Registro Distrital 8306 de 2025
Registro Distrital 8306 de 2025 Nivel Distrital
- Tipo
- Registro Distrital
- Número
- 8306
- Año
- 2025
- Fecha
- 21 de abril de 2025
- Entidad
- Nivel Distrital
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
5,5 ALCALDE MAYOR Carlos Fernando Galán Pachón REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 • No. 8306 - Pp 1 - 34 - 2025 • ABRIL • 21 CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Central RESOLUCIONES 2025 SECRETARÍA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN Nº 209 “Por la cual se efectúa la delegación para el Comité SUGA y para el Subcomité Técnico de Eventos Culturales, Recreativos y Deportivos, se designa un profesional de apoyo y se adoptan otras disposiciones”........................................4 Sector Descentralizado UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL RESOLUCIÓN Nº 0058 Por medio de la cual se actualiza la conformación, integración y funciones del comité de conciliación de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital..............................................................................................................9 Sector Local ACUERDO LOCAL 2024 JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE USAQUÉN ACUERDO LOCAL Nº 009 “Por el cual se establecen acciones y estrategias para la implementación de la política pública de entornos educativos protectores, confiables y seguros en la localidad de Usaquén”....................................................................................13 DECRETO LOCAL 2025 ALCALDÍA LOCAL DE PUENTE ARANDA DECRETO LOCAL Nº 003 “Por medio del cual se adopta el Plan Ambiental Local- PAL- de Puente Aranda 2025 –2028”....................................................................................................25 Sector Descentralizado CONTRATO 2024 EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ – E.S.P. CONTRATO MODIFICACION DEL CONTRATO DE EMPRÉSTITO CELEBRADO ENTRE LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ - ESP Y BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA COLOMBIA S.A........................30 AÑO 59 NÚMERO 8306 21 • ABRIL • 2025 SECRETARÍA GENERAL ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL.
LA PUBLICACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS EN EL REGISTRO DISTRITAL SE REALIZA DE ACUERDO A LA LEY 1437 DEL 2011 EN SU ARTÍCULO 65 MODIFICADO POR LA LEY 2080 DE 2021 “POR LA CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO”.
CORREO: REGISTRODISTRITAL@ALCALDIABOGOTA.GOV.CO DIRECCIÓN: CALLE 11 SUR #1-60 ESTE - LA MARÍA - BOGOTÁ D.C.
TELÉFONO: 381 3000 EXT. 5010 - 5202 SUBDIRECTORA IMPRENTA DISTRITAL: CLAUDIA ELENA MEJÍA ACOSTA RESOLUCIONES DE 2025 *20251100179643* Radicado: 20251100179643 Fecha: 10-04-2025 RESOLUCIÓN No. 209 DEL 10 DE ABRIL DEL 2025.
“Por la cual se efectúa la delegación para el Comité SUGA y para el Subcomité Técnico de Eventos Culturales, Recreativos y Deportivos, se designa un profesional de apoyo y se adoptan otras disposiciones ”
EL SECRETARIO DE DESPACHO En uso de sus facultades legales en especial las conferidas por el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, el Acuerdo 257 de 2006 expedido por el Concejo Distrital, el Decreto Distrital 340 de 2020, modificado por el Decreto Distrital 400 de 2022, el artículo 7 del Decreto Distrital 599 de 2013, adicionado por el artículo 2 del Decreto Distrital 622 de 2016, el artículo 24 A del Decreto Distrital 470 de 2021, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 113° de la Constitución Política de 1991 establece “(...) Los diferentes órganos del Estado tienen funciones separadas pero colaboran armónicamente para la realización de sus fines.", por su parte, el artículo 209 prevé "(...) La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.”
Que el artículo 9º de la Ley 489 de 1998, señala que: “Las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente Ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias...”.
Que el artículo 32° del Acuerdo 257 de 2006, “Por el cual se dictan normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito Capital, y se expiden otras disposiciones", emanado del Concejo de Bogotá, estableció el sistema de coordinación de la Administración del Distrito Capital Página 1 de 5 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8306 • PP. 1-4 • 2025 • ABRIL • 21 4 *20251100179643* Radicado: 20251100179643 Fecha: 10-04-2025 RESOLUCIÓN No. 209 DEL 10 DE ABRIL DEL 2025.
