumplían los requisitos, manifestaron su interés de continuar en dicho proceso.
Que la Subdirección del Talento Humano el día 11 de julio de 2025, certificó que, efectuado el proceso de encargos y ante la no existencia de servidores de carrera administrativa que manifestaran interés en los empleos referidos, pueden ser provistos transitoriamente mediante nombramiento provisional, por necesidades del servicio, con el fin de garantizar el cabal desarrollo de las actividades de la Entidad Que la Subsecretaría General, solicitó a la Subdirección del Talento Humano adelantar las actuaciones administrativas pertinentes para llevar a cabo la provisión mediante nombramiento provisional, de los empleos en vacancia temporal antes mencionados, acorde a la normatividad vigente y los procedimientos establecidos para tal fin.
Que la Subdirección del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Hacienda, realizó la revisión de la documentación de las siguientes personas, para desempeñar los empleos en vacancia temporal, determinando que cumplen con las condiciones y reúnen los requisitos previstos en el Manual de Funciones y Competencias Laborales de la Secretaría Distrital de Hacienda, previa verificación de los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, sin encontrarse anotación especial:
No. NOMBRE CÉDULA ID EMPLEO DENOMINACIÓN EMPLEO CÓDIGO GRADO DEPENDENCIA DIRECCIÓN Oficina Técnica del Sistema de ANLLY KATERINNE 1 1012360752 103294 Técnico Operativo 314 09 ALDANA Dirección de Gestión Corporativa Gestión Documental GÓMEZ www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-101 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 101 Pública Clasificada No. NOMBRE CÉDULA ID EMPLEO DENOMINACIÓN EMPLEO CÓDIGO GRADO DEPENDENCIA DIRECCIÓN Dirección STEPHANIE ALEJANDRA 2 1005108566 103373 Auxiliar Administrativo 407 22 Subdirección de Gestión Judicial Jurídica SAAVEDRA JIMÉNEZ 3 Dirección Distrital de 1033697212 103669 Auxiliar Administrativo 407 22 Oficina de Cobro General JESSICA CAROLINA SALVADOR Cobro ROMERO Oficina de Operación del 4 ANGIE VIVIANA Sistema de 1030688741 103684 Técnico Operativo 314 09 MEJIA SEPULVEDA Dirección de Gestión Corporativa Gestión Documental Oficina de Operación del 5 ROSA AURA Sistema de 1006552392 103688 Técnico Operativo 314 09 Dirección de Gestión Corporativa RIVERA RAMÍREZ Gestión Documental Oficina de Operación del JUAN SEBASTIAN 6 Sistema de 1000284227 103689 Técnico Operativo 314 09 Dirección de Gestión Corporativa MARÍN MARTÍNEZ Gestión Documental Oficina de Operación del 7 ELIANA ISABEL CAPADOR Sistema de 1000852278 103683 Técnico Operativo 314 09 Dirección de Gestión Corporativa OCHOA Gestión Documental Oficina de Operación del 8 MARCELA SALAMANCA Sistema de 52603439 103307 Auxiliar Administrativo 407 19 Dirección de Gestión Corporativa GÓMEZ Gestión Documental Oficina de Operación del 9 MABEL EMILSE CRISTANCHO Sistema de 1012379906 103310 Auxiliar Administrativo 407 16 Dirección de Gestión Corporativa HERNÁNDEZ Gestión Documental Que la Corte Constitucional en Sentencia T-147 de 2013, respecto a la naturaleza de los nombramientos en provisionalidad, señaló que:
“La vinculación en calidad de provisional constituye un modo de proveer cargos públicos “cuando se presentan vacancias definitivas o temporales y mientras éstos se proveen en propiedad conforme a las formalidades de ley o cesa la situación administrativa que originó la vacancia temporal”. Los cargos provisionales, como su nombre lo indica, son de www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-102 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 102 Pública Clasificada carácter transitorio y excepcional y buscan solucionar las necesidades del servicio y evitar la parálisis en el ejercicio de las funciones públicas mientras se realizan los procedimientos ordinarios para cubrir las vacantes en una determinada entidad, en aplicación de los principios de eficiencia y celeridad. La naturaleza de los cargos provisionales difiere de la de los cargos de carrera administrativa y de los empleos de libre nombramiento y remoción. Los funcionarios nombrados en provisionalidad en empleos de carrera no cuentan con las garantías que de ella se derivan, pese a lo cual, tienen el derecho a que se motive el acto administrativo por medio del cual son retirados de su cargo, ya que dicha motivación se erige como una garantía mínima que se deriva del derecho fundamental al debido proceso y del control a la arbitrariedad de la administración, y no del hecho de pertenecer a un cargo de carrera. Los cargos provisionales no son asimilables a los cargos de carrera administrativa, y es por ello que a los primeros no le son aplicables los derechos que se derivan de ella, ya que quienes se hallan vinculados en provisionalidad no agotaron los requisitos que exige la Constitución y la ley para gozar de tales beneficios, es decir, superar exitosamente el concurso de méritos y el período de prueba, entre otros. Pero tampoco pueden asimilarse a los de libre nombramiento y remoción, pues su vinculación no se sustenta en la confianza para ejercer funciones de dirección o manejo que es propia de éstos, sino en la necesidad de evitar la parálisis de la función pública mientras se logra su provisión en los términos que exige la Constitución. En consecuencia, frente a los cargos provisionales no puede predicarse ni la estabilidad laboral propia de los de carrera ni la discrecionalidad relativa de los de libre nombramiento y remoción; razón por la que el nominador tiene la obligación de motivar el acto administrativo mediante el cual se produce la desvinculación.”
