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Registro Distrital 8391 de 2025

Registro Distrital 8391 de 2025 Nivel Distrital

Tipo
Registro Distrital
Número
8391
Año
2025
Fecha
22 de agosto de 2025
Entidad
Nivel Distrital
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

5,5 ALCALDE MAYOR Carlos Fernando Galán Pachón REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 • No. 8391 - Pp 1 - 33 - 2025 • AGOSTO • 22 CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Descentralizado ACUERDO 2025 EMPRESA METRO DE BOGOTÁ S.A. - JUNTA DIRECTIVA ACUERDO Nº 004 “Por medio del cual se fija el incremento salarial para los servidores públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. para la vigencia fiscal 2025”...........................4 Sector Central RESOLUCIONES 2025 SECRETARÍA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN Nº 697 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la “Invitación cultural Premio a la gestión de la cultura ciudadana 2025”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”.......................................................................................11 RESOLUCIÓN Nº 700 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la “Invitación Cultural Laboratorios de formación cultural para la paz dirigido a pueblos indígenas víctimas del conflicto armado 2025”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.”..........................................................................................................18 Sector Local DECRETO LOCAL 2025 ALCALDÍA LOCAL DE CHAPINERO DECRETO LOCAL Nº 15 “Por medio del cual se crea la Mesa Local de Vivienda y Hábitat de Chapinero”....26 AÑO 59 NÚMERO 8391 22 • AGOSTO • 2025 SECRETARÍA GENERAL ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL.

LA PUBLICACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS EN EL REGISTRO DISTRITAL SE REALIZA DE ACUERDO A LA LEY 1437 DEL 2011 EN SU ARTÍCULO 65 MODIFICADO POR LA LEY 2080 DE 2021 “POR LA CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO”.

CORREO: REGISTRODISTRITAL@ALCALDIABOGOTA.GOV.CO DIRECCIÓN: CALLE 11 SUR #1-60 ESTE - LA MARÍA - BOGOTÁ D.C.

TELÉFONO: 381 3000 EXT. 5010 - 5202 SUBDIRECTORA IMPRENTA DISTRITAL: MARÍA ANGÉLICA PUMAREJO HINOJOSA ACUERDO DE 2025 ACUERDO No. 004 DE 2025 (20 de agosto de 2025)

“Por medio del cual se fija el incremento salarial para los servidores públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. para la vigencia fiscal 2025”

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA EMPRESA METRO DE BOGOTA S.A.

En ejercicio de sus facultades legales, especialmente las conferidas en la Ley 489 de 1998, el decreto 1498 de 2022, el decreto distrital 662 de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que por disposición de la Ley 489 de 19981, las entidades descentralizadas, tanto nacionales como distritales o municipales, se regulan por la Constitución, por las normas legales y por el acto de su creación. En virtud de la autonomía administrativa y presupuestal de la que gozan, corresponde a sus juntas directivas, determinar la estructura orgánica que consideren pertinentes y adoptar los estatutos internos de la entidad y cualquier reforma que se introduzca a estos.

Que el decreto distrital 662 de 2018, en el parágrafo primero del artículo 57 señala que las Juntas Directivas de las entidades descentralizadas, para determinar el incremento de las asignaciones salariales de los servidores públicos, deben contar con el concepto de viabilidad presupuestal expedido por la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto y la aprobación previa del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital o quien haga sus veces.

Que mediante Acuerdo 07 de 2017, corregido a través del Acuerdo 08 de 2017, la Junta Directiva de la Empresa Metro de Bogotá S.A. estableció la Escala Salarial para los Empleados Públicos y Trabajadores Oficiales y mediante Acuerdo 08 de 2021 estableció la Planta de Cargos de la Empresa.

Que el Consejo de Estado - Sala de Consulta y Servicio Civil, mediante Concepto C.E. 1393 de 2002, señaló:

“(…) Las juntas directivas de las entidades descentralizadas del orden distrital tienen la potestad de fijar los emolumentos de sus empleados públicos, respetando el límite máximo salarial establecido por el gobierno mediante decreto 2714 de 2001. Las prestaciones y los factores salariales que se tienen en cuenta para efectos de su reconocimiento son los establecidos por el gobierno nacional conforme con la ley. (…)”

1 Por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones.

Formato GL-FR-012_V5 Página 1 de 7 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8391 • PP. 1-4 • 2025 • AGOSTO • 22 4 CONTINUACIÓN DEL ACUERDO No. 004 DE 2025 “Por medio del cual se fija el incremento salarial para los servidores públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. para la vigencia fiscal 2025”

Que el Consejo de Estado, Sala de Consulta y Servicio Civil, mediante Concepto C.E. 00104, con radicación interna 2348 del 11 de julio de 2017, al resolver la consulta elevada a través del Ministerio del Interior, sobre la competencia del Concejo de Bogotá para fijar las escalas salariales de entidades distritales descentralizadas, respondió:

“(…) Se precisa que, según la jurisprudencia, la facultad constitucional para fijar las escalas de remuneración es de índole eminentemente técnica, no comprende la competencia para crear salarios o factores salariales, y se limita a la agrupación y clasificación de empleos o en otras palabras, a ordenar numéricamente los diferentes grados de remuneración que pueden existir, ubicados desde el inferior hasta el superior, para hacerles corresponder a cada uno de ellos determinadas consecuencias económicas. (…)

El Concejo de Bogotá no es competente para expedir acuerdos por medio de los cuales se fijen escalas salariales de entidades descentralizadas distritales…, puesto que solamente le compete fijar las de la administración central.

