Registro Distrital 8293 de 2025
Registro Distrital 8293 de 2025 Nivel Distrital
- Tipo
- Registro Distrital
- Número
- 8293
- Año
- 2025
- Fecha
- 28 de marzo de 2025
- Entidad
- Nivel Distrital
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
5,5 ALCALDE MAYOR Carlos Fernando Galán Pachón REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 • No. 8293 - Pp 1 - 33 - 2025 • MARZO • 28 CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Central ACUERDOS 2025 SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DISTRITAL - COMITÉ DE CONCILIACIÓN Y DEFENSA JURÍDICA ACUERDO Nº 001 “Por la cual se implementa una política de prevención del daño antijurídico y se imparten instrucciones para su seguimiento”..............................................4 Sector Descentralizado EMPRESA METRO DE BOGOTÁ S.A. - JUNTA DIRECTIVA ACUERDO Nº 001 “Por medio del cual se emite aprobación al ajuste del Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la EMPRESA METRO DE BOGOTÁ S.A., para la Vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2025 como resultado del cierre financiero de la vigencia 2024”..................7 ACUERDO Nº 002 “Por medio del cual se emite concepto favorable para la distribución parcial de la disponibilidad final para la adición de recursos en la vigencia 2025 para el Gasto de Inversión-L2”................................................................................10 Sector Central RESOLUCIONES 2025 SECRETARÍA DISTRITAL DEL HÁBITAT RESOLUCIÓN Nº 182 Por medio de la cual se modifica la Resolución 940 del 23 de diciembre de 2022 “Por la cual se adopta el reglamento para el cumplimiento de la obligación de destinar suelo útil y urbanizado o su equivalente en metros cuadrados de construcción para el desarrollo de vivienda de interés prioritario (VIP) y vivienda de interés social (VIS) en los tratamientos urbanísticos de desarrollo, renovación y consolidación, a través de la alternativa de pago compensatorio en proyectos que gestione, participe o desarrolle Entidades Públicas, se regula su recaudo, administración y destinación y se dictan otras disposiciones”........................12 Sector Descentralizado INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO RESOLUCIÓN Nº 530 “Por medio de la cual se adopta el Manual de Servicio a la Ciudadania y Gestión de los Derechos de Petición”..........................................................................21 Sector Local DECRETOS LOCALES 2025 ALCALDÍA LOCAL DE USAQUÉN DECRETO LOCAL Nº 002 “Por el cual se ajustan el Presupuesto Anual de Ingresos y gastos del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén para la vigencia fiscal 2025”.......................26 ALCALDÍA LOCAL DE TEUSAQUILLO DECRETO LOCAL Nº 003 “Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal 2025”............................................................................28 AÑO 59 NÚMERO 8293 28 • MARZO • 2025 SECRETARÍA GENERAL ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL.
LA PUBLICACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS EN EL REGISTRO DISTRITAL SE REALIZA DE ACUERDO A LA LEY 1437 DEL 2011 EN SU ARTÍCULO 65 MODIFICADO POR LA LEY 2080 DE 2021 “POR LA CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO”.
CORREO: REGISTRODISTRITAL@ALCALDIABOGOTA.GOV.CO DIRECCIÓN: CALLE 11 SUR #1-60 ESTE - LA MARÍA - BOGOTÁ D.C.
TELÉFONO: 381 3000 EXT. 5010 - 5202 SUBDIRECTORA IMPRENTA DISTRITAL: CLAUDIA ELENA MEJÍA ACOSTA ACUERDOS DE 2025 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8293 • PP. 1-4 • 2025 • MARZO • 28 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8293 • PP. 1-5 • 2025 • MARZO • 28 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8293 • PP. 1-6 • 2025 • MARZO • 28 6 ACUERDO No. 001 DE 2025 (19 de marzo de 2025)
“Por medio del cual se emite aprobación al ajuste del Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la EMPRESA METRO DE BOGOTÁ S.A., para la Vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2025 como resultado del cierre financiero de la vigencia 2024”
LA JUNTA DIRECTIVA DE LA EMPRESA METRO DE BOGOTA S.A.
En ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, especialmente las conferidas en el artículo 10 del Decreto 191 de 2021 y la Resolución No. 015 de 2021 del CONFIS Distrital y el artículo 44 de los Estatutos de la Empresa Metro de Bogotá S.A.,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 88 de la Ley 489 de 1998, señala que la dirección y administración de las empresas industriales y comerciales del Estado estará a cargo de una Junta Directiva y de un Gerente o Presidente.
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Decreto 191 de 2021 el CONFIS Distrital podrá delegar en las juntas o consejos directivos de las empresas distritales descritas en el ámbito de aplicación del Decreto Distrital 662 de 2018, la autorización para efectuar el ajuste al presupuesto de rentas e ingresos y de gastos e inversiones en curso de la vigencia, con base en el ejercicio del cierre presupuestal y financiero de la vigencia fiscal inmediatamente anterior y previo concepto favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto y adicionalmente de la Secretaría Distrital de Salud para las ESE. La incorporación del ajuste al presupuesto lo realizará el representante legal e informará a la junta o consejo directivo, para lo cual efectuará los ajustes necesarios en el presupuesto de ingresos y gastos. (…)
Que mediante el artículo cuarto de la Resolución 015 de 2021 se delegó en las juntas o consejos directivos de las entidad de las cuales hace referencia el artículo primero de la presente resolución, la aprobación mediante acto administrativo, del ajuste al presupuesto de rentas e ingresos y de gastos e inversiones en curso de la vigencia, con base en el ejercicio del cierre presupuestal y financiero de la vigencia fiscal inmediatamente anterior y previo concepto favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto.
