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Registro Distrital 8383 de 2025

Registro Distrital 8383 de 2025 Nivel Distrital

Tipo
Registro Distrital
Número
8383
Año
2025
Fecha
11 de agosto de 2025
Entidad
Nivel Distrital
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

5,5 ALCALDE MAYOR Carlos Fernando Galán Pachón REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 • No. 8383 - Pp 1 - 44 - 2025 • AGOSTO • 11 CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Central RESOLUCIONES 2025 SECRETARÍA DISTRITAL DE PLANEACIÓN - CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL - CONFIS RESOLUCIÓN Nº 06 “Por la cual se aprueba un traslado en el Presupuesto de Gastos e Inversiones 2025 por valor de $161.428.011 de la Empresa Metro de Bogotá – EMB”............4 RESOLUCIÓN Nº 07 “Por la cual se aprueba una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2025 para la Subred Integrada de Servicios de Salud – SISS Sur Occidente E.S.E por $60.373.747.377”..............................7 RESOLUCIÓN Nº 08 “Por la cual se aprueba una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2025 para la Subred Integrada de Servicios de Salud
- SISS Centro Oriente E.S.E por $70.110.990.954”........................................11 RESOLUCIÓN Nº 09 “Por la cual se aprueba una distribución parcial de la Disponibilidad Final por $331.649.014 y su adición en el Presupuesto de Gastos e Inversiones 2025 de la Subred Integrada de Servicios de Salud SISS Norte E.S.E..........................15 SECRETARÍA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN Nº 664 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación cultural Reverso Bogotá 2025, de la Secretaría Distrital de Cultura Recreación y Deporte”..........19 SECRETARÍA DISTRITAL DE GOBIERNO RESOLUCIÓN Nº DPS 0502 “Por la cual se conforma la Comisión de Personal vigencia 2025-2027 de la Secretaría Distrital de Gobierno.”....................................................................25 Sector Local ACUERDOS LOCALES 2025 JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE LOS MÁRTIRES ACUERDO LOCAL Nº 002 “POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA Y ADICIONA EL ACUERDO LOCAL NO 004 DE 2014, POR MEDIO DEL CUAL SE CREA EL CONSEJO DE COMUNICACIÓN COMUNITARIA Y ALTERNATIVA DE LA LOCALIDAD DE LOS MÁRTIRES Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”..............................30 ACUERDO LOCAL Nº 003 “Por el cual se adiciona el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Vigencia Fiscal 2025 del Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires”.............................38 JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL RURAL DE SUMAPAZ ACUERDO LOCAL Nº 001 “Por el cual se efectúa una adición al presupuesto anual de Rentas e Ingresos de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, para la vigencia fiscal del 2025”...................................................................................42 AÑO 59 NÚMERO 8383 11 • AGOSTO • 2025 SECRETARÍA GENERAL ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL.

LA PUBLICACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS EN EL REGISTRO DISTRITAL SE REALIZA DE ACUERDO A LA LEY 1437 DEL 2011 EN SU ARTÍCULO 65 MODIFICADO POR LA LEY 2080 DE 2021 “POR LA CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO”.

CORREO: REGISTRODISTRITAL@ALCALDIABOGOTA.GOV.CO DIRECCIÓN: CALLE 11 SUR #1-60 ESTE - LA MARÍA - BOGOTÁ D.C.

