Registro Distrital 8381 de 2025
Registro Distrital 8381 de 2025 Nivel Distrital
- Tipo
- Registro Distrital
- Número
- 8381
- Año
- 2025
- Fecha
- 5 de agosto de 2025
- Entidad
- Nivel Distrital
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
5,5 ALCALDE MAYOR Carlos Fernando Galán Pachón REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 • No. 8381 - Pp 1 - 36 - 2025 • AGOSTO • 5 CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Central RESOLUCIONES 2025 SECRETARÍA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN Nº 481 “Por la cual se modifica el presupuesto de gastos e inversión de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte para la vigencia 2025”.....................4 RESOLUCIÓN Nº 648 “Por la cual se modifica el presupuesto de gastos e inversión de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte para la vigencia 2025”.................10 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA RESOLUCIÓN Nº SDH-000091 “Por la cual se realiza un nombramiento en provisionalidad en una vacante definitiva de la Secretaría Distrital de Hacienda”.............................................15 RESOLUCIÓN Nº SDH-000092 “Por la cual se realizan unos nombramientos en provisionalidad en unas vacantes temporales de la Secretaría Distrital de Hacienda”...........................20 Sector Local DECRETOS LOCALES 2025 ALCALDÍA LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE DECRETO LOCAL Nº 009 “Por medio del cual se convoca a sesiones extraordinarias: adición excedentes financieros vigencia 2024 al presupuesto de Ingresos y gastos de la vigencia fiscal 2025 del Fondo de Desarrollo Local Rafael Uribe Uribe ”......................26 ALCALDÍA LOCAL DE TEUSAQUILLO DECRETO LOCAL Nº 010 “Por el cual se incorpora segunda distribución de excedentes financieros resultado del cierre presupuestal y financiero del 2024 al Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo de la vigencia fiscal 2025”......................................................................................................28 ALCALDÍA LOCAL DE USAQUÉN DECRETO LOCAL Nº 008 “Por el cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Usaquén, para asumir el análisis, debate y adopción del proyecto de acuerdo Por el cual se adiciona el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Vigencia Fiscal 2025 del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén”......................33 ALCALDÍA LOCAL DE USME DECRETO LOCAL Nº 05 “POR MEDIO DEL CUAL SE COVOCA A SESIONES EXTRAORDINARIAS A LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE USME”........................................35 AÑO 59 NÚMERO 8381 5 • AGOSTO • 2025 SECRETARÍA GENERAL ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL.
LA PUBLICACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS EN EL REGISTRO DISTRITAL SE REALIZA DE ACUERDO A LA LEY 1437 DEL 2011 EN SU ARTÍCULO 65 MODIFICADO POR LA LEY 2080 DE 2021 “POR LA CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO”.
CORREO: REGISTRODISTRITAL@ALCALDIABOGOTA.GOV.CO DIRECCIÓN: CALLE 11 SUR #1-60 ESTE - LA MARÍA - BOGOTÁ D.C.
TELÉFONO: 381 3000 EXT. 5010 - 5202 SUBDIRECTORA IMPRENTA DISTRITAL: MARÍA ANGÉLICA PUMAREJO HINOJOSA RESOLUCIONES DE 2025 *20251700295773* Radicado: 20251700295773 Fecha: 18-06-2025 RESOLUCIÓN No. 481 DE 18 DE JUNIO 2025 “Por la cual se modifica el presupuesto de gastos e inversión de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte para la vigencia 2025”
EL SECRETARIO DE DESPACHO En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Acuerdo Distrital 257 de 2006 y el Decreto Distrital 037 de 2017.
CONSIDERANDO:
Que el Acuerdo Distrital 257 de 2006 en su artículo 90 establece para el Sector Cultura, Recreación y Deporte como misión garantizar las condiciones para el ejercicio efectivo, progresivo y sostenible de los derechos a la cultura, a la recreación y al deporte de los habitantes del Distrito Capital, así como fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo.
Que el Decreto Distrital 340 de 2020 en concordancia con el artículo 94 del Acuerdo Distrital 257 de 2006 señala como objeto de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD el de “…orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculadas y la sociedad civil.”
Que el artículo 25 del Decreto Distrital 714 de 1996 - Estatuto Orgánico de Presupuesto del Distrito Capital dispone que la Secretaría Distrital de Hacienda, con base en el Plan Financiero para la vigencia respectiva, determinará los límites de gastos globales para cada uno de los órganos, entidades y organismos que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital.
Que el Decreto Distrital 192 de 2021 “Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dicta otras disposiciones” establece en el parágrafo del artículo 11 sobre la modificación de las apropiaciones lo siguiente: “Artículo 11°. Modificaciones de las apropiaciones. Cuando fuere necesario aumentar o reducir la cuantía de las apropiaciones, además de lo establecido en el Estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital, los establecimientos públicos deberán entregar a la Secretaría Distrital de Hacienda el Acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos con el concepto previo favorable de la adición o reducción presupuestal solicitada.
Parágrafo. Cuando se
trate de modificaciones de gastos de inversión, se requerirá además que las entidades del Distrito cuenten con el concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.”
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REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8381 • PP. 1-4 • 2025 • AGOSTO • 5 4 *20251700295773* Radicado: 20251700295773 Fecha: 18-06-2025 RESOLUCIÓN No. 481 DE 18 DE JUNIO 2025 “Por la cual se modifica el presupuesto de gastos e inversión de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte para la vigencia 2025”
Que el 27 de diciembre de 2024, fue expedido el Decreto Distrital 470 “Por el cual se liquida el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2025 y se dictan otras disposiciones, en cumplimiento del Acuerdo Distrital 940 del 19 de diciembre de 2024”.
Que la Resolución SDH No 191 del 22 de septiembre de 2017, mediante la cual se adopta el Manual Operativo Presupuestal del Distrito Capital, en el numeral 3.2.1.3.1 establece los pasos para efectuar un ajuste por suscripción de convenios o contratos entre entidades distritales.
Que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte suscribió el convenio interadministrativo No. 2025-2965 SDM – 611-2025 (SCRD) con la Secretaría Distrital de Movilidad, mediante el cual se aúnan esfuerzos técnicos, administrativos y financieros entre la Secretaría Distrital de Movilidad y la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para el diseño, evaluación y monitoreo de estrategias en cultura ciudadana para la movilidad que incentiven el cambio comportamental, en concordancia con una línea base que articule los factores culturales de conocimientos, actitudes, valores, emociones, prácticas y creencias, con las líneas estratégicas de movilidad segura, sostenible e inclusiva y eficiente.
Que para la suscripción y perfeccionamiento del Convenio, la Secretaría Distrital de Movilidad expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 1122 del 11 de abril de 2025, con cargo al rubro O230117240920240096 – Implementación de intervenciones integrales de cultura, comunicación y pedagogía, para la movilidad segura en Bogotá D.C. (fondo de financiación VA-Multas de tránsito) y el Registro Presupuestal No. 2580 del 29 de mayo de 2025.
Que el segundo comité técnico del convenio interadministrativo 740 de 2024 aprobó de forma unánime, la modificación No. 02 del Convenio Interadministrativo derivado No. 740 de 2024, cuyo objeto es: “Aunar esfuerzos técnicos, administrativos y financieros con el fin de desarrollar acciones articuladas entre la SCRD, el IDARTES y los Fondos de Desarrollo Local, orientadas a la estructuración, planeación y ejecución del programa Más Cultura Local 2024, con el propósito de fortalecer a los agentes artísticos y culturales e impulsar los procesos de transformación social y económica en las localidades de Bogotá", como consta en acta No. 2 del 27 de febrero de 2025.
Que la modificación No. 02 del Convenio Interadministrativo derivado No. 740 de 2024, contempla la adición de $39.722.728 al Componente A del programa Más Cultura Local Página 2 de 6 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8381 • PP. 1-5 • 2025 • AGOSTO • 5 5 *20251700295773* Radicado: 20251700295773 Fecha: 18-06-2025 RESOLUCIÓN No. 481 DE 18 DE JUNIO 2025 “Por la cual se modifica el presupuesto de gastos e inversión de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte para la vigencia 2025”
2024, que tiene como objetivo otorgar incentivos económicos a iniciativas culturales que han sido previamente priorizadas a nivel local a través de presupuestos participativos, acuerdos locales o concertaciones con grupos de interés de las localidades.
Que la adición respondió a una solicitud expresa del Fondo de Desarrollo Local de Barrios Unidos. Para ello el FDL expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 799 del 28 de marzo de 2025 con cargo al rubro O230117459920242631 - Unidos por las voces, arte y patrimonio (fondo de financiación: Ingresos Corrientes FDL) y al CRP No. 908 del 16 de mayo de 2025.
