Registro Distrital 8279 de 2025
Registro Distrital 8279 de 2025 Nivel Distrital
- Tipo
- Registro Distrital
- Número
- 8279
- Año
- 2025
- Fecha
- 11 de marzo de 2025
- Entidad
- Nivel Distrital
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
5,5 ALCALDE MAYOR Carlos Fernando Galán Pachón REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 • No. 8279 - Pp 1 - 21 - 2025 • MARZO • 11 CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Central RESOLUCIONES 2025 SECRETARÍA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN Nº 112 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural para Formadores en arte, cultura y patrimonio”........................................................4 Sector Descentralizado FUNDACIÓN GILBERTO ALZATE AVENDAÑO RESOLUCIÓN Nº 15 “Por la cual se constituye y establece el funcionamiento de la Caja Menor de la Fundación-Gilberto Alzate Avendaño para la vigencia fiscal 2025”..............12 Sector Local DECRETOS LOCALES 2025 ALCALDÍA LOCAL DE TEUSAQUILLO DECRETO LOCAL Nº 002 “Por medio del cual se ajusta el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal 2025”.......................17 ALCALDÍA LOCAL DE TUNJUELITO DECRETO LOCAL Nº 003 “Por el cual se ajusta el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito para la vigencia fiscal de 2025”......................19 AÑO 59 NÚMERO 8279 11 • MARZO • 2025 SECRETARÍA GENERAL ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL.
LA PUBLICACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS EN EL REGISTRO DISTRITAL SE REALIZA DE ACUERDO A LA LEY 1437 DEL 2011 EN SU ARTÍCULO 65 MODIFICADO POR LA LEY 2080 DE 2021 “POR LA CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO”.
CORREO: REGISTRODISTRITAL@ALCALDIABOGOTA.GOV.CO DIRECCIÓN: CALLE 11 SUR #1-60 ESTE - LA MARÍA - BOGOTÁ D.C.
TELÉFONO: 381 3000 EXT. 5010 - 5202 SUBDIRECTORA IMPRENTA DISTRITAL: CLAUDIA ELENA MEJÍA ACOSTA RESOLUCIONES DE 2025
*20252200113643*
Al contestar, citar el número:
Radicado: 20252200113643 Fecha: 28-02-2025 RESOLUCIÓN No. 112 DEL 03 DE MARZO DEL 2025.
“Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural para Formadores en arte, cultura y patrimonio”
EL SECRETARIO DE DESPACHO De la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Decreto Distrital 340 de 2020 modificado por el Decreto 400 de 2022 y,
CONSIDERANDO:
Que, los artículos 70 y 71 de la Constitución Política establecen el deber del Estado de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades y otorga la competencia para establecer mecanismos positivos para fomentar el desarrollo artístico, cultural y patrimonial de la Nación.
Que, el numeral 3 del artículo 1° de la Ley 397 de 1997, “Por la cual se desarrollan los artículos 70, 71 y 72 y demás artículos concordantes de la Constitución Política y se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura y se trasladan algunas dependencias.” señala que:
“(…) El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de reconocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación colombiana (…)”.
Que, la ley en cita en su artículo 17 señala:
“(…) DEL FOMENTO. El Estado a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, fomentará las artes en todas sus expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas, como elementos del diálogo, el intercambio, la participación y como expresión libre y primordial del pensamiento del ser humano que construye en la convivencia pacífica.”.
Que, así mismo, el artículo 18 de la mencionada ley establece:
"(…) El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos especiales y promocionará la creación, la actividad artística Página 1 de 8 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8279 • PP. 1-4 • 2025 • MARZO • 11 4
*20252200113643*
Al contestar, citar el número:
Radicado: 20252200113643 Fecha: 28-02-2025 RESOLUCIÓN No. 112 DEL 03 DE MARZO DEL 2025.
“Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural para Formadores en arte, cultura y patrimonio” y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales. Para tal efecto establecerá, entre otros programas, bolsas de trabajo, becas, premios anuales, concursos, festivales, talleres de formación artística, apoyo a personas y grupos dedicados a actividades culturales, ferias, exposiciones, unidades móviles de divulgación cultural, y otorgará incentivos y créditos especiales para artistas sobresalientes, así como para integrantes de las comunidades locales en el campo de la creación, la ejecución, la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo (…)”.
Que, el Decreto Distrital 340 de 2020, “Por el cual se modifica la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y se dictan otras disposiciones” señala que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, tiene por objeto:
“(…) orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculadas y la sociedad civil (…)”.
Que, el artículo 3º, literal (j) del Decreto Distrital 340 de 2020, señala que dentro de las funciones de esta Secretaría, está la de: “(…) Gestionar la ejecución de las políticas, planes y proyectos culturales y artísticos, con el fin de garantizar el efectivo ejercicio de los derechos culturales y fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo (…)”.
