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Registro Distrital 8255 de 2025

Registro Distrital 8255 de 2025 Nivel Distrital

Tipo
Registro Distrital
Número
8255
Año
2025
Fecha
4 de febrero de 2025
Entidad
Nivel Distrital
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

5,5 ALCALDE MAYOR Carlos Fernando Galán Pachón REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 • No. 8255 - Pp 1 - 14 - 2025 • FEBRERO • 4 CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Central RESOLUCIONES 2025 SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL RESOLUCIÓN Nº 0239 “Por la cual se hace una delegación ante el Comité Estratégico de Gobernanza y Gestión del Espacio Público y se dictan otras disposiciones”........................4 Sector Descentralizado AGENCIA DISTRITAL PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR, LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA - ATENEA RESOLUCIÓN Nº DG-003 “Por la cual se efectúa el reconocimiento de honorarios para los miembros del Consejo Directivo de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea y se deroga la Resolución 013 de 2024”.................11 AÑO 59 NÚMERO 8255 4 • FEBRERO • 2025 SECRETARÍA GENERAL ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL.

LA PUBLICACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS EN EL REGISTRO DISTRITAL SE REALIZA DE ACUERDO A LA LEY 1437 DEL 2011 EN SU ARTÍCULO 65 MODIFICADO POR LA LEY 2080 DE 2021 “POR LA CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO”.

CORREO: REGISTRODISTRITAL@ALCALDIABOGOTA.GOV.CO DIRECCIÓN: CALLE 11 SUR #1-60 ESTE - LA MARÍA - BOGOTÁ D.C.

TELÉFONO: 381 3000 EXT. 5010 - 5202 SUBDIRECTORA IMPRENTA DISTRITAL: CLAUDIA ELENA MEJÍA ACOSTA RESOLUCIONES DE 2025 RESOLUCIÓN Nº 0239 DEL 29 DE ENERO DE 2025 “Por la cual se hace una delegación ante el Comité Estratégico de Gobernanza y Gestión del Espacio Público y se dictan otras disposiciones”.

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20250130-141955-edd397-98590033 2025-01-30T15:14:51-05:00 - Pagina 1 de 7 EL SECRETARIO DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 211 de la Constitución Política, el artículo 9° de la Ley 489 de 1998, el artículo 17 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, los literales h) y j) del artículo 4° del Decreto Distrital 607 de 2007, modificado por el artículo 2º del Decreto Distrital 508 de 2022, artículo 2° del Decreto Distrital 375 de 2024, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 209 de la Constitución Política, establece que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.

Que el artículo 211 de la Constitución Política dispuso que la ley fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar en sus subalternos o en otras autoridades.

Que la Ley 489 de 1998 en su artículo 9° establece que las autoridades administrativas podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de sus funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias.

Que el artículo 17 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, determina que: "Las autoridades administrativas del Distrito Capital podrán delegar el ejercido de sus funciones a sus colaboradores o a otras autoridades con funciones afines o complementarias”, de conformidad con la citada ley.

Que el numeral 16.2 del artículo 16 del Acuerdo Distrital 927 de 2024, Plan de Desarrollo Distrital, en el marco de los programas del Objetivo Estratégico “Bogotá Confía en su Gobierno” estableció el fortalecimiento institucional para un Gobierno confiable, en virtud del cual, entre otras acciones, “(…) se creará un Comité Estratégico de Gestión del Espacio Público a partir de los aprendizajes REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8255 • PP. 1-4 • 2025 • FEBRERO • 4 4 FOR-GJ-032 Continuación de la Resolución No.0239 DEL 29 DE ENERO DE 2025 “Por la cual se hace una delegación ante el Comité Estratégico de Gobernanza y Gestión del Espacio Público y se dictan otras disposiciones”.

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20250130-141955-edd397-98590033 2025-01-30T15:14:51-05:00 - Pagina 2 de 7 de la Comisión Intersectorial del Espacio Público del Distrito Capital – CIEP, cuyo alcance de corto plazo será la coordinación de las entidades distritales, en torno a proyectos, concretos y micro focalizados, y la resolución de las problemáticas asociadas a la construcción, recuperación, mantenimiento, embellecimiento y control del espacio público.”