TELÉFONO: 381 3000 EXT. 5010 - 5202 SUBDIRECTORA IMPRENTA DISTRITAL: MARÍA ANGÉLICA PUMAREJO HINOJOSA RESOLUCIONES DE 2025 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8383 • PP. 1-4 • 2025 • AGOSTO • 11 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8383 • PP. 1-5 • 2025 • AGOSTO • 11 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8383 • PP. 1-6 • 2025 • AGOSTO • 11 6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8383 • PP. 1-7 • 2025 • AGOSTO • 11 7 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8383 • PP. 1-8 • 2025 • AGOSTO • 11 8 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8383 • PP. 1-9 • 2025 • AGOSTO • 11 9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8383 • PP. 1-10 • 2025 • AGOSTO • 11 10 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8383 • PP. 1-11 • 2025 • AGOSTO • 11 11 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8383 • PP. 1-12 • 2025 • AGOSTO • 11 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8383 • PP. 1-13 • 2025 • AGOSTO • 11 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8383 • PP. 1-14 • 2025 • AGOSTO • 11 14 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8383 • PP. 1-15 • 2025 • AGOSTO • 11 15 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8383 • PP. 1-16 • 2025 • AGOSTO • 11 16 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8383 • PP. 1-17 • 2025 • AGOSTO • 11 17 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8383 • PP. 1-18 • 2025 • AGOSTO • 11 18

*20252200380603*

Al contestar, citar el número:

Radicado: 20252200380603 Fecha: 25-07-2025 RESOLUCIÓN No. 664 DEL 28 DE JULIO DE 2025.

“Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación cultural Reverso Bogotá 2025, de la Secretaría Distrital de Cultura Recreación y Deporte”

EL SECRETARIO DE DESPACHO De la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Decreto Distrital 340 de 2020 modificado por el Decreto 400 de 2022

CONSIDERANDO:

Que los artículos 70 y 71 de la Constitución Política de Colombia de 1991, establecen el deber del Estado de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades y otorga la competencia para establecer mecanismos positivos para fomentar el desarrollo artístico, cultural y patrimonial de la Nación.

Que el numeral 3 del artículo 1° de la Ley 397 de 1997, “Por la cual se desarrollan los artículos 70, 71 y 72 y demás artículos concordantes de la Constitución Política y se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura y se trasladan algunas dependencias”, señala que:

“(…) El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de reconocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación colombiana (…)”.

Que la ley en cita en su artículo 17 señala:

“(…) DEL FOMENTO. El Estado a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, fomentará las artes en todas sus expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas, como elementos del diálogo, el intercambio, la participación y como expresión libre y primordial del pensamiento del ser humano que construye en la convivencia pacífica.”.

Que así mismo, el artículo 18 de la mencionada ley establece:

" (…) El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos especiales y promocionará la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales. Para tal Página 1 de 6 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8383 • PP. 1-19 • 2025 • AGOSTO • 11 19

*20252200380603*

Al contestar, citar el número:

Radicado: 20252200380603 Fecha: 25-07-2025 RESOLUCIÓN No. 664 DEL 28 DE JULIO DE 2025.

“Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación cultural Reverso Bogotá 2025, de la Secretaría Distrital de Cultura Recreación y Deporte” efecto establecerá, entre otros programas, bolsas de trabajo, becas, premios anuales, concursos, festivales, talleres de formación artística, apoyo a personas y grupos dedicados a actividades culturales, ferias, exposiciones, unidades móviles de divulgación cultural, y otorgará incentivos y créditos especiales para artistas sobresalientes, así como para integrantes de las comunidades locales en el campo de la creación, la ejecución, la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo (…)”

Que el Decreto Distrital 340 de 2020, “Por el cual se modifica la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y se dictan otras disposiciones” señala que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, tiene por objeto:

“(…) orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculadas y la sociedad civil (…)”.

Que el artículo 3º, literal (j) del Decreto Distrital 340 de 2020, señala que, dentro de las funciones de esta Secretaría, está la de: “(…) Gestionar la ejecución de las políticas, planes y proyectos culturales y artísticos, con el fin de garantizar el efectivo ejercicio de los derechos culturales y fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo (…)”.

Que el reconocimiento del fomento a la cultura como elemento central de protección y promoción de los Derechos Humanos, ha propiciado la creación de esquemas de política pública que buscan materializar el mandato constitucional de promover la protección, desarrollo y difusión de la cultura mediante la adopción de medidas que faciliten el ejercicio de sus derechos por parte de todas las comunidades. Así las cosas, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, establece el proceso misional del fomento a la cultura, como el conjunto de programas impulsados desde las entidades públicas que conforman el sector, con el propósito de promover, reconocer y fortalecer las prácticas artísticas, culturales y patrimoniales de la ciudadanía; garantizando un impacto integral e incluyente sobre la ciudad y favoreciendo el ejercicio libre y creativo de los derechos culturales.

