Registro Distrital 8245 de 2025
Registro Distrital 8245 de 2025 Nivel Distrital
- Tipo
- Registro Distrital
- Número
- 8245
- Año
- 2025
- Fecha
- 21 de enero de 2025
- Entidad
- Nivel Distrital
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
5,5 ALCALDE MAYOR Carlos Fernando Galán Pachón REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 • No. 8245 - Pp 1 - 18 - 2025 • ENERO • 21 CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Central RESOLUCIONES 2025 SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DISTRITAL - SUBSECRETARÍA DE INTEGRACIÓN INTERINSTITUCIONAL RESOLUCIÓN Nº 001 “Por la cual se modifican las Resoluciones 1907 de 28 de junio de 2002 del Colegio Nydia Quintero de Turbay (IED), y 1902 de 28 de junio de 2002 del Colegio Instituto Técnico Laureano Gómez (IED)”............................................4 RESOLUCIÓN Nº 002 “Por la cual se modifica la Resolución No. 2096 de 18 de julio de 2002, se autoriza la apertura de una nueva sede al Colegio Aulas Colombianas San Luis IED y se amplía el servicio educativo”.......................................................8 RESOLUCIÓN 2024 SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL RESOLUCIÓN Nº 2802 “Por la cual se actualiza la Plataforma Estratégica de la Secretaría de Integración Social y se deroga la Resolución 0456 del 5 de abril de 2021”......................12 AÑO 59 NÚMERO 8245 21 • ENERO • 2025 SECRETARÍA GENERAL ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL.
LA PUBLICACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS EN EL REGISTRO DISTRITAL SE REALIZA DE ACUERDO A LA LEY 1437 DEL 2011 EN SU ARTÍCULO 65 MODIFICADO POR LA LEY 2080 DE 2021 “POR LA CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO”.
CORREO: REGISTRODISTRITAL@ALCALDIABOGOTA.GOV.CO DIRECCIÓN: CALLE 11 SUR #1-60 ESTE - LA MARÍA - BOGOTÁ D.C.
TELÉFONO: 381 3000 EXT. 5010 - 5202 SUBDIRECTORA IMPRENTA DISTRITAL: CLAUDIA ELENA MEJÍA ACOSTA RESOLUCIONES DE 2025 RESOLUCIÓN No. _____________ DEL _________________ DE 2025 001 02 DE ENERO “Por la cual se modifican las Resoluciones 1907 de 28 de junio de 2002 del Colegio Nydia Quintero de Turbay (IED), y 1902 de 28 de junio de 2002 del Colegio Instituto Técnico Laureano Gómez (IED)”
EL SUBSECRETARIO DE INTEGRACIÓN INTERINSTITUCIONAL DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 115 de 1994, Ley 715 de 2001, el Decreto 1075 de 2015, el Decreto Distrital 310 de 2022, la Resolución 2684 de 2019, y la Resolución 3079 de 2019
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de Colombia en su artículo 67 establece que “La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás bienes y valores de la cultura”, igualmente dispone que el Estado es responsable de la prestación del servicio educativo.
Que la Ley 715 de 2001 en los numerales 7.1 y 7.3 del artículo 7 define las competencias de los distritos y municipios certificados en educación, especialmente en lo referente a la prestación del servicio educativo en los diferentes niveles y la administración de las instituciones educativas.
Que el literal I. del artículo 5 del Decreto 310 de 2022 consagra que corresponde a las funciones del secretario de Educación “Expedir los actos administrativos que se generen a partir de la normatividad vigente y en desarrollo de las políticas del Sector Educativo.”.
Que mediante la Resolución 2684 del 8 de octubre de 2019, se delegó en la Subsecretaría de Integración Interinstitucional la facultad de expedir y modificar los Reconocimientos de Carácter Oficial de las instituciones educativas de Bogotá.
Que mediante la Resolución 3079 del 10 de diciembre de 2019 se reglamentó el procedimiento para la expedición y modificación del Reconocimiento de Carácter Oficial.
Que, a raíz del cambio de procedimiento y competencia legal para definir el Reconocimiento de Carácter Oficial hecho por la Resolución 3079 de 2019, mediante comunicación dirigida a la Subsecretaría de Integración Interinstitucional con radicado I-2024-47707 de 19 de abril de 2024, la Dirección Local de Educación de Engativá solicitó:
“Por medio de la presente, se solicita modificación del RCO de la sede B adjudicada al Colegio Nydia Quintero de Turbay ubicada en la dirección Diagonal 74 b No 87-40 en el barrio Florencia, denominada sede B-Florencia identificada con código DANE 111001013579, en atención a que su sede principal fue restituida en su totalidad y entregada en el 2019, razón Av. Eldorado No. 66 – 63 PBX: 324 10 00 Fax: 315 34 48 www.sedbogota.edu.co Información: Línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8245 • PP. 1-4 • 2025 • ENERO • 21 4 001 02 de enero de 2025 Continuación de la Resolución N°. _______ del ___________________ Página 2 de 4 “Por la cual se modifican las Resoluciones 1907 de 28 de junio de 2002 del Colegio Nydia Quintero de Turbay (IED), y 1902 de 28 de junio de 2002 del Colegio Instituto Técnico Laureano Gómez (IED), en el sentido de separar y desvincular de manera definitiva, la Sede B denominada Florencia del Colegio Nydia Quintero de Turbay (IED, para integrarla de manera definitiva al Colegio Instituto Técnico Laureano Gómez (IED) como Sede C” por la cual la sede B-Florencia no está siendo utilizada por el Colegio Nydia Quintero de Turbay y se encuentra en obras por la DCCEE según,o informado por el Rector de la IED Juan CARLOS León guerra en su oficio con radicado No I-2024-46869 (…)”
Que, ahora bien, el 28 de junio de 2002, la Secretaría de Educación Distrital expidió la Resolución No. 1907, “Por la cual se integran el COLEGIO NACIONAL NYDIA QUINTERO DE TURBAY y el CED FLORENCIA, de la localidad 10 de Engativá” en la cual se dispuso “(…) Integrar el COLEGIO NACIONAL NYDIA QUINTERO DE TURBAY, código DANE 11126500400, jornadas mañana y tarde y el CED FLORENCIA, código DANE 1110013572, jornadas mañana y tarde, de la localidad 10 de Engativá, los cuales conformarán en adelante la INSTITUCION EDUCATIVA DISTRITAL NYDIA QUINTERO DE TURBAY-FLORENCIA con el código DANE provisional 11126500400 (…)”
Que el 16 de octubre de 2002, la Secretaría de Educación del Distrito expidió la Resolución No. 3333, en la cual se resolvió “(…) Se adopta el nombre de INSTITUCION EDUCATIVA DISTRITAL NYDIA QUINTERO DE TURBAY, de la localidad 10 de Engativá, como nombre definitivo de la institución integrada mediante la resolución 1907 del 28 de junio de 2002, con el código DANE No 1112650400.”