Que el artículo 190 del Acuerdo Distrital 927 de 2024, estableció que con la adopción del Plan Distrital de Desarrollo se crea el Comité Estratégico de Gobernanza del Espacio Público como una instancia de coordinación ejecutiva, para:

“190.1. Priorizar acciones para resolver los problemas del espacio público. 190.2. Asignar a las entidades responsabilidad frente a las acciones priorizadas en materia de espacio público. 190.3. Supervisar el cumplimiento por parte de las entidades de las responsabilidades asignadas de las que habla el numeral anterior.”

Que el Decreto Distrital 607 de 2007 “Por el cual se determina el Objeto, la Estructura Organizacional y Funciones de la Secretaría Distrital de Integración Social”, modificado por el art. 2, Decreto Distrital 508 de 2022, establece en su artículo 4° como funciones del Despacho, entre otras: “h) Preparar los proyectos de acuerdo, de decreto, de resolución y demás actos administrativos que deban dictarse relacionados con el Sector de Integración Social” y “j) Cumplir las funciones y atender los servicios que les está asignados y dictar, en desarrollo de los acuerdos y decretos distritales, las decisiones administrativas para tal efecto”.

Que según el artículo 18 de ese mismo Decreto Distrital, la Subdirección de Gestión Integral Local tiene entre otras, la función de: “(…) d) Asesorar a la Dirección Territorial, en coordinación con la Dirección de Análisis y Diseño Estratégico, la Dirección Poblacional y las demás Subdirecciones, en la realización de estudios, análisis e investigaciones sobre promoción, prevención, protección integral y restitución de derechos para orientar la formulación de políticas planes, programas y proyectos que respondan a las condiciones, necesidades y características de la población en situación de vulnerabilidad del Distrito Capital.”

Que mediante Decreto Distrital 375 de 2024 se reglamentó el Comité Estratégico de Gobernanza y Gestión del Espacio Público, el cual tiene por objeto: “La coordinación de las entidades distritales en torno a proyectos, concretos y micro focalizados, y la resolución de las problemáticas asociadas a la construcción, recuperación, mantenimiento, embellecimiento y Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 Correo electrónico institucional: integracion@sdis.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8255 • PP. 1-5 • 2025 • FEBRERO • 4 5 FOR-GJ-032 Continuación de la Resolución No.0239 DEL 29 DE ENERO DE 2025 “Por la cual se hace una delegación ante el Comité Estratégico de Gobernanza y Gestión del Espacio Público y se dictan otras disposiciones”.

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20250130-141955-edd397-98590033 2025-01-30T15:14:51-05:00 - Pagina 3 de 7 control del espacio público de Bogotá, D.C”.

Que mediante el Decreto en mención, se estableció en su artículo 2° que la Secretaria Distrital de Integración Social participará con voz pero sin derecho a voto, de conformidad con los temas que sean tratados en cada sesión, y previa convocatoria, siendo representada por El/la Secretario/a Distrital de Integración Social o su delegado/a.

Que en cumplimiento del Decreto Distrital 375 de 2024, se hace necesario delegar la representación de esta Secretaría ante el Comité Estratégico de Gobernanza del Espacio Público.

RESUELVE:

Artículo 1.

DELEGACIÓN ANTE COMITÉ ESTRATÉGICO DE GOBERNANZA Y GESTIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO - CEGGEP. Delegar la representación de esta Secretaría ante el Comité Estratégico de Gobernanza y Gestión del Espacio Público – CEGGEP-, en el servidor (a) que ejerza el cargo de Subdirector Técnico Código 068 Grado 05 en la Subdirección para la Gestión Integral Local de la Dirección Territorial de la Secretaría de Integración Social.

Artículo 2.

PUBLICACIÓN. La presente resolución deberá ser publicada en el enlace de Transparencia de la página web de esta Entidad, en cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 1712 de 2014 compilado en el Decreto 1081 de 2015.

Artículo 3.

