Registro Distrital 8362 de 2025
Registro Distrital 8362 de 2025 Nivel Distrital
- Tipo
- Registro Distrital
- Número
- 8362
- Año
- 2025
- Fecha
- 8 de julio de 2025
- Entidad
- Nivel Distrital
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
5,5 ALCALDE MAYOR Carlos Fernando Galán Pachón REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 • No. 8362 - Pp 1 - 22 - 2025 • JULIO • 8 CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Central DECRETO 2025 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. DECRETO Nº 310 “Por medio del cual se efectúa un nombramiento”...............................................4 RESOLUCIONES 2025 SECRETARÍA GENERAL RESOLUCIÓN Nº 266 “Por medio de la cual se deroga el nombramiento efectuado mediante Resolución No. 246 del 27 de junio de 2025”.....................................................7 SECRETARÍA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN Nº 511 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la “Invitación cultural para la implementación de la Resolución Conjunta 2664 de 2023 del Sistema de Sitios Sagrados de la comunidad Muisca en la localidad de Suba” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.”......................................................9 Sector Descentralizado VEEDURÍA DISTRITAL RESOLUCIÓN Nº 120 Por medio de la cual se corrige un error formal de digitación en la Resolución Nº 107 de 2025................................................................................................19 AÑO 59 NÚMERO 8362 8 • JULIO • 2025 SECRETARÍA GENERAL ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL.
LA PUBLICACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS EN EL REGISTRO DISTRITAL SE REALIZA DE ACUERDO A LA LEY 1437 DEL 2011 EN SU ARTÍCULO 65 MODIFICADO POR LA LEY 2080 DE 2021 “POR LA CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO”.
CORREO: REGISTRODISTRITAL@ALCALDIABOGOTA.GOV.CO DIRECCIÓN: CALLE 11 SUR #1-60 ESTE - LA MARÍA - BOGOTÁ D.C.
TELÉFONO: 381 3000 EXT. 5010 - 5202 SUBDIRECTOR IMPRENTA DISTRITAL: MAURO RODRIGO PALTA CERÓN DECRETO DE 2025 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8362 • PP. 1-4 • 2025 • JULIO • 8 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8362 • PP. 1-5 • 2025 • JULIO • 8 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8362 • PP. 1-6 • 2025 • JULIO • 8 6 RESOLUCIONES DE 2025 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8362 • PP. 1-7 • 2025 • JULIO • 8 7 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8362 • PP. 1-8 • 2025 • JULIO • 8 8
*20252200302143*
Al contestar, citar el número:
Radicado: 20252200302143 Fecha: 20-06-2025 RESOLUCIÓN No. 511 DEL 24 DE JUNIO DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la “Invitación cultural para la implementación de la Resolución Conjunta 2664 de 2023 del Sistema de Sitios Sagrados de la comunidad Muisca en la localidad de Suba” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.”
EL SECRETARIO DE DESPACHO De la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Decreto Distrital 340 de 2020 modificado por el Decreto 400 de 2022
CONSIDERANDO:
Que los artículos 70 y 71 de la Constitución Política establecen el deber del Estado de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades y otorga la competencia para establecer mecanismos positivos para fomentar el desarrollo artístico, cultural y patrimonial de la Nación.
Que el numeral 3 del artículo 1° de la Ley 397 de 1997, “Por la cual se desarrollan los artículos 70, 71 y 72 y demás artículos concordantes de la Constitución Política y se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura y se trasladan algunas dependencias.” señala que:
“(…) El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de reconocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación colombiana (…)”.
Que la ley en cita en su artículo 17 señala:
“(…) DEL FOMENTO. El Estado a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, fomentará las artes en todas sus expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas, como elementos del diálogo, el intercambio, la participación y como expresión libre y primordial del pensamiento del ser humano que construye en la convivencia pacífica.”.