Que mediante oficio 2025EE050492O1 de fecha 03 de marzo de 2025, la Directora Distrital de Presupuesto emitió el concepto previo favorable al Ajuste al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Formato GL-FR-012_V4 Página 1 de 3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8293 • PP. 1-7 • 2025 • MARZO • 28 7 CONTINUACIÓN DEL ACUERDO No. 001 DE 2025 “Por medio del cual se emite aprobación al ajuste del Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la EMPRESA METRO DE BOGOTÁ S.A., para la Vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2025 como resultado del cierre financiero de la vigencia 2024”
Gastos e Inversiones de la vigencia 2025 de la Empresa Metro de Bogotá S.A., por cierre presupuestal y financiero de la vigencia 2024.
Que en el Capítulo 5 del Módulo 4 del Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital, adoptado mediante la Resolución No. SDH No. 191 del 22 de septiembre de 2017, de la Secretaría Distrital de Hacienda, se encuentran las principales actividades para la información del cierre presupuestal.
Que en la sesión ordinaria No. 109 del diecinueve (19) de marzo de 2025, la Junta Directiva de la Empresa Metro de Bogotá S.A., emitió aprobación al ajuste del Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Empresa METRO DE BOGOTÁ S.A., como resultado del Cierre Financiero de la Vigencia 2024.
En mérito de lo expuesto,
ACUERDA:
Artículo 1º.
Emitir aprobación a la adición del Presupuesto de Rentas e Ingresos de la Empresa METRO DE BOGOTÁ S.A., por valor de DOSCIENTOS CUARENTA MIL TREINTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL CIENTO VEINTITRES PESOS M/cte. ($240.037.492.123), como resultado del ajuste del Cierre Financiero y Presupuestal de la vigencia 2024, conforme al siguiente detalle:
AJUSTE CIERRE CÓDIGO DESCRIPCIÓN APROPIACIÓN VIGENTE 2025 2024 APROPIACIÓN AJUSTADA 2025 410 DISPONIBILIDAD INICIAL 3.083.051.528.000 240.037.492.123 3.323.089.020.123 411 INGRESOS CORRIENTES 89.870.928.000 0 89.870.928.000 412 RECURSOS DE CAPITAL 2.429.601.783.000 0 2.429.601.783.000
Artículo 2º.
Emitir aprobación a la disminución del Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Empresa METRO DE BOGOTÁ S.A., por valor de CIENTO TRECE MIL CUATROCIENTOS VEINTITRES MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE PESOS M/cte. ($113.423.533.479), como resultado del ajuste del Cierre Financiero y Presupuestal de la Vigencia 2024, conforme al siguiente detalle:
Formato GL-FR-012_V5 Página 2 de 3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8293 • PP. 1-8 • 2025 • MARZO • 28 8 CONTINUACIÓN DEL ACUERDO No. 001 DE 2025 “Por medio del cual se emite aprobación al ajuste del Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la EMPRESA METRO DE BOGOTÁ S.A., para la Vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2025 como resultado del cierre financiero de la vigencia 2024”
AJUSTE APROPIACIÓN APROPIACION CODIGO DESCRIPCIÓN VIGENTE AJUSTADA CIERRE VIGENCIA 2025 2025 2024 42 GASTOS 3.093.007.162.000 -113.423.533.479 2.979.583.628.521 421 GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 108.148.272.000 5.818.101.167 113.966.373.167 422 SERVICIO DE LA DEUDA PÚBLICA 385.767.063.000 5.317.929 385.772.380.929 423 INVERSION 2.599.091.827.000 -119.246.952.575 2.479.844.874.425
Artículo 3º.
Como resultado de las modificaciones realizadas en los artículos 1º y 2º del presente acuerdo, la Disponibilidad Final presenta un valor definitivo de $2.862.978.102.602
Artículo 4º.
Comuníquese el presente Acuerdo a la Gerencia Financiera de la Empresa Metro de Bogotá S.A., para lo de su competencia.
Artículo 5º.
Vigencia: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C., a los diecinueve (19) días del mes de marzo de 2025.
CLAUDIA ANDREA DIAZ ACOSTA Firmado digitalmente por CLAUDIA ANDREA DIAZ ACOSTA CLAUDIA DÍAZ ACOSTA Presidente Firmado digitalmente por VERONICA MARIA GUTIERREZ USTARIZ VERONICA MARIA GUTIERREZ USTARIZ VERÓNICA GUTIÉRREZ USTÁRIZ Secretaria Junta Directiva Proyectó: Fabián Andres Gómez Duarte – Gerencia Financiera EMB Revisó:
Andres Ricardo Quevedo Caro – Gerente Financiero EMB Julieth Rojas – Jefe Oficina Asesora de Planeación Institucional Secretaría Distrital de Movilidad Jenny Abril – Asesora Secretaría Distrital de Movilidad Formato GL-FR-012_V5 Página 3 de 3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8293 • PP. 1-9 • 2025 • MARZO • 28 9 ACUERDO No. 002 DE 2025 (19 de marzo de 2025)
“Por medio del cual se emite concepto favorable para la distribución parcial de la disponibilidad final para la adición de recursos en la vigencia 2025 para el Gasto de Inversión-L2”
LA JUNTA DIRECTIVA DE LA EMPRESA METRO DE BOGOTA S.A.
En ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, especialmente las conferidas en el Decreto Distrital 191 de 2021 y en el artículo 44º de los Estatutos Sociales de la EMB, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 88 de la Ley 489 de 1998, señala que la dirección y administración de las empresas industriales y comerciales del Estado estará a cargo de una Junta Directiva y de un Gerente o Presidente.