Que el 28 de junio de 2002, la Secretaría de Educación del Distrito expidió la Resolución No. 1902, y dispuso: “(…) Integrar el COLEGIO DISTRITAL LAUREANO GOMEZ, código DANE 11100100276, jornadas mañana y tarde y el CED BACHUE, código DANE 11100129126, jornadas mañana y tarde, de la localidad 10 de Engativá, los cuales conformaran en adelante la INSTITUCION EDUCATIVA DISTRITAL LAUREANO GOMEZ - BACHUE con el código DANE provisional 11100100276 (…)”
Que el 21 de enero de 2003, la Secretaría de Educación del Distrito mediante Resolución No. 206, resolvió: “(…) Se adopta el nombre de INSTITUCION EDUCATIVA DISTRITAL INSTITUTO TECNICO LAUREANO GOMEZ, de la localidad 10 de Engativá, como nombre definitivo de la institución integrada mediante la resolución 1902 del 28 de junio de 2002, con el código DANE N° 11100100276 (…)”
Que la Dirección Local de Educación de Engativá expidió la Resolución No. 10-007 del 20 de noviembre de 2008, en la cual modificó las Resoluciones 1902 de 28 de junio de 2002, y No. 206 de 21 de enero de 2003 del COLEGIO INSTITUTO TECNICO LAUREANO GOMEZ IED de la Localidad 10 de Engativá, y decidió “(…) Autorizar al COLEGIO INSTITUTO TECNICO LAUREANO GÓMEZ IED para ofrecer el servicio educativo en los niveles de Educación Preescolar, Básica y Media, y otorgar el titulo de Bachiller Técnico en las especialidades de: Electricidad y Electrónica; Mecánica Industrial y Diseño Arquitectónico (…) y (…) Modificar parcialmente la Resolución No 206 de 21 de enero de 2003 en su artículo 1°, en el sentido de Adoptar como nuevo nombre del colegio el de COLEGIO INSTITUTO TECNICO LAUREANO GÓMEZ IED, integrado con la sede B – Bachué; código DANE 111001000272, ubicado en la Calle 90 A No. 95 D – 56 (Nueva); de conformidad con la parte considerativa de la presente providencia. (sic)”
Av. Eldorado No. 66 – 63 PBX: 324 10 00 Fax: 315 34 48 www.sedbogota.edu.co Información: Línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8245 • PP. 1-5 • 2025 • ENERO • 21 5 001 02 de enero de 2025 Continuación de la Resolución N°. _______ del ___________________ Página 3 de 4 “Por la cual se modifican las Resoluciones 1907 de 28 de junio de 2002 del Colegio Nydia Quintero de Turbay (IED), y 1902 de 28 de junio de 2002 del Colegio Instituto Técnico Laureano Gómez (IED), en el sentido de separar y desvincular de manera definitiva, la Sede B denominada Florencia del Colegio Nydia Quintero de Turbay (IED, para integrarla de manera definitiva al Colegio Instituto Técnico Laureano Gómez (IED) como Sede C”
Que mediante comunicación con radicado I-2024-120855 de 15 de octubre de 2024, la Dirección de Cobertura conceptuó de manera favorable la solicitud de modificación del RCO para la entrega de la sede B del Colegio Nidya Quintero de Turbay (IED) al Colegio Instituto Técnico Laureano Gómez (IED) con base en que la oferta educativa del sector se encuentra cubierta ni tiene estudiantes matriculados en esta. En ese mismo sentido, la Dirección de Talento Humano mediante comunicación con radicado I-2024-117022 de 03 de octubre de 2024, se pronunció emitiendo concepto favorable sobre la modificación ya que en la actualidad la sede B del Colegio Nydia Quintero de Turbay (IED) no tiene docentes asignados con carga académica.
Que la Dirección de Construcciones y Conservación de Establecimientos Educativos mediante comunicación con radicado I-2024-119826 10 de octubre de 2024, emitió pronunciamiento de viabilidad para la modificación del RCO.
