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Registro Distrital 8344 de 2025

Registro Distrital 8344 de 2025 Nivel Distrital

Tipo
Registro Distrital
Número
8344
Año
2025
Fecha
12 de junio de 2025
Entidad
Nivel Distrital
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

5,5 ALCALDE MAYOR Carlos Fernando Galán Pachón REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 • No. 8344 - Pp 1 - 13 - 2025 • JUNIO • 12 CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Central RESOLUCIÓN 2025 SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL RESOLUCIÓN Nº 1437 “Por la cual se adopta la política y se designa el líder del Plan Estratégico de Seguridad Vial de la Secretaría Distrital de Integración Social”............................4 AÑO 59 NÚMERO 8344 12 • JUNIO • 2025 SECRETARÍA GENERAL ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL.

LA PUBLICACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS EN EL REGISTRO DISTRITAL SE REALIZA DE ACUERDO A LA LEY 1437 DEL 2011 EN SU ARTÍCULO 65 MODIFICADO POR LA LEY 2080 DE 2021 “POR LA CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO”.

CORREO: REGISTRODISTRITAL@ALCALDIABOGOTA.GOV.CO DIRECCIÓN: CALLE 11 SUR #1-60 ESTE - LA MARÍA - BOGOTÁ D.C.

TELÉFONO: 381 3000 EXT. 5010 - 5202 SUBDIRECTORA IMPRENTA DISTRITAL: CLAUDIA ELENA MEJÍA ACOSTA RESOLUCIÓN DE 2025 RESOLUCIÓN 1437 DEL 13 DE MAYO DE 2025 “Por la cual se adopta la política y se designa el líder del Plan Estratégico de Seguridad Vial de la Secretaría Distrital de Integración Social”.

EL SECRETARIO DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20250513-115843-e1b050-23539592 2025-05-13T20:58:05-05:00 - Pagina 1 de 10 En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 23 del Acuerdo 257 de 2006 y el literal a del artículo 9 del Decreto Distrital 607 de 2007 y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 24 de la Constitución Política, en concordancia con lo señalado en el artículo 1° de la Ley 1383 de 2010, dispone que todo colombiano tiene derecho a circular libremente por el territorio nacional, pero está sujeto a la intervención y reglamentación de las autoridades para garantizar la seguridad de los habitantes, especialmente peatones, personas en situación de discapacidad y conductores, para la preservación de un ambiente sano y la protección del uso común del espacio público.

Que el Congreso de la República de Colombia expidió la Ley 1503 de 2011 “Por la cual se promueve la formación de hábitos, comportamientos y conductas seguros en la vía y se dictan otras disposiciones” modificada por el artículo 110 del Decreto Ley 2106 de 2019 en relación con el diseño, implementación y verificación del Plan estratégico de Seguridad Vial que establece en el Artículo 12 lo siguiente:

“(…)

Artículo 110.

Diseño, implementación y verificación del plan estratégico de seguridad vial. El artículo 12 de la Ley 1503 de 2011 quedará así:

“ARTÍCULO 12. Diseño, implementación y verificación del Plan Estratégico de Seguridad Vial. Toda entidad, organización o empresa del sector público o privado, que cuente con una flota de vehículos automotores o no automotores superior a diez (10) unidades, o que contrate o administre personal de conductores, deberá diseñar e implementar un Plan Estratégico de Seguridad Vial en función de su misionalidad y tamaño, de acuerdo con la metodología expedida por el Ministerio de Transporte y articularlo con su Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SGSST.