Que el Decreto 191 de 2021 Artículo 3°. – Modificó el artículo 27 del Decreto Distrital 662 de 2018, el cual quedará así: "Artículo 27.- Aprobación de modificaciones presupuestales. Las modificaciones presupuestales que afecten el valor total de los ingresos, gastos de funcionamiento, servicio de la deuda y gastos de inversión serán aprobadas por el CONFIS Distrital, previo concepto favorable de la Junta o Consejo Directivo de la empresa y de la Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto. (…)
Que el inciso 2º del artículo 10º del Decreto Distrital 191 de 2021 establece que en materia de ajustes al presupuesto de la vigencia “(…) La distribución de la Disponibilidad Final será aprobada por el CONFIS Distrital, previo concepto favorable de la junta o consejo directivo de la empresa y de la Secretaría Distrital de Hacienda
- Dirección Distrital de Presupuesto. En el caso de las Empresas Sociales del Estado, adicionalmente se requerirá el concepto previo de la Secretarla Distrital de Salud (...)”
Que en la sesión ordinaria No. 109 del 19 de marzo del 2025, la Junta Directiva de la Empresa Metro de Bogotá S.A. emitió concepto favorable al ajuste del Presupuesto de Gastos de Inversión de la vigencia 2025 de la Empresa Metro de Bogotá S.A., por la distribución parcial de la Disponibilidad Final, por valor de MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENTOS DIECISIETE MIL CIENTO TRES PESOS MCTE ($1.275.417.103) para la adición de recursos en la vigencia 2025 para los Gastos de Inversión -L2.
En mérito de lo expuesto,
ACUERDA:
Artículo 1º.
Emitir concepto favorable para la distribución de la disponibilidad final para la adición de recursos en la vigencia 2025 para los gastos de inversión-L2, por valor de MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENTOS DIECISIETE MIL CIENTO TRES PESOS MCTE ($1.275.417.103) de acuerdo con el siguiente detalle:
Formato GL-FR-012_V4 Página 1 de 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8293 • PP. 1-10 • 2025 • MARZO • 28 10 CONTINUACIÓN DEL ACUERDO No. 002 DE 2025 “Por medio del cual se emite concepto favorable para la distribución parcial de la disponibilidad final para la adición de recursos en la vigencia 2025 para el Gasto de inversión-L2”
CODIGO DESCRIPCIÓN VALOR 423 INVERSIÓN 1.275.417.103
Artículo 2º.
Emitir concepto favorable a la disminución parcial de la disponibilidad final por valor MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENTOS DIECISIETE MIL CIENTO TRES PESOS MCTE ($1.275.417.103) de acuerdo con el siguiente detalle:
CODIGO DESCRIPCIÓN VALOR 43 DISPONIBILIDAD FINAL -1.275.417.103
Artículo 3º.
Comuníquese el presente acuerdo a la Gerencia Financiera de la Empresa Metro de Bogotá S.A., para lo de su competencia.
Artículo 4º.
Vigencia: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C., a los diecinueve (19) días del mes de marzo de 2025.
Firmado digitalmente por CLAUDIA ANDREA DIAZ ACOSTA CLAUDIA ANDREA DIAZ ACOSTA CLAUDIA DÍAZ ACOSTA Presidente VERONICA MARIA GUTIERREZ USTARIZ Firmado digitalmente por VERONICA MARIA GUTIERREZ USTARIZ VERÓNICA GUTIÉRREZ USTÁRIZ Secretaria Junta Directiva Proyectó: Fabián Andrés Gómez Duarte – Gerencia Financiera Revisó:
Andrés Ricardo Quevedo Caro – Gerente Financiero Julieth Rojas – Jefe Oficina Asesora de Planeación Institucional Secretaría Distrital de Movilidad Jenny Abril – Asesora Secretaría Distrital de Movilidad Formato GL-FR-012_V5 Página 2 de 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8293 • PP. 1-11 • 2025 • MARZO • 28 11 RESOLUCIONES DE 2025 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8293 • PP. 1-12 • 2025 • MARZO • 28 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8293 • PP. 1-13 • 2025 • MARZO • 28 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8293 • PP. 1-14 • 2025 • MARZO • 28 14 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8293 • PP. 1-15 • 2025 • MARZO • 28 15 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8293 • PP. 1-16 • 2025 • MARZO • 28 16 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8293 • PP. 1-17 • 2025 • MARZO • 28 17 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8293 • PP. 1-18 • 2025 • MARZO • 28 18 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8293 • PP. 1-19 • 2025 • MARZO • 28 19 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8293 • PP. 1-20 • 2025 • MARZO • 28 20 Subsistema de Gestión Antisoborno - IDU denuncia.soborno@idu.gov.co Para descargar la versión firmada mecánicamente puede escanear el código QR ORSC 202518500005306 Información Pública RESOLUCIÓN NÚMERO 530 DE 2025 “Por medio de la cual se adopta el Manual de Servicio a la Ciudadania y Gestión de los Derechos de Petición”
EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO - IDU, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 17 del Acuerdo Distrital 19 de 1972, 29 del Acuerdo 01 de 2009 y 5º del Acuerdo 06 de 2021 modificado por el artículo 4º del Acuerdo 02 de 2022 del Consejo Directivo del IDU, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 209 de la Constitución Política señala que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización de funciones y que la administración pública tiene un control interno que se ejerce en los términos que señala la ley.
Que la Constitución Política establece en el artículo 23 el Derecho Fundamental de Petición, según el cual toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas ante las autoridades administrativas por motivos de interés general o particular y a obtener pronta respuesta dentro de los términos establecidos en la Ley.
Que la Ley 1755 de 2015 por la cual se regula el Derecho Fundamental de Petición, y sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011), regula las actuaciones administrativas relacionadas con el derecho de petición de interés general y particular, las distintas modalidades de peticiones, así como las reglas generales de presentación, requisitos, términos y forma de resolverlos.
Que de conformidad con el artículo 22 de la Ley 1437 de 2011, las autoridades deben reglamentar el trámite interno de las peticiones que les corresponda resolver y la manera de atender las quejas para garantizar el buen funcionamiento de los servicios a su cargo.
