Registro Distrital 8311 de 2025
Registro Distrital 8311 de 2025 Nivel Distrital
- Tipo
- Registro Distrital
- Número
- 8311
- Año
- 2025
- Fecha
- 25 de abril de 2025
- Entidad
- Nivel Distrital
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
5,5 ALCALDE MAYOR Carlos Fernando Galán Pachón REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 • No. 8311 - Pp 1 - 13 - 2025 • ABRIL • 25 CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Descentralizado ACUERDO 2025 AGENCIA DISTRITAL PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR, LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA “ATENEA” - CONSEJO DIRECTIVO ACUERDO Nº 07 Por medio del cual se modifica el Acuerdo 02 del 19 de marzo de 2025 “Por medio del cual se autoriza la solicitud de vigencias futuras ordinarias ante el CONFIS Distrital, con declaratoria de importancia estratégica, en gastos de inversión para los años comprendidos entre el 2026 y el 2030 para garantizar los recursos de la tercera convocatoria del programa Jóvenes a la E y la implementación de estrategias de financiación de largo plazo”...........................4 Sector Local DECRETOS LOCALES 2025 ALCALDÍA LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE DECRETO LOCAL Nº 004 “Por el cual se ajusta el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe para la vigencia fiscal 2025”................6 DECRETO LOCAL Nº 005 “Por el cual se ajusta el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe para la vigencia fiscal 2025”.................9 ALCALDÍA LOCAL DE TUNJUELITO DECRETO LOCAL Nº 006 “Por el cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Tunjuelito”............................................................................................11 AÑO 59 NÚMERO 8311 25 • ABRIL • 2025 SECRETARÍA GENERAL ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL.
LA PUBLICACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS EN EL REGISTRO DISTRITAL SE REALIZA DE ACUERDO A LA LEY 1437 DEL 2011 EN SU ARTÍCULO 65 MODIFICADO POR LA LEY 2080 DE 2021 “POR LA CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO”.
CORREO: REGISTRODISTRITAL@ALCALDIABOGOTA.GOV.CO DIRECCIÓN: CALLE 11 SUR #1-60 ESTE - LA MARÍA - BOGOTÁ D.C.
TELÉFONO: 381 3000 EXT. 5010 - 5202 SUBDIRECTORA IMPRENTA DISTRITAL: CLAUDIA ELENA MEJÍA ACOSTA ACUERDO DE 2025 Página 1 de 2 Acuerdo 07 de 2025 (24 de abril)
Por medio del cual se modifica el Acuerdo 02 del 19 de marzo de 2025 “Por medio del cual se autoriza la solicitud de vigencias futuras ordinarias ante el CONFIS Distrital, con declaratoria de importancia estratégica, en gastos de inversión para los años comprendidos entre el 2026 y el 2030 para garantizar los recursos de la tercera convocatoria del programa Jóvenes a la E y la implementación de estrategias de financiación de largo plazo”
El Consejo Directivo de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea”
En ejercicio de las facultades legales que confiere la Ley 819 de 2003 y el artículo 19 del Decreto Distrital 192 de 2021, modificado por el artículo 1 del Decreto Distrital 356 de 2022, el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 10 del Decreto Distrital 273 de 2020 y
CONSIDERANDO:
Que mediante Acuerdo 02 del 19 de marzo de 2025, el Consejo Directivo de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología -Atenea autorizó solicitar vigencias futuras ordinarias con declaratoria de importancia estratégica, en gastos de inversión del proyecto 025_8122 “Fortalecimiento e implementación de estrategias de acceso y permanencia en programas de educación posmedia pertinentes y acordes con las demandas Sociales y productivas de Bogotá D.C.”, programa presupuestal O23011722022024020501063, posición presupuestal O232020200992512 "Servicios de educación superior nivel pregrado universitaria", Fondo 1-100- F039 VA-Crédito, para los años comprendidos entre el 2026 y el 2030, con el fin de implementar la tercera convocatoria del programa Jóvenes a la E superior en colaboración con instituciones públicas y privadas y las estrategias de financiamiento de largo plazo para el acceso a la educación superior por CIENTO SETENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SEIS MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL NOVENTA Y SIETE PESOS M/CTE ($176.596.264.097) a precios corrientes, que corresponde a CIENTO SESENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS VEINTIOCHO MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS VEINTISÉIS PESOS M/CTE ($ 164.328.552.926) a precios constantes del año 2025 Que esta Agencia en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2 del Acuerdo 02 del 19 de marzo de 2025, realizó la solicitud de “autorización de vigencias futuras ordinarias” ante la Secretaría Técnica del CONFIS radicada con registro 2025ER095034O1 del 11 de abril 2025, con copia a la Secretaría Distrital de Hacienda, que es la entidad que emite concepto para continuar el trámite de “aprobación del cupo” en las sesiones del CONFIS.
