Registro Distrital 8580 de 2026
Registro Distrital 8580 de 2026 Nivel Distrital
- Tipo
- Registro Distrital
- Número
- 8580
- Año
- 2026
- Fecha
- 15 de mayo de 2026
- Entidad
- Nivel Distrital
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
5,5 ALCALDE MAYOR Carlos Fernando Galán Pachón REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 • No. 8580 - Pp 1 - 96 - 2026 • MAYO • 15 CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Central RESOLUCIONES 2026 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. RESOLUCIÓN Nº 004 “Por medio de la cual se conforma el Consejo Distrital de Juventud de la ciudad de Bogotá D.C., para la vigencia 2026”............................................................ 4 SECRETARÍA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN Nº 406 “Por medio de la cual se ordena la apertura de Los Laboratorios de Oportunida des Culturales de Barrios Vivos de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”....................................................................................................... 11 Sector Descentralizado UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENI MIENTO VIAL RESOLUCIÓN N° 332 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Manteni miento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”................................................... 75 RESOLUCIÓN N° 341 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba por autorización de uso de listas de elegibles en la planta de personal de la Unidad Administra tiva Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC y se da por terminado un nombramiento provisional”.......................... 79 RESOLUCIÓN N° 416 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Manteni miento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”................................................... 84 Sector Local DECRETOS 2026 ALCALDÍA LOCAL DE USME DECRETO LOCAL Nº 02 “POR MEDIO DEL CUAL SE EFECTÚA TRASLADO PRESUPUESTAL EN EL PRESUPUESTO DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO DEL FONDO DE DE SARROLLO LOCAL DE USME PARA LA VIGENCIA FISCAL 2026”............. 88 DECRETO LOCAL Nº 03 “Por el cual se ajustan las obligaciones por pagar en el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Usme para la vigencia fiscal de 2026”................................................................................................. 92 DECRETO LOCAL Nº 04 “Por el cual se ajusta la disponibilidad inicial del Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Usme, para la vigencia fiscal com prendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2026.”....................... 95 AÑO 60 NÚMERO 8580 15 • MAYO • 2026 SECRETARÍA GENERAL ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL.
LA PUBLICACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS EN EL REGISTRO DISTRITAL SE REALIZA DE ACUERDO A LA LEY 1437 DEL 2011 EN SU ARTÍCULO 65 MODIFICADO POR LA LEY 2080 DE 2021 “POR LA CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO”.
CORREO: REGISTRODISTRITAL@ALCALDIABOGOTA.GOV.CO DIRECCIÓN: CALLE 11 SUR #1-60 ESTE - LA MARÍA - BOGOTÁ D.C.
TELÉFONO: 381 3000 EXT. 5010 - 5202 SUBDIRECTORA IMPRENTA DISTRITAL: MARÍA ANGÉLICA PUMAREJO HINOJOSA RESOLUCIONES DE 2026 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-4 • 2026 • MAYO • 15 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-5 • 2026 • MAYO • 15 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-6 • 2026 • MAYO • 15 6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-7 • 2026 • MAYO • 15 7 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-8 • 2026 • MAYO • 15 8 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-9 • 2026 • MAYO • 15 9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-10 • 2026 • MAYO • 15 10 *20261100278603* Radicado: 20261100278603 Fecha: 11-05-2026 RESOLUCIÓN No. 406 DE 13 DE MAYO DE 2026 "Por medio de la cual se ordena la apertura de Los Laboratorios de Oportunidades Culturales de Barrios Vivos de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte"
EL SECRETARIO DE DESPACHO De la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Decreto Único del Sector Cultura, Recreación y Deporte No. 649 de 22 de diciembre de 2025 y,
CONSIDERANDO:
Que los artículos 70 y 71 de la Constitución Política de Colombia, establecen el deber del Estado de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades y otorga la competencia para establecer mecanismos positivos para fomentar el desarrollo artístico, cultural y patrimonial de la Nación.
Que el numeral 3 del artículo 1° de la Ley 397 de 1997, “Por la cual se desarrollan los artículos 70, 71 y 72 y demás artículos concordantes de la Constitución Política y se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura y se trasladan algunas dependencias.” señala que: “(…) El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de reconocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación colombiana (…)”.
Que la ley en cita en su artículo 17 señala:
“(…) DEL FOMENTO. El Estado a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, fomentará las artes en todas sus expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas, como elementos del diálogo, el intercambio, la participación y como expresión libre y primordial del pensamiento del ser humano que construye en la convivencia pacífica”.
Que así mismo, el artículo 18 de la mencionada ley establece:
"(…) El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos especiales y promocionará la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones Página 1 de 9 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-11 • 2026 • MAYO • 15 11 *20261100278603* Radicado: 20261100278603 Fecha: 11-05-2026 RESOLUCIÓN No. 406 DE 13 DE MAYO DE 2026 "Por medio de la cual se ordena la apertura de Los Laboratorios de Oportunidades Culturales de Barrios Vivos de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte" culturales. Para tal efecto establecerá, entre otros programas, bolsas de trabajo, becas, premios anuales, concursos, festivales, talleres de formación artística, apoyo a personas y grupos dedicados a actividades culturales, ferias, exposiciones, unidades móviles de divulgación cultural, y otorgará incentivos y créditos especiales para artistas sobresalientes, así como para integrantes de las comunidades locales en el campo de la creación, la ejecución, la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo (…)”
Que el Decreto Distrital 649 de 2025, “Por medio del cual se expide el Decreto Único del Sector Cultura, Recreación y Deporte”, dispone en su artículo 4 que: “La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte tiene por objeto orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculadas y la sociedad civil”.
Que el numeral 10 del artículo 5 del Decreto Distrital 649 de 2025 establece, entre las funciones de la SCRD, la siguiente: “(…) Gestionar la ejecución de las políticas, planes y proyectos culturales y artísticos, con el fin de garantizar el efectivo ejercicio de los derechos culturales y fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo (…)”.
Que le corresponde a la Subsecretaría de Gobernanza, en desarrollo de la función prevista en el numeral 8 del artículo 14 del Decreto Distrital 649 de 2025, lo siguiente: “(…) Dirigir estrategias, planes, programas y proyectos orientados a la identificación reconocimiento, fomento, sensibilización, formación, promoción y difusión del arte, la cultura y el patrimonio en los diferentes grupos poblacionales (…)”.
Que en los términos del decreto en mención, la Dirección de Asuntos Locales y Participación, en el artículo 17, tendrá a su cargo, entre otras, las siguientes funciones: “(…) 6. Diseñar y ejecutar estrategias, planes, programas y proyectos orientados a la identificación reconocimiento, fomento, sensibilización, formación, promoción y difusión del arte, la cultura y el patrimonio en los diferentes grupos poblacionales (…)”.
Que el documento CONPES D.C. “POLÍTICA PÚBLICA DISTRITAL DE ECONOMÍA CULTURAL Y CREATIVA 2019-2038”, definió como uno de los objetivos específicos de dicha Política “(…) 4.2.3 Ampliar mecanismos de apoyo financiero dirigido a los agentes Página 2 de 9 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-12 • 2026 • MAYO • 15 12 *20261100278603* Radicado: 20261100278603 Fecha: 11-05-2026 RESOLUCIÓN No. 406 DE 13 DE MAYO DE 2026 "Por medio de la cual se ordena la apertura de Los Laboratorios de Oportunidades Culturales de Barrios Vivos de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte" del sector cultural y creativo”, para lo cual: “(…) La Secretaría Distrital de Cultura Recreación y Deporte en articulación con entidades públicas y privadas, realizará actividades de gestión y acompañamiento técnico que permitan aumentar el número de los agentes del sector cultural y creativo que acceden a financiación. Para el efecto, se ampliarán los mecanismos de apoyo financiero dirigido a los agentes del sector cultural y creativo, para que puedan apalancar la producción de bienes y servicios, a través del acceso a recursos no reembolsables, y fortalecimiento de servicios de financiación (…)”.
Que el Plan Distrital de Desarrollo “Bogotá Camina Segura”, en su artículo 10. indica los Programas del objetivo estratégico “Bogotá confía en su Bien- Estar”, donde, en su numeral 10.8. establece el programa 14. Bogotá deportiva, recreativa, artística, patrimonial e intercultural, el cual aborda lo siguiente: “(…) Realizar laboratorios creativos en barrios, como mecanismo de interacción para fortalecer los procesos de artistas, agrupaciones, colectivos, organizaciones y líderes socioculturales, así como en espacios culturales y eventos comunitarios, mediante estrategias conjuntas de formación, creación, circulación, investigación y apropiación de las artes con enfoque diferencial de género. Se velará por la formación de público desde las diferentes dimensiones y procesos del campo artístico y cultural, promoviendo estrategias que pretendan disminuir barreras de acceso para el ejercicio de derechos culturales. (…)”
Que con el objetivo de materializar el fomento a la cultura, y de dar cumplimiento al marco normativo antes señalado, la SCRD han creado los “Laboratorios de Oportunidades de Barrios Vivos”, como una estrategia de fomento del sector artístico, creativo, cultural y patrimonial de Bogotá D.C., para fortalecer los procesos de agenciamiento cultural a través de la concertación y el diálogo social, donde se atiendan las distintas necesidades de los barrios y localidades de la ciudad, a través de diferentes laboratorios creados para el desarrollo y promoción de los derechos culturales.
Que los “Laboratorios de Oportunidades de Barrios Vivos” cuentan con una guía operativa que tiene como propósito orientar la implementación paso a paso de los Laboratorios de Oportunidades Culturales, la cual está dirigida a la ciudadanía y a los equipos misionales de la SCRD, facilitadores, Comité Validador y demás actores institucionales encargados de ejecutar, acompañar y hacer seguimiento a los procesos y actividades desarrolladas en los laboratorios.
Que el presente proceso tiene por objeto la entrega de incentivos económicos en el marco de los Laboratorios de Oportunidades Culturales, por un valor de hasta SETECIENTOS Página 3 de 9 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-13 • 2026 • MAYO • 15 13 *20261100278603* Radicado: 20261100278603 Fecha: 11-05-2026 RESOLUCIÓN No. 406 DE 13 DE MAYO DE 2026 "Por medio de la cual se ordena la apertura de Los Laboratorios de Oportunidades Culturales de Barrios Vivos de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte"
OCHENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($780.000.000), los cuales serán asignados de acuerdo con la complejidad de cada laboratorio, las necesidades del hito cultural concertado y los criterios de distribución de recursos que establezca el Comité Validador Interno conformado para tal efecto por la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte.
Que en consecuencia, mediante el presente acto administrativo la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte dispone la apertura del “Los Laboratorios de Oportunidades Culturales de Barrios Vivos”, soportada en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal que se describe a continuación:
CONCEPTO DEL NÚMERO DEL CPD OBJETO RUBRO DESCRIPCIÓN DEL RUBRO GASTO FONDO VALOR TOTAL Fortalecimiento de la gobernanza territorial, la participación O2320202009911 24 Servicios de la administración 853 de marzo 17 de O230117330 780.000.000 incidente y la atención diferenciada de los Realizar actividades artísticas, culturales y patrimoniales de acuerdo con 2026 1-100-F001 VA- RECURSOS 120240217 DISTRITO pública relacionados con la recreación, lo concertado en el marco de la estrategia de Barrios Vivos. la cultura y la grupos étnicos, etarios y sectores sociales desde las religión prácticas culturales en Bogotá D.C Que las condiciones, criterios y responsabilidades asociadas a la participación en los Laboratorios de Oportunidades Culturales se encuentran detalladas en los documentos denominados “Condiciones de Participación” y en la “Guía Operativa de Laboratorios de Oportunidades Culturales”, la cual constituye la ruta oficial de acceso de la ciudadanía a esta línea estratégica de fomento no competitivo. Esta guía organiza de manera clara y articulada los principios, etapas metodológicas, proceso de participación, criterios de viabilidad y pertinencia de hitos culturales y demás lineamientos para la asignación de incentivos, conforme a los principios de igualdad, transparencia, publicidad, participación, imparcialidad, inclusión, moralidad, cooperación, eficacia y corresponsabilidad. Dicho documento, hace parte integral de la presente resolución y estará disponible para consulta pública en el enlace de Transparencia y acceso a la información pública:
Guía: Guía Operativa de Laboratorios de Oportunidades Culturales Página 4 de 9 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-14 • 2026 • MAYO • 15 14 *20261100278603* Radicado: 20261100278603 Fecha: 11-05-2026 RESOLUCIÓN No. 406 DE 13 DE MAYO DE 2026 "Por medio de la cual se ordena la apertura de Los Laboratorios de Oportunidades Culturales de Barrios Vivos de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte"
Disponible en: https://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/sites/default/files/2026- 03/2026-03-26_v3_guia_operativa_laboratorios_de_oportunidades_culturales.pdf Condiciones de Participación: https://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/es/84-informacion-barriosvivos#LaboratoriosdeOportunidadesCulturalesLOC Que de conformidad con lo anterior y en cumplimiento del marco normativo señalado, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, dispone la apertura de Los Laboratorios de Oportunidades Culturales de Barrios Vivos.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo primero.