Que, el artículo 19, literal (g) del Decreto Distrital 340 de 2020, establece como función de la Dirección de Arte, Cultura y Patrimonio de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte la de: “(…) g. Coordinar la articulación, regulación y el funcionamiento del Sistema Distrital de Formación Artística y Cultural - SIDFAC (…)”.
Que, el artículo 20 del citado Decreto Distrital, contempla como funciones de la Subdirección de Gestión Cultural y Artística de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, las de: "a. Diseñar estrategias que permitan fortalecer la formación, creación, investigación, circulación, apropiación, divulgación y el fomento del arte y la cultura en el Distrito Capital. (…) c. Desarrollar y aplicar los mecanismos de articulación interinstitucional, sectorial, regional, nacional e internacional para la Página 2 de 8 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8279 • PP. 1-5 • 2025 • MARZO • 11 5
*20252200113643*
Al contestar, citar el número:
Radicado: 20252200113643 Fecha: 28-02-2025 RESOLUCIÓN No. 112 DEL 03 DE MARZO DEL 2025.
“Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural para Formadores en arte, cultura y patrimonio” implementación y el fortalecimiento de políticas, planes, programas y proyectos relacionados con el arte y la cultura en el Distrito Capital. (…) f. Diseñar, gestionar e implementar estrategias para el funcionamiento del Sistema Distrital de Formación Artística y Cultural, SIDFAC. (…)".
Que, el reconocimiento del fomento a la cultura como elemento central de protección y promoción de los Derechos Humanos, ha propiciado la creación de esquemas de política pública que buscan materializar el mandato constitucional de promover la protección, desarrollo y difusión de la cultura mediante la adopción de medidas que faciliten el ejercicio de sus derechos por parte de todas las comunidades. Así las cosas, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, establece el proceso misional del fomento a la cultura, como el conjunto de programas impulsados desde las entidades públicas que conforman el sector, con el propósito de promover, reconocer y fortalecer las prácticas artísticas, culturales y patrimoniales de la ciudadanía; garantizando un impacto integral e incluyente sobre la ciudad y favoreciendo el ejercicio libre y creativo de los derechos culturales.
Que, dentro de las líneas de fomento se han definido las invitaciones culturales, las cuales se han concebido como aquel mecanismo que busca diversificar la participación de la ciudadanía en el proceso de Fomento, por medio de convocatorias que se adapten a las necesidades particulares o concertaciones con las poblaciones, sectores sociales o agentes de la ciudad, y les permita a las organizaciones, colectivos o personas, encontrar otros medios a través de los cuales acceder a recursos económicos o en especie; así como a espacios que les facilite iniciar, fortalecer o ampliar sus prácticas culturales, artísticas, creativas o patrimoniales.
Que, en aras a fortalecer los procesos de formación, experiencias y trayectorias de los formadores y reconocer los procesos pedagógicos, artísticos, culturales y patrimoniales más significativos que desarrollarán en la ciudad en este 2025, en los ámbitos escolar, institucional, social y territorial; se ha planteado la invitación cultural denominada: “Invitación Cultural para formadores en arte, cultura y patrimonio” que estará abierta para la participación de formadores y docentes de áreas artísticas, culturales y patrimoniales de las entidades miembro del Sistema Distrital de Formación Artística y Cultural - SIDFAC.
Página 3 de 8 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8279 • PP. 1-6 • 2025 • MARZO • 11 6
*20252200113643*
Al contestar, citar el número:
Radicado: 20252200113643 Fecha: 28-02-2025 RESOLUCIÓN No. 112 DEL 03 DE MARZO DEL 2025.
“Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural para Formadores en arte, cultura y patrimonio”
Que, la “Invitación Cultural para Formadores en arte, cultura y patrimonio” tiene como objeto promover espacios propicios para visibilizar y fortalecer las prácticas y experiencias significativas de los agentes de cambio que promueven y crean condiciones para “la libre expresión y expansión de la sensibilidad, así como el desarrollo del pensamiento abstracto y simbólico, el ejercicio libre de la corporeidad, la construcción de memoria, identidad y ciudadanía, la creación, la creatividad, la apertura a las vivencias y comprensión de experiencias estéticas, la apreciación, así como la generación de actitudes de respeto y valoración de las diferencias” (SIDFAC, 2025).