Que mediante comunicación No. 2-2025-33303, de fecha 17 de junio de 2025, la Secretaría Distrital de Planeación, conceptúa favorablemente sobre el ajuste de MIL QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS VEINTIDOS MIL SETECIENDOS VEINTIOCHO PESOS M/CTE ($1.539.722.728) en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para la presente vigencia fiscal.
Que de conformidad con lo expuesto, se requiere ajustar el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, en la suma de MIL QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS VEINTIDOS MIL SETECIENDOS VEINTIOCHO PESOS M/CTE ($1.539.722.728), con el fin de dar una adecuada ejecución a los recursos de los convenios: i) convenio interadministrativo 2025- 2965 SDM – 611-2025 (SCRD) con la Secretaría Distrital de Movilidad por valor de $1.500.000.000 los cuáles serán apropiados en el proyecto de inversión 7991 – Programa de Financiación: O23011733012024012210070 - Innovación y cambio cultural para la transformación de comportamientos que promuevan el orgullo por la ciudad de Bogotá D.C. en el fondo de financiación 1-100-I036 - VA-Convenios. ii) Convenio 740 de 2024 suscrito con el IDARTES y los Fondos de Desarrollo Local, por valor de $39.722.728 los cuáles serán apropiados en el proyecto de inversión 7965 – Programa de Financiación: O23011733012024015201128 - Fortalecimiento del fomento para el desarrollo de procesos culturales sostenibles en Bogotá D.C. en el fondo de financiación 1-100-I036 - VA-Convenios.
Que, en mérito de lo anterior,
RESUELVE:
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REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8381 • PP. 1-6 • 2025 • AGOSTO • 5 6 *20251700295773* Radicado: 20251700295773 Fecha: 18-06-2025 RESOLUCIÓN No. 481 DE 18 DE JUNIO 2025 “Por la cual se modifica el presupuesto de gastos e inversión de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte para la vigencia 2025”
Artículo 1.
Adicionar al presupuesto de gastos e inversión de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte para la vigencia 2025, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente y los documentos que la integran, como se indica a continuación:
CÓDIGO DENOMINACIÓN VALOR EN PESOS O2 GASTOS $ 1.539.722.728 O23 Inversión $ 1.539.722.728 O2301 DIRECTA $ 1.539.722.728 O230117 Bogotá Camina Segura $ 1.539.722.728 O23011733 Cultura $ 1.539.722.728 $ 1.539.722.728 O2301173301 Promoción y acceso efectivo a procesos culturales y artísticos O230117330120240122 $ 1.500.000.000 Innovación y cambio cultural para la transformación de comportamientos que promuevan el orgullo por la ciudad de Bogotá D.C.
O23011733012024012210070 $ 1.500.000.000 Innovación y cambio cultural para la transformación de comportamientos que promuevan el orgullo por la ciudad de Bogotá D.C.
O230117330120240152 Fortalecimiento del fomento para el desarrollo de procesos culturales sostenibles en Bogotá D.C. $39.722.728 O23011733012024015201128 Fortalecimiento del fomento para el desarrollo de procesos culturales sostenibles en Bogotá D.C. $39.722.728 Total Créditos $ 1.539.722.728
Artículo 2.
Ordenar a la Oficina Asesora de Planeación de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte remitir copia de la presente resolución a la Secretaría Distrital de Hacienda.
Artículo 3.
Ordenar al Grupo Interno de Trabajo de Gestión Financiera publicar la presente resolución en la Página Web de la entidad, en el sitio de presupuesto general del link de transparencia.
Artículo 4.
Ordenar a la Dirección de Gestión Corporativa de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte publicar el presente acto administrativo en la Gaceta Distrital y en Régimen Legal de Bogotá.
Artículo 5.
Publíquese el presente acto administrativo en la página web de la entidad y en el registro distrital.
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REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8381 • PP. 1-7 • 2025 • AGOSTO • 5 7 *20251700295773* Radicado: 20251700295773 Fecha: 18-06-2025 RESOLUCIÓN No. 481 DE 18 DE JUNIO 2025 “Por la cual se modifica el presupuesto de gastos e inversión de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte para la vigencia 2025”
Artículo 6.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de la aprobación de la operación presupuestal por parte de la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda y contra ella no proceden los recursos de Ley, de conformidad con el artículo 75 de la Ley No. 1437 de 2011.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C., a los dieciocho (18) días del mes de junio (06) de dos mil veinticinco (2025).
SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR Secretario de Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Proyectó: Carolina Arteaga Arteaga – Profesional Especializado Oficina Asesora de Planeación Jesús David López Camargo – Contratista Oficina Asesora de Planeación Revisó y ajustó: Héctor Ricardo Ojeda Sierra - Jefe Oficina Asesora de Jurídica (E) Aprobó: Luis Fernando Mejía Castro - Jefe Oficina Asesora de Planeación Documento 20251700295773 firmado electrónicamente por:
Juan Esteban Quintero Paez Contratista Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano Fecha firma: 19-06-2025 09:32:11 Sharon Nicole Rodríguez Perdomo Profesional Universitario - Numeración y Fechado Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano Fecha firma: 18-06-2025 19:03:25 Santiago Trujillo Escobar Secretario de Cultura Recreación y Deporte Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Fecha firma: 18-06-2025 15:42:17 Hector Ricardo Ojeda Sierra (E)
Jefe Oficina Juridica (E) Oficina Jurídica Fecha firma: 18-06-2025 15:33:28 Luis Fernando Mejia Castro Contratista Oficina Asesora de Planeación Jefe Oficina Asesora de Planeación Oficina Asesora de Planeación Fecha firma: 18-06-2025 12:17:44 Jesus David Lopez Camargo Página 5 de 6 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8381 • PP. 1-8 • 2025 • AGOSTO • 5 8 *20251700295773* Radicado: 20251700295773 Fecha: 18-06-2025 RESOLUCIÓN No. 481 DE 18 DE JUNIO 2025 “Por la cual se modifica el presupuesto de gastos e inversión de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte para la vigencia 2025”
Fecha firma: 18-06-2025 11:40:59 Diana Carolina Arteaga Arteaga Profesional Especializado Código 222 Grado 19 Oficina Asesora de Planeación Fecha firma: 18-06-2025 11:31:17 145f20da047cce88334bda82a7ebb88f7388bb37413f61d58ec863519fbb2cc0 Codigo de Verificación CV: ffce8 Página 6 de 6 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8381 • PP. 1-9 • 2025 • AGOSTO • 5 9 *20251700376773* Radicado: 20251700376773 Fecha: 24-07-2025 RESOLUCIÓN No. 648 DEL 24 DE JULIO DE 2025 “Por la cual se modifica el presupuesto de gastos e inversión de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte para la vigencia 2025”
EL SECRETARIO DE DESPACHO En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Acuerdo Distrital 257 de 2006 y el Decreto Distrital 037 de 2017.
CONSIDERANDO:
Que el Acuerdo Distrital 257 de 2006 en su artículo 90 establece para el Sector Cultura, Recreación y Deporte como misión garantizar las condiciones para el ejercicio efectivo, progresivo y sostenible de los derechos a la cultura, a la recreación y al deporte de los habitantes del Distrito Capital, así como fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo.
Que el Decreto Distrital 340 de 2020 en concordancia con el artículo 94 del Acuerdo Distrital 257 de 2006 señala como objeto de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD el de “…orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculadas y la sociedad civil.”
Que el artículo 25 del Decreto Distrital 714 de 1996 - Estatuto Orgánico de Presupuesto del Distrito Capital dispone que la Secretaría Distrital de Hacienda, con base en el Plan Financiero para la vigencia respectiva, determinará los límites de gastos globales para cada uno de los órganos, entidades y organismos que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital.
Que el Decreto Distrital 192 de 2021 “Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dicta otras disposiciones” establece en el parágrafo del artículo 11 sobre la modificación de las apropiaciones lo siguiente: “Artículo 11°. Modificaciones de las apropiaciones. Cuando fuere necesario aumentar o reducir la cuantía de las apropiaciones, además de lo establecido en el Estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital, los establecimientos públicos deberán entregar a la Secretaría Distrital de Hacienda el Acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos con el concepto previo favorable de la adición o reducción presupuestal solicitada.
Parágrafo. Cuando se
trate de modificaciones de gastos de inversión, se requerirá además que las entidades del Distrito cuenten con el concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.”