Para el caso de las entidades descentralizadas, son las respectivas juntas directivas las llamadas a fijar las escalas de remuneración. (…)”

Que esta facultad cobija no solo la fijación de la asignación básica mensual, sino también su incremento anual, tal como es señalado en concepto radicado 2016600231411 del 21 de octubre de 2016 emitido por el DAFP:

“(…) la Junta Directiva tiene la competencia para determinar los emolumentos de sus empleados públicos, entendidos como la fijación de la asignación básica mensual y su incremento anual a cada uno de los cargos establecidos en las escalas salariales (…)”

Que el Decreto Distrital 470 de 2024, por el que expide el presupuesto anual de rentas e ingresos y de gastos e inversiones de Bogotá, para la vigencia fiscal comprendida entre el primero de enero y el 31 de diciembre de 2025 y se dictan otras disposiciones, establece en el artículo 10 lo siguiente:

“Con base en la circular que expidan la Secretaría Distrital de Hacienda y el Departamento Administrativo del Servicio Civil, la junta o consejo directivo de los Establecimientos Públicos, Unidades Administrativas Especiales con Personería Jurídica, las Empresas Industriales y Comerciales del orden distrital y las Subredes Integradas de Servicios de Salud – ESE, definirán el incremento salarial de los empleados públicos en las mencionadas entidades. Lo anterior, Formato GL-FR-012_V5 Página 2 de 7 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8391 • PP. 1-5 • 2025 • AGOSTO • 22 5 CONTINUACIÓN DEL ACUERDO No. 004 DE 2025 “Por medio del cual se fija el incremento salarial para los servidores públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. para la vigencia fiscal 2025” previo concepto favorable expedido por el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital”.

Que el artículo 75° de los Estatutos Sociales de la Empresa Metro de Bogotá S.A., definió su régimen de personal, señalando que “las personas que prestan sus servicios a la entidad tendrán el carácter de trabajadores oficiales, vinculados mediante contrato de trabajo y los cargos directivos, de asesores y demás adscritos al Despacho del Gerente General, tendrán el carácter de empleados públicos de libre nombramiento y remoción.”

Que en cumplimiento de los compromisos pactados entre la Administración Distrital y las Organizaciones Sindicales, mediante el Acta de Acuerdo Colectivo Laboral Territorial 2024-2025, suscrita el 29 de agosto de 2024, se concertó que para el año 2025, el ajuste de la asignación básica de los empleados públicos del sector Central, de los Establecimientos Públicos, de las Unidades Administrativas Especiales con personería jurídica, de las Empresas Sociales del Estado del orden Distrital, de, Veeduría Contraloría y Personería Distritales y del Concejo de Bogotá, sería el siguiente:

“(…) INCREMENTO SALARIAL: El incremento salarial para los empleados públicos del Distrito Capital regirá a partir del 1 de enero de las siguientes vigencias y será:

2025: 1,70 puntos porcentuales más el IPC certificado por el DANE al 31 de diciembre de la vigencia fiscal anterior.

(…)

La administración distrital hará el incremento salarial en la nómina del mes de febrero de las vigencias 2025 y 2026 respectivamente. En caso de que el porcentaje decretado para el salario de los empleados públicos del Orden Nacional sea superior, se aplicará este y se expedirá el acto administrativo respectivo con el ajuste y la retroactividad correspondiente. (…)”

Que de conformidad con el Boletín Técnico del Departamento Nacional de Estadística – DANE, de fecha 9 de enero de 20252, la variación anual del Índice de Precios al Consumidor – IPC para la vigencia 2024 corresponde a cinco punto dos por ciento (5,2%).

Que previo a la expedición de los decretos nacionales de incremento salarial, se expidió la Circular Externa No. SDH-000003 del 31 de enero de 2025, por la Secretaría Distrital de Hacienda y el 2 https://www.dane.gov.co/files/operaciones/IPC/dic2024/bol-IPC-dic2024.pdf Formato GL-FR-012_V5 Página 3 de 7 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8391 • PP. 1-6 • 2025 • AGOSTO • 22 6 CONTINUACIÓN DEL ACUERDO No. 004 DE 2025 “Por medio del cual se fija el incremento salarial para los servidores públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. para la vigencia fiscal 2025”

Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital - DASCD, en la que se imparten los lineamientos para el Incremento Salarial de los servidores públicos de las entidades descentralizadas del orden Distrital para la vigencia 2025, disponiendo que “(…) las entidades descentralizadas del orden distrital adoptarán como porcentaje de incremento salarial el 6,9% siempre y cuando al aplicar dicho porcentaje las asignaciones básicas no superen los límites establecidos por el Decreto Nacional 293 de 2024” y “(…) que una vez el Gobierno nacional fije los límites máximos salariales correspondientes al año 2025 para los empleados públicos de las entidades territoriales, se deberán ajustar las asignaciones básicas en el porcentaje correspondiente, mediante acto administrativo de las juntas o consejos, que en virtud del límite máximo establecido se hayan ajustado en un porcentaje inferior, sin que en todo caso se exceda el nuevo límite, previo concepto del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital. (…)”

Que el artículo 26 de la Resolución No. 128 del 07 de septiembre de 2018, por la cual se adopta el Reglamento Interno de Trabajo de la Empresa Metro de Bogotá S.A., modificado por la Resolución No. 809 de 2022, determinó que la EMB pagará al trabajador oficial que labore la jornada máxima legal para la cual ha sido contratado, el salario establecido para cada cargo en los Acuerdos vigentes de la Junta Directiva, con los incrementos anuales que sean autorizados por ésta.

Que el Gobierno Nacional acordó con las organizaciones sindicales (Centrales y Federaciones) un incremento salarial del 7% para los empleados públicos del nivel nacional y en consecuencia, expidió el Decreto 620 de fecha 3 de junio de 2025, por medio del cual se fijan los límites máximos salariales de los Gobernadores, Alcaldes y empleados públicos de las entidades territoriales y se dictan disposiciones en materia prestacional.

Que con base en lo anterior, y conforme al Acuerdo Colectivo Distrital, es necesario ajustar en el cero punto uno por ciento (0.1%) restante las asignaciones básicas de los empleos de las entidades del sector descentralizado, sin que estas sobrepasen los límites máximos salariales determinados por el Gobierno Nacional en el Decreto Nacional 620 de 2025 y sin que la remuneración total sea superior a la que por todo concepto percibe el Alcalde Mayor de Bogotá; por lo que la Secretaría Distrital de Hacienda y el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital expidieron la Circular Externa SDH 0007 del 27 de junio de 20253, mediante la cual se da alcance a la expedida el 31 de enero del 2025, para ajustar al 7% el incremento salarial de los empleados públicos del nivel descentralizado de la administración distrital.

3 https://www.haciendabogota.gov.co/es/sdh/lineamientos-y-circulares Formato GL-FR-012_V5 Página 4 de 7 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8391 • PP. 1-7 • 2025 • AGOSTO • 22 7 CONTINUACIÓN DEL ACUERDO No. 004 DE 2025 “Por medio del cual se fija el incremento salarial para los servidores públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. para la vigencia fiscal 2025”

Que de otra parte, se tiene en cuenta para el incremento salarial de los empleados públicos del nivel directivo de la Empresa Metro de Bogotá S.A., sin que la remuneración total sea superior a la que por todo concepto percibe el Alcalde Mayor de Bogotá.