Ordenar la apertura de “Los Laboratorios de Oportunidades Culturales de Barrios Vivos” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo, de acuerdo con lo que se describe a continuación:
MECANISMO TIPO DE INCENTIVO MONTO TOTAL CDP DEPENDENCIA(S)
ENCARGADA Página 5 de 9 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-15 • 2026 • MAYO • 15 15 *20261100278603* Radicado: 20261100278603 Fecha: 11-05-2026 RESOLUCIÓN No. 406 DE 13 DE MAYO DE 2026 "Por medio de la cual se ordena la apertura de Los Laboratorios de Oportunidades Culturales de Barrios Vivos de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte"
Bolsa de Recursos (780.000.000)
Setecientos Ochenta Millones de pesos M/cte Dirección de Asuntos Locales y Participación 853 de marzo 17 de 2026 ($780.000.000)
Fomento no competitivo - Laboratorios de Incentivos económicos asignados a través de una bolsa de recursos Oportunidades Culturales de Barrios Vivos para cada localidad de aproximadamente CIENTO TREINDA MILLONES DE PESOS M/CTE ($130.000.000) de acuerdo con la complejidad del laboratorio, las necesidades de cada hito cultural concertado PARÁGRAFO: Los recursos para el desarrollo y ejecución de “Los Laboratorios de Oportunidades Culturales de Barrios Vivos” se encuentran respaldados con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal mencionado en el presente artículo.
Artículo segundo.
Los requisitos y condiciones de participación en “Los Laboratorios de Oportunidades Culturales de Barrios Vivos” que tienen apertura mediante el presente acto administrativo, se encuentran establecidos en los documentos denominados “Condiciones de Participación” y en la “Guía Operativa de Laboratorios de Oportunidades Culturales”, los cuales forman parte integral de la presente resolución.
Parágrafo. Las modificaciones a los términos de “Los Laboratorios de
Oportunidades Culturales de Barrios Vivos” citados en el presente acto administrativo se podrán realizar mediante aviso modificatorio, el cual deberá ser publicado en el respectivo enlace de Transparencia y acceso a la información pública de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte https://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/es/transparencia-acceso-informacionpublica.
Página 6 de 9 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-16 • 2026 • MAYO • 15 16 *20261100278603* Radicado: 20261100278603 Fecha: 11-05-2026 RESOLUCIÓN No. 406 DE 13 DE MAYO DE 2026 "Por medio de la cual se ordena la apertura de Los Laboratorios de Oportunidades Culturales de Barrios Vivos de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte"
Artículo tercero.
Realizar por la Dirección de Asuntos Locales y Participación de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte los trámites correspondientes al desembolso de los incentivos económicos previstos en los referidos Laboratorios de Oportunidades Culturales de Barrios Vivos, de conformidad con el artículo primero del presente acto administrativo, acorde con los procesos y procedimientos definidos en este organismo.
Artículo cuarto.
Publicar por la Dirección de Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano la presente resolución y junto con la “Condiciones de Participación” y la “Guía Operativa de Laboratorios de Oportunidades Culturales”, en el enlace de Transparencia y acceso a la información pública de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte https://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/es/84informacion-barrios-vivos#LaboratoriosdeOportunidadesCulturalesLOC https://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/sites/default/files/2026-03/2026-03- 26_v3_guia_operativa_laboratorios_de_oportunidades_culturales.pdf
Asimismo, por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano publicar el contenido de la presente resolución en la Gaceta Distrital y en el Régimen Legal de Bogotá y en la página web de la Secretaría.
Artículo quinto.
Comunicar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano el contenido de la presente resolución a través de la herramienta ORFEO, a la Subsecretaría de Gobernanza y la Dirección de Asuntos Locales y Participación para los trámites de su competencia.
Artículo sexto.
El presente acto administrativo rige a partir del día siguiente a su publicación y contra este no procede recurso alguno en los términos del artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C., a los trece (13) días del mes de mayo (05) de dos mil veintiséis (2026).
Página 7 de 9 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-17 • 2026 • MAYO • 15 17 *20261100278603* Radicado: 20261100278603 Fecha: 11-05-2026 RESOLUCIÓN No. 406 DE 13 DE MAYO DE 2026 "Por medio de la cual se ordena la apertura de Los Laboratorios de Oportunidades Culturales de Barrios Vivos de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte"
SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR Secretario de Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Proyectó Santiago Rodríguez Flórez - Contratista Oficina Jurídica. Revisó: Fernando Augusto Garcia - Contratista Dirección de Asuntos Locales y Participación. Revisó: Miguel Ángel Solano Rojas – Contratista Subsecretaría de Gobernanza. Aprobó: Felipe Duarte Alvarez – Director de Asuntos Locales y Participación. Ana María Boada Ayala – Subsecretaria de Gobernanza Revisó: Diego Eduardo Beltrán Hernández – Contratista Oficina Jurídica. Aprobó revisión y ajustó: Sandra Margoth Vélez Abello – Jefe Oficina Jurídica Documento 20261100278603 firmado electrónicamente por:
Santiago Trujillo Escobar Secretario de Cultura, Recreación y Deporte Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Fecha firma: 12-05-2026 17:12:36 Diego Eduardo Beltrán Hernández Contratista Oficina Jurídica Fecha firma: 12-05-2026 16:11:28 Santiago Rodriguez Florez Contratista Oficina Jurídica Fecha firma: 11-05-2026 13:07:16 Sandra Margoth Vélez Abello Jefe Oficina Jurídica Oficina Jurídica Fecha firma: 12-05-2026 16:35:07 Ana María Boada Ayala Subsecretaría de Gobernanza Subsecretaría de Gobernanza Fecha firma: 12-05-2026 16:00:15 Miguelangel Solano Rojas Contratista Subsecretaría de Gobernanza Fecha firma: 12-05-2026 15:25:53 Julian Felipe Duarte Alvarez Director de Asuntos Locales y Participación Dirección de Asuntos Locales y Participación Fecha firma: 11-05-2026 15:24:23 Fernando Augusto García Bejarano Contratista Dirección de Asuntos Locales y Participación Fecha firma: 11-05-2026 14:13:45 Juan Esteban Quintero Paez Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 22 Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano Fecha firma: 13-05-2026 09:43:24 1f92f8d1958f4cf67d687a3096d29897c7b4fcb1b013467d0086b2dc315dea34 Página 8 de 9 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-18 • 2026 • MAYO • 15 18 *20261100278603* Radicado: 20261100278603 Fecha: 11-05-2026 RESOLUCIÓN No. 406 DE 13 DE MAYO DE 2026 "Por medio de la cual se ordena la apertura de Los Laboratorios de Oportunidades Culturales de Barrios Vivos de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte"
Codigo de Verificación CV: b3455 Página 9 de 9 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-19 • 2026 • MAYO • 15 19 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 1 de 14 Condiciones Generales Nombre de la línea estratégica: Laboratorio de Oportunidades Culturales – LOC Dirección responsable: Dirección de Asuntos Locales y Participación Documento orientador del proceso:
PCR-PR-25-GU-02 v3 Guía Operativa de Laboratorios de Oportunidades Culturales https://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/es/transp arencia-acceso-informacion-publica/informacion-entidad/ pcr-pr-25-gu-02-v3-guia-operativa-de ¿Cómo puedo solicitar el cambio de integrante o representante de una agrupación inscrita?
Cualquier modificación de integrantes o representante de una agrupación podrá realizarse antes de emitida el Acta de Concertación del Hito Cultural con su respectiva justificación ante la SCRD a través del correo correspondencia.externa@scrd.gov.co dirigido a la Dirección de Asuntos Locales y Participación. Es importante tener en cuenta que tanto el representante como los integrantes de la agrupación deben cumplir con el 80% de asistencia mínima de todas las sesiones del laboratorio.
Documentos administrativos:
Legalización, desembolso, retenciones y costos del incentivo
1. Formato de Compromiso del Participante debidamente diligenciado y firmado.
2. Copia del documento de identidad.
3. Certificación bancaria a nombre del participante actualizado con fecha del mes en que se solicita.
4. RUT actualizado con fecha del mes en que se solicita y con actividad económica.
5. Declaración Juramentada de Residencia debidamente diligenciada y firmada. En caso de ser una agrupación, deberá ser firmada por cada integrante.
6. Certificación de afiliación al sistema de salud actualizado con fecha del mes en que se solicita.
7. Declaración de Representación y Distribución de Incentivo Económico debidamente diligenciada y firmada por todos los integrantes de la agrupación.
8. Certificado de existencia y representación legal
9. Copia del documento de identidad del representante legal.
10. RUT actualizado de la persona jurídica con actividad
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-20 • 2026 • MAYO • 15 20 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 2 de 14 económica afín a la actividad a desarrollar con fecha del mes en que se solicita.
11. Certificación bancaria a nombre de la entidad, actualizada con fecha del mes en que se solicita.
12. Formato de compromiso del participante debidamente diligenciado y firmado por el representante legal.
13. Formato de Autorización e Indemnidad. (Cuando aplique)
14. Certificado de parafiscales.
15. Hoja de vida de la organización con soportes de trayectoria de al menos tres proyectos ejecutados en los últimos cinco años. Acta de Concertación
16. Acta de concertación del hito cultural
17. Informe de beneficiario
Desembolso: Se realizará un único desembolso del incentivo económico, el cual estará condicionado al cumplimiento satisfactorio de las obligaciones establecidas en la guía y a la disponibilidad presupuestal del proceso. Este desembolso se efectuará una vez finalizada la ejecución de todas las actividades contempladas en el Acta de Concertación del Hito Cultural, y su aprobación estará sujeta a la verificación del cumplimiento integral de los requisitos, los compromisos de participación y la validación de la ejecución del Hito Cultural por parte de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD).
Destinación de los recursos para la ejecución de la iniciativa:
Los recursos asignados para la ejecución de la iniciativa deberán destinarse exclusivamente al desarrollo del Hito Cultural concertado en el marco de los Laboratorios de Oportunidades Culturales. Esto incluye los gastos asociados a la planeación, producción, logística, convocatoria, insumos, materiales, operación en territorio y demás actividades necesarias para la implementación de las acciones definidas en el Acta de Concertación, garantizando su adecuada ejecución en coherencia con los objetivos del proceso y las condiciones establecidas por la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD).
Ejecución del incentivo:
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-21 • 2026 • MAYO • 15 21 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 3 de 14 Una vez suscrito el Acta de Concertación del Hito Cultural y expedida la resolución de beneficiarios, se podrá iniciar la ejecución de la actividad concertada, la cual deberá desarrollarse conforme a los acuerdos, tiempos y enfoque comunitario establecidos.
El incentivo económico se reconoce con posterioridad a la ejecución, en el marco del modelo de corresponsabilidad de la estrategia. En este sentido, el beneficiario deberá adelantar la actividad con sus propios medios, contando con el acompañamiento técnico y metodológico de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD), así como con el uso de insumos en especie asociados al Proyecto PEN (Performance, Escenografía y Narrativa), los cuales fortalecen la materialización del hito cultural.
Estos insumos contemplan, entre otros, dispositivos escenográficos interactivos, estructuras autoportantes, elementos de ambientación efímera y materiales para el prototipado, orientados a transformar el espacio público en un escenario temporal de encuentro, memoria y reconocimiento comunitario. A través de estos recursos, se promueve la experimentación, la puesta en escena del relato barrial y la generación de experiencias colectivas significativas, coherentes con los procesos de transformación cultural e innovación social.
El desembolso se realizará únicamente tras la presentación y validación del Informe de Ejecución con sus respectivas evidencias. Este esquema no constituye anticipo ni pago contractual, y se fundamenta en la participación activa, el compromiso comunitario y el uso transparente de los recursos públicos.
Nota: En ningún caso, la SCRD y sus entidades adscritas y vinculadas, se harán responsables de intermediaciones o acuerdos entre privados, acuerdos con terceros, acuerdo entre participantes equipos - agrupaciones, y demás alianzas que se puedan dar; en relación con los incentivos otorgados.
Condiciones Específicas Nombre del incentivo: Laboratorio de Oportunidades Culturales – V3 Categorías (__) Si (_x_) No Tipo de incentivo: (__) Económico fijo (__) En Especie (__) Mixto REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-22 • 2026 • MAYO • 15 22 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 4 de 14 (_x_) Bolsa de Recursos Descripción del incentivo:
Los incentivos económicos se asignan a través de una bolsa de recursos, conforme a los criterios definidos en el marco de la estrategia Barrios Vivos y en lo establecido en la Guía Operativa de los Laboratorios de Oportunidades Culturales, vigencia 2026. Estos criterios se construyen y validan a lo largo del proceso metodológico del laboratorio, particularmente durante la fase de prototipado del Hito Cultural (“Vamo’ Hacelo”), en la cual se evalúan aspectos como la pertinencia territorial, la viabilidad técnica, metodológica y operativa, así como la capacidad de generar participación efectiva, apropiación comunitaria y sentido colectivo.
De igual manera, la asignación de los recursos se sustenta en los acuerdos formalizados en el Acta de Concertación del Hito Cultural y en la validación de sus componentes, aliados y condiciones de implementación, garantizando que el uso de la bolsa de recursos sea coherente con las dinámicas del territorio y contribuya al fortalecimiento de los procesos culturales comunitarios, en concordancia con los lineamientos establecidos en la Guía Operativa 2026.
CDP 853 de 17 de marzo de 2026 CDP (Solo si entrega incentivos económicos)
Valor total de los recursos: $780.000.000 Total en recursos económicos por cada uno de los laboratorios:
Localidad de Kennedy - Barrio Hipotecho: $130.000.000 Localidad de Mártires - Barrio Santa Isabel: $130.000.000 Localidad de Puente Aranda - Barrio la Alquería: $130.000.000 Localidad de Antonio Nariño - Barrio Centro Mayor: $130.000.000 Localidad de Fontibón - Barrio el Recodo: $130.000.000 Localidad de Engativá - Barrio Villas de Granada: $130.000.000 ¿Cómo se realizará el proceso de validación o clasificación? Una vez la comunidad participante ha concertado sus ideas, en articulación con el equipo técnico, se inicia el proceso de construcción, análisis y ajuste del Hito Cultural a través de una etapa de prototipado. Esta se entiende como un momento estratégico de prueba, ajuste y validación previa a su ejecución integral.