Que, para soportar la presente invitación cultural, la SCRD cuenta con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal que se cita a continuación:
Monto total de la Dependencia encargada de Invitación Monto del incentivo No. de incentivos invitación CDP la invitación El valor individual de cada N.º 741 SETECIENTOS SETENTA Y CINCO incentivo económico se distribuirá así: 50 incentivos del 20 Ciento cinco MILLONES DE de DIEZ MILLONES DE Subdirección de Gestión Cultural Invitación Cultural para Formadores en y Artística (105) Incentivos arte, cultura y PESOS ($775.000.000)
PESOS ($10.000.000) M/CTE y 55 incentivos de de febrero de 2025 patrimonio M/CTE CINCO MILLONES DE PESOS ($5.000.000) M/CTE Que, los requisitos y condiciones específicas de participación para la “Invitación Cultural para Formadores en arte, cultura y patrimonio”, hacen parte integral de la presente resolución y pueden ser consultadas en el micrositio web: https://invitaciones.scrd.gov.co/ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
Que, de conformidad con lo anterior y en cumplimiento del marco normativo señalado, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte dispone la apertura a la “Invitación Cultural para Formadores en arte, cultura y patrimonio”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
Que, en consideración de lo expuesto, Página 4 de 8 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8279 • PP. 1-7 • 2025 • MARZO • 11 7
*20252200113643*
Al contestar, citar el número:
Radicado: 20252200113643 Fecha: 28-02-2025 RESOLUCIÓN No. 112 DEL 03 DE MARZO DEL 2025.
“Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural para Formadores en arte, cultura y patrimonio”
RESUELVE:
Artículo primero.
Ordenar la apertura de la “Invitación Cultural para Formadores en arte, cultura y patrimonio”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo, y de acuerdo con el cronograma establecido para tal fin.
Parágrafo. Los incentivos económicos a que hace referencia la invitación que se
apertura “Invitación Cultural para Formadores en arte, cultura y patrimonio” tienen su soporte en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal con número 741 del 20 de febrero de 2025, relacionado en la parte motiva del presente.
Artículo segundo.
Los requisitos y condiciones de participación de la “Invitación Cultural para Formadores en arte, cultura y patrimonio” se encuentran publicados en el micrositio web: https://invitaciones.scrd.gov.co/ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
Parágrafo. Las modificaciones a los términos de la Invitación Cultural citada en el
presente acto administrativo se podrá modificar mediante aviso modificatorio que deberá publicarse en el respectivo micrositio web de Invitaciones Culturales de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (https://invitaciones.scrd.gov.co/), con anterioridad no menor a un (1) día hábil al vencimiento del plazo fijado en el cronograma que se indica en las condiciones de la Invitación Cultural.
Artículo tercero.
Realizar por la Subdirección de Gestión Cultural y Artística de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte los trámites correspondientes al desembolso de los incentivos económicos previstos en la citada invitación cultural de la cual es responsable, de conformidad con el artículo primero del presente acto administrativo.
Artículo cuarto.
Publicar por la Dirección de Fomento la presente resolución, así como los requisitos y condiciones de participación de la presente invitación cultural en el micrositio denominado: Invitaciones Culturales de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
Página 5 de 8 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8279 • PP. 1-8 • 2025 • MARZO • 11 8
*20252200113643*
Al contestar, citar el número:
Radicado: 20252200113643 Fecha: 28-02-2025 RESOLUCIÓN No. 112 DEL 03 DE MARZO DEL 2025.
“Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural para Formadores en arte, cultura y patrimonio”
Artículo quinto.
Comunicar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, el contenido de la presente resolución a través del sistema de gestión documental ORFEO, a la Dirección de Fomento, Subdirección de Gestión Cultural y Artística y al Grupo Interno de Trabajo de Gestión Financiera de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para los trámites de su competencia.
Artículo sexto.
Publicar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, el contenido de la presente resolución en la Gaceta Distrital y en el Régimen Legal de Bogotá y en la página web de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
Artículo séptimo.
La presente resolución rige a partir del día siguiente a su publicación, y contra este no procede recurso alguno, de conformidad con lo señalado en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.
Dado en Bogotá D.C, a los tres (03) días de marzo (03) de dos mil veinticinco (2025).
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR Secretario de Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Proyectó: Lina Leonor Carrillo Orduz - Contratista Dirección de Fomento. Revisó Edgar Javier Pulido Caro - Contratista Dirección de Fomento. Laura Morales López – Profesional Especializada 222-22 Subdirección de Gestión Cultural y Artística. Eliana María Chicue Paramo - Contratista Subdirección de Gestión Cultural y Artística. Lía Cabarcas - Contratista Dirección de Arte, Cultura y Patrimonio Luis Gabriel Barriga – Contratista Dirección de Arte, Cultura y Patrimonio Aprobó: Juan Diego Jaramillo Morales – Director de Fomento. Adriana María Botero Vélez - Subdirectora de Gestión Cultural y Artística. Diego Javier Parra Cortés – Director de Arte, Cultura y Patrimonio. Revisó: Diego Eduardo Beltrán Hernández - Contratista Oficina Jurídica. Revisó y ajustó: Sandra Margoth Vélez Abello - Jefe Oficina Jurídica.
Página 6 de 8 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8279 • PP. 1-9 • 2025 • MARZO • 11 9
*20252200113643*
Al contestar, citar el número:
Radicado: 20252200113643 Fecha: 28-02-2025 RESOLUCIÓN No. 112 DEL 03 DE MARZO DEL 2025.
“Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural para Formadores en arte, cultura y patrimonio”
Documento 20252200113643 firmado electrónicamente por:
Sharon Nicole Rodríguez Perdomo Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 22 Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano Fecha firma: 03-03-2025 16:20:34 Santiago Trujillo Escobar Secretario de Despacho - Secretaria de Cultura, Recreación y Deporte Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Fecha firma: 03-03-2025 13:31:11 Sandra Margoth Vélez Abello Jefe Oficina Jurídica Oficina Jurídica Fecha firma: 03-03-2025 13:15:44 Diego Eduardo Beltrán Hernández Contratista Oficina Jurídica Fecha firma: 03-03-2025 10:52:29 Diego Javier Parra Cortes Director de Arte, Cultura y Patrimonio Dirección de Arte, Cultura y Patrimonio Fecha firma: 03-03-2025 10:00:11 Luis Gabriel Barriga Bernal Contratista Dirección de Arte, Cultura y Patrimonio Fecha firma: 03-03-2025 09:56:22 Eliana Maria Chicue Paramo Contratista Subdirección de Gestión Cultural y Artística Fecha firma: 03-03-2025 09:33:07 Lia Margarita Cabarcas Romero Contratista Dirección de Arte, Cultura y Patrimonio Fecha firma: 03-03-2025 09:13:08 Adriana Maria Botero Velez Subdirectora de Gestión Cultural y Artística Subdirección de Gestión Cultural y Artística Fecha firma: 03-03-2025 08:36:12 LAURA MORALES LÓPEZ Profesional Especializada Subdirección de Gestión Cultural y Artística Fecha firma: 03-03-2025 08:21:15 Juan Diego Jaramillo Morales Director de Fomento Dirección de Fomento Fecha firma: 03-03-2025 07:58:54 Edgar Javier Pulido Caro Contratista Dirección de Fomento Fecha firma: 03-03-2025 07:43:00 Lina Leonor Carrillo Orduz Contratista Dirección de Fomento Fecha firma: 28-02-2025 20:00:46 Página 7 de 8 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8279 • PP. 1-10 • 2025 • MARZO • 11 10
*20252200113643*
Al contestar, citar el número:
Radicado: 20252200113643 Fecha: 28-02-2025 RESOLUCIÓN No. 112 DEL 03 DE MARZO DEL 2025.
“Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural para Formadores en arte, cultura y patrimonio”
3a19ea1fd4b88de2d65e5e735db191dfc509578d063e2973b1540400815bdd97 Codigo de Verificación CV: fcfd7 Página 8 de 8 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8279 • PP. 1-11 • 2025 • MARZO • 11 11 *20252000000155* 20252000000155 Pág. 1 de 5 RESOLUCIÓN No. 15 DE 2025 “Por la cual se constituye y establece el funcionamiento de la Caja Menor de la Fundación-Gilberto Alzate Avendaño para la vigencia fiscal 2025”
LA DIRECTORA GENERAL DE LA FUNDACIÓN GILBERTO ALZATE AVENDAÑO En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Acuerdo 12 de 1970 expedido por el Concejo de Bogotá, el Acuerdo 002 de 1999 y el Acuerdo 004 de 2017 expedidos por la Junta Directiva de la entidad, y
CONSIDERANDO:
Que con el fin de atender gastos que tengan el carácter de urgentes, imprescindibles, imprevistos, necesarios e inaplazables para el buen funcionamiento de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño, se requiere constituir la caja menor para la vigencia 2025, con cargo a rubros de Gastos de Funcionamiento de la misma vigencia, de conformidad con lo establecido en los artículos 42, sobre cuentas bancarias y artículos 55 a 78 sobre el funcionamiento de las cajas menores y los avances en efectivo, del Decreto Distrital 192 de junio 2 de 2021 “Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones”.
Que mediante la Resolución DDC-000002 del 2 de septiembre de 2022 expedida por el Contador General de Bogotá D.C., se actualizó la guía que facilita la gestión administrativa y contable aplicable a los fondos de cajas menores, acorde con las nuevas normas de contabilidad pública establecidas por la Contaduría General de la Nación.
Que con la Resolución SDH N.º 191 del 22 de septiembre de 2017 “Por medio de la cual se adopta y consolida el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital”, se adoptó el Manual Operativo Presupuestal aplicable a todas las entidades que hacen parte del Distrito, el cual en el numeral 3.2.2., establece que cada entidad constituirá la caja menor para cada vigencia fiscal, mediante resolución suscrita por el representante legal, indicando la clase de gastos que se efectuarán en la misma.
Que según lo dispuesto en el Decreto No. 470 del 27 de diciembre de 2024 “Por el cual se liquida el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025 y se dictan otras disposiciones, en cumplimiento del Acuerdo Distrital 940 del 19 de diciembre de 2024, expedido por el Alcalde Mayor de Bogotá, Distrito Capital”, se asignó a la entidad un presupuesto de $48.869.178.000, equivalentes a 34.330 SMMLV, según el valor del SMMLV para 2025 de $1.423.500 establecido en el Decreto Nacional 1572 de 2024, por lo que es posible constituir una caja menor en una cuantía máxima mensual de 110 SMLMV, los cuales equivalen a ciento cincuenta y seis millones quinientos ochenta y cinco mil pesos ($156.585.000) m/cte.