Que así mismo, el artículo 18 de la mencionada ley establece:
Página 1 de 10 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8362 • PP. 1-9 • 2025 • JULIO • 8 9
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Al contestar, citar el número:
Radicado: 20252200302143 Fecha: 20-06-2025 RESOLUCIÓN No. 511 DEL 24 DE JUNIO DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la “Invitación cultural para la implementación de la Resolución Conjunta 2664 de 2023 del Sistema de Sitios Sagrados de la comunidad Muisca en la localidad de Suba” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.”
"(…) El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos especiales y promocionará la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales. Para tal efecto establecerá, entre otros programas, bolsas de trabajo, becas, premios anuales, concursos, festivales, talleres de formación artística, apoyo a personas y grupos dedicados a actividades culturales, ferias, exposiciones, unidades móviles de divulgación cultural, y otorgará incentivos y créditos especiales para artistas sobresalientes, así como para integrantes de las comunidades locales en el campo de la creación, la ejecución, la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo (…)”.
Que el Decreto Distrital 340 de 2020, “Por el cual se modifica la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y se dictan otras disposiciones” señala que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, tiene por objeto:
“(…) orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculadas y la sociedad civil (…)”.
Que el artículo 3º, literal (j) del Decreto Distrital 340 de 2020, señala que dentro de las funciones de esta Secretaría, está la de: “(…) Gestionar la ejecución de las políticas, planes y proyectos culturales y artísticos, con el fin de garantizar el efectivo ejercicio de los derechos culturales y fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo (…)”.
Que el reconocimiento del fomento a la cultura como elemento central de protección y promoción de los Derechos Humanos, ha propiciado la creación de esquemas de política pública que buscan materializar el mandato constitucional de promover la protección, desarrollo y difusión de la cultura mediante la adopción de medidas que faciliten el ejercicio de sus derechos por parte de todas las comunidades. Así las cosas, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, establece el proceso misional del fomento a la cultura, como el conjunto de programas impulsados desde las entidades públicas que conforman el sector, con el propósito de promover, reconocer y fortalecer las prácticas artísticas, culturales y patrimoniales de la ciudadanía; garantizando un impacto Página 2 de 10 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8362 • PP. 1-10 • 2025 • JULIO • 8 10
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Al contestar, citar el número:
Radicado: 20252200302143 Fecha: 20-06-2025 RESOLUCIÓN No. 511 DEL 24 DE JUNIO DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la “Invitación cultural para la implementación de la Resolución Conjunta 2664 de 2023 del Sistema de Sitios Sagrados de la comunidad Muisca en la localidad de Suba” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.” integral e incluyente sobre la ciudad y favoreciendo el ejercicio libre y creativo de los derechos culturales.
Que la Ley 21 de 1991 “Por medio de la cual se aprueba el Convenio número 169 sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes, adoptado por la 76ª. reunión de la Conferencia General de la O.I.T., Ginebra 1989”, en su artículo 3, numeral 1, establece:
“(…) Los pueblos indígenas y tribales deberán gozar plenamente de los derechos humanos y libertades fundamentales, sin obstáculos ni discriminación. Las disposiciones de este Convenio se aplicarán sin discriminación a los hombres y mujeres de esos pueblos (…)”
Que los artículos 6 y 7 de la Ley 21 de 1991 establecen:
“Artículo 6 Al aplicar las disposiciones del presente Convenio, los gobiernos deberán: a) Consultar a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente; b) Establecer los medios a través de los cuales los pueblos interesados puedan participar libremente, por lo menos en la misma medida que otros sectores de la población, y a todos los niveles en la adopción de decisiones en instituciones electivas y organismos administrativos y de otra índole responsables de políticas y programas que les conciernan; c) Establecer los medios para el pleno desarrollo de las instituciones e iniciativas de esos pueblos y en los casos apropiados proporcionar los recursos necesarios para este fin.
2. Las consultas llevadas a cabo en aplicación de este Convenio deberán efectuarse de buena fe y de una manera apropiada a las circunstancias, con la finalidad de llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento acerca de las medidas propuestas.
Artículo 7.