Durante esta fase, se diseña e implementa un prototipo de REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-23 • 2026 • MAYO • 15 23 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 5 de 14 alcance controlado que permite evaluar, en condiciones reales del territorio, aspectos clave como la pertinencia territorial, la viabilidad técnica, metodológica y operativa, así como la capacidad del hito para generar participación efectiva, apropiación comunitaria y sentido colectivo.
A partir de este ejercicio, se realiza una evaluación sistemática que permite identificar los ajustes necesarios para fortalecer el impacto cultural y social del hito. De manera complementaria, se consolida su narrativa y se validan sus componentes, aliados y condiciones de implementación, incluyendo la definición de roles, recursos y aportes.
Este proceso se formaliza mediante la construcción y firma del Acta de Concertación del Hito Cultural, en la cual se establecen los acuerdos, compromisos y criterios de implementación. Posteriormente, la validación integral se consolida con la revisión de las instancias definidas en la estrategia, garantizando su coherencia con los lineamientos establecidos en la Guía Operativa de los Laboratorios de Oportunidades Culturales, vigencia 2026.
Cronograma Entre el 1.º de abril y el 30 de mayo de 2026 Fechas estimada de la publicación de la Resolución de apertura:
Entre el 1.º de mayo y el 30 de junio de 2026.
Fecha estimada de publicación de la Resolución de beneficiarios:
Fecha máxima de ejecución (si aplica): Hasta el mes de julio de 2026 Propósito y pertinencia El propósito de la estrategia Barrios Vivos 2026 es fortalecer la acción cultural comunitaria mediante la implementación de Laboratorios de Oportunidades Culturales que promueven la cocreación y la participación en los territorios. Su pertinencia radica en que reconoce las dinámicas, saberes y prácticas locales, articulando la oferta institucional con las necesidades de las comunidades y contribuyendo al fortalecimiento del tejido social, la identidad cultural y la sostenibilidad de los procesos culturales en los barrios.
¿Quiénes pueden participar?
(_x_) Persona Natural (_x_) Agrupación (_x_) Persona Jurídica (_x_) Tutor legal en representación de un menor de edad Nota: Para mayor detalle de quién puede o no participar: Consultar la Guía Operativa de la línea estratégica.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-24 • 2026 • MAYO • 15 24 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 6 de 14 Descripción de los perfiles Persona Natural Corresponde a personas mayores de dieciocho (18) años que participan de manera individual en los Laboratorios de Oportunidades Culturales, residentes en el territorio o con vínculos comprobables con procesos culturales del mismo. Estas personas se vinculan activamente en las distintas fases del laboratorio, aportando saberes, experiencias y capacidades para la co-creación del Hito Cultural, y pueden postularse como beneficiarias del incentivo económico siempre que cumplan con los requisitos de participación, asistencia, documentación y capacidad técnica, administrativa y operativa establecidos por la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD).
Agrupación Hace referencia a un conjunto de personas que se organizan de manera colectiva para desarrollar prácticas culturales, artísticas o comunitarias en el territorio. Su participación en los Laboratorios se realiza a través de un representante designado, quien actúa como interlocutor ante la SCRD y es responsable de la gestión administrativa del incentivo, sin perjuicio de la corresponsabilidad de todos sus integrantes. Las agrupaciones deben acreditar la participación activa de sus miembros, formalizar acuerdos internos mediante la declaración de representación y distribución del incentivo, y garantizar la ejecución conjunta de las actividades concertadas en el Hito Cultural.
Persona Jurídica Se refiere a organizaciones legalmente constituidas del sector cultural cuyo objeto social esté relacionado con el desarrollo de actividades artísticas, culturales o comunitarias, y que cuenten con trayectoria verificable en el territorio. Estas entidades participan a través de su representante legal y deben cumplir con los requisitos administrativos, técnicos y documentales establecidos, incluyendo la acreditación de experiencia y capacidad operativa. Su rol en los Laboratorios implica aportar desde su experiencia institucional a la ejecución del Hito Cultural, garantizando el cumplimiento de los compromisos adquiridos y el uso adecuado de los recursos asignados.
Tutor legal en representación de un menor de edad Corresponde al padre, madre o representante legal que autoriza la participación de niñas, niños y adolescentes en los Laboratorios de Oportunidades Culturales, mediante la firma de los formatos requeridos para el tratamiento de datos, uso de imagen y vinculación al proceso. Aunque los menores pueden participar en los espacios metodológicos y comunitarios, no pueden ser beneficiarios del incentivo económico ni asumir responsabilidades en la ejecución del Hito Cultural, por lo que el tutor legal actúa exclusivamente como garante de su participación informada y segura dentro del proceso.
Criterios de validación o clasificación
1. Cumplimiento de asistencia mínima:
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-25 • 2026 • MAYO • 15 25 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 7 de 14 Uno de los principales criterios de validación es el cumplimiento de una asistencia mínima del 80% a las sesiones programadas durante las Fases 1 y 2 del laboratorio. Este criterio permite verificar la permanencia y el compromiso real del participante en el proceso formativo. La asistencia es controlada mediante registro de ingreso y permanencia en cada sesión, lo cual garantiza trazabilidad y rigor en la validación.
2. Participación activa, propositiva y verificable:
No basta con asistir; la guía establece como criterio fundamental la participación activa en la construcción colectiva del proceso, especialmente en el diseño del Hito Cultural. Esto implica aportar ideas, participar en discusiones, asumir roles dentro del laboratorio y evidenciar una contribución concreta en los productos desarrollados durante las fases iniciales.
3. Suscripción del Acta de Concertación del Hito Cultural:
La validación incluye la participación, firma y compromiso con el Acta de Concertación, documento clave donde se definen el cronograma, los desembolsos,, el presupuesto y las responsabilidades. Este criterio garantiza que el participante está alineado con los acuerdos comunitarios y con la planeación técnica del hito.
4. Coherencia, pertinencia territorial y enfoque comunitario:
Las propuestas y la participación se validan en función de su pertinencia frente al contexto territorial, es decir, que respondan a las necesidades, dinámicas culturales y características del barrio o localidad. Se priorizan iniciativas con enfoque comunitario, impacto colectivo y coherencia con los objetivos del laboratorio.
5. Capacidad técnica, administrativa y operativa:
La guía establece que los participantes deben demostrar que cuentan con las capacidades necesarias para ejecutar las actividades concertadas, lo cual incluye habilidades técnicas, organización administrativa y posibilidad real de llevar a cabo el hito en los tiempos y condiciones definidos.
6. Entrega completa, veraz y oportuna de documentación:
Es un criterio esencial la entrega de todos los documentos requeridos, de forma completa, vigente, coherente y dentro de los plazos establecidos. Esto aplica tanto para personas naturales como para agrupaciones y personas jurídicas, e incluye documentos administrativos, financieros y de identificación.
7. Cumplimiento de requisitos formales para la postulación:
La validación también contempla el cumplimiento de condiciones como:
Ser mayor de edad (para beneficiarios) Tener vínculo con el territorio Contar con cuenta bancaria habilitada Estar registrado formalmente como participante Estos requisitos aseguran la viabilidad administrativa del proceso.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-26 • 2026 • MAYO • 15 26 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 8 de 14
8. Ausencia de inhabilidades, incompatibilidades o conflictos de interés:
Un criterio determinante es que el participante no se encuentre incurso en causales de inhabilidad, tales como vínculos con la SCRD, sanciones previas, conflictos de interés no declarados o participación simultánea en otros laboratorios. Este aspecto garantiza la transparencia del proceso.
9. Cumplimiento de compromisos éticos y de corresponsabilidad:
Se evalúa que los participantes actúen conforme a los principios del laboratorio: respeto, transparencia, cooperación, cuidado de lo común y compromiso con el bien colectivo. El incumplimiento de estos principios puede afectar la validación o continuidad en el proceso.
10. Ejecución efectiva del Hito Cultural (para beneficiarios):
En etapas posteriores, la validación se extiende a la ejecución real y completa del Hito Cultural, conforme a lo concertado. Esto incluye el desarrollo de actividades, cumplimiento de productos y uso adecuado de los recursos.
11. Entrega y validación del Informe Final con evidencias:
Finalmente, para efectos de reconocimiento como beneficiario y desembolso del incentivo, se requiere la entrega del informe final con soportes suficientes y de calidad, incluyendo evidencias documentales y audiovisuales (como el video del proceso). Este informe es revisado y validado por la SCRD.
12. Validación institucional por parte de la SCRD:
Todos los criterios anteriores confluyen en una validación final realizada por la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte, que verifica el cumplimiento integral de condiciones técnicas, administrativas y metodológicas. Esta validación define la clasificación de participantes, su continuidad en el proceso y el acceso al incentivo.
Documentos requeridos Nombre documento Tipo de documento Descripción
1. Formato de Compromiso del
Documento mediante el cual el participante formaliza su vinculación al Laboratorio, dejando Administrativo constancia de su participación, aceptación de condiciones, compromisos y responsabilidades Participante debidamente diligenciado y firmado. dentro del proceso.
Soporte para la identificación plena del participante,
2. Copia del documento de
Administrativo requerido para efectos de validación administrativa identidad. y registro en el proceso.
3. Certificación bancaria a nombre del Administrativo Documento que acredita la titularidad de una cuenta bancaria activa del participante, requisito
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-27 • 2026 • MAYO • 15 27 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 9 de 14 participante actualizado con fecha indispensable para la gestión del desembolso del incentivo económico. del mes en que se solicita.
4. RUT actualizado con fecha del mes en
Documento que permite verificar la información tributaria del participante y su actividad económica, Administrativo asegurando coherencia con la naturaleza del que se solicita y con actividad económica. incentivo.
5. Declaración Juramentada de
Documento mediante el cual el participante declara Residencia debidamente diligenciada y firmada.
Administrativo su lugar de residencia, garantizando la pertinencia territorial. En agrupaciones, debe estar suscrita por todos los integrantes.
En caso de ser una agrupación, deberá ser firmada por cada integrante.
Soporte que acredita la afiliación vigente al sistema Administrativo
6. Certificación de afiliación al sistema de salud actualizado con fecha del mes en
de salud, en cumplimiento de requisitos administrativos para acceder al incentivo. que se solicita.
7. Declaración de Representación y
Distribución de Incentivo Económico Documento en el que se define la distribución del incentivo entre los integrantes de la agrupación y se Administrativo designa la persona responsable de su debidamente diligenciada y firmada administración. por todos los integrantes de la agrupación.
Administrativo Documento que acredita la existencia jurídica de la entidad y la facultad de su representante legal para actuar en su nombre.
8. Certificado de existencia y representación legal
9. Copia del documento de
Administrativo Permite validar la identidad de la persona que actúa en representación de la organización. identidad del representante legal.
10. RUT actualizado de la persona jurídica
Administrativo Registro tributario actualizado de la entidad, que valida su actividad económica en relación con la con actividad económica afín a la actividad a desarrollar propuesta a ejecutar. con fecha del mes en que se solicita.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-28 • 2026 • MAYO • 15 28 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 10 de 14
11. Certificación bancaria a nombre de la entidad, actualizada
Administrativo Documento que acredite la cuenta bancaria de la persona jurídica, necesaria para el desembolso del con fecha del mes en incentivo. que se solicita.
12. Formato de compromiso del
Administrativo Documento mediante el cual el representante legal formaliza la participación de la entidad y acepta las participante debidamente diligenciado y firmado condiciones del proceso. por el representante legal.
Documento mediante el cual los integrantes de una agrupación o colectivo autorizan la representación y manifiestan que cualquier conflicto relacionado con
13. Formato de Autorización e
Administrativo la distribución del incentivo será asumido por ellos, Indemnidad exonerando a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte de cualquier responsabilidad.
Soporte que certifica el cumplimiento de obligaciones en materia de aportes parafiscales y
14. Certificado de parafiscales.
Administrativo
seguridad social por parte de la entidad.
15. Hoja de vida de la organización con
Documento que evidencia la trayectoria de la organización, incluyendo soportes de experiencia N/A soportes de trayectoria de al menos tres proyectos en proyectos, como criterio de respaldo para su participación. ejecutados en los últimos cinco años. Acta de Concertación Documento vinculante que formaliza los acuerdos
16. Acta de concertación del hito
Técnico cultural construidos en el Laboratorio, incluyendo actividades, responsables, compromisos, recursos y criterios de seguimiento para la ejecución del hito.
Registro de participación en las sesiones del Laboratorio, utilizado para evidenciar la asistencia y
17. Formato de Asistencia Técnico
dar seguimiento al cumplimiento de las condiciones de participación.
Documento mediante el cual el beneficiario reporta
18. Informe de beneficiario Técnico
la ejecución de las actividades, el uso de los recursos y los resultados del Hito Cultural, con sus respectivos soportes, para validar el cumplimiento de los compromisos establecidos.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-29 • 2026 • MAYO • 15 29 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 11 de 14 Causales para no continuar en el proceso La Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) aplicará el principio constitucional de la buena fe, respecto de las manifestaciones efectuadas por los participantes en relación con el cumplimiento de las condiciones, términos y requisitos establecidos en la Guía Operativa.
No obstante, en cualquier etapa del proceso, no continuarán quienes incurran en incumplimiento de dichas condiciones. Las siguientes causales aplican a personas naturales, integrantes de agrupaciones, representantes legales y miembros de juntas directivas de personas jurídicas, según corresponda:
- No cumplir con las condiciones establecidas para ser beneficiario del incentivo.
- Presentarse simultáneamente a dos o más líneas o incentivos, cuando se haya definido
restricción de participación a una sola.
- Incluir o registrar menores de edad cuando no esté permitido.
- No adjuntar, dentro del plazo establecido, uno o más documentos administrativos requeridos.
- No adjuntar uno o más documentos técnicos solicitados, cuando aplique.
