Registro Distrital 8646 de 2026
Registro Distrital 8646 de 2026 Nivel Distrital
- Tipo
- Registro Distrital
- Número
- 8646
- Año
- 2026
- Fecha
- 25 de agosto de 2026
- Entidad
- Nivel Distrital
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
5,5 ALCALDE MAYOR Carlos Fernando Galán Pachón REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 • No. 8646 - Pp 1 - 92 - 2026 • AGOSTO • 25 CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Central INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO RESOLUCIÓN Nº 2143 “Por la cual se modifica el artículo 45 de la Resolución IDU-20 de 2026”.........69 ACUERDO 2026 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. - COMISIÓN DISTRITAL DE TRANSFORMACIÓN DIGITAL ACUERDO Nº 002 “Por el cual se modifican los artículos 3, 4, 6 y 7 del Acuerdo 001 de 2021 de la Comisión Distrital de Trasformación Digital”..................................................4 INSTITUTO DISTRITAL DE LAS ARTES RESOLUCIÓN Nº 1027 “Por medio de la cual se delega la facultad de firmar la Tabla de Retención Documental de la Dirección General del Instituto Distrital de las Artes - Idartes”...72 Sector Local DECRETOS LOCALES 2026 ALCALDÍA LOCAL DE TEUSAQUILLO DECRETO LOCAL Nº 007 “Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal 2026”...........................................................................77 DECRETO LOCAL Nº 008 “Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal 2026”........................................................................................81 Sector Central ACTO ADMINISTRATIVO 2026 SECRETARÍA GENERAL - OFICINA CONSEJERÍA DISTRITAL DE PAZ, VÍCTIMAS Y RECONCILIACIÓN ACTO ADMINISTRATIVO Nº 012 JUSTIFICACÍÓN DE LA CONTRATACÍÓN DIRECTA..................................84 RESOLUCIONES 2026 SECRETARÍA DISTRITAL DE PLANEACIÓN - CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL - CONFIS RESOLUCIÓN Nº 14 “Por la cual se aprueba una adición al Presupuesto de Gastos e Inversiones 2026 por distribución parcial de la Disponibilidad Final de la Empresa Transmilenio S.A.”............................................................................................12 RESOLUCIÓN Nº 15 “Por la cual se aprueba una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud - SISS Sur E.S.E.”............................................................................................16 RESOLUCIÓN Nº 16 “Por la cual se aprueba una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud - SISS Sur Occidente E.S.E.”...........................................................................20 RESOLUCIÓN Nº 17 “Por la cual se aprueba una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud - SISS Centro Oriente E.S.E.”...........................................................................25 RESOLUCIÓN Nº 18 “Por la cual se aprueba una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud SISS - Norte E.S.E. y una distribución parcial de la Disponibilidad Final y su adición en el Presupuesto de Gastos e Inversiones 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud SISS - Norte E.S.E.”.....................................................31 FE DE ERRATA 2026 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. FE DE ERRATA Fé de erratas en la publicación del Decreto Distrital 677 de 30 de diciembre de 2025..........................................................................................................90 Sector Descentralizado CONTRALORÍA DE BOGOTÁ, D.C. RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA Nº 014 “Por la cual se adopta la nueva versión del Procedimiento Programa de Transparencia y Ética Pública de la Contraloría de Bogotá D.C.”...................39 AÑO 60 NÚMERO 8646 25 • AGOSTO • 2026 SECRETARÍA GENERAL ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL.
LA PUBLICACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS EN EL REGISTRO DISTRITAL SE REALIZA DE ACUERDO A LA LEY 1437 DEL 2011 EN SU ARTÍCULO 65 MODIFICADO POR LA LEY 2080 DE 2021 “POR LA CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO”.
CORREO: REGISTRODISTRITAL@ALCALDIABOGOTA.GOV.CO DIRECCIÓN: CALLE 11 SUR #1-60 ESTE - LA MARÍA - BOGOTÁ D.C.
TELÉFONO: 381 3000 EXT. 5010 - 5202 SUBDIRECTORA IMPRENTA DISTRITAL: MARÍA ANGÉLICA PUMAREJO HINOJOSA ACUERDO DE 2026 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-4 • 2026 • AGOSTO • 25 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-5 • 2026 • AGOSTO • 25 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-6 • 2026 • AGOSTO • 25 6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-7 • 2026 • AGOSTO • 25 7 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-8 • 2026 • AGOSTO • 25 8 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-9 • 2026 • AGOSTO • 25 9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-10 • 2026 • AGOSTO • 25 10 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-11 • 2026 • AGOSTO • 25 11 RESOLUCIONES DE 2026 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS Resolución No. 14 de 2026 “Por la cual se aprueba una adición al Presupuesto de Gastos e Inversiones 2026 por distribución parcial de la Disponibilidad Final de la Empresa Transmilenio S.A.”
EL CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 10° del Decreto Distrital 714 de 1996, y en los artículos 233 y 236 del Decreto 645 de 2025, y, C O N S I D E R A N D O:
Que conforme a lo estipulado en el artículo 10° literal (e) del Decreto Distrital 714 de 1996, corresponde al CONFIS aprobar y modificar mediante resolución el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito Capital y de las Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquellas.
Que conforme a lo establecido en el artículo 233° del Decreto 645 “Las modificaciones presupuestales que afecten el valor total de los ingresos, gastos de funcionamiento, servicio de la deuda y gastos de inversión serán aprobadas por el CONFIS Distrital, previo concepto favorable de la Junta o Consejo Directivo de la empresa y de la Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto.
Cuando se trate de gastos de inversión se requerirá adicionalmente el concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Planeación...”
Que de acuerdo con el numeral 5° del reglamento interno adoptado en la sesión No. 01 del 30 de enero de 2024, modificado en sesiones No. 04 del 23 de abril de 2024 y No. 17 del 25 de Julio de 2025, le corresponde al CONFIS mediante Resolución suscrita por la Secretaría Técnica y el Secretario Distrital de Hacienda notificar las decisiones aprobatorias aplicables a las Empresas Distritales.
Que el CONFIS Distrital mediante la Resolución No. 23 de 2025 aprobó el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del 2026 de las Empresas Distritales: Capital Salud EPS-S, Canal Capital, Aguas de Bogotá S.A. ESP, Lotería de Bogotá, Metro de Bogotá S.A, Transmilenio S.A, y la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C.”
Que de acuerdo con el artículo 6° de la Resolución citada en precedencia, se aprobó el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2026 de la Empresa Transmilenio S.A. por valor de $12.818.731.324.000, estableciendo un monto en la Disponibilidad Final de $76.528.956.000.
Que la Junta Directiva de la Empresa Transmilenio S.A., en aplicación del artículo 4° de la Resolución CONFIS de delegación No. 015 del 25 de octubre de 2021, y mediante Acuerdo No. 001 del 03 de marzo de 2026, aprobó ajustes al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones de la vigencia 2026, como resultado del REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-12 • 2026 • AGOSTO • 25 12 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS Resolución No. 14 de 2026 “Por la cual se aprueba una adición al Presupuesto de Gastos e Inversiones 2026 por distribución parcial de la Disponibilidad Final de la Empresa Transmilenio S.A.” cierre financiero de la vigencia 2025, determinando un nuevo monto de la Disponibilidad Final de $422.104.770.552.
Que mediante Resolución No. 02 del 16 de abril de 2026, el CONFIS Distrital aprobó una adición en el Presupuesto de Gastos e Inversiones 2026 por distribución parcial de la Disponibilidad Final de la Empresa Transmilenio S.A., para la vigencia fiscal 2026, por valor de $315.998.314.329, y como resultado de esta distribución parcial, la Disponibilidad Final presentó un nuevo saldo de $106.106.456.223.
Que la Empresa Transmilenio S.A., requiere efectuar una nueva distribución parcial de la Disponibilidad Final por $68.213.071.000 y su adición en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la vigencia 2026.
Que la adición en el rubro de Inversión por $68.213.071.000 será destinada en los siguientes proyectos, montos y usos: i) 7223 Control y Operación del Sistema Integrado de Transporte Público de Bogotá ($ 36.374.759.891) para garantizar la tercerización de funciones netamente operativas, como acciones de vigilancia y control de servicio de la operación troncal y zonal, extender el contrato de aseo del sistema en las cuales se desarrollan actividades de limpieza diaria de las más de 140 estaciones y 9 portales, contratar el servicio de ubicación de auxiliares de enfermería y ambulancia en el Sistema TransMilenio; la ejecución del proyecto de modernización el Subsistema de Recaudo del SIRCI en 2026,este comprende la instalación de 4800 validadores en el servicio troncal y zonal; cuatro meses de adecuación y parametrización de la solución como servicio, así como el costo de operación y mantenimiento por tres meses para aquellos equipos instalados a esa fecha y recursos estimados para garantizar 68 contratos de prestación de servicios por seis meses. ii) 7251 Desarrollo y Gestión de la Infraestructura del Sistema Integrado de Transporte Público de Bogotá ($ 392.299.726) para garantizar siete contratos de prestación de servicios por seis meses aproximadamente y garantizar la contratación de fuerza operativa asegurando las actividades en los puestos mínimos necesarios para la inspección, supervisión y control de operación. iii) 7522 Fortalecimiento de la seguridad integral del Sistema Integrado de Transporte Público de Bogotá D.C. ($ 22.917.264.230) para ampliar el plazo de ejecución del contrato de vigilancia y seguridad del Sistema TransMilenio y garantizar 32 contratos de prestación de servicios por seis meses aproximadamente. iv) 7526 Fortalecimiento de la Información, Comunicación y Atención al Usuario en el uso del Sistema Integrado de Transporte Público de Bogotá D.C ($2.447.367.198), para asegurar 13 contratos de servicios por seis meses aproximadamente; la contratación del personal suficiente para apoyar actividades en el sistema tales como organización de filas, abordaje, invasión de áreas de circulación, accesibilidad a personas con movilidad reducida, promoción y divulgación de normas y campañas; cubrir el déficit causado por el aumento del salario mínimo en el contrato de la línea 195 de Transmilenio SA., cubriendo el salario básico del personal operativo, prestaciones sociales y aportes al Sistema de Seguridad Social Integral; y asegurar la contratación para la realización de la encuesta de satisfacción de los usuarios del sistema.
2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-13 • 2026 • AGOSTO • 25 13 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS Resolución No. 14 de 2026 “Por la cual se aprueba una adición al Presupuesto de Gastos e Inversiones 2026 por distribución parcial de la Disponibilidad Final de la Empresa Transmilenio S.A.” v) 7540 Diseño y Estructuración del Sistema Interoperable de Recaudo en su componente tecnológico en el Sistema de Transporte Público de Bogotá D.C. ($383.488.068) para 12 contratos de servicios por seis meses aproximadamente y garantizar la contratación de fuerza operativa asegurando las actividades en los puestos mínimos necesarios para la inspección, supervisión y control de operación. vi) 7541 Desarrollo y explotación colateral del Sistema Integrado de Transporte Público de Bogotá D.C. ($5.500.000.000) para el desarrollo de la Unidad de Actuación Urbanística 3 del Plan Parcial Estación Metro Calle 26 en Bogotá D.C., incluyendo la construcción de la estación central del Sistema TransMilenio y un proyecto inmobiliario. vii) 7523 Desarrollo del Modelo de Gestión Institucional en TRANSMILENIO S.A. en Bogotá D.C. ($197.891.887) para garantizar 10 contratos de servicios por aproximadamente seis meses.
Que la Junta Directiva de la Empresa Transmilenio S.A., mediante Acuerdo No. 006 del 10 de Julio de 2026, conceptuó favorablemente la distribución parcial de la Disponibilidad Final para la adición de recursos en la vigencia 2026 para Gastos de Inversión por $68.213.071.000.
Que la Secretaría Distrital de Planeación – SDP expidió el concepto previo favorable a la adición en el rubro de Inversión por $68.213.071.000, con radicado No. 2-2026-33859 del 11 de junio de 2026.
Que el CONFIS Distrital en sesión No. 13 realizada el 31 de julio de 2026, de acuerdo con el análisis de las justificaciones aportadas por la Empresa Transmilenio S.A y las recomendaciones de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, aprobó la distribución parcial de la Disponibilidad Final por $68.213.071.000 y su adición en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Empresa Transmilenio S.A., detallada en precedencia.
Que la observancia de los procedimientos legales y presupuestales a que haya lugar por efecto de las modificaciones presupuestales aprobadas es responsabilidad y competencia exclusiva de la Empresa Transmilenio S.A.
RESUELVE:
Artículo primero.
Aprobar una Adición en el Presupuesto de Gastos e Inversiones 2026 por distribución parcial de la Disponibilidad Final de la Empresa Transmilenio S.A., para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del año 2026, por valor de $68.213.071.000 conforme al siguiente detalle:
3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-14 • 2026 • AGOSTO • 25 14 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS Resolución No. 14 de 2026 “Por la cual se aprueba una adición al Presupuesto de Gastos e Inversiones 2026 por distribución parcial de la Disponibilidad Final de la Empresa Transmilenio S.A.”
Pesos COD RUBRO VALOR 42 GASTOS $68.213.071.000 423 Inversión $68.213.071.000 Fuente: TMSA Como resultado de esta distribución parcial, la Disponibilidad Final del Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2026 de la Empresa Transmilenio S.A., presenta un nuevo saldo de $ $37.893.385.223.
Artículo segundo.
La presente resolución rige a partir de la fecha de publicación en el Registro Distrital.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D. C., a los 25 días del mes de agosto de 2026.
ANA MARIA CADENA RUIZ Firmado digitalmente por ANA MARIA CADENA RUIZ ANA MARÍA CADENA RUIZ Secretaria Distrital de Hacienda ABLANQUE MEJIA URSULA Firmado digitalmente por ABLANQUE MEJIA URSULA URSULA ABLANQUE MEJIA Secretaria Técnica de CONFIS Secretaria Distrital de Planeación Publicada en el Registro Distrital No. _____ de fecha ____ de __________ de 2026.
Firmado digitalmente por JULIO ALEJANDRO ABRIL TABARES JULIO ALEJANDRO ABRIL TABARES ANDRES FELIPE URIBE MEDINA Firmado digitalmente por ANDRES FELIPE URIBE MEDINA Firmado digitalmente por Claudia Marcela Numa Paez Firmado digitalmente por María Alejandra Botiva León Fecha: 2026.08.21 16:59:51 -05'00' María Alejandra Botiva León Aprobó: Julio Alejandro Abril Tabares. Subsecretario de Planeación de la Inversión – Secretaría Distrital de Planeación Andrés Felipe Uribe Medina. Subsecretario Técnico – Secretaría Distrital de Hacienda Revisó: Claudia Marcela Numa Páez. Directora Distrital de Presupuesto – Secretaría Distrital de Hacienda María Alejandra Botiva León. Directora de Inversiones Estratégicas – Secretaría Distrital de Planeación Elaboró: Dayana Viscaya Quitian. Profesional Especializada, Dirección Inversiones Estratégicas – Secretaría Distrital de Planeación 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-15 • 2026 • AGOSTO • 25 15 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS Resolución No. 15 de 2026 “Por la cual se aprueba una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud - SISS Sur E.S.E.”
EL CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 10° del Decreto Distrital 714 de 1996, y en el artículo 233° del Decreto 645 de 2025 y, C O N S I D E R A N D O:
Que mediante Acuerdo No. 17 de 1997 del Concejo Distrital, se transforman los Hospitales en Empresas Sociales del Estado del orden distrital.
Que como Empresas Sociales del Estado, están sujetas al régimen presupuestal de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito, conforme a lo estipulado en el Artículo 3º del Decreto Distrital 714 de 1996, en el Artículo 25° del Acuerdo No. 17 de 1997 y en el Artículo 207° del Decreto 645 de 2025.
Que según lo establecido en el Acuerdo Distrital 641 de 2016 “por el cual se efectúa la reorganización del sector salud de Bogotá, Distrito Capital, se modifica el acuerdo 257 de 2006 y se expiden otras disposiciones”, se reorganizó el sector salud y se fusionan las 22 Empresas Sociales del Estado en las 4 Empresas Sociales del Estado denominadas Subredes Integradas de Servicios de Salud E.S.E.
Que conforme a lo estipulado en el literal e) del artículo 10° del Decreto Distrital 714 de 1996, corresponde al Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal – CONFIS, aprobar y modificar mediante resolución el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito Capital y de las Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquellas.
Que conforme a lo establecido en el artículo 233° del Decreto 645 de 2025, “(…) Las modificaciones presupuestales que afecten el valor total de los ingresos, gastos de funcionamiento, servicio de la deuda y gastos de inversión serán aprobadas por el CONFIS Distrital, previo concepto favorable de la Junta o Consejo Directivo de la empresa y de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto (…)
Así mismo, el mencionado artículo indica que “(…) Para las Empresas Sociales del Estado, antes de su aprobación por el CONFIS Distrital, se requerirá adicionalmente, y en todos los casos, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Salud (…)
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-16 • 2026 • AGOSTO • 25 16 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS Continuación de la Resolución No.15 de 2026 “Por la cual se aprueba una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud - SISS Sur E.S.E.”
Que de acuerdo con el numeral 5° del reglamento interno del Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS, aprobado en sesión CONFIS No. 01 de 2024 y modificado en las sesiones CONFIS No. 04 de 2024 y No. 17 de 2025, las decisiones del CONFIS se notificarán “Mediante Resoluciones suscritas por la Secretaría Técnica y el Secretario Distrital de Hacienda, cuando las decisiones sean de carácter aprobatorio y modificatorio del Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito Capital y las Empresas Sociales del Estado”.