Que mediante comunicación con radicado I-2024-145870 de 9 de diciembre de 2024, la Dirección de Inspección y Vigilancia, conforme lo establecido en el numeral 3 del artículo 9 de la Resolución 3079 de 2019 emitió concepto técnico pedagógico favorable respecto de la modificación del Reconocimiento de Carácter Oficial a los colegios Nidya Quintero de Turbay (IED) e Instituto Técnico Laureano Gómez (IED) de la localidad de Engativá, en el cual señaló que emitía concepto técnico favorable en tanto la reorganización institucional de los dos colegios referidos.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo primero.
MODIFICACIÓN
ARTÍCULO 2 DE LA RESOLUCIÓN 1907 DE 2002. MODIFÍQUESE el artículo 2º de la Resolución 1907 de 2002 en el sentido de eliminar la sede B ubicada en la Diagonal 74 B No. 87-24, el cual quedará así:
Artículo segundo.
El Colegio Nydia Quintero de Turbay (IED) con código DANE 111265000408 ofrecerá el servicio educativo en los niveles de educación preescolar, básica y media, así: a) un grado de preescolar; b) nueve grados de educación básica; y c) dos grados de educación media.
La Institución Educativa organizará la prestación del servicio educativo en las jornadas mañana y tarde, en la planta física ubicada en la Calle 75 No. 91-75 en la localidad de Engativá”
Artículo segundo.
MODIFICACIÓN
ARTÍCULO 2 DE LA RESOLUCIÓN 1902 DE 2002. MODIFÍQUESE el artículo 2º, en el sentido de integrar una nueva sede ubicada en la Diagonal 74 B No. 87-24 en la localidad Engativá, el cual quedará así:
Av. Eldorado No. 66 – 63 PBX: 324 10 00 Fax: 315 34 48 www.sedbogota.edu.co Información: Línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8245 • PP. 1-6 • 2025 • ENERO • 21 6 001 02 de enero de 2025 Continuación de la Resolución N°. _______ del ___________________ Página 4 de 4 “Por la cual se modifican las Resoluciones 1907 de 28 de junio de 2002 del Colegio Nydia Quintero de Turbay (IED), y 1902 de 28 de junio de 2002 del Colegio Instituto Técnico Laureano Gómez (IED), en el sentido de separar y desvincular de manera definitiva, la Sede B denominada Florencia del Colegio Nydia Quintero de Turbay (IED, para integrarla de manera definitiva al Colegio Instituto Técnico Laureano Gómez (IED) como Sede C”
Artículo segundo.
El Colegio Instituto Técnico Laureano Gómez IED ofrecerá el servicio educativo en los niveles de educación preescolar, básica y media, así: a) Un grado de preescolar; b) Nueve grados de educación básica; y c) Dos grados de educación media.
La institución organizará la prestación del servicio en las jornadas mañana y tarde, en las plantas físicas ubicadas en las siguientes direcciones: a) Sede A – Calle 90 A No. 97 – 40 código DANE 11100100276 b) Sede B – Calle 90 A No. 98 – 96 (Calle 90 A No. 95D – 56 nueva) código DANE 111001000272 c) Sede C - Diagonal 74 B No. 87-40 código DANE 11126500400”
Artículo tercero.
NOTIFICACIÓN, COMUNICACIÓN Y PUBLICACIÓN. NOTIFICAR el presente acto administrativo a los colegios Nydia Quintero de Turbay (IED) e Instituto Técnico Laureano Gómez (IED), y COMUNICAR a las dependencias de la Secretaría de Educación del Distrito para que realicen los trámites pertinentes relacionados con la operación de la nueva sede. Asimismo, PUBLICAR este acto en un lugar visible tanto en los colegios mencionados como en la página web de la Secretaría de Educación del Distrito y en el Registro Distrital.
Artículo cuarto.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y las disposiciones de las Resoluciones 1907 de 28 de junio de 2002 y 1902 de 28 de junio de 2002 no modificadas expresamente por este acto administrativo continúan vigentes.
Dada en Bogotá D. C., a los 02 días del mes de enero de 2025 PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE DIEGO ESCALLÓN ARANGO Subsecretario de Integración Interinstitucional Proyectó: Julio César Lozano Brunal – contratista MGI-DGECD Revisó: Claudia Marcela Arévalo Rodríguez – contratista SII Av. Eldorado No. 66 – 63 PBX: 324 10 00 Fax: 315 34 48 www.sedbogota.edu.co Información: Línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8245 • PP. 1-7 • 2025 • ENERO • 21 7 Página 1 de 4 002 02 DE ENERO RESOLUCIÓN N° _______ DEL _________________ DE 2025 “Por la cual se modifica la Resolución No. 2096 de 18 de julio de 2002, se autoriza la apertura de una nueva sede al Colegio Aulas Colombianas San Luis IED y se amplía el servicio educativo”
EL SUBSECRETARIO DE INTEGRACIÓN INTERINSTITUCIONAL DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 115 de 1994, Ley 715 de 2001, el Decreto 1075 de 2015, el Decreto Distrital 310 de 2022, la Resolución 2684 de 2019, y la Resolución 3079 de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de Colombia en su artículo 67 establece que “La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás bienes y valores de la cultura”, igualmente dispone que el Estado es responsable de la prestación del servicio educativo.
Que la Ley 715 de 2001 en los numerales 7.1 y 7.3 del artículo 7 define las competencias de los distritos y municipios certificados en educación, especialmente en lo referente a la prestación del servicio educativo en los diferentes niveles y la administración de las instituciones educativas.
