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Registro Distrital 8627 de 2026

Registro Distrital 8627 de 2026 Nivel Distrital

Tipo
Registro Distrital
Número
8627
Año
2026
Fecha
27 de julio de 2026
Entidad
Nivel Distrital
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

5,5 ALCALDE MAYOR Carlos Fernando Galán Pachón REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 • No. 8627 - Pp 1 - 59 - 2026 • JULIO • 27 CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Central RESOLUCIONES 2026 SECRETARÍA DISTRITAL DE PLANEACIÓN - CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL - CONFIS RESOLUCIÓN Nº 10 “Por la cual se aprueba una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud SISS
- Sur Occidente E.S.E.” .................................................................................... 4 RESOLUCIÓN Nº 11 “Por la cual se aprueba una modificación presupuestal por distribución total de disponibilidad final y adición en el Presupuesto de Ingresos y Rentas y de Gastos e Inversiones vigencia 2026 de la Empresa Capital Salud EPS-S”...... 8 RESOLUCIÓN Nº 12 “Por la cual se aprueba una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud SISS
- Centro Oriente E.S.E.”................................................................................. 13 RESOLUCIÓN Nº 13 “Por la cual se aprueba una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud SISS
- Sur E.S.E.”................................................................................................... 17 SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL RESOLUCIÓN Nº 310 “Por la cual se efectúa un nombramiento y se dictan otras disposiciones”.... 21 RESOLUCIÓN Nº 312 “Por la cual se efectúa un nombramiento en periodo de prueba”................... 26 RESOLUCIÓN Nº 313 “Por la cual se deroga la Resolución Nº 272 de 2026 “Por la cual se efectúa un encargo y se dictan otras disposiciones”........................................................ 31 RESOLUCIÓN Nº 315 “Por la cual se efectúa un nombramiento en periodo de prueba”................... 35 RESOLUCIÓN Nº 320 “Por la cual se efectúa un encargo y se dictan otras disposiciones”.............. 41 SECRETARÍA GENERAL RESOLUCIÓN Nº 413 “Por medio de la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en un empleo de carrera administrativa de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.”............................................................................................. 47 SECRETARÍA DE HACIENDA - COMITÉ SECTORIAL DE GESTIÓN Y DES EMPEÑO DEL SECTOR HACIENDA RESOLUCIÓN Nº SDH-000064 “Por medio de la cual se actualiza el reglamento interno del Comité Sectorial de Gestión y Desempeño de Hacienda”.............................................................. 52 AÑO 60 NÚMERO 8627 27 • JULIO • 2026 SECRETARÍA GENERAL ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL.

LA PUBLICACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS EN EL REGISTRO DISTRITAL SE REALIZA DE ACUERDO A LA LEY 1437 DEL 2011 EN SU ARTÍCULO 65 MODIFICADO POR LA LEY 2080 DE 2021 “POR LA CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO”.

CORREO: REGISTRODISTRITAL@ALCALDIABOGOTA.GOV.CO DIRECCIÓN: CALLE 11 SUR #1-60 ESTE - LA MARÍA - BOGOTÁ D.C.

TELÉFONO: 381 3000 EXT. 5010 - 5202 SUBDIRECTORA IMPRENTA DISTRITAL: MARÍA ANGÉLICA PUMAREJO HINOJOSA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS Resolución No. 10 de 2026 “Por la cual se aprueba una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud SISS - Sur Occidente E.S.E.”

EL CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 10° del Decreto Distrital 714 de 1996, y en el artículo 233° del Decreto 645 de 2025 y, C O N S I D E R A N D O:

Que mediante Acuerdo No. 17 de 1997 del Concejo Distrital, se transforman los Hospitales en Empresas Sociales del Estado del orden distrital.

Que como Empresas Sociales del Estado, están sujetas al régimen presupuestal de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito, conforme a lo estipulado en el Artículo 3º del Decreto Distrital 714 de 1996, en el Artículo 25° del Acuerdo No. 17 de 1997 y en el Artículo 207° del Decreto 645 de 2025.

Que según lo establecido en el Acuerdo Distrital 641 de 2016 “por el cual se efectúa la reorganización del sector salud de Bogotá, Distrito Capital, se modifica el acuerdo 257 de 2006 y se expiden otras disposiciones”, se reorganizó el sector salud y se fusionan las 22 Empresas Sociales del Estado en las 4 Empresas Sociales del Estado denominadas Subredes Integradas de Servicios de Salud E.S.E.

Que conforme a lo estipulado en el literal e) del artículo 10° del Decreto Distrital 714 de 1996, corresponde al Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal – CONFIS, aprobar y modificar mediante resolución el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito Capital y de las Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquellas.

Que conforme a lo establecido en el artículo 233° del Decreto 645 de 2025, “(…) Las modificaciones presupuestales que afecten el valor total de los ingresos, gastos de funcionamiento, servicio de la deuda y gastos de inversión serán aprobadas por el CONFIS Distrital, previo concepto favorable de la Junta o Consejo Directivo de la empresa y de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto (…)

Así mismo, el mencionado artículo indica que “(…) Para las Empresas Sociales del Estado, antes de su aprobación por el CONFIS Distrital, se requerirá adicionalmente, y en todos los casos, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Salud (…)

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8627 • PP. 1-4 • 2026 • JULIO • 27 4 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS Continuación de la Resolución No.10 de 2026 “Por la cual se aprueba una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud SISS - Sur Occidente E.S.E.”

Que de acuerdo con el numeral 5° del reglamento interno del Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS, aprobado en sesión CONFIS No. 01 de 2024 y modificado en las sesiones CONFIS No. 04 de 2024 y No. 17 de 2025, las decisiones del CONFIS se notificarán “Mediante Resoluciones suscritas por la Secretaría Técnica y el Secretario Distrital de Hacienda, cuando las decisiones sean de carácter aprobatorio y modificatorio del Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito Capital y las Empresas Sociales del Estado”.

Que el CONFIS Distrital mediante Resolución No. 24 del 1 de noviembre de 2025, aprobó los Presupuestos de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de las cuatro (4) Subredes Integradas de Servicios de Salud SISS Empresas Sociales del Estado - E.S.E., para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre del año 2026.

Que la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur Occidente E.S.E. presentó para análisis y concepto de la Secretaría Distrital de Salud, una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones 2026 por valor total de $450.000.000 provenientes de la Resolución No. 105 del 26 de enero de 2026, “Por la cual se efectúa una asignación de recursos para cofinanciar el procedimiento de certificación de discapacidad y la implementación del registro localización y caracterización de personas con discapacidad”, Que el Ministerio de Salud y Protección Social mediante la Resolución No. 105 del 26 de enero de 2026 ordenó asignar a la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur Occidente E.S.E, recursos del Presupuesto de Gastos de Inversión del Ministerio de Salud y Protección Social, vigencia fiscal 2026, por valor de $450.000.000, para cofinanciar el procedimiento de certificación de discapacidad y la implementación del Registro Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad.

Que la Junta Directiva de la SISS Sur Occidente E.S.E mediante Acuerdo No. 24 del 19 de mayo de 2026, emitió concepto favorable a esta adición al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2026 por valor de $450.000.000, provenientes de la Resolución No. 105 del 26 de enero de 2026.

Que la Secretaría Distrital de Salud emitió Concepto Favorable No. 016 del 16 de junio de 2026 a esta adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2026 de la SISS Sur Occidente E.S.E. por valor de $450.000.000, provenientes de la Resolución No. 105 del 26 de enero de 2026 expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social, para cofinanciar el procedimiento de certificación de discapacidad y la implementación del Registro Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad.