Que en el espacio técnico sostenido con la Dirección de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda el día 22 de abril de la anualidad, se determinó que se requiere no enunciar la fuente presupuestal (Fondo 1-100-F039 VA-Crédito) en la solicitud de vigencia futura, la cual debe quedar sin esta especificación dentro del Acuerdo.
Que por lo anterior, se requiere dar un alcance a la solicitud de la vigencia futura radicada ante el CONFIS y modificar el artículo 1 del Acuerdo 02 del 19 de marzo de 2025, en el sentido de eliminar la fuente (Fondo 1-100-F039 VA-Crédito) que se enuncia en el mismo.
Que en sesión asincrónica extraordinaria del Consejo Directivo llevada a cabo el 24 de abril de 2025 se aprobó la modificación del artículo 1 del Acuerdo 02 del 19 de marzo de 2025.
Que, en mérito de lo expuesto,
ACUERDAN:
Artículo primero.
Modificar el artículo primero del Acuerdo 04 del 19 de marzo de 2025, el cual quedará en los siguientes términos:
“ARTÍCULO PRIMERO: Autorizar a la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología - Atenea para solicitar vigencias futuras ordinarias con declaratoria de importancia estratégica, en gastos de inversión del proyecto 8122 “Fortalecimiento e Cra 10 # 28-49. Torre A, piso 26. Bogotá D.C. – Colombia (601) 666 0006 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8311 • PP. 1-4 • 2025 • ABRIL • 25 4 Página 2 de 2 Acuerdo 07 de 2025 (24 de abril)
Por medio del cual se modifica el Acuerdo 02 del 19 de marzo de 2025 “Por medio del cual se autoriza la solicitud de vigencias futuras ordinarias ante el CONFIS Distrital, con declaratoria de importancia estratégica, en gastos de inversión para los años comprendidos entre el 2026 y el 2030 para garantizar los recursos de la tercera convocatoria del programa Jóvenes a la E y la implementación de estrategias de financiación de largo plazo” implementación de estrategias de acceso y permanencia en programas de educación posmedia pertinentes y acordes con las demandas sociales y productivas de Bogotá D.C.”, programa presupuestal 023011722022024020501063, posición presupuestal Q232020200992512 “Servicios de educación superior nivel pregrado universitaria” para los años comprendidos entre el 2026 y el 2030, con el fin de implementar la tercera convocatoria del programa Jóvenes a la E superior en colaboración con instituciones públicas y privadas y las estrategias de financiamiento de largo plazo para el acceso a la educación superior por CIENTO SETENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SEIS MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL NOVENTA Y SIETE PESOS M/CTE ($176.596.264.097) a precios corrientes, que corresponde a CIENTO SESENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS VEINTIOCHO MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS VEINTISÉIS PESOS M/CTE ($ 164.328.552.926) a precios constantes del año 2025.
Artículo segundo.
Las demás disposiciones contenidas en la Acuerdo 02 del 19 de marzo de 2025, continúan vigentes
Artículo tercero.
El presente Acuerdo rige a partir de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado digitalmente por ISABEL SEGOVIA OSPINA Fecha: 2025.04.24 16:03:18 -05'00' VICTOR JAVIER SAAVEDRA MERCADO ISABEL SEGOVIA OSPINA Firmado digitalmente por VICTOR JAVIER SAAVEDRA MERCADO VÍCTOR JAVIER SAAVEDRA MERCADO Secretario Técnico Consejo Directivo Dado en Bogotá D.C., a los 24 días del mes de abril de 2025 ISABEL SEGOVIA OSPINA Presidenta Consejo Directivo Cra 10 # 28-49. Torre A, piso 26. Bogotá D.C. – Colombia (601) 666 0006 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8311 • PP. 1-5 • 2025 • ABRIL • 25 5 DECRETOS LOCALES DE 2025 Página 1 de 3 DECRETO LOCAL No. 004 Del 23 de abril de 2025 “Por el cual se ajusta el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe para la vigencia fiscal 2025”.
