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Registro Distrital 8582 de 2026

Registro Distrital 8582 de 2026 Nivel Distrital

Tipo
Registro Distrital
Número
8582
Año
2026
Fecha
20 de mayo de 2026
Entidad
Nivel Distrital
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

5,5 ALCALDE MAYOR Carlos Fernando Galán Pachón REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 • No. 8582 - Pp 1 - 275 - 2026 • MAYO • 20 CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Descentralizado EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ ESP - JUNTA DIRECTIVA ACUERDO Nº 254 Por medio del cual se fija el incremento salarial para la vigencia fiscal 2026 de los empleados públicos que conforman la planta de empleos de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá-ESP....................................................... 4 Sector Central RESOLUCIONES 2026 SECRETARÍA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN Nº 416 “Por medio de la cual se ordena la apertura de Los Laboratorios de Oportu nidades Culturales Étnicas de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”............................................................................................................ 9 RESOLUCIÓN Nº 429 “Por medio de la cual se ordena la apertura de los Laboratorios de transforma ciones culturales para la paz dirigido a pueblos indígenas víctimas del conflicto armado, de la Secretaría Distrital de Cultura,Recreación y Deporte”............. 46 RESOLUCIÓN Nº 431 “Por medio de la cual se ordena la apertura de los Laboratorios de transforma ciones culturales para la paz dirigido a pueblos (Negros, Afro, Raizales, Pa lenqueros) víctimas del conflicto armado, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”.................................................................................. 116 RESOLUCIÓN Nº 435 “Por medio de la cual se ordena la apertura de los Laboratorios de transforma ciones culturales para la paz, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”........................................................................................................ 180 SECRETARÍA GENERAL RESOLUCIÓN Nº 278 “Por la cual se deroga un nombramiento en periodo de prueba efectuado me diante la Resolución No. 079 del 9 de febrero de 2026”............................... 250 Sector Descentralizado INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO - IDU RESOLUCIÓN Nº 1300 “Por medio del cual se anuncia el Proyecto Puente Vehicular sobre La Quebra da Los Santos de la Vereda El Verjón Bajo, Localidad de Chapinero en Bogotá D.C.”.............................................................................................................. 253 Sector Local DECRETOS LOCALES 2026 ALCALDÍA LOCAL DE KENNEDY DECRETO LOCAL Nº 001 “POR MEDIO DEL CUAL SE EFECTÚA UNA MODIFICACIÓN PRESUPUES TAL EN EL PRESUPUESTO ANUAL DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE KENNEDY, PARA LA VIGENCIA FISCAL 2026”.............................................................................................. 269 ALCALDÍA LOCAL DE BARRIOS UNIDOS DECRETO LOCAL Nº 002 “Por el cual se ajusta el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Barrios Unidos para la vigencia fiscal 2026”................. 274 AÑO 60 NÚMERO 8582 20 • MAYO • 2026 SECRETARÍA GENERAL ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL.

LA PUBLICACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS EN EL REGISTRO DISTRITAL SE REALIZA DE ACUERDO A LA LEY 1437 DEL 2011 EN SU ARTÍCULO 65 MODIFICADO POR LA LEY 2080 DE 2021 “POR LA CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO”.

CORREO: REGISTRODISTRITAL@ALCALDIABOGOTA.GOV.CO DIRECCIÓN: CALLE 11 SUR #1-60 ESTE - LA MARÍA - BOGOTÁ D.C.

TELÉFONO: 381 3000 EXT. 5010 - 5202 SUBDIRECTORA IMPRENTA DISTRITAL: MARÍA ANGÉLICA PUMAREJO HINOJOSA ACUERDO DE 2026 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-4 • 2026 • MAYO • 20 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-5 • 2026 • MAYO • 20 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-6 • 2026 • MAYO • 20 6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-7 • 2026 • MAYO • 20 7 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-8 • 2026 • MAYO • 20 8 RESOLUCIONES DE 2026 *20261100278193* Radicado: 20261100278193 Fecha: 11-05-2026 RESOLUCIÓN No. 416 DE 13 DE MAYO DE 2026 "Por medio de la cual se ordena la apertura de Los Laboratorios de Oportunidades Culturales Étnicas de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte"

EL SECRETARIO DE DESPACHO De la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Decreto Único del Sector Cultura, Recreación y Deporte No. 649 de 22 de diciembre de 2025 y,

CONSIDERANDO:

Que los artículos 70 y 71 de la Constitución Política de Colombia, establecen el deber del Estado de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades y otorga la competencia para establecer mecanismos positivos para fomentar el desarrollo artístico, cultural y patrimonial de la Nación.

Que el numeral 3 del artículo 1° de la Ley 397 de 1997, “Por la cual se desarrollan los artículos 70, 71 y 72 y demás artículos concordantes de la Constitución Política y se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura y se trasladan algunas dependencias.” señala que: “(…) El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de reconocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación colombiana (…)”.

Que la ley en cita en su artículo 17 señala:

“(…) DEL FOMENTO. El Estado a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, fomentará las artes en todas sus expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas, como elementos del diálogo, el intercambio, la participación y como expresión libre y primordial del pensamiento del ser humano que construye en la convivencia pacífica”.

Que así mismo, el artículo 18 de la mencionada ley establece:

"(…) El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos especiales y promocionará la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones Página 1 de 8 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-9 • 2026 • MAYO • 20 9 *20261100278193* Radicado: 20261100278193 Fecha: 11-05-2026 RESOLUCIÓN No. 416 DE 13 DE MAYO DE 2026 "Por medio de la cual se ordena la apertura de Los Laboratorios de Oportunidades Culturales Étnicas de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte" culturales. Para tal efecto establecerá, entre otros programas, bolsas de trabajo, becas, premios anuales, concursos, festivales, talleres de formación artística, apoyo a personas y grupos dedicados a actividades culturales, ferias, exposiciones, unidades móviles de divulgación cultural, y otorgará incentivos y créditos especiales para artistas sobresalientes, así como para integrantes de las comunidades locales en el campo de la creación, la ejecución, la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo (…)”

Que el Decreto Distrital 649 de 2025, “Por medio del cual se expide el Decreto Único del Sector Cultura, Recreación y Deporte”, dispone en su artículo 4 que: “La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte tiene por objeto orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculadas y la sociedad civil”.

Que el numeral 10 del artículo 5 del Decreto Distrital 649 de 2025 establece, entre las funciones de la SCRD, la siguiente: “(…) Gestionar la ejecución de las políticas, planes y proyectos culturales y artísticos, con el fin de garantizar el efectivo ejercicio de los derechos culturales y fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo (…)”.

Que le corresponde a la Subsecretaría de Gobernanza, en desarrollo de la función prevista en el numeral 8 del artículo 14 del Decreto Distrital 649 de 2025, lo siguiente: “(…) Dirigir estrategias, planes, programas y proyectos orientados a la identificación reconocimiento, fomento, sensibilización, formación, promoción y difusión del arte, la cultura y el patrimonio en los diferentes grupos poblacionales (…)”.

Que en los términos del decreto en mención, la Dirección de Asuntos Locales y Participación, en el artículo 17, tendrá a su cargo, entre otras, las siguientes funciones: “(…) 6. Diseñar y ejecutar estrategias, planes, programas y proyectos orientados a la identificación reconocimiento, fomento, sensibilización, formación, promoción y difusión del arte, la cultura y el patrimonio en los diferentes grupos poblacionales (…)”.

Que el documento CONPES D.C. “POLÍTICA PÚBLICA DISTRITAL DE ECONOMÍA CULTURAL Y CREATIVA 2019-2038”, definió como uno de los objetivos específicos de dicha Política “(…) 4.2.3 Ampliar mecanismos de apoyo financiero dirigido a los agentes Página 2 de 8 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-10 • 2026 • MAYO • 20 10 *20261100278193* Radicado: 20261100278193 Fecha: 11-05-2026 RESOLUCIÓN No. 416 DE 13 DE MAYO DE 2026 "Por medio de la cual se ordena la apertura de Los Laboratorios de Oportunidades Culturales Étnicas de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte" del sector cultural y creativo”, para lo cual: “(…) La Secretaría Distrital de Cultura Recreación y Deporte en articulación con entidades públicas y privadas, realizará actividades de gestión y acompañamiento técnico que permitan aumentar el número de los agentes del sector cultural y creativo que acceden a financiación. Para el efecto, se ampliarán los mecanismos de apoyo financiero dirigido a los agentes del sector cultural y creativo, para que puedan apalancar la producción de bienes y servicios, a través del acceso a recursos no reembolsables, y fortalecimiento de servicios de financiación (…)”.

Que el Plan Distrital de Desarrollo “Bogotá Camina Segura”, en su artículo 10. indica los Programas del objetivo estratégico “Bogotá confía en su Bien- Estar”, donde, en su numeral 10.8. establece el programa 14. Bogotá deportiva, recreativa, artística, patrimonial e intercultural, el cual aborda lo siguiente: “(…) Realizar laboratorios creativos en barrios, como mecanismo de interacción para fortalecer los procesos de artistas, agrupaciones, colectivos, organizaciones y líderes socioculturales, así como en espacios culturales y eventos comunitarios, mediante estrategias conjuntas de formación, creación, circulación, investigación y apropiación de las artes con enfoque diferencial de género. Se velará por la formación de público desde las diferentes dimensiones y procesos del campo artístico y cultural, promoviendo estrategias que pretendan disminuir barreras de acceso para el ejercicio de derechos culturales. (…)”

Que con el objetivo de orientar la implementación del enfoque diferencial étnico en la estrategia de Barrios Vivos a través de los Laboratorios de Oportunidades Étnicos, estableciendo lineamientos claros que permitan a los pueblos y comunidades étnicas, equipos de gestores, laboratoristas, enlaces y directivos, acompañar de manera coherente y articulada los procesos de cocreación de los hitos culturales étnicos de escala barrial bajo enfoques de participación colectiva, poblacional, dinámicas propias, corresponsabilidad, viabilidad territorial y fortalecimiento de capacidades innovadoras para la gestión cultural local.

Que los “Laboratorios de Oportunidades Culturales Étnicas” cuentan con una guía operativa que tiene como propósito orientar la implementación paso a paso de los Laboratorios de Oportunidades Culturales, la cual está dirigida a la ciudadanía y a los equipos misionales de la SCRD, facilitadores, Comité Validador y demás actores institucionales encargados de ejecutar, acompañar y hacer seguimiento a los procesos y actividades desarrolladas en los laboratorios.

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REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-11 • 2026 • MAYO • 20 11 *20261100278193* Radicado: 20261100278193 Fecha: 11-05-2026 RESOLUCIÓN No. 416 DE 13 DE MAYO DE 2026 "Por medio de la cual se ordena la apertura de Los Laboratorios de Oportunidades Culturales Étnicas de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte"

Que la presente apertura tiene por objeto la entrega de incentivos económicos en el marco de los Laboratorios de Oportunidades Culturales Étnicas, por un valor de hasta DOSCIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($200.000.000), los cuales serán asignados a dos (2) laboratorios, por un monto de hasta CIEN MILLONES DE PESOS M/ CTE ($100.000.000) cada uno, conforme a su nivel de complejidad, las necesidades del hito cultural concertado y los criterios de distribución de recursos que establezca el Comité Validador Interno, conformado para tal efecto por la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte.

Que en consecuencia, mediante el presente acto administrativo la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte dispone la apertura de los “Laboratorios de Oportunidades Culturales Étnicas”, soportada en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal que se describe a continuación:

CONCEPTO DEL TOTAL DEL RUBRO GASTO FONDO VALOR NÚMERO DEL CPD OBJETO RUBRO DESCRIPCIÓN Fortalecimiento de la gobernanza territorial, la participación O2320202009911 24 Servicios de la administración 854 de marzo 17 de O230117330 200.000.000 incidente y la atención diferenciada de los laboratorio étnico de 2026 Invitación focalizada - 1-100-F001 VA- RECURSOS 120240217 comunidades pública relacionados con la recreación, DISTRITO la cultura y la grupos étnicos, etarios y sectores sociales desde las religión prácticas culturales en Bogotá D.C.

Que las condiciones, criterios y responsabilidades asociadas a la participación en los Laboratorios de Oportunidades Culturales se encuentran detalladas en los documentos denominados “Condiciones de Participación” y en la “Guía Operativa de Laboratorios de Oportunidades Culturales” denominada ANEXO 1 PCR-PR-25-GU- 02 GUÍA OPERATIVA DE LABORATORIOS DE OPORTUNIDADES CULTURALES, la cual constituye la ruta oficial de acceso de la ciudadanía a esta línea estratégica de fomento no competitivo. Esta guía organiza de manera clara y articulada los principios, etapas metodológicas, proceso de participación, criterios de viabilidad y pertinencia de hitos culturales y demás lineamientos para la asignación de incentivos, conforme a los principios de igualdad, transparencia, publicidad, participación, imparcialidad, inclusión, moralidad, cooperación, eficacia y corresponsabilidad. Dicho documento, hace parte Página 4 de 8 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-12 • 2026 • MAYO • 20 12 *20261100278193* Radicado: 20261100278193 Fecha: 11-05-2026 RESOLUCIÓN No. 416 DE 13 DE MAYO DE 2026 "Por medio de la cual se ordena la apertura de Los Laboratorios de Oportunidades Culturales Étnicas de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte" integral de la presente resolución y estará disponible para consulta pública en el enlace de Transparencia y acceso a la información pública:

Guía: ANEXO 1 PCR-PR-25-GU-02 GUÍA OPERATIVA DE LABORATORIOS DE OPORTUNIDADES CULTURALES Disponible en: https://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/sites/default/files/2026- 03/1_anexo_laboratorios_de_oportunidades_culturales_etnicas_0.pdf Condiciones de Participación:

Disponible en: https://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/es/84-informacion-barriosvivos#LaboratoriosdeOportunidadesCulturalesLOC Que de conformidad con lo anterior y en cumplimiento del marco normativo señalado, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, dispone la apertura de “Los Laboratorios de Oportunidades Étnicas.”

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo primero.

Ordenar la apertura de “Los Laboratorios de Oportunidades Culturales Étnicas” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo, y la misma contempla lo que se describe a continuación:

MECANISMO TIPO DE INCENTIVO MONTO TOTAL CDP DEPENDENCIA(S)

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REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-13 • 2026 • MAYO • 20 13 *20261100278193* Radicado: 20261100278193 Fecha: 11-05-2026 RESOLUCIÓN No. 416 DE 13 DE MAYO DE 2026 "Por medio de la cual se ordena la apertura de Los Laboratorios de Oportunidades Culturales Étnicas de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte"

ENCARGADA Bolsa de Recursos DOSCIENTOS MILLONES DE PESOS ($200.000.000)

Dirección de Asuntos Locales y Participación 854 de marzo 17 de 2026 M/CTE ($200.000.000)

Fomento no competitivo - Laboratorios de Oportunidades Culturales de Barrios Vivos - Laboratorios Incentivos económicos asignados a través de una bolsa de recursos para 2 laboratorios, cada uno por de Oportunidades valor de hasta CIEN MILLONES Étnicas DE PESOS M/CTE ($100.000.000) de acuerdo con la complejidad del laboratorio, las necesidades de cada hito cultural concertado PARÁGRAFO: Los recursos para el desarrollo y ejecución de “Los Laboratorios de Oportunidades Étnicas” se encuentran respaldados con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal mencionado en el presente artículo.

Artículo segundo.

Los requisitos y condiciones de participación en “Los Laboratorios de Oportunidades Étnicas” que tienen apertura mediante el presente acto administrativo, se encuentran establecidos en los documentos denominados “Condiciones de Participación” y en la “Guía Operativa de Laboratorios de Oportunidades Culturales” denominada ANEXO 1 PCR-PR-25-GU-02 GUÍA OPERATIVA DE LABORATORIOS DE OPORTUNIDADES CULTURALES, los cuales forman parte integral de la presente resolución.

Parágrafo. Las modificaciones a los términos de “Los Laboratorios de
Oportunidades Étnicas” citados en el presente acto administrativo se podrán realizar mediante aviso modificatorio, el cual deberá ser publicado en el respectivo enlace de Transparencia y acceso a la información pública de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte https://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/es/transparenciaacceso-informacion-publica.

Artículo tercero.

Realizar por la Dirección de Asuntos Locales y Participación de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte los trámites correspondientes al desembolso de los incentivos económicos previstos en los referidos “Los Laboratorios

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REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-14 • 2026 • MAYO • 20 14 *20261100278193* Radicado: 20261100278193 Fecha: 11-05-2026 RESOLUCIÓN No. 416 DE 13 DE MAYO DE 2026 "Por medio de la cual se ordena la apertura de Los Laboratorios de Oportunidades Culturales Étnicas de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte" de Oportunidades Étnicas”, de conformidad con el artículo primero del presente acto administrativo, acorde con los procesos y procedimientos definidos en este organismo.

Artículo cuarto.

Publicar por la Dirección de Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano la presente resolución y junto con la “Condiciones de Participación” y la “Guía Operativa de Laboratorios de Oportunidades Culturales” ANEXO 1 PCR-PR-25-GU-02 GUÍA OPERATIVA DE LABORATORIOS DE OPORTUNIDADES CULTURALES, en el enlace de Transparencia y acceso a la información pública de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte: https://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/es/84-informacion-barriosvivos#LaboratoriosdeOportunidadesCulturalesLOC https://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/sites/default/files/2026- 03/1_anexo_laboratorios_de_oportunidades_culturales_etnicas_0.pdf

Asimismo, por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano publicar el contenido de la presente resolución en la Gaceta Distrital y en el Régimen Legal de Bogotá y en la página web de la Secretaría.

Artículo quinto.

Comunicar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano el contenido de la presente resolución a través de la herramienta ORFEO, a la Subsecretaría de Gobernanza y la Dirección de Asuntos Locales y Participación para los trámites de su competencia.

Artículo sexto.

El presente acto administrativo rige a partir del día siguiente a su publicación y contra este no procede recurso alguno en los términos del artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C., a los trece (13) días del mes de mayo (05) de dos mil veintiséis (2026).

SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR Secretario de Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Proyectó Santiago Rodríguez Flórez - Contratista Oficina Jurídica. Revisó: Miguel Ángel Solano Rojas – Contratista Subsecretaría de Gobernanza. Aprobó: Felipe Duarte Alvarez – Director de Asuntos Locales y Participación.

Página 7 de 8 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-15 • 2026 • MAYO • 20 15 *20261100278193* Radicado: 20261100278193 Fecha: 11-05-2026 RESOLUCIÓN No. 416 DE 13 DE MAYO DE 2026 "Por medio de la cual se ordena la apertura de Los Laboratorios de Oportunidades Culturales Étnicas de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte"

Ana María Boada Ayala – Subsecretaria de Gobernanza Revisó: Diego Eduardo Beltrán Hernández – Contratista Oficina Jurídica. Aprobó revisión y ajustó: Héctor Ricardo Ojeda Sierra – Jefe (E) Oficina Jurídica.

Documento 20261100278193 firmado electrónicamente por:

Santiago Trujillo Escobar Secretario de Cultura, Recreación y Deporte Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Fecha firma: 13-05-2026 11:38:18 Hector Ricardo Ojeda Sierra (E)

Jefe Oficina Juridica (E) Oficina Jurídica Fecha firma: 13-05-2026 11:33:30 Santiago Rodriguez Florez Contratista Oficina Jurídica Fecha firma: 11-05-2026 11:32:04 Ana María Boada Ayala Subsecretaría de Gobernanza Subsecretaría de Gobernanza Fecha firma: 13-05-2026 10:11:01 Miguelangel Solano Rojas Contratista Subsecretaría de Gobernanza Fecha firma: 13-05-2026 09:55:21 Julian Felipe Duarte Alvarez Director de Asuntos Locales y Participación Dirección de Asuntos Locales y Participación Fecha firma: 11-05-2026 12:04:53 Juan Esteban Quintero Paez Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 22 Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano Fecha firma: 13-05-2026 12:25:39 8798cd47b2f0efb046fe9ee596d4ffafd288ff26d525ae4484801e16d4a8401a Codigo de Verificación CV: bc3e8 Página 8 de 8 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-16 • 2026 • MAYO • 20 16 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 1 de 11 Condiciones Generales Nombre de la línea estratégica: Laboratorio de Oportunidades Culturales – LOC Laboratorio de oportunidades culturales étnicas Dirección responsable: Dirección de Asuntos Locales y Participación Documento orientador del proceso:

PCR-PR-25-GU-02 v3 Guía Operativa de Laboratorios de Oportunidades Culturales https://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/es/transparen cia-acceso-informacion-publica/informacion-entidad/pcr-pr- 25-gu-02-v3-guia-operativa-de Anexo 1: laboratorios de oportunidades culturales Étnicas https://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/sites/ default/files/2026- 03/1_anexo_laboratorios_de_oportunidades_culturales_etni cas_0.pdf ¿Cómo puedo solicitar el cambio de integrante o representante de una agrupación inscrita?

Cualquier modificación de integrantes o representante de una agrupación podrá realizarse antes de emitida el Acta de Concertación del Hito Cultural con su respectiva justificación ante la SCRD a través del correo correspondencia.externa@scrd.gov.co dirigido a la Dirección de Asuntos Locales y Participación.

Es importante tener en cuenta que tanto el representante como los integrantes de la agrupación deben cumplir con el 80% de asistencia mínima de todas las sesiones del laboratorio.

Documentos administrativos:

Legalización, desembolso, retenciones y costos del incentivo

- Copia de documento de identidad.
- Copia de RUT actualizado.
- Certificación bancaria actualizada.
- Documentos de identificación del representante legal (cuando aplique).
- Póliza de cumplimiento de disposiciones legales constituida a favor de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - NIT 899.999.061-9, por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, que ampare el riesgo por el treinta por ciento (30%) del valor total del incentivo económico, con una vigencia igual a la fecha límite de ejecución mismo y cuatro (4) meses más. La póliza deberá estar acompañada del soporte de pago y de las condiciones generales que la rigen.
- Certificado de existencia y representación legal (cuando aplique).
- Certificación afiliación a seguridad social.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-17 • 2026 • MAYO • 20 17 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 2 de 11 Desembolso: 1er Desembolso (70% de los recursos). 2do Desembolso (30% de los recursos finales).

Destinación de los recursos para la ejecución de la iniciativa:

Los recursos entregados por la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) a los beneficiarios de incentivos de los Laboratorios de Oportunidades Étnicos tienen como único propósito fomentar la ejecución de actividades concertadas dentro del hito cultural, según lo establecido en la Propuesta de Hito Cultural y en el Acta de Concertación suscrita por la comunidad y la institucionalidad.

Estos recursos constituyen un incentivo económico de fomento cultural y, por tanto, deben usarse exclusivamente para los fines previamente acordados y validados por el equipo facilitador y el Comité Validador. Su uso debe guardar coherencia con los objetivos del hito y los principios de corresponsabilidad, transparencia y beneficio colectivo que orientan todo el proceso.

En consecuencia:

- Los recursos no pueden ser utilizados para fines personales o comerciales, ni para actividades no contempladas en el hito concertado.
- El uso del recurso será objeto de seguimiento y verificación por parte del equipo facilitador, mediante la revisión del Informe de Ejecución del Beneficiario y las evidencias que lo acompañen.
- El uso indebido o no justificado de los recursos podrá derivar en la no certificación del proceso, la no entrega del incentivo final, o la restricción para futuras participaciones en mecanismos de fomento cultural.

Ejecución del incentivo:

Una vez firmada el Acta de Concertación del Hito Cultural, publicada la resolución de reconocimiento de beneficiarios y hecho el primer desembolso, la persona, agrupación o entidad responsable podrá dar inicio a la ejecución de la actividad concertada. Esto significa que debe desarrollar la iniciativa en los tiempos, condiciones y con el enfoque comunitario acordado en el laboratorio.

Es importante tener en cuenta que:

- El incentivo económico correspondiente al setenta por ciento (70%) del valor a ejecutar se entrega previo a la implementación o desarrollo de la

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-18 • 2026 • MAYO • 20 18 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 3 de 11 actividad.
- Por tanto, la persona beneficiaria contará con el acompañamiento constante en lo técnico y logístico para la ejecución del mismo desde el equipo facilitador de la SCRD.
- Una vez ejecutada la actividad, el/la beneficiario(a) deberá presentar el Informe de Ejecución del Beneficiario, con las evidencias correspondientes.
Solo después de validar este informe se podrá tramitar el desembolso correspondiente al treinta por ciento (30%) restante del incentivo.

La ejecución de la actividad debe respetar los acuerdos concertados con la comunidad, garantizar el enfoque territorial y velar por el uso ético y transparente de los recursos públicos.

Nota: en ningún caso, la SCRD y sus entidades adscritas y vinculadas se harán responsables de intermediaciones o acuerdos privados que se lleguen a realizar con terceros, en relación con los recursos otorgados con el incentivo. Tampoco se harán responsables de los acuerdos internos entre participantes, integrantes de las agrupaciones o equipos de trabajo en relación con los incentivos otorgados.

Condiciones Específicas Nombre del incentivo: Laboratorio de Oportunidades Culturales – LOC Laboratorio de oportunidades culturales étnicas Categorías (__) Si (_X_) No Tipo de incentivo: (__) Económico fijo (__) En Especie (__) Mixto (_X_) Bolsa de Recursos Descripción del incentivo: Invitación focalizada - laboratorio étnico de comunidades Incentivos económicos asignados a través de una bolsa de recursos de acuerdo con los criterios de asignación de recursos que defina el Comité Validador.

Condiciones para la Viabilidad y Pertinencia de un Hito Cultural de la Guía Operativa de los “Laboratorios de Oportunidades de Barrios Vivos - Capítulo Étnico”. Los incentivos económicos están destinados a la ejecución de las actividades de un hito cultural, que es concertado por la comunidad con base en la información consignada en la Guía Operativa “pcr-gu-03_v1 guía operativa de laboratorios de oportunidades culturales” dispuesta para este tipo de laboratorios de Barrios Vivos y la Resolución 484 de 19 de REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-19 • 2026 • MAYO • 20 19 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 4 de 11 junio de 2025.

No. 854 del 17-03-2026 CDP (Solo si entrega incentivos económicos)

Valor total de los recursos: $ 200.000.000 (doscientos millones de pesos)

Incentivos económicos asignados a través de una bolsa de recursos para cada laboratorio por CIEN MILLONES DE PESOS M/CTE ($100.000.000).

¿Cómo se realizará el proceso de validación o clasificación?

Una vez la comunidad participante haya estructurado la propuesta de hito cultural, con base en las orientaciones del equipo facilitador y conforme a lo establecido en la Guía Operativa, se llevará a cabo una jornada de sustentación ante el Comité Validador.

Este comité está conformado por:

- El/la Secretario(a) de Cultura, Recreación y Deporte o el/la Subsecretario(a) de Gobernanza.
- El/la Director(a) de la Dirección de Asuntos Locales y Participación (DALP).
- El/la Gerente de la estrategia Barrios Vivos.
- El/la Articulador(a) de los Laboratorios de Oportunidades Culturales.

Durante la sustentación, las y los representantes del laboratorio deberán presentar y argumentar su propuesta, destacando su valor cultural, territorial y comunitario. El Comité Validador podrá:

- Aprobar la propuesta, cuando cumpla con los criterios establecidos.
- Emitir recomendaciones o solicitar ajustes, cuando se identifiquen aspectos que deban fortalecerse para garantizar la pertinencia, equidad o viabilidad de la iniciativa.

Las recomendaciones del Comité Validador son de carácter vinculante y deberán ser adoptadas por los participantes del laboratorio antes de proceder con la concertación final. Una vez incorporados los ajustes requeridos, se procederá a:

1. Elaborar y firmar el Acta de Concertación del Hito Cultural, documento que recoge de manera formal los acuerdos alcanzados, los responsables de actividad y el valor del incentivo asignado.
2. Utilizar esta acta como insumo para la expedición del acto administrativo que reconoce a los beneficiarios del laboratorio y habilita el proceso de desembolso.

Cronograma Fechas estimada de la publicación de la Entre el 1ro de abril y el 30 de mayo de 2026 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-20 • 2026 • MAYO • 20 20 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 5 de 11 Resolución de apertura:

Entre el 1ro de mayo y el 30 de junio de 2026 Fecha estimada de publicación de la Resolución de beneficiarios:

Fecha máxima de ejecución (si aplica): Entre el mes de agosto y el mes de septiembre de 2026 Propósito y pertinencia Dinamizar la vida cultural, creativa y social de los barrios de Bogotá D.C: mediante la identificación, diseño y ejecución de hitos culturales, entendidos como eventos y actividades de alto valor simbólico y colectivo para la comunidad.

¿Quiénes pueden participar?

(_X_) Persona Natural (_X_) Agrupación (_X_) Persona Jurídica (__) Tutor legal en representación de un menor de edad Nota: Para mayor detalle de quién puede o no participar: Consultar la Guía Operativa de la línea estratégica.

Descripción de los perfiles Persona Natural Personas naturales mayores de edad con participación formalizada, asistencia verificada en al menos el 80 % de las sesiones de las Fases 1, 2 y 3, y validadas por la comunidad y el equipo facilitador de la SCRD.

Agrupación Agrupaciones o colectivos representadas por una persona natural mayor de edad, con participación formalizada, asistencia verificada en al menos el 80 % de las sesiones de las Fases 1, 2 y 3 y que cuente con el consentimiento de la agrupación o colectivo para asumir la representación de la actividad de hito.

Persona Jurídica Personas jurídicas del sector cultural, con presencia territorial comprobada mediante trayectoria relevante en la localidad donde se desarrolla el laboratorio, con participación formalizada, y asistencia verificada de su representante o delegado en al menos el 80 % de las sesiones de las Fases 1, 2 y 3.

N/A Tutor legal en representación de un menor de edad Criterios de validación o clasificación Para garantizar la coherencia, calidad y viabilidad de las actividades que conformarán cada hito cultural, todas las actividades deberán cumplir con los siguientes criterios mínimos:

Trayectoria artística y cultural reconocida de sus líderes: Las actividades deberán estar lideradas por autoridades y/o representantes de los pueblos y comunidades étnicas (agentes, organizaciones y colectivos culturales) presentes en los territorios donde se implementarán los Laboratorios de Oportunidades Culturales Étnicos.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-21 • 2026 • MAYO • 20 21 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 6 de 11 Pertinencia territorial: Cada actividad deberá responder de manera clara a las dinámicas culturales, necesidades, memorias o potencialidades del territorio donde se desarrolla el laboratorio Impacto comunitario: Las actividades deberán generar un beneficio directo o indirecto en la comunidad, promoviendo la participación amplia, la apropiación social de la cultura y la cohesión comunitaria Viabilidad técnica y operativa: Las actividades deberán ser realistas y factibles de ejecutar en los tiempos, condiciones y recursos disponibles dentro del laboratorio.

Accesibilidad e inclusión: Se deberá procurar que las actividades sean accesibles para distintos grupos poblacionales y promuevan la inclusión de poblaciones diversas.

Sostenibilidad cultural: Se priorizarán actividades que puedan fortalecer procesos culturales a largo plazo en el territorio o dejar capacidades instaladas en las comunidades.

Cuidado comunitario y de los bienes comunes: Las actividades deberán promover el respeto por la diversidad cultural, la convivencia pacífica, el diálogo intercultural y el cuidado de los espacios y recursos comunitarios.

Originalidad y creatividad: Se valorarán especialmente las actividades que propongan maneras innovadoras de abordar los saberes, memorias, prácticas culturales o desafíos comunitarios.

Proyección nacional o internacional: Las actividades deberán propender por llegar a un nivel de innovación, creatividad y calidad que permita captar la atención de públicos nacionales e internacionales.

Documentos requeridos Descripción Nombre documento Tipo de documento

1. Copia del Documento de identidad.
Administrativo Cédula de ciudadanía

2. Certificación bancaria a nombre del participante.
Administrativo Solo se aceptarán bancos tradicionales, no aplicaciones ni cooperativas.

Administrativo Rut actualizado con la actividad afín a la actividad a desarrollar.

3. RUT actualizado con actividad económica afín a la actividad a desarrollar.

Técnico

4. Formato de compromiso del Participante debidamente diligenciado y firmado.

Formato que da cuenta de los compromisos necesarios a asumir para ser parte del proceso de concertación de Hito cultural como “participante” del mismo.

Técnico Declaración que soporta el arraigo del participante con la localidad en la que quiere participar.

5. Declaración Juramentada de Residencia.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-22 • 2026 • MAYO • 20 22 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 7 de 11 Administrativo

6. Certificación de afiliación al sistema de salud.

Documento que certifica que el participante se encuentra cubierto ante cualquier eventualidad, accidente o novedad relacionada con su salud e integridad, que se presente en el marco de la implementación de la estrategia de Barrios Vivos / Laboratorio de Oportunidades Culturales.

Técnico Para el caso de las agrupaciones será necesario presentar esta declaración que permite aclarar los detalles de la actividad a realizar y la respectiva distribución del incentivo.

7. Declaración de Representación y Distribución de Incentivo Económico debidamente diligenciada y firmada por todos los integrantes de la agrupación o colectivo

Administrativo

8. Certificado de existencia y representación legal.

Documento que soporta la existencia legal de una persona jurídica para asumir acciones dentro de la implementación del hito cultural.

9. Certificado de parafiscales Administrativo

Documento que acredita que una empresa o empleador está al día con el pago de las contribuciones parafiscales, las cuales son obligaciones legales destinadas a financiar entidades que promueven el bienestar social y laboral en el país.

10. Póliza de cumplimiento Administrativo

Documento de cumplimiento de disposiciones legales constituida a favor de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - NIT 899.999.061-9, por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, que ampare el riesgo por el treinta por ciento (30%) del valor total del incentivo económico, con una vigencia igual a la fecha límite de ejecución mismo y cuatro (4) meses más. La póliza deberá estar acompañada del soporte de pago y de las condiciones generales que la rigen.

Técnico Documento que recopila los datos de los beneficiarios y responsables de incentivo.

11. Registro de beneficiarios y responsables de incentivo

12. Acta de concertación del hito cultural Técnico

Documento que aprueba un hito cultural por parte del comité validador de la estrategia de Barrios Vivos / Laboratorio de Oportunidades.

13. Certificado de seguimiento a la ejecución Técnico

Documento que valida la aprobación del informe de beneficiario y avala el desembolso final del incentivo correspondiente al 30%.

14. Propuesta de hito cultural Técnico

Documento que describe todas las características del hito cultural concertado por una comunidad local.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-23 • 2026 • MAYO • 20 23 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 8 de 11

15. Formato de Asistencia Técnico

Formato que permite el seguimiento de la participación de la comunidad dentro del proceso de hito cultural.

Causales para no continuar en el proceso La participación en los Laboratorios de Oportunidades Culturales se basa en los principios de la buena fe, la corresponsabilidad ciudadana y el uso ético y transparente de los recursos públicos. No obstante, en cualquier fase del proceso, la SCRD podrá restringir, suspender o negar la asignación del incentivo si se identifica el incumplimiento de las condiciones, requisitos o compromisos establecidos en la Guía Operativa y su capítulo étnico y en las Condiciones de Participación que orientan los Laboratorios de Oportunidades Culturales.

Estas causales aplican a personas naturales, integrantes de agrupaciones, representantes de agrupaciones, representantes legales y miembros de juntas directivas de personas jurídicas, según el tipo de participante involucrado.

1. Incumplimiento de requisitos formales o documentales

- No haber formalizado la participación conforme al procedimiento definido por la SCRD.
- No cumplir con el porcentaje mínimo de asistencia (80 %) a las fases 1, 2 y 3 del laboratorio.
- No haber sido propuesto ni validado como responsable de una actividad concertada.
- No haber entregado la totalidad de la documentación administrativa requerida en los plazos establecidos, o no haber subsanado oportunamente (cuando aplique).
- Entregar documentos ilegibles, incompletos o que no permitan verificación.
- No haber suscrito los formatos obligatorios, como el Compromiso de Participación, la Declaración Juramentada de Residencia o el Registro de Responsables.

2. Inhabilidades, conflictos de interés o incompatibilidades

- Ser servidor(a) público(a) o contratista vigente de la SCRD o sus entidades adscritas (IDARTES, IDPC,FUGA, OFB).
- Haber tenido vínculos contractuales con el equipo facilitador o miembros del Comité Validador en los seis (6) meses anteriores.
- Tener declaratoria de incumplimiento en convocatorias o programas de fomento de la SCRD en los últimos tres (3) años.
- Participar simultáneamente en otro laboratorio de la estrategia Barrios Vivos en una localidad diferente, en la misma vigencia.
- Haber sido beneficiario(a) de la estrategia Barrios Vivos o del Programa Más Cultura Local (Componente A) en la vigencia inmediatamente anterior.

3. Comportamientos o conductas que afectan el proceso

Presentar información falsa, inexacta o que induzca en error a la SCRD.

- Incurrir en comportamientos irrespetuosos, discriminatorios, violentos o que alteren el ambiente colectivo y colaborativo del laboratorio.
- Rehusar los compromisos colectivos concertados.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-24 • 2026 • MAYO • 20 24 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 9 de 11

- Utilizar el laboratorio con fines personales o de beneficio individual en detrimento del interés colectivo.
- Generar prácticas de acaparamiento de roles o incentivos, afectando la equidad territorial.

4. Incumplimiento en la ejecución de la actividad concertada.

- No ejecutar la actividad asignada según lo acordado en el Acta de Concertación del Hito Cultural.
- Desatender las orientaciones técnicas, comunitarias o de cronograma establecidas.
- No entregar el Informe de Ejecución del Beneficiario o entregar evidencias incompletas, imprecisas o sin sustento.

Importante: En caso de verificarse alguna de estas situaciones, el equipo facilitador documentará el caso y notificará formalmente a la SCRD para gestionar el retiro del participante, el ajuste del hito o la reconfiguración de responsabilidades. Estas acciones buscan garantizar la integridad, legitimidad y continuidad del proceso en condiciones de equidad, transparencia y corresponsabilidad.

Compromisos de los seleccionados Las personas naturales, representantes de agrupaciones o colectivos y personas jurídicas que hayan sido reconocidas como beneficiarias de incentivo y responsables de actividades dentro de un Hito Cultural Étnico concertado adquieren derechos específicos, los cuales se detallan a continuación:

1. Recibir el incentivo acordado: Toda persona natural, agrupación o persona jurídica que haya sido validada como responsable administrativo de una actividad dentro de un hito cultural concertado tiene derecho a recibir el incentivo económico pactado, siempre que cumpla con las condiciones de ejecución, entrega de productos, evidencias, y verificaciones estipuladas por la SCRD.
2. Reconocimiento de derechos morales de autor: En caso de que la actividad desarrollada tenga como resultado una obra o creación protegida por derechos de autor, el responsable conservará sus derechos morales será reconocido como autor(a) o creador(a), conforme a la Ley 23 de 1982 y normas conexas.
3. Ser reconocidos: como corresponsables del proceso cultural en su comunidad y dentro del laboratorio, en condiciones de equidad y respeto mutuo.
4. Acceder a acciones de divulgación: Los productos o actividades del hito podrán ser incluidos en estrategias de divulgación institucional por parte de la SCRD, siempre que ello contribuya a la visibilidad de los procesos culturales y no vulnere derechos de autor, conexos o de imagen.
5. Tener acceso: a los mecanismos de orientación, acompañamiento y validación técnica dispuestos por la SCRD durante todas las fases del laboratorio.

Compromisos de la entidad

1. Ejecutar la actividad conforme a lo concertado: Desarrollar la actividad bajo los términos definidos en el Acta de Concertación del Hito Cultural, respetando cronograma, productos, responsabilidades y condiciones técnicas.
2. Entregar productos y evidencias: Suministrar los productos resultantes de la actividad, así como evidencias de su realización según los lineamientos técnicos y administrativos definidos por la SCRD.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-25 • 2026 • MAYO • 20 25 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 10 de 11

3. Presentar documentación completa y oportuna de acuerdo a la figura escogida para participar: Legalizar su participación entregando todos los documentos requeridos según el tipo de participante escogido para participar (Persona natural, jurídica o representante de agrupación.) en los plazos estipulados y según sea el caso de participación. La omisión o entrega incompleta podrá interpretarse como renuncia al incentivo.
4. Gestionar permisos si aplica: Tramitar los permisos o autorizaciones necesarias para la realización de su actividad, en caso de que esta implique uso de espacio público, instalaciones comunitarias, manejo de derechos de autor o conexos, entre otros.
5. Cumplir criterios de asistencia y participación: Haber asistido como mínimo al 80% de las sesiones de las fases 1, 2 y 3 del laboratorio, y demostrar participación activa en comisiones, jornadas de concertación y validación del hito.
6. Asumir efectos tributarios: Reconocer que los incentivos están sujetos a retención en la fuente y pueden incidir en el cálculo de obligación de declarar renta si los ingresos totales del año superan los topes establecidos por la DIAN. La SCRD no asume costos asociados a contadores, declaraciones, ni sanciones tributarias individuales.
7. Respetar la integridad del incentivo: Cuando se trate de actividades donde el responsable de incentivo deba distribuir el recurso con otras personas (artistas, talleristas, etc.), deberá garantizar la entrega efectiva y acordada, por lo que cualquier acuerdo que genere con terceros deberá ser socializado a través de correo electrónico con copia al equipo facilitador para su viabilidad. Cualquier uso indebido podrá generar sanciones y exclusión del programa.
8. Evitar conflictos de interés: No estar incurso en ninguna causal de conflicto de interés o de incompatibilidad definida por la SCRD, y declarar impedimentos si existieren relaciones directas con integrantes del equipo facilitador, Comité Validador u otras instancias institucionales.
9. Conservar una actitud de respeto y corresponsabilidad: Participar con disposición ética, cooperativa, constructiva y respetuosa hacia los demás participantes y el equipo institucional. Cualquier comportamiento que afecte el ambiente colectivo podrá ser motivo de exclusión del proceso.
10. Conceder y firmar la licencia de uso a favor de la SCRD cuando la entidad requiera dar difusión, promoción o circulación de una obra artística creada en el marco de la Estrategia de Innovación Cultural Barrios Vivos.

Importante:

→ Todos los compromisos aquí enunciados forman parte integral del rol del beneficiario como corresponsable de la acción cultural en el territorio. Su incumplimiento podrá derivar en la revocatoria del incentivo, la reconfiguración del hito o la exclusión del proceso, conforme a los criterios definidos por la SCRD.

Proyectó Revisó Aprobó Felipe Duarte Álvarez Nirvana Sinti Gabriela Bolivar Jose Segundo Quinche Monica Zapata Fernando Augusto Garcia Igor Noriega Contratistas Dirección de Contratistas Dirección de Director Asuntos Locales y REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-26 • 2026 • MAYO • 20 26 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 11 de 11 Participación Asuntos Locales y Participación Asuntos Locales y Participación Documento 20262100246283 firmado electrónicamente por:

Julian Felipe Duarte Alvarez Director de Asuntos Locales y Participación Dirección de Asuntos Locales y Participación Fecha firma: 27-04-2026 12:15:49 José Segundo Quinche Pérez Contratista Dirección de Asuntos Locales y Participación Fecha firma: 27-04-2026 11:43:42 Gabriela Bolivar Ramirez Contratista Dirección de Asuntos Locales y Participación Fecha firma: 27-04-2026 10:38:00 Nirvana Alejandra Sinti Cardozo Contratista Dirección de Asuntos Locales y Participación Fecha firma: 27-04-2026 10:33:47 Maria Monica Zapata Cortazar Contratista Dirección de Asuntos Locales y Participación Fecha firma: 27-04-2026 10:49:03 Igor Ivan Noriega Velasquez Contratista Dirección de Asuntos Locales y Participación Fecha firma: 27-04-2026 14:15:06 Fernando Augusto García Bejarano Contratista Dirección de Asuntos Locales y Participación Fecha firma: 27-04-2026 17:09:09 Revisó: Cindy Nathalia Matiz Ovalle - Profesional Universitario Código 219 Grado 12 - Dirección de Asuntos Locales y Participación a2e1c9753c5931bc76ab880acebfebbbc32ef1ffc61afd77f21e14bb75efb2de Codigo de Verificación CV: 3847f REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-27 • 2026 • MAYO • 20 27 ANEXO 1 PCR-PR-25-GU-02 GUÍA OPERATIVA DE LABORATORIOS DE OPORTUNIDADES CULTURALES LABORATORIOS DE OPORTUNIDADES CULTURALES ÉTNICAS REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-28 • 2026 • MAYO • 20 28 TABLA DE CONTENIDO Introducción................................................................................................................ 2
1. Objetivo general ...................................................................................................... 3 a. Objetivos específicos .......................................................................................... 3
2. Responsables ......................................................................................................... 4 a. Responsables comunitarios étnicos .................................................................... 4
3. Definiciones ............................................................................................................ 6
4. Desarrollo del documento ...................................................................................... 6 a. Marco Normativo Nacional Étnico ....................................................................... 6 b. Marco Normativo Distrital Étnico ......................................................................... 7
5. Metodología ............................................................................................................. 8 i. Fase preliminar: Alistamiento de la tierra .............................................................. 8 ii. Fase 1: Siembra .................................................................................................. 9 iii. Fase 2: Crecimiento .......................................................................................... 11 iv. Fase 3: Cosecha .............................................................................................. 11 v. Fase 4: Poda y trasplante .................................................................................. 12 a. Principios de Participación ................................................................................ 13 b. ¿Quiénes pueden participar en cada fase del Laboratorio de Oportunidades Culturales Étnicos? ............................................................................................... 14
7. Criterios de participación ..................................................................................... 15
8. Causales de incumplimiento ................................................................................ 16
9. Procedimiento frente a situaciones de incumplimiento ..................................... 16
10. Claridad administrativa ...................................................................................... 17 1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-29 • 2026 • MAYO • 20 29 INTRODUCCIÓN Este anexo, tiene como propósito orientar la implementación del enfoque diferencial étnico en los Laboratorios de Oportunidades Culturales enmarcados en una de las estrategias de innovación cultural, social y territorial de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte de Bogotá, Barrios Vivos (BV). Esta estrategia es una apuesta por fortalecer las capacidades y oportunidades de los pueblos, las comunidades étnicas y de la ciudadanía en materia artística, cultural y patrimonial. Crea condiciones para que personas y comunidades diversas puedan encontrarse, diseñar, concertar, construir, implementar y sostener proyectos comunes, a partir de: la identificación de problemáticas barriales, de necesidades culturales y de oportunidades reales que aporten a su resolución, la articulación entre la creatividad e innovación, para generar nuevas posibilidades estéticas, simbólicas, imaginadas y soñadas de abordar.

Barrios Vivos es una oportunidad para propiciar encuentros improbables: conversar, trabajar y cocrear entre comunidades y actores que históricamente no han coincidido o no están acostumbrados a desarrollar procesos colectivos. En donde la diferencia no es un obstáculo, es el punto de partida del trabajo común bajo los principios de igualdad, reciprocidad, solidaridad y unidad en la diversidad, con un especial énfasis en la innovación, creatividad y corresponsabilidad ciudadana.

Este anexo comprende a las comunidades negras, afrocolombianas y palenqueras; al pueblo raizal, a los pueblos indígenas y al pueblo Rrom o gitano que habitan Bogotá. Pueblos y comunidades enfrentan dificultades para que sus cosmovisiones, cosmogonías, tradiciones, lenguas y formas de vida sean plenamente reconocidas y valoradas en los contextos urbanos, sociales y culturales de la ciudad; aportes, además, que se encaminan no sólo a procesos de pervivencia en la ciudad, sino, también, a la búsqueda de soluciones a problemáticas barriales a través de la participación comunitaria y la convivencia en el territorio desde una perspectiva étnica.

Este enfoque reconoce que las transformaciones sociales y culturales más sostenibles emergen cuando los procesos de creación, decisión y acción se desarrollan desde y con los pueblos y comunidades étnicas, integrando saberes ancestrales, cosmovisiones, cosmogonías y formas propias de relación con el territorio, para lo cual se requiere una planeación cuidadosa, una facilitación sensible y coordinación permanente entre la población diferenciada étnicamente, ciudadanía y actores institucionales.

Por esta razón, el presente anexo sistematiza los aspectos técnicos, metodológicos y administrativos necesarios para garantizar la implementación adecuada del enfoque diferencial étnico en los laboratorios, a partir del reconocimiento de las organizaciones y procesos étnicos locales hasta la ejecución del Hito Cultural Étnico como resultado de una idea colectiva co creada que surge de la especificidad de un problema y una oportunidad identificada, la cual incluye roles y responsabilidades, instrumentos técnicos, formatos, cronogramas orientadores, criterios de viabilidad y lineamientos de seguimiento, así como la orientación a los equipos, y los pueblos y comunidades étnicas en la co-creación de procesos culturales pertinentes y coherentes con las dinámicas propias de cada territorio, y problemáticas a impactar.

Propuesta de valor del enfoque diferencial étnico 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-30 • 2026 • MAYO • 20 30 Los Laboratorios de Oportunidades Étnicos, generan procesos culturales construidos de manera colectiva que reconocen, valoran y fortalecen, saberes y expresiones culturales fomentando los procesos de visibilización, intercambio, cocreación y mediación de las culturas de los pueblos y comunidades étnicas, en diálogo intercultural con las comunidades barriales de la ciudad, para promover el tejido social, la igualdad, la solidaridad y la convivencia entre distintas formas de ser y relacionarse con la diversidad y promover la interculturalidad.

1. OBJETIVO GENERAL

Orientar la implementación del enfoque diferencial étnico en la estrategia de Barrios Vivos a través de los Laboratorios de Oportunidades Étnicos, estableciendo lineamientos claros que permitan a los pueblos y comunidades étnicas, equipos de gestores, laboratoristas, enlaces y directivos, acompañar de manera coherente y articulada los procesos de cocreación de los hitos culturales étnicos de escala barrial bajo enfoques de participación colectiva, poblacional, dinámicas propias, corresponsabilidad, viabilidad territorial y fortalecimiento de capacidades innovadoras para la gestión cultural local. a. Objetivos específicos

- Generar las condiciones y mecanismos de participación en clave de cocreación junto con los pueblos y comunidades étnicas en los territorios para la implementación de acciones artísticas, culturales, patrimoniales, deportivas y recreativas traducidas en hitos barriales desde una mirada étnica para la comunidad barrial.

- Implementar acciones desde los saberes, las prácticas culturales, la cosmovisión, la cosmogonía, el pensamiento y la espiritualidad étnica como aporte a la mitigación de problemáticas socioculturales presentes en los barrios de Bogotá.

- Establecer guías y protocolos que promuevan la construcción de la interculturalidad y la convivencia respetuosa entre las comunidades barriales y los pueblos y comunidades étnicas residentes en la capital.

3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-31 • 2026 • MAYO • 20 31

2. RESPONSABLES

La implementación de los Laboratorios de Oportunidades Culturales Étnicos requiere la participación de distintos niveles institucionales, equipos territoriales y comunitarios. Esta sección define los principales actores responsables, diferenciando sus funciones según el nivel de intervención y fases del proceso. a. Responsables comunitarios étnicos Los responsables comunitarios son las autoridades y/o representantes de los pueblos y comunidades étnicas (agentes, organizaciones y colectivos culturales) presentes en los territorios donde se implementarán los Laboratorios de Oportunidades Culturales Étnicos. i. Beneficiarios étnicos Personas con pertenencia étnica que integran las organizaciones o colectivos culturales responsables de la implementación del Laboratorio de Oportunidades Culturales Étnicos presentes en los territorios. ii. Participantes Personas con o sin pertenencia étnica que pueden integrar el Laboratorio de Oportunidades Culturales Étnicas de manera voluntaria, activa y participan en la construcción colectiva del Hito Cultural Étnico.

La participación de los aportantes se formaliza mediante la firma del Formato de Compromiso de Participación, en el cual habilita su integración en las etapas metodológicas descritas en el presente anexo. iii. Líderes de las Comisiones del Hito Cultural Étnico Estas comisiones estarán en cabeza de las autoridades y/o representantes, agentes, organizaciones y colectivos culturales étnicos participantes del proceso. Podrán ser conformadas por personas étnicas y la comunidad barrial a discreción de las autoridades y/o representantes étnicos en los casos cuando aplique.

Minga 1: de pensamiento y orientación Esta Minga es responsable de velar por la coherencia conceptual y experiencial del Hito Cultural Étnico, asegurando que las actividades desarrolladas tengan sentido desde el pensamiento de los pueblos y comunidades étnicas en diálogo con la comunidad barrial, y se encuentren alineadas con las oportunidades culturales identificadas.

Funciones principales:

- Velar porque el diseño del Hito Cultural Étnico responda a los significados, memorias y dinámicas propias del proceso.
- Verificar que el Hito Cultural Étnico trascienda el desarrollo de actividades aisladas, y se configure como una experiencia cultural con propósito comunitario colectivo, diferencial y significativo.
- Acompañar la coherencia entre los objetivos del hito, las actividades propuestas, la experiencia de los participantes y los impactos esperados en el territorio.
- Alertar al Laboratorista y al gestor territorial étnico, sobre desviaciones que puedan desvirtuar el sentido del Hito Cultural Étnico.

Minga 2: de Territorio y territorialidad 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-32 • 2026 • MAYO • 20 32 Esta Minga se encarga de articular el Hito Cultural Étnico con el territorio, garantizando su adecuada inserción en los espacios barriales y su relación armoniosa con vecinos, actores locales y dinámicas propias del territorio.

Funciones principales:

- Identificar y articular los espacios del territorio donde se desarrollarán las actividades relacionadas con el Hito Cultural Étnico.
- Apoyar la planeación de usos del espacio, tiempo y localización de las actividades relacionadas con el Hito Cultural Étnico.
- Facilitar la relación, comunicación y gestión con la comunidad barrial involucrada o impactada por el Hito Cultural Étnico.

Minga 3: de Convocatoria y expectativa Esta Minga es responsable de diseñar, cuidar e implementar la narrativa comunicacional del Hito Cultural Étnico, así como de apoyar los procesos de convocatoria y expectativa con los públicos objetivos y aliados estratégicos.

Funciones principales:

- Diseñar mensajes claros, cercanos y coherentes para la divulgación del Hito Cultural Étnico.
- Definir y gestionar las estrategias de convocatoria y expectativa acordes con los públicos objetivos, aliados estratégicos y dinámicas propias del territorio a impactar.
- Cuidar que la narrativa utilizada represente adecuadamente a los pueblos y comunidades étnicas, al territorio y a las comunidades barriales, con el fin de evitar estigmatizaciones o usos inadecuados de imagen.
- Articularse con el laboratorista para asegurar el cumplimiento y alineación de la narrativa, estrategia de comunicación y campaña de expectativa con los lineamientos institucionales.

Minga 4: de Cuidado y Continuidad Esta Minga es responsable de promover el cuidado del proceso comunitario y la sostenibilidad del Hito Cultural Étnico, antes, durante y después de su ejecución.

Funciones principales:

- Velar por los acuerdos comunitarios relacionados con el desarrollo del Hito Cultural Étnico.
- Acompañar la relación con aliados, organizaciones y actores que contribuyen a la ejecución o sostenibilidad del proceso.
- Identificar aprendizajes, capacidades instaladas y acciones que puedan mantenerse o proyectarse después del Hito Cultural Étnico.

3. DEFINICIONES

5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-33 • 2026 • MAYO • 20 33 Laboratorios de Barrios Vivos Étnicos: Hace parte de una de las categorías que se desarrollan desde la estrategia de Barrios Vivos, cuyo propósito es potenciar iniciativas e ideas de innovación intercultural en los territorios aplicadas al enfoque étnico desde las miradas de las Comunidades Negras, Afrocolombianas y Palenqueras, el Pueblo Raizal, los Pueblos Indígenas y el Pueblo Gitano o Rrom al servicio de la ciudadanía, promoviendo el respeto por la diversidad, la espiritualidad, las cosmovisiones, cosmogonías y el cuidado.

Pueblos y comunidades étnicas: están conformados por las Comunidades Negras, Afrocolombianas y Palenqueras, el Pueblo Raizal, los Pueblos Indígenas y el Pueblo Gitano o Rrom, los cuales poseen tradiciones, culturas, lenguas y estructuras de gobierno propio que los diferencian del sector mayoritario o la sociedad nacional, así mismo, están regidos, total o parcialmente, por sus propias costumbres y tradiciones, teniendo una relación estrecha y ancestral con sus tierras y territorios.

Minga: Es una tradición ancestral de trabajo comunitario y solidario, arraigada en comunidades indígenas y campesinas de la cordillera de los Andes. Una práctica comunitaria y de cooperación que se replica desde Chile hasta Colombia.

4. DESARROLLO DEL DOCUMENTO

a. Marco Normativo Nacional Étnico Los derechos fundamentales son el conjunto de facultades y libertades esenciales reconocidas explícitamente en la Constitución y el ordenamiento jurídico de un país. Están estrechamente vinculados a la dignidad humana, son inalienables, inviolables e irrenunciables, garantizando la protección de las personas ante abusos del Estado u terceros.

En este marco, la Constitución Política de Colombia establece en su artículo 7, "El Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la nación colombiana", y en su artículo 13 estipula "Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica. El Estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptará medidas en favor de grupos discriminados o marginados.".

Así mismo, dentro del contexto nacional, las comunidades negras afrocolombianas y palenqueras, el pueblo raizal, los pueblos indígenas y el pueblo rrom o gitano, bajo el amparo constitucional, se consideran sujetos especiales; reconocidas igualmente, por los distintos Tratados Internacionales, que hacen parte del bloque de constitucional colombiano, el cual registra enfoques poblacionales diferentes, como esencia de la humanidad; es así que la Organización de Derechos Humanos ONU, en el Decenio Internacional para los Afrodescendientes (2015-2024), reconoce derechos colectivos, a las comunidades negras, igualmente, la Organización Internacional del Trabajo OIT, dentro de su Convenio 169 de la OIT - artículo 2, busca la inclusión de medidas que promuevan la plena efectividad de los derechos sociales, económicos, espirituales y culturales de estos pueblos, en el marco del respeto de su identidad social y cultural, sus costumbres y tradiciones, y sus instituciones. Estos, solo enmarca unos de los múltiples pronunciamientos, donde se tratan las diferencias culturales, como patrimonios humanos, que están y deben ser protegidas.

6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-34 • 2026 • MAYO • 20 34 b. Marco Normativo Distrital Étnico El artículo 7 de la precitada Ley señala que "Los pueblos interesados deberán tener el derecho de decidir sus propias prioridades en lo que atañe al proceso de desarrollo en la medida en que éste afecte a sus vidas, creencias, instituciones y bienestar espiritual y a las tierras que ocupan o utilizan de alguna manera, y de controlar, en la medida de lo posible, su propio desarrollo económico, social y cultural. Además, dichos pueblos deberán participar en la formulación, aplicación y evaluación de los planes y programas de desarrollo nacional y regional susceptibles de afectarles directamente."

Desde este sentido, el enfoque diferencial para los pueblos y comunidades étnicas se fundamenta en la identidad, la interculturalidad y la inclusión generacional, así como aquellas que son propias de la vida sociocultural de estas poblaciones, a partir de la igualdad y atención diferenciada alineada con el sentir, pensar y actuar de los pueblos y comunidades étnicas. Este enfoque para la Administración Distrital se convierte en un imperativo político, histórico y ético buscando superar las brechas de desigualdades social, histórica, cultural, económica y política con estas poblaciones.

Ahora bien, en el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas del Distrito Capital 2024-2027 "Bogotá Camina Segura" adoptado por el Acuerdo 927 de 2024, expedido por el Concejo de Bogotá D.C., se mencionan los Laboratorios de Co creación como parte de los proyectos priorizados en el Capítulo VI “Bogotá Confía en su Gobierno” Art. 15. De este modo, los Laboratorios de Oportunidades Culturales son una estrategia en el marco de una directriz distrital que contribuye al cumplimiento de esta meta.

Así mismo, la Administración Distrital propenderá por la aplicación del derecho fundamental y colectivo de los pueblos y comunidades étnicas a ser consultados a través de sus autoridades tradicionales, representantes y organizaciones, en relación con las medidas y decisiones administrativas y normativas susceptibles de afectarlos directamente, al igual que en la formulación de planes, programas y proyectos de orden social, cultural y económico que las afecten.

Instancias de representación legal en el distrito de los pueblos y comunidades étnicas en Bogotá D.C.

Grupo étnico Instancia Normativa Comunidades Negras Consultiva de las Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras de Decreto 474/19 Afrocolombianas Bogotá D.C.

Palenque Encuentro Distrital Mesa Mona Rí Palenque Decreto 474/19 Raizal Encuentro Distrital Organización Raizal Fuera del Archipiélago ORFA. Decreto 474/19 Indígenas Consejo Consultivo y de Concertación para los Pueblos Indígenas en Bogotá D.C. Decreto 612/15 7 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-35 • 2026 • MAYO • 20 35 Muisca de Bosa Consejo Consultivo y de Concertación para los Pueblos Indígenas en Bogotá D.C. Decreto 612/15 Muisca de Suba Consejo Consultivo y de Concertación para los Pueblos Indígenas en Bogotá D.C. Decreto 612/15 Rrom o gitano Consejo Consultivo y de Concertación para el Pueblo Rrom o Gitano de Bogotá D.C. Decreto 817/19

5. METODOLOGÍA DE LOS LABORATORIOS DE OPORTUNIDADES CULTURALES ÉTNICOS

i. Fase preliminar: Alistamiento de la tierra Esta fase corresponde al momento de construcción de línea base en la que se desarrollan actividades de diagnóstico, exploración, análisis y toma de decisiones estratégicas con los agentes, líderes de las organizaciones y colectivos de los pueblos y comunidades étnicas para la selección de los procesos y territorios potenciales en los que se desarrollarán los Laboratorios de Barrios Vivos Étnicos. Su objetivo es identificar procesos y territorios con potencial, a partir de la triangulación de sus indicadores.

1. Identificación de agentes, organizaciones y colectivos culturales étnicos en las localidades de la ciudad.
2. Identificación de fuentes de información primaria y secundaria de la SCRD, el sector cultura y de otros sectores en relación al ecosistema cultural étnico de la ciudad.
3. Identificación de los diagnósticos realizados en el marco de la reformulación de las políticas públicas de los pueblos y comunidades étnicas.
4. Análisis y triangulación de información para la priorización de agentes, organizaciones y colectivos culturales étnicos basados en:

a. Número de agentes, organizaciones y colectivos culturales étnicos por localidad b. Pertenencia étnica c. Presencia territorial d. Prácticas artísticas, culturales y/o patrimoniales étnicas presentes en las localidades e. Identificación de problemáticas socioculturales relevantes, presentes en los territorios
5. Una vez triangulada la información, se dará paso a la selección de los agentes, organizaciones, colectivos y territorios con potenciales culturales, organizacionales, creativos e innovadores para desarrollar la estrategia de Barrios Vivos Étnicos de acuerdo a los criterios de pertinencia, innovación, transformación cultural e impacto territorial.

8 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-36 • 2026 • MAYO • 20 36 Categoría de evaluación Puntuación asignada Pertinencia 0 - 25 Innovación 0 - 25 Transformación cultural 0 - 25 Impacto territorial 0 - 25 Detalles:

- Duración: 2 semanas
- Resultados de la fase preliminar: Alistamiento de la tierra ○ Instrumento de Triangulación de Indicadores de Procesos y Territorios Potenciales ○ Hoja de Vida Cultural Étnica del Barrio Vivo

HOJA DE VIDA CULTURAL ÉTNICA DEL BARRIO VIVO FASE A FASE C CONTEXTO E IDENTIDAD ÉTNICA DEL ACTORES ÉTNICOS CLAVE TERRITORIO ¿Qué territorio es este?

Organizaciones comunitarias, liderazgos locales, instancias de representación local y autoridades étnicas.

FASE B FASE D SENTIDO ESTRATÉGICO DEL PRÁCTICAS CULTURALES, ARTÍSTICAS Y PATRIMONIALES TERRITORIO ÉTNICAS Valor estratégico del territorio para Barrios Vivos: oportunidad de impacto, visibilidad y aporte a la ciudad.

Oferta cultural formal e informal, prácticas culturales ancestrales, memoria, identidad y patrimonio étnico barrial. ii. Fase 1: Siembra Esta fase constituye el primer momento de encuentro entre los agentes, organizaciones y colectivos étnicos con la comunidad barrial, y tiene como propósito principal, la lectura integral del territorio previamente realizado. En este espacio se profundiza en el reto creativo identificado y se da inicio al diseño conjunto del Hito Cultural Étnico que orientará el desarrollo del Laboratorio del Barrio Vivo Étnico.

9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-37 • 2026 • MAYO • 20 37

1. Juntanza: Se convocan a los agentes, organizaciones y colectivos culturales étnicos identificados en la fase anterior (alistamiento de la tierra), con el fin de establecer las formas en las que se va a convocar a la comunidad barrial, el tipo de diálogo a desarrollarse y los espacios adecuados para el desarrollo de la instancia.

2. Círculo de la palabra: a. Se valida colectivamente la lectura integral del territorio (número de

agentes, organizaciones y colectivos culturales étnicos por localidad, pertenencia étnica, presencia territorial, prácticas artísticas, culturales y/o patrimoniales étnicas presentes en las localidades, identificación de problemáticas socioculturales relevantes, presentes en los territorios). b. Se valida el reto creativo. c. Se da inicio al diseño conjunto del Hito Cultural Étnico, su propuesta de valor y la planeación de todas las fases para la implementación de las acciones correspondientes (convocatoria, comunicación, cronogramas, espacios, permisos, pre producción, producción y post producción del hito barrial y procedimientos administrativos).

Detalles

- Duración: 4 semanas
- Resultados de la fase 1: Siembra
- Mapa Cultural Étnico del territorio
- Narrativa Comunicacional
- Definición del Hito Cultural Étnico
- Planeación Estratégica del Hito
- Pitch: sustentación del Hito Cultural Étnico

Procesos Administrativos 📈📈

1. Se convoca a los agentes, organizaciones y colectivos culturales étnicos definidos por la comunidad de forma paralela a la “juntanza”, con el fin de socializar los procedimientos administrativos para la ejecución de los recursos asignados.
2. Solicitud del CDP
3. Solicitud y recepción de la documentación a presentar por parte de los agentes, organizaciones y colectivos étnicos, así como su revisión y verificación conforme a los requisitos establecidos por parte de la SCRD.
4. Una vez validada, la información es tramitada y organizada para su consolidación y posterior avance dentro del proceso administrativo correspondiente.
5. Expedición de la resolución, una vez validados los enunciados anteriores.
6. Programación del PAC (previa programación de desembolsos).
7. Solicitud del RP y creación de terceros.
8. Actualización de documentos requeridos para cada uno de los desembolsos por parte de los agentes, agrupaciones y colectivos culturales étnicos.
9. Trámite de pagos para el 1er y 2do desembolso.