Que la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, emitió concepto favorable y recomendó al CONFIS Distrital aprobar la adición al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2026 de la SISS Sur Occidente E.S.E. por valor de $450.000.000, provenientes de la Resolución No. 105 del 26 de enero de 2026 expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social, para cofinanciar el 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8627 • PP. 1-5 • 2026 • JULIO • 27 5 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS Continuación de la Resolución No.10 de 2026 “Por la cual se aprueba una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud SISS - Sur Occidente E.S.E.” procedimiento de certificación de discapacidad y la implementación del Registro Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad.

Que el CONFIS Distrital en sesión No. 11 del 10 de julio de 2026, de acuerdo con el análisis de las justificaciones aportadas y los conceptos favorables y recomendaciones de las Secretarías Distritales de Salud y Hacienda, aprobó la adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la vigencia 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud – SISS Sur Occidente E.S.E. por valor $450.000.000, provenientes de la Resolución No. 105 del 26 de enero de 2026 expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social.

Que la observancia de los procedimientos legales y presupuestales a que haya lugar por efecto de esta adición presupuestal es responsabilidad y competencia exclusiva de la Subred Integrada de Servicios de Salud – SISS Sur Occidente E.S.E.

RESUELVE:

Artículo primero.

Aprobar una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones para la vigencia 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud – SISS Sur Occidente E.S.E. por $450.000.000, conforme al siguiente detalle:

Cifras en pesos CÓDIGO RUBRO MONTO 4.1 INGRESOS $450.000.000 4.1.1 Ingresos Corrientes $450.000.000 4.2 GASTOS $450.000.000 4.2.4 Gastos de operación comercial $450.000.000 3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8627 • PP. 1-6 • 2026 • JULIO • 27 6 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS Continuación de la Resolución No.10 de 2026 “Por la cual se aprueba una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud SISS - Sur Occidente E.S.E.”

Artículo segundo.

La presente resolución rige a partir de la fecha de publicación en el Registro Distrital.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D. C., a los ____ días del mes de ________ de 2026.

ANA MARIA CADENA RUIZ Firmado digitalmente por ANA MARIA CADENA RUIZ ANA MARÍA CADENA RUIZ Secretaria Distrital de Hacienda ABLANQUE MEJIA URSULA Firmado digitalmente por ABLANQUE MEJIA URSULA URSULA ABLANQUE MEJIA Secretaria Técnica de CONFIS Secretaria Distrital de Planeación JULIO ALEJANDRO ABRIL TABARES Firmado digitalmente por JULIO ALEJANDRO ABRIL TABARES Firmado digitalmente por ANDRES FELIPE URIBE MEDINA ANDRES FELIPE URIBE MEDINA Firmado digitalmente por Claudia Marcela Numa Paez Firmado digitalmente por BOTIVA LEON MARIA ALEJANDRA Fecha: 2026.07.24 09:34:54 -05'00' BOTIVA LEON MARIA ALEJANDRA Publicada en el Registro Distrital No. _____ de fecha ____ de ________ de 2026.

Aprobó: Julio Alejandro Abril Tabares. Subsecretario de Planeación de la Inversión – Secretaría Distrital de Planeación Andrés Felipe Uribe Medina. Subsecretario Técnico – Secretaría Distrital de Hacienda Revisó: Claudia Marcela Numa Páez. Directora Distrital de Presupuesto – Secretaría Distrital de Hacienda María Alejandra Botiva León. Directora de Inversiones Estratégicas – Secretaría Distrital de Planeación Elaboró: Esperanza Gómez Torres. Profesional Especializado - Dirección de Inversiones Estratégicas - Secretaría Distrital de Planeación 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8627 • PP. 1-7 • 2026 • JULIO • 27 7 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS Resolución No. 11 de 2026 “Por la cual se aprueba una modificación presupuestal por distribución total de disponibilidad final y adición en el Presupuesto de Ingresos y Rentas y de Gastos e Inversiones vigencia 2026 de la Empresa Capital Salud EPS-S”

EL CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 10° del Decreto Distrital 714 de 1996, y en los artículos 233° y 236° del Decreto 645 de 2025 y, C O N S I D E R A N D O:

Que conforme a lo estipulado en el artículo 10° literal (e) del Decreto Distrital 714 de 1996, corresponde al CONFIS aprobar y modificar mediante resolución el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito Capital y de las Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquellas.

Que conforme a lo establecido en el artículo 233° del Decreto 645 de 2025 “Las modificaciones presupuestales que afecten el valor total de los ingresos, gastos de funcionamiento, servicio de la deuda y gastos de inversión serán aprobadas por el CONFIS Distrital, previo concepto favorable de la Junta o Consejo Directivo de la empresa y de la Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto.

Que de acuerdo con el numeral 5° del reglamento interno adoptado en la sesión No. 01 del 30 de enero de 2024, modificado en sesiones No. 04 del 23 de abril de 2024 y 17 del 25 de julio de 2025, le corresponde al CONFIS mediante Resolución suscrita por la Secretaría Técnica y el Secretario Distrital de Hacienda notificar las decisiones aprobatorias aplicables a las Empresas Distritales.

Que el CONFIS Distrital mediante la Resolución No. 23 de 2025 aprobó el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del 2026 de las Empresas Distritales: Capital Salud EPS-S, Canal Capital, Aguas de Bogotá S.A. ESP, Lotería de Bogotá, Metro de Bogotá S.A, Transmilenio S.A, y la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C.”

Que de acuerdo con el artículo primero de la Resolución citada en precedencia, se aprobó el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2026 de la Empresa Capital Salud EPS-S por valor de $2.746.208.460.000, estableciendo un monto en la Disponibilidad Final de $53.274.251.000.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8627 • PP. 1-8 • 2026 • JULIO • 27 8 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS Continuación de la Resolución No. 11 de 2026 “Por la cual se aprueba una modificación presupuestal por distribución total de disponibilidad final y adición en el Presupuesto de Ingresos y Rentas y de Gastos e Inversiones vigencia 2026 de la Empresa Capital Salud EPS-S”

Que dado el ajuste presupuestal 2026 por cierre de la vigencia 2025, fue necesario realizar una reducción neta en los ingresos por valor de $366.883.648, reduciendo la Disponibilidad Final en el mismo valor, determinando el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Empresa Capital Salud en $2.745.841.576.352 y un valor por concepto de Disponibilidad final de $52.907.367.352 Que la Junta Directiva de la Empresa Capital Salud EPS-S mediante Acta de sesión ordinaria No. 179 del 25 de mayo de 2026, aprobó la distribución total de la disponibilidad final por valor de $52.907.367.352, con el fin de cubrir un déficit de recursos para finalizar la vigencia en el componente Gastos de Funcionamiento y Gastos de Operación Comercial, por lo que se requiere a efectos, de garantizar la contratación en servicios de salud de la red pública y privada, así:

Rubro Descripción Adición Reducción 4.2. GASTOS $ 52.907.367.352 4.2.1 Gastos de funcionamiento $ 20.859.081.046 4.2.2 Gastos de operación comercial $ 32.048.286.306 4.3 DISPONIBILIDAD FINAL 52.907.367.352 Así mismo, mediante la misma sesión y acta, la Junta Directiva de la Empresa Capital Salud, aprobó la adición neta del Presupuesto de Ingresos y Rentas y Gastos e Inversiones 2026 de la referida empresa, por valor de $207.498.260.059, con el fin de garantizar la contratación en los servicios de salud de la red pública y privada, así como el adecuado funcionamiento de la infraestructura administrativa y la atención al usuario, a partir de las adecuaciones y remodelaciones requeridas para los puntos de atención al usuario, así:

