Registro Distrital 8357 de 2025
Registro Distrital 8357 de 2025 Nivel Distrital
- Tipo
- Registro Distrital
- Número
- 8357
- Año
- 2025
- Fecha
- 2 de julio de 2025
- Entidad
- Nivel Distrital
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
5,5 ALCALDE MAYOR Carlos Fernando Galán Pachón REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 • No. 8357 - Pp 1 - 202 - 2025 • JULIO • 2 CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Central EMPRESA DE RENOVACIÓN Y DESARROLLO URBANO DE BOGOTÁ D. C. RESOLUCIÓN Nº 160 “Por la cual se delega la representación legal y la ordenación del gasto para la suscripción de los acuerdos de voluntades necesarios para la devolución de los recursos consignados a la Empresa por los ocupantes del asentamiento denominado “Brisas del Tintal””.....................................................................83 RESOLUCIONES 2025 SECRETARÍA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN Nº 304 “Por la cual se autoriza a la Dirección de Lectura y Bibliotecas de la SCRD, realizar las acciones necesarias para el cierre temporal de la Biblioteca Pública Manuel Zapata Olivella el Tintal” de la Red de Bibliotecas Públicas de Bogotá
- Biblored........................................................................................................5 RESOLUCIÓN Nº 480 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación cultural para la implementación de los acuerdos de Consulta Previa - Plan de Vida Muisca de Bosa, fortalecimiento de la identidad cultural Muisca, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”..................................................................13 RESOLUCIÓN Nº 484 “Por medio de la cual se ordena la apertura de los “Laboratorios de Oportunidades Culturales de Barrios Vivos – Fase 1” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”...................................................................23 SECRETARÍA GENERAL RESOLUCIÓN Nº 246 “Por la cual se hace un nombramiento provisional”........................................32 RESOLUCIÓN Nº 247 “Por la cual se hace un nombramiento provisional”........................................35 SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DISTRITAL RESOLUCIÓN Nº 002 “Por la cual se incorporan, modifican y eliminan del Manual de Procesos y Procedimientos de la SED, documentos de diferentes áreas y se dictan otras disposiciones”...................................................................................................38 RESOLUCIÓN Nº 011 “Por la cual se unifica el reconocimiento de carácter oficial del Colegio Los Alpes IED, se autoriza el cambio de nombre de las sedes a y b, y la creación de la sede c”....................................................................................................50 SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL RESOLUCIÓN Nº 1831 “Por la que se modifica el artículo segundo de la Resolución No 0048 de 2025 y se dictan otras disposiciones”.........................................................................53 RESOLUCIÓN Nº 1835 “Por la cual se dispone el levantamiento del estado suspensión en el Sistema de registro de beneficiarios – SIRBE de las personas que están en el servicio Transferencias para personas con discapacidad que fueron suspendidas en virtud de lo establecido en el literal d) del artículo 2º de la Resolución No. 1751 del 21 de agosto de 2024, modificada por la Resolución 2567 del 29 de noviembre de 2024que actualmente registran estado A1 a C9 en el SISBEN IV”...................59 SECRETARÍA DISTRITAL DE PLANEACIÓN - CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL - CONFIS RESOLUCIÓN Nº 04 “Por la cual se aprueba una distribución parcial de la Disponibilidad Final por $43.048.591.553 y una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2025 por $205.285.128 de la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur E.S.E.”...........................................................................................68 Sector Descentralizado UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL RESOLUCIÓN Nº 0002 “Por la cual se efectúa un nombramiento ordinario”........................................89 RESOLUCIÓN Nº 003 “Por la cual se efectúa un nombramiento provisional en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”..........................91 RESOLUCIÓN Nº 004 “Por la cual se efectúa un nombramiento provisional en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”.............................94 RESOLUCIÓN Nº 0015 “Por la cual se efectúa un nombramiento provisional en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”.............................97 RESOLUCIÓN Nº 020 “Por la cual se efectúan unos nombramientos en encargo en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”................99 RESOLUCIÓN Nº 027 “Por la cual se efectúan unos nombramientos provisionales en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”................106 RESOLUCIÓN Nº 100 “Por la cual se efectúan unos nombramientos en encargo en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”..........110 RESOLUCIÓN Nº 139 “Por la cual se efectúa un nombramiento en encargo en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”............................114 RESOLUCIONES 2024 RESOLUCIÓN Nº 0574 “Por la cual se efectúa un nombramiento ordinario”.......................................117 RESOLUCIÓN Nº 0590 “Por la cual se efectúa un nombramiento provisional en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”.........................119 RESOLUCIÓN Nº 0595 “Por la cual se efectúa un nombramiento provisional en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”...............................122 RESOLUCIÓN Nº 0597 “Por la cual se efectúa un nombramiento ordinario”....................................125 RESOLUCIÓN Nº 0697 “Por la cual se termina y se efectúa un nombramiento en encargo en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”.....127 RESOLUCIÓN Nº 0698 “Por la cual se termina y se efectúa un nombramiento en encargo en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”.....131 RESOLUCIÓN Nº 0699 “Por la cual se termina y se efectúa un nombramiento en encargo en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”.....135 RESOLUCIÓN Nº 0700 “Por la cual se efectúa un nombramiento en encargo y se declara una vacancia temporal en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”........................................................................................139 RESOLUCIÓN Nº 0701 “Por la cual se efectúa un nombramiento en encargo y se declara una vacancia temporal en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”...........................................................................................143 RESOLUCIÓN Nº 0713 “Por la cual se efectúa un nombramiento en encargo y se declara una vacancia temporal en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”...........................................................................................147 AGENCIA DISTRITAL PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR, LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA “ATENEA” - SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DISTRITAL RESOLUCIÓN CONJUNTA Nº 01 “Por la cual da apertura al proceso de convocatoria pública para la designación del representante de los estudiantes (2025 -2027) ante el Consejo Directivo de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea”...........................................................................................................74 CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Descentralizado RESOLUCIÓN Nº 0717 “Por la cual se termina y se efectúa un nombramiento en encargo en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”......151 RESOLUCIÓN Nº 0720 “Por la cual se efectúa un nombramiento en encargo y se declara una vacancia temporal en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”..........................................................................................155 RESOLUCIÓN Nº 0722 “Por la cual se efectúa un nombramiento en encargo y se declara una vacancia temporal en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”..........................................................................................159 RESOLUCIÓN Nº 0725 “Por la cual se efectúa un nombramiento provisional en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”..........................163 RESOLUCIÓN Nº 0726 “Por la cual se efectúa un nombramiento provisional en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”.........................166 RESOLUCIÓN Nº 0727 “Por la cual se efectúa un nombramiento en encargo y se declara una vacancia temporal en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”...........................................................................................169 RESOLUCIÓN Nº 0810 “Por la cual se efectúa un nombramiento provisional en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”..........................173 RESOLUCIÓN Nº 0820 “Por la cual se efectúa un nombramiento provisional en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”.........................176 RESOLUCIÓN Nº 0821 “Por la cual se efectúa un nombramiento provisional en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”..........................179 RESOLUCIÓN Nº 0826 “Por la cual se efectúa un nombramiento provisional en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”.........................182 RESOLUCIÓN Nº 0838 “Por la cual se efectúan unos nombramientos en encargo en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”..........185 RESOLUCIÓN Nº 0888 “Por la cual se efectúa un nombramiento provisional en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”.........................191 RESOLUCIÓN Nº 0913 “Por la cual se efectúa un nombramiento provisional en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”.........................194 RESOLUCIÓN Nº 0978 “Por la cual se efectúa un nombramiento provisional en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”.........................197 RESOLUCIÓN Nº 0979 “Por la cual se efectúa un nombramiento en encargo y se declara una vacancia temporal en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”............................................................................................200 AÑO 59 NÚMERO 8357 2 • JULIO • 2025 SECRETARÍA GENERAL ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL.
LA PUBLICACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS EN EL REGISTRO DISTRITAL SE REALIZA DE ACUERDO A LA LEY 1437 DEL 2011 EN SU ARTÍCULO 65 MODIFICADO POR LA LEY 2080 DE 2021 “POR LA CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO”.
CORREO: REGISTRODISTRITAL@ALCALDIABOGOTA.GOV.CO DIRECCIÓN: CALLE 11 SUR #1-60 ESTE - LA MARÍA - BOGOTÁ D.C.
TELÉFONO: 381 3000 EXT. 5010 - 5202 SUBDIRECTORA IMPRENTA DISTRITAL: MAURO RODRIGO PALTA CERÓN RESOLUCIONES DE 2025 *20258000232813* Radicado: 20258000232813 Fecha: 15-05-2025 RESOLUCIÓN No. 304 DEL 16 DE MAYO DE 2025.
“Por la cual se autoriza a la Dirección de Lectura y Bibliotecas de la SCRD, realizar las acciones necesarias para el cierre temporal de la Biblioteca Pública Manuel Zapata Olivella el Tintal” de la Red de Bibliotecas Públicas de Bogotá – Biblored.
EL SECRETARIO DE DESPACHO En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Acuerdo Distrital 257 de 2006, el Decreto Distrital 037 de 2017 y el Decreto Distrital 340 de 2020 modificado por el Decreto Distrital 400 de 2022.
CONSIDERANDO:
Que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte tiene por objeto orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculadas y la sociedad civil.
Que dentro de las funciones del Despacho de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, le corresponde articular las acciones de la administración distrital tanto en el sector como a nivel intersectorial en materia de su competencia y dirigir las intervenciones culturales, recreativas y deportivas integrales, promoviendo las transformaciones culturales necesarias para la Administración Distrital y la sociedad con el fin de garantizar el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de los deberes, así como para incorporar lo cultural, lo recreativo y deportivo en políticas y planes sectoriales, territoriales y poblacionales. Adicionalmente, también le asiste como competencia las demás que le atribuya la ley, los acuerdos, decretos y reglamentos distritales vigentes, de acuerdo con su naturaleza.
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REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-5 • 2025 • JULIO • 2 5 *20258000232813* Radicado: 20258000232813 Fecha: 15-05-2025 RESOLUCIÓN No. 304 DEL 16 DE MAYO DE 2025.
“Por la cual se autoriza a la Dirección de Lectura y Bibliotecas de la SCRD, realizar las acciones necesarias para el cierre temporal de la Biblioteca Pública Manuel Zapata Olivella el Tintal” de la Red de Bibliotecas Públicas de Bogotá – Biblored.
Que el artículo 22 del Decreto Distrital 340 de 2020, establece que la Dirección de Lectura y Bibliotecas de la SCRD tiene las siguientes funciones:
"Artículo 22º.- Dirección de Lectura y Bibliotecas. Son funciones de la Dirección de Lectura y Bibliotecas, las siguientes:
(…) c) Dirigir la operación, el fortalecimiento, la modernización y el desarrollo de la Red Distrital de Bibliotecas Públicas de Bogotá D.C., de conformidad con el Acuerdo Distrital 644 de 2016 y el Decreto Distrital 624 de 2016, y demás normas que lo complementen o lo modifiquen.
(…) m) Coordinar con Biblored las estrategias de cooperación interinstitucional en los territorios para promover a nivel local el desarrollo de los servicios bibliotecarios y los programas de lectura, escritura y cultura digital.
Que la Red Distrital de Bibliotecas Públicas de Bogotá – Biblored está conformada por 150 espacios de lectura compuestos por 6 Bibliotecas Mayores, 27 Bibliotecas locales, de barrio y carcelarias, 1 Biblioteca Digital, 12 Bibloestaciones, 95 PPP, 4 Salas de Lectura, 2 módulos bibliotecas de la confianza, 2 bibliotecas itinerantes y 1 Biblomóvil, a través de los cuales se prestan los servicios básicos y complementarios, se promueve y facilita el aprendizaje entre los ciudadanos desde el nacimiento, y a lo largo de la vida, a través del fortalecimiento de las capacidades de los usuarios para acercarse a las prácticas artísticas, la lectura, la escritura y la apropiación del conocimiento. Además, reconoce la importancia de eliminar brechas sociales y emprende estrategias que incluyen la alfabetización inclusiva y las actividades de extensión bibliotecaria, entre otros programas.
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REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-6 • 2025 • JULIO • 2 6 *20258000232813* Radicado: 20258000232813 Fecha: 15-05-2025 RESOLUCIÓN No. 304 DEL 16 DE MAYO DE 2025.
“Por la cual se autoriza a la Dirección de Lectura y Bibliotecas de la SCRD, realizar las acciones necesarias para el cierre temporal de la Biblioteca Pública Manuel Zapata Olivella el Tintal” de la Red de Bibliotecas Públicas de Bogotá – Biblored.
Que dentro de dichos espacios de lectura se encuentra la Biblioteca Pública Manuel Zapata Olivella el Tintal, la cual se encuentra ubicada en el suroccidente de Bogotá en la localidad de Kennedy.
Que desde su apertura, la Biblioteca el Tintal ha atendido a las personas que habitan en las localidades de Kennedy, Bosa y Fontibón. Gracias a su ubicación estratégica, cuenta con ciclorutas y caminos vecinales como La Alameda, El Porvenir y la cicloruta de la Avenida Ciudad de Cali. Durante los últimos años, la Biblioteca se ha constituido en un lugar que brinda acceso al conocimiento, la información y a las manifestaciones de la cultura, a través de servicios y programas diseñados de acuerdo con las necesidades de sus usuarios.
Que le corresponde a la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte a través de la Dirección de Lectura y Bibliotecas y su programa Biblored, mantener la prestación del servicio público en las bibliotecas, en condiciones adecuadas en sus servicios bibliotecarios y en su infraestructura física.
Que la Dirección de Lectura y Bibliotecas de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte suscribió el contrato No. 790 de 2024 con WRUSSY INGENIEROS S.A.S, cuyo objeto es el “Mejoramiento del cielo raso en la Biblioteca Manuel Zapata Olivella - El Tintal y suministro e instalación de cableado estructurado y puntos de red para siete bibliotecas públicas de Bogotá, en el marco del proyecto de regalías con código BPIN 2023011010004 "Fortalecimiento de la Red Distrital de Bibliotecas Públicas - BibloRed de Bogotá".
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REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-7 • 2025 • JULIO • 2 7 *20258000232813* Radicado: 20258000232813 Fecha: 15-05-2025 RESOLUCIÓN No. 304 DEL 16 DE MAYO DE 2025.
“Por la cual se autoriza a la Dirección de Lectura y Bibliotecas de la SCRD, realizar las acciones necesarias para el cierre temporal de la Biblioteca Pública Manuel Zapata Olivella el Tintal” de la Red de Bibliotecas Públicas de Bogotá – Biblored.
Que con ocasión de las obras de mejoramiento del cielo raso y suministro e instalación de cableado estructurado en la Biblioteca el Tintal, se debe trasladar el mobiliario existente en la sala general, la sala de distrito gráfico, el centro aprende y sus equipos tiflotécnicos, así como la sala infantil, al primer piso de las Instalaciones de la Biblioteca.
Que con el objetivo de agilizar el proceso de intervención del techo de la sala general, el mezanine (coordinación, sistemas, colecciones, CAU, sala de capacitación y sala de medios audiovisuales), ante las dificultades generadas por el polvo articulado producto del desmonte del techo del primer piso, así como el ruido que genera el montaje del nuevo techo, con el fin de garantizar el cumplimiento de los tiempos definidos para la ejecución del contrato 790 de 2024 y a la vez proteger a los funcionarios de la Red y usuarios de la cantidad de partículas que genera este proceso de cambio de cielo raso, se considera necesario el cierre temporal de la Biblioteca Pública Manuel Zapata Olivella el Tintal, desde el 20 de mayo de 2025 hasta el día 07 de julio de 2025.
Que tal y como lo documenta la Dirección de Lectura y Bibliotecas de este organismo, se hace necesario el cierre temporal de la Biblioteca Pública en cita, para garantizar las acciones necesarias en la ejecución del contrato referenciado y la garantía de no generar molestias en la operación de la misma.
Que, con base en lo expuesto en párrafo anterior, respecto al cierre temporal de la Biblioteca el Tintal, se continuara con la prestación de los servicios y programas desde diferentes espacios de la Red, ubicando al personal de Biblored manera temporal en diferentes bibliotecas locales, de barrio y mayores.
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REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-8 • 2025 • JULIO • 2 8 *20258000232813* Radicado: 20258000232813 Fecha: 15-05-2025 RESOLUCIÓN No. 304 DEL 16 DE MAYO DE 2025.
“Por la cual se autoriza a la Dirección de Lectura y Bibliotecas de la SCRD, realizar las acciones necesarias para el cierre temporal de la Biblioteca Pública Manuel Zapata Olivella el Tintal” de la Red de Bibliotecas Públicas de Bogotá – Biblored.
Que aunado a ello, con el personal de Biblored se estarán adelantando las acciones de formación en otros espacios bibliotecarios de la Red, seguimiento a los usuarios morosos, apoyo a los servicios especializados, generando el desarrollo de acciones en el territorio de la localidad de Kennedy, con el fin de mantener algunos temas estadísticos y generar un posicionamiento mayor en las UPZ y barrios donde la Biblioteca no tiene presencia institucional; igualmente, se mantendrá el servicio de préstamo a domicilio fortaleciendo los equipos de las bibliotecas mayores con los servicios de mensajería motorizada.
Que, en el mismo sentido, desde la Biblioteca de Fontibón, se coordinarán las ferias de servicio, reuniones locales, acompañamiento a Bibloestaciones, PPP y Bibliomovil y se coordinara todo lo relacionado con el descargue de buzón y recepción de periódicos y revistas; con el fin de garantizar la normal prestación del servicio público.
Que, en consecuencia resulta pertinente autorizar a la DLB, las acciones necesarias para disponer el cierre temporal de la Biblioteca Pública Manuel Zapata Olivella el Tintal, ubicada en el suroccidente de Bogotá, en la localidad de Kennedy.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo Primero: Autorizar a la Dirección de Lectura y Bibliotecas de este organismo, la realización de las acciones necesarias para el cierre temporal de la Biblioteca Pública Manuel Zapata Olivella el Tintal, ubicada en el suroccidente de Bogotá, en la localidad de Página 5 de 8 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-9 • 2025 • JULIO • 2 9 *20258000232813* Radicado: 20258000232813 Fecha: 15-05-2025 RESOLUCIÓN No. 304 DEL 16 DE MAYO DE 2025.
“Por la cual se autoriza a la Dirección de Lectura y Bibliotecas de la SCRD, realizar las acciones necesarias para el cierre temporal de la Biblioteca Pública Manuel Zapata Olivella el Tintal” de la Red de Bibliotecas Públicas de Bogotá – Biblored.
Kennedy a partir del 20 de mayo de 2025 hasta el 17 de julio de 2025, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo.
Artículo Segundo: Garantizar la prestación del servicio público que se anuncia en el presente, mediante los mecanismos dispuestos por la Dirección de Lectura y Bibliotecas de la Secretaría, como responsable entre otras funciones la que corresponde a la operación de las Bibliotecas.
Artículo Tercero: Comunicar por parte de la Dirección de Lectura y Bibliotecas mediante mecanismos idóneos al operador, personal asignado y los beneficiarios de la Biblioteca, cuyo cierre temporal es inminente, con la información detallada mediante la cual se garantiza la prestación del servicio, tal y como se describe en la parte motiva del presente acto.
Artículo Cuarto: Publicar por la Dirección de Gestión Corporativa de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, el presente acto administrativo en la página de Régimen Legal.
Artículo Quinto: Publicar por la Oficina Asesora de Comunicaciones de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, el contenido del presente acto administrativo en la intranet y en la página web de la entidad.
Artículo Sexto: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y tendrá vigencia mientras se ejecutan las obras necesarias para el mejoramiento del cielo raso de la Biblioteca Manuel Zapata Olivella - El Tintal y el suministro e instalación de cableado Página 6 de 8 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-10 • 2025 • JULIO • 2 10 *20258000232813* Radicado: 20258000232813 Fecha: 15-05-2025 RESOLUCIÓN No. 304 DEL 16 DE MAYO DE 2025.
“Por la cual se autoriza a la Dirección de Lectura y Bibliotecas de la SCRD, realizar las acciones necesarias para el cierre temporal de la Biblioteca Pública Manuel Zapata Olivella el Tintal” de la Red de Bibliotecas Públicas de Bogotá – Biblored. estructurado y puntos de red, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo y contra la misma no procede recurso alguno en los términos del CPACA.
COMUNÍQUESE, PUBLIQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, a los dieciséis (16) días de mayo (05) de dos mil veinticinco (2025).
SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR Secretario de Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Proyectó: Stephany Johanna Ñañez Pabón - Contratista DLB Revisó: Enzo Rafael Ariza Ayala - Contratista DLB Revisó: Helena Carvajal Chaves - Contratista DLB Revisó: Andrea Victorino Ramirez - Director DLB Revisó y ajustó: Sandra Patricia Castiblanco – Directora Corporativa y relación con el ciudadano Revisó y ajusto: Sandra Margoth Vélez Abelló - Jefe Oficina Jurídica Documento 20258000232813 firmado electrónicamente por:
Diego Javier Aguilar Sanchez Contratista Dirección de Lectura y Bibliotecas Fecha firma: 16-05-2025 18:20:57 Sharon Nicole Rodríguez Perdomo Jefe de Oficina Jurídica Oficina Jurídica Profesional Universitario - Numeración y Fechado Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano Fecha firma: 16-05-2025 16:31:09 Santiago Trujillo Escobar Secretario de Cultura, Recreación y Deporte Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Fecha firma: 16-05-2025 16:18:52 Sandra Margoth Vélez Abello Página 7 de 8 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-11 • 2025 • JULIO • 2 11 *20258000232813* Radicado: 20258000232813 Fecha: 15-05-2025 RESOLUCIÓN No. 304 DEL 16 DE MAYO DE 2025.
“Por la cual se autoriza a la Dirección de Lectura y Bibliotecas de la SCRD, realizar las acciones necesarias para el cierre temporal de la Biblioteca Pública Manuel Zapata Olivella el Tintal” de la Red de Bibliotecas Públicas de Bogotá – Biblored.
Fecha firma: 16-05-2025 16:03:25 Sandra Patricia Castiblanco Monroy Directora de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano Fecha firma: 16-05-2025 10:58:48 Bibiana Andrea Victorino Ramírez Dirección de Lectura y Bibliotecas Fecha firma: 15-05-2025 16:44:18 Fecha firma: 15-05-2025 16:44:18 Enzo Rafael Ariza Ayala Contratista Dirección de Lectura y Bibliotecas Fecha firma: 15-05-2025 16:39:18 Doris Helena Carvajal Chaves Contratista Dirección de Lectura y Bibliotecas Fecha firma: 15-05-2025 16:36:32 Stephany Johanna Ñañez Pabón Contratista Dirección de Lectura y Bibliotecas Fecha firma: 15-05-2025 16:35:50 de2e3c2cd71eb5d6d08863b7350f71e22d189f8923d8fa0da566ed3073a98e12 Codigo de Verificación CV: 5d0c5 Página 8 de 8 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-12 • 2025 • JULIO • 2 12 20252200295 383 Radicado: *20252200295383* Fecha: 18-06-2025 RESOLUCIÓN No. 480 DE 18 DE JUNIO 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación cultural para la implementación de los acuerdos de Consulta Previa - Plan de Vida Muisca de Bosa, fortalecimiento de la identidad cultural Muisca, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
EL SECRETARIO DE DESPACHO De la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Decreto Distrital No. 340 de 2020, modificado por el Decreto Distrital 400 de 2022
CONSIDERANDO:
Que los artículos 70 y 71 de la Constitución Política de Colombia, establecen el deber del Estado de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades y otorga la competencia para establecer mecanismos positivos para fomentar el desarrollo artístico, cultural y patrimonial de la Nación.
Que el numeral 3 del artículo 1° de la Ley 397 de 1997, “Por la cual se desarrollan los artículos 70, 71 y 72 y demás artículos concordantes de la Constitución Política y se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura y se trasladan algunas dependencias.” señala que:
“(…) El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de reconocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación colombiana (…)”.
Que la ley en cita en su artículo 17 señala:
“(…) DEL FOMENTO. El Estado a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, fomentará las artes en todas sus expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas, como elementos del diálogo, el intercambio, la participación y como expresión libre y primordial del pensamiento del ser humano que construye en la convivencia pacífica.”.
Que así mismo, el artículo 18 de la mencionada ley establece:
Página 1 de 10 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-13 • 2025 • JULIO • 2 13 20252200295 383 Radicado: *20252200295383* Fecha: 18-06-2025 RESOLUCIÓN No. 480 DE 18 DE JUNIO 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación cultural para la implementación de los acuerdos de Consulta Previa - Plan de Vida Muisca de Bosa, fortalecimiento de la identidad cultural Muisca, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
"(…) El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos especiales y promocionará la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales. Para tal efecto establecerá, entre otros programas, bolsas de trabajo, becas, premios anuales, concursos, festivales, talleres de formación artística, apoyo a personas y grupos dedicados a actividades culturales, ferias, exposiciones, unidades móviles de divulgación cultural, y otorgará incentivos y créditos especiales para artistas sobresalientes, así como para integrantes de las comunidades locales en el campo de la creación, la ejecución, la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo (…)”.
Que el Decreto Distrital 340 de 2020, “Por el cual se modifica la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y se dictan otras disposiciones” señala que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, tiene por objeto:
“(…) orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculadas y la sociedad civil (…)”.
Que el artículo 3º, literal (j) del Decreto Distrital 340 de 2020, señala que, dentro de las funciones de esta Secretaría, está la de: “(…) Gestionar la ejecución de las políticas, planes y proyectos culturales y artísticos, con el fin de garantizar el efectivo ejercicio de los derechos culturales y fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo (…)”.
Que el artículo 15 del Decreto Distrital 340 de 2020, establece como función de la Dirección de Asuntos Locales y Participación de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD la de: “(…) f. Diseñar y ejecutar estrategias, planes, programas y proyectos orientados a la identificación reconocimiento, fomento, Página 2 de 10 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-14 • 2025 • JULIO • 2 14 20252200295 383 Radicado: *20252200295383* Fecha: 18-06-2025 RESOLUCIÓN No. 480 DE 18 DE JUNIO 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación cultural para la implementación de los acuerdos de Consulta Previa - Plan de Vida Muisca de Bosa, fortalecimiento de la identidad cultural Muisca, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte” sensibilización, formación, promoción y difusión del arte, la cultura y el patrimonio en los diferentes grupos poblacionales (…)”.
Que el reconocimiento del fomento a la cultura como elemento central de protección y promoción de los Derechos Humanos, ha propiciado por la creación de esquemas de política pública que buscan materializar el mandato constitucional de promover la protección, desarrollo y difusión de la cultura mediante la adopción de medidas que faciliten el ejercicio de sus derechos por parte de todas las comunidades. Así las cosas, la SCRD, establece el proceso misional del fomento a la cultural, como el conjunto de programas impulsados desde las entidades públicas que conforman el sector, con el propósito de promover, reconocer y fortalecer las prácticas artísticas, culturales y patrimoniales de la ciudadanía; garantizando un impacto integral e incluyente sobre la ciudad y favoreciendo el ejercicio libre y creativo de los derechos culturales.
Que la Ley 21 de 1991 “Por medio de la cual se aprueba el Convenio número 169 sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes, adoptado por la 76ª. reunión de la Conferencia General de la O.I.T., Ginebra 1989”, en su artículo 3, numeral 1, establece:
“(…) Los pueblos indígenas y tribales deberán gozar plenamente de los derechos humanos y libertades fundamentales, sin obstáculos ni discriminación. Las disposiciones de este Convenio se aplicarán sin discriminación a los hombres y mujeres de esos pueblos (…)”
Que los artículos 6 y 7 de la Ley 21 de 1991 establecen:
“Artículo 6 Al aplicar las disposiciones del presente Convenio, los gobiernos deberán: a) Consultar a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente; b) Establecer los medios a través de los cuales los pueblos interesados puedan participar libremente, por lo menos en la misma medida que otros Página 3 de 10 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-15 • 2025 • JULIO • 2 15 20252200295 383 Radicado: *20252200295383* Fecha: 18-06-2025 RESOLUCIÓN No. 480 DE 18 DE JUNIO 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación cultural para la implementación de los acuerdos de Consulta Previa - Plan de Vida Muisca de Bosa, fortalecimiento de la identidad cultural Muisca, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte” sectores de la población, y a todos los niveles en la adopción de decisiones en instituciones electivas y organismos administrativos y de otra índole responsables de políticas y programas que les conciernan; c) Establecer los medios para el pleno desarrollo de las instituciones e iniciativas de esos pueblos y en los casos apropiados proporcionar los recursos necesarios para este fin.
2. Las consultas llevadas a cabo en aplicación de este Convenio deberán efectuarse de buena fe y de una manera apropiada a las circunstancias, con la finalidad de llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento acerca de las medidas propuestas.
Artículo 7.
1. Los pueblos interesados deberán tener el derecho de decidir sus propias prioridades en lo que atañe al proceso de desarrollo, en la medida en que éste afecte a sus vidas, creencias, instituciones y bienestar espiritual y a las tierras que ocupan o utilizan de alguna manera, y de controlar, en la medida de lo posible, su propio desarrollo económico, social y cultural. Además, dichos pueblos deberán participar en la formulación, aplicación y evaluación de los planes y programas de desarrollo nacional y regional susceptibles de afectarles directamente (...)”
Que de conformidad con lo anterior, la Corte Constitucional en la sentencia T-1340 de 2001, establece que el principio de la diversidad étnica y cultural sustenta la constitucionalidad de la protección especial del estado a favor de las comunidades indígenas, en los siguientes términos:
“(…) La Constitución de 1991, estableció una protección especial del Estado a favor de la comunidad indígena, mediante ésta, se concede a sus miembros todos los derechos que se reconocen a los demás ciudadanos, prohibiendo cualquier forma de discriminación en su contra, pero además, y en aras de proteger la diversidad cultural, se le otorgan ciertos derechos radicados en la comunidad como ente colectivo, esto con el fin, de lograr Página 4 de 10 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-16 • 2025 • JULIO • 2 16 20252200295 383 Radicado: *20252200295383* Fecha: 18-06-2025 RESOLUCIÓN No. 480 DE 18 DE JUNIO 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación cultural para la implementación de los acuerdos de Consulta Previa - Plan de Vida Muisca de Bosa, fortalecimiento de la identidad cultural Muisca, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte” una igualdad material en favor de este grupo social minoritario y de proteger la igualdad ante la diversidad étnica y cultural de la Nación (…)”
Que de igual manera, la Corte Constitucional en Sentencia T-049 de 2013 le concedió una protección constitucional a la diversidad e identidad cultural de comunidades y grupos étnicos, al afirmar lo siguiente:
“(…) Es claro para esta Corporación que con fundamento en la Constitución Política y en las normas internacionales que consagran el derecho a la identidad étnica y cultural, el Estado tiene la obligación de garantizar los derechos fundamentales de las comunidades étnicas y de promover su autonomía, preservar su existencia e impulsar su desarrollo y fortalecimiento cultural, lo cual implica de manera predominante, la promoción y garantía de una educación especial, diferencial y étnica para estos grupos poblacionales. La jurisprudencia constitucional ha aclarado igualmente que el derecho fundamental a la diversidad e identidad étnica y cultural de los pueblos indígenas, como todos los demás derechos, no ostenta un carácter absoluto, y que encuentra límites constitucionales en principios fundantes del Estado constitucional de Derecho, tales como la dignidad humana, el pluralismo y la protección de las minorías, que son presupuestos normativos no solo del Estado Social de Derecho sino de la posibilidad misma del pluralismo y de la tolerancia (…)”.
Que de acuerdo con el marco normativo expuesto, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, como cabeza del sector cultura, recreación y deporte, a través de la Dirección de Asuntos Locales y Participación, diseña, estructura y ejecuta estrategias, planes, programas y proyectos orientados a la identificación reconocimiento, fomento, sensibilización, formación, promoción y difusión del arte, la cultura y el patrimonio en los diferentes grupos poblacionales, motivo por el cual se establece la importancia de la incorporación del enfoque diferencial étnico como una estrategia capaz de disminuir brechas de desigualdad, conductas discriminatorias y de exclusión basadas en tensiones asociadas a relaciones de poder y formas negativas de representación e imaginarios culturales.
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Que el artículo 202 del Plan Distrital de Desarrollo “Bogotá Camina Segura”, establece:
“(…) Planes de Acción de Política Públicas Étnicas. Para la implementación y seguimiento de los Planes de Acción de las Políticas Públicas Étnicas de la Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales, Palenqueras, Pueblos Indígenas y el Pueblo Rrom o Gitano, aprobadas bajo los documentos CONPES D.C., No. 37, 38, 39 y 40 de 2023, la Administración Pública Distrital, una vez aprobado el Plan Distrital de Desarrollo, deberá definir la asignación específica de los presupuestos de inversión, cuando aplique, de acuerdo con la vigencia fiscal y fuentes de financiación, en concordancia con el Plan Plurianual de Inversión. La implementación de los productos de estas políticas se realizará de manera concertada con las instancias representativas de los pueblos y comunidades étnicas de conformidad con la normatividad vigente”.
Que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, reconoce y valora la diversidad étnica y cultural garantizando la integridad de los derechos culturales de los pueblos étnicos residentes en Bogotá, como individuos y sujetos colectivos de derechos fundamentales, respetando su autonomía y generando las condiciones y mecanismos propicias para la participación y concertación efectiva que garanticen una ejecución real y de impacto de las Políticas Públicas Étnicas.
Que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, mediante el Acuerdo No 18 protocolizado a través del acta del 29 de mayo de 2019, acordó que, “Una vez el Plan de Vida esté construido, la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte y sus entidades adscritas y vinculadas, destinarán recursos técnicos y/o financieros dentro de sus programas y/o proyectos que atenderán los componentes pertinentes en el Plan de Vida”.
Que resultado de estos acuerdos fueron establecidas líneas estratégicas de atención relacionadas a procesos de arte, cultura y patrimonio aplicados al enfoque étnico. En consecuencia, se define el desarrollo de la invitación cultural focalizada para la “implementación de los acuerdos de Consulta Previa - Plan de Vida Muisca de Bosa, fortalecimiento de la identidad cultural Muisca”, invitando a la Comunidad indígena MUISCA DE BOSA a presentar una iniciativa que busque fortalecer la identidad cultural Página 6 de 10 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-18 • 2025 • JULIO • 2 18 20252200295 383 Radicado: *20252200295383* Fecha: 18-06-2025 RESOLUCIÓN No. 480 DE 18 DE JUNIO 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación cultural para la implementación de los acuerdos de Consulta Previa - Plan de Vida Muisca de Bosa, fortalecimiento de la identidad cultural Muisca, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte” de esta comunidad, siendo, además, un mecanismo aportante a la protección de la pervivencia cultural y de los derechos de este pueblo originario de la capital.
Que para amparar el incentivo económico que se detalla en la presente invitación cultural, la SCRD cuenta con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal que se cita a continuación:
Responsable Monto total Valor individual del CDP Comunidad o pueblo étnico N.º de Incentivos incentivo de la ejecución de la invitación Comunidad No. 995 del 26 $ 44.000.000 $ 44.000.000 de marzo del indígena MUISCA DE Pueblo indígena Muisca de Uno (1) incentivo económico 2025 BOSA Bosa Que los requisitos y condiciones específicas de participación de la citada invitación cultural hacen parte integral de la presente resolución y pueden ser consultadas en el micrositio web: https://invitaciones.scrd.gov.co/ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
Que de conformidad con lo anterior y en cumplimiento del marco normativo señalado, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte dispone la apertura a la “Invitación cultural para la implementación de los acuerdos de Consulta Previa - Plan de Vida Muisca de Bosa, fortalecimiento de la identidad cultural Muisca”.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo primero.
Ordenar la apertura de la “Invitación cultural para la implementación de los acuerdos de Consulta Previa - Plan de Vida Muisca de Bosa, fortalecimiento de la identidad cultural Muisca” de la Secretaría Distrital de Cultura,
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Recreación y Deporte, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo.
Parágrafo. El incentivo económico a que hace referencia la invitación cultural que se
apertura, se encuentra amparado en el CDP 995 del 2025 relacionados en la parte motiva del presente acto administrativo.
Artículo segundo.
Los requisitos y condiciones de participación de la referida invitación cultural serán publicados en el micrositio web: https://invitaciones.scrd.gov.co/ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
Parágrafo. Las modificaciones a los términos de la Invitación Cultural citada en el
presente acto administrativo se podrá modificar mediante aviso modificatorio que deberá publicarse en el respectivo micrositio web de Invitaciones Culturales de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (https://invitaciones.scrd.gov.co/), con anterioridad no menor a un (1) día hábil al vencimiento del plazo fijado en el cronograma que se indica en las condiciones de la Invitación Cultural.
Artículo tercero.
Realizar por la Dirección de Asuntos Locales y Participación de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte los trámites correspondientes al desembolso del incentivo económico previsto en la citada invitación cultural de la cual es responsable, de conformidad con el artículo primero del presente acto administrativo, acorde con los procesos y procedimientos definidos en este organismo.
Artículo cuarto.
Publicar por la Dirección de Fomento la presente resolución, así como los requisitos y condiciones de participación de la invitación cultural en el micrositio denominado: Invitaciones Culturales de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. Y por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, publicar el contenido de la presente resolución en la Gaceta Distrital y en el Régimen Legal de Bogotá D.C. y en la página web de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
Artículo quinto.
Comunicar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, el contenido de la presente resolución a través del sistema de gestión
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REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-20 • 2025 • JULIO • 2 20 20252200295 383 Radicado: *20252200295383* Fecha: 18-06-2025 RESOLUCIÓN No. 480 DE 18 DE JUNIO 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación cultural para la implementación de los acuerdos de Consulta Previa - Plan de Vida Muisca de Bosa, fortalecimiento de la identidad cultural Muisca, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte” documental ORFEO, a la Dirección de Asuntos Locales y Participación, a la Dirección de Fomento y al Grupo Interno de Trabajo de Gestión Financiera de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para los trámites de su competencia.
Artículo sexto.
El presente acto administrativo rige a partir del día siguiente a su publicación y contra este no procede recurso alguno, de conformidad con lo señalado en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.
Dado en Bogotá D.C., a los dieciocho (18) días de junio (06) de dos mil veinticinco (2025)
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR Secretario de Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Proyectó: Lina Leonor Carrillo Orduz- Contratista Dirección de Fomento. Revisó: Edgar Javier Pulido Caro - Contratista Dirección de Fomento. Miguel Ángel Solano Rojas – Contratista Subsecretaría de Gobernanza. Aprobó: Ana María Boada Ayala - Subsecretaria de Gobernanza. Juan Diego Jaramillo Morales – Director de Fomento. Juan Diego Jaramillo Morales – Director de Asuntos Locales y Participación (E) Revisó: Diego Eduardo Beltrán Hernández - Abogado Contratista Oficina Jurídica. Revisó y ajustó: Héctor Ricardo Ojeda Sierra- Jefe Oficina Jurídica (E).
Documento 20252200295383 firmado electrónicamente por:
Maritza Alejandra Rozo Ruiz Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano Fecha firma: 18-06-2025 18:08:48 Fecha firma: 18-06-2025 18:08:48 Sharon Nicole Rodríguez Perdomo Profesional Universitario - Numeración y Fechado Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano Fecha firma: 18-06-2025 17:58:15 Santiago Trujillo Escobar Secretario de Cultura Recreación y Deporte Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Fecha firma: 18-06-2025 15:12:51 Hector Ricardo Ojeda Jefe Oficina Juridica (E)
Página 9 de 10 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-21 • 2025 • JULIO • 2 21 20252200295 383 Radicado: *20252200295383* Fecha: 18-06-2025 RESOLUCIÓN No. 480 DE 18 DE JUNIO 2025 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación cultural para la implementación de los acuerdos de Consulta Previa - Plan de Vida Muisca de Bosa, fortalecimiento de la identidad cultural Muisca, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
Sierra (E) Oficina Jurídica Fecha firma: 18-06-2025 14:44:47 Diego Eduardo Beltrán Hernández Contratista Oficina Jurídica Fecha firma: 18-06-2025 14:01:15 Juan Diego Jaramillo Morales (E)
Director de Asuntos Locales y Participación (E) Dirección de Asuntos Locales y Participación Fecha firma: 18-06-2025 13:56:00 Juan Diego Jaramillo Morales Director de Fomento Dirección de Fomento Fecha firma: 18-06-2025 11:26:52 Edgar Javier Pulido Caro Contratista Dirección de Fomento Fecha firma: 18-06-2025 11:12:41 Lina Leonor Carrillo Orduz Contratista Dirección de Fomento Fecha firma: 18-06-2025 08:04:29 34906b6d7e98c390f5197ddc068a83d2029926109fa8d413955e004b8a1b5470 Codigo de Verificación CV: 0c2cc Página 10 de 10 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-22 • 2025 • JULIO • 2 22 20252100295 723 Al contestar, por favor cite el radicado:
No.:*20252100295723* Fecha: 18-06-2025 RESOLUCIÓN No. 484 DE 19 DE JUNIO 2025 "Por medio de la cual se ordena la apertura de los “Laboratorios de Oportunidades Culturales de Barrios Vivos – Fase 1” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte"
EL SECRETARIO DE DESPACHO De la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Decreto Distrital No. 340 de 2020, modificado por el Decreto Distrital 400 de 2022 y,
CONSIDERANDO:
Que los artículos 70 y 71 de la Constitución Política de Colombia, establecen el deber del Estado de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades y otorga la competencia para establecer mecanismos positivos para fomentar el desarrollo artístico, cultural y patrimonial de la Nación.
Que el numeral 3 del artículo 1° de la Ley 397 de 1997, “Por la cual se desarrollan los artículos 70, 71 y 72 y demás artículos concordantes de la Constitución Política y se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura y se trasladan algunas dependencias.” señala que: “(…) El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de reconocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación colombiana (…)”.
Que la ley en cita en su artículo 17 señala:
“(…) DEL FOMENTO. El Estado a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, fomentará las artes en todas sus expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas, como elementos del diálogo, el intercambio, la participación y como expresión libre y primordial del pensamiento del ser humano que construye en la convivencia pacífica”.
Que así mismo, el artículo 18 de la mencionada ley establece:
Página 1 de 9 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-23 • 2025 • JULIO • 2 23 20252100295 723 Al contestar, por favor cite el radicado:
No.:*20252100295723* Fecha: 18-06-2025 RESOLUCIÓN No. 484 DE 19 DE JUNIO 2025 "Por medio de la cual se ordena la apertura de los “Laboratorios de Oportunidades Culturales de Barrios Vivos – Fase 1” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte"
"(…) El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos especiales y promocionará la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales. Para tal efecto establecerá, entre otros programas, bolsas de trabajo, becas, premios anuales, concursos, festivales, talleres de formación artística, apoyo a personas y grupos dedicados a actividades culturales, ferias, exposiciones, unidades móviles de divulgación cultural, y otorgará incentivos y créditos especiales para artistas sobresalientes, así como para integrantes de las comunidades locales en el campo de la creación, la ejecución, la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo (…)”
Que corresponde a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, en desarrollo de las funciones contenidas en el Decreto Distrital 340 de 2020, artículo 3º, literal j: “Gestionar la ejecución de las políticas, planes y proyectos culturales y artísticos, con el fin de garantizar el efectivo ejercicio de los derechos culturales y fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo”.
Que la misma norma en el literal (h) del artículo 12, contempla como una de las funciones de la Subsecretaría de Gobernanza de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte es la de: “Dirigir estrategias, planes, programas y proyectos orientados a la identificación reconocimiento, fomento, sensibilización, formación, promoción y difusión del arte, la cultura y el patrimonio en los diferentes grupos poblacionales”.
Que conforme a lo dispuesto en el literal (b) del artículo 14 del referido, corresponde a la Dirección de Fomento, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, el ejercicio de, entre otras, la siguiente función: “Dirigir actividades relacionadas con el diseño, ejecución, fortalecimiento y seguimiento los planes, programas y proyectos de fomento al Sector Cultura, Recreación y Deporte bajo criterios de equidad, pertinencia y transparencia.”.
Que el decreto en cita en los literales (f) y i) del artículo 20, contempla como funciones de la Dirección de Asuntos Locales y Participación de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, las de: "f) Diseñar y ejecutar estrategias, planes, programas y Página 2 de 9 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-24 • 2025 • JULIO • 2 24 20252100295 723 Al contestar, por favor cite el radicado:
No.:*20252100295723* Fecha: 18-06-2025 RESOLUCIÓN No. 484 DE 19 DE JUNIO 2025 "Por medio de la cual se ordena la apertura de los “Laboratorios de Oportunidades Culturales de Barrios Vivos – Fase 1” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte" proyectos orientados a la identificación reconocimiento, fomento, sensibilización, formación, promoción y difusión del arte, la cultura y el patrimonio en los diferentes grupos poblacionales. i) Orientar los planes, programas y proyectos tendientes a fortalecer las comunicaciones con las localidades y el control de las acciones sectoriales en estas instancias del gobierno distrital, para garantizar la adecuada coordinación y el cumplimiento de las metas.".
Que el documento CONPES D.C. “POLÍTICA PÚBLICA DISTRITAL DE ECONOMÍA CULTURAL Y CREATIVA 2019-2038”, definió como uno de los objetivos específicos de dicha Política “(…) 4.2.3 Ampliar mecanismos de apoyo financiero dirigido a los agentes del sector cultural y creativo”, para lo cual: “(…) La Secretaría Distrital de Cultura Recreación y Deporte en articulación con entidades públicas y privadas, realizará actividades de gestión y acompañamiento técnico que permitan aumentar el número de los agentes del sector cultural y creativo que acceden a financiación. Para el efecto, se ampliarán los mecanismos de apoyo financiero dirigido a los agentes del sector cultural y creativo, para que puedan apalancar la producción de bienes y servicios, a través del acceso a recursos no reembolsables, y fortalecimiento de servicios de financiación (…)”.
Que el Plan Distrital de Desarrollo “Bogotá Camina Segura”, en su artículo 10. indica los Programas del objetivo estratégico “Bogotá confía en su Bien- Estar”, donde, en su numeral 10.8. establece el programa 14. Bogotá deportiva, recreativa, artística, patrimonial e intercultural, el cual aborda lo siguiente: “(…) Realizar laboratorios creativos en barrios, como mecanismo de interacción para fortalecer los procesos de artistas, agrupaciones, colectivos, organizaciones y líderes socioculturales, así como en espacios culturales y eventos comunitarios, mediante estrategias conjuntas de formación, creación, circulación, investigación y apropiación de las artes con enfoque diferencial de género. Se velará por la formación de público desde las diferentes dimensiones y procesos del campo artístico y cultural, promoviendo estrategias que pretendan disminuir barreras de acceso para el ejercicio de derechos culturales. (…)”
Que con el objetivo de materializar el fomento a la cultura, y de dar cumplimiento al marco normativo antes señalado, la SCRD han creado los “Laboratorios de Oportunidades de Barrios Vivos”, como una estrategia de fomento del sector artístico, creativo, cultural y patrimonial de Bogotá D.C., para fortalecer los procesos de agenciamiento cultural a Página 3 de 9 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-25 • 2025 • JULIO • 2 25 20252100295 723 Al contestar, por favor cite el radicado:
No.:*20252100295723* Fecha: 18-06-2025 RESOLUCIÓN No. 484 DE 19 DE JUNIO 2025 "Por medio de la cual se ordena la apertura de los “Laboratorios de Oportunidades Culturales de Barrios Vivos – Fase 1” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte" través de la concertación y el diálogo social, donde se atiendan las distintas necesidades de los barrios y localidades de la ciudad, a través de diferentes laboratorios creados para el desarrollo y promoción de los derechos culturales.
Que los “Laboratorios de Oportunidades de Barrios Vivos” cuentan con una guía operativa que tiene como propósito orientar la implementación paso a paso de los Laboratorios de Oportunidades Culturales, la cual está dirigida a la ciudadanía y a los equipos misionales de la SCRD, facilitadores, Comité Validador y demás actores institucionales encargados de ejecutar, acompañar y hacer seguimiento a los procesos y actividades desarrolladas en los laboratorios.
Que el tipo de incentivo de los “Laboratorios de Oportunidades de Barrios Vivos” en su fase 1, corresponde a una bolsa de recursos, distribuida en las siguientes localidades: Bosa, Fontibón, Kennedy, Rafael Uribe Uribe, Usme, Puente Aranda. Donde cada localidad tendrá asignado un monto que oscila entre CIEN MILLONES DE PESOS M/CTE ($100.000.000) y CIENTO CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($150.000.000) el cual será asignado conforme la complejidad del laboratorio, las necesidades de cada hito cultural concertado en cada localidad y los criterios de asignación de recursos que defina el Comité Validador interno conformado para tal efecto desde la SCRD. En consonancia con el numeral 9. Condiciones para la Viabilidad y Pertinencia de un Hito Cultural de la Guía Operativa de los “Laboratorios de Oportunidades de Barrios Vivos”, Que en este sentido, la Dirección de Asuntos Locales y participación, cuenta con laboratorios de Oportunidades Culturales donde el enfoque será el del “aprendizaje cooperativo” el cual es propicio para la concertación colectiva entre ciudadanía e institucionalidad. Este enfoque propone también contar con espacios de socialización de información relevante para el proceso, reconocimiento y compromiso territorial, el trabajo a través de comisiones y un énfasis en el área de comunicaciones.