Que el literal I. del artículo 5 del Decreto 310 de 2022 consagra que corresponde a las funciones del secretario de Educación “Expedir los actos administrativos que se generen a partir de la normatividad vigente y en desarrollo de las políticas del Sector Educativo.”.
Que mediante la Resolución 2684 del 8 de octubre de 2019, se delegó en la Subsecretaría de Integración Interinstitucional la facultad de expedir y modificar los Reconocimientos de Carácter Oficial de las instituciones educativas distritales de Bogotá.
Que mediante la Resolución 3079 del 10 de diciembre de 2019 se reglamentó el procedimiento para la expedición y modificación del Reconocimiento de Carácter Oficial.
Que mediante comunicación dirigida a la Subsecretaría de Integración Interinstitucional con radicado I-2022- 120063 de 10 de noviembre de 2022, la rectoría del Colegio Aulas Colombianas San Luis IED solicitó:
“En atención a que nos han notificado desde la DILE de la localidad Santa fe sobre la Nueva sede (Vitelma) que será entregada para el funcionamiento de la INSTITUCION EDUCATIVA DISTRITAL AULAS COLOMBIANAS EL CONSUELO –SAN LUIS EL DORADO con código DANE 111001102067 a partir de enero de 2023, en la cual tenemos mayor número de aulas, así como mayor metraje en cada aula y mas espacio para atender a toda la población existente en una sola jornada, y encaminándonos al alistamiento para la consolidación de la jornada única en el año 2024, me permito solicitar a quien corresponda se haga, la modificación del reconocimiento de Carácter Oficial de la institución (…)”
Que, ahora bien, el 18 de julio de 2002, la Secretaría de Educación Distrital, expidió la Resolución No. 2096, y dispuso: “(…) Integrar el CED AULAS COLOMBIANAS EL CONSUELO, código DANE 11100113246, jornadas mañana, tarde y noche y el CED SAN LUIS EL DORADO, código DANE 11100186375, jornadas Av. El Dorado No. 66 – 63 Código Postal: 111321 PBX: 324 10 00 Fax: 315 34 48 www.educacionbogota.edu.co Información: Línea 195 16-IF- 001 V1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8245 • PP. 1-8 • 2025 • ENERO • 21 8 Página 2 de 4 002 02 DE ENERO Continuación de la Resolución No. ________ del _______________ de 2025 “Por la cual se modifica la Resolución No. 2096 de 18 de julio de 2002, se autoriza la apertura de una nueva sede al Colegio Aulas Colombianas San Luis IED y se amplía el servicio educativo” mañana, tarde, de la localidad 3 de Santa Fe, los cuales conformaran en adelante la INSTITUCION EDUCATIVA DISTRITAL AULAS COLOMBIANAS EL CONSUELO – SAN LUIS EL DORADO con el código DANE provisional 11100113246. (…)”
Que mediante la Resolución No. 2878 del 18 de septiembre de 2002, la Secretaría de Educación del Distrito resolvió: “(…)
Artículo primero.
Se adopta el nombre de INSTITUCION EDUCATIVA DISTRITAL AULAS COLOMBIANAS SAN LUIS, de la localidad 3 de Santa Fe, como nombre definitivo de la institución integrada mediante la resolución 2096 de 18 de julio de 2002, con el código DANE No 11100113246.”
Que mediante comunicación con radicado I-2023-14035 de fecha 01 de febrero de 2023, la Dirección Local de Educación se pronunció con concepto favorable sobre la modificación al RCO del colegio para la entrega de la sede Vitelma y la continuidad de la prestación del servicio educativo.
Que mediante comunicación radicado I-2024-72587 de 19 de junio de 2024, la rectoría del Colegio Aulas Colombianas San Luis IED solicitó: (…) “se amplie la oferta educativa a la IED Aulas Colombianas San Luis para los grados de Prejardín, Jardín y educación media en los grados 10 y 11” (…)
Que la Dirección de Construcciones y Conservación de Establecimientos Educativos mediante comunicación con radicado I-2024-83676 de 19 de julio de 2024, se pronunció favorablemente informando que el establecimiento educativo se encuentra en condiciones adecuadas para la prestación del servicio, contando con áreas apropiadas para el desarrollo de actividades pedagógicas.
Que mediante comunicación con radicado I-2024-84977 del 23 de julio de 2024, la Dirección de Cobertura se pronunció informando que la sede C del Colegio Aulas Colombianas San Luis IED puede funcionar para la prestación del servicio educativo en los niveles de preescolar, primaria, secundaria y media, con los grados desde prejardín hasta once.
Que la Dirección de Educación Prescolar y Básica mediante comunicación con radicado I-2024-95596 de 21 de agosto de 2024, se pronunció con su concepto favorable sobre la modificación con base en los contenidos del Proyecto Educativo Institucional.
Que mediante comunicación con radicado I-2024-131943 de fecha 08 de noviembre de 2024, la Dirección de Educación Media se pronunció con concepto favorable sobre la modificación al RCO del Colegio Aulas Colombianas San Luis IED, indicando que a nivel pedagógico la IED cuenta con las condiciones para ampliar la oferta educativa en el nivel de educación media.
Que mediante comunicación con radicado 1-2024-151727 de 2024 y en alcance al radicado No. I-2023- 80575 del 11 de julio de 2023, la Dirección de Talento Humano determinó viable la solicitud de modificación del RCO, y manifestó la factibilidad para el cubrimiento de las nuevas necesidades de docentes con la planta global de cargos de docentes y directivos docentes de la SED.