Que de acuerdo con el principio constitucional de igualdad, y teniendo en cuenta que la Empresa Metro de Bogotá S.A. no tiene pactado el procedimiento para la definición del porcentaje de incremento salarial para sus trabajadores oficiales, les aplicará los lineamientos proferidos en la Circular Externa No. SDH-000003 del 31 de enero de 2025, con alcance mediante Circular Externa No. SDH-000007 del 27 de junio de 2025, expedidas por la Secretaría Distrital de Hacienda y el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital para el incremento salarial de los servidores públicos distritales, en la vigencia 2025.

Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS, mediante Resolución No. 014 del 31 20244, aprobó el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Empresa Metro de Bogotá S.A. para la vigencia comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre del año 2025.

Que la EMB mediante Resolución No. 612 del 26 de noviembre de 2024, se liquidó el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Empresa Metro de Bogotá S.A., para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año 2025.

Que mediante memorando GJ-MEM25-0073 del 28 de abril de 2025, la Gerencia Jurídica de la Empresa Metro de Bogotá S.A. emitió concepto indicando que “se encuentran reunidos los requisitos del artículo 7° del Decreto Nacional 293 de 2024, del artículo 10° del Decreto Distrital 470 de 2024 y de la Circular Externa No. SDH-000003 del 31 de enero de 2025, normas que regulan el incremento salarial para los Servidores Públicos del sector descentralizado, y especialmente las Empresas Industriales y Comerciales del Estado, como es el caso de la Empresa Metro de Bogotá S.A. para su correspondiente aplicación en la vigencia 2025”.

Que según certificación del 2 de julio de 2025 expedida por la Gerencia Financiera de la Empresa Metro de Bogotá S.A y remitida a la Gerencia Administrativa y de Abastecimiento de la Empresa Metro de Bogotá S.A., mediante correo electrónico de la misma fecha, se informó que existen las apropiaciones necesarias en el presupuesto de la vigencia 2025 de la Empresa Metro de Bogotá S.A. para atender el pago de las sumas derivadas de la aplicación del presente Acuerdo.

4 https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=167420&dt=S Formato GL-FR-012_V5 Página 5 de 7 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8391 • PP. 1-8 • 2025 • AGOSTO • 22 8 CONTINUACIÓN DEL ACUERDO No. 004 DE 2025 “Por medio del cual se fija el incremento salarial para los servidores públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. para la vigencia fiscal 2025”

Que mediante comunicación 2-2025-10137 de fecha 24 de julio de 2025, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, emitió concepto técnico favorable a la propuesta de incremento salarial de los servidores públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A., para la vigencia 2025, la cual fue radicada en la Empresa Metro de Bogotá S.A., con el No. EXT25-0015318 del 24 de julio de 2025.

Que la mayoría de la Junta Directiva de la Empresa Metro de Bogotá S.A., aprobó el incremento salarial, en la sesión ordinaria No. 114 realizada el día 20 de agosto de 2025, conforme al concepto emitido por el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital.

En mérito de lo expuesto,

ACUERDA:

Artículo 1º.

REMUNERACIÓN EMPLEADOS PÚBLICOS. Fijar a partir del 1º de enero de 2025 el incremento salarial del 7% en la asignación básica mensual, sin sobrepasar los límites salariales establecidos en el Decreto Nacional 620 de 2025 y el salario total del Alcalde Mayor, establecidos para las distintas categorías de empleos públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A., así:

NIVEL JERARQUICO DIRECTIVO ASESOR PROFESIONAL ASISTENCIAL GRADO SALARIAL 01 13.734.150 11.531.939 11.232.697 2.345.766 02 14.249.180 12.814.081 11.736.298 2.759.503 03 18.695.020 14.237.867 3.246.252 04 18.950.906 15.819.852 3.819.122 05 0 4.431.758 Parágrafo 1. Para las asignaciones básicas de los niveles que trata el presente artículo, la primera columna fija los grados salariales correspondientes a las diferentes denominaciones de empleos, la segunda y siguientes columnas comprenden las asignaciones básicas mensuales para cada grado y nivel respectivo de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A.

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Artículo 2º.

REMUNERACIÓN TRABAJADORES OFICIALES. Fijar a partir del 1º de enero de 2025, incremento salarial del 7% en la asignación básica mensual para los Trabajadores Oficiales de la Empresa Metro de Bogotá S.A., así:

NIVEL JERARQUICO PROFESIONAL ASISTENCIAL GRADO SALARIAL 01 6.576.117 2.345.761 02 7.700.012 2.759.498 03 8.555.567 3.246.246 04 9.506.602 3.819.117 05 10.562.476 4.197.993 06 13.103.897 0

Artículo 3º.

Dentro de los cinco (5) días siguientes a la publicación del presente acuerdo, se deberá comunicar al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, el contenido del mismo, con el fin de que obre en el Sistema de Información Distrital del Empleo y la Administración Pública (SIDEAP).

Artículo 4º.

VIGENCIA Y DEROGATORIAS. El presente Acuerdo rige a partir del día siguiente a su publicación, deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Acuerdo No. 04 del 18 de abril de 2024, y tendrá efectos fiscales a partir del 1 de enero de 2025.

Dado en Bogotá D.C., el 20 de agosto de 2025.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE CLAUDIA ANDREA DIAZ ACOSTA Firmado digitalmente por CLAUDIA ANDREA DIAZ ACOSTA CLAUDIA DÍAZ ACOSTA Presidente VERONICA MARIA GUTIERREZ USTARIZ Firmado digitalmente por VERONICA MARIA GUTIERREZ USTARIZ VERÓNICA GUTIÉRREZ USTÁRIZ Secretaria Proyectó: Gloria Patricia Castaño E – Profesional Especializado Gerencia Administrativa y de Abastecimiento Revisó: Gloria Sánchez Larotta – Gerente Administrativa y de Abastecimiento Jenny Abril - Asesora Secretaría Distrital de Movilidad Maria Teresa Rodriguez – Directora de Talento Humano Formato GL-FR-012_V5 Página 7 de 7 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8391 • PP. 1-10 • 2025 • AGOSTO • 22 10 RESOLUCIONES DE 2025

*20252200396103*

Al contestar, citar el número:

Radicado: 20252200396103 Fecha: 30-07-2025 RESOLUCIÓN No. 697 DE 04 DE AGOSTO DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la “Invitación cultural Premio a la gestión de la cultura ciudadana 2025”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”

EL SECRETARIO DE DESPACHO De la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Decreto Distrital 340 de 2020 modificado por el Decreto 400 de 2022

CONSIDERANDO:

Que los artículos 70 y 71 de la Constitución Política establecen el deber del Estado de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades y otorga la competencia para establecer mecanismos positivos para fomentar el desarrollo artístico, cultural y patrimonial de la Nación.