Que por lo anterior, se considera procedente efectuar los nombramientos en provisionalidad a las personas mencionadas en el código y grado anteriormente descrito, en cumplimiento de los requisitos y competencias exigidos para el desempeño del empleo, conforme a lo establecido en la Constitución, la ley, los reglamentos y los manuales de funciones y de competencias laborales de la Secretaría Distrital de Hacienda, y hasta que el titular regrese a su cargo y/o mientras se surte el proceso de provisión, en el caso que se genere la vacancia definitiva del empleo.
En mérito de lo expuesto;
RESUELVE:
Artículo 1º.
Nombrar provisionalmente a las personas mencionadas a continuación, en los empleos en vacancia temporal aquí señalados:
www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-103 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 103 Pública Clasificada DENOMINACIÓN No. NOMBRE CÉDULA ID EMPLEO EMPLEO CÓDIGO GRADO DEPENDENCIA DIRECCIÓN ANLLY KATERINNE 1 Oficina Técnica del Sistema de 1012360752 103294 Técnico Operativo 314 09 ALDANA Dirección de Gestión Corporativa GÓMEZ Gestión Documental Dirección STEPHANIE ALEJANDRA 2 de Gestión 1005108566 103373 Auxiliar Administrativo 407 22 Subdirección Jurídica SAAVEDRA Judicial JIMÉNEZ 3 Dirección Distrital de 1033697212 103669 Auxiliar Administrativo 407 22 Oficina de Cobro General JESSICA CAROLINA SALVADOR Cobro ROMERO Oficina de Operación del 4 ANGIE VIVIANA MEJIA Sistema de 1030688741 103684 Técnico Operativo 314 09 Dirección de Gestión Corporativa SEPULVEDA Gestión Documental Oficina de Operación del 5 ROSA AURA Sistema de 1006552392 103688 Técnico Operativo 314 09 RIVERA RAMÍREZ Dirección de Gestión Corporativa Gestión Documental Oficina de Operación del JUAN SEBASTIÁN 6 Sistema de 1000284227 103689 Técnico Operativo 314 09 Dirección de Gestión Corporativa MARÍN MARTÍNEZ Gestión Documental Oficina de Operación del 7 Sistema de 1000852278 103683 Técnico Operativo 314 09 ELIANA ISABEL CAPADOR Dirección de Gestión Corporativa OCHOA Gestión Documental Oficina de Operación del 8 MARCELA SALAMANCA Sistema de 52603439 103307 Auxiliar Administrativo 407 19 Dirección de Gestión Corporativa GÓMEZ Gestión Documental Oficina de Operación del 9 Sistema de 1012379906 103310 Auxiliar Administrativo 407 16 MABEL EMILSE CRISTANCHO Dirección de Gestión Corporativa HERNÁNDEZ Gestión Documental www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-104 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 104 Pública Clasificada Parágrafo. Los nombramientos aquí efectuados no generan derechos de carrera y su duración irá hasta que el titular regrese a su cargo y/o mientras se surte el proceso de provisión, en el caso que se genere la vacancia definitiva del empleo.
Artículo 2º.
Las personas nombradas mediante el presente acto administrativo, de conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, tendrán diez (10) días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a la recepción de la comunicación del nombramiento, para manifestar su aceptación o rechazo. Aceptado el nombramiento, deberán tomar posesión del empleo dentro de los diez (10) días hábiles siguientes.
Parágrafo. El nombramiento y posesión a que se refiere el artículo precedente se sujetará
a lo establecido en los artículos 2.2.5.1.4 y 2.2.5.1.8 del Decreto 1083 de 2015.