Que mediante el Decreto Distrital 197 de 2014 se adoptó “la Política Pública Distrital de Servicio a la Ciudadanía en la ciudad de Bogotá D.C.; el cual se encuentra modificado por los Decretos Distritales 847 de 2019, 293 de 2021 y 410 de 2024.
1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8293 • PP. 1-21 • 2025 • MARZO • 28 21 Subsistema de Gestión Antisoborno - IDU denuncia.soborno@idu.gov.co Para descargar la versión firmada mecánicamente puede escanear el código QR ORSC 202518500005306 Información Pública RESOLUCIÓN NÚMERO 530 DE 2025 “Por medio de la cual se adopta el Manual de Servicio a la Ciudadania y Gestión de los Derechos de Petición”
Que mediante el Decreto Distrital 847 de 2019, modificado por el art. 2º del Decreto Distrital 293 de 2021 se establecen y unifican, para todas las entidades que conforman el Distrito Capital, los lineamientos en materia de servicio a la ciudadanía, racionalización de trámites e implementación de la Política Pública Distrital de Servicio a la Ciudadanía.
Que el “Manual de Servicio a la Ciudadanía del Distrito Capital” fue expedido mediante Circular 005 del 15 de agosto de 2019 de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., y cuya versión 2.0 de 2022, que al a fecha se encuentra vigente, establece parámetros para que las personas que prestan servicio a la ciudadanía en las diferentes entidades de la administración distrital brinden un servicio oportuno, eficaz, eficiente, transparente, digno, igualitario, equitativo y de calidad a la ciudadanía; inicia con los protocolos de atención dirigidos a los diferentes grupos poblacionales incorporando el enfoque de derechos, de género, poblacional diferencial y la perspectiva de interseccionalidad, y finaliza con la descripción y recomendaciones para los diferentes momentos del ciclo de servicio de los canales de atención presencial, telefónico y virtual.
Que la Circular en mención dispuso la posibilidad de que el “Manual de Servicio a la Ciudadanía del Distrito Capital”, fuera adoptado, homologado y/o representara una guía para los servidores públicos de las entidades distritales.
Que el Instituto de Desarrollo Urbano posee desde el año 2012 el Manual de Atención Ciudadano” cuya Versión 1.0 fue adoptada mediante la Resolución IDU-3413 de 2012.
Que mediante Resolución IDU-4940 de 2018 se unificaron los Manuales para Servicio a la Ciudadanía MG-SC-017 Versión 4.0 y el trámite de los derechos de petición MG-SC-01 Versión 6.0; actualizándose mediante la Resolución IDU-120 de 15 de enero de 2019, la Versión 5.0.
Que en vigencia de la ya mencionada Circular 05 de 2019, el Instituto expidió la Resolución IDU-7875 del 28 de diciembre de 2021 adoptando la versión 6.0 del “MANUAL DE SERVICIO AL CIUDADANO Y GESTIÓN DE LOS DERECHOS DE PETICIÓN”, la cual se encuentra vigente.
2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8293 • PP. 1-22 • 2025 • MARZO • 28 22 Subsistema de Gestión Antisoborno - IDU denuncia.soborno@idu.gov.co Para descargar la versión firmada mecánicamente puede escanear el código QR ORSC 202518500005306 Información Pública RESOLUCIÓN NÚMERO 530 DE 2025 “Por medio de la cual se adopta el Manual de Servicio a la Ciudadania y Gestión de los Derechos de Petición”
Que es necesario mantener actualizado el “MANUAL DE SERVICIO AL CIUDADANO Y GESTIÓN DE LOS DERECHOS DE PETICIÓN” del IDU a fin de optimizar un adecuado servicio a la ciudadanía, que supone ir más allá de la responsabilidad legal de tener un sistema de gestión para la atención de los requerimientos de la ciudadanía, representa la prestación de un servicio más equitativo, con igual trato para la ciudadanía sin incurrir en distinción alguna para obtener los mismos servicios. Significa prestar un servicio más amable, respetuoso, digno, cálido y humano, ofreciendo más y mejor información sobre la Administración; fortalecer los canales de comunicación y condiciones para que la ciudadanía y servidores se sientan cómodos en el proceso y puedan interactuar sencillamente; de manera que el resultado sea un servicio ágil, eficiente y efectivo.
Que de conformidad con lo señalado en el literal b) del artículo 4º de la Ley 87 de 1993, dentro de los elementos para el Sistema de Control Interno, es deber y responsabilidad de los directivos de la entidad, implementar aspectos que permitan la aplicación del control interno, dentro de los cuales se encuentra la definición de políticas como guías (manuales) de acción y procedimientos para la ejecución de los procesos.
Que de conformidad con el artículo 2.2.21.5.2 del Decreto Nacional 1083 de 2015 se establece que, para efectos de dar cumplimiento al control interno en las organizaciones públicas, éstas elaborarán, adoptarán y aplicarán manuales a través de los cuales se documentarán y formalizarán los procedimientos a partir de la identificación de los procesos institucionales.
Que los manuales, procedimientos, guías, especificaciones, instructivos, cartillas, códigos y formatos agilizan las actuaciones administrativas, dan transparencia y claridad a los procesos, actúan como instrumentos de capacitación, entrenamiento y gestión garantizando el cumplimiento de los principios constitucionales y legales de la función administrativa, por lo cual es fundamental mantenerlos actualizados.
Que se hace necesario actualizar la Versión 6.0 del Manual, y en consecuencia adoptar una nueva versión, con el propósito de actualizar el documento por cambios de la Entidad en el sistema de gestión documental, lineamientos 3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8293 • PP. 1-23 • 2025 • MARZO • 28 23 Subsistema de Gestión Antisoborno - IDU denuncia.soborno@idu.gov.co Para descargar la versión firmada mecánicamente puede escanear el código QR ORSC 202518500005306 Información Pública RESOLUCIÓN NÚMERO 530 DE 2025 “Por medio de la cual se adopta el Manual de Servicio a la Ciudadania y Gestión de los Derechos de Petición” distritales de lenguaje claro e incluyente e inclusión de temas sobre accesibilidad y atención poblacional diferencial, en los procesos de formación, planeación participativa y definición de lineamientos técnicos para el proceso de gestión sociocultural para el ciclo de proyectos de infraestructura para la movilidad y el espacio público en el desarrollo urbano de Bogotá.