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REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8362 • PP. 1-11 • 2025 • JULIO • 8 11
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Al contestar, citar el número:
Radicado: 20252200302143 Fecha: 20-06-2025 RESOLUCIÓN No. 511 DEL 24 DE JUNIO DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la “Invitación cultural para la implementación de la Resolución Conjunta 2664 de 2023 del Sistema de Sitios Sagrados de la comunidad Muisca en la localidad de Suba” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.”
1. Los pueblos interesados deberán tener el derecho de decidir sus propias prioridades en lo que atañe al proceso de desarrollo, en la medida en que éste afecte a sus vidas, creencias, instituciones y bienestar espiritual y a las tierras que ocupan o utilizan de alguna manera, y de controlar, en la medida de lo posible, su propio desarrollo económico, social y cultural. Además, dichos pueblos deberán participar en la formulación, aplicación y evaluación de los planes y programas de desarrollo nacional y regional susceptibles de afectarles directamente (...)”
Que de conformidad con lo anterior, la Corte Constitucional en la sentencia T-1340 de 2001, establece que el principio de la diversidad étnica y cultural sustenta la constitucionalidad de la protección especial del estado a favor de las comunidades indígenas, en los siguientes términos:
“(…) La Constitución de 1991, estableció una protección especial del Estado a favor de la comunidad indígena, mediante ésta, se concede a sus miembros todos los derechos que se reconocen a los demás ciudadanos, prohibiendo cualquier forma de discriminación en su contra, pero además, y en aras de proteger la diversidad cultural, se le otorgan ciertos derechos radicados en la comunidad como ente colectivo, esto con el fin, de lograr una igualdad material en favor de este grupo social minoritario y de proteger la igualdad ante la diversidad étnica y cultural de la Nación (…)”
Que de igual manera, la Corte Constitucional en Sentencia T-049 de 2013 le concedió una protección constitucional a la diversidad e identidad cultural de comunidades y grupos étnicos, al afirmar lo siguiente:
“(…) Es claro para esta Corporación que con fundamento en la Constitución Política y en las normas internacionales que consagran el derecho a la identidad étnica y cultural, el Estado tiene la obligación de garantizar los derechos fundamentales de las comunidades étnicas y de promover su autonomía, preservar su existencia e impulsar su desarrollo y fortalecimiento cultural, lo cual implica de manera predominante, la promoción y garantía de una educación especial, diferencial y étnica para estos grupos poblacionales. La jurisprudencia constitucional ha aclarado Página 4 de 10 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8362 • PP. 1-12 • 2025 • JULIO • 8 12
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Al contestar, citar el número:
Radicado: 20252200302143 Fecha: 20-06-2025 RESOLUCIÓN No. 511 DEL 24 DE JUNIO DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la “Invitación cultural para la implementación de la Resolución Conjunta 2664 de 2023 del Sistema de Sitios Sagrados de la comunidad Muisca en la localidad de Suba” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.” igualmente que el derecho fundamental a la diversidad e identidad étnica y cultural de los pueblos indígenas, como todos los demás derechos, no ostenta un carácter absoluto, y que encuentra límites constitucionales en principios fundantes del Estado constitucional de Derecho, tales como la dignidad humana, el pluralismo y la protección de las minorías, que son presupuestos normativos no solo del Estado Social de Derecho sino de la posibilidad misma del pluralismo y de la tolerancia (…)”.
Que de acuerdo con el marco normativo expuesto, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, como cabeza del sector cultura, recreación y deporte, a través de la Dirección de Asuntos Locales y Participación, diseña, estructura y ejecuta estrategias, planes, programas y proyectos orientados a la identificación reconocimiento, fomento, sensibilización, formación, promoción y difusión del arte, la cultura y el patrimonio en los diferentes grupos poblacionales, motivo por el cual se establece la importancia de la incorporación del enfoque diferencial étnico como una estrategia capaz de disminuir brechas de desigualdad, conductas discriminatorias y de exclusión basadas en tensiones asociadas a relaciones de poder y formas negativas de representación e imaginarios culturales.