Que en consecuencia, mediante el presente acto administrativo la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte dispone la apertura de los “Laboratorios de Oportunidades Culturales de Barrios Vivos – Fase 1”, soportada en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal que se describen a continuación:
Página 4 de 9 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-26 • 2025 • JULIO • 2 26 20252100295 723 Al contestar, por favor cite el radicado:
No.:*20252100295723* Fecha: 18-06-2025 RESOLUCIÓN No. 484 DE 19 DE JUNIO 2025 "Por medio de la cual se ordena la apertura de los “Laboratorios de Oportunidades Culturales de Barrios Vivos – Fase 1” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte"
NÚMERO DEL CONCEPTO DEL CPD OBJETO RUBRO DESCRIPCIÓN DEL RUBRO GASTO FONDO VALOR TOTAL Fortalecimiento de la gobernanza territorial, la participación Realizar actividades artísticas, culturales O232020200991 124 Servicios de la administración y patrimoniales de 1136 del 27 de incidente y la atención diferenciada de O2301173301 1-100-F001 VA- RECURSOS abril de 2025 20240217 DISTRITO 900.000.000 acuerdo con lo concertado en el pública relacionados con la recreación, los grupos étnicos, etarios y sectores la cultura y la sociales desde religión marco de la estrategia de Barrios Vivos las prácticas culturales en Bogotá D.C.
Que las condiciones, criterios y responsabilidades asociadas a la participación en los Laboratorios de Oportunidades Culturales se encuentran detalladas en el documento denominado “Guía Operativa de Laboratorios de Oportunidades Culturales”, el cual constituye la ruta oficial de acceso de la ciudadanía a esta línea estratégica de fomento no competitivo. Esta guía organiza de manera clara y articulada los principios, etapas metodológicas, proceso de participación, criterios de viabilidad y pertinencia de hitos culturales y demás lineamientos para la asignación de incentivos, conforme a los principios de igualdad, transparencia, publicidad, participación, imparcialidad, inclusión, moralidad, cooperación, eficacia y corresponsabilidad. Dicho documento, hace parte integral de la presente resolución y estará disponible para consulta pública en el enlace de Transparencia y acceso a la información pública: https://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/es/transparencia-acceso-informacionpublica/informacion-entidad/procesos-y-procedimientos/procesos-misionales/gestionpromocion-agentes-practicas-culturales-recreodeportivas.
Que de conformidad con lo anterior y en cumplimiento del marco normativo señalado, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, dispone la apertura de los “Laboratorios de Oportunidades Culturales de Barrios Vivos – Fase 1”.
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REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-27 • 2025 • JULIO • 2 27 20252100295 723 Al contestar, por favor cite el radicado:
No.:*20252100295723* Fecha: 18-06-2025 RESOLUCIÓN No. 484 DE 19 DE JUNIO 2025 "Por medio de la cual se ordena la apertura de los “Laboratorios de Oportunidades Culturales de Barrios Vivos – Fase 1” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte"
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo primero.
Ordenar la apertura de los “Laboratorios de Oportunidades Culturales de Barrios Vivos – Fase 1” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo, y la misma contempla lo que se describe a continuación:
MECANISMO TIPO DE INCENTIVO MONTO TOTAL CDP DEPENDENCIA(S)
ENCARGADA Bolsa de recursos de ($900.000.000)
Incentivos económicos asignados a través de una bolsa de recursos para cada localidad que oscila entre CIEN MILLONES NOVECIENTOS 1136 del 27 de abril de 2025 Fomento no competitivo – Laboratorios de DE PESOS M/CTE ($100.000.000) y CIENTO CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($150.000.000) de acuerdo MILLONES DE PESOS M/CTE ($900.000.000)
Oportunidades Dirección de Asuntos Locales y Participación con la complejidad del laboratorio, las Culturales de Barrios Vivos necesidades de cada hito cultural concertado las las localidades de: Bosa, Fontibón, Kennedy, Rafael Uribe Uribe, Usme, Puente Aranda y los criterios de asignación de recursos que defina el Comité Validador interno conformado para tal efecto desde la SCRD. De acuerdo con el numeral 9. Condiciones para la Viabilidad y Pertinencia de un Hito Cultural de la Guía Operativa de los “Laboratorios de Oportunidades de Barrios Vivos PARÁGRAFO: Los recursos para el desarrollo y ejecución de los “Laboratorios de Oportunidades Culturales de Barrios Vivos – Fase 1” relacionados, se encuentran Página 6 de 9 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-28 • 2025 • JULIO • 2 28 20252100295 723 Al contestar, por favor cite el radicado:
No.:*20252100295723* Fecha: 18-06-2025 RESOLUCIÓN No. 484 DE 19 DE JUNIO 2025 "Por medio de la cual se ordena la apertura de los “Laboratorios de Oportunidades Culturales de Barrios Vivos – Fase 1” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte" amparados con cargo al certificado de Disponibilidad Presupuestal relacionado en el presente artículo.
Artículo segundo.
Los requisitos y condiciones de participación en los “Laboratorios de Oportunidades Culturales de Barrios Vivos – Fase 1” que tienen apertura mediante el presente acto administrativo, se encuentran establecidos en el documento denominado “Guía Operativa de Laboratorios de Oportunidades Culturales”, el cual forma parte integral de la presente resolución.
Parágrafo. Las modificaciones a los términos de los “Laboratorios de
Oportunidades Culturales de Barrios Vivos – Fase 1” citados en el presente acto administrativo se podrán realizar mediante aviso modificatorio, el cual deberá ser publicado en el respectivo enlace de Transparencia y acceso a la información pública de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte https://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/es/transparencia-acceso-informacionpublica/informacion-entidad/procesos-y-procedimientos/procesos-misionales/gestionpromocion-agentes-practicas-culturales-recreodeportivas
Artículo tercero.
Realizar por la Dirección de Asuntos Locales y Participación de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte los trámites correspondientes al desembolso de los incentivos económicos previstos en los referidos Laboratorios de Oportunidades Culturales de Barrios Vivos – Fase 1, de conformidad con el artículo primero del presente acto administrativo, acorde con los procesos y procedimientos definidos en este organismo.
Artículo cuarto.
Publicar por la Oficina Asesora de Planeación la presente resolución y la “Guía Operativa de Laboratorios de Oportunidades Culturales”, en el enlace
de Transparencia y acceso a la información pública: https://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/es/transparencia-acceso-informacionpublica/informacion-entidad/procesos-y-procedimientos/procesos-misionales/gestionpromocion-agentes-practicas-culturales-recreodeportivas. Y por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, publicar los mencionados documentos en la Gaceta Distrital, en el Régimen Legal de Bogotá y en la página web de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
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REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-29 • 2025 • JULIO • 2 29 20252100295 723 Al contestar, por favor cite el radicado:
No.:*20252100295723* Fecha: 18-06-2025 RESOLUCIÓN No. 484 DE 19 DE JUNIO 2025 "Por medio de la cual se ordena la apertura de los “Laboratorios de Oportunidades Culturales de Barrios Vivos – Fase 1” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte"
Artículo quinto.
Comunicar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano el contenido de la presente resolución a través de la herramienta ORFEO, a la Subsecretaría de Gobernanza y la Dirección de Asuntos Locales y Participación para los trámites de su competencia.
Artículo sexto.
El presente acto administrativo rige a partir del día siguiente a su publicación y contra este no procede recurso alguno en los términos del artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.
Dada en Bogotá, D. C., a los diecinueve (19) días de junio (06) de dos mil veinticinco (2025).
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR Secretario de Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Proyectó: Diego Eduardo Beltrán Hernández – Contratista Oficina Jurídica Diana Alexandra Giraldo Gámez- Contratista Dirección de Fomento Revisó: Miguel Ángel Solano Rojas – Contratista Subsecretaría de Gobernanza Christian L. Nadjar Cruz - Contratista Dirección de Asuntos Locales y Participación Aprobó: Juan Diego Jaramillo Morales – Director de Fomento Juan Diego Jaramillo Morales – Director (E) de Asuntos Locales y Participación Revisó y ajustó: Héctor Ricardo Ojeda Sierra– Jefe (E) Oficina Jurídica Documento 20252100295723 firmado electrónicamente por:
Sharon Nicole Rodríguez Perdomo Profesional Universitario - Numeración y Fechado Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano Fecha firma: 19-06-2025 16:16:45 Santiago Trujillo Escobar Secretario de Cultura Recreación y Deporte Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Página 8 de 9 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-30 • 2025 • JULIO • 2 30 20252100295 723 Al contestar, por favor cite el radicado:
No.:*20252100295723* Fecha: 18-06-2025 RESOLUCIÓN No. 484 DE 19 DE JUNIO 2025 "Por medio de la cual se ordena la apertura de los “Laboratorios de Oportunidades Culturales de Barrios Vivos – Fase 1” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte"
Fecha firma: 19-06-2025 08:37:08 Hector Ricardo Ojeda Sierra (E)
Jefe Oficina Juridica (E) Oficina Jurídica Fecha firma: 18-06-2025 20:06:56 Ana María Boada Ayala Subsectreatria de Gobernanza Subsecretaría de Gobernanza Fecha firma: 18-06-2025 18:10:51 Miguelangel Solano Rojas Contratista Subsecretaría de Gobernanza Fecha firma: 18-06-2025 16:10:15 Juan Diego Jaramillo Morales (E)
Director de Asuntos Locales y Participación (E) Dirección de Asuntos Locales y Participación Fecha firma: 18-06-2025 15:42:52 Geovanny Escobar Rubio Contratista Dirección de Asuntos Locales y Participación Fecha firma: 18-06-2025 15:31:13 Christian Leonardo Nadjar Cruz Contratista Dirección de Asuntos Locales y Participación Fecha firma: 18-06-2025 14:37:01 Juan Diego Jaramillo Morales Director de Fomento Dirección de Fomento Fecha firma: 18-06-2025 11:30:03 Diana Alexandra Giraldo Gamez Contratista Dirección de Fomento Fecha firma: 18-06-2025 11:14:48 890a346277a5aa566cbbc8356b26b6fc9c12cffa412ba2adb81d77bde92d5f36 Codigo de Verificación CV: c5ffb Página 9 de 9 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-31 • 2025 • JULIO • 2 31 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-32 • 2025 • JULIO • 2 32 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-33 • 2025 • JULIO • 2 33 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-34 • 2025 • JULIO • 2 34 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-35 • 2025 • JULIO • 2 35 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-36 • 2025 • JULIO • 2 36 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-37 • 2025 • JULIO • 2 37 RESOLUCIÓN N.º 002 del 27 de junio de 2025 “Por la cual se incorporan, modifican y eliminan del Manual de Procesos y Procedimientos de la SED, documentos de diferentes áreas y se dictan otras disposiciones”.
EL JEFE DE LA OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO En uso de sus facultades legales, en especial la conferida en la Resolución 4138 del 13 de diciembre de 2022 y,
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Administrativo de la Función Pública, a través del Decreto 1499 del 11 de septiembre de 2017 “Por medio del cual se modifica el Decreto 1083 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Función Pública, en lo relacionado con el Sistema de Gestión establecido en el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015” en su artículo 2.2.22.3.9 indica que, en las entidades autónomas, con regímenes especiales y en otras ramas del poder público, debe implementarse el Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG- Que el Consejo para la Gestión y el Desempeño Institucional, elaboró el Manual Operativo para la implementación de MIPG versión 6, el cual en su capítulo 3.2.1. que habla sobre la “Política de Fortalecimiento organizacional y simplificación de procesos”, establece que “la adopción de una gestión por procesos permite la mejora de las actividades de la administración pública orientada al servicio público y para resultados”
Que la Alcaldía Mayor de Bogotá expidió el Decreto 221 del 6 de junio de 2023 “Por medio del cual se reglamenta el Sistema de Gestión en el Distrito Capital, se deroga el Decreto Distrital 807 de 2019 y se dictan otras disposiciones.”
Que mediante la Resolución No. 1540 del 30 de mayo de 2003 la Secretaría de Educación del Distrito adoptó su Manual de Procedimientos, compuesto por: Procedimientos, Formatos e Instructivos de Trabajo, la cual ha sufrido modificaciones parciales en el transcurso del tiempo, situación que hace dinámicas las decisiones que se tomen en los actos administrativos de modificación de dicho manual.
Que mediante la Resolución 002 del 3 de diciembre de 2015, suscrita por el Jefe de la Oficina Asesora de Planeación, se incorporaron al Manual de Procedimientos los Macroprocesos de la Secretaría de Educación del Distrito y que a partir de esa fecha se denomina “Manual de Procesos y Procedimientos”.
Que la Oficina Asesora de Planeación de conformidad con la función establecida en el literal N) del artículo 6 del Decreto 310 de 2022, está encargada de “Coordinar con las dependencias de la SED la elaboración y actualización de los Manuales de Procesos y Procedimientos de acuerdo con la metodología que se acoja y proyectar los actos administrativos para su adopción”.
Avenida El Dorado No. 66-63, PBX 324 1000, Fax 315 3448, www.educacionbogota.gov.co Información: línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-38 • 2025 • JULIO • 2 38 RESOLUCIÓN N.º 002 del 27 de junio de 2025 Continuación de la Resolución “Por la cual se incorporan, modifican y eliminan del Manual de Procesos y Procedimientos de la SED, documentos de diferentes áreas y se dictan otras disposiciones”.
Que de acuerdo con la función establecida en el literal k) del artículo 5 del Decreto 310 de 2022, el Despacho del Secretario debe: “Liderar la formulación, implementación y mejoramiento continuo del Sistema de Control Interno de la Secretaría y del Sistema de Gestión de Calidad”.
Que mediante el artículo primero de la Resolución 4138 del 13 de diciembre de 2022, la Secretaria de Educación delegó “en el (la) jefe de la Oficina Asesora de Planeación la facultad para la suscripción de los actos administrativos que se requieran, única y exclusivamente para la incorporación, modificación y eliminación de los documentos que hacen parte del manual de procesos y procedimientos de la SED”.
Que en desarrollo de lo delegado en la Resolución 4138 del 13 de diciembre de 2022, la Oficina Asesora de Planeación únicamente expedirá los actos administrativos que formalicen cualquier tipo de afectación a los documentos del manual de procesos y procedimientos de la SED previa solicitud y aprobación del directivo del área competente, documentos que hacen parte integral de esta Resolución.
Que, aplicando el mejoramiento continuo, las dependencias de la Entidad realizaron requerimientos relacionados con la actualización de sus documentos que fueron atendidos por la Oficina Asesora de Planeación y que resultaron en: incorporar 9 procedimientos, modificar 8 procedimientos, eliminar 4 procedimientos, incorporar 15 formatos, modificar 1 formatos, eliminar 6 formato, modificar 1 instructivos, eliminar 5 instructivos, modificar 4 caracterizaciones y modificar 3 normogramas.
Que la Secretaría de Educación del Distrito cuenta con el aplicativo isolución, el cual contiene todos los documentos del Manual de Procesos y Procedimientos y del Sistema de Gestión de la Entidad, al cual pueden acceder usuarios internos y externos por medio de la página web www.educacionbogota.edu.co para la consulta de la documentación legal y vigente.
En mérito de lo anteriormente expuesto el (la) jefe de la Oficina Asesora de Planeación:
RESUELVE:
Artículo primero.
MODIFICAR el manual de procesos y procedimientos de la Secretaría de Educación del Distrito afectando los documentos de las siguientes áreas - procesos:
1. OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN PROCESO SEGUIMIENTO Y AUTOEVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO INSTITUCIONAL TIPO DE DOCUMENTO
CÓDIGO 2 Modificación NOMBRE VERSIÓN TIPO DE AFECTACIÓN Instructivo 19-IT-002 Instructivo para el reporte del tablero de control de los indicadores de gestión Avenida El Dorado No. 66-63, PBX 324 1000, Fax 315 3448, www.educacionbogota.edu.co Información: línea 195 Página 2 de 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-39 • 2025 • JULIO • 2 39 RESOLUCIÓN N.º 002 del 27 de junio de 2025 Continuación de la Resolución “Por la cual se incorporan, modifican y eliminan del Manual de Procesos y Procedimientos de la SED, documentos de diferentes áreas y se dictan otras disposiciones”.
2. OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN PROCESO FORTALECIMIENTO ORGANIZACIONAL TIPO DE DOCUMENTO
CÓDIGO 2 Modificación NOMBRE VERSIÓN TIPO DE AFECTACIÓN Procedimiento 21-PD-002 Gestionar las actualizaciones del manual de procesos y procedimientos de la Secretaría de Educación del Distrito
3. OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN PROCESO GESTIÓN DEL CONOCIMIENTO TIPO DE DOCUMENTO
CÓDIGO 4 Modificación NOMBRE VERSIÓN TIPO DE AFECTACIÓN Caracterización 22-CP-001 Caracterización del Proceso de Gestión del Conocimiento
4. OFICINA ASESORA JURÍDICA PROCESO GESTIÓN JURÍDICA TIPO DE DOCUMENTO
CÓDIGO 3 Modificación NOMBRE VERSIÓN TIPO DE AFECTACIÓN Procedimiento 16-PD-002 Conciliaciones Judiciales y Extrajudiciales 2 Eliminación Procedimiento 16-PD-003 Proyección y Revisión de un Acto Administrativo 1 Eliminación Procedimiento 16-PD-005 Publicación y Divulgación de Actos Administrativos de Carácter General.
Procedimiento 16-PD-013 Revisión y publicación de actos administrativos expedidos por el(la) Secretario(a) de Despacho 1 Incorporación (Reemplaza los procedimientos 16-PD-003 Proyección y Revisión de un Acto Administrativo y 16-PD-005 Publicación y Divulgación de Avenida El Dorado No. 66-63, PBX 324 1000, Fax 315 3448, www.educacionbogota.edu.co Información: línea 195 Página 3 de 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-40 • 2025 • JULIO • 2 40 RESOLUCIÓN N.º 002 del 27 de junio de 2025 Continuación de la Resolución “Por la cual se incorporan, modifican y eliminan del Manual de Procesos y Procedimientos de la SED, documentos de diferentes áreas y se dictan otras disposiciones”.
4. OFICINA ASESORA JURÍDICA PROCESO GESTIÓN JURÍDICA TIPO DE DOCUMENTO
CÓDIGO 1 Incorporación NOMBRE VERSIÓN TIPO DE AFECTACIÓN Actos Administrativos de Carácter General) Procedimiento 16-PD-004 Asesoría y Conceptos Jurídicos 2 Eliminación Procedimiento 16-PD-011 Conceptos Jurídicos 1 Incorporación (Reemplaza el procedimiento 16- PD-004 Asesoría y Conceptos Jurídicos) Procedimiento 16-PD-012 Estudio de Viabilidad de Acción de Repetición
5. OFICINA ASESORA JURÍDICA PROCESO CONTROL DISCIPLINARIO TIPO DE DOCUMENTO
CÓDIGO 1 Incorporación NOMBRE VERSIÓN TIPO DE AFECTACIÓN Procedimiento 23-PD-002 Segunda Instancia de Procesos Disciplinarios
6. OFICINA ASESORA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA PROCESO COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL TIPO DE DOCUMENTO
CÓDIGO 3 Modificación NOMBRE VERSIÓN TIPO DE AFECTACIÓN Normograma 02-NG-001 Normograma del Proceso Comunicación Institucional Avenida El Dorado No. 66-63, PBX 324 1000, Fax 315 3448, www.educacionbogota.edu.co Información: línea 195 Página 4 de 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-41 • 2025 • JULIO • 2 41 RESOLUCIÓN N.º 002 del 27 de junio de 2025 Continuación de la Resolución “Por la cual se incorporan, modifican y eliminan del Manual de Procesos y Procedimientos de la SED, documentos de diferentes áreas y se dictan otras disposiciones”.
7. OFICINA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES PROCESO GOBIERNO Y SEGURIDAD DIGITAL TIPO DE DOCUMENTO
CÓDIGO 2 Modificación NOMBRE VERSIÓN TIPO DE AFECTACIÓN Normograma 12-NG-001 Normograma del Proceso de Gobierno y Seguridad Digital 2 Modificación Procedimiento 12-PD-004 Gestión de Incidentes Mayores de Servicios TIC Procedimiento 12-PD-011 Mantenimiento Preventivo de Sistemas de Información 1 Incorporación 1 Eliminación (Por solicitud del área mediante requerimiento en Isolucion #704 del 22 de abril de 2025) Procedimiento 12-PD-030 Gestión de Inventario TIC 1 Incorporación Procedimiento 12-PD-031 Procedimiento Modelo de Enfoque Gestión de Incidentes de Seguridad 1 Incorporación Procedimiento 12-PD-032 Procedimiento Modelo de Enfoque Mantenimiento Preventivo - Obligación Contractual Operación Mesa de Soluciones TIC Formato 12-IF-011 Acta de Entrega Tarjeta de Acceso 1 Eliminación (Por solicitud del área mediante requerimiento en Isolucion #705 del 22 de abril de 2025) Formato 12-IF-036 Control de Acceso Red Inalámbrica Nivel Central 1 Eliminación (Por solicitud del área mediante requerimiento en Isolucion #706 del 22 de abril de 2025) Formato 12-IF-038 Solicitud de Acceso al Centro de Innovación 1 Eliminación (Por solicitud del área mediante Avenida El Dorado No. 66-63, PBX 324 1000, Fax 315 3448, www.educacionbogota.edu.co Información: línea 195 Página 5 de 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-42 • 2025 • JULIO • 2 42 RESOLUCIÓN N.º 002 del 27 de junio de 2025 Continuación de la Resolución “Por la cual se incorporan, modifican y eliminan del Manual de Procesos y Procedimientos de la SED, documentos de diferentes áreas y se dictan otras disposiciones”.
7. OFICINA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES PROCESO GOBIERNO Y SEGURIDAD DIGITAL TIPO DE DOCUMENTO
CÓDIGO NOMBRE VERSIÓN TIPO DE AFECTACIÓN requerimiento en Isolucion #709 del 22 de abril de 2025) Formato 12-IF-039 Lista de Chequeo Acceso Red Inalámbrica Nivel Central 1 Eliminación (Por solicitud del área mediante requerimiento en Isolucion #707 del 22 de abril de 2025) Formato 12-IF-058 Solicitud de Acceso a la Red Inalámbrica de Nivel Central 1 Incorporación 1 Eliminación (Por solicitud del área mediante requerimiento en Isolucion #708 del 22 de abril de 2025) Formato 12-IF-059 Informe de Mantenimiento Preventivo Rack de Comunicaciones 1 Incorporación Formato 12-IF-060 Lista de Chequeo Mantenimiento Preventivo Impresoras 1 Incorporación Formato 12-IF-061 Lista de Chequeo Mantenimiento Preventivo Equipo de Escritorio 1 Incorporación Formato 12-IF-062 Lista de Chequeo Mantenimiento Preventivo Portátil y Todo en Uno 1 Incorporación Formato 12-IF-063 Lista de Chequeo Mantenimiento Preventivo Rack de Comunicaciones 1 Incorporación Formato 12-IF-064 Lista de Chequeo Mantenimiento Preventivo Video Beam 1 Incorporación Formato 12-IF-065 Ficha de Mantenimiento Preventivo 1 Incorporación Formato 12-IF-066 Consolidado Mantenimiento Preventivo Instructivo 12-IT-002 Instructivo para la Actualización de 1 Eliminación (Por Avenida El Dorado No. 66-63, PBX 324 1000, Fax 315 3448, www.educacionbogota.edu.co Información: línea 195 Página 6 de 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-43 • 2025 • JULIO • 2 43 RESOLUCIÓN N.º 002 del 27 de junio de 2025 Continuación de la Resolución “Por la cual se incorporan, modifican y eliminan del Manual de Procesos y Procedimientos de la SED, documentos de diferentes áreas y se dictan otras disposiciones”.
7. OFICINA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES PROCESO GOBIERNO Y SEGURIDAD DIGITAL TIPO DE DOCUMENTO
CÓDIGO NOMBRE VERSIÓN TIPO DE AFECTACIÓN la cuenta de correo en el sistema de Información Humano solicitud del área mediante requerimiento en Isolucion #714 del 22 de abril de 2025) Instructivo 12-IT-003 Creación de Cuentas de Correo 1 Eliminación (Por solicitud del área mediante requerimiento en Isolucion #710 del 22 de abril de 2025) Instructivo 12-IT-004 Creación de Usuarios en el Dominio Redp.edu.co 1 Eliminación (Por solicitud del área mediante requerimiento en Isolucion #711 del 22 de abril de 2025) Instructivo 12-IT-005 Instalación y configuración de Windows 10 1 Eliminación (Por solicitud del área mediante requerimiento en Isolucion #713 del 22 de abril de 2025) Instructivo 12-IT-006 Escalamiento nivel 4 1 Eliminación (Por solicitud del área mediante requerimiento en Isolucion #712 del 22 de abril de 2025)
Avenida El Dorado No. 66-63, PBX 324 1000, Fax 315 3448, www.educacionbogota.edu.co Información: línea 195 Página 7 de 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-44 • 2025 • JULIO • 2 44 RESOLUCIÓN N.º 002 del 27 de junio de 2025 Continuación de la Resolución “Por la cual se incorporan, modifican y eliminan del Manual de Procesos y Procedimientos de la SED, documentos de diferentes áreas y se dictan otras disposiciones”.
8. DIRECCIÓN DE PARTICIPACIÓN Y RELACIONES INTERINSTITUCIONALES PROCESO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA TIPO DE DOCUMENTO
CÓDIGO 3 Modificación NOMBRE VERSIÓN TIPO DE AFECTACIÓN Normograma 03-NG-001 Normograma Proceso de Participación Ciudadana
9. DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN Y VIGILANCIA PROCESO INSPECCIÓN Y VIGILANCIA DEL SERVICIO EDUCATIVO TIPO DE DOCUMENTO
CÓDIGO 2 Modificación NOMBRE VERSIÓN TIPO DE AFECTACIÓN Procedimiento 10-PD-004 Proceso Administrativo Sancionatorio para Entidades Sin Ánimo de Lucro con Fines Educativos 2 Modificación Formato 10-IF-027 Lista de Verificación de Solicitud de Licencia de Funcionamiento para Establecimientos de Educación Formal Promovidos por Particulares
10. SUBSECRETARÍA DE CALIDAD Y PERTINENCIA PROCESO CALIDAD EDUCATIVA INTEGRAL TIPO DE DOCUMENTO
CÓDIGO 5 Modificación NOMBRE VERSIÓN TIPO DE AFECTACIÓN Caracterización 08-CP-001 Caracterización del Proceso de Calidad Educativa Integral
11. SUBSECRETARÍA DE CALIDAD Y PERTINENCIA PROCESO CALIDAD EDUCATIVA INTEGRAL - SUBPROCESO GESTIÓN
PEDAGÓGICA TIPO DE DOCUMENTO CÓDIGO NOMBRE VERSIÓN TIPO DE AFECTACIÓN Caracterización 08.1-CP- 5 Modificación 001 Caracterización del Subproceso Gestión Pedagógica Avenida El Dorado No. 66-63, PBX 324 1000, Fax 315 3448, www.educacionbogota.edu.co Información: línea 195 Página 8 de 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-45 • 2025 • JULIO • 2 45 RESOLUCIÓN N.º 002 del 27 de junio de 2025 Continuación de la Resolución “Por la cual se incorporan, modifican y eliminan del Manual de Procesos y Procedimientos de la SED, documentos de diferentes áreas y se dictan otras disposiciones”.
12. DIRECCIÓN DE CIENCIAS, TECNOLOGÍAS Y MEDIOS EDUCATIVOS PROCESO CALIDAD EDUCATIVA INTEGRAL - SUBPROCESO GESTIÓN
PEDAGÓGICA TIPO DE DOCUMENTO CÓDIGO NOMBRE VERSIÓN TIPO DE AFECTACIÓN Procedimiento 08.1-PD- 007 Orientación Pedagógica a Colegios Oficiales Distritales en Procesos de Educación Ambiental 3 Modificación (La versión 2 del procedimiento, estaba a cargo de la Dirección de Educación Preescolar y Básica, por cambios en el Plan de Desarrollo Distrital "Bogotá Camina Segura", el proyecto de inversión 8102 asume el tema a través de la Dirección de Ciencias, Tecnologías y Medios Educativos quien asume el procedimiento en su versión 3)
13. DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN PROCESO CALIDAD EDUCATIVA INTEGRAL - SUBPROCESO EVALUACIÓN TIPO DE DOCUMENTO
CÓDIGO 2 Modificación NOMBRE VERSIÓN TIPO DE AFECTACIÓN Procedimiento 08.3-PD- 001 Análisis y Divulgación de los Resultados de Evaluación de Docentes y Directivos Docentes Avenida El Dorado No. 66-63, PBX 324 1000, Fax 315 3448, www.educacionbogota.edu.co Información: línea 195 Página 9 de 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-46 • 2025 • JULIO • 2 46 RESOLUCIÓN N.º 002 del 27 de junio de 2025 Continuación de la Resolución “Por la cual se incorporan, modifican y eliminan del Manual de Procesos y Procedimientos de la SED, documentos de diferentes áreas y se dictan otras disposiciones”.
14. DIRECCIÓN DE DOTACIONES ESCOLARES PROCESO ACCESO Y PERMANENCIA ESCOLAR - SUBPROCESO INFRAESTRUCTURA
Y DOTACIONES ESCOLARES TIPO DE DOCUMENTO CÓDIGO NOMBRE VERSIÓN TIPO DE AFECTACIÓN Formato 07.1-IF-013 Informe Toma Física de Inventarios 2 Eliminación (Por solicitud del área mediante requerimiento en Isolucion # 697 del 31 de marzo de 2025)
15. OFICINA DE PERSONAL PROCESO TALENTO HUMANO TIPO DE DOCUMENTO
CÓDIGO 3 Modificación NOMBRE VERSIÓN TIPO DE AFECTACIÓN Procedimiento 14-PD-041 Vinculación de Docentes Provisionales en Vacantes Definitivas 3 Modificación Procedimiento 14-PD-042 Vinculación de Docentes Provisionales en Vacantes Temporales 1 Incorporación Procedimiento 14-PD-062 Revocatoria o Derogatoria de los Actos Administrativos de Nombramientos a Docentes Provisionales 1 Incorporación Procedimiento 14-PD-063 Comisiones de Estudio a Docentes y Directivos Docentes Vinculados en Propiedad en la Planta de la Secretaría de Educación del Distrito 1 Incorporación Formato 14-IF-050 Formato para Comunicación Solicitud de Derogatoria/Revocatoria en Planta Docentes 1 Incorporación Formato 14-IF-051 Formato de Comunicación Resolución Derogatoria/Revocatoria a Avenida El Dorado No. 66-63, PBX 324 1000, Fax 315 3448, www.educacionbogota.edu.co Información: línea 195 Página 10 de 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-47 • 2025 • JULIO • 2 47 RESOLUCIÓN N.º 002 del 27 de junio de 2025 Continuación de la Resolución “Por la cual se incorporan, modifican y eliminan del Manual de Procesos y Procedimientos de la SED, documentos de diferentes áreas y se dictan otras disposiciones”.
15. OFICINA DE PERSONAL PROCESO TALENTO HUMANO TIPO DE DOCUMENTO
CÓDIGO 1 Incorporación NOMBRE VERSIÓN TIPO DE AFECTACIÓN Planta Docentes y Seguridad Social Formato 14-IF-052 Matriz de Seguimiento para Adelantar Acción de Derogatoria de Nombramiento Docentes Provisionales 1 Incorporación Formato 14-IF-053 Certificado de Cumplimiento de Póliza 1 Incorporación Formato 14-IF-054 Matriz de Seguimiento para Adelantar Acción de Revocatoria de Nombramiento Docentes Provisionales 1 Incorporación Formato 14-IF-055 Certificado Procedencia 1 Incorporación Formato 14-IF-056 Formato Convenio Comisión de Estudios
16. DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL TIPO DE DOCUMENTO
CÓDIGO 3 Modificación NOMBRE VERSIÓN TIPO DE AFECTACIÓN Caracterización 11-CP-001 Caracterización del Proceso de Gestión Contractual
Artículo segundo.
Los documentos adoptados mediante la presente Resolución, son de obligatorio cumplimiento para todos los servidores públicos y contratistas de la Secretaría de Educación del Distrito.
Artículo tercero.
Con esta resolución se afectaron en total 56 documentos y el Manual de Procesos y Procedimientos de la SED queda compuesto por: 27 caracterizaciones de procesos, 22 normogramas, 221 procedimientos, 324 formatos, 41 guías – metodologías, 27 instructivos y 14 manuales.
Artículo cuarto.
Será responsabilidad de todos los Directivos de la Entidad de los niveles central, local e institucional, la permanente actualización, implementación, divulgación, aplicación y el seguimiento de los documentos a su cargo.
En caso de que las áreas identifiquen la necesidad de intervenir sus documentos con el fin de eliminarlos, complementarlos o mejorarlos, deberán solicitar a la Oficina Asesora de Planeación, la asesoría y el Avenida El Dorado No. 66-63, PBX 324 1000, Fax 315 3448, www.educacionbogota.edu.co Información: línea 195 Página 11 de 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-48 • 2025 • JULIO • 2 48 RESOLUCIÓN N.º 002 del 27 de junio de 2025 Continuación de la Resolución “Por la cual se incorporan, modifican y eliminan del Manual de Procesos y Procedimientos de la SED, documentos de diferentes áreas y se dictan otras disposiciones”. acompañamiento en el levantamiento y documentación, por medio de requerimiento en el aplicativo del sistema de gestión, de acuerdo con los lineamientos emitidos por la Oficina Asesora de Planeación.
Artículo quinto.
Los documentos adoptados en la presente Resolución serán difundidos de manera general por la Oficina Asesora de Planeación en toda la Entidad y a las áreas afectadas; a su vez, los directivos de las áreas competentes tendrán la responsabilidad de la socialización, implementación y seguimiento de los documentos con los funcionarios que intervienen en ellos.
Artículo sexto.
Los documentos de que trata la presente Resolución reposarán para consulta en el archivo de la Entidad y/o en medio magnético en el aplicativo vigente del Sistema de Gestión, al cual pueden acceder usuarios internos y externos por medio de la página web www.educacionbogota.edu.co., los cuales harán parte integral de la presente Resolución.
Artículo séptimo.
Conforme a la normatividad vigente corresponde a la Oficina de Control Interno velar por el cumplimiento de los documentos del manual de procedimientos.
Artículo octavo.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C., a los veintisiete (27) días del mes de junio de dos mil veinticinco (2025).
WILFER ORLANDO VALERO QUINTERO Jefe Oficina Asesora de Planeación Secretaría de Educación del Distrito Elaboró: Carmen Yolanda Sánchez Gallego -Profesional Especializado – OAP Avenida El Dorado No. 66-63, PBX 324 1000, Fax 315 3448, www.educacionbogota.edu.co Información: línea 195 Página 12 de 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-49 • 2025 • JULIO • 2 49 RESOLUCIÓN No. 011 DE 2025 “Por la cual se unifica el reconocimiento de carácter oficial del Colegio Los Alpes IED, se autoriza el cambio de nombre de las sedes a y b, y la creación de la sede c”
EL SUBSECRETARIO DE INTEGRACIÓN INTERINSTITUCIONAL DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 115 de 1994, la Ley 715 de 2001, el Decreto 1075 de 2015, el Decreto Distrital 310 de 2022, la Resolución 2684 de 2019, la Resolución 3079 de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de Colombia, en su artículo 44, reconoce como derechos fundamentales de los niños, niñas y jóvenes, entre otros, «la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión». En virtud de esto, el Estado, la sociedad y la familia están obligados a garantizar su protección integral, con el fin de asegurar su desarrollo pleno y el ejercicio efectivo de sus derechos.
Que el artículo 67 de la Constitución Política de Colombia establece que «La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás bienes y valores de la cultura». Igualmente dispone que el Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación.
Que la Ley 715 de 2001 en los numerales 7.1 y 7.3 del artículo 7 define como competencia del distrito la prestación del servicio educativo en los niveles de preescolar, básica y media y la administración de las instituciones educativas.
Que el artículo 138 de la Ley 115 de 1994 dispone que un establecimiento educativo debe contar con la autorización para prestar el servicio a través del reconocimiento de carácter oficial otorgado por la secretaría de educación certificada, además de tener un proyecto educativo institucional y cumplir con estructura administrativa, planta física y medios educativos adecuados.
Que la Ley 1437 de 2011, en los numerales 8, 11 y 12 del artículo 3, consagra, entre otros, principios como la transparencia, eficacia y economía procesal, los cuales contribuyen a garantizar la publicidad de los documentos, la organización administrativa y la prestación de sus servicios, al igual que simplificar la documentación y reducir imprecisiones y ambigüedades.
Que el literal I) del artículo 5 del Decreto 310 de 2022 consagra que corresponde a las funciones del secretario de Educación del Distrito «Expedir los actos administrativos que se generen a partir de la normatividad vigente y en desarrollo de las políticas del Sector Educativo».
Que mediante la Resolución 2684 del 8 de octubre de 2019, se delegó en la Subsecretaría de Integración Interinstitucional la facultad de expedir y modificar los reconocimientos de carácter oficial de las instituciones educativas públicas de Bogotá.
Que la Resolución 4702 de 2004 de la SED dispuso que todas las instituciones educativas oficiales se denominan colegios, y la Resolución 3079 de 2019 de la SED reglamentó el procedimiento para expedir, modificar y unificar el Reconocimiento de Carácter Oficial (RCO).
Que, en relación con el Colegio Los Alpes IED, la Resolución 7529 de 1998 autorizó la prestación del servicio educativo en los grados 6° a 11°; la Resolución 2499 de 2002 integró al Colegio Distrital Los Avenida El Dorado No. 66-63 PBX 324 1000 16-IF- 001 www.educacionbogota.edu.co V2 Información: línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-50 • 2025 • JULIO • 2 50 Continuación de la Resolución N.º 011 de 2025 Página 2 de 3 “Por la cual se unifica el reconocimiento de carácter oficial del Colegio Los Alpes IED, se autoriza el cambio de nombre de las sedes a y b y, la creación de la sede c”
Alpes y al CED Bellavista para ofrecer educación preescolar, básica, media y ciclos lectivos especiales para adultos; mediante la Resolución 4115 de 2002 se adoptó la denominación actual; la Resolución 04-0002 de 2008 autorizó la expedición del título de bachiller incluyendo la palabra “técnico”, modificada por la Resolución 04-0118 de 2009, que estableció la especialidad comercial; y la Resolución 4262 de 2023 autorizó jornada única para transición en la sede Los Alpes y para jardín y transición en la sede Bellavista.
Que la Dirección Local de Educación de San Cristóbal, mediante comunicación con radicado I-2023- 77280, informó que la sede C del Colegio Los Alpes no cuenta con reconocimiento oficial, por lo que se solicita modificar el RCO para incluirla, para lo cual se requirió concepto a las direcciones correspondientes del nivel central de la SED, las cuales emitieron su viabilidad de la siguiente forma: (i) la Dirección de Cobertura, a través de la comunicación con radicado I-2025-9199, emitió concepto favorable para el reconocimiento de la sede C la cual cuenta con una capacidad de 100 cupos para el grado de jardín, beneficiando actualmente a 96 estudiantes en la jornada mañana; (ii) la Dirección de Educación Preescolar y Básica, en comunicaciones con radicados I-2024-83191 y I-2025-7078, señaló que el PEI cumple con los requisitos establecidos; (iii) la Dirección de Construcción y Conservación de Establecimientos Educativos, según lo expuesto en la comunicación con radicado I- 2025-38, indicó que la sede C cumple con lo dispuesto en la Resolución 1326 de 2013 y la infraestructura cuenta con la capacidad para atender los grados prejardín y jardín; (iv) la Dirección de Talento Humano, en concepto radicado bajo el número I-2025-31870, informó que da viabilidad para la modificación del RCO, incluyendo la sede C y, (v) la Dirección de Inspección y Vigilancia, emitió concepto favorable en comunicación radicada con número I-2025-56106.
Que, una vez recibidos los conceptos favorables de las direcciones mencionadas, es viable y se procede a la autorización de la «Sede C – Los Alpes» del Colegio Los Alpes IED.
Que existe dispersión normativa en los reconocimientos de carácter oficial y falta de claridad de los servicios educativos autorizados para el Colegio Los Alpes IED, lo cual exige, en aras de materializar los principios de eficiencia, organización administrativa y economía, la unificación de dicho reconocimiento en un único acto administrativo, con el fin de organizar la documentación institucional, simplificar trámites y garantizar una gestión administrativa eficiente.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo primero.
RECONOCIMIENTO DE CARÁCTER OFICIAL. Reconózcase por medio de la presente resolución el carácter oficial del Colegio Los Alpes IED, con código DANE 111001015911, para que preste el servicio educativo mixto, calendario A de la siguiente manera:
(i) tres (3) grados de educación preescolar. (ii) nueve (9) grados de educación básica. (iii) dos (2) grados de educación media técnica comercial. (iv) cuatro (4) ciclos lectivos especiales integrados correspondientes a la educación básica y dos (2) ciclos lectivos especiales integrados correspondientes a la educación media para jóvenes y adultos.
Avenida El Dorado No. 66-63 PBX 324 1000 16-IF- 001 www.educacionbogota.edu.co V2 Información: línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-51 • 2025 • JULIO • 2 51 Continuación de la Resolución N.º 011 de 2025 Página 3 de 3 “Por la cual se unifica el reconocimiento de carácter oficial del Colegio Los Alpes IED, se autoriza el cambio de nombre de las sedes a y b y, la creación de la sede c”
Artículo segundo.
AUTORIZACIÓN DE JORNADAS. Autorícese las siguientes jornadas al Colegio Los Alpes IED:
(i) jornada única: jardín y transición. (ii) jornadas mañana y tarde: educación básica y media. (iii) jornada nocturna y fines de semana: educación básica y media para jóvenes y adultos.
Artículo tercero.
DENOMINACIÓN DE SEDES. Autorícese el cambio de nombre de las sedes A «Los Alpes» y B «Bellavista» del Colegio Los Alpes IED, las cuales se denominarán en adelante «Sede A – Los Alpes» con código DANE 111001015911 y «Sede B – Los Alpes» con código DANE 111001015920.
Artículo cuarto.
AUTORIZACIÓN DE SEDE. Autorícese la creación de la «Sede C – Los Alpes» con código DANE 111001801454 ubicada en la calle 36C Sur #11 - 53 Este.
Artículo quinto.
RECONOCIMIENTO DE SEDES. Reconózcase que la institución prestará el servicio educativo en las siguientes plantas físicas ubicadas en la localidad de San Cristóbal:
«Sede A – Los Alpes» – Código DANE: 111001015911 ubicada en la carrera 9 Este # 36G - 80 Sur. «Sede B – Los Alpes» – Código DANE: 111001015920 ubicada en la calle 38 Bis Sur # 8A - 90 Este. «Sede C – Los Alpes» – Código DANE 111001801454 ubicada en la calle 36C Sur #11 - 53 Este.
Artículo sexto.
UNIFICACIÓN. Unifíquese por medio de la presente resolución los actos administrativos del Colegio Los Alpes IED contenidos en las Resoluciones 7529 de 1998, 2499 de 2002, 4115 de 2002, 04-0002 de 2008, 04-0118 de 2009 y 4262 de 2023.
Artículo séptimo.
NOTIFICACIÓN Y COMUNICACIÓN. Notifíquese el presente acto administrativo al Colegio Los Alpes IED y comuníquese a las dependencias competentes de la Secretaría de Educación del Distrito para los trámites pertinentes.
Artículo octavo.
VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga expresamente las Resoluciones 7529 de 1998, 2499 de 2002, 4115 de 2002, 04-0002 de 2008, 04-0118 de 2009 y todas las demás que sean contrarias.
Dada en Bogotá D. C., a los 25 días del mes de junio de 2025.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE DIEGO ESCALLÓN ARANGO Subsecretario de Integración Interinstitucional Proyectó: María Catalina Guerrero Fajardo - contratista SII Avenida El Dorado No. 66-63 PBX 324 1000 16-IF- 001 www.educacionbogota.edu.co V2 Información: línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-52 • 2025 • JULIO • 2 52 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-53 • 2025 • JULIO • 2 53 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-54 • 2025 • JULIO • 2 54 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-55 • 2025 • JULIO • 2 55 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-56 • 2025 • JULIO • 2 56 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-57 • 2025 • JULIO • 2 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-58 • 2025 • JULIO • 2 58 RESOLUCIÓN No. 1835 DE FECHA 27 DE JUNIO DE 2025 “Por la cual se dispone el levantamiento del estado suspensión en el Sistema de registro de beneficiarios – SIRBE de las personas que están en el servicio Transferencias para personas con discapacidad que fueron suspendidas en virtud de lo establecido en el literal d) del artículo 2º de la Resolución No. 1751 del 21 de agosto de 2024, modificada por la Resolución 2567 del 29 de noviembre de 2024 que actualmente registran estado A1 a C9 en el SISBEN IV”
EL SECRETARIO DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20250627-125753-53a8d4-65975256 2025-06-27T15:52:17-05:00 - Pagina 1 de 9 En uso de sus facultades constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las conferidas por el artículo 1º, el literal a) del artículo 2º y el literal h) del artículo 4 del Decreto Distrital 607 de 2007, modificado por el artículo 2 del Decreto Distrital 508 de 2022 y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 13 de la Constitución Política establece que el deber que tiene el Estado de promover “las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y [adopta] medidas en favor de grupos discriminados o marginados [y de proteger] especialmente a aquellas personas que, por su condición económica, física o mental, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta (…)”
Que, en desarrollo de este mandato de igualdad material, la Constitución focaliza y prioriza los derechos constitucionales de grupos poblacionales específicos, como las personas en situación de discapacidad, quienes gozan de una protección constitucional reforzada (Arts. 1, 13, 47 y 54 de Constitución Política), que debe ser acorde a sus circunstancias, por lo que el Estado debe contemplar herramientas jurídicas y sociales con el propósito de superar las barreras existentes.
Que la Corte Constitucional en sentencia C-478/2003 al referirse a los deberes asignados al Estado para garantizar la efectividad del derecho a la igualdad de la población en situación de discapacidad, interpretó que los mandatos constitucionales de protección prevén dos facetas, una de abstención y otra de acción así: “de conformidad con la Constitución el compromiso que tiene el Estado para con las personas discapacitadas es doble: por una parte, abstenerse de adoptar o ejecutar cualquier medida administrativa o legislativa que lesione el principio de igualdad de trato; por otra, con el fin de garantizar una igualdad de oportunidades, remover todos los obstáculos que en los ámbitos normativo, económico y social configuren efectivas desigualdades de hecho que se opongan al pleno disfrute de los derechos de estas personas, y en tal sentido, impulsar acciones positivas”.
Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 Correo electrónico institucional: integracion@sdis.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-59 • 2025 • JULIO • 2 59 RESOLUCIÓN No. 1835 DE FECHA 27 DE JUNIO DE 2025 “Por la cual se dispone el levantamiento del estado suspensión en el Sistema de registro de beneficiarios – SIRBE de las personas que están en el servicio Transferencias para personas con discapacidad que fueron suspendidas en virtud de lo establecido en el literal d) del artículo 2º de la Resolución No. 1751 del 21 de agosto de 2024, modificada por la Resolución 2567 del 29 de noviembre de 2024 que actualmente registran estado A1 a C9 en el SISBEN IV”
Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20250627-125753-53a8d4-65975256 2025-06-27T15:52:17-05:00 - Pagina 2 de 9 Que mediante Sentencia T-011 de 2022, la Corte Constitucional reiteró que las personas en situación de discapacidad son sujetos de especial protección constitucional, y que el Estado colombiano, a través de todos sus estamentos, tiene la obligación de garantizar el goce efectivo de sus derechos fundamentales. En dicha providencia, la Corte precisó que esta obligación implica: (i) procurar la igualdad de derechos y oportunidades frente a los demás miembros de la sociedad; (ii) adelantar políticas públicas orientadas a su rehabilitación e integración social; y (iii) otorgar un trato especial y diferenciado como forma de acción afirmativa. En ese sentido, la Corte enfatizó que: “El Estado tiene el compromiso de adelantar acciones efectivas orientadas a promover la garantía y el ejercicio pleno de sus derechos, evitando conductas, actitudes o tratos que restrinjan sus derechos, libertades u oportunidades, sin justificación objetiva y razonable.”
Que los incisos 1°, 5° y 6° del artículo 94 de la Ley 715 de 2001, modificado por el artículo 24 de la Ley 1176 de 2007, establecen que “la focalización” es “el proceso mediante el cual, se garantiza que el gasto social se asigne a los grupos de población más pobre y vulnerable” y que “las entidades territoriales al realizar inversión social, especialmente mediante la asignación de subsidios, deben aplicar los criterios e instrumentos de focalización, definidos por el Conpes Social. Los diferentes programas sociales del orden nacional o territorial, deben definir la forma en que aplicarán los criterios e instrumentos para la focalización, contemplando además los criterios de egreso o cesación de la condición de beneficiarios que resulten pertinentes, en función de los objetivos e impactos perseguidos. Los gobernadores y alcaldes deben tomar las medidas pertinentes para garantizar que los grupos de población pobre y vulnerable tengan acceso a los servicios básicos”.
En concordancia con lo anterior, la Corte Constitucional, en reiterada jurisprudencia, ha precisado que, el Estado Colombiano debe, a través de todos sus estamentos, garantizar a todas las personas el goce efectivo de sus derechos constitucionales. En donde el alcance de los postulados básicos que se derivan de estas disposiciones constitucionales debe orientarse a la protección integral; en ese sentido las personas con discapacidad, tratándose de un grupo poblacional tradicionalmente discriminado y marginado, corresponde a todas las ramas del poder público ejercer la búsqueda activa para promover dichos postulados básicos a favor de esta población, lo cuales están enmarcados en: (i) la Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 Correo electrónico institucional: integracion@sdis.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-60 • 2025 • JULIO • 2 60 RESOLUCIÓN No. 1835 DE FECHA 27 DE JUNIO DE 2025 “Por la cual se dispone el levantamiento del estado suspensión en el Sistema de registro de beneficiarios – SIRBE de las personas que están en el servicio Transferencias para personas con discapacidad que fueron suspendidas en virtud de lo establecido en el literal d) del artículo 2º de la Resolución No. 1751 del 21 de agosto de 2024, modificada por la Resolución 2567 del 29 de noviembre de 2024 que actualmente registran estado A1 a C9 en el SISBEN IV”
Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20250627-125753-53a8d4-65975256 2025-06-27T15:52:17-05:00 - Pagina 3 de 9 igualdad de derechos y oportunidades entre todas las personas, con la consiguiente prohibición de cualquier discriminación por motivos de discapacidad;, (ii) el derecho de las personas en situación de discapacidad a que se adopten todas las medidas necesarias para poder ejercer sus derechos fundamentales en igualdad de condiciones con los demás;, y (iii) el deber estatal correlativo de otorgar un trato reforzado a las personas en situación de discapacidad.