Que el numeral 3 del artículo 1° de la Ley 397 de 1997, “Por la cual se desarrollan los artículos 70, 71 y 72 y demás artículos concordantes de la Constitución Política y se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura y se trasladan algunas dependencias.” señala que:

“(…) El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de reconocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación colombiana (…)”.

Que la ley en cita en su artículo 17 señala:

“(…) DEL FOMENTO. El Estado a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, fomentará las artes en todas sus expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas, como elementos del diálogo, el intercambio, la participación y como expresión libre y primordial del pensamiento del ser humano que construye en la convivencia pacífica.”.

Que así mismo, el artículo 18 de la mencionada ley establece:

"(…) El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos especiales y promocionará la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales. Para Página 1 de 7 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8391 • PP. 1-11 • 2025 • AGOSTO • 22 11

*20252200396103*

Al contestar, citar el número:

Radicado: 20252200396103 Fecha: 30-07-2025 RESOLUCIÓN No. 697 DE 04 DE AGOSTO DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la “Invitación cultural Premio a la gestión de la cultura ciudadana 2025”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte” tal efecto establecerá, entre otros programas, bolsas de trabajo, becas, premios anuales, concursos, festivales, talleres de formación artística, apoyo a personas y grupos dedicados a actividades culturales, ferias, exposiciones, unidades móviles de divulgación cultural, y otorgará incentivos y créditos especiales para artistas sobresalientes, así como para integrantes de las comunidades locales en el campo de la creación, la ejecución, la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo (…)”.

Que el Decreto Distrital 340 de 2020, “Por el cual se modifica la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y se dictan otras disposiciones” señala que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, tiene por objeto:

“(…) orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculadas y la sociedad civil (…)”.

Que el artículo 3º, literal (j) del Decreto Distrital 340 de 2020, señala que dentro de las funciones de esta Secretaría, está la de: “(…) Gestionar la ejecución de las políticas, planes y proyectos culturales y artísticos, con el fin de garantizar el efectivo ejercicio de los derechos culturales y fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo (…)”.

Que el reconocimiento del fomento a la cultura como elemento central de protección y promoción de los Derechos Humanos, ha propiciado la creación de esquemas de política pública que buscan materializar el mandato constitucional de promover la protección, desarrollo y difusión de la cultura mediante la adopción de medidas que faciliten el ejercicio de sus derechos por parte de todas las comunidades. Así las cosas, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, establece el proceso misional del fomento a la cultura, como el conjunto de programas impulsados desde las entidades públicas que conforman el sector, con el propósito de promover, reconocer y fortalecer las prácticas artísticas, culturales y patrimoniales de la ciudadanía; garantizando un impacto integral e incluyente sobre la ciudad y favoreciendo el ejercicio libre y creativo de los derechos culturales.

Que en cumplimiento de los objetivos misionales de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, a través de la Subsecretaría Distrital de Cultura Ciudadana Página 2 de 7 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8391 • PP. 1-12 • 2025 • AGOSTO • 22 12

*20252200396103*

Al contestar, citar el número:

Radicado: 20252200396103 Fecha: 30-07-2025 RESOLUCIÓN No. 697 DE 04 DE AGOSTO DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la “Invitación cultural Premio a la gestión de la cultura ciudadana 2025”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte” y Gestión del Conocimiento - Dirección de Redes y Acción Colectiva, ha venido reconociendo experiencias destacadas y buenas prácticas que adoptan el enfoque de Cultura Ciudadana, promoviendo el orgullo, la confianza, la integralidad, la corresponsabilidad y la sostenibilidad en la gestión de transformaciones culturales. Estas experiencias, lideradas por ciudadanos, líderes sociales, agrupaciones, organizaciones comunitarias y culturales, abordan la transformación social desde una perspectiva participativa, innovadora y orientada a modificar comportamientos y prácticas cotidianas.

Que en el marco de la “Invitación cultural Premio a la gestión de la cultura ciudadana 2025”, se convoca a las categorías Premio al Ciudadano Inspirador y Premio a la Organización que Promueve el Cambio, con el propósito de visibilizar y exaltar a aquellas personas y organizaciones que, a través de su compromiso y acción colectiva, han generado impactos positivos, sostenibles y ejemplares en sus comunidades. Esta iniciativa busca reconocer los saberes, metodologías, herramientas e instrumentos que fortalecen la apropiación de la cultura ciudadana como medio para afrontar los desafíos actuales de nuestra ciudad.

Que la historia reciente demuestra que la participación ciudadana activa y el trabajo articulado entre organizaciones sociales han sido fundamentales para enfrentar problemáticas relacionadas con la educación, la salud, la justicia social y la sostenibilidad. Las iniciativas que emergen desde la base social no solo contribuyen a resolver desafíos locales, sino que también se constituyen en referentes replicables para otras comunidades.

Que la “Invitación cultural Premio a la gestión de la cultura ciudadana 2025” busca reconocer y premiar a ciudadanos, agrupaciones y/o organizaciones que lideran transformaciones sociales positivas en sus entornos, con propuestas de impacto en temas como la innovación social, la justicia, la sostenibilidad, la igualdad y la apropiación del espacio público. Este reconocimiento busca, además, inspirar a nuevos liderazgos, fortalecer el tejido social y fomentar una cultura de participación activa y corresponsabilidad ciudadana.

Que en este sentido, la SCRD, a través de la Dirección de Redes y Acción Colectiva de la Subsecretaría Distrital de Cultura Ciudadana y Gestión del Conocimiento, se invita a personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones interesadas a presentar iniciativas alineadas con cada una de las categorías de la “Invitación cultural Premio a la gestión de la cultura ciudadana 2025”, cuya finalidad es premiar estrategias de cultura ciudadana priorizada.