*Para el desarrollo de los Laboratorios de Barrios Vivos Étnicos, se realizarán dos desembolsos. En esta fase se realiza el primer desembolso, por el valor correspondiente al setenta por ciento (70%) del total de los recursos, previa aprobación de la documentación requerida y el Hito Barrial Étnico concertado y aprobado por el comité validador.

10 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-38 • 2026 • MAYO • 20 38 iii. Fase 2: Crecimiento

1. Alianzas territoriales: En esta fase se identifican, validan y fortalecen alianzas estratégicas con actores comunitarios, institucionales y otros aliados, definiendo los aportes de cada uno en términos de recursos, saberes, logística o acompañamiento. Estas alianzas permiten ampliar capacidades, optimizar recursos y fortalecer la sostenibilidad del proceso.
2. Acciones de expectativa: Identificación de acciones comunicativas dirigidas a la comunidad barrial y aliados estratégicos, con el fin de generar intriga, curiosidad, emoción y visibilizar un abrebocas al Hito Cultural Étnico.

Detalles

- Duración: 3 semanas
- Resultados de la fase 2: Crecimiento
- Aliados Estratégicos
- Expectativa del Hito Cultural Étnico

Procesos Administrativos 📈📈 *En esta fase los agentes, agrupaciones o colectivos étnicos ya cuentan con el primer desembolso por el valor correspondiente al setenta por ciento (70%) del total de los recursos para el desarrollo del Hito Cultural Étnico en sus fases “crecimiento” y “cosecha”. iv. Fase 3: Cosecha En esta fase se lleva a cabo la ejecución del Hito Cultural Étnico en el territorio, materializando el proceso de concertación, diseño y expectativa desarrollado en las etapas anteriores. Corresponde al momento en el que la propuesta cultural validada se pone en práctica, involucrando de manera activa a la comunidad barrial, a los actores locales y a los aliados estratégicos definidos.

- Preproducción del Hito Cultural Étnico: ○ Alistamiento logístico, técnico y operativo necesario para su desarrollo. ○ Coordinación de los equipos de trabajo ○ Asignación de roles comunitarios ○ Ajustes de cronogramas ○ Gestión de espacios ○ Preparación de insumos requeridos

- Producción del Hito Cultural Étnico: ○ Implementación de las actividades programadas en el territorio.

11 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-39 • 2026 • MAYO • 20 39 ○ Convocatoria para la participación activa de la comunidad ○ Puesta en marcha de la narrativa, los contenidos y las acciones diseñadas para la materialización del hito. Detalles

- Duración: 4 semanas
- Resultados de la fase 3: Cosecha
- Instalación del Hito Cultural Étnico
- Desarrollo del Hito Cultural Étnico

Procesos Administrativos 📈📈 *Esta fase no contempla procesos administrativos v. Fase 4: Poda y trasplante Esta fase tiene como propósito evaluar las acciones que hicieron parte de la implementación del Hito Cultural Étnico relacionadas con su pertinencia, su componente innovador, la transformación cultural generada en el territorio y la comunidad barrial impactada.

- Evaluación: Evaluar las acciones que hicieron parte de la implementación del Hito Cultural Étnico relacionadas con:

○ Pertinencia ○ Componente innovador ○ Transformación cultural ○ Comunidad barrial impactada.

- Proyección: Construir de manera colectiva entre los agentes, organizaciones y colectivos étnicos y la comunidad barrial, un modelo, guía o protocolo producto de los aprendizajes, experiencias y perspectivas derivados del Hito Cultural Étnico, para su instalación e implementación en el territorio.

- Sostenibilidad: Diseñar una estrategia de sostenibilidad, orientada a identificar oportunidades de continuidad, articulación y proyección del proceso y/o vinculación del Barrio Vivo Étnico con la oferta institucional y programas desarrollados por la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte, así como con iniciativas de la economía cultural y creativa, redes comunitarias y otros actores que puedan acompañar y fortalecer el proceso en el tiempo.

Detalles

- Duración: 2 semanas
- Resultados de la fase 4: Poda y trasplante
- Informe final de ejecución del laboratorio con los soportes requeridos por la SCRD
- Protocolo de implementación territorial
- Modelo de Sostenibilidad del Hito Cultural Étnico

12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-40 • 2026 • MAYO • 20 40 Procesos Administrativos 📈📈 *En esta fase se realiza el segundo desembolso por el valor correspondiente al treinta por ciento (30%) restante del total de los recursos previa ejecución del Hito Cultural Étnico, aprobación del informe final bajo el formato oficial de Barrios Vivos y demás formatos requeridos por la SCRD.

6. CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN

a. Principios de Participación La participación en los Laboratorios de Oportunidades Culturales Étnicos se concibe como un proceso colectivo orientado a fortalecer la acción cultural y social en los territorios, bajo criterios de apertura, equidad, corresponsabilidad y pertinencia cultural y territorial. Su desarrollo se fundamenta en principios que orientan la toma de decisiones, la asignación de responsabilidades y la implementación de las actividades.

En este marco, la participación se rige por los siguientes lineamientos:

Participación abierta El proceso inicia con una fase de acceso abierto que permite la vinculación libre de agentes, organizaciones y colectivos culturales étnicos interesados y ciudadanía en general que habita los territorios priorizados. La permanencia y formalización de la participación en las fases posteriores se realiza de manera gradual, de acuerdo con el cumplimiento de compromisos y condiciones previamente definidos.

Pertinencia territorial y pluralidad de actores La participación prioriza a actores con presencia, conocimiento y relación directa con el territorio donde se desarrollarán los Laboratorios, desde diferentes ópticas que incluyen, además, cosmogonías y cosmovisiones aplicando los enfoques poblacionales y diferencial étnico, prácticas culturales y trayectorias comunitarias. La definición del territorio en el cual se ejecutará el laboratorio será acordada entre la SCRD y la organización ejecutante.

Corresponsabilidad La vinculación a los laboratorios implica asumir responsabilidades frente al proceso colectivo, la comunidad y el territorio. Los responsables comunitarios, ejecutores, aportantes y líderes de las comisiones del Hito Cultural Étnico deben actuar con respeto, honestidad y disposición al trabajo colaborativo.

Reglas claras y trato equitativo Todos los procesos de vinculación y asignación de roles se desarrollan bajo criterios públicos, objetivos y verificables, garantizando igualdad de condiciones para los responsables comunitarios, ejecutores, aportantes y líderes de las comisiones del Hito Cultural Étnico.

Distribución equitativa de roles e incentivos Una misma persona, agrupación, colectivo u organización étnica no concentra múltiples roles o incentivos dentro de un mismo laboratorio y/o localidad durante la vigencia actual y la inmediatamente anterior, promoviendo así mayores oportunidades de acceso y fortalecimiento del ecosistema cultural.

13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-41 • 2026 • MAYO • 20 41 Valoración de los saberes territoriales Los laboratorios reconocen y legitiman los conocimientos, prácticas y experiencias culturales existentes entre los pueblos y comunidades étnicas, entendiendo la cultura como una construcción colectiva anclada en los procesos territoriales.

Orientación al interés colectivo Los Hitos Culturales desarrollados en el marco de los Laboratorios de Oportunidades Étnicas deben responder a propósitos colectivos y comunitarios, excluyendo usos individuales, particulares o ajenos a los objetivos culturales del proceso.

Centralidad del encuentro presencial El desarrollo de los Laboratorios de Oportunidades Étnicos privilegia la presencialidad como condición para la concertación, el diálogo y la construcción colectiva. El encuentro directo fortalece la confianza, el tejido social y la apropiación comunitaria de los procesos culturales.

Participación a Laboratorios de Oportunidades Culturales Étnicos El proceso de participación en los Laboratorios de Oportunidades Culturales Étnicos está diseñado para garantizar que los agentes, organizaciones y/o colectivos comprendan, acepten y se comprometan con los principios, condiciones y metodologías de los mismos. Cabe resaltar que, la participación es abierta, pública y transparente. b. ¿Quiénes pueden participar en cada fase del Laboratorio de Oportunidades Culturales Étnicos?

Los Laboratorios de Oportunidades Culturales Étnicos:

- No son una instancia para la discusión de procesos que vinculen las políticas públicas étnicas.
- No se limitan a trabajar únicamente con las instancias de representación legal de pueblos y comunidades étnicas en Bogotá D.C.
- No son el desarrollo de una propuesta organizativa, sino, una idea cocreada entre los pueblos y las comunidades étnicas, la SCRD y la comunidad barrial en relación a propósitos comunes, llegar a acuerdos, escucharse y construir soluciones colectivas.
- Son espacios abiertos a múltiples actores de la ciudad que manifiesten interés en participar.

Fase 0: Alistamiento de la tierra Durante esta fase se realiza la construcción de línea base, actividades de diagnóstico, exploración, análisis y toma de decisiones estratégicas. Su objetivo es identificar procesos con potencial, a partir de la triangulación de indicadores territoriales, poblacionales, entre otros.

A partir de esta triangulación se convoca agentes, agrupaciones y/o colectivos culturales con pertenencia étnica, que presenten potencial para desarrollar un Laboratorio de Oportunidades Culturales Étnico. Esta fase la ejecuta el equipo de gestión étnico de la SCRD.

Fase 1: Siembra En esta fase pueden participar agentes, organizaciones y/o colectivos culturales y comunidad barrial con pertenencia étnica o no; se permite la participación de niñas, niños, adolescentes y jóvenes menores de 18 años acompañados de padres, madres o acudientes, siempre y cuando tengan en cuenta que los menores de edad no podrán 14 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-42 • 2026 • MAYO • 20 42 ser beneficiarios de ninguna actividad relacionada con la ejecución del Hito Cultural Étnico. Los padres o acudientes de los menores de edad deben diligenciar y firmar el Formato de Participación correspondiente.

Fase 2: Crecimiento En esta fase pueden participar agentes, organizaciones y/o colectivos culturales y comunidad barrial con pertenencia étnica o no, que hayan cumplido con los compromisos de participación.

La formalización de la postulación como beneficiarios se realizará con posterioridad a la Fase 2 “crecimiento”, y constituye un requisito indispensable para habilitar la condición de beneficiario en las actividades relacionadas con el Hito Cultural Étnico que se traduce en un incentivo económico.

Fase 3: Cosecha En esta fase pueden participar agentes, organizaciones y/o colectivos culturales y comunidad barrial con pertenencia étnica o no, que hayan cumplido con los compromisos de participación y se encuentren habilitados por la SCRD bajo la forma de participación como beneficiarios del Laboratorio de Oportunidades Culturales Étnicos, oficializado de manera institucional mediante el acto administrativo de resolución por el cual se acoge la recomendación del Comité Validador para seleccionar a los agentes, organizaciones y/o colectivos culturales étnicos beneficiarias de los componentes descritos para los Laboratorios de Oportunidades Culturales Ètnicos, y se ordena el desembolso de los incentivos económicos y se dictan otras disposiciones.

Fase 4: Poda y trasplante En esta fase pueden participar agentes, organizaciones y/o colectivos culturales y comunidad barrial con pertenencia étnica o no que hayan sido beneficiarias de actividades que permitieran el desarrollo del Laboratorio de Oportunidades Culturales Étnico y su correspondiente Hito Cultural Étnico.

7. CRITERIOS DE PARTICIPACIÓN Y CAUSALES DE INCUMPLIMIENTO

Podrán participar agentes, organizaciones y/o colectivos culturales étnicos que cumplan con los siguientes criterios:

Requisitos generales

- Ser un agente, organización y/o colectivo cultural étnico legalmente constituido reconocido por la instancia étnica correspondiente.
- Tener domicilio o residencia comprobada en Bogotá.
- Presentar la documentación completa dentro de los plazos establecidos.
- No encontrarse incursos en inhabilidades o incompatibilidades para desarrollar procesos con el Estado.
- Asistir a las reuniones, encuentros, visitas y demás convocadas por la SCRD.
- Presentar propuesta técnica diligenciando todos los campos requeridos en los formatos establecidos por la SCRD.
- Evidenciar coherencia entre actividades, metas y recursos solicitados.
- Entregar un informe final que incluya:

○ Los listados de asistencia que contengan (fecha, hora, lugar, nombre del evento, responsable y el nombre de la SCRD). ○ Registro fotográfico y audiovisual de máximo 2 minutos (puede realizarse con cámara de celular).

15 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-43 • 2026 • MAYO • 20 43 ○ Evaluación enviada por la entidad, complementamente diligenciada con firma de la autoridad étnica responsable. ○ Los demás que solicite la entidad.

Requisitos administrativos

- Certificado de existencia y representación legal (cuando aplique).
- Copia de RUT actualizado.
- Certificación bancaria actualizada.
- Documentos de identificación del representante legal (cuando aplique).

8. CAUSALES DE INCUMPLIMIENTO

Se considerará incumplimiento cuando ocurra cualquiera de las siguientes situaciones:

- No ejecución total o parcial de las actividades aprobadas.
- Desviación no autorizada de los recursos asignados.
- Incumplimiento del cronograma sin justificación formal.
- Presentación de información falsa o inconsistente.
- Incumplimiento de los compromisos formalizados.
- Vulneración de los enfoques diferenciales.

9. PROCEDIMIENTOS FRENTE A SITUACIONES DE INCUMPLIMIENTO

Con el fin de garantizar el debido proceso, se adoptarán las siguientes medidas:

Requerimiento formal Se notificará por escrito la información y/o documentación por subsanar a los agentes, organizaciones y/o colectivos beneficiarios indicando las situaciones evidenciadas y otorgando un plazo razonable para subsanación.

Plan de mejora o ajuste En caso de incumplimiento parcial, podrá solicitarse la presentación de un plan de mejora con cronograma de ajuste.

Suspensión temporal Si el incumplimiento afecta gravemente el objeto del proceso, podrá suspenderse temporalmente la ejecución mientras se adelanta la revisión correspondiente.

Terminación anticipada por incumplimiento En caso de incumplimiento grave, reiterado o definitivo en la ejecución de las actividades y obligaciones establecidas en el instrumento de formalización, la entidad podrá dar por terminado de manera anticipada el acuerdo o acto administrativo correspondiente, previo agotamiento del debido proceso.

Lo anterior se realizará sin perjuicio de las acciones administrativas, disciplinarias, fiscales o legales a que haya lugar. En estos casos, se hará efectiva la(s) garantía(s) o póliza(s) constituida(s), conforme a las condiciones pactadas y a la normativa vigente.

16 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-44 • 2026 • MAYO • 20 44

10. CLARIDAD ADMINISTRATIVA SOBRE COMPROMISOS, FORMALIZACIÓN Y RESPONSABILIDADES

Formalización La ejecución de la iniciativa estará sujeta a la suscripción del instrumento jurídico correspondiente (acto administrativo o carta de compromiso), según aplique.

Compromisos del agente, organización y/o colectivo beneficiario

- Cumplir con el objeto aprobado.
- Ejecutar los recursos conforme al presupuesto avalado.
- Presentar informes técnicos y financieros.
- Garantizar transparencia en la ejecución.
- Permitir el seguimiento y verificación por parte de la entidad.

Responsabilidades de la entidad

- Realizar acompañamiento técnico.
- Garantizar claridad en lineamientos y requisitos.
- Realizar seguimiento y evaluación.
- Los desembolsos se harán previa certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante, y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja – PAC–. Al incentivo se le realizarán las retenciones que apliquen según la normatividad vigente y deberá ser asumido por el beneficiario, dependiendo de su calidad tributaria.

17 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-45 • 2026 • MAYO • 20 45 *20261100278853* Radicado: 20261100278853 Fecha: 11-05-2026 RESOLUCIÓN No. 429 DE 14 DE MAYO DE 2026 "Por medio de la cual se ordena la apertura de los Laboratorios de transformaciones culturales para la paz dirigido a pueblos indígenas víctimas del conflicto armado, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte"

EL SECRETARIO DE DESPACHO De la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Decreto Único del Sector Cultura, Recreación y Deporte No. 649 de 22 de diciembre de 2025 y,

CONSIDERANDO:

Que los artículos 70 y 71 de la Constitución Política de Colombia, establecen el deber del Estado de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades y otorga la competencia para establecer mecanismos positivos para fomentar el desarrollo artístico, cultural y patrimonial de la Nación.

Que el numeral 3 del artículo 1° de la Ley 397 de 1997, “Por la cual se desarrollan los artículos 70, 71 y 72 y demás artículos concordantes de la Constitución Política y se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura y se trasladan algunas dependencias.” señala que: “(…) El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de reconocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación colombiana (…)”.

Que la ley en cita en su artículo 17 señala:

“(…) DEL FOMENTO. El Estado a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, fomentará las artes en todas sus expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas, como elementos del diálogo, el intercambio, la participación y como expresión libre y primordial del pensamiento del ser humano que construye en la convivencia pacífica”.

Que así mismo, el artículo 18 de la mencionada ley establece:

"(…) El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos especiales y promocionará la creación, la actividad Página 1 de 8 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-46 • 2026 • MAYO • 20 46 *20261100278853* Radicado: 20261100278853 Fecha: 11-05-2026 RESOLUCIÓN No. 429 DE 14 DE MAYO DE 2026 "Por medio de la cual se ordena la apertura de los Laboratorios de transformaciones culturales para la paz dirigido a pueblos indígenas víctimas del conflicto armado, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte" artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales. Para tal efecto establecerá, entre otros programas, bolsas de trabajo, becas, premios anuales, concursos, festivales, talleres de formación artística, apoyo a personas y grupos dedicados a actividades culturales, ferias, exposiciones, unidades móviles de divulgación cultural, y otorgará incentivos y créditos especiales para artistas sobresalientes, así como para integrantes de las comunidades locales en el campo de la creación, la ejecución, la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo (…)”

Que el Decreto Distrital 649 de 2025, “Por medio del cual se expide el Decreto Único del Sector Cultura, Recreación y Deporte”, dispone en su artículo 4 que: “La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte tiene por objeto orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculadas y la sociedad civil”.

Que el numeral 10 del artículo 5 del Decreto Distrital 649 de 2025 establece, entre las funciones de la SCRD, la siguiente: “(…) Gestionar la ejecución de las políticas, planes y proyectos culturales y artísticos, con el fin de garantizar el efectivo ejercicio de los derechos culturales y fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo (…)”.

Que le corresponde a la Subsecretaría de Gobernanza, en desarrollo de la función prevista en el numeral 8 del artículo 14 del Decreto Distrital 649 de 2025, lo siguiente: “(…) Dirigir estrategias, planes, programas y proyectos orientados a la identificación reconocimiento, fomento, sensibilización, formación, promoción y difusión del arte, la cultura y el patrimonio en los diferentes grupos poblacionales (…)”.

Que en los términos del decreto en mención, la Dirección de Asuntos Locales y Participación, en el artículo 17, tendrá a su cargo, entre otras, las siguientes funciones: “(…) 6. Diseñar y ejecutar estrategias, planes, programas y proyectos orientados a la identificación reconocimiento, fomento, sensibilización, formación, promoción y difusión del arte, la cultura y el patrimonio en los diferentes grupos poblacionales (…)”.

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REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-47 • 2026 • MAYO • 20 47 *20261100278853* Radicado: 20261100278853 Fecha: 11-05-2026 RESOLUCIÓN No. 429 DE 14 DE MAYO DE 2026 "Por medio de la cual se ordena la apertura de los Laboratorios de transformaciones culturales para la paz dirigido a pueblos indígenas víctimas del conflicto armado, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte"

Que el documento CONPES D.C. “POLÍTICA PÚBLICA DISTRITAL DE ECONOMÍA CULTURAL Y CREATIVA 2019-2038”, definió como uno de los objetivos específicos de dicha Política, el siguiente: “(…) 4.2.3 Ampliar mecanismos de apoyo financiero dirigido a los agentes del sector cultural y creativo”, para lo cual: “(…) La Secretaría Distrital de Cultura Recreación y Deporte en articulación con entidades públicas y privadas, realizará actividades de gestión y acompañamiento técnico que permitan aumentar el número de los agentes del sector cultural y creativo que acceden a financiación. Para el efecto, se ampliarán los mecanismos de apoyo financiero dirigido a los agentes del sector cultural y creativo, para que puedan apalancar la producción de bienes y servicios, a través del acceso a recursos no reembolsables, y fortalecimiento de servicios de financiación (…)”.

Que el Plan Distrital de Desarrollo “Bogotá Camina Segura”, en su artículo 10. indica los Programas del objetivo estratégico “Bogotá confía en su Bien- Estar”, donde, en su numeral 10.8. establece el programa 14. Bogotá deportiva, recreativa, artística, patrimonial e intercultural, el cual aborda lo siguiente: “(…) Realizar laboratorios creativos en barrios, como mecanismo de interacción para fortalecer los procesos de artistas, agrupaciones, colectivos, organizaciones y líderes socioculturales, así como en espacios culturales y eventos comunitarios, mediante estrategias conjuntas de formación, creación, circulación, investigación y apropiación de las artes con enfoque diferencial de género. Se velará por la formación de público desde las diferentes dimensiones y procesos del campo artístico y cultural, promoviendo estrategias que pretendan disminuir barreras de acceso para el ejercicio de derechos culturales. (…)”

Que con el objetivo de establecer los lineamientos necesarios para implementar una metodología de transformación cultural de paz que contribuya a la reparación simbólica, la reconstrucción del tejido social, la reconciliación comunitaria y las garantías de no repetición, en articulación con la justicia transicional y la política pública de víctimas.

Que los “Laboratorios de transformaciones culturales para la paz dirigido a pueblos indígenas víctimas del conflicto armado”, cuentan con una guía operativa que tiene como propósito orientar la implementación paso a paso de los Laboratorios de Oportunidades Culturales, la cual está dirigida a la ciudadanía y a los equipos misionales de la SCRD, facilitadores, Comité Validador y demás actores institucionales encargados de ejecutar, acompañar y hacer seguimiento a los procesos y actividades desarrolladas en los laboratorios.

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REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-48 • 2026 • MAYO • 20 48 *20261100278853* Radicado: 20261100278853 Fecha: 11-05-2026 RESOLUCIÓN No. 429 DE 14 DE MAYO DE 2026 "Por medio de la cual se ordena la apertura de los Laboratorios de transformaciones culturales para la paz dirigido a pueblos indígenas víctimas del conflicto armado, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte"

Que la presente apertura tiene por objeto la entrega de incentivos económicos en el marco de los Laboratorios de transformaciones culturales para la paz dirigido a pueblos indígenas víctimas del conflicto armado, por un valor de hasta TREINTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y UN MIL QUINIENTOS PESOS M/CTE ($37.241.500), los cuales serán asignados conforme al nivel de complejidad, las necesidades del hito cultural concertado y los criterios de distribución de recursos que establezca el Comité Validador Interno, conformado para tal efecto por la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte.

Que en consecuencia, mediante el presente acto administrativo la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte dispone la apertura de los “Laboratorios de transformaciones culturales para la paz dirigido a pueblos indígenas víctimas del conflicto armado”, soportada en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal que se describe a continuación:

CONCEPTO DEL TOTAL DEL RUBRO GASTO FONDO VALOR NÚMERO DEL CPD OBJETO RUBRO DESCRIPCIÓN Fortalecimiento de la gobernanza territorial, la participación Otorgar 1 incentivo económico en el laboratorio O2320202009911 24 Servicios de la administración 1001 de abril 09 de O230117330 37.241.500 incidente y la atención diferenciada de los 2026 1-100-F001 VA- RECURSOS 120240217 de transformación cultural para la paz 2026, dirigido a pueblos indígenas víctimas pública relacionados con la recreación, DISTRITO del conflicto armado. la cultura y la grupos étnicos, etarios y sectores sociales desde las religión prácticas culturales en Bogotá D.C.

Que las condiciones, criterios y responsabilidades asociadas a la participación en los Laboratorios de Oportunidades Culturales se encuentran detalladas en los documentos denominados “Condiciones de Participación” y en la “Guía Operativa de Laboratorios de Oportunidades Culturales” denominada ANEXO 1 PCR-PR-25-GU-02 GUÍA OPERATIVA DE LABORATORIOS DE OPORTUNIDADES CULTURALES, la cual constituye la ruta oficial de acceso de la ciudadanía a esta línea estratégica de fomento no competitivo. Esta guía organiza de manera clara y articulada los principios, etapas metodológicas, proceso de participación, criterios de viabilidad y pertinencia de hitos culturales y demás lineamientos para la asignación de incentivos, conforme a los Página 4 de 8 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-49 • 2026 • MAYO • 20 49 *20261100278853* Radicado: 20261100278853 Fecha: 11-05-2026 RESOLUCIÓN No. 429 DE 14 DE MAYO DE 2026 "Por medio de la cual se ordena la apertura de los Laboratorios de transformaciones culturales para la paz dirigido a pueblos indígenas víctimas del conflicto armado, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte" principios de igualdad, transparencia, publicidad, participación, imparcialidad, inclusión, moralidad, cooperación, eficacia y corresponsabilidad. Dicho documento, hace parte integral de la presente resolución y estará disponible para consulta pública en el enlace de Transparencia y acceso a la información pública:

Guía: Guía Operativa de Laboratorios de Oportunidades Culturales ANEXO 2 PCR-PR- 25-GU-02 GUÍA OPERATIVA DE LABORATORIOS DE OPORTUNIDADES CULTURALES Disponible en: https://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/sites/default/files/2026- 03/2_anexo_laboratorios_de_transformaciones_culturales_para_la_paz_0.pdf Condiciones de Participación:

Disponible en: https://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/sites/default/files/2026- 04/5.2- 2026_condiciones_de_participacion_laboratorio_de_oportunidades_culturales_loc_transfo rmaciones_para_la_paz_indigenas.pdf Que de conformidad con lo anterior y en cumplimiento del marco normativo señalado, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, dispone la apertura de los “Laboratorios de transformaciones culturales para la paz dirigido a pueblos indígenas víctimas del conflicto armado”

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo primero.

Ordenar la apertura de “Los Laboratorios de transformaciones culturales para la paz dirigido a pueblos indígenas víctimas del conflicto armado” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo, y la misma contempla lo que se describe a continuación:

MECANISMO TIPO DE INCENTIVO MONTO TOTAL CDP DEPENDENCIA(S)

ENCARGADA Página 5 de 8 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-50 • 2026 • MAYO • 20 50 *20261100278853* Radicado: 20261100278853 Fecha: 11-05-2026 RESOLUCIÓN No. 429 DE 14 DE MAYO DE 2026 "Por medio de la cual se ordena la apertura de los Laboratorios de transformaciones culturales para la paz dirigido a pueblos indígenas víctimas del conflicto armado, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte"

TREINTA Y SIETE Bolsa de Recursos Dirección de Asuntos Locales y Participación 1001 de abril 09 de 2026 Fomento no competitivo - Laboratorios de ($37.241.500)

MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y UN MIL QUINIENTOS PESOS M/ Oportunidades Culturales de Barrios CTE ($37.241.500)

Incentivos económicos asignados a través de una bolsa de recursos Vivos - Laboratorios de transformaciones culturales para la paz por un valor de hasta TREINTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS dirigido a pueblos indígenas víctimas del conflicto armado CUARENTA Y UN MIL QUINIENTOS PESOS M/CTE ($37.241.500), los cuales serán asignados conforme al nivel de complejidad PARÁGRAFO: Los recursos para el desarrollo y ejecución de “Los Laboratorios de transformaciones culturales para la paz dirigido a pueblos indígenas víctimas del conflicto armado” se encuentran respaldados con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal mencionado en el presente artículo.

Artículo segundo.

Los requisitos y condiciones de participación en “Los Laboratorios de Oportunidades Étnicas” que tienen apertura mediante el presente acto administrativo, se encuentran establecidos en los documentos denominados “Condiciones de Participación” y en la “Guía Operativa de Laboratorios de Oportunidades Culturales” denominada ANEXO 1 PCR-PR-25-GU-02 GUÍA OPERATIVA DE LABORATORIOS DE OPORTUNIDADES CULTURALES, los cuales forman parte integral de la presente resolución..

Parágrafo. Las modificaciones a los términos de “Los Laboratorios de
transformaciones culturales para la paz dirigido a pueblos indígenas víctimas del conflicto armado” citados en el presente acto administrativo se podrán realizar mediante aviso modificatorio, el cual deberá ser publicado en el respectivo enlace de Transparencia y acceso a la información pública de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte https://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/es/transparenciaacceso-informacion-publica.

Artículo tercero.

Realizar por la Dirección de Asuntos Locales y Participación de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte los trámites correspondientes al

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REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-51 • 2026 • MAYO • 20 51 *20261100278853* Radicado: 20261100278853 Fecha: 11-05-2026 RESOLUCIÓN No. 429 DE 14 DE MAYO DE 2026 "Por medio de la cual se ordena la apertura de los Laboratorios de transformaciones culturales para la paz dirigido a pueblos indígenas víctimas del conflicto armado, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte" desembolso de los incentivos económicos previstos en los referidos “Los Laboratorios de transformaciones culturales para la paz dirigido a pueblos indígenas víctimas del conflicto armado”, de conformidad con el artículo primero del presente acto administrativo, acorde con los procesos y procedimientos definidos en este organismo.

Artículo cuarto.

Publicar por la Dirección de Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano la presente resolución y junto con la “Condiciones de Participación” y la “Guía Operativa de Laboratorios de Oportunidades Culturales”, en el enlace de Transparencia y acceso a la información pública de la Secretaría Distrital de

Cultura, Recreación y Deporte: https://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/sites/default/files/2026-04/5.2- 2026_condiciones_de_participacion_laboratorio_de_oportunidades_culturales_loc_transfo rmaciones_para_la_paz_indigenas.pdf Asimismo, por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano publicar el contenido de la presente resolución en la Gaceta Distrital y en el Régimen Legal de Bogotá y en la página web de la SCRD.

Artículo quinto.

Comunicar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano el contenido de la presente resolución a través de la herramienta ORFEO, a la Subsecretaría de Gobernanza y la Dirección de Asuntos Locales y Participación para los trámites de su competencia.

Artículo sexto.

El presente acto administrativo rige a partir del día siguiente a su publicación y contra este no procede recurso alguno en los términos del artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C., a los catorce (14) días del mes de mayo (05) de dos mil veintiséis (2026).

SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR Secretario de Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Proyectó Santiago Rodríguez Flórez - Contratista Oficina Jurídica. Revisó: Fernando Augusto Garcia - Contratista Dirección de Asuntos Locales y Participación. Revisó: Miguel Ángel Solano Rojas – Contratista Subsecretaría de Gobernanza. Aprobó: Felipe Duarte Alvarez – Director de Asuntos Locales y Participación.

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REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-52 • 2026 • MAYO • 20 52 *20261100278853* Radicado: 20261100278853 Fecha: 11-05-2026 RESOLUCIÓN No. 429 DE 14 DE MAYO DE 2026 "Por medio de la cual se ordena la apertura de los Laboratorios de transformaciones culturales para la paz dirigido a pueblos indígenas víctimas del conflicto armado, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte"

Ana María Boada Ayala – Subsecretaria de Gobernanza Revisó: Diego Eduardo Beltrán Hernández – Contratista Oficina Jurídica. Aprobó revisión y ajustó: Sandra Margoth Vélez Abello – Jefe Oficina Jurídica Documento 20261100278853 firmado electrónicamente por:

Santiago Trujillo Escobar Secretario de Cultura, Recreación y Deporte Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Fecha firma: 14-05-2026 14:39:33 Hector Ricardo Ojeda Sierra (E)

Jefe Oficina Juridica (E) Oficina Jurídica Fecha firma: 14-05-2026 14:01:17 Santiago Rodriguez Florez Contratista Oficina Jurídica Fecha firma: 11-05-2026 15:19:57 Ana María Boada Ayala Subsecretaría de Gobernanza Subsecretaría de Gobernanza Fecha firma: 14-05-2026 08:44:34 Miguelangel Solano Rojas Contratista Subsecretaría de Gobernanza Fecha firma: 13-05-2026 23:45:23 Julian Felipe Duarte Alvarez Director de Asuntos Locales y Participación Dirección de Asuntos Locales y Participación Fecha firma: 11-05-2026 18:52:04 Fernando Augusto García Bejarano Contratista Dirección de Asuntos Locales y Participación Fecha firma: 11-05-2026 18:01:27 Juan Esteban Quintero Paez Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 22 Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano Fecha firma: 14-05-2026 15:29:50 ec90ac1225fa27d09b6a79f6edafc0685e57057dcda4ef98c10c645c2b639dd9 Codigo de Verificación CV: e452c Página 8 de 8 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-53 • 2026 • MAYO • 20 53 ANEXO 2 PCR-PR-25-GU-02 GUÍA OPERATIVA DE LABORATORIOS DE OPORTUNIDADES CULTURALES LABORATORIOS DE TRANSFORMACIONES CULTURALES PARA LA PAZ REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-54 • 2026 • MAYO • 20 54 TABLA DE CONTENIDO Siglas................................................................................................................................... 2
1. Introducción .................................................................................................................... 3 1.1 Acercamientos teóricos y metodológicos ................................................................... 4 1.2 Hacia las pedagogías de la memoria ......................................................................... 5 1.3 Una gramática de la escucha .................................................................................... 7 2.Objetivo General .............................................................................................................. 8 2.1 Objetivos específicos ............................................................................................... 8
3. Alcance ............................................................................................................................ 8
4. Responsables ................................................................................................................ 10 4.1 Marco interadministrativo de corresponsabilidad ..................................................... 10 4.2 Aliados estratégicos ................................................................................................ 10 4.3 Responsables misionales y operativos .................................................................... 11
5. Definiciones ................................................................................................................... 11
6. Condiciones generales ................................................................................................. 14 6.1. Generalidades ........................................................................................................ 14 6.1.1. Punto de partida: lo poblacional ........................................................... 14 6.1.2. Procesos de interacción y participación .............................................. 14 6.1.3. Lo territorial ............................................................................................ 15 6.2. Principios de participación ...................................................................................... 15 6.3 ¿Quiénes pueden participar? .................................................................................. 15 6.4 Compromisos de participación ................................................................................ 16 6.4 Postulación como beneficiarios y Formalización de la participación ........................ 16 6.4.1. Postulación como beneficiarios ..................................................................... 16 6.5 Procesos administrativos ......................................................................................... 18
7. Metodología para la Paz .............................................................................................. 19 7.1 Aportes de la Metodología para la Paz a los componentes del SIVJRNR (Sistema Integral de Verdad, Justicia y Reparación y No Repetición). ......................................... 20 7.2 Indicadores de creatividad ....................................................................................... 22 7.3 Indicadores de innovación ....................................................................................... 22 7.4 Indicadores de pertinencia ...................................................................................... 22
8. Paso a paso metodológico ........................................................................................... 22 8.1 Etapa 0 - Pillarnos para conocernos ........................................................................ 24 8.2. Etapa 1. Venga que si es pa’ eso. Hacia una memoria compartida: ....................... 28 Quién soy y de dónde vengo (subjetivo) .................................................................. 29 Un mapa de recuerdos compartidos (intersubjetivo) ................................................ 30 "Laboratorios" de la memoria (objetivo) ................................................................... 30 Espacios de formación ............................................................................................ 30 8.3 Etapa 2 Vamo´a hacelo´ – RUTAS DE LA ESCUCHA ................................... 31 8.4 Etapa 3 Y si lo hacemos real: para que Bogotá sea una comunidad de paz de comunidades de paz – Implementación de acciones restaurativas ............................... 32 Criterios de pertinencia y viabilidad ............................................................................... 34 8.5 Etapa 4. Esto es pa’ rato ¿Y cómo lo sostenemos? ................................................ 34 Referencias ....................................................................................................................... 35 1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-55 • 2026 • MAYO • 20 55 Siglas Plan de Acción Territorial PAT Comité Operativo para la Dejación de las Armas CODA Centro Nacional de Memoria Histórica CNMH Certificado de Disponibilidad Presupuestal CDP Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad CEV Comité Local de Derechos Humanos CLDH Comité Local de Justicia Transicional CLJT Conflicto Armado No Internacional CANI Consejería Distrital de Paz, Víctimas y Reconciliación CDPVR Derechos Humanos DD. HH.
Dirección de Asuntos Locales y Participación DALP Fondos de Desarrollo Local FDL Jurisdicción Especial para la Paz JEP Mesas Locales de Participación Efectiva de Víctimas MLEV Observatorio Distrital de Víctimas del Conflicto Armado ODVCA Oficina de la Consejería de Paz, Víctimas y Reconciliación OCPVR Organización Internacional para las Migraciones OIM Plan Anual de Desarrollo PAD Plan de Acción Distrital PAD Plan de Desarrollo Distrital PDD Plan Operativo Anual POA Planes Integrales de Reparación Colectiva PIRC Registro Presupuestal RP Registro Único de Víctimas RUV Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte SCRD Secretaría de Gobierno SDG Sistema de Alertas Tempranas SAT Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición SIVJRNR Sistema Modelo de Atención, Asistencia y Reparación Integral a las Víctimas MAARIV Sujeto de Reparación Colectiva SRC Sustancias Psicoactivas SPA Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas UBPD Unidad para la Atención y Reparación Integral a la Víctimas UARIV Transformaciones Rurales Integrales TRI 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-56 • 2026 • MAYO • 20 56

1. Introducción

El presente anexo de Laboratorios de Transformación tiene como propósito orientar la concertación, planeación, implementación, seguimiento y cierre de los Laboratorios de Transformación Cultural para la Paz, como una estrategia de participación comunitaria orientada a la garantía de derechos de las víctimas del conflicto armado, personas en proceso de reincorporación, la construcción de culturas de paz, la reconciliación, la no estigmatización y la no repetición.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 174 de la Ley 1448 de 2011, “Por la cual se dictan medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno y se dictan otras disposiciones”, y el Decreto 2460 de 2015, “Por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 172 de la Ley 1448 de 2011, se adopta la Estrategia de Corresponsabilidad de la política pública para las víctimas del conflicto armado interno y se modifica el parágrafo 2 del artículo 2.2.8.3.8 del Decreto 1084 de 2015, Único Reglamentario del Sector de Inclusión Social y Reconciliación".

Todas las entidades territoriales deben diseñar un Plan de Acción Territorial (PAT) como instrumento de planeación que contempla los componentes de atención, asistencia, reparación integral, este plan debe evidenciarse en la caracterización poblacional y territorial de las más de 400.000 víctimas del conflicto armado que habitan en Bogotá (PLAN DE CONTINGENCIA, 2025). El acervo documental depende del Observatorio Distrital de Víctimas del Conflicto Armado (ODVCA), el Sistema Integral para la Paz y los boletines demográficos que publica la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). De igual modo, se recoge los lineamientos de la Ley 2421 de 2024, “"Por la cual se modifica la Ley 1448 de 2011 y se dictan otras disposiciones sobre reparación a las víctimas del conflicto armado interno”, aquella que robustece la protección y garantía de los Derechos Humanos de las víctimas.

Por otro lado, las determinaciones de este anexo obedecen al Plan de Desarrollo Distrital, “Bogotá Camina Segura”; al Proyecto de Inversión 8027 - Fortalecimiento de la gobernanza territorial, la participación incidente y la atención diferenciada de los grupos étnicos, etarios y sectores sociales desde las prácticas culturales en Bogotá D.C., en particular en las siguientes metas: I) meta No. 3 - “Formular e implementar una estrategia comunitaria para promover laboratorios barriales de transformación cultural para la paz, dirigido a personas víctimas del conflicto armado y personas en procesos de reincorporación, que residan en los territorios priorizados en Bogotá”; II) meta proyecto No. 4 - “Diseñar e implementar una estrategia comunitaria para la formación en cultura de paz dirigido a agentes culturales de Bogotá en torno a los siguientes ejes de transformación: culturas de paz, memorias, pervivencia cultural, reconciliación, no estigmatización y convivencia. Se implementarán 40 procesos de formación”.

Asimismo, se obedece al Plan Anual de Desarrollo (PAD) en su meta 1465, “Realizar 9 laboratorios de transformación cultural para la paz con víctimas del conflicto armado en espacios de participación y 1 laboratorio de transformación cultural para la paz dirigido a mujeres víctimas del conflicto armado”. De igual manera, “Realizar un (1) laboratorio de oportunidades culturales para la paz dirigido a la población indígena víctima del conflicto 3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-57 • 2026 • MAYO • 20 57 armado y un (1) laboratorio de oportunidades culturales para la paz dirigido a comunidad Afrocolombiana víctima del conflicto armado”.

En su meta 1466, “Otorgar 4 estímulos de la siguiente forma: tres 3 estímulos anuales a agentes culturales, artísticos y patrimoniales que sean víctimas del conflicto armado, y un 1 estímulo anual a agentes en procesos de reincorporación, con el objetivo de fortalecer la reconstrucción del tejido social y promover la participación comunitaria en la construcción de la paz desde los territorios”. Finalmente, en su meta 1467, “Implementar y fortalecer el 100% de las acciones relacionadas con el componente cultural de los Planes Integrales de Reparación Colectiva (PIRC), así como con las organizaciones de los sujetos de reparación colectiva y espacios de concertación priorizados”.

Este anexo recoge y articula los lineamientos del Programa de Reincorporación Integral (PRI) y los enfoques diferenciales, territoriales y de derechos humanos aplicables. Según el artículo 13 de la Ley 2421 de 2024 “El Estado ofrecerá especiales garantías y medidas de protección a los grupos expuestos a mayor riesgo de las violaciones contempladas en el artículo 3 de la presente Ley tales como mujeres, jóvenes, niños y niñas, personas mayores, personas con discapacidad, personas campesinas, líderes y lideresas sociales defensores y defensoras de DDHH, líderes religiosos, líderes y lideresas ambientales, integrantes de organizaciones sindicales, defensores de Derechos Humanos, víctimas del confinamiento, miembros de grupos étnicos (indígenas, afro, raizales, palenqueros, Rrom) y víctimas de desplazamiento forzado interno, rural y transnacional”. (Ley 2421 de 2024) Lo anterior, aunado a las alertas tempranas vigentes para Bogotá generadas por la Defensoría del Pueblo a través del Sistema de Alertas Tempranas (SAT); a saber: AT-010-2021; AT-005-2022; AT-019-2023; AT-004- 2024; AT-013-2025. (PLAN DE CONTINGENCIA, 2025; Defensoría del Pueblo, 2025).

La idea de una transformación cultural para la paz, entraña la necesidad de considerar metodologías formativas y pedagógicas alrededor de la construcción de paz como un escenario equitativo, continuo y abierto; este documento busca presentar y definir dichas propuestas a través de una escala metodológica que se desarrollan en los llamados Laboratorios de Transformación Cultural para la Paz. Son estos espacios que consideran procesos integrales, restaurativos y comunitarios en donde se articulan memoria, participación, acción cultural y fortalecimiento del tejido social en territorios priorizados.

1.1 Acercamientos teóricos y metodológicos Colombia se ha consolidado como uno de los principales referentes internacionales en la reflexión teórica y la implementación práctica de procesos de construcción de paz. La complejidad, duración y profundidad de su conflicto armado, así como la diversidad de mecanismos de negociación, justicia transicional y participación de víctimas desarrollados en el país, han convertido la experiencia colombiana en un caso paradigmático de estudio en la literatura global sobre paz. En este sentido, los aprendizajes derivados del proceso colombiano han sido ampliamente analizados y utilizados como referencia comparada en otros contextos de conflicto armado y posconflicto (Lederach, 1997, 2005; Rettberg, 2012, 2017; Mac Ginty & Richmond, 2013).

4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-58 • 2026 • MAYO • 20 58 Desde el Derecho Internacional Humanitario y la teoría de los conflictos armados, Colombia se configura como un Conflicto Armado No Internacional (CANI) caracterizado por la prolongación temporal, la fragmentación de actores y la ampliación territorial de la violencia (Sánchez Cabarcas, 2023). En este contexto, el desplazamiento forzado no es un efecto colateral, sino una estrategia central de la guerra, orientada al control poblacional y territorial (Ibáñez & Vélez, 2008).

Las ciudades, particularmente Bogotá, emergen como espacios estratégicos del conflicto, cumpliendo simultáneamente tres funciones: I) Ciudad receptora de víctimas del conflicto armado rural; II) Ciudad de hechos, donde persisten acciones victimizantes asociadas a economías ilegales, control territorial y violencia urbana; III) Ciudad expulsora, donde se producen desplazamientos intraurbanos motivados por estigmatización, amenazas y exclusión social (Saldarriaga & Hua, 2019; Sánchez-Saldarriaga et al., 2024).

Este enfoque permite superar la dicotomía rural–urbano y comprender el conflicto armado colombiano como un fenómeno territorialmente continuo, donde la ciudad no es refugio neutral, sino escenario activo de reconfiguración de la violencia y de nuevas formas de victimización, particularmente contra víctimas y firmantes de paz, quienes enfrentan procesos sistemáticos de estigmatización.

La Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, creada en el marco del Acuerdo Final de Paz de 2016, desarrolló rutas pedagógicas orientadas al reconocimiento, la verdad y la no repetición, entendiendo la verdad como un proceso social, participativo y transformador. Estas rutas se estructuran en torno a la memoria, la escucha y la convivencia, elementos que coinciden con los principios metodológicos de los laboratorios de paz implementados en Colombia, los cuales conciben la construcción de paz como un proceso permanente de diálogo, cocreación y participación comunitaria (CEV, 2022; Jelin, 2002; Rettberg, 2012).

1.2 Hacia las pedagogías de la memoria En este sentido y retomando los factores descritos por la Consejería Distrital de Paz, Víctimas y Reconciliación (CDPVR), la base de todo el proceso debe ser el reconocimiento de las víctimas y firmantes como ciudadanos y ciudadanas legítimas y no como extraños que no pertenecen a las comunidades establecidas. De acuerdo con Nicolàs Frasser (2023, p. 25), dicho reconocimiento exige una pedagogía de las memorias que parten de las experiencias de las víctimas y firmantes y que deben apuntalarse a la construcción de una memoria colectiva en donde todos y todas hagamos parte de la narrativa.

Retomando a Frasser (2023), las pedagogías de la memoria constituyen estrategias de enseñanza y aprendizaje orientadas al pasado reciente, que se distinguen por articular una diversidad de experiencias y recuerdos en espacios sociales y culturales. Estas prácticas buscan la construcción de narrativas que permitan elaborar el pasado y resignificarlo como un nuevo escenario de acción política. Es decir, partir de lo microhistórico para llegar a la posibilidad de un presente común; por esto, los laboratorios de transformación cultural para la paz, parten de 8 pedagogías de la memoria: la testimonial, la de los Derechos Humanos, la crítica, del recuerdo y la conmemoración, de los lugares de la memoria, narrativa, intergeneracional y, finalmente, la artística y cultural. Cada una de estas pedagógicas cuenta 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-59 • 2026 • MAYO • 20 59 con un enfoque central, estrategias y recursos sumado a un resultado que se enmarca en el propósito formativo.

Pedagogía Enfoque central Estrategias y recursos Propósito formativo Relatos orales, escritos Testimonios y memorias de víctimas y Fomentar empatía, reconocimiento y reflexión Pedagogía testimonial y audiovisuales testigos ética Formación ciudadana y Articulación entre memoria histórica y Análisis de casos, marcos normativos y Pedagogía de los derechos humanos ética DD. HH. debates Pedagogía crítica Análisis del poder y de Lectura crítica y análisis Comprensión crítica del de la memoria las narrativas oficiales histórico-político pasado Pedagogía del Efemérides, rituales y Producción de sentidos Construcción de memoria colectiva actos públicos compartidos recuerdo y la conmemoración Pedagogía de los Espacios, territorios y Museos, memoriales, Relación entre historia, lugares u objetos materialidades del archivos y sitios territorio y política de memoria pasado históricos Pedagogía Construcción de relatos Elaboración simbólica del narrativa y experiencias Biografías, historias de vida y memorias locales pasado Transmisión y diálogo Entrevistas, encuentros Resignificación del pasado Pedagogía intergeneracional de memorias y relatos familiares desde el presente Lenguajes simbólicos y Aproximación sensible y Pedagogía artística y cultural expresivos Arte, cine, teatro, literatura y música creativa al pasado de la memoria Al hacer una lectura orgánica de esta tipología, se puede considerar que se concentran en dos objetivos claros: la presencia del sujeto y la posibilidad de la acción política de ese sujeto. Por esta razón, se busca acudir a Chantal Mouffe (1996) y considerar que al analizar esta clasificación de las pedagogías de la memoria, es posible identificar un proceso que transita desde lo subjetivo, pasa por lo intersubjetivo y culmina en lo objetivo. Cabe aclarar que este último no remite a una concepción positivista de la certeza, sino a los dispositivos materiales y/o simbólicos que emergen del diálogo del sujeto consigo mismo y de su interacción con los otros.

6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-60 • 2026 • MAYO • 20 60 En este sentido, se propone la siguiente ruta: cada laboratorio iniciará con un espacio de construcción de la memoria a partir del individuo, su subjetividad y diálogo interno sobre su esencia y experiencias; posteriormente, se trabajará desde la comunidad, la narrar al otro y con el otro, despojándose de prejuicios, al apelar al diálogo e interacción colectivo. Los dos pasos previos permitirán llegar a un tercer escenario donde se prioriza la narración y memoria común, apalancada en objetos, símbolos o materiales que reflejen esa visión compartida. Es nodal aclarar que no puede construirse una narración, ni un lugar, ni un dispositivo de la memoria como lugar de enunciación de las víctimas, sino se considera como parte fundamental del proceso, la escucha, sus gramáticas y prácticas. Todas las etapas previamente mencionadas serán explicadas en la descripción y el paso a paso de estos escenarios.

1.3 Una gramática de la escucha La filósofa colombiana María del Rosario Acosta ha ofrecido una reflexión profunda sobre una suerte de episteme de la escucha, pero lo más importante de su propuesta es que ha girado hacia las víctimas. Como se ha dicho anteriormente, nada puede funcionar, ni la construcción de una narrativa de la memoria, ni los procesos de no repetición o no estigmatización sino existe un propósito de escucha que alimente, desde el individuo y sus vivencias, lo que se hará y las prácticas que se proponen.

De acuerdo con Acosta (2020) es necesario presentar y analizar el desafío de la escucha a partir de las implicaciones conceptuales que los contextos traumáticos plantean tanto en los procesos de construcción de la memoria como en la práctica misma de la escucha de testimonios de experiencias traumáticas. A partir de ello, es posible comprender en profundidad un aspecto de la labor de la memoria que de otro modo podría pasar desapercibido, y, a partir de esa comprensión, diseñar e identificar en la práctica cursos de acción y estrategias de escucha más responsables, inclusivas y plurales. De este modo se considera que la práctica de escucha asertiva requiere de espacios de reflexión, pero también una metodología que contemple procesos de sistematización de los testimonios de las víctimas y firmantes de paz.

En ese sentido, se explicará y describirá la manera como la construcción de las narrativas tienen como línea transversal la gramática de la escucha a partir de contextos y eventos traumáticos. Como lo ha enunciado Hanna Arendt (2005), proporcionar las condiciones de posibilidad para construir una memoria de lo sucedido, pero lo más interesante de considerar la escucha como parte de la construcción de posibilidades y transformaciones es que se convierte en un parte esencial de la dimensión estética y de las posibilidades expresivas de las comunidades.

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2. Objetivo General

Establecer los lineamientos necesarios para implementar una metodología de transformación cultural de paz que contribuya a la reparación simbólica, la reconstrucción del tejido social, la reconciliación comunitaria y las garantías de no repetición, en articulación con la justicia transicional y la política pública de víctimas.

2.1 Objetivos específicos

- Consolidar un mapa cultural, poblacional y territorial que relacione la dinámica de las localidades de acuerdo con la habitabilidad de las víctimas y firmantes de paz; sumado actividad cultural en torno a la construcción de la memoria y sanación colectiva.
- Precisar los roles y responsabilidades de los actores institucionales y comunitarios teniendo en cuenta las directrices administrativas, presupuestales y misionales de la entidad.
- Definir los procesos de cocreación, memorias compartidas, objetos de memoria, lugares de memoria entre la comunidad de víctimas y la comunidad en general.
- Facilitar la articulación de la Dirección de Asuntos Locales y Participación (DALP) con actores del ecosistema cultural y educativo de la ciudad, a partir de las pedagogías de paz, construcción de memoria y sanación colectiva.
- Generar espacios y estrategias de sostenibilidad a través de procesos formativos en gestión cultural que garanticen la sobrevivencia de dichas dinámicas en las comunidades.

3. Alcance

Este anexo se aplica a los procesos desarrollados en territorios priorizados del Distrito Capital que involucren víctimas del conflicto armado, personas en proceso de reincorporación, comunidades con afectaciones colectivas, organizaciones sociales vinculadas a procesos de memoria y comunidad en general, con el propósito de desarrollar procesos de reconciliación y garantías de no repetición, teniendo en cuenta el enfoque poblacional y territorial.

La definición de territorios y caracterización poblacional responde a los compromisos adquiridos de acuerdo con las políticas públicas dirigidas a la población víctima del conflicto armado y/o firmantes de paz con enfoque diferencial étnico y de género. Las metas del Plan Acción Distrital (PAD) y su cumplimiento se debe garantizar mediante los acuerdos presupuestales definidos por la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) que se encuentran sujetos al principio de progresividad establecido en la Ley 1448 de 2011 y demás normas concordantes que regulan la materia. Estas metas se definen de la siguiente manera:

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- En instancias de participación distritales, mesas temáticas, Comités Distritales se llevan a cabo diálogos entre las víctimas e instituciones, en donde se expresan las propuestas y necesidades manifestadas por las víctimas.
- La proyección de las metas consignadas en el Plan Acción Distrital (PAD), se llevará a cabo de acuerdo con los lineamientos de la dirección de la Dirección de Asuntos Locales y Participación (DALP) de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD).
- La aprobación interna del Plan Acción Distrital (PAD) surtirá el proceso definido por la entidad.
- Se hace envío de la matriz Plan Acción Distrital (PAD) a planeación, quien se encarga de hacerla llegar a la Consejería Distrital de Paz, Víctimas y Reconciliación (CDPVR).
La entidad en mención hace observaciones o solicita correcciones que se adelantarán de acuerdo con los lineamientos de la dirección y el equipo misional.
- La Consejería Distrital de Paz, Víctimas y Reconciliación (CDPVR) emite su concepto aprobatorio por medio de correo electrónico dirigido a planeación y a la Dirección de Asuntos Locales y Participación (DALP).
- El Plan Acción Distrital (PAD) es el instrumento que socializamos y presentamos en las diferentes instancias de participación.
- El Plan Acción Distrital (PAD) se aloja en el sitio del Observatorio para las Víctimas. (Plan Acción Distrital, 2025)

Este proceso vincula a los siguientes agentes:

- Personas víctimas del conflicto armado.
- Comunidades con afectaciones colectivas.
- Personas en proceso de reincorporación.
- Personas con certificado de residencia y/o declaración juramentada sobre su residencia en la localidad en que se desarrolla el Laboratorio.
- Organizaciones de víctimas que conforman las Mesas Locales de Participación efectiva de Víctimas y que a su vez, se encuentren en el Directorio de agremiaciones, asociaciones y grupos de interés de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá (Directorio de Agremiaciones, s.f.) .
- La ciudadanía en general, reconociendo que los laboratorios son escenarios de corresponsabilidad ciudadana y por lo mismo, los encuentros, dinámicas de cocreación, desarrollo, formación y ejecución, están abiertos a la ciudadanía en general. Son espacios que plantean como objetivo rutas de reconocimiento y reconciliación que requieren y se potencian con la presencia de todos y todas.

Los Laboratorios de Transformación Cultural para la Paz son:

- Abiertos
- Transparentes
- Basados en evidencia
- Previenen las acciones con daño y revictimización

No obstante, no sustituyen:

- Las rutas de atención, asistencia o reparación administrativa, sino que las complementan mediante acciones simbólicas, pedagógicas y comunitarias.

9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-63 • 2026 • MAYO • 20 63

- No reemplaza el sistema de alertas tempranas, ni procesos legales correspondientes a acciones de reparación directa.

Estos espacios de encuentro y concertación deben evitar:

- Exposición mediática sin el permiso de uso de imagen e identidad de las víctimas y firmantes de paz. Se debe contar con la autorización escrita de los participantes, es necesario concertar los límites en la referencia de nombres, lugares de origen, procesos legales, ubicación geográfica.
- Juicios sociales que consideren las historias y experiencias de los participantes como instrumentos para estigmatizar sus posiciones políticas, religiosas o sociales
- Participación de otros agentes con los que las víctimas y/o firmantes de paz puedan sentirse incómodos o en peligro.
- Escenarios que atenten contra la seguridad primaria de los participantes.
- Incumplimiento de los acuerdos considerados en estos espacios y que atenten contra la reparación integral de los participantes.

4. Responsables

4.1 Marco interadministrativo de corresponsabilidad La implementación de la Metodología para la Paz se soporta en esquemas de cooperación interadministrativa, los cuales permiten la articulación de competencias, recursos y capacidades institucionales para el desarrollo de acciones de paz, reconciliación y cultura de derechos. Este enfoque se fundamenta en los principios de colaboración armónica, coordinación y concurrencia previstos en la Constitución Política y desarrollados en la Ley 489 de 1998, así como en la figura del convenio interadministrativo marco de cooperación.

De igual manera, el “Plan de Cultura de Bogotá 2038” establece nuestra responsabilidad ética frente a las condiciones de convivencia pacífica, de participación equitativa frente a las comunidades víctimas del conflicto armado como lo evidencia en su apartado 2.4, en el cual se manifiesta que las formas de violencia simbólica, física y al riesgo a la vida que resultan de los conocimientos, actitudes y emociones frente a la diferencia cultural, ya sea por razón de género, sexualidad, curso de vida, etnia, nivel socioeconómico, región de origen, entre otras.

Por esta razón, se promueven “procesos de transformación cultural donde las comunidades creadoras públicas, privadas y comunitarias como sujetos de transformación y agencia política propician condiciones que erradiquen las violencias simbólicas y físicas, y protejan la vida de las personas que son víctimas de discriminación y exclusión por razones de diferencia cultural. Las oportunidades deben estar disponibles, sin barreras de acceso, ser aceptables y flexibles frente a la diversidad tanto poblacional como territorial, adaptándose a los contextos locales y vinculándose con el cumplimiento de otros derechos humanos”. (Plan de Cultura 2038, 2025).

10 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-64 • 2026 • MAYO • 20 64 4.2 Aliados estratégicos

- Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte – SCRD.
- Secretaría de Gobierno - SDG
- Consejería Distrital de Paz, Víctimas y Reconciliación - CDPVR

Funciones principales:

- Definir lineamientos estratégicos para la implementación de la Metodología para la Paz.
- Garantizar la coherencia de las acciones con la política pública distrital y el marco de derechos humanos.
- Facilitar la articulación intersectorial y territorial en los cinco componentes principales de la estrategia “Cultura de Paz en Bogotá”:

○ Gobernanza local para agenciar la cultura de paz ○ Fomento de la innovación social para la cultura de paz ○ Promoción de prácticas culturales y cambios comportamentales que promuevan la eliminación del machismo, racismo, clasismo, xenofobia y discriminación en todas sus formas ○ Interacciones culturales para promover la cultura de paz ○ Gestión y apropiación social del conocimiento para una política cultural de paz en Bogotá 4.3 Responsables misionales y operativos

- Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) y Dirección de Asuntos Locales y Participación (DALP).
- Equipos técnicos y facilitadores territoriales.

5. Definiciones

Acción restaurativa: actividad simbólica, pedagógica o comunitaria orientada al reconocimiento del daño, la dignificación de las víctimas y la reconstrucción del tejido social.

Afectación colectiva: impacto social, cultural o comunitario generado por hechos asociados al conflicto armado o a violencias estructurales.

Atributos del sujeto colectivo: Unidades de análisis que permiten comprender las afectaciones colectivas y orientar acciones de reparación culturalmente pertinentes: autoconocimiento, proyecto colectivo, prácticas colectivas, formas de organización y relacionamiento, y territorio.

Centralidad de las víctimas: Principio orientador del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición (SIVJRNR) según el cual las víctimas son el eje del Sistema, y todas las actuaciones deben orientarse a la satisfacción de sus derechos, al reconocimiento de su dignidad y a su participación activa.

11 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-65 • 2026 • MAYO • 20 65 Certificación del CODA: Documento que expide el Comité Operativo para la Dejación de las Armas (CODA), dando cuenta de la pertenencia del desmovilizado a una organización armada al margen de la ley y de su voluntad de abandonarla. Esta certificación permite el ingreso del desmovilizado al proceso de reincorporación y el otorgamiento a su favor, de los beneficios jurídicos y socioeconómicos de que habla la ley.

Concertación: Mecanismo mediante el cual las decisiones institucionales relacionadas con acciones de reparación y transformación cultural se ponen a consideración del colectivo, con el fin de llegar a acuerdos legítimos y culturalmente adecuados.

Consulta previa: Derecho fundamental de los pueblos y comunidades étnicas que debe ser respetado cuando las acciones se desarrollen en sus territorios o involucren directamente su identidad, prácticas culturales o formas de organización.

Comité Operativo para la Dejación de Armas (CODA): Instancia administrativa creada en el marco de los procesos de desmovilización de grupos armados organizados al margen de la ley.

Garantías de no repetición: Conjunto de acciones orientadas a prevenir la reiteración de violencias y vulneraciones de derechos humanos, mediante transformaciones institucionales, sociales y culturales.

Integralidad: Principio que reconoce la coexistencia y complementariedad de mecanismos judiciales y extrajudiciales, sin que ninguno prime sobre otro, garantizando una respuesta articulada del Estado.

Medidas restaurativas y reparadoras: Acciones orientadas al esclarecimiento de la verdad, la reparación simbólica, la reconstrucción del tejido social y la transformación de las condiciones que hicieron posible el conflicto armado.

Memoria territorial: construcción colectiva de relatos, símbolos y prácticas que reconocen los hechos, impactos y resistencias de un territorio.

Metodología para la Paz: conjunto de principios, criterios, etapas y herramientas que orientan procesos de transformación cultural y restaurativa en territorios afectados por el conflicto y la violencia.

Plan de Desarrollo Distrital (PDD): Instrumento de planificación estratégica de mediano plazo que orienta la gestión de un gobierno distrital durante su período de mandato. En él se establecen la visión, los objetivos, las metas, los programas y las inversiones que guiarán la acción pública en el territorio.

Plan de Acción Distrital (PAD): Instrumento de planificación operativa mediante el cual una entidad territorial concreta, organiza y programa las acciones necesarias para cumplir los objetivos estratégicos definidos en el Plan de Desarrollo Distrital (PDD) y en otras políticas públicas sectoriales.

12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-66 • 2026 • MAYO • 20 66 Plan de Acción Territorial (PAT): Instrumento para la planeación e implementación de la política pública de víctimas del conflicto armado mediante programas, acciones y estrategias.

Plan Operativo Anual (POA) Instrumento de planificación de corto plazo que organiza, programa y detalla las acciones concretas que una entidad pública o privada ejecutará durante un año fiscal, en coherencia con su plan estratégico o plan de desarrollo. Traduce los objetivos estratégicos en actividades específicas, metas anuales, responsables, cronogramas y recursos asignados.

Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET): Instrumento de planificación territorial creado en el Punto 1 del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera. Su implementación normativa se incorporó al ordenamiento jurídico mediante el procedimiento legislativo especial para la paz (Fast Track), particularmente a través del Decreto Ley 893 de 2017.

Los PDET buscan:

- Transformar estructuralmente el campo colombiano
- Reducir pobreza multidimensional rural
- Cerrar brechas históricas urbano-rurales
- Fortalecer la institucionalidad en territorios afectados por el conflicto
- Garantizar participación comunitaria en la planeación del desarrollo
- Instrumento de transformación territorial estructural

Registro Único de Víctimas (RUV): Es una herramienta técnica, administrativa y estadística del Estado colombiano que identifica, caracteriza y documenta a las personas y comunidades que han sufrido daños por causa del conflicto armado interno (Ley 1448 de 2011). Su propósito fundamental es servir como base para la implementación de políticas públicas de atención, asistencia y reparación integral dirigidas a la población víctima del conflicto.

Transformación cultural para la paz: Proceso mediante el cual se reconfiguran sentidos, narrativas y prácticas comunitarias orientadas a la convivencia, la reconciliación y la no repetición.

Transformaciones rurales integrales (TRI): Procesos de cambio estructural multidimensional orientados a superar las causas históricas de exclusión rural mediante intervenciones coordinadas en acceso a tierra, infraestructura, servicios sociales, fortalecimiento institucional y desarrollo productivo, como fundamento de paz territorial sostenible.

Sujeto de Reparación Colectiva (SRC): Colectivo que ha sufrido daños colectivos en el marco del conflicto armado, cuya reparación se orienta a partir de la afectación de sus atributos (auto reconocimiento, proyecto colectivo, prácticas colectivas, formas de organización y territorio).

Además de las definiciones previamente incorporadas, la Metodología para la Paz se nutre de manera expresa del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición (SIVJRNR), como marco estructurante de la justicia transicional en Colombia.

13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-67 • 2026 • MAYO • 20 67 Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición (SIVJRNR): Conjunto de mecanismos judiciales y extrajudiciales creados para garantizar los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia, la reparación integral y las garantías de no repetición, en el marco del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto Armado y la Construcción de una Paz Estable y Duradera. El Sistema fue incorporado a la Constitución Política mediante el Acto Legislativo 01 de 2017 y está compuesto por la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad (CEV), la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas (UBPD) y las medidas de reparación integral y garantías de no repetición.