Que la Dirección de Lectura y Bibliotecas de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte tiene como objetivo difundir las acciones y procesos relacionados con la cultura, la recreación y el deporte, así como fomentar la accesibilidad y participación ciudadana. Por esta razón, lidera en Bogotá la celebración del Día Nacional de las y los poetas, que Página 2 de 6 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8383 • PP. 1-20 • 2025 • AGOSTO • 11 20

*20252200380603*

Al contestar, citar el número:

Radicado: 20252200380603 Fecha: 25-07-2025 RESOLUCIÓN No. 664 DEL 28 DE JULIO DE 2025.

“Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación cultural Reverso Bogotá 2025, de la Secretaría Distrital de Cultura Recreación y Deporte” se lleva a cabo en el mes de octubre. En aras de conmemorar esta fecha, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte realizará la presente invitación cultural y adicionalmente realizará el Festival de Poesía que ocurrirá en octubre de 2025.

Que “Reverso Bogotá” es una iniciativa de la Red de Bibliotecas Públicas de Bogotá y a través de la “Invitación cultural Reverso Bogotá 2025”, se invita a redescubrir la poesía de la ciudad, a verla en reverso, a entender cómo nos rodean momentos poéticos en la vida cotidiana, a identificar cómo la poesía se puede relacionar con las problemáticas concretas de nuestros barrios y de nuestros entornos así como con la proximidad de nuestros vínculos y nuestros cuerpos. También nos muestra que la poesía puede ir más allá de la página y saltar a nuevos formatos: los muros, los medios digitales, la voz viva y el cuerpo en movimiento. Para reconocer todas estas expresiones poéticas que conectan y reconectan a la ciudadanía con el presente, con su territorio y con la sensibilidad poética, el festival y la invitación cultural 'Reverso Bogotá 2025' serán espacios de escucha para las voces de nuevas y nuevos poetas como a poetas que ya cuentan con una trayectoria.

Que, para amparar los incentivos económicos que se detallan en la presente invitación cultural, la SCRD cuenta con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal que se cita a continuación:

Invitación Tipo del incentivo No. de incentivos Descripción del incentivo económico Valor Total del Incentivo No. CDP Económico $100.000.000 Incentivo a otorgar Categoría 1. Poesía para niños:

Fijo 1202 de 28 de mayo de 2025 Doce (12) incentivos económicos Invitación cultural Reverso 1° Ganador:$12.000.000 2°Ganador: $7.000.000 3° ganador: $3.000.000 Bogotá 2025 Incentivo a otorgar Categoría 2. Poesía desde la juventud:

1° Ganador: $12.000.000 2°Ganador: $7.000.000 3° ganador: $3.000.000 Incentivo a otorgar Categoría 3. Poesía desde la experiencia:

1° Ganador: $18.000.000 2°Ganador: $10.000.000 3° ganador: $6.000.000 Incentivo a otorgar Categoría 4. Poesía expandida:

Página 3 de 6 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8383 • PP. 1-21 • 2025 • AGOSTO • 11 21

*20252200380603*

Al contestar, citar el número:

Radicado: 20252200380603 Fecha: 25-07-2025 RESOLUCIÓN No. 664 DEL 28 DE JULIO DE 2025.

“Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación cultural Reverso Bogotá 2025, de la Secretaría Distrital de Cultura Recreación y Deporte”

1° Ganador: $12.000.000 2°Ganador: $7.000.000 3° ganador: $3.000.000 Que los requisitos y condiciones específicas de participación para la “Invitación cultural Reverso Bogotá 2025”, hacen parte integral de la presente resolución y pueden ser consultadas en el micrositio web: https://invitaciones.scrd.gov.co/ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

Que de conformidad con lo anterior y en cumplimiento del marco normativo señalado, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, dispone la apertura de la “Invitación cultural Reverso Bogotá 2025”.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo primero.