Página 3 de 7 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8391 • PP. 1-13 • 2025 • AGOSTO • 22 13

*20252200396103*

Al contestar, citar el número:

Radicado: 20252200396103 Fecha: 30-07-2025 RESOLUCIÓN No. 697 DE 04 DE AGOSTO DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la “Invitación cultural Premio a la gestión de la cultura ciudadana 2025”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”

Que para amparar el incentivo económico que se detalla en la presente invitación cultural, la SCRD cuenta con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal que se cita a continuación:

Monto total Valor individual de CDP Dependencia encargada de Invitación Tipo de incentivo No. de incentivos incentivo de la invitación la invitación El valor individual de cada incentivo económico se distribuirá así:

Categoría 1. Premio al ciudadano inspirador: Se entregarán Cinco (5) incentivos, para cada uno por valor de OCHO MILLONES DE PESOS M/ CTE ($8.000.000), premiando una ciudadana o ciudadano ganador por Invitación cultural estrategia de cultura ciudadana priorizada.

Dirección de Económico Diez (10)

$100.000.000 No. 767 del Redes y Categoría 2. Premio a la fijo 06 de marzo del Premio a la gestión de la cultura ciudadana Gestión de la Cultura Acción Colectiva 2025.

2025 Ciudadana para organizaciones o agrupaciones sociales, culturales y comunitarias Se entregarán Cinco (5) incentivos, para cada uno por valor de DOCE MILLONES DE PESOS M/ CTE ($12.000.000), premiando un grupo ganador por estrategia de cultura ciudadana priorizada.

Que los requisitos y condiciones específicas de participación de la citada invitación cultural hacen parte integral de la presente resolución y pueden ser consultadas en el micrositio web: https://invitaciones.scrd.gov.co/ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

Que de conformidad con lo anterior y en cumplimiento del marco normativo señalado, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte dispone la apertura a la “Invitación cultural Premio a la gestión de la cultura ciudadana 2025”

Página 4 de 7 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8391 • PP. 1-14 • 2025 • AGOSTO • 22 14

*20252200396103*

Al contestar, citar el número:

Radicado: 20252200396103 Fecha: 30-07-2025 RESOLUCIÓN No. 697 DE 04 DE AGOSTO DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la “Invitación cultural Premio a la gestión de la cultura ciudadana 2025”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo primero.

Ordenar la apertura de la “Invitación cultural Premio a la gestión de la cultura ciudadana 2025”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo, y de acuerdo con el cronograma establecido para tal fin.

Parágrafo. Los incentivos económicos a que hace referencia la invitación cultural que
se apertura, se encuentran amparados en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal con No. 767 del 06 de marzo del 2025, relacionado en la parte motiva del presente acto administrativo.

Artículo segundo.

Los requisitos y condiciones de participación de la “Invitación cultural Premio a la gestión de la cultura ciudadana 2025” se encuentran publicados en el micrositio web: https://invitaciones.scrd.gov.co/ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

Parágrafo. Las modificaciones a los términos de la Invitación Cultural citada en el
presente acto administrativo se podrá modificar mediante aviso modificatorio que deberá publicarse en el respectivo micrositio web de Invitaciones Culturales de la SCRD (https://invitaciones.scrd.gov.co/), con anterioridad no menor a un (1) día hábil al vencimiento del plazo fijado en el cronograma que se indica en las condiciones de la Invitación Cultural.

Artículo tercero.

Realizar por la Dirección de Redes y Acción Colectiva de la

Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte los trámites correspondientes al desembolso de los incentivos económicos previstos en la citada invitación cultural de la cual es responsable, de conformidad con el artículo primero del presente acto administrativo, acorde con los procesos y procedimientos definidos en este organismo.

Artículo cuarto.

Comunicar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, el contenido de la presente resolución a través del sistema de gestión documental ORFEO, a la Dirección de Redes y Acción Colectiva, la Subsecretaría Distrital de Cultura Ciudadana y Gestión del Conocimiento, la Dirección de Fomento y al Grupo

Página 5 de 7 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8391 • PP. 1-15 • 2025 • AGOSTO • 22 15

*20252200396103*

Al contestar, citar el número:

Radicado: 20252200396103 Fecha: 30-07-2025 RESOLUCIÓN No. 697 DE 04 DE AGOSTO DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la “Invitación cultural Premio a la gestión de la cultura ciudadana 2025”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”

Interno de Trabajo de Gestión Financiera de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para los trámites de su competencia.

Artículo quinto.

Publicar por la Dirección de Fomento la presente resolución, así como los requisitos y condiciones de participación de la presente invitación cultural en el micrositio denominado: Invitaciones Culturales de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. Y por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, publicar el contenido de la presente resolución en la Gaceta Distrital y en el Régimen Legal de Bogotá D.C. y en la página web de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

Artículo sexto.

La presente resolución rige a partir del día siguiente a su publicación, y contra este no procede recurso alguno, de conformidad con lo señalado en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.

Dada en Bogotá D.C., a los cuatro (4) días del mes de agosto de dos mil veinticinco (2025).

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR Secretario de Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Proyectó: Nelson Eduardo Cortes Castillo - Contratista Dirección de Fomento. Revisó: Edgar Javier Pulido Caro - Contratista Dirección de Fomento. Aprobó: Juan Diego Jaramillo Morales – Director de Fomento. Angélica Rocío Martínez Torres – Directora de Redes y Acción Colectiva Luis Felipe Calero González – Subsecretario Distrital de Cultura Ciudadana y Gestión del Conocimiento Revisó: Diego Eduardo Beltrán Hernández -Contratista Oficina Jurídica. Aprobó revisión y ajustó Sandra Margoth Vélez Abello - Jefe Oficina Jurídica.