Que el 27 de diciembre de 2024, fue expedido el Decreto Distrital 470 “Por el cual se liquida el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Página 1 de 5 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8381 • PP. 1-10 • 2025 • AGOSTO • 5 10 *20251700376773* Radicado: 20251700376773 Fecha: 24-07-2025 RESOLUCIÓN No. 648 DEL 24 DE JULIO DE 2025 Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2025 y se dictan otras disposiciones, en cumplimiento del Acuerdo Distrital 940 del 19 de diciembre de 2024”.
Que la Resolución SDH No 191 del 22 de septiembre de 2017, mediante la cual se adopta el Manual Operativo Presupuestal del Distrito Capital, en el numeral 3.2.1.3.1 establece los pasos para efectuar un ajuste por suscripción de convenios o contratos entre entidades distritales.
Que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte suscribió el convenio interadministrativo No. 4120000-673-2025 - No. 616 de 2025 SCRD con la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, mediante el cual se aúnan esfuerzos institucionales, técnicos, logísticos, administrativos y financieros entre la Oficina Consejería Distrital de Paz, Víctimas y Reconciliación y la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte para el diseño de un instrumento de medición, la recolección de datos, el análisis cuantitativo y cualitativo, y la difusión y aprovechamiento de los resultados sobre las condiciones de reconciliación en Bogotá D.C.
Que para suscripción del convenio, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá expidió Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 858 de 2025 y el Certificado de Registro Presupuestal No. 954 de 2025, con cargo al rubro O230117410120240220 - Fortalecimiento de capacidades institucionales y de la sociedad civil para la implementación del acuerdo de paz, la memoria, y los derechos de las víctimas del conflicto armado en Bogotá D.C (fondo de financiación 1-100-F001 VA-Recursos Distrito) amparando el valor de $129.582.156.
Que mediante comité técnico del 26 de marzo de 2025 se aprobó la modificación del convenio interadministrativo No. 2024-2855 SDM – No. 596 de 2024 SCRD cuyo objeto es “Aunar esfuerzos institucionales, técnicos, logísticos y administrativos para desarrollar estrategias de fomento y fortalecimiento de la cultura ciudadana, que integre actividades artísticas, culturales y recreativas por iniciativa de las organizaciones sociales, en cumplimiento al producto 4.2.1. del plan de acción de la política pública de la bicicleta de Bogotá D.C (CONPES D.C 015 de 2021) y al producto 1.1.7. del plan de acción de la política pública del peatón (CONPES 036 de 2023)”
Que la modificación del convenio con SDM se contempla la adición de $100.000.000 para el fortalecimiento de los procesos de acompañamiento territorial y ejecución de iniciativas ciudadanas orientadas a promover la movilidad segura y sostenible, especialmente entre ciclistas, peatones y poblaciones diversas, articuladas con agendas institucionales y actividades pedagógicas, artísticas y comunicativas.
Que para la modificación del convenio, la Secretaría Distrital de Movilidad expidió Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 1218 de 2025 y el Certificado de Registro Presupuestal No. 2714 de 2025, con cargo al rubro O230117240920240099 - Página 2 de 5 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8381 • PP. 1-11 • 2025 • AGOSTO • 5 11 *20251700376773* Radicado: 20251700376773 Fecha: 24-07-2025 RESOLUCIÓN No. 648 DEL 24 DE JULIO DE 2025 Implementación de acciones para una movilidad sostenible, segura y confiable para Bogotá D.C. (fondo de financiación 1-100-I017 VA-Multas de tránsito).
Que mediante comunicaciones No. 2-2025-37908 del 11 de julio de 2025 y No. 2-2025- 39835 del 22 de julio de 2025, la Secretaría Distrital de Planeación, conceptúa favorablemente sobre el ajuste de CIENTO VEINTINUEVE MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y DOS MIL CIENTO CINCUENTA Y SEIS PESOS M/CTE ($129.582.156) y el ajuste por CIEN MILLONES PESOS M/CTE ($100.000.000) respectivamente, en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para la presente vigencia fiscal.
Que de conformidad con lo expuesto, se requiere ajustar el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, específicamente en el proyecto de inversión 7991 - Innovación y cambio cultural para la transformación de comportamientos que promuevan el orgullo por la ciudad de Bogotá D.C. en la suma de DOSCIENTOS VEINTINUEVE MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y DOS MIL CIENTO CINCUENTA Y SEIS PESOS M/CTE ($229.582.156), con el fin de dar una adecuada ejecución a los recursos de los convenios: i) Convenio interadministrativo No. 4120000- 673-2025 - No. 616 de 2025 SCRD suscrito entre la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá por valor de $129.582.156 los cuáles serán apropiados en el rubros O23011733012024012210069 fondo de financiación 1-100-I036 - VA-Convenios. ii) Convenio interadministrativo No. 2024-2855 SDM – No. 596 de 2024 SCRD, suscrito entre la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y la Secretaría Distrital de Movilidad por valor de $100.000.000, los cuáles serán apropiados en el rubro presupuestal O23011733012024012210070 - fondo de financiación 1-100-I036 - VA-Convenios.
Que, en mérito de lo anterior,
RESUELVE:
Artículo 1.
Efectuar el ajuste en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte para la vigencia fiscal 2025, por valor de DOSCIENTOS VEINTINUEVE MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y DOS MIL CIENTO CINCUENTA Y SEIS PESOS M/CTE ($229.582.156), según el siguiente detalle:
Código Presupuestal Concepto Valor O2 GASTOS $229.582.156 O23 Inversión $229.582.156 O2301 DIRECTA $229.582.156 O230117 Bogotá Camina Segura $229.582.156 O23011733 Cultura $229.582.156 Página 3 de 5 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8381 • PP. 1-12 • 2025 • AGOSTO • 5 12 *20251700376773* Radicado: 20251700376773 Fecha: 24-07-2025 RESOLUCIÓN No. 648 DEL 24 DE JULIO DE 2025 Código Presupuestal Concepto Valor O2301173301 Promoción y acceso efectivo a procesos culturales y artísticos $229.582.156 $229.582.156 O230117330120240122 Innovación y cambio cultural para la transformación de comportamientos que promuevan el orgullo por la ciudad de Bogotá D.C.
$129.582.156 O23011733012024012210069 Innovación y cambio cultural para la transformación de comportamientos que promuevan el orgullo por la ciudad de Bogotá D.C.
$100.000.000 O23011733012024012210070 Innovación y cambio cultural para la transformación de comportamientos que promuevan el orgullo por la ciudad de Bogotá D.C.
Total Créditos $229.582.156
Artículo 2.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de la aprobación de la operación presupuestal por parte de la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda y contra ella no proceden los recursos de Ley, de conformidad con el artículo 75 de la Ley No. 1437 de 2011.
Artículo 3.
Ordenar al Grupo Interno de Trabajo de Gestión Financiera publicar la presente resolución en la Página Web de la entidad, en el sitio de presupuesto general del link de transparencia.
Artículo 4.
Ordenar a la Dirección de Gestión Corporativa de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte publicar el presente acto administrativo en la Gaceta Distrital y en Régimen Legal de Bogotá.
Artículo 5.
Publíquese el presente acto administrativo en la página web de la entidad y en el registro distrital.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D. C., a los veinticuatro (24) días de julio (07) de dos mil veinticinco (2025).
SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR Secretario de Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Proyectó: Carolina Arteaga Arteaga – Profesional Especializado Oficina Asesora de Planeación Jesús David López Camargo – Contratista Oficina Asesora de Planeación Revisó y ajustó: Sandra Margoth Vélez Abello - Jefe Oficina Asesora de Jurídica Aprobó: Luis Fernando Mejía Castro - Jefe Oficina Asesora de Planeación Documento 20251700376773 firmado electrónicamente por:
Página 4 de 5 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8381 • PP. 1-13 • 2025 • AGOSTO • 5 13 *20251700376773* Radicado: 20251700376773 Fecha: 24-07-2025 RESOLUCIÓN No. 648 DEL 24 DE JULIO DE 2025 Sharon Nicole Rodríguez Perdomo Profesional Universitario - Numeración y Fechado Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano Fecha firma: 24-07-2025 15:48:23 Santiago Trujillo Escobar Secretario de Despacho Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Fecha firma: 24-07-2025 15:35:44 Sandra Margoth Vélez Abello Jefe de Oficina Jurídica Oficina Jurídica Fecha firma: 24-07-2025 14:54:57 Luis Fernando Mejia Castro Jefe Oficina Asesora de Planeación Oficina Asesora de Planeación Fecha firma: 24-07-2025 14:34:51 Jesus David Lopez Camargo Contratista Oficina Asesora de Planeación Fecha firma: 24-07-2025 14:09:02 Diana Carolina Arteaga Arteaga Profesional Especializado Código 222 Grado 19 Oficina Asesora de Planeación Fecha firma: 24-07-2025 12:58:48 8bd0e7d09cfe7c558d58900fd484feac4b2553808b38f86b1a7bb0f026a7b2ec Codigo de Verificación CV: 3b2db Página 5 de 5 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8381 • PP. 1-14 • 2025 • AGOSTO • 5 14 “Por la cual se realiza un nombramiento en provisionalidad en una vacante definitiva de la Secretaría Distrital de Hacienda”
Pública Clasificada 200000-120 Resolución LA SECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA En uso de las facultades legales y en especial las conferidas por el numeral 4 del artículo 1 del Decreto 101 de 2004, artículo 4 del Decreto Distrital 601 de 2014 modificado por el artículo 1 del Decreto Distrital 364 de 2015, así como las disposiciones consagradas en la Ley 909 de 2004 modificada por la Ley 1960 de 2019, Decreto 1083 de 2015 modificado por el Decreto 648 de 2017,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 125 de la Constitución Política, establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso a los cargos de carrera y ascenso en los mismos, se hará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes.