Artículo 3°.
Los presentes nombramientos cuentan con saldo de apropiación presupuestal suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de factores constitutivos de salario y contribuciones inherentes a la nómina durante la vigencia fiscal en curso.
Artículo 4°.
Comunicar el contenido de la presente resolución a las personas aquí nombradas y a los jefes de las respectivas dependencias, a través de la Subdirección del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Hacienda.
Artículo 5°.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y surte efectos fiscales a partir de la posesión.
Artículo 6º.
Publicar el presente acto administrativo en la página Web de la Secretaría Distrital de Hacienda.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C., a los Firmado digitalmente por ANA MARIA CADENA RUIZ ANA MARIA CADENA RUIZ ANA MARÍA CADENA RUIZ Secretaria Distrital de Hacienda Olga Liliana Sandoval Firmado digitalmente por Olga Liliana Sandoval Aprobado por: Olga Liliana Sandoval Rodríguez – Subsecretaria General Diego Armando Chitiva Sánchez – Director de Gestión Corporativa Firmado digitalmente por DIEGO ARMANDO CHITIVA SÁNCHEZ Firmado digitalmente por MARIA DEL PILAR GONZALEZ MORENO Tania López Firmado digitalmente por Tania López Tania López Firm Revisado por: María del Pilar González Moreno –Subdirectora del Talento Humano Tania Margarita López Llamas – Asesora Dirección de Gestión Corporativa Proyectado por: Martha Lucia Cardona Visbal –Contratista Subdirección del Talento Humano. www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-105 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 105 *202562016806146* DTH 202562016806146 Informacion Publica Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento RESOLUCIÓN NÚMERO 1680614 DE 2025 “POR LA CUAL SE HACE UN NOMBRAMIENTO EN PROVISIONALIDAD EN UN EMPLEO DE LA PLANTA GLOBAL DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD”
LA SECRETARIA DE DESPACHO DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD- SDM, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, los artículos 4 numeral 20 del Decreto Distrital 672 de 2018 y,
CONSIDERANDO:
Que actualmente la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Movilidad se encuentra contenida en el Decreto Distrital No. 672 del 22 de noviembre de 2018, modificado por el Decreto Distrital 392 del 19 de octubre de 2021 y por el Decreto Distrital No. 182 del 10 de mayo de 2022.
Que mediante Decreto Distrital 673 del 22 de noviembre de 2018, modificado por los Decretos Distritales 393 del 19 de octubre de 2021 y 430 del 29 de octubre de 2021 y 273 del 26 de junio de 2023 se establece la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad.
Que mediante Resolución No. 48339 del 16 de mayo de 2024 se modificó la distribución de los empleos de planta de personal de la Secretaría Distrital de Movilidad.
Que dentro de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Movilidad se cuenta con un empleo en vacancia temporal cuya denominación corresponde a PROFESIONAL UNIVERSITARIO CÓDIGO 219 GRADO 01 asignado a la DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE COBRO, cuya titular es el servidor público SERGIO ANDRÉS ABELLO GÓMEZ identificado con cédula de ciudadanía número 1.098.760.476.
Que en concordancia con el artículo 23 de la Ley 909 de 2004 y de conformidad con lo establecido expresamente en el artículo 5 del Decreto Ley 2400 de 1968, para la provisión de los empleos en el sector público en Colombia, además del nombramiento ordinario para empleos de libre nombramiento y remoción, y el período de prueba o ascenso dentro del sistema de mérito, los nombramientos tendrán carácter provisional cuando se trate de proveer transitoriamente empleos de carrera administrativa con personal no seleccionado de acuerdo con la reglamentación de la misma.
Que de conformidad con lo establecido por el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector de Función Pública (modificado por el Decreto Nacional 648 de 2017) mientras se surte el proceso de selección, el empleo de carrera vacante de manera definitiva podrá proveerse transitoriamente a través de nombramiento provisional, en los términos señalados en la Ley 909 de 2004 y en el Decreto Ley 760 de 2005 o en las disposiciones que regulen los sistemas específicos de carrera.
Que, con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en la normatividad vigente aplicable, la Secretaría Distrital de Movilidad una vez identificadas las vacantes definitivas dentro de su planta de personal, adelantó previamente el proceso de verificación de requisitos para otorgamiento de situación administrativa de encargo, con el fin de salvaguardar el derecho preferencial que ostentan los funcionarios con derechos de carrera administrativa.