Documento 20252200396103 firmado electrónicamente por:

Auxiliar Administrativo Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano Maritza Alejandra Rozo Ruiz Página 6 de 7 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8391 • PP. 1-16 • 2025 • AGOSTO • 22 16

*20252200396103*

Al contestar, citar el número:

Radicado: 20252200396103 Fecha: 30-07-2025 RESOLUCIÓN No. 697 DE 04 DE AGOSTO DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la “Invitación cultural Premio a la gestión de la cultura ciudadana 2025”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”

Fecha firma: 04-08-2025 16:26:37 Santiago Trujillo Escobar Secretario de Despacho Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Fecha firma: 01-08-2025 17:42:50 Sandra Margoth Vélez Abello Jefe de Oficina Jurídica Oficina Jurídica Fecha firma: 01-08-2025 16:51:59 Diego Eduardo Beltrán Hernández Contratista Oficina Jurídica Fecha firma: 01-08-2025 09:18:31 Luis Felipe Calero González Subsecretario Distrital de Cultura Ciudadana y Gestión del Conocimiento Subsecretaría Distrital de Cultura Ciudadana y Gestión del Conocimiento Fecha firma: 01-08-2025 07:52:39 Diana Carolina Bojacá Alarcón Contratista Subsecretaría Distrital de Cultura Ciudadana y Gestión del Conocimiento Fecha firma: 31-07-2025 20:20:30 Angélica Rocío Martínez Torres Directora de Redes y Acción Colectiva Dirección de Redes y Acción Colectiva Fecha firma: 31-07-2025 11:54:04 Juan Diego Jaramillo Morales Director de Fomento Dirección de Fomento Fecha firma: 30-07-2025 19:46:26 Edgar Javier Pulido Caro Contratista Dirección de Fomento Fecha firma: 30-07-2025 16:14:46 Nelson Eduardo Cortes Castillo Contratista Dirección de Fomento Fecha firma: 30-07-2025 14:20:30 3ccbad8af3fa1257d1785fc30564aa22dc7e2185142a816ed09b29756e24537d Codigo de Verificación CV: 0a3a8 Página 7 de 7 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8391 • PP. 1-17 • 2025 • AGOSTO • 22 17

*20252200406493*

Al contestar, citar el número:

Radicado: 20252200406493 Fecha: 01-08-2025 RESOLUCIÓN No. 700 DE 05 DE AGOSTO DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la “Invitación Cultural Laboratorios de formación cultural para la paz dirigido a pueblos indígenas víctimas del conflicto armado 2025”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.”

EL SECRETARIO DE DESPACHO De la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Decreto Distrital 340 de 2020 modificado por el Decreto 400 de 2022

CONSIDERANDO:

Que los artículos 70 y 71 de la Constitución Política establecen el deber del Estado de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades y otorga la competencia para establecer mecanismos positivos para fomentar el desarrollo artístico, cultural y patrimonial de la Nación.

Que el numeral 3 del artículo 1° de la Ley 397 de 1997, “Por la cual se desarrollan los artículos 70, 71 y 72 y demás artículos concordantes de la Constitución Política y se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura y se trasladan algunas dependencias.” señala que:

“(…) El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de reconocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación colombiana (…)”.

Que la ley en cita en su artículo 17 señala:

“(…) DEL FOMENTO. El Estado a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, fomentará las artes en todas sus expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas, como elementos del diálogo, el intercambio, la participación y como expresión libre y primordial del pensamiento del ser humano que construye en la convivencia pacífica.”.

Que así mismo, el artículo 18 de la mencionada ley establece:

Página 1 de 8 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8391 • PP. 1-18 • 2025 • AGOSTO • 22 18

*20252200406493*

Al contestar, citar el número:

Radicado: 20252200406493 Fecha: 01-08-2025 RESOLUCIÓN No. 700 DE 05 DE AGOSTO DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la “Invitación Cultural Laboratorios de formación cultural para la paz dirigido a pueblos indígenas víctimas del conflicto armado 2025”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.”

"(…) El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos especiales y promocionará la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales. Para tal efecto establecerá, entre otros programas, bolsas de trabajo, becas, premios anuales, concursos, festivales, talleres de formación artística, apoyo a personas y grupos dedicados a actividades culturales, ferias, exposiciones, unidades móviles de divulgación cultural, y otorgará incentivos y créditos especiales para artistas sobresalientes, así como para integrantes de las comunidades locales en el campo de la creación, la ejecución, la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo (…)”.

Que el Decreto Distrital 340 de 2020, “Por el cual se modifica la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y se dictan otras disposiciones” señala que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, tiene por objeto:

“(…) orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculadas y la sociedad civil (…)”.

Que el artículo 3º, literal (j) del Decreto Distrital 340 de 2020, señala que dentro de las funciones de esta Secretaría, está la de: “(…) Gestionar la ejecución de las políticas, planes y proyectos culturales y artísticos, con el fin de garantizar el efectivo ejercicio de los derechos culturales y fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo (…)”.

Que el reconocimiento del fomento a la cultura como elemento central de protección y promoción de los Derechos Humanos, ha propiciado la creación de esquemas de política pública que buscan materializar el mandato constitucional de promover la protección, desarrollo y difusión de la cultura mediante la adopción de medidas que faciliten el ejercicio de sus derechos por parte de todas las comunidades. Así las cosas, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, establece el proceso misional del fomento a la cultura, como el conjunto de programas impulsados desde las entidades públicas que conforman el sector, con el propósito de promover, reconocer y fortalecer las prácticas artísticas, culturales y patrimoniales de la ciudadanía; garantizando un impacto Página 2 de 8 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8391 • PP. 1-19 • 2025 • AGOSTO • 22 19

*20252200406493*

Al contestar, citar el número:

Radicado: 20252200406493 Fecha: 01-08-2025 RESOLUCIÓN No. 700 DE 05 DE AGOSTO DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la “Invitación Cultural Laboratorios de formación cultural para la paz dirigido a pueblos indígenas víctimas del conflicto armado 2025”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.” integral e incluyente sobre la ciudad y favoreciendo el ejercicio libre y creativo de los derechos culturales.
Que la “Invitación Cultural Laboratorios de formación cultural para la paz dirigido a pueblos indígenas víctimas del conflicto armado 2025” se sustenta en el marco normativo vigente en materia de reparación integral a las víctimas del conflicto armado, en particular en el artículo 22 de la Constitución Política de Colombia, consagra la paz como un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento. Se apoya también en la Ley 1448 de 2011 (Ley de Víctimas y Restitución de Tierras), que establece medidas de atención, asistencia y reparación integral, incluyendo la reparación colectiva con enfoque diferencial para comunidades y pueblos étnicos afectados por el conflicto armado.