Que el artículo 202 del Plan Distrital de Desarrollo “Bogotá Camina Segura”, establece:
“(…) Planes de Acción de Política Públicas Étnicas. Para la implementación y seguimiento de los Planes de Acción de las Políticas Públicas Étnicas de la Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales, Palenqueras, Pueblos Indígenas y el Pueblo Rrom o Gitano, aprobadas bajo los documentos CONPES D.C., No. 37, 38, 39 y 40 de 2023, la Administración Pública Distrital, una vez aprobado el Plan Distrital de Desarrollo, deberá definir la asignación específica de los presupuestos de inversión, cuando aplique, de acuerdo con la vigencia fiscal y fuentes de financiación, en concordancia con el Plan Plurianual de Inversión. La implementación de los productos de estas políticas se realizará de manera concertada con las instancias representativas de los pueblos y comunidades étnicas de conformidad con la normatividad vigente”.
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REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8362 • PP. 1-13 • 2025 • JULIO • 8 13
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Al contestar, citar el número:
Radicado: 20252200302143 Fecha: 20-06-2025 RESOLUCIÓN No. 511 DEL 24 DE JUNIO DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la “Invitación cultural para la implementación de la Resolución Conjunta 2664 de 2023 del Sistema de Sitios Sagrados de la comunidad Muisca en la localidad de Suba” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.”
Que dentro de las líneas de fomento se han definido las invitaciones culturales, las cuales se han concebido como aquel mecanismo que busca diversificar la participación de la ciudadanía en el proceso de Fomento, por medio de convocatorias que se adapten a las necesidades particulares o concertaciones con las poblaciones, sectores sociales o agentes de la ciudad, y les permita a las organizaciones, colectivos o personas, encontrar otros medios a través de los cuales acceder a recursos económicos o en especie; así como a espacios que les facilite iniciar, fortalecer o ampliar sus prácticas culturales, artísticas, creativas o patrimoniales.
Que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, reconoce y valora la diversidad étnica y cultural garantizando la integridad de los derechos culturales de los pueblos étnicos residentes en Bogotá, como individuos y sujetos colectivos de derechos fundamentales, respetando su autonomía y generando las condiciones y mecanismos propicias para la participación y concertación efectiva que garanticen una ejecución real y de impacto de las Políticas Públicas Étnicas.
Que con el objetivo de implementar los CONPES precitados, y la Resolución Conjunta 2664 de 2023 “Por la cual se reconoce el Sistema de Sitios Sagrados de la comunidad Muisca - SSSM - y se dictan otras disposiciones” expedida por la Secretaría Distrital de Gobierno, Secretaria Distrital de Planeación y la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte relacionada con el reconocimiento del Sistema de Sitios Sagrados Muiscas - SSSM, el cual está conformado por setenta y ocho (78) sitios y/o elementos identificados en el anexo técnico Mapa No. 1 "Sistema de Sitios Sagrados Muiscas – SSSM; la SCRD cuenta con el proyecto de inversión No. 8027 - Fortalecimiento de la gobernanza territorial, la participación incidente y la atención diferenciada de los grupos étnicos, etarios y sectores sociales desde las prácticas culturales en Bogotá D.C., a cargo de la Dirección de Asuntos Locales y Participación, desarrollando acciones en materia de las estrategias que el Cabildo Indígena Muisca de Suba, mediante concertación han propuesto en el marco del fortalecimiento de la identidad cultural en la ciudad.
Que producto de estas disposiciones se han establecido líneas estratégicas de atención enfocadas a los procesos del arte, la cultura y el patrimonio desde una perspectiva étnica; en consecuencia, la SCRD definió la estructuración y desarrollo de la “Invitación cultural Página 6 de 10 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8362 • PP. 1-14 • 2025 • JULIO • 8 14
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Al contestar, citar el número:
Radicado: 20252200302143 Fecha: 20-06-2025 RESOLUCIÓN No. 511 DEL 24 DE JUNIO DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la “Invitación cultural para la implementación de la Resolución Conjunta 2664 de 2023 del Sistema de Sitios Sagrados de la comunidad Muisca en la localidad de Suba” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.” para la implementación de la Resolución Conjunta 2664 de 2023 del Sistema de Sitios Sagrados de la comunidad Muisca en la localidad de Suba” invitando al Cabildo indígena Muisca de Suba a presentar una iniciativa que busque fortalecer la identidad cultural de esta comunidad, siendo, además, un mecanismo aportante a la protección de la pervivencia cultural y de los derechos de este pueblo originario de la capital.