1 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR16-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-106 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 106 *202562016806146* DTH 202562016806146 Informacion Publica Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento RESOLUCIÓN NÚMERO 1680614 DE 2025 “POR LA CUAL SE HACE UN NOMBRAMIENTO EN PROVISIONALIDAD EN UN EMPLEO DE LA PLANTA GLOBAL DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD”
Que de conformidad con lo anterior y una vez culminado el proceso de encargos con funcionarios de carrera administrativa, la Secretaría Distrital de Movilidad identificó la necesidad de realizar la provisión mediante nombramiento provisional de las vacantes definitivas restantes del mencionado proceso.
Que mientras se surte el proceso de selección a través del sistema de mérito resulta jurídicamente procedente realizar la provisión excepcional de las vacantes definitivas mediante nombramiento provisional.
Que el nombramiento en provisionalidad, dado su carácter excepcional y extraordinario, está sometido a una condición resolutoria específica (mientras se surte el proceso de selección, hasta que se produzca el nombramiento en periodo de prueba, reemplazo de lista de elegible resultante de concurso de méritos o por el tiempo que dure la situación administrativa) determinada por la ley y que al cumplirse extingue dicho nombramiento.
Que de conformidad con lo establecido por el artículo 7 del Decreto Reglamentario 1572 de 1998 (sustituido por el Decreto 1227 de 2005 que a su vez fue compilado por el Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector de Función Pública) la Sala Plena del Consejo de Estado en sentencias de marzo 13 de 2003 (expediente 4972/01) y septiembre 11 de 2003 (expediente 4714/01) estableció que los nombramientos en provisionalidad en empleos de carrera administrativa lo son en forma enteramente discrecional por parte del nominador de la entidad o su delegado y que no requieren de motivación alguna o procedimiento de selección específico para la escogencia de la (s) persona( s) a ser nombrada (s) en esta forma.
Que para llevar a cabo dicha potestad administrativa, la Secretaría Distrital de Movilidad adoptó dentro de su Sistema Integrado de Gestión el “Procedimiento para proveer un empleo mediante nombramiento provisional “PA02-PR03 (Versión 6.0) con base en el cual procedió a revisar los perfiles de hoja de vida de los candidatos (as) para ocupar las vacantes resultantes del proceso de encargos, de conformidad con el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales vigente para la entidad y la normatividad vigente aplicable, con el propósito de verificar el cumplimiento de los requisitos funcionales y legales exigidos para el ejercicio del cargo.
Que, una vez hecho esto y previo a la verificación de (i) no estar dentro de las causales de inhabilidad e incompatibilidad del orden constitucional o legal para ejercer cargos públicos mediante el Formato de Hoja de Vida - DAFP), (ii) carecer de antecedentes judiciales, fiscales y disciplinarios de Personería y Procuraduría, y (iii) haber diligenciado el registro de hoja de vida y Declaración de Bienes y Rentas en el Sistema de Información Distrital del Empleo y la Administración Pública – SIDEAP, la señora GINA PAOLA CRISTANCHO ARIAS identificada con cédula de ciudadanía 1.018.485.583 cumple con los requisitos legales y funcionales establecidos para el ejercicio del empleo PROFESIONAL UNIVERSITARIO CÓDIGO 219 GRADO 01, asignado a la DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE COBRO de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad que se encuentra en vacancia temporal.
2 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR16-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-107 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 107 *202562016806146* DTH 202562016806146 Informacion Publica Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento RESOLUCIÓN NÚMERO 1680614 DE 2025 “POR LA CUAL SE HACE UN NOMBRAMIENTO EN PROVISIONALIDAD EN UN EMPLEO DE LA PLANTA GLOBAL DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD”
Que por lo anterior se considera procedente efectuar nombramiento en provisionalidad en la respectiva vacancia temporal existente dentro de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo primero.
Nombrar mediante nombramiento en provisionalidad a la siguiente persona dentro de la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad en el empleo que se indica a continuación:
N° NOMBRES Y APELLIDOS CÉDULA DENOMINACIÓN CÓD GR DEPENDENCIA MANUAL DE FUNCIONES - IDENTIFICACIÓN 1 GINA PAOLA CRISTANCHO 1.018.485.583 Profesional Universitario 219 01 Dirección de Gestión de Cobro 540-219-01-01 ARIAS
Artículo segundo.
El nombramiento de que trata el artículo anterior es de carácter PROVISIONAL y no genera derechos de carrera administrativa sobre el empleo.
Parágrafo. Antes de cumplirse la condición resolutoria correspondiente del nombramiento
provisional efectuado mediante el presente acto administrativo, (culminación del proceso de selección, hasta que se produzca el nombramiento en periodo de prueba o se realice el reemplazo con la lista de elegibles resultantes del concurso de méritos) el nombramiento realizado mediante el artículo anterior quedará automáticamente sin efecto y el funcionario automáticamente retirado del servicio.