Que el CONFIS Distrital mediante Resolución No. 24 del 01 de noviembre de 2025, aprobó los Presupuestos de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de las cuatro (4) Subredes Integradas de Servicios de Salud SISS Empresas Sociales del Estado - E.S.E., para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre del año 2026.
Que la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur E.S.E. presentó para análisis y concepto de la Secretaría Distrital de Salud – SDS, una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos 2026 en el rubro Ingresos Corrientes por valor total de $9.054.746.562 provenientes de la Resolución No. 1574 del 29 de diciembre de 2025 de la Secretaría Distrital de Salud – Fondo Financiero Distrital de Salud.
Que la Secretaría Distrital de Salud – Fondo Financiero Distrital de Salud – FFDS mediante la Resolución No. 1574 del 29 de diciembre de 2025 ordenó una transferencia para la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur E.S.E por $9.054.746.562, para el mejoramiento de indicadores financieros y asistenciales que inciden en la calidad de la prestación de los servicios a población objeto de la Subred.
Que la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur E.S.E, con el fin de dar continuidad y garantizar la prestación de los servicios de salud en cada una de las unidades de servicios que la conforman, distribuyó en el Presupuesto de Gasto e Inversiones 2026 la solicitud de adición proveniente de la Resolución No. 1574 del 29 de diciembre de 2025 por $9.054.746.562, para el rubro de Funcionamiento.
Que de acuerdo con la justificación presentada por la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur E.S.E, los recursos adicionados serán empleados por la Subred para el contrato de prestación del servicio de aseo, por tratarse de un servicio transversal y estratégico para el funcionamiento de la entidad y para el mantenimiento de la infraestructura hospitalaria con el propósito de garantizar la ejecución oportuna de mantenimiento predictivo y correctivo de las instalaciones de la Subred.
Que la Junta Directiva de la SISS Sur E.S.E mediante Acuerdo No. 21 del 26 de junio de 2026, emitió concepto favorable a esta adición al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2026 por $9.054.746.562.
2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-17 • 2026 • AGOSTO • 25 17 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS Continuación de la Resolución No.15 de 2026 “Por la cual se aprueba una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud - SISS Sur E.S.E.”
Que la Secretaría Distrital de Salud emitió Concepto Favorable No. 019 del 14 de julio de 2026 y consideró viable esta adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2026 de la SISS Sur E.S.E. por $9.054.746.562, provenientes de la Resolución No. 1574 del 29 de diciembre de 2025.
Que la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, de acuerdo con el análisis de la solicitud presentada por la Secretaría Distrital de Salud de adición al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e inversiones 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur E.S.E., recomendó al CONFIS Distrital adicionar la suma de $9.054.746.562, provenientes de la Resolución No. 1574 del 29 de diciembre de 2025 de la Secretaría Distrital de Salud – Fondo Financiero Distrital de Salud.
Que el CONFIS Distrital en sesión No.13 del 31 de julio de 2026, de acuerdo con el análisis de las justificaciones aportadas y los conceptos favorables y recomendaciones de las Secretarías Distritales de Salud y Hacienda, aprobó la adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la vigencia 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur E.S.E. por $9.054.746.562.
Que la observancia de los procedimientos legales y presupuestales a que haya lugar por efecto de esta adición presupuestal es responsabilidad y competencia exclusiva de la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur E.S.E.
RESUELVE:
Artículo primero.
Aprobar una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones para la vigencia 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur E.S.E. por $9.054.746.562, conforme al siguiente detalle:
Cifras en pesos CÓDIGO RUBRO MONTO 4.1 INGRESOS $9.054.746.562 4.1.1 Ingresos Corrientes $9.054.746.562 4.2 GASTOS $9.054.746.562 4.2.1 Funcionamiento $9.054.746.562 3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-18 • 2026 • AGOSTO • 25 18 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS Continuación de la Resolución No.15 de 2026 “Por la cual se aprueba una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud - SISS Sur E.S.E.”
Artículo segundo.
La presente resolución rige a partir de la fecha de publicación en el Registro Distrital.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D. C., a los 25 días del mes de agosto de 2026.
ANA MARIA CADENA RUIZ Firmado digitalmente por ANA MARIA CADENA RUIZ ANA MARÍA CADENA RUIZ Secretaria Distrital de Hacienda ABLANQUE MEJIA URSULA Firmado digitalmente por ABLANQUE MEJIA URSULA URSULA ABLANQUE MEJIA Secretaria Técnica de CONFIS Secretaria Distrital de Planeación Publicada en el Registro Distrital No. _____ de fecha ____ de agosto de 2026.
JULIO ALEJANDRO ABRIL TABARES Firmado digitalmente por JULIO ALEJANDRO ABRIL TABARES ANDRES FELIPE URIBE MEDINA Firmado digitalmente por ANDRES FELIPE URIBE MEDINA Firmado digitalmente por Claudia Marcela Numa Paez Firmado digitalmente por María Alejandra Botiva León Fecha: 2026.08.21 17:01:06 -05'00' María Alejandra Botiva León Aprobó: Julio Alejandro Abril Tabares. Subsecretario de Planeación de la Inversión – Secretaría Distrital de Planeación Andrés Felipe Uribe Medina. Subsecretario Técnico – Secretaría Distrital de Hacienda Revisó: Claudia Marcela Numa Páez. Directora Distrital de Presupuesto – Secretaría Distrital de Hacienda María Alejandra Botiva León. Directora de Inversiones Estratégicas – Secretaría Distrital de Planeación Elaboró: Esperanza Gómez Torres. Profesional Especializado - Dirección de Inversiones Estratégicas - Secretaría Distrital de Planeación 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-19 • 2026 • AGOSTO • 25 19 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS Resolución No. 16 de 2026 “Por la cual se aprueba una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud - SISS Sur Occidente E.S.E.”
EL CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 10° del Decreto Distrital 714 de 1996, y en el artículo 233° del Decreto 645 de 2025 y, C O N S I D E R A N D O:
Que mediante Acuerdo No. 17 de 1997 del Concejo Distrital, se transforman los Hospitales en Empresas Sociales del Estado del orden distrital.
Que como Empresas Sociales del Estado, están sujetas al régimen presupuestal de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito, conforme a lo estipulado en el Artículo 3º del Decreto Distrital 714 de 1996, en el Artículo 25° del Acuerdo No. 17 de 1997 y en el Artículo 207° del Decreto 645 de 2025.
Que según lo establecido en el Acuerdo Distrital 641 de 2016 “por el cual se efectúa la reorganización del sector salud de Bogotá, Distrito Capital, se modifica el acuerdo 257 de 2006 y se expiden otras disposiciones”, se reorganizó el sector salud y se fusionan las 22 Empresas Sociales del Estado en las 4 Empresas Sociales del Estado denominadas Subredes Integradas de Servicios de Salud E.S.E.
Que conforme a lo estipulado en el literal e) del artículo 10° del Decreto Distrital 714 de 1996, corresponde al Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal – CONFIS, aprobar y modificar mediante resolución el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito Capital y de las Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquellas.
Que conforme a lo establecido en el artículo 233° del Decreto 645 de 2025, “(…) Las modificaciones presupuestales que afecten el valor total de los ingresos, gastos de funcionamiento, servicio de la deuda y gastos de inversión serán aprobadas por el CONFIS Distrital, previo concepto favorable de la Junta o Consejo Directivo de la empresa y de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto (…)
Así mismo, el mencionado artículo indica que “(…) Para las Empresas Sociales del Estado, antes de su aprobación por el CONFIS Distrital, se requerirá adicionalmente, y en todos los casos, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Salud (…)
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-20 • 2026 • AGOSTO • 25 20 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS Continuación de la Resolución No.16 de 2026 “Por la cual se aprueba una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud - SISS Sur Occidente E.S.E.”
Que de acuerdo con el numeral 5° del reglamento interno del Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS, aprobado en sesión CONFIS No. 01 de 2024 y modificado en las sesiones CONFIS No. 04 de 2024 y No. 17 de 2025, las decisiones del CONFIS se notificarán “Mediante Resoluciones suscritas por la Secretaría Técnica y el Secretario(a) Distrital de Hacienda, cuando las decisiones sean de carácter aprobatorio y modificatorio del Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito Capital y las Empresas Sociales del Estado”.
Que el CONFIS Distrital mediante Resolución No. 24 del 01 de noviembre de 2025, aprobó los Presupuestos de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de las cuatro (4) Subredes Integradas de Servicios de Salud SISS Empresas Sociales del Estado - E.S.E., para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre del año 2026.
Que la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur Occidente E.S.E. presentó para análisis y concepto de la Secretaría Distrital de Salud - SDS, una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos 2026 en el rubro Ingresos Corrientes por valor total de $90.000.000.000, provenientes de la proyección de la venta de servicios de salud durante la vigencia 2026.
Que la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur Occidente E.S.E. presentó justificación de los $90.000.000.000 por mayor proyección en venta de servicios de salud, así:
(i) Comparando el comportamiento de la facturación y del recaudo correspondientes al período enero-junio de las vigencias 2025 y 2026, se evidencia un crecimiento significativo en la gestión de la Subred, lo que permite proyectar un incremento en la facturación por venta de servicios de salud por valor $152.675.054.476.
(ii) La Subred estimó un recaudo potencial de $120.613.293.036, valor que corresponde al 79% de los $152.675.054.476, por concepto de facturación.
(iii) La Subred realizó un ejercicio de optimización presupuestal y de acuerdo con las necesidades de gasto proyectadas para el cierre de la vigencia 2026, solicitó incorporar únicamente la suma de $90.000.000.000.
Que la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur Occidente E.S.E, con el fin de dar continuidad y garantizar la prestación de los servicios de salud en cada una de las unidades de servicios que la conforman, distribuyó en el Presupuesto de Gastos e Inversiones 2026 la solicitud de adición proveniente de mayor proyección en venta de servicios por $90.000.000.000, así: (i) $19.900.000.000 en Funcionamiento y (ii) $70.100.000.000 en Gastos de Operación Comercial.
2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-21 • 2026 • AGOSTO • 25 21 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS Continuación de la Resolución No.16 de 2026 “Por la cual se aprueba una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud - SISS Sur Occidente E.S.E.”
Que la Junta Directiva de la SISS Sur Occidente E.S.E mediante Acuerdo No. 031 del 7 de julio de 2026, emitió concepto favorable a esta adición al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2026 por valor total de $90.000.000.000.
Que la Secretaría Distrital de Salud –SDS mediante concepto favorable No. 019 del 14 de julio de 2026 y de acuerdo con el análisis de la solicitud presentada por la SISS Sur Occidente E.S.E., consideró viable una adición por $79.697.100.040, así:
(i) $67.571.100.040 por mayor proyección en el rubro Venta de Servicios: La SDS consideró adicionar $67.571.100.040 de los $90.000.000.000 presentados por la SISS Sur Occidente E.S.E., aplicando el margen disponible según el Plan de Fortalecimiento de la Subred, resultado de la diferencia entre la Proyección Costos y Gastos Plan Fortalecimiento ($629.866.000.000) y el Presupuesto Actual Sin Inversión ni Cuentas por Pagar ($562.294.899.960).
(ii) $12.126.000.000 saldo actual de cuentas por pagar de la operación, que corresponde a una obligación ya causada y no a un gasto proyectado.
Que la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, de acuerdo con el análisis de la solicitud presentada por la Secretaría Distrital de Salud de adición al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e inversiones 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur Occidente E.S.E., recomendó al CONFIS Distrital adicionar la suma de $34.346.758.915; así:
(i) $34.346.758.915 en el Presupuesto de Rentas e Ingresos 2026 en el rubro de Ingresos Corrientes por mayor proyección en venta de servicios, considerando las estimaciones de recaudo y facturación de las ventas de servicios de salud de la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur Occidente E.S.E., en la vigencia 2026 y de acuerdo con el comportamiento observado a junio de 2026, así:
FÓRMULA DESCRIPCION VALOR (1) Facturación Causada a junio de 2026 $ 339.697.331.046 (2) = (1) / (6) Promedio Mensual $ 56.616.221.841 (3) = (2) * (12) Proyección de facturación a diciembre de 2026 $ 679.394.662.091 (4) Porcentaje Recaudo (%) 82% (5) = (3) * (4) Total Proyección de Recaudo a 31 de diciembre 2026 $ 557.103.622.915 (6) Apropiación Venta de Servicios de Salud - Vigencia $ 522.756.864.000 (7) = (5)-(6) Valor adición Venta de Servicios de Salud - Vigencia $ 34.346.758.915 3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-22 • 2026 • AGOSTO • 25 22 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS Continuación de la Resolución No.16 de 2026 “Por la cual se aprueba una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud - SISS Sur Occidente E.S.E.”
Que de acuerdo con la recomendación presentada por la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, la adición por $34.346.758.915 por mayor proyección en venta de servicios del rubro Ingreso Corriente se distribuye en el Presupuesto de Gastos e inversiones, así: (i) $11.949.241.085 en Funcionamiento y (ii) $22.397.517.830 en Gastos de Operación Comercial.
Que el CONFIS Distrital en sesión No.13 del 31 de julio de 2026, de acuerdo con el análisis de las justificaciones aportadas y los conceptos favorables y recomendaciones de las Secretarías Distritales de Salud y Hacienda, aprobó la adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la vigencia 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur Occidente E.S.E. por $34.346.758.915.
Que la observancia de los procedimientos legales y presupuestales a que haya lugar por efecto de esta adición presupuestal es responsabilidad y competencia exclusiva de la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur Occidente E.S.E.
RESUELVE:
Artículo primero.
Aprobar una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones para la vigencia 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur Occidente E.S.E., por valor de $34.346.758.915, conforme al siguiente detalle:
Cifras en pesos CÓDIGO RUBRO MONTO 4.1 INGRESOS $34.346.758.915 4.1.1 Ingresos Corrientes $34.346.758.915 4.2 GASTOS $34.346.758.915 4.2.1 Funcionamiento $11.949.241.085 4.2.4 Gastos de Operación Comercial $ 22.397.517.830 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-23 • 2026 • AGOSTO • 25 23 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS Continuación de la Resolución No.16 de 2026 “Por la cual se aprueba una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud - SISS Sur Occidente E.S.E.”
Artículo segundo.
La presente resolución rige a partir de la fecha de publicación en el Registro Distrital.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D. C., a los 25 días del mes de agosto de 2026.
ANA MARIA CADENA RUIZ Firmado digitalmente por ANA MARIA CADENA RUIZ ANA MARÍA CADENA RUIZ Secretaria Distrital de Hacienda ABLANQUE MEJIA URSULA Firmado digitalmente por ABLANQUE MEJIA URSULA URSULA ABLANQUE MEJIA Secretaria Técnica de CONFIS Secretaria Distrital de Planeación Publicada en el Registro Distrital No. _____ de fecha ____ de agosto de 2026.
JULIO ALEJANDRO ABRIL TABARES Firmado digitalmente por JULIO ALEJANDRO ABRIL TABARES Firmado digitalmente por ANDRES FELIPE URIBE MEDINA ANDRES FELIPE URIBE MEDINA Firmado digitalmente por Claudia Marcela Numa Paez Firmado digitalmente por María Alejandra Botiva León Fecha: 2026.08.21 17:02:08 -05'00' María Alejandra Botiva León Aprobó: Julio Alejandro Abril Tabares. Subsecretario de Planeación de la Inversión – Secretaría Distrital de Planeación Andrés Felipe Uribe Medina. Subsecretario Técnico – Secretaría Distrital de Hacienda Revisó: Claudia Marcela Numa Páez. Directora Distrital de Presupuesto – Secretaría Distrital de Hacienda María Alejandra Botiva León. Directora de Inversiones Estratégicas – Secretaría Distrital de Planeación Elaboró: Esperanza Gómez Torres. Profesional Especializado - Dirección de Inversiones Estratégicas - Secretaría Distrital de Planeación 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-24 • 2026 • AGOSTO • 25 24 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS Resolución No. 17 de 2026 “Por la cual se aprueba una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud - SISS Centro Oriente E.S.E.”
EL CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 10° del Decreto Distrital 714 de 1996, y en el artículo 233° del Decreto 645 de 2025 y, C O N S I D E R A N D O:
Que mediante Acuerdo No. 17 de 1997 del Concejo Distrital, se transforman los Hospitales en Empresas Sociales del Estado del orden distrital.
Que como Empresas Sociales del Estado, están sujetas al régimen presupuestal de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito, conforme a lo estipulado en el Artículo 3º del Decreto Distrital 714 de 1996, en el Artículo 25° del Acuerdo No. 17 de 1997 y en el Artículo 207° del Decreto Distrital 645 de 2025.
Que según lo establecido en el Acuerdo Distrital 641 de 2016 “por el cual se efectúa la reorganización del sector salud de Bogotá, Distrito Capital, se modifica el acuerdo 257 de 2006 y se expiden otras disposiciones”, se reorganizó el sector salud y se fusionan las 22 Empresas Sociales del Estado en las 4 Empresas Sociales del Estado denominadas Subredes Integradas de Servicios de Salud E.S.E.