Que para amparar el incentivo económico que se detalla en la presente invitación cultural, la SCRD cuenta con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal que se cita a continuación:
Responsable Monto total de Valor individual del Comunidad o pueblo étnico No. de incentivos la invitación CDP No. incentivo de la ejecución CATORCE MILLONES DEL PESOS Cabildo indígena Muisca de CATORCE MILLONES DEL PESOS 996 del 26 de marzo del 2025 Uno (1) incentivo económico Cabildo indígena Muisca de Suba Suba M/CTE $14.000.000 M/CTE $14.000.000 Que los requisitos y condiciones específicas de participación de la citada invitación cultural hacen parte integral de la presente resolución y pueden ser consultadas en el micrositio web: https://invitaciones.scrd.gov.co/ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
Que de conformidad con lo anterior y en cumplimiento del marco normativo señalado, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte dispone la apertura a la “Invitación cultural para la implementación de la Resolución Conjunta 2664 de 2023 del Sistema de Sitios Sagrados de la comunidad Muisca en la localidad de Suba”.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo primero.
Ordenar la apertura de la “Invitación cultural para la implementación de la Resolución Conjunta 2664 de 2023 del Sistema de Sitios
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REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8362 • PP. 1-15 • 2025 • JULIO • 8 15
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Al contestar, citar el número:
Radicado: 20252200302143 Fecha: 20-06-2025 RESOLUCIÓN No. 511 DEL 24 DE JUNIO DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la “Invitación cultural para la implementación de la Resolución Conjunta 2664 de 2023 del Sistema de Sitios Sagrados de la comunidad Muisca en la localidad de Suba” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.”
Sagrados de la comunidad Muisca en la localidad de Suba”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo, y de acuerdo con el cronograma establecido para tal fin.
Parágrafo. El incentivo económico a que hace referencia la invitación cultural que se
apertura, se encuentra amparado en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal con No. 996 del 26 de marzo del 2025, relacionado en la parte motiva del presente acto administrativo.
Artículo segundo.
Los requisitos y condiciones de participación de la referida invitación cultural serán publicados en el micrositio web: https://invitaciones.scrd.gov.co/ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
Parágrafo. Las modificaciones a los términos de la Invitación Cultural citada en el
presente acto administrativo se podrá modificar mediante aviso modificatorio que deberá publicarse en el respectivo micrositio web de Invitaciones Culturales de la SCRD (https://invitaciones.scrd.gov.co/), con anterioridad no menor a un (1) día hábil al vencimiento del plazo fijado en el cronograma que se indica en las condiciones de la Invitación Cultural.
Artículo tercero.
Realizar por la Dirección de Asuntos Locales y Participación de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte los trámites correspondientes al desembolso del incentivo económico previsto en la citada invitación cultural de la cual es responsable, de conformidad con el artículo primero del presente acto administrativo, acorde con los procesos y procedimientos definidos en este organismo.
Artículo cuarto.
Publicar por la Dirección de Fomento la presente resolución, así como los requisitos y condiciones de participación de la presente invitación cultural en el micrositio denominado: Invitaciones Culturales de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. Y por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, publicar el contenido de la presente resolución en la Gaceta Distrital y en el Régimen Legal de Bogotá D.C. y en la página web de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
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REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8362 • PP. 1-16 • 2025 • JULIO • 8 16
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Al contestar, citar el número:
Radicado: 20252200302143 Fecha: 20-06-2025 RESOLUCIÓN No. 511 DEL 24 DE JUNIO DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la “Invitación cultural para la implementación de la Resolución Conjunta 2664 de 2023 del Sistema de Sitios Sagrados de la comunidad Muisca en la localidad de Suba” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.”
Artículo quinto.