“Por la cual se efectúa la delegación para el Comité SUGA y para el Subcomité Técnico de Eventos Culturales, Recreativos y Deportivos, se designa un profesional de apoyo y se adoptan otras disposiciones ” como el conjunto de políticas, estrategias, instancias y mecanismos que permiten articular la gestión de los organismos y entidades distritales, de manera que garanticen la efectividad y materialización de los derechos individuales y colectivos, y el adecuado y oportuno suministro de los bienes, así como la prestación de los servicios a sus habitantes.
Que el Sistema Único de Gestión para el Registro, la Evaluación, y la Autorización de Actividades de Aglomeración de Público en el Distrito Capital –SUGA. contiene un conjunto de protocolos, procedimientos, disposiciones e instrumentos ordenados y articulados que sirven como mecanismo para registrar, evaluar y autorizar las actividades de aglomeración de público en el Distrito Capital. Por mandato del artículo 7 del Decreto Distrital 599 de 2013, adicionado por el artículo 2 del Decreto Distrital 622 de 2016, la conformación del Comité SUGA, se encuentra integrado entre otros, por el Secretario Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, o su delegado.
Que el Decreto Distrital 470 de 2021 “Por medio del cual se modifica el Decreto Distrital 599 de 2013, en lo relacionado con eventos culturales, recreativos y deportivos, y se dictan otras disposiciones” prevé en el artículo 24A el Subcomité Técnico de Eventos Culturales, Recreativos y Deportivos que estará, integrado por “... la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte -SCRD, que actuará como apoyo a la Secretaría Técnica del Subcomité, la cual será ejercida por la dependencia delegada de la Secretaría Distrital de Gobierno.”
Que al Subcomité Técnico de Eventos Culturales, Recreativos y Deportivos, le corresponde definir la viabilidad técnica de las solicitudes de autorización de realización de los eventos culturales, recreativos y deportivos de que trata el Capítulo V1, sin perjuicio Página 2 de 5 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR 1 “DE LOS ESCENARIOS CULTURALES PARA LAS ARTES ESCÉNICAS Y LAS EXHIBICIONES Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8306 • PP. 1-5 • 2025 • ABRIL • 21 5 *20251100179643* Radicado: 20251100179643 Fecha: 10-04-2025 RESOLUCIÓN No. 209 DEL 10 DE ABRIL DEL 2025.
“Por la cual se efectúa la delegación para el Comité SUGA y para el Subcomité Técnico de Eventos Culturales, Recreativos y Deportivos, se designa un profesional de apoyo y se adoptan otras disposiciones ” de las competencias propias de cada una de las entidades, autoridades y secretarías que conforman el Comité SUGA.
Que para garantizar la adecuada y oportuna participación de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, así como para la articulación, seguimiento, monitoreo y toma de decisiones en el Comité SUGA y en el Subcomité Técnico de Eventos Culturales, Recreativos y Deportes, revisado el artículo 19 del Decreto Distrital 340 de 20202, “Por el cual se modifica la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y se dictan otras disposiciones”, que establece las funciones de la Dirección de Arte, Cultura y Patrimonio, las cuales son afines al propósito de la instancia, se delegará la participación de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, en el Director de Arte, Cultura y Patrimonio de esta Secretaría y para el apoyo técnico se designará un profesional en estas instancias.
Que en merito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1.
Delegar en el Director de Arte Cultura y Patrimonio, hoy en cabeza del
señor Diego Javier Parra Cortes, o quien haga sus veces, la participación del Secretario Distrital de Cultura, Recreación y Deporte en el Comité SUGA y en el Subcomité Técnico de Eventos Culturales, Recreativos y Deportivos, de acuerdo con lo expuesto en parte motiva del presente acto.
CINEMATOGRÁFICAS.”
Página 3 de 5 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR 2 https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=104187 Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8306 • PP. 1-6 • 2025 • ABRIL • 21 6 *20251100179643* Radicado: 20251100179643 Fecha: 10-04-2025 RESOLUCIÓN No. 209 DEL 10 DE ABRIL DEL 2025.