Dirección: Calle 10 # 3-16, Bogotá D.C. - Colombia Atención virtual de servicio al ciudadano: Línea de WhatsApp 3227306238 Oficina virtual de correspondencia: atencionalciudadano@fuga.gov.co Teléfono: +60(1) 432 04 10 Información: Línea 195 www.fuga.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8279 • PP. 1-12 • 2025 • MARZO • 11 12 *20252000000155* 20252000000155 Pág. 2 de 5 RESOLUCIÓN No. 15 DE 2025 “Por la cual se constituye y establece el funcionamiento de la Caja Menor de la Fundación-Gilberto Alzate Avendaño para la vigencia fiscal 2025”
Que la Entidad mediante Resolución No. 010 del 4 de febrero de 2021 "Por medio de la cual se delegan algunas funciones en materia de contratación estatal, ordenación del gasto y pago de los mismos, se designan responsables de los proyectos de inversión y se adoptan otras disposiciones de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño", resolvió, en su artículo cuarto, delegar en el Subdirector de Gestión Corporativa la ordenación del gasto y del pago, en los componentes de los gastos del presupuesto de funcionamiento de la Fundación.
Que la responsable de presupuesto de la entidad expidió los Certificados de Disponibilidad Presupuestal Nos. 227 a 232 del 11 de febrero de 2025 por valor total de $6.000.000, para amparar la constitución y apertura de la caja menor de la entidad.
En mérito de lo anterior,
RESUELVE:
Artículo primero.
Constituir la caja menor de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño para la vigencia fiscal 2025, con un monto de seis millones de pesos ($6.000.000) moneda corriente, cuya finalidad es sufragar gastos urgentes, imprescindibles, imprevistos, necesarios e inaplazables.
Parágrafo. El monto de la caja menor se establece de conformidad con la dinámica del gasto de
la entidad, y en observancia de los principios de economía y eficiencia que deben caracterizar las actuaciones de la administración.
Artículo segundo.
El funcionamiento de la caja menor se hará conforme a lo dispuesto en el Decreto Distrital No. 192 de 2021. Además, se tendrán en cuenta las demás disposiciones legales y reglamentarias que rijan el particular.
Parágrafo. PRIMERO: En todo caso para efectuar gastos con cargo a la caja menor, el
responsable del manejo de la misma, deberá acatar las disposiciones en materia de austeridad en el gasto.
Parágrafo. SEGUNDO: Con los fondos de la caja menor no se podrán atender gastos ni
erogaciones por las operaciones a que hace alusión el artículo 20 del Decreto Distrital 062 de 2024.
Artículo tercero.
Los rubros y cuantías que se imputarán a la caja menor constituida mediante la presente resolución, serán los siguientes:
Dirección: Calle 10 # 3-16, Bogotá D.C. - Colombia Atención virtual de servicio al ciudadano: Línea de WhatsApp 3227306238 Oficina virtual de correspondencia: atencionalciudadano@fuga.gov.co Teléfono: +60(1) 432 04 10 Información: Línea 195 www.fuga.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8279 • PP. 1-13 • 2025 • MARZO • 11 13 *20252000000155* 20252000000155 Pág. 3 de 5 RESOLUCIÓN No. 15 DE 2025 “Por la cual se constituye y establece el funcionamiento de la Caja Menor de la Fundación-Gilberto Alzate Avendaño para la vigencia fiscal 2025”
RUBRO VALOR ANUAL ($)
O2120201003023211101 Pulpa química de madera soluble 500.000 O2120201003063699061 Figuras decorativas y artísticas de material 1.500.000 O2120201004024299991 Artículos n.c.p. de ferretería y cerrajería 500.000 O2120201004064693998 Aparatos eléctricos n.c.p. 500.000 O21202020080282130 Servicios de documentación y certificación 2.500.000 O2120202008078715299 Otros servicios de mantenimiento y reparación de maquinaria y aparatos eléctricos n.c.p. 500.000 TOTAL 6.000.000
Artículo cuarto.
El monto fijo constante de la caja menor de que trata el artículo primero de este acto administrativo será constituido por la suma de dos millones de pesos ($2.000.000) moneda corriente.
Artículo quinto.
El manejo de los recursos objeto de la presente resolución se efectuará a través de la cuenta corriente que la Fundación Gilberto Alzate Avendaño constituya para tal efecto, de acuerdo con la normatividad legal vigente.
Artículo sexto.
El responsable del manejo de la caja menor de la Fundación Gilberto Alzate será la señora Marisol Rodríguez Merchán identificada con la cédula de ciudadanía No. 51.712.163, quien desempeña el cargo de Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 04, y en su ausencia, será la señora Dayssy Durán Garzón identificada con cédula de ciudadanía No. 52.559.408, quien desempeña el cargo de Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 05 de la planta de personal de la entidad.