6. Condiciones generales

6.1. Generalidades 6.1.1. Punto de partida: lo poblacional Enfoque diferencial poblacional e inclusivo:

Reconoce las particularidades, identidades, trayectorias y condiciones de los distintos grupos poblacionales (víctimas del conflicto armado, firmantes de paz, mujeres, jóvenes, personas mayores, comunidades étnicas, entre otros), como base para la participación.

Cuidado de las víctimas, enfoque de no estigmatización y centralidad de las personas:

Garantiza condiciones de participación seguras, dignas y respetuosas, evitando cualquier forma de revictimización o estigmatización, y reconociendo a las personas y colectivos como sujetos activos de derechos, saberes y memorias.

6.1.2. Procesos de interacción y participación Participación activa y progresiva:

Promueve la vinculación voluntaria, informada y sostenida de las personas y organizaciones, respetando los ritmos, capacidades y niveles de involucramiento de cada grupo poblacional.

Diálogo respetuoso y escucha activa:

Fomenta escenarios de intercambio donde se valoran las distintas voces, narrativas, lenguajes y formas de expresión de las comunidades.

Reconocimiento del saber comunitario:

Valora los conocimientos, prácticas culturales, experiencias organizativas y memorias colectivas como insumos fundamentales para la construcción de los laboratorios.

14 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-68 • 2026 • MAYO • 20 68 6.1.3. Lo territorial Corresponsabilidad comunitaria:

Impulsa la construcción conjunta de los procesos, promoviendo compromisos compartidos entre las comunidades, organizaciones participantes e instituciones.

Transparencia y equidad:

Garantiza reglas claras, acceso equitativo a la información y condiciones justas de participación para todas las personas y colectivos involucrados.

Enfoque restaurativo y de reconciliación:

Orienta las acciones hacia la reparación simbólica, la reconstrucción del tejido social y la transformación de conflictos, contribuyendo a la resignificación del territorio desde las experiencias poblacionales.

6.2. Principios de participación La participación en los procesos de los laboratorios de transformación en cultural de paz se rigen por los siguientes principios:

- Enfoque diferencial poblacional e inclusivo.
- Participación activa y progresiva.
- Diálogo respetuoso y escucha activa.
- Corresponsabilidad comunitaria.
- Transparencia y equidad.
- Reconocimiento del saber comunitario.
- Enfoque restaurativo, reparador, de reconciliación y restablecimiento de sus derechos.
- Cuidado de las víctimas, convivencia, tolerancia, y no estigmatización.
- Por tratarse de espacios públicos la participación en estos escenarios es abierta a toda la comunidad.

6.3 ¿Quiénes pueden participar?

Podrán participar en todo el proceso de laboratorios de paz personas mayores de edad vinculadas al territorio, organizaciones comunitarias y sociales, y otros actores relevantes, siempre que acepten los principios y compromisos definidos en el presente anexo:

- Víctimas del Conflicto Armado que cuente con el Registro Único de Víctimas (RUV).
Estas personas serán las únicas beneficiarias directas del recurso que se otorga para el desarrollo de los laboratorios.
- Representantes de las Mesas Efectivas de Víctimas del conflicto armado.
- Agrupaciones, asociaciones y/o agremiaciones conformadas por Víctimas del conflicto armado.

15 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-69 • 2026 • MAYO • 20 69

- Firmantes del Acuerdo de Paz que cuenten con certificación del Comité Operativo para la Dejación de las Armas (CODA) o el Registro de Reincorporación expedido por la Agencia para la Reincorporación y Normalización (ARN) en estado activo.
- Víctimas del conflicto armado.
- Comunidad en general interesada en pedagogías de paz y de construcción de la memoria colectiva.
- Personas con certificado de residencia y/o declaración juramentada sobre su residencia en la localidad en que se desarrolla el Laboratorio.

6.4 Compromisos de participación

- Cumplir con una asistencia presencial mínima del 80% de las sesiones programadas del Laboratorio de paz.
- Cumplir, asumir y respetar los principios éticos del Laboratorio: cooperación, cuidado de lo común, reconocimiento del otro, respeto, transparencia y compromiso con el bien colectivo.
- No postularse ni proponer actividades que no puedan ser ejecutadas con solvencia técnica, ética, económica y operativa.
- Cumplir en los términos de ley y los que establezca la entidad las solicitudes de información y documentación que sean requeridas por parte de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) para efectos de seguimiento, control y soporte del proceso, dentro de los plazos y requerimientos establecidos.
- No formalizar su postulación en más de un Laboratorio de Paz propuestos por la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) de manera simultánea dentro del mismo periodo de ejecución del programa.
- Participar de manera propositiva en el Laboratorio Paz.

Nota: Los lugares, horarios y periodicidad de las sesiones de los laboratorios deberán concertarse con los representantes de la comunidad de acuerdo al público objeto de los laboratorios.

6.4 Postulación como beneficiarios y Formalización de la participación 6.4.1. Postulación como beneficiarios

- Serán únicas beneficiarias directas del incentivo económico, personas Víctimas del Conflicto Armado con registro Registro Único de Víctimas (RUV) que cumplan con los compromisos, condiciones y requisitos de participación.

- Serán únicas beneficiarias directas de incentivo económico, personas firmantes de paz que cuenten con el Registro de Reincorporación en estado activo y/o CODA.

- La participación como beneficiarios es indispensable para vincularse de forma activa en la realización de actividades de los laboratorios en todas sus fases, actividades, procesos y responsabilidades. Esta será validada por la Secretaría de Cultura,

16 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-70 • 2026 • MAYO • 20 70 Recreación y Deporte (SCRD) teniendo en cuenta el cumplimiento de los Compromisos de Participación. Una vez se realice la validación de la documentación descrita anteriormente (RUV, Registro de Reincoporación y/o CODA) se surtirá el proceso administrativo que describiremos más adelante.

Las personas que cumplan con lo anterior podrán:

- Participar en la implementación del laboratorio de paz.
- Ser beneficiarios del incentivo.
- Asumir responsabilidades en las actividades de la Fases de los Laboratorios.

6.4.2. Formalización de la participación La participación se formaliza mediante:

- Carta de compromiso.
- Registros de asistencia.
- Compromisos suscritos por las personas participantes.

El proceso de participación en los Laboratorios de Paz está diseñado para garantizar que quienes participen comprendan, acepten y se comprometan con los principios, condiciones y metodología de los laboratorios. La formalización de la participación es un requisito obligatorio para vincularse en las fases del laboratorio, y está directamente relacionada con la posibilidad de asumir responsabilidades de actividades dentro del proceso y ser beneficiario del incentivo.

Para acceder al incentivo económico, se debe cumplir con los siguientes requisitos mínimos:

- Presentar el certificado del registro RUV.
- Presentar certificado de registro activo de reincorporación, para el caso de Firmantes de paz.
- Presentar certificado de residencia y/o declaración juramentada sobre su residencia en la localidad en que se desarrolla el Laboratorio.
- Haber formalizado su participación con documentación completa, veraz, vigente y validada por la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD).
- Contar con asistencia validada de al menos el ochenta por ciento (80%) en todas las fases del Laboratorio.
- Haber participado de manera propositiva y verificable en la elaboración de las actividades enmarcadas en todas las fases de los laboratorios
- Haber participado, firmado y suscrito la propuesta del Laboratorio de paz en el Acta de Concertación, incluyendo el cronograma, los productos y el presupuesto concertados y presentados ante la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD).
- Contar con capacidad técnica, administrativa y operativa para ejecutar la actividad.
- Garantizar que la cuenta bancaria esté habilitada y libre de embargos.

6.4.3. Inhabilidades, incompatibilidades o conflictos de interés para participar

- No cumplimiento de los aspectos resaltados en el numeral 6.4.2.

17 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-71 • 2026 • MAYO • 20 71

- No encontrarse incursos en causales de inhabilidad, incompatibilidad o conflicto de interés, tales como:

❖ Ser servidor público o contratista de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD), de sus entidades adscritas, de Secretaría de Gobierno, Alta Consejería de Paz, Víctimas y Reconciliación o de un Fondo de Desarrollo Local (FDL), así como tener vínculo de parentesco hasta segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o único civil, con personas que participen en la toma de decisiones, aval presupuestal, estructuración o definición institucional de los Laboratorios de Oportunidades Culturales, para lo cual el postulante deberá diligenciar el formato declaración de conflictos de interés suministrado por la SCRD.

❖ Contar con sanciones o declaratorias de incumplimiento en programas de la SCRD durante los últimos tres (3) años.

❖ Personas que hayan sido retiradas de procesos de la SCRD por incumplimientos, y uso indebido de recursos o faltas éticas en vigencias anteriores.

❖ Personas que hayan sido sancionadas administrativa o disciplinariamente por hechos relacionados con la ejecución de recursos públicos culturales Nota: En caso de que una persona considere que puede encontrarse incursa en una posible inhabilidad o situación de conflicto de interés, deberá informar de manera oportuna al equipo facilitador, con el fin de que la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) revise el caso particular. La Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte podrá determinar la inhabilidad, el conflicto de interés o el retiro de un beneficiario del incentivo de los Laboratorios de Paz, con base en el ítem “Inhabilidades, conflictos de interés o retiro de un beneficiario” de la guía operativa.

6.5 Procesos administrativos

- Identificación y estructuración de formatos de actas, listas de asistencia y registros de carácter documental y audiovisual de los encuentros realizados.
- Registro y sistematización de los encuentros de socialización y resolución de dudas sobre los laboratorios, en las distintas instancias de participación y reuniones concertadas con los liderazgos y comunidades.
- Identificación y seguimiento de participación con un único formato de registro de asistencia.
- Expedición del Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP) y la emisión resolución de inicio de los laboratorios.
- Recepción, revisión y verificación de la documentación presentada por los participantes que responda a los requerimientos establecidos.
- Resolución de apertura.
- Resolución de beneficiarios.
- Creación de terceros y Registro Presupuestal (RP).

18 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-72 • 2026 • MAYO • 20 72

- Acompañamiento y apoyo técnico y administrativo a los beneficiarios durante todo el proceso, con el fin de dar cumplimiento a lo requerido al inicio, durante y al finalización de los laboratorios.

Nota: Estos aspectos anteriormente descritos obedecen al enfoque poblacional diferencial específicos para la población víctima del conflicto armado y firmante de paz. Las demás generalidades administrativas se encuentran consignadas en los ítem 5.4.2 5.4.3 5.4.4

7. Metodología para la Paz

La Metodología para la Paz se implementa en el marco de estrategias interadministrativas de cooperación, orientadas a garantizar condiciones institucionales, técnicas y administrativas que permitan el ejercicio efectivo del derecho a la paz y la promoción de una cultura de reconciliación en el Distrito Capital.

De conformidad con los convenios interadministrativos de cooperación suscritos entre entidades distritales, la metodología se desarrolla bajo los siguientes criterios institucionales:

- Coordinación intersectorial para la ejecución de acciones de cultura de paz.
- Uso eficiente y transparente de los recursos públicos, conforme a las disponibilidades presupuestales de cada entidad.
- Articulación con los planes, programas y proyectos de cada sector.
- Respeto por la autonomía administrativa de las entidades participantes.

Estas condiciones habilitan la ejecución de procesos de transformación cultural para la paz como estrategias de largo aliento, orientadas a fortalecer la confianza ciudadana, la convivencia pacífica y la reconciliación territorial.

La Metodología para la Paz se concibe como un aporte territorial, cultural y comunitario a la implementación del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición (SIVJRNR), contribuyendo al cumplimiento de sus objetivos desde el ámbito simbólico, pedagógico y restaurativo.

En coherencia con el SIVJRNR, la metodología reconoce que:

- Ningún componente del Sistema prima sobre otro y las acciones culturales deben ser complementarias a los mecanismos judiciales y extrajudiciales.
- La centralidad de las víctimas orienta la planeación, implementación y cierre de los procesos.
- El enfoque territorial, diferencial y de género es un criterio obligatorio para la acción institucional.
- Las medidas restaurativas y reparadoras son fundamentales para la convivencia pacífica, la reconciliación y la no repetición.

Desde esta perspectiva, las acciones culturales y comunitarias desarrolladas en el marco de este anexo aportan a:

- El esclarecimiento social y territorial de la verdad

19 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-73 • 2026 • MAYO • 20 73

- El reconocimiento de responsabilidades colectivas y sociales
- La reparación simbólica y la dignificación de las víctimas
- La construcción de garantías de no repetición

7.1 Aportes de la Metodología para la Paz a los componentes del SIVJRNR (Sistema Integral de Verdad, Justicia y Reparación y No Repetición).

Para quienes y con quiénes trabajamos Comunidades activas:

- Víctimas del conflicto armado con o sin RUV que hagan parte de colectivos, mesas locales u organizaciones y que adelanten procesos de liderazgo comunitario y cultural.
- Colectivos conformados por firmantes de paz que han adelantado dinámicas de restauración por y para la comunidad en general.
- Comunidades en proceso de reparación colectiva que se encuentren en el desarrollo de la implementación de su plan Integral de Reparación Colectiva (PIRC) territorializado para Bogotá D.C, Mesas distritales éticas y con enfoques diferencial poblacional.

Comunidades no organizadas:

- Víctimas del conflicto armado y firmantes de paz que no pertenecen a mesas ni organizaciones, que no se encuentran en proceso de restauración, habitantes de las localidades en donde se desarrollan las actividades.
- Como lo hemos mencionado anteriormente, estos espacios son resultado de la corresponsabilidad ciudadana y están abiertos a la participación de cualquier persona interesada en los procesos de pedagogía para la paz y construcción de la memoria colectiva.

Ecosistema cultural:

- Habitantes de los barrios y la ruralidad que no participan activa y directamente en los laboratorios, universidades, observatorios de derechos humanos y comunidad en general.
- Los objetos artísticos resultantes de estos procesos buscan impactar de manera permanente en el tejido social del territorio; mediante lugares de diálogo común entre todos los habitantes del territorio.

Propósitos y objetivos con nuestros públicos Para las comunidades activas: quienes llegamos nos quedemos en Bogotá, nuestra casa

- Cocreación de memorias activas que permitan el reconocimiento de la experiencia de las víctimas y firmantes de paz dentro de la comunidad local.
- Que la narración conjunta creada desde las memorias activas, vayan, paulatinamente, fortaleciendo a Bogotá como una ciudad receptora, más que de hechos o expulsora.
- La potenciación de liderazgos centrados en sujetos red que vehiculan la integración comunitaria.

20 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-74 • 2026 • MAYO • 20 74

- La generación de espacios de concertación y negociación colectiva que devengan en espacios de sanación y reconciliación.
- Configurar espacios para la participación integral de las víctimas desde la memoria, la narrativa y la creación, siguiendo los lineamientos de la JEP.
- La creación de espacios de escucha y creación que consideren la experiencia de las víctimas como acervo principal, guardando la confidencialidad requerida y estipulada en la Ley 1448.
- Fortalecimiento de las capacidades de autoridades territoriales en temas de memoria.

Para las comunidades no organizadas: escucharnos para convivir

- Participación con sus preguntas, inquietudes y dudas en las rutas de la escucha, de cocreación y diálogo.
- Generar una comprensión de lo local como factor determinante para la comprensión del tejido social a partir de la relación entre la experiencia colectiva, comunitaria e individual.
- Reconocer y potenciar las formas alternativas de participación, movilización, negociación y acción política, que pueden evidenciarse a través de diversos emprendimientos, gestiones e intervenciones a partir de la vivencia de personas y organizaciones que se han visto afectadas por el conflicto armado.
- Construir un escenario que considere la participación a partir de la cooperación, la cocreación y la corresponsabilidad.

Para el Ecosistema cultural: que Bogotá sea una comunidad de comunidades de paz

- Para tal fin resulta necesaria la dignificación de las comunidades, en el centro de las actuaciones: la apropiación local a través de apuestas directas a la reactivación y el fortalecimiento de estructuras locales.
- El trabajo mancomunado para potenciar la capacidad de autogestión de las comunidades.
- Participación en la resignificación de territorios que fueron escenarios de hechos victimizantes y que se conviertan en lugares u objetos de memoria y reconciliación a través del arte y la cultura.

Nuestros propósitos Estos propósitos se corresponden con los indicadores de creatividad, pertinencia e innovación que sustentan el impacto y la pervivencia de estos procesos en las comunidades.

7.2 Indicadores de creatividad Ya que el proyecto incorpora distintas formas creativas para reconstruir la memoria, los indicadores de creatividad puede observarse a través de:

- Número de productos o dispositivos que integran al menos dos lenguajes o técnicas distintas (artes visuales, oralidad, escritura, sonido, performance, etc.).

21 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-75 • 2026 • MAYO • 20 75

- Porcentaje de creaciones que presentan combinaciones no tradicionales de formatos o soportes.
- Número de actividades o piezas narrativas elaboradas con participación conjunta de víctimas y otros actores comunitarios.
- Porcentaje de participantes no víctimas involucrados en procesos de creación narrativa o artística.

7.3 Indicadores de innovación

- Porcentaje de relatos construidos colectivamente frente al total de relatos producidos en el proceso.
- Número de participantes que intervienen en la creación de cada relato.
- Cantidad de productos narrativos (textos, objetos, piezas gráficas) elaborados mediante metodologías de cocreación.

7.4 Indicadores de pertinencia

- Indicadores de pertinencia territorial del proyecto
- Porcentaje de actividades del proyecto que responden a necesidades priorizadas por la comunidad en el diagnóstico territorial.
- Porcentaje de participantes que manifiestan estar de acuerdo con el producto final (medido mediante encuesta o acta de validación).

8. Paso a paso metodológico

A continuación se encuentran de forma general las fases a desarrollar de los laboratorios de paz.

Etapa Etapa 0 Etapa 1 Etapa 2 Etapa 3 Etapa 4 Venga que si Y si lo hacemos real: es pa’ eso.

Esto es pa Implementaci Hacia una Nombre Pillarnos para rato conocernos Vamo´a hacelo´ – Rutas de la escucha memoria compartida ón de acciones restaurativas Fase de sostenibilida Fase de acercamiento Espacio de construcción Ejecución de Fase de implementació de memoria las acciones d, seguimiento inicial, identificación de individual y y cierre de simbólicas, pedagógicas Descripción y culturales los procesos actores y diagnóstico territorial para acordadas n técnica donde los beneficiarios asumen roles activos para la para garantizar cocreación de establecer confianza con la colectiva mediante procesos formativos y pedagógicos para la reconciliación acciones. comunidad. su permanenci 22 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-76 • 2026 • MAYO • 20 76 a en la comunidad Diálogos en mesas temáticas y comités a nivel local y distrital.

Pedagogías Talleres de cocreación, procesos de Último boletín del Observatorio de víctimas Formación diseño participativo y de la memoria (testimonial, en gestión Dispositivos de memoria narrativa, Herramientas diálogos de saberes para el artísticos y artística, fortalecimiento culturales cultural, alianzas estratégicas etc.) y gramática de Mapa de procesos JEP Base de datos del Observatorio de Consejería de de las capacidades la escucha.

Víctimas Diagnóstico de culturales y comunitarias Organización internacional de migraciones Según agendas locales y distritales para 3 3 2 2 Número de Interacciones hacer socialización y convocatoria Tiempo de Ejecución 1 mes 9 h 9 h 6 h 6 h Relatos de Mapa cultural y memoria, sistematizaci Informe de seguimiento Propuesta del poblacional Identificación de ón de testimonios y Dispositivos, certificación hito, cronograma organizaciones culturales y Productos procesos formativos artísticos de formación y técnico y presupuesto sociales Definición de convenios concertado. territorios Acta de concertación de movilidad Listas de asistencia.

La descripción ampliada de cada fase se desarrolla a continuación:

8.1 Etapa 0 - Pillarnos para conocernos La Metodología para la Paz contribuye de manera diferenciada y complementaria a cada uno de los componentes del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, desde el ámbito cultural y comunitario, sin sustituir sus competencias legales.

23 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-77 • 2026 • MAYO • 20 77 Por lo mismo, se efectúan cinco procesos de análisis previos para establecer las localidades donde se prioriza el trabajo de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD), a través de la Dirección de Asuntos Locales y Participación (DALP).

En primer lugar, se reconoce la relevancia de la presencia territorial, es decir, la necesidad de mapear la habitabilidad de las víctimas del conflicto armado en Bogotá, al identificar el número de víctimas registradas en las localidades y su distribución por los barrios, lo anterior, permite reconocer las zonas con mayor concentración de víctimas y orientar la focalización de acciones y recursos institucionales, fortaleciendo así, la planificación basada en evidencia y la garantía de derechos.

En segundo lugar, se valora la organización comunitaria y poblacional de las víctimas del conflicto armado, lo anterior, permite identificar sus formas de asociación, participación y liderazgo en los territorios. Su análisis es clave para reconocer capacidades colectivas, fortalecer la incidencia en los espacios locales y promover procesos de integración, cohesión social y ejercicio de derechos.

En tercer lugar, la pertinencia territorial para las víctimas, esto se puede entender como la correspondencia entre las necesidades del territorio y las acciones dirigidas a esta población, asegurando que las intervenciones se ajusten a sus contextos locales; de forma tal, que se favorezca la focalización de recursos, la planificación basada en evidencia y la implementación de estrategias que contribuyan a la integración, bienestar y garantía de derechos.

En cuarto lugar, se encuentra como elemento clave las dinámicas de acceso y viabilidad logística, pues se permite identificar las condiciones necesarias para el desarrollo de los laboratorios con víctimas, considerando aspectos como ubicación, infraestructura y recursos disponibles. Su análisis es fundamental para reducir barreras de participación, garantizar espacios adecuados y asegurar una implementación eficiente y sostenible de las actividades en los territorios. En quinto lugar, se habla del impacto potencial, en tanto permite estimar los efectos que los laboratorios pueden generar en la comunidad de víctimas, en términos de fortalecimiento de capacidades, participación y procesos de memoria. Su análisis orienta la priorización de acciones con mayor alcance y contribución a la integración social, la dignificación y la reconstrucción del tejido comunitario.

Las cinco dimensiones previamente mencionadas y explicadas presentan tanto fuentes académicas como vivenciales en las localidades de Bogotá, es clave a destacar el aporte que brindan para la recolección de la información los boletines del Observatorio Distrital de Víctimas del Conflicto Armado (ODVCA) y de la Jurisdicción Especial de Paz (JEP) bajo los criterios de caracterización demográfica de las víctimas del conflicto armado y firmantes de paz, grupos etarios, pertenencia étnica, distribución geográfica en la ciudad por localidad, hechos victimizantes y condiciones socioeconómicas.

De igual manera, son sumamente relevantes las bases de datos internas de la Oficina de la Consejería de Paz, Víctimas y Reconciliación (OCPVR) y de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a la Víctimas (UARIV), el Sistema Modelo de Atención, Asistencia y Reparación Integral a las Víctimas (MAARIV), sumado al sistema de alertas tempranas de la Defensoría del Pueblo y de la Secretaría de Gobierno. Así como, todo el acervo de 24 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-78 • 2026 • MAYO • 20 78 información sobre los liderazgos sociales, culturales y comunitarios, tanto formales como informales establecidos por los equipos de trabajo de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD).

La Metodología para la Paz se desarrolla a partir de procesos reales de transformación cultural, memoria y sanación colectiva, implementados en diferentes territorios urbanos y rurales del Distrito Capital. Estos procesos han demostrado que la cultura, cuando es cocreada con las comunidades, puede convertirse en un dispositivo restaurativo, un lenguaje de reconocimiento y un vehículo de reconciliación territorial.

Las experiencias desarrolladas han evidenciado que los procesos de paz efectivos:

- Se sostienen en el encuentro prolongado (múltiples sesiones y no acciones aisladas).
- Integran creación colectiva, memoria y cuidado emocional.
- Culminan en hitos simbólicos de cierre que resignifican espacios y relaciones.
- Dejan aprendizajes y capacidades instaladas en las comunidades participantes.
- La Metodología para la Paz y, por ende, los laboratorios, se desarrollan a través de cuatro etapas operativas, concebidas como un proceso progresivo y articulado.

Revisión y análisis de fuentes primarias y secundarias Revisión del mapeo documental:

La revisión documental se basa en:

- Boletines del Observatorio Distrital de Víctimas, boletines informativos de la JEP.
- Mesas Locales de Participación Efectiva de Víctimas (MLEV) que operan en 18 localidades de Bogotá y que se reúnen mensualmente de manera ordinaria, mesas temáticas y distritales de firmantes de paz y justicia transicional a la luz del Decreto 596 de 2022
- Bases de datos internas de la Oficina de la Consejería de Paz, Víctimas y Reconciliación (OCPVR) y de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a la Víctimas (UARIV), Sistema Modelo de Atención, Asistencia y Reparación Integral a las Víctimas (MAARIV) y Vivanto; así como la JEP.
- Diagnóstico entregado por el Observatorio Distrital de Víctimas y diagnóstico sobre víctimas en Bogotá OIM - Organización Internacional para las Migraciones, documentos solicitados y recibidos de manera formal por las entidades competentes.
- Sistema de alertas tempranas de la Defensoría del Pueblo y de la Secretaría de Gobierno.

Información legal, institucional y poblacional Información producida por la Consejería correspondiente, la Secretaría de Gobierno (SDG), la Unidad para las Víctimas y demás entidades competentes, que permita:

- Identificar los marcos normativos y de política pública que orientan la atención y participación de las poblaciones priorizadas.

25 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-79 • 2026 • MAYO • 20 79

- Caracterizar a las poblaciones en términos demográficos, organizativos y de afectaciones.
- Reconocer la presencia institucional, las rutas de atención y los avances o vacíos en los territorios.

Preguntas Orientadoras De acuerdo con la información recolectada se realizará un análisis para la toma de decisiones, teniendo en cuenta la siguiente información:

- Número de víctimas que habitan las localidades (PLAN DE CONTINGENCIA, pág, 25)
- Número de víctimas que pertenecen a organizaciones culturales y/o artísticas de la localidad a través del directorio de organizaciones de víctimas elaborado y puesto en línea de la Secretaría General de la Alcaldía de Bogotá Directorio de Agremiaciones | Sede Electrónica - Secretaria General
- Comunicación directa con las organizaciones registradas en este directorio para constatar en estado de la organización
- Número y georeferenciación de organizaciones que hacen trabajo con víctimas y se encuentran activas
- Alertas Tempranas en los territorios: AT-010-2021; AT-005-2022; AT-019-2023; AT- 004-2024; AT-013-2025

Nota: En caso de no encontrar un grupo de víctimas, que no haya interés, o se presenten problemas de seguridad se descarta el laboratorio y se considerará otro territorio.

Mapeo poblacional y territorial Bases de datos de organizaciones y procesos culturales y comunitarios Registros y bases de datos con los que cuente la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD), que permitan:

- Identificar organizaciones culturales, sociales y comunitarias vinculadas a las poblaciones priorizadas.
- Reconocer procesos activos, trayectorias previas de trabajo comunitario y experiencias relacionadas con memoria, cultura de paz y reconciliación.
- Valorar las capacidades instaladas y los niveles de articulación existentes en los territorios.

Identificación de liderazgos y referentes poblacionales Reconocimiento de liderazgos sociales, culturales y comunitarios, tanto formales como informales, que permita:

- Mapear referentes clave para la convocatoria, la mediación y la sostenibilidad de los procesos.
- Identificar redes, articulaciones y dinámicas internas de las poblaciones.

26 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-80 • 2026 • MAYO • 20 80

- Fortalecer la participación activa y corresponsable desde un enfoque de cuidado y no estigmatización.

Análisis La integración y análisis conjunto de estos componentes permitirá afinar los criterios de selección territorial, asegurando que los Laboratorios se desarrollen en contextos donde existan condiciones poblacionales, organizativas y relacionales que favorezcan la participación efectiva, el enfoque restaurativo y la construcción colectiva de cultura de paz.

Este mapeo permite identificar capacidades, experiencias previas, apuestas comunes y rutas de cooperación técnica y comunitaria de diferentes actores. Además, se tendrá en cuenta colectivos, organizaciones, agrupaciones, liderazgos, representantes de Mesas Locales y Distritales de Víctimas y Firmantes de Paz. Para dicho mapeo se sumarán las siguientes acciones:

- Gestión de invitaciones y socialización a la Mesa Efectiva de Víctimas a nivel distrital y local.
- Gestión de encuentros con liderazgos territoriales que trabajan con población víctimas del conflicto y firmantes de paz.

Sumado a esto, algunos criterios que apoyan la definición de territorios priorizados y que se encuentran en la matriz destinada para tal fin:

- Falta de oferta cultural y con enfoque construcción de paz
- Sobreoferta del sector cultural con enfoque de derechos humanos
- Se ha expresado interés o demanda de la comunidad para la implementación de estos espacios en su territorio
- Número de organizaciones artísticas y/o comunitarias conformadas por víctimas o que hayan trabajado con esta comunidad.

Teniendo en cuenta estos criterios se realizará un proceso de análisis progresivo que parte de la identificación y caracterización de las poblaciones y sus dinámicas, y que conduce a la definición territorial. Este enfoque reconoce que el territorio no es un punto de partida neutro, sino una construcción social, política y cultural determinada por las poblaciones que lo habitan, sus trayectorias organizativas, sus memorias y sus formas de relacionamiento.

Si bien el documento ya referencia las principales fuentes de información sobre víctimas del conflicto armado y otras poblaciones priorizadas (boletines, mapas e informes elaborados por las entidades competentes), resulta necesario profundizar en la articulación de estos insumos y relacionarlos de manera sistemática, con el fin de fortalecer los criterios de selección y garantizar un enfoque diferencial y poblacional.

Socialización y articulación Se proyecta una articulación a nivel local, distrital y sectorial, que involucra tanto a entidades del orden público como a organizaciones sociales con presencia territorial, procesos 27 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-81 • 2026 • MAYO • 20 81 culturales comunitarios, colectivos de víctimas del conflicto y firmantes de paz, y estructuras de participación ciudadana.

Socialización y articulación de la oferta en instancias locales de paz Comité Local de Derechos Humanos (CLDH), Comité Local de Justicia Transicional (CLJT) y en Fondos de Desarrollo Local (FDL)

Generación de alianzas con entidades locales y distritales.

Encuentro previo con liderazgos Este encuentro tiene como propósito socializar de manera amplia las condiciones de participación, apoyo y recorridos territoriales de la mano de los liderazgos sociales y artísticos que hemos mapeado previamente tanto en el acervo documental como en la sistematización de experiencias recopilada en el encuentro con líderes y lideresas, junto con el recorrido territorial.

Y entonces, ¿qué entregamos?

- Un mapa que defina la relación entre las víctimas, la comunidad en general y las acciones culturales y artísticas desarrolladas con antelación.
- Una sistematización de los barrios con potencial que pertenecen a las localidades seleccionadas.
- barrios con potencial = conocimiento territorial.
- Una hoja de vida cultural que evidencie la relación de las comunidades de víctimas, la vida cultural del territorio, las posibilidades de trabajo y la viabilidad estratégica de sostenimiento (en relación con la presencia de víctimas).

8.2. Etapa 1. Venga que si es pa’ eso. Hacia una memoria compartida:

Luego de definir los territorios en donde trabajaremos y como ya hemos hecho el acercamiento a liderazgos y agentes culturales a través de los corridos territoriales comenzamos las rutas de diálogo y los acuerdos que hacemos como comunidad.

- Comunicamos de manera clara los procesos administrativos, documentales y presupuestales definidos por la entidad.
- Describimos a través de infografías, presentaciones sencillas y claras lo que proponemos a través de la construcción de memoria.
- Describimos a través de infografías y presentaciones sencillas la metodología paso a paso.
- Consolidamos de manera participativa y colectiva los equipos y sus roles para llevar a cabo esta iniciativa.

En esta fase definimos:

- Equipos de trabajo: creación, gestión, prototipado, desarrollo y socialización.

28 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-82 • 2026 • MAYO • 20 82

- Definimos los roles de cada uno de los participantes de acuerdo con los equipos y funciones.

Ruta presupuestal: los acuerdos presupuestales para la implementación de los Laboratorios de Transformación en Cultura de Paz se establecen teniendo en cuenta:

- Organización del trabajo por equipos
- Ejecución ordenada, transparente y coherente con los objetivos del proceso.
- Definición de los roles, responsabilidades y funciones requeridas para el desarrollo de las actividades.
- Gestión eficiente de los recursos y una adecuada articulación entre los componentes técnicos, metodológicos y operativos del proceso.
- Concertación del escenario presupuestal: ❖ Un (01) desembolso del 90% al principio del proceso y un desembolso del 10%

al finalizar. ❖ Un desembolso único del 100% al final del proceso.

Nota: Estos acuerdos buscan asegurar la correcta planeación, el seguimiento a la ejecución y el cumplimiento de los objetivos de los Laboratorios, garantizando criterios de corresponsabilidad, transparencia y adecuada administración de los recursos.

Y luego de definir para empezar, podemos continuar Como lo hemos dicho anteriormente, seguiremos la ruta de la construcción de memoria como una forma de consolidar a Bogotá como un escenario amable, responsable y receptora. Por lo mismo, luego de hacer las concertaciones en las mesas de víctimas y demás colectivos descritos, iniciamos nuestro trabajo para la cocreación de lugares u objetos de memoria.

Esta categoría se define como dispositivos colectivos todos aquellos que sean alusivos a lugares u objetos de memoria, como pueden ser los museos, telones de la memoria, paisajes sonoros, entre otros. Para empezar iniciamos el diálogo acudiendo a la pedagogía de la memoria a partir de los siguientes componentes:

Quién soy y de dónde vengo (subjetivo)

De acuerdo con Silvia Molloy, lo primero que debe acontecer en una pedagogía de la memoria es la voz individual a través de los recuerdos más subjetivos. Los sujetos que han sido víctimas del conflicto tienen el derecho a construir su biografía a partir de una narrativa del yo mediada por la oralidad y la escritura.

Un mapa de recuerdos compartidos (intersubjetivo)

La memoria, siguiendo a Molloy, solo puede ser colectiva en la medida que los recuerdos y las biografías, en tanto vivencias personales, puedan juntarse, hilarse y convertirse en un mapa común y una narración polifónica, hecha por todas las voces que participan.

"Laboratorios" de la memoria (objetivo)

29 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-83 • 2026 • MAYO • 20 83 Como lo ha mencionado Renato Rosaldo, hacer visible, convertir la memoria narrada en un dispositivo visible y participativo, puede ser posible a través de la construcción de escenarios territoriales que puedan convertirse en expresiones artísticas, culturales y estéticas que consideran la cocreación como procesos transversales.

De este modo, los lugares de la memoria se convierten en una suerte de escenarios en donde las organizaciones de víctimas y firmantes trabajan con la comunidad en general.

Espacios de formación Estos escenarios deben contemplar la posibilidad de formaciones variopintas en comunicación comunitaria, narraciones positivas y formulación de proyectos.

En las dos primeras sesiones (tentativamente) haremos el acercamiento autobiográfico (quién soy y de dónde vengo), posteriormente hacemos el mapa de recuerdos compartidos. Hacia la sesión tres consolidamos nuestros laboratorios que consisten en encontrar puntos en común que nos permitan tejer una narrativa construida por todos.

Estos espacios nos permiten experimentar, prototipar y proponer. A partir de:

- Articulación de verdad
- Reparación simbólica
- Garantías de no repetición desde prácticas culturales y participativas.

Cuáles son los objetos de memoria que podemos crear:

Los lugares u objetos de memoria funcionan como:

- Dispositivos pedagógicos que traducen las experiencias.
- Tejidos colectivos, accesibles, sensibles y culturalmente situados.
- Diálogo con los territorios por donde emprenden la ruta.

Cada espacio de la memoria y los objetos que se crearán entre todos, tiene el propósito de crear un acervo personal y colectivo para contarle a Bogotá quiénes son las víctimas y firmantes de paz, cómo llegaron, cómo habitan y cómo construyen una historia en esta ciudad que les recibe.

¿Qué entregamos en esta fase?

- El mapa territorial.
- Los prototipos.
- Y tendremos los espacios de formación en derechos humanos y no estigmatización.
Tendremos un espacio de formación en museografía.

En una ciudad diversa y desigual como Bogotá, estos lugares u objetos de memoria móviles se convierten en escuelas de humanidad, donde la cultura, el arte y la palabra reparan, enseñan y abren caminos para la reconciliación.

Podemos definir los laboratorios como un ejercicio de cocreación centrado en la participación multidisciplinaria de las comunidades con el uso de herramientas creativas y expresivas que 30 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-84 • 2026 • MAYO • 20 84 generan narrativas conjuntas de memoria. Como lo referimos, este proceso se centra en el sujeto y, por ende, en los lazos comunitarios. El objetivo es que este espacio de la memoria promueva la reconciliación a partir de la posibilidad de hacer con otros y otras.

¿Cómo podemos hacerlos?

El laboratorio de la memoria recoge los principios de un diseño y una dinámica en cuyo centro están los individuos: el testimonio, el diálogo y la cocreación. Por eso, cada sesión de los laboratorios, en esta etapa va a considerar un círculo en donde se parte de la experiencia individual, luego en el intercambio y el diálogo para, de esta manera, formular el tejido y el inicio de la cocreación.

8.3 Etapa 2 Vamo´a hacelo´ – RUTAS DE LA ESCUCHA Si somos capaces de enlazar nuestras experiencias con otras de forma colaborativa, cómo podemos hacer que eso que hilamos se convierta en algo palpable, visible y perdurable para todas las comunidades. Siguiendo con la idea del laboratorio, en la primera etapa construimos una narración múltiple, que puede ser la base y el inicio de procesos de construcción colectiva.

Resulta fundamental la consolidación de espacios seguros para que las comunidades puedan contar, escuchar, crear y resignificar sus historias, transitando del dolor a la acción colectiva. En ese caso, la siguiente etapa de los laboratorio de memoria se centra en una escucha asertiva que podemos definir como una escucha para la comprensión de la historia del otro.

De este modo, podemos considerar que los tejidos que surgen de los relatos que nos han contado y que hemos tejido, configuran la posibilidad de convertir las vivencias de los demás en artefactos expresivos y artísticos; es decir, la historia de mi compañero o compañera puede ser el centro de un diseño de experiencias a través, por ejemplo, de objetos sonoros, visuales, plásticos, etc.

Para tal fin, los laboratorios en este momento se centran en las narrativas, los procesos de intercambio y diálogo, en un enfoque integral que considere la escucha y la narración como procesos de sanación y reconciliación colectiva. Estas acciones serán mediadas a través de las siguientes acciones:

- Escuchar Profundamente: Esta sección se enfoca en la escucha como un proceso transformador y humano:

○ Ir más allá de lo superficial: No es solo oír, sino un proceso cognitivo y emocional que interpreta el significado, tono e inflexión, conectando con las experiencias previas para comprender. ○ Crear espacios de paz: Es un acto de paz en sí mismo, contrarrestando la violencia y abriendo la posibilidad de unir a las personas, incluso en la soledad. ○ Entender y validar: Permite comprender los intereses, puntos de vista y necesidades de las partes, haciendo que se sientan reconocidas y escuchadas.

31 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-85 • 2026 • MAYO • 20 85 ○ Fomentar la empatía: Al ponerse en el lugar del otro, se desarrollan habilidades para la resolución de conflictos y la colaboración.

¿Qué entregamos?

- Prototipos de los objetos artísticos que alimentarán los lugares u objetos de memoria
- Plan de ejecución y socialización.
- Aquí contaremos con otro espacio de formación en derechos humanos y con otro espacio en gestión de proyectos culturales.

8.4 Etapa 3 Y si lo hacemos real: para que Bogotá sea una comunidad de paz de comunidades de paz – Implementación de acciones restaurativas Propósito ampliado: materializar los acuerdos comunitarios mediante acciones visibles, sentidas y compartidas, que resignifiquen el territorio y fortalezcan el tejido social. Hasta acá hemos narrado, escuchado y diseñado, ahora viene la cocreación en su sentido más esencial. La creación es un escenario idóneo para negociar, concertar y llegar a acuerdos; es decir, la propia acción cocreativa entraña procesos de reconocimiento, restauración y reconciliación.

Esta dinámica nos exige procesos de gestión y sostenimiento, además del reconocimiento de un ecosistema cultural que puede ser aliado de nuestros propósitos. En este sentido, debemos considerar el rol que cada uno ocupará en el proceso: los creadores directos, los negociadores, los administradores. Como lo menciona Mariana Garces, la idea de comunidad tiene en su base la práctica de la participación equitativa, es justo en este paso de nuestros laboratorios donde comenzamos a fortalecer la existencia de una comunidad de paz que hemos configurado a lo largo de nuestros encuentros.

- Discutimos el lugar del prototipo con el mapa curatorial.
- Analizamos el plan de gestión que compromete la ejecución presupuestal, el plan de socialización y definición de aliados.
- Iniciamos el montaje de los lugares u objetos de memoria en las zonas seleccionadas y gestionadas.

Para que una comunidad dialogue no necesariamente debe hablar el mismo idioma, pero si necesita comprenderlo, es así, como “pillarnos” nos permite conocer al otro, narrarnos en venga que si es pa eso, conocernos y codiseñar y, finalmente, para hacerlo real se convierte en el momento para hacerlo juntos.

Aprendizajes territoriales incorporados:

- Las acciones restaurativas más potentes integran arte público, encuentro comunitario y celebración colectiva.
- Los cierres en espacios abiertos amplían el impacto simbólico y permiten la apropiación comunitaria.
- El cierre se concreta mediante la implementación de los acuerdos comunitarios, materializando un proceso de trabajo colaborativo y de construcción colectiva, resultado de un diálogo horizontal que posibilita la recuperación y el fortalecimiento de la confianza de la comunidad en la institucionalidad.

32 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-86 • 2026 • MAYO • 20 86

- Este ejercicio de doble vía visibiliza y empodera a las víctimas del conflicto armado interno, otorgándoles un rol protagónico en la gobernanza y en la toma de decisiones sobre los recursos públicos.
- Los actos simbólicos en espacios públicos no se circunscriben únicamente a muestras y presentaciones artísticas, sino que asumen la cultura como una herramienta de transformación social orientada al reconocimiento, preservación y divulgación del derecho a la verdad, a la memoria histórica con un sentido reparador.
- Dichas acciones intervienen territorios barriales caracterizados por la convergencia de diversos fenómenos -presencia de bandas, venta y consumo de Sustancias Psicoactivas (SPA), bajas tasas de escolaridad y desplazamiento, entre otros-, por lo que se constituyen en ejercicios de resistencia comunitaria, resiliencia y fortalecimiento de las capacidades organizativas, con una clara pretensión de sostenibilidad en el tiempo.
- La sostenibilidad de los procesos se ve fortalecida cuando las acciones culturales se articulan con dinámicas comunitarias, promoviendo la continuidad del tejido social más allá de la implementación del cierre formal del proceso.
- Las experiencias guiadas, las memorias comunitarias y la construcción de aprendizajes, como resultado de la ejecución de las propuestas comunitarias en el marco se constituyen en un insumo para la pedagogía de paz.
- Los procesos de transformación cultural para la paz adquieren mayor legitimidad cuando se desarrollan a partir de metodologías participativas, que permiten el tránsito hacia escenarios de diálogo, corresponsabilidad y apropiación comunitaria.
- La presencia institucional en el territorio, mediada por prácticas culturales, contribuye al fortalecimiento de la confianza entre comunidad e institucionalidad, especialmente en contextos históricamente atravesados por la violencia y la exclusión.

Productos enriquecidos:

- Informe final con enfoque narrativo y técnico.
- Memoria comunitaria del proceso.
- Recomendaciones institucionales para la continuidad.

Criterios de pertinencia y viabilidad Toda acción desarrollada en el marco de la Metodología para la Paz deberá cumplir con los siguientes criterios mínimos:

- Contribución a la verdad: la acción debe facilitar el reconocimiento de hechos, memorias y narrativas del conflicto desde las voces de las víctimas y las comunidades.
- Aporte a la reparación simbólica: la acción debe dignificar a las víctimas y reconocer el daño causado.
- Enfoque restaurativo: la acción debe orientarse a la reconstrucción del tejido social y la convivencia.
- Garantías de no repetición: la acción debe promover reflexiones y prácticas que prevengan nuevas violencias.
- Pertinencia territorial y diferencial: la acción debe responder a las características del territorio y de las poblaciones participantes.

33 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-87 • 2026 • MAYO • 20 87 8.5 Etapa 4. Esto es pa’ rato ¿Y cómo lo sostenemos?

La sostenibilidad de las iniciativas de paz en Bogotá es un elemento fundamental para garantizar que los procesos de transformación social trascienden de intervenciones puntuales y se consoliden como dinámicas estructurales dentro del territorio. En contextos urbanos complejos, donde convergen desigualdades socioeconómicas, diversidad cultural y múltiples expresiones de conflictividad social, la continuidad de los proyectos resulta clave para fortalecer la confianza entre comunidades e instituciones.

En este escenario, el papel de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte de Bogotá adquiere especial relevancia, dado que su capacidad institucional permite articular procesos culturales, pedagógicos y comunitarios que promueven la convivencia, la memoria colectiva y la resolución pacífica de conflictos como componentes centrales de la construcción de paz en la ciudad.

Asimismo, la sostenibilidad de estas iniciativas contribuye a la consolidación de capacidades locales y al fortalecimiento de liderazgos territoriales comprometidos con la transformación social. A través de programas culturales, espacios de participación y estrategias de apropiación del territorio, la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte impulsa dinámicas que vinculan a organizaciones sociales, artistas, gestores culturales y comunidades en torno a la promoción de una cultura de paz.

Esta continuidad institucional permite no solo preservar los aprendizajes generados por los procesos comunitarios, sino también ampliar su impacto mediante redes de colaboración y mecanismos de gobernanza cultural que favorecen la construcción de paz a largo plazo en Bogotá En ese sentido, se reconocen algunas vías para la sostenibilidad de los procesos que hemos iniciado con las comunidades:

- La formación plantea la instalación de un ecosistema de conocimientos. Al ser itinerantes los lugares u objetos de memoria proponemos que la movilidad de las mismas entre localidades genere convenios, diálogos y posibles alianzas futuras.
- Las alianzas estratégicas que planteamos se sitúan en la formación certificada, en los lugares de exposición tanto de la localidad como fuera de ellas y en la posible vinculación de estas experiencias a la red internacional de archivos comunitarios.
- Apoyar y promover la oferta, la organización comunitaria y los proyectos desde el reconocimiento de la economía cultural a partir de la oferta institucional.
- Potenciar la capacidad de construir alianzas con el sector privado, sector educativo, cooperación internacional y demás posibilidades que fortalezcan este proceso.

34 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-88 • 2026 • MAYO • 20 88 Referencias Acosta López, M. d. R. (2020). Gramáticas de la escucha como gramáticas descoloniales: Apuntes para una descolonización de la memoria. Eidos, n.spe34, 14–40. https://doi.org/10.14482/eidos.34.415 Alcaldía Mayor de Bogotá, Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte. (2025). Plan de Cultura de Bogotá 2038: Una brújula hacia 2038 (PDF). https://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/sites/default/files/2025- 07/plan_de_cultura_bogota_2038.pdf Arendt, H (2005). La condición humana. Barcelona: Editorial Paidós.

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PCR-PR-25-GU-02 v3 Guía Operativa de Laboratorios de Oportunidades Culturales https://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/es/transp arencia-acceso-informacion-publica/informacionentidad/pcr-pr-25-gu-02-v3-guia-operativa-de Anexo 2: Laboratorios de transformaciones culturales para la paz https://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/sites/def ault/files/2026- 03/2_anexo_laboratorios_de_transformaciones_cultural es_para_la_paz_0.pdf ¿Cómo puedo solicitar el cambio de integrante o representante de una agrupación inscrita?

Cualquier modificación de integrantes o representante de una agrupación podrá realizarse antes de emitida el Acta de Concertación del Hito Cultural con su respectiva justificación ante la SCRD a través del correo correspondencia.externa@scrd.gov.co dirigido a la Dirección de Asuntos Locales y Participación. Es importante tener en cuenta que tanto el representante como los integrantes de la agrupación deben cumplir con el 80% de asistencia mínima de todas las sesiones del laboratorio.

Documentos administrativos: Beneficiarios de incentivo (responsable de actividad de Hito Cultural)

Legalización, desembolso, retenciones y costos del incentivo Los beneficiarios de incentivo son las personas naturales, jurídicas o representantes de agrupación, que, tras cumplir con los requisitos y formalizar su participación y, según lo expuesto en el Acta de Concertación del Hito Cultural, asumen la responsabilidad de ejecutar una actividad concertada durante la Fase 3. La recepción del incentivo económico depende del rol que asuma en la actividad del hito cultural, y una vez se ha certificado su desarrollo.

Pueden ser beneficiarios de incentivo o responsables de actividad de hito cultural los siguientes tipos de participantes, siempre y cuando hayan formalizado su participación y cumplido con los criterios establecidos:

- Serán únicas beneficiarias directas del incentivo económico, personas Víctimas del Conflicto Armado con

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-90 • 2026 • MAYO • 20 90 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 2 de 26 Registro Único de Víctimas (RUV) que cumplan con los compromisos, condiciones y requisitos de participación.

- Serán únicas beneficiarias directas de incentivo económico, personas firmantes de paz que cuenten con el Registro de Reincorporación en estado activo y/o CODA.

- Para la participación como beneficiarios es indispensable vincularse de forma activa en la realización de actividades de los laboratorios en todas sus fases, actividades, procesos y responsabilidades. Esta será validada por la Secretaría de Cultura, 17 Recreación y Deporte (SCRD) teniendo en cuenta el cumplimiento de los Compromisos de Participación. Una vez se realice la validación de la documentación descrita anteriormente (RUV, Registro de Reincorporación y/o CODA) se surtirá el proceso administrativo que describiremos más adelante. Las personas que cumplan

Importante: → Ninguna persona natural, integrante de agrupación o representante de persona jurídica podrá ser responsable de más de una actividad dentro del mismo hito, ni podrá estar simultáneamente vinculada a la estrategia de Barrios Vivos en otra localidad durante la misma vigencia.

Formalización de la participación La participación se formaliza mediante:
- Carta de compromiso.
- Registros de asistencia.
- Compromisos suscritos por las personas participantes Para acceder al incentivo económico, se debe cumplir con los siguientes requisitos mínimos: ● Presentar el certificado del registro RUV. ● Presentar certificado de registro activo de reincorporación, para el caso de Firmantes de paz. ● Presentar certificado de residencia y/o declaración juramentada sobre su residencia en la localidad en que se desarrolla el Laboratorio.
- Haber formalizado su participación con documentación completa, veraz, vigente y validada por la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD).
- Contar con asistencia validada de al menos el ochenta por ciento (80%) en todas las fases del Laboratorio.
- Haber participado de manera propositiva y verificable en la elaboración de las actividades enmarcadas en todas las REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-91 • 2026 • MAYO • 20 91 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 3 de 26 fases de los laboratorios
- Haber participado, firmado y suscrito la propuesta del Laboratorio de paz en el Acta de Concertación, incluyendo el cronograma, los productos y el presupuesto concertados y presentados ante la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD).
- Contar con capacidad técnica, administrativa y operativa para ejecutar la actividad.
- Garantizar que la cuenta bancaria esté habilitada y libre de embargos.

Inhabilidades, incompatibilidades o conflictos de interés para participar:
- No cumplimiento de los aspectos resaltados en el numeral 6.4.2. 18
- No encontrarse incursos en causales de inhabilidad, incompatibilidad o conflicto de interés, tales como:

❖ Ser servidor público o contratista de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD), de sus entidades adscritas, de Secretaría de Gobierno, Alta Consejería de Paz, Víctimas y Reconciliación o de un Fondo de Desarrollo Local (FDL), así como tener vínculo de parentesco hasta segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o único civil, con personas que participen en la toma de decisiones, aval presupuestal, estructuración o definición institucional de los Laboratorios de Oportunidades Culturales, para lo cual el postulante deberá diligenciar el formato declaración de conflictos de interés suministrado por la SCRD. ❖ Contar con sanciones o declaratorias de incumplimiento en programas de la SCRD durante los últimos tres (3) años. ❖ Personas que hayan sido retiradas de procesos de la SCRD por incumplimientos, y uso indebido de recursos o faltas éticas en vigencias anteriores. ❖ Personas que hayan sido sancionadas administrativa o disciplinariamente por hechos relacionados con la ejecución de recursos públicos culturales Agrupaciones y/o Colectivos:
1. Copia del documento de identidad de todos los integrantes de la agrupación o colectivo.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-92 • 2026 • MAYO • 20 92 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 4 de 26

2. Certificación bancaria a nombre del representante de la agrupación o colectivo.
3. RUT actualizado del representante de la agrupación o colectivo con actividad económica afín a la actividad a desarrollar.
4. Formato de Compromiso de Participante debidamente diligenciados y firmados por cada integrante de la agrupación o colectivo.
5. Declaración Juramentada de Residencia de cada integrante de la agrupación o colectivo.
6. Certificación de afiliación al sistema de salud del representante de la agrupación o colectivo
7. Declaración de Representación y Distribución de Incentivo Económico debidamente diligenciada y firmada por todos los integrantes de la agrupación o colectivo
8. RUV o Certificado de Reincorporación vigente del representante legal y de los miembros de la agrupación y colectivo

Personas jurídicas del sector cultural:
1. Certificado de existencia y representación legal.
2. Copia del documento de identidad del representante legal.
3. RUT actualizado de la persona jurídica con actividad económica afín a la actividad a desarrollar.
4. Certificación bancaria a nombre de la entidad.
5. Formato de compromiso del participante debidamente diligenciado y firmado por el representante legal.
6. Certificado de parafiscales
7. Hoja de vida de la organización con soportes de trayectoria de al menos tres proyectos ejecutados en los últimos cinco años.
8. RUV o Certificado de Reincorporación vigente del representante legal y de los miembros de la agrupación y colectivo Desembolso:
Condiciones para el desembolso La modalidad de desembolso del incentivo económico será definida por la SCRD en el Acta de Concertación del Hito Cultural, con base en criterios de viabilidad operativa, necesidad de apalancamiento para la ejecución, naturaleza de la actividad, nivel de riesgo y disponibilidad para el seguimiento administrativo y financiero. La modalidad definida en dicha acta será la única aplicable al beneficiario.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-93 • 2026 • MAYO • 20 93 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 5 de 26

- Un 90% hacia la fase 3 o 4 del proceso que se

entregará:

- Con los documentos enunciados anteriormente y que

han sido verificados por la entidad.

- El beneficiario haya sido formalizado, registrado en

el Listado de Beneficiarios y Responsables de Actividad, y cumpla con al menos el 80 % de asistencia a las sesiones del laboratorio.

- Cuando se autorice desembolso previo del 90%, el

beneficiario deberá constituir garantía o póliza en las condiciones, amparos, vigencia y suficiencia que defina la SCRD en el acto o documento administrativo que regule el desembolso, la cual deberá encontrarse aprobada antes de iniciar el trámite de pago.

- Un 10% que se entregará al final del proceso cuando

el hito cultural ya se encuentre se realizado conforme con lo establecido en la Propuesta de Hito Cultural y en el Acta de Concertación del Hito únicamente cuando se cumplan las siguientes condiciones:

- La actividad concertada haya sido ejecutada en su

totalidad conforme a lo establecido en la Propuesta de Hito Cultural y en el Acta de Concertación del Hito.

- El beneficiario haya sido formalizado, registrado en

el Listado de Beneficiarios y Responsables de Actividad, y cumpla con al menos el 80 % de asistencia a las fases 1, 2 y 3 del laboratorio.

- Se haya entregado toda la documentación

administrativa obligatoria, incluyendo: ○ Documento de identidad (personas naturales) o Certificado de existencia y representación legal (personas jurídicas). ○ Certificación bancaria actualizada. ○ Formato de Declaración de Representación y Distribución del Incentivo Económico (si aplica). ○ Declaración juramentada de residencia (aplica para los laboratorios desarrollados en localidades, para los de enfoque diferencial étnico y de género no aplica).
- Se haya entregado el Informe de Ejecución del Beneficiario, con todos los productos, registros y evidencias requeridas. Cada uno de los beneficiarios del incentivo deberá diligenciar y enviar al correo correspondencia.externa@scrd.gov.co el respectivo formato de informe de beneficiario que da soporte a REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-94 • 2026 • MAYO • 20 94 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 6 de 26 su implementación. Con este informe y el soporte de seguimiento, se podrá autorizar el respectivo desembolso.

Cuando se defina el desembolso del 100% al finalizar la ejecución, el trámite de pago procederá únicamente una vez se verifique el cumplimiento de las condiciones de participación, la ejecución de la actividad concertada, la entrega y aprobación del informe final, y la completitud de los soportes administrativos requeridos.

Consideraciones tributarias y bancarias para beneficiarios de incentivo:

- La recepción de un incentivo económico por parte de

los beneficiarios de los Laboratorios de Oportunidades Culturales implica responsabilidades tributarias, legales y administrativas que deben ser asumidas de forma consciente y oportuna. A continuación, se presentan las principales consideraciones tributarias y bancarias que deberán tener en cuenta todas las personas naturales, representantes de agrupación o colectivo y personas jurídicas designadas como responsables de actividades del hito cultural (beneficiarios de incentivo).

- Retención en la fuente

El desembolso del incentivo estará sujeto a las retenciones, descuentos y demás deducciones a que haya lugar, de conformidad con la normatividad tributaria vigente y con la naturaleza jurídica y tributaria del beneficiario al momento del pago, así las cosas, la tarifa aplicable será la correspondiente a la categoría de “otros ingresos”, según lo establece la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). Este valor se retendrá previo al desembolso.

- Declaración de renta:

Están obligados a declarar renta en Colombia las personas naturales residentes que durante el año gravable 2026 superen los topes de la DIAN:

- Patrimonio bruto superior a 4.500 UVT.

- Ingresos brutos iguales o superiores a 1.400 UVT.

- Consumos con tarjeta de crédito superiores a 1.400

UVT.

- Efectúen compras, retiros, consignaciones o

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-95 • 2026 • MAYO • 20 95 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 7 de 26 inversiones bancarias que superen 1.400 UVT.

El incentivo económico podrá incidir en las obligaciones tributarias del beneficiario, incluida, de ser el caso, la obligación de declarar renta, conforme a los topes, condiciones y reglas vigentes para el año gravable correspondiente. La SCRD recomienda a cada beneficiario verificar su situación tributaria particular.

Distribución secundaria de recursos:

- En actividades donde el responsable de incentivo

deba distribuir parte del recurso con otras personas participantes (por ejemplo, artistas, talleristas o colaboradores), deberá hacerlo conforme a lo acordado y suscrito en el Formato de Declaración de representación y distribución de incentivo económico, de manera ética, equitativa y documentada.

- El beneficiario de incentivo, en su calidad de

responsable de la actividad del hito cultural, será quien figure ante la DIAN como receptor del 100 % del ingreso, por lo cual debe prever los efectos fiscales.

- Cuando el responsable de incentivo distribuya

recursos a terceros conforme a lo concertado, deberá conservar los soportes internos, cuentas de cobro, recibos, constancias o documentos equivalentes que permitan evidenciar la destinación de los recursos, sin que ello implique la constitución de una relación contractual con la SCRD.

Embargos o bloqueos de cuenta bancaria:

- Los beneficiarios de incentivo deben asegurar que la

cuenta bancaria registrada para el desembolso del incentivo se encuentra libre de embargos, medidas cautelares, bloqueos judiciales o deudas que puedan generar débitos automáticos por parte de acreedores.

- En caso de embargos, bloqueos o débitos

automáticos asociados a la cuenta reportada por el beneficiario, la SCRD no asumirá responsabilidad por la indisponibilidad de los recursos una vez efectuado el desembolso a la cuenta registrada y validada para tal fin.

- La responsabilidad sobre la integridad y

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-96 • 2026 • MAYO • 20 96 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 8 de 26 disponibilidad de los recursos del incentivo recae exclusivamente sobre el beneficiario. Se recomienda verificar con la entidad financiera el estado actual de la cuenta bancaria antes de asumir la responsabilidad como beneficiario de incentivo para el desarrollo de una actividad de hito cultural. Importante: → La SCRD no se hace responsable por valores descontados, embargados o no disponibles al momento del desembolso. La responsabilidad sobre la integridad del recurso recae exclusivamente en la persona natural o jurídica beneficiaria del incentivo.

Naturaleza del recurso:

- Los recursos entregados como incentivo económico

en el marco de los Laboratorios de Oportunidades Culturales (LOC) no son pagos contractuales ni contraprestaciones por servicios, sino instrumentos de fomento cultural reconocidos constitucional y legalmente como parte del deber del Estado de promover, proteger y garantizar el ejercicio efectivo de los derechos culturales en los territorios.

- La entrega del incentivo se sustenta en el artículo 70

de la Constitución Política de Colombia, que establece que la cultura es base de la nacionalidad y un derecho fundamental, cuyo acceso y diversidad debe ser promovido por el Estado. Asimismo, el artículo 71 dispone que el Estado debe crear incentivos y ofrecer estímulos especiales a personas e instituciones que desarrollen manifestaciones culturales. En desarrollo de este mandato, la Ley 397 de 1997 – Ley General de Cultura, y la Sentencia C- 152 de 1999 de la Corte Constitucional, reafirman que los estímulos culturales no están sujetos a las normas del derecho contractual público, sino que son una excepción legítima destinada a apoyar actividades que la Constitución considera dignas de respaldo por su valor simbólico, colectivo y transformador.

Por tanto, el incentivo económico entregado en los LOC-Laboratorios de paz:

- No constituye una relación laboral ni contractual con

la SCRD.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-97 • 2026 • MAYO • 20 97 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 9 de 26

- No está condicionado a la presentación de facturas

ni genera contraprestación alguna.

- Se entrega como reconocimiento a la participación

activa, corresponsable y comunitaria en la construcción del hito cultural.

Destinación de los recursos para la ejecución de la iniciativa:

Los recursos entregados por la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) a los beneficiarios de incentivos de los Laboratorios de Oportunidades Culturales (LOC)-laboratorios de paz tienen como único propósito fomentar la ejecución de actividades concertadas dentro del hito cultural, según lo establecido en la Propuesta de Hito Cultural y en el Acta de Concertación suscrita por la comunidad y la institucionalidad. Estos recursos constituyen un incentivo económico de fomento cultural y, por tanto, deben usarse exclusivamente para los fines previamente acordados y acompañados por el equipo facilitador y el Comité facilitador. Su uso debe guardar coherencia con los objetivos del hito y los principios de corresponsabilidad, transparencia y beneficio colectivo que orientan todo el proceso.

En consecuencia:

- Los recursos no pueden ser utilizados para fines

personales o comerciales, ni para actividades no contempladas en el hito concertado.

- El uso del recurso será objeto de seguimiento y

verificación por parte del equipo facilitador, mediante la revisión del Informe de Ejecución del Beneficiario y las evidencias que lo acompañen.

- El uso indebido o no justificado de los recursos podrá

derivar en la no certificación del proceso, la no entrega del incentivo, o la restricción para futuras participaciones en mecanismos de fomento cultural.

Ejecución del incentivo:

Ejecución del incentivo: Una vez firmada el Acta de Concertación del Hito Cultural y publicada la resolución de reconocimiento de beneficiarios, la persona, agrupación o entidad responsable podrá dar inicio a la ejecución de la actividad concertada. En caso de haber concertado la entrega del recurso en un 90% inicial y un 10% final, es importante tener en cuenta que:

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-98 • 2026 • MAYO • 20 98 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 10 de 26

- El incentivo económico correspondiente al 90% está

destinado al inicio de la construcción del hito siguiendo el plan convenido en el acta de concertación.

Esto significa que debe desarrollar la iniciativa en los tiempos, condiciones y con el enfoque comunitario acordado en el laboratorio. Es importante tener en cuenta que:

- El incentivo económico se entrega, de ser el modo

acordado, en dos momentos, una primera etapa que considera el 90% cumpliendo con los requerimientos y pasos enunciados anteriormente.

- Un 10% posterior a la ejecución de la actividad,

como parte del modelo de corresponsabilidad de esta estrategia.

- La entrega del 90% garantiza el desarrollo de la

actividad teniendo en cuenta que las comunidades de víctimas no cuentan, muchas veces, con recursos propios para dicha dinámica.

- Una vez ejecutada la actividad, los/las beneficiarias

deberán presentar el Informe de Ejecución de actividades, con las evidencias correspondientes.

- Después de entregado dicho informe, se hará el

desembolso del 10% restante.

En caso de que se concerte que el desembolso del recurso se hará el con el 100%, deben tenerse en cuenta los siguientes puntos:

- Las personas beneficiarias deberán iniciar el desarrollo de la actividad con sus propios medios, contando con el acompañamiento metodológico y eventual apoyo técnico y logístico del equipo facilitador de la SCRD.

- Una vez ejecutada la actividad, el/la beneficiario(a)

deberá presentar el Informe de Ejecución del Beneficiario, con las evidencias correspondientes. Solo después de validar este informe se podrá tramitar el desembolso del incentivo.

- Este modelo parte del principio de que el incentivo reconoce la participación cultural activa, el

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-99 • 2026 • MAYO • 20 99 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 11 de 26 compromiso comunitario y la confianza mutua, y, por tanto, no opera como anticipo ni pago por contratación. La ejecución de la actividad debe respetar los acuerdos concertados con la comunidad, garantizar el enfoque territorial y velar por el uso ético y transparente de los recursos públicos.

Nota: en ningún caso, la SCRD y sus entidades adscritas y vinculadas se harán responsables de intermediaciones o acuerdos privados que se lleguen a realizar con terceros, en relación con los recursos otorgados con el incentivo. Tampoco se harán responsables de los acuerdos internos entre participantes, integrantes de las agrupaciones o equipos de trabajo en relación con los incentivos otorgados.

Condiciones Específicas Nombre del incentivo: Laboratorios de transformaciones culturales para la paz Categorías (__) Si (_X_) No Tipo de incentivo: (__) Económico fijo (__) En Especie (__) Mixto (_X_) Bolsa de Recursos Descripción del incentivo: Incentivos económicos asignados a través de una bolsa de recursos de acuerdo con los criterios de asignación de recursos que defina el Comité facilitador y con el numeral 9. Condiciones para la Viabilidad y Pertinencia de un Hito Cultural de la Guía Operativa de los “Laboratorios de Oportunidades de Barrios Vivos Los incentivos económicos están destinados a la ejecución de las actividades de un hito cultural, que es concertado por la comunidad con base en la información consignada en la Guía Operativa “pcr-gu-03_v1 guía operativa de laboratorios de oportunidades culturalesanexo laboratorios de paz” dispuesta para este tipo de laboratorios de Barrios Vivos y la Resolución 484 de 19 de junio de 2025.