Que conforme a lo estipulado en el literal e) del artículo 10° del Decreto Distrital 714 de 1996, corresponde al Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal – CONFIS, aprobar y modificar mediante resolución el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito Capital y de las Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquellas.
Que conforme a lo establecido en el artículo 233° del Decreto Distrital 645 de 2025, “(…) Las modificaciones presupuestales que afecten el valor total de los ingresos, gastos de funcionamiento, servicio de la deuda y gastos de inversión serán aprobadas por el CONFIS Distrital, previo concepto favorable de la Junta o Consejo Directivo de la empresa y de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto (…)
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-25 • 2026 • AGOSTO • 25 25 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS Continuación de la Resolución No.17 de 2026 “Por la cual se aprueba una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud - SISS Centro Oriente E.S.E.”
Así mismo, el mencionado artículo indica que “(…) Para las Empresas Sociales del Estado, antes de su aprobación por el CONFIS Distrital, se requerirá adicionalmente, y en todos los casos, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Salud (…)
Que de acuerdo con el numeral 5° del reglamento interno del Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS, aprobado en sesión CONFIS No. 01 de 2024 y modificado en las sesiones CONFIS No. 04 de 2024 y No. 17 de 2025, las decisiones del CONFIS se notificarán “Mediante Resoluciones suscritas por la Secretaría Técnica y el Secretario Distrital de Hacienda, cuando las decisiones sean de carácter aprobatorio y modificatorio del Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito Capital y las Empresas Sociales del Estado”.
Que el CONFIS Distrital mediante Resolución No. 24 del 1 de noviembre de 2025, aprobó los Presupuestos de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de las cuatro (4) Subredes Integradas de Servicios de Salud - SISS Empresas Sociales del Estado - E.S.E., para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre del año 2026.
Que la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente E.S.E. presentó para análisis y concepto de la Secretaría Distrital de Salud - SDS, una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos 2026 en el rubro Ingresos Corrientes por valor total de $117.356.882.290 justificados, así: (i) $97.356.882.290 por mayor proyección de facturación en venta de servicios y recaudo de las cuentas por cobrar estimados por esta SISS E.S.E. y (ii) $20.000.000.000 provenientes de la Resolución 1503 de 2026 de la Secretaría Distrital de Salud, mediante la cual se ordena una transferencia para el fortalecimiento de la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente E.S.E.
Que la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente E.S.E. presentó justificación de los $97.356.882.290 por mayor proyección de facturación en venta de servicios y recaudo de las cuentas por cobrar, así: a. $87.486.514.137 por mayor proyección de facturación efectuada por la SISS Centro Oriente E.S.E. en venta de servicios: corresponde al resultado de descontar de la proyección de facturación por venta de servicios de $537.360.200.477 (sustentado en el comportamiento del incremento mensual en la facturación registrada durante los meses de marzo y abril de la presente vigencia) el monto del presupuesto vigente de $426.617.777.519 y aplicar a la diferencia obtenida por $110.742.422.958 un 79% que equivale al porcentaje histórico de recaudo de este rubro en esta SISS. b. $9.870.368.153 por mayor recaudo estimado por esta SISS E.S.E de las Cuentas por Cobrar de venta de servicios: Es el resultado de la diferencia entre la proyección del 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-26 • 2026 • AGOSTO • 25 26 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS Continuación de la Resolución No.17 de 2026 “Por la cual se aprueba una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud - SISS Centro Oriente E.S.E.” recaudo de cuentas por cobrar al cierre de la vigencia 2026 de $105.315.420.487 (que corresponde a la sumatoria del recaudo de cuentas por cobrar acumulado al 30 de abril de 2026 por $71.081.661.503 y $34.233.758.984 de actas y acuerdo de pago que la SISS considera pueden ser efectivamente recaudadas) y el monto del presupuesto vigente de cuentas por cobrar de $95.445.052.334.
Que la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente E.S.E, con el fin de dar continuidad y garantizar la prestación de los servicios de salud en cada una de las unidades de servicios que la conforman, distribuyó en el Presupuesto de Gasto e Inversiones 2026 la solicitud de adición proveniente de mayor proyección en venta de servicios y recaudo de las cuentas por cobrar por $97.356.882.290, así: (i) $28.050.000.000 en Funcionamiento y (ii) $69.306.882.290 en Gastos de Operación Comercial.
Que la Junta Directiva de la SISS Centro Oriente E.S.E mediante Acuerdo No. 32 del 17 de junio de 2026 emitió concepto favorable a esta adición al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2026 por $97.356.882.290.
Que la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente E.S.E, con el fin de dar continuidad y garantizar la prestación de los servicios de salud en cada una de las unidades de servicios que la conforman, distribuyó en el Presupuesto de Gasto e Inversiones 2026 la solicitud de adición proveniente de la Resolución 1503 de 2026 de la Secretaría Distrital de Salud por $20.000.000.000, así: (i) $5.000.000.000 en Funcionamiento y (ii) $15.000.000.000 en Gastos de Operación Comercial.
Que la Junta Directiva de la SISS Centro Oriente E.S.E mediante Acuerdo No. 39 del 30 de junio de 2026 emitió concepto favorable a esta adición al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2026 por $20.000.000.000.
Que la Secretaría Distrital de Salud –SDS mediante concepto favorable No. 019 del 14 de julio de 2026 y de acuerdo con el análisis de la solicitud presentada por la SISS Centro Oriente E.S.E., consideró viable una adición por $70.424.750.315, así:
(i) $40.554.382.162 por mayor proyección en el rubro Venta de Servicios: La SDS consideró adicionar $40.554.382.162 de los $87.486.514.137 presentados por la SISS Centro Oriente E.S.E., aplicando a $73.735.240.295 que corresponde a la diferencia entre la proyección de recaudo de ventas de servicios por $511.645.200.477 y el presupuesto vigente de este rubro de $437.909.960.182; un porcentaje de recaudo del 55% que equivale al presentado durante lo que va corrido de la vigencia actual 2026.
3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-27 • 2026 • AGOSTO • 25 27 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS Continuación de la Resolución No.17 de 2026 “Por la cual se aprueba una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud - SISS Centro Oriente E.S.E.”
(ii) $9.870.368.153 por mayor recaudo estimado de las Cuentas por Cobrar: La SDS consideró viable adición por recaudo de cuentas por cobrar presentada por la SISS Centro Oriente E.S.E.
(iii) $20.000.000.000 por transferencia según Resolución SDS 1503 de 2026: La SDS consideró viable esta adición derivada de la Resolución 1503 de 2026.
Que la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, de acuerdo con el análisis de la solicitud presentada por la Secretaría Distrital de Salud de adición al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e inversiones 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente E.S.E., recomendó al CONFIS Distrital adicionar la suma de $44.401.236.654; así:
(i) $24.401.236.654 en el Presupuesto de Rentas e Ingresos 2026 en el rubro de Ingresos Corrientes por mayor proyección en venta de servicios y recaudo de cuentas por cobrar, considerando las estimaciones de recaudo y facturación de las ventas de servicios de salud de la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente E.S.E en la vigencia 2026, el recaudo de cuentas por cobrar, y de acuerdo con el comportamiento observado a junio de 2026, así:
FÓRMULA DESCRIPCIÓN VALOR (1) Facturación Causada a junio de 2026 277.718.372.395 (2) = (1) /6 Promedio Mensual 46.286.395.399 (3) = (2) *12 Proyección de facturación a diciembre de 2026 555.436.744.790 (4) % Recaudo 79% (5) = (3) *(4) Total Proyección de Recaudo a 31 de diciembre 2026 438.795.028.384 (6) Apropiación Venta de Servicios de Salud - Vigencia 424.264.159.883 (7) = (5)-(6) Valor adición Venta de Servicios de Salud - Vigencia 14.530.868.501 (8) Valor adición Venta de Servicios de Salud - CXC 9.870.368.153 (9) = (7) +(8) Total adición Venta de Servicios de Salud 24.401.236.654 (ii) $20.000.000.000 en el Presupuesto de Rentas e Ingresos 2026 en el rubro de Ingresos Corrientes provenientes de a la Resolución 1503 de 2026, de acuerdo con la solicitud presentada por la SISS Centro Oriente E.S.E y el concepto favorable emitido por la Secretaría Distrital de Salud.
4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-28 • 2026 • AGOSTO • 25 28 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS Continuación de la Resolución No.17 de 2026 “Por la cual se aprueba una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud - SISS Centro Oriente E.S.E.”
Que de acuerdo con la recomendación presentada por la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, la adición por $24.401.236.654 por mayor proyección en venta de servicios y recaudo de cuentas por cobrar del rubro Ingreso Corriente se distribuye en el Presupuesto de Gastos e inversiones, así: (i) $9.000.000.000 en Funcionamiento y (ii) $15.401.236.654 en Gastos de Operación Comercial.
Que de acuerdo con la recomendación presentada por la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, la adición por $20.000.000.000 proveniente de la Resolución de la Secretaría Distrital de Salud No. 1503 de 2026 se distribuye en el Presupuesto de Gastos e inversiones, así: (i) $5.000.000.000 en Funcionamiento y (ii) $15.000.000.000 en Gastos de Operación Comercial.
Que el CONFIS Distrital en sesión No.13 del 31 de julio de 2026, de acuerdo con el análisis de las justificaciones aportadas y los conceptos favorables y recomendaciones de las Secretarías Distritales de Salud y Hacienda, aprobó la adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la vigencia 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente E.S.E. por $44.401.236.654.
Que la observancia de los procedimientos legales y presupuestales a que haya lugar por efecto de esta adición presupuestal es responsabilidad y competencia exclusiva de la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente E.S.E.
RESUELVE:
Artículo primero.
Aprobar una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones para la vigencia 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente E.S.E. por $44.401.236.654., conforme al siguiente detalle:
Cifras en pesos CÓDIGO RUBRO MONTO 4.1 INGRESOS 44.401.236.654 4.1.1 Ingresos Corrientes 44.401.236.654 4.2 GASTOS 44.401.236.654 4.2.1 Funcionamiento 14.000.000.000 4.2.4 Gastos de Operación Comercial 30.401.236.654 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-29 • 2026 • AGOSTO • 25 29 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS Continuación de la Resolución No.17 de 2026 “Por la cual se aprueba una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud - SISS Centro Oriente E.S.E.”
Artículo segundo.
La presente resolución rige a partir de la fecha de publicación en el Registro Distrital.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D. C., a los 25 días del mes de agosto de 2026.
ANA MARIA CADENA RUIZ Firmado digitalmente por ANA MARIA CADENA RUIZ ANA MARÍA CADENA RUIZ Secretaria Distrital de Hacienda Firmado digitalmente por ABLANQUE MEJIA URSULA ABLANQUE MEJIA URSULA URSULA ABLANQUE MEJIA Secretaria Técnica de CONFIS Secretaria Distrital de Planeación Publicada en el Registro Distrital No. _____ de fecha ____ de agosto de 2026.
Firmado digitalmente por JULIO ALEJANDRO ABRIL TABARES JULIO ALEJANDRO ABRIL TABARES Firmado digitalmente por ANDRES FELIPE URIBE MEDINA ANDRES FELIPE URIBE MEDINA Firmado digitalmente por Claudia Marcela Numa Paez Firmado digitalmente por María Alejandra Botiva León Fecha: 2026.08.21 17:03:26 -05'00' María Alejandra Botiva León Aprobó: Julio Alejandro Abril Tabares. Subsecretario de Planeación de la Inversión – Secretaría Distrital de Planeación Andrés Felipe Uribe Medina. Subsecretario Técnico – Secretaría Distrital de Hacienda Revisó: Claudia Marcela Numa Páez. Directora Distrital de Presupuesto – Secretaría Distrital de Hacienda María Alejandra Botiva León. Directora de Inversiones Estratégicas – Secretaría Distrital de Planeación Elaboró: Viviana Luz Torres Núñez. Profesional Especializada - Dirección de Inversiones Estratégicas - Secretaría Distrital de Planeación 6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-30 • 2026 • AGOSTO • 25 30 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS Resolución No. 18 de 2026 “Por la cual se aprueba una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud SISS - Norte E.S.E. y una distribución parcial de la Disponibilidad Final y su adición en el Presupuesto de Gastos e Inversiones 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud SISS - Norte E.S.E.”
EL CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 10° del Decreto Distrital 714 de 1996, y en el artículo 233° del Decreto 645 de 2025 y, C O N S I D E R A N D O:
Que mediante Acuerdo No. 17 de 1997 del Concejo Distrital, se transforman los Hospitales en Empresas Sociales del Estado del orden distrital.
Que como Empresas Sociales del Estado, están sujetas al régimen presupuestal de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito, conforme a lo estipulado en el Artículo 3º del Decreto Distrital 714 de 1996, en el Artículo 25° del Acuerdo No. 17 de 1997 y en el Artículo 207° del Decreto 645 de 2025.
Que según lo establecido en el Acuerdo Distrital 641 de 2016 “por el cual se efectúa la reorganización del sector salud de Bogotá, Distrito Capital, se modifica el acuerdo 257 de 2006 y se expiden otras disposiciones”, se reorganizó el sector salud y se fusionan las 22 Empresas Sociales del Estado en las 4 Empresas Sociales del Estado denominadas Subredes Integradas de Servicios de Salud E.S.E.
Que conforme a lo estipulado en el literal e) del artículo 10° del Decreto Distrital 714 de 1996, corresponde al Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal – CONFIS, aprobar y modificar mediante resolución el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito Capital y de las Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquellas.
Que conforme a lo establecido en el artículo 233° del Decreto 645 de 2025, “(…) Las modificaciones presupuestales que afecten el valor total de los ingresos, gastos de funcionamiento, servicio de la deuda y gastos de inversión serán aprobadas por el CONFIS Distrital, previo concepto favorable de la Junta o Consejo Directivo de la empresa y de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto (…)
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-31 • 2026 • AGOSTO • 25 31 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS Continuación de la Resolución No.18 de 2026 “Por la cual se aprueba una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud SISS - Norte E.S.E. y una distribución parcial de la Disponibilidad Final y su adición en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Subred Integrada de Servicios de Salud SISS - Norte E.S.E.”
Así mismo, el mencionado artículo indica que “(…) Para las Empresas Sociales del Estado, antes de su aprobación por el CONFIS Distrital, se requerirá adicionalmente, y en todos los casos, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Salud (…)
Que de acuerdo con el numeral 5° del reglamento interno del Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS, aprobado en sesión CONFIS No. 01 de 2024 y modificado en las sesiones CONFIS No. 04 de 2024 y No. 17 de 2025, las decisiones del CONFIS se notificarán “Mediante Resoluciones suscritas por la Secretaría Técnica y el Secretario Distrital de Hacienda, cuando las decisiones sean de carácter aprobatorio y modificatorio del Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito Capital y las Empresas Sociales del Estado”.
Que el CONFIS Distrital mediante Resolución No. 24 del 01 de noviembre de 2025, aprobó los Presupuestos de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de las cuatro (4) Subredes Integradas de Servicios de Salud SISS Empresas Sociales del Estado - E.S.E., para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre del año 2026.
Que la Secretaría Distrital de Salud solicita someter a consideración del Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal – CONFIS, las siguientes solicitudes de la Subred Integrada de Servicios de Salud Norte:
1. Solicitud de adición al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud Norte E.S.E. considerando:
Que la Subred Integrada de Servicios de Salud Norte E.S.E. presentó para análisis y concepto de la Secretaría Distrital de Salud – SDS, una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos 2026 en el rubro Ingresos Corrientes por valor total de $245.979.000.000 sustentados en una mayor proyección en la facturación de venta de servicios de salud y mejoramiento en el recaudo de cuentas por cobrar, estimado por esta SISS E.S.E, así:
(i) $233.677.000.000 por mayor proyección en venta de servicios de salud: que corresponde al resultado de descontar de la proyección de facturación por venta de servicios de salud de $751.847.921.271 (sustentado en el comportamiento de la facturación del período enero-abril de 2025 y 2026) el monto del presupuesto vigente en venta de servicios de $475.307.423.120 y aplicar a la diferencia obtenida de $276.540.498.151 un 84.5% que equivale al porcentaje histórico del recaudo de este rubro obteniendo la suma de $233.676.720.938. Con base en el valor anteriormente 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-32 • 2026 • AGOSTO • 25 32 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS Continuación de la Resolución No.18 de 2026 “Por la cual se aprueba una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud SISS - Norte E.S.E. y una distribución parcial de la Disponibilidad Final y su adición en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Subred Integrada de Servicios de Salud SISS - Norte E.S.E.” mencionado, la SISS Norte E.S.E presentó solicitud en valores redondeados por $233.677.000.000.
(ii) $12.302.000.000 por mejoramiento de desempeño en el recaudo de cuentas por cobrar: Es el resultado de la diferencia entre la proyección del recaudo de las cuentas por cobrar al cierre de la vigencia 2026 de $145.925.864.326 (que corresponde a la sumatoria del recaudo de cuentas por cobrar acumulado al 30 de abril de 2026 por $82.472.633.558 y $63.453.230.768 de actas y acuerdo de pago que la SISS considera pueden ser efectivamente recaudadas) y el monto del presupuesto vigente de cuentas por cobrar de $133.623.505.000, obteniendo $12.302.359.326. Con base en el valor anteriormente mencionado, la SISS Norte presentó solicitud a valores redondeados por $12.302.000.000.