Ordenar la apertura de la “Invitación cultural Reverso Bogotá 2025”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo, y de acuerdo con el cronograma establecido para tal fin.

Parágrafo. Los incentivos económicos a que hace referencia la invitación cultural que
se apertura, se encuentran amparados en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal con No. 1202 de 28 de mayo de 2025, relacionado en la parte motiva del presente acto administrativo.

Artículo segundo.

Los requisitos y condiciones de participación de la “Invitación cultural Reverso Bogotá 2025” se encuentran publicados en el micrositio web: https://invitaciones.scrd.gov.co/ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

Parágrafo. Las modificaciones a los términos de la Invitación Cultural citada en el
presente acto administrativo se podrá modificar mediante aviso modificatorio que deberá publicarse en el respectivo micrositio web de Invitaciones Culturales de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte https://invitaciones.scrd.gov.co/, con Página 4 de 6 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8383 • PP. 1-22 • 2025 • AGOSTO • 11 22

*20252200380603*

Al contestar, citar el número:

Radicado: 20252200380603 Fecha: 25-07-2025 RESOLUCIÓN No. 664 DEL 28 DE JULIO DE 2025.

“Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación cultural Reverso Bogotá 2025, de la Secretaría Distrital de Cultura Recreación y Deporte” anterioridad no menor a un (1) día hábil al vencimiento del plazo fijado en el cronograma que se indica en las condiciones de la Invitación Cultural.

Artículo tercero.

Realizar por la Red de Bibliotecas Públicas de Bogotá de la Dirección de Lectura y Bibliotecas, las acciones y trámites correspondientes para ejecutar los doce (12) incentivos económicos descritos en las condiciones específicas de participación de la “Invitación cultural Reverso Bogotá 2025”, de la cual es responsable.

Artículo cuarto.

Comunicar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, el contenido de la presente resolución a través del sistema de gestión documental ORFEO, a la Red de Bibliotecas Públicas de Bogotá de la Dirección de Lectura y Bibliotecas, a la Dirección de Fomento y al Grupo Interno de Trabajo de Gestión Financiera de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para los trámites de su competencia.

Artículo quinto.

Publicar por la Dirección de Fomento la presente resolución, así como los requisitos y condiciones de participación de la invitación cultural en el micrositio denominado: Invitaciones Culturales de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. Y por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, publicar el contenido de la presente resolución en la Gaceta Distrital y en el Régimen Legal de Bogotá D.C. y en la página web de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

Artículo sexto.

El presente acto administrativo rige a partir del día siguiente a su publicación y contra este no procede recurso alguno, de conformidad con lo señalado en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.

Dada en Bogotá D.C., a los veintiocho (28) días de julio (07) de dos mil veinticinco (2025)..

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR Secretario de Despacho Página 5 de 6 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8383 • PP. 1-23 • 2025 • AGOSTO • 11 23

*20252200380603*

Al contestar, citar el número:

Radicado: 20252200380603 Fecha: 25-07-2025 RESOLUCIÓN No. 664 DEL 28 DE JULIO DE 2025.

“Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación cultural Reverso Bogotá 2025, de la Secretaría Distrital de Cultura Recreación y Deporte”

Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Sandra Margoth Velez Abello - Jefe Oficina Jurídica Proyectó: Nelson Eduardo Cortes Castillo - Contratista Dirección de Fomento. Revisó: Edgar Javier Pulido Caro - Contratista Dirección de Fomento. Aprobó: Juan Diego Jaramillo Morales - Director de Fomento. Bibiana Andrea Victorino Ramírez – Directora de Lectura y Bibliotecas. Revisó: Diego Eduardo Beltrán Hernández - Contratista Oficina Jurídica Aprobó revisión y ajustó:

Documento 20252200380603 firmado electrónicamente por:

Sharon Nicole Rodríguez Perdomo Profesional Universitario - Numeración y Fechado Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano Fecha firma: 28-07-2025 15:12:59 Santiago Trujillo Escobar Secretario de Despacho Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Fecha firma: 28-07-2025 10:42:39 Sandra Margoth Vélez Abello Jefe de Oficina Jurídica Oficina Jurídica Fecha firma: 28-07-2025 09:20:41 Diego Eduardo Beltrán Hernández Contratista Oficina Jurídica Fecha firma: 28-07-2025 08:28:51 Bibiana Andrea Victorino Ramírez Directora de Lectura y Bibliotecas Dirección de Lectura y Bibliotecas Fecha firma: 28-07-2025 07:36:22 Juan Diego Jaramillo Morales Director de Fomento Dirección de Fomento Fecha firma: 28-07-2025 06:12:52 Edgar Javier Pulido Caro Contratista Dirección de Fomento Fecha firma: 25-07-2025 18:20:39 Nelson Eduardo Cortes Castillo Contratista Dirección de Fomento Fecha firma: 25-07-2025 15:35:06 966289eb84a8b68dadf42daf26151ce583e78eec1185aa69fb1041387450319e Codigo de Verificación CV: a8aef Página 6 de 6 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8383 • PP. 1-24 • 2025 • AGOSTO • 11 24 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8383 • PP. 1-25 • 2025 • AGOSTO • 11 25 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8383 • PP. 1-26 • 2025 • AGOSTO • 11 26 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8383 • PP. 1-27 • 2025 • AGOSTO • 11 27 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8383 • PP. 1-28 • 2025 • AGOSTO • 11 28 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8383 • PP. 1-29 • 2025 • AGOSTO • 11 29 ACUERDOS LOCALES DE 2025 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8383 • PP. 1-30 • 2025 • AGOSTO • 11 30 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8383 • PP. 1-31 • 2025 • AGOSTO • 11 31 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8383 • PP. 1-32 • 2025 • AGOSTO • 11 32 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8383 • PP. 1-33 • 2025 • AGOSTO • 11 33 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8383 • PP. 1-34 • 2025 • AGOSTO • 11 34 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8383 • PP. 1-35 • 2025 • AGOSTO • 11 35 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8383 • PP. 1-36 • 2025 • AGOSTO • 11 36 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8383 • PP. 1-37 • 2025 • AGOSTO • 11 37 JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE LOS MÁRTIRES ACUERDO No.003 DE 2025 (2 DE AGOSTO DE 2025)

“Por el cual se adiciona el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Vigencia Fiscal 2025 del Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires”

LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE LOS MÁRTIRES de las atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Constitución Política de Colombia en su artículo 324; numeral 4 del artículo 69 del Decreto –Ley 1421 de 1993, modificado por el artículo 8 de la Ley 2116 de 2021, el artículo 88 de la Ley 617 de 2000 y el Decreto 158 del 21 de abril de 2025, y

CONSIDERANDO:

Que, a 31 de diciembre de 2024, el Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires, cerró la vigencia fiscal con excedentes financieros por valor de $1.363.125.169 Que, el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS, mediante Circular 03 del 27 de junio de 2025, y conforme a lo establecido en los artículos 41° y 42° del Decreto Distrital 158 de 20251, comunicó la decisión tomada en su sesión No. 15 celebrada el 27 de junio de 2025, indicando que, del monto total de los excedentes generados a 31 de diciembre de 2024, al Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires se le asignó una partida de $2.627.888.791 Que, es necesario incorporar al presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires para la vigencia fiscal, comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2025, los recursos asignados por el CONFIS.

Que, el Alcalde Local presentó para estudio y aprobación de la JAL el proyecto de adición de recursos al presupuesto de Ingresos y Gastos.

Que, la Secretaría Distrital de Planeación emitió Concepto previo favorable para la modificación presupuestal a gastos de inversión, originada en la distribución de excedentes financieros mediante radicado No 2-2025-37679 del 7 de julio de 2025.