En ningún caso el Plan Estratégico de Seguridad Vial requerirá aval para su implementación. Para tal efecto, deberá diseñar el Plan Estratégico de Seguridad Vial que contendrá como mínimo:

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8344 • PP. 1-4 • 2025 • JUNIO • 12 4 FOR-GJ-032 V2 Continuación de la Resolución 1437 del 13 de mayo de 2025 “Por la cual Por la cual se adopta la política y se designa el líder del Plan Estratégico de Seguridad Vial de la Secretaría Distrital de Integración Social “ Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20250513-115843-e1b050-23539592 2025-05-13T20:58:05-05:00 - Pagina 2 de 10

1. Diagnóstico y caracterización de los riesgos de seguridad vial de la empresa, asociados a la flota de vehículos o al personal de conductores.
2. Capacitaciones en seguridad vial a los trabajadores de su entidad organización o empresa independientemente del cargo o rol que desempeñe.
3. Compromisos claros del nivel directivo de la entidad organización o empresa orientados al cumplimiento de las acciones y estrategias en seguridad vial.
4. Actividades de inspección y mantenimiento periódico a los vehículos de la entidad organización o empresa incluidos los vehículos propios de los trabajadores puestos al servicio de la organización para el cumplimiento misional de su objeto o función. (…)”.

Que el artículo 2.3.2.3.2 del Decreto 1079 de 2015, Único Reglamentario del Sector Transporte, establece que las entidades, organizaciones o empresas del sector público o privado de las que trata el artículo 12 de la Ley 1503 de 2011, modificado por el artículo 110 del Decreto ley 2106 de 2019, deberán diseñar e implementar su Plan Estratégico de Seguridad Vial - PESV de acuerdo con su misionalidad y tamaño, así mismo deberán articularlo con su Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST), según lo establecido en la metodología de Diseño, Implementación y Verificación del Plan Estratégico de Seguridad Vial, que adopte el Ministerio de Transporte.

Que el Decreto 1072 del 26 de mayo de 2015, por medio del cual se expidió el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo, establece en el Libro 2, Parte 2, Titulo 4, Capitulo 6, las siguientes disposiciones del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo: “(…)

Artículo 2.

2.4.6.4. Sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo (SG-SST). El Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) consiste en el desarrollo de un proceso lógico y por etapas, basado en la mejora continua y que incluye la política, la organización, la planificación, la aplicación, la evaluación, la auditoría y las acciones de mejora con el objetivo de anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar la seguridad y la salud en el trabajo (…)”.

Que el artículo 32 de la Resolución 0312 de 2019 del Ministerio de Trabajo establece que todo empleador o contratante que se encuentre obligado a implementar un Plan Estratégico de Seguridad Vial, deberá articularlo con el Sistema de Gestión de SST.

Que el artículo 1° de la Ley 2050 de 2020 “Por medio de la cual se modifica y adiciona la ley 1503 de 2011 y se dictan otras disposiciones en seguridad vial y tránsito” estableció que la verificación de la implementación del Plan Estratégico de Seguridad Vial corresponderá a Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 Correo electrónico institucional: integracion@sdis.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8344 • PP. 1-5 • 2025 • JUNIO • 12 5 FOR-GJ-032 V2 Continuación de la Resolución 1437 del 13 de mayo de 2025 “Por la cual Por la cual se adopta la política y se designa el líder del Plan Estratégico de Seguridad Vial de la Secretaría Distrital de Integración Social “ Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20250513-115843-e1b050-23539592 2025-05-13T20:58:05-05:00 - Pagina 3 de 10 la Superintendencia de Transporte, los organismos de Tránsito o el Ministerio de Trabajo, quienes podrán, cada una en el marco de sus competencias, supervisar la implementación de los Planes Estratégicos de Seguridad Vial (PESV) y que las condiciones para efectuar la verificación serán establecidas en la Metodología que expida el Ministerio de Transporte en cumplimiento de lo establecido en el artículo 110 del Decreto ley 2106 de 2019 o la norma que la modifique, sustituya o derogue.

Que la Resolución 20223040040595 de 2022 expedida por el Ministerio de Transporte “Por la cual se adopta la metodología para el diseño, implementación y verificación de los Planes Estratégicos de Seguridad Vial y se dictan otras disposiciones” establece en su anexo técnico la metodología para el diseño e implementación del PESV a través de 4 fases denominadas de la siguiente manera. Fase 1: Planificación del PESV; Fase 2: Implementación y ejecución del PESV; Fase 3: Seguimiento por la organización; Fase 4: Mejora continua del PESV.