Que la Subred Integrada de Servicios de Salud Norte E.S.E, con el fin de dar continuidad y garantizar la prestación de los servicios de salud en cada una de las unidades de servicios que la conforman, distribuyó en el Presupuesto de Gastos e Inversiones 2026 la solicitud de adición por $245.979.000.000, así: (i) $20.234.786.540 en Funcionamiento y (ii) $225.744.213.460 en Gastos de Operación Comercial.
Que la Junta Directiva de la SISS Norte E.S.E mediante Acuerdo No. 038 del 11 de junio de 2026, emitió concepto favorable a esta adición al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2026 por valor total de $245.979.000.000.
Que la Secretaría Distrital de Salud –SDS mediante concepto favorable No. 019 del 14 de julio de 2026 y de acuerdo con el análisis de la solicitud presentada por la SISS Norte E.S.E., consideró viable una adición por $189.069.278.589 por proyección de venta de servicios y mayor recaudo de cuentas por cobrar, así:
(i) $176.766.919.263 por mayor proyección en el rubro Venta de Servicios: La SDS consideró adicionar $176.766.919.263 de los $233.676.720.938 presentados por la SISS Norte E.S.E., aplicando el margen disponible según el Plan de Fortalecimiento de la Subred, resultado de la diferencia entre la Proyección Costos y Gastos Plan Fortalecimiento ($660.291.000.000) y el Presupuesto Actual Sin Inversión ni Cuentas por Pagar ($483.524.080.738).
3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-33 • 2026 • AGOSTO • 25 33 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS Continuación de la Resolución No.18 de 2026 “Por la cual se aprueba una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud SISS - Norte E.S.E. y una distribución parcial de la Disponibilidad Final y su adición en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Subred Integrada de Servicios de Salud SISS - Norte E.S.E.”
(ii) $12.302.359.326 por mayor valor de recaudo en cuentas por cobrar, de conformidad con las actas y conciliaciones con acuerdos de pago que después de revisadas en detalle soportan el recaudo proyectado a diciembre de 2026.
Que la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, de acuerdo con el análisis de la solicitud presentada por la Secretaría Distrital de Salud de adición al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e inversiones 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud Norte E.S.E., recomendó al CONFIS Distrital adicionar la suma de $156.797.189.205, así:
(i) $144.494.829.879 en el Presupuesto de Rentas e Ingresos 2026 en el rubro de Ingresos Corrientes por mayor proyección en venta de servicios, considerando las estimaciones de recaudo y facturación de las ventas de servicios de salud de la Subred Integrada de Servicios de Salud Norte E.S.E., en la vigencia 2026 y de acuerdo con el comportamiento observado a junio de 2026, así:
FÓRMULA DESCRIPCIÓN VALOR 1 Facturación Causada a junio de 2026 387.376.408.125 (2) = (1) /6 Promedio Mensual 64.562.734.687 (3) = (2) *12 Proyección de facturación a diciembre de 2026 774.752.816.249 4 % Recaudo 80% (5) = (3) *(4) Total Proyección de Recaudo a 31 de diciembre 2026 619.802.252.999 6 Apropiación Venta de Servicios de Salud - Vigencia 475.307.423.120 (7) = (5)-(6) Valor adición Venta de Servicios de Salud - Vigencia 144.494.829.879 (ii) $12.302.359.326 por mayor valor de recaudo en cuentas por cobrar.
Que, de acuerdo con la recomendación presentada por la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, la adición por $156.797.189.205 por mayor proyección en venta de servicios y mayor valor por recaudo de cuentas por cobrar, en el rubro Ingreso Corriente se distribuye en el Presupuesto de Gastos e inversiones, así: (i) $13.384.786.530 en Funcionamiento y (ii) $143.412.402.675 en Gastos de Operación Comercial.
4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-34 • 2026 • AGOSTO • 25 34 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS Continuación de la Resolución No.18 de 2026 “Por la cual se aprueba una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud SISS - Norte E.S.E. y una distribución parcial de la Disponibilidad Final y su adición en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Subred Integrada de Servicios de Salud SISS - Norte E.S.E.”
2. Adición al Presupuesto de Gastos e Inversiones 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud Norte E.S.E. por distribución parcial de la Disponibilidad Final considerando:
Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS, mediante el artículo 4° de la Resolución No. 015 del 25 de octubre de 2021, delegó en las Juntas o Consejos Directivos de las Empresas Distritales no Financieras a las que hace referencia el artículo 207° del Decreto 645 de 2025, “la aprobación, mediante acto administrativo, del ajuste al presupuesto de rentas e ingresos y de gastos e inversiones en curso de la vigencia, con base en el ejercicio del cierre presupuestal y financiero de la vigencia inmediatamente anterior y previo concepto favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto".
Que, en aplicación de la delegación citada anteriormente, la Junta Directiva de la Subred Integrada de Servicios de Salud Norte E.S.E. mediante Acuerdo No. 049 del 03 de julio de 2026, aprobó una adición al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2026 por $8.758.131.661, considerando el saldo de $10.693.020.073 que presenta la cuenta de resultado de la Disponibilidad Final según el concepto de ajuste al Presupuesto 2026 por cierre fiscal de la vigencia 2025.
Que la Subred Integrada de Servicios de Salud Norte E.S.E. requiere efectuar una distribución parcial de la Disponibilidad Final por $8.758.131.661 y su adición en el rubro Inversión del Presupuesto de Gastos e Inversiones 2026 de esta subred, con el fin de garantizar la totalidad de los recursos a ejecutar en la vigencia 2026 de los siguientes convenios registrados en el Banco de Programas y Proyectos de la Subred:
Radicación Banco de Proyectos de las Saldo por ejecutar en No. Convenio Objeto Subredes 2026 8538233- 2025 R2026-IE-12887 del 24 de marzo de 2026 2.605.107.579 Aunar esfuerzos, recursos administrativos económicos y técnicos que permitan efectuar las acciones necesarias para la ‘adecuación de la infraestructura de las unidades de servicios de salud de la Subred Integrada de Servicios de Salud Norte ESE’ 2069792- 2020 BPP FRAY 2026-IE- 28141 del 1 de julio de 2026 6.153.024.082 Aunar esfuerzos, recursos administrativos, económicos y técnicos, que permitan aunar las acciones necesarias para el desarrollo del proyecto ‘Adecuación, Reordenamiento, Ampliación y Dotación de la Unidad de Servicios de Salud Fray Bartolomé de las Casas para la Atención Integral en Salud Mental’ 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-35 • 2026 • AGOSTO • 25 35 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS Continuación de la Resolución No.18 de 2026 “Por la cual se aprueba una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud SISS - Norte E.S.E. y una distribución parcial de la Disponibilidad Final y su adición en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Subred Integrada de Servicios de Salud SISS - Norte E.S.E.”
Radicación Banco de Proyectos de las Saldo por ejecutar en No. Convenio Objeto Subredes 2026 TOTAL 8.758.131.661 Que la Secretaría Distrital de Salud –SDS mediante concepto favorable No. 019 del 14 de julio de 2026 y de acuerdo con el análisis de la solicitud presentada por la SISS Norte E.S.E., consideró viable la distribución parcial de la cuenta de resultado de disponibilidad final y su correspondiente adición al Presupuesto de Gastos e Inversiones 2026 por $8.758.131.661.
Que la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, de acuerdo con el análisis de la solicitud presentada por la Secretaría Distrital de Salud de adición al Presupuesto de Gastos e inversiones 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud Norte E.S.E., recomendó al CONFIS Distrital autorizar la distribución parcial de la Disponibilidad Final por $8.758.131.661, con el fin de garantizar la disponibilidad presupuestal en los gastos de inversión de los recursos requeridos para la ejecución de los Convenios suscritos No. 8538233-2025 y No. 2069792-2020.
Que el CONFIS Distrital en sesión No.13 del 31 de julio de 2026, de acuerdo con el análisis de las justificaciones aportadas y los conceptos favorables y recomendaciones de las Secretarías Distritales de Salud y Hacienda, aprobó la adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la vigencia 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud Norte E.S.E. por $156.797.189.205, así como la distribución parcial de la Disponibilidad Final por valor de $8.758.131.661 y su adición en el Presupuesto de Gastos e Inversiones 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud Norte E.S.E.
Que la observancia de los procedimientos legales y presupuestales a que haya lugar por efecto de esta adición presupuestal es responsabilidad y competencia exclusiva de la Subred Integrada de Servicios de Salud Norte E.S.E.
6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-36 • 2026 • AGOSTO • 25 36 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS Continuación de la Resolución No.18 de 2026 “Por la cual se aprueba una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud SISS - Norte E.S.E. y una distribución parcial de la Disponibilidad Final y su adición en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Subred Integrada de Servicios de Salud SISS - Norte E.S.E.”
RESUELVE:
Artículo primero.
Aprobar una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones para la vigencia 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud Norte E.S.E. por $156.797.189.205, conforme al siguiente detalle:
Cifras en pesos CÓDIGO RUBRO MONTO 4.1 INGRESOS $156.797.189.205 4.1.1 Ingresos Corrientes $156.797.189.205 4.2 GASTOS $156.797.189.205 4.2.1 Funcionamiento $13.384.786.530 4.2.4 Gastos de operación comercial $143.412.402.675
Artículo segundo.
Aprobar la distribución parcial de la Disponibilidad Final y su adición en el Presupuesto de Gastos e Inversiones para la vigencia 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud Norte E.S.E. por valor de $8.758.131.661, según el siguiente detalle:
Cifras en pesos CÓDIGO RUBRO MONTO 4.2 GASTOS $8.758.131.661 4.2.3 Inversión $8.758.131.661 Parágrafo. Producto de la presente distribución, la cuenta de resultado Disponibilidad final presentará un saldo de $1.934.888.412 7 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-37 • 2026 • AGOSTO • 25 37 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS Continuación de la Resolución No.18 de 2026 “Por la cual se aprueba una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud SISS - Norte E.S.E. y una distribución parcial de la Disponibilidad Final y su adición en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Subred Integrada de Servicios de Salud SISS - Norte E.S.E.”
Artículo tercero.
La presente resolución rige a partir de la fecha de publicación en el Registro Distrital.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D. C., a los 25 días del mes de agosto de 2026.
Firmado digitalmente por ANA MARIA CADENA RUIZ ANA MARIA CADENA RUIZ ANA MARÍA CADENA RUIZ Secretaria Distrital de Hacienda ABLANQUE MEJIA URSULA Firmado digitalmente por ABLANQUE MEJIA URSULA URSULA ABLANQUE MEJIA Secretaria Técnica de CONFIS Secretaria Distrital de Planeación Publicada en el Registro Distrital No. _____ de fecha ____ de agosto de 2026.
JULIO ALEJANDRO ABRIL TABARES Firmado digitalmente por JULIO ALEJANDRO ABRIL TABARES Aprobó: Julio Alejandro Abril Tabares. Subsecretario de Planeación de la Inversión – Secretaría Distrital de Planeación ANDRES FELIPE URIBE MEDINA Firmado digitalmente por ANDRES FELIPE URIBE MEDINA Firmado digitalmente por Claudia Marcela Numa Paez Firmado digitalmente por María Alejandra Botiva León Fecha: 2026.08.21 17:04:55 -05'00' María Alejandra Botiva León Andrés Felipe Uribe Medina. Subsecretario Técnico – Secretaría Distrital de Hacienda Revisó: Claudia Marcela Numa Páez. Directora Distrital de Presupuesto – Secretaría Distrital de Hacienda María Alejandra Botiva León. Directora de Inversiones Estratégicas – Secretaría Distrital de Planeación Elaboró: David Joseph Rozo Parra. Contratista - Subsecretaría de Planeación de la Inversión - Secretaría Distrital de Planeación Viviana Luz Torres Núñez. Profesional Especializada. Dirección de Inversiones Estratégicas – Secretaría Distrital de Planeación 8 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-38 • 2026 • AGOSTO • 25 38 RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA No. 014 DE 24 DE AGOSTO DE 2026 "Por la cual se adopta la nueva versión del Procedimiento Programa de Transparencia y Ética Pública de la Contraloría de Bogotá D.C."
Código Formato PGD-10-01 Versión: 2.0 EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D.C.
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Acuerdo Distrital 658 de 20161, y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo establecido en el artículo 269 de la Constitución Política de Colombia, en las entidades públicas es obligación de las autoridades correspondientes diseñar y aplicar, según la naturaleza de sus funciones, métodos y procedimientos de control interno, de conformidad con lo dispuesto en la ley.
Que el artículo 31 de la Ley 2195 del 18 de enero de 2022, por medio de la cual se adoptan medidas en materia de transparencia, prevención y lucha contra la corrupción y se dictan otras disposiciones, modificatorio del artículo 73 de la Ley 1474 de 2011, establece que “Cada entidad del orden nacional, departamental y municipal, cualquiera que sea su régimen de contratación, deberá implementar Programas de Transparencia y Ética Pública con el fin de promover la cultura de la legalidad e identificar, medir, controlar y monitorear constantemente el riesgo de corrupción en el desarrollo de su misionalidad.”
Que el Decreto 1122 del 30 de agosto de 2024 “Por el cual se reglamenta el artículo 73 de la Ley 1474 de 2011, modificado por el artículo 31 de la Ley 2195 de 2022, en lo relacionado con los Programas de Transparencia y Ética Pública”, determinó la necesidad de implementar Programas de Transparencia y Ética Pública con las 1 Modificado parcialmente por los Acuerdos Distritales 664 de 2017, 881, 886 y 904 de 2023. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 33588888 Página 1 de 3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-39 • 2026 • AGOSTO • 25 39 RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA No. 014 DE 24 DE AGOSTO DE 2026 "Por la cual se adopta la nueva versión del Procedimiento Programa de Transparencia y Ética Pública de la Contraloría de Bogotá D.C."
Código Formato PGD-10-01 Versión: 2.0 características, estándares, elementos, requisitos, procedimientos y controles mínimos que para tales efectos establezca la Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la República.
Que el Anexo Técnico del Decreto 1122 de 2024 establece lineamientos específicos para la gestión integral de riesgos de corrupción, medidas de transparencia activa y pasiva, rendición de cuentas, cultura de integridad, canales de denuncia y mecanismos de seguimiento y mejora continua.
Que el artículo 6 del Acuerdo 658 de 2016, expedido por el Concejo de Bogotá D.C., por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá D.C., establece que: “En ejercicio de su autonomía administrativa le corresponde a la Contraloría de Bogotá D.C., definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones en armonía con los principios consagrados en la Constitución, las leyes y en este Acuerdo”.
Que mediante la Resolución Reglamentaria No. 003 del 15 de enero de 2024, se adoptó la versión 5.0 del Procedimiento Programa de Transparencia y Ética Pública, el cual requiere ser actualizado con el fin de armonizar su contenido con los lineamientos previstos en el Decreto 1122 de 2024 y su Anexo Técnico, fortaleciendo la transparencia institucional, la cultura de integridad y los mecanismos de prevención de riesgos de corrupción, así como los procesos de seguimiento, control y mejora continua.
Que en mérito de lo expuesto, www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 33588888 Página 2 de 3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-40 • 2026 • AGOSTO • 25 40 RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA No. 014 DE 24 DE AGOSTO DE 2026 "Por la cual se adopta la nueva versión del Procedimiento Programa de Transparencia y Ética Pública de la Contraloría de Bogotá D.C."
Código Formato PGD-10-01 Versión: 2.0
RESUELVE:
Artículo primero.
Adoptar la nueva versión del Procedimiento Programa
de Transparencia y Ética Pública, documento PDE-05 versión 6.0.
Artículo segundo.
Es responsabilidad de los directores, subdirectores,
jefes de oficina y gerentes, velar por la divulgación y cumplimiento del procedimiento adoptado.
Artículo tercero.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su
publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el numeral 2 del artículo segundo de la Resolución Reglamentaria No. 003 del 15 de enero de 2024.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C., a los JUAN CAMILO ZULUAGA MORILLO Firmado digitalmente por JUAN CAMILO ZULUAGA MORILLO Fecha: 2026.08.24 19:04:52 -05'00' JUAN CAMILO ZULUAGA MORILLO Contralor de Bogotá, D.C.
Proyectó: Andrés Felipe Martínez Bohórquez – Dirección de Planeación Aprobó: Verónica Peláez Gutiérrez – Contralora Auxiliar Revisión Técnica: Marcela Cecilia Pinillos Bohórquez – Directora Técnica de Planeación Revisión Jurídica: Ginna Paola Rincón Alvarado – Directora Jurídica (E.F.)
Revisión: Felipe Uscategui Romero – Director de Apoyo al Despacho.
Registro Distrital Nº www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 33588888 Página 3 de 3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-41 • 2026 • AGOSTO • 25 41 Código Formato: PGD-02-05 Versión: 15.0 Procedimiento Programa de Transparencia y Ética Pública Código Documento: PDE-05 Versión: 6.0
1. OBJETIVO
Establecer las actividades necesarias para formular, ejecutar, realizar monitoreo, seguimiento y modificación del Programa de Transparencia y Ética Pública en la Contraloría de Bogotá D.C.
2. ALCANCE
El procedimiento inicia cuando el Contralor de Bogotá D.C. comunica los lineamientos de la alta Dirección, donde se establece el programa como un instrumento con contenido estratégico y articularlo con la gestión y objetivos de la entidad, bajo la coordinación del Director Técnico de Planeación y termina con la actualización del programa producto de las solicitudes de modificación aprobadas.