CDP (Solo si entrega incentivos económicos)

CDP 1001 Fondo 1-100-F001 VA RECURSOS DISTRITO de ABRIL 9 DE 2026.

Valor total de los recursos: $37.241.500 1 incentivo económico asignado a través de una bolsa de recursos para el laboratorio dirigido a pueblos indígenas víctimas del conflicto armado de Treinta y siete millones doscientos cuarenta y un mil quinientos M/CTE ($37.241.500) de acuerdo con la complejidad del laboratorio, las necesidades del hito cultural concertado y los criterios de REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-100 • 2026 • MAYO • 20 100 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 12 de 26 asignación de recursos que defina el Comité facilitador interno conformado para tal efecto desde la SCRD. De acuerdo con el numeral 9. Condiciones para la Viabilidad y Pertinencia de un Hito Cultural de la Guía Operativa de los “Laboratorios de Oportunidades de Barrios Vivos.

En ningún caso la suma de los incentivos asignados podrá exceder el valor total de la bolsa respaldada presupuestalmente.

¿Cómo se realizará el proceso de validación o clasificación?

Una vez la comunidad participante haya estructurado la propuesta de hito cultural, con base en las orientaciones del equipo facilitador y conforme a lo establecido en la Guía Operativa, especialmente en el numeral 9.3 sobre los rangos referenciales de reconocimiento/incentivo económico de actividades y los criterios de viabilidad y pertinencia cultural, sumados al numeral 8.4 del anexo Laboratorios de paz se llevará a cabo una jornada de socialización ante el Comité facilitador.

Este comité está conformado por:

* El/la Secretario(a) de Cultura, Recreación y Deporte o el/la Subsecretario(a) de Gobernanza. * El/la Director(a) de la Dirección de Asuntos Locales y Participación (DALP). * El/la Gerente de la estrategia Barrios Vivos * El/la Articulador(a) de los Laboratorios de transformación en cultura de paz * En el caso de los laboratorios desarrollados con pueblos indígenas, resulta fundamental la presencia de una autoridad reconocida por la mesa de pueblos o la comunidad étnica participante. * Los hitos deben consolidar procesos de sanación y reconciliación colectiva y deben materializar los acuerdos comunitarios mediante acciones visibles, sentidas y compartidas. * El comité podrá consolidar y comprender la sostenibilidad de los procesos que se fortalece cuando las acciones culturales se articulan con dinámicas comunitarias, promoviendo la continuidad del tejido social más allá de la implementación del cierre formal del proceso. * Tener presente que estos hitos contienen las experiencias guiadas, las memorias comunitarias y la construcción de aprendizajes, como resultado de la ejecución de las propuestas comunitarias en el marco se constituyen en un insumo para la pedagogía de paz. * La propuesta debe evidenciar una partir de metodología participativa, que permiten el tránsito hacia escenarios de diálogo, corresponsabilidad y apropiación comunitaria. El comité facilitador deberá escuchar la o las propuestas y orientar su decisión hacia el desarrollo de un hito que REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-101 • 2026 • MAYO • 20 101 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 13 de 26 consolide la memoria, presencia y procesos de reconciliación de los y las participantes.

Durante la presentación, las y los representantes del laboratorio deberán presentar y argumentar su propuesta, destacando su valor cultural, de reconciliación y construcción de paz territorial.

El Comité facilitador podrá:
- En caso de que se presente más de una propuesta, recomendar la que cumpla con las condiciones expuestas anteriormente.
- Emitir recomendaciones o solicitar ajustes, cuando se identifiquen aspectos que deban fortalecerse para garantizar la pertinencia, equidad o viabilidad de la iniciativa. Las recomendaciones del Comité facilitador son de carácter propositivo y serán vinculadas de acuerdo con las perspectivas y necesidades de las comunidades víctimas del conflicto armado.

Al llegar a una concertación se procederá a:
1. Elaborar y firmar el Acta de Concertación del Hito Cultural, documento que recoge de manera formal los acuerdos alcanzados, los responsables de actividad y el valor del incentivo asignado.
2. Utilizar esta acta como insumo para la expedición del acto administrativo que reconoce a los beneficiarios del laboratorio y habilita el proceso de desembolso.

Cronograma Fechas estimada de la publicación de la Resolución de apertura: Entre el 1.ª de abril y el 30 de mayo de 2026 Fecha estimada de publicación de la Resolución de beneficiarios: Entre el 1.º de mayo y el 30 de junio Fecha máxima de ejecución (si aplica): Hasta el 30 de julio de 2026 Propósito y pertinencia Entregar estímulos y atender integralmente a víctimas del conflicto armado a través la cultura, el arte, la recreación y el deporte, tiene como propósito central contribuir reparación simbólica, la inclusión social y la construcción de paz sostenible mediante procesos formativos y experienciales REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-102 • 2026 • MAYO • 20 102 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 14 de 26 que promuevan la sanación psicosocial, la reconstrucción del tejido comunitario y el fortalecimiento de liderazgos transformadores; su pertinencia radica en que responde de manera estratégica a los desafíos del posconflicto colombiano; especialmente en el marco del Acuerdo de Paz de 2016 en Colombia; al trascender enfoques asistencialistas e incorporar dimensiones culturales, simbólicas y territoriales que permiten resignificar el trauma, fortalecer la convivencia y activar procesos de memoria y participación, en coherencia con los principios de reparación integral establecidos en la Ley 1448 de 2011; de este modo, el programa no solo atiende las afectaciones derivadas de la violencia, sino que potencia capacidades individuales y colectivas, promoviendo el ejercicio de ciudadanía activa y la construcción de entornos más resilientes, inclusivos y orientados a la paz desde una perspectiva de desarrollo humano y liderazgo comunitario.

¿Quiénes pueden participar? (_X_) Persona Natural (_X_) Agrupación (_X_) Persona Jurídica (__) Tutor legal en representación de un menor de edad Nota: Para mayor detalle de quién puede o no participar: Consultar la Guía Operativa de la línea estratégica.

Descripción de los perfiles Persona Natural Personas naturales mayores de edad con participación formalizada, asistencia verificada en al menos el 80 % de las sesiones de las Fases 1, 2 y 3, y validadas por la comunidad y el equipo facilitador de la SCRD. Si es participante beneficiario, deberá presentar el RUV (Registro Único de Víctimas) y en caso de ser firmante de paz, el Registro de Reincorporación activo.

Agrupación Agrupaciones o colectivos representadas por una persona natural mayor de edad, con participación formalizada, asistencia verificada en al menos el 80 % de las sesiones y que cuente con el consentimiento de la agrupación o colectivo para asumir la representación de la actividad de hito. De ser participantes beneficiarios, deben contar con el Registro Único de Víctimas, Acto administrativo de reconocimiento como Sujeto de Reparación colectiva o en caso de ser firmante de paz, con el Registro de Reincorporación Activa Persona Jurídica Personas jurídicas del sector cultural, con presencia territorial comprobada mediante trayectoria relevante en la localidad donde se desarrolla el laboratorio, con participación formalizada, y asistencia verificada de su representante o delegado en al menos el 80 % de las sesiones. De ser beneficiarios del REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-103 • 2026 • MAYO • 20 103 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 15 de 26 incentivo deben contar con Registro Único de Víctimas o acto administrativo en caso de ser sujeto de reparación colectiva. Los firmantes de paz deben presentar su Registro de Reincorporación activo.

Tutor legal en representación de un menor de edad N/A Criterios de validación o clasificación

1. Trayectoria social, comunitaria o cultural de los líderes

Las actividades deberán estar lideradas por personas u organizaciones con experiencia en procesos sociales, culturales, comunitarios o de construcción de paz, preferiblemente vinculados al trabajo con víctimas del conflicto armado.

- Se valorará experiencia en procesos de memoria, reconciliación, derechos humanos o fortalecimiento comunitario, participación en espacios de participación efectiva de víctimas y/o firmantes de paz.

2. Pertinencia territorial y enfoque de memoria

Cada actividad deberá responder de manera clara a las dinámicas, necesidades, memorias y procesos organizativos del territorio, reconociendo las afectaciones del conflicto armado.

- Actividades orientadas a la reconstrucción de memoria histórica y dignificación de las víctimas.

- Procesos que fortalezcan identidades territoriales, saberes locales y prácticas culturales propias.

- Acciones sensibles al contexto local y a las realidades de las comunidades afectadas.

3. Enfoque psicosocial e impacto comunitario

Las actividades deberán promover el bienestar, la participación y la reconstrucción del tejido social, incorporando un enfoque psicosocial y de cuidado.

- Espacios seguros, incluyentes y respetuosos para la participación de las víctimas.

- Acciones que fomenten la confianza, el diálogo, la reconciliación y la no repetición.

- Participación activa de diversos grupos poblacionales (mujeres, jóvenes, personas mayores, comunidades étnicas, población con discapacidad, entre otros).

4. Viabilidad técnica, operativa y ética

Las actividades deberán ser realizables dentro de las condiciones del laboratorio y garantizar un manejo ético adecuado del trabajo con víctimas.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-104 • 2026 • MAYO • 20 104 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 16 de 26

- Recursos técnicos y metodológicos acordes al contexto.

- Tiempos de ejecución coherentes con el cronograma del laboratorio.

- Roles y responsabilidades claramente definidos.

- Aplicación de principios de acción sin daño, confidencialidad y consentimiento informado cuando sea necesario.
5. Contribución a la construcción de paz

Las actividades deberán aportar de manera explícita a procesos de paz territorial.

- Promoción de la convivencia pacífica y la resolución no violenta de conflictos.

- Fortalecimiento de capacidades comunitarias para la paz y la participación.

- Generación de narrativas transformadoras que aporten a la reconciliación.

6. Accesibilidad e inclusión con enfoque diferencial Las actividades deberán garantizar condiciones de acceso equitativo y participación digna para las víctimas del conflicto armado, reconociendo sus diversidades y posibles afectaciones.

- Espacios seguros y accesibles para personas con discapacidad, movilidad reducida o afectaciones psicosociales.

- Uso de lenguajes claros, sensibles y culturalmente pertinentes.

- Metodologías adaptadas que no excluyan a niñas, niños, personas mayores o población con condiciones particulares.

- Enfoque diferencial (género, étnico, etario, discapacidad, territorial).

- Consultar con las víctimas cualquier visita o asistencia repentina de otras personas.

- Evitar espacios, sin concertar con los asistentes, en donde las víctimas puedan encontrarse con comparecientes.

7. Cuidado comunitario, acción sin daño y bienes comunes

Las actividades deberán promover entornos seguros, respetuosos y protectores, teniendo en cuenta las condiciones de vulnerabilidad de las víctimas.

- Aplicación del enfoque de acción sin daño, evitando la revictimización.

- Promoción del respeto mutuo, la diversidad cultural y el diálogo intercultural.

- Uso responsable y cuidado de espacios comunitarios y públicos.

- Incorporación de prácticas de cuidado ambiental y social.

8. Creatividad, memoria e innovación social

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-105 • 2026 • MAYO • 20 105 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 17 de 26 Se valorarán actividades que propongan formas innovadoras y sensibles de trabajar con memorias, identidades y procesos de paz.

- Nuevas formas de narrar las memorias del conflicto desde la dignificación de las víctimas.

- Procesos de creación colectiva que integren lenguajes artísticos, culturales y comunitarios.

- Metodologías participativas que fomenten la expresión, el diálogo y la transformación social.

- Reconocimiento de las memorias y saberes ancestrales.

9. Proyección y visibilización de las voces de las víctimas

Las actividades deberán contribuir a posicionar las narrativas, procesos y expresiones de las víctimas en escenarios más amplios.

- Productos o resultados que puedan circular en espacios locales, nacionales o internacionales.

- Acciones que fortalezcan la visibilidad, reconocimiento y dignificación de las víctimas.

- Narrativas que aporten a la construcción de memoria, verdad y no repetición.

- Narrativas que vinculen con respeto y reconocimiento, memorias, saberes y prácticas ancestrales.

→ La verificación del cumplimiento de estos criterios será realizada de manera participativa durante el proceso de concertación del hito cultural, con el acompañamiento y orientación del equipo facilitador de la SCRD. → El cumplimiento de estos criterios buscan asegurar que cada actividad aporte efectivamente al fortalecimiento de la vida cultural del territorio y que la ejecución de los hitos culturales tenga un impacto sostenible, pertinente y significativo.

Rangos referenciales de reconocimiento/incentivo económico de actividades Con el propósito de garantizar la equidad, la sostenibilidad y la viabilidad operativa de los hitos culturales, la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) establece rangos referenciales de reconocimiento económico para las actividades concertadas en cada laboratorio. Estos rangos orientan los valores mínimos y máximos que pueden asignarse a las actividades, teniendo en cuenta su naturaleza, duración, nivel de complejidad, número de participantes involucrados y requerimientos técnicos.

La asignación de los montos de reconocimiento económico será por el equipo facilitador de la SCRD, teniendo como marco los siguientes rangos:

Tipo de actividad Rango referencial de reconocimiento Taller de formación artística y cultural (de al $180.000 – $360.000 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-106 • 2026 • MAYO • 20 106 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 18 de 26 $1.200.000 – $1.600.000 menos tres (3) horas de duración). Los talleristas deberán demostrar al menos 36 meses de experiencia certificada en el tema a programar. Incluye materiales o insumos pedagógicos que se requiera. Conferencia de al menos tres (3) expertos y un (1) moderador por un día (con duración de al menos tres (3) horas). Los talleristas deberán demostrar al menos 36 meses de experiencia certificada en el tema a programar. Incluye materiales o insumos pedagógicos que se requiera durante un día.

$2.500.000 – $3.500.000 Artista, agrupación o colectivo artístico emergente de orden escénico por un día (Música ancestral, teatro, circo, danza y derivados). Los artistas, agrupaciones o colectivos deberán haber trabajado con víctimas o ser víctimas (o firmantes de paz de ser el caso). Incluye vestuario, escenografía, maquillaje, representante de ser necesario y demás insumos particulares que se requiera para la presentación durante un día.

$3.500.000 – 4.500.000 Artista, agrupación o colectivo artístico de mediana trayectoria de orden escénico por día de(Música, teatro, circo, danza y derivados). Los artistas, agrupaciones o colectivos deberán demostrar más de 60 meses de experiencia certificada. Incluye vestuario, escenografía, maquillaje, representante de ser necesario y demás insumos particulares que se requiera para la presentación por un día.

$1.200.000 – $2.000.000 Dee Jay, o tornamesista con 36 meses de experiencia certificada. Incluye vestuario, escenografía, set dj, maquillaje, representante de ser necesario y demás insumos particulares que se requiera para la presentación.

$1.000.000 Productor audiovisual por día con 36 meses de experiencia certificada. Incluye insumos particulares que se requiera durante un día y representante de ser necesario.

$2.000.000 – $3.000.000 Diseñador o equipo de diseñadores gráficos para la creación, edición y producción de piezas gráficas para la promoción, difusión y divulgación de las actividades del hito cultural y representante de ser necesario.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-107 • 2026 • MAYO • 20 107 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 19 de 26 $2.000.000 – $5.000.000 Productor o equipo de productores audiovisuales para la creación, edición y producción de material audiovisual para la promoción, difusión y divulgación de las actividades del hito cultural, incluye equipos, herramientas que se requieran y representante de ser necesario.

$7.000.000 – $10.000.000 Productor o equipo de productores audiovisuales para la creación, edición y producción del relato del hito cultural, incluye equipos, herramientas que se requieran y representante de ser necesario. Mercado o feria gastronómica o emprendimiento cultural. Debe incluir la vinculación de 10 a 20 emprendimientos, los cuales deben cumplir con los permisos y normatividad vigente conforme al artículo, servicio o producto que oferte. Incluye equipos, herramientas que se requieran y representante de ser necesario.

$2.000.000 – $3.000.000 Estrategia de comunicación cultural, incluye: diseño de la campaña publicitaria, identificación y ejecución de la estrategia, boletín, producción y coordinación del audiovisual comunitario, gestión de alianzas, mailyng, etc.) incluye equipos, herramientas que se requieran y representante de ser necesario.

$3.000.000 – $6.000.000 Mercado o feria gastronómica o emprendimiento cultural. Debe incluir la vinculación de 10 a 20 emprendimientos, los cuales deben cumplir con los permisos y normatividad vigente conforme al artículo, servicio o producto que oferte. Incluye equipos, herramientas que se requieran y representante de ser necesario.

$3.000.000 Coordinación de una comisión durante el proceso de gestión y producción del hito cultural. La persona que sea escogida por la comunidad para tal fin será llamado “enlace” y estará a cargo de orientar a las personas de su equipo, reunir la documentación solicitada, entablar la articulación correspondiente con el equipo facilitador de la SCRD y facilitar los procesos técnicos, logísticos y administrativos con la comunidad.

Los valores señalados corresponden a rangos referenciales para orientar la concertación y REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-108 • 2026 • MAYO • 20 108 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 20 de 26 no constituyen tarifas obligatorias. El valor definitivo de cada actividad deberá quedar soportado en el acta de concertación, con base en su alcance, duración, requerimientos y disponibilidad de la bolsa.

Criterios para la asignación de montos dentro de los rangos:

La determinación del valor final para cada actividad considerará:

- La duración total estimada (número de horas o días).
- Los recursos técnicos, pedagógicos y humanos requeridos.
- La disponibilidad de la bolsa de recursos y la necesidad de garantizar una distribución razonable, proporcional y financieramente sostenible entre las actividades concertadas.
- El impacto comunitario estimado de la actividad.
- La experiencia comprobada alrededor de la práctica artística, cultural o pedagógica a desarrollar. Sí se requiere de un representante para llevar a cabo la actividad concertada.

Importante: → Estos rangos referenciales son una herramienta de orientación y concertación, no constituyen tarifas fijas ni honorarios por prestación de servicios. Su propósito es fortalecer la transparencia y la optimización de los recursos públicos destinados al fomento cultural, asegurando que los hitos culturales respondan efectivamente a los principios y objetivos de los Laboratorios de Oportunidades Culturales.

→ Es importante precisar que, en los desembolsos de los reconocimientos económicos se aplicarán los descuentos, retenciones y deducciones a que haya lugar. Su trámite se realizará conforme a la modalidad de desembolso definida para cada caso en el Acta de Concertación del Hito Cultural.. Criterios de priorización para la designación de beneficiarios de incentivo (en caso de que haya más de un postulado por actividad) En los casos en que exista más de un participante formalizado, habilitado y propuesto para asumir una misma actividad dentro del hito cultural concertado, la designación final del beneficiario de incentivo será orientada por los siguientes criterios de priorización, aplicados de manera contextual, participativa y transparente por el equipo facilitador de la SCRD:

1. Trayectoria de trabajo, participación y liderazgo al interior de la comunidad de víctimas, evidenciada a través del reconocimiento por parte de actores locales, y de la experiencia en procesos culturales, colaborativos o comunitarios
2. Participación sostenida y propositiva durante las fases del laboratorio, con especial énfasis en la vinculación a las comisiones de trabajo y el proceso de diseño colectivo del hito.
3. Representatividad y equidad comunitaria dentro del conjunto de responsables de actividad del hito, procurando que se refleje la diversidad de zonas, comunidades y procesos presentes.
4. Capacidad técnica y administrativa real para asumir la ejecución de la actividad conforme a los lineamientos establecidos por la SCRD, y disposición para el trabajo articulado con la comunidad y el equipo facilitador.
5. No acumulación de responsabilidades o incentivos, evitando que una misma persona natural, o integrantes de agrupación o persona jurídica concentre múltiples roles dentro del mismo laboratorio o en diferentes localidades o con enfoque poblacional durante la misma vigencia.
6. Existencia de acuerdos colectivos previos, construidos en el marco de las comisiones de trabajo, sobre la distribución de responsabilidades y recursos entre los participantes.

Documentos requeridos REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-109 • 2026 • MAYO • 20 109 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 21 de 26 Nombre documento Tipo de documento Descripción

1. Copia del documento de identidad.
Administrativo Cédula de ciudadanía

2. Certificación bancaria a nombre del participante.
Administrativo

Solo se aceptarán bancos tradicionales, no aplicaciones.

3. RUT actualizado con actividad económica afín a la actividad a desarrollar.
Administrativo

Rut actualizado con la actividad afín a la actividad a desarrollar

4. Registro Único de víctimas Administrativo

Es el registro expedido por la Unidad de Víctimas que confirma esta categoría de acuerdo con la Ley 1448 de 2011

5. Registro de Reincorporación (Firmantes de paz)
Administrativo

Es el registro expedido por la Agencia para la Reincorporación y normalización.

Debe estar activo

6. Acto administrativo de reconocimiento de Sujeto de Reparación Colectiva Administrativo

Es el documento que confirma la existencia de un sujeto de reparación colectiva. Es expedido por la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV)

7. Declaración de Representación y Distribución de Incentivo Económico Administrativo

Debidamente diligenciada y firmada por todos los integrantes de la agrupación o colectivo incentivo

8. Certificado de existencia y representación legal.
Administrativo

Documento que soporta la existencia legal de una persona jurídica para asumir acciones dentro de la implementación del hito cultural.

9. Certificado de parafiscales Administrativo Documento que acredita que una empresa o empleador está al día con el pago de las contribuciones

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-110 • 2026 • MAYO • 20 110 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 22 de 26 parafiscales, las cuales son obligaciones legales destinadas a financiar entidades que promueven el bienestar social y laboral en el país.

Administrativo

10. Hoja de vida de la organización con soportes de trayectoria de al menos tres proyectos ejecutados en los últimos cinco años.

Documento que describe el perfil de una organización y su trayectoria dentro del sector en el que participa.

11. Registro de beneficiarios y responsables de incentivo y responsables de incentivo..
Administrativo

Documento que recopila los datos de los beneficiarios

12. Acta de concertación del hito cultural Administrativo

Documento que aprueba un hito cultural por parte del comité validador de la estrategia de Barrios Vivos / Laboratorio de transformación en cultura de paz

13. Informe de beneficiario Administrativo

Documento que soporta las actividades realizadas en el marco de la implementación del hito cultural concertado por una comunidad local.

14. Certificado de seguimiento a la ejecución Administrativo

Documento que valida la aprobación del informe de beneficiario y avala el desembolso del incentivo correspondiente.

Administrativo

15. Póliza de cumplimento (en el caso que el recurso se distribuya 90% en el primer momento y 10% al final de la ejecución del hito)

Documento expedido por una aseguradora que valida y garantiza el cumplimiento del beneficiario.

Este documento es validado y aprobado por la entidad.

16. Propuesta de hito cultural local. Formato de Asistencia Técnico Técnico

Documento que describe todas las características del hito cultural concertado por una REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-111 • 2026 • MAYO • 20 111 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 23 de 26 comunidad

17. Formato de Asistencia Técnico Técnico

Formato que permite el seguimiento de la participación de la comunidad dentro del proceso de hito cultural.

Causales para no continuar en el proceso La SCRD aplicará el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por los participantes con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos.

No obstante, en cualquier etapa del desarrollo de las líneas, no continuarán el proceso con quienes se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones y términos aquí establecidos. A continuación, se exponen las causales para no continuar en el proceso, cerciórese de no incurrir en alguna causal.

Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas, de acuerdo al tipo de participantes al que está dirigido el incentivo.

- No cumple con las condiciones para ser beneficiario del incentivo.

- Cuando se establezca que solo se puede presentar a una línea, si el participante se

presenta a dos o más incentivos.

- El participante registra un menor de edad.

- El participante no adjuntó en el periodo definido uno o más documentos administrativos

solicitados.

- El participante no adjuntó uno o más documentos técnicos solicitados (cuando aplique).

- El participante no cumplió con los requisitos de la documentación técnica expuesta en las

condiciones (cuando aplique).

- El participante aporta documentos administrativos o técnicos que no permiten su lectura, reproducción, revisión o acceso completo al contenido, al momento de realizar la revisión documental.

- El participante suministró información que no es veraz o no corresponde a la realidad,

induciendo a la entidad en error con el fin de cumplir con un requisito de participación. Lo anterior, sin perjuicio que la entidad a cargo del proceso adelante las acciones legales a que haya lugar. En todo caso, cada entidad se reserva el derecho de solicitar las REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-112 • 2026 • MAYO • 20 112 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 24 de 26 aclaraciones que correspondan.

- No se hicieron aclaraciones solicitadas. Al participante se le solicitó alguna información a modo de aclaración y la misma no fue suministrada dentro del plazo establecido en la solicitud.

Compromisos de los seleccionados

1. Ejecutar la actividad conforme a lo concertado: Desarrollar la actividad bajo los términos definidos en el Acta de Concertación del Hito Cultural, respetando cronograma, productos, responsabilidades y condiciones técnicas.

2. Entregar productos y evidencias: Suministrar los productos resultantes de la actividad, así como evidencias de su realización según los lineamientos técnicos y administrativos definidos por la SCRD.

3. Presentar documentación completa y oportuna de acuerdo con la figura escogida para participar: Legalizar su participación entregando todos los documentos requeridos según el tipo de participante escogido para participar (Persona natural, jurídica o representante de agrupación.) en los plazos estipulados y según sea el caso de participación. La omisión o entrega incompleta podrá interpretarse como renuncia al incentivo.

4. Gestionar permisos si aplica: Tramitar los permisos o autorizaciones necesarias para la realización de su actividad, en caso de que esta implique uso de espacio público, instalaciones comunitarias, manejo de derechos de autor o conexos, entre otros. 5. Cumplir criterios de asistencia y participación: Haber asistido como mínimo al 80% de las sesiones, y demostrar participación activa en comisiones, jornadas de concertación y validación del hito.

5. Asumir efectos tributarios: Reconocer que los incentivos están sujetos a retención en la fuente y pueden incidir en el cálculo de obligación de declarar renta si los ingresos totales del año superan los topes establecidos por la DIAN. La SCRD no asume costos asociados a contadores, declaraciones, ni sanciones tributarias individuales.

6. Respetar la integridad del incentivo: Cuando se trate de actividades donde el responsable de incentivo deba distribuir el recurso con otras personas (artistas, talleristas, etc.), deberá garantizar la entrega efectiva y acordada, por lo que cualquier acuerdo que genere con terceros deberá ser socializado a través de correo electrónico con copia al equipo facilitador para su viabilidad.
Cualquier uso indebido podrá generar sanciones y exclusión del programa.

7. Evitar conflictos de interés: No estar incurso en ninguna causal de conflicto de interés o de incompatibilidad definida por la SCRD, y declarar impedimentos si existieren relaciones directas con integrantes del equipo facilitador, Comité Validador u otras instancias institucionales.

8. Conservar una actitud de respeto y corresponsabilidad: Participar con disposición ética, cooperativa, constructiva y respetuosa hacia los demás participantes y el equipo institucional.
Cualquier comportamiento que afecte el ambiente colectivo podrá ser motivo de exclusión del proceso.

9. Conceder y firmar la licencia de uso a favor de la SCRD cuando la entidad requiera dar difusión, promoción o circulación de una obra artística creada en el marco de la Estrategia de Innovación

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-113 • 2026 • MAYO • 20 113 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 25 de 26 Cultural Barrios Vivos.

Importante: → Todos los compromisos aquí enunciados forman parte integral del rol del beneficiario como corresponsable de la acción cultural en el territorio. Su incumplimiento podrá derivar en la revocatoria del incentivo, la reconfiguración del hito o la exclusión del proceso, conforme a los criterios definidos por la SCRD.

Compromisos de la entidad

1. Acompañamiento metodológico y operativo: Brindar orientación continua a lo largo de todas las fases del laboratorio a través del equipo facilitador, garantizando el cumplimiento del enfoque, la metodología y las condiciones institucionales.
2. Validación de las propuestas de Hito Cultural: Revisar, validar y documentar la viabilidad técnica y la pertinencia cultural de las propuestas de hito cultural, con base en los criterios establecidos en esta Guía Operativa, cuidando la memoria, dignidad y procesos de la comunidad de víctimas y firmantes de paz.
3. Gestión oportuna de incentivos: Adelantar los trámites administrativos, presupuestales y financieros a que haya lugar para el desembolso de los incentivos, una vez se verifique el cumplimiento de los requisitos establecidos y conforme a la disponibilidad presupuestal y al procedimiento interno aplicable.
4. Seguimiento y verificación: Hacer seguimiento técnico, logístico y administrativo a la ejecución de las actividades del hito, incluyendo visitas, validación de productos, revisión de evidencias y aplicación de instrumentos de monitoreo.
5. Divulgación y memoria institucional: Incorporar las experiencias, productos y resultados de los Laboratorios en acciones de sistematización, divulgación y memoria institucional, siempre respetando los derechos de los participantes.
6. Protección de datos y confidencialidad: Garantizar el tratamiento adecuado de la información personal suministrada por los participantes, conforme a la Ley 1581 de 2012 y demás disposiciones sobre protección de datos personales.
7. Gestión de conflictos y sanciones: Atender, investigar, documentar y resolver los conflictos o incumplimientos presentados en el marco del laboratorio, aplicando los protocolos y procedimientos establecidos por la SCRD, con observancia del debido proceso.

Proyectó Revisó Aprobó Felipe Duarte Álvarez Diana Guzmán Mónica Zapata Fernando Augusto García Igor Noriega Director Asuntos Locales y Participación Contratista Dirección de Asuntos Locales y Participación Contratistas Dirección de Asuntos Locales y Participación Documento 20262100248213 firmado electrónicamente por:

Julian Felipe Duarte Alvarez Contratista Dirección de Asuntos Locales y Participación Director de Asuntos Locales y Participación Dirección de Asuntos Locales y Participación Fecha firma: 27-04-2026 18:00:58 Maria Monica Zapata Cortazar REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-114 • 2026 • MAYO • 20 114 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 26 de 26 Fecha firma: 27-04-2026 16:04:20 Diana Paola Guzman Mendez Contratista Dirección de Asuntos Locales y Participación Fecha firma: 27-04-2026 16:07:09 Igor Ivan Noriega Velasquez Contratista Dirección de Asuntos Locales y Participación Fecha firma: 27-04-2026 16:17:17 Fernando Augusto García Bejarano Contratista Dirección de Asuntos Locales y Participación Fecha firma: 27-04-2026 17:13:59 Revisó: Cindy Nathalia Matiz Ovalle - Profesional Universitario Código 219 Grado 12 - Dirección de Asuntos Locales y Participación 7c9fa6124ece2377fb338e7759503a49a97719295120c7845581f7a094d645be Codigo de Verificación CV: dbe52 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-115 • 2026 • MAYO • 20 115 20261100283 733 Al contestar, por favor cite el radicado:

No.:*20261100283733* Fecha: 13-05-2026 RESOLUCIÓN No. 431 DE 14 DE MAYO DE 2026 "Por medio de la cual se ordena la apertura de los Laboratorios de transformaciones culturales para la paz dirigido a pueblos (Negros, Afro, Raizales, Palenqueros) víctimas del conflicto armado, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte"

EL SECRETARIO DE DESPACHO De la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Decreto Único del Sector Cultura, Recreación y Deporte No. 649 de 22 de diciembre de 2025 y,

CONSIDERANDO:

Que los artículos 70 y 71 de la Constitución Política de Colombia, establecen el deber del Estado de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades y otorga la competencia para establecer mecanismos positivos para fomentar el desarrollo artístico, cultural y patrimonial de la Nación.

Que el numeral 3 del artículo 1° de la Ley 397 de 1997, “Por la cual se desarrollan los artículos 70, 71 y 72 y demás artículos concordantes de la Constitución Política y se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura y se trasladan algunas dependencias.” señala que: “(…) El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de reconocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación colombiana (…)”.

Que la ley en cita en su artículo 17 señala:

“(…) DEL FOMENTO. El Estado a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, fomentará las artes en todas sus expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas, como elementos del diálogo, el intercambio, la participación y como expresión libre y primordial del pensamiento del ser humano que construye en la convivencia pacífica”.

Que así mismo, el artículo 18 de la mencionada ley establece:

Página 1 de 9 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-116 • 2026 • MAYO • 20 116 20261100283 733 Al contestar, por favor cite el radicado:

No.:*20261100283733* Fecha: 13-05-2026 RESOLUCIÓN No. 431 DE 14 DE MAYO DE 2026 "Por medio de la cual se ordena la apertura de los Laboratorios de transformaciones culturales para la paz dirigido a pueblos (Negros, Afro, Raizales, Palenqueros) víctimas del conflicto armado, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte"

"(…) El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos especiales y promocionará la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales. Para tal efecto establecerá, entre otros programas, bolsas de trabajo, becas, premios anuales, concursos, festivales, talleres de formación artística, apoyo a personas y grupos dedicados a actividades culturales, ferias, exposiciones, unidades móviles de divulgación cultural, y otorgará incentivos y créditos especiales para artistas sobresalientes, así como para integrantes de las comunidades locales en el campo de la creación, la ejecución, la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo (…)”

Que el Decreto Distrital 649 de 2025, “Por medio del cual se expide el Decreto Único del Sector Cultura, Recreación y Deporte”, dispone en su artículo 4 que: “La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte tiene por objeto orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculadas y la sociedad civil”.

Que el numeral 10 del artículo 5 del Decreto Distrital 649 de 2025 establece, entre las funciones de la SCRD, la siguiente: “(…) Gestionar la ejecución de las políticas, planes y proyectos culturales y artísticos, con el fin de garantizar el efectivo ejercicio de los derechos culturales y fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo (…)”.

Que le corresponde a la Subsecretaría de Gobernanza, en desarrollo de la función prevista en el numeral 8 del artículo 14 del Decreto Distrital 649 de 2025, lo siguiente: “(…) Dirigir estrategias, planes, programas y proyectos orientados a la identificación reconocimiento, fomento, sensibilización, formación, promoción y difusión del arte, la cultura y el patrimonio en los diferentes grupos poblacionales (…)”.

Que en los términos del decreto en mención, la Dirección de Asuntos Locales y Página 2 de 9 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-117 • 2026 • MAYO • 20 117 20261100283 733 Al contestar, por favor cite el radicado:

No.:*20261100283733* Fecha: 13-05-2026 RESOLUCIÓN No. 431 DE 14 DE MAYO DE 2026 "Por medio de la cual se ordena la apertura de los Laboratorios de transformaciones culturales para la paz dirigido a pueblos (Negros, Afro, Raizales, Palenqueros) víctimas del conflicto armado, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte"

Participación, en el artículo 17, tendrá a su cargo, entre otras, las siguientes funciones: “(…) 6. Diseñar y ejecutar estrategias, planes, programas y proyectos orientados a la identificación reconocimiento, fomento, sensibilización, formación, promoción y difusión del arte, la cultura y el patrimonio en los diferentes grupos poblacionales (…)”.

Que el documento CONPES D.C. “POLÍTICA PÚBLICA DISTRITAL DE ECONOMÍA CULTURAL Y CREATIVA 2019-2038”, definió como uno de los objetivos específicos de dicha Política “(…) 4.2.3 Ampliar mecanismos de apoyo financiero dirigido a los agentes del sector cultural y creativo”, para lo cual: “(…) La Secretaría Distrital de Cultura Recreación y Deporte en articulación con entidades públicas y privadas, realizará actividades de gestión y acompañamiento técnico que permitan aumentar el número de los agentes del sector cultural y creativo que acceden a financiación. Para el efecto, se ampliarán los mecanismos de apoyo financiero dirigido a los agentes del sector cultural y creativo, para que puedan apalancar la producción de bienes y servicios, a través del acceso a recursos no reembolsables, y fortalecimiento de servicios de financiación (…)”.

Que el Plan Distrital de Desarrollo “Bogotá Camina Segura”, en su artículo 10. indica los Programas del objetivo estratégico “Bogotá confía en su Bien- Estar”, donde, en su numeral 10.8. establece el programa 14. Bogotá deportiva, recreativa, artística, patrimonial e intercultural, el cual aborda lo siguiente: “(…) Realizar laboratorios creativos en barrios, como mecanismo de interacción para fortalecer los procesos de artistas, agrupaciones, colectivos, organizaciones y líderes socioculturales, así como en espacios culturales y eventos comunitarios, mediante estrategias conjuntas de formación, creación, circulación, investigación y apropiación de las artes con enfoque diferencial de género. Se velará por la formación de público desde las diferentes dimensiones y procesos del campo artístico y cultural, promoviendo estrategias que pretendan disminuir barreras de acceso para el ejercicio de derechos culturales. (…)”

Que con el objetivo de establecer los lineamientos necesarios para implementar una metodología de transformación cultural de paz que contribuya a la reparación simbólica, la reconstrucción del tejido social, la reconciliación comunitaria y las garantías de no repetición, en articulación con la justicia transicional y la política pública de víctimas.

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REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-118 • 2026 • MAYO • 20 118 20261100283 733 Al contestar, por favor cite el radicado:

No.:*20261100283733* Fecha: 13-05-2026 RESOLUCIÓN No. 431 DE 14 DE MAYO DE 2026 "Por medio de la cual se ordena la apertura de los Laboratorios de transformaciones culturales para la paz dirigido a pueblos (Negros, Afro, Raizales, Palenqueros) víctimas del conflicto armado, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte"

Que los “Laboratorios de transformaciones culturales para la paz dirigido a pueblos (Negros, Afro, Raizales, Palenqueros) víctimas del conflicto armado”, cuentan con una guía operativa que tiene como propósito orientar la implementación paso a paso de los Laboratorios de Oportunidades Culturales, la cual está dirigida a la ciudadanía y a los equipos misionales de la SCRD, facilitadores, Comité Validador y demás actores institucionales encargados de ejecutar, acompañar y hacer seguimiento a los procesos y actividades desarrolladas en los laboratorios.

Que la presente apertura tiene por objeto la entrega de incentivos económicos en el marco de los Laboratorios de transformaciones culturales para la paz dirigido a pueblos (Negros, Afro, Raizales, Palenqueros) víctimas del conflicto armado, por un valor de hasta TREINTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y UN MIL QUINIENTOS PESOS M/CTE ($37.241.500), los cuales serán asignados conforme al nivel de complejidad, las necesidades del hito cultural concertado y los criterios de distribución de recursos que establezca el Comité Validador Interno, conformado para tal efecto por la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte.

Que en consecuencia, mediante el presente acto administrativo la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte dispone la apertura de los “Laboratorios de transformaciones culturales para la paz dirigido a pueblos (Negros, Afro, Raizales, Palenqueros) víctimas del conflicto armado”, soportada en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal que se describe a continuación:

CONCEPTO DEL NÚMERO DEL CPD OBJETO RUBRO DESCRIPCIÓN DEL RUBRO GASTO FONDO VALOR O230117330 37.241.500 TOTAL 1006 de abril 09 de Otorgar un incentivo económico en el laboratorio 120240217 Fortalecimiento de la gobernanza 2026 O2320202009911 24 Servicios de la administración 1-100-F001 VA- RECURSOS de transformación cultural para la paz 2026, dirigido a territorial, la participación DISTRITO pública relacionados con la recreación, pueblos afro, negros, palenqueros y raizales víctimas del conflicto armado incidente y la atención diferenciada de los la cultura y la religión grupos étnicos, etarios y sectores sociales desde las prácticas culturales en Bogotá Página 4 de 9 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-119 • 2026 • MAYO • 20 119 20261100283 733 Al contestar, por favor cite el radicado:

No.:*20261100283733* Fecha: 13-05-2026 RESOLUCIÓN No. 431 DE 14 DE MAYO DE 2026 "Por medio de la cual se ordena la apertura de los Laboratorios de transformaciones culturales para la paz dirigido a pueblos (Negros, Afro, Raizales, Palenqueros) víctimas del conflicto armado, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte"

D.C.

Que las condiciones, criterios y responsabilidades asociadas a la participación en los Laboratorios de Oportunidades Culturales se encuentran detalladas en los documentos denominados “Condiciones de Participación” y en la “Guía Operativa de Laboratorios de Oportunidades Culturales”, la cual constituye la ruta oficial de acceso de la ciudadanía a esta línea estratégica de fomento no competitivo. Esta guía organiza de manera clara y articulada los principios, etapas metodológicas, proceso de participación, criterios de viabilidad y pertinencia de hitos culturales y demás lineamientos para la asignación de incentivos, conforme a los principios de igualdad, transparencia, publicidad, participación, imparcialidad, inclusión, moralidad, cooperación, eficacia y corresponsabilidad. Dicho documento, hace parte integral de la presente resolución y estará disponible para consulta pública en el enlace de Transparencia y acceso a la información pública:

Guía: Guía Operativa de Laboratorios de Oportunidades Culturales. ANEXO 2 PCR-PR- 25-GU-02 GUÍA OPERATIVA DE LABORATORIOS DE OPORTUNIDADES CULTURALES Disponible en: https://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/sites/default/files/2026- 03/2_anexo_laboratorios_de_transformaciones_culturales_para_la_paz_0.pdf Condiciones de Participación:

Disponible en: https://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/sites/default/files/2026- 04/5.1- 2026_condiciones_de_participacion_laboratorio_de_oportunidades_culturales_loc_transfo rmaciones_para_la_paz_afros.pdf Que de conformidad con lo anterior y en cumplimiento del marco normativo señalado, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, dispone la apertura de los “Laboratorios de transformaciones culturales para la paz dirigido a pueblos (Negros, Afro, Raizales, Palenqueros) víctimas del conflicto armado”

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REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-120 • 2026 • MAYO • 20 120 20261100283 733 Al contestar, por favor cite el radicado:

No.:*20261100283733* Fecha: 13-05-2026 RESOLUCIÓN No. 431 DE 14 DE MAYO DE 2026 "Por medio de la cual se ordena la apertura de los Laboratorios de transformaciones culturales para la paz dirigido a pueblos (Negros, Afro, Raizales, Palenqueros) víctimas del conflicto armado, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte"

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo primero.

Ordenar la apertura de “Los Laboratorios de transformaciones culturales para la paz dirigido a pueblos (Negros, Afro, Raizales, Palenqueros) víctimas del conflicto armado” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo, y la misma contempla lo que se describe a continuación

MECANISMO TIPO DE INCENTIVO MONTO TOTAL CDP DEPENDENCIA(S)

ENCARGADA TREINTA Y SIETE Bolsa de Recursos Dirección de Asuntos Locales y Participación 1006 de abril 09 de 2026 Fomento no competitivo - Laboratorios de ($37.241.500)

MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y UN MIL QUINIENTOS PESOS M/ Oportunidades Culturales de Barrios CTE ($37.241.500)

Incentivos económicos asignados a través de una bolsa de recursos Vivos - Laboratorios de transformaciones culturales para la paz por un valor de hasta TREINTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS dirigido a pueblos (Negros, Afro, CUARENTA Y UN MIL QUINIENTOS PESOS M/CTE ($37.241.500), los cuales serán asignados conforme al nivel de Raizales, Palenqueros) víctimas del conflicto complejidad armado PARÁGRAFO: Los recursos para el desarrollo y ejecución de “Los Laboratorios de transformaciones culturales para la paz dirigido a pueblos (Negros, Afro, Raizales, Palenqueros) víctimas del conflicto armado” se encuentran respaldados con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal mencionado en el presente artículo.

Artículo segundo.

Los requisitos y condiciones de participación en “Los Laboratorios de transformaciones culturales para la paz dirigido a pueblos (Negros,

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REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-121 • 2026 • MAYO • 20 121 20261100283 733 Al contestar, por favor cite el radicado:

No.:*20261100283733* Fecha: 13-05-2026 RESOLUCIÓN No. 431 DE 14 DE MAYO DE 2026 "Por medio de la cual se ordena la apertura de los Laboratorios de transformaciones culturales para la paz dirigido a pueblos (Negros, Afro, Raizales, Palenqueros) víctimas del conflicto armado, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte"

Afro, Raizales, Palenqueros) víctimas del conflicto armado” que tienen apertura mediante el presente acto administrativo, se encuentran establecidos en los documentos denominados “Condiciones de Participación” y en la “Guía Operativa de Laboratorios de Oportunidades Culturales”, denominada ANEXO 2 PCR-PR-25-GU-02 GUÍA OPERATIVA DE LABORATORIOS DE OPORTUNIDADES CULTURALES, los cuales forman parte integral de la presente resolución.

Parágrafo. Las modificaciones a los términos de “Los Laboratorios de
transformaciones culturales para la paz dirigido a pueblos (Negros, Afro, Raizales, Palenqueros) víctimas del conflicto armado” citados en el presente acto administrativo se podrán realizar mediante aviso modificatorio, el cual deberá ser publicado en el respectivo enlace de Transparencia y acceso a la información pública de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte https://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/es/transparencia-acceso-informacionpublica.

Artículo tercero.

Realizar por la Dirección de Asuntos Locales y Participación de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte los trámites correspondientes al desembolso de los incentivos económicos previstos en los referidos “Los Laboratorios de transformaciones culturales para la paz dirigido a pueblos (Negros, Afro, Raizales, Palenqueros) víctimas del conflicto armado”, de conformidad con el artículo primero del presente acto administrativo, acorde con los procesos y procedimientos definidos en este organismo.

Artículo cuarto.

Publicar por la Dirección de Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano la presente resolución y junto con la “Condiciones de Participación” y la “Guía Operativa de Laboratorios de Oportunidades Culturales”, en el enlace de Transparencia y acceso a la información pública de la Secretaría Distrital de

Cultura, Recreación y Deporte: https://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/sites/default/files/2026-04/5.1- 2026_condiciones_de_participacion_laboratorio_de_oportunidades_culturales_loc_transfo rmaciones_para_la_paz_afros.pdf Asimismo, por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano publicar el contenido de la presente resolución en la Gaceta Distrital y en el Régimen Legal de Bogotá y en la página web de la Secretaría.

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REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-122 • 2026 • MAYO • 20 122 20261100283 733 Al contestar, por favor cite el radicado:

No.:*20261100283733* Fecha: 13-05-2026 RESOLUCIÓN No. 431 DE 14 DE MAYO DE 2026 "Por medio de la cual se ordena la apertura de los Laboratorios de transformaciones culturales para la paz dirigido a pueblos (Negros, Afro, Raizales, Palenqueros) víctimas del conflicto armado, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte"

Artículo quinto.

Comunicar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano el contenido de la presente resolución a través de la herramienta ORFEO, a la Subsecretaría de Gobernanza y la Dirección de Asuntos Locales y Participación para los trámites de su competencia.

Artículo sexto.

El presente acto administrativo rige a partir del día siguiente a su publicación y contra este no procede recurso alguno en los términos del artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C., a los catorce (14) días del mes de mayo (05) de dos mil veintiséis (2026).

SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR Secretario de Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Proyectó Santiago Rodríguez Flórez - Contratista Oficina Jurídica. Revisó: Fernando Augusto García - Contratista Dirección de Asuntos Locales y Participación. Revisó: Miguel Ángel Solano Rojas – Contratista Subsecretaría de Gobernanza. Aprobó: Felipe Duarte Álvarez – Director de Asuntos Locales y Participación. Ana María Boada Ayala – Subsecretaria de Gobernanza Revisó: Diego Eduardo Beltrán Hernández – Contratista Oficina Jurídica. Aprobó revisión y ajustó: Héctor Ricardo Ojeda Sierra – Jefe (E) Oficina Jurídica.

Documento 20261100283733 firmado electrónicamente por:

Santiago Trujillo Escobar Secretario de Cultura, Recreación y Deporte Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Fecha firma: 14-05-2026 16:26:35 Hector Ricardo Ojeda Jefe Oficina Juridica (E)

Página 8 de 9 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-123 • 2026 • MAYO • 20 123 20261100283 733 Al contestar, por favor cite el radicado:

No.:*20261100283733* Fecha: 13-05-2026 RESOLUCIÓN No. 431 DE 14 DE MAYO DE 2026 "Por medio de la cual se ordena la apertura de los Laboratorios de transformaciones culturales para la paz dirigido a pueblos (Negros, Afro, Raizales, Palenqueros) víctimas del conflicto armado, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte"

Sierra (E) Oficina Jurídica Fecha firma: 14-05-2026 15:36:27 Santiago Rodriguez Florez Contratista Oficina Jurídica Fecha firma: 13-05-2026 16:21:43 Ana María Boada Ayala Subsecretaría de Gobernanza Subsecretaría de Gobernanza Fecha firma: 14-05-2026 15:29:19 Miguelangel Solano Rojas Contratista Subsecretaría de Gobernanza Fecha firma: 14-05-2026 14:45:42 Julian Felipe Duarte Alvarez Director de Asuntos Locales y Participación Dirección de Asuntos Locales y Participación Fecha firma: 14-05-2026 11:53:42 Fernando Augusto García Bejarano Contratista Dirección de Asuntos Locales y Participación Fecha firma: 14-05-2026 09:20:08 Juan Esteban Quintero Paez Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 22 Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano Fecha firma: 14-05-2026 19:06:29 733101ff5510c88e4d757cc5707c09e32c53ffd95ffc93dfcb2bb675533ae5ba Codigo de Verificación CV: f61cd Página 9 de 9 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-124 • 2026 • MAYO • 20 124 ANEXO 2 PCR-PR-25-GU-02 GUÍA OPERATIVA DE LABORATORIOS DE OPORTUNIDADES CULTURALES LABORATORIOS DE TRANSFORMACIONES CULTURALES PARA LA PAZ REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-125 • 2026 • MAYO • 20 125 TABLA DE CONTENIDO Siglas................................................................................................................................... 2
1. Introducción .................................................................................................................... 3 1.1 Acercamientos teóricos y metodológicos ................................................................... 4 1.2 Hacia las pedagogías de la memoria ......................................................................... 5 1.3 Una gramática de la escucha .................................................................................... 7 2.Objetivo General .............................................................................................................. 8 2.1 Objetivos específicos ............................................................................................... 8
3. Alcance ............................................................................................................................ 8
4. Responsables ................................................................................................................ 10 4.1 Marco interadministrativo de corresponsabilidad ..................................................... 10 4.2 Aliados estratégicos ................................................................................................ 10 4.3 Responsables misionales y operativos .................................................................... 11
5. Definiciones ................................................................................................................... 11
6. Condiciones generales ................................................................................................. 14 6.1. Generalidades ........................................................................................................ 14 6.1.1. Punto de partida: lo poblacional ........................................................... 14 6.1.2. Procesos de interacción y participación .............................................. 14 6.1.3. Lo territorial ............................................................................................ 15 6.2. Principios de participación ...................................................................................... 15 6.3 ¿Quiénes pueden participar? .................................................................................. 15 6.4 Compromisos de participación ................................................................................ 16 6.4 Postulación como beneficiarios y Formalización de la participación ........................ 16 6.4.1. Postulación como beneficiarios ..................................................................... 16 6.5 Procesos administrativos ......................................................................................... 18
7. Metodología para la Paz .............................................................................................. 19 7.1 Aportes de la Metodología para la Paz a los componentes del SIVJRNR (Sistema Integral de Verdad, Justicia y Reparación y No Repetición). ......................................... 20 7.2 Indicadores de creatividad ....................................................................................... 22 7.3 Indicadores de innovación ....................................................................................... 22 7.4 Indicadores de pertinencia ...................................................................................... 22
8. Paso a paso metodológico ........................................................................................... 22 8.1 Etapa 0 - Pillarnos para conocernos ........................................................................ 24 8.2. Etapa 1. Venga que si es pa’ eso. Hacia una memoria compartida: ....................... 28 Quién soy y de dónde vengo (subjetivo) .................................................................. 29 Un mapa de recuerdos compartidos (intersubjetivo) ................................................ 30 "Laboratorios" de la memoria (objetivo) ................................................................... 30 Espacios de formación ............................................................................................ 30 8.3 Etapa 2 Vamo´a hacelo´ – RUTAS DE LA ESCUCHA ................................... 31 8.4 Etapa 3 Y si lo hacemos real: para que Bogotá sea una comunidad de paz de comunidades de paz – Implementación de acciones restaurativas ............................... 32 Criterios de pertinencia y viabilidad ............................................................................... 34 8.5 Etapa 4. Esto es pa’ rato ¿Y cómo lo sostenemos? ................................................ 34 Referencias ....................................................................................................................... 35 1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-126 • 2026 • MAYO • 20 126 Siglas Plan de Acción Territorial PAT Comité Operativo para la Dejación de las Armas CODA Centro Nacional de Memoria Histórica CNMH Certificado de Disponibilidad Presupuestal CDP Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad CEV Comité Local de Derechos Humanos CLDH Comité Local de Justicia Transicional CLJT Conflicto Armado No Internacional CANI Consejería Distrital de Paz, Víctimas y Reconciliación CDPVR Derechos Humanos DD. HH.
Dirección de Asuntos Locales y Participación DALP Fondos de Desarrollo Local FDL Jurisdicción Especial para la Paz JEP Mesas Locales de Participación Efectiva de Víctimas MLEV Observatorio Distrital de Víctimas del Conflicto Armado ODVCA Oficina de la Consejería de Paz, Víctimas y Reconciliación OCPVR Organización Internacional para las Migraciones OIM Plan Anual de Desarrollo PAD Plan de Acción Distrital PAD Plan de Desarrollo Distrital PDD Plan Operativo Anual POA Planes Integrales de Reparación Colectiva PIRC Registro Presupuestal RP Registro Único de Víctimas RUV Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte SCRD Secretaría de Gobierno SDG Sistema de Alertas Tempranas SAT Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición SIVJRNR Sistema Modelo de Atención, Asistencia y Reparación Integral a las Víctimas MAARIV Sujeto de Reparación Colectiva SRC Sustancias Psicoactivas SPA Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas UBPD Unidad para la Atención y Reparación Integral a la Víctimas UARIV Transformaciones Rurales Integrales TRI 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-127 • 2026 • MAYO • 20 127

1. Introducción

El presente anexo de Laboratorios de Transformación tiene como propósito orientar la concertación, planeación, implementación, seguimiento y cierre de los Laboratorios de Transformación Cultural para la Paz, como una estrategia de participación comunitaria orientada a la garantía de derechos de las víctimas del conflicto armado, personas en proceso de reincorporación, la construcción de culturas de paz, la reconciliación, la no estigmatización y la no repetición.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 174 de la Ley 1448 de 2011, “Por la cual se dictan medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno y se dictan otras disposiciones”, y el Decreto 2460 de 2015, “Por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 172 de la Ley 1448 de 2011, se adopta la Estrategia de Corresponsabilidad de la política pública para las víctimas del conflicto armado interno y se modifica el parágrafo 2 del artículo 2.2.8.3.8 del Decreto 1084 de 2015, Único Reglamentario del Sector de Inclusión Social y Reconciliación".

Todas las entidades territoriales deben diseñar un Plan de Acción Territorial (PAT) como instrumento de planeación que contempla los componentes de atención, asistencia, reparación integral, este plan debe evidenciarse en la caracterización poblacional y territorial de las más de 400.000 víctimas del conflicto armado que habitan en Bogotá (PLAN DE CONTINGENCIA, 2025). El acervo documental depende del Observatorio Distrital de Víctimas del Conflicto Armado (ODVCA), el Sistema Integral para la Paz y los boletines demográficos que publica la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). De igual modo, se recoge los lineamientos de la Ley 2421 de 2024, “"Por la cual se modifica la Ley 1448 de 2011 y se dictan otras disposiciones sobre reparación a las víctimas del conflicto armado interno”, aquella que robustece la protección y garantía de los Derechos Humanos de las víctimas.

Por otro lado, las determinaciones de este anexo obedecen al Plan de Desarrollo Distrital, “Bogotá Camina Segura”; al Proyecto de Inversión 8027 - Fortalecimiento de la gobernanza territorial, la participación incidente y la atención diferenciada de los grupos étnicos, etarios y sectores sociales desde las prácticas culturales en Bogotá D.C., en particular en las siguientes metas: I) meta No. 3 - “Formular e implementar una estrategia comunitaria para promover laboratorios barriales de transformación cultural para la paz, dirigido a personas víctimas del conflicto armado y personas en procesos de reincorporación, que residan en los territorios priorizados en Bogotá”; II) meta proyecto No. 4 - “Diseñar e implementar una estrategia comunitaria para la formación en cultura de paz dirigido a agentes culturales de Bogotá en torno a los siguientes ejes de transformación: culturas de paz, memorias, pervivencia cultural, reconciliación, no estigmatización y convivencia. Se implementarán 40 procesos de formación”.

Asimismo, se obedece al Plan Anual de Desarrollo (PAD) en su meta 1465, “Realizar 9 laboratorios de transformación cultural para la paz con víctimas del conflicto armado en espacios de participación y 1 laboratorio de transformación cultural para la paz dirigido a mujeres víctimas del conflicto armado”. De igual manera, “Realizar un (1) laboratorio de oportunidades culturales para la paz dirigido a la población indígena víctima del conflicto 3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-128 • 2026 • MAYO • 20 128 armado y un (1) laboratorio de oportunidades culturales para la paz dirigido a comunidad Afrocolombiana víctima del conflicto armado”.

En su meta 1466, “Otorgar 4 estímulos de la siguiente forma: tres 3 estímulos anuales a agentes culturales, artísticos y patrimoniales que sean víctimas del conflicto armado, y un 1 estímulo anual a agentes en procesos de reincorporación, con el objetivo de fortalecer la reconstrucción del tejido social y promover la participación comunitaria en la construcción de la paz desde los territorios”. Finalmente, en su meta 1467, “Implementar y fortalecer el 100% de las acciones relacionadas con el componente cultural de los Planes Integrales de Reparación Colectiva (PIRC), así como con las organizaciones de los sujetos de reparación colectiva y espacios de concertación priorizados”.

Este anexo recoge y articula los lineamientos del Programa de Reincorporación Integral (PRI) y los enfoques diferenciales, territoriales y de derechos humanos aplicables. Según el artículo 13 de la Ley 2421 de 2024 “El Estado ofrecerá especiales garantías y medidas de protección a los grupos expuestos a mayor riesgo de las violaciones contempladas en el artículo 3 de la presente Ley tales como mujeres, jóvenes, niños y niñas, personas mayores, personas con discapacidad, personas campesinas, líderes y lideresas sociales defensores y defensoras de DDHH, líderes religiosos, líderes y lideresas ambientales, integrantes de organizaciones sindicales, defensores de Derechos Humanos, víctimas del confinamiento, miembros de grupos étnicos (indígenas, afro, raizales, palenqueros, Rrom) y víctimas de desplazamiento forzado interno, rural y transnacional”. (Ley 2421 de 2024) Lo anterior, aunado a las alertas tempranas vigentes para Bogotá generadas por la Defensoría del Pueblo a través del Sistema de Alertas Tempranas (SAT); a saber: AT-010-2021; AT-005-2022; AT-019-2023; AT-004- 2024; AT-013-2025. (PLAN DE CONTINGENCIA, 2025; Defensoría del Pueblo, 2025).

La idea de una transformación cultural para la paz, entraña la necesidad de considerar metodologías formativas y pedagógicas alrededor de la construcción de paz como un escenario equitativo, continuo y abierto; este documento busca presentar y definir dichas propuestas a través de una escala metodológica que se desarrollan en los llamados Laboratorios de Transformación Cultural para la Paz. Son estos espacios que consideran procesos integrales, restaurativos y comunitarios en donde se articulan memoria, participación, acción cultural y fortalecimiento del tejido social en territorios priorizados.

1.1 Acercamientos teóricos y metodológicos Colombia se ha consolidado como uno de los principales referentes internacionales en la reflexión teórica y la implementación práctica de procesos de construcción de paz. La complejidad, duración y profundidad de su conflicto armado, así como la diversidad de mecanismos de negociación, justicia transicional y participación de víctimas desarrollados en el país, han convertido la experiencia colombiana en un caso paradigmático de estudio en la literatura global sobre paz. En este sentido, los aprendizajes derivados del proceso colombiano han sido ampliamente analizados y utilizados como referencia comparada en otros contextos de conflicto armado y posconflicto (Lederach, 1997, 2005; Rettberg, 2012, 2017; Mac Ginty & Richmond, 2013).

4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-129 • 2026 • MAYO • 20 129 Desde el Derecho Internacional Humanitario y la teoría de los conflictos armados, Colombia se configura como un Conflicto Armado No Internacional (CANI) caracterizado por la prolongación temporal, la fragmentación de actores y la ampliación territorial de la violencia (Sánchez Cabarcas, 2023). En este contexto, el desplazamiento forzado no es un efecto colateral, sino una estrategia central de la guerra, orientada al control poblacional y territorial (Ibáñez & Vélez, 2008).

Las ciudades, particularmente Bogotá, emergen como espacios estratégicos del conflicto, cumpliendo simultáneamente tres funciones: I) Ciudad receptora de víctimas del conflicto armado rural; II) Ciudad de hechos, donde persisten acciones victimizantes asociadas a economías ilegales, control territorial y violencia urbana; III) Ciudad expulsora, donde se producen desplazamientos intraurbanos motivados por estigmatización, amenazas y exclusión social (Saldarriaga & Hua, 2019; Sánchez-Saldarriaga et al., 2024).

Este enfoque permite superar la dicotomía rural–urbano y comprender el conflicto armado colombiano como un fenómeno territorialmente continuo, donde la ciudad no es refugio neutral, sino escenario activo de reconfiguración de la violencia y de nuevas formas de victimización, particularmente contra víctimas y firmantes de paz, quienes enfrentan procesos sistemáticos de estigmatización.

La Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, creada en el marco del Acuerdo Final de Paz de 2016, desarrolló rutas pedagógicas orientadas al reconocimiento, la verdad y la no repetición, entendiendo la verdad como un proceso social, participativo y transformador. Estas rutas se estructuran en torno a la memoria, la escucha y la convivencia, elementos que coinciden con los principios metodológicos de los laboratorios de paz implementados en Colombia, los cuales conciben la construcción de paz como un proceso permanente de diálogo, cocreación y participación comunitaria (CEV, 2022; Jelin, 2002; Rettberg, 2012).

1.2 Hacia las pedagogías de la memoria En este sentido y retomando los factores descritos por la Consejería Distrital de Paz, Víctimas y Reconciliación (CDPVR), la base de todo el proceso debe ser el reconocimiento de las víctimas y firmantes como ciudadanos y ciudadanas legítimas y no como extraños que no pertenecen a las comunidades establecidas. De acuerdo con Nicolàs Frasser (2023, p. 25), dicho reconocimiento exige una pedagogía de las memorias que parten de las experiencias de las víctimas y firmantes y que deben apuntalarse a la construcción de una memoria colectiva en donde todos y todas hagamos parte de la narrativa.

Retomando a Frasser (2023), las pedagogías de la memoria constituyen estrategias de enseñanza y aprendizaje orientadas al pasado reciente, que se distinguen por articular una diversidad de experiencias y recuerdos en espacios sociales y culturales. Estas prácticas buscan la construcción de narrativas que permitan elaborar el pasado y resignificarlo como un nuevo escenario de acción política. Es decir, partir de lo microhistórico para llegar a la posibilidad de un presente común; por esto, los laboratorios de transformación cultural para la paz, parten de 8 pedagogías de la memoria: la testimonial, la de los Derechos Humanos, la crítica, del recuerdo y la conmemoración, de los lugares de la memoria, narrativa, intergeneracional y, finalmente, la artística y cultural. Cada una de estas pedagógicas cuenta 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-130 • 2026 • MAYO • 20 130 con un enfoque central, estrategias y recursos sumado a un resultado que se enmarca en el propósito formativo.

Pedagogía Enfoque central Estrategias y recursos Propósito formativo Relatos orales, escritos Testimonios y memorias de víctimas y Fomentar empatía, reconocimiento y reflexión Pedagogía testimonial y audiovisuales testigos ética Formación ciudadana y Articulación entre memoria histórica y Análisis de casos, marcos normativos y Pedagogía de los derechos humanos ética DD. HH. debates Pedagogía crítica Análisis del poder y de Lectura crítica y análisis Comprensión crítica del de la memoria las narrativas oficiales histórico-político pasado Pedagogía del Efemérides, rituales y Producción de sentidos Construcción de memoria colectiva actos públicos compartidos recuerdo y la conmemoración Pedagogía de los Espacios, territorios y Museos, memoriales, Relación entre historia, lugares u objetos materialidades del archivos y sitios territorio y política de memoria pasado históricos Pedagogía Construcción de relatos Elaboración simbólica del narrativa y experiencias Biografías, historias de vida y memorias locales pasado Transmisión y diálogo Entrevistas, encuentros Resignificación del pasado Pedagogía intergeneracional de memorias y relatos familiares desde el presente Lenguajes simbólicos y Aproximación sensible y Pedagogía artística y cultural expresivos Arte, cine, teatro, literatura y música creativa al pasado de la memoria Al hacer una lectura orgánica de esta tipología, se puede considerar que se concentran en dos objetivos claros: la presencia del sujeto y la posibilidad de la acción política de ese sujeto. Por esta razón, se busca acudir a Chantal Mouffe (1996) y considerar que al analizar esta clasificación de las pedagogías de la memoria, es posible identificar un proceso que transita desde lo subjetivo, pasa por lo intersubjetivo y culmina en lo objetivo. Cabe aclarar que este último no remite a una concepción positivista de la certeza, sino a los dispositivos materiales y/o simbólicos que emergen del diálogo del sujeto consigo mismo y de su interacción con los otros.

6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-131 • 2026 • MAYO • 20 131 En este sentido, se propone la siguiente ruta: cada laboratorio iniciará con un espacio de construcción de la memoria a partir del individuo, su subjetividad y diálogo interno sobre su esencia y experiencias; posteriormente, se trabajará desde la comunidad, la narrar al otro y con el otro, despojándose de prejuicios, al apelar al diálogo e interacción colectivo. Los dos pasos previos permitirán llegar a un tercer escenario donde se prioriza la narración y memoria común, apalancada en objetos, símbolos o materiales que reflejen esa visión compartida. Es nodal aclarar que no puede construirse una narración, ni un lugar, ni un dispositivo de la memoria como lugar de enunciación de las víctimas, sino se considera como parte fundamental del proceso, la escucha, sus gramáticas y prácticas. Todas las etapas previamente mencionadas serán explicadas en la descripción y el paso a paso de estos escenarios.