Que el artículo 2.2.8.1.5 del Decreto Nacional No. 441 de 2017 “Por el cual se sustituye el Título 8 del Libro 2 de la Parte 2 del Decreto 1082 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional”, dispone que “el Sisbén es de obligatoria aplicación y uso para las entidades públicas del orden nacional y las entidades territoriales, al realizar gasto social”.
Que el artículo 1° del Decreto Distrital No. 607 del 2007 establece como objeto de la Secretaría Distrital de Integración Social: orientar y liderar la formulación y desarrollo de políticas de promoción, prevención, protección, restablecimiento y garantía de los derechos de los grupos poblacionales, familias y comunidades, enfatizando en la prestación de servicios sociales básicos para quienes enfrentan mayor situación de pobreza y vulnerabilidad. Así como, prestar servicios sociales básicos de atención a aquellos grupos poblacionales que además de sus condiciones de pobreza se encuentran en riesgo social, vulneración manifiesta o en situación de exclusión social.
Que el artículo tercero del Decreto Distrital 482 de 2023, define que la Base Maestra es una herramienta de focalización de la Estrategia de Ingreso Mínimo Garantizado, consolidada por la Secretaría Distrital de Planeación y conformada por información del SISBEN, el Registro Social del gobierno nacional, los listados censales reportados por las entidades distritales en los que certifican la condición de vulnerabilidad de los hogares, cruces con operadores financieros y otros registros administrativos. La Base Maestra contiene datos personales, datos de contacto, información financiera e información para la caracterización socioeconómica de los beneficiarios de la Estrategia de Ingreso Mínimo Garantizado.
Que, de acuerdo con lo establecido por el Manual Operativo del Sistema Distrital Bogotá Solidaria, la Secretaría Distrital de Planeación consolida la Base Maestra para su Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 Correo electrónico institucional: integracion@sdis.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-61 • 2025 • JULIO • 2 61 RESOLUCIÓN No. 1835 DE FECHA 27 DE JUNIO DE 2025 “Por la cual se dispone el levantamiento del estado suspensión en el Sistema de registro de beneficiarios – SIRBE de las personas que están en el servicio Transferencias para personas con discapacidad que fueron suspendidas en virtud de lo establecido en el literal d) del artículo 2º de la Resolución No. 1751 del 21 de agosto de 2024, modificada por la Resolución 2567 del 29 de noviembre de 2024 que actualmente registran estado A1 a C9 en el SISBEN IV”
Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20250627-125753-53a8d4-65975256 2025-06-27T15:52:17-05:00 - Pagina 4 de 9 operación e interoperabilidad con las demás bases de datos de las otras entidades, En donde el proceso de actualización de la información de esta base requiere de acciones específicas que impiden la identificación de grupos vulnerables, la aplicación de un orden lexicográfico por tipologías de hogar y la obtención de datos de contacto de manera inmediata, lo que permita a la Secretaria Distrital de Integración Social, cruzar la información necesaria para realizar la focalización, el seguimiento y estrategia para el servicio “Transferencia para Personas con Discapacidad’.
Que la Resolución No. 1751 del 21 de agosto de 2024, “Por medio de la cual se establece el plan especial para la implementación progresiva del Servicio Social Transferencias para personas con discapacidad”, tiene por objeto establecer el plan especial para la implementación progresiva del Servicio de Transferencias para personas con discapacidad, los cortes a partir de los cuales empezarán a aplicar los instrumentos de focalización, los criterios de ingreso, priorización, egreso y restricciones establecidas en la ficha del servicio social “7.10.7 - Transferencias para Personas con Discapacidad”.
Que el literal d) del artículo 2º ídem, modificado por el artículo 1º de la Resolución 2567 de 2024, dispone que las personas que eran beneficiarias del servicio “Fortalecimiento a la inclusión y apoyo Alimentario a Personas con Discapacidad”, sustituido por el servicio “Transferencias para Personas con Discapacidad”, que no atendieron las comunicaciones, citaciones, llamadas y visitas domiciliarias realizadas por la Subdirección para la Discapacidad y las Subdirecciones locales de la Secretaría Distrital de Integración Social, con el objeto de dar a conocer el proceso de transformación del servicio, estarían suspendidos hasta el 28 de febrero de 2025 y que una vez cumplida dicha fecha, les serían aplicados los criterios de egreso dispuestos para el servicio vigente.
Que el Parágrafo 1º ídem señala que a partir del 01 de marzo de 2025, “las personas que venían siendo beneficiarias del servicio “Fortalecimiento a la inclusión y apoyo Alimentario a Personas con Discapacidad”, sustituido por el servicio “Transferencias para Personas con Discapacidad”, que no se encuentren en las categorías A1 a C9 de la base maestra del SISBEN IV BOGOTÁ o que no estén registradas en ella, serán egresadas del servicio, con excepción de las comunidades étnicas siempre y cuando se encuentren en los listados censales oficiales avalados por entidad gubernamental competente, conforme a lo definido en la ficha técnica del servicio vigente.”
Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 Correo electrónico institucional: integracion@sdis.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-62 • 2025 • JULIO • 2 62 RESOLUCIÓN No. 1835 DE FECHA 27 DE JUNIO DE 2025 “Por la cual se dispone el levantamiento del estado suspensión en el Sistema de registro de beneficiarios – SIRBE de las personas que están en el servicio Transferencias para personas con discapacidad que fueron suspendidas en virtud de lo establecido en el literal d) del artículo 2º de la Resolución No. 1751 del 21 de agosto de 2024, modificada por la Resolución 2567 del 29 de noviembre de 2024 que actualmente registran estado A1 a C9 en el SISBEN IV”
Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20250627-125753-53a8d4-65975256 2025-06-27T15:52:17-05:00 - Pagina 5 de 9 Que el proceso de actualización de la información de la Base Maestra es dinámico e involucra validaciones que impiden la identificación de grupos vulnerables de manera inmediata y que con posterioridad a los plazos definidos para surtir los egresos de las personas suspendidas en el marco de lo dispuesto en el literal d) del artículo 2º de la Resolución 1751 del 21 de 2024, se identificaron personas que actualizaron su encuesta, encontrándose actualmente registradas en las categorías A1 a C9 del SISBEN IV, según la Base Maestra.
Que, teniendo en cuenta lo anterior, se hace necesario levantar la suspensión en el aplicativo SIRBE a las personas suspendidas del servicio Transferencias para personas con discapacidad que actualizaron su información en el SISBEN IV encontrándose actualmente registradas en las categorías A1 a C9, según la Base Maestra. Esto, como una forma de eliminar barreras de acceso al “servicio transferencia para Personas con Discapacidad”, para que puedan iniciar a recibir el beneficio a partir de la dispersión del mes de julio de 2025.
En mérito de lo expuesto:
RESUELVE:
PRIMERO: Levantamiento de la Suspensión a personas con discapacidad. MODIFICAR al estado “EN ATENCIÓN” en el Sistema de registro de beneficiarios – SIRBE a todas las personas que están en el servicio Transferencias para personas con discapacidad que se encuentren registradas en las categorías A1 a C9 del SISBEN IV, según las fuentes de información oficial a corte de 31 de mayo de 2025, que se encuentren en estado SUSPENDIDO en virtud de lo establecido en el literal d) del artículo 2º de la Resolución No. 1751 del 21 de agosto de 2024, modificada por la Resolución 2567 del 29 de noviembre de 2024.
Parágrafo. El levantamiento de la suspensión se entenderá surtido a partir del mes de
julio de 2025 y no dará lugar al reconocimiento de transferencias retroactivas.
Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 Correo electrónico institucional: integracion@sdis.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-63 • 2025 • JULIO • 2 63 RESOLUCIÓN No. 1835 DE FECHA 27 DE JUNIO DE 2025 “Por la cual se dispone el levantamiento del estado suspensión en el Sistema de registro de beneficiarios – SIRBE de las personas que están en el servicio Transferencias para personas con discapacidad que fueron suspendidas en virtud de lo establecido en el literal d) del artículo 2º de la Resolución No. 1751 del 21 de agosto de 2024, modificada por la Resolución 2567 del 29 de noviembre de 2024 que actualmente registran estado A1 a C9 en el SISBEN IV”
Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20250627-125753-53a8d4-65975256 2025-06-27T15:52:17-05:00 - Pagina 6 de 9 SEGUNDO: VIGENCIA. La presente Resolución rige desde el día siguiente de su publicación en la página web de la Secretaría Distrital de Integración Social.
PUBLÍQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los 27 días del mes de junio de (2025).
ROBERTO ANGULO SALAZAR Secretario Distrital de Integración Social Proyectó: Jimmy leonardo Rodríguez Medina – Líder Jurídico Subdirección para la Discapacidad Revisó: Brayan Arley Aguilera Rincón – Profesional Universitario Oficina Jurídica Andrea Vega Rodríguez – Profesional Especializado Oficina Jurídica Aprobó: Laura Alejandra Contreras Salazar – jefe Oficina Jurídica Marcela Cubides – subdirectora para la Discapacidad Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 Correo electrónico institucional: integracion@sdis.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-64 • 2025 • JULIO • 2 64 REGISTRO DE FIRMAS ELECTRONICAS resolucion 1835 de 27 de junio de 2025 SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL gestionado por: azsign.com.co Id Acuerdo: 20250627-125753-53a8d4-65975256 Creación: 2025-06-27 12:57:53 Escanee el código Estado: Finalizado Finalización: 2025-06-27 15:52:16 para verificación Aprobación: SUBDIRECTORA PARA LA DISCAPACIDAD Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20250627-125753-53a8d4-65975256 2025-06-27T15:52:17-05:00 - Pagina 7 de 9 Marcela Cubides 52968359 mcubides1@sdis.gov.co Subdirectora para la Discapacidad Dirección para la Inclusión y las Familias Revisión: ee Andrea Vega Rodríguez 52516635 avegar@sdis.gov.co Profesional Especializada Grado 23 Secretaría Distrital de Integración Social Revisión: ee Brayan Arley Aguilera Rincón 1018461894 baguilera@sdis.gov.co Profesional universitario 219 09 Secretaria Distrital de Integración Social Elaboración: ee Jimmy Leonardo Rodriguez Medina 80100207 jlrodriguezm@sdis.gov.co Contratista - Líder Jurídico Subdirección para la Discapacidad Subdirección para la Discapacidad REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-65 • 2025 • JULIO • 2 65 REGISTRO DE FIRMAS ELECTRONICAS resolucion 1835 de 27 de junio de 2025 SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL gestionado por: azsign.com.co Id Acuerdo: 20250627-125753-53a8d4-65975256 Creación: 2025-06-27 12:57:53 Escanee el código Estado: Finalizado Finalización: 2025-06-27 15:52:16 para verificación Firma: SECRETARIO DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20250627-125753-53a8d4-65975256 2025-06-27T15:52:17-05:00 - Pagina 8 de 9 Roberto Angulo Salazar 80060611 rangulo@sdis.gov.co Secretario de Despacho Secretaría Distrital de Integración Social Aprobación: JEFE OFICINA JURIDICA LAURA ALEJANDRA CONTRERAS SALAZAR 1032366278 lcontrerass@sdis.gov.co JEFE OFICINA JURÍDICA SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-66 • 2025 • JULIO • 2 66 REPORTE DE TRAZABILIDAD resolucion 1835 de 27 de junio de 2025 SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL gestionado por: azsign.com.co Id Acuerdo: 20250627-125753-53a8d4-65975256 Creación: 2025-06-27 12:57:53 Escanee el código Estado: Finalizado Finalización: 2025-06-27 15:52:16 para verificación TRAMITE PARTICIPANTE ESTADO ENVIO, LECTURA Y RESPUESTA Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20250627-125753-53a8d4-65975256 2025-06-27T15:52:17-05:00 - Pagina 9 de 9 Jimmy Leonardo Rodriguez Medina jlrodriguezm@sdis.gov.co Env.: 2025-06-27 12:58:07 Lec.: 2025-06-27 13:00:15 Aprobado Elaboración Contratista - Líder Jurídico Subdirección para la Res.: 2025-06-27 13:00:19 Subdirección para la Discapacidad IP Res.: 186.81.59.43 Brayan Arley Aguilera Rincón Env.: 2025-06-27 13:00:19 baguilera@sdis.gov.co Lec.: 2025-06-27 13:01:54 Revisión Aprobado Profesional universitario 219 09 Res.: 2025-06-27 13:02:07 Secretaria Distrital de Integración Social IP Res.: 191.156.247.92 Andrea Vega Rodríguez Env.: 2025-06-27 13:02:07 avegar@sdis.gov.co Lec.: 2025-06-27 14:27:58 Revisión Aprobado Profesional Especializada Grado 23 Res.: 2025-06-27 14:28:03 Secretaría Distrital de Integración Social IP Res.: 200.118.60.116 Marcela Cubides Env.: 2025-06-27 14:28:03 mcubides1@sdis.gov.co Lec.: 2025-06-27 14:30:30 Aprobación Aprobado Subdirectora para la Discapacidad Res.: 2025-06-27 14:30:39 Dirección para la Inclusión y las Familias IP Res.: 181.32.194.224 LAURA ALEJANDRA CONTRERAS SALAZAR Env.: 2025-06-27 14:30:39 lcontrerass@sdis.gov.co Lec.: 2025-06-27 14:37:04 Aprobación Aprobado JEFE OFICINA JURÍDICA Res.: 2025-06-27 14:37:10 SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL IP Res.: 190.27.225.68 Roberto Angulo Salazar Env.: 2025-06-27 14:37:10 Firma Aprobado rangulo@sdis.gov.co Secretario de Despacho Secretaría Distrital de Integración Social Lec.: 2025-06-27 15:52:14 Res.: 2025-06-27 15:52:16 IP Res.: 191.156.147.199 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-67 • 2025 • JULIO • 2 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-68 • 2025 • JULIO • 2 68 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-69 • 2025 • JULIO • 2 69 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-70 • 2025 • JULIO • 2 70 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-71 • 2025 • JULIO • 2 71 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-72 • 2025 • JULIO • 2 72 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-73 • 2025 • JULIO • 2 73 Página 1 de 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-74 • 2025 • JULIO • 2 74 Página 2 de 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-75 • 2025 • JULIO • 2 75 Página 1 de 7 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-76 • 2025 • JULIO • 2 76 Página 2 de 7 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-77 • 2025 • JULIO • 2 77 Página 3 de 7 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-78 • 2025 • JULIO • 2 78 Página 4 de 7 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-79 • 2025 • JULIO • 2 79 Página 5 de 7 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-80 • 2025 • JULIO • 2 80 Página 6 de 7 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-81 • 2025 • JULIO • 2 81 Página 7 de 7 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-82 • 2025 • JULIO • 2 82 RESOLUCIÓN No. 160 “Por la cual se delega la representación legal y la ordenación del gasto para la suscripción de los acuerdos de voluntades necesarios para la devolución de los recursos consignados a la Empresa por los ocupantes del asentamiento denominado “Brisas del Tintal””
EL GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA DE RENOVACIÓN Y DESARROLLO URBANO DE BOGOTÁ D. C.
En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, el artículo 17 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, el artículo 11 y el numeral 5 del artículo 12 del Acuerdo Distrital 643 de 2016, los numerales 5 y 17 del artículo segundo del Acuerdo 59 de 2023 y los artículos 8 y 17 del Acuerdo 75 de 2024 de la Junta Directiva de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá, D.C., y,
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 209 de la Constitución Política, “La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones”.
Que el artículo 211 de la Constitución Política establece que la Ley fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar en sus subalternos o en otras autoridades, y precisa que “La delegación exime de responsabilidad al delegante, la cual corresponderá exclusivamente al delegatario, cuyos actos o resoluciones podrá siempre reformar o revocar aquel, reasumiendo la responsabilidad consiguiente”.
Que el artículo 9° de la Ley 489 de 1998 “Por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones”, establece que: "Las autoridades administrativas en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias. Sin perjuicio de las delegaciones previstas en leyes orgánicas, en todo caso, los ministros, directores de departamento administrativo, superintendentes, representantes legales de organismos y entidades que posean una estructura independiente y autonomía administrativa podrán delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política y en la presente ley".
Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 10 de la Ley 489 de 1998, la delegación debe constar por escrito, determinando de manera precisa y expresa la autoridad delegataria y las funciones o asuntos específicos cuya atención y decisión se transfieren.
FT-63-V7 Fecha: 07/07/2023 Página 1 de 6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-83 • 2025 • JULIO • 2 83 RESOLUCIÓN No. 160 “Por la cual se delega la representación legal y la ordenación del gasto para la suscripción de los acuerdos de voluntades necesarios para la devolución de los recursos consignados a la Empresa por los ocupantes del asentamiento denominado “Brisas del Tintal””
Que el parágrafo del artículo 12 de la Ley 489 de 1998 señala que en lo relacionado “con la contratación, el acto de la firma expresamente delegada, no exime de la responsabilidad legal civil y penal al agente principal”.
Que el artículo 12 de la Ley 80 de 1993, adicionado por el artículo 21 de la Ley 1150 de 2007, establece que “Los jefes y los representantes legales de las entidades estatales podrán delegar total o parcialmente la competencia para celebrar contratos y desconcentrar la realización de licitaciones en los servidores públicos que desempeñen cargos del nivel directivo o ejecutivo o en sus equivalentes”; y que “En ningún caso, los jefes y representantes legales de las entidades estatales quedarán exonerados por virtud de la delegación de sus deberes de control y vigilancia de la actividad precontractual y contractual1.”
Que el artículo 110 de la Decreto Nacional 111 de 1996 “Por el cual se compilan la Ley 38 de 1989, la Ley 179 de 1994 y la Ley 225 de 1995 que conforman el estatuto orgánico del presupuesto” establece que "Los órganos que son una sección en el Presupuesto General de la Nación, tendrán la capacidad de contratar y comprometer a nombre de la persona jurídica de la cual hagan parte, y ordenar el gasto en desarrollo de las apropiaciones incorporadas en la respectiva sección, lo que constituye la autonomía presupuestal a que se refieren la Constitución Política y la ley. Estas facultades estarán en cabeza del jefe de cada órgano quien podrá delegarlas en funcionarios del nivel directivo, o quien haga sus veces, y serán ejercidas teniendo en cuenta las normas consagradas en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y en las disposiciones legales vigentes. (…). En los mismos términos y condiciones tendrán estas capacidades las Superintendencias, Unidades Administrativas Especiales, las Entidades Territoriales, Asambleas y Concejos, las Contralorías y Personerías Territoriales y todos los demás órganos estatales de cualquier nivel que tengan personería jurídica.(…)”.
Que el Decreto Distrital 714 de 1996 “Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de 1995 y Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital”, prevé en el artículo 87: “De la Ordenación del Gasto y la Autonomía. Los Órganos y Entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital, tendrán la capacidad de contratar y comprometer a nombre de la persona jurídica de la que, hacen parte y ordenar el gasto en desarrollo de las apropiaciones incorporadas en su presupuesto, lo que constituye la autonomía presupuestal a que se refieren la Constitución Política y la Ley. Estas facultades estarán en cabeza del Jefe de cada Entidad quien podrá delegarlas en funcionarios del nivel directivo y serán ejercidas teniendo en cuenta las normas consagradas en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y en las disposiciones legales vigentes.”
1 El segundo inciso fue declarado condicionalmente exequible por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-693-08 de 9 de julio de 2008, en el entendido según el cual el delegante sólo responderá del recto ejercicio de sus deberes de control y vigilancia de la actividad precontractual, cuando haya incurrido en dolo o culpa grave en el ejercicio de dichas funciones. M.P. Marco Gerardo Monroy Cabra.
FT-63-V7 Fecha: 07/07/2023 Página 2 de 6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-84 • 2025 • JULIO • 2 84 RESOLUCIÓN No. 160 “Por la cual se delega la representación legal y la ordenación del gasto para la suscripción de los acuerdos de voluntades necesarios para la devolución de los recursos consignados a la Empresa por los ocupantes del asentamiento denominado “Brisas del Tintal””
Que el artículo 17 del Acuerdo Distrital 257 de 2006 “Por el cual se dictan normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito Capital, y se expiden otras disposiciones” faculta a las autoridades administrativas del Distrito Capital para delegar el ejercicio de sus funciones a sus colaboradores, de conformidad con la Constitución Política y la Ley, especialmente la Ley 489 de 1998.
Que según lo establecido en el artículo segundo del Acuerdo 59 de 2023 de la Junta Directiva de la Empresa “Por el cual se modifica la estructura organizacional de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C. y se dictan otras disposiciones”, la Gerencia General tiene, entre otras funciones, las de: “5. Ordenar los gastos, dictar los actos administrativos y celebrar los contratos y convenios necesarios para el cumplimiento de los objetivos y funciones de la Empresa. (…)
17. Delegar en los funcionarios que estime conveniente, las funciones que sean necesarias para el funcionamiento de la Empresa y reasumirlas cuando así lo considere, de conformidad con lo dispuesto en la normatividad vigente, o aquella que adicione, modifique o sustituya.”
Que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 del Acuerdo 75 de 2024 de la Junta Directiva “Por el cual se adoptan los Estatutos Sociales de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C., Empresa Industrial y Comercial del Distrito Capital", el Gerente General de la Empresa será su representante legal.
Que conforme a lo previsto en el artículo 17 del Acuerdo 75 de 2024 de la Junta Directiva, el Gerente General cumple, entre otras funciones, la de “5. Ordenar los gastos, dictar los actos administrativos y celebrar los contratos y convenios necesarios para el cumplimiento de los objetivos y funciones de la Empresa.”
Que por medio de la Resolución No. 691 del 29 de noviembre de 2019, la Gerencia General de la Empresa ordenó iniciar los trámites pertinentes para dejar sin efectos las promesas de compraventa celebradas entre Metrovivienda (Hoy Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C.) y los ocupantes del asentamiento informal “Brisas del Tintal”, así como adelantar los trámites a que hubiera lugar para efectuar el reintegro de los recursos a los demás ocupantes de dicho asentamiento que realizaron depósitos en la cuenta de ahorros 4502009460 del Banco Colpatria sin mediar contrato alguno.
Que, mediante la Resolución 173 del 31 de julio de 2020 de la Gerencia General de la Empresa, se modificó y se dio cumplimiento a la Resolución 691 de 2019, estableciendo, entre otras disposiciones, las dependencias responsables de: i) determinar los valores depositados en la cuenta de ahorros 4502009460 del Banco Colpatria, sus rendimientos financieros, y los gastos bancarios e impuestos; ii) efectuar el reintegro de los recursos depositados en dicha cuenta; iii) suscribir los acuerdos de voluntades para dar por terminadas las promesas de compraventa celebradas con los ocupantes, delegando la firma de dichos acuerdos en el Director Comercial de la Subgerencia de Gestión Inmobiliaria existente en la estructura de la Empresa para esa fecha; y iv) adelantar los trámites para FT-63-V7 Fecha: 07/07/2023 Página 3 de 6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-85 • 2025 • JULIO • 2 85 RESOLUCIÓN No. 160 “Por la cual se delega la representación legal y la ordenación del gasto para la suscripción de los acuerdos de voluntades necesarios para la devolución de los recursos consignados a la Empresa por los ocupantes del asentamiento denominado “Brisas del Tintal”” el reintegro de los recursos consignados por ocupantes de los predios identificados con folios de matrícula inmobiliaria Nos. 50S-40258263 y CHIP AAA01480WPA, y 50S-451018 y chip AAA 01910NPP, de dicho asentamiento, que no suscribieron promesas de compraventa.
Que mediante la Resolución No. 264 del 27 de octubre de 2020, la Gerencia General de la Empresa dispuso que correspondía al Director Comercial de la Subgerencia de Gestión Inmobiliaria existente en la estructura de la Empresa en esa fecha, adelantar todos los trámites relacionados con la solicitud de reintegro de los recursos a la Tesorería General de la Empresa, incluida la delegación para firmar los documentos a que hubiere lugar, en aplicación del procedimiento especial de devolución de los recursos consignados por los ocupantes del asentamiento ilegal denominado “Brisas del Tintal”.
Que, con posterioridad, mediante la Resolución 004 del 13 de enero de 2023 de la Gerencia General de la Empresa, se delegaron competencias en materia de representación legal, ordenación del gasto, y otras disposiciones, y conforme con lo dispuesto en sus artículos 8º y 11º fue derogada la delegación para la suscripción de los acuerdos de voluntad para la terminación de las promesas de compraventa celebradas entre Metrovivienda y los ocupantes del asentamiento “Brisas del Tintal” prevista en el artículo 4º de la Resolución 173 de 2020, así como la delegación de la firma de los documentos necesarios para dar aplicación al procedimiento de “Devolución de recursos de terceros Brisas del Tintal”, establecida en el parágrafo del artículo 6º de la Resolución 173 de 2020, modificado por el artículo 2o de la Resolución 264 de 2020 de la Gerencia General de la Empresa.
Que, con el fin de dar cumplimiento a lo ordenado en la Resolución 691 de 2019, modificada por la Resolución 173 de 2020, y agilizar la gestión del procedimiento especial de devolución de recursos de terceros Brisas del Tintal, el 15 de agosto de 2023, mediante comunicación interna con radicado I2023002390, con fundamento en las funciones y facultades conferidas al Gerente General y el procedimiento especial denominado “Devolución de recursos de Terceros “Brisas del Tintal”, se delegó en el Director Comercial de la Subgerencia de Gestión Inmobiliaria existente para esa fecha en la Empresa, las funciones correspondientes a la suscripción de los acuerdos de voluntad de terminación de las promesas de compraventa celebradas entre la Empresa y los ocupantes del asentamiento “Brisas del Tintal”, y la firma de las actas de devolución de los recursos con quienes no se suscribió promesa.
Que por medio del Acuerdo No. 59 del 21 de noviembre de 2023 de la Junta Directiva de la Empresa se modificó la estructura organizacional de la misma.
Que mediante la Resolución No. 181 de 2024 del Gerente General de la Empresa se delegaron las competencias en materia de ordenación del gasto, representación legal y se dictaron otras disposiciones.
FT-63-V7 Fecha: 07/07/2023 Página 4 de 6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-86 • 2025 • JULIO • 2 86 RESOLUCIÓN No. 160 “Por la cual se delega la representación legal y la ordenación del gasto para la suscripción de los acuerdos de voluntades necesarios para la devolución de los recursos consignados a la Empresa por los ocupantes del asentamiento denominado “Brisas del Tintal””
Que en el artículo décimo segundo de la Resolución No. 181 de 2024 se estableció que las funciones en materia de representación legal no delegadas en la misma se ejercerán directamente por el Gerente General, y en el artículo vigésimo ibidem se derogaron todas las normas contrarias.
Que en la Resolución No. 181 de 2024 no se contempló ninguna delegación relacionada con la firma de los documentos necesarios para la terminación de las promesas de compraventa y la devolución de los recursos consignados por los ocupantes del asentamiento denominado “Brisas del Tintal”.
Que en consideración a la modificación de la estructura organizacional de la Empresa efectuada mediante el Acuerdo 59 de 2023 de la Junta Directiva, deberá adoptarse un nuevo procedimiento para la devolución de los recursos consignados por los ocupantes del asentamiento denominado “Brisas del Tintal” en la cuenta de ahorros 4502009460 del Banco Colpatria.
Que, en virtud de lo anterior, teniendo en cuenta la modificación de la estructura organizacional de la Empresa y la derogatoria de las delegaciones de las funciones correspondientes a la suscripción de los acuerdos de voluntad de terminación de las promesas de compraventa celebradas entre la Empresa y los ocupantes del asentamiento “Brisas del Tintal”, y de las actas de devolución de los recursos con los ocupantes que no suscribieron promesa, se hace necesario delegar dichas funciones, de conformidad con las nuevas dependencias de la entidad.
Que en los numerales 2, 4 y 6 del artículo décimo séptimo del Acuerdo 59 de 2023 de la Junta Directiva de la Empresa se asignaron a la Subgerencia de Gestión Corporativa las funciones de “Dirigir la programación, elaboración, ejecución y seguimiento de la gestión financiera, (…) contractual y de gestión documental de manera articulada con los instrumentos de planeación y presupuesto; “Dirigir la implementación del control interno contable asociado a la gestión financiera de la Empresa”; y “Planificar y dirigir el proceso de ordenación de los pagos de las obligaciones de la Empresa”.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo primero.
Delegar en el Subgerente de Gestión Corporativa de la Empresa la representación legal y la ordenación del gasto para la suscripción de los acuerdos de voluntades necesarios para la devolución de los recursos consignados por los ocupantes de los predios identificados con folios de matrícula inmobiliaria Nos. 50S-40258263 y CHIP AAA01480WPA, y 50S- 451018 y chip AAA 01910NPP, del asentamiento “Brisas del Tintal” en la cuenta de ahorros 4502009460 del Banco Colpatria abierta por Metrovivienda, hoy Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C., para lo cual deberá adelantarse el procedimiento que se adopte para el efecto y que formará parte del Sistema Integrado de Gestión.
FT-63-V7 Fecha: 07/07/2023 Página 5 de 6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-87 • 2025 • JULIO • 2 87 RESOLUCIÓN No. 160 “Por la cual se delega la representación legal y la ordenación del gasto para la suscripción de los acuerdos de voluntades necesarios para la devolución de los recursos consignados a la Empresa por los ocupantes del asentamiento denominado “Brisas del Tintal””
Parágrafo. PRIMERO. En los acuerdos de voluntades que se suscriban con los ocupantes de los
predios del asentamiento “Brisas del Tintal” que celebraron promesas de compraventa con Metrovivienda, hoy Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C., se deberán dejar sin efectos dichas promesas.
Parágrafo. SEGUNDO. La Oficina de Participación Ciudadana y Asuntos Sociales de la Empresa
brindará el apoyo necesario para la gestión social que debe adelantarse con la comunidad con miras a culminar la devolución de los recursos existentes en la cuenta de ahorros 4502009460 del Banco Colpatria a los ocupantes de los predios del asentamiento “Brisas del Tintal” indicados en el presente artículo.
Artículo segundo.
Reasunción de Competencias. El Gerente General podrá reasumir en cualquier tiempo la competencia para el ejercicio de las funciones delegadas en el presente acto, y revisar los acuerdos suscritos y demás actuaciones adelantadas por el delegatario en virtud de esta resolución, sin que medie acto administrativo alguno.
Artículo tercero.
Informes sobre ejercicio de delegaciones. El Subgerente de Gestión Corporativa rendirá informes de manera trimestral dentro de la ejecución de la función delegada, los cuales deberán ser entregados a la Gerencia General dentro de los primeros diez (10) días calendario del mes siguiente a la finalización del periodo reportado.
Artículo cuarto.
Comunicar la presente resolución al Subgerente de Gestión Corporativa y al Jefe de la Oficina de Participación Ciudadana y Asuntos Sociales a través de la Dirección Administrativa y de TICs de la Empresa.
Artículo quinto.
Vigencia. La presente Resolución rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los 26 días del mes de junio del año 2025.
CARLOS FELIPE REYES Gerente General Proyectó: Juliana Valencia Andrade – Contratista Oficina Jurídica Revisó: Javier Antonio Villarreal Villaquirán – Jefe Oficina Jurídica (E) Aprobó: Javier Antonio Villarreal Villaquirán – Jefe Oficina Jurídica (E) Juan David Ching Ruiz – Asesor Gerencia General FT-63-V7 Fecha: 07/07/2023 Página 6 de 6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-88 • 2025 • JULIO • 2 88 RESOLUCIÓN No.
0002 14-enero-2025 LA DIRECTORA DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 16 del Acuerdo 004 de 2021 del Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital y, C O N S I D E R A N D O:
Que el literal b) del artículo 1° de la Ley 909 de 2004 establece que hacen parte de la función pública los empleos públicos denominados de libre nombramiento y remoción.
Que el literal f) del numeral 2 del artículo 5 de la Ley 909 de 2004, adicionado por el artículo 1° de la Ley 1093 de 2006, señala que son empleos de libre nombramiento y remoción aquellos "cuyo ejercicio impliquen especial confianza que tengan asignadas funciones de asesoría institucional, que estén adscritos a las oficinas de los secretarios de despacho, de los Directores de Departamento Administrativo, de los gerentes, tanto en los departamentos, distritos especiales, Distrito Capital y distritos y municipios de categoría especial y primera.
Que, existen cargos del nivel directivo que pueden ser provistos de manera discrecional, previo el cumplimiento de los requisitos exigidos para el desempeño del cargo, de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Ley 909 de 2004 y el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015.
Que en cumplimiento del artículo 7 del Acuerdo 782 del 26 de noviembre de 2020 y el artículo 7 del Decreto Distrital 189 de 21 de agosto de 2020 modificado por el Decreto Distrital 159 del 28 de abril de 2021, la hoja de vida del señor Diego Ricardo Ibarra Rodríguez, identificado con cédula de ciudadanía 80.856.884, se publicó en el sitio web del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital entre el 18 y el 26 de diciembre de 2024, inclusive, para conocimiento de la ciudadanía.
Que de conformidad con la revisión efectuada, la Subgerencia de Talento Humano, certificó que el señor Diego Ricardo Ibarra Rodríguez, reúne los requisitos que exige el cargo de Subgerente, Código 090, Grado 03, ubicado en la Subgerencia de Analítica de Datos de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que, en mérito de lo expuesto, este Despacho.
R E S U E L V E:
Artículo 1.
Nombrar con carácter ordinario al señor Diego Ricardo Ibarra Rodriguez, identificado con cédula de ciudadanía No 80.856.884, en el empleo de libre nombramiento y remoción de Subgerente, Código 090,
GESP-01-FR-06 V.1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-89 • 2025 • JULIO • 2 89 RESOLUCIÓN No.
14-enero-2025 0002 Grado 03, ubicado en la Subgerencia de Analítica de Datos de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Artículo 2.
Publicar el contenido de la presente Resolución en el Registro Distrital a través de la Gerencia Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Artículo 3.
Publicar el contenido de la presente Resolución en el Botón de Transparencia de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad.
Artículo 4.
Notificar el contenido de la presente resolución al señor Diego Ricardo Ibarra Rodriguez, a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad, en los términos establecidos en el artículo 67 de la Ley 1437 de 2011.
Parágrafo. La persona nombrada tendrá diez (10) días hábiles para manifestar si acepta o rechaza el
nombramiento en el cargo y diez (10) días hábiles para tomar posesión de empleo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017.
Artículo 5.
Comunicar el contenido de la presente resolución a la Gerencia de Infraestructura de Datos Espaciales IDECA de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad.
Artículo 6.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE, Dado en Bogotá D.C, a los 14-enero-2025 OLGA LUCÍA LÓPEZ MORALES Directora Elaboró: Gloria Stella Pacheco Fonseca - Profesional Universitario STH Revisó: Mónica Daniela Cortés Muñoz Profesional Especializado STH Ángel Andrés Hernández Montiel Abogado Contratista STH Ennis Esther Jaramillo Morato Subgerente de Talento Humano Ximena del Pilar Rodríguez Cifuentes -Contratistas Gerencia de Gestión Corporativa Jairo Andrés Revelo Molina Gerente de Gestión Corporativa GESP-01-FR-06 V.1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-90 • 2025 • JULIO • 2 90 003 Z^K>h/MEEŽ͘ “Por la cual se efectúa un nombramiento provisional en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”
>'ZEd'^d/MEKZWKZd/s>hE/D/E/^dZd/s^W/>d^dZK /^dZ/d>͕ ŶƵƐŽĚĞƐƵƐĂƚƌŝďƵĐŝŽŶĞƐůĞŐĂůĞƐLJĞŶĞƐƉĞĐŝĂůůĂƐĞƐƚĂďůĞĐŝĚĂƐĞŶůŽƐĂƌƚşĐƵůŽƐϮ͘ Ϯ͘ ϱ͘ ϯ͘ ϯLJϮ͘ Ϯ͘ ϱ͘ ϯ͘ ϰ͕ ĚĞů ĞĐƌĞƚŽEĂĐŝŽŶĂůEŽ͘ ϭϬϴϯĚĞϮϬϭϱ͕ ŵŽĚŝĨŝĐĂĚŽƉŽƌĞůĂƌƚşĐƵůŽϭĚĞůĞĐƌĞƚŽEĂĐŝŽŶĂůEŽ͘ ϲϰϴĚĞϮϬϭϳ͕ ůĂƐ ĚĞůĞŐĂĚĂƐĞŶĞůůŝƚĞƌĂůĂͿĚĞůĂƌƚşĐƵůŽϱĚĞůĂZĞƐŽůƵĐŝſŶ/ŶƚĞƌŶĂEŽ͘ ϬϵϴϵĚĞϮϬϮϰ͕ ĞdžƉĞĚŝĚĂƉŽƌůĂŝƌĞĐƚŽƌĂ ĚĞůĂhŶŝĚĂĚĚŵŝŶŝƐƚƌĂƚŝǀĂƐƉĞĐŝĂůĚĞĂƚĂƐƚƌŽŝƐƚƌŝƚĂů͕ LJ͕ KE^/ZEK͗ YƵĞĞůĂƌƚşĐƵůŽϮ͘ Ϯ͘ ϱ͘ ϯ͘ ϯĚĞůĞĐƌĞƚŽϭϬϴϯĚĞϮϬϭϱ͕ ŵŽĚŝĨŝĐĂĚŽƉŽƌĞůĞĐƌĞƚŽϲϰϴĚĞϮϬϭϳ͕ ĞƐƚĂďůĞĐĞƋƵĞ“Las ǀĂĐĂŶƚĞƐƚĞŵƉŽƌĂůĞƐĞŶĞŵƉůĞŽƐĚĞĐĂƌƌĞƌĂ͕ ƉŽĚƌĄŶƐĞƌƉƌŽǀŝƐƚĂƐŵĞĚŝĂŶƚĞŶŽŵďƌĂŵŝĞŶƚŽƉƌŽǀŝƐŝŽŶĂů͕ ĐƵĂŶĚŽ no fuere posible proveerlas mediante encargo con empleados de carrera.”
YƵĞĚĞĐŽŶĨŽƌŵŝĚĂĚĐŽŶĞůĂƌƚşĐƵůŽϮ͘ Ϯ͘ ϱ͘ ϯ͘ ϰĚĞůĞĐƌĞƚŽϭϬϴϯĚĞϮϬϭϱŵŽĚŝĨŝĐĂĚŽƉŽƌĞůĞĐƌĞƚŽϲϰϴĚĞϮϬϭϳ͕ ĞƐƚĂďůĞĐĞƋƵĞ“antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador por resolución motivada podrá darlos por terminados.”