Que mediante comunicación radicado I-2024-139628 de 26 de noviembre 2024, la Dirección de Inspección y Vigilancia, conforme lo establecido en el artículo 9, numeral 3, de la Resolución 3079 de 2019 emitió concepto técnico pedagógico favorable respecto de la modificación del Reconocimiento de Carácter Oficial Av. El Dorado No. 66 – 63 Código Postal: 111321 PBX: 324 10 00 Fax: 315 34 48 www.educacionbogota.edu.co Información: Línea 195 16-IF- 001 V1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8245 • PP. 1-9 • 2025 • ENERO • 21 9 Página 3 de 4 02 DE ENERO 002 Continuación de la Resolución No. ________ del _______________ de 2025 “Por la cual se modifica la Resolución No. 2096 de 18 de julio de 2002, se autoriza la apertura de una nueva sede al Colegio Aulas Colombianas San Luis IED y se amplía el servicio educativo” al Colegio Aulas Colombianas San Luis IED de la localidad de Santafé, en el sentido de AUTORIZAR la apertura de la nueva ubicada en la Carrera 12 A Este No. 3 – 57 Sur, de ahora en adelante denominada Vitelma y la ampliación del servicio educativo formal en los grados prejardín y jardín del nivel preescolar y los grados 10° y 11° de educación media. Por lo cual remitió el concepto técnico favorable a la Oficina Asesora de Planeación y solicitó el trámite para la asignación de código DANE a la nueva sede educativa.
Que la solicitud de asignación de Código DANE para la sede educativa VITELMA, sede C del COLEGIO AULAS COLOMBIANAS SAN LUIS IED, localizada en la KR 12A E 3 57 S de Bogotá fue APROBADA, el código es 111001801390, tal como consta en comunicación de la Oficina de Planeación de la SED vía correo electrónico de fecha 6 de diciembre de 2024.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo primero.
MODIFICACIÓN
ARTÍCULO 2 DE LA RESOLUCIÓN 2096 DE 2002. MODIFÍQUESE el artículo 2º de la Resolución 2096 de 2002, en el sentido de autorizar una nueva sede ubicada en la Carrera 12 A Este No. 3 – 57 Sur, denominada sede C, en la localidad Santa Fe, y autorizar la ampliación del servicio educativo formal en los grados prejardín y jardín del nivel preescolar y los grados 10° y 11° de educación media, el cual quedará así:
“ARTÍCULO SEGUNDO. El colegio Aulas Colombianas San Luis IED ofrecerá el servicio educativo en los niveles de educación preescolar, básica y media, así: a) tres grados de preescolar; b) nueve grados de educación básica; c) dos grados de educación media; y d) los cuatro ciclos lectivos especiales integrados correspondientes a la educación básica para adultos, y los dos ciclos lectivos especiales integrados correspondientes a la educación.
La institución organizará la prestación del servicio en las jornadas mañana, tarde y noche, en las plantas físicas ubicadas en las siguientes direcciones: a) Sede A – Dirección anterior carrera 11 Este No. 1-25 Sur, actual KR 11 este No. 1 A - 85 -- KR 11 este No. 0 - 21 Código DANE 111001013242. b) Sede B – Dirección anterior diagonal 1 No. 7 B 05 Este, actual calle 1 A Bis No. 7 B - 15 Este - Código DANE 111001086371 c) Sede C - Carrera 12 A Este No. 3 – 57 Sur - Código DANE 111001801390”
Artículo segundo.
NOTIFICACIÓN, COMUNICACIÓN Y PUBLICACIÓN. NOTIFICAR el presente acto administrativo al colegio Aulas Colombianas San Luis IED, y COMUNICAR a las dependencias de la Secretaría de Educación del Distrito para que realicen los trámites pertinentes relacionados con la operación de la nueva sede. Asimismo, PUBLICAR este acto en un lugar visible tanto en los colegios mencionados como en la página web de la Secretaría de Educación del Distrito y en el Registro Distrital.
Av. El Dorado No. 66 – 63 Código Postal: 111321 PBX: 324 10 00 Fax: 315 34 48 www.educacionbogota.edu.co Información: Línea 195 16-IF- 001 V1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8245 • PP. 1-10 • 2025 • ENERO • 21 10 Página 4 de 4 002 02 DE ENERO Continuación de la Resolución No. ________ del _______________ de 2025 “Por la cual se modifica la Resolución No. 2096 de 18 de julio de 2002, se autoriza la apertura de una nueva sede al Colegio Aulas Colombianas San Luis IED y se amplía el servicio educativo”
Artículo tercero.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y las disposiciones de la Resolución No. 2096 de 18 de julio de 2002 no modificadas expresamente por este acto administrativo continúan vigentes.
Dada en Bogotá D. C., a los 02 días del mes de enero de 2025 PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE DIEGO ESCALLÓN ARANGO Subsecretario de Integración Interinstitucional Proyectó: Julio César Lozano Brunal – contratista MGI-CIS Revisó: Claudia Marcela Arévalo Rodríguez – contratista SII Av. El Dorado No. 66 – 63 Código Postal: 111321 PBX: 324 10 00 Fax: 315 34 48 www.educacionbogota.edu.co Información: Línea 195 16-IF- 001 V1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8245 • PP. 1-11 • 2025 • ENERO • 21 11 RESOLUCIÓN DE 2024 RESOLUCIÓN Nº2802 DEL 30 DE DICIEMBRE DE 2024 “Por la cual se actualiza la Plataforma Estratégica de la Secretaría de Integración Social y se deroga la Resolución 0456 del 5 de abril de 2021”.