Que, en cumplimiento de lo expuesto, mediante la presente Resolución se adopta la nueva versión del “MANUAL DE SERVICIO AL CIUDADANO Y GESTIÓN DE LOS DERECHOS DE PETICIÓN”, que establece las directrices, lineamientos y protocolos de atención a la ciudadanía y la gestión de los derechos de petición de la ciudadanía, desde la recepción de la solicitud hasta la notificación de la respuesta a las personas peticionarias.
En mérito de lo expuesto el Director General,
RESUELVE:
Artículo 1º.
Adopción. Adoptar el “MANUAL DE SERVICIO AL CIUDADANO Y GESTIÓN DE LOS DERECHOS DE PETICIÓN”, en el marco de la política pública distrital contenida en el Decreto Distrital 197 de 2014 modificado por los Decretos Distritales 847 de 2019, 293 de 2021 y 410 de 2024.
Parágrafo.
El texto del Manual hace parte integral de la presente Resolución.
Artículo 2º.
Divulgación. La Oficina de Relacionamiento y Servicio a la Ciudadanía se encargará de divulgar y/o socializar en todas las dependencias del Instituto el “MANUAL DE SERVICIO AL CIUDADANO Y GESTIÓN DE LOS DERECHOS DE PETICIÓN” V.7.0; así como las versiones posteriores; las cuales deben publicarse en oportunidad en la página de internet e intranet de la entidad.
4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8293 • PP. 1-24 • 2025 • MARZO • 28 24 Subsistema de Gestión Antisoborno - IDU denuncia.soborno@idu.gov.co Para descargar la versión firmada mecánicamente puede escanear el código QR ORSC 202518500005306 Información Pública RESOLUCIÓN NÚMERO 530 DE 2025 “Por medio de la cual se adopta el Manual de Servicio a la Ciudadania y Gestión de los Derechos de Petición”
Artículo 3º.
Vigencia y derogatoria. El presente Acto Administrativo rige a partir del día de su comunicación en la página de internet e intranet del Instituto; deberá publicarse en el Registro Distrital y deroga la Resolución IDU- 7875 del 28 de diciembre de 2021 mediante la cual se adoptó la versión 6.0.
Dada en Bogotá D.C., en Marzo 21 de 2025.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE PEDRO ORLANDO MOLANO PÉREZ Director General Firma mecánica generada el 21-03-2025 04:08:12 PM autorizada mediante Resolución No. 400 de marzo 11 de 2021 Aprobó: LILIANA PULIDO VILLAMIL-Oficina Asesora de Planeación Aprobó: PAULA ANDREA RADA PINZON-Oficina de Relacionamiento y Servicio a la Ciudadanía Aprobó: MARTHA LILIANA GONZÁLEZ MARTÍNEZ-Subdirección General Jurídica Elaboró: CLAUDIA MARIA MAJE GAVIRIA-Oficina de Relacionamiento y Servicio a la Ciudadanía 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8293 • PP. 1-25 • 2025 • MARZO • 28 25 DECRETOS LOCALES DE 2025 DECRETO LOCAL No. 002 del 25 de marzo de 2025 “Por el cual se ajustan el Presupuesto Anual de Ingresos y gastos del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén para la vigencia fiscal 2025”.
EL ALCALDE LOCAL DE USAQUEN En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto 372 de 2010, y C O N S I D E R A N D O:
Que el Decreto 372 de 2010 en su artículo 36 estipula que los F.D.L efectuarán el ajuste presupuestal por cierre de la vigencia anterior mediante Decreto local previa la viabilidad presupuestal de la secretaria Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto.
Que en la Resolución No. SHD-191 de 2017, sobre el “Ajuste por Cierre Presupuestal”, se indica el procedimiento para efectuar el ajuste en mención.
Que la circular externa DDP 000014 del 04 de octubre de 2024 dispuso la Guía de cierre presupuestal 2024 y programación presupuestal vigencia 2025 de los Fondos de Desarrollo Local.
Que, si el monto de obligaciones por pagar constituidas a 31 de diciembre de la vigencia anterior es menor a las presupuestadas en la vigencia, se debe disminuir cada una de las obligaciones por pagar de la vigencia, mediante Decreto Local, previo concepto de las Secretaría Distrital de Planeación y Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de presupuesto.
Que el Fondo de Desarrollo Local de Usaquén apropió en obligaciones por pagar para la vigencia fiscal 2024 un valor de $ 51.087.010.000 y el valor realmente constituido al cierre de la vigencia fiscal fue de $42.222.226.840.
En consecuencia, el Fondo de Desarrollo Local debe ajustar en los Gastos de Funcionamiento el rubro O2190 Obligaciones por Pagar Funcionamiento y en los Gastos de Inversión el rubro O2306 Obligaciones por pagar inversión hasta el monto real constituido, de conformidad con el artículo 36 del Decreto 372 de 2010.
Que para adelantar el respectivo ajuste la entidad cuenta con los saldos disponibles en cada rubro presupuestal.
Que la Secretaria Distrital de Planeación expidió concepto favorable al ajuste de las Obligaciones por Pagar de Inversión, mediante comunicación 2-2025-07403 del 13 de febrero de 2025.
Que la Dirección Distrital de Presupuesto de igual forma emitió concepto favorable al ajuste por cierre presupuestal 2024 al interior de las obligaciones por pagar, mediante comunicación 2025EE097914O1 del 25 de marzo de 2025.