LA ALCALDESA LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto 158 de 2025, y C O N S I D E R A N D O:
Que el Decreto 158 de 2025 en su Artículo 40 Ajuste por Cierre Presupuestal. Los FDL efectuarán el ajuste al presupuesto de la vigencia en curso de acuerdo con las cifras resultantes del cierre presupuestal y financiero de la vigencia fiscal inmediatamente anterior.
El alcalde local por decreto incrementará o reducirá el monto de Obligaciones por Pagar presupuestadas hasta equipararlas al monto real constituido al cierre de la vigencia fiscal inmediatamente anterior, siempre y cuando no supere los montos aprobados por la JAL. Si es necesario aumentar el valor presupuestado de las mismas se efectuará un traslado de la inversión directa, en caso contrario se disminuirá el sobrante por decreto local.
Para la expedición del decreto de ajuste deberá contar con la viabilidad de la Secretaría Distrital de Planeación y de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, quienes para el efecto consultarán el listado de Obligaciones por Pagar.
Que en la Resolución No. SDH – 000191 del 2017, en el numeral 4.4 sobre el Ajuste por Cierre Presupuestal se indica el procedimiento para el ajuste en mención.
Que mediante comunicación No 2-2025-16708 SDP del 25 de marzo de 2025 la Secretaría Distrital de Planeación emitió concepto favorable para realizar el ajuste a las Obligaciones por Pagar de Inversión del Presupuesto 2025 del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe.
Que mediante comunicación No. 2025EE147097O1 del 22 de abril de 2025 la Directora Distrital de Presupuesto, emitió concepto favorable para efectuar el Ajuste de las Obligaciones por Pagar programadas en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento e Inversión de la vigencia 2025 GDI - GPD – F0106 Versión: 04 Vigencia: 02 de enero 2020 Alcaldía Local de Rafael Uribe Calle 32 No. 23 - 62 sur Código Postal: 111811 Tel. 3660007 Información Línea 195 www.rafaeluribe.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8311 • PP. 1-6 • 2025 • ABRIL • 25 6 Página 2 de 3 del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, de conformidad con los incisos primero y segundo del artículo 10 del Decreto 192 de 2021, y teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 31 del Decreto 470 de 2024, y 40 del Decreto 158 de 2025, considerando que el FDL efectuó los estudios técnicos, legales y financieros exigidos para realizar el traslado presupuestal.
Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°.
Ajustar el presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe para la vigencia fiscal 2025, conforme al siguiente detalle:
CÓDIGO PRESUPUESTAL CONCEPTO REDUCIR AUMENTAR O2 GASTOS 22.031.986.036 O21 FUNCIONAMIENTO 840.455.310 O2190 Obligaciones por pagar funcionamiento 840.455.310 O219001 798.974.786 Obligaciones por Pagar Funcionamiento Vigencia Anterior O219002 Obligaciones por Pagar Funcionamiento Otras Vigencias 41.480.524 O23 INVERSION 21.191.530.726 O2306 Obligaciones por Pagar 21.191.530.726 O230689 Obligaciones por pagar Inversión vigencia anterior 16.264.481.137 O230690 Obligaciones por pagar Inversión vigencias anteriores 4.927.049.589 O4 Disponibilidad Final 22.031.986.036 TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL 22.031.986.036 22.031.986.036 GDI - GPD – F0106 Versión: 04 Vigencia: 02 de enero 2020 Alcaldía Local de Rafael Uribe Calle 32 No. 23 - 62 sur Código Postal: 111811 Tel. 3660007 Información Línea 195 www.rafaeluribe.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8311 • PP. 1-7 • 2025 • ABRIL • 25 7 Página 3 de 3
Artículo 2°.
El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá D. C, a los veintitrés (23) días del mes de abril de dos mil veinticinco (2025)
DIANA CAROLINA SÁNCHEZ CASTILLO Alcaldesa Local de Rafael Uribe Uribe Proyectó: Diana Rocio Sanchez Currea – Profesional 219-15 - Presupuesto FDL-RUU GDI - GPD – F0106 Versión: 04 Vigencia: 02 de enero 2020 Alcaldía Local de Rafael Uribe Calle 32 No. 23 - 62 sur Código Postal: 111811 Tel. 3660007 Información Línea 195 www.rafaeluribe.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8311 • PP. 1-8 • 2025 • ABRIL • 25 8 ALCALDÍA LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE DECRETO LOCAL N° 005 Del 23 de abril de 2025 “Por el cual se ajusta el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe para la vigencia fiscal 2025”.