Que conforme a lo establecido en el Capítulo I. Metodología para el diseño e implementación del PESV de la citada Resolución, el diseño y la implementación del Plan estratégico de seguridad vial para las organizaciones se definirá de acuerdo con la misionalidad y tamaño de estas, por lo anterior y de acuerdo con la Tabla 1 denominada resumen grupos PESV en función de la misionalidad y tamaño de la organización, a la Secretaría Distrital de Integración Social le corresponde el nivel de diseño e implementación del PESV:Avanzado, ya que es una organización dedicada a una actividad diferente del transporte y tiene contratados los servicios de transporte a través flotas de vehículos automotores superior a (50) unidades y más de (50) conductores.

Que con el fin de dar cumplimiento al paso 1 y 3, de la fase 1 de planificación del PESV el nivel directivo de la Secretaría Distrital de Integración Social –SDIS- debe designar una persona con poder de decisión en los temas relacionados con los temas de gestión de la seguridad vial para que lídere el diseño y la implementación del PESV, por lo anterior se hace necesaria la designación a través de acto administrativo para dar cumplimiento a dicho requerimiento normativo y así mismo adoptar la política de seguridad vial con alcance sobre los desplazamientos laborales y los trayectos in itinere para todos sus colaboradores.

Que el Ministerio de Transporte por medio de la Resolución 202223040045295 del 4 de agosto de 2022, expidió la Resolución única compilatoria en materia de Transito del Ministerio de Transporte, el cual en el titulo 7 capítulo 2, artículos 7.2.1.,7.2.2.,7.2.3.,7.2.4., compiló las normas relacionadas con la metodología para el diseño, implementación y verificación de los planes estratégicos de seguridad vial.

Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 Correo electrónico institucional: integracion@sdis.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8344 • PP. 1-6 • 2025 • JUNIO • 12 6 FOR-GJ-032 V2 Continuación de la Resolución 1437 del 13 de mayo de 2025 “Por la cual Por la cual se adopta la política y se designa el líder del Plan Estratégico de Seguridad Vial de la Secretaría Distrital de Integración Social “ Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20250513-115843-e1b050-23539592 2025-05-13T20:58:05-05:00 - Pagina 4 de 10 Que mediante Resolución 2344 del 11 de octubre de 2023 la SDIS conformó el Comité de Seguridad Vial y Movilidad Sostenible el cual tiene como objeto apoyar el diseño, implementación, seguimiento y mejora del Plan Estratégico de Seguridad Vial y del Plan Integral de Movilidad Sostenible, influenciando y promoviendo en la entidad la formación de hábitos, comportamientos y conductas seguras en la vía.

Que los miembros del Comité de Seguridad Vial y Movilidad Sostenible en sesión realizada el 28 de marzo de 2025 revisaron y aprobaron el proyecto de Política institucional de Seguridad Vial para la SDIS. Así mismo, aprobaron la designación de la persona que ocupe el cargo de Subdirector(a) Administrativo(a) y Financiero(a) como líder del Plan Estratégico de Seguridad Vial de la entidad.

RESUELVE:

Artículo 1.

ADOPCIÓN DE LA POLÍTICA DE SEGURIDAD VIAL. Adoptar la política de seguridad vial y los objetivos del plan estratégico de seguridad vial de la Secretaría Distrital de Integración Social –SDIS-.

Artículo 2.

AMBITO DE APLICACIÓN. La presente resolución aplica a todos los servidores públicos y contratistas de la Secretaría Distrital de Integración Social quienes, en cumplimiento de sus funciones o de sus obligaciones, actúan en calidad de actores viales ya sea como peatones, pasajeros, acompañantes o conductores, involucrando de esta manera a todos los actores viales y fomentando la conciencia vial y la cultura de la movilidad segura.

Artículo 3.

POLÍTICA DE SEGURIDAD VIAL. La Secretaría Distrital de Integración Social -SDIS-, como entidad líder en la ciudad de Bogotá de la promoción de derechos, la inclusión social y la garantía de servicios a poblaciones en condición de vulnerabilidad, reafirma su compromiso con la seguridad vial de todos los actores.