1 Por medio del cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local link: https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=178648#56 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8383 • PP. 1-38 • 2025 • AGOSTO • 11 38 Pág. 2 de 4 Continuación del Acuerdo No.003 DE 2025 (2 DE AGOSTO DE 2025) “Por el cual se adiciona el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Vigencia Fiscal 2025 del Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires”

Que, es función de la Junta Administradora Local aprobar las modificaciones que aumentan las apropiaciones autorizadas inicialmente por la Junta Administradora Local o no previstas para un objeto de gasto.

Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

ACUERDA:

Artículo 1º.

– Efectúese una adición al Presupuesto de Ingresos de la vigencia 2025 en uso el Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires, por valor de DOS MIL SEISCIENTOS VEINTISIETE MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y UN PESOS COP2 ($2.627.888.791), conforme al siguiente detalle:

O1 INGRESOS $2.627.888.791 O12 RECURSOS DE CAPITAL $2.627.888.791 TOTAL INGRESOS $2.627.888.791

Artículo 2º.

– Efectúese una adición en el Presupuesto de Gastos de Inversión de la vigencia 2025 del Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires, por valor de DOS MIL SEISCIENTOS VEINTISIETE MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y UN PESOS COP3 ($2.627.888.791), conforme al siguiente detalle:

O2 GASTOS $2.627.888.791 O23 INVERSIÓN $2.627.888.791 TOTAL GASTOS $2.627.888.791

Artículo 3º.

- El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

Dado en Bogotá D.C., a los Dos (2) días del mes de agosto de dos mil veinticinco (2025).

APROBADO EN PRIMER DEBATE: 1 DE AGOSTO DE 2025 APROBADO EN SEGUNDO DEBATE: 2 DE AGOSTO DE 2025 2 Ley 32 de 1991,

Artículo 6.

Unidad monetaria. La unidad monetaria y unidad de cuenta del país es el peso emitido por el Banco de la República. 3 Ley 32 de 1991,

Artículo 6.

Unidad monetaria. La unidad monetaria y unidad de cuenta del país es el peso emitido por el Banco de la República.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8383 • PP. 1-39 • 2025 • AGOSTO • 11 39 Pág. 3 de 4 Continuación del Acuerdo No.003 DE 2025 (2 DE AGOSTO DE 2025) “Por el cual se adiciona el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Vigencia Fiscal 2025 del Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires”

AUTORES JOHN JADER SUAREZ DELGADO ALCALDE LOCAL DE LOS MÁRTIRES EDIL PONENTE: YESID ESPINOSA CHIA EDIL LOCALIDAD 14 DE LOS MÁRTIRE PARTIDO CAMBIO RADICAL DEEVIS GONZALEZ LOPEZ EDIL LOCALIDAD 14 DE LOS MARTIRES PARTIDO CENTRO DEMOCRATICO JOSÉ RODOLFO CASADIEGO MERCHÁN Presidente Junta Administradora Local de Los Mártires MARIO ALBERTO AVILA MARTIN Vicepresidente Junta Administradora Local de Los Mártires LAURA CATHALINA TORO LOPEZ Apoyo Secretarial Junta Administradora Local de los Mártires ARIS SEDITH CABARCAS MARTINEZ Apoyo Secretarial Junta Administradora Local de Los Mártires El Alcalde de Los Mártires, sanciona a los cuatro (4) días del mes de agosto de dos mil veinticinco (2025) el presente Acuerdo JOHN JADER SUAREZ DELGADO ALCALDE LOCAL DE LOS MARTIRES OHN JADER SUAREZ REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8383 • PP. 1-40 • 2025 • AGOSTO • 11 40 Pág. 4 de 4 Continuación del Acuerdo No.003 DE 2025 (2 DE AGOSTO DE 2025) “Por el cual se adiciona el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Vigencia Fiscal 2025 del Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires”

El Alcalde Local de Los Mártires

CERTIFICA:

QUE EL ACUERDO No.003 DE 2025 (2 DE AGOSTO DE 2025)