1.3 Una gramática de la escucha La filósofa colombiana María del Rosario Acosta ha ofrecido una reflexión profunda sobre una suerte de episteme de la escucha, pero lo más importante de su propuesta es que ha girado hacia las víctimas. Como se ha dicho anteriormente, nada puede funcionar, ni la construcción de una narrativa de la memoria, ni los procesos de no repetición o no estigmatización sino existe un propósito de escucha que alimente, desde el individuo y sus vivencias, lo que se hará y las prácticas que se proponen.

De acuerdo con Acosta (2020) es necesario presentar y analizar el desafío de la escucha a partir de las implicaciones conceptuales que los contextos traumáticos plantean tanto en los procesos de construcción de la memoria como en la práctica misma de la escucha de testimonios de experiencias traumáticas. A partir de ello, es posible comprender en profundidad un aspecto de la labor de la memoria que de otro modo podría pasar desapercibido, y, a partir de esa comprensión, diseñar e identificar en la práctica cursos de acción y estrategias de escucha más responsables, inclusivas y plurales. De este modo se considera que la práctica de escucha asertiva requiere de espacios de reflexión, pero también una metodología que contemple procesos de sistematización de los testimonios de las víctimas y firmantes de paz.

En ese sentido, se explicará y describirá la manera como la construcción de las narrativas tienen como línea transversal la gramática de la escucha a partir de contextos y eventos traumáticos. Como lo ha enunciado Hanna Arendt (2005), proporcionar las condiciones de posibilidad para construir una memoria de lo sucedido, pero lo más interesante de considerar la escucha como parte de la construcción de posibilidades y transformaciones es que se convierte en un parte esencial de la dimensión estética y de las posibilidades expresivas de las comunidades.

7 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-132 • 2026 • MAYO • 20 132

2. Objetivo General

Establecer los lineamientos necesarios para implementar una metodología de transformación cultural de paz que contribuya a la reparación simbólica, la reconstrucción del tejido social, la reconciliación comunitaria y las garantías de no repetición, en articulación con la justicia transicional y la política pública de víctimas.

2.1 Objetivos específicos

- Consolidar un mapa cultural, poblacional y territorial que relacione la dinámica de las localidades de acuerdo con la habitabilidad de las víctimas y firmantes de paz; sumado actividad cultural en torno a la construcción de la memoria y sanación colectiva.
- Precisar los roles y responsabilidades de los actores institucionales y comunitarios teniendo en cuenta las directrices administrativas, presupuestales y misionales de la entidad.
- Definir los procesos de cocreación, memorias compartidas, objetos de memoria, lugares de memoria entre la comunidad de víctimas y la comunidad en general.
- Facilitar la articulación de la Dirección de Asuntos Locales y Participación (DALP) con actores del ecosistema cultural y educativo de la ciudad, a partir de las pedagogías de paz, construcción de memoria y sanación colectiva.
- Generar espacios y estrategias de sostenibilidad a través de procesos formativos en gestión cultural que garanticen la sobrevivencia de dichas dinámicas en las comunidades.

3. Alcance

Este anexo se aplica a los procesos desarrollados en territorios priorizados del Distrito Capital que involucren víctimas del conflicto armado, personas en proceso de reincorporación, comunidades con afectaciones colectivas, organizaciones sociales vinculadas a procesos de memoria y comunidad en general, con el propósito de desarrollar procesos de reconciliación y garantías de no repetición, teniendo en cuenta el enfoque poblacional y territorial.

La definición de territorios y caracterización poblacional responde a los compromisos adquiridos de acuerdo con las políticas públicas dirigidas a la población víctima del conflicto armado y/o firmantes de paz con enfoque diferencial étnico y de género. Las metas del Plan Acción Distrital (PAD) y su cumplimiento se debe garantizar mediante los acuerdos presupuestales definidos por la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) que se encuentran sujetos al principio de progresividad establecido en la Ley 1448 de 2011 y demás normas concordantes que regulan la materia. Estas metas se definen de la siguiente manera:

8 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-133 • 2026 • MAYO • 20 133

- En instancias de participación distritales, mesas temáticas, Comités Distritales se llevan a cabo diálogos entre las víctimas e instituciones, en donde se expresan las propuestas y necesidades manifestadas por las víctimas.
- La proyección de las metas consignadas en el Plan Acción Distrital (PAD), se llevará a cabo de acuerdo con los lineamientos de la dirección de la Dirección de Asuntos Locales y Participación (DALP) de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD).
- La aprobación interna del Plan Acción Distrital (PAD) surtirá el proceso definido por la entidad.
- Se hace envío de la matriz Plan Acción Distrital (PAD) a planeación, quien se encarga de hacerla llegar a la Consejería Distrital de Paz, Víctimas y Reconciliación (CDPVR).
La entidad en mención hace observaciones o solicita correcciones que se adelantarán de acuerdo con los lineamientos de la dirección y el equipo misional.
- La Consejería Distrital de Paz, Víctimas y Reconciliación (CDPVR) emite su concepto aprobatorio por medio de correo electrónico dirigido a planeación y a la Dirección de Asuntos Locales y Participación (DALP).
- El Plan Acción Distrital (PAD) es el instrumento que socializamos y presentamos en las diferentes instancias de participación.
- El Plan Acción Distrital (PAD) se aloja en el sitio del Observatorio para las Víctimas. (Plan Acción Distrital, 2025)

Este proceso vincula a los siguientes agentes:

- Personas víctimas del conflicto armado.
- Comunidades con afectaciones colectivas.
- Personas en proceso de reincorporación.
- Personas con certificado de residencia y/o declaración juramentada sobre su residencia en la localidad en que se desarrolla el Laboratorio.
- Organizaciones de víctimas que conforman las Mesas Locales de Participación efectiva de Víctimas y que a su vez, se encuentren en el Directorio de agremiaciones, asociaciones y grupos de interés de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá (Directorio de Agremiaciones, s.f.) .
- La ciudadanía en general, reconociendo que los laboratorios son escenarios de corresponsabilidad ciudadana y por lo mismo, los encuentros, dinámicas de cocreación, desarrollo, formación y ejecución, están abiertos a la ciudadanía en general. Son espacios que plantean como objetivo rutas de reconocimiento y reconciliación que requieren y se potencian con la presencia de todos y todas.

Los Laboratorios de Transformación Cultural para la Paz son:

- Abiertos
- Transparentes
- Basados en evidencia
- Previenen las acciones con daño y revictimización

No obstante, no sustituyen:

- Las rutas de atención, asistencia o reparación administrativa, sino que las complementan mediante acciones simbólicas, pedagógicas y comunitarias.

9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-134 • 2026 • MAYO • 20 134

- No reemplaza el sistema de alertas tempranas, ni procesos legales correspondientes a acciones de reparación directa.

Estos espacios de encuentro y concertación deben evitar:

- Exposición mediática sin el permiso de uso de imagen e identidad de las víctimas y firmantes de paz. Se debe contar con la autorización escrita de los participantes, es necesario concertar los límites en la referencia de nombres, lugares de origen, procesos legales, ubicación geográfica.
- Juicios sociales que consideren las historias y experiencias de los participantes como instrumentos para estigmatizar sus posiciones políticas, religiosas o sociales
- Participación de otros agentes con los que las víctimas y/o firmantes de paz puedan sentirse incómodos o en peligro.
- Escenarios que atenten contra la seguridad primaria de los participantes.
- Incumplimiento de los acuerdos considerados en estos espacios y que atenten contra la reparación integral de los participantes.

4. Responsables

4.1 Marco interadministrativo de corresponsabilidad La implementación de la Metodología para la Paz se soporta en esquemas de cooperación interadministrativa, los cuales permiten la articulación de competencias, recursos y capacidades institucionales para el desarrollo de acciones de paz, reconciliación y cultura de derechos. Este enfoque se fundamenta en los principios de colaboración armónica, coordinación y concurrencia previstos en la Constitución Política y desarrollados en la Ley 489 de 1998, así como en la figura del convenio interadministrativo marco de cooperación.

De igual manera, el “Plan de Cultura de Bogotá 2038” establece nuestra responsabilidad ética frente a las condiciones de convivencia pacífica, de participación equitativa frente a las comunidades víctimas del conflicto armado como lo evidencia en su apartado 2.4, en el cual se manifiesta que las formas de violencia simbólica, física y al riesgo a la vida que resultan de los conocimientos, actitudes y emociones frente a la diferencia cultural, ya sea por razón de género, sexualidad, curso de vida, etnia, nivel socioeconómico, región de origen, entre otras.

Por esta razón, se promueven “procesos de transformación cultural donde las comunidades creadoras públicas, privadas y comunitarias como sujetos de transformación y agencia política propician condiciones que erradiquen las violencias simbólicas y físicas, y protejan la vida de las personas que son víctimas de discriminación y exclusión por razones de diferencia cultural. Las oportunidades deben estar disponibles, sin barreras de acceso, ser aceptables y flexibles frente a la diversidad tanto poblacional como territorial, adaptándose a los contextos locales y vinculándose con el cumplimiento de otros derechos humanos”. (Plan de Cultura 2038, 2025).

10 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-135 • 2026 • MAYO • 20 135 4.2 Aliados estratégicos

- Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte – SCRD.
- Secretaría de Gobierno - SDG
- Consejería Distrital de Paz, Víctimas y Reconciliación - CDPVR

Funciones principales:

- Definir lineamientos estratégicos para la implementación de la Metodología para la Paz.
- Garantizar la coherencia de las acciones con la política pública distrital y el marco de derechos humanos.
- Facilitar la articulación intersectorial y territorial en los cinco componentes principales de la estrategia “Cultura de Paz en Bogotá”:

○ Gobernanza local para agenciar la cultura de paz ○ Fomento de la innovación social para la cultura de paz ○ Promoción de prácticas culturales y cambios comportamentales que promuevan la eliminación del machismo, racismo, clasismo, xenofobia y discriminación en todas sus formas ○ Interacciones culturales para promover la cultura de paz ○ Gestión y apropiación social del conocimiento para una política cultural de paz en Bogotá 4.3 Responsables misionales y operativos

- Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) y Dirección de Asuntos Locales y Participación (DALP).
- Equipos técnicos y facilitadores territoriales.

5. Definiciones

Acción restaurativa: actividad simbólica, pedagógica o comunitaria orientada al reconocimiento del daño, la dignificación de las víctimas y la reconstrucción del tejido social.

Afectación colectiva: impacto social, cultural o comunitario generado por hechos asociados al conflicto armado o a violencias estructurales.

Atributos del sujeto colectivo: Unidades de análisis que permiten comprender las afectaciones colectivas y orientar acciones de reparación culturalmente pertinentes: autoconocimiento, proyecto colectivo, prácticas colectivas, formas de organización y relacionamiento, y territorio.

Centralidad de las víctimas: Principio orientador del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición (SIVJRNR) según el cual las víctimas son el eje del Sistema, y todas las actuaciones deben orientarse a la satisfacción de sus derechos, al reconocimiento de su dignidad y a su participación activa.

11 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-136 • 2026 • MAYO • 20 136 Certificación del CODA: Documento que expide el Comité Operativo para la Dejación de las Armas (CODA), dando cuenta de la pertenencia del desmovilizado a una organización armada al margen de la ley y de su voluntad de abandonarla. Esta certificación permite el ingreso del desmovilizado al proceso de reincorporación y el otorgamiento a su favor, de los beneficios jurídicos y socioeconómicos de que habla la ley.

Concertación: Mecanismo mediante el cual las decisiones institucionales relacionadas con acciones de reparación y transformación cultural se ponen a consideración del colectivo, con el fin de llegar a acuerdos legítimos y culturalmente adecuados.

Consulta previa: Derecho fundamental de los pueblos y comunidades étnicas que debe ser respetado cuando las acciones se desarrollen en sus territorios o involucren directamente su identidad, prácticas culturales o formas de organización.

Comité Operativo para la Dejación de Armas (CODA): Instancia administrativa creada en el marco de los procesos de desmovilización de grupos armados organizados al margen de la ley.

Garantías de no repetición: Conjunto de acciones orientadas a prevenir la reiteración de violencias y vulneraciones de derechos humanos, mediante transformaciones institucionales, sociales y culturales.

Integralidad: Principio que reconoce la coexistencia y complementariedad de mecanismos judiciales y extrajudiciales, sin que ninguno prime sobre otro, garantizando una respuesta articulada del Estado.

Medidas restaurativas y reparadoras: Acciones orientadas al esclarecimiento de la verdad, la reparación simbólica, la reconstrucción del tejido social y la transformación de las condiciones que hicieron posible el conflicto armado.

Memoria territorial: construcción colectiva de relatos, símbolos y prácticas que reconocen los hechos, impactos y resistencias de un territorio.

Metodología para la Paz: conjunto de principios, criterios, etapas y herramientas que orientan procesos de transformación cultural y restaurativa en territorios afectados por el conflicto y la violencia.

Plan de Desarrollo Distrital (PDD): Instrumento de planificación estratégica de mediano plazo que orienta la gestión de un gobierno distrital durante su período de mandato. En él se establecen la visión, los objetivos, las metas, los programas y las inversiones que guiarán la acción pública en el territorio.

Plan de Acción Distrital (PAD): Instrumento de planificación operativa mediante el cual una entidad territorial concreta, organiza y programa las acciones necesarias para cumplir los objetivos estratégicos definidos en el Plan de Desarrollo Distrital (PDD) y en otras políticas públicas sectoriales.

12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-137 • 2026 • MAYO • 20 137 Plan de Acción Territorial (PAT): Instrumento para la planeación e implementación de la política pública de víctimas del conflicto armado mediante programas, acciones y estrategias.

Plan Operativo Anual (POA) Instrumento de planificación de corto plazo que organiza, programa y detalla las acciones concretas que una entidad pública o privada ejecutará durante un año fiscal, en coherencia con su plan estratégico o plan de desarrollo. Traduce los objetivos estratégicos en actividades específicas, metas anuales, responsables, cronogramas y recursos asignados.

Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET): Instrumento de planificación territorial creado en el Punto 1 del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera. Su implementación normativa se incorporó al ordenamiento jurídico mediante el procedimiento legislativo especial para la paz (Fast Track), particularmente a través del Decreto Ley 893 de 2017.

Los PDET buscan:

- Transformar estructuralmente el campo colombiano
- Reducir pobreza multidimensional rural
- Cerrar brechas históricas urbano-rurales
- Fortalecer la institucionalidad en territorios afectados por el conflicto
- Garantizar participación comunitaria en la planeación del desarrollo
- Instrumento de transformación territorial estructural

Registro Único de Víctimas (RUV): Es una herramienta técnica, administrativa y estadística del Estado colombiano que identifica, caracteriza y documenta a las personas y comunidades que han sufrido daños por causa del conflicto armado interno (Ley 1448 de 2011). Su propósito fundamental es servir como base para la implementación de políticas públicas de atención, asistencia y reparación integral dirigidas a la población víctima del conflicto.

Transformación cultural para la paz: Proceso mediante el cual se reconfiguran sentidos, narrativas y prácticas comunitarias orientadas a la convivencia, la reconciliación y la no repetición.

Transformaciones rurales integrales (TRI): Procesos de cambio estructural multidimensional orientados a superar las causas históricas de exclusión rural mediante intervenciones coordinadas en acceso a tierra, infraestructura, servicios sociales, fortalecimiento institucional y desarrollo productivo, como fundamento de paz territorial sostenible.

Sujeto de Reparación Colectiva (SRC): Colectivo que ha sufrido daños colectivos en el marco del conflicto armado, cuya reparación se orienta a partir de la afectación de sus atributos (auto reconocimiento, proyecto colectivo, prácticas colectivas, formas de organización y territorio).

Además de las definiciones previamente incorporadas, la Metodología para la Paz se nutre de manera expresa del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición (SIVJRNR), como marco estructurante de la justicia transicional en Colombia.

13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-138 • 2026 • MAYO • 20 138 Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición (SIVJRNR): Conjunto de mecanismos judiciales y extrajudiciales creados para garantizar los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia, la reparación integral y las garantías de no repetición, en el marco del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto Armado y la Construcción de una Paz Estable y Duradera. El Sistema fue incorporado a la Constitución Política mediante el Acto Legislativo 01 de 2017 y está compuesto por la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad (CEV), la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas (UBPD) y las medidas de reparación integral y garantías de no repetición.

6. Condiciones generales

6.1. Generalidades 6.1.1. Punto de partida: lo poblacional Enfoque diferencial poblacional e inclusivo:

Reconoce las particularidades, identidades, trayectorias y condiciones de los distintos grupos poblacionales (víctimas del conflicto armado, firmantes de paz, mujeres, jóvenes, personas mayores, comunidades étnicas, entre otros), como base para la participación.

Cuidado de las víctimas, enfoque de no estigmatización y centralidad de las personas:

Garantiza condiciones de participación seguras, dignas y respetuosas, evitando cualquier forma de revictimización o estigmatización, y reconociendo a las personas y colectivos como sujetos activos de derechos, saberes y memorias.

6.1.2. Procesos de interacción y participación Participación activa y progresiva:

Promueve la vinculación voluntaria, informada y sostenida de las personas y organizaciones, respetando los ritmos, capacidades y niveles de involucramiento de cada grupo poblacional.

Diálogo respetuoso y escucha activa:

Fomenta escenarios de intercambio donde se valoran las distintas voces, narrativas, lenguajes y formas de expresión de las comunidades.

Reconocimiento del saber comunitario:

Valora los conocimientos, prácticas culturales, experiencias organizativas y memorias colectivas como insumos fundamentales para la construcción de los laboratorios.

14 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-139 • 2026 • MAYO • 20 139 6.1.3. Lo territorial Corresponsabilidad comunitaria:

Impulsa la construcción conjunta de los procesos, promoviendo compromisos compartidos entre las comunidades, organizaciones participantes e instituciones.

Transparencia y equidad:

Garantiza reglas claras, acceso equitativo a la información y condiciones justas de participación para todas las personas y colectivos involucrados.

Enfoque restaurativo y de reconciliación:

Orienta las acciones hacia la reparación simbólica, la reconstrucción del tejido social y la transformación de conflictos, contribuyendo a la resignificación del territorio desde las experiencias poblacionales.

6.2. Principios de participación La participación en los procesos de los laboratorios de transformación en cultural de paz se rigen por los siguientes principios:

- Enfoque diferencial poblacional e inclusivo.
- Participación activa y progresiva.
- Diálogo respetuoso y escucha activa.
- Corresponsabilidad comunitaria.
- Transparencia y equidad.
- Reconocimiento del saber comunitario.
- Enfoque restaurativo, reparador, de reconciliación y restablecimiento de sus derechos.
- Cuidado de las víctimas, convivencia, tolerancia, y no estigmatización.
- Por tratarse de espacios públicos la participación en estos escenarios es abierta a toda la comunidad.

6.3 ¿Quiénes pueden participar?

Podrán participar en todo el proceso de laboratorios de paz personas mayores de edad vinculadas al territorio, organizaciones comunitarias y sociales, y otros actores relevantes, siempre que acepten los principios y compromisos definidos en el presente anexo:

- Víctimas del Conflicto Armado que cuente con el Registro Único de Víctimas (RUV).
Estas personas serán las únicas beneficiarias directas del recurso que se otorga para el desarrollo de los laboratorios.
- Representantes de las Mesas Efectivas de Víctimas del conflicto armado.
- Agrupaciones, asociaciones y/o agremiaciones conformadas por Víctimas del conflicto armado.

15 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-140 • 2026 • MAYO • 20 140

- Firmantes del Acuerdo de Paz que cuenten con certificación del Comité Operativo para la Dejación de las Armas (CODA) o el Registro de Reincorporación expedido por la Agencia para la Reincorporación y Normalización (ARN) en estado activo.
- Víctimas del conflicto armado.
- Comunidad en general interesada en pedagogías de paz y de construcción de la memoria colectiva.
- Personas con certificado de residencia y/o declaración juramentada sobre su residencia en la localidad en que se desarrolla el Laboratorio.

6.4 Compromisos de participación

- Cumplir con una asistencia presencial mínima del 80% de las sesiones programadas del Laboratorio de paz.
- Cumplir, asumir y respetar los principios éticos del Laboratorio: cooperación, cuidado de lo común, reconocimiento del otro, respeto, transparencia y compromiso con el bien colectivo.
- No postularse ni proponer actividades que no puedan ser ejecutadas con solvencia técnica, ética, económica y operativa.
- Cumplir en los términos de ley y los que establezca la entidad las solicitudes de información y documentación que sean requeridas por parte de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) para efectos de seguimiento, control y soporte del proceso, dentro de los plazos y requerimientos establecidos.
- No formalizar su postulación en más de un Laboratorio de Paz propuestos por la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) de manera simultánea dentro del mismo periodo de ejecución del programa.
- Participar de manera propositiva en el Laboratorio Paz.

Nota: Los lugares, horarios y periodicidad de las sesiones de los laboratorios deberán concertarse con los representantes de la comunidad de acuerdo al público objeto de los laboratorios.

6.4 Postulación como beneficiarios y Formalización de la participación 6.4.1. Postulación como beneficiarios

- Serán únicas beneficiarias directas del incentivo económico, personas Víctimas del Conflicto Armado con registro Registro Único de Víctimas (RUV) que cumplan con los compromisos, condiciones y requisitos de participación.

- Serán únicas beneficiarias directas de incentivo económico, personas firmantes de paz que cuenten con el Registro de Reincorporación en estado activo y/o CODA.

- La participación como beneficiarios es indispensable para vincularse de forma activa en la realización de actividades de los laboratorios en todas sus fases, actividades, procesos y responsabilidades. Esta será validada por la Secretaría de Cultura,

16 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-141 • 2026 • MAYO • 20 141 Recreación y Deporte (SCRD) teniendo en cuenta el cumplimiento de los Compromisos de Participación. Una vez se realice la validación de la documentación descrita anteriormente (RUV, Registro de Reincoporación y/o CODA) se surtirá el proceso administrativo que describiremos más adelante.

Las personas que cumplan con lo anterior podrán:

- Participar en la implementación del laboratorio de paz.
- Ser beneficiarios del incentivo.
- Asumir responsabilidades en las actividades de la Fases de los Laboratorios.

6.4.2. Formalización de la participación La participación se formaliza mediante:

- Carta de compromiso.
- Registros de asistencia.
- Compromisos suscritos por las personas participantes.

El proceso de participación en los Laboratorios de Paz está diseñado para garantizar que quienes participen comprendan, acepten y se comprometan con los principios, condiciones y metodología de los laboratorios. La formalización de la participación es un requisito obligatorio para vincularse en las fases del laboratorio, y está directamente relacionada con la posibilidad de asumir responsabilidades de actividades dentro del proceso y ser beneficiario del incentivo.

Para acceder al incentivo económico, se debe cumplir con los siguientes requisitos mínimos:

- Presentar el certificado del registro RUV.
- Presentar certificado de registro activo de reincorporación, para el caso de Firmantes de paz.
- Presentar certificado de residencia y/o declaración juramentada sobre su residencia en la localidad en que se desarrolla el Laboratorio.
- Haber formalizado su participación con documentación completa, veraz, vigente y validada por la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD).
- Contar con asistencia validada de al menos el ochenta por ciento (80%) en todas las fases del Laboratorio.
- Haber participado de manera propositiva y verificable en la elaboración de las actividades enmarcadas en todas las fases de los laboratorios
- Haber participado, firmado y suscrito la propuesta del Laboratorio de paz en el Acta de Concertación, incluyendo el cronograma, los productos y el presupuesto concertados y presentados ante la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD).
- Contar con capacidad técnica, administrativa y operativa para ejecutar la actividad.
- Garantizar que la cuenta bancaria esté habilitada y libre de embargos.

6.4.3. Inhabilidades, incompatibilidades o conflictos de interés para participar

- No cumplimiento de los aspectos resaltados en el numeral 6.4.2.

17 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-142 • 2026 • MAYO • 20 142

- No encontrarse incursos en causales de inhabilidad, incompatibilidad o conflicto de interés, tales como:

❖ Ser servidor público o contratista de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD), de sus entidades adscritas, de Secretaría de Gobierno, Alta Consejería de Paz, Víctimas y Reconciliación o de un Fondo de Desarrollo Local (FDL), así como tener vínculo de parentesco hasta segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o único civil, con personas que participen en la toma de decisiones, aval presupuestal, estructuración o definición institucional de los Laboratorios de Oportunidades Culturales, para lo cual el postulante deberá diligenciar el formato declaración de conflictos de interés suministrado por la SCRD.

❖ Contar con sanciones o declaratorias de incumplimiento en programas de la SCRD durante los últimos tres (3) años.

❖ Personas que hayan sido retiradas de procesos de la SCRD por incumplimientos, y uso indebido de recursos o faltas éticas en vigencias anteriores.

❖ Personas que hayan sido sancionadas administrativa o disciplinariamente por hechos relacionados con la ejecución de recursos públicos culturales Nota: En caso de que una persona considere que puede encontrarse incursa en una posible inhabilidad o situación de conflicto de interés, deberá informar de manera oportuna al equipo facilitador, con el fin de que la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) revise el caso particular. La Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte podrá determinar la inhabilidad, el conflicto de interés o el retiro de un beneficiario del incentivo de los Laboratorios de Paz, con base en el ítem “Inhabilidades, conflictos de interés o retiro de un beneficiario” de la guía operativa.

6.5 Procesos administrativos

- Identificación y estructuración de formatos de actas, listas de asistencia y registros de carácter documental y audiovisual de los encuentros realizados.
- Registro y sistematización de los encuentros de socialización y resolución de dudas sobre los laboratorios, en las distintas instancias de participación y reuniones concertadas con los liderazgos y comunidades.
- Identificación y seguimiento de participación con un único formato de registro de asistencia.
- Expedición del Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP) y la emisión resolución de inicio de los laboratorios.
- Recepción, revisión y verificación de la documentación presentada por los participantes que responda a los requerimientos establecidos.
- Resolución de apertura.
- Resolución de beneficiarios.
- Creación de terceros y Registro Presupuestal (RP).

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- Acompañamiento y apoyo técnico y administrativo a los beneficiarios durante todo el proceso, con el fin de dar cumplimiento a lo requerido al inicio, durante y al finalización de los laboratorios.

Nota: Estos aspectos anteriormente descritos obedecen al enfoque poblacional diferencial específicos para la población víctima del conflicto armado y firmante de paz. Las demás generalidades administrativas se encuentran consignadas en los ítem 5.4.2 5.4.3 5.4.4

7. Metodología para la Paz

La Metodología para la Paz se implementa en el marco de estrategias interadministrativas de cooperación, orientadas a garantizar condiciones institucionales, técnicas y administrativas que permitan el ejercicio efectivo del derecho a la paz y la promoción de una cultura de reconciliación en el Distrito Capital.

De conformidad con los convenios interadministrativos de cooperación suscritos entre entidades distritales, la metodología se desarrolla bajo los siguientes criterios institucionales:

- Coordinación intersectorial para la ejecución de acciones de cultura de paz.
- Uso eficiente y transparente de los recursos públicos, conforme a las disponibilidades presupuestales de cada entidad.
- Articulación con los planes, programas y proyectos de cada sector.
- Respeto por la autonomía administrativa de las entidades participantes.

Estas condiciones habilitan la ejecución de procesos de transformación cultural para la paz como estrategias de largo aliento, orientadas a fortalecer la confianza ciudadana, la convivencia pacífica y la reconciliación territorial.

La Metodología para la Paz se concibe como un aporte territorial, cultural y comunitario a la implementación del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición (SIVJRNR), contribuyendo al cumplimiento de sus objetivos desde el ámbito simbólico, pedagógico y restaurativo.

En coherencia con el SIVJRNR, la metodología reconoce que:

- Ningún componente del Sistema prima sobre otro y las acciones culturales deben ser complementarias a los mecanismos judiciales y extrajudiciales.
- La centralidad de las víctimas orienta la planeación, implementación y cierre de los procesos.
- El enfoque territorial, diferencial y de género es un criterio obligatorio para la acción institucional.
- Las medidas restaurativas y reparadoras son fundamentales para la convivencia pacífica, la reconciliación y la no repetición.

Desde esta perspectiva, las acciones culturales y comunitarias desarrolladas en el marco de este anexo aportan a:

- El esclarecimiento social y territorial de la verdad

19 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-144 • 2026 • MAYO • 20 144

- El reconocimiento de responsabilidades colectivas y sociales
- La reparación simbólica y la dignificación de las víctimas
- La construcción de garantías de no repetición

7.1 Aportes de la Metodología para la Paz a los componentes del SIVJRNR (Sistema Integral de Verdad, Justicia y Reparación y No Repetición).

Para quienes y con quiénes trabajamos Comunidades activas:

- Víctimas del conflicto armado con o sin RUV que hagan parte de colectivos, mesas locales u organizaciones y que adelanten procesos de liderazgo comunitario y cultural.
- Colectivos conformados por firmantes de paz que han adelantado dinámicas de restauración por y para la comunidad en general.
- Comunidades en proceso de reparación colectiva que se encuentren en el desarrollo de la implementación de su plan Integral de Reparación Colectiva (PIRC) territorializado para Bogotá D.C, Mesas distritales éticas y con enfoques diferencial poblacional.

Comunidades no organizadas:

- Víctimas del conflicto armado y firmantes de paz que no pertenecen a mesas ni organizaciones, que no se encuentran en proceso de restauración, habitantes de las localidades en donde se desarrollan las actividades.
- Como lo hemos mencionado anteriormente, estos espacios son resultado de la corresponsabilidad ciudadana y están abiertos a la participación de cualquier persona interesada en los procesos de pedagogía para la paz y construcción de la memoria colectiva.

Ecosistema cultural:

- Habitantes de los barrios y la ruralidad que no participan activa y directamente en los laboratorios, universidades, observatorios de derechos humanos y comunidad en general.
- Los objetos artísticos resultantes de estos procesos buscan impactar de manera permanente en el tejido social del territorio; mediante lugares de diálogo común entre todos los habitantes del territorio.

Propósitos y objetivos con nuestros públicos Para las comunidades activas: quienes llegamos nos quedemos en Bogotá, nuestra casa

- Cocreación de memorias activas que permitan el reconocimiento de la experiencia de las víctimas y firmantes de paz dentro de la comunidad local.
- Que la narración conjunta creada desde las memorias activas, vayan, paulatinamente, fortaleciendo a Bogotá como una ciudad receptora, más que de hechos o expulsora.
- La potenciación de liderazgos centrados en sujetos red que vehiculan la integración comunitaria.

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- La generación de espacios de concertación y negociación colectiva que devengan en espacios de sanación y reconciliación.
- Configurar espacios para la participación integral de las víctimas desde la memoria, la narrativa y la creación, siguiendo los lineamientos de la JEP.
- La creación de espacios de escucha y creación que consideren la experiencia de las víctimas como acervo principal, guardando la confidencialidad requerida y estipulada en la Ley 1448.
- Fortalecimiento de las capacidades de autoridades territoriales en temas de memoria.

Para las comunidades no organizadas: escucharnos para convivir

- Participación con sus preguntas, inquietudes y dudas en las rutas de la escucha, de cocreación y diálogo.
- Generar una comprensión de lo local como factor determinante para la comprensión del tejido social a partir de la relación entre la experiencia colectiva, comunitaria e individual.
- Reconocer y potenciar las formas alternativas de participación, movilización, negociación y acción política, que pueden evidenciarse a través de diversos emprendimientos, gestiones e intervenciones a partir de la vivencia de personas y organizaciones que se han visto afectadas por el conflicto armado.
- Construir un escenario que considere la participación a partir de la cooperación, la cocreación y la corresponsabilidad.

Para el Ecosistema cultural: que Bogotá sea una comunidad de comunidades de paz

- Para tal fin resulta necesaria la dignificación de las comunidades, en el centro de las actuaciones: la apropiación local a través de apuestas directas a la reactivación y el fortalecimiento de estructuras locales.
- El trabajo mancomunado para potenciar la capacidad de autogestión de las comunidades.
- Participación en la resignificación de territorios que fueron escenarios de hechos victimizantes y que se conviertan en lugares u objetos de memoria y reconciliación a través del arte y la cultura.

Nuestros propósitos Estos propósitos se corresponden con los indicadores de creatividad, pertinencia e innovación que sustentan el impacto y la pervivencia de estos procesos en las comunidades.

7.2 Indicadores de creatividad Ya que el proyecto incorpora distintas formas creativas para reconstruir la memoria, los indicadores de creatividad puede observarse a través de:

- Número de productos o dispositivos que integran al menos dos lenguajes o técnicas distintas (artes visuales, oralidad, escritura, sonido, performance, etc.).

21 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-146 • 2026 • MAYO • 20 146

- Porcentaje de creaciones que presentan combinaciones no tradicionales de formatos o soportes.
- Número de actividades o piezas narrativas elaboradas con participación conjunta de víctimas y otros actores comunitarios.
- Porcentaje de participantes no víctimas involucrados en procesos de creación narrativa o artística.

7.3 Indicadores de innovación

- Porcentaje de relatos construidos colectivamente frente al total de relatos producidos en el proceso.
- Número de participantes que intervienen en la creación de cada relato.
- Cantidad de productos narrativos (textos, objetos, piezas gráficas) elaborados mediante metodologías de cocreación.

7.4 Indicadores de pertinencia

- Indicadores de pertinencia territorial del proyecto
- Porcentaje de actividades del proyecto que responden a necesidades priorizadas por la comunidad en el diagnóstico territorial.
- Porcentaje de participantes que manifiestan estar de acuerdo con el producto final (medido mediante encuesta o acta de validación).

8. Paso a paso metodológico

A continuación se encuentran de forma general las fases a desarrollar de los laboratorios de paz.

Etapa Etapa 0 Etapa 1 Etapa 2 Etapa 3 Etapa 4 Venga que si Y si lo hacemos real: es pa’ eso.

Esto es pa Implementaci Hacia una Nombre Pillarnos para rato conocernos Vamo´a hacelo´ – Rutas de la escucha memoria compartida ón de acciones restaurativas Fase de sostenibilida Fase de acercamiento Espacio de construcción Ejecución de Fase de implementació de memoria las acciones d, seguimiento inicial, identificación de individual y y cierre de simbólicas, pedagógicas Descripción y culturales los procesos actores y diagnóstico territorial para acordadas n técnica donde los beneficiarios asumen roles activos para la para garantizar cocreación de establecer confianza con la colectiva mediante procesos formativos y pedagógicos para la reconciliación acciones. comunidad. su permanenci 22 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-147 • 2026 • MAYO • 20 147 a en la comunidad Diálogos en mesas temáticas y comités a nivel local y distrital.

Pedagogías Talleres de cocreación, procesos de Último boletín del Observatorio de víctimas Formación diseño participativo y de la memoria (testimonial, en gestión Dispositivos de memoria narrativa, Herramientas diálogos de saberes para el artísticos y artística, fortalecimiento culturales cultural, alianzas estratégicas etc.) y gramática de Mapa de procesos JEP Base de datos del Observatorio de Consejería de de las capacidades la escucha.

Víctimas Diagnóstico de culturales y comunitarias Organización internacional de migraciones Según agendas locales y distritales para 3 3 2 2 Número de Interacciones hacer socialización y convocatoria Tiempo de Ejecución 1 mes 9 h 9 h 6 h 6 h Relatos de Mapa cultural y memoria, sistematizaci Informe de seguimiento Propuesta del poblacional Identificación de ón de testimonios y Dispositivos, certificación hito, cronograma organizaciones culturales y Productos procesos formativos artísticos de formación y técnico y presupuesto sociales Definición de convenios concertado. territorios Acta de concertación de movilidad Listas de asistencia.

La descripción ampliada de cada fase se desarrolla a continuación:

8.1 Etapa 0 - Pillarnos para conocernos La Metodología para la Paz contribuye de manera diferenciada y complementaria a cada uno de los componentes del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, desde el ámbito cultural y comunitario, sin sustituir sus competencias legales.

23 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-148 • 2026 • MAYO • 20 148 Por lo mismo, se efectúan cinco procesos de análisis previos para establecer las localidades donde se prioriza el trabajo de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD), a través de la Dirección de Asuntos Locales y Participación (DALP).

En primer lugar, se reconoce la relevancia de la presencia territorial, es decir, la necesidad de mapear la habitabilidad de las víctimas del conflicto armado en Bogotá, al identificar el número de víctimas registradas en las localidades y su distribución por los barrios, lo anterior, permite reconocer las zonas con mayor concentración de víctimas y orientar la focalización de acciones y recursos institucionales, fortaleciendo así, la planificación basada en evidencia y la garantía de derechos.

En segundo lugar, se valora la organización comunitaria y poblacional de las víctimas del conflicto armado, lo anterior, permite identificar sus formas de asociación, participación y liderazgo en los territorios. Su análisis es clave para reconocer capacidades colectivas, fortalecer la incidencia en los espacios locales y promover procesos de integración, cohesión social y ejercicio de derechos.

En tercer lugar, la pertinencia territorial para las víctimas, esto se puede entender como la correspondencia entre las necesidades del territorio y las acciones dirigidas a esta población, asegurando que las intervenciones se ajusten a sus contextos locales; de forma tal, que se favorezca la focalización de recursos, la planificación basada en evidencia y la implementación de estrategias que contribuyan a la integración, bienestar y garantía de derechos.

En cuarto lugar, se encuentra como elemento clave las dinámicas de acceso y viabilidad logística, pues se permite identificar las condiciones necesarias para el desarrollo de los laboratorios con víctimas, considerando aspectos como ubicación, infraestructura y recursos disponibles. Su análisis es fundamental para reducir barreras de participación, garantizar espacios adecuados y asegurar una implementación eficiente y sostenible de las actividades en los territorios. En quinto lugar, se habla del impacto potencial, en tanto permite estimar los efectos que los laboratorios pueden generar en la comunidad de víctimas, en términos de fortalecimiento de capacidades, participación y procesos de memoria. Su análisis orienta la priorización de acciones con mayor alcance y contribución a la integración social, la dignificación y la reconstrucción del tejido comunitario.

Las cinco dimensiones previamente mencionadas y explicadas presentan tanto fuentes académicas como vivenciales en las localidades de Bogotá, es clave a destacar el aporte que brindan para la recolección de la información los boletines del Observatorio Distrital de Víctimas del Conflicto Armado (ODVCA) y de la Jurisdicción Especial de Paz (JEP) bajo los criterios de caracterización demográfica de las víctimas del conflicto armado y firmantes de paz, grupos etarios, pertenencia étnica, distribución geográfica en la ciudad por localidad, hechos victimizantes y condiciones socioeconómicas.

De igual manera, son sumamente relevantes las bases de datos internas de la Oficina de la Consejería de Paz, Víctimas y Reconciliación (OCPVR) y de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a la Víctimas (UARIV), el Sistema Modelo de Atención, Asistencia y Reparación Integral a las Víctimas (MAARIV), sumado al sistema de alertas tempranas de la Defensoría del Pueblo y de la Secretaría de Gobierno. Así como, todo el acervo de 24 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-149 • 2026 • MAYO • 20 149 información sobre los liderazgos sociales, culturales y comunitarios, tanto formales como informales establecidos por los equipos de trabajo de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD).

La Metodología para la Paz se desarrolla a partir de procesos reales de transformación cultural, memoria y sanación colectiva, implementados en diferentes territorios urbanos y rurales del Distrito Capital. Estos procesos han demostrado que la cultura, cuando es cocreada con las comunidades, puede convertirse en un dispositivo restaurativo, un lenguaje de reconocimiento y un vehículo de reconciliación territorial.

Las experiencias desarrolladas han evidenciado que los procesos de paz efectivos:

- Se sostienen en el encuentro prolongado (múltiples sesiones y no acciones aisladas).
- Integran creación colectiva, memoria y cuidado emocional.
- Culminan en hitos simbólicos de cierre que resignifican espacios y relaciones.
- Dejan aprendizajes y capacidades instaladas en las comunidades participantes.
- La Metodología para la Paz y, por ende, los laboratorios, se desarrollan a través de cuatro etapas operativas, concebidas como un proceso progresivo y articulado.

Revisión y análisis de fuentes primarias y secundarias Revisión del mapeo documental:

La revisión documental se basa en:

- Boletines del Observatorio Distrital de Víctimas, boletines informativos de la JEP.
- Mesas Locales de Participación Efectiva de Víctimas (MLEV) que operan en 18 localidades de Bogotá y que se reúnen mensualmente de manera ordinaria, mesas temáticas y distritales de firmantes de paz y justicia transicional a la luz del Decreto 596 de 2022
- Bases de datos internas de la Oficina de la Consejería de Paz, Víctimas y Reconciliación (OCPVR) y de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a la Víctimas (UARIV), Sistema Modelo de Atención, Asistencia y Reparación Integral a las Víctimas (MAARIV) y Vivanto; así como la JEP.
- Diagnóstico entregado por el Observatorio Distrital de Víctimas y diagnóstico sobre víctimas en Bogotá OIM - Organización Internacional para las Migraciones, documentos solicitados y recibidos de manera formal por las entidades competentes.
- Sistema de alertas tempranas de la Defensoría del Pueblo y de la Secretaría de Gobierno.

Información legal, institucional y poblacional Información producida por la Consejería correspondiente, la Secretaría de Gobierno (SDG), la Unidad para las Víctimas y demás entidades competentes, que permita:

- Identificar los marcos normativos y de política pública que orientan la atención y participación de las poblaciones priorizadas.

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- Caracterizar a las poblaciones en términos demográficos, organizativos y de afectaciones.
- Reconocer la presencia institucional, las rutas de atención y los avances o vacíos en los territorios.

Preguntas Orientadoras De acuerdo con la información recolectada se realizará un análisis para la toma de decisiones, teniendo en cuenta la siguiente información:

- Número de víctimas que habitan las localidades (PLAN DE CONTINGENCIA, pág, 25)
- Número de víctimas que pertenecen a organizaciones culturales y/o artísticas de la localidad a través del directorio de organizaciones de víctimas elaborado y puesto en línea de la Secretaría General de la Alcaldía de Bogotá Directorio de Agremiaciones | Sede Electrónica - Secretaria General
- Comunicación directa con las organizaciones registradas en este directorio para constatar en estado de la organización
- Número y georeferenciación de organizaciones que hacen trabajo con víctimas y se encuentran activas
- Alertas Tempranas en los territorios: AT-010-2021; AT-005-2022; AT-019-2023; AT- 004-2024; AT-013-2025

Nota: En caso de no encontrar un grupo de víctimas, que no haya interés, o se presenten problemas de seguridad se descarta el laboratorio y se considerará otro territorio.

Mapeo poblacional y territorial Bases de datos de organizaciones y procesos culturales y comunitarios Registros y bases de datos con los que cuente la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD), que permitan:

- Identificar organizaciones culturales, sociales y comunitarias vinculadas a las poblaciones priorizadas.
- Reconocer procesos activos, trayectorias previas de trabajo comunitario y experiencias relacionadas con memoria, cultura de paz y reconciliación.
- Valorar las capacidades instaladas y los niveles de articulación existentes en los territorios.

Identificación de liderazgos y referentes poblacionales Reconocimiento de liderazgos sociales, culturales y comunitarios, tanto formales como informales, que permita:

- Mapear referentes clave para la convocatoria, la mediación y la sostenibilidad de los procesos.
- Identificar redes, articulaciones y dinámicas internas de las poblaciones.

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- Fortalecer la participación activa y corresponsable desde un enfoque de cuidado y no estigmatización.

Análisis La integración y análisis conjunto de estos componentes permitirá afinar los criterios de selección territorial, asegurando que los Laboratorios se desarrollen en contextos donde existan condiciones poblacionales, organizativas y relacionales que favorezcan la participación efectiva, el enfoque restaurativo y la construcción colectiva de cultura de paz.

Este mapeo permite identificar capacidades, experiencias previas, apuestas comunes y rutas de cooperación técnica y comunitaria de diferentes actores. Además, se tendrá en cuenta colectivos, organizaciones, agrupaciones, liderazgos, representantes de Mesas Locales y Distritales de Víctimas y Firmantes de Paz. Para dicho mapeo se sumarán las siguientes acciones:

- Gestión de invitaciones y socialización a la Mesa Efectiva de Víctimas a nivel distrital y local.
- Gestión de encuentros con liderazgos territoriales que trabajan con población víctimas del conflicto y firmantes de paz.

Sumado a esto, algunos criterios que apoyan la definición de territorios priorizados y que se encuentran en la matriz destinada para tal fin:

- Falta de oferta cultural y con enfoque construcción de paz
- Sobreoferta del sector cultural con enfoque de derechos humanos
- Se ha expresado interés o demanda de la comunidad para la implementación de estos espacios en su territorio
- Número de organizaciones artísticas y/o comunitarias conformadas por víctimas o que hayan trabajado con esta comunidad.

Teniendo en cuenta estos criterios se realizará un proceso de análisis progresivo que parte de la identificación y caracterización de las poblaciones y sus dinámicas, y que conduce a la definición territorial. Este enfoque reconoce que el territorio no es un punto de partida neutro, sino una construcción social, política y cultural determinada por las poblaciones que lo habitan, sus trayectorias organizativas, sus memorias y sus formas de relacionamiento.

Si bien el documento ya referencia las principales fuentes de información sobre víctimas del conflicto armado y otras poblaciones priorizadas (boletines, mapas e informes elaborados por las entidades competentes), resulta necesario profundizar en la articulación de estos insumos y relacionarlos de manera sistemática, con el fin de fortalecer los criterios de selección y garantizar un enfoque diferencial y poblacional.

Socialización y articulación Se proyecta una articulación a nivel local, distrital y sectorial, que involucra tanto a entidades del orden público como a organizaciones sociales con presencia territorial, procesos 27 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-152 • 2026 • MAYO • 20 152 culturales comunitarios, colectivos de víctimas del conflicto y firmantes de paz, y estructuras de participación ciudadana.

Socialización y articulación de la oferta en instancias locales de paz Comité Local de Derechos Humanos (CLDH), Comité Local de Justicia Transicional (CLJT) y en Fondos de Desarrollo Local (FDL)

Generación de alianzas con entidades locales y distritales.

Encuentro previo con liderazgos Este encuentro tiene como propósito socializar de manera amplia las condiciones de participación, apoyo y recorridos territoriales de la mano de los liderazgos sociales y artísticos que hemos mapeado previamente tanto en el acervo documental como en la sistematización de experiencias recopilada en el encuentro con líderes y lideresas, junto con el recorrido territorial.

Y entonces, ¿qué entregamos?

- Un mapa que defina la relación entre las víctimas, la comunidad en general y las acciones culturales y artísticas desarrolladas con antelación.
- Una sistematización de los barrios con potencial que pertenecen a las localidades seleccionadas.
- barrios con potencial = conocimiento territorial.
- Una hoja de vida cultural que evidencie la relación de las comunidades de víctimas, la vida cultural del territorio, las posibilidades de trabajo y la viabilidad estratégica de sostenimiento (en relación con la presencia de víctimas).

8.2. Etapa 1. Venga que si es pa’ eso. Hacia una memoria compartida:

Luego de definir los territorios en donde trabajaremos y como ya hemos hecho el acercamiento a liderazgos y agentes culturales a través de los corridos territoriales comenzamos las rutas de diálogo y los acuerdos que hacemos como comunidad.

- Comunicamos de manera clara los procesos administrativos, documentales y presupuestales definidos por la entidad.
- Describimos a través de infografías, presentaciones sencillas y claras lo que proponemos a través de la construcción de memoria.
- Describimos a través de infografías y presentaciones sencillas la metodología paso a paso.
- Consolidamos de manera participativa y colectiva los equipos y sus roles para llevar a cabo esta iniciativa.

En esta fase definimos:

- Equipos de trabajo: creación, gestión, prototipado, desarrollo y socialización.

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- Definimos los roles de cada uno de los participantes de acuerdo con los equipos y funciones.

Ruta presupuestal: los acuerdos presupuestales para la implementación de los Laboratorios de Transformación en Cultura de Paz se establecen teniendo en cuenta:

- Organización del trabajo por equipos
- Ejecución ordenada, transparente y coherente con los objetivos del proceso.
- Definición de los roles, responsabilidades y funciones requeridas para el desarrollo de las actividades.
- Gestión eficiente de los recursos y una adecuada articulación entre los componentes técnicos, metodológicos y operativos del proceso.
- Concertación del escenario presupuestal: ❖ Un (01) desembolso del 90% al principio del proceso y un desembolso del 10%

al finalizar. ❖ Un desembolso único del 100% al final del proceso.

Nota: Estos acuerdos buscan asegurar la correcta planeación, el seguimiento a la ejecución y el cumplimiento de los objetivos de los Laboratorios, garantizando criterios de corresponsabilidad, transparencia y adecuada administración de los recursos.

Y luego de definir para empezar, podemos continuar Como lo hemos dicho anteriormente, seguiremos la ruta de la construcción de memoria como una forma de consolidar a Bogotá como un escenario amable, responsable y receptora. Por lo mismo, luego de hacer las concertaciones en las mesas de víctimas y demás colectivos descritos, iniciamos nuestro trabajo para la cocreación de lugares u objetos de memoria.

Esta categoría se define como dispositivos colectivos todos aquellos que sean alusivos a lugares u objetos de memoria, como pueden ser los museos, telones de la memoria, paisajes sonoros, entre otros. Para empezar iniciamos el diálogo acudiendo a la pedagogía de la memoria a partir de los siguientes componentes:

Quién soy y de dónde vengo (subjetivo)

De acuerdo con Silvia Molloy, lo primero que debe acontecer en una pedagogía de la memoria es la voz individual a través de los recuerdos más subjetivos. Los sujetos que han sido víctimas del conflicto tienen el derecho a construir su biografía a partir de una narrativa del yo mediada por la oralidad y la escritura.

Un mapa de recuerdos compartidos (intersubjetivo)

La memoria, siguiendo a Molloy, solo puede ser colectiva en la medida que los recuerdos y las biografías, en tanto vivencias personales, puedan juntarse, hilarse y convertirse en un mapa común y una narración polifónica, hecha por todas las voces que participan.

"Laboratorios" de la memoria (objetivo)

29 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-154 • 2026 • MAYO • 20 154 Como lo ha mencionado Renato Rosaldo, hacer visible, convertir la memoria narrada en un dispositivo visible y participativo, puede ser posible a través de la construcción de escenarios territoriales que puedan convertirse en expresiones artísticas, culturales y estéticas que consideran la cocreación como procesos transversales.

De este modo, los lugares de la memoria se convierten en una suerte de escenarios en donde las organizaciones de víctimas y firmantes trabajan con la comunidad en general.

Espacios de formación Estos escenarios deben contemplar la posibilidad de formaciones variopintas en comunicación comunitaria, narraciones positivas y formulación de proyectos.

En las dos primeras sesiones (tentativamente) haremos el acercamiento autobiográfico (quién soy y de dónde vengo), posteriormente hacemos el mapa de recuerdos compartidos. Hacia la sesión tres consolidamos nuestros laboratorios que consisten en encontrar puntos en común que nos permitan tejer una narrativa construida por todos.

Estos espacios nos permiten experimentar, prototipar y proponer. A partir de:

- Articulación de verdad
- Reparación simbólica
- Garantías de no repetición desde prácticas culturales y participativas.

Cuáles son los objetos de memoria que podemos crear:

Los lugares u objetos de memoria funcionan como:

- Dispositivos pedagógicos que traducen las experiencias.
- Tejidos colectivos, accesibles, sensibles y culturalmente situados.
- Diálogo con los territorios por donde emprenden la ruta.

Cada espacio de la memoria y los objetos que se crearán entre todos, tiene el propósito de crear un acervo personal y colectivo para contarle a Bogotá quiénes son las víctimas y firmantes de paz, cómo llegaron, cómo habitan y cómo construyen una historia en esta ciudad que les recibe.

¿Qué entregamos en esta fase?

- El mapa territorial.
- Los prototipos.
- Y tendremos los espacios de formación en derechos humanos y no estigmatización.
Tendremos un espacio de formación en museografía.

En una ciudad diversa y desigual como Bogotá, estos lugares u objetos de memoria móviles se convierten en escuelas de humanidad, donde la cultura, el arte y la palabra reparan, enseñan y abren caminos para la reconciliación.

Podemos definir los laboratorios como un ejercicio de cocreación centrado en la participación multidisciplinaria de las comunidades con el uso de herramientas creativas y expresivas que 30 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-155 • 2026 • MAYO • 20 155 generan narrativas conjuntas de memoria. Como lo referimos, este proceso se centra en el sujeto y, por ende, en los lazos comunitarios. El objetivo es que este espacio de la memoria promueva la reconciliación a partir de la posibilidad de hacer con otros y otras.

¿Cómo podemos hacerlos?

El laboratorio de la memoria recoge los principios de un diseño y una dinámica en cuyo centro están los individuos: el testimonio, el diálogo y la cocreación. Por eso, cada sesión de los laboratorios, en esta etapa va a considerar un círculo en donde se parte de la experiencia individual, luego en el intercambio y el diálogo para, de esta manera, formular el tejido y el inicio de la cocreación.

8.3 Etapa 2 Vamo´a hacelo´ – RUTAS DE LA ESCUCHA Si somos capaces de enlazar nuestras experiencias con otras de forma colaborativa, cómo podemos hacer que eso que hilamos se convierta en algo palpable, visible y perdurable para todas las comunidades. Siguiendo con la idea del laboratorio, en la primera etapa construimos una narración múltiple, que puede ser la base y el inicio de procesos de construcción colectiva.

Resulta fundamental la consolidación de espacios seguros para que las comunidades puedan contar, escuchar, crear y resignificar sus historias, transitando del dolor a la acción colectiva. En ese caso, la siguiente etapa de los laboratorio de memoria se centra en una escucha asertiva que podemos definir como una escucha para la comprensión de la historia del otro.

De este modo, podemos considerar que los tejidos que surgen de los relatos que nos han contado y que hemos tejido, configuran la posibilidad de convertir las vivencias de los demás en artefactos expresivos y artísticos; es decir, la historia de mi compañero o compañera puede ser el centro de un diseño de experiencias a través, por ejemplo, de objetos sonoros, visuales, plásticos, etc.

Para tal fin, los laboratorios en este momento se centran en las narrativas, los procesos de intercambio y diálogo, en un enfoque integral que considere la escucha y la narración como procesos de sanación y reconciliación colectiva. Estas acciones serán mediadas a través de las siguientes acciones:

- Escuchar Profundamente: Esta sección se enfoca en la escucha como un proceso transformador y humano:

○ Ir más allá de lo superficial: No es solo oír, sino un proceso cognitivo y emocional que interpreta el significado, tono e inflexión, conectando con las experiencias previas para comprender. ○ Crear espacios de paz: Es un acto de paz en sí mismo, contrarrestando la violencia y abriendo la posibilidad de unir a las personas, incluso en la soledad. ○ Entender y validar: Permite comprender los intereses, puntos de vista y necesidades de las partes, haciendo que se sientan reconocidas y escuchadas.

31 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-156 • 2026 • MAYO • 20 156 ○ Fomentar la empatía: Al ponerse en el lugar del otro, se desarrollan habilidades para la resolución de conflictos y la colaboración.

¿Qué entregamos?

- Prototipos de los objetos artísticos que alimentarán los lugares u objetos de memoria
- Plan de ejecución y socialización.
- Aquí contaremos con otro espacio de formación en derechos humanos y con otro espacio en gestión de proyectos culturales.

8.4 Etapa 3 Y si lo hacemos real: para que Bogotá sea una comunidad de paz de comunidades de paz – Implementación de acciones restaurativas Propósito ampliado: materializar los acuerdos comunitarios mediante acciones visibles, sentidas y compartidas, que resignifiquen el territorio y fortalezcan el tejido social. Hasta acá hemos narrado, escuchado y diseñado, ahora viene la cocreación en su sentido más esencial. La creación es un escenario idóneo para negociar, concertar y llegar a acuerdos; es decir, la propia acción cocreativa entraña procesos de reconocimiento, restauración y reconciliación.

Esta dinámica nos exige procesos de gestión y sostenimiento, además del reconocimiento de un ecosistema cultural que puede ser aliado de nuestros propósitos. En este sentido, debemos considerar el rol que cada uno ocupará en el proceso: los creadores directos, los negociadores, los administradores. Como lo menciona Mariana Garces, la idea de comunidad tiene en su base la práctica de la participación equitativa, es justo en este paso de nuestros laboratorios donde comenzamos a fortalecer la existencia de una comunidad de paz que hemos configurado a lo largo de nuestros encuentros.

- Discutimos el lugar del prototipo con el mapa curatorial.
- Analizamos el plan de gestión que compromete la ejecución presupuestal, el plan de socialización y definición de aliados.
- Iniciamos el montaje de los lugares u objetos de memoria en las zonas seleccionadas y gestionadas.

Para que una comunidad dialogue no necesariamente debe hablar el mismo idioma, pero si necesita comprenderlo, es así, como “pillarnos” nos permite conocer al otro, narrarnos en venga que si es pa eso, conocernos y codiseñar y, finalmente, para hacerlo real se convierte en el momento para hacerlo juntos.

Aprendizajes territoriales incorporados:

- Las acciones restaurativas más potentes integran arte público, encuentro comunitario y celebración colectiva.
- Los cierres en espacios abiertos amplían el impacto simbólico y permiten la apropiación comunitaria.
- El cierre se concreta mediante la implementación de los acuerdos comunitarios, materializando un proceso de trabajo colaborativo y de construcción colectiva, resultado de un diálogo horizontal que posibilita la recuperación y el fortalecimiento de la confianza de la comunidad en la institucionalidad.

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- Este ejercicio de doble vía visibiliza y empodera a las víctimas del conflicto armado interno, otorgándoles un rol protagónico en la gobernanza y en la toma de decisiones sobre los recursos públicos.
- Los actos simbólicos en espacios públicos no se circunscriben únicamente a muestras y presentaciones artísticas, sino que asumen la cultura como una herramienta de transformación social orientada al reconocimiento, preservación y divulgación del derecho a la verdad, a la memoria histórica con un sentido reparador.
- Dichas acciones intervienen territorios barriales caracterizados por la convergencia de diversos fenómenos -presencia de bandas, venta y consumo de Sustancias Psicoactivas (SPA), bajas tasas de escolaridad y desplazamiento, entre otros-, por lo que se constituyen en ejercicios de resistencia comunitaria, resiliencia y fortalecimiento de las capacidades organizativas, con una clara pretensión de sostenibilidad en el tiempo.
- La sostenibilidad de los procesos se ve fortalecida cuando las acciones culturales se articulan con dinámicas comunitarias, promoviendo la continuidad del tejido social más allá de la implementación del cierre formal del proceso.
- Las experiencias guiadas, las memorias comunitarias y la construcción de aprendizajes, como resultado de la ejecución de las propuestas comunitarias en el marco se constituyen en un insumo para la pedagogía de paz.
- Los procesos de transformación cultural para la paz adquieren mayor legitimidad cuando se desarrollan a partir de metodologías participativas, que permiten el tránsito hacia escenarios de diálogo, corresponsabilidad y apropiación comunitaria.
- La presencia institucional en el territorio, mediada por prácticas culturales, contribuye al fortalecimiento de la confianza entre comunidad e institucionalidad, especialmente en contextos históricamente atravesados por la violencia y la exclusión.

Productos enriquecidos:

- Informe final con enfoque narrativo y técnico.
- Memoria comunitaria del proceso.
- Recomendaciones institucionales para la continuidad.

Criterios de pertinencia y viabilidad Toda acción desarrollada en el marco de la Metodología para la Paz deberá cumplir con los siguientes criterios mínimos:

- Contribución a la verdad: la acción debe facilitar el reconocimiento de hechos, memorias y narrativas del conflicto desde las voces de las víctimas y las comunidades.
- Aporte a la reparación simbólica: la acción debe dignificar a las víctimas y reconocer el daño causado.
- Enfoque restaurativo: la acción debe orientarse a la reconstrucción del tejido social y la convivencia.
- Garantías de no repetición: la acción debe promover reflexiones y prácticas que prevengan nuevas violencias.
- Pertinencia territorial y diferencial: la acción debe responder a las características del territorio y de las poblaciones participantes.

33 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-158 • 2026 • MAYO • 20 158 8.5 Etapa 4. Esto es pa’ rato ¿Y cómo lo sostenemos?

La sostenibilidad de las iniciativas de paz en Bogotá es un elemento fundamental para garantizar que los procesos de transformación social trascienden de intervenciones puntuales y se consoliden como dinámicas estructurales dentro del territorio. En contextos urbanos complejos, donde convergen desigualdades socioeconómicas, diversidad cultural y múltiples expresiones de conflictividad social, la continuidad de los proyectos resulta clave para fortalecer la confianza entre comunidades e instituciones.

En este escenario, el papel de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte de Bogotá adquiere especial relevancia, dado que su capacidad institucional permite articular procesos culturales, pedagógicos y comunitarios que promueven la convivencia, la memoria colectiva y la resolución pacífica de conflictos como componentes centrales de la construcción de paz en la ciudad.

Asimismo, la sostenibilidad de estas iniciativas contribuye a la consolidación de capacidades locales y al fortalecimiento de liderazgos territoriales comprometidos con la transformación social. A través de programas culturales, espacios de participación y estrategias de apropiación del territorio, la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte impulsa dinámicas que vinculan a organizaciones sociales, artistas, gestores culturales y comunidades en torno a la promoción de una cultura de paz.

Esta continuidad institucional permite no solo preservar los aprendizajes generados por los procesos comunitarios, sino también ampliar su impacto mediante redes de colaboración y mecanismos de gobernanza cultural que favorecen la construcción de paz a largo plazo en Bogotá En ese sentido, se reconocen algunas vías para la sostenibilidad de los procesos que hemos iniciado con las comunidades:

- La formación plantea la instalación de un ecosistema de conocimientos. Al ser itinerantes los lugares u objetos de memoria proponemos que la movilidad de las mismas entre localidades genere convenios, diálogos y posibles alianzas futuras.
- Las alianzas estratégicas que planteamos se sitúan en la formación certificada, en los lugares de exposición tanto de la localidad como fuera de ellas y en la posible vinculación de estas experiencias a la red internacional de archivos comunitarios.
- Apoyar y promover la oferta, la organización comunitaria y los proyectos desde el reconocimiento de la economía cultural a partir de la oferta institucional.
- Potenciar la capacidad de construir alianzas con el sector privado, sector educativo, cooperación internacional y demás posibilidades que fortalezcan este proceso.

34 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-159 • 2026 • MAYO • 20 159 Referencias Acosta López, M. d. R. (2020). Gramáticas de la escucha como gramáticas descoloniales: Apuntes para una descolonización de la memoria. Eidos, n.spe34, 14–40. https://doi.org/10.14482/eidos.34.415 Alcaldía Mayor de Bogotá, Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte. (2025). Plan de Cultura de Bogotá 2038: Una brújula hacia 2038 (PDF). https://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/sites/default/files/2025- 07/plan_de_cultura_bogota_2038.pdf Arendt, H (2005). La condición humana. Barcelona: Editorial Paidós.

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PCR-PR-25-GU-02 v3 Guía Operativa de Laboratorios de Oportunidades Culturales https://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/es/transp arencia-acceso-informacion-publica/informacionentidad/pcr-pr-25-gu-02-v3-guia-operativa-de Anexo 2: Laboratorios de transformaciones culturales para la paz https://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/sites/def ault/files/2026- 03/2_anexo_laboratorios_de_transformaciones_cultural es_para_la_paz_0.pdf ¿Cómo puedo solicitar el cambio de integrante o representante de una agrupación inscrita?

Cualquier modificación de integrantes o representante de una agrupación podrá realizarse antes de emitida el Acta de Concertación del Hito Cultural con su respectiva justificación ante la SCRD a través del correo correspondencia.externa@scrd.gov.co dirigido a la Dirección de Asuntos Locales y Participación. Es importante tener en cuenta que tanto el representante como los integrantes de la agrupación deben cumplir con el 80% de asistencia mínima de todas las sesiones del laboratorio.

Documentos administrativos:

Legalización, desembolso, retenciones y costos del incentivo:

Beneficiarios de incentivo (responsable de actividad de Hito Cultural). Los beneficiarios de incentivo son las personas naturales, jurídicas o representantes de agrupación, que, tras cumplir con los requisitos y formalizar su participación y, según lo expuesto en el Acta de Concertación del Hito Cultural, asumen la responsabilidad de ejecutar una actividad concertada durante la Fase 3. La recepción del incentivo económico depende del rol que asuma en la actividad del hito cultural, y una vez se ha certificado su desarrollo.

Pueden ser beneficiarios de incentivo o responsables de actividad de hito cultural los siguientes tipos de participantes, siempre y cuando hayan formalizado su participación y cumplido con los criterios establecidos:

- Serán únicas beneficiarias directas del incentivo económico, personas Víctimas del Conflicto Armado con

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-161 • 2026 • MAYO • 20 161 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 2 de 19 registro Registro Único de Víctimas (RUV) que cumplan con los compromisos, condiciones y requisitos de participación.

- Serán únicas beneficiarias directas de incentivo económico, personas firmantes de paz que cuenten con el Registro de Reincorporación en estado activo y/o CODA.

- Para la participación como beneficiarios es indispensable vincularse de forma activa en la realización de actividades de los laboratorios en todas sus fases, actividades, procesos y responsabilidades. Esta será validada por la Secretaría de Cultura, 17 Recreación y Deporte (SCRD) teniendo en cuenta el cumplimiento de los Compromisos de Participación. Una vez se realice la validación de la documentación descrita anteriormente (RUV, Registro de Reincorporación y/o CODA) se surtirá el proceso administrativo que describiremos más adelante. Las personas que cumplan

Importante: → Ninguna persona natural, integrante de agrupación o representante de persona jurídica podrá ser responsable de más de una actividad dentro del mismo hito, ni podrá estar simultáneamente vinculada a la estrategia de Barrios Vivos en otra localidad durante la misma vigencia.