LA SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL En uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas los literal a) y h)
Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20241230-203543-d12863-83759961 2024-12-30T21:22:39-05:00 - Pagina 1 de 7 del artículo 4 del Decreto Distrital 607 de 2007 modificado por el Decreto 508 de 2022 y el Decreto 021 de 2024 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 209 de la Constitución Política estipuló que “la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, - eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. (...)”.
Que los artículos 3 y 4 de la Ley 489 de 1998 establecen los principios y finalidad de la función administrativa, señalando que esta última busca la satisfacción de las necesidades generales de todos los habitantes, de conformidad con los principios y fines consagrados en la Constitución Política.
Que el Decreto 1083 de 2015, Único Reglamentario del Sector Función Pública, modificado por el Decreto Nacional 1499 de 2017, en lo relacionado con el Sistema de Gestión establecido en el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015, adoptó la versión actualizada del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG para el funcionamiento del Sistema de Gestión y su articulación con el Sistema de Control Interno.
Que el artículo 2.2.22.2.1 del Decreto Único Reglamentario en mención, estableció dentro de las Políticas de Gestión y Desempeño Institucional y comprende, entre otras, la Planeación Institucional.
Que el artículo 2.2.22.3.2 del Título 22 del Libro 2 del Decreto Nacional 1083 de 2015, sustituido mediante el artículo 1 del Decreto Nacional 1499 de 2017, definió el Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG), como un marco de referencia para dirigir, planear, ejecutar, hacer seguimiento, evaluar y controlar la gestión de las entidades y de los organismos públicos, con el fin de generar resultados que atiendan los planes de desarrollo y resuelvan las necesidades y problemas de los ciudadanos, con integridad y calidad en el servicio.
Que el artículo 2.2.22.3.4 ibidem, establece que el Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) se adoptará por los organismos y entidades de los órdenes nacional y territorial de la Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8245 • PP. 1-12 • 2025 • ENERO • 21 12 FOR-GJ-032 V1 Continuación de la RESOLUCIÓN Nº2802 DEL 30 DE DICIEMBRE DE 2024 “Por la cual se actualiza la Plataforma Estratégica de la Secretaría de Integración Social y se deroga la Resolución 0456 del 5 de abril de 2021”.
Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20241230-203543-d12863-83759961 2024-12-30T21:22:39-05:00 - Pagina 2 de 7 Rama Ejecutiva del Poder Público.
Que el artículo 1 del Decreto Distrital 221 de 2023 “Por medio del cual se reglamenta el Sistema de Gestión en el Distrito Capital, deroga el Decreto Distrital 807 de 2019 y se dictan otras disposiciones”, adoptó en el Distrito Capital el Sistema de Gestión de qué trata el artículo 2.2.22.1.1 del Título 22 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto Único Reglamentario 1083 de 2015, sustituido por el artículo 1 del Decreto Nacional 1499 de 2017, el cual se articula con el Sistema de Control Interno dispuesto en la Ley 87 de 1993 a través de la implementación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG y las demás normas que lo modifiquen o sustituyan.
Que el artículo 4, literal a) de la Ley 87 de 1993 “Por la cual se establecen normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones” señala que toda entidad debe orientar la aplicación del control interno, a través del establecimiento de objetivos y metas tanto generales como específicas, así como la formulación de los planes operativos que sean necesarios.
Que mediante el Acuerdo Distrital 927 del 7 de junio de 2024 “Por medio del cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas del Distrito Capital 2024- 2027 “Bogotá Camina Segura”, se define en el artículo 2 (…) “.... Visión 2027 - Bogotá será la ciudad del bien- estar. Bogotá será la ciudad del bien- estar y de la igualdad de oportunidades en el marco de la confianza, el respeto y la libertad. Será una ciudad diversa, accesible, incluyente, segura y justa, generadora de acuerdos en los que todas y todos tengamos la posibilidad de ser y hacer. En esta capital global, incluyente, productiva e innovadora, la ciudadanía será la protagonista de un proyecto de desarrollo sostenible que nos una, comprometido con la acción climática y la justicia ambiental. En Bogotá seremos capaces de resolver nuestros problemas y de construir una visión conjunta de futuro (…)”
Que, con el propósito de alinear la misión y visión de la Secretaría Distrital de Integración Social con el nuevo Plan de Desarrollo Distrital Bogotá Camina Segura y sus objetivos estratégicos, se realizó una revisión integral de los procesos internos, conforme a las necesidades del servicio. Este proceso incluyó encuentros con la ciudadanía mediante grupos focales, consultas con partes interesadas, la participación de gestores internos de calidad y talleres de planeación estratégica con la alta dirección de la entidad. Estas acciones buscan fortalecer los niveles de eficacia, eficiencia, economía y celeridad, aplicando criterios de razonabilidad, proporcionalidad y prevalencia del interés general. En este contexto, se hace necesaria la actualización de la Plataforma Estratégica, incluyendo la misión, visión y objetivos estratégicos, y en consecuencia, la derogación de la Resolución 0456 de 2021.
Que, en mérito de lo expuesto, Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8245 • PP. 1-13 • 2025 • ENERO • 21 13 FOR-GJ-032 V1 Continuación de la RESOLUCIÓN Nº2802 DEL 30 DE DICIEMBRE DE 2024 “Por la cual se actualiza la Plataforma Estratégica de la Secretaría de Integración Social y se deroga la Resolución 0456 del 5 de abril de 2021”.