Consciente del impacto que la movilidad segura tiene en la prestación eficiente y oportuna de los servicios sociales, la SDIS trabaja para reducir la probabilidad de ocurrencia de siniestros viales en los desplazamientos realizados en el marco de sus actividades misionales y de apoyo a la gestión. Los siniestros viales pueden comprometer la integridad física, mental y social de servidores públicos, contratistas y beneficiarios, así como afectar a la comunidad, la propiedad y el medio ambiente.

Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 Correo electrónico institucional: integracion@sdis.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8344 • PP. 1-7 • 2025 • JUNIO • 12 7 FOR-GJ-032 V2 Continuación de la Resolución 1437 del 13 de mayo de 2025 “Por la cual Por la cual se adopta la política y se designa el líder del Plan Estratégico de Seguridad Vial de la Secretaría Distrital de Integración Social “ Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20250513-115843-e1b050-23539592 2025-05-13T20:58:05-05:00 - Pagina 5 de 10 Para ello se garantiza la asignación de los recursos necesarios para la planificación, implementación, seguimiento y mejora continua del Plan Estratégico de Seguridad Vial (PESV), asegurando el cumplimiento de la normatividad vigente la materia. Asimismo, la SDIS promueve la formación de hábitos y comportamientos seguros en la vía mediante estrategias de sensibilización, prevención, control y mitigación de riesgos viales. A través de estas acciones, se busca fortalecer la cultura de movilidad segura y sostenible, en concordancia con e l Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) y con principios de equidad, accesibilidad y bienestar social que rigen la entidad.

Con este compromiso, la SDIS reitera su responsabilidad con la protección de la vida, la integridad y la seguridad de todas las personas que interactúan con sus servicios, contribuyendo a una movilidad más segura y consciente en la ciudad.

Artículo 4.

COMPROMISO. Todas las dependencias de la SDIS tienen el compromiso de adelantar las gestiones requeridas para el cumplimiento de las actividades, los objetivos y metas del plan estratégico de seguridad vial, así como la participación de los funcionarios y contratistas en las actividades de diagnóstico y sensibilización en seguridad vial, el reporte de los actos o condiciones inseguras y siniestros viales y de todos que se presenten durante el uso del servicio de transporte contratado por la SDIS.

Artículo 5.

RESPONSABILIDADES FRENTE AL PLAN ESTRATÉGICO DE SEGURIDAD VIAL. Todos los servidores públicos, contratistas y demás colaboradores de la SDIS son responsables de dar cumplimiento a la Política de Seguridad Vial, de participar en las actividades de sensibilización que se adelanten con el fin de promover buenas prácticas en la vía, la conciencia y cultura de movilidad segura, y de reportar los actos y/o condiciones inseguras, así como los siniestros viales, que se presenten durante los desplazamientos realizados en el servicio de transporte contratado por la entidad.

Artículo 6.

DESIGNACIÓN LIDER DEL PLAN ESTRATÉGICO DE SEGURIDAD VIAL. El líder del diseño e implementación del Plan Estratégico de Seguridad Vial será la persona que ocupe el cargo de Subdirector(a) Administrativo(a) y Financiero(a), de la SDIS.

Artículo 7.

DIVULGACIÓN DE LA POLÍTICA. Para garantizar la accesibilidad a la consulta del presente acto administrativo este deberá ser publicado en la página Web de la SDIS, igualmente socializado a todos los funcionarios y contratistas de la Entidad.

Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 Correo electrónico institucional: integracion@sdis.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8344 • PP. 1-8 • 2025 • JUNIO • 12 8 FOR-GJ-032 V2 Continuación de la Resolución 1437 del 13 de mayo de 2025 “Por la cual Por la cual se adopta la política y se designa el líder del Plan Estratégico de Seguridad Vial de la Secretaría Distrital de Integración Social “ Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20250513-115843-e1b050-23539592 2025-05-13T20:58:05-05:00 - Pagina 6 de 10

Artículo 8.

MODIFICACIÓN Y/O REVISIÓN. La Política y los objetivos del plan estratégico de seguridad vial de la SDIS podrán ser modificados teniendo en cuenta el avance en el nivel de implementación del PESV o cambios normativos. En caso de no presentarse modificaciones la Política de Seguridad Vial deberá ser revisada como mínimo cada tres (3) años.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los trece (13) días del mes de mayo de dos mil veinticinco (2025).

