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Registro Distrital 8251 de 2025

Registro Distrital 8251 de 2025 Nivel Distrital

Tipo
Registro Distrital
Número
8251
Año
2025
Fecha
28 de enero de 2025
Entidad
Nivel Distrital
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

5,5 ALCALDE MAYOR Carlos Fernando Galán Pachón REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 • No. 8251 - Pp 1 - 338 - 2025 • ENERO • 28 CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Central DECRETOS 2025 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. DECRETO Nº 032 “Por medio del cual se fija el incremento salarial para la vigencia 2025 de los empleados públicos de la Veeduría Distrital”...................................................4 DECRETO Nº 033 “Por medio del cual se fija el incremento salarial para la vigencia 2025 de los empleados públicos del Sector Central de la Administración Distrital de Bogotá, D. C.”................................................................................................................9 DECRETO Nº 034 “Por medio del cual se fija el incremento salarial para la vigencia 2025 de los empleados públicos del Concejo de Bogotá, D.C.”........................................16 DECRETO Nº 035 “Por medio del cual se fija el incremento salarial para la vigencia 2025 de los empleados públicos de la Contraloría de Bogotá, D.C.”.................................22 DECRETO Nº 036 “Por medio del cual se fija el incremento salarial para la vigencia 2025 de los empleados públicos de la Personería de Bogotá, D.C.”.................................27 RESOLUCIONES 2025 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. - REGIÓN METROPOLITANA BOGOTÁ - CUNDINAMARCA RESOLUCIÓN Nº 027 “Por medio de la cual se modifica la resolución número 526 del 27 de diciembre del 2024 – “Por la cual se efectúa la liquidación del presupuesto anual de rentas e ingresos y gastos e inversión para la vigencia fiscal 2025 de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca”...........................................................32 Sector Descentralizado INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO - IDU RESOLUCIÓN Nº 104 “RESOLUCIÓN DE ADOPCIÓN DEL MANUAL DE INTERVENTORÍA” “Por medio de la cual se adopta el Manual de Gestión de Interventoría y/o Supervisión de Contratos del IDU Versión 11.0”...............................................37 Sector Local ACUERDO LOCAL 2025 JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE SAN CRISTÓBAL ACUERDO LOCAL Nº 143 “Por el cual se modifica el artículo 2 del Acuerdo Local 140 de 2024, Por el cual se expide el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2025”.....................................................................................333 DECRETOS LOCALES 2025 ALCALDÍA LOCAL DE SAN CRISTÓBAL DECRETO LOCAL Nº 001 “Por medio del cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de San Cristóbal a partir del 25 de enero y hasta el 29 de Enero, inclusive”......................................................................................335 DECRETO LOCAL Nº 002 “Mediante el cual se sanciona el Acuerdo Local Nº. 143 del 27 de enero de 2025” “Por el cual se modifica el artículo 2 del Acuerdo Local 140 de 2024, Por el cual se expide el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2025”.............................................................................337 AÑO 59 NÚMERO 8251 28 • ENERO • 2025 SECRETARÍA GENERAL ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL.

LA PUBLICACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS EN EL REGISTRO DISTRITAL SE REALIZA DE ACUERDO A LA LEY 1437 DEL 2011 EN SU ARTÍCULO 65 MODIFICADO POR LA LEY 2080 DE 2021 “POR LA CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO”.

CORREO: REGISTRODISTRITAL@ALCALDIABOGOTA.GOV.CO DIRECCIÓN: CALLE 11 SUR #1-60 ESTE - LA MARÍA - BOGOTÁ D.C.

TELÉFONO: 381 3000 EXT. 5010 - 5202 SUBDIRECTORA IMPRENTA DISTRITAL: CLAUDIA ELENA MEJÍA ACOSTA DECRETOS DE 2025 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-4 • 2025 • ENERO • 28 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-5 • 2025 • ENERO • 28 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-6 • 2025 • ENERO • 28 6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-7 • 2025 • ENERO • 28 7 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-8 • 2025 • ENERO • 28 8 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-9 • 2025 • ENERO • 28 9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-10 • 2025 • ENERO • 28 10 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-11 • 2025 • ENERO • 28 11 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-12 • 2025 • ENERO • 28 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-13 • 2025 • ENERO • 28 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-14 • 2025 • ENERO • 28 14 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-15 • 2025 • ENERO • 28 15 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-16 • 2025 • ENERO • 28 16 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-17 • 2025 • ENERO • 28 17 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-18 • 2025 • ENERO • 28 18 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-19 • 2025 • ENERO • 28 19 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-20 • 2025 • ENERO • 28 20 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-21 • 2025 • ENERO • 28 21 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-22 • 2025 • ENERO • 28 22 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-23 • 2025 • ENERO • 28 23 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-24 • 2025 • ENERO • 28 24 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-25 • 2025 • ENERO • 28 25 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-26 • 2025 • ENERO • 28 26 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-27 • 2025 • ENERO • 28 27 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-28 • 2025 • ENERO • 28 28 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-29 • 2025 • ENERO • 28 29 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-30 • 2025 • ENERO • 28 30 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-31 • 2025 • ENERO • 28 31 RESOLUCIONES DE 2025 RESOLUCIÓN 027 (27 de enero de 2025)

“Por medio de la cual se modifica la resolución número 526 del 27 de diciembre del 2024 – “Por la cual se efectúa la liquidación del presupuesto anual de rentas e ingresos y gastos e inversión para la vigencia fiscal 2025 de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca”

EL DIRECTOR DE LA REGIÓN METROPOLITANA BOGOTÁ – CUNDINAMARCA En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial, las conferidas por el numeral 6 del artículo 27 de la Ley 2199 del 2022, los artículos 36 y 67 del Acuerdo Regional 004 del 2023; y

CONSIDERANDO:

1.

Que el Consejo Regional aprobó el Acuerdo Regional 023 del 4 diciembre 2024 - “Por el cual se establece el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones para la vigencia fiscal 2025 de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca y se dictan otras disposiciones”.

2.

Que mediante Resolución 526 del 27 de diciembre del 2024 se efectuó la liquidación del presupuesto anual de rentas e ingresos y gastos e inversiones para la vigencia fiscal 2025 de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca.

3.

Que la Subdirección de Gestión de Proyectos de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca mediante el Memorando CI-20250114-124 de 14 de enero de 2025, planteó la necesidad de contar recursos con cargo a gastos de funcionamiento, con el siguiente objeto de contratación, “Asesorar jurídicamente en las fases precontractuales, contractuales y poscontractuales necesarias para la ejecución de los planes, programas y proyectos a cargo de la Región Metropolitana”, por valor de CIENTO NOVENTA Y SIETE MILLONES CIENTO SESENTA MIL PESOS ($197.160.000) M/CTE. Adicionalmente, la Subdirección de Gestión Corporativa en su labor de seguimiento y control al presupuesto de funcionamiento de la Entidad, también ha identificado la necesidad de contratar con otros servicios jurídicos por valor de CIENTO VENTIDOS MILLONES CIENTO NOVENTA Y UN MIL PESOS ($122.191.000) M/CTE, donde este valor más la necesidad planteada por la Subdirección de Gestión de Proyectos suman un total de TRECIENTOS DIECINUEVE REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-32 • 2025 • ENERO • 28 32 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN 027 DEL 27 DE ENERO 2025: “Por medio de la cual se modifica la resolución número 526 del 27 de diciembre del 2024 – “Por la cual se efectúa la liquidación del presupuesto anual de rentas e ingresos y gastos e inversión para la vigencia fiscal 2025 de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca”. ________________________________________________________________________________________

MILLONES TRECIENTOS CINCUENTA Y UN MIL PESOS ($319.351.000) M/CTE, sin embargo una vez revisado el saldo de la asignación presupuestal del rubro “Otros Servicios Jurídicos N.C.P.” resulta insuficiente para respaldar estas necesidades.

4.

Que de acuerdo con el seguimiento y control a la ejecución del presupuesto de la entidad, en especial respecto de las necesidades sobre los gastos de funcionamiento del año en curso, la Subdirección de Gestión Corporativa de la Región Metropolitana, ha identificado que algunos rubros presupuestales cuentan con la disponibilidad de recursos en su asignación, dentro de los cuales se encuentra el rubro de “Servicios de Consultoría en Gestión Estratégica” y el rubro de “Servicios de Consultoría en Gestión Financiera” de los cuales se puede disminuir su apropiación para hacer el traslado al rubro mencionado en el considerando 3 de la presente Resolución, por valor de DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE MILLONES TRECIENTOS CINCUENTA Y UN MIL PESOS ($279.351.000) M/CTE y CUARENTA MILLONES DE PESOS ($40.000.000) M/CTE respectivamente.

5.

Que conforme a la supervisión adelantada por la Subdirección de Gestión Corporativa sobre la Orden de Compra No. OC 139768 cuyo objeto es: “Prestar el Servicio Integral de Aseo y Cafetería para la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca” y en consideración a la solicitud realizada mediante el memorando CI-20250121-174 del 21 de enero de 2025, se establece la necesidad de hacer un traslado presupuestal entre los rubros que componen la asignación de servicios de aseo y cafetería, toda vez que los recursos correspondientes a los rubros i. Alcoholes n.c.p.; ii. Chupas y accesorios de caucho para sanitarios; iii. Vajillas de porcelana; y iv. Mangos metálicos; resultan insuficientes para atender las necesidades planteadas, mientras que en el rubro de servicio de limpieza general se pueden disminuir los recursos por la suma de TRES MILLONES CIEN MIL PESOS ($3.100.000) M/CTE.

6.

Que mediante memorando CI-20250123-178 de 23 de enero de 2025, la Oficina Asesora de Planeación Institucional de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca, solicitó ajuste de rubro presupuestal sobre el proyecto de inversión cuya gerencia se encuentra a cargo de la Jefe de la Oficina de Comunicaciones, denominado “Implementación y Fortalecimiento de Procesos Participativos Incidentes en los asuntos de la Región Metropolitana Bogotá D.C. Cundinamarca (BPIN 20241400230001)”, por valor de SETENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS MIL PESOS ($79.200.000) M/CTE, indicando: “(…) Tomando en consideración la Resolución 526 del 27 de diciembre de 2024 “Por la cual se efectúa la liquidación del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones para la vigencia fiscal 2025 de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca y se dictan otras disposiciones”, la actividad señalada, se asoció al rubro presupuestal 2.3.2.02.02.00805, por lo cual, se requiere un ajuste presupuestal en dicha REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-33 • 2025 • ENERO • 28 33 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN 027 DEL 27 DE ENERO 2025: “Por medio de la cual se modifica la resolución número 526 del 27 de diciembre del 2024 – “Por la cual se efectúa la liquidación del presupuesto anual de rentas e ingresos y gastos e inversión para la vigencia fiscal 2025 de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca”. ________________________________________________________________________________________ actividad con el fin de disponer parte de los recursos inicialmente asignados, al rubro que corresponde a los servicios jurídicos, para la contratación de la necesidad a satisfacer, (…)” y “(…) Se aclara además que esta solicitud no modifica el monto total del proyecto de inversión, ni de la actividad señalada, así como tampoco la ficha técnica del proyecto de inversión”.

7.

Que en consideración a las necesidades y justificaciones presentadas por las dependencias competentes de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca, es procedente efectuar los ajustes presupuestales mencionados con el fin de garantizar la correcta ejecución de las actividades descritas y amparadas con los recursos de los gastos de funcionamiento e inversión en el presupuesto de la vigencia 2025 de la Entidad.

Que, en mérito de lo expuesto, R E S U E L V E:

Artículo 1.

TRASLADAR entre los rubros presupuestales de GASTOS DE FUNCIONAMIENTO la suma de TRESCIENTOS VEINTIDOS MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL PESOS M/CTE ($322.451.000), de conformidad con la siguiente descripción:

CRÉDITO CONTRACRÉDITO RUBRO DESCRIPCIÓN UNIDAD EJECUTORA VALOR (Pesos) UNIDAD EJECUTORA VALOR (Pesos)

2.1.2.02.01.003 OTROS BIENES TRANSPORTABLES (EXCEPTO PRODUCTOS METÁLICOS, MAQUINARIA Y EQUIPO)

2.1.2.02.01.00304 3413999 ALCOHOLES N.C.P. 01 - REGION METROPOLITANA 200.000 2.1.2.02.01.003063627009 CHUPAS Y ACCESORIOS DE CAUCHO PARA SANITARIOS 01 - REGION METROPOLITANA 50.000 2.1.2.02.01.003073722103 VAJILLAS DE PORCELANA 01 - REGION METROPOLITANA 2.800.000 2.1.2.02.01.004 PRODUCTOS METÁLICOS, MAQUINARIA Y EQUIPO REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-34 • 2025 • ENERO • 28 34 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN 027 DEL 27 DE ENERO 2025: “Por medio de la cual se modifica la resolución número 526 del 27 de diciembre del 2024 – “Por la cual se efectúa la liquidación del presupuesto anual de rentas e ingresos y gastos e inversión para la vigencia fiscal 2025 de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca”. ________________________________________________________________________________________

CRÉDITO CONTRACRÉDITO RUBRO DESCRIPCIÓN UNIDAD EJECUTORA VALOR (Pesos) UNIDAD EJECUTORA VALOR (Pesos)

2.1.2.02.01.004024299201 MANGOS METÁLICOS 01 - REGION METROPOLITANA 50.000 2.1.2.02.02.008 SERVICIOS PRESTADOS A LAS EMPRESAS Y SERVICIOS DE PRODUCCIÓN 2.1.2.02.02.0080282199 OTROS SERVICIOS JURÍDICOS N.C.P.

01 - REGION METROPOLITANA 319.351.000 01 - REGION METROPOLITANA 279.351.000 2.1.2.02.02.0080383111 SERVICIOS DE CONSULTORÍA EN GESTIÓN ESTRATÉGICA 01 - REGION METROPOLITANA 40.000.000 2.1.2.02.02.0080383112 SERVICIOS DE CONSULTORÍA EN GESTIÓN FINANCIERA 01 - REGION METROPOLITANA 3.100.000 2.1.2.02.02.0080585330 SERVICIO DE LIMPIEZA GENERAL TOTAL 322.451.000 TOTAL 322.451.000

Artículo 2.

EFECTUAR DESAGREGACIÓN PARCIAL DE RUBROS en el presupuesto de GASTOS DE INVERSIÓN de la Unidad ejecutora 01, de conformidad con la siguiente descripción:

RUBRO DESCRIPCIÓN VALOR (Pesos)

UNIDAD EJECUTORA 01 REGION METROPOLITANA BPIN 20241400230001 4.028.170.000 IMPLEMENTACIÓN Y FORTALECIMIENTO DE PROCESOS PARTICIPATIVOS INCIDENTES EN LOS ASUNTOS DE LA REGIÓN METROPOLITANA BOGOTÁ D.C. CUNDINAMARCA 2.3.2 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS 4.028.170.000 2.3.2.02 ADQUISICIÓN DE DIFERENTES ACTIVOS 4.028.170.000 2.3.2.02.02 ADQUISICIÓN DE SERVICIOS 4.028.170.000 2.3.2.02.02.008 SERVICIOS PRESTADOS A LAS EMPRESAS Y SERVICIOS DE PRODUCCIÓN 4.028.170.000 2.1.2.02.02.00802 SERVICIOS JURÍDICOS Y CONTABLES 79.200.000 2.3.2.02.02.00803 SERVICIOS PROFESIONALES, CIENTÍFICOS Y TÉCNICOS (EXCEPTO LOS SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN, URBANISMO, JURÍDICOS Y DE CONTABILIDAD) 2.303.332.300 2.3.2.02.02.00805 SERVICIOS DE SOPORTE 1.645.637.700

Artículo 3.

COMUNICAR. Comunicar el presente acto administrativo en la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca a la Subdirección de Gestión Corporativa, Oficina Asesora de Planeación Institucional, y al Gerente del Proyecto de Inversión citado en el numeral 6 del acápite de los considerandos de la presente resolución.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-35 • 2025 • ENERO • 28 35 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN 027 DEL 27 DE ENERO 2025: “Por medio de la cual se modifica la resolución número 526 del 27 de diciembre del 2024 – “Por la cual se efectúa la liquidación del presupuesto anual de rentas e ingresos y gastos e inversión para la vigencia fiscal 2025 de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca”. ________________________________________________________________________________________

Artículo 4.

PUBLICACIÓN Y VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación de conformidad con lo establecido en los Estatutos de la Región Metropolitana.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D.C., a los veintisiete (27) días del mes de enero del año dos mil veinticinco (2025).

Firmado digitalmente por LOTA LUIS FELIPE LOTA LUIS FELIPE LUIS FELIPE LOTA Director ROL NOMBRES Y APELLIDOS CARGO/ROL FIRMA/Vo.Bo. Aprobó: Clara Inés Márquez Vásquez Subdirectora de Gestión Corporativa (E) Jefe Oficina Jurídica Revisó:

Angélica Avendaño Ortegón Contratista RMBC – Despacho Proyectó: Yulie Carolina Pineda Contratista RMBC – SGC, Financiera Michael Stick Mendez Mendez Profesional Especializado 222-12, SGC – Financiera Claudia Maritza Soto C. Contratista RMBC – SGC, Financiera REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-36 • 2025 • ENERO • 28 36 Subsistema de Gestión Antisoborno - IDU denuncia.soborno@idu.gov.co Para descargar la versión firmada mecánicamente puede escanear el código QR SGJ 202540500001046 Información Pública RESOLUCIÓN NÚMERO 104 DE 2025 “RESOLUCIÓN DE ADOPCIÓN DEL MANUAL DE INTERVENTORÍA” “Por medio de la cual se adopta el Manual de Gestión de Interventoría y/o Supervisión de Contratos del IDU Versión 11.0”.

EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO IDU, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas en el artículo 17 del Acuerdo Distrital 19 de 1972, artículo 29 del Acuerdo 01 de 2009 del Consejo Directivo del IDU, artículo 5º del Acuerdo 06 de 2021, modificado por el artículo 4º del Acuerdo 02 de 2022 del Consejo Directivo del IDU, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 209 de la Constitución Política señala que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamentos en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización de funciones y que la administración pública tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley.

Que el artículo 269 de la Constitución Política de Colombia señala que las entidades públicas, están obligadas a diseñar y aplicar según la naturaleza de sus funciones, métodos y procedimientos de control interno de conformidad con lo que disponga la ley.

Que el numeral 1° del artículo 14 de la Ley 80 de 1993 dispone que las entidades estatales tienen la responsabilidad de ejercer el control y vigilancia de la ejecución de los contratos, para garantizar el cumplimiento de los fines de la contratación estatal.

Que el artículo 23 de la citada Ley 80 de 1993, respecto de los principios de las actuaciones contractuales de las entidades Estatales establece:

“Las actuaciones de quienes intervengan en la contratación estatal se desarrollarán con arreglo a los principios de transparencia, economía y responsabilidad y de conformidad con los postulados que rigen la función administrativa. Igualmente, se aplicarán en las mismas las normas que regulan la conducta de los servidores públicos, las reglas de interpretación de la contratación, los principios generales del derecho y los particulares del derecho administrativo”.

1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-37 • 2025 • ENERO • 28 37 Subsistema de Gestión Antisoborno - IDU denuncia.soborno@idu.gov.co Para descargar la versión firmada mecánicamente puede escanear el código QR SGJ 202540500001046 Información Pública RESOLUCIÓN NÚMERO 104 DE 2025 “RESOLUCIÓN DE ADOPCIÓN DEL MANUAL DE INTERVENTORÍA” “Por medio de la cual se adopta el Manual de Gestión de Interventoría y/o Supervisión de Contratos del IDU Versión 11.0”.

Que la Ley 1474 de 2011 “Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública”, entre otros aspectos, regula las responsabilidades, facultades y deberes de los supervisores, interventores y personal de apoyo frente a la vigilancia de la correcta ejecución contractual.

Que el artículo 83 de la mencionada Ley 1474 de 2011 dispone:

“Con el fin de proteger la moralidad administrativa, de prevenir la ocurrencia de actos de corrupción y de tutelar la transparencia de la actividad contractual, las entidades públicas están obligadas a vigilar permanentemente la correcta ejecución del objeto contratado a través de un supervisor o un interventor, según corresponda.”

Que el artículo 2.2.1.2.5.3 del Decreto Único Nacional 1082 de 2015 señala:

“Las Entidades Estatales deben contar con un manual de contratación, el cual debe cumplir con los lineamientos que para el efecto señale Colombia Compra Eficiente”.

Que la Agencia Nacional de Contratación Pública Colombia Compra Eficiente, publicó los “Lineamientos generales para la expedición de Manuales de Contratación” LGEMC-01 el 26 de diciembre de 2013 señalando como uno de los aspectos que debe regularse en estos manuales son “Los Procedimientos para desarrollar la Gestión Contractual” en diversas actividades, entre ellas: “Supervisar y hacer seguimiento a la ejecución de los contratos.”

Que, de otra parte, el parágrafo del artículo 1° de la Ley 87 de 1993, expresa que el control interno se expresará a través de las políticas aprobadas por los niveles de dirección y administración de las respectivas entidades, mediante la elaboración y aplicación, entre otros, de manuales procedimientos.

Que el artículo 2° del Decreto Nacional 1537 de 2001, reglamentario de la Ley 87 de 1993, establece que las organizaciones públicas deberán elaborar, adoptar y aplicar manuales a través de los cuales se documentarán y formalizarán los procedimientos a partir de la identificación de los procesos institucionales.

2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-38 • 2025 • ENERO • 28 38 Subsistema de Gestión Antisoborno - IDU denuncia.soborno@idu.gov.co Para descargar la versión firmada mecánicamente puede escanear el código QR SGJ 202540500001046 Información Pública RESOLUCIÓN NÚMERO 104 DE 2025 “RESOLUCIÓN DE ADOPCIÓN DEL MANUAL DE INTERVENTORÍA” “Por medio de la cual se adopta el Manual de Gestión de Interventoría y/o Supervisión de Contratos del IDU Versión 11.0”.

Que el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015, integró en un solo Sistema de Gestión los Sistemas de Desarrollo Administrativo y de Gestión de la Calidad, previstos en las Leyes 489 de 1998 y 872 de 2003, respectivamente, el cual deberá articularse con el Sistema de Control Interno consagrado en la Ley 87 de 1993 y en los artículos 27 al 29 de la Ley 489 de 1998.

Que el artículo 2.2.22.3.4 del Decreto Nacional 1499 de 2017, en su ámbito de aplicación, dispuso que el Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPGse debe adoptar por los organismos y entidades de los órdenes nacional y territorial de la Rama Ejecutiva del Poder Público.

Que la Guía de Documentación IDU del MIPG–SIG (GU-AC-01 V.8 del 30 de mayo de 2019), establece los tipos de documentos así: manual, especificación técnica, caracterización, plan, documento, cartilla, procedimiento, instructivo, guía y formato. (Numeral 6º).

Que una de las políticas institucionales contenida en la Guía de Documentación del MIPG–SIG es que:

“Los Manuales destinados a definir políticas de gestión sobre marcos de actuación con grupos de interés relevantes (Contratistas, Empresas de Servicios Públicos, Interventores, etc.) deberán ser aprobados a través de Resolución suscrita por la Dirección General.”

Que las diferentes versiones del Manual Interventoría y/o Supervisión Contratos del Instituto de Desarrollo Urbano-IDU han sido adoptadas mediante Resolución, las cuales se encuentran relacionadas en el control de versiones del mismo documento que hace parte del Manual.

Que mediante Resolución IDU-965 de 1998, se adoptó el Manual de Interventoría y/o Supervisión Contratos del Instituto de Desarrollo Urbano-IDU, el cual ha sido modificado en varias oportunidades, encontrándose vigente a la fecha la Resolución IDU-5643 de 2023, que adopta la Versión 10.0.

Que el normal desarrollo de los contratos suscritos por el Instituto y la dinámica 3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-39 • 2025 • ENERO • 28 39 Subsistema de Gestión Antisoborno - IDU denuncia.soborno@idu.gov.co Para descargar la versión firmada mecánicamente puede escanear el código QR SGJ 202540500001046 Información Pública RESOLUCIÓN NÚMERO 104 DE 2025 “RESOLUCIÓN DE ADOPCIÓN DEL MANUAL DE INTERVENTORÍA” “Por medio de la cual se adopta el Manual de Gestión de Interventoría y/o Supervisión de Contratos del IDU Versión 11.0”. propia de los mismos han evidenciado la necesidad de ajustar el Manual de Gestión de Interventoría y/o Supervisión Contratos del Instituto de Desarrollo Urbano-IDU, en relación con aspectos asociados con la gestión contractual del Instituto, tal como la modificación del manual de contratación del Instituto, algunas recomendaciones efectuadas por los órganos de control, la jurisprudencia especializada y aplicable a la gestión contractual y, la buena práctica administrativa aplicable por parte de la Entidad y que tiene como actividad transversal la revisión constante de la documentación de gestión administrativa a la cual se encuentra sujeta.

De manera concreta las modificaciones que se introducen al Manual se encuentran referidas a las siguientes temáticas; (i) ajustes de algunos aspectos asociados con la modificación del manual de contratación y que se relacionan con los cambios del establecimiento de los diferentes esquemas de traslado de riesgos de estudios y diseños al constructor en los diferentes contratos de obra pública que celebra el Instituto y, el fondo de compensaciones, (ii) ajuste del apartado destinado a la supervisión de los contratos de obra pública que celebra el Instituto, cuando los mismos incluyen estudios y diseños, (iii) redacción, ajuste y modificación del apartado destinado al tratamiento de los planes de contingencias conjuntos en los diferentes contratos que celebre el Instituto y, (iii) redacción, ajuste y modificación del apartado destinado al tratamiento de la extensión del plazo sin sanciones para el contratista.

Que por lo anterior se hace necesario que el Instituto de Desarrollo Urbano – IDU- modifique la Versión 10.0 del Manual de Gestión de Interventoría y/o Supervisión de Contratos.

Que, en mérito de lo expuesto, el Director General del Instituto de Desarrollo Urbano -IDU.

RESUELVE:

Artículo 1º.

Manual de Gestión de Interventoría y/o Supervisión de Contratos IDU. Adóptese el Manual de Gestión de Interventoría y/o Supervisión de Contratos Versión 11.0 del Instituto de Desarrollo Urbano, documento que forma parte integral de la presente Resolución.

4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-40 • 2025 • ENERO • 28 40 Subsistema de Gestión Antisoborno - IDU denuncia.soborno@idu.gov.co Para descargar la versión firmada mecánicamente puede escanear el código QR SGJ 202540500001046 Información Pública RESOLUCIÓN NÚMERO 104 DE 2025 “RESOLUCIÓN DE ADOPCIÓN DEL MANUAL DE INTERVENTORÍA” “Por medio de la cual se adopta el Manual de Gestión de Interventoría y/o Supervisión de Contratos del IDU Versión 11.0”.

Parágrafo 1º.
Este Manual Versión 11.0 prevalece sobre cualquier disposición o documento que aplique para la gestión contractual, salvo la existencia de una nueva disposición legal que modifique tácitamente algún contenido.

Parágrafo 2º.
Respecto de aquellos contratos que se encuentran en ejecución, así como los que se encuentren terminados y no han sido objeto de liquidación, esta versión aplicará a solicitud del Contratista. Para el efecto, bastará la manifestación de voluntad del contratista en ese sentido, y la respuesta que emita el área ejecutora sobre ese particular para que se entienda incorporada al contrato la nueva versión.

Artículo 3º.

Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Registro Distrital y deroga la Resolución IDU-5643 de 2023.

Dada en Bogotá D.C., en Enero 21 de 2025.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE PEDRO ORLANDO MOLANO PÉREZ Director General Firma mecánica generada el 21-01-2025 12:50:53 PM autorizada mediante Resolución No. 400 de marzo 11 de 2021 Anexos: 291 Folios Aprobó: MARTHA LILIANA GONZÁLEZ MARTÍNEZ-Subdirección General Jurídica Elaboró: DIEGO FERNANDO PAEZ VARGAS-Subdirección General Jurídica 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-41 • 2025 • ENERO • 28 41 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORÍA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS Control de Versiones 291 Versión Fecha Descripción Modificación Folios 11 2025-01-13 En esta versión se ajustan algunos aspectos asociados con la gestión contractual del Instituto, teniendo en cuenta para ello, la modificación del manual de contratación del Instituto, algunas recomendaciones efectuadas por los órganos de control, la jurisprudencia especializada y aplicable a la gestión contractual y, la buena práctica administrativa aplicable por parte de la Entidad y que tiene como actividad transversal la revisión constante de la documentación de gestión administrativa a la cual se encuentra sujeta. De manera concreta las modificaciones que se introducen se encuentran referidas, entre otras, a las siguientes temáticas; (i) ajustes de algunos aspectos asociados con la modificación del manual de contratación y que se relacionan con los cambios del establecimiento de los diferentes esquemas de traslado de riesgos de estudios y diseños al constructor en los diferentes contratos de obra pública que celebra el Instituto y, el fondo de compensaciones, (ii) ajuste del apartado destinado a la supervisión de los contratos de obra pública que celebra el Instituto, cuando los mismos incluyen estudios y diseños, (iii) redacción, ajuste y modificación del apartado destinado al tratamiento de los planes de contingencias conjuntos en los diferentes contratos que celebre el Instituto y, (iii) redacción, ajuste y modificación del apartado destinado al tratamiento de la extensión del plazo sin sanciones para el contratista.

10 2023-11-30 284 Se incluye la responsabilidad a los supervisores directamente o a través de los apoyos a la supervisión para cargar y mantener actualizada información relacionada con la ejecución de los contratos en la Plataforma Transaccional Secop II y en el Sistema de Información de Acompañamiento Contractual - SIAC, según los lineamientos de la SGJ. Numeral 5.7. Trámite de modificaciones contractuales se ajusta la redacción en lo referente a la revisión que realiza la DTGC en las actualizaciones o anexos modificatorios de las garantías. Numeral 12.3.2. Reportes de sanción impuesta: Se actualiza la dependencia encargada de publicar en el Portal Único de Contratación SECOP los actos administrativos que dan cuenta de la decisión de sanción al contratista. Numeral 12.8.4. Suspensión de Contratos: Se actualiza la responsabilidad de la publicación en el portal de contratación las actas de suspensión y ampliación de la suspensión por parte del Supervisor o interventor, de conformidad con los lineamientos de la SGJ. Numeral 13.5.2. Reglas de Liquidación: Se ajusta la redacción del numeral 10 del numeral 13.7.1. referente al término para realizar la liquidación bilateral. Ajustes en los lineamientos SST teniendo en cuenta la entrada en producción del aplicativo SST para el cargue de los informes mensuales y a la no aplicación de requerimientos como la revisión y solicitud de planillas de pago que se encontraba en la versión anterior del Manual de Interventoría, la cual no es objeto de requerimiento o revisión por parte del IDU desde el año 2021.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 1 de 291 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-42 • 2025 • ENERO • 28 42 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 275 Versión Fecha Descripción Modificación Folios Inclusión del componente BIC en atención al Decreto 1080 de 2015, al Decreto distrital 070 de 2015, Decreto 555 de 2021 y demás normas que regulen la materia. Actualización de los lineamientos relacionados con el componente de arqueología en atención al Decreto 138 de 2019 y la Resolución 1337 de 2021.. Actualización de la normativa ambiental relacionada con la gestión del aprovechamiento de los RCD, considerando la entrada en vigencia de la Resolución 1257 de 2021 y el Decreto 507 de 2023. Se actualizaron los nombres de los documentos internos teniendo en cuenta los que se encuentran vigentes a la fecha. Se unificaron los tiempos de entrega y revisión de los informes de interventoría, ya que se encontraron diferencias en el documento. Se armonizó el Manual teniendo en cuenta el resultado del fortalecimiento institucional, principalmente en lo relacionado con la creación de la OGA y sus componentes.

9 Resolución 006628 de 25 de noviembre de 2021

- Se actualizan las denominaciones de las áreas según el Artículo 2.
Modificación de la denominación de dependencias del Acuerdo 006 de 2021 “Por el cual se adopta la estructura organizacional del Instituto de Desarrollo Urbano –IDU, se determinan las funciones de sus dependencias y se dictan otras disposiciones” - Se ajusta el numeral 7.3 ÍTEMS NO PREVISTOS PARA CONTRATOS A PRECIOS UNITARIOS definiendo un procedimiento unificado para la inclusión de ítems no previstos en la DTC, DTP y DTCI mediante la adopción de formatos de modificación contractual para la inclusión de ítems no previstos en los contratos de estudios y diseños, construcción y conservación - Se ajusta el numeral 7.3.1 Contratos de conservación y mantenimiento de la Dirección Técnica de Conservación de Infraestructura adicionando requisitos cuando el NP no se encuentre en la base de precios de referencia del IDU.

- Se incluye la definición del término “recibo” en el marco de las obligaciones particulares del interventor y del Supervisor.
- Validación y firma de los productos radicados en la entidad por los profesionales que participaron en la elaboración o por profesionales de las mismas calidades y por el Representante Legal vinculados legal o contractualmente con la firma que radica el producto. -Validación de los informes mensuales y finales, productos y demás

8 270 Resolución 003053 de 27 de Julio de 2021 documentos técnicos contractuales radicados durante la ejecución del contrato a través de firma digital o autógrafa escaneada. -Se elimina la presentación de documentos en físico y original. -Se modifican los requisitos definidos para la firma de inicio de los contratos y se incluyen los plazos máximos de presentación y aprobación. Para la suscripción del acta de inicio de los contratos, bastará con dar cumplimiento a los requisitos de perfeccionamiento y ejecución previstos en la ley, incluyendo la suscripción del contrato, la expedición de registro presupuestal y la aprobación de la garantía única de cumplimiento por parte de la DTGC.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 2 de 291 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-43 • 2025 • ENERO • 28 43 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Se ajustan las definiciones conceptuales en relación con el control y seguimiento de proyectos, así como la delimitación de las obligaciones de la interventoría y la supervisión.
- Se eliminan las no objeciones para el IDU. (Se exceptúan para la aprobación del plan detallado de anticipo, Ítems no previstos y Mayores cantidades de obra).
- Se elimina la obligación de suscribir las actas de pago del contrato principal por parte del Supervisor del contrato de interventoría.
- Se amplían los plazos respecto de la entrega, revisión y aprobación de Versión Fecha Descripción Modificación Folios 7 269 informes. La presentación de los informes semanales y mensuales serán presentados en medio magnético o digital, debiéndose incluir dentro de los mismos, los documentos que contengan firmas en archivo PDF. Y para el informe final, se determinó su presentación en físico y medio magnético o digital.
- Se incluye la obligación de suscribir el acta de cambio para cada etapa Resolución 002862 de 28 de abril de 2020 de ejecución, así como el acta de terminación definitiva al vencimiento del plazo de ejecución del contrato, aclarando la inclusión del plazo para la fase de recibo de obras o productos dentro del plazo contractual.
- Se eliminan los requisitos que exceden la regulación legal respecto del componente SST.
- Se actualiza el Seguimiento a Contratos con Garantía Única de cumplimiento – Amparo de Estabilidad y Calidad
- Se actualiza la información relativa al proceso sancionatorio y de liquidación.
- Se actualiza los concerniente al seguimiento pos contractual, cierre y archivo del expediente.

- Se efectúan definiciones conceptuales en relación con el control y

seguimiento de proyectos.
- Se adopta procedimiento para la inclusión de ítems no previstos para la 6 284 Resolución 006800 de 4 de octubre de Dirección Técnica de Conservación de Infraestructura mediante el formato modificación contractual inclusión de ítems no previstos contratos de conservación y mantenimiento 2019 Se adopta el documento MG-GC-01 Manual de Interventoría y/o Supervisión de contratos del IDU, versión 5.0.
Se revisaron, ajustaron e incluyeron los siguientes numerales: Introducción 1 Objetivo 2 alcance 3 Marco Normativo 4 Términos y Definiciones 5 Instancias de control y seguimiento de los contratos 5.1 Generalidades 5.2 Forma de llevar a cabo la supervisión en el IDU 5.3 Principios orientadores de la supervisión e interventoría 5.4 Otros lineamientos para la supervisión e interventoría 5.5 Complejidad de los proyectos misionales 6 Gestión administrativa del contrato 6.1 Políticas de documentación e informes 6.2 Informes de ejecución de los contratos 6.3 Anticipo Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 3 de 291 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-44 • 2025 • ENERO • 28 44 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Versión Fecha Descripción Modificación Folios 5 247 Resolución 006521 de 31 de diciembre de 2018 6.5 Mayores cantidades de obra para contratos a precios unitarios 6.6 Ítems no previstos para contratos a precios unitarios 6.7 Gestión de la calidad 6.8 Gestión social y servicio a la ciudadanía 7 Gestión del cumplimiento del contrato 7.1 Medidas de gestión frente a contratos incumplidos 7.2 Requerimientos de cumplimiento al contratista 7.3 Planes conjuntos de mejoramiento o contingencia 7.4 Cláusulas excepcionales y de la potestad sancionatoria 8 Terminación, recibo de obras, liquidación, seguimiento pos contractual y cierre de los contratos 8.1 Terminación 8.2 Recibo de las obras, bienes o productos 8.3 Acta de recibo final 8.4 Toma de posesión de las obras 8.5 Suspensión de los contratos 8.6 Cesión de derechos económicos 8.7 Liquidación 8.8 Seguimiento pos contractual, cierre y archivo del expediente 8.9 Restablecimiento del equilibrio económico del contrato 9 Interventoría y/o supervisión de contratos misionales 9.1 Generalidades 9.2 Obligaciones para el cumplimiento del ciclo de gestión, aprobación, no objeción, aval de productos y concesión de Resolución 3.0 125 66321 del 18/12/2015 Se adopta el documento MG-EO-01 Manual de Interventoría y/o Supervisión de Contratos del IDU, versión 3.0. Se deroga la Resolución 2114 del 30 de julio de 2012. Se revisaron y ajustaron los siguientes capítulos: Introducción.
1. Objetivo.
2. Alcance.
3. Marco Normativo.
4. Términos y Definiciones, incluidas algunas siglas.
5. Gestión administrativa de la documentación del contrato.
6. La interventoría y la supervisión de los contratos.
7. Gestión integral para el seguimiento a los contratos de infraestructura vial y espacio público.
10. Documentos de referencia.
Se diseñaron y elaboraron los siguientes nuevos capítulos: 6.2 Formas de llevar a cabo la supervisión en el IDU. 6.3 Actividades de seguimiento a cargo de la supervisión. 6.4 Principios orientadores de la supervisión.
8. Supervisión de contratos no misionales.
9. Gestión de la calidad.
11. Referencias bibliográficas.

Resolución 2.0 175 2114 del 30/07/2012 Se adopta el documento MG-IDU-007 Manual de Interventoría y/o Supervisión de Contratos de Infraestructura Vial y Espacio Público del IDU, versión 2.0. Deroga la Resolución 4374 del 29 de diciembre de 2010. Se ajusta el manual de acuerdo con lo establecido en la Ley 1474 de 2011 “Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública” y en el Decreto 0734 de 2012 “Por el cual se reglamenta el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y se dictan otras disposiciones”.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 4 de 291 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-45 • 2025 • ENERO • 28 45 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Resolución Versión Fecha Descripción Modificación Folios 1.0 119 4374 del 29/12/2010 Por el cual se adopta el manual MG-IDU-007 Manual de Gestión Integral de Proyectos de Infraestructura Vial y Espacio Público. Versión 1.0. Deroga la Resolución 1657 del 08 de septiembre de 2000, la Resolución 7891 del 06 de julio de 2004, la Resolución 5608 del 29 de agosto de 2005 y la Resolución 167 del 16 de enero de 2006. Se da un nuevo enfoque al manual para presentar la gestión integral de los proyectos, actualizando la información y especificando las responsabilidades de cada uno de los actores del seguimiento a proyectos. El manual se alinea con la estructura vigente de la entidad dada por el Acuerdo 002 de 2009.

4.1 Resolución Por la cual se actualiza el Manual de Interventoría del Instituto de Desarrollo Urbano y se hacen otras aclaraciones. 220 167 del 16/01/2006 Resolución 4.0 220 5608 del 29/08/2005 Por la cual se adopta el manual de Interventoría del Instituto de Desarrollo Urbano y se dictan otras disposiciones. Deroga la Resolución 965 del 09 de octubre de 1998, la Resolución 022 de 13 de enero de 2000, la Resolución 905 del 25 de mayo de 2000, la Resolución 1429 del 1° de agosto de 2000 y la Resolución 12055 del 24 de noviembre de 2003.

Resolución 3.0 27 Por la cual se modifica el Manual de Interventoría. Modifica en el manual de interventoría el capítulo VII Manual de Actualización del Inventario de la Malla Vial y del Espacio Público, el cual está contenido en 27 folios.

7891 del 06/07/2004 Resolución 2.0 175 2114 del 30/07/2012 Se adopta el documento MG-IDU-007 Manual de Interventoría y/o Supervisión de Contratos de Infraestructura Vial y Espacio Público del IDU, versión 2.0. Deroga la Resolución 4374 del 29 de diciembre de 2010. Se ajusta el manual de acuerdo con lo establecido en la Ley 1474 de 2011 “Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública” y en el Decreto 0734 de 2012 “Por el cual se reglamenta el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y se dictan otras disposiciones”.

Resolución 1.0 119 4374 del 29/12/2010 Por el cual se adopta el manual MG-IDU-007 Manual de Gestión Integral de Proyectos de Infraestructura Vial y Espacio Público. Versión 1.0. Deroga la Resolución 1657 del 08 de septiembre de 2000, la Resolución 7891 del 06 de julio de 2004, la Resolución 5608 del 29 de agosto de 2005 y la Resolución 167 del 16 de enero de 2006. Se da un nuevo enfoque al manual para presentar la gestión integral de los proyectos, actualizando la información y especificando las responsabilidades de cada uno de los actores del seguimiento a proyectos. El manual se alinea con la estructura vigente de la entidad dada por el Acuerdo 002 de 2009.

4.1 Resolución Por la cual se actualiza el Manual de Interventoría del Instituto de Desarrollo Urbano y se hacen otras aclaraciones. 220 167 del 16/01/2006 Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 5 de 291 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-46 • 2025 • ENERO • 28 46 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Resolución Versión Fecha Descripción Modificación Folios 4.0 220 5608 del 29/08/2005 Por la cual se adopta el manual de Interventoría del Instituto de Desarrollo Urbano y se dictan otras disposiciones. Deroga la Resolución 965 del 09 de octubre de 1998, la Resolución 022 de 13 de enero de 2000, la Resolución 905 del 25 de mayo de 2000, la Resolución 1429 del 1° de agosto de 2000 y la Resolución 12055 del 24 de noviembre de 2003.

Resolución 3.0 27 Por la cual se modifica el Manual de Interventoría. Modifica en el manual de interventoría el capítulo VII Manual de Actualización del Inventario de la Malla Vial y del Espacio Público, el cual está contenido en 27 folios.

7891 del 06/07/2004 Resolución 3.0 96 12055 del 24/11/2003 Por la cual se modifica una resolución y se modifica el manual de Interventoría. Modifica la Resolución 965 del 09 de octubre de 1998, por la cual se adoptó el manual de Interventoría del Instituto de Desarrollo Urbano. También modifica en especial la Resolución 905 del 25 de mayo de 2000 y aquellas mediante las cuales se modificaron aspectos del manual.

Resolución Por la cual se ratifica un acto administrativo. Ratifica el Instructivo 007 expedido el 1° de agosto de 2000. 260 1657 del 08/09/2000 Resolución 260 Por la cual se aclara la resolución 0905 del 25 de mayo de 2000. Amplía el plazo de entrada en vigencia del nuevo manual hasta el 1 ° de agosto.

1429 del 01/08/2000 Por el cual se modifica el Manual de Interventoría. Modifica en lo pertinente la Resolución 905 del 25 de mayo de 2000.

2.0 Instructivo 260 007 del 01/08/2000 Resolución 2.0 260 Por la cual se modifica el manual de Interventoría del Instituto de Desarrollo Urbano. Deroga la Resolución 965 del 09 de octubre de 1998 y la Resolución 022 del 13 de enero de 2000.

905 del 25/05/2000 2.0 Resolución Por la cual se modifica el manual de Interventoría del Instituto de Desarrollo Urbano de Santa Fe de Bogotá. 255 022 del 13/01/2000 1.0 Resolución Por la cual se adopta el manual de Interventoría del Instituto de Desarrollo Urbano. 119 965 del 09/10/1998 Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 6 de 291 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-47 • 2025 • ENERO • 28 47 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 El documento original ha sido aprobado mediante el SID (Sistema Información Documentada del IDU). La autenticidad puede ser verificada a través del código Participaron en la elaboración1 Andres Felipe Ceron Granados, DG / Blanca Nubia Penuela Roa, SGI / Carlos Fernando Campos Sosa, OAP / Diego Fernando Paez Vargas, SGJ / Ivan Abelardo Sarmiento Galvis, DTGC / Juan de Dios Duarte Sánchez, DTPS / Luis Fernando Quesada Saltarin, DTC / Neidy Yasmin Cruz Abril, STEP / Roger Andres Rojas Carreño, SGJ / Validado por Liliana Pulido Villamil, OAP Validado el 2024-12-12 Revisado por Sandra Mayerly Aguilar Perez, OGA Revisado el 2024-12-13 Nelson Mauricio Reina Manosalva, SGI Revisado el 2024-12-16 Jose Javier Suarez Bernal, SGDU Revisado el 2024-12-13 Gisele Manrique Vaca, SGGC Revisado el 2024- 12-12 Martha Liliana Gonzalez Martinez, SGJ Revisado el 2024-12-12 Aprobado por Orlando Molano Perez, DG Aprobado el 2025-01-13 Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 7 de 291 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-48 • 2025 • ENERO • 28 48 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 CONTENIDO INTRODUCCIÓN....................................................................................................................... 11

1. OBJETIVO ......................................................................................................................... 11

2. ALCANCE .......................................................................................................................... 12

3. MARCO NORMATIVO ........................................................................................................ 12

4. TÉRMINOS Y DEFINICIONES ............................................................................................... 12

4.1 DEFINICIONES PARTICULARES........................................................................................ 15

5. CONTROL Y SEGUIMIENTO DE LOS CONTRATOS. ................................................................ 15

5.1. ENCARGADOS DEL SEGUIMIENTO, CONTROL Y VIGILANCIA DE LOS CONTRATOS............. 15 5.2. INSTANCIAS DE CONTROL Y SEGUIMIENTO DE LOS CONTRATOS..................................... 16 5.3. GENERALIDADES........................................................................................................... 16 5.4. PRINCIPIOS DE LA SUPERVISIÓN E INTERVENTORÍA........................................................ 18 5.5. ALCANCE DE LA SUPERVISIÓN........................................................................................ 18 5.6. PROCEDENCIA DE LA SUPERVISIÓN................................................................................ 19 5.7. DESIGNACIÓN DE LA SUPERVISIÓN................................................................................ 19 5.8. SEPARACIÓN TEMPORAL O DEFINITIVA DE LOS SUPERVISORES...................................... 21 5.9. PROHIBICIONES DE LOS SUPERVISORES E INTERVENTORES............................................. 21

6. GESTIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO ...................................................................... 21

6.1. POLÍTICAS DE DOCUMENTACIÓN E INFORMES............................................................... 21 6.2. PRESENTACIÓN DE LOS INFORMES................................................................................ 22 6.3. INFORMES DE EJECUCIÓN DE LOS CONTRATOS.............................................................. 23 6.4. BITÁCORA DIGITAL DE OBRA (BDO)............................................................................... 28

7. ANTICIPO .......................................................................................................................... 30

7.1. GENERALIDADES........................................................................................................... 30 7.2. APERTURA DE LA CUENTA DE MANEJO DEL ANTICIPO.................................................... 31 7.3. MANEJO DEL ANTICIPO................................................................................................. 32 7.4. LIQUIDACIÓN DEL ANTICIPO.......................................................................................... 34 7.5. REINTEGRO DE SALDOS DEL ANTICIPO A FAVOR DEL IDU................................................ 35 7.6. RADICACIÓN DE CUENTAS............................................................................................. 35 Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 8 de 291 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-49 • 2025 • ENERO • 28 49 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11

8. MAYORES CANTIDADES DE OBRA PARA CONTRATOS A PRECIOS UNITARIOS ...................... 35

9. ÍTEMS NO PREVISTOS PARA CONTRATOS A PRECIOS UNITARIOS ........................................ 36

9.1. CONTRATOS DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LA DIRECCIÓN TÉCNICA DE CONSERVACIÓN DE INFRAESTRUCTURA.................................................................................... 39

10. GESTIÓN DE LA CALIDAD ............................................................................................... 40

10.1. PLANES DE CALIDAD.................................................................................................. 40 10.2. TRATAMIENTO DE SALIDAS NO CONFORMES.............................................................. 41 10.3. EQUIPOS DE INSPECCIÓN, MEDICIÓN Y ENSAYO......................................................... 41

11. GESTIÓN SOCIAL Y SERVICIO A LA CIUDADANÍA ............................................................. 42

12. GESTIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO ............................................................... 43

12.1 GENERALIDADES....................................................................................................................... 43 12.2 MEDIDAS DE GESTIÓN FRENTE A CONTRATOS INCUMPLIDOS O NO CUMPLIDOS DE MANERA ÓPTIMA............................................................................................................................................... 45 12.3 REQUERIMIENTOS DE CUMPLIMIENTO AL CONTRATISTA........................................................... 51 12.4 PLANES CONJUNTOS DE CONTINGENCIA.................................................................................... 52 12.5 CLÁUSULAS EXCEPCIONALES Y POTESTAD SANCIONATORIA....................................................... 52 12.6 SANCIONES............................................................................................................................... 55 12.7 ACTIVIDADES PREVIAS A LA CONVOCATORIA DE AUDIENCIA DE DECLARACIÓN DE INCUMPLIMIENTO................................................................................................................................ 56 13 TERMINACIÓN, RECIBO DE OBRAS, LIQUIDACIÓN, SEGUIMIENTO POS CONTRACTUAL Y CIERRE DE LOS CONTRATOS................................................................................................................. 60 13.1 TERMINACIÓN.......................................................................................................................... 60 13.2 RECIBO DE LAS OBRAS, BIENES O PRODUCTOS Y ACTA DE RECIBO FINAL.................................... 60 13.3 TOMA DE POSESIÓN DE LAS OBRAS........................................................................................... 61 13.4 SUSPENSIÓN DE LOS CONTRATOS.............................................................................................. 65 13.5 CESIÓN DE DERECHOS ECONÓMICOS......................................................................................... 66 13.6 LIQUIDACIÓN............................................................................................................................ 66 13.7 SEGUIMIENTO POS CONTRACTUAL, CIERRE Y ARCHIVO DEL EXPEDIENTE.................................... 72 13.8 RESTABLECIMIENTO DEL EQUILIBRIO ECONÓMICO DEL CONTRATO............................................ 72 14 INTERVENTORÍA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS MISIONALES...................................... 74 14.1 GENERALIDADES....................................................................................................................... 74 14.2 ETAPAS DE LOS PROYECTOS...................................................................................................... 75 14.3 OBLIGACIONES EN LOS CONTRATOS.......................................................................................... 80 Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 9 de 291 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-50 • 2025 • ENERO • 28 50 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 15 REGLAS ESPECIALES PARA INTERVENTORÍA Y SUPERVISIÓN DE CONTRATOS NO MISIONALES 87 15.1 INICIO DE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL.................................................................................... 88 15.2 EJECUCIÓN DEL CONTRATO....................................................................................................... 89 15.3 ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS EN LA SUPERVISIÓN Y/O INTERVENTORÍA CONTRACTUAL....... 91 15.4 ACTIVIDADES FINANCIERAS EN LA SUPERVISIÓN Y/O INTERVENTORÍA CONTRACTUAL............... 91 15.5 ACTIVIDADES LEGALES DE LA SUPERVISIÓN Y/O INTERVENTORÍA CONTRACTUAL....................... 92 15.6 ACTIVIDADES TÉCNICAS DE LA SUPERVISIÓN Y/O INTERVENTORIA CONTRACTUAL..................... 93 16 DOCUMENTOS DE REFERENCIA......................................................................................... 94 17 REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS.......................................................................................... 94 ANEXO 1. CONTENIDO DE INFORMES DE SEGUIMIENTO A CONTRATOS MISIONALES DE............ 95 ANEXO 2. OBLIGACIONES APLICABLES A LOS CONTRATOS DE CONSULTORÍA........................... 112 ANEXO 3. OBLIGACIONES APLICABLES A LOS CONTRATOS DE OBRA........................................ 154 ANEXO 4. OBLIGACIONES APLICABLES A LOS CONTRATOS DE OBRA CONTRATOS DE OBRA CON ESQUEMA DE TRASLADO DE RIESGOS AL CONSTRUCTOR........................................................ 214 Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 10 de 291 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-51 • 2025 • ENERO • 28 51 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 INTRODUCCIÓN En el marco de los principios constitucionales y legales de celeridad, control, coordinación, supervisión, debido proceso, economía, ecuación contractual, efectividad, eficacia, eficiencia, igualdad, imparcialidad, moralidad, planeación, publicidad, responsabilidad, selección objetiva, supremacía de lo sustancial sobre lo formal, transparencia y en cumplimiento de su misión institucional, el Instituto de Desarrollo Urbano (IDU) debe desarrollar proyectos sostenibles para mejorar las condiciones de movilidad en términos de equidad, integración, seguridad y accesibilidad de los habitantes del Distrito Capital, mediante la construcción y conservación de obras de infraestructura de los sistemas de movilidad y espacio público; razón por la cual se ha definido el concepto integral de seguimiento con el fin de lograr un óptimo control técnico, administrativo, financiero, legal, social, ambiental, en seguridad y salud en el trabajo y en la coordinación interinstitucional, durante las diferentes fases que comprenden cada una de las etapas del ciclo de vida de los proyectos de infraestructura vial y espacio público: factibilidad, diseño, construcción y conservación, así como los proyectos no misionales.

El manual se ha elaborado como una herramienta que oriente a los operadores en el cumplimiento de las funciones a su cargo o en el acatamiento de sus obligaciones contractuales, que facilite la toma de decisiones y que contribuya al desarrollo exitoso de todos los proyectos del IDU. En este documento se desarrolla el objetivo, alcance, marco normativo, términos y definiciones, generalidades sobre la interventoría y la supervisión de los contratos, especificidades sobre el enfoque que se le da a ambos temas en el IDU, gestión administrativa de la documentación del proyecto – donde se describe el contenido general de los informes que debe presentar la interventoría o la supervisión cuando los contratos no cuenten con interventoría –, aclaraciones relacionadas con la gestión integral para el seguimiento y control a la ejecución de los contratos misionales y no misionales de la entidad, teniendo en cuenta los documentos IDU de referencia para la ejecución de los mismos.

Teniendo en cuenta la importancia que reviste para la ciudad el seguimiento y control de los recursos públicos, la labor de seguimiento, monitoreo y control por parte de quienes las ejerzan deben ser oportuna, imparcial y efectiva.

1. OBJETIVO

El objetivo del presente documento es establecer lineamientos de control y seguimiento para la ejecución de los proyectos públicos que se desarrollen a través de contratos suscritos por el IDU para este fin.

Este Manual de Interventoría y Supervisión de Contratos, es una herramienta que permite a los interventores, supervisores y equipos de apoyo el seguimiento y control de la ejecución contractual, el cual establece las actividades que deben cumplir en el marco de la Ley y de las obligaciones contractuales.

Adicionalmente, este manual busca armonizar, actividades, roles y responsabilidades a cargo de cada uno de los actores que participan en el control, seguimiento y vigilancia de los contratos, para evitar la concurrencia de labores entre las diferentes instancias de monitoreo y control.

Lo anterior, considerando el marco legal que rige la función de vigilancia, control y seguimiento contractual, tales como la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 Ley 1474 de 2011 y demás normas reglamentarias en la materia.

Las disposiciones contenidas en el presente Manual entran en vigencia a partir de la fecha que indique la Resolución que lo adopte. Su observancia es de obligatorio cumplimiento y deroga las disposiciones proferidas por la Entidad que le sean contrarias.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 11 de 291 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-52 • 2025 • ENERO • 28 52 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11

2. ALCANCE

Lo dispuesto en el presente manual es aplicable al control, vigilancia y seguimiento de todos los contratos suscritos por el IDU, con excepción de los proyectos de infraestructura vial y de espacio público que se ejecuten en cumplimiento de obligaciones urbanísticas, derivadas de instrumentos de planeación o de movilidad. Estos se desarrollarán de acuerdo con el Manual de Intervención de Urbanizadores y/o Terceros – Ejecución de proyectos de infraestructura vial y de espacio público en el Distrito Capital en cumplimiento de obligaciones urbanísticas y de movilidad, versión vigente, o el que le sea aplicable a los convenios suscritos con anterioridad al mes de enero de 2019, de tal suerte que estos deberán ser terminados y liquidados bajo las mismas condiciones que dieron lugar a su suscripción En el evento de existir contradicción entre lo señalado en el presente manual y las normas legales y reglamentarias vigentes para esta materia, prevalecerán estas últimas, sin perjuicio de las actualizaciones o correcciones a que haya lugar.

3. MARCO NORMATIVO

En el siguiente vínculo podrá consultarse el nomograma institucional https://www.idu.gov.co/page/transparencia/normatividad/normograma.

Parágrafo. El listado incluido en el NORMOGRAMA INSTITUCIONAL no es taxativo, por lo
cual se entenderán incluidas en el mismo las leyes, decretos, acuerdos y demás normas que los modifiquen, reglamenten o complementen y será deber de los funcionarios y contratistas del IDU estudiar y conocer las normas que regulan sus actividades y responsabilidades.

4. TÉRMINOS Y DEFINICIONES

Las siglas, términos y definiciones aplicables al seguimiento y control de los contratos en el IDU pueden ser consultados en el micro sitio Diccionario de términos IDU https://www.idu.gov.co/page/transparencia/informacion-de-interes/glosario

- Cantidades de obra para demoliciones en predios
- Cantidades de obra para redes
- Ciclo de Vida del Proyecto
- Código de identificación vial (CIV)
- Código del elemento
- Confirmación metrológica
- Conformidad
- Conservación
- Construcción

- Consultor(a)
- Contratista
- Contratista de consultoría.
- Contratista de obra
- Contrato a precio global
- Contrato a precio unitario
- Contrato de obra
- Contrato de consultoría
- Contrato misional
- Contrato mixto
- Contrato no misional
- Corporación

A continuación, se relacionan los principales términos utilizados en este documento
- Acción correctiva
- Acción preventiva
- Acta
- Acta de Recibo Final
- Adecuación
- Afectación vial
- Ajustes
- Ampliación
- Anticipo
- Autoridad Ambiental Competente
- Canalización
- Calibración
- Cantidades de obra para adecuación de desvíos Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 12 de 291 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-53 • 2025 • ENERO • 28 53 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Autónoma Regional de Cundinamarca
- Corrección
- Costos indirectos
- Cronograma
- Cronograma detallado
- Cronograma de reproceso
- Datos técnicos
- Delegado(a) ESP y TIC
- Desempeño ambiental
- Días calendario
- Días hábiles
- Días no hábiles
- Directorio de Proveedores IDU
- Documento
- Elemento vial
- Equipo de apoyo a la supervisión
- Equipo de medición
- Estudio de impacto ambiental
- Estudio fotométrico
- Estudios de factibilidad
- Etapas del Ciclo de Vida del Proyecto
- Fases del Contrato
- Firma digital
- Firma escaneada
- Frente de obra
- Garantías
- Hito
- Impacto ambiental
- Impacto social.
- Imprevistos
- Índice de costos de la construcción pesada” o “ICCP”
- Infraestructura de servicios públicos domiciliarios
- Interventor (a)
- Interventoría administrativa

- Interventoría ambiental
- Interventoría de seguridad y salud en el trabajo
- Interventoría financiera
- Interventoría legal
- Interventoría social
- Interventoría técnica
- Investigación de redes
- Ítem no previsto
- Labores ambientales y de gestión social
- Labores de manejo de tránsito, señalización y desvíos
- Levantamiento topográfico
- Línea base del cronograma
- Longitud segmento vial
- Malla vial local
- Maniobra
- Mantenimiento
- Mantenimiento de la vegetación
- Mantenimiento periódico
- Mantenimiento rutinario
- Mayor cantidad de obra
- Medidas de contingencia
- Modificaciones contractuales
- Nodo
- Obras adicionales
- Obras de Subterranización de acometidas de redes
- Obras de traslado o reubicación de redes por necesidad del proyecto de

transporte
- Obras para protección de redes por necesidad del proyecto de transporte
- Oficina de Gestión Ambiental
- Ordenador(a) del gasto
- Paramentación
- Paz y salvo
- Plan de acción social
- Plan de contingencia
- Plan de gestión social
- Plan de manejo ambiental
- Plan de manejo de tránsito
- Planos récord
- Plazo de ejecución
- Precio no previsto
- Predio Remanente
- Prórroga
- Toma de Posesión de Obra
- Tramo funcional (es decir, por corredor vial, puente vehicular o peatonal, eje de ciclorruta, tramo de espacio público, etc.)
- Reconstrucción
- Registro topográfico
- Rehabilitación
- Reprogramación
- Reserva vial
- Residuos de Construcción y Demolición RCD
- Revisar
- Riesgo
- Segmento vial
- Solicitudes o requerimientos de las ESP y/o TIC
- Subterranización Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 13 de 291 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-54 • 2025 • ENERO • 28 54 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11

- Verificar
- Vigencia

- Validar
- Variación del cronograma

- Supervisión
- Supervisor(a) IDU
- Suspensión

SIGLAS

- OGA
- PAC
- PMA
- PMT
- POC
- POT
- PRST
- RCD
- SDA
- SDH
- SDHT
- SDM
- SDP
- SECOP
- SGDU
- SGI
- SGSSI
- SG-SST
- SIAC
- SIGAU
- SIGES
- SIGIDU
- S&STA
- SST
- STRF
- STRH
- TIC
- UAERMV
- UAESP

- APU
- AAC
- CAR
- CDP
- CIV
- CRP
- DTDP
- DTAI
- DTC
- DTINI
- DTCI
- DTP
- DTGC
- DTAF
- EAB
- EPP
- ESP
- ETB
- GCR
- ICANH
- IDIGER
- IDPC
- IDU
- JBB
- MAO
- OAC
- OAP
- ONAC
- ORSC

-

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 14 de 291 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-55 • 2025 • ENERO • 28 55 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 4.1 DEFINICIONES PARTICULARES Los siguientes términos aplicarán de acuerdo con la labor desempeñada así:

RECIBO POR PARTE DEL SUPERVISOR IDU (En contratos que cuentan con interventoría): el término recibir por parte del Supervisor del Contrato de Interventoría, se enmarca en la acción de entrega por parte del Interventor de los informes, productos y demás documentos que cuentan con la debida validación y aprobación de acuerdo con las obligaciones del contrato de interventoría y las disposiciones del presente manual, en ningún caso el término recibo por parte del supervisor de interventoría incluye la concurrencia de obligaciones de revisión, validación y recibo a satisfacción delegadas a la interventoría con ocasión de sus obligaciones.

RECIBO POR PARTE DEL INTERVENTOR: el término recibir por parte del interventor incluye la revisión, validación, aprobación y recibo a satisfacción, de la obra, servicio o producto elaborado y entregado por el contratista principal. En el caso de contratos que no cuentan con interventoría externa y en los cuales el IDU asume la supervisión directa, será aplicable la presente definición.

5. CONTROL Y SEGUIMIENTO DE LOS CONTRATOS.

5.1. ENCARGADOS DEL SEGUIMIENTO, CONTROL Y VIGILANCIA DE LOS CONTRATOS.

5.1.1. El seguimiento, control y vigilancia de los contratos se ejerce por parte de los supervisores designados y los equipos de apoyo a la supervisión. La supervisión comprende los aspectos técnicos, financieros, jurídicos y contables, dirigidos al cabal cumplimiento del objeto contractual y la satisfacción del interés público, en concordancia con los artículos 83 y 84 de la Ley 1474 de 2011.

5.1.2. La interventoría será la encargada del seguimiento y control de los Contratos que por su naturaleza o por disposición de la Entidad o de la ley deban contar con interventoría, en concordancia con los artículos 83 y 84 de la Ley 1474 de 2011.

5.1.3. En caso de que el Interventor, por cualquier circunstancia, no continúe ejecutando el contrato de interventoría, el IDU podrá asumir dicha labor a través del supervisor y el equipo de apoyo a la supervisión que se designe para este fin, o por medio de cualquier otro mecanismo tendiente al cumplimiento de las funciones, obligaciones y actividades necesarias para el efecto, mientras se vincula a la interventoría en caso de que a ello hubiere lugar. Lo anterior, sin perjuicio de lo previsto en el inciso segundo del numeral 1 del artículo 32 de la Ley 80 de 1993, en cuanto al deber de contratar la interventoría con una persona independiente de la Entidad y del contratista en los contratos de obra celebrados como resultado de un proceso de licitación pública.

5.1.4. Lo previsto en el presente Manual para la supervisión o interventoría del contrato resultará aplicable a uno u otro sin necesidad de mención expresa, cuando a ello hubiera lugar.

5.1.5. Cuando el presente Manual se refiera al supervisor de los contratos, se entenderá incluido, cuando a ello hubiere lugar, el equipo de apoyo a la supervisión.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 15 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-56 • 2025 • ENERO • 28 56 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 5.2. INSTANCIAS DE CONTROL Y SEGUIMIENTO DE LOS CONTRATOS 5.2.1. El control y seguimiento de los contratos se efectuará a través de los ordenadores del gasto, interventores, supervisores, equipos de apoyo a la supervisión y dependencias responsables de los proyectos que son objeto de los contratos vigilados.

5.2.2. De conformidad con el artículo 83 de la Ley 1474 de 2011, como regla general no concurrirán la figura de la supervisión y la interventoría en relación con un mismo contrato. No obstante, se podrá dividir la vigilancia del contrato principal, caso en el cual en el contrato de interventoría se deberán indicar las actividades técnicas a cargo del interventor y las demás quedarán a cargo de la Entidad a través del supervisor.

5.2.3. La aplicación de las actividades, deberes, prohibiciones, trámites y responsabilidades descritas en este manual serán de estricto cumplimiento e interpretadas según el rol que se desempeñe en la ejecución contractual, el supervisor o el interventor.

5.2.4. Los equipos de apoyo a la supervisión estarán conformados por funcionarios y/o contratistas que hayan sido vinculados con el objeto de apoyar la gestión y responsabilidad de los supervisores de la entidad.

5.2.5. Los ordenadores del gasto deberán monitorear y coordinar las labores que desarrollen los supervisores de su dependencia y los interventores contratados para el efecto.

5.3. GENERALIDADES 5.3.1. A la interventoría y la supervisión les corresponde vigilar la calidad de los bienes, obras y servicios que se incluyan en el objeto de los contratos estatales, verificando que se cumplan todas las condiciones contractuales pactadas, así como el cumplimiento de las resoluciones, manuales y demás disposiciones internas del IDU que hagan parte integral de los contratos.

5.3.2. Los supervisores e interventores responderán civil, fiscal, penal y disciplinariamente por el cumplimiento de las funciones y obligaciones a su cargo, derivadas del ordenamiento aplicable y de los contratos. Los interventores responderán también por los hechos y omisiones que les sean atribuibles cuando causen daños al IDU derivados de la celebración o ejecución de los contratos respecto de los cuales hayan ejercido o ejerzan actividades de interventoría.

5.3.3. Todas las comunicaciones que se dirijan por la supervisión o la interventoría a los contratistas respectivos que contengan órdenes o sugerencias deberán constar por escrito. El ejercicio de las funciones y obligaciones de los supervisores e interventores debe enmarcarse en las facultades que la normativa les ha conferido, incluyendo los manuales y demás actos aplicables expedidos por el IDU, así como a lo pactado en el contrato respectivo y la documentación que lo integra.

5.3.4. La interventoría y la supervisión -incluyendo el equipo de apoyo a la supervisión, deberán velar por que tanto ellas como el IDU siempre cuenten con los documentos básicos de verificación de avance del proyecto, tales como la aprobación e implementación del Plan de Manejo de Tránsito aprobado por la SDM, MAO aprobado por la interventoría y PAI Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 16 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-57 • 2025 • ENERO • 28 57 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 aprobado por el IDU, instrumentos ambientales vigentes, la bitácora de obra, el cronograma de obra vigente y los planos de diseño y construcción aprobados.

5.3.5. La interventoría será responsable de suministrar y almacenar toda la información del proyecto. La supervisión (incluyendo el equipo de apoyo a la supervisión) será responsable de mantener actualizados los diferentes sistemas de información de la entidad, con los datos del desempeño de los contratos a su cargo y con la periodicidad prevista en los contratos respectivos y requerida por el IDU.

5.3.6. Para la información que sea remitida por la interventoría a la Entidad, deberá asegurar su disponibilidad permanente como parte del archivo del proyecto, no se podrá hacer uso de enlaces o herramientas temporales.

5.3.7. La interventoría y la supervisión -incluyendo el equipo de apoyo a la supervisión- darán aplicación a las normas de manejo documental, velando porque se mantenga organizado y actualizado el expediente de la contratación, en los términos dispuestos para ello por el IDU.

5.3.8. En ningún caso que suponga la transferencia de riesgos al constructor se podrá encargar al interventor de la solicitud de licencias, permisos o trámites previos al inicio del contrato, que sean necesarios para la ejecución de un contrato de obra.

5.3.9. En todo momento durante la ejecución del contrato principal, será responsabilidad de la interventoría o supervisión -incluyendo el equipo de apoyo a la supervisión-, realizar el seguimiento y control de la inversión de los recursos asignados al contrato principal, así como del valor total del contrato y de que se cuente con los respaldos presupuestales.

5.3.10. En respuesta a los requerimientos elevados por la Interventoría si cuenta con esta o por el supervisor, El Contratista deberá presentar para aprobación de la Interventoría o Supervisión, según corresponda, planes de contingencia para ponerse al día en el cumplimiento de sus obligaciones dentro de los plazos señalados en el mismo plan, para lo cual se dará aplicación a lo establecido en el numeral 12.5., de este Manual.

5.3.11. La solicitud presentada por el supervisor o el interventor deberá estar acompañada de la relación de hechos, causas y circunstancias que han impedido que el contratista cumpla el plan de contingencia y el contrato en general, para lo cual entregará las recomendaciones o acciones a seguir.

5.3.12. En caso de considerar que el atraso obedece a causas imputables al contratista, el supervisor o el interventor deberá allegar la correspondiente solicitud de inicio del procedimiento tendiente a la declaratoria de incumplimiento, acompañando las pruebas y demás documentos requeridos para tal fin. La solicitud de inicio del procedimiento de declaratoria de incumplimiento se pondrá a consideración y estudio del grupo o funcionario a quién le corresponda dicha función al interior de la Entidad, de acuerdo con lo previsto para tal efecto por el Director General.

5.3.13. El grupo interdisciplinario o funcionario podrá solicitar información adicional o aclaraciones si hubiere lugar a ello.

5.3.14. En caso de que el interventor o supervisor no soliciten el inicio del procedimiento de Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 17 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-58 • 2025 • ENERO • 28 58 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 declaratoria de incumplimiento en el término establecido, se considerará como incumplimiento de sus obligaciones. En dichos casos la supervisión del contrato de interventoría deberá presentar el Informe para el inicio de las acciones judiciales o de las actuaciones administrativas de incumplimiento.

5.3.15. Los informes de presunto incumplimiento de los contratos deberán ser presentados por el interventor al supervisor para su verificación, con copia al ordenador del gasto, dentro de los siete (07) días hábiles siguientes al momento de la constatación del incumplimiento por el Interventor. En los casos de agotamiento del trámite del plan de mejoramiento y contingencia, se seguirá el procedimiento previsto en los numerales anteriores.

5.3.16. El Plan Anual Mensualizado de Caja (PAC) será elaborado por el contratista de obra y/o consultoría y será revisado y aprobado por el interventor. El supervisor del contrato de interventoría recibirá aprobado por la interventoría el PAC del contrato de obra; igualmente, el supervisor deberá recibir y aprobar el PAC del contrato de interventoría, el cual deberá remitirse a la dependencia respectiva de acuerdo con la periodicidad establecida en el Contrato.

5.3.17. Los interventores y supervisores deberán propender por garantizar una comunicación fluida con el contratista principal y atenderán, tramitarán y resolverán oportunamente toda consulta que eleve el contratista principal. Para estos efectos, los interventores y supervisores deberán gestionar frente a la entidad lo necesario para evitar el transcurso del plazo previsto en el numeral 16 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993, que establece el silencio administrativo positivo en caso de que la entidad estatal no se pronuncie dentro de los tres (3) meses siguientes a las solicitudes presentadas por el contratista.

5.4. PRINCIPIOS DE LA SUPERVISIÓN E INTERVENTORÍA Los supervisores e interventores -incluyendo el equipo de apoyo a la supervisión-, deberán aplicar en todas las actuaciones que desarrollen, los principios constitucionales de la función administrativa y de la adecuada gestión fiscal, tales como la buena fe, igualdad, moralidad, celeridad, economía, imparcialidad, eficacia, eficiencia, participación, publicidad, responsabilidad, transparencia, equidad y la valoración de los costos ambientales.

5.5. ALCANCE DE LA SUPERVISIÓN La supervisión es ejercida por la misma entidad, tiene un enfoque integral y se enmarca en la gestión que debe realizar la entidad con la participación de profesionales de diversas disciplinas, que asumen el seguimiento técnico, administrativo, financiero, contable, ambiental, de seguridad y salud en el trabajo, social, de coordinación interinstitucional y jurídico del contrato.

El supervisor está facultado para solicitar informes, aclaraciones y explicaciones sobre el desarrollo de la ejecución contractual.

El supervisor será responsable por mantener informada a la entidad de los hechos o circunstancias que puedan constituir actos de corrupción tipificados como conductas punibles, o que puedan poner o Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 18 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-59 • 2025 • ENERO • 28 59 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 pongan en riesgo el cumplimiento del contrato, o cuando se presente un incumplimiento1. Para tal efecto, el supervisor utilizará la información suministrada por el interventor u obtenida directamente por el equipo de apoyo a la supervisión.

El supervisor debe exigir a la interventoría la certificación del recibo a satisfacción2 en la cual conste la calidad de los bienes y servicios adquiridos por la entidad estatal y de acuerdo con lo previsto en el contrato y en las normas técnicas obligatorias 5.6. PROCEDENCIA DE LA SUPERVISIÓN La supervisión será ejercida por la misma entidad estatal cuando no se requieran conocimientos especializados y el objeto no sea un contrato de obra resultado de un proceso licitatorio.

5.7. DESIGNACIÓN DE LA SUPERVISIÓN La designación del supervisor se realizará observando las siguientes reglas:

1. Cuando el Subdirector General, ostente la calidad de ordenador del gasto, podrá designar los supervisores de los contratos, entre subdirectores generales, los directores técnicos y/o subdirectores técnicos, de conformidad con la competencia funcional.

2. Cuando director técnico es el ordenador del gasto, designará los supervisores de los contratos, entre los subdirectores técnicos, de conformidad con la competencia funcional salvo cuando de la dirección técnica no dependan subdirecciones técnicas, caso en el cual podrá designarse un profesional.

3. En aquellos contratos que incluyan más de una etapa del ciclo de vida de un proyecto (estudios y diseños, construcción, mantenimiento) o etapa de pre-construcción y construcción o fases (preliminares y construcción), la designación del supervisor se podrá realizar para cada una de dichas etapas o fases, en los subdirectores generales, los directores técnicos y/o subdirectores técnicos de cualquiera de las dependencias del IDU, de conformidad con las competencias funcionales

4. En el evento en que la etapa o fase incluya actividades de estudios y diseños y de construcción, el ordenador del gasto podrá realizar la designación de dos (2) supervisores, uno para las actividades relacionadas con estudios y diseños y, otro para de las actividades relacionadas con construcción, en los subdirectores generales, los directores técnicos y/o subdirectores técnicos de cualquiera de las dependencias del IDU, de conformidad con las competencias funcionales. Cada supervisor designado deberá efectuar el seguimiento de manera autónoma y responderán en el marco de sus funciones por los productos y/o actividades aprobadas y/o recibidas a satisfacción.

5. La (s) dependencia (s) encargada (s) de la supervisión del contrato será (s) identificada (s) en los estudios y documentos previos suscritos por el ordenador del gasto, así como en el respectivo contrato y cuando se requiera el cambio, podrá realizarse con memorando suscrito por el ordenador del gasto.

1 Artículo 84. Ley 1474 de 2011 “Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública” 2 Ídem Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 19 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-60 • 2025 • ENERO • 28 60 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11

6. El equipo de apoyo a la supervisión, será conformado a través de designación escrita realizada por el supervisor, entre los servidores públicos y los contratistas vinculados por la entidad para el efecto, y designará entre ellos al líder del equipo de apoyo a la supervisión.
En caso que los servidores públicos o contratistas no dependan del supervisor del contrato, la designación se realizará por el Jefe inmediato.

7. Siempre que el proyecto lo justifique, el supervisor remitirá a otras dependencias el requerimiento para solicitar el apoyo de profesionales para integrar el equipo de apoyo a la supervisión.

En dicho caso, las dependencias asignarán por medio escrito (memorando), los profesionales de apoyo para cada uno de los proyectos solicitados. Los profesionales de apoyo podrán integrar los equipos de supervisión de uno o varios proyectos.

Cuando se requiera de la suscripción de contratos de prestación de servicios y apoyo a la gestión, se gestionará la contratación del equipo de apoyo a la supervisión en los términos de la normativa vigente, incluyendo los manuales internos de la Entidad.

Los supervisores, directamente y con la colaboración del equipo de apoyo, deberán cargar y mantener debidamente actualizada la información relacionada con la ejecución del contrato tanto en el Plataforma Transaccional SECOP2, como en el Sistema de Información de Acompañamiento Contractual – SIAC, y en los demás Sistemas que se encuentren vigentes en la Entidad, registrando al menos la siguiente documentación:

- Acta de inicio.
- Actas de suspensión.
- Actas de reinicio.
- Actas de ampliación de la suspensión.
- Actas de ajustes, mayores cantidades, restablecimiento del desequilibrio económico.
- Actas de Recibo final de la obra.
- Las actas que se suscriban frente al cambio de las etapas, discriminadas de acuerdo al clausulado contractual.
- Actas de terminación.
- Actas de terminación y liquidación anticipada.
- Actas de Recibo final y liquidación.
- Actas de liquidación.
- Informes de supervisión sobre la ejecución y cumplimiento del contrato.

De igual manera, es responsabilidad de los supervisores verificar el cargue de los informes de los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, por parte de los contratistas, los cuales se deberán cargar en la plataforma transaccional SECOP2, dentro de los tres (03) días hábiles siguientes a la aprobación del Informe por parte del supervisor.

Para realizar el último pago al contratista será responsabilidad del supervisor verificar que todos los informes estén debidamente aprobados y publicados en SECOP2.

Igualmente, será responsabilidad del supervisor y del equipo de apoyo a la supervisión, la verificación de la actualización permanente de la información de los proyectos en las plataformas Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 20 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-61 • 2025 • ENERO • 28 61 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 institucionales en especial en ZIPA, como herramienta de comunicación e información a la ciudadanía.

5.8. SEPARACIÓN TEMPORAL O DEFINITIVA DE LOS SUPERVISORES 5.8.1 En caso de que el supervisor del contrato vaya a separarse de forma temporal o definitiva del servicio, deberá informar previamente dicha circunstancia al ordenador del gasto o a la instancia pertinente, con el fin de que se proceda a la designación de su reemplazo. Salvo los casos de fuerza mayor o caso fortuito, el supervisor del contrato no podrá abandonar en forma definitiva o temporal el cumplimiento de las funciones a su cargo, hasta tanto no se haya designado su reemplazo y se haya suscrito el acta de entrega de supervisión. Igual procedimiento se aplicará con relación a los profesionales de apoyo a la supervisión, siendo responsabilidad para el caso de las oficinas, remitir por medio escrito de los cambios temporales o definitivos (memorando).

5.9. PROHIBICIONES DE LOS SUPERVISORES E INTERVENTORES 5.9.1. Tramitar modificaciones o adiciones a los contratos sin el lleno de los requisitos legales pertinentes.

5.9.2. Solicitar o recibir, directa o indirectamente, para sí o para un tercero, dádivas, favores o cualquier otra clase de beneficios o prebendas de la Entidad contratante o del contratista.

5.9.3. Omitir, denegar o retardar el despacho de los asuntos a su cargo.

5.9.4. Entrabar las actuaciones de las autoridades o el ejercicio de los derechos de los particulares en relación con el contrato objeto de supervisión o interventoría.

5.9.5. Convertirse en acreedor o deudor de alguna persona interesada directa o indirectamente en el contrato.

5.9.6. Consentir el acceso indebido de terceros a la información del contrato.

5.9.7. Tramitar, a título personal, asuntos relativos con el contrato.

5.9.8. Pedir al contratista renuncias a cambio de modificaciones o adiciones al contrato o del pago de las facturas o cuentas de cobro pendientes.

5.9.9. Desconocer el derecho de turno para el pago de facturas o cuentas de cobro del contratista.

5.9.10. Relevar al contratista de cualquiera de sus obligaciones.

6. GESTIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO

6.1. POLÍTICAS DE DOCUMENTACIÓN E INFORMES El contratista, la interventoría y la supervisión deberán cumplir con lo exigido en el Manual de Gestión Documental del IDU, con el fin de mantener actualizado el archivo y control de la documentación del contrato.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 21 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-62 • 2025 • ENERO • 28 62 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Durante la ejecución del contrato, la interventoría o la supervisión deben presentar, al supervisor o al ordenador del gasto del proyecto, los informes necesarios para el seguimiento al avance y demás aspectos relevantes del contrato. Los informes incluirán los datos, cuadros, presentaciones y toda la información que prevea el presente Manual y que le sea solicitada a la supervisión o interventoría.

La supervisión y la interventoría deberá garantizar que la información reportada corresponde a lo realmente ejecutado y cumple con los requerimientos contractuales y estándares de calidad exigidos por la Entidad. Para los contratos de consultoría y obra que no cuenten con interventoría, los mencionados informes deberán ser presentados por el consultor y avalados por la supervisión del contrato.

Al inicio del contrato, el contratista o consultor y la interventoría a través de la supervisión del IDU deben solicitar a la Dirección Técnica de Inteligencia de Negocio e Innovación y a las empresas de servicios públicos, la información base y guía para la presentación de productos en formato digital.

Durante la ejecución contractual, el contratista o consultor y la interventoría deben consultar de manera periódica los posibles cambios que el IDU establezca para la actualización del inventario y diagnóstico de la Malla Vial, Espacio Público y Puentes, y los estándares del sistema de información geográfica del IDU – SIGIDU o el que haga sus veces. Las modificaciones no generarán ningún tipo de reconocimiento adicional al contratista ni al interventor como contraprestación de la actualización del inventario y diagnóstico.

En los contratos de conservación y en los demás contratos que sea procedente, la interventoría o supervisión debe entregar el formato “Listado de Vías en Ejecución” o el que haga sus veces anexo al informe semanal, donde se registre el seguimiento a la ejecución del contrato para cada segmento vial intervenido por cada localidad. Este documento debe presentarse en el formato guía suministrado por el IDU para tal fin. Para los contratos que prevean fases o etapas el cumplimiento de esta obligación se debe efectuar una vez se finalice cada una de las etapas.

6.2. PRESENTACIÓN DE LOS INFORMES Los informes se presentarán en físico y digital con firma autógrafa escaneada o digital. Dicha firma debe ser remitida mediante un mensaje de datos y/o mediante una comunicación firmada en original por el representante legal y radicada en el IDU, con el fin de determinar claramente su procedencia, autoría y verificación, de conformidad con lo establecido en el Decreto 2364 de 2012, o en las normas que lo modifiquen, complementen o sustituyan. En lo que respecta al componente de seguridad y salud en el trabajo, el mecanismo de presentación se realizará mediante el aplicativo tecnológico que la Entidad disponga.

El uso del aplicativo tecnológico SST, regirá a partir del momento en el cual se encuentre habilitada su operación y su implementación se llevará a cabo de acuerdo a las disposiciones establecidas por la Entidad.

Los informes deberán contener los ítems solicitados en cada uno de ellos de acuerdo a lo indicado en el anexo 1 del presente documento o de acuerdo a lo requerido en el aplicativo tecnológico que disponga la Entidad para tal fin. En caso de que la interventoría o supervisión o la Entidad observen algún presunto incumplimiento o que la información no sea clara o veraz, los informes deben ser devueltos a la interventoría o a la supervisión dentro de los tiempos establecidos en el Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 22 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-63 • 2025 • ENERO • 28 63 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 presente manual, con las observaciones pertinentes, para que la misma realice los ajustes correspondientes y/o proceda a corregir el incumplimiento igualmente dentro de los tiempos establecidos en el presente manual.

En caso de que los informes sean presentados en más de 2 ocasiones no se cuente con su aprobación por incumplimiento de las disposiciones aplicables a su contenido, la Entidad iniciará las actuaciones administrativas o las acciones legales del caso en contra del contratista, consultor o interventor según corresponda.

Con respecto a los informes contractuales -incluyendo los informes mensuales y finales de interventoría- solo se entenderá cumplida la obligación de su presentación, cuando los informes respectivos hayan sido aprobados por el supervisor o el interventor, según el caso. La presentación de los informes contractuales sin el lleno de los requisitos previstos se entenderá como un presunto incumplimiento por parte de la interventoría.

6.3. INFORMES DE EJECUCIÓN DE LOS CONTRATOS Reglas generales aplicables a los informes Los supervisores e interventores tienen la obligación de mantener informada a la Entidad y, especialmente, al ordenador del gasto, sobre el estado material, legal y financiero del contrato, así como sobre los posibles incumplimientos del contratista.

Los supervisores e interventores deberán elaborar el informe de ejecución con relación al contrato de obra o consultoría, así como revisar y aprobar o rechazar los informes que presente el contratista de obra o consultor sobre la ejecución de su contrato. El supervisor deberá revisar y aprobar los informes que presente el interventor sobre la ejecución de su contrato.

Para los contratos que no cuenten con interventoría, la elaboración y entrega de los informes será responsabilidad del contratista y deberán ser aprobados por el supervisor designado.

El periodo de los informes mensuales debe corresponder al mes calendario, a excepción del primer y último informe mensual que se presentarán por el tiempo parcial transcurrido del mes calendario en que se haya iniciado o finalizado el contrato.

Todos los informes deben ser presentados por la interventoría a la dependencia encargada de la supervisión o por la supervisión a la ordenación del gasto del contrato, en medio digital y/o magnético con las respectivas firmas. Los informes deben incluir los archivos fuente editables del informe (Word, Excel, AutoCAD, shape, MS-Project, etc.) organizados en el mismo orden.

La supervisión será la encargada de la conformación del expediente virtual de cada uno de los contratos, en cumplimento de las disposiciones legales en materia de archivo y de las disposiciones del IDU sobre manejo de archivo.

El IDU determinará la pertinencia de la validación de los informes mensuales y finales radicados durante la ejecución del contrato, en caso de presentarse diferencias entre el consultor o contratista y la interventoría. Los profesionales a cargo de la revisión de los informes mensuales en el IDU, una vez verificados los requisitos exigidos, podrán proceder a su aprobación.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 23 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-64 • 2025 • ENERO • 28 64 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Una vez se cuenta con la aprobación de los informes por la interventoría o por el IDU, se entenderá cumplido este requisito para proceder al pago respectivo. Por tanto, quien suscriba el documento antes mencionado, lo podrá hacer mediante firma digital o autógrafa escaneada. Dicha firma debe ser remitida mediante un mensaje de datos y/o mediante una comunicación firmada en original por el representante legal y radicada en el IDU, con el fin de determinar claramente su procedencia, autoría y verificación, de conformidad con lo establecido en el Decreto 2364 de 2012.

Cuando se presenten falencias, inconsistencias o falta de veracidad en los informes rendidos, el interventor o el supervisor y el supervisor del contrato de interventoría, devolverán los documentos para ajustes o complementación al contratista o al interventor dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su envío, para el caso del informe mensual, o dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a su envío, para el caso del informe final, con las observaciones pertinentes. El contratista contará con un plazo de cinco (5) días hábiles contados a partir del recibo de la comunicación emitida por el IDU para realizar los ajustes solicitados y volver a radicar el informe en la Entidad, so pena de que se inicien las acciones judiciales o las actuaciones administrativas para garantizar su cumplimiento. El supervisor dispondrá de diez (10) días hábiles posteriores al recibo de los ajustes para su pronunciamiento.

Para el caso de los informes semanales de ejecución, los plazos de revisión y ajuste serán cada uno de tres (3) días hábiles.

El IDU podrá implementar mecanismos aleatorios para la revisión de los componentes de los informes que no tengan relación directa con el cumplimiento del objeto contractual, como las relativas a: pagos al sistema general de seguridad social integral (acorde a la vinculación presentada por cada trabajador), la revisión de hojas de vida de profesionales, evidencias de cumplimiento de la implementación del SGSST, entre otros. En estos casos las aprobaciones que se impartan a los respectivos informes podrán sustentar el pago respectivo. No obstante, en caso de que la Entidad, por cualquier medio, tenga noticia del incumplimiento de obligaciones a cargo del contratista, consultor o interventor, podrá imponer las sanciones contractuales respectivas, sin perjuicio de las demás que resulten procedentes por los incumplimientos detectados, conforme al procedimiento sancionatorio aplicable de acuerdo con este manual, el respectivo contrato y la normativa vigente.

6.3.1. Informes de seguimiento a contratos misionales de consultoría 6.3.1.1. Informe semanal En los contratos de consultoría la Entidad podrá o no contratar un interventor externo. Las disposiciones que se relacionan a continuación les aplicarán a los supervisores o interventores designados para el seguimiento y control sobre los contratos de consultoría.

En los contratos de consultoría el informe semanal contendrá un reporte de gestión y será elaborado con la información producto del seguimiento del contrato de consultoría por parte del interventor y/o supervisor.

Las fechas de corte semanal serán los días lunes y el informe deberá ser entregado por la interventoría los días martes o, en caso de que el lunes sea feriado, el día hábil siguiente, anexando el archivo en MS-Project que contiene la programación aprobada del contrato de consultoría y el reporte de avance hasta la fecha de corte, de acuerdo con los lineamientos previstos en el contrato para tal efecto.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 24 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-65 • 2025 • ENERO • 28 65 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 6.3.1.2. Informe mensual El contratista de obra/ consultor y el interventor del contrato de obra o consultoría deberán elaborar un informe mensual de autogestión y seguimiento del desempeño SST de los contratos, el contenido de este documento corresponderá al definido en el aplicativo tecnológico que la Entidad disponga.

El interventor o supervisor del contrato de consultoría debe elaborar un informe mensual donde se consignen las actividades ejecutadas por el consultor, en el que consten los avances y cumplimiento del cronograma establecido, incluyendo todos los soportes correspondientes a su desarrollo (registro fotográfico, formatos de campo diligenciados, planos, etc.).

El informe mensual presentado por el interventor sobre la ejecución de su contrato debe contener la información que sustente el cumplimiento de sus obligaciones contractuales y las del consultor.

El informe mensual debe ser entregado por el interventor al supervisor del IDU o por el supervisor del contrato al ordenador del gasto (cuando no se cuente con interventoría) dentro de los siguientes diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha de corte mensual del contrato de consultoría. Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de corte mensual del contrato de consultoría, el consultor entregará a la interventoría o supervisión, según el caso, la totalidad de los insumos e información requeridos para el informe mensual debidamente organizados y consolidados. El Informe mensual contendrá la información de que trata el Anexo 1 del presente manual.

El supervisor del contrato de interventoría tendrá diez (10) días hábiles para la revisión del informe mensual. También dispondrá de diez (10) hábiles para la revisión y pronunciamiento de los ajustes a los informes observados.

6.3.1.3. Informe final El interventor o supervisor, según el caso, debe elaborar un informe final que debe ser entregado al supervisor del IDU o al ordenador del gasto, respectivamente, dentro de los dos (2) meses siguientes a la suscripción del acta de recibo final, sin perjuicio de las actividades que se deben realizar con posterioridad a la terminación del contrato.

El informe final contendrá la información de que trata el Anexo 1 del presente manual.

El supervisor del contrato de interventoría tendrá quince (15) días hábiles para su revisión y dispondrá de diez (10) días hábiles para la revisión y pronunciamiento de los ajustes a este informe.

6.3.2. Informes de seguimiento a contratos misionales de obra 6.3.2.1. Informe en la Fase de Obras Iniciales y Gestiones Preliminares o en la Etapa de Preconstrucción Por regla general, atendiendo la cuantía de las contrataciones y lo señalado por la normativa vigente, los contratos misionales de obra contarán con interventoría.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 25 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-66 • 2025 • ENERO • 28 66 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 En los casos en que un contrato misional de obra no cuente con interventoría por aplicación del ordenamiento vigente o por decisión de la Entidad, las disposiciones que se relacionan a continuación les aplicarán a los supervisores designados para el efecto.

En el desarrollo de la Fase de Obras Iniciales y Gestiones Preliminares o en la Etapa de Preconstrucción, según el caso, se presentarán informes semanales y mensuales.

Dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la terminación de la Fase de Obras Iniciales y Gestiones Preliminares o de la Etapa de Preconstrucción, la interventoría o supervisión, según el caso, debe entregar un informe que incluya la información del contrato de interventoría, obra, convenios asociados y cualquier acuerdo adicional que se efectúe, el cual contendrá como mínimo la información de que trata el Anexo 1 del presente manual. El supervisor del contrato de interventoría tendrá diez (10) días hábiles para su revisión y dispondrá de diez (10) días hábiles para la revisión y pronunciamiento de ajustes a este informe.

6.3.2.2. Informe semanal El informe semanal será presentado como un reporte de gestión y será elaborado con la información producto del seguimiento del contrato de obra por parte del interventor.

El informe debe ser presentado y radicado al IDU en el formato vigente, incluyendo su envío al correo electrónico del profesional de apoyo técnico designado. Las fechas de corte semanal serán los días lunes y el informe deberá ser entregado por la interventoría los días martes o, en caso de que el martes sea feriado, el día hábil siguiente. Al informe deberá anexarse el archivo en MS- Project que contiene la programación aprobada del contrato de obra y el reporte de avance hasta la fecha de corte, de acuerdo con los lineamientos previstos en el contrato para tal efecto.

6.3.2.3. Informe mensual El informe mensual deberá contener la descripción de las actividades efectuadas en el período y el estado actual del proyecto, tanto del contrato de interventoría como de obra, así como las recomendaciones y observaciones de la interventoría para la oportuna e idónea ejecución del contrato de obra en cada uno de sus componentes. La interventoría o supervisión, según el caso, debe presentar al IDU el informe mensual del avance de los trabajos de acuerdo con la modalidad y el objeto del contrato, en medio digital y/o magnético, el cual debe ser entregado dentro los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de corte mensual de obra. El contratista de obra, por su parte, entregará a la interventoría o supervisión la totalidad de los insumos e información requeridos para el informe mensual debidamente organizados y consolidados, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de corte mensual de obra.

El informe mensual deberá ser presentado por la interventoría o supervisión, incluyendo, en formato modificable, el “Acta de Recibo Parcial de Obra”, “Acta de Recorrido de Verificación de Obra Para Redes” y “Acta de Recibo de Obra para Redes” para tramos funcionales, debidamente suscritas, de acuerdo con el formato IDU vigente.

El contenido del informe mensual deberá especificar las actividades establecidas en el contrato, las modificaciones implementadas y las obras ejecutadas, incluyendo la descripción de las actividades, cantidad y precios unitarios, si a ello hubiere lugar. La presentación de esta Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 26 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-67 • 2025 • ENERO • 28 67 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 información tendrá como propósito la evaluación del cumplimiento del contratista en lo referente a las diferentes actividades y acuerdos establecidos en el contrato y en el cronograma (programa detallado de obra) y la relación de las obras ejecutadas; el informe identificará, de ser el caso, las obras objetadas por la interventoría, incluyendo su valoración.

El informe mensual debe incluir el consolidado de las actividades de cada uno de los programas y sus respectivos indicadores de gestión y contendrá las actividades realizadas por entidades diferentes al IDU relacionadas con la ejecución del contrato.

El informe mensual contendrá como mínimo la información de que trata el Anexo 1 del presente manual, sin perjuicio de la facultad del IDU de exigir la inclusión de información adicional.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el numeral 6.3.1.9 del presente Manual, el supervisor del contrato de interventoría tendrá diez (10) días hábiles para su revisión y dispondrá de diez (10) días hábiles para la revisión y pronunciamiento de ajustes a informes.

6.3.2.4. Informe final Dentro de los dos (2) meses siguientes a la suscripción del Acta de Recibo Final de Obra, la interventoría o supervisión deberá presentar al IDU un informe final que debe incluir la memoria descriptiva del proyecto, sobre el registro de los trabajos objeto del contrato de obra.

El informe final contendrá como mínimo la información de que trata el presente manual.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el numeral 6.3.1.9 del presente Manual, el supervisor del contrato de interventoría tendrá quince (15) días hábiles para su revisión y dispondrá de diez (10) días hábiles para la revisión y pronunciamiento de ajustes a informes.

Informe de Seguimiento a Contratos con Garantía Única de Cumplimiento – Amparo de Estabilidad y Calidad La interventoría debe entregar al IDU el Informe de Seguimiento a Contratos con Garantía Única de Cumplimiento - Amparo de Estabilidad y Calidad, dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes al recibo final de la obra y de la activación del amparo de estabilidad y calidad de la obra conforme a la cláusula de garantías del contrato, previa aprobación por parte de la DTGC o de la dependencia que haga sus veces.

El Informe de Seguimiento a Contratos con Garantía Única de Cumplimiento – Amparo de Estabilidad y Calidad contendrá como mínimo la información de que trata el Anexo 1 del presente manual.

El supervisor revisará y aprobará el informe de Seguimiento a Contratos con Garantía Única de Cumplimiento – Amparo de Estabilidad y Calidad, para lo cual contará con un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir de la entrega por parte de la Interventoría.

Una vez aprobado, el supervisor remitirá el informe a la dependencia responsable del seguimiento a las garantías (DTAI o quien haga sus veces) para que se inicie el respectivo procedimiento en cuanto al amparo de estabilidad y calidad de la obra. En caso de que no se cumpla con todos los requisitos previstos en el presente manual para el Informe de Seguimiento a Contratos con Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 27 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-68 • 2025 • ENERO • 28 68 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Garantía Única de Cumplimiento – Amparo de Estabilidad y Calidad, la DTAI devolverá el informe a la dependencia ejecutora.

6.4. BITÁCORA DIGITAL DE OBRA (BDO)

6.4.1. Generalidades 6.4.1.1. El Contratista de Obra deberá realizar la implementación directamente o con la provisión de servicios por parte de terceros, de la Bitácora Digital de Obra (BDO) en los términos que dispongan los manuales y demás directrices impartidas por el IDU. 6.4.1.2. La BDO deberá ser provista con visualización WEB y deberá contener la totalidad de las comunicaciones relevantes entre el IDU, el Contratista de obra, la Interventoría y la Supervisión del Contrato y Ordenador del Gasto, para determinar el cumplimiento del contrato así como para identificar el nivel de avance del proyecto ejecutado. 6.4.1.3. Los documentos que integran la BDO tales como cartas, oficios, planos, imágenes o esquemas, entre otros deben ser incluidos como archivos adjuntos al folio o anotación correspondiente y deben ser claramente identificados, de conformidad con las condiciones archivísticas definidas por el IDU a través de la Supervisión. 6.4.1.4. Las anotaciones deben quedar foliadas de manera digital, con registro de fecha y hora, y suscritas con el registro de quien haya realizado o aprobado la anotación. Quienes tengan acceso a la BDO deberán poder visualizar en tiempo real todo lo que sea registrado y generar consultas por medio de filtros como, fechas, asuntos, palabras clave y tipos de anotaciones, que permitan la búsqueda de información necesaria. 6.4.1.5. Cada uno de los usuarios de la BDO deberán poder recibir notificaciones por correo electrónico de las anotaciones realizadas. 6.4.1.6. La plataforma deberá permitir la generación de extractos descargables de las anotaciones deseadas entre un periodo de tiempo y filtros específicos. Los documentos oficiales de la bitácora deberán poder obtenerse de manera digital en formato PDF siempre que sea requerido, por los usuarios con los permisos previamente definidos.

6.4.2. Perfiles de usuarios 6.4.2.1. El sistema provisto por el Contratista para la BDO deberá soportar la utilización de distintos perfiles de usuario permitiendo crear para cada una de las partes un rol específico según el nivel de responsabilidad dentro del proyecto, y deberá distinguir, por lo menos, los perfiles de Contratista de obra, Interventoría y Supervisión del Contrato y Ordenador del Gasto.

6.4.3. Confidencialidad de la información.

6.4.3.1. El acceso a la información que se registre en la BDO será limitado a los usuarios, el carácter reservado o confidencial de la misma será definido de acuerdo a la normativa aplicable. Ninguna de las anotaciones realizadas, documentos adjuntos, folios, datos o cualquier elemento contenido en la bitácora podrán ser utilizados para fines diferentes al seguimiento del proyecto, ni entregarse a terceros sin el consentimiento escrito del representante legal de la entidad o a quién este delegue. El IDU será el propietario de toda la información contenida en la BDO.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 28 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-69 • 2025 • ENERO • 28 69 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 6.4.4. Contenido y estructura de las anotaciones 6.4.4.1. Toda anotación creada dentro de la BDO debe asegurar que la información se encuentre completa y conste, por lo menos, del número de folio, hora y fecha de creación, usuario que realizó la anotación, título de la nota, localización, hora y fecha de inicio y fin de la actividad registrada, descripción de la anotación, archivos adjuntos, asunto y tipo de nota.

6.4.5. Requerimientos mínimos de la plataforma 6.4.5.1. La plataforma debe contar con la capacidad suficiente para almacenar todas las anotaciones realizadas incluyendo el contenido multimedia (imágenes y documentos en PDF o formato equivalente). El tamaño máximo de los archivos adjuntos y de lo que se pueda anexar a cada anotación será definido en las directrices impartidas por el IDU.

6.4.5.2. La plataforma deberá contar con un servicio de housing y hosting; y mantenimiento y soporte permanente, que aseguren su operatividad en las condiciones definidas por el IDU. 6.4.5.3. El respaldo de la información en la plataforma se debe poder realizar de manera permanente, incremental y completa. 6.4.5.4. La plataforma debe contar con mecanismos de autenticación de usuarios que aseguren la privacidad, confidencialidad, unicidad y seguridad del ingreso de la información. 6.4.5.5. Se deben contar con manuales de uso de la plataforma, y asegurar la capacitación a los usuarios en el uso de la misma (de ser necesaria). 6.4.5.6. Los usuarios que requieran el acceso a la plataforma deben contar con un acceso personal e intransferible vía nombre de usuario (correo electrónico) y contraseña para el personal autorizado. 6.4.5.7. La plataforma debe permanecer operativa las veinticuatro (24) horas del día, siete (7) días a la semana, a excepción de los períodos de mantenimiento y actualizaciones que deben ser debidamente informadas con anterioridad. El tiempo en línea no podrá ser inferior al noventa y cuatro por ciento (94%), medido de manera mensual. 6.4.5.8. La plataforma deberá permitir realizar el respaldo final de toda la información consignada en la BDO junto con todos los adjuntos asociados a cada una de las notas como soporte. Este soporte debe ser exportable en un formato PDF. 6.4.5.9. Una vez finalizado el proyecto, la plataforma debe asegurar el mantenimiento de toda la información accesible para la visualización de notas, durante el plazo y en las condiciones que defina el IDU. 6.4.5.10. La plataforma debe garantizar la aprobación y cierre de las anotaciones por los usuarios asignados para tal fin, en aras de asegurar la lectura y aprobación de las mismas por los usuarios involucrados en la actividad.

6.4.6. Requerimientos adicionales.

6.4.6.1. La plataforma deberá garantizar el aviso automático a cada uno de los usuarios pertenecientes al proyecto en desarrollo, de cada una de las anotaciones hechas. Estas notificaciones deben especificar el tipo de nota, las etiquetas y el hipervínculo que lo lleve directamente a la plataforma para gestionar su revisión o respuesta.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 29 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-70 • 2025 • ENERO • 28 70 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 6.4.6.2. En cada proyecto se deberá contar, por lo menos, con un equipo o dispositivo electrónico móvil o fijo con acceso a internet que permita el ingreso a la bitácora digital de obra. 6.4.6.3. Las anotaciones que se van a realizar en la BDO deben contar con una categorización al momento de generar el registro que permitan efectuar resúmenes de lo requerido de manera precisa. 6.4.6.4. Al iniciar el proyecto, el director de obra designado por el Contratista deberá solicitar al soporte de la plataforma la creación del proyecto que se va a desarrollar y la creación de los usuarios pertenecientes al mismo. Esta solicitud también debe incluir la descripción de los asuntos y sub-etiquetas que serán tratados en el desarrollo del proyecto. Los asuntos y sub-etiquetas deberán someterse a los requerimientos que defina la entidad, así como las demás características requeridas para el trámite a través de la BDO de las solicitudes respectivas. 6.4.6.5. La plataforma deberá garantizar la creación de anotaciones y diligenciamiento de información nueva sin conexión a internet. 6.4.7. Numeral Transitorio. Lo previsto en el presente numeral 6.4, resultará aplicable a los contratos cuyos procesos de selección sean iniciados a partir del 1º de enero de 2024.

7. ANTICIPO

7.1. GENERALIDADES Los dineros del anticipo tienen la condición de fondos públicos hasta el momento que sean amortizados en su totalidad y, en consecuencia, se deben utilizar exclusivamente para financiar los ítems aprobados en el plan de inversión del anticipo. Se considera mal manejo o inversión inadecuada del anticipo los pagos en conceptos diferentes a los establecidos en el plan de inversión, la falta de soportes que respalden la inversión, la no amortización de los valores girados, la apropiación indebida de recursos que generen faltante en la conciliación realizada por el interventor; estos son incumplimientos del contratista y podrán generar la imposición de las sanciones previstas en el contrato, la declaración del siniestro correspondiente y las responsabilidades penales, administrativas, disciplinarias y fiscales respectivas.

En el contrato deberá quedar pactado el porcentaje de anticipo previsto en el pliego de condiciones y éste no podrá modificarse durante la ejecución del mismo.

NOTA: El Plan de Inversión del Anticipo podrá modificarse en ejecución del contrato, cuando por causas propias del proyecto deban redistribuirse los porcentajes sin que en ningún caso supere el porcentaje total pactado en el contrato, lo anterior aprobado por la interventoría y la supervisión, en la redistribución debe mantenerse como mínimo los porcentajes de los ítems ya generados al momento de realizar la solicitud de modificación del plan de inversión del anticipo.

Previo a la entrega del anticipo, el contratista deberá constituir una garantía de buen manejo y correcta inversión del mismo, la cual debe ser aprobada por el IDU, y deberá presentar para aprobación de la interventoría el plan detallado de inversión. La entrega del anticipo sólo se tramitará cuando estos documentos se encuentren aprobados y se haya constituido la fiducia de conformidad con las normas vigentes. Las áreas técnicas serán las encargadas de la revisión y la aprobación de las formalidades del contrato de fiducia.

El contratista es el responsable de radicar oportunamente en la respectiva dependencia del Instituto la cuenta de cobro aprobada por la interventoría, con los documentos soporte establecidos Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 30 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-71 • 2025 • ENERO • 28 71 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 en la Guía de Pago a Terceros GU-GF-01; para la revisión, aprobación y trámite por el supervisor del contrato.

Los gastos financieros que llegaren a producirse por el manejo de la fiducia, esto es, cuotas de manejo, comisiones, costo de las chequeras, gravamen a los movimientos financieros (cuatro por mil), entre otros, estarán íntegramente a cargo del contratista.

El contratista debe presentar al IDU el extracto bancario mensual de la cuenta o los documentos de rendición de cuentas de la fiducia o patrimonio autónomo, cuando sea del caso, a la supervisión del contrato, a más tardar el mes siguiente al relacionado en el extracto, desde la fecha en que se entrega el anticipo hasta que se termine de amortizar en su totalidad.

Para amortizar el valor del anticipo, al valor de cada acta de recibo parcial se le descontará el porcentaje correspondiente establecido en la respectiva cláusula contractual, hasta completar el monto total del anticipo pactado en el Contrato.

7.2. APERTURA DE LA CUENTA DE MANEJO DEL ANTICIPO De conformidad con el artículo 91 de la Ley 1474 de 2011, en los contratos de obra, concesión, salud o los que sean producto del trámite de una licitación pública, el contratista deberá constituir una fiducia o un patrimonio autónomo irrevocable para el manejo de los recursos que reciba a título de anticipo, con el fin de garantizar que dichos recursos se apliquen exclusivamente a la ejecución del contrato correspondiente, salvo que el contrato sea de menor o mínima cuantía.

Previamente a la entrega del anticipo, el contratista debe constituir la fiducia o el patrimonio autónomo irrevocable, que se destinará exclusivamente al manejo de estos recursos hasta que se gire en su totalidad. Los rendimientos brutos (no hay lugar a retención en la fuente por renta, el IDU no es contribuyente) que generen los recursos entregados al contratista por concepto de anticipo deben girarse dentro del mes siguiente al IDU, en el cual se hayan generado los mismos.