Parágrafo. PRIMERO Cuando el responsable de la caja menor se encuentre de vacaciones u
otra situación administrativa que implique separación temporal del cargo, se requiere de la entrega de los fondos y documento respectivo del arqueo, recibo y entrega que deberá constar en el libro correspondiente.
Parágrafo. SEGUNDO: El responsable del manejo de la caja menor deberá atender lo
establecido en el Proceso Gestión Financiera, Procedimiento de Manejo de Caja Menor.
Parágrafo. TERCERO: Los funcionarios a quienes se les entregue recursos del Tesoro Público, Dirección: Calle 10 # 3-16, Bogotá D.C. - Colombia
Atención virtual de servicio al ciudadano: Línea de WhatsApp 3227306238 Oficina virtual de correspondencia: atencionalciudadano@fuga.gov.co Teléfono: +60(1) 432 04 10 Información: Línea 195 www.fuga.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8279 • PP. 1-14 • 2025 • MARZO • 11 14 *20252000000155* 20252000000155 Pág. 4 de 5 RESOLUCIÓN No. 15 DE 2025 “Por la cual se constituye y establece el funcionamiento de la Caja Menor de la Fundación-Gilberto Alzate Avendaño para la vigencia fiscal 2025” para efectuar gastos por caja menor, se harán responsables penal y pecuniariamente por el incumplimiento en la legalización oportuna y por el manejo de este dinero, sin perjuicio de las acciones legales a que hubiere lugar.
Parágrafo. CUARTO: El responsable del manejo de la caja menor de la Fundación deberá
estar amparado a través de la póliza de manejo constituida por la entidad aseguradora debidamente reconocida por el Estado, por el 100% de monto del fondo de la caja menor.
Artículo séptimo.
Cuando se cambie en forma definitiva el responsable de la caja menor deberá hacerse una legalización, efectuando el reembolso total de los gastos realizados con corte a la fecha.
Artículo octavo.
Comunicar el contenido de esta resolución a los funcionarios responsables del manejo de la caja menor aquí designados, así como al Subdirector de Gestión Corporativa, al Profesional Universitario Código 219 grado 01 del área de Gestión Documental y Atención al Ciudadano, al Tesorero General y a los profesionales responsables de presupuesto y almacén de la entidad, para lo de sus competencias.
Artículo noveno.
Tramitar a través del área de Gestión Documental y Atención al Ciudadano de la Subdirección de Gestión Corporativa, la publicación de la presente resolución en el Registro Distrital.
Artículo décimo.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga todas aquellas que le sean contrarias.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C., el 12 de febrero de 2025 Documento 20252000000155 firmado electrónicamente por:
DIRECTORA GENERAL Dirección General Blanca Andrea Sánchez Duarte Dirección: Calle 10 # 3-16, Bogotá D.C. - Colombia Atención virtual de servicio al ciudadano: Línea de WhatsApp 3227306238 Oficina virtual de correspondencia: atencionalciudadano@fuga.gov.co Teléfono: +60(1) 432 04 10 Información: Línea 195 www.fuga.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8279 • PP. 1-15 • 2025 • MARZO • 11 15 *20252000000155* 20252000000155 Pág. 5 de 5 RESOLUCIÓN No. 15 DE 2025 “Por la cual se constituye y establece el funcionamiento de la Caja Menor de la Fundación-Gilberto Alzate Avendaño para la vigencia fiscal 2025”
Fecha firma: 13-02-2025 11:48:57 Aprobó: Liliana Patricia Hernández Hurtado - Subdirectora de Gestión Corporativa - Subdirección de Gestión Corporativa Proyectó: Marisol Rodríguez Merchán - - Gestión Financiera - Tesorería b7ef592aaae7c40b22a7028d632d8490ce6537f7a140a4eeba34d1c8278a4e76 Codigo de Verificación CV: fe0c4 Dirección: Calle 10 # 3-16, Bogotá D.C. - Colombia Atención virtual de servicio al ciudadano: Línea de WhatsApp 3227306238 Oficina virtual de correspondencia: atencionalciudadano@fuga.gov.co Teléfono: +60(1) 432 04 10 Información: Línea 195 www.fuga.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8279 • PP. 1-16 • 2025 • MARZO • 11 16 DECRETOS LOCALES DE 2025 DECRETO LOCAL No. 002 de 2025 (04 de marzo de 2025)
“Por medio del cual se ajusta el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal 2025”.
LA ALCALDESA LOCAL DE TEUSAQUILLO (E).
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 36 del Decreto 372 de 2010 y,
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 372 de 2010 en su Artículo 36 estipula que los Fondos de Desarrollo Local efectuarán el ajuste presupuestal por cierre de la vigencia anterior mediante Decreto Local previa viabilidad presupuestal de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto.