RESUELVE:
Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20241230-203543-d12863-83759961 2024-12-30T21:22:39-05:00 - Pagina 3 de 7 Artículo Primero.- Actualizar la misión, visión y objetivos estratégicos como elementos del Componente de Direccionamiento Estratégico de la Secretaría Distrital de Integración Social así:
Misión: La Secretaría Distrital de Integración Social es una entidad pública de nivel central de Bogotá, líder del sector de integración social, encargada de formular e implementar políticas públicas poblacionales para garantizar el ejercicio de derechos, mediante una oferta de servicios sociales de calidad y la gestión de alianzas estratégicas con el sector privado y la cooperación internacional en pro de la inclusión social y productiva, el desarrollo de capacidades y la mejora de la calidad de vida de las personas en situación de mayor vulnerabilidad, con un enfoque territorial e intersectorial.
Visión: Para 2035, la Secretaría Distrital de Integración Social será líder nacional en política social y referente en la promoción de derechos, inclusión y servicios sociales de alta calidad. Contribuirá a la transformación de vidas y territorios a través de la innovación, la modernización institucional y una estrategia territorial integral, que llevará a una Bogotá más cuidadora, inclusiva, sostenible y consciente.
Objetivos estratégicos:
1. Reducir las formas extremas de exclusión en Bogotá de personas, familias y hogares mediante estrategias que garanticen el acceso a servicios básicos y oportunidades socioeconómicas, mediante el fortalecimiento de la inclusión social y productiva
2. Contribuir a la reducción de la pobreza y la inseguridad alimentaria a través de transferencias monetarias y no monetarias con enfoque diferencial, y la priorización de personas pobres extremas, pobres, vulnerables, víctimas del conflicto interno armado, jóvenes, mujeres y personas mayores.
3. Fortalecer familias, proteger la niñez y construir entornos libres de violencia en el contexto familiar, mediante un modelo integral e innovador que promueva la prevención, y garantice servicios eficientes y adaptados a cada realidad.
4. Ofrecer procesos de inclusión social y productiva, que aseguren enfoques diferenciales y territoriales, para la garantía de acceso equitativo y estrategias inclusivas para personas con discapacidad, jóvenes, personas mayores, personas de los sectores LGBTI, y otras en riesgo de vulneración de derechos, a través del afianzamiento de alianzas intersectoriales y la complementariedad de los servicios.
Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8245 • PP. 1-14 • 2025 • ENERO • 21 14 FOR-GJ-032 V1 Continuación de la RESOLUCIÓN Nº2802 DEL 30 DE DICIEMBRE DE 2024 “Por la cual se actualiza la Plataforma Estratégica de la Secretaría de Integración Social y se deroga la Resolución 0456 del 5 de abril de 2021”.
Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20241230-203543-d12863-83759961 2024-12-30T21:22:39-05:00 - Pagina 4 de 7
5. Contribuir a que las niñas y niños de la primera infancia en Bogotá reciban atención integral y de calidad, mediante la ampliación de la cobertura, la articulación de esfuerzos y la optimización de la gestión y gobernanza, con el fin de garantizar su bienestar y desarrollo integral.
6. Potenciar la misionalidad del sector de integración social con el desarrollo de procesos transversales eficientes que garanticen servicios sociales innovadores, de calidad y con enfoque diferencial.
Artículo Segundo.- La presente resolución deberá divulgarse ampliamente para garantizar su comprensión y aplicación efectiva por parte de todos los servidores públicos, y será objeto de evaluación y actualización periódica para responder a los cambios del entorno y a las nuevas demandas sociales.
Artículo Tercero.- Comunicación. El contenido del presente acto administrativo deberá ser comunicado a cada una de las dependencias de esta Secretaría, para su conocimiento y fines pertinentes.
Artículo Cuarto.- Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga la Resolución 0456 del 5 de abril de 2021.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los treinta (30) días del mes de diciembre de dos mil veinticuatro (2024).