El interventor y/o el supervisor, según el caso, como representante del Instituto ante el contratista, debe velar por el buen manejo de los recursos, para lo cual debe llevar un registro que demuestre inequívocamente el saldo y las bases que lo conforman. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley 1474 de 2011, los interventores y supervisores, y el equipo de apoyo a la supervisión, serán responsables de mantener informada a la Entidad de los hechos o circunstancias que puedan constituir actos de corrupción tipificados como conductas punibles, o que puedan poner o pongan en riesgo el cumplimiento del contrato, o cuando tal incumplimiento se presente.

El costo de la comisión fiduciaria será cubierto directamente por el contratista. En el contrato de fiducia deberá establecerse que los rendimientos brutos (no hay lugar a retención en la fuente por renta, el IDU no es contribuyente) de la fiducia serán de propiedad del IDU, los cuales deberán ser reintegrados mensualmente por el contratista y/o la entidad fiduciaria, dentro del mes siguiente, en el cual se hayan generado los mismos, efectuando la consignación o reintegro de los mismos según el procedimiento establecido por la Subdirección Técnica de Tesorería y Recaudo del IDU o en la cuenta bancaria que para tal efecto informe dicha Subdirección.

En caso de que el rendimiento de la fiducia genere pérdidas o rendimientos negativos, deberán ser asumidos por el contratista. El contratista debe efectuar la consignación de la cifra exacta, Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 31 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-72 • 2025 • ENERO • 28 72 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 directamente en la Fiduciaria, en la Cartera Colectiva donde se están manejando los recursos del anticipo, con el fin de recomponer el capital entregado por el IDU y legalizarlo en forma mensual con los demás documentos soporte según el procedimiento establecido por la Subdirección Técnica de Tesorería y Recaudo.

La interventoría ejercerá vigilancia sobre el cumplimiento del régimen de inversión antes citado, para lo cual presentará un informe mensual al respecto, informando al IDU sobre cualquier irregularidad que observe. De presentarse este último evento, la entidad lo reportará a la Superintendencia Financiera, en aras de garantizar el óptimo rendimiento de los dineros invertidos, sin perjuicio de las acciones legales previstas en el contrato.

Los pagos que se hagan con cargo a los recursos de la fiducia deben contar con la aprobación de la interventoría y corresponder al plan detallado de inversión del anticipo.

7.3. MANEJO DEL ANTICIPO Para el manejo del anticipo deben tenerse en cuenta los siguientes parámetros:

Mecanismos de Manejo: a. Fiducia o Patrimonio Autónomo irrevocable: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 91 de la Ley 1474 de 2011, en los contratos de obra, concesión, salud, o los que se realicen por licitación pública, el contratista deberá constituir una fiducia o un patrimonio autónomo irrevocable para el manejo de los recursos que reciba a título de anticipo, con el fin de garantizar que dichos recursos se apliquen exclusivamente a la ejecución del contrato correspondiente, salvo que el contrato sea de menor o mínima cuantía.

El costo de la comisión fiduciaria será cubierto directamente por el contratista.

Aspectos generales de la fiducia: el manejo de los dineros deberá darse de manera conjunta entre el CONTRATISTA y el Interventor o Supervisor (cuando no se cuente con interventoría). En el Contrato de Fiducia deberá establecerse en el Régimen de inversión que para los recursos del anticipo se acatará lo dispuesto en el Decreto 1525 de 2008. Así mismo, deberá establecerse en dicho Contrato que los rendimientos de la Fiducia serán de propiedad del IDU, los cuales deberán ser reintegrados dentro del mes siguiente, en el cual se hayan generado los mismos, por el contratista y/o la Entidad Fiduciaria, efectuando la consignación o reintegro de los mismos según el procedimiento establecido por la Subdirección Técnica de Tesorería y Recaudo del IDU o en la cuenta bancaria que para tal efecto informe dicha Subdirección.

En caso de declaratoria de siniestro del amparo de buen manejo y correcta inversión del anticipo del Contrato, la Fiducia hará devolución al IDU/TRANSMILENIO de los valores disponibles en la cuenta exclusiva, Lo anterior, sin perjuicio de la responsabilidad del CONTRATISTA de reintegrar el valor bruto establecido en esta cláusula por concepto de anticipo.

Los recursos que se entregan a título de anticipo a la fiduciaria deberán invertirse únicamente en los fondos de inversión colectivos administrados por la Fiduciaria que cumplan con las condiciones del artículo 49 del Decreto 1525 de 2008, o en cuentas de ahorro o corrientes.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 32 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-73 • 2025 • ENERO • 28 73 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Los impuestos, tributos, contribuciones, gastos bancarios y las retenciones que se hagan sobre las sumas correspondientes al valor del anticipo serán a cargo y por cuenta del CONTRATISTA, quien deberá hacer devolución y amortizar la totalidad del valor del anticipo. b. Cuenta bancaria separada: En las contrataciones distintas a las que refiere el artículo 91 de la Ley 1474 de 2011, el manejo de los recursos entregados al contratista a título de anticipo deberá realizarse en cuenta bancaria de ahorros exclusiva, no conjunta, a nombre del suscrito contrato. c. Reglas generales de manejo:

Los dineros provenientes del anticipo sólo serán invertidos de acuerdo con el plan detallado de inversión debidamente aprobado por la interventoría o el supervisor según el caso y no objetado por el IDU, la interventoría o el supervisor, según el caso, deben aprobar la relación de gastos. La interventoría y/o el supervisor y el equipo de apoyo a la supervisión, deben informar inmediatamente al IDU cualquier diferencia que se presente entre los saldos bancarios que se registren en el extracto que el contratista debe presentar, frente al registro de gastos o el programa de inversiones.

El IDU girará el valor del anticipo a la cuenta bancaria exclusiva de la fiducia que se contrate luego de haberse suscrito el acta de inicio de contratista y dentro del término establecido por la Entidad, el cual será posterior a la radicación de la cuenta de cobro correctamente elaborada. El giro de este valor no constituye condición previa para el inicio del plazo de ejecución del Contrato. El Contratista debe responder por los rendimientos que se generen desde el día de giro por parte del IDU, hasta cuando se abone el dinero en la cuenta de la Cartera Colectiva, Ahorros o Corriente del Patrimonio Autónomo donde se manejan los recursos del anticipo, en caso que el abono del dinero quede en días posteriores al giro realizado por el IDU.

Los rendimientos brutos (no hay lugar a retención en la fuente por renta, el IDU es no contribuyente) generados en la cuenta del anticipo deben ser consignados por el contratista y/o la entidad fiduciaria dentro del mes siguiente al cual se hayan generado los mismos, efectuando la consignación o reintegro de los mismos según el procedimiento establecido por la Subdirección Técnica de Tesorería y Recaudo del IDU o en la cuenta bancaria que para tal efecto informe dicha Subdirección. Adicionalmente, para completar el proceso de legalización de los rendimientos, el contratista debe remitir a través de oficio los extractos bancarios y la certificación bancaria donde se indique el valor de los rendimientos generados durante el período. El interventor deberá realizar el seguimiento y control, de tal forma que garantice la consignación dentro de los términos anteriormente señalados.

La iniciación de actividades o el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones contractuales, no está supeditada en ningún caso al giro del anticipo por parte del IDU. En caso de iniciar actividades sin que se haya girado el valor del anticipo, podrán ser reembolsados al contratista, previa aprobación de la interventoría o el supervisor, según el caso, los gastos que haya efectuado con sus propios fondos y que cumplan con los requisitos establecidos para la inversión del anticipo.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 33 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-74 • 2025 • ENERO • 28 74 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Con posterioridad al giro del anticipo no habrá lugar a reembolsos o reintegros al contratista de gastos posteriores efectuados con fondos propios.

El contratista y el interventor o el supervisor, según el caso, deben entregar al IDU un informe mensual de inversión y buen manejo de anticipo que hará parte del informe mensual.

Todos los gastos deberán ser presentados utilizando comprobantes de egresos que pueden ser forma Minerva 20-07 o similares; se deben presentar con fotocopia del cheque de gerencia girado o soporte de la transferencia electrónica debidamente diligenciada; debe contener el número de la cédula de ciudadanía o NIT del beneficiario; además se debe discriminar el concepto de pago, indicar los descuentos tributarios y el valor neto girado.

Estos comprobantes deben estar debidamente soportados con facturas y/o documento equivalente, acorde con la normatividad tributaria vigente. Su valor no debe ser inferior a un salario mínimo mensual vigente; las facturas deben cumplir con los requisitos exigidos por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). En cada factura debe consignarse claramente la descripción de los bienes y servicios prestados, indicando la cantidad, unidad, valor unitario y valor total. Además, se debe indicar claramente el número del contrato.

 Los recibos de pago de nómina y/o planillas de jornales deben ir firmados por los beneficiarios, detallando el nombre, cargo y número de identificación.  Presentar el pago de parafiscales del último período.  No se deben crear cajas menores con el fondo del anticipo.  Bajo ninguna circunstancia podrá legalizarse el anticipo con ofertas mercantiles ni demás títulos ejecutivos previstos en la ley mercantil.  Todos los anteriores soportes deben estar resumidos en un archivo que contenga la siguiente información: Nit. o cédula de ciudadanía, nombre del beneficiario, concepto del pago, valor bruto antes de IVA, impuesto a las ventas (IVA), valor total facturado, retenciones por tributos discriminadas y valor neto pagado; dicho documento debe estar avalado por el representante legal y el contador público o revisor fiscal del contratista, indicando el número de tarjeta profesional.

Los dineros provenientes del anticipo no podrán destinarse a fines distintos a los relacionados con la ejecución y cumplimiento del contrato, especificados en el plan de inversión del anticipo, entre otros a la compra, arriendo o mantenimiento de equipos, compra de insumos y materiales, traslado de equipo, pago de trabajadores vinculados al proyecto, es decir, la inversión de dichos recursos debe estar limitada al plan detallado de inversión debidamente aprobado por la interventoría y el supervisor. Estos dineros tienen la condición de recursos públicos hasta el momento en que sean amortizados mediante la ejecución del objeto del contrato, por lo que su mal manejo, el cambio de destinación, su no amortización o su apropiación indebida darán lugar a la declaratoria del siniestro correspondiente y a las responsabilidades penales correspondientes.

7.4. LIQUIDACIÓN DEL ANTICIPO Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 34 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-75 • 2025 • ENERO • 28 75 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Invertida la totalidad del anticipo, se debe terminar y liquidar la fiducia o el patrimonio autónomo o la cuenta bancaria empleada, y hacer el reintegro al IDU, o entidad que financia el proyecto, del saldo de la cuenta, si lo hay, y de los rendimientos remanentes. El contratista debe presentar una certificación por parte de la entidad financiera donde conste la terminación de la fiducia o del patrimonio autónomo o de la cuenta bancaria y los recibos de consignación de rendimientos financieros en el IDU o entidad que financie el proyecto.

La firma del acta de liquidación del anticipo sólo se hará una vez el contratista y el supervisor, según el caso, o interventor suscriban la totalidad de las actas de recibo parcial de obra o entrega de productos, que certifiquen la totalidad de la amortización del anticipo. El acta de liquidación del anticipo debe venir acompañada de todos los documentos citados en el cuerpo del acta.

7.5. REINTEGRO DE SALDOS DEL ANTICIPO A FAVOR DEL IDU Cuando el contrato se termine por cualquier causa sin haber finalizado la ejecución del contrato y existan saldos en la fiducia correspondiente al anticipo, éstos deben ser solicitados y reintegrados al IDU en la Subdirección Técnica de Tesorería y Recaudo (caja principal) del IDU, o de la entidad que financie el proyecto, en un término no mayor a 10 días hábiles contados a partir del día siguiente a la terminación del contrato por cualquier causa. Igualmente se procederá cuando el contrato termine por cualquier causa sin que se haya amortizado la totalidad del anticipo entregado al contratista, caso en el cual se debe reintegrar a la entidad el saldo bruto no amortizado, es decir, sin efectuar descuentos de los valores por concepto de gravámenes, tributos o contribuciones que no dependen del valor ejecutado del anticipo; caso contrario podrá deducirse el valor proporcional sobre el anticipo de las Estampillas Pro-Cultura y Pro-Mayores, las cuales dependen del valor ejecutado del mismo.

7.6. RADICACIÓN DE CUENTAS Las fechas de cierre para radicación de cuentas se establecen de acuerdo con las disposiciones de la Secretaría de Hacienda Distrital en cuanto al manejo de la Cuenta Única Distrital, a la generación de cierres contables y tributarios y la entrega de información a organismos de control.

La elaboración y presentación de las cuentas de cobro y facturas de venta debe cumplir con los requisitos establecidos en la guía de pago a terceros vigente, concordante con el estatuto tributario. Cuando el contrato sea respaldado con recursos de Transmilenio, el contratista debe ajustarse a las disposiciones de dicha entidad y al cronograma de pago.

8. MAYORES CANTIDADES DE OBRA PARA CONTRATOS A PRECIOS UNITARIOS

Tal como lo ha precisado la jurisprudencia, “(…) en los contratos de obra suscritos a precios unitarios, la mayor cantidad de obra ejecutada consiste en que ella fue contratada pero que su estimativo inicial fue sobrepasado durante la ejecución del contrato, surgiendo así una prolongación de la prestación debida, sin que ello implique modificación alguna al objeto contractual.”3 3 CONSEJO DE ESTADO. SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. SECCIÓN TERCERA. SUBSECCIÓN B. Consejera ponente: RUTH STELLA CORREA PALACIO. Bogotá D.C., treinta y uno (31) de agosto de dos mil once (2011). Radicación número: 25000-23-26-000- 1997-04390-01(18080)

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 35 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-76 • 2025 • ENERO • 28 76 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 En caso de que el contratista y la interventoría o supervisión, según el caso, identifiquen la necesidad de ejecución de mayores cantidades de obra para cumplir con las metas físicas, deberán remitir al IDU el acta de mayores cantidades de obra solicitadas, incluyendo, de ser el caso, los costos correspondientes para todos los componentes, de acuerdo con el formato vigente, con su respectiva justificación y aprobación por parte de la Interventoría.

El interventor deberá verificar, antes de realizar el trámite descrito, que con la aprobación de mayores cantidades de obra no se supere el valor total del contrato, si ello ocurre deberá adelantarse el trámite de apropiación presupuestal necesario de manera previa a la aprobación y ejecución de mayores cantidades de obra. Si no es aprobada la solicitud de mayores cantidades de obra, el IDU informará a la Interventoría o al contratista, sino existe la interventoría, para que ésta determine el paso a seguir en función al tipo de contrato y las metas físicas asociadas al mismo.

El IDU, a través del supervisor del contrato de interventoría o del supervisor, según el caso, junto con sus equipos de apoyo, deberá evaluar dicha solicitud, recomendando su aprobación o rechazo al ordenador del gasto del proyecto.

9. ÍTEMS NO PREVISTOS PARA CONTRATOS A PRECIOS UNITARIOS

Tal como lo ha definido el Consejo de Estado4, (…) las obras adicionales o complementarias hacen referencia a ítems o actividades no contempladas o previstas dentro del contrato que requieren ser ejecutadas para la obtención y cumplimiento del objeto contractual y, por tal motivo, para su reconocimiento se requiere de la suscripción de un contrato adicional o modificatorio del contrato inicial (…)

Los ítems no previstos comprenden los trabajos de campo, análisis de laboratorio, actividades de obra y conservación que no fueron contempladas inicialmente, y que son requeridas para el cumplimiento del objeto contractual.

El contratista debe justificar técnica y económicamente por escrito la necesidad de incluir ítems no previstos para cumplir con el objeto contractual en comunicación dirigida al interventor y/o Supervisor, según el caso. El interventor o supervisor (solo en caso de que no cuente con interventoría) tiene la obligación de revisarlos, aprobarlos y recomendar a la entidad la incorporación de los mismos. Para esto debe indicar que está de acuerdo con su necesidad de utilización, haciendo una descripción de las consideraciones y causales que dieron soporte a la decisión – y remitirlos al supervisor del IDU.

Los trabajos de campo, análisis de laboratorio, actividades de obra y conservación son ítems no previstos (NP), cuando cumplan con las siguientes condiciones:

I. No estaban contempladas en las actividades objeto del contrato, y su ejecución es

necesaria para garantizar el cumplimiento del mismo.

II. El ítem no previsto debe contar con un informe técnico y económico que soporta la

necesidad de incorporar el mismo, además de cumplir con:

4 CONSEJO DE ESTADO. SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. SECCION TERCERA. SUBSECCION B. Consejera ponente: RUTH STELLA CORREA PALACIO. Bogotá D.C., treinta y uno (31) de agosto de dos mil once (2011). Radicación número: 25000-23-26-000- 1997-04390-01(18080)

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 36 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-77 • 2025 • ENERO • 28 77 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11

III. Ser una actividad que tiene respaldo en diseños aprobados o normas aplicables. Todo

ítem no previsto deberá estar acompañado de esquemas y/o planos que permitan tener claridad sobre la actividad a desarrollar, así como de las memorias de cálculo detalladas que ilustren los procedimientos matemáticos para llegar a los valores indicados en los rendimientos del APU. En los casos que lo requiera la Interventoría y/o el Supervisor se deberán adjuntar conceptos de especialistas que permitan soportar las actividades propuestas. Sin excepción todos los documentos que acompañen el precio No Previsto deberán ser firmados mediante visto bueno por contratista e interventoría.

a. El precio no previsto, debe ser estructurado como un APU (análisis de precios unitario) y contemplar los insumos, cantidades requeridas, así como los rendimientos de la maquinaria y mano de obra para poder adelantar la intervención en el proyecto. c. La descripción del ítem no previsto debe indicar claramente el alcance técnico de forma tal que con ella se evidencie la necesidad de los equipos, insumos y mano de obra descritos en el APU. d. El ítem no previsto deberá corresponder a una actividad de obra como tal y en ningún caso podrá ser tramitado para insumos individuales del grupo de las herramientas, equipos, materiales o mano de obra. e. El ítem no previsto no debe coincidir ni tener ninguna equivalencia técnica con ninguno de los ítems contractuales. f. La descripción del ítem no previsto deberá contener la especificación general, particular o norma técnica que lo regula y debe ser citada en el campo observaciones del formato de Precios Unitarios. En caso de requerir una especificación particular esta deberá presentarse de forma anexa en el formato GU- IC-09 (Guía Presentación y reporte de Especificaciones Particulares), debidamente suscrita por el contratista de obra y el interventor. g. El Análisis de Precios Unitarios (APU) para el ítem no previsto será en primera instancia tomado de la base de precios del IDU o estructurado con insumos de esta, según el mes en el cual el contratista radique a la Interventoría la solicitud. En caso de no existir la actividad o el insumo en la base para ese momento, se deberá aplicar lo establecido en el numeral 8. h. Para la aprobación de precios y/o insumos de los ítems no previstos por parte del interventor/supervisor, que no se encuentren en la base de precios del IDU y cuyos insumos no aparezcan en ningún otro APU del contrato, el contratista deberá presentar:

- Formato establecido por el IDU, debidamente firmado por el contratista de obra y el interventor/supervisor,
- Soportes de los precios de mercado con un mínimo 3 cotizaciones vigentes a la fecha de su presentación, de empresas especializadas en la producción o comercialización del insumo específico, las cuales deberán ser comparables entre sí, es decir, el(los) insumos deberá(n) tener la misma

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 37 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-78 • 2025 • ENERO • 28 78 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 descripción y/o alcance.
- Cotizaciones que incluyan la capacidad de producción del insumo por parte de proveedores, las condiciones bajo las cuales se soporta el precio y especificar el IVA que le aplique
- Certificación por parte de la Interventoría de las cotizaciones presentadas.
Para ello la Interventoría deberá realizar las verificaciones con los proveedores que cotizaron además de adelantar su propio estudio de mercado.

Las cotizaciones que se presenten deben como mínimo contener lo indicado en este punto para garantizar que estas sean comparables. Todo lo anterior quedará supeditado a la verificación y no objeción por parte del IDU. i. Por regla general se seleccionará los insumos de menor valor. Para aquellos casos en que el estudio de mercado determine que el grado de especificidad del insumo solo permite contar con un único proveedor, la Interventoría certificará esta condición. En cualquier caso, la Interventoría certificará las cotizaciones presentadas por el contratista para lo cual debe realizar las verificaciones con los proveedores que cotizaronadelantando su propio estudio de mercado. Todo lo anterior quedará supeditado a la verificación y no objeción por parte del IDU. j. El contratista tendrá un plazo máximo de diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha del oficio de Objeción del IDU para atender las observaciones emitidas, de lo contrario deberá actualizar los soportes de los precios (base IDU y/o cotizaciones). En caso de no presentarlas en el plazo citado, y previa presentación del balance financiero que incluya los precios en trámite, el IDU, a cargo de la supervisión del contrato, procederá a dar la No Objeción con el precio establecido por el IDU en calidad de precio provisional y la diferencia se resolverá aplicando los mecanismos de solución de controversias previsto en el contrato. En todo caso de manera previa a la liquidación del contrato el(los) precio(s) definitivo(s) deberá(n) estar establecido(s). k. Para los ítems no previstos que estén incluidos en la base de precios del IDU, y siempre y cuando el contratista haya aceptado los citados precios, el interventor tendrá tres (3) días hábiles para revisar, aprobar y presentar al IDU. l. Para los ítems no previstos que no estén incluidos en la base de precios del IDU, el interventor tendrá cinco (5) días hábiles para revisar, aprobar y presentar al IDU. m. Una vez estudiada la documentación aportada sobre el particular el supervisor del IDU comunicará a la interventoría la objeción o no objeción de los precios de los ítems no previstos dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la radicación de los Análisis de Precios unitarios correspondientes en la entidad.

Una vez dada la No objeción al precio No Previsto, y para efectos del cálculo del factor de reversión (I), el mes de estudio corresponderá al definido por la fecha en que se radicó el NP y los respectivos soportes por última vez, previa al oficio de No Objeción. Para la fórmula de reversión el factor Io será el establecido contractualmente según cada proyecto.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 38 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-79 • 2025 • ENERO • 28 79 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11

IV. La fecha de suscripción del acta de fijación de precios no previstos definitivos y el cuadro

de reversión de precios no previstos será posterior a que se emita la No Objeción por parte del supervisor del IDU. En todo caso, dicha acta deberá ser suscrita dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la recepción de la comunicación de No Objeción de los precios de los ítems no previstos emitida por el supervisor del IDU.

V. Para todo ítem no previsto aprobado por la interventoría y No Objetado por la supervisión

durante la ejecución del contrato, y siempre y cuando no requieran adición, procederá la inclusión mediante el formato vigente y no deben pasar a revisión de la Dirección Técnica de Gestión Contractual, salvo que el Ordenador del Gasto considere que existen componentes jurídicos que deban ser objeto de revisión por parte de esa Dirección.

VI. Una vez suscrito el formato citado deberá remitirse a la Dirección Técnica de Gestión

Contractual para efectos de su publicación en el Sistema electrónico de Compra Pública

VII. Para aprobar los ítems no previstos, cuya inclusión requiera adición presupuestal, se

deberá tramitar la modificación contractual correspondiente para lo cual se deberá presentar las actas de reversión y fijación y el balance presupuesto.

VIII. Cuando la inclusión de los nuevos ítems supere el valor del contrato, se deberá tramitar la

adición correspondiente, para la cual deberá atenderse el límite previsto en el parágrafo del artículo 40° de la Ley 80 de 1993 y en los manuales de la entidad.

9.1. CONTRATOS DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LA DIRECCIÓN TÉCNICA DE CONSERVACIÓN DE INFRAESTRUCTURA Atendiendo la naturaleza y especialidad de los contratos de conservación de la infraestructura vial y espacio público que desarrolla el IDU, determinada por el tipo de diagnóstico previo que realiza, la variación en el estado de la infraestructura y estructuras, que se produce por el paso del tiempo y afectaciones climáticas y porque el nivel de intervención real sólo se determina hasta que se descubre la superficie existente, como ítems de los contratos de conservación de los sistemas de movilidad vehicular y peatonal, se determinarán todos los incluidos en el Sistema de información de precios– PRECIOS DE REFERENCIA IDU.

De manera excepcional, aquellos casos de inclusión de ítems no previstos de los contratos de conservación y mantenimiento de la Dirección Técnica de Conservación de Infraestructura que no requieran adición, deberán emplear el formato denominado “MODIFICACIÓN CONTRACTUAL INCLUSIÓN DE ÍTEMS NO PREVISTOS CONTRATOS DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO” y no deben pasar a revisión de la Dirección Técnica de Gestión Contractual, salvo que el Ordenador del Gasto considere que existen componentes jurídicos que deban ser objeto de revisión por parte de esa Dirección.

Es de aclarar que este formato únicamente es aplicable para los contratos de conservación y mantenimiento de la Dirección Técnica de Conservación de Infraestructura en los casos de inclusión de ítems no previstos que no requieran adiciones, pues de lo contrario, deberá surtirse el trámite de modificación con la Dirección Técnica de Gestión Contractual.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 39 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-80 • 2025 • ENERO • 28 80 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Una vez suscrito el formato denominado “MODIFICACIÓN CONTRACTUAL INCLUSIÓN DE ITEMS NO PREVISTOS CONTRATOS DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO” deberá remitirse a la Dirección Técnica de Gestión Contractual para efectos de su publicación en el Sistema Electrónico de Compra Pública.

Es de resaltar que, si se genera una actividad durante el desarrollo del proyecto y que no se encuentre en la base de precios de referencia del IDU, se deberá realizar todo el proceso descrito para la generación de un precio no previsto incluyendo como soporte a la solicitud de no objeción, el balance financiero del contrato con la línea base establecida a la fecha de corte de la misma.

En este tipo de proyectos de conservación, para fijar el presupuesto oficial de las contrataciones y efectuar la evaluación de las propuestas que se presenten en el trámite de las convocatorias públicas, se tendrán en cuenta los ítems representativos de la intervención, que se proyecten de acuerdo con los diagnósticos preliminares realizados por la Entidad.

Esta estipulación también operará para el componente de redes de los procesos de contratación de obra pública o de carácter mixtos.

10. GESTIÓN DE LA CALIDAD

10.1. PLANES DE CALIDAD El contratista y la interventoría o supervisión, según el caso, deberán estructurar un plan de calidad para evidenciar el cumplimiento de los requisitos de calidad en el desarrollo específico del contrato y la armonización entre el Sistema de Gestión de Calidad del Contratista y de la interventoría y el Subsistema de Gestión de Calidad del Instituto. Así mismo, la interventoría o supervisión, según el caso, deberá realizar seguimiento al cumplimiento del plan de calidad del contratista. Para tal efecto tanto la empresa contratista como la Interventoría, asignará un responsable para la actualización, implementación, seguimiento, mantenimiento y cumplimiento del plan de calidad del proyecto.

El Plan de Calidad deberá respetar el formato establecido por el IDU o el propuesto por el contratista o el interventor y cumplir los requisitos definidos en la norma técnica internacional NTC ISO 10005:2018 o la que se encuentre vigente. En su contenido debe atenderse, además de los requisitos de la NTC ISO 10005:2018, los siguientes aspectos:

 Equipos (incluyendo los equipos de inspección, medición y ensayo) certificados vigentes de calibración y planes de mantenimiento y ajuste (si aplica). Para los equipos de inspección y ensayo se deben definir los planes de acción que se tomarán, en caso que se identifique que alguna medida fue ejecutada con equipos descalibrados.  Actividades a desarrollar en el contrato definiendo el control de inspección y ensayos a ejecutar que aseguren el cumplimiento de las especificaciones técnicas.  Talento Humano (Perfiles de cargo).  Especificaciones o normas técnicas aplicables conforme a la normatividad vigente.  Ensayos de laboratorio y campo e inspecciones técnicas, las cuales serán realizadas durante la ejecución del contrato.  Presentación del cuadro de Inspección de ensayo y planes de muestreo, que dé respuesta a lo solicitado y establecido en las especificaciones técnicas definidas, tanto para cada Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 40 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-81 • 2025 • ENERO • 28 81 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 actividad, su proceso constructivo y los productos que en ella se utilizarán las cuales serán realizados durante la ejecución del contrato. Este cuadro de Inspección y Ensayo deberá contener como mínimo la siguiente información: Actividad, Inspección o ensayo, planes de muestreo a realizar, Frecuencia, Criterio de Aceptación, Norma o especificación asociada a ese cumplimiento.  Protocolos de calidad o certificados de calidad de los productos suministrados por el contratista.  Manejo de Salidas No Conformes (entendido como productos documentales para los contratos de consultoría e interventoría, y como productos documentales y obra física tangible para los contratos de obra).  Manejo de Acciones Correctivas y Preventivas.  Métodos constructivos (Procedimientos críticos para cumplir el contrato), siendo estos coherentes con los puntos de control definidos.  Control de planos o estudios indicando versiones, revisiones cumpliendo y cumplimiento de requisitos de acuerdo con la guía para la presentación de productos en formato digital vigente del IDU.  Otros aspectos definidos por la Entidad.

10.2. TRATAMIENTO DE SALIDAS NO CONFORMES Durante el desarrollo del contrato pueden ocurrir desviaciones sobre las características pactadas contractualmente definidas para los productos esperados por parte del Contratista y la Interventoría. Para el caso del IDU, el Interventor o el supervisor, según el caso, tienen la autoridad para solicitar al Contratista implementar las correcciones requeridas que aseguren el cumplimiento del contrato.

El interventor o el supervisor, según el caso, deberán consignar en su informe, o en la documentación que el IDU establezca, en el formato FO-AC-12 Registro de Salidas No Conformes o el que haga sus veces, el reporte mensual de no conformidades y/o tratamiento respectivo, tanto para el contrato de interventoría como para el contrato al cual se la está haciendo seguimiento. El facilitador de la dependencia consolidará la información reportada por los diferentes supervisores y enviará un reporte mensual a la Oficina Asesora de Planeación o quien haga sus veces.

El contratista debe elaborar y presentar al Interventor o supervisor, según el caso, el cronograma de re-procesos de aquellas actividades ejecutadas que no cumplieron con las especificaciones técnicas, el cual será presentado durante los diez (10) días hábiles siguientes al momento que se evidencie dicha situación.

En ningún caso el tratamiento de salidas no conformes exime al contratista o interventor, según corresponda, del inicio de proceso de incumplimiento conforme a lo estipulado en el presente manual.

10.3. EQUIPOS DE INSPECCIÓN, MEDICIÓN Y ENSAYO Como parte del Subsistema de Gestión de Calidad del Instituto, los equipos utilizados para la verificación de características técnicas en las etapas de Factibilidad, Diseño, Construcción y Conservación de proyectos, deberán estar calibrados. La calibración debe hacerse en un laboratorio acreditado que expida una certificación. Las certificaciones deberán entregarse al interventor o supervisor, según el caso, antes de que el equipo sea utilizado. Si por la naturaleza Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 41 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-82 • 2025 • ENERO • 28 82 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 del equipo no existe un laboratorio que certifique su calibración, el contratista podrá utilizar un patrón o medio equivalente para realizar la confirmación metrológica y garantizar las óptimas condiciones meteorológicas del equipo antes de su funcionamiento. Los contratistas deberán aplicar documentos y formatos definidos por el IDU para la gestión metrológica.

En caso que se evidencie que se realizaron inspecciones y/o medidas con equipos descalibrados, la interventoría deberá exigir repetir la realización de la misma inspección o medición con un equipo calibrado, validando así que la actividad o producto está en condiciones óptimas para considerarlo conforme.

Si para el desarrollo del contrato se requiere la realización de ensayos, estos deberán realizarse en laboratorios acreditados por el organismo competente, como la ONAC, o laboratorios que cuenten con los equipos calibrados y trazabilidad en sus patrones que aseguren la adecuada medición o identificación de los atributos técnicos objeto de evaluación. Los certificados de acreditación o de idoneidad deberán ser entregados al interventor antes de la realización de los ensayos.

El contratista debe elaborar y presentar al interventor o supervisor, según el caso, para su aprobación una certificación de cumplimiento de la calidad de los materiales empleados durante el período, acompañada de un reporte consolidado de resultados de ensayos de materiales exigidos de acuerdo con las especificaciones vigentes del IDU.

11. GESTIÓN SOCIAL Y SERVICIO A LA CIUDADANÍA

a. Política de Gestión Social y Servicio a la Ciudadanía El Instituto de Desarrollo Urbano cuenta con una Política de Gestión Social y Servicio a la Ciudadana, que tiene un enfoque de innovación social que se desarrolla a través del diálogo ciudadano y la comunicación estratégica en los proyectos de infraestructura y espacio público.

En ese orden de ideas, la Política de Gestión Social y Servicio a la Ciudadana establece en su objetivo general: “Gestionar estrategias de diálogo ciudadano, gobernanza urbana y servicio a la ciudadanía hacia un modelo de innovación social que oriente a los actores involucrados en el desarrollo urbano de Bogotá Ciudad-Región, con el fin de generar apropiación y sostenibilidad de los proyectos de infraestructura para la movilidad y el espacio público”.

En tal sentido, todos los actores que intervienen en los proyectos de infraestructura del IDU, (consultores, contratistas e interventores), deberán actuar, desde su función contractual, de manera tal que sus objetivos particulares se ciñan al cumplimiento de los objetivos estratégicos de la Política de Gestión Social y Servicio a la Ciudadanía. b. Obligaciones generales para el Interventor y/o el Supervisor, según el caso, en el componente de servicio a la ciudadanía  El interventor y/o supervisor, según el caso, deberán conocer y acogerse a lo contenido en los documentos de la entidad que se encuentren vigentes durante la ejecución del contrato, como son: manual para la atención a la ciudadanía, manual para el trámite de derechos de petición, manual operativo para la protección de datos personales, instructivo clasificación de requerimientos ciudadanos, guía de uso de imagen institucional y la guía de gestión social para el desarrollo urbano sostenible del IDU, entre otros.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 42 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-83 • 2025 • ENERO • 28 83 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11  Impartir instrucciones y hacer recomendaciones al contratista, encaminadas al cumplimiento del componente de servicio a la ciudadanía.  Garantizar que el punto IDU será adecuado conforme lo exigido mediante la Norma Técnica Colombiana 6047: accesibilidad al medio físico, espacios de servicio al ciudadano en la administración pública.  Teniendo en cuenta que la función del punto IDU es proporcionar un espacio óptimo para la atención ciudadana, el interventor y el supervisor velarán para que el punto sea accesible también para las personas en condición de discapacidad.  Revisar los informes trimestrales publicados en la página web del IDU y que se encuentran ubicados en el banner “servicio a la ciudadanía”, en el campo “observatorio de percepción ciudadana”, en el enlace https://www.idu.gov.co/page/observatorio; con el fin de darlos a conocer al contratista y tomar las acciones correctivas necesarias.  Garantizar que el contratista se acoja a lo establecido en el Decreto Distrital 197 de 2014, “Por medio del cual se adopta la Política Pública Distrital de Servicio a la Ciudadanía en la ciudad de Bogotá D.C.”, o el que haga sus veces, teniendo como referencia a la ciudadanía como razón de ser de la administración pública. Especialmente, los principios señalados en el artículo 6, tales como el respeto, equidad, solidaridad y oportunidad, entre otros.  Presentar oportunamente la información solicitada por el IDU, a fin de que la entidad pueda realizar el seguimiento al avance y demás aspectos relevantes del contrato y tome las decisiones a que haya lugar, garantizando que la información reportada corresponde realmente a lo desarrollado y, cumpla con los estándares de calidad exigidos por la entidad.El interventor del contrato garantizará que las PQRSD atendidas por el contratista se radiquen, respondan y se cierren en el sistema Bachué dentro de los términos de ley, aprobando cada una de las respuestas emitidas y debidamente notificadas al ciudadano.  Aprobar la ubicación del punto IDU, junto con los datos que se tendrán de contacto para la ciudadanía. Se debe tener presente que la entidad no admite correos electrónicos personales, para la atención ciudadana del Punto IDU.  Garantizar que la información digitada por el contratista en el sistema Bachué, es veraz. Lo anterior, toda vez que se evidenció, que los datos de contacto del ciudadano han sido mal registrados o están incompletos.  Verificar y garantizar que el contratista, mantenga actualizada diariamente la documentación de las PQRSD y reporte tirilla en el aplicativo Bachué y/o el que haga sus veces, con el objetivo de sistematizar la información de servicio a la ciudadanía y ejecución del componente.  Verificar que se dé estricto cumplimiento al horario de atención a la ciudadanía del punto IDU.

12. GESTIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

12.1 GENERALIDADES El IDU promoverá y gestionará la ejecución eficaz de los contratos. Para tales efectos contará con los siguientes instrumentos, sin limitarse a los mismos:

 La facultad sancionatoria, incluyendo las Multas y la Cláusula Penal Pecuniaria, entre otras.  Los instrumentos de arreglo directo.  Las herramientas de control y seguimiento.  Las cláusulas excepcionales al derecho común Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 43 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-84 • 2025 • ENERO • 28 84 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11  La afectación de la garantía única de cumplimiento.

El ordenador del gasto siempre podrá retomar el ejercicio directo de los deberes y facultades de coordinación y dirección de los Contratos con el fin de salvaguardar su eficacia y los principios de la función administrativa y la adecuada gestión fiscal.

Se entiende por incumplimiento del Contrato la no ejecución, la ejecución parcial, defectuosa o tardía de las obligaciones a cargo del Contratista. En ciertas ocasiones, el incumplimiento puede afectar de forma directa la ejecución del Contrato y/o evidenciar que conduce a su paralización.

El presunto incumplimiento será calificado y estimado por el Supervisor (en caso de que el contrato no cuente con Interventoría) o Interventor del Contrato o por el ordenador del gasto, a través del informe establecido para el efecto.

En el informe de presunto incumplimiento el Interventor o Supervisor informarán acerca de todas las medidas implementadas por las partes, previo al inicio del ejercicio de la facultad sancionatoria por parte del IDU.

En el informe de presunto incumplimiento el Interventor o Supervisor señalará la sanción que se podría imponer, de acuerdo con lo dispuesto en el procedimiento de “Declaratoria de Incumplimiento para la Imposición de Multa, Cláusula Penal y Caducidad” o el que haga sus veces, con fundamento en el tipo de incumplimiento de las obligaciones evidenciadas y en la presunta existencia de un perjuicio a la Entidad.

En el informe de presunto incumplimiento el Interventor o Supervisor podrá recomendar la imposición de Multas, la declaración de incumplimiento parcial o total o la declaratoria de caducidad del Contrato y, en general, cualquiera de las medidas de que trata el presente capítulo tendientes a la superación de la situación de incumplimiento.

Igualmente, en el informe de presunto incumplimiento, el Interventor o Supervisor podrá recomendar la puesta en marcha de medidas alternativas tendientes a superar las causas de la situación de incumplimiento.

La administración puede hacer efectiva la sanción que imponga por incumplimiento y realizar la compensación de las sumas adeudadas al Contratista, el cobro de la garantía única constituida por medio de la jurisdicción coactiva, entre otras medidas.

El incumplimiento puede presentarse en cualquier momento del plazo de ejecución del Contrato y aún después de su culminación cuando vencido el plazo de ejecución del Contrato o el acordado para el cumplimiento de una determinada obligación, el Contratista no ha satisfecho las prestaciones a su cargo en las condiciones de tiempo, modo y lugar pactadas. El incumplimiento también se puede presentar sobre obligaciones de tipo poscontractual.

Para efectos del seguimiento del cumplimiento de los Contratos, los Supervisores e Interventores tendrán en cuenta que, de conformidad con el artículo 5 de la Ley 80 de 1993, son deberes de los Contratistas, entre otros:

- Colaborar "...con las Entidades contratantes en lo que sea necesario para que el

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 44 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-85 • 2025 • ENERO • 28 85 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 objeto contratado se cumpla y que éste sea de la mejor calidad”5.
- Acatar "...las órdenes que durante el desarrollo del Contrato ellas (las Entidades públicas) les impartan…”6
- Obrar "... con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales, evitando las dilaciones y entrabamientos que pudieran presentarse…”7
- Garantizar la calidad de los bienes y servicios contratados y responder por ello.

12.2 MEDIDAS DE GESTIÓN FRENTE A CONTRATOS INCUMPLIDOS O NO CUMPLIDOS DE MANERA ÓPTIMA 12.2.1. Alternativas previas y concomitantes a la potestad sancionatoria 12.2.1.1 Ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, una vez adoptado y efectuado el seguimiento correspondiente al plan de contingencia sin que se superen las dificultades presentadas, el Supervisor o Interventor podrá solicitar el trámite de una actuación administrativa de declaratoria de incumplimiento del Contrato, o podrá recomendar otras medidas tendientes a lograr el efectivo cumplimiento del Contrato en atención a la situación de cumplimiento del Plan de Contingencia. En el primer caso, el Supervisor o Interventor deberá dar aplicación al procedimiento denominado “Declaratoria de Incumplimiento para la Imposición de Multa, Cláusula Penal y Caducidad” o el que haga sus veces.

12.2.1.2 Si en la instancia administrativa no se superan los incumplimientos presentados se podrá acudir a la jurisdicción de lo contencioso administrativo para interponer las acciones a que haya lugar.

12.2.1.3 De manera concomitante con las actuaciones administrativas o la adopción de acciones judiciales, los Supervisores o Interventores podrán gestionar ante el ordenador del gasto una o varias de las medidas que se prevén en el presente numeral 8 y en general en el Manual de Interventoría y Supervisión. Con la implementación de estas medidas se garantiza la vigilancia que debe ejercer la Entidad y se le permite al Contratista, en el marco de los principios de buena fe, economía y eficacia, modificar su conducta y ajustar su actuar a lo contemplado en el Contrato, previo a la adopción de medidas administrativas o judiciales.

12.2.2. Trámite de adiciones, prórrogas, modificaciones, aclaraciones y cesiones contractuales 12.2.2.1. Los Supervisores o Interventores deberán analizar y emitir concepto con respecto a las solicitudes de adiciones, prórrogas, modificaciones, aclaraciones y cesiones de los Contratos presentadas por los Contratistas. El respectivo análisis incluirá los aspectos técnicos, económicos y jurídicos. En caso de que a juicio del Interventor o Supervisor la modificación contractual resulte procedente, el mismo estará encargado de preparar el borrador del otrosí o documento contractual a que haya lugar. Con todo, para efectos del trámite de la respectiva adición, prórroga, modificación, aclaración o cesión contractual, la entidad no requerirá del concepto del supervisor o el interventor y, por lo tanto, podrá adoptar una de las siguientes alternativas: (i) proceder de conformidad con lo conceptuado por el supervisor o interventor; (ii) separarse del contenido del concepto emitido por el supervisor o interventor; (iii) proceder sin contar con el 5 Los derechos y deberes de los Contratistas se encuentran consagrados en el artículo 5 de la Ley 80 de 1993 6 Ídem 7 Ídem Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 45 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-86 • 2025 • ENERO • 28 86 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 concepto del interventor o supervisor, independientemente del término que haya transcurrido para tal efecto de conformidad con lo previsto en el presente manual y de la circunstancia de que el supervisor o el interventor ha cumplido o no las obligaciones respectivas; (iv) acoger total o parcialmente o separarse del borrador de otrosí o documento contractual a que haya lugar.

Para estos efectos se deberán seguir los siguientes lineamientos:

- Las adiciones, prórrogas, modificaciones, aclaraciones y cesiones no pueden alterar el objeto del Contrato o sus elementos esenciales.
- La adición, prórroga, modificación, aclaración y cesión, según sea el caso, solo podrá solicitarse antes del vencimiento del plazo contractual.
- La adición, prórroga, modificación, aclaración y cesión deberá tramitarse ante el IDU por lo menos con diez (10) días hábiles de antelación a la fecha de vencimiento del Contrato. Cuando el Contrato se haya celebrado con recursos de TRANSMILENIO
- S.A. u otra fuente diferente a los recursos presupuestales del IDU, el plazo será de quince (15) días hábiles de antelación a la fecha de vencimiento del Contrato.
- El trámite de las adiciones, prórrogas, modificaciones, aclaraciones y cesiones deberá contar con la justificación técnica, financiera y jurídica correspondiente por parte del Contratista, avalada por el Interventor o Supervisor del Contrato.
La modificación deberá dar cumplimiento a las previsiones presupuestales vigentes. Los soportes de la solicitud de la adición, prórroga, modificación, aclaración y cesión contractual harán parte integral del expediente contractual respectivo.
- Con anterioridad a que el Interventor o el Supervisor inicien el trámite de adición, prórroga, modificación, aclaración y cesión del Contrato, se debe verificar el estado de cumplimiento. En caso de que se presente un presunto incumplimiento del Contratista, el Interventor o el Supervisor deberán verificar que se estén tramitando los procesos administrativos sancionatorios correspondientes. Los Contratos podrán adicionarse, prorrogarse, modificarse, aclararse y cederse sin que la Entidad renuncie a perseguir el cumplimiento y la indemnización de perjuicios a través de las actuaciones administrativas y de las acciones judiciales respectivas.

- Las adiciones, prórrogas, modificaciones, aclaraciones y cesiones deben tramitarse aplicando los procesos y procedimientos dispuestos por el IDU, el Manual de Gestión Contractual y el Manual de Interventoría y Supervisión de la Entidad.

- Las adiciones, prórrogas, modificaciones, aclaraciones y cesiones deberán realizarse por escrito a través del documento correspondiente, firmado por el ordenador del gasto y el Contratista y deberán ser legalizados como lo establece la normatividad vigente.
- Es responsabilidad de cada dependencia mantener actualizado el Sistema de Información y Acompañamiento Contractual - SIAC, con todas las actuaciones relativas a las adiciones, prórrogas, modificaciones, aclaraciones y cesiones contractuales que se presenten durante la ejecución de los Contratos, a excepción de la aprobación de las garantías que están a cargo de la Dirección Técnica de Gestión Contractual.
- La Dirección Técnica de Gestión Contractual revisará las actualizaciones o

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 46 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-87 • 2025 • ENERO • 28 87 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 anexos modificatorios de las garantías que presenten los contratistas con ocasión de la suscripción de las adiciones, prórrogas, suspensiones, cesiones, modificaciones y/o aclaraciones y procederá a aprobarlas o solicitar su ajuste, según el caso. Para este fin, los contratistas deberán radicar los documentos de las actualizaciones o anexos modificatorios de las garantías mediante el sistema o mecanismo de correspondencia de la entidad y publicar los mismos en el Portal de Contratación Pública SECOP II. La aprobación de las garantías será comunicada por parte de la Dirección Técnica de Gestión Contractual al contratista, supervisor e interventor del contrato.

12.2.3. Condiciones especiales para el trámite de adiciones, prórrogas, modificaciones, aclaraciones y cesiones 12.2.3.1. Condiciones especiales para el trámite de adiciones La solicitud de adición al Contrato deberá contar con un informe financiero de ejecución que indique el estado actual del Contrato y la proyección de la inversión de los recursos (Estudio Económico).

El Interventor o Supervisor deberán presentar un estudio de necesidad y oportunidad que contenga la información de las condiciones de costos, plazos, calidad, impacto social, ambiental, de tránsito, entre otros, que hacen viable desde el punto de vista técnico y financiero la adición.

El valor de la adición no podrá superar el límite máximo del cincuenta por ciento (50%) del valor inicial del Contrato expresado en Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (SMLMV), sin perjuicio de la excepción contenida en el artículo 85 de la Ley 1474 de 2011 prevista para los Contratos de Interventoría. Tratándose de Contratos bajo el esquema de asociación públicoprivada, se deberán respetar las condiciones para la adición previstas en la Ley 1508 de 2012 y en las normas que la adicionen, sustituyan y/o complementen.

Las obras, bienes o servicios objeto de la adición deben ser indispensables para que el Contrato que se va a adicionar cumpla la finalidad que motivó su celebración y deben tener relación con el objeto del Contrato inicialmente celebrado.

Condiciones especiales para el trámite de prórrogas El plazo de la prórroga hace parte del plazo total de ejecución del Contrato.

Si por causas imputables al Contratista se requiere prorrogar el plazo del Contrato para lograr el fin del proyecto y evitar un perjuicio para la Entidad, todos los costos que se generen por la prórroga serán por cuenta del Contratista, incluyendo el valor del periodo adicional de Interventoría, el cual será descontado de las actas de obra y/o el acta de liquidación.

En el contenido de la solicitud de elaboración de prórroga, el Interventor o el Supervisor al ordenador del gasto debe (i) informar si existe algún procedimiento sancionatorio en contra del Contratista; (ii) señalar el avance del proyecto o del objeto contratado, e (iii) indicar si el proyecto está siendo objeto de un plan de contingencia.

La solicitud de elaboración de prórroga contendrá la justificación técnica y el cronograma ajustado de acuerdo con la solicitud y deberá informar si la modificación al plazo genera costo adicional para el IDU.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 47 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-88 • 2025 • ENERO • 28 88 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 12.2.3.2. Condiciones especiales para la cesión del Contrato Si con posterioridad a la celebración del Contrato se presenta una inhabilidad sobreviniente en cabeza del Contratista o si el propio Contratista solicita la cesión contractual, se podrá proceder a la misma siempre que se verifique que dicha cesión no genera riesgos o posibles perjuicios a la Entidad. La cesión requiere de la autorización expresa del IDU, a través del ordenador del gasto. La cesión se someterá a lo previsto en los artículos 887 y siguientes del Código de Comercio y el artículo 41 de la Ley 80 de 1993.

La solicitud de cesión se debe realizar mediante memorando del ordenador del gasto a la DTGC, para efectos de evaluar si el posible cesionario cumple con las condiciones técnicas, financieras y jurídicas requeridas en el pliego de condiciones y en la minuta del Contrato.

El ordenador del gasto verificará la idoneidad y experiencia del posible cesionario. Para el caso de los Contratos derivados de procesos de selección, la Dirección Técnica de Procesos Selectivos dará una certificación donde conste que el cesionario cumple con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones. El trámite de la solicitud de cesión se realizará mediante memorando del ordenador del gasto del Contrato dirigido a la DTGC, la cual incluirá la documentación pertinente respecto de la evaluación de la cesión efectuada por la Dirección Técnica de Procesos Selectivos.

El cesionario adquiere todos los derechos y asume todas las obligaciones, incluso sobre hechos sucedidos antes de la cesión, puesto que hay un traslado total de la condición de Contratista. La Dirección Técnica de Gestión Contractual elaborará la minuta de la cesión y la enviará para la firma del Ordenador del Gasto.

Los efectos de la cesión de un Contrato de Prestación de Servicios Profesionales y de Apoyo a la Gestión se producirán desde el día hábil siguiente en que el cesionario se encuentre afiliado a la ARL.

Condiciones especiales para los contratos adicionales Si con posterioridad a la celebración del Contrato, surgen circunstancias que hagan necesario modificar las condiciones iniciales pactadas y que implican la variación del alcance del objeto del Contrato, las partes podrán suscribir un Contrato adicional.

El Contrato adicional implica una modificación fundamental del objeto del Contrato inicial y se distingue de la adición de Contrato en que ésta se refiere a una mera reforma del Contrato que no implica una modificación de su objeto.

Para la celebración del Contrato adicional las partes deberán contar con la respectiva justificación técnica y financiera. Las condiciones para la procedencia de un Contrato adicional son las siguientes:

Debe existir un estudio de necesidad y oportunidad indicativo de las condiciones de costos, plazos, calidad, entre otros, que sustenten el Contrato adicional desde el punto de vista técnico y financiero, y en el cual conste que la celebración de dicho Contrato adicional no contraviene las previsiones legales sobre los procesos de selección aplicables.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 48 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-89 • 2025 • ENERO • 28 89 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Las obras, bienes o servicios que componen el Contrato adicional deben cumplir con las siguientes condiciones: (i) tener conexidad con el objeto del Contrato inicialmente celebrado; (ii) ser indispensables para que el objeto del Contrato que se va a adicionar cumpla la finalidad que motivó su celebración; (iii) contar con una disponibilidad presupuestal previa y suficiente.

Medidas alternativas a la declaratoria de caducidad del Contrato En caso de que la Entidad decida abstenerse de declarar la caducidad de un Contrato según lo previsto en la ley y de acuerdo con las previsiones del presente Manual, la misma Entidad adoptará las medidas de control e intervención pertinentes dirigidas a garantizar la ejecución del objeto contratado.

12.2.4. Previsiones contractuales para incentivar el cumplimiento de los Contratos misionales de la Entidad.

La Entidad incluirá previsiones en los Contratos misionales de cualquier tipología que haya de celebrar dirigidas a evitar la parálisis en la ejecución de los proyectos e incentivar el cumplimiento por parte de los Contratistas. Estas previsiones no impedirán el ejercicio de la potestad sancionatoria de la Entidad en los términos que establezcan el ordenamiento jurídico y las previsiones contractuales aplicables.

Como parte de las previsiones contractuales para obtener el cumplimiento de los Contratos misionales, la Entidad incluirá las siguientes: i) descuentos o deducciones en la remuneración de los Contratistas, ii) plazo adicional sin sanciones para el Contratista, iii) descuentos por el incumplimiento de obligaciones formales.

12.2.4.1. Deducciones Las deducciones son menores valores de la remuneración del Contratista derivados de la obtención de un producto o realización de una actividad en términos no óptimos según lo previsto en el Contrato. Las deducciones no tienen alcance ni efectos sancionatorios.

Las deducciones estarán basadas en los Acuerdos de Niveles de Servicio, los cuales harán parte de los respectivos contratos y de los documentos que conforman el proceso de selección. La verificación del cumplimiento de los Acuerdos de Niveles de Servicio y el seguimiento a la aplicación de las deducciones estará a cargo de la Interventoría o supervisión del Contrato.

El menor valor en que consiste la deducción será aplicado en el acta de obra respectiva o documento soporte aplicable al producto, prestación u obligación, o las actas de terminación de las Fases o Etapas en caso de que ellas apliquen, y se efectuarán directamente por el IDU.

Con la presentación de la propuesta en la licitación pública o en el proceso de selección correspondiente, el Contratista aceptará como anexos del Contrato los Acuerdos de Niveles de Servicio, de conformidad con lo establecido para tal efecto en los documentos que integran el proceso de selección.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 49 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-90 • 2025 • ENERO • 28 90 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Los Acuerdos de Niveles de Servicio incluirán plazos en los que se aplicarán las deducciones respectivas, así como la cuantía en la que consistirá el menor valor a pagar como consecuencia del cumplimiento no óptimo de las obligaciones respectivas.

En los Acuerdos de Niveles de Servicio se incluirán también deducciones por no obtención, por parte del Contratista, de los promedios mínimos de calificaciones de cumplimento establecidas en los mismos acuerdos.

12.2.4.2. Plazo adicional sin sanciones para el Contratista Los Contratos misionales celebrados por el IDU podrán incluir previsiones que otorguen extensiones a los plazos previstos para la terminación de las etapas o fases establecidas contractualmente. Esta posibilidad contractual deberá cumplir con las siguientes condiciones: i. El Contratista, cuando el contrato así lo prevea, podrá solicitar una extensión del plazo previsto para la terminación de las etapas o fases establecidas en el contrato, sin necesidad de demostrar que la extensión es por razones que no le son imputables. Dicha solicitud, deberá efectuarla a la Interventoría con una antelación no menor a quince (15) días hábiles, con respecto al vencimiento del plazo para la terminación de la etapa o fase. ii. Por cada Día de plazo adicional efectivamente requerido para terminar la etapa o la fase, se generará un pago a favor del IDU por un monto equivalente al treinta por ciento (30%) de la multa diaria aplicable a la causal “Por incumplimiento de cualquiera de las demás obligaciones contenidas en el contrato o en los documentos que lo integran, o cumplirlas deficientemente o por fuera del tiempo estipulado” establecida en el contrato.

En el evento en el que, de manera previa a la solicitud de extensión del plazo por parte del Contratista, el IDU haya iniciado un Proceso Administrativo Sancionatorio, no habrá lugar a la terminación de éste, mientras no sean superados los hechos que dieron origen.

La aprobación de la extensión del plazo, no constituye por si misma un incumplimiento, pero en todo caso no impedirá el inicio de las acciones de carácter sancionatorio, administrativo o judicial, ni el ejercicio de facultades excepcionales por aquellas situaciones que la extensión del plazo no subsane. iii. La extensión del plazo únicamente podrá solicitarse hasta tres (3) veces durante la ejecución del contrato independientemente de la etapa o fase para la que se solicite. iv. Adicional a lo anterior, la solicitud efectuada o la sumatoria de las solicitudes efectuadas, en ningún caso, podrá superar el cinco (5%) por ciento del plazo vigente de la etapa o fase para la cual solicita el plazo v. De ser aprobada la solicitud de extensión de plazo, el Contratista también deberá cubrir el mayor valor generado por el plazo adicional respecto de los costos de Interventoría. vi. El Contratista deberá indicar en su solicitud de extensión del plazo, el número de Días estimados, en que quiere ampliar el plazo máximo de ejecución de la etapa o fase, adjuntando el ajuste al Plan Detallado de Trabajo de acuerdo con la solicitud de plazo adicional para la etapa o fase.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 50 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-91 • 2025 • ENERO • 28 91 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 vii. La interventoría contará con cinco (5) Días para pronunciarse sobre dicha solicitud, la cual sólo podrá ser objetada si la misma no cumple con alguno de los requisitos establecidos en el presente acápite. En caso que la solicitud cumpla con los requisitos establecidos y la misma sea avalada por la Interventoría, ésta la remitirá al IDU. Una vez verificados por parte de la dependencia técnica del IDU el cumplimiento de los requisitos señalados, ésta solicitará a la dependencia competente la modificación contractual correspondiente.

12.2.4.3. Retenciones por no cumplimiento de obligaciones formales Los Contratos misionales celebrados por el IDU podrán incluir previsiones que implementen retenciones por no cumplimiento de las obligaciones formales de los Contratistas.

Para efectos de lo previsto en el presente numeral 8.2.4.5, se entenderá por obligaciones formales las que no se refieran al avance de las obras o al cumplimiento de obligaciones de resultado necesarias para la ejecución de los elementos constitutivos del objeto principal del respectivo contrato.

En estos casos, de conformidad con lo previsto en los Contratos, los pagos correspondientes a obligaciones, productos y prestaciones en general a cargo de los Contratistas podrán realizarse de manera parcial, esto es, deduciendo el valor a retener, el cual será definido en los mismos Contratos.

La retención realizada sobre el pago del valor correspondiente no inhibirá ni suspenderá la potestad sancionatoria sobre la obligación formal no cumplida, y sobre la misma, la Entidad podrá ejercer la totalidad de facultades legales y contractuales destinadas a exigir el cumplimiento.

Las obligaciones sobre las cuales podrán realizarse retenciones en los pagos se referirán exclusivamente a aquellas de naturaleza meramente documental o formal y que sean identificadas en el Contrato respectivo.

En ningún caso, el valor retenido podrá ser inferior al diez por ciento (10%) del valor de la respectiva acta de obra o documento soporte aplicable al producto, prestación u obligación.

12.3 REQUERIMIENTOS DE CUMPLIMIENTO AL CONTRATISTA Los Supervisores o Interventores deben presentar por escrito los requerimientos de cumplimiento a los Contratistas de forma oportuna, con copia al ordenador del gasto y a la compañía aseguradora. Para ello deben ser precisos respecto al tipo de incumplimiento, la cláusula o estipulación del Contrato que está siendo desconocida o cumplida de forma parcial o deficiente y el plazo en que la obligación se debía cumplir En caso de cumplimiento posterior de la obligación por parte del Contratista, será también responsabilidad de los Supervisores e Interventores, informar al ordenador del gasto la entrega tardía de las obras, productos o, en general, del cumplimiento del Contratista. En este caso, los Supervisores e Interventores formularán la recomendación con respecto a las medidas de control o sancionatorias que se hayan iniciado y a las que fueren objeto de continuación a pesar del cumplimiento.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 51 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-92 • 2025 • ENERO • 28 92 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 12.4 PLANES CONJUNTOS DE CONTINGENCIA En respuesta a los requerimientos elevados por la por la Interventoría si cuenta con esta o por la supervisión, El Contratista deberá presentar para aprobación de la Interventoría o Supervisión, según corresponda, planes de contingencia para ponerse al día en el cumplimiento de sus obligaciones dentro de los plazos señalados en el mismo plan.

La aprobación del plan de contingencia constará por escrito y se informará al ordenador del gasto y al asegurador. En ningún caso los planes de contingencia modificarán el cronograma de ejecución aprobado por el Supervisor o Interventor, según el caso. El seguimiento a los planes de contingencia estará a cargo de la Interventoría o la supervisión.

La aprobación del plan de contingencia, en ningún caso impedirá el inicio de las acciones de carácter sancionatorio, administrativo o judicial, ni el ejercicio de facultades excepcionales.

Si el interventor o el supervisor, según corresponda: i) verifica que el Contratista durante la ejecución del plan de contingencia no está cumpliendo las actividades aprobadas en éste, manteniéndose un atraso del cinco por ciento (5%) o superior con respecto del cronograma de la etapa o fase por causas imputables al Contratista o, ii) si vencido el plazo para la ejecución del plan de contingencia, el Contratista aún no se ha puesto al día en el cumplimiento de sus obligaciones y se mantiene en un atraso del cinco por ciento (5%) o superior con respecto del cronograma de la etapa o fase por causas imputables al Contratista, la Interventoría o supervisión deberá, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, elaborar y remitir el informe de presunto incumplimiento o su actualización, para el inicio o la continuidad de las actuaciones administrativas. Para estos efectos, la Interventoría o supervisión deberán seguir el procedimiento denominado “Declaratoria de Incumplimiento para la Imposición de Multa, Cláusula Penal y Caducidad”, o el que haga sus veces.

La presentación del informe de presunto incumplimiento concreta el deber de información consagrado en el literal a) del artículo 86 de la Ley 1474 de 2011. En caso de incumplimiento del Interventor o Supervisor de las obligaciones a su cargo relacionadas con la presentación del citado informe, los mismos serán solidariamente responsables con el Contratista vigilado por los perjuicios que se ocasionen, de conformidad con lo previsto en el artículo 82 y siguientes de la ley 1474 de 2011.

Adicionalmente, la omisión de este deber puede constituir falta disciplinaria para el Supervisor o Interventor, según el caso, en los términos del numeral 34 del artículo 48 de la Ley 734 de 2000 y de los numerales 6 y 7 del artículo 54 de la Ley 1952 de 2019.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8, numeral 1, literal k de la Ley 80 de 1993, quedará inhabilitado para contratar con el Estado, el Interventor que incumpla el deber de entregar información a la Entidad contratante relacionada con el incumplimiento del Contrato, con hechos o circunstancias que puedan constituir actos de corrupción tipificados como conductas punibles, o que puedan poner o pongan en riesgo el cumplimiento del Contrato.

Esta inhabilidad se extenderá por un término de cinco (5) años, contados a partir de la ejecutoria del acto administrativo que así lo declare, previa la actuación administrativa correspondiente.

12.5 CLÁUSULAS EXCEPCIONALES Y POTESTAD SANCIONATORIA 12.5.1. Fundamento de la potestad sancionatoria Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 52 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-93 • 2025 • ENERO • 28 93 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Las cláusulas excepcionales8 consagradas en la Ley 80 de 1993 permiten a la administración pública proferir actos administrativos a través de los cuales se modifique, intérprete y termine unilateralmente el Contrato, declare su caducidad y revierta los bienes empleados en un Contrato de concesión o bajo el esquema de asociación público privada.

El uso de estas potestades excepcionales está sometida al principio de legalidad, en los siguientes aspectos9: “(…) 1. Su atribución; 2. El carácter discrecional o reglado de su ejercicio; 3. El espacio temporal en que puede utilizarse, y 4. Las formalidades procedimentales exigidas para imponer una sanción (…)” La potestad sancionatoria en el ámbito contractual está fundada en expresas previsiones del ordenamiento jurídico.

Las potestades que emanan de las cláusulas exorbitantes al derecho común son de aplicación restrictiva, deben ser impuestas en el marco de una actuación administrativa y bajo los términos y disposiciones previstos en la normatividad vigente, buscando la celeridad de las decisiones administrativas.

12.5.2. Cláusulas excepcionales al derecho común 12.5.2.1. Interpretación Unilateral El artículo 15 de la Ley 80 de 1993 establece que la Entidad puede hacer uso de la interpretación unilateral en aquellos casos en los que las estipulaciones contractuales sean oscuras, no se entiendan, se contradigan o sean confusas para las partes contratantes y en cuya interpretación las partes no hayan logrado acuerdo. La procedencia de la interpretación unilateral está supeditada a que las diferencias en la interpretación lleven a la paralización del servicio público que se pretende satisfacer, o a la afectación grave del mismo.

12.5.2.2. Modificación unilateral Según el artículo 16 de la Ley 80 de 1993, si durante la ejecución del Contrato y para evitar la paralización o la afectación grave del servicio público que se deba satisfacer con él, fuere necesario introducir variaciones en el Contrato y previamente las partes no llegan al acuerdo respectivo, la Entidad lo modificará mediante la supresión o adición de obras, trabajos, suministros o servicios.

Siendo una facultad reglada, la modificación unilateral deberá decidirse mediante acto administrativo motivado, garantizando así los derechos e intereses del Contratista.

Si las modificaciones alteran el valor del Contrato en el veinte por ciento (20%) o más del valor inicial, el Contratista podrá renunciar a la continuación de la ejecución. En este evento, se ordenará la liquidación del Contrato y la Entidad adoptará de manera inmediata las medidas que fueren necesarias para garantizar la ejecución total del objeto del mismo.

12.5.2.3. Terminación unilateral 8 Artículos 14 a 19 de la Ley 80 de 1993 “Estatuto General de Contratación de la Administración Pública”. 9 Sentencia Consejo de Estado- Sección Tercera- Subsección C, MP. Enrique Gil Botero, radicado 20738 del 22 de octubre de 2012.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 53 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-94 • 2025 • ENERO • 28 94 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 La terminación del Contrato podrá ser declarada de forma unilateral por la Entidad en cualquier tiempo, siempre que se verifique la ocurrencia de una cualquiera de las causales que contempla la Ley 80 de 1993 para este efecto. Las causales están relacionadas con exigencias del servicio público y situaciones que afecten gravemente el cumplimiento del Contrato, son concretamente las que a continuación se enuncian:

- Cuando las exigencias del servicio público lo requieran o las situaciones de orden público lo impongan.
- La muerte del Contratista o incapacidad física permanente, que afecte el cumplimiento del Contrato, si es persona natural o por disolución de la persona jurídica del Contratista.
- Interdicción judicial, o declaratoria de quiebra del Contratista.
- Cesación de pagos, concurso de acreedores, o embargos judiciales del Contratista que afecten de manera grave el cumplimiento del Contrato.
- Nulidad absoluta en el Contrato, surgida al momento de su celebración (Artículo 45 de la Ley 80 de 1993).

En los casos a que se refieren las dos primeras causales se podrá continuar la ejecución del Contrato con el garante de la obligación Estas causales de ley son taxativas y dan lugar a que el IDU, ante la ocurrencia de una cualquiera de ellas, pueda dar por terminado el Contrato en forma inmediata y unilateral, sin contar con el consentimiento o anuencia del Contratista.

En los eventos de iniciación del trámite concordatario o reestructuración de pasivos, la Entidad se regirá por las normas especiales sobre dichas materias.

De acuerdo con la causal invocada, la Entidad en primer término procurará efectuar la terminación de mutuo acuerdo con el Contratista y sólo ante la imposibilidad de lograr este acuerdo procederá a declarar la terminación de forma unilateral.

12.5.2.4. Caducidad La caducidad es la estipulación en virtud de la cual, si se presenta alguno de los hechos constitutivos de incumplimiento de las obligaciones a cargo del Contratista, que afecte de manera grave y directa la ejecución del Contrato y evidencie que puede conducir a su paralización, la Entidad, por medio de acto administrativo debidamente motivado, lo dará por terminado y ordenará su liquidación en el estado en que se encuentre.

Las condiciones para la declaratoria de la caducidad del Contrato y los efectos derivados de esta decisión de la administración se prevén en el numeral 8.6.3 del presente Manual.

12.5.2.5. Reversión En los Contratos de concesión y en los Contratos bajo el esquema de asociación público-privada se pactará que, al finalizar el término de la explotación o concesión, los elementos y bienes directamente afectados a la misma pasen a ser propiedad de la Entidad contratante, sin que por ello ésta deba efectuar compensación alguna, conforme con lo dispuesto en el Artículo 19 de la Ley 80 de 1993.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 54 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-95 • 2025 • ENERO • 28 95 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 12.6 SANCIONES 12.6.1. Multas La Multa tiene por objeto apremiar o conminar al Contratista para que proceda al cumplimiento a sus obligaciones, dentro del plazo pactado y conforme a las condiciones convenidas en el Contrato; procede cuando en la ejecución del Contrato se observa que el Contratista se encuentra en mora de satisfacer los compromisos asumidos o ha incumplido parcialmente los mismos.

El artículo 17 de la Ley 1150 de 2007 autorizó a las entidades estatales para imponer directamente al Contratista las Multas a que éste se haga acreedor por el incumplimiento parcial, deficiente o a destiempo de las obligaciones adquiridas en el Contrato.

Es política del IDU pactar la cláusula de Multas en todos los Contratos que celebre.

12.6.2. Cláusula penal La cláusula penal contiene una estipulación contractual que incluye una tasación anticipada de perjuicios, derivada del incumplimiento del Contratista, establecida de acuerdo con la complejidad y cuantía de la contratación, que puede hacerse efectiva directamente. Cuando dicha tasación resulta insuficiente frente al perjuicio causado, podrá perseguirse el valor excedente ante la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para hacer efectiva la cláusula penal pecuniaria, la Entidad debe declarar bajo el procedimiento normativo previsto en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011 el incumplimiento parcial o total, estimando el valor de los perjuicios ocasionados bajo criterios de razonabilidad y ponderación. Esta declaración de incumplimiento puede darse fuera del plazo contractual pero siempre antes de la liquidación del Contrato.

La cláusula penal busca sancionar el incumplimiento total, parcial, defectuoso o tardío de las obligaciones que tiene a cargo el Contratista cuando éste ha ocasionado un daño.

12.6.3. Caducidad 12.6.3.1. Condiciones para la declaratoria de caducidad.

Los elementos mínimos para que la Entidad pueda ejercer la potestad de declarar la caducidad de un Contrato estatal son los siguientes:

 Que se presente un incumplimiento de las obligaciones principales del Contratista, lo cual excluye el incumplimiento de obligaciones accesorias o irrelevantes;  Que dicho incumplimiento afecte de manera grave y directa la ejecución del Contrato, esto es, que sea de tal magnitud que haga nugatorio el cumplimiento de las prestaciones del Contrato;  Que la Entidad evidencie que se puede conducir a la paralización del cumplimiento del objeto contractual;  Que la Entidad no haya puesto al Contratista en situación de incumplimiento por el propio y grave incumplimiento de la misma Entidad;  Que se haya agotado el debido proceso, esto es, que su ejercicio esté precedido de Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 55 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-96 • 2025 • ENERO • 28 96 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 audiencia del Contratista, brindándole la oportunidad para que ejerza su derecho de defensa, que como mínimo consiste en requerirlo para que cumpla el Contrato y explique las razones de su incumplimiento y adecúe su conducta a los compromisos contractuales adquiridos.

12.6.3.2. Efectos de la caducidad La caducidad administrativa genera los siguientes efectos, según lo previsto en el artículo 18 de la Ley 80 de 1993:

- Genera para el Contratista la inhabilidad para celebrar Contratos con Entidades públicas por el término de cinco (5) años.
- La Entidad podrá tomar posesión de la obra o continuar inmediatamente la ejecución del objeto contratado, bien sea a través del garante o de otro Contratista.
- En caso de que la Entidad decida vincular a un tercero para la continuidad en la ejecución del Contrato, éste deberá cumplir los requisitos de idoneidad y mérito requeridos.
- Según lo dispuesto en el parágrafo quinto del artículo 9 de la Ley 1150 de 2007, sin perjuicio de las potestades a que se refiere el artículo 18 de Ley 80 de 1993, en aquellos casos en que la Entidad declare la caducidad del Contrato y se encuentre pendiente de ejecución un porcentaje igual o superior al cincuenta por ciento (50%) del mismo, con excepción de los Contratos de concesión, se podrá contratar al proponente calificado en el segundo lugar en el proceso de selección.
- No habrá lugar a indemnización para el Contratista.
- Será constitutiva del siniestro de incumplimiento.
- Habrá lugar a hacer efectivo el cobro de la cláusula penal pecuniaria pactada.
- Se procederá a la liquidación del Contrato en el estado en que se encuentre.
- La caducidad debe ser ejercida en el plazo de ejecución del Contrato.
- En firme la declaración de caducidad, se efectuarán los reportes correspondientes y se podrá gestionar la liberación de saldos del Contrato, previa solicitud que eleve el ordenador del gasto, fundamentada en el balance material y financiero del Contrato a la fecha de su terminación, con el fin de que la Entidad proceda a contratar nuevamente la prestación para salvaguardar el interés público, aún antes de su liquidación.
- En todo caso se deberán garantizar los recursos de los pagos y reconocimientos que se deban efectuar al Contratista.

12.7 ACTIVIDADES PREVIAS A LA CONVOCATORIA DE AUDIENCIA DE DECLARACIÓN DE INCUMPLIMIENTO 12.7.1. Deber de información y agotamiento de alternativas al incumplimiento Con el fin de propender por el adecuado y oportuno cumplimiento de los Contratos por parte del Contratista y con miras a la eficacia en el ejercicio de la potestad sancionatoria a cargo de la Entidad, el Supervisor o Interventor deberán mantener debidamente informado al ordenador del gasto de todas las gestiones dirigidas al lograr el cumplimiento del Contrato por parte del Contratista.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 56 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-97 • 2025 • ENERO • 28 97 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 De manera previa y concomitante a la convocatoria de la audiencia de declaración de incumplimiento, el Interventor y el Supervisor propenderán por el agotamiento de las alternativas a la declaración e incumplimiento, previstas en el numeral 8.2 del presente Manual, y el eventual trámite de adiciones, prórrogas, modificaciones aclaraciones y cesiones contractuales.

12.7.2. Informe del Supervisor y/o Interventor 12.7.2.1. Actuaciones iniciales La Entidad convocará a la audiencia a través de la cual se instala el proceso sancionatorio de carácter contractual de declaratoria de incumplimiento, siempre que se presenten las siguientes condiciones:

- Que se haya requerido dos (2) veces al Contratista por parte del Supervisor y/o Interventor para que explique las razones por las cuales se está presentando el posible incumplimiento.

- Que se le haya exigido en un tiempo perentorio el cumplimiento de la obligación u obligaciones que se encuentran en mora.
- En caso de que se hubiere implementado un plan de contingencia requerido y, sobre un presunto incumplimiento, el Contratista no hubiere dado respuesta o su respuesta no sea satisfactoria.

En los casos anteriores, el Supervisor o Interventor deberá recoger las pruebas donde consten los hechos y proceder a informar al ordenador del gasto sobre la situación del Contrato, en el formato dispuesto por la Entidad, el cual contendrá:

- La descripción de las gestiones previas a la declaratoria de incumplimiento que hubieren sido llevadas a cabo por la Entidad, el Interventor o el Supervisor.
- La descripción detallada de los hechos u omisiones del Contratista en los que se fundamenta el posible incumplimiento, la mora, retardo, prestación defectuosa o cualquier otra condición que identifique la conducta desplegada por el Contratista para el no cumplimiento de sus obligaciones.
- Las pruebas que soporten los hechos descritos.
- Las cláusulas posiblemente violadas o desconocidas, lo que incluye el pliego de condiciones, anexos técnicos, las normas legales e internas de gestión del IDU, como los manuales.
- La relación de todos los soportes que hagan parte de los requerimientos realizados al Contratista, y de existir, las respuestas a éstos.
- La cuantificación de los posibles perjuicios que se están ocasionando o se pueden ocasionar a la Entidad por el incumplimiento del Contratista. Para ello se podrán tener en cuenta, entre otros, los siguientes conceptos: (i) el valor de las actividades que no ha ejecutado el Contratista y su incidencia en el cronograma detallado de ejecución; (ii) los gastos que el retraso le implica a la Entidad; (iii) el efecto económico de dicho incumplimiento en la ejecución de otros negocios jurídicos del IDU.
- Las consecuencias que se podrían generar para el Contratista por su conducta, identificando cómo la Entidad puede declarar el incumplimiento total o parcial del Contrato, declarar la caducidad, imponer al Contratista las

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 57 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-98 • 2025 • ENERO • 28 98 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Multas previstas contractualmente o exigir el pago de la cláusula penal y/o hacer exigibles las pólizas que amparan el Contrato.
- Un informe del estado de ejecución real y financiero del Contrato, así como el pago que posiblemente se pueda afectar, en caso de proceder la sanción.
- El amparo o póliza de la garantía única constituida que se va a afectar, teniendo en cuenta cada uno de los siguientes alcances de cumplimiento; buen manejo y correcta inversión del anticipo; salarios, prestaciones sociales legales e indemnizaciones laborales; la calidad del servicio; la calidad y correcto funcionamiento de los bienes; la estabilidad de la obra. Lo anterior de conformidad con las previsiones del Contrato y del Decreto 1082 de 2015.
- La información prevista en el documento equivalente de que trate el procedimiento de Declaratoria de Incumplimiento, Consecuencias Aparejadas y Siniestro de Garantías o el que haga sus veces en la versión aplicable.

En caso de que el Supervisor del Contrato no cumpla con su obligación de proyectar y presentar el informe, el IDU podrá elaborarlo, a través del director técnico competente para el desarrollo del proyecto y de su equipo de apoyo.

Una vez entregado el informe correspondiente, la Entidad adelantará el trámite detallado en el procedimiento denominado “Declaratoria de Incumplimiento para la Imposición de Multa, Cláusula penal y Caducidad” o el que haga sus veces.

12.7.2.2. Citación a audiencia proyectada por la DTGC suscrita por el Ordenador La Dirección Técnica de Gestión Contractual o la dependencia designada para el efecto, proyectará para verificación y firma del ordenador del gasto de la Entidad, el oficio de citación a la audiencia pública de que trata el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011, el cual irá dirigido al Contratista como a su garante y a la Interventoría.

12.7.3. Notificación actos administrativos y constancia de ejecutoria En atención a que la finalidad el procedimiento administrativo sancionatorio contractual está concebido como actuación verbal, desarrollada en audiencia, todas las decisiones de trámite o de fondo serán tomadas en la misma diligencia, es decir, se notificarán por estrados y así deberá quedar consignado en los actos administrativos correspondientes. Los recursos que procedan también se interpondrán, sustentarán y resolverán en audiencia.

Una vez ejecutoriada la decisión de imposición de sanción o archivo del procedimiento, la Dirección Técnica de Gestión Contractual procederá a proyectar la constancia de ejecutoria respectiva para verificación del ordenador del gasto de la Entidad que haya adelantado el trámite administrativo.

12.7.4. Reportes de la sanción impuesta Ejecutoriada la decisión que impone la sanción al Contratista, la dependencia delegada para el ejercicio de la potestad sancionatoria procederá a adelantar las siguientes actuaciones:

- Publicar en el Portal Único de Contratación –SECOP- los actos administrativos correspondientes.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 58 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-99 • 2025 • ENERO • 28 99 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11

- Comunicar a la Cámara de Comercio donde se encuentre registrado el Contratista sobre la imposición de la sanción.
- Remitir oficio a la Procuraduría General de la Nación informando sobre la sanción, anexando debidamente diligenciado el formulario de registro de inhabilidades derivadas de las relaciones contractuales con el Estado, a efectos de su incorporación en el Sistema de Información de Registro de Sanciones y Causas de Inhabilidad - SIRI.
- Comunicar a la Subdirección Técnica de Presupuesto y Contabilidad de la Entidad, sobre la imposición de la sanción al Contratista y de la firmeza de tal decisión para que procedan a su inclusión en las cuentas por contingente y pasivos. 12.7.5. Cobro de la sanción

Conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Resolución 22542 de 2014 (definición de la cartera no misional) del Instituto de Desarrollo Urbano o la que la modifique, sustituya o complemente, una vez ejecutoriada la sanción, la Dirección Técnica de Gestión Contractual deberá realizar la compensación de saldos prevista en el artículo 17 de la Ley 1150 de 2007, para lo cual deberá afectar el número de factura informada por el Supervisor o Interventor en la etapa previa de la citación o en la actualización que se haya realizado durante el proceso administrativo.

En caso de no ser posible dicha compensación y una vez informada la Dirección Técnica de Gestión Contractual sobre esta situación por parte de la Subdirección Técnica de Presupuesto y Contabilidad, la DTGC procederá con el cobro al garante del Contratista aportando los documentos correspondientes.

La Dirección Técnica de Gestión Contractual mediante memorando remitirá todos los antecedentes a la Dirección Técnica de Gestión Judicial, para el respectivo cobro coactivo.

De todo lo anterior, se deberá dejar copia en la respectiva carpeta contractual e informar al ordenador del gasto y al Supervisor.

El valor a pagar por concepto de multa será objeto de actualización y pago de intereses de mora en los términos previstos en la Resolución 22542 de 2014 del Instituto de Desarrollo Urbano o la que la modifique, sustituya o complemente, y demás normativa aplicable.

12.7.6. Archivo de la actuación La Dirección Técnica de Gestión Contractual procederá a remitir todos los documentos del procedimiento administrativo sancionatorio tramitado al archivo de la Entidad, según el procedimiento establecido, debidamente foliados y planillados conforme a los requisitos de esa dependencia.

En el caso en que se haya procedido a la imposición de sanción, solo se procederá al archivo una vez se haya realizado el cobro de la sanción respectiva.

12.7.7. Conflicto o controversias entre Entidades públicas En caso de presentarse conflicto o controversia entre el Instituto de Desarrollo Urbano y otros organismos o Entidades públicas distritales, se deberá observar lo dispuesto en el artículo 19 del Decreto distrital 089 de 2021 y la Directiva No. 003 del 23 de septiembre de 2014 expedida por la Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 59 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-100 • 2025 • ENERO • 28 100 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C, o las disposiciones que las modifiquen, sustituyan o adicionen.

13 TERMINACIÓN, RECIBO DE OBRAS, LIQUIDACIÓN, SEGUIMIENTO POS CONTRACTUAL Y CIERRE DE LOS CONTRATOS Todos los contratos de obra (mixtos, de conservación y de construcción), de consultoría y aquellos que impliquen la entrega de bienes o productos, celebrados por el IDU, contemplarán dentro del plazo un término límite para el cumplimiento de la etapa de ejecución, el cual incluirá una fase de estudios y diseños, una fase de construcción, según el caso y, una fase para el recibo de las obras o aprobación de productos, así como también, para la realización de ajustes a estos y su verificación definitiva. Los ajustes solicitados y su verificación, podrá realizarse dentro del término establecido para la suscripción del acta de recibo final.

13.1 TERMINACIÓN Los contratos se entenderán finalizados una vez termine el plazo de ejecución, vencido este plazo se deberá suscribir el acta de terminación, en la cual se deberá dejar constancia sobre el estado de las obras, el estado de las aprobaciones y/o entrega de los productos objeto de cada contrato, así como también se dejará constancia de los compromisos de los consultores para obtener las aprobaciones pendientes por parte de las ESP, entes competentes e interventoría.

Esta finalización implica que no se podrán continuar ejecutando las obligaciones previstas para las partes, en la etapa de ejecución, salvo aquellas que tengan naturaleza pos contractual, como pagos, las relativas a las garantías técnicas, la vigencia de los amparos de la garantía única, la realización de los ajustes o correcciones a los productos de estudios y diseños para obtener las aprobaciones por parte de las ESP y entes competentes, las actividades necesarias para el recibo a satisfacción de las obras, como remates y corrección de no conformidades, así como también, las obligaciones propias del recibo y liquidación establecidas en el presente Manual, documentación o legalización de actividades del proyecto u otras.

13.2 RECIBO DE LAS OBRAS, BIENES O PRODUCTOS Y ACTA DE RECIBO FINAL Antes de la suscripción del acta de recibo final de los contratos celebrados por el IDU, se aplicará el siguiente procedimiento previo de verificación técnica, financiera, legal y administrativa.

 El interventor o supervisor, según el caso, procederá, a suscribir el acta correspondiente a la terminación de la fase de construcción o de estudios y diseños e inicio de la fase de recibo de obras o aprobación de productos, en la que se señalarán las correcciones, ajustes o subsanaciones que deban efectuarse en la fase de recibo de las obras o aprobación de productos, tras la cual, se efectuará una nueva verificación por parte del interventor o supervisor, según el caso, dejando constancia en acta de la subsanación efectuada. Estas actas son de trámite.  Es preciso indicar que, en los contratos de conservación, se deberán efectuar recibos por tramo funcional de obra, debidamente terminado y señalizado, los cuales se realizarán durante el plazo de ejecución de las obras y a partir de los cuales se deberán activar los amparos correspondientes.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 60 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-101 • 2025 • ENERO • 28 101 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 NOTA: En los contratos mixtos (estudio, diseño y construcción) cada etapa tiene un plazo parcial estimado, una vez se finalice el plazo pactado, se deberá suscribir el acta de cambio de etapa, en la que se debe dejar evidencia del cumplimiento parcial o total de las obligaciones para poder continuar a la siguiente etapa. En esta acta también se deben indicar las causas por las cuales no se finalizaron las obligaciones en la fecha estimada y la imputabilidad del atraso. No obstante lo anterior y con el fin de que el contratista y la interventoría puedan continuar realizando las actividades que se encuentran pendientes en la etapa que está por finalizar, se deberá dentro de los plazos establecidos por el IDU, solicitar la ampliación o prórroga del plazo de la correspondiente etapa, hasta que se suscriba el acta de terminación de dicha etapa, esto con el fin de no utilizarse los plazos de las siguientes etapas. Lo anterior sin perjuicio de que el IDU adelante las acciones sancionatorias o legales que apliquen.

El Acta de Recibo Final de Obra es el documento que contiene los datos referentes a la forma como el contratista entrega los bienes, las obras o los servicios objeto del contrato a la interventoría la cual los aprueba y recibe a satisfacción. Los trámites administrativos, documentales y los relacionados con ESP, entidades distritales y/o nacionales, serán gestionados y obtenidos para la liquidación del Contrato de Obra.

El acta de recibo final deberá suscribirse por parte del contratista, interventor o supervisor, según el caso, dentro de los cuarenta y cinco (45) días hábiles siguientes a la culminación del plazo de ejecución del contrato, en el formato aprobado dentro del Sistema de Gestión Integral del IDU.

El interventor o supervisor según el caso, atendiendo lo que se evidencie del procedimiento de verificación y subsanación, deberá analizar y gestionar las medidas que deban adoptarse en caso de presentarse incumplimientos por parte del contratista que no puedan ser objeto de subsanación. En el acta de recibo final, en caso de que no se hayan subsanado los incumplimientos, se dejará constancia de que la entidad adelantará las acciones legales y adoptará las medidas administrativas necesarias para salvaguardar el interés general, dejando clara salvedad de las obras o productos que no se reciben a satisfacción.

El contratista también podrá dejar salvedades en el acta de recibo final, de darse tales salvedades, la interventoría y/o la entidad, deberán pronunciarse sobre las mismas en dicho documento.

Si el contratista se niega a suscribir el acta de recibo final en los contratos de obra, la Entidad procederá a tomar la posesión de éstas y gestionará la posterior liquidación, tramitando las actuaciones administrativas o las acciones judiciales necesarias para garantizar el cumplimiento del objeto contractual o para salvaguardar los intereses de la entidad.

En los demás contratos, se deberá gestionar la liquidación, de ser requerida, de conformidad con la normatividad vigente o lo pactado en el negocio jurídico, así como las actuaciones administrativas o las acciones judiciales necesarias para garantizar el cumplimiento del objeto contractual o para salvaguardar los intereses de la entidad.

13.3 TOMA DE POSESIÓN DE LAS OBRAS Por regla general, una vez finalizado el plazo de ejecución de la obra, dentro de los términos y trámites previstos en el presente manual, el IDU recibirá los trabajos, previa aprobación de la interventoría quien los recibe a satisfacción por parte del contratista.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 61 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-102 • 2025 • ENERO • 28 102 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Sin embargo, atendiendo la trascendencia de los proyectos de infraestructura vial de espacio público y de transporte que adelanta el IDU, en determinadas circunstancias, cuando exista parálisis de la obra o imposibilidad de recibo a satisfacción de la misma, que exijan de la entidad o de otra autoridad administrativa una intervención para garantizar la seguridad vial o la movilidad, el IDU, dentro de los cuarenta y cinco (45) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo para la suscripción del acta de recibo final a satisfacción o de la parálisis de la obra, sin necesidad de acto administrativo que lo ordene, tomará posesión de las obras, para lo cual el IDU adelantará el siguiente procedimiento: a) Citará al Contratista, a su garante y coasegurador, si lo hay, y al interventor, de contarse con esta instancia de vigilancia y control, para que conjuntamente con el área responsable del contrato, el supervisor (del contrato de obra o del contrato de interventoría) y el equipo de apoyo a la supervisión, proceda a efectuar una visita de verificación de las obras, de la cual se levantará un acta, en el formato adoptado por el IDU, en la que se plasmará el estado financiero y de ejecución del contrato a la fecha, el inventario de maquinaria y material que se encuentre en el lugar de los trabajos, las anotaciones y salvedades a que haya lugar, anexando los soportes respectivos. b) Si el Contratista de obra, su asegurador o el interventor del contrato no comparecen, o se niegan a suscribir la citada acta, el IDU dejará constancia de ello, pero continuará con la diligencia, culminándola con la expedición del acta.

Efectuada la toma de posesión podrá gestionar las contrataciones y demás medidas necesarias para salvaguardar la infraestructura vial o de espacio público de la ciudad y para superar las dificultades de seguridad vial o de movilidad que se hayan generado.

La toma de posesión, no condiciona, impide o releva el ejercicio de la facultad sancionatoria ni de las facultades excepcionales por parte del IDU, ni de las acciones judiciales correspondientes.

13.3.1 Circunstancias en las que se requiere El IDU tomará posesión de las obras cuando:

 Se presente abandono de éstas por parte del contratista.  El contratista sea renuente a entregar los trabajos y se niegue a entregar la información necesaria para el recibo a satisfacción.  Surja la imposibilidad de recibir a satisfacción las obras por incumplimiento del contratista o de su interventor.  Se presenten hechos de fuerza mayor o caso fortuito o circunstancias que exijan de la entidad o de otra autoridad administrativa una intervención urgente para garantizar la seguridad vial o la movilidad.

13.3.2 Procedimiento Verificada la ocurrencia de las circunstancias antes relacionadas, y habiéndose agotado la posibilidad de surtir el trámite ordinario de recibo final, el IDU, dentro de los cuarenta y cinco (45) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo para la suscripción del acta de recibo final, del abandono de la obra por parte del contratista o de la ocurrencia del hecho causante, sin necesidad de acto administrativo que lo ordene, tomará posesión de las obras, para lo cual el IDU adelantará el siguiente procedimiento:

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 62 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-103 • 2025 • ENERO • 28 103 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 A. Convocatoria. El ordenador del gasto citará, con una antelación mínima de siete (7) días hábiles, al Contratista, a su garante y coasegurador, si lo hay, y al interventor, de contarse con esta instancia de vigilancia y control, para que conjuntamente con el supervisor del contrato de interventoría, la dependencia responsable del Contrato, y el equipo de apoyo a la supervisión, proceda a efectuar una visita de verificación de las obras, de la cual se levantará un acta, en el formato adoptado por el IDU, en la que se plasmará el estado financiero y material del contrato a la fecha, el inventario de maquinaria, equipos, materiales y en general todo lo que se encuentre en el lugar de los trabajos, las obras que puedan recibirse a satisfacción y las anotaciones y salvedades a que haya lugar, anexando los soportes respectivos.

A esta visita de verificación también se podrá convocar a representantes de las Empresas de Servicios Públicos y de las autoridades distritales y nacionales que, en el marco de sus competencias constitucionales o legales, deban pronunciarse sobre el recibo de los trabajos.

B. Preparación de la diligencia. Con el objeto de dejar las salvedades que permitan la defensa administrativa y judicial del IDU, se deberá revisar de forma previa a la toma de posesión de la obra, si sobre dicho contrato se desarrollan acciones judiciales o actuaciones administrativas, con el fin de verificar su alcance y redactar el acta de posesión de forma tal que no se afecten las estrategias de defensa planteadas por la entidad o las actuaciones administrativa que tramita. Para ello, se llevará a cabo una mesa de trabajo previa, gestionada por el supervisor (en el caso de no contar con Interventoría) o interventor y la dependencia encargada para definir el contenido y medidas de contingencia y llevar a cabo la toma de posesión con las dependencias involucradas.

En esta mesa de trabajo también se debe revisar y validar el balance material y financiero del contrato a la fecha, y analizar las dificultades que puedan presentarse en la diligencia, con el fin de precaver y adoptar las medidas que garanticen su eficacia.

C. Diligencia. Si el Contratista de obra, su asegurador o el interventor del contrato no comparecen, o se niegan a suscribir la citada acta, el IDU dejará constancia de ello pero continuará con la diligencia.

D. Acta. El acta de posesión que se levante producto de la diligencia será insumo para que la entidad gestione las actuaciones sancionatorias contractuales a que haya lugar, proceda a iniciar las acciones judiciales que requiera y gestione las contrataciones que necesite para salvaguardar la infraestructura vial o de espacio público de la ciudad y para superar las dificultades de seguridad vial o de movilidad que se hayan generado. Esto incluye verificar el cumplimiento del deber de vigilancia y control al contrato efectuado por parte del interventor y la necesidad de iniciar actuaciones administrativas o acciones judiciales contra éste.

E. Gestión posterior a la posesión. Una vez efectuada la posesión de la obra, sobre los trabajos que se reciban a satisfacción, el interventor o supervisor (en el caso de no contar con Interventoría) del contrato, o en su defecto, el ordenador del gasto, deberá gestionar ante el asegurador, la activación del amparo de estabilidad correspondiente, dentro de la garantía única constituida.

Posteriormente, la dependencia responsable del contrato, bajo la dirección del ordenador del gasto, de forma conjunta con el supervisor del contrato de interventoría y del equipo de apoyo a la supervisión, realizará las siguientes gestiones:

 La activación del amparo de estabilidad de la obra sobre los trabajos recibidos a satisfacción será solicitada por el ordenador del gasto ante la correspondiente Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 63 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-104 • 2025 • ENERO • 28 104 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 aseguradora, a través de una  comunicación en la que se expliquen los hechos ocurridos, la actuación de la entidad, el fundamento legal de la solicitud, adjuntándose copia del acta de posesión de la obra y de los demás documentos que se requiera. Para la elaboración de esta comunicación el ordenador del gasto se apoyará en la Dirección Técnica de Gestión Contractual y el interventor o supervisor, según el caso, del contrato o en el supervisor del contrato de interventoría, si el interventor no ha cumplido con las obligaciones a su cargo, sin perjuicio de las actuaciones administrativas o las acciones legales que se adelanten en su contra.  Si la obra se recibió parcialmente a satisfacción y no se obtiene la activación del amparo de estabilidad constituido en la garantía única aprobada, se deberá gestionar con el área competente el mantenimiento o finalización de los trabajos; para ello se deberá evaluar el estado material de la obra y la necesidad de que se finalicen las actividades no ejecutadas, bien sea a través de actividades de mantenimiento o de construcción. Esto puede implicar el desarrollo de procesos de contratación por parte del ordenador del gasto.  Si se activó el amparo de estabilidad de la obra dentro de la garantía única de cumplimiento constituida, se deberá llevar a cabo el seguimiento correspondiente por parte de la DTAI o la dependencia que haga sus veces de presentarse cualquier afectación de las obras se deberá elaborar un informe y remitirse al ordenador del gasto, a la interventoría, al contratista de obra y a su garante con el fin de iniciar la declaración del siniestro. Tanto el ordenador del gasto, como el interventor del contrato y el área supervisora continuarán atados a la verificación y gestión de ajuste o corrección de cualquier afectación que se presente a la calidad de los trabajos recibidos a satisfacción.  Sobre las obras que no son recibidas a satisfacción se deberá gestionar con la dependencia competente la revisión y realización de los trabajos faltantes, bien sea a través de contratos vigentes o de nuevos negocios jurídicos que se tramiten, verificando si deben adoptarse medidas inmediatas para garantizar la seguridad vial o la movilidad. El valor de los trabajos faltantes constituirá parte del perjuicio que se tase, por parte de la supervisión o interventoría del contrato de obra o del supervisor del interventor y de su equipo de apoyo, cuando el interventor no cumpla con esta obligación, sin perjuicio de las actuaciones administrativas o judiciales que el IDU adelante en su contra.  El IDU gestionará el reconocimiento de estos perjuicios a través de la actuación administrativa de declaración de incumplimiento o a través de una acción judicial.  Dentro de la actuación administrativa de incumplimiento, el ordenador del gasto, de encontrarse pertinente técnica y económicamente, podrá llegar a un acuerdo con el contratista o su asegurador para que se cumplan las obligaciones pendientes dentro de un plazo que se determine, por el cual se suspenderá la actuación que se reiniciará para verificar el cumplimiento efectivo del acuerdo, por parte del interventor, de existir, o por el supervisor del contrato de interventoría y su equipo de apoyo.  De no cumplirse dicho acuerdo se continuará con la actuación administrativa de declaración de incumplimiento, hasta su culminación, aplicando la normatividad vigente para salvaguardar los intereses de la entidad.  Si se evidencia que se cumplió con la calidad y en las condiciones pactadas las obligaciones pendientes, se dará por terminada la actuación administrativa de declaración de incumplimiento.  Si existen perjuicios distintos a la terminación de los trabajos, que deban ser reclamados al contratista o su asegurador, el ordenador del gasto deberá dar traslado de un informe sobre el particular, a la Dirección Técnica de Gestión Judicial, con el fin de adelante las acciones legales pertinentes.  De encontrarse irregularidades en la gestión de los funcionarios involucrados, en los Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 64 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-105 • 2025 • ENERO • 28 105 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 contratistas o en el interventor se deberá elaborar un informe y dar traslado a los órganos e instancias de control competentes.

13.4 SUSPENSIÓN DE LOS CONTRATOS La suspensión es un acuerdo entre las partes de un contrato para interrumpir en el tiempo, el plazo de ejecución del contrato, por motivos de fuerza mayor, o caso fortuito, de interés público; siempre se llevará a cabo por el mutuo acuerdo de las partes.

El acta de suspensión deberá ser firmada por la interventoría o supervisión, según el caso, según corresponda, el contratista y el Ordenador del Gasto.

13.4.1 Aspectos generales de la suspensión Es una medida de tipo provisional y excepcional, que debe ajustarse a los criterios de necesidad y proporcionalidad. Durante el período de suspensión no es posible ejecutar obligaciones propias del contrato, ni adelantar actuaciones administrativas de carácter sancionatorio.

La suspensión deberá justificarse por el contratista y/o solicitante conforme a los principios de la Contratación Estatal y la normatividad vigente.

El acta de suspensión del contrato deberá ser suscrita por las partes con anterioridad al inicio del periodo de suspensión. Para efectos del reinicio de las actividades producto de la suspensión, se deberá suscribir por la interventoría o supervisión, según el caso, el contratista y el ordenador del gasto el acta de reinicio correspondiente y realizar los ajustes a las pólizas.

Se entenderá que la fecha de reinicio será la consignada en el acta de suspensión, si en ella se establece una fecha cierta, por lo cual en esos eventos no habrá lugar a suscribir un acta adicional, no obstante a lo anterior el contratista deberá actualizar las respectivas pólizas.

La suspensión contractual, no adiciona el contrato en su vigencia o plazo, sino que lo delimita como una medida de tipo provisional y excepcional.

13.4.2 Procedimiento para la suspensión de contratos El área encargada o responsable del contrato debe elaborar y suscribir las actas de suspensión, ampliación de la suspensión y reinicio, en los formatos establecidos dentro del Sistema Integrado para el efecto. Así mismo, serán estas dependencias las obligadas a solicitar la modificación de las garantías por parte de los contratistas.

 El trámite del acta de suspensión se hará mediante el administrador de actas del proceso legal del Sistema de Información y Acompañamiento Contractual SIAC. Las actas serán suscritas por el supervisor del contrato, por el contratista y por el ordenador del gasto.  Cuando la solicitud de la elaboración del Acta de Suspensión sea extemporánea, se deberá justificar la causa de la demora mediante memorando.

 El supervisor interventor, según el caso, del contrato será el encargado de publicar en el Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 65 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-106 • 2025 • ENERO • 28 106 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 portal de contratación las actas de suspensión y ampliación de las suspensiones dentro de las fechas establecidas en los procedimientos de la Entidad.  El área encargada de la supervisión del contrato realizará el seguimiento al cumplimiento de los tiempos de entrega en la DTGC de las garantías por parte del contratista, con el fin de garantizar la cobertura en cada uno de los amparos solicitados.

13.5 CESIÓN DE DERECHOS ECONÓMICOS La cesión de derechos económicos futuros y/o cesiones de derechos económicos, se realizan con fundamento en los artículos 1959 y siguientes del Código Civil, en concordancia con los artículos 651 y siguientes del código de comercio, y su trámite se efectuará siempre que el contratista la solicite al IDU, cumpliendo con los procedimientos establecidos por la Entidad, de conformidad con los formatos previstos para el efecto. La aprobación del trámite estará a cargo de la Dirección Técnica Administrativa y Financiera.

13.6 LIQUIDACIÓN El período de liquidación de los contratos que celebre el IDU, es la etapa final del proceso de gestión contractual, en la que las partes hacen una revisión y balance de las obligaciones pactadas y ejecutadas y de la calidad de los bienes, productos, obras o servicios entregados por el contratista y recibidos por parte del IDU.

Solo deberán liquidarse los contratos de tracto sucesivo o ejecución prolongada en el tiempo o aquellos que lo requieran, salvo los de prestación de servicios profesionales y apoyo a la gestión.

Durante la etapa de liquidación de los contratos, el IDU podrá suscribir las actas de pago y realizar los pagos correspondientes, de acuerdo con los productos que hayan sido aprobados por la interventoría, ESP o entes competentes, sin la suscripción o firma de la correspondiente acta de pago por parte de la interventoría.

Dentro del acta de liquidación bilateral o dentro del acto administrativo de liquidación unilateral se pueden hacer los ajustes, revisiones y reconocimientos a que haya lugar.

En el acta de liquidación constarán los acuerdos, conciliaciones y transacciones a que llegaren las partes para poner fin a las divergencias presentadas y poder declararse a paz y salvo.

Para la liquidación se exigirá al contratista la extensión o ampliación de la garantía única de cumplimiento constituida, en lo atinente al amparo de cumplimiento y a los amparos pos contractuales pactados como el de estabilidad de la obra, calidad y correcto funcionamiento, salarios y prestaciones sociales, y, en general, todos los amparos para avalar las obligaciones que deba cumplir con posterioridad al vencimiento del plazo de ejecución del contrato.

La liquidación del contrato no libera al contratista, ni al interventor o supervisor, de responder por la estabilidad de la obra o la calidad de los bienes, productos o servicios suministrados. En consecuencia, cuando con posterioridad a la liquidación del contrato se presenten hechos que se encuentren amparados en las garantías constituidas por el contratista o que le causen un perjuicio al IDU, el área competente (DTAI), deberá gestionar la declaración de los siniestros correspondientes y la efectividad de la garantía única constituida, sin perjuicio de otro tipo de actuaciones o acciones que deban adelantarse.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 66 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-107 • 2025 • ENERO • 28 107 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 La liquidación de los contratos se podrá realizar bajo las siguientes modalidades: bilateral, unilateral o judicial y se hará en los formatos y de acuerdo con el procedimiento de adopte el IDU para el efecto.

13.6.1 Reglas de la liquidación

1. El proyecto de acta de liquidación del contrato se debe diligenciar en los formatos adoptados por el Instituto.

2. La liquidación de los contratos, se hará mediante actas, las de mutuo acuerdo dentro del término fijado en los pliegos de condiciones, el contrato, el cual no puede exceder los tiempos establecidos en la Ley. De no existir tal término, la liquidación se realizará dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la expiración del término previsto para la ejecución del contrato o a la expedición del acto administrativo que ordene la terminación, o a la fecha del acuerdo que la disponga.

3. El Interventor o Supervisor del contrato según el caso, una vez culmine el plazo de ejecución de este, deberá coordinar las mesas de trabajo necesarias entre el Contratista, el Ordenador del Gasto, los Directores Técnicos y Subdirectores Técnicos, para llevar a cabo la liquidación.

4. El Supervisor o interventor, según el caso, es el responsable de elaborar el proyecto de acta de liquidación bilateral del contrato y de gestionar su revisión y firma antes del vencimiento del plazo establecido para la liquidación bilateral. La DTGC, revisará el acta de liquidación cuando las dependencias así lo soliciten; sin embargo, si el acta de liquidación contiene salvedades deberá ser revisada por la Dirección Técnica de Gestión Contractual- DTGC.

Las salvedades son inconformidades de cualquiera de las partes respecto al contenido del acta de liquidación y deben ser expresas y claras. Sobre el particular la jurisprudencia ha manifestado10:

«(...) Ahora bien, la constancia que el contratista inconforme consigna en el acta no puede ser de cualquier tipo; es necesario que reúna las siguientes características: que identifique adecuadamente los problemas surgidos con ocasión de contrato, es decir, que sea clara, concreta y específica; no obstante no tiene que expresar técnicamente toda una reflexión y justificación jurídico-económica, pero si debe contener, así sea de modo elemental, la identificación del problema, es decir, los motivos concretos de inconformidad. A este respeto ha dicho el Consejo de Estado que:

“...es claro que en el cuerpo del acta de liquidación existe aceptación expresa y total, por parte del contratista, de lo acordado; esta circunstancia le impide cualquier reclamación posterior como lo ha reiterado en varias oportunidades la Sala; si quedó inconforme, por ejemplo, porque no se le reconoció todo lo que a su juicio se le debía, debió expresarlo así de modo concreto, estableciendo, si no las cantidades, sí los hechos de los cuales derivaba su descontento. Pero hacer -luego de aceptar el contenido del acta- una afirmación tan genérica y abstracta como “el contratista se reserva el derecho de reclamación” es, a todas luces, insuficiente y por lo mismo ineficaz para dejar abierta la posibilidad a la controversia jurisdiccional. Da lo mismo, en este caso, haber 10 CE SIII E 14113 DE 2005. Síntesis de la Agencia Nacional de Contratación Colombia Compra Eficiente. https://sintesis.colombiacompra.gov.co/jurisprudencia/documento/11921 Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 67 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-108 • 2025 • ENERO • 28 108 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 guardado silencio respecto del contenido de la liquidación como (sic) hacer la anterior afirmación, pues la indefinición que tal expresión envuelve la torna inocua”. [1] En este mismo sentido se dijo en la sentencia de 14 de febrero de 2002 -exp. 13.600) que “... no es dable jurídicamente exigir, como lo pretende el demandado, que la objeción contenga una relación completa, sustentada y detallada de cada uno de los rubros respecto de los cuales existe la divergencia; lo que es importante es que haya manifestado su desacuerdo en forma clara y concreta.”

Lo anterior significa que la constancia de inconformidad no se satisface con una formulación genérica, que no identifique la razón de ser de la salvedad del contratista; tal conducta impide la claridad necesaria en la conclusión de la relación negocial -bien porque las partes están de acuerdo en forma plena, o bien porque subsisten diferencias entre ellas. La Sala lo ha dicho, al definir hechos a los que conoce en esta oportunidad:

“De acuerdo con lo anterior, la nota dejada por el demandante en el acta de liquidación del contrato suscrita el 8 de abril de 1991 ME RESERVO EL DERECHO A RECLAMAR, así para el juzgador pueda entenderse que es para pretender el reconocimiento de lo que reclamó directamente a la administración sin resultado positivo alguno, no abrió la instancia judicial para su examen al haber aceptado en forma expresa el acta de liquidación. Por ello, las pretensiones del demandante no están llamadas a prosperar ya que la liquidación del contrato por el mutuo acuerdo de las partes y sin salvedades expresas y concretas impide el examen judicial de la revisión de los precios del contrato.”[1](...)»

5. El acta de liquidación de contratos interadministrativos, en aquellos casos en que se haya pactado la liquidación deberá ser suscrita por el funcionario competente de acuerdo con la Resolución de delegación vigente y, en el caso que dicha acta deba ser suscrita por el (la)
Director (a) General, está deberá ser enviada a la DTGC y de la SGJ para su revisión.

6. Una vez revisado por la DTGC y aprobado por la dependencia a cargo del contrato, el contenido del proyecto de acta de liquidación bilateral, deberá ser suscrita por el Interventor, el Supervisor del contrato, el Contratista y el Ordenador del Gasto, según el caso.

7. El supervisor y/o interventor, según el caso, del contrato comunicará a la respectiva compañía aseguradora acerca de las actuaciones relacionadas con la liquidación del contrato.