Rubro Descripción Adición Reducción 4.1. INGRESOS $ 207.498.260.059 4.1.1. Ingresos corrientes (Vigencia) $ 214.534.821.050 4.1.2 Recursos de Capital 7.036.560.991 4.2. GASTOS $ 207.498.260.059 $ 207.498.260.059 4.2.4. Gastos de operación comercial Lo anterior, sustentado en un mayor crecimiento del pago proyectado por UPC (Unidad de Pago 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8627 • PP. 1-9 • 2026 • JULIO • 27 9 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS Continuación de la Resolución No. 11 de 2026 “Por la cual se aprueba una modificación presupuestal por distribución total de disponibilidad final y adición en el Presupuesto de Ingresos y Rentas y de Gastos e Inversiones vigencia 2026 de la Empresa Capital Salud EPS-S” por Capitación), el valor reconocido en materia de Presupuestos Máximos por parte del Ministerio de Salud y Protección Social mediante Resolución No. 2829 del 30/12/2025 y la disminución en otros ingresos operacionales, debido al ajuste de la apropiación de estos ingresos, de acuerdo con el comportamiento de recaudo del primer trimestre y, la reducción de rendimientos financieros, como consecuencia de modificaciones contractuales realizadas con otros proveedores (Audifoarma, Subred Norte, Subred Sur Occidente, entre otras), así como en la estrategia de pagos implementadas por la EPS, generando un flujo adicional de recursos correspondientes a retornos por descuentos financieros, estabilizando las cuentas por pagar de la entidad.

Que la Secretaría Distrital de Hacienda, señaló en su recomendación al Confis Distrital que “Una vez evaluado el mayor recaudo que se está alcanzando por este concepto, junto con los recursos que señala la EPS va a recaudar en el segundo semestre por presupuestos máximos, permiten considerar que es viable una adición por concepto de venta de bienes y servicios por Ciento setenta mil trescientos siete millones quinientos setenta y cinco mil ochocientos siete ($170.307.575.807). De igual manera, en atención a lo expuesto por la empresa Capital Salud - EPS es necesario reducir los recursos de capital del presupuesto de la empresa Capital Salud EPS en Siete mil treinta y siete millones pesos ($7.036.560.991) por el menor recaudo esperado en la presente vigencia.”, conllevando el ajuste en los valores solicitados para adición de la siguiente manera:

Rubro Descripción Adición Reducción 4.1. INGRESOS $ 163.271.014.816 4.1.1. Ingresos corrientes (Vigencia) $170.307.575.807 4.1.2 Recursos de Capital 7.036.560.991 4.2. GASTOS $ 163.271.014.816 4.2.4. Gastos de operación comercial $ 163.271.014.816 Que el CONFIS Distrital en sesión No. 11 realizada el 10 de julio de 2026, de acuerdo con el análisis de la justificación aportada por la Empresa Capital Salud, de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 236 del Decreto Único Distrital del Sector Hacienda 645 de 2025 y el documento de recomendación presentado por la Secretaría Distrital de Hacienda, aprobó la distribución total de la Disponibilidad Final por valor de $52.907.367.352, así como su incorporación dentro de la solicitud de adición neta al Presupuesto de Ingresos y Rentas y de Gastos e Inversiones de la vigencia 2026 por valor de $163.271.014.816, a Capital Salud EPS Que la observancia de los procedimientos legales y presupuestales a que haya lugar por efecto de las modificaciones presupuestales aprobadas es responsabilidad y competencia exclusiva de la 3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8627 • PP. 1-10 • 2026 • JULIO • 27 10 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS Continuación de la Resolución No. 11 de 2026 “Por la cual se aprueba una modificación presupuestal por distribución total de disponibilidad final y adición en el Presupuesto de Ingresos y Rentas y de Gastos e Inversiones vigencia 2026 de la Empresa Capital Salud EPS-S”

Empresa Capital Salud EPS-S.

RESUELVE:

Artículo primero.

Aprobar la adición al presupuesto de gastos de funcionamiento y operación comercial de la empresa Capital Salud EPS-S, por valor de cincuenta y dos mil novecientos siete millones trescientos sesenta y siete mil trescientos cincuenta y dos pesos ($52.907.367.352), por concepto de distribución total de la disponibilidad final, según el siguiente detalle:

Rubro Descripción Adición Reducción 4.2. GASTOS $ 52.907.367.352 4.2.1 Gastos de funcionamiento $ 20.859.081.046 4.2.4 Gastos de operación comercial $ 32.048.286.306 4.3 DISPONIBILIDAD FINAL $ 52.907.367.352 Parágrafo. Producto de la presente distribución, la cuenta de resultado Disponibilidad Final quedará con un saldo de $0 (Cero pesos).

Artículo segundo.

Aprobar la adición neta al presupuesto de rentas e ingresos de la empresa Capital Salud EPS-S, por valor de ciento sesenta y tres mil doscientos setenta millones quinientos setenta y cinco mil ochocientos siete pesos ($163.271.014.816) así: por concepto de venta de bienes y servicios, ciento setenta mil trescientos siete millones quinientos setenta y cinco mil ochocientos siete pesos ($170.307.575.807), y una reducción por menor recaudo de rendimientos financieros, por valor de siete mil treinta y siete millones de pesos. ($7.037.000.000), así:

Rubro Descripción Adición Reducción 4.1. INGRESOS $ 163.271.014.816 4.1.1. Ingresos corrientes (Vigencia) $170.307.575.807 4.1.2 Recursos de Capital 7.036.560.991 4.2. GASTOS $ 163.271.014.816 4.2.4. Gastos de operación comercial $ 163.271.014.816

Artículo tercero.

Solicitar a la Gerencia de Capital Salud EPS-S realizar seguimiento permanente al comportamiento del recaudo que soporta la presente adición presupuestal. En caso

4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8627 • PP. 1-11 • 2026 • JULIO • 27 11 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS Continuación de la Resolución No. 11 de 2026 “Por la cual se aprueba una modificación presupuestal por distribución total de disponibilidad final y adición en el Presupuesto de Ingresos y Rentas y de Gastos e Inversiones vigencia 2026 de la Empresa Capital Salud EPS-S” de que los ingresos proyectados no se materialicen en los montos estimados, deberá adoptar oportunamente las medidas correspondientes, procediendo a suspender total o parcialmente las apropiaciones del presupuesto de gastos e inversiones que resulten necesarias, con el fin de evitar la generación de un déficit presupuestal, de conformidad con lo establecido en el numeral 8 del artículo 257 del Decreto Distrital 645 de 2025.

Artículo cuarto.

La presente resolución rige a partir de la fecha de publicación en el Registro Distrital.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D. C., a los ___ días del mes de __________ de 2026.

Firmado digitalmente por ANA MARIA CADENA RUIZ ANA MARIA CADENA RUIZ ANA MARÍA CADENA RUÍZ Secretario Distrital de Hacienda ABLANQUE MEJIA URSULA Firmado digitalmente por ABLANQUE MEJIA URSULA URSULA ABLANQUE MEJIA Secretaria Técnica de CONFIS Secretaria Distrital de Planeación Firmado digitalmente por JULIO ALEJANDRO ABRIL TABARES JULIO ALEJANDRO ABRIL TABARES Firmado digitalmente por ANDRES FELIPE URIBE MEDINA Firmado digitalmente ANDRES FELIPE URIBE MEDINA por Claudia Marcela Numa Paez Firmado digitalmente por BOTIVA LEON MARIA ALEJANDRA Fecha: 2026.07.24 09:32:59 -05'00' BOTIVA LEON MARIA ALEJANDRA Publicada en el Registro Distrital No. _____ de fecha ____ de __________ de 2026.