COMUNICACIÓN. Comunicar el contenido del presente acto administrativo al Subdirector(a) de Gestión Local Integral, para que ejerza la delegación establecida en el presente acto administrativo.

Igualmente, la presente resolución será comunicada al Secretario Distrital de Gobierno, en calidad de Presidente del Comité Estratégico de Gobernanza y Gestión del Espacio Público – CEGGEPy a su delegado.

Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 Correo electrónico institucional: integracion@sdis.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8255 • PP. 1-6 • 2025 • FEBRERO • 4 6 FOR-GJ-032 Continuación de la Resolución No.0239 DEL 29 DE ENERO DE 2025 “Por la cual se hace una delegación ante el Comité Estratégico de Gobernanza y Gestión del Espacio Público y se dictan otras disposiciones”.

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20250130-141955-edd397-98590033 2025-01-30T15:14:51-05:00 - Pagina 4 de 7

Artículo 4.

VIGENCIA Y DEROGATORIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los 29 días del mes de enero de dos mil veinticinco (2025).

ROBERTO ANGULO SALAZAR Secretario Distrital de Integración Social Proyectó: Maria Claudia Avellaneda M - Abogada Contratista Subsecretaría Revisó: Andrea Vega Rodriguez – Abogada Oficina Jurídica Revisó: Franci Liliana Clavijo Joya – Jefe Oficina Jurídica (e) Aprobó: Juliana Sanchez Calderón – Subsecretaria Técnica Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 Correo electrónico institucional: integracion@sdis.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8255 • PP. 1-7 • 2025 • FEBRERO • 4 7 REGISTRO DE FIRMAS ELECTRONICAS RESOLUCION COMITE ESPACIO PUBLICO REV AVR SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL gestionado por: azsign.com.co Id Acuerdo: 20250130-141955-edd397-98590033 Creación: 2025-01-30 14:19:55 Escanee el código Estado: Finalizado Finalización: 2025-01-30 15:14:49 para verificación Aprobación: JULIANA SANCHEZ CALDERON Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20250130-141955-edd397-98590033 2025-01-30T15:14:51-05:00 - Pagina 5 de 7 Beatriz Juliana Sanchez Calderon 52355110 jusanchez@sdis.gov.co Subsecretaria Tecnica Secretaría de Integración Social Revisión: Franci Liliana Clavijo Joya FRANCI LILIANA CLAVIJO JOYA 52541102 fclavijo@sdis.gov.co JEFE OFICINA JURÍDICA (E) SECRETARIA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL Revisión: Andrea Vega Rodriguez Andrea Vega Rodríguez 52516635 avegar@sdis.gov.co Profesional Especializada Grado 23 Secretaría Distrital de Integración Social Elaboración: MARIA CLAUDIA AVELLANEDA Maria Claudia Avellaneda Micolta 52005141 mavellanedam@sdis.gov.co Contratista Subsecretaría Tecnica REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8255 • PP. 1-8 • 2025 • FEBRERO • 4 8 REGISTRO DE FIRMAS ELECTRONICAS RESOLUCION COMITE ESPACIO PUBLICO REV AVR SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL gestionado por: azsign.com.co Id Acuerdo: 20250130-141955-edd397-98590033 Creación: 2025-01-30 14:19:55 Escanee el código Estado: Finalizado Finalización: 2025-01-30 15:14:49 para verificación Firma: ROBERTO ANGULO SALAZAR Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20250130-141955-edd397-98590033 2025-01-30T15:14:51-05:00 - Pagina 6 de 7 Roberto Angulo Salazar 80060611 rangulo@sdis.gov.co Secretario de Despacho Secretaría Distrital de Integración Social REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8255 • PP. 1-9 • 2025 • FEBRERO • 4 9 REPORTE DE TRAZABILIDAD RESOLUCION COMITE ESPACIO PUBLICO REV AVR SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL gestionado por: azsign.com.co Id Acuerdo: 20250130-141955-edd397-98590033 Creación: 2025-01-30 14:19:55 Escanee el código Estado: Finalizado Finalización: 2025-01-30 15:14:49 para verificación TRAMITE PARTICIPANTE ESTADO ENVIO, LECTURA Y RESPUESTA Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20250130-141955-edd397-98590033 2025-01-30T15:14:51-05:00 - Pagina 7 de 7 Maria Claudia Avellaneda Micolta Env.: 2025-01-30 14:20:20 mavellanedam@sdis.gov.co Lec.: 2025-01-30 14:30:29 Elaboración Aprobado Contratista Res.: 2025-01-30 14:30:49 Subsecretaría Tecnica IP Res.: 181.57.20.250 Env.: 2025-01-30 14:30:49 Andrea Vega Rodríguez Lec.: 2025-01-30 14:32:32 avegar@sdis.gov.co Aprobado Revisión Res.: 2025-01-30 14:33:10 Profesional Especializada Grado 23 IP Res.: 200.118.60.11 Secretaría Distrital de Integración Soci Env.: 2025-01-30 14:33:10 FRANCI LILIANA CLAVIJO JOYA Lec.: 2025-01-30 14:35:08 fclavijo@sdis.gov.co Aprobado Revisión Res.: 2025-01-30 14:35:29 JEFE OFICINA JURÍDICA (E)