Que en concordancia con la Ley 1448 de 2011, el Decreto Ley 4633 de 2011, reconoce las particularidades de los pueblos indígenas en los procesos de reparación, y establece como principios fundamentales el respeto por su autonomía, cosmovisión, sistemas de gobierno propio y prácticas culturales, garantizando medidas de satisfacción y no repetición. Así mismo, la presente invitación cultural se fundamenta en el Decreto 1084 de 2015, que compila la normativa sobre la política pública de víctimas, reafirmando el enfoque étnico y diferencial como eje transversal de la garantía de derechos individuales y colectivos.

Que en el ámbito internacional, se respalda en el Convenio 169 de la OIT, ratificado por Colombia mediante la Ley 21 de 1991, que reconoce el derecho de los pueblos indígenas a preservar sus culturas, lenguas, instituciones y formas de vida, e impone al Estado el deber de protegerlos, especialmente en contextos de vulnerabilidad o conflicto. A nivel distrital, se acoge lo dispuesto en el Decreto 512 de 2019 de la Alcaldía Mayor de Bogotá, por medio del cual se adopta el Protocolo de Participación Efectiva de las Víctimas del Conflicto Armado en Bogotá, D.C. Este decreto establece mecanismos institucionales para garantizar el ejercicio del derecho a la participación de las víctimas en la formulación, implementación y seguimiento de la política pública, reconociendo los enfoques diferenciales, incluida la participación de pueblos y comunidades indígenas víctimas del conflicto armado en el Distrito Capital desde la (MPIV).

Que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, en articulación con la Consejería de Paz, Víctimas y Reconciliación estructuró esta invitación cultural en el marco del Convenio Interadministrativo No. 559 de 2024 y el Proyecto de Inversión 8027:

Página 3 de 8 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8391 • PP. 1-20 • 2025 • AGOSTO • 22 20

*20252200406493*

Al contestar, citar el número:

Radicado: 20252200406493 Fecha: 01-08-2025 RESOLUCIÓN No. 700 DE 05 DE AGOSTO DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la “Invitación Cultural Laboratorios de formación cultural para la paz dirigido a pueblos indígenas víctimas del conflicto armado 2025”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.”

“Fortalecimiento de la gobernanza territorial, la participación incidente y la atención diferenciada de los grupos étnicos, etarios y sectores sociales desde las prácticas culturales en Bogotá D.C.”, conforme al Plan de Acción Distrital para la Atención, Asistencia y Reparación Integral a las Víctimas del Conflicto Armado – PAD 2025, específicamente en la línea “Derecho a la Reparación Integral”.

Que la Invitación Cultural en mención busca contribuir en el fortalecimiento de los procesos de los usos, saberes, prácticas y costumbres de los 17 pueblos indígenas que conforman la Mesa de Pueblos Indígenas Víctimas del Conflicto Armado (MPIV): Los Pastos, Korebaju, Tubu, Wounaan, Misak, Yanacona, Zenú, Kankuamo, Wayuu, Kubeo, Kamëntsá, Emberá Dobida, Inga, Nasa, Eperara, Pijao y Uitoto. No obstante, para la vigencia 2025 se priorizará el trabajo con los pueblos Misak, Yanacona, Kankuamo, Pijao y Uitoto, atendiendo criterios de representatividad y de mayor presencia de población víctima del conflicto armado en la ciudad. Esta invitación representa compromiso institucional por reconocer, visibilizar y fortalecer las voces, memorias y prácticas culturales de los pueblos indígenas víctimas del conflicto armado como pilares de la reparación simbólica, la reconstrucción del tejido social y la construcción de paz desde lo ancestral, étnico y comunitario en Bogotá D.C.

Que dicha Invitación Cultural se desarrollará en articulación y con el acompañamiento técnico, metodológico y formativo de la Consejería de Paz, Víctimas y Reconciliación, entidad que brindarán orientaciones pedagógicas, apoyo en la concertación interinstitucional y seguimiento al proceso, para garantizar su coherencia cultural, pertinencia territorial e impacto comunitario.

Que la “Invitación Cultural Laboratorios de formación cultural para la paz dirigido a pueblos indígenas víctimas del conflicto armado 2025” tiene como objetivo seleccionar una persona jurídica de los pueblos indígenas de Bogotá D.C., avalada por la Mesa de Pueblos Indígenas Víctimas del Conflicto Armado (MPIV), para diseñar e implementar un Laboratorio de Formación en Cultura para la Paz con enfoque intergeneracional. Este laboratorio contribuirá al fortalecimiento de los usos, saberes, prácticas y costumbres de los pueblos indígenas integrantes de la MPIV, con énfasis en los pueblos priorizados para la vigencia 2025.

Que estas iniciativas deberán garantizar la articulación con la MPIV y las autoridades Página 4 de 8 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8391 • PP. 1-21 • 2025 • AGOSTO • 22 21

*20252200406493*

Al contestar, citar el número:

Radicado: 20252200406493 Fecha: 01-08-2025 RESOLUCIÓN No. 700 DE 05 DE AGOSTO DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la “Invitación Cultural Laboratorios de formación cultural para la paz dirigido a pueblos indígenas víctimas del conflicto armado 2025”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.” tradicionales, promoviendo la participación activa de sabedoras, sabedores, liderazgos juveniles e intergeneracionales. La iniciativa deberá incorporar líneas de trabajo como espiritualidad, medicina ancestral y prácticas culturales tradicionales, desarrolladas desde un enfoque cultural propio, con pertinencia territorial y enfoque de derechos.
Que para amparar el incentivo económico que se detalla en la presente invitación cultural, la SCRD cuenta con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal que se cita a continuación:

Invitación Tipo de incentivo No. de incentivos Monto total de la invitación CDP Invitación Cultural Laboratorios de formación cultural Económico fijo Un (1) Incentivo para la paz dirigido a pueblos económico $31.751.500 No. 1223 del 17 de junio del 2025 indígenas víctimas del conflicto armado 2025 Que los requisitos y condiciones específicas de participación de la citada invitación cultural hacen parte integral de la presente resolución y pueden ser consultadas en el micrositio web: https://invitaciones.scrd.gov.co/ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

Que de conformidad con lo anterior y en cumplimiento del marco normativo señalado, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte dispone la apertura a la “Invitación Cultural Laboratorios de formación cultural para la paz dirigido a pueblos indígenas víctimas del conflicto armado 2025”.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo primero.