8. La entidad tendrá la facultad de liquidar en forma unilateral dentro de los dos (2) meses siguientes al vencimiento del plazo contractual o legal fijado para llevar a cabo la liquidación bilateral, sin que esta se haya suscrito por las partes. Si vencido el plazo anteriormente establecido no se ha realizado la liquidación, la misma podrá adelantarse en cualquier tiempo dentro de los dos (2) años siguientes al vencimiento del término de mutuo acuerdo o unilateralmente. Lo anterior, de conformidad con lo previsto en el artículo 164, numeral 2, literales j) y k) del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

9. Una vez se agote el término fijado en el contrato para liquidar de mutuo acuerdo, el supervisor o interventor, según el caso, del contrato, junto con el ordenador del gasto y la DTGC, deberán determinar la procedencia de liquidarlo judicial o unilateralmente. En caso que decida solicitar la liquidación en sede judicial, el ordenador del gasto deberá remitir, con mínimo 10 meses de anterioridad al vencimiento de los dos años de caducidad de la acción contractual, los soportes correspondientes a la Dirección Técnica de Gestión Judicial, previo agotamiento

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 68 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-109 • 2025 • ENERO • 28 109 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 del procedimiento de liquidación bilateral. Para la liquidación unilateral el ordenador del gasto deberá radicar la siguiente documentación:

 Proyecto de acta de liquidación de mutuo acuerdo, acorde con las especificaciones descritas en el Manual de Interventoría y/o Supervisión de Contratos o el Manual que corresponda.  Justificación en la cual se presente la descripción del motivo por el cual no se firmó el proyecto de acta de liquidación. Adicionalmente, si fue por renuencia del contratista, se debe adjuntar copia del oficio de citación, prueba de entrega y acta de inasistencia suscrita por el Ordenador del Gasto, Supervisor o Interventoría, según el caso, si es del caso.  Demás documentos requeridos en el contrato, Manual de Gestión Contractual y Manual de Interventoría y/o Supervisión de Contratos o el que corresponda.

10. Vencido el término para realizar la liquidación bilateral sin que ésta se haya logrado efectuar, se remitirá a la DTGC, si se determinó proceder con la liquidación unilateral, los documentos requeridos para la realización de la liquidación. Una vez la DTGC elabore el Acto Administrativo de liquidación unilateral y este se encuentre firmado por el Ordenador del Gasto, dicha dependencia realizará la notificación en los términos de ley al contratista y a la aseguradora.

11. Cuando se presente un recurso de reposición contra el acto administrativo que liquida unilateralmente el contrato, el interventor o supervisor, según el caso, o el supervisor del contrato de interventoría y su equipo de apoyo si el interventor no cumple con esta obligación, cuenta con diez (10) días calendario, contados a partir de la fecha de radicación en el IDU, del recurso de reposición por parte del contratista, para enviar la información de soporte a la DTGC, quien contará con el mismo término para analizar la información y proyectar la resolución que resuelve el recurso, la cual será firmada por el ordenador del gasto. Dicho acto administrativo será notificado al contratista por el área ordenadora del gasto, que debe realizar los trámites de notificación al contratista y al garante del contrato y una vez en firme la DTGC procederá a realizar la publicación en aquellos casos que corresponda a la plataforma SECOP I. Cuando se trate de contratos correspondientes a SECOP II la publicación será realizada por dicha área, una vez el acto administrativo quede debidamente ejecutoriado.

12. Una vez suscrita el acta de liquidación, la dependencia a cargo del contrato deberá publicarla en los portales de contratación.

13. Cada una de las dependencias a cargo de los contratos, con el apoyo de los supervisores y equipos de apoyo a la supervisión y los interventores de los contratos, serán responsables de la actualización permanente del inventario de contratos por liquidar en el aplicativo SIAC, información que será insumo para efectos de informes internos y externos y será tomada por la DTGC para efectuar las mediciones periódicas al avance de la aplicación del Procedimiento de Liquidación de los Contratos, cuyo estado en el SIAC esté en “terminado en trámite de acta de recibo final de obra y terminado en proceso de liquidación”.

14. dependencias a cargo de los contratos – Direcciones y Subdirecciones Técnicas- serán responsables de adelantar las gestiones necesarias para mantener actualizado el Sistema Electrónico para la Contratación Pública.

15. Cuando se presenten errores numéricos, de sumas o deba aclararse un punto del contenido del acta de liquidación suscrita entre las partes, de manera excepcional y con el fin de

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 69 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-110 • 2025 • ENERO • 28 110 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 salvaguardar el trámite efectuado y prevenir el daño antijurídico, la DTGC elaborará un documento aclaratorio, que será firmado por las partes, si la liquidación fue por mutuo acuerdo o por el ordenador del gasto si ésta se llevó a cabo de forma unilateral.

16. La documentación generada en torno al procedimiento de liquidación de contratos, será archivada de acuerdo con lo dispuesto en los lineamientos de gestión documental y específicamente en las tablas de retención documental.

17. El Interventor o supervisor del contrato, según el caso, deberá Informar a las ESP, PRST, SDM, SDA y otras entidades que tengan actividades de ejecución de obra previstas en el contrato, que se dará inicio a los procesos de liquidación unilateral o liquidación judicial con el fin que haya un entendimiento entre las entidades para el recibo de las obras que se ejecutaron o que no se ejecutarán bajo el contrato a liquidar.

18. En caso de no liquidar el contrato dentro de los plazos previstos por los artículos 11 de la Ley 1150 de 2007 y 164 de la Ley 1437 de 2011, Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, el funcionario, supervisor o interventor, según el caso, encargado del trámite podrá responder civil, penal, disciplinaria y fiscalmente, puesto que dicho comportamiento podría conllevar el incumplimiento de un deber legal y un posible daño al patrimonio público.

19. De no haberse efectuado la liquidación del contrato dentro del plazo previsto legalmente, se debe proceder con el cierre y posterior archivo del expediente, de conformidad con los formatos establecidos para tal fin y liberarse los valores asociados a la liquidación.

El IDU perderá competencia para liquidar en dos escenarios:

- Una vez vencidos los términos legales para liquidar el contrato establecidos en el artículo 11 de la Ley 1150 de 2007, o aquella que la sustituya. - Una vez notificado el auto admisorio de la demanda ante cualquier jurisdicción competente.

13.6.2 Aspectos presupuestales, contables y tributarios en la liquidación de contratos

1. Los Ordenadores del Gasto adelantarán las gestiones tendientes a apropiar los recursos necesarios de modo que atiendan las obligaciones que se deriven para la entidad, en la liquidación de los contratos.

2. Las dependencias a cargo de los contratos, conciliarán con la STPC, las cifras presupuestales y contables, antes de elaborar el acta para la liquidación del contrato (bilateral, unilateral y/o judicial), con el fin de determinar los saldos de los derechos y obligaciones de las partes, así como las retenciones por tributos, sobre saldos en favor del contratista, que no hayan sido pagados durante la ejecución del contrato.

3. El Supervisor del contrato y la STPC, deben verificar en los estados contables de la entidad, los saldos existentes a favor o a cargo del contratista, imputables en virtud del contrato a liquidar. Adicionalmente, debe verificarse cuando a ello haya lugar, las retenciones por tributos cuando se presente compensación de valores entre las partes, para determinar el valor neto a compensar.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 70 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-111 • 2025 • ENERO • 28 111 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11

4. La interventoría o el Supervisor, según el caso, deberá verificar con la STPC, que los anticipos entregados se hayan amortizado dentro del plazo de ejecución del contrato en los casos que aplique, al igual que los saldos de retención en garantía se encuentren disponibles para devolución al contratista.

5. Con el objetivo de llevar a cabo una adecuada depuración y ejecución presupuestal, las dependencias a cargo de los contratos deberán dar especial prioridad al agotamiento en orden de antigüedad de los saldos calificados como: Pasivos Exigibles, Reservas Presupuestales y Presupuesto de la Vigencia.

6. El Ordenador del Gasto de cada contrato es el responsable de lograr la disminución del monto de pasivos exigibles de la entidad, con la liquidación de contratos que permita el pago de recursos pendientes o la liberación de los saldos no ejecutados.

7. En este caso, el Supervisor y/o Interventor, según el caso, y/o el jefe de la dependencia, - según aplique,- del contrato deberá remitir los soportes correspondientes a la DTGJ, para que verifiquen si existen demandas y/o solicitudes de conciliación prejudicial que pretendan la liquidación del contrato, con el objeto de establecer si hay interrupción del término de caducidad o se ha perdido definitivamente la competencia para liquidar. De no encontrarse en curso ningún mecanismo de control y/o conciliación prejudicial, el Supervisor y /o Interventor y/o el jefe de la dependencia - según aplique- del contrato debe elaborar informe que contenga las actuaciones adelantadas a la fecha y proceder a efectuar los trámites para sanear la contabilidad, con el fin de aclarar la situación de los recursos invertidos estableciendo los ejecutados y los pendientes de liberar. El informe y los soportes de las actuaciones, deberán incluirse en la carpeta legal y/o expediente contractual.

8. En caso de que la DTGJ confirme la existencia de la demanda que pretenda la liquidación judicial del contrato por solicitud del contratista, y se haya surtido el trámite de la notificación del auto admisorio de la demanda, la ocurrencia de ese hecho interrumpe el término de caducidad, por lo tanto es procedente la liberación de saldos y/o pasivos del contrato, toda vez que se pagará con cargo a otro rubro presupuestal denominado Sentencias Judiciales, según la normatividad vigente.

9. Si antes de que sea notificado el auto admisorio de la demanda se logra la liquidación, la dependencia a cargo del contrato deberá informar a la Dirección Técnica de Gestión Judicial- DTGJ, con el fin que no se dé continuidad con el trámite de la demanda.

10. No se podrán cancelar pasivos exigibles que correspondan a rentas específicas con cargo a otras fuentes de financiación. Estos recursos específicos deberán respaldar el compromiso presupuestalmente hasta su finalización.

11. Los registros presupuestales se anulan total o parcialmente a solicitud expresa del Ordenador del Gasto o quien éste delegue, cuando se presenten las siguientes situaciones:

 Por la liquidación de contratos.  Por la declaratoria de caducidad o cualquier otro acto administrativo que determine el no requerimiento de nuevos pagos con cargo a dicho compromiso.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 71 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-112 • 2025 • ENERO • 28 112 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 13.6.3 Contenido de la liquidación El acta de liquidación del contrato, así como el acto administrativo de liquidación deberán elaborarse en los formatos que para el efecto haya determinado la entidad, sin embargo deben por lo menos tener el siguiente contenido mínimo:

1. Datos básicos del contrato, incluyendo modificaciones, suspensiones, sanciones impuestas y demás.
2. Datos básicos del interventor, de existir.
3. Relación de los hechos importantes de la ejecución.
4. Estado material del contrato, en el que se indiquen ítems ejecutados y recibidos, ítems no previstos, alcance técnico de las actividades, mayores cantidades de obra, etc.
5. Balance financiero, facturas presentadas, pagos efectuados, constancias de inversión del anticipo o agotamiento del pago anticipado, reajustes, cumplimiento de cargas tributarias, descuento de sanciones o pagos a interventoría, etc. Verificación de cumplimiento de cada una de las obligaciones pactadas, dejando constancia de su estado de cumplimiento.
6. Declaraciones de las partes y salvedades (en el caso de la liquidación bilateral)
7. Reconocimientos económicos a que haya lugar, debidamente justificados desde los puntos de vista técnico, legal y económico.
8. Obligaciones post contractuales pendientes de cumplimiento tales como garantías, mantenimiento de indemnidad ante otras autoridades públicas o particulares.
9. Constancias que prestarán mérito ejecutivo.

13.7 SEGUIMIENTO POS CONTRACTUAL, CIERRE Y ARCHIVO DEL EXPEDIENTE Toda vez que existen obligaciones de naturaleza pos contractual, que superviven a la terminación y liquidación de los contratos, los ordenadores del gasto, supervisores e interventores continuarán desarrollando la vigilancia y seguimiento correspondiente, y procederán a efectuar el cierre del expediente del Proceso de Contratación, cuando venzan los términos de las garantías de calidad, estabilidad y/o mantenimiento, y/o cuando expiren los términos de las condiciones de disposición final o recuperación ambiental de las obras o bienes, en todo caso, incluso cuando no se haya efectuado la liquidación del contrato. En caso de haberse efectuado la liquidación, para proceder con el cierre del expediente del Proceso de Contratación, se debe verificar que se encuentren cumplidos los pendientes que se hayan establecido en la respectiva acta de liquidación, y que no exista ningún trámite administrativo o presupuestal pendiente. Al efectuar el cierre del expediente del Proceso de Contratación se dejará constancia del cumplimiento satisfactorio de las obligaciones pos contractuales, si las hubo, y se procederá a archivar el expediente. De no presentarse dicho cumplimiento se dejará la salvedad y se iniciarán las actuaciones administrativas y judiciales a que haya a lugar, encaminadas a hacer efectiva la garantía única o a que el contratista adopte las medidas de ajuste, corrección o superación de los incumplimientos relativos a la calidad de los bienes, obras o servicios. Para lo anterior, se empleará el formato correspondiente, previsto en el Sistema Integrado de Gestión.

13.8 RESTABLECIMIENTO DEL EQUILIBRIO ECONÓMICO DEL CONTRATO De acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 4 en sus numerales 3, 8 y 9 y los Artículos 5, 14 y 27 de la Ley 80 de 1993, en los contratos estatales se mantendrá la igualdad o equivalencia entre derechos y obligaciones surgidos al momento de proponer o de contratar, según el caso. Si dicha Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 72 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-113 • 2025 • ENERO • 28 113 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 igualdad o equivalencia se rompe por causas no imputables a quien resulte afectado, las partes adoptarán en el menor tiempo posible las medidas necesarias para su restablecimiento.

Procederá el restablecimiento económico del contrato cuando sea alterado el sinalágma funcional (correlación equivalencia en las prestaciones) pactado al inicio de la relación negocial bien sea por la expresión del poder soberano del Estado, capaz de afectar el vínculo jurídico a través de decisiones con relevancia jurídica, bien por la voluntad de la parte que dentro de la relación contractual ostenta posición de supremacía frente a su contratante, bien por situaciones imprevistas, imprevisibles e irresistibles que impactan la economía del contrato, o por hechos previsibles en cuanto a su ocurrencia, pero con efectos imprevistos e irresistibles no imputables a las partes.

De igual forma, se dispuso que los contratistas tendrán derecho a recibir oportunamente el pago pactado, para que el valor intrínseco del mismo no se altere o se modifique durante la vigencia del contrato.

En consecuencia, tendrán derecho, previa solicitud, a que la administración les restablezca el equilibrio de la ecuación económica del contrato, el cual consiste reconocer el monto hasta el punto de no pérdida por la ocurrencia de situaciones que deben cumplir con las siguientes condiciones de procedencia:

 Que se haya producido por acontecimientos que no sean imputables a la parte que reclama el restablecimiento.  Que el acontecimiento que altere las condiciones contractuales sea posterior a la presentación de la propuesta o a la celebración del contrato, según el caso. Los hechos alegados no podrán ser los riesgos analizados y distribuidos en la matriz que hace parte del contrato.  Que el acontecimiento constituya un riesgo mayor al que era posible determinar (álea extraordinaria).  Que el acontecimiento altere gravemente la economía del contrato haciéndolo más oneroso.

La ecuación económica del contrato podrá verse afectada por las siguientes causales específicas:

 Potestad Variandi o Ius Variandi: por actos o hechos de la administración contratante, cuando ésta hace uso de sus potestades excepcionales.  Hecho del Príncipe: por actos de la administración en uso de la potestad que goza como Estado, los cuales sólo serán aplicables a través “(…) de la teoría del hecho del príncipe cuando la norma general que tiene incidencia en el contrato es proferida por la Entidad contratante”  Teoría de la imprevisión y las Sujeciones materiales imprevistas: por fenómenos imprevisibles, ajenos a las partes, lo cuales pueden ser producto del hombre o la naturaleza, y que generen una alteración grave en la ejecución del contrato.

El restablecimiento del desequilibrio económico procede por la ocurrencia de los hechos enmarcados en cualquiera de estas causales, debidamente probados, siempre y cuando se demuestre, con un ejercicio financiero, el efecto negativo en la ecuación financiera del contrato. Para el restablecimiento, las partes podrán elevar acuerdos tales como la suspensión, adición, prórroga, contratos adicionales o modificaciones contractuales.

La dependencia ordenadora del gasto, con el apoyo de la Dirección Técnica del contrato, y previo concepto que emita sobre el particular el supervisor o interventor, según el caso, determinará en Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 73 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-114 • 2025 • ENERO • 28 114 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 cada caso concreto, la viabilidad del restablecimiento económico del contrato y su alcance, gestionando las modificaciones contractuales que correspondan y las apropiaciones presupuestales a que haya lugar.

14 INTERVENTORÍA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS MISIONALES 14.1 GENERALIDADES 14.1.1. Se entiende por ciclo de vida del proyecto, el conjunto de las diferentes etapas por las que debe pasar el proyecto, que se estipulan en la Ley 1682 de 2013 – Ley de Infraestructura. Las etapas principales que han sido definidas por el IDU para el ciclo de vida de sus proyectos misionales son: Factibilidad, Diseños (o Estudios y Diseños), Construcción y Conservación.

14.1.2. Los estudios correspondientes a la Factibilidad del proyecto comprenden: (I) la Idea y perfil, en la que se identifican las necesidades y se formula el proyecto; (ii) la Prefactibilidad (ingeniería conceptual), en la que se termina la viabilidad a partir de información secundaria; y, (iii) la factibilidad propiamente dicha (ingeniería básica), en la que se define si proyecto es factible para su ejecución.

14.1.3. A partir de la prefactibilidad se contemplan para el proyecto los componentes técnicos, ambiental, predial y de reasentamiento, social y arqueológico. Posteriormente, se describen las labores requeridas para determinar la gestión de riesgos, la evaluación ex ante y la estimación del presupuesto para la evaluación de las alternativas, con el fin de recomendar o seleccionar la más conveniente y a la cual se le realizarán los estudios de factibilidad. Con posterioridad a la factibilidad se adelanta el diseño (ingeniería de detalle) y la construcción del proyecto.

14.1.4. El IDU puede decidir tercerizar la totalidad o parte de la ejecución de una etapa, fase o componente de los proyectos. Es potestativo de la entidad estructurar Contratos que incluyan tanto actividades de consultoría como actividades de obra, en cuyo caso se debe considerar la conjunción de las obligaciones para ambos tipos de Contratos.

14.1.5. Para efectos del presente Manual, las etapas del ciclo de vida de los proyectos misionales de la entidad están conformadas conjuntos de actividades, de la siguiente manera:

ETAPA ACTIVIDADES FACTIBILIDAD

- Recopilación y análisis de la información.
- Ejecución
- Entrega de los productos de la finalización del ciclo de gestión
- Liquidación.

ESTUDIOS Y DISEÑOS

- Recopilación y análisis de la información.
- Ejecución
- Entrega de los productos de la finalización del ciclo de gestión
- Liquidación.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 74 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-115 • 2025 • ENERO • 28 115 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 ETAPA ACTIVIDADES CONSTRUCCIÓN

- Obras Iniciales y Gestiones Preliminares.
- Ejecución.
- Liquidación.

ETAPA ACTIVIDADES CONSERVACIÓN

- Gestiones Preliminares.
- Ejecución.
- Liquidación.

14.1.6. Para efectos del presente Manual, cada una de las fases de las diferentes etapas de los proyectos, en atención a sus características especiales, abarca los siguientes componentes: a. Técnico. b. Social. c. Ambiental, Forestal, Fauna Silvestre, Seguridad y Salud en el Trabajo, Maquinaria, Equipos y Vehículos y Sostenibilidad, Infraestructura verde y SUDS. d. Patrimonio e. Arqueológico f. Coordinación interinstitucional. g. Administrativo y financiero.

14.1.7. El Contratista tiene la responsabilidad de obtener toda la información relativa al proyecto necesaria para el cumplimiento del objeto contractual como se indica en el respectivo Contrato, de acuerdo con la normatividad sobre su alcance y el contenido general que se incluye en los documentos del proceso de selección.

14.1.8. Los productos que entregue el Contratista deberán ser coherentes e integrarse a toda la documentación antecedente que haya puesto en su conocimiento el IDU o que haya investigado para cumplir con las especificaciones técnicas y normas legales, reglamentarias y técnicas pertinentes. Con relación a los productos, el Contratista tiene obligaciones de resultado y debe garantizar la calidad de los productos que entregue y, para ello, debe realizar todas las actividades de recolección de información e investigación que considere necesarias.

14.2 ETAPAS DE LOS PROYECTOS 14.2.1. Factibilidad 14.2.1.1. Es la etapa donde se determina que el proyecto de infraestructura es realizable en tiempo y recursos, limitados y razonables. Para tal efecto, deben realizarse cada una de las siguientes evaluaciones básicas: técnica, ambiental, arqueológica, financiera, económica, social, predial e institucional (ESP, TIC y entidades públicas). La factibilidad de un proyecto debe cumplir con la aprobación o visto bueno en todas las viabilidades mencionadas. Si no se obtiene aprobación en alguna de las evaluaciones, el proyecto no se considera factible. 14.2.1.2. Las características que deben tener los productos (entregables) de los componentes de la etapa de factibilidad se encuentran establecidas en los Contratos respectivos (de Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 75 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-116 • 2025 • ENERO • 28 116 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 los cuales hacen parte los pliegos de condiciones) y en las Guías del IDU. 14.2.1.3. Los productos de la factibilidad deben ser entregados en medio digital por la Interventoría a la dependencia encargada de la Supervisión del Contrato, de acuerdo con lo establecido en la guía “Documentos entregables en formato digital” del IDU vigente. En caso de no contar con Interventoría, los productos deben ser entregados por el Contratista o consultor al Supervisor designado por el IDU. 14.2.1.4. El IDU contará con un término de treinta (30) días calendario, después de la radicación y previa aprobación del producto por parte del Interventor o Supervisor, según el caso, para pronunciarse sobre la factibilidad presentada, con el fin de determinar si se continúa con la etapa de diseño. 14.2.1.5. En caso de requerirse, el IDU podrá suspender los Contratos de consultoría y/o Interventoría del proyecto hasta por treinta (30) días calendario, para analizar y tomar la decisión para que el proyecto continúe a la Etapa de Diseño.

14.2.2. Diseño 14.2.2.1. La etapa de diseño tiene como objeto realizar para el IDU los diseños de detalle de todos los componentes del proyecto, de tal forma que el Contratista pueda materializar el proyecto. 14.2.2.2. En la etapa de diseño se elaboran todos los detalles de los elementos que integran el proyecto, con lo cual se concretan las dimensiones técnicas, de tiempo y de presupuesto. 14.2.2.3. Las características que deben tener los productos (entregables) de los componentes de la etapa de diseño se encuentran establecidas en los pliegos de condiciones y en las Guías del IDU vigente o la que haga sus veces. 14.2.2.4. Los productos que conforman el diseño deben ser entregados en medio digital por la Interventoría a la dependencia encargada de la Supervisión del Contrato, de acuerdo con lo establecido en la guía “Documentos entregables en formato digital” del IDU vigente. En caso de no contar con Interventoría, los productos deben ser entregados al IDU directamente por el consultor. 14.2.2.5. Los Estudios y Diseños que entrega el Contratista o consultor estarán cubiertos por una garantía técnica de calidad que estará vigente por el término mínimo de dos (2) años o el que determine el Contrato, contados a partir de su recibo a satisfacción, o hasta por el plazo de ejecución de las obras que se contraten con fundamento en éstos. 14.2.2.6. Cuando la obra se ejecute mediante Contratos que no supongan la transferencia de riesgos de diseño al constructor, la garantía de calidad sobre los Estudios y Diseños deberá cumplir con las siguientes obligaciones, además de las previstas en el ordenamiento jurídico vigente: 14.2.2.7. Deberá incluir la obligación de corrección, ajuste o complementación de los Estudios y Diseños cuando se encuentren en falencias o yerros durante la ejecución de las obras, en el plazo otorgado por la entidad. 14.2.2.8. Deberá incluir el acompañamiento técnico a la ejecución de las obras, con el fin de resolver inquietudes técnicas u orientar al constructor, al Interventor de obra o al IDU sobre el alcance de los Estudios y Diseños. Esto implica la asistencia a reuniones, la exposición del proyecto y la emisión de respuestas por escrito en un término no mayor a treinta (30) días hábiles. 14.2.2.9. Como parte de la garantía única de cumplimiento del respectivo Contrato, el amparo de calidad deberá extenderse por el período de esta garantía técnica o de calidad referida.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 76 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-117 • 2025 • ENERO • 28 117 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 14.2.2.10. El IDU podrá autorizar la modificación de los Estudios y Diseños, caso en el cual, el responsable de su modificación asumirá la responsabilidad derivada de los ajustes, rediseños, actualizaciones o complementaciones, en los términos previstos en el respectivo Contrato.

14.2.3. Construcción 14.2.3.1. En la etapa de construcción se realizan las inversiones necesarias para materializar el contenido de los Estudios y Diseños. Para la construcción, los Estudios y Diseños deberán encontrarse avalados o sin objeción en todos sus componentes, de las empresas de servicios públicos o de las autoridades distritales o nacionales, y deberán contar con los permisos, licencias y autorizaciones requeridos. 14.2.3.2. Los Contratos que prevean la transferencia de riesgo de diseño al constructor tendrán una Etapa de Preconstrucción, en la que el Contratista podrá; (i) Fundamentarse en los documentos técnicos que el IDU puso a disposición de los Proponentes durante la Licitación a título informativo, evento en el cual deberán, en todo caso, ir suscritos por los ingenieros o personas responsables del Contratista, (ii) Realizar la adaptación y/o modificación y/o complementación y/o ajuste y/o actualización de los documentos técnicos que el IDU puso a disposición de los Proponentes durante la Licitación a título informativo, evento en el cual deberán, en todo caso, ir suscritos por los ingenieros o personas responsables del Contratista, (iii) Elaborar estudios y diseños fundamentados en información técnica diferente a la puesta a disposición por el IDU a título informativo y, (iv) Efectuar con la combinación de cualquiera de los anteriores.

14.2.4. Conservación 14.2.4.1. En esta etapa se ejecutan las actividades orientadas a preservar la infraestructura para que ofrezca condiciones de uso aceptables, empleando los tratamientos necesarios con el fin de retardar su deterioro. La etapa de conservación comprende las actividades de mantenimiento rutinario, mantenimiento periódico, rehabilitación o reconstrucción. 14.2.4.2. Por regla general, todas las actividades de conservación programadas deben contar con un diagnóstico y/o diseño de alternativa de intervención previa. Sin embargo, las actividades de conservación pueden no contar con dicho diagnóstico y/o diseño, en cuyo caso las intervenciones deberán estar soportadas por la propuesta del especialista de geotecnia y/o pavimentos del Contratista y avalada por el especialista de geotecnia y/o pavimentos de la Interventoría.

14.2.5. Obligaciones para el cumplimiento del ciclo de gestión, aprobación, no objeción, aval de productos y concesión de permisos, autorizaciones o licencias en los contratos de consultoría que incluyan estudios y diseños 14.2.5.1. Para su recibo y aprobación, los productos del Contrato deberán cumplir el ciclo de gestiones que se detallan a continuación. 14.2.5.2. El Contratista debe armonizar los tiempos y trámites de cada gestión, incluyendo las autorizaciones frente ESP que se regirán de acuerdo con el esquema de Mesa de Decisión Técnica previsto en los convenios marco respectivos. 14.2.5.3. Los productos no se podrán recibir por parte del IDU si no se ha completado el ciclo de gestión sobre cada uno de ellos. Este ciclo puede desarrollarse en términos diferentes para cada producto desde el inicio del Contrato y hasta el plazo previsto en el cronograma del negocio jurídico para la entrega de los productos aprobados. Las Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 77 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-118 • 2025 • ENERO • 28 118 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 actividades necesarias para completar este ciclo deben incluirse en el cronograma de ejecución de la etapa con el fin de realizar el seguimiento respectivo por parte del Interventor o Supervisor, según el caso. 14.2.5.4. El valor y alcance del cumplimiento de las obligaciones previstas en el presente numeral, son de exclusiva responsabilidad del Contratista, de acuerdo con lo previsto en la Matriz de Riesgos.

14.2.6. Gestión de aprobaciones 14.2.6.1. Durante el plazo de ejecución del Contrato, el Contratista deberá gestionar la obtención de las aprobaciones o trámites correspondientes a los Estudios y Diseños que elabore. Los productos del Contrato serán aprobados por el Interventor o Supervisor, según el caso. 14.2.6.2. La Interventoría o Supervisión debe recibir y aprobar los productos verificando el cumplimiento de las normas técnicas y especificaciones vigentes a que haya lugar. 14.2.6.3. La Interventoría o Supervisión debe verificar si el Contratista ha llevado a cabo el trámite de avales o no objeciones ante las Empresas de Servicios Públicos y de autorizaciones, licencias, permisos o avales por las Entidades distritales y nacionales competentes. 14.2.6.4. Recibido cada producto del Contratista, la Interventoría o Supervisión contará con un plazo de diez (10) días hábiles para presentar al IDU el concepto de verificación y aprobación del producto o para efectuar el requerimiento de su modificación, caso en el cual el Contratista deberá realizar las modificaciones solicitadas en el plazo máximo de cinco (5) días hábiles. 14.2.6.5. La Interventoría o Supervisión contará con tres (3) días hábiles a partir del recibo de la modificación del producto, para presentar al IDU el concepto de verificación y aprobación correspondiente. En el cronograma de ejecución de la etapa deberán indicarse respectivos deberán indicarse las actividades de revisiones, devoluciones y correcciones ajustes o complementaciones, y los plazos correspondientes a cada una de ellas. 14.2.6.6. La aprobación de los Productos previstos en el Contrato por parte del Interventor o Supervisor en ningún caso se interpretará como una renuncia por parte del IDU de cualquiera de los derechos emanados del Contrato, ni eliminará ninguna de las responsabilidades del Contratista derivadas de éste y de las normas aplicables. 14.2.6.7. En caso de que el Supervisor del Contrato de Interventoría advierta errores o inconsistencias en las aprobaciones gestionadas, el Contratista deberá realizar las tareas tendientes a corregir dichos errores o inconsistencias y desplegar la gestión adecuada para las aprobaciones, si a ello hubiere lugar, sin perjuicio de que se inicien por parte de la entidad las acciones y procesos sancionatorios que fueren del caso. 14.2.6.8. El Contratista se obliga a cumplir las siguientes obligaciones específicas para la aprobación de los productos por parte de la Interventoría o Supervisión: 14.2.6.8.1. Presentar la complementación o actualización o ajustes necesarios de los Estudios y Diseños, de acuerdo con los requerimientos contractuales, cumpliendo con las especificaciones técnicas y normatividad vigente al momento de suscribir el Contrato, con las especificaciones técnicas. 14.2.6.8.2. Atender las observaciones presentadas por la Interventoría, las ESP y demás entidades competentes, realizar y presentar los ajustes pertinentes a la Interventoría. 14.2.6.8.3. Realizar los ajustes necesarios solicitados por parte de las ESP, entidades Distritales y nacionales competentes.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 78 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-119 • 2025 • ENERO • 28 119 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 14.2.6.8.4. Entregar a la Interventoría los planos de acuerdo con la guía para la presentación de productos en formato digital vigente del IDU. 14.2.6.8.5. Entregar el inventario de malla vial -en caso de proceder- y la digitalización de los resultados de ensayos de laboratorio, teniendo en cuenta la guía metodológica para la recolección de información y cargue de la base de datos del inventario de la malla vial, espacio público y puentes. 14.2.6.8.6. Hacer entrega de la información de los productos, resultado de la consultoría conforme a las normas de la ley de Archivo, el Manuales, Guías, Planes y Procedimientos vigentes de Gestión Documental del IDU y lo solicitado en los Pliegos de condiciones. 14.2.6.8.7. Suscribir el acta de competencias de pago con las Empresas de Servicios Públicos, una vez se cuente con los avales y/o aprobaciones a que haya lugar. 14.2.6.8.8. Entregar a la Interventoría la topografía para redes, de acuerdo con lo establecido por la EAAB. 14.2.6.8.9. Informar a la Interventoría y al IDU en el momento en que se tenga el diseño definitivo con el fin de ser incluido en el sistema de georreferenciación. 14.2.6.8.10. Cumplir con los lineamientos establecidos en la Guía “Coordinación IDU, ESP y TIC en proyectos de infraestructura de transporte” vigente durante la ejecución del Contrato o su documento equivalente. 14.2.6.8.11. Dentro del plazo contractualmente previsto para la entrega de los respectivos productos, el Interventor o Supervisor, según el caso, podrá requerir rediseños, ajustes, aclaraciones o modificaciones a los productos, otorgando un plazo razonable al Contratista para que los efectúe, sin que se exceda el plazo establecido para la entrega definitiva de los productos. Dicho plazo será establecido según lo previsto en el Contrato, por el Interventor o Supervisor.

14.2.7. Gestión de avales o no objeciones de empresas de servicios públicos 14.2.7.1. Durante el plazo de ejecución del Contrato, el Contratista deberá gestionar los avales o no objeciones correspondientes a los Estudios y Diseños que elabore, ante las diferentes empresas de servicios públicos, de conformidad con el esquema de Mesas de Decisión Técnica –o de Mesas Técnicas tratándose de la EAAB- previsto en los convenios suscritos entre el IDU y dichas empresas, o los procedimientos internos de dichas empresas. La Oficina de Coordinación Interinstitucional será la encargada de gestionar las mesas decisorias y de suscribir las actas de competencias de pagos correspondientes. Los productos se radicarán para el aval –o la no objeción tratándose de la EAAB- de las empresas de servicios públicos, según el convenio respectivo. En caso de que no existan convenios con el tercero, la gestión del Contratista se someterá a lo previsto en la Guía de Coordinación IDU, ESP y TIC, previa aprobación expedida por el Interventor o Supervisor. 14.2.7.2. Radicados los productos, será obligación del Contratista, por su cuenta y riesgo, efectuar las modificaciones, ajustes y actualizaciones que exijan dichas empresas, hasta obtener el aval correspondiente, dentro del plazo que le otorgue la Interventoría o Supervisión, sin que se exceda el plazo establecido para la entrega definitiva del mismo. 14.2.8. Gestión de autorizaciones, permisos o licencias por parte de autoridades administrativas 14.2.8.1. Durante el plazo de ejecución del Contrato o durante la etapa de Estudios y Diseños, el Contratista deberá gestionar la obtención de las autorizaciones, permisos o licencias correspondientes a los Estudios y Diseños que elabore, ante las diferentes entidades Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 79 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-120 • 2025 • ENERO • 28 120 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 nacionales y distritales. Lo anterior incluye la obligación que desde el inicio de ejecución del contrato el Contratista gestione la integración y funcionamiento de mesas de trabajo incluidas las Mesas de Decisión Técnica con las ESP y TIC -que serán gestionadas a través de la oficina de coordinación interinstitucional-, conozca las exigencias técnicas de dichas autoridades, así como los procedimientos y protocolos adoptados para surtir los trámites. 14.2.8.2. Los productos se radicarán para el trámite de autorización, licencia o permiso, previa aprobación expedida por el Interventor o Supervisor del Contrato con respecto a aquellos productos que lo requieran. Radicados los productos ante las autoridades, el Contratista deberá efectuar, por su cuenta y riesgo, las modificaciones, ajustes y actualizaciones que exijan dichas autoridades, hasta obtener la autorización, licencia o permiso correspondiente, sin que se exceda el plazo establecido para la entrega definitiva del mismo.

14.2.9. Oportunidad de las gestiones ante las empresas de servicios públicos y ante las diferentes autoridades.

14.2.9.1. El Contratista debe programar con anticipación en el PDT aprobado por la Interventoría o Supervisor, todos los trámites y actividades requeridos para obtener las aprobaciones, no objeción, avales, permisos, licencias o autorizaciones correspondientes, cumpliendo con los plazos máximos establecidos para la entrega de cada uno de los productos contratados. No se recibirán por parte del IDU los productos que no cuenten con todas las aprobaciones, no objeciones, avales, permisos, licencias y autorizaciones. 14.2.9.2. La no obtención de las aprobaciones, no objeciones, avales, autorizaciones, licencias o permisos en los tiempos previstos en el PDT, será considerada un presunto incumplimiento. Para determinarlo, el Interventor o Supervisor revisará las gestiones y trámites efectuados por el Contratista, quien deberá documentar todas las mesas de trabajo, mesas de decisiones técnicas –o de Mesas Técnicas tratándose de la EAAB-, radicaciones efectuadas y las respuestas y observaciones recibidas de las empresas de servicios públicos y de las entidades competentes. La falta de calidad en los productos radicados ante las ESP o autoridades nacionales o distritales o ante la Interventoría y la entrega de información incompleta o tardía se consideran presuntos incumplimientos. 14.2.9.3. El Interventor o Supervisor deberá efectuar seguimiento detallado a las gestiones relacionadas en el presente numeral. 14.2.9.4. Los trámites previstos en la Ley 1682 de 2013 frente a las empresas de servicios públicos se deben regir por los convenios marco suscritos con ESP y TIC y por la “Guía de Coordinación IDU ESP y TIC en proyectos de infraestructura de transporte” o documento vigente al momento del pago, para la armonización de los diseños con las ESP y entrega de producto definitivo.

14.3 OBLIGACIONES EN LOS CONTRATOS 14.5.1. Obligaciones Técnicas Transversales a Todas las Etapas del Contrato Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 80 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-121 • 2025 • ENERO • 28 121 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 14.4.1.1 Obligaciones para la realización de actividades de investigación y recolección de información para contratos de consultoría.

14.4.1.1.1. El Consultor debe obtener la información relativa al proyecto para el cumplimiento del objeto contractual como se indica en los documentos que conforman el Contrato. 14.4.1.1.2. Los productos que entregue el Contratista deberán ser coherentes e integrarse a toda la documentación antecedente que se haya puesto en su conocimiento el IDU o que haya investigado para cumplir con las especificaciones técnicas y con la normativa aplicable. El Consultor debe garantizar la calidad de los productos que entregue y, para ello, debe realizar todas las actividades de recolección de información e investigación que sean necesarias.

14.4.1.2 Obligaciones en materia ambiental (forestal, fauna silvestre, sostenibilidad, infraestructura verde y SUDS) y seguridad y salud en el trabajo (SST).

14.4.1.3.1. Dar cumplimiento a la normatividad A&SST vigente y los requerimientos que definan las autoridades componentes, entendiendo que el componente ambiental incluye los componentes forestal, fauna silvestre y Sostenibilidad, infraestructura verde y SUDS y el componente SST incluye el componente maquinaria, equipos y vehículos - MEV. 14.4.1.3.2. Diligenciar en su totalidad los formatos aplicables a la gestión A&SST publicados en la página Web del IDU https://www.idu.gov.co/page/documentacion-contractual) y los vigentes para cada AAC según corresponda, y adjuntar a los mismos, todos los documentos de soporte. La Interventoría o el IDU podrán en cualquier momento solicitar soportes adicionales para comprobar cualquier aspecto de la gestión A&SST. En caso de actualización, inclusión o exclusión de formatos publicados, el IDU será autónomo en decidir si debe o no realizarse este cambio y el Contratista se compromete a cumplir con lo dispuesto por la entidad. Si el IDU dispone de herramientas tecnológicas para el reporte de información, se deberá dar cumplimiento a las disposiciones que se establezcan para tal fin, cumpliendo con su uso en los casos que sean requeridos.

14.4.1.3 Obligaciones en materia social 14.3.1.3.1. Conocer y ejecutar las actividades de gestión social para el proyecto y levantar los registros y productos relacionados con su desarrollo de acuerdo con lo establecido en la Política de Gestión Social y Servicio a la Ciudadanía y la Guía de Gestión Social para el desarrollo urbano sostenible del IDU versión vigente, o el documento que haga sus veces.

14.3.1.3.2. Tener en cuenta las etapas previas que permitan implementar las metodologías y estrategias valorando el componente social y considerándolo para la toma de decisión frente a las alternativas, conforme a la guía de gestión social del IDU o el documento que haga sus veces. 14.3.1.3.3. Dar estricto cumplimiento a lo contenido en los siguientes documentos vigentes o los que hagan sus veces durante la ejecución del Contrato: 1) Manual de Atención al Ciudadano, 2) Manual de Derechos de Petición, 3) Instructivo de Clasificación de Requerimientos Ciudadanos, 4) Instructivo Sistema de Gestión de PQRS.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 81 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-122 • 2025 • ENERO • 28 122 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 14.4.1.4 Obligaciones de logística, materiales y equipo 14.3.1.4.1. El Contratista se obliga a suministrar, instalar, mantener y utilizar toda la logística, equipos y toda actividad o insumo de cualquier orden, necesarios para la ejecución de este Contrato, sea en forma temporal o permanente, hasta la fecha de terminación del mismo. 14.3.1.4.2. El Contratista deberá disponer de los vehículos u otros medios de transporte utilizados para la movilización del personal y equipos, y de contar con todos los permisos, autorizaciones, controles, dispositivos, medidas preventivas y requisitos exigidos por el Ministerio de Transporte y demás autoridades competentes. Cualquier falta en el objetivo del proyecto por este aspecto será responsabilidad exclusiva del Contratista. 14.3.1.4.3. El Contratista deberá disponer de la totalidad del software y demás bienes intangibles protegidos por normas de propiedad intelectual, debidamente licenciados, para la ejecución del Contrato. 14.3.1.4.4. La utilización de software no licenciado por parte del Contratista dará lugar a las Multas previstas en el Contrato, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal del Contratista dispuesta en la ley colombiana. En todo caso, el Contratista mantendrá indemne al IDU por cualquier reclamación relacionada con el uso de patentes, permisos o licencias y responderá frente a terceros por el uso de las mismas. 14.3.1.4.5. Los funcionarios autorizados del IDU, el Interventor y toda persona designada por ellos, deberán tener libre acceso a todos los lugares, equipos y sistemas utilizados para la ejecución del Contrato, y el Contratista deberá proporcionar todas las facilidades y toda la ayuda que corresponda para hacer efectivo dicho derecho de inspección y vigilancia. 14.3.1.4.6. Los equipos, elementos, insumos y materiales que utilice el Contratista, sus agentes y subcontratistas estarán bajo su entera responsabilidad durante todo el plazo de vigencia de este Contrato. Cualquier daño o perjuicio causado por los equipos, los elementos, los insumos o los materiales empleados por el Contratista a terceras personas, lo hará responsable frente a éstas y el Contratista mantendrá indemne al IDU por concepto de cualquier reclamación.

14.4.1.5 Obligaciones en materia de personal 14.3.1.5.1. Todo el personal profesional, técnico y administrativo necesario para el desarrollo del objeto del Contrato será vinculado y/o desvinculado por el Contratista, quien es el único responsable por la vinculación del personal y deberá cumplir con todas las normativas sobre la contratación de personal colombiano y extranjero, así como con las disposiciones aplicables a las diferentes profesiones.

14.4.1.6 Obligaciones relativas al personal mínimo 14.3.1.6.1. Tener aprobado el personal requerido para adelantar la actividad y/o fase correspondiente, en el momento establecido en el Manual de Interventoría y/o Supervisión y/o en el Contrato. Para lo anterior deberá entregar, a la Interventoría, la documentación requerida para verificar el cumplimiento puntual de la presente Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 82 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-123 • 2025 • ENERO • 28 123 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 obligación. 14.3.1.6.2. El Contratista deberá mantener el personal mínimo que cumpla con la formación académica, experiencia general, experiencia específica, y demás términos descritos en el Anexo sobre Información del Personal del Proyecto, de acuerdo con lo previsto en el Contrato y los documentos que lo integran. 14.3.1.6.3. El Contratista sólo podrá sustituir el personal mínimo, con la autorización previa, expresa y escrita del Interventor, cuando el IDU así lo solicite. El personal nuevo deberá cumplir con las condiciones previstas en el Anexo sobre Información del Personal del pliego de condiciones y demás documentos del Contrato. El personal que haya de reemplazarse no podrá retirarse del cumplimiento de sus actividades hasta tanto no inicie actividades su reemplazo. 14.3.1.6.4. El Contratista deberá garantizar la contratación del profesional en SST en la ejecución de todas las fases o etapas del Contrato, para la elaboración y seguimiento de los productos SST así como la debida gestión del componente. 14.3.1.6.5. El Contratista deberá vincular el personal mínimo exigido en el proceso; en caso de que el Contratista estime necesidades de personal adicional, los costos asociados serán asumidos por el Contratista. 14.3.1.6.6. El incumplimiento de la obligación de mantener el personal mínimo podrá generar el inicio de los procesos administrativos sancionatorios a que haya lugar.

14.4.1.7 Acreditación del personal mínimo 14.3.1.7.1. El Contratista deberá acreditar ante el Interventor que cuenta con el personal mínimo exigido y previamente aprobado de conformidad con lo establecido en el Contrato y los documentos que lo conforman. 14.3.1.7.2. Las hojas de vida de los profesionales que sean postulados para la ejecución de los contratos de consultoría/contratista e interventoría deberán ser conceptuadas por los apoyos a la supervisión del IDU de acuerdo al componente que correspondan. 14.3.1.7.3. Para la realización efectiva de los trabajos, todos los profesionales deberán contar con tarjeta profesional, licencia especial temporal o con el permiso temporal vigentes, según corresponda. 14.3.1.7.4. Si durante la ejecución del Contrato, se presenta el caso de modificaciones en la plantilla de personal ya aprobado por la Interventoría, el Contratista deberá allegar las hojas de vida correspondientes, para ser aprobadas por el Interventor dentro de los términos y condiciones contractuales. El personal que haya de reemplazarse no podrá retirarse del cumplimiento de sus actividades hasta tanto no inicie actividades su reemplazo. 14.3.1.7.5. El contratista e interventor son responsables de la verificación del personal requerido, su vinculación y reporte en los periodos de ejecución de actividades en el contrato, presentando los debidos soportes de acuerdo a los requerimientos establecidos en el anexo de personal.

14.4.1.8 Actuación del director del proyecto 14.3.1.7.6. El Director del Proyecto del Contratista aprobado por el IDU, deberá estar autorizado para actuar en su nombre y para decidir con el Interventor y/o Supervisor cualquier asunto relativo a la ejecución de este Contrato, de acuerdo con las Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 83 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-124 • 2025 • ENERO • 28 124 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 cláusulas aquí previstas.

14.4.1.9 Inexistencia de relación laboral entre el idu y el contratista o su personal 14.3.1.9.1. Los contratos misionales celebrados por el IDU son de naturaleza estatal y se encuentran regidos por la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007 y demás normas que las modifican y complementan, así como sus decretos reglamentarios. Por lo tanto, el Contratista los ejecutará con sus propios medios y con plena autonomía técnica y administrativa y el personal que vincule durante la ejecución del Contrato será de su libre escogencia, para lo cual deberá cumplir con todos los requisitos en el mismo Contrato y los documentos que lo conforman. 14.3.1.9.2. Entre el Contratista, el personal que éste contrate y el IDU no existirá vínculo laboral alguno. En consecuencia, el Contratista responderá de manera exclusiva por el pago de honorarios, salarios, prestaciones e indemnizaciones de carácter laboral y contractual a que haya lugar. Así mismo, el Contratista deberá verificar y/o cumplir con la afiliación de dicho personal al Sistema de Seguridad Social integral (salud, pensiones y riesgos profesionales) y a la Caja de Compensación Familiar, ICBF y SENA, cuando haya lugar, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 100 de 1993, sus decretos reglamentarios, el artículo 50 de la Ley 789 de 2000 si es persona jurídica y la Ley 828 de 2003 en caso de que sea persona natural y el artículo 23 de la Ley 1160 de 2007. 14.3.1.9.3. El IDU se exime del pago de cualquiera de las obligaciones previstas en el presente numeral, las cuales serán asumidas por el Contratista, quien expresamente exime al IDU de las mismas. 14.3.1.9.4. Lo previsto en este numeral se hará constar expresamente en los Contratos que celebre el Contratista con el personal que emplee para la ejecución del respectivo Contrato.

14.4.1.10 Subcontratos 14.3.1.9.5. El Contratista podrá subcontratar parcialmente la ejecución del Contrato con personas naturales o jurídicas que tengan la idoneidad y capacidad para desarrollar la actividad subcontratada. En estos casos, el Contratista continuará siendo el único responsable ante el IDU por el cumplimiento de las obligaciones del Contrato. El Contratista es el único responsable ante el IDU de la celebración de subcontratos. En todo caso, el IDU se reserva el derecho a solicitar al Contratista el cambio del subcontratista cuando, a su juicio, éste no cumpla con las condiciones mínimas necesarias para la ejecución de la labor subcontratadas.

14.4.1.11 Obligaciones de presentación del programa detallado de trabajo (pdt-cronograma)

14.3.1.9.6. Dentro de los plazos establecidos en el Manual de Interventoría y/o Supervisión de Contratos del IDU vigente durante la ejecución del Contrato, el Contratista deberá presentar al Interventor y al IDU el Plan Detallado de Trabajo (PDT- Cronograma) del Contrato que incluye la entrega de productos 14.3.1.9.7. El PDT-Cronograma debe presentarse por capítulos, subcapítulos, Ítems e igualmente, de manera detallada por actividades y/o subproductos, de manera que Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 84 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-125 • 2025 • ENERO • 28 125 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 permita dar cumplimiento a lo previsto en el respectivo Contrato y los documentos que lo conforman. 14.3.1.9.8. El PDT-Cronograma deberá contener como mínimo los elementos establecidos en la guía de entrega de productos del IDU de la fase que corresponda y que le apliquen al proyecto con la normatividad vigente. 14.3.1.9.9. El Interventor deberá formular las observaciones al PDT-Cronograma entregado por el Contratista, las cuales deberán ser atendidas por el Contratista dentro de los plazos establecidos en el Manual de Interventoría y/o Supervisión de Contratos del IDU vigente al momento de la suscripción de contrato del Contrato. 14.3.1.9.10. Si el Interventor o el IDU no formulan observaciones al PDT-Cronograma, dentro del término previsto, éste se entenderá aprobado. Lo anterior no obsta para que en cualquier momento de la ejecución del Contrato en que el IDU o el Interventor adviertan que el PDT no permite cumplir con las obligaciones previstas en el Contrato, puedan exigir al Contratista la corrección del PDT-Cronograma, el cual deberá ser corregido y entregado en un plazo máximo de dos (2) días hábiles contados desde el día siguiente al requerimiento del IDU y/o del Interventor. 14.3.1.9.11. El PDT-Cronograma debe incluir las actividades y productos de todas las áreas especificadas en los documentos del Contrato o de las obligaciones para su cumplimiento. 14.3.1.9.12. Las actividades y entregas definidas en el PDT- cronograma son de estricto cumplimiento en los tiempos establecidos. 14.3.1.9.13. El incumplimiento de cualquiera de los plazos o actividades previstos en el PDT- Cronograma en cualquier fase o etapa de ejecución del contrato así como en los porcentajes establecidos en los manuales de la entidad, dará lugar al inicio de los procedimientos administrativos sancionatorios a que haya lugar.

14.4.1.12 Obligaciones en relación con la entrega de información para la ejecución de informes 14.3.1.9.14. Entregar oportunamente a la Interventoría la información completa de todas las actividades derivadas del Contrato, requerida para la ejecución de los informes mensuales y finales, incluyendo memorias de cálculo, planos y demás documentos. 14.3.1.9.15. Informar oportunamente a la Interventoría en caso de requerir acompañamientos o conceptos técnicos.

14.4.1.13 Obligaciones en materia de bienes de interés cultural (bic)

14.3.1.9.16. Proteger y conservar los Bienes de Interés Cultural localizados en el área del proyecto, con base en la Estructura Integradora de Patrimonios que defina el Plan de Ordenamiento Territorial vigente. 14.3.1.9.17. Realizar la socialización e integración del proyecto, con la comunidad y propietarios de los Bienes de Interés Cultural. 14.3.1.9.18. El Contratista de obra deberá realizar, actualizar y gestionar los proyectos de intervención en los bienes de interés cultural, garantizando su protección y conservación en cumplimiento de las normas urbanas y patrimoniales. 14.3.1.9.19. Obtener las autorizaciones de intervención para los Bienes de Interés Cultural –BICasí como la respectiva licencia de construcción que sean necesarias, en los tiempos establecidos por el IDU, realizando la consecución de información y gestión ante las entidades competentes del patrimonio cultural del Distrito y la Nación, en los términos señalado en el Decreto 1077 de 2015, el Decreto 1080 de 2015, el Decreto Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 85 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-126 • 2025 • ENERO • 28 126 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 distrital 070 de 2015 y demás normas que regulan la materia. 14.3.1.9.20. Informar a las entidades de patrimonio cultural, nacional y distrital, la finalización de las obras con los respectivos soportes. 14.3.1.9.21. Garantizar la ejecución de las obras en los Bienes de Interés Cultural, actuando oportunamente en cuanto a las modificaciones que se requieran, garantizando que las obras en BIC no afecten el avance general de la obra urbana (puente peatonal, corredor, etc). 14.3.1.9.22. Dar cumplimiento a la normativa patrimonial contenida en el Decreto 1080 de 2015, en el Decreto distrital 070 de 2015 y demás normas que regulen la materia.

14.4.1.14 OBLIGACIONES EN MATERIA DE ARQUEOLOGÍA 14.3.1.9.23. Informar al supervisor del IDU de manera inmediata, cualquier situación que suponga la imposibilidad de cumplir con los resultados previstos en el contrato y proponer por escrito las modificaciones necesarias, para ser sometidas a la revisión y si hay lugar a ello, aprobación por parte del IDU. 14.3.1.9.24. Verificar y aprobar que la información remitida por el contratista esté acorde con los Términos de Referencia vigentes del ICANH, al igual que con el capítulo de arqueología del IDU 14.3.1.9.25. Revisar y aprobar los informes mensuales, semestrales y finales del componente de Arqueología presentados por el consultor y/o contratista y radicarlos ante la entidad. 14.3.1.9.26. Presentar informes mensuales de las actividades de interventoría y radicarlos ante la entidad. 14.3.1.9.27. Asistir a recorridos en campo para verificar el cumplimiento de las obligaciones del componente de Arqueología por parte del contratista de conformidad con la información aprobada en los informes mensuales, semestrales y finales 14.3.1.9.28. Asistir a los comités de seguimiento del contrato. 14.3.1.9.29. Asistir a las mesas de trabajo y reuniones citadas por el componente de Arqueología del IDU. 14.3.1.9.30. Elaborar y remitir las actas de las mesas de trabajo y los recorridos en campo del componente. 14.4.1.15 Obligaciones en materia de vinculación de población vulnerable 14.3.1.9.31. El Contratista deberá vincular el recurso humano proveniente de la población vulnerable en los porcentajes previsto en la Directiva 001 de 2011 de la Alcaldía Mayor de Bogotá y de acuerdo con el análisis previsto en los estudios previos y la oferta del propio Contratista. 14.3.1.9.32. El Contratista deberá seleccionar personas que cumplan con el perfil solicitado y que se encuentren registradas en la base de datos de la población beneficiaria que administra la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico. De no existir el perfil solicitado, el Contratista deberá certificar que realizó la consulta 14.3.1.9.33. El Contratista deberá presentar al IDU, con aval de la Interventoría, los contratos que acrediten la vinculación del personal de nivel operativo proveniente de la población vulnerable. 14.3.1.9.34. En términos generales, el Contratista deberá cumplir con la provisión de bienes o servicios por parte de población en pobreza extrema, desplazados por la violencia, personas en proceso de reintegración o reincorporación y sujetos de especial protección constitucional, garantizando las condiciones de calidad y sin perjuicio de los Acuerdos Comerciales vigentes en los términos del artículo 2.2.1.2.4.2.16 del Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 86 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-127 • 2025 • ENERO • 28 127 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Decreto 1082 de 2015.

14.4.1.16 OBLIGACIONES EN MATERIA DE PARTICIPACIÓN DE MUJERES EN LA CONTRATACIÓN 14.3.1.9.35. Vincular y mantener un mínimo de mujeres para la ejecución del Contrato, de conformidad con los porcentajes establecidos en el Decreto 332 de 2020 y la Circular 013 de 2021 expedida por la Secretaría Distrital de la Mujer o las normas que las modifiquen, complementen o sustituyan, garantizando que la vinculación se realizará con plena observancia de las normas laborales o contractuales aplicables. El Contratista deberá adjuntar en el informe mensual correspondiente, manifestación bajo juramento del representante legal y del revisor fiscal sobre la contratación de las mujeres durante el periodo de ejecución del contrato en los porcentajes previstos. Para el cumplimiento de esta obligación se respetará en todo momento la autodeterminación y el autorreconocimiento de género de las personas. El documento de identidad ciudadana no será exigido como elemento para comprobar la identidad de género de las personas. 14.3.1.9.36. El Contratista deberá implementar herramientas para prevenir el abuso y el acoso sexual y promover su denuncia y de las demás violencias basadas en género en el marco de la ejecución del Contrato y hacer un uso no sexista del lenguaje escrito, visual y audiovisual, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo Distrital 381 de 2009. 14.3.1.9.37. El Contratista deberá garantizar el registro de las mujeres que potencialmente serán contratadas en cumplimiento del artículo 3° del Decreto Distrital 332 de 2020, en la plataforma de información que disponga la Agencia Pública de Empleo del Distrito “Bogotá Trabaja”, con el fin de identificar barreras de empleo de las beneficiarias, y realizar su respectivo perfilamiento laboral.

14.4.2 Obligaciones especiales por tipologías y esquemas contractuales 14.3.2.1. Las obligaciones especiales para los Contratos de Consultoría y los Contratos de Obra en sus distintos esquemas, así como para la Interventoría sobre dichos Contratos o la Supervisión sobre los mismos se encuentran contenidas en los anexos respectivos que hacen parte del presente Manual. 14.3.2.2. Las obligaciones especiales para los Contratos de Consultoría y los Contratos de Obra así como aquellas correspondientes a la Interventoría sobre dichos Contratos o la Supervisión sobre los mismos en los términos previstos en el presente Manual incluyendo sus anexos, resultarán aplicables a los contratos mixtos en lo que corresponda en atención al contenido de la respectiva obligación.

15 REGLAS ESPECIALES PARA INTERVENTORÍA Y SUPERVISIÓN DE CONTRATOS NO MISIONALES En el presente capítulo se relacionan las normas especiales para el ejercicio de la supervisión o interventoría, según el caso, de los contratos no misionales. En todos los aspectos no regulados aquí se aplicarán las orientaciones generales ya analizadas.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 87 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-128 • 2025 • ENERO • 28 128 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 15.1 INICIO DE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL El supervisor y/o el interventor, según el caso, con el fin de iniciar el proceso de vigilancia de la ejecución contractual deberán elaborar un plan de supervisión o interventoría, según el caso, para lo cual tendrán como insumo mínimo la siguiente documentación:

NOMBRE DEL DOCUMENTO PUNTOS DE CONTROL ETAPA DEL CONTRATO Consulte el expediente virtual del contrato identificando que se encuentre completa la documentación necesaria en la fase previa al contrato, para adelantar la supervisión y/o interventoría.

Lea cuidadosamente cada uno de INICIO DEL PROCESO DE SUPERVISION Y/O INTERVENTORIA estos documentos, en especial lo referente a las obligaciones del contratista.

Identifique si el contratista ofrece personal, maquinaria u otros elementos y requisitos previos al inicio, y valide que son efectivamente suministrados acorde con lo ofrecido y pactado.

- Designación de la supervisión por el ordenador del gasto.
- Pliego de condiciones y sus adendas, documentos de aclaraciones y anexos
- Contrato.
- Apéndices.
- Propuesta presentada por el contratista.
- Resolución de adjudicación.
- Documento de Estudio de Evaluación.
- Estudios y documentos previos del proceso de selección.
- Garantías contractuales aprobadas*
- Manuales técnicos y/o de usuario.
- Manuales, Instructivos y/o documentación interna que aplique según SIG.
- Plan de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo.
- Plan de manejo ambiental* y,
- Demás documentos solicitados en los estudios previos para suscribir acta de inicio

* Cuando se especifique la exigencia de este documento en el contrato.

Con los anteriores documentos el supervisor o el interventor, según el caso, podrán elaborar una “Matriz de Obligaciones”, donde se listarán todas aquellas que estén contenidas en los documentos contractuales para utilizarla en lo sucesivo como una ayuda de memoria.

En el plan de supervisión o interventoría, según el caso, se deben programar las actividades específicas y rutinarias que deben desarrollar el supervisor y/o el interventor, según el caso, indicando plazos, responsables y medios a utilizar. El supervisor y/o el interventor, según el caso, deberán establecer mecanismos ágiles y eficientes para el desarrollo de la supervisión o interventoría, según el caso, a cargo.

Igualmente, de considerarlo pertinente, se programarán las fechas de entrega de los informes de avance y final del contrato, las reuniones que se consideren oportunas para la correcta ejecución del contrato y las fechas de pago conforme con lo que estipula el contrato.

Los documentos se deben recibir, producir y organizar cumpliendo directrices institucionales en materia de gestión documental, por lo que se seguirán los procedimientos establecidos.

Una vez definido el plan de supervisión o interventoría, según el caso, se debe realizar una reunión con el contratista, para socializar el cronograma de actividades, aclarar las dudas y resolver las inquietudes respectivas.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 88 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-129 • 2025 • ENERO • 28 129 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Se exceptúan de la obligación de elaborar un plan de supervisión, los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, así como los contratos de asesoría externa especializada, como quiera que éstos responden a las necesidades permanentes de apoyo y asesoría que en muchos casos es imposible de prever para satisfacer las necesidades administrativas que se presentan a diario y que son inherentes al objeto de los respectivos contratos de apoyo o de asesoría.

15.2 EJECUCIÓN DEL CONTRATO Para el seguimiento y control de los contratos no misionales se establecen las siguientes disposiciones especiales. Las situaciones que se presenten en ejecución de estos contratos serán resueltas de acuerdo a lo dispuesto en el presente manual, salvo que en este numeral se establezca diferenciación en trato y gestión.

15.2.1 Informes Una vez se suscriba el acta de inicio, el supervisor o la interventoría, según el caso, deben exigir al contratista los informes parciales y/o de avance de la ejecución, de conformidad con lo pactado en el contrato y lo establecido en el plan de supervisión o interventoría, según el caso.

Cada informe debe ser entregado con la periodicidad acordada y debe contener la información veraz del avance del contrato. Este informe deberá ser avalado por el supervisor y/o la interventoría, según el caso, mediante el recibido a satisfacción. Los informes deben contemplar, como mínimo, los siguientes aspectos:

1. Datos generales del contrato.
2. Una relación detallada sobre el cumplimiento de las obligaciones a cargo del contratista en sus componentes administrativo, técnico, financiero, legal y conclusiones.

El contratista deberá radicar el informe de ejecución, de acuerdo con los procedimientos establecidos para pago a terceros.

15.2.2 Seguimiento a obligaciones En caso de que otras dependencias del Instituto tengan relación con la ejecución del contrato, se coordinará con ellas para que cumplan con las obligaciones a tiempo, con base en el plan de supervisión o interventoría, según el caso.

De ser necesario, el supervisor o el interventor, según corresponda, realizarán reuniones de seguimiento a las cuales podrán invitar a las personas que consideren pertinente con el fin de garantizar la correcta ejecución del contrato. De cada reunión se debe levantar un acta, con numeración consecutiva, en la cual se identifiquen los compromisos y seguimientos a que haya lugar. El acta se debe transferir al expediente del contrato mediante la planilla de entrega de documentos para digitalizar en el sistema CONECTA, indicando el número del expediente virtual.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 89 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-130 • 2025 • ENERO • 28 130 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Se debe verificar que el contratista haya suministrado y mantenga el personal o equipo ofrecido, con las condiciones e idoneidad pactadas contractualmente, y exigir su reemplazo cuando fuere necesario.

15.2.3 Comunicación supervisor/interventor – contratista El supervisor o el interventor, según el caso, deben establecer un conducto regular para atender consultas del contratista, de manera que sea ágil la solución y búsqueda conjunta y acorde al contrato de soluciones que no interfieran con la correcta ejecución del mismo. Por tanto, atenderán, tramitarán y/o resolverán toda consulta que eleve el contratista, recordando que el numeral 16 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993 establece el silencio administrativo positivo en caso de que la entidad estatal no se pronuncie dentro de los tres (3) meses siguientes a las solicitudes presentadas por el contratista.

15.2.4 Control de equipos y/o personal del contratista En el evento que el contratista deba suministrar personal, el supervisor o la interventoría, según el caso, revisarán las hojas de vida1113 presentadas y los documentos que soportan la idoneidad y experiencia requerida para el mismo, con el fin de verificar que se cumpla con lo establecido en el Pliego de Condiciones, sus capítulos y anexos o en el de la invitación pública y sus anexos cuando se trate de procesos de mínima cuantía.

El personal asignado al contrato debe estar plenamente identificado a través del carné de la empresa contratista, el cual deberá contener como mínimo: fotografía, nombre, cargo y demás datos necesarios para su plena identificación. El supervisor o el interventor, según el caso, elaborarán una lista completa y actualizada de las personas que prestarán el servicio, las cuales deberán cumplir con los procedimientos de seguridad establecidos para su ingreso y/o salida.

Si el contratista debe suministrar maquinaria, vehículos y/o equipos para el desarrollo del objeto contractual, el supervisor o el interventor, según el caso, revisarán las fichas técnicas de los equipos verificando que se ajustan a las exigencias técnicas establecidas en el Pliego de Condiciones, sus capítulos y sus anexos o en el de la Invitación pública y sus anexos cuando se trate de procesos de mínima cuantía.

15.2.5 Control de correspondencia y documentación dentro de la ejecución contractual El supervisor o el interventor, según el caso, deben llevar un estricto control sobre la correspondencia que se origine en la ejecución contractual, y contestar de manera oportuna las solicitudes presentadas. El supervisor en cuanto reciba una comunicación debe incluirla en el expediente virtual del contrato en el sistema de correspondencia interno del IDU o en la aplicación de correspondencia digital que se encuentre activa, y velar por que la respuesta sea ágil y efectiva.

11 Las Hojas de vida de los profesionales que sean postulados bien sea como contratista/ consultor o interventor para alguno de los componentes que forman parte del equipo A&SST, deberán ser revisadas por los profesionales de los mismos componentes en la interventoría o en la Entidad según corresponda.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 90 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-131 • 2025 • ENERO • 28 131 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 El supervisor deberá velar por la correcta custodia y envío al archivo central de los documentos producto de la ejecución y liquidación del contrato, con el objeto de que estos reposen en la carpeta correspondiente y sean digitalizados en el expediente virtual.

15.3 ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS EN LA SUPERVISIÓN Y/O INTERVENTORÍA CONTRACTUAL El supervisor o el interventor, según el caso, deben desarrollar un estricto control al plan o cronograma de ejecución del contrato y gestionar, junto con el ordenador del gasto, las medidas necesarias para la superación de dificultades e inconvenientes en la ejecución del contrato, pudiendo suscribir actas con el contratista, que no impliquen la modificación del contrato, en las que se establezcan acciones correctivas a cargo del contratista. De no ser eficaces dichas acciones deberán iniciar el procedimiento de declaración de incumplimiento del contrato, en los términos señalados en el presente manual y en la normatividad vigente.

15.4 ACTIVIDADES FINANCIERAS EN LA SUPERVISIÓN Y/O INTERVENTORÍA CONTRACTUAL Corresponden a las acciones de observación, verificación y registro, dirigidas a asegurar una adecuada ejecución presupuestal del contrato y el cumplimiento de obligaciones relacionadas con el trámite de pagos y desembolsos presentados por el contratista.

A continuación se enumeran las actividades financieras y presupuestales que el supervisor o la interventoría, según el caso, deben realizar y verificar como mínimo:

1. Verificar que el contrato y/o sus adiciones estén debidamente soportados con los recursos presupuestales requeridos.
2. Revisar y tramitar ante la dependencia del Instituto que corresponda, el pago al contratista y llevar el control financiero actualizándolo con los pagos, ajustes y deducciones efectuadas, con el fin de evitar que la ejecución sobrepase el presupuesto asignado.
3. Tramitar las solicitudes de pago que corresponda.
4. Verificar que los compromisos contractuales exigibles para la fecha de pago se hayan cumplido, para lo cual emitirán el respectivo recibo a satisfacción.
5. Verificar que en el PAC se programen los pagos, de acuerdo con lo establecido en el contrato.
6. Verificar que la factura se encuentre debidamente diligenciada, conforme a los requisitos establecidos en el artículo 617 del Estatuto Tributario o el que haga sus veces.
7. Verificar que la certificación por medio de la cual el contratista acredite que se encuentra al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios del Sena, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, corresponda al formato IDU vigente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, sin perjuicio de verificar dicha obligación contra los recibos de pago respectivos.

8. Verificar todos los demás documentos requeridos por el Instituto en la guía de pago a terceros, o los documentos que los modifiquen o sustituyan.
9. Gestionar el pago del contratista, acatando los procedimientos e instancias de control previstos por el IDU, con el fin de prevenir la generación de intereses y de mantener la ecuación financiera del contrato
10. Para el último pago de los contratos que deban liquidarse, se requerirá el acta suscrita por el contratista, el interventor o supervisor del contrato y el ordenador del gasto. De no llevarse a

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 91 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-132 • 2025 • ENERO • 28 132 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 cabo la liquidación por mutuo acuerdo del contrato, se deberá dar aplicación a lo señalado en el presente manual para gestionar la liquidación unilateral o judicial del contrato.

Como herramienta complementaria, que permita establecer los saldos del contrato, el supervisor solicitará al equipo financiero, de acuerdo con la frecuencia de pagos, estados de cuenta que permitan conciliar dichos saldos.

15.5 ACTIVIDADES LEGALES DE LA SUPERVISIÓN Y/O INTERVENTORÍA CONTRACTUAL Son aquellas actividades dirigidas a asegurar que la ejecución de los contratos se sujete en cualquiera de sus fases a lo previsto en el respectivo contrato y el ordenamiento jurídico.

El supervisor o el interventor, según el caso, estarán atentos a realizar las acciones del componente legal que se enuncian a continuación:

1. Una vez suscrito el contrato y/o sus modificaciones, verificar y exigir que se otorguen las garantías y se mantengan vigentes.
2. Solo hasta que las garantías estén debidamente aprobadas por la DTGC, suscribir el acta de inicio y/o continuar con la ejecución del contrato.

Adicionalmente, en desarrollo de los derechos, deberes y de los medios que pueden utilizar las entidades estatales para el cumplimiento del objeto contractual, se deberán adelantar las siguientes acciones:

 Exigir en todo momento al contratista la ejecución idónea y oportuna del objeto contratado y en caso de incumplimiento iniciar los procedimientos sancionatorios respectivos.  En caso de haberse impuesto multa al contratista, adelantar las gestiones necesarias, ante la dependencia del Instituto que corresponda, para el reconocimiento y cobro de las sanciones pecuniarias y garantías a que hubiere lugar.  Solicitar la actualización o la revisión de los precios cuando se produzcan fenómenos que alteren en su contra el equilibrio económico o financiero del contrato.  Adelantar revisiones periódicas de las obras ejecutadas, servicios prestados o bienes suministrados, para verificar que ellos cumplan con las condiciones de calidad ofrecidas por los contratistas, y promover las acciones de responsabilidad contra éstos y sus garantes, cuando dichas condiciones no se cumplan.  Solicitar modificaciones a los contratos cuando se requiera, cumpliendo lo estipulado en el Manual de Gestión Contractual o el que haga sus veces.  Exigir que la calidad de los bienes y servicios adquiridos por las entidades estatales se ajuste a los requisitos mínimos previstos en las normas técnicas obligatorias, sin perjuicio de la facultad de exigir que tales bienes o servicios cumplan con las normas técnicas colombianas o, en su defecto, con normas internacionales elaboradas por organismos reconocidos a nivel mundial o con normas extranjeras aceptadas en los acuerdos internacionales suscritos por Colombia.  Adoptar las medidas necesarias para mantener durante el desarrollo y ejecución del contrato las condiciones técnicas, económicas y financieras existentes al momento de proponer en los casos en que se hubiere realizado licitación o concurso, o de contratar en los casos de contratación directa. Para ello utilizarán los mecanismos de ajuste y revisión de precios, acudirán a los procedimientos de revisión y corrección de tales mecanismos si fracasan los Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 92 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-133 • 2025 • ENERO • 28 133 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 supuestos o hipótesis para la ejecución y pactarán intereses moratorios, en el marco de la política que para el tema ha adoptado el IDU.  Actuar de tal modo que por causas imputables a la supervisión o interventoría, según el caso, no sobrevenga una mayor onerosidad en el cumplimiento de las obligaciones a cargo del contratista. Con este fin, en el menor tiempo posible, corregirán los desajustes que pudieren presentarse y acordarán los mecanismos y procedimientos pertinentes para precaver o solucionar rápida y eficazmente las diferencias o situaciones litigiosas que llegaren a presentarse.

15.5.1 Cumplimiento de las obligaciones laborales En aquellos contratos donde se requiera de recurso humano vinculado por el contratista, al momento de liquidar el contrato el supervisor o el interventor, según el caso, deberán verificar y dejar constancia del cumplimiento de las obligaciones del contratista durante la vigencia del contrato, para lo cual deberán establecer una correcta relación entre el monto cancelado y las sumas que debieron haber sido cotizadas. En el evento en que no se hubieren realizado totalmente los aportes correspondientes por parte del contratista, el ordenador del gasto adoptará las medidas que sobre el particular ordene la legislación vigente.

15.5.2 Cargue del aplicativo SIAC Teniendo en cuenta la obligación de mantener actualizado el Sistema de Información de Acompañamiento Contractual SIAC, supervisor ingresará la información técnica pertinente, con el fin de garantizar que la información que reposa en el sistema corresponde a la situación real del contrato.

15.6 ACTIVIDADES TÉCNICAS DE LA SUPERVISIÓN Y/O INTERVENTORIA CONTRACTUAL El supervisor o el interventor, según el caso, debe controlar, inspeccionar y verificar permanentemente la calidad de la obra, bien o del servicio prestado, verificando que se realicen de acuerdo con las especificaciones técnicas exigidas en el contrato y los documentos precontractuales o en su defecto, los exigidos por las normas técnicas obligatorias, y certificar el recibo a satisfacción.

Las siguientes son entre otras, algunas de las actividades técnicas a realizar en el ejercicio de la labor de supervisión o interventoría, según el caso:

1. Velar porque el contratista cumpla en todo momento, las normas, especificaciones, procedimientos, lineamientos técnicos, manuales operativos y demás normas técnicas exigibles para las obras, bienes o servicios contratados.

2. Verificar las entregas parciales y finales de las obras, bienes o servicios, de conformidad con los plazos establecidos en el contrato, dejando la constancia y justificación escrita respectiva.

3. Atender y resolver toda consulta técnica sobre la interpretación correcta de las especificaciones, procedimientos, lineamientos técnicos, manuales operativos y demás

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 93 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-134 • 2025 • ENERO • 28 134 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 normas técnicas.
4. Exigir los informes a que esté obligado el contratista.
5. Estudiar, evaluar y proponer estrategias que permitan responder de manera oportuna a fallas que se evidencien en desarrollo de la supervisión.
6. Es indispensable que el supervisor informe a quien lo designó o a sus superiores jerárquicos, los problemas u obstáculos que se puedan presentar en desarrollo de la ejecución contractual y que no puedan ser solucionados directamente por el supervisor.
7. Informar oportunamente a las instancias correspondientes, los riesgos identificados en desarrollo de los contratos.
8. Exigir que los compromisos contractuales sean ejecutados dando protección al medio ambiente y cumpliendo con todas las normas sobre manejo del impacto ambiental establecidas en los documentos del contrato.
9. Estudiar y decidir los requerimientos de carácter técnico que no impliquen modificaciones al contrato. En caso de requerir modificaciones, justificar y solicitar los ajustes a los contratos, aportando la documentación requerida para el efecto.
10. Proyectar respuesta a las comunicaciones que se generen durante la ejecución del contrato, provenientes de la ciudadanía, veedurías o instituciones, y generar mecanismos que faciliten la recepción y trámites de estas.
11. Gestionar la liquidación del contrato en los términos y plazos legales y aplicando los procedimientos ya previstos en el presente manual.
12. Efectuar seguimiento a las obligaciones pos contractuales hasta el cierre del expediente.

16 DOCUMENTOS DE REFERENCIA Los documentos tales como manuales, guías, formatos y demás del Sistema Integrado de Gestión pueden ser consultados en la página Web del Instituto www.idu.gov.co y sus versiones vigentes deben ser tomadas como referencia para la ejecución y seguimiento a los proyectos de Infraestructura de los Sistemas de Movilidad y Espacio Público del Distrito Capital.

17 REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS - JIMÉNEZ MORIONES, Manuel Fulgencio. Interventoría de proyectos públicos. 1ª Edición. Bogotá D.C.: Editorial Universidad Nacional de Colombia UNIBIBLOS, 2007. 189p. - VARGAS CANTOR, Édgar Fernando. Interventoría de obras públicas. 2ª Edición. Bogotá D.C.: Grupo editorial Ibáñez, 2008. 262p. - SÁNCHEZ HENAO, Julio César. Interventoría de proyectos y obras. 1ª Edición. Bogotá D.C.: Editorial Universidad Nacional de Colombia, 2010. 183p.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 94 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-135 • 2025 • ENERO • 28 135 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 ANEXO 1. CONTENIDO DE INFORMES DE SEGUIMIENTO A CONTRATOS MISIONALES DE CONSULTORÍA A. INFORMES DE SEGUIMIENTO A CONTRATOS MISIONALES DE CONSULTORÍA I.Informe Mensual de la Interventoría o Supervisión a los Contratos de Consultoría Contenido del Informe Mensual de la Interventoría o Supervisión a los Contratos de Consultoría

1. GENERALIDADES

1. Metas físicas. Determinar cantidad de obra de redes de servicios públicos domiciliarios, discriminando las que sean a cargo del IDU y las que correspondan a las ESP.
2. Objetivos generales y específicos.

2. INFORMACIÓN LEGAL

1. Fecha de suscripción del Contrato, fecha de suscripción del Acta de Inicio, fecha de terminación del Contrato.
2. Plazo del contrato, prórrogas, suspensiones, ampliaciones de suspensión y reiniciación en las diferentes Fases del Contrato.
3. Valor del Contrato, adiciones y modificaciones.
4. Sanciones y acciones judiciales o actuaciones administrativas sancionatorias en curso.
5. Garantías, modificaciones y vigencia.
6. Copia de las actas suscritas durante el período y sus soportes.
7. Convenios asociados.

3. INFORMACIÓN FINANCIERA
1. Estado Financiero de la ejecución contractual.
2. Número de los certificados de disponibilidad presupuestal (CDP).
3. Número de los registros y reservas presupuestales (CRP).
4. Relación de actas de pago y órdenes de pago.
5. Costos de investigación y diagnóstico de redes. Ejecución de recursos para redes discriminando costos con cargo al IDU y con cargo a cada ESP. Adjuntar soportes.

4. INFORMACIÓN TÉCNICA
1. Relación del personal de la consultoría.
2. Principales actividades desarrolladas por el personal de la consultoría de cada disciplina.
3. Gestión realizada con cada una de las empresas y entidades que intervengan en el proyecto, incluyendo actividades relacionadas en los convenios marco con ESP, solicitud de información técnica, concertación de cronogramas, avance de investigación y elaboración de diseños en mesas de decisión técnica.
Identificación de tareas pendientes y alertas tempranas.
4. Problemas técnicos y soluciones planteadas, incluyendo aspectos relacionados con redes de servicios públicos domiciliarios.
5. Productos entregados.
6. Relación del estado y soportes de los productos entregados.
7. Registro fotográfico georreferenciado de actividades de campo.
8. Programación de la consultoría.
9. Adjuntar los certificados vigentes de calibración o ajuste de los equipos de inspección, medición y ensayo utilizados. Cuando sea aplicable, los certificados de calibración deben ser expedidos por un organismo de acreditación.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 95 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-136 • 2025 • ENERO • 28 136 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11

10. Reporte de producto no conforme, incluyendo los ítems de pago que presentaron no conformidades en el período, la fecha de identificación, la descripción de la no conformidad y breve descripción de la acción a tomar. Descripción del seguimiento a las acciones tomadas para el tratamiento de no conformes en periodos anteriores.
11. Reporte para la actualización de los estudios, factibilidad, diagnósticos, diseños e intervenciones realizadas en la infraestructura vial de la ciudad, según formato IDU vigente.
5. INFORMACIÓN SOCIAL
1. Informe mensual de la consultoría aprobado por la interventoría.
2. Seguimiento al plan de acción de Interventoría y al plan de diálogo ciudadano y comunicación estratégica (metodología y cronograma) del consultor presentado al inicio del Contrato, con la descripción de las actividades realizadas en el período del informe. Debe incluir copia de los anexos referentes a la gestión del consultor e interventoría requeridos en el contrato.
3. Seguimiento a la entrega de los productos del componente social definidos en los documentos que conforman el Contrato.
4. Seguimiento a los indicadores de cumplimiento del Contrato, formulados en el plan de acción.
5. Presentar el reporte del aplicativo Bachué del período correspondiente al informe para los módulos de PQRS y tirilla de acuerdo con las actividades ejecutadas por la Consultoría y aprobadas por la Interventoría.
6. Conclusiones, recomendaciones y acciones de mejora.

6. INFORMACIÓN AMBIENTAL (Forestal, Fauna Silvestre y Sostenibilidad, infraestructura verde y SUDS) , SST, ARQUEOLOGÍA Y PATRIMONIO

1. El contenido de los informes mensuales Ambiental y SST corresponderá a lo estipulado en los formatos aplicables vigentes y/o aplicativos tecnológicos que la Entidad disponga para su presentación.
2. Información de las entregas de productos efectuadas durante el mes con el respectivo número de radicación (incluyendo estado de elaboración de insumos para la solicitud de permisos ambientales con su correspondiente evidencia).
3. Diligenciamiento del aplicativo tecnológico para el informe del componente SST y el formato IDU vigente para el informe del componente ambiental de Interventoría para la Fase de factibilidad y diseños con las correspondientes evidencias.
4. El contenido de los informes del componente de arqueología corresponde a la descripción del avance en la elaboración del producto requerido por el Instituto Colombiano de Antropología e Historia- ICANH en su normativa vigente, para el cumplimiento del Programa de Arqueología Preventiva en todas sus fases.
5. El contenido de los informes del componente de patrimonio corresponde a la descripción del avance en la elaboración del producto requerido y evidencia del estado de avance de las gestiones realizadas, acorde a los requisitos y obligaciones señalados en las resoluciones o conceptos expedidos por las Entidades de Patrimonio; así mismo los estudios técnicos y trámites que se requiera realizar respecto a los BIC.
7. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

8. ANEXOS

1. Actas de comité semanal.
2. Actas de Reunión.
3. Actas suscritas durante el período.
4. Actas de pago mensual firmadas por el interventor.
5. Cuadro de control financiero.
6. Informe de seguimiento a Proyectos.
7. Oficios de aprobación de los productos.
8. Cuadros de seguimiento de actividades de convenios de acuerdo con lo solicitado por el IDU. Actas de competencia de pago con cada ESP y TIC actualizadas.
9. Formatos IDU vigentes

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 96 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-137 • 2025 • ENERO • 28 137 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11

10. Proyección de maniobras a cargo del IDU, debidamente actualizadas y soportadas, definiéndose los tramos funcionales (es decir, por corredor vial, puente vehicular o peatonal, intersección a desnivel, eje de ciclorruta, tramo de espacio público, etc.) que permitirán la entrega parcial de los activos a las ESP.
11. Soportes de las radicaciones de informes de monitoreo mensual a Bienes de interés Cultural Muebles ante el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural -IDPC-.
12. Aprobaciones, autorizaciones, actas de competencia y, en general, documentación suscrita con las empresas y entidades que intervengan en el proyecto.
13. Registro fotográfico con fecha y hora de la toma, así como la descripción del contenido.
14. Planos de localización y cruce estructura ecológica principal (en .pdf y editables .shp) de acuerdo al avance del proyecto.
15. Correspondencia ambiental, SST, de patrimonio y arqueología tramitada en el periodo.
16. Cronograma de ejecución de actividades de la consultoría (PDT).

II.Informe final Contenido del Informe Final de la Interventoría o Supervisión a los Contratos de Consultoría

1. El contenido del informe final Ambiental y SST corresponderá a un informe ejecutivo en el que se indique el cumplimiento al cronograma aprobado y de las obligaciones establecidas contractualmente tanto del consultor como de la interventoría. Para el caso del componente SST, deberá presentarse en el aplicativo tecnológico que la Entidad disponga para su presentación y en los formatos establecidos por la Entidad según corresponda.
2. El informe final deberá presentarse en medio digital y/o magnético.
3. El informe final debe contener como mínimo los aspectos del informe mensual incluyendo los anexos.
4. El informe final aprobado por la supervisión será requisito para la liquidación del contrato.

B. INFORMES DE SEGUIMIENTO A CONTRATOS MISIONALES DE OBRA

I. Informe de la Fase de Obras Iniciales y Gestiones Preliminares y de la Etapa de

Preconstrucción Informe de Interventoría correspondiente a la Fase de Obras Iniciales y Gestiones Preliminares / Etapa de Preconstrucción

1. GENERALIDADES

1. Número del Contrato de Obra.
2. Número del Contrato de Interventoría.
3. Objeto del Contrato de Obra.
4. Objeto del Contrato de Interventoría.
5. Razón social del Contratista de Obra
6. Razón social del Contratista de Interventoría.
7. Fechas de suscripción, legalización, plazo y valor del Contrato de Obra y del Contrato de Interventoría
8. Indicación de las Etapas del Contrato de Obra y del Contrato de Interventoría y duración de cada una de ellas.
9. Garantías del Contrato de Obra y del Contrato de Interventoría y su vigencia, adiciones, suspensiones, reinicios y/o prórrogas.
10. Número y descripción de los convenios asociados.
11. Información de contacto de los contratistas incluyendo un único correo electrónico oficial para cada contrato.
12. Oficio de la Interventoría aprobando las hojas de vida del personal profesional, administrativo, técnico, ambiental, SST y social del Contratista.
13. Relación de los oficios del IDU aprobando las hojas de vida del personal profesional, administrativo,

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 97 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-138 • 2025 • ENERO • 28 138 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Informe de Interventoría correspondiente a la Fase de Obras Iniciales y Gestiones Preliminares / Etapa de Preconstrucción técnico, ambiental, SST y social de la Interventoría.

2. INFORMACIÓN TÉCNICA

1. Relación detallada de los estudios, diseños y aprobaciones de ESP o entidades para construcción del proyecto y documentación de referencia entregada por el IDU u obtenida directamente por el Consultor o Contratista, y presentación del análisis, conclusiones y recomendaciones correspondientes.
2. Presentación de los resultados de los diagnósticos, con la propuesta de intervención y correspondiente presupuesto, indicando las metas físicas a ejecutar con los recursos disponibles, para los contratos que aplique.
3. Análisis de Precios Unitarios (APU) de los ítems originales del Contrato debidamente firmados por el Contratista y la Interventoría con sus debidos soportes técnicos y contables.
4. Programa detallado de obra o cronograma, plan de inversión del anticipo, enfoque y metodología aprobado por la Interventoría en cumplimiento de lo estipulado en el Apéndice G de programación que hace parte integral de los documentos que conforman el Contrato.
5. Descripción breve del Plan de Manejo de Tráfico, Señalización y Desvíos (PMT) aprobado por la Secretaría Distrital de Movilidad, indicando el documento del acuerdo.
6. Registro sobre las condiciones encontradas en la zona del proyecto, detallando lo concerniente a redes de servicios públicos domiciliarios de acuerdo con lo previsto en los convenios marco. Lo anterior atendiendo a lo definido como inventario y diagnóstico de redes existentes en cada convenio suscrito con las ESP, predios, urbanismo y paisajismo.
7. Recomendación de la Interventoría acerca de la iniciación de la Etapa de Construcción incluyendo una lista de chequeo donde conste la verificación de los productos necesarios para inicio de la Etapa de Construcción y condiciones precedentes aplicables.
8. Balance de las metas físicas priorizadas frente a los recursos asignados al Contrato.
9. Reporte para la actualización de los estudios, factibilidad, diagnósticos, diseños e intervenciones realizadas en la infraestructura vial de la ciudad, según formato IDU vigente.
10. Definición de tramos funcionales (es decir, por corredor vial, puente vehicular o peatonal, intersección a desnivel, eje de ciclorruta, tramo de espacio público, etc.) a partir de los cuales se plantearán las entregas parciales, actas de competencias actualizadas y flujos de caja (documentos soporte para el trámite de asignación de los recursos por parte de las ESP.
11. Informe de los estudios y diseños entregados por la consultoría, determinando los que fueron apropiados u objeto de complementación o ajustes por el Contratista, así como los estudios y diseños nuevos. Informe sobre los errores técnicos identificados y proceso de corrección según lo que prevea el Contrato.
3. INFORMACIÓN AMBIENTAL(Forestal, Fauna Silvestre, Sostenibilidad, infraestructura verde y SUDS) SST, ARQUEOLOGÍA Y PATRIMONIO)

1. El contenido de los informes mensuales Ambiental y SST corresponderá a lo estipulado en los formatos aplicables vigentes y/o aplicativos tecnológicos que la Entidad disponga para su presentación.
2. Manejo Ambiental de la Obra (MAO) revisado y aprobado por la Interventoría.
3. Programa de Manejo Ambiental de RCD, revisado y aprobado por la Interventoría.
4. Avance en la elaboración del Plan de Manejo de Fauna Silvestre y revisión y aprobación del mismo por la Interventoría (incluyendo soportes tales como registro fotográfico, formatos de campo, entre otros).
5. Para los contratos de conservación, elaboración del diagnóstico de vegetación de los CIV a intervenir y determinación de obtención de permisos de aprovechamiento.
6. Revisión de los instrumentos ambientales o actos administrativos que autoricen la intervención de arbolado, así como diagnóstico general de la vegetación y zonas verdes del área de intervención.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 98 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-139 • 2025 • ENERO • 28 139 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Informe de Interventoría correspondiente a la Fase de Obras Iniciales y Gestiones Preliminares / Etapa de Preconstrucción

7. Protocolo de verificación propuesto por la Interventoría para aplicar de manera previa a cada inicio de frente de obra, para lo cual se deberá dar cumplimiento a los requisitos mínimos respectivos.
8. Plan de acción de la Interventoría para el seguimiento de las actividades ambientales y SST propuestas por el contratista de obra y ofertadas por la interventoría al interior de su organización.
9. Documentación de la maquinaria, equipos y vehículos a ingresar a la obra presentada por el Contratista y aprobada por la Interventoría, de acuerdo con lo descrito en los documentos que conforman el Contrato.
10. La información de los informes del componente de arqueología, deberá cumplir con lo estipulado y requerido por el Instituto Colombiano de Antropología e Historia- ICANH en su normativa vigente, para el cumplimiento del Programa de Arqueología Preventiva en todas sus fases.
11. Resumen y evidencia del estado de avance de gestiones realizadas, acorde a los requisitos y obligaciones señalados en las resoluciones o conceptos expedidos por las Entidades de Patrimonio; así mismo los estudios técnicos y trámites que se requiera realizar respecto a los BIC.
4. INFORMACIÓN SOCIAL

1. Plan de acción de la Interventoría y Plan de Diálogo Ciudadano y Comunicación Estratégica del Contratista aprobado por la interventoría.
2. Soportes a la implementación y funcionamiento del Punto IDU con línea telefónica y correo electrónico.
3. Soportes de la gestión de las piezas de comunicación necesarias para el desarrollo de la Fase de Obras Iniciales y Gestiones Preliminares o de la Etapa de Preconstrucción, de acuerdo con el Plan de acción de la interventoría y el Plan de Diálogo Ciudadano y Comunicación Estratégica del Contratista aprobado por la Interventoría.
4. Relación de las actas de vecindad debidamente suscritas por la Interventoría, el Contratista y la comunidad.
5. Plan de gestión social presentado por el Contratista y aprobado por la Interventoría.
6. Plan de acción de la Interventoría, para realizar el seguimiento y evaluación de las actividades de gestión social a desarrollar por parte del Contratista.
7. Sustento de la vinculación del personal mínimo de mujeres de que trata el Decreto 332 de 2020 y la Circular 013 de 2021 expedida por la Secretaría Distrital de la Mujer y las normas que las modifiquen, complementen o sustituyan, con plena observancia de las normas laborales o contractuales aplicables. El Contratista deberá adjuntar en el informe mensual correspondiente, manifestación bajo juramento del representante legal y del revisor fiscal, sobre la contratación de las mujeres durante el periodo de ejecución del contrato en los porcentajes indicados.
8. De conformidad con lo previsto en el Contrato, acreditar el cumplimiento de la provisión de bienes o servicios por parte de población en pobreza extrema, desplazados por la violencia, personas en proceso de reintegración o reincorporación y sujetos de especial protección constitucional.
5. INFORMACIÓN ESP, TIC y ENTIDADES PÚBLICAS

1. Informe de la investigación de redes priorizadas para contratos de conservación, anexando actas de competencias suscritas con las ESP. Para etapas de factibilidad, diseño, construcción y conservación, el informe debe incluir la pertinencia de proteger o trasladar redes por necesidad del proyecto y requerimientos de las ESP y TIC, asociando costos para ambas actividades.
2. Informe de gestión y coordinación de actividades del proyecto a ejecutar con las ESP, TIC y otras entidades (SDP, SDHT, UAESP, JBB, SDM, IDPC, ICANH, entre otras).
6. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

II.Informe Mensual Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 99 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-140 • 2025 • ENERO • 28 140 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Informe Mensual

1. GENERALIDADES

1. Descripción general del contrato de obra, de acuerdo con la modalidad del contrato.
2. Objeto del contrato.
3. Fechas de suscripción, legalización, plazo y valor del Contrato con sus diferentes fases, prórrogas, suspensiones y adiciones.
4. Directorio telefónico actualizado del personal profesional del contratista, la interventoría y de los delegados de las ESP asociados al proyecto.

2. INFORMACIÓN LEGAL Y FINANCIERA

1. Garantías y vigencias de las mismas, adiciones, suspensiones y/o prórrogas.
2. Cuadro de control legal del Contratista y de la Interventoría.
3. Evaluación del cumplimiento de las obligaciones contractuales y de convenios asociados.
4. Cuentas de cobro radicadas en las ESP y TIC por el IDU a partir de las actas de pago, las transferencias de recursos y las órdenes de pago por actividades para redes de servicios públicos a cargo de las ESP y TIC.
5. Balance financiero del Contrato de Obra y de Interventoría y de convenios asociados, incluyendo actividades de obras para redes de servicios públicos.
6. Presentar el cuadro de control financiero del Contratista y de la Interventoría, en el formato IDU vigente.
7. Informe sobre el manejo del anticipo y anexos. Cuadro con el resumen de la relación acumulada de las inversiones realizadas con los recursos entregados al contratista a título de anticipo, suministrando los soportes que respaldan cada inversión en la obra. Así mismo deberá anexar el soporte de reintegro de rendimientos financieros al IDU.
8. Relacionar las metas físicas a ejecutar con respecto al presupuesto disponible contractualmente.
Informar cantidades y saldos faltantes o sobrantes dentro del proyecto para el cumplimiento de las metas físicas contractuales. Informar las cantidades y costos referentes a ejecución de estudios, diseños y obras para redes de servicios públicos discriminadas con cargo al IDU y a la ESP, según los convenios marco con ESP y TIC y/o la “Guía de Coordinación IDU, ESP y TIC en Proyectos de Infraestructura de Transporte”. Relacionar las maniobras solicitadas a las ESP. La información debe ser presentada discriminada por CIV, prioridad, localidad, tipo de intervención, de acuerdo a lo aplicable en el contrato.
9. Copia del acta de recibo parcial de obra debidamente suscrita con firma autógrafa escaneada o digital y en formato modificable junto con las memorias de cálculo de cantidades y demás soportes.
10. Copia de las actas de recibo parcial de obras para redes de servicios públicos, acta de recorrido de verificación de obra para redes de servicios públicos, acta de entrega de activos de redes de servicios públicos (incluye soportes como memorias de cálculo, planos récord, etc.). y de las actas y/o constancia de ejecución de maniobras.
3. INFORMACIÓN TÉCNICA

1. Cronograma detallado del Contrato aprobado por la Interventoría, con su respectivo análisis a la fecha de corte.
2. Análisis del desempeño de las actividades incluidas en la ruta crítica del contrato de acuerdo con el cronograma contractual aprobado por la interventoría.
3. Descripción de los atrasos o adelantos de obra presentados, conforme al cronograma contractual aprobado por la Interventoría. Relación de las acciones solicitadas por el Interventor e implementadas por el Contratista y el seguimiento efectuado por el interventor.
4. Indicar eventualidades de servicios públicos, debidamente analizadas, referentes a hallazgos o solicitudes adicionales al diseño que pueda ocasionar alguna modificación contractual.
5. Cuadro sobre el estado del tiempo. Detallar las horas no trabajadas por lluvia y la franja horaria en que se presentaron lluvias para cada uno de los frentes de intervención. Esta información debe ser consistente con lo consignado en la bitácora de obra.
6. Reporte de daños a la infraestructura de servicios públicos indicando: ESP, ubicación, fecha y estado

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 100 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-141 • 2025 • ENERO • 28 141 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Informe Mensual de pago a las ESP por parte del Contratista.
7. Planes de contingencia elaborados por el Contratista, aprobados por la Interventoría, que no afecten el plazo contractual, los cuales deben presentarse al IDU.
8. Descripción de las medidas correctivas exigidas por la Interventoría en los aspectos técnicos, administrativos y legales que se están teniendo en cuenta, así como las medidas preventivas que deban implementarse para evitar futuros atrasos.
9. Descripción de las actividades desarrolladas durante el mes por el Contratista y la Interventoría y su equipo de trabajo (director, residentes y especialistas).
10. Esquemas de avance físico de obra, planos de localización del proyecto, figuras, cuadros y demás información relevante relacionada con el avance del contrato.
11. Registro fotográfico georreferenciado del avance del proyecto tomando puntos fijos, y panorámica;
Descripción corta de la foto indicando georreferenciación, aspectos relevantes y fecha. Durante la ejecución del Contrato, la Interventoría debe presentar al IDU registros Fotográficos por cada elemento de la malla vial que haga parte del contrato, resaltando el “Antes” y el “Después”. Esta actividad deberá realizarse en la Fase de Obras iniciales y Gestiones Preliminares o Etapa de Preconstrucción, durante la ejecución del primer diagnóstico, en la Fase o Etapa de Construcción, antes de realizar las intervenciones, después de realizar la intervención, en la Fase de Liquidación para el recibo y liquidación del Contrato.
12. Presentar el formato IDU para el reporte para la “Actualización de los Estudios, Diagnósticos, Diseños e Intervenciones Realizadas en la Infraestructura Vial de la Ciudad” o el que haga sus veces. Remitir base de datos actualizada por segmento con el reporte de intervenciones realizadas durante la ejecución del Contrato, indicando por elemento el tipo de intervención, costo, fecha y ubicación de la misma, debidamente georreferenciada, para el cargue de la información en la DTINI en el aplicativo suministrado por el IDU.
13. Si el Contrato comprende un grupo de vías, para cada una de ellas debe mostrarse el avance físico y financiero con sus metas físicas incluyendo las referentes a redes de servicios públicos domiciliarios discriminadas con cargo al IDU y a la ESP, según la “Guía de Coordinación IDU, ESP y TIC en Proyectos de Infraestructura de Transporte”. Se deben relacionar las maniobras solicitadas a las ESP.
La información debe ser presentada discriminada por CIV, prioridad, localidad, tipo de intervención, de acuerdo a lo aplicable en el Contrato.
14. Relación de los resultados y análisis de los ensayos de laboratorio y de campo, efectuados por el Contratista y los ejecutados por la Interventoría como medio de comprobación o verificación, teniendo en cuenta lo estipulado en las “Especificaciones Técnicas Generales de Materiales y Construcción para Proyectos de Infraestructura Vial y de Espacio Público en Bogotá D.C.” vigentes o el documento que haga sus veces, y las especificaciones técnicas particulares del proyecto. Esta información debe reportarse de acuerdo al instructivo del IDU para la presentación de planos y archivos vigentes. En el análisis de los resultados de laboratorio se deberá indicar si se acepta o rechaza el material o ítem ejecutado en el período.
15. Certificación de cumplimiento de calidad y especificaciones de materiales empleados durante el periodo, expedido por el representante legal de la Interventoría, expresando el cumplimiento de las frecuencias de los ensayos de laboratorio de acuerdo a las especificaciones y el plan de inspección y ensayos de la interventoría.
16. Certificado del cumplimiento del Plan de Calidad por parte del Interventor y la correspondiente verificación al cumplimiento del Plan de Calidad del Contratista de Obra.
17. Elaborar un listado con los equipos de inspección y ensayos tanto del Contratista como de la Interventoría, en el cual se indique la fecha de la vigencia de los certificados y la fecha de la próxima
18. calibración. Adjuntar los certificados vigentes de calibración o ajuste de los equipos de inspección medición y ensayo utilizados durante la ejecución del Contrato. Cuando sea aplicable los certificados de calibración deben ser expedidos por un organismo de acreditación.
19. Reportar avance de obra de redes de servicios públicos por tramo funcional de obra (es decir, por corredor vial, puente vehicular o peatonal, intersección a desnivel, eje de ciclorruta, tramo de espacio público, etc.), temas pendientes por ejecutar y alertas por falto de concepto de las ESP y TIC discriminando en avance con cargo a la ESP y al IDU.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 101 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-142 • 2025 • ENERO • 28 142 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Informe Mensual

20. Gestión adelantada por parte del Contratista y la Interventoría ante las empresas de servicios públicos y otras entidades.
21. Descripción de las actividades realizadas y calificación del componente del plan de manejo de tráfico, señalización y desvíos empleados por el Contratista de acuerdo con los parámetros establecidos en el Contrato, así como la lista de chequeo correspondiente. Incluir relación de la totalidad de frentes de obra indicando fecha de inicio y terminación para su ejecución y vigencia del PMT, para lo cual debe adjuntarse el informe correspondiente firmado por los especialistas de interventoría y obra como soporte de las gestiones realizadas.
22. Descripción de obras adicionales y complementarias, valor y justificación de las mismas; relación de precios unitarios no previstos presentados por el Contratista y aprobados por la Interventoría e indicar la modificación contractual realizada para su incorporación y el estado actual de trámite, indicando las cantidades de obra a ejecutar y su valor total, e indicar su incidencia en el valor del Contrato. Para estas obras se debe tener en cuenta que se requiere el soporte contractual y presupuestal de parte del IDU.
23. Informar sobre los ajustes del diseño realizados por el Contratista y aprobados por la Interventoría, necesarios para el buen desarrollo del proyecto. Si se requirieron modificaciones o cambios en los diseños, incluir las evidencias y documentos que demuestren que se tuvo en cuenta el Procedimiento “Cambio de Estudios y Diseños aprobados en etapa de Ejecución y/o Conservación” (Código PR-DP- 080 o el que esté vigente). Igualmente, reportar la existencia de errores técnicos que hayan sido evidenciados así como el procedimiento surtido para su corrección.
24. Se deberá reportar el listado actualizado con las últimas versiones de los planos y documentos técnicos utilizados en el proyecto.
25. Para los Contratos de Conservación de Infraestructura Vial y Espacio Público se deberá informar sobre el estado y resultado de los diagnósticos y los estudios y diseños realizados por el Contratista a la fecha de corte del Informe Mensual.
26. Relación de cantidades de obra que a la fecha no han sido recibidas por la Interventoría por no cumplir con los requisitos previos para el recibo y pago de las mismas, mostrando su incidencia en el valor actual del Contrato. Relacionar las acciones correctivas propuestas, así como la respuesta por parte del Contratista.
27. Reporte de productos y salidas no conformes, en el cual se deben incluir los ítems de pago que presentaron no conformidades en el mes, la fecha de identificación, la descripción de la no conformidad y una descripción de la trazabilidad hasta el cierre de la no conformidad, indicando cuál fue la acción correctiva, la fecha en que se realizó la acción correctiva y los documentos que soporten el cumplimiento de las especificaciones técnicas una vez se realizó la acción correctiva. En este capítulo también se debe describir el seguimiento a las acciones tomadas para el tratamiento de no conformes en periodos anteriores. Las no conformidades o productos no conformes registrados en la bitácora se deben incluir en este informe.
28. Copia del libro de obra (bitácora) del período reportado (copia escaneada de la bitácora correspondiente al periodo).
29. Copia de las actas de seguimiento desarrolladas en el período (comité y reuniones) debidamente suscritas por los participantes, entre los cuales están el contratista, el interventor y el delegado del equipo supervisor IDU del contrato.
30. Cuadro detallado de cantidades y valores ejecutados por segmento vial referenciando cada ítem cancelado, señalando las actas de corte parcial en donde se canceló su ejecución parcial y verificando

calibración. Adjuntar los certificados vigentes de calibración o ajuste de los equipos de inspección medición y ensayo utilizados durante la ejecución del Contrato. Cuando sea aplicable los certificados de calibración deben ser expedidos por un organismo de acreditación.
18. Reportar avance de obra de redes de servicios públicos por tramo funcional de obra (es decir, por corredor vial, puente vehicular o peatonal, intersección a desnivel, eje de ciclorruta, tramo de espacio público, etc.), temas pendientes por ejecutar y alertas por falto de concepto de las ESP y TIC discriminando en avance con cargo a la ESP y al IDU.
19. Gestión adelantada por parte del Contratista y la Interventoría ante las empresas de servicios públicos y Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 102 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-143 • 2025 • ENERO • 28 143 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Informe Mensual otras entidades.
20. Descripción de las actividades realizadas y calificación del componente del plan de manejo de tráfico, señalización y desvíos empleados por el Contratista de acuerdo con los parámetros establecidos en el Contrato, así como la lista de chequeo correspondiente. Incluir relación de la totalidad de frentes de obra indicando fecha de inicio y terminación para su ejecución y vigencia del PMT, para lo cual debe adjuntarse el informe correspondiente firmado por los especialistas de interventoría y obra como soporte de las gestiones realizadas.
21. Descripción de obras adicionales y complementarias, valor y justificación de las mismas; relación de precios unitarios no previstos presentados por el Contratista y aprobados por la Interventoría e indicar la modificación contractual realizada para su incorporación y el estado actual de trámite, indicando las cantidades de obra a ejecutar y su valor total, e indicar su incidencia en el valor del Contrato. Para estas obras se debe tener en cuenta que se requiere el soporte contractual y presupuestal de parte del IDU.
22. Informar sobre los ajustes del diseño realizados por el Contratista y aprobados por la Interventoría, necesarios para el buen desarrollo del proyecto. Si se requirieron modificaciones o cambios en los diseños, incluir las evidencias y documentos que demuestren que se tuvo en cuenta el Procedimiento “Cambio de Estudios y Diseños aprobados en etapa de Ejecución y/o Conservación” (Código PR-DP- 080 o el que esté vigente). Igualmente, reportar la existencia de errores técnicos que hayan sido evidenciados así como el procedimiento surtido para su corrección.
23. Se deberá reportar el listado actualizado con las últimas versiones de los planos y documentos técnicos utilizados en el proyecto.
24. Para los Contratos de Conservación de Infraestructura Vial y Espacio Público se deberá informar sobre el estado y resultado de los diagnósticos y los estudios y diseños realizados por el Contratista a la fecha de corte del Informe Mensual.
25. Relación de cantidades de obra que a la fecha no han sido recibidas por la Interventoría por no cumplir con los requisitos previos para el recibo y pago de las mismas, mostrando su incidencia en el valor actual del Contrato. Relacionar las acciones correctivas propuestas, así como la respuesta por parte del Contratista.
26. Reporte de productos y salidas no conformes, en el cual se deben incluir los ítems de pago que presentaron no conformidades en el mes, la fecha de identificación, la descripción de la no conformidad y una descripción de la trazabilidad hasta el cierre de la no conformidad, indicando cuál fue la acción correctiva, la fecha en que se realizó la acción correctiva y los documentos que soporten el cumplimiento de las especificaciones técnicas una vez se realizó la acción correctiva. En este capítulo también se debe describir el seguimiento a las acciones tomadas para el tratamiento de no conformes en periodos anteriores. Las no conformidades o productos no conformes registrados en la bitácora se deben incluir en este informe.
27. Copia del libro de obra (bitácora) del período reportado (copia escaneada de la bitácora correspondiente al periodo).
28. Copia de las actas de seguimiento desarrolladas en el período (comité y reuniones) debidamente suscritas por los participantes, entre los cuales están el contratista, el interventor y el delegado del equipo supervisor IDU del contrato.
29. Cuadro detallado de cantidades y valores ejecutados por segmento vial referenciando cada ítem cancelado, señalando las actas de corte parcial en donde se canceló su ejecución parcial y verificando su consolidación y sumatoria final respecto al acta de recibo parcial de obra. Como resumen del análisis consolidado, determinar los costos directos e indirectos por segmento vial.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 103 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-144 • 2025 • ENERO • 28 144 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Informe Mensual

4. INFORMACIÓN SOCIAL

1. Informe mensual del contratista aprobado por la Interventoría o Supervisión, según el caso.
2. Seguimiento al plan de acción de Interventoría y al plan de diálogo ciudadano y comunicación estratégica (metodología y cronograma) del Contratista presentado en la Fase de Obras Iniciales y Gestiones Preliminares o en la Etapa de Preconstrucción del Contrato, según el caso, con la descripción de las actividades realizadas en el período del informe. Debe incluir copia de los anexos referentes a la gestión del Contratista e Interventoría requeridos en el Contrato.
3. Presentar el seguimiento a las listas de chequeo y los indicadores de cumplimiento del Contrato, formulados en el plan de acción.
4. Presentar el reporte del aplicativo Bachué del período correspondiente al informe para los módulos de PQRS y tirilla de acuerdo con las actividades ejecutadas por la Consultoría y aprobadas por la Interventoría.
5. Conclusiones, recomendaciones y acciones de mejora.
6. Sustento de la vinculación del personal mínimo de mujeres de que trata el Decreto 332 de 2020 y la Circular 013 de 2021 expedida por la Secretaría Distrital de la Mujer y las normas que las modifiquen, complementen y sustituyan, con plena observancia de las normas laborales o contractuales aplicables.
El Contratista deberá adjuntar en el informe mensual correspondiente, manifestación bajo juramento del representante legal y del revisor fiscal, sobre la contratación de las mujeres durante el periodo de ejecución del contrato en los porcentajes indicados.
7. De conformidad con lo previsto en el Contrato, acreditar el cumplimiento de la provisión de bienes o servicios por parte de población en pobreza extrema, desplazados por la violencia, personas en proceso de reintegración o reincorporación y sujetos de especial protección constitucional.
5. INFORMACIÓN AMBIENTAL (Forestal, Fauna Silvestre, Sostenibilidad, infraestructura verde y SUDS) , SST, ARQUEOLOGÍA Y PATRIMONIO

1. Informe mensual Ambiental y SST de Interventoría para la Etapa correspondiente en los formatos aplicables vigentes y/o aplicativos tecnológicos que la Entidad disponga para su presentación, con sus respectivos soportes y análisis de los indicadores propuestos.
2. Control de materiales y copia de los correspondientes certificados de adquisición de todos los materiales empleados en el mes dentro de la obra, formato IDU vigente.
3. Control de Residuos de Construcción y Demolición (RCD) y copia de los correspondientes certificados (reutilización, reciclaje y disposición final) producidos en la obra en el mes, formatos IDU y AAC vigente.
4. Control y reporte del empleo de materiales reciclados o provenientes del reciclaje dando cumplimiento a lo dispuesto en: la Resolución 1115 de 2012 modificada y adicionada por la Resolución 932 de 2015; en el Decreto 507 del 31 de octubre de 2023 (según lo dispuesto en el artículo 50 Régimen de Transición en el cumplimiento de las metas de aprovechamiento de este último decreto); en la Resolución 1257 de 2021. Para todas las normas antes mencionadas, o las que las sustituyan, modifiquen y/o deroguen.
Formato IDU vigente.
5. Control, reporte del empleo de las mezclas asfálticas mejoradas con GCR, dando cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto Distrital 442 de 2015 modificado por el Decreto 265 de 2016 o el que lo sustituya, modifique o derogue, formato IDU vigente.
6. Avance de ejecución de las obligaciones establecidas en las resoluciones de aprobación de tratamientos silviculturales, seguimiento del mantenimiento de los árboles comprendidos en las actividades del Contrato. Diligenciamiento y remisión de los formatos establecidos por la autoridad ambiental competente y el IDU.
7. Avance de ejecución al cumplimiento de las obligaciones establecidas en los actos administrativos emitidos por la AAC. Diligenciamiento y remisión de los formatos establecidos por la autoridad ambiental competente y el IDU.
8. Avance de la implementación del Diseño Paisajístico Aprobado (incluyendo lo relacionado con la implementación de los SUDS), incluyendo modificaciones y/o actualizaciones.
9. Control al uso temporal de zonas verdes y su plan de recuperación.
10. Identificación del estado y actividades de mantenimiento de los sumideros presentes en el frente de

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 104 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-145 • 2025 • ENERO • 28 145 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Informe Mensual obra, relacionados en el formato IDU Manejo a cuerpos de agua vigente.
11. Manejo de la vegetación (matriz de seguimiento), si aplica para el Contrato, incluyendo el reporte de novedades del arbolado presente en el área de intervención.
12. Manejo de fauna silvestre incluyendo la gestión realizada en torno a recorridos de observación y seguimiento, rescates, ahuyentamiento, inhabilitación de sitios usados por la fauna, señalización, capacitaciones a personal, cumplimiento de requerimientos de la AAC, indicadores de seguimiento, entre otros según aplique (incluyendo registro fotográfico, formatos de campo y matriz consolidada).
13. Listado de vehículos utilizados por el Contratista en el periodo, con sus respectivos soportes, en los formatos vigentes del IDU.
14. Relación del número de inscripción del PIN de las volquetas ante la autoridad ambiental competente.
15. Relación de los equipos y maquinaria utilizada por el Contratista en el periodo, con sus respectivos soportes, en el formato vigente del IDU.
16. Consolidado del periodo de las actividades descritas en el plan de mantenimiento de maquinaria, equipos y vehículos y Manejo Ambiental de la Obra (MAO) presentado por el Contratista y aprobado por la Interventoría, con sus respectivos soportes, lo cual se deberá diligenciar en los formatos IDU vigentes.
17. Copia de la certificación de mantenimiento periódico de los baños móviles, anexando copia del permiso de vertimientos vigente expedido por la autoridad ambiental competente.
18. Informe de accidentes e incidentes de trabajo en el período, formato vigente IDU, correspondientes al Contratista y a la Interventoría.
19. Registro fotográfico georreferenciado en medio digital a todo color que contenga como mínimo dos
20. (2) fotografías por cada cien (100) metros lineales de obra con las actividades ambientales más relevantes de la obra.
21. Calificación del componente de gestión Ambiental y SST formato IDU vigente, fichas de seguimiento de labores ambientales.
22. Seguimiento a la gestión realizada por el Contratista mediante indicadores propuestos en el Plan de Acción de la Interventoría aprobado y en el Plan de Gestión de RCD de la SDA aprobado vigentes.
Presentar la información y documentos en el formato IDU que aplique según lo requerido en la normatividad vigente del Instituto Colombiano de Antropología e Historia- ICANH, asociada a los términos de referencia; así como solicitudes de información.
23. Presentar la información y documentos en el formato IDU que aplique, así como el soporte de la socialización e integración del proyecto, con la comunidad y propietarios de los Bienes de Interés Cultural - BIC (actas, registros fotográficos y listados de asistencia).
24. Fichas técnicas del estado actual de los bienes y los tratamientos de aquellos que van a ser intervenidos dentro de la obra si llegara el caso, así como los que se encuentren en los límites de intervención (estas fichas deben ser cotejadas con las generadas una vez se termine la construcción).
25. Obtener las autorizaciones de intervención para los Bienes de Interés Cultural – BIC- que sean necesarias, efectuando en los tiempos establecidos los estudios técnicos, consecución de información y gestión ante las Entidades competentes del patrimonio cultural del Distrito y la Nación, así como la respectiva Licencia de Construcción, en los casos en que se requiera.

6. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

1. Conclusiones, observaciones y recomendaciones de los especialistas de la interventoría y el contratista sobre el componente técnico, social, ambiental, administrativo, financiero y legal, tendientes a la solución de las situaciones que lo ameriten presentados durante la ejecución del Contrato, indicando los actores involucrados en cada caso.

III.Informe Final de interventoría o supervisión Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 105 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-146 • 2025 • ENERO • 28 146 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Informe Final

1. GENERALIDADES

1. Número del Contrato de Obra.
2. Número del Contrato de Interventoría.
3. Objeto del Contrato de Obra.
4. Objeto del Contrato de Interventoría.
5. Razón social del Contratista de Obra
6. Razón social del Contratista de Interventoría.
7. Fechas de suscripción, legalización, plazo y valor del Contrato de Obra y del Contrato de Interventoría
8. Indicación de las Etapas del Contrato de Obra y del Contrato de Interventoría y duración de cada una de ellas.
9. Garantías del Contrato de Obra y del Contrato de Interventoría y su vigencia, adiciones, suspensiones, reinicios y/o prórrogas.
10. Descripción general de los contratos detallando el alcance de los mismos.
11. Directorio telefónico actualizado del personal profesional del contratista y la interventoría.
2. INFORMACIÓN LEGAL Y FINANCIERA

1. Garantías y vigencias de las mismas, adiciones, suspensiones y/o prórrogas, con sus respectivos certificados de modificación.
2. Balance financiero del Contrato de Obra y del Contrato de Interventoría.
3. Balance financiero de los convenios asociados u otros acuerdos, indicando los valores con cargo al IDU y la otra entidad en la ejecución de la meta física respectiva.
4. Cuadro de control financiero del Contratista y de la Interventoría en el formato IDU vigente.
5. Informe sobre el manejo del anticipo y anexos, al igual que el oficio de cierre de la cuenta de ahorros o los actos de terminación y liquidación de la fiducia o patrimonio autónomo, cuando sea del caso y la relación de los pagos (devolución) de los rendimientos financieros generados en dicha cuenta e informe final de la fiducia.
6. Relación de las metas físicas respecto al presupuesto originalmente contratado y lo realmente ejecutado.
Informar saldos faltantes o sobrantes dentro del proyecto. Informar las cantidades y costos referentes a ejecución de estudios, diseños y obras para redes de servicios públicos domiciliarios discriminadas con cargo al IDU y a la ESP, según la “Guía de Coordinación IDU, ESP y TIC en Proyectos de Infraestructura de Transporte” o la que haga sus veces. Igualmente se deben relacionar las maniobras solicitadas a las ESP.
7. Memorias detalladas de cálculo de cada actividad ejecutada por ítem incluyendo ítems no previstos, determinando las actas de corte parcial en las que se canceló su ejecución parcial y verificando su consolidación y sumatoria final respecto al acta de recibo final. Como resumen del análisis consolidado, determinar los costos de construcción finales por ítem, por frente de obra o corredor vial y porcentajes de cada ítem en relación con el costo total.
8. Evaluación del cumplimiento de las obligaciones contractuales del contratista.
9. Resumen y trazabilidad de los procesos de apremios, solicitudes de multas y demás sancionatorios que se hayan dado durante el proyecto
3. INFORMACIÓN TÉCNICA

1. Cronograma contractual del proyecto, variaciones y actualizaciones del mismo, aprobados por la Interventoría.
2. Descripción de las actividades desarrolladas durante el Contrato por el Contratista y la Interventoría y su equipo de trabajo (director, residentes y especialistas).
3. Recopilación de los principales eventos y/o factores que impactaron positiva o negativamente la ejecución del Contrato y demás información relevante relacionada con el objeto y alcance del contrato.
4. En los Contratos de obra, presentar debidamente aprobados por parte de la Interventoría, los planos récord en los que se visualice lo ejecutado, con sus respectivos archivos digitales en formato CAD y SIG con las metas físicas ejecutadas debidamente georreferenciadas, estandarizadas, en las escalas y tamaños de papel según lo establecido por el IDU, en la guía entregables en formato digital, en la versión vigente. Se

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 106 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-147 • 2025 • ENERO • 28 147 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Informe Final deberán incluir todos los componentes requeridos del proyecto y la información con los predios remanentes de la obra, con la ubicación georreferenciada en los planos récord del Proyecto.
5. La aprobación de la estandarización de planos finales de diseño y récord es requisito para la liquidación de los contratos.
6. Entrega de activos a las ESP y TIC según lo indicado en los convenios marco y en la Guía de Coordinación IDU, ESP y TIC, incluidos actas y planos récord de la obra construida de redes de servicios públicos, elaborados según las normas de la respectiva ESP y debidamente aprobados por la interventoría y radicados en la respectiva ESP.
7. Esquemas, planos de localización del proyecto, figuras y cuadros.
8. Registro fotográfico georreferenciado del proyecto tomado desde puntos fijos, panorámicas, descripción corta de la foto indicando localización (georreferenciación), aspectos relevantes y fecha, por frente de obra resaltando el antes y después.
9. Formato diligenciado del “Reporte para la Actualización de los Estudios, Diagnósticos, Diseños e Intervenciones Realizadas en la Infraestructura Vial de la Ciudad” o el que haga sus veces.
10. Si el Contrato comprende un grupo de vías, para cada una de ellas debe mostrarse el avance físico y financiero con sus metas físicas.
11. Relación final actualizada de los resultados y análisis de los ensayos de laboratorio y de campo, efectuados por el Contratista y los realizados por la Interventoría como medio de comprobación o verificación, teniendo en cuenta lo estipulado en las “Especificaciones Técnicas de Materiales y Construcción para Proyectos de Infraestructura Vial y de Espacio Público en Bogotá D.C.” o el que haga sus veces. Los ensayos y exploraciones deben georreferenciarse y reportarse según lo establecido en el manual para la presentación de planos y archivos vigente a la fecha de suscripción del contrato. Está información aprobada por la Interventoría y validada por el IDU, será requisito para la suscripción de las actas de liquidación del Contrato de Obra y del Contrato de Interventoría.
12. Certificación de cumplimiento de calidad y especificaciones de materiales empleados por el Contratista de Obra durante la ejecución del Contrato. Esta certificación debe ser expedida por el representante legal de la Interventoría, y deberá incluir el cumplimiento de las frecuencias de los ensayos de laboratorio de acuerdo con las especificaciones y el plan de inspección y ensayo, e incluyendo como soporte los ensayos realizados por la interventoría.
13. Certificación de la calibración de los equipos de inspección y ensayo tanto del Contratista como el de la Interventoría. En caso de haberse requerido de un laboratorio externo para realizar los ensayos, se deberá adjuntar copia de la acreditación del laboratorio, o certificados de calibración de los equipos utilizados por dicho laboratorio.
14. Resumen de las actividades realizadas y calificación del componente del plan de manejo de tráfico, señalización y desvíos empleados por el Contratista de acuerdo con los parámetros establecidos en el contrato.
15. Relacionar los ajustes al diseño propuesto por el Contratista y la Interventoría y aprobado por la interventoría.
16. Para los Contratos de Conservación de Infraestructura Vial y Espacio Público se deben relacionar los estudios y diseños realizados por el Contratista durante la ejecución del Contrato.
17. Aclaraciones técnicas en los cambios de diseño, exclusiones de metas físicas y ampliaciones del objeto.
18. Descripción de obras adicionales y/o complementarias, justificación de las mismas, relación de precios unitarios no previstos presentados por el Contratista , indicando las cantidades de obra realmente ejecutadas y su valor total, así como su incidencia en el valor final del contrato.
19. Cuadro de análisis sobre la incidencia del estado del tiempo en el desarrollo de la obra. Detallar las horas no trabajadas por lluvia y su duración.
20. En los casos de traslado, construcción de nueva infraestructura, mantenimiento, rehabilitación y ajuste a norma técnica en temas de redes de servicios públicos, copia del acta o actas de recorrido de verificación de obra construida y actas de recibo parcial y acta de entrega de activos, debidamente suscritas.
21. Actas de terminación, recibo final, modificaciones en ítem como en precios unitarios y todas las demás actas.
22. Libro de obra. (Bitácora).

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 107 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-148 • 2025 • ENERO • 28 148 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Informe Final

23. Cuadro detallado de cantidades, tipo de intervención y valores ejecutados por segmento vial referenciando cada ítem cancelado, señalando las actas de corte parcial en las que se canceló su ejecución parcial y verificando su consolidación y sumatoria final respecto al acta de recibo final de obra.
Como resumen del análisis consolidado, determinar los costos directos e indirectos por segmento vial.
24. Balance final del Contrato de obra en términos de ítems pagados durante cada mes y su acumulado al final del Contrato, incluyendo los ítems no Previstos, en medio físico debidamente suscrito y electrónico en formato editable.
4. INFORMACIÓN SOCIAL

1. Informe mensual del Contratista aprobado por la Interventoría o Supervisión, según el caso.
2. Descripción de los resultados de la ejecución del plan de acción de Interventoría y del plan de diálogo ciudadano y comunicación estratégica del contratista. Debe incluir anexo los documentos referentes a la gestión del contratista e interventoría que soportan las actividades relacionadas en el informe.
3. De acuerdo con las obligaciones de los documentos que conforman el Contrato, anexar los resultados finales de las mediciones de percepción, los indicadores de cumplimiento de la gestión social y las listas de chequeo.
4. Actas de vecindad levantadas en el desarrollo del proyecto con los correspondientes soportes de su cierre cuando éste se haya realizado. Las anteriores deben estar aprobadas por la Interventoría, foliadas y con el índice correspondiente. Las anteriores actas deben estar debidamente sistematizadas y organizadas en un listado maestro que contenga como mínimo: nombre del propietario, dirección, número de acta (de inicio y de cierre con sus respectivas fechas de elaboración), novedades del proceso, observaciones.
5. Consolidado de las cantidades ejecutadas para el desarrollo del componente social del Contratista y la Interventoría.
6. Reporte final del aplicativo Bachué que contenga todas las actividades ejecutadas para los programas aprobados por la Interventoría, así como el cierre a satisfacción de todas las PQRS presentadas en el desarrollo del contrato.
7. Análisis, recomendaciones y calificación del componente de gestión social.
5. INFORMACIÓN AMBIENTAL (Forestal, Fauna Silvestre, Sostenibilidad, infraestructura verde y SUDS) , SST, ARQUEOLOGÍA Y PATRIMONIO

1. Certificación expedida por la interventoría firmada por el Representante Legal donde evidencie el cumplimiento de los requerimientos contractuales y normativos vigentes relacionados con el componente ambiental por parte del Contratista con relación al archivo ambiental en obra, los pasivos ambientales y las áreas utilizadas como instalaciones temporales se encuentren en un estado igual o mejor a la inicial
2. Informe final de gestión ambiental y de SST de acuerdo con lo contemplado en el Manual de Control y Seguimiento Ambiental y de Seguridad y Salud en el Trabajo del IDU versión vigente, y los documentos que conforman el Contrato o el contenido previsto en los aplicativos tecnológicos que el IDU disponga para su presentación (según aplique).
3. Archivo fotográfico digital que contenga las cien (100) fotos que representen el manejo ambiental de la obra y fotos en donde se pueda ver el antes y el después de cada frente de obra.
4. Resumen de las actividades más relevantes realizadas en cumplimiento de cada uno de los componentes de la gestión ambiental del IDU.
5. Seguimiento al cronograma de actividades ambientales aprobado, indicando porcentajes de cumplimiento y cubrimiento para las actividades desarrolladas por el contratista.
6. Informe sobre el cumplimiento de los actos administrativos emitidos para el contrato (relacionando las acciones desarrolladas en cada obligación establecida en el acto administrativo) o del Manejo de la vegetación inmersa en el área de intervención. Se soportará adicionalmente con la entrega de los formatos aprobados por la AAC, vigentes para la ejecución del instrumento ambiental otorgado.
7. Consolidado de novedades relacionadas con la vegetación, reportadas durante la totalidad de la ejecución del proyecto, incluyendo radicados ante la SDA.
8. Consolidado de medidas de mitigación en el caso de existir afectación al arbolado por acción u omisión.
9. Informe de implementación del diseño paisajístico (Incluye SUDS) aprobado incluyendo todos los soportes para su entrega, si aplica.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 108 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-149 • 2025 • ENERO • 28 149 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Informe Final

10. Plano récord digital y archivo plano con la totalidad de la vegetación vinculada al proyecto, árboles plantados por diseño paisajístico, compensación y árboles de bloqueo y traslado y de permanencia y los tratamientos SIGAU (JBB) correspondiente.
11. Plano récord digital (información georreferenciada) y archivo plano con la información de: iniciativas de sostenibilidad implementadas; SUDS construidos y entregados; zonas verdes existentes una vez finalizado el proyecto.
12. Memorias con registro fotográfico georreferenciado de la ejecución de los tratamientos ejecutados (talas, bloqueos, traslados e individuos arbóreos a conservar), autorizados en actos resolutivos aplicables al contrato.
13. Cuadro consolidado del balance de zonas verdes a compensar, en cumplimiento de la normatividad vigente. Formato IDU y SDA vigente
14. Resumen del manejo de fauna silvestre incluyendo la gestión realizada en torno a recorridos de observación y seguimiento, rescates, ahuyentamiento, inhabilitación de sitios usados por la fauna, señalización, capacitaciones a personal, cumplimiento de requerimientos de la AAC, indicadores de seguimiento, entre otros según aplique.
15. Matriz consolidada de las medidas de manejo implementadas para el componente incluyendo los hallazgos de fauna silvestre.
16. Registro fotográfico en formato pdf y editable del manejo de fauna silvestre.
17. Consolidado de formatos de campo diligenciados y firmados.
18. Informe sobre el cumplimiento de los actos administrativos emitidos por la autoridad ambiental competente en donde se evidencien las acciones ejecutadas para manejo de fauna silvestre.
19. Informe final y acta de cierre ambiental y SST, formato IDU vigente o el contenido previsto en los aplicativos tecnológicos que el IDU disponga para su presentación (según aplique).
20. Resumen del control y reporte del empleo de materiales reciclados o provenientes del reciclaje dando cumplimiento a: la Resolución 1115 de 2012 modificada y adicionada por la Resolución 932 de 2015; en el Decreto 507 del 31 de octubre de 2023 (según lo dispuesto en el artículo 50 Régimen de Transición en el cumplimiento de las metas de aprovechamiento de este último decreto); en la Resolución 1257 de 2021. Para todas las normas antes mencionadas, o las que las sustituyan, modifiquen y/o deroguen.
Formato IDU vigente.
21. Resumen del control y reporte del empleo de las mezclas asfálticas mejoradas con GCR, dando cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto Distrital 442 de 2015 modificado por el Decreto 265 de 2016 o el que lo sustituya, modifique o derogue, y lo establecido contractualmente.
22. Cuadro consolidado mes a mes de las cantidades totales de materiales empleados en la obra y su correspondiente proveedor.
23. Cuadro resumen mes a mes con las cantidades totales de Residuos de Construcción y Demolición RCDs generados (reutilización, reciclaje y disposición final) y los sitios de disposición. Incluir análisis de los datos reportados, así como la presentación de indicadores planteados en el Manejo Ambiental de la Obra (MAO) y Plan de Manejo Ambiental de RCD.
24. Certificados de Residuos de Construcción y Demolición RCDs y de materiales requeridos en la obra.
25. Plan de Manejo Ambiental de RCD final actualizado, acorde con la normativa ambiental vigente y los materiales requeridos en el proceso constructivo.
26. Relación de los vehículos utilizados durante el desarrollo del Contrato indicando placa y número de PIN, detallando las horas/kilómetro del vehículo trabajadas en el desarrollo del contrato y las cantidades de mantenimientos realizados, verificando el cumplimiento del plan de mantenimiento, en formatos IDU vigentes.
27. Certificado de mantenimiento periódico de los baños móviles, anexando copia del permiso de vertimientos vigente expedido por la autoridad ambiental competente.
28. Relación, en forma de tabla, del personal profesional y operativo dispuesto por el contratista.
29. Paz y salvo por concepto de compensaciones exigidas en los actos administrativos y/o Manual Único de Control y Seguimiento Ambiental y de Seguridad y Salud en el Trabajo y por los pagos de los servicios de evaluación y seguimiento.
30. Análisis y calificación del componente de gestión ambiental y SST. Formato de informe final y cierre ambiental vigente.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 109 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-150 • 2025 • ENERO • 28 150 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Informe Final

31. Reporte final con sus respectivos soportes donde se ha verificado que los proveedores de materiales de construcción, sitios de disposición final, aprovechamiento y tratamiento de Residuos de Construcción y Demolición RCD cumplen con los permisos ambientales o mineros establecidos en las normas vigentes y que a la fecha del suministro la actividad o planta no presentaban suspensión de actividades o sanciones debidamente ejecutoriadas por la autoridad competente, los soportes deben ser presentados tanto para los Proveedores Activos en el Directorio de Proveedores IDU o aquellos que estén inactivos o no registrados.
32. Informe final e historia clínica de los Bienes de Interés Cultural Muebles que fueron protegidos y/o monitoreados durante el desarrollo de la obra.
33. Soporte de la radicación de entrega del Bien de Interés Cultural Mueble a su custodio con visto bueno del IDPC.
34. Presentar la información y documentos en el formato IDU que aplique según lo requerido en la normatividad vigente del Instituto Colombiano de Antropología e Historia- ICANH, asociada a los términos de referencia; así como solicitudes de información.
35. Presentar la información y documentos en el formato IDU que aplique, así como el soporte de la socialización e integración del proyecto, con la comunidad y propietarios de los Bienes de Interés Cultural
36. - BIC (actas, registros fotográficos y listados de asistencia).
6. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
1. Conclusiones, observaciones y recomendaciones de los especialistas de la Interventoría sobre el componente técnico, social, ambiental, administrativo, financiero y legal, las cuales deben presentarse avaladas con firma y número de la tarjeta profesional de los respectivos especialistas aprobados para el proyecto.
NOTA: Todos los documentos que no hacen parte del informe pueden consultarse vía magnética en el expediente ORFEO del contrato o físicamente en el expediente físico en el Archivo Central del Instituto.

IV.Informe de Seguimiento a Contratos con Garantía Única de cumplimiento –Amparo de Estabilidad y Calidad Informe de Seguimiento a Contratos con Garantía Única de cumplimiento –Amparo de Estabilidad y Calidad
1. Datos completos del Contratista de obra y de la Interventoría de obra (nombre, NIT, correo electrónico, teléfono y dirección).
2. Carta de conformación del consorcio o de la Unión Temporal.
3. Contrato de obra, otrosíes, adiciones, prórrogas, suspensiones y/o sanciones.
4. Certificado de modificación de la garantía única de cumplimiento con la activación del amparo de estabilidad y calidad conforme al acta de recibo final de obra, de acuerdo a los documentos que conforman el Contrato.
5. Acta de aprobación de garantías firmada por la Dirección Técnica de Gestión Contractual del certificado de modificación del numeral anterior.
6. Acta de recibo final de obra.
7. Actas de comités de obra.
8. Especificaciones técnicas aplicadas al Contrato de obra. Procedimientos constructivos.
9. Aclaraciones técnicas en los cambios de diseño. Exclusiones de metas físicas.
10. Descripción detallada de metas físicas ejecutadas indicando para cada CIV (Código de Identificación Vial) y elemento: Localización, área construida, tipo de obra, tipo de amparo y vigencia de póliza.
11. Sección típica de la estructura construida, por CIV (Código de Identificación Vial) y por elemento.
12. Registro fotográfico antes, durante y después de la obra indicando su CIV (Código de Identificación Vial) y elemento.
13. Bitácora de obra.
14. Memorando de radicación a la Dirección Técnica de Inteligencia de Negocio e Innovación de los
15. Planos récord de obra aprobados por la interventoría, concordantes con el contenido del presente informe Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 110 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-151 • 2025 • ENERO • 28 151 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 de seguimiento.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 111 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-152 • 2025 • ENERO • 28 152 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 ANEXO 2. OBLIGACIONES APLICABLES A LOS CONTRATOS DE CONSULTORÍA

1. Obligaciones Previas al Acta de Inicio.

1. Para la suscripción del Acta de Inicio de los Contratos de Consultoría y de Interventoría, se requiere dar cumplimiento a los requisitos de perfeccionamiento y ejecución previstos en la ley, incluyendo la suscripción del Contrato, la expedición de registro presupuestal y la aprobación de la garantía única de cumplimiento por parte de la DTGC. a. Las obligaciones que se establecen a continuación se aplicarán, en lo pertinente, para los Contratos

de Consultoría que tengan por objeto la realización de Estudios y Diseños de Proyectos, así como para los contratos en los cuales se transfieran las obligaciones de ejecución de Estudios y Diseños al Contratista de Obra, tal como lo previsto en el Esquema 1 de transferencia de riesgos al Constructor según el contenido del Manual de Gestión Contractual del IDU y en el Manual de Interventoría y/o Supervisión de la entidad.

Obligaciones Contratos de Consultoría. Obligaciones Previas al Acta de Inicio.

COMPONENTE TÉCNICO Consultor Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría N.A.

1. Elaborar y suscribir el Acta de Inicio del Contrato de Interventoría, dentro del plazo establecido en el Contrato, previo el cumplimiento de los requisitos de ejecución.

Elaborar y suscribir el Acta de Inicio del Contrato de Consultoría, dentro del plazo establecido en el Contrato, previo el cumplimiento de los requisitos de ejecución.

1. Suscribir el Acta de Inicio del Contrato de Interventoría, dentro del plazo establecido en el Contrato, previo el cumplimiento de los requisitos de ejecución. Remitir a la DTGC para su publicación en SECOP y archivo en el respectivo expediente del Contrato.
Suscribir el Acta de Inicio del Contrato de Consultoría, dentro del plazo establecido en el Contrato, previo al cumplimiento de los requisitos de ejecución.

Suscribir el Acta de Inicio del Contrato de Consultoría, dentro del plazo establecido en el Contrato, previo el cumplimiento de los requisitos de ejecución. Remitir a la DTGC para su publicación en SECOP y archivo en el respectivo expediente del Contrato.

2. Obligaciones posteriores al Acta de Inicio.

a. Suscrita el Acta de Inicio de los Contratos de Consultoría y de Interventoría, se dará cumplimiento a las siguientes obligaciones y requisitos:

Obligaciones Contratos de Consultoría. Obligaciones posteriores al Acta de Inicio.

COMPONENTE TÉCNICO Consultor Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría N. A

1. Presentar al IDU las hojas de vida del recurso humano clave de la etapa exigido en el Contrato dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la firma del Acta de Inicio.

1. Recibir de la Interventoría las hojas de vida para la ejecución del Contrato de Interventoría, revisar y aprobar las mismas o solicitar el retiro y reemplazo de aquellas hojas de vida del Contrato de Interventoría, que no cumplan con los requisitos mínimos contractualmente exigidos para el respectivo cargo, según el Contrato. El IDU podrá solicitar el retiro y reemplazo de las hojas de vida

En caso de no ser aprobada alguna hoja de vida, se debe presentar la nueva hoja de vida dentro de los dos Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 112 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-153 • 2025 • ENERO • 28 153 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contratos de Consultoría. Obligaciones posteriores al Acta de Inicio.

COMPONENTE TÉCNICO Consultor Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría (2) días hábiles siguientes a la notificación de no aceptación. que superen el cien por ciento (100%) de dedicación máxima laboral en Contratos IDU. En el caso que la Interventoría presente hasta tres (3) hojas de vida para un mismo cargo y estas no sean aprobadas, se entenderá incumplida la obligación contractual.

2. Revisar, verificar y aprobar las hojas de vida del recurso humano mínimo requerido para el inicio de la Etapa o Fase del Contrato de Consultoría, de conformidad con lo exigido en el Contrato, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la entrega por parte del consultor..

2. Presentar a la Interventoría, las hojas de vida del recurso humano clave de la Etapa o Fase exigido en el Contrato dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la firma del Acta de Inicio.

2. Recibir de la Interventoría las hojas de vida aprobadas para la ejecución del Contrato de Consultoría, con el fin de verificar en la base de datos del Instituto que el profesional aprobado por la Interventoría no sobrepase el cien por ciento (100%) de la dedicación por vinculación en otros Contratos IDU.

La Interventoría podrá objetar y devolver las hojas de vida que no cumplan con los requisitos especificados.

En caso de no ser aprobada alguna hoja de vida, se debe presentar la nueva hoja de vida dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la notificación de no aceptación.

En todo caso, el IDU podrá solicitar el retiro y reemplazo de aquellas hojas de vida del Contrato de Consultoría o de obra, que no cumplan con los requisitos mínimos contractualmente exigidos para el respectivo cargo, según lo previsto en el Contrato.

En el caso que el Consultor presente hasta tres (3) hojas de vida para un mismo cargo y estas no sean aprobadas, se entenderá incumplida la obligación contractual.

3. Revisar y aprobar el cronograma general del proyecto presentado por el Consultor y entregarlo al IDU dentro de los cinco (5) días hábiles después de recibido del contratista.

3. Recibir aprobado el cronograma general de parte de la Interventoría.

3. Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la firma del Acta de Inicio, elaborar y presentar el cronograma general de la Etapa o Fase que se va a iniciar del Proyecto, el cual deberá incluir las actividades a desarrollar, el alcance estimado inicial en donde se evidencien los trámites y tiempos requeridos para el cumplimiento de la Etapa o Fase, de acuerdo con los lineamientos del Apéndice G de programación incluido en los pliegos de condiciones.

El plazo total para la revisión y aprobación del cronograma general del proyecto no puede exceder el plazo de los cinco (5) días hábiles después de recibido por parte del Consultor, incluyendo todas las correcciones a que haya lugar por parte de éste.

4. Recibir aprobado por parte de la Interventoría el documento general del Plan Anual de Caja (PAC) del Contrato objeto de supervisión.

4. Obtener la aprobación de la Interventoría del Plan Anual de Caja (PAC) para la etapa de estudios y diseños, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la firma del Acta de Inicio.

4. Revisar, verificar y aprobar el documento general del Plan Anual de Caja (PAC) del Contrato objeto de vigilancia dentro de los cinco (5) días hábiles después de recibido del Contratista, y presentarlo al IDU para su revisión, observaciones o programación.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 113 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-154 • 2025 • ENERO • 28 154 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contratos de Consultoría. Obligaciones posteriores al Acta de Inicio.

COMPONENTE TÉCNICO Consultor Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría
4. Dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la firma del Acta de Inicio, elaborar, presentar y obtener la aprobación por parte de la

4. Revisar, verificar y aprobar del Plan Detallado de Trabajo de la etapa de estudios y diseños, de acuerdo con los lineamientos del Apéndice

programación incluido en los pliegos de condiciones y según los demás requisitos establecidos en el Manual de Interventoría y/o Supervisión.

G de programación incluido en los pliegos de condiciones y según los demás requisitos establecidos en el Manual de Interventoría y/o Supervisión de Contratos del IDU vigente al momento de su presentación, dentro de los cinco (5) días hábiles después de recibido del contratista

4. Recibir aprobado el Plan Detallado de Trabajo de la etapa de estudios y diseños, de acuerdo con los lineamientos del Apéndice G de Interventoría, del Plan Detallado de Trabajo de la etapa de estudios y diseños, de acuerdo con los lineamientos del Apéndice G de programación incluido en los pliegos de condiciones y según los demás requisitos establecidos en el Manual de Interventoría y/o Supervisión de Contratos del IDU vigente al momento de su presentación.

3. Análisis y Recopilación de Información

Obligaciones Contratos de Consultoría. Obligaciones de Análisis y Recopilación de Información.

COMPONENTE TÉCNICO Consultor Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría

1. Recibir de la Interventoría las hojas de vida para la ejecución del Contrato de Interventoría, revisar y aprobar las mismas o solicitar el retiro y reemplazo de aquellas hojas de vida del Contrato de Interventoría, que no cumplan con los requisitos mínimos establecidos en el Contrato para el respectivo cargo. El IDU podrá solicitar el retiro y reemplazo de aquellas hojas de vida que superen el cien por ciento (100%) de dedicación máxima laboral en Contratos IDU.

1. Dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores a la suscripción del Acta de Inicio presentar al IDU las hojas de vida del personal restante requerido en el Contrato para la ejecución del Contrato de Interventoría, con el fin de verificar que se cumpla con lo exigido en el mismo.
En caso de no ser aprobada alguna hoja de vida, se debe presentar la nueva hoja de vida dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la notificación de no aceptación. El plazo total para la entrega, revisión y aprobación de las hojas de vida no puede exceder el plazo establecido en el Contrato.

En el caso que la Interventoría presente hasta tres (3) hojas de vida para un mismo cargo y estas no sean aprobadas, se entenderá incumplida la obligación contractual.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 114 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-155 • 2025 • ENERO • 28 155 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contratos de Consultoría. Obligaciones de Análisis y Recopilación de Información.

COMPONENTE TÉCNICO Consultor Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría

2. Dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores a la suscripción del Acta de Inicio, radicar en la Interventoría las hojas de vida del personal restante requerido en el Contrato para su ejecución.
En caso de no ser aprobada alguna hoja de vida se debe presentar la nueva hoja de vida dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la notificación de no aceptación. De cualquier manera, el plazo total para la entrega, revisión y aprobación de las hojas de vida no puede exceder el plazo establecido en el Contrato.

2. Recibir de la Interventoría las hojas de vida aprobadas para la ejecución del Contrato de Consultoría, con el fin de verificar en la base de datos del Instituto que el profesional aprobado por la Interventoría no sobrepase el cien por ciento (100%) de la dedicación por vinculación en otros Contratos IDU.
El IDU podrá solicitar el retiro y reemplazo de aquellas hojas de vida del Contrato de Consultoría que no cumplan con los requisitos mínimos contractualmente exigidos para el respectivo cargo, según los pliegos de condiciones y el Contrato.

2. Revisar, verificar y aprobar las hojas de vida el recurso humano restante requerido en el Contrato para su ejecución, con el fin de verificar que se cumpla con lo exigido en el mismo. La Interventoría podrá solicitar el retiro y reemplazo de aquellas hojas de vida que no cumplan los requisitos establecidos.
La Interventoría podrá objetar y devolver las hojas de vida que no cumplan con los requisitos especificados. En el caso que el Consultor presente hasta tres (3) hojas de vida para un mismo cargo y éstas no sean aprobadas, se entenderá incumplida la obligación contractual.

3. Asistir a la visita inicial de reconocimiento y suscribir el acta correspondiente.

3. Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la aprobación de las hojas de vida del personal requerido en el Contrato, efectuar una visita al sitio donde se ejecutará el proyecto, con la asistencia de la Interventoría y el IDU, el director del proyecto y los especialistas, con el fin de hacer un reconocimiento de la zona. Suscribir el acta correspondiente. Para esta visita todos los integrantes deberán cumplir con el protocolo SST.

3. Convocar y asistir en conjunto con el Consultor, sus especialistas, y el IDU, en una visita a la zona en donde se desarrollará el proyecto, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la aprobación de las hojas de vida del personal requerido en el Contrato, con el fin de hacer un reconocimiento de la zona. Elaborar y suscribir el acta correspondiente.
Para esta visita todos los integrantes deberán cumplir con el protocolo SST

4. Solicitar y recibir del Interventor la siguiente información:
GU-IC-01 Guía Toma de Información Técnica de inventario diagnóstico y ensayos para la gestión de la Infraestructura vial y espacio público de Bogotá DC, Copia del Certificado de Reserva Presupuestal. Consultar y descargar la siguiente información publicada en la página web https://www.colombiacompra.gov.co/s ecop-ii, o la que se encuentre vigente: Contratos, Garantías, Pliegos de Condiciones, Adendas, Propuesta, Actas de Audiencia y Aclaraciones, Resoluciones de Adjudicaciones Consultar y descargar la siguiente información publicada en la página Web del IDU en el link:

4. Entregar a la Interventoría la siguiente información para su utilización:
GU-IC-01 Guía Toma de Información Técnica de inventario diagnóstico y ensayos para la gestión de la Infraestructura vial y espacio público de Bogotá DC, Copia del Certificado de Reserva Presupuestal. Informar a la Interventoría las direcciones web en donde se puede consultar y descargar la información requerida por el Consultor y por la Interventoría Contratos, pliegos de condiciones, adendas, propuestas, Guía de entregables en formato digital, actas de audiencia y aclaraciones, resoluciones de adjudicaciones, copia del certificado de reserva presupuestal.

4. Recibir del IDU la siguiente información para el seguimiento a la ejecución del Contrato:
GU-IC-01 Guía Toma de Información Técnica de inventario diagnóstico y ensayos para la gestión de la Infraestructura vial y espacio público de Bogotá DC, Copia del Certificado de Reserva Presupuestal. Consultar y descargar la siguiente información publicada en la página web https://www.colombiacompra.gov.co/s ecop-ii, o la que se encuentre vigente: Contratos, Garantías, Pliegos de Condiciones, Adendas, Propuesta, Actas de Audiencia y Aclaraciones, Resoluciones de Adjudicaciones Consultar y descargar la siguiente información publicada en la página Web del IDU en el link:

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 115 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-156 • 2025 • ENERO • 28 156 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contratos de Consultoría. Obligaciones de Análisis y Recopilación de Información.

COMPONENTE TÉCNICO Consultor Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de https://www.idu.gov.co/page/docume ntacion-contractual o la que esté vigente:

Interventoría https://www.idu.gov.co/page/docume ntacion-contractual o la que esté vigente: Especificaciones Técnicas Generales de Materiales y Construcción para Proyectos de Infraestructura Vial y de Espacio Público, convenios con empresas de servicios públicos y con aquellas entidades que tengan injerencia con el proyecto, Manual de Interventoría y/o supervisión de Contratos, Manual de gestión contractual, Cartilla de Andenes, Cartilla de Mobiliario Urbano, Manual Único de Control y Seguimiento Ambiental y de Seguridad y Salud en el Trabajo para proyectos del IDU y sus formatos, Guía de pago a terceros, Manual de Archivo y Correspondencia, Demás documentos requeridos que en su momento sean necesarios para el seguimiento contractual. Implementar los documentos y formatos que requieran las autoridades competentes, durante la ejecución de los Contratos (SDM, SDA, ESP, CAR, entre otros). Solicitar al Interventor la información adicional que requiera.

Especificaciones Técnicas Generales de Materiales y Construcción para Proyectos de Infraestructura Vial y de Espacio Público, convenios con empresas de servicios públicos y con aquellas entidades que tengan injerencia con el proyecto, Manual de Interventoría y/o Supervisión de Contratos, Manual de Gestión Contractual, Cartilla de Andenes, Cartilla de Mobiliario Urbano, Manual Único de Control y Seguimiento Ambiental y de Seguridad y Salud en el Trabajo para proyectos del IDU y sus formatos, Guía de pago a terceros, Manual de Archivo y Correspondencia, Demás documentos requeridos que en su momento sean necesarios para el seguimiento contractual. Solicitar al Consultor o contratista de obra, el diligenciamiento de los documentos y formatos que requieran las autoridades competentes, durante la ejecución de los Contratos, revisarlos y aprobarlos (SDM, SDA, ESP, CAR, entre otros). Remitir los documentos al IDU. Solicitar al Supervisor del IDU la información adicional que requiera para efectuar el Seguimiento al Contrato de Consultoría y para la correcta ejecución del Contrato de Interventoría.

El IDU debe publicar en la página Web https://www.idu.gov.co/page/docume ntacion-contractual o la que esté vigente y mantener actualizada en la misma la siguiente información: Especificaciones Técnicas Generales de Materiales y Construcción para Proyectos de Infraestructura Vial y de Espacio Público, convenios con empresas de servicios públicos y con aquellas entidades que tengan injerencia con el proyecto, Manual de Interventoría y/o Supervisión de Contratos, Manual de Gestión Contractual, Cartilla de Andenes, Cartilla de Mobiliario Urbano, Manual Único de Control y Seguimiento Ambiental y de Seguridad y Salud en el Trabajo para proyectos del IDU y sus formatos, Guía de pago a terceros, Manual de Archivo y Correspondencia, Demás documentos requeridos que en su momento sean necesarios para el seguimiento contractual. Recibir los documentos y formatos debidamente aprobados por la Interventoría y enviarlos a las autoridades competentes. Coordinar con la dependencia encargada del IDU, la publicación de la información adicional que requiera la Interventoría y no se encuentre en el sitio web. Informar permanentemente a la Interventoría las actualizaciones efectuadas al sitio web.

N/A

5. Recopilar y analizar toda la información disponible sobre redes existentes y proyectadas de todas las ESP, exigencias de diseño e insumos requeridos, aclarando las dudas sobre aspectos generales, técnicos, ambientales, arqueológicos, patrimoniales y/o sociales.

5. Verificar que el Consultor recopile y analice toda la información disponible sobre redes existentes y proyectadas de todas las ESP, exigencias de diseño e insumos requeridos, aclarando las dudas sobre aspectos generales, técnicos, ambientales, arqueológicos, patrimoniales y/o sociales.

N.A.

6. Recibir copia de los pronunciamientos de la Interventoría, los cuales podrán ser objetados por el IDU.

6. Recibir, analizar y resolver oportunamente, todas las consultas, requerimientos o solicitudes presentadas por el Consultor con relación al Contrato, enviando copia de

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 116 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-157 • 2025 • ENERO • 28 157 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contratos de Consultoría. Obligaciones de Análisis y Recopilación de Información.

COMPONENTE TÉCNICO Consultor Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría los mismos al IDU.

N.A.

7. Informar al IDU sobre las controversias entre el Consultor y la Interventoría sobre cualquier concepto emitido por ésta última y proponer una o varias alternativas de solución.

7. Cuando existan diferencias entre el Consultor y el Interventor, éstas serán dirimidas, en principio, por el IDU.
Para ello, tanto el Interventor como el Consultor enviarán, dentro de los cinco (5) días siguientes a que se suscite la controversia, sendos documentos en los cuales expresen el contenido de la discrepancia, su posición y las razones de ésta con los respectivos soportes. El IDU definirá la discrepancia en un plazo de treinta (30) días calendario siguiente al recibo de las dos (2) posiciones, salvo cuando el contenido de la controversia exija un término superior, el cual, en todo caso, será comunicado por el IDU al Interventor y al Consultor. En caso de requerirse, el IDU podrá suspender los Contratos de Consultoría e Interventoría, para analizar y tomar la decisión con respecto a la controversia. Esta suspensión debe ser contemplada desde la estructuración de la propuesta por parte del Consultor y el Interventor, por lo tanto, no generará costos adicionales a favor del Consultor y/o el Interventor. La vigilancia y control del Contrato respectivo se ejercerá de acuerdo con lo establecido en la ley y en los Manuales, Guías, Planes y Procedimientos del IDU vigente durante su ejecución.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 117 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-158 • 2025 • ENERO • 28 158 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contratos de Consultoría. Obligaciones de Análisis y Recopilación de Información.

COMPONENTE SOCIAL: DIÁLOGO CIUDADANO Y COMUNICACIÓN ESTRATÉGICA Consultor Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría

1. Recibir las PQRS presentadas por los ciudadanos en las reuniones y punto IDU, y dar trámite a las mismas conforme a las directrices de la Oficina de Relacionamiento y Servicio a la Ciudadanía.

1. Verificar la respuesta y oportunidad de las PQRS presentadas por los ciudadanos en todas las reuniones y punto IDU, validando que se dé trámite a las mismas conforme a las directrices de la Oficina de Relacionamiento y Servicio a la Ciudadanía.

1. Realizar seguimiento a la respuesta y oportunidad de las PQRS presentadas por los ciudadanos en todas las reuniones y punto IDU, validando que se dé trámite a las mismas conforme a las directrices de la Oficina de Relacionamiento y Servicio a la Ciudadania

2. Diligenciar y actualizar en el Sistema Bachué o el aplicativo vigente al momento de la suscripción del Contrato, toda la información solicitada del componente social en los tiempos requeridos, durante la ejecución del Contrato.

2. Verificar el Diligenciamiento y actualización en el Sistema Bachué o el aplicativo vigente al momento de la suscripción del Contrato por parte del Consultor, de toda la información solicitada del componente social en los tiempos requeridos durante la ejecución del Contrato.

2. Hacer seguimiento sobre la verificación del Interventor del diligenciamiento y actualización en el Sistema Bachué o el aplicativo vigente al momento de la suscripción del Contrato, por parte del Consultor, de toda la información solicitada del componente social en los tiempos requeridos, durante la ejecución del Contrato.

3. Asistir a la socialización programada por el IDU del Sistema Bachué o el aplicativo vigente al momento de la suscripción del Contrato.

3. Asistir a la socialización programada por el IDU del Sistema Bachué o el aplicativo vigente al momento de la suscripción del Contrato.

3. Programar la socialización del sistema Bachué o el aplicativo vigente al momento de la suscripción del Contrato al Consultor e Interventor.

4. Implementar canales de información, comunicación y atención para el ciudadano durante la ejecución del Contrato, elaborar y distribuir las piezas de comunicación aprobadas por el IDU.

4. Velar por la existencia y funcionamiento de los canales de comunicación, información y atención al ciudadano y tomar las medidas que correspondan para tal fin.

4. Verificar que el Contratista del Contrato objeto de Interventoría cuente con canales de información, comunicación y atención para el ciudadano, y elabore y distribuya las piezas de comunicación aprobadas por el IDU.

5. Atender al ciudadano en el punto IDU en condiciones de calidad.

5. Velar por el funcionamiento del punto IDU.

5. Verificar que la atención en el punto IDU se efectúe en condiciones de calidad.

N.A.

6. Mensualmente el Interventor entregará al IDU un informe con la información de la ejecución del Contrato.

6. Recibir aprobado por parte de la Interventoría el informe con la información de la ejecución del Contrato.

N/A

7. Recibir, revisar, aceptar o rechazar el plan de acción entregado por la Interventoría, para realizar el seguimiento al Plan de Diálogo Ciudadano y Comunicación Estratégica.

7. Elaborar y presentar al IDU el Plan de Acción para el seguimiento, verificación y aprobación del Plan de Diálogo Ciudadano y Comunicación Estratégica y de los productos requeridos al Consultor.
El plan de acción se deberá presentar para aprobación dentro del primer mes calendario posterior a la suscripción el Acta de Inicio del Contrato de Interventoría

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 118 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-159 • 2025 • ENERO • 28 159 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contratos de Consultoría. Obligaciones de Análisis y Recopilación de Información.

COMPONENTE SOCIAL: DIÁLOGO CIUDADANO Y COMUNICACIÓN ESTRATÉGICA Consultor Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de

8. Revisar y aprobar los documentos metodológicos y cronograma de la ejecución de las actividades y productos del componente social.

8. Recibir el Plan de Diálogo Ciudadano y Comunicación Estratégica, aprobado por la Interventoría.

Interventoría
8. Elaborar y presentar los documentos metodológicos y cronograma de la ejecución de las actividades y productos del componente social, con el fin de remitir a la Interventoría para su aprobación.

9. Revisar y aprobar la información remitida por el CONSULTOR correspondiente al área de influencia del proyecto de acuerdo con lo establecido en el Contrato.

9. Recibir aprobado la información remitida por el CONSULTOR correspondiente al área de influencia del proyecto de acuerdo con lo establecido en el Contrato.

9. Elaborar y presentar la información correspondiente al área de influencia del proyecto de acuerdo con lo establecido en el Contrato y remitir la información a la Interventoría para su revisión y aprobación.

10. Revisar y aprobar la información correspondiente al diagnóstico socioeconómico y cultural del proyecto.

10. Recibir aprobada la información correspondiente al diagnóstico socioeconómico y cultural del proyecto.

10. Elaborar y presentar la información correspondiente al diagnóstico socioeconómico y cultural del proyecto. Así como, remitir la información a la Interventoría para su revisión y aprobación.

11. Revisar y aprobar las evaluaciones de impacto social, al igual que el plan de manejo de los mismos.

11. Realizar las evaluaciones de impacto social, al igual que el plan de manejo de los mismos, y enviarlos a la Interventoría.

12. Recibir aprobadas las presentaciones para las reuniones requeridas en el desarrollo del Contrato con la comunidad, instituciones y grupos de interés ubicados en el área de influencia del proyecto y entregarla previamente al IDU para su revisión y aprobación, con el objetivo de realizar el simulacro previo a las reuniones.

12. Revisar y aprobar las presentaciones para las reuniones requeridas en el desarrollo del Contrato con la comunidad, instituciones y grupos de interés ubicados en el área de influencia del proyecto y entregarla previamente al IDU para su revisión y aprobación, con el objetivo de realizar el simulacro previo a las reuniones, así como asistir a la realización de dichos simulacros.

11. Recibir aprobado las evaluaciones de impacto social, al igual que el plan de manejo de los mismos.
12. Elaborar las presentaciones para las reuniones requeridas en el desarrollo del Contrato con la comunidad, instituciones y grupos de interés ubicados en el área de influencia del proyecto y entregarlas previamente a la Interventoría e IDU para su revisión y aprobación, con el objetivo de realizar los simulacros previos a las reuniones, así como asistir a la realización de dichos simulacros.

13. Participar en las reuniones con la comunidad, el IDU y demás interesados.

13. Participar en las reuniones con la comunidad, Consultor e Interventoría y demás interesados.

13. Convocar a la comunidad, a la Interventoría, al IDU y demás interesados a asistir y participar en todas las reuniones con la comunidad ubicada en el área de influencia del proyecto, de acuerdo con lo exigido en el Contrato.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 119 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-160 • 2025 • ENERO • 28 160 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contratos de Consultoría. Obligaciones de Análisis y Recopilación de la Información.

COMPONENTE: AMBIENTAL, SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Consultor Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría

1. Revisar y aprobar el cumplimiento de los contratos, de las certificaciones de afiliación al Sistema General de Seguridad Social Integral, certificación de cumplimiento de los documentos de ingreso y exámenes médicos ocupacionales vigentes del recurso humano exigido contractualmente al Consultor y remitirlos al IDU.

1. Entregar a la Interventoría copia de los contratos, de las certificaciones de afiliación al Sistema General de Seguridad Social Integral, certificación de cumplimiento de los documentos de ingreso y exámenes médicos ocupacionales vigentes del recurso humano exigido contractualmente.

1. Recibir aprobados por la Interventoría los contratos, las certificaciones de afiliación al Sistema General de Seguridad Social Integral, certificación de cumplimiento de los documentos de ingreso y exámenes médicos ocupacionales vigentes, del recurso humano exigido contractualmente al Consultor y remitirlos al IDU.

N.A.

2. Entregar al IDU copia de los Contratos, de las certificaciones de afiliación al Sistema General de Seguridad Social Integral, certificación de cumplimiento de los documentos de ingreso y exámenes médicos ocupacionales vigentes del recurso humano exigido contractualmente.

2. Recibir y aprobar el cumplimiento de los contratos, las certificaciones de afiliación al Sistema General de Seguridad Social Integral, certificación de cumplimiento de los documentos de ingreso y certificados de aptitud laboral.
El IDU podrá objetar los documentos presentados y devolverlos a la Interventoría.

3. Recibir el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo del Contrato de Consultoría, avalado por la Interventoría.

3. Diseñar y presentar al Interventor el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, aplicable durante la ejecución del Contrato de Consultoría. Presentar los documentos legales del SG-SST aplicable para el personal contratado.

3. Verificar, revisar, avalar y entregar al IDU el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, aplicable para la ejecución del Contrato de Consultoría y soportes de las actividades legales básicas para el personal contratado por el Consultor.
El plazo total para la revisión, verificación y aprobación del Sistema no puede exceder el plazo de tres (3) días hábiles posteriores al recibido por parte del Consultor, incluyendo todas las correcciones a que haya lugar por éste.

N.A.

4. Diseñar y presentar al IDU el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo aplicable durante la ejecución del Contrato de Interventoría. Presentar los documentos legales del SG-SST aplicable para el personal contratado por la Interventoría.

5. Validar y aprobar la información remitida por el Consultor y/o Contratista.

5. Dar recibo al documento RAI elaborado por el consultor y/o Contratista y aprobado por el interventor.

4. Recibir, revisar, avalar que el SG- SST presentado por la Interventoría cumple con los contenidos y requisitos definidos en la normativa vigente y se encuentra acorde a las actividades a desarrollar en el Contrato de Consultoría y soportes de las actividades legales para el personal contratado por la Interventoría
5. Identificar la existencia de instrumentos ambientales preexistentes así como la caracterización general de las condiciones del área de intervención, así como los requisitos necesarios para la obtención y/o actualización de nuevos.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 120 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-161 • 2025 • ENERO • 28 161 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contratos de Consultoría. Obligaciones de Análisis y Recopilación de la Información.

COMPONENTE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL Consultor Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría
1. Establecer contactos inmediatos con los representantes de las ESP, SDM, SDP y otras Entidades una vez se informe por parte de la Interventoría

1. Una vez se conozca el nombramiento de los representantes de las ESP, SDM, SDP y otras Entidades, informar al Consultor de

1. Enviar comunicación a las ESP, SDM, SDP, SDA y demás entidades que se requiera de acuerdo con las necesidades del proyecto, la

Obligaciones Contratos de Consultoría. Obligaciones de Análisis y Recopilación de la Información.

COMPONENTE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL Consultor Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Diseño para establecer los contactos iniciales con los mismos. oficialización de inicio del Contrato y solicitar el nombramiento del representante por parte de cada ESP y otros terceros, quien realizará el acompañamiento al desarrollo del Contrato respecto a las redes de servicios públicos, ambiental, señalización y semaforización y otros aspectos que se considere. Hacer presentación del proyecto a los distintos representantes de las ESP, TIC, SDM y otras entidades.

Interventoría sobre el nombramiento de dichos representantes, los cuales serán los encargados de realizar el acompañamiento en desarrollo del diseño en lo concerniente a las redes de servicios públicos, ambiental, señalización y semaforización y otros aspectos. Para tal efecto, el Consultor deberá elaborar un oficio solicitándola información sobre los siguientes aspectos: (i) identificación del representante de las ESP y terceros, (ii) información técnica o datos técnicos de redes existentes y proyectadas; (iii) Adjuntar las envolventes de los proyectos, debidamente georreferenciados, (iv) presentación del proyecto según condiciones a convenir Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 121 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-162 • 2025 • ENERO • 28 162 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contratos de Consultoría. Obligaciones de Análisis y Recopilación de la Información.

COMPONENTE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL Consultor Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de

2. Verificar el cumplimiento de los lineamientos establecidos en los convenios marco con ESP y TIC y la guía “Coordinación IDU, ESP y TIC en proyectos de infraestructura de transporte” o las que haga sus veces, y realizar las aprobaciones correspondientes.
Concurrir a la presentación del proyecto frente a las ESP y terceros.

2. Recibir de la Interventoría los productos debidamente aprobados en cumplimiento de los lineamientos establecidos en los convenios marco con ESP y TIC y la guía “Coordinación IDU, ESP y TIC en proyectos de infraestructura de transporte” o la que haga sus veces.
Concurrir a la presentación del proyecto frente a las ESP y terceros. Asistir y verificar el procedimiento de cada Mesa de Decisión Técnica.

Interventoría
2. Gestionar y elaborar las actividades, insumos y productos aplicables a esta fase para dar cumplimiento a los lineamientos establecidos en los convenios marco suscritos con las ESP y TIC, la guía “Coordinación IDU, ESP y TIC en proyectos de infraestructura de transporte” o las que haga sus veces.
3. Realizar la presentación del proyecto frente a las ESP y terceros incluyendo aspectos técnicos generales y de redes, aspectos financieros, legales y cronogramas del Contrato.
Elaborar el cronograma de entrega de Datos Técnicos, investigación de redes y proponer a las ESP y terceros las fechas para Mesas Técnicas de Decisión. Analizar la información de redes remitida por la ESP. Elaborar la programación de investigación de redes (coordinado con la ESP) Remitir la programación de investigación redes y solicitar acompañamiento de personal técnico de las ESP.

3. Realizar la topografía, investigación detallada y diagnóstico de uso y

3. Supervisar y verificar que el Consultor efectúe la topografía,

3. Recibir de la Interventoría la topografía, la investigación detallada y

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 122 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-163 • 2025 • ENERO • 28 163 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contratos de Consultoría. Obligaciones de Análisis y Recopilación de la Información.

COMPONENTE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL Consultor Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de el diagnóstico sobre la infraestructura de redes de servicios públicos existentes en la zona de influencia donde se desarrollará el proyecto y de todas las variables que incidan para la elaboración de los diseños. Enviar el diagnóstico a las empresas correspondientes. investigación y diagnóstico detallado de las redes de servicios públicos existentes en la zona de influencia donde se desarrollará el proyecto y de todas las variables que incidan para la elaboración de los Estudios y Diseños del proyecto, dejar constancia por medio escrito de ello y radicar en el IDU y las ESP y TIC la información técnica que defina si la red puede ser protegida o trasladada.

Interventoría conservación de las redes de servicios públicos existentes en la zona de influencia donde se desarrollará el proyecto. Realizar la topografía, investigación y diagnóstico de redes: Detalle de características de la red en la precisión requerida por el proyecto, estado de prestación del servicio Determinar las protecciones y traslados por necesidad del proyecto. Informar a la empresa mediante oficios sobre el estado y características de la red investigada (planos de redes existentes), fechas exactas de realización de las Mesas de Decisión Técnica después de concertarlas y realizar requerimientos para el proyecto.

4. Recibir el informe correspondiente.
El IDU colaborará en aquellos casos en donde existan inconvenientes en la entrega de la información por parte de la SDM, requerida por el Consultor e Interventoría.

4. Solicitar, obtener y analizar toda la información suministrada por la SDM sobre tránsito, señalización, semaforización y lineamientos que puedan requerirse para cumplir con el objeto del proyecto. El Consultor debe proporcionar los medios que se requieran para obtenerla.

4. Supervisar, verificar y colaborar para que el Consultor recopile y analice toda la información suministrada por la SDM sobre tránsito, señalización y semaforización que pueda requerirse para cumplir con el objeto del proyecto y realizar un informe con la información secundaria obtenida.

5. Recibir el informe correspondiente.
El IDU colaborará en aquellos casos en donde existan inconvenientes en la entrega de la información por parte de las entidades, requerida por el Consultor e Interventoría.

5. Solicitar, obtener y analizar toda la información requerida por escrito a otras entidades y autoridades del orden nacional, regional o distrital, sobre todos los temas que sean necesarios para cumplir con el objeto contractual.

5. Supervisar, verificar y colaborar para la adquisición de la información solicitada por escrito a otras entidades y autoridades del orden nacional, regional o distrital, sobre todos los temas que sean necesarios para cumplir con el objeto contractual y realizar un informe con la información secundaria obtenida.

Obligaciones Contratos de Consultoría. Obligaciones de Análisis y Recopilación de la Información.

COMPONENTE ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO Consultor Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría

1. Administrar el archivo documental del proyecto, en lo referente a los Contratos a su cargo, así como de los productos que se obtengan en el desarrollo del Contrato. De igual forma, el supervisor deberá ingresar en el SIAC la información pertinente, con el fin de garantizar que la

1. Administrar el archivo documental del proyecto, en lo referente a los Contratos de Consultoría, construcción, conservación, suministros, adquisición de bienes, arriendo e Interventoría, así como de los

1. Mantener actualizada y debidamente archivada la documentación del Contrato, controlar el archivo del proyecto con la finalidad de integrar un expediente del desarrollo del Contrato y llevar conjuntamente con la Interventoría la

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 123 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-164 • 2025 • ENERO • 28 164 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contratos de Consultoría. Obligaciones de Análisis y Recopilación de la Información.

COMPONENTE ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO Consultor Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de información que allí reposa corresponde a la situación real del Contrato. productos que se obtengan en el desarrollo del Contrato.

Interventoría trazabilidad del proyecto, de conformidad con las normas aplicables.

2. Aplicar el procedimiento para pago a terceros.

2. Suscribir con la Interventoría las actas de pago con sus respectivos soportes, según se indique en el Contrato de Consultoría, construcción,

conservación, suministros, adquisición de bienes o arriendo y gestionar el pago de acuerdo con lo establecido en la guía de pago a terceros.

2. Revisar, aprobar y suscribir las actas de pago con sus respectivos soportes, según se indique en el Contrato de Consultoría, construcción, conservación, suministros, adquisición de bienes o arriendo, y gestionar el pago de acuerdo con lo establecido en la guía de pago a terceros.

N.A.

3. Suscribir con la Interventoría las actas de pago y aplicar lo establecido en la guía de pago a terceros. El IDU podrá objetar el acta y devolverla a la Interventoría.

3. Elaborar y suscribir con el IDU las actas de pago con sus respectivos soportes, según se indique en el Contrato de Interventoría, y gestionar el pago de acuerdo con lo establecido en la guía de pago a terceros.

4. Elaborar y entregar a la Interventoría a dentro del mes calendario siguiente al relacionado en el extracto, el informe de inversión y buen manejo del anticipo debidamente soportado.

4. Realizar seguimiento a la Interventoría y revisar que ésta entregue aprobado el informe de inversión y buen manejo del anticipo, hasta la liquidación del anticipo.
El IDU podrá devolver los documentos solicitando las aclaraciones y correcciones que considere necesarias.

4. Verificar y aprobar, dentro del mes calendario siguiente al relacionado en el extracto, el Informe de inversión y buen manejo del anticipo, y remitirlo al IDU de manera individual y también como parte del informe mensual de Interventoría hasta la liquidación del anticipo.

4. Factibilidad

a. Durante la Factibilidad el Consultor debe elaborar el estudio de análisis de alternativas y/o factibilidad teniendo en cuenta los lo previsto en el Contrato y los documentos que lo conforman, las guías de factibilidad, así como los Estudios y Diseños con los productos que resulten aplicables a consideración del IDU, para la alternativa seleccionada y, de ser necesario, plantear alternativas complementarias. Los productos que se deben presentar son los contemplados en los formatos “IDU Productos de Estudios de Factibilidad - Listas de Chequeo – para cada uno de los componentes. b. A la finalización de la Etapa de Factibilidad, se deberá haber entregado todos los productos pactados y cumplidos todas las actividades y obligaciones previstas para este período de ejecución del Contrato.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 124 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-165 • 2025 • ENERO • 28 165 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contratos de Consultoría. Factibilidad.

COMPONENTE TÉCNICO Consultor Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de

1. Exigir el cumplimiento del cronograma y el programa de inversiones, presentados por el Consultor o contratista de obra, efectuando controles permanentes de las actividades programadas.

Interventoría
1. Cumplir con el cronograma y el programa de inversiones aprobadas al inicio del Contrato, asegurando el uso adecuado y oportuno de los recursos.
Efectuar de manera inmediata los correctivos necesarios cuando ello sea necesario.

1. Hacer seguimiento a la gestión de la Interventoría, a partir de la información suministrada por la misma, con relación al cumplimiento y desempeño del cronograma y programa de inversiones del Contrato de Consultoría. En caso de

Obligaciones Contratos de Consultoría. Factibilidad.

COMPONENTE TÉCNICO Consultor Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría El Consultor debe entregar para aprobación de la Interventoría las reprogramaciones del cronograma, adjuntando incluyendo la respectiva justificación. incumplimientos, solicitar a la Interventoría lo descrito en el procedimiento “Declaratoria de incumplimiento para la imposición de multa, cláusula penal, caducidad y/o afectación de la garantía única de cumplimiento” o el que haga sus veces.

La reprogramación se deberá presentar para aprobación dentro de los tres (3) primeros días hábiles después de detectada la desviación del cronograma en el comité semanal del Contrato.

Recibir aprobada por parte de la Interventoría la justificación y aprobación de la reprogramación del cronograma.

Reportar semanalmente al IDU, como un anexo al informe semanal de Interventoría en MS Project o en el formato y/o aplicativo que el IDU disponga, los porcentajes y costos de avance de ejecución soportables, identificar actividades atrasadas, adelantadas, porcentajes de avance real, comienzo y fin tardíos, comienzo y fin adelantados, costo real facturado, análisis de tendencias, análisis de ruta crítica e indicadores de desempeño de cronograma y costo del Contrato. En caso de incumplimientos revisar y aprobar el plan de contingencia propuesto por el Consultor; ante reiteración de incumplimiento deberá iniciar el procedimiento “Declaratoria de incumplimiento para la imposición de multa, cláusula penal, caducidad y/o afectación de la garantía única de cumplimiento” o el que haga sus veces. Revisar, analizar y aprobar la justificación entregada por el Consultor para la reprogramación propuesta, y remitir al supervisor la reprogramación aprobada, entendiéndose esta reprogramación como la nueva línea base del Contrato. El plazo total para la revisión, verificación y aprobación de la reprogramación no puede exceder el plazo de los tres (3) días hábiles después de recibido por parte del Consultor, incluyendo todas las correcciones a que haya lugar por Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 125 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-166 • 2025 • ENERO • 28 166 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 parte de éste.

2. Convocar y participar en las reuniones de seguimiento y visitas de campo, y alternativas, y soluciones y demás acciones para el buen desarrollo del proyecto. Elaborar y suscribir las actas generadas.

2. Participar en las reuniones de seguimiento, visitas de campo, inspecciones convocadas por el Interventor o el IDU, y proponer alternativas, soluciones y demás acciones para el buen desarrollo del proyecto.
Suscribir las actas generadas.

2. Participar en las reuniones de seguimiento y visitas de campo, y proponer alternativas, soluciones y demás acciones para el buen desarrollo del proyecto. Suscribir las actas generadas.
El IDU podrá convocar a reuniones de seguimiento y visitas de campo las veces que lo considere necesario.
3. Asistir y participar en las mesas de trabajo conjuntas por disciplina entre

3. Convocar, asistir y participar en las mesas de trabajo conjuntas por

3. Participar en las mesas de trabajo.
En todo caso el IDU podrá convocar a

Obligaciones Contratos de Consultoría. Factibilidad.

COMPONENTE TÉCNICO Consultor Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría los especialistas del Consultor y de la Interventoría, para la conciliación, unificación de criterios y acuerdos. Suscribir el acta correspondiente. reuniones de seguimiento y visitas de campo las veces que lo considere necesario suscribir el acta correspondiente. disciplina entre los especialistas del Consultor de obra y de la Interventoría, para la conciliación, unificación de criterios y acuerdos. La Interventoría podrá solicitar la asistencia del delegado de las ESP y demás entidades, cuando lo considere necesario. Elaborar y suscribir el acta correspondiente.

4. Recibir los informes aprobados por la Interventoría.

4. Entregar oportunamente a la Interventoría la información requerida para la elaboración de los informes mensuales y finales, incluyendo soportes y demás documentos.

4. Recibir, revisar y aprobar los insumos entregados por el Contratista. Con base en estos insumos, la Interventoría elabora el informe mensual de Interventoría.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 126 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-167 • 2025 • ENERO • 28 167 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11

5. Recibir aprobado el Plan Detallado de Trabajo (PDT- Cronograma), para el seguimiento al Contrato en todas sus etapas.

5. Revisar el Plan Detallado de Trabajo (PDT- Cronograma y verificar su contenido de acuerdo con lo previsto en el presente Manual y los documentos que conforman el Contrato.

5. Entregar en Ms Project -o el formato que indique el IDU- y obtener la aprobación de la Interventoría del Plan Detallado de Trabajo (PDT- Cronograma) para el seguimiento al Contrato en todas sus etapas. En dicha presentación se deberá especificar en la entrega de productos, las actividades a desarrollar para la obtención de cada producto exigido en el Contrato de acuerdo con las exigencias de cada uno de los capítulos y las guías IDU de productos y demás documentos del proceso y dentro de los plazos indicados en el Manual de Interventoría.
La presentación del PDT deberá respetar las fechas máximas de los hitos establecidos para entrega de productos en el anexo respectivo del del Contrato y discriminar por fases las actividades, identificando la asignación de personal, equipo y flujo financiero.

6. Recibir aprobada la Metodología para el Estudio de Tránsito.

6. Aprobar la Metodología presentada por el Consultor, dentro de los plazos indicados en el Manual de Interventoría.

6. Presentar la metodología a consideración de Interventoría para su aprobación dentro de los plazos indicados en el Manual de Interventoría. Para el inicio de trabajos de toma de aforos, la Metodología para el Estudio de Tránsito debe tener la validación de la Secretaría Distrital de Movilidad, previa aprobación de la Interventoría.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 127 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-168 • 2025 • ENERO • 28 168 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contratos de Consultoría. Factibilidad.

COMPONENTE TÉCNICO Consultor Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría

7. Recibir aprobado el Plan de Calidad para la ejecución del proyecto

7. Aprobar el Plan de Calidad presentado por el Consultor para la ejecución del proyecto, dentro de los plazos indicados en el Manual de Interventoría.

7. Presentar a la Interventoría el Plan de Calidad para la ejecución del Proyecto, dentro de los plazos indicados en el Manual de Interventoría.

8. Elaborar y suscribir en conjunto con el Interventor el acta de recibo parcial para la entrega de productos, adjuntando la documentación soporte requerida.
Toda acta de recibo parcial de obra debe ir acompañada del acta de ajustes, si ello quedase pactado en el Contrato.

8. Recibir el acta de recibo parcial y los productos relacionados con la misma, verificar que se encuentren firmados y aprobados por parte de los especialistas y el director del proyecto de la Consultoría e Interventoría.
Diligenciar el formato de recibo de productos en la etapa de estudios y diseños.

8. Revisar y avalar la documentación de soporte presentada por el Consultor de manera previa a la suscripción del acta de recibo parcial.
Suscribir en conjunto con el Consultor el acta de recibo parcial para la entrega de productos, adjuntando la documentación soporte (listado de productos de la Consultoría) y radicarla en el IDU.

9. Recibir aprobados por la Interventoría los productos presentados por el Consultor, previstos para esta etapa en los documentos que lo conforman Contrato de Consultoría.

9. Presentar los productos previstos para esta etapa, según los requerimientos establecidos en el Contrato y los documentos que lo conforman, en los plazos allí señalados, y realizar las correcciones que indique el Interventor y el IDU.

9.Aprobar los productos presentados por el Consultor previstos para esta etapa, según los requerimientos establecidos en el Contrato de Consultoría y los documentos que lo conforman, en los plazos allí señalados, y verificar que se hagan las correcciones que indique el mismo Interventor y el IDU.

Obligaciones Contratos de Consultoría. Factibilidad. COMPONENTE AMBIENTAL, SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Consultor Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría 1.Elaborar el documento técnico de soportes según los entregables contemplados en el Contrato para esta etapa

1. Revisar, verificar y aprobar el documento técnico de soportes según los entregables contemplados en el Contrato para esta etapa

1.Recibir aprobado el documento técnico de soportes según los entregables contemplados en el Contrato para esta etapa 3 Asistir a la visita técnica al sitio del proyecto con los especialistas de los componentes A&SST, conjuntamente con la Interventoría y el IDU, con el fin de visualizar el alcance por componente de acuerdo con el contenido de los estudios y documentos objeto del Contrato. Revisar y suscribir el acta generada en la visita.

3. Convocar y asistir a la visita técnica al sitio del proyecto con los especialistas de los componentes A&SST, conjuntamente con el Consultor y el IDU, con el fin de visualizar el alcance por componente de acuerdo con el contenido de los estudios y documentos objeto del Contrato. Elaborar y suscribir el acta generada en la visita.

3. Asistir a la visita técnica al sitio del proyecto con los especialistas de los componentes A&SST, conjuntamente con la Interventoría y el Consultor, con el fin de visualizar el alcance por componente de acuerdo con el contenido de los estudios y documentos objeto del Contrato.
Revisar y suscribir el acta generada en la visita.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 128 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-169 • 2025 • ENERO • 28 169 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contratos de Consultoría. Factibilidad. COMPONENTE AMBIENTAL, SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Consultor Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de N/A Interventoría
4. Las demás obligaciones de Gestión A&SST en el Trabajo que le apliquen por normatividad o documentos del proceso.

4. Las demás obligaciones de Gestión A&SST en el Trabajo que le apliquen por normatividad o documentos del proceso.

Obligaciones Contratos de Consultoría. Factibilidad.

COMPONENTE ARQUEOLÓGICO Consultor Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría

1. Realizar y entregar la información correspondiente de la ejecución del Programa de Arqueología preventiva, (Fase de registro ) cumpliendo lo establecido por el ICANH en su normativa vigente y directrices del IDU.

1. Recibir aprobada la información correspondiente, de la ejecución del Programa de Arqueología preventiva (Fase de registro) según lo establecido por el ICANH en su normativa vigente.

1. Realizar el seguimiento a la elaboración de la fase de registro en el desarrollo del Programa de Arqueología preventiva, siguiendo lo establecido por el ICANH en su normativa vigente y lo estipulado en el capítulo del componente.
1. Revisar, aprobar y radicar en el IDU, los productos finales de la ejecución de la Fase de registro, en el desarrollo del Programa de Arqueología preventiva con lo establecido por el ICANH en su normativa vigente.

2. Revisar, aprobado el Diagnóstico Arqueológico, presentado por el Contratista el cual, debe cumplir con lo establecido por el ICANH en su normativa vigente

2. Recibir el diagnóstico arqueológico, elaborado por el Contratista, debidamente aprobado por la interventoría. El cual, debe cumplir con lo establecido por el ICANH en su normativa vigente y términos de referencia.

2. Elaborar y entregar debidamente aprobado por la Interventoría al IDU, el Diagnóstico arqueológico, Según en el lo establecido por el ICANH en su normativa vigente (comprende la revisión documental arqueológica e histórica del área de influencia directa del proyecto e incluye procesos constructivos periféricos verificados por imágenes de aerofotografías de varias épocas que permitan generar contrastes en cambios de paisaje urbano).

3. N/A

3. Contratar y mantener el personal de apoyo requerido en los términos establecidos en el Contrato y los documentos que lo conforman y requerimientos que realice el ICANH e IDU.

3. Verificar que el Contratista, contrate y mantenga el personal de apoyo requerido en los términos establecidos en el Contrato y los documentos que lo conforman y requerimientos que realice el ICANH e IDU.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 129 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-170 • 2025 • ENERO • 28 170 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contratos de Consultoría. Factibilidad.

COMPONENTE PATRIMONIO Consultor Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría
1. Elaborar las fichas individuales valoración de los Bienes de Interés Cultural, que se identificaron en el polígono de intervención del proyecto, debidamente aprobados por la Interventoría con la información debidamente cartografiada y especializada, en medio digital.

1. Revisar, aprobar y radicar en el IDU, las fichas individuales valoración de los Bienes de Interés Cultural que se identificaron en el polígono de intervención del proyecto con la información debidamente cartografiada y especializada, en medio digital.

2. Hacer seguimiento, control y vigilancia de las obligaciones relacionadas con el componente patrimonio, de conformidad con la normatividad vigente y respecto de las obligaciones del Interventor.

2. Garantizar el efectivo seguimiento, control y vigilancia de las obligaciones relacionadas con el componente de patrimonio, de conformidad con lo establecido en la Ley 1185 de 2008, el Decreto Distrital 190 de 2004, Art. 125 y 310; Decreto Nacional 763 de 2009, Decreto Nacional 2358 primero de 2019 o documento vigente.

1. Recibir aprobados las fichas individuales valoración de los Bienes de Interés Cultural que se identificaron en el polígono de intervención, con la información debidamente cartografiada y especializada, en medio digital.
2. Elaborar y entregar debidamente aprobado por la Interventoría al IDU, el listado de los BIC que hacen parte de la Estructura Integradora de patrimonios con su identificación, dirección de localización, categoría y ámbito de declaratoria. Así mismo, debe contener las recomendaciones, posibles procedimientos y trámites ante las respectivas entidades competentes de Patrimonio Cultural a nivel Distrital y Nacional, tales como IDPC, SCRD, DADEP, Ministerio de Cultura, y cualquier otra en donde sea requerido realizar las solicitudes de autorización.

3. Entregar debidamente aprobado por la Interventoría al IDU, información secundaria como fichas de declaratoria, fichas de inventario, registros fotográficos, valoraciones, estudios históricos, información de identificación de los inmuebles y bienes, así como los Planes o Instrumentos vigentes para cada uno de los BICs.

3. Garantizar el efectivo seguimiento, control y vigilancia de las obligaciones relacionadas con el componente de patrimonio, de conformidad con lo establecido en la Ley 1185 de 2008, el Decreto Distrital 190 de 2004, Art. 125 y 310; Decreto Nacional 763 de 2009, Decreto Nacional 2358 primero de 2019 o documento vigente.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 130 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-171 • 2025 • ENERO • 28 171 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contratos de Consultoría. Factibilidad. COMPONENTE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL Consultor Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría

1. Enviar comunicación a las ESP, SDM, SDP, SDA y demás entidades que se requiera de acuerdo con las necesidades del proyecto, la oficialización de inicio del Contrato y solicitar el nombramiento del representante por parte de cada ESP y/o Entidad, quien realizará el acompañamiento al desarrollo del Contrato respecto a las redes de servicios públicos, ambiental, señalización y semaforización y otros aspectos que se considere.
Hacer presentación del proyecto a los distintos representantes de las ESP, TIC, SDM y otras entidades.

1. Establecer los contactos iniciales con los delegados de las ESP, la Secretaría Distrital de Movilidad - SDM, Secretaría Distrital de Planeación - SDP y otras entidades, una vez estos sean nombrados y el IDU le informe respecto de cumplir con las fechas contractuales.
Solicitar, obtener y analizar la información existente sobre planos de localización de infraestructura de soporte de red, las especificaciones técnicas de construcción de obras civiles vigentes de cada ESP y demás información sobre la localización de su infraestructura en la zona a intervenir en el proyecto.

1. Verificar que el Consultor establezca los contactos iniciales con los delegados de las ESP, Secretaría Distrital de Movilidad - SDM, Secretaría Distrital de Planeación - SDP y otras entidades, una vez estos sean nombrados y el IDU le informe respecto de cumplir con las fechas contractuales. Asimismo, verificar que el Consultor solicite, obtenga y analice la información existente sobre planos de localización de infraestructura de soporte de red, las especificaciones técnicas de construcción de obras civiles vigentes de cada ESP y demás información sobre la localización de su infraestructura en la zona a intervenir en el proyecto.

2. Realizar una inspección detallada de las redes de servicios públicos existentes en la zona de influencia donde se desarrollará el proyecto y de todos los aspectos que inciden en la elaboración de los diseños del proyecto y dejar constancia de ello por escrito.

2. Verificar que el Consultor realice una inspección detallada de las redes de servicios públicos existentes en la zona de influencia donde se desarrollará el proyecto y de todos los aspectos que inciden en la elaboración de los diseños del proyecto y dejar constancia de ello por escrito.

3. Verificar ante la SDP que las redes, equipamientos e infraestructura de propiedad de las ESP, localizadas en el área de influencia del proyecto y que deban ser relocalizadas, subterranizadas y construidas, cumplan con la normativa urbanística vigente.

3. Constatar que el Consultor verifique ante la SDP que las redes, equipamientos e infraestructura de propiedad de las ESP, localizadas en el área de influencia del proyecto vial y que deban ser relocalizadas, subterranizadas y construidas, cumplan con la normativa urbanística vigente.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 131 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-172 • 2025 • ENERO • 28 172 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contratos de Consultoría. Factibilidad. COMPONENTE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL Consultor Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de

4. Asistir a las mesas de decisión técnica y suscribir las actas de competencia con las empresas de servicios públicos para armonizar los proyectos que se ejecuten y resolver todos los aspectos que involucren las redes húmedas y secas de los lugares objeto de desarrollo de infraestructura

4. Los prediseños de la red de servicios públicos realizados por el CONSULTOR deben incluir los prediseños temáticos (hidráulicos, mecánicos, eléctricos y de telecomunicaciones) y los prediseños de obra civil. El resultado de los prediseños temáticos redundará en los prediseños de obra civil. Esta última parte de los prediseños de la red debe ser aceptada por el proyecto a cargo del IDU, por tanto, para cada proyecto o Contrato se deben llevar a cabo las mesas de decisión técnica y suscribir las actas de competencia con las empresas de servicios públicos para armonizar los proyectos que se ejecuten y resolver todos los aspectos que involucren las redes húmedas y secas de los lugares objeto de desarrollo de infraestructura, así: * La primera mesa de decisión técnica tendrá el siguiente producto: - Concertación del Prediseño Conceptual de la red del Servicio Público, teniendo en cuenta principalmente y por prioridad, lo siguiente:
I. Continuidad en la prestación del servicio. II. Rehabilitaciones III. Actualización por material IV. Protecciones y Traslados.

V. Ampliaciones,

expansiones y ajustes a norma. * La segunda mesa de decisión técnica tendrá el siguiente producto:
- Análisis conjunto del prediseño, relacionándolo con el proyecto integral, teniendo en cuenta las prioridades anteriores:
I. La ESP debe entregar la primera versión del prediseño al IDU. II. IDU realizará observaciones para ajustar el prediseño. * La tercera mesa de decisión técnica tendrá el siguiente producto: El Prediseño armonizado debe incluir: I. Planos de ubicación de las redes II. Presupuesto.

Interventoría
4. Los prediseños de la red de servicios públicos deben incluir los prediseños temáticos (hidráulicos, mecánicos, eléctricos y de telecomunicaciones) y los prediseños de obra civil. El resultado de los prediseños temáticos redundará en los prediseños de obra civil. Esta última parte de los prediseños de la red debe ser aceptada por el proyecto a cargo del IDU, por tanto, para cada proyecto o Contrato se deben llevar a cabo las mesas de decisión técnica y suscribir las actas de competencia con las empresas de servicios públicos para armonizar los proyectos que se ejecuten y resolver todos los aspectos que involucren las redes húmedas y secas de los lugares objeto de desarrollo de infraestructura, así: * La primera mesa de decisión técnica tendrá el siguiente producto: - Concertación del Prediseño Conceptual de la red del Servicio Público, teniendo en cuenta principalmente y por prioridad, lo siguiente:
I. Continuidad en la prestación del servicio. II. Rehabilitaciones III. Actualización por material IV. Protecciones y Traslados.

V. Ampliaciones,

expansiones y ajustes a norma. * La segunda mesa de decisión técnica tendrá el siguiente producto:
- Análisis conjunto del prediseño, relacionándolo con el proyecto integral, teniendo en cuenta las prioridades anteriores:
I. La ESP debe entregar la primera versión del prediseño al IDU. II. IDU realizará observaciones para ajustar el prediseño. * La tercera mesa de decisión técnica tendrá el siguiente producto: El Prediseño armonizado debe incluir: I. Planos de ubicación de las redes II. Presupuesto.

III. Propuestas

de solución de interferencias con otros servicios Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 132 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-173 • 2025 • ENERO • 28 173 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contratos de Consultoría. Factibilidad. COMPONENTE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL Consultor Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría públicos y con estructuras a cargo del IDU.

IV. Viabilidad

del proyecto de transporte desde las obras para redes a ejecutar. En los casos en los que no haya acuerdo durante la Tercera Mesa, se acudirá al Comité Coordinador del Convenio con la correspondiente Empresa de Servicio Público y se definirá como producto de la sesión el ajuste de los prediseños y presupuesto de prefactibilidad.

V. Estas

mesas de decisiones técnicas se realizarán sin perjuicio de la gestión que debe realizar la empresa propietaria de la red ante el IDU. Igualmente, se realizarán sin perjuicio de la gestión ante cada empresa de servicios públicos que debe efectuarse por parte del Consultor, de la Interventoría y del IDU.

III. Propuestas

de solución de interferencias con otros servicios públicos y con estructuras a cargo del IDU.

IV. Viabilidad

del proyecto de transporte desde las obras para redes a ejecutar. En los casos en los que no haya acuerdo durante la Tercera Mesa, se acudirá al Comité Coordinador del Convenio con la correspondiente Empresa de Servicio Público y se definirá como producto de la sesión el ajuste de los prediseños y presupuesto de prefactibilidad. Estas mesas de decisiones técnicas se realizarán sin perjuicio de la gestión que debe realizar la empresa propietaria de la red ante el IDU. Igualmente, se realizarán sin perjuicio de la gestión ante cada empresa de servicios públicos que debe efectuarse por parte del CONSULTOR, de la Interventoría y del IDU.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 133 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-174 • 2025 • ENERO • 28 174 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contratos de Consultoría. Factibilidad. COMPONENTE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL Consultor Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de

5. Recibir de la Interventoría los productos debidamente aprobados en cumplimiento de los lineamientos establecidos en los convenios marco con ESP y TIC y la guía “Coordinación IDU, ESP y TIC en proyectos de infraestructura de transporte” o la que haga sus veces.
El IDU presentará al Consultor y la Interventoría, Asistir y verificar el procedimiento de cada Mesa de Decisión Técnica.

5. Verificar el cumplimiento de los lineamientos establecidos en los convenios marco con ESP y TIC y la guía “Coordinación IDU, ESP y TIC en proyectos de infraestructura de transporte” o las que haga sus veces, y realizar las aprobaciones correspondientes.
El interventor acudirá a la presentación de los Contratos y el Proyecto frente a las ESP incluyendo los aspectos técnicos generales y de redes, financieros, legales y cronogramas del Contrato. Revisar el cronograma de entrega de Datos Técnicos, investigación de redes y las fechas para Mesas Técnicas de Decisión.

Interventoría
5. Gestionar y elaborar las actividades, insumos y productos aplicables a esta fase para dar cumplimiento a los lineamientos establecidos en los convenios marco suscritos con las ESP y TIC, la guía “Coordinación IDU, ESP y TIC en proyectos de infraestructura de transporte” o las que haga sus veces.
Presentar los Contratos y el Proyecto frente a las ESP incluyendo los aspectos técnicos generales y de redes, financieros, legales y cronogramas del Contrato. El Consultor elaborará el cronograma de entrega de Datos Técnicos, investigación de redes y se propondrán las fechas para Mesas Técnicas de Decisión. Analizar la información de redes remitida por la ESP. Elaborar la programación de investigación de redes (coordinado con la ESP). Remitir la programación de investigación redes y solicitar acompañamiento de personal técnico de las ESP.

6. Recibir de la Interventoría la topografía, la investigación detallada y el diagnóstico sobre la infraestructura de redes de servicios públicos existentes en la zona de influencia donde se desarrollará el proyecto y de todas las variables que incidan para la elaboración de los diseños. Enviar el diagnóstico a las empresas correspondientes.

6. Supervisar y verificar que el Consultor efectúe la topografía, investigación y diagnóstico detallado de las redes de servicios públicos existentes en la zona de influencia donde se desarrollará el proyecto y de todas las variables que incidan para la elaboración de los diseños del proyecto, dejar constancia por medio escrito de ello y radicar en el IDU y las ESP y TIC la información técnica que defina si la red puede ser protegida o trasladada.

6. El Consultor realizará la topografía, investigación detallada y diagnóstico de uso y conservación de las redes de servicios públicos existentes en la zona de influencia donde se desarrollará el proyecto.
Con respecto a la topografía, investigación y diagnóstico de redes, el Consultor deberá entregar a nivel de detalle de características de la red en la precisión requerida por el proyecto y el estado de prestación del servicio. Determinar las protecciones y traslados por necesidad del proyecto. Informar a la empresa mediante oficio sobre el estado y características de la red investigada (planos de redes existentes), las fechas exactas de realización de las Mesas de Decisión Técnica después de su concertación y realizará requerimientos para el proyecto.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 134 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-175 • 2025 • ENERO • 28 175 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contratos de Consultoría. Factibilidad. COMPONENTE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL Consultor Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de

7. Recibir y verificar el informe correspondiente. El IDU colaborará en aquellos casos en donde existan inconvenientes en la entrega de la información por parte de la SDM, requerida por el Consultor e Interventoría.

Interventoría
7. Solicitar, obtener y analizar toda la información suministrada por la SDM sobre tránsito, señalización, semaforización y lineamientos que puedan requerirse para cumplir con el objeto del proyecto. El Consultor debe proporcionar los medios que se requieran para obtenerla. (Aplica para la etapa de factibilidad).

7. Supervisar, verificar y colaborar para que el Consultor recopile y analice toda la información suministrada por la SDM sobre tránsito, señalización y semaforización que pueda requerirse para cumplir con el objeto del proyecto.
Basado en el análisis del Consultor, realizará un informe con la información secundaria obtenida.

8. Solicitar, obtener y analizar la información requerida por escrito a otras entidades y autoridades del orden nacional, regional o distrital, sobre los aspectos que sean necesarios para cumplir con el objeto contractual.

8. Recibir y verificar el informe correspondiente. El IDU colaborará en aquellos casos en donde existan inconvenientes en la entrega de la información por parte de las entidades, requerida por el Consultor e Interventoría.

8. Supervisar, verificar y colaborar para la obtención de la información solicitada por escrito a otras entidades y autoridades del orden nacional, regional o distrital, sobre todos los temas que sean necesarios para cumplir con el objeto contractual.
Basado en el análisis del Consultor, el Interventor realizará un informe con la información secundaria obtenida.

Las obligaciones del componente administrativo y financiero mencionado anteriormente son aplicables a las demás fases que conforman el Contrato de Consultoría.

5. Estudios y Diseños

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 135 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-176 • 2025 • ENERO • 28 176 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contratos de Consultoría. Estudios y Diseños.

COMPONENTE TÉCNICO Consultor Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría

1. Hacer seguimiento a la gestión de la Interventoría, a partir de la información suministrada por la misma, con relación al cumplimiento y desempeño del cronograma y programa de inversiones del Contrato de Consultoría o de obra. En caso de incumplimientos, solicitar a la Interventoría lo descrito en el procedimiento “Declaratoria de incumplimiento para la imposición de multa, cláusula penal, caducidad y/o afectación de la garantía única de cumplimiento” o el que haga sus veces.
Recibir aprobado por parte de la Interventoría la justificación y aprobación de la reprogramación del cronograma.

1. Cumplir con el cronograma y el programa de inversiones aprobados al inicio del Contrato, asegurando el uso adecuado y oportuno de los recursos.
En caso de incumplimientos, efectuar de manera inmediata los correctivos necesarios mediante un plan de contingencia. En caso de reprogramación en el cronograma, éste se debe entregar para aprobación de la Interventoría, adjuntando como anexo la respectiva justificación. La reprogramación se deberá presentar para aprobación dentro de los tres (3) primeros días hábiles después de detectada la desviación del cronograma en el comité semanal del Contrato.

1. Exigir el cumplimiento del cronograma y el programa de inversiones, presentados por el Contratista, efectuando controles permanentes de las actividades programadas.
Reportar semanalmente al IDU, como un anexo al informe semanal de Interventoría en MS Project o en el formato y/o aplicativo que el IDU disponga, los porcentajes y costos de avance de ejecución soportables, identificar actividades atrasadas, adelantadas, porcentajes de avance real, comienzo y fin tardíos, comienzo y fin adelantados, costo real facturado, análisis de tendencias, análisis de ruta crítica e indicadores de desempeño de cronograma y costo del Contrato. En caso de incumplimientos revisar y aprobar el plan de contingencia propuesto por el Contratista. Ante reiteración de incumplimiento deberá iniciar el procedimiento “Declaratoria de incumplimiento para la imposición de multa, cláusula penal, caducidad y/o afectación de la garantía única de cumplimiento” o el que haga sus veces. Revisar, analizar y aprobar la justificación entregada por el Consultor para la reprogramación propuesta, y remitir al supervisor la reprogramación aprobada, entendiéndose esta reprogramación como la nueva línea base del Contrato. El plazo total para la revisión, verificación y aprobación de la reprogramación no puede exceder el plazo de los tres (3) días hábiles después de recibido por parte del Consultor, incluyendo todas las correcciones a que haya lugar por parte de éste.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 136 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-177 • 2025 • ENERO • 28 177 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contratos de Consultoría. Estudios y Diseños.

COMPONENTE TÉCNICO Consultor Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría

2. Convocar y participar en las reuniones de seguimiento y visitas de campo, proponer alternativas, generar soluciones y demás acciones para el buen desarrollo del proyecto. Elaborar y suscribir las actas generadas.

2. Participar en las reuniones de seguimiento y/o visitas de campo y/o inspecciones convocadas por el Interventor o el IDU, proponer alternativas, generar soluciones y demás acciones para el buen desarrollo del proyecto. Suscribir las actas generadas.

2. Participar en las reuniones de seguimiento y visitas de campo, proponer alternativas, generar soluciones y demás acciones para el buen desarrollo del proyecto. Suscribir las actas generadas.
El IDU podrá convocar a reuniones de seguimiento y visitas de campo las veces que lo considere necesario.

3. Participar en las mesas de trabajo y Suscribir el acta correspondiente. El IDU podrá convocar a reuniones de seguimiento y visitas de campo las veces que lo considere necesario.

3. Asistir y participar en las mesas de trabajo conjuntas por disciplina entre los especialistas del Consultor y de la Interventoría, para la conciliación, unificación de criterios y acuerdos.
Suscribir el acta correspondiente.

3. Convocar, asistir y participar en las mesas de trabajo conjuntas por disciplina entre los especialistas del Consultor de obra y de la Interventoría, para la conciliación, unificación de criterios y acuerdos. La Interventoría podrá solicitar la asistencia del delegado de las ESP y demás entidades, cuando lo considere necesario. Elaborar y suscribir el acta correspondiente.

4. Recibir los informes aprobados por la Interventoría.

4. Entregar oportunamente a la Interventoría la información requerida para la elaboración de los informes mensuales y finales, incluyendo soportes y demás documentos.

4. Recibir, revisar y aprobar los insumos entregados por el Contratista.
Con base en estos insumos, la Interventoría elabora el informe mensual de Interventoría.

5. Implementar el Plan de Calidad.

5. Recibir la certificación firmada del cumplimiento del Plan de Calidad del Consultor así como verificar el cumplimiento del Plan de Calidad del Interventor.

5. Cumplir su Plan de Calidad y verificar el cumplimiento del Plan de Calidad entregado por el Consultor.
Enviar al IDU una certificación firmada del cumplimiento del Plan de Calidad del Consultor anexo al informe mensual de Interventoría.

6. Revisar y avalar la documentación de soporte presentada por el Consultor previo a la suscripción del acta de recibo parcial.

6. Elaborar y suscribir en conjunto con el Interventor el acta de recibo parcial para la entrega de productos, adjuntando la documentación soporte requerida.

6. Recibir, el acta de recibo parcial y los productos relacionados con la misma, verificar que se encuentren firmados y aprobados por parte de los especialistas y el director del proyecto por parte de la Consultoría e Interventoría. Diligenciar el formato de recibo de productos en la etapa de estudios y diseños.

Suscribir en conjunto con el Consultor el acta de recibo parcial para la entrega de productos, adjuntando la documentación soporte (listado de productos de la Consultoría) y radicarla en el IDU.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 137 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-178 • 2025 • ENERO • 28 178 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contratos de Consultoría. Estudios y Diseños.

COMPONENTE TÉCNICO Consultor Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría

7. Elaborar y entregar a la Interventoría los productos y evidencia del cumplimiento de actividades de la Etapa de Factibilidad, el cual es el insumo para la elaboración del informe de esta fase reportando las condiciones actuales para el desarrollo del proyecto y anexando los soportes necesarios.

7. Revisar, verificar y aprobar los productos de la Etapa de Factibilidad presentados por el Consultor, elaborar el Informe de la Etapa de Factibilidad y conceptuar al IDU la viabilidad de dar inicio a la etapa de estudios y diseños de acuerdo con las condiciones actuales para el desarrollo del proyecto.

8. Verificar y certificar la viabilidad de los diseños dada por el Consultor.

8. Recibir de la Interventoría la certificación emitida por ésta, de la viabilidad de los diseños de cada uno de los segmentos objeto del Contrato.

7. Recibir el Informe del desarrollo de la Etapa de Factibilidad. De manera previa a la finalización de la Etapa de Factibilidad, una vez recibidos los productos aprobados por la Interventoría y dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a su radicación en la entidad, el IDU deberá comunicar por escrito al Consultor la decisión en cuanto a que se ejecute o no la Etapa de Estudios y Diseños. En caso afirmativo, se procederá de conformidad con lo previsto en el Contrato. En caso negativo, se procederá a suscribir el acta de terminación del Contrato, sin que esto genere costo alguno para la entidad, salvo el reconocimiento de lo que se haya ejecutado hasta la fecha, de acuerdo con la forma de pago establecida.
8. Para el caso de estudios y diseños de vías de la malla vial local e intermedia, el Consultor debe verificar la viabilidad otorgada por el IDU, para su elaboración respecto de cada uno de los segmentos objeto del Contrato de acuerdo con lo establecido en el Contrato.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 138 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-179 • 2025 • ENERO • 28 179 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contratos de Consultoría. Estudios y Diseños.

COMPONENTE TÉCNICO Consultor Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría

9. Recibir aprobados por parte de la Interventoría la elaboración, complementación, ajuste o actualización de estudios y diseños.

9. Realizar las correcciones, adiciones, revisiones o modificaciones solicitadas por la Interventoría o el IDU en los plazos que fije el IDU en atención a la complejidad de la solicitud.

9. Verificar y validar que el Consultor realice las correcciones, adiciones, revisiones o modificaciones solicitadas por la Interventoría o el IDU en los plazos que fije el IDU, atendiendo a la complejidad de la solicitud. La revisión por parte de la Interventoría se efectuará las veces que sea necesaria para poder adelantar la aprobación del producto con la calidad establecida en el presente Contrato y se cuente con su aprobación por parte del IDU, ESP y demás entidades distritales y nacionales competentes.
En caso de que se requiera de parte del Consultor la realización de correcciones, adiciones, revisiones o modificaciones necesarias para la aprobación de los productos, en dos (2) o más ocasiones, el Interventor podrá solicitar el inicio de los procesos sancionatorios a que hubiere lugar.

10. Recibir aprobada la actualización de los estudios y diseños cumpliendo con los pliegos de condiciones, su propuesta técnica, las normas y las especificaciones técnicas vigentes del IDU, ESP, TIC, entidades de cualquier orden y demás que le aplique.

10. Elaborar, complementar, ajustar o actualizar los estudios y diseños cumpliendo con el Contrato y los documentos que lo conforman, las normas y las especificaciones técnicas vigentes del IDU, ESP, TIC, Entidades de cualquier Orden y demás que les aplique a las actividades del Contrato.
En el evento en que durante la ejecución de la etapa de Estudios y Diseños surja una norma que modifique las especificaciones técnicas aplicables al proyecto, el Consultor deberá ajustar los respectivos productos, sin que esto genere mayor costo para la entidad.

10. Garantizar que el Consultor elabore, complemente, ajuste o actualice los estudios y diseños cumpliendo con cumpliendo con el Contrato y los documentos que lo conforman, las normas y las especificaciones técnicas vigentes del IDU, ESP, TIC, entidades de cualquier orden y demás que les aplique a las actividades del Contrato. En el evento en que durante la ejecución de la etapa de diseño surja una norma que modifique las especificaciones técnicas aplicables al proyecto, el Interventor deberá efectuar el seguimiento, validación y aprobación de los ajustes de los estudios y diseños, sin que esto genere mayor costo para la entidad.

11. Asistir a las reuniones de seguimiento y visitas de campo y suscribir las actas correspondientes a dichas reuniones.

11. Participar en las reuniones de seguimiento y visitas de campo convocadas por el IDU, proponer alternativas, generar soluciones y demás acciones para el buen desarrollo del Contrato. Suscribir las actas de dichas reuniones.

11. Participar en las reuniones de seguimiento y visitas de campo convocadas por el IDU, proponer alternativas, generar soluciones y demás acciones para el buen desarrollo del Contrato. Elaborar y suscribir las actas de dichas reuniones. El Interventor coordinará la asistencia del Consultor.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 139 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-180 • 2025 • ENERO • 28 180 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contratos de Consultoría. Estudios y Diseños.

COMPONENTE TÉCNICO Consultor Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de

12. Asistir a las mesas de trabajo conjuntas que se programen y suscribir las respectivas actas.

Interventoría
12. Asistir y participar en las mesas de trabajo conjuntas que se programen.
Estas se desarrollarán entre los especialistas del Consultor, la Interventoría y el IDU, y tendrán como fin la conciliación, unificación de criterios y suscripción de acuerdos que garanticen el buen desarrollo del Contrato. Suscribir las actas correspondientes.

12. Asistir y participar en las mesas de trabajo conjuntas que se programen.
Estas se desarrollarán entre los especialistas del Consultor, la Interventoría y el IDU, y tendrán como fin la conciliación, unificación de criterios y suscripción de acuerdos que garanticen el buen desarrollo del Contrato. Suscribir las actas correspondientes.

13. Recibir aprobados los planos de todos los componentes de diseño (redes, diseños paisajísticos, diseños geométricos, mobiliario urbano, levantamiento topográfico, entre otros).

13. Revisar y aprobar los planos de todos los componentes del diseño (redes, diseños paisajísticos, diseños geométricos, mobiliario urbano, levantamiento topográfico, entre otros) en donde se evidencien las interferencias existentes.

13. Presentar planos de todos los componentes del diseño (redes, diseños paisajísticos, diseños geométricos, mobiliario urbano, levantamiento topográfico, entre otros) en donde se evidencien las interferencias existentes, y así plantear en el diseño la mejor alternativa técnica y económica para evitar las interferencias.

14. Recibir aprobado el presupuesto para la ejecución de las obras, validando que se encuentren estimadas las actividades que se pueden ejecutar con frentes de obra siete por veinticuatro (7x24).

14. Elaborar el presupuesto para la ejecución de las obras, estimando las actividades que se pueden ejecutar con frentes de obra siete por veinticuatro (7x24), es decir, tres (3) turnos diarios, los siete (7) días de la semana, de conformidad con lo establecido en la Ley 1682 de 2013.

14. Revisar y aprobar el presupuesto para la ejecución de las obras, estimando las actividades que se pueden ejecutar con frentes de obra siete por veinticuatro (7x24), es decir, tres (3) turnos diarios, los siete (7) días de la semana, de conformidad con lo establecido en la Ley 1682 de 2013.

15. Presentar los productos definidos en el Contrato y los documentos que lo conforman, de acuerdo con el Plan Detallado de Trabajo (PDT- Cronograma) aprobado.

15. Revisar y aprobar los productos definidos en el Contrato y los documentos que lo conforman, de acuerdo con el Plan Detallado de Trabajo (PDT-Cronograma) aprobado.

15. Recibir aprobado los productos definidos en el Contrato y los documentos que lo conforman, de acuerdo con el Plan Detallado de Trabajo
16. Presentar a la Interventoría los diseños de redes y estructuras de acuerdo con la pertinencia de protección y traslado por necesidad del proyecto de infraestructura de transporte y requerimientos adicionales de las ESP y TIC o entidades a que haya lugar, para redes hidrosanitarias, eléctricas, alumbrado público, gas natural y telecomunicaciones, cumpliendo con las especificaciones técnicas y normativas anunciadas por las ESP, TIC e IDU. Presentar los presupuestos estimados discriminados a cargo de la ESP o TIC e IDU, según lo establecido en la ley o los convenios vigentes, si fuere el caso.

16. Revisar y aprobar los diseños de redes y estructuras de acuerdo con la pertinencia de protección y traslado por necesidad del proyecto de infraestructura de transporte y requerimientos adicionales de las ESP y TIC o entidades a que haya lugar, para redes hidrosanitarias, eléctricas, alumbrado público, gas natural y telecomunicaciones, cumpliendo con las especificaciones técnicas y normativas anunciadas por las ESP, TIC e IDU. Revisar y aprobar los presupuestos estimados discriminados a cargo de la ESP o TIC e IDU, según lo establecido en la ley o los convenios vigentes, si fuere el caso.

16.Recibir aprobado los diseños de redes y estructuras de acuerdo con la pertinencia de protección y traslado por necesidad del proyecto de infraestructura de transporte y requerimientos adicionales de las ESP y TIC o entidades a que haya lugar, para redes hidrosanitarias, eléctricas, alumbrado público, gas natural y telecomunicaciones, cumpliendo con las especificaciones técnicas y normativas anunciadas por las ESP, TIC e IDU. Recibir aprobados los presupuestos estimados discriminados a cargo de la ESP o TIC e IDU, según lo establecido en la ley o los convenios vigentes, si fuere el caso Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 140 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-181 • 2025 • ENERO • 28 181 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contratos de Consultoría. Estudios y Diseños.

COMPONENTE TÉCNICO Consultor Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría
17. Presentar a la Interventoría los productos relacionados con Tránsito y Transporte, Señalización y desvíos.

17. Revisar y aprobar los productos relacionados con Tránsito y Transporte, Señalización y desvíos.

17. Recibir aprobado los productos relacionados con Tránsito y Transporte, Señalización y desvíos.

Obligaciones Contratos de Consultoría. Estudios y Diseños. COMPONENTE SOCIAL DIÁLOGO CIUDADANO Y COMUNICACIÓN ESTRATÉGICA Consultor Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de

1. Revisar y aprobar los documentos metodológicos y cronograma de la ejecución de las actividades y productos del componente social.

1. Recibir aprobados los documentos metodológicos y cronograma de la ejecución de las actividades y productos del componente social.

Interventoría
1. Elaborar y presentar los documentos metodológicos y cronograma de la ejecución de las actividades y productos del componente social, con el fin de remitir a la Interventoría para su aprobación.

2. Revisar y aprobar la información remitida por el Consultor correspondiente al área de influencia del proyecto de acuerdo con lo establecido en el Contrato.

2. Elaborar y presentar la información correspondiente al área de influencia del proyecto de acuerdo con lo establecido en el Contrato y remitir la información a la Interventoría para su revisión y aprobación.

2. Recibir con la aprobación de la Interventoría, la información remitida por el Consultor correspondiente al área de influencia del proyecto de acuerdo con lo establecido en el Contrato.

3. Recibir con la aprobación de la Interventoría, la información correspondiente al diagnóstico socioeconómico y cultural del proyecto.

3. Revisar y aprobar la información correspondiente al diagnóstico socioeconómico y cultural del proyecto.

3. Elaborar y presentar la información correspondiente al diagnóstico socioeconómico y cultural del proyecto. Remitir la información a la Interventoría para su revisión y aprobación.

4. Revisar y aprobar las evaluaciones de impacto social, al igual que el plan de manejo de los mismos.

4. Realizar las evaluaciones de impacto social, al igual que el plan de manejo de los mismos, y enviarlos a la Interventoría.

4. Recibir con la aprobación de la Interventoría, las evaluaciones de impacto social, al igual que el plan de manejo de los mismos.
5. Elaborar las presentaciones para las reuniones requeridas en el desarrollo del Contrato con la comunidad, instituciones y grupos de interés ubicados en el área de influencia del proyecto y entregarlas previamente a la Interventoría y al IDU para su revisión y aprobación, con el objetivo de realizar los simulacros previos a las reuniones.

5. Revisar y aprobar las presentaciones para las reuniones requeridas en el desarrollo del Contrato con la comunidad, instituciones y grupos de interés ubicados en el área de influencia del proyecto y entregarla previamente al IDU para su revisión y aprobación, con el objetivo de realizar el simulacro previo a las reuniones.