“Por la cual se efectúa la delegación para el Comité SUGA y para el Subcomité Técnico de Eventos Culturales, Recreativos y Deportivos, se designa un profesional de apoyo y se adoptan otras disposiciones ”
Parágrafo 1. Designar para el Apoyo técnico profesional del Comité SUGA, así como en el Subcomité Técnico de Eventos Culturales, Recreativos y Deportivos, al profesional Diego Fernando Millán Grijalba, identificado con la cédula de ciudadanía 80.029.742, vinculado a este organismo por contrato de prestación de servicios y quien participará en las sesiones de estas instancias.
Parágrafo 2. La facultad otorgada podrá reasumirse en cualquier momento de conformidad con lo previsto en el artículo 12 de la Ley 489 de 1998, o la norma que lo modifique, sustituya o adicione.
Artículo 2.
El funcionario delegado debe presentar un Informe a través de orfeo, al
Secretario de Despacho sobre los avances, cada vez que se reúna la instancia.
Artículo 3.
Solicitar a la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano,
comunicar la presente resolución a Diego Javier Parra Cortés, en su condición de Director de Arte, Cultura y Patrimonio, al correo institucional diego.parra@scrd.gov.co, a Diego Fernando Millán Grijalba al correo institucional diego.millan@scrd.gov.co y a la doctora Diana Marcela Zarabanda Suárez, en su condición de Directora Jurídica, de la Secretaría Distrital de Gobierno y Secretaría Técnica del Comité SUGA, a los correos: diana.zarabanda@gobiernobogota.gov.co - secretaria.suga@gobiernobogota.gov.co
Artículo 4.
Solicitar a la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano,
efectuar la publicación en el Régimen Legal de Bogotá y en el Registro Distrital.
Artículo 5.
La presente resolución rige a partir de su expedición y deja sin efectos la
comunicación No. 20251100059261 de 4 de abril de 2025, de este despacho.
Página 4 de 5 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8306 • PP. 1-7 • 2025 • ABRIL • 21 7 *20251100179643* Radicado: 20251100179643 Fecha: 10-04-2025 RESOLUCIÓN No. 209 DEL 10 DE ABRIL DEL 2025.
“Por la cual se efectúa la delegación para el Comité SUGA y para el Subcomité Técnico de Eventos Culturales, Recreativos y Deportivos, se designa un profesional de apoyo y se adoptan otras disposiciones ”
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C., a los diez (10) días del mes de abril (04) de dos mil veinticinco (2025).
Santiago Trujillo Escobar Secretario de Despacho Proyectó: Martha Reyes Castillo – Profesional Especializado Oficina Jurídica Revisó: Sandra Margoth Vélez Abello – Jefe Oficina Jurídica Documento 20251100179643 firmado electrónicamente por:
Sharon Nicole Rodríguez Perdomo Auxiliar Administrativo Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano Fecha firma: 10-04-2025 19:48:53 Santiago Trujillo Escobar Secretario de Despacho - Secretaria de Cultura, Recreación y Deporte Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Fecha firma: 10-04-2025 16:26:40 Sandra Margoth Vélez Abello Jefe Oficina Jurídica Oficina Jurídica Fecha firma: 10-04-2025 16:00:11 Martha Reyes Castillo Profesional Especializado Oficina Jurídica Oficina Jurídica Fecha firma: 10-04-2025 11:22:41 5750375ef746e4c16b4cdf7ed7cbd4885e1c976fa29bb3e81093dadbee78111f Codigo de Verificación CV: 8ed24 Página 5 de 5 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8306 • PP. 1-8 • 2025 • ABRIL • 21 8 0058 04-abril-2025 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8306 • PP. 1-9 • 2025 • ABRIL • 21 9 0058 04-abril-2025 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8306 • PP. 1-10 • 2025 • ABRIL • 21 10 0058 04-abril-2025 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8306 • PP. 1-11 • 2025 • ABRIL • 21 11 04-abril-2025 0058 04-abril-2025 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8306 • PP. 1-12 • 2025 • ABRIL • 21 12 ACUERDO LOCAL DE 2024 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8306 • PP. 1-13 • 2025 • ABRIL • 21 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8306 • PP. 1-14 • 2025 • ABRIL • 21 14 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8306 • PP. 1-15 • 2025 • ABRIL • 21 15 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8306 • PP. 1-16 • 2025 • ABRIL • 21 16 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8306 • PP. 1-17 • 2025 • ABRIL • 21 17 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8306 • PP. 1-18 • 2025 • ABRIL • 21 18 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8306 • PP. 1-19 • 2025 • ABRIL • 21 19 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8306 • PP. 1-20 • 2025 • ABRIL • 21 20 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8306 • PP. 1-21 • 2025 • ABRIL • 21 21 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8306 • PP. 1-22 • 2025 • ABRIL • 21 22 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8306 • PP. 1-23 • 2025 • ABRIL • 21 23 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8306 • PP. 1-24 • 2025 • ABRIL • 21 24 DECRETO LOCAL DE 2025 DECRETO LOCAL No. 003 DE 2025 (ABRIL 14 DE 2025)
“Por medio del cual se adopta el Plan Ambiental Local- PAL- de Puente Aranda 2025 –2028”.