YƵĞůĂŽŵŝƐŝſŶEĂĐŝŽŶĂůĚĞů^ĞƌǀŝĐŝŽŝǀŝůŵĞĚŝĂŶƚĞŝƌĐƵůĂƌϬϬϯĚĞϮϬϭϰ͕ ƐĞŹĂůſƋƵĞ͕ ĞŶǀŝƌƚƵĚĚĞůƵƚŽĚĞů ϱ ĚĞ ŵĂLJŽ ĚĞ ϮϬϭϰ͕ ƉƌŽĨĞƌŝĚŽ ƉŽƌ Ğů ŽŶƐĞũŽ ĚĞ ƐƚĂĚŽ͕ ŶŽ ƐĞ ƌĞƋƵĞƌŝƌĄ ĂƵƚŽƌŝnjĂĐŝſŶ ƉĂƌĂ ƉƌŽǀĞĞƌ ƚƌĂŶƐŝƚŽƌŝĂŵĞŶƚĞůŽƐĞŵƉůĞŽƐĚĞĐĂƌƌĞƌĂĂƚƌĂǀĠƐĚĞĞŶĐĂƌŐŽŽŶŽŵďƌĂŵŝĞŶƚŽĞŶƉƌŽǀŝƐŝŽŶĂůŝĚĂĚ͘ YƵĞĞŶŽŶĐĞƉƚŽϰϭϰϯϭĚĞϮϬϭϵĞŵŝƚŝĚŽĞůĞƉĂƌƚĂŵĞŶƚŽĚŵŝŶŝƐƚƌĂƚŝǀŽĚĞůĂ&ƵŶĐŝſŶWƷďůŝĐĂ–&W͕ ĨƌĞŶƚĞ Ă ůĂ ƉƌſƌƌŽŐĂ ĚĞ ůŽƐ ŶŽŵďƌĂŵŝĞŶƚŽƐ ƉƌŽǀŝƐŝŽŶĂůĞƐ ƐĞŹĂůĂ ƋƵĞ͗ “(…) El término de duración de los ŶŽŵďƌĂŵŝĞŶƚŽƐƉƌŽǀŝƐŝŽŶĂůĞƐĂĐƚƵĂůŵĞŶƚĞƐĞĞŶĐƵĞŶƚƌĂĐŽŶĐĞďŝĚŽƉĂƌĂůĂǀĂĐĂŶĐŝĂĚĞĨŝŶŝƚŝǀĂŚĂƐƚĂƋƵĞƐĞ ĞĨĞĐƚƷĞĞůŶŽŵďƌĂŵŝĞŶƚŽĞŶƉĞƌşŽĚŽĚĞƉƌƵĞďĂLJĞŶůŽƐĐĂƐŽƐĚĞǀĂĐĂŶĐŝĂƚĞŵƉŽƌĂůŚĂƐƚĂĐƵĂŶĚŽĨŝŶĂůŝĐĞůĂ ƐŝƚƵĂĐŝſŶĂĚŵŝŶŝƐƚƌĂƚŝǀĂƋƵĞůĞĚŝŽŽƌŝŐĞŶĂůĂŵŝƐŵĂ͕ ƐŝŶƋƵĞůĂŶŽƌŵĂĞƐƚĂďůĞnjĐĂƉƌſƌƌŽŐĂƉĂƌĂůŽƐĞǀĞŶƚŽƐ señalados. (…)”
YƵĞŵĞĚŝĂŶƚĞůĂZĞƐŽůƵĐŝſŶEŽ͘ ϵϴϵĚĞůϮϳĚĞĚŝĐŝĞŵďƌĞĚĞϮϬϮϰ, “Por la cual se compila la delegación de ĨƵŶĐŝŽŶĞƐƉŽƌƉĂƌƚĞĚĞůĂŝƌĞĐĐŝſŶĚĞůĂhŶŝĚĂĚĚŵŝŶŝƐƚƌĂƚŝǀĂƐƉĞĐŝĂůĚĞĂƚĂƐƚƌŽŝƐƚƌŝƚĂůhͲLJƐĞĚŝĐƚĂŶ otras disposiciones”, al Gerente de Gestión Corporativa le fueron delegadas entre otras, la siguienƚĞĨƵŶĐŝſŶ͗ “… ĂͿ ^ƵƐĐƌŝďŝƌ͕ ƌĞǀŽĐĂƌ Ž ĚĞƌŽŐĂƌ ůŽƐ ŶŽŵďƌĂŵŝĞŶƚŽƐ ĚĞ ůŽƐ ĞŵƉůĞŽƐ ĚĞ ůĂ h͘ džĐĞƉƚŽ ůŽƐ ĚĞ ůŝďƌĞ ŶŽŵďƌĂŵŝĞŶƚŽLJƌĞŵŽĐŝſŶ͘ ”
'^WͲϬϭͲ&ZͲϬϲ s͘ ϭ REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-91 • 2025 • JULIO • 2 91 003 Z^K>h/MEEŽ͘ “Por la cual se efectúa un nombramiento provisional en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”
YƵĞ͕ ĞŶůĂƉůĂŶƚĂĚĞƉĞƌƐŽŶĂůĚĞůĂhŶŝĚĂĚĚŵŝŶŝƐƚƌĂƚŝǀĂƐƉĞĐŝĂůĚĞĂƚĂƐƚƌŽŝƐƚƌŝƚĂů͕ ĞdžŝƐƚĞƵŶĂǀĂĐĂŶƚĞ ƚĞŵƉŽƌĂů ĞŶĞů ĞŵƉůĞŽ ĚĞ WƌŽĨĞƐŝŽŶĂůhŶŝǀĞƌƐŝƚĂƌŝŽ͕ ſĚŝŐŽϮϭϵ 'ƌĂĚŽϬϰ͕ ƵďŝĐĂĚŽ ĞŶ ůĂ ^ƵďŐĞƌĞŶĐŝĂ ĚĞ /ŶĨŽƌŵĂĐŝſŶĐŽŶſŵŝĐĂ͕ ĐƵLJŽƚŝƚƵůĂƌĞƐĞůƐĞƌǀŝĚŽƌĂƌůŽƐůďĞƌƚŽǀĞŶĚĂŹŽKƌŽďŝŽ͕ ŝĚĞŶƚŝĨŝĐĂĚŽĐŽŶůĂĐĠĚƵůĂ ĚĞ ĐŝƵĚĂĚĂŶşĂ EŽ͘ ϴϬ͘ ϭϵϬ͘ ϱϴϳ͕ ƋƵŝĞŶ ĂĐƚƵĂůŵĞŶƚĞ ƐĞ ĞŶĐƵĞŶƚƌĂ ŶŽŵďƌĂĚŽ ĞŶ ĞŶĐĂƌŐŽ ĞŶ Ğů ĞŵƉůĞŽ WƌŽĨĞƐŝŽŶĂůƐƉĞĐŝĂůŝnjĂĚŽ͕ ſĚŝŐŽϮϮϮ͕ 'ƌĂĚŽϬϲ͕ ĚĞůĂ^ƵďŐĞƌĞŶĐŝĂĚĞ/ŶĨŽƌŵĂĐŝſŶĐŽŶſŵŝĐĂ͘ YƵĞƵŶĂǀĞnjƐƵƌƚŝĚĂůĂƉƵďůŝĐĂĐŝſŶEŽ͘ ϱϲĚĞůϭϴĚĞũƵůŝŽĚĞϮϬϮϰƉĂƌĂƉƌŽǀĞĞƌŵĞĚŝĂŶƚĞĞŶĐĂƌŐŽĞůĞŵƉůĞŽĞŶ ŵĞŶĐŝſŶ͕ ŶŝŶŐƷŶƐĞƌǀŝĚŽƌĚĞĐĂƌƌĞƌĂĂĚŵŝŶŝƐƚƌĂƚŝǀĂŵĂŶŝĨĞƐƚſŝŶƚĞƌĠƐĞŶƉĂƌƚŝĐŝƉĂƌĞŶĞůƉƌŽĐĞƐŽĚĞĞŶĐĂƌŐŽ ƉĂƌĂĞůĞŵƉůĞŽĚĞWƌŽĨĞƐŝŽŶĂůhŶŝǀĞƌƐŝƚĂƌŝŽ͕ ſĚŝŐŽϮϭϵ'ƌĂĚŽϬϰ͕ ƵďŝĐĂĚŽĞŶůĂ^ƵďŐĞƌĞŶĐŝĂĚĞ/ŶĨŽƌŵĂĐŝſŶ ĐŽŶſŵŝĐĂ͘ YƵĞ͕ ĚĞ ĐŽŶĨŽƌŵŝĚĂĚ ĐŽŶ ůĂ ƌĞǀŝƐŝſŶ ĞĨĞĐƚƵĂĚĂ͕ Ğů ^ƵďŐĞƌĞŶƚĞ ĚĞ dĂůĞŶƚŽ,ƵŵĂŶŽ ĐĞƌƚŝĨŝĐſ ƋƵĞ ƐƚĞďĂŶ >ĞŽŶĂƌĚŽĂƌƌĞŹŽƵĞƌǀŽ͕ ŝĚĞŶƚŝĨŝĐĂĚŽĐŽŶůĂĐĠĚƵůĂĚĞĐŝƵĚĂĚĂŶşĂEŽ͘ ϭ͘ Ϭϰϵ͘ ϲϭϳ͘ ϮϳϬ͕ ƌĞƷŶĞůŽƐƌĞƋƵŝƐŝƚŽƐ ƋƵĞĞdžŝŐĞĞůĐĂƌŐŽWƌŽĨĞƐŝŽŶĂůhŶŝǀĞƌƐŝƚĂƌŝŽ͕ ſĚŝŐŽϮϭϵ'ƌĂĚŽϬϰ͕ ƵďŝĐĂĚŽĞŶůĂ^ƵďŐĞƌĞŶĐŝĂĚĞ/ŶĨŽƌŵĂĐŝſŶ ĐŽŶſŵŝĐĂĚĞůĂhŶŝĚĂĚĚŵŝŶŝƐƚƌĂƚŝǀĂƐƉĞĐŝĂůĚĞĂƚĂƐƚƌŽŝƐƚƌŝƚĂů͘ YƵĞĞŶĐŽŶƐĞĐƵĞŶĐŝĂĞƐƉƌŽĐĞĚĞŶƚĞ͕ ŵĞĚŝĂŶƚĞĞůƉƌĞƐĞŶƚĞĂĐƚŽĂĚŵŝŶŝƐƚƌĂƚŝǀŽ͕ ƌĞĂůŝnjĂƌĞůŶŽŵďƌĂŵŝĞŶƚŽ ƉƌŽǀŝƐŝŽŶĂůĚĞůĐĂƌŐŽWƌŽĨĞƐŝŽŶĂůhŶŝǀĞƌƐŝƚĂƌŝŽ͕ ſĚŝŐŽϮϭϵ'ƌĂĚŽϬϰ͕ ƵďŝĐĂĚŽĞŶůĂ^ƵďŐĞƌĞŶĐŝĂĚĞ/ŶĨŽƌŵĂĐŝſŶ ĐŽŶſŵŝĐĂ͕ ĚĞůĂhŶŝĚĂĚĚŵŝŶŝƐƚƌĂƚŝǀĂƐƉĞĐŝĂůĚĞĂƚĂƐƚƌŽŝƐƚƌŝƚĂů͕ ŵŝĞŶƚƌĂƐĞůƚŝƚƵůĂƌĚĞůĞŵƉůĞŽĨŝŶĂůŝnjĂĞů ĞŶĐĂƌŐŽĞŶůĂ^ƵďŐĞƌĞŶĐŝĂĚĞ/ŶĨŽƌŵĂĐŝſŶĐŽŶſŵŝĐĂ͘ YƵĞ͕ ĞŶŵĠƌŝƚŽĚĞůŽĞdžƉƵĞƐƚŽ͕ ĞƐƚĞĞƐƉĂĐŚŽ Z^h>s͗ ƌƚşĐƵůŽϭ͘ EŽŵďƌĂƌĞŶƉƌŽǀŝƐŝŽŶĂůŝĚĂĚĂƐƚĞďĂŶ>ĞŽŶĂƌĚŽĂƌƌĞŹŽƵĞƌǀŽ͕ ŝĚĞŶƚŝĨŝĐĂĚŽĐŽŶůĂĐĠĚƵůĂĚĞ ĐŝƵĚĂĚĂŶşĂEŽ͘ ϭ͘ Ϭϰϵ͘ ϲϭϳ͘ ϮϳϬ͕ ĞŶĞůĞŵƉůĞŽĞŶǀĂĐĂŶĐŝĂƚĞŵƉŽƌĂůĚĞWƌŽĨĞƐŝŽŶĂůhŶŝǀĞƌƐŝƚĂƌŝŽ͕ ſĚŝŐŽϮϭϵ 'ƌĂĚŽ Ϭϰ͕ ƵďŝĐĂĚŽ ĞŶ ůĂ ^ƵďŐĞƌĞŶĐŝĂ ĚĞ /ŶĨŽƌŵĂĐŝſŶ ĐŽŶſŵŝĐĂ ĚĞ ůĂ hŶŝĚĂĚ ĚŵŝŶŝƐƚƌĂƚŝǀĂ ƐƉĞĐŝĂů ĚĞ ĂƚĂƐƚƌŽŝƐƚƌŝƚĂů͕ ĂƉĂƌƚŝƌĚĞůĂĨĞĐŚĂĚĞƉŽƐĞƐŝſŶLJŚĂƐƚĂĐƵĂŶĚŽĨŝŶĂůŝĐĞůĂƐŝƚƵĂĐŝſŶĂĚŵŝŶŝƐƚƌĂƚŝǀĂƋƵĞůĞĚŝŽ ŽƌŝŐĞŶĂůĂŵŝƐŵĂ͘ WĂƌĄŐƌĂĨŽ͘ ĞĐŽŶĨŽƌŵŝĚĂĚĐŽŶĞůĂƌƚşĐƵůŽϮ͘ Ϯ͘ ϱ͘ ϯ͘ ϰĚĞůĞĐƌĞƚŽϲϰϴĚĞϮϬϭϳ͕ ĂŶƚĞƐĚĞĐƵŵƉůŝƌƐĞĞůƚĠƌŵŝŶŽĚĞ ĚƵƌĂĐŝſŶĚĞůŶŽŵďƌĂŵŝĞŶƚŽƉƌŽǀŝƐŝŽŶĂů͕ ĞůŶŽŵŝŶĂĚŽƌƉŽƌƌĞƐŽůƵĐŝſŶŵŽƚŝǀĂĚĂ͕ ƉŽĚƌĄĚĂƌůŽƉŽƌƚĞƌŵŝŶĂĚŽ͘ ƌƚşĐƵůŽϮ͘ WƵďůŝĐĂƌĞůĐŽŶƚĞŶŝĚŽĚĞůĂƉƌĞƐĞŶƚĞƌĞƐŽůƵĐŝſŶĞŶĞůZĞŐŝƐƚƌŽŝƐƚƌŝƚĂůĂƚƌĂǀĠƐĚĞůĂ'ĞƌĞŶĐŝĂ:ƵƌşĚŝĐĂĚĞůĂhŶŝĚĂĚĚŵŝŶŝƐƚƌĂƚŝǀĂƐƉĞĐŝĂůĚĞĂƚĂƐƚƌŽŝƐƚƌŝƚĂů͘ '^WͲϬϭͲ&ZͲϬϲ s͘ ϭ REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-92 • 2025 • JULIO • 2 92 003 Z^K>h/MEEŽ͘ “Por la cual se efectúa un nombramiento provisional en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”
09 Enero 2025 ƌƚşĐƵůŽ ϯ͘ WƵďůŝĐĂƌ Ğů ĐŽŶƚĞŶŝĚŽ ĚĞ ůĂ ƉƌĞƐĞŶƚĞ ƌĞƐŽůƵĐŝſŶ ĞŶ Ğů ŽƚſŶ ĚĞ dƌĂŶƐƉĂƌĞŶĐŝĂ ĚĞ ůĂ hŶŝĚĂĚ ĚŵŝŶŝƐƚƌĂƚŝǀĂƐƉĞĐŝĂůĚĞĂƚĂƐƚƌŽŝƐƚƌŝƚĂůĂƚƌĂǀĠƐĚĞůĂ^ƵďŐĞƌĞŶĐŝĂĚĞdĂůĞŶƚŽ,ƵŵĂŶŽĚĞůĂŵŝƐŵĂhŶŝĚĂĚ͘ ƌƚşĐƵůŽϰ͘ EŽƚŝĨŝĐĂƌĞůĐŽŶƚĞŶŝĚŽĚĞůĂƉƌĞƐĞŶƚĞƌĞƐŽůƵĐŝſŶĂƐƚĞďĂŶ>ĞŽŶĂƌĚŽĂƌƌĞŹŽƵĞƌǀŽ͕ ĂƚƌĂǀĠƐĚĞůĂ ^ƵďŐĞƌĞŶĐŝĂĚĞdĂůĞŶƚŽ,ƵŵĂŶŽĚĞůĂŵŝƐŵĂhŶŝĚĂĚ͕ ĞŶůŽƐƚĠƌŵŝŶŽƐĞƐƚĂďůĞĐŝĚŽƐĞŶĞůĂƌƚşĐƵůŽϲϳĚĞůĂ>ĞLJ ϭϰϯϳĚĞϮϬϭϭ͘ WĂƌĄŐƌĂĨŽ͘ >Ă ƉĞƌƐŽŶĂ ŶŽŵďƌĂĚĂ ƚĞŶĚƌĄ ĚŝĞnj ;ϭϬͿ ĚşĂƐ ŚĄďŝůĞƐ ƉĂƌĂ ŵĂŶŝĨĞƐƚĂƌ Ɛŝ ĂĐĞƉƚĂ Ž ƌĞĐŚĂnjĂ Ğů ŶŽŵďƌĂŵŝĞŶƚŽĞŶĞůĐĂƌŐŽLJĚŝĞnj;ϭϬͿĚşĂƐŚĄďŝůĞƐƉĂƌĂƚŽŵĂƌƉŽƐĞƐŝſŶĚĞĞŵƉůĞŽ͕ ĚĞĐŽŶĨŽƌŵŝĚĂĚĐŽŶůŽ ĚŝƐƉƵĞƐƚŽĞŶůŽƐĂƌƚşĐƵůŽƐϮ͘ Ϯ͘ ϱ͘ ϭ͘ ϲLJϮ͘ Ϯ͘ ϱ͘ ϭ͘ ϳĚĞůĞĐƌĞƚŽϭϬϴϯĚĞϮϬϭϱ͕ ŵŽĚŝĨŝĐĂĚŽƉŽƌĞůĂƌƚşĐƵůŽϭĚĞů ĞĐƌĞƚŽϲϰϴĚĞϮϬϭϳ͘ ƌƚşĐƵůŽϱ͘ ŽŵƵŶŝĐĂƌĞůĐŽŶƚĞŶŝĚŽĚĞůĂƉƌĞƐĞŶƚĞƌĞƐŽůƵĐŝſŶĂůĂ^ƵďŐĞƌĞŶĐŝĂĚĞ/ŶĨŽƌŵĂĐŝſŶĐŽŶſŵŝĐĂĚĞůĂ hŶŝĚĂĚĚŵŝŶŝƐƚƌĂƚŝǀĂƐƉĞĐŝĂůĚĞĂƚĂƐƚƌŽŝƐƚƌŝƚĂů͕ ĂƚƌĂǀĠƐĚĞůĂ^ƵďŐĞƌĞŶĐŝĂĚĞdĂůĞŶƚŽ,ƵŵĂŶŽĚĞůĂŵŝƐŵĂ hŶŝĚĂĚ͘ ƌƚşĐƵůŽϲ͘ >ĂƉƌĞƐĞŶƚĞƌĞƐŽůƵĐŝſŶƌŝŐĞĂƉĂƌƚŝƌĚĞůĂĨĞĐŚĂĚĞƐƵĞdžƉĞĚŝĐŝſŶ͘ Wh>1Yh^͕ EKd/&1Yh^͕ KDhE/Yh^zjDW>^͕ ĂĚĂĞŶŽŐŽƚĄ͘ ͕͘ ĂůŽƐ:/ZKEZ^Zs>KDK>/E 'ĞƌĞŶƚĞĚĞ'ĞƐƚŝſŶŽƌƉŽƌĂƚŝǀĂ ůĂďŽƌſ͗ 'ůŽƌŝĂ^ƚĞůůĂWĂĐŚĞĐŽ&ŽŶƐĞĐĂ–WƌŽĨĞƐŝŽŶĂůhŶŝǀĞƌƐŝƚĂƌŝŽ͕ ^d, ZĞǀŝƐſ͗ DſŶŝĐĂĂŶŝĞůĂŽƌƚĠƐDƵŹŽnj–WƌŽĨĞƐŝŽŶĂůƐƉĞĐŝĂůŝnjĂĚŽ͕ ^d, 'ƵƐƚĂǀŽĚŽůĨŽ&ŽƌĞƌŽWĂƚŝŹŽͲWƌŽĨĞƐŝŽŶĂůhŶŝǀĞƌƐŝƚĂƌŝŽ͕ ďŽŐĂĚŽ^d, ŶŶŝƐƐƚŚĞƌ:ĂƌĂŵŝůůŽDŽƌĂƚŽͲ^ƵďŐĞƌĞŶƚĞĚĞdĂůĞŶƚŽ,ƵŵĂŶŽ yŝŵĞŶĂZŽĚƌşŐƵĞnjŝĨƵĞŶƚĞƐ–ŽŶƚƌĂƚŝƐƚĂ'ĞƌĞŶĐŝĂĚĞ'ĞƐƚŝſŶŽƌƉŽƌĂƚŝǀĂ '^WͲϬϭͲ&ZͲϬϲ s͘ ϭ REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-93 • 2025 • JULIO • 2 93 004 Z^K>h/MEEŽ͘ “Por la cual se efectúa un nombramiento provisional en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”
>'ZEd'^d/MEKZWKZd/s>hE/D/E/^dZd/s^W/>d^dZK /^dZ/d>͕ ŶƵƐŽĚĞƐƵƐĂƚƌŝďƵĐŝŽŶĞƐůĞŐĂůĞƐLJĞŶĞƐƉĞĐŝĂůůĂƐĞƐƚĂďůĞĐŝĚĂƐĞŶůŽƐĂƌƚşĐƵůŽƐϮ͘ Ϯ͘ ϱ͘ ϯ͘ ϯLJϮ͘ Ϯ͘ ϱ͘ ϯ͘ ϰ͕ ĚĞů ĞĐƌĞƚŽEĂĐŝŽŶĂůEŽ͘ ϭϬϴϯĚĞϮϬϭϱ͕ ŵŽĚŝĨŝĐĂĚŽƉŽƌĞůĂƌƚşĐƵůŽϭĚĞůĞĐƌĞƚŽEĂĐŝŽŶĂůEŽ͘ ϲϰϴĚĞϮϬϭϳ͕ ůĂƐ ĚĞůĞŐĂĚĂƐĞŶĞůůŝƚĞƌĂůĂͿĚĞůĂƌƚşĐƵůŽϱĚĞůĂZĞƐŽůƵĐŝſŶ/ŶƚĞƌŶĂEŽ͘ ϵϴϵĚĞϮϬϮϰ͕ ĞdžƉĞĚŝĚĂƉŽƌůĂŝƌĞĐƚŽƌĂĚĞ ůĂhŶŝĚĂĚĚŵŝŶŝƐƚƌĂƚŝǀĂƐƉĞĐŝĂůĚĞĂƚĂƐƚƌŽŝƐƚƌŝƚĂůLJ͕ KE^/ZEK͗ YƵĞĞůĂƌƚşĐƵůŽϮ͘ Ϯ͘ ϱ͘ ϯ͘ ϯĚĞůĞĐƌĞƚŽϭϬϴϯĚĞϮϬϭϱ͕ ŵŽĚŝĨŝĐĂĚŽƉŽƌĞůĞĐƌĞƚŽϲϰϴĚĞϮϬϭϳ͕ ĞƐƚĂďůĞĐĞƋƵĞ“Las ǀĂĐĂŶƚĞƐƚĞŵƉŽƌĂůĞƐĞŶĞŵƉůĞŽƐĚĞĐĂƌƌĞƌĂ͕ ƉŽĚƌĄŶƐĞƌƉƌŽǀŝƐƚĂƐŵĞĚŝĂŶƚĞŶŽŵďƌĂŵŝĞŶƚŽƉƌŽǀŝƐŝŽŶĂů͕ ĐƵĂŶĚŽ no fuere posible proveerlas mediante encargo con empleados de carrera.”
YƵĞĚĞĐŽŶĨŽƌŵŝĚĂĚĐŽŶĞůĂƌƚşĐƵůŽϮ͘ Ϯ͘ ϱ͘ ϯ͘ ϰĚĞůĞĐƌĞƚŽϭϬϴϯĚĞϮϬϭϱŵŽĚŝĨŝĐĂĚŽƉŽƌĞůĞĐƌĞƚŽϲϰϴĚĞϮϬϭϳ͕ ĞƐƚĂďůĞĐĞƋƵĞ“antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador por resolución motivada podrá darlos por terminados.”
YƵĞůĂŽŵŝƐŝſŶEĂĐŝŽŶĂůĚĞů^ĞƌǀŝĐŝŽŝǀŝůŵĞĚŝĂŶƚĞŝƌĐƵůĂƌϬϬϯĚĞϮϬϭϰ͕ ƐĞŹĂůſƋƵĞ͕ ĞŶǀŝƌƚƵĚĚĞůƵƚŽĚĞů ϱ ĚĞ ŵĂLJŽ ĚĞ ϮϬϭϰ͕ ƉƌŽĨĞƌŝĚŽ ƉŽƌ Ğů ŽŶƐĞũŽ ĚĞ ƐƚĂĚŽ͕ ŶŽ ƐĞ ƌĞƋƵĞƌŝƌĄ ĂƵƚŽƌŝnjĂĐŝſŶ ƉĂƌĂ ƉƌŽǀĞĞƌ ƚƌĂŶƐŝƚŽƌŝĂŵĞŶƚĞůŽƐĞŵƉůĞŽƐĚĞĐĂƌƌĞƌĂĂƚƌĂǀĠƐĚĞĞŶĐĂƌŐŽŽŶŽŵďƌĂŵŝĞŶƚŽĞŶƉƌŽǀŝƐŝŽŶĂůŝĚĂĚ͘ YƵĞĞŶŽŶĐĞƉƚŽϰϭϰϯϭĚĞϮϬϭϵĞŵŝƚŝĚŽĞůĞƉĂƌƚĂŵĞŶƚŽĚŵŝŶŝƐƚƌĂƚŝǀŽĚĞůĂ&ƵŶĐŝſŶWƷďůŝĐĂ–&W͕ ĨƌĞŶƚĞ Ă ůĂ ƉƌſƌƌŽŐĂ ĚĞ ůŽƐ ŶŽŵďƌĂŵŝĞŶƚŽƐ ƉƌŽǀŝƐŝŽŶĂůĞƐ ƐĞŹĂůĂ ƋƵĞ͗ “(…) El término de duración de los ŶŽŵďƌĂŵŝĞŶƚŽƐƉƌŽǀŝƐŝŽŶĂůĞƐĂĐƚƵĂůŵĞŶƚĞƐĞĞŶĐƵĞŶƚƌĂĐŽŶĐĞďŝĚŽƉĂƌĂůĂǀĂĐĂŶĐŝĂĚĞĨŝŶŝƚŝǀĂŚĂƐƚĂƋƵĞƐĞ ĞĨĞĐƚƷĞĞůŶŽŵďƌĂŵŝĞŶƚŽĞŶƉĞƌşŽĚŽĚĞƉƌƵĞďĂLJĞŶůŽƐĐĂƐŽƐĚĞǀĂĐĂŶĐŝĂƚĞŵƉŽƌĂůŚĂƐƚĂĐƵĂŶĚŽĨŝŶĂůŝĐĞůĂ ƐŝƚƵĂĐŝſŶĂĚŵŝŶŝƐƚƌĂƚŝǀĂƋƵĞůĞĚŝŽŽƌŝŐĞŶĂůĂŵŝƐŵĂ͕ ƐŝŶƋƵĞůĂŶŽƌŵĂĞƐƚĂďůĞnjĐĂƉƌſƌƌŽŐĂƉĂƌĂůŽƐĞǀĞŶƚŽƐ señalados. (…)”
Que mediante la Resolución No. 989 del 27 de diciembre de 2024, “Por la cual se compila la delegación de ĨƵŶĐŝŽŶĞƐƉŽƌƉĂƌƚĞĚĞůĂŝƌĞĐĐŝſŶĚĞůĂhŶŝĚĂĚĚŵŝŶŝƐƚƌĂƚŝǀĂƐƉĞĐŝĂůĚĞĂƚĂƐƚƌŽŝƐƚƌŝƚĂůhͲLJƐĞĚŝĐƚĂŶ otras disposiciones”, al Gerente de GĞƐƚŝſŶŽƌƉŽƌĂƚŝǀĂůĞĨƵĞƌŽŶĚĞůĞŐĂĚĂƐĞŶƚƌĞŽƚƌĂƐ͕ ůĂƐŝŐƵŝĞŶƚĞĨƵŶĐŝſŶ͗ “… a) Suscribir, revocar o derogar los nombramientos de los empleos de la UAECD. Excepto los de libre nombramiento y remoción.”
'^WͲϬϭͲ&ZͲϬϲ s͘ ϭ REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-94 • 2025 • JULIO • 2 94 004 Z^K>h/MEEŽ͘ “Por la cual se efectúa un nombramiento provisional en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”
YƵĞ͕ ĞŶůĂƉůĂŶƚĂĚĞƉĞƌƐŽŶĂůĚĞůĂhŶŝĚĂĚĚŵŝŶŝƐƚƌĂƚŝǀĂƐƉĞĐŝĂůĚĞĂƚĂƐƚƌŽŝƐƚƌŝƚĂů͕ ĞdžŝƐƚĞƵŶĂǀĂĐĂŶƚĞ ƚĞŵƉŽƌĂů ĞŶĞů ĞŵƉůĞŽ ĚĞ WƌŽĨĞƐŝŽŶĂůhŶŝǀĞƌƐŝƚĂƌŝŽ͕ ſĚŝŐŽϮϭϵ 'ƌĂĚŽϬϯ͕ ƵďŝĐĂĚŽ ĞŶ ůĂ ^ƵďŐĞƌĞŶĐŝĂ ĚĞ /ŶŐĞŶŝĞƌşĂĚĞ^ŽĨƚǁĂƌĞ͕ ĐƵLJŽƚŝƚƵůĂƌĞƐĞůƐĞƌǀŝĚŽƌ:ƵůŝĄŶůĞũĂŶĚƌŽWŝŶŝůůĂĂƐƚĂŹĞĚĂ͕ ŝĚĞŶƚŝĨŝĐĂĚŽĐŽŶůĂĐĠĚƵůĂ ĚĞ ĐŝƵĚĂĚĂŶşĂ EŽ͘ ϭ͘ ϭϭϬ͘ ϰϳϮ͘ ϴϴϭ͕ ƋƵŝĞŶ ĂĐƚƵĂůŵĞŶƚĞ ƐĞ ĞŶĐƵĞŶƚƌĂ ŶŽŵďƌĂĚŽ ĞŶ ĞŶĐĂƌŐŽ ĞŶ Ğů ĞŵƉůĞŽ WƌŽĨĞƐŝŽŶĂůhŶŝǀĞƌƐŝƚĂƌŝŽ͕ ſĚŝŐŽϮϭϵ'ƌĂĚŽϬϰ͕ ƵďŝĐĂĚŽĞŶůĂ^ƵďŐĞƌĞŶĐŝĂĚĞ/ŶŐĞŶŝĞƌşĂĚĞ^ŽĨƚǁĂƌĞ͘ YƵĞƵŶĂǀĞnjƐƵƌƚŝĚĂůĂƉƵďůŝĐĂĐŝſŶEŽ͘ ϯϵĚĞůϭϲĚĞĂďƌŝůĚĞϮϬϮϰƉĂƌĂƉƌŽǀĞĞƌŵĞĚŝĂŶƚĞĞŶĐĂƌŐŽĞůĞŵƉůĞŽĞŶ ŵĞŶĐŝſŶ͕ ŶŝŶŐƷŶƐĞƌǀŝĚŽƌĚĞĐĂƌƌĞƌĂĂĚŵŝŶŝƐƚƌĂƚŝǀĂŵĂŶŝĨĞƐƚſŝŶƚĞƌĠƐĞŶƉĂƌƚŝĐŝƉĂƌĞŶĞůƉƌŽĐĞƐŽĚĞĞŶĐĂƌŐŽ ƉĂƌĂĞůĞŵƉůĞŽĚĞWƌŽĨĞƐŝŽŶĂůhŶŝǀĞƌƐŝƚĂƌŝŽ͕ ſĚŝŐŽϮϭϵ'ƌĂĚŽϬϯ͕ ƵďŝĐĂĚŽĞŶůĂ^ƵďŐĞƌĞŶĐŝĂĚĞ/ŶŐĞŶŝĞƌşĂĚĞ ^ŽĨƚǁĂƌĞ͘ YƵĞ͕ ĚĞĐŽŶĨŽƌŵŝĚĂĚĐŽŶůĂƌĞǀŝƐŝſŶĞĨĞĐƚƵĂĚĂ͕ ůĂ^ƵďŐĞƌĞŶƚĞĚĞdĂůĞŶƚŽ,ƵŵĂŶŽ͕ ĐĞƌƚŝĨŝĐſƋƵĞ:ƵĂŶĂƌůŽƐ ŝĂnj>ĂƌĂ͕ ŝĚĞŶƚŝĨŝĐĂĚŽĐŽŶůĂĐĠĚƵůĂĚĞĐŝƵĚĂĚĂŶşĂEŽ͘ ϭ͘ ϭϭϬ͘ ϰϱϲ͘ ϬϬϯ͕ ƌĞƷŶĞůŽƐƌĞƋƵŝƐŝƚŽƐƋƵĞĞdžŝŐĞĞůĐĂƌŐŽ WƌŽĨĞƐŝŽŶĂůhŶŝǀĞƌƐŝƚĂƌŝŽ͕ ſĚŝŐŽϮϭϵ'ƌĂĚŽϬϯ͕ ƵďŝĐĂĚŽĞŶůĂ^ƵďŐĞƌĞŶĐŝĂĚĞ/ŶŐĞŶŝĞƌşĂĚĞ^ŽĨƚǁĂƌĞĚĞůĂ hŶŝĚĂĚĚŵŝŶŝƐƚƌĂƚŝǀĂƐƉĞĐŝĂůĚĞĂƚĂƐƚƌŽŝƐƚƌŝƚĂů͘ YƵĞĞŶĐŽŶƐĞĐƵĞŶĐŝĂĞƐƉƌŽĐĞĚĞŶƚĞ͕ ŵĞĚŝĂŶƚĞĞůƉƌĞƐĞŶƚĞĂĐƚŽĂĚŵŝŶŝƐƚƌĂƚŝǀŽ͕ ƌĞĂůŝnjĂƌĞůŶŽŵďƌĂŵŝĞŶƚŽ ƉƌŽǀŝƐŝŽŶĂůĚĞůĐĂƌŐŽWƌŽĨĞƐŝŽŶĂůhŶŝǀĞƌƐŝƚĂƌŝŽ͕ ſĚŝŐŽϮϭϵ͕ 'ƌĂĚŽϬϯ͕ ƵďŝĐĂĚŽĞŶůĂ^ƵďŐĞƌĞŶĐŝĂĚĞ/ŶŐĞŶŝĞƌşĂ ĚĞ^ŽĨƚǁĂƌĞ͕ ĚĞůĂhŶŝĚĂĚĚŵŝŶŝƐƚƌĂƚŝǀĂƐƉĞĐŝĂůĚĞĂƚĂƐƚƌŽŝƐƚƌŝƚĂů͕ ŵŝĞŶƚƌĂƐĞůƚŝƚƵůĂƌĚĞůĞŵƉůĞŽĨŝŶĂůŝnjĂ ĞůĞŶĐĂƌŐŽĞŶůĂ^ƵďŐĞƌĞŶĐŝĂĚĞ/ŶŐĞŶŝĞƌşĂĚĞ^ŽĨƚǁĂƌĞ͘ YƵĞ͕ ĞŶŵĠƌŝƚŽĚĞůŽĞdžƉƵĞƐƚŽ͕ ĞƐƚĞĞƐƉĂĐŚŽ Z^h>s͗ ƌƚşĐƵůŽϭ͘ EŽŵďƌĂƌĞŶƉƌŽǀŝƐŝŽŶĂůŝĚĂĚĂ:ƵĂŶĂƌůŽƐŝĂnj>ĂƌĂ͕ ŝĚĞŶƚŝĨŝĐĂĚŽĐŽŶůĂĐĠĚƵůĂĚĞĐŝƵĚĂĚĂŶşĂEŽ͘ ϭ͘ ϭϭϬ͘ ϰϱϲ͘ ϬϬϯ͕ ĞŶĞůĞŵƉůĞŽĞŶǀĂĐĂŶĐŝĂƚĞŵƉŽƌĂůĚĞWƌŽĨĞƐŝŽŶĂůhŶŝǀĞƌƐŝƚĂƌŝŽ͕ ſĚŝŐŽϮϭϵ'ƌĂĚŽϬϯ͕ ƵďŝĐĂĚŽ ĞŶůĂ^ƵďŐĞƌĞŶĐŝĂĚĞ/ŶŐĞŶŝĞƌşĂĚĞ^ŽĨƚǁĂƌĞĚĞůĂhŶŝĚĂĚĚŵŝŶŝƐƚƌĂƚŝǀĂƐƉĞĐŝĂůĚĞĂƚĂƐƚƌŽŝƐƚƌŝƚĂů͕ ĂƉĂƌƚŝƌ ĚĞůĂĨĞĐŚĂĚĞƉŽƐĞƐŝſŶLJŚĂƐƚĂĐƵĂŶĚŽĨŝŶĂůŝĐĞůĂƐŝƚƵĂĐŝſŶĂĚŵŝŶŝƐƚƌĂƚŝǀĂƋƵĞůĞĚŝŽŽƌŝŐĞŶĂůĂŵŝƐŵĂ͘ WĂƌĄŐƌĂĨŽ͘ ĞĐŽŶĨŽƌŵŝĚĂĚĐŽŶĞůĂƌƚşĐƵůŽϮ͘ Ϯ͘ ϱ͘ ϯ͘ ϰĚĞůĞĐƌĞƚŽϲϰϴĚĞϮϬϭϳ͕ ĂŶƚĞƐĚĞĐƵŵƉůŝƌƐĞĞůƚĠƌŵŝŶŽĚĞ ĚƵƌĂĐŝſŶĚĞůŶŽŵďƌĂŵŝĞŶƚŽƉƌŽǀŝƐŝŽŶĂů͕ ĞůŶŽŵŝŶĂĚŽƌƉŽƌƌĞƐŽůƵĐŝſŶŵŽƚŝǀĂĚĂ͕ ƉŽĚƌĄĚĂƌůŽƉŽƌƚĞƌŵŝŶĂĚŽ͘ ƌƚşĐƵůŽϮ͘ WƵďůŝĐĂƌĞůĐŽŶƚĞŶŝĚŽĚĞůĂƉƌĞƐĞŶƚĞƌĞƐŽůƵĐŝſŶĞŶĞůZĞŐŝƐƚƌŽŝƐƚƌŝƚĂůĂƚƌĂǀĠƐĚĞůĂ'ĞƌĞŶĐŝĂ:ƵƌşĚŝĐĂĚĞůĂhŶŝĚĂĚĚŵŝŶŝƐƚƌĂƚŝǀĂƐƉĞĐŝĂůĚĞĂƚĂƐƚƌŽŝƐƚƌŝƚĂů͘ '^WͲϬϭͲ&ZͲϬϲ s͘ ϭ REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-95 • 2025 • JULIO • 2 95 004 Z^K>h/MEEŽ͘ “Por la cual se efectúa un nombramiento provisional en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”
09 Enero 2025 ƌƚşĐƵůŽ ϯ͘ WƵďůŝĐĂƌ Ğů ĐŽŶƚĞŶŝĚŽ ĚĞ ůĂ ƉƌĞƐĞŶƚĞ ƌĞƐŽůƵĐŝſŶ ĞŶ Ğů ŽƚſŶ ĚĞ dƌĂŶƐƉĂƌĞŶĐŝĂ ĚĞ ůĂ hŶŝĚĂĚ ĚŵŝŶŝƐƚƌĂƚŝǀĂƐƉĞĐŝĂůĚĞĂƚĂƐƚƌŽŝƐƚƌŝƚĂůĂƚƌĂǀĠƐĚĞůĂ^ƵďŐĞƌĞŶĐŝĂĚĞdĂůĞŶƚŽ,ƵŵĂŶŽĚĞůĂŵŝƐŵĂhŶŝĚĂĚ͘ ƌƚşĐƵůŽϰ͘ EŽƚŝĨŝĐĂƌĞůĐŽŶƚĞŶŝĚŽĚĞůĂƉƌĞƐĞŶƚĞƌĞƐŽůƵĐŝſŶĂ:ƵĂŶĂƌůŽƐŝĂnj>ĂƌĂ͕ ĂƚƌĂǀĠƐĚĞůĂ^ƵďŐĞƌĞŶĐŝĂ ĚĞdĂůĞŶƚŽ,ƵŵĂŶŽĚĞůĂŵŝƐŵĂhŶŝĚĂĚ͕ ĞŶůŽƐƚĠƌŵŝŶŽƐĞƐƚĂďůĞĐŝĚŽƐĞŶĞůĂƌƚşĐƵůŽϲϳĚĞůĂ>ĞLJϭϰϯϳĚĞϮϬϭϭ͘ WĂƌĄŐƌĂĨŽ͘ >Ă ƉĞƌƐŽŶĂ ŶŽŵďƌĂĚĂ ƚĞŶĚƌĄ ĚŝĞnj ;ϭϬͿ ĚşĂƐ ŚĄďŝůĞƐ ƉĂƌĂ ŵĂŶŝĨĞƐƚĂƌ Ɛŝ ĂĐĞƉƚĂ Ž ƌĞĐŚĂnjĂ Ğů ŶŽŵďƌĂŵŝĞŶƚŽĞŶĞůĐĂƌŐŽLJĚŝĞnj;ϭϬͿĚşĂƐŚĄďŝůĞƐƉĂƌĂƚŽŵĂƌƉŽƐĞƐŝſŶĚĞĞŵƉůĞŽ͕ ĚĞĐŽŶĨŽƌŵŝĚĂĚĐŽŶůŽ ĚŝƐƉƵĞƐƚŽĞŶůŽƐĂƌƚşĐƵůŽƐϮ͘ Ϯ͘ ϱ͘ ϭ͘ ϲLJϮ͘ Ϯ͘ ϱ͘ ϭ͘ ϳĚĞůĞĐƌĞƚŽϭϬϴϯĚĞϮϬϭϱ͕ ŵŽĚŝĨŝĐĂĚŽƉŽƌĞůĂƌƚşĐƵůŽϭĚĞů ĞĐƌĞƚŽϲϰϴĚĞϮϬϭϳ͘ ƌƚşĐƵůŽϱ͘ ŽŵƵŶŝĐĂƌĞůĐŽŶƚĞŶŝĚŽĚĞůĂƉƌĞƐĞŶƚĞƌĞƐŽůƵĐŝſŶĂůĂ^ƵďŐĞƌĞŶĐŝĂĚĞ/ŶŐĞŶŝĞƌşĂĚĞ^ŽĨƚǁĂƌĞĚĞůĂ hŶŝĚĂĚĚŵŝŶŝƐƚƌĂƚŝǀĂƐƉĞĐŝĂůĚĞĂƚĂƐƚƌŽŝƐƚƌŝƚĂů͕ ĂƚƌĂǀĠƐĚĞůĂ^ƵďŐĞƌĞŶĐŝĂĚĞdĂůĞŶƚŽ,ƵŵĂŶŽĚĞůĂŵŝƐŵĂ hŶŝĚĂĚ͘ ƌƚşĐƵůŽϲ͘ >ĂƉƌĞƐĞŶƚĞƌĞƐŽůƵĐŝſŶƌŝŐĞĂƉĂƌƚŝƌĚĞůĂĨĞĐŚĂĚĞƐƵĞdžƉĞĚŝĐŝſŶ͘ Wh>1Yh^͕ EKd/&1Yh^͕ KDhE/Yh^zjDW>^͕ ĂĚĂĞŶŽŐŽƚĄ͘ ͕͘ ĂůŽƐ:/ZKEZ^Zs>KDK>/E 'ĞƌĞŶƚĞĚĞ'ĞƐƚŝſŶŽƌƉŽƌĂƚŝǀĂ ůĂďŽƌſ͗ 'ůŽƌŝĂ^ƚĞůůĂWĂĐŚĞĐŽ&ŽŶƐĞĐĂ–WƌŽĨĞƐŝŽŶĂůhŶŝǀĞƌƐŝƚĂƌŝŽ͕ ^d, ZĞǀŝƐſ͗ DſŶŝĐĂĂŶŝĞůĂŽƌƚĠƐDƵŹŽnj–WƌŽĨĞƐŝŽŶĂůƐƉĞĐŝĂůŝnjĂĚŽ͕ ^d, 'ƵƐƚĂǀŽĚŽůĨŽ&ŽƌĞƌŽWĂƚŝŹŽͲWƌŽĨĞƐŝŽŶĂůhŶŝǀĞƌƐŝƚĂƌŝŽ͕ ďŽŐĂĚŽ^d, ŶŶŝƐƐƚŚĞƌ:ĂƌĂŵŝůůŽDŽƌĂƚŽͲ^ƵďŐĞƌĞŶƚĞĚĞdĂůĞŶƚŽ,ƵŵĂŶŽ yŝŵĞŶĂZŽĚƌşŐƵĞnjŝĨƵĞŶƚĞƐ–ŽŶƚƌĂƚŝƐƚĂ'ĞƌĞŶĐŝĂĚĞ'ĞƐƚŝſŶŽƌƉŽƌĂƚŝǀĂ '^WͲϬϭͲ&ZͲϬϲ s͘ ϭ REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-96 • 2025 • JULIO • 2 96 Z^K>h/MEEŽ͘ 0015 21 - enero - 2025 “Por la cual se efectúa un nombramiento ordinario”
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EL GERENTE DE GESTIÓN CORPORATIVA DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL, En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 1 de la Ley 1960 de 2019, los artículos 2.2.5.3.1 y 2.2.5.3.3 del Decreto 1083 de 2015, el artículo quinto de la Resolución 989 de 2024 de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital y C O N S I D E R A N D O:
Que el literal e) del artículo quinto de la Resolución 989 del 27 de diciembre del 2024 delegó en el Gerente de Gestión Corporativa la función de “Realizar encargos, asignaciones de funciones, prórrogas de nombramiento, suspensiones, reintegros y retiros del servicio.”
Que el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 1 de la Ley 1960 de 2019, dispone que mientras se surte el proceso de selección para proveer empleos de carrera administrativa, los empleados de carrera tendrán derecho a ser encargados de tales empleos si acreditan los requisitos, poseen las aptitudes y habilidades para su desempeño, no han sido sancionados disciplinariamente en el último año y su última evaluación del desempeño sea sobresaliente.
Que el artículo 2.2.5.4.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, dispone que los empleados públicos podrán ser encargados para asumir parcial o totalmente las funciones de empleos diferentes de aquellos para los cuales han sido nombrados, por ausencia temporal o definitiva del titular, desvinculándose o no de las propias de su cargo.
Que el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017 dispuso frente a la provisión de las vacancias definitivas que: “(…) Mientras se surte el proceso de selección, el empleo de carrera vacante de manera definitiva podrá proveerse transitoriamente a través de las figuras del encargo o del nombramiento provisional, en los términos señalados en la Ley 909 de 2004 y en el Decreto-ley 760 de 2005 o en las disposiciones que regulen los sistemas específicos de carrera. (…)”
Que el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, establece que antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador por resolución motivada podrá darlos por terminados.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante Circular 003 de 2014, señaló que, en virtud del Auto del 5 de mayo de 2014 proferido por el Consejo de Estado, no se requerirá autorización para proveer transitoriamente los empleos de carrera a través de encargo o nombramiento en provisionalidad GESP-01-FR-06 V.1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-99 • 2025 • JULIO • 2 99 020 RESOLUCIÓN No. “Por la cual se efectúan unos nombramientos en encargo en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”
Que, en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, existen las siguientes vacantes definitivas, las cuales tuvieron aviso de publicación para el otorgamiento de los encargos:
DENOMINACIÓN EMPLEO CÓDIGO GRADO UBICACIÓN PUBLICACIÓN FECHA PUBLICACIÓN TÉCNICO OPERATIVO 314 5 GERENCIA DE INFORMACIÓN CATASTRAL 079 20/11/2024 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 11 GERENCIA DE INFORMACIÓN CATASTRAL 083 20/11/2024 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 10 GERENCIA DE TECNOLOGÍA 084 20/11/2024 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 10 SUBGERENCIA DE INGENIERÍA DE SOFTWARE 086 20/11/2024 Que, en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, existen las siguientes vacantes temporales, cuyos titulares actualmente se encuentran nombrados en encargo, por lo cual se procedió con el aviso de publicación para el otorgamiento de los encargos:
DENOMINACIÓN NOMBRE EMPLEO CÓDIGO GRADO UBICACIÓN PUBLICACIÓN FECHA PUBLICACIÓN TITULAR IDENTIFICACIÓN 40.391.600 TÉCNICO OPERATIVO 314 5 GERENCIA DE INFORMACIÓN CATASTRAL 078 20/11/2021 YAQUELINE BECERRA BELTRÁN 35.412.485 TÉCNICO OPERATIVO 314 5 SUBGERENCIA DE INFORMACIÓN FÍSICA Y JURÍDICA 081 20/11/2021 ENSA PIEDAD MERCHAN QUINTANA PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 10 GERENCIA DE TECNOLOGÍA 085 20/11/2021 ROCÍO CEDANO GARCÍA 51.960.945 087 20/11/2021 LUIS ARMANDO GARCÍA BARCO 11.322.841 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 8 GERENCIA DE INFORMACIÓN CATASTRAL 91.510.918 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 6 SUBGERENCIA DE INFORMACIÓN ECONÓMICA 089 20/11/2021 ANDRÉS MAURICIO RINCÓN 51.898.933 090 20/11/2021 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 6 SUBGERENCIA DE INGENIERÍA DE SOFTWARE SANDRA PATRICIA CAMELO MARTÍNEZ GESP-01-FR-06 V.1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-100 • 2025 • JULIO • 2 100 020 RESOLUCIÓN No. “Por la cual se efectúan unos nombramientos en encargo en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”
DENOMINACIÓN NOMBRE EMPLEO CÓDIGO GRADO UBICACIÓN PUBLICACIÓN FECHA PUBLICACIÓN TITULAR IDENTIFICACIÓN 091 20/11/2021 1.013.621.495 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 4 SUBGERENCIA DE INFORMACIÓN FÍSICA Y JURÍDICA LAURA ANGELICA RODRÍGUEZ CASAS 53.047.643 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 1 SUBGERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA 097 20/11/2021 DORA LILIANA SARMIENTO ARÉVALO Que teniendo en cuenta lo anterior, los siguientes servidores manifestaron interés en ser nombrados mediante encargo y actualmente se encuentran desempeñando sus empleos titulares:
NOMBRE IDENTIFICACIÓN DENOMINACIÓN EMPLEO TITULAR CÓDIGO GRADO UBICACIÓN JOSEPH ALEXANDER BARRERA ROJAS 79.972.338 TÉCNICO OPERATIVO 314 3 SUBGERENCIA DE INFORMACIÓN FÍSICA Y JURÍDICA SHIRLEY CESPEDES GARAVITO 52.357.434 TÉCNICO OPERATIVO 314 1 SUBGERENCIA DE PARTICIPACIÓN Y ATENCIÓN AL CIUDADANO MARÍA ISABEL COGUA MORENO 51.628.594 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 10 SUBGERENCIA DE INFORMACIÓN ECONÓMICA PEDRO ALEXANDER GUTIERREZ CASTELLANOS 80.027.409 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 9 SUBGERENCIA DE INFRAESTRUCTURA TECNOLÓGICA JOSE IGNACIO SAAVEDRA VIVAS 79.423.291 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 9 SUBGERENCIA DE INFRAESTRUCTURA TECNOLÓGICA BRENDA CAROLINA VELA VELASCO 53.106.553 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 5 GERENCIA DE INFORMACIÓN CATASTRAL ANA BETSABETH ÁVILA PARRA 52.525.048 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 4 GERENCIA DE TECNOLOGÍA CRISTIAN CAMILO ARAUJO BARBOSA 1.022.364.343 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 2 SUBGERENCIA DE INFORMACIÓN FÍSICA Y JURÍDICA JANETH PATRICIA LUQUE RODRÍGUEZ 52.108.652 TÉCNICO OPERATIVO 314 5 SUBGERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA Que los siguientes servidores manifestaron interés en ser nombrados mediante encargo y actualmente se encuentran nombrados en encargo:
GESP-01-FR-06 V.1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-101 • 2025 • JULIO • 2 101 020 RESOLUCIÓN No. “Por la cual se efectúan unos nombramientos en encargo en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”
DENOMINACIÓN NOMBRE IDENTIFICACIÓN CÓDIGO GRADO UBICACIÓN EMPLEO ENCARGO LAURA MARCELA MARLES VALLEJO 52.994.167 TÉCNICO OPERATIVO 314 3 SUBGERENCIA DE INFORMACIÓN FÍSICA Y JURÍDICA GERMAN ALEXIS VILLAMARÍN MESA 79.310.671 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 10 GERENCIA DE TECNOLOGÍA HECTOR ALEJANDRO MORALES GUARIN 80.797.189 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 8 SUBGERENCIA DE INFORMACIÓN FÍSICA Y JURÍDICA Que, una vez realizado el estudio de verificación de requisitos para el otorgamiento de los encargos, se determinó que los servidores mencionados con anterioridad cumplen con los requisitos establecidos para ocupar los empleos señalados.
Que, por lo anterior, es procedente dar por terminados los siguientes nombramientos en encargo:
DENOMINACIÓN NOMBRE IDENTIFICACIÓN CÓDIGO GRADO UBICACIÓN EMPLEO ENCARGO LAURA MARCELA MARLES VALLEJO 52.994.167 TÉCNICO OPERATIVO 314 3 SUBGERENCIA DE INFORMACIÓN FÍSICA Y JURÍDICA GERMAN ALEXIS VILLAMARIN MESA 79.310.671 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 10 GERENCIA DE TECNOLOGÍA HECTOR ALEJANDRO MORALES GUARIN 80.797.189 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 8 SUBGERENCIA DE INFORMACIÓN ÍISICA Y JURÍDICA Que, en consecuencia, es procedente nombrar con carácter de encargo a los siguientes servidores en los empleos señalados:
NOMBRE IDENTIFICACIÓN DENOMINACIÓN EMPLEO CÓDIGO GRADO UBICACIÓN JOSEPH ALEXANDER BARRERA ROJAS 79.972.338 TÉCNICO OPERATIVO 314 5 GERENCIA DE INFORMACIÓN CATASTRAL LAURA MARCELA MARLES VALLEJO 52.994.167 TÉCNICO OPERATIVO 314 5 GERENCIA DE INFORMACIÓN CATASTRAL SHIRLEY CESPEDES GARAVITO 52.357.434 TÉCNICO OPERATIVO 314 5 SUBGERENCIA DE INFORMACIÓN FÍSICA Y JURÍDICA MARÍA ISABEL COGUA MORENO 51.628.594 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 11 GERENCIA DE INFORMACIÓN CATASTRAL GESP-01-FR-06 V.1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-102 • 2025 • JULIO • 2 102 020 RESOLUCIÓN No. “Por la cual se efectúan unos nombramientos en encargo en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”
NOMBRE IDENTIFICACIÓN DENOMINACIÓN EMPLEO CÓDIGO GRADO UBICACIÓN PEDRO ALEXANDER GUTIERREZ CASTELLANOS 80.027.409 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 10 GERENCIA DE TECNOLOGÍA JOSE IGNACIO SAAVEDRA VIVAS 79.423.291 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 10 GERENCIA DE TECNOLOGÍA GERMAN ALEXIS VILLAMARIN MESA 79.310.671 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 10 SUBGERENCIA DE INGENIERÍA DE SOFTWARE HECTOR ALEJANDRO MORALES GUARÍN 80.797.189 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 8 GERENCIA DE INFORMACIÓN CATASTRAL BRENDA CAROLINA VELA VELASCO 53.106.553 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 6 SUBGERENCIA DE INFORMACIÓN ECONÓMICA ANA BETSABETH ÁVILA PARRA 52.525.048 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 6 SUBGERENCIA DE INGENIERÍA DE SOFTWARE CRISTIAN CAMILO ARAUJO BARBOSA 1.022.364.343 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 4 SUBGERENCIA DE INFORMACIÓN FÍSICA Y JURÍDICA JANETH PATRICIA LUQUE RODRÍGUEZ 52.108.652 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 1 SUBGERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA Que, en mérito de lo expuesto, este Despacho R E S U E L V E:
Artículo 1.
Dar por terminado el nombramiento en encargo a los siguientes servidores.
DENOMINACIÓN NOMBRE IDENTIFICACIÓN CÓDIGO GRADO UBICACIÓN EMPLEO ENCARGO LAURA MARCELA MARLES VALLEJO 52.994.167 TÉCNICO OPERATIVO 314 3 SUBGERENCIA DE INFORMACIÓN FISÍCA Y JURÍDICA GERMAN ALEXIS VILLAMARIN MESA 79.310.671 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 10 GERENCIA DE TECNOLOGÍA HECTOR ALEJANDRO MORALES GUARÍN 80.797.189 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 8 SUBGERENCIA DE INFORMACIÓN FÍSICA Y JUÍIDICA
Artículo 2.
Encargar a los siguientes servidores públicos, en los empleos que se señalan a continuación a partir de la fecha de su posesión y hasta cuando finalice la situación administrativa que le dio origen a la misma, en los casos que aplique.
GESP-01-FR-06 V.1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-103 • 2025 • JULIO • 2 103 020 RESOLUCIÓN No. “Por la cual se efectúan unos nombramientos en encargo en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”
NOMBRE IDENTIFICACIÓN DENOMINACIÓN EMPLEO CÓDIGO GRADO UBICACIÓN JOSEPH ALEXANDER BARRERA ROJAS 79.972.338 TÉCNICO OPERATIVO 314 5 GERENCIA DE INFORMACIÓN CATASTRAL LAURA MARCELA MARLES VALLEJO 52.994.167 TÉCNICO OPERATIVO 314 5 GERENCIA DE INFORMACIÓN CATASTRAL SHIRLEY CESPEDES GARAVITO 52.357.434 TÉCNICO OPERATIVO 314 5 SUBGERENCIA DE INFORMACIÓN FÍSICA Y JURÍDICA MARÍA ISABEL COGUA MORENO 51.628.594 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 11 GERENCIA DE INFORMACIÓN CATASTRAL PEDRO ALEXANDER GUTIERREZ CASTELLANOS 80.027.409 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 10 GERENCIA DE TECNOLOGÍA JOSE IGNACIO SAAVEDRA VIVAS 79.423.291 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 10 GERENCIA DE TECNOLOGÍA GERMAN ALEXIS VILLAMARIN MESA 79.310.671 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 10 SUBGERENCIA DE INGENIERÍA DE SOFTWARE HECTOR ALEJANDRO MORALES GUARÍN 80.797.189 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 8 GERENCIA DE INFORMACIÓN CATASTRAL BRENDA CAROLINA VELA VELASCO 53.106.553 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 6 SUBGERENCIA DE INFORMACIÓN ECONÓMICA ANA BETSABETH ÁVILA PARRA 52.525.048 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 6 SUBGERENCIA DE INGENIERÍA DE SOFTWARE CRISTIAN CAMILO ARAUJO BARBOSA 1.022.364.343 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 4 SUBGERENCIA DE INFORMACIÓN FÍSICA Y JURÍDICA JANETH PATRICIA LUQUE RODRÍGUEZ 52.108.652 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 1 SUBGERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA Parágrafo 1. El presente encargo comportará el ejercicio integral de las funciones atribuidas al empleo y la desvinculación transitoria de las funciones propias del empleo del que es titular el servidor encargado.