6. Participar en las reuniones con la comunidad, el IDU y las partes interesadas.

6. Asistir a las reuniones con la comunidad y las partes interesadas convocadas por el Consultor

5. Recibir con la aprobación de la Interventoría, las presentaciones para las reuniones requeridas en el desarrollo del Contrato con la comunidad, instituciones y grupos de interés ubicados en el área de influencia del proyecto y entregarla previamente al IDU para su revisión y aprobación, con el objetivo de realizar el simulacro previo a las reuniones
6. Convocar a la comunidad, a la Interventoría, al IDU y las partes interesadas a asistir y participar en las reuniones con la comunidad ubicada en el área de influencia del proyecto, de acuerdo con lo exigido en el Contrato.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 141 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-182 • 2025 • ENERO • 28 182 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contratos de Consultoría. Estudios y Diseños. COMPONENTE SOCIAL DIÁLOGO CIUDADANO Y COMUNICACIÓN ESTRATÉGICA Consultor Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría

7. Verificar que la Interventoría de cumplimiento de la respuesta y oportunidad de las PQRS presentadas por los ciudadanos en todas las reuniones y punto IDU

7. Recibir las PQRS presentadas por los ciudadanos en las reuniones y punto IDU, con el objetivo de dar trámite a las mismas conforme a las directrices de la Oficina de Relacionamiento y Servicio a la Ciudadanía.

7. Verificar la respuesta y oportunidad de las PQRS presentadas por los ciudadanos en todas las reuniones y punto IDU, validando que se dé trámite a las mismas conforme a las directrices de la Oficina de Relacionamiento y Servicio a la Ciudadanía.

8. Hacer seguimiento en el diligenciamiento del aplicativo sistema Bachué o el que esté vigente.

8. Diligenciar y actualizar en el Sistema Bachué o el aplicativo vigente al momento de la suscripción del Contrato, toda la información solicitada del componente social en los tiempos requeridos, durante la ejecución del Contrato.

8. Verificar el Diligenciamiento actualización en el Sistema Bachué o el aplicativo vigente al momento de la suscripción del Contrato, por parte del CONSULTOR, de toda la información solicitada del componente social en los tiempos requeridos, durante la ejecución del Contrato

9. Programar la socialización del Sistema Bachué o el aplicativo vigente al momento de la suscripción del Contrato.

9. Asistir a la socialización programada por el IDU del Sistema Bachué o el aplicativo vigente al momento de la suscripción del Contrato.

9. Asistir a la socialización programada por el IDU del Sistema Bachué o el aplicativo vigente al momento de la suscripción del Contrato.

10. Hacer seguimiento al funcionamiento de los canales de información y comunicación en relación con los ciudadanos.

10. Durante la ejecución del Contrato se debe garantizar canales de información, comunicación y atención para el ciudadano; al igual que el uso y distribución de todas las piezas de comunicación aprobadas por el IDU.

10. Verificar que durante la ejecución del Contrato el contratista del Contrato objeto de Interventoría cuente con canales de información, comunicación y atención para el ciudadano; al igual que el uso y distribución de todas las piezas de comunicación aprobadas por el IDU.

11. Se garantizará la atención en el punto IDU en condiciones de calidad.

11. Velar por el funcionamiento del punto IDU.

11. Verificar que la atención en el punto IDU se efectúe en condiciones de calidad.

12. Recibir aprobado el informe mensual con la información de la ejecución del Contrato.

12. El Consultor deberá entregar un informe mensual a la Interventoría con la información de la ejecución del Contrato.

12. Mensualmente, el Interventor entregará al IDU un informe mensual con la información de la ejecución del Contrato.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 142 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-183 • 2025 • ENERO • 28 183 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contratos de Consultoría. Estudios y Diseños. COMPONENTE AMBIENTAL, SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Consultor Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría

1. Asistir a la visita técnica al sitio del proyecto con los especialistas de los componentes A&SST, conjuntamente con la Interventoría y el IDU, con el fin de visualizar el alcance por componente junto con el contenido de los estudios y documentos objeto del Contrato. Revisar y suscribir el acta generada en la visita.

1. Convocar y asistir a la visita técnica al sitio del proyecto con los especialistas de los componentes A&SST, conjuntamente con el Consultor y el IDU, con el fin de visualizar el alcance por componente junto con el contenido de los estudios y documentos objeto del Contrato. Elaborar y suscribir el acta generada en la visita.

1. Asistir a la visita técnica al sitio del proyecto con los especialistas de los componentes A&SST, conjuntamente con la Interventoría y el Consultor, con el fin de visualizar el alcance por componente junto con el contenido de los estudios y documentos objeto del Contrato.
Revisar y suscribir el acta generada en la visita.

2. Entregar a la Interventoría copia de los contratos, de las certificaciones de afiliación al Sistema General de Seguridad Social Integral, certificación de cumplimiento de los documentos de ingreso y exámenes médicos ocupacionales vigentes del recurso humano exigido contractualmente.

2. Revisar y aprobar el cumplimiento de los contratos, de las certificaciones de afiliación al Sistema General de Seguridad Social Integral, certificación de cumplimiento de los documentos de ingreso y exámenes médicos ocupacionales vigentes del recurso humano exigido contractualmente al Consultor y remitirlos al IDU.

2. Recibir aprobados por la Interventoría los contratos, las certificaciones de afiliación al Sistema General de Seguridad Social Integral,

certificación de cumplimiento de los documentos de ingreso y exámenes médicos ocupacionales vigentes, del recurso humano exigido contractualmente al Consultor y remitirlos al IDU.

N.A.

3. Entregar al IDU copia de los Contratos, de las certificaciones de afiliación al Sistema General de Seguridad Social Integral, certificación de cumplimiento de los documentos de ingreso y exámenes médicos ocupacionales vigentes del recurso humano exigido contractualmente.

3. Recibir y aprobar el cumplimiento de los contratos, las certificaciones de afiliación al Sistema General de Seguridad Social Integral, certificación de cumplimiento de los documentos de ingreso y certificados de aptitud laboral.
El IDU podrá objetar los documentos presentados y devolverlos a la Interventoría.

4. Recibir el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo del Contrato de Consultoría, avalado por la Interventoría.

4. Diseñar y presentar al Interventor el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo para la ejecución del Contrato de Consultoría.
Presentar los documentos legales del SG-SST aplicable para el personal contratado.

4. Verificar, revisar, avalar y entregar al IDU el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo para la ejecución del Contrato de Consultoría y soportes de las actividades legales básicas para el personal contratado por el Consultor.
El plazo total para la revisión, verificación y aprobación del Sistema no puede exceder el plazo de tres (3) días hábiles posteriores al recibido por parte del Consultor, incluyendo todas las correcciones a que haya lugar por éste.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 143 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-184 • 2025 • ENERO • 28 184 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contratos de Consultoría. Estudios y Diseños. COMPONENTE AMBIENTAL, SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Consultor Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría N.A.

5. Diseñar y presentar al IDU el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, para la ejecución del Contrato de Interventoría.
Presentar los documentos legales del SG-SST aplicable para el personal contratado por la Interventoría.

5. Recibir, revisar, avalar que el SG- SST, presentado por la Interventoría cumple con los contenidos y requisitos definidos en la normativa vigente y se encuentra acorde a las actividades a desarrollar en el Contrato de Consultoría y soportes de las actividades legales para el personal contratado por la Interventoría

6. Elaborar y remitir los estudios ambientales y de Seguridad y Salud en el trabajo, que se requieran de acuerdo a documentos contractuales cumpliendo con las especificaciones técnicas y normatividad vigente

6. Revisar, verificar, aprobar y remitir al IDU los estudios ambientales y de seguridad y salud en el trabajo, que se requieran de acuerdo a documentos contractuales y verificar el cumplimiento de las especificaciones técnicas y normatividad vigente.

7. Revisar, verificar, aprobar y remitir al IDU los documentos requeridos para la obtención de los permisos y/o licencias ambientales necesarias en los formatos vigentes establecidos por la autoridad ambiental competente y el IDU.

7. Recibir con la aprobación de la Interventoría los documentos requeridos para la obtención de los permisos y/o licencias ambientales necesarias e iniciar el trámite ante la Autoridad Ambiental Competente.

6. Recibir con la aprobación de la Interventoría, los estudios ambientales y de Seguridad y Salud en el trabajo, que se requieran de acuerdo a documentos contractuales en cumplimiento con las especificaciones técnicas y normatividad vigente.
7. Elaborar y remitir a la Interventoría los documentos requeridos para la obtención de los permisos y/o licencias ambientales necesarias en los formatos vigentes establecidos por la autoridad ambiental competente y el IDU.

8. Recibir aprobado por parte del Interventor la estimación de los costos ambientales y SST para la etapa de construcción conforme a los pliegos de condiciones

8. Elaborar la estimación de los costos ambientales y SST para la etapa de construcción incluyendo los que conlleven y resulten de la obtención de todos los permisos ambientales que sean necesarios para el desarrollo del proyecto.

8. Revisar la estimación de los costos ambientales y SST para la etapa de construcción realizada por el Consultor, incluyendo los que conlleven y resulten de la obtención de todos los permisos ambientales que sean necesarios para el desarrollo del proyecto.

9. Convocar y/o asistir a las reuniones que sean necesarias con la autoridad ambiental y demás entidades competentes.

9. Programar y desarrollar reuniones con la autoridad ambiental y demás entidades competentes cuando sea necesario para presentar la factibilidad del proyecto y obtener lineamientos para los estudios de las siguientes fases.

9. Exigir al Consultor programar y desarrollar reuniones con la autoridad ambiental, y demás entidades competentes o el IDU, cuando sea necesario para definir lineamientos para el correcto desarrollo del estudio, participar activamente en las mismas, elaborar y suscribir las actas y hacer seguimiento al cumplimiento a los compromisos pactados.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 144 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-185 • 2025 • ENERO • 28 185 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contratos de Consultoría. Estudios y Diseños.

COMPONENTE ARQUEOLOGÍA Consultor Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría 1.Recibir la información correspondiente a la fase de prospección y elaboración del Plan de Manejo, (en caso que el proyecto lo requiera), debidamente aprobada por la interventoría, según lo establecido por el ICANH en su normativa vigente.

1.Realizar y entregar la información correspondiente, a la fase de prospección y elaboración del plan de manejo, (en caso que el proyecto lo requiera). dando cumpliendo con lo establecido por el l normatividad vigente y términos de referencia del ICANH y Directrices del IDU.

1. Realizar el seguimiento a la elaboración de la Fase de Prospección y elaboración del Plan de Manejo, (en caso que el proyecto lo requiera), en el desarrollo del Programa de Arqueología preventiva, según lo establecido por el ICANH en su normativa vigente, términos de referencia y lo estipulado en el capítulo.
2. Revisar, aprobar y radicar en el IDU, los productos finales elaborados por el contratista de la Fase de Prospección y elaboración del Plan de Manejo, (en caso que el proyecto lo requiera), en el desarrollo del Programa de Arqueología preventiva según lo establecido por el ICANH en su normativa vigente.

2. Contratar y mantener el personal de apoyo requerido en los términos establecidos en el Contrato y los documentos que lo conforman.

2. Contratar y mantener el personal de apoyo requerido en los términos establecidos en los pliegos de condiciones definitivos, anexos, documentos contractuales y requerimientos que realice el ICANH e IDU.

Obligaciones Contratos de Consultoría. Estudios y Diseños.

COMPONENTE PATRIMONIO Supervisión al Consultor Interventoría o Supervisión

1. Revisar, aprobar y radicar en el IDU, los insumos entregados por el contratista para solicitar las autorizaciones de intervención ante las entidades competentes, de conformidad con los requerimientos establecidos por IDPC, SDRCD, Ministerio de Cultura, o la entidad que haga sus veces. y del IDU.

Contrato de Interventoría
1. Elaborar y entregar debidamente aprobado por la Interventoría al IDU, los insumos necesarios para solicitar y tramitar la autorización de intervención ante la entidad competente, los estudios y aprobación de intervención, de protección, traslado o exclusión, correspondiente para cada uno BIC y elementos patrimoniales identificados.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 145 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-186 • 2025 • ENERO • 28 186 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contratos de Consultoría. Estudios y Diseños.

COMPONENTE PATRIMONIO Supervisión al Consultor Interventoría o Supervisión

2. Revisar, aprobar y radicar en el IDU, previa solicitud de la autorización de intervención en las entidades competentes del Patrimonio Cultural los documentos técnicos que se deben radicar para obtener la autorización de intervención.

Contrato de Interventoría
2. Solicitar la autorización de intervención en las Entidades competentes del Patrimonio Cultural, de acuerdo con los aspectos físicos-técnicos de cada intervención a realizar en el espacio público, para los BIC del ámbito (Nacional o Distrital) de la Declaratoria de cada BIC, según los requerimientos de cada Entidad.

3. Contratar y mantener el personal de apoyo requerido en los términos establecidos en el Contrato y los documentos que lo conforman.

3. Contratar y mantener el personal de apoyo requerido en los términos establecidos en los pliegos de condiciones definitivos, anexos, documentos contractuales y requerimientos que realice las entidades competentes del patrimonio e IDU.

3. Verificar que se cuente con el personal de apoyo requerido en los términos establecidos en el Contrato y los documentos que lo conforman.
4. Dar cumplimiento a la Ley 1185 de 2008, el Decreto Distrital 190 de 2004, Art. 125 y 310; Decreto Nacional 763 de 2009, Decreto Nacional 2358 primero de 2019 o documento vigente. o documento vigente o que lo reemplace.

4. Garantizar el efectivo seguimiento, control y vigilancia de las obligaciones relacionadas con el componente patrimonio, de conformidad con lo establecido en la Ley 1185 de 2008, el Decreto Distrital 190 de 2004, Art. 125 y 310; Decreto Nacional 763 de 2009, Decreto Nacional 2358 primero de 2019 o documento vigente. o documento vigente o que lo reemplace.

Obligaciones Contrato de Consultoría. Estudios y Diseños.

COMPONENTE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL Consultor Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría
1. Con motivo de la elaboración de los diseños se realizarán en el esquema de Mesas de Decisión Técnica según la metodología propuesta.

1. Revisar y aprobar los ajustes elaborados por el Consultor hasta su aprobación final y aprobar el presupuesto.

Realizar las mesas de trabajo necesarias para la elaboración de los diseños.

1. Recibir los diseños y presupuesto aprobados por la Interventoría.

El plazo total para la revisión y aprobación de los ajustes elaborados por el Consultor deberá efectuarse según la metodología de las Mesas de decisión técnica, incluyendo todas las correcciones a que haya lugar por parte de éste.

En caso de que los diseños para redes sean entregados por las ESP o el IDU, deberán armonizarse con los demás componentes del proyecto mediante el esquema de mesas de decisión técnica Invitar a la ESP y al IDU a cada Mesa de Decisión Técnica.

Atender las observaciones presentadas por la Interventoría, las ESP y demás entidades, realizar los ajustes pertinentes y presentarlos a la Interventoría incluido el respectivo presupuesto.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 146 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-187 • 2025 • ENERO • 28 187 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Consultoría. Estudios y Diseños.

COMPONENTE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL Consultor Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría

2. Acompañar las mesas de decisión técnica y suscribir las actas de competencia con las Empresas de Servicios Públicos para armonizar los proyectos que se ejecuten.

2. Llevar a cabo las mesas de decisión técnica y suscribir las actas de competencia con las empresas de servicios públicos para armonizar los proyectos que se ejecuten y resolver todos los aspectos que involucren las redes húmedas y secas de los lugares objeto de desarrollo del Proyecto.

2. Propiciar y acompañar las mesas de decisión técnica y suscribir las actas de competencia con las Empresas de Servicios Públicos para armonizar los proyectos que se ejecuten verificando que el contratista vigilado resuelva todos los aspectos que involucren las redes húmedas y secas de los lugares objeto de desarrollo de infraestructura.

N.A.

3. Atender las reuniones con las ESP y demás entidades distritales y nacionales competentes para recibir observaciones a los productos.

3. Propiciar y acompañar las reuniones con las ESP y demás entidades distritales y nacionales competentes verificando que el contratista vigilado atienda las observaciones a los productos.

4. Revisar y aprobar los diseños presentados por el Consultor cumpliendo con las especificaciones técnicas y normatividad vigente.

4. Presentar a la Interventoría los diseños geométricos, paramentación, secciones viales, paisajismo y urbanismo y directrices del taller del espacio público, cumpliendo con las especificaciones técnicas y normatividad vigente.

4. Recibir los diseños aprobados por la Interventoría. Revisar que se encuentren firmados y aprobados por parte de los especialistas y el director del proyecto por parte de la Consultoría e Interventoría.

5. Atender las observaciones presentadas por la Interventoría, y demás entidades, realizar los ajustes pertinentes y presentarlo a la Interventoría.

5. Realizar seguimiento a la gestión del Consultor y de la Interventoría ante las y otras entidades.

5. Revisar y aprobar los ajustes elaborados por el Consultor hasta su aprobación final.
Atender las observaciones y realizar los ajustes solicitados por las demás entidades y/o por el IDU si es del caso.

6. Recibir con la aprobación de la Interventoría el cronograma general de la liquidación del Contrato.

6. Revisar, verificar y aprobar el cronograma general de la liquidación del Contrato presentado por el Consultor y entregarlo al IDU dentro de los cinco (5) días hábiles después de recibido del Consultor.

6. Elaborar y presentar el cronograma general de la liquidación del Contrato, con una antelación no inferior a treinta (30) días con respecto a finalización del plazo contractual, el cual deberá incluir las actividades a desarrollar, el alcance estimado en donde se evidencien los trámites y tiempos requeridos para el cumplimiento del plazo de liquidación, de acuerdo con los lineamientos del Apéndice G de programación incluido en el Contrato y los documentos que lo conforman. El Consultor deberá presentar el cronograma para aprobación de la Interventoría.

6. Entrega, Revisión y Aprobación

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 147 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-188 • 2025 • ENERO • 28 188 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones del Contrato de Consultoría. Entrega, Revisión y Aprobación.

COMPONENTE TÉCNICO Consultor Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría

1. Recibir los diseños revisados, verificados, validados y aprobados por la Interventoría.

1. Recibir, revisar, verificar, validar y aprobar que todos los productos se entreguen de conformidad con las condiciones y especificaciones previstas en el Contrato, con motivo de lo cual podrá determinar su aprobación o devolverlos al Consultor por no encontrarse dentro de los términos contractuales pactados y si es del caso, tomar las acciones administrativas y legales correspondientes.

Revisar que se encuentren firmados y aprobados por parte de los especialistas y el director del proyecto por parte de la Consultoría e Interventoría.

1. Presentar a la Interventoría los productos de la Consultoría de acuerdo con los requerimientos contractuales para su revisión y aprobación cumpliendo con las especificaciones técnicas y normatividad vigente al momento de suscribir el Contrato.

Formular observaciones y recomendaciones según corresponda.

Remitir al Centro de Documentación del IDU los estudios y diseños.

Entregar al IDU los estudios y diseños aprobados.

2. Revisar y verificar que los planos cumplan con lo establecido en el instructivo Guía de entregables en formato digital.

2. Entregar a la Interventoría los planos de acuerdo con el Instructivo Guía de entregables en formato digital o el que haga sus veces. Entregar el inventario de la malla vial y la digitalización de los resultados de ensayos de laboratorio, teniendo en cuenta la guía “Toma de información técnica de inventario, diagnóstico y ensayos para la gestión de la infraestructura vial y espacio público de Bogotá D.C.” o el que haga sus veces.

Revisar que el inventario de la malla vial y la digitalización de los resultados de ensayos de laboratorio cumplan con lo establecido en la guía “Toma de información técnica de inventario, diagnóstico y ensayos para la gestión de la infraestructura vial y espacio público de Bogotá D.C.” o el que haga sus veces.

2. Recibir los planos previamente aprobados por la Interventoría, de acuerdo con lo establecido en instructivo vigente Guía de entregables en formato digital.
Recibir de la Interventoría el inventario de la malla vial y la digitalización de los resultados de ensayos de laboratorio de acuerdo con lo establecido en la guía “Toma de información técnica de inventario, diagnóstico y ensayos para la gestión de la infraestructura vial y espacio público de Bogotá D.C.” o el que haga sus veces.

El plazo total para la revisión y verificación y aprobación de los planos, el inventario de la malla vial y la digitalización de los ensayos de laboratorio entregados por el Consultor, no puede exceder el plazo de los diez (10) días hábiles después de que sean radicados por el Consultor, incluyendo todas las correcciones a las que haya lugar por parte del contratista de Consultoría.

En caso de que la complejidad de la verificación definitiva de los planos amerite mayor tiempo para su revisión y aprobación deberá ser informada al IDU oportunamente, con su debida justificación.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 148 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-189 • 2025 • ENERO • 28 189 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones del Contrato de Consultoría. Entrega, Revisión y Aprobación.

COMPONENTE TÉCNICO Consultor Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría

3. Realizar el trámite ante el Ministerio del Interior o la entidad competente, para la cesión de Derechos de Autor de los productos de Consultoría generados en los Contratos.

3. Gestionar al interior de la entidad la elaboración de la Minuta de Cesión de Derechos de Autor y recibir el documento de cesión de Derechos de Autor por parte del contratista.

3. Hacer seguimiento y revisión de los documentos requeridos para el trámite ante el Ministerio del Interior o la entidad competente, para la cesión de Derechos de Autor de los productos de Consultoría generados en los Contratos.

Coordinación Interinstitucional Consultor Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría
1. Remitir los diseños aprobados por Interventoría según el esquema de Mesas de Decisión Técnica y las actas de competencia de pagos para suscripción de las ESP. Informar otros acuerdos.

1. Para la etapa de diseño debe revisar y suscribir las actas de definición de competencias de pago con las empresas de servicios públicos.

1. Aprobar los diseños que cumplen con requerimientos del proyecto vial y de espacio público, requerimientos de las ESP, norma técnica y urbanística, presupuesto (actas de competencias de pago) y tiempos.

Obtener el concepto de no objeción de la EAAB y los avales de las demás ESP, si a ello hubiere lugar.

Elaborar y suscribir el formato de acta de competencias de pago con las empresas de servicios públicos.

Verificar y aprobar la presentación de planos y obtención de no objeciones, avales y suscripción del acta de competencias de pago.

Surtir los procedimientos de entrega de diseños, de acuerdo con la normativa vigente de cada entidad, si la hubiere: entrega de planos digitales, entrega de informes y memorias de cálculo y suscripción del acta de competencias de pagos.

2. Elaborar, ajustar, complementar o actualizar los diseños de redes y estructuras hidrosanitarias, redes eléctricas, alumbrado público, gas natural y telecomunicaciones, entre otros, cumpliendo con las especificaciones técnicas y la normatividad vigente. Estos diseños deberán ser presentados a las ESP.

2. Recibir ajustados complementados y actualizados los diseños de redes y estructuras hidrosanitarias redes eléctricas, alumbrado público, gas natural y telecomunicaciones debidamente aprobados por la Interventoría

2. Revisar y realizar las gestiones necesarias para que el Consultor presente en oportunidad y calidad los diseños de redes y estructuras hidrosanitarias, redes eléctricas, alumbrado público, gas natural y telecomunicaciones, entre otros, elaborados, ajustados, complementados o actualizados, validando que cumplan con las especificaciones técnicas y la normatividad vigente. Estos diseños deberán ser presentados a las ESP.

3. Atender las reuniones con las ESP y demás entidades distritales y nacionales competentes para recibir observaciones a los productos.

3. Propiciar y acompañar las reuniones con las ESP y demás entidades distritales y nacionales competentes verificando que el contratista vigilado atienda las observaciones a los productos.

3. Acompañar a las reuniones con las ESP y demás entidades distritales y nacionales competentes requiriéndole al Interventor la verificación de cumplimiento a las observaciones por parte del contratista vigilado.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 149 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-190 • 2025 • ENERO • 28 190 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Coordinación Interinstitucional Consultor Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de N.A.

Interventoría
4. Llevar a cabo las mesas de decisión técnica y suscribir las actas de competencia con las empresas de servicios públicos para armonizar los proyectos que se ejecuten y resolver todos los aspectos que involucren las redes húmedas y secas de los lugares objeto de desarrollo de infraestructura, así:

4. Propiciar y acompañar las mesas de decisión técnica y suscribir las actas de competencia con las Empresas de Servicios Públicos para armonizar los proyectos que se ejecuten verificando que el Contratista vigilado resuelva todos los aspectos que involucren las redes húmedas y secas de los lugares objeto de desarrollo de infraestructura, de acuerdo con lo previsto en el mismo contrato y en el presente Manual.

La primera mesa de decisión técnica tendrá el siguiente producto:

Concertación del diseño conceptual de la red del servicio público, teniendo en cuenta principalmente y por prioridad:
- Continuidad en la prestación del servicio.
- Rehabilitaciones
- Actualización por material
- Protecciones y Traslados.
- Ampliaciones, expansiones y ajustes a norma.

La segunda mesa de decisión técnica tendrá como productos los siguientes:
- Análisis conjunto del diseño, relacionándolo con el proyecto integral, de acuerdo con las prioridades anteriores, para entregar el único borrador del diseño a la Empresa.
Concertación del tiempo de presentación de observaciones. Este depende del cronograma del proyecto. No podrá ser mayor a una semana.

La tercera mesa de decisión técnica tendrá el siguiente producto:
- Verificación de los planos de diseño y del acta de competencia de pagos contra planos de diseño. El diseño definitivo debe incluir:
- Planos de Diseño Definitivo
- Acta de Competencia de Pago.
- Validación de Cantidades de obra por el delegado, el director de zona, el supervisor, el Interventor y Consultor.
- Aprobación de Interventoría de Diseños definitivos para incluir al proyecto de infraestructura.

En los casos en los que no se pueda Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 150 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-191 • 2025 • ENERO • 28 191 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Coordinación Interinstitucional Consultor Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría suscribir el acta de competencia correspondiente durante la Tercera Mesa, se acudirá al Comité Coordinador del Convenio con la correspondiente ESP y se definirá como producto de la sesión, la suscripción del acta de Competencia de pago por los administradores del gasto de la Empresa de Servicios Públicos y Ordenadores del Gasto del IDU.
5. Atender los requerimientos propios de los actos administrativos y solicitudes en la etapa de estudios y diseños, por parte de la autoridad ambiental competente.

5. Verificar el cumplimiento por parte del Consultor, de todos los requisitos establecidos por la autoridad ambiental competente.

5. Dar respuesta a la autoridad ambiental competente con la documentación ajustada por la Consultoría y aprobada por la Interventoría

Revisar y aprobar el concepto emitido por la Consultoría, respecto a la revisión de los actos administrativos de permisos ambientales.

Verificar y conceptuar sobre actividades y obras otorgadas en el permiso ambiental contra la solicitadas, y en caso de ser necesario se debe generar el sustento para solicitar el recurso de reposición.

7. Liquidación

Obligaciones Contrato de Consultoría. Liquidación.

COMPONENTE TÉCNICO Consultor Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de

1. Elaborar el acta de liquidación del Contrato de Interventoría.

1. Elaborar oportunamente el acta de liquidación del Contrato objeto de vigilancia

Interventoría
1. Suministrar oportunamente a la Interventoría la información requerida para la elaboración del acta de liquidación del Contrato.

2. Elaborar y entregar a la Interventoría el Informe Ejecutivo del desarrollo del Contrato, el cual deberá incluir una síntesis completa de la misma según lo descrito en el Contrato y los documentos que lo conforman.

2. Verificar y validar el Informe Ejecutivo del desarrollo del Contrato objeto de vigilancia, de manera que contenga una síntesis completa de la misma según lo descrito en el Contrato y los documentos que lo conforman.

3. Verificar y validar el Informe Final del Contrato objeto de vigilancia según el procedimiento descrito en el Contrato y los documentos que lo conforman.

2. Recibir con la validación de la Interventoría, el Informe Ejecutivo del desarrollo del Contrato de manera que contenga una síntesis completa de la misma según lo descrito en el Contrato y los documentos que lo conforman.
3. Elaborar y entregar a la Interventoría oportunamente el Informe Final del Contrato según el procedimiento descrito en el Contrato y los documentos que lo conforman.

4. Gestionar al interior de la entidad la elaboración de la minuta de cesión de derechos de autor y recibir el documento de cesión de derechos de autor por parte del contratista.

3. Recibir validado el Informe Final del Contrato objeto de vigilancia según el procedimiento descrito en el Contrato y los documentos que lo conforman.
4. Adelantar el trámite de registro de derechos de autor ante la Dirección Nacional de Derechos de Autor, inscribiendo la cesión de los derechos patrimoniales efectuada a favor del IDU, con la celebración del presente Contrato.

4. Verificar el cumplimiento por parte del Consultor del trámite de registro de derechos de autor ante la Dirección Nacional de Derechos de Autor, inscribiendo la cesión de los derechos patrimoniales efectuada a favor del IDU.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 151 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-192 • 2025 • ENERO • 28 192 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Consultoría. Liquidación.

COMPONENTE TÉCNICO Consultor Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de

5. Recibir verificados los productos documentales finales del Contrato.

Interventoría
5. Los productos documentales finales del Contrato se deben entregar únicamente en forma digital, avalados mediante firma autógrafa escaneada o digital por el director de proyecto, especialistas, residente y topógrafo*.
Estos documentos deben cumplir con lo establecido en la Guía de Entregables en Formato Digital del IDU y en el Instructivo para la Presentación de Planos y Archivos del IDU vigente.

5. Los productos documentales finales del Contrato objeto de vigilancia se deben entregar únicamente en forma digital, avalados mediante firma autógrafa escaneada o digital por el director de proyecto, especialistas, residente y topógrafo*.
Estos documentos deben cumplir con lo establecido en la Guía de Entregables en Formato Digital del IDU y en el Instructivo para la Presentación de Planos y Archivos del IDU vigente.

* Los productos a entregar durante la etapa de liquidación, teniendo en cuenta las circunstancias de terminación del Contrato por vencimiento del plazo, podrán ser firmados por profesionales de las mismas características o por el Director de Interventoría y por el Representante Legal del Consorcio, Unión Temporal o sociedad de la que se trate, y presentados mediante firma manuscrita escaneada. Dicha firma debe ser remitida mediante un mensaje de datos y/o mediante una comunicación firmada en original por el Representante Legal y radicada en el IDU, con el fin de determinar claramente su procedencia, autoría y verificación, de conformidad con lo establecido en el Decreto 2364 de 2012.

* Los productos a entregar durante la etapa de liquidación, teniendo en cuenta las circunstancias de terminación del Contrato por vencimiento del plazo, podrán ser firmados por profesionales de las mismas características o por el Director de Interventoría y por el Representante Legal del Consorcio, Unión Temporal o sociedad de la que se trate, y presentados mediante firma manuscrita escaneada o digital. Dicha firma debe ser remitida mediante un mensaje de datos y/o mediante una comunicación firmada en original por el Representante Legal y radicada en el IDU, con el fin de determinar claramente su procedencia, autoría y verificación, de conformidad con lo establecido en el Decreto 2364 de 2012.

6. Suscribir el Acta de Liquidación del Contrato con la Interventoría y el IDU, y asumir plena responsabilidad por la veracidad y calidad de la información contenida en dicha acta.

6. Suscribir el Acta de Liquidación del Contrato objeto de Interventoría y del Contrato de Interventoría y asumir plena responsabilidad por la veracidad y calidad de la información contenida en dicha acta.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 152 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-193 • 2025 • ENERO • 28 193 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Consultoría. Liquidación.

COMPONENTE TÉCNICO Consultor Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría

7. Recibir de la Interventoría el acta de recibo final y liquidación del Contrato. La calidad de los productos recibidos por el IDU es total responsabilidad del Consultor y la Interventoría.

7. Suscribir el acta de recibo final y liquidación del Contrato y asumir plena responsabilidad por la veracidad y calidad de la información contenida en ella.

Revisar la implementación del procedimiento “Liquidación de Contratos y Convenios”.

7. Elaborar y suscribir el acta de recibo final y liquidación del Contrato de Consultoría y verificar que los productos entregados por el Consultor se encuentren de acuerdo con lo exigido en el Contrato. La Interventoría asume plena responsabilidad por la veracidad y calidad de la información enunciada en el acta de recibo final y liquidación del Contrato.

Remitir a la DTGC para su publicación en SECOP y archivo en el respectivo expediente del Contrato.

N.A.

8. Cuando el Consultor no se presente a la liquidación previa convocatoria que efectúe la Interventoría o en los casos en los que no se logre un acuerdo entre las partes sobre el contenido de la liquidación, deberá informar al supervisor de estas circunstancias.

8. Recibir el informe de la imposibilidad de liquidar de mutuo acuerdo, revisar los soportes que demuestran la no concurrencia del Consultor o la falta de acuerdo en la liquidación y dar aplicación al procedimiento “Liquidación de Contratos y Convenios”, o el que haga sus veces

9. Recibir de la Interventoría y suscribir el acta de recibo final y liquidación del Contrato de Interventoría.

N.A.

9. Elaborar y suscribir el acta de recibo final y liquidación del Contrato de Interventoría, y asumir plena responsabilidad por la veracidad y calidad de la información contenida en ella.

Verificar la implementación del procedimiento “Liquidación de Contratos y Convenios”. Remitir a la DTGC para su publicación en SECOP y archivo en el respectivo expediente del Contrato.

N.A. N.A.

10. Cuando el Interventor no se presente a la liquidación previa convocatoria que efectúe el supervisor o en los casos en que no se logre un acuerdo sobre el contenido de la liquidación, se dará aplicación a lo previsto en el procedimiento IDU vigente para la “Liquidación de Contratos y Convenios”, o el que haga sus veces.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 153 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-194 • 2025 • ENERO • 28 194 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 ANEXO 3. OBLIGACIONES APLICABLES A LOS CONTRATOS DE OBRA Contratos de obra con esquema de traslado de riesgos al constructor.

Esquema 1 1.1. Definiciones propias de esta modalidad contractual 1.1.1. "Acta de Inicio de la Etapa de Construcción" Es el acta que será suscrita por el Interventor, el IDU y el Contratista, una vez se cumplan todas las obligaciones, actividades y demás requisitos indicados en el Contrato para la Etapa de Construcción.

1.1.2. “Acta de Finalización de la Etapa de Construcción” Es el documento que se firma por el Interventor y el Contratista para dar inicio a la Etapa de Mantenimiento, en los términos del Contrato.

En ningún caso se entenderá que la suscripción de esta Acta de Finalización de la Etapa de Construcción constituye un balance final o definitivo de las obligaciones desarrolladas en dicha etapa, ni implica exoneración de algunas de las responsabilidades del Contratista con ocasión de la suscripción del Contrato, especialmente en cuanto a calidad y resistencia de las obras se refiere, De conformidad con lo señalado en el Apéndice del Contrato respectivo, la suscripción del Acta de Finalización de la Etapa de Construcción constituye el Hito Final de la Etapa de Construcción.

1.1.3. “Acta de Recibo Final” Es el documento que suscribirán el Interventor y el Contratista al finalizar la Etapa de Mantenimiento en la cual se verificará el Estado de Condición señalado en el Apéndice respectivo del Contrato.

1.1.4. “Actas Mensuales de Verificación” o “Actas Parciales de Recibo de Obra” Son las actas que se suscribirán entre el Interventor y el Contratista–conforme el Manual de Interventoría y/o Supervisión de Contratos y demás procedimientos de la Entidad - como mecanismo de control de la ejecución de las Obras de Construcción, las Labores Ambientales y SST, Labores de Diálogo Ciudadano y Comunicación Estratégica y el Componente Manejo de Tráfico Señalización y Desvíos, las Obras para Redes y las Obras de Adecuación de Desvíos.

En las Actas Mensuales de Verificación o Actas Parciales de Recibo de Obra también se establecerá el cumplimiento por parte del Contratista del Cronograma de Obras y de los Hitos en que se divide la misma, en los términos del respectivo Contrato.

En las Actas Mensuales de Verificación o Actas Parciales de Recibo de Obra se establecerá el valor que TRANSMILENIO deberá pagar al Contratista, previa orden expresa y escrita del IDU, por concepto de Remuneración para Obras de Construcción, Remuneración Ambiental y SST, Remuneración por Labores de Diálogo Ciudadano y Comunicación Estratégica y Remuneración por Manejo de Tráfico, Señalización y Desvíos, Remuneración de las Obras Para Redes, Remuneración para las Obras de Adecuación de Desvíos en los términos y en los plazos previstos para tal efecto en el Contrato respectivo.

1.1.5. “Actas Semestrales de Verificación de Cumplimiento de las Obras y Labores de Mantenimiento"

Son las actas que se suscribirán entre el Interventor, el Contratista conforme el Manual de Interventoría y/o Supervisión de Contratos y demás procedimientos de la Entidad -, al finalizar cada semestre Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 154 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-195 • 2025 • ENERO • 28 195 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 (entendido como el lapso de 180 Días Calendario corridos) desde el inicio de la Etapa de Mantenimiento y hasta la Fecha Efectiva de Terminación del Contrato. En cada Acta Semestral de Verificación de Cumplimiento de las Obras y Labores de Mantenimiento se certificará el cumplimiento por parte del Interventor, de las Obras y Labores de Mantenimiento por parte del Contratista y se establecerá el valor a pagar por tales actividades, de acuerdo con lo estipulado en el respectivo Contrato.

1.1.6. "Amigable Componedor" Es la instancia de solución definitiva de las controversias contempladas en el respectivo Contrato.

1.1.7. “Calzadas de Tráfico Mixto" Son las calzadas laterales externas de la vía, previstas para la circulación de todo tipo de vehículos.

1.1.8. "Calzadas de Transmilenio" Son las calzadas centrales de la vía, previstas para la circulación exclusiva de los vehículos de transporte público pertenecientes al Sistema Transmilenio. Eventualmente, por estas calzadas transitarán vehículos que sean autorizados por TRANSMILENIO o la autoridad y/o norma que lo regule, tales como los necesarios para el recaudo, mantenimiento de Estaciones e infraestructura, atención de emergencias y otros similares.

1.1.9. “Cantidades de Obra para Adecuación de Desvíos” Es la medición de la cantidad de unidades de los Ítem de Obra para Adecuación de Desvíos, de acuerdo con lo efectivamente ejecutado por el Contratista siempre que correspondan solamente a las incluidas en el presupuesto de obras para adecuación de desvíos y sean requeridas para la cabal ejecución de las Obras para Adecuación de Desvíos y no se hayan hecho necesarias por razones imputables al Contratista.

Se entenderá que las Cantidades de Obra para Adecuación de Desvíos son imputables al Contratista cuando ellas se hayan hecho necesarias, entre otras causas y sin limitarse a éstas, (i) por errores en los estudios y/o diseños elaborados por el Contratista, (ii) indebida aplicación de procedimientos de construcción y/o de control de calidad, (iii) utilización de materiales inadecuados, (iv) cuando no cumplan con las Especificaciones Generales de Construcción, las condiciones técnicas establecidas por el Contratista en sus estudios y/o diseños o con las condiciones que, de acuerdo con el estado de la técnica y las mejores prácticas usuales para proyectos similares, sean exigibles; (v) así como cuando resulten de errores en el Diagnóstico de las vías a utilizar como desvíos de que trata el respectivo apéndice efectuado por el Contratista.

Las Cantidades de Obra para Adecuación de Desvíos junto con los Precios Unitarios para Adecuación de Desvíos serán la base para calcular la remuneración del Contratista por la ejecución de las Obras para Adecuación de Desvíos, en los términos señalados en el Contrato.

Cuando las Cantidades de Obra para Adecuación de Desvíos se hayan hecho necesarias por razones imputables al Contratista en los términos del respectivo Contrato, deberán ser ejecutadas por el Contratista a su propio costo y riesgo.

1.1.10. “Cantidades de Obra para Redes” Es la cantidad de unidades de cualquiera de los Ítem de Obra para Redes que sea necesario ejecutar para el traslado, movimiento, renovación, reconstrucción o rehabilitación de redes de servicios públicos, para cumplir con las especificaciones previstas en el Apéndice del respectivo Contrato, siempre y cuando (i) esas obras correspondan solamente a las incluidas en el presupuesto de obras para redes de servicios públicos y (ii) esas Cantidades de Obra para Redes sean necesarias para la cabal ejecución de dichas obras y no se hayan hecho necesarias por razones imputables al Contratista.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 155 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-196 • 2025 • ENERO • 28 196 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Se entenderá que las Cantidades de Obra para Redes son imputables al Contratista cuando ellas se hayan hecho necesarias, entre otras causas y sin limitarse a éstas, (i) por errores en los estudios y/o diseños elaborados por el Contratista, (ii) indebida aplicación de procedimientos de construcción y/o de control de calidad, (iii) utilización de materiales inadecuados, (iv) cuando no cumplan con las Especificaciones Generales de Obras para Redes, las Especificaciones Particulares de Obras para Redes, las condiciones técnicas establecidas por el Contratista en sus estudios y/o diseños o con las condiciones que, de acuerdo con el estado de la técnica y las mejores prácticas usuales para proyectos similares, sean exigibles.

Tales Cantidades de Obra para Redes junto con los Precios Unitarios para Redes serán la base para calcular la Remuneración de las Obras para Redes, en los términos señalados en el respectivo Contrato.

Cuando las Cantidades de Obra para Redes se hayan hecho necesarias por razones imputables al Contratista en los términos del respectivo Contrato, deberán ser ejecutadas por el Contratista a su propio costo y riesgo. 1.1.11. "Carril" Es la sección de la vía por donde puede circular un vehículo de forma continua en un solo sentido. La agrupación de dos (2) o más carriles conforman una calzada.

1.1.12. “Componente de Manejo de Tránsito, Señalización y Desvíos” Es la denominación que se aplica a cualquiera de los grupos de prestaciones a cargo del Contratista, referidas a la elaboración e implementación del Plan de Manejo de Tránsito, Señalización y Desvíos.

La ejecución del Componente Manejo de Tránsito, Señalización y Desvíos dará lugar a la Remuneración por Manejo de Tránsito Señalización y Desvíos.

Las condiciones de monto y plazo para el pago de la Remuneración por Manejo de Tránsito, Señalización y Desvíos serán descritas en el respectivo Contrato respectivo.

El Contratista deberá cumplir con la totalidad de las labores del Componente Manejo de Tránsito, Señalización y Desvíos que se señalan en el Apéndice del respectivo Contrato, so pena de incurrir en un incumplimiento contractual generador de las consecuencias previstas en el respectivo Contrato e incluso constituirse en causal de declaratoria de caducidad en los términos señalados en el Contrato.

Del debido cumplimiento por parte del Contratista de sus obligaciones relacionadas con el Componente Manejo de Tránsito, Señalización y Desvíos, dependerá el monto mensual de la Remuneración por Manejo de Tránsito, Señalización y Desvíos.

1.1.13. “Contratista" Es el Proponente Ganador, seleccionado como adjudicatario del Proyecto mediante el proceso de Licitación y firmante del Contrato.

1.1.14. "Contrato" Es el contrato debidamente suscrito por las partes y todos los documentos que forman parte integrante del mismo conforme a lo previsto en el texto del mismo Contrato.

Corresponde al negocio jurídico que se suscribirá entre el IDU y el Proponente Ganador, por medio del cual se establecen las obligaciones recíprocas y de las partes y se conceden los derechos correlativos que instrumentan la relación contractual que se busca establecer a través de la Licitación.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 156 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-197 • 2025 • ENERO • 28 197 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 1.1.15. “Cronograma de Obras” o “Plan Detallado de Trabajo” o “PDT” Es el cronograma de avance de obras que deberá cumplir el Contratista durante la Etapa de Preconstrucción, Etapa de Construcción y Etapa de Mantenimiento, de tal manera que las actividades para la ejecución de cada una de estas etapas sean ejecutadas dentro de los tiempos previstos que permitan el cumplimiento de los Hitos establecidos en el Apéndice del Contrato respectivo. Será obligación del Contratista entregar el Cronograma de Obras para aprobación del Interventor en los términos del Apéndice previsto en el Contrato.

1.1.16. “Descripciones Particulares de Construcción” Se entenderá por Descripciones Particulares de Construcción las especificaciones de los materiales, los procesos constructivos, los ensayos de control de calidad, los equipos mínimos requeridos y la forma de medida, los cuales formarán parte integral de los estudios y diseños que deberá presentar el Contratista, en los términos del respectivo Contrato.

Las Descripciones Particulares de Construcción deberán cumplir con las normas técnicas aplicables a cada materia.

1.1.17. “Días” o “Días Hábiles” Siempre que en los documentos de la Licitación o del Contrato se haga referencia a “Días” o a “Días Hábiles” se entenderá como los comprendidos entre el lunes y viernes incluidos éstos, exceptuando los días festivos vigentes en la República de Colombia.

1.1.18. “Días Calendario” Cuando los documentos de la Licitación y del Contrato se refieran a “Días Calendario” los plazos se contarán corridos, incluidos los días no laborables.

1.1.19. “Especificaciones para el Componente Ambiental y SST" Es el documento contenido en el Apéndice así denominado del Contrato respectivo.

1.1.20. “Especificaciones para el Componente Diálogo Ciudadano y Comunicación Estratégica”

Es el documento contenido en el Apéndice así denominado del respectivo Contrato.

1.1.21. “Especificaciones para el Componente Manejo de Tránsito, Señalización y Desvíos” Es el documento contenido en el Apéndice así denominado del Contrato respectivo.

1.1.22. “Especificaciones Particulares de Obras para Redes” Es el documento contenido en el Apéndice así denominado del Contrato respectivo.

1.1.23. “Especificaciones generales de construcción” Es el documento contenido en el Apéndice así denominado en el Contrato. En dicho documento se citan ciertas normas y documentos aplicables a los procesos constructivos, los cuales también serán obligatorios como parte de las Especificaciones Generales de Construcción.

1.1.24. “Especificaciones Particulares de Construcción” Es el documento contenido en el Apéndice así denominado del Contrato.

1.1.25. “Especificaciones Particulares de Mantenimiento” Es el documento contenido en el Apéndice así denominado del Contrato respectivo.

1.1.26. "Estado de Condición"

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 157 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-198 • 2025 • ENERO • 28 198 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Es la calificación de las características técnicas, de servicio y desempeño de la superficie y estructura de la vía y de las zonas de espacio público, que se determinará de acuerdo con los parámetros establecidos en el Apéndice del Contrato.

1.1.27. “Estaciones” Son las estructuras ubicadas en la parte central de la Troncal, utilizadas para permitir el ascenso y descenso de los pasajeros hacia y desde los buses del Sistema Transmilenio.

1.1.28. "Etapa de Construcción" Es la segunda Etapa del Contrato durante la cual el Contratista se encargará de la construcción y completa adecuación de la obra objeto del Contrato, para la operación del Sistema Transmilenio, incluyendo las zonas de espacio público, Calzadas de Transmilenio y Calzadas de Tráfico Mixto, Estaciones, Puentes Peatonales, Puentes Vehiculares para tráfico automotor, pasos a desnivel vehicular automotor subterráneo y Patio Portal, según corresponda, así como el traslado, movimiento, construcción, renovación o rehabilitación de redes de servicios públicos y demás actividades contempladas en el Contrato y sus apéndices. Esta Etapa de Construcción se extiende desde el momento de la firma del Acta de Iniciación de la Etapa de Construcción, hasta la suscripción del Acta de Finalización de la Etapa de Construcción en los términos del Contrato respectivo.

Durante la Etapa de Construcción, la obra parcialmente construida será puesta en servicio en los términos del respectivo Contrato, de acuerdo con las Especificaciones para el Componente Manejo de Tránsito, Señalización y Desvíos, o de conformidad con lo que disponga el IDU y/o el Contratista, mediante la modificación de las Especificaciones para el Componente Manejo de Tránsito, Señalización y Desvíos. La puesta en servicio durante la Etapa de Construcción no afectará ni liberará al Contratista de la completa terminación de las Obras de Construcción, en los plazos previstos en este Contrato. En ningún caso la puesta en servicio de la obra parcialmente construida se entenderá como el recibo parcial de dichas obras o de la terminación de la Etapa de Construcción y, consecuentemente, no se dará inicio a la Etapa de Mantenimiento hasta tanto no se hubiera suscrito el Acta de Finalización de la Etapa de Construcción.

1.1.29. "Etapa de Mantenimiento " Es la tercera Etapa del Contrato durante la cual el Contratista se encargará de la realización de las actividades correspondientes a las Obras y Labores de Mantenimiento, la cual inicia una vez suscrita el Acta de Finalización de la Etapa de Construcción.

1.1.30. "Etapa de Preconstrucción"

En los contratos con transferencia de riesgos de diseño para proyectos de alta complejidad se preverá una Etapa de Preconstrucción en la cual el contratista de obra podrá; (i) Fundamentarse en los documentos técnicos que el IDU puso a disposición de los Proponentes durante la Licitación a título informativo, evento en el cual deberán, en todo caso, ir suscritos por los ingenieros o personas responsables del Contratista, (ii) Realizar la adaptación y/o modificación y/o complementación y/o ajuste y/o actualización de los documentos técnicos que el IDU puso a disposición de los Proponentes durante la Licitación a título informativo, evento en el cual deberán, en todo caso, ir suscritos por los ingenieros o personas responsables del Contratista, (iii) Elaborar estudios y diseños fundamentados en información técnica diferente a la puesta a disposición por el IDU a título informativo y, (iv) Efectuar con la combinación de cualquiera de los anteriores, a fin de contar con los Estudios y Diseños de detalle del Proyecto.

Es la primera etapa del Contrato durante la cual el Contratista deberá cumplir con las obligaciones señaladas en el Contrato, como requisito indispensable para dar inicio a la Etapa de Construcción, salvo acuerdo en contrario.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 158 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-199 • 2025 • ENERO • 28 199 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Durante esta Etapa de Preconstrucción, el Contratista entregará los documentos y cumplirá las obligaciones previstas en otras cláusulas o documentos del Contrato respectivo y sus apéndices.

1.1.31. "Fecha de Inicio de la Ejecución del Contrato" o "Fecha de Inicio" Es la fecha de suscripción del Acta de Inicio del Contrato, la cual procederá una vez cumplidos la totalidad de requisitos de perfeccionamiento, expedición del registro presupuestal, aprobación de la Garantía de Cumplimiento correspondiente y demás actividades previstas en el pliego para el inicio de ejecución del Contrato.

1.1.32. "Fecha Efectiva de Terminación del Contrato" Es la fecha que se contabilizará desde la fecha del Acta de Inicio o i) en caso de terminación anticipada, la Fecha Efectiva de Terminación del Contrato corresponderá a la fecha en que se declare la terminación de este Contrato, ii) en caso de que se suspenda el plazo del Contrato en cualquier etapa, la Fecha Efectiva de Terminación del Contrato ocurrirá cuando se venza el plazo adicionado por el período de suspensión si éste ocurriera después del mes indicado en el Contrato, contado a partir de la Fecha de Inicio, iii) cuando se amplíe el plazo de cualquiera etapa por mutuo acuerdo de las partes, la Fecha Efectiva de Terminación del Contrato ocurrirá el día en que venza la prórroga.

1.1.33. "Fiducia " Es la fiducia de administración y pagos, para el manejo de los recursos que reciba el Contratista a título de anticipo, de conformidad con lo señalado en el artículo 91 de la Ley 1474 de 2011, con el fin de garantizar que dichos recursos se apliquen exclusivamente a la ejecución del Contrato respectivo.

1.1.34. "Fondo de Compensaciones"

El Fondo de compensaciones tiene como propósito introducir disciplina presupuestal para la asunción de los riesgos a cargo del IDU con ocasión del contrato, en virtud del principio de planeación aplicable a la contratación estatal y la prudencia fiscal.

La justificación y normativa que respalda el Fondo, parte del principio de libertad de configuración de los contratos estatales contenido en el artículo 40 de la Ley 80 de 1993, en desarrollo del cual, en contratos de obra pública, la entidad está facultada para introducir las “condiciones y, en general, las cláusulas o estipulaciones que las partes consideren necesarias y convenientes, siempre que no sean contrarias a la Constitución, la ley, el orden público y a los principios y finalidades de esta ley y a los de la buena administración”, incluidos mecanismos de disciplina presupuestal que como el Fondo de compensación, le permitan contar con recursos dentro del valor del contrato con el propósito de atender de forma expedita, las compensaciones derivadas de obligaciones por riesgos asumidos por el IDU en el contrato, y que reduzcan la probabilidad de que se generen intereses moratorios en contra de la entidad.

Este tipo de figuras en contratos complejos de obra pública, desarrollan además el principio presupuestal de no asumir una obligación sin una apropiación presupuestal que se acomode a las características de la obligación, lo que podría condenar al proyecto a esquemas ineficientes de reconocimiento de compensaciones en los cuales, por definición, podrían generarse intereses a cargo del IDU mientras se adelanta el ciclo presupuestal o, como ya se señaló, retrasos en su ejecución.

En los contratos de obra de este esquema que así lo requieran -en razón de su complejidad u otros factores-, y siempre que se cuente con el presupuesto correspondiente, se creará un Fondo de Compensaciones, el cual será destinado a cubrir los riesgos retenidos por el IDU, así como circunstancias que eventualmente requieran ser ejecutadas en el marco del contrato.

De manera enunciativa, los conceptos que se podrán incluir en el Fondo de Compensaciones serán, entre otros; (i) Mayores cantidades de aquellas actividades pactadas a precios unitarios; (ii) Ítems no previstos de aquellas actividades pactadas a precios unitarios, (iii) Compensación por eventos eximentes Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 159 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-200 • 2025 • ENERO • 28 200 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 de responsabilidad, (iv) Ajustes por variación de los índices de actualización monetaria que sean establecidos en el contrato; (v) Costos de los componentes transversales asociados a prórrogas y, (vi) honorarios y gastos asociados a la conformación de amigable composición a cargo del IDU. Los costos asociados a las decisiones de los amigables componedores, a cargo del IDU serán pagados con cargo al rubro de pagos de sentencias y conciliaciones del Instituto. Sin perjuicio de lo anterior, la Entidad podrá determinar otros conceptos aplicables al proyecto, para lo cual se realizarán los trámites administrativos, contractuales y presupuestales a que haya lugar.

Si durante la ejecución del contrato, se llegare a agotar el Fondo de Compensaciones las partes del contrato no podrán asumir obligaciones adicionales a las ya ejecutadas, hasta tanto se adicione el contrato por el valor requerido, cumpliendo con las normas presupuestales aplicables.

Para el cálculo del valor de este Fondo, se deberá aplicar la guía para la elaboración de presupuesto para contratos de consultoría, construcción, conservación y apoyo a la gestión vigente del Instituto.

1.1.35. “Hito” Es un hecho contenido en el Cronograma de Obras que representa el alcance de una meta del Proyecto que debe concluirse en una fecha cierta, y al cual se asocia un porcentaje del valor de la Remuneración para Obras de Construcción. La verificación del cumplimiento de los Hitos será hecha por el Interventor en el Acta Mensual de Verificación correspondiente al mes en el cual ha debido verificarse el cumplimiento del Hito.

Una vez suscrita el Acta Mensual de Verificación correspondiente a un Hito, el Contratista adquirirá el derecho a que le sea remunerado el porcentaje de la Remuneración para Obras de Construcción correspondiente a dicho Hito, sin perjuicio de la posibilidad de realizar los descuentos establecidos en el Contrato, así como los derivados de la amortización del anticipo. En todo caso, el cumplimiento de un Hito no implica de ninguna manera la entrega parcial de las Obras de Construcción y de las Obras para Redes, ni de ninguna de las labores y obras asociadas al objeto del Contrato respectivo.

El cumplimiento de los Hitos contenidos en el Apéndice del Contrato será utilizado para efectos del control de las obligaciones del Contratista por parte del Interventor y del cálculo de la liquidación del Contrato respectivo en caso de terminación anticipada del mismo durante la Etapa de Construcción, estrictamente en los términos del Contrato respectivo. Al igual que el Cronograma de Obras, el Contratista podrá adoptar, adaptar, modificar o reemplazar los Hitos propuestos en el Apéndice del Contrato, siempre y cuando sean previamente avalados por la Interventoría. El Contratista deberá entregar su programación de Hitos al mismo tiempo con el Cronograma de Obras y se le dará el mismo procedimiento de aprobación contenido en el Contrato respectivo.

1.1.36. “Índice de Costos de la Construcción de Obras Civiles” o “ICOCIV” El Índice de Costos de la Construcción de Obras Civiles –ICOCIV- es un indicador que permite conocer la variación promedio de los precios de una canasta que representa los costos de la construcción de un conjunto representativo de las obras civiles desarrolladas en el país. Si este índice dejará de estar disponible, un índice comparable será acordado por las partes.

1.1.37. “Índice de Precios al Consumidor” o “IPC” Es el índice publicado mensualmente por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) que representa la variación de precios al consumidor. Si este índice dejará de estar disponible, un índice comparable será acordado por las partes.

1.1.38. “Ítems de Obra para Adecuación de Desvíos” Es cualquiera de los grupos de prestaciones a cargo del Contratista, necesarios para ejecutar las Cantidades de Obra para Adecuación de Desvíos, a los cuales se refiere el Apéndice correspondiente del Contrato, para los cuales se especifican Precios Unitarios para Adecuación de Desvíos que corresponden a los presentados en la Oferta por el Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 160 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-201 • 2025 • ENERO • 28 201 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Contratista, y cuyas actividades y tipo de intervención serán definidas a partir del resultado que arroje el Diagnóstico de las vías a utilizar como desvíos de que trata el respectivo Apéndice del Contrato, una vez dicho diagnóstico sea aprobado por la Interventoría y no objetado por el IDU. Lo anterior, cuando quiera que esa ejecución de Ítems de Obra para Adecuación de Desvíos se haga necesaria por razones no imputables al Contratista.

Los Ítems de Obra para Adecuación de Desvíos servirán exclusivamente para: (i) Determinar el valor de la Remuneración para las Obras de Adecuación de Desvíos, en los términos señalados en el Contrato y (ii) el valor a ser reconocido al Contratista en el evento en que llegasen a existir Mayores Cantidades de Obra para Adecuación de Desvíos, en los términos del Contrato.

1.1.39. “Ítems de Obra para Redes” Es cualquiera de los grupos de prestaciones a cargo del Contratista, necesarios para ejecutar las Cantidades de Obra para Redes y las Mayores Cantidades de Obra para Redes, cuando quiera que esa ejecución se haga necesaria por razones no imputables al Contratista, a los cuales se refiere el respectivo Apéndice del Contrato, y para los cuales se especifican Precios Unitarios para Redes que corresponden a los presentados en la Oferta por el Contratista.

Los Ítems de Obra para Redes servirán exclusivamente para determinar (i) el valor de la Remuneración de las Obras Para Redes a que tiene derecho el Contratista, en los términos del Contrato y (ii) el valor a ser reconocido al Contratista en el evento en que llegasen a existir Mayores Cantidades de Obra para Redes, en los términos del Contrato respectivo.

1.1.40. "Ítems de Obra no Previstos" Los Ítems de Obra no Previstos se definen como aquellos que no están incluidos en las condiciones originales del Contrato y por esta razón, no pueden ejecutarse con los precios del mismo, sin embargo, hacen parte inseparable de la obra contratada, o son necesarios para ejecutar esta obra o protegerla. Entendiéndose que los ítems no previstos aplican únicamente para las actividades o ítems de Obras de Adecuación de Desvíos y Obras para Redes, pagados a precios unitarios.

1.1.41. “Labores Ambientales y SST” Es cualquiera de los grupos de prestaciones asociadas al componente de materia Ambiental y Seguridad y Salud en el Trabajo a cargo del Contratista.

La ejecución de las Labores Ambientales y SST por parte del Contratista dará lugar a la Remuneración Ambiental y SST, la cual será particular y diferente de la Remuneración para Obras de Construcción.

Las condiciones de monto y plazo para el pago de la Remuneración Ambiental y SST serán de acuerdo a las descritas en el Contrato respectivo.

El Contratista deberá cumplir con la totalidad de las Labores Ambientales y SST que se señalan en el apéndice del Contrato, so pena de incurrir en un incumplimiento contractual generador de las consecuencias contractuales.

Del debido cumplimiento por parte del Contratista de sus obligaciones relacionadas con las Labores Ambientales y SST, dependerá el monto mensual de la Remuneración Ambiental y SST, tal como se describe en el Apéndice y clausulado del Contrato.

1.1.42. “Labores de Diálogo Ciudadano y Comunicación Estratégica”

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 161 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-202 • 2025 • ENERO • 28 202 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Es cualquiera de los grupos de prestaciones a cargo del Contratista, asociadas a las Labores de Diálogo Ciudadano y Comunicación Estratégica señalados específicamente en el Apéndice respectivo del Contrato.

La ejecución de las Labores de Diálogo Ciudadano y Comunicación Estratégica por parte del Contratista dará lugar a la Remuneración de Labores de Diálogo Ciudadano y Comunicación Estratégica, la cual será particular y diferente de la Remuneración para Obras de Construcción.

Las condiciones de monto y plazo para el pago de la Remuneración de Labores de Diálogo Ciudadano y Comunicación Estratégica se encuentran previstas en el Contrato.

El Contratista deberá cumplir con la totalidad de las Labores de Diálogo Ciudadano y Comunicación Estratégica que se señalan en el Apéndice respectivo del Contrato, so pena de incurrir en un incumplimiento contractual.

Del debido cumplimiento por parte del Contratista de sus obligaciones relacionadas con las Labores de Diálogo Ciudadano y Comunicación Estratégica, dependerá el monto mensual de la Remuneración de Labores de Diálogo Ciudadano y Comunicación Estratégica, tal como se describe en el Apéndice y clausulado del Contrato.

1.1.43. “Licitación" Es la convocatoria pública abierta por el IDU mediante la correspondiente Resolución.

1.1.44. “Mayores Cantidades de Obra para Redes” Es la cantidad de unidades adicionales de cualquiera de los Ítem de Obra para Redes a que se refiere el Contrato respectivo y que se encuentran establecidos en el Presupuesto de la Licitación y que, previa aprobación del Interventor y no objeción por parte del IDU, sea necesario ejecutar para el traslado, movimiento, construcción, renovación o rehabilitación de redes de servicios públicos, cuando dichas actividades no puedan entenderse incluidas dentro de la descripción de obras para redes de servicios públicos, contenido en el Apéndice denominado “Especificaciones Particulares de Obras para Redes” o cuando esas actividades superen el Valor Máximo de la Remuneración de las Obras Para Redes.

En caso de que fuera necesaria la ejecución de Mayores Cantidades de Obra para Redes y el IDU autorizará su ejecución, se ejecutarán con cargo a la Remuneración por Mayores Cantidades de Obra para Redes. El pago de las Mayores Cantidades de Obra para Redes que realice IDU al Contratista con cargo a la Remuneración por Mayores Cantidades de Obra para Redes será suficiente para que se entienda restablecido el equilibrio económico del Contrato para el Contratista.

En ningún caso se reconocerá al Contratista las Mayores Cantidades de Obra para Redes, cuando se trate de obras imputables al Contratista, sin perjuicio de su obligación de ejecutarlas.

Se entenderá que las Mayores Cantidades de Obra para Redes son imputables al Contratista cuando ellas se hayan hecho necesarias, entre otras causas y sin limitarse a éstas, por (i) errores en los estudios y/o diseños elaborados por el Contratista, (ii) indebida aplicación de procedimientos de construcción y/o de control de calidad, (iii) utilización de materiales inadecuados cuando no cumplan con las Especificaciones Particulares de Obras para Redes establecidas en el respectivo Apéndice, las condiciones técnicas establecidas por el Contratista en sus estudios y/o diseños, o con las condiciones que, de acuerdo con el estado de la técnica y las mejores prácticas usuales para proyectos similares, sean exigibles. En caso de desacuerdo entre las Partes sobre la imputabilidad de las Mayores Cantidades de Obra para Redes, la controversia será decidida por el Amigable Componedor, si se ha pactado este mecanismo alternativo de solución de conflictos.

El mecanismo de valoración de la remuneración a que tiene derecho el Contratista como consecuencia de la ejecución de Mayores Cantidades de Obra para Redes, así como los plazos y condiciones de pago de la misma, serán los definidos en el Contrato respectivo.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 162 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-203 • 2025 • ENERO • 28 203 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 1.1.45. “Mayores Cantidades de Obra para Adecuación de Desvíos” Son la cantidad de unidades adicionales de cualquiera de los Ítems de Obra para Adecuación de Desvíos y que previa aprobación del Interventor y no objeción por parte del IDU, sea necesario ejecutar cuando dichas actividades superen las establecidas en el Diagnóstico de las vías a utilizar como desvíos de que trata el respectivo Apéndice, una vez dicho diagnóstico sea aprobado por la Interventoría y no objetado por el IDU o superen el Valor Máximo de la Remuneración para Obras de Adecuación de Desvíos.

En caso de que fuera necesaria la ejecución de Mayores Cantidades de Obra para Adecuación de Desvíos y el IDU autorizará su ejecución, se ejecutarán con cargo a la Remuneración por Mayores Cantidades de Adecuación de Desvíos. El pago de las Mayores Cantidades de Obra para Adecuación de Desvíos que realice el IDU al Contratista con cargo a la Remuneración por Mayores Cantidades de Obra para para Adecuación de Desvíos será suficiente para que se entienda restablecido el equilibrio económico del Contrato para el Contratista.

En ningún caso se reconocerá al Contratista las Mayores Cantidades de Obra para Adecuación de Desvíos, cuando se trate de obras imputables al Contratista, sin perjuicio de su obligación de ejecutarlas.

Las Mayores Cantidades de Obra para Adecuación de Desvíos son imputables al Contratista cuando ellas se hayan hecho necesarias, entre otras causas y sin limitarse a éstas, por (i) errores en los estudios y/o diseños elaborados por el Contratista; (ii) indebida aplicación de procedimientos de construcción y/o de control de calidad; (iii) utilización de materiales inadecuados cuando no cumplan con las Especificaciones Particulares de Obras para Adecuación de Desvíos establecidas en los documentos contractuales, las condiciones técnicas establecidas por el Contratista en sus estudios y/o diseños, las condiciones que, de acuerdo con el estado de la técnica y las mejores prácticas usuales para proyectos similares sean exigibles; (iv) cuando resulten de errores en el Diagnóstico de las vías a utilizar como desvíos de que trata el respectivo Apéndice del Contrato, efectuado por el Contratista.

En caso de desacuerdo entre las Partes sobre la imputabilidad de las Mayores Cantidades de Obra para Adecuación de Desvíos, la controversia será decidida de manera definitiva por el Amigable Componedor.

El mecanismo de valoración de la remuneración a que tiene derecho el Contratista como consecuencia de la ejecución de Mayores Cantidades de Obra para Adecuación de Desvíos, así como los plazos y condiciones de pago de la misma, se regularán en el Contrato.

1.1.46. “Memoria Técnica” Es el documento que elaborará el Contratista en el cual se consignará toda la información necesaria para que el Interventor y el IDU evalúen que las Obras de Construcción y las Obras para Redes del Proyecto cumplen con los resultados exigidos en el Contrato, sus anexos y Apéndices, en especial con lo señalado en las Especificaciones Particulares de Construcción y en las Especificaciones Particulares de Obras para Redes. En la Memoria Técnica se anotará, por lo menos, la información a que haga referencia en el Contrato.

1.1.47. “Obras de Adecuación de Desvíos” Son las requeridas para reparar las vías utilizadas como desvíos durante la Etapa de Preconstrucción y la Etapa de Construcción del Contrato. Tales Obras de Adecuación de Desvíos corresponderá, exclusivamente, a las previstas en el Apéndice del Contrato y en el Diagnóstico de las vías a utilizar como desvíos de acuerdo con el correspondiente Apéndice efectuado por el Contratista, una vez este sea aprobado por el Interventor y no objetado por el IDU.

Como contraprestación a la ejecución de las Obras de Adecuación de Desvíos, el Contratista tendrá derecho a la Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 163 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-204 • 2025 • ENERO • 28 204 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Remuneración para las Obras de Adecuación de Desvíos en los términos y plazos señalados en el Contrato. 1.1.48. “Obras de Construcción” Son las requeridas para la construcción y completa adecuación del corredor vial establecido en el Apéndice del respectivo Contrato para la operación del Sistema Transmilenio, incluyendo espacio público, Calzadas de Transmilenio y Calzadas de Tráfico Mixto, Estaciones, Puentes Peatonales, Puentes Vehiculares para tráfico automotor, pasos a desnivel vehicular automotor subterráneo y Patio Portal, según corresponda. En el concepto de Obras de Construcción no se incluyen las Obras de Adecuación de Desvíos ni las Obras para Redes. Las Obras de Construcción deberán cumplir con los resultados exigidos en las Especificaciones Particulares de Construcción, sin perjuicio de cumplir también con las Especificaciones Generales de Construcción y en general con todo lo establecido en el Contrato y sus Apéndices. 1.1.49. “Obras para Redes” Son las requeridas para el traslado, movimiento, construcción, renovación o rehabilitación de redes y/o accesorios de servicios públicos domiciliarios incluidas en el listado y descripción de obras contenido en el Apéndice del Contrato. Las Obras para Redes darán lugar a la Remuneración de las Obras Para Redes en favor del Contratista.

1.1.50. “Obras y Labores de Mantenimiento” Son las actividades que deberá desarrollar el Contratista en la tercera etapa del Contrato, durante la cual el Contratista ejecutará, principalmente, todas las obligaciones previstas en las Especificaciones Particulares de Mantenimiento, y en especial las labores necesarias para mantener las obras construidas por el Contratista en el Estado de Condición que se determina en las Especificaciones Particulares de Mantenimiento, Apéndice del Contrato.

1.1.51. “Obras Tramo” Son las principales obras a ejecutar en cada tramo, grupo o lote. Cada una de estas obras incluye en términos de alcance y presupuesto todas las obras requeridas para la ejecución total de cada tramo, grupo o lote y su debida funcionalidad.

1.1.52. Manejo Ambiental de la Obra (MAO) Es el documento que, producto de una evaluación ambiental, establece de manera detallada las acciones que se implementarán para prevenir, mitigar, corregir o compensar los impactos y efectos ambientales negativos que se causen por el desarrollo de un proyecto, obra o actividad. Incluye los planes de seguimiento, monitoreo, contingencia y abandono según la naturaleza del proyecto, obra o actividad.

1.1.53. “Plan de Control de Calidad” Es el documento que deberá elaborar el Contratista y deberá entregar al IDU a más tardar tres (3) meses antes de la terminación de la Etapa de Construcción. El contenido de este documento se encuentra definido en el respectivo Apéndice del Contrato respectivo.

1.1.54. “Plan de Manejo de Tránsito, Señalización y Desvíos” Es el documento que debe elaborar e implementar el Contratista durante la ejecución del Contrato, para mitigar, controlar y minimizar el impacto que tenga el Proyecto sobre el tráfico. Dicho Plan de Manejo de Tránsito, Señalización y Desvíos, deberá respetar puntualmente lo establecido en el respectivo Apéndice del Contrato, en el cual se incluyen las actividades y especificaciones, obligatorias para el Contratista, necesarias para el manejo del tráfico durante la ejecución del Contrato.

Para la ejecución del Componente Manejo de Tránsito, Señalización y Desvíos, el Contratista deberá sujetarse también a lo dispuesto en el/los Apéndices del Contrato.

1.1.55. “Plazo Total Estimado del Contrato" Es el plazo estimado al que se refiere el Contrato.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 164 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-205 • 2025 • ENERO • 28 205 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 1.1.56. “Precios Unitarios para Adecuación de Desvíos” Son los precios ofertados por el Contratista, aplicables a las unidades de cada Ítem de Obra para Adecuación de Desvíos. Tales precios se encuentran discriminados en el Presupuesto de la Licitación y en la Oferta presentada por el Contratista. Tales Precios Unitarios para Adecuación de Desvíos junto con las Cantidades de Obra para Adecuación de Desvíos serán la base para calcular el valor de la Remuneración para las Obras de Adecuación de Desvíos, en los términos del Contrato.

Los Precios Unitarios para Adecuación de Desvíos servirán exclusivamente para (i) la valoración de la Remuneración de las Obras para Adecuación de Desvíos y (ii) la valoración de la Remuneración por Mayores Cantidades de Obra para Adecuación de Desvíos en los términos del Contrato.

1.1.57. “Precios Unitarios para Redes” Son los precios ofertados por el Contratista, aplicables a las unidades de cada Ítem de Obra para Redes. Tales precios se encuentran discriminados en el Presupuesto de la Licitación, y en la Oferta presentada por el Contratista.

Los Precios Unitarios para Redes servirán exclusivamente para (i) la valoración de la Remuneración de las Obras Para Redes y (ii) la valoración de la Remuneración por Mayores Cantidades de Obra para Redes en los términos del Contrato respectivo.

1.1.58. "Proponente Ganador" Es el adjudicatario de la Licitación, que es parte del Contrato, en calidad de Contratista.

1.1.59. “Proyecto” Es el conjunto de todas las actividades, obras, servicios, bienes, obligaciones y derechos necesarios para la ejecución de las Obras de Construcción, las Obras para Redes, las Obras de Adecuación de Desvíos, los Componentes de Manejo de Tráfico, Señalización y Desvíos, las Labores Ambientales y SST y Labores de Diálogo Ciudadano y Comunicación Estratégica, así como para las Obras y Labores de Mantenimiento, y en general, para la ejecución del Contrato respectivo.

1.1.60. “Puente Peatonal” Es la estructura elevada ubicada a lo largo de la Troncal, que conecta las zonas de espacio público ubicadas en cada uno de los costados de la Troncal y que permiten el acceso de los usuarios del Sistema Transmilenio a las Estaciones.

1.1.61. “Remuneración Ambiental y SST” Es la remuneración máxima prevista en el Contrato, a la cual tiene derecho el Contratista por el cumplimiento de sus obligaciones contractuales relacionadas con las Labores Ambientales y SST.

Los montos y plazos en los cuales será pagada la Remuneración Ambiental y SST, se encuentran descritos en el Contrato respectivo y por lo tanto, no existirá remuneración o reconocimiento adicional por parte del IDU por concepto de ejecución de obligaciones relacionadas con las Labores Ambientales y SST.

1.1.62. “Remuneración de Labores de Diálogo Ciudadano y Comunicación Estratégica” Es la remuneración máxima prevista en el respectivo Contrato, a la cual tiene derecho el Contratista por el cumplimiento de sus obligaciones contractuales relacionadas con las Labores de Diálogo Ciudadano y Comunicación Estratégica.

Los montos y plazos en los cuales será pagada la Remuneración de Labores de Diálogo Ciudadano y Comunicación Estratégica, se encuentran en el Contrato y, por lo tanto, no existirá remuneración o reconocimiento adicional por parte del IDU por concepto de ejecución de obligaciones relacionadas con las Labores de Diálogo Ciudadano y Comunicación Estratégica.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 165 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-206 • 2025 • ENERO • 28 206 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 1.1.63. “Remuneración por Adecuación de Desvíos” Es la remuneración prevista en el Contrato, a la cual tiene derecho el Contratista por la ejecución de las Obras de Adecuación de Desvíos.

El valor de esta remuneración será el equivalente a la multiplicación de las Cantidades de Obra para Adecuación de Desvíos ejecutadas por el Contratista y que no resulten imputables a éste, por el valor de los Precios Unitarios para Adecuación de Desvíos señalados en el Presupuesto de la Licitación y en la Oferta presentada por el Contratista, hasta por el valor señalado en el Contrato.

El plazo y condiciones en las cuales será pagada la Remuneración por Adecuación de Desvíos se encuentran descritos en el Contrato.

1.1.64. “Remuneración por Manejo de Tránsito, Señalización y Desvíos” Es la remuneración máxima que está prevista en el Contrato, a la cual tiene derecho el Contratista por el cumplimiento de sus obligaciones contractuales relacionadas con el Componente de Manejo de Tránsito, Señalización y Desvíos.

Los montos y plazos en los cuales será pagada la Remuneración por Manejo de Tránsito, Señalización y Desvíos, son los que están previstos en el Contrato para tal efecto y, por lo tanto, no existirá remuneración o reconocimiento adicional por parte del IDU por concepto de ejecución de obligaciones relacionadas con el Componente de Manejo de Tránsito Señalización y Desvíos.

1.1.65. “Remuneración por Mantenimiento” o “Remuneración para Obras y Labores de Mantenimiento”

Es la remuneración máxima prevista en el Contrato, a la cual tiene derecho el Contratista por el cumplimiento de sus obligaciones contractuales de resultado relacionadas con las Obras y Labores de Mantenimiento.

Los montos y plazos en los cuales será pagada la Remuneración por Mantenimiento se encuentran descritos en el Contrato y, por lo tanto, no existirá remuneración o reconocimiento adicional por parte del IDU por concepto de ejecución de obligaciones relacionadas con las Obras y Labores de Mantenimiento.

1.1.66. “Remuneración por Mayores Cantidades de Obra para Redes” Es la remuneración prevista en el Contrato, a la cual tiene derecho el Contratista por la ejecución de las Mayores Cantidades de Obras para Redes.

El valor de esta remuneración será el equivalente a la multiplicación de las Mayores Cantidades de Obra para Redes ejecutadas por el Contratista y que no resulten imputables a éste, por el valor de los Precios Unitarios para Redes señalados en el Presupuesto de la Licitación y en la Oferta presentada por el Contratista.

El plazo y las condiciones en los cuales será pagada la Remuneración por Mayores Cantidades de Obras para Redes se encuentran descritos en el Contrato respectivo. La Remuneración por Mayores Cantidades de Obra para Redes estará sujeta a la aprobación del Interventor y posterior no objeción del IDU, en los términos y condiciones establecidos en el Contrato y en el Manual de Interventoría y/o Supervisión de Contratos del IDU.

1.1.67. “Remuneración por Mayores Cantidades de Adecuación de Desvíos” Es la remuneración prevista en el Contrato, a la cual tiene derecho el Contratista por la ejecución de las Mayores Cantidades de Obras para Adecuación de Desvíos.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 166 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-207 • 2025 • ENERO • 28 207 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 El valor de esta remuneración será el equivalente a la multiplicación de las Mayores Cantidades de Obra para Adecuación de Desvíos ejecutadas por el Contratista y que no resulten imputables a éste, por el valor de los Precios Unitarios para Adecuación de Desvíos señalados en el Presupuesto de la Licitación y en la Oferta presentada por el Contratista.

El plazo y las condiciones en los cuales será pagada la Remuneración por Mayores Cantidades de Obras para Adecuación de Desvíos se encuentran previstas en el Contrato. La Remuneración por Mayores Cantidades de Obra para Adecuación de Desvíos estará sujeta a la aprobación del Interventor y posterior no objeción del IDU, en los términos y condiciones establecidos en el Contrato y en el Manual de Interventoría y/o Supervisión de Contratos del IDU.

1.1.68. “Remuneración de las Obras Para Redes” Es la remuneración prevista en el respectivo Contrato, a la cual tiene derecho el Contratista por la ejecución de las Obras para Redes.

El valor de esta remuneración será el equivalente a la multiplicación de las Cantidades de Obra para Redes ejecutadas por el Contratista y que no resulten imputables a éste, por el valor de los Precios Unitarios para Redes señaladas en el Presupuesto de la Licitación y en la Oferta presentada por el Contratista, sin perjuicio del reconocimiento de las eventuales Mayores Cantidades de Obras para Redes a que hubiere lugar, en los términos señalados en el Contrato respectivo.

El plazo y las condiciones en los cuales será pagada la Remuneración de las Obras Para Redes se encuentran descritos en el Contrato respectivo.

1.1.69. “Remuneración para Obras de Construcción” Es el valor global que remunera enteramente al Contratista por la ejecución de las obligaciones emanadas del Contrato, en los términos, condiciones y plazos contenidos en el mismo, así como por la asunción de los riesgos que, de acuerdo con las estipulaciones del Contrato y con la naturaleza de sus obligaciones le corresponde soportar.

El valor de esta remuneración y su mecanismo de pago será el que se describe en el Contrato.

La ejecución de las obligaciones correspondientes al Componente de Manejo de Tránsito, Señalización y Desvíos, Labores Ambientales y SST, Labores de Diálogo Ciudadano y Comunicación Estratégica, Obras para Redes, Obras de Adecuación de Desvíos, actividades asociadas al Fondo de Compensaciones y Mantenimiento cuentan con una remuneración propia, e independiente de la Remuneración para Obras de Construcción, sin perjuicio de la estructura de la oferta presentada por el Contratista en la Licitación.

1.1.70. "Sistema Transmilenio" Es el conjunto de predios, bienes, equipos, señales, paraderos, Estaciones, instalaciones, patios y talleres, Puentes Peatonales, sistemas de operación y control, infraestructura y demás equipamiento vial que conforman el sistema de transporte terrestre automotor masivo de pasajeros bajo la modalidad de autobuses de la ciudad de Bogotá D.C.

1.1.71. "TRANSMILENIO" Es la sociedad pública por acciones para el Transporte del Tercer Milenio TRANSMILENIO S.A. creada mediante escritura pública No. 1.528 del 13 de octubre de 1.999 otorgada en la Notaría 27 del Círculo de Bogotá D.C. y autorizada mediante el Acuerdo 004 del 1.2. Obligaciones generales para el Acta de Inicio Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 167 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-208 • 2025 • ENERO • 28 208 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Para la suscripción del Acta de Inicio de los Contratos de obra y de Interventoría, se requiere dar cumplimiento a los requisitos de perfeccionamiento y ejecución previstos en la ley, incluyendo la suscripción del Contrato, la expedición de registro presupuestal y la aprobación de la garantía única de cumplimiento por parte de la DTGC.

Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Obligaciones Generales para el Acta de Inicio COMPONENTE TÉCNICO Contratista de Obra Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría

1. Elaborar y suscribir el Acta de Inicio del Contrato de Obra, dentro del plazo establecido en el Contrato, previo al cumplimiento de los requisitos previstos.

1. Suscribir el Acta de Inicio del Contrato de Obra, dentro del plazo establecido en el Contrato, previo al cumplimiento de los requisitos previstos.

1. Recibir el Acta de Inicio del Contrato de obra, dentro del plazo establecido en el Contrato, previo al cumplimiento de los requisitos previstos. Remitir a la DTGC para su publicación en SECOP y archivo en el respectivo expediente del Contrato.

1.3. Obligaciones posteriores al Acta de Inicio Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Obligaciones Posteriores al Acta de Inicio COMPONENTE TÉCNICO Contratista de Obra Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría N.A.
1. Presentar al IDU las hojas de vida del recurso humano clave de la etapa (definido en el Contrato y los documentos que lo conforman) dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la suscripción del Acta de Inicio del Contrato de Interventoría.
En caso de no ser aprobada alguna hoja de vida, el Interventor debe presentar la nueva hoja de vida dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la notificación de no aceptación.

1. Recibir de la Interventoría las hojas de vida para la ejecución del Contrato de Interventoría, revisar y aprobar las mismas o solicitar el retiro y reemplazo de las hojas de vida del Contrato de Interventoría, que no cumplan con los requisitos mínimos contractualmente exigidos para

el respectivo cargo, de acuerdo el Contrato. El IDU podrá solicitar el retiro y reemplazo de aquellas hojas de vida que superen el cien por ciento (100%) de dedicación máxima laboral en Contratos IDU. En el caso que la Interventoría presente hasta tres (3) hojas de vida para un mismo cargo y éstas no sean aprobadas, se entenderá incumplida la obligación contractual.

1.4. Etapa de Preconstrucción Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 168 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-209 • 2025 • ENERO • 28 209 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Etapa de Preconstrucción OBLIGACIONES INICIALES DE LA ETAPA DE

1. Revisar, verificar y aprobar las hojas de vida del recurso humano mínimo requerido para el inicio de la etapa / fase del Contrato de obra, de conformidad con lo exigido en el Contrato.

1. Recibir de la Interventoría las hojas de vida aprobadas para la ejecución del Contrato de obra, con el fin de verificar en la base de datos del Instituto que el profesional aprobado por la Interventoría no sobrepase el cien por ciento (100%) de la dedicación por vinculación en otros Contratos IDU.

El IDU podrá solicitar el retiro y reemplazo de las hojas de vida del Contrato de Consultoría o de obra, que no cumplan con los requisitos mínimos contractualmente exigidos para el respectivo cargo, según el Contrato y los documentos que lo conforman.

La Interventoría podrá objetar y devolver las hojas de vida que no cumplan con los requisitos especificados. En el caso que el Contratista de Obra presente hasta tres (3) hojas de vida para un mismo cargo y estas no sean aprobadas, se entenderá incumplida la obligación contractual.

PRECONSTRUCCIÓN Contratista de Obra Interventoría o Supervisión Supervisión del IDU
1. Radicar en la Interventoría dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la suscripción del Acta de Inicio, las hojas de vida del recurso humano mínimo requerido para el inicio de la etapa: Director de Obra, Residente Técnico, Profesional Social y Profesional en SST y demás personal definido en el Contrato.
En caso de no ser aprobada alguna hoja de vida, se debe presentar la nueva hoja de vida dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la notificación de no aceptación. El plazo total para la entrega, revisión y aprobación de las hojas de vida no puede exceder de catorce (14) días hábiles.

2. Recibir aprobado de parte de la Interventoría el cronograma general.

2. Revisar, verificar y aprobar el cronograma general del proyecto presentado por el Contratista de Obra y entregarlo al IDU dentro de los cinco (5) días hábiles después de recibido del Contratista.
El plazo total para la revisión, verificación y aprobación del cronograma general del proyecto no puede exceder el plazo de los cinco (5) días hábiles después de recibido por parte del contratista, incluyendo todas las correcciones a que haya lugar por parte de éste.

2. Elaborar y presentar el cronograma general de la etapa o fase que se va a iniciar del Contrato, el cual deberá incluir las actividades a desarrollar, el alcance estimado inicial en donde se evidencien los trámites y tiempos requeridos para el cumplimiento de la etapa o fase, de acuerdo con los lineamientos del Apéndice G de programación incluido en los pliegos de condiciones. El cronograma se deberá presentar para aprobación dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del Acta de Inicio del Contrato de Obra.

3. Remitir a la Interventoría el desglose del AIU ofertado dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la suscripción del Acta de Inicio.

3. Aprobar el desglose del

factor multiplicador ofertado por el Interventor. Recibir aprobado por la Interventoría el desglose del AIU ofertado por el contratista de obra.

3. Remitir al IDU el desglose del factor multiplicador ofertado por el Interventor, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la suscripción del Acta de Inicio.
Aprobar y remitir al IDU el desglose del AIU ofertado por el contratista de obra, dentro de los dos (2) días hábiles después de recibido del contratista.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 169 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-210 • 2025 • ENERO • 28 210 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Etapa de Preconstrucción OBLIGACIONES INICIALES DE LA ETAPA DE PRECONSTRUCCIÓN Contratista de Obra Interventoría o Supervisión Supervisión del IDU

4. Recibir aprobado por la Interventoría el Plan Detallado de Inversión del Anticipo y emitir la No Objeción, la solicitud de la apertura de la fiducia para el pago del anticipo y el Contrato de Fiducia, cuando el Contrato lo contemple. El IDU podrá devolver los documentos solicitando las aclaraciones y correcciones que considere necesarias.

4. Revisar y aprobar el Plan Detallado de Inversión del Anticipo, la solicitud de la apertura de la fiducia para el pago del anticipo y el Contrato de Fiducia, cuando el Contrato lo contemple, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al recibo de dicho documento.

4. Elaborar y presentar para la aprobación de la Interventoría y la no objeción del IDU el Plan Detallado de Inversión del Anticipo, la solicitud de la apertura de la fiducia para el pago del anticipo y el Contrato de Fiducia, cuando el Contrato lo contemple, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del Acta de Inicio o el término definido en el Contrato.

5. Recibir aprobado por la Interventoría el Plan Anual de Caja (PAC), para la Etapa de Preconstrucción del Contrato de Obra y el Plan Anual de Caja (PAC) del Contrato de Interventoría.

5. Haber obtenido la aprobación de la Interventoría del Plan Anual de Caja (PAC), para la Etapa de Preconstrucción dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la suscripción del Acta de Inicio.

5. Aprobar el Plan Anual de Caja (PAC), para la Etapa de Preconstrucción del Contrato de obra dentro de los tres (3) días hábiles posteriores al recibo del Contratista y remitir el Plan Anual de Caja (PAC) del Contrato de Interventoría dentro de los 3 días hábiles siguientes a la suscripción del Acta de Inicio.

Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Etapa de Preconstrucción

1. Revisar la solicitud de propuesta y modificación de los estudios y diseños, presentada por el Contratista, previo pronunciamiento de la Interventoría. Para ello el IDU contará con los mismos términos dispuestos para la Interventoría del Contrato.

1. Aunque el Interventor tiene la obligación frente al IDU de analizar dichos estudios y diseños de detalle y advertir y comunicar al Contratista cualquier inconsistencia entre dichos estudios y diseños y la posibilidad de obtener los resultados requeridos en el Contrato, sus apéndices y en especial en las Especificaciones Particulares de Construcción, esta comunicación del Interventor o su silencio no se entenderá como

COMPONENTE TÉCNICO Contratista de Obra Interventoría o Supervisión Supervisión del IDU
1. El Contratista deberá haber elaborado y entregado al Interventor sus propios estudios y diseños de detalle para la ejecución de las Obras de Construcción y de las Obras para Redes durante la Etapa de Construcción, en los términos y condiciones establecidos en los documentos que conforman el Contrato. La no entrega de los estudios y diseños suficientes para que el Interventor pueda hacerse un juicio acerca del alcance de la obra, dentro del Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 170 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-211 • 2025 • ENERO • 28 211 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Etapa de Preconstrucción aprobación o desaprobación de los estudios y diseños entregados y no servirá de excusa al Contratista para el no cumplimiento de los resultados requeridos en el Contrato o de los documentos que lo conforman.
En consecuencia, el Contratista deberá adecuar o modificar en cualquier momento los estudios y diseños de detalle, a su costo y bajo su responsabilidad, con el objeto de obtener los resultados previstos en el presente Contrato. De estas adecuaciones o modificaciones el Contratista dará noticia al Interventor, entregándole los documentos técnicos que correspondan. Las observaciones presentadas por el Interventor al Contratista a propósito de los estudios y diseños, son

CONSIDERACIONES:

técnicas formuladas a manera de advertencia y deberán ser evaluadas y justificadas por el Contratista; con el objeto de conseguir los resultados exigidos en el Contrato y los documentos que lo conforman.

COMPONENTE TÉCNICO Contratista de Obra Interventoría o Supervisión Supervisión del IDU término previsto en el Contrato dará lugar a la causación de las Multas que establezca el Contrato. En tales eventos, el Contratista contará con el plazo máximo establecido, contado a partir de la firma del Acta de Inicio del Contrato. En dicho plazo, el Contratista deberá comunicar al Interventor y al IDU los estudios y diseños requeridos para la correcta ejecución del Contrato.

Dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al recibo de la comunicación por parte del Interventor o del IDU, el Contratista deberá Evaluar y justificar las eventuales observaciones realizadas y ajustar los productos, si ello es procedente.

Sin perjuicio de lo anterior, los estudios y diseños para la ejecución de las Obras de Construcción podrán; (i) Fundamentarse en los documentos técnicos que el IDU puso a disposición de los Proponentes durante la Licitación a título informativo, evento en el cual deberán, en todo caso, ir suscritos por los ingenieros o personas responsables del Contratista, (ii)Realizar la adaptación y/o modificación y/o complementación y/o ajuste y/o actualización de los documentos técnicos que el IDU puso a disposición de los Proponentes durante la Licitación a título informativo, evento en el cual deberán, en todo caso, ir suscritos por los ingenieros o personas responsables del Contratista, (iii) Elaborar estudios y diseños fundamentados en información técnica diferente a la puesta a disposición por el IDU a título informativo o, (iv) Efectuar con la combinación de cualquiera de los anteriores.

En todo caso, una vez presentados al Interventor en los términos del Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 171 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-212 • 2025 • ENERO • 28 212 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Etapa de Preconstrucción COMPONENTE TÉCNICO Contratista de Obra Interventoría o Supervisión Supervisión del IDU Contrato y sus documentos anexos, se entenderá que los estudios y diseños son propios y por lo tanto la responsabilidad de los mismos será asumida en su totalidad por el Contratista.

El Contratista deberá tener en cuenta que existen elementos mínimos de diseño que no pueden ser modificados.

Se entenderá que el Contratista deberá incluir las Especificaciones Particulares de Construcción como parte de los estudios y diseños, las cuales igualmente podrán ser adoptadas, adaptadas, modificadas, o reemplazadas en los mismos términos que los estudios y diseños señalados anteriormente. Una vez presentadas las Especificaciones Particulares de Construcción, el Contratista será responsable por su contenido y correcta aplicación.

En relación con los estudios y diseños de las Obras para Redes:

El IDU entregará al Contratista los estudios y diseños aprobados y autorizados o la información con que la Entidad disponga. Durante la Etapa de Preconstrucción el Contratista podrá adoptarla, adecuarla, ajustarla y/o modificarla, pero cualquier cambio en los mismos deberá, previamente a su implementación durante la Etapa de Construcción, ser autorizado de manera expresa por parte de la Empresa de Servicios Públicos correspondiente, siguiendo los procedimientos descritos en los apéndices del respectivo Contrato..

El Contratista deberá adecuar y/o modificar en cualquier momento los estudios y diseños presentados, a su costo y bajo su responsabilidad, Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 172 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-213 • 2025 • ENERO • 28 213 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Etapa de Preconstrucción COMPONENTE TÉCNICO Contratista de Obra Interventoría o Supervisión Supervisión del IDU con el objeto de obtener los resultados previstos en el presente Contrato. De estas adecuaciones o modificaciones el Contratista dará noticia al Interventor, entregándole los documentos técnicos que correspondan.

Las observaciones presentadas por el Interventor al Contratista a propósito de los estudios y diseños son

CONSIDERACIONES:

técnicas formuladas a manera de advertencia con el objeto de conseguir los resultados exigidos en este Contrato, en especial los contenidos en las Especificaciones Particulares de Construcción.

Las adecuaciones o modificaciones que haga el Contratista durante la Etapa de Construcción a sus propios estudios y diseños de detalle serán a su costo y bajo su responsabilidad, con el objeto de garantizar la obtención de los resultados exigidos en el Contrato. El Contratista mantiene siempre la obligación de entregar las Obras de Construcción y las Obras para Redes en los términos y condiciones establecidos en el Contrato, especialmente en los que a los resultados señalados en las Especificaciones Particulares de Construcción y en las Especificaciones Particulares de Obras para Redes, se refiere.

El Contratista deberá tener a su disposición en la ciudad de Bogotá D.C. los equipos, personal, materiales y demás insumos para iniciar la Etapa de Construcción, los cuales deberán ser suficientes para la organización de los frentes de trabajo necesarios para el cumplimiento de las obligaciones del Contratista. Esta obligación se entenderá cumplida con la mera manifestación que por escrito y de manera expresa haga el Contratista Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 173 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-214 • 2025 • ENERO • 28 214 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Etapa de Preconstrucción COMPONENTE TÉCNICO Contratista de Obra Interventoría o Supervisión Supervisión del IDU al IDU. Ni el IDU ni el Interventor harán verificación ni darán concepto de ningún tipo sobre la suficiencia o no de esas labores por parte del Contratista.

El Contratista será enteramente responsable frente al IDU si las labores preparatorias descritas en este numeral son insuficientes para el cabal cumplimiento de las obligaciones asumidas, en especial las de iniciar, de manera inmediata, las Obras de Construcción y las Obras para Redes. Si el Contratista no ha manifestado al IDU, de manera formal y por escrito, que ya ha realizado las labores preparatorias antes del vencimiento del plazo establecido, se entenderá que no ha cumplido dichas labores, lo cual generará la causación de las Multas a cargo del Contratista que prevea el Contrato. En todo momento, los equipos que utilice el Contratista estarán bajo su entera responsabilidad durante el plazo de vigencia de este Contrato. El Contratista deberá cumplir con todas las obligaciones correspondientes a la Etapa de Preconstrucción, que se encuentren incluidas en los diferentes Apéndices del Contrato, en particular con lo relacionado con dar aviso oportuno a las empresas de servicios públicos sobre la necesidad de llevar a cabo las Obras para Redes y en especial aquellas que no pueden ser ejecutadas directamente por el Contratista sino por la respectiva empresa de servicios públicos. En este caso, deberán señalar en la respectiva comunicación la fecha para la cual la obra está programada según el Cronograma de Obra. El Contratista deberá cumplir las obligaciones relacionadas con el Plan de Manejo de Tránsito, Señalización y Desvíos establecidas para la Etapa de Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 174 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-215 • 2025 • ENERO • 28 215 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Etapa de Preconstrucción COMPONENTE TÉCNICO Contratista de Obra Interventoría o Supervisión Supervisión del IDU Preconstrucción, así como las atinentes a la Adecuación de Desvíos.

2. Exigir a la Interventoría la verificación de cumplimiento de las normas específicas técnicas vigentes y propias del proyecto, teniendo en cuenta los principios de economía, eficiencia, celeridad y calidad.

2. Cumplir con las normas específicas técnicas vigentes y propias del proyecto, teniendo en cuenta los principios de economía, eficiencia, celeridad y calidad.

2. Verificar que el Contratista de obra cumpla con las normas específicas técnicas vigentes y propias del proyecto, teniendo en cuenta los principios de economía, eficiencia, celeridad y calidad.

3. Adquirir toda aquella

información requerida para la ejecución del Contrato.

3. Verificar que el Contratista de obra adquiera toda

aquella información requerida para la ejecución del Contrato.

4. Asistir a la visita inicial de reconocimiento y suscribir el acta correspondiente.

4. Efectuar una visita al sitio donde se ejecutará el proyecto, con la asistencia de la Interventoría y el IDU, el Director de obra y los Especialistas, dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de suscripción del Acta de Inicio, con el fin de hacer un reconocimiento de la zona.
Suscribir el acta correspondiente.

4. Asistir con el IDU y con el Director de obra y los Especialistas del Contratista objeto de seguimiento, a una visita al sitio donde se ejecutará el proyecto, dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de suscripción del Acta de Inicio, con el fin de hacer un reconocimiento de la zona. Deberá elaborar y suscribir el acta correspondiente.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 175 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-216 • 2025 • ENERO • 28 216 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Etapa de Preconstrucción

5. Recibir aprobado del Interventor el Plan de Calidad así como el Plan de inspección ensayos de laboratorio para control de calidad de materiales y producto terminado del Contrato de obra aprobado.

5. Aprobar el Plan de Calidad del proyecto, así como el Plan de inspección ensayos de laboratorio para control de calidad de materiales y producto terminado correspondiente.

COMPONENTE TÉCNICO Contratista de Obra Interventoría o Supervisión Supervisión del IDU
5. Elaborar y presentar para aprobación de la Interventoría el Plan de Calidad del proyecto, así como el Plan de inspección ensayos de laboratorio para control de calidad de materiales y producto terminado correspondiente.

N/A

6. Elaborar el Plan de Calidad y el cuadro de inspección y ensayo a implementar en el Contrato de Interventoría y entregarlo al IDU, dentro de los diez (10) primeros días hábiles después de suscrita el Acta de Inicio del Contrato de Interventoría.

6. Recibir y aprobar el Plan de Calidad y el cuadro de inspección y ensayo para el Contrato de Interventoría, sin exceder el plazo de los tres (3) días hábiles después de recibido por parte del Interventor, incluyendo todas las correcciones a que haya lugar por parte de éste.

7. Recibir con la aprobación del Interventor, los Planes de Muestreo y Ensayos definidos por el contratista de obra.

7. Revisar y aprobar dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a su recibo, los Planes de Muestreo y Ensayos entregados por el Contratista de Obra, por cada una de las actividades de obra contempladas en el Contrato.
El plazo total para la revisión, verificación, aprobación y entrega al IDU de los Planes de Muestreo y Ensayos no puede exceder los diez (10) días hábiles siguientes a la suscripción del Acta de Inicio del Contrato de Obra. El plazo máximo de diez (10) días hábiles incluye todas las correcciones a que haya lugar.

7. Presentar a la Interventoría los Planes de Muestreo y Ensayos por cada una de las actividades de obra que contemple el Contrato conforme a lo definido en las Especificaciones Técnicas

generales previstas en el Contrato. Los planes deben contemplar las cantidades y frecuencias de ensayo que se dispongan en el Contrato. Los Planes de Muestreo y Ensayos deberán presentarse para aprobación de la Interventoría dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la suscripción del Acta de Inicio del Contrato de Obra.

N.A.

8. Recibir los Planes de Muestreo y Ensayos definidos por la Interventoría y verificar su cumplimiento de acuerdo a lo definido en cuanto a cantidad y frecuencia de ensayos, según las especificaciones técnicas generales del IDU. De cualquier manera, el plazo total para la entrega y verificación de los Planes de Muestreo y Ensayos no puede exceder de los diez (10) días hábiles siguientes a la suscripción del Acta de Inicio del Contrato de Interventoría.

8. Elaborar y entregar al supervisor IDU, los Planes de Muestreo y Ensayos por cada una de las actividades o materiales de obra contempladas en el Contrato, para realizar durante la ejecución del Contrato, la verificación de los materiales, mezclas de materiales y productos terminados, provistos y ejecutados por el contratista de obra.
Los Planes de Muestreo y Ensayos deberán presentarse al supervisor IDU, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la suscripción del Acta de Inicio del Contrato de Interventoría.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 176 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-217 • 2025 • ENERO • 28 217 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Etapa de Preconstrucción COMPONENTE TÉCNICO Contratista de Obra Interventoría o Supervisión Supervisión del IDU

9. Participar en las reuniones de seguimiento y/o visitas conjuntamente con la Interventoría

9. Convocar y participar en las reuniones de seguimiento y visitas conjuntamente con el Contratista de obra y sus especialistas, proponer alternativas, generar soluciones y demás acciones para el buen desarrollo del proyecto. Suscribir el acta de seguimiento al Contrato.

9. Participar en las reuniones de seguimiento y visitas conjuntamente con la Interventoría y sus especialistas proponer alternativas, generar soluciones y demás acciones para el buen desarrollo del proyecto y suscribir el acta de seguimiento al Contrato.

10. Entregar oportunamente a la Interventoría, la información y soportes requeridos para la elaboración de informes semanales, mensuales y finales.

11. Recibir el Informe de la Etapa de Preconstrucción. En caso de que no se den las condiciones para iniciar la Etapa de Construcción, informar al ordenador del gasto, quien tomará la decisión final que corresponda.

11. Aprobar el Informe de Actividades de Preconstrucción entregado por el contratista de obra, conforme a los requisitos y lineamientos establecidos en el Contrato y los documentos que lo conforman, y verificar las condiciones para el desarrollo del proyecto reportadas por el Contratista vigilado. La aprobación de este documento por parte de la Interventoría es requisito para el inicio de la Etapa de Construcción.

10. Elaborar los informes semanales, mensuales y finales con la información y soportes entregados por el contratista de obra.
11. Elaborar y obtener la aprobación por parte de la Interventoría, del Informe de Actividades de Preconstrucción conforme a los requisitos y lineamientos establecidos en el Contrato y Apéndices técnicos, el cual debe contener el reporte de las condiciones actuales para el desarrollo del proyecto y al cual se deberán anexar los soportes necesarios. La aprobación de este documento por parte de la Interventoría es requisito para el inicio de la Etapa de Construcción.

12. Solicitar y recibir del Interventor la siguiente información:
GU-IC-01 Guía Toma de Información Técnica de inventario diagnóstico y ensayos para la gestión de la Infraestructura vial y espacio público de Bogotá DC, Copia del Certificado de Reserva Presupuestal. Consultar y descargar la siguiente información publicada en la página web https://www.colombiacompra.gov.c o/secop- ii, o la que se encuentre vigente: Contratos, Garantías, Pliegos de Condiciones, Adendas, Propuesta, Actas de Audiencia y Aclaraciones, Resoluciones de adjudicaciones Consultar y descargar la siguiente información publicada en la página

12. Recibir del IDU la siguiente información para el seguimiento a la ejecución del Contrato:
GU-IC-01 Guía Toma de Información Técnica de inventario diagnóstico y ensayos para la gestión de la Infraestructura vial y espacio público de Bogotá DC, Copia del Certificado de Reserva Presupuestal. Consultar y descargar la siguiente información publicada en la página web https://www.colombiacompra.gov.c o/secop-ii, o la que se encuentre vigente: Contratos, Garantías, Pliegos de Condiciones, Adendas, Propuesta, Actas de

Audiencia y Aclaraciones, Resoluciones de Adjudicaciones Consultar y descargar la siguiente información publicada en la

12. Entregar a la Interventoría la siguiente información para su utilización:
GU-IC-01 Guía Toma de Información Técnica de inventario diagnóstico y ensayos para la gestión de la Infraestructura vial y espacio público de Bogotá DC, Copia del Certificado de Reserva Presupuestal. Informar a la Interventoría las direcciones web en donde se puede consultar y descargar la información requerida por el Contratista de Obra y por la Interventoría Contratos, pliegos de condiciones, adendas, propuestas, Guía de entregables en formato digital, actas de audiencia y aclaraciones, resoluciones de adjudicaciones, copia del certificado de reserva presupuestal. El IDU debe publicar en la página Web https://www.idu.gov.co/page/documentacio n-contractual o la que esté vigente y mantener actualizada en la misma la siguiente información: Especificaciones

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 177 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-218 • 2025 • ENERO • 28 218 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Etapa de Preconstrucción Técnicas Generales de Materiales y Construcción para Proyectos de Infraestructura Vial y de Espacio Público, convenios con empresas de servicios públicos y con aquellas entidades que tengan injerencia con el proyecto, Manual de Interventoría y/o Supervisión de Contratos, Manual de Gestión Contractual, Cartilla de Andenes, Cartilla de Mobiliario Urbano, Manual Único de Control y Seguimiento Ambiental y de Seguridad y Salud en el Trabajo para proyectos del IDU y sus formatos, Guía de pago a terceros, Manual de Archivo y Correspondencia, Demás documentos requeridos que en su momento sean necesarios para el seguimiento contractual. Recibir los documentos y formatos debidamente aprobados por la Interventoría y enviarlos a las autoridades competentes. Coordinar con la dependencia encargada del IDU, la publicación de la información adicional que requiera la Interventoría y no se encuentre en el sitio web. Informar permanentemente a la Interventoría las actualizaciones efectuadas al sitio web. Informar a la Interventoría las direcciones web en donde se pueden consultar y descargar.

COMPONENTE TÉCNICO Contratista de Obra Interventoría o Supervisión Supervisión del IDU Web https://www.idu.gov.co/page/docu mentacio n-contractual o la que esté vigente: Especificaciones Técnicas Generales de Materiales y Construcción para Proyectos de Infraestructura Vial y de Espacio Público, convenios con empresas de servicios públicos y con aquellas entidades que tengan injerencia con el proyecto, Manual de Interventoría y/o supervisión de Contratos, Manual de gestión contractual, Cartilla de Andenes, Cartilla de Mobiliario Urbano, Manual Único de Control y Seguimiento Ambiental y de Seguridad y Salud en el Trabajo para proyectos del IDU y sus formatos, Guía de pago a terceros, Manual de Archivo y Correspondencia, Demás documentos requeridos que en su momento sean necesarios para el seguimiento contractual. Implementar los documentos y formatos que requieran las autoridades competentes, durante la ejecución de los Contratos (SDM, SDA, ESP, CAR, entre otros). Solicitar al Interventor la información adicional que requiera. página Web https://www.idu.gov.co/page/docu mentacion-contractual o la que esté vigente: Especificaciones Técnicas Generales de Materiales y Construcción para Proyectos de Infraestructura Vial y de Espacio Público, convenios con empresas de servicios públicos y con aquellas entidades que tengan injerencia con el proyecto, Manual de Interventoría y/o Supervisión de Contratos, Manual de Gestión Contractual, Cartilla de Andenes, Cartilla de Mobiliario Urbano, Manual Único de Control y Seguimiento Ambiental y de Seguridad y Salud en el Trabajo para proyectos del IDU y sus formatos, Guía de pago a terceros, Manual de Archivo y Correspondencia, Demás documentos requeridos que en su momento sean necesarios para el seguimiento contractual. Solicitar al contratista de obra, el diligenciamiento de los documentos y formatos que requieran las autoridades competentes, durante la ejecución de los Contratos, revisarlos y aprobarlos (SDM, SDA, ESP, CAR, entre otros). Remitir los documentos al IDU. Solicitar al Supervisor del IDU la información adicional que requiera para efectuar el Seguimiento al Contrato de Obra y para la correcta ejecución del Contrato de Interventoría.

N.A.

13. Recibir copia de los pronunciamientos de la Interventoría, los cuales podrán ser objetados por el IDU. Recibir y atender las inquietudes presentadas por el Interventor con respecto a los insumos suministrados por la entidad, con base en la respuesta que suministre la dependencia originadora de la información.

13. Recibir, analizar y resolver oportunamente, todas las inquietudes presentadas por el Contratista de obra de todos los componentes del Contrato, enviando copia de los mismos al IDU. Si las preguntas corresponden a los insumos entregados por IDU, deberá hacer traslado a la entidad para respuesta.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 178 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-219 • 2025 • ENERO • 28 219 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Etapa de Preconstrucción COMPONENTE TÉCNICO Contratista de Obra Interventoría o Supervisión Supervisión del IDU N.A.

14. Recibir la información del Interventor y pronunciarse al respecto.

14. Cuando se presenten controversias entre el contratista de obra y los conceptos emitidos por la Interventoría, ésta última informará al IDU de las mismas y propondrá la mejor solución.

15. Recibir y revisar el Informe de la Etapa de Preconstrucción. En caso de que no se den las condiciones para iniciar la Etapa de Construcción, informar al ordenador del gasto, quien tomará la decisión final que corresponda.

15. Hacer seguimiento y control a los trámites y gestiones ejecutados por el contratista, y revisar, verificar y aprobar los productos de la etapa, elaborar el informe correspondiente y conceptuar al IDU sobre la viabilidad de dar inicio a la Etapa de Construcción de acuerdo con las condiciones actuales para el desarrollo del proyecto.