Que el artículo 25 de la Ley 909 de 2004 establece que “los empleos de carrera cuyos titulares se encuentren en situaciones administrativas que impliquen separación temporal de los mismos serán provistos en forma provisional solo por el tiempo que duren aquellas situaciones, cuando no fuere posible proveerlos mediante encargo con servidores públicos de carrera”.
Que los artículos 2.2.5.21 y 2.2.5.2.2 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el artículo 1º del Decreto Nacional 648 de 2017, señalan los casos en que se produce la vacancia definitiva y temporal de los empleos.
Que el artículo 2.2.5.3.1 ídem, refiere que las vacantes definitivas en empleos de carrera se proveerán en período de prueba o en ascenso, con las personas que www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8381 • PP. 1-15 • 2025 • AGOSTO • 5 15 Pública Clasificada hayan sido seleccionadas mediante el sistema de mérito, de conformidad con lo establecido en la Ley 909 de 2004 o en las disposiciones que regulen los sistemas específicos de carrera, según corresponda, y que mientras se surte el proceso de selección, estos podrán proveerse transitoriamente a través de las figuras del encargo o del nombramiento provisional, en los términos señalados en la referida ley, en el Decreto Ley 760 de 2005 o en las disposiciones que regulen los sistemas específicos de carrera.
Que actualmente, se encuentra en vacancia definitiva, el siguiente empleo de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda:
DENOMINACIÓN No. ID EMPLEO EMPLEO CÓDIGO GRADO DIRECCIÓN DEPENDENCIA Oficina de Gestión del 314 09 Técnico Operativo 1 102349 Servicio Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá Que con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 909 de 2004 modificado por el artículo 1 de la Ley 1960 de junio 27 de 2019, la Subdirección del Talento Humano dio inicio el 27 de marzo de 2025 al proceso de Encargos 1-2025, con el fin de proveer empleos en vacancia definitiva y temporal de la entidad, el cual finalizó con el nombramiento de algunos empleos en encargos y desiertos en el mencionado con anterioridad, en razón a que ninguno de los servidores de carrera que cumplían los requisitos académicos y de experiencia, manifestaron su interés de continuar en dicho proceso.
Que la Subdirección del Talento Humano el día 30 de mayo de 2025, certificó que, efectuado el proceso de encargos y ante la no existencia de servidores de carrera administrativa que manifestaran interés en el empleo referido, puede ser provisto transitoriamente mediante nombramiento provisional, por necesidades del servicio, con el fin de garantizar el cabal desarrollo de las actividades de la Entidad.
Que la Subsecretaría General solicitó a la Subdirección del Talento Humano adelantar las actuaciones administrativas pertinentes para llevar a cabo la provisión mediante nombramiento provisional, del empleo en vacancia definitiva antes mencionado, acorde a la normatividad vigente y los procedimientos establecidos para tal fin. www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8381 • PP. 1-16 • 2025 • AGOSTO • 5 16 Pública Clasificada Que la Subdirección del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Hacienda, realizó la revisión de la documentación de la siguiente persona, para desempeñar el empleo en vacancia definitiva, determinando que cumple con las condiciones y reúne los requisitos previstos en el Manual de Funciones y Competencias Laborales de la Secretaría Distrital de Hacienda, previa verificación de los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, sin encontrarse anotación especial:
DENOMINACIÓN No. NOMBRE CÉDULA ID EMPLEO EMPLEO CÓDIGO GRADO DIRECCIÓN DEPENDENCIA Oficina de Gestión del 1 Técnico Operativo 314 09 Dirección Distrital de Impuestos de CAMILA FLÓREZ OLARTE 1023978819 102349 Servicio Bogotá Que la Corte Constitucional en Sentencia T-147 de 2013, respecto de la naturaleza de los nombramientos en provisionalidad, señaló que:
“La vinculación en calidad de provisional constituye un modo de proveer cargos públicos “cuando se presentan vacancias definitivas o temporales y mientras éstos se proveen en propiedad conforme a las formalidades de ley o cesa la situación administrativa que originó la vacancia temporal”. Los cargos provisionales, como su nombre lo indica, son de carácter transitorio y excepcional y buscan solucionar las necesidades del servicio y evitar la parálisis en el ejercicio de las funciones públicas mientras se realizan los procedimientos ordinarios para cubrir las vacantes en una determinada entidad, en aplicación de los principios de eficiencia y celeridad. La naturaleza de los cargos provisionales difiere de la de los cargos de carrera administrativa y de los empleos de libre nombramiento y remoción. Los funcionarios nombrados en provisionalidad en empleos de carrera no cuentan con las garantías que de ella se derivan, pese a lo cual, tienen el derecho a que se motive el acto administrativo por medio del cual son retirados de su cargo, ya que dicha motivación se erige como una garantía mínima que se deriva del derecho fundamental al debido proceso y del control a la arbitrariedad de la administración, y no del hecho de pertenecer a un cargo de carrera. Los cargos provisionales no son asimilables a los cargos de carrera administrativa, y es por ello que a los primeros no le son aplicables los derechos que se derivan de ella, ya que quienes se hallan vinculados en provisionalidad no agotaron los requisitos que exige la Constitución y la ley para gozar de tales beneficios, es decir, superar exitosamente el concurso de méritos y el período de prueba, entre otros. Pero tampoco pueden www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8381 • PP. 1-17 • 2025 • AGOSTO • 5 17 Pública Clasificada asimilarse a los de libre nombramiento y remoción, pues su vinculación no se sustenta en la confianza para ejercer funciones de dirección o manejo que es propia de éstos, sino en la necesidad de evitar la parálisis de la función pública mientras se logra su provisión en los términos que exige la Constitución. En consecuencia, frente a los cargos provisionales no puede predicarse ni la estabilidad laboral propia de los de carrera ni la discrecionalidad relativa de los de libre nombramiento y remoción; razón por la que el nominador tiene la obligación de motivar el acto administrativo mediante el cual se produce la desvinculación.”
Que, por lo anterior, se considera procedente efectuar el nombramiento en provisionalidad a la persona mencionada en el código y grado anteriormente descrito, en cumplimiento de los requisitos y competencias exigidos para el desempeño del empleo, conforme a lo establecido en la Constitución, la ley, los reglamentos y los manuales de funciones y de competencias laborales de la Secretaría Distrital de Hacienda, y hasta que sea provisto mediante el sistema de mérito.
En mérito de lo expuesto;
RESUELVE:
Artículo 1º.
Nombrar provisionalmente a la persona mencionada a continuación, en el empleo en vacancia definitiva aquí señalado:
DENOMINACIÓN No. NOMBRE CÉDULA ID EMPLEO EMPLEO CÓDIGO GRADO DIRECCIÓN DEPENDENCIA Oficina de Gestión del 1 314 09 Técnico Operativo 1023978819 102349 CAMILA FLÓREZ OLARTE Servicio Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá Parágrafo. El nombramiento aquí efectuado no genera derechos de carrera y su duración irá hasta que el empleo sea provisto de manera definitiva mediante el sistema de mérito.
Artículo 2º.
La persona nombrada mediante el presente acto administrativo, de conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, tendrá diez (10) días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la recepción de la comunicación del
www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8381 • PP. 1-18 • 2025 • AGOSTO • 5 18 Pública Clasificada nombramiento, para manifestar su aceptación o rechazo. Aceptado el nombramiento, deberá tomar posesión del empleo dentro de los diez (10) días hábiles siguientes.