EL ALCALDE LOCAL DE PUENTE ARANDA En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Estatuto Orgánico de Bogotá, D.C., Decreto Ley 1421 de 1993, los artículos 21 y 22 del Decreto Distrital 815 de 2017, y el artículo 8 del Decreto Distrital 101 derogado por el Decreto 768 de 2018 por medio del cual se reglamenta el Acuerdo 740 de 2019 “Por el cual se dictan normas en relación con la organización y funcionamiento de las Localidades de Bogotá D.C.”,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 2° de la Constitución Política de Colombia preceptúa que “Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo”.
Que el articulo 366 ibidem consagra que “El bienestar general y mejoramiento de la calidad de vida de la población son finalidades sociales del estado. Serán objeto fundamental de su actividad la solución de las necesidades insatisfechas de salud, de educación, de saneamiento ambiental y de agua potable”.
Que el artículo 209 Constitucional, establece que “La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celebridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones”
Que el Acuerdo 740 de 2019, señala en los Artículos 1 y 2 que: “Las localidades en las que se organiza el territorio del Distrito Capital, como Sector de la Estructura Administrativa, son divisiones de carácter territorial, cuya finalidad es el bienestar general y el mejoramiento de la calidad de vida de la población en su respectiva jurisdicción (...)”.
Alcaldía Local de Puente Aranda Carrera 31 D No. 4-05 Código Postal: 111611 Tel.: 3648460 Info. Línea 195 www.puentearanda.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8306 • PP. 1-25 • 2025 • ABRIL • 21 25 Continuación del Decreto Local N°. 003 DE 2025 Pág. 2 de 5 “Por medio del cual se adopta el Plan Ambiental Local PAL de Puente Aranda 2025 –2028”.
Que de conformidad con el artículo 79 ídem, “Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo (…).”
Que la gestión ambiental local es importante para la toma de decisiones y encaminar las acciones a la solución de las problemáticas ambientales que generan impactos ambientales en el aire, agua, suelo, flora fauna y sus interacciones relacionadas con la sociedad y la economía.
Que el numeral 10 del artículo 1° de la Ley 99 de 1993, “por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA, y se dictan otras disposiciones” prescribe que la acción para la protección y recuperación ambiental del país es una tarea conjunta y coordinada entre el Estado, la comunidad, las organizaciones gubernamentales y del sector privado.
Que el artículo 1° del Acuerdo Distrital 9 de 1990, indica que la Gestión Ambiental en el Distrito Capital es el conjunto de acciones y actividades dirigido a mejorar, de manera sostenible, la calidad de vida de los habitantes del Distrito Especial y que la Gestión Ambiental es responsabilidad, en forma mancomunada, de la Administración Distrital y de los miembros de la Comunidad.
Que el Acuerdo Distrital 13 de 2000, reglamentó la participación ciudadana en la elaboración aprobación, ejecución, seguimiento, evaluación y control del Plan de Desarrollo Económico y Social para las diferentes localidades que conforman el Distrito Capital.