Que, en mérito de lo anteriormente expuesto, Alcaldía Local de Usaquén Carrera 6 A No. 118 – 03 GDI - GPD – F037 Código Postal: 110111 Versión: 04 Tel. 6299567 - 2147507 Vigencia:
Información Línea 195 02 de enero de 2020 www.usaquen.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8293 • PP. 1-26 • 2025 • MARZO • 28 26 DECRETO LOCAL No. 002 del 25 de marzo de 2025 “Por el cual se ajustan el Presupuesto Anual de Ingresos y gastos del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén para la vigencia fiscal 2025”.
DECRETA:
Artículo primero.
Ajustar el Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén en los rubros de obligaciones por pagar de Gastos de Funcionamiento y de Inversión para la vigencia fiscal 2025 de conformidad con el siguiente detalle:
RUBRO CONCEPTO AUMENTAR REDUCIR O2 GASTOS 0 8.864.783.160 O21 GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 0 220.782.934 O2190 Obligaciones por Pagar Funcionamiento 0 220.782.934 O219001 Obligaciones por Pagar Funcionamiento Vigencia Anterior 0 159.010.816 O219002 Obligaciones por Pagar Funcionamiento Otras Vigencias 0 61.772.118 O23 INVERSIÓN 0 8.644.000.226 O2306 Obligaciones por pagar inversión 0 8.644.000.226 O230689 Obligaciones por pagar inversión vigencia anterior 0 8.431.476.941 O230690 Obligaciones por pagar inversión vigencias anteriores 0 212.523.285 O4 DISPONIBILIDAD FINAL 8.864.783.160 0
Artículo segundo.
Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital de conformidad al artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.
Artículo tercero.
Remitir el presente Decreto a la Dirección Distrital de Presupuesto - Secretaría Distrital de Hacienda para los trámites pertinentes.
Artículo cuarto.
Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá D. C, a los veinticinco días (25) del mes de marzo de dos mil veinticinco (2025)
DANIEL HERNANDO ORTIZ QUINTERO Alcalde Local Usaquén Proyectó: Luis Alberto Cuéllar Sanabria – Contratista - Profesional de Presupuesto Revisó: Janeth Ramón Barrios – Responsable de Presupuesto Revisó: Andrés Camilo Reynosa Carrero – Profesional Planeación Presupuesto Aprobó: Rodolfo Morales Pérez – Profesional Especializado 222-24 Alcaldía Local de Usaquén Carrera 6 A No. 118 – 03 GDI - GPD – F037 Código Postal: 110111 Versión: 04 Tel. 6299567 - 2147507 Vigencia:
Información Línea 195 02 de enero de 2020 www.usaquen.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8293 • PP. 1-27 • 2025 • MARZO • 28 27 Página 1 de 6 DECRETO LOCAL No. 003 del 26 de marzo de 2025 “Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal 2025”
Página 1 de 6 LA ALCALDESA LOCAL DE TEUSAQUILLO En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 31 del Decreto 372 de 2010 y,
CONSIDERANDO:
Que, según lo establecido en el párrafo tercero del artículo 31 del Decreto 372 de 2010, estipula: “Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el alcalde Local”.
Que, el parágrafo único del artículo 10 del Decreto 192 de 2021, dispone que …“Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en gastos de funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones o constitutivas de factor salarios siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministritos, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de servicios y Otros Gastos Generales)”.
Que, a la Alcaldía Local de Teusaquillo le compete la gestión de los asuntos propios de su territorio de tal forma que se pueda garantizar el desarrollo armónico e integrado de la ciudad y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito, para cumplir tales actividades requiere contar con servicios en función de las actividades administrativas.
Que, la Alcaldesa Local presentó el proyecto de presupuesto a nivel de agregados para estudio y aprobación de la JAL dentro del término establecido en el Artículo 15 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010 y Decreto 777 de 2019.
Que, por medio del memorando 20184400304353 la Subsecretaría de Gestión Institucional de la Secretaría Distrital de Gobierno informo a los Alcaldes Locales, que a partir de febrero del año 2019 el servicio de conectividad de todas las sedes será asumido por cada Alcaldía Local, y deberá contar con un desborde propio de salida a internet, dado lo anterior se hace necesario para el Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo, renovar el servicio de conexión a internet por medio de canal dedicado con el fin de continuar con una correcta prestación de los servicios y acceso a aplicativos institucionales que son importantes y fundamentales para la correcta ejecución de las funciones misionales y de apoyo de la Alcaldía Local.
Alcaldía Local de Teusaquillo Transversal 18 bis No. 38 - 41 Código Postal: 111311 Tel. 2870094 - 2870470 Información Línea 195 www.teusaquillo.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8293 • PP. 1-28 • 2025 • MARZO • 28 28 DECRETO LOCAL No. 003 del 26 de marzo de 2025 “Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal 2025”
Página 2 de 6 Que, la Alcaldía local de Teusaquillo, tiene como misión la articulación eficiente y efectiva de las autoridades distritales con fin de mejorar la calidad de vida de las personas que habitan la localidad, así como garantizar la convivencia pacífica y cumplimento de la ley, protegiendo y promoviendo los derechos y deberes de los ciudadanos. Para poder garantizar, desarrollar con oportunidad y calidad la atención de los ciudadanos se requiere seguir contando el servicio de conectividad el cual permite la prestación de los servicios de aplicaciones misionales, estratégicas, de apoyo y servicios tales como SI ACTUA, ARCO, AGD ORFEO, SIPSE, HOLA, SI CAPITAL, SIGOB, etc. Así mismo permite el uso de aplicativos distritales como BOGDATA, PREDIS, OPGET, SEGPLAN, además de permitir el acceso a Internet, correo electrónico, video conferencia, página web, Portal de Colombia Compra Eficiente (SECOP II), entre otros.