LA ALCALDESA LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto 158 de 2025, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 158 de 2025 en su Artículo 40 Ajuste por Cierre Presupuestal. Los FDL efectuarán el ajuste al presupuesto de la vigencia en curso de acuerdo con las cifras resultantes del cierre presupuestal y financiero de la vigencia fiscal inmediatamente anterior.
El alcalde local por decreto incrementará o reducirá el monto de Obligaciones por Pagar presupuestadas hasta equipararlas al monto real constituido al cierre de la vigencia fiscal inmediatamente anterior, siempre y cuando no supere los montos aprobados por la JAL. Si es necesario aumentar el valor presupuestado de las mismas se efectuará un traslado de la inversión directa, en caso contrario se disminuirá el sobrante por decreto local.
Para la expedición del decreto de ajuste deberá contar con la viabilidad de la Secretaría Distrital de Planeación y de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, quienes para el efecto consultarán el listado de Obligaciones por Pagar.
Que mediante comunicación No. 2025EE038668O1 del 19 de febrero de 2025 la Secretaria Hacienda Distrital – Dirección Distrital de Presupuesto, informó sobre los ajustes a la Disponibilidad Inicial, Una vez efectuado el cálculo de ajuste de las obligaciones por pagar y el monto de los excedentes financieros 2024, según lo dispuesto en numeral 4.4 “Ajuste por Cierre Presupuestal” - Módulo 3 de la Resolución N°SDH-000191 de 2017, el Fondo de Desarrollo Local debe realizar el ajuste en la Disponibilidad Inicial 2025, mediante Decreto del Alcalde Local.
2310460-FT-078 Versión 01 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8311 • PP. 1-9 • 2025 • ABRIL • 25 9 Continuación del Decreto N° 005, abril 23 de 2025 Pág. 2 de 2 “Por el cual se ajusta el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe para la vigencia fiscal 2025”.
Que la Disponibilidad Inicial que fue programada en $115.237.225.000, se debe disminuir en un monto neto de $22.031.986.036. Efectuada esta operación presupuestal, la Disponibilidad Inicial definitiva debe ser $92.205.238.964 y la Disponibilidad Final de cero ($0).
Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
Artículo 1º.
– Ajustar la Disponibilidad Inicial en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe para la vigencia fiscal 2025, conforme al siguiente detalle:
Código Concepto Aumentar Reducir O1 INGRESOS $ 22.031.986.036 O10 Disponibilidad Inicial $ 22.031.986.036 O1002 Bancos $ 22.031.986.036
Artículo 2º.
– El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá D. C, a los veintitrés (23) días del mes de abril de dos mil veinticinco (2025).
DIANA CAROLINA SÁNCHEZ CASTILLO Alcaldesa Local de Rafael Uribe Uribe Proyectó: Diana Rocio Sanchez Currea – Profesional 219-15 - Presupuesto FDL-RUU.
2310460-FT-078 Versión 01 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8311 • PP. 1-10 • 2025 • ABRIL • 25 10 Página 1 de 3 DECRETO LOCAL No. 006 de abril 23 de 2025 “Por el cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Tunjuelito”
EL ALCALDE LOCAL DE TUNJUELITO (E)
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, y en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993, el artículo 31 del Decreto Distrital 372 de 2010, el numeral 3.9.1 de la Resolución 191 de 2017 expedida por la Secretaría Distrital de Planeación, y los párrafos primero y segundo del artículo 10 del Decreto Distrital 192 de 2021,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 69 del Decreto Ley 1421 de 1993 establece que las Juntas Administradoras Locales tienen la facultad de vigilar y controlar la ejecución del presupuesto de inversión de sus respectivas localidades;
Que el inciso segundo del Artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993 (Estatuto Orgánico de Bogotá D.C.), prevé que los ediles “también se reunirán extraordinariamente por convocatoria que les haga el respectivo alcalde. En este evento sesionarán por el término que señale el alcalde y únicamente se ocuparán de los asuntos que él mismo someta a su consideración.”