Parágrafo. El nombramiento y posesión a que se refiere el artículo precedente se
sujetará a lo establecido en los artículos 2.2.5.1.4 y 2.2.5.1.8 del Decreto 1083 de 2015.
Artículo 3°.
El presente nombramiento cuenta con saldo de apropiación presupuestal suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de factores constitutivos de salario y contribuciones inherentes a la nómina durante la vigencia fiscal en curso.
Artículo 4°.
Comunicar el contenido de la presente resolución a la persona aquí nombrada y al jefe de la respectiva oficina, a través de la Subdirección del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Hacienda.
Artículo 5°.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y surte efectos fiscales a partir de la posesión.
Artículo 6º.
Publicar el presente acto administrativo en la página Web de la Secretaría Distrital de Hacienda.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C., a los Firmado digitalmente por ANA MARIA CADENA RUIZ ANA MARIA CADENA RUIZ ANA MARÍA CADENA RUIZ Secretaria Distrital de Hacienda Firmado digitalmente por Janneth Milena Pacheco Baquero Janneth Milena Pacheco Baquero Aprobado por: Janneth Milena Pacheco Baquero - Subsecretaria General (e) _______
Firmado digitalmente por DIEGO ARMANDO CHITIVA SÁNCHEZ Diego Armando Chitiva Sánchez – Director de Gestión Corporativa _______ MARIA DEL PILAR G MORENO Revisado por: María del Pilar González Moreno –Subdirectora del Talento Humano _______ Firmado digitalmente por MARIA DEL PILAR GONZALEZ MORENO _______
_______
Proyectado por: Martha Lucía Cardona Visbal, contratista Subdirección del Talento Humano _______ www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8381 • PP. 1-19 • 2025 • AGOSTO • 5 19 “Por la cual se realizan unos nombramientos en provisionalidad en unas vacantes temporales de la Secretaría Distrital de Hacienda”
Pública Clasificada 200000-120 Resolución LA SECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA En uso de las facultades legales y en especial las conferidas por el numeral 4 del artículo 1 del Decreto 101 de 2004, artículo 4 del Decreto Distrital 601 de 2014 modificado por el artículo 1 del Decreto Distrital 364 de 2015, así como las disposiciones consagradas en la Ley 909 de 2004 modificada por la Ley 1960 de 2019, Decreto 1083 de 2015 modificado por el Decreto 648 de 2017,y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 125 de la Constitución Política, establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso a los cargos de carrera y ascenso en los mismos, se hará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la Ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes.
Que el artículo 25 de la Ley 909 de 2004 establece que “los empleos de carrera cuyos titulares se encuentren en situaciones administrativas que impliquen separación temporal de los mismos serán provistos en forma provisional solo por el tiempo que duren aquellas situaciones, cuando no fuere posible proveerlos mediante encargo con servidores públicos de carrera”.
Que el artículo 2.2.5.2.2 del Decreto 1083 de 2015, señala que se produce vacancia temporal cuando quien lo desempeña se encuentra, entre otras situaciones, encargado, separándose de las funciones del empleo del cual es titular. www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8381 • PP. 1-20 • 2025 • AGOSTO • 5 20 Pública Clasificada Que el artículo 2.2.5.3.3 del Decreto 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017, señala lo siguiente: “Provisión de las vacancias temporales. (…)
Las vacantes temporales en empleos de carrera podrán ser provistas mediante nombramiento provisional, cuando no fuere posible proveerlas mediante encargo con empleados de carrera.
(…)
Parágrafo. Los encargos o nombramientos que se realicen en vacancias
temporales se efectuarán por el tiempo que dure la misma”.
Que actualmente, se encuentran vacantes de manera temporal los siguientes empleos de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda:
No. ID EMPLEO DENOMINACIÓN EMPLEO CÓDIGO GRADO DIRECCIÓN DEPENDENCIA 314 09 Dirección de Técnico Operativo Subdirección Administrativa y 1 103180 Financiera Gestión Corporativa Subdirección Administrativa y 2 103206 Auxiliar Administrativo 407 19 Dirección de Gestión Corporativa Financiera Subdirección de 3 103347 Técnico Operativo 314 04 Dirección Jurídica Asuntos Contractuales Subdirección de 4 103348 Auxiliar Administrativo 407 22 Dirección Jurídica Asuntos Contractuales Que con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 909 de 2004 modificado por el artículo 1 de la Ley 1960 de junio 27 de 2019, la Subdirección del Talento Humano dio inicio el 30 de mayo de 2025 al proceso de Encargos 2-2025, con el fin de proveer empleos en vacancia definitiva y temporal de la entidad, el cual finalizó con el nombramiento de algunos empleos en encargos y desiertos en los mencionados con anterioridad, en razón a que www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8381 • PP. 1-21 • 2025 • AGOSTO • 5 21 Pública Clasificada ninguno de los servidores de carrera que cumplían los requisitos, manifestaron su interés de continuar en dicho proceso.
Que la Subdirección del Talento Humano el día 11 de julio de 2025, certificó que, efectuado el proceso de encargos y ante la no existencia de servidores de carrera administrativa que manifestaran interés en los empleos referidos, pueden ser provistos transitoriamente mediante nombramiento provisional, por necesidades del servicio, con el fin de garantizar el cabal desarrollo de las actividades de la Entidad Que la Subsecretaría General solicitó a la Subdirección del Talento Humano adelantar las actuaciones administrativas pertinentes para llevar a cabo la provisión mediante nombramiento provisional, de los empleos en vacancia temporal antes mencionados, acorde a la normatividad vigente y los procedimientos establecidos para tal fin.
Que la Subdirección del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Hacienda, realizó la revisión de la documentación de las siguientes personas, para desempeñar los empleos en vacancia temporal, determinando que cumplen con las condiciones y reúnen los requisitos previstos en el Manual de Funciones y Competencias Laborales de la Secretaría Distrital de Hacienda, previa verificación de los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, sin encontrarse anotación especial:
DENOMINACIÓN No. NOMBRE CÉDULA ID EMPLEO EMPLEO CÓDIGO GRADO DIRECCIÓN DEPENDENCIA Técnico Operativo Subdirección Administrativa 50570024 103180 1 FARIDES HERNÁNDEZ MONTERROSA 314 09 Dirección de Gestión Corporativa y Financiera 2 ELTHON ADOLFO SALAS RAMOS 8834916 103206 Auxiliar Administrativo 407 19 Dirección de Gestión Corporativa Subdirección Administrativa y Financiera Subdirección 3 BRIAN ISNEY 1031124450 103347 Técnico Operativo 314 04 Dirección Jurídica SUÁREZ PALENCIA de Asuntos Contractuales 4 LILIANA ZAMBRANO 40277284 103348 Auxiliar Administrativo 407 22 Dirección Jurídica AYALA Subdirección de Asuntos Contractuales www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8381 • PP. 1-22 • 2025 • AGOSTO • 5 22 Pública Clasificada Que la Corte Constitucional en Sentencia T-147 de 2013, respecto de la naturaleza de los nombramientos en provisionalidad, señaló que:
“La vinculación en calidad de provisional constituye un modo de proveer cargos públicos “cuando se presentan vacancias definitivas o temporales y mientras éstos se proveen en propiedad conforme a las formalidades de ley o cesa la situación administrativa que originó la vacancia temporal”. Los cargos provisionales, como su nombre lo indica, son de carácter transitorio y excepcional y buscan solucionar las necesidades del servicio y evitar la parálisis en el ejercicio de las funciones públicas mientras se realizan los procedimientos ordinarios para cubrir las vacantes en una determinada entidad, en aplicación de los principios de eficiencia y celeridad. La naturaleza de los cargos provisionales difiere de la de los cargos de carrera administrativa y de los empleos de libre nombramiento y remoción. Los funcionarios nombrados en provisionalidad en empleos de carrera no cuentan con las garantías que de ella se derivan, pese a lo cual, tienen el derecho a que se motive el acto administrativo por medio del cual son retirados de su cargo, ya que dicha motivación se erige como una garantía mínima que se deriva del derecho fundamental al debido proceso y del control a la arbitrariedad de la administración, y no del hecho de pertenecer a un cargo de carrera. Los cargos provisionales no son asimilables a los cargos de carrera administrativa, y es por ello que a los primeros no le son aplicables los derechos que se derivan de ella, ya que quienes se hallan vinculados en provisionalidad no agotaron los requisitos que exige la Constitución y la ley para gozar de tales beneficios, es decir, superar exitosamente el concurso de méritos y el período de prueba, entre otros. Pero tampoco pueden asimilarse a los de libre nombramiento y remoción, pues su vinculación no se sustenta en la confianza para ejercer funciones de dirección o manejo que es propia de éstos, sino en la necesidad de evitar la parálisis de la función pública mientras se logra su provisión en los términos que exige la Constitución. En consecuencia, frente a los cargos provisionales no puede predicarse ni la estabilidad laboral propia de los de carrera ni la discrecionalidad relativa de los de libre nombramiento y remoción; razón por la que el nominador tiene la obligación de motivar el acto administrativo mediante el cual se produce la desvinculación.”