Aprobó: Julio Alejandro Abril Tabares. Subsecretario de Planeación de la Inversión – Secretaría Distrital de Planeación Andrés Felipe Uribe Medina. Subsecretario Técnico – Secretaría Distrital de Hacienda Revisó: Claudia Marcela Numa Páez. Directora Distrital de Presupuesto – Secretaría Distrital de Hacienda María Alejandra Botiva León. Directora de Inversiones Estratégicas – Secretaría Distrital de Planeación Elaboró: David Joseph Rozo Parra. Contratista, Subsecretaría de Planeación de la Inversión – Secretaría Distrital de Planeación 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8627 • PP. 1-12 • 2026 • JULIO • 27 12 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS Resolución No. 12 de 2026 “Por la cual se aprueba una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud SISS – Centro Oriente E.S.E.”

EL CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 10° del Decreto Distrital 714 de 1996, y en el artículo 233° del Decreto 645 de 2025 y, C O N S I D E R A N D O:

Que mediante Acuerdo No. 17 de 1997 del Concejo Distrital, se transforman los Hospitales en Empresas Sociales del Estado del orden distrital.

Que como Empresas Sociales del Estado, están sujetas al régimen presupuestal de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito, conforme a lo estipulado en el Artículo 3º del Decreto Distrital 714 de 1996, en el Artículo 25° del Acuerdo No. 17 de 1997 y en el Artículo 207° del Decreto 645 de 2025.

Que según lo establecido en el Acuerdo Distrital 641 de 2016 “por el cual se efectúa la reorganización del sector salud de Bogotá, Distrito Capital, se modifica el acuerdo 257 de 2006 y se expiden otras disposiciones”, se reorganizó el sector salud y se fusionan las 22 Empresas Sociales del Estado en las 4 Empresas Sociales del Estado denominadas Subredes Integradas de Servicios de Salud E.S.E.

Que conforme a lo estipulado en el literal e) del artículo 10° del Decreto Distrital 714 de 1996, corresponde al Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal – CONFIS, aprobar y modificar mediante resolución el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito Capital y de las Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquellas.

Que conforme a lo establecido en el artículo 233° del Decreto 645 de 2025, “(…) Las modificaciones presupuestales que afecten el valor total de los ingresos, gastos de funcionamiento, servicio de la deuda y gastos de inversión serán aprobadas por el CONFIS Distrital, previo concepto favorable de la Junta o Consejo Directivo de la empresa y de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto (…)

Así mismo, el mencionado artículo indica que “(…) Para las Empresas Sociales del Estado, antes de su aprobación por el CONFIS Distrital, se requerirá adicionalmente, y en todos los casos, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Salud (…)

Que de acuerdo con el numeral 5° del reglamento interno del Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS, aprobado en sesión CONFIS No. 01 de 2024 y modificado en las sesiones CONFIS No. 04 de 2024 y No. 17 de 2025, las decisiones del CONFIS se notificarán “Mediante Resoluciones suscritas por la Secretaría Técnica y el Secretario(a) Distrital de Hacienda, cuando las decisiones sean de carácter aprobatorio y modificatorio REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8627 • PP. 1-13 • 2026 • JULIO • 27 13 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS Continuación de la Resolución No.12 de 2026 “Por la cual se aprueba una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud SISS – Centro Oriente E.S.E.” del Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito Capital y las Empresas Sociales del Estado”.

Que el CONFIS Distrital mediante Resolución No. 24 del 1 de noviembre de 2025, aprobó los Presupuestos de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de las cuatro (4) Subredes Integradas de Servicios de Salud SISS Empresas Sociales del Estado - E.S.E., para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre del año 2026.

Que la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente E.S.E. presentó para análisis y concepto de la Secretaría Distrital de Salud, una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones 2026 por valor total de $26.115.947.386, recursos provenientes de las Resoluciones No. 339 del 25 de febrero de 2026, 232 del 10 de febrero de 2026 y 105 del 26 de enero 2026 expedidas por el Ministerio de Salud y Protección Social.

Que el Ministerio de Salud y Protección Social mediante la Resolución No. 339 del 25 de febrero de 2026, ordenó asignar recursos del Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Ministerio de Salud y Protección Social, rubro “Apoyo a programas de Desarrollo de la Salud Ley 100 de 1993”, a la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente E.S.E. Los recursos serán destinados exclusivamente para financiar los proyectos de dotación para la adquisición, reposición y renovación de dotación para el Hospital Santa Clara, por valor de $25.270.377.386.

Que el Ministerio de Salud y Protección Social mediante la Resolución No. 232 del 10 de febrero de 2026 ordenó asignar a la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente E.S.E - Hospital Santa Clara, recursos del Presupuesto de Gastos de inversión del Ministerio de Salud y Protección Social, para financiar los proyectos de Postulación para el Subcomponente de Fortalecimiento de la Red integrada e integral Territorial y Servicios de Salud del Programa para Mejorar el acceso a los servicios de salud mental en Colombia, a través de los Centros de Referencia en salud mental. Los recursos se destinarán exclusivamente a la financiación de proyectos orientados a la consolidación o fortalecimiento progresivo como Centros de Referencia Regionales en Salud Mental, con el fin de fortalecer la red nacional de salud mental con enfoque territorial, en el marco de la Redes Integradas e Integrales de Servicios de Salud y de fortalecer las capacidades del talento humano en salud, y del personal comunitario en atención primaria para el desarrollo de acciones de promoción, prevención, atención integral y rehabilitación en salud mental, por valor de $445.570.000.

Que el Ministerio de Salud y Protección Social mediante la Resolución No. 105 del 26 de enero de 2026 ordenó asignar a la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente E.S.E, recursos del Presupuesto de Gastos de Inversión del Ministerio de Salud y Protección Social, vigencia fiscal 2026, por valor de $400.000.000, para cofinanciar el procedimiento de certificación de discapacidad y la implementación del Registro Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad.

Que la Junta Directiva de la SISS Centro Oriente E.S.E mediante Acuerdo No. 25 del 15 de mayo de 2026, emitió concepto favorable a esta adición al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2026 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8627 • PP. 1-14 • 2026 • JULIO • 27 14 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS Continuación de la Resolución No.12 de 2026 “Por la cual se aprueba una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud SISS – Centro Oriente E.S.E.” por valor de $26.115.947.386, recursos provenientes de las Resoluciones No. 339 del 25 de febrero de 2026, 232 del 10 de febrero de 2026 y 105 del 26 de enero 2026 expedidas por el Ministerio de Salud y Protección Social.

Que la Secretaría Distrital de Salud emitió Concepto Favorable No. 016 del 16 de junio de 2026 a esta adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2026 de la SISS Centro Oriente E.S.E., por valor de $26.115.947.386 recursos provenientes de las Resoluciones No. 339 del 25 de febrero de 2026, 232 del 10 de febrero de 2026 y 105 del 26 de enero 2026 expedidas por el Ministerio de Salud y Protección Social.

Que la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, emitió concepto favorable y recomendó al CONFIS Distrital aprobar la adición al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2026 de la SISS Centro Oriente E.S.E., por valor de $26.115.947.386, recursos provenientes de las Resoluciones No. 339 del 25 de febrero de 2026, 232 del 10 de febrero de 2026 y 105 del 26 de enero 2026 expedidas por el Ministerio de Salud y Protección Social.

Que el CONFIS Distrital en sesión No. 11 del 10 de julio de 2026, de acuerdo con el análisis de las justificaciones aportadas y los conceptos favorables y recomendaciones de las Secretarías Distritales de Salud y Hacienda, aprobó la adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la vigencia 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud – SISS Centro Oriente E.S.E., por valor de $26.115.947.386 recursos provenientes de las Resoluciones No. 339 del 25 de febrero de 2026, 232 del 10 de febrero de 2026 y 105 del 26 de enero 2026 expedidas por el Ministerio de Salud y Protección Social.