15. Hacer los trámites y la gestión que corresponda para elaborar y entregar a la Interventoría los productos de la Etapa de preconstrucción, incluyendo licencias, permisos y autorizaciones, los cuales son insumos para la elaboración del informe de la Etapa de Preconstrucción, reportando las condiciones actuales para el desarrollo del proyecto y anexando los soportes necesarios.

16. Suscribir con el Contratista de obra el acta de recibo de predios disponibles para la ejecución de la construcción.

16. Poner a disposición del Contratista de obra, los predios disponibles para la ejecución de la obra mediante la suscripción del acta de recibo de predios con el constructor y el Interventor.
Nota: esta actividad no aplica para los Contratos de conservación.

16. Con base en la información suministrada por la DTDP, poner a disposición del Contratista de obra los predios disponibles para la ejecución de la obra mediante la suscripción del acta de recibo de predios con dicha área, el constructor y el Interventor.

17. Remitir al Contratista y a la Interventoría el cronograma proyectado por la DTDP para la entrega de los predios pendientes. Recibir de la Interventoría y analizar la programación de obra e inversiones aprobada por ésta, en donde se considera la entrega de los predios pendientes.

17. En caso de que haya predios pendientes por recibir de parte del IDU, considerar la programación de entrega de los mismos en el programa de obra e inversiones y presentarlo para aprobación de la Interventoría.

17. En caso de que haya predios pendientes por recibir de parte del IDU antes de iniciar la obra, debe verificar que el cronograma de entrega de predios haya sido considerado en la elaboración del programa de obra e inversiones presentado por el Contratista.

18. Elaborar el presupuesto para la ejecución de las obras.

18. Recibir aprobado por la Interventoría el presupuesto presentado por el Contratista vigilado para la ejecución de las obras, en donde se identifiquen las actividades que se puedan ejecutar con frentes de obra siete por veinticuatro (7x24), es decir tres (3) turnos diarios, veinticuatro (24) horas al día, siete (7) días de la semana, en concordancia con lo estipulado en la Ley 1682 de noviembre de 2013.

18. Aprobar el presupuesto presentado por el Contratista vigilado para la ejecución de las obras, en donde se identifiquen las actividades que se puedan ejecutar con frentes de obra siete por veinticuatro (7x24), es decir tres (3) turnos diarios, veinticuatro (24) horas al día, siete (7) días de la semana, en concordancia con lo estipulado en la Ley 1682 de noviembre de 2013.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 179 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-220 • 2025 • ENERO • 28 220 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Etapa de Preconstrucción

20. Aprobar los PMT específicos por tramos.

20. Recibir aprobados por la Interventoría los PMT específicos por tramos.

COMPONENTE TÉCNICO Contratista de Obra Interventoría o Supervisión Supervisión del IDU
19. Suscribir el acta de armonización, incluyendo todos los componentes, redes, urbanismo, pavimentos, geotecnia con una antelación no inferior a un (1) mes desde el inicio de la Etapa de Construcción
20. Elaborar y entregar a la Interventoría los PMT específicos por tramos, así como obtener la aprobación por parte de la Interventoría y de la SDM. .

Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Etapa de

1. Revisar y aprobar los documentos metodológicos y cronograma de la ejecución de las actividades y productos del componente social, remitido por el contratista de obra.

1. Recibir aprobado por la Interventoría los documentos metodológicos y cronograma de la ejecución de las actividades y productos del componente social, remitido por el contratista de obra.

Preconstrucción COMPONENTE SOCIAL Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría
1. Elaborar y presentar los documentos metodológicos y cronograma de la ejecución de las actividades y productos del componente social, con el fin de remitir a la Interventoría para su aprobación.

2. Recibir aprobado por la Interventoría la información correspondiente al área de influencia del proyecto de acuerdo con lo establecido en el Contrato.

2. Revisar y aprobar la información correspondiente al área de influencia del proyecto de acuerdo con lo establecido en el Contrato, entregada por el Contratista de obra.

2. Elaborar y presentar la información correspondiente al área de influencia del proyecto de acuerdo con lo establecido en el Contrato y remitir la información a la Interventoría para su revisión y aprobación.

3. Recibir aprobado por la Interventoría la información correspondiente al diagnóstico socioeconómico y cultural del proyecto.

3. Revisar y aprobar la información correspondiente al diagnóstico socioeconómico y cultural del proyecto, entregada por el contratista de obra.

3. Elaborar y presentar la información correspondiente al diagnóstico socioeconómico y cultural del proyecto, así como remitir la información a la Interventoría para su revisión y aprobación.

4. Recibir aprobado por la Interventoría las evaluaciones de impacto social, al igual que el plan de manejo de los mismos.

4. Realizar las evaluaciones de impacto social, al igual que el plan de manejo de los mismos, y enviarlos a la Interventoría.

4. Revisar y aprobar las evaluaciones de impacto social, al igual que el plan de manejo de los mismos, entregados por el contratista de obra.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 180 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-221 • 2025 • ENERO • 28 221 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Etapa de

5. Verificar el cumplimiento de las actividades de dialogo ciudadano y comunicación estratégica de la Etapa de Preconstrucción del Plan de Dialogo Ciudadano y Comunicación Estratégica.

5. Revisar y aprobar las presentaciones para las reuniones requeridas en la ejecución del Contrato con la comunidad, instituciones y grupos de interés ubicados en el área de influencia del proyecto elaboradas por el contratista de obra. Esto con el objetivo de realizar los ensayos previos a las reuniones.

Preconstrucción COMPONENTE SOCIAL Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría
5. Elaborar las presentaciones para las reuniones requeridas en la ejecución del Contrato con la comunidad, instituciones y grupos de interés ubicados en el área de influencia del proyecto y entregarlas previamente a la Interventoría e IDU para su revisión y aprobación, con el objetivo de realizar los ensayos previos a las reuniones.

6. Asistir y participar en todas las reuniones citadas por el contratista de obra con la comunidad ubicada en el área de influencia del proyecto y la Interventoría.

6. Convocar a la comunidad, a la Interventoría, al IDU y las partes interesadas a asistir y participar en todas las reuniones con la comunidad ubicada en el área de influencia del proyecto, de acuerdo con lo exigido en el Contrato.

6. Asistir y participar en todas las reuniones en donde el Contratista de obra convoca a la comunidad, a la Interventoría, al IDU y a aquellas partes interesadas a asistir, con la comunidad ubicada en el área de influencia del proyecto, de acuerdo con lo exigido en el Contrato objeto de seguimiento.

7. Verificar el cumplimiento de las actividades de dialogo ciudadano y comunicación estratégica en la Etapa de Preconstrucción del Plan de

Dialogo Ciudadano y Comunicación Estratégica.

7. Verificar que el contratista de obra dé trámite a las PQRS recibidas de los ciudadanos en todas las reuniones y punto IDU, conforme a las directrices de la Oficina de Relacionamiento y Servicio a la Ciudadanía.

7. Recibir las PQRS presentadas por los ciudadanos en todas las reuniones y punto IDU, con el objetivo de dar trámite a las mismas conforme a las directrices de la Oficina de Relacionamiento y Servicio a la Ciudadanía.

8. Verificar el cumplimiento de las actividades de dialogo ciudadano y comunicación estratégica en la Etapa de Preconstrucción del Plan de Dialogo Ciudadano y Comunicación Estratégica.

8. Verificar que el contratista de obra diligencie y actualice en el Sistema Bachué o el aplicativo vigente al momento de la suscripción del Contrato de obra, toda la información solicitada del componente social en los tiempos requeridos, durante la ejecución de ese Contrato.

8. Diligenciar y actualizar en el Sistema Bachué o el aplicativo vigente al momento de la suscripción del Contrato, toda la información solicitada del componente social en los tiempos requeridos, durante la ejecución del Contrato.

9. Verificar el cumplimiento de las actividades de dialogo ciudadano y comunicación estratégica de la Etapa de Preconstrucción del Plan de Dialogo Ciudadano y Comunicación Estratégica.

9. Asistir a la socialización programada por el IDU del Sistema Bachué o el aplicativo vigente al momento de la suscripción del Contrato.

9. Asistir y convocar al contratista de obra para que asista a la socialización programada por el IDU del Sistema Bachué o el aplicativo vigente al momento de la suscripción del Contrato.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 181 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-222 • 2025 • ENERO • 28 222 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Etapa de Preconstrucción COMPONENTE SOCIAL Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría

10. Verificar el cumplimiento de las actividades de dialogo ciudadano y comunicación estratégica de la Etapa de Preconstrucción del Plan de Dialogo Ciudadano y Comunicación Estratégica.

10. Garantizar canales de información, comunicación y atención para el ciudadano y el uso y distribución de todas las piezas de comunicación aprobadas por la Interventoría y el IDU.

10. Verificar los canales de información, comunicación y atención para el ciudadano implementados por el Contratista de obra y revisar el uso y distribución de todas las piezas de comunicación aprobadas por la Interventoría y el IDU.

11. Se garantizará la atención en el punto IDU en condiciones de calidad.

11. Verificar la calidad de la atención del contratista de obra en el punto IDU.

12. Acompañar al contratista de obra en el levantamiento de las actas de vecindad en área de influencia del proyecto. Suscribir cada una de las actas y realizar su debido archivo.
Este producto es requisito para el inicio de la Etapa de Construcción.

11. Verificar el cumplimiento de las actividades de dialogo ciudadano y comunicación estratégica de la Etapa de Preconstrucción del Plan de Dialogo Ciudadano y Comunicación Estratégica.
12. Levantar las actas de vecindad correspondientes al área de influencia del proyecto, de acuerdo con las exigencias establecidas en el Contrato.
Tomar registro fotográfico y videos. Este producto es requisito para el inicio de la Etapa de Construcción.

12. Revisar y verificar que el informe ejecutivo del desarrollo de la Etapa de Preconstrucción debidamente aprobado por la Interventoría, incluya la relación de las actas de vecindad que fueron suscritas por el contratista de obra, la Interventoría y la comunidad.

Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Etapa de Preconstrucción COMPONENTE AMBIENTAL, SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría

1. Recibir aprobados por la Interventoría los documentos soporte de los contratos, certificaciones de afiliación al Sistema General de Seguridad Social Integral, certificación de cumplimiento de los documentos de ingreso y exámenes médicos ocupacionales vigentes del recurso humano.

1. Entregar a la Interventoría copia de los contratos y de las certificaciones de afiliación al Sistema General de Seguridad Social Integral certificación de cumplimiento de los documentos de ingreso y exámenes médicos ocupacionales vigentes del recurso humano.

1. Revisar, verificar y aprobar el cumplimiento de la entrega de los contratos, de las certificaciones de afiliación al Sistema General de Seguridad Social Integral, certificación de cumplimiento de los documentos de ingreso y exámenes médicos ocupacionales vigentes del recurso humano y remitirlos al IDU.

N.A.

2. Recibir y aprobar el cumplimiento de los documentos soporte de los contratos, las certificaciones de afiliación al Sistema General de Seguridad Social Integral, certificación de cumplimiento de los documentos de ingreso y exámenes médicos ocupacionales vigentes del recurso humano exigido contractualmente.

2. Entregar al IDU copia de los contratos, de las certificaciones de afiliación al Sistema General de Seguridad Social Integral, certificación de cumplimiento de los documentos de ingreso y exámenes médicos ocupacionales vigentes del recurso humano exigido contractualmente.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 182 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-223 • 2025 • ENERO • 28 223 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Etapa de Preconstrucción COMPONENTE AMBIENTAL, SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría

3. Recibir el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo del Contrato de obra, avalado por la Interventoría.

3. Diseñar y presentar al Interventor el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, aplicable durante la ejecución del Contrato de obra.

3. Verificar, revisar, avalar que el SG-SST, presentado por el Contratista de Obra cumple con los contenidos y requisitos definidos en la Normatividad vigente y se encuentra acorde a las actividades a desarrollar en el Contrato de Obra.

N.A.

4. Recibir, revisar y avalar el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo de la Interventoría, aplicable para la ejecución del Contrato de Interventoría y soportes de las actividades legales para el personal contratado por la Interventoría.

4. Diseñar y presentar al IDU el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, aplicable durante la ejecución del Contrato de Interventoría, así como presentar los documentos legales del SG- SST aplicable para el personal contratado por la Interventoría.

N.A.

5. Formular el Plan de Acción de Interventoría para realizar el seguimiento, control y evaluación de las actividades de gestión ambiental y de seguridad y salud en el trabajo a desarrollar por parte del contratista de obra y remitirlo al IDU.

5. Recibir, revisar y aprobar el Plan de Acción de Interventoría para realizar el seguimiento, control y evaluación de las actividades de gestión ambiental y de seguridad y salud en el trabajo a desarrollar por parte de la Interventoría.

Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Etapa de Preconstrucción COMPONENTE AMBIENTAL, SEGURIDAD Y SALUD EN

6. Revisar, aprobar y remitir al IDU documento Manejo Ambiental de Obra (MAO) previo al inicio de las actividades constructivas.

EL TRABAJO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría
6. Elaborar y remitir a la Interventoría para aprobación del documento Manejo Ambiental de la Obra (MAO) previo al inicio de las actividades constructivas.

7. Revisar, aprobar y remitir al IDU la documentación requerida para la obtención y/o modificación de los permisos o las novedades identificadas.

7. Recibir con la aprobación de la Interventoría los documentos requeridos para la obtención y/o modificación de los permisos o las novedades identificadas. y tramitarlos ante la autoridad ambiental competente.

6. Recibir el MAO debidamente aprobado por la Interventoría, así como realizar el trámite para la obtención de los permisos ante la autoridad ambiental competente cuando sea requerido, de acuerdo a lo aprobado por la Interventoría.
Adelantar la inscripción del proyecto ante la secretaria Distrital de Ambiente para la obtención del PIN, previo al inicio de las actividades de constructivas.
7. Revisar los permisos otorgados por la Autoridad ambiental competente para el Proyecto y de ser necesario elaborar la documentación requerida para obtener y/o modificar los permisos y las novedades identificadas resultado de esta revisión. Remitir la información a la Interventoría.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 183 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-224 • 2025 • ENERO • 28 224 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Etapa de Preconstrucción COMPONENTE ARQUEOLOGÍA Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría
1. Revisar la documentación del programa de arqueología preventiva aprobado por el ICANH y en caso de ser necesario actualizar los insumos para los trámites adicionales requeridos ante la entidad mencionada.

1. Recibir aprobada por la Interventoría la documentación necesaria para actualizar el programa de arqueología preventiva previamente entregada por el contratista, para que el Instituto de Desarrollo Urbano- IDU, pueda solicitar los cambios necesarios de conformidad con la normativa vigente del ICANH y con lo establecido en el Programa de Arqueología y directrices del IDU.

1. Revisar, aprobar y radicar en el IDU, la documentación necesaria entregada por el contratista, para que el Instituto de Desarrollo Urbano pueda tramitar los cambios mayores o menores, de conformidad con lo establecido en la normatividad vigente del ICANH y el

Programa de Arqueología Preventiva del Instituto Colombiano de Antropología e Historia – ICANH y del IDU.

2. Recibir y revisar la documentación relacionada con la implementación del Plan de Manejo Arqueológico,

ejecutado por el contratista, el cual debe cumplir con lo establecido por la normativa vigente del ICANH, sus términos de referencia y directrices del IDU.

2. Revisar y aprobar el Plan de Manejo Arqueológico y hacer seguimiento a la su implementación, cumpliendo con lo establecido por la normativa vigente del ICANH y sus términos de referencia y directrices del IDU.

2. Elaborar y ejecutar la implementación del Plan de Manejo Arqueológico, aprobado por el Instituto Colombiano de Antropología e Historia – ICANH en cumplimiento a su normativa vigente y, atendiendo las directrices metodológicas dadas por el ICANH y el IDU.

3. N.A.

3. Contratar y mantener el personal de apoyo requerido en los términos establecidos en los documentos que conforman el Contrato y requerimientos que realice el ICANH e IDU.

3. Contratar y mantener el personal de apoyo requerido en los términos establecidos en los documentos que conforman el Contrato de Interventoría, así como verificar la contratación y disponibilidad del personal de apoyo requerido por el Contratista

de Obra.

4. Recibir, revisar y aprobar el informe mensual remitido por la interventoría de la ejecución del Programa de Arqueología preventiva (Fase de Implementación del Plan de Manejo arqueológico y arqueología pública) según lo establecido por el ICANH en su normativa vigente, directrices del IDU.

4. Realizar y entregar a la Interventoría el informe mensual de la ejecución del Programa de Arqueología preventiva (Fase de Implementación del Plan de Manejo arqueológico y arqueología pública) según lo establecido por el ICANH en su normativa vigente, directrices del IDU.

Revisar y aprobar el informe mensual y hacer seguimiento a la implementación del Programa de Arqueología preventiva (Fase de Implementación del Plan de Manejo arqueológico y arqueología pública) según lo establecido por el ICANH en su normativa vigente, directrices del IDU.. Elaborar y presentar al IDU el informe mensual de interventoría.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 184 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-225 • 2025 • ENERO • 28 225 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Etapa de Preconstrucción

5. Recibir el informe semestral remitido y aprobado por la interventoría de la ejecución del Programa de Arqueología preventiva (Fase de Implementación del Plan de Manejo arqueológico y arqueología pública) según lo establecido por el ICANH en su normativa vigente, directrices del IDU.

5. Revisar y aprobar el informe semestral y hacer seguimiento a la implementación del Programa de Arqueología preventiva (Fase de Implementación del Plan de Manejo arqueológico y arqueología pública) según lo establecido por el ICANH en su normativa vigente, directrices del IDU.

COMPONENTE ARQUEOLOGÍA Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría
5. Realizar y entregar a la Interventoría el informe semestral de la ejecución del Programa de Arqueología preventiva (Fase de Implementación del Plan de Manejo arqueológico y arqueología pública) según lo establecido por el ICANH en su normativa vigente, directrices del IDU.

Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Etapa de Preconstrucción

1. Recibir aprobado por la Interventoría, el Documento de actividades de socialización.

1. Revisar, aprobar y radicar en el IDU, los soportes de las actividades realizadas de socialización e integración del proyecto, con la comunidad y propietarios de los Bienes de Interés Cultural.

COMPONENTE PATRIMONIO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría
1. Realizar y entregar a la Interventoría, soporte de las actividades de socialización e integración del proyecto, con la comunidad y propietarios de los bienes de interés cultural, generar soportes (actas, registros fotográficos y listados de asistencia)

2. Recibir aprobadas de interventoría las fichas individuales valoración de los Bienes de Interés Cultural con base en la Estructura Integradora de Patrimonios que se identificaron en el polígono de intervención, con la información debidamente cartografiada y especializada, en medio digital.

2. Revisar, aprobar y radicar en el IDU, las fichas individuales valoración de los Bienes de Interés Cultural con base en la Estructura Integradora de Patrimonios que se identificaron en el polígono de intervención del proyecto con la información debidamente cartografiada y especializada, en medio digital.

2. Realizar y entregar a la Interventoría las fichas técnicas individuales del estado actual de los BICl, incluyendo los que se encuentran en los límites de intervención (estas fichas deben ser cotejadas con las generadas una vez se termine la construcción).

3. Recibir copia de los comunicados relacionados con el seguimiento de la vigencia de los permisos de los proyectos de intervención de los Bienes de Interés Cultural aprobados.

3. Hacer seguimiento a la vigencia de los permisos de los proyectos de intervención de los Bienes de Interés Cultural, garantizando su protección y conservación en cumplimiento de las normas urbanas y patrimoniales.
Remitir al IDU copia de los comunicados relacionados con el seguimiento antes mencionado..

3. Realizar y/o actualizar la vigencia de los permisos de los proyectos de intervención de los Bienes de Interés Cultural aprobados por las entidades competentes, garantizando su protección y conservación en cumplimiento de las normas urbanas y patrimoniales..

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 185 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-226 • 2025 • ENERO • 28 226 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Etapa de Preconstrucción

4. Recibir, revisar y remitir a las entidades competentes los insumos para obtener las autorizaciones de intervención para los Bienes de Interés Cultural – BIC- que sean necesarias.

4. Revisar y aprobar los

insumos requeridos para obtener por parte de las entidades competentes las autorizaciones de intervención para los Bienes de Interés Cultural – BIC- que sean necesarias. Remitir al IDU los insumos antes mencionados.

COMPONENTE PATRIMONIO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría
4. Elaborar y remitir a la interventoría los insumos requeridos para obtener por parte de las entidades competentes las autorizaciones de intervención para los Bienes de Interés Cultural – BIC- que sean necesarias, efectuando en los tiempos establecidos los estudios técnicos, consecución de información y gestión ante las Entidades competentes del patrimonio cultural del Distrito y la Nación, así como la respectiva Licencia de Construcción, en los casos en que se requiera.

5. N.A.

5. Contratar y mantener el personal de apoyo requerido en los términos establecidos en los pliegos de condiciones definitivos, anexos, documentos contractuales y requerimientos que realicen las entidades competentes del patrimonio e IDU.

5. Verificar que el contratista contrate y mantenga el personal de apoyo requerido en los términos establecidos en los pliegos de

condiciones definitivos, anexos, documentos contractuales y requerimientos que realicen las entidades competentes del patrimonio e IDU. Contratar y mantener el personal de interventoría de apoyo requerido en los términos establecidos en el Contrato y los documentos que lo conforman.

6. Recibir y remitir en caso de ser requerido a las entidades competentes la información secundaria remitida por la interventoría, como fichas de declaratoria, fichas de inventario, registros fotográficos, valoraciones, estudios históricos, información de identificación de los inmuebles y bienes, así como los Planes o Instrumentos vigentes para cada uno de los BICs.

6. Elaborar y entregar a la Interventoría, la información secundaria como fichas de declaratoria, fichas de inventario, registros fotográficos, valoraciones, estudios históricos, información de identificación de los inmuebles y bienes, así como los Planes o Instrumentos vigentes para cada uno de los BICs.

6. Revisar y aprobar la información secundaria remitida por el contratista como fichas de declaratoria, fichas de inventario, registros fotográficos, valoraciones, estudios históricos, información de identificación de los inmuebles y bienes, así como los Planes o Instrumentos vigentes para cada uno de los BICs.
Garantizar el efectivo seguimiento, control y vigilancia de las obligaciones relacionadas con el componente de patrimonio, de conformidad con lo establecido en la Ley 1185 de 2008, el Decreto Distrital 190 de 2004, Art. 125 y 310; Decreto Nacional 763 de 2009, Decreto Nacional 2358 primero de 2019 o documento vigente.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-227 • 2025 • ENERO • 28 227 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Etapa de Preconstrucción COMPONENTE PATRIMONIO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría

7. Dar cumplimiento a la Ley 1185 de 2008, el Decreto Distrital 190 de 2004, Art. 125 y 310;
Decreto Nacional 763 de 2009, Decreto Nacional 2358 primero de 2019 o documento vigente. o documento vigente o que lo reemplace.

7. Revisar los reportes remitidos por la interventoría respecto al cumplimiento o incumplimiento por parte del contratista de las obligaciones relacionadas con el componente patrimonio, de conformidad con lo establecido en la Ley 1185 de 2008, el Decreto Distrital 190 de 2004, Art. 125 y 310;
Decreto Nacional 763 de 2009, Decreto Nacional 2358 primero de 2019 o documento vigente o documento vigente o que lo reemplace. En caso de incumplimiento, reportar lo pertinente a las entidades competentes.

7. Garantizar el efectivo seguimiento, control y vigilancia de las obligaciones relacionadas con el componente patrimonio, de conformidad con lo establecido en la Ley 1185 de 2008, el Decreto Distrital 190 de 2004, Art. 125 y 310;
Decreto Nacional 763 de 2009, Decreto Nacional 2358 primero de 2019 o documento vigente. o documento vigente o que lo reemplace. Reportar al IDU el cumplimiento o incumplimiento por parte del contratista de las normas antes mencionadas.

Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Etapa de Preconstrucción COMPONENTE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL Contratista de obra Interventoría o Supervisión. Supervisión al Contrato de Interventoría
1. Realizar los contactos iniciales con los representantes de las ESP, SDM, SDP y otras entidades, una vez estos sean nombrados y la Interventoría le informe al respecto. El delegado del Contratista debe realizar el acompañamiento en desarrollo de la obra en lo concerniente a las redes de servicios públicos, ambiental, señalización y semaforización y otros aspectos que se considere.

1. Una vez se conozca el nombramiento de los representantes de las ESP, SDM, SDP y otras Entidades, informar al Constructor para establecer los contactos iniciales con los mismos. El delegado de la Interventoría debe realizar el acompañamiento en desarrollo de la obra en lo concerniente al tema de redes de servicios públicos, temas ambientales, señalización y redes de servicios públicos, y otros aspectos que se considere.

2. Recibir de la Interventoría los productos debidamente aprobados en cumplimiento de los lineamientos establecidos en la guía “Coordinación IDU, ESP y TIC en proyectos de infraestructura de transporte”.

2. Verificar el cumplimiento de los lineamientos establecidos en la guía “Coordinación IDU, ESP y TIC en proyectos de infraestructura de transporte”, y realizar las aprobaciones correspondientes.

1. Enviar comunicación a las ESP, SDM, SDP, SDA y demás entidades que se requiera de acuerdo con las necesidades del proyecto, en la que se informe sobre el inicio de la ejecución del Contrato y solicitar el nombramiento del representante por parte de cada ESP y/o entidad, quien realizará el acompañamiento a la ejecución de la obra respecto a las redes de servicios públicos, ambiental, señalización y semaforización y otros aspectos que se considere.
Hacer presentación del proyecto a los distintos representantes de las ESP, TIC, SDM y otras entidades.
2. Gestionar y realizar las actividades, insumos y productos necesarios aplicables a esta fase para dar cumplimiento a los lineamientos establecidos en la guía “Coordinación IDU, ESP y TIC en proyectos de infraestructura de transporte” o a los convenios vigentes con las ESP.

Solicitar, verificar y recibir de las ESP y TIC los CDP y CRP, así como verificación de la fuente que incluye los recursos para ejecución de obras para redes por solicitudes de las ESP y TIC requeridas en la ejecución del Contrato de obra.

Recibir y analizar las solicitudes de modificación de diseños, liderar los recorridos de verificación de obra construida con la ESP y TIC.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-228 • 2025 • ENERO • 28 228 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Etapa de Preconstrucción

3. Revisar y suscribir las actas de definición de competencias de pago y gestionar con las empresas de servicios públicos la suscripción de las mismas.

3. Revisar y aprobar el presupuesto de obra para redes de servicios públicos, así como revisar y aprobar el acta de definición de competencias de pago para cada ESP, en caso de que no exista para el proyecto, y enviarla al IDU.

COMPONENTE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL Contratista de obra Interventoría o Supervisión. Supervisión al Contrato de Interventoría
3. Actualizar el presupuesto de obra para redes de servicios públicos, incluyendo maniobras a solicitar a las ESP, así como elaborar, actualizar y suscribir el acta de definición de competencias de pago por parte de cada ESP.

Elaborar las constancias de ejecución de maniobras a cargo de IDU.

Elaborar las actas de recibo parcial y final de obras para redes de servicios públicos y entrega de activos

4. Recibir de la Interventoría la aprobación del Plan de Manejo de Tránsito general y los PMT específicos del Proyecto para inventario de redes, desvíos, tratamientos silviculturales, diagnóstico y/o cuando se requiera, según lo publicado por la Secretaría Distrital de Movilidad.

4. Elaborar los Planes de Manejo de Tránsito (PMT) generales y/o específicos del proyecto, el PMT para inventario de redes,

desvíos, tratamientos silviculturales, diagnóstico y, cuando se requiera, presentarlo a la Interventoría y gestionar su aprobación ante la Secretaría Distrital de Movilidad.

4. Revisar y aprobar el Plan de Manejo de Tránsito (PMT) general y/o específicos del proyecto, el PMT para inventario de redes, desvíos, tratamientos silviculturales, diagnóstico y/o cuando se requiera, presentado por el contratista de obra; validar que los PMT cumplan con la normatividad vigente y gestionar su aprobación ante la Secretaría Distrital de Movilidad.

El plazo total para la revisión, verificación y aprobación de los PMT no puede de los tres (3) días hábiles después de recibido de parte del contratista de obra, incluyendo todas las correcciones a que haya lugar por parte de éste. Surtida su revisión y aprobación deberá socializarlo con el apoyo técnico de la supervisión del IDU y atender las observaciones que se generen para proceder a su radicación ante la SDM.

En caso de que la Secretaría Distrital de Movilidad requiera ajustes al PMT radicado, éstos deberán subsanarse dentro de los tres (3) días hábiles contados a partir de la comunicación de la Secretaría.

La Metodología de Toma de Información para el PMT del proyecto (si se requiere) deberá ser presentada por el Contratista para aprobación dentro de los diez (10) primeros días hábiles después de aprobado el estudio de tránsito (si se requiere). Si no se requiere dicha metodología, el Contratista deberá presentar para aprobación dentro de los diez (10) primeros días hábiles posteriores a la suscripción del Acta de Inicio del Contrato; luego de su aprobación, deberán presentarse para aprobación de la SDM, la Línea Base (si se requiere), los modelos (si se requieren) y los PMT específicos requeridos para el inicio de la Etapa de Construcción.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-229 • 2025 • ENERO • 28 229 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Etapa de Preconstrucción

5. Recibir de la Interventoría los productos debidamente aprobados en cumplimiento de los lineamientos establecidos en la guía “Coordinación IDU, ESP y TIC en proyectos de infraestructura de transporte”.

COMPONENTE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL Contratista de obra Interventoría o Supervisión. Supervisión al Contrato de Interventoría
5. Consultar, conocer y aplicar la guía de coordinación interinstitucional y los convenios con las ESP vigentes y publicados en la página web del IDU, durante la ejecución del Contrato.

5. Consultar, conocer y verificar la aplicación por parte del contratista de obra de la Guía de Coordinación Interinstitucional y los Convenios con las ESP vigentes y publicados en la página web del IDU, durante la ejecución del Contrato.

6. Asistir a las mesas decisorias en cumplimiento de esta obligación.

6. Convocar y asistir a las mesas decisorias según la metodología establecida en la guía de coordinación interinstitucional y en los convenios vigentes con las ESP.

6. Llevar a cabo las mesas decisorias según la metodología establecida en la guía de coordinación interinstitucional y en los convenios vigentes con las ESP.

7. Revisar que el contratista de obra revise y realice todas las actividades necesarias para asumir la total responsabilidad sobre los diseños de redes y estructuras hidrosanitarias, redes eléctricas, alumbrado público, gas natural y telecomunicaciones, entre otros.

7. Verificar que el contratista de obra revise y realice todas las actividades necesarias para asumir la total responsabilidad sobre los diseños de redes y estructuras hidrosanitarias, redes eléctricas, alumbrado público, gas natural y telecomunicaciones, entre otros, validando que estos cumplan con las especificaciones técnicas y la normatividad vigente. Estos diseños deberán ser presentados a las ESP.

7. Revisar y realizar las actividades necesarias para asumir la total responsabilidad sobre los diseños de redes y estructuras hidrosanitarias, redes eléctricas, alumbrado público, gas natural y telecomunicaciones, entre otros, cumpliendo con las especificaciones técnicas y la normatividad vigente.
Estos diseños deberán ser presentados a las ESP.

8. Asistir a las reuniones que se realicen en cumplimiento de esta obligación.

8. Atender las reuniones con las ESP y demás entidades competentes para recibir observaciones a los productos.

8. Asistir a las reuniones con el contratista de obra, las ESP y demás entidades competentes para recibir observaciones a los productos y elaborar el acta correspondiente.

9. Revisar y verificar el cumplimiento las obligaciones asociadas al ciclo de gestión, aprobación, aval de productos y concesión de permisos, autorizaciones o licencias, a que se refiere el Manual de Interventoría y/o Supervisión de Contratos.

9. En el evento en que el contratista encuentre la necesidad de modificar los diseños aprobados por cualquiera de las ESP, deberá cumplir con las obligaciones asociadas al ciclo de gestión, aprobación, no objeción, aval de productos y concesión de permisos, autorizaciones o licencias, a que se refiere el Manual de Interventoría y/o Supervisión de Contratos.

9. En el evento en que el contratista de obra encuentre la necesidad de modificar los diseños aprobados por cualquiera de las ESP, la Interventoría deberá verificar que este contratista cumpla con las obligaciones asociadas al ciclo de gestión, aprobación, no objeción, aval de productos y concesión de permisos, autorizaciones o licencias, a que se refiere el Manual de Interventoría y/o Supervisión de Contratos.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-230 • 2025 • ENERO • 28 230 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Etapa de

1. Administrar el archivo documental del proyecto, en lo referente a los Contratos de construcción, conservación, suministros, adquisición de bienes, arriendo e Interventoría, así como de los productos que se obtengan en el desarrollo del Contrato.

1. Administrar el archivo documental del proyecto en lo referente a los contratos a cargo, así como de los productos que se obtengan en el desarrollo del Contrato; ingresar la información pertinente en el SIAC y en los aplicativos de la entidad, con el fin de garantizar que la información que reposa en el sistema corresponde a la situación real del Contrato.

Preconstrucción COMPONENTE ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría
1. Mantener actualizada la documentación del Contrato debidamente archivada, controlar el archivo del proyecto con la finalidad de integrar un expediente claro del desarrollo del Contrato y llevar, conjuntamente con la Interventoría, la trazabilidad del proyecto.

2. Aplicar el procedimiento para pago a terceros.

2. Revisar, aprobar y suscribir las actas de pago con sus respectivos soportes, según se indique en el Contrato y gestionar el pago de acuerdo con lo establecido en la guía de pago a terceros.

2. Elaborar y suscribir con la Interventoría las actas de pago con sus respectivos soportes, según se indique en el Contrato y gestionar el pago de acuerdo con lo establecido en la guía de pago a terceros.

N.A.

3. Suscribir con la Interventoría las actas de pago y aplicar lo establecido en la guía de pago a terceros.

3. Elaborar y suscribir con el IDU las actas de pago con sus respectivos soportes, según se indique en el Contrato de Interventoría, y gestionar el pago de acuerdo con lo establecido en la guía de pago a terceros.

4. Realizar seguimiento a la Interventoría y revisar que ésta entregue aprobado el informe de inversión y buen manejo del anticipo, hasta la liquidación del anticipo. El IDU podrá devolver los documentos solicitando las aclaraciones y correcciones que considere necesarias.

4. Elaborar y entregar a la Interventoría a más tardar dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la fecha relacionada en el extracto, el informe de inversión y buen manejo del anticipo debidamente soportado.

4. Verificar y aprobar, a más tardar dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la fecha relacionada en el extracto, el Informe de inversión y buen manejo del anticipo y remitirlo al IDU, de manera individual y también como parte del informe mensual de Interventoría, hasta la liquidación del anticipo.

5. Recibir con la aprobación de la Interventoría el presupuesto (balance financiero).

5. Presentar a la Interventoría para su aprobación, el presupuesto (balance financiero) para la ejecución del Contrato

5. Revisar y aprobar el presupuesto (balance financiero) del Contrato de obra, y realizar el seguimiento y control de la inversión y verificar que se encuentre acorde con lo establecido en el mismo Contrato.

1.4.1. Las obligaciones del componente administrativo y financiero mencionado anteriormente son aplicables a las demás Etapas del Contrato de Obra en el Esquema 1.5. Etapa de Construcción REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-231 • 2025 • ENERO • 28 231 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Etapa de Construcción

1. Hacer seguimiento a la gestión que realiza la Interventoría, a través de la información suministrada por la misma, con relación al cumplimiento y desempeño del cronograma y programa de inversiones del Contrato de obra.
En caso de incumplimientos solicitar a la Interventoría lo descrito en el procedimiento “Declaratoria de incumplimiento para la imposición de multa, cláusula penal, caducidad y/o afectación de la garantía única de cumplimiento” o el que haga sus veces.

Recibir aprobado por parte de la Interventoría y analizar la justificación y aprobación de la reprogramación del cronograma.

COMPONENTE TÉCNICO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría
1. Cumplir con el cronograma y el programa de inversiones aprobados en la Etapa de Preconstrucción, y asegurar el uso adecuado y oportuno de los recursos.
Efectuar de manera inmediata los correctivos cuando a ello hubiere lugar, mediante un plan de contingencia según lo establecido en el presente Manual. Las reprogramaciones del cronograma, deberán contar con la aprobación de la Interventoría para lo cual el contratista deberá presentar como anexo la respectiva justificación.

La reprogramación se deberá presentar para aprobación dentro de los tres (3) primeros días hábiles después de detectada la desviación del cronograma en el comité semanal del ontrato.

1. Exigir el cumplimiento del cronograma y el programa de inversiones presentados por el Contratista y realizar controles permanentes de las actividades programadas.
Reportar semanalmente al IDU, como un anexo al informe semanal de Interventoría en MS Project o en el formato y/o aplicativo que el IDU disponga, los porcentajes y costos de avance de ejecución soportables, identificar actividades atrasadas, adelantadas, porcentajes de avance real, comienzo y fin tardíos, comienzo y fin adelantados, costo real facturado, análisis de tendencias, análisis de ruta crítica e indicadores de desempeño de cronograma y costo del Contrato. En caso de posibles incumplimientos revisar y aprobar el plan de contingencia propuesto por el Contratista; ante reiteración de incumplimiento deberá iniciar el procedimiento sancionatorio respectivo. Revisar, analizar y aprobar la justificación entregada por el Contratista para la reprogramación propuesta, y remitir al supervisor la reprogramación aprobada, entendiéndose esta reprogramación como la nueva línea base del Contrato.

El plazo total para la revisión, verificación y aprobación de la reprogramación no podrá exceder de los tres (3) días hábiles posteriores al recibo por parte del Contratista de obra, incluyendo todas las correcciones a que haya lugar por parte de éste.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-232 • 2025 • ENERO • 28 232 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Etapa de Construcción COMPONENTE TÉCNICO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría

2. Participar en las reuniones de seguimiento, visitas de campo, inspecciones convocadas por el Interventor o el IDU, y proponer alternativas, soluciones y demás acciones para el buen desarrollo del proyecto.

2. Participar en las reuniones de seguimiento, visitas de campo, inspecciones convocadas por el Interventor o el IDU, y proponer alternativas, soluciones y demás acciones para el buen desarrollo del proyecto.
Suscribir las actas generadas.

2. Convocar y participar en las reuniones de seguimiento, visitas de campo, inspecciones convocadas por el Interventor o el IDU, y proponer alternativas, soluciones y demás acciones para el buen desarrollo del proyecto.
Elaborar y suscribir las actas generadas.

El IDU podrá convocar a reuniones de seguimiento y visitas de campo las veces que lo considere necesario. Suscribir las actas generadas.

3. Participar en las mesas de trabajo. El IDU podrá convocar a reuniones de seguimiento y visitas de campo cuando lo considere necesario.
Suscribir el acta correspondiente.

3. Asistir y participar en las mesas de trabajo conjuntas por disciplina entre los especialistas del Contratista y de la Interventoría, para la conciliación, unificación de criterios y acuerdos. Suscribir el acta correspondiente.

3. Convocar, asistir y participar en las mesas de trabajo conjuntas por disciplina entre los especialistas del Contratista y de la Interventoría, para la conciliación, unificación de criterios y acuerdos.
La Interventoría podrá solicitar la asistencia del delegado de las ESP y demás entidades, cuando lo considere necesario. Elaborar y suscribir el acta correspondiente.

4. Recibir y los informes elaborados por la Interventoría.

4. Recibir, revisar y aprobar los insumos entregados por el Contratista y elaborar, con base en dichos insumos, los informes semanales, mensuales y finales, incluyendo soportes y demás documentos.

4. Entregar oportunamente a la Interventoría la información requerida para la elaboración de los informes semanales,

mensuales y finales, incluyendo soportes y demás documentos.

5. Recibir de la Interventoría la certificación firmada del cumplimiento del Plan de Calidad del Contratista, así como verificar el cumplimiento del Plan de Calidad del Interventor.

5. Implementar el Plan de Calidad y el cuadro de inspección y ensayo y entregar a la Interventoría evidencia de su cumplimiento.

5. Cumplir el Plan de Calidad de la Interventoría y verificar el cumplimiento del Plan de Calidad entregado por el Contratista.
Enviar al IDU una certificación firmada del cumplimiento del Plan de Calidad del Contratista anexo al informe mensual de Interventoría.

6. Recibir del Interventor el reporte de la relación de materiales y sitios de disposición utilizados por el contratista en desarrollo del Contrato de obra.

6. Solicitar al Contratista la relación de los materiales y sitios de disposición final que ha inscrito en el “Directorio de Proveedores de Materiales de Construcción, Sitios de Disposición final, Aprovechamiento y Tratamiento de Residuos de Construcción y Demolición RCD del IDU”, verificar el cumplimiento de los requisitos, la

6. Inscribir en el “Directorio de Proveedores de Materiales de Construcción, Sitios de Disposición final, Aprovechamiento y Tratamiento de Residuos de Construcción y Demolición RCD del IDU” o el que haga sus veces, los proveedores de materiales y sitios de disposición final que

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-233 • 2025 • ENERO • 28 233 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Etapa de Construcción COMPONENTE TÉCNICO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría tengan estos Contratos. inscripción en el mismo e informar al IDU.

7. Verificar y aprobar la reprogramación de obra

CONSIDERANDO:

el nuevo cronograma de entrega de predios, de manera previa al inicio de las actividades de obra.

7. En caso de que haya predios pendientes por recibir de parte del IDU, el Contratista deberá considerar la entrega de los mismos en la reprogramación del cronograma de obra e inversiones para aprobación de la Interventoría, de manera previa al inicio de las actividades de obra.

7. Entregar la reprogramación de entrega de predios a la Interventoría, anexando copia del memorando de la DTDP en el cual se establecen las fechas proyectadas de entrega de los predios pendientes. Recibir de la Interventoría la reprogramación del cronograma de obra e inversiones aprobada por esta, en la que se considere la entrega de los predios pendientes, de manera previa al inicio de las actividades de obra.

8.. Revisar, aprobar y remitir al IDU el reporte de las intervenciones a realizar junto con el presupuesto, a más tardar cuando se tenga un avance del 50% de ejecución del Contrato de obra.

8.. Recibir de la Interventoría el informe aprobado del reporte de las intervenciones, en donde el IDU podrá determinar la viabilidad del mismo o devolverlo a la Interventoría por no encontrarse dentro de los términos contractuales pactados y si es del caso, tomar las acciones administrativas y legales correspondientes.

8. En los Contratos de conservación a monto agotable se deben determinar las intervenciones a realizar con el presupuesto asignado a más tardar cuando se tenga un avance del 50% de ejecución del mismo, siguiendo para ello los lineamientos estipulados en los documentos contractuales del proyecto.

9. Recibir de la Interventoría, debidamente aprobados, los registros fotográficos por cada elemento de la malla vial que hace parte del Contrato.

9. Generar y entregar a la Interventoría de manera previa y posterior a la ejecución de las intervenciones, los registros fotográficos por cada elemento de la malla vial que haga parte del Contrato.

9. Recibir, revisar, aprobar y remitir al IDU de manera previa y posterior a la ejecución de las intervenciones, los registros fotográficos por cada elemento de la malla vial que hace parte del Contrato de acuerdo con lo previsto en guía “Registros fotográficos de intervenciones IDU” o la que haga sus veces.

El plazo total para el envío de los registros fotográficos no podrá superar los tres (3) días hábiles posteriores al recibo del contratista de obra, incluyendo todas las correcciones a que haya lugar por REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-234 • 2025 • ENERO • 28 234 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Etapa de Construcción COMPONENTE TÉCNICO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría parte de éste.

10. Revisar y aprobar las especificaciones técnicas particulares que el Contratista presente, de conformidad con lo previsto en el Contrato.

10. Recibir del Interventor, las especificaciones técnicas particulares elaboradas por el Contratista, aprobadas.
De igual forma el supervisor IDU deberá remitir todas las especificaciones técnicas particulares aprobadas, a la Dirección Técnica Estratégica mediante memorando.

10. Si el Contratista prevé el uso de productos (materiales o mezclas de materiales), técnicas o tecnologías para la construcción que no estén contemplados en las Especificaciones técnicas generales del IDU vigentes, el Contratista deberá cumplir lo previsto en el Contrato en materia de modificación a las Especificaciones Técnicas.

11. Remitir a la Dirección Técnica Estratégica, mediante memorando, todas las tablas resumen de resultados de ensayos, aprobadas por el Interventor e indicar el número del radicado en el cual se encuentran los informes de ensayos que las soportan.

11. Revisar, analizar y aprobar los ensayos de campo y laboratorio que realice el Contratista de obra (los informes, tablas resumen de resultados de ensayos, etc.). Lo anterior de acuerdo con lo previsto para tal efecto en el Contrato y los documentos que lo conforman.
Esta revisión y aprobación deben ser presentadas al IDU, como anexo al informe mensual de Interventoría.

11. Realizar los ensayos de campo y laboratorio contemplados en los Planes de Muestreo y Ensayos, aprobados por el Interventor. El Contratista presentar a la Interventoría para su revisión y aprobación, los informes y tablas resumen de resultados de ensayos con los que se garantice la calidad de los materiales, mezclas de materiales y productos terminados, para cada una de las actividades de obra ejecutadas.
Lo anterior de acuerdo con lo previsto para tal efecto en el Contrato.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-235 • 2025 • ENERO • 28 235 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Etapa de Construcción COMPONENTE TÉCNICO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría

12. Recibir de la Interventoría los informes y tablas resumen de resultados de ensayos realizados.
El supervisor IDU deberá remitir a la Dirección Técnica Estratégica todas las tablas resumen de resultados de ensayos e indicar el número del radicado en el cual se encuentran los informes de ensayos que las soportan.

N.A.

12. Realizar los ensayos de campo y laboratorio contemplados en los Planes de Muestreo y Ensayos aprobados.
El Interventor debe presentar al IDU los informes y tablas resumen de resultados de ensayos, como anexo al informe mensual de Interventoría con los que se verificó y validó la calidad de los materiales, mezclas de materiales y productos terminados, para cada una de las actividades de obra ejecutadas por el contratista. Lo anterior de acuerdo con lo previsto para tal efecto en el Contrato y los documentos que lo conforman. Las actividades de implementación de los Planes de Muestreo y Ensayos y su análisis técnico deben ser presentadas al IDU como anexo al informe mensual de Interventoría.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-236 • 2025 • ENERO • 28 236 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Etapa de Construcción COMPONENTE TÉCNICO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría

13. Recibir de la Interventoría la verificación y validación de la calidad de los materiales, mezclas de materiales y productos terminados, para cada una de las actividades de obra ejecutadas por el contratista.

N.A.

13. Con la revisión y aprobación de los informes y tablas resumen de resultados de ensayos presentados por el Contratista, la realización de los ensayos de campo y laboratorio contemplados en los Planes de Muestreo y Ensayos aprobados, y el criterio técnico, el Interventor debe verificar y validar la calidad de los materiales, mezclas de materiales y productos terminados, para cada una de las actividades de obra ejecutadas por el contratista. Lo anterior de acuerdo con lo previsto para tal efecto en el Contrato y los documentos que lo conforman.
Si producto de la verificación y validación de la calidad se evidencian incumplimientos de los requisitos definidos en las Especificaciones aplicables al Contrato, el Interventor debe notificar al Contratista para que éste efectúe los correctivos necesarios, conforme a los dispuesto en las Especificaciones técnicas.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-237 • 2025 • ENERO • 28 237 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Etapa de Construcción

14. Recibir de la Interventoría la verificación de los correctivos realizados por el Contratista, y la revisión y aprobación de los informes y tablas resumen de resultados de ensayos, presentados por el contratista.

En caso de que se requiera, recibir de la Interventoría la solicitud de inicio de las actuaciones sancionatorias a que hubiere lugar.

14. Verificar los correctivos realizados por el Contratista, relacionados con el incumplimiento de la calidad de los materiales, mezclas de materiales o actividades de obra, que él proveyó y ejecutó.
Revisar y aprobar los nuevos informes y tablas resumen de resultados de ensayos, presentados por el Contratista, mediante el análisis técnico de los resultados, y realizar la verificación del cumplimiento de los requisitos de calidad definidos en las Especificaciones Técnicas Generales o Particulares del Contrato. Presentar al IDU la verificación de los correctivos realizados por el Contratista y la revisión y aprobación de los informes y tablas resumen de resultados de ensayos. En caso de un nuevo incumplimiento del Contratista, el Interventor se abstendrá de recibir la obra y solicitará al IDU iniciar las actuaciones sancionatorias a que hubiere lugar.

COMPONENTE TÉCNICO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría
14. Para los casos en los que no se cumplen los requerimientos de calidad definidos en las Especificaciones Técnicas Generales o Particulares del Contrato, el Contratista debe efectuar los correctivos del caso, en un plazo no mayor a quince (15) días hábiles a partir de la notificación.
Las calidades de los nuevos materiales, mezclas de materiales o actividades de obra, provistas y ejecutadas, deben ser garantizadas mediante la ejecución de ensayos de campo y laboratorio, conforme a lo definido en las Especificaciones técnicas generales del IDU o particulares del Contrato, según corresponda. El Contratista deberá presentar a la Interventoría para su revisión y aprobación, los informes y tablas resumen de resultados de ensayos, por cada material, mezcla de materiales o actividad de obra.

15. Recibir de la Interventoría los informes y tablas resumen de resultados de ensayos, realizados.

N.A.

15. Realizar los ensayos de campo y laboratorio contemplados en las Especificaciones Técnicas del Contrato con respecto a los correctivos realizados por el Contratista sobre la calidad de materiales, mezclas de materiales y actividades de obra.
Presentar al IDU para su revisión, los informes y tablas resumen de resultados de ensayos, con los que se verifique y valide la calidad de los materiales, mezclas de materiales y productos terminados, para cada una de las actividades de obra ejecutadas por el contratista.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-238 • 2025 • ENERO • 28 238 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Etapa de Construcción

16. Recibir y realizar el trámite oportuno ante la DTINI para la revisión y aprobación de la estandarización de los planos récord por corredor vial, puente vehicular o peatonal, intersección a desnivel, eje de ciclorruta, tramo de espacio público, etc. y planos récord definitivos de obra construida de acuerdo a lo establecido por el IDU, en la Guía de entregables en formato digital o la que haga sus veces, y actualización del inventario de la malla vial y la digitalización de los resultados de ensayos de laboratorio revisados por la Interventoría.

Supervisar la formalización de la entrega de los predios remanentes del Contrato de obra, con la georreferenciación de los mismos. Estos planos récord deben ser enviados al Centro de Documentación del IDU.

16. Revisar y aprobar los planos récord por corredor vial, puente vehicular o peatonal, intersección a desnivel, eje de ciclorruta, tramo de espacio público, etc. de obra construida y planos récord definitivos de obra construida, así como verificar que cumplan con lo establecido por el IDU, en la Guía de entregables en formato digital en cuanto a la estandarización de planos.
Revisar que la actualización del inventario de la malla vial y la digitalización de los resultados de ensayos de laboratorio cumplan con lo establecido en la base de datos suministrada por el IDU. Verificar la entrega de los predios remanentes del Contrato de obra al IDU, con la georreferenciación de los mismos, por parte del Contratista.

COMPONENTE TÉCNICO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría
16. Entregar a la Interventoría los planos récord de obra construida por corredor vial, puente vehicular o peatonal, intersección a desnivel, eje de ciclorruta, tramo de espacio público, etc. Y los planos récord definitivos de obra construida, de acuerdo con lo establecido por el IDU en la Guía de entregables en formato digital o la que haga sus veces, incluyendo la estandarización para posterior alimentación de la base de datos del SIGIDU.
Entregar la actualización del inventario de la malla vial y la digitalización de los resultados de ensayos de laboratorio, teniendo en cuenta la base de datos suministrada por el IDU. Entregar los predios remanentes del Contrato de obra al IDU, con la georreferenciación de los mismos.

El plazo total para el envío de los planos récord no puede exceder el plazo de los diez (10) días hábiles posteriores al recibo por parte del Contratista de obra, incluyendo todas las correcciones a que haya lugar. En caso de que la complejidad de la revisión y aprobación de los planos requiera de mayor tiempo, se deberá informar al IDU oportunamente con su debida justificación.

Si los planos estandarizados son objeto de observaciones por parte del IDU, la Interventoría deberá velar por el cumplimiento de dicha actividad, enviando los requerimientos respectivos al Contratista y presentando nuevamente los planos estandarizados al IDU con la revisión correspondiente.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-239 • 2025 • ENERO • 28 239 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Etapa de Construcción COMPONENTE TÉCNICO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría
17. Elaborar y suscribir en conjunto con el Interventor las actas de recibo parcial de obra, adjuntando la documentación soporte requerida.

17. Recibir el Acta de Recibo Parcial de Obra, la cual debe estar suscrita por el Contratista y el Interventor y realizar el trámite oportuno para el pago correspondiente. El IDU podrá solicitar la documentación necesaria que soporte las cantidades autorizadas por la Interventoría.

Toda acta de recibo parcial de obra deberá estar acompañada del acta de ajustes (por IPC, ICOCIV y para el insumo asfalto), si ello hubiese quedado pactado en el Contrato.

17. Verificar con la debida antelación, en terreno y en compañía del Contratista, las cantidades y calidad de las obras con el fin de suscribir en conjunto con el Contratista el acta de recibo parcial de obra y firmar el acta para su envío al IDU.
Revisar y avalar la documentación de soporte presentada por el Contratista de manera previa a la suscripción del acta de recibo parcial de obra.

18. Realizar seguimiento y supervisión gestión de la Interventoría sobre la verificación del estado final de las obras y la atención de las observaciones realizadas por las ESP y/o entidades competentes.

18. Convocar y realizar de manera conjunta con las ESP, entidades competentes y el Contratista, la visita de inspección detallada, para verificar el estado final de las obras.
El Interventor debe asistir con todos los especialistas respectivos y hacer seguimiento al Contratista de las observaciones que se generen en dicho recorrido por parte de la ESP y entidades competentes para su verificación y correcciones, las cuales deben plasmarse en el acta correspondiente.

18. Realizar de manera conjunta con las ESP, entidades competentes y la Interventoría la visita de inspección detallada, para verificar el estado final de las obras. El Contratista debe asistir con todos los especialistas respectivos. Las soluciones a las observaciones y correcciones solicitadas deben presentarse a la Interventoría en un cronograma para su aprobación.
El cronograma se deberá presentar a la Interventoría para aprobación dentro de los tres (3) primeros días hábiles posteriores a la realización de la visita de inspección detallada.

Revisar, verificar, validar y aprobar el cronograma propuesto por el contratista de obra. De cualquier manera, el plazo total para la revisión, verificación y aprobación del cronograma no puede exceder el plazo de los tres (3) días hábiles después de recibido por parte del contratista de obra.

19. Recibir, revisar el acta de finalización de la Etapa de Construcción dentro del plazo previsto.

19. Elaborar, suscribir y enviar al IDU dentro del plazo previsto en el Contrato, el acta de finalización de la Etapa de Construcción con sus respectivos soportes, una vez se hayan atendido las no conformidades encontradas dentro de la Etapa de Construcción del Contrato, si a ello hubiere lugar.

19. Dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la terminación de la Etapa de Construcción, el Contratista deberá suscribir en conjunto con la Interventoría el acta de finalización de la Etapa de Construcción, una vez se hayan atendido las no conformidades encontradas, si a ello hubiere lugar.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-240 • 2025 • ENERO • 28 240 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Etapa de Construcción

20. Verificar el cumplimiento de las obligaciones del Interventor.

COMPONENTE TÉCNICO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría
20. Retirar la señalización temporal utilizada tanto en la obra como en los desvíos e implementar la señalización definitiva y para las vías utilizadas como desvíos si a ello hubiere lugar, dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes de finalizada las obras.

20. Verificar y certificar el retiro de la señalización temporal utilizada tanto en la obra como en los desvíos y la implementación de la señalización definitiva para la obra y cuando aplique para las vías utilizadas como desvíos.
El plazo total para la verificación y aprobación de la señalización definitiva no puede exceder de los treinta (30) días hábiles posteriores a la finalización de las obras, incluyendo las correcciones a las que haya lugar por parte del Contratista.

21. Recibir de la Interventoría y analizar la certificación de cumplimiento de la obligación correspondiente por parte del contratista. En caso de que no se cumpla, solicitar a la Interventoría las acciones pertinentes.

21. Para Contratos de conservación, verificar el cumplimiento de las intervenciones

(manten imiento, rehabilitación, reconstrucción) en la totalidad del área de las intersecciones viales de los segmentos priorizados.

21. Para Contratos de conservación, realizar las

intervenciones (mantenimiento rutinario, mantenimiento periódico, rehabilitación o reconstrucción) en la totalidad del área de las intersecciones viales de los segmentos priorizados.

22. Cumplir con la aplicación en los frentes de obra del RCD y mezclas con grano de caucho.

22. Recibir de la Interventoría y analizar la certificación del cumplimiento de la obligación correspondiente por parte del Contratista. En caso de que no se cumpla, solicitar a la Interventoría las acciones pertinentes.

22. Verificar y garantizar el cumplimiento de la aplicación en los frentes de obra del RCD y mezclas con grano de caucho, para lo cual deberá exigir que la primera opción para el diseño y posterior ejecución sea el reciclaje con los materiales existentes.

23. Recibir de la Interventoría y analizar la certificación del cumplimiento de la obligación correspondiente por parte del Contratista. En caso de que no se cumpla, solicitar a la Interventoría las acciones pertinentes.

23. Para la puesta al servicio de cualquier tramo o segmento vial, verificar y garantizar la realización la demarcación provisional (punteo), incluyendo la delimitación de los carriles, sobre el o los segmentos intervenidos, manteniendo en un nivel visible y óptimo hasta que se realice la demarcación definitiva.
Verificar que el Contratista ejecute la demarcación definitiva.

23. Para la puesta al servicio de cualquier tramo o segmento vial, realizar la demarcación provisional (punteo), incluyendo la delimitación de los carriles, sobre el o los segmentos intervenidos, manteniendo en un nivel visible y óptimo hasta que se realice la demarcación definitiva.
Efectuar la demarcación definitiva.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-241 • 2025 • ENERO • 28 241 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Etapa de Construcción

24. Recibir aprobado de parte de la Interventoría el cronograma general de la liquidación del Contrato.

24. Revisar, verificar y aprobar el cronograma general de la liquidación del Contrato presentado por el Contratista y entregarlo al IDU dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores al recibo del Consultor.

COMPONENTE TÉCNICO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría
24. Elaborar y presentar el cronograma general de la liquidación del Contrato, con una antelación no inferior a treinta (30) días con respecto a la finalización del plazo contractual. El cronograma el cual deberá incluir las actividades a desarrollar, el alcance, los trámites y tiempos requeridos para el cumplimiento de la liquidación en el plazo previsto, de acuerdo con los lineamientos para tal efecto previstos en los documentos que conforman el Contrato. El cronograma se deberá presentar para aprobación de la Interventoría.

25. Recibir el Plan de Control de Calidad y efectuar su revisión de los treinta (30) días calendario posteriores a su recibo de parte de la Interventoría y sugerir al Contratista las modificaciones tendientes a que los procedimientos allí contenidos sean adecuados para obtener los resultados previstos en el Apéndice respectivo del Contrato.

25. Dentro de los treinta (30) días calendario posteriores a la entrega por parte del Contratista, revisar el Plan de Control de Calidad junto con los parámetros establecidos en el Apéndice respectivo del Contrato, como base para la verificación de las obligaciones del Contratista durante la Etapa de Mantenimiento.

25. Con una antelación no inferior a tres (3) meses con respecto a la finalización de la Etapa de Construcción, el Contratista deberá entregar el Plan de Control de Calidad en los términos del de los documentos que conforman el Contrato.
Bajo su propia responsabilidad, el Contratista podrá acoger o no las recomendaciones que le efectúe el IDU, pero en ningún caso se eximirá de responsabilidad si la aplicación del Plan de Control de Calidad no es suficiente para la obtención de los resultados previstos en los documentos que conforman el Contrato. A más tardar al finalizar el décimo sexto (16º) mes de la Etapa de Construcción, el Contratista entregará la versión final del Plan de Control de Calidad,

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-242 • 2025 • ENERO • 28 242 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Etapa de Construcción

1. Hacer seguimiento a las obligaciones del Interventor.

1. Recibir, revisar y aprobar los insumos entregados por el Contratista y la inclusión de la información en el aplicativo vigente.
Con base en estos insumos, la Interventoría elaborará lo relacionado con el componente social del informe mensual de Interventoría.

COMPONENTE SOCIAL Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría
1. Remitir a la Interventoría todos los insumos necesarios para la elaboración del componente social que hace parte del informe mensual, al igual que la "tirilla" la cual se presentará el último día hábil del mes calendario. Incluir en el aplicativo vigente la información requerida por la ORSC o de la Oficina que administre el aplicativo.

Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Etapa de Construcción COMPONENTE AMBIENTAL, SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Contratista de obra Interventoría o Supervisión, según el caso.

Supervisión del IDU al Contrato de Interventoría

1. Recibir aprobado de parte de la Interventoría la

documentación de ingreso (contrato, certificaciones de afiliación al Sistema General de Seguridad Social Integral, certificación de cumplimiento de los documentos de ingreso, y exámenes médicos ocupacionales vigentes) del personal contractual para el Contrato de obra.

1. Revisar, aprobar y remitir al IDU los documentos de vinculación del personal aprobado (contrato, certificaciones de afiliación al Sistema General de Seguridad Social Integral, certificación de cumplimiento de los documentos de ingreso, y exámenes médicos ocupacionales vigentes). remitidos por el Contratista. En el evento se presenten modificaciones al personal aprobado, la Interventoría deberá revisar, aprobar y remitir al IDU dentro de los dos (2) días calendario siguientes a la aprobación de dicho personal, los documentos respectivos.

1. Remitir a la Interventoría una copia de los documentos de vinculación del personal aprobado (contrato, certificaciones de afiliación al Sistema General de Seguridad Social Integral, certificación de cumplimiento de los documentos de ingreso, y exámenes médicos ocupacionales vigentes). En el evento en que durante la ejecución del Contrato se presenten modificaciones del personal aprobado, el Contratista deberá remitir a la Interventoría dentro de los dos (2) días calendario siguientes a su aprobación, los documentos respectivos.

2. Aprobar los documentos de ingreso (contrato,certificaciones de afiliación al Sistema General de Seguridad Social Integral, certificación de cumplimiento de los documentos de ingreso, y exámenes médicos ocupacionales vigentes) del personal correspondiente al Contrato de Interventoría.

2. Remitir a la Supervisión los documentos de vinculación del personal aprobado (contrato,certificaciones de afiliación al Sistema General de Seguridad Social Integral, certificación de cumplimiento de los documentos de ingreso, y exámenes médicos ocupacionales vigentes ) del Interventor. En el evento que haya modificaciones de dicho personal, la Interventoría deberá remitir al IDU dentro de los

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-243 • 2025 • ENERO • 28 243 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Etapa de Construcción COMPONENTE AMBIENTAL, SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Contratista de obra Interventoría o Supervisión, según el caso.

Supervisión del IDU al Contrato de Interventoría dos (2) días calendario siguientes a la aprobación de dicho personal, tales documentos.

3. Verificar la implementación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Interventoría (SGSST) conforme la normativa legal aplicable y lo previsto en el Contrato.

3. Verificar la implementación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST) conforme la normativa legal aplicable y lo previsto en el Contrato.

3. Implementar el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST), conforme la normativa legal aplicable y lo previsto en el Contrato y presentar los respectivos soportes en los informes mensuales remitidos a la Interventoría.

4. Hacer seguimiento al cumplimiento de esta obligación.

4. Implementar y mantener actualizados los compromisos ambientales, de seguridad y de salud ocupacional aprobados en el MAO y el Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST), según los requerimientos contractuales y demás normas y en atención a la dinámica de la ejecución del Proyecto.

4. Verificar el cumplimiento de los compromisos ambientales, de seguridad y de salud en el trabajo incluidos en el MAO y el Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST) del Contrato, según los requerimientos contractuales y demás normas, verificando que el contratista vigilado lo mantenga actualizado durante la ejecución del Contrato y de acuerdo con la dinámica de la ejecución del Proyecto.

5. Recibir de la Interventoría los documentos necesarios para el trámite de los permisos ambientales y remitirlo a la autoridad ambiental o entidad competente.

5. Acompañar al Contratista en las visitas a terreno necesarias para actualizar o elaborar la documentación requerida para el trámite de los permisos ambientales o para acompañamiento a la autoridad ambiental.
Los documentos producto de estas visitas deben ser revisados, aprobados y remitidos al IDU. La Interventoría deberá elaborar y suscribir el acta correspondiente.

5. En conjunto con la Interventoría, realizar las visitas a terreno necesarias para actualizar o elaborar la documentación requerida para el trámite de los permisos ambientales o para el acompañamiento a la autoridad ambiental.
Los documentos producto de estas visitas deben ser remitidos a la Interventoría.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-244 • 2025 • ENERO • 28 244 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Etapa de Construcción COMPONENTE AMBIENTAL, SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Contratista de obra Interventoría o Supervisión, según el caso.

Supervisión del IDU al Contrato de Interventoría

6. Recibir la información presentada por la Interventoría, y tomar las acciones pertinentes.

6. Reportar a la Interventoría los pasivos y pendientes ambientales y de seguridad y salud en el trabajo que se presenten durante la Etapa de Construcción del Contrato y antes del cierre ambiental de la obra.

6. Identificar los pasivos ambientales y pendientes ambientales y de seguridad y salud en el trabajo durante la Etapa De Construcción del Contrato y antes del cierre ambiental de la obra.
Requerir al Contratista para la solución inmediata y en caso de incumplimiento, iniciar las gestiones respectivas acuerdo a lo establecido en los documentos que conforman el Contrato. Informar al IDU sobre los pasivos encontrados y de las acciones tomadas.

7. Recibir la información presentada por la Interventoría, y tomar las acciones pertinentes.

7. Entregar a la Interventoría de manera continua los permisos mineros y ambientales asociados con el suministro de materiales y sitios de disposición final, en el formato vigente.

7. Verificar los permisos mineros y ambientales asociados con el control de materiales y sitios de disposición final.
Aprobar los proveedores de materiales y sitios de disposición final y verificar que al momento de su uso no se presenten medidas de suspensión de actividades o sanción debidamente ejecutoriadas por la autoridad competente. Este control se debe realizar tanto para los proveedores activos en el “Directorio de Proveedores de materiales de Construcción, Sitios de Disposición Final, Aprovechamiento y Tratamiento de RCD del IDU”, como para los inactivos o no registrados.

8. Informar oportunamente a la Interventoría los eventos o acontecimientos que se presenten en materia de A&SST.

8. Recibir de la Interventoría la información de los eventos y/o acontecimientos que se presenten en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo – Ambiental notificados por el Contratista de obra, los cuales deberán contar con los soportes de la gestión del seguimiento de la Interventoría al respecto.

8. Recibir y revisar del Contratista la notificación de eventos o acontecimientos que se presenten en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo – Ambiental, y gestionar los trámites y conceptos pertinentes soportados en la gestión de Supervisión y seguimiento sobre los mismos. Remitir e informar al IDU sobre lo previsto en la presente obligación.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-245 • 2025 • ENERO • 28 245 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Etapa de Construcción COMPONENTE AMBIENTAL, SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Contratista de obra Interventoría o Supervisión, según el caso.

9. Hacer seguimiento al cumplimiento de esta obligación.

9. Verificar el cumplimiento de los compromisos establecidos en los permisos obtenidos para el proyecto y conminar al contratista a su correcta aplicación.

Supervisión del IDU al Contrato de Interventoría
9. Llevar el control de la ejecución de los permisos ambientales obtenidos para el aprovechamiento y/o uso de recursos, reportando el avance, estado y novedades relacionadas con el proyecto, en los formatos establecidos por el IDU y/o la AAC.

Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Etapa de Construcción COMPONENTE ARQUEOLOGÍA Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría
1. Revisar la documentación del programa de arqueología preventiva aprobado por el ICANH y en caso de ser necesario actualizar los insumos para los trámites adicionales requeridos ante la entidad mencionada.

1. Recibir aprobada por la Interventoría la documentación necesaria para actualizar el programa de arqueología preventiva previamente entregada por el contratista, para que el Instituto de Desarrollo Urbano- IDU, pueda solicitar los cambios necesarios de conformidad con la normativa vigente del ICANH y con lo establecido en el Programa de Arqueología y directrices del IDU.

1. Revisar, aprobar y radicar en el IDU, la documentación necesaria entregada por el contratista, para que el Instituto de Desarrollo Urbano pueda tramitar los cambios mayores o menores, de conformidad con lo establecido en la normatividad vigente del ICANH y el Programa de Arqueología Preventiva del Instituto Colombiano de Antropología e Historia – ICANH y del IDU.

2. Revisar y aprobar el Plan de Manejo Arqueológico y hacer seguimiento a la su implementación, cumpliendo con lo establecido por la normativa vigente del ICANH y sus términos de referencia y directrices del IDU.

2. Recibir y revisar la documentación relacionada con la implementación del Plan de Manejo Arqueológico, ejecutado por el contratista, el cual debe cumplir con lo establecido por la normativa vigente del ICANH, sus términos de referencia y directrices del IDU.

2. Elaborar y ejecutar la implementación del Plan de Manejo Arqueológico, aprobado por el Instituto Colombiano de Antropología e Historia – ICANH en cumplimiento a su normativa vigente y, atendiendo las directrices metodológicas dadas por el ICANH y el IDU.

3. N.A.

3. Contratar y mantener el personal de apoyo requerido en los términos establecidos en los documentos que conforman el Contrato y requerimientos que realice el ICANH e IDU.

3. Contratar y mantener el personal de apoyo requerido en los términos establecidos en los documentos que conforman el Contrato de Interventoría, así como verificar la contratación y disponibilidad del personal de apoyo requerido por el Contratista de Obra.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-246 • 2025 • ENERO • 28 246 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Etapa de

4. Recibir, revisar y aprobar el informe mensual remitido por la interventoría de la ejecución del Programa de Arqueología preventiva (Fase de Implementación del Plan de Manejo arqueológico y arqueología pública) según lo establecido por el ICANH en su normativa vigente, directrices del IDU.

Construcción COMPONENTE ARQUEOLOGÍA Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría
4. Realizar y entregar a la Interventoría el informe mensual de la ejecución del Programa de Arqueología preventiva (Fase de Implementación del Plan de Manejo arqueológico y arqueología pública) según lo establecido por el ICANH en su normativa vigente, directrices del IDU.

4. Revisar y aprobar el informe mensual y hacer seguimiento a la implementación del Programa de Arqueología preventiva (Fase de Implementación del Plan de Manejo arqueológico y arqueología pública) según lo establecido por el ICANH en su normativa vigente, directrices del IDU.
Elaborar y presentar al IDU el informe mensual de interventoría.

5. Recibir el informe semestral remitido y aprobado por la interventoría de la ejecución del Programa de Arqueología preventiva (Fase de Implementación del Plan de Manejo arqueológico y arqueología pública) según lo establecido por el ICANH en su normativa vigente, directrices del IDU.

5. Realizar y entregar a la Interventoría el informe semestral de la ejecución del Programa de Arqueología preventiva (Fase de Implementación del Plan de Manejo arqueológico

y arqueología pública) según lo establecido por el ICANH en su normativa vigente, directrices del IDU.

5. Revisar y aprobar el informe semestral y hacer seguimiento a la implementación del Programa de Arqueología preventiva (Fase de Implementación del Plan de Manejo arqueológico y arqueología pública) según lo establecido por el ICANH en su normativa vigente, directrices del IDU.

6. Realizar y entregar a la Interventoría el informe final de la ejecución del Programa de Arqueología preventiva (Fase de Implementación del Plan de Manejo arqueológico y arqueología pública) según lo establecido por el ICANH en su normativa vigente, directrices del IDU.

6. Revisar y aprobar el informe final y hacer seguimiento a la implementación del Programa de Arqueología preventiva (Fase de Implementación del Plan de Manejo arqueológico y arqueología pública) según lo establecido por el ICANH en su normativa vigente, directrices del IDU.
Elaborar y presentar al IDU el informe final de interventoría.

6. Recibir, revisar y aprobar el informe final remitido por la interventoría de la ejecución del Programa de Arqueología preventiva (Fase de Implementación del Plan de Manejo arqueológico y arqueología pública) según lo establecido por el ICANH en su normativa vigente, directrices del IDU.
Se recibe el informe final del contratista, el cual será remitido por la entidad al ICANH.

Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Etapa de Construcción

1. Recibir aprobada por la Interventoría las evidencias de la protección y conservación de Bienes de Interés Cultural localizados en el área del proyecto de acuerdo con lo aprobado por las entidades competentes en la gestión del patrimonio cultural.

COMPONENTE PATRIMONIO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría
1. Realizar y entregar a la Interventoría, las evidencias de la protección y conservación de los Bienes de Interés Cultural localizados en el área del proyecto de acuerdo con lo aprobado por las entidades competentes en la gestión del patrimonio cultural.

1. Revisar, aprobar y radicar en el IDU, las evidencias de la protección y conservación de los Bienes de Interés Cultural localizados en el área del proyecto de acuerdo con lo aprobado por las entidades competentes en la gestión del patrimonio cultural.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-247 • 2025 • ENERO • 28 247 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Etapa de Construcción COMPONENTE PATRIMONIO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría

2. Recibir aprobado por la Interventoría, las evidencias de las actividades de socialización e integración del proyecto, con la comunidad y propietarios de los Bienes de Interés Cultural.

2. Revisar, aprobar y radicar en el IDU, las evidencias de las actividades de socialización e integración del proyecto, con la comunidad y propietarios de los Bienes de Interés Cultural.

2. Realizar actividades de socialización e integración del proyecto, con la comunidad y propietarios de los Bienes de Interés Cultural y remitir evidencias a la interventoría.

3. Revisar y hacer seguimiento de la entrega de informes y soportes a las Entidades de Patrimonio Cultural, Nacional y Distrital, de la finalización de las obras .

3. Informar a las Entidades de Patrimonio Cultural, Nacional y Distrital, la finalización de las obras con los respectivos soportes.

4. Revisar y hacer seguimiento de ejecución de las obras en los Bienes de Interés Cultural y verificar que las obras en BIC no afecten el avance general de la obra urbana (puente peatonal, corredor, etc.).

4. Recibir aprobado por la Interventoría, las evidencias del seguimiento de ejecución de las obras en los Bienes de Interés Cultural y verificar que las obras en BIC no afecten el avance general de la obra urbana (puente peatonal, corredor, etc.).

3. Recibir aprobado por la Interventoría, las evidencias de la entrega de informes y soportes a las Entidades de Patrimonio Cultural, Nacional y Distrital, de la finalización de las obras .
4. Garantizar la ejecución de las obras en los Bienes de Interés Cultural, actuando oportunamente en cuanto a las modificaciones que se requieran; se debe garantizar que las obras en BIC no afecten el avance general de la obra urbana (puente peatonal, corredor, etc.).

5. Revisar y verificar que durante la etapa de construcción se cuente con todos los permisos y autorizaciones de intervención y/o licencias de construcción por cada uno de los Bienes de Interés Cultural.

5. Durante la etapa de construcción se deberá contar con todos los permisos y autorizaciones de intervención y/o licencias de construcción por cada uno de los Bienes de Interés Cultural. La ejecución de las intervenciones en BIC debe estar acorde con lo autorizado por la entidad competente.

6. N.A.

5. Garantizar el efectivo seguimiento, control y vigilancia de las obligaciones relacionadas con el componente patrimonio, de conformidad con lo establecido en la Ley 1185 de 2008, el Decreto Distrital 190 de 2004, Art. 125 y 310; Decreto Nacional 763 de 2009, Decreto Nacional 2358 primero de 2019 o documento vigente. o documento vigente o que lo reemplace.
En caso de incumplimiento, reportar lo pertinente a las entidades competentes
6. Contratar y mantener el personal de apoyo requerido en los términos establecidos en los pliegos de condiciones definitivos, anexos, documentos contractuales

y requerimientos que realice las entidades competentes del patrimonio e IDU.

6. Verificar que el contratista contrate y mantenga el personal de apoyo requerido en los términos establecidos en los pliegos de

condiciones definitivos, anexos, documentos contractuales y requerimientos que realicen las entidades competentes del patrimonio e IDU. Contratar y mantener el personal de interventoría de apoyo requerido en los términos establecidos en el Contrato y los documentos que lo conforman REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-248 • 2025 • ENERO • 28 248 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Etapa de Construcción

7. Dar cumplimiento a la Ley 1185 de 2008, el Decreto Distrital 190 de 2004, Art. 125 y 310; Decreto Nacional 763 de 2009, Decreto Nacional 2358 primero de 2019 o documento vigente. o documento vigente o que lo reemplace.

COMPONENTE PATRIMONIO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría
7. Dar cumplimiento a la Ley 1185 de 2008, el Decreto Distrital 190 de 2004, Art. 125 y 310;
Decreto Nacional 763 de 2009, Decreto Nacional 2358 primero de 2019 o documento vigente. o documento vigente o que lo reemplace.

7. Garantizar el efectivo seguimiento, control y vigilancia de las obligaciones relacionadas con el componente patrimonio, de conformidad con lo establecido en la Ley 1185 de 2008, el Decreto Distrital 190 de 2004, Art. 125 y 310;
Decreto Nacional 763 de 2009, Decreto Nacional 2358 primero de 2019 o documento vigente. o documento vigente o que lo reemplace. Reportar al IDU el cumplimiento o incumplimiento por parte del contratista de las normas antes mencionadas

8. Recibir la información remitida por la interventoría relacionada con las memorias con las intervenciones realizadas a los BIC, antes, durante y después del procedimiento.

8. Generar y entregar a interventoría una memoria con las intervenciones realizadas a los BIC, antes, durante y después del procedimiento, condiciones de garantía y manual de mantenimiento preventivo y correctivo que establecen las entidades competentes en la gestión del patrimonio cultural.

8. Revisar, aprobar y radicar en el IDU, las memorias con las intervenciones realizadas a los BIC, antes, durante y después del procedimiento, condiciones de garantía y manual de mantenimiento preventivo y correctivo que establecen las entidades competentes en la gestión del patrimonio cultural.

9. Hacer seguimiento a las obligaciones del Interventor.

9. Realizar y entregar a la interventoría informes semanales y mensuales, de la ejecución de las labores aprobadas por las entidades competentes, con la información debidamente cartografiada y especializada, en medio digital.

9. Revisar el seguimiento semanal y mensual del cumplimiento de las labores aprobadas por las entidades competentes según los lineamientos establecidos en los documentos contractuales y los requerimientos dados por las entidades competentes.
Remitir al IDU los informes mensuales e la ejecución de las labores aprobadas por las entidades competentes, con la información debidamente cartografiada

y especializada, en medio digital.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-249 • 2025 • ENERO • 28 249 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Etapa de Construcción

1. Recibir de la Interventoría las radicaciones efectuadas ante las ESP, TIC y/o la SDM y verificar el cumplimiento por parte del Interventor del seguimiento a la ejecución del cronograma.
Recibir la constancia de ejecución de maniobra como soporte de ejecución presupuestal del Contrato. Asistir al recorrido de verificación de obra construida Tramitar la entrega de los activos construidos con el Contrato de obra a las ESP, verificar, aprobar y suscribir el acta de entrega/recibo de activos.

COMPONENTE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría
1. Ejecutar las obras del Contrato acorde a los estudios y diseños de detalle, entregados al Interventor en la Etapa de Preconstrucción.
Informar con un mes de anticipación el cronograma para realización de cada maniobra. Realizar la coordinación y verificación en terreno con las ESP, TIC y SDM. Suscribir el formato "Constancia de ejecución de maniobra" debidamente suscrito con los delegados de las ESP y la Interventoría. Asistir al recorrido de verificación Responder observaciones de las ESP resultantes del recorrido de verificación. Hacer las gestiones necesarias para la entrega de los activos construidos con el Contrato de obra a las ESP, elaborar y suscribir el acta de entrega/recibo de activos y oficializar la entrega.

1. Revisar, aprobar y

realizar el seguimiento al cronograma entregado por el contratista de obra y entregarlo a cada ESP, TIC y a la SDM, para que la Empresa programe la ejecución de las maniobras a partir de la entrega de la obra civil. Diligenciar y enviar al IDU el formato "Constancia de ejecución de maniobra" debidamente suscrito con los delegados de las ESP y el contratista de obra. Asistir al recorrido de verificación de obra construida; elaborar y suscribir el acta correspondiente. Responder observaciones de las ESP resultantes del recorrido de verificación. Efectuar conjuntamente con el Contratista las gestiones necesarias para la entrega de los activos construidos con el Contrato de obra a las ESP, verificar, aprobar y suscribir el acta de entrega/recibo de activos y oficializar la entrega. Remitir al IDU el informe mensual de Interventoría con el avance de redes en temas administrativos, técnicos, financieros, reportes, conceptos, recomendaciones y alertas tempranas, con los soportes correspondientes e informar los contratiempos que se pudieren presentar en el desarrollo del convenio. Indicar también si hay lugar a ello solicitudes adicionales y obras no previstas en diseño y/o en datos técnicos. Tener en cuenta la afectación contractual.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-250 • 2025 • ENERO • 28 250 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Etapa de Construcción

2. Aprobar y recibir las obras contra los planos definitivos de diseño y modificaciones debidamente aprobadas y aprobar los planos récord de obra terminada de la infraestructura de redes servicios públicos y demás entidades distritales competentes.

2. Recibir de la Interventoría debidamente aprobados los planos récord y las obras de la infraestructura de redes de servicios públicos y demás entidades distritales competentes.
Estos planos deben ser enviados al Centro de Documentación del IDU.

COMPONENTE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría
2. Entregar a la Interventoría las obras de redes de infraestructura de servicios públicos y demás entidades distritales competentes, contra los planos definitivos de diseño y modificaciones debidamente aprobadas.
Generar los planos récord de obra terminada, durante los treinta (30) días hábiles siguientes a la terminación del plazo contractual.

El plazo total para la aprobación y recibo de las obras contra los planos definitivos de diseño no puede exceder el plazo de los treinta (30) días hábiles después ser radicados por el Contratista, incluyendo todas las correcciones a las que haya lugar por parte éste.

3. Realizar seguimiento a la gestión adelantadas por el constructor, la Interventoría, las ESP y las demás entidades competentes.

3. Realizar y asistir a las inspecciones, pruebas y recorridos de obra convocados por la Interventoría, con el fin de verificar el estado de las obras de redes de servicios públicos, semaforización y señalización.
Suscribir acta de la actividad realizada.

3. Convocar y asistir con el contratista de obra y los representantes de la ESP y de la SDM a las inspecciones y pruebas necesarias para verificar el estado de las obras de redes de servicios públicos, semaforización y señalización. Elaborar y suscribir el acta de cada actividad realizada.

4. Realizar seguimiento a las gestiones adelantadas por la Interventoría.

4. Realizar las correcciones necesarias en obra, elaborar, obtener y ajustar los documentos requeridos para entrega definitiva a las ESP, TIC y SDM, durante los treinta (30) días hábiles siguientes a la terminación y entrega de la obra para redes.
Gestionar ante las Empresas el acta de recibo de obra o la que corresponda y/o Paz y Salvos por daños.

4. Verificar que el Contratista realice las correcciones en obra y entregue los documentos necesarios, debidamente ajustados según lo requerido para entrega definitiva a las ESP, TIC y SDM durante los treinta (30) días hábiles siguientes a la suscripción del acta de finalización de la etapa de construcción Apoyar la gestión del Contratista ante las Empresas para la suscripción del Acta de Recibo de obra y/o Paz y Salvos por daños.

1.6. Etapa de Mantenimiento (en los casos en que esté comprendido en el objeto del Contrato de Obra)

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-251 • 2025 • ENERO • 28 251 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Etapa de

1. Recibir la información presentada por la Interventoría, y tomar las acciones pertinentes.

1. El Interventor verificará el cumplimiento de las Obras y Labores de Mantenimiento en forma semestral y elaborará las correspondientes Actas Semestrales de Verificación de Cumplimiento de las Obras y Labores de Mantenimiento en las que se consignará el estado de las obras y el cumplimiento del Contratista. El pago de la Remuneración por Mantenimiento se hará con base en la información consignada en el acta mencionada

Mantenimiento COMPONENTE TÉCNICO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría
1. Una vez se suscriba el acta de finalización de la Etapa de Construcción y hasta el vencimiento del quinto (5) año contado desde la suscripción del Acta de Finalización de la Etapa de Construcción o el plazo estipulado por la Entidad, el Contratista mantendrá las obras ejecutadas en virtud del Contrato de tal manera que cumplan con el Estado de Condición especificado en los documentos que conforman el Contrato.
El Contratista deberá ejecutar todas las obligaciones correspondientes a las Obras y Labores de Mantenimiento, según las obligaciones descritas en los documentos que conforman el Contrato

2. Realizar seguimiento a la

gestión adelantadas por la Interventoría.

2. Verificar que el Contratista realice el mantenimiento de las Obras en el Estado de Condición previsto para del Proyecto, con los requisitos previstos en las Especificaciones Particulares de Mantenimiento.

2. El Contratista es responsable de mantener el Estado de Condición del Proyecto, con los requisitos previstos en las Especificaciones Particulares de Mantenimiento, sin recibir remuneración diferente de la Remuneración por Mantenimiento.

Todas las obras que deba ejecutar el Contratista durante la Etapa de Mantenimiento para asegurar el Estado de Condición, sin importar su magnitud, serán por cuenta y riesgo exclusivo del Contratista, sin que ello conlleve remuneración diferente de la Remuneración por Mantenimiento.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-252 • 2025 • ENERO • 28 252 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Etapa de

3. Recibir el Acta de Recibo Final de Obra, la cual debe estar suscrita por el Contratista y el Interventor y realizar el trámite oportuno para el pago correspondiente. El IDU podrá solicitar la documentación necesaria que soporte las cantidades autorizadas por la Interventoría.

Mantenimiento COMPONENTE TÉCNICO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría
3. Al finalizar la Etapa de Mantenimiento se suscribirá el Acta de Recibo Final en la que se verificará que las Obras de Construcción cumplen con el Estado de Condición establecido en los documentos que conforman el Contrato para el recibo de dichas obras al finalizar la Etapa de Mantenimiento.

3. Verificar con la debida antelación, en terreno y en compañía del Contratista, las actividades de mantenimiento, con el fin de suscribir en conjunto con el Contratista el acta de recibo final de obra, firmar el acta para su envío al IDU, acompañada de los respectivos soportes. Revisar y avalar la documentación de soporte presentada por el Contratista de obra previo a la suscripción del acta.

1.7. Liquidación Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Liquidación COMPONENTE TÉCNICO Contratista de obra Interventoría o Supervisión. Supervisión al Contrato de Interventoría 1.Suministrar oportunamente la información requerida por la Interventoría para la devolución de garantías o por concepto de saldos restantes.

1. Recibir de la Interventoría la devolución de garantías y verificar el contenido de las mismas. El IDU podrá dar trámite o generar las observaciones para su correspondiente ajuste.

1. Elaborar, suscribir y radicar en el IDU la devolución de garantías y sus soportes para el respectivo pago, en la que se específica el valor que el IDU debe entregar al Contratista, por concepto de devolución de garantías retenidas o por concepto de saldos restantes.

2. Elaborar y suscribir el acta de liquidación del Contrato de obra con el cumplimiento de las obligaciones contractuales.

2. Suscribir el acta de liquidación del Contrato, con el cumplimiento de las obligaciones contractuales.

2. Recibir de la Interventoría el acta de recibo de obra con las memorias de cálculo y la liquidación del Contrato de obra, verificar su contenido y generar las observaciones del caso o suscribirla.

N.A.

3. Cuando el contratista de obra no se presente a la liquidación previa convocatoria que efectúe la Interventoría o no se logra acuerdo sobre el contenido de la liquidación, deberá informar al supervisor de estas circunstancias.

3. Recibir el informe de la imposibilidad de liquidar de mutuo acuerdo, revisar los soportes que demuestran la no concurrencia del Contratista o la falta de acuerdo en la liquidación y dar aplicación al procedimiento “Liquidación de Contratos y Convenios”, o el que haga sus veces

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-253 • 2025 • ENERO • 28 253 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Liquidación COMPONENTE TÉCNICO Contratista de obra Interventoría o Supervisión. Supervisión al Contrato de Interventoría N.A.
4. Elaborar y suscribir el acta de recibo final y liquidación del Contrato de Interventoría.

4. Recibir de la Interventoría el acta de recibo final y liquidación del Contrato de Interventoría, verificar su contenido y generar las observaciones del caso o suscribirla.

N.A. N.A.

5. Cuando el Interventor no se presente a la liquidación, previa convocatoria que efectúe el supervisor o no se logra acuerdo sobre el contenido de la liquidación, dar aplicación al procedimiento IDU vigente para la “Liquidación de Contratos y Convenios”, o el que haga sus veces.

Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Liquidación

1. Recibir las actas de vecindad, debidamente suscritas.

1. Entregar al IDU las actas de vecindad debidamente suscritas por el Contratista de obra, la Interventoría y la comunidad.

COMPONENTE SOCIAL Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría
1. Entregar a la Interventoría las actas de vecindad debidamente suscritas por el contratista, la Interventoría y la comunidad, de conformidad con el Manual de Archivo del IDU o el documento que haga sus veces

2. Suscribir el acta de cierre social de obra, una vez se haya aprobado el informe final de Interventoría.

2. Elaborar y suscribir el acta de cierre social de obra, una vez se haya aprobado el informe final de Interventoría.

2. Suscribir el acta de cierre social de obra por parte de la dependencia que efectúa el respectivo seguimiento o generar observaciones que sean pertinentes.

Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Liquidación COMPONENTE AMBIENTAL, SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría

1. Recibir, revisar y aprobar la información entregada por el Contratista para solicitar al IDU la entrega de los individuos arbóreos al Jardín Botánico o al ente competente o acompañar la entrega de la vegetación a la entidad competente.

1. Recibir los documentos remitidos por la Interventoría y gestionar con la entidad competente la entrega de los individuos arbóreos y acompañar la entrega de los individuos arbóreos al Jardín Botánico de Bogotá o al ente competente.
Solicitar acompañamiento por parte del contratista de obra e Interventoría.

1. Elaborar el plano récord con el diseño paisajístico y de zonas verdes implementado en la obra y enviar a la Interventoría el requerimiento para la entrega de los individuos arbóreos al Jardín Botánico de Bogotá o al ente competente.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-254 • 2025 • ENERO • 28 254 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11

2. Revisar y aprobar el informe final de cumplimiento de los actos administrativos emitidos por la autoridad ambiental competente para el Contrato de obra. Los documentos soporte deben ser firmados por la Interventoría, cuando se requiera y de ser necesario acompañar las visitas de seguimiento que se den por parte de la AAC.

2. Remitir el informe del cumplimiento aprobado por la Interventoría de los actos administrativos a la autoridad ambiental competente y solicitar el archivo del expediente.
Realizar seguimiento hasta la obtención del cierre del acto administrativo.

Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Liquidación COMPONENTE AMBIENTAL, SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría
2. Elaborar el informe final de cumplimiento de los actos administrativos emitidos por la autoridad ambiental competente, con sus respectivos soportes necesarios para el cierre de los respectivos expedientes y de ser necesario acompañar las visitas de seguimiento que se den por parte de la AAC.

3. Revisar, aprobar y suscribir el Formato de Informe Final y cierre A&SST de Interventoría o generar las observaciones del caso.

3. Elaborar y suscribir el Formato de Informe Final y cierre A&SST de Interventoría, una vez se haya aprobado el informe final de Interventoría y se haya realizado la inspección al sitio de obra.

Suscribir el Formato de Informe Final y cierre A&SST de Interventoría, una vez se haya aprobado el informe final de Interventoría y se haya realizado la inspección al sitio de obra.

Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 1. Liquidación

1. Comunicarle al IDU el estado de los paz y salvo solicitados por el Contratista.

COMPONENTE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría
1. Solicitar a las ESP el paz y salvo por daños, una vez se encuentre al día en los trabajos ejecutados y en el pago correspondiente.

1. Recibir del Contratistas los paz y salvo por daños emitidos por las ESP.
En caso de que el Contratista no obtenga los paz y salvo, el IDU apoyará esta gestión ante la ESP una vez el Contratista haya cumplido sus compromisos.

ANEXO 4. OBLIGACIONES APLICABLES A LOS CONTRATOS DE OBRA CONTRATOS DE OBRA CON ESQUEMA DE TRASLADO DE RIESGOS AL CONSTRUCTOR.

Esquema 2 (Ver Manual de Gestión Contractual)

1. Obligaciones generales para el Acta de Inicio

a. Para la suscripción del Acta de Inicio de los Contratos de Obra y de Interventoría, se requiere dar cumplimiento a los requisitos de perfeccionamiento y ejecución previstos en la ley, incluyendo la suscripción del contrato, la expedición del registro presupuestal y la aprobación de la garantía única de cumplimiento por parte de la DTGC. b. El acta de inicio de los contratos mixtos (diseño y construcción) y de construcción deberá suscribirse dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución

2. Obligaciones una vez suscrita el Acta de Inicio

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-255 • 2025 • ENERO • 28 255 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones una vez suscrita el Acta de Inicio COMPONENTE TÉCNICO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al contrato de Interventoría

1. Recibir de la interventoría las hojas de vida aprobadas para la ejecución del contrato de obra, con el fin de verificar en la base de datos del Instituto que el profesional aprobado por la Interventoría no sobrepase el cien por ciento (100%) de la dedicación por vinculación en contratos con el IDU.

1. Presentar a la interventoría dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del acta de inicio o en el término establecido en el contrato, las hojas de vida del recurso humano mínimo requerido para el inicio de la Fase de Preliminares, incluyendo el Director de Obra, Residente Técnico, Profesional Social, Profesional Ambiental y Profesional en SST (o conforme a lo definido en el Anexo 1 – Anexo Técnico y Anexo de requerimiento de personal del Pliego de Condiciones).
En caso de no ser aprobada alguna hoja de vida, el Contratista debe presentar la nueva hoja de vida dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la notificación de no aceptación o según el término establecido en el contrato.

El plazo total para la entrega, revisión y aprobación de la totalidad de las hojas de vida del recurso humano mínimo requerido, no puede exceder de quince (15) días hábiles contados a partir de la suscripción del Acta de Inicio.

1. Revisar, verificar y aprobar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del acta de inicio o del término establecido en el contrato, las hojas de vida del recurso humano mínimo requerido para el inicio de la Fase de Preliminares del Contrato de obra, de conformidad con lo previsto en el Contrato y los documentos que lo conforman.
La interventoría podrá objetar y devolver las hojas de vida que no cumplan con los requisitos especificados. Si el contratista de obra presenta hasta tres (3) veces las hojas de vida para un mismo cargo y estas no son aprobadas, se entenderá incumplida la obligación contractual.

El IDU podrá solicitar el retiro y reemplazo de las hojas de vida del contrato de consultoría o de obra, que no cumplan con los requisitos mín imos contractualmente exigidos para el respectivo cargo.

2. Recibir aprobado de parte de la Interventoría el cronograma general.

2. Elaborar y presentar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del acta de inicio o según el término establecido en el contrato, el cronograma general del proyecto, el cual deberá incluir la fase y actividades a desarrollar, el alcance estimado inicial en donde se evidencien los trámites y tiempos requeridos para el cumplimiento del contrato, de acuerdo con los alcances y plazos contemplados contractualmente, especialmente lo estipulado en el anexo técnico y el apéndice correspondiente a los lineamientos del Cronograma.

2. Revisar, verificar y aprobar el cronograma general del proyecto presentado por el contratista de obra y entregarlo al IDU dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores a haberlo recibido del contratista.
El plazo total para la revisión, verificación y aprobación del cronograma general del proyecto no puede exceder el plazo de los cinco (5) días hábiles posteriores a haberlo recibido por parte del contratista o el término definido en los documentos contractuales, incluyendo todas las correcciones a que haya lugar por parte de éste

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 215 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-256 • 2025 • ENERO • 28 256 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones una vez suscrita el Acta de Inicio COMPONENTE TÉCNICO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al contrato de Interventoría
3. Remitir a la Interventoría el desglose del AIU ofertado y los Análisis de Precios Unitarios de los ítems correspondientes a la propuesta económica, dentro de los tres (3) días siguientes a la suscripción del acta de inicio de ejecución del contrato o el término definido en los documentos contractuales.

3. Recibir aprobado por la interventoría el desglose del AIU ofertado por el contratista de obra y los análisis de precios unitarios correspondientes a los ítems de la propuesta económica.

N/A Recibir de la interventoría el desglose de la oferta económica del interventor.

3. Aprobar y remitir al IDU el desglose del AIU ofertado por el contratista de obra y los análisis de precios unitarios correspondientes a los ítems de la propuesta económica del Contratista de Obra, dentro de los dos (2) días siguientes al recibo de dicho documento o al término definido en los documentos contractuales.
Remitir al IDU, dentro de los tres (3) días siguientes a la suscripción del acta de inicio del contrato, el desglose de su oferta económica en la cual se puedan verificar la cantidad mínima de personal exigido, los salarios u honorarios, el tipo de vinculación del personal y dedicación mínima, entre otros, en concordancia con los documentos contractuales.

4. Elaborar y presentar, para obtener la aprobación de la Interventoría y la no objeción del IDU del Plan Detallado de Inversión del Anticipo, la solicitud de la apertura de la fiducia para el pago del anticipo y el contrato de fiducia, cuando el contrato lo contemple dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del acta de inicio o el término definido en los documentos contractuales.

4. Revisar y aprobar el Plan Detallado de Inversión del Anticipo, la solicitud de la apertura de la fiducia para el pago del anticipo y el contrato de fiducia, cuando el contrato lo contemple, dentro de los tres (3) días siguientes al recibo de dicho documento de parte del Contratista de obra.

5. Recibir aprobado por la interventoría el Plan Anual de Caja (PAC) del contrato de obra.

4. Recibir aprobado por la interventoría el Plan Detallado de Inversión del Anticipo, la solicitud de la apertura de la fiducia para el pago del anticipo y el contrato de fiducia, cuando el contrato lo contemple.
El IDU podrá devolver los documentos solicitando las aclaraciones y correcciones necesarias.
5. Obtener la aprobación de la interventoría del Plan Anual de Caja (PAC) para la ejecución del contrato asociado al cronograma general del proyecto, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del acta de inicio o al término definido en los documentos contractuales.

5. Aprobar el Plan Anual de Caja (PAC) asociado al cronograma general del proyecto, dentro de los dos (2) días siguientes al recibo de dicho documento o al término definido en los documentos contractuales.
La interventoría deberá remitir al supervisor el Plan Anual de Caja (PAC) del contrato de Interventoría dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la aprobación del PAC del contrato de obra o al término definido en los

Recibir y aprobar el Plan Anual de Caja (PAC) del contrato de Interventoría, para lo cual podrá devolverlo solicitando las aclaraciones y correcciones que considere Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 216 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-257 • 2025 • ENERO • 28 257 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones una vez suscrita el Acta de Inicio COMPONENTE TÉCNICO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al contrato de Interventoría documentos contractuales. necesarias.

3. Fase de Preliminares

I. Obligaciones iniciales de la Fase de Preliminares

Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones Iniciales de la Fase de Preliminares COMPONENTE TÉCNICO Contratista de obra Supervisión al Contrato de Interventoría Interventoría o Supervisión

1. Presentar para aprobación de la Interventoría el Plan Anual de Caja (PAC) para la Fase de Preliminares dentro de los tres días siguientes a la suscripción del Acta de Inicio.

1. Revisar, verificar y aprobar el documento general del Plan Anual de Caja (PAC) del contrato de obra dentro de los dos (2) días siguientes al recibo de dicho documento.

2. Recibir aprobado de parte de la Interventoría el Plan Detallado de Trabajo.

1. Recibir aprobado por parte de la Interventoría el documento general del Plan Anual de Caja (PAC) del contrato objeto de supervisión.
2. Elaborar y presentar para aprobación por parte de la Interventoría, el Plan Detallado de Trabajo de la Fase de Preliminares, el cual deberá incluir: (i) las actividades a desarrollar, (ii) el alcance estimado inicial en donde se evidencien los trámites y tiempos requeridos para el cumplimiento de la Fase de acuerdo con los lineamientos del apéndice de programación incluido en los documentos que conforman el Contrato. El cronograma se deberá presentar dentro de los tres días siguientes a la suscripción del Acta de Inicio.

2. Revisar, verificar y aprobar el Plan Detallado de Trabajo de la Fase de Preliminares presentado por el contratista de obra y entregarlo al IDU dentro de los dos días siguientes al recibo de dicho documento, de conformidad con los lineamientos del apéndice de programación incluido documentos que conforman el Contrato de Obra.
El plazo total para la revisión, verificación y aprobación del cronograma general del proyecto no puede exceder el plazo de los cinco (5) días hábiles después de recibido por parte del contratista, incluyendo todas las correcciones a que haya lugar por parte de éste.

II.Investigación y Recolección de información Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 217 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-258 • 2025 • ENERO • 28 258 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones Iniciales de la Fase de Preliminares COMPONENTE TÉCNICO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al contrato de Interventoría N.A.

1. Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del el Acta de Inicio, presentar al IDU las hojas de vida del personal requerido contractualmente para la ejecución del contrato de Interventoría, con el fin de verificar que se cumpla con lo exigido en el mismo.
En caso de no ser aprobada alguna hoja de vida, el Interventor debe presentar la nueva hoja de vida dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la notificación de no aceptación. El plazo total para la entrega, revisión y aprobación de las hojas de vida no puede exceder el plazo establecido en los documentos que conforman el Contrato de Interventoría.

1. Recibir de la Interventoría las hojas de vida para la ejecución del contrato de Interventoría; revisar y aprobar las mismas o solicitar el retiro y reemplazo de aquellas hojas de vida del contrato de Interventoría que no cumplan con los requisitos mínimos previstos en los documentos que conforman el Contrato para el respectivo cargo. El IDU podrá solicitar el retiro y reemplazo de aquellas hojas de vida que superen el cien por ciento (100%) de dedicación máxima laboral en contratos IDU.
En el caso que la Interventoría presente hasta tres (3) hojas de vida para un mismo cargo y estas no sean aprobadas, se entenderá incumplida la obligación contractual.

2. Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del Acta de Inicio, entregar a la Interventoría las hojas de vida del personal requerido contractualmente para la ejecución de la Fase de Preliminares.
En caso de no ser aprobada alguna hoja de vida, el Contratista debe presentar la nueva hoja de vida dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la notificación de no aceptación. El plazo total para la entrega, revisión y aprobación de las hojas de vida no puede exceder el plazo establecido en los documentos que conforman el Contrato.

2. Revisar, verificar y aprobar las hojas de vida requeridas contractualmente para la ejecución de la Fase de Preliminares, dentro de los cinco (5) días siguientes a su recibo, con el fin de verificar el cumplimiento de los requisitos previstos en el Contrato y los documentos que lo conforman. La Interventoría podrá solicitar el retiro y reemplazo de aquellas hojas de vida que no cumplan los requisitos establecidos.
En el caso que el contratista de obra presente en tres (3) ocasiones hojas de vida para un cargo y estas no sean aprobadas, se entenderá incumplida la obligación contractual.

3. Recibir del interventor aprobado el Plan de Calidad del contrato de obra.

3. Revisar y aprobar el Plan de Calidad entregado por el contratista de obra, y entregar el mismo al IDU.
El plazo total para la revisión, verificación y aprobación del plan de calidad no puede exceder el plazo de los tres (3) días hábiles posteriores al recibo de parte del contratista de obra, incluyendo todas las correcciones a que haya lugar.

2. Recibir de la Interventoría las hojas de vida aprobadas para la ejecución del contrato de obra, con el fin de verificar en la base de datos del Instituto que el profesional aprobado por la Interventoría no sobrepase el cien por ciento (100%) de la dedicación por vinculación en otros contratos IDU.
El IDU podrá solicitar el retiro y reemplazo de las hojas de vida del contrato de obra, que no cumplan con los requisitos contractualmente exigidos para el respectivo cargo, según lo previsto en los documentos que conforman el Contrato.
3. Presentar a la Interventoría el Plan de Calidad específico para la ejecución del contrato, el cual debe cumplir con los requisitos establecidos en la NTC 10005:2005 o la norma que la reemplace.
El plan de calidad se deberá presentar para aprobación dentro de los diez (10) primeros días hábiles después de suscrita el acta de inicio del contrato de obra.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 218 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-259 • 2025 • ENERO • 28 259 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones Iniciales de la Fase de Preliminares COMPONENTE TÉCNICO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al contrato de Interventoría N.A.

4. Recibir, revisar y hacer seguimiento a la implementación del Plan de Calidad para el contrato de Interventoría.

4. Elaborar el Plan de Calidad a implementar en el contrato de Interventoría y entregarlo al IDU, dentro de los diez (10) primeros días hábiles después de suscrita el acta de inicio del contrato de Interventoría.

5. Asistir a la visita inicial de reconocimiento y suscribir el acta correspondiente.

5. Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la aprobación de las hojas de vida del personal requerido en el Contrato, efectuar una visita al sitio donde se ejecutará el proyecto, con la asistencia de la Interventoría y el IDU, el director del proyecto y los especialistas, con el fin de hacer un reconocimiento de la zona. Suscribir el acta correspondiente. Para esta visita todos los integrantes deberán cumplir con el protocolo SST.

5. Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la aprobación de las hojas de vida del personal requerido en el Contrato, convocar y asistir en conjunto con el contratista de obra, sus especialistas, y el IDU una visita a la zona en donde se desarrollará el proyecto, con el fin de hacer un reconocimiento de la zona. Elaborar y suscribir el acta correspondiente.
Para esta visita todos los integrantes deberán cumplir con el protocolo SST

6. Entregar a la Interventoría la siguiente información para su utilización:  GU-IC-01 Guía Toma de Información Técnica de inventario diagnóstico y ensayos para la gestión de la Infraestructura vial y espacio público de Bogotá DC.  Copia del Certificado de Reserva Presupuestal.
Informar a la Interventoría las direcciones web en donde se puede consultar y descargar la información requerida por el Consultor y por la Interventoría Contratos, pliegos de condiciones, adendas, propuestas, Guía de entregables en formato digital, actas de audiencia y aclaraciones, resoluciones de adjudicaciones, copia del certificado de reserva presupuestal. El IDU debe publicar en la página Web https://www.idu.gov.co/page/doc umentacion-, contractual o la que esté vigente y mantener actualizada en la misma la siguiente información:

6. Solicitar y recibir del interventor la siguiente información:  GU-IC-01 Guía Toma de Información Técnica de inventario diagnóstico y ensayos para la gestión de la Infraestructura vial y espacio público de Bogotá DC y  Copia del Certificado de Reserva Presupuestal.
Consultar y descargar la siguiente información publicada en la página web https://www.colombiacompra.gov.co/s ecop-ii, o la que se encuentre vigente:  Contratos, Garantías, Pliegos de Condiciones, Adendas, Propuesta, Actas de Audiencia y Aclaraciones, Resoluciones de Adjudicaciones Consultar y descargar la siguiente información publicada en la página Web del IDU en el link https://www.idu.gov.co/page/docume ntacion-contractual o la que esté vigente:  Especificaciones Técnicas Generales de Materiales y Construcción para Proyectos de Infraestructura Vial y de Espacio Público, convenios con empresas de servicios públicos y con

6. Recibir del IDU la siguiente información para el seguimiento a la ejecución del contrato:  GU-IC-01 Guía Toma de Información Técnica de inventario diagnóstico y ensayos para la gestión de la Infraestructura vial y espacio público de Bogotá DC.  Copia del Certificado de Reserva Presupuestal.
Consultar y descargar la siguiente información publicada en la página web https://www.colombiacompra.gov.co/s ecop-ii, o la que se encuentre vigente:  Contratos, Garantías, Pliegos de Condiciones, Adendas, Propuesta, Actas de Audiencia y Aclaraciones, Resoluciones de Adjudicaciones Consultar y descargar la siguiente información publicada en la página Web del IDU en el link https://www.idu.gov.co/page/docume ntacion-contractual o la que esté vigente:  Especificaciones Técnicas Generales de Materiales y Construcción para Proyectos de Infraestructura Vial y de Espacio Público, convenios con empresas de servicios públicos y con

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 219 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-260 • 2025 • ENERO • 28 260 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones Iniciales de la Fase de Preliminares COMPONENTE TÉCNICO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al contrato de Interventoría aquellas entidades que tengan  Especificaciones Técnicas Generales de Materiales y Construcción para Proyectos de Infraestructura Vial y de Espacio Público, convenios con empresas de servicios públicos.

Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones Iniciales de la Fase de Preliminares COMPONENTE TÉCNICO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al contrato de Interventoría injerencia con el proyecto, Manual de Interventoría y/o supervisión de contratos, Manual de gestión contractual, Cartilla de Andenes, Cartilla de Mobiliario Urbano, Manual Único de Control y Seguimiento Ambiental y de Seguridad y Salud en el Trabajo para proyectos del IDU y sus formatos, Guía de pago a terceros, Manual de Archivo y Correspondencia, Demás documentos requeridos que en su momento sean necesarios para el seguimiento contractual. Implementar los documentos y formatos que requieran las autoridades competentes, durante la ejecución de los contratos (SDM, SDA, ESP, CAR, entre otros). Solicitar al Interventor la información adicional que requiera. aquellas entidades que tengan injerencia con el proyecto, Manual de Interventoría y/o Supervisión de Contratos, Manual de Gestión Contractual, Cartilla de Andenes, Cartilla de Mobiliario Urbano, Manual Único de Control y Seguimiento Ambiental y de Seguridad y Salud en el Trabajo para proyectos del IDU y sus formatos, Guía de pago a terceros, Manual de Archivo y Correspondencia, Demás documentos requeridos que en su momento sean necesarios para el seguimiento contractual. Solicitar al contratista de obra, el diligenciamiento de los documentos y formatos que requieran las autoridades competentes, durante la ejecución de los contratos, revisarlos y aprobarlos (SDM, SDA, ESP, CAR, entre otros). Remitir los documentos al IDU. Solicitar al Supervisor del IDU la información adicional que requiera para efectuar el Seguimiento al Contrato de obra y para la correcta ejecución del Contrato de Interventoría. aquellas entidades que tengan injerencia con el proyecto, Manual de Interventoría y/o Supervisión de Contratos, Manual de Gestión Contractual, Cartilla de Andenes, Cartilla de Mobiliario Urbano, Manual Único de Control y Seguimiento Ambiental y de Seguridad y Salud en el Trabajo para proyectos del IDU y sus formatos, Guía de pago a terceros, Manual de Archivo y Correspondencia, Demás documentos requeridos que en su momento sean necesarios para el seguimiento contractual. Recibir los documentos y formatos debidamente aprobados por la Interventoría y enviarlos a las autoridades competentes. Coordinar con la dependencia encargada del IDU, la publicación de la información adicional que requiera la Interventoría y no se encuentre en el sitio web. Informar permanentemente a la Interventoría las actualizaciones efectuadas al sitio web.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 220 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-261 • 2025 • ENERO • 28 261 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones Iniciales de la Fase de Preliminares COMPONENTE TÉCNICO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al contrato de Interventoría N.A.

7. Recibir copia de los pronunciamientos dados por la Interventoría.

7. Recibir, analizar y resolver oportunamente, todas las inquietudes presentadas por el contratista de obra de sobre el Contrato, enviando copia de los mismos al IDU.

N.A.

8. Cuando se presenten controversias entre el contratista de obra y la Interventoría, ésta última informará al IDU y propondrá la mejor solución.

8. En caso de presentarse controversia el IDU recibirá las inquietudes presentadas por el contratista de obra y los pronunciamientos emitidos por la Interventoría y se pronunciará al respecto.

9. Reportar las condiciones existentes para el desarrollo del proyecto, anexar los soportes necesarios y entregar a la Interventoría los insumos necesarios para la elaboración del informe de la Fase de Preliminares.

9. Revisar, verificar y aprobar los productos de la Fase de Preliminares del Contrato de Obra, elaborar el Informe correspondiente y conceptuar al IDU la viabilidad de dar inicio a la Fase de Ejecución de acuerdo con las condiciones vigentes para el desarrollo del proyecto.

9. Recibir el Informe del desarrollo de la Fase de Preliminares elaborado por la Interventoría. En caso de que no se den las condiciones para iniciar la Fase de Ejecución, informará al ordenador del gasto, quien tomará la decisión final.

Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones Iniciales de la Fase de Preliminares COMPONENTE TÉCNICO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al

10. Verificar y certificar la viabilidad de los diseños dada por el contratista de obra.

10. Recibir la certificación emitida por la Interventoría, de la viabilidad de los diseños de cada uno de los segmentos objeto del contrato.

contrato de Interventoría
10. Para el caso de estudios y diseños de vías de la malla vial local e intermedia, el contratista de obra debe verificar la viabilidad para su elaboración otorgada por el IDU respecto de cada uno de los segmentos objeto del contrato, de acuerdo con lo establecido en el mismo contrato y los documentos que lo conforman Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 221 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-262 • 2025 • ENERO • 28 262 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones Iniciales de la Fase de Preliminares COMPONENTE SOCIAL Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al

1. Recibir el Plan de Diálogo Ciudadano y Comunicación Estratégica, aprobado por la Interventoría.

contrato de Interventoría
1. Dentro de los veinte (20) días hábiles posteriores a la suscripción del del Acta de Inicio del Contrato de Obra, elaborar y presentar a la Interventoría para su aprobación, el Plan de Diálogo Ciudadano y Comunicación Estratégica.

1. Revisar y aprobar el Plan de Diálogo Ciudadano y Comunicación Estratégica, presentado por el contratista de obra.
El plazo total para la revisión, verificación y aprobación del Plan de Diálogo Ciudadano y Comunicación Estratégica no puede exceder de los tres (3) días hábiles posteriores al recibo por parte del contratista de obra, incluyendo todas las correcciones a que haya lugar.

N.A.

2. Recibir, revisar, aceptar o rechazar el plan de acción entregado por la Interventoría para realizar el seguimiento al Plan de Diálogo Ciudadano y Comunicación Estratégica.

2. Elaborar y presentar al IDU el Plan de Acción para el seguimiento, verificación y aprobación del Plan de Diálogo Ciudadano y Comunicación Estratégica y de los productos requeridos al contratista de obra.
El plan de acción se deberá presentar para aprobación dentro de los veinte (20) días hábiles posteriores a la suscripción el Acta de Inicio del Contrato de Interventoría

Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones Iniciales de la Fase de Preliminares COMPONENTE AMBIENTAL, SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al contrato de Interventoría
1. Entregar a la Interventoría copia de los contratos, de las certificaciones de afiliación al Sistema General de Seguridad Social Integral, certificación de cumplimiento de los documentos de ingreso y exámenes médicos ocupacionales vigentes del recurso humano exigido contractualmente.

1. Revisar y aprobar el cumplimiento de los contratos, las certificaciones de afiliación al Sistema General de Seguridad Social Integral , certificación de cumplimiento de los documentos de ingreso y exámenes médicos ocupacionales vigentes del recurso humano exigido contractualmente al contratista y remitirlos al IDU.

1. Recibir aprobados por la Interventoría los documentos de ingreso (contratos,

las certificaciones de afiliación al Sistema General de Seguridad Social Integral, certificación de cumplimiento de los documentos de ingreso y exámenes médicos ocupacionales vigentes) del contratista de obra.

N.A.
2. Entregar al IDU copia de los contratos, de las certificaciones de

2. Recibir y aprobar

el cumplimiento de los documentos Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 222 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-263 • 2025 • ENERO • 28 263 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones Iniciales de la Fase de Preliminares COMPONENTE AMBIENTAL, SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al contrato de Interventoría afiliación al Sistema General de Seguridad Social Integral certificación de cumplimiento de los documentos de ingreso y exámenes médicos ocupacionales vigentes del recurso humano de la Interventoría exigido contractualmente. de ingreso (contratos, las certificaciones de afiliación al Sistema General de Seguridad Social Integral, certificación de cumplimiento de los documentos de ingreso y exámenes médicos ocupacionales vigentes) de la Interventoría.

3. Recibir el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo del contrato de consultoría, avalado por la Interventoría.

3. Diseñar y presentar a la Interventoría el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, aplicable durante la ejecución del contrato de obra.
Presentar los documentos legales del SG-SST aplicable para el personal contratado.

3. Verificar, revisar, avalar que el SG- SST presentado por el Contratista cumple la normativa vigente y el Contrato de Obra.
El plazo total para la revisión, verificación y aprobación no puede exceder los tres (3) días hábiles posteriores al recibo por parte del Interventor, incluyendo todas las correcciones a que haya lugar por éste.

4.N.A.

4. Recibir, revisar, avalar que el SG-SST presentado por la Interventoría cumple con los con la normativa vigente y se encuentra acorde a las actividades a desarrollar en el Contrato de Interventoría.

4. Diseñar y presentar al IDU el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo aplicable durante la ejecución del contrato de Interventoría.
Presentar los documentos legales del SG-SST aplicable para el personal contratado por la Interventoría.

5. Revisar, aprobar y remitir al IDU la documentación requerida para la obtención y/o modificación de los permisos o las novedades identificadas.

5. Revisar los permisos otorgados por la Autoridad ambiental competente para el Proyecto y de ser necesario elaborar la documentación requerida para obtener y/o modificar los permisos y las novedades identificadas resultado de esta revisión. Remitir la información a la Interventoría.

5. Recibir con la aprobación de la Interventoría los documentos requeridos para la obtención y/o modificación de los permisos o las novedades identificadas. y tramitarlos ante la autoridad ambiental competente.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 223 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-264 • 2025 • ENERO • 28 264 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 2. Iniciales de la Fase de Preliminares COMPONENTE ARQUEOLOGÍA Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría

1. Revisar la documentación del programa de arqueología preventiva aprobado por el ICANH y en caso de ser necesario actualizar los insumos para los trámites adicionales requeridos ante la entidad mencionada.

1. Revisar, aprobar y radicar en el IDU, la documentación necesaria entregada por el contratista, para que el Instituto de Desarrollo Urbano pueda tramitar los cambios mayores o menores, de conformidad con lo establecido en la normatividad vigente del ICANH y el Programa de Arqueología Preventiva del Instituto Colombiano de Antropología e Historia – ICANH y del IDU.

2. Revisar y aprobar el Plan de Manejo Arqueológico y hacer seguimiento a la su implementación, cumpliendo con lo establecido por la normativa vigente del ICANH y sus términos de referencia y directrices del IDU.

1. Recibir aprobada por la Interventoría la documentación necesaria para actualizar el programa de

arqueología preventiva previamente entregada por el contratista, para que el Instituto de Desarrollo Urbano- IDU, pueda solicitar los cambios necesarios de conformidad con la normativa vigente del ICANH y con lo establecido en el Programa de Arqueología y directrices del IDU.
2. Elaborar y ejecutar la implementación del Plan de Manejo Arqueológico, aprobado por el Instituto Colombiano de Antropología e Historia – ICANH en cumplimiento a su normativa vigente y, atendiendo las directrices metodológicas dadas por el ICANH y el IDU.

2. Recibir y revisar la documentación relacionada con la implementación del Plan de Manejo Arqueológico, ejecutado por el contratista, el cual debe cumplir con lo establecido por la normativa vigente del ICANH, sus términos de referencia y directrices del IDU.

3. N.A.

3. Contratar y mantener el personal de apoyo requerido en los términos establecidos en los documentos que conforman el Contrato y requerimientos que realice el ICANH e IDU.

3. Contratar y mantener el personal de apoyo requerido en los términos establecidos en los documentos que conforman el Contrato de Interventoría, así como verificar la contratación y disponibilidad del personal de apoyo requerido por el Contratista de Obra.

4. Realizar y entregar a la Interventoría el informe mensual de la ejecución del Programa de Arqueología preventiva (Fase de Implementación del Plan de Manejo arqueológico y arqueología pública) según lo establecido por el ICANH en su normativa vigente, directrices del IDU.

4. Revisar y aprobar el informe mensual y hacer seguimiento a la implementación del Programa de Arqueología preventiva (Fase de Implementación del Plan de Manejo arqueológico y arqueología pública) según lo establecido por el ICANH en su normativa vigente, directrices del IDU.
Elaborar y presentar al IDU el informe mensual de interventoría.

4. Recibir, revisar y aprobar el informe mensual remitido por la interventoría de la ejecución del Programa de Arqueología preventiva (Fase de Implementación del Plan de Manejo arqueológico y arqueología pública) según lo establecido por el ICANH en su normativa vigente, directrices del IDU.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 224 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-265 • 2025 • ENERO • 28 265 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra - Esquema 2. Iniciales de la Fase de Preliminares COMPONENTE ARQUEOLOGÍA Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al

5. Revisar y aprobar el informe semestral y hacer seguimiento a la implementación del Programa de Arqueología preventiva (Fase de Implementación del Plan de Manejo arqueológico y arqueología pública) según lo establecido por el ICANH en su normativa vigente, directrices del IDU.

5. Recibir el informe semestral remitido y aprobado por la interventoría de la ejecución del Programa de Arqueología preventiva (Fase de Implementación del Plan de Manejo arqueológico y arqueología pública) según lo establecido por el ICANH en su normativa vigente, directrices del IDU.

Contrato de Interventoría
5. Realizar y entregar a la Interventoría el informe semestral de la ejecución del Programa de Arqueología preventiva (Fase de Implementación del Plan de Manejo arqueológico y arqueología pública) según lo establecido por el ICANH en su normativa vigente, directrices del IDU.

Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones Iniciales de la Fase de Preliminares COMPONENTE PATRIMONIO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría
1. Realizar y entregar a la Interventoría las fichas técnicas individuales del estado actual de los BIC, incluyendo aquellos que se encuentren en los límites de intervención (estas fichas deben ser cotejadas con las generadas una vez se termine la conservación).

1. Revisar, aprobar y radicar en el IDU, las fichas individuales de valoración de los Bienes de Interés Cultural con base en la Estructura Integradora de Patrimonios que se identificaron en el polígono de intervención del proyecto con la información debidamente cartografiada y especializada, en medio digital.

1. Recibir aprobadas de interventoría las fichas individuales de valoración de los Bienes de Interés Cultural con base en la Estructura Integradora de Patrimonios que se identificaron en el polígono de intervención, con la información

debida mente cartografiada y especializada, en medio digital.

2. Recibir copia de los comunicados relacionados con el seguimiento de la vigencia de los permisos de los proyectos de intervención de los Bienes de Interés Cultural aprobados.

2. Realizar y/o actualizar la vigencia de los permisos de los proyectos de intervención de los Bienes de Interés Cultural aprobados por las entidades competentes, garantizando su protección y conservación en cumplimiento de las normas urbanas y patrimoniales.

2. Hacer seguimiento a la vigencia de los permisos de los proyectos de intervención de los Bienes de Interés Cultural, garantizando su protección y conservación en cumplimiento de las normas urbanas y patrimoniales.
Remitir al IDU copia de los comunicados relacionados con el seguimiento antes mencionado.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 225 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-266 • 2025 • ENERO • 28 266 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones Iniciales de la Fase de Preliminares COMPONENTE PATRIMONIO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al

3. Recibir, revisar y remitir a las entidades competentes los insumos para obtener las autorizaciones de intervención para los Bienes de Interés Cultural
- BIC- que sean necesarias.

3. Revisar y aprobar los insumos requeridos para obtener por parte de las entidades competentes las autorizaciones de intervención para los Bienes de Interés Cultural – BIC- que sean necesarias.
Remitir al IDU los insumos antes mencionados.

Contrato de Interventoría
3. Elaborar y remitir a la interventoría los insumos requeridos para obtener por parte de las entidades competentes las autorizaciones de intervención para los Bienes de Interés Cultural – BIC- que sean necesarias, efectuando en los tiempos establecidos los estudios técnicos, consecución de información y gestión ante las Entidades competentes del patrimonio cultural del Distrito y la Nación, así como la respectiva Licencia de Construcción, en los casos en que se requiera.

4. N.A.

4. Contratar y mantener el personal de apoyo requerido en los términos establecidos en los pliegos de condiciones definitivos, anexos, documentos contractuales y requerimientos que realicen las entidades competentes del patrimonio e IDU.

4. Verificar que el contratista contrate y mantenga el personal de apoyo requerido en los términos establecidos en los pliegos de condiciones definitivos, anexos, documentos contractuales y requerimientos que realicen las entidades competentes del patrimonio e IDU.
Contratar y mantener el personal de interventoría de apoyo requerido en los términos establecidos en el Contrato y los documentos que lo conforman.

5. Elaborar y entregar a la interventoría la información secundaria como fichas de declaratoria, fichas de inventario, registros fotográficos, valoraciones, estudios históricos, información de identificación de los inmuebles y bienes, así como los Planes o Instrumentos vigentes para cada uno de los BICs.

5. Recibir y remitir en caso de ser requerido a las entidades competentes la información secundaria remitida por la interventoría, como fichas de declaratoria, fichas de inventario, registros

fotográficos, valoraciones, estudios históricos, información de identificación de los inmuebles y bienes, así como los Planes o Instrumentos vigentes para cada uno de los BICs.

5. Revisar y aprobar la información secundaria remitida por el contratista como fichas de declaratoria, fichas de inventario, registros fotográficos, valoraciones, estudios históricos, información de identificación de los inmuebles y bienes, así como los Planes o Instrumentos vigentes para cada uno de los BICs.
Garantizar el efectivo seguimiento, control y vigilancia de las obligaciones relacionadas con el componente de patrimonio, de conformidad con lo establecido en la Ley 1185 de 2008, el Decreto Distrital 190 de 2004, Art. 125 y 310; Decreto Nacional 763 de 2009, Decreto Nacional 2358 primero de 2019 o documento vigente.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 226 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-267 • 2025 • ENERO • 28 267 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones Iniciales de la Fase de Preliminares COMPONENTE PATRIMONIO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría
6. Dar cumplimiento a la Ley 1185 de 2008, el Decreto Distrital 190 de 2004, Art. 125 y 310; Decreto Nacional 763 de 2009, Decreto Nacional 2358 primero de 2019 o documento vigente. o documento vigente o que lo reemplace.

6. Garantizar el efectivo seguimiento, control y vigilancia de las obligaciones relacionadas con el componente patrimonio, de conformidad con lo establecido en la Ley 1185 de 2008, el Decreto Distrital 190 de 2004, Art. 125 y 310; Decreto Nacional 763 de 2009, Decreto Nacional 2358 primero de 2019 o documento vigente. o documento vigente o que lo reemplace.
Reportar al IDU el cumplimiento o incumplimiento por parte del contratista de las normas antes mencionadas.

6. Revisar los reportes remitidos por la interventoría respecto al cumplimiento o incumplimiento por parte del contratista de las obligaciones relacionadas con el componente patrimonio, de conformidad con lo establecido en la Ley 1185 de 2008, el Decreto Distrital 190 de 2004, Art. 125 y 310; Decreto Nacional 763 de 2009, Decreto Nacional 2358 primero de 2019 o documento vigente. o documento vigente o que lo reemplace.
En caso de incumplimiento, reportar lo pertinente a las entidades competentes.

Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones Iniciales de la Fase de Preliminares

1. Una vez se conozca el nombramiento de los representantes de las ESP, SDM, SDP y otras Entidades, informar al Contratista de obra para establecer los contactos iniciales con los mismos.
El delegado del Interventor debe realizar el acompañamiento en desarrollo de la obra en lo concerniente al tema de redes de servicios públicos, temas ambientales y señalización y semaforización y otros aspectos que se considere.

1. Enviar comunicación a las ESP, SDM, SDP, SDA y demás entidades que se requiera de acuerdo con las necesidades del proyecto,

la oficialización de inicio del contrato y solicitar el nombramiento del representante por parte de cada ESP y/o Entidad, quien realizará el acompañamiento al desarrollo del contrato respecto a las redes de servicios públicos, ambiental, señalización y semaforización y otros aspectos que se considere. Hacer presentación del proyecto a los distintos representantes de las ESP, TIC, SDM y otras entidades.

COMPONENTE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión del IDU
1. Establecer los contactos iniciales con los representantes de las ESP, SDM, SDP y otras Entidades, una vez éstos sean nombrados y la Interventoría le informe al respecto. El delegado del contratista debe realizar el acompañamiento en desarrollo del diseño en lo concerniente a las redes de servicios públicos, ambiental, señalización y semaforización y otros aspectos que se considere.
Elaborar un oficio solicitando la siguiente información:  la identificación del de los representantes de las ESP, SDM, SDP y otras Entidades,  la información técnica de redes existentes y proyectadas o datos técnicos relacionados, y adjuntar las envolventes de los proyectos, debidamente georreferenciados,  Solicitud de audiencia para a presentación del proyecto.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 227 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-268 • 2025 • ENERO • 28 268 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones Iniciales de la Fase de Preliminares

2. Recibir de la Interventoría los productos debidamente aprobados en cumplimiento de los lineamientos establecidos en los convenios marco con ESP y TIC y la guía “Coordinación IDU, ESP y TIC en proyectos de infraestructura de transporte” o la que haga sus veces.
Presentar al contratista de obra y la Interventoría en las instancias pertinentes. Asistir y verificar el procedimiento de cada Mesa de Decisión Técnica.

2. Verificar el cumplimiento por parte del Contratista de los lineamientos establecidos en los convenios marco con ESP y TIC y la guía “Coordinación IDU, ESP y TIC en proyectos de infraestructura de transporte” o las que haga sus veces, y realizar las aprobaciones correspondientes.
Presentar contratos y el Proyecto incluyendo los aspectos técnicos generales y de redes, financieros, legales y cronogramas del contrato. La Interventoría o Supervisión elaborará el cronograma de entrega de Datos Técnicos, investigación de redes y se propondrán las fechas para Mesas Técnicas de Decisión.

COMPONENTE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión del IDU
2. Gestionar las actividades y elaborar, insumos y productos de la Fase de Preliminares, de acuerdo a los lineamientos establecidos en los convenios marco suscritos con las ESP y TIC, la guía “Coordinación IDU, ESP y TIC en proyectos de infraestructura de transporte” o las que hagan sus veces.
Presentar contratos y el Proyecto, incluyendo los aspectos técnicos generales y de redes, financieros, legales y cronogramas del contrato. El Contratista deberá elaborar el cronograma de entrega de datos técnicos, investigación de redes y propondrá las fechas para mesas técnicas de decisión. Analizar la información de redes remitida por la ESP Elaborar la programación de investigación de redes (coordinado con la ESP) Remitir la programación de investigación redes y solicitar acompañamiento de personal técnico de las ESP.

3. Recibir de la Interventoría la topografía, la investigación detallada y el diagnóstico sobre la infraestructura de redes de servicios públicos existentes en la zona de influencia donde se ejecutará el proyecto y de todas las variables que incidan para la elaboración de los diseños.
Enviar el diagnóstico a las empresas correspondientes.

3. Supervisar y verificar que el contratista de obra efectúe la topografía, la investigación y diagnóstico detallado de las redes de servicios públicos existentes en la zona de influencia donde se ejecutará el proyecto y de todas las variables que incidan en la elaboración de los diseños del proyecto. La Interventoría deberá dejar constancia por medio escrito de ello y radicar en el IDU y las ESP y TIC la información técnica que defina si la red puede ser protegida o trasladada.

3. El Contratista deberá realizar la topografía, investigación detallada y diagnóstico de uso y conservación de las redes de servicios públicos existentes en la zona de influencia donde se ejecutará el proyecto.
A este respecto el Contratista deberá incluir el detalle de características de la red en la precisión requerida por el proyecto, así como el estado de prestación del servicio y determinar las protecciones y traslados de componentes de las redes de servicios públicos, por necesidad del proyecto. El Contratista deberá enviar comunicación a la ESP incluyendo la siguiente información:  Estado y características de la red investigada (Planos de redes existentes).  Fechas exactas de realización de las Mesas de Decisión Técnica después de concertarlas.  Requerimientos para el proyecto.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 228 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-269 • 2025 • ENERO • 28 269 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones Iniciales de la Fase de Preliminares COMPONENTE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión del IDU
4. Solicitar, obtener y analizar toda la información suministrada por la SDM sobre tránsito, señalización, semaforización y lineamientos requeridos para cumplir con el objeto del proyecto. El contratista de obra debe proporcionar los medios que se requieran para obtenerla y elaborará un informe con la información secundaria obtenida

4. Supervisar, verificar que el contratista de obra recopile y analice toda la información suministrada por la SDM sobre tránsito, señalización y semaforización que pueda requerirse para cumplir con el objeto del proyecto.
Aprobar el informe presentado por el contratista..

4. Recibir el informe elaborado por el contratista y aprobado por la Interventoría.
El IDU colaborará en aquellos casos en donde existan inconvenientes en la entrega de la información por parte de la SDM, requerida por el contratista de obra e Interventoría.

5. Solicitar, obtener y analizar toda la información requerida por escrito a otras entidades y autoridades, necesarias para cumplir el objeto contractual.

5. Supervisar, verificar y colaborar para la adquisición de la información solicitada por escrito a otras entidades y autoridades, necesarias para cumplir el objeto contractual.
Realizar un informe con la información secundaria obtenida.

5. Recibir el informe correspondiente.
El IDU colaborará en aquellos casos en donde existan inconvenientes en la entrega de la información por parte de las entidades, requerida por el contratista de obra e Interventoría.

Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones Iniciales de la Fase de Preliminares COMPONENTE ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al contrato de Interventoría

1. Mantener actualizada y debidamente archivada la documentación del contrato, controlar el archivo del proyecto con la finalidad de integrar un expediente del desarrollo del contrato y llevar conjuntamente con la Interventoría la trazabilidad del proyecto.

1. Administrar el archivo documental del proyecto, en lo referente a los contratos de consultoría, construcción, conservación, suministros, adquisición de bienes, arriendo e Interventoría, así como de los productos que se obtengan en el desarrollo del contrato.

2. Aplicar el procedimiento para pago a terceros.

2. Revisar, aprobar y suscribir las actas de pago con sus respectivos soportes, según se indique en el contrato de obra, y gestionar el pago de acuerdo con lo establecido en la guía de pago a terceros.

1. Administrar el archivo documental del proyecto, en lo referente a los contratos a cargo, así como de los productos que se obtengan en el desarrollo del contrato. De igual forma, el supervisor deberá ingresar en el SIAC y los aplicativos de la entidad la información pertinente, con el fin de garantizar que la información que allí reposa corresponde a la situación real del contrato.
2. Suscribir con la Interventoría las actas de pago con sus respectivos soportes, según se indique en el contrato de obra, conservación y gestionar el pago de acuerdo con lo establecido en la guía de pago a terceros.

N.A.

3. Suscribir con la Interventoría las actas de pago y aplicar lo establecido en la guía de pago a terceros. .

3. Elaborar y suscribir con el IDU las actas de pago con sus respectivos soportes, según se indique en el contrato de Interventoría, y gestionar el pago de acuerdo con lo establecido en la guía de pago a terceros.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 229 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-270 • 2025 • ENERO • 28 270 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones Iniciales de la Fase de Preliminares COMPONENTE ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al contrato de Interventoría

4. Elaborar y entregar a la Interventoría a más tardar el mes siguiente al relacionado en el extracto, el informe de inversión y buen manejo del anticipo debidamente soportado.

4. Verificar y aprobar, a más tardar el mes siguiente al relacionado en el extracto, el Informe de inversión y buen manejo del anticipo, y remitirlo al IDU de manera individual y también como parte del informe mensual de Interventoría hasta la liquidación del anticipo.

4. Realizar seguimiento a la Interventoría y revisar que ésta entregue aprobado el informe de inversión y buen manejo del anticipo, hasta la liquidación del anticipo. El IDU podrá devolver los documentos solicitando las aclaraciones y correcciones que considere necesarias.

Las obligaciones del componente administrativo y financiero mencionado anteriormente son aplicables a las demás fases que conforman el contrato de obra.

III.Obligaciones para el Inicio de la ejecución del Contrato de Conservación Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 230 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-271 • 2025 • ENERO • 28 271 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Conservación. Obligaciones para el inicio de ejecución del Contrato COMPONENTE TÉCNICO Contratista de Obra Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría
1. Radicar en la Interventoría las hojas de vida del recurso humano requerido para el inicio de la fase de ejecución, dentro de los cinco (5) días hábiles anteriores a la fecha establecida para tal fin o al término definido en los documentos contractuales.
En caso de no ser aprobada alguna hoja de vida, el Contratista debe presentar la nueva hoja de vida dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la notificación de no aceptación. La entrega, revisión y aprobación de la totalidad de las hojas de vida debe ser anterior a la fecha establecida para el inicio de la ejecución.

1. Revisar las hojas de vida del recurso humano del Contratista requerido para el inicio de la fase de ejecución, las cuales deberán ser aprobadas dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a su entrega por parte del Contratista o en el término definido en los documentos que conforman el Contrato. En caso de no ser aprobada alguna hoja de vida, el Contratista debe presentar la nueva hoja de vida dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la notificación de no aceptación.
La entrega, revisión y aprobación de la totalidad de las hojas de vida debe ser anterior a la fecha establecida para el inicio de la ejecución. La interventoría podrá objetar y devolver las hojas de vida que no cumplan con los requisitos especificados. En el caso que el contratista presente hasta tres (3) hojas de vida para un mismo cargo y éstas no sean aprobadas, se entenderá incumplida la obligación contractual. Entregar al Supervisor las hojas de vida del recurso humano faltante de interventoría, en el término definido en el contrato.

2. Revisar la solicitud, propuesta y modificación de los diseños, presentada por el Contratista, previo pronunciamiento y concepto de la Interventoría.
Para ello el IDU contará con los mismos términos dispuestos para la interventoría del contrato.

2.Verificar que el contratista vigilado haya adelantado las actividades establecidas en el contrato de obra para ejecutar la fase de ejecución con los estudios y diseños requeridos, en los términos y condiciones establecidos los documentos que conforman el contrato objeto de la interventoría, para lo cual contará con el plazo establecido en el mismo contrato. Dentro de dicho plazo, la Interventoría deberá: a. Emitir concepto sobre la pertinencia de los ajustes, actualizaciones, trámites, estudios o diseños requeridos para la correcta ejecución del contrato de obra, dentro de los cinco (5) días

1. Recibir de la interventoría las hojas de vida aprobadas para la ejecución del contrato de obra, con el fin de verificar en la base de datos del Instituto que el personal aprobado por la Interventoría no sobrepase el cien por ciento (100%) de la dedicación por vinculación en contratos del IDU.
Revisar las hojas de vida presentadas por la interventoría del recurso humano faltante. El IDU podrá solicitar el retiro y reemplazo de las hojas de vida del contrato de consultoría, interventoría o de obra, que no cumplan con los requisitos mínimos contractualmente exigidos para el respectivo cargo, según el Contrato y los documentos que lo conforman. El IDU podrá solicitar el retiro y reemplazo de aquellas hojas de vida que superen el 100% de dedicación máxima laboral en contratos IDU. En el caso que la interventoría presente hasta tres (3) hojas de vida para un mismo cargo y estas no sean

aprobadas, se entenderá incumplida la obligación contractual
2. El Contratista revisará, validará, ajustará, actualizará, realizará y apropiará los estudios y diseños necesarios para la ejecución del contrato, en los términos y condiciones establecidos en el Contrato y los documentos que lo conforman, para lo cual contará con el plazo máximo allí establecido para el efecto. Dentro de dicho plazo deberá: a. Comunicar al interventor y al IDU los ajustes, actualizaciones, trámites, estudios o diseños requeridos para la correcta ejecución del contrato. El interventor tendrá cinco (5) días hábiles para pronunciarse sobre su pertinencia y el contratista de obra Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 231 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-272 • 2025 • ENERO • 28 272 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Conservación. Obligaciones para el inicio de ejecución del Contrato COMPONENTE TÉCNICO hábiles siguientes a su entrega por parte del contratista de obra. El silencio del Interventor dentro del plazo previsto se entenderá como que no tiene comentarios y viabiliza la propuesta presentada por el contratista.
Realizados los ajustes, actualizaciones, trámites, estudios o diseños el Interventor tendrá un plazo de tres (3) días hábiles para pronunciarse sobre los mismos y efectuar las recomendaciones que atender procedentes. Cualquier ajuste que deba hacer el Contratista a los Estudios y Diseños ajustados o actualizados por solicitud del Interventor, se deberá ejecutar en un plazo no superior a tres (3) días hábiles, los cuales podrán ser prorrogables, previa solicitud presentada frente a la Interventoría, por un plazo no superior al inicialmente establecido. El Interventor contará con el plazo de tres (3) días para pronunciarse sobre las modificaciones del Contratista presentadas conforme a lo requerido. El silencio del Interventor dentro del plazo previsto se entenderá como que no tiene comentarios, sin perjuicio de las eventuales responsabilidades a cargo del Interventor por los perjuicios que pudieren derivarse de dicha omisión. Las revisiones y aprobaciones por parte de la interventoría serán responsabilidad exclusiva de esta; el valor de estas gestiones se encuentra contemplado en el presupuesto global de la etapa de preliminares del contrato de interventoría. No se tramitarán pagos adicionales por este concepto.

Contratista de Obra Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría cinco (5) días hábiles para atender las eventuales observaciones realizadas por el interventor. El silencio del Interventor dentro del plazo previsto se entenderá como que no tiene comentarios y viabiliza la propuesta presentada por el contratista. El Interventor contarán con cinco (5) días hábiles para aprobar la propuesta ajustada por el contratista. b. Realizados los ajustes, actualizaciones, trámites, estudios o diseños, el Interventor tendrá un plazo de tres (3) días hábiles para pronunciarse sobre los mismos y atender las recomendaciones que considere procedentes. Cualquier ajuste que deba hacer el Contratista a los Estudios y Diseños ajustados o actualizados por solicitud del Interventor, se deberá ejecutar en un plazo de hasta tres (3) días hábiles, los cuales podrán ser prorrogables, previa solicitud presentada frente a la Interventoría, por un plazo no superior al inicialmente establecido. El Interventor contará con el plazo de hasta tres (3) días para pronunciarse sobre las modificaciones del Contratista presentadas conforme a lo requerido. El silencio del Interventor dentro del plazo previsto se entenderá como que no tiene comentarios. 2.1. Los ajustes, actualizaciones o modificaciones a los diseños serán responsabilidad exclusiva del contratista; el valor de estas gestiones se encuentra contemplado en el presupuesto global de la fase de preliminares. No se tramitarán pagos adicionales por este concepto. 2.2. Si durante esta fase el contratista no se pronuncia sobre los Estudios y Diseños de Detalle dentro del plazo previsto, se entenderá que los utilizará sin ajustes o actualizaciones y será responsable por los resultados de la ejecución del Contrato. 2.3 En caso de desacuerdo entre el Contratista y el Interventor en cualquier Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 232 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-273 • 2025 • ENERO • 28 273 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Conservación. Obligaciones para el inicio de ejecución del Contrato COMPONENTE TÉCNICO Contratista de Obra Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría etapa de la revisión de los Estudios y Diseños de Detalle, se acudirá al procedimiento establecido en en el Contrato. 2.4. El Interventor como el IDU podrán formular las observaciones que consideren, en orden a que los Estudios y Diseños de Detalle permitan cumplir las obligaciones de resultado previstas en el Contrato de Obra. 2.5. Los ajustes, actualizaciones y modificaciones de diseños por parte del contratista de obra serán de su responsabilidad exclusiva; el valor de estas gestiones se encuentra contemplado en el presupuesto global del contrato de obra. No se tramitarán pagos adicionales por este concepto. Si durante esta etapa el contratista de obra no se pronuncia sobre los Estudios y Diseños de Detalle dentro del plazo previsto, se entenderá que los utilizará sin ajustes o actualizaciones y será responsable por los resultados que se obtengan en la construcción. En caso de desacuerdo entre el Contratista y el Interventor en la revisión de los Estudios y Diseños de Detalle, se acudirá al procedimiento establecido en el respectivo contrato. El Interventor y el IDU podrán hacer las observaciones correspondientes en orden a que los Estudios y Diseños de Detalle permitan cumplir las obligaciones de resultado previstas en el Contrato. El contratista y el interventor informarán de los errores al ordenador del gasto, con el sustento técnico correspondiente.

3. Cumplir con las normas y especificaciones técnicas vigentes y propias del proyecto, teniendo en cuenta los principios de economía, eficiencia, celeridad y calidad.

3. Verificar que el contratista de obra cumpla con las normas y especificaciones técnicas vigentes y propias del proyecto, teniendo en cuenta los principios de economía, eficiencia, celeridad y calidad.

3. Exigir al interventor el cumplimiento de las normas y especificaciones técnicas vigentes y propias del proyecto respecto del contrato de obra, teniendo en cuenta los principios

de economía, eficiencia, celeridad y calidad.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 233 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-274 • 2025 • ENERO • 28 274 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Conservación. Obligaciones para el inicio de ejecución del Contrato COMPONENTE TÉCNICO Contratista de Obra Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría

4. Asegurar la disponibilidad de toda la información requerida para la ejecución del contrato.

4. Verificar que el contratista de obra asegure la disponibilidad de toda la información requerida para la ejecución del contrato.

5. Exigir a la interventoría la verificación de la revisión y estudio de los documentos e información general requeridos para la ejecución del proyecto por parte del contratista de obra

5. Verificar que el contratista de obra cuente con los documentos e información en general de los estudios y diseños que reposen en el Centro de Documentación del IDU o validar que los mismos sean descargados por parte del contratista de obra, de la página web www.idu.gov.co,.

4. En caso de que la Entidad tenga información requerida para la ejecución del contrato, deberá entregarla a la interventoría.
5. Revisar y estudiar los documentos e información en general descargados de la página web www.idu.gov.co y/o tomar copia de los estudios y diseños que reposen en el Centro de Documentación del IDU, con el propósito de evaluar que estén de acuerdo con las normas, especificaciones, permisos, resoluciones, etc., indispensables para el desarrollo normal del proyecto.

6. Revisar los diseños aprobados por cada ESP y los entes competentes y demás documentos necesarios para la ejecución de las obras y efectuar los ajustes que los mismos requieren conforme a lo establecido en los documentos que conforman el contrato.

6. Verificar que el contratista de obra revise los diseños entregados por el IDU, aprobados por cada ESP y los entes competentes y demás documentos necesarios para la ejecución de las obras y aprobar los ajustes efectuados por el Contratista, requeridos conforme a lo establecido en los documentos que conforman el Contrato de obra.

6. Recibir previamente aprobados por la interventoría los ajustes efectuados por el contratista de obra a los diseños entregados por el IDU, aprobados por cada ESP y los entes competentes y demás documentos necesarios para la ejecución de las obras, requeridos conforme a lo establecido en los documentos que conforman el Contrato.

7. Asistir a la visita inicial de reconocimiento y suscribir el acta correspondiente.

7. Efectuar en conjunto con la interventoría una visita al sitio donde se ejecutará el proyecto, con el Director de obra y los Especialistas, dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a la aprobación de las hojas de vida, con el fin de hacer un reconocimiento de la zona. Suscribir el acta de visita correspondiente.

7. Efectuar en conjunto con la interventoría una visita al sitio donde se ejecutará el proyecto, con el Director de obra y los Especialistas, dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a la aprobación de las hojas de vida, con el fin de hacer un reconocimiento de la zona. Elaborar y suscribir el acta de visita correspondiente.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 234 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-275 • 2025 • ENERO • 28 275 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Conservación. Obligaciones para el inicio de ejecución del Contrato COMPONENTE TÉCNICO

8. Recibir del interventor, el plan de calidad del proyecto el cual incluye el plan de inspección de ensayos de laboratorio para el control de calidad de materiales y producto terminado correspondiente, los Planes de Muestreo y Ensayos definidos por el contratista de obra, aprobados.
El IDU podrá devolverlo solicitando las aclaraciones y correcciones que considere necesarias.

Contratista de Obra Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría
8. Presentar a la Interventoría el plan de calidad del proyecto el cual incluye el plan de inspección de ensayos de laboratorio para el control de calidad de materiales y producto terminado correspondiente, los Planes de Muestreo y Ensayos por cada una de las actividades de obra que contemple el contrato. Lo anterior, conforme a lo definido en los numerales correspondientes a las Especificaciones técnicas generales del IDU y los demás documentos que conforman el Contrato.
De acuerdo con lo definido en los numerales de las “condiciones de entrega para el recibo de los trabajos”, dichos planes deben contemplar y estar elaborados como mínimo con las cantidades y frecuencias de ensayo que ahí se disponen. Los Planes de Muestreo y Ensayos deberán presentarse para aprobación de la Interventoría dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la suscripción del acta de inicio del contrato de obra o de la fase de ejecución.

8. Revisar y aprobar dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a su recibo, el plan de calidad del proyecto el cual incluye el plan de inspección de ensayos de laboratorio para el control de calidad de materiales y producto terminado correspondiente, los Planes de Muestreo y Ensayos entregados por el contratista de obra, por cada una de las actividades de obra contempladas en el contrato Lo anterior, a lo definido en los numerales correspondientes de las Especificaciones técnicas generales del IDU y los demás documentos que conforman el Contrato.
Estos planes deberán ser implementados en la fase de ejecución del contrato. El plazo total para la revisión, verificación, aprobación y entrega al IDU del plan de calidad del proyecto el cual incluye el plan de inspección de ensayos de laboratorio para el control de calidad de materiales y producto terminado correspondiente y de los Planes de Muestreo y Ensayos no puede exceder el tiempo estipulado contractualmente para el inicio de las actividades de ejecución de obra.

N.A.

9. Recibir el plan de calidad definido por la interventoría y verificar su cumplimiento de acuerdo a lo definido en cuanto a cantidad y frecuencia de ensayos, según las especificaciones técnicas generales del IDU y los documentos que conforman el Contrato de Obra. El plazo total para la entrega y verificación del plan de calidad no puede exceder los diez (10) días hábiles siguientes a la suscripción del Acta de Inicio del Contrato de Interventoría. El IDU podrá devolverlo solicitando las aclaraciones y correcciones que considere necesarias, hasta su aprobación definitiva.

9. Elaborar y entregar al supervisor IDU, el plan de calidad del proyecto por parte de la interventoría el cual incluye el plan de inspección de ensayos de laboratorio para realizar durante la fase de ejecución del contrato la verificación de los materiales, mezclas de materiales y productos terminados, provistos y ejecutados por el contratista de obra.
Dichos planes deben contemplar y estar elaborados, como mínimo con las cantidades y frecuencias de ensayo definidas en los numerales de las Especificaciones técnicas generales del IDU o el documento equivalente del Proceso de Selección. Dichos documentos deberán presentarse al supervisor IDU, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 235 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-276 • 2025 • ENERO • 28 276 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Conservación. Obligaciones para el inicio de ejecución del Contrato COMPONENTE TÉCNICO

10. Participar en las reuniones de seguimiento y visitas conjuntamente con la interventoría

Contratista de Obra Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría la suscripción del acta de inicio del contrato de interventoría o conforme al plazo definido en el contrato. El plan de inspección ensayos deberá ser actualizado según las modificaciones o las necesidades que surjan durante la ejecución de las obras, puntualizando que dentro de este deben estar incluidos todos los materiales que se suministren dentro del contrato de obra sin excepción.
10. Participar en las reuniones de seguimiento y visitas conjuntamente con la interventoría y sus especialistas y alternativas, soluciones y demás acciones para el buen desarrollo del proyecto. Suscribir el acta de seguimiento al contrato.

10. Convocar y participar en las reuniones de seguimiento y visitas conjuntamente con la interventoría y sus especialistas y alternativas, soluciones y demás acciones para el buen desarrollo del proyecto. Suscribir el acta de seguimiento al contrato.

11. Entregar oportunamente a la interventoría la información y soportes requeridos para la elaboración de informes semanales, mensuales y finales.

11. Elaborar los informes semanales, mensuales y finales con la información y soportes entregados por el contratista de obra, así como efectuar las verificaciones y seguimiento a cargo de la interventoría.

11. Recibir los informes semanales y actualizar las herramientas de seguimiento (ZIPA), y recibir, revisar, observar y/o aprobar los informes semanales, mensuales y finales presentados por el interventor.

12. Recibir el Informe de la fase de Preliminares. El IDU podrá devolverlo y solicitar las aclaraciones y correcciones que considere necesarias.

12. Revisar y apropiarse de los estudios y diseños existentes, con los cuales se ejecutarán las obras durante la fase de ejecución del contrato.
Obtener la aprobación por parte de la interventoría del Informe de Actividades Preliminares conforme a lo establecido en el Contrato y los documentos que lo conforman. Reportar las condiciones para el desarrollo del proyecto y anexar los soportes necesarios. La aprobación de este documento por parte de la Interventoría es requisito para el inicio de la fase de ejecución de las obras.

12. Aprobar el Informe de Actividades Preliminares conforme a lo establecido en el Contrato y los documentos que lo conforman y verificar las condiciones para el desarrollo del proyecto reportadas por el contratista vigilado.
Rendir informe al IDU frente a la revisión y aprobación que adelante el contratista de obra, de los estudios y diseños existentes, con los cuales se ejecutarán las obras objeto del contrato. Presentar al IDU el Informe de la fase de Preliminares en los términos previstos en los documentos contractuales y el presente Manual.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 236 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-277 • 2025 • ENERO • 28 277 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Conservación. Obligaciones para el inicio de ejecución del Contrato COMPONENTE TÉCNICO Contratista de Obra Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría

13. Solicitar y recibir del interventor la siguiente información:  GU-IC-01 Guía Toma de Información Técnica de inventario diagnóstico y ensayos para la gestión de la Infraestructura vial y espacio público de Bogotá DC.  Copia del Certificado de Reserva Presupuestal.  Consultar y descargar la información publicada sobre el proyecto en la página web https://www.colombiacompra.gov. co/secop-ii, o la que se encuentre vigente:  Contratos, Garantías, Pliegos de Condiciones, Adendas, Propuesta, Actas de Audiencia y Aclaraciones, Resoluciones de Adjudicaciones Consultar y descargar la siguiente información publicada en la página Web https://www.idu.gov.co/page/documen tacion-contractual o los documentos equivalentes que se encuentren vigentes:  Especificaciones Técnicas Generales de Materiales y Construcción para Proyectos de Infraestructura Vial y de Espacio Público, convenios con empresas de servicios públicos y con aquellas entidades que tengan injerencia con el proyecto, Manual de Interventoría y/o Supervisión de Contratos, Manual de Gestión Contractual, Cartilla de Andenes, Cartilla de Mobiliario Urbano, Manual Único de Control y Seguimiento Ambiental y de Seguridad y Salud en el Trabajo para proyectos del IDU y sus formatos, Guía de pago a terceros, Manual de Archivo y Correspondencia, y demás documentos requeridos para el seguimiento contractual.
Implementar los documentos y

13. Entregar a la Interventoría la siguiente información para su utilización:  GU-IC-01 Guía Toma de Información Técnica de inventario diagnóstico y ensayos para la gestión de la Infraestructura vial y espacio público de Bogotá DC.  Copia del Certificado de Reserva Presupuestal.
Informar al contratista y a la Interventoría las direcciones web en donde se puede consultar y descargar la información requerida por el Contratista de Obra y por la Interventoría: Contratos, pliegos de condiciones, adendas, propuestas, Guía de entregables en formato digital, actas de audiencia y aclaraciones, resoluciones de adjudicaciones, copia del certificado de reserva presupuestal. El IDU debe publicar en la página Web https://www.idu.gov.co/page/do cum entacion-contractual o la que esté vigente y mantener actualizada en la misma la siguiente información: Especificaciones

Técnicas Generales de Materiales y Construcción para Proyectos de Infraestructura Vial y de Espacio Público, convenios con empresas de servicios públicos y con aquellas entidades que tengan injerencia con el proyecto, Manual de Interventoría y/o Supervisión de Contratos, Manual de Gestión Contractual, Cartilla de Andenes, Cartilla de Mobiliario Urbano, Manual Único de Control y Seguimiento

13. Recibir del IDU la siguiente información para el seguimiento a la ejecución del contrato:  GU-IC-01 Guía Toma de Información Técnica de inventario diagnóstico y ensayos para la gestión de la Infraestructura vial y espacio público de Bogotá DC.  Copia del Certificado de Reserva Presupuestal.  Consultar y descargar la información publicada sobre el proyecto en la página web https://www.colombiacompra.gov. co/secop-ii, o la que se encuentre vigente:  Contratos, Garantías, Pliegos de Condiciones, Adendas, Propuesta, Actas de Audiencia y Aclaraciones, Resoluciones de Adjudicaciones Consultar y descargar la siguiente información publicada en la página Web https://www.idu.gov.co/page/documen tacion-contractual o la que esté vigente:  Especificaciones Técnicas Generales de Materiales y Construcción para Proyectos de Infraestructura Vial y de Espacio Público, convenios con empresas de servicios públicos y con aquellas entidades que tengan injerencia con el proyecto, Manual de Interventoría y/o Supervisión de Contratos, Manual de Gestión Contractual, Cartilla de Andenes, Cartilla de Mobiliario Urbano, Manual Único de Control y Seguimiento Ambiental y de Seguridad y Salud en el Trabajo para proyectos del IDU y sus formatos, Guía de pago a terceros, Manual de Archivo y Correspondencia, y demás documentos requeridos para el seguimiento contractual.
Solicitar al contratista de obra, el diligenciamiento de los documentos y

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 237 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-278 • 2025 • ENERO • 28 278 MANUAL DE GESTIÓN INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN DE CONTRATOS VERSIÓN CÓDIGO MG-GC-01 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL 11 Obligaciones Contrato de Conservación. Obligaciones para el inicio de ejecución del Contrato COMPONENTE TÉCNICO Contratista de Obra Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría formatos que requieran las autoridades competentes, durante la ejecución de los contratos (SDM, SDA, ESP, CAR, entre otros). Solicitar al Interventor la información adicional que requiera para la ejecución del contrato. formatos que requieran las autoridades competentes, durante la ejecución de los contratos, revisarlos y aprobarlos (SDM, SDA, ESP, CAR, entre otros). Remitir los documentos al IDU. Solicitar al Supervisor del IDU la información adicional que requiera para efectuar el Seguimiento al Contrato de Obra y para la correcta ejecución del Contrato de Interventoría.

Ambiental y de Seguridad y Salud en el Trabajo para proyectos del IDU y sus formatos, Guía de pago a terceros, Manual de Archivo y Correspondencia, Demás documentos requeridos que en su momento sean necesarios para el seguimiento contractual. Recibir los documentos y formatos debidamente aprobados por la Interventoría y enviarlos a las autoridades competentes. Coordinar con la dependencia encargada del IDU, la publicación de la información adicional que requiera la Interventoría y no se encuentre en el sitio web. Informar permanentemente a la Interventoría las actualizaciones efectuadas al sitio web. Informar a la Interventoría las direcciones web en donde se pueden consultar y descargar.

Obligaciones Contrato de Conservación. Obligaciones para el inicio de ejecución del Contrato COMPONENTE TÉCNICO Contratista de Obra Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría N.A.

14. Recibir, analizar y resolver oportunamente, las inquietudes presentadas por el contratista de obra de todos los componentes del contrato, enviando copia de los mismos al IDU.
Si las preguntas corresponden a los insumos entregados por IDU, deberá dar traslado a la entidad, adjuntando su concepto.

14. Recibir copia de los pronunciamientos de

la interventoría. Recibir y atender las inquietudes presentadas por el interventor con respecto a los insumos suministrados por la entidad, con base en la respuesta que suministre la dependencia originadora de la información.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 238 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-279 • 2025 • ENERO • 28 279 MANUAL DE GESTIÓN {DOC-TITULO} CÓDIGO {DOC-CODE} PROCESO {DOC-PROCESO} VERSIÓN {DOC-VER}

15. Cuando se presenten controversias entre el contratista de obra y la interventoría sobre los conceptos por ésta emitidos, la Interventoría informará al IDU de las mismas y propondrá la mejor solución.

N.A.

16. Recibir el Informe y concepto sobre la viabilidad de dar inicio a la fase de ejecución. En caso de que no resulte procedente el inicio de la fase de ejecución, informar al ordenador del gasto, para los efectos a que haya lugar.

16. Hacer seguimiento y control a los trámites y gestiones ejecutados por el contratista, y revisar, verificar y aprobar los productos de la etapa, elaborar el informe correspondiente y conceptuar al IDU sobre la viabilidad de dar inicio a la fase de ejecución.

15. Cuando existan diferencias entre el Contratista y el Interventor, éstas serán dirimidas, en principio, por el IDU.
Para ello, tanto el Interventor como el Contratista enviarán, dentro de los cinco (5) días siguientes a que se suscite la controversia, sendos documentos en los cuales expresen el contenido de la discrepancia, su posición y las razones de ésta con los respectivos soportes. El IDU definirá el punto en un plazo máximo de treinta (30) días calendario siguientes al recibo de los documentos que contienen las posiciones del Contratista y de la Interventoría, salvo cuando el contenido de la controversia exija un término superior, el cual, en todo caso, será comunicado por el IDU al Interventor y al Contratista. En caso de requerirse, el IDU podrá suspender los contratos de obra e interventoría para analizar y tomar la decisión si el proyecto continúa, sin que genere mayor costo para la entidad ni compensaciones en favor del Interventor o el Contratista.
16. Entregar a la interventoría los productos de la fase de preliminares, incluyendo licencias, permisos y autorizaciones, los cuales son insumos para la elaboración del informe de la fase de preliminares, y reportar las condiciones para el desarrollo del proyecto, anexando los soportes necesarios.

17. Revisar los estudios y diseños entregados por el IDU y demás documentos necesarios para la

17. Elaborar diagnóstico y presentar a la interventoría la propuesta de intervención y presupuesto de actividades.

17. Entregar a la Interventoría los estudios y diseños realizados por el IDU y demás documentos necesarios para ejecutar las obras.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 239 de 284 Pública REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-280 • 2025 • ENERO • 28 280 MANUAL DE GESTIÓN {DOC-TITULO} CÓDIGO {DOC-CODE} PROCESO {DOC-PROCESO} VERSIÓN {DOC-VER} Obligaciones Contrato de Conservación. Obligaciones para el inicio de ejecución del Contrato COMPONENTE TÉCNICO Contratista de Obra Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría Efectuar la revisión de los estudios y diseños, apropiar y/o realizar los ajustes, complementación o actualización de acuerdo con la normatividad vigente de las ESP u otras entidades a la fecha de firma del contrato de obra. Esta información debe incluirse dentro del Informe de la fase de Preliminares como requisito previo para el inicio de la fase de ejecución. ejecución de las obras y entregarlos al contratista de obra. Revisar y aprobar los diagnósticos realizados por el contratista, la propuesta de intervención y presupuesto de actividades. En caso de que el contratista realice modificaciones, complementaciones o actualizaciones de los diseños entregados por el IDU, la interventoría deberá revisar que cumplan con la normatividad vigente y se hayan surtido los procedimientos internos del IDU para su aprobación. Efectuar en conjunto con el contratista las gestiones necesarias ante las ESP y las demás entidades competentes. Verificar y aplicar, en caso de ser necesario el procedimiento “Cambio de estudios y diseños aprobados en fase de ejecución y/o conservación” o el que haga sus veces.

Recibir de la interventoría debidamente aprobados los diagnósticos realizados por el contratista, la propuesta de intervención y presupuesto de actividades y realizar observaciones en caso de que haya lugar a ellas. Exigir al interventor que adelante en conjunto con el contratista las gestiones necesarias ante las ESP y las demás entidades competentes. En caso de ser necesario, exigir la aplicación del procedimiento “Cambio de estudios y diseños aprobados en fase de ejecución y/o conservación” o el que haga sus veces.

18. Recibir aprobado por la interventoría el presupuesto para la ejecución de las obras presentado por el Contratista.

18. Elaborar el presupuesto para la ejecución de las obras estimando las actividades que se puedan ejecutar con frentes de obra 7 x 24, es decir 3 turnos diarios, 24 horas del día, los 7 días de la semana, en concordancia con lo estipulado en la Ley 1682 de noviembre de 2013.

18. Revisar y aprobar el presupuesto para la ejecución de las obras presentado por el Contratista vigilado, en donde se estimen las actividades que se puedan ejecutar con frentes de obra 7 x 24, es decir 3 turnos diarios, 24 horas del día, los 7 días de la semana, en concordancia con lo estipulado en la Ley 1682 de noviembre de 2013.
El interventor debe verificar que el presupuesto presentado no sea superior al valor del contrato. En ningún evento la Interventoría podrá impartir autorización de actividades que no cuenten con respaldo presupuestal suficiente para su recibo y pago

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 240 de 291 {DOC-CONFIDENCIALIDAD} REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-281 • 2025 • ENERO • 28 281 MANUAL DE GESTIÓN {DOC-TITULO} CÓDIGO {DOC-CODE} PROCESO {DOC-PROCESO} VERSIÓN {DOC-VER} Obligaciones Contrato de Conservación. Obligaciones para el inicio de ejecución del Contrato COMPONENTE TÉCNICO Contratista de Obra Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría

19. Recibir aprobado de parte de la Interventoría el cronograma detallado del proyecto.

19. Elaborar y presentar dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la aprobación de los diagnósticos, el cronograma detallado del proyecto, el cual deberá incluir las fases y actividades a desarrollar, el alcance total estimado en donde se evidencien los trámites y tiempos requeridos para el cumplimiento del contrato.
El cronograma deberá atender lo estipulado en los documentos que conforman el contrato.

19. Revisar, verificar y aprobar el cronograma detallado del proyecto presentado por el contratista de obra y entregarlo al IDU dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores a haberlo recibido del contratista.
El plazo total para la revisión y aprobación del cronograma general del proyecto no puede exceder el plazo de los cinco (5) días hábiles posteriores a su recibo de parte del contratista, incluyendo todas las correcciones a que haya lugar.

20. Revisar, verificar y aprobar los estudios y diseños y remitirlos al IDU.

20. Recibir aprobados por parte de la interventoría, los estudios y diseños de los segmentos para rehabilitación o reconstrucción, los cuales se deben remitir al centro de documentación del IDU.

20. Iniciar los estudios y diseños de los segmentos para rehabilitación o reconstrucción de acuerdo con el resultado del diagnóstico, de tal manera que una vez aprobados los productos por parte de la interventoría, se puedan adelantar en la fase de ejecución de acuerdo al cronograma.

Obligaciones Contrato de Conservación. Obligaciones para el inicio de ejecución del Contrato COMPONENTE SOCIAL Contratista de Obra Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría

1. Elaborar y presentar los documentos metodológicos y cronograma de la ejecución de las actividades y productos del componente social, con el fin de remitir a la interventoría para su aprobación.

1. Revisar y aprobar los documentos metodológicos y cronograma de la ejecución de las actividades y productos del componente social, remitido por el contratista de obra.

1. Recibir aprobado por la interventoría los documentos metodológicos y cronograma de la ejecución de las actividades y productos del componente social, remitido por el contratista de obra.

2. Elaborar y presentar la información correspondiente al área de influencia del proyecto de acuerdo con lo establecido en el contrato y remitir la información a la Interventoría para su revisión y aprobación.

2. Revisar y aprobar la información correspondiente al área de influencia del proyecto de acuerdo con lo establecido en el contrato, entregada por el Contratista de obra.

2. Recibir con la aprobación de la interventoría la información correspondiente al área de influencia del proyecto de acuerdo con lo establecido en el contrato.

3. Elaborar y presentar la información correspondiente al diagnóstico socioeconómico y cultural del proyecto y remitir la información a la Interventoría para su revisión y aprobación.

3. Revisar y aprobar la información correspondiente al diagnóstico socioeconómico y cultural del proyecto, entregada por el contratista de obra.

3. Recibir aprobado por la interventoría la información correspondiente al diagnóstico

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 241 de 291 {DOC-CONFIDENCIALIDAD} REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-282 • 2025 • ENERO • 28 282 MANUAL DE GESTIÓN {DOC-TITULO} CÓDIGO {DOC-CODE} PROCESO {DOC-PROCESO} VERSIÓN {DOC-VER} Obligaciones Contrato de Conservación. Obligaciones para el inicio de ejecución del Contrato COMPONENTE SOCIAL Contratista de Obra Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría socioeconómico y cultural del proyecto.

4. Realizar las evaluaciones de impacto social y su plan de manejo, y enviarlos a la Interventoría.

4. Revisar y aprobar las evaluaciones de impacto social y su plan de manejo, entregadas por el contratista de obra.

4. Recibir aprobado por la interventoría Realizar

las evaluaciones de impacto social y su plan de manejo.
5. Elaborar las presentaciones para las reuniones requeridas en el desarrollo del contrato con la comunidad, instituciones y grupos de interés ubicados en el área de influencia del proyecto y entregarlas previamente a la Interventoría e IDU para su revisión y aprobación, con el objetivo de realizar los simulacros previos a las reuniones.

5. Verificar el cumplimiento de las actividades de dialogo ciudadano y comunicación estratégica de la fase de preliminares del Plan de Dialogo Ciudadano y Comunicación Estratégica.

5. Revisar y aprobar las presentaciones para las reuniones requeridas en el desarrollo del contrato con la comunidad, instituciones y grupos de interés ubicados en el área de influencia del proyecto elaboradas por el contratista de obra, con el fin de realizar los simulacros previos a las reuniones.

6. Convocar a la comunidad ubicada en el área de influencia del proyecto, a la interventoría, al IDU y los interesados a asistir y participar en las reuniones con la comunidad, de acuerdo con lo exigido en el contrato.

6. Asistir y participar en todas las reuniones citadas por el contratista de obra con la comunidad ubicada en el área de influencia del proyecto y la interventoría.

6. Asistir y participar en todas las reuniones en donde el Contratista de obra convoca a la comunidad ubicada en el área de influencia del proyecto, a la interventoría, al IDU y los interesados a asistir y participar en las reuniones con la comunidad, de acuerdo con lo exigido en el contrato objeto de seguimiento.

7. Recibir las PQRS presentadas por los ciudadanos en las reuniones y punto IDU, con el objetivo de dar trámite a las mismas conforme a las directrices de la Oficina de Relacionamiento y Servicio a la Ciudadanía.

7. Verificar que el contratista de obra dé trámite a las PQRS recibidas de los ciudadanos en todas las reuniones y punto IDU, verificando que sean tramitadas conforme a las directrices de la Oficina de Relacionamiento y Servicio a la Ciudadanía.

7. Verificar el cumplimiento de las actividades de dialogo ciudadano y comunicación estratégica de la fase de preliminares del Plan de Dialogo Ciudadano y Comunicación Estratégica.
8. Diligenciar y actualizar en el Sistema Bachué o el aplicativo vigente al momento de la suscripción del contrato, toda la información solicitada del componente social en los tiempos requeridos, durante la ejecución del contrato.

8. Verificar que el contratista de obra diligencie y actualice en el Sistema Bachué o el aplicativo vigente al momento de la suscripción del contrato de obra vigilado, toda la información solicitada del componente social en los tiempos requeridos, durante la ejecución de ese contrato.

8. Verificar el cumplimiento de las actividades de dialogo ciudadano y comunicación estratégica de la fase de preliminares del Plan de Dialogo Ciudadano y Comunicación Estratégica.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 242 de 291 {DOC-CONFIDENCIALIDAD} REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-283 • 2025 • ENERO • 28 283 MANUAL DE GESTIÓN {DOC-TITULO} CÓDIGO {DOC-CODE} PROCESO {DOC-PROCESO} VERSIÓN {DOC-VER} Obligaciones Contrato de Conservación. Obligaciones para el inicio de ejecución del Contrato COMPONENTE SOCIAL Contratista de Obra Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría
9. Asistir a la socialización programada por el IDU del Sistema Bachué o el aplicativo vigente al momento de la suscripción del contrato.

9. Asistir y convocar al contratista de obra para que asista a la socialización programada por el IDU del Sistema Bachué o el aplicativo vigente al momento de la suscripción del contrato.

9. Verificar el cumplimiento de las actividades de dialogo ciudadano y comunicación estratégica de la fase de preliminares del Plan de Dialogo Ciudadano y Comunicación Estratégica.
10. Durante la ejecución del contrato se debe garantizar la disponibilidad y acceso a canales de información, comunicación y atención para el ciudadano, al igual que el uso y distribución de todas las piezas de comunicación aprobadas por el IDU.

10. Verificar la disponibilidad y accesos a los canales de información, comunicación y atención para el ciudadano implementados por el Contratista de obra y revisar, así como el uso y distribución de todas las piezas de comunicación aprobadas por el IDU.

10. Verificar el cumplimiento de las actividades de dialogo ciudadano y comunicación estratégica de la fase de preliminares del Plan de Dialogo Ciudadano y Comunicación Estratégica.
11. Brindar la atención en el punto IDU en condiciones de calidad.

11. Brindar la calidad de la atención del contratista de obra en el punto IDU.

11. Verificar el cumplimiento de las actividades de dialogo ciudadano y comunicación estratégica de la fase de preliminares del Plan de Dialogo Ciudadano y Comunicación Estratégica.
12. Levantar las actas de vecindad correspondientes a la zona de influencia del proyecto, de acuerdo con las exigencias establecidas en el contrato. Tomar registro

fotográfico y videos. Este producto es requisito para el inicio de la fase de ejecución de las obras.

12. Acompañar al contratista de obra en el levantamiento de las actas de vecindad en la zona donde se desarrollará el proyecto.
Suscribir cada una de las actas. Diligenciar el archivo de las actas. Este producto es requisito para el inicio de la fase de ejecución de las obras.

12. Revisar y verificar que el informe ejecutivo del desarrollo de la etapa de preliminares incluya la relación de las actas de vecindad que

fueron suscritas por el contratista de obra, la Interventoría y la comunidad.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 243 de 291 {DOC-CONFIDENCIALIDAD} REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-284 • 2025 • ENERO • 28 284 MANUAL DE GESTIÓN {DOC-TITULO} CÓDIGO {DOC-CODE} PROCESO {DOC-PROCESO} VERSIÓN {DOC-VER} Obligaciones Contrato de Conservación. Obligaciones para el inicio de ejecución del Contrato COMPONENTE AMBIENTAL Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión del IDU
1. Entregar a la interventoría copia de los contratos de las certificaciones de afiliación al Sistema General de Seguridad Social Integral, certificación de cumplimiento de los documentos de ingreso y certificados de aptitud laboral del recurso humano exigido contractualmente.
Este entregable se remitirá en el marco del informe mensual SST.

1. Revisar, verificar y aprobar el cumplimiento del contrato, de las certificaciones de afiliación al Sistema General de Seguridad Social Integral, certificación de cumplimiento de los documentos de ingreso y certificados de aptitud laboral del recurso humano exigido contractualmente al consultor y remitirlos al IDU.Este entregable se remitirá en el marco del informe mensual SST.

1. Recibir aprobados por la interventoría los documentos de ingreso (contrato, de las certificaciones de afiliación al Sistema General de Seguridad Social Integral, certificación de cumplimiento de

los documentos de ingreso y certificados de aptitud laboral) del contrato de obra.

N.A.

2. Entregar al IDU copia de los contratos y de las certificaciones de afiliación al Sistema General de Seguridad Social Integral, certificación de cumplimiento de los documentos de ingreso y certificados de aptitud laboral del recurso humano exigido contractualmente.

2. Recibir y aprobar el cumplimiento de

los documentos de ingreso (contrato, de las certificaciones de afiliación al Sistema General de Seguridad Social Integral, certificación de cumplimiento de los documentos de ingreso y certificados de aptitud laboral) del contrato de interventoría.

3. Recibir el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo del contrato de obra, aprobado por la Interventoría.

3. Ajustar y obtener la aprobación de la Interventoría del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo, de acuerdo con lo exigido en el contrato y los documentos que lo conforman, así como de la normatividad vigente.

3. Revisar, aprobar y verificar la implementación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo, de acuerdo con lo exigido en el contrato objeto de vigilancia contrato y los documentos que lo conforman, así como de la normatividad vigente.

N.A.

4. Diseñar y presentar al IDU el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo aplicable durante la ejecución del contrato de interventoría, cumpliendo con lo exigido en la normatividad vigente Presentar los documentos legales del SG-SST aplicable para el personal contratado por la interventoría.

4. Recibir, revisar y aprobar el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo de la Interventoría, aplicable para la ejecución del contrato de interventoría y soportes de las actividades legales para el personal contratado por la interventoría.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 244 de 291 {DOC-CONFIDENCIALIDAD} REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-285 • 2025 • ENERO • 28 285 MANUAL DE GESTIÓN {DOC-TITULO} CÓDIGO {DOC-CODE} PROCESO {DOC-PROCESO} VERSIÓN {DOC-VER} Obligaciones Contrato de Conservación. Obligaciones para el inicio de ejecución del Contrato

5. Revisar y aprobar de los capítulos o anexos requeridos para la implementación de cada uno de los programas establecidos en los Manuales, Guías, Planes y Procedimientos del IDU vigentes al momento de la ejecución del contrato

COMPONENTE AMBIENTAL Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión del IDU
5. Ajustar, obtener la aprobación de la Interventoría e implementar los capítulos o anexos requeridos para la implementación de cada uno de los programas establecidos en los Manuales, Guías, Planes y Procedimientos del IDU vigentes al momento de la ejecución del.

5. Recibir aprobado por la interventoría los capítulos o anexos requeridos para la implementación de cada uno de los programas establecidos en los Manuales, Guías, Planes y Procedimientos del IDU vigentes al momento de la ejecución del contrato.

N.A.

6. Formular la metodología (plan de acción) para realizar el seguimiento, control y evaluación de las actividades de gestión ambiental y de seguridad y salud en el trabajo a desarrollar por parte del contratista de obra y remitirlo al IDU.

7. Revisar, aprobar y verificar la implementación del Manual Ambiental de Obra (Manejo Ambiental de la Obra- MAO) necesario para el inicio de la fase de ejecución, y proceder a su aprobación antes del inicio de la ejecución de las obras.

6. Recibir de la interventoría la metodología (plan de acción) para realizar el seguimiento, control y evaluación de las actividades de gestión ambiental y de seguridad y salud en el trabajo a desarrollar por parte de la interventoría, para su revisión y aprobación.
7. Elaborar, obtener la aprobación de la Interventoría e implementar el Manual Ambiental de Obra (Manejo Ambiental de la Obra- MAO) para el inicio de la fase de ejecución y gestionar su aprobación por parte de la interventoría con anterioridad antes de la ejecución de las obras.

8. Revisar y aprobar el diagnóstico forestal o inventario forestal, según corresponda y remitirlo al IDU

7. Recibir el Manual Ambiental de Obra (Manejo Ambiental de la Obra- MAO) debidamente aprobado por la Interventoría. Realizar el trámite para la obtención de los permisos ante la autoridad

ambiental competente cuando sea requerido, de acuerdo a los insumos entregados por el contratista de obra.
8. Elaborar y presentar el diagnóstico forestal del área de intervención, de identificarse se elaborará el inventario forestal para aprobación de la Interventoría y el inicio de los trámites para la obtención de permisos.

8. Recibir aprobado por interventoría el diagnóstico forestal o inventario forestal presentado por el contratista de obra, e iniciar el trámite de permisos ante la SDA si aplica.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 245 de 291 {DOC-CONFIDENCIALIDAD} REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-286 • 2025 • ENERO • 28 286 MANUAL DE GESTIÓN {DOC-TITULO} CÓDIGO {DOC-CODE} PROCESO {DOC-PROCESO} VERSIÓN {DOC-VER} Obligaciones Contrato de Conservación - Obligaciones para el Inicio de ejecución del contrato COMPONENTE ARQUEOLOGÍA Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría
1. Revisar la documentación del programa de arqueología preventiva aprobado por el ICANH y en caso de ser necesario actualizar los insumos para los trámites adicionales requeridos ante la entidad mencionada.

1. Revisar, aprobar y radicar en el IDU, la documentación necesaria entregada por el contratista, para que el Instituto de Desarrollo Urbano pueda tramitar los cambios mayores o menores, de conformidad con lo establecido en la normatividad vigente del ICANH y el Programa de Arqueología Preventiva del Instituto Colombiano de Antropología e Historia – ICANH y del IDU.

2. Revisar y aprobar el Plan de Manejo Arqueológico y hacer seguimiento a la su implementación, cumpliendo con lo establecido por la normativa vigente del ICANH y sus términos de referencia y directrices del IDU.

1. Recibir aprobada por la Interventoría la documentación necesaria para actualizar el programa de

arqueología preventiva previamente entregada por el contratista, para que el Instituto de Desarrollo Urbano- IDU, pueda solicitar los cambios necesarios de conformidad con la normativa vigente del ICANH y con lo establecido en el Programa de Arqueología y directrices del IDU.
2. Elaborar y ejecutar la implementación del Plan de Manejo Arqueológico, aprobado por el Instituto Colombiano de Antropología e Historia – ICANH en cumplimiento a su normativa vigente y, atendiendo las directrices metodológicas dadas por el ICANH y el IDU.

2. Recibir y revisar la documentación relacionada con la implementación del Plan de Manejo Arqueológico, ejecutado por el contratista, el cual debe cumplir con lo establecido por la normativa vigente del ICANH, sus términos de referencia y directrices del IDU.

3. N.A.

3. Contratar y mantener el personal de apoyo requerido en los términos establecidos en los documentos que conforman el Contrato y requerimientos que realice el ICANH e IDU.

3. Contratar y mantener el personal de apoyo requerido en los términos establecidos en los documentos que conforman el Contrato de Interventoría, así como verificar la contratación y disponibilidad del personal de apoyo requerido por el Contratista de Obra.

4. Realizar y entregar a la Interventoría el informe mensual de la ejecución del Programa de Arqueología preventiva (Fase de Implementación del Plan de Manejo arqueológico y arqueología pública) según lo establecido por el ICANH en su normativa vigente, directrices del IDU.

4. Revisar y aprobar el informe mensual y hacer seguimiento a la implementación del Programa de Arqueología preventiva(Fase de Implementación del Plan de Manejo arqueológico y arqueología pública) según lo establecido por el ICANH en su normativa vigente, directrices del IDU.
Elaborar y presentar al IDU el informe mensual de interventoría.

4. Recibir, revisar y aprobar el informe mensual remitido por la interventoría de la ejecución del Programa de Arqueología preventiva (Fase de Implementación del Plan de Manejo arqueológico y arqueología pública) según lo establecido por el ICANH en su normativa vigente, directrices del IDU.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 246 de 291 {DOC-CONFIDENCIALIDAD} REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-287 • 2025 • ENERO • 28 287 MANUAL DE GESTIÓN {DOC-TITULO} CÓDIGO {DOC-CODE} PROCESO {DOC-PROCESO} VERSIÓN {DOC-VER} Obligaciones Contrato de Conservación - Obligaciones para el Inicio de ejecución del contrato COMPONENTE ARQUEOLOGÍA Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al

5. Revisar y aprobar el informe semestral y hacer seguimiento a la implementación del Programa de Arqueología preventiva (Fase de Implementación del Plan de Manejo arqueológico y arqueología pública) según lo establecido por el ICANH en su normativa vigente, directrices del IDU.

5. Recibir el informe semestral remitido y aprobado por la interventoría de la ejecución del Programa de Arqueología preventiva (Fase de Implementación del Plan de Manejo arqueológico y arqueología pública) según lo establecido por el ICANH en su normativa vigente, directrices del IDU.

Contrato de Interventoría
5. Realizar y entregar a la Interventoría el informe semestral de la ejecución del Programa de Arqueología preventiva (Fase de Implementación del Plan de Manejo arqueológico y arqueología pública) según lo establecido por el ICANH en su normativa vigente, directrices del IDU.

Obligaciones Contrato de Conservación. Obligaciones para el inicio de ejecución del Contrato COMPONENTE PATRIMONIO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría
1. Realizar y entregar a la Interventoría las fichas técnicas individuales del estado actual de los BIC, incluyendo aquellos que se encuentren en los límites de intervención (estas fichas deben ser cotejadas con las generadas una vez se termine la conservación).

1. Revisar, aprobar y radicar en el IDU, las fichas individuales de valoración de los Bienes de Interés Cultural con base en la Estructura Integradora de Patrimonios que se identificaron en el polígono de intervención del proyecto con la información debidamente cartografiada y especializada, en medio digital.

1. Recibir aprobadas de interventoría las fichas individuales de valoración de los Bienes de Interés Cultural con base en la Estructura Integradora de Patrimonios que se identificaron en el polígono de intervención, con la información debidamente cartografiada y especializada, en medio digital.

2. Recibir aprobado por la Interventoría, las evidencias de las autorizaciones de intervención para los Bienes de Interés Cultural – BIC- aprobadas por las Entidades competentes del patrimonio cultural del Distrito y la Nación.

2. Obtener las autorizaciones de intervención para los Bienes de Interés Cultural – BIC- que sean necesarias, efectuando en los tiempos establecidos los estudios técnicos, consecución de información y gestión ante las Entidades competentes del patrimonio cultural del Distrito y la Nación, así como la respectiva Licencia de Construcción, en los casos en que se requiera.

2. Revisar, aprobar y radicar en el IDU, las evidencias de las autorizaciones de intervención para los Bienes de Interés Cultural – BIC- que sean necesarias, efectuando en los tiempos establecidos los estudios técnicos, consecución de información y gestión ante las Entidades competentes del patrimonio cultural del Distrito y la Nación, así como la respectiva Licencia de Construcción, en los casos en que se requiera.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 247 de 291 {DOC-CONFIDENCIALIDAD} REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-288 • 2025 • ENERO • 28 288 MANUAL DE GESTIÓN {DOC-TITULO} CÓDIGO {DOC-CODE} PROCESO {DOC-PROCESO} VERSIÓN {DOC-VER} Obligaciones Contrato de Conservación. Obligaciones para el inicio de ejecución del Contrato COMPONENTE PATRIMONIO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al Contrato de Interventoría

3. N.A.

3. Contratar y mantener el personal de apoyo requerido en los términos establecidos en los pliegos de condiciones definitivos, anexos, documentos contractuales y requerimientos que realicen las entidades competentes del patrimonio e IDU.

3. Verificar que el contratista contrate y mantenga el personal de apoyo requerido en los términos establecidos en los pliegos de condiciones definitivos, anexos, documentos contractuales y requerimientos que realicen las entidades competentes del patrimonio e IDU.
Contratar y mantener el personal de interventoría de apoyo requerido en los términos establecidos en el Contrato y los documentos que lo conforman.

4. Revisar, aprobar y radicar en el IDU, la información secundaria como fichas de declaratoria, fichas de inventario, registros fotográficos, valoraciones, estudios históricos, información de identificación de los inmuebles y bienes, así como los Planes o Instrumentos vigentes para cada uno de los BICs.

4. Realizar y entregar a la Interventoría la información secundaria como fichas de declaratoria, fichas de inventario, registros fotográficos, valoraciones, estudios históricos, información de identificación de los inmuebles y bienes, así como los Planes o Instrumentos vigentes para cada uno de los BICs.

4. Recibir la información remitida por la interventoría relacionada con la información secundaria como fichas de declaratoria, fichas de inventario, registros fotográficos, valoraciones, estudios históricos, información de identificación de los inmuebles y bienes, así como los Planes o Instrumentos vigentes para cada uno de los BICs.

5. Dar cumplimiento a la Ley 1185 de 2008, el Decreto Distrital 190 de 2004, Art. 125 y 310; Decreto Nacional 763 de 2009, Decreto Nacional 2358 primero de 2019 o documento vigente. o documento vigente o que lo reemplace.

5. Garantizar el efectivo seguimiento, control y vigilancia de las obligaciones relacionadas con el componente patrimonio, de conformidad con lo establecido en la Ley 1185 de 2008, el Decreto Distrital 190 de 2004, Art. 125 y 310; Decreto Nacional 763 de 2009, Decreto Nacional 2358 primero de 2019 o documento vigente. o documento vigente o que lo reemplace.
Reportar al IDU el cumplimiento o incumplimiento por parte del contratista de las normas antes mencionadas

5. Revisar los reportes remitidos por la interventoría respecto al cumplimiento o incumplimiento por parte del contratista de las obligaciones relacionadas con el componente patrimonio, de conformidad con lo establecido en la Ley 1185 de 2008, el Decreto Distrital 190 de 2004, Art. 125 y 310; Decreto Nacional 763 de 2009, Decreto Nacional 2358 primero de 2019 o documento vigente. o documento vigente o que lo reemplace.
En caso de incumplimiento, reportar lo pertinente a las entidades competentes.

Nota: Para los proyectos de Conservación, si las intervenciones tendrán profundidades superiores a diez (10) centímetros, las entidades competentes del patrimonio cultural lo consideran rehabilitación. Es importante considerar en este caso los tiempos y productos requeridos para la aprobación por parte de las entidades competentes.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 248 de 291 {DOC-CONFIDENCIALIDAD} REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-289 • 2025 • ENERO • 28 289 MANUAL DE GESTIÓN {DOC-TITULO} CÓDIGO {DOC-CODE} PROCESO {DOC-PROCESO} VERSIÓN {DOC-VER} Obligaciones Contrato de Conservación. Obligaciones para el inicio de ejecución del Contrato COMPONENTE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión del IDU
1. Establecer los contactos iniciales con los representantes de las ESP, SDM, SDP y otras entidades, una vez estos sean nombrados y la Interventoría le informe al respecto. El respectivo delegado debe realizar el acompañamiento en desarrollo de la obra en lo concerniente a las redes de servicios públicos, ambiental, señalización y semaforización y otros aspectos que se considere.

1. Una vez se conozca el nombramiento de los representantes de las ESP, SDM, SDP y otras Entidades, informar al Constructor para establecer los contactos iniciales con los mismos.
El respectivo delegado debe realizar el acompañamiento en desarrollo de la obra en lo concerniente al tema de redes de servicios públicos, temas ambientales, señalización y redes de servicios públicos, y otros aspectos que se considere.

1. Enviar comunicación a las ESP, SDM, SDP, SDA y demás entidades que se requiera de acuerdo con las necesidades del proyecto, la oficialización de inicio del contrato y solicitar el nombramiento del representante por parte de cada ESP y entidad, quien realizará el acompañamiento al desarrollo de la obra respecto a las redes de servicios públicos, ambiental, señalización y semaforización y otros aspectos que se considere.
Hacer presentación del proyecto a los distintos representantes de las ESP, TIC, SDM y otras entidades.

2. Verificar el cumplimiento de los lineamientos establecidos en la guía “Coordinación IDU, ESP y TIC en proyectos de infraestructura de transporte”, y realizar las aprobaciones correspondientes.

2. Gestionar y elaborar las actividades, insumos y productos para dar cumplimiento a los lineamientos establecidos en la guía “Coordinación IDU, ESP y TIC en proyectos de infraestructura de transporte” o a los convenios vigentes con las ESP.
Para los contratos de obra se debe recibir y analizar las solicitudes de modificación de diseños, liderar los recorridos de verificación de obra construida con la ESP y TIC.

3. Revisar y suscribir las actas de definición de competencias de pago y gestionar con las empresas de servicios públicos su suscripción.

3. Revisar y aprobar el presupuesto de obra para redes de servicios públicos.
Revisar, aprobar y suscribir el acta de definición de competencias de pago para cada ESP, en caso de que no exista para el proyecto, y enviarla al IDU. Elaborar las constancias de ejecución de maniobras a cargo de IDU.

2. Recibir de la interventoría los productos debidamente aprobados en cumplimiento de los lineamientos establecidos en la guía “Coordinación IDU, ESP y TIC en proyectos de infraestructura de transporte”.
Para los contratos de obra se deben solicitar, verificar y recibir de las ESP y TIC los CDP y CRP, así como verificación de la fuente que incluye los recursos para ejecución de obras para redes por solicitudes de las ESP y TIC requeridas en la ejecución del contrato de obra.
3. Actualizar el presupuesto de obra para redes de servicios públicos, incluyendo maniobras a solicitar a las ESP.
Elaborar, actualizar y suscribir el acta de definición de competencias de pago por parte de cada ESP. Elaborar las actas de recibo parcial y final de obras para redes de servicios públicos y entrega de activos.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 249 de 291 {DOC-CONFIDENCIALIDAD} REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-290 • 2025 • ENERO • 28 290 MANUAL DE GESTIÓN {DOC-TITULO} CÓDIGO {DOC-CODE} PROCESO {DOC-PROCESO} VERSIÓN {DOC-VER} Obligaciones Contrato de Conservación. Obligaciones para el inicio de ejecución del Contrato

4. Recibir de la Interventoría la aprobación del Plan de Manejo de Tránsito general y/o específicos del proyecto, del PMT para inventario de redes, desvíos, tratamientos silviculturales, diagnóstico y/o cuando se requiera, según lo publicado por la Secretaría Distrital de Movilidad.

COMPONENTE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión del IDU
4. Elaborar los Planes de Manejo de Tránsito (PMT) generales y/o específicos del proyecto, el PMT para inventario de redes, desvíos, tratamientos silviculturales, diagnóstico y presentarlos oportunamente a la interventoría y gestionar su aprobación ante la Secretaría Distrital de Movilidad.
El PMT general del proyecto se deberá presentar para aprobación dentro de los diez (10) primeros días hábiles después de suscrita el acta de inicio del contrato y luego de su aprobación, deberán presentarse para aprobación de la SDM. Los PMT específicos serán elaborados y gestionados para aprobación de la SDM a lo largo del desarrollo de las obras, según el cronograma y las necesidades de la construcción y el proyecto.

4. Revisar y aprobar el Plan de Manejo de Tránsito (PMT) general y/o específicos del proyecto, el PMT para inventario de redes, desvíos, tratamientos silviculturales, diagnóstico y/o cuando se requiera, presentado por el contratista de obra.
Validar que el Plan de Manejo de Tránsito (PMT) general y/o específicos del proyecto cumplan con la normatividad vigente y gestionar su aprobación ante la Secretaría Distrital de Movilidad. El plazo total para la revisión, verificación y aprobación de los PMT no puede exceder el plazo de los tres (3) días hábiles después de recibido por parte del contratista de obra, incluyendo todas las correcciones a que haya lugar por su parte. Surtida su revisión y aprobación deberá socializarlo con el apoyo técnico de la supervisión del IDU y atender las observaciones que se generen para proceder a su radicación ante la SDM. En el caso en que la Secretaría Distrital de Movilidad requiera ajustes al PMT radicado, éstos deberán subsanarse dentro de los tres (3) días hábiles contados a partir de la comunicación de la Secretaría.

5. Consultar, conocer, y poner en práctica la guía de coordinación interinstitucional y los convenios con las ESP vigentes y publicados en la página WEB del IDU, durante la ejecución del contrato.

5. Consultar, conocer y verificar que el contratista de obra ponga en práctica la guía de coordinación interinstitucional y los convenios con las ESP vigentes y publicados en la página WEB del IDU, durante la ejecución del contrato.

6. Asistir a las mesas decisorias en cumplimiento de esta obligación.

5. Recibir de la interventoría los productos debidamente aprobados en cumplimiento de los lineamientos establecidos en la guía “Coordinación IDU, ESP y TIC en proyectos de infraestructura de transporte”.
6. Llevar a cabo las mesas decisorias según la metodología establecida en la guía de coordinación interinstitucional y en los convenios vigentes con las ESP.

6. Convocar y asistir a las mesas decisorias según la metodología establecida en la guía de coordinación interinstitucional y en los convenios vigentes con las ESP.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 250 de 291 {DOC-CONFIDENCIALIDAD} REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-291 • 2025 • ENERO • 28 291 MANUAL DE GESTIÓN {DOC-TITULO} CÓDIGO {DOC-CODE} PROCESO {DOC-PROCESO} VERSIÓN {DOC-VER} Obligaciones Contrato de Conservación. Obligaciones para el inicio de ejecución del Contrato

7. Exigir al interventor que el contratista de obra revise y apropie los diseños de redes y estructuras hidrosanitarias, redes eléctricas, alumbrado público, gas natural y telecomunicaciones, entre otros

COMPONENTE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión del IDU
7. Revisar y apropiar los diseños de redes y estructuras hidrosanitarias, redes eléctricas, alumbrado público, gas natural y telecomunicaciones, entre otros, cumpliendo con los documentos que conforman el Contrato y la normatividad vigente.
Estos diseños deberán ser presentados a las ESP.

7. Verificar que el contratista de obra revise y apropie los diseños de redes y estructuras hidrosanitarias, redes eléctricas, alumbrado público, gas natural y telecomunicaciones, entre otros, validando que estos cumplan los documentos que conforman el Contrato y la normatividad vigente.
Estos diseños deberán ser presentados a las ESP.

8. Atender las reuniones con las ESP y entidades competentes para recibir observaciones a los productos.

8. Asistir a las reuniones que se realicen en cumplimiento de esta obligación.

8. Asistir a las reuniones con el contratista de obra, las ESP y entidades competentes para recibir observaciones a los productos.

9. Revisar el cumplimiento las obligaciones asociadas al ciclo de gestión, aprobación, no objeción, aval de productos y concesión de permisos, autorizaciones o licencias, a que se refiere el Manual de Interventoría y/o Supervisión de contratos.

9. En el evento en que el contratista encuentre la necesidad de modificar los diseños aprobados por cualquiera de las ESP, deberá cumplir con las obligaciones asociadas al ciclo de gestión, aprobación, no objeción, aval de productos y concesión de permisos, autorizaciones o licencias, a que se refiere el Manual de Interventoría y/o Supervisión de contratos.

9. En el evento en que el contratista de obra encuentre la necesidad de modificar los diseños aprobados por cualquiera de las ESP, la Interventoría deberá verificar que este contratista cumpla con las obligaciones asociadas al ciclo de gestión, aprobación, no objeción, aval de productos y concesión de permisos, autorizaciones o licencias, a que se refiere el Manual de Interventoría y/o Supervisión de contratos.

Obligaciones Contrato de Conservación. Obligaciones para el inicio de ejecución del Contrato COMPONENTE ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión del IDU

1. Mantener actualizada la documentación del contrato debidamente archivada, controlar el archivo del proyecto con la finalidad de integrar el expediente del desarrollo del contrato en cumplimiento de las normas archivísticas aplicables y llevar conjuntamente con la Interventoría la trazabilidad del proyecto.

1. Administrar el archivo documental del proyecto, en lo referente a los contratos de construcción, conservación, suministros, adquisición de bienes, arriendo e Interventoría, así como de los productos que se obtengan en el desarrollo del contrato.

1. Administrar el archivo documental del proyecto, en lo referente a los contratos a cargo, así como de los productos que se obtengan en el desarrollo del contrato. De igual forma, deberá ingresar la información pertinente en el SIAC o el sistema que haga sus veces, con el fin de garantizar que la información que reposa en el sistema corresponde a la situación real del contrato.

2. Aplicar el procedimiento para pago a terceros.

2. Suscribir con la interventoría las actas de pago con sus respectivos soportes, según se indique en el contrato de construcción, conservación, suministros, adquisición de bienes o arriendo y gestionar el pago de acuerdo con lo establecido en la guía de pago a terceros.

2. Revisar, aprobar y suscribir las actas de pago con sus respectivos soportes, según se indique en el contrato de construcción, conservación, suministros, adquisición de bienes o arriendo, y gestionar el pago de acuerdo con lo establecido en la guía de pago a terceros.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 251 de 291 {DOC-CONFIDENCIALIDAD} REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-292 • 2025 • ENERO • 28 292 MANUAL DE GESTIÓN {DOC-TITULO} CÓDIGO {DOC-CODE} PROCESO {DOC-PROCESO} VERSIÓN {DOC-VER} N.A.

3. Elaborar y suscribir con el IDU las actas de pago con sus respectivos soportes, según se indique en el contrato de interventoría, y gestionar el pago de acuerdo con lo establecido en la guía de pago a terceros.

3. Suscribir con la interventoría las actas de pago y aplicar lo establecido en la guía de pago a terceros. El IDU podrá devolver los documentos solicitando las aclaraciones y correcciones que considere necesarias
4. Elaborar y entregar a la interventoría a más tardar el mes siguiente al relacionado en el extracto, el informe de inversión y buen manejo del anticipo debidamente soportado.

4. Verificar y aprobar, a más tardar el mes siguiente al relacionado en el extracto, el informe de inversión y buen manejo del anticipo y remitirlo al IDU, de manera individual y también como parte del informe mensual de interventoría, hasta la liquidación del anticipo.

4. Realizar seguimiento a la interventoría y revisar que ésta entregue aprobado el informe de inversión y buen manejo del anticipo, hasta la liquidación del anticipo. El IDU podrá devolverlo solicitando las aclaraciones y correcciones que considere necesarias

5. Recibir aprobado por la interventoría el presupuesto (balance financiero)

5. El contratista debe presentar a la interventoría para su aprobación, el presupuesto (balance financiero) para la ejecución del contrato.

5. Revisar y aprobar el presupuesto (balance financiero) del contrato de obra, realizando el seguimiento, inversión y verificando que no sea superior al valor del contrato.
La interventoría es responsable, entre otros, de ejercer el control sobre los costos y ejecución del proyecto, razón por la cual en ningún caso podrá autorizar actividades que no cuenten con respaldo presupuestal suficiente para su recibo y pago.

El supervisor del contrato de interventoría revisará cuales obligaciones de las anteriormente mencionadas no son aplicables a estos, lo cual será comunicado al interventor, con el objetivo de que sea consistente lo exigido en el contrato y el presente manual.

Las obligaciones del componente administrativo y financiero son aplicables a las demás fases que conforman el contrato de obra.

IV.Fase de Ejecución en contratos de Construcción y Conservación Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 252 de 291 {DOC-CONFIDENCIALIDAD} REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-293 • 2025 • ENERO • 28 293 MANUAL DE GESTIÓN {DOC-TITULO} CÓDIGO {DOC-CODE} PROCESO {DOC-PROCESO} VERSIÓN {DOC-VER} Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones de la Fase de Ejecución COMPONENTE TÉCNICO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al contrato de Interventoría

1. Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del Acta de Inicio o el término definido en los documentos que conforman el Contrato, y presentar, para aprobación de la Interventoría y la no objeción del IDU del Plan Detallado de Inversión del Anticipo, la apertura de la fiducia para el pago del anticipo y el contrato de fiducia, cuando el contrato lo contemple.
Cumplir con el cronograma y el programa de inversiones aprobados al inicio del Contrato, asegurando el uso adecuado y oportuno de los recursos. En caso de incumplimientos del cronograma, efectuar de manera inmediata los correctivos necesarios mediante un plan de contingencia. Las reprogramaciones en el cronograma deben ser presentadas para aprobación de la Interventoría, incluyendo la respectiva justificación. La reprogramación se deberá presentar para aprobación de la Interventoría dentro de los tres (3) primeros días hábiles posteriores a la identificación de la desviación del cronograma en el comité semanal del contrato.

1. Recibir aprobado por la Interventoría el Plan Detallado de Inversión del Anticipo, la solicitud de la apertura de la fiducia para el pago del anticipo y el contrato de fiducia, cuando el contrato lo contemple. El IDU podrá devolver los documentos solicitando las aclaraciones y correcciones que considere necesarias.
Hacer seguimiento a la gestión que realiza la Interventoría, a través de la información suministrada por la misma, con relación al cumplimiento y desempeño del cronograma y programa de inversiones del contrato de obra. En caso de incumplimientos, solicitar a la Interventoría lo descrito en el procedimiento “Declaratoria de incumplimiento para la imposición de multa, cláusula penal, caducidad y/o afectación de la garantía única de cumplimiento” o el que haga sus veces. Recibir aprobado por parte de la Interventoría la justificación y aprobación de la reprogramación del cronograma.

1. Revisar y aprobar el Plan Detallado de Inversión del Anticipo y la solicitud de la apertura de la fiducia para el pago del anticipo y el contrato de fiducia cuando el contrato lo contemple, dentro de los tres (3) días siguientes al recibo de dicho documento.
Exigir el cumplimiento del cronograma y el programa de inversiones, presentados por el contratista de obra, efectuando controles permanentes de las actividades programadas. Reportar semanalmente al IDU, como un anexo al informe semanal de Interventoría en MS Project o en el formato y/o aplicativo que el IDU disponga, los porcentajes y costos de avance de ejecución soportables, identificar actividades atrasadas, adelantadas, porcentajes de avance real, comienzo y fin tardíos, comienzo y fin adelantados, costo real facturado, análisis de tendencias, análisis de ruta crítica e indicadores de desempeño de cronograma y costo del contrato. En caso de incumplimientos del cronograma revisar y aprobar el plan de contingencia propuesto por el consultor. En caso de reiteración de incumplimiento deberá iniciar el procedimiento “Declaratoria de incumplimiento para la imposición de multa, cláusula penal, caducidad y/o afectación de la garantía única de cumplimiento” o el que haga sus veces. Revisar, analizar y aprobar la justificación entregada por el consultor para la reprogramación propuesta, y remitir al supervisor la reprogramación aprobada, entendiéndose esta reprogramación como la nueva línea base del contrato. El plazo total para la revisión, verificación y aprobación de la reprogramación no puede exceder de los tres (3) días hábiles posteriores al recibo de del contratista de obra, incluyendo todas las correcciones a que haya lugar por parte de éste.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 253 de 291 {DOC-CONFIDENCIALIDAD} REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-294 • 2025 • ENERO • 28 294 MANUAL DE GESTIÓN {DOC-TITULO} CÓDIGO {DOC-CODE} PROCESO {DOC-PROCESO} VERSIÓN {DOC-VER} Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones de la Fase de Ejecución COMPONENTE TÉCNICO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al contrato de

2. Convocar y participar en las reuniones de seguimiento y visitas de campo, y proponer alternativas, generar soluciones y demás acciones para el buen desarrollo del proyecto.
Elaborar y suscribir las correspondientes actas generadas.

Interventoría
2. Participar en las reuniones de seguimiento, visitas de campo e inspecciones convocadas por el interventor o el IDU, y proponer alternativas, generar soluciones y demás acciones para el buen desarrollo del proyecto. Suscribir las correspondientes actas generadas.

3. Asistir y participar en las mesas de trabajo. En todo caso el IDU podrá convocar a reuniones de seguimiento y visitas de campo las veces que lo considere necesario.
Suscribir las actas correspondientes.

2. Participar en las reuniones de seguimiento y visitas de campo, y proponer alternativas, generar soluciones y demás acciones para el buen desarrollo del proyecto.
El IDU podrá convocar a reuniones de seguimiento y visitas de campo cuando lo considere necesario. Suscribir las correspondientes actas generadas.
3. Asistir y participar en las mesas de trabajo conjuntas por disciplina entre los especialistas del contratista de obra y de la Interventoría, para la unificación de criterios y acuerdos que garanticen el buen desarrollo del contrato.
Suscribir las actas correspondientes.

3. Convocar, asistir y participar en las mesas de trabajo conjuntas por disciplina entre los especialistas del contratista de obra y de la Interventoría, para la unificación de criterios y acuerdos que garanticen el buen desarrollo del contrato. La Interventoría podrá solicitar la asistencia del delegado de las ESP y demás entidades, cuando lo considere necesario. Elaborar y suscribir las actas correspondientes.

4. Recibir los informes aprobados por la Interventoría.

4. Entregar oportunamente a la Interventoría la información requerida para la elaboración de los informes mensuales y finales, incluyendo soportes y demás documentos.

4. Recibir, revisar y aprobar los insumos entregados por el contratista de obra. Con base en estos insumos, la Interventoría elabora el informe mensual de Interventoría.

5. Implementar y cumplir el Plan de Calidad.

5. Recibir la certificación firmada del cumplimiento del Plan de Calidad del Contratista de obra así como verificar el cumplimiento del Plan de Calidad del interventor.

5. Cumplir su Plan de Calidad y verificar el cumplimiento del Plan de Calidad entregado por el Contratista de obra.
Enviar al IDU una certificación firmada del cumplimiento del Plan de Calidad del contratista de obra anexo al informe mensual de Interventoría.

6. Recibir, el acta de recibo parcial y los productos relacionados con la misma, verificar que se encuentren firmados y aprobados por parte de los especialistas y el director del proyecto por parte del contratista de obra e Interventoría. Diligenciar el formato de recibo de productos en la Fase de Preliminares.

6. Elaborar y suscribir en conjunto con el interventor el acta de recibo parcial para la entrega de productos, adjuntando la documentación soporte requerida.
Las actas de recibo parcial de obra deberán estar acompañada del acta de ajustes (por IPC, ICOCIV, para el insumo asfalto, entre otros), si ello hubiese quedado pactado en el contrato.

6. Revisar y avalar la documentación de soporte presentada por el contratista de obra de manera previa a la suscripción del acta de recibo parcial.
Suscribir en conjunto con el contratista de obra el acta de recibo parcial para la entrega de productos, la cual deberá incluir como anexo la documentación soporte (listado de productos de la consultoría) y radicarla en el IDU.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 254 de 291 {DOC-CONFIDENCIALIDAD} REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-295 • 2025 • ENERO • 28 295 MANUAL DE GESTIÓN {DOC-TITULO} CÓDIGO {DOC-CODE} PROCESO {DOC-PROCESO} VERSIÓN {DOC-VER} Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones de la Fase de Ejecución COMPONENTE TÉCNICO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al contrato de Interventoría
7. Realizar las correcciones, adiciones, revisiones o modificaciones solicitadas por la Interventoría o el IDU en los plazos que fije el IDU.

7. Recibir, de parte de la Interventoría, la elaboración, complementación, ajuste o actualización de estudios y diseños aprobados.

7. Verificar y validar que el contratista de obra realice las correcciones, adiciones, revisiones o modificaciones solicitadas por la Interventoría o el IDU en los plazos que, fije el IDU. La revisión por parte de la Interventoría se efectuará las veces que sea necesaria para poder adelantar la aprobación del producto con la calidad establecida en el presente contrato y se cuente con su aprobación por parte del IDU, ESP y demás entidades competentes.

8. Recibir el ajuste o la actualización de los estudios y diseños aprobados por la Interventoría.

8. Elaborar, complementar, ajustar o actualizar los estudios y diseños cumpliendo con los documentos que conforman el contrato incluyendo su propuesta técnica, las normas y las especificaciones técnicas vigentes del IDU, ESP, TIC, Entidades de cualquier Orden y demás aplicables. En el evento en que durante la ejecución de la Fase de Preliminares surja una norma que modifique las especificaciones técnicas aplicables al proyecto, el Contratista de obra deberá ajustar los estudios y diseños, sin que esto genere mayor costo para la entidad.

8. Garantizar que el Contratista de obra elabore, complemente, ajuste o actualice los estudios y diseños cumpliendo con los documentos que conforman el contrato incluyendo su propuesta técnica, las normas y las especificaciones técnicas vigentes del IDU, ESP, TIC, entidades de cualquier orden y demás aplicables. En el evento en que durante la ejecución de la Fase de Preliminares surja una norma que modifique las especificaciones técnicas aplicables al proyecto, el Interventor deberá efectuar el seguimiento, validación y aprobación de los ajustes de los estudios y diseños, sin que esto genere mayor costo para la entidad.

9. Recibir aprobado los planos los planos de todos los componentes del diseño (redes, diseños paisajísticos, diseños geométricos, mobiliario urbano, levantamiento topográfico, entre otros).

9. Presentar los planos de todos los componentes del diseño (redes, diseños paisajísticos, diseños geométricos, mobiliario urbano, levantamiento topográfico, entre otros) en los que se evidencien las interferencias existentes, y así plantear en el diseño la mejor alternativa técnica y económica al respecto.

9. Revisar y aprobar los planos de todos los componentes del diseño (redes, diseños paisajísticos, diseños geométricos, mobiliario urbano, levantamiento topográfico, entre otros) en los que se evidencien las interferencias existentes, y así plantear en el diseño la mejor alternativa técnica y económica al respecto.

10. Recibir aprobado el presupuesto para la ejecución de las obras, validando que se encuentren estimadas las actividades que se pueden ejecutar con frentes de obra siete por veinticuatro (7x24).

10. Elaborar el presupuesto para la ejecución de las obras, estimando las actividades que se pueden ejecutar con frentes de obra siete por veinticuatro (7x24), es decir, tres (3) turnos diarios, veinticuatro (24) horas del día, los siete (7) días de la semana, en concordancia con lo estipulado en la Ley 1682 de 2013.

10. Revisar y aprobar presupuesto para la ejecución de las obras, validando que se encuentren estimadas las actividades que se pueden ejecutar con frentes de obra siete por veinticuatro (7x24), es decir, tres (3) turnos diarios, veinticuatro (24) horas del día, los siete (7) días de la semana, en concordancia con lo estipulado en la Ley 1682 de 2013.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 255 de 291 {DOC-CONFIDENCIALIDAD} REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-296 • 2025 • ENERO • 28 296 MANUAL DE GESTIÓN {DOC-TITULO} CÓDIGO {DOC-CODE} PROCESO {DOC-PROCESO} VERSIÓN {DOC-VER} Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones de la Fase de Ejecución COMPONENTE TÉCNICO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al contrato de

11. Recibir aprobado los productos definidos documentos que integran el Contrato, de acuerdo con el Plan Detallado de Trabajo

Interventoría
11. Presentar los productos definidos en los documentos que integran el Contrato, de acuerdo con el Plan Detallado de Trabajo (PDT- Cronograma) aprobado.

11. Revisar y aprobar los productos definidos documentos que integran el Contrato, de acuerdo con el Plan Detallado de Trabajo (PDT- Cronograma) aprobado.

12. Revisar y aprobar los diseños de redes y estructuras de acuerdo con la pertinencia de protección y traslado por necesidad del proyecto de infraestructura de transporte y requerimientos adicionales de las ESP y TIC o entidades a que haya lugar, para redes hidrosanitarias, eléctricas, alumbrado público, gas natural y telecomunicaciones, cumpliendo con las especificaciones técnicas y normativas anunciadas por las ESP, TIC e IDU.
Revisar y aprobar los presupuestos estimados discriminados a cargo de la ESP o TIC e IDU, según lo establecido en la ley o los convenios vigentes, si fuere el caso.

12. Presentar a la Interventoría los diseños de redes y estructuras de acuerdo con la pertinencia de protección y traslado por necesidad del proyecto de infraestructura de transporte y requerimientos adicionales de las ESP y TIC o entidades a que haya lugar, para redes hidrosanitarias, eléctricas, alumbrado público, gas natural y telecomunicaciones, cumpliendo con las especificaciones técnicas y normativas anunciadas por las ESP, TIC e IDU.
Presentar los presupuestos estimados discriminados a cargo de la ESP o TIC e IDU, según lo establecido en la ley o los convenios vigentes, si fuere el caso.

13. Revisar y aprobar los productos relacionados con Tránsito y Transporte, Señalización y Semaforización.

13. Recibir aprobado los productos relacionados con Tránsito y Transporte, Señalización y Semaforización.

12.Recibir aprobados los diseños de redes y estructuras de acuerdo con la pertinencia de protección y traslado por necesidad del proyecto de infraestructura de transporte y requerimientos adicionales de las ESP y TIC o entidades a que haya lugar, para redes hidrosanitarias, eléctricas, alumbrado público, gas natural y telecomunicaciones, cumpliendo con las especificaciones técnicas y normativas anunciadas por las ESP, TIC e IDU. Recibir aprobados los presupuestos estimados discriminados a cargo de la ESP o TIC e IDU, según lo establecido en la ley o los convenios vigentes, si fuere el caso
13. Presentar a la Interventoría los productos relacionados con Tránsito y Transporte, Señalización y Semaforización y el traslado de las cámaras de video vigilancia que hubiere instalado en el área del proyecto la Secretaría de Seguridad, Justicia y Convivencia – SCJ.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 256 de 291 {DOC-CONFIDENCIALIDAD} REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-297 • 2025 • ENERO • 28 297 MANUAL DE GESTIÓN {DOC-TITULO} CÓDIGO {DOC-CODE} PROCESO {DOC-PROCESO} VERSIÓN {DOC-VER} Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones de la Fase de Ejecución COMPONENTE TÉCNICO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al contrato de

14. Revisar y aprobar los diseños geométricos, paramentación, secciones viales, paisajismo y urbanismo y directrices del taller de espacio público.

14. Recibir aprobados por parte de la Interventoría los diseños geométricos paramentación, secciones viales, paisajismo y urbanismo y directrices del taller de espacio público.

Interventoría
14. Presentar a la Interventoría los diseños geométricos, paramentación, secciones viales, paisajismo y urbanismo y directrices del taller de espacio público, cumpliendo con las especificaciones técnicas y normatividad vigente y cumplir con la Guía de coordinación IDU, ESP y TIC en proyectos de infraestructura de transporte en lo que le aplique, para su revisión y aprobación y posterior trámite ante la SDP.
Presentar un informe compendio de todos los componentes donde se evidencie que se realizó la correcta armonización de los productos que conforman los estudios y diseños del proyecto para que con base en dicho informe se pueda verificar por parte de la Interventoría que no se presentan interferencias entre dichos productos.

Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones de la Fase de Ejecución COMPONENTE AMBIENTAL, SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Contratista de obra Interventoría o Supervisión, Supervisión del IDU al contrato según el caso. de Interventoría

1. Asistir a la visita técnica al sitio del proyecto con los especialistas de la ambiental y forestal, conjuntamente con la interventoría y el consultor, con el fin de visualizar el alcance ambiental y forestal junto con el contenido de los estudios y documentos que conforman el contrato. Revisar y suscribir el acta generada en la visita.

1. Asistir a la visita técnica al sitio del proyecto con los especialistas ambiental y forestal, conjuntamente con la Interventoría y el IDU, con el fin de visualizar el alcance ambiental y forestal junto con el contenido de los estudios y documentos que conforman el contrato.
Revisar y suscribir el acta generada en la visita.

1. Convocar y asistir a la visita técnica al sitio del proyecto con los especialistas ambiental y forestal, conjuntamente con el consultor y el IDU, con el fin de visualizar el alcance ambiental y forestal junto con el contenido de los estudios y documentos que conforman el contrato.
Elaborar y suscribir el acta generada en la visita.

2. Recibir aprobado por parte del interventor la estimación de los costos ambientales y SST para la Etapa de Ejecución conforme a los pliegos de condiciones

2. Elaborar y remitir a la Interventoría la estimación de los costos ambientales y SST para la Etapa de Ejecución incluyendo los que conlleven y resulten de la obtención de todos los permisos ambientales que sean necesarios para el desarrollo del proyecto.

2. Revisar, verificar, aprobar y remitir al IDU la estimación de los costos ambientales y SST para la Etapa de Ejecución incluyendo los que conlleven y resulten de la obtención de todos los permisos ambientales que sean necesarios para el desarrollo del proyecto.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 257 de 291 {DOC-CONFIDENCIALIDAD} REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-298 • 2025 • ENERO • 28 298 MANUAL DE GESTIÓN {DOC-TITULO} CÓDIGO {DOC-CODE} PROCESO {DOC-PROCESO} VERSIÓN {DOC-VER} Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones de la Fase de Ejecución COMPONENTE AMBIENTAL, SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Contratista de obra Interventoría o Supervisión, Supervisión del IDU al contrato según el caso. de Interventoría
3. Elaborar y remitir a la Interventoría los estudios ambientales y de Seguridad y Salud en el trabajo, que se requieran de acuerdo a documentos que conforman el contrato cumpliendo con las especificaciones técnicas y normatividad vigente.