Que, mediante el Decreto Local No. 23 de 2024 del 23 de diciembre de 2024 se liquidó el presupuesto anual de ingresos y gastos de la Alcaldía Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2025, previa aprobación por parte de la Junta Administradora Local de Teusaquillo mediante el Acuerdo Local No. 005 de 2024 sancionado por la Alcaldesa Local de Teusaquillo el día 16 de diciembre de 2024.
Que, en el Decreto Local No. 23 de 2024 del 23 de diciembre de 2024 por medio del cual se liquida el presupuesto anual de ingresos y gastos de la Alcaldía Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2025 se estableció para el rubro O21202020080484290 “Otros servicios de telecomunicaciones vía Internet” un presupuesto de cincuenta y cinco millones de pesos M/CTE. ($55.000.000).
Que, se encuentra vigente hasta el mes de diciembre del año 2026 el Acuerdo Marco de Precios Conectividad IV cuyo objeto es “Seleccionar los proveedores para los Servicios de Conectividad, y (ii) Definir las condiciones para la contratación de los Servicios de Conectividad por parte de las Entidades Estatales”.
Que, dando cumplimiento de las reglas establecidas en la Guía de CONECTIVIDAD IV de Colombia Compra Eficiente, la entidad procedió a publicar con el número de Evento 186693 el RFI (Request for Information o Solicitud de Información de Proveedores) en la Tienda Virtual del Estado Colombiano en el cual se incluyó la información técnica requerida, conforme a los formatos exigidos en el Acuerdo Marco.
Que, con base en la información reportada en el Evento 186693 publicado en la Tienda Virtual del Estado Colombiano (Colombia Compra Eficiente) se pudo establecer que el costo máximo a contratar será por Alcaldía Local de Teusaquillo Transversal 18 bis No. 38 - 41 Código Postal: 111311 Tel. 2870094 - 2870470 Información Línea 195 www.teusaquillo.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8293 • PP. 1-29 • 2025 • MARZO • 28 29 DECRETO LOCAL No. 003 del 26 de marzo de 2025 “Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal 2025”
Página 3 de 6 un valor de cien millones ciento ochenta y ocho mil ciento veintitrés pesos M/CTE. ($100.188.123) incluido IVA y todos los gravámenes adicionales.
Que, el Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo ha venido garantizando la conexión a internet en la Alcaldía Local de Teusaquillo, en la Junta Administradora Local de Teusaquillo y en la casa de la participación y, que por lo tanto ha continuado realizando el pago correspondiente al Servicio de Internet prestado por la Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá.
Que, en consecuencia, actualmente el rubro O21202020080484290 “Otros servicios de telecomunicaciones vía Internet” cuenta con saldo de apropiación disponible por valor de treinta y siete millones quinientos noventa y ocho mil ochocientos diez pesos M/CTE. ($37.598.810).
Que, por lo tanto, se requiere realizar un traslado presupuestal al rubro O21202020080484290 “Otros servicios de telecomunicaciones vía Internet” por un valor de sesenta y dos millones quinientos ochenta y nueve mil trescientos trece pesos M/CTE. ($62.589.313) que permita completar el presupuesto requerido para adelantar el proceso contractual que garantice el servicio de conectividad para el Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo.
Que, el día 27 de febrero se publicó el proceso contractual de Selección Abreviada de Menor Cuantía No. FDLT-SAMC-002-2025 (131448) en la plataforma SECOP que tiene por objeto “contratar los seguros que amparen los intereses patrimoniales, así como los bienes que estén bajo su responsabilidad, custodia, cuidado y control, o por los que pueda ser legalmente responsable, así como el seguro de vida grupo para los ediles de la localidad y la expedición de cualquier otra póliza de seguros que requiera el Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo en el desarrollo de su actividad.”
Que, en el marco de la ejecución del contrato de consultoría 010-2024 suscrito entre el Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo y Gonseguros Corredores de Seguros S.A. que tiene por objeto “prestar el servicio como intermediario de seguros para la gestión y manejo de la contratación de las pólizas del fondo de desarrollo local de Teusaquillo y la asesoría en la administración, ejecución y manejo del programa de seguros y los riesgos de la entidad” el corredor de seguros elaboró el estudio de mercado con el que se pudo establecer que el valor del ramo de seguros de vida ediles que se soporta con el rubro O21202020070103010271311 “Servicios de seguros de vida individual” que se contratará mediante el proceso FDLT-SAMC-002-2025 (131448) será por un valor máximo de trece millones ochocientos treinta y cinco mil cuatrocientos cuarenta y ocho pesos M/CTE. ($13.835.448); dejando el valor restante del rubro como saldo de apropiación disponible.
Alcaldía Local de Teusaquillo Transversal 18 bis No. 38 - 41 Código Postal: 111311 Tel. 2870094 - 2870470 Información Línea 195 www.teusaquillo.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8293 • PP. 1-30 • 2025 • MARZO • 28 30 DECRETO LOCAL No. 003 del 26 de marzo de 2025 “Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal 2025”
Página 4 de 6 Que, en el mismo estudio de mercado se pudo establecer que el valor del ramo de automóviles que se soporta con el rubro O212020200701030571351 “Servicios de seguros de vehículos automotores” dentro de la póliza de seguros generales que se contratará mediante el proceso FDLT-SAMC-002-2025 (131448) será por un valor máximo de veintiún millones novecientos cinco mil trescientos setenta y cuatro pesos M/CTE. ($21.905.374); dejando el valor restante del rubro como saldo de apropiación disponible.
Que, de la misma manera se pudo establecer que el valor de los ramos de responsabilidad civil servidores públicos, responsabilidad civil extracontractual y manejo global entidades públicas, que se soportan con el rubro O212020200701030571355 “Servicios de seguros generales de responsabilidad” dentro de la póliza de seguros generales que se contratará mediante el proceso FDLT-SAMC-002-2025 (131448) será por un valor máximo de ciento veintiséis millones novecientos setenta y nueve mil ochocientos noventa y dos pesos M/CTE. ($126.979.892); dejando el valor restante del rubro como saldo de apropiación disponible.