- No cumplir con los requisitos exigidos para la documentación técnica.
- Presentar documentos administrativos o técnicos ilegibles, incompletos o que no permitan su verificación.
- El participante suministró información que no es veraz o no corresponde a la realidad, induciendo a la entidad en error con el fin de cumplir con un requisito de participación. Lo anterior, sin perjuicio que la entidad a cargo del proceso adelante las acciones legales a que haya lugar. En todo caso, cada entidad se reserva el derecho de solicitar las aclaraciones que correspondan.
- No atender o no responder oportunamente las solicitudes de aclaración realizadas por la
entidad dentro de los plazos establecidos.
- Incumplir las condiciones de participación, compromisos o términos definidos en la Guía
Operativa.
- Incurrir en inhabilidades, incompatibilidades o conflictos de interés.
- No suscribir los documentos obligatorios requeridos para el proceso.
- No se hicieron aclaraciones solicitadas. Al participante se le solicitó alguna información a
modo de aclaración y la misma no fue suministrada dentro del plazo establecido en la solicitud.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-30 • 2026 • MAYO • 15 30 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 12 de 14 Compromisos de los seleccionados Quien asuma el rol de beneficiario/a del incentivo se compromete a:
- Ejecutar las actividades conforme a lo establecido en el Acta de Concertación del Hito Cultural, incluyendo cronograma, productos y presupuesto concertados y aprobados por la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD).
- Garantizar disponibilidad efectiva para el desarrollo oportuno y completo de la actividad a su cargo.
- Mantener coordinación permanente con el equipo facilitador de la SCRD y con las comisiones de trabajo comunitarias involucradas en el Hito Cultural.
- Tramitar y obtener los permisos, autorizaciones o avales requeridos, cuando la naturaleza de la actividad así lo exija, de conformidad con la normatividad vigente.
- Utilizar, administrar y legalizar el incentivo económico de manera ética, transparente y conforme a lo concertado, respondiendo por su adecuado uso.
- Actuar conforme a los principios éticos del Laboratorio, respetando los acuerdos comunitarios, la normatividad aplicable y las disposiciones de la presente Guía.
- Suministrar de manera oportuna, completa y veraz los informes, evidencias o soportes requeridos para la validación de la ejecución.
- Entregar oportunamente el Informe Final de Beneficiario/a con los soportes y evidencias requeridas. Este deberá incluir la descripción detallada de las actividades realizadas, en coherencia con lo establecido en el Acta de Concertación. Asimismo, deberá anexar las evidencias que soporten la ejecución de las actividades y el proceso, las cuales deberán contar con reseñas descriptivas que permitan verificar su cumplimiento.
- Como parte de las evidencias, se deberá presentar un video que muestre el desarrollo de la actividad, con una duración mínima de dos (2) minutos y máxima de cuatro (4) minutos. El enlace del video deberá estar habilitado al público, ser de fácil acceso y cumplir con los lineamientos establecidos por la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD).
Nota: El desembolso del incentivo económico estará condicionado al cumplimiento efectivo de los compromisos aquí establecidos, los cuales serán objeto de verificación por parte de la SCRD.
Compromisos de la entidad La Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD), en el marco de la implementación de los Laboratorios de Oportunidades de Barrios Vivos, tendrá los siguientes deberes, orientados a garantizar la transparencia, el acompañamiento institucional y la correcta ejecución del proceso:
- Diseñar, orientar y coordinar la implementación metodológica, técnica y administrativa de los Laboratorios de Oportunidades Culturales.
- Brindar acompañamiento y orientación permanente a las personas participantes y beneficiarias durante las diferentes fases del proceso.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-31 • 2026 • MAYO • 15 31 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 13 de 14
- Establecer y socializar de manera clara las condiciones, requisitos, compromisos y procedimientos relacionados con la participación y asignación de incentivos.
- Verificar el cumplimiento de los requisitos, compromisos y condiciones establecidas para la asignación y desembolso del incentivo económico.
- Realizar el seguimiento y validación de la ejecución de las actividades concertadas.
- Garantizar la trazabilidad documental y administrativa del proceso.
- Gestionar el desembolso de los incentivos conforme a la disponibilidad presupuestal y al cumplimiento de los requisitos establecidos.
- Propender por el uso adecuado y transparente de los recursos públicos.
- Atender oportunamente las solicitudes, observaciones o situaciones excepcionales presentadas por los participantes, incluyendo aquellas derivadas de caso fortuito o fuerza mayor debidamente justificadas.
- En caso de que un beneficiario presuntamente incumpla con los compromisos y deberes adquiridos en las fechas y condiciones establecidas, la SCRD lo requerirá para que dé las explicaciones pertinentes, para lo cual deberá presentarse únicamente la persona natural beneficiaria, el representante legal de la persona jurídica o el representante de la agrupación, según corresponda. De no atender dicho requerimiento dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes o no cumplir los compromisos acordados, la entidad adelantará el procedimiento correspondiente en el marco legal, garantizando el derecho a la defensa y el debido proceso, con la participación del garante.
Proyectó Revisó Aprobó Felipe Duarte Álvarez Stephania Aldana Galvis Mónica Zapata Fernando Augusto García Igor Noriega Director Asuntos Locales y Participación Contratista Dirección de Asuntos Locales y Participación Contratistas Dirección de Asuntos Locales y Participación Documento 20262100247463 firmado electrónicamente por:
Julian Felipe Duarte Alvarez Director de Asuntos Locales y Participación Dirección de Asuntos Locales y Participación Fecha firma: 27-04-2026 17:57:30 Stephania Aldana Galvis Contratista Dirección de Asuntos Locales y Participación Fecha firma: 27-04-2026 14:49:49 Maria Monica Zapata Cortazar Contratista Dirección de Asuntos Locales y Participación Fecha firma: 27-04-2026 14:49:46 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-32 • 2026 • MAYO • 15 32 CÓDIGO:PCR-PR-25-FR-01 GESTIÓN DE PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS VERSIÓN: 2 FECHA:15/12/2025 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Página 14 de 14 Igor Ivan Noriega Velasquez Contratista Dirección de Asuntos Locales y Participación Fecha firma: 27-04-2026 14:57:49 Fernando Augusto García Bejarano Contratista Dirección de Asuntos Locales y Participación Fecha firma: 27-04-2026 15:45:35 Revisó: Cindy Nathalia Matiz Ovalle - Profesional Universitario Código 219 Grado 12 - Dirección de Asuntos Locales y Participación c3276886f285384aa206cb4d4e0a0c7c04fa9458c31721b94d4f142e298643c7 Codigo de Verificación CV: 95851 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-33 • 2026 • MAYO • 15 33 Código: PCR-PR-25-GU-02 GESTIÓN DE LA PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS Fecha: 26/03/2026 Versión: 3 GUÍA OPERATIVA DE LABORATORIOS DE Página 1 de 38 OPORTUNIDADES CULTURALES TABLA DE CONTENIDO Introducción....................................................................................................................................... 3
1. Objetivos ........................................................................................................................................ 4 1.1 Objetivo general ....................................................................................................................... 4 1.2 Objetivos específicos ............................................................................................................... 5
2. Alcance ........................................................................................................................................... 5
3. Definiciones ................................................................................................................................... 6
4. Responsables ................................................................................................................................. 9 4.1. Corresponsables institucionales: marco de articulación ........................................................ 10 4.2. Corresponsables estratégicos: orientación y validación ........................................................ 10 4.3. Corresponsables misionales y operativos: implementación .................................................. 11 4.3.1. Equipo de soporte institucional a la implementación ..................................................... 11 4.3.2. Equipo territorial y de facilitación .................................................................................. 12
5. Desarrollo del Documento ........................................................................................................... 14 5.1. Marco normativo ................................................................................................................... 14 5.1.1. Marco normativo nacional ............................................................................................. 14 5.1.2. Marco Normativo Distrital ............................................................................................ 15 5.2. Marco Conceptual ................................................................................................................. 15 5.2.1. Diseño Centrado en las Personas y Comunidades ....................................................... 16 5.2.2. Diseño de Experiencias Culturales ............................................................................... 16 5.2.3. Sostenibilidad en la Gestión Cultural ............................................................................ 16 5.2.4 Gobernanza Cultural Colaborativa ................................................................................. 16 5.3. Metodología de los Laboratorios de Oportunidades Culturales ............................................. 17 5.3.1 Fase Preliminar: Alistamiento y reconocimiento (Estamos Pillando) .............................. 17 5.3.2 Fase 1: Co-creación del Hito Cultural (Venga Que Si es Pa’ Eso) ................................ 17 5.3.3. Fase 2: Vamo’ Hacelo .................................................................................................. 18 5.3.4 Fase 3: Hágalo Real ...................................................................................................... 18 5.3.5. Fase 4: Esto Debe Ser Pa’ Rato ................................................................................... 19 5.4 Mesas de trabajo .................................................................................................................... 20 5.4.1 Mesa de trabajo: Sentido y Experiencia ......................................................................... 20 5.4.2 Mesa de trabajo: Territorio y Activación ......................................................................... 21 GMC-MN-01-FR-11 v.1 23/03/2023 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-34 • 2026 • MAYO • 15 34 Código: PCR-PR-25-GU-02 GESTIÓN DE LA PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS Fecha: 26/03/2026 Versión: 3 GUÍA OPERATIVA DE LABORATORIOS DE Página 2 de 38 OPORTUNIDADES CULTURALES 5.4.3 Mesa de trabajo: Narrativa y Convocatoria .................................................................... 21 5.4.4 Mesa de trabajo: Cuidado y Continuidad ....................................................................... 21 5.5 Condiciones de Participación ................................................................................................. 22 5.5.1 Principios de Participación ............................................................................................. 22 5.5.1.1 Participación abierta ............................................................................................. 22 5.5.1.2 Pertinencia territorial y pluralidad de actores......................................................... 22 5.5.1.3 Responsabilidad compartida ................................................................................. 22 5.5.1.4 Reglas claras y trato equitativo ............................................................................. 23 5.5.1.5 Distribución equitativa de roles e incentivos .......................................................... 23 5.5.1.6 Valoración de los saberes locales ......................................................................... 23 5.5.1.7 Orientación al interés colectivo ............................................................................. 23 5.5.1.8 Centralidad del encuentro presencial .................................................................... 23 5.5.2 Participación a Laboratorios de Oportunidades Culturales ............................................ 24 5.5.3. ¿Quiénes pueden participar en cada fase de Laboratorios de Oportunidades Culturales? ............................................................................................................................. 24 5.5.4. Compromisos de Participación ..................................................................................... 25 5.5.5. Resolución de Beneficiarios.......................................................................................... 26 5.5.6. Postulación como Beneficiarios/as ............................................................................... 26 5.5.6.1. Requisitos para la Postulación para ser Beneficiario/a ......................................... 27 5.5.6.2. Documentación solicitada en la postulación como beneficiario/a ......................... 28 5.5.6.3. Causales de no asignación del incentivo en los Laboratorios de Oportunidades Culturales de Barrios Vivos............................................................................................... 30 5.5.7. Beneficiarios del Hito Cultural ....................................................................................... 30 5.5.7.1. Compromisos de los Beneficiarios ....................................................................... 30 5.5.7.2. Compromisos en Caso de Distribución del Incentivo ........................................... 31 5.5.7.3. Consideraciones Tributarias y Bancarias para Beneficiarios ................................ 32 5.5.8 Derechos y Deberes de los Beneficiarios de Incentivo .................................................. 33 5.5.9 Inhabilidades, conflictos de interés o retiro de un beneficiario ....................................... 34 5.5.10 Deberes de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) .......................... 35
6. ANEXOS ........................................................................................................................................ 36
7. CONTROL DE CAMBIOS.............................................................................................................. 36 GMC-MN-01-FR-11 v.1 23/03/2023 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-35 • 2026 • MAYO • 15 35 Código: PCR-PR-25-GU-02 GESTIÓN DE LA PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS Fecha: 26/03/2026 Versión: 3 GUÍA OPERATIVA DE LABORATORIOS DE Página 3 de 38 OPORTUNIDADES CULTURALES Introducción Los Laboratorios de Oportunidades Culturales son espacios de encuentro entre vecinos, organizaciones culturales y la institucionalidad, donde se identifican oportunidades culturales del barrio y se diseñan acciones colectivas llamadas Hitos Culturales, que reciben acompañamiento técnico y apoyo económico para su realización. Estos Laboratorios, a cargo de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte, hacen parte de la estrategia de innovación cultural, social y territorial llamada Barrios Vivos, orientada a promover procesos culturales de base comunitaria mediante escenarios de co-creación que reconocen las capacidades, trayectorias organizativas y dinámicas propias de cada territorio.
Su ejecución se enmarca en el Plan Distrital de Desarrollo “Bogotá Camina Segura 2024–2027, y se operativiza a través del Proyecto de Inversión No. 8027: “Fortalecimiento de la gobernanza territorial, la participación incidente y la atención diferenciada de los grupos étnicos, etarios y sectores sociales desde las prácticas culturales en Bogotá D.C.”. Este proyecto responde al Objetivo Estratégico No. 2: “Bogotá confía en su bienestar” y se articula con el Programa 2.14: “Bogotá deportiva, recreativa, artística, patrimonial e intercultural”, cuya meta contempla la promoción de 104 Laboratorios barriales de innovación social y espacios de concertación ciudadana entre 2024 y 2027. En este marco, los Laboratorios constituyen una herramienta de implementación territorial para fortalecer la participación comunitaria, la activación cultural y la construcción colectiva de valor público en los barrios de Bogotá.