LINA MARÍA SÁNCHEZ ROMERO Secretaria Distrital de Integración Social (E) Presidente Comité Institucional de Gestión y Desempeño Proyectó: Alberto Enrique Pedraza Rallon, Contratista Dirección de Análisis y Diseño Estratégico Revisó: Johana Garzón Zamora - Contratista Dirección de Análisis y Diseño Estratégico Juan Manuel Possos Pedroza – Contratista Dirección de Análisis y Diseño Estratégico Elizabeth Soler Yaya- Subdirectora de Diseño, Evaluación y Sistematización Martha Isabel Ortiz Hurtado – Contratista Oficina Jurídica Aprobó Franci Liliana Clavijo Joya – Jefe Oficina Jurídica (E)
Andrea Eliana Salazar Pérez – Directora de Análisis y Diseño Estratégico (E)
Sede Principal: Carrera 7 # 32 -12 / Ciudadela San Martín Secretaría Distrital de Integración Social Teléfono: 3 27 97 97 www.integracionsocial.gov.co Buzón de radicación electrónica: radicación@sdis.gov.co Código postal: 110311 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8245 • PP. 1-15 • 2025 • ENERO • 21 15 REGISTRO DE FIRMAS ELECTRONICAS Resolución Actalización Plataforma Estratégica 2024 VF SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL gestionado por: azsign.com.co Id Acuerdo: 20241230-203543-d12863-83759961 Creación: 2024-12-30 20:35:43 Escanee el código Estado: Finalizado Finalización: 2024-12-30 21:22:38 para verificación Revisión: Revisó Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20241230-203543-d12863-83759961 2024-12-30T21:22:39-05:00 - Pagina 5 de 7 Elizabeth Soler Yaya 1070324701 esoler@sdis.gov.co Subdirectora de Diseño, Evaluación y Sistematización Secretaría Distrital de Integración Social - SDES Revisión: Revisó JUAN MANUEL POSSOS PEDROZA 80133615 jpossosp@sdis.gov.co CONTRATISTA DADE SDIS Revisión: Revisó Leslye Johana Garzón Zamora 52853660 ljgarzon@sdis.gov.co Contratista Secretaría Distrital de Integración Social Elaboración: Elaboró Alberto Enrique Pedraza Rallón 79942148 aepedrazar@sdis.gov.co Contratista Secretaria Distrital de Integración Social REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8245 • PP. 1-16 • 2025 • ENERO • 21 16 REGISTRO DE FIRMAS ELECTRONICAS Resolución Actalización Plataforma Estratégica 2024 VF SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL gestionado por: azsign.com.co Id Acuerdo: 20241230-203543-d12863-83759961 Creación: 2024-12-30 20:35:43 Escanee el código Estado: Finalizado Finalización: 2024-12-30 21:22:38 para verificación Firma: Firmante Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20241230-203543-d12863-83759961 2024-12-30T21:22:39-05:00 - Pagina 6 de 7 Lina María Sánchez Romero 64696062 LSanchezR@sdis.gov.co Subsecretaria de Gestión Institucional Secretaría Distrital de Integración Social Aprobación: Aprobó ANDREA ELIANA SALAZAR PÉREZ 52192447 aesalazarp@sdis.gov.co Directora de Análisis y Diseño Estratégico (E) Secretaría Distrital de Integración Social Aprobación: Aprobó FRANCI LILIANA CLAVIJO JOYA 52541102 fclavijo@sdis.gov.co JEFE OFICINA JURÍDICA (E) SECRETARIA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL Revisión: Revisó Martha Isabel Ortiz Hurtado 36861141 mortizh@sdis.gov.co Abogada Oficina Jurídica REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8245 • PP. 1-17 • 2025 • ENERO • 21 17 REPORTE DE TRAZABILIDAD Resolución Actalización Plataforma Estratégica 2024 VF SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL gestionado por: azsign.com.co Id Acuerdo: 20241230-203543-d12863-83759961 Creación: 2024-12-30 20:35:43 Escanee el código Estado: Finalizado Finalización: 2024-12-30 21:22:38 para verificación TRAMITE PARTICIPANTE ESTADO ENVIO, LECTURA Y RESPUESTA Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20241230-203543-d12863-83759961 2024-12-30T21:22:39-05:00 - Pagina 7 de 7 Aprobado Elaboración Env.: 2024-12-30 20:36:01 Lec.: 2024-12-30 20:44:32 Res.: 2024-12-30 20:44:53 IP Res.: 191.156.190.112 Alberto Enrique Pedraza Rallón aepedrazar@sdis.gov.co Contratista Secretaria Distrital de Integración Soci Aprobado Revisión Env.: 2024-12-30 20:44:54 Lec.: 2024-12-30 20:50:59 Res.: 2024-12-30 20:51:06 IP Res.: 191.95.54.90 Leslye Johana Garzón Zamora ljgarzon@sdis.gov.co Contratista Secretaría Distrital de Integración Soci Aprobado Revisión Env.: 2024-12-30 20:51:06 Lec.: 2024-12-30 20:54:02 Res.: 2024-12-30 20:54:37 IP Res.: 186.155.19.76 JUAN MANUEL POSSOS PEDROZA jpossosp@sdis.gov.co CONTRATISTA DADE SDIS Aprobado Revisión Env.: 2024-12-30 20:54:37 Lec.: 2024-12-30 21:04:37 Res.: 2024-12-30 21:07:32 IP Res.: 191.156.55.43 Elizabeth Soler Yaya esoler@sdis.gov.co Subdirectora de Diseño, Evaluación y Sis Secretaría Distrital de Integración Soci Revisión Martha Isabel Ortiz Hurtado mortizh@sdis.gov.co Abogada Oficina Jurídica Aprobado Env.: 2024-12-30 21:07:32 Lec.: 2024-12-30 21:07:46 Res.: 2024-12-30 21:08:29 IP Res.: 186.146.63.3 Env.: 2024-12-30 21:08:29 Aprobación Aprobado FRANCI LILIANA CLAVIJO JOYA fclavijo@sdis.gov.co JEFE OFICINA JURÍDICA (E) SECRETARIA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCI Lec.: 2024-12-30 21:13:58 Res.: 2024-12-30 21:14:45 IP Res.: 191.156.235.25 Env.: 2024-12-30 21:14:45 Lec.: 2024-12-30 21:17:04 Aprobación Aprobado ANDREA ELIANA SALAZAR PÉREZ aesalazarp@sdis.gov.co Directora de Análisis y Diseño Estratégi Secretaría Distrital de Integración Soci Res.: 2024-12-30 21:17:31 IP Res.: 181.234.201.76 Lina María Sánchez Romero Firma Aprobado LSanchezR@sdis.gov.co Subsecretaria de Gestión Institucional Secretaría Distrital de Integración Soci Env.: 2024-12-30 21:17:31 Lec.: 2024-12-30 21:22:28 Res.: 2024-12-30 21:22:38 IP Res.: 191.95.48.42 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 59 NÚMERO 8245 • PP. 1-18 • 2025 • ENERO • 21 18
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