“Por el cual se adiciona el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Vigencia Fiscal 2025 del Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires”

Expedido por la Junta Administradora Local de Los Mártires es publicado en el registro distrital y la página web de la entidad (http://www.martires.gov.co/) e igualmente fijado en la cartelera local ubicada en la recepción de la Alcaldía Local de Los Mártires, quedando así promulgado por los medios de comunicación indicados, dando cumplimiento a los artículos 81 de la Ley 136 de 1994 y 81 del Decreto-Ley 1421 de 1993 DADO EN BOGOTÁ - D.C. A LOS CUATRO (4) DÍAS DEL MES DE AGOSTO DE 2025.

JOHN JADER SUAREZ DELGADO N JADER SUA Al ld L l d Alcalde Local de Los Mártires REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8383 • PP. 1-41 • 2025 • AGOSTO • 11 41 Secretaría GOBIERNO JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL RURAL SUMAPAZ ACUERDO LOCAL No. 001 (31 de julio de 2025)

“Por el cual se efectúa una adición al presupuesto anual de Rentas e Ingresos de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, para la vigencia fiscal del 2025”.

LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL RURAL DE SUMAPAZ En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Constitución Política en su artículo 324, numeral 4 del Artículo 69 Decreto-Ley 1421 de 1993 modificado por el artículo 88 de la Ley 617 de 2000, y, el literal c) del numeral 32.2 del artículo 32 del Capítulo 4 del Decreto 158 de 2025, y

CONSIDERANDO:

Que, a 31 de diciembre de 2024, el Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, cerró la vigencia fiscal con excedentes financieros por valor de $367.364.719.

Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS- mediante Circular No. 03, comunicó que en sesión No. 15 celebrada el 27 de junio de 2025, de acuerdo con lo establecido en el literal h) del artículo 10° y en el artículo 78° del Decreto Distrital 714 de 19961, así como en los artículos 41 y 42 del Decreto 158 de 2025 y el Acuerdo 740 de 20192, realizó un ajuste en los excedentes financieros quedando en total el valor de $100.201.794.138, sobre los cuales descontó la primera distribución parcial que se realizara en la sesión No. 05 del 18 de marzo de 2025, dando como resultado un saldo por distribuir de $74.319.495.140. Con base en este resultado la Secretaría Distrital de Gobierno, en cumplimiento de sus competencias, revisó y priorizó las necesidades de gasto presentadas por cada Fondo de Desarrollo Local y, con base en este proceso el CONFIS Distrital aprobó la distribución parcial de los excedentes financieros de los 20 Fondos de Desarrollo Local, por un valor total de $30.806.212.005, destinados a gastos de inversión, reasignando al Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz una partida de $1.000.000.000, para el mejoramiento de parques.

Que es necesario incorporar al presupuesto del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz para la vigencia fiscal, comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2025, los recursos asignados por el CONFIS.

<ŝůſŵĞƚƌŽϯϰǀşĂhƐŵĞͲ^ĂŶ:ƵĂŶĚĞ^ƵŵĂƉĂnj͕ ĐĞŶƚƌŽĚĞƐĞƌǀŝĐŝŽƐsĞƌĞĚĂ ^ĂŶƚĂZŽƐĂ͕ ĐŽƌƌĞŐŝŵŝĞŶƚŽĚĞEĂnjĂƌĞƚŚdĞůƐ͗ ϵϭϬϱϱϳϳͲϵϭϬϱϰϬϲ ũĂůƐƵŵĂƉĂnjϮϬΛŚŽƚŵĂŝů͘ ĐŽŵ REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8383 • PP. 1-42 • 2025 • AGOSTO • 11 42 Secretaría GOBIERNO JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL RURAL SUMAPAZ Que estos recursos adicionales, serán ejecutados en el componente de inversión - Gobierno Territorial, fortalecimiento a la gestión y dirección de la administración pública territorial, dentro del proyecto de inversión 2358: Mejores Parques para Sumapaz, por valor de $1000.000.000”.