En el marco del Proyecto de Inversión 8027, esta apuesta se desarrolla mediante una arquitectura de líneas de implementación que integra los Laboratorios de Oportunidades Culturales, los Laboratorios de Oportunidades Étnicos y los Laboratorios de Transformación Cultural para la Paz. Esta organización permite responder de manera articulada a los propósitos de gobernanza territorial, participación incidente y atención diferenciada definidos por el proyecto, manteniendo una orientación común de innovación social y concertación ciudadana, junto con criterios específicos de pertinencia territorial, poblacional y metodológica. En consecuencia, las tres líneas comparten un horizonte de fortalecimiento comunitario y construcción de valor público, al tiempo que incorporan herramientas y enfoques acordes con los contextos y sujetos de especial atención.
En el marco de Barrios Vivos, la cultura se comprende como un entramado simbólico, relacional y práctico que configura las formas en que las comunidades interpretan su realidad, organizan su vida colectiva y construyen sentidos compartidos sobre el territorio. Esta comprensión incluye expresiones GMC-MN-01-FR-11 v.1 23/03/2023 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-36 • 2026 • MAYO • 15 36 Código: PCR-PR-25-GU-02 GESTIÓN DE LA PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS Fecha: 26/03/2026 Versión: 3 GUÍA OPERATIVA DE LABORATORIOS DE Página 4 de 38 OPORTUNIDADES CULTURALES visibles como prácticas artísticas, celebraciones, usos del espacio y relatos; u otras dimensiones implícitas, como expectativas, formas de relación, códigos de convivencia y memorias sociales.
Desde esta perspectiva, la cultura orienta la acción colectiva y, al mismo tiempo, se transforma mediante ella. Por esta razón, los Laboratorios de Oportunidades Culturales se diseñan como procesos de construcción comunitaria que inciden en los vínculos, las narrativas y las capacidades de organización barrial, contribuyendo al fortalecimiento del tejido social, la identidad territorial y el bienestar comunitario. La presente Guía Conceptual y Operativa de Laboratorios de Oportunidades Culturales tiene como propósito orientar la implementación de esta línea específica dentro de Barrios Vivos, mediante lineamientos conceptuales, metodológicos, técnicos y administrativos para la planeación, facilitación, ejecución y seguimiento de los Laboratorios.
Para asegurar la unidad metodológica y la pertinencia diferencial, esta Guía articula dos capítulos técnicos especializados, presentados a manera de anexos de la presente Guía: el Capítulo de Laboratorios de Oportunidades Étnicos y el Capítulo de Transformaciones Culturales para la Paz, que complementan la implementación en contextos y poblaciones priorizadas.
Propuesta de valor La línea de Laboratorios de Oportunidades Culturales orienta procesos de co-creación comunitaria para el diseño y materialización de Hitos Culturales de escala barrial, a partir del reconocimiento de capacidades locales, trayectorias organizativas y dinámicas propias del territorio. Su propuesta de valor radica en articular participación ciudadana, innovación social y prácticas culturales como base para el fortalecimiento del tejido social y la construcción de valor público.
En esta línea, la cultura se activa como campo de encuentro, concertación y acción colectiva, mediante metodologías participativas que promueven la identificación de oportunidades, la construcción de acuerdos, el diseño colaborativo y la materialización de iniciativas con sentido barrial. Los Laboratorios favorecen el desarrollo de capacidades comunitarias, la confianza entre actores y la consolidación de procesos sostenibles en el tiempo.
1. Objetivos
1.1 Objetivo general Orientar Orientar la implementación técnica, metodológica y operativa de los Laboratorios de Oportunidades Culturales de Barrios Vivos, mediante el establecimiento de lineamientos claros para los equipos de GMC-MN-01-FR-11 v.1 23/03/2023 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-37 • 2026 • MAYO • 15 37 Código: PCR-PR-25-GU-02 GESTIÓN DE LA PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS Fecha: 26/03/2026 Versión: 3 GUÍA OPERATIVA DE LABORATORIOS DE Página 5 de 38 OPORTUNIDADES CULTURALES gestores, laboratoristas, enlaces y directivos, con el fin de garantizar un acompañamiento coherente en el diseño y ejecución de hitos culturales de escala barrial bajo enfoques diferenciales, participativos y de corresponsabilidad.
1.2 Objetivos específicos
- Definir y documentar el 100 % de los lineamientos técnicos y metodológicos para el alistamiento, diseño, desarrollo y cierre de los Laboratorios de Oportunidades Culturales, garantizando su coherencia con la estrategia Barrios Vivos, antes de finalizar el primer semestre de 2026.
- Establecer y socializar los roles, responsabilidades y mecanismos de articulación de los actores involucrados, asegurando su implementación en el 100 % de los equipos territoriales durante las fases de diseño e implementación en 2026.
- Diseñar e implementar herramientas e instrumentos operativos para la planeación, ejecución, documentación y seguimiento de los laboratorios, garantizando su uso en el 100 % de los procesos activos durante la vigencia 2026.
- Aplicar criterios técnicos y administrativos en el 100 % del diseño y ejecución de los hitos culturales, asegurando su pertinencia cultural y coherencia con las dinámicas territoriales durante la vigencia 2026.
2. Alcance
El alcance de la presente Guía Operativa para la implementación de la estrategia Barrios Vivos – Laboratorios de Oportunidades Culturales comprende el acompañamiento técnico y metodológico a los equipos de gestores, laboratoristas, enlaces, directivos y actores institucionales vinculados, así como a las comunidades participantes, mediante orientaciones para la planeación, facilitación, articulación y seguimiento de los procesos de cada laboratorio. Este alcance inicia con la fase de socialización de la estrategia Barrios Vivos en cada uno de los territorios locales y el correspondiente alistamiento de los Laboratorios de Oportunidades Culturales, y se extiende hasta la culminación integral del proceso, entendida como la ejecución del cien por ciento (100 %) de las actividades previstas en los hitos culturales de cada laboratorio, así como el cierre técnico, administrativo y metodológico, incluyendo la consolidación, sistematización y reporte final de resultados conforme a los lineamientos establecidos por la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte.
La Guía contempla la definición de roles y responsabilidades, el uso de instrumentos y herramientas operativas, la organización de cronogramas orientadores, los criterios de viabilidad territorial y cultural, y los lineamientos de seguimiento y sistematización de los procesos y aprendizajes derivados de los Laboratorios. Se concibe que la diversidad de contextos territoriales, sociales y culturales en los que se desarrolla la estrategia Barrios Vivos, condicionan que sus orientaciones se conciban como flexibles GMC-MN-01-FR-11 v.1 23/03/2023 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-38 • 2026 • MAYO • 15 38 Código: PCR-PR-25-GU-02 GESTIÓN DE LA PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS Fecha: 26/03/2026 Versión: 3 GUÍA OPERATIVA DE LABORATORIOS DE Página 6 de 38 OPORTUNIDADES CULTURALES y adaptables que no sustituyan la autonomía comunitaria ni impongan metodologías rígidas, sino un marco metódico que facilite el proceso de concertación e implementación del Hito Cultural.
3. Definiciones
- Acta de concertación del Hito Cultural: Es el documento que consolida el resultado del Hito Cultural concertado por los participantes del Laboratorio, en el cual se formalizan los acuerdos, compromisos, corresponsables, criterios definidos y aspectos de seguimiento.
Este documento tiene carácter vinculante para las partes que lo suscriben y su elaboración garantiza la trazabilidad del proceso, aporta claridad entre los actores involucrados y formaliza las decisiones asociadas a la implementación del Hito Cultural, así como los compromisos adquiridos y las responsabilidades frente a su cumplimiento.
- Agrupación: Conjunto de mínimo tres personas naturales que trabajan y se presentan de manera conjunta al laboratorio con una propuesta artística, cultural o comunitaria que contribuya al desarrollo del Hito Barrial. Sus integrantes participan colectivamente en el Laboratorio de Barrios Vivos con un propósito común orientado a la creación o implementación de acciones culturales en el territorio, y pueden contar con corta, media o larga trayectoria en prácticas culturales, artísticas o comunitarias.
Nota: En el caso de agrupaciones, colectivos o personas jurídicas, al inicio del Laboratorio deberán entregar al facilitador o laboratorista el Formato de Compromiso junto con el listado de sus integrantes, indicando nombre completo y número de identificación, con el fin de tener conocimiento de quiénes hacen parte de la agrupación durante el proceso. La agrupación deberá participar activamente en los laboratorios con la asistencia de al menos el 50 % de sus integrantes y solo podrá registrar inasistencias hasta por un máximo del 20 % del total de las sesiones programadas. En caso de que el representante no pueda asistir a alguna sesión, deberá designar previamente una persona delegada que lo represente y tome decisiones por él en el caso que sea un momento decisivo dentro del proceso, garantizando la continuidad de la participación de la agrupación en el proceso.
- Barrio: Unidad viva de relaciones, significados, memorias, prácticas y expectativas que sostienen la vida cotidiana y comunitaria. En el marco de Barrios Vivos, se entiende como un territorio social y cultural en permanente construcción.
- Barrios Vivos: estrategia de innovación cultural, social y territorial de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD), orientada a promover procesos de base comunitaria y ciudadana en articulación con la institucionalidad distrital, mediante Laboratorios de co-creación y materialización de Hitos Culturales de escala barrial.
GMC-MN-01-FR-11 v.1 23/03/2023 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-39 • 2026 • MAYO • 15 39 Código: PCR-PR-25-GU-02 GESTIÓN DE LA PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS Fecha: 26/03/2026 Versión: 3 GUÍA OPERATIVA DE LABORATORIOS DE Página 7 de 38 OPORTUNIDADES CULTURALES
- Beneficiario de incentivo: persona natural, agrupación, colectividad o actor definido en los lineamientos de la estrategia que, una vez verificado el cumplimiento de condiciones y requisitos, accede al incentivo económico previsto para apoyar la implementación del Hito Cultural o actividades asociadas al Laboratorio.
- Co-creación comunitaria: proceso colaborativo mediante el cual comunidades, equipos facilitadores e institucionalidad diseñan y desarrollan soluciones, acciones o propuestas culturales a partir de saberes locales, acuerdos compartidos y metodologías participativas.
- Colectividad barrial: conjunto de actores comunitarios vinculados por relaciones de vecindad, identidad territorial, prácticas compartidas o intereses comunes en el barrio, que participan en procesos de concertación, co-creación y acción colectiva.
- Comité Validador: instancia técnica encargada de revisar y validar propuestas, criterios o decisiones definidas por la estrategia, de acuerdo con lineamientos de pertinencia, viabilidad y consistencia metodológica establecidos por la SCRD.
- Concertación comunitaria: proceso de diálogo, deliberación y construcción de acuerdos entre actores comunitarios, institucionales y otros aliados del territorio, orientado a definir decisiones, prioridades, compromisos y acciones compartidas en el marco del Laboratorio.
- Conflicto de interés: situación en la que intereses personales, familiares, económicos, laborales o de otro tipo pueden interferir o influir indebidamente en la toma de decisiones, la asignación de recursos o la participación en instancias del Laboratorio.
- Enfoque diferencial: profundiza en la complejidad social, reconociendo que las personas pertenecientes a comunidades, poblaciones y sectores sociales no acceden, disfrutan ni ejercen sus derechos culturales en igualdad de condiciones, debido a factores asociados con la pertenencia étnica, el territorio, la identidad de género, la orientación sexual, el ciclo vital, la discapacidad, entre otros (fragmento de definición tomada de la Guía de Gestión Cultural Poblacional de la Dirección de Asuntos Locales y Participación de la SCRD).
- Enfoque de género: es una herramienta que constituye un presupuesto técnico, político, analítico y orientador de la Política Pública de Mujeres y Equidad de Género (PPMyEG), y visibiliza las desigualdades producto de las relaciones de poder que existen entre hombres
GMC-MN-01-FR-11 v.1 23/03/2023 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-40 • 2026 • MAYO • 15 40 Código: PCR-PR-25-GU-02 GESTIÓN DE LA PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS Fecha: 26/03/2026 Versión: 3 GUÍA OPERATIVA DE LABORATORIOS DE Página 8 de 38 OPORTUNIDADES CULTURALES y mujeres que se reproducen a través de imaginarios, creencias, roles y estereotipos, y que afianzan las brechas de desigualdad e impiden el goce efectivo de los derechos de las mujeres a lo largo del curso de su vida, en las diferentes dimensiones del desarrollo y de la vida social y comunitaria (fragmento de definición tomada de la Guía de Gestión Cultural Poblacional de la Dirección de Asuntos Locales y Participación de la SCRD).
- Enfoque poblacional: reconoce las demandas e intereses de los grupos etarios, los sectores sociales y los grupos étnicos, parte del reconocimiento de que la sociedad no es un bloque monolítico, sino un tejido heterogéneo compuesto por grupos con características, necesidades e intereses específicos (fragmento de definición tomada de la Guía de Gestión Cultural Poblacional de la Dirección de Asuntos Locales y Participación de la SCRD).
- Gobernanza cultural barrial: forma de organización, coordinación y toma de decisiones entre actores comunitarios, institucionales y aliados para impulsar, sostener y proyectar procesos culturales en el barrio, con base en acuerdos, corresponsabilidad y reconocimiento mutuo.
- Hito Cultural: Resultado tangible de un proceso de co-creación comunitaria desarrollado en el marco del Laboratorio, que puede materializarse en una acción, intervención, dispositivo, programación o experiencia de escala barrial, sin limitarse a un evento puntual.
Surge de acuerdos concertados entre los participantes y se configura como una expresión colectiva con sentido simbólico, relacional y territorial, con alto valor representativo, afectivo, funcional e innovador para la comunidad, orientada a fortalecer el tejido social, la confianza, el orgullo y el sentido de pertenencia hacia el barrio, la localidad y la ciudad. Su realización es compartida entre la SCRD y las comunidades participantes
- Incentivo económico: reconocimiento o apoyo económico otorgado en el marco de la estrategia Barrios Vivos, de acuerdo con los lineamientos y condiciones establecidos, para fortalecer la materialización del Hito Cultural.