Que el artículo 89 del mismo decreto establece que los Fondos de Desarrollo Local hacen parte del sistema presupuestal del Distrito Capital y están sujetos a las disposiciones que regulan su ejecución y asignación;
Que el artículo 37 del Decreto 372 de 2010 define como excedentes financieros “el saldo sin comprometer del presupuesto de gastos después de realizar el ajuste presupuestal por cierre. Los excedentes financieros de los Fondos de Desarrollo Local son de propiedad del Distrito. El Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS, en cada vigencia fiscal determinará la cuantía de los excedentes financieros que entrarán a hacer parte de los recursos de capital del Presupuesto Distrital, con destinación a los mismos Fondos”.
Que mediante la Circular Conjunta No.02 del 01 de abril de 2025, suscrita por la doctora URSULA ABLANQUE MEJÍA, en calidad de Secretaria Técnica del CONFIS Distrital, remitió la distribución parcial de excedentes financieros para siete (7) Fondos De Desarrollo Local del Distrito Capital.
Que en la Circular CONFIS N° 02 celebrada el día 01 de abril de 2025, De acuerdo con lo establecido en el literal h) del artículo 100 y en el artículo 780 del Decreto Distrital 714 de 1996, así como en los artículos 370 y 380 del Decreto Distrital 372 de 2010 el CONFIS Distrital efectuó una Distribución parcial de los excedentes financieros generados por los 20 Fondos de Desarrollo Local al cierre de la vigencia 2024 por valor de $25.882.298.999, conforme al siguiente detalle:
Código: GDI-GPD-F034 Versión: 05 Vigencia: 11 de julio de 2024 Dirección DG 50A 18 48 SUR Código postal: 111831 Tel. (601) 555 4848 Línea gratuita: 195 Página web www.tunjuelito.gov.co Caso HOLA: 59797 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8311 • PP. 1-11 • 2025 • ABRIL • 25 11 Continuación Decreto Número 006 de abril 23 de 2025 ________________Página 2 de 3 “Por el cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Tunjuelito”
Que los excedentes financieros fueron distribuidos por el CONFIS Distrital considerando los requerimientos presentados por la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte.
Que la Secretaría Distrital de Planeación emitió concepto previo favorable mediante No. Radicación: 2- 2025-21636 para la modificación presupuestal a gastos de inversión, originada en la distribución de excedentes financieros.
Que se hace necesario convocar a sesiones extraordinarias la Junta Administradora Local de Tunjuelito, para que se adicionan los recursos de excedentes financieros entregados por el CONFIS Distrital, en la sesión N° 02 celebrada el día 01 de abril de 2025 y conforme a lo establecido en los artículos 37° y 38° del Decreto Distrital 372 de 2010.
DECRETA:
Artículo 1.
Convocar a la Junta Administradora Local de Tunjuelito, a sesiones extraordinarias por el periodo comprendido entre el día cinco (05) y el día nueve (09) de mayo de Dos Mil Veinticinco (2025), inclusive; para análisis, debate y aprobación de la adición de los excedentes financieros al presupuesto local del Fondo de Desarrollo para la vigencia fiscal 2025, de acuerdo con lo contemplado por el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal (CONFIS) Distrital.
Código: GDI-GPD-F034 Versión: 05 Vigencia: 11 de julio de 2024 Caso HOLA: 59797 Dirección DG 50A 18 48 SUR Código postal: 111831 Tel. (601) 555 4848 Línea gratuita: 195 Página web www.tunjuelito.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8311 • PP. 1-12 • 2025 • ABRIL • 25 12 Continuación Decreto Número 006 de abril 23 de 2025 ________________Página 3 de 3 “Por el cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Tunjuelito”
Artículo 2.
El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C., a los veintitrés (23) días del mes de abril del año 2025.
JULIÁN ANDRÉS CARVAJAL ZAMORA Alcalde Local de Tunjuelito (E)
Anexos: Circular sesión N° 02 celebrada el día 01 de abril de 2025 Proyectó: Viviana Andrea Suarez – Profesional Jurídico JAL Revisó: Daniel Alejandro Huelgas Gómez – Profesional del Despacho Aprobó: Bryan Albeiro Rodríguez Estupiñán – Profesional Especializado del Despacho Código: GDI-GPD-F034 Versión: 05 Vigencia: 11 de julio de 2024 Caso HOLA: 59797 Dirección DG 50A 18 48 SUR Código postal: 111831 Tel. (601) 555 4848 Línea gratuita: 195 Página web www.tunjuelito.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8311 • PP. 1-13 • 2025 • ABRIL • 25 13
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