Que la observancia de los procedimientos legales y presupuestales a que haya lugar por efecto de esta adición presupuestal es responsabilidad y competencia exclusiva de la Subred Integrada de Servicios de Salud – SISS Centro Oriente E.S.E.

RESUELVE:

Artículo primero.

Aprobar una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones para la vigencia 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud – SISS Centro Oriente E.S.E. por valor de $26.115.947.386, conforme al siguiente detalle:

Cifras en pesos CÓDIGO RUBRO MONTO 4.1 INGRESOS $26.115.947.386 4.1.1 Ingresos Corrientes $845.570.000 4.1.2 Recursos de Capital $25.270.377.386 3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8627 • PP. 1-15 • 2026 • JULIO • 27 15 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS Continuación de la Resolución No.12 de 2026 “Por la cual se aprueba una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud SISS – Centro Oriente E.S.E.”

CÓDIGO RUBRO MONTO 4.2 GASTOS $26.115.947.386 4.2.3 Inversión $25.270.377.386 4.2.4 Gastos de operación comercial $845.570.000

Artículo segundo.

La presente resolución rige a partir de la fecha de publicación en el Registro Distrital.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D. C., a los ____ días del mes de ________ de 2026.

Firmado digitalmente por ANA MARIA CADENA RUIZ ANA MARIA CADENA RUIZ ANA MARÍA CADENA RUIZ Secretaria Distrital de Hacienda ABLANQUE MEJIA URSULA Firmado digitalmente por ABLANQUE MEJIA URSULA URSULA ABLANQUE MEJIA Secretaria Técnica de CONFIS Secretaria Distrital de Planeación JULIO ALEJANDRO ABRIL TABARES Firmado digitalmente por JULIO ALEJANDRO ABRIL TABARES Firmado digitalmente por Claudia Firmado digitalmente por ANDRES FELIPE URIBE MEDINA ANDRES FELIPE URIBE MEDINA Marcela Numa Paez BOTIVA LEON MARIA ALEJANDRA Firmado digitalmente por BOTIVA LEON MARIA ALEJANDRA Fecha: 2026.07.24 09:36:29 -05'00' Publicada en el Registro Distrital No. _____ de fecha ____ de ________ de 2026.

Aprobó: Julio Alejandro Abril Tabares. Subsecretario de Planeación de la Inversión – Secretaría Distrital de Planeación Andrés Felipe Uribe Medina. Subsecretario Técnico – Secretaría Distrital de Hacienda Revisó: Claudia Marcela Numa Páez. Directora Distrital de Presupuesto – Secretaría Distrital de Hacienda María Alejandra Botiva León. Directora de Inversiones Estratégicas – Secretaría Distrital de Planeación Elaboró: Esperanza Gómez Torres. Profesional Especializado - Dirección de Inversiones Estratégicas - Secretaría Distrital de Planeación 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8627 • PP. 1-16 • 2026 • JULIO • 27 16 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS Resolución No. 13 de 2026 “Por la cual se aprueba una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud SISS – Sur E.S.E.”

EL CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 10° del Decreto Distrital 714 de 1996, y en el artículo 233° del Decreto 645 de 2025 y, C O N S I D E R A N D O:

Que mediante Acuerdo No. 17 de 1997 del Concejo Distrital, se transforman los Hospitales en Empresas Sociales del Estado del orden distrital.

Que como Empresas Sociales del Estado, están sujetas al régimen presupuestal de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito, conforme a lo estipulado en el Artículo 3º del Decreto Distrital 714 de 1996, en el Artículo 25° del Acuerdo No. 17 de 1997 y en el Artículo 207° del Decreto 645 de 2025.

Que según lo establecido en el Acuerdo Distrital 641 de 2016 “por el cual se efectúa la reorganización del sector salud de Bogotá, Distrito Capital, se modifica el acuerdo 257 de 2006 y se expiden otras disposiciones”, se reorganizó el sector salud y se fusionan las 22 Empresas Sociales del Estado en las 4 Empresas Sociales del Estado denominadas Subredes Integradas de Servicios de Salud E.S.E.

Que conforme a lo estipulado en el literal e) del artículo 10° del Decreto Distrital 714 de 1996, corresponde al Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal – CONFIS, aprobar y modificar mediante resolución el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito Capital y de las Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquellas.

Que conforme a lo establecido en el artículo 233° del Decreto 645 de 2025, “(…) Las modificaciones presupuestales que afecten el valor total de los ingresos, gastos de funcionamiento, servicio de la deuda y gastos de inversión serán aprobadas por el CONFIS Distrital, previo concepto favorable de la Junta o Consejo Directivo de la empresa y de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto (…)

Así mismo, el mencionado artículo indica que “(…) Para las Empresas Sociales del Estado, antes de su aprobación por el CONFIS Distrital, se requerirá adicionalmente, y en todos los casos, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Salud (…)

Que de acuerdo con el numeral 5° del reglamento interno del Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS, aprobado en sesión CONFIS No. 01 de 2024 y modificado en las sesiones CONFIS No. 04 de 2024 y No. 17 de 2025, las decisiones del CONFIS se notificarán “Mediante Resoluciones suscritas por la Secretaría REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8627 • PP. 1-17 • 2026 • JULIO • 27 17 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS Continuación de la Resolución No.13 de 2026 “Por la cual se aprueba una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud SISS – Sur E.S.E.”

Técnica y el Secretario(a) Distrital de Hacienda, cuando las decisiones sean de carácter aprobatorio y modificatorio del Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito Capital y las Empresas Sociales del Estado”.

Que el CONFIS Distrital mediante Resolución No. 24 del 1 de noviembre de 2025, aprobó los Presupuestos de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de las cuatro (4) Subredes Integradas de Servicios de Salud SISS Empresas Sociales del Estado - E.S.E., para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre del año 2026.

Que la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur E.S.E. presentó para análisis y concepto de la Secretaría Distrital de Salud, una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones 2026 por valor total de $148.507.000.000, de acuerdo a sus proyecciones, discriminados así: (i) $134.414.000.000, con cargo a la proyección de mayor valor a facturar por venta de servicios de salud durante la vigencia 2026, equivalente al 83,9 % del mayor aforo proyectado por facturación y (ii) $14.093.000.000, correspondiente al mayor recaudo proyectado por concepto de cuentas por cobrar al cierre de la vigencia 2026.

Que la Junta Directiva de la SISS Sur E.S.E mediante Acuerdo No. 19 del 5 de junio de 2026, emitió concepto favorable a esta adición al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2026 por valor total de $148.507.000.000, recursos provenientes de la proyección de la venta de servicios de salud y mayor valor esperado a recaudar por concepto de cuentas por cobrar durante la vigencia 2026.

Que de acuerdo a las proyecciones realizadas por la Secretaría Distrital de Salud, emitió Concepto Favorable No. 017 del 16 de junio de 2026 a esta adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2026 de la SISS Sur E.S.E., por valor de $142.258.517.951, discriminados así: (i) $128.165.411.320, con cargo a la proyección de mayor valor a facturar por venta de servicios de salud durante la vigencia 2026, equivalente al 80% del mayor aforo proyectado por facturación y (ii) $14.093.106.631, correspondiente al mayor recaudo proyectado por concepto de cuentas por cobrar al cierre de la vigencia 2026, justificado por la Subred.