Formalización de la participación La participación se formaliza mediante:
- Carta de compromiso.
- Registros de asistencia.
- Compromisos suscritos por las personas participantes Para acceder al incentivo económico, se debe cumplir con los siguientes requisitos mínimos:
- Presentar el certificado del registro RUV.
- Presentar certificado de registro activo de reincorporación, para el caso de Firmantes de paz.
- Presentar certificado de residencia y/o declaración juramentada sobre su residencia en la localidad en que se desarrolla el Laboratorio.
- Haber formalizado su participación con documentación completa, veraz, vigente y validada por la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD).
- Contar con asistencia validada de al menos el ochenta por ciento (80%) en todas las fases del Laboratorio.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-162 • 2026 • MAYO • 20 162 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 3 de 19

- Haber participado de manera propositiva y verificable en la elaboración de las actividades enmarcadas en todas las fases de los laboratorios
- Haber participado, firmado y suscrito la propuesta del Laboratorio de paz en el Acta de Concertación, incluyendo el cronograma, los productos y el presupuesto concertados y presentados ante la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD).
- Contar con capacidad técnica, administrativa y operativa para ejecutar la actividad.
- Garantizar que la cuenta bancaria esté habilitada y libre de embargos.

Inhabilidades, incompatibilidades o conflictos de interés para participar:
- No cumplimiento de los aspectos resaltados en el numeral 6.4.2. 18
- No encontrarse incursos en causales de inhabilidad, incompatibilidad o conflicto de interés, tales como:

❖ Ser servidor público o contratista de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD), de sus entidades adscritas, de Secretaría de Gobierno, Alta Consejería de Paz, Víctimas y Reconciliación o de un Fondo de Desarrollo Local (FDL), así como tener vínculo de parentesco hasta segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o único civil, con personas que participen en la toma de decisiones, aval presupuestal, estructuración o definición institucional de los Laboratorios de Oportunidades Culturales, para lo cual el postulante deberá diligenciar el formato declaración de conflictos de interés suministrado por la SCRD. ❖ Contar con sanciones o declaratorias de incumplimiento en programas de la SCRD durante los últimos tres (3) años. ❖ Personas que hayan sido retiradas de procesos de la SCRD por incumplimientos, y uso indebido de recursos o faltas éticas en vigencias anteriores. ❖ Personas que hayan sido sancionadas administrativa o disciplinariamente por hechos relacionados con la ejecución de recursos públicos culturales.

Agrupaciones y/o Colectivos:

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-163 • 2026 • MAYO • 20 163 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 4 de 19

1. Copia del documento de identidad de todos los integrantes de la agrupación o colectivo.
2. Certificación bancaria a nombre del representante de la agrupación o colectivo.
3. RUT actualizado del representante de la agrupación o colectivo con actividad económica afín a la actividad a desarrollar.
4. Formato de Compromiso de Participante debidamente diligenciados y firmados por cada integrante de la agrupación o colectivo.
5. Declaración Juramentada de Residencia de cada integrante de la agrupación o colectivo.
6. Certificación de afiliación al sistema de salud del representante de la agrupación o colectivo
7. Declaración de Representación y Distribución de Incentivo Económico debidamente diligenciada y firmada por todos los integrantes de la agrupación o colectivo
8. RUV o Certificado de Reincorporación vigente del representante legal y de los miembros de la agrupación y colectivo

Personas jurídicas del sector cultural:
1. Certificado de existencia y representación legal.
2. Copia del documento de identidad del representante legal.
3. RUT actualizado de la persona jurídica con actividad económica afín a la actividad a desarrollar.
4. Certificación bancaria a nombre de la entidad.
5. Formato de compromiso del participante debidamente diligenciado y firmado por el representante legal.
6. Certificado de parafiscales
7. Hoja de vida de la organización con soportes de trayectoria de al menos tres proyectos ejecutados en los últimos cinco años.
8. RUV o Certificado de Reincorporación vigente del representante legal y de los miembros de la agrupación y colectivo.

Desembolso: Condiciones para el desembolso El desembolso del incentivo puede concertarse de dos maneras previo acuerdo con los participantes beneficiarios del incentivo.

- Un 90% hacia la fase 3 o 4 del proceso que se

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-164 • 2026 • MAYO • 20 164 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 5 de 19 entregará:

- Con los documentos enunciados anteriormente y que han sido verificados por la entidad.

- El beneficiario haya sido formalizado, registrado en el Listado de Beneficiarios y Responsables de Actividad, y cumpla con al menos el 80 % de asistencia a las sesiones del laboratorio.

- Póliza de cumplimiento por el valor total del incentivo, misma que será verificada y aprobada por la entidad.

- Un 10% que se entregará al final del proceso cuando

el hito cultural ya se encuentre se realizado conforme con lo establecido en la Propuesta de Hito Cultural y en el Acta de Concertación del Hito únicamente cuando se cumplan las siguientes condiciones: ● La actividad concertada haya sido ejecutada en su totalidad conforme a lo establecido en la Propuesta de Hito Cultural y en el Acta de Concertación del Hito.

- El beneficiario haya sido formalizado, registrado en

el Listado de Beneficiarios y Responsables de Actividad, y cumpla con al menos el 80 % de asistencia a las fases 1, 2 y 3 del laboratorio.

- Se haya entregado toda la documentación

administrativa obligatoria, incluyendo: ○ Documento de identidad (personas naturales) o Certificado de existencia y representación legal (personas jurídicas). ○ Certificación bancaria actualizada. ○ Formato de Declaración de Representación y Distribución del Incentivo Económico (si aplica). ○ Declaración juramentada de residencia (aplica para los laboratorios desarrollados en localidades, para los de enfoque diferencial étnico y de género no aplica).
- Se haya entregado el Informe de Ejecución del Beneficiario, con todos los productos, registros y evidencias requeridas. Cada uno de los beneficiarios del incentivo deberá diligenciar y enviar al correo correspondencia.externa@scrd.gov.co el respectivo formato de informe de beneficiario que da soporte a su implementación. Con este informe y el soporte de seguimiento, se podrá autorizar el respectivo desembolso.

Si se define que el incentivo será del 100% al finalizar y ejecutar la realización del incentivo, se deben allegar los REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-165 • 2026 • MAYO • 20 165 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 6 de 19 mismos documentos al finalizar el proceso. No se requiere póliza de cumplimiento.

Consideraciones tributarias y bancarias para beneficiarios de incentivo:

- La recepción de un incentivo económico por parte de

los beneficiarios de los Laboratorios de Oportunidades Culturales implica responsabilidades tributarias, legales y administrativas que deben ser asumidas de forma consciente y oportuna. A continuación, se presentan las principales consideraciones tributarias y bancarias que deberán tener en cuenta todas las personas naturales, representantes de agrupación o colectivo y personas jurídicas designadas como responsables de actividades del hito cultural (beneficiarios de incentivo).

- Retención en la fuente:

El incentivo económico entregado por la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) constituye un ingreso gravado y está sujeto a retención en la fuente a una tarifa del 2,5 %, correspondiente a la categoría de “otros ingresos”, según lo establece la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). Este valor se retendrá automáticamente al momento del desembolso, pero puede implicar otras obligaciones adicionales en el año siguiente.

- Declaración de renta:

Las personas naturales que durante el año gravable 2025 perciban ingresos brutos anuales iguales o superiores a 1.400 UVT estarán obligadas a presentar su declaración de renta en el año 2026. El incentivo recibido podría contribuir a alcanzar o superar este umbral, especialmente si se suma a otros ingresos laborales, por honorarios, arriendos u otras actividades económicas.

Importante: → Para el año gravable 2024, la UVT fue establecida en $49.799 COP, lo cual equivale a un tope de $69.718.600 COP como ingreso bruto anual. Sin embargo, los valores definitivos para 2025 serán determinados por la DIAN a finales del mismo año. Se recomienda a cada participante verificar los valores actualizados para ese momento, y consultar con un contador si se proyecta que su nivel de ingresos se acercará a este límite. Además del nivel de ingresos, también estarán obligadas a declarar renta las personas naturales que:

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-166 • 2026 • MAYO • 20 166 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 7 de 19

- Posean un patrimonio bruto superior a 4.500 UVT

(para 2024: $224.095.500 COP).

- Realicen consumos con tarjeta de crédito superiores

al equivalente en pesos de 1.400 UVT en el año.

- Efectúen compras, retiros, consignaciones o

inversiones bancarias que superen ese mismo monto.

- Distribución secundaria de recursos

- En actividades donde el responsable de incentivo

deba distribuir parte del recurso con otras personas participantes (por ejemplo, artistas, talleristas o colaboradores), deberá hacerlo conforme a lo acordado y suscrito en el Formato de Declaración de representación y distribución de incentivo económico, de manera ética, equitativa y documentada.

- El beneficiario de incentivo, en su calidad de

responsable de la actividad del hito cultural, será quien figure ante la DIAN como receptor del 100 % del ingreso, por lo cual debe prever los efectos fiscales y la necesidad de entregar comprobantes o registros internos en caso de transferencias a terceros.

Embargos o bloqueos de cuenta bancaria:

- Los beneficiarios de incentivo deben asegurar que la

cuenta bancaria registrada para el desembolso del incentivo se encuentra libre de embargos, medidas cautelares, bloqueos judiciales o deudas que puedan generar débitos automáticos por parte de acreedores.

- En caso de que los recursos sean embargados,

descontados o retenidos por obligaciones financieras del titular de la cuenta, la SCRD no podrá reponer, duplicar ni gestionar el reembolso del incentivo económico.

- La responsabilidad sobre la integridad y

disponibilidad de los recursos del incentivo recae exclusivamente sobre el beneficiario. Se recomienda verificar con la entidad financiera el estado actual de REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-167 • 2026 • MAYO • 20 167 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 8 de 19 la cuenta bancaria antes de asumir la responsabilidad como beneficiario de incentivo para el desarrollo de una actividad de hito cultural.

Importante: → La SCRD no se hace responsable por valores descontados, embargados o no disponibles al momento del desembolso. La responsabilidad sobre la integridad del recurso recae exclusivamente en la persona natural o jurídica beneficiaria del incentivo.

Naturaleza del recurso:

- Los recursos entregados como incentivo económico

en el marco de los Laboratorios de Oportunidades Culturales (LOC) no son pagos contractuales ni contraprestaciones por servicios, sino instrumentos de fomento cultural reconocidos constitucional y legalmente como parte del deber del Estado de promover, proteger y garantizar el ejercicio efectivo de los derechos culturales en los territorios.

- La entrega del incentivo se sustenta en el artículo 70

de la Constitución Política de Colombia, que establece que la cultura es base de la nacionalidad y un derecho fundamental, cuyo acceso y diversidad debe ser promovido por el Estado. Asimismo, el artículo 71 dispone que el Estado debe crear incentivos y ofrecer estímulos especiales a personas e instituciones que desarrollen manifestaciones culturales. En desarrollo de este mandato, la Ley 397 de 1997 – Ley General de Cultura, y la Sentencia C- 152 de 1999 de la Corte Constitucional, reafirma que los estímulos culturales no están sujetos a las normas del derecho contractual público, sino que son una excepción legítima destinada a apoyar actividades que la Constitución considera dignas de respaldo por su valor simbólico, colectivo y transformador.

Por tanto, el incentivo económico entregado en los LOC-Laboratorios de paz:

- No constituye una relación laboral ni contractual con

la SCRD.

- No está condicionado a la presentación de facturas ni genera contraprestación alguna.

- Se entrega como reconocimiento a la participación activa, corresponsable y comunitaria en la

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-168 • 2026 • MAYO • 20 168 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 9 de 19 construcción del hito cultural.

Destinación de los recursos para la ejecución de la iniciativa:

Los recursos entregados por la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) a los beneficiarios de incentivos de los Laboratorios de Oportunidades Culturales (LOC)-laboratorios de paz tienen como único propósito fomentar la ejecución de actividades concertadas dentro del hito cultural, según lo establecido en la Propuesta de Hito Cultural y en el Acta de Concertación suscrita por la comunidad y la institucionalidad.

Estos recursos constituyen un incentivo económico de fomento cultural y, por tanto, deben usarse exclusivamente para los fines previamente acordados y acompañados por el equipo facilitador y el Comité facilitador. Su uso debe guardar coherencia con los objetivos del hito y los principios de corresponsabilidad, transparencia y beneficio colectivo que orientan todo el proceso.

En consecuencia:

- Los recursos no pueden ser utilizados para fines

personales o comerciales, ni para actividades no contempladas en el hito concertado.

- El uso del recurso será objeto de seguimiento y

verificación por parte del equipo facilitador, mediante la revisión del Informe de Ejecución del Beneficiario y las evidencias que lo acompañen.

- El uso indebido o no justificado de los recursos podrá

derivar en la no certificación del proceso, la no entrega del incentivo, o la restricción para futuras participaciones en mecanismos de fomento cultural.

Ejecución del incentivo:

Una vez firmada el Acta de Concertación del Hito Cultural y publicada la resolución de reconocimiento de beneficiarios, la persona, agrupación o entidad responsable podrá dar inicio a la ejecución de la actividad concertada. En caso de haber concertado la entrega del recurso en un 90% inicial y un 10% final, es importante tener en cuenta que:

- El incentivo económico correspondiente al 90% está

destinado al inicio de la construcción del hito siguiendo el plan convenido en el acta de concertación.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-169 • 2026 • MAYO • 20 169 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 10 de 19 Esto significa que debe desarrollar la iniciativa en los tiempos, condiciones y con el enfoque comunitario acordado en el laboratorio. Es importante tener en cuenta que:

- El incentivo económico se entrega, de ser el modo

acordado, en dos momentos, una primera etapa que considera el 90% cumpliendo con los requerimientos y pasos enunciados anteriormente.

- Un 10% posterior a la ejecución de la actividad,

como parte del modelo de corresponsabilidad de esta estrategia.

- La entrega del 90% garantiza el desarrollo de la

actividad teniendo en cuenta que las comunidades de víctimas no cuentan, muchas veces, con recursos propios para dicha dinámica.

- Una vez ejecutada la actividad, los/las beneficiarias

deberán presentar el Informe de Ejecución de actividades, con las evidencias correspondientes.

- Después de entregado dicho informe, se hará el

desembolso del 10% restante.

En caso de que se concerte que el desembolso del recurso se hará el con el 100%, deben tenerse en cuenta los siguientes puntos:

- Las personas beneficiarias deberán iniciar el

desarrollo de la actividad con sus propios medios, contando con el acompañamiento metodológico y eventual apoyo técnico y logístico del equipo facilitador de la SCRD.

- Una vez ejecutada la actividad, el/la beneficiario(a) deberá presentar el Informe de Ejecución del Beneficiario, con las evidencias correspondientes.
Solo después de validar este informe se podrá tramitar el desembolso del incentivo.

- Este modelo parte del principio de que el incentivo

reconoce la participación cultural activa, el compromiso comunitario y la confianza mutua, y, por tanto, no opera como anticipo ni pago por contratación. La ejecución de la actividad debe respetar los acuerdos concertados con la comunidad, garantizar el enfoque territorial y velar por el uso ético y transparente de los recursos públicos.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-170 • 2026 • MAYO • 20 170 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 11 de 19 Nota: en ningún caso, la SCRD y sus entidades adscritas y vinculadas se harán responsables de intermediaciones o acuerdos privados que se lleguen a realizar con terceros, en relación con los recursos otorgados con el incentivo. Tampoco se harán responsables de los acuerdos internos entre participantes, integrantes de las agrupaciones o equipos de trabajo en relación con los incentivos otorgados.

Condiciones Específicas Nombre del incentivo: Laboratorios de transformaciones culturales para la paz Categorías (__) Si (_X_) No Tipo de incentivo: (__) Económico fijo (__) En Especie (__) Mixto (_X_) Bolsa de Recursos Descripción del incentivo: Incentivos económicos asignados a través de una bolsa de recursos de acuerdo con los criterios de asignación de recursos que defina el Comité facilitador y con el numeral 9. Condiciones para la Viabilidad y Pertinencia de un Hito Cultural de la Guía Operativa de los “Laboratorios de Oportunidades de Barrios Vivos Los incentivos económicos están destinados a la ejecución de las actividades de un hito cultural, que es concertado por la comunidad con base en la información consignada en la Guía Operativa “pcr-gu-03_v1 guía operativa de laboratorios de oportunidades culturalesanexo laboratorios de paz” dispuesta para este tipo de laboratorios de Barrios Vivos y la Resolución 484 de 19 de junio de 2025.

CDP (Solo si entrega incentivos económicos)

CDP 1006 mediante oficio número 1-100-F001 VA RECURSOS DISTRITO de ABRIL 9 DE 2026.

Valor total de los recursos: $37.241.500 1 incentivo económico asignado a través de una bolsa de recursos para el laboratorio dirigido a pueblos afro, raizales, palenqueros y negros víctimas del conflicto armado de Treinta y siete millones doscientos cuarenta y un mil quinientos M/CTE ($37.241.500) de acuerdo con la complejidad del laboratorio, las necesidades del hito cultural concertado y los criterios de asignación de recursos que defina el Comité facilitador interno conformado para tal efecto desde la SCRD. De acuerdo con el numeral 9. Condiciones para la Viabilidad y Pertinencia de un Hito Cultural de la Guía Operativa de los “Laboratorios de Oportunidades de Barrios Vivos.

En ningún caso la suma de los incentivos asignados podrá exceder el valor total de la bolsa respaldada REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-171 • 2026 • MAYO • 20 171 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 12 de 19 presupuestalmente.

¿Cómo se realizará el proceso de validación o clasificación?

Una vez la comunidad participante haya estructurado la propuesta de hito cultural, con base en las orientaciones del equipo facilitador y conforme a lo establecido en la Guía Operativa, especialmente en el numeral 9.3 sobre los rangos referenciales de reconocimiento/incentivo económico de actividades y los criterios de viabilidad y pertinencia cultural, sumados al numeral 8.4 del anexo Laboratorios de paz se llevará a cabo una jornada de socialización ante el Comité facilitador.

Este comité está conformado por:

* El/la Secretario(a) de Cultura, Recreación y Deporte o el/la Subsecretario(a) de Gobernanza. * El/la Director(a) de la Dirección de Asuntos Locales y Participación (DALP). * El/la Gerente de la estrategia Barrios Vivos * El/la Articulador(a) de los Laboratorios de transformación en cultura de paz * En el caso de los laboratorios desarrollados con pueblos indígenas, resulta fundamental la presencia de una autoridad reconocida por la mesa de pueblos o la comunidad étnica participante. * Los hitos deben consolidan procesos de sanación y reconciliación colectiva y deben materializar los acuerdos comunitarios mediante acciones visibles, sentidas y compartidas. * El comité podrá consolidar y comprender la sostenibilidad de los procesos que se fortalece cuando las acciones culturales se articulan con dinámicas comunitarias, promoviendo la continuidad del tejido social más allá de la implementación del cierre formal del proceso. * Tener presente que estos hitos contienen las experiencias guiadas, las memorias comunitarias y la construcción de aprendizajes, como resultado de la ejecución de las propuestas comunitarias en el marco se constituyen en un insumo para la pedagogía de paz. * La propuesta debe evidenciar una partir de metodología participativa, que permiten el tránsito hacia escenarios de diálogo, corresponsabilidad y apropiación comunitaria. El comité facilitador deberá escuchar la o las propuestas y orientar su decisión hacia el desarrollo de un hito que consolide la memoria, presencia y procesos de reconciliación de los y las participantes.

Durante la presentación, las y los representantes del laboratorio deberán presentar y argumentar su propuesta, destacando su valor cultural, de reconciliación y construcción de paz territorial.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-172 • 2026 • MAYO • 20 172 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 13 de 19 El Comité facilitador podrá:
- En caso de que se presente más de una propuesta, recomendar la que cumpla con las condiciones expuestas anteriormente.
- Emitir recomendaciones o solicitar ajustes, cuando se identifiquen aspectos que deban fortalecerse para garantizar la pertinencia, equidad o viabilidad de la iniciativa. Las recomendaciones del Comité facilitador son de carácter propositivo y serán vinculadas de acuerdo con las perspectivas y necesidades de las comunidades víctimas del conflicto armado.

Al llegar a una concertación se procederá a:
1. Elaborar y firmar el Acta de Concertación del Hito Cultural, documento que recoge de manera formal los acuerdos alcanzados, los responsables de actividad y el valor del incentivo asignado.
2. Utilizar esta acta como insumo para la expedición del acto administrativo que reconoce a los beneficiarios del laboratorio y habilita el proceso de desembolso.

Cronograma Fechas estimada de la publicación de la Resolución de apertura:

Entre el 1.ª de abril y el 30 de mayo de 2026 Entre el 1.º de mayo y el 30 de junio Fecha estimada de publicación de la Resolución de beneficiarios:

Fecha máxima de ejecución (si aplica): Hasta el 30 de julio de 2026 Propósito y pertinencia Entregar estímulos y atender integralmente a víctimas del conflicto armado a través la cultura, el arte, la recreación y el deporte, tiene como propósito central contribuir reparación simbólica, la inclusión social y la construcción de paz sostenible mediante procesos formativos y experienciales que promuevan la sanación psicosocial, la reconstrucción del tejido comunitario y el fortalecimiento de liderazgos transformadores; su pertinencia radica en que responde de manera estratégica a los desafíos del posconflicto colombiano; especialmente en el marco del Acuerdo de Paz de 2016 en Colombia; al trascender enfoques asistencialistas e incorporar dimensiones culturales, simbólicas y territoriales que permiten resignificar el trauma, fortalecer la convivencia y activar procesos de memoria y participación, en coherencia con los principios de reparación integral establecidos en la Ley 1448 de 2011; de este modo, el programa no solo atiende las afectaciones derivadas de la violencia, sino que potencia capacidades individuales y colectivas, promoviendo el ejercicio de ciudadanía activa y la construcción de entornos más resilientes, inclusivos y orientados a la paz desde una perspectiva de desarrollo humano y liderazgo comunitario.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-173 • 2026 • MAYO • 20 173 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 14 de 19 ¿Quiénes pueden participar? (_X_) Persona Natural (_X_) Agrupación (_X_) Persona Jurídica (__) Tutor legal en representación de un menor de edad Nota: Para mayor detalle de quién puede o no participar: Consultar la Guía Operativa de la línea estratégica.

Descripción de los perfiles Persona Natural Personas naturales mayores de edad con participación formalizada, asistencia verificada en al menos el 80 % de las sesiones de las Fases 1, 2 y 3, y validadas por la comunidad y el equipo facilitador de la SCRD. Si es participante beneficiario, deberá presentar el RUV (Registro Único de Víctimas) y en caso de ser firmante de paz, el Registro de Reincorporación activo.

Agrupación Agrupaciones o colectivos representadas por una persona natural mayor de edad, con participación formalizada, asistencia verificada en al menos el 80 % de las sesiones y que cuente con el consentimiento de la agrupación o colectivo para asumir la representación de la actividad de hito. De ser participantes beneficiarios, deben contar con el Registro Único de Víctimas, Acto administrativo de reconocimiento como Sujeto de Reparación colectiva o en caso de ser firmante de paz, con el Registro de Reincorporación Activa Persona Jurídica Personas jurídicas del sector cultural, con presencia territorial comprobada mediante trayectoria relevante en la localidad donde se desarrolla el laboratorio, con participación formalizada, y asistencia verificada de su representante o delegado en al menos el 80 % de las sesiones. De ser beneficiarios del incentivo deben contar con Registro Único de Víctimas o acto administrativo en caso de ser sujeto de reparación colectiva. Los firmantes de paz deben presentar su Registro de Reincorporación activo.

Tutor legal en representación de un menor de edad N/A Criterios de validación o clasificación Documentos requeridos Nombre documento Tipo de documento Descripción

1. Copia del documento de identidad.
Administrativo Cédula de ciudadanía

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-174 • 2026 • MAYO • 20 174 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 15 de 19

2. Certificación bancaria a nombre del participante.
Administrativo Solo se aceptarán bancos tradicionales, no aplicaciones.

Administrativo Rut actualizado con la actividad afín a la actividad a desarrollar

3. RUT actualizado con actividad económica afín a la actividad a desarrollar.

4. Registro Único de víctimas Administrativo

Es el registro expedido por la Unidad de Víctimas que confirma esta categoría de acuerdo con la Ley 1448 de 2011

5. Registro de Reincorporación (Firmantes de paz)
Administrativo

Es el registro expedido por la Agencia para la Reincorporación y normalización. Debe estar activo Administrativo

6. Acto administrativo de reconocimiento de Sujeto de Reparación Colectiva

Es el documento que confirma la existencia de un sujeto de reparación colectiva. Es expedido por la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV)

7. Declaración

de Representación y Distribución de Incentivo Económico Administrativo Debidamente diligenciada y firmada por todos los integrantes de la agrupación o colectivo incentivo

8. Certificado de existencia y representación legal.
Administrativo

Documento que soporta la existencia legal de una persona jurídica para asumir acciones dentro de la implementación del hito cultural.

9. Certificado de parafiscales Administrativo

Documento que acredita que una empresa o empleador está al día con el pago de las contribuciones parafiscales, las cuales son obligaciones legales destinadas a financiar entidades que promueven el bienestar social y laboral en el país.

Administrativo Documento que describe el perfil de una organización y su trayectoria dentro del sector en el que participa.

10. Hoja de vida de la organización con soportes de trayectoria de al menos tres proyectos ejecutados en los últimos cinco años.

Administrativo Documento que recopila los datos de los beneficiarios

11. Registro de beneficiarios y responsables de incentivo y responsables de incentivo.

12. Acta de concertación del hito cultural Administrativo

Documento que aprueba un hito cultural por parte del comité validador de la estrategia de Barrios Vivos / Laboratorio de transformación en cultura de paz

13. Informe de beneficiario Administrativo Documento que soporta las actividades

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-175 • 2026 • MAYO • 20 175 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 16 de 19 realizadas en el marco de la implementación del hito cultural concertado por una comunidad local.

14. Certificado de seguimiento a la ejecución Administrativo

Documento que valida la aprobación del informe de beneficiario y avala el desembolso del incentivo correspondiente.

Administrativo Documento expedido por una aseguradora que valida y garantiza el cumplimiento del beneficiario. Este documento es validado y aprobado por la entidad.

15. Póliza de cumplimento (en el caso que el recurso se distribuya 90% en el primer momento y 10% al final de la ejecución del hito)

Técnico

16. Propuesta de hito cultural local. Formato de Asistencia Técnico

Documento que describe todas las características del hito cultural concertado por una comunidad

17. Formato de Asistencia Técnico Técnico

Formato que permite el seguimiento de la participación de la comunidad dentro del proceso de hito cultural.

Causales para no continuar en el proceso La SCRD aplicará el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por los participantes con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos.

No obstante, en cualquier etapa del desarrollo de las líneas, no continuarán el proceso con quienes se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones y términos aquí establecidos. A continuación, se exponen las causales para no continuar en el proceso, cerciórese de no incurrir en alguna causal.

Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas, de acuerdo al tipo de participantes al que está dirigido el incentivo.

- No cumple con las condiciones para ser beneficiario del incentivo.

- Cuando se establezca que solo se puede presentar a una línea, si el participante se

presenta a dos o más incentivos.

- El participante registra un menor de edad.

- El participante no adjuntó en el periodo definido uno o más documentos administrativos

solicitados.

- El participante no adjuntó uno o más documentos técnicos solicitados (cuando aplique).

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-176 • 2026 • MAYO • 20 176 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 17 de 19

- El participante no cumplió con los requisitos de la documentación técnica expuesta en las

condiciones (cuando aplique).

- El participante aporta documentos administrativos o técnicos que no permiten su lectura,

reproducción, revisión o acceso completo al contenido, al momento de realizar la revisión documental.

- El participante suministró información que no es veraz o no corresponde a la realidad, induciendo a la entidad en error con el fin de cumplir con un requisito de participación. Lo anterior, sin perjuicio que la entidad a cargo del proceso adelante las acciones legales a que haya lugar. En todo caso, cada entidad se reserva el derecho de solicitar las aclaraciones que correspondan.

- No se hicieron aclaraciones solicitadas. Al participante se le solicitó alguna información a

modo de aclaración y la misma no fue suministrada dentro del plazo establecido en la solicitud.

Compromisos de los seleccionados

1. Ejecutar la actividad conforme a lo concertado: Desarrollar la actividad bajo los términos definidos en el Acta de Concertación del Hito Cultural, respetando cronograma, productos, responsabilidades y condiciones técnicas.

2. Entregar productos y evidencias: Suministrar los productos resultantes de la actividad, así como evidencias de su realización según los lineamientos técnicos y administrativos definidos por la SCRD.

3. Presentar documentación completa y oportuna de acuerdo con la figura escogida para participar: Legalizar su participación entregando todos los documentos requeridos según el tipo de participante escogido para participar (Persona natural, jurídica o representante de agrupación.) en los plazos estipulados y según sea el caso de participación. La omisión o entrega incompleta podrá interpretarse como renuncia al incentivo.

4. Gestionar permisos si aplica: Tramitar los permisos o autorizaciones necesarias para la realización de su actividad, en caso de que esta implique uso de espacio público, instalaciones comunitarias, manejo de derechos de autor o conexos, entre otros. 5. Cumplir criterios de asistencia y participación: Haber asistido como mínimo al 80% de las sesiones, y demostrar participación activa en comisiones, jornadas de concertación y validación del hito.

5. Asumir efectos tributarios: Reconocer que los incentivos están sujetos a retención en la fuente y pueden incidir en el cálculo de obligación de declarar renta si los ingresos totales del año superan los topes establecidos por la DIAN. La SCRD no asume costos asociados a contadores, declaraciones, ni sanciones tributarias individuales.

6. Respetar la integridad del incentivo: Cuando se trate de actividades donde el responsable de incentivo deba distribuir el recurso con otras personas (artistas, talleristas, etc.), deberá garantizar la entrega efectiva y acordada, por lo que cualquier acuerdo que genere con terceros deberá ser

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-177 • 2026 • MAYO • 20 177 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 18 de 19 socializado a través de correo electrónico con copia al equipo facilitador para su viabilidad. Cualquier uso indebido podrá generar sanciones y exclusión del programa.

7. Evitar conflictos de interés: No estar incurso en ninguna causal de conflicto de interés o de incompatibilidad definida por la SCRD, y declarar impedimentos si existieren relaciones directas con integrantes del equipo facilitador, Comité Validador u otras instancias institucionales.

8. Conservar una actitud de respeto y corresponsabilidad: Participar con disposición ética, cooperativa, constructiva y respetuosa hacia los demás participantes y el equipo institucional.
Cualquier comportamiento que afecte el ambiente colectivo podrá ser motivo de exclusión del proceso.

9. Conceder y firmar la licencia de uso a favor de la SCRD cuando la entidad requiera dar difusión, promoción o circulación de una obra artística creada en el marco de la Estrategia de Innovación Cultural Barrios Vivos.

Importante: → Todos los compromisos aquí enunciados forman parte integral del rol del beneficiario como corresponsable de la acción cultural en el territorio. Su incumplimiento podrá derivar en la revocatoria del incentivo, la reconfiguración del hito o la exclusión del proceso, conforme a los criterios definidos por la SCRD.

Compromisos de la entidad

1. Acompañamiento metodológico y operativo: Brindar orientación continua a lo largo de todas las fases del laboratorio a través del equipo facilitador, garantizando el cumplimiento del enfoque, la metodología y las condiciones institucionales.

2. Validación de las propuestas de Hito Cultural: Revisar, validar y documentar la viabilidad técnica y la pertinencia cultural de las propuestas de hito cultural, con base en los criterios establecidos en esta Guía Operativa, cuidando la memoria, dignidad y procesos de la comunidad de víctimas y firmantes de paz.

3. Gestión oportuna de incentivos: Realizar los trámites administrativos y presupuestales necesarios para la asignación de los incentivos, conforme a lo establecido en el Acta de Concertación y la normatividad vigente.

4. Seguimiento y verificación: Hacer seguimiento técnico, logístico y administrativo a la ejecución de las actividades del hito, incluyendo visitas, validación de productos, revisión de evidencias y aplicación de instrumentos de monitoreo.

5. Divulgación y memoria institucional: Incorporar las experiencias, productos y resultados de los Laboratorios en acciones de sistematización, divulgación y memoria institucional, siempre respetando los derechos de los participantes.

6. Protección de datos y confidencialidad: Garantizar el tratamiento adecuado de la información personal suministrada por los participantes, conforme a la Ley 1581 de 2012 y demás disposiciones sobre protección de datos personales.

7. Gestión de conflictos y sanciones: Atender, investigar, documentar y resolver los conflictos o incumplimientos presentados en el marco del laboratorio, aplicando los protocolos y

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-178 • 2026 • MAYO • 20 178 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 19 de 19 procedimientos establecidos por la SCRD, con observancia del debido proceso.

Proyectó Revisó Aprobó Felipe Duarte Álvarez Diana Guzmán Mónica Zapata Fernando Augusto García Igor Noriega Director Asuntos Locales y Participación Contratista Dirección de Asuntos Locales y Participación Contratistas Dirección de Asuntos Locales y Participación Documento 20262100248533 firmado electrónicamente por:

Julian Felipe Duarte Alvarez Director de Asuntos Locales y Participación Dirección de Asuntos Locales y Participación Fecha firma: 27-04-2026 18:02:12 Maria Monica Zapata Cortazar Contratista Dirección de Asuntos Locales y Participación Fecha firma: 27-04-2026 17:15:57 Diana Paola Guzman Mendez Contratista Dirección de Asuntos Locales y Participación Fecha firma: 27-04-2026 17:19:08 Igor Ivan Noriega Velasquez Contratista Dirección de Asuntos Locales y Participación Fecha firma: 27-04-2026 17:20:24 Fernando Augusto García Bejarano Contratista Dirección de Asuntos Locales y Participación Fecha firma: 27-04-2026 17:12:20 Revisó: Cindy Nathalia Matiz Ovalle - Profesional Universitario Código 219 Grado 12 - Dirección de Asuntos Locales y Participación a07a093cee5cf60353fc470afe48418f2ccdb46ac7c2173ac694af69dc574f9e Codigo de Verificación CV: a43ae REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-179 • 2026 • MAYO • 20 179 *20261100282443* Radicado: 20261100282443 Fecha: 13-05-2026 RESOLUCIÓN No. 435 DE 15 DE MAYO DE 2026 "Por medio de la cual se ordena la apertura de los Laboratorios de transformaciones culturales para la paz, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte"

EL SECRETARIO DE DESPACHO De la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Decreto Único del Sector Cultura, Recreación y Deporte No. 649 de 22 de diciembre de 2025 y,

CONSIDERANDO:

Que los artículos 70 y 71 de la Constitución Política de Colombia, establecen el deber del Estado de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades y otorga la competencia para establecer mecanismos positivos para fomentar el desarrollo artístico, cultural y patrimonial de la Nación.

Que el numeral 3 del artículo 1° de la Ley 397 de 1997, “Por la cual se desarrollan los artículos 70, 71 y 72 y demás artículos concordantes de la Constitución Política y se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura y se trasladan algunas dependencias.” señala que: “(…) El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de reconocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación colombiana (…)”.

Que la ley en cita en su artículo 17 señala:

“(…) DEL FOMENTO. El Estado a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, fomentará las artes en todas sus expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas, como elementos del diálogo, el intercambio, la participación y como expresión libre y primordial del pensamiento del ser humano que construye en la convivencia pacífica”.

Que así mismo, el artículo 18 de la mencionada ley establece:

"(…) El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos especiales y promocionará la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales. Para tal efecto establecerá, entre otros programas, bolsas de trabajo, becas, premios anuales, concursos, festivales, talleres de formación Página 1 de 8 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-180 • 2026 • MAYO • 20 180 *20261100282443* Radicado: 20261100282443 Fecha: 13-05-2026 RESOLUCIÓN No. 435 DE 15 DE MAYO DE 2026 "Por medio de la cual se ordena la apertura de los Laboratorios de transformaciones culturales para la paz, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte" artística, apoyo a personas y grupos dedicados a actividades culturales, ferias, exposiciones, unidades móviles de divulgación cultural, y otorgará incentivos y créditos especiales para artistas sobresalientes, así como para integrantes de las comunidades locales en el campo de la creación, la ejecución, la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo (…)”

Que el Decreto Distrital 649 de 2025, “Por medio del cual se expide el Decreto Único del Sector Cultura, Recreación y Deporte”, dispone en su artículo 4 que: “La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte tiene por objeto orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculadas y la sociedad civil”.

Que el numeral 10 del artículo 5 del Decreto Distrital 649 de 2025 establece, entre las funciones de la SCRD, la siguiente: “(…) Gestionar la ejecución de las políticas, planes y proyectos culturales y artísticos, con el fin de garantizar el efectivo ejercicio de los derechos culturales y fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo (…)”.

Que le corresponde a la Subsecretaría de Gobernanza, en desarrollo de la función prevista en el numeral 8 del artículo 14 del Decreto Distrital 649 de 2025, lo siguiente: “(…) Dirigir estrategias, planes, programas y proyectos orientados a la identificación reconocimiento, fomento, sensibilización, formación, promoción y difusión del arte, la cultura y el patrimonio en los diferentes grupos poblacionales (…)”.

Que en los términos del decreto en mención, la Dirección de Asuntos Locales y Participación, en el artículo 17, tendrá a su cargo, entre otras, las siguientes funciones: “(…) 6. Diseñar y ejecutar estrategias, planes, programas y proyectos orientados a la identificación reconocimiento, fomento, sensibilización, formación, promoción y difusión del arte, la cultura y el patrimonio en los diferentes grupos poblacionales (…)”.

Que el documento CONPES D.C. “POLÍTICA PÚBLICA DISTRITAL DE ECONOMÍA CULTURAL Y CREATIVA 2019-2038”, definió como uno de los objetivos específicos de dicha Política, el siguiente: “(…) 4.2.3 Ampliar mecanismos de apoyo financiero dirigido a los agentes del sector cultural y creativo”, para lo cual: “(…) La Secretaría Distrital de Cultura Recreación y Deporte en articulación con entidades públicas y privadas, realizará Página 2 de 8 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-181 • 2026 • MAYO • 20 181 *20261100282443* Radicado: 20261100282443 Fecha: 13-05-2026 RESOLUCIÓN No. 435 DE 15 DE MAYO DE 2026 "Por medio de la cual se ordena la apertura de los Laboratorios de transformaciones culturales para la paz, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte" actividades de gestión y acompañamiento técnico que permitan aumentar el número de los agentes del sector cultural y creativo que acceden a financiación. Para el efecto, se ampliarán los mecanismos de apoyo financiero dirigido a los agentes del sector cultural y creativo, para que puedan apalancar la producción de bienes y servicios, a través del acceso a recursos no reembolsables, y fortalecimiento de servicios de financiación (…)”.

Que el Plan Distrital de Desarrollo “Bogotá Camina Segura”, en su artículo 10. indica los Programas del objetivo estratégico “Bogotá confía en su Bien- Estar”, donde, en su numeral 10.8. establece el programa 14. Bogotá deportiva, recreativa, artística, patrimonial e intercultural, el cual aborda lo siguiente: “(…) Realizar laboratorios creativos en barrios, como mecanismo de interacción para fortalecer los procesos de artistas, agrupaciones, colectivos, organizaciones y líderes socioculturales, así como en espacios culturales y eventos comunitarios, mediante estrategias conjuntas de formación, creación, circulación, investigación y apropiación de las artes con enfoque diferencial de género. Se velará por la formación de público desde las diferentes dimensiones y procesos del campo artístico y cultural, promoviendo estrategias que pretendan disminuir barreras de acceso para el ejercicio de derechos culturales. (…)”

Que con el objetivo de orientar la implementación técnica, metodológica y operativa de los Laboratorios de Oportunidades Culturales de Barrios Vivos, estableciendo lineamientos claros para gestores, laboratoristas y directivos que garanticen un acompañamiento coherente en el diseño y ejecución de hitos culturales bajo enfoques diferenciales y participativos. Para ello, se establece la meta de definir y documentar el 100% de dichos lineamientos, asegurando la socialización de roles y mecanismos de articulación en todos los equipos territoriales. Asimismo, la estrategia contempla el diseño e implementación de herramientas operativas de seguimiento y la aplicación de criterios técnicos y administrativos en la totalidad de los procesos activos durante la vigencia 2026, con el fin de asegurar la pertinencia cultural y la coherencia de cada intervención con las dinámicas de sus respectivos territorios.

Que los “Laboratorios de transformaciones culturales para la paz”, cuentan con una guía operativa que tiene como propósito orientar la implementación paso a paso de los Laboratorios de Oportunidades Culturales, la cual está dirigida a la ciudadanía y a los equipos misionales de la SCRD, facilitadores, Comité Validador y demás actores institucionales encargados de ejecutar, acompañar y hacer seguimiento a los procesos y actividades desarrolladas en los laboratorios.

Página 3 de 8 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-182 • 2026 • MAYO • 20 182 *20261100282443* Radicado: 20261100282443 Fecha: 13-05-2026 RESOLUCIÓN No. 435 DE 15 DE MAYO DE 2026 "Por medio de la cual se ordena la apertura de los Laboratorios de transformaciones culturales para la paz, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte"

Que la presente apertura tiene por objeto la entrega de incentivos económicos en el marco de los Laboratorios de Oportunidades Culturales para la paz, por un valor de hasta SETECIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($700.000.000), los cuales serán asignados a diez (10) laboratorios, por un monto de hasta SETENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($70.000.000) cada uno, conforme a su nivel de complejidad, las necesidades del hito cultural concertado y los criterios de distribución de recursos que establezca el Comité Validador Interno, conformado para tal efecto por la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte.

Que en consecuencia, mediante el presente acto administrativo la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte dispone la apertura de los “Laboratorios de transformaciones culturales para la paz”, soportada en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal que se describe a continuación:

CONCEPTO DEL TOTAL DEL RUBRO GASTO FONDO VALOR NÚMERO DEL CPD OBJETO RUBRO DESCRIPCIÓN Fortalecimiento de la gobernanza territorial, la participación Realizar actividades artísticas, culturales y patrimoniales de acuerdo con O2320202009911 24 Servicios de la administración 1003 de abril 09 de O230117330 700.000.000 incidente y la atención diferenciada de los lo concertado en el marco de la estrategia de Barrios Vivos 2026 1-100-F001 VA- RECURSOS 120240217 pública relacionados con la recreación, DISTRITO para 10 laboratorios de transformación cultural para la la cultura y la grupos étnicos, etarios y sectores sociales desde las Paz 2026, dirigidos a víctimas religión del conflicto armado prácticas culturales en Bogotá D.C.

Que las condiciones, criterios y responsabilidades asociadas a la participación en los Laboratorios de Oportunidades Culturales se encuentran detalladas en los documentos denominados “Condiciones de Participación” y en la “Guía Operativa de Laboratorios de Oportunidades Culturales” denominada ANEXO 2 PCR-PR-25-GU-02 GUÍA OPERATIVA DE LABORATORIOS DE OPORTUNIDADES CULTURALES, la cual constituye la ruta oficial de acceso de la ciudadanía a esta línea estratégica de fomento no competitivo. Esta guía organiza de manera clara y articulada los principios, etapas metodológicas, proceso de participación, criterios de viabilidad y pertinencia de hitos culturales y demás lineamientos para la asignación de incentivos, conforme a los principios de igualdad, transparencia, publicidad, participación, imparcialidad, inclusión, moralidad, cooperación, eficacia y corresponsabilidad. Dicho documento, hace parte Página 4 de 8 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-183 • 2026 • MAYO • 20 183 *20261100282443* Radicado: 20261100282443 Fecha: 13-05-2026 RESOLUCIÓN No. 435 DE 15 DE MAYO DE 2026 "Por medio de la cual se ordena la apertura de los Laboratorios de transformaciones culturales para la paz, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte" integral de la presente resolución y estará disponible para consulta pública en el enlace de Transparencia y acceso a la información pública:

Guía: Guía Operativa de Laboratorios de Oportunidades Culturales ANEXO 2 PCR-PR- 25-GU-02 GUÍA OPERATIVA DE LABORATORIOS DE OPORTUNIDADES CULTURALES Disponible en: https://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/sites/default/files/2026- 03/2_anexo_laboratorios_de_transformaciones_culturales_para_la_paz_0.pdf Condiciones de Participación:

Disponible en: https://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/sites/default/files/2026- 04/5- 2026_condiciones_de_participacion_laboratorio_de_oportunidades_culturales_loc_transfo rmaciones_para_la_paz.pdf Que de conformidad con lo anterior y en cumplimiento del marco normativo señalado, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, dispone la apertura de los “Laboratorios de transformaciones culturales para la paz”

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo primero.

Ordenar la apertura de “Los Laboratorios de transformaciones culturales para la paz” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo, y la misma contempla lo que se describe a continuación:

MECANISMO TIPO DE INCENTIVO MONTO TOTAL CDP DEPENDENCIA(S)

ENCARGADA Bolsa de Recursos SETECIENTOS MILLONES DE PESOS Dirección de Asuntos Locales y Participación 1003 de abril 09 de 2026 M/CTE ($700.000.000)

Fomento no competitivo - Laboratorios de ($700.000.000)

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REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-184 • 2026 • MAYO • 20 184 *20261100282443* Radicado: 20261100282443 Fecha: 13-05-2026 RESOLUCIÓN No. 435 DE 15 DE MAYO DE 2026 "Por medio de la cual se ordena la apertura de los Laboratorios de transformaciones culturales para la paz, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte"

Oportunidades Culturales de Barrios Incentivos económicos en el marco de los Laboratorios de Oportunidades Culturales para la Vivos - Laboratorios de transformaciones culturales para la paz paz, por un valor de hasta SETECIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($700.000.000), los cuales serán asignados a diez (10) laboratorios, por un monto de hasta SETENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($70.000.000) cada uno, conforme a su nivel de complejidad, las necesidades del hito cultural concertado y los criterios de distribución de recursos que establezca el Comité Validador Interno, conformado para tal efecto por la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte.

Parágrafo. Los recursos para el desarrollo y ejecución de “Los Laboratorios de
transformaciones culturales para la paz” se encuentran respaldados con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal mencionado en el presente artículo.

Artículo segundo.

Los requisitos y condiciones de participación en “Los Laboratorios de transformaciones culturales para la paz” que tienen apertura mediante el presente acto administrativo, se encuentran establecidos en los documentos denominados “Condiciones de Participación” y en la “Guía Operativa de Laboratorios de Oportunidades Culturales” denominada ANEXO 2 PCR-PR-25-GU-02 GUÍA OPERATIVA DE LABORATORIOS DE OPORTUNIDADES CULTURALES, los cuales forman parte integral de la presente resolución.

Parágrafo. Las modificaciones a los términos de “Los Laboratorios de
transformaciones culturales para la paz” citados en el presente acto administrativo se podrán realizar mediante aviso modificatorio, el cual deberá ser publicado en el respectivo enlace de Transparencia y acceso a la información pública de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte https://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/es/transparencia-acceso-informacionpublica.

Página 6 de 8 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-185 • 2026 • MAYO • 20 185 *20261100282443* Radicado: 20261100282443 Fecha: 13-05-2026 RESOLUCIÓN No. 435 DE 15 DE MAYO DE 2026 "Por medio de la cual se ordena la apertura de los Laboratorios de transformaciones culturales para la paz, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte"

Artículo tercero.

Realizar por la Dirección de Asuntos Locales y Participación de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte los trámites correspondientes al desembolso de los incentivos económicos previstos en los referidos “Los Laboratorios de transformaciones culturales para la paz”, de conformidad con el artículo primero del presente acto administrativo, acorde con los procesos y procedimientos definidos en este organismo.

Artículo cuarto.

Publicar por la Dirección de Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano la presente resolución y junto con la “Condiciones de Participación” y la “Guía Operativa de Laboratorios de Oportunidades Culturales”, en el enlace de Transparencia y acceso a la información pública de la Secretaría Distrital de

Cultura, Recreación y Deporte: https://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/sites/default/files/2026-04/5- 2026_condiciones_de_participacion_laboratorio_de_oportunidades_culturales_loc_transfo rmaciones_para_la_paz.pdf Asimismo, por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano publicar el contenido de la presente resolución en la Gaceta Distrital y en el Régimen Legal de Bogotá y en la página web de la SCRD.

Artículo quinto.

Comunicar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano el contenido de la presente resolución a través de la herramienta ORFEO, a la Subsecretaría de Gobernanza y la Dirección de Asuntos Locales y Participación para los trámites de su competencia.

Artículo sexto.

El presente acto administrativo rige a partir del día siguiente a su publicación y contra este no procede recurso alguno en los términos del artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C., a los quince (15) días del mes de mayo (05) de dos mil veintiséis (2026).

SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR Secretario de Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Proyectó Santiago Rodríguez Flórez - Contratista Oficina Jurídica.

Página 7 de 8 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-186 • 2026 • MAYO • 20 186 *20261100282443* Radicado: 20261100282443 Fecha: 13-05-2026 RESOLUCIÓN No. 435 DE 15 DE MAYO DE 2026 "Por medio de la cual se ordena la apertura de los Laboratorios de transformaciones culturales para la paz, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte"

Revisó: Fernando Augusto García - Contratista Dirección de Asuntos Locales y Participación. Revisó: Miguel Ángel Solano Rojas – Contratista Subsecretaría de Gobernanza. Aprobó: Felipe Duarte Álvarez – Director de Asuntos Locales y Participación. Ana María Boada Ayala – Subsecretaria de Gobernanza Revisó: Diego Eduardo Beltrán Hernández – Contratista Oficina Jurídica. Aprobó revisión y ajustó: Héctor Ricardo Ojeda Sierra – Jefe (E) Oficina Jurídica.

Documento 20261100282443 firmado electrónicamente por:

Santiago Trujillo Escobar Secretario de Cultura, Recreación y Deporte Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Fecha firma: 15-05-2026 11:16:31 Hector Ricardo Ojeda Sierra (E)

Jefe Oficina Juridica (E) Oficina Jurídica Fecha firma: 15-05-2026 10:55:09 Santiago Rodriguez Florez Contratista Oficina Jurídica Fecha firma: 13-05-2026 09:45:12 Miguelangel Solano Rojas Contratista Subsecretaría de Gobernanza Fecha firma: 14-05-2026 16:41:05 Ana María Boada Ayala Subsecretaría de Gobernanza Subsecretaría de Gobernanza Fecha firma: 15-05-2026 07:59:06 Julian Felipe Duarte Alvarez Director de Asuntos Locales y Participación Dirección de Asuntos Locales y Participación Fecha firma: 14-05-2026 07:44:58 Fernando Augusto García Bejarano Contratista Dirección de Asuntos Locales y Participación Fecha firma: 13-05-2026 12:28:29 Juan Esteban Quintero Paez Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 22 Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano Fecha firma: 15-05-2026 13:03:55 100002fe5b0d19bf55083181e2dae1ab29aa7e1b8c8990378371e9ad5bf0b5c6 Codigo de Verificación CV: 4aa7c Página 8 de 8 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-187 • 2026 • MAYO • 20 187 ANEXO 2 PCR-PR-25-GU-02 GUÍA OPERATIVA DE LABORATORIOS DE OPORTUNIDADES CULTURALES LABORATORIOS DE TRANSFORMACIONES CULTURALES PARA LA PAZ REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-188 • 2026 • MAYO • 20 188 TABLA DE CONTENIDO Siglas................................................................................................................................... 2
1. Introducción .................................................................................................................... 3 1.1 Acercamientos teóricos y metodológicos ................................................................... 4 1.2 Hacia las pedagogías de la memoria ......................................................................... 5 1.3 Una gramática de la escucha .................................................................................... 7 2.Objetivo General .............................................................................................................. 8 2.1 Objetivos específicos ............................................................................................... 8
3. Alcance ............................................................................................................................ 8
4. Responsables ................................................................................................................ 10 4.1 Marco interadministrativo de corresponsabilidad ..................................................... 10 4.2 Aliados estratégicos ................................................................................................ 10 4.3 Responsables misionales y operativos .................................................................... 11
5. Definiciones ................................................................................................................... 11
6. Condiciones generales ................................................................................................. 14 6.1. Generalidades ........................................................................................................ 14 6.1.1. Punto de partida: lo poblacional ........................................................... 14 6.1.2. Procesos de interacción y participación .............................................. 14 6.1.3. Lo territorial ............................................................................................ 15 6.2. Principios de participación ...................................................................................... 15 6.3 ¿Quiénes pueden participar? .................................................................................. 15 6.4 Compromisos de participación ................................................................................ 16 6.4 Postulación como beneficiarios y Formalización de la participación ........................ 16 6.4.1. Postulación como beneficiarios ..................................................................... 16 6.5 Procesos administrativos ......................................................................................... 18
7. Metodología para la Paz .............................................................................................. 19 7.1 Aportes de la Metodología para la Paz a los componentes del SIVJRNR (Sistema Integral de Verdad, Justicia y Reparación y No Repetición). ......................................... 20 7.2 Indicadores de creatividad ....................................................................................... 22 7.3 Indicadores de innovación ....................................................................................... 22 7.4 Indicadores de pertinencia ...................................................................................... 22
8. Paso a paso metodológico ........................................................................................... 22 8.1 Etapa 0 - Pillarnos para conocernos ........................................................................ 24 8.2. Etapa 1. Venga que si es pa’ eso. Hacia una memoria compartida: ....................... 28 Quién soy y de dónde vengo (subjetivo) .................................................................. 29 Un mapa de recuerdos compartidos (intersubjetivo) ................................................ 30 "Laboratorios" de la memoria (objetivo) ................................................................... 30 Espacios de formación ............................................................................................ 30 8.3 Etapa 2 Vamo´a hacelo´ – RUTAS DE LA ESCUCHA ................................... 31 8.4 Etapa 3 Y si lo hacemos real: para que Bogotá sea una comunidad de paz de comunidades de paz – Implementación de acciones restaurativas ............................... 32 Criterios de pertinencia y viabilidad ............................................................................... 34 8.5 Etapa 4. Esto es pa’ rato ¿Y cómo lo sostenemos? ................................................ 34 Referencias ....................................................................................................................... 35 1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-189 • 2026 • MAYO • 20 189 Siglas Plan de Acción Territorial PAT Comité Operativo para la Dejación de las Armas CODA Centro Nacional de Memoria Histórica CNMH Certificado de Disponibilidad Presupuestal CDP Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad CEV Comité Local de Derechos Humanos CLDH Comité Local de Justicia Transicional CLJT Conflicto Armado No Internacional CANI Consejería Distrital de Paz, Víctimas y Reconciliación CDPVR Derechos Humanos DD. HH.
Dirección de Asuntos Locales y Participación DALP Fondos de Desarrollo Local FDL Jurisdicción Especial para la Paz JEP Mesas Locales de Participación Efectiva de Víctimas MLEV Observatorio Distrital de Víctimas del Conflicto Armado ODVCA Oficina de la Consejería de Paz, Víctimas y Reconciliación OCPVR Organización Internacional para las Migraciones OIM Plan Anual de Desarrollo PAD Plan de Acción Distrital PAD Plan de Desarrollo Distrital PDD Plan Operativo Anual POA Planes Integrales de Reparación Colectiva PIRC Registro Presupuestal RP Registro Único de Víctimas RUV Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte SCRD Secretaría de Gobierno SDG Sistema de Alertas Tempranas SAT Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición SIVJRNR Sistema Modelo de Atención, Asistencia y Reparación Integral a las Víctimas MAARIV Sujeto de Reparación Colectiva SRC Sustancias Psicoactivas SPA Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas UBPD Unidad para la Atención y Reparación Integral a la Víctimas UARIV Transformaciones Rurales Integrales TRI 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-190 • 2026 • MAYO • 20 190

1. Introducción

El presente anexo de Laboratorios de Transformación tiene como propósito orientar la concertación, planeación, implementación, seguimiento y cierre de los Laboratorios de Transformación Cultural para la Paz, como una estrategia de participación comunitaria orientada a la garantía de derechos de las víctimas del conflicto armado, personas en proceso de reincorporación, la construcción de culturas de paz, la reconciliación, la no estigmatización y la no repetición.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 174 de la Ley 1448 de 2011, “Por la cual se dictan medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno y se dictan otras disposiciones”, y el Decreto 2460 de 2015, “Por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 172 de la Ley 1448 de 2011, se adopta la Estrategia de Corresponsabilidad de la política pública para las víctimas del conflicto armado interno y se modifica el parágrafo 2 del artículo 2.2.8.3.8 del Decreto 1084 de 2015, Único Reglamentario del Sector de Inclusión Social y Reconciliación".

Todas las entidades territoriales deben diseñar un Plan de Acción Territorial (PAT) como instrumento de planeación que contempla los componentes de atención, asistencia, reparación integral, este plan debe evidenciarse en la caracterización poblacional y territorial de las más de 400.000 víctimas del conflicto armado que habitan en Bogotá (PLAN DE CONTINGENCIA, 2025). El acervo documental depende del Observatorio Distrital de Víctimas del Conflicto Armado (ODVCA), el Sistema Integral para la Paz y los boletines demográficos que publica la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). De igual modo, se recoge los lineamientos de la Ley 2421 de 2024, “"Por la cual se modifica la Ley 1448 de 2011 y se dictan otras disposiciones sobre reparación a las víctimas del conflicto armado interno”, aquella que robustece la protección y garantía de los Derechos Humanos de las víctimas.

Por otro lado, las determinaciones de este anexo obedecen al Plan de Desarrollo Distrital, “Bogotá Camina Segura”; al Proyecto de Inversión 8027 - Fortalecimiento de la gobernanza territorial, la participación incidente y la atención diferenciada de los grupos étnicos, etarios y sectores sociales desde las prácticas culturales en Bogotá D.C., en particular en las siguientes metas: I) meta No. 3 - “Formular e implementar una estrategia comunitaria para promover laboratorios barriales de transformación cultural para la paz, dirigido a personas víctimas del conflicto armado y personas en procesos de reincorporación, que residan en los territorios priorizados en Bogotá”; II) meta proyecto No. 4 - “Diseñar e implementar una estrategia comunitaria para la formación en cultura de paz dirigido a agentes culturales de Bogotá en torno a los siguientes ejes de transformación: culturas de paz, memorias, pervivencia cultural, reconciliación, no estigmatización y convivencia. Se implementarán 40 procesos de formación”.

Asimismo, se obedece al Plan Anual de Desarrollo (PAD) en su meta 1465, “Realizar 9 laboratorios de transformación cultural para la paz con víctimas del conflicto armado en espacios de participación y 1 laboratorio de transformación cultural para la paz dirigido a mujeres víctimas del conflicto armado”. De igual manera, “Realizar un (1) laboratorio de oportunidades culturales para la paz dirigido a la población indígena víctima del conflicto 3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-191 • 2026 • MAYO • 20 191 armado y un (1) laboratorio de oportunidades culturales para la paz dirigido a comunidad Afrocolombiana víctima del conflicto armado”.

En su meta 1466, “Otorgar 4 estímulos de la siguiente forma: tres 3 estímulos anuales a agentes culturales, artísticos y patrimoniales que sean víctimas del conflicto armado, y un 1 estímulo anual a agentes en procesos de reincorporación, con el objetivo de fortalecer la reconstrucción del tejido social y promover la participación comunitaria en la construcción de la paz desde los territorios”. Finalmente, en su meta 1467, “Implementar y fortalecer el 100% de las acciones relacionadas con el componente cultural de los Planes Integrales de Reparación Colectiva (PIRC), así como con las organizaciones de los sujetos de reparación colectiva y espacios de concertación priorizados”.

Este anexo recoge y articula los lineamientos del Programa de Reincorporación Integral (PRI) y los enfoques diferenciales, territoriales y de derechos humanos aplicables. Según el artículo 13 de la Ley 2421 de 2024 “El Estado ofrecerá especiales garantías y medidas de protección a los grupos expuestos a mayor riesgo de las violaciones contempladas en el artículo 3 de la presente Ley tales como mujeres, jóvenes, niños y niñas, personas mayores, personas con discapacidad, personas campesinas, líderes y lideresas sociales defensores y defensoras de DDHH, líderes religiosos, líderes y lideresas ambientales, integrantes de organizaciones sindicales, defensores de Derechos Humanos, víctimas del confinamiento, miembros de grupos étnicos (indígenas, afro, raizales, palenqueros, Rrom) y víctimas de desplazamiento forzado interno, rural y transnacional”. (Ley 2421 de 2024) Lo anterior, aunado a las alertas tempranas vigentes para Bogotá generadas por la Defensoría del Pueblo a través del Sistema de Alertas Tempranas (SAT); a saber: AT-010-2021; AT-005-2022; AT-019-2023; AT-004- 2024; AT-013-2025. (PLAN DE CONTINGENCIA, 2025; Defensoría del Pueblo, 2025).

La idea de una transformación cultural para la paz, entraña la necesidad de considerar metodologías formativas y pedagógicas alrededor de la construcción de paz como un escenario equitativo, continuo y abierto; este documento busca presentar y definir dichas propuestas a través de una escala metodológica que se desarrollan en los llamados Laboratorios de Transformación Cultural para la Paz. Son estos espacios que consideran procesos integrales, restaurativos y comunitarios en donde se articulan memoria, participación, acción cultural y fortalecimiento del tejido social en territorios priorizados.

1.1 Acercamientos teóricos y metodológicos Colombia se ha consolidado como uno de los principales referentes internacionales en la reflexión teórica y la implementación práctica de procesos de construcción de paz. La complejidad, duración y profundidad de su conflicto armado, así como la diversidad de mecanismos de negociación, justicia transicional y participación de víctimas desarrollados en el país, han convertido la experiencia colombiana en un caso paradigmático de estudio en la literatura global sobre paz. En este sentido, los aprendizajes derivados del proceso colombiano han sido ampliamente analizados y utilizados como referencia comparada en otros contextos de conflicto armado y posconflicto (Lederach, 1997, 2005; Rettberg, 2012, 2017; Mac Ginty & Richmond, 2013).

4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-192 • 2026 • MAYO • 20 192 Desde el Derecho Internacional Humanitario y la teoría de los conflictos armados, Colombia se configura como un Conflicto Armado No Internacional (CANI) caracterizado por la prolongación temporal, la fragmentación de actores y la ampliación territorial de la violencia (Sánchez Cabarcas, 2023). En este contexto, el desplazamiento forzado no es un efecto colateral, sino una estrategia central de la guerra, orientada al control poblacional y territorial (Ibáñez & Vélez, 2008).

Las ciudades, particularmente Bogotá, emergen como espacios estratégicos del conflicto, cumpliendo simultáneamente tres funciones: I) Ciudad receptora de víctimas del conflicto armado rural; II) Ciudad de hechos, donde persisten acciones victimizantes asociadas a economías ilegales, control territorial y violencia urbana; III) Ciudad expulsora, donde se producen desplazamientos intraurbanos motivados por estigmatización, amenazas y exclusión social (Saldarriaga & Hua, 2019; Sánchez-Saldarriaga et al., 2024).

Este enfoque permite superar la dicotomía rural–urbano y comprender el conflicto armado colombiano como un fenómeno territorialmente continuo, donde la ciudad no es refugio neutral, sino escenario activo de reconfiguración de la violencia y de nuevas formas de victimización, particularmente contra víctimas y firmantes de paz, quienes enfrentan procesos sistemáticos de estigmatización.

La Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, creada en el marco del Acuerdo Final de Paz de 2016, desarrolló rutas pedagógicas orientadas al reconocimiento, la verdad y la no repetición, entendiendo la verdad como un proceso social, participativo y transformador. Estas rutas se estructuran en torno a la memoria, la escucha y la convivencia, elementos que coinciden con los principios metodológicos de los laboratorios de paz implementados en Colombia, los cuales conciben la construcción de paz como un proceso permanente de diálogo, cocreación y participación comunitaria (CEV, 2022; Jelin, 2002; Rettberg, 2012).

1.2 Hacia las pedagogías de la memoria En este sentido y retomando los factores descritos por la Consejería Distrital de Paz, Víctimas y Reconciliación (CDPVR), la base de todo el proceso debe ser el reconocimiento de las víctimas y firmantes como ciudadanos y ciudadanas legítimas y no como extraños que no pertenecen a las comunidades establecidas. De acuerdo con Nicolàs Frasser (2023, p. 25), dicho reconocimiento exige una pedagogía de las memorias que parten de las experiencias de las víctimas y firmantes y que deben apuntalarse a la construcción de una memoria colectiva en donde todos y todas hagamos parte de la narrativa.

Retomando a Frasser (2023), las pedagogías de la memoria constituyen estrategias de enseñanza y aprendizaje orientadas al pasado reciente, que se distinguen por articular una diversidad de experiencias y recuerdos en espacios sociales y culturales. Estas prácticas buscan la construcción de narrativas que permitan elaborar el pasado y resignificarlo como un nuevo escenario de acción política. Es decir, partir de lo microhistórico para llegar a la posibilidad de un presente común; por esto, los laboratorios de transformación cultural para la paz, parten de 8 pedagogías de la memoria: la testimonial, la de los Derechos Humanos, la crítica, del recuerdo y la conmemoración, de los lugares de la memoria, narrativa, intergeneracional y, finalmente, la artística y cultural. Cada una de estas pedagógicas cuenta 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-193 • 2026 • MAYO • 20 193 con un enfoque central, estrategias y recursos sumado a un resultado que se enmarca en el propósito formativo.

Pedagogía Enfoque central Estrategias y recursos Propósito formativo Relatos orales, escritos Testimonios y memorias de víctimas y Fomentar empatía, reconocimiento y reflexión Pedagogía testimonial y audiovisuales testigos ética Formación ciudadana y Articulación entre memoria histórica y Análisis de casos, marcos normativos y Pedagogía de los derechos humanos ética DD. HH. debates Pedagogía crítica Análisis del poder y de Lectura crítica y análisis Comprensión crítica del de la memoria las narrativas oficiales histórico-político pasado Pedagogía del Efemérides, rituales y Producción de sentidos Construcción de memoria colectiva actos públicos compartidos recuerdo y la conmemoración Pedagogía de los Espacios, territorios y Museos, memoriales, Relación entre historia, lugares u objetos materialidades del archivos y sitios territorio y política de memoria pasado históricos Pedagogía Construcción de relatos Elaboración simbólica del narrativa y experiencias Biografías, historias de vida y memorias locales pasado Transmisión y diálogo Entrevistas, encuentros Resignificación del pasado Pedagogía intergeneracional de memorias y relatos familiares desde el presente Lenguajes simbólicos y Aproximación sensible y Pedagogía artística y cultural expresivos Arte, cine, teatro, literatura y música creativa al pasado de la memoria Al hacer una lectura orgánica de esta tipología, se puede considerar que se concentran en dos objetivos claros: la presencia del sujeto y la posibilidad de la acción política de ese sujeto. Por esta razón, se busca acudir a Chantal Mouffe (1996) y considerar que al analizar esta clasificación de las pedagogías de la memoria, es posible identificar un proceso que transita desde lo subjetivo, pasa por lo intersubjetivo y culmina en lo objetivo. Cabe aclarar que este último no remite a una concepción positivista de la certeza, sino a los dispositivos materiales y/o simbólicos que emergen del diálogo del sujeto consigo mismo y de su interacción con los otros.