Que el Alcalde Local presentó para estudio y aprobación de la JAL el proyecto de adición de recursos al presupuesto de Ingresos y Gastos.

Que mediante radicado No. 2-2025-37309 del 09 de julio de 2025, la Secretaría Distrital de Planeación, emitió CONCEPTO FAVORABLE para la modificación presupuestal a gastos de inversión, originada en la distribución de excedentes financieros.

Que el Alcalde Local, solicitó a la Junta Administradora Local, mediante radicado No. 2025-7020015791 el estudio y aprobación de estos recursos en sesiones extraordinarias de la Corporación.

Que es función de la Junta Administradora Local aprobar las modificaciones que aumentan las apropiaciones autorizadas inicialmente por la Junta Administradora Local o no previstas para un objeto de gasto.

Que, en mérito de lo expuesto,

ACUERDA:

Artículo primero.

Adicionar el presupuesto de Rentas e Ingresos del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, en la cuantía de UN MIL MILLONES DE PESOS M/CTE. ($1.000.000.000) para la vigencia fiscal de dos mil veinticinco (2025), conforme al siguiente detalle:

Agregados Concepto Valor O1 Ingresos 1.000.000.000 O12 Recursos de capital 1.000.000.000 TOTAL INGRESOS 1.000.000.000

Artículo segundo.

Adicionar el presupuesto de Gastos e Inversiones del Presupuesto Anual del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de dos mil veinticinco (2025), por la suma de UN MIL MILLONES DE PESOS M/CTE. ($1.000.000.000) conforme al siguiente detalle:

<ŝůſŵĞƚƌŽϯϰǀşĂhƐŵĞͲ^ĂŶ:ƵĂŶĚĞ^ƵŵĂƉĂnj͕ ĐĞŶƚƌŽĚĞƐĞƌǀŝĐŝŽƐsĞƌĞĚĂ ^ĂŶƚĂZŽƐĂ͕ ĐŽƌƌĞŐŝŵŝĞŶƚŽĚĞEĂnjĂƌĞƚŚdĞůƐ͗ ϵϭϬϱϱϳϳͲϵϭϬϱϰϬϲ ũĂůƐƵŵĂƉĂnjϮϬΛŚŽƚŵĂŝů͘ ĐŽŵ REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8383 • PP. 1-43 • 2025 • AGOSTO • 11 43 Secretaría GOBIERNO JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL RURAL SUMAPAZ Código Presupuestal Rubro Presupuesto 2024 O2 GASTOS 1.000.000.000 O23 INVERSIÓN 1.000.000.000 TOTAL GASTOS 1.000.000.000

Artículo tercero.

El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

Dado en Bogotá D.C., a los (31) días del mes de Julio de 2025.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE SEBASTIÁN MONTAÑÉZ ROMERO DUBER ESNEYDER DIMATÉ MORA Presidente J.A.L. Sumapaz Secretario Ad-Hoc J.A.L. Sumapaz El Presente Acuerdo sancionado por:

GARCIA BEJARANO DIEGO RAMIRO Firmado digitalmente por GARCIA BEJARANO DIEGO RAMIRO DIEGO RAMIRO GARCÍA BEJARANO Alcalde Local de Sumapaz <ŝůſŵĞƚƌŽϯϰǀşĂhƐŵĞͲ^ĂŶ:ƵĂŶĚĞ^ƵŵĂƉĂnj͕ ĐĞŶƚƌŽĚĞƐĞƌǀŝĐŝŽƐsĞƌĞĚĂ ^ĂŶƚĂZŽƐĂ͕ ĐŽƌƌĞŐŝŵŝĞŶƚŽĚĞEĂnjĂƌĞƚŚdĞůƐ͗ ϵϭϬϱϱϳϳͲϵϭϬϱϰϬϲ ũĂůƐƵŵĂƉĂnjϮϬΛŚŽƚŵĂŝů͘ ĐŽŵ REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8383 • PP. 1-44 • 2025 • AGOSTO • 11 44

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