IP Res.: 190.27.225.68 SECRETARIA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCI Env.: 2025-01-30 14:35:29 Beatriz Juliana Sanchez Calderon Lec.: 2025-01-30 14:35:57 jusanchez@sdis.gov.co Aprobado Aprobación Res.: 2025-01-30 14:36:10 Subsecretaria Tecnica IP Res.: 181.57.20.250 Secretaría de Integración Social Env.: 2025-01-30 14:36:10 Roberto Angulo Salazar Lec.: 2025-01-30 15:12:34 rangulo@sdis.gov.co Aprobado Firma Res.: 2025-01-30 15:14:49 Secretario de Despacho IP Res.: 190.27.225.68 Secretaría Distrital de Integración Soci REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8255 • PP. 1-10 • 2025 • FEBRERO • 4 10 RESOLUCIÓN No. DG-003 de 2025 (22 de enero de 2025)

“Por la cual se efectúa el reconocimiento de honorarios para los miembros del Consejo Directivo de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea y se deroga la Resolución 013 de 2024”

EL DIRECTOR DE LA AGENCIA DISTRITAL PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR, LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA “ATENEA”

En ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, y en especial las conferidas el artículo 11, numerales 6 y 19 del Decreto Distrital 273 de 2020, el artículo 11 del Acuerdo 02 de 2021 del Consejo Directivo de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea” y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 13 del Decreto Ley 128 de 1976,"Por el cual se dicta el estatuto de inhabilidades, incompatibilidades y responsabilidades de los miembros de las juntas directivas de las entidades descentralizadas y de los representantes legales de estas ", determina que: "(…) los empleados o funcionarios públicos no podrán recibir remuneración por más de dos (2) juntas o consejos directivos de que formen parte en virtud de mandato legal o por delegación "

Que el literal f) del artículo 19 de la Ley 4 de 1992, consagra que: “Nadie podrá desempeñar simultáneamente más de un empleo público, ni recibir más de una asignación que provenga del Tesoro Público, o de empresas o de instituciones en las que tenga parte mayoritaria el Estado. Exceptúense las siguientes asignaciones: (…) f. Los honorarios percibidos por los miembros de las juntas directivas, en razón de su asistencia a las mismas, siempre que no se trate de más de dos juntas. (...)”.

Que el Decreto Nacional 1068 de 2015, Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público en el Libro 2, Parte 5, Titulo 3, Capitulo 1, establece los honorarios de los miembros de juntas y consejos directivos.

Que a su vez el artículo 2.5.3.1.5. del Decreto Nacional 1068 de 2015, establece que “De conformidad con el literal f) del artículo 19 de la Ley 4 de 1992, los funcionarios públicos no podrán recibir remuneración por más de dos (2) juntas o consejos directivos que formen parte en virtud de mandato legal o por delegación”.