- Innovación cultural: generación de nuevas formas de creación, organización, activación o articulación comunitaria desde las prácticas culturales, orientadas a responder a necesidades y oportunidades del territorio. En Barrios Vivos, su enfoque es situado, colaborativo y orientado a la producción de valor público.
GMC-MN-01-FR-11 v.1 23/03/2023 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-41 • 2026 • MAYO • 15 41 Código: PCR-PR-25-GU-02 GESTIÓN DE LA PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS Fecha: 26/03/2026 Versión: 3 GUÍA OPERATIVA DE LABORATORIOS DE Página 9 de 38 OPORTUNIDADES CULTURALES
- Laboratorios de Oportunidades Culturales: Línea de implementación de la estrategia Barrios Vivos promovida por la SCRD, que desarrolla un proceso metodológico participativo orientado a la co-creación comunitaria intercultural e intergeneracional. A través de una ruta estructurada y acompañamiento institucional, potencia iniciativas culturales, articula a la ciudadanía con las instituciones y facilita la identificación de oportunidades, la construcción de acuerdos y el diseño e implementación de Hitos Culturales de escala barrial, fortaleciendo la participación y el desarrollo cultural en el territorio.
- Oportunidad cultural: Posibilidad de acción colectiva identificada en el territorio a partir de capacidades, saberes, prácticas, necesidades y deseos comunitarios, cuya identificación posibilita el proceso de co-creación y que se aprovecha o materializa mediante la realización del Hito Cultural, orientado a fortalecer la vida barrial y la participación cultural.
- Participación comunitaria: vinculación activa de personas, grupos y organizaciones del barrio en los procesos de diálogo, concertación, diseño, decisión, ejecución y seguimiento del Laboratorio, desde sus saberes, experiencias y formas de organización.
- Relato barrial: construcción colectiva de sentidos sobre el barrio, elaborada a partir de memorias, experiencias, prácticas, lugares, actores, conflictos, afectos y proyecciones compartidas por la comunidad. Orienta la comprensión del territorio y aporta insumos para la identificación de oportunidades culturales y el diseño del Hito Cultural.
- Valor público: conjunto de beneficios colectivos generados por la acción institucional y comunitaria en el territorio, expresados en fortalecimiento del tejido social, confianza, participación incidente, reconocimiento cultural y mejora de las condiciones para la vida colectiva.
4. Responsables
La implementación de los Laboratorios de Oportunidades Culturales se desarrolla mediante un esquema de corresponsabilidad entre la institucionalidad distrital, los equipos técnicos y territoriales de Barrios Vivos, y las comunidades participantes. Esta organización busca garantizar coherencia metodológica; viabilidad técnica, administrativa y presupuestal; pertinencia territorial y comunitaria; y trazabilidad de los acuerdos y resultados del proceso. Para efectos de la presente Guía, se describen GMC-MN-01-FR-11 v.1 23/03/2023 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-42 • 2026 • MAYO • 15 42 Código: PCR-PR-25-GU-02 GESTIÓN DE LA PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS Fecha: 26/03/2026 Versión: 3 GUÍA OPERATIVA DE LABORATORIOS DE Página 10 de 38 OPORTUNIDADES CULTURALES los actores corresponsables, definidos según su rol y alcance en el cumplimiento de las acciones y resultados establecidos:
4.1. Corresponsables institucionales: marco de articulación Fondos de Desarrollo Local (FDL) En el marco de los convenios interadministrativos que apliquen, los Fondos de Desarrollo Local (FDL) de las Alcaldías Locales participan como instancias responsables de la gestión, administración y ejecución de recursos del nivel local, de conformidad con la normativa vigente y con el objeto de los convenios suscritos con la SCRD. Estos convenios se suscriben, entre otros fundamentos, con cargo a excedentes financieros previamente aprobados por el Consejo Distrital de Política Fiscal – CONFIS, y constituyen un instrumento de articulación entre el nivel central y el nivel local del Distrito.
Su papel se orienta a habilitar la ejecución territorial de las acciones, mediante la articulación administrativa y financiera requerida para el desarrollo de los procesos en cada localidad.
Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) - Dirección de Asuntos Locales y Participación (DALP) La Secretaría, a través de la Dirección de Asuntos Locales y Participación (DALP), orienta sectorialmente la estrategia Barrios Vivos y brinda acompañamiento técnico para su implementación en territorio, asegurando su articulación con los lineamientos, planes y programas distritales del sector cultural.
Nota: Los procedimientos administrativos internos y flujos específicos de gestión documental, jurídica y financiera se desarrollan conforme a los protocolos institucionales vigentes de la SCRD y de las entidades aliadas.
4.2. Corresponsables estratégicos: orientación y validación Nivel directivo Corresponde al nivel directivo de la SCRD la orientación general de la estrategia Barrios Vivos y la toma de decisiones estratégicas asociadas a su implementación. Entre sus responsabilidades se encuentran la expedición de actos administrativos y la participación en instancias de validación que aseguren la coherencia institucional de la estrategia.
Coordinación general de Barrios Vivos (SCRD) La Coordinación General de Barrios Vivos es responsable de orientar y supervisar la implementación de la estrategia en sus distintas líneas, garantizando coherencia conceptual, metodológica y territorial. Asimismo, lidera la articulación interinstitucional, el seguimiento estratégico y la revisión general de guías operativas y condiciones de participación.
GMC-MN-01-FR-11 v.1 23/03/2023 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-43 • 2026 • MAYO • 15 43 Código: PCR-PR-25-GU-02 GESTIÓN DE LA PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS Fecha: 26/03/2026 Versión: 3 GUÍA OPERATIVA DE LABORATORIOS DE Página 11 de 38 OPORTUNIDADES CULTURALES Comité Validador El Comité Validador es la instancia técnica, conformada por directivos y funcionarios de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD), así como, en caso de ser necesario según la naturaleza del hito, por evaluadores expertos en las áreas artísticas correspondientes a las disciplinas objeto de evaluación, encargada de revisar, analizar y retroalimentar las propuestas de Hito Cultural, verificando su viabilidad y pertinencia territorial, cultural y operativa.
4.3. Corresponsables misionales y operativos: implementación Este nivel reúne a los actores estratégicos que hacen posible la implementación cotidiana de los Laboratorios en sus dimensiones metodológica, territorial, administrativa, financiera, jurídica y logística. Para facilitar la lectura de la Guía, sus funciones se presentan organizadas por bloques funcionales.
4.3.1. Equipo de soporte institucional a la implementación Este bloque agrupa roles de soporte técnico-administrativo que garantizan condiciones de operación, trazabilidad y cumplimiento institucional.
Enlace Metodológico-Técnico El rol de Enlace Metodológico tiene la responsabilidad de asegurar la consistencia conceptual, metodológica y operativa en la implementación de los Laboratorios, mediante la articulación entre lineamientos técnicos, equipos territoriales, actores institucionales y dinámicas comunitarias. Se trata de una función estratégica y transversal, en la medida en que traduce orientaciones generales en criterios de implementación situados, acompaña decisiones metodológicas y garantiza la trazabilidad técnica del proceso.
La naturaleza de este rol exige una lectura integral del proceso, capacidad de coordinación interdependiente y seguimiento permanente, así como la gestión simultánea de múltiples frentes de trabajo, incluyendo actividades de planeación para el alistamiento, diseño, facilitación, sistematización, ajustes metodológicos, reportes, cierres e informes de ejecución. Debido a su función articuladora, el rol de Enlace Metodológico ocupa un punto de alta responsabilidad, con incidencia directa sobre la calidad del proceso, la consistencia de los instrumentos y la oportunidad de las decisiones que impactan la implementación territorial. Asimismo, concentra una carga relevante de análisis, anticipación de riesgos y articulación entre dimensiones metodológicas, logísticas y operativas, lo que demanda criterios técnicos sólidos, capacidad de priorización y mecanismos claros de escalamiento institucional para evitar afectaciones en cadena sobre la implementación de los Laboratorios.
Enlaces Administrativos GMC-MN-01-FR-11 v.1 23/03/2023 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-44 • 2026 • MAYO • 15 44 Código: PCR-PR-25-GU-02 GESTIÓN DE LA PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS Fecha: 26/03/2026 Versión: 3 GUÍA OPERATIVA DE LABORATORIOS DE Página 12 de 38 OPORTUNIDADES CULTURALES Son responsables del soporte administrativo del proceso, incluyendo la organización y seguimiento documental, la trazabilidad de formatos y expedientes, el acompañamiento a la formalización de participación y postulación de beneficiarios, y el seguimiento a trámites requeridos para la ejecución y cierre de los Laboratorios.
Enlaces Financieros Brindan acompañamiento al componente presupuestal y financiero de la estrategia, orientando y gestionando los trámites requeridos para la disponibilidad y registro presupuestal, la revisión de soportes y el seguimiento a pagos, en articulación con las dependencias competentes de la entidad.
Enlaces Jurídicos Acompañan el componente jurídico de la implementación, revisando y orientando documentos, actuaciones y actos administrativos requeridos para el desarrollo de la estrategia, en coordinación con los equipos técnicos, administrativos y financieros.
4.3.2. Equipo territorial y de facilitación Este bloque corresponde a los roles con interacción directa y permanente con las comunidades durante el desarrollo de los Laboratorios.
Gestores Territoriales Realizan la lectura territorial inicial y el reconocimiento de actores, dinámicas, riesgos y oportunidades del barrio, aportando insumos para la selección y preparación del proceso. Su papel es clave en el alistamiento territorial, la articulación institucional local y la transferencia de contexto hacia el equipo de implementación de Barrios Vivos de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte de Bogotá. Asimismo, cumplen un rol de puente entre la comunidad y la entidad, apoyando la divulgación de convocatorias, promoviendo la participación de agentes culturales y acompañando el desarrollo de la metodología, sin ser los responsables directos de su implementación.
Gestores Barrios Vivos Actúan como enlace territorial directo entre la estrategia Barrios Vivos y la comunidad, siendo responsables de implementar la metodología en el territorio y de coordinar el desarrollo de sus diferentes fases. Su labor consiste en organizar y acompañar la implementación del Laboratorio en el barrio, cuidando la articulación entre los aspectos metodológicos, administrativos y comunitarios del proceso. Asimismo, realizan seguimiento a los compromisos que surgen durante el desarrollo de la estrategia, consolidan el proceso territorial, orientan la información hacia la comunidad y coordinan la implementación del hito cultural, acompañando también la construcción y ejecución del Acta de Concertación correspondiente. Para el desarrollo de estas acciones, trabajan de manera articulada con GMC-MN-01-FR-11 v.1 23/03/2023 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-45 • 2026 • MAYO • 15 45 Código: PCR-PR-25-GU-02 GESTIÓN DE LA PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS Fecha: 26/03/2026 Versión: 3 GUÍA OPERATIVA DE LABORATORIOS DE Página 13 de 38 OPORTUNIDADES CULTURALES el rol de laboratoristas y el gestor territorial, y socializan la estrategia en instancias de participación, espacios comunitarios y escenarios de gestión cultural local, en el marco de la estrategia impulsada por la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte de Bogotá.
Laboratoristas (facilitadores metodológicos) Diseñan y orientan metodológicamente las sesiones del Laboratorio territorial, dinamizando espacios de escucha, diálogo y co-creación con la comunidad. Acompañan el proceso en todas sus fases, adaptan las herramientas a las realidades del territorio y brindan apoyo técnico y operativo para el diseño, gestión y ejecución del Acta de Concertación y el Hito Cultural, en articulación permanente con el rol de Gestor Territorial. Además, aportan insumos y aprendizajes para el seguimiento y la sistematización del proceso.
Productor/a Coordina la operación logística de los Hitos Culturales, incluyendo planeación operativa, requerimientos técnicos, permisos y articulaciones necesarias para la ejecución en territorio. Durante el hito, acompaña la implementación en sitio y registra incidencias y aprendizajes logísticos como insumo para la mejora del proceso.
4.3.3. Corresponsables comunitarios Reúne a personas naturales, integrantes de agrupaciones o colectivos y representantes de personas jurídicas que desarrollan y sostienen prácticas artísticas, culturales, barriales, comunitarias y sociales en el territorio donde se implementan los Laboratorios de Oportunidades Culturales. Es responsabilidad de estas personas participar de manera activa y corresponsable en el proceso metodológico, aportando su conocimiento del territorio, su experiencia y compromiso comunitario para la concertación, construcción y desarrollo del Hito Cultural. Su participación se formaliza mediante la firma del Formato de Compromiso de Participación, en los términos definidos en la presente Guía y en el apartado de Condiciones Generales.
Participantes Son las personas que se vinculan de manera voluntaria y activa al Laboratorio de Oportunidades Culturales para aportar a la construcción colectiva del Hito Cultural. Su participación se formaliza mediante la firma del Formato de Compromiso de Participación, en los términos definidos en la presente Guía y en el apartado de Condiciones Generales.
Beneficiarios GMC-MN-01-FR-11 v.1 23/03/2023 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-46 • 2026 • MAYO • 15 46 Código: PCR-PR-25-GU-02 GESTIÓN DE LA PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS Fecha: 26/03/2026 Versión: 3 GUÍA OPERATIVA DE LABORATORIOS DE Página 14 de 38 OPORTUNIDADES CULTURALES Son participantes que, cumpliendo los requisitos establecidos (ver 5.5.6.1.), asumen la ejecución de actividades específicas dentro del Hito Cultural y pueden ser reconocidos como beneficiarios del incentivo, conforme a las condiciones definidas por la estrategia y la normatividad aplicable.