3. Revisar, verificar, aprobar y remitir al IDU los estudios ambientales y de Seguridad y Salud en el trabajo, que se requieran de acuerdo a documentos que conforman el contrato cumpliendo con las especificaciones técnicas y normatividad vigente.

4. Recibir aprobados los documentos requeridos para la obtención de los permisos y/o licencias ambientales necesarias e iniciar el trámite ante la Autoridad Ambiental Competente.

3. Recibir aprobados los estudios ambientales y de Seguridad y Salud en el trabajo, que se requieran de acuerdo a documentos que conforman el contrato cumpliendo con las especificaciones técnicas y normatividad vigente.
4. Elaborar y remitir a la Interventoría los documentos requeridos para la obtención de los permisos y/o licencias ambientales necesarias en los formatos vigentes establecidos por la Autoridad Ambiental competente y el IDU.

4. Revisar, verificar, aprobar y remitir al IDU los documentos requeridos para la obtención de los permisos y/o licencias ambientales necesarias en los formatos vigentes establecidos por la Autoridad Ambiental competente y el IDU.

5. Revisar, aprobar y remitir al IDU documento Manejo Ambiental de Obra (MAO) previo al inicio de las actividades constructivas.

5. Elaborar y remitir a la Interventoría para aprobación del documento Manejo Ambiental de la Obra (MAO) previo al inicio de las actividades constructivas.

5. Recibir el MAO debidamente aprobado por la Interventoría.
Realizar el trámite para la obtención de los permisos ante la autoridad ambiental competente cuando sea requerido, de acuerdo a lo aprobado por la Interventoría. Adelantar la inscripción del proyecto ante la secretaria Distrital de Ambiente para la obtención del PIN, previo al inicio de las actividades de constructivas.

Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones de la Fase de Ejecución COMPONENTE ARQUEOLÓGICO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al contrato de Interventoría
1. Revisar la documentación del programa de arqueología preventiva aprobado por el ICANH y en caso de ser necesario actualizar los insumos para los trámites adicionales requeridos ante la entidad mencionada.

1. Revisar, aprobar y radicar en el IDU, la documentación necesaria entregada por el contratista, para que el Instituto de Desarrollo Urbano pueda tramitar los cambios mayores o menores, de conformidad con lo establecido en la normatividad vigente del ICANH y el Programa de Arqueología Preventiva del Instituto Colombiano de Antropología e Historia – ICANH y del IDU.

1. Recibir aprobada por la Interventoría la documentación necesaria para actualizar el programa de

arqueología preventiva previamente entregada por el contratista, para que el Instituto de Desarrollo Urbano- IDU, pueda solicitar los cambios necesarios de conformidad con la normativa vigente del ICANH y con lo establecido en el Programa de Arqueología y directrices del IDU.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 258 de 291 {DOC-CONFIDENCIALIDAD} REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-299 • 2025 • ENERO • 28 299 MANUAL DE GESTIÓN {DOC-TITULO} CÓDIGO {DOC-CODE} PROCESO {DOC-PROCESO} VERSIÓN {DOC-VER} Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones de la Fase de Ejecución COMPONENTE ARQUEOLÓGICO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al contrato

2. Revisar y aprobar el Plan de Manejo Arqueológico y hacer seguimiento a la su implementación, cumpliendo con lo establecido por la normativa vigente del ICANH y sus términos de referencia y directrices del IDU.

2. Recibir y revisar la documentación relacionada con la implementación del Plan de Manejo Arqueológico, ejecutado por el contratista, el cual debe cumplir con lo establecido por la normativa vigente del ICANH, sus términos de referencia y directrices del IDU.

de Interventoría. Elaborar y ejecutar la implementación del Plan de Manejo Arqueológico, aprobado por el Instituto Colombiano de Antropología e Historia – ICANH en cumplimiento a su normativa vigente y, atendiendo las directrices metodológicas dadas por el ICANH y el IDU.

3. N.A.

3. Contratar y mantener el personal de apoyo requerido en los términos establecidos en los documentos que conforman el Contrato y requerimientos que realice el ICANH e IDU.

3. Contratar y mantener el personal de apoyo requerido en los términos establecidos en los documentos que conforman el Contrato de Interventoría, así como verificar la contratación y disponibilidad del personal de apoyo requerido por el Contratista de Obra.

4. Realizar y entregar a la Interventoría el informe mensual de la ejecución del Programa de Arqueología preventiva (Fase de Implementación del Plan de Manejo arqueológico y arqueología pública) según lo establecido por el ICANH en su normativa vigente, directrices del IDU.

4. Revisar y aprobar el informe mensual y hacer seguimiento a la implementación del Programa de Arqueología preventiva (Fase de Implementación del Plan de Manejo arqueológico y arqueología pública) según lo establecido por el ICANH en su normativa vigente, directrices del IDU.
Elaborar y presentar al IDU el informe mensual de interventoría.

4. Recibir, revisar y aprobar el informe mensual remitido por la interventoría de la ejecución del Programa de Arqueología preventiva (Fase de Implementación del Plan de Manejo arqueológico y arqueología pública) según lo establecido por el ICANH en su normativa vigente, directrices del IDU.

5. Revisar y aprobar el informe semestral y hacer seguimiento a la implementación del Programa de Arqueología preventiva (Fase de Implementación del Plan de Manejo arqueológico y arqueología pública) según lo establecido por el ICANH en su normativa vigente, directrices del IDU.

5. Realizar y entregar a la Interventoría el informe semestral de la ejecución del Programa de Arqueología preventiva

(Fase de Implementación del Plan de Manejo arqueológico y arqueología pública) según lo establecido por el ICANH en su normativa vigente, directrices del IDU.

5. Recibir el informe semestral remitido y aprobado por la interventoría de la ejecución del Programa de Arqueología preventiva (Fase de Implementación del Plan de Manejo arqueológico y arqueología pública) según lo establecido por el ICANH en su normativa vigente, directrices del IDU.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 259 de 291 {DOC-CONFIDENCIALIDAD} REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-300 • 2025 • ENERO • 28 300 MANUAL DE GESTIÓN {DOC-TITULO} CÓDIGO {DOC-CODE} PROCESO {DOC-PROCESO} VERSIÓN {DOC-VER} Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones de la Fase de Ejecución COMPONENTE ARQUEOLÓGICO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al contrato. 6.Recibir, revisar y aprobar el de Interventoría
6. Realizar y entregar a la Interventoría el informe final de la ejecución del Programa de Arqueología preventiva (Fase de Implementación del Plan de Manejo arqueológico y arqueología pública) según lo establecido por el ICANH en su normativa vigente, directrices del IDU.

6. Revisar y aprobar el informe final y hacer seguimiento a la implementación del Programa de Arqueología preventiva (Fase de Implementación del Plan de Manejo arqueológico y arqueología pública) según lo establecido por el ICANH en su normativa vigente, directrices del IDU.
Elaborar y presentar al IDU el informe final de interventoría.

informe final remitido por la interventoría de la ejecución del Programa de Arqueología preventiva (Fase de Implementación del Plan de Manejo arqueológico y arqueología pública) según lo establecido por el ICANH en su normativa vigente, directrices del IDU.. Se recibe el informe final del contratista, el cual será remitido por la entidad al ICANH Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones de la Fase de Ejecución COMPONENTE PATRIMONIO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al contrato

1. Revisar, aprobar y radicar en el IDU, las evidencias de la protección y conservación de los Bienes de Interés Cultural localizados en el área del proyecto de acuerdo con lo aprobado por las entidades competentes en la gestión del patrimonio cultural.

1. Recibir aprobada por la Interventoría las evidencias de la protección y conservación de los Bienes de Interés Cultural localizados en el área del proyecto de acuerdo con lo aprobado por las entidades competentes en la gestión del patrimonio cultural.

de Interventoría
1. Elaborar y entregar debidamente aprobado por la Interventoría al IDU, las evidencias de la protección y conservación de los Bienes de Interés Cultural localizados en el área del proyecto de acuerdo con lo aprobado por las entidades competentes en la gestión del patrimonio cultural.

2. Revisar, aprobar y radicar en el IDU, las evidencias de las actividades de socialización e integración del proyecto, con la comunidad y propietarios de los Bienes de Interés Cultural.

2.Realizar actividades de socialización e integración del proyecto, con la comunidad y propietarios de los Bienes de Interés Cultural y remitir evidencias a la interventoria.

2. Recibir aprobado por la Interventoría, las evidencias de la socialización e integración del proyecto, con la comunidad y propietarios de los Bienes de Interés Cultural.
3. Informar a las Entidades de Patrimonio Cultural, Nacional y Distrital, la finalización de las obras con los respectivos soportes.

3. Revisar y hacer seguimiento de la entrega de informes y soportes a las Entidades de Patrimonio Cultural, Nacional y Distrital, la finalización de las obras .

4. Revisar y hacer seguimiento de ejecución de las obras en los Bienes de Interés Cultural y verificar que las obras en BIC no afecten el avance general de la obra urbana (puente peatonal, corredor, etc.).

3. Recibir aprobado por la Interventoría, las evidencias de la entrega de informes y soportes a las Entidades de Patrimonio Cultural, Nacional y Distrital, para la finalización de las obras .
4. Garantizar la ejecución de las obras en los Bienes de Interés Cultural, actuando oportunamente en cuanto a las modificaciones que se requieran; se debe garantizar que las obras en BIC no afecten el avance general de la obra urbana (puente peatonal, corredor, etc.).

4. Recibir aprobado por la Interventoría, las evidencias del seguimiento de ejecución de las obras en los Bienes de Interés Cultural y verificar que las obras en BIC no afecten el avance general de la obra urbana (puente peatonal, corredor, etc.).

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 260 de 291 {DOC-CONFIDENCIALIDAD} REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-301 • 2025 • ENERO • 28 301 MANUAL DE GESTIÓN {DOC-TITULO} CÓDIGO {DOC-CODE} PROCESO {DOC-PROCESO} VERSIÓN {DOC-VER} Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones de la Fase de Ejecución COMPONENTE PATRIMONIO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al contrato

5. Garantizar el efectivo seguimiento, control y vigilancia de las obligaciones relacionadas con el componente patrimonio.

5. Revisar y verificar que durante la etapa de ejecución se cuente con todos los permisos y autorizaciones de intervención y/o licencias de construcción por cada uno de los Bienes de Interés Cultural.

de Interventoría
5. Durante la Etapa de ejecución se deberá contar con todos los permisos y autorizaciones de intervención y/o licencias de construcción por cada uno de los Bienes de Interés Cultural. La ejecución de las intervenciones en BIC debe estar acorde con lo autorizado por la entidad competente.

6. N.A.

6. Contratar y mantener el personal de apoyo requerido en los términos establecidos en los pliegos de condiciones definitivos, anexos, documentos contractuales y requerimientos que realice las entidades competentes del patrimonio e IDU.

6. Verificar que el contratista contrate y mantenga el personal de apoyo requerido en los términos establecidos en los pliegos de condiciones definitivos, anexos, documentos contractuales y requerimientos que realicen las entidades competentes del patrimonio e IDU.
Contratar y mantener el personal de interventoría de apoyo requerido en los términos establecidos en el Contrato y los documentos que lo conforman.

7. Dar cumplimiento a la Ley 1185 de 2008, el Decreto Distrital 190 de 2004, Art. 125 y 310; Decreto Nacional 763 de 2009, Decreto Nacional 2358 primero de 2019 o documento vigente. o documento vigente o que lo reemplace.

7. Garantizar el efectivo seguimiento, control y vigilancia de las obligaciones relacionadas con el componente patrimonio, de conformidad con lo establecido en la Ley 1185 de 2008, el Decreto Distrital 190 de 2004, Art. 125 y 310; Decreto Nacional 763 de 2009, Decreto Nacional 2358 primero de 2019 o documento vigente. o documento vigente o que lo reemplace.

7. Revisar los reportes remitidos por la interventoría respecto al cumplimiento o incumplimiento por parte del contratista de las obligaciones relacionadas con el componente patrimonio, de conformidad con lo establecido en la Ley 1185 de 2008, el Decreto Distrital 190 de 2004, Art. 125 y 310;
Decreto Nacional 763 de 2009, Decreto Nacional 2358 primero de 2019 o documento vigente. o documento vigente o que lo reemplace. En caso de incumplimiento, reportar lo pertinente a las entidades competentes.

8. Recibir la información remitida por la interventoría relacionada con las memorias con las intervenciones realizadas a los Bienes de Interés Cultural, antes, durante y después del procedimiento realizado.

8. Revisar, aprobar y radicar en el IDU, las memorias con las intervenciones realizadas a los Bienes de Interés Cultural, antes, durante y después del procedimiento, condiciones de garantía y manual de mantenimiento preventivo y correctivo, se debe cotejar con la información en etapa inicio de ejecución de las fichas del estado actual.

8. Generar una memoria con las intervenciones realizadas a los Bienes de Interés Cultural, antes, durante y después del procedimiento, condiciones de garantía y manual de mantenimiento preventivo y correctivo, se debe cotejar con la información en etapa de inicio de ejecución de las fichas del estado actual.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 261 de 291 {DOC-CONFIDENCIALIDAD} REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-302 • 2025 • ENERO • 28 302 MANUAL DE GESTIÓN {DOC-TITULO} CÓDIGO {DOC-CODE} PROCESO {DOC-PROCESO} VERSIÓN {DOC-VER} Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones de la Fase de Ejecución COMPONENTE PATRIMONIO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al contrato

9. Hacer seguimiento a l as obligaciones del Interventor.

9. Realizar el seguimiento semanal y mensual del cumplimiento de las labores aprobadas por las entidades competentes según los lineamientos establecidos en los documentos contractuales y los requerimientos dados por las entidades competentes.

de Interventoría
9. Realizar y entregar informes semanales y mensuales, debidamente aprobados por la Interventoría, de la ejecución de las labores aprobadas por las entidades competentes, con la información debidamente cartografiada y especializada, en medio digital.

Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones de la Fase de Ejecución COMPONENTE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al contrato

1. Revisar y aprobar los diseños presentados por el contratista de obra.

de Interventoría
1. Presentar a la Interventoría los diseños geométricos, paramentación, secciones viales, paisajismo y urbanismo y directrices del taller del espacio público, cumpliendo con las especificaciones técnicas y normatividad vigente.

1. Recibir los diseños aprobados por la Interventoría y revisar que se encuentren firmados y aprobados por los especialistas, el director del proyecto por parte del contratista de obra e Interventoría.
2. Atender las reuniones con las ESP y demás entidades competentes para recibir observaciones a los productos.

2. Asistir y participar en las reuniones con las ESP y demás entidades competentes para recibir observaciones a los productos. Elaborar y suscribir las actas correspondientes.

2. Asistir y participar en las reuniones con las ESP y demás entidades competentes para recibir observaciones a los productos

3. Realizar seguimiento a la gestión de la Interventoría sobre las observaciones realizadas por las demás entidades.

3. Atender las observaciones presentadas por la Interventoría, y las entidades componentes, así como como realizar los ajustes pertinentes y presentarlos a la Interventoría.

3. Revisar y aprobar los ajustes elaborados por el contratista de obra hasta su aprobación final. Atender las observaciones y realizar los ajustes solicitados por las demás entidades.

4. Elaborar, ajustar, complementar o actualizar los diseños de redes y estructuras hidrosanitarias, redes eléctricas, alumbrado público, gas natural y telecomunicaciones, entre otros, cumpliendo con las especificaciones técnicas y la normatividad vigente. Estos diseños deberán ser presentados a las ESP.

4. Revisar y garantizar que el contratista del contrato objeto de Interventoría presente en oportunidad y calidad los diseños de redes y estructuras hidrosanitarias, redes eléctricas, alumbrado público, gas natural y telecomunicaciones, entre otros, elaborados, ajustados, complementados o actualizados, validando que cumplan con las especificaciones técnicas y la normatividad vigente. Estos diseños deberán ser presentados a las ESP.

4. Recibir aprobados los diseños de redes y estructuras hidrosanitarias, redes eléctricas, alumbrado público, gas natural y telecomunicaciones, entre otros, elaborados,

ajustad os, complementados o actualizados.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 262 de 291 {DOC-CONFIDENCIALIDAD} REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-303 • 2025 • ENERO • 28 303 MANUAL DE GESTIÓN {DOC-TITULO} CÓDIGO {DOC-CODE} PROCESO {DOC-PROCESO} VERSIÓN {DOC-VER} Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones de la Fase de Ejecución COMPONENTE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al contrato de Interventoría 5.Recibir los diseños y presupuesto aprobados por la Interventoría.

5. Llevar a cabo las mesas de decisión técnica y suscribir las actas de competencia con las empresas de servicios públicos para armonizar los proyectos que se ejecuten y resolver todos los aspectos que involucren las redes húmedas y secas de los lugares objeto de desarrollo de infraestructura, así:
La primera mesa de decisión técnica tendrá como producto la concertación del diseño Conceptual de la red del servicio público, teniendo en cuenta principalmente y por prioridad:  Continuidad en la prestación del servicio.  Rehabilitaciones  Actualización por material  Protecciones y Traslados.  Ampliaciones, expansiones y ajustes a norma. La segunda mesa de decisión técnica tendrá como productos los siguientes:  Análisis conjunto del diseño, en relación con el proyecto, teniendo en cuenta las prioridades anteriores, ara entregar el único borrador del diseño a la ESP.  Concertación del tiempo de presentación de observaciones. Este depende del cronograma del proyecto. No podrá ser mayor a una semana. La tercera mesa de decisión técnica tendrá el siguiente producto:  Verificación de los planos de diseño y del acta de competencia de pagos contra planos de diseño. El Diseño Definitivo debe incluir:  Planos de Diseño Definitivo  Acta de Competencia de Pago.  Validación de Cantidades de obra por: Delegado, Director de Zona, Supervisor, Interventor y Contratista.  Aprobación de Interventoría de Diseños definitivos para incluir al proyecto de infraestructura. En los casos en que no se pueda

5. . Propiciar y acompañar las mesas de decisión técnica y suscribir las actas de competencia con las Empresas de Servicios Públicos para armonizar los proyectos que se ejecuten y verificar que el contratista vigilado resuelva todos los aspectos que involucren las redes húmedas y secas de los lugares objeto de desarrollo de infraestructura, así:
La primera mesa de decisión técnica tendrá como producto la concertación del diseño Conceptual de la red del servicio público, teniendo en cuenta principalmente y por prioridad:  Continuidad en la prestación del servicio.  Rehabilitaciones  Actualización por material  Protecciones y Traslados.  Ampliaciones, expansiones y ajustes a norma. La segunda mesa de decisión técnica tendrá como productos los siguientes:  Análisis conjunto del diseño, en relación con el proyecto, teniendo en cuenta las prioridades anteriores, para entregar el único borrador del diseño a la ESP.  Concertación del tiempo de presentación de observaciones. Este depende del cronograma del proyecto. No podrá ser mayor a una semana. La tercera mesa de decisión técnica tendrá el siguiente producto:  Verificación de los planos de diseño y del acta de competencia de pagos contra planos de diseño. El Diseño Definitivo debe incluir:  Planos de Diseño Definitivo  Acta de Competencia de Pago.  Validación de Cantidades de obra por: Delegado, Director de Zona, Supervisor, Interventor y Contratista.  Aprobación de Interventoría de Diseños definitivos para incluir al proyecto de infraestructura. En los casos en que no se pueda

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 263 de 291 {DOC-CONFIDENCIALIDAD} REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-304 • 2025 • ENERO • 28 304 MANUAL DE GESTIÓN {DOC-TITULO} CÓDIGO {DOC-CODE} PROCESO {DOC-PROCESO} VERSIÓN {DOC-VER} Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones de la Fase de Ejecución COMPONENTE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al contrato de Interventoría suscribir el acta de competencia correspondiente durante la Tercera Mesa, se acudirá al Comité Coordinador del Convenio con la correspondiente ESP y se definirá como producto de la sesión la suscripción del acta de Competencia de Pago por los Administradores del Gasto de la Empresa de Servicios Públicos y Ordenadores del Gasto del IDU. suscribir el acta de competencia correspondiente durante la Tercera Mesa, se acudirá al Comité Coordinador del Convenio con la correspondiente ESP y se definirá como producto de la sesión la suscripción del acta de Competencia de Pago por los Administradores del Gasto de la Empresa de Servicios Públicos y Ordenadores del Gasto del IDU.

6. Recibir de la Interventoría la aprobación de los PMT específicos del proyecto, del PMT para inventario de redes, desvíos,

tratamien tos silviculturales, diagnóstico y/o cuando se requiera, según lo publicado por la Secretaría Distrital de Movilidad.

6. Elaborar los PMT específicos para la Fase de Preliminares; así como el PMT para inventario de redes, desvíos, tratamientos silviculturales, diagnóstico y/o cuando se requiera; presentarlo a la Interventoría y gestionar su aprobación ante la Secretaría Distrital de Movilidad.
La Metodología de Toma de Información para PMT del proyecto se deberá presentar para aprobación dentro de los diez (10) primeros días hábiles posteriores a la aprobación del estudio de tránsito. Si el estudio no es requerido, el PMT se deberá presentar para aprobación dentro de los diez (10) primeros días hábiles después de suscrita el Acta de Inicio del contrato y luego de su aprobación, deberán presentarse para aprobación de la SDM, la Línea Base y los PMT específicos requeridos para el inicio de la Etapa de Inversión. Los demás PMT específicos serán elaborados y gestionados para aprobación de la SDM durante la ejecución del Contrato, según el cronograma y las necesidades de la construcción y el proyecto.

6. Revisar y aprobar los Planes de Manejo de Tránsito (PMT) específicos del proyecto, el PMT para inventario de redes, desvíos, tratamientos silviculturales, diagnóstico y/o cuando se requiera, presentado por el contratista de obra.
Validar que cumpla con la normatividad vigente y gestionar su aprobación ante la Secretaría Distrital de Movilidad. El plazo total para la revisión, verificación y aprobación de los PMT no puede exceder el los tres (3) días hábiles posteriores al recibo por parte del contratista de obra, incluyendo todas las correcciones a que haya lugar. Surtida su revisión y aprobación deberá socializarlo con el apoyo técnico de la supervisión del IDU y atender las observaciones que se generen para proceder a su radicación ante la SDM. En el caso en que la Secretaría Distrital de Movilidad requiera ajustes al PMT radicado, éstos deberán subsanarse dentro de los tres (3) días hábiles contados a partir de la comunicación de la Secretaría

V.Entrega Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 264 de 291 {DOC-CONFIDENCIALIDAD} REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-305 • 2025 • ENERO • 28 305 MANUAL DE GESTIÓN {DOC-TITULO} CÓDIGO {DOC-CODE} PROCESO {DOC-PROCESO} VERSIÓN {DOC-VER} Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones de Entrega COMPONENTE TÉCNICO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al contrato de Interventoría

1. Verificar que el Contratista del contrato objeto de seguimiento los productos previstos en el PDT y en los documentos que integran el Contrato, para su revisión, verificación de cumplimiento de las especificaciones técnicas y normatividad vigente al momento de suscribir el contrato, y posterior aprobación.

1. Presentar a la Interventoría los productos previstos en el PDT y en los documentos que integran el Contrato, para su revisión, verificación de cumplimiento de las especificaciones técnicas y normatividad vigente al momento de suscribir el contrato, y posterior aprobación. Radicar en las Entidades que correspondan.

1. Recibir los diseños revisados, verificados, validados y aprobados por la Interventoría.
Revisar que se encuentren firmados y aprobados por parte de los especialistas y el director del proyecto por parte del contratista de obra e Interventoría.

Verificar que el Contratista atienda sus observaciones, las efectuadas por las ESP, el IDU y demás entidades competentes, validando previa a su aprobación los ajustes efectuados.

2. Entregar a la Interventoría los planos de acuerdo con el Instructivo Guía de entregables en formato digital o el que haga sus veces. Entregar el inventario de la malla vial y la digitalización de los resultados de ensayos de laboratorio, teniendo en cuenta la guía “Toma de información técnica de inventario, diagnóstico y ensayos para la gestión de la infraestructura vial y espacio público de Bogotá D.C.” o la que haga sus veces.

2. Recibir los planos aprobados por la Interventoría de acuerdo con lo establecido en instructivo vigente Guía de entregables en formato digital. Recibir de la Interventoría el inventario de la malla vial y la digitalización de los resultados de ensayos de laboratorio de acuerdo con lo establecido en la guía “Toma de información técnica de inventario, diagnóstico y ensayos para la gestión de la infraestructura vial y espacio público de Bogotá D.C.” o el que haga sus veces.

2. Verificar y validar que el Contratista le entregue los planos de acuerdo con la guía del software aplicativo que disponga el IDU, y proceder a su aprobación.
Verificar y validar que el Contratista entregue el inventario de malla vial y la digitalización de los resultados de ensayos de laboratorio, teniendo en cuenta la guía metodológica para la recolección de información y cargue de la base de datos del inventario de la malla vial, espacio público y puentes y proceder a su aprobación. El plazo total para la revisión y verificación y aprobación de los planos, el inventario de la malla vial y la digitalización de los ensayos de laboratorio entregados por el contratista de obra no puede exceder los diez (10) días hábiles posteriores a que sean radicados por el contratista de obra, incluyendo todas las correcciones a las que haya lugar por parte del contratista de obra.

En caso de que la complejidad de la verificación definitiva de los planos justifique mayor tiempo para su revisión y aprobación, esta circunstancia deberá ser informada al IDU oportunamente, con su debida motivación.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 265 de 291 {DOC-CONFIDENCIALIDAD} REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-306 • 2025 • ENERO • 28 306 MANUAL DE GESTIÓN {DOC-TITULO} CÓDIGO {DOC-CODE} PROCESO {DOC-PROCESO} VERSIÓN {DOC-VER} Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones de Entrega COMPONENTE TÉCNICO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al contrato de Interventoría
3. Verificar, validar y aprobar la información de los productos entregados por el contratista del contrato objeto de Interventoría, y que los mismos estén conformes a las normas de la ley de Archivo, manuales, guías, planes y procedimientos del IDU vigentes, de Gestión Documental del IDU y lo solicitado en los Pliegos de condiciones.
Revisar la elaboración y suscribir el acta de competencias de pago con las empresas de servicios públicos, una vez se cuente con los avales y/o aprobaciones a que haya lugar. Recibir y aprobar la topografía para redes, verificando que se encuentre de acuerdo con lo establecido por la EAAB. Aprobar el diseño definitivo con el fin de ser incluido en el sistema de georreferenciación. Cumplir con los lineamientos establecidos en la Guía “Coordinación IDU, ESP y TIC en proyectos de infraestructura de transporte” vigente durante la ejecución del Contrato o su documento equivalente.

Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones de Entrega COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL Contratista de obra Interventoría o Supervisión, según el caso.

1. Para la Fase de Preliminares debe revisar y suscribir las actas de definición de competencias de pago con las empresas de servicios públicos.

Supervisión del IDU al contrato de Interventoría
1. Remitir los diseños aprobados por Interventoría según el esquema de Mesas de Decisión Técnica y las actas de competencia de pagos para suscripción de las ESP. Informar otros acuerdos.
Obtener las autorizaciones, permisos o licencias requeridas y los avales de los productos de competencia de las ESP, si hubiere lugar. Surtir los procedimientos de entrega de diseños, de acuerdo con los procedimientos aplicables a cada entidad para la entrega de planos digitales, entrega de informes y memorias de cálculo y suscripción del acta de competencias de pagos.

1. Aprobar los diseños que cumplen con requerimientos del proyecto vial y de espacio público, requerimientos de las ESP, norma técnica y urbanística, presupuesto (actas de competencias de pago) y tiempos.
Elaborar y suscribir el formato de acta de competencias de pago con las ESP una vez se cuente con los avales y aprobaciones a que haya lugar. Verificar y aprobar la presentación de planos y obtención de autorizaciones, permisos o licencias requeridas y los avales y suscripción del acta de competencias de pago.

VI.Construcción a. Ejecución de la Construcción.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 266 de 291 {DOC-CONFIDENCIALIDAD} REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-307 • 2025 • ENERO • 28 307 MANUAL DE GESTIÓN {DOC-TITULO} CÓDIGO {DOC-CODE} PROCESO {DOC-PROCESO} VERSIÓN {DOC-VER} Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones de Ejecución de la Construcción COMPONENTE TÉCNICO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al contrato de Interventoría

1. Cumplir con el cronograma y el programa de inversiones aprobados, asegurando el uso adecuado y oportuno de los recursos.
En caso de retrasos o incumplimientos, efectuar de manera inmediata los correctivos necesarios mediante un plan de contingencia según lo establecido en el presente Manual. Las reprogramaciones deberán entregarse para aprobación de la Interventoría, adjuntando la respectiva justificación. La reprogramación se deberá presentar para aprobación dentro de los tres (3) primeros días hábiles después de detectada la desviación del cronograma en el comité semanal del contrato.

1. Exigir el cumplimiento del cronograma y el programa de inversiones, presentados por el contratista de obra, efectuando controles permanentes de las actividades programadas.
Reportar semanalmente al IDU, como un anexo al informe semanal de Interventoría en MS Project o en el formato y/o aplicativo que el IDU disponga, los porcentajes y costos de avance de ejecución soportables, identificar actividades atrasadas, adelantadas, porcentajes de avance real, comienzo y fin tardíos, comienzo y fin adelantados, costo real facturado, análisis de tendencias, análisis de ruta crítica e indicadores de desempeño de cronograma y costo del contrato. En caso de implementar los mecanismos a que haya lugar según el presente Manual o solicitar a la Interventoría, según las circunstancias, lo descrito en el procedimiento “Declaratoria de incumplimiento para la imposición de multa, cláusula penal, caducidad y/o afectación de la garantía única de cumplimiento” o el que haga sus veces. Revisar, analizar y aprobar la justificación entregada por el contratista para la reprogramación propuesta y remitir al supervisor la reprogramación aprobada, entendiéndose esta reprogramación como la nueva línea base del contrato. El plazo total para la revisión, verificación y aprobación de la reprogramación no puede exceder los tres (3) días hábiles posteriores al recibo por parte del contratista de obra, incluyendo todas las correcciones a que haya lugar por parte de éste.

1. Hacer seguimiento a la gestión que realiza la Interventoría, a través de la

informac ión suministrada por la misma, con relación al cumplimiento y desempeño del cronograma y programa de inversiones del contrato de obra. En caso de incumplimient os, implementar los mecanismos a que haya lugar según el presente Manual o solicitar a la Interventoría, según las circunstancias, lo descrito en el procedimiento “Declaratoria de incumplimiento para la imposición de multa, cláusula penal, caducidad y/o afectación de la garantía única de cumplimiento” o el que haga sus veces. Recibir aprobado por parte de la Interventoría y analizar la justificación y aprobación de la reprogramación del cronograma.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 267 de 291 {DOC-CONFIDENCIALIDAD} REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-308 • 2025 • ENERO • 28 308 MANUAL DE GESTIÓN {DOC-TITULO} CÓDIGO {DOC-CODE} PROCESO {DOC-PROCESO} VERSIÓN {DOC-VER} Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones de Ejecución de la Construcción COMPONENTE TÉCNICO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al contrato de Interventoría

2. Participar en las reuniones de seguimiento y visitas de campo convocadas por el interventor y sus especialistas y proponiendo alternativas, soluciones y demás acciones para el buen desarrollo del proyecto. Suscribir las correspondientes actas generadas.

2. Convocar y participar en las reuniones de seguimiento y visitas de campo convocadas por el interventor y sus especialistas y proponiendo alternativas, soluciones y demás acciones para el buen desarrollo del proyecto.
Elaborar y suscribir las correspondientes actas generadas.

2. Participar en las reuniones de seguimiento y visitas de campo convocadas por el interventor y sus especialistas

y proponiendo alternativas, soluciones y demás acciones para el buen desarrollo del proyecto. El IDU podrá convocar a reuniones de seguimiento y visitas de campo las veces que lo considere necesario. Suscribir las correspondientes actas generadas.
3. Asistir y participar en las mesas de trabajo conjuntas por disciplina entre los especialistas del contratista de obra y de la Interventoría, para la unificación de criterios y acuerdos.
Suscribir el acta correspondiente.

3. Convocar, asistir y participar en las mesas de trabajo conjuntas por disciplina entre los especialistas del contratista de obra y de la Interventoría, para la unificación de criterios y acuerdos. La Interventoría podrá solicitar la asistencia del delegado de las ESP y demás entidades, cuando lo considere necesario. Elaborar y suscribir el acta correspondiente.

3. Participar en las mesas de trabajo. En todo caso el IDU podrá convocar a reuniones de seguimiento y visitas de campo las veces que lo considere necesario. Suscribir el acta correspondiente.

4. Entregar oportunamente a la Interventoría la información requerida para la elaboración de los informes semanales, mensuales y finales, incluyendo soportes y demás documentos.

4. Recibir, revisar y aprobar los insumos entregados por el contratista de obra. Con base en estos insumos, la Interventoría elaborará los informes semanales, mensuales y finales, incluyendo soportes y demás documentos.

4. Recibir y revisar los informes elaborados por la

Intervento ría, aprobarlos y/o emitir las observaciones a que haya lugar.

5. Implementar el Plan de Calidad y el cuadro de inspección y ensayo y entregar a la Interventoría evidencia de su cumplimiento.

5. Cumplir su Plan de Calidad y verificar el cumplimiento del Plan de Calidad entregado por el contratista de obra. Enviar al IDU una certificación firmada del cumplimiento del Plan de Calidad del contratista anexo al informe mensual de Interventoría.

5. Recibir de la Interventoría

la certificación del cumplimiento del Plan de Calidad del contratista de obra, así como verificar el Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 268 de 291 {DOC-CONFIDENCIALIDAD} REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-309 • 2025 • ENERO • 28 309 MANUAL DE GESTIÓN {DOC-TITULO} CÓDIGO {DOC-CODE} PROCESO {DOC-PROCESO} VERSIÓN {DOC-VER} Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones de Ejecución de la Construcción COMPONENTE TÉCNICO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al contrato de Interventoría cumplimiento del Plan de Calidad del interventor.

6. Recibir de

la Interventoría debidamente aprobados los registros fotográficos de la intervención realizada a través del contrato

6. Antes, durante y después de la ejecución del proyecto, generar y entregar registros fotográficos y fílmicos que evidencien el progreso de la intervención realizada con la ejecución del contrato del contrato. El registro fotográfico y fílmico deberá realizarse mínimo semanalmente e incluir en el mismo, al menos tres (3) fotografías desde el mismo punto.

6. Antes, durante y después de la ejecución del proyecto, generar y entregar registros fotográficos y fílmicos que evidencien el progreso de la intervención realizada con la ejecución del contrato del contrato. El registro fotográfico y fílmico deberá realizarse mínimo semanalmente e incluir en el mismo, al menos tres (3) fotografías desde el mismo punto. El registro fotográfico deberá presentarse en el formato Informe Semanal Interventoría V 1.0 (FOEO13) o el que haga sus veces, adjuntando el registro fílmico.
El plazo total para el envío de los registros fotográficos no puede exceder de los tres (3) días hábiles posteriores al recibo por parte del contratista de obra, incluyendo todas las correcciones a que haya lugar por parte de éste.

7. Recibir del Interventor el reporte de la relación de materiales y sitios de disposición utilizados por el contratista en desarrollo del contrato de obra.

7. Inscribir en el “Directorio de Proveedores de Materiales de Construcción, Sitios de Disposición final, Aprovechamiento y Tratamiento de Residuos de Construcción y Demolición RCD del IDU” o el que haga sus veces, los proveedores de materiales y sitios de disposición final que tengan estos contratos.

7. Solicitar al contratista la relación de los materiales y sitios de disposición final que ha inscrito en el “Directorio de Proveedores de Materiales de Construcción, Sitios de Disposición final, Aprovechamiento y Tratamiento de Residuos de Construcción y Demolición RCD del IDU”, verificar el cumplimiento de los requisitos, la inscripción en el mismo e informar al IDU.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 269 de 291 {DOC-CONFIDENCIALIDAD} REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-310 • 2025 • ENERO • 28 310 MANUAL DE GESTIÓN {DOC-TITULO} CÓDIGO {DOC-CODE} PROCESO {DOC-PROCESO} VERSIÓN {DOC-VER} Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones de Ejecución de la Construcción COMPONENTE TÉCNICO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al

8. De acuerdo con lo establecido en el Manual de Gestión Contractual vigente, verificar y aprobar la reprogramación de obra considerando el nuevo cronograma de entrega de predios, previo inicio de las actividades de obra.

contrato de Interventoría
8. De acuerdo con lo establecido en el Manual de Gestión Contractual vigente, en caso de que haya predios pendientes por recibir de parte del IDU, se debe considerar la reprogramación de entrega de su entrega en el cronograma de obra e inversiones para aprobación de la Interventoría, previo inicio de las actividades de obra.

9. Recibir de la Interventoría la solución aprobada.

8. En línea con lo establecido en el Manual de Gestión Contractual vigente, entregar la reprogramación de entrega de predios a la Interventoría, anexando copia del memorando de la DTDP en el cual se establecen las fechas proyectadas de entrega de los predios pendientes. Recibir de la Interventoría la reprogramación del cronograma de obra e inversiones aprobada por esta, en donde se considera la entrega de los predios pendientes, previo inicio de las actividades de obra.
9. Proponer para aprobación de la Interventoría, las posibles soluciones a cualquier inconsistencia que encuentre durante la ejecución de la obra respecto de los estudios y diseños.

9. Pronunciarse y plantear soluciones sobre cualquier inconsistencia que se encuentre durante la ejecución de la obra respecto de los estudios y diseños. Recibir, verificar, analizar, pronunciarse y aprobar la solución definitiva de las propuestas por del contratista de obra.
El plazo total para la revisión, verificación y aprobación de la solución definitiva no puede exceder de los cinco (5) días hábiles posteriores al recibo recibido por parte del contratista de obra, incluyendo todas las correcciones a que haya lugar por parte de éste. En caso de que la complejidad de la solución definitiva amerite mayor tiempo para su revisión y aprobación deberá ser informada al IDU oportunamente, con su debida justificación.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 270 de 291 {DOC-CONFIDENCIALIDAD} REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-311 • 2025 • ENERO • 28 311 MANUAL DE GESTIÓN {DOC-TITULO} CÓDIGO {DOC-CODE} PROCESO {DOC-PROCESO} VERSIÓN {DOC-VER} Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones de Ejecución de la Construcción COMPONENTE TÉCNICO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al

10. Recibir aprobado por la Interventoría los cambios y ajustes a los Estudios y Diseños.

Revisar la justificación de la solicitud de modificación a los Estudios y Diseños presentada por el Contratista, para lo cual, debe seguir el procedimiento de “Cambio de Estudios y Diseños Aprobados en Etapa De Construcción y/o Conservación Versión 3.0 (PR-DP-080)” del IDU o el que haga sus veces.. Revisar permanentemente que el Contratista esté trabajando con las últimas versiones de todos los planos, documentos técnicos que hacen parte del proyecto. contrato de Interventoría
10. Si el Contratista estima que es necesaria la modificación de los Estudios y Diseños, deberá demostrarlo técnicamente e informarlo a la Interventoría, para lo cual debe seguir el procedimiento de “Cambio de Estudios y Diseños Aprobados en Etapa De Construcción y/o Conservación Versión 3.0 (PR-DP-080)” del IDU o el que haga sus veces.
El Contratista deberá mantener actualizado el listado de documentos y asegurar que el proyecto se ejecute ejecutando de acuerdo con las últimas versiones de todos los planos y documentos técnicos aplicables al mismo.

11. Revisar, aprobar y remitir al IDU el reporte de las intervenciones a realizar junto con el presupuesto, a más tardar cuando se tenga un avance del cincuenta por ciento (50%) de ejecución del contrato de obra.

11. En los contratos de conservación a monto agotable se deben determinar las intervenciones a realizar con el presupuesto asignado a más tardar cuando se tenga un avance del cincuenta por ciento (50%) de ejecución contractual, siguiendo para ello los lineamientos contenidos en los documentos que integran el Contrato.

11. Recibir de la Interventoría el informe aprobado del reporte de las intervenciones, en donde el IDU podrá determinar la viabilidad contractual o devolverlo a la Interventoría por no encontrarse dentro de los términos contractuales pactados y si es del caso, tomar las acciones administrativas y legales correspondientes.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 271 de 291 {DOC-CONFIDENCIALIDAD} REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-312 • 2025 • ENERO • 28 312 MANUAL DE GESTIÓN {DOC-TITULO} CÓDIGO {DOC-CODE} PROCESO {DOC-PROCESO} VERSIÓN {DOC-VER} Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones de Ejecución de la Construcción COMPONENTE TÉCNICO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al contrato de Interventoría
12. En el momento en que se tenga previsto el uso de productos (materiales o mezclas de materiales), técnicas o tecnologías para la construcción, que no se encuentren contemplados en las Especificaciones técnicas generales del IDU vigentes; se debe elaborar y presentar a la Interventoría una especificación técnica particular por cada producto, técnica o tecnología, que sustente su implementación durante la Fase de Ejecución del contrato.
Cada especificación técnica particular debe estar elaborada en observancia de lo dispuesto en las Especificaciones Técnicas del IDU, en las que se incluye la “estructura general de una especificación técnica de materiales y construcción”.

12. Recibir del interventor las especificaciones técnicas particulares elaboradas por el contratista de obra, aprobadas.
De igual forma el supervisor IDU deberá remitir todas las especificaciones técnicas particulares aprobadas, a la Dirección Técnica de Inteligencia de Negocio e Innovación mediante memorando.

12. Revisar y aprobar las especificaciones técnicas particulares que el contratista de obra presente.
Dicha revisión debe contemplar el respectivo análisis técnico de lo definido por el contratista de obra en cada especificación técnica particular, en cuanto a: alcance, materiales, diseños de mezclas y obtención de la fórmula de trabajo, equipo, requerimientos para la ejecución de los trabajos, condiciones de entrega para el recibo de los trabajos, medida, forma de pago e ítem de pago, todo lo anterior, según corresponda, tal y como está definido en las Especificaciones técnicas generales vigentes, en las que se incluye la “estructura general de una especificación técnica de materiales y construcción”. Las especificaciones técnicas particulares deberán ser aprobadas previa ejecución de la actividad.

13. El supervisor IDU deberá remitir a la Dirección Técnica de Inteligencia de Negocio e Innovación, mediante memorando, todas las tablas resumen de resultados de ensayos, aprobadas por el interventor, e indicar el número del radicado en el cual se encuentran los informes de ensayos que las soportan.

13. Realizar los ensayos de laboratorio requeridos con el fin de corroborar la calidad los materiales y de la obra, de conformidad con las especificaciones contratadas para el proyecto.
El contratista debe presentar a la Interventoría para su revisión y aprobación, los informes y tablas resumen de resultados de ensayos, con los que se garantice la calidad de los materiales, mezclas de materiales y productos terminados, para cada una de las actividades de obra ejecutadas y garantizar el del cumplimiento de los requisitos definidos para cada caso, en las Especificaciones técnicas generales del IDU o particulares del contrato.

13. Revisar, analizar y aprobar los ensayos de campo y laboratorio que realice el contratista de obra (los informes, tablas resumen de resultados de ensayos, etc.).
La revisión debe corresponder al análisis técnico de los resultados presentados, y a la verificación del cumplimiento de los requisitos de calidad definidos en las Especificaciones técnicas generales o particulares del contrato, para cada material, mezcla de materiales o actividad de obra, provisto y ejecutada por el contratista de obra. Esta revisión y aprobación deben ser presentadas por la Interventoría al IDU como anexo al informe mensual de Interventoría.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 272 de 291 {DOC-CONFIDENCIALIDAD} REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-313 • 2025 • ENERO • 28 313 MANUAL DE GESTIÓN {DOC-TITULO} CÓDIGO {DOC-CODE} PROCESO {DOC-PROCESO} VERSIÓN {DOC-VER} Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones de Ejecución de la Construcción COMPONENTE TÉCNICO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al contrato de Interventoría N.A.

14. Recibir de la Interventoría los informes y tablas resumen de resultados de ensayos realizados.
El supervisor deberá remitir a la Dirección Técnica de Inteligencia de Negocio e Innovación todas las tablas resumen de resultados de ensayos e indicar el número del radicado en el cual se encuentran los informes de ensayos que las soportan.

14. Realizar los ensayos de laboratorio requeridos con el fin de corroborar la calidad los materiales y de la obra, de conformidad con las especificaciones contratadas para el proyecto y presentar al IDU mensualmente el resultado de los mismos en el formato “Cuadro Resumen Pruebas de Laboratorio V1” (FO-EO-28) o el que se encuentre vigente.
La Interventoría debe presentar al IDU los informes y tablas resumen de resultados de ensayos, como anexo al informe mensual de Interventoría, con los que se verificó y validó la calidad de los materiales, mezclas de materiales y productos terminados, para cada una de las actividades de obra ejecutadas por el contratista y garantizar el cumplimiento de los requisitos definidos para cada caso, en las Especificaciones técnicas generales del IDU o particulares del contrato. Las actividades de implementación de los Planes de Muestreo y Ensayos y su análisis técnico deben ser presentadas al IDU, como anexo al informe mensual de Interventoría.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 273 de 291 {DOC-CONFIDENCIALIDAD} REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-314 • 2025 • ENERO • 28 314 MANUAL DE GESTIÓN {DOC-TITULO} CÓDIGO {DOC-CODE} PROCESO {DOC-PROCESO} VERSIÓN {DOC-VER} Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones de Ejecución de la Construcción COMPONENTE TÉCNICO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al contrato de Interventoría N.A.

15. Con la revisión y aprobación de los informes y tablas resúmenes de resultados de ensayos presentados por el contratista, la realización de los ensayos de campo y laboratorio contemplados en los Planes de Muestreo y Ensayos aprobados, la Interventoría debe verificar y validar la calidad de los materiales, mezclas de materiales y productos terminados, para cada una de las actividades de obra ejecutadas por el contratista y garantizar el cumplimiento de los requisitos definidos para cada caso, en las Especificaciones técnicas generales del IDU o particulares del contrato.
Si con motivo de la verificación y validación de la calidad, se evidencian incumplimientos de los requisitos definidos en las Especificaciones aplicables al contrato, la Interventoría debe notificar al contratista para que éste efectúe los correctivos necesarios, conforme a los dispuesto en las mismas Especificaciones técnicas.

15. Recibir de la Interventoría

la verificación y validación de la calidad de los materiales, mezclas de materiales y productos terminados, para cada una de las actividades de obra ejecutadas por el contratista. El IDU podrá solicitar ajustes a los correctivos realizados por el contratista por incumplimientos a la calidad de materiales, mezclas de materiales, procesos constructivos, actividades de obra o producto terminado.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 274 de 291 {DOC-CONFIDENCIALIDAD} REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-315 • 2025 • ENERO • 28 315 MANUAL DE GESTIÓN {DOC-TITULO} CÓDIGO {DOC-CODE} PROCESO {DOC-PROCESO} VERSIÓN {DOC-VER} Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones de Ejecución de la Construcción COMPONENTE TÉCNICO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al

16. Solicitar los correctivos de obras, cuando los resultados de los ensayos no cumplan con las especificaciones contratadas para el proyecto y verificar que los correctivos sean adoptados por el Contratista vigilado en un plazo no mayor a ocho (8) días hábiles siguientes a la solicitud por parte de la Interventoría y/o el IDU. Cumplido lo anterior, el Interventor podrá realizar ensayos de laboratorio para validar el cumplimiento de los correctivos solicitados.

contrato de Interventoría
16. Para los casos en los que, de acuerdo con los ensayos de laboratorio el Contratista no cumple los requerimientos definidos en las Especificaciones técnicas generales del IDU o particulares del contrato, debe efectuar los correctivos de obras solicitados por la Interventoría o el IDU, en un plazo no mayor a ocho (8) días hábiles. Cumplido lo anterior, el Contratista deberá realizar nuevos ensayos de laboratorio que prueben el cumplimiento de las especificaciones y entregarlos a más tardar quince (15) días calendario siguientes a la fecha de terminación de los correctivos solicitados.
Las calidades de los nuevos materiales, mezclas de materiales o actividades de obra, provistas y ejecutadas, deben ser garantizadas mediante la ejecución de ensayos de campo y laboratorio, conforme a lo definido en las Especificaciones técnicas generales del IDU o particulares del contrato, según corresponda. El Contratista debe presentar a la Interventoría para su revisión y aprobación, los informes y tablas resúmenes de resultados de ensayos, por cada material, mezcla de materiales o actividad de obra.

16. Recibir de la Interventoría

la verificación de los correctivos realizados por el contratista, y la revisión y aprobación de los informes y tablas resúmenes de resultados de ensayos, presentados por el contratista. El IDU podrá solicitar ajustes a los correctivos realizados por el contratista, y a los informes y tablas resúmenes de resultados de ensayos, presentados por el contratista. Recibir de la Interventoría la solicitud de inicio de las acciones administrativas y legales a que haya lugar y surtir el trámite correspondiente.

N.A.

17. Recibir de la Interventoría los informes y tablas resúmenes de resultados de ensayos, realizados.
El IDU podrá solicitar ajustes a los informes y tablas resúmenes de resultados de ensayos, presentados.

17. Frente a los correctivos realizados por el contratista por incumplimientos a la calidad de materiales, mezclas de materiales y actividades de obra, la Interventoría debe realizar los ensayos de campo y laboratorio contemplados en los documentos que conforman el Contrato.
La Interventoría debe presentar al IDU para su revisión, los informes y tablas resúmenes de resultados de ensayos, con los que se verifique y valide la calidad de los materiales, mezclas de materiales y productos terminados, para cada una de las actividades de obra ejecutadas por el contratista.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 275 de 291 {DOC-CONFIDENCIALIDAD} REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-316 • 2025 • ENERO • 28 316 MANUAL DE GESTIÓN {DOC-TITULO} CÓDIGO {DOC-CODE} PROCESO {DOC-PROCESO} VERSIÓN {DOC-VER} Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones de Ejecución de la Construcción COMPONENTE TÉCNICO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al contrato de Interventoría
18. Entregar a la Interventoría los planos récord de obra construida de acuerdo con la guía Sistema de Información Geográfica y aplicativos dispuestos por el IDU para tal fin, teniendo en cuenta la Guía Metodológica para la recolección de información y cargue de la base de datos del inventario de la malla vial, espacio público y puentes.

18. Revisar y aprobar los planos récord de obra construida de acuerdo con la guía Sistema de Información Geográfica y/o aplicativos dispuestos por el IDU para tal fin, teniendo en cuenta la Guía Metodológica para la recolección de información y cargue de la base de datos del inventario de la malla vial, espacio público y puentes.
Revisar que la actualización del inventario de la malla vial y la digitalización de los resultados de ensayos de laboratorio cumplan con lo establecido en la base de datos suministrada por el IDU. De cualquier manera, el plazo total para el envío de los planos récord no puede exceder los diez (10) días hábiles posteriores al recibo por parte del contratista de obra, incluyendo todas las correcciones a que haya lugar por parte de éste. En caso de que la complejidad de la revisión y aprobación de los planos amerite mayor tiempo, se deberá informar al IDU oportunamente, con su debida justificación. Si los planos estandarizados son observados por el IDU, la Interventoría deberá velar por el cumplimiento de dicha actividad, requiriendo al contratista y presentando nuevamente los planos estandarizados al IDU con la revisión correspondiente.

18. Recibir y realizar el trámite oportuno ante la DTINI para la revisión y aprobación de la estandarización de los planos récord por tramo funcional (es decir, por corredor vial, puente vehicular o peatonal, intersección a desnivel, eje de ciclorruta, tramo de espacio público, etc.) y/o planos récord definitivos de obra construida de acuerdo a lo establecido por el IDU, en la Guía de entregables en formato digital o la que haga sus veces, y actualización del inventario de la malla vial y la digitalización de los resultados de ensayos de laboratorio revisados por la Interventoría.
Los planos récord deben ser enviados al Centro de Documentación del IDU.

19. Elaborar y suscribir en conjunto con la Interventoría el acta de recibo parcial de obra, adjuntando la documentación soporte requerida.
Toda acta de recibo parcial de obra deberá estar acompañada del acta de ajustes (por IPC, ICOCIV y para el insumo asfalto, entre otros), si ello hubiese quedado pactado en el contrato.

19. Verificar con la debida antelación, en terreno y en compañía del contratista de obra, las cantidades y calidad de las obras con el fin de suscribir en conjunto con el contratista el acta de recibo parcial de obra, firmar el acta para su envío al IDU con sus respectivos soportes.
Revisar y avalar la documentación de soporte presentada por el contratista de obra previo a la suscripción del acta de recibo parcial de obra.

19. Recibir el Acta de Recibo Parcial de Obra, la cual debe estar suscrita por el contratista y la Interventoría y realizar el trámite oportuno para el pago correspondiente.
El IDU podrá solicitar la documentación necesaria que soporte las cantidades autorizadas por la Interventoría.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 276 de 291 {DOC-CONFIDENCIALIDAD} REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-317 • 2025 • ENERO • 28 317 MANUAL DE GESTIÓN {DOC-TITULO} CÓDIGO {DOC-CODE} PROCESO {DOC-PROCESO} VERSIÓN {DOC-VER} Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones de Ejecución de la Construcción COMPONENTE TÉCNICO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al

20. Realizar seguimiento y supervisión a las acciones emitidas por la Interventoría sobre la verificación del estado final de las obras y la atención de las observaciones realizadas por las ESP y/o entidades competentes.

contrato de Interventoría
20. Realizar de manera conjunta con las ESP, entidades competentes y la Interventoría la visita de inspección detallada, para verificar el estado final de las obras. El Contratista deberá asistir con todos los especialistas respectivos. Las soluciones a las observaciones y correcciones solicitadas deben presentarse a la Interventoría en un cronograma para su aprobación.
El cronograma para la solución a las observaciones y correcciones se deberá presentar para aprobación dentro de los tres (3) primeros días hábiles después de realizada la visita de inspección detallada.

20. Convocar y realizar de manera conjunta con las ESP, entidades competentes y el contratista de obra, la visita de inspección detallada, para verificar el estado final de las obras. La Interventoría debe asistir con todos los especialistas respectivos y hacer seguimiento al contratista de las observaciones que se generen en dicho recorrido por parte de la ESP, para su verificación y/o correcciones, las cuales deben plasmarse en el acta correspondiente. Elaborar y suscribir el acta correspondiente.
Revisar, verificar, validar y aprobar el cronograma propuesto por el Contratista de obra. El plazo total para la revisión, verificación y aprobación del cronograma no puede exceder los tres (3) días hábiles posteriores al recibo recibido por parte del contratista de obra.

21. Recibir, dentro del plazo previsto acta de terminación de Obra

21. Suscribir junto con la Interventoría el acta de terminación de Obra a más tardar un (1) día después de la fecha de vencimiento del plazo de la ejecución. En la terminación se deben relacionar las obras ejecutadas, el estado en que se encuentran y el cronograma de entrega de los detalles de los faltantes

21. Elaborar y suscribir y enviar al IDU dentro del plazo previsto junto con el contratista de obra, el acta de recibo de terminación de obra a más tardar un (1) día después de la fecha de vencimiento del plazo de ejecución. En la terminación se deben relacionar las obras ejecutadas, el estado en que se encuentran y el cronograma de entrega de los detalles de los faltantes.

22. Recibir el acta de recibo final de obra dentro del plazo previsto.

22. Suscribir junto con la Interventoría, dentro de los cuarenta y cinco (45) días hábiles siguientes a la culminación del plazo de ejecución del contrato, el acta de recibo final de obra, una vez se hayan atendido las no conformidades encontradas.

22. Elaborar y suscribir y enviar al IDU dentro del plazo previsto junto con el contratista de obra, el acta de recibo final de obra con sus respectivos soportes, una vez se hayan atendido las no conformidades encontradas dentro de la ejecución del contrato.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 277 de 291 {DOC-CONFIDENCIALIDAD} REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-318 • 2025 • ENERO • 28 318 MANUAL DE GESTIÓN {DOC-TITULO} CÓDIGO {DOC-CODE} PROCESO {DOC-PROCESO} VERSIÓN {DOC-VER} Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones de Ejecución de la Construcción COMPONENTE TÉCNICO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al contrato de Interventoría

23. Hacer seguimiento a las obligaciones de la Interventoría.

23. Retirar la señalización temporal utilizada tanto en la obra como en los desvíos e implementar la señalización y demarcación de pavimentos definitiva para la obra y para las vías utilizadas como desvíos dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes de finalizadas las obras.

23. Verificar y certificar el retiro de la señalización temporal utilizada tanto en la obra como en los desvíos y verificar la implementación de la señalización y demarcación de pavimentos definitiva para la obra y para las vías utilizadas como desvíos.
El plazo total para la verificación y aprobación de la señalización definitiva no puede exceder los treinta (30) días hábiles posteriores a la finalización las obras, incluyendo todas las correcciones a las que haya lugar por parte del contratista de obra.

24. Para contratos de conservación, realizar las intervenciones (mantenimiento rutinario, mantenimiento periódico, rehabilitación o reconstrucción) en la totalidad del área de las intersecciones viales de los segmentos priorizados.

24. Para contratos de conservación, verificar el cumplimiento de las intervenciones (mantenimiento, rehabilitación, reconstrucción) en la totalidad del área de las intersecciones viales de los segmentos priorizados.

24. Recibir de

la Interventoría y analizar la certificación de cumplimiento de la obligación correspondiente por parte del contratista. En caso de que no se cumpla, solicitar a la Interventoría las acciones pertinentes.
25. Cumplir con la aplicación en los frentes de obra del RCD y mezclas con grano de caucho.

25. Verificar y garantizar el cumplimiento de la aplicación en los frentes de obra del RCD y mezclas con grano de caucho, para lo cual deberá exigir que la primera opción para el diseño y posterior ejecución sea el reciclaje con los materiales existentes.

25. Recibir de

la Interventoría y analizar la certificación del cumplimiento de la obligación correspondiente por parte del contratista. En caso de que no se cumpla, solicitar a la Interventoría las acciones pertinentes.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 278 de 291 {DOC-CONFIDENCIALIDAD} REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-319 • 2025 • ENERO • 28 319 MANUAL DE GESTIÓN {DOC-TITULO} CÓDIGO {DOC-CODE} PROCESO {DOC-PROCESO} VERSIÓN {DOC-VER} Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones de Ejecución de la Construcción COMPONENTE TÉCNICO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al

26. Para la puesta al servicio de cualquier tramo o segmento vial, verificar y garantizar la realización de la demarcación provisional (punteo), delimitando los carriles, sobre el o los segmentos intervenidos, manteniendo ésta en un nivel visible y óptimo hasta que se efectúe la demarcación definitiva.

contrato de Interventoría
26. Para la puesta al servicio de cualquier tramo o segmento vial, realizar la demarcación provisional (punteo), delimitando los carriles, sobre los segmentos intervenidos, manteniendo ésta en un nivel visible y óptimo hasta que se efectúe la demarcación definitiva.
Efectuar la demarcación definitiva.

27. Hacer seguimiento a las obligaciones de la Interventoría.

27. Verificar que el contratista pague a su personal con los valores indicados en el desglose del AIU a título de remuneración.
En caso de que un profesional o personal establecido en la plantilla mínima no haya laborado en un período respectivo, el monto correspondiente al pago del salario y honorarios o remuneración será descontado proporcionalmente al tiempo de inasistencia.

26. Recibir de

la Interventoría y analizar la certificación del cumplimiento de la obligación correspondiente por parte del contratista. En caso de que no se cumpla, solicitar a la Interventoría las acciones pertinentes.
27. Pagar a su personal con los valores indicados en el desglose del AIU a título de remuneración.
En caso de que un profesional o personal establecido en la plantilla mínima no haya laborado en un período respectivo, el monto correspondiente al pago del salario y honorarios o remuneración será descontado proporcionalmente al tiempo de inasistencia, sin perjuicio de adelantar los procesos administrativos a que haya lugar de acuerdo con lo previsto en el contrato.

28. Revisar, verificar y aprobar el cronograma general de la liquidación del Contrato presentado por el contratista de obra y entregarlo al IDU dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al recibido del contratista de obra.

28. Recibir aprobado de parte de la Interventoría el cronograma general de la liquidación del Contrato.

28. Elaborar y presentar el cronograma general de la liquidación del contrato, con una antelación no inferior a treinta (30) días con respecto a la finalización del plazo contractual. El cronograma de liquidación deberá incluir las actividades a desarrollar, el alcance estimado en donde se evidencien los trámites y tiempos requeridos para el cumplimiento del plazo de liquidación, de acuerdo con los lineamientos previstos en el Contrato.
El cronograma se deberá presentar para aprobación de la Interventoría.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 279 de 291 {DOC-CONFIDENCIALIDAD} REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-320 • 2025 • ENERO • 28 320 MANUAL DE GESTIÓN {DOC-TITULO} CÓDIGO {DOC-CODE} PROCESO {DOC-PROCESO} VERSIÓN {DOC-VER} Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones de Ejecución de la Construcción

1. Hacer seguimiento a l as obligaciones de la Interventoría

1. Recibir, revisar y aprobar los insumos entregados por el contratista de obra y la inclusión de la información en el aplicativo vigente. Con base en estos insumos, la Interventoría elaborará lo relacionado con el componente social del informe mensual de Interventoría.

COMPONENTE SOCIAL Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión del IDU
1. Remitir a la Interventoría los insumos necesarios para la elaboración del componente social que hace parte del informe mensual, al igual que la "tirilla" la cual se presentará el último día hábil del mes calendario. El contratista deberá incluir en el aplicativo vigente la información requerida por la ORSC o de la Oficina que administre el aplicativo.

2. Revisar y aprobar el Plan de diálogo ciudadano y comunicación estratégica, con su respectivo cronograma.

2. Elaborar y presentar el Plan de diálogo ciudadano y comunicación estratégica, con su respectivo cronograma, con el fin de remitir a la Interventoría para su aprobación.

2. Recibir aprobado por la Interventoría el Plan de diálogo ciudadano y comunicación estratégica, con su respectivo cronograma.

3. Dar cumplimiento a los programas y actividades de diálogo ciudadano y comunicación estratégica con el fin de informar, mitigar, sostener y articular en los proyectos.

3. Garantizar el cumplimiento de los programas y actividades de diálogo ciudadano y comunicación estratégica con el fin de informar, mitigar, sostener y articular en los proyectos.

3. Verificar el cumplimiento de los programas y actividades de diálogo ciudadano y comunicación estratégica con el fin de informar, mitigar, sostener y articular en los proyectos.

4. Recibir las PQRS presentadas por los ciudadanos en todas las reuniones y punto IDU, con el objetivo de dar trámite a las mismas conforme a las directrices de la Oficina de Relacionamiento y Servicio a la Ciudadanía.

4. Hacer el seguimiento a las PQRS presentadas por los ciudadanos en todas las reuniones y punto IDU, con el objetivo de dar trámite a las mismas conforme a las directrices de la Oficina de Relacionamiento y Servicio a la Ciudadanía.

5. N/A

4. Verificar el cumplimiento de recibo las PQRS presentadas por los ciudadanos en todas las reuniones y punto IDU, con el objetivo de dar trámite a las mismas conforme a las directrices de la Oficina de Relacionamiento y Servicio a la Ciudadanía.
5. Diligenciar y actualizar en el Sistema Bachué o el aplicativo vigente al momento de la suscripción del contrato, toda la información solicitada del componente social en los tiempos requeridos, durante la ejecución del contrato.

5. Verificar el diligenciamiento y actualización en el Sistema Bachué o el aplicativo vigente al momento de la suscripción del contrato para su aprobación, de toda la información solicitada del componente social en los tiempos requeridos, durante la ejecución del contrato por parte del contratista vigilado.

6. Asistir a la socialización programada por el IDU del Sistema Bachué o el aplicativo vigente al momento de la suscripción del contrato.

6. Asistir a la socialización programada por el IDU del Sistema Bachué o el aplicativo vigente al momento de la suscripción del contrato.

6. Asistir a la socialización programada por el IDU del Sistema Bachué o el aplicativo vigente al momento de la suscripción del contrato.

7. N/A

7. Durante la ejecución del contrato se debe garantizar canales de información, comunicación y atención para el ciudadano; al igual que el uso y distribución de todas las piezas de comunicación aprobadas por el IDU.

7. Durante la ejecución del contrato se debe garantizar canales de información, comunicación y atención para el ciudadano; al igual que velar por el uso y distribución de todas las piezas de comunicación aprobadas por el IDU por parte del contratista vigilado.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 280 de 291 {DOC-CONFIDENCIALIDAD} REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-321 • 2025 • ENERO • 28 321 MANUAL DE GESTIÓN {DOC-TITULO} CÓDIGO {DOC-CODE} PROCESO {DOC-PROCESO} VERSIÓN {DOC-VER} Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones de Ejecución de la Construcción COMPONENTE SOCIAL Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión del IDU

8. N/A

8. Realizar las gestiones necesarias para la elaboración de piezas de divulgación del contrato, de acuerdo con los parámetros de la Oficina Asesora de Comunicaciones del IDU.

8. Realizar las gestiones necesarias para la elaboración de piezas de divulgación del contrato, de acuerdo con los parámetros de la Oficina Asesora de Comunicaciones del IDU.

9. Convocar a la comunidad, la Interventoría, IDU y las partes interesadas en asistir y participar de las reuniones informativas de acuerdo con lo exigido en el contrato.

9. Asistir y participar de las reuniones informativas convocadas por el contratista vigilado, comunidad, IDU y las partes interesadas de acuerdo con lo exigido en el contrato.

9. Asistir y participar de las reuniones

informati vas convocadas por el contratista
10. Elaborar y entregar a la Interventoría el informe final social, conforme a lo establecido en el manual de Interventoría vigente.

10. Revisar y aprobar el informe final social, elaborado por el contratista vigilado conforme a lo establecido en el manual de Interventoría vigente.

11. Suscribir el acta de cierre social de obra

10. Recibir aprobado por Interventoría el informe final social, elaborado por el contratista vigilado conforme a lo establecido en el manual de Interventoría vigente.
11. Suscribir el acta de cierre social de obra, una vez se haya aprobado el informe final de gestión social de Interventoría y se haya realizado la inspección al sitio de obra.

11. Suscribir el acta de cierre social de obra, una vez se haya aprobado el informe final de gestión social y se haya realizado la inspección al sitio de obra.

Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones de Ejecución de la Construcción

1. Recibir aprobado de parte de la Interventoría la documentación de ingreso (certificaciones de afiliación al Sistema General de Seguridad Social Integral, contratos, certificación de cumplimiento de los documentos de ingreso y certificados de aptitud laboral) del personal contractual para el contrato de obra.

1. Revisar, aprobar y remitir al IDU los documentos de vinculación del personal aprobado (certificaciones de afiliación al Sistema General de Seguridad Social Integral, contratos, certificación de cumplimiento de los documentos de ingreso y certificados de aptitud laboral) remitidos por el contratista vigilado, en el evento que haya modificaciones de dicho personal, la Interventoría deberá revisar, aprobar y remitir al IDU dentro de los dos (2) días calendario siguientes a la aprobación de dicho personal, tales documentos, de lo contrario se entregará este entregable en el marco de los informes mensuales SST.

COMPONENTE AMBIENTAL, SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión del IDU
1. Remitir a la Interventoría los documentos de vinculación del personal aprobado (certificaciones de afiliación al Sistema General de Seguridad Social Integral, contratos, certificación de cumplimiento de los documentos de ingreso y certificados de aptitud laboral). En el evento que haya modificaciones del personal aprobado durante la ejecución del contrato, el contratista deberá remitir a la Interventoría dentro de los dos (2) días calendario siguientes a su aprobación, tales documentos, de lo contrario se entregará este entregable en el marco de los informes mensuales SST.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 281 de 291 {DOC-CONFIDENCIALIDAD} REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-322 • 2025 • ENERO • 28 322 MANUAL DE GESTIÓN {DOC-TITULO} CÓDIGO {DOC-CODE} PROCESO {DOC-PROCESO} VERSIÓN {DOC-VER} Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones de Ejecución de la Construcción

2. Aprobar la documentación de ingreso (certificaciones de afiliación al Sistema General de Seguridad Social Integral, contratos, certificación de cumplimiento de los documentos de ingreso y certificados de aptitud laboral) del personal contractual para el contrato de Interventoría.

COMPONENTE AMBIENTAL, SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión del IDU
2. Remitir a la Supervisión los documentos de vinculación del personal aprobado (certificaciones de afiliación al Sistema General de Seguridad Social Integral, contratos, certificación de cumplimiento de los documentos de ingreso y certificados de aptitud laboral) del interventor. En el evento que haya modificaciones de dicho personal, la Interventoría deberá remitir al IDU dentro de los dos (2) días calendario siguientes a la aprobación de dicho personal, tales documentos, de lo contrario se entregará este entregable en el marco de los informes mensuales SST.

3. Verificar la implementación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST) conforme la normativa legal aplicable y lo previsto en el contrato.

3. Verificar la implementación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Interventoría (SGSST) conforme la normativa legal aplicable y lo previsto en el contrato.

3. Implementar el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST) conforme la normativa legal aplicable y lo previsto en el contrato y presentar los respectivos soportes en los informes mensuales remitidos a la Interventoría.

4. Hacer seguimiento al cumplimiento de esta obligación.

4. Implementar los compromisos ambientales, de seguridad y de salud ocupacional aprobados en el MAO y el Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST) del contrato, según los requerimientos contractuales y demás normas, manteniéndolo actualizado durante la ejecución del contrato y de acuerdo con la dinámica constructiva del proyecto.

4. Verificar el cumplimiento de los compromisos ambientales, de seguridad y de salud ocupacional incluidos en el MAO y el Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST) del contrato, según los requerimientos contractuales y demás normas, verificando que el contratista lo mantenga actualizado durante la ejecución del contrato y de acuerdo con la dinámica constructiva del proyecto.

5. Recibir de la Interventoría los documentos necesarios para el trámite de los permisos ambientales y remitirlo a la autoridad ambiental o entidad competente.

5. Realizar las visitas a terreno necesarias en conjunto con la Interventoría, para actualizar o elaborar la documentación necesaria para el trámite de los permisos ambientales o para realizar el acompañamiento a la autoridad ambiental cuando aplique.
Los documentos producto de estas visitas deben ser remitidos a la Interventoría.

5. Acompañar al contratista en las visitas a terreno necesarias para actualizar o elaborar la documentación necesaria para el trámite de los permisos ambientales o para realizar el acompañamiento a la autoridad ambiental cuando aplique.
Los documentos producto de estas visitas deben ser revisados, aprobados y remitidos al IDU. Elaborar y suscribir las actas correspondientes.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 282 de 291 {DOC-CONFIDENCIALIDAD} REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-323 • 2025 • ENERO • 28 323 MANUAL DE GESTIÓN {DOC-TITULO} CÓDIGO {DOC-CODE} PROCESO {DOC-PROCESO} VERSIÓN {DOC-VER} Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones de Ejecución de la Construcción

6. Recibir la información presentada por la Interventoría, y tomar las acciones pertinentes.

COMPONENTE AMBIENTAL, SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión del IDU
6. Reportar a la Interventoría los pasivos y pendientes ambientales y de seguridad y salud en el trabajo que se presenten durante la Etapa de Ejecución del contrato y antes del cierre ambiental de la obra.

6. Identificar los pasivos ambientales y/o pendientes ambientales y de seguridad y salud en el trabajo durante la etapa de construcción del contrato y antes del cierre ambiental de la obra. Requerir al contratista de obra para la solución inmediata y en caso de incumplimiento iniciar el procedimiento de acuerdo a lo establecido en el contrato e Informar al IDU de los pasivos encontrados y de las acciones tomadas.

7. Recibir la información presentada por la Interventoría, y tomar las acciones pertinentes.

7. Entregar a la Interventoría de manera continua los permisos mineros y ambientales asociados con el suministro de materiales y sitios de disposición final, en el formato vigente.

7. Verificar los permisos mineros y ambientales asociados con el control de materiales y sitios de disposición final.
Aprobar los proveedores de materiales y sitios de disposición final y verificar que al momento de su uso no cuentan con medidas de suspensión de actividades o sanción debidamente ejecutoriadas por la autoridad competente. Este control se debe realizar tanto para los Proveedores activos en el “Directorio de Proveedores de materiales de Construcción, Sitios de Disposición Final, Aprovechamiento y Tratamiento de RCD del IDU”, como para los inactivos o no registrados.

8. Informar oportunamente a la Interventoría los eventos y/o acontecimientos que se presenten en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo – Ambiental.

8. Recibir y revisar del contratista la notificación de eventos y acontecimientos que se presenten en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo - Ambiental y gestionar los trámites pertinentes y conceptos pertinentes soportados en la gestión de Supervisión y seguimiento sobre los mismos, posteriormente remitir e informar al IDU.

8. Recibir de la Interventoría la información de los eventos y/o acontecimientos que se presenten en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo – Ambiental notificados por el Contratista de obra, los cuales deberán contar con los soportes de la gestión del seguimiento de la Interventoría al respecto.

Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones de Ejecución de la Construcción COMPONENTE ARQUEOLÓGICO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión del IDU

1. Revisar la documentación del programa de arqueología preventiva aprobado por el ICANH y en caso de ser necesario actualizar los insumos para los trámites adicionales requeridos ante la entidad mencionada.

1. Revisar, aprobar y radicar en el IDU, la documentación necesaria entregada por el contratista, para que el Instituto de Desarrollo Urbano pueda tramitar los cambios mayores o menores, de conformidad con lo establecido en la normatividad vigente del ICANH y el Programa de Arqueología Preventiva del Instituto Colombiano de Antropología e Historia – ICANH y del IDU.

1. Recibir aprobada por la Interventoría la documentación necesaria para actualizar el programa de arqueología preventiva previamente entregada por el contratista, para que el Instituto de Desarrollo Urbano- IDU, pueda solicitar los cambios necesarios de conformidad con la normativa vigente del ICANH y con lo establecido en el

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 283 de 291 {DOC-CONFIDENCIALIDAD} REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-324 • 2025 • ENERO • 28 324 MANUAL DE GESTIÓN {DOC-TITULO} CÓDIGO {DOC-CODE} PROCESO {DOC-PROCESO} VERSIÓN {DOC-VER} Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones de Ejecución de la Construcción COMPONENTE ARQUEOLÓGICO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión del IDU Programa de Arqueología y directrices del IDU.

2. Revisar y aprobar el Plan de Manejo Arqueológico y hacer seguimiento a la su implementación, cumpliendo con lo establecido por la normativa vigente del ICANH y sus términos de referencia y directrices del IDU.

2. Recibir y revisar la documentación relacionada con la implementación del Plan de Manejo Arqueológico, ejecutado por el contratista, el cual debe cumplir con lo establecido por la normativa vigente del ICANH, sus términos de referencia y directrices del IDU.

2. Elaborar y ejecutar la implementación del Plan de Manejo Arqueológico, aprobado por el Instituto Colombiano de Antropología e Historia – ICANH en cumplimiento a su normativa vigente y, atendiendo las directrices metodológicas dadas por el ICANH y el IDU.

3. N.A.

3. Contratar y mantener el personal de apoyo requerido en los términos establecidos en los documentos que conforman el Contrato y requerimientos que realice el ICANH e IDU.

3. Contratar y mantener el personal de apoyo requerido en los términos establecidos en los documentos que conforman el Contrato de Interventoría, así como verificar la contratación y disponibilidad del personal de apoyo requerido por el Contratista de Obra.

4. Realizar y entregar a la Interventoría el informe mensual de la ejecución del Programa de Arqueología preventiva (Fase de Implementación del Plan de Manejo arqueológico y arqueología pública) según lo establecido por el ICANH en su normativa vigente, directrices del IDU.

4. Revisar y aprobar el informe mensual y hacer seguimiento a la implementación del Programa de Arqueología preventiva (Fase de Implementación del Plan de Manejo arqueológico y arqueología pública) según lo establecido por el ICANH en su normativa vigente, directrices del IDU.
Elaborar y presentar al IDU el informe mensual de interventoría.

5. Revisar y aprobar el informe semestral y hacer seguimiento a la implementación del Programa de Arqueología preventiva (Fase de Implementación del Plan de Manejo arqueológico y arqueología pública) según lo establecido por el ICANH en su normativa vigente, directrices del IDU.

5. Recibir el informe semestral remitido y aprobado por la interventoría de la ejecución del Programa de Arqueología preventiva (Fase de Implementación del Plan de Manejo arqueológico y arqueología pública) según lo establecido por el ICANH en su normativa vigente, directrices del IDU.

4. Recibir, revisar y aprobar el informe mensual remitido por la interventoría de la ejecución del Programa de Arqueología preventiva (Fase de Implementación del Plan de Manejo arqueológico y arqueología pública) según lo establecido por el ICANH en su normativa vigente, directrices del IDU.
5. Realizar y entregar a la Interventoría el informe semestral de la ejecución del Programa de Arqueología preventiva

(Fase de Implementación del Plan de Manejo arqueológico y arqueología pública) según lo establecido por el ICANH en su normativa vigente, directrices del IDU.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 284 de 291 {DOC-CONFIDENCIALIDAD} REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-325 • 2025 • ENERO • 28 325 MANUAL DE GESTIÓN {DOC-TITULO} CÓDIGO {DOC-CODE} PROCESO {DOC-PROCESO} VERSIÓN {DOC-VER} Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones de Ejecución de la Construcción COMPONENTE ARQUEOLÓGICO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión del IDU

6. Recibir, revisar y aprobar el informe final remitido por la interventoría de la ejecución del Programa de Arqueología preventiva (Fase de Implementación del Plan de Manejo arqueológico y arqueología pública) según lo establecido por el ICANH en su normativa vigente, directrices del IDU.

6. Realizar y entregar a la Interventoría el informe final de la ejecución del Programa de Arqueología preventiva (Fase de Implementación del Plan de Manejo arqueológico y arqueología pública) según lo establecido por el ICANH en su normativa vigente, directrices del IDU.

6. Revisar y aprobar el informe final y hacer seguimiento a la implementación del Programa de Arqueología preventiva (Fase de Implementación del Plan de Manejo arqueológico y arqueología pública) según lo establecido por el ICANH en su normativa vigente, directrices del IDU.
Elaborar y presentar al IDU el informe final de interventoría.

Se recibe el informe final del contratista, el cual será remitido por la entidad al ICANH.

Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones de la Fase de Ejecución de la Construcción COMPONENTE PATRIMONIO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al contrato

1. Revisar, aprobar y radicar en el IDU, las evidencias de la protección y conservación de los Bienes de Interés Cultural localizados en el área del proyecto de acuerdo con lo aprobado por las entidades competentes en la gestión del patrimonio cultural.

1. Recibir aprobada por la Interventoría las evidencias de la protección y conservación de los Bienes de Interés Cultural localizados en el área del proyecto de acuerdo con lo aprobado por las entidades competentes en la gestión del patrimonio cultural.

de Interventoría
1. Elaborar y entregar debidamente aprobado por la Interventoría al IDU, las evidencias de la protección y conservación de los Bienes de Interés Cultural localizados en el área del proyecto de acuerdo con lo aprobado por las entidades competentes en la gestión del patrimonio cultural.

2. Realizar la socialización e integración del proyecto, con la comunidad y propietarios de los Bienes de Interés Cultural.

2. Revisar, aprobar y radicar en el IDU, las evidencias de la socialización e integración del proyecto, con la comunidad y propietarios de los Bienes de Interés Cultural.

2. Recibir aprobado por la Interventoría, las evidencias de la socialización e integración del proyecto, con la comunidad y propietarios de los Bienes de Interés Cultural.
3. Informar a las Entidades de Patrimonio Cultural, Nacional y Distrital, la finalización de las obras con los respectivos soportes.

3. Revisar y hacer seguimiento de la entrega de informes y soportes a las Entidades de Patrimonio Cultural, Nacional y Distrital, la finalización de las obras .

4. Revisar y hacer seguimiento de ejecución de las obras en los Bienes de Interés Cultural y verificar que las obras en BIC no afecten el avance general de la obra urbana (puente peatonal, corredor, etc.).

3. Recibir aprobado por la Interventoría, las evidencias de la entrega de informes y soportes a las Entidades de Patrimonio Cultural, Nacional y Distrital, para la finalización de las obras .
4. Garantizar la ejecución de las obras en los Bienes de Interés Cultural,, actuando oportunamente en cuanto a las modificaciones que se requieran; se debe garantizar que las obras en BIC no afecten el avance general de la obra urbana (puente peatonal, corredor, etc.).

4. Recibir aprobado por la Interventoría, las evidencias del seguimiento de ejecución de las obras en los Bienes de Interés Cultural y verificar que las obras en BIC no afecten el avance general de la obra urbana (puente peatonal, corredor, etc.).

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 285 de 291 {DOC-CONFIDENCIALIDAD} REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-326 • 2025 • ENERO • 28 326 MANUAL DE GESTIÓN {DOC-TITULO} CÓDIGO {DOC-CODE} PROCESO {DOC-PROCESO} VERSIÓN {DOC-VER} Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones de la Fase de Ejecución de la Construcción COMPONENTE PATRIMONIO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al contrato

5. Revisar y verificar que durante la etapa de ejecución se cuente con todos los permisos y autorizaciones de intervención y/o licencias de construcción por cada uno de los Bienes de Interés Cultural.

de Interventoría
5. Durante la Etapa de ejecución se deberá contar con todos los permisos y autorizaciones de intervención y/o licencias de construcción por cada uno de los Bienes de Interés Cultural. La ejecución de las intervenciones en BIC debe estar acorde con lo autorizado por la entidad competente.

6. N.A.

5. Garantizar el efectivo seguimiento, control y vigilancia de las obligaciones relacionadas con el componente patrimonio, de conformidad con lo establecido en la Ley 1185 de 2008, el Decreto Distrital 190 de 2004, Art. 125 y 310; Decreto Nacional 763 de 2009, Decreto Nacional 2358 primero de 2019 o documento vigente. o documento vigente o que lo reemplace.
En caso de incumplimiento, reportar lo pertinente a las entidades competentes
6. Contratar y mantener el personal de apoyo requerido en los términos establecidos en los pliegos de condiciones definitivos, anexos, documentos contractuales y requerimientos que realice las entidades competentes del patrimonio e IDU.

6. Verificar que el contratista contrate y mantenga el personal de apoyo requerido en los términos establecidos en los pliegos de condiciones definitivos, anexos, documentos contractuales y requerimientos que realicen las entidades competentes del patrimonio e IDU.
Contratar y mantener el personal de interventoría de apoyo requerido en los términos establecidos en el Contrato y los documentos que lo conforman.

7. Dar cumplimiento a la Ley 1185 de 2008, el Decreto Distrital 190 de 2004, Art. 125 y 310; Decreto Nacional 763 de 2009, Decreto Nacional 2358 primero de 2019 o documento vigente. o documento vigente o que lo reemplace.

7. Dar cumplimiento a la Ley 1185 de 2008, el Decreto Distrital 190 de 2004, Art. 125 y 310; Decreto Nacional 763 de 2009, Decreto Nacional 2358 primero de 2019 o documento vigente. o documento vigente o que lo reemplace.

7. Garantizar el efectivo seguimiento, control y vigilancia de las obligaciones relacionadas con el componente patrimonio, de conformidad con lo establecido en la Ley 1185 de 2008, el Decreto Distrital 190 de 2004, Art. 125 y 310; Decreto Nacional 763 de 2009, Decreto Nacional 2358 primero de 2019 o documento vigente. o documento vigente o que lo reemplace.

8. Recibir la información remitida por la interventoría relacionada con las memorias con las intervenciones realizadas a los BIC, antes, durante y después del procedimiento.

8. Revisar, aprobar y radicar en el IDU, las memorias con las intervenciones realizadas a los BIC, antes, durante y después del procedimiento, condiciones de garantía y manual de mantenimiento preventivo y correctivo.

8. Generar una memoria con las intervenciones realizadas a los BIC, antes, durante y después del procedimiento, condiciones de garantía y manual de mantenimiento preventivo y correctivo..

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 286 de 291 {DOC-CONFIDENCIALIDAD} REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-327 • 2025 • ENERO • 28 327 MANUAL DE GESTIÓN {DOC-TITULO} CÓDIGO {DOC-CODE} PROCESO {DOC-PROCESO} VERSIÓN {DOC-VER} Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones de la Fase de Ejecución de la Construcción COMPONENTE PATRIMONIO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión al contrato

9. Hacer seguimiento a las obligaciones del Interventor.

9. Realizar el seguimiento semanal y mensual del cumplimiento de las labores aprobadas por las entidades competentes según los lineamientos establecidos en los documentos contractuales y los requerimientos dados por las entidades competentes.

de Interventoría
9. Realizar y entregar informes semanales y mensuales a la interventoria, de la ejecución de las labores aprobadas por las entidades competentes, con la información debidamente cartografiada y espacializada, en medio digital.

Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones de Ejecución de la Construcción COMPONENTE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión del IDU

1. Ejecutar las obras del contrato de acuerdo con los Estudios y Diseños aprobados en última versión.
Informar con un mes de anticipación el cronograma para realización de cada maniobra. Realizar la coordinación y verificación en terreno con las ESP, TIC y SDM. Suscribir el formato "Constancia de ejecución de maniobra" debidamente suscrito con los delegados de las ESP y la Interventoría. Asistir al recorrido de verificación Responder observaciones de las ESP resultantes del recorrido de verificación. Hacer las gestiones necesarias para la entrega de los activos construidos con el contrato de obra a las ESP, elaborar y suscribir el acta de entrega/recibo de activos y oficializar la entrega.

1. Recibir de la Interventoría las radicaciones efectuadas ante las ESP, TIC y/o la SDM y verificar el cumplimiento por parte del interventor del seguimiento a la ejecución del cronograma.
Recibir la constancia de ejecución de maniobra como soporte de ejecución presupuestal del contrato. Asistir al recorrido de verificación de obra construida Tramitar la entrega de los activos construidos con el contrato de obra a las ESP, verificar, aprobar y suscribir el acta de entrega/recibo de activos.

1. Revisar, aprobar y realizar el seguimiento al cronograma entregado por el contratista de obra y entregarlo a cada ESP, TIC y a la SDM, para que la Empresa programe la ejecución de las maniobras a partir de la entrega de la obra civil.
Diligenciar y enviar al IDU el formato "Constancia de ejecución de maniobra" debidamente suscrito con los delegados de las ESP y el contratista de obra. Solicitar asistencia a recorrido de verificación de obra construida; elaborar y suscribir las actas respectivas. Asistir al recorrido de verificación de obra construida. Responder observaciones de las ESP resultantes del recorrido de verificación. Efectuar conjuntamente con el Contratista de obra las gestiones necesarias para la entrega de los activos construidos con el contrato de obra a las ESP; verificar, aprobar y suscribir el acta de entrega/recibo de activos y oficializar la entrega. Remitir al IDU el informe mensual de Interventoría con el avance de redes en aspectos administrativos, técnicos, financieros, reportes, conceptos, recomendaciones y alertas tempranas, con los soportes correspondientes, e informar los contratiempos que se pudieren presentar en el desarrollo del convenio. La Interventoría deberá indicar si hay lugar a solicitudes adicionales y obras no previstas, de conformidad con lo previsto en los documentos que integran el Contrato.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 287 de 291 {DOC-CONFIDENCIALIDAD} REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-328 • 2025 • ENERO • 28 328 MANUAL DE GESTIÓN {DOC-TITULO} CÓDIGO {DOC-CODE} PROCESO {DOC-PROCESO} VERSIÓN {DOC-VER} Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Obligaciones de Ejecución de la Construcción COMPONENTE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión del IDU
2. Entregar a la Interventoría las obras de redes de infraestructura de servicios públicos y demás entidades distritales competentes, contra los planos definitivos de diseño y modificaciones debidamente aprobadas y generar los planos récord de obra terminada, dentro los treinta (30) días hábiles siguientes a la terminación del plazo contractual.

2. Aprobar y recibir las obras contra los planos definitivos de diseño y modificaciones debidamente aprobadas y aprobar los planos récord de obra terminada de la infraestructura de redes servicios públicos y demás entidades distritales competentes.
El plazo total para la aprobación y recibo de las obras contra los planos definitivos de diseño no puede exceder los treinta (30) días hábiles posteriores a su radicación por el contratista de obra, incluyendo todas las correcciones a las que haya lugar.

3. Realizar seguimiento a la gestión adelantadas por el constructor, la Interventoría, las ESP y las demás entidades competentes.

2. Recibir de la Interventoría debidamente aprobados los planos récord y las obras de la infraestructura de redes de servicios públicos y demás entidades

distrita les competentes. Estos planos deben ser enviados al Centro de Documentación del IDU.
3. Realizar y asistir a las inspecciones, pruebas y recorridos de obra convocados por la Interventoría, con el fin de verificar el estado de las obras de redes de servicios públicos, semaforización y señalización.
Suscribir acta de la actividad realizada.

3. Convocar y asistir con el contratista de obra y los representantes de la ESP y de la SDM a las inspecciones y pruebas necesarias para verificar el estado de las obras de redes de servicios públicos, semaforización y señalización. Elaborar y suscribir el acta de cada actividad realizada.

4. Realizar seguimiento a la gestión adelantadas por la Interventoría.

4. Realizar las correcciones necesarias en obra, elaborar, obtener y ajustar los documentos requeridos para la entrega definitiva a las ESP, TIC y SDM, durante los treinta (30) días hábiles siguientes a la terminación y entrega de la obra para redes.
Gestionar ante las Empresas el acta de recibo de obra o la que corresponda y/o Paz y Salvos por daños.

4. Verificar que el contratista de obra realice las correcciones en obra y entregue los documentos necesarios, debidamente ajustados según lo requerido para entrega definitiva a las ESP, TIC y SDM durante los treinta (30) días hábiles siguientes a la suscripción del acta de terminación de la obra.
Apoyar la gestión del contratista ante las Empresas para la suscripción del Acta de Recibo de obra y/o Paz y Salvos por daños.

VII. Liquidación Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Liquidación COMPONENTE TÉCNICO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión del IDU
1. Suministrar oportunamente la información requerida por la Interventoría para la realización de la devolución de garantías o por concepto de saldos restantes.

1. Recibir de la Interventoría la devolución de garantías, verificar su contenido. El IDU podrá dar trámite a la devolución o generar las observaciones para su correspondiente ajuste.

1. Elaborar, suscribir y radicar en el IDU la devolución de garantías y sus soportes para el respectivo pago, en donde se especifique el valor que el IDU debe entregar al contratista de obra por concepto de devolución de garantías retenidas o por concepto de saldos restantes.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 288 de 291 {DOC-CONFIDENCIALIDAD} REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-329 • 2025 • ENERO • 28 329 MANUAL DE GESTIÓN {DOC-TITULO} CÓDIGO {DOC-CODE} PROCESO {DOC-PROCESO} VERSIÓN {DOC-VER} Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Liquidación

2. Recibir y aprobar el Informe Ejecutivo del desarrollo del contrato.

1. Recibir de la Interventoría el Informe Ejecutivo del desarrollo del contrato.

COMPONENTE TÉCNICO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión del IDU
2. Elaborar y entregar a la Interventoría el Informe Ejecutivo del desarrollo del contrato, el cual debe contener una síntesis completa de la ejecución contractual según lo descrito en los Manuales, Guías, Planes y Procedimientos del IDU vigentes durante la ejecución del contrato o el documento que los modifique, sustituya o sea equivalente en dichas temáticas al interior del IDU, y lo exigido en el contrato.

3. Suscribir el acta de liquidación del contrato de obra, con el cumplimiento de las obligaciones contractuales.

3. Elaborar y suscribir el acta de liquidación del contrato de obra con el cumplimiento de las obligaciones contractuales.

3. Recibir de la Interventoría el acta de liquidación del contrato de obra, verificar su contenido y generar las observaciones del caso.

N.A.

4. Cuando el contratista de obra no se presente a la liquidación previa convocatoria que efectúe la Interventoría o no se logra acuerdo sobre el contenido de la liquidación, la Interventoría deberá informar al supervisor de estas circunstancias.

4. Recibir el informe de la imposibilidad de liquidar de mutuo acuerdo, revisar los soportes que demuestran la no concurrencia del contratista o la falta de acuerdo en la liquidación y dar aplicación al procedimiento “Liquidación de Contratos y Convenios”, o el que haga sus veces

N.A.

5. Elaborar y suscribir el acta de recibo final y liquidación del contrato de Interventoría.

5. Recibir de la Interventoría el acta de recibo final y liquidación del contrato de Interventoría, verificar su contenido y generar las observaciones del caso o suscribirla.

N.A. N.A.

7. Gestionar al interior de la entidad la elaboración de la Minuta de Cesión de Derechos de Autor y recibir el documento de cesión de Derechos de Autor por parte del contratista.

6. En caso de que el interventor no se presente a la liquidación mediando convocatoria que efectúe el supervisor o no se logra acuerdo sobre el contenido de la liquidación, dar aplicación al procedimiento IDU vigente para la “Liquidación de Contratos y Convenios”, o el que haga sus veces.
7. Realizar el trámite de registro de derechos de autor ante la Dirección Nacional de Derechos de Autor, inscribiendo la cesión de los derechos patrimoniales efectuada a favor del IDU, con la celebración del presente contrato.

7. Verificar el cumplimiento por parte del contratista vigilado del trámite de registro de derechos de autor ante la Dirección Nacional de Derechos de Autor, inscribiendo la cesión de los derechos patrimoniales efectuada a favor del IDU

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 289 de 291 {DOC-CONFIDENCIALIDAD} REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-330 • 2025 • ENERO • 28 330 MANUAL DE GESTIÓN {DOC-TITULO} CÓDIGO PROCESO {DOC-PROCESO} VERSIÓN {DOC-VER} {DOC- CODE} Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Liquidación

1. Recibir las actas de vecindad debidamente firmadas.

1. Entregar al IDU las actas de vecindad, debidamente suscritas por el contratista de obra, la Interventoría y la comunidad.

COMPONENTE SOCIAL Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión del IDU
1. Entregar a la Interventoría las actas de vecindad debidamente suscritas por el contratista de obra, la Interventoría y la comunidad, de conformidad con el Manual de Archivo del IDU.

2. Suscribir el acta de cierre social de obra, una vez se haya aprobado el informe final de Interventoría.

2. Elaborar y suscribir el acta de cierre social de obra, una vez se haya aprobado el informe final de Interventoría.

2. Suscribir el acta de cierre social de obra por parte de la dependencia que efectúa el respectivo seguimiento o generar observaciones que sean pertinentes.

Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Liquidación COMPONENTE AMBIENTAL,

1. Recibir, revisar y aprobar la información entregada por el contratista de obra para solicitar al IDU la entrega de los individuos arbóreos al Jardín Botánico o al ente competente.

SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión del IDU
1. Elaborar el plano récord con el diseño paisajístico y de zonas verdes implementado en la obra y enviar a la Interventoría el requerimiento para la entrega de los individuos arbóreos al Jardín Botánico de Bogotá o al ente competente.

1. Recibir los documentos remitidos por la Interventoría y gestionar con la entidad competente la entrega de los individuos arbóreos y acompañar la entrega de los individuos arbóreos al Jardín Botánico de Bogotá o al ente competente.
Solicitar acompañamiento por parte del contratista de obra e Interventoría.

2. Elaborar el informe final de cumplimiento de los actos administrativos emitidos por la autoridad ambiental competente, con sus respectivos soportes necesarios para el cierre de los respectivos expedientes.

2. Revisar y aprobar el informe final de cumplimiento de los actos administrativos emitidos por la autoridad ambiental competente para el contrato de obra. Los documentos soporte deben venir firmados por la Interventoría, cuando se requiera.

3. Revisar, aprobar y suscribir el Formato de Informe Final y cierre A&SST de Interventoría o generar las observaciones del caso.

2. Remitir el informe del cumplimiento aprobado por la Interventoría de los actos administrativos a la autoridad ambiental competente y solicitar el archivo del expediente.
Realizar seguimiento hasta la obtención del cierre del acto administrativo.
3. Suscribir el Formato de Informe Final y cierre A&SST de Interventoría, una vez se haya aprobado el informe final de Interventoría y se haya realizado la inspección al sitio de obra.

3. Elaborar y suscribir el Formato de Informe Final y cierre A&SST de Interventoría, una vez se haya aprobado el informe final de Interventoría y se haya realizado la inspección al sitio de obra.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 1 de 291 {DOC-CONFIDENCIALIDAD} REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-331 • 2025 • ENERO • 28 331 MANUAL DE GESTIÓN {DOC-TITULO} CÓDIGO PROCESO {DOC-PROCESO} VERSIÓN {DOC-VER} {DOC- CODE} Obligaciones Contrato de Obra Esquema 2. Liquidación

1. Comunicarle al IDU el estado de los paz y salvos solicitados por el Contratista de obra.

COMPONENTE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL Contratista de obra Interventoría o Supervisión Supervisión del IDU
1. Solicitar a las ESP el paz y salvo por daños, una vez esté al día en los trabajos ejecutados y en el pago correspondiente.

1. Recibir del Contratistas los paz y salvos por daños emitidos por las ESP.
En caso de que el Contratista no obtenga los paz y salvo, el IDU apoyará esta gestión ante la ESP una vez el Contratista haya cumplido sus compromisos.

Formato: FO-AC-02 Versión: 4 Página 2 de 291 {DOC-CONFIDENCIALIDAD} REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-332 • 2025 • ENERO • 28 332 ACUERDO LOCAL DE 2025 ACUERDO LOCAL No 143 de 2025 (enero 27 de 2025)

“Por el cual se modifica el artículo 2 del Acuerdo Local 140 de 2024, Por el cual se expide el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2025”

LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE SAN CRISTÓBAL En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Constitución Política de Colombia en su artículo 324, numeral 4 del artículo 69 Decreto- Ley 1421 de 1993 modificado por el Art. 8 de la ley 2116 de 2021 y el artículo 17 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010, y C O N S I D E R A N D O:

Que el Alcalde Local presentó el Proyecto de Presupuesto a nivel de agregados para estudio y aprobación de la Junta Administradora Local dentro del término establecido en el artículo 15 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010.

Que la Secretaría Distrital de Hacienda mediante oficio 2024EE397035O1 del 30 de octubre de 2024, comunicó la cuota de asignación por un monto total de CIENTO TREINTA Y CINCO MIL SETENTA Y CUATRO MILLONES CIENTO CINCUENTA Y SEIS MIL PESOS M/CTE ($135.074.156.000)

Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal – CONFIS- en sesión No. 21 celebrada el día 27 de noviembre de 2024, de acuerdo con lo establecido en el literal f) del artículo 10° del Decreto 714 de 1996 y artículo 12° del Decreto 372 de 2010, emitió concepto previo favorable al Proyecto de Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal, el cual asciende a la suma de DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS VEINTIUN MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y TRES MIL PESOS M/CTE ($234.721.263.000) M/CTE, para la vigencia fiscal 2025.

Que es función de la Junta Administradora Local aprobar el presupuesto anual del respectivo Fondo de Desarrollo Local, previo concepto favorable del CONFIS.

Que mediante comunicación de la secretaría de hacienda, vía correo electrónico del pasado 27 de diciembre se solicita la aclaración de unos códigos y valores diferentes registrados en el artículo 2 del acuerdo local 140 de 2024, de manera que tenga coherencia con los códigos y valores del respectivo decreto local 028 de 2024 “Por el cual se liquida el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2025”

GDI-GPD-F034 Versión: 05 Vigencia: 11 de julio de 2024 Caso HOLA: 59797 Alcaldía Local de San Cristóbal Av.1 de Mayo No.1 - 40 sur Código Postal: 110421 Tel. 3636660 - 6477656 Información Línea 195 www.sancristobal.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-333 • 2025 • ENERO • 28 333 Que la composición, estructura y valor total del presupuesto local para la vigencia 2025 se mantienen sin modificación alguna.

Que, en mérito de lo anterior, A C U E R D A:

Artículo 1.

Modificar el artículo 2 del acuerdo local 140 de 2024 "Por el cual se expide el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2025” el cual quedara así:

…ARTICULO 2. Expedir el presupuesto de gastos e inversión del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2025, por la suma de DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS VEINTIUN MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y TRES MIL PESOS M/CTE ($234.721.263.000) M/CTE, conforme al siguiente detalle:

CODIGO CONCEPTO VALOR O2 GASTOS $234.721.263.000 O21 FUNCIONAMIENTO $5.347.285.000 O2190 OBLIGACIONES POR PAGAR FUNCIONAMIENTO $1.144.957.000 O23 INVERSION $229.373.978.000 O2306 OBLIGACIONES POR PAGAR INVERSIÓN $98.502.150.000 O4 DISPONIBILIDAD FINAL $0

Artículo 2.

El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, a los 27 días del mes de enero de dos mil veinticinco (2025)

SANDRA MIREYA NOSSA QUIROGA Presidente J.A.L.

MABEL GERALDINE HERRERA MANCILLA Vicepresidente J.A.L.

El presente Acuerdo se sanciona por:

CARLOS HERNANDO MACIAS MONTOYA Alcalde Local de San Cristóbal GDI-GPD-F034 Versión: 05 Vigencia: 11 de julio de 2024 Caso HOLA: 59797 Alcaldía Local de San Cristóbal Av.1 de Mayo No.1 - 40 sur Código Postal: 110421 Tel. 3636660 - 6477656 Información Línea 195 www.sancristobal.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-334 • 2025 • ENERO • 28 334 DECRETOS LOCALES DE 2025 Pág. 1 de 1. DECRETO N° 001 DE 2025 (24 de enero de 2025)

“Por medio del cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de San Cristóbal a partir del 25 de enero y hasta el 29 de Enero, inclusive”, EL ALCALDE LOCAL DE SAN CRISTÓBAL En uso de las facultades constitucionales, legales y estatutarias y en especial las conferidas en el artículo 86 del Decreto Ley 1421 de 1993 Modificado por el Articulo 11 de la Ley 2116 de 2021.

CONSIDERANDO:

Que el inciso segundo del artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993 dispone que los ediles se reunirán extraordinariamente por convocatoria que les haga el respectivo Alcalde Local debiendo sesionar por el término que señale la misma y únicamente se ocuparán de los asuntos que este someta su consideración.

Que los artículos 81, 82 y 83 del Decreto 1421 de 1993, establecen las objeciones y el trámite desde los proyectos de acuerdo.

Que se requiere convocar a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de San Cristóbal para que decida sobre los siguientes temas:

1. Se hace necesario realizar la aclaración a los códigos y valores registrados en el artículo 2 del Acuerdo Local N° 140 de 2024 "Por el cuál se expide el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2025” .

2. Las objeciones presentadas al Acuerdo Local N°. 142 de 2024 "Por el cual se expide el Reglamento Interno de la Junta Administradora Local de San Cristóbal”, radicadas mediante oficio N° 20245430439391 de fecha 27 de diciembre de 2024 por parte de esta Alcaldía Local.

En mérito de lo anteriormente expuesto, el Alcalde Local de San Cristóbal.

GDI-GPD-F050 Versión: 06 Vigencia: 08 de febrero de 2023 Caso HOLA: 296839 Alcaldía Local de San Cristóbal Av.1 de Mayo No.1 - 40 sur Código Postal: 110421 Tel. 3636740 - 3636741 Información Línea 195 www.sancristobal.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-335 • 2025 • ENERO • 28 335 Pág. 2 de 2 DECRETO N° 001 DE 2025 (24 de enero de 2025)

“Por medio del cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de San Cristóbal a partir del 25 de enero y hasta el 29 de Enero, inclusive”,

DECRETA:

Artículo primero.

Convóquese a la Junta Administradora Local de San Cristóbal, a sesiones extraordinarias para el período comprendido entre el veinticinco (25) de enero y el veintinueve (29) de enero de 2025.

Artículo segundo.

Durante las sesiones extraordinarias la Junta Administradora Local de San Cristóbal, se ocupará únicamente del trámite de los asuntos que se detallan a continuación:

- Decida sobre la aclaración a los códigos y valores registrados en el artículo 2 del Acuerdo Local 140 de 2024 "Por el cual se expide el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 diciembre de 2025"

- Decida sobre las objeciones presentadas al Acuerdo Local N°. 142 de 2024 "Por el cual se expide el Reglamento Interno de la Junta Administradora Local de San Cristóbal”

Artículo tercero.

Comuníquese el presente Decreto a la Mesa Directiva de la Junta Administradora Local de San Cristóbal.

Artículo cuarto.

El presente Decreto rige a partir de su publicación.

Dado en Bogotá D.C., a los (24) días de mes enero del año dos mil veinticinco (2025).

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

CARLOS HERNANDO MACÍAS MONTOYA Alcalde Local de San Cristóbal Proyectó: Maria Alejandra Zuluaga Abril CPS 1078-2024 Revisó; Melquisedec Bernal Peña - ¨Profesional Especializado 222-24 Aprobó: Oscar Armando Rendon Duque –CPS-557-2024.

GDI-GPD-F050 Versión: 06 Vigencia: 08 de febrero de 2023 Caso HOLA: 296839 Alcaldía Local de San Cristóbal Av.1 de Mayo No.1 - 40 sur Código Postal: 110421 Tel. 3636740 - 3636741 Información Línea 195 www.sancristobal.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-336 • 2025 • ENERO • 28 336 Pág. 1 de 1. DECRETO N° 002 DE 2025 (27 de enero de 2025)

“Mediante el cual se sanciona el Acuerdo Local Nº. 143 del 27 de enero de 2025”

“Por el cual se modifica el artículo 2 del Acuerdo Local 140 de 2024, Por el cual se expide el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2025”

EL ALCALDE LOCAL DE SAN CRISTÓBAL En uso de las facultades constitucionales, legales y estatutarias y en especial las conferidas en el artículo 86 del Decreto Ley 1421 de 1993 Modificado por el Articulo 11 de la Ley 2116 de 2021.

CONSIDERANDO:

Que mediante oficio con el número de radicado Nº 20255410008492, el 27 de enero de 2025 la Junta Administradora Local de San Cristóbal, remite al despacho del Alcalde Local de San Cristóbal el Acuerdo Local Nº 142 de 2024. “Por el cual se expide el Reglamento Interno de la Junta Administradora Local de San Cristóbal, en Bogotá, Distrito Capital “Por el cual se modifica el artículo 2 del Acuerdo Local 140 de 2024, Por el cual se expide el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2025” para que proceda a sancionarlo o a formular las objeciones a que haya lugar.

Que, el artículo 81 del Decreto 1421 de 1993, señala: “Aprobado en segundo debate un proyecto de acuerdo, pasará al alcalde local para su sanción, quien podrá objetarle por razones de inconveniencia o por encontrarlo contrario a la Constitución, a la ley, a otras normas nacionales aplicables, a los acuerdos distritales o a los decretos del alcalde mayor. Las objeciones deberán formularse dentro del término improrrogable de los cinco (5) días siguientes a su recibo. Si el alcalde una vez transcurrido el citado término, no hubiere devuelto el proyecto objetado, deberá sancionarlo y promulgarlo. Las objeciones sólo podrán ser rechazadas por el voto de la mitad más uno de los miembros de la corporación”.

Que, una vez revisado y analizado el Acuerdo Local N° 143 de 2024, según el artículo 83 y 84 del Acuerdo Local Nº 131 de 2024, la Administración Local no encontró razones de inconveniencia, inconstitucionalidad o de ilegalidad para objetar este acuerdo. Por lo anterior se dará el trámite correspondiente para su respectiva sanción y promulgación.

GDI-GPD-F052 Versión: 08 Vigencia: 17 de junio de 2024 Caso Hola: 51572 Alcaldía Local de San Cristóbal Av.1 de mayo No.1 - 40 sur Código Postal: 110421 Tel. 3636660 - 6477656 Información Línea 195 www.sancristobal.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-337 • 2025 • ENERO • 28 337 Pág. 2 de 2 “Mediante el cual se sanciona el Acuerdo Local Nº. 143 del 27 de enero de 2025”

“Por el cual se modifica el artículo 2 del Acuerdo Local 140 de 2024, Por el cual se expide el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2025”

En mérito de lo anteriormente expuesto, el Alcalde Local de San Cristóbal.

DECRETA:

Artículo primero.

Sancionar el Acuerdo Local Nº 143 del 27 de diciembre de 2025“Por el cual se modifica el artículo 2 del Acuerdo Local 140 de 2024, Por el cual se expide el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2025”

Artículo segundo.

Remitir el Acuerdo Local N° 143 de 2025, debidamente sancionado a la Junta Administradora Local de San Cristóbal, a la Dirección Jurídica de la Secretaría Distrital de Gobierno para lo de su competencia y a la Imprenta Distrital para su publicación, de conformidad con el artículo 65 modificado por el artículo 15 de la Ley 2080 de 2021 y de la Ley 1437 de 2011.

Artículo tercero.

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá D.C., a los (27) días de mes enero del año dos mil veinticinco (2025).

CARLOS HERNANDO MACÍAS MONTOYA Alcalde Local de San Cristóbal Elaboró: María Alejandra Zuluaga Abril - CPS 1078 de 2024 Revisó y aprobó: Junior Eduardo Rivas Moreno – CPS 565-2024 GDI-GPD-F052 Versión: 08 Vigencia: 17 de junio de 2024 Caso Hola: 51572 Alcaldía Local de San Cristóbal Av.1 de mayo No.1 - 40 sur Código Postal: 110421 Tel. 3636660 - 6477656 Información Línea 195 www.sancristobal.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8251 • PP. 1-338 • 2025 • ENERO • 28 338

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