Artículo tercero.
La presente resolución rige a partir de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C. a los doce día(s) del mes de Agosto de 2025.
Claudia Andrea Diaz Acosta Secretaria de Despacho Firma mecánica generada en 12-08-2025 01:36 PM Anexos: verificacion, soportes hoja de vida y antecedentes Aprobó: Clemencia Rojas Arias-Subsecretaría de Gestión Corporativa Aprobó: Maria Teresa Rodriguez Leal-Dirección de Talento Humano Elaboró: Maria Claudia Gomez Salazar 3 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR16-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-108 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 108 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-109 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 109 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-110 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 110 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-111 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 111 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-112 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 112 DECRETOS LOCALES DE 2025 Página 1 de ALCALDÍA LOCAL DE FONTIBON DECRETO LOCAL No. 10 DEL 12 DE AGOSTO DE 2025 “ Por medio del cual se deroga el Decreto Local No. 08 del 31 de julio de 2025 en el cual se convocó a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Fontibón”
LA ALCALDESA LOCAL DE FONTIBON En uso de sus facultades legales y, en especial, las conferidas en los artículos 86 del Decreto Ley 1421 de 1993, modificado por el artículo 11 de la Ley 2116 de 2021, el artículo 69 del Decreto Distrital 714 de 1996, y en concordancia con lo dispuesto en el artículo 209 de la Constitución Política y el artículo 71 de la Ley 1437 de 2011 – CPACA,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Local No. 08 del 31 de julio de 2025, se convocó a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Fontibón para el periodo comprendido entre el seis (6) y el veintiséis (26) de agosto de 2025, con el fin de analizar, debatir y adoptar el proyecto de acuerdo mediante el cual se adiciona el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Vigencia Fiscal 2025 del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón.
Que, con posterioridad a la expedición y publicación del citado acto administrativo, se identificaron inconsistencias en su contenido, las cuales hacen necesaria la expedición de un nuevo decreto que convoque de manera correcta a la corporación.
Que el artículo 71 de la Ley 1437 de 2011 – Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo – establece que las autoridades administrativas podrán derogar expresamente sus actos de carácter general, en aras de garantizar la seguridad jurídica y la coherencia normativa.
Que de conformidad con el artículo 86 del Decreto Ley 1421 de 1993, modificado por el artículo 11 de la Ley 2116 de 2021, corresponde al Alcalde Local convocar a la Junta Administradora Local a sesiones extraordinarias para la discusión de asuntos relacionados con el presupuesto local.
Que, según el artículo 69 del Decreto Distrital 714 de 1996 (Estatuto Orgánico de Presupuesto de Bogotá), toda adición al presupuesto de ingresos y gastos del Fondo de Desarrollo Local debe ser previamente aprobada por la respectiva Junta Administradora Local.
Que el artículo 209 de la Constitución Política establece que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, los cuales exigen adoptar medidas correctivas cuando se advierten inconsistencias normativas.
Que la jurisprudencia del Consejo de Estado (Sección Primera, sentencia del 12 de marzo de 2015, Exp. 2012-00234-01) ha reiterado que la derogatoria expresa de actos de carácter general procede cuando la autoridad advierte errores de contenido que puedan inducir a confusión en su aplicación.
Código: GDI-GPD-F034 Versión: 05 Vigencia: 11 de julio de 2024 Caso HOLA: 59797 Alcaldía Local de Kennedy Transversal 78 K # 41 A 04 sur Código Postal: 110841 Tel. 4481400 - 4511321 Información Línea 195 www.kennedy.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-113 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 113 ALCALDÍA LOCAL DE FONTIBON Continuación DECRETO LOCAL No. 10 DEL 12 DE AGOSTO DE 2025, Página 2 de 2 “ Por medio del cual se deroga el Decreto Local No. 08 del 31 de julio de 2025 en el cual se convocó a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Fontibón”
Que, en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
PRIMERO: Derogar en su totalidad el Decreto Local No. 08 del 31 de julio de 2025, “Por el cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Fontibón, para asumir el análisis, debate y adopción del proyecto de acuerdo mediante el cual se adiciona el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Vigencia Fiscal 2025 del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón”.
SEGUNDO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Artículo tercero.
Publíquese el presente Decreto en la Imprenta Distrital, de conformidad con lo previsto en el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011, para efectos de su conocimiento y aplicación general.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 12 días del mes de agosto de 2025.