Parágrafo 2. Los servidores públicos encargados, deberán realizar entrega de las evidencias para la evaluación
parcial eventual de desempeño, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del Acuerdo 6176 de 2018, emitido por la Comisión Nacional del Servicio Civil, junto con la entrega de un informe detallado de la gestión al jefe inmediato con copia a la Subgerencia de Talento Humano, asuntos pendientes y en trámite a la fecha de otorgamiento del encargo, inventario de los bienes muebles y gestión documental asignada que tenga a su cargo, con ocasión a sus funciones.
GESP-01-FR-06 V.1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-104 • 2025 • JULIO • 2 104 020 RESOLUCIÓN No. “Por la cual se efectúan unos nombramientos en encargo en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”
28 ENERO 2025
Artículo 3.
Los servidores públicos encargados, tendrán derecho al reconocimiento de la diferencia salarial que corresponda a los empleos de los cuales están encargados, toda vez que no existe titular que perciba el salario del empleo y la entidad cuenta con la disponibilidad presupuestal para su reconocimiento y pago.
Artículo 4.
Publicar el contenido de la presente resolución en el Registro Distrital a través de la Gerencia Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Artículo 5.
Publicar el contenido de la presente resolución en el Botón de Transparencia de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad.
Artículo 6.
Notificar el contenido de la presente resolución a los servidores públicos encargados en el artículo 2 del presente acto administrativo, y comunicar a Gerencia de Información Catastral, Subgerencia de Información Física y Jurídica, Gerencia de Tecnología, Subgerencia de Ingeniería de Software, Subgerencia de Información Económica, Subgerencia de Participación y Atención al Ciudadano, y a la Subgerencia de Infraestructura Tecnológica a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad.
Artículo 7.
Los efectos fiscales de la presente resolución rigen a partir de la fecha de posesión en el empleo.
Artículo 8.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y produce efectos a partir de su comunicación.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE, Dada en Bogotá D.C., a los JAIRO ANDRÉS REVELO MOLINA Gerente de Gestión Corporativa Elaboró: Gloria Stella Pacheco Fonseca – Profesional Universitario, STH Revisó: Mónica Daniela Cortés Muñoz – Profesional Especializado, STH Gustavo Adolfo Forero Patiño - Profesional Universitario, Abogado STH Ennis Esther Jaramillo Morato - Subgerente de Talento Humano Ximena Rodríguez Cifuentes – Contratista Gerencia de Gestión Corporativa GESP-01-FR-06 V.1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-105 • 2025 • JULIO • 2 105 027 Z^K>h/MEEŽ͘ “Por la cual se efectúaŶƵŶŽƐŶŽŵďƌĂŵŝĞŶƚŽƐƉƌŽǀŝƐŝŽŶĂůĞƐĞŶůĂƉůĂŶƚĂĚĞƉĞƌƐŽŶĂůĚĞůĂhŶŝĚĂĚ Administrativa Especial de Catastro Distrital”
>'ZEd'^d/MEKZWKZd/s>hE/D/E/^dZd/s^W/>d^dZK /^dZ/d>͕ ŶƵƐŽĚĞƐƵƐĂƚƌŝďƵĐŝŽŶĞƐůĞŐĂůĞƐLJĞŶĞƐƉĞĐŝĂůůĂƐĞƐƚĂďůĞĐŝĚĂƐĞŶůŽƐĂƌƚşĐƵůŽƐϮ͘ Ϯ͘ ϱ͘ ϯ͘ ϯLJϮ͘ Ϯ͘ ϱ͘ ϯ͘ ϰĚĞů ĞĐƌĞƚŽϭϬϴϯĚĞϮϬϭϱ͕ ŵŽĚŝĨŝĐĂĚŽƉŽƌĞůĂƌƚşĐƵůŽϭĚĞůĞĐƌĞƚŽϲϰϴĚĞϮϬϭϳ͕ ĞůĂƌƚşĐƵůŽƋƵŝŶƚŽĚĞůĂ ZĞƐŽůƵĐŝſŶϵϴϵĚĞϮϬϮϰĚĞůĂhŶŝĚĂĚĚŵŝŶŝƐƚƌĂƚŝǀĂƐƉĞĐŝĂůĚĞĂƚĂƐƚƌŽŝƐƚƌŝƚĂůLJ͕ KE^/ZEK͗ YƵĞĞůůŝƚĞƌĂůĂͿĚĞůĂƌƚşĐƵůŽƋƵŝŶƚŽĚĞůĂZĞƐŽůƵĐŝſŶϵϴϵĚĞůϮϳĚĞĚŝĐŝĞŵďƌĞĚĞůϮϬϮϰĚĞůĞŐſĞŶĞů'ĞƌĞŶƚĞĚĞ Gestión Corporativa la función de “Suscribir, revocar o derogar los ŶŽŵďƌĂŵŝĞŶƚŽƐ ĚĞ ůŽƐ ĞŵƉůĞŽƐ ĚĞ ůĂ UAECD. Excepto los de libre nombramiento y remoción.”
YƵĞĞůĂƌƚşĐƵůŽϮ͘ Ϯ͘ ϱ͘ ϯ͘ ϯĚĞůĞĐƌĞƚŽϭϬϴϯĚĞϮϬϭϱ͕ ŵŽĚŝĨŝĐĂĚŽƉŽƌĞůĞĐƌĞƚŽϲϰϴĚĞϮϬϭϳ͕ ĞƐƚĂďůĞĐĞƋƵĞ“Las ǀĂĐĂŶƚĞƐƚĞŵƉŽƌĂůĞƐĞŶĞŵƉůĞŽƐĚĞĐĂƌƌĞƌĂ͕ ƉŽĚƌĄŶƐĞƌƉƌŽǀŝƐƚĂƐŵĞĚŝĂŶƚĞŶŽŵďƌĂŵŝĞŶƚŽƉƌŽǀŝƐŝŽŶĂů͕ ĐƵĂŶĚŽ no fuere posible proveerlas mediante encargo con empleados de carrera.”
YƵĞĚĞĐŽŶĨŽƌŵŝĚĂĚĐŽŶĞůĂƌƚşĐƵůŽϮ͘ Ϯ͘ ϱ͘ ϯ͘ ϰĚĞůĞĐƌĞƚŽϭϬϴϯĚĞϮϬϭϱŵŽĚŝĨŝĐĂĚŽƉŽƌĞůĞĐƌĞƚŽϲϰϴĚĞϮϬϭϳ͕ ĞƐƚĂďůĞĐĞƋƵĞ“antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador por resolución motivada podrá darlos por terminados.”
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YƵĞ͕ ĞŶůĂƉůĂŶƚĂĚĞƉĞƌƐŽŶĂůĚĞůĂhŶŝĚĂĚĚŵŝŶŝƐƚƌĂƚŝǀĂƐƉĞĐŝĂůĚĞĂƚĂƐƚƌŽŝƐƚƌŝƚĂů͕ ĞdžŝƐƚĞŶůĂƐƐŝŐƵŝĞŶƚĞƐ ǀĂĐĂŶƚĞƐ ƚĞŵƉŽƌĂůĞƐ͕ ĐƵLJŽƐ ƚŝƚƵůĂƌĞƐ ĂĐƚƵĂůŵĞŶƚĞ ƐĞ ĞŶĐƵĞŶƚƌĂŶ ŶŽŵďƌĂĚŽƐ ĞŶ ĞŶĐĂƌŐŽ͕ ƉŽƌ ůŽ ĐƵĂů ƐĞ ƉƌŽĐĞĚŝſĐŽŶĞůĂǀŝƐŽĚĞƉƵďůŝĐĂĐŝſŶƉĂƌĂĞůŽƚŽƌŐĂŵŝĞŶƚŽĚĞůŽƐĞŶĐĂƌŐŽƐ͗ '^WͲϬϭͲ&ZͲϬϲ s͘ ϭ REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-106 • 2025 • JULIO • 2 106 027 Z^K>h/MEEŽ͘ “Por la cual se efectúaŶƵŶŽƐŶŽŵďƌĂŵŝĞŶƚŽƐƉƌŽǀŝƐŝŽŶĂůĞƐĞŶůĂƉůĂŶƚĂĚĞƉĞƌƐŽŶĂůĚĞůĂhŶŝĚĂĚ Administrativa Especial de Catastro Distrital”
EKD/E/ME EKDZ DW>K M/'K 'ZK h//ME Wh>//ME &, Wh>//ME d/dh>Z /Ed/&//ME Ϭϳϳ ϱϮ͘ ϳϳϱ͘ ϮϬϱ ƵdžŝůŝĂƌ ĚŵŝŶŝƐƚƌĂƚŝǀŽ ϰϬϳ Ϭϯ ϮϬͬ ϭϭͬ ϮϬϮϰ:ŚŽĂŶĂWĂŽůĂ ĂƐĂůůĂƐ 'ſŵĞnj ^ƵďŐĞƌĞŶĐŝĂĚĞ WĂƌƚŝĐŝƉĂĐŝſŶLJ ƚĞŶĐŝſŶĂů ŝƵĚĂĚĂŶŽ dĠĐŶŝĐŽKƉĞƌĂƚŝǀŽ ϯϭϰ Ϭϱ ϬϴϬ ϮϬͬ ϭϭͬ ϮϬϮϰ ϳϵ͘ ϳϭϰ͘ ϲϴϬ ^ƵďŐĞƌĞŶĐŝĂĚĞ /ŶĨŽƌŵĂĐŝſŶ ĐŽŶſŵŝĐĂ ZŽďĞƌƚůĞdžŝƐ KƐƉŝŶĂ DƵŹŽnj dĠĐŶŝĐŽKƉĞƌĂƚŝǀŽ ϯϭϰ Ϭϭ ϬϴϮ ϮϬͬ ϭϭͬ ϮϬϮϰ ϳϵ͘ Ϯϲϲ͘ ϮϳϮ tŝůƐŽŶ ZŽĚƌŝŐƵĞnj ZĞLJĞƐ ^ƵďŐĞƌĞŶĐŝĂĚĞ WĂƌƚŝĐŝƉĂĐŝſŶLJ ƚĞŶĐŝſŶĂů ŝƵĚĂĚĂŶŽ Ϭϴϴ ϮϬͬ ϭϭͬ ϮϬϮϰ ϭϵ͘ ϰϰϵ͘ ϯϮϰ WƌŽĨĞƐŝŽŶĂů ƐƉĞĐŝĂůŝnjĂĚŽ ϮϮϮ Ϭϲ ^ƵďŐĞƌĞŶĐŝĂĚĞ /ŶĨŽƌŵĂĐŝſŶ ĐŽŶſŵŝĐĂ:ĂŝŵĞ EĂǀĂƌƌŽ ZĞLJĞƐ YƵĞ͕ ĞŶůĂƉůĂŶƚĂĚĞƉĞƌƐŽŶĂůĚĞůĂhŶŝĚĂĚĚŵŝŶŝƐƚƌĂƚŝǀĂƐƉĞĐŝĂůĚĞĂƚĂƐƚƌŽŝƐƚƌŝƚĂů͕ ĞdžŝƐƚĞŶƵŶĂǀĂĐĂŶƚĞ ĚĞĨŝŶŝƚŝǀĂ͕ ůĂĐƵĂůƚƵǀŽĂǀŝƐŽĚĞƉƵďůŝĐĂĐŝſŶƉĂƌĂĞůŽƚŽƌŐĂŵŝĞŶƚŽĚĞůŽƐĞŶĐĂƌŐŽƐ͗ EKD/E/ME DW>K M/'K 'ZK h//ME Wh>//ME &, Wh>//ME Ϭϵϱ WƌŽĨĞƐŝŽŶĂůhŶŝǀĞƌƐŝƚĂƌŝŽ Ϯϭϵ ϬϮ ^ƵďŐĞƌĞŶĐŝĂĚĞ/ŶĨŽƌŵĂĐŝſŶ ĐŽŶſŵŝĐĂ ϮϬͬ ϭϭͬ ϮϬϮϰ YƵĞ ƵŶĂ ǀĞnj ƐƵƌƚŝĚĂƐ ůĂƐ ƉƵďůŝĐĂĐŝŽŶĞƐ ƉĂƌĂ ƉƌŽǀĞĞƌ ŵĞĚŝĂŶƚĞ ĞŶĐĂƌŐŽ ůŽƐ ĞŵƉůĞŽƐ ĞŶ ŵĞŶĐŝſŶ͕ ŶŝŶŐƷŶ ƐĞƌǀŝĚŽƌĚĞĐĂƌƌĞƌĂĂĚŵŝŶŝƐƚƌĂƚŝǀĂŵĂŶŝĨĞƐƚſŝŶƚĞƌĠƐĞŶƉĂƌƚŝĐŝƉĂƌĞŶĞůƉƌŽĐĞƐŽĚĞĞŶĐĂƌŐŽ͘ YƵĞĚĞĐŽŶĨŽƌŵŝĚĂĚĐŽŶůĂƌĞǀŝƐŝſŶĞĨĞĐƚƵĂĚĂ͕ ůĂ^ƵďŐĞƌĞŶƚĞĚĞdĂůĞŶƚŽ,ƵŵĂŶŽĐĞƌƚŝĨŝĐſƋƵĞůĂƐƐŝŐƵŝĞŶƚĞƐ ƉĞƌƐŽŶĂƐ ƌĞƵŶŝĞƌŽŶ ůŽƐ ƌĞƋƵŝƐŝƚŽƐ ƋƵĞ ĞdžŝŐĞŶ ůŽƐ ĞŵƉůĞŽƐ LJ ĞŶ ĐŽŶƐĞĐƵĞŶĐŝĂ ĞƐ ƉƌŽĐĞĚĞŶƚĞ͕ ŵĞĚŝĂŶƚĞ Ğů ƉƌĞƐĞŶƚĞĂĐƚŽĂĚŵŝŶŝƐƚƌĂƚŝǀŽ͕ ƌĞĂůŝnjĂƌůŽƐŶŽŵďƌĂŵŝĞŶƚŽƐƉƌŽǀŝƐŝŽŶĂůĞƐ͗ EKD/E/ME DW>K M/'K 'ZK h//ME EKDZ /Ed/&//ME ƵdžŝůŝĂƌĚŵŝŶŝƐƚƌĂƚŝǀŽ ϰϬϳ Ϭϯ ^ƵďŐĞƌĞŶĐŝĂĚĞWĂƌƚŝĐŝƉĂĐŝſŶLJ ƚĞŶĐŝſŶĂůŝƵĚĂĚĂŶŽ,ĞƌůŝŶĚĂŽƌŽŵŽƚŽ DŽƌĂZŝĂŹŽ ϭ͘ Ϭϭϴ͘ ϰϱϬ͘ Ϭϳϲ dĠĐŶŝĐŽKƉĞƌĂƚŝǀŽ ϯϭϰ Ϭϱ ^ƵďŐĞƌĞŶĐŝĂĚĞ/ŶĨŽƌŵĂĐŝſŶ ĐŽŶſŵŝĐĂ,ĠĐƚŽƌ>ĞŽŶĂƌĚŽ DŽƐƋƵĞƌĂKůĂLJĂ ϳϵ͘ ϳϰϰ͘ ϮϳϮ '^WͲϬϭͲ&ZͲϬϲ s͘ ϭ REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-107 • 2025 • JULIO • 2 107 027 Z^K>h/MEEŽ͘ “Por la cual se efectúaŶƵŶŽƐŶŽŵďƌĂŵŝĞŶƚŽƐƉƌŽǀŝƐŝŽŶĂůĞƐĞŶůĂƉůĂŶƚĂĚĞƉĞƌƐŽŶĂůĚĞůĂhŶŝĚĂĚ Administrativa Especial de Catastro Distrital”
EKD/E/ME DW>K M/'K 'ZK h//ME EKDZ /Ed/&//ME dĠĐŶŝĐŽKƉĞƌĂƚŝǀŽ ϯϭϰ Ϭϭ ^ƵďŐĞƌĞŶĐŝĂĚĞWĂƌƚŝĐŝƉĂĐŝſŶLJ ƚĞŶĐŝſŶĂůŝƵĚĂĚĂŶŽ EŝĐŽůĂƐEƷŹĞnj ŵſƌƚĞŐƵŝ ϭ͘ Ϭϯϯ͘ ϳϲϬ͘ ϰϳϴ WƌŽĨĞƐŝŽŶĂů ƐƉĞĐŝĂůŝnjĂĚŽ ϮϮϮ Ϭϲ ^ƵďŐĞƌĞŶĐŝĂĚĞ/ŶĨŽƌŵĂĐŝſŶ ĐŽŶſŵŝĐĂ ^ĞƌŐŝŽůĞũĂŶĚƌŽEŝŹŽ ĂƌƌĂŶnjĂ ϭ͘ ϬϯϮ͘ ϰϴϲ͘ ϵϬϲ WƌŽĨĞƐŝŽŶĂůhŶŝǀĞƌƐŝƚĂƌŝŽ Ϯϭϵ ϬϮ ^ƵďŐĞƌĞŶĐŝĂĚĞ/ŶĨŽƌŵĂĐŝſŶ ĐŽŶſŵŝĐĂ ĂƌůŽƐŶĚƌĠƐ:ŝŵĠŶĞnj ĐŽƐƚĂ ϴϬ͘ ϴϭϲ͘ Ϭϭϲ YƵĞ͕ ĞŶŵĠƌŝƚŽĚĞůŽĞdžƉƵĞƐƚŽ͕ ĞƐƚĞĞƐƉĂĐŚŽ Z^h>s͗ ƌƚşĐƵůŽ ϭ͘ EŽŵďƌĂƌ ĞŶ ƉƌŽǀŝƐŝŽŶĂůŝĚĂĚ Ă ůĂƐ ƐŝŐƵŝĞŶƚĞƐ ƉĞƌƐŽŶĂƐ͕ ĞŶ ůŽƐ ĞŵƉůĞŽƐ ĞŶ ǀĂĐĂŶĐŝĂ ƚĞŵƉŽƌĂů ƐĞŹĂůĂĚŽƐĂĐŽŶƚŝŶƵĂĐŝſŶ͕ ĂƉĂƌƚŝƌĚĞůĂĨĞĐŚĂĚĞƉŽƐĞƐŝſŶLJŚĂƐƚĂĐƵĂŶĚŽĨŝŶĂůŝĐĞůĂƐŝƚƵĂĐŝſŶĂĚŵŝŶŝƐƚƌĂƚŝǀĂ ƋƵĞ ůĞ ĚŝŽ ŽƌŝŐĞŶ Ă ůĂ ŵŝƐŵĂ͕ ƐŝŶ ƋƵĞ ĞƐƚĞ ŶŽŵďƌĂŵŝĞŶƚŽ ŐĞŶĞƌĞ ĚĞƌĞĐŚŽƐ ĚĞ ĐĂƌƌĞƌĂ ĂĚŵŝŶŝƐƚƌĂƚŝǀĂ͕ ĚĞ ĐŽŶĨŽƌŵŝĚĂĚĐŽŶůŽĞdžƉƵĞƐƚŽĞŶůĂƉĂƌƚĞĐŽŶƐŝĚĞƌĂƚŝǀĂĚĞůĂƉƌĞƐĞŶƚĞƌĞƐŽůƵĐŝſŶ͗ EKD/E/ME DW>K M/'K 'ZK h//ME EKDZ /Ed/&//ME ƵdžŝůŝĂƌĚŵŝŶŝƐƚƌĂƚŝǀŽ ϰϬϳ Ϭϯ ^ƵďŐĞƌĞŶĐŝĂĚĞWĂƌƚŝĐŝƉĂĐŝſŶLJ ƚĞŶĐŝſŶĂůŝƵĚĂĚĂŶŽ,ĞƌůŝŶĚĂŽƌŽŵŽƚŽ DŽƌĂZŝĂŹŽ ϭ͘ Ϭϭϴ͘ ϰϱϬ͘ Ϭϳϲ dĠĐŶŝĐŽKƉĞƌĂƚŝǀŽ ϯϭϰ Ϭϱ ^ƵďŐĞƌĞŶĐŝĂĚĞ/ŶĨŽƌŵĂĐŝſŶ ĐŽŶſŵŝĐĂ,ĠĐƚŽƌ>ĞŽŶĂƌĚŽ DŽƐƋƵĞƌĂKůĂLJĂ ϳϵ͘ ϳϰϰ͘ ϮϳϮ dĠĐŶŝĐŽKƉĞƌĂƚŝǀŽ ϯϭϰ Ϭϭ ^ƵďŐĞƌĞŶĐŝĂĚĞWĂƌƚŝĐŝƉĂĐŝſŶLJ ƚĞŶĐŝſŶĂůŝƵĚĂĚĂŶŽ EŝĐŽůĂƐEƷŹĞnj ŵſƌƚĞŐƵŝ ϭ͘ Ϭϯϯ͘ ϳϲϬ͘ ϰϳϴ WƌŽĨĞƐŝŽŶĂů ƐƉĞĐŝĂůŝnjĂĚŽ ϮϮϮ Ϭϲ ^ƵďŐĞƌĞŶĐŝĂĚĞ/ŶĨŽƌŵĂĐŝſŶ ĐŽŶſŵŝĐĂ ^ĞƌŐŝŽůĞũĂŶĚƌŽEŝŹŽ ĂƌƌĂŶnjĂ ϭ͘ ϬϯϮ͘ ϰϴϲ͘ ϵϬϲ WĂƌĄŐƌĂĨŽ͘ ĞĐŽŶĨŽƌŵŝĚĂĚĐŽŶĞůĂƌƚşĐƵůŽϮ͘ Ϯ͘ ϱ͘ ϯ͘ ϰĚĞůĞĐƌĞƚŽϲϰϴĚĞϮϬϭϳ͕ ĂŶƚĞƐĚĞĐƵŵƉůŝƌƐĞĞůƚĠƌŵŝŶŽĚĞ ĚƵƌĂĐŝſŶĚĞůŶŽŵďƌĂŵŝĞŶƚŽƉƌŽǀŝƐŝŽŶĂů͕ ĞůŶŽŵŝŶĂĚŽƌƉŽƌƌĞƐŽůƵĐŝſŶŵŽƚŝǀĂĚĂ͕ ƉŽĚƌĄĚĂƌůŽƉŽƌƚĞƌŵŝŶĂĚŽ͘ ƌƚşĐƵůŽϮ͘ EŽŵďƌĂƌĞŶƉƌŽǀŝƐŝŽŶĂůŝĚĂĚĂůĂƐŝŐƵŝĞŶƚĞƉĞƌƐŽŶĂ͕ ĞŶĞůĞŵƉůĞŽĞŶǀĂĐĂŶĐŝĂĚĞĨŝŶŝƚŝǀĂƐĞŹĂůĂĚŽĂ ĐŽŶƚŝŶƵĂĐŝſŶ͕ ĂƉĂƌƚŝƌĚĞůĂĨĞĐŚĂĚĞƉŽƐĞƐŝſŶLJŚĂƐƚĂƚĂŶƚŽĞƐƚĞƐĞƉƌŽǀĞĂŵĞĚŝĂŶƚĞĞůƐŝƐƚĞŵĂĚĞŵĠƌŝƚŽ͕ ƐŝŶ ƋƵĞĞƐƚĞŶŽŵďƌĂŵŝĞŶƚŽŐĞŶĞƌĞĚĞƌĞĐŚŽƐĚĞĐĂƌƌĞƌĂĂĚŵŝŶŝƐƚƌĂƚŝǀĂ͕ ĚĞĐŽŶĨŽƌŵŝĚĂĚĐŽŶůŽĞdžƉƵĞƐƚŽĞŶůĂ ƉĂƌƚĞĐŽŶƐŝĚĞƌĂƚŝǀĂĚĞůĂƉƌĞƐĞŶƚĞƌĞƐŽůƵĐŝſŶ͗ EKD/E/ME DW>K M/'K 'ZK h//ME EKDZ /Ed/&//ME WƌŽĨĞƐŝŽŶĂůhŶŝǀĞƌƐŝƚĂƌŝŽ Ϯϭϵ ϬϮ ^ƵďŐĞƌĞŶĐŝĂĚĞ/ŶĨŽƌŵĂĐŝſŶ ĐŽŶſŵŝĐĂ ĂƌůŽƐŶĚƌĠƐ:ŝŵĠŶĞnjĐŽƐƚĂ ϴϬ͘ ϴϭϲ͘ Ϭϭϲ '^WͲϬϭͲ&ZͲϬϲ s͘ ϭ REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-108 • 2025 • JULIO • 2 108 027 Z^K>h/MEEŽ͘ “Por la cual se efectúaŶƵŶŽƐŶŽŵďƌĂŵŝĞŶƚŽƐƉƌŽǀŝƐŝŽŶĂůĞƐĞŶůĂƉůĂŶƚĂĚĞƉĞƌƐŽŶĂůĚĞůĂhŶŝĚĂĚ Administrativa Especial de Catastro Distrital”
31 ENERO 2025 WĂƌĄŐƌĂĨŽ͘ ĞĐŽŶĨŽƌŵŝĚĂĚĐŽŶĞůĂƌƚşĐƵůŽϮ͘ Ϯ͘ ϱ͘ ϯ͘ ϰĚĞůĞĐƌĞƚŽϲϰϴĚĞϮϬϭϳ͕ ĂŶƚĞƐĚĞĐƵŵƉůŝƌƐĞĞůƚĠƌŵŝŶŽĚĞ ĚƵƌĂĐŝſŶĚĞůŶŽŵďƌĂŵŝĞŶƚŽƉƌŽǀŝƐŝŽŶĂů͕ ĞůŶŽŵŝŶĂĚŽƌƉŽƌƌĞƐŽůƵĐŝſŶŵŽƚŝǀĂĚĂ͕ ƉŽĚƌĄĚĂƌůŽƉŽƌƚĞƌŵŝŶĂĚŽ͘ ƌƚşĐƵůŽϮ͘ WƵďůŝĐĂƌĞůĐŽŶƚĞŶŝĚŽĚĞůĂƉƌĞƐĞŶƚĞƌĞƐŽůƵĐŝſŶĞŶĞůZĞŐŝƐƚƌŽŝƐƚƌŝƚĂůĂƚƌĂǀĠƐĚĞůĂ'ĞƌĞŶĐŝĂ:ƵƌşĚŝĐĂ ĚĞůĂhŶŝĚĂĚĚŵŝŶŝƐƚƌĂƚŝǀĂƐƉĞĐŝĂůĚĞĂƚĂƐƚƌŽŝƐƚƌŝƚĂů͘ ƌƚşĐƵůŽ ϯ͘ WƵďůŝĐĂƌ Ğů ĐŽŶƚĞŶŝĚŽ ĚĞ ůĂ ƉƌĞƐĞŶƚĞ ƌĞƐŽůƵĐŝſŶ ĞŶ Ğů ŽƚſŶ ĚĞ dƌĂŶƐƉĂƌĞŶĐŝĂ ĚĞ ůĂ hŶŝĚĂĚ ĚŵŝŶŝƐƚƌĂƚŝǀĂƐƉĞĐŝĂůĚĞĂƚĂƐƚƌŽŝƐƚƌŝƚĂůĂƚƌĂǀĠƐĚĞůĂ^ƵďŐĞƌĞŶĐŝĂĚĞdĂůĞŶƚŽ,ƵŵĂŶŽĚĞůĂŵŝƐŵĂhŶŝĚĂĚ͘ ƌƚşĐƵůŽϰ͘ EŽƚŝĨŝĐĂƌĞůĐŽŶƚĞŶŝĚŽĚĞůĂƉƌĞƐĞŶƚĞƌĞƐŽůƵĐŝſŶĂ,ĞƌůŝŶĚĂŽƌŽŵŽƚŽDŽƌĂZŝĂŹŽ,,ĠĐƚŽƌ>ĞŽŶĂƌĚŽ DŽƐƋƵĞƌĂKůĂLJĂ͕ EŝĐŽůĂƐEƷŹĞnjŵſƌƚĞŐƵŝ͕ ^ĞƌŐŝŽůĞũĂŶĚƌŽEŝŹŽĂƌƌĂŶnjĂLJĂƌůŽƐŶĚƌĠƐ:ŝŵĠŶĞnjĐŽƐƚĂĂ ƚƌĂǀĠƐĚĞůĂ^ƵďŐĞƌĞŶĐŝĂĚĞdĂůĞŶƚŽ,ƵŵĂŶŽĚĞůĂŵŝƐŵĂhŶŝĚĂĚ͕ ĞŶůŽƐƚĠƌŵŝŶŽƐĞƐƚĂďůĞĐŝĚŽƐĞŶĞůĂƌƚşĐƵůŽϲϳ ĚĞůĂ>ĞLJϭϰϯϳĚĞϮϬϭϭ͘ WĂƌĄŐƌĂĨŽ͘ >ĂƐƉĞƌƐŽŶĂƐŶŽŵďƌĂĚĂƐƚĞŶĚƌĄŶĚŝĞnj;ϭϬͿĚşĂƐŚĄďŝůĞƐƉĂƌĂŵĂŶŝĨĞƐƚĂƌƐŝĂĐĞƉƚĂŶŽƌĞĐŚĂnjĂŶĞů ŶŽŵďƌĂŵŝĞŶƚŽĞŶĞůĐĂƌŐŽLJĚŝĞnj;ϭϬͿĚşĂƐŚĄďŝůĞƐƉĂƌĂƚŽŵĂƌƉŽƐĞƐŝſŶĚĞĞŵƉůĞŽ͕ ĚĞĐŽŶĨŽƌŵŝĚĂĚĐŽŶůŽ ĚŝƐƉƵĞƐƚŽĞŶůŽƐĂƌƚşĐƵůŽƐϮ͘ Ϯ͘ ϱ͘ ϭ͘ ϲLJϮ͘ Ϯ͘ ϱ͘ ϭ͘ ϳĚĞůĞĐƌĞƚŽϭϬϴϯĚĞϮϬϭϱ͕ ŵŽĚŝĨŝĐĂĚŽƉŽƌĞůĂƌƚşĐƵůŽϭĚĞůĞĐƌĞƚŽ ϲϰϴĚĞϮϬϭϳ͘ ƌƚşĐƵůŽϱ͘ ŽŵƵŶŝĐĂƌĞůĐŽŶƚĞŶŝĚŽĚĞůĂƉƌĞƐĞŶƚĞƌĞƐŽůƵĐŝſŶĂůĂ^ƵďŐĞƌĞŶĐŝĂĚĞWĂƌƚŝĐŝƉĂĐŝſŶLJƚĞŶĐŝſŶĂů ŝƵĚĂĚĂŶŽ LJ Ă ůĂ ^ƵďŐĞƌĞŶĐŝĂ ĚĞ /ŶĨŽƌŵĂĐŝſŶ ĐŽŶſŵŝĐĂ ĚĞ ůĂ hŶŝĚĂĚ ĚŵŝŶŝƐƚƌĂƚŝǀĂ ƐƉĞĐŝĂů ĚĞ ĂƚĂƐƚƌŽ ŝƐƚƌŝƚĂů͕ ĂƚƌĂǀĠƐĚĞůĂ^ƵďŐĞƌĞŶĐŝĂĚĞdĂůĞŶƚŽ,ƵŵĂŶŽĚĞůĂŵŝƐŵĂhŶŝĚĂĚ͘ ƌƚşĐƵůŽϲ͘ >ĂƉƌĞƐĞŶƚĞƌĞƐŽůƵĐŝſŶƌŝŐĞĂƉĂƌƚŝƌĚĞůĂĨĞĐŚĂĚĞƐƵĞdžƉĞĚŝĐŝſŶ͘ Wh>1Yh^͕ EKd/&1Yh^͕ KDhE1Yh^zjDW>^͕ ĂĚĂĞŶŽŐŽƚĄ͘ ͕͘ ĂůŽƐ:/ZKEZ^Zs>KDK>/E 'ĞƌĞŶƚĞĚĞ'ĞƐƚŝſŶŽƌƉŽƌĂƚŝǀĂ ůĂďŽƌſ͗ 'ůŽƌŝĂ^ƚĞůůĂWĂĐŚĞĐŽ&ŽŶƐĞĐĂ–WƌŽĨĞƐŝŽŶĂůhŶŝǀĞƌƐŝƚĂƌŝŽ͕ ^d, ZĞǀŝƐſ͗ 'ƵƐƚĂǀŽĚŽůĨŽ&ŽƌĞƌŽWĂƚŝŹŽͲWƌŽĨĞƐŝŽŶĂůhŶŝǀĞƌƐŝƚĂƌŝŽ͕ ďŽŐĂĚŽ^d, DſŶŝĐĂĂŶŝĞůĂŽƌƚĠƐDƵŹŽnj–WƌŽĨĞƐŝŽŶĂůƐƉĞĐŝĂůŝnjĂĚŽ͕ ^d, ŶŶŝƐƐƚŚĞƌ:ĂƌĂŵŝůůŽDŽƌĂƚŽͲ^ƵďŐĞƌĞŶƚĞĚĞdĂůĞŶƚŽ,ƵŵĂŶŽ yŝŵĞŶĂZŽĚƌşŐƵĞnjŝĨƵĞŶƚĞƐ–ŽŶƚƌĂƚŝƐƚĂ'ĞƌĞŶĐŝĂĚĞ'ĞƐƚŝſŶŽƌƉŽƌĂƚŝǀĂ '^WͲϬϭͲ&ZͲϬϲ s͘ ϭ REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-109 • 2025 • JULIO • 2 109 100 RESOLUCIÓN No. “Por la cual se efectúan unos nombramientos en encargo en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”
EL GERENTE DE GESTIÓN CORPORATIVA DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL, En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 1 de la Ley 1960 de 2019, los artículos 2.2.5.3.1 y 2.2.5.3.3 del Decreto 1083 de 2015, el literal e) artículo quinto de la Resolución 989 de 2024 de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital y C O N S I D E R A N D O:
Que el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 1 de la Ley 1960 de 2019, dispone que mientras se surte el proceso de selección para proveer empleos de carrera administrativa, los empleados de carrera tendrán derecho a ser encargados de tales empleos si acreditan los requisitos, poseen las aptitudes y habilidades para su desempeño, no han sido sancionados disciplinariamente en el último año y su última evaluación del desempeño sea sobresaliente.
Que el artículo 2.2.5.4.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, dispone que los empleados públicos podrán ser encargados para asumir parcial o totalmente las funciones de empleos diferentes de aquellos para los cuales han sido nombrados, por ausencia temporal o definitiva del titular, desvinculándose o no de las propias de su cargo.
Que el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017 dispuso frente a la provisión de las vacancias definitivas que: ”(…) Mientras se surte el proceso de selección, el empleo de carrera vacante de manera definitiva podrá proveerse transitoriamente a través de las figuras del encargo o del nombramiento provisional, en los términos señalados en la Ley 909 de 2004 y en el Decreto Ley 760 de 2005 o en las disposiciones que regulen los sistemas específicos de carrera (…)”
Que el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, establece que antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador por resolución motivada podrá darlos por terminados.
Que el literal e) del artículo quinto de la Resolución 989 del 27 de diciembre del 2024 delegó en el Gerente de Gestión Corporativa la función de “Realizar encargos, asignaciones de funciones, prórrogas de nombramiento, suspensiones, reintegros y retiros del servicio.”
Que en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, existe la siguiente vacante definitiva, la cual tuvo aviso de publicación para el otorgamiento del encargo:
GESP-01-FR-06 V.1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-110 • 2025 • JULIO • 2 110 100 RESOLUCIÓN No. “Por la cual se efectúan unos nombramientos en encargo en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”
DENOMINACIÓN EMPLEO CÓDIGO GRADO UBICACIÓN PUBLICACIÓN FECHA PUBLICACIÓN PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 10 SUBGERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA 004 10/03/2025 Que, en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, existe la siguiente vacante temporal, cuya titular actualmente se encuentran nombrada en encargo, por lo cual se procedió con el aviso de publicación para el otorgamiento del encargo:
DENOMINACIÓN EMPLEO CÓDIGO GRADO UBICACIÓN PUBLICACIÓN FECHA PUBLICACIÓN NOMBRE TITULAR IDENTIFICACIÓN PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 10 GERENCIA JURÍDICA 005 10/03/2025 DIANA ESTHER CAÑAS OCHOA 52.373.193 Que teniendo en cuenta lo anterior, los siguientes servidores manifestaron interés en ser nombrados mediante encargo y actualmente se encuentran desempeñando sus empleos titulares:
NOMBRE IDENTIFICACIÓN DENOMINACIÓN EMPLEO TITULAR CÓDIGO GRADO UBICACIÓN NELSON ERNESTO MARTINEZ PULIDO 79.298.386 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 04 SUBGERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA ANGY LIZETH CETINA TOVAR 1.010.188.446 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 08 GERENCIA DE INFORMACION CATASTRAL Que, una vez realizado el estudio de verificación de requisitos para el otorgamiento de los encargos, se determinó que los servidores mencionados anteriormente, cumplen con los requisitos establecidos para ocupar los empleos señalados.
Que, en consecuencia, es procedente nombrar con carácter de encargo a los siguientes servidores en los empleos señalados:
NOMBRE IDENTIFICACIÓN DENOMINACIÓN EMPLEO TITULAR CÓDIGO GRADO UBICACIÓN NELSON ERNESTO MARTINEZ PULIDO 79.298.386 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 04 SUBGERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA ANGY LIZETH CETINA TOVAR 1.010.188.446 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 08 GERENCIA DE INFORMACION CATASTRAL GESP-01-FR-06 V.1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-111 • 2025 • JULIO • 2 111 100 RESOLUCIÓN No. “Por la cual se efectúan unos nombramientos en encargo en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”
Que, en mérito de lo expuesto, este Despacho, R E S U E L V E:
Artículo 1.
Encargar a los siguientes servidores públicos, en los empleos que se señalan a continuación a partir de la fecha de su posesión y hasta cuando finalice la situación administrativa que le dio origen a la misma, en los casos que aplique.
NOMBRE IDENTIFICACIÓN DENOMINACIÓN EMPLEO CÓDIGO GRADO UBICACIÓN NELSON ERNESTO MARTINEZ PULIDO 79.298.386 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 10 SUBGERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA ANGY LIZETH CETINA TOVAR 1.010.188.446 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 10 GERENCIA JURÍDICA Parágrafo 1. El presente encargo comportará el ejercicio integral de las funciones atribuidas al empleo y la desvinculación transitoria de las funciones propias del empleo del que es titular el servidor encargado.
Parágrafo 2. Los servidores públicos encargados, deberán realizar entrega de las evidencias para la evaluación
parcial eventual de desempeño, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del Acuerdo 6176 de 2018, emitido por la Comisión Nacional del Servicio Civil, junto con la entrega de un informe detallado de la gestión al jefe inmediato con copia a la Subgerencia de Talento Humano, asuntos pendientes y en trámite a la fecha de otorgamiento del encargo, inventario de los bienes muebles y gestión documental asignada que tenga a su cargo, con ocasión a sus funciones.
Artículo 2.
Los servidores públicos encargados, tendrán derecho al reconocimiento de la diferencia salarial que corresponda a los empleos de los cuales están encargados, toda vez que no existe titular que perciba el salario del empleo y la entidad cuenta con la disponibilidad presupuestal para su reconocimiento y pago.
Artículo 3.
Publicar el contenido de la presente resolución en el Registro Distrital a través de la Gerencia Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Artículo 4.
Publicar el contenido de la presente resolución en el Botón de Transparencia de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad.
Artículo 5.
Notificar el contenido de la presente resolución a los servidores públicos encargados en el artículo 1 del presente acto administrativo y comunicar a la Subgerencia Administrativa y Financiera, Gerencia de Información Catastral y a la Gerencia Jurídica a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad.
GESP-01-FR-06 V.1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-112 • 2025 • JULIO • 2 112 100 RESOLUCIÓN No. “Por la cual se efectúan unos nombramientos en encargo en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”
Artículo 6.
Los efectos fiscales de la presente resolución rigen a partir de la fecha de posesión en el empleo.
Artículo 7.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y produce efectos a partir de su comunicación.
NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE, Dada en Bogotá D.C., a los 01 Abril 2025 JAIRO ANDRÉS REVELO MOLINA Gerente de Gestión Corporativa Elaboró: Gloria Stella Pacheco Fonseca – Profesional Universitario, STH Revisó: Mónica Daniela Cortés Muñoz – Profesional Especializado, STH Ángel Andrés Hernández Montiel- Abogado- Contratista, STH Ennis Esther Jaramillo Morato - Subgerente de Talento Humano GESP-01-FR-06 V.1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-113 • 2025 • JULIO • 2 113 139 RESOLUCIÓN No. “Por la cual se efectúa un nombramiento en encargo en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”
EL GERENTE DE GESTIÓN CORPORATIVA DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL, En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 1 de la Ley 1960 de 2019, los artículos 2.2.5.3.1 y 2.2.5.3.3 del Decreto 1083 de 2015, el artículo quinto de la Resolución 989 de 2024 de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital y C O N S I D E R A N D O:
Que el literal e) del artículo quinto de la Resolución 989 del 27 de diciembre del 2024 delegó en el Gerente de Gestión Corporativa la función de “Realizar encargos, asignaciones de funciones, prórrogas de nombramiento, suspensiones, reintegros y retiros del servicio.”
Que el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 1 de la Ley 1960 de 2019, dispone que mientras se surte el proceso de selección para proveer empleos de carrera administrativa, los empleados de carrera tendrán derecho a ser encargados de tales empleos si acreditan los requisitos, poseen las aptitudes y habilidades para su desempeño, no han sido sancionados disciplinariamente en el último año y su última evaluación del desempeño sea sobresaliente.
Que el artículo 2.2.5.4.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, dispone que los empleados públicos podrán ser encargados para asumir parcial o totalmente las funciones de empleos diferentes de aquellos para los cuales han sido nombrados, por ausencia temporal o definitiva del titular, desvinculándose o no de las propias de su cargo.
Que el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017 dispuso frente a la provisión de las vacancias definitivas que: ”(…) Mientras se surte el proceso de selección, el empleo de carrera vacante de manera definitiva podrá proveerse transitoriamente a través de las figuras del encargo o del nombramiento provisional, en los términos señalados en la Ley 909 de 2004 y en el Decreto Ley 760 de 2005 o en las disposiciones que regulen los sistemas específicos de carrera (…)”
Que el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, establece que antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador por resolución motivada podrá darlos por terminados.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante Circular 003 de 2014, señaló que, en virtud del Auto del 5 de mayo de 2014 proferido por el Consejo de Estado, no se requerirá autorización para proveer transitoriamente los empleos de carrera a través de encargo o nombramiento en provisionalidad.
GESP-01-FR-06 V.1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-114 • 2025 • JULIO • 2 114 139 RESOLUCIÓN No. “Por la cual se efectúa un nombramiento en encargo en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”
Que en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, existe la siguiente vacante temporal, cuya titular actualmente se encuentran nombrada en encargo:
DENOMINACIÓN NOMBRE EMPLEO CÓDIGO GRADO UBICACIÓN PUBLICACIÓN FECHA PUBLICACIÓN TITULAR IDENTIFICACIÓN 35.412.485 TÉCNICO OPERATIVO 314 05 SUBGERENCIA DE INFORMACIÓN FÍSICA Y JURÍDICA 019 19/03/2025 ENSA PIEDAD MERCHAN QUINTANA Que teniendo en cuenta lo anterior, la siguiente servidora manifestó interés en ser nombrada mediante encargo y actualmente se encuentra desempeñando su empleo titular:
NOMBRE IDENTIFICACIÓN DENOMINACIÓN EMPLEO TITULAR CÓDIGO GRADO UBICACIÓN DORA CONSUELO ARDILA HERNANDEZ 1.074.130.149 AUXILIAR ADMINISTRATIVO 407 04 SUBGERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA Que una vez realizado el estudio de verificación de requisitos para el otorgamiento de los encargos, se determinó que la servidora mencionada anteriormente, cumple con los requisitos establecidos para ocupar el empleo señalado.
Que en consecuencia, es procedente nombrar con carácter de encargo a la siguiente servidora en el empleo señalado:
NOMBRE IDENTIFICACIÓN DENOMINACIÓN EMPLEO TITULAR CÓDIGO GRADO UBICACIÓN DORA CONSUELO ARDILA HERNANDEZ 1.074.130.149 TÉCNICO OPERATIVO 314 05 SUBGERENCIA DE INFORMACIÓN FÍSICA Y JURÍDICA Que en mérito de lo expuesto, este Despacho R E S U E L V E:
Artículo 1.
Encargar a la siguiente servidora pública, en el empleo que se señala a continuación a partir de la fecha de su posesión y hasta cuando finalice la situación administrativa que le dio origen a la misma.
NOMBRE IDENTIFICACIÓN DENOMINACIÓN EMPLEO CÓDIGO GRADO UBICACIÓN DORA CONSUELO ARDILA HERNANDEZ 1.074.130.149 TÉCNICO OPERATIVO 314 05 SUBGERENCIA DE INFORMACIÓN FÍSICA Y JURÍDICA GESP-01-FR-06 V.1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-115 • 2025 • JULIO • 2 115 139 RESOLUCIÓN No. “Por la cual se efectúa un nombramiento en encargo en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”
02 Mayo 2025 Parágrafo 1. El presente encargo comportará el ejercicio integral de las funciones atribuidas al empleo y la desvinculación transitoria de las funciones propias del empleo del que es titular el servidor encargado.
Parágrafo 2. La servidora pública encargada, deberá realizar entrega de las evidencias para la evaluación
parcial eventual de desempeño, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del Acuerdo 6176 de 2018, emitido por la Comisión Nacional del Servicio Civil, junto con la entrega de un informe detallado de la gestión al jefe inmediato con copia a la Subgerencia de Talento Humano, asuntos pendientes y en trámite a la fecha de otorgamiento del encargo, inventario de los bienes muebles y gestión documental asignada que tenga a su cargo, con ocasión a sus funciones.
Artículo 2.
La servidora pública encargada, tendrá derecho al reconocimiento de la diferencia salarial que corresponda al empleo del cual está encargada, toda vez que no existe titular que perciba el salario del empleo y la entidad cuenta con la disponibilidad presupuestal para su reconocimiento y pago.
Artículo 3.
Publicar el contenido de la presente resolución en el Registro Distrital a través de la Gerencia Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Artículo 4.
Publicar el contenido de la presente resolución en el Botón de Transparencia de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad.
Artículo 5.
Notificar el contenido de la presente resolución a la servidora pública encargada en el artículo 1 del presente acto administrativo y comunicar a la Subgerencia de Información Física y Jurídica a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad.
Artículo 6.
Los efectos fiscales de la presente resolución rigen a partir de la fecha de posesión en el empleo.
Artículo 7.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y produce efectos a partir de su comunicación.
NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE, Dada en Bogotá D.C., a los JAIRO ANDRÉS REVELO MOLINA Gerente de Gestión Corporativa Elaboró: Gloria Stella Pacheco Fonseca – Profesional Universitario, STH Revisó: Mónica Daniela Cortés Muñoz – Profesional Especializado, STH Ximena del Pilar Rodríguez Cifuentes- Contratista, STH Ennis Esther Jaramillo Morato - Subgerente de Talento Humano GESP-01-FR-06 V.1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-116 • 2025 • JULIO • 2 116 RESOLUCIONES DE 2024 RESOLUCIÓN No.
0574 16-julio-2024 "Por la cual se efectúa un nombramiento ordinario"
LA DIRECTORA DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 16 del Acuerdo 004 de 2021 del Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital y, C O N S I D E R A N D O:
Que el literal b) del artículo 1° de la Ley 909 de 2004 establece que hacen parte de la función pública los empleos públicos denominados de libre nombramiento y remoción.
Que el literal f) del numeral 2 del artículo 5 de la Ley 909 de 2004, adicionado por el artículo 1° de la Ley 1093 de 2006, señala que son empleos de libre nombramiento y remoción aquellos "cuyo ejercicio impliquen especial confianza que tengan asignadas funciones de asesoría institucional, que estén adscritos a las oficinas de los secretarios de despacho, de los Directores de Departamento Administrativo, de los gerentes, tanto en los departamentos, distritos especiales, Distrito Capital y distritos y municipios de categoría especial y primera “ Que, existen cargos del nivel directivo que pueden ser provistos de manera discrecional, previo el cumplimiento de los requisitos exigidos para el desempeño del cargo, de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Ley 909 de 2004 y el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015.
Que en cumplimiento del artículo 7 del Acuerdo 782 del 26 de noviembre de 2020 y el artículo 7 del Decreto Distrital 189 de 21 de agosto de 2020 modificado por el Decreto Distrital 159 del 28 de abril de 2021, la hoja de vida del señor Luis Fernando Bautista Manrique, identificado con cédula de ciudadanía 1.032.440.255, se publicó en el sitio web del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital entre el 3 y el 10 de julio de 2024, inclusive, para conocimiento de la ciudadanía.
Que, de conformidad con la revisión efectuada, la Subgerente de Talento Humano certificó que el señor Luis Fernando Bautista Manrique, reúne los requisitos que exige el cargo de Asesor Código 105 Grado 02 ubicado en la Dirección de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que, en mérito de lo expuesto, este Despacho 06-04-FR-12 V 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-117 • 2025 • JULIO • 2 117 RESOLUCIÓN No.
0574 16-julio-2024 "Por la cual se efectúa un nombramiento ordinario"
R E S U E L V E:
Artículo 1.
Nombrar con carácter ordinario al señor Luis Fernando Bautista Manrique, identificado con cédula de ciudadanía 1.032.440.255, en el empleo de libre nombramiento y remoción de Asesor Código 105 Grado 02 ubicado en la Dirección de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Artículo 2.