Que la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, emitió concepto favorable y recomendó al CONFIS Distrital aprobar la adición al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2026 de la SISS Sur E.S.E., por valor total de $44.955.423.669, discriminados así: (i) $30.862.423.669 teniendo en cuenta las proyecciones de recaudo y facturación de las ventas de servicios de salud de la Subred en la vigencia 2026, de acuerdo con el comportamiento observado a mayo de 2026, con base en la ejecución a 30 de mayo, y (ii) $14.093.000.000 correspondiente al mayor recaudo proyectado por concepto de cuentas por cobrar al cierre de la vigencia 2026, sustentando por la Subred.

Que con esta adición, la SISS Sur E.S.E. atenderá Gastos en el Presupuesto de Gastos e Inversiones 2026, así: (i) Gastos de Funcionamiento por valor de $13.392.042.784 y (ii) Gastos de Inversión por valor de $31.563.380.885.

2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8627 • PP. 1-18 • 2026 • JULIO • 27 18 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS Continuación de la Resolución No.13 de 2026 “Por la cual se aprueba una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud SISS – Sur E.S.E.”

Que el CONFIS Distrital en sesión No. 11 del 10 de julio de 2026, de acuerdo con el análisis de las justificaciones aportadas y los conceptos favorables y recomendaciones de las Secretarías Distritales de Salud y Hacienda, aprobó la adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la vigencia 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud – SISS Sur, por valor de $44.955.423.669 recursos provenientes de la proyección de la venta de servicios de salud y mayor valor esperado a recaudar por concepto de cuentas por cobrar durante la vigencia 2026.

Que la observancia de los procedimientos legales y presupuestales a que haya lugar por efecto de esta adición presupuestal es responsabilidad y competencia exclusiva de la Subred Integrada de Servicios de Salud – SISS Sur E.S.E.

RESUELVE:

Artículo primero.

Aprobar una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones para la vigencia 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud – SISS Sur E.S.E. por valor de $44.955.423.669, conforme al siguiente detalle:

Cifras en pesos CÓDIGO RUBRO MONTO 4.1 INGRESOS $44.955.423.669 4.1.1 Ingresos Corrientes $44.955.423.669 4.2 GASTOS $44.955.423.669 4.2.1 Funcionamiento $13.392.042.784 4.2.3 Inversión $31.563.380.885 3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8627 • PP. 1-19 • 2026 • JULIO • 27 19 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS Continuación de la Resolución No.13 de 2026 “Por la cual se aprueba una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones 2026 de la Subred Integrada de Servicios de Salud SISS – Sur E.S.E.”

Artículo segundo.

La presente resolución rige a partir de la fecha de publicación en el Registro Distrital.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D. C., a los ____ días del mes de ________ de 2026.

Firmado digitalmente por ANA MARIA CADENA RUIZ ANA MARIA CADENA RUIZ ANA MARÍA CADENA RUIZ Secretaria Distrital de Hacienda ABLANQUE MEJIA URSULA Firmado digitalmente por ABLANQUE MEJIA URSULA URSULA ABLANQUE MEJIA Secretaria Técnica de CONFIS Secretaria Distrital de Planeación Firmado digitalmente por JULIO ALEJANDRO ABRIL TABARES JULIO ALEJANDRO ABRIL TABARES Firmado digitalmente por ANDRES FELIPE URIBE MEDINA ANDRES FELIPE URIBE MEDINA Firmado digitalmente por Claudia Marcela Numa Paez BOTIVA LEON MARIA ALEJANDRA Firmado digitalmente por BOTIVA LEON MARIA ALEJANDRA Fecha: 2026.07.24 09:37:58 -05'00' Publicada en el Registro Distrital No. _____ de fecha ____ de ________ de 2026.

Aprobó: Julio Alejandro Abril Tabares. Subsecretario de Planeación de la Inversión – Secretaría Distrital de Planeación Andrés Felipe Uribe Medina. Subsecretario Técnico – Secretaría Distrital de Hacienda Revisó: Claudia Marcela Numa Páez. Directora Distrital de Presupuesto – Secretaría Distrital de Hacienda María Alejandra Botiva León. Directora de Inversiones Estratégicas – Secretaría Distrital de Planeación Elaboró: Esperanza Gómez Torres. Profesional Especializado - Dirección de Inversiones Estratégicas - Secretaría Distrital de Planeación 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8627 • PP. 1-20 • 2026 • JULIO • 27 20 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8627 • PP. 1-21 • 2026 • JULIO • 27 21 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8627 • PP. 1-22 • 2026 • JULIO • 27 22 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8627 • PP. 1-23 • 2026 • JULIO • 27 23 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8627 • PP. 1-24 • 2026 • JULIO • 27 24 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8627 • PP. 1-25 • 2026 • JULIO • 27 25 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8627 • PP. 1-26 • 2026 • JULIO • 27 26 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8627 • PP. 1-27 • 2026 • JULIO • 27 27 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8627 • PP. 1-28 • 2026 • JULIO • 27 28 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8627 • PP. 1-29 • 2026 • JULIO • 27 29 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8627 • PP. 1-30 • 2026 • JULIO • 27 30 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8627 • PP. 1-31 • 2026 • JULIO • 27 31 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8627 • PP. 1-32 • 2026 • JULIO • 27 32 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8627 • PP. 1-33 • 2026 • JULIO • 27 33 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8627 • PP. 1-34 • 2026 • JULIO • 27 34 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8627 • PP. 1-35 • 2026 • JULIO • 27 35 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8627 • PP. 1-36 • 2026 • JULIO • 27 36 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8627 • PP. 1-37 • 2026 • JULIO • 27 37 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8627 • PP. 1-38 • 2026 • JULIO • 27 38 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8627 • PP. 1-39 • 2026 • JULIO • 27 39 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8627 • PP. 1-40 • 2026 • JULIO • 27 40 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8627 • PP. 1-41 • 2026 • JULIO • 27 41 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8627 • PP. 1-42 • 2026 • JULIO • 27 42 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8627 • PP. 1-43 • 2026 • JULIO • 27 43 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8627 • PP. 1-44 • 2026 • JULIO • 27 44 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8627 • PP. 1-45 • 2026 • JULIO • 27 45 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8627 • PP. 1-46 • 2026 • JULIO • 27 46 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8627 • PP. 1-47 • 2026 • JULIO • 27 47 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8627 • PP. 1-48 • 2026 • JULIO • 27 48 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8627 • PP. 1-49 • 2026 • JULIO • 27 49 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8627 • PP. 1-50 • 2026 • JULIO • 27 50 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8627 • PP. 1-51 • 2026 • JULIO • 27 51 Pública “Por medio de la cual se actualiza el reglamento interno del Comité Sectorial de Gestión y Desempeño de Hacienda”

20000-24 Proyectos de Acuerdo EL COMITÉ SECTORIAL DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO DEL SECTOR HACIENDA En ejercicio de las facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 2.2.22.3.6 del Decreto Único Reglamentario 1083 de 2015, sustituido por el artículo 1 del Decreto Nacional 1499 de 2017, el artículo 6 de la Resolución 233 de 2018 y

CONSIDERANDO:

El artículo 6 de la Ley 489 de 1998 dispuso que "En virtud del principio de coordinación y colaboración, las autoridades administrativas deben garantizar la armonía en el ejercicio de sus respectivas funciones con el fin de lograr los fines y cometidos estatales (…)”.

Así mismo, el artículo 10 del Acuerdo Distrital 257 de 2006 incorporó el principio de coordinación en la Administración Distrital, indicando que el mismo corresponde a la articulación de programas, proyectos y acciones administrativas a nivel interinstitucional, sectorial, intersectorial y transectorial.