ORTIZ UBAQUE ADRIANA YANETH Firmado digitalmente por ORTIZ UBAQUE ADRIANA YANETH ADRIANA YANETH ORTIZ UBAQUE Alcaldesa Local de Fontibón Proyectó: Deisi Carolina Lozano Cañón – Profesional IVC Aprobó: Flekyn Eduardo Sandoval Núñez – Despacho Código: GDI-GPD-F034 Versión: 05 Vigencia: 11 de julio de 2024 Caso HOLA: 59797 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-114 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 114 Página 1 de 5 ALCALDIA LOCAL DE MÁRTIRES DECRETO LOCAL No. 11 DEL 25 DE AGOSTO DE 2025 “POR MEDIO DEL CUAL SE EFECTÚA TRASLADO PRESUPUESTAL EN EL PRESUPUESTO DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE MÁRTIRES PARA LA VIGENCIA FISCAL 2025”.
EL ALCALDE LOCAL DE MÁRTIRES En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 324 de la Constitución Política de Colombia, el Decreto 158 de 2025, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo 32 del Decreto 158 del 21 de Abril de 2025, los traslados presupuestales dentro del mismo agregado, y específicamente entre rubros presupuestales de Gastos de inversión los hará el Alcalde Local mediante Decreto Local previo concepto favorable de la Dirección Distrital de presupuesto de Secretaria Distrital de Hacienda. Todos los traslados de gastos de inversión requerirán del concepto previo favorable de la Secretaria Distrital de Planeación.
Que en la Resolución No. SDH – 191 del 22 de septiembre de 2017, por medio del cual se adopta y consolida el manual de programación, ejecución y cierre presupuestal del Distrito Capital se indica el procedimiento para efectuar el traslado en mención.
Que según el MANUAL OPERATIVO PRESUPUESTAL DEL DISTRITO CAPITAL en su numeral 4.1 Traslado Presupuestal se manifiesta que: “es la modificación al presupuesto que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales. Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado los efectúa el Alcalde Local mediante Decreto, previo concepto favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto”.
Que de acuerdo al parágrafo único del artículo 32.1 del Decreto No. 158 del 21 de abril de 2025, “Por medio del cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local”, se estableció el procedimiento para los traslados presupuestales para los Fondos de Desarrollo Local, exceptuando el concepto previo y favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros de los gastos de personal, adquisición de bienes y servicios, obligaciones por pagar, transferencias corrientes, gastos por tributos, tasas y contribuciones, multas, sanciones e intereses de mora.
Que, analizado el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Mártires para la vigencia 2025 se hace necesario fortalecer la apropiación en otros rubros, para garantizar por parte del Fondo de Desarrollo Local de Mártires el cabal cumplimiento según las competencias contempladas Código: GDI-GPD-F034 Versión: 05 Vigencia: 11 de julio de 2024 Caso HOLA: 59797 Alcaldía Local de Los Mártires Avenida Calle 19 No. 28-80 Piso 6 Centro Comercial Mall Plaza Código Postal: 111411 Tel. 3759531 - 3511577 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-115 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 115 Continuación del Decreto No. 11 del 25 de Agosto de 2025 Página 2 de 5 “POR MEDIO DEL CUAL SE EFECTÚA TRASLADO PRESUPUESTAL EN EL PRESUPUESTO DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE MÁRTIRES PARA LA VIGENCIA FISCAL 2025”. en el plan de ejecución. Se solicita se realice el trámite pertinente a fin de realizar los movimientos presupuestales allí registrados.
Que el traslado presupuestal requerido y que se consigna en el presente Acto Administrativo, no aumenta la cuantía de las apropiaciones autorizadas inicialmente en el presupuesto por concepto de Funcionamiento, tan solo efectuar un traslado al interior del rubro de adquisición de bienes y servicios, por cuanto se han identificado que los rubros relacionados se priorizan basados con precisión de incremento en la demanda de recursos y a partir de allí se evidenció la necesidad de reubicar el recurso disponible, con el fin de mejorar la operación y la parte técnica integrada en el rubo de funcionamiento durante toda la vigencia, lo que incluye velar por el adecuado funcionamiento, protección y custodia, de los bienes muebles e inmuebles a cargo del Fondo de Desarrollo Local de Mártires, para la ejecución de las acciones pertinentes y asociadas al cumplimiento de los fines estatales a través de los cuales se procura garantizar de manera continua y adecuada la prestación de los servicios públicos de manera eficiente y efectiva, para así dar cumplimiento a los derechos e intereses tanto de la ciudadanía como de los administrados que colaboran con ellas en la consecución de dichos fines, entre los cuales incluye proveer y atender todo lo relacionado con los elementos de ferretería y las licencias de office 365 y teams para los colaboradores de la Alcaldía.