Ordenar la apertura de la “Invitación Cultural Laboratorios de formación cultural para la paz dirigido a pueblos indígenas víctimas del conflicto armado 2025”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, de

Página 5 de 8 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8391 • PP. 1-22 • 2025 • AGOSTO • 22 22

*20252200406493*

Al contestar, citar el número:

Radicado: 20252200406493 Fecha: 01-08-2025 RESOLUCIÓN No. 700 DE 05 DE AGOSTO DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la “Invitación Cultural Laboratorios de formación cultural para la paz dirigido a pueblos indígenas víctimas del conflicto armado 2025”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.” conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo, y de acuerdo con el cronograma establecido para tal fin.

Parágrafo. El incentivo económico a que hace referencia la invitación cultural que se
apertura, se encuentra amparado en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No.1223 del 17 de junio del 2025, relacionado en la parte motiva del presente acto administrativo.

Artículo segundo.

Los requisitos y condiciones de participación de la referida invitación cultural serán publicados en el micrositio web: https://invitaciones.scrd.gov.co/ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

Parágrafo. Las modificaciones a los términos de la Invitación Cultural citada en el
presente acto administrativo se podrá modificar mediante aviso modificatorio que deberá publicarse en el respectivo micrositio web de Invitaciones Culturales de la SCRD (https://invitaciones.scrd.gov.co/), con anterioridad no menor a un (1) día hábil al vencimiento del plazo fijado en el cronograma que se indica en las condiciones de la Invitación Cultural.

Artículo tercero.

Realizar por la Dirección de Asuntos Locales y Participación de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte los trámites correspondientes al desembolso del incentivo económico previsto en la citada invitación cultural de la cual es responsable, de conformidad con el artículo primero del presente acto administrativo, acorde con los procesos y procedimientos definidos en este organismo.

Artículo cuarto.

Comunicar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, el contenido de la presente resolución a través del sistema de gestión documental ORFEO, a la Dirección de Asuntos Locales y Participación, la Dirección de Fomento y al Grupo Interno de Trabajo de Gestión Financiera de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para los trámites de su competencia.

Artículo quinto.

Publicar por la Dirección de Fomento la presente resolución, así como los requisitos y condiciones de participación de la presente invitación cultural en el micrositio denominado: Invitaciones Culturales de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. Y por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el

Página 6 de 8 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8391 • PP. 1-23 • 2025 • AGOSTO • 22 23

*20252200406493*

Al contestar, citar el número:

Radicado: 20252200406493 Fecha: 01-08-2025 RESOLUCIÓN No. 700 DE 05 DE AGOSTO DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la “Invitación Cultural Laboratorios de formación cultural para la paz dirigido a pueblos indígenas víctimas del conflicto armado 2025”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.”

Ciudadano, publicar el contenido de la presente resolución en la Gaceta Distrital y en el Régimen Legal de Bogotá D.C. y en la página web de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

Artículo sexto.

La presente resolución rige a partir del día siguiente a su publicación, y contra este no procede recurso alguno, de conformidad con lo señalado en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.

Dada en Bogotá D.C., a los cinco (5) días del mes de agosto de dos mil veinticinco (2025).

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR Secretario de Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Proyectó: Nelson Eduardo Cortes Castillo - Contratista Dirección de Fomento. Revisó: Edgar Javier Pulido Caro - Contratista Dirección de Fomento. Miguel Ángel Solano Rojas – Contratista Subsecretaría de Gobernanza. Aprobó: Juan Diego Jaramillo Morales – Director de Fomento. Andrés Felipe Jara Moreno – Director de Asuntos Locales y Participación. Ana María Boada Ayala - Subsecretaria de Gobernanza. Revisó: Diego Eduardo Beltrán Hernández -Contratista Oficina Jurídica. Aprobó revisión Sandra Margoth Vélez Abello - Jefe Oficina Jurídica.

Documento 20252200406493 firmado electrónicamente por:

Maritza Alejandra Rozo Ruiz Jefe de Oficina Jurídica Oficina Jurídica Auxiliar Administrativo Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano Fecha firma: 05-08-2025 08:12:09 Santiago Trujillo Escobar Secretario de Despacho Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Fecha firma: 04-08-2025 14:28:15 Sandra Margoth Vélez Abello Página 7 de 8 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8391 • PP. 1-24 • 2025 • AGOSTO • 22 24

*20252200406493*

Al contestar, citar el número:

Radicado: 20252200406493 Fecha: 01-08-2025 RESOLUCIÓN No. 700 DE 05 DE AGOSTO DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la “Invitación Cultural Laboratorios de formación cultural para la paz dirigido a pueblos indígenas víctimas del conflicto armado 2025”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.”

Fecha firma: 04-08-2025 13:07:06 Diego Eduardo Beltrán Hernández Contratista Oficina Jurídica Fecha firma: 04-08-2025 13:02:19 Ana María Boada Ayala Subsecretaria de Gobernanza Subsecretaría de Gobernanza Fecha firma: 04-08-2025 10:24:46 Miguelangel Solano Rojas Contratista Subsecretaría de Gobernanza Fecha firma: 04-08-2025 06:20:16 Andres Felipe Jara Moreno Director de Asuntos Locales y Participación Dirección de Asuntos Locales y Participación Fecha firma: 01-08-2025 19:37:16 Juan Diego Jaramillo Morales Director de Fomento Dirección de Fomento Fecha firma: 01-08-2025 18:52:57 Edgar Javier Pulido Caro Contratista Dirección de Fomento Fecha firma: 01-08-2025 18:02:46 Nelson Eduardo Cortes Castillo Contratista Dirección de Fomento Fecha firma: 01-08-2025 17:59:53 47edd219ee5e6568e1039c287f04a9857d074f9fafc58869d5f6280ff6024187 Codigo de Verificación CV: deba8 Página 8 de 8 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8391 • PP. 1-25 • 2025 • AGOSTO • 22 25 DECRETO LOCAL DE 2025 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8391 • PP. 1-26 • 2025 • AGOSTO • 22 26 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8391 • PP. 1-27 • 2025 • AGOSTO • 22 27 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8391 • PP. 1-28 • 2025 • AGOSTO • 22 28 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8391 • PP. 1-29 • 2025 • AGOSTO • 22 29 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8391 • PP. 1-30 • 2025 • AGOSTO • 22 30 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8391 • PP. 1-31 • 2025 • AGOSTO • 22 31 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8391 • PP. 1-32 • 2025 • AGOSTO • 22 32 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8391 • PP. 1-33 • 2025 • AGOSTO • 22 33

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