Que en la Resolución No. SHD-191 del 2017, y la Circular No. 016 de 2021, conforme con lo dispuesto en el numeral 4.5 del Manual Operativo Presupuestal – FDL sobre el “Ajuste por cierre Presupuestal”, se indica el procedimiento para el ajuste en mención.
Que, el Fondo de Desarrollo Local procede a ajustar las obligaciones por pagar hasta el monto real constituido a 31 de diciembre del 2024 observando el proceso señalado en el manual operativo presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local, para tal fin.
Que mediante comunicación con radicado No. 2025EE050980O1 del 03 de marzo de 2025, la directora Distrital de Presupuesto, emitió concepto favorable para efectuar el ajuste presupuestal del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo.
Que mediante comunicación con radicado No. 2-2025-07870 del 14 de febrero de 2025 de la Secretaría Distrital de Planeación emitió concepto favorable para el trámite del ajuste presupuestal del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo.
Que, en mérito de lo anteriormente expuesto:
DECRETA:
Artículo 1.
Ajustar el presupuesto de gastos del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo de conformidad con el siguiente detalle:
CÓDIGO NOMBRE DISMINUYE AUMENTA O2 Gastos 300.140.039 0 O21 Gastos de funcionamiento 112.971.424 0 O2190 Obligaciones por Pagar Funcionamiento 112.971.424 0 O219001 Obligaciones por Pagar Funcionamiento Vigencia Anterior 107.356.922 0 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8279 • PP. 1-17 • 2025 • MARZO • 11 17 Continuación DECRETO LOCAL No. 002 de 2025 (04 de marzo de 2025)
“Por medio del cual se ajusta el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal 2025”.
Página 2 de 2 CÓDIGO NOMBRE DISMINUYE AUMENTA O219002 Obligaciones por Pagar Funcionamiento Otras Vigencias 5.614.502 0 O23 Inversión 187.168.615 0 O2306 Obligaciones por pagar 187.168.615 0 O230689 Obligaciones por pagar inversión vigencia anterior 125.200.476 0 O230690 Obligaciones por pagar vigencias anteriores 61.968.139 0 O4 DISPONIBILIDAD FINAL 300.140.039 TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL 300.140.039 300.140.039
Artículo 2º.
- Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, deberán ser informadas las Secretarías Distritales de Hacienda, y de Gobierno.
Artículo 3º.
- Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.
Artículo 4º.
- Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los 04 días del mes de marzo de 2025 MARÍA ANGÉLICA GONZÁLEZ RUSSI Alcaldesa Local de Teusaquillo Proyectó: Natalia Andrea Centeno – Profesional de Presupuesto FDLT Revisó: Carolina Suarez Profesional Especializada 222-24 Mateo Sánchez Ortega Contratista – Despacho Alcaldía Local de Teusaquillo Transversal 18 bis # 38-41 Código Postal: 111311 Tel: 3204872 Información Línea 195 www.teusaquillo.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8279 • PP. 1-18 • 2025 • MARZO • 11 18 Página 1 de 3 DECRETO LOCAL No. 003 DE 2025 (del 06 de marzo de 2025)
“Por el cual se ajusta el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito para la vigencia fiscal de 2025”.
EL ALCALDE LOCAL DE TUNJUELITO En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 36 del Decreto 372 de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto No. 192 de 2021 del 02 de junio de 2021, “Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones” en su artículo 10, establece las modificaciones al anexo del decreto de liquidación e indica que “Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local.”
Que, una vez adelantado el cierre presupuestal de la vigencia fiscal 2024, se estableció que el Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito debe ajustar el agregado de las Obligaciones por Pagar del presupuesto aprobado para la vigencia 2025, fundamentado en el Decreto 372 de 2010, artículo 36, párrafo 2°, el cual expresa:
El Alcalde Local por Decreto incrementará o reducirá el monto de Obligaciones por Pagar presupuestadas hasta equipararlas al monto real constituido al cierre de la vigencia fiscal inmediatamente anterior, siempre y cuando no supere los montos aprobados por la JAL. Si es necesario aumentar el valor presupuestado de las mismas se efectuará un traslado de la inversión directa, en caso contrario se disminuirá el sobrante por Decreto Local.
Que, la Resolución SDH N° 191 del 22 de septiembre de 2017, Manual Operativo Presupuestal del Distrito Capital, Modulo 3 Fondos de Desarrollo Local, numeral 4.5., casos de ajustes de las obligaciones por pagar, estipula que, “Cada uno de los rubros de Obligaciones por Pagar programadas en el Presupuesto se ajustará al monto real de las constituidas a 31 diciembre de la vigencia anterior.”.