En este sentido y teniendo presentes las necesidades de la Entidad y su orden de prioridad, el Área de Gestión de Desarrollo Local realizó un análisis exhaustivo y minucioso de los recursos necesarios para garantizar el normal funcionamiento de las sedes a su cargo, encontrando que se le puede dar el debido uso a los recursos provenientes de los rubros: O21201010030302 Maquinaria de informática y sus partes, piezas y accesorios por DIEZ MILLONES DE PESOS ($10.000.000); O2120201003023215317 Fólderes por DIEZ MILLONES DE PESOS ($10.000.000); O2120201003053511001 Pinturas para agua, P.V.A. y similares (emulsiones) por DOS MILLONES DE PESOS ($2.000.000); O2120201003053511007 Pinturas de protección industrial (vinílicas, epóxicas, poliestéricas) por DOS MILLONES DE PESOS ($2.000.000); O2120201003053511033 Estuco por DOS MILLONES DE PESOS ($2.000.000); O2120201003053511035 Diluyentes para pinturas por UN MILLÓN DE PESOS ($1.000.000); O2120201003063695004 Teja plástica por CATORCE MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($14.500.000); O2120201004014121101 Chapa de hierro o acero laminada en caliente (incluso por proceso de heliaceración) por UN MILLÓN DE PESOS ($1.000.000); O2120201004024292122 Brocas-barrenas por UN MILLÓN DE PESOS ($1.000.000); O2120201004024294401 Tornillos de hierro o acero por UN MILLÓN DE PESOS ($1.000.000); O2120201004024292199 Herramientas n.c.p. para carpintería por UN MILLÓN DE PESOS ($1.000.000); O2120201004024292299 Herramientas n.c.p. para construcción por UN MILLÓN DE Código: GDI-GPD-F034 Versión: 05 Vigencia: 11 de julio de 2024 Caso HOLA: 59797 7 Alcaldía Local de Los Mártires Avenida Calle 19 No. 28-80 Piso 6 Centro Comercial Mall Plaza Código Postal: 111411 Tel. 3759531 - 3511577 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-116 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 116 Continuación del Decreto No. 11 del 25 de Agosto de 2025 Página 3 de 5 “POR MEDIO DEL CUAL SE EFECTÚA TRASLADO PRESUPUESTAL EN EL PRESUPUESTO DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE MÁRTIRES PARA LA VIGENCIA FISCAL 2025”.
PESOS ($1.000.000).
Que, en concordancia con lo expuesto, se hace necesario trasladar los recursos disponibles para garantizar las necesidades en los siguientes rubros:
O212020100402429999 Artículos n.c.p. de ferretería y cerrajería por valor de DIECISIETE MI- LLONES DOSCIENTOS MIL PESOS ($17.200.00) M/CTE para adelantar las acciones administrativas, financieras y contractuales que permita continuar con el suministro de los elementos de ferretería.
O212010100502030101 Paquetes de software por valor de VEINTINUEVE MILLONES TRES- CIENTOS MIL PESOS ($29.300.000) M/CTE para adelantar las acciones administrativas, financieras y contractuales que permita la contratación de la adquisición de las licencias de Office 365 y teams.
Que, en mérito de lo expuesto, El Alcalde Local de Mártires,
RESUELVE:
Artículo primero.
Efectúese el siguiente contracrédito en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Mártires para la vigencia fiscal de 2025, por valor de CUARENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($46.500.000) M/CTE, de conformidad con el siguiente detalle:
COMPOSICIÓN DEL CONTRACRÉDITO CÓDIGO RUBRO VALOR $ O2 GASTOS 46.500.000 O21 Funcionamiento 46.500.000 O212 Adquisición de bienes y servicios 46.500.000 O21201 Adquisición de activos no financieros 10.000.000 O2120101 Activos fijos 10.000.000 O2120101003 Maquinaria y equipo 10.000.000 O212010100303 Maquinaria de oficina, contabilidad e informática 10.000.000 O21201010030302 Maquinaria de informática y sus partes, piezas y accesorios 10.000.000 Código: GDI-GPD-F034 Versión: 05 Vigencia: 11 de julio de 2024 Caso HOLA: 59797 7 Alcaldía Local de Los Mártires Avenida Calle 19 No. 28-80 Piso 6 Centro Comercial Mall Plaza Código Postal: 111411 Tel. 3759531 - 3511577 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-117 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 117 Continuación del Decreto No. 11 del 25 de Agosto de 2025 Página 4 de 5 “POR MEDIO DEL CUAL SE EFECTÚA TRASLADO PRESUPUESTAL EN EL PRESUPUESTO DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE MÁRTIRES PARA LA VIGENCIA FISCAL 2025”.