Publicar el contenido de la presente Resolución en el Registro Distrital a través de la Gerencia Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Artículo 3.
Publicar el contenido de la presente Resolución en el Botón de Transparencia de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad.
Artículo 4.
Notificar el contenido de la presente resolución a Luis Fernando Bautista Manrique, a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad, en los términos establecidos en el artículo 67 de la Ley 1437 de 2011.
Parágrafo. La persona nombrada tendrá diez (10) días hábiles para manifestar si acepta o
rechaza el nombramiento en el cargo y diez (10) días hábiles para tomar posesión de empleo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017.
Artículo 5.
Comunicar el contenido de la presente resolución a la Dirección de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad.
Artículo 6.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE, 16-julio-2024 Dado en Bogotá D.C, a los OLGA LUCÍA LÓPEZ MORALES Directora Elaboró: Mónica Daniela Cortés Muñoz – Profesional Especializado – STH Revisó: Gustavo Adolfo Forero Patiño – Profesional Universitario Abogado – STH Ennis Esther Jaramillo Morato – Subgerente de Talento Humano Ximena del Pilar Rodríguez Cifuentes -Contratistas Gerencia de Gestión Corporativa Jairo Andrés Revelo Molina – Gerente de Gestión Corporativa 06-04-FR-12 V 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-118 • 2025 • JULIO • 2 118 RESOLUCIÓN No.
0590 25-julio-2024 “Por la cual se efectúa un nombramiento provisional en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”
LA DIRECTORA DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL En uso de sus atribuciones legales en especial las conferidas por los artículos 2.2.5.1.2 y 2.2.5.3.3 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, y el artículo 16 del Acuerdo 004 de 2021 expedido del Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Catastro, C O N S I D E R A N D O:
Que el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017 dispuso frente a la provisión de las vacancias definitivas que: “(…) Mientras se surte el proceso de selección, el empleo de carrera vacante de manera definitiva podrá proveerse transitoriamente a través de las figuras del encargo o del nombramiento provisional, en los términos señalados en la Ley 909 de 2004 y en el Decreto-ley 760 de 2005 o en las disposiciones que regulen los sistemas específicos de carrera. (…)”
Que el artículo 2.2.5.3.3 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, establece que “Las vacantes temporales en empleos de carrera, podrán ser provistas mediante nombramiento provisional, cuando no fuere posible proveerlas mediante encargo con empleados de carrera.”
Que de conformidad con el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el Decreto 648 de 2017, establece que “antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador por resolución motivada podrá darlos por terminados.”
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante Circular 003 de 2014, señaló que, en virtud del Auto del 5 de mayo de 2014, proferido por el Consejo de Estado, no se requerirá autorización para proveer transitoriamente los empleos de carrera a través de encargo o nombramiento en provisionalidad.
Que el Concepto 41431 de 2019 emitido el Departamento Administrativo de la Función Pública
- DAFP, frente a la prórroga de los nombramientos provisionales dispone que “(…) El término de duración de los nombramientos provisionales actualmente se encuentra concebido para la vacancia definitiva hasta que se efectúe el nombramiento en período de prueba y en los casos de vacancia temporal hasta cuando finalice la situación administrativa que le dio origen a la misma, sin que la norma establezca prórroga para los eventos señalados. (…)”
GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-119 • 2025 • JULIO • 2 119 RESOLUCIÓN No.
0590 25-julio-2024 “Por la cual se efectúa un nombramiento provisional en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”
Que, en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, existe una vacante temporal en el empleo de Técnico Operativo Código 314 Grado 01 ubicado en el Observatorio Técnico Catastral, cuyo titular es la servidora Laura Marcela Marles Vallejo identificada con la cédula de ciudadanía No. 52.994.167, quien actualmente se encuentra nombrada en encargo en el empleo Técnico Operativo Código 314 Grado 03 de la Subgerencia de Información Física y Jurídica.
Que una vez surtida la publicación No. 27 del 12 de abril de 2024 para proveer mediante encargo el empleo en mención, ningún servidor de carrera administrativa manifestó interés en participar en el proceso de encargo para el empleo de Técnico Operativo Código 314 Grado 01 ubicado en el Observatorio Técnico Catastral.
Que, de conformidad con la revisión efectuada, la Subgerente de Talento Humano certificó que Giovanny Andrés González Abdel, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.022.368.174, reúne los requisitos que exige el cargo Técnico Operativo Código 314 Grado 01 ubicado actualmente en el Observatorio Técnico Catastral de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que de conformidad con el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el Decreto 648 de 2017, “antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador por resolución motivada podrá darlos por terminados.”
Que el Concepto 41431 de 2019 emitido el Departamento Administrativo de la Función Pública
- DAFP, frente a la prórroga de los nombramientos provisionales dispone que “(…) El término de duración de los nombramientos provisionales actualmente se encuentra concebido para la vacancia definitiva hasta que se efectúe el nombramiento en período de prueba y en los casos de vacancia temporal hasta cuando finalice la situación administrativa que le dio origen a la misma, sin que la norma establezca prórroga para los eventos señalados. (…)”
Que, en mérito de lo expuesto, este Despacho R E S U E L V E:
Artículo 1.
Nombrar en provisionalidad a Giovanny Andrés González Abdel, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.022.368.174, en el empleo en vacancia temporal de Técnico Operativo Código 314 Grado 01 ubicado actualmente en el Observatorio Técnico Catastral de
GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-120 • 2025 • JULIO • 2 120 RESOLUCIÓN No.
0590 25-julio-2024 “Por la cual se efectúa un nombramiento provisional en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital” la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, a partir de la fecha de posesión y hasta cuando finalice la situación administrativa que le dio origen a la misma.
Parágrafo. De conformidad con el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 648 de 2017, antes de
cumplirse el término de duración del nombramiento provisional, el nominador por resolución motivada, podrá darlo por terminado.
Artículo 2.
Publicar el contenido de la presente resolución en el Registro Distrital a través de la Gerencia Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Artículo 3.
Publicar el contenido de la presente resolución en el Botón de Transparencia de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad.
Artículo 4.
Notificar el contenido de la presente resolución a Giovanny Andrés González Abdel, a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad, en los términos establecidos en el artículo 67 de la Ley 1437 de 2011.
Parágrafo. La persona nombrada tendrá diez (10) días hábiles para manifestar si acepta o
rechaza el nombramiento en el cargo y diez (10) días hábiles para tomar posesión de empleo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017.
Artículo 5.
Comunicar el contenido de la presente resolución al Observatorio Técnico Catastral de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad.
Artículo 6.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, 25-julio-2024 Dada en Bogotá D.C., a los OLGA LUCÍA LÓPEZ MORALES Directora Elaboró: Mónica Daniela Cortés Muñoz – Profesional Especializado, STH Revisó: Gustavo Adolfo Forero Patiño - Profesional Universitario, Abogado STH Ennis Esther Jaramillo Morato – Subgerente de Talento Humano Ximena Rodríguez Cifuentes – Contratista Gerencia de Gestión Corporativa Jairo Andrés Revelo Molina – Gerente de Gestión Corporativa GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-121 • 2025 • JULIO • 2 121 RESOLUCIÓN No.
0595 29-julio-2024 “Por la cual se efectúa un nombramiento provisional en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”
LA DIRECTORA DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL En uso de sus atribuciones legales en especial las conferidas por los artículos 2.2.5.1.2 y 2.2.5.3.3 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, y el artículo 16 del Acuerdo 004 de 2021 expedido del Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Catastro, C O N S I D E R A N D O:
Que el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017 dispuso frente a la provisión de las vacancias definitivas que: “(…) Mientras se surte el proceso de selección, el empleo de carrera vacante de manera definitiva podrá proveerse transitoriamente a través de las figuras del encargo o del nombramiento provisional, en los términos señalados en la Ley 909 de 2004 y en el Decreto-ley 760 de 2005 o en las disposiciones que regulen los sistemas específicos de carrera. (…)”
Que el artículo 2.2.5.3.3 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, establece que “Las vacantes temporales en empleos de carrera, podrán ser provistas mediante nombramiento provisional, cuando no fuere posible proveerlas mediante encargo con empleados de carrera.”
Que de conformidad con el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el Decreto 648 de 2017, establece que “antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador por resolución motivada podrá darlos por terminados.”
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante Circular 003 de 2014, señaló que, en virtud del Auto del 5 de mayo de 2014, proferido por el Consejo de Estado, no se requerirá autorización para proveer transitoriamente los empleos de carrera a través de encargo o nombramiento en provisionalidad.
Que el Concepto 41431 de 2019 emitido el Departamento Administrativo de la Función Pública
- DAFP, frente a la prórroga de los nombramientos provisionales dispone que “(…) El término de duración de los nombramientos provisionales actualmente se encuentra concebido para la vacancia definitiva hasta que se efectúe el nombramiento en período de prueba y en los casos de vacancia temporal hasta cuando finalice la situación administrativa que le dio origen a la misma, sin que la norma establezca prórroga para los eventos señalados. (…)”
'd,ͲϬϴͲϬϵͲ&ZͲϬϭ s͘ Ϯ REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-122 • 2025 • JULIO • 2 122 RESOLUCIÓN No.
0595 29-julio-2024 “Por la cual se efectúa un nombramiento provisional en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”
Que, en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, existe una vacante temporal en el empleo de Técnico Operativo Código 314 Grado 02 ubicado en la Gerencia de Información Catastral, cuyo titular es la servidora Diana Hasbleidy Calderón Díaz identificada con la cédula de ciudadanía No. 52.818.893, quien actualmente se encuentra nombrada en encargo en el empleo Profesional Especializado Código 222 Grado 06 de la Subgerencia de Información Económica, conforme al acta de posesión No.165 de 2022.
Que una vez surtida la publicación No. 24 del 12 de abril de 2024 para proveer mediante encargo el empleo en mención, ningún servidor de carrera administrativa manifestó interés en participar en el proceso de encargo para el empleo de Técnico Operativo Código 314 Grado 02 ubicado en la Gerencia de Información Catastral.
Que, de conformidad con la revisión efectuada, la Subgerente de Talento Humano certificó que Blanca Oliva Arango Romero, identificado con cédula de ciudadanía No. 41.917.111, reúne los requisitos que exige el cargo Técnico Operativo Código 314 Grado 02 ubicado en la Gerencia de Información Catastral de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que en consecuencia es procedente, mediante el presente acto administrativo, realizar el nombramiento provisional del cargo Técnico Operativo Código 314 Grado 02 ubicado actualmente en el Gerencia de Información Catastral de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, mientras el titular del empleo finaliza el encargo en el empleo Profesional Especializado Código 222 Grado 06 de la Subgerencia de Información Económica.
Que, en mérito de lo expuesto, este Despacho R E S U E L V E:
Artículo 1.
Nombrar en provisionalidad a Blanca Oliva Arango Romero, identificada con cédula de ciudadanía No. 41.917.111, en el empleo en vacancia temporal de Técnico Operativo Código 314 Grado 02 ubicado en la Gerencia de Información Catastral de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, a partir de la fecha de posesión y hasta cuando finalice la situación administrativa que le dio origen a la misma.
Parágrafo. De conformidad con el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 648 de 2017, antes de
cumplirse el término de duración del nombramiento provisional, el nominador por resolución motivada, podrá darlo por terminado.
'd,ͲϬϴͲϬϵͲ&ZͲϬϭ s͘ Ϯ REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-123 • 2025 • JULIO • 2 123 RESOLUCIÓN No.
059529-julio-2024 “Por la cual se efectúa un nombramiento provisional en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”
Artículo 2.
Publicar el contenido de la presente resolución en el Registro Distrital a través de la Gerencia Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Artículo 3.
Publicar el contenido de la presente resolución en el Botón de Transparencia de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad.
Artículo 4.
Notificar el contenido de la presente resolución a Blanca Oliva Arango Romero, a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad, en los términos establecidos en el artículo 67 de la Ley 1437 de 2011.
Parágrafo. La persona nombrada tendrá diez (10) días hábiles para manifestar si acepta o
rechaza el nombramiento en el cargo y diez (10) días hábiles para tomar posesión de empleo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017.
Artículo 5.
Comunicar el contenido de la presente resolución a la Gerencia de Información Catastral de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad.
Artículo 6.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE, 29-julio-2024 Dada en Bogotá D.C., a los OLGA LUCÍA LÓPEZ MORALES Directora Elaboró: Gloria Stella Pacheco Fonseca - Profesional Universitario - STH Revisó: Mónica Daniela Cortés Muñoz – Profesional Especializado, STH Gustavo Adolfo Forero Patiño - Profesional Universitario, Abogado STH Ennis Esther Jaramillo Morato – Subgerente de Talento Humano Ximena Rodríguez Cifuentes – Contratista Gerencia de Gestión Corporativa Jairo Andrés Revelo Molina – Gerente de Gestión Corporativa 'd,ͲϬϴͲϬϵͲ&ZͲϬϭ s͘ Ϯ REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-124 • 2025 • JULIO • 2 124 RESOLUCIÓN No.
059729-julio-2024 “Por la cual se efectúa un nombramiento ordinario”
LA DIRECTORA DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 16 del Acuerdo 004 de 2021 del Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital y, C O N S I D E R A N D O:
Que el literal b) del artículo 1° de la Ley 909 de 2004 establece que hacen parte de la función pública los empleos públicos denominados de libre nombramiento y remoción.
Que el literal f) del numeral 2 del artículo 5 de la Ley 909 de 2004, adicionado por el artículo 1° de la Ley 1093 de 2006, señala que son empleos de libre nombramiento y remoción aquellos "cuyo ejercicio impliquen especial confianza que tengan asignadas funciones de asesoría institucional, que estén adscritos a las oficinas de los secretarios de despacho, de los Directores de Departamento Administrativo, de los gerentes, tanto en los departamentos, distritos especiales, Distrito Capital y distritos y municipios de categoría especial y primera “ Que, existen cargos del nivel directivo que pueden ser provistos de manera discrecional, previo el cumplimiento de los requisitos exigidos para el desempeño del cargo, de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Ley 909 de 2004 y el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015.
Que en cumplimiento del artículo 7 del Acuerdo 782 del 26 de noviembre de 2020 y el artículo 7 del Decreto Distrital 189 de 21 de agosto de 2020 modificado por el Decreto Distrital 159 del 28 de abril de 2021, la hoja de vida del señor Ronald Rentería Hinestroza, identificado con cédula de ciudadanía 94.442.510, se publicó en el sitio web del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital entre el 12 y el 22 de julio de 2024, inclusive, para conocimiento de la ciudadanía.
Que, de conformidad con la revisión efectuada, la Subgerente de Talento Humano certificó que el señor Ronald Rentería Hinestroza, reúne los requisitos que exige el cargo de Subgerente Código 090 Grado 03 ubicado en la Subgerencia de Ingeniería de Software de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que, en mérito de lo expuesto, este Despacho ϬϲͲϬϰͲ&ZͲϭϮ sϰ REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-125 • 2025 • JULIO • 2 125 RESOLUCIÓN No.
059729-julio-2024 “Por la cual se efectúa un nombramiento ordinario”
R E S U E L V E:
Artículo 1.
Nombrar con carácter ordinario al señor Ronald Rentería Hinestroza, identificado con cédula de ciudadanía 94.442.510, en el empleo de libre nombramiento y remoción de Subgerente Código 090 Grado 03 ubicado en la Subgerencia de Ingeniería de Software de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Artículo 2.
Publicar el contenido de la presente resolución en el Registro Distrital a través de la Gerencia Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Artículo 3.
Publicar el contenido de la presente resolución en el Botón de Transparencia de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad.
Artículo 4.
Notificar el contenido de la presente resolución al señor Ronald Rentería Hinestroza, a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad, en los términos establecidos en el artículo 67 de la Ley 1437 de 2011.
Parágrafo. La persona nombrada tendrá diez (10) días hábiles para manifestar si acepta o
rechaza el nombramiento en el cargo y diez (10) días hábiles para tomar posesión de empleo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017.
Artículo 5.
Comunicar el contenido de la presente resolución a la Subgerencia de Ingeniería de Software de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad.
Artículo 6.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE, 29-julio-2024 Dado en Bogotá D.C, a los OLGA LUCÍA LÓPEZ MORALES Directora Elaboró: Gloria Stella Pacheco Fonseca - Profesional Universitario – STH Revisó: Mónica Daniela Cortés Muñoz – Profesional Especializado – STH Gustavo Adolfo Forero Patiño – Profesional Universitario Abogado – STH Ennis Esther Jaramillo Morato – Subgerente de Talento Humano Ximena Rodríguez Cifuentes - Contratistas Gerencia de Gestión Corporativa Jairo Andrés Revelo Molina – Gerente de Gestión Corporativa ϬϲͲϬϰͲ&ZͲϭϮ sϰ REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-126 • 2025 • JULIO • 2 126 RESOLUCIÓN No.
0697 termina y se efectúa un nombramiento en encargo en la planta de personal de la Unidad LA DIRECTORA DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 1 de la Ley 1960 de 2019, el artículo 2.2.5.3.3 del Decreto 1083 de 2015 y el artículo 16 del Acuerdo 004 de 2021 del Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital y, C O N S I D E R A N D O:
Que el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 1 de la Ley 1960 de 2019, dispone que mientras se surte el proceso de selección para proveer empleos de carrera administrativa, los empleados de carrera tendrán derecho a ser encargados de tales empleos si acreditan los requisitos, poseen las aptitudes y habilidades para su desempeño, no han sido sancionados disciplinariamente en el último año y su última evaluación del desempeño sea sobresaliente.
Que el artículo 2.2.5.4.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, dispone que los empleados públicos podrán ser encargados para asumir parcial o totalmente las funciones de empleos diferentes de aquellos para los cuales han sido nombrados, por ausencia temporal o definitiva del titular, desvinculándose o no de las propias de su cargo.
Que el artículo 2.2.5.2.2 del decreto ibidem, establece que la vacancia temporal de un empleo puede originarse cuando su titular se encuentre en vacaciones, licencia, permiso remunerado, comisión salvo en la de servicios al interior, encargo, separación de las funciones del empleo del cual es titular, suspensión en el ejercicio del cargo por decisión disciplinaria, fiscal o judicial, o en período de prueba en otro empleo de carrera.
Que el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, establece que antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador por resolución motivada podrá darlos por terminados.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante Circular 003 de 2014, señaló que, en virtud del Auto del 5 de mayo de 2014 proferido por el Consejo de Estado, no se requerirá autorización para proveer transitoriamente los empleos de carrera a través de encargo o nombramiento en provisionalidad.
Que en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, existe una vacante temporal en el empleo de Profesional Especializado Código 222 Grado 08, ubicado actualmente en la GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-127 • 2025 • JULIO • 2 127 RESOLUCIÓN No.
069729-agosto-2024 termina y se efectúa un nombramiento en encargo en la planta de personal de la Unidad Subgerencia de Operaciones, de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, cuyo titular es el servidor Jack Hussein Yurgaky López, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.728.103, quien actualmente se encuentra nombrado en encargo en el empleo de Profesional Especializado Código 222 Grado 10, ubicado en la Subgerencia de Analítica de Datos de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que teniendo en cuenta lo anterior, se procedió con el aviso de publicación para el otorgamiento de encargo No. 51 del 18 de julio de 2024, producto del cual la servidora Ninfa Carolina Menjura Gualteros, identificada con la cédula de ciudadanía No. 33.700.162, titular del empleo Profesional Especializado Código 222 Grado 06 ubicado en la Subgerencia de Información Económica, manifestó interés en ser nombrada mediante encargo, en la vacante temporal de Profesional Especializado Código 222 Grado 08, ubicada en la Subgerencia de Operaciones.
Que una vez realizado el estudio de verificación de requisitos para el otorgamiento del encargo No. 51 del 18 de julio de 2024, se determinó que la servidora Ninfa Carolina Menjura Gualteros, cumple con los requisitos establecidos para ocupar el empleo de Profesional Especializado Código 222 Grado 08, ubicado actualmente en la Subgerencia de Operaciones de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que la servidora Ninfa Carolina Menjura Gualteros ya identificada, fue nombrada en encargo en el empleo Profesional Especializado Código 222 Grado 08 ubicado actualmente en la Gerencia Comercial y de Atención al Ciudadano de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que, en consecuencia, es procedente dar por terminado el nombramiento en encargo a la servidora Ninfa Carolina Menjura Gualteros, en el empleo Profesional Especializado Código 222 Grado 08 ubicado actualmente en la Gerencia Comercial y de Atención al Ciudadano y a su vez efectuar nombramiento con carácter de encargo en el empleo Profesional Especializado Código 222 Grado 08, ubicado en la Subgerencia de Operaciones de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que, en mérito de lo expuesto, este Despacho,
RESUELVE:
Artículo 1.
Dar por terminado el nombramiento en encargo, a la servidora Ninfa Carolina Menjura Gualteros identificado con la cédula de ciudadanía No. 33.700.162, en el empleo Profesional Especializado Código 222 Grado 08 ubicado actualmente en la Gerencia Comercial y de Atención al Ciudadano de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-128 • 2025 • JULIO • 2 128 RESOLUCIÓN No.
069729-agosto-2024 termina y se efectúa un nombramiento en encargo en la planta de personal de la Unidad
Artículo 2.
Encargar del empleo Profesional Especializado Código 222 Grado 08, ubicado actualmente en la Subgerencia de Operaciones de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, a la servidora Ninfa Carolina Menjura Gualteros, identificada con cédula de ciudadanía No. 33.700.162 quien es titular con derechos de carrera del empleo Profesional Especializado Código 222 Grado 06 ubicado en la Subgerencia de Información Económica, a partir de la fecha de su posesión y hasta cuando finalice la situación administrativa que le dio origen a la misma.
Parágrafo 1. El presente encargo comportará el ejercicio integral de las funciones atribuidas al empleo y la
desvinculación transitoria de las funciones propias del empleo del que es titular el servidor encargado.
Parágrafo 2. La servidora Ninfa Carolina Menjura Gualteros, deberá realizar entrega de las evidencias para la
evaluación parcial eventual de desempeño, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del Acuerdo 6176 de 2018, emitido por la Comisión Nacional del Servicio Civil, junto con la entrega de un informe detallado de la gestión al jefe inmediato con copia a la Subgerencia de Talento Humano, asuntos pendientes y en trámite a la fecha de otorgamiento del encargo, inventario de los bienes muebles y gestión documental asignada que tenga a su cargo, con ocasión a sus funciones.
Artículo 3.
La servidora Ninfa Carolina Menjura Gualteros, tendrá derecho al reconocimiento de la diferencia salarial que corresponda al empleo Profesional Especializado Código 222 Grado 08, ubicado en la Subgerencia de Operaciones del cual es encargada, toda vez que no existe titular que perciba el salario del empleo y la entidad cuenta con la disponibilidad presupuestal para su reconocimiento y pago.
Artículo 4.
Publicar el contenido de la presente resolución en el Registro Distrital a través de la Gerencia Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Artículo 5.
Publicar el contenido de la presente resolución en el Botón de Transparencia de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad.
Artículo 6.
Comunicar el contenido de la presente resolución a la servidora Ninfa Carolina Menjura Gualteros, a la Subgerencia de Operaciones y a la Gerencia Comercial y de Atención al Ciudadano de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad.
Artículo 7.
Los efectos fiscales de la presente resolución rigen a partir de la posesión en el empleo.
GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-129 • 2025 • JULIO • 2 129 RESOLUCIÓN No.
0697 29-agosto-2024 termina y se efectúa un nombramiento en encargo en la planta de personal de la Unidad
Artículo 8.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y produce efectos a partir de su comunicación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE, 29-agosto-2024 Dado en Bogotá D.C, a los OLGA LUCÍA LÓPEZ MORALES Directora Elaboró: Gloria Stella Pacheco Fonseca - Profesional Universitario -STH Revisó: Mónica Daniela Cortés Muñoz Profesional Especializado STH Gustavo Adolfo Forero Patiño Profesional Universitario Abogado STH Ennis Esther Jaramillo Morato Subgerente de Talento Humano Ximena del Pilar Rodríguez Cifuentes -Contratista Gerencia de Gestión Corporativa Jairo Andrés Revelo Molina Gerente de Gestión Corporativa GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-130 • 2025 • JULIO • 2 130 RESOLUCIÓN No.
0698 28-agosto-2024 termina y se efectúa un nombramiento en encargo en la planta de personal LA DIRECTORA DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 1 de la Ley 1960 de 2019, el artículo 2.2.5.3.3 del Decreto 1083 de 2015 y el artículo 16 del Acuerdo 004 de 2021 del Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital y, C O N S I D E R A N D O:
Que el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 1 de la Ley 1960 de 2019, dispone que mientras se surte el proceso de selección para proveer empleos de carrera administrativa, los empleados de carrera tendrán derecho a ser encargados de tales empleos si acreditan los requisitos, poseen las aptitudes y habilidades para su desempeño, no han sido sancionados disciplinariamente en el último año y su última evaluación del desempeño sea sobresaliente.
Que el artículo 2.2.5.4.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, dispone que los empleados públicos podrán ser encargados para asumir parcial o totalmente las funciones de empleos diferentes de aquellos para los cuales han sido nombrados, por ausencia temporal o definitiva del titular, desvinculándose o no de las propias de su cargo.
Que el artículo 2.2.5.2.2 del decreto ibidem, establece que la vacancia temporal de un empleo puede originarse cuando su titular se encuentre en vacaciones, licencia, permiso remunerado, comisión salvo en la de servicios al interior, encargo, separación de las funciones del empleo del cual es titular, suspensión en el ejercicio del cargo por decisión disciplinaria, fiscal o judicial, o en período de prueba en otro empleo de carrera.
Que el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, establece que antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador por resolución motivada podrá darlos por terminados.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante Circular 003 de 2014, señaló que, en virtud del Auto del 5 de mayo de 2014 proferido por el Consejo de Estado, no se requerirá autorización para proveer transitoriamente los empleos de carrera a través de encargo o nombramiento en provisionalidad.
Que en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, existe una vacante temporal en el empleo de Profesional Universitario Código 219 Grado 02, ubicado actualmente en la GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-131 • 2025 • JULIO • 2 131 RESOLUCIÓN No.
0698 28-agosto-2024 termina y se efectúa un nombramiento en encargo en la planta de personal Subgerencia de Información Física y Jurídica, de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, cuyo titular es el servidor Javier Andrés Báez Rodríguez, con la cédula de ciudadanía No. 1.032.450.574, quien actualmente se encuentra nombrado en periodo de prueba en el empleo de Profesional Especializado Código 2028 Grado 17, ubicado en el Instituto Geográfico Agustín Codazzi -IGAC.
Que teniendo en cuenta lo anterior, se procedió con el aviso de publicación para el otorgamiento de encargo No. 63 del 18 de julio de 2024, producto del cual la servidora Natalia Esperanza Sierra Díaz, identificada con la cédula de ciudadanía No. 1.026.557.381, titular del empleo Técnico Operativo Código 314 Grado 03 ubicado en la Subgerencia de Información Física y Jurídica, manifestó interés en ser nombrada mediante encargo, en la vacante temporal de Profesional Universitario Código 219 Grado 02, ubicada en la Subgerencia de Información Física y Jurídica.
Que una vez realizado el estudio de verificación de requisitos para el otorgamiento del encargo No. 63 del 18 de julio de 2024, se determinó que la servidora Natalia Esperanza Sierra Díaz, cumple con los requisitos establecidos para ocupar el empleo de Profesional Universitario Código 219 Grado 02, ubicado actualmente en la Subgerencia de Información Física y Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que la servidora Natalia Esperanza Sierra Díaz ya identificada, fue nombrada en encargo en el empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 02 ubicado actualmente en la Subgerencia de Información Física y Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que en consecuencia, es procedente dar por terminado el nombramiento en encargo a la servidora Natalia Esperanza Sierra Díaz, en el empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 02 ubicado actualmente en la Subgerencia de Información Física y Jurídica y a su vez efectuar nombramiento con carácter de encargo en el empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 02, ubicado en la Subgerencia de Información Física y Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que, en mérito de lo expuesto, este Despacho,
RESUELVE:
Artículo 1.
Dar por terminado el nombramiento en encargo, a la servidora Natalia Esperanza Sierra Díaz identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.026.557.381, en el empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 02 ubicado actualmente en la Subgerencia de Información Física y Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-132 • 2025 • JULIO • 2 132 RESOLUCIÓN No.
0698 28-agosto-2024 termina y se efectúa un nombramiento en encargo en la planta de personal
Artículo 2.
Encargar del empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 02, ubicado actualmente en la Subgerencia de Información Física y Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, a la servidora Natalia Esperanza Sierra Díaz, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.026.557.381 quien es titular con derechos de carrera del empleo Técnico Operativo Código 314 Grado 03 ubicado en la Subgerencia de Información Física y Jurídica, a partir de la fecha de su posesión y hasta cuando finalice la situación administrativa que le dio origen a la misma.
Parágrafo 1. El presente encargo comportará el ejercicio integral de las funciones atribuidas al empleo y la
desvinculación transitoria de las funciones propias del empleo del que es titular el servidor encargado.
Parágrafo 2. La servidora Natalia Esperanza Sierra Díaz, deberá realizar entrega de las evidencias para la
evaluación parcial eventual de desempeño, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del Acuerdo 6176 de 2018, emitido por la Comisión Nacional del Servicio Civil, junto con la entrega de un informe detallado de la gestión al jefe inmediato con copia a la Subgerencia de Talento Humano, asuntos pendientes y en trámite a la fecha de otorgamiento del encargo, inventario de los bienes muebles y gestión documental asignada que tenga a su cargo, con ocasión a sus funciones.
Artículo 3.
La servidora Natalia Esperanza Sierra Díaz, tendrá derecho al reconocimiento de la diferencia salarial que corresponda al empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 02, ubicado en la Subgerencia de Información Física y Jurídica del cual es encargado, toda vez que no existe titular que perciba el salario del empleo y la entidad cuenta con la disponibilidad presupuestal para su reconocimiento y pago.
Artículo 4.
Publicar el contenido de la presente resolución en el Registro Distrital a través de la Gerencia Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Artículo 5.
Publicar el contenido de la presente Resolución en el Botón de Transparencia de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad.
Artículo 6.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la servidora Natalia Esperanza Sierra Díaz y a la Subgerencia de Información Física y Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad.
Artículo 7.
Los efectos fiscales de la presente resolución rigen a partir de la posesión en el empleo.
GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-133 • 2025 • JULIO • 2 133 28-agosto-2024 RESOLUCIÓN No.
0698 termina y se efectúa un nombramiento en encargo en la planta de personal
Artículo 8.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y produce efectos a partir de su comunicación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE, Dado en Bogotá D.C, a los 28-agosto-2024 OLGA LUCÍA LÓPEZ MORALES Directora Elaboró: Gloria Stella Pacheco Fonseca - Profesional Universitario -STH Revisó: Mónica Daniela Cortés Muñoz Profesional Especializado STH Gustavo Adolfo Forero Patiño Profesional Universitario Abogado STH Ennis Esther Jaramillo Morato Subgerente de Talento Humano Ximena del Pilar Rodríguez Cifuentes -Contratista Gerencia de Gestión Corporativa Jairo Andrés Revelo Molina Gerente de Gestión Corporativa GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-134 • 2025 • JULIO • 2 134 RESOLUCIÓN No.
0699 29-agosto-2024 termina y se efectúa un nombramiento en encargo en la planta de personal de la Unidad LA DIRECTORA DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 1 de la Ley 1960 de 2019, el artículo 2.2.5.3.3 del Decreto 1083 de 2015 y el artículo 16 del Acuerdo 004 de 2021 del Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital y, C O N S I D E R A N D O:
Que el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 1 de la Ley 1960 de 2019, dispone que mientras se surte el proceso de selección para proveer empleos de carrera administrativa, los empleados de carrera tendrán derecho a ser encargados de tales empleos si acreditan los requisitos, poseen las aptitudes y habilidades para su desempeño, no han sido sancionados disciplinariamente en el último año y su última evaluación del desempeño sea sobresaliente.
Que el artículo 2.2.5.4.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, dispone que los empleados públicos podrán ser encargados para asumir parcial o totalmente las funciones de empleos diferentes de aquellos para los cuales han sido nombrados, por ausencia temporal o definitiva del titular, desvinculándose o no de las propias de su cargo.
Que el artículo 2.2.5.2.2 del decreto ibidem, establece que la vacancia temporal de un empleo puede originarse cuando su titular se encuentre en vacaciones, licencia, permiso remunerado, comisión salvo en la de servicios al interior, encargo, separación de las funciones del empleo del cual es titular, suspensión en el ejercicio del cargo por decisión disciplinaria, fiscal o judicial, o en período de prueba en otro empleo de carrera.
Que el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, establece que antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador por resolución motivada podrá darlos por terminados.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante Circular 003 de 2014, señaló que, en virtud del Auto del 5 de mayo de 2014 proferido por el Consejo de Estado, no se requerirá autorización para proveer transitoriamente los empleos de carrera a través de encargo o nombramiento en provisionalidad.
Que en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, existe una vacante temporal en el empleo de Profesional Universitario Código 219 Grado 04, ubicado actualmente en la Subgerencia de Información Económica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, cuyo titular GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-135 • 2025 • JULIO • 2 135 RESOLUCIÓN No.
0699 29-agosto-2024 termina y se efectúa un nombramiento en encargo en la planta de personal de la Unidad es el servidor Juan Carlos Alvarado Sánchez, identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.032.419.164, quien actualmente se encuentra nombrado en periodo de prueba en el empleo de Gestor Código T1 Grado 13, ubicado en la Agencia Nacional de Infraestructura.
Que teniendo en cuenta lo anterior, se procedió con el aviso de publicación para el otorgamiento de encargo No. 59 del 18 de julio de 2024, producto del cual el servidor Oscar Javier Parra Cordero, identificado con la cédula de ciudadanía No. 80.904.150, titular del empleo Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 03 ubicado en la Subgerencia de Información Física y Jurídica, manifestó interés en ser nombrado mediante encargo, en la vacante temporal de Profesional Universitario Código 219 Grado 04, ubicada en la Subgerencia de Información Económica.
Que una vez realizado el estudio de verificación de requisitos para el otorgamiento del encargo No. 59 del 18 de julio de 2024, se determinó que el servidor Oscar Javier Parra Cordero, cumple con los requisitos establecidos para ocupar el empleo de Profesional Universitario Código 219 Grado 04, ubicado actualmente en la Subgerencia de Información Económica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que el servidor Oscar Javier Parra Cordero ya identificado, fue nombrado en encargo en el empleo Técnico Operativo Código 314 Grado 05 ubicado actualmente en la Subgerencia de Información Física y Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que, en consecuencia, es procedente dar por terminado el nombramiento en encargo al servidor Oscar Javier Parra Cordero en el empleo Técnico Operativo, Código 314 Grado 05, ubicado actualmente en la Subgerencia de Información Física y Jurídica y a su vez, efectuar nombramiento con carácter de encargo en el empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 04, ubicado en la Subgerencia de Información Económica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que, en mérito de lo expuesto, este Despacho,
RESUELVE:
Artículo 1.
Dar por terminado el nombramiento en encargo del servidor Oscar Javier Parra Cordero identificado con la cédula de ciudadanía No. 80.904.150, en el empleo Técnico Operativo Código 314 Grado 05 ubicado actualmente en la Subgerencia de Información Física y Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-136 • 2025 • JULIO • 2 136 RESOLUCIÓN No.
0699 termina y se efectúa un nombramiento en encargo en la planta de personal de la Unidad
Artículo 2.
Encargar del empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 04, ubicado actualmente en la Subgerencia de Información Económica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, al servidor Oscar Javier Parra Cordero, identificado con cédula de ciudadanía No. 80.904.150 quien es titular con derechos de carrera del empleo Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 03 ubicado en la Subgerencia de Información Física y Jurídica, a partir de la fecha de su posesión y hasta cuando finalice la situación administrativa que le dio origen a la misma.
Parágrafo 1. El presente encargo comportará el ejercicio integral de las funciones atribuidas al empleo y la
desvinculación transitoria de las funciones propias del empleo del que es titular el servidor encargado.
Parágrafo 2. El servidor Oscar Javier Parra Cordero, deberá realizar entrega de las evidencias para la
evaluación parcial eventual de desempeño, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del Acuerdo 6176 de 2018, emitido por la Comisión Nacional del Servicio Civil, junto con la entrega de un informe detallado de la gestión al jefe inmediato con copia a la Subgerencia de Talento Humano, asuntos pendientes y en trámite a la fecha de otorgamiento del encargo, inventario de los bienes muebles y gestión documental asignada que tenga a su cargo, con ocasión a sus funciones.
Artículo 3.
El servidor Oscar Javier Parra Cordero, tendrá derecho al reconocimiento de la diferencia salarial que corresponda al empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 04, ubicado en la Subgerencia de Información Económica del cual es encargado, toda vez que no existe titular que perciba el salario del empleo y la entidad cuenta con la disponibilidad presupuestal para su reconocimiento y pago.
Artículo 4.
Publicar el contenido de la presente resolución en el Registro Distrital a través de la Gerencia Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Artículo 5.
Publicar el contenido de la presente resolución en el Botón de Transparencia de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad.
Artículo 6.
Comunicar el contenido de la presente resolución al servidor Oscar Javier Parra Cordero, a la Subgerencia de Información Económica y a la Subgerencia de Información Física y Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad.
Artículo 7.
Los efectos fiscales de la presente resolución rigen a partir de la posesión en el empleo.
GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-137 • 2025 • JULIO • 2 137 29-agosto-2024 RESOLUCIÓN No.
0699 termina y se efectúa un nombramiento en encargo en la planta de personal de la Unidad
Artículo 8.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y produce efectos a partir de su comunicación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE, Dado en Bogotá D.C, a los 29-agosto-2024 OLGA LUCÍA LÓPEZ MORALES Directora Elaboró: Gloria Stella Pacheco Fonseca - Profesional Universitario -STH Revisó: Mónica Daniela Cortés Muñoz Profesional Especializado STH Gustavo Adolfo Forero Patiño Profesional Universitario Abogado STH Ennis Esther Jaramillo Morato Subgerente de Talento Humano Ximena del Pilar Rodríguez Cifuentes -Contratista Gerencia de Gestión Corporativa Jairo Andrés Revelo Molina Gerente de Gestión Corporativa GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-138 • 2025 • JULIO • 2 138 RESOLUCIÓN No.
0700 29-agosto-2024 LA DIRECTORA DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 1 de la Ley 1960 de 2019, el artículo 2.2.5.3.3 del Decreto 1083 de 2015 y el artículo 16 del Acuerdo 004 de 2021 del Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital y, C O N S I D E R A N D O:
Que el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 1 de la Ley 1960 de 2019, dispone que mientras se surte el proceso de selección para proveer empleos de carrera administrativa, los empleados de carrera tendrán derecho a ser encargados de tales empleos si acreditan los requisitos, poseen las aptitudes y habilidades para su desempeño, no han sido sancionados disciplinariamente en el último año y su última evaluación del desempeño sea sobresaliente.
Que el artículo 2.2.5.4.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, dispone que los empleados públicos podrán ser encargados para asumir parcial o totalmente las funciones de empleos diferentes de aquellos para los cuales han sido nombrados, por ausencia temporal o definitiva del titular, desvinculándose o no de las propias de su cargo.
Que el artículo 2.2.5.2.2 del decreto ibidem, establece que la vacancia temporal de un empleo puede originarse cuando su titular se encuentre en vacaciones, licencia, permiso remunerado, comisión salvo en la de servicios al interior, encargo, separación de las funciones del empleo del cual es titular, suspensión en el ejercicio del cargo por decisión disciplinaria, fiscal o judicial, o en período de prueba en otro empleo de carrera.
Que el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, establece que antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador por resolución motivada podrá darlos por terminados.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante Circular 003 de 2014, señaló que, en virtud del Auto del 5 de mayo de 2014 proferido por el Consejo de Estado, no se requerirá autorización para proveer transitoriamente los empleos de carrera a través de encargo o nombramiento en provisionalidad.
GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-139 • 2025 • JULIO • 2 139 RESOLUCIÓN No.
0700 29-agosto-2024 Que, en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, existe una vacante definitiva en el empleo de Profesional Universitario Código 219 Grado 01, ubicado actualmente en la Subgerencia de Información Física y Jurídica, de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que teniendo en cuenta lo anterior, se procedió con el aviso de publicación para el otorgamiento de encargo No. 64 del 18 de julio de 2024, producto del cual el servidor Robert Alexis Ospina Muñoz, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.714.680, titular del empleo Técnico Operativo Código 314 Grado 05, ubicado en la Subgerencia de Información Económica, manifestó interés en ser nombrado mediante encargo, en la vacante definitiva de Profesional Universitario Código 219 Grado 01, ubicada en la Subgerencia de Información Física y Jurídica.
Que una vez realizado el estudio de verificación de requisitos para el otorgamiento del encargo No. 64 del 18 de julio de 2024, se determinó que el servidor Robert Alexis Ospina Muñoz, cumple con los requisitos establecidos para ocupar el empleo de Profesional Universitario Código 219 Grado 01, ubicado actualmente en la Subgerencia de Información Física y Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que, en consecuencia, es procedente nombrar con carácter de encargo al servidor, Robert Alexis Ospina Muñoz en el empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 01, ubicado en la Subgerencia de Información Física y Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital y, a su vez, declarar la vacancia temporal del empleo Técnico Operativo Código 314 Grado 05, de la Subgerencia de Información Económica, de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que, en mérito de lo expuesto, este Despacho,
RESUELVE:
Artículo 1.
Encargar del empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 01, ubicado actualmente en la Subgerencia de Información Física y Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, al servidor Robert Alexis Ospina Muñoz identificado con cédula de ciudadanía No. 79.714.680 quien es titular con derechos de carrera del empleo Técnico Operativo Código 314 Grado 05 ubicado en la Subgerencia de Información Económica, a partir de la fecha de su posesión y hasta cuando finalice la situación administrativa que le dio origen a la misma.
GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-140 • 2025 • JULIO • 2 140 RESOLUCIÓN No.
0700 29-agosto-2024 Parágrafo 1. El presente encargo comportará el ejercicio integral de las funciones atribuidas al empleo y la desvinculación transitoria de las funciones propias del empleo del que es titular el servidor encargado.
Parágrafo 2. El servidor Robert Alexis Ospina Muñoz, deberá realizar entrega de las evidencias para la
evaluación parcial eventual de desempeño, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del Acuerdo 6176 de 2018, emitido por la Comisión Nacional del Servicio Civil, junto con la entrega de un informe detallado de la gestión al jefe inmediato con copia a la Subgerencia de Talento Humano, asuntos pendientes y en trámite a la fecha de otorgamiento del encargo, inventario de los bienes muebles y gestión documental asignada que tenga a su cargo, con ocasión a sus funciones.
Artículo 2.
El servidor Robert Alexis Ospina Muñoz, tendrá derecho al reconocimiento de la diferencia salarial que corresponda al empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 01, ubicado en la Subgerencia de Información Física y Jurídica del cual es encargado, toda vez que no existe titular que perciba el salario del empleo y la entidad cuenta con la disponibilidad presupuestal para su reconocimiento y pago.
Artículo 3.
Declarar la vacancia temporal del empleo Técnico Operativo Código 314 Grado 05, ubicado en la Subgerencia de Información Económica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, por el término de duración del encargo efectuado al servidor Robert Alexis Ospina Muñoz identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.714.680, en el empleo de Profesional Universitario Código 219 Grado 01, ubicado en la Subgerencia de Información Física y Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Artículo 4.
Publicar el contenido de la presente resolución en el Registro Distrital a través de la Gerencia Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Artículo 5.
Publicar el contenido de la presente resolución en el Botón de Transparencia de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad.
Artículo 6.
Comunicar el contenido de la presente Resolución al servidor Robert Alexis Ospina Muñoz, a la Subgerencia de Información Física y Jurídica y a la Subgerencia de Información Económica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad.
Artículo 7.
Los efectos fiscales de la presente resolución rigen a partir de la posesión en el empleo.
GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-141 • 2025 • JULIO • 2 141 RESOLUCIÓN No.
29-agosto-2024 0700
Artículo 8.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y produce efectos a partir de su comunicación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE, Dado en Bogotá D.C, a los 29-agosto-2024 OLGA LUCÍA LÓPEZ MORALES Directora Elaboró: Gloria Stella Pacheco Fonseca - Profesional Universitario -STH Revisó: Mónica Daniela Cortés Muñoz Profesional Especializado STH Gustavo Adolfo Forero Patiño Profesional Universitario Abogado STH Ennis Esther Jaramillo Morato Subgerente de Talento Humano Ximena del Pilar Rodríguez Cifuentes -Contratista Gerencia de Gestión Corporativa Jairo Andrés Revelo Molina Gerente de Gestión Corporativa GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-142 • 2025 • JULIO • 2 142 RESOLUCIÓN No.
070129-agosto-2024 LA DIRECTORA DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 1 de la Ley 1960 de 2019, el artículo 2.2.5.3.3 del Decreto 1083 de 2015 y el artículo 16 del Acuerdo 004 de 2021 del Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital y, C O N S I D E R A N D O:
Que el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 1 de la Ley 1960 de 2019, dispone que mientras se surte el proceso de selección para proveer empleos de carrera administrativa, los empleados de carrera tendrán derecho a ser encargados de tales empleos si acreditan los requisitos, poseen las aptitudes y habilidades para su desempeño, no han sido sancionados disciplinariamente en el último año y su última evaluación del desempeño sea sobresaliente.
Que el artículo 2.2.5.4.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, dispone que los empleados públicos podrán ser encargados para asumir parcial o totalmente las funciones de empleos diferentes de aquellos para los cuales han sido nombrados, por ausencia temporal o definitiva del titular, desvinculándose o no de las propias de su cargo.
Que el artículo 2.2.5.2.2 del decreto ibidem, establece que la vacancia temporal de un empleo puede originarse cuando su titular se encuentre en vacaciones, licencia, permiso remunerado, comisión salvo en la de servicios al interior, encargo, separación de las funciones del empleo del cual es titular, suspensión en el ejercicio del cargo por decisión disciplinaria, fiscal o judicial, o en período de prueba en otro empleo de carrera.
Que el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, establece que antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador por resolución motivada podrá darlos por terminados.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante Circular 003 de 2014, señaló que, en virtud del Auto del 5 de mayo de 2014 proferido por el Consejo de Estado, no se requerirá autorización para proveer transitoriamente los empleos de carrera a través de encargo o nombramiento en provisionalidad.
GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-143 • 2025 • JULIO • 2 143 RESOLUCIÓN No.
070129-agosto-2024 Que en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, existe una vacante temporal en el empleo de Profesional Especializado Código 222 Grado 08, ubicado actualmente en la Gerencia de Información Catastral de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, cuyo titular es la servidora Angy Lizeth Cetina Tovar, identificada con la cédula de ciudadanía No. 1.010.188.446, quien actualmente se encuentra nombrada en encargo en el empleo de Profesional Especializado Código 222 Grado 10, ubicado en la Gerencia Jurídica de la misma Unidad.
Que teniendo en cuenta lo anterior, se procedió con el aviso de publicación para el otorgamiento de encargo No. 52 del 18 de julio de 2024, producto del cual la servidora Myriam Tovar Losada, identificada con la cédula de ciudadanía No. 36.171.227, titular del empleo Profesional Especializado Código 222 Grado 06, ubicado en la Oficina de Control Interno, manifestó interés en ser nombrada mediante encargo, en la vacante temporal de Profesional Especializado Código 222 Grado 08, ubicado en la Gerencia de Información Catastral.
Que una vez realizado el estudio de verificación de requisitos para el otorgamiento del encargo No. 52 del 18 de julio de 2024, se determinó que la servidora Myriam Tovar Losada, cumple con los requisitos establecidos para ocupar el empleo de Profesional Especializado Código 222 Grado 08, ubicado actualmente en la Gerencia de Información Catastral de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que en consecuencia, es procedente nombrar con carácter de encargo a la servidora, Myriam Tovar Losada ya identificada, en el empleo Profesional Especializado Código 222 Grado 08, ubicado en la Gerencia de Información Catastral de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital y a su vez, declarar la vacancia temporal del empleo Profesional Especializado Código 222 Grado 06 de la Gerencia Jurídica de la misma Unidad.
Que, en mérito de lo expuesto, este Despacho,
RESUELVE:
Artículo 1.
Encargar del empleo Profesional Especializado Código 222 Grado 08, ubicado actualmente en la Gerencia de Información Catastral de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, a la servidora Myriam Tovar Losada, identificada con cédula de ciudadanía No. 36.171.227 quien es titular con derechos de carrera del empleo Profesional Especializado Código 222 Grado 06, ubicado en la Oficina de Control Interno, a partir de la fecha de su posesión y hasta cuando finalice la situación administrativa que le dio origen a la misma.
GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-144 • 2025 • JULIO • 2 144 RESOLUCIÓN No.
070129-agosto-2024 Parágrafo 1. El presente encargo comportará el ejercicio integral de las funciones atribuidas al empleo y la desvinculación transitoria de las funciones propias del empleo del que es titular el servidor encargado.
Parágrafo 2. La servidora Myriam Tovar Losada, deberá realizar entrega de las evidencias para la evaluación
parcial eventual de desempeño, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del Acuerdo 6176 de 2018, emitido por la Comisión Nacional del Servicio Civil, junto con la entrega de un informe detallado de la gestión al jefe inmediato con copia a la Subgerencia de Talento Humano, asuntos pendientes y en trámite a la fecha de otorgamiento del encargo, inventario de los bienes muebles y gestión documental asignada que tenga a su cargo, con ocasión a sus funciones.
Artículo 2.