ROBERTO ÁNGULO SALAZAR Secretario Distrital de Integración Social Proyectó: Yudy Milena Mosquera Peña – Profesional Subdirección Administrativa y Financiera Revisó: Oscar Enrique Polo Meza - Asesor Apoyo Logístico Subdirección Administrativa y Financiera Gloria Matilde Torres Cruz – Subdirectora Administrativa y Financiera Aprobó: Ana María Araujo Castro - Subdirectora de Gestión y Desarrollo del Talento Humano (E)

Johnny Edward Padilla Ariza - Subdirector de Plantas Físicas Laura Alejandra Contreras Salazar – Jefe Oficina Jurídica María Camila Diaz Marín - Directora de Gestión Corporativa Lina María Sánchez Romero - Subsecretaria de Gestión Institucional Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 Correo electrónico institucional: integracion@sdis.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8344 • PP. 1-9 • 2025 • JUNIO • 12 9 REGISTRO DE FIRMAS ELECTRONICAS RESOLUCION POLITICA Y DESIGNACION RESPONSABLE PESV SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL gestionado por: azsign.com.co Id Acuerdo: 20250513-115843-e1b050-23539592 Creación: 2025-05-13 11:58:43 Escanee el código Estado: Finalizado Finalización: 2025-05-13 20:58:03 para verificación Aprobación: Subdirectora de Gestión y Desarrollo del Talento Humano (E)