CÓDIGO RUBRO VALOR $ O21202 Adquisiciones diferentes de activos 36.500.000 O2120201 Materiales y suministros 36.500.000 O2120201003 Otros bienes transportables (excepto productos metálicos, maquinaria y equipo) 31.500.000 O212020100302 Pasta o pulpa, papel y productos de papel; impresos y artículos similares 10.000.000 O2120201003023215317 Fólderes 10.000.000 O212020100305 Otros productos químicos; fibras artificiales (o fibras industriales hechas por el hombre) 7.000.000 O2120201003053511001 Pinturas para agua, P.V.A. y similares (emulsiones) 2.000.000 O2120201003053511007 Pinturas de protección industrial (vinílicas, epóxicas, poliestéricas) 2.000.000 O2120201003053511033 Estuco 2.000.000 O2120201003053511035 Diluyentes para pinturas 1.000.000 O212020100306 Productos de caucho y plástico 14.500.000 O2120201003063695004 Teja plástica 14.500.000 O2120201004 Productos metálicos y paquetes de software 5.000.000 O212020100401 Metales básicos 1.000.000 O2120201004014121101 Chapa de hierro o acero laminada en caliente (incluso por proceso de heliaceración) 1.000.000 O212020100402 Productos metálicos elaborados (excepto maquinaria y equipo) 4.000.000 O2120201004024292122 Brocas-barrenas 1.000.000 O2120201004024292199 Herramientas n.c.p. para carpintería 1.000.000 O2120201004024292299 Herramientas n.c.p. para construcción 1.000.000 O2120201004024294401 Tornillos de hierro o acero 1.000.000
Artículo segundo.
Efectúese el siguiente crédito en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Usme para la Vigencia Fiscal de 2025, por valor de CUARENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($46.500.000) M/CTE de conformidad con el siguiente detalle:
Código: GDI-GPD-F034 Versión: 05 Vigencia: 11 de julio de 2024 Caso HOLA: 59797 7 Alcaldía Local de Los Mártires Avenida Calle 19 No. 28-80 Piso 6 Centro Comercial Mall Plaza Código Postal: 111411 Tel. 3759531 - 3511577 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-118 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 118 Continuación del Decreto No. 11 del 25 de Agosto de 2025 Página 5 de 5 “POR MEDIO DEL CUAL SE EFECTÚA TRASLADO PRESUPUESTAL EN EL PRESUPUESTO DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE MÁRTIRES PARA LA VIGENCIA FISCAL 2025”.
CÓDIGO RUBRO VALOR $ O2 GASTOS 46.500.000 O21 Funcionamiento 46.500.000 O212 Adquisición de bienes y servicios 46.500.000 O21201 Adquisición de activos no financieros 29.300.000 O2120101 Activos fijos 29.300.000 O2120101005 Otros activos fijos 29.300.000 O212010100502 Productos de la propiedad intelectual 29.300.000 O21201010050203 Programas de informática y bases de datos 29.300.000 O2120101005020301 Programas de informática 29.300.000 O212010100502030101 Paquetes de software 29.300.000 O21202 Adquisiciones diferentes de activos 17.200.000 O2120201 Materiales y suministros 17.200.000 O2120201004 Productos metálicos y paquetes de software 17.200.000 O2120201004024299991 Artículos n.c.p. de ferretería y cerrajería 17.200.000
Artículo tercero.
El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los 25 días del mes de agosto de 2025 JOHN JADER SUAREZ DELGADO N JADER SUAREZ Alcalde Local de M Alcalde Local de Mártires Proyecto: Heidi Vanessa Saray Guataquira – Profesional especializado 222- 24 administrativo y financiero Reviso: Guillermo Enrique Banoy Parra – Profesional universitario 219 – 15 con funciones de presupuesto Aprobo: Luisa Fernanda Malagón Gómez – CPS 170 - 2025 versis 25 25 25 25 25 25 25 25 25 25 25 25 25 25 25 25 25 25 25 25 25 25 25 25 Código: GDI-GPD-F034 Versión: 05 Vigencia: 11 de julio de 2024 Caso HOLA: 59797 7 Alcaldía Local de Los Mártires Avenida Calle 19 No. 28-80 Piso 6 Centro Comercial Mall Plaza Código Postal: 111411 Tel. 3759531 - 3511577 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8398 • PP. 1-119 • 2025 • SEPTIEMBRE • 1 119
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