Comunicar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, el contenido de la presente resolución a través del sistema de gestión documental ORFEO, a la Dirección de Asuntos Locales y Participación, la Dirección de Fomento y al Grupo Interno de Trabajo de Gestión Financiera de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para los trámites de su competencia.
Artículo sexto.
La presente resolución rige a partir del día siguiente a su publicación, y contra este no procede recurso alguno, de conformidad con lo señalado en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.
Dada en Bogotá, D. C., a los veinticuatro (24) días del mes de junio (06) de dos mil veinticinco (2025).
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR Secretario de Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Proyectó: Nelson Eduardo Cortés Castillo - Contratista Dirección de Fomento. Revisó: Edgar Javier Pulido Caro - Contratista Dirección de Fomento. Miguel Ángel Solano Rojas – Contratista Subsecretaría de Gobernanza. Aprobó: Juan Diego Jaramillo Morales – Director de Fomento. Juan Diego Jaramillo Morales – Director de Asuntos Locales y Participación (E). Mario Arturo Suárez Mendoza – Subsecretario de Gobernanza (E). Revisó: Diego Eduardo Beltrán Hernández - Contratista Oficina Jurídica. Revisó y ajustó: Héctor Ricardo Ojeda Sierra - Jefe Oficina Jurídica (E). Documento 20252200302143 firmado electrónicamente por:
Hector Ricardo Ojeda Sierra (E)
Jefe Oficina Juridica (E) Oficina Jurídica Fecha firma: 24-06-2025 16:14:46 Juan Esteban Quintero Paez Contratista Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano Fecha firma: 24-06-2025 16:05:51 Santiago Trujillo Escobar Secretario de Cultura Recreación y Deporte Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Página 9 de 10 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8362 • PP. 1-17 • 2025 • JULIO • 8 17
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Al contestar, citar el número:
Radicado: 20252200302143 Fecha: 20-06-2025 RESOLUCIÓN No. 511 DEL 24 DE JUNIO DE 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la “Invitación cultural para la implementación de la Resolución Conjunta 2664 de 2023 del Sistema de Sitios Sagrados de la comunidad Muisca en la localidad de Suba” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.”
Fecha firma: 24-06-2025 15:51:24 Diego Eduardo Beltrán Hernández Contratista Oficina Jurídica Fecha firma: 24-06-2025 15:42:57 Maritza Alejandra Rozo Ruiz Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano Fecha firma: 24-06-2025 12:06:48 Fecha firma: 24-06-2025 12:06:48 Sharon Nicole Rodríguez Perdomo Profesional Universitario - Numeración y Fechado Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano Fecha firma: 24-06-2025 12:04:13 Mario Arturo Suárez Mendoza (E)
Subsecretarío de Gobernanza (E) Subsecretaría de Gobernanza Fecha firma: 24-06-2025 11:26:04 Miguelangel Solano Rojas Contratista Subsecretaría de Gobernanza Fecha firma: 24-06-2025 10:38:45 Juan Diego Jaramillo Morales (E)
Director de Asuntos Locales y Participación (E) Dirección de Asuntos Locales y Participación Fecha firma: 24-06-2025 07:44:56 Juan Diego Jaramillo Morales Director de Fomento Dirección de Fomento Fecha firma: 24-06-2025 07:33:58 Edgar Javier Pulido Caro Contratista Dirección de Fomento Fecha firma: 20-06-2025 18:40:45 Nelson Eduardo Cortes Castillo Contratista Dirección de Fomento Fecha firma: 20-06-2025 17:54:25 209ed925dcf371ecc793f5db3bd7e6d7dd2855d9f1588e5db58c798d0aed4513 Codigo de Verificación CV: 61ad2 Página 10 de 10 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8362 • PP. 1-18 • 2025 • JULIO • 8 18 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8362 • PP. 1-19 • 2025 • JULIO • 8 19 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8362 • PP. 1-20 • 2025 • JULIO • 8 20 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8362 • PP. 1-21 • 2025 • JULIO • 8 21 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8362 • PP. 1-22 • 2025 • JULIO • 8 22
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