3. BASE LEGAL
Norma1 Fecha Descripción Artículo 209 Consagra los principios que orientan el ejercicio de la función administrativa, entre ellos la transparencia, la moralidad y 07-jul- 1991 la publicidad. Artículo 268. Sobre las atribuciones del Contralor Constitución Política de Colombia.
General de la República.
Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de Ley 1474 12-jul- 2011 corrupción y la efectividad del control de la gestión pública.
Por medio de la cual se crea la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional y se dictan Ley 1712 06-mar- 2014 otras disposiciones.
1Registrar las normas en orden jerárquico (constitución, ley, decreto ley, decreto, acuerdo distrital, decreto distrital; resoluciones, otros acuerdos y circulares externas; normas técnicas) y dentro de cada jerarquía ordenar cronológicamente. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 1 de 27 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-42 • 2026 • AGOSTO • 25 42 Código Formato: PGD-02-05 Versión: 15.0 Procedimiento Programa de Transparencia y Ética Pública Código Documento: PDE-05 Versión: 6.0 Norma1 Fecha Descripción Ley 1757 06-jul- 2015 Por la cual se dictan disposiciones en materia de promoción y protección del derecho a la participación democrática, artículo 52.
Por medio de la cual se adoptan medidas en materia de transparencia, prevención y lucha contra la corrupción y se dictan Ley 2195 18-ene- 2022 otras disposiciones, articulo 31.
Por la cual se adopta el código de integridad del Servicio Público Ley 2016 27-feb- 2020 Colombiano y se dictan otras disposiciones.
Decreto 1081 26-may- 2015 Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Único del Sector Presidencia de la República. Capítulo 4 del título 4.
Decreto 2647 03-dic- 2022 Por el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República Por el cual se reglamenta el artículo 73 de la Ley 1474 de 2011, modificado por el artículo 31 de la Ley 2195 de 2022, en lo Decreto 1122 30-ago- 2024 relacionado con los Programas de Transparencia y Ética Pública.
Anexo técnico.
Por la cual se definen los estándares y directrices para publicar la información señalada en la Ley 1712 del 2014 y se definen los Resolución 1519 24-ago- 2020 requisitos materia de acceso a la información pública, accesibilidad web, seguridad digital, y datos abiertos. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 2 de 27 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-43 • 2026 • AGOSTO • 25 43 Código Formato: PGD-02-05 Versión: 15.0 Procedimiento Programa de Transparencia y Ética Pública Código Documento: PDE-05 Versión: 6.0
4. DEFINICIONES:
Actores Externos: corresponde a los clientes y partes interesadas.
Actores Internos: servidores públicos de la Contraloría de Bogotá.
Administración de Riesgos: comprende el conjunto de elementos de control y sus interrelaciones, para que la institución evalúe e intervenga aquellos eventos, tanto internos como externos, que puedan afectar de manera positiva o negativa el logro de sus objetivos institucionales. La administración del riesgo contribuye a que la entidad consolide su Sistema de Control Interno y que se genere una cultura de Autocontrol y autoevaluación al interior de la misma.
Alta Dirección: corresponde a los directivos con más alto cargo en la Contraloría de Bogotá, D.C., está conformado en el siguiente orden jerárquico Contralor, Contralor Auxiliar, Directores, Subdirectores, Jefes de Oficina y Gerentes. Donde, en este contexto, su función principal es garantizar, que el Programa de Transparencia y Ética Pública, sea un instrumento de gestión con contenido estratégico y articulado a la gestión y los objetivos institucionales, así como, generar los lineamientos para su promoción y divulgación al interior y al exterior de la entidad, desarrollar las actividades establecidas, realizar monitoreo y seguimiento a su ejecución.
Componentes del Programa de Transparencia y Ética Pública: De acuerdo con el Anexo Técnico del Decreto 1122 de 2024, el Programa de Transparencia y Ética Pública – PTEP- está conformado por dos componentes. La siguiente tabla resume las acciones que se desarrollan en cada uno de los componentes:
Componente Transversal Componente Programático Recopila las acciones que garantizan la Se denominará Estrategia Institucional para la incorporación del PTEP en las dinámicas Lucha Contra la Corrupción y se desarrolla a institucionales y en la cultura organizacional. través de las siguientes temáticas y sus Se desarrolla a través de 9 acciones: respectivas acciones estratégicas: www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 3 de 27 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-44 • 2026 • AGOSTO • 25 44 Código Formato: PGD-02-05 Versión: 15.0 Procedimiento Programa de Transparencia y Ética Pública Código Documento: PDE-05 Versión: 6.0 a. Declaración. a. Administración de riesgos: b. Objetivo.
- Gestión de riesgos para la integridad
c. Alcance. pública. d. Planeación.
- Gestión de riesgos de LA/FT/FP.
e. Supervisión, monitoreo y administración.
- Canales de denuncia.
f. Reportes.
- Debida diligencia.
g. Formación. h. Comunicación. i. Auditoría y mejore. b. Redes y articulación:
- Redes internas.
- Redes externas.
c. Modelo de estado abierto:
- Acceso a la información pública y
transparencia.
- Integridad pública y cultura de la
legalidad.
- Diálogo y corresponsabilidad.
d. Iniciativas adicionales.
Corrupción: uso del poder de aquellos funcionarios que utilizan la función pública para su propio beneficio, y no para satisfacer el bien común. (Depravar, echar a perder, sobornar a alguien, pervertir, dañar los recursos públicos).
Gestión del Riesgo de Corrupción: conjunto de actividades coordinadas para dirigir y controlar una organización con respecto al riesgo de corrupción.
Grupo de apoyo de desempeño institucional, transparencia y relación con la ciudadanía: grupo conformado mediante la Resolución Reglamentaria N° 011 de 24 de junio de 2026 el cual tiene a cargo la revisión, seguimiento, diligenciamiento de las diferentes herramientas e instrumentos que miden aspectos relacionados con la gestión, transparencia, relacionamiento con la ciudadanía y los que en el futuro se lleguen a requerir. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 4 de 27 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-45 • 2026 • AGOSTO • 25 45 Código Formato: PGD-02-05 Versión: 15.0 Procedimiento Programa de Transparencia y Ética Pública Código Documento: PDE-05 Versión: 6.0 Mapa de Riesgos Institucional: Documento que contiene los riesgos identificados en cada uno de los procesos del SIG: Gestión, Fiscales, Seguridad de la Información y de Integridad Pública, junto con el plan de tratamiento con las acciones para mitigarlos, reducirlos o eliminarlos.
Modelo de Estado Abierto: es un paradigma de gobernanza que fomenta el diálogo, la colaboración y la co-creación entre el Estado y la ciudadanía para resolver problemas públicos. Se fundamenta en principios como la transparencia, el acceso a la información, la rendición de cuentas, la participación ciudadana y la innovación.
Monitoreo: análisis que se realiza por los responsables de cada acción estratégica con su equipo y el Jefe de Planeación, con el fin de revisar periódicamente el cumplimiento de las actividades propuestas en el Programa de Transparencia y Ética Pública y en el Mapa de Riesgos Institucional, y si es del caso ajustarlo haciendo públicos los cambios. En esta fase se debe garantizar que los controles son eficaces y eficientes; obtener información adicional que permita mejorar la valoración del riesgo; analizar y aprender lecciones a partir de los eventos, los cambios, las tendencias, los éxitos y los fracasos; detectar cambios en el contexto interno y externo e Identificar riesgos emergentes.
Política para la Gestión Integral de Riesgos: conjunto de lineamientos estratégicos y operativos que orienten la identificación, análisis, evaluación, tratamiento, monitoreo y comunicación de los riesgos en la Contraloría de Bogotá, D.C., que puedan afectar el logro de los objetivos institucionales, en concordancia con el Sistema Integrado de Gestión- SIG de la Entidad y las mejores prácticas internacionales de los sistemas de gestión.
Programa de Transparencia y Ética Pública (PTEP): instrumento de tipo preventivo para el control de la gestión que establece los mecanismos de prevención, investigación y sanción de los actos de corrupción. Contempla la estrategia para la transparencia y ética pública y lucha contra la corrupción que debe ser implementada por todas las entidades del orden nacional, departamental y municipal. Aplica para todo el personal de la Contraloría de Bogotá D.C., en la ejecución de sus procesos y desarrollo de sus funciones. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 5 de 27 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-46 • 2026 • AGOSTO • 25 46 Código Formato: PGD-02-05 Versión: 15.0 Procedimiento Programa de Transparencia y Ética Pública Código Documento: PDE-05 Versión: 6.0 Publicación y Seguimientos del Programa de Transparencia y Ética Pública: acción de poner en conocimiento y disposición el Programa en la entidad (o en un sitio de fácil ubicación y según los lineamientos de Gobierno en Línea); así como, los seguimientos cuatrimestrales, atendiendo los términos establecidos en la norma vigente.
Rendición de Cuentas: deber legal y ético que tiene el servidor público, persona natural o jurídica a quien se le hayan confiado bienes o recursos de la entidad, de responder e informar sobre la administración, manejo y rendimiento de fondos, bienes y/o recursos públicos asignados y sobre los resultados de su gestión en el cumplimiento del mandato que le ha sido conferido.
Representante de la Alta Dirección: para la Contraloría de Bogotá, D.C. es el Contralor Auxiliar, quien analiza y aprueba las solicitudes de modificación del Programa de Transparencia y Ética Pública.
Riesgos para la Integridad Pública: Toda actuación o decisión de las y los servidores públicos, así como de otros colaboradores de las entidades públicas que privilegien el interés particular sobre el general, asociadas a conductas no deseadas que van en contravía de los valores del servicio público. Incluido, también, el riesgo de que la integridad de la entidad sea utilizada para dar apariencia de legalidad a los activos provenientes de actividades delictivas o para canalizar recursos hacia la realización de actividades terroristas.
Seguimiento: acción regular y sistemática que identifica aciertos o fallas en la ejecución de las acciones programadas, realizada por la Oficina de Control Interno, atendiendo la periodicidad establecida por la norma vigente. Esta Oficina efectuará la verificación de elaboración y publicación del Programa, así como el de efectuar el seguimiento, control a la implementación y los avances de las actividades consignadas en el Programa de Transparencia y Ética Pública. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 6 de 27 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-47 • 2026 • AGOSTO • 25 47 Código Formato: PGD-02-05 Versión: 15.0 Procedimiento Programa de Transparencia y Ética Pública Código Documento: PDE-05 Versión: 6.0
5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO:
5.1. Formulación del Programa de Transparencia y Ética Pública - PTEP.
PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES Punto de Control:
Comunica los Asegura que los lineamientos de la Alta lineamientos de la Alta Dirección, donde se Dirección incluyan el establece el programa acápite correspondiente como un instrumento con del PTEP el cual debe Circular 1 Contralor de contenido estratégico y contener como mínimo:
Bogotá D.C.
Lineamientos articularlo con la gestión y descripción general, objetivos de la entidad, cronograma formulación o bajo la coordinación del actualización del Director Técnico de Programa y aspectos Planeación. mínimos a tener en cuenta.
Punto de Control:
Establece y comunica la Asegura la aplicación de metodología de trabajo, la normatividad vigente para lograr la correcta frente al Programa de formulación del PTEP Comunicación Transparencia y Ética indicando las precisiones 2 Director Técnico Oficial Interna de Pública. de Planeación puntuales para el Instrucciones Tener en cuenta que el “Componente programa debe publicarse Transversal” como para a más tardar el 31 de el “Componente enero de cada año.
Programático”. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 7 de 27 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-48 • 2026 • AGOSTO • 25 48 Código Formato: PGD-02-05 Versión: 15.0 Procedimiento Programa de Transparencia y Ética Pública Código Documento: PDE-05 Versión: 6.0 PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES Observación:
Es necesario dar a conocer los lineamientos durante la elaboración del programa, antes de su publicación y después de publicado, involucrando a los servidores públicos, contratistas, a la ciudadanía y a los interesados externos, conforme lo establezca la normativa vigente.
El “Componente Transversal” tiene una visión a largo plazo (cuatro años), el cual se ajustará teniendo en cuenta el direccionamiento y enfoque estratégico definido en los planes de desarrollo nacional, local e institucional.
El “Componente Programático” junto al www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 8 de 27 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-49 • 2026 • AGOSTO • 25 49 Código Formato: PGD-02-05 Versión: 15.0 Procedimiento Programa de Transparencia y Ética Pública Código Documento: PDE-05 Versión: 6.0 PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES “Anexo 1. Plan de ejecución y monitoreo PTEP” tienen una visión de corto plazo (Anualidad). Se desarrolla el Plan de ejecución y monitoreo PTEP, de forma que se garantice la implementación de las acciones y su monitoreo permanente.
Debe asegurar incluir por acción:
Dependencias responsables, verificar el cumplimiento de los elementos exigidos por la norma vigente, para la temática “Administración de riesgos”, se aplica la metodología establecida en el Procedimiento para la Gestión Integral de los Riesgos Institucionales.
Desarrolla cada una de Observación:
Acta de reunión 3 Profesional que las acciones que De ser necesario, se coordina PGD-02-07 constituye el convoca a todos o a www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 9 de 27 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-50 • 2026 • AGOSTO • 25 50 Código Formato: PGD-02-05 Versión: 15.0 Procedimiento Programa de Transparencia y Ética Pública Código Documento: PDE-05 Versión: 6.0 PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES formulación del “Componente algunos de los miembros PTEP Transversal” mediante del “Grupo de apoyo de Dirección de mesa de trabajo con los desempeño institucional, planeación profesionales de la transparencia y relación Dirección de Planeación. con la ciudadanía” para que realicen aportes y/o sugerencias para el desarrollo de cada una de las acciones del “Componente Transversal” del PTEP.
Punto de Control:
Asegurar que las instrucciones dadas sean claras para el correcto Cita a reunión a los desarrollo del profesionales que “Componente Profesional que conforman el “Grupo de Programático”. coordina apoyo de desempeño formulación del institucional, Acta de reunión 4 Observación:
PTEP transparencia y relación PGD-02-07 Cada profesional del Dirección de con la ciudadanía” para el “Grupo de apoyo de Planeación desarrollo del desempeño institucional, “Componente transparencia y relación Programático”. con la ciudadanía” cuando aplique, adquiere el compromiso de desarrollar sus www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 10 de 27 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-51 • 2026 • AGOSTO • 25 51 Código Formato: PGD-02-05 Versión: 15.0 Procedimiento Programa de Transparencia y Ética Pública Código Documento: PDE-05 Versión: 6.0 PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES respectivas acciones estratégicas de acuerdo a su competencia que constituye el “Componente Programático”.
Observación:
Elabora el capítulo de la Diligencia los numerales acción estratégica que 1 a 8 del “Anexo 1. Plan contiene como mínimo: de ejecución y monitoreo PTEP” en Excel o la Diagnóstico actual de herramienta tecnológica cumplimiento requisitos diseñada para tal fin.
Profesional mínimos para cada (Grupo de apoyo acción estratégica y Se debe asegurar validar de desempeño formulación de la continuidad y/o 5 institucional, actividades para los inclusión de actividades transparencia y casos en los que no se pendientes de ejecutar relación con la cumplan parcial o del programa de la ciudadanía) totalmente con algún vigencia anterior y la estándar o requisito formulación de mínimo. actividades en todas las acciones estratégicas; no Remite a la Dirección de obstante, se cumplan Planeación dentro de los todos los elementos se términos establecidos. debe formular actividades de socialización, www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 11 de 27 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-52 • 2026 • AGOSTO • 25 52 Código Formato: PGD-02-05 Versión: 15.0 Procedimiento Programa de Transparencia y Ética Pública Código Documento: PDE-05 Versión: 6.0 PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES mantenimiento, seguimiento o mejora.
Punto de control:
Verifica que las actividades conlleven a cumplir la normatividad vigente y se analiza si se da continuidad y/o Realiza revisión técnica inclusión a las actividades de los capítulos de cada Profesional que pendientes de ejecutar acción estratégica, coordina del programa de la actividades, indicadores, formulación del vigencia anterior y que 6 metas y/o responsables.
PTEP todas las acciones Dirección de estratégicas están Comunica al Director de Planeación cubiertas.
Planeación las observaciones.
Observación:
En el evento de presentarse observaciones se remiten al profesional que corresponda.
Profesional que Elabora proyecto del Observación: coordina Programa de Cada vigencia se formulación del Transparencia y Ética expedirá el Programa de 7 PTEP Pública. Se organiza por Transparencia y Ética Dirección de componentes (transversal Pública de acuerdo con Planeación y programático). los términos establecidos www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 12 de 27 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-53 • 2026 • AGOSTO • 25 53 Código Formato: PGD-02-05 Versión: 15.0 Procedimiento Programa de Transparencia y Ética Pública Código Documento: PDE-05 Versión: 6.0 PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES para la planeación institucional de la entidad y se debe realizar la socialización que prevé la Ley. Una vez se establezcan los lineamientos externos (Oficina de Transparencia de la Presidencia de la República, Veeduría Distrital, entre otras) se deberá ajustar el documento generando una nueva versión, en caso de ser necesario.
Se organiza y consolida por temática el “Anexo 1.
Plan de ejecución y monitoreo PTEP” (Excel o la herramienta tecnológica diseñada para tal fin) del Procedimiento Programa de Transparencia y Ética Pública.