Que el Decreto Distrital 082 de 2022, señala las directrices para fijar los honorarios de los miembros de las juntas y consejos directivos de los Establecimientos Públicos, Empresas Industriales y Comerciales, Sociedades Públicas, y Unidades Administrativas Especiales con Personería Jurídica del Distrito Capital.

Que mediante el Decreto Distrital 273 de 2020, se creó la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología -Atenea, en cumplimiento del artículo 132 del Acuerdo 761 de 2020.

Carrera 10 No. 28 – 49 torre A piso 26 PBX: (601) 6660006 www.agenciaatenea.gov.co Información: Línea 195 1 F2_P5_J – V1 -26/10/2023 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8255 • PP. 1-11 • 2025 • FEBRERO • 4 11 RESOLUCIÓN No. DG-003 de 2025 (22 de enero de 2025)

“Por la cual se efectúa el reconocimiento de honorarios para los miembros del Consejo Directivo de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea y se deroga la Resolución 013 de 2024”

Que el artículo 9 del Decreto Distrital 273 de 2020, reguló la conformación del Consejo Directivo de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología - Atenea.

Que, en virtud de lo anterior, mediante el Decreto Distrital 498 de 2023 y las Resoluciones 3991 del 02 de noviembre de 2023 y 2045 del 20 de diciembre de 2024, se prorrogó la designación a los miembros del Consejo Directivo de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea”.

Que mediante el Acuerdo 01 del 5 noviembre de 2021, se adoptó el reglamento interno del Consejo Directivo de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología, el cual señala en su capítulo III artículos 11 y 12 la clase de sesiones del Consejo Directivo.

Que mediante el Acuerdo No. 02 del 5 de noviembre de 2021, el Consejo Directivo de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea”, en su artículo No. 11, estableció:

“HONORARIOS. Los miembros del Consejo Directivo que no tengan la calidad de servidores públicos podrán recibir honorarios por su asistencia a las sesiones ordinarias y extraordinarias, los cuales se fijaran con fundamento en la resolución que expida El/La Director/Directora de la agencia, teniendo en cuanta las condiciones y topes fijados en el Decreto 202 de 2018 ”Por medio del cual se dictan directrices para fijar los honorarios de los miembros de las juntas y consejos directivos de los Establecimientos Públicos, Empresas Industriales y Comerciales, Sociedades Públicas, y Unidades Administrativas Especiales con Personería Jurídica del Distrito Capital, y se derogan los Decretos Distritales 063 de 1997 y 112 de 2018” y por las normas que lo adicionen, modifiquen o sustituyan”.

Que el Acuerdo Distrital 940 de 2024, “Por el cual se expide el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025 y se dictan otras disposiciones” aprobó el presupuesto para la vigencia 2025, para la Agencia Atenea, por un valor de $721.421.675.000, lo que equivale a 506.794,29 Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes cifra que permitirá determinar el valor de los honorarios de los integrantes del Consejo Directivo de la Agencia Atenea, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Distrital 082 de 2022 que establece:

“Artículo1. - Tope máximo por sesión. Los miembros de los Consejos Directivos y/o Juntas Directivas de los Establecimientos Públicos, Empresas Industriales y Comerciales, Sociedades cuya participación sea mayoritariamente pública y las Unidades Administrativas Especiales con Personería Jurídica del Distrito Capital, podrán devengar honorarios, por asistir a una sesión ordinaria o extraordinaria de la Entidad que representan, de la siguiente manera:

(…)

Carrera 10 No. 28 – 49 torre A piso 26 PBX: (601) 6660006 www.agenciaatenea.gov.co Información: Línea 195 2 F2_P5_J – V1 -26/10/2023 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8255 • PP. 1-12 • 2025 • FEBRERO • 4 12 RESOLUCIÓN No. DG-003 de 2025 (22 de enero de 2025)

“Por la cual se efectúa el reconocimiento de honorarios para los miembros del Consejo Directivo de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea y se deroga la Resolución 013 de 2024” b. Hasta veintisiete (27) Unidades de Valor Tributario para los miembros de los Consejos Directivos y/o Juntas Directivas cuyas entidades tengan aprobado un presupuesto entre 332.141 y 1.280.012, Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes (…)

Artículo 2.