La servidora Myriam Tovar Losada, tendrá derecho al reconocimiento de la diferencia salarial que corresponda al empleo Profesional Especializado Código 222 Grado 08, ubicado en la Gerencia de Información Catastral del cual es encargada, toda vez que no existe titular que perciba el salario del empleo y la entidad cuenta con la disponibilidad presupuestal para su reconocimiento y pago.
Artículo 3.
Declarar la vacancia temporal del empleo Profesional Especializado Código 222 Grado 06, ubicado en la Oficina de Control Interno de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, por el término de duración del encargo efectuado a la servidora Myriam Tovar Losada, identificada con la cédula de ciudadanía No. 36.171.227, en el empleo de Profesional Especializado Código 222 Grado 08, ubicado en la Gerencia de Información Catastral de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Artículo 4.
Publicar el contenido de la presente resolución en el Registro Distrital a través de la Gerencia Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Artículo 5.
Publicar el contenido de la presente resolución en el Botón de Transparencia de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad.
Artículo 6.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la servidora Myriam Tovar Losada, a la Gerencia de Información Catastral y a la Oficina de Control Interno de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad.
Artículo 7.
Los efectos fiscales de la presente resolución rigen a partir de la posesión en el empleo.
GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-145 • 2025 • JULIO • 2 145 RESOLUCIÓN No.
29-agosto-2024 0701
Artículo 8.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y produce efectos a partir de su comunicación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE, Dado en Bogotá D.C, a los 29-agosto-2024 OLGA LUCÍA LÓPEZ MORALES Directora Elaboró: Gloria Stella Pacheco Fonseca - Profesional Universitario -STH Revisó: Mónica Daniela Cortés Muñoz Profesional Especializado STH Gustavo Adolfo Forero Patiño Profesional Universitario Abogado STH Ennis Esther Jaramillo Morato Subgerente de Talento Humano Ximena del Pilar Rodríguez Cifuentes -Contratista Gerencia de Gestión Corporativa Jairo Andrés Revelo Molina Gerente de Gestión Corporativa GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-146 • 2025 • JULIO • 2 146 RESOLUCIÓN No.
0713 02-septiembre-2024 personal de la LA DIRECTORA DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 1 de la Ley 1960 de 2019, el artículo 2.2.5.3.3 del Decreto 1083 de 2015 y el artículo 16 del Acuerdo 004 de 2021 del Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital y, C O N S I D E R A N D O:
Que el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 1 de la Ley 1960 de 2019, dispone que mientras se surte el proceso de selección para proveer empleos de carrera administrativa, los empleados de carrera tendrán derecho a ser encargados de tales empleos si acreditan los requisitos, poseen las aptitudes y habilidades para su desempeño, no han sido sancionados disciplinariamente en el último año y su última evaluación del desempeño sea sobresaliente.
Que el artículo 2.2.5.4.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, dispone que los empleados públicos podrán ser encargados para asumir parcial o totalmente las funciones de empleos diferentes de aquellos para los cuales han sido nombrados, por ausencia temporal o definitiva del titular, desvinculándose o no de las propias de su cargo.
Que el artículo 2.2.5.2.2 del decreto ibidem, establece que la vacancia temporal de un empleo puede originarse cuando su titular se encuentre en vacaciones, licencia, permiso remunerado, comisión salvo en la de servicios al interior, encargo, separación de las funciones del empleo del cual es titular, suspensión en el ejercicio del cargo por decisión disciplinaria, fiscal o judicial, o en período de prueba en otro empleo de carrera.
Que el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, establece que antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador por resolución motivada podrá darlos por terminados.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante Circular 003 de 2014, señaló que, en virtud del Auto del 5 de mayo de 2014 proferido por el Consejo de Estado, no se requerirá autorización para proveer transitoriamente los empleos de carrera a través de encargo o nombramiento en provisionalidad.
GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-147 • 2025 • JULIO • 2 147 RESOLUCIÓN No.
0713 02-septiembre-2024 personal de la Que en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, existe una vacante temporal en el empleo de Profesional Universitario Código 219 Grado 05, ubicado actualmente en la Gerencia de Información Catastral de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, cuyo titular es la servidora Yazmin Astrid Palacios Duarte, identificada con la cédula de ciudadanía No. 1.010.164.859, quien actualmente se encuentra nombrada en encargo en el empleo de Profesional Especializado Código 222 Grado 06, ubicado en la Dirección de la misma Unidad.
Que teniendo en cuenta lo anterior, se procedió con el aviso de publicación para el otorgamiento de encargo No. 55 del 18 de julio de 2024, producto del cual el servidor Reinaldo Vásquez Silva, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.296.259, titular del empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 04, ubicado en la Subgerencia de Información Física y Jurídica, manifestó interés en ser nombrado mediante encargo, en la vacante temporal de Profesional Universitario Código 219 Grado 05, ubicada en la Gerencia de Información Catastral.
Que una vez realizado el estudio de verificación de requisitos para el otorgamiento del encargo No. 55 del 18 de julio de 2024, se determinó que el servidor Reinaldo Vásquez Silva, cumple con los requisitos establecidos para ocupar el empleo de Profesional Univesitario Código 219 Grado 05, ubicado actualmente en la Gerencia de Información Catastral de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que en consecuencia, es procedente nombrar con carácter de encargo al servidor, Reinaldo Vásquez Silva ya identificado, en el empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 05, ubicado en la Gerencia de Información Catastral de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital y a su vez, declarar la vacancia temporal del empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 04, de la Dirección, de la misma Unidad.
Que, en mérito de lo expuesto, este Despacho,
RESUELVE:
Artículo 1.
Encargar del empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 05, ubicado actualmente en la Gerencia de Información Catastral de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, al servidor Reinaldo Vásquez Silva, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.296.259 quien es titular con derechos de carrera del empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 04, ubicado en la Subgerencia de Información Física y Jurídica, a partir de la fecha de su posesión y hasta cuando finalice la situación administrativa que le dio origen a la misma.
GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-148 • 2025 • JULIO • 2 148 RESOLUCIÓN No.
0713 02-septiembre-2024 personal de la Parágrafo 1. El presente encargo comportará el ejercicio integral de las funciones atribuidas al empleo y la desvinculación transitoria de las funciones propias del empleo del que es titular el servidor encargado.
Parágrafo 2. El servidor Reinaldo Vásquez Silva, deberá realizar entrega de las evidencias para la evaluación
parcial eventual de desempeño, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del Acuerdo 6176 de 2018, emitido por la Comisión Nacional del Servicio Civil, junto con la entrega de un informe detallado de la gestión al jefe inmediato con copia a la Subgerencia de Talento Humano, asuntos pendientes y en trámite a la fecha de otorgamiento del encargo, inventario de los bienes muebles y gestión documental asignada que tenga a su cargo, con ocasión a sus funciones.
Artículo 2.
El servidor Reinaldo Vásquez Silva, tendrá derecho al reconocimiento de la diferencia salarial que corresponda al empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 05, ubicado en la Gerencia de Información Catastral del cual es encargado, toda vez que no existe titular que perciba el salario del empleo y la entidad cuenta con la disponibilidad presupuestal para su reconocimiento y pago.
Artículo 3.
Declarar la vacancia temporal del empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 04, ubicado en la Subgerencia de Información Física y Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, por el término de duración del encargo efectuado al servidor Reinaldo Vásquez Silva, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.296.259, en el empleo de Profesional Universitario Código 219 Grado 05, ubicado en la Gerencia de Información Catastral de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Artículo 4.
Publicar el contenido de la presente resolución en el Registro Distrital a través de la Gerencia Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Artículo 5.
Publicar el contenido de la presente resolución en el Botón de Transparencia de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad.
Artículo 6.
Comunicar el contenido de la presente resolución al servidor Reinaldo Vásquez Silva, a la Gerencia de Información Catastral y a la Subgerencia de Información Física y Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad.
Artículo 7.
Los efectos fiscales de la presente resolución rigen a partir de la posesión en el empleo.
GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-149 • 2025 • JULIO • 2 149 RESOLUCIÓN No.
0713 02-septiembre-2024 personal de la
Artículo 8.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y produce efectos a partir de su comunicación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE, 02-septiembre-2024 Dado en Bogotá D.C, a los OLGA LUCÍA LÓPEZ MORALES Directora Elaboró: Gloria Stella Pacheco Fonseca - Profesional Universitario -STH Revisó: Mónica Daniela Cortés Muñoz Profesional Especializado STH Gustavo Adolfo Forero Patiño Profesional Universitario Abogado STH Ennis Esther Jaramillo Morato Subgerente de Talento Humano Ximena del Pilar Rodríguez Cifuentes -Contratista Gerencia de Gestión Corporativa Jairo Andrés Revelo Molina Gerente de Gestión Corporativa GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-150 • 2025 • JULIO • 2 150 RESOLUCIÓN No.
0717 02-septiembre-2024 termina y se efectúa un nombramiento en encargo en la planta de personal de la Unidad LA DIRECTORA DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 1 de la Ley 1960 de 2019, el artículo 2.2.5.3.3 del Decreto 1083 de 2015 y el artículo 16 del Acuerdo 004 de 2021 del Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital y, C O N S I D E R A N D O:
Que el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 1 de la Ley 1960 de 2019, dispone que mientras se surte el proceso de selección para proveer empleos de carrera administrativa, los empleados de carrera tendrán derecho a ser encargados de tales empleos si acreditan los requisitos, poseen las aptitudes y habilidades para su desempeño, no han sido sancionados disciplinariamente en el último año y su última evaluación del desempeño sea sobresaliente.
Que el artículo 2.2.5.4.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, dispone que los empleados públicos podrán ser encargados para asumir parcial o totalmente las funciones de empleos diferentes de aquellos para los cuales han sido nombrados, por ausencia temporal o definitiva del titular, desvinculándose o no de las propias de su cargo.
Que el artículo 2.2.5.2.2 del decreto ibidem, establece que la vacancia temporal de un empleo puede originarse cuando su titular se encuentre en vacaciones, licencia, permiso remunerado, comisión salvo en la de servicios al interior, encargo, separación de las funciones del empleo del cual es titular, suspensión en el ejercicio del cargo por decisión disciplinaria, fiscal o judicial, o en período de prueba en otro empleo de carrera.
Que el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, establece que antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador por resolución motivada podrá darlos por terminados.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante Circular 003 de 2014, señaló que, en virtud del Auto del 5 de mayo de 2014 proferido por el Consejo de Estado, no se requerirá autorización para proveer transitoriamente los empleos de carrera a través de encargo o nombramiento en provisionalidad.
Que en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, existe una vacante temporal en el empleo de Profesional Universitario Código 219 Grado 04, ubicado actualmente en la GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-151 • 2025 • JULIO • 2 151 RESOLUCIÓN No.
0717 02-septiembre-2024 termina y se efectúa un nombramiento en encargo en la planta de personal de la Unidad Subgerencia de Información Económica, de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, cuyo titular es la servidora Yeimy Brigith Suarez Peña, identificada con la cédula de ciudadanía No. 1.022.357.104, quien actualmente se encuentra nombrada en encargo en el empleo de Profesional Especializado Código 222 Grado 06, ubicado en la Subgerencia de Información Económica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que teniendo en cuenta lo anterior, se procedió con el aviso de publicación para el otorgamiento de encargo No. 58 del 18 de julio de 2024, producto del cual la servidora Diana Paola Páez Arias, identificada con la cédula de ciudadanía No. 1.049.634.094, titular del empleo Técnico Operativo Código 314 Grado 01, ubicado en del Observatorio Técnico Catastral, manifestó interés en ser nombrada mediante encargo, en la vacante temporal de Profesional Universitario Código 219 Grado 04, ubicada en la Subgerencia de Información Económica.
Que una vez realizado el estudio de verificación de requisitos para el otorgamiento del encargo No. 58 del 18 de julio de 2024, se determinó que la servidora Diana Paola Páez Arias cumple con los requisitos establecidos para ocupar el empleo de Profesional Universitario, Código 219 Grado 04, ubicado actualmente en la Subgerencia de Información Económica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que la servidora Diana Paola Páez Arias ya identificada, fue nombrada en encargo en el empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 02 ubicado actualmente en la Subgerencia de Información Económica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que en consecuencia, es procedente dar por terminado el nombramiento en encargo a la servidora Diana Paola Páez Arias, en el empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 02, ubicado actualmente en la Subgerencia de Información Económica y a su vez, efectuar nombramiento con carácter de encargo en el empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 04 ubicado en la Subgerencia de Información Económica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que, en mérito de lo expuesto, este Despacho,
RESUELVE:
Artículo 1.
Dar por terminado el nombramiento en encargo a la servidora Diana Paola Páez Arias identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.049.634.094, en el empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 02, ubicado actualmente en la Subgerencia de Información Económica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-152 • 2025 • JULIO • 2 152 RESOLUCIÓN No.
0717 02-septiembre-2024 termina y se efectúa un nombramiento en encargo en la planta de personal de la Unidad
Artículo 2.
Encargar del empleo Profesional Universitario, Código 219 Grado 04, ubicado actualmente en la Subgerencia de Información Económica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, a la servidora Diana Paola Páez Arias, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.049.634.094 quien es titular con derechos de carrera del empleo Técnico Operativo Código 314 Grado 01 ubicado en del Observatorio Técnico Catastral, a partir de la fecha de su posesión y hasta cuando finalice la situación administrativa que le dio origen a la misma.
Parágrafo 1. El presente encargo comportará el ejercicio integral de las funciones atribuidas al empleo y la
desvinculación transitoria de las funciones propias del empleo del que es titular el servidor encargado.
Parágrafo 2. La servidora Diana Paola Páez Arias, deberá realizar entrega de las evidencias para la evaluación
parcial eventual de desempeño, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del Acuerdo 6176 de 2018, emitido por la Comisión Nacional del Servicio Civil, junto con la entrega de un informe detallado de la gestión al jefe inmediato con copia a la Subgerencia de Talento Humano, asuntos pendientes y en trámite a la fecha de otorgamiento del encargo, inventario de los bienes muebles y gestión documental asignada que tenga a su cargo, con ocasión a sus funciones.
Artículo 3.
La servidora Diana Paola Páez Arias, tendrá derecho al reconocimiento de la diferencia salarial que corresponda al empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 04, ubicado en la Subgerencia de Información Económica del cual es encargado, toda vez que no existe titular que perciba el salario del empleo y la entidad cuenta con la disponibilidad presupuestal para su reconocimiento y pago.
Artículo 4.
Publicar el contenido de la presente resolución en el Registro Distrital a través de la Gerencia Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Artículo 5.
Publicar el contenido de la presente resolución en el Botón de Transparencia de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad.
Artículo 6.
Comunicar el contenido de la presente resolución a la servidora Diana Paola Páez Arias y a la Subgerencia de Información Económica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad.
Artículo 7.
Los efectos fiscales de la presente resolución rigen a partir de la posesión en el empleo.
GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-153 • 2025 • JULIO • 2 153 RESOLUCIÓN No.
02-septiembre-2024 0717 termina y se efectúa un nombramiento en encargo en la planta de personal de la Unidad
Artículo 8.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y produce efectos a partir de su comunicación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE, 02-septiembre-2024 Dado en Bogotá D.C, a los OLGA LUCÍA LÓPEZ MORALES Directora Elaboró: Gloria Stella Pacheco Fonseca - Profesional Universitario -STH Revisó: Mónica Daniela Cortés Muñoz Profesional Especializado STH Gustavo Adolfo Forero Patiño Profesional Universitario Abogado STH Ennis Esther Jaramillo Morato Subgerente de Talento Humano Ximena del Pilar Rodríguez Cifuentes -Contratista Gerencia de Gestión Corporativa Jairo Andrés Revelo Molina Gerente de Gestión Corporativa GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-154 • 2025 • JULIO • 2 154 RESOLUCIÓN No.
0720 04 - septiembre - 2024 temporal en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro LA DIRECTORA DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 1 de la Ley 1960 de 2019, el artículo 2.2.5.3.3 del Decreto 1083 de 2015 y el artículo 16 del Acuerdo 004 de 2021 del Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital y, C O N S I D E R A N D O:
Que el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 1 de la Ley 1960 de 2019, dispone que mientras se surte el proceso de selección para proveer empleos de carrera administrativa, los empleados de carrera tendrán derecho a ser encargados de tales empleos si acreditan los requisitos, poseen las aptitudes y habilidades para su desempeño, no han sido sancionados disciplinariamente en el último año y su última evaluación del desempeño sea sobresaliente.
Que el artículo 2.2.5.4.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, dispone que los empleados públicos podrán ser encargados para asumir parcial o totalmente las funciones de empleos diferentes de aquellos para los cuales han sido nombrados, por ausencia temporal o definitiva del titular, desvinculándose o no de las propias de su cargo.
Que el artículo 2.2.5.2.2 del decreto ibidem, establece que la vacancia temporal de un empleo puede originarse cuando su titular se encuentre en vacaciones, licencia, permiso remunerado, comisión salvo en la de servicios al interior, encargo, separación de las funciones del empleo del cual es titular, suspensión en el ejercicio del cargo por decisión disciplinaria, fiscal o judicial, o en período de prueba en otro empleo de carrera.
Que el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, establece que antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador por resolución motivada podrá darlos por terminados.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante Circular 003 de 2014, señaló que, en virtud del Auto del 5 de mayo de 2014 proferido por el Consejo de Estado, no se requerirá autorización para proveer transitoriamente los empleos de carrera a través de encargo o nombramiento en provisionalidad.
Que en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, existe una vacante temporal en el empleo de Técnico Operativo Código 314 Grado 03, ubicado actualmente en la Subgerencia de Participacion y Atencion al Ciudadano de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, cuyo GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-155 • 2025 • JULIO • 2 155 RESOLUCIÓN No.
0720 04 - septiembre - 2024 temporal en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro titular es la servidora Adriana Jiménez Torres, identificada con la cédula de ciudadanía No. 51.918.535, quien actualmente se encuentra nombrada en encargo en el empleo de Profesional Universitario Código 219 Grado 02, ubicado en la Subgerencia de Participación y Atención al Ciudadano de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que teniendo en cuenta lo anterior, se procedió con el aviso de publicación para el otorgamiento de encargo No. 46 del 18 de julio de 2024, producto del cual la servidora Lady Lilian Moreno Calderón, identificada con la cédula de ciudadanía No. 52.365.156, titular del empleo Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 07, ubicado en la Subgerencia de Participación y Atención al Ciudadano, manifestó interés en ser nombrada mediante encargo en la vacante temporal de Técnico Operativo Código 314 Grado 03, ubicada en la Subgerencia de Participacion y Atencion al Ciudadano.
Que una vez realizado el estudio de verificación de requisitos para el otorgamiento del encargo No. 46 del 18 de julio de 2024, se determinó que la servidora Lady Lilian Moreno Calderón, cumple con los requisitos establecidos para ocupar el empleo de Técnico Operativo Código 314 Grado 03, ubicado actualmente en la Subgerencia de Participacion y Atencion al Ciudadano de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que, en consecuencia, es procedente nombrar con carácter de encargo a la servidora, Lady Lilian Moreno Calderón en el empleo Técnico Operativo Código 314 Grado 03 ubicado en la Subgerencia de Participacion y Atencion al Ciudadano de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital y, a su vez, declarar la vacancia temporal del empleo Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 07 de la Subgerencia de Participación y Atención al Ciudadano de la misma Unidad.
Que, en mérito de lo expuesto, este Despacho,
RESUELVE:
Artículo 1.
Encargar del empleo Técnico Operativo Código 314 Grado 03, ubicado actualmente en la Subgerencia de Participacion y Atencion al Ciudadano de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, a la servidora Lady Lilian Moreno Calderón, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.365.156 quien es titular con derechos de carrera del empleo Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 07, ubicado en la Subgerencia de Participación y Atención al Ciudadano, a partir de la fecha de su posesión y hasta cuando finalice la situación administrativa que le dio origen a la misma.
GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-156 • 2025 • JULIO • 2 156 RESOLUCIÓN No.
0720 04 - septiembre - 2024 temporal en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Parágrafo 1. El presente encargo comportará el ejercicio integral de las funciones atribuidas al empleo y la desvinculación transitoria de las funciones propias del empleo del que es titular el servidor encargado.
Parágrafo 2. La servidora Lady Lilian Moreno Calderón, deberá realizar entrega de las evidencias para la
evaluación parcial eventual de desempeño, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del Acuerdo 6176 de 2018, emitido por la Comisión Nacional del Servicio Civil, junto con la entrega de un informe detallado de la gestión al jefe inmediato con copia a la Subgerencia de Talento Humano, asuntos pendientes y en trámite a la fecha de otorgamiento del encargo, inventario de los bienes muebles y gestión documental asignada que tenga a su cargo, con ocasión a sus funciones.
Artículo 2.
La servidora Lady Lilian Moreno Calderón, tendrá derecho al reconocimiento de la diferencia salarial que corresponda al empleo Técnico Operativo Código 314 Grado 03, ubicado en la Subgerencia de Participacion y Atencion al Ciudadano del cual es encargada, toda vez que no existe titular que perciba el salario del empleo y la entidad cuenta con la disponibilidad presupuestal para su reconocimiento y pago.
Artículo 3.
Declarar la vacancia temporal del empleo Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 07, ubicado en la Subgerencia de Participación y Atención al Ciudadano de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, por el término de duración del encargo efectuado a la servidora Lady Lilian Moreno Calderón, identificada con la cédula de ciudadanía No. 52.365.156, en el empleo de Técnico Operativo Código 314 Grado 03 ubicado en la Subgerencia de Participacion y Atencion al Ciudadano de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Artículo 4.
Publicar el contenido de la presente resolución en el Registro Distrital a través de la Gerencia Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Artículo 5.
Publicar el contenido de la presente Resolución en el Botón de Transparencia de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad.
Artículo 6.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la servidora Lady Lilian Moreno Calderón y a la Subgerencia de Participación y Atención al Ciudadano de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad.
Artículo 7.
Los efectos fiscales de la presente resolución rigen a partir de la posesión en el empleo.
GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-157 • 2025 • JULIO • 2 157 RESOLUCIÓN No.
0720 04 - septiembre - 2024 temporal en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro
Artículo 8.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y produce efectos a partir de su comunicación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE, 04 - septiembre - 2024 Dado en Bogotá D.C, a los OLGA LUCÍA LÓPEZ MORALES Directora Elaboró: Gloria Stella Pacheco Fonseca - Profesional Universitario -STH Revisó: Mónica Daniela Cortés Muñoz Profesional Especializado STH Gustavo Adolfo Forero Patiño Profesional Universitario Abogado STH Ennis Esther Jaramillo Morato Subgerente de Talento Humano Ximena del Pilar Rodríguez Cifuentes -Contratista Gerencia de Gestión Corporativa Jairo Andrés Revelo Molina Gerente de Gestión Corporativa GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-158 • 2025 • JULIO • 2 158 RESOLUCIÓN No.
0722 04 - septiembre - 2024 personal LA DIRECTORA DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 1 de la Ley 1960 de 2019, el artículo 2.2.5.3.3 del Decreto 1083 de 2015 y el artículo 16 del Acuerdo 004 de 2021 del Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital y, C O N S I D E R A N D O:
Que el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 1 de la Ley 1960 de 2019, dispone que mientras se surte el proceso de selección para proveer empleos de carrera administrativa, los empleados de carrera tendrán derecho a ser encargados de tales empleos si acreditan los requisitos, poseen las aptitudes y habilidades para su desempeño, no han sido sancionados disciplinariamente en el último año y su última evaluación del desempeño sea sobresaliente.
Que el artículo 2.2.5.4.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, dispone que los empleados públicos podrán ser encargados para asumir parcial o totalmente las funciones de empleos diferentes de aquellos para los cuales han sido nombrados, por ausencia temporal o definitiva del titular, desvinculándose o no de las propias de su cargo.
Que el artículo 2.2.5.2.2 del decreto ibidem, establece que la vacancia temporal de un empleo puede originarse cuando su titular se encuentre en vacaciones, licencia, permiso remunerado, comisión salvo en la de servicios al interior, encargo, separación de las funciones del empleo del cual es titular, suspensión en el ejercicio del cargo por decisión disciplinaria, fiscal o judicial, o en período de prueba en otro empleo de carrera.
Que el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, establece que antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador por resolución motivada podrá darlos por terminados.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante Circular 003 de 2014, señaló que, en virtud del Auto del 5 de mayo de 2014 proferido por el Consejo de Estado, no se requerirá autorización para proveer transitoriamente los empleos de carrera a través de encargo o nombramiento en provisionalidad.
Que en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, existe una vacante temporal en el empleo de Profesional Universitario Código 219 Grado 05, ubicado actualmente en la GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-159 • 2025 • JULIO • 2 159 RESOLUCIÓN No.
0722 04 - septiembre - 2024 personal Subgerencia de Operaciones de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, cuyo titular es la servidora Leila Farid Awad Cortés, identificada con la cédula de ciudadanía No. 52.434.318, quien actualmente se encuentra nombrada en encargo en el empleo de Profesional Especializado Código 222 Grado 08, ubicado en la Subgerencia de Operaciones de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que teniendo en cuenta lo anterior, se procedió con el aviso de publicación para el otorgamiento de encargo No. 54 del 18 de julio de 2024, producto del cual la servidora Laura Angélica Rodríguez Casas, identificada con la cédula de ciudadanía No. 1.013.621.495, titular del empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 04, ubicado en la Subgerencia de Información Física y Jurídica, manifestó interés en ser nombrada mediante encargo, en la vacante temporal de Profesional Universitario Código 219 Grado 05, ubicada en la Subgerencia de Operaciones.
Que una vez realizado el estudio de verificación de requisitos para el otorgamiento del encargo No. 54 del 18 de julio de 2024, se determinó que la servidora Laura Angélica Rodríguez Casas, cumple con los requisitos establecidos para ocupar el empleo de Profesional Universitario Código 219 Grado 05, ubicado actualmente en la Subgerencia de Operaciones de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que en consecuencia, es procedente nombrar con carácter de encargo a la servidora, Laura Angélica Rodríguez Casas identificada con la cédula de ciudadanía No. 1.013.621.495 en el empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 05, ubicado en la Subgerencia de Operaciones de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital y a su vez, declarar la vacancia temporal del empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 04 de la Subgerencia de Información Física y Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que, en mérito de lo expuesto, este Despacho,
RESUELVE:
Artículo 1.
Encargar del empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 05, ubicado actualmente en la Subgerencia de Operaciones de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, a la servidora Laura Angélica Rodríguez Casas, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.013.621.495 quien es titular con derechos de carrera del empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 04, ubicado en la Subgerencia de Información Física y Jurídica, a partir de la fecha de su posesión y hasta cuando finalice la situación administrativa que le dio origen a la misma.
GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-160 • 2025 • JULIO • 2 160 RESOLUCIÓN No.
0722 04 - septiembre - 2024 personal Parágrafo 1. El presente encargo comportará el ejercicio integral de las funciones atribuidas al empleo y la desvinculación transitoria de las funciones propias del empleo del que es titular el servidor encargado.
Parágrafo 2. La servidora Laura Angélica Rodríguez Casas, deberá realizar entrega de las evidencias para la
evaluación parcial eventual de desempeño, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del Acuerdo 6176 de 2018, emitido por la Comisión Nacional del Servicio Civil, junto con la entrega de un informe detallado de la gestión al jefe inmediato con copia a la Subgerencia de Talento Humano, asuntos pendientes y en trámite a la fecha de otorgamiento del encargo, inventario de los bienes muebles y gestión documental asignada que tenga a su cargo, con ocasión a sus funciones.
Artículo 2.
La servidora Laura Angélica Rodríguez Casas, tendrá derecho al reconocimiento de la diferencia salarial que corresponda al empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 05, ubicado en la Subgerencia de Operaciones del cual es encargada, toda vez que no existe titular que perciba el salario del empleo y la entidad cuenta con la disponibilidad presupuestal para su reconocimiento y pago.
Artículo 3.
Declarar la vacancia temporal del empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 04, ubicado en la Subgerencia de Información Física y Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, por el término de duración del encargo efectuado a la servidora Laura Angélica Rodríguez Casas, identificada con la cédula de ciudadanía No. 1.013.621.495, en el empleo de Profesional Universitario Código 219 Grado 05, ubicado en la Subgerencia de Operaciones de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Artículo 4.
Publicar el contenido de la presente resolución en el Registro Distrital a través de la Gerencia Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Artículo 5.
Publicar el contenido de la presente resolución en el Botón de Transparencia de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad.
Artículo 6.
Comunicar el contenido de la presente resolución a la servidora Laura Angélica Rodríguez Casas, a la Subgerencia de Operaciones y a la Subgerencia de Información Física y Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad.
Artículo 7.
Los efectos fiscales de la presente resolución rigen a partir de la posesión en el empleo.
GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-161 • 2025 • JULIO • 2 161 RESOLUCIÓN No.
0722 04 - septiembre - 2024 personal
Artículo 8.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y produce efectos a partir de su comunicación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE, Dado en Bogotá D.C, a los OLGA LUCÍA LÓPEZ MORALES Directora Elaboró: Gloria Stella Pacheco Fonseca - Profesional Universitario -STH Revisó: Mónica Daniela Cortés Muñoz Profesional Especializado STH Gustavo Adolfo Forero Patiño Profesional Universitario Abogado STH Ennis Esther Jaramillo Morato Subgerente de Talento Humano Ximena del Pilar Rodríguez Cifuentes -Contratista Gerencia de Gestión Corporativa Jairo Andrés Revelo Molina Gerente de Gestión Corporativa GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-162 • 2025 • JULIO • 2 162 RESOLUCIÓN No.
0725 05 - septiembre - 2024 nombramiento provisional en la planta de personal de la Unidad LA DIRECTORA DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL En uso de sus atribuciones legales en especial las conferidas por los artículos 2.2.5.1.2 y 2.2.5.3.3 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, y el artículo 16 del Acuerdo 004 de 2021 expedido del Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Catastro, C O N S I D E R A N D O:
Que el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017 dispuso frente a la provisión de las vacancias definitivas que: vacante de manera definitiva podrá proveerse transitoriamente a través de las figuras del encargo o del nombramiento provisional, en los términos señalados en la Ley 909 de 2004 y en el Decreto-ley 760 de 2005 o en Que el artículo 2.2.5.3.3 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, establece que vacantes temporales en empleos de carrera, podrán ser provistas mediante nombramiento provisional, cuando no fuere posible proveerlas mediante enc Que de conformidad con el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el Decreto 648 de 2017, establece que provisiona Que la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante Circular 003 de 2014, señaló que, en virtud del Auto del 5 de mayo de 2014, proferido por el Consejo de Estado, no se requerirá autorización para proveer transitoriamente los empleos de carrera a través de encargo o nombramiento en provisionalidad.
Que el Concepto 41431 de 2019 emitido el Departamento Administrativo de la Función Pública DAFP, frente a la prórroga de los nombramientos provisionales dispone que provisionales actualmente se encuentra concebido para la vacancia definitiva hasta que se efectúe el nombramiento en período de prueba y en los casos de vacancia temporal hasta cuando finalice la situación administrativa que le dio origen a la misma, sin que la norma establezca prórroga para los eventos señalados.
GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-163 • 2025 • JULIO • 2 163 RESOLUCIÓN No.
0725 05 - septiembre - 2024 nombramiento provisional en la planta de personal de la Unidad Que, en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, existe una vacante temporal en el empleo de Técnico Operativo Código 314 Grado 01 ubicado en la Subgerencia de Participación y Atención al Ciudadano, cuyo titular es la servidora Marcela del Rocío López Ramírez identificada con la cédula de ciudadanía No. 39.754.794, quien actualmente se encuentra nombrada en encargo en el empleo Técnico Operativo Código 314 Grado 05 ubicado en la Subgerencia de Participación y Atención al Ciudadano.
Que una vez surtida la publicación No. 47 del 18 de julio de 2024 para proveer mediante encargo el empleo en mención, ningún servidor de carrera administrativa manifestó interés en participar en el proceso de encargo para el empleo de Técnico Operativo Código 314 Grado 01 ubicado en la Subgerencia de Participación y Atención al Ciudadano.
Que, de conformidad con la revisión efectuada, la Subgerente de Talento Humano certificó que Gina Marcela Meléndez Fuentes, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.031.148.926, reúne los requisitos que exige el cargo Técnico Operativo Código 314 Grado 01 ubicado en la Subgerencia de Participación y Atención al Ciudadano de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que en consecuencia es procedente, mediante el presente acto administrativo, realizar el nombramiento provisional del cargo Técnico Operativo Código 314 Grado 01 ubicado en la Subgerencia de Participación y Atención al Ciudadano de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, mientras el titular del empleo finaliza el encargo en el empleo Técnico Operativo Código 314 Grado 05 ubicado en la Subgerencia de Participación y Atención al Ciudadano.
Que, en mérito de lo expuesto, este Despacho R E S U E L V E:
Artículo 1.
Nombrar en provisionalidad a Gina Marcela Meléndez Fuentes, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.031.148.926, en el empleo en vacancia temporal de Técnico Operativo Código 314 Grado 01 ubicado en la Subgerencia de Participación y Atención al Ciudadano de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, a partir de la fecha de posesión y hasta cuando finalice la situación administrativa que le dio origen a la misma.
Parágrafo. De conformidad con el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 648 de 2017, antes de cumplirse el término de
duración del nombramiento provisional, el nominador por resolución motivada, podrá darlo por terminado.
GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-164 • 2025 • JULIO • 2 164 RESOLUCIÓN No.
0725 05 - septiembre - 2024 nombramiento provisional en la planta de personal de la Unidad
Artículo 2.
Publicar el contenido de la presente resolución en el Registro Distrital a través de la Gerencia Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Artículo 3.
Publicar el contenido de la presente resolución en el Botón de Transparencia de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad.
Artículo 4.
Notificar el contenido de la presente resolución a Gina Marcela Meléndez Fuentes, a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad, en los términos establecidos en el artículo 67 de la Ley 1437 de 2011.
Parágrafo. La persona nombrada tendrá diez (10) días hábiles para manifestar si acepta o rechaza el
nombramiento en el cargo y diez (10) días hábiles para tomar posesión de empleo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017.
Artículo 5.
Comunicar el contenido de la presente resolución a la Subgerencia de Participación y Atención al Ciudadano de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad.
Artículo 6.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE, 05 - septiembre - 2024 Dada en Bogotá D.C., a los OLGA LUCÍA LÓPEZ MORALES Directora Elaboró: Gloria Stella Pacheco Fonseca - Profesional Universitario - STH Revisó: Gustavo Adolfo Forero Patiño - Profesional Universitario, Abogado STH Mónica Daniela Cortés Muñoz Profesional Especializado, STH Ennis Esther Jaramillo Morato Subgerente de Talento Humano Ximena Rodríguez Cifuentes Contratista Gerencia de Gestión Corporativa Jairo Andrés Revelo Molina Gerente de Gestión Corporativa GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-165 • 2025 • JULIO • 2 165 RESOLUCIÓN No.
0726 05 - septiembre - 2024 nombramiento provisional en la planta de personal de la Unidad LA DIRECTORA DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL En uso de sus atribuciones legales en especial las conferidas por los artículos 2.2.5.1.2 y 2.2.5.3.3 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, y el artículo 16 del Acuerdo 004 de 2021 expedido del Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Catastro, C O N S I D E R A N D O:
Que el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017 dispuso frente a la provisión de las vacancias definitivas que: vacante de manera definitiva podrá proveerse transitoriamente a través de las figuras del encargo o del nombramiento provisional, en los términos señalados en la Ley 909 de 2004 y en el Decreto-ley 760 de 2005 o en Que el artículo 2.2.5.3.3 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, establece que vacantes temporales en empleos de carrera, podrán ser provistas mediante nombramiento provisional, cuando Que de conformidad con el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el Decreto 648 de 2017, establece que Que la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante Circular 003 de 2014, señaló que, en virtud del Auto del 5 de mayo de 2014, proferido por el Consejo de Estado, no se requerirá autorización para proveer transitoriamente los empleos de carrera a través de encargo o nombramiento en provisionalidad.
Que el Concepto 41431 de 2019 emitido el Departamento Administrativo de la Función Pública DAFP, frente a la prórroga de los nombramientos provisionales dispone que provisionales actualmente se encuentra concebido para la vacancia definitiva hasta que se efectúe el nombramiento en período de prueba y en los casos de vacancia temporal hasta cuando finalice la situación administrativa que le dio origen a la misma, sin que la norma establezca prórroga para los eventos señalados.
Que, en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, existe una vacante temporal en el empleo de Técnico Operativo Código 314 Grado 04 ubicado en la Subgerencia de Participación y Atención al Ciudadano, cuyo titular es la servidora Diana Paola Arias Buitrago identificada con la cédula de GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-166 • 2025 • JULIO • 2 166 RESOLUCIÓN No.
0726 05 - septiembre - 2024 nombramiento provisional en la planta de personal de la Unidad ciudadanía No. 1.010.071.838, quien actualmente se encuentra nombrada en encargo en el empleo Técnico Operativo Código 314 Grado 05 ubicado en la Subgerencia de Participación y Atención al Ciudadano.
Que una vez surtida la publicación No. 22 del 12 de abril de 2024 para proveer mediante encargo el empleo en mención, la servidora a quien le fue otorgado el empleo en encargo para el empleo de Técnico Operativo Código 314 Grado 04 ubicado en la Subgerencia de Participación y Atención al Ciudadano desistió del mismo.
Que, de conformidad con la revisión efectuada, la Subgerente de Talento Humano certificó que Fredalis Mejía Arias, identificada con cédula de ciudadanía No. 36.676.145, reúne los requisitos que exige el cargo Técnico Operativo Código 314 Grado 04 ubicado en la Subgerencia de Participación y Atención al Ciudadano de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que en consecuencia, es procedente mediante el presente acto administrativo, realizar el nombramiento provisional del cargo Técnico Operativo Código 314 Grado 04 ubicado en la Subgerencia de Participación y Atención al Ciudadano de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, mientras el titular del empleo finaliza el encargo en el empleo Técnico Operativo Código 314 Grado 05 ubicado en la Subgerencia de Participación y Atención al Ciudadano.
Que, en mérito de lo expuesto, este Despacho R E S U E L V E:
Artículo 1.
Nombrar en provisionalidad a Fredalis Mejía Arias, identificada con cédula de ciudadanía No. 36.676.145, en el empleo en vacancia temporal de Técnico Operativo Código 314 Grado 04 ubicado en la Subgerencia de Participación y Atención al Ciudadano de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, a partir de la fecha de posesión y hasta cuando finalice la situación administrativa que le dio origen a la misma.
Parágrafo. De conformidad con el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 648 de 2017, antes de cumplirse el término de
duración del nombramiento provisional, el nominador por resolución motivada, podrá darlo por terminado.
Artículo 2.
Publicar el contenido de la presente resolución en el Registro Distrital a través de la Gerencia Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Artículo 3.
Publicar el contenido de la presente resolución en el Botón de Transparencia de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad.
GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-167 • 2025 • JULIO • 2 167 RESOLUCIÓN No.
0726 05 - septiembre - 2024 nombramiento provisional en la planta de personal de la Unidad
Artículo 4.
Notificar el contenido de la presente resolución a Fredalis Mejía Arias, a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad, en los términos establecidos en el artículo 67 de la Ley 1437 de 2011.
Parágrafo. La persona nombrada tendrá diez (10) días hábiles para manifestar si acepta o rechaza el
nombramiento en el cargo y diez (10) días hábiles para tomar posesión de empleo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017.
Artículo 5.
Comunicar el contenido de la presente resolución a la Subgerencia de Participación y Atención al Ciudadano de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad.
Artículo 6.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE, 05 - septiembre - 2024 Dada en Bogotá D.C., a los OLGA LUCÍA LÓPEZ MORALES Directora Elaboró: Gloria Stella Pacheco Fonseca - Profesional Universitario - STH Revisó: Gustavo Adolfo Forero Patiño - Profesional Universitario, Abogado STH Mónica Daniela Cortés Muñoz Profesional Especializado, STH Ennis Esther Jaramillo Morato Subgerente de Talento Humano Ximena Rodríguez Cifuentes Contratista Gerencia de Gestión Corporativa Jairo Andrés Revelo Molina Gerente de Gestión Corporativa GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-168 • 2025 • JULIO • 2 168 RESOLUCIÓN No.
0727 05 - septiembre - 2024 declara una vacancia temporal en la planta de LA DIRECTORA DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 1 de la Ley 1960 de 2019, el artículo 2.2.5.3.3 del Decreto 1083 de 2015 y el artículo 16 del Acuerdo 004 de 2021 del Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital y, C O N S I D E R A N D O:
Que el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 1 de la Ley 1960 de 2019, dispone que mientras se surte el proceso de selección para proveer empleos de carrera administrativa, los empleados de carrera tendrán derecho a ser encargados de tales empleos si acreditan los requisitos, poseen las aptitudes y habilidades para su desempeño, no han sido sancionados disciplinariamente en el último año y su última evaluación del desempeño sea sobresaliente.
Que el artículo 2.2.5.4.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, dispone que los empleados públicos podrán ser encargados para asumir parcial o totalmente las funciones de empleos diferentes de aquellos para los cuales han sido nombrados, por ausencia temporal o definitiva del titular, desvinculándose o no de las propias de su cargo.
Que el artículo 2.2.5.2.2 del decreto ibidem, establece que la vacancia temporal de un empleo puede originarse cuando su titular se encuentre en vacaciones, licencia, permiso remunerado, comisión salvo en la de servicios al interior, encargo, separación de las funciones del empleo del cual es titular, suspensión en el ejercicio del cargo por decisión disciplinaria, fiscal o judicial, o en período de prueba en otro empleo de carrera.
Que el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, establece que antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador por resolución motivada podrá darlos por terminados.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante Circular 003 de 2014, señaló que, en virtud del Auto del 5 de mayo de 2014 proferido por el Consejo de Estado, no se requerirá autorización para proveer transitoriamente los empleos de carrera a través de encargo o nombramiento en provisionalidad.
GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-169 • 2025 • JULIO • 2 169 RESOLUCIÓN No.
0727 05 - septiembre - 2024 declara una vacancia temporal en la planta de Que en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, existe una vacante temporal en el empleo de Técnico Operativo, Código 314 Grado 01, ubicado actualmente en la Subgerencia de Talento Humano de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, cuyo titular es la servidora Diana Carolina Acosta Duarte, identificada con la cédula de ciudadanía No. 1.019.117.537, quien actualmente se encuentra nombrada en periodo de prueba en el empleo de Profesional Universitario, Código 2044 Grado 1, ubicado en la Escuela Superior de Administración Pública ESAP.
Que teniendo en cuenta lo anterior, se procedió con el aviso de publicación para el otorgamiento de encargo No. 49 del 18 de julio de 2024, producto del cual la servidora Diana Maritza Amaya Callejas, identificada con la cédula de ciudadanía No. 52.762.322, titular del empleo Secretario, Código 440 Grado 02, ubicado en la Gerencia Comercial y de Atención al Ciudadano, manifestó interés en ser nombrada mediante encargo, en la vacante temporal de Técnico Operativo, Código 314 Grado 01, ubicada en la Subgerencia de Talento Humano.
Que una vez realizado el estudio de verificación de requisitos para el otorgamiento del encargo No. 49 del 18 de julio de 2024, se determinó que la servidora Diana Maritza Amaya Callejas, cumple con los requisitos establecidos para ocupar el empleo de Técnico Operativo, Código 314 Grado 01, ubicado actualmente en la Subgerencia de Talento Humano de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que en consecuencia, es procedente nombrar con carácter de encargo a la servidora, Diana Maritza Amaya Callejas identificada con la cédula de ciudadanía No. 52.762.322 en el empleo Técnico Operativo, Código 314 Grado 01, ubicado en la Subgerencia de Talento Humano de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, y a su vez, declarar la vacancia temporal del empleo Secretario, Código 440 Grado 02, de la Gerencia Comercial y de Atención al Ciudadano de la misma Unidad.
Que, en mérito de lo expuesto, este Despacho,
RESUELVE:
Artículo 1.
Encargar del empleo Técnico Operativo Código 314 Grado 01, ubicado actualmente en la Subgerencia de Talento Humano de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, a la servidora Diana Maritza Amaya Callejas, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.762.322 quien es titular con derechos de carrera del empleo Secretario Código 440 Grado 02, ubicado en la Gerencia Comercial y de Atención al Ciudadano, a partir de la fecha de su posesión y hasta cuando finalice la situación administrativa que le dio origen a la misma.
GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-170 • 2025 • JULIO • 2 170 RESOLUCIÓN No.
0727 05 - septiembre - 2024 declara una vacancia temporal en la planta de Parágrafo 1. El presente encargo comportará el ejercicio integral de las funciones atribuidas al empleo y la desvinculación transitoria de las funciones propias del empleo del que es titular el servidor encargado.
Parágrafo 2. La servidora Diana Maritza Amaya Callejas, deberá realizar entrega de las evidencias para la
evaluación parcial eventual de desempeño, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del Acuerdo 6176 de 2018, emitido por la Comisión Nacional del Servicio Civil, junto con la entrega de un informe detallado de la gestión al jefe inmediato con copia a la Subgerencia de Talento Humano, asuntos pendientes y en trámite a la fecha de otorgamiento del encargo, inventario de los bienes muebles y gestión documental asignada que tenga a su cargo, con ocasión a sus funciones.
Artículo 2.
La servidora Diana Maritza Amaya Callejas, tendrá derecho al reconocimiento de la diferencia salarial que corresponda al empleo Técnico Operativo Código 314 Grado 01, ubicado en la Subgerencia de Talento Humano del cual es encargada, toda vez que no existe titular que perciba el salario del empleo y la entidad cuenta con la disponibilidad presupuestal para su reconocimiento y pago.
Artículo 3.
Declarar la vacancia temporal del empleo Secretario Código 440 Grado 02, ubicado en la Gerencia Comercial y de Atención al Ciudadano de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, por el término de duración del encargo efectuado a la servidora Diana Maritza Amaya Callejas, identificada con la cédula de ciudadanía No. 52.762.322, en el empleo de Técnico Operativo Código 314 Grado 01, ubicado en la Subgerencia de Talento Humano de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Artículo 4.
Publicar el contenido de la presente resolución en el Registro Distrital a través de la Gerencia Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Artículo 5.
Publicar el contenido de la presente resolución en el Botón de Transparencia de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad.
Artículo 6.
Comunicar el contenido de la presente resolución a la servidora Diana Maritza Amaya Callejas, a la Subgerencia de Talento Humano y a la Gerencia Comercial y de Atención al Ciudadano de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad.
GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-171 • 2025 • JULIO • 2 171 RESOLUCIÓN No.
0727 05 - septiembre - 2024 declara una vacancia temporal en la planta de
Artículo 7.
Los efectos fiscales de la presente resolución rigen a partir de la posesión en el empleo.
Artículo 8.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y produce efectos a partir de su comunicación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE, 05 - septiembre - 2024 Dado en Bogotá D.C, a los OLGA LUCÍA LÓPEZ MORALES Directora Elaboró: Gloria Stella Pacheco Fonseca - Profesional Universitario -STH Revisó: Mónica Daniela Cortés Muñoz Profesional Especializado STH Gustavo Adolfo Forero Patiño Profesional Universitario Abogado STH Ennis Esther Jaramillo Morato Subgerente de Talento Humano Ximena del Pilar Rodríguez Cifuentes -Contratista Gerencia de Gestión Corporativa Jairo Andrés Revelo Molina Gerente de Gestión Corporativa GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-172 • 2025 • JULIO • 2 172 RESOLUCIÓN No.
0810 03-octubre-2024 LA DIRECTORA DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL En uso de sus atribuciones legales en especial las conferidas por los artículos 2.2.5.1.2 y 2.2.5.3.3 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, y el artículo 16 del Acuerdo 004 de 2021 expedido del Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Catastro, C O N S I D E R A N D O:
Que el artículo 2.2.5.3.3 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, establece que vacantes temporales en empleos de carrera, podrán ser provistas mediante nombramiento provisional, cuando Que de conformidad con el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el Decreto 648 de 2017, establece que provisional, el nominador por resolución Que la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante Circular 003 de 2014, señaló que, en virtud del Auto del 5 de mayo de 2014, proferido por el Consejo de Estado, no se requerirá autorización para proveer transitoriamente los empleos de carrera a través de encargo o nombramiento en provisionalidad.
Que el Concepto 41431 de 2019 emitido el Departamento Administrativo de la Función Pública DAFP, frente a la prórroga de los nombramientos provisionales dispone que nombramientos provisionales actualmente se encuentra concebido para la vacancia definitiva hasta que se efectúe el nombramiento en período de prueba y en los casos de vacancia temporal hasta cuando finalice la situación administrativa que le dio origen a la misma, sin que la norma establezca prórroga para los eventos Que, en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, existe una vacante temporal en el empleo de Profesional Especializado, Código 222 Grado 06, ubicado en la Subgerencia de Información Económica, cuyo titular es la servidora Sonia Calderón Díaz, identificada con la cédula de ciudadanía No. 51.901.370, quien actualmente se encuentra nombrada en encargo en el empleo Profesional Especializado Código 222 Grado 07 ubicado en el Observatorio Técnico Catastral.
Que una vez surtida la publicación No. 53 del 18 de julio de 2024 para proveer mediante encargo el empleo en mención, ningún servidor de carrera administrativa manifestó interés en participar en el proceso de encargo GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-173 • 2025 • JULIO • 2 173 RESOLUCIÓN No.
0810 03-octubre-2024 para el empleo de Profesional Especializado, Código 222 Grado 06, ubicado en la Subgerencia de Información Económica.