El artículo 37 del invocado Acuerdo dispuso que en cada Sector Administrativo de Coordinación funcionará un Comité Sectorial de Desarrollo Administrativo, hoy denominado Comité Sectorial de Gestión y Desempeño.

Por su parte, el artículo 2.2.22.3.6 del Decreto Nacional 1083 de 2015, sustituido por el artículo 1 del Decreto Nacional 1499 de 2017, establece la definición, naturaleza, funciones y competencias de los Comités Sectoriales de Gestión y Desempeño. En desarrollo de dichas facultades, el artículo 6 de la Resolución 233 de 2018 de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., asigna a estas instancias la capacidad de establecer su propia dinámica operativa y reglamentación interna, garantizando la armonía, articulación y el cumplimiento de las políticas de gestión del Distrito Capital. www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8627 • PP. 1-52 • 2026 • JULIO • 27 52 Mediante la Resolución No. 233 de 2018, expedida por la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., se emitieron los lineamientos para el funcionamiento, operación, seguimiento e informes de las Instancias de Coordinación del Distrito Capital, la cual fue posteriormente modificada por la Resolución No. 753 de 2020 expedida por la misma entidad.

La Resolución SDH-000383 de 2022, expedida por la Secretaría Distrital de Hacienda, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.22.3.6 del Decreto Nacional 1083 de 2015, se actualizó la denominación y las funciones del Comité Sectorial de Gestión y Desempeño de Hacienda.

La Resolución SDH-000168 de 2023, expedida por la Secretaría Distrital de Hacienda, adoptó el reglamento interno del Comité Sectorial de Gestión y Desempeño de Hacienda, acto administrativo que se encuentra vigente a la fecha.

El Decreto Distrital 222 de 2023, compilado en los artículos 86 y siguientes del Decreto Distrital 640 de 2025, reglamentó el Consejo de Gobierno Distrital y derogó el Decreto Distrital 505 de 2007, reconfigurando las instancias de articulación distrital.

La Circular 017 de 2025, expedida por la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., contentiva de las “Aclaraciones e instrucciones adicionales sobre medidas de austeridad y eficiencia del gasto público - Decreto 062 de 2024”, determinó que las modificaciones a la estructura organizacional, plantas de personal y plantas temporales del sector central y descentralizado del orden distrital requieren la aprobación previa del respectivo Comité Sectorial de Gestión y Desempeño.

El régimen de optimización del gasto público, inicialmente previsto en el artículo 3° del Decreto Distrital 062 de 2024, fue integrado y compilado en el artículo 334 del Decreto Distrital 645 de 2025, “Por medio del cual se expide el Decreto Único del Sector Hacienda”.

El Decreto Distrital 640 de 2025, “Por medio del cual se expide el Decreto Único del Sector Gestión Pública”, compiló el Decreto Distrital 221 de 2023, señalando las funciones, objetivos, integración y dinámica de los Comités Sectoriales de Gestión y Desempeño en el Distrito Capital. www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8627 • PP. 1-53 • 2026 • JULIO • 27 53 Debido a la entrada en vigencia de los Decretos Únicos Sectoriales de Hacienda (Decreto Distrital 645 de 2025) y de Gestión Pública (Decreto Distrital 640 de 2025), así como a las atribuciones de control del gasto asignadas por la Circular 017 de 2025 de la Secretaría General, las condiciones operativas y las competencias asignadas al Comité se transformaron, configurando la necesidad de adecuar el reglamento interno de la instancia.

Por consiguiente, con el fin de armonizar el funcionamiento del sector con las directrices vigentes de la gestión pública distrital, se hace necesario derogar la Resolución SDH-000168 de 2023 y actualizar de manera integral el reglamento interno de funcionamiento del Comité Sectorial de Gestión y Desempeño de Hacienda.

En virtud de lo anteriormente expuesto,

ACUERDAN:

Artículo 1.

Adoptar el reglamento Interno del Comité Sectorial de Gestión y Desempeño de Hacienda, en los términos que se establecen en los siguientes artículos.

Capítulo 1.

OBJETO, FUNCIONES E INTEGRACIÓN

Artículo 2.

Objeto. El Comité Sectorial de Gestión y Desempeño de Hacienda es la instancia encargada de dirigir, articular y hacer seguimiento a las políticas y estrategias sectoriales, así como a las políticas de gestión y desempeño, de acuerdo con la normatividad vigente.

Artículo 3.

Funciones. Las funciones del Comité Sectorial de Gestión y Desempeño de Hacienda serán:

1. Orientar la planeación estratégica del sector para el cuatrienio y realizar seguimiento.
2. Dirigir y articular a las entidades del sector administrativo en la implementación y hacer seguimiento al desarrollo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG.
3. Hacer seguimiento a la gestión y desempeño del sector, compartir buenas prácticas de gestión y proponer estrategias para el logro de los resultados.
4. Realizar seguimiento a la ejecución presupuestal del sector y proponer medidas de optimización del gasto, en cumplimiento de los planes de austeridad vigentes.

www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8627 • PP. 1-54 • 2026 • JULIO • 27 54

5. Aprobar de manera previa las modificaciones a la estructura organizacional, planta de personal y plantas temporales que pretendan adoptar las entidades del sector central y descentralizado pertenecientes al sector, de conformidad con las directrices de austeridad y eficiencia del gasto vigentes.
6. Acompañar la construcción del plan de trabajo anual del Comité y la consolidación de los insumos técnicos requeridos para asegurar su operatividad y cumplimiento de sus objetivos.
7. Hacer seguimiento a los compromisos y obligaciones derivados de las sesiones del Comité.
8. Las demás que tengan relación directa con la implementación, operación, desarrollo y evaluación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) en su integridad dentro del sector, o que le sean asignadas por las normas que sustituyan o modifiquen el marco regulatorio del Distrito Capital.

Artículo 4.

Integrantes. El Comité Sectorial de Gestión y Desempeño de Hacienda está conformado por los siguientes integrantes, con voz y voto:

1. El (la) Secretario (a) Distrital de Hacienda, quien lo presidirá.
2. El (la) Director(a) de la Unidad Administrativa Especial de Catastro.
3. El (la) Director(a) del Fondo de Prestaciones Económicas, Cesantías y Pensiones FONCEP.
4. El (la) Gerente de la Lotería de Bogotá.

Parágrafo. El Comité podrá crear equipos de trabajo técnicos, permanentes o transitorios,
conformados por delegados de las entidades del sector para el abordaje de temáticas específicas. La creación de estos equipos constará en los respectivos Acuerdos adoptados por la instancia.

Artículo 5.

Invitados/as a los Comités Sectoriales de Gestión y Desempeño. Concurrirán a las sesiones del Comité, con voz, pero sin voto, los siguientes invitados:

1. Invitado Permanente: Un/a (1) delegado/a del nivel directivo o asesor de la Secretaría Distrital de Planeación, con el propósito de acompañar y articular de manera continua la planeación del desarrollo de Bogotá.

www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8627 • PP. 1-55 • 2026 • JULIO • 27 55

2. Invitados Especiales: Se convocará a las sesiones respectivas, según la especificidad de los asuntos a tratar, a los siguientes delegados: a) Un/a (1) delegado/a del nivel directivo o asesor de la Veeduría Distrital, para las sesiones en las cuales se realice el seguimiento a la ejecución de las políticas sectoriales y de gestión y desempeño, con el fin de ejercer sus funciones de acompañamiento preventivo, vigilancia y control. b) Los/las directivos(as) o servidores(as) de las dependencias técnicas internas de la Secretaría Distrital de Hacienda (tales como Presupuesto, Tesorería o Contabilidad), cuando se sometan a discusión asuntos relacionados con la sostenibilidad fiscal, financiera o presupuestal del Distrito Capital.