Solicita publicación del Punto de control:
8 Director Técnico de Planeación PTEP en su versión Verifica que en la solicitud www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 13 de 27 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-54 • 2026 • AGOSTO • 25 54 Código Formato: PGD-02-05 Versión: 15.0 Procedimiento Programa de Transparencia y Ética Pública Código Documento: PDE-05 Versión: 6.0 PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES preliminar a actores se indique que las piezas internos y externos para comunicativas deben que formulen estar publicados quince observaciones y/o (15) días calendario. propuestas.
Observación:
En la solicitud indicar que se deben crear piezas comunicativas para ser publicadas en la página web, NotiControl y Redes sociales de la Entidad.
Punto de control:
Verificar que se envíe Crea piezas propuesta a la Dirección Oficina Asesora comunicativas para ser de Planeación para 9 de publicadas en la página aprobación antes de Comunicaciones web, NotiControl y Redes poner en marcha las sociales de la entidad. piezas comunicativas y los mecanismos de comunicación.
Programa de Punto de control:
Publica piezas Transparencia y Verificar que el PTEP en comunicativas en la Oficina Asesora Ética Pública su versión preliminar sea página web, NotiControl y 10 de versión preliminar de fácil acceso en todos Redes sociales de la Comunicaciones (Word y Excel) sus medios de entidad, con el fin que: para (publicación comunicación. Además, en página Web verificar que se cuente www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 14 de 27 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-55 • 2026 • AGOSTO • 25 55 Código Formato: PGD-02-05 Versión: 15.0 Procedimiento Programa de Transparencia y Ética Pública Código Documento: PDE-05 Versión: 6.0 PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES Al interior de la entidad se y/o redes sociales con un correo electrónico conozca, debata y u otro medio). activo para la recepción formulen apreciaciones y de propuestas y/o propuestas. sugerencias de los actores internos y Al exterior de la entidad externos.
Ciudadanía e interesados externos conozcan y manifiesten sus consideraciones y sugerencias.
Punto de control:
Realiza los ajustes al En caso que se den PTEP, en el evento que aportes a acciones se formulen estratégicas del Profesional que observaciones o se debe “Componente coordina asegurar estudiar y dar Programático” se debe formulación del 11 respuesta e incorporar en realizar mesa de trabajo PTEP el Programa aquellas que con el profesional Dirección de se consideren respectivo del “Grupo de Planeación pertinentes, estructura la apoyo de desempeño versión 1 y remite al institucional, Director de Planeación. transparencia y relación con la ciudadanía”.
Presenta para aprobación 12 Director Técnico ante Comité Directivo la de Planeación versión 1 del PTEP. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 15 de 27 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-56 • 2026 • AGOSTO • 25 56 Código Formato: PGD-02-05 Versión: 15.0 Procedimiento Programa de Transparencia y Ética Pública Código Documento: PDE-05 Versión: 6.0 PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES Punto de Control:
Verificar que dentro del Contralor de acta quede consignado la Aprueba el Programa de Bogotá D.C.
Acta de Comité aprobación del Programa 13 Transparencia y Ética (Comité Directivo. de Transparencia y Ética Pública.
Directivo)
Pública y se validen las áreas responsables de la ejecución.
Punto de Control:
Verificar la publicación del Programa de Transparencia y Ética Pública (PDF del Publica el Programa de programa y anexo 1 Transparencia y Ética Formato Excel) en la Pública (PDF del Profesional que Intranet y página web (de programa y anexo 1 coordina acuerdo a lo dispuesto en Formato Excel) en la Programa de formulación del la Resolución 1519 de 14 Intranet y página WEB de Transparencia y PTEP 2020 de la MinTIC), en un la entidad, dando Ética Pública.
Dirección de sitio de fácil ubicación y cumplimiento a los Planeación según los lineamientos de términos establecidos en Gobierno en Línea. A la correspondiente cargo del Director norma.
Técnico de Planeación.
Observación:
La publicación del documento debe www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 16 de 27 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-57 • 2026 • AGOSTO • 25 57 Código Formato: PGD-02-05 Versión: 15.0 Procedimiento Programa de Transparencia y Ética Pública Código Documento: PDE-05 Versión: 6.0 PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES realizarse de manera que permita la producción o captura de la información por parte de quien consulta o usuario.
Contralor Auxiliar Director Técnico de Planeación Jefe Oficina Asesora de Comunicaciones, Realiza la promoción y Punto de Control:
Dirección de divulgación del Programa Asegurar que en la Participación de Transparencia y Ética estrategia de rendición de Ciudadana y Pública (PDF del cuentas se promocione y Comunicación programa y anexo 1 divulgue el Programa de 15 con partes Formato Excel), a través Transparencia y Ética interesadas de los medios de Pública (PDF del Dirección de comunicación dispuestos programa y anexo 1 Apoyo al por la Contraloría de Formato Excel) para cada Despacho y la Bogotá D.C. vigencia.
Dirección de Tecnologías de la información y las comunicaciones www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 17 de 27 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-58 • 2026 • AGOSTO • 25 58 Código Formato: PGD-02-05 Versión: 15.0 Procedimiento Programa de Transparencia y Ética Pública Código Documento: PDE-05 Versión: 6.0 5.2. Ejecución y Monitoreo del Programa de Transparencia y Ética Pública.
PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES Ejecuta las actividades Contralor contempladas en cada Punto de Control:
Auxiliar, Director, una de las acciones Atendiendo los términos 1 Subdirector, Jefe estratégicas del establecidos en el de Oficina “Componente cronograma.
Programático” del PTEP.
Observación:
Verifica que las Las actividades en las actividades PTEP a su que participan varias cargo, se estén dependencias quien realizando y remite ejerza la función de Contralor informe a la Oficina de coordinación debe liderar Auxiliar, Director, Control Interno con copia realizando el monitoreo y Subdirector, Jefe Comunicación a la Dirección de atendiendo de oficina.
Oficial Interna Planeación del reporte. observaciones realizadas Profesional remitiendo por la oficina de 2 (Grupo de apoyo diligenciado Diligencia las columnas 9 Planeación en el de desempeño “Anexo 1. Plan de y 10 del “Anexo 1. Plan monitoreo y asegurando institucional, Ejecución y de Ejecución y Monitoreo el cumplimiento de las transparencia y Monitoreo PTEP”.
PTEP”. actividades. relación con la Esta área será quien ciudadanía)
Atiende observaciones de realice el reporte a la planeación y Oficina de Control Interno complementa actividades con copia a la Dirección en caso a que haya lugar. de Planeación, atendiendo los términos www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 18 de 27 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-59 • 2026 • AGOSTO • 25 59 Código Formato: PGD-02-05 Versión: 15.0 Procedimiento Programa de Transparencia y Ética Pública Código Documento: PDE-05 Versión: 6.0 PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES de la circular de reporte de información de la vigencia.
Observación:
Convoca a mesa de trabajo a los Realiza monitoreo a las Comunicación responsables de actividades del PTEP, Oficial Interna y 3 Director Técnico actividades y/o acciones, de Planeación informando las acciones acta de mesa de cuando considere próximas a cumplirse. trabajo. pertinente, con el fin de monitorear y coadyuvar en su cumplimiento.
5.3. Seguimiento del Programa de Transparencia y Ética Pública.
PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES Punto de control:
Planifica el seguimiento al Asegura el cumplimiento PTEP, de conformidad de los términos de la 1 Jefe Oficina de con las fechas definidas norma vigente para Control Interno en la circular vigente de seguimiento, señalados reporte de información. por los organismos rectores.
Designa los auditores Comunicación 2 Jefe Oficina de para realizar seguimiento Control Interno Oficial Interna. al Programa de www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 19 de 27 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-60 • 2026 • AGOSTO • 25 60 Código Formato: PGD-02-05 Versión: 15.0 Procedimiento Programa de Transparencia y Ética Pública Código Documento: PDE-05 Versión: 6.0 PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES Transparencia y Ética Pública.
Punto de control:
Verifica que las actividades del Programa conlleven a cumplir la Ley y normatividad vigente.
Verifica que en el PTEP la temática “Administración de riesgos”, corresponda a la Realiza seguimiento al versión vigente del mapa PTEP. de riesgos institucional;
Profesional en caso que no haya 3 Oficina de Diligencia las columnas coherencia se tomará Control Interno 11 a la 14 del “Anexo 1. para la verificación de los Plan de Ejecución y mismos la versión Monitoreo PTEP”. aprobada más reciente.
Observación:
Para los riesgos para la integridad pública aplica lo establecido en Procedimiento para la Gestión Integral de los Riesgos Institucionales. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 20 de 27 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-61 • 2026 • AGOSTO • 25 61 Código Formato: PGD-02-05 Versión: 15.0 Procedimiento Programa de Transparencia y Ética Pública Código Documento: PDE-05 Versión: 6.0 PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES El seguimiento y verificación se debe realizar atendiendo las fechas establecidas en la circular vigente sobre el tema y se efectuará teniendo como base el reporte remitido por el responsable de la actividad o el coordinador, según sea el caso.
Elabora informe de Observación: seguimiento al PTEP, que Los resultados del incluye los resultados del seguimiento de los seguimiento y riesgos para la Integridad Profesional verificación de los Pública están registrados 4 Oficina de Riesgos para la en el Sistema “SARI”, Control Interno Integridad Pública. según lo establecido en el procedimiento para la Presenta para aprobación Gestión Integral de los al Jefe de la Oficina de Riesgos Institucionales.
Control Interno.
Aprueba el Informe de Punto de control:
Seguimiento al PTEP.
Asegura el seguimiento Comunicación 5 Jefe Oficina de de todas las actividades y Control Interno Oficial Interna.
Remite el informe al el cumplimiento de la Responsable de la Alta normativa vigente. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 21 de 27 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-62 • 2026 • AGOSTO • 25 62 Código Formato: PGD-02-05 Versión: 15.0 Procedimiento Programa de Transparencia y Ética Pública Código Documento: PDE-05 Versión: 6.0 PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES Dirección con copia al Verifica que la Director de Planeación, y información registrada en a los Responsables de el informe sea consistente cada actividad. con las actividades del PTEP.
Punto de Control:
Verifica la publicación en la Intranet y la página Remite a la Dirección de web.
Tecnologías de la Información y las Comunicación Observación:
Comunicaciones, el oficial interna vía 6 Jefe Oficina de La publicación se debe Control Interno informe de seguimiento al Sigespro o por realizar atendiendo la PTEP, para su Outlook. normatividad vigente correspondiente dentro de los diez (10) publicación. primeros días hábiles de los meses de mayo, septiembre y enero.
Informe de Profesional de la seguimiento al Dirección de Programa de Tecnologías de Publica en la Intranet y 7 Transparencia y la Información y página web.
Ética Pública. las (Intranet y página Comunicaciones web). www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 22 de 27 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-63 • 2026 • AGOSTO • 25 63 Código Formato: PGD-02-05 Versión: 15.0 Procedimiento Programa de Transparencia y Ética Pública Código Documento: PDE-05 Versión: 6.0 5.4. Modificación de Actividades e Indicadores del Programa de Transparencia y Ética Pública.
PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES Identifica la necesidad de modificación del PTEP, diligenciando el formato Comunicación de Solicitud de cambios oficial interna.
Contralor documentos del SIG y Auxiliar, Director, remite al responsable y/o Solicitud de 1 Subdirector, Jefe coordinador de la cambios de Oficina ejecución de la actividad documentos del para su firma.
SIG PGD-02-01.
Se remite a la Dirección de Planeación.
Punto de Control:
Profesional que Revisa técnicamente la Verificar que la solicitud coordina solicitud, en caso de de modificación al formulación del encontrar observaciones 2 Programa de PTEP informa al Director de Transparencia y Ética Dirección de Planeación para solicitar Pública conlleve a cumplir Planeación el ajuste correspondiente. la normatividad vigente.
Presenta al Contralor Auxiliar la Solicitud de cambios documentos del 3 Director Técnico de Planeación SIG relacionada con el PTEP, para su aprobación. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 23 de 27 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-64 • 2026 • AGOSTO • 25 64 Código Formato: PGD-02-05 Versión: 15.0 Procedimiento Programa de Transparencia y Ética Pública Código Documento: PDE-05 Versión: 6.0 PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES Observación:
El Director de Planeación, devolverá mediante comunicación oficial interna la Solicitud de Comunicación ajuste al responsable y/o Oficial Interna. coordinador de la Aprueba las Solicitud de ejecución, para los casos cambios documentos del Solicitud de de:
4 Contralor Auxiliar SIG y remite a la cambios Dirección de Planeación. documentos del Devolución con SIG aprobada o Observación y se no. devuelve a la actividad No. 3 de este título.
No aprobación, se informará remitiendo copia.
Actualiza la versión del Observación:
PTEP (PDF y Excel), con El Director Técnico de las solicitudes de Planeación autoriza la Programa de Profesional que modificación aprobadas. publicación de la nueva Transparencia y coordina Se activan las actividades versión del PTEP, una 5 Ética Pública, formulación del 14 y 15 del título 5.1 vez se acumulen Versión PTEP “Formulación del solicitudes. actualizada.
Programa de Transparencia y Ética Se debe mantener la Pública” numeración de las www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 24 de 27 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-65 • 2026 • AGOSTO • 25 65 Código Formato: PGD-02-05 Versión: 15.0 Procedimiento Programa de Transparencia y Ética Pública Código Documento: PDE-05 Versión: 6.0 PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES actividades que aseguren su trazabilidad durante la vigencia del programa.
En el documento del Programa, se debe asegurar la inclusión de la página que presentan las Áreas y funcionarios encargados de su elaboración y construcción, en la medida que es requerida en la medición del Índice de Transparencia.
Se debe tener en cuenta que para no tener el riesgo de desactualización se sugiere colocar una nota al pie que determine: Los nombres de los funcionarios corresponden a los vigentes en la fecha de aprobación del PTEP, su ajuste estará sujeto a las nuevas versiones que se www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 25 de 27 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-66 • 2026 • AGOSTO • 25 66 Código Formato: PGD-02-05 Versión: 15.0 Procedimiento Programa de Transparencia y Ética Pública Código Documento: PDE-05 Versión: 6.0 PUNTOS DE CONTROL / Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES generen del Programa; primando el cargo del funcionario con el fin de no determinarse desactualización y conllevara a generar excesivas versiones del documento.
6. FORMATOS Y OTROS DOCUMENTOS RELACIONADOS AL PROCEDIMIENTO
1. PDE-05-01 – Anexo 1. Plan de Ejecución y Monitoreo Programa de Transparencia y Ética
Pública.
7. CONTROL DE CAMBIOS
Versión Acto administrativo2 Descripción de la Modificación3 En cumplimiento a los lineamientos establecidos en la Ley Resolución 2195 del 18 de enero de 2022, se actualiza el nombre del 4.0 Reglamentaria N° 035. procedimiento y el anexo, por Procedimiento Programa de 23 diciembre 2022 Transparencia y Ética Pública y las definiciones.
De acuerdo con los lineamientos establecidos mediante el Resolución Decreto 1122 del 2024 "Por el cual se reglamenta el artículo 5.0 Reglamentaria N° 003.
73 de la Ley 1474 de 2011, modificado por el artículo 31 de 15 enero 2024 la Ley 2195 de 2022, en lo relacionado con los Programas de Transparencia y Ética Pública", se requiere actualizar el 2 Registrar número y fecha de la Resolución Reglamentaria. 3 Mantener la descripción de las ultimas 2 versiones, registrando de manera resumida los cambios surtidos. Dejar en blanco la nueva versión. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 26 de 27 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-67 • 2026 • AGOSTO • 25 67 Código Formato: PGD-02-05 Versión: 15.0 Procedimiento Programa de Transparencia y Ética Pública Código Documento: PDE-05 Versión: 6.0 Versión Acto administrativo2 Descripción de la Modificación3 procedimiento denominado "Procedimiento Programa de Transparencia y Ética Pública".
6.0 Resolución Reglamentaria N° Responsable de Proceso que Aprueba Cargo Contralor Auxiliar Dependencia Despacho de Contralor Auxiliar Nombre Completo Verónica Peláez Gutiérrez Firma VERONICA PELAEZ GUTIERREZ Firmado digitalmente por VERONICA PELAEZ GUTIERREZ Fecha: 2026.08.24 14:59:30 -05'00' Director de Planeación que Realiza Revisión Técnica Nombre Completo Marcela Cecilia Pinillos Bohórquez Firma Fecha publicación formato: 30/09/2024. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 27 de 27 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-68 • 2026 • AGOSTO • 25 68 Subsistema de Gestión Antisoborno - IDU denuncia.soborno@idu.gov.co Para descargar la versión firmada mecánicamente puede escanear el código QR OAP 202611500021436 Información Pública RESOLUCIÓN NÚMERO 2143 DE 2026 “Por la cual se modifica el artículo 45 de la Resolución IDU-20 de 2026”
EL(LA) Director General DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO - IDU, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por los por los Acuerdos 01 de 2009, 04 de 2025 del Consejo Directivo IDU, artículo 6º del Decreto Distrital 221 de 2023, artículo 2.2.22.3.4 del Decreto Único 1083 de 2015, modificado por el Decreto Nacional 1499 de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución IDU 20 de 2026 “…se actualiza el Sistema de Gestión, los Subsistemas articulados y los Equipos de Trabajo del Comité Institucional de Gestión y Desempeño, en el marco de la operación del MIPG- SIG IDU y sus dimensiones, y se actualiza la versión 7.0 del Manual de Procesos IDU.”