Que, de conformidad con la revisión efectuada, la Subgerente de Talento Humano certificó que Viviana Andrea Escobar Márquez, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.026.281.265, reúne los requisitos que exige el cargo Profesional Especializado, Código 222 Grado 06, ubicado en la Subgerencia de Información Económica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que en consecuencia es procedente, mediante el presente acto administrativo, realizar el nombramiento provisional del cargo Profesional Especializado, Código 222 Grado 06, ubicado en la Subgerencia de Información Económica, de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, mientras el titular del empleo finaliza el encargo en el empleo Profesional Especializado, Código 222 Grado 07 ubicado en el Observatorio Técnico Catastral.
Que, en mérito de lo expuesto, este Despacho R E S U E L V E:
Artículo 1.
Nombrar en provisionalidad a Viviana Andrea Escobar Márquez, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.026.281.265, en el empleo en vacancia temporal de Profesional Especializado, Código 222 Grado 06, ubicado en la Subgerencia de Información Económica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, a partir de la fecha de posesión y hasta cuando finalice la situación administrativa que le dio origen a la misma.
Parágrafo. De conformidad con el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 648 de 2017, antes de cumplirse el término de
duración del nombramiento provisional, el nominador por resolución motivada, podrá darlo por terminado.
Artículo 2.
Publicar el contenido de la presente resolución en el Registro Distrital a través de la Gerencia Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Artículo 3.
Publicar el contenido de la presente resolución en el Botón de Transparencia de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad.
Artículo 4.
Notificar el contenido de la presente resolución a Viviana Andrea Escobar Márquez, a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad, en los términos establecidos en el artículo 67 de la Ley 1437 de 2011.
GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-174 • 2025 • JULIO • 2 174 03-octubre-2024 RESOLUCIÓN No.
0810 Parágrafo. La persona nombrada tendrá diez (10) días hábiles para manifestar si acepta o rechaza el nombramiento en el cargo y diez (10) días hábiles para tomar posesión de empleo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017.
Artículo 5.
Comunicar el contenido de la presente resolución a la Subgerencia de Información Económica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad.
Artículo 6.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE, 03-octubre-2024 Dada en Bogotá D.C., a los OLGA LUCÍA LÓPEZ MORALES Directora Elaboró: Gloria Stella Pacheco Fonseca - Profesional Universitario - STH Revisó: Gustavo Adolfo Forero Patiño - Profesional Universitario, Abogado STH Mónica Daniela Cortés Muñoz Profesional Especializado, STH Ennis Esther Jaramillo Morato Subgerente de Talento Humano Ximena Rodríguez Cifuentes Contratista Gerencia de Gestión Corporativa Jairo Andrés Revelo Molina Gerente de Gestión Corporativa GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-175 • 2025 • JULIO • 2 175 RESOLUCIÓN No.
0820 04-octubre-2024 LA DIRECTORA DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL, En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015 y el artículo 16 del Acuerdo 004 de 2021 del Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital y, C O N S I D E R A N D O:
Que el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017 dispuso frente a la provisión de las vacancias definitivas que: carrera vacante de manera definitiva podrá proveerse transitoriamente a través de las figuras del encargo o del nombramiento provisional, en los términos señalados en la Ley 909 de 2004 y en el Decreto-ley 760 de Que de conformidad con el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el Decreto 648 de 2017, establece que Que la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante Circular 003 de 2014, señaló que, en virtud del Auto del 5 de mayo de 2014, proferido por el Consejo de Estado, no se requerirá autorización para proveer transitoriamente los empleos de carrera a través de encargo o nombramiento en provisionalidad.
Que el Concepto 41431 de 2019 emitido el Departamento Administrativo de la Función Pública DAFP, frente a la prórroga de los nombramientos provisionales dispone que nombramientos provisionales actualmente se encuentra concebido para la vacancia definitiva hasta que se efectúe el nombramiento en período de prueba y en los casos de vacancia temporal hasta cuando finalice la situación administrativa que le dio origen a la misma, sin que la norma establezca prórroga para los eventos Que, en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, existe una vacante definitiva en el empleo de Auxiliar Administrativo, Código 407 Grado 06, ubicado en la Gerencia de Infraestructura de Datos Espaciales IDECA de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que una vez surtida la publicación No. 43 del 18 de julio de 2024, no pudo ser provisto mediante encargo el empleo de Auxiliar Administrativo, Código 407 Grado 06, ubicado en la Gerencia de Infraestructura de Datos Espaciales de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
GESP-01-FR-06 V.1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-176 • 2025 • JULIO • 2 176 RESOLUCIÓN No.
0820 04-octubre-2024 Que, de conformidad con la revisión efectuada, la Subgerente de Talento Humano certificó que Diego Alejandro Perlaza Perlaza, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.032.480.049, reúne los requisitos que exige el cargo Auxiliar Administrativo, Código 407 Grado 06, ubicado en la Gerencia de Infraestructura de Datos Espaciales IDECA de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que en consecuencia es procedente, mediante el presente acto administrativo, realizar el nombramiento provisional del cargo Auxiliar Administrativo, Código 407 Grado 06, ubicado en la Gerencia de Infraestructura de Datos Espaciales IDECA de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que, en mérito de lo expuesto, este Despacho R E S U E L V E:
Artículo 1.
Nombrar en provisionalidad a Diego Alejandro Perlaza Perlaza, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.032.480.049, en el empleo en vacancia definitiva de Auxiliar Administrativo, Código 407 Grado 06, ubicado en la Gerencia de Infraestructura de Datos Espaciales IDECA de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, a partir de la fecha de posesión y hasta tanto este se provea mediante el sistema de mérito, sin que este nombramiento genere derechos de carrera administrativa, de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.
Parágrafo. De conformidad con el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 648 de 2017, antes de cumplirse el término
de duración del nombramiento provisional, el nominador por resolución motivada, podrá darlo por terminado.
Artículo 2.
Publicar el contenido de la presente resolución en el Registro Distrital a través de la Gerencia Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Artículo 3.
Publicar el contenido de la presente resolución en el Botón de Transparencia de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad.
Artículo 4.
Notificar el contenido de la presente resolución a Diego Alejandro Perlaza Perlaza, a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad, en los términos establecidos en el artículo 67 de la Ley 1437 de 2011.
GESP-01-FR-06 V.1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-177 • 2025 • JULIO • 2 177 RESOLUCIÓN No.
0820 04-octubre-2024 Parágrafo. La persona nombrada tendrá diez (10) días hábiles para manifestar si acepta o rechaza el nombramiento en el cargo y diez (10) días hábiles para tomar posesión de empleo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017.
Artículo 5.
Comunicar el contenido de la presente resolución a la Gerencia de Infraestructura de Datos Espaciales de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad.
Artículo 6.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE 04-octubre-2024 Dada en Bogotá D.C., a los OLGA LUCÍA LÓPEZ MORALES Directora Elaboró: Gloria Stella Pacheco Fonseca - Profesional Universitario -STH Revisó: Mónica Daniela Cortés Muñoz Profesional Especializado STH Gustavo Adolfo Forero Patiño Profesional Universitario Abogado STH Ennis Esther Jaramillo Morato Subgerente de Talento Humano Ximena del Pilar Rodríguez Cifuentes -Contratista Gerencia de Gestión Corporativa Jairo Andrés Revelo Molina Gerente de Gestión Corporativa GESP-01-FR-06 V.1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-178 • 2025 • JULIO • 2 178 RESOLUCIÓN No.
082104-octubre-2024 LA DIRECTORA DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL, En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 1 de la Ley 1960 de 2019, el artículo 2.2.5.3.3 del Decreto 1083 de 2015 y el artículo 16 del Acuerdo 004 de 2021 del Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital y, C O N S I D E R A N D O:
Que el artículo 2.2.5.3.3 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, establece que cuando no fuere posible proveerlas mediante enc Que de conformidad con el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el Decreto 648 de 2017, establece que nombramiento provisiona Que la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante Circular 003 de 2014, señaló que, en virtud del Auto del 5 de mayo de 2014, proferido por el Consejo de Estado, no se requerirá autorización para proveer transitoriamente los empleos de carrera a través de encargo o nombramiento en provisionalidad.
Que el Concepto 41431 de 2019 emitido el Departamento Administrativo de la Función Pública DAFP, frente a la prórroga de los nombramientos provisionales dispone que nombramientos provisionales actualmente se encuentra concebido para la vacancia definitiva hasta que se efectúe el nombramiento en período de prueba y en los casos de vacancia temporal hasta cuando finalice la situación administrativa que le dio origen a la misma, sin que la norma establezca prórroga para los eventos Que, en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, existe una vacante temporal en el empleo de Técnico Operativo, Código 314 Grado 03, ubicado en el Subgerencia de Información Física y Jurídica, cuyo titular es el servidor Rubén Darío Escobar Jaramillo identificado con la cédula de ciudadanía No. 80.374.634, quien actualmente se encuentra nombrado en encargo en el empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 02 de la Subgerencia de Información Física y Jurídica.
Que una vez surtida la publicación No. 23 del 12 de abril de 2024 para proveer mediante encargo el empleo en mención, ningún servidor de carrera administrativa manifestó interés en participar en el proceso de GESP-01-FR-06 V.1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-179 • 2025 • JULIO • 2 179 RESOLUCIÓN No.
082104-octubre-2024 encargo para el empleo Técnico Operativo, Código 314 Grado 03, ubicado en el Subgerencia de Información Física y Jurídica.
Que, de conformidad con la revisión efectuada, la Subgerente de Talento Humano certificó que Fredy Arnulfo Masmela Masmela, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.610.601, reúne los requisitos que exige el cargo Técnico Operativo, Código 314 Grado 03, ubicado en la Subgerencia de Información Física y Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que en consecuencia es procedente, mediante el presente acto administrativo, realizar el nombramiento provisional del cargo Técnico Operativo, Código 314 Grado 03, ubicado en la Subgerencia de Información Física y Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, mientras el titular del empleo finaliza el encargo en el empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 02 de la Subgerencia de Información Física y Jurídica.
Que, en mérito de lo expuesto, este Despacho R E S U E L V E:
Artículo 1.
Nombrar en provisionalidad a Fredy Arnulfo Masmela Masmela, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.610.601, en el empleo en vacancia temporal de Técnico Operativo, Código 314 Grado 03, ubicado actualmente en la Subgerencia de Información Física y Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, a partir de la fecha de posesión y hasta cuando finalice la situación administrativa que le dio origen a la misma.
Parágrafo. De conformidad con el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 648 de 2017, antes de cumplirse el término
de duración del nombramiento provisional, el nominador por resolución motivada, podrá darlo por terminado.
Artículo 2.
Publicar el contenido de la presente resolución en el Registro Distrital a través de la Gerencia Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Artículo 3.
Publicar el contenido de la presente resolución en el Botón de Transparencia de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad.
GESP-01-FR-06 V.1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-180 • 2025 • JULIO • 2 180 RESOLUCIÓN No.
04-octubre-2024 0821
Artículo 4.
Notificar el contenido de la presente resolución a Fredy Arnulfo Masmela Masmela, a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad, en los términos establecidos en el artículo 67 de la Ley 1437 de 2011.
Parágrafo. La persona nombrada tendrá diez (10) días hábiles para manifestar si acepta o rechaza el
nombramiento en el cargo y diez (10) días hábiles para tomar posesión de empleo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017.
Artículo 5.
Comunicar el contenido de la presente resolución a la Subgerencia de Información Física y Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad.
Artículo 6.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C., a los 04-octubre-2024 OLGA LUCÍA LÓPEZ MORALES Directora Elaboró: Gloria Stella Pacheco Fonseca - Profesional Universitario -STH Revisó: Mónica Daniela Cortés Muñoz Profesional Especializado STH Gustavo Adolfo Forero Patiño Profesional Universitario Abogado STH Ennis Esther Jaramillo Morato Subgerente de Talento Humano Ximena del Pilar Rodríguez Cifuentes -Contratista Gerencia de Gestión Corporativa Jairo Andrés Revelo Molina Gerente de Gestión Corporativa GESP-01-FR-06 V.1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-181 • 2025 • JULIO • 2 181 Z^K>h/MEEŽ͘ 0826 10-octubre-2024 “Por la cual se efectúa un ŶŽŵďƌĂŵŝĞŶƚŽƉƌŽǀŝƐŝŽŶĂůĞŶůĂƉůĂŶƚĂĚĞƉĞƌƐŽŶĂůĚĞůĂhŶŝĚĂĚĚŵŝŶŝƐƚƌĂƚŝǀĂ Especial de Catastro Distrital”
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10-octubre-2024 WĂƌĄŐƌĂĨŽ͘ >Ă ƉĞƌƐŽŶĂ ŶŽŵďƌĂĚĂ ƚĞŶĚƌĄ ĚŝĞnj ;ϭϬͿ ĚşĂƐ ŚĄďŝůĞƐ ƉĂƌĂ ŵĂŶŝĨĞƐƚĂƌ Ɛŝ ĂĐĞƉƚĂ Ž ƌĞĐŚĂnjĂ Ğů ŶŽŵďƌĂŵŝĞŶƚŽĞŶĞůĐĂƌŐŽLJĚŝĞnj;ϭϬͿĚşĂƐŚĄďŝůĞƐƉĂƌĂƚŽŵĂƌƉŽƐĞƐŝſŶĚĞĞŵƉůĞŽ͕ ĚĞĐŽŶĨŽƌŵŝĚĂĚĐŽŶůŽ ĚŝƐƉƵĞƐƚŽĞŶůŽƐĂƌƚşĐƵůŽƐϮ͘ Ϯ͘ ϱ͘ ϭ͘ ϲLJϮ͘ Ϯ͘ ϱ͘ ϭ͘ ϳĚĞůĞĐƌĞƚŽϭϬϴϯĚĞϮϬϭϱ͕ ŵŽĚŝĨŝĐĂĚŽƉŽƌĞůĂƌƚşĐƵůŽϭĚĞů ĞĐƌĞƚŽϲϰϴĚĞϮϬϭϳ͘ ƌƚşĐƵůŽϱ͘ ŽŵƵŶŝĐĂƌĞůĐŽŶƚĞŶŝĚŽĚĞůĂƉƌĞƐĞŶƚĞƌĞƐŽůƵĐŝſŶĂůĂ^ƵďŐĞƌĞŶĐŝĂĚĞ/ŶĨŽƌŵĂĐŝſŶĐŽŶſŵŝĐĂĚĞůĂ hŶŝĚĂĚĚŵŝŶŝƐƚƌĂƚŝǀĂƐƉĞĐŝĂůĚĞĂƚĂƐƚƌŽŝƐƚƌŝƚĂů͕ ĂƚƌĂǀĠƐĚĞůĂ^ƵďŐĞƌĞŶĐŝĂĚĞdĂůĞŶƚŽ,ƵŵĂŶŽĚĞůĂŵŝƐŵĂ hŶŝĚĂĚ͘ ƌƚşĐƵůŽϲ͘ >ĂƉƌĞƐĞŶƚĞƌĞƐŽůƵĐŝſŶƌŝŐĞĂƉĂƌƚŝƌĚĞůĂĨĞĐŚĂĚĞƐƵĞdžƉĞĚŝĐŝſŶ͘ Wh>1Yh^͕ EKd/&1Yh^͕ KDhE/Yh^zjDW>^͕ ĂĚĂĞŶŽŐŽƚĄ͘ ͕͘ ĂůŽƐ zEEzZK>/EZKK'MD ŝƌĞĐƚŽƌĂ;Ϳ ůĂďŽƌſ͗ 'ůŽƌŝĂ^ƚĞůůĂWĂĐŚĞĐŽ&ŽŶƐĞĐĂͲWƌŽĨĞƐŝŽŶĂůhŶŝǀĞƌƐŝƚĂƌŝŽͲ^d, ZĞǀŝƐſ͗ 'ƵƐƚĂǀŽĚŽůĨŽ&ŽƌĞƌŽWĂƚŝŹŽͲWƌŽĨĞƐŝŽŶĂůhŶŝǀĞƌƐŝƚĂƌŝŽ͕ ďŽŐĂĚŽ^d, DſŶŝĐĂĂŶŝĞůĂŽƌƚĠƐDƵŹŽnj–WƌŽĨĞƐŝŽŶĂůƐƉĞĐŝĂůŝnjĂĚŽ͕ ^d, yŝŵĞŶĂZŽĚƌşŐƵĞnjŝĨƵĞŶƚĞƐ–ŽŶƚƌĂƚŝƐƚĂ'ĞƌĞŶĐŝĂĚĞ'ĞƐƚŝſŶŽƌƉŽƌĂƚŝǀĂ:ĂŝƌŽŶĚƌĠƐZĞǀĞůŽDŽůŝŶĂ–'ĞƌĞŶƚĞĚĞ'ĞƐƚŝſŶŽƌƉŽƌĂƚŝǀĂ 'd,ͲϬϴͲϬϵͲ&ZͲϬϭ s͘ Ϯ REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-184 • 2025 • JULIO • 2 184 RESOLUCIÓN No.
0838 22-octubre-2024 se efectúan unos nombramientos en encargo en la planta de personal de la Unidad LA DIRECTORA DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 1 de la Ley 1960 de 2019, los artículos 2.2.5.3.1 y 2.2.5.3.3 del Decreto 1083 de 2015 y el artículo 16 del Acuerdo 004 de 2021 del Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital y, C O N S I D E R A N D O:
Que el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 1 de la Ley 1960 de 2019, dispone que mientras se surte el proceso de selección para proveer empleos de carrera administrativa, los empleados de carrera tendrán derecho a ser encargados de tales empleos si acreditan los requisitos, poseen las aptitudes y habilidades para su desempeño, no han sido sancionados disciplinariamente en el último año y su última evaluación del desempeño sea sobresaliente.
Que el artículo 2.2.5.4.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, dispone que los empleados públicos podrán ser encargados para asumir parcial o totalmente las funciones de empleos diferentes de aquellos para los cuales han sido nombrados, por ausencia temporal o definitiva del titular, desvinculándose o no de las propias de su cargo.
Que el artículo 2.2.5.2.2 del decreto ibidem, establece que la vacancia temporal de un empleo puede originarse cuando su titular se encuentre en vacaciones, licencia, permiso remunerado, comisión salvo en la de servicios al interior, encargo, separación de las funciones del empleo del cual es titular, suspensión en el ejercicio del cargo por decisión disciplinaria, fiscal o judicial, o en período de prueba en otro empleo de carrera.
Que el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017 dispuso frente a la provisión de las vacancias definitivas que: carrera vacante de manera definitiva podrá proveerse transitoriamente a través de las figuras del encargo o del nombramiento provisional, en los términos señalados en la Ley 909 de 2004 y en el Decreto-ley 760 de Que el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, establece que antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador por resolución motivada podrá darlos por terminados.
GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-185 • 2025 • JULIO • 2 185 RESOLUCIÓN No.
0838 22-octubre-2024 se efectúan unos nombramientos en encargo en la planta de personal de la Unidad Que la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante Circular 003 de 2014, señaló que, en virtud del Auto del 5 de mayo de 2014 proferido por el Consejo de Estado, no se requerirá autorización para proveer transitoriamente los empleos de carrera a través de encargo o nombramiento en provisionalidad.
Que, en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, existen las siguientes vacantes definitivas, las cuales tuvieron aviso de publicación para el otorgamiento de los encargos:
DENOMINACIÓN EMPLEO CÓDIGO GRADO UBICACIÓN PUBLICACIÓN FECHA DE PUBLICACIÓN Secretario Ejecutivo 425 09 Subgerencia Administrativa y Financiera 65 17 de septiembre de 2024 Profesional Especializado 222 08 Gerencia Comercial y de Atención al Ciudadano 71 17 de septiembre de 2024 Profesional Universitario 219 04 Subgerencia de Participación y Atención al Ciudadano 73 17 de septiembre de 2024 Que, en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, existen las siguientes vacantes temporales, cuyos titulares actualmente se encuentran nombrados en encargo o en periodo de prueba fuera de la entidad, por lo cual se procedió con el aviso de publicación para el otorgamiento de los encargos:
DENOMINACIÓN NOMBRE TITULAR EMPLEO CÓDIGO GRADO UBICACIÓN PUBLICACIÓN FECHA DE PUBLICACIÓN DEL EMPLEO IDENTIFICACIÓN Auxiliar Administrativo 407 07 Subgerencia de Participación y Atención al Ciudadano 67 17 de septiembre de 2024 Lady Lilian Moreno Calderón 52.365.156 Técnico Operativo 314 01 Subgerencia Administrativa y Financiera 70 17 de septiembre de 2024 David Felipe Novoa Dueñas 1.019.028.079 Profesional Especializado 222 08 Subgerencia Administrativa y Financiera 72 17 de septiembre de 2024 Enith Milena Ariza Rodriguez 52.840.508 Que teniendo en cuenta lo anterior, los siguientes servidores manifestaron interés en ser nombrados mediante encargo y actualmente se encuentran desempeñando sus empleos titulares:
NOMBRE IDENTIFICACIÓN DENOMINACIÓN EMPLEO TITULAR CÓDIGO GRADO UBICACIÓN Andres Nova Salinas 80.295.398 Auxiliar Administrativo 407 08 Subgerencia de Información Física y Jurídica Wilson Rodriguez Reyes 79.266.272 Técnico Operativo 314 01 Subgerencia de Participación y Atención al Ciudadano Andres Mauricio Rincón 91.510.918 Profesional Especializado 222 06 Subgerencia de Información Económica GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-186 • 2025 • JULIO • 2 186 RESOLUCIÓN No.
083822-octubre-2024 se efectúan unos nombramientos en encargo en la planta de personal de la Unidad Jaime Navarro Reyes 19.449.324 Profesional Especializado 222 06 Subgerencia de Información Económica Que los siguientes servidores manifestaron interés en ser nombrados mediante encargo y actualmente se encuentran nombrados en encargo:
NOMBRE IDENTIFICACIÓN DENOMINACIÓN EMPLEO CÓDIGO GRADO UBICACIÓN Camilo Andres Zarta Bautista 1.014.235.423 Auxiliar Administrativo 407 03 Subgerencia de Participación y Atención al Ciudadano Dina Luz Contreras Villamizar 60.264.779 Auxiliar Administrativo 407 08 Gerencia Comercial y de Atención al Ciudadano Que, una vez realizado el estudio de verificación de requisitos para el otorgamiento de los encargos, se determinó que los servidores mencionados con anterioridad, cumplen con los requisitos establecidos para ocupar los empleos señalados.
Que, por lo anterior, es procedente dar por terminados los siguientes nombramientos en encargo:
NOMBRE IDENTIFICACIÓN DENOMINACIÓN EMPLEO CÓDIGO GRADO UBICACIÓN Camilo Andres Zarta Bautista 1.014.235.423 Auxiliar Administrativo 407 03 Subgerencia de Participación y Atención al Ciudadano Dina Luz Contreras Villamizar 60.264.779 Auxiliar Administrativo 407 08 Gerencia Comercial y de Atención al Ciudadano Que, en consecuencia, es procedente nombrar con carácter de encargo a los siguientes servidores en los empleos señalados:
NOMBRE IDENTIFICACIÓN DENOMINACIÓN EMPLEO ENCARGO CÓDIGO GRADO UBICACIÓN Andres Mauricio Rincón 91.510.918 Profesional Especializado 222 08 Gerencia Comercial y de Atención al Ciudadano Jaime Navarro Reyes 19.449.324 Profesional Especializado 222 08 Subgerencia Administrativa y Financiera Wilson Rodriguez Reyes 79.266.272 Profesional Universitario 219 04 Subgerencia de Participación y Atención al Ciudadano Dina Luz Contreras Villamizar 60.264.779 Técnico Operativo 314 01 Subgerencia Administrativa y Financiera Andres Nova Salinas 80.295.398 Secretario Ejecutivo 425 09 Subgerencia Administrativa y Financiera GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-187 • 2025 • JULIO • 2 187 RESOLUCIÓN No.
0838 22-octubre-2024 se efectúan unos nombramientos en encargo en la planta de personal de la Unidad Camilo Andres Zarta Bautista 1.014.235.423 Auxiliar Administrativo 407 07 Subgerencia de Participación y Atención al Ciudadano Que en concordancia con lo anterior es necesario declarar la vacancia temporal de los siguientes empleos:
NOMBRE IDENTIFICACIÓN DENOMINACIÓN EMPLEO VACANCIA TEMPORAL CÓDIGO GRADO UBICACIÓN Andres Mauricio Rincón 91.510.918 Profesional Especializado 222 6 Subgerencia de Información Económica Jaime Navarro Reyes 19.449.324 Profesional Especializado 222 6 Subgerencia de Información Económica Wilson Rodriguez Reyes 79.266.272 Técnico Operativo 314 1 Subgerencia de Participación y Atención al Ciudadano Andres Nova Salinas 80.295.398 Auxiliar Administrativo 407 8 Subgerencia de Información Física y Jurídica Dina Luz Contreras Villamizar 60.264.779 Auxiliar de Servicios Generales 470 1 Subgerencia Administrativa y Financiera Que, en mérito de lo expuesto, este Despacho
RESUELVE:
Artículo 1.
Dar por terminado el nombramiento en encargo a los siguientes servidores:
NOMBRE IDENTIFICACIÓN DENOMINACIÓN EMPLEO CÓDIGO GRADO UBICACIÓN Camilo Andres Zarta Bautista 1.014.235.423 Auxiliar Administrativo 407 03 Subgerencia de Participación y Atención al Ciudadano Dina Luz Contreras Villamizar 60.264.779 Auxiliar Administrativo 407 08 Gerencia Comercial y de Atención al Ciudadano
Artículo 2.
Encargar a los siguientes servidores públicos, en los empleos que se señalan a continuación a partir de la fecha de su posesión y hasta cuando finalice la situación administrativa que le dio origen a la misma, en los casos que aplique:
NOMBRE IDENTIFICACIÓN DENOMINACIÓN EMPLEO ENCARGO CÓDIGO GRADO UBICACIÓN Andres Mauricio Rincón 91.510.918 Profesional Especializado 222 08 Gerencia Comercial y de Atención al Ciudadano Jaime Navarro Reyes 19.449.324 Profesional Especializado 222 08 Subgerencia Administrativa y Financiera Wilson Rodriguez Reyes 79.266.272 Profesional Universitario 219 04 Subgerencia de Participación y Atención al Ciudadano GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-188 • 2025 • JULIO • 2 188 RESOLUCIÓN No.
0838 22-octubre-2024 se efectúan unos nombramientos en encargo en la planta de personal de la Unidad Dina Luz Contreras Villamizar 60.264.779 Técnico Operativo 314 01 Subgerencia Administrativa y Financiera Andres Nova Salinas 80.295.398 Secretario Ejecutivo 425 09 Subgerencia Administrativa y Financiera Camilo Andres Zarta Bautista 1.014.235.423 Auxiliar Administrativo 407 07 Subgerencia de Participación y Atención al Ciudadano Parágrafo 1. El presente encargo comportará el ejercicio integral de las funciones atribuidas al empleo y la desvinculación transitoria de las funciones propias del empleo del que es titular el servidor encargado.
Parágrafo 2. Los servidores públicos encargados, deberán realizar entrega de las evidencias para la
evaluación parcial eventual de desempeño, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del Acuerdo 6176 de 2018, emitido por la Comisión Nacional del Servicio Civil, junto con la entrega de un informe detallado de la gestión al jefe inmediato con copia a la Subgerencia de Talento Humano, asuntos pendientes y en trámite a la fecha de otorgamiento del encargo, inventario de los bienes muebles y gestión documental asignada que tenga a su cargo, con ocasión a sus funciones.
Artículo 3.
Los servidores públicos encargados, tendrán derecho al reconocimiento de la diferencia salarial que corresponda a los empleos de los cuales están encargados, toda vez que no existe titular que perciba el salario del empleo y la entidad cuenta con la disponibilidad presupuestal para su reconocimiento y pago.
Artículo 4.
Declarar la vacancia temporal de los siguientes empleos por el término de duración de los encargos efectuados a los servidores públicos:
NOMBRE IDENTIFICACIÓN DENOMINACIÓN EMPLEO VACANCIA TEMPORAL CÓDIGO GRADO UBICACIÓN Andres Mauricio Rincón 91.510.918 Profesional Especializado 222 6 Subgerencia de Información Económica Jaime Navarro Reyes 19.449.324 Profesional Especializado 222 6 Subgerencia de Información Económica Wilson Rodriguez Reyes 79.266.272 Técnico Operativo 314 1 Subgerencia de Participación y Atención al Ciudadano Andres Nova Salinas 80.295.398 Auxiliar Administrativo 407 8 Subgerencia de Información Física y Jurídica
Artículo 5.
Publicar el contenido de la presente resolución en el Registro Distrital a través de la Gerencia Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-189 • 2025 • JULIO • 2 189 RESOLUCIÓN No.
22-octubre-2024 0838 se efectúan unos nombramientos en encargo en la planta de personal de la Unidad
Artículo 6.
Publicar el contenido de la presente resolución en el Botón de Transparencia de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad.
Artículo 7.
Notificar el contenido de la presente resolución a los servidores públicos encargados en el artículo 2 del presente acto administrativo, y comunicar a la Subgerencia Administrativa y Financiera, a la Subgerencia de Información Física y Jurídica, a la Subgerencia de Información Económica, a la Gerencia Comercial y de Atención al Ciudadano y a la Subgerencia de Participación y Atención al Ciudadano a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad.
Artículo 8.
Los efectos fiscales de la presente resolución rigen a partir de la fecha de posesión en el empleo.
Artículo 9.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y produce efectos a partir de su comunicación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE, 22-octubre-2024 Dado en Bogotá D.C, a los OLGA LUCÍA LÓPEZ MORALES Directora Elaboró: Gloria Stella Pacheco Fonseca - Profesional Universitario -STH Revisó: Mónica Daniela Cortés Muñoz Profesional Especializado STH Gustavo Adolfo Forero Patiño Profesional Universitario Abogado STH Ennis Esther Jaramillo Morato Subgerente de Talento Humano Ximena del Pilar Rodríguez Cifuentes -Contratista Gerencia de Gestión Corporativa Jairo Andrés Revelo Molina Gerente de Gestión Corporativa GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-190 • 2025 • JULIO • 2 190 RESOLUCIÓN No.
0888 05-noviembre-2024 Administrativa LA DIRECTORA DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 2.2.5.3.3 del Decreto 1083 de 2015 y el artículo 16 del Acuerdo 004 de 2021 del Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital y, C O N S I D E R A N D O:
Que el artículo 2.2.5.3.3 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, establece que vacantes temporales en empleos de carrera, podrán ser provistas mediante nombramiento provisional, cuando Que de conformidad con el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el Decreto 648 de 2017, establece que provisional, el nominador por resolución mo Que la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante Circular 003 de 2014, señaló que, en virtud del Auto del 5 de mayo de 2014, proferido por el Consejo de Estado, no se requerirá autorización para proveer transitoriamente los empleos de carrera a través de encargo o nombramiento en provisionalidad.
Que en Concepto 41431 de 2019 emitido el Departamento Administrativo de la Función Pública DAFP, frente a la prórroga de los nombramientos provisionales señala que: El término de duración de los nombramientos provisionales actualmente se encuentra concebido para la vacancia definitiva hasta que se efectúe el nombramiento en período de prueba y en los casos de vacancia temporal hasta cuando finalice la situación administrativa que le dio origen a la misma, sin que la norma establezca prórroga para los eventos Que, en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, existe una vacante temporal en el empleo de Auxiliar Administrativo, Código 407 Grado 02, ubicado en la Subgerencia de Talento Humano, cuyo titular es el servidor Camilo Andres Zarta Bautista, identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.014.235.423, quien actualmente se encuentra nombrado en encargo en el empleo Auxiliar Administrativo, Código 407 Grado 07 ubicado en la Subgerencia de Participación y Atención al Ciudadano.
Que una vez surtida la publicación No. 45 del 18 de julio de 2024 para proveer mediante encargo el empleo en mención, ningún servidor de carrera administrativa manifestó interés en participar en el proceso de encargo GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-191 • 2025 • JULIO • 2 191 RESOLUCIÓN No.
0888 05-noviembre-2024 Administrativa para el empleo de Auxiliar Administrativo, Código 407 Grado 02, ubicado en la Subgerencia de Talento Humano.
Que, de conformidad con la revisión efectuada, la Subgerente de Talento Humano certificó que Mariana Torres Jiménez, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.517.903, reúne los requisitos que exige el cargo Auxiliar Administrativo, Código 407 Grado 02, ubicado en la Subgerencia de Talento Humano de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que en consecuencia es procedente, mediante el presente acto administrativo, realizar el nombramiento provisional del cargo Auxiliar Administrativo, Código 407 Grado 02, ubicado en la Subgerencia de Talento Humano de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, mientras el titular del empleo finaliza el encargo en el empleo Auxiliar Administrativo, Código 407 Grado 07 ubicado en la Subgerencia de Participación y Atención al Ciudadano.
Que, en mérito de lo expuesto, este Despacho R E S U E L V E:
Artículo 1.
Nombrar en provisionalidad a Mariana Torres Jiménez, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.517.903, en el empleo en vacancia temporal de Auxiliar Administrativo, Código 407 Grado 02, ubicado en la Subgerencia de Talento Humano de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, a partir de la fecha de posesión y hasta cuando finalice la situación administrativa que le dio origen a la misma.
Parágrafo. De conformidad con el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 648 de 2017, antes de cumplirse el término de
duración del nombramiento provisional, el nominador por resolución motivada, podrá darlo por terminado.
Artículo 2.
Publicar el contenido de la presente resolución en el Registro Distrital a través de la Gerencia Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Artículo 3.
Publicar el contenido de la presente resolución en el Botón de Transparencia de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad.
Artículo 4.
Notificar el contenido de la presente resolución a Mariana Torres Jiménez, a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad, en los términos establecidos en el artículo 67 de la Ley 1437 de 2011.
GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-192 • 2025 • JULIO • 2 192 05-noviembre-2024 RESOLUCIÓN No.
0888 Administrativa Parágrafo. La persona nombrada tendrá diez (10) días hábiles para manifestar si acepta o rechaza el nombramiento en el cargo y diez (10) días hábiles para tomar posesión del empleo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017.
Artículo 5.
Comunicar el contenido de la presente resolución a la Subgerencia de Talento Humano de la Unidad Administrativa Especial de Catastro.
Artículo 6.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE, 05-noviembre-2024 Dada en Bogotá D.C., a los OLGA LUCÍA LÓPEZ MORALES Directora Elaboró: Gloria Stella Pacheco Fonseca - Profesional Universitario - STH Revisó: Gustavo Adolfo Forero Patiño - Profesional Universitario, Abogado STH Mónica Daniela Cortés Muñoz Profesional Especializado, STH Ennis Esther Jaramillo Morato Subgerente de Talento Humano Ximena Rodríguez Cifuentes Contratista Gerencia de Gestión Corporativa Jairo Andrés Revelo Molina Gerente de Gestión Corporativa GTH-08-09-FR-01 V. 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-193 • 2025 • JULIO • 2 193 RESOLUCIÓN No.
0913 18-noviembre-2024 Administrativa Especial LA DIRECTORA DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL, En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015 y el artículo 16 del Acuerdo 004 de 2021 del Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital y, C O N S I D E R A N D O:
Que el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017 dispuso frente a la provisión de las vacancias definitivas que: carrera vacante de manera definitiva podrá proveerse transitoriamente a través de las figuras del encargo o del nombramiento provisional, en los términos señalados en la Ley 909 de 2004 y en el Decreto-ley 760 de Que de conformidad con el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el Decreto 648 de 2017, establece que nombramiento provisional, el nominador por resolución mo Que la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante Circular 003 de 2014, señaló que, en virtud del Auto del 5 de mayo de 2014, proferido por el Consejo de Estado, no se requerirá autorización para proveer transitoriamente los empleos de carrera a través de encargo o nombramiento en provisionalidad.
Que el Concepto 41431 de 2019 emitido el Departamento Administrativo de la Función Pública DAFP, frente a la prórroga de los nombramientos provisionales dispone que El término de duración de los nombramientos provisionales actualmente se encuentra concebido para la vacancia definitiva hasta que se efectúe el nombramiento en período de prueba y en los casos de vacancia temporal hasta cuando finalice la situación administrativa que le dio origen a la misma, sin que la norma establezca prórroga para los eventos Que, en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, existe una vacante definitiva en el empleo de Profesional Universitario Código 219 Grado 01, ubicado en la Gerencia de Tecnología de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que una vez surtida la publicación No. 41 del 16 de abril de 2024, no pudo ser provisto mediante encargo el empleo de Profesional Universitario Código 219 Grado 01, ubicado en la Gerencia de Tecnología de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
GESP-01-FR-06 V.1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-194 • 2025 • JULIO • 2 194 RESOLUCIÓN No.
0913 18-noviembre-2024 Administrativa Especial Que, de conformidad con la revisión efectuada, la Subgerente de Talento Humano certificó que Edward Leonardo Gamba López, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.024.562.445, reúne los requisitos que exige el cargo Profesional Universitario Código 219 Grado 01, ubicado en la Gerencia de Tecnología de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que en consecuencia es procedente, mediante el presente acto administrativo, realizar el nombramiento provisional del cargo Profesional Universitario Código 219 Grado 01, ubicado en la Gerencia de Tecnología de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que, en mérito de lo expuesto, este Despacho R E S U E L V E:
Artículo 1.
Nombrar en provisionalidad a Edward Leonardo Gamba López, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.024.562.445, en el empleo en vacancia definitiva de Profesional Universitario Código 219 Grado 01, ubicado en la Gerencia de Tecnología de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, a partir de la fecha de posesión y hasta tanto este se provea mediante el sistema de mérito, sin que este nombramiento genere derechos de carrera administrativa, de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.
Parágrafo. De conformidad con el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 648 de 2017, antes de cumplirse el término
de duración del nombramiento provisional, el nominador por resolución motivada, podrá darlo por terminado.
Artículo 2.
Publicar el contenido de la presente resolución en el Registro Distrital a través de la Gerencia Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Artículo 3.
Publicar el contenido de la presente resolución en el Botón de Transparencia de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad.
Artículo 4.
Notificar el contenido de la presente resolución a Edward Leonardo Gamba López, a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad, en los términos establecidos en el artículo 67 de la Ley 1437 de 2011.
Parágrafo. La persona nombrada tendrá diez (10) días hábiles para manifestar si acepta o rechaza el
nombramiento en el cargo y diez (10) días hábiles para tomar posesión de empleo, de conformidad con lo GESP-01-FR-06 V.1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-195 • 2025 • JULIO • 2 195 18-noviembre-2024 RESOLUCIÓN No.
0913 Administrativa Especial dispuesto en los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017.
Artículo 5.
Comunicar el contenido de la presente resolución a la Gerencia de Tecnología de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad.
Artículo 6.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE 18-noviembre-2024 Dada en Bogotá D.C., a los OLGA LUCÍA LÓPEZ MORALES Directora Elaboró: Gloria Stella Pacheco Fonseca - Profesional Universitario -STH Revisó: Mónica Daniela Cortés Muñoz Profesional Especializado STH Gustavo Adolfo Forero Patiño Profesional Universitario Abogado STH Ennis Esther Jaramillo Morato Subgerente de Talento Humano Ximena del Pilar Rodríguez Cifuentes -Contratista Gerencia de Gestión Corporativa Jairo Andrés Revelo Molina Gerente de Gestión Corporativa GESP-01-FR-06 V.1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-196 • 2025 • JULIO • 2 196 RESOLUCIÓN No.
0978 19-diciembre-2024 LA DIRECTORA DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL, En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015 y el artículo 16 del Acuerdo 004 de 2021 del Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital y, C O N S I D E R A N D O:
Que el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, establece que proveerse transitoriamente a través de las figuras del encargo o del nombramiento provisional, en los términos señalados en la Ley 909 de 2004 y en el Decreto-ley 760 de 2005 o en las disposiciones que regulen Que de conformidad con el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el Decreto 648 de 2017, establece que es de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del Que la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante Circular 003 de 2014, señaló que, en virtud del Auto del 5 de mayo de 2014, proferido por el Consejo de Estado, no se requerirá autorización para proveer transitoriamente los empleos de carrera a través de encargo o nombramiento en provisionalidad.
Que el Concepto 41431 de 2019 emitido el Departamento Administrativo de la Función Pública DAFP, frente a la prórroga de los nombramientos provisionales dispone que nombramientos provisionales actualmente se encuentra concebido para la vacancia definitiva hasta que se efectúe el nombramiento en período de prueba y en los casos de vacancia temporal hasta cuando finalice la situación administrativa que le dio origen a la misma, sin que la norma establezca prórroga para los eventos Que, en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, existe una vacante definitiva en el empleo de Técnico Operativo Código 314 Grado 01, ubicado en la Observatorio Técnico Catastral de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que una vez surtida la publicación No. 48 del 18 de julio de 2024, no pudo ser provisto mediante encargo el empleo de Técnico Operativo Código 314 Grado 01, ubicado en el Observatorio Técnico Catastral de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
GESP-01-FR-06 V.1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-197 • 2025 • JULIO • 2 197 RESOLUCIÓN No.
0978 19-diciembre-2024 Que, de conformidad con la revisión efectuada, la Subgerente de Talento Humano certificó que Lisette Ximena Garzón Cárdenas, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.001.096.925, reúne los requisitos que exige el cargo Técnico Operativo Código 314 Grado 01, ubicado en la Observatorio Técnico Catastral de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que en consecuencia es procedente, mediante el presente acto administrativo, realizar el nombramiento provisional del cargo Técnico Operativo Código 314 Grado 01, ubicado en la Observatorio Técnico Catastral de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que, en mérito de lo expuesto, este Despacho R E S U E L V E:
Artículo 1.
Nombrar en provisionalidad a Lisette Ximena Garzón Cárdenas, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.001.096.925, en el empleo en vacancia definitiva de Técnico Operativo Código 314 Grado 01, ubicado en la Observatorio Técnico Catastral de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, a partir de la fecha de posesión y hasta tanto este se provea mediante el sistema de mérito, sin que este nombramiento genere derechos de carrera administrativa, de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.
Parágrafo. De conformidad con el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 648 de 2017, antes de cumplirse el término
de duración del nombramiento provisional, el nominador por resolución motivada, podrá darlo por terminado.
Artículo 2.
Publicar el contenido de la presente resolución en el Registro Distrital a través de la Gerencia Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Artículo 3.
Publicar el contenido de la presente resolución en el Botón de Transparencia de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad.
Artículo 4.
Notificar el contenido de la presente resolución a Lisette Ximena Garzón Cárdenas, a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad, en los términos establecidos en el artículo 67 de la Ley 1437 de 2011.
GESP-01-FR-06 V.1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-198 • 2025 • JULIO • 2 198 19-diciembre-2024 RESOLUCIÓN No.
0978 Parágrafo. La persona nombrada tendrá diez (10) días hábiles para manifestar si acepta o rechaza el nombramiento en el cargo y diez (10) días hábiles para tomar posesión de empleo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017.
Artículo 5.
Comunicar el contenido de la presente resolución al Observatorio Técnico Catastral de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad.
Artículo 6.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE 19-diciembre-2024 Dada en Bogotá D.C., a los OLGA LUCÍA LÓPEZ MORALES Directora Elaboró: Gloria Stella Pacheco Fonseca - Profesional Universitario -STH Revisó: Gustavo Adolfo Forero Patiño Profesional Universitario Abogado STH Mónica Daniela Cortés Muñoz Profesional Especializado STH Ennis Esther Jaramillo Morato Subgerente de Talento Humano Ximena del Pilar Rodríguez Cifuentes -Contratista Gerencia de Gestión Corporativa Jairo Andrés Revelo Molina Gerente de Gestión Corporativa GESP-01-FR-06 V.1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-199 • 2025 • JULIO • 2 199 RESOLUCIÓN No.
0979 19-diciembre-2024 encargo y se declara una vacancia temporal en la LA DIRECTORA DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 1 de la Ley 1960 de 2019, el artículo 2.2.5.4.7 del Decreto 1083 de 2015 y el artículo 16 del Acuerdo 004 de 2021 del Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital y, C O N S I D E R A N D O:
Que el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 1 de la Ley 1960 de 2019, dispone que mientras se surte el proceso de selección para proveer empleos de carrera administrativa, los empleados de carrera tendrán derecho a ser encargados de tales empleos si acreditan los requisitos, poseen las aptitudes y habilidades para su desempeño, no han sido sancionados disciplinariamente en el último año y su última evaluación del desempeño sea sobresaliente.
Que el artículo 2.2.5.4.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, dispone que los empleados públicos podrán ser encargados para asumir parcial o totalmente las funciones de empleos diferentes de aquellos para los cuales han sido nombrados, por ausencia temporal o definitiva del titular, desvinculándose o no de las propias de su cargo.
Que el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, establece que antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador por resolución motivada podrá darlos por terminados.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante Circular 003 de 2014, señaló que, en virtud del Auto del 5 de mayo de 2014 proferido por el Consejo de Estado, no se requerirá autorización para proveer transitoriamente los empleos de carrera a través de encargo o nombramiento en provisionalidad.
Que, en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, existe una vacante definitiva en el empleo de Profesional Universitario Código 219 Grado 04, ubicado actualmente en la Subgerencia de Talento Humano de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que teniendo en cuenta lo anterior, se procedió con el aviso de publicación para el otorgamiento de encargo No. 093 del 20 de noviembre de 2024, producto del cual la servidora Marisol Carina Lozano Lozano, identificada con la cédula de ciudadanía No. 52.717.436, titular del empleo Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 08, ubicado en la Subgerencia Administrativa y Financiera, manifestó interés en ser nombrada mediante encargo, en la vacante definitiva de Profesional Universitario Código 219 Grado 04, ubicado actualmente en la Subgerencia de Talento Humano.
GESP-01-FR-06 V.1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-200 • 2025 • JULIO • 2 200 RESOLUCIÓN No.
0979 19-diciembre-2024 encargo y se declara una vacancia temporal en la Que una vez realizado el estudio de verificación de requisitos para el otorgamiento del encargo No. 093 del 20 de noviembre de 2024, se determinó que la servidora Marisol Carina Lozano Lozano, identificada con la cédula de ciudadanía No. 52.717.436, cumple con los requisitos establecidos para ocupar el empleo de Profesional Universitario Código 219 Grado 04, ubicado actualmente en la Subgerencia de Talento Humano de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que en consecuencia, es procedente nombrar con carácter de encargo a la servidora Marisol Carina Lozano Lozano ya identificada, en el empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 04, ubicado actualmente en la Subgerencia de Talento Humano de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital y a su vez, declarar la vacancia temporal del empleo Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 08, ubicado en la Subgerencia Administrativa y Financiera de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que, en mérito de lo expuesto, este Despacho,
RESUELVE:
Artículo 1.
Encargar del empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 04, ubicado actualmente en la Subgerencia de Talento Humano de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, a la servidora Marisol Carina Lozano Lozano, identificada con la cédula de ciudadanía No. 52.717.436 quien es titular con derechos de carrera del empleo Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 08, ubicado en la Subgerencia Administrativa y Financiera, a partir de la fecha de su posesión y hasta cuando finalice la situación administrativa que le dio origen a la misma.
Parágrafo 1. El presente encargo comportará el ejercicio integral de las funciones atribuidas al empleo y la
desvinculación transitoria de las funciones propias del empleo del que es titular el servidor encargado.
Parágrafo 2. La servidora Marisol Carina Lozano Lozano, deberá realizar entrega de las evidencias para la
evaluación parcial eventual de desempeño, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del Acuerdo 6176 de 2018, emitido por la Comisión Nacional del Servicio Civil, junto con la entrega de un informe detallado de la gestión al jefe inmediato con copia a la Subgerencia de Talento Humano, asuntos pendientes y en trámite a la fecha de otorgamiento del encargo, inventario de los bienes muebles y gestión documental asignada que tenga a su cargo, con ocasión a sus funciones.
Artículo 2.
Reconocer a la servidora Marisol Carina Lozano Lozano, el pago de la diferencia salarial que corresponda al empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 04, ubicado en la Subgerencia de Talento Humano del cual es encargada, toda vez que no existe titular que perciba el salario del empleo y la entidad cuenta con la disponibilidad presupuestal para su reconocimiento y pago.
GESP-01-FR-06 V.1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-201 • 2025 • JULIO • 2 201 RESOLUCIÓN No.
19-diciembre-2024 0979 encargo y se declara una vacancia temporal en la
Artículo 3.
Declarar la vacancia temporal del empleo Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 08, ubicado en la Subgerencia Administrativa y Financiera de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, por el término de duración del encargo efectuado a la servidora Marisol Carina Lozano Lozano, identificada con la cédula de ciudadanía No. 52.717.436, en el empleo de Profesional Universitario Código 219 Grado 04, ubicado en la Subgerencia de Talento Humano de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Artículo 4.
Publicar el contenido de la presente resolución en el Registro Distrital a través de la Gerencia Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Artículo 5.
Publicar el contenido de la presente Resolución en el Botón de Transparencia de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad.
Artículo 6.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la servidora Marisol Carina Lozano Lozano y a la Subgerencia Administrativa y Financiera de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad.
Artículo 7.
Los efectos fiscales de la presente resolución rigen a partir de la posesión en el empleo.
Artículo 8.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y produce efectos a partir de su comunicación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE, Dado en Bogotá D.C, a los 19-diciembre-2024 OLGA LUCÍA LÓPEZ MORALES Directora Elaboró: Gloria Stella Pacheco Fonseca - Profesional Universitario -STH Revisó: Gustavo Adolfo Forero Patiño Profesional Universitario Abogado STH Mónica Daniela Cortés Muñoz Profesional Especializado STH Ennis Esther Jaramillo Morato Subgerente de Talento Humano - STH Ximena del Pilar Rodríguez Cifuentes -Contratista Gerencia de Gestión Corporativa Jairo Andrés Revelo Molina Gerente de Gestión Corporativa GESP-01-FR-06 V.1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8357 • PP. 1-202 • 2025 • JULIO • 2 202
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