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20250513-115843-e1b050-23539592 2025-05-13T20:58:05-05:00 - Pagina 7 de 10 ANA MARIA ARAUJO CASTRO 39692820 aaraujoc@sdis.gov.co SUBDIRECTORA DE TALENTO HUMANO SECRETARIA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL Revisión: Subdirectora Administrativa y Financiera Gloria Matilde Torres Cruz 52202939 gtorresc@sdis.gov.co Subdirectora Administrativa y Financiera Secretaria Distrital de Integración Social Revisión: Asesor Apoyo Logístico Subdirección Administrativa y Financiera Oscar Enrique Polo Meza 1079912534 opolo@sdis.gov.co Asesor apoyo logístico Sdis Elaboración: Contratista Subdirección Administrativa y Financiera Yudy Milena Mosquera Peña 1030559092 ymmosquerap@sdis.gov.co Contratista REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8344 • PP. 1-10 • 2025 • JUNIO • 12 10 REGISTRO DE FIRMAS ELECTRONICAS RESOLUCION POLITICA Y DESIGNACION RESPONSABLE PESV SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL gestionado por: azsign.com.co Id Acuerdo: 20250513-115843-e1b050-23539592 Creación: 2025-05-13 11:58:43 Escanee el código Estado: Finalizado Finalización: 2025-05-13 20:58:03 para verificación Aprobación: Subsecretaria de Gestión Institucional Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20250513-115843-e1b050-23539592 2025-05-13T20:58:05-05:00 - Pagina 8 de 10 Lina María Sánchez Romero 64696062 lsanchezr@sdis.gov.co Subsecretaria de Gestión Institucional Secretaría Distrital de Integración Social Aprobación: Directora de Gestión Corporativa maria camila diaz marin 1030562523 mcdiazm@sdis.gov.co Aprobación: Jefe Oficina Jurídica LAURA ALEJANDRA CONTRERAS SALAZAR 1032366278 lcontrerass@sdis.gov.co JEFE OFICINA JURÍDICA SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL Aprobación: Subdirector de Plantas Físicas JOHNNY EDWARD PADILLA ARIZA 79541315 jepadillaa@sdis.gov.co Subdirector De Plantas Físicas Secretaria De Integración Social REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8344 • PP. 1-11 • 2025 • JUNIO • 12 11 REGISTRO DE FIRMAS ELECTRONICAS RESOLUCION POLITICA Y DESIGNACION RESPONSABLE PESV SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL gestionado por: azsign.com.co Id Acuerdo: 20250513-115843-e1b050-23539592 Creación: 2025-05-13 11:58:43 Escanee el código Estado: Finalizado Finalización: 2025-05-13 20:58:03 para verificación Firma: SECRETARIO DE DESPACHO Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20250513-115843-e1b050-23539592 2025-05-13T20:58:05-05:00 - Pagina 9 de 10 Roberto Angulo Salazar 80060611 rangulo@sdis.gov.co Secretario de Despacho Secretaría Distrital de Integración Social REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8344 • PP. 1-12 • 2025 • JUNIO • 12 12 REPORTE DE TRAZABILIDAD RESOLUCION POLITICA Y DESIGNACION RESPONSABLE PESV SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL gestionado por: azsign.com.co Id Acuerdo: 20250513-115843-e1b050-23539592 Creación: 2025-05-13 11:58:43 Escanee el código Estado: Finalizado Finalización: 2025-05-13 20:58:03 para verificación TRAMITE PARTICIPANTE ESTADO ENVIO, LECTURA Y RESPUESTA Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20250513-115843-e1b050-23539592 2025-05-13T20:58:05-05:00 - Pagina 10 de 10 Yudy Milena Mosquera Peña ymmosquerap@sdis.gov.co Env.: 2025-05-13 11:58:52 Lec.: 2025-05-13 12:00:30 Elaboración Contratista Aprobado Res.: 2025-05-13 12:00:45 IP Res.: 191.156.48.73 Oscar Enrique Polo Meza Env.: 2025-05-13 12:00:45 opolo@sdis.gov.co Lec.: 2025-05-13 12:02:25 Revisión Aprobado Asesor apoyo logístico Res.: 2025-05-13 12:02:35 Sdis IP Res.: 190.27.225.68 Gloria Matilde Torres Cruz Env.: 2025-05-13 12:02:35 gtorresc@sdis.gov.co Lec.: 2025-05-13 12:07:53 Revisión Aprobado Subdirectora Administrativa y Financiera Res.: 2025-05-13 12:07:56 Secretaria Distrital de Integración Social IP Res.: 186.81.59.44 ANA MARIA ARAUJO CASTRO Env.: 2025-05-13 12:07:56 aaraujoc@sdis.gov.co Lec.: 2025-05-13 12:31:45 Aprobación Aprobado SUBDIRECTORA DE TALENTO HUMANO Res.: 2025-05-13 12:33:14 SECRETARIA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL IP Res.: 190.27.225.68 JOHNNY EDWARD PADILLA ARIZA Env.: 2025-05-13 12:33:14 jepadillaa@sdis.gov.co Lec.: 2025-05-13 15:11:58 Aprobación Aprobado Subdirector De Plantas Físicas Res.: 2025-05-13 15:12:01 Secretaria De Integración Social IP Res.: 181.69.185.56 LAURA ALEJANDRA CONTRERAS SALAZAR Env.: 2025-05-13 15:12:01 Aprobación Aprobado lcontrerass@sdis.gov.co JEFE OFICINA JURÍDICA SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL Lec.: 2025-05-13 16:38:51 Res.: 2025-05-13 16:39:05 IP Res.: 186.102.94.98 maria camila diaz marin Env.: 2025-05-13 16:39:05 Aprobación mcdiazm@sdis.gov.co Aprobado Lec.: 2025-05-13 17:01:02 Res.: 2025-05-13 17:01:05 IP Res.: 190.27.225.68 Aprobación Aprobado Lina María Sánchez Romero lsanchezr@sdis.gov.co Subsecretaria de Gestión Institucional Env.: 2025-05-13 17:01:05 Lec.: 2025-05-13 18:42:16 Res.: 2025-05-13 18:42:47 Secretaría Distrital de Integración Social IP Res.: 190.27.225.68 Env.: 2025-05-13 18:42:47 Lec.: 2025-05-13 20:57:59 Firma Aprobado Roberto Angulo Salazar rangulo@sdis.gov.co Secretario de Despacho Secretaría Distrital de Integración Social Res.: 2025-05-13 20:58:03 IP Res.: 191.156.60.96 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8344 • PP. 1-13 • 2025 • JUNIO • 12 13

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