- Tope máximo por mes. El tope máximo de remuneración devengada por mes por la asistencia a cada sesión para los miembros de las Juntas Directivas o Consejos Directivos de las Establecimientos Públicos, Empresas Industriales y Comerciales, Sociedades cuya participación sea mayoritariamente pública y las Unidades Administrativas Especiales con Personería Jurídica del Distrito Capital será el siguiente:

(…) b. Hasta sesenta y seis (66) Unidades de Valor Tributario para los miembros de los Consejos Directivos y/o Juntas Directivas cuyas entidades tengan aprobado un presupuesto entre 332.141 y 1.280.012, Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes “(negrillas fuera de texto)

Que en el parágrafo 3 del artículo 2 del Decreto Distrital 082 de 2022, se establece que el valor de los honorarios se actualizará automáticamente según el valor anual que fije la Unidad Administrativa Especial de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DlAN para la Unidad de Valor Tributario -UVT.

Que la Unidad Administrativa Especial de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DlAN, mediante la Resolución 000193 del 04 de diciembre de 2024, fijo en CUARENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($49.799) el valor de la Unidad de Valor Tributario – UVT que regirá durante el año 2025.

Que el responsable de presupuesto de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología -Atenea, expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 9 por valor de setenta millones de pesos ($70.000.000) M/CTE, con el fin de garantizar la existencia de apropiación para atender dicho gasto.

Que mediante la Resolución 013 de 2024, expedida por la Agencia se fijó el valor de los honorarios para los integrantes del Consejo Directivo para dicha vigencia; no obstante, deben establecerse los mismos para la asistencia a las sesiones que se celebren en la vigencia 2025.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1.

- HONORARIOS POR SESIÓN. Fijar como honorarios por sesión, veinte (20) Unidades de Valor Tributario -UVT, para los miembros del Consejo Directivo de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea”

Carrera 10 No. 28 – 49 torre A piso 26 PBX: (601) 6660006 www.agenciaatenea.gov.co Información: Línea 195 3 F2_P5_J – V1 -26/10/2023 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8255 • PP. 1-13 • 2025 • FEBRERO • 4 13 RESOLUCIÓN No. DG-003 de 2025 (22 de enero de 2025)

“Por la cual se efectúa el reconocimiento de honorarios para los miembros del Consejo Directivo de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea y se deroga la Resolución 013 de 2024”

Artículo 2.

-HONORARIOS MÁXIMOS POR MES. Fijar treinta (30) Unidades de Valor Tributario -UVT, como máximo de remuneración devengada por la asistencia a más de una sesión mensual a los miembros del Consejo Directivo de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea”

Artículo 3.

TRAMÍTE. Los honorarios reglamentados en la presente resolución se tramitarán a través de la Dirección General de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea”, con la constancia de asistencia de los respectivos miembros del Consejo Directivo expedida por el secretario técnico de la misma, con cargo al Certificado de disponibilidad Presupuestal No. 9 de 2025.

Artículo 4-. DEROGATORIA. Derogar la Resolución No. 013 de 2024 y las demás disposiciones que le sean contrarias.

Artículo 5-VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y aplica para las sesiones del Consejo Directivo celebradas en el año 2025.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá a los veintidós (22) días del mes de enero del año 2025.

VICTOR JAVIER SAAVEDRA MERCADO Firmado digitalmente por VICTOR JAVIER SAAVEDRA MERCADO VÍCTOR JAVIER SAAVEDRA MERCADO DIRECTOR GENERAL Aprobó: Paola Andrea Muñoz – Asesora del Despacho Revisó: Ingrid Carolina Silva – Jefe Oficina Jurídica Flor Angela Blanco Valero - Tesorera Proyectó: Karen Andrea Barrios – Abogada Contratista OAJ.

Carrera 10 No. 28 – 49 torre A piso 26 PBX: (601) 6660006 www.agenciaatenea.gov.co Información: Línea 195 4 F2_P5_J – V1 -26/10/2023 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8255 • PP. 1-14 • 2025 • FEBRERO • 4 14

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