Que, en sesión del 03 de junio de 2026 del Comité Institucional de Gestión y Desempeño se aprobó el cambio de nombre del proceso “Conservación de Infraestructura" por "Conservación y Administración de la Infraestructura”, solicitado por la Subdirección General de Infraestructura, lo que conlleva a actualizar el artículo 45 de la Resolución IDU-20 de 2026.
Que es interés del Instituto continuar promoviendo el mejoramiento de la gestión, fortalecer los mecanismos para satisfacer a los grupos de valor, incorporar buenas prácticas reconocidas y actualizar los componentes del Sistema Integrado de Gestión, con el propósito de mejorar el desempeño en el cumplimiento de la misión y asegurar la legitimad y sostenibilidad del Instituto.
Que, en mérito de lo expuesto, el Director General del Instituto de Desarrollo Urbano,
RESUELVE:
Artículo 1º.
El artículo 45 del Título V de la Resolución IDU-20 de 2026 quedará así:
“TÍTULO V MANUAL DE PROCESOS DEL INSTITUTO.
1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-69 • 2026 • AGOSTO • 25 69 Subsistema de Gestión Antisoborno - IDU denuncia.soborno@idu.gov.co Para descargar la versión firmada mecánicamente puede escanear el código QR OAP 202611500021436 Información Pública RESOLUCIÓN NÚMERO 2143 DE 2026 “Por la cual se modifica el artículo 45 de la Resolución IDU-20 de 2026”
Artículo 45.
Adopción de la Versión 8.0 del Manual de Procesos del Instituto de Desarrollo Urbano-IDU. Adóptese la versión 8.0 del Manual de Procesos del Instituto de Desarrollo Urbano, cuyo objetivo es relacionar y unificar los documentos del Sistema Integrado de Gestión utilizados para el desarrollo de la gestión de la entidad y promover el autocontrol, basado en el conocimiento, por parte de servidores públicos y colaboradores del IDU de los procesos, los procedimientos y demás documentación. En esta versión se modifica el nombre del proceso de “Conservación de infraestructura” el cual se denominará: “Conservación y administración de la infraestructura”.
Este Manual puede ser consultado de forma interactiva en la intranet y página WEB del Instituto. La versión del Manual de Procesos contiene:
PROCESOS DE EVALUACIÓN Y MEJORA PROCESOS PROCESOS ESTRATÉGIC PROCESOS MISIONALES DE APOYO PLANEACIÓN ESTRATÉGICA PROYECTOS OS PREINVERSIÓN DE EVALUACIÓN GESTIÓN LEGAL GESTIÓN FINANCIERA GESTIÓN INTERINSTITUCIONAL DISEÑO DE PROYECTOS Y CONTROL DE PROYECTOS GESTIÓN INTEGRAL GESTIÓN PREDIAL GESTIÓN CONTRACTUAL GESTIÓN DOCUMENTAL GESTIÓN DE RECURSOS FÍSICOS INNOVACIÓN Y GESTIÓN DEL TALENTO HUMANO PROYECTOS GESTIÓN DEL CONOCIMIENTO CONSTRUCCIÓN DE PRÁCTICAS INTEGRALES DE CONSERVACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE MEJORAMIENTO SERVICIO A LA GESTIÓN CONTINUO CIUDADANÍA RELACIONAMIENTO Y LA INFRAESTRUCTURA GESTIÓN DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y GESTIÓN DE LA VALORIZACIÓN Y COMUNICACIÓN FINANCIACIÓN COMUNICACIONES
Artículo 2º.
Publicación y Socialización del presente acto administrativo. Ordenar a la Subdirección General de Gestión Corporativa la comunicación de la presente Resolución a todo el nivel directivo, demás servidores públicos y colaboradores del Instituto, así como enviar su PDF firmado y el Word a la Secretaría Jurídica Distrital en cumplimiento del artículo 11 de la Resolución 104 de 2018 de la citada Secretaría para su incorporación en el Régimen Legal de Bogotá.
2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-70 • 2026 • AGOSTO • 25 70 Subsistema de Gestión Antisoborno - IDU denuncia.soborno@idu.gov.co Para descargar la versión firmada mecánicamente puede escanear el código QR OAP 202611500021436 Información Pública RESOLUCIÓN NÚMERO 2143 DE 2026 “Por la cual se modifica el artículo 45 de la Resolución IDU-20 de 2026”
Corresponderá a la Oficina Asesora de Comunicaciones del IDU estructurar y ejecutar la estrategia de divulgación del presente acto administrativo.
Artículo 3º.
Vigencia y Derogatorias. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el artículo 45 de la Resolución IDU 20 de 2026.
Dada en Bogotá D.C., en Agosto 21 de 2026.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE PEDRO ORLANDO MOLANO PÉREZ Director General Firma mecánica generada el 21-08-2026 03:23:32 PM autorizada mediante Resolución No. 400 de marzo 11 de 2021 Con Copia a: ISMAEL MARTÍNEZ GUERRERO-Oficina de Control Interno Con Copia a: GABRIEL MURILLO ROJAS-Oficina Asesora de Comunicaciones Con Copia a: WILLIAM ORLANDO LUZARDO TRIANA-Dirección Técnica de Proyectos Con Copia a: ADRIANA DEL PILAR COLLAZOS SÁENZ-Dirección Técnica de Predios Con Copia a: PATRICIA DEL PILAR ZAPATA OLIVEROS-Oficina de Control Disciplinario Interno Con Copia a: NEIDY YASMIN CRUZ ABRIL-Subdirección Técnica de Estructuración de Proyectos Con Copia a: PAULA ANDREA RADA PINZON-Oficina de Relacionamiento y Servicio a la Ciudadanía Con Copia a: JOSE JAVIER SUAREZ BERNAL-Subdirección General de Desarrollo Urbano Con Copia a: EDNA MARIA CAROLINA JARRO FAJARDO-Oficina de Gestión Ambiental Con Copia a: SULLY MAGALIS ROJAS BAYONA-Oficina de Coordinación Interinstitucional Con Copia a: SULLY MAGALIS ROJAS BAYONA-Dirección Técnica de Inteligencia de Negocio e Innovación Aprobó: LILIANA PULIDO VILLAMIL-Oficina Asesora de Planeación Aprobó: MARTHA LILIANA GONZÁLEZ MARTÍNEZ-Subdirección General Jurídica Aprobó: LUIS FERNANDO QUESADA SALTARIN-Dirección Técnica de Conservación de la Infraestructura Aprobó: MAURICIO REINA MANOSALVA-Subdirección General de Infraestructura Elaboró: YENNY PATRICIA BOHORQUEZ LEAL-Oficina Asesora de Planeación Revisó. Edgar Mauricio Gracia Díaz. Abogado SGJ 3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-71 • 2026 • AGOSTO • 25 71 1027 26 24 - Ago - 2026 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-72 • 2026 • AGOSTO • 25 72 1027 26 24 - Ago - 2026 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-73 • 2026 • AGOSTO • 25 73 1027 26 24 - Ago - 2026 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-74 • 2026 • AGOSTO • 25 74 26 1027 24 - Ago - 2026 24 - Ago - 2026 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-75 • 2026 • AGOSTO • 25 75 1027 26 24 - Ago - 2026 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-76 • 2026 • AGOSTO • 25 76 DECRETOS LOCALES DE 2026 Página 1 de 2 DECRETO LOCAL No. 007 del 20 de agosto de 2026 “Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal 2026” Página 1 de 4 LA ALCALDESA LOCAL DE TEUSAQUILLO.
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 308 del Decreto 645 de 2025 y,
CONSIDERANDO:
Que, según lo establecido en el artículo 308 del Decreto 645 de 2025, estipula: “Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los FDL que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por las JAL, se harán mediante decreto del alcalde o alcaldesa local.”.
Que, según el parágrafo del artículo 308 del Decreto 645 de 2025, estipula: “Parágrafo. Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en gastos de funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros de los gastos de personal, adquisición de bienes y servicios, obligaciones por pagar, transferencias corrientes, gastos por tributos, tasas y contribuciones, multas, sanciones e intereses de mora.”.
Que, el Artículo 10 del Decreto 192 de 2021, por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones, establece respecto de las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación: “Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local”
Que la Alcaldesa Local de Teusaquillo presentó el 03 de diciembre de 2025 el proyecto de presupuesto a nivel de agregados para estudio y aprobación de la JAL dentro del término establecido en el Artículo 16º del Decreto 158 del 21 de abril de 2025.
Que la Alcaldesa Local de Teusaquillo sancionó el Decreto 017 del 16 de diciembre de 2025 por medio del cual se liquida el presupuesto anual de ingresos y gastos de la Alcaldía Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2026.
Que, en el Decreto Local No. 017 del 16 de diciembre de 2025 por medio del cual se liquida el presupuesto anual de ingresos y gastos de la Alcaldía Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2026 se estableció para el rubro O21202020070103010271311 Servicios de seguros de vida individual un valor de QUINCE MILLONES DE PESOS M/CTE ($15.000.000). Para el rubro O11020500107020112 Servicios de alquiler o arrendamiento con o sin opción de compra, relativos a bienes inmuebles no residenciales (diferentes a vivienda), propios o arrendados un valor de CUATROCIENTOS DIECISÉIS MILLONES DE PESOS M/CTE ($416.000.000) y para el rubro O21202020070373123 Servicios de arrendamiento sin opción de compra de maquinaria y equipo de oficina sin operario (excepto computadoras) un valor de QUINCE MILLONES DE PESOS M/CTE ($15.000.000).
Alcaldía Local de Teusaquillo Transversal 18 bis # 38-41 Tel. 2870094 Información Línea 195 www.teusaquillo.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-77 • 2026 • AGOSTO • 25 77 Continuación DECRETO LOCAL No. 007 del 20 de agosto de 2026 “Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal 2026” Página 2 de 4 Que, en el marco de la ejecución del contrato de seguros No. 207-2025 CS (131448) que tiene por objeto “Contratar los Seguro de Vida Grupo para los Ediles de la Localidad de Teusaquillo” suscrito con la compañía Seguros Mundial S.A. se realizó una prórroga por un plazo de 150 días calendario y una adición por valor de CUATRO MILLONES DOSCIENTOS OCHO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL PESOS M/CTE ($4.208.746), quedando el resto del saldo de apropiación disponible.
Que, la póliza de vida de ediles expedida por la compañía Seguros Mundial S.A. en el marco de la ejecución del Contrato de Seguros No. 207-2025 CS (131448) tiene vigencia hasta el día 29 de agosto de 2026.
Que, se encuentra en curso el proceso de selección abreviada de menor cuantía FDLT- SAMC-017-2026 (157457), cuyo objeto es "contratar el programa de seguros que ampare los intereses patrimoniales actuales y futuros, así como los bienes de propiedad del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo, que estén bajo su responsabilidad y custodia y aquellos que sean adquiridos para desarrollar las funciones inherentes a su actividad, las pólizas de seguro de vida de los ediles y cualquier otra póliza de seguros que requiera la entidad en el desarrollo de su actividad", por un valor de CIENTO NOVENTA MILLONES SETECIENTOS SEIS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO PESOS M/CTE ($190.706.584).
Que, una vez cumplido el plazo de presentación de ofertas para el Lote No. 2 definido en el cronograma del proceso de selección abreviada de menor cuantía FDLT-SAMC-017-2026 (157457), no hubo ningún proponente y por lo tanto se declaró desierto.
Que, el corredor de seguros UT FDLT 2026 JARGU – ARESS en el marco de la ejecución del contrato 304-2026 CPS (155925) que tiene por objeto “prestación de servicios de intermediación especializada, en la planeación, estructuración y contratación del programa de seguros de la Alcaldía Local de Teusaquillo.” Señaló que para garantizar la adjudicación del proceso de contratación y posterior expedición de la póliza de seguro de vida ediles atendiendo las variaciones del mercado asegurador y reasegurador se requiere un presupuesto oficial de TREINTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS TRECEMIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS M/CTE ($31.813.695)
Que, el 30 de enero 2026 se suscribió el contrato de arrendamiento 290-2026 CA (153559) que tiene por objeto “tomar, a título de arrendamiento, el uso y goce del inmueble ubicado en la transversal 18 bis no 38-41 para el funcionamiento de la Alcaldía Local de Teusaquillo, incluidas las Inspecciones de Policía” con la compañía JIDY FERNANDEZ y CIA S EN CS, con un plazo de ejecución de 12 meses hasta a partir del 01 de febrero de 2026 y hasta el 31 de enero de 2027 por un valor de CUATROCIENTOS SIETE MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL PESOS M/CTE ($407.694.000) con cargo al rubro O11020500107020112 Servicios de alquiler o arrendamiento con o sin opción de compra, relativos a bienes inmuebles no residenciales (diferentes a vivienda), propios o arrendados, quedando el resto del saldo de apropiación disponible.
Que, en el marco de la ejecución de la OC 149396-2025 que tiene por objeto la Alcaldía Local de Teusaquillo debe propender por suministrar y mantener soluciones que apoyen la gestión de información de los procesos misionales y de apoyo como insumo para la toma de decisiones, al igual que implementar y mantener mecanismos que permitan el intercambio de datos entre los diferentes grupos de trabajo, adicional de manera externa con las otras entidades públicas o empresas del sector privado con las que se trabaja en conjunto” suscrito con la compañía Gran Imagen S.A.S se realizó una prórroga por un plazo de 5 meses hasta el 05 Alcaldía Local de Teusaquillo Transversal 18 bis # 38-41 Tel. 2870094 Información Línea 195 www.teusaquillo.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-78 • 2026 • AGOSTO • 25 78 Continuación DECRETO LOCAL No. 007 del 20 de agosto de 2026 “Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal 2026” Página 3 de 4 de enero de 2027, garantizando la cobertura del servicio de alquiler de impresoras durante la vigencia fiscal 2026, quedando el saldo de apropiación disponible.
Que, en mérito de lo anteriormente expuesto:
DECRETA:
Artículo 1.
- Efectúese un Contra Crédito al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la vigencia fiscal 2026 del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo de acuerdo con el siguiente detalle:
CÓDIGO NOMBRE CONTRA CRÉDITO O2 Gastos $21.022.441 O21 Funcionamiento $21.022.441 O212 Adquisición de bienes y servicios $21.022.441 O21202 Adquisiciones diferentes de activos $21.022.441 O2120202 Adquisición de servicios $21.022.441 $21.022.441 O2120202007 Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing O212020200702 Servicios inmobiliarios $8.306.000 $8.306.000 O21202020070272112 Servicios de alquiler o arrendamiento con o sin opción de compra, relativos a bienes inmuebles no residenciales (diferentes a vivienda), propios o arrendados $12.716.441 O212020200703 Servicios de arrendamiento o alquiler sin operario $12.716.441 O21202020070373123 Servicios de arrendamiento sin opción de compra de maquinaria y equipo de oficina sin operario (excepto computadoras)
Artículo 2º.
– Efectúese un Crédito al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la vigencia fiscal 2026 del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo de conformidad con el siguiente detalle:
CÓDIGO NOMBRE CRÉDITO O2 Gastos $21.022.441 O21 Funcionamiento $21.022.441 O212 Adquisición de bienes y servicios $21.022.441 O21202 Adquisiciones diferentes de activos $21.022.441 O2120202 Adquisición de servicios $21.022.441 $21.022.441 O2120202007 Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing Alcaldía Local de Teusaquillo Transversal 18 bis # 38-41 Tel. 2870094 Información Línea 195 www.teusaquillo.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-79 • 2026 • AGOSTO • 25 79 Continuación DECRETO LOCAL No. 007 del 20 de agosto de 2026 “Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal 2026” Página 4 de 4 CÓDIGO NOMBRE CRÉDITO $21.022.441 O212020200701 Servicios financieros y servicios conexos $21.022.441 O21202020070103 Servicios de seguros y pensiones (excepto los servicios de reaseguro y de seguridad social de afiliación obligatoria)
$21.022.441 O2120202007010301 Servicios de seguros de vida (excepto los servicios de reaseguro)
Artículo 3º.
- Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, deberán ser informadas las Secretarías Distrital de Hacienda y la Junta Administradora Local, para lo de su competencia.
Artículo 4º.
- Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.
Artículo 5º.
- Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los 20 días del mes de agosto de 2026.
MARÍA ANGÉLICA GONZÁLEZ RUSSI A ANGÉLICA GONZÁLEZ RU Alcaldesa Local de Teusaquillo Alcaldesa Local de Teusaquillo fesional Especializado 222-24 (E) AGDL FDLT. DL DL DL DL DL DL DL DL DL DL DL DL DL DL DL DL DL DL DL DL DL DL DL DL DL D T. T Proyectó: Sebastián Camilo Reina Tovar – Profesional Especializado 222-24 (E) AGDL FDLT. Revisó: Carolina Pérez Viscaino – Profesional Universitario 219-15 (E) presupuesto FDLT. 5HYLVó: Diego Alexander Gonzalez Matiz– Contratista FDLT 19-15 (E ( T Alcaldía Local de Teusaquillo Transversal 18 bis # 38-41 Tel. 2870094 Información Línea 195 www.teusaquillo.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-80 • 2026 • AGOSTO • 25 80 Página 1 de 2 DECRETO LOCAL No. 008 del 20 de agosto de 2026 “Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal 2026”
Página 1 de 3 LA ALCALDESA LOCAL DE TEUSAQUILLO En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto Ley 1421 de 1993 y en especial las que confiere el artículo 308 del Decreto 645 de 2025, el numeral 3.9.1 de la Resolución 191 de 2017 y los párrafos primero y segundo del artículo 10 de Decreto 192 de 2021,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 308 del Decreto 645 de 2025, párrafo tercero estipula que:
“Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente: (..)