6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-194 • 2026 • MAYO • 20 194 En este sentido, se propone la siguiente ruta: cada laboratorio iniciará con un espacio de construcción de la memoria a partir del individuo, su subjetividad y diálogo interno sobre su esencia y experiencias; posteriormente, se trabajará desde la comunidad, la narrar al otro y con el otro, despojándose de prejuicios, al apelar al diálogo e interacción colectivo. Los dos pasos previos permitirán llegar a un tercer escenario donde se prioriza la narración y memoria común, apalancada en objetos, símbolos o materiales que reflejen esa visión compartida. Es nodal aclarar que no puede construirse una narración, ni un lugar, ni un dispositivo de la memoria como lugar de enunciación de las víctimas, sino se considera como parte fundamental del proceso, la escucha, sus gramáticas y prácticas. Todas las etapas previamente mencionadas serán explicadas en la descripción y el paso a paso de estos escenarios.

1.3 Una gramática de la escucha La filósofa colombiana María del Rosario Acosta ha ofrecido una reflexión profunda sobre una suerte de episteme de la escucha, pero lo más importante de su propuesta es que ha girado hacia las víctimas. Como se ha dicho anteriormente, nada puede funcionar, ni la construcción de una narrativa de la memoria, ni los procesos de no repetición o no estigmatización sino existe un propósito de escucha que alimente, desde el individuo y sus vivencias, lo que se hará y las prácticas que se proponen.

De acuerdo con Acosta (2020) es necesario presentar y analizar el desafío de la escucha a partir de las implicaciones conceptuales que los contextos traumáticos plantean tanto en los procesos de construcción de la memoria como en la práctica misma de la escucha de testimonios de experiencias traumáticas. A partir de ello, es posible comprender en profundidad un aspecto de la labor de la memoria que de otro modo podría pasar desapercibido, y, a partir de esa comprensión, diseñar e identificar en la práctica cursos de acción y estrategias de escucha más responsables, inclusivas y plurales. De este modo se considera que la práctica de escucha asertiva requiere de espacios de reflexión, pero también una metodología que contemple procesos de sistematización de los testimonios de las víctimas y firmantes de paz.

En ese sentido, se explicará y describirá la manera como la construcción de las narrativas tienen como línea transversal la gramática de la escucha a partir de contextos y eventos traumáticos. Como lo ha enunciado Hanna Arendt (2005), proporcionar las condiciones de posibilidad para construir una memoria de lo sucedido, pero lo más interesante de considerar la escucha como parte de la construcción de posibilidades y transformaciones es que se convierte en un parte esencial de la dimensión estética y de las posibilidades expresivas de las comunidades.

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2. Objetivo General

Establecer los lineamientos necesarios para implementar una metodología de transformación cultural de paz que contribuya a la reparación simbólica, la reconstrucción del tejido social, la reconciliación comunitaria y las garantías de no repetición, en articulación con la justicia transicional y la política pública de víctimas.

2.1 Objetivos específicos

- Consolidar un mapa cultural, poblacional y territorial que relacione la dinámica de las localidades de acuerdo con la habitabilidad de las víctimas y firmantes de paz; sumado actividad cultural en torno a la construcción de la memoria y sanación colectiva.
- Precisar los roles y responsabilidades de los actores institucionales y comunitarios teniendo en cuenta las directrices administrativas, presupuestales y misionales de la entidad.
- Definir los procesos de cocreación, memorias compartidas, objetos de memoria, lugares de memoria entre la comunidad de víctimas y la comunidad en general.
- Facilitar la articulación de la Dirección de Asuntos Locales y Participación (DALP) con actores del ecosistema cultural y educativo de la ciudad, a partir de las pedagogías de paz, construcción de memoria y sanación colectiva.
- Generar espacios y estrategias de sostenibilidad a través de procesos formativos en gestión cultural que garanticen la sobrevivencia de dichas dinámicas en las comunidades.

3. Alcance

Este anexo se aplica a los procesos desarrollados en territorios priorizados del Distrito Capital que involucren víctimas del conflicto armado, personas en proceso de reincorporación, comunidades con afectaciones colectivas, organizaciones sociales vinculadas a procesos de memoria y comunidad en general, con el propósito de desarrollar procesos de reconciliación y garantías de no repetición, teniendo en cuenta el enfoque poblacional y territorial.

La definición de territorios y caracterización poblacional responde a los compromisos adquiridos de acuerdo con las políticas públicas dirigidas a la población víctima del conflicto armado y/o firmantes de paz con enfoque diferencial étnico y de género. Las metas del Plan Acción Distrital (PAD) y su cumplimiento se debe garantizar mediante los acuerdos presupuestales definidos por la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) que se encuentran sujetos al principio de progresividad establecido en la Ley 1448 de 2011 y demás normas concordantes que regulan la materia. Estas metas se definen de la siguiente manera:

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- En instancias de participación distritales, mesas temáticas, Comités Distritales se llevan a cabo diálogos entre las víctimas e instituciones, en donde se expresan las propuestas y necesidades manifestadas por las víctimas.
- La proyección de las metas consignadas en el Plan Acción Distrital (PAD), se llevará a cabo de acuerdo con los lineamientos de la dirección de la Dirección de Asuntos Locales y Participación (DALP) de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD).
- La aprobación interna del Plan Acción Distrital (PAD) surtirá el proceso definido por la entidad.
- Se hace envío de la matriz Plan Acción Distrital (PAD) a planeación, quien se encarga de hacerla llegar a la Consejería Distrital de Paz, Víctimas y Reconciliación (CDPVR).
La entidad en mención hace observaciones o solicita correcciones que se adelantarán de acuerdo con los lineamientos de la dirección y el equipo misional.
- La Consejería Distrital de Paz, Víctimas y Reconciliación (CDPVR) emite su concepto aprobatorio por medio de correo electrónico dirigido a planeación y a la Dirección de Asuntos Locales y Participación (DALP).
- El Plan Acción Distrital (PAD) es el instrumento que socializamos y presentamos en las diferentes instancias de participación.
- El Plan Acción Distrital (PAD) se aloja en el sitio del Observatorio para las Víctimas. (Plan Acción Distrital, 2025)

Este proceso vincula a los siguientes agentes:

- Personas víctimas del conflicto armado.
- Comunidades con afectaciones colectivas.
- Personas en proceso de reincorporación.
- Personas con certificado de residencia y/o declaración juramentada sobre su residencia en la localidad en que se desarrolla el Laboratorio.
- Organizaciones de víctimas que conforman las Mesas Locales de Participación efectiva de Víctimas y que a su vez, se encuentren en el Directorio de agremiaciones, asociaciones y grupos de interés de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá (Directorio de Agremiaciones, s.f.) .
- La ciudadanía en general, reconociendo que los laboratorios son escenarios de corresponsabilidad ciudadana y por lo mismo, los encuentros, dinámicas de cocreación, desarrollo, formación y ejecución, están abiertos a la ciudadanía en general. Son espacios que plantean como objetivo rutas de reconocimiento y reconciliación que requieren y se potencian con la presencia de todos y todas.

Los Laboratorios de Transformación Cultural para la Paz son:

- Abiertos
- Transparentes
- Basados en evidencia
- Previenen las acciones con daño y revictimización

No obstante, no sustituyen:

- Las rutas de atención, asistencia o reparación administrativa, sino que las complementan mediante acciones simbólicas, pedagógicas y comunitarias.

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- No reemplaza el sistema de alertas tempranas, ni procesos legales correspondientes a acciones de reparación directa.

Estos espacios de encuentro y concertación deben evitar:

- Exposición mediática sin el permiso de uso de imagen e identidad de las víctimas y firmantes de paz. Se debe contar con la autorización escrita de los participantes, es necesario concertar los límites en la referencia de nombres, lugares de origen, procesos legales, ubicación geográfica.
- Juicios sociales que consideren las historias y experiencias de los participantes como instrumentos para estigmatizar sus posiciones políticas, religiosas o sociales
- Participación de otros agentes con los que las víctimas y/o firmantes de paz puedan sentirse incómodos o en peligro.
- Escenarios que atenten contra la seguridad primaria de los participantes.
- Incumplimiento de los acuerdos considerados en estos espacios y que atenten contra la reparación integral de los participantes.

4. Responsables

4.1 Marco interadministrativo de corresponsabilidad La implementación de la Metodología para la Paz se soporta en esquemas de cooperación interadministrativa, los cuales permiten la articulación de competencias, recursos y capacidades institucionales para el desarrollo de acciones de paz, reconciliación y cultura de derechos. Este enfoque se fundamenta en los principios de colaboración armónica, coordinación y concurrencia previstos en la Constitución Política y desarrollados en la Ley 489 de 1998, así como en la figura del convenio interadministrativo marco de cooperación.

De igual manera, el “Plan de Cultura de Bogotá 2038” establece nuestra responsabilidad ética frente a las condiciones de convivencia pacífica, de participación equitativa frente a las comunidades víctimas del conflicto armado como lo evidencia en su apartado 2.4, en el cual se manifiesta que las formas de violencia simbólica, física y al riesgo a la vida que resultan de los conocimientos, actitudes y emociones frente a la diferencia cultural, ya sea por razón de género, sexualidad, curso de vida, etnia, nivel socioeconómico, región de origen, entre otras.

Por esta razón, se promueven “procesos de transformación cultural donde las comunidades creadoras públicas, privadas y comunitarias como sujetos de transformación y agencia política propician condiciones que erradiquen las violencias simbólicas y físicas, y protejan la vida de las personas que son víctimas de discriminación y exclusión por razones de diferencia cultural. Las oportunidades deben estar disponibles, sin barreras de acceso, ser aceptables y flexibles frente a la diversidad tanto poblacional como territorial, adaptándose a los contextos locales y vinculándose con el cumplimiento de otros derechos humanos”. (Plan de Cultura 2038, 2025).

10 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-198 • 2026 • MAYO • 20 198 4.2 Aliados estratégicos

- Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte – SCRD.
- Secretaría de Gobierno - SDG
- Consejería Distrital de Paz, Víctimas y Reconciliación - CDPVR

Funciones principales:

- Definir lineamientos estratégicos para la implementación de la Metodología para la Paz.
- Garantizar la coherencia de las acciones con la política pública distrital y el marco de derechos humanos.
- Facilitar la articulación intersectorial y territorial en los cinco componentes principales de la estrategia “Cultura de Paz en Bogotá”:

○ Gobernanza local para agenciar la cultura de paz ○ Fomento de la innovación social para la cultura de paz ○ Promoción de prácticas culturales y cambios comportamentales que promuevan la eliminación del machismo, racismo, clasismo, xenofobia y discriminación en todas sus formas ○ Interacciones culturales para promover la cultura de paz ○ Gestión y apropiación social del conocimiento para una política cultural de paz en Bogotá 4.3 Responsables misionales y operativos

- Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) y Dirección de Asuntos Locales y Participación (DALP).
- Equipos técnicos y facilitadores territoriales.

5. Definiciones

Acción restaurativa: actividad simbólica, pedagógica o comunitaria orientada al reconocimiento del daño, la dignificación de las víctimas y la reconstrucción del tejido social.

Afectación colectiva: impacto social, cultural o comunitario generado por hechos asociados al conflicto armado o a violencias estructurales.

Atributos del sujeto colectivo: Unidades de análisis que permiten comprender las afectaciones colectivas y orientar acciones de reparación culturalmente pertinentes: autoconocimiento, proyecto colectivo, prácticas colectivas, formas de organización y relacionamiento, y territorio.

Centralidad de las víctimas: Principio orientador del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición (SIVJRNR) según el cual las víctimas son el eje del Sistema, y todas las actuaciones deben orientarse a la satisfacción de sus derechos, al reconocimiento de su dignidad y a su participación activa.

11 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-199 • 2026 • MAYO • 20 199 Certificación del CODA: Documento que expide el Comité Operativo para la Dejación de las Armas (CODA), dando cuenta de la pertenencia del desmovilizado a una organización armada al margen de la ley y de su voluntad de abandonarla. Esta certificación permite el ingreso del desmovilizado al proceso de reincorporación y el otorgamiento a su favor, de los beneficios jurídicos y socioeconómicos de que habla la ley.

Concertación: Mecanismo mediante el cual las decisiones institucionales relacionadas con acciones de reparación y transformación cultural se ponen a consideración del colectivo, con el fin de llegar a acuerdos legítimos y culturalmente adecuados.

Consulta previa: Derecho fundamental de los pueblos y comunidades étnicas que debe ser respetado cuando las acciones se desarrollen en sus territorios o involucren directamente su identidad, prácticas culturales o formas de organización.

Comité Operativo para la Dejación de Armas (CODA): Instancia administrativa creada en el marco de los procesos de desmovilización de grupos armados organizados al margen de la ley.

Garantías de no repetición: Conjunto de acciones orientadas a prevenir la reiteración de violencias y vulneraciones de derechos humanos, mediante transformaciones institucionales, sociales y culturales.

Integralidad: Principio que reconoce la coexistencia y complementariedad de mecanismos judiciales y extrajudiciales, sin que ninguno prime sobre otro, garantizando una respuesta articulada del Estado.

Medidas restaurativas y reparadoras: Acciones orientadas al esclarecimiento de la verdad, la reparación simbólica, la reconstrucción del tejido social y la transformación de las condiciones que hicieron posible el conflicto armado.

Memoria territorial: construcción colectiva de relatos, símbolos y prácticas que reconocen los hechos, impactos y resistencias de un territorio.

Metodología para la Paz: conjunto de principios, criterios, etapas y herramientas que orientan procesos de transformación cultural y restaurativa en territorios afectados por el conflicto y la violencia.

Plan de Desarrollo Distrital (PDD): Instrumento de planificación estratégica de mediano plazo que orienta la gestión de un gobierno distrital durante su período de mandato. En él se establecen la visión, los objetivos, las metas, los programas y las inversiones que guiarán la acción pública en el territorio.

Plan de Acción Distrital (PAD): Instrumento de planificación operativa mediante el cual una entidad territorial concreta, organiza y programa las acciones necesarias para cumplir los objetivos estratégicos definidos en el Plan de Desarrollo Distrital (PDD) y en otras políticas públicas sectoriales.

12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-200 • 2026 • MAYO • 20 200 Plan de Acción Territorial (PAT): Instrumento para la planeación e implementación de la política pública de víctimas del conflicto armado mediante programas, acciones y estrategias.

Plan Operativo Anual (POA) Instrumento de planificación de corto plazo que organiza, programa y detalla las acciones concretas que una entidad pública o privada ejecutará durante un año fiscal, en coherencia con su plan estratégico o plan de desarrollo. Traduce los objetivos estratégicos en actividades específicas, metas anuales, responsables, cronogramas y recursos asignados.

Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET): Instrumento de planificación territorial creado en el Punto 1 del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera. Su implementación normativa se incorporó al ordenamiento jurídico mediante el procedimiento legislativo especial para la paz (Fast Track), particularmente a través del Decreto Ley 893 de 2017.

Los PDET buscan:

- Transformar estructuralmente el campo colombiano
- Reducir pobreza multidimensional rural
- Cerrar brechas históricas urbano-rurales
- Fortalecer la institucionalidad en territorios afectados por el conflicto
- Garantizar participación comunitaria en la planeación del desarrollo
- Instrumento de transformación territorial estructural

Registro Único de Víctimas (RUV): Es una herramienta técnica, administrativa y estadística del Estado colombiano que identifica, caracteriza y documenta a las personas y comunidades que han sufrido daños por causa del conflicto armado interno (Ley 1448 de 2011). Su propósito fundamental es servir como base para la implementación de políticas públicas de atención, asistencia y reparación integral dirigidas a la población víctima del conflicto.

Transformación cultural para la paz: Proceso mediante el cual se reconfiguran sentidos, narrativas y prácticas comunitarias orientadas a la convivencia, la reconciliación y la no repetición.

Transformaciones rurales integrales (TRI): Procesos de cambio estructural multidimensional orientados a superar las causas históricas de exclusión rural mediante intervenciones coordinadas en acceso a tierra, infraestructura, servicios sociales, fortalecimiento institucional y desarrollo productivo, como fundamento de paz territorial sostenible.

Sujeto de Reparación Colectiva (SRC): Colectivo que ha sufrido daños colectivos en el marco del conflicto armado, cuya reparación se orienta a partir de la afectación de sus atributos (auto reconocimiento, proyecto colectivo, prácticas colectivas, formas de organización y territorio).

Además de las definiciones previamente incorporadas, la Metodología para la Paz se nutre de manera expresa del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición (SIVJRNR), como marco estructurante de la justicia transicional en Colombia.

13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-201 • 2026 • MAYO • 20 201 Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición (SIVJRNR): Conjunto de mecanismos judiciales y extrajudiciales creados para garantizar los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia, la reparación integral y las garantías de no repetición, en el marco del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto Armado y la Construcción de una Paz Estable y Duradera. El Sistema fue incorporado a la Constitución Política mediante el Acto Legislativo 01 de 2017 y está compuesto por la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad (CEV), la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas (UBPD) y las medidas de reparación integral y garantías de no repetición.

6. Condiciones generales

6.1. Generalidades 6.1.1. Punto de partida: lo poblacional Enfoque diferencial poblacional e inclusivo:

Reconoce las particularidades, identidades, trayectorias y condiciones de los distintos grupos poblacionales (víctimas del conflicto armado, firmantes de paz, mujeres, jóvenes, personas mayores, comunidades étnicas, entre otros), como base para la participación.

Cuidado de las víctimas, enfoque de no estigmatización y centralidad de las personas:

Garantiza condiciones de participación seguras, dignas y respetuosas, evitando cualquier forma de revictimización o estigmatización, y reconociendo a las personas y colectivos como sujetos activos de derechos, saberes y memorias.

6.1.2. Procesos de interacción y participación Participación activa y progresiva:

Promueve la vinculación voluntaria, informada y sostenida de las personas y organizaciones, respetando los ritmos, capacidades y niveles de involucramiento de cada grupo poblacional.

Diálogo respetuoso y escucha activa:

Fomenta escenarios de intercambio donde se valoran las distintas voces, narrativas, lenguajes y formas de expresión de las comunidades.

Reconocimiento del saber comunitario:

Valora los conocimientos, prácticas culturales, experiencias organizativas y memorias colectivas como insumos fundamentales para la construcción de los laboratorios.

14 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-202 • 2026 • MAYO • 20 202 6.1.3. Lo territorial Corresponsabilidad comunitaria:

Impulsa la construcción conjunta de los procesos, promoviendo compromisos compartidos entre las comunidades, organizaciones participantes e instituciones.

Transparencia y equidad:

Garantiza reglas claras, acceso equitativo a la información y condiciones justas de participación para todas las personas y colectivos involucrados.

Enfoque restaurativo y de reconciliación:

Orienta las acciones hacia la reparación simbólica, la reconstrucción del tejido social y la transformación de conflictos, contribuyendo a la resignificación del territorio desde las experiencias poblacionales.

6.2. Principios de participación La participación en los procesos de los laboratorios de transformación en cultural de paz se rigen por los siguientes principios:

- Enfoque diferencial poblacional e inclusivo.
- Participación activa y progresiva.
- Diálogo respetuoso y escucha activa.
- Corresponsabilidad comunitaria.
- Transparencia y equidad.
- Reconocimiento del saber comunitario.
- Enfoque restaurativo, reparador, de reconciliación y restablecimiento de sus derechos.
- Cuidado de las víctimas, convivencia, tolerancia, y no estigmatización.
- Por tratarse de espacios públicos la participación en estos escenarios es abierta a toda la comunidad.

6.3 ¿Quiénes pueden participar?

Podrán participar en todo el proceso de laboratorios de paz personas mayores de edad vinculadas al territorio, organizaciones comunitarias y sociales, y otros actores relevantes, siempre que acepten los principios y compromisos definidos en el presente anexo:

- Víctimas del Conflicto Armado que cuente con el Registro Único de Víctimas (RUV).
Estas personas serán las únicas beneficiarias directas del recurso que se otorga para el desarrollo de los laboratorios.
- Representantes de las Mesas Efectivas de Víctimas del conflicto armado.
- Agrupaciones, asociaciones y/o agremiaciones conformadas por Víctimas del conflicto armado.

15 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-203 • 2026 • MAYO • 20 203

- Firmantes del Acuerdo de Paz que cuenten con certificación del Comité Operativo para la Dejación de las Armas (CODA) o el Registro de Reincorporación expedido por la Agencia para la Reincorporación y Normalización (ARN) en estado activo.
- Víctimas del conflicto armado.
- Comunidad en general interesada en pedagogías de paz y de construcción de la memoria colectiva.
- Personas con certificado de residencia y/o declaración juramentada sobre su residencia en la localidad en que se desarrolla el Laboratorio.

6.4 Compromisos de participación

- Cumplir con una asistencia presencial mínima del 80% de las sesiones programadas del Laboratorio de paz.
- Cumplir, asumir y respetar los principios éticos del Laboratorio: cooperación, cuidado de lo común, reconocimiento del otro, respeto, transparencia y compromiso con el bien colectivo.
- No postularse ni proponer actividades que no puedan ser ejecutadas con solvencia técnica, ética, económica y operativa.
- Cumplir en los términos de ley y los que establezca la entidad las solicitudes de información y documentación que sean requeridas por parte de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) para efectos de seguimiento, control y soporte del proceso, dentro de los plazos y requerimientos establecidos.
- No formalizar su postulación en más de un Laboratorio de Paz propuestos por la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) de manera simultánea dentro del mismo periodo de ejecución del programa.
- Participar de manera propositiva en el Laboratorio Paz.

Nota: Los lugares, horarios y periodicidad de las sesiones de los laboratorios deberán concertarse con los representantes de la comunidad de acuerdo al público objeto de los laboratorios.

6.4 Postulación como beneficiarios y Formalización de la participación 6.4.1. Postulación como beneficiarios

- Serán únicas beneficiarias directas del incentivo económico, personas Víctimas del Conflicto Armado con registro Registro Único de Víctimas (RUV) que cumplan con los compromisos, condiciones y requisitos de participación.

- Serán únicas beneficiarias directas de incentivo económico, personas firmantes de paz que cuenten con el Registro de Reincorporación en estado activo y/o CODA.

- La participación como beneficiarios es indispensable para vincularse de forma activa en la realización de actividades de los laboratorios en todas sus fases, actividades, procesos y responsabilidades. Esta será validada por la Secretaría de Cultura,

16 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-204 • 2026 • MAYO • 20 204 Recreación y Deporte (SCRD) teniendo en cuenta el cumplimiento de los Compromisos de Participación. Una vez se realice la validación de la documentación descrita anteriormente (RUV, Registro de Reincoporación y/o CODA) se surtirá el proceso administrativo que describiremos más adelante.

Las personas que cumplan con lo anterior podrán:

- Participar en la implementación del laboratorio de paz.
- Ser beneficiarios del incentivo.
- Asumir responsabilidades en las actividades de la Fases de los Laboratorios.

6.4.2. Formalización de la participación La participación se formaliza mediante:

- Carta de compromiso.
- Registros de asistencia.
- Compromisos suscritos por las personas participantes.

El proceso de participación en los Laboratorios de Paz está diseñado para garantizar que quienes participen comprendan, acepten y se comprometan con los principios, condiciones y metodología de los laboratorios. La formalización de la participación es un requisito obligatorio para vincularse en las fases del laboratorio, y está directamente relacionada con la posibilidad de asumir responsabilidades de actividades dentro del proceso y ser beneficiario del incentivo.

Para acceder al incentivo económico, se debe cumplir con los siguientes requisitos mínimos:

- Presentar el certificado del registro RUV.
- Presentar certificado de registro activo de reincorporación, para el caso de Firmantes de paz.
- Presentar certificado de residencia y/o declaración juramentada sobre su residencia en la localidad en que se desarrolla el Laboratorio.
- Haber formalizado su participación con documentación completa, veraz, vigente y validada por la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD).
- Contar con asistencia validada de al menos el ochenta por ciento (80%) en todas las fases del Laboratorio.
- Haber participado de manera propositiva y verificable en la elaboración de las actividades enmarcadas en todas las fases de los laboratorios
- Haber participado, firmado y suscrito la propuesta del Laboratorio de paz en el Acta de Concertación, incluyendo el cronograma, los productos y el presupuesto concertados y presentados ante la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD).
- Contar con capacidad técnica, administrativa y operativa para ejecutar la actividad.
- Garantizar que la cuenta bancaria esté habilitada y libre de embargos.

6.4.3. Inhabilidades, incompatibilidades o conflictos de interés para participar

- No cumplimiento de los aspectos resaltados en el numeral 6.4.2.

17 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-205 • 2026 • MAYO • 20 205

- No encontrarse incursos en causales de inhabilidad, incompatibilidad o conflicto de interés, tales como:

❖ Ser servidor público o contratista de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD), de sus entidades adscritas, de Secretaría de Gobierno, Alta Consejería de Paz, Víctimas y Reconciliación o de un Fondo de Desarrollo Local (FDL), así como tener vínculo de parentesco hasta segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o único civil, con personas que participen en la toma de decisiones, aval presupuestal, estructuración o definición institucional de los Laboratorios de Oportunidades Culturales, para lo cual el postulante deberá diligenciar el formato declaración de conflictos de interés suministrado por la SCRD.

❖ Contar con sanciones o declaratorias de incumplimiento en programas de la SCRD durante los últimos tres (3) años.

❖ Personas que hayan sido retiradas de procesos de la SCRD por incumplimientos, y uso indebido de recursos o faltas éticas en vigencias anteriores.

❖ Personas que hayan sido sancionadas administrativa o disciplinariamente por hechos relacionados con la ejecución de recursos públicos culturales Nota: En caso de que una persona considere que puede encontrarse incursa en una posible inhabilidad o situación de conflicto de interés, deberá informar de manera oportuna al equipo facilitador, con el fin de que la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) revise el caso particular. La Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte podrá determinar la inhabilidad, el conflicto de interés o el retiro de un beneficiario del incentivo de los Laboratorios de Paz, con base en el ítem “Inhabilidades, conflictos de interés o retiro de un beneficiario” de la guía operativa.

6.5 Procesos administrativos

- Identificación y estructuración de formatos de actas, listas de asistencia y registros de carácter documental y audiovisual de los encuentros realizados.
- Registro y sistematización de los encuentros de socialización y resolución de dudas sobre los laboratorios, en las distintas instancias de participación y reuniones concertadas con los liderazgos y comunidades.
- Identificación y seguimiento de participación con un único formato de registro de asistencia.
- Expedición del Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP) y la emisión resolución de inicio de los laboratorios.
- Recepción, revisión y verificación de la documentación presentada por los participantes que responda a los requerimientos establecidos.
- Resolución de apertura.
- Resolución de beneficiarios.
- Creación de terceros y Registro Presupuestal (RP).

18 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-206 • 2026 • MAYO • 20 206

- Acompañamiento y apoyo técnico y administrativo a los beneficiarios durante todo el proceso, con el fin de dar cumplimiento a lo requerido al inicio, durante y al finalización de los laboratorios.

Nota: Estos aspectos anteriormente descritos obedecen al enfoque poblacional diferencial específicos para la población víctima del conflicto armado y firmante de paz. Las demás generalidades administrativas se encuentran consignadas en los ítem 5.4.2 5.4.3 5.4.4

7. Metodología para la Paz

La Metodología para la Paz se implementa en el marco de estrategias interadministrativas de cooperación, orientadas a garantizar condiciones institucionales, técnicas y administrativas que permitan el ejercicio efectivo del derecho a la paz y la promoción de una cultura de reconciliación en el Distrito Capital.

De conformidad con los convenios interadministrativos de cooperación suscritos entre entidades distritales, la metodología se desarrolla bajo los siguientes criterios institucionales:

- Coordinación intersectorial para la ejecución de acciones de cultura de paz.
- Uso eficiente y transparente de los recursos públicos, conforme a las disponibilidades presupuestales de cada entidad.
- Articulación con los planes, programas y proyectos de cada sector.
- Respeto por la autonomía administrativa de las entidades participantes.

Estas condiciones habilitan la ejecución de procesos de transformación cultural para la paz como estrategias de largo aliento, orientadas a fortalecer la confianza ciudadana, la convivencia pacífica y la reconciliación territorial.

La Metodología para la Paz se concibe como un aporte territorial, cultural y comunitario a la implementación del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición (SIVJRNR), contribuyendo al cumplimiento de sus objetivos desde el ámbito simbólico, pedagógico y restaurativo.

En coherencia con el SIVJRNR, la metodología reconoce que:

- Ningún componente del Sistema prima sobre otro y las acciones culturales deben ser complementarias a los mecanismos judiciales y extrajudiciales.
- La centralidad de las víctimas orienta la planeación, implementación y cierre de los procesos.
- El enfoque territorial, diferencial y de género es un criterio obligatorio para la acción institucional.
- Las medidas restaurativas y reparadoras son fundamentales para la convivencia pacífica, la reconciliación y la no repetición.

Desde esta perspectiva, las acciones culturales y comunitarias desarrolladas en el marco de este anexo aportan a:

- El esclarecimiento social y territorial de la verdad

19 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-207 • 2026 • MAYO • 20 207

- El reconocimiento de responsabilidades colectivas y sociales
- La reparación simbólica y la dignificación de las víctimas
- La construcción de garantías de no repetición

7.1 Aportes de la Metodología para la Paz a los componentes del SIVJRNR (Sistema Integral de Verdad, Justicia y Reparación y No Repetición).

Para quienes y con quiénes trabajamos Comunidades activas:

- Víctimas del conflicto armado con o sin RUV que hagan parte de colectivos, mesas locales u organizaciones y que adelanten procesos de liderazgo comunitario y cultural.
- Colectivos conformados por firmantes de paz que han adelantado dinámicas de restauración por y para la comunidad en general.
- Comunidades en proceso de reparación colectiva que se encuentren en el desarrollo de la implementación de su plan Integral de Reparación Colectiva (PIRC) territorializado para Bogotá D.C, Mesas distritales éticas y con enfoques diferencial poblacional.

Comunidades no organizadas:

- Víctimas del conflicto armado y firmantes de paz que no pertenecen a mesas ni organizaciones, que no se encuentran en proceso de restauración, habitantes de las localidades en donde se desarrollan las actividades.
- Como lo hemos mencionado anteriormente, estos espacios son resultado de la corresponsabilidad ciudadana y están abiertos a la participación de cualquier persona interesada en los procesos de pedagogía para la paz y construcción de la memoria colectiva.

Ecosistema cultural:

- Habitantes de los barrios y la ruralidad que no participan activa y directamente en los laboratorios, universidades, observatorios de derechos humanos y comunidad en general.
- Los objetos artísticos resultantes de estos procesos buscan impactar de manera permanente en el tejido social del territorio; mediante lugares de diálogo común entre todos los habitantes del territorio.

Propósitos y objetivos con nuestros públicos Para las comunidades activas: quienes llegamos nos quedemos en Bogotá, nuestra casa

- Cocreación de memorias activas que permitan el reconocimiento de la experiencia de las víctimas y firmantes de paz dentro de la comunidad local.
- Que la narración conjunta creada desde las memorias activas, vayan, paulatinamente, fortaleciendo a Bogotá como una ciudad receptora, más que de hechos o expulsora.
- La potenciación de liderazgos centrados en sujetos red que vehiculan la integración comunitaria.

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- La generación de espacios de concertación y negociación colectiva que devengan en espacios de sanación y reconciliación.
- Configurar espacios para la participación integral de las víctimas desde la memoria, la narrativa y la creación, siguiendo los lineamientos de la JEP.
- La creación de espacios de escucha y creación que consideren la experiencia de las víctimas como acervo principal, guardando la confidencialidad requerida y estipulada en la Ley 1448.
- Fortalecimiento de las capacidades de autoridades territoriales en temas de memoria.

Para las comunidades no organizadas: escucharnos para convivir

- Participación con sus preguntas, inquietudes y dudas en las rutas de la escucha, de cocreación y diálogo.
- Generar una comprensión de lo local como factor determinante para la comprensión del tejido social a partir de la relación entre la experiencia colectiva, comunitaria e individual.
- Reconocer y potenciar las formas alternativas de participación, movilización, negociación y acción política, que pueden evidenciarse a través de diversos emprendimientos, gestiones e intervenciones a partir de la vivencia de personas y organizaciones que se han visto afectadas por el conflicto armado.
- Construir un escenario que considere la participación a partir de la cooperación, la cocreación y la corresponsabilidad.

Para el Ecosistema cultural: que Bogotá sea una comunidad de comunidades de paz

- Para tal fin resulta necesaria la dignificación de las comunidades, en el centro de las actuaciones: la apropiación local a través de apuestas directas a la reactivación y el fortalecimiento de estructuras locales.
- El trabajo mancomunado para potenciar la capacidad de autogestión de las comunidades.
- Participación en la resignificación de territorios que fueron escenarios de hechos victimizantes y que se conviertan en lugares u objetos de memoria y reconciliación a través del arte y la cultura.

Nuestros propósitos Estos propósitos se corresponden con los indicadores de creatividad, pertinencia e innovación que sustentan el impacto y la pervivencia de estos procesos en las comunidades.

7.2 Indicadores de creatividad Ya que el proyecto incorpora distintas formas creativas para reconstruir la memoria, los indicadores de creatividad puede observarse a través de:

- Número de productos o dispositivos que integran al menos dos lenguajes o técnicas distintas (artes visuales, oralidad, escritura, sonido, performance, etc.).

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- Porcentaje de creaciones que presentan combinaciones no tradicionales de formatos o soportes.
- Número de actividades o piezas narrativas elaboradas con participación conjunta de víctimas y otros actores comunitarios.
- Porcentaje de participantes no víctimas involucrados en procesos de creación narrativa o artística.

7.3 Indicadores de innovación

- Porcentaje de relatos construidos colectivamente frente al total de relatos producidos en el proceso.
- Número de participantes que intervienen en la creación de cada relato.
- Cantidad de productos narrativos (textos, objetos, piezas gráficas) elaborados mediante metodologías de cocreación.

7.4 Indicadores de pertinencia

- Indicadores de pertinencia territorial del proyecto
- Porcentaje de actividades del proyecto que responden a necesidades priorizadas por la comunidad en el diagnóstico territorial.
- Porcentaje de participantes que manifiestan estar de acuerdo con el producto final (medido mediante encuesta o acta de validación).

8. Paso a paso metodológico

A continuación se encuentran de forma general las fases a desarrollar de los laboratorios de paz.

Etapa Etapa 0 Etapa 1 Etapa 2 Etapa 3 Etapa 4 Venga que si Y si lo hacemos real: es pa’ eso.

Esto es pa Implementaci Hacia una Nombre Pillarnos para rato conocernos Vamo´a hacelo´ – Rutas de la escucha memoria compartida ón de acciones restaurativas Fase de sostenibilida Fase de acercamiento Espacio de construcción Ejecución de Fase de implementació de memoria las acciones d, seguimiento inicial, identificación de individual y y cierre de simbólicas, pedagógicas Descripción y culturales los procesos actores y diagnóstico territorial para acordadas n técnica donde los beneficiarios asumen roles activos para la para garantizar cocreación de establecer confianza con la colectiva mediante procesos formativos y pedagógicos para la reconciliación acciones. comunidad. su permanenci 22 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-210 • 2026 • MAYO • 20 210 a en la comunidad Diálogos en mesas temáticas y comités a nivel local y distrital.

Pedagogías Talleres de cocreación, procesos de Último boletín del Observatorio de víctimas Formación diseño participativo y de la memoria (testimonial, en gestión Dispositivos de memoria narrativa, Herramientas diálogos de saberes para el artísticos y artística, fortalecimiento culturales cultural, alianzas estratégicas etc.) y gramática de Mapa de procesos JEP Base de datos del Observatorio de Consejería de de las capacidades la escucha.

Víctimas Diagnóstico de culturales y comunitarias Organización internacional de migraciones Según agendas locales y distritales para 3 3 2 2 Número de Interacciones hacer socialización y convocatoria Tiempo de Ejecución 1 mes 9 h 9 h 6 h 6 h Relatos de Mapa cultural y memoria, sistematizaci Informe de seguimiento Propuesta del poblacional Identificación de ón de testimonios y Dispositivos, certificación hito, cronograma organizaciones culturales y Productos procesos formativos artísticos de formación y técnico y presupuesto sociales Definición de convenios concertado. territorios Acta de concertación de movilidad Listas de asistencia.

La descripción ampliada de cada fase se desarrolla a continuación:

8.1 Etapa 0 - Pillarnos para conocernos La Metodología para la Paz contribuye de manera diferenciada y complementaria a cada uno de los componentes del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, desde el ámbito cultural y comunitario, sin sustituir sus competencias legales.

23 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-211 • 2026 • MAYO • 20 211 Por lo mismo, se efectúan cinco procesos de análisis previos para establecer las localidades donde se prioriza el trabajo de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD), a través de la Dirección de Asuntos Locales y Participación (DALP).

En primer lugar, se reconoce la relevancia de la presencia territorial, es decir, la necesidad de mapear la habitabilidad de las víctimas del conflicto armado en Bogotá, al identificar el número de víctimas registradas en las localidades y su distribución por los barrios, lo anterior, permite reconocer las zonas con mayor concentración de víctimas y orientar la focalización de acciones y recursos institucionales, fortaleciendo así, la planificación basada en evidencia y la garantía de derechos.

En segundo lugar, se valora la organización comunitaria y poblacional de las víctimas del conflicto armado, lo anterior, permite identificar sus formas de asociación, participación y liderazgo en los territorios. Su análisis es clave para reconocer capacidades colectivas, fortalecer la incidencia en los espacios locales y promover procesos de integración, cohesión social y ejercicio de derechos.

En tercer lugar, la pertinencia territorial para las víctimas, esto se puede entender como la correspondencia entre las necesidades del territorio y las acciones dirigidas a esta población, asegurando que las intervenciones se ajusten a sus contextos locales; de forma tal, que se favorezca la focalización de recursos, la planificación basada en evidencia y la implementación de estrategias que contribuyan a la integración, bienestar y garantía de derechos.

En cuarto lugar, se encuentra como elemento clave las dinámicas de acceso y viabilidad logística, pues se permite identificar las condiciones necesarias para el desarrollo de los laboratorios con víctimas, considerando aspectos como ubicación, infraestructura y recursos disponibles. Su análisis es fundamental para reducir barreras de participación, garantizar espacios adecuados y asegurar una implementación eficiente y sostenible de las actividades en los territorios. En quinto lugar, se habla del impacto potencial, en tanto permite estimar los efectos que los laboratorios pueden generar en la comunidad de víctimas, en términos de fortalecimiento de capacidades, participación y procesos de memoria. Su análisis orienta la priorización de acciones con mayor alcance y contribución a la integración social, la dignificación y la reconstrucción del tejido comunitario.

Las cinco dimensiones previamente mencionadas y explicadas presentan tanto fuentes académicas como vivenciales en las localidades de Bogotá, es clave a destacar el aporte que brindan para la recolección de la información los boletines del Observatorio Distrital de Víctimas del Conflicto Armado (ODVCA) y de la Jurisdicción Especial de Paz (JEP) bajo los criterios de caracterización demográfica de las víctimas del conflicto armado y firmantes de paz, grupos etarios, pertenencia étnica, distribución geográfica en la ciudad por localidad, hechos victimizantes y condiciones socioeconómicas.

De igual manera, son sumamente relevantes las bases de datos internas de la Oficina de la Consejería de Paz, Víctimas y Reconciliación (OCPVR) y de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a la Víctimas (UARIV), el Sistema Modelo de Atención, Asistencia y Reparación Integral a las Víctimas (MAARIV), sumado al sistema de alertas tempranas de la Defensoría del Pueblo y de la Secretaría de Gobierno. Así como, todo el acervo de 24 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-212 • 2026 • MAYO • 20 212 información sobre los liderazgos sociales, culturales y comunitarios, tanto formales como informales establecidos por los equipos de trabajo de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD).

La Metodología para la Paz se desarrolla a partir de procesos reales de transformación cultural, memoria y sanación colectiva, implementados en diferentes territorios urbanos y rurales del Distrito Capital. Estos procesos han demostrado que la cultura, cuando es cocreada con las comunidades, puede convertirse en un dispositivo restaurativo, un lenguaje de reconocimiento y un vehículo de reconciliación territorial.

Las experiencias desarrolladas han evidenciado que los procesos de paz efectivos:

- Se sostienen en el encuentro prolongado (múltiples sesiones y no acciones aisladas).
- Integran creación colectiva, memoria y cuidado emocional.
- Culminan en hitos simbólicos de cierre que resignifican espacios y relaciones.
- Dejan aprendizajes y capacidades instaladas en las comunidades participantes.
- La Metodología para la Paz y, por ende, los laboratorios, se desarrollan a través de cuatro etapas operativas, concebidas como un proceso progresivo y articulado.

Revisión y análisis de fuentes primarias y secundarias Revisión del mapeo documental:

La revisión documental se basa en:

- Boletines del Observatorio Distrital de Víctimas, boletines informativos de la JEP.
- Mesas Locales de Participación Efectiva de Víctimas (MLEV) que operan en 18 localidades de Bogotá y que se reúnen mensualmente de manera ordinaria, mesas temáticas y distritales de firmantes de paz y justicia transicional a la luz del Decreto 596 de 2022
- Bases de datos internas de la Oficina de la Consejería de Paz, Víctimas y Reconciliación (OCPVR) y de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a la Víctimas (UARIV), Sistema Modelo de Atención, Asistencia y Reparación Integral a las Víctimas (MAARIV) y Vivanto; así como la JEP.
- Diagnóstico entregado por el Observatorio Distrital de Víctimas y diagnóstico sobre víctimas en Bogotá OIM - Organización Internacional para las Migraciones, documentos solicitados y recibidos de manera formal por las entidades competentes.
- Sistema de alertas tempranas de la Defensoría del Pueblo y de la Secretaría de Gobierno.

Información legal, institucional y poblacional Información producida por la Consejería correspondiente, la Secretaría de Gobierno (SDG), la Unidad para las Víctimas y demás entidades competentes, que permita:

- Identificar los marcos normativos y de política pública que orientan la atención y participación de las poblaciones priorizadas.

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- Caracterizar a las poblaciones en términos demográficos, organizativos y de afectaciones.
- Reconocer la presencia institucional, las rutas de atención y los avances o vacíos en los territorios.

Preguntas Orientadoras De acuerdo con la información recolectada se realizará un análisis para la toma de decisiones, teniendo en cuenta la siguiente información:

- Número de víctimas que habitan las localidades (PLAN DE CONTINGENCIA, pág, 25)
- Número de víctimas que pertenecen a organizaciones culturales y/o artísticas de la localidad a través del directorio de organizaciones de víctimas elaborado y puesto en línea de la Secretaría General de la Alcaldía de Bogotá Directorio de Agremiaciones | Sede Electrónica - Secretaria General
- Comunicación directa con las organizaciones registradas en este directorio para constatar en estado de la organización
- Número y georeferenciación de organizaciones que hacen trabajo con víctimas y se encuentran activas
- Alertas Tempranas en los territorios: AT-010-2021; AT-005-2022; AT-019-2023; AT- 004-2024; AT-013-2025

Nota: En caso de no encontrar un grupo de víctimas, que no haya interés, o se presenten problemas de seguridad se descarta el laboratorio y se considerará otro territorio.

Mapeo poblacional y territorial Bases de datos de organizaciones y procesos culturales y comunitarios Registros y bases de datos con los que cuente la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD), que permitan:

- Identificar organizaciones culturales, sociales y comunitarias vinculadas a las poblaciones priorizadas.
- Reconocer procesos activos, trayectorias previas de trabajo comunitario y experiencias relacionadas con memoria, cultura de paz y reconciliación.
- Valorar las capacidades instaladas y los niveles de articulación existentes en los territorios.

Identificación de liderazgos y referentes poblacionales Reconocimiento de liderazgos sociales, culturales y comunitarios, tanto formales como informales, que permita:

- Mapear referentes clave para la convocatoria, la mediación y la sostenibilidad de los procesos.
- Identificar redes, articulaciones y dinámicas internas de las poblaciones.

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- Fortalecer la participación activa y corresponsable desde un enfoque de cuidado y no estigmatización.

Análisis La integración y análisis conjunto de estos componentes permitirá afinar los criterios de selección territorial, asegurando que los Laboratorios se desarrollen en contextos donde existan condiciones poblacionales, organizativas y relacionales que favorezcan la participación efectiva, el enfoque restaurativo y la construcción colectiva de cultura de paz.

Este mapeo permite identificar capacidades, experiencias previas, apuestas comunes y rutas de cooperación técnica y comunitaria de diferentes actores. Además, se tendrá en cuenta colectivos, organizaciones, agrupaciones, liderazgos, representantes de Mesas Locales y Distritales de Víctimas y Firmantes de Paz. Para dicho mapeo se sumarán las siguientes acciones:

- Gestión de invitaciones y socialización a la Mesa Efectiva de Víctimas a nivel distrital y local.
- Gestión de encuentros con liderazgos territoriales que trabajan con población víctimas del conflicto y firmantes de paz.

Sumado a esto, algunos criterios que apoyan la definición de territorios priorizados y que se encuentran en la matriz destinada para tal fin:

- Falta de oferta cultural y con enfoque construcción de paz
- Sobreoferta del sector cultural con enfoque de derechos humanos
- Se ha expresado interés o demanda de la comunidad para la implementación de estos espacios en su territorio
- Número de organizaciones artísticas y/o comunitarias conformadas por víctimas o que hayan trabajado con esta comunidad.

Teniendo en cuenta estos criterios se realizará un proceso de análisis progresivo que parte de la identificación y caracterización de las poblaciones y sus dinámicas, y que conduce a la definición territorial. Este enfoque reconoce que el territorio no es un punto de partida neutro, sino una construcción social, política y cultural determinada por las poblaciones que lo habitan, sus trayectorias organizativas, sus memorias y sus formas de relacionamiento.

Si bien el documento ya referencia las principales fuentes de información sobre víctimas del conflicto armado y otras poblaciones priorizadas (boletines, mapas e informes elaborados por las entidades competentes), resulta necesario profundizar en la articulación de estos insumos y relacionarlos de manera sistemática, con el fin de fortalecer los criterios de selección y garantizar un enfoque diferencial y poblacional.

Socialización y articulación Se proyecta una articulación a nivel local, distrital y sectorial, que involucra tanto a entidades del orden público como a organizaciones sociales con presencia territorial, procesos 27 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-215 • 2026 • MAYO • 20 215 culturales comunitarios, colectivos de víctimas del conflicto y firmantes de paz, y estructuras de participación ciudadana.

Socialización y articulación de la oferta en instancias locales de paz Comité Local de Derechos Humanos (CLDH), Comité Local de Justicia Transicional (CLJT) y en Fondos de Desarrollo Local (FDL)

Generación de alianzas con entidades locales y distritales.

Encuentro previo con liderazgos Este encuentro tiene como propósito socializar de manera amplia las condiciones de participación, apoyo y recorridos territoriales de la mano de los liderazgos sociales y artísticos que hemos mapeado previamente tanto en el acervo documental como en la sistematización de experiencias recopilada en el encuentro con líderes y lideresas, junto con el recorrido territorial.

Y entonces, ¿qué entregamos?

- Un mapa que defina la relación entre las víctimas, la comunidad en general y las acciones culturales y artísticas desarrolladas con antelación.
- Una sistematización de los barrios con potencial que pertenecen a las localidades seleccionadas.
- barrios con potencial = conocimiento territorial.
- Una hoja de vida cultural que evidencie la relación de las comunidades de víctimas, la vida cultural del territorio, las posibilidades de trabajo y la viabilidad estratégica de sostenimiento (en relación con la presencia de víctimas).

8.2. Etapa 1. Venga que si es pa’ eso. Hacia una memoria compartida:

Luego de definir los territorios en donde trabajaremos y como ya hemos hecho el acercamiento a liderazgos y agentes culturales a través de los corridos territoriales comenzamos las rutas de diálogo y los acuerdos que hacemos como comunidad.

- Comunicamos de manera clara los procesos administrativos, documentales y presupuestales definidos por la entidad.
- Describimos a través de infografías, presentaciones sencillas y claras lo que proponemos a través de la construcción de memoria.
- Describimos a través de infografías y presentaciones sencillas la metodología paso a paso.
- Consolidamos de manera participativa y colectiva los equipos y sus roles para llevar a cabo esta iniciativa.

En esta fase definimos:

- Equipos de trabajo: creación, gestión, prototipado, desarrollo y socialización.

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- Definimos los roles de cada uno de los participantes de acuerdo con los equipos y funciones.

Ruta presupuestal: los acuerdos presupuestales para la implementación de los Laboratorios de Transformación en Cultura de Paz se establecen teniendo en cuenta:

- Organización del trabajo por equipos
- Ejecución ordenada, transparente y coherente con los objetivos del proceso.
- Definición de los roles, responsabilidades y funciones requeridas para el desarrollo de las actividades.
- Gestión eficiente de los recursos y una adecuada articulación entre los componentes técnicos, metodológicos y operativos del proceso.
- Concertación del escenario presupuestal: ❖ Un (01) desembolso del 90% al principio del proceso y un desembolso del 10%

al finalizar. ❖ Un desembolso único del 100% al final del proceso.

Nota: Estos acuerdos buscan asegurar la correcta planeación, el seguimiento a la ejecución y el cumplimiento de los objetivos de los Laboratorios, garantizando criterios de corresponsabilidad, transparencia y adecuada administración de los recursos.

Y luego de definir para empezar, podemos continuar Como lo hemos dicho anteriormente, seguiremos la ruta de la construcción de memoria como una forma de consolidar a Bogotá como un escenario amable, responsable y receptora. Por lo mismo, luego de hacer las concertaciones en las mesas de víctimas y demás colectivos descritos, iniciamos nuestro trabajo para la cocreación de lugares u objetos de memoria.

Esta categoría se define como dispositivos colectivos todos aquellos que sean alusivos a lugares u objetos de memoria, como pueden ser los museos, telones de la memoria, paisajes sonoros, entre otros. Para empezar iniciamos el diálogo acudiendo a la pedagogía de la memoria a partir de los siguientes componentes:

Quién soy y de dónde vengo (subjetivo)

De acuerdo con Silvia Molloy, lo primero que debe acontecer en una pedagogía de la memoria es la voz individual a través de los recuerdos más subjetivos. Los sujetos que han sido víctimas del conflicto tienen el derecho a construir su biografía a partir de una narrativa del yo mediada por la oralidad y la escritura.

Un mapa de recuerdos compartidos (intersubjetivo)

La memoria, siguiendo a Molloy, solo puede ser colectiva en la medida que los recuerdos y las biografías, en tanto vivencias personales, puedan juntarse, hilarse y convertirse en un mapa común y una narración polifónica, hecha por todas las voces que participan.

"Laboratorios" de la memoria (objetivo)

29 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-217 • 2026 • MAYO • 20 217 Como lo ha mencionado Renato Rosaldo, hacer visible, convertir la memoria narrada en un dispositivo visible y participativo, puede ser posible a través de la construcción de escenarios territoriales que puedan convertirse en expresiones artísticas, culturales y estéticas que consideran la cocreación como procesos transversales.

De este modo, los lugares de la memoria se convierten en una suerte de escenarios en donde las organizaciones de víctimas y firmantes trabajan con la comunidad en general.

Espacios de formación Estos escenarios deben contemplar la posibilidad de formaciones variopintas en comunicación comunitaria, narraciones positivas y formulación de proyectos.

En las dos primeras sesiones (tentativamente) haremos el acercamiento autobiográfico (quién soy y de dónde vengo), posteriormente hacemos el mapa de recuerdos compartidos. Hacia la sesión tres consolidamos nuestros laboratorios que consisten en encontrar puntos en común que nos permitan tejer una narrativa construida por todos.

Estos espacios nos permiten experimentar, prototipar y proponer. A partir de:

- Articulación de verdad
- Reparación simbólica
- Garantías de no repetición desde prácticas culturales y participativas.

Cuáles son los objetos de memoria que podemos crear:

Los lugares u objetos de memoria funcionan como:

- Dispositivos pedagógicos que traducen las experiencias.
- Tejidos colectivos, accesibles, sensibles y culturalmente situados.
- Diálogo con los territorios por donde emprenden la ruta.

Cada espacio de la memoria y los objetos que se crearán entre todos, tiene el propósito de crear un acervo personal y colectivo para contarle a Bogotá quiénes son las víctimas y firmantes de paz, cómo llegaron, cómo habitan y cómo construyen una historia en esta ciudad que les recibe.

¿Qué entregamos en esta fase?

- El mapa territorial.
- Los prototipos.
- Y tendremos los espacios de formación en derechos humanos y no estigmatización.
Tendremos un espacio de formación en museografía.

En una ciudad diversa y desigual como Bogotá, estos lugares u objetos de memoria móviles se convierten en escuelas de humanidad, donde la cultura, el arte y la palabra reparan, enseñan y abren caminos para la reconciliación.

Podemos definir los laboratorios como un ejercicio de cocreación centrado en la participación multidisciplinaria de las comunidades con el uso de herramientas creativas y expresivas que 30 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-218 • 2026 • MAYO • 20 218 generan narrativas conjuntas de memoria. Como lo referimos, este proceso se centra en el sujeto y, por ende, en los lazos comunitarios. El objetivo es que este espacio de la memoria promueva la reconciliación a partir de la posibilidad de hacer con otros y otras.

¿Cómo podemos hacerlos?

El laboratorio de la memoria recoge los principios de un diseño y una dinámica en cuyo centro están los individuos: el testimonio, el diálogo y la cocreación. Por eso, cada sesión de los laboratorios, en esta etapa va a considerar un círculo en donde se parte de la experiencia individual, luego en el intercambio y el diálogo para, de esta manera, formular el tejido y el inicio de la cocreación.

8.3 Etapa 2 Vamo´a hacelo´ – RUTAS DE LA ESCUCHA Si somos capaces de enlazar nuestras experiencias con otras de forma colaborativa, cómo podemos hacer que eso que hilamos se convierta en algo palpable, visible y perdurable para todas las comunidades. Siguiendo con la idea del laboratorio, en la primera etapa construimos una narración múltiple, que puede ser la base y el inicio de procesos de construcción colectiva.

Resulta fundamental la consolidación de espacios seguros para que las comunidades puedan contar, escuchar, crear y resignificar sus historias, transitando del dolor a la acción colectiva. En ese caso, la siguiente etapa de los laboratorio de memoria se centra en una escucha asertiva que podemos definir como una escucha para la comprensión de la historia del otro.

De este modo, podemos considerar que los tejidos que surgen de los relatos que nos han contado y que hemos tejido, configuran la posibilidad de convertir las vivencias de los demás en artefactos expresivos y artísticos; es decir, la historia de mi compañero o compañera puede ser el centro de un diseño de experiencias a través, por ejemplo, de objetos sonoros, visuales, plásticos, etc.

Para tal fin, los laboratorios en este momento se centran en las narrativas, los procesos de intercambio y diálogo, en un enfoque integral que considere la escucha y la narración como procesos de sanación y reconciliación colectiva. Estas acciones serán mediadas a través de las siguientes acciones:

- Escuchar Profundamente: Esta sección se enfoca en la escucha como un proceso transformador y humano:

○ Ir más allá de lo superficial: No es solo oír, sino un proceso cognitivo y emocional que interpreta el significado, tono e inflexión, conectando con las experiencias previas para comprender. ○ Crear espacios de paz: Es un acto de paz en sí mismo, contrarrestando la violencia y abriendo la posibilidad de unir a las personas, incluso en la soledad. ○ Entender y validar: Permite comprender los intereses, puntos de vista y necesidades de las partes, haciendo que se sientan reconocidas y escuchadas.

31 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-219 • 2026 • MAYO • 20 219 ○ Fomentar la empatía: Al ponerse en el lugar del otro, se desarrollan habilidades para la resolución de conflictos y la colaboración.

¿Qué entregamos?

- Prototipos de los objetos artísticos que alimentarán los lugares u objetos de memoria
- Plan de ejecución y socialización.
- Aquí contaremos con otro espacio de formación en derechos humanos y con otro espacio en gestión de proyectos culturales.

8.4 Etapa 3 Y si lo hacemos real: para que Bogotá sea una comunidad de paz de comunidades de paz – Implementación de acciones restaurativas Propósito ampliado: materializar los acuerdos comunitarios mediante acciones visibles, sentidas y compartidas, que resignifiquen el territorio y fortalezcan el tejido social. Hasta acá hemos narrado, escuchado y diseñado, ahora viene la cocreación en su sentido más esencial. La creación es un escenario idóneo para negociar, concertar y llegar a acuerdos; es decir, la propia acción cocreativa entraña procesos de reconocimiento, restauración y reconciliación.

Esta dinámica nos exige procesos de gestión y sostenimiento, además del reconocimiento de un ecosistema cultural que puede ser aliado de nuestros propósitos. En este sentido, debemos considerar el rol que cada uno ocupará en el proceso: los creadores directos, los negociadores, los administradores. Como lo menciona Mariana Garces, la idea de comunidad tiene en su base la práctica de la participación equitativa, es justo en este paso de nuestros laboratorios donde comenzamos a fortalecer la existencia de una comunidad de paz que hemos configurado a lo largo de nuestros encuentros.

- Discutimos el lugar del prototipo con el mapa curatorial.
- Analizamos el plan de gestión que compromete la ejecución presupuestal, el plan de socialización y definición de aliados.
- Iniciamos el montaje de los lugares u objetos de memoria en las zonas seleccionadas y gestionadas.

Para que una comunidad dialogue no necesariamente debe hablar el mismo idioma, pero si necesita comprenderlo, es así, como “pillarnos” nos permite conocer al otro, narrarnos en venga que si es pa eso, conocernos y codiseñar y, finalmente, para hacerlo real se convierte en el momento para hacerlo juntos.

Aprendizajes territoriales incorporados:

- Las acciones restaurativas más potentes integran arte público, encuentro comunitario y celebración colectiva.
- Los cierres en espacios abiertos amplían el impacto simbólico y permiten la apropiación comunitaria.
- El cierre se concreta mediante la implementación de los acuerdos comunitarios, materializando un proceso de trabajo colaborativo y de construcción colectiva, resultado de un diálogo horizontal que posibilita la recuperación y el fortalecimiento de la confianza de la comunidad en la institucionalidad.

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- Este ejercicio de doble vía visibiliza y empodera a las víctimas del conflicto armado interno, otorgándoles un rol protagónico en la gobernanza y en la toma de decisiones sobre los recursos públicos.
- Los actos simbólicos en espacios públicos no se circunscriben únicamente a muestras y presentaciones artísticas, sino que asumen la cultura como una herramienta de transformación social orientada al reconocimiento, preservación y divulgación del derecho a la verdad, a la memoria histórica con un sentido reparador.
- Dichas acciones intervienen territorios barriales caracterizados por la convergencia de diversos fenómenos -presencia de bandas, venta y consumo de Sustancias Psicoactivas (SPA), bajas tasas de escolaridad y desplazamiento, entre otros-, por lo que se constituyen en ejercicios de resistencia comunitaria, resiliencia y fortalecimiento de las capacidades organizativas, con una clara pretensión de sostenibilidad en el tiempo.
- La sostenibilidad de los procesos se ve fortalecida cuando las acciones culturales se articulan con dinámicas comunitarias, promoviendo la continuidad del tejido social más allá de la implementación del cierre formal del proceso.
- Las experiencias guiadas, las memorias comunitarias y la construcción de aprendizajes, como resultado de la ejecución de las propuestas comunitarias en el marco se constituyen en un insumo para la pedagogía de paz.
- Los procesos de transformación cultural para la paz adquieren mayor legitimidad cuando se desarrollan a partir de metodologías participativas, que permiten el tránsito hacia escenarios de diálogo, corresponsabilidad y apropiación comunitaria.
- La presencia institucional en el territorio, mediada por prácticas culturales, contribuye al fortalecimiento de la confianza entre comunidad e institucionalidad, especialmente en contextos históricamente atravesados por la violencia y la exclusión.

Productos enriquecidos:

- Informe final con enfoque narrativo y técnico.
- Memoria comunitaria del proceso.
- Recomendaciones institucionales para la continuidad.

Criterios de pertinencia y viabilidad Toda acción desarrollada en el marco de la Metodología para la Paz deberá cumplir con los siguientes criterios mínimos:

- Contribución a la verdad: la acción debe facilitar el reconocimiento de hechos, memorias y narrativas del conflicto desde las voces de las víctimas y las comunidades.
- Aporte a la reparación simbólica: la acción debe dignificar a las víctimas y reconocer el daño causado.
- Enfoque restaurativo: la acción debe orientarse a la reconstrucción del tejido social y la convivencia.
- Garantías de no repetición: la acción debe promover reflexiones y prácticas que prevengan nuevas violencias.
- Pertinencia territorial y diferencial: la acción debe responder a las características del territorio y de las poblaciones participantes.

33 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-221 • 2026 • MAYO • 20 221 8.5 Etapa 4. Esto es pa’ rato ¿Y cómo lo sostenemos?

La sostenibilidad de las iniciativas de paz en Bogotá es un elemento fundamental para garantizar que los procesos de transformación social trascienden de intervenciones puntuales y se consoliden como dinámicas estructurales dentro del territorio. En contextos urbanos complejos, donde convergen desigualdades socioeconómicas, diversidad cultural y múltiples expresiones de conflictividad social, la continuidad de los proyectos resulta clave para fortalecer la confianza entre comunidades e instituciones.

En este escenario, el papel de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte de Bogotá adquiere especial relevancia, dado que su capacidad institucional permite articular procesos culturales, pedagógicos y comunitarios que promueven la convivencia, la memoria colectiva y la resolución pacífica de conflictos como componentes centrales de la construcción de paz en la ciudad.

Asimismo, la sostenibilidad de estas iniciativas contribuye a la consolidación de capacidades locales y al fortalecimiento de liderazgos territoriales comprometidos con la transformación social. A través de programas culturales, espacios de participación y estrategias de apropiación del territorio, la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte impulsa dinámicas que vinculan a organizaciones sociales, artistas, gestores culturales y comunidades en torno a la promoción de una cultura de paz.

Esta continuidad institucional permite no solo preservar los aprendizajes generados por los procesos comunitarios, sino también ampliar su impacto mediante redes de colaboración y mecanismos de gobernanza cultural que favorecen la construcción de paz a largo plazo en Bogotá En ese sentido, se reconocen algunas vías para la sostenibilidad de los procesos que hemos iniciado con las comunidades:

- La formación plantea la instalación de un ecosistema de conocimientos. Al ser itinerantes los lugares u objetos de memoria proponemos que la movilidad de las mismas entre localidades genere convenios, diálogos y posibles alianzas futuras.
- Las alianzas estratégicas que planteamos se sitúan en la formación certificada, en los lugares de exposición tanto de la localidad como fuera de ellas y en la posible vinculación de estas experiencias a la red internacional de archivos comunitarios.
- Apoyar y promover la oferta, la organización comunitaria y los proyectos desde el reconocimiento de la economía cultural a partir de la oferta institucional.
- Potenciar la capacidad de construir alianzas con el sector privado, sector educativo, cooperación internacional y demás posibilidades que fortalezcan este proceso.

34 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-222 • 2026 • MAYO • 20 222 Referencias Acosta López, M. d. R. (2020). Gramáticas de la escucha como gramáticas descoloniales: Apuntes para una descolonización de la memoria. Eidos, n.spe34, 14–40. https://doi.org/10.14482/eidos.34.415 Alcaldía Mayor de Bogotá, Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte. (2025). Plan de Cultura de Bogotá 2038: Una brújula hacia 2038 (PDF). https://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/sites/default/files/2025- 07/plan_de_cultura_bogota_2038.pdf Arendt, H (2005). La condición humana. Barcelona: Editorial Paidós.

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PCR-PR-25-GU-02 v3 Guía Operativa de Laboratorios de Oportunidades Culturales https://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/es/transparenciaacceso-informacion-publica/informacion-entidad/pcr-pr-25-gu-02-v3guia-operativa-de Anexo 2: Laboratorios de transformaciones culturales para la paz https://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/sites/default/files/202 6- 03/2_anexo_laboratorios_de_transformaciones_culturales_para_la_ paz_0.pdf ¿Cómo puedo solicitar el cambio de integrante o representante de una agrupación inscrita?

Cualquier modificación de integrantes o representante de una agrupación podrá realizarse antes de emitida el Acta de Concertación del Hito Cultural con su respectiva justificación ante la SCRD a través del correo correspondencia.externa@scrd.gov.co dirigido a la Dirección de Asuntos Locales y Participación. Es importante tener en cuenta que tanto el representante como los integrantes de la agrupación deben cumplir con el 80% de asistencia mínima de todas las sesiones del laboratorio.

Documentos administrativos:

Legalización, desembolso, retenciones y costos del incentivo Beneficiarios de incentivo (responsable de actividad de Hito Cultural)

Los beneficiarios de incentivo son las personas naturales, jurídicas o representantes de agrupación, que, tras cumplir con los requisitos y formalizar su participación y, según lo expuesto en el Acta de Concertación del Hito Cultural, asumen la responsabilidad de ejecutar una actividad concertada durante la Fase 3. La recepción del incentivo económico depende del rol que asuma en la actividad del hito cultural, y una vez se ha certificado su desarrollo.

Pueden ser beneficiarios de incentivo o responsables de actividad de hito cultural los siguientes tipos de participantes, siempre y cuando hayan formalizado su participación y cumplido con los criterios establecidos:

- Serán únicas beneficiarias directas del incentivo económico, personas Víctimas del Conflicto Armado con

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-224 • 2026 • MAYO • 20 224 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 2 de 26 registro Registro Único de Víctimas (RUV) que cumplan con los compromisos, condiciones y requisitos de participación.

- Serán únicas beneficiarias directas de incentivo económico, personas firmantes de paz que cuenten con el Registro de Reincorporación en estado activo y/o CODA.