5. Desarrollo del Documento
5.1. Marco normativo 5.1.1. Marco normativo nacional Los Laboratorios de Oportunidades Culturales se fundamentan en la comprensión integral del fomento cultural como deber del Estado, tal como lo establece la Constitución Política de Colombia. En particular, el artículo 70 consagra que la cultura es base de la nacionalidad y que el Estado tiene el deber de reconocer y promover la diversidad y pluralidad cultural, garantizando el acceso de todos los ciudadanos a la vida cultural. Así mismo, el artículo 71 señala que el Estado debe crear incentivos y ofrecer estímulos especiales a personas e instituciones que desarrollen y fomenten las manifestaciones culturales.
En desarrollo de este mandato, la Ley 397 de 1997 —Ley General de Cultura— define y orienta la acción pública en materia cultural. En su artículo 1, esta ley señala que la cultura “es fundamento de la nacionalidad y actividad propia de la sociedad colombiana en su conjunto”, y que el Estado debe impulsar procesos culturales individuales y colectivos, reconociendo la diversidad cultural de la Nación. A su vez, se establece que la política cultural debe tener en cuenta tanto al creador como al gestor y al receptor cultural, garantizando el acceso equitativo a las manifestaciones, bienes y servicios culturales, con especial atención a poblaciones vulnerables. Por otra parte, señala las entidades responsables del fomento, estímulos especiales y promoción de la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales.
Por otro lado, los Laboratorios de Oportunidades Culturales también se sustentan en el marco jurídico de la participación ciudadana. En virtud de lo dispuesto por la Ley 1757 de 2015, Ley Estatutaria de Participación Ciudadana, el concepto de participación se concibe como un derecho de las y los ciudadanos, que se desarrolla de la mano de las responsabilidades que competen al Estado para su protección, a través de diversos mecanismos, canales, espacios, instancias de participación, y definiendo un nuevo enfoque del ejercicio del control social y la rendición pública de cuentas.
El artículo 3 de la misma ley establece que “la participación de la sociedad civil se expresa a través de aquellas instancias y mecanismos que permiten su intervención en la conformación, ejercicio y control de los asuntos públicos. (...)” desarrollándose a través una serie de acciones y mecanismos GMC-MN-01-FR-11 v.1 23/03/2023 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-47 • 2026 • MAYO • 15 47 Código: PCR-PR-25-GU-02 GESTIÓN DE LA PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS Fecha: 26/03/2026 Versión: 3 GUÍA OPERATIVA DE LABORATORIOS DE Página 15 de 38 OPORTUNIDADES CULTURALES fundamentales para la inclusión de la ciudadanía en los asuntos públicos, ya sea que tengan su origen a partir de la oferta institucional o por parte de la propia ciudadanía; tal y como lo enuncia el Decreto 1535 de 2022, “Por el cual se adiciona el Capítulo 4 del Título 2 de la Parte 3 del Libro 2 del Decreto 1066 de 2015 Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior, para adoptar la Política Pública de Participación Ciudadana, y se dictan otras disposiciones”.
5.1.2. Marco Normativo Distrital El Decreto 649 de 2025 ratifica el papel de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) como entidad responsable de gestionar la ejecución de políticas, planes y proyectos culturales y artísticos.
Los Laboratorios de Oportunidades Culturales aportan, además, al Objetivo Estratégico del Plan de Desarrollo Distrital (PDD) Bogotá Camina Segura 2024 – 2027 (Acuerdo 927 de 2024) 2. Bogotá confía en su bienestar, específicamente a la meta de “Promover 366 Laboratorios barriales de innovación social y espacios de transformación cultural a través de acuerdos que reconozcan la memoria, la cultura, la recreación y el deporte en los barrios. Estos acuerdos promoverán la valoración social de estas prácticas, la cualificación de la participación incidente y el sentido de identidad de ciudad”
Asimismo, los Laboratorios de Oportunidades Culturales se articulan directamente con las líneas estratégicas del Plan Distrital de Cultura 2038, contribuyendo al ejercicio de la libertad e identidad cultural, al fortalecimiento de comunidades creadoras, al reconocimiento de la diversidad y el diálogo intercultural, al impulso de la agencia cultural y política, y al fomento de la acción colectiva en los territorios.
5.2. Marco Conceptual La presente sección establece las comprensiones conceptuales que orientan la implementación de los Laboratorios de Oportunidades Culturales de la estrategia Barrios Vivos. Su finalidad es ofrecer una base común para la toma de decisiones metodológicas, territoriales y operativas por parte de los equipos de implementación, las comunidades participantes y los actores institucionales vinculados al proceso.
Este marco conceptual se formula en clave aplicada. Por ello, los conceptos aquí desarrollados no se presentan únicamente como referentes teóricos, sino como criterios de orientación para el alistamiento, la facilitación, la concertación, la materialización de los Hitos Culturales y el seguimiento de los Laboratorios.
GMC-MN-01-FR-11 v.1 23/03/2023 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-48 • 2026 • MAYO • 15 48 Código: PCR-PR-25-GU-02 GESTIÓN DE LA PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS Fecha: 26/03/2026 Versión: 3 GUÍA OPERATIVA DE LABORATORIOS DE Página 16 de 38 OPORTUNIDADES CULTURALES 5.2.1. Diseño Centrado en las Personas y Comunidades Los Laboratorios de Oportunidades Culturales se orientan por un enfoque de diseño centrado en las personas y co-creación situada, entendido como una forma de diseñar procesos y soluciones a partir de la escucha, la observación y el trabajo colaborativo con las comunidades, reconociendo sus saberes, experiencias y capacidades de agencia.
Este enfoque desplaza la lógica de intervención basada exclusivamente en la oferta institucional y orienta el Laboratorio hacia la construcción compartida de respuestas pertinentes al contexto barrial, en articulación con la institucionalidad.
5.2.2. Diseño de Experiencias Culturales El diseño de experiencias culturales orienta la construcción de los Laboratorios y de los Hitos Culturales como procesos participativos con sentido estético, simbólico y relacional. En este marco, el valor de la experiencia cultural no se ubica exclusivamente en el evento o producto final, sino en el proceso de encuentro, creación, deliberación y acción colectiva que se desarrolla con la comunidad.
5.2.3. Sostenibilidad en la Gestión Cultural La sostenibilidad, en el marco de los Laboratorios de Oportunidades Culturales, se entiende como la capacidad de los procesos y acciones desarrolladas para generar valor comunitario en el tiempo, mediante condiciones de continuidad social, pertinencia cultural, cuidado ambiental y viabilidad operativa. Esta comprensión reconoce que la sostenibilidad no depende únicamente de recursos financieros, sino también de la apropiación comunitaria del proceso, la consolidación de capacidades locales, la articulación entre actores y la incorporación de prácticas responsables en el uso de recursos y espacios.
5.2.4 Gobernanza Cultural Colaborativa La gobernanza cultural colaborativa se entiende como el conjunto de relaciones, reglas, roles y mecanismos de concertación mediante los cuales comunidad, equipos de implementación e institucionalidad participan en la toma de decisiones y en la gestión compartida del proceso del Laboratorio y del Hito Cultural. En el marco de Barrios Vivos, este eje busca fortalecer relaciones de confianza, transparencia y corresponsabilidad, superando lógicas de intervención unidireccional y promoviendo una participación incidente en la construcción de valor público a escala barrial. Esta orientación es coherente con la propuesta de valor, el objetivo y el alcance definidos en la guía.
GMC-MN-01-FR-11 v.1 23/03/2023 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-49 • 2026 • MAYO • 15 49 Código: PCR-PR-25-GU-02 GESTIÓN DE LA PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS Fecha: 26/03/2026 Versión: 3 GUÍA OPERATIVA DE LABORATORIOS DE Página 17 de 38 OPORTUNIDADES CULTURALES 5.3. Metodología de los Laboratorios de Oportunidades Culturales La metodología de los Laboratorios de Oportunidades Culturales organiza el proceso de implementación en fases secuenciadas y articuladas, con objetivos, tiempos e instrumentos definidos internamente por la SCRD para orientar la co-creación comunitaria.
Su diseño busca facilitar una experiencia de participación clara, progresiva y situada, en la que las comunidades puedan reconocer su territorio, construir acuerdos, diseñar propuestas y materializar un Hito Cultural de escala barrial. De manera complementaria, los hitos administrativos asociados a cada fase se presentan como soporte de gestión para garantizar la viabilidad institucional del proceso, sin afectar la claridad de la ruta de participación comunitaria.
5.3.1 Fase Preliminar: Alistamiento y reconocimiento (Estamos Pillando)
La presente fase tiene como propósito construir la línea base institucional para la selección estratégica de barrios potenciales donde se implementarán los Laboratorios de Oportunidades Culturales. En su desarrollo, el equipo de gestión territorial realiza el primer diagnóstico, exploración, análisis y reconocimiento del territorio, mediante la aplicación del Instrumento de Triangulación de Indicadores de Barrios Potenciales y la Hoja de Vida Cultural del Barrio Vivo. Estos insumos son entregados al equipo de Gestores de Barrios Vivos y Facilitadores, quienes, a partir de esta información, elaboran una lectura que permite identificar capacidades, riesgos, actores clave, vida cultural existente y condiciones de viabilidad estratégica, tanto institucional como operativa. Su implementación requiere una coordinación oportuna entre los actores territoriales e institucionales para garantizar la calidad metodológica y las condiciones necesarias para el desarrollo del proceso.
5.3.2 Fase 1: Co-creación del Hito Cultural (Venga Que Si es Pa’ Eso)
Esta fase constituye el primer momento de encuentro con la comunidad, y tiene como propósito principal poner en diálogo el diagnóstico territorial previamente realizado con las voces, saberes y experiencias de los actores locales. En este espacio se valida colectivamente la lectura del territorio, se profundiza en el reto creativo identificado y se da inicio al diseño conjunto del Hito Cultural que orientará el desarrollo del Laboratorio de Oportunidades Culturales.
A nivel metodológico, se desarrollan reconocimientos y mapeos participativos, así como ejercicios de narrativas colectivas y cartografías culturales, a través de los cuales se identifican prácticas culturales cotidianas, símbolos identitarios, actores clave, redes existentes y emociones asociadas al territorio y sus contextos. Estos procesos permiten reconocer los recursos culturales disponibles, y también los sentidos, memorias y vínculos afectivos que configuran y dan significado a la vida comunitaria.
GMC-MN-01-FR-11 v.1 23/03/2023 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-50 • 2026 • MAYO • 15 50 Código: PCR-PR-25-GU-02 GESTIÓN DE LA PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS Fecha: 26/03/2026 Versión: 3 GUÍA OPERATIVA DE LABORATORIOS DE Página 18 de 38 OPORTUNIDADES CULTURALES 5.3.3. Fase 2: Vamo’ Hacelo En esta fase se desarrolla el proceso de prototipado del Hito Cultural, entendido como una etapa estratégica de prueba, ajuste y validación previa a su ejecución integral. Su propósito es reducir riesgos, fortalecer la pertinencia territorial y garantizar la viabilidad técnica, metodológica y operativa del hito, antes de comprometer la totalidad de los recursos disponibles.
Durante esta etapa, el equipo técnico y la comunidad diseñan e implementan prototipos de alcance controlado, que permiten ensayar los componentes centrales del Hito Cultural en condiciones reales del territorio. Estos prototipos pueden centrarse en la experiencia del público, el uso del espacio, los tiempos, la narrativa, la logística, los roles comunitarios o los mecanismos de convocatoria, sin desplegar aún la totalidad de la propuesta.
A partir del desarrollo del prototipo, se realiza una evaluación sistemática de la propuesta de valor, verificando si la experiencia resulta comprensible, significativa y atractiva para los públicos priorizados, así como su capacidad para generar participación efectiva, apropiación comunitaria y sentido colectivo. Con base en esta evaluación, se realizan los ajustes necesarios para fortalecer el impacto cultural y social del hito.
De manera paralela, se consolida la narrativa del Hito Cultural, asegurando coherencia entre los símbolos locales, los mensajes, las emociones que se buscan activar y la identidad del territorio. La narrativa se afina para que el hito sea reconocible, significativo y propio del barrio, y no una actividad genérica o replicable sin contexto.
En esta fase también se identifican, validan y fortalecen alianzas estratégicas con actores comunitarios, institucionales y otros aliados, definiendo los aportes de cada uno en términos de recursos, saberes, logística o acompañamiento. Estas alianzas permiten ampliar capacidades, optimizar recursos y fortalecer la sostenibilidad del proceso. En esta fase se construye y firma el Acta de Concertación del Hito Cultural, documento vinculante en el que se formalizan los acuerdos alcanzados, los compromisos, corresponsables, criterios de implementación y aspectos de seguimiento definidos entre la comunidad participante y la SCRD.
5.3.4 Fase 3: Hágalo Real En esta fase se lleva a cabo la ejecución del Hito Cultural en el territorio, materializando el proceso de concertación, diseño y prototipado desarrollado en las etapas anteriores. Corresponde al momento en el que la propuesta cultural validada se pone en práctica, involucrando de manera activa a la comunidad, a los actores locales y a los aliados estratégicos definidos.
GMC-MN-01-FR-11 v.1 23/03/2023 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-51 • 2026 • MAYO • 15 51 Código: PCR-PR-25-GU-02 GESTIÓN DE LA PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS Fecha: 26/03/2026 Versión: 3 GUÍA OPERATIVA DE LABORATORIOS DE Página 19 de 38 OPORTUNIDADES CULTURALES La fase inicia con la preproducción del hito, que comprende el alistamiento logístico, técnico y operativo necesario para su desarrollo. En este momento se coordinan los equipos de trabajo, se confirman roles comunitarios, se ajustan cronogramas, se gestionan espacios y se preparan los insumos requeridos, garantizando que las condiciones estén dadas para una ejecución adecuada y segura.