1. Traslado Presupuestal. Es la modificación que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales aprobados por la JAL. La disponibilidad de las apropiaciones para efectuar los traslados presupuestales será certificada por el responsable de Presupuesto del respectivo FDL.
Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el o alcaldesa alcalde o alcaldesa local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto.
Que, de acuerdo con lo establecido en el Manual Operativo Presupuestal, Resolución SDH N° 191 del 22 de septiembre de 2017, Módulo Tres, Fondos de Desarrollo Local; numeral 3.9.1. denominado “traslado presupuestal” donde se enuncia que “Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado los efectúa el Alcalde Local mediante Decreto, previo concepto favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto y de la Secretaría Distrital de Planeación cuando se trate de proyectos de inversión.”
Que el artículo 10 del Decreto 192 de 2021, Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones, establece respecto de las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación:
“Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda em inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local (..)
Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.
Parágrafo. Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección
Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar”
Alcaldía Local de Teusaquillo Transversal 18 bis # 38-41 Tel. 2870094 Información Línea 195 www.teusaquillo.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-81 • 2026 • AGOSTO • 25 81 Continuación DECRETO LOCAL No. 008 del 20 de agosto de 2026 “Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal 2026”
Página 2 de 3 Que, la alcaldesa Local de Teusaquillo, en cumplimiento de las metas establecidas en nuestro Plan de Desarrollo Local: “BOGOTÁ CAMINA SEGURA – TEUSAQUILLO CAMINA SEGURA”, para la vigencia 2026 requiere realizar ajustes presupuestales entre proyectos de inversión para garantizar la puesta en funcionamiento de la Sede Administrativa de la Alcaldía Local de Teusaquillo.
Que para realizar estos movimientos presupuestales se dispondrá de los recursos disponibles del O230690 Obligaciones por Pagar Inversión Vigencias Anteriores, por valor de siete mil trescientos trece millones setecientos ocho mil noventa y nueve pesos m/cte ($7.313.708.099).
Que mediante oficio No. 2-2026-44120 del 05 de agosto de 2026 la Secretaría Distrital de Planeación, emite concepto previo y favorable para el traslado presupuestal relacionado con los gastos de inversión, en tanto el contra crédito y crédito no causan afectaciones negativas en el avance de las metas contempladas en el Plan de Desarrollo Local.
Que mediante oficio No. 2026EE830348O1 del 19 de agosto de 2026 la Dirección Distrital de Presupuesto, emite concepto de viabilidad considerando que el Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo efectuó los estudios técnicos, legales y financieros exigidos para realizar el ajuste presupuestal mediante la cual se efectúa un traslado del agregado de inversión de la vigencia 2026, por valor de siete mil trescientos trece millones setecientos ocho mil noventa y nueve pesos m/cte ($7.313.708.099).
Que, en mérito de lo anteriormente expuesto:
DECRETA:
Artículo 1.
- Efectúese un contra crédito al Presupuesto de Gastos de inversión la vigencia 2026 del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo de acuerdo con el siguiente detalle:
CÓDIGO NOMBRE CONTRA CRÉDITO O2 GASTOS $7.313.708.099 O23 INVERSIÓN $7.313.708.099 O2306 OBLIGACIONES POR PAGAR $7.313.708.099 O230690 Obligaciones por pagar Inversión vigencias anteriores $7.313.708.099
Artículo 2º.
– Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos de inversión de la vigencia fiscal 2026 del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo de conformidad con el siguiente detalle:
CÓDIGO NOMBRE CRÉDITO O2 GASTOS $7.313.708.099 O23 INVERSIÓN $7.313.708.099 Alcaldía Local de Teusaquillo Transversal 18 bis # 38-41 Tel. 2870094 Información Línea 195 www.teusaquillo.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-82 • 2026 • AGOSTO • 25 82 Continuación DECRETO LOCAL No. 008 del 20 de agosto de 2026 “Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal 2026”
Página 3 de 3 CÓDIGO NOMBRE CRÉDITO O2301 DIRECTA $7.313.708.099 O230117 Bogotá Camina Segura $7.313.708.099 O23011745 Gobierno Territorial $7.313.708.099 O2301174599 Fortalecimiento a la gestión y dirección de la administración pública territorial $7.313.708.099 O230117459920242664 Teusaquillo eficiente y transparente $7.313.708.099
Artículo 3º.
- Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, deberán ser informadas las Secretarías Distrital de Hacienda, Secretaría Distrital de Gobierno y la Junta Administradora Local, para lo de su competencia.
Artículo 4º.
- Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.
Artículo 5º.
- Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los 20 días del mes de agosto de 2026.
MARÍA ANGÉLICA GONZÁLEZ RUSSI A ANGÉLICA GONZÁLEZ Alcaldesa Local de Teusaqui Alcaldesa Local de Teusaquillo GDL DL DL DL DL DL DL DL DL DL DL DL DL DL DL DL DL DL DL DL DL DL DL DL DL DL DL DL DL DL DL DL DL DL DL DL DL DL DL D FDL FDL FD FDL FDL FDL FDL FD FDL DL DL FDL DL FDL FDL FDL FDL FDL FDL FDL FDL FD FDL FDL FDL FDL FDL FDL FD FDL FDL DL FDL FDL FDL FDL FD FDL FDL FDL FD FDL FD FDL DL FDL FDL FDL FD FD FDL F L D F T. T. T. T. T. T. T. T. T. T. T. T. T T.
Proyectó: Sebastián Camilo Reina Tovar – Profesional Especializado 222-24 (E) AGDL FDLT. Revisó: Carolina Pérez Viscaino – Profesional Universitario 219-15 (E) presupuesto FDLT. 5HYLVy: Diego Alexander González Matiz– Contratista FDLT LT Alcaldía Local de Teusaquillo Transversal 18 bis # 38-41 Tel. 2870094 Información Línea 195 www.teusaquillo.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-83 • 2026 • AGOSTO • 25 83 ACTO ADMINISTRATIVO DE 2026 ACTO ADMINISTRATIVO No. 012 DE JUSTIFICACIÓN DE LA CONTRATACIÓN DIRECTA LA JEFE DE LA OFICINA CONSEJERÍA DISTRITAL DE PAZ, VÍCTIMAS Y RECONCILIACIÓN DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en los artículos 11° y 12° en la Ley 80 de 1993 artículo 2, numeral 4, literal c) de la Ley 1150 de 2007 y el artículo 95 de la Ley 489 de 1998, el Decreto Distrital 640 de 2025, 367 de 2022, 435 de 2023 y 079 de 2024, la Resolución No. 204 de 2026, y
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 11 de la Ley 80 de 1993 establece que: “La competencia para ordenar y dirigir la celebración de licitaciones y para escoger contratistas será del jefe o representante de la entidad, según el caso”.
Que las Secretarías de Despacho y Departamentos Administrativos, como entidades ejecutoras que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital, tienen la capacidad de contratar y comprometer a nombre de la persona jurídica de la que hacen parte y ordenar el gasto en desarrollo de las apropiaciones incorporadas en su presupuesto.
Que, de conformidad con la Resolución No. 204 de 2026, “Por la cual se delega la ordenación del gasto, del pago y las competencias propias de la actividad contractual, así como el ejercicio de otras funciones en la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, Distrito Capital, y se derogan las Resoluciones 523 de 2019, 243 de 2020, 042 de 2021, 285, 338 y 484 de 2024, y 595 de 2025”.
Que el artículo 2° de la Resolución No. 204 de 2026, delegó en la Jefe de la Oficina Consejería Distrital de Paz, Víctimas y Reconciliación de la Secretaría General la Alcaldía Mayor de Bogotá, la competencia para la ordenación del gasto y del pago del rubro de inversión 8094 – Fortalecimiento de capacidades institucionales y de la sociedad civil para la implementación del acuerdo de paz, la memoria, y los derechos de las víctimas del conflicto armado en Bogotá D.C., sin límite de cuantía, para adelantar los procesos de selección, en cualquiera de sus modalidades y la correspondiente suscripción de los actos jurídicos, contratos o convenios y demás instrumentos o acuerdos de voluntades que se requieran.
4231000- FT-961 Versión 02 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-84 • 2026 • AGOSTO • 25 84 Que de acuerdo con el numeral 2 del artículo 6 de la Resolución No. 204 de 2026, “Las delegaciones efectuadas en el presente acto administrativo comprenden la ejecución de todas las actividades propias de la gestión contractual y la facultad de suscribir todos los actos de las etapas precontractual, contractual y post contractual, entre otros, los siguientes según corresponda: 1. Expedir el acto administrativo de apertura. 2. Expedir el acto administrativo de justificación de la contratación directa, en los eventos en que se requiera.”
Que, el artículo 2.2.1.2.1.4.1 del Decreto Nacional 1082 de 2015 dispone que, las Entidades Estatales deben señalar en un acto administrativo la justificación para contratar bajo la modalidad de contratación directa, el cual debe contener: “1. La causal que invoca para contratar directamente. 2. El objeto del contrato. 3. El presupuesto para la contratación y las condiciones que se exigirá al contratista. 4. El lugar en el cual los interesados pueden consultar los estudios documentos previos".
Que, con base en lo anterior, la Jefe de la Oficina Consejería Distrital de Paz, Víctimas y Reconciliación de la Secretaría General la Alcaldía Mayor de Bogotá, como ordenadora del gasto, expide el presente acto administrativo de justificación de la contratación directa en los siguientes términos:
1. La causal que invoca para contratar directamente.
Que, la contratación directa se enmarca en la causal prevista en el artículo 95 de la Ley 489 de 1998, en concordancia con lo previsto en el artículo 2.2.1.2.1.4.4 del Decreto Nacional 1082 de 2015, según los cuales las entidades públicas pueden asociarse con el fin de cooperar en el cumplimiento de funciones administrativas o de prestar conjuntamente servicios que se hallen a su cargo, mediante la celebración de convenios interadministrativos y la modalidad de selección es la contratación directa.
Que la definición de la necesidad del convenio interadministrativo a suscribir está plasmada en los estudios previos y demás documentos que hace parte del presente acto administrativo.
Que la contratación fue aprobada en sesión extraordinaria No. 23 del 18 de agosto de 2026 del Comité de Contratación de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá.
2. Objeto del convenio interadministrativo
4231000- FT-961 Versión 02 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-85 • 2026 • AGOSTO • 25 85 ID-18-Aunar esfuerzos técnicos, administrativos y financieros entre TRANSMILENIO S.A. y La Oficina de la Consejería Distrital de Paz, Victimas y Reconciliación de la Secretaría general de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. para brindar a la población víctima del conflicto armado, en situación de vulnerabilidad, acceso al Sistema Integrado de Transporte Público (SITP) a través de la entrega y recarga de tarjetas TULLAVE personalizadas, como estrategia de garantía efectiva de sus derechos.
Alcance El presente convenio tiene como finalidad garantizar el acceso al Sistema Integrado de Transporte Público a personas víctimas del conflicto armado que cumplan con los siguientes perfiles definidos por la OCDPVR:
- Personas víctimas del conflicto armado en situación de vulnerabilidad que estén o
hayan estado en ruta de inmediatez con la OCDPVR.
- Estudiantes del Fondo de Reparación Para el Acceso, Permanencia y Graduación en Educación Superior para la Población Víctima del Conflicto Armado en Colombia- (FES).
- Personas en ruta de inclusión socioeconómica priorizadas por la OCDPVR
- Niños, niñas y adolescentes víctimas del conflicto armado participantes de los Centros Filarmónicos y sus acompañantes.
3. Presupuesto para la contratación
Para todos los efectos legales el valor del presente convenio interadministrativo es por la suma de CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y UN MIL SETECIENTOS DIECINUEVE PESOS M/CTE ($159.631.719), incluidos todos los costos directos e indirectos y los impuestos, tasas y contribuciones que conlleve la celebración y ejecución total del convenio, los cuales se distribuyen de la siguiente manera:
Aportes de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. – Oficina de la Consejería Distrital de Paz, Víctimas y Reconciliación:
La Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Oficina de la Consejería Distrital de Paz, Víctimas y Reconciliación, aportará recursos en dinero por la suma de CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL PESOS M/CTE ($154.237.000).
Aportes de TRANSMILENIO S.A.:
4231000- FT-961 Versión 02 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-86 • 2026 • AGOSTO • 25 86 TRANSMILENIO S.A. aportará en especie la capacidad técnica, operativa, administrativa y tecnológica requerida para la ejecución del convenio, equivalentes a CINCO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS DIECINUEVE PESOS MONEDA CORRIENTE ($5.394.719).
4. Plazo de ejecución del contrato
El plazo de ejecución del contrato será hasta el 31 de diciembre 2026, contados a partir del cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del convenio.
5. Obligaciones de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. y Transmilenio S.A.
La empresa Transmilenio S.A., se OBLIGA para con la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. a dar estricto cumplimiento a las obligaciones descritas en los estudios previos, anexo técnico y demás documentos que hacen parte integral del proceso y del convenio interadministrativo.
6. Lugar en el cual los interesados pueden consultar los estudios y documentos previos
Que los estudios y documentos previos que contienen las condiciones del convenio interadministrativo se podrán consultar en las pagina Web del Portal Único de Contratación — SECOP II- cuya dirección electrónica es www.colombiacompra.gov.co.
En mérito de lo expuesto.
RESUELVE:
PRIMERO: JUSTIFICAR el uso de la modalidad de contratación directa de conformidad con lo establecido en el artículo 95 de la Ley 489 de 1998, en concordancia con lo previsto en el artículo 2.2.1.2.1.4.4 del Decreto Nacional 1082 de 2015, para la celebración de un convenio interadministrativo entre LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDIA MAYOR DE BOGOTA D.C. y TRANSMILENIO S.A., de conformidad con lo señalado en la parte motiva del presente acto administrativo, estudios previos y demás documentos que hacen parte integral del convenio interadministrativo.
4231000- FT-961 Versión 02 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-87 • 2026 • AGOSTO • 25 87 SEGUNDO: Suscribir un convenio interadministrativo entre Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., y la TRANSMILENIO S.A., cuyo objeto consiste en: “ID-18-Aunar esfuerzos técnicos, administrativos y financieros entre TRANSMILENIO S.A. y La Oficina de la Consejería Distrital de Paz, Victimas y Reconciliación de la Secretaría general de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. para brindar a la población víctima del conflicto armado, en situación de vulnerabilidad, acceso al Sistema Integrado de Transporte Público (SITP) a través de la entrega y recarga de tarjetas TULLAVE personalizadas, como estrategia de garantía efectiva de sus derechos.”
TERCERO: Para todos los efectos legales, el valor total del convenio interadministrativo de será por la suma de CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y UN MIL SETECIENTOS DIECINUEVE PESOS M/CTE ($159.631.719), M/CTE incluido IVA y demás impuestos, tasas y contribuciones de ley y todos los costos directos e indirectos necesarios para la ejecución del convenio.
Aportes de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. – Oficina de la Consejería Distrital de Paz, Víctimas y Reconciliación:
La Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Oficina de la Consejería Distrital de Paz, Víctimas y Reconciliación, aportará recursos en dinero por la suma de CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL PESOS M/CTE ($154.237.000), respaldados con el certificado de disponibilidad presupuestal No. 1020 del 25 de junio de 2026.
Aportes de TRANSMILENIO S.A.:
TRANSMILENIO S.A. aportará en especie la capacidad técnica, operativa, administrativa y tecnológica requerida para la ejecución del convenio, equivalentes a CINCO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS DIECINUEVE PESOS MONEDA CORRIENTE ($5.394.719).
CUARTO: El término de ejecución del convenio será hasta el 31 de diciembre 2026, contados a partir del cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del convenio.
QUINTO: Adelantar el proceso contractual para su firma y ejecución en la plataforma transaccional – SECOP II.
SEXTO: Contra el presente acto administrativo no procede recurso alguno, de conformidad con lo establecido en el artículo 75 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
4231000- FT-961 Versión 02 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-88 • 2026 • AGOSTO • 25 88 SEPTIMO: El presente acto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá D.C., al veintiuno (21) días del mes de agosto de 2026.
ISABELITA MERCADO PINEDA Firmado digitalmente por ISABELITA MERCADO PINEDA Fecha: 2026.08.21 16:48:08 -05'00' ISABELITA MERCADO PINEDA Jefe de la Oficina Consejería Distrital de Paz, Víctimas y Reconciliación Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá Nombre Actividad Proyectó Alfonso Pineda López – Contratista Dirección de Contratación Aprobó Revisó Diego López Cuesta - Contratista Dirección de Contratación Aprobó Revisó Daianys Johan Palacios Martínez – OCDPVR. Aprobó Revisó Helen Ortiz Carvajal – OCDPVR. Aprobó Revisó y aprobó Edna Catalina Moreno - Directora de Contratación Aprobó 4231000- FT-961 Versión 02 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-89 • 2026 • AGOSTO • 25 89 FE DE ERRATA DE 2026 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-90 • 2026 • AGOSTO • 25 90 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-91 • 2026 • AGOSTO • 25 91 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8646 • PP. 1-92 • 2026 • AGOSTO • 25 92
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