- Para la participación como beneficiarios es indispensable vincularse de forma activa en la realización de actividades de los laboratorios en todas sus fases, actividades, procesos y

responsabilidades.

Esta será validada por la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) teniendo en cuenta el cumplimiento de los Compromisos de Participación. Una vez se realice la validación de la documentación descrita anteriormente (RUV, Registro de Reincorporación y/o CODA) se surtirá el proceso administrativo que describiremos más adelante. Las personas que cumplan Importante: → Ninguna persona natural, integrante de agrupación o representante de persona jurídica podrá ser responsable de más de una actividad dentro del mismo hito, ni podrá estar simultáneamente vinculada a la estrategia de Barrios Vivos en otra localidad durante la misma vigencia.

Formalización de la participación se hará mediante:
- Carta de compromiso.
- Registros de asistencia.
- Compromisos suscritos por las personas participantes Para acceder al incentivo económico, se debe cumplir con los siguientes requisitos mínimos:

- Presentar el certificado del registro RUV.

- Presentar certificado de registro activo de reincorporación, para

el caso de Firmantes de paz.

- Presentar certificado de residencia y/o declaración juramentada sobre su residencia en la localidad en que se desarrolla el Laboratorio.
- Haber formalizado su participación con documentación completa, veraz, vigente y validada por la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD).
- Contar con asistencia validada de al menos el ochenta por ciento (80%) en todas las fases del Laboratorio.
- Haber participado de manera propositiva y verificable en la

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-225 • 2026 • MAYO • 20 225 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 3 de 26 elaboración de las actividades enmarcadas en todas las fases de los laboratorios.
- Haber participado, firmado y suscrito la propuesta del Laboratorio de paz en el Acta de Concertación, incluyendo el cronograma, los productos y el presupuesto concertados y presentados ante la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD).
- Contar con capacidad técnica, administrativa y operativa para ejecutar la actividad.
- Garantizar que la cuenta bancaria esté habilitada y libre de embargos.

Inhabilidades, incompatibilidades o conflictos de interés para participar:

- No cumplimiento de los aspectos resaltados en el numeral 6.4.2.
- No encontrarse incursos en causales de inhabilidad, incompatibilidad o conflicto de interés, tales como:

❖ Ser servidor público o contratista de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD), de sus entidades adscritas, de Secretaría de Gobierno, Alta Consejería de Paz, Víctimas y Reconciliación o de un Fondo de Desarrollo Local (FDL), así como tener vínculo de parentesco hasta segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o único civil, con personas que participen en la toma de decisiones, aval presupuestal, estructuración o definición institucional de los Laboratorios de Oportunidades Culturales, para lo cual el postulante deberá diligenciar el formato declaración de conflictos de interés suministrado por la SCRD. ❖ Contar con sanciones o declaratorias de incumplimiento en programas de la SCRD durante los últimos tres (3) años. ❖ Personas que hayan sido retiradas de procesos de la SCRD por incumplimientos, y uso indebido de recursos o faltas éticas en vigencias anteriores. ❖ Personas que hayan sido sancionadas administrativa o disciplinariamente por hechos relacionados con la ejecución de recursos públicos culturales Agrupaciones y/o Colectivos:
1. Copia del documento de identidad de todos los REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-226 • 2026 • MAYO • 20 226 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 4 de 26 integrantes de la agrupación o colectivo.
2. Certificación bancaria a nombre del representante de la agrupación o colectivo.
3. RUT actualizado del representante de la agrupación o colectivo con actividad económica afín a la actividad a desarrollar.
4. Formato de Compromiso de Participante debidamente diligenciados y firmados por cada integrante de la agrupación o colectivo.
5. Declaración Juramentada de Residencia de cada integrante de la agrupación o colectivo.
6. Certificación de afiliación al sistema de salud del representante de la agrupación o colectivo
7. Declaración de Representación y Distribución de Incentivo Económico debidamente diligenciada y firmada por todos los integrantes de la agrupación o colectivo
8. RUV o Certificado de Reincorporación vigente del representante legal y de los miembros de la agrupación y colectivo Personas jurídicas del sector cultural:
1. Certificado de existencia y representación legal.
2. Copia del documento de identidad del representante legal.
3. RUT actualizado de la persona jurídica con actividad económica afín a la actividad a desarrollar.
4. Certificación bancaria a nombre de la entidad.
5. Formato de compromiso del participante debidamente diligenciado y firmado por el representante legal.
6. Certificado de parafiscales
7. Hoja de vida de la organización con soportes de trayectoria de al menos tres proyectos ejecutados en los últimos cinco años.
8. RUV o Certificado de Reincorporación vigente del representante legal y de los miembros de la agrupación y colectivo.

Desembolso: Condiciones para el desembolso El desembolso del incentivo puede concertarse de dos maneras previo acuerdo con los participantes beneficiarios del incentivo.

- Un 90% hacia la fase 3 o 4 del proceso que se

entregará:

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-227 • 2026 • MAYO • 20 227 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 5 de 26

- Con los documentos enunciados anteriormente y que

han sido verificados por la entidad.

- El beneficiario haya sido formalizado, registrado en

el Listado de Beneficiarios y Responsables de Actividad, y cumpla con al menos el 80 % de asistencia a las sesiones del laboratorio.

- Póliza de cumplimiento por el valor total del

incentivo, misma que será verificada y aprobada por la entidad.

- Un 10% que se entregará al final del proceso cuando

el hito cultural ya se encuentre se realizado conforme con lo establecido en la Propuesta de Hito Cultural y en el Acta de Concertación del Hito únicamente cuando se cumplan las siguientes condiciones:

- La actividad concertada haya sido ejecutada en su

totalidad conforme a lo establecido en la Propuesta de Hito Cultural y en el Acta de Concertación del Hito.

- El beneficiario haya sido formalizado, registrado en

el Listado de Beneficiarios y Responsables de Actividad, y cumpla con al menos el 80 % de asistencia a las fases 1, 2 y 3 del laboratorio.

- Se haya entregado toda la documentación

administrativa obligatoria, incluyendo: ○ Documento de identidad (personas naturales) o Certificado de existencia y representación legal (personas jurídicas). ○ Certificación bancaria actualizada. ○ Formato de Declaración de Representación y Distribución del Incentivo Económico (si aplica). ○ Declaración juramentada de residencia (aplica para los laboratorios desarrollados en localidades, para los de enfoque diferencial étnico y de género no aplica).
- Se haya entregado el Informe de Ejecución del Beneficiario, con todos los productos, registros y evidencias requeridas. Cada uno de los beneficiarios del incentivo deberá diligenciar y enviar al correo correspondencia.externa@scrd.gov.co el respectivo formato de informe de beneficiario que da soporte a su implementación. Con este informe y el soporte de seguimiento, se podrá autorizar el respectivo desembolso.

Si se define que el incentivo será del 100% al finalizar y ejecutar la realización del incentivo, se deben allegar los mismos documentos al finalizar el proceso. No se requiere REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-228 • 2026 • MAYO • 20 228 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 6 de 26 póliza de cumplimiento.

Consideraciones tributarias y bancarias para beneficiarios de incentivo:

- La recepción de un incentivo económico por parte de los beneficiarios de los Laboratorios de Oportunidades Culturales implica responsabilidades tributarias, legales y administrativas que deben ser asumidas de forma consciente y oportuna. A continuación, se presentan las principales consideraciones tributarias y bancarias que deberán tener en cuenta todas las personas naturales, representantes de agrupación o colectivo y personas jurídicas designadas como responsables de actividades del hito cultural (beneficiarios de incentivo).

- Retención en la fuente:

El incentivo económico entregado por la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) constituye un ingreso gravado y está sujeto a retención en la fuente a una tarifa del 2,5 %, correspondiente a la categoría de “otros ingresos”, según lo establece la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). Este valor se retendrá automáticamente al momento del desembolso, pero puede implicar otras obligaciones adicionales en el año siguiente.

- Declaración de renta:
Las personas naturales que durante el año gravable 2025 perciban ingresos brutos anuales iguales o superiores a 1.400 UVT estarán obligadas a presentar su declaración de renta en el año 2026. El incentivo recibido podría contribuir a alcanzar o superar este umbral, especialmente si se suma a otros ingresos laborales, por honorarios, arriendos u otras actividades económicas. Importante: → Para el año gravable 2024, la UVT fue establecida en $49.799 COP, lo cual equivale a un tope de $69.718.600 COP como ingreso bruto anual. Sin embargo, los valores definitivos para 2025 serán determinados por la DIAN a finales del mismo año. Se recomienda a cada participante verificar los valores actualizados para ese momento, y consultar con un contador si se proyecta que su nivel de ingresos se acercará a este límite. Además del nivel de ingresos, también estarán

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-229 • 2026 • MAYO • 20 229 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 7 de 26 obligadas a declarar renta las personas naturales que:

- Posean un patrimonio bruto superior a 4.500 UVT (para 2024: $224.095.500 COP).

- Realicen consumos con tarjeta de crédito superiores al equivalente en pesos de 1.400 UVT en el año.

- Efectúen compras, retiros, consignaciones o inversiones bancarias que superen ese mismo monto.

Distribución secundaria de recursos:

- En actividades donde el responsable de incentivo

deba distribuir parte del recurso con otras personas participantes (por ejemplo, artistas, talleristas o colaboradores), deberá hacerlo conforme a lo acordado y suscrito en el Formato de Declaración de representación y distribución de incentivo económico, de manera ética, equitativa y documentada.

- El beneficiario de incentivo, en su calidad de

responsable de la actividad del hito cultural, será quien figure ante la DIAN como receptor del 100 % del ingreso, por lo cual debe prever los efectos fiscales y la necesidad de entregar comprobantes o registros internos en caso de transferencias a terceros.

Embargos o bloqueos de cuenta bancaria:

- Los beneficiarios de incentivo deben asegurar que la cuenta bancaria registrada para el desembolso del incentivo se encuentra libre de embargos, medidas cautelares, bloqueos judiciales o deudas que puedan generar débitos automáticos por parte de acreedores.

- En caso de que los recursos sean embargados, descontados o retenidos por obligaciones financieras del titular de la cuenta, la SCRD no podrá reponer, duplicar ni gestionar el reembolso del incentivo económico.

- La responsabilidad sobre la integridad y

disponibilidad de los recursos del incentivo recae exclusivamente sobre el beneficiario. Se recomienda verificar con la entidad financiera el estado actual de REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-230 • 2026 • MAYO • 20 230 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 8 de 26 la cuenta bancaria antes de asumir la responsabilidad como beneficiario de incentivo para el desarrollo de una actividad de hito cultural.

Importante: → La SCRD no se hace responsable por valores descontados, embargados o no disponibles al momento del desembolso. La responsabilidad sobre la integridad del recurso recae exclusivamente en la persona natural o jurídica beneficiaria del incentivo.

Naturaleza del recurso:

- Los recursos entregados como incentivo económico

en el marco de los Laboratorios de Oportunidades Culturales (LOC) no son pagos contractuales ni contraprestaciones por servicios, sino instrumentos de fomento cultural reconocidos constitucional y legalmente como parte del deber del Estado de promover, proteger y garantizar el ejercicio efectivo de los derechos culturales en los territorios.

- La entrega del incentivo se sustenta en el artículo 70

de la Constitución Política de Colombia, que establece que la cultura es base de la nacionalidad y un derecho fundamental, cuyo acceso y diversidad debe ser promovido por el Estado. Asimismo, el artículo 71 dispone que el Estado debe crear incentivos y ofrecer estímulos especiales a personas e instituciones que desarrollen manifestaciones culturales. En desarrollo de este mandato, la Ley 397 de 1997 – Ley General de Cultura, y la Sentencia C- 152 de 1999 de la Corte Constitucional, reafirman que los estímulos culturales no están sujetos a las normas del derecho contractual público, sino que son una excepción legítima destinada a apoyar actividades que la Constitución considera dignas de respaldo por su valor simbólico, colectivo y transformador.

Por tanto, el incentivo económico entregado en los LOC- Laboratorios de paz:

- No constituye una relación laboral ni contractual con la SCRD.

- No está condicionado a la presentación de facturas ni genera contraprestación alguna.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-231 • 2026 • MAYO • 20 231 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 9 de 26

- Se entrega como reconocimiento a la participación

activa, corresponsable y comunitaria en la construcción del hito cultural.

Destinación de los recursos para la ejecución de la iniciativa:

Los recursos entregados por la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) a los beneficiarios de incentivos de los Laboratorios de Oportunidades Culturales (LOC)-laboratorios de paz tienen como único propósito fomentar la ejecución de actividades concertadas dentro del hito cultural, según lo establecido en la Propuesta de Hito Cultural y en el Acta de Concertación suscrita por la comunidad y la institucionalidad. Estos recursos constituyen un incentivo económico de fomento cultural y, por tanto, deben usarse exclusivamente para los fines previamente acordados y acompañados por el equipo facilitador y el Comité de socialización. Su uso debe guardar coherencia con los objetivos del hito y los principios de corresponsabilidad, transparencia y beneficio colectivo que orientan todo el proceso.

En consecuencia:

- Los recursos no pueden ser utilizados para fines

personales o comerciales, ni para actividades no contempladas en el hito concertado.

- El uso del recurso será objeto de seguimiento y

verificación por parte del equipo facilitador, mediante la revisión del Informe de Ejecución del Beneficiario y las evidencias que lo acompañen.

- El uso indebido o no justificado de los recursos podrá

derivar en la no certificación del proceso, la no entrega del incentivo, o la restricción para futuras participaciones en mecanismos de fomento cultural.

Ejecución del incentivo:

Ejecución del incentivo: Una vez firmada el Acta de Concertación del Hito Cultural y publicada la resolución de reconocimiento de beneficiarios, la persona, agrupación o entidad responsable podrá dar inicio a la ejecución de la actividad concertada. En caso de haber concertado la entrega del recurso en un 90% inicial y un 10% final, es importante tener en cuenta que:

- El incentivo económico correspondiente al 90% está

destinado al inicio de la construcción del hito REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-232 • 2026 • MAYO • 20 232 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 10 de 26 siguiendo el plan convenido en el acta de concertación.

Esto significa que debe desarrollar la iniciativa en los tiempos, condiciones y con el enfoque comunitario acordado en el laboratorio. Es importante tener en cuenta que:

- El incentivo económico se entrega, de ser el modo

acordado, en dos momentos, una primera etapa que considera el 90% cumpliendo con los requerimientos y pasos enunciados anteriormente.

- Un 10% posterior a la ejecución de la actividad,

como parte del modelo de corresponsabilidad de esta estrategia.

- La entrega del 90% garantiza el desarrollo de la

actividad teniendo en cuenta que las comunidades de víctimas no cuentan, muchas veces, con recursos propios para dicha dinámica.

- Una vez ejecutada la actividad, los/las beneficiarias

deberán presentar el Informe de Ejecución de actividades, con las evidencias correspondientes.

- Después de entregado dicho informe, se hará el

desembolso del 10% restante.

En caso de que se concerte que el desembolso del recurso se hará el con el 100%, deben tenerse en cuenta los siguientes puntos:

- Las personas beneficiarias deberán iniciar el

desarrollo de la actividad con sus propios medios, contando con el acompañamiento metodológico y eventual apoyo técnico y logístico del equipo facilitador de la SCRD.

- Una vez ejecutada la actividad, el/la beneficiario(a)

deberá presentar el Informe de Ejecución del Beneficiario, con las evidencias correspondientes. Solo después de validar este informe se podrá tramitar el desembolso del incentivo.

- Este modelo parte del principio de que el incentivo reconoce la participación cultural activa, el compromiso comunitario y la confianza mutua, y, por tanto, no opera como anticipo ni pago por contratación. La ejecución de la actividad debe respetar los acuerdos concertados con la comunidad, garantizar el enfoque territorial y velar

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-233 • 2026 • MAYO • 20 233 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 11 de 26 por el uso ético y transparente de los recursos públicos.

Nota: en ningún caso, la SCRD y sus entidades adscritas y vinculadas se harán responsables de intermediaciones o acuerdos privados que se lleguen a realizar con terceros, en relación con los recursos otorgados con el incentivo. Tampoco se harán responsables de los acuerdos internos entre participantes, integrantes de las agrupaciones o equipos de trabajo en relación con los incentivos otorgados.

Condiciones Específicas Nombre del incentivo: Laboratorios de transformaciones culturales para la paz Categorías (__) Si (_X_) No Tipo de incentivo: (__) Económico fijo (__) En Especie (__) Mixto (_X_) Bolsa de Recursos Descripción del incentivo: Incentivos económicos asignados a través de una bolsa de recursos de acuerdo con los criterios de asignación de recursos que defina el Comité Validador y con el numeral 9. Condiciones para la Viabilidad y Pertinencia de un Hito Cultural de la Guía Operativa de los “Laboratorios de Oportunidades de Barrios Vivos Los incentivos económicos están destinados a la ejecución de las actividades de un hito cultural, que es concertado por la comunidad con base en la información consignada en la Guía Operativa “pcr-gu-03_v1 guía operativa de laboratorios de oportunidades culturalesanexo laboratorios de paz” dispuesta para este tipo de laboratorios de Barrios Vivos y la Resolución 484 de 19 de junio de 2025.

CDP (Solo si entrega incentivos económicos)

CDP 1003 mediante oficio número 1-100-F001 VA RECURSOS DISTRITO de ABRIL 9 DE 2026.

Valor total de los recursos: $700.000.000 Incentivos económicos asignados a través de una bolsa de recursos para cada laboratorio de setecientos MILLONES DE PESOS M/CTE ($700.000.000) de acuerdo con la complejidad del laboratorio, las necesidades de cada hito cultural concertado en las localidades de: Suba, Tunjuelito, San Cristóbal y un laboratorio con enfoque de género dirigido a mujeres víctimas del conflicto armado y los criterios de asignación de recursos que defina el Comité facilitador interno conformado para tal efecto desde la SCRD. De acuerdo con el numeral 9. Condiciones para la Viabilidad y Pertinencia de un Hito Cultural de la Guía REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-234 • 2026 • MAYO • 20 234 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 12 de 26 Operativa de los “Laboratorios de Oportunidades de Barrios Vivos.

En ningún caso la suma de los incentivos asignados podrá exceder el valor total de la bolsa respaldada presupuestalmente.

¿Cómo se realizará el proceso de validación o clasificación?

Una vez la comunidad participante haya estructurado la propuesta de hito cultural, con base en las orientaciones del equipo facilitador y conforme a lo establecido en la Guía Operativa, especialmente en el numeral 9.3 sobre los rangos referenciales de reconocimiento/incentivo económico de actividades y los criterios de viabilidad y pertinencia cultural, sumados al numeral 8.4 del anexo Laboratorios de paz se llevará a cabo una jornada de socialización ante el Comité facilitador.

Este comité está conformado por:

* El/la Secretario(a) de Cultura, Recreación y Deporte o el/la Subsecretario(a) de Gobernanza. * El/la Director(a) de la Dirección de Asuntos Locales y Participación (DALP). * El/la Gerente de la estrategia Barrios Vivos * El/la Articulador(a) de los Laboratorios de transformación en cultura de paz * En el caso de los laboratorios desarrollados con pueblos indígenas, resulta fundamental la presencia de una autoridad reconocida por la mesa de pueblos o la comunidad étnica participante. * Los hitos deben consolidar procesos de sanación y reconciliación colectiva y deben materializar los acuerdos comunitarios mediante acciones visibles, sentidas y compartidas. * El comité podrá consolidar y comprender la sostenibilidad de los procesos que se fortalece cuando las acciones culturales se articulan con dinámicas comunitarias, promoviendo la continuidad del tejido social más allá de la implementación del cierre formal del proceso. * Tener presente que estos hitos contienen las experiencias guiadas, las memorias comunitarias y la construcción de aprendizajes, como resultado de la ejecución de las propuestas comunitarias en el marco se constituyen en un insumo para la pedagogía de paz. * La propuesta debe evidenciarse a partir de metodología participativa, que permitan el tránsito hacia escenarios de diálogo, corresponsabilidad y apropiación comunitaria. El comité facilitador deberá escuchar la o las propuestas y orientar su decisión hacia el desarrollo de un hito que consolide la memoria, presencia y procesos de reconciliación de los y las participantes.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-235 • 2026 • MAYO • 20 235 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 13 de 26 Durante la presentación, las y los representantes del laboratorio deberán presentar y argumentar su propuesta, destacando su valor cultural, de reconciliación y construcción de paz territorial.

El Comité facilitador podrá:
- En caso de que se presente más de una propuesta, recomendar la que cumpla con las condiciones expuestas anteriormente.
- Emitir recomendaciones o solicitar ajustes, cuando se identifiquen aspectos que deban fortalecerse para garantizar la pertinencia, equidad o viabilidad de la iniciativa. Las recomendaciones del Comité facilitador son de carácter propositivo y serán vinculadas de acuerdo con las perspectivas y necesidades de las comunidades víctimas del conflicto armado.

Al llegar a una concertación se procederá a:
1. Elaborar y firmar el Acta de Concertación del Hito Cultural, documento que recoge de manera formal los acuerdos alcanzados, los responsables de actividad y el valor del incentivo asignado.
2. Utilizar esta acta como insumo para la expedición del acto administrativo que reconoce a los beneficiarios del laboratorio y habilita el proceso de desembolso.

Cronograma Fechas estimada de la publicación de la Resolución de apertura: Entre el 1.ª de abril y el 30 de mayo de 2026 Fecha estimada de publicación de la Resolución de beneficiarios: Entre el 1.º de mayo y el 30 de junio.

Fecha máxima de ejecución (si aplica): Hasta el 30 de julio de 2026 Propósito y pertinencia Entregar estímulos y atender integralmente a víctimas del conflicto armado a través la cultura, el arte, la recreación y el deporte, tiene como propósito central contribuir reparación simbólica, la inclusión social y la construcción de paz sostenible mediante procesos formativos y experienciales que promuevan la sanación psicosocial, la reconstrucción del tejido comunitario y el fortalecimiento de liderazgos transformadores; su pertinencia radica en que responde de manera estratégica a los desafíos del posconflicto colombiano; especialmente en el marco del Acuerdo de Paz de 2016 en Colombia; al trascender enfoques asistencialistas e incorporar dimensiones REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-236 • 2026 • MAYO • 20 236 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 14 de 26 culturales, simbólicas y territoriales que permiten resignificar el trauma, fortalecer la convivencia y activar procesos de memoria y participación, en coherencia con los principios de reparación integral establecidos en la Ley 1448 de 2011; de este modo, el programa no solo atiende las afectaciones derivadas de la violencia, sino que potencia capacidades individuales y colectivas, promoviendo el ejercicio de ciudadanía activa y la construcción de entornos más resilientes, inclusivos y orientados a la paz desde una perspectiva de desarrollo humano y liderazgo comunitario.

¿Quiénes pueden participar? (_X_) Persona Natural (_X_) Agrupación (_X_) Persona Jurídica (__) Tutor legal en representación de un menor de edad Nota: Para mayor detalle de quién puede o no participar: Consultar la Guía Operativa de la línea estratégica.

Descripción de los perfiles Persona Natural Personas naturales mayores de edad con participación formalizada, asistencia verificada en al menos el 80 % de las sesiones de las Fases 1, 2 y 3, y validadas por la comunidad y el equipo facilitador de la SCRD. Si es participante beneficiario, deberá presentar el RUV (Registro Único de Víctimas) y en caso de ser firmante de paz, el Registro de Reincorporación activo.

Agrupación Agrupaciones o colectivos representadas por una persona natural mayor de edad, con participación formalizada, asistencia verificada en al menos el 80 % de las sesiones y que cuente con el consentimiento de la agrupación o colectivo para asumir la representación de la actividad de hito. De ser participantes beneficiarios, deben contar con el Registro Único de Víctimas, Acto administrativo de reconocimiento como Sujeto de Reparación colectiva o en caso de ser firmante de paz, con el Registro de Reincorporación Activa Persona Jurídica Personas jurídicas del sector cultural, con presencia territorial comprobada mediante trayectoria relevante en la localidad donde se desarrolla el laboratorio, con participación formalizada, y asistencia verificada de su representante o delegado en al menos el 80 % de las sesiones. De ser beneficiarios del incentivo deben contar con Registro Único de Víctimas o acto REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-237 • 2026 • MAYO • 20 237 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 15 de 26 administrativo en caso de ser sujeto de reparación colectiva. Los firmantes de paz deben presentar su Registro de Reincorporación activo.

N/A Tutor legal en representación de un menor de edad Criterios de validación o clasificación

1. Trayectoria social, comunitaria o cultural de los líderes

Las actividades deberán estar lideradas por personas u organizaciones con experiencia en procesos sociales, culturales, comunitarios o de construcción de paz, preferiblemente vinculados al trabajo con víctimas del conflicto armado.

- Se valorará experiencia en procesos de memoria, reconciliación, derechos humanos o fortalecimiento comunitario, participación en espacios de participación efectiva de víctimas y/o firmantes de paz.

2. Pertinencia territorial y enfoque de memoria

Cada actividad deberá responder de manera clara a las dinámicas, necesidades, memorias y procesos organizativos del territorio, reconociendo las afectaciones del conflicto armado.

- Actividades orientadas a la reconstrucción de memoria histórica y dignificación de las víctimas.

- Procesos que fortalezcan identidades territoriales, saberes locales y prácticas culturales propias.

- Acciones sensibles al contexto local y a las realidades de las comunidades afectadas.

3. Enfoque psicosocial e impacto comunitario

Las actividades deberán promover el bienestar, la participación y la reconstrucción del tejido social, incorporando un enfoque psicosocial y de cuidado.

- Espacios seguros, incluyentes y respetuosos para la participación de las víctimas.

- Acciones que fomenten la confianza, el diálogo, la reconciliación y la no repetición.

- Participación activa de diversos grupos poblacionales (mujeres, jóvenes, personas mayores, comunidades étnicas, población con discapacidad, entre otros).

4. Viabilidad técnica, operativa y ética

Las actividades deberán ser realizables dentro de las condiciones del laboratorio y garantizar un manejo ético adecuado del trabajo con víctimas.

- Recursos técnicos y metodológicos acordes al contexto.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-238 • 2026 • MAYO • 20 238 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 16 de 26

- Tiempos de ejecución coherentes con el cronograma del laboratorio.

- Roles y responsabilidades claramente definidos.

- Aplicación de principios de acción sin daño, confidencialidad y consentimiento informado cuando sea necesario.

5. Contribución a la construcción de paz 🕊🕊

Las actividades deberán aportar de manera explícita a procesos de paz territorial.

- Promoción de la convivencia pacífica y la resolución no violenta de conflictos.

- Fortalecimiento de capacidades comunitarias para la paz y la participación.

- Generación de narrativas transformadoras que aporten a la reconciliación.

6. Accesibilidad e inclusión con enfoque diferencial

Las actividades deberán garantizar condiciones de acceso equitativo y participación digna para las víctimas del conflicto armado, reconociendo sus diversidades y posibles afectaciones.

- Espacios seguros y accesibles para personas con discapacidad, movilidad reducida o afectaciones psicosociales.

- Uso de lenguajes claros, sensibles y culturalmente pertinentes.

- Metodologías adaptadas que no excluyan a niñas, niños, personas mayores o población con condiciones particulares.

- Enfoque diferencial (género, étnico, etario, discapacidad, territorial).

- Consultar con las víctimas cualquier visita o asistencia repentina de otras personas.

- Evitar espacios, sin concertar con los asistentes, en donde las víctimas puedan encontrarse con comparecientes.

7. Cuidado comunitario, acción sin daño y bienes comunes

Las actividades deberán promover entornos seguros, respetuosos y protectores, teniendo en cuenta las condiciones de vulnerabilidad de las víctimas.

- Aplicación del enfoque de acción sin daño, evitando la revictimización.

- Promoción del respeto mutuo, la diversidad cultural y el diálogo intercultural.

- Uso responsable y cuidado de espacios comunitarios y públicos.

- Incorporación de prácticas de cuidado ambiental y social.

8. Creatividad, memoria e innovación social

Se valorarán actividades que propongan formas innovadoras y sensibles de trabajar con memorias, identidades y procesos de paz.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-239 • 2026 • MAYO • 20 239 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 17 de 26

- Nuevas formas de narrar las memorias del conflicto desde la dignificación de las víctimas.

- Procesos de creación colectiva que integren lenguajes artísticos, culturales y comunitarios.

- Metodologías participativas que fomenten la expresión, el diálogo y la transformación social.

- Reconocimiento de las memorias y saberes ancestrales.

9. Proyección y visibilización de las voces de las víctimas

Las actividades deberán contribuir a posicionar las narrativas, procesos y expresiones de las víctimas en escenarios más amplios.

- Productos o resultados que puedan circular en espacios locales, nacionales o internacionales.

- Acciones que fortalezcan la visibilidad, reconocimiento y dignificación de las víctimas.

- Narrativas que aporten a la construcción de memoria, verdad y no repetición.

- Narrativas que vinculen con respeto y reconocimiento, memorias, saberes y prácticas ancestrales.

→ La verificación del cumplimiento de estos criterios será realizada de manera participativa durante el proceso de concertación del hito cultural, con el acompañamiento y orientación del equipo facilitador de la SCRD. → El cumplimiento de estos criterios buscan asegurar que cada actividad aporte efectivamente al fortalecimiento de la vida cultural del territorio y que la ejecución de los hitos culturales tenga un impacto sostenible, pertinente y significativo.

Rangos referenciales de reconocimiento/incentivo económico de actividades Con el propósito de garantizar la equidad, la sostenibilidad y la viabilidad operativa de los hitos culturales, la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) establece rangos referenciales de reconocimiento económico para las actividades concertadas en cada laboratorio. Estos rangos orientan los valores mínimos y máximos que pueden asignarse a las actividades, teniendo en cuenta su naturaleza, duración, nivel de complejidad, número de participantes involucrados y requerimientos técnicos.

La asignación de los montos de reconocimiento económico será por el equipo facilitador de la SCRD, teniendo como marco los siguientes rangos:

Tipo de actividad Rango referencial de reconocimiento $180.000 – $360.000 Taller de formación artística y cultural (de al menos tres (3) horas de duración). Los talleristas deberán demostrar al menos 36 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-240 • 2026 • MAYO • 20 240 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 18 de 26 $1.200.000 – $1.600.000 meses de experiencia certificada en el tema a programar. Incluye materiales o insumos pedagógicos que se requiera. Conferencia de al menos tres (3) expertos y un (1) moderador por un día (con duración de al menos tres (3) horas). Los talleristas deberán demostrar al menos 36 meses de experiencia certificada en el tema a programar. Incluye materiales o insumos pedagógicos que se requiera durante un día.

$2.500.000 – $3.500.000 Artista, agrupación o colectivo artístico emergente de orden escénico por un día (Música ancestral, teatro, circo, danza y derivados). Los artistas, agrupaciones o colectivos deberán haber trabajado con víctimas o ser víctimas (o firmantes de paz de ser el caso). Incluye vestuario, escenografía, maquillaje, representante de ser necesario y demás insumos particulares que se requiera para la presentación durante un día.

$3.500.000 - 4.500.000 Artista, agrupación o colectivo artístico de mediana trayectoria de orden escénico por día de (Música, teatro, circo, danza y derivados). Los artistas, agrupaciones o colectivos deberán demostrar más de 60 meses de experiencia certificada. Incluye vestuario, escenografía, maquillaje, representante de ser necesario y demás insumos particulares que se requiera para la presentación por un día.

$1.200.000 - $2.000.000 Dee Jay, o tornamesista con 36 meses de experiencia certificada. Incluye vestuario, escenografía, set dj, maquillaje, representante de ser necesario y demás insumos particulares que se requiera para la presentación.

$1.000.000 Productor audiovisual por día con 36 meses de experiencia certificada. Incluye insumos particulares que se requiera durante un día y representante de ser necesario.

2.000.000 - $3.000.000 Diseñador o equipo de diseñadores gráficos para la creación, edición y producción de piezas gráficas para la promoción, difusión y divulgación de las actividades del hito cultural y representante de ser necesario.

Productor o equipo de productores audiovisuales para la creación, edición y $2.000.000 - $5.000.000 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-241 • 2026 • MAYO • 20 241 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 19 de 26 $7.000.000 - $10.000.000 producción de material audiovisual para la promoción, difusión y divulgación de las actividades del hito cultural, incluye equipos, herramientas que se requieran y representante de ser necesario. Productor o equipo de productores audiovisuales para la creación, edición y producción del relato del hito cultural, incluye equipos, herramientas que se requieran y representante de ser necesario. Mercado o feria gastronómica o emprendimiento cultural. Debe incluir la vinculación de 10 a 20 emprendimientos, los cuales deben cumplir con los permisos y normatividad vigente conforme al artículo, servicio o producto que oferte. Incluye equipos, herramientas que se requieran y representante de ser necesario.

$2.000.000 – $3.000.000 Estrategia de comunicación cultural, incluye: diseño de la campaña publicitaria, identificación y ejecución de la estrategia, boletín, producción y coordinación del audiovisual comunitario, gestión de alianzas, mailing, etc) incluye equipos, herramientas que se requieran y representante de ser necesario.

$3.000.000 – $6.000.000 Mercado o feria gastronómica o emprendimiento cultural. Debe incluir la vinculación de 10 a 20 emprendimientos, los cuales deben cumplir con los permisos y normatividad vigente conforme al artículo, servicio o producto que oferte. Incluye equipos, herramientas que se requieran y representante de ser necesario.

$3.000.000 Coordinación de una comisión durante el proceso de gestión y producción del hito cultural. La persona que sea escogida por la comunidad para tal fin será llamado “enlace” y estará a cargo de orientar a las personas de su equipo, reunir la documentación solicitada, entablar la articulación correspondiente con el equipo facilitador de la SCRD y facilitar los procesos técnicos, logísticos y administrativos con la comunidad.

Los valores señalados corresponden a rangos referenciales para orientar la concertación y no constituyen tarifas obligatorias. El valor definitivo de cada actividad deberá quedar soportado en el acta de concertación, con base en su alcance, duración, requerimientos y REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-242 • 2026 • MAYO • 20 242 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 20 de 26 disponibilidad de la bolsa.

Criterios para la asignación de montos dentro de los rangos:

La determinación del valor final para cada actividad considerará:
- La duración total estimada (número de horas o días).
- Los recursos técnicos, pedagógicos y humanos requeridos.
- El impacto comunitario estimado de la actividad.
- La experiencia comprobada alrededor de la práctica artística, cultural o pedagógica a desarrollar. Sí se requiere de un representante para llevar a cabo la actividad concertada.

Importante: → Estos rangos referenciales son una herramienta de orientación y concertación, no constituyen tarifas fijas ni honorarios por prestación de servicios. Su propósito es fortalecer la transparencia y la optimización de los recursos públicos destinados al fomento cultural, asegurando que los hitos culturales respondan efectivamente a los principios y objetivos de los Laboratorios de Oportunidades Culturales.

→ Es importante precisar que, al momento de realizar los desembolsos de los reconocimientos económicos, los cuales se efectuarán únicamente después de la ejecución y verificación de las actividades, se aplicarán descuentos y retenciones exigidos por ley. Criterios de priorización para la designación de beneficiarios de incentivo (en caso de que haya más de un postulado por actividad) En los casos en que exista más de un participante formalizado, habilitado y propuesto para asumir una misma actividad dentro del hito cultural concertado, la designación final del beneficiario de incentivo será orientada por los siguientes criterios de priorización, aplicados de manera contextual, participativa y transparente por el equipo facilitador de la SCRD:

1. Trayectoria de trabajo, participación y liderazgo al interior de la comunidad de víctimas, evidenciada a través del reconocimiento por parte de actores locales, y de la experiencia en procesos culturales, colaborativos o comunitarios
2. Participación sostenida y propositiva durante las fases del laboratorio, con especial énfasis en la vinculación a las comisiones de trabajo y el proceso de diseño colectivo del hito.
3. Representatividad y equidad comunitaria dentro del conjunto de responsables de actividad del hito, procurando que se refleje la diversidad de zonas, comunidades y procesos presentes.
4. Capacidad técnica y administrativa real para asumir la ejecución de la actividad conforme a los lineamientos establecidos por la SCRD, y disposición para el trabajo articulado con la comunidad y el equipo facilitador.
5. No acumulación de responsabilidades o incentivos, evitando que una misma persona natural, o integrantes de agrupación o persona jurídica concentre múltiples roles dentro del mismo laboratorio o en diferentes localidades o con enfoque poblacional durante la misma vigencia.
6. Existencia de acuerdos colectivos previos, construidos en el marco de las comisiones de trabajo, sobre la distribución de responsabilidades y recursos entre los participantes.

Documentos requeridos Nombre documento Tipo de documento Descripción

1. Copia del documento de identidad.
Administrativo Cédula

de REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-243 • 2026 • MAYO • 20 243 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 21 de 26 ciudadanía

2. Certificación bancaria a nombre del participante.
Administrativo

Solo se aceptarán bancos tradicionales, no aplicaciones.

3. RUT actualizado con actividad económica afín a la actividad a desarrollar.
Administrativo

Rut actualizado con la actividad afín a la actividad a desarrollar

4. Registro Único de víctimas Administrativo

Es el registro expedido por la Unidad de Víctimas que confirma esta categoría de acuerdo con la Ley 1448 de 2011

5. Registro de Reincorporación (Firmantes de paz)
Administrativo

Es el registro expedido por la Agencia para la Reincorporación y Normalización. Debe estar activo

6. Acto administrativo de reconocimiento de Sujeto de Reparación Colectiva Administrativo

Es el documento que confirma la existencia de un sujeto de reparación colectiva. Es expedido por la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV)

7. Declaración de Representación y Distribución de Incentivo Económico Administrativo

Debidamente diligenciada y firmada por todos los integrantes de la agrupación o colectivo incentivo

8. Certificado de existencia y representación legal.
Administrativo

Documento que soporta la existencia legal de una persona jurídica para asumir acciones dentro de la implementación del hito cultural.

9. Certificado de parafiscales Administrativo Documento

que acredita que una REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-244 • 2026 • MAYO • 20 244 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 22 de 26 empresa o empleador está al día con el pago de las contribuciones parafiscales, las cuales son obligaciones legales destinadas a financiar entidades que promueven el bienestar social y laboral en el país.

Administrativo

10. Hoja de vida de la organización con soportes de trayectoria de al menos tres proyectos ejecutados en los últimos cinco años.

Documento que describe el perfil de una organización y su trayectoria dentro del sector en el que participa.

11. Registro de beneficiarios y responsables de incentivo y responsables de incentivo.
Administrativo

Documento que recopila los datos de los beneficiarios

12. Acta de concertación del hito cultural Administrativo

Documento que aprueba un hito cultural por parte del comité validador de la estrategia de Barrios Vivos / Laboratorio de transformación en cultura de paz

13. Informe de beneficiario Administrativo

Documento que soporta las actividades realizadas en el marco de la implementación del hito cultural concertado por una comunidad local.

14. Certificado de seguimiento a la ejecución Administrativo

Documento que valida la aprobación del informe de beneficiario y avala el desembolso del incentivo correspondiente.

15. Póliza de cumplimento (en el caso que el recurso se distribuya 90% en el primer momento y Administrativo Documento expedido por una aseguradora

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-245 • 2026 • MAYO • 20 245 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 23 de 26 10% al final de la ejecución del hito) que valida y garantiza el cumplimiento del beneficiario.

Este documento es validado y aprobado por la entidad.

16. Propuesta de hito cultural local. Formato de Asistencia Técnico Técnico

Documento que describe todas las características del hito cultural concertado por una comunidad

17. Formato de Asistencia Técnico Técnico

Formato que permite el seguimiento de la participación de la comunidad dentro del proceso de hito cultural.

Causales para no continuar en el proceso La SCRD aplicará el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por los participantes con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos.

No obstante, en cualquier etapa del desarrollo de las líneas, no continuarán el proceso con quienes se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones y términos aquí establecidos. A continuación, se exponen las causales para no continuar en el proceso, cerciórese de no incurrir en alguna causal.

Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas, de acuerdo al tipo de participantes al que está dirigido el incentivo.

- No cumple con las condiciones para ser beneficiario del incentivo.

- Cuando se establezca que solo se puede presentar a una línea, si el participante se

presenta a dos o más incentivos.

- El participante registra un menor de edad.

- El participante no adjuntó en el periodo definido uno o más documentos administrativos solicitados.

- El participante no adjuntó uno o más documentos técnicos solicitados (cuando aplique).

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-246 • 2026 • MAYO • 20 246 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 24 de 26

- El participante no cumplió con los requisitos de la documentación técnica expuesta en las

condiciones (cuando aplique).

- El participante aporta documentos administrativos o técnicos que no permiten su lectura,

reproducción, revisión o acceso completo al contenido, al momento de realizar la revisión documental.

- El participante suministró información que no es veraz o no corresponde a la realidad, induciendo a la entidad en error con el fin de cumplir con un requisito de participación. Lo anterior, sin perjuicio que la entidad a cargo del proceso adelante las acciones legales a que haya lugar. En todo caso, cada entidad se reserva el derecho de solicitar las aclaraciones que correspondan.

- No se hicieron aclaraciones solicitadas. Al participante se le solicitó alguna información a

modo de aclaración y la misma no fue suministrada dentro del plazo establecido en la solicitud.

Compromisos de los seleccionados

1. Ejecutar la actividad conforme a lo concertado: Desarrollar la actividad bajo los términos definidos en el Acta de Concertación del Hito Cultural, respetando cronograma, productos, responsabilidades y condiciones técnicas.

2. Entregar productos y evidencias: Suministrar los productos resultantes de la actividad, así como evidencias de su realización según los lineamientos técnicos y administrativos definidos por la SCRD.

3. Presentar documentación completa y oportuna de acuerdo con la figura escogida para participar: Legalizar su participación entregando todos los documentos requeridos según el tipo de participante escogido para participar (Persona natural, jurídica o representante de agrupación.) en los plazos estipulados y según sea el caso de participación. La omisión o entrega incompleta podrá interpretarse como renuncia al incentivo.

4. Gestionar permisos si aplica: Tramitar los permisos o autorizaciones necesarias para la realización de su actividad, en caso de que esta implique uso de espacio público, instalaciones comunitarias, manejo de derechos de autor o conexos, entre otros. 5. Cumplir criterios de asistencia y participación: Haber asistido como mínimo al 80% de las sesiones, y demostrar participación activa en comisiones, jornadas de concertación y validación del hito.

5. Asumir efectos tributarios: Reconocer que los incentivos están sujetos a retención en la fuente y pueden incidir en el cálculo de obligación de declarar renta si los ingresos totales del año superan los topes establecidos por la DIAN. La SCRD no asume costos asociados a contadores, declaraciones, ni sanciones tributarias individuales.

6. Respetar la integridad del incentivo: Cuando se trate de actividades donde el responsable de incentivo deba distribuir el recurso con otras personas (artistas, talleristas, etc.), deberá garantizar la entrega efectiva y acordada, por lo que cualquier acuerdo que genere con terceros deberá ser

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-247 • 2026 • MAYO • 20 247 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 25 de 26 socializado a través de correo electrónico con copia al equipo facilitador para su viabilidad. Cualquier uso indebido podrá generar sanciones y exclusión del programa.

7. Evitar conflictos de interés: No estar incurso en ninguna causal de conflicto de interés o de incompatibilidad definida por la SCRD, y declarar impedimentos si existieren relaciones directas con integrantes del equipo facilitador, Comité Validador u otras instancias institucionales.

8. Conservar una actitud de respeto y corresponsabilidad: Participar con disposición ética, cooperativa, constructiva y respetuosa hacia los demás participantes y el equipo institucional.
Cualquier comportamiento que afecte el ambiente colectivo podrá ser motivo de exclusión del proceso.

9. Conceder y firmar la licencia de uso a favor de la SCRD cuando la entidad requiera dar difusión, promoción o circulación de una obra artística creada en el marco de la Estrategia de Innovación Cultural Barrios Vivos.

Importante: → Todos los compromisos aquí enunciados forman parte integral del rol del beneficiario como corresponsable de la acción cultural en el territorio. Su incumplimiento podrá derivar en la revocatoria del incentivo, la reconfiguración del hito o la exclusión del proceso, conforme a los criterios definidos por la SCRD.

Compromisos de la entidad

1. Acompañamiento metodológico y operativo: Brindar orientación continua a lo largo de todas las fases del laboratorio a través del equipo facilitador, garantizando el cumplimiento del enfoque, la metodología y las condiciones institucionales.

2. Validación de las propuestas de Hito Cultural: Revisar, validar y documentar la viabilidad técnica y la pertinencia cultural de las propuestas de hito cultural, con base en los criterios establecidos en esta Guía Operativa, cuidando la memoria, dignidad y procesos de la comunidad de víctimas y firmantes de paz.

3. Gestión oportuna de incentivos: Realizar los trámites administrativos y presupuestales necesarios para la asignación de los incentivos, conforme a lo establecido en el Acta de Concertación y la normatividad vigente.
4. Seguimiento y verificación: Hacer seguimiento técnico, logístico y administrativo a la ejecución de las actividades del hito, incluyendo visitas, validación de productos, revisión de evidencias y aplicación de instrumentos de monitoreo.

5. Divulgación y memoria institucional: Incorporar las experiencias, productos y resultados de los Laboratorios en acciones de sistematización, divulgación y memoria institucional, siempre respetando los derechos de los participantes.

6. Protección de datos y confidencialidad: Garantizar el tratamiento adecuado de la información personal suministrada por los participantes, conforme a la Ley 1581 de 2012 y demás disposiciones sobre protección de datos personales.

7. Gestión de conflictos y sanciones: Atender, investigar, documentar y resolver los conflictos o incumplimientos presentados en el marco del laboratorio, aplicando los protocolos y procedimientos establecidos por la SCRD, con observancia del debido proceso.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-248 • 2026 • MAYO • 20 248 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 26 de 26 Proyectó Revisó Aprobó Felipe Duarte Álvarez Diana Guzmán Mónica Zapata Fernando Augusto García Igor Noriega Director Asuntos Locales y Participación Contratista Dirección de Asuntos Locales y Participación Contratistas Dirección de Asuntos Locales y Participación Documento 20262100247883 firmado electrónicamente por:

Julian Felipe Duarte Alvarez Director de Asuntos Locales y Participación Dirección de Asuntos Locales y Participación Fecha firma: 27-04-2026 17:59:58 Maria Monica Zapata Cortazar Contratista Dirección de Asuntos Locales y Participación Fecha firma: 27-04-2026 17:13:29 Diana Paola Guzman Mendez Contratista Dirección de Asuntos Locales y Participación Fecha firma: 27-04-2026 15:43:09 Igor Ivan Noriega Velasquez Contratista Dirección de Asuntos Locales y Participación Fecha firma: 27-04-2026 16:10:06 Fernando Augusto García Bejarano Contratista Dirección de Asuntos Locales y Participación Fecha firma: 27-04-2026 17:10:11 Revisó: Cindy Nathalia Matiz Ovalle - Profesional Universitario Código 219 Grado 12 - Dirección de Asuntos Locales y Participación 0b044df2148aceb3e3874c9a40957869d8e35940df8b2df9dc1ca448c4c06b7f Codigo de Verificación CV: 899d2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-249 • 2026 • MAYO • 20 249 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-250 • 2026 • MAYO • 20 250 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-251 • 2026 • MAYO • 20 251 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-252 • 2026 • MAYO • 20 252 Subsistema de Gestión Antisoborno - IDU denuncia.soborno@idu.gov.co Para descargar la versión firmada mecánicamente puede escanear el código QR                                         REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-253 • 2026 • MAYO • 20 253 Subsistema de Gestión Antisoborno - IDU denuncia.soborno@idu.gov.co Para descargar la versión firmada mecánicamente puede escanear el código QR                                            REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-254 • 2026 • MAYO • 20 254 Subsistema de Gestión Antisoborno - IDU denuncia.soborno@idu.gov.co Para descargar la versión firmada mecánicamente puede escanear el código QR                                          REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-255 • 2026 • MAYO • 20 255 Subsistema de Gestión Antisoborno - IDU denuncia.soborno@idu.gov.co Para descargar la versión firmada mecánicamente puede escanear el código QR                                         REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-256 • 2026 • MAYO • 20 256 Subsistema de Gestión Antisoborno - IDU denuncia.soborno@idu.gov.co Para descargar la versión firmada mecánicamente puede escanear el código QR                                            REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-257 • 2026 • MAYO • 20 257 Subsistema de Gestión Antisoborno - IDU denuncia.soborno@idu.gov.co Para descargar la versión firmada mecánicamente puede escanear el código QR                                          REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-258 • 2026 • MAYO • 20 258 Subsistema de Gestión Antisoborno - IDU denuncia.soborno@idu.gov.co Para descargar la versión firmada mecánicamente puede escanear el código QR                                           REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-259 • 2026 • MAYO • 20 259 Subsistema de Gestión Antisoborno - IDU denuncia.soborno@idu.gov.co Para descargar la versión firmada mecánicamente puede escanear el código QR                                                 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-260 • 2026 • MAYO • 20 260 Subsistema de Gestión Antisoborno - IDU denuncia.soborno@idu.gov.co Para descargar la versión firmada mecánicamente puede escanear el código QR                                          REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-261 • 2026 • MAYO • 20 261 Subsistema de Gestión Antisoborno - IDU denuncia.soborno@idu.gov.co Para descargar la versión firmada mecánicamente puede escanear el código QR                                           REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-262 • 2026 • MAYO • 20 262 Subsistema de Gestión Antisoborno - IDU denuncia.soborno@idu.gov.co Para descargar la versión firmada mecánicamente puede escanear el código QR                                                    REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-263 • 2026 • MAYO • 20 263 Subsistema de Gestión Antisoborno - IDU denuncia.soborno@idu.gov.co Para descargar la versión firmada mecánicamente puede escanear el código QR                                           REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-264 • 2026 • MAYO • 20 264 Subsistema de Gestión Antisoborno - IDU denuncia.soborno@idu.gov.co Para descargar la versión firmada mecánicamente puede escanear el código QR                                         REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-265 • 2026 • MAYO • 20 265 Subsistema de Gestión Antisoborno - IDU denuncia.soborno@idu.gov.co Para descargar la versión firmada mecánicamente puede escanear el código QR                                        REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-266 • 2026 • MAYO • 20 266 Subsistema de Gestión Antisoborno - IDU denuncia.soborno@idu.gov.co Para descargar la versión firmada mecánicamente puede escanear el código QR                                           REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-267 • 2026 • MAYO • 20 267 Subsistema de Gestión Antisoborno - IDU denuncia.soborno@idu.gov.co Para descargar la versión firmada mecánicamente puede escanear el código QR                                     REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-268 • 2026 • MAYO • 20 268 DECRETOS LOCALES DE 2026 DECRETO LOCAL No. 001 (14 mayo de 2026)

“POR MEDIO DEL CUAL SE EFECTÚA UNA MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL EN EL PRESUPUESTO ANUAL DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE KENNEDY, PARA LA VIGENCIA FISCAL 2026”.

EL ALCALDE LOCAL DE KENNEDY En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo 40 del Decreto 158 de 2025 y,

CONSIDERANDO:

Que la Resolución No. SHD-000191 del 22 de septiembre de 2017 “Por medio de la cual se adopta y consolida el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital”, expedida por la Secretaría Distrital de Hacienda, dicho manual define en su capítulo 3.9.1 Traslado presupuestal, lo siguiente: Es la modificación al presupuesto que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales. Los traslados entre agregados presupuestales se aprobarán por la Junta Administradora Local previo concepto favorable del CONFIS Distrital. Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado los efectúa el Alcalde Local mediante Decreto, previo concepto favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto y de la Secretaría Distrital de Planeación cuando se trate de proyectos de inversión.

Que el artículo 10 del Decreto 192 del 02 de junio de 2021. “Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones” y tiene por objeto regla- mentar las normas orgánicas en materia presupuestal y demás normas de hacienda pública que rigen al Distrito Capital.

Que así mismo la citada disposición en su artículo 10° señala: “(…) Modificaciones al anexo del decreto de liquidación. Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos. Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.

Parágrafo. Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos
de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales)…”

Alcaldía Local de Kennedy Transversal 78K No. 41A - 04 Sur Código Postal: 110921 Tel. 2670114 Información Línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-269 • 2026 • MAYO • 20 269 DECRETO LOCAL No. 01 (14 mayo de 2026)

“POR MEDIO DEL CUAL SE EFECTÚA UNA MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL EN EL PRESUPUESTO ANUAL DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE KENNEDY, PARA LA VIGENCIA FISCAL 2026”.

Que, mediante el Decreto Local 019 del 23 de diciembre de 2025, se expidió el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos e Inversión de la Alcaldía Local de Kennedy, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del 2026.

Que el artículo 32 del Decreto 158 de 2025, por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local - F.D.L. Modificaciones Presupuestales: “Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente:

32.1. Traslado Presupuestal: Es la modificación que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales aprobados por la JAL. (…)”. Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda
- Dirección Distrital de Presupuesto. (…)”. La disponibilidad de las apropiaciones para efectuar los traslados presupuestales será certificada por el responsable de Presupuesto del respectivo F.D.L.”

Que, al revisar la ejecución con corte de 13 mayo 2026, del Fondo de Desarrollo Local de Kennedy y en cumplimiento de las metas del Plan Anual de Adquisiciones se evidenció:

Que, el rubro “O21202020080282130 -Servicios de documentación y certificación jurídica” no cuenta con recursos programados para la vigencia 2026 y teniendo en cuenta, que el pasado 1 de mayo de 2026, en medio de una actividad oficial y con ocasión a la ocurrencia de un accidente de tránsito, la autoridad competente dispuso la inmovilización del vehículo de placas OCK413.

Que adelantadas las gestiones pertinentes, la aseguradora del vehículo asumirá y cubrirá la totalidad de los gastos y trámites necesarios para materializar la salida del vehículo del estado de inmovilización, incluyendo los costos derivados del accidente de tránsito. Sin embargo, dentro del conjunto de documentos requeridos para adelantar dicho trámite ante las autoridades competentes, se exige la presentación de un certificado de tradición y libertad del vehículo, el cual debe ser gestionado y sufragado directamente por la entidad propietaria del mismo, esto es, el Fondo de Desarrollo Local de Kennedy, por tratarse de un documento de naturaleza registral que acredita la titularidad del bien, por lo que es necesario realizar un crédito por CIENTO VEINTE MIL PESOS M/CTE $120.000.

Que, el rubro “O2120202008078715701 Servicio de mantenimiento y reparación de ascensores” no cuenta con recursos programados para la vigencia 2026 y teniendo en cuenta, que la necesidad de la prestación del servicio mantenimiento preventivo y correctivo de los ascensores en las instalaciones del Fondo de Desarrollo Local de Kennedy, por lo que es necesario realizar un crédito por VEINTISIETE MILLONES M/CTE $27.000.000.

Alcaldía Local de Kennedy Transversal 78K No. 41A - 04 Sur Código Postal: 110921 Tel. 2670114 Información Línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-270 • 2026 • MAYO • 20 270 DECRETO LOCAL No. 01 (14 mayo de 2026)

“POR MEDIO DEL CUAL SE EFECTÚA UNA MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL EN EL PRESUPUESTO ANUAL DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE KENNEDY, PARA LA VIGENCIA FISCAL 2026”.

Que, el rubro “O21202020080585310 Servicios de desinfección y exterminación”, no cuenta con recursos programados para la vigencia 2026 y teniendo en cuenta la necesidad de la realización de jornadas de fumigación en las instalaciones del Fondo de Desarrollo Local de Kennedy se hace necesario como una medida preventiva y correctiva, con el fin de garantizar condiciones óptimas de salubridad, seguridad y bienestar para servidores públicos, contratistas y ciudadanía que hace uso de los servicios de la entidad. En razón a la alta afluencia de público y la acumulación temporal de residuos en áreas específicas incrementan la probabilidad de proliferación de vectores, lo cual exige la implementación de acciones de control integrado de plagas, alineadas con las normas de salud pública, higiene ambiental y bioseguridad. La intervención será realizada por personal experto y con productos certificados, garantizando que las actividades se efectúen bajo estándares técnicos que minimicen cualquier impacto en la operación y el ambiente, por lo que es necesario realizar un crédito por CINCUENTA Y SIETE MILLONES CIENTO OCHENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS DOS M/CTE $57.183.802.

Que, el rubro “O21202020090494110 Servicios de alcantarillado y tratamiento de aguas” no cuenta con recursos suficientes programados para la vigencia 2026, y teniendo en cuenta la necesidad de la prestación del servicio público en las instalaciones del Fondo de Desarrollo Local de Kennedy, se hace indispensable con el fin de garantizar las condiciones óptimas de salubridad, seguridad y bienestar para servidores públicos, contratistas y ciudadanía que hace uso de los servicios de la entidad, por lo que es necesario realizar un crédito por CATORCE MILLONES M/CTE $14.000.000.

Que, el rubro “O21202020080686330 Servicios de distribución de agua por tubería” por el cual tiene una apropiación de CIENTO TREINTA Y SEIS MILLONES CUARENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS CINCO M/CTE $136.046.905, siendo es susceptible para realizar un contra crédito por un valor de NOVENTA Y OCHO MILLONES TRESCIENTOS TRES MIL OCHOCIENTOS DOS M/CTE $98.303.802, y así garantizar: la expedición del certificado de tradición y libertad del vehículo, el mantenimiento de ascensores, la prestación de Servicio de desinfección y exterminación y Servicios de alcantarillado y tratamiento de aguas, en las instalaciones del Fondo de Desarrollo Local de Kennedy y de todos aquellos por los que legalmente sea o llegare a ser responsable.

Que la Administración para efectos de llevar a cabo la ejecución al interior de Gastos de Funcionamiento, requiere efectuar un traslado entre conceptos de gastos por la suma de NOVENTA Y OCHO MILLONES TRESCIENTOS TRES MIL OCHOCIENTOS DOS M/CTE $98.303.802.

Alcaldía Local de Kennedy Transversal 78K No. 41A - 04 Sur Código Postal: 110921 Tel. 2670114 Información Línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-271 • 2026 • MAYO • 20 271 DECRETO LOCAL No. 01 (14 mayo de 2026)

“POR MEDIO DEL CUAL SE EFECTÚA UNA MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL EN EL PRESUPUESTO ANUAL DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE KENNEDY, PARA LA VIGENCIA FISCAL 2026”.

Que, en mérito de lo anteriormente expuesto, el Alcalde Local de Kennedy,

DECRETA:

Artículo 1.

Efectúese los siguientes contracréditos al Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones en la vigencia 2026 correspondiente al Fondo de Desarrollo Local de Kennedy, conforme al siguiente detalle:

CONTRACREDITOS CÓDIGO DESCRIPCIÓN CONTRA CREDITOS O2 GASTOS $98.303.802 O21 Funcionamiento $98.303.802 O21202 Adquisiciones diferentes de activos $98.303.802 O2120202 Adquisición de servicios $98.303.802 O2120202008 Servicios prestados a las empresas y servicios de producción $98.303.802 O21202020080686330 Servicios de distribución de agua por tubería (a comisión o por contrato) $98.303.802 TOTAL CONTRACRÉDITOS $98.303.802

Artículo 2.

Efectúense los siguientes créditos al Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones en la vigencia 2026 del Fondo de Desarrollo Local de Kennedy, conforme al siguiente detalle:

$120.000 CREDITOS CÓDIGO DESCRIPCIÓN CREDITOS O2 GASTOS $98.303.802 O21 GASTOS DE FUNCIONAMIENTO $98.303.802 O21202 Adquisiciones diferentes de activos $98.303.802 O2120202008 Servicios prestados a las empresas y servicios de producción O212020200802 Servicios jurídicos y contables $120.000 O21202020080282130 Servicios de documentación y certificación jurídica $120.000 O212020200805 Servicios de soporte $57.183.802 Alcaldía Local de Kennedy Transversal 78K No. 41A - 04 Sur Código Postal: 110921 Tel. 2670114 Información Línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-272 • 2026 • MAYO • 20 272 DECRETO LOCAL No. 01 (14 mayo de 2026)

“POR MEDIO DEL CUAL SE EFECTÚA UNA MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL EN EL PRESUPUESTO ANUAL DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE KENNEDY, PARA LA VIGENCIA FISCAL 2026”.

$27.000.000 CREDITOS CÓDIGO DESCRIPCIÓN CREDITOS O21202020080585310 Servicios de desinfección y exterminación $57.183.802 O212020200807 Servicios de mantenimiento, reparación e instalación (excepto servicios de construcción)

$27.000.000 O2120202008078715701 Servicio de mantenimiento y reparación de ascensores $14.000.000 O2120202009 Servicios para la comunidad, sociales y personales $14.000.000 O212020200904 Servicios de alcantarillado, recolección, tratamiento y disposición de desechos y otros servicios de saneamiento ambiental $14.000.000 O21202020090494110 Servicios de alcantarillado y tratamiento de aguas residuales TOTAL CRÉDITOS $98.303.802

Artículo 3.

Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente el contenido d mismo a la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, para lo de su cargo.

Artículo 4.

Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación

COMUNIQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Se expide en Bogotá D.C. a los CATORCE (14) días del mes de mayo de dos mil veintiséis (2026).

JAVIER PRIETO TRISTANCHO Alcalde Local de Kennedy (E)

Proyecto: Luz Gomez Vanegas - CPS 435 2026 Revisó y Aprobó: Karen Areiza Pereira– Profesional Universitario 219-18 - Responsable de Presupuesto (E)

Andres Romero -Contratista Despacho FDLK Alcaldía Local de Kennedy Transversal 78K No. 41A - 04 Sur Código Postal: 110921 Tel. 2670114 Información Línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-273 • 2026 • MAYO • 20 273 ALCALDIA LOCAL DE BARRIOS UNIDOS DECRETO No. 002 DE 2026 (24 de abril de 2026)

“Por el cual se ajusta el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Barrios Unidos para la vigencia fiscal 2026”.

LA ALCALDESA LOCAL DE BARRIOS UNIDOS En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 316 del Decreto 645 de 2025 y,

CONSIDERANDO:

Que en el Manual Operativo Presupuestal del Distrito Capital (Resolución No. SDH – 000191 del 2017) se señala que “(…) Una vez efectuado el ajuste de las obligaciones por pagar, el cálculo del monto de los Excedentes Financieros de la vigencia inmediatamente anterior y determinados y distribuidos los Excedentes Financieros de los veinte Fondos de Desarrollo Local, con base en la comunicación de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, los F.D.L mediante Decreto Local deben efectuar el Ajuste a la Disponibilidad Inicial (…)”.

Que, en concordancia con lo expuesto, el proceso de ajuste se realizará en dos fases, en un primer momento se efectuará el ajuste a las Obligaciones por Pagar y en un segundo momento dependiendo del cierre fiscal, se ajustará la “Disponibilidad Inicial” y la cuenta de resultados “Disponibilidad Final”.

Que el 9 de abril de 2026 mediante Decreto Local 01 de 2026 “Por el cual se ajusta el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Barrios Unidos para la vigencia fiscal 2026”, la Alcaldía Local de Barrios Unidos, realizó ajuste presupuestal a las Obligaciones por Pagar, quedando pendiente el ajuste a la Disponibilidad Final.

Que la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda Distrital, mediante oficio con radicado No. 2026EE135042O1 (Numeración SDH), informó sobre los ajustes a la Disponibilidad Inicial, una vez distribuidos los excedentes financieros de los FDL por CONFIS.

Que, en consecuencia, se hace necesario efectuar el ajuste en el presupuesto de ingresos en la cuenta Disponibilidad Inicial, disminuyendo el monto inicial en MIL SETECIENTOS SESENTA Y DOS MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS PESOS MCTE ($1.762.936.246), valor obtenido de la diferencia entre al mayor valor que se había estimado para obligaciones por pagar en el presupuesto aprobado para la vigencia 2026, por valor de TREINTA Y DOS MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO MILLONES NOVENTA MIL PESOS MCTE ($32.988.090.000) y el valor real de las mismas a 31 de diciembre de 2025, equivalente a TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS VEINTICINCO MILLONES CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PESOS MCTE ($31.225.153.754).

Que el artículo 316 del Decreto 645 de 2025 estipula: “El alcalde o alcaldesa local por decreto incrementará o reducirá el monto de Obligaciones por Pagar presupuestadas hasta equipararlas al Alcaldía Local de Barrios Unidos Calle 74 A No. 63 – 04 Código Postal: 111211 Tel. 6602759 Información Línea 195 www.barriosunidos.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-274 • 2026 • MAYO • 20 274 Continuación del Decreto N° 002 DE 2026 Pág. 2 de 2 “Por el cual se ajusta el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Barrios Unidos para la vigencia fiscal 2026”. monto real constituido al cierre de la vigencia fiscal inmediatamente anterior siempre y cuando no supere los montos aprobados por la JAL Si es necesario aumentar el valor presupuestado de las mismas se efectuara un traslado de la inversión directa, en caso contrario se disminuirá el sobrante por decreto local”, por lo que se procede a su materialización en el ingreso el monto de la Disponibilidad Inicial.

En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo primero.

Ajustar el presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Barrios Unidos, para la vigencia fiscal de 2026, conforme con el siguiente detalle:

CÓDIGO CONCEPTO REDUCIR O10 DISPONIBILIDAD INICIAL 1.762.936.246

Artículo segundo.

El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Se expide en Bogotá D.C, en la localidad 12 de Barrios Unidos a los veinticuatro (24) días del mes de abril de dos mil veintiséis (2026).

ANDREA MELISSA MORALES CANO Alcaldesa Local de Barrios Unidos Proyecto: Dickson E. Ramírez López – Profesional responsable de presupuesto FDLBU Revisó: Yaned Patricia Cuestas - Abogada FDLBU Román Albornoz Barreto/ Profesional Especializado 222-24 AGDL – ALBU Daniel Enrique Patiño González – Planeación FDLBU Iván Dario Gómez Henao – Abogado despacho FDLBU Tatiana Barbosa – Abogada Despacho Alcaldía Local de Barrios Unidos Calle 74 A No. 63 – 04 Código Postal: 111211 Tel. 6602759 Información Línea 195 www.barriosunidos.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8582 • PP. 1-275 • 2026 • MAYO • 20 275

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