Que el Decreto 456 de 2008 “Por el cual se reforma el Plan de Gestión Ambiental del Distrito Capital y se dictan otras disposiciones” en su artículo 1º establece que el PGA “es el instrumento de planeación de largo plazo de Bogotá D.C. en el área de su jurisdicción, que permite y orienta la gestión ambiental de todos los actores distritales con el propósito de que el proceso de desarrollo propenda por la sostenibilidad del territorio distrital y la región”.
Que el artículo 8° del precitado Decreto establece el objeto general en el cual consiste propender por el uso racional de los recursos y un ambiente saludable, seguro, propicio, Alcaldía Local de Puente Aranda Carrera 31 D No. 4-05 Código Postal: 111611 Tel.: 3648460 Info. Línea 195 www.puentearanda.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8306 • PP. 1-26 • 2025 • ABRIL • 21 26 Continuación del Decreto Local N°. 003 DE 2025 Pág. 3 de 5 “Por medio del cual se adopta el Plan Ambiental Local PAL de Puente Aranda 2025 –2028”. diverso, incluyente y participativo en su territorio para las generaciones presentes y futuras, actuando responsablemente con la región y el planeta.
Que el artículo 9° establece las estrategias de la gestión ambiental, los cuales son instrumentos básicos de la gestión ambiental, que serán aplicados de acuerdo con la prioridad que se establezca en el plan de acción cuatrienal ambiental y en el diseño de las acciones o proyectos.
Que la Alcaldía Mayor de Bogotá, expidió el Decreto Distrital 575 de 2011 “por el cual se reglamenta la organización y conformación de las Comisiones Ambientales Locales” disponiendo en el inciso 2 del artículo 1 que la CAL es “la instancia de coordinación que articulará las acciones de los actores estratégicos de la localidad hacia el fortalecimiento de la gestión ambiental local, bajo el principio de sostenibilidad, buscando el mejoramiento de las condiciones ambientales y, por lo tanto, el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes”.
Que los artículos 3°, 4°, 16°,21° y 22° del Decreto Distrital 815 de 2017 crean y reglamentan los Planes Ambientales Locales – PAL, como instrumentos de planeación ambiental en las localidades del Distrito Capital, para lo cual otorgó funciones de formulación, evaluación y seguimiento de dicho instrumento a las Comisiones Ambientales Locales – CAL.
Que los artículos 21 y 22 del mismo decreto establece que “cada localidad del Distrito Capital consolidará su Plan Ambiente Local integrando las etapas precitadas: el diagnostico ambiental local, priorización de acciones y el componente ambiental de Desarrollo Local”, “en el plazo máximo de los tres (3) meses siguientes a la adopción del Plan de Desarrollo Local, el alcalde local deberá adoptar mediante decreto local el PAL consolidado. Una vez Adoptado, las Alcaldías Locales deberán remitir a la secretaria Distrital de Ambiente el Plan Ambiental Local y su respectivo decreto de adopción”
Que la Comisión Ambiental Local -CAL, dentro de sus funciones promovió, organizó y consolidó el Diagnostico Ambiental de la Localidad y, por otra parte, el Consejo de Planeación Local – CPL suministró y socializó el producto de la priorización de Acciones Ambientales resultado de los Encuentros Ciudadanos.
Alcaldía Local de Puente Aranda Carrera 31 D No. 4-05 Código Postal: 111611 Tel.: 3648460 Info. Línea 195 www.puentearanda.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8306 • PP. 1-27 • 2025 • ABRIL • 21 27 Continuación del Decreto Local N°. 003 DE 2025 Pág. 4 de 5 “Por medio del cual se adopta el Plan Ambiental Local PAL de Puente Aranda 2025 –2028”.
Que, con base en lo anterior, así como con la armonización de las líneas de inversión establecidas desde el nivel central, se formuló el componente ambiental del Plan de Desarrollo Local según Acuerdo Local 006 del 20 de agosto de 2024 “Por el cual se adopta el plan de desarrollo económico, social, ambiental y de obras públicas para la localidad de Puente Aranda 2025 – 2028” “Puente Aranda Camina Segura”
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1º.