Código: GDI-GPD-F034 Versión: 05 Vigencia: 11 de julio de 2024 Caso HOLA: 59797 DG 50A 18 48 SUR Código postal: 111831 Tel. (601) 5554848 Línea gratuita: 195 Página web www.gobiernobogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8279 • PP. 1-19 • 2025 • MARZO • 11 19 Continuación Decreto N° 003 de 2025 Número___________________Página 2 de 3 “Por el cual se ajusta el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito para la vigencia fiscal de 2025”
Que, El Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito, programó obligaciones por pagar por valor de $39.727.345.000, de los cuales, $1.267.748.000 son de gastos generales de funcionamiento, divididos así, de la vigencia anterior $1.146.808.000 y de otras vigencias $120.940.000; y para los gastos de inversión directa se programaron $38.459.597.000, en la vigencia anterior $33.408.248.000 y en las vigencias anteriores $5.051.349.000 Que, El ajuste consiste en contracreditar en $8.881.032.423 de los rubros de obligaciones por pagar que en el presupuesto 2025 resultaron mayores a las constituidas a 31 de diciembre de 2024, que en funcionamiento el valor asciende a $533.576.442 y en gastos de Inversión Directa a $8.347.455.981 Que, mediante oficio 2-2025-09377 del 21 de febrero de 2025 la Secretaría Distrital de Planeación, emitió concepto previo y favorable al presente ajuste presupuestal en materia de proyectos de inversión.
Que, mediante oficio 2025EE053966O1 del 06 de marzo de 2025 la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, emitió concepto de viabilidad considerando que el Fondo de Desarrollo Local efectuó los estudios técnicos, legales y financieros exigidos para realizar el ajuste presupuestal.
Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
Artículo 1º.
- Ajustar el Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito para la vigencia fiscal 2025, conforme al siguiente detalle:
CODIGO CONCEPTO AUMENTAR REDUCIR O2 GASTOS - 8.881.032.423 O21 Funcionamiento - 533.576.442 O2190 Obligaciones por Pagar Funcionamiento - 533.576.442 O219001 Obligaciones por Pagar Funcionamiento Vigencia Anterior - 435.280.955 O219002 Obligaciones por Pagar Funcionamiento Otras Vigencias - 98.295.487 O23 Inversión - 8.347.455.981 O2306 Obligaciones por pagar inversión - 8.347.455.981 Código: GDI-GPD-F034 Versión: 05 Vigencia: 11 de julio de 2024 Caso HOLA: 59797 DG 50A 18 48 SUR Código postal: 111831 Tel. (601) 5554848 Línea gratuita: 195 Página web www.gobiernobogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8279 • PP. 1-20 • 2025 • MARZO • 11 20 Continuación Decreto N° 003 de 2025 Número___________________Página 3 de 3 “Por el cual se ajusta el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito para la vigencia fiscal de 2025”
O230689 Obligaciones por pagar Inversión vigencia anterior - 5.391.872.250 O230690 Obligaciones por pagar Inversión vigencias anteriores - 2.955.583.731 O4 Disponibilidad Final 8.881.032.423
Artículo 2.
Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese y cúmplase inmediatamente el contenido del mismo a la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto y la Secretaría Distrital de Planeación, para lo de su competencia.
Artículo 3.
Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.
Artículo 4.
Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los seis (06) días del mes de marzo de 2025.
__________________________________ JULIÁN ANDRÉS CARVAJAL ZAMORA Alcalde Local de Tunjuelito (E)
Proyectó: Daniel Alejandro Huelgas Gómez – Profesional del Despacho Revisó: David Antonio Giraldo Vargas – Profesional Especializado del Despacho Aprobó: Maribel Gómez Rodríguez – Profesional Universitario 219 – 15 (E) Aprobó: Laura Carolina Prieto – Profesional universitario 219 – 18 Aprobó: Fabian Andrés Sánchez Rojas – Profesional Especializado 222 – 24 Código: GDI-GPD-F034 Versión: 05 Vigencia: 11 de julio de 2024 Caso HOLA: 59797 DG 50A 18 48 SUR Código postal: 111831 Tel. (601) 5554848 Línea gratuita: 195 Página web www.gobiernobogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8279 • PP. 1-21 • 2025 • MARZO • 11 21
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.
Documentos relacionados
-
Registro Distrital 8307 de 2025
“Por medio del cual se efectúa traslado en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital para la vigencia fis…
-
Registro Distrital 8340 de 2025
“Por medio de la cual se efectúa un nombramiento”................................................4 “Por la cual se modifica el Reglamento de Emisión y Colocaci…
-
Registro Distrital 7726 de 2023
“Por medio del cual se emite concepto favorable para la distribución de la disponibilidad final para la adición de recursos en la vigencia 2023 para gastos de …
-
Registro Distrital 7813 de 2023
“Por la cual se establecen las personas naturales, jurídicas y/o sociedades de hecho y el contenido y las características de la información que deben suminis …
-
Registro Distrital 7426 de 2022
Por medio del cual se autoriza a la Gerente General de la EAAB-ESP para tramitar y presentar ante el Que el plan de Desarrollo Económico, Social, Ambien tal y…