Que por lo anterior, se considera procedente efectuar los nombramientos en provisionalidad a las personas mencionadas en el código y grado anteriormente descrito, en cumplimiento de los requisitos y competencias exigidos para el desempeño del empleo, conforme a lo establecido en la Constitución, la ley, los reglamentos y los manuales de funciones y de competencias laborales de la Secretaría Distrital de Hacienda, y hasta que el titular regrese a su cargo y/o www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8381 • PP. 1-23 • 2025 • AGOSTO • 5 23 Pública Clasificada mientras se surte el proceso de provisión, en el caso que se genere la vacancia definitiva del empleo.
En mérito de lo expuesto;
RESUELVE:
Artículo 1º.
Nombrar provisionalmente a las personas mencionadas a continuación, en los empleos en vacancia temporal aquí señalados:
DENOMINACIÓN No. NOMBRE CÉDULA ID EMPLEO EMPLEO CÓDIGO GRADO DIRECCIÓN DEPENDENCIA Técnico Operativo Subdirección Administrativa 50570024 103180 1 FARIDES HERNÁNDEZ MONTERROSA 314 09 Dirección de Gestión Corporativa y Financiera 2 ELTHON ADOLFO SALAS RAMOS 8834916 103206 Auxiliar Administrativo 407 19 Dirección de Gestión Corporativa Subdirección Administrativa y Financiera Subdirección 3 BRIAN ISNEY 1031124450 103347 Técnico Operativo 314 04 Dirección Jurídica de Asuntos Contractuales SUÁREZ PALENCIA 4 LILIANA ZAMBRANO 40277284 103348 Auxiliar Administrativo 407 22 Dirección Jurídica AYALA Subdirección de Asuntos Contractuales Parágrafo. Los nombramientos aquí efectuados no generan derechos de carrera y su duración irá hasta que el titular regrese a su cargo y/o mientras se surte el proceso de provisión, en el caso que se genere la vacancia definitiva del empleo.
Artículo 2º.
Las personas nombradas mediante el presente acto administrativo, de conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, tendrán diez (10) días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a la recepción de la comunicación del nombramiento, para manifestar su aceptación o rechazo. Aceptado el nombramiento, deberán tomar posesión del empleo dentro de los diez (10) días hábiles siguientes.
www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8381 • PP. 1-24 • 2025 • AGOSTO • 5 24 Pública Clasificada Parágrafo. El nombramiento y posesión a que se refiere el artículo precedente se sujetará a lo establecido en los artículos 2.2.5.1.4 y 2.2.5.1.8 del Decreto 1083 de 2015.
Artículo 3°.
Los presentes nombramientos cuentan con saldo de apropiación presupuestal suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de factores constitutivos de salario y contribuciones inherentes a la nómina durante la vigencia fiscal en curso.
Artículo 4°.
Comunicar el contenido de la presente resolución a las personas aquí nombradas y a los jefes de las respectivas dependencias, a través de la Subdirección del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Hacienda.
Artículo 5°.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y surte efectos fiscales a partir de la posesión.
Artículo 6º.
Publicar el presente acto administrativo en la página Web de la Secretaría Distrital de Hacienda.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C., a los Firmado digitalmente por ANA MARIA CADENA RUIZ ANA MARIA CADENA RUIZ ANA MARÍA CADENA RUIZ Secretaria Distrital de Hacienda Firmado digitalmente por Janneth Milena Pacheco Baquero Janneth Milena Pacheco Baquero Aprobado por: Janneth Milena Pacheco Baquero - Subsecretaria General (e) _______
Firmado digitalmente por DIEGO ARMANDO CHITIVA SÁNCHEZ Diego Armando Chitiva Sánchez – Director de Gestión Corporativa _______ MARÍA DEL PILA GONZÁLEZ MOR Firmado digitalmente por MARÍA DEL PILAR GONZÁLEZ MORENO _______ Revisado por: María del Pilar González Moreno –Subdirectora del Talento Humano _______ Proyectado por: Martha Lucía Cardona Visbal, contratista Subdirección del Talento Humano _______
_______
www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8381 • PP. 1-25 • 2025 • AGOSTO • 5 25 DECRETOS LOCALES DE 2025 LA ALCALDÍA LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE DECRETO LOCAL No. 009 de 29 de julio de 2025 “Por medio del cual se convoca a sesiones extraordinarias: adición excedentes financieros vigencia 2024 al presupuesto de Ingresos y gastos de la vigencia fiscal 2025 del Fondo de Desarrollo Local Rafael Uribe Uribe ”.
Página 1 de 2 La Alcaldesa Local de Rafael Uribe Uribe, en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993 y la Ley 2116 de 2021, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto Ley 1421 de 1993, se expidió el régimen especial para el Distrito Capital de Santafé de Bogotá.
Que, el congreso de la República expidió la Ley 2116 de 2021 “Por Medio de la cual se Modifica el Decreto Ley 1421 de 1993, referente al Estatuto Orgánico de Bogotá”, cuyo articulado modificó algunos artículos del Decreto Ley 1421 de 1993,en aplicación de los principios de descentralización, desconcentración, delegación, pluralismo, transparencia y eficiencia.
Que, la Ley 2116 de 2021, modificó lo concerniente a las atribuciones que tienen los alcaldes locales.
Que, el Decreto Ley 1421 de 1993, en su artículo 71 establece:
"Las juntas administradoraslocales se reunirán, ordinariamente, por derecho propio, cuatro veces al año, así: el primero (1o.)de marzo; el primero (1o.) de junio; el primero (1o.) de septiembre, y el primero (1o.) de diciembre.
Cada vez las sesiones durarán treinta (30) días prorrogables, a juicio de la misma Junta hasta por cinco (5) días más. También se reunirán extraordinariamente por convocatoria que les hagael respectivo alcalde. En este evento sesionarán por el término que señale el alcalde y únicamente se ocuparán de los asuntos que él mismo someta a su consideración".
Que, de conformidad con el artículo 73 del Decreto Ley 1421 de 1993: "El alcalde local instalará y clausurará las sesiones ordinarias y extraordinarias de las juntas administradoras y deberá prestarles la colaboración necesaria para garantizar su buen funcionamiento. Las juntas no podrán sesionar fuera del lugar señalado como sede oficial. Sin embargo, previa convocatoria efectuada con la debida antelación, podrán sesionar en sitio distinto para escuchar a las comunidades".
Que, mediante el Acuerdo Local No. 001 de 20131 “Por el cual se adopta el Reglamento Interno de la Junta Administradora Local (J.A.L.) de la Localidad 18 de Rafael Uribe Uribe de Bogotá D.C.”.” en su artículo 50 establece:
“El Alcalde Local podrá convocar a sesiones extraordinarias por el periodo y el asunto que determine, y únicamente se ocupará de los asuntos que él mismo someta a su consideración”.
En mérito de lo expuesto, este Despacho, 1 https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=52996 GDI-GPD-F106 Versión: 05 Vigencia:15 de diciembre de 2022 Caso HOLA: 281893 Alcaldía Local de Rafael Uribe Calle 32 No. 23 - 62 sur Código Postal: 111811 Tel. 3660007 Información Línea 195 www.rafaeluribe.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8381 • PP. 1-26 • 2025 • AGOSTO • 5 26 LA ALCALDÍA LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE DECRETO LOCAL No. 009 de 29 de julio de 2025 “Por medio del cual se convoca a sesiones extraordinarias: adición excedentes financieros vigencia 2024 al presupuesto de Ingresos y gastos de la vigencia fiscal 2025 del Fondo de Desarrollo Local Rafael Uribe Uribe ”.
Página 2 de 2
DECRETA:
Artículo 1°.
Convocar a Sesiones Extraordinarias a la Junta Administradora Local de RafaelUribe Uribe durante el período del cuatro (04) al doce (12) de agosto del 2025 inclusive.
Artículo 2°.
En las sesiones extraordinarias, la Junta Administradora Local de Rafael Uribe Uribe, ÚNICAMENTE se ocupará de realizar el proceso de adición de los excedentes financieros vigencia 2024 al presupuesto de ingresos y gastos de a vigencia fiscal 2025 del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe.
Artículo 3°.