Posteriormente, se desarrolla el momento operativo del Hito Cultural, en el que se implementan las actividades programadas en el territorio. Durante esta etapa se promueve la participación activa de la comunidad, el uso significativo del espacio público o comunitario, y la puesta en marcha de la narrativa, los contenidos y las experiencias diseñadas, procurando que el hito mantenga coherencia con la identidad barrial y los objetivos del Laboratorio de Oportunidades Culturales.
De manera transversal, se fortalece la participación comunitaria mediante la activación de roles previamente definidos, la articulación con actores locales y aliados, y la promoción de dinámicas de corresponsabilidad que favorezcan el cuidado del proceso, la apropiación colectiva y el fortalecimiento del tejido social.
Adicionalmente, es fundamental que la comunidad asuma de manera autónoma la responsabilidad de realizar las convocatorias para cada una de las actividades concertadas. Se recomienda garantizar como mínimo la participación de cinco (5) personas por actividad, con el fin de fortalecer los procesos de apropiación, visibilización y sostenibilidad de las acciones culturales desarrolladas.
En conjunto, esta fase permite consolidar el Hito Cultural como una experiencia significativa para el territorio, evidenciando la capacidad de la comunidad para diseñar, ejecutar y valorar procesos culturales construidos de manera colectiva.
5.3.5. Fase 4: Esto Debe Ser Pa’ Rato Esta fase tiene como propósito proyectar el proceso desarrollado en el Laboratorio de Oportunidades Culturales a mediano y largo plazo, asegurando que los aprendizajes, capacidades, vínculos y acuerdos construidos no se agoten con la ejecución del Hito Cultural. Se enfoca en fortalecer la autonomía comunitaria, la organización local y la continuidad de las acciones culturales en el territorio.
Durante esta etapa se construye de manera participativa un modelo de gobernanza barrial, que define cómo la comunidad se organiza, toma decisiones, distribuye responsabilidades y mantiene activos los procesos culturales iniciados. Este modelo busca consolidar liderazgos, fortalecer el trabajo colectivo y promover relaciones claras y sostenibles entre los actores comunitarios, institucionales y aliados.
GMC-MN-01-FR-11 v.1 23/03/2023 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-52 • 2026 • MAYO • 15 52 Código: PCR-PR-25-GU-02 GESTIÓN DE LA PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS Fecha: 26/03/2026 Versión: 3 GUÍA OPERATIVA DE LABORATORIOS DE Página 20 de 38 OPORTUNIDADES CULTURALES De forma complementaria, se diseña una estrategia de sostenibilidad, orientada a identificar oportunidades de continuidad, articulación y proyección del proceso. Esta estrategia contempla la vinculación del Barrio Vivo con la oferta institucional de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte, así como con iniciativas de la economía cultural y creativa, redes comunitarias y otros actores que puedan acompañar y fortalecer el proceso en el tiempo.
En conjunto, esta fase permite cerrar el Laboratorio de Oportunidades Culturales como un proceso con proyección, dejando capacidades instaladas en el territorio y rutas claras para la continuidad de la acción cultural comunitaria.
5.4 Mesas de trabajo Las mesas de trabajo son equipos organizativos del Laboratorio de Oportunidades Culturales, conformados por representantes de la comunidad participante y por el equipo técnico de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD), que asumen responsabilidades específicas para la implementación del Hito Cultural. Su propósito es distribuir funciones y garantizar una ejecución integral del proceso, cuidando la coherencia conceptual, la articulación territorial, la comunicación estratégica y la sostenibilidad de las acciones desarrolladas.
Estos equipos se activarán a lo largo de la ruta operativa de las diferentes fases propuestas para el desarrollo de la estrategia, asegurando su participación progresiva y su aporte específico en cada momento metodológico. No obstante, su número y alcance podrán ajustarse según la naturaleza del Hito Cultural o las particularidades de cada Laboratorio, garantizando siempre pertinencia, eficiencia organizativa y coherencia con el contexto territorial.
En conjunto, estas mesas de trabajo contribuyen a que el Hito Cultural responda a las dinámicas del barrio, fortalezca la participación comunitaria y se desarrolle con propósito colectivo en el marco de la Estrategia Barrios Vivos.
5.4.1 Mesa de trabajo: Sentido y Experiencia Responsable de velar por la coherencia conceptual y experiencial del Hito Cultural, asegurando que las actividades desarrolladas tengan sentido para el barrio y se encuentren alineadas con las oportunidades culturales identificadas.
Funciones principales:
GMC-MN-01-FR-11 v.1 23/03/2023 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-53 • 2026 • MAYO • 15 53 Código: PCR-PR-25-GU-02 GESTIÓN DE LA PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS Fecha: 26/03/2026 Versión: 3 GUÍA OPERATIVA DE LABORATORIOS DE Página 21 de 38 OPORTUNIDADES CULTURALES
- Velar que el diseño del Hito Cultural responda a los significados, memorias y dinámicas propias del barrio.
- Verificar que el Hito Cultural trascienda al desarrollo de actividades aisladas, y se configure como una experiencia cultural con propósito comunitario colectivo y significativo.
- Acompañar la coherencia entre los objetivos del hito, las actividades propuestas y la experiencia de los participantes.
- Alertar al Laboratorista sobre desviaciones que puedan desvirtuar el sentido del Hito Cultural.
5.4.2 Mesa de trabajo: Territorio y Activación Encargada de articular el Hito Cultural con el territorio, garantizando su adecuada inserción en los espacios barriales y su relación armoniosa con vecinos, actores locales y dinámicas del entorno.
Funciones principales:
- Identificar y articular los espacios del barrio donde se desarrollarán las actividades del Hito Cultural.
- Apoyar la planeación de recorridos, usos del espacio, tiempos y localización de las actividades.
- Facilitar la relación y comunicación con vecinos, colectivos y actores del territorio involucrados o impactados por el hito.
5.4.3 Mesa de trabajo: Narrativa y Convocatoria Responsable de diseñar y cuidar la narrativa del Hito Cultural, así como de apoyar los procesos de convocatoria y comunicación con los públicos objetivo.
Funciones principales:
- Diseñar mensajes claros, cercanos y coherentes para la divulgación del Hito Cultural.
- Definir y gestionar las estrategias de convocatoria acordes con los públicos objetivo y las dinámicas del barrio.
- Cuidar que la narrativa utilizada represente adecuadamente al territorio y evite estigmatizaciones o usos inadecuados de su imagen.
- Articularse con el Laboratorista para asegurar cumplimiento y alienación de la narrativa y estrategia comunicacional a los lineamientos institucionales.
5.4.4 Mesa de trabajo: Cuidado y Continuidad Promueve el cuidado del proceso comunitario y la sostenibilidad del Hito Cultural, antes, durante y GMC-MN-01-FR-11 v.1 23/03/2023 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-54 • 2026 • MAYO • 15 54 Código: PCR-PR-25-GU-02 GESTIÓN DE LA PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS Fecha: 26/03/2026 Versión: 3 GUÍA OPERATIVA DE LABORATORIOS DE Página 22 de 38 OPORTUNIDADES CULTURALES después de su ejecución.
Funciones principales:
- Velar por los acuerdos comunitarios relacionados con el desarrollo del Hito Cultural.
- Acompañar la relación con aliados, organizaciones y actores que contribuyen a la ejecución o sostenibilidad del proceso.
- Identificar aprendizajes, capacidades instaladas y acciones que puedan mantenerse o proyectarse después del Hito Cultural.
Nota: Además de las mesas señaladas anteriormente, su número y conformación podrán ser modificados según las necesidades del proceso. En este sentido, podrán establecerse menos o más mesas de trabajo de acuerdo con la naturaleza, los requerimientos y las particularidades del Hito Cultural, garantizando una participación pertinente y el adecuado desarrollo de las actividades del laboratorio.
5.5 Condiciones de Participación 5.5.1 Principios de Participación La participación en los Laboratorios de Oportunidades Culturales se concibe como un proceso colectivo orientado a fortalecer la acción cultural y social en los territorios, bajo criterios de apertura, equidad, corresponsabilidad y pertinencia territorial. Su desarrollo se fundamenta en principios que orientan la toma de decisiones, la asignación de responsabilidades y la implementación de las actividades.
En este marco, la participación se rige por los siguientes lineamientos:
5.5.1.1 Participación abierta El proceso inicia con una fase de acceso abierto que permite la vinculación libre de personas interesadas. La permanencia y formalización de la participación en las fases posteriores se deberá realizar de manera gradual, de acuerdo con el cumplimiento de compromisos y condiciones previamente definidos.
5.5.1.2 Pertinencia territorial y pluralidad de actores La participación prioriza a actores con presencia, conocimiento y relación directa con el territorio donde se desarrollan los Laboratorios, promoviendo la inclusión de diversas miradas, prácticas culturales y trayectorias comunitarias.
GMC-MN-01-FR-11 v.1 23/03/2023 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-55 • 2026 • MAYO • 15 55 Código: PCR-PR-25-GU-02 GESTIÓN DE LA PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS Fecha: 26/03/2026 Versión: 3 GUÍA OPERATIVA DE LABORATORIOS DE Página 23 de 38 OPORTUNIDADES CULTURALES 5.5.1.3 Responsabilidad compartida La vinculación a los Laboratorios implica asumir responsabilidades frente al proceso colectivo, la comunidad y el territorio. Las y los participantes deben actuar con respeto, honestidad y disposición al trabajo colaborativo.
5.5.1.4 Reglas claras y trato equitativo Todos los procesos de vinculación, asignación de roles e incentivos se desarrollan bajo criterios públicos, objetivos y verificables, garantizando igualdad de condiciones para las personas participantes.
5.5.1.5 Distribución equitativa de roles e incentivos Con el fin de garantizar una participación equitativa y diversa, se establecerá que una misma persona, agrupación, colectivo u organización no concentre múltiples roles o incentivos dentro de un mismo Laboratorio y/o localidad durante la vigencia actual y la inmediatamente anterior, promoviendo así mayores oportunidades de acceso y fortalecimiento del ecosistema cultural.
5.5.1.6 Valoración de los saberes locales Los Laboratorios reconocen y legitiman los conocimientos, prácticas y experiencias culturales existentes en las comunidades, entendiendo la cultura como una construcción colectiva anclada en el territorio.
5.5.1.7 Orientación al interés colectivo Los Hitos Culturales desarrollados en el marco de los Laboratorios deben responder a propósitos colectivos y comunitarios, excluyendo usos individuales, particulares o ajenos a los objetivos culturales del proceso.
5.5.1.8 Centralidad del encuentro presencial El desarrollo de los Laboratorios privilegia la presencialidad como condición para la concertación, el diálogo y la construcción colectiva. El encuentro directo fortalece la confianza, el tejido social y la apropiación comunitaria de los procesos culturales.
5.5.1.9 Respeto, diversidad y buen trato Los Laboratorios promueven relaciones basadas en el respeto mutuo, el reconocimiento de la diferencia y el buen trato entre las personas participantes. Se valora la diversidad de saberes, formas de ser, estar y crear en el territorio, garantizando ambientes de participación seguros, incluyentes y libres de discriminación. En este marco, se reconoce especialmente la GMC-MN-01-FR-11 v.1 23/03/2023 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-56 • 2026 • MAYO • 15 56 Código: PCR-PR-25-GU-02 GESTIÓN DE LA PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS Fecha: 26/03/2026 Versión: 3 GUÍA OPERATIVA DE LABORATORIOS DE Página 24 de 38 OPORTUNIDADES CULTURALES participación y el respeto hacia las mujeres, las infancias, las personas mayores, los grupos étnicos y las personas con discapacidad, promoviendo un enfoque diferencial que fortalezca la convivencia y el aprendizaje colectivo.
5.5.2 Participación a Laboratorios de Oportunidades Culturales El proceso de participación a los Laboratorios de Oportunidades Culturales de Barrios Vivos está diseñado para garantizar que las personas naturales, jurídicas y agrupaciones o colectivos acepten y se comprometan con los principios, condiciones y metodología de los Laboratorios. La participación se desarrolla de manera progresiva y contempla distintos niveles de vinculación, de acuerdo con las fases del proceso.
5.5.3. ¿Quiénes pueden participar en cada fase de Laboratorios de Oportunidades Culturales?
En la Fase 0: Preliminar: Alistamiento y reconocimiento (Estamos Pillando), los equipos territoriales de la SCRD realizan una convocatoria abierta para que la comunidad asista a la sesión inicial de socialización de los Laboratorios; la participación se registra con asistencia presencial y diligenciamiento del formato dispuesto por la SCRD, y tiene un carácter informativo y exploratorio, sin generar compromisos ni derechos como parte del Hito Cultural.
En la Fase 1: Venga que sí es pa’ eso, pueden participar todas las personas y organizaciones sin distinción (personas naturales, jurídicas, colectivos y agrupaciones); niñas, niños y adolescentes pueden vincularse con acompañamiento de sus acudientes y previa firma de la autorización correspondiente, aunque no pueden ser beneficiarios directos de incentivos económicos.
En la Fase 2: Vamo’ hacelo, continúan quienes hayan cumplido los compromisos de participación, y posteriormente se formaliza la postulación como beneficiarios, requisito indispensable para acceder a incentivos.
Finalmente, en las Fases 3: Hágalo real 4: Esto es pa’ rato, participan quienes, además de cumplir los compromisos, hayan sido oficialmente habilitados por la SCRD mediante acto administrativo que acoge la recomendación del Comité Validador y autoriza el desembolso de los incentivos económicos.
Nota: El número mínimo de beneficiarios por Laboratorio será de quince (15) personas que cumplan con los compromisos de participación, los