- Objeto. Adoptar el Plan Ambiental Local de la Localidad de Puente Aranda, contenido en el anexo “Plan Ambiental Local - PAL 2025 – 2028 Localidad de Puente Aranda” el cual hace parte integral del presente Decreto.
Artículo 2º.
- Ejecución y seguimiento. Previo al inicio de la ejecución de los proyectos definidos en el Plan Ambiental Local, la Alcaldía Local realizará presentación oficial de los mismos ante la CAL, De acuerdo con sus funciones y competencias, tanto la CAL como el CPL harán seguimiento a la ejecución e implementación del PAL durante su vigencia.
La CAL realizará anualmente una evaluación de los impactos generados por los proyectos y acciones ejecutadas en la localidad, lo cual se plasmará en un informe ejecutivo de análisis y recomendaciones que será remitido a la Alcaldía Local para su consideración en la programación de Plan Operativo Anual de Inversiones – POAI. Esta evaluación anual será insumo, a su vez, para la elaboración y/o actualización del diagnóstico ambiental local.
Parágrafo. La Alcaldía local de Puente Aranda remitirá anualmente a la secretaria Distrital de
Ambiente información correspondiente al desarrollo y avance en la forma y fechas establecidas por dicha entidad a través de los procedimientos que para tal efecto establezcan Alcaldía Local de Puente Aranda Carrera 31 D No. 4-05 Código Postal: 111611 Tel.: 3648460 Info. Línea 195 www.puentearanda.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8306 • PP. 1-28 • 2025 • ABRIL • 21 28 Continuación del Decreto Local N°. 003 DE 2025 Pág. 5 de 5 “Por medio del cual se adopta el Plan Ambiental Local PAL de Puente Aranda 2025 –2028”.
Artículo 3º.
- Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto Local 005 del 22 de junio 2021 y las disposiciones que le sean contrarias.
Artículo 4°.
- Actualización. La Comisión Ambiental Local de la localidad de Puente Aranda cuenta con la potestad para realizar revisiones y ajustes del Plan Ambiental Local – PAL de acuerdo con la actualización de la información reportada por las entidades distritales.
Artículo 5º.-Comunicación. Comuníquese el presente Decreto a la Secretaría Distrital de Ambiente para lo de su competencia.
Artículo 6º.
-Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital de conformidad al artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los 14 días del mes de abril del año dos mil veinticinco (2025).
________________________________
VÍCTOR ALFONSO CRUZ SÁNCHEZ Alcalde Local de Puente Aranda Proyectó: Lizeth Pérez - Contratista Referente Ambiental ALPA Revisó: Juan Carlos - Gómez Contratista Despacho ALPA Alcaldía Local de Puente Aranda Carrera 31 D No. 4-05 Código Postal: 111611 Tel.: 3648460 Info. Línea 195 www.puentearanda.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8306 • PP. 1-29 • 2025 • ABRIL • 21 29 CONTRATO DE 2024 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8306 • PP. 1-30 • 2025 • ABRIL • 21 30 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8306 • PP. 1-31 • 2025 • ABRIL • 21 31 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8306 • PP. 1-32 • 2025 • ABRIL • 21 32 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8306 • PP. 1-33 • 2025 • ABRIL • 21 33 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8306 • PP. 1-34 • 2025 • ABRIL • 21 34
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.
Documentos relacionados
-
Registro Distrital 8307 de 2025
“Por medio del cual se efectúa traslado en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital para la vigencia fis…
-
Registro Distrital 8340 de 2025
“Por medio de la cual se efectúa un nombramiento”................................................4 “Por la cual se modifica el Reglamento de Emisión y Colocaci…
-
Registro Distrital 7726 de 2023
“Por medio del cual se emite concepto favorable para la distribución de la disponibilidad final para la adición de recursos en la vigencia 2023 para gastos de …
-
Registro Distrital 7813 de 2023
“Por la cual se establecen las personas naturales, jurídicas y/o sociedades de hecho y el contenido y las características de la información que deben suminis …
-
Registro Distrital 7426 de 2022
Por medio del cual se autoriza a la Gerente General de la EAAB-ESP para tramitar y presentar ante el Que el plan de Desarrollo Económico, Social, Ambien tal y…