El presente Decreto rige a partir de la fecha de publicación.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
DIANA CAROLINA SÁNCHEZ CASTILLO ANA CAROLINA SÁNCHEZ CASTI Alcaldesa Local Rafael Uribe Uribe Proyectó: Alba Enerieth Moreno Aldana – Contratista Despacho GDI-GPD-F106 Versión: 05 Vigencia:15 de diciembre de 2022 Caso HOLA: 281893 Alcaldía Local de Rafael Uribe Calle 32 No. 23 - 62 sur Código Postal: 111811 Tel. 3660007 Información Línea 195 www.rafaeluribe.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8381 • PP. 1-27 • 2025 • AGOSTO • 5 27 Página 1 de 5 DECRETO NÚMERO 010 DE 2025 (31 de julio de 2025)
“Por el cual se incorpora segunda distribución de excedentes financieros resultado del cierre presupuestal y financiero del 2024 al Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo de la vigencia fiscal 2025”
LA ALCALDESA LOCAL DE TEUSAQUILLO En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993, y
CONSIDERANDO:
Que, conforme con lo previsto en el artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993, la Junta Administradora Local se reunirá extraordinariamente por convocatoria que le haga la respectiva Alcaldesa Local; evento en el cual sesionará por el término que ésta le señale y para ocuparse exclusivamente de los asuntos que ella misma someta a su consideración.
Que el artículo 32 de Decreto Distrital 158 del 21 de abril de 2025, por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local – F.D.L., establece que “Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones...(..) Adición por Excedentes Financieros: Si persistiera un saldo positivo, una vez ajustado el presupuesto local al monto real de las Obligaciones por Pagar constituidas al cierre de la vigencia inmediatamente anterior, deberá este ser adicionado por cada FDL mediante Acuerdo de la JAL, de acuerdo con la distribución que efectúe el CONFIS Distrital, quien para el efecto consultará los conceptos de los alcaldes locales correspondientes.”
Que la circular CONFIS 03 de 2025 del 27 de junio de 2025, se modifica el valor determinado de excedentes financieros aprobados por el CONFIS Distrital en sesión No. 05 celebrada el 18 de marzo de la siguiente manera:
El CONFIS Distrital en sesión No. 05 celebrada el 18 de marzo de 2025 y conforme a lo establecido en la Alcaldía Local de Teusaquillo Transversal 18 bis No. 38 - 41 Código Postal: 111311 Tel. 2870094 - 2870470 Información Línea 195 www.teusaquillo.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8381 • PP. 1-28 • 2025 • AGOSTO • 5 28 Continuación DECRETO NÚMERO 010 DE 2025 (31 de julio de 2025)
“Por el cual se incorpora segunda distribución de excedentes financieros resultado del cierre presupuestal y financiero del 2024 al Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo de la vigencia fiscal 2025”
Página 2 de 5 Circular CONFIS No. 02 de 2025,, “Determinación y distribución de excedentes financieros generados por los 20 Fondos de Desarrollo Local al cierre de la vigencia 2024”, determinó un monto total de excedentes financieros por valor de $100.203.931.110, compuesto por $5.957.180.080 correspondientes al valor por distribuir de los excedentes del año 2023 y $94.246.751.030 correspondientes a excedentes financieros del año 2024.
Posteriormente, al revisar la conciliación financiera del FDL de Fontibón correspondiente a la vigencia 2024, se identificó una reducción de $2.136.971 en el cálculo de sus excedentes. Esto ajustó el valor de los excedentes financieros de 2024 a $94.244.614.059, resultando en un total de excedentes financieros de $100.201.794.139, tras la disminución mencionada, producto de una conciliación de las cuentas por pagar realizada después de la sesión No. 05 del Confis, en la que se determinó el valor inicial.
Que la misma circular CONFIS 03 de 2025, presenta una nueva distribución de excedentes financieros para Teusaquillo que aprobó de la siguiente manera:
LOCALIDAD ENTIDAD QUE VALOR DISTRIBUCIÓN SOLICITA TEMA DE GASTO CONFIS Secretaría Distrital de Gobierno
- Fondo de Desarrollo Local de
Sede Alcaldía Local $ 982.804.335 Teusaquillo TEUSAQUILLO 5 Motocicletas $ 233.859.600 Secretaría Distrital de Seguridad, 1 Panel de vigilancia $ 300.872.000 Convivencia y Justicia 3 Cámaras multisensor $ 280.051.546 TOTAL $ 1.797.587.481 Que la Secretaría Distrital de Planeación con radicado 2-2025-37359 del 09 de julio de 2025 radicó a la Alcaldía Local el Concepto previo favorable para la modificación presupuestal a gastos de inversión, originada en la distribución de excedentes financieros, en el cual, se señala que: el Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo deberá incorporar los recursos recibidos al presupuesto de gastos de Alcaldía Local de Teusaquillo Transversal 18 bis No. 38 - 41 Código Postal: 111311 Tel. 2870094 - 2870470 Información Línea 195 www.teusaquillo.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8381 • PP. 1-29 • 2025 • AGOSTO • 5 29 Continuación DECRETO NÚMERO 010 DE 2025 (31 de julio de 2025)
“Por el cual se incorpora segunda distribución de excedentes financieros resultado del cierre presupuestal y financiero del 2024 al Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo de la vigencia fiscal 2025”
Página 3 de 5 inversión de la vigencia 2025. La asignación de los recursos de excedentes está destinada al siguiente proyecto de inversión:
CÓDIGO PROYECTO NOMBRE PROYECTO VALOR ADICIÓN 2664 Teusaquillo eficiente y transparente $ 982.804.335 2293 Teusaquillo segura $ 814.783.146 TOTAL $ 1.797.587.481 Que la Junta Administradora Local de Teusaquillo, en sesión realizada el día veintiocho (28) de julio de 2025, sometió a segundo debate, discusión y votación el Proyecto de Acuerdo __ de 2025 " Por el cual se incorpora segunda distribución de excedentes financieros resultado del cierre presupuestal y financiero del 2024 al Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo de la vigencia fiscal 2025, el cual, de acuerdo al acta de esa misma fecha, con nueve (9) votos positivos, se aprueba el acuerdo en mención, radicándose por la Junta Administradora Local el Acuerdo Local No. 004 de 2025, el cual fue sancionado por la alcaldesa el treinta y uno (31) de julio de 2025.
Que, en mérito de lo antes expuesto,
DECRETA:
Artículo 1o.
Adicionar el presupuesto de rentas e ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal 2025, por valor de MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y UN PESOS M/CTE ($ 1.797.587.481), correspondiente a excedentes financieros, conforme al siguiente detalle:
Alcaldía Local de Teusaquillo Transversal 18 bis No. 38 - 41 Código Postal: 111311 Tel. 2870094 - 2870470 Información Línea 195 www.teusaquillo.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8381 • PP. 1-30 • 2025 • AGOSTO • 5 30 Continuación DECRETO NÚMERO 010 DE 2025 (31 de julio de 2025)
“Por el cual se incorpora segunda distribución de excedentes financieros resultado del cierre presupuestal y financiero del 2024 al Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo de la vigencia fiscal 2025”
Página 4 de 5 CÓDIGO RUBRO VALOR ADICIÓN O1 INGRESOS $ 1.797.587.481 O12 Recursos de Capital $ 1.797.587.481 O1202 Excedentes financieros $ 1.797.587.481 O120203 Fondos de Desarrollo Local $ 1.797.587.481
Artículo 2o.
Adicionar el presupuesto de gastos e inversión del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal de 2025, por valor de MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y UN PESOS M/CTE ($ 1.797.587.481), correspondiente a excedentes financieros, conforme al siguiente detalle:
CÓDIGO RUBRO VALOR ADICIÓN O2 Gastos $1.797.587.481 O23 Inversión $1.797.587.481 O2301 DIRECTA $1.797.587.481 O230117 Bogotá Camina Segura $1.797.587.481 O23011745 Gobierno Territorial $1.797.587.481 $1.797.587.481 O2301174599 Fortalecimiento a la gestión y dirección de la administración pública territorial O23011745992024266401000 Teusaquillo eficiente y transparente $982.804.335 O23011745992024229301000 Teusaquillo segura $814.783.146
Artículo 3o.