Parágrafo. El Comité, por conducto de la Secretaría Técnica y previa autorización de la
Presidencia, podrá convocar en calidad de invitados ocasionales o ad hoc a representantes de otras entidades públicas del orden distrital o nacional, órganos de control, particulares o expertos, cuando la temática de la agenda lo requiera.

Capítulo 2.

FUNCIONAMIENTO

Artículo 6.

Organización. El Comité Sectorial de Gestión y Desempeño de Hacienda contará para su funcionamiento con una Presidencia y una Secretaría Técnica.

Parágrafo Primero. La Presidencia del Comité Sectorial de Gestión y Desempeño de Hacienda
será ejercida por el(la) Secretario(a) Distrital de Hacienda, cuyo rol principal será orientar y liderar la gestión del Comité.

Son funciones de la Presidencia:

1. Orientar, liderar y promover la articulación de la gestión del Comité a nivel sectorial, intersectorial, regional y nacional.
2. Programar y fijar el calendario de las sesiones ordinarias durante el primer cuatrimestre de cada vigencia fiscal.
3. Convocar a sesiones extraordinarias cuando las necesidades del sector lo requieran.
4. Aprobar el Plan Anual de Trabajo del Comité formulado por la Secretaría Técnica.

www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8627 • PP. 1-56 • 2026 • JULIO • 27 56

5. Suscribir los actos administrativos de decisión (Acuerdos), las actas y el informe de gestión anual del Comité.
6. Coordinar con la Secretaría Técnica la publicación oportuna de los documentos e informes de la instancia.
7. Las demás funciones inherentes al ejercicio de la representación y dirección de la instancia.

Parágrafo Segundo. La Secretaría Técnica, cuyo rol principal es articular la gestión del Comité
y realizar el seguimiento a su funcionamiento. será ejercida por el (la) jefe (a) de la Oficina Asesora de Planeación de la Secretaría Distrital de Hacienda.

Son funciones de la Secretaría Técnica:

1. Proyectar y someter a aprobación las actualizaciones del reglamento interno del Comité.
2. Realizar las convocatorias a las sesiones ordinarias y extraordinarias.
3. Verificar el quórum deliberatorio y decisorio antes de iniciar cada sesión.
4. Consolidar el orden del día y estructurar el Plan Anual de Trabajo del Comité para aprobación de la Presidencia.
5. Presentar ante el pleno los documentos técnicos, planes, estrategias y proyectos propuestos por los integrantes.
6. Elaborar las actas e informes de gestión trimestrales y coordinar su suscripción con la Presidencia.
7. Administrar, custodiar y conservar el archivo documental y el registro histórico de las decisiones tomadas por el Comité.
8. Gestionar la publicación de los Acuerdos, actas, reglamentos e informes del Comité en la página web oficial de la Secretaría Distrital de Hacienda.
9. Efectuar el seguimiento al estado de cumplimiento de los compromisos adquiridos por los miembros.

Capítulo 3.

DE LAS SESIONES

Artículo 7.

Sesiones. El Comité Sectorial de Gestión y Desempeño de Hacienda sesionará de forma ordinaria con una periodicidad cuatrimestral. La primera sesión ordinaria tendrá lugar dentro del primer cuatrimestre de cada vigencia fiscal, oportunidad en la cual se fijará la agenda técnica y el cronograma anual de trabajo.

www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8627 • PP. 1-57 • 2026 • JULIO • 27 57 Asimismo, podrá sesionar de manera extraordinaria por convocatoria de la Presidencia cuando la urgencia, especificidad e importancia de un asunto impida esperar a la siguiente sesión ordinaria.

Parágrafo Primero. Las sesiones ordinarias o extraordinarias podrán desarrollarse bajo
modalidades virtuales de forma sincrónica o asincrónica, haciendo uso de herramientas tecnológicas que aseguren la comunicación interactiva de los miembros.

Parágrafo Segundo. Las convocatorias a sesiones ordinarias presenciales o virtuales
sincrónicas se remitirán por medios físicos o electrónicos con una antelación mínima de cinco (5) días hábiles, adjuntando el orden del día. Para el caso de sesiones virtuales asincrónicas, la convocatoria podrá realizarse con un mínimo de dos (2) días hábiles de anticipación.

Artículo 8.

Quórum y Decisiones. Habrá quórum deliberatorio y decisorio cuando concurran la mitad más uno de los integrantes del Comité con derecho a voto. Las decisiones se adoptarán por mayoría simple de los miembros asistentes. Sin perjuicio de lo anterior, y para efectos de preservar la coherencia de la instancia, toda decisión adoptada por el Comité requerirá de manera obligatoria para su validez del voto favorable del/la Presidente(a).

Parágrafo. La ausencia de los integrantes del Comité a las sesiones deberá ser informada por
escrito a la Secretaría Técnica.

Artículo 9.

Trámite de Documentos. Los documentos técnicos, propuestas o proyectos de modificación institucional que requieran aprobación del Comité deberán remitirse a la Secretaría Técnica con una antelación mínima de diez (10) días hábiles a la realización de la sesión, en formato magnético. La Secretaría Técnica remitirá dichos documentos a los miembros para garantizar el estudio previo de los asuntos.

Artículo 10.

Actos de Decisión. Las decisiones del Comité mediante las cuales se definan, adopten o formulen políticas, estrategias, reglamentaciones o planes de carácter sectorial se denominarán "Acuerdos" y contarán con una numeración consecutiva. Estos actos llevarán la firma del Presidente y del Secretario Técnico.

www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8627 • PP. 1-58 • 2026 • JULIO • 27 58

Artículo 11.

Actas. De cada sesión, la Secretaría Técnica levantará un acta siguiendo el orden del día, la cual dará cuenta de las deliberaciones, los compromisos asumidos y el sentido de las votaciones.

Artículo 12.

Informes de Gestión. El Comité Sectorial de Gestión y Desempeño de Hacienda deberá publicar un informe de gestión trimestral y un informe de gestión anual en la página web, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Resolución 233 de 2018, modificado por el artículo 1 de la Resolución 753 de 2020 de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Capítulo 4.

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 13.

Vigencia y Derogatorias. El presente Acuerdo rige a partir de su expedición y deroga la Resolución SDH - 000168 de 2023, y demás normativa interna que le sea contraria.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada (o) en Bogotá, D.C., a los días del mes de de 2026 Firmado digitalmente por ANA MARIA CADENA RUIZ ANA MARIA CADENA RUIZ ANA MARÍA CADENA RUÍZ Secretaria Distrital de Hacienda Presidenta Firmado digitalmente por HELGA HERNÁNDEZ REYES HELGA HERNÁNDEZ REYES HELGA HERNÁNDEZ REYES Jefe Oficina Asesora de Planeación Firmado digitalmente por Marcela Gómez Martinez Marcela Gómez Martinez Firmado digitalmente por Vanesa Ruiz Jiménez Vanesa Ruiz Jiménez Firmado digitalmente por Hugo Armando Salinas Rodríguez Fecha: 2026.07.06 11:01:00 -05'00' Hugo Armando Salinas Rodríguez Secretaria Técnica Aprobado: Marcela Gómez- Marcela Gómez – Directora Jurídica Revisado: Vanesa Ruiz Jiménez – Subdirectora Jurídica Proyectado: Hugo A Salinas R– Profesional Especializado Oficina Asesora de Planeación www.haciendabogota.gov.co Carrera 30 N.° 25-90 - Bogotá, D. C. Código postal: 111311 PBX: (+57) 601 338 50 00 Información: Línea 195 NIT. 899.999.061-9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8627 • PP. 1-59 • 2026 • JULIO • 27 59

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