Que, en el año 2024 mediante el contrato 356-2024 suscrito entre el Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo y Royal Tech Group S.A.S que tenía por objeto “Adquirir licencias Microsoft Office 365 E1 para el uso ofimático y Correo Electrónico de la Alcaldía Local de Teusaquillo” soportado en el rubro O21202020080383151 “Servicios de alojamiento de sitios web (hosting)”, efectivamente se adquirieron 105 licencias que tienen vigencia hasta el mes de octubre del año 2025.
Que, en consecuencia, serán adicionados al rubro O21202020080484290 “Otros servicios de telecomunicaciones vía Internet” del rubro O21202020070103010271311 “Servicios de seguros de vida individual” recursos por un valor de seis millones ciento diecisiete mil seiscientos trece pesos M/CTE. ($6.117.613), del rubro O212020200701030571351 “Servicios de seguros de vehículos automotores” recursos por un valor de seis millones novecientos mil pesos M/CTE. ($6.900.000), del rubro O212020200701030571355 “Servicios de seguros generales de responsabilidad” recursos por un valor de Once millones doscientos setenta y cuatro mil doscientos setenta y cuatro pesos M/CTE. ($11.274.274) y del rubro O21202020080383151 “Servicios de alojamiento de sitios web (hosting)” recursos por un valor de treinta y ocho millones doscientos noventa y siete mil cuatrocientos veintiséis pesos M/CTE. ($38.297.426). Dicha adición le permitirá a la administración local realizar el proceso contractual mediante el cual se garantice la conectividad a internet a cada una de las sedes del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo.
Que, en mérito de lo anteriormente expuesto:
Alcaldía Local de Teusaquillo Transversal 18 bis No. 38 - 41 Código Postal: 111311 Tel. 2870094 - 2870470 Información Línea 195 www.teusaquillo.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8293 • PP. 1-31 • 2025 • MARZO • 28 31 DECRETO LOCAL No. 003 del 26 de marzo de 2025 “Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal 2025”
Página 5 de 6
DECRETA:
Artículo 1.
- Efectúese un contra crédito al Presupuesto de Gastos de la vigencia 2025 del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo de acuerdo con el siguiente detalle:
CÓDIGO NOMBRE CONTRA CRÉDITO O2 Gastos $ 62.589.313 O21 Funcionamiento $ 62.589.313 O212 Adquisición de bienes y servicios $ 62.589.313 O21202 Adquisición de diferentes activos $ 62.589.313 O2120202 Adquisición de servicios $ 62.589.313 O2120202007 Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing $ 24.291.887 $ 24.291.887 O212020200701 Servicios financieros y servicios conexos $ 24.291.887 O21202020070103 Servicios de seguros y pensiones (excepto los servicios de reaseguro y de seguridad social de afiliación obligatoria)
O2120202007010301 Servicios de seguros de vida (excepto los servicios de reaseguro) $ 6.117.613 $ 18.174.274 O212020200701030102 Ediles $ 6.117.613 O21202020070103010271311 Servicios de seguros de vida individual $ 6.117.613 O2120202007010305 Otros servicios de seguros distintos a los seguros de vida (excepto los servicios de reaseguro)
$ 38.297.426 O212020200701030571351 Servicios de seguros de vehículos automotores $ 6.900.000 O212020200701030571355 Servicios de seguros generales de responsabilidad civil $ 11.274.274 O2120202008 Servicios prestados a las empresas y servicios de producción $ 38.297.426 O212020200803 Servicios profesionales, científicos y técnicos (excepto los servicios de investigación, urbanismo, jurídicos y de contabilidad)
O21202020080383151 Servicios de alojamiento de sitios web (hosting) $ 38.297.426
Artículo 2º.
– Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos de funcionamiento de la vigencia fiscal 2025 del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo de conformidad con el siguiente detalle:
Alcaldía Local de Teusaquillo Transversal 18 bis No. 38 - 41 Código Postal: 111311 Tel. 2870094 - 2870470 Información Línea 195 www.teusaquillo.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8293 • PP. 1-32 • 2025 • MARZO • 28 32 DECRETO LOCAL No. 003 del 26 de marzo de 2025 “Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal 2025”
Página 6 de 6 $ 62.589.313 CÓDIGO NOMBRE CRÉDITO O2 Gastos $ 62.589.313 O21 Funcionamiento $ 62.589.313 O212 Adquisición de bienes y servicios $ 62.589.313 O21202 Adquisición de diferentes activos $ 62.589.313 O2120202 Adquisición de servicios $ 62.589.313 O2120202008 Servicios prestados a las empresas y servicios de producción $ 62.589.313 O212020200804 Servicios de telecomunicaciones, transmisión y suministro de información.
O21202020080484290 Otros servicios de telecomunicaciones vía Internet $ 62.589.313
Artículo 3º.
- Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, deberán ser informadas las Secretarías Distritales de Hacienda, de Gobierno y la Junta Administradora Local de Teusaquillo, para lo de su competencia.
Artículo 4º.
- Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.
Artículo 5º.
- Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los 26 días del mes de marzo de 2025.
MARÍA ANGÉLICA GONZÁLEZ RUSSI ALCALDESA LOCAL DE TEUSAQUILLO Proyecto: Sebastián Camilo Reina Tovar - Profesional Universitario 219-12 (E) Almacén FDLT. Reviso: Natalia Diaz Centeno - Profesional Universitario 219-15 Presupuesto FDLT. Reviso/Aprobó: Mateo Andrés Sánchez Ortega – Contratista Despacho FDLT.
Alcaldía Local de Teusaquillo Transversal 18 bis No. 38 - 41 Código Postal: 111311 Tel. 2870094 - 2870470 Información Línea 195 www.teusaquillo.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8293 • PP. 1-33 • 2025 • MARZO • 28 33
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