Se incorporen los excedentes financieros resultado del cierre presupuestal y financiero
Alcaldía Local de Teusaquillo Transversal 18 bis No. 38 - 41 Código Postal: 111311 Tel. 2870094 - 2870470 Información Línea 195 www.teusaquillo.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8381 • PP. 1-31 • 2025 • AGOSTO • 5 31 Continuación DECRETO NÚMERO 010 DE 2025 Continuación DECRETO NÚMERO 010 DE 2025 (31 de julio de 2025)
(31 de julio de 2025)
“Por el cual se incorpora segunda distribución de excedentes financieros resultado del cierre “Por el cual se incorpora segunda distribución de excedentes financieros resultado del cierre presupuestal y financiero del 2024 al Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de presupuestal y financiero del 2024 al Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo de la vigencia fiscal 2025”
Desarrollo Local de Teusaquillo de la vigencia fiscal 2025”
Página 5 de 5 Página 5 de 5 del 2024 al Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo de la vigencia fiscal 2025. del 2024 al Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo de la vigencia fiscal 2025.
Artículo 4o.
Este Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.
Artículo 4o.
Este Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.
Dado en Bogotá D.C., a los 31 días del mes de julio del año 2025.
Dado en Bogotá D.C., a los 31 días del mes de julio del año 2025.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE MARÍA ANGÉLICA GONZÁLEZ RUSSI MARÍA ANGÉLICA GONZÁLEZ RUSSI Alcaldesa Local De Teusaquillo Alcaldesa Local De Teusaquillo Proyectó: Mateo Andrés Sánchez Ortega – Contratista FDLT Proyectó: Mateo Andrés Sánchez Ortega – Contratista FDLT Alcaldía Local de Teusaquillo Transversal 18 bis No. 38 - 41 Código Postal: 111311 Tel. 2870094 - 2870470 Información Línea 195 www.teusaquillo.gov.co Alcaldía Local de Teusaquillo Transversal 18 bis No. 38 - 41 Código Postal: 111311 Tel. 2870094 - 2870470 Información Línea 195 www.teusaquillo.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8381 • PP. 1-32 • 2025 • AGOSTO • 5 32 Página 1 de 2 DECRETO NÚMERO 008 DEL 01 DE AGOSTO DE 2025 “Por el cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Usaquén, para asumir el análisis, debate y adopción del proyecto de acuerdo Por el cual se adiciona el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Vigencia Fiscal 2025 del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén”
El Alcalde Local de Usaquén, En uso de sus competencias, en especial las conferidas por el artículo71 de la Ley 1421 de 1993 y
CONSIDERANDO:
Que el Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., por medio del Decreto Distrital No 238 del 17 de julio de 2024, nombró a Daniel Hernando Ortiz Quintero como Alcalde Local Código 030 Grado 05 de la Alcaldía Local de Usaquén.
Que, conforme a lo previsto en el artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993, la Junta Administradora Local se reunirá ordinariamente, por derecho propio, cuatro veces al año, así: el primero (1º) de marzo; el primero (1º) de junio; el primero (1º) de septiembre, y el primero (1º) de diciembre. Cada vez las sesiones durarán treinta (30) días prorrogables, a juicio de la misma Junta hasta por cinco (5) días más.
Que, de acuerdo con el mismo artículo 71, la Junta Administradora Local sesionará extraordinariamente, por convocatoria que le haga el respectivo Alcalde Local, “evento en el cual sesionará por el término que este le señale y para ocuparse exclusivamente de los asuntos que el mismo someta a su consideración”.
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 del Acuerdo Local 001 de 2024, que establece el reglamento interno de la Junta Administradora Local de Usaquén, la sesión extraordinaria “es aquella que convoca el Alcalde Local por iniciativa propia o por petición de la Junta Administradora Local de Usaquén. Durante estas sesiones la corporación únicamente se ocupará de los asuntos para la cual fue convocada, la convocatoria a las sesiones extraordinarias debe hacerse por el Alcalde Local de Usaquén por medio de un Decreto Local, debidamente publicitado a los miembros de la Junta Administradora Local de Usaquén”.
Que, de conformidad con la Circular CONFIS No. 03 de 2025, se estableció la distribución de excedentes financieros generados por los 20 Fondos de Desarrollo Local al cierre de la vigencia 2024.
Que, mediante comunicado del 17 de julio de 2025, la Subsecretaría de Planeación de la Inversión de la Secretaria Distrital de Hacienda, emitió “concepto favorable” sobre la adición de recursos al presupuesto de gastos de inversión del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén.
Que, conforme con lo anterior, se considera necesario convocar a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Usaquén, con el propósito de que se encarguen exclusivamente de debatir y aprobar el proyecto de acuerdo mediante el cual se adiciona el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Vigencia Fiscal 2025 del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén, con el fin de incorporar los excedentes financieros asignados al mencionado Fondo.
En mérito de lo anteriormente expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Convocar a la Junta Administradora Local de Usaquén a sesiones extraordinarias. que se llevarán a cabo en el periodo comprendido entre el tres (03) y el veintitrés (23) de agosto de 2025, Código: GDI-GPD-F034 Dirección Cra. 6 A No. 118-03 Tel. (601) 6195088 Línea gratuita: 195 Página web. www.usaquen.gov.co Versión: 05 Vigencia: 11 de julio de 2024 Caso HOLA: 59797 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8381 • PP. 1-33 • 2025 • AGOSTO • 5 33 Continuación Decreto Número 008 del 01 de agosto de 2022 Página 2 de 2 “Por el cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Usaquén, para asumir el análisis, debate y adopción del proyecto de acuerdo Por el cual se adiciona el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Vigencia Fiscal 2025 del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén con el fin de que realice el análisis, debate y adopción del proyecto de acuerdo mediante el cual se adiciona el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Vigencia Fiscal 2025 del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén con los excedentes financieros.
SEGUNDO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE En Bogotá, D.C. al primer día (01) del mes de agosto de 2025 DANIEL HERNANDO ORTIZ QUINTERO Alcalde Local De Usaquén al es Proyectó: Julio Fernando Ariza Granadillo -Profesional especializado-Despacho Revisó y aprobó: Camilo Reynosa -líder de planeación.
Código: GDI-GPD-F034 Versión: 05 Vigencia: 11 de julio de 2024 Dirección Cra. 6 A No. 118-03 Tel. (601) 6195088 Línea gratuita: 195 Página web. www.usaquen.gov.co Caso HOLA: 59797 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8381 • PP. 1-34 • 2025 • AGOSTO • 5 34 DECRETO LOCAL No 05 DE 01 DE AGOSTO DE 2025 “POR MEDIO DEL CUAL SE COVOCA A SESIONES EXTRAORDINARIAS A LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE USME”
LA ALCALDESA LOCAL DE USME (E)
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y, en especial, la que le confiere el Artículo 32 del Decreto 158 de 2025, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo establecido en el inciso segundo del artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993, prevé que los ediles se reúnan extraordinariamente por convocatoria que les haga la respectiva alcaldesa local, debiendo sesionar por el término que este señale y únicamente se ocuparán de los asuntos que el mismo someta a su consideración.
Que se requiere convocar a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora de Usme con el objeto de someter a su discusión y aprobación los excedentes financieros, para el funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Usme.
Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS en sesión No. 15 celebrada el día 27 de Junio de 2025 y de acuerdo con lo establecido en el literal h) del artículo 10 y en el artículo 78 del Decreto Distrital 714 de 1996, así como en los artículos 41 y 42 del Decreto Distrital 158 de 2025, el CONFIS Distrital realizo distribución parcial de los excedentes financieros del año 2024 de los Fondos de Desarrollo Local (FDL)
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo primero.
Convocar a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Usme, a partir del 13 de Agosto al 20 de Agosto de 2025, con el fin de someter a su consideración el trámite, discusión y aprobación de los excedentes Financieros aprobados mediante Circular CONFIS N° 3 de 2025
Alcaldía Local de Usme Carrera 14 A No. 137 B Sur - 32 Plazoleta Fundacional de Usme (Usme Centro) Código Postal: 110541 Tel. 7693100 Ext. 306 Información Línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8381 • PP. 1-35 • 2025 • AGOSTO • 5 35 DECRETO LOCAL No 05 DE 01 DE AGOSTO DE 2025 “POR MEDIO DEL CUAL SE COVOCA A SESIONES EXTRAORDINARIAS A LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE USME”
Artículo segundo.
El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá D.C., al primer (01) día del mes de Agosto de 2025.
ANA ISABEL HORTÚA SALCEDO ALCALDESA LOCAL DE USME (E)
Proyectó: Maria Alejandra Saldaña Ariza - Profesional de Planeación -FDLU Revisó y Aprobó: Angélica Gamboa - Profesional Especializada de Planeación -FDLU DLU Alcaldía Local de Usme Carrera 14 A No. 137 B Sur - 32 Plazoleta Fundacional de Usme (Usme Centro) Código Postal: 110541 Tel. 7693100 Ext. 306 Información Línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8381 • PP. 1-36 • 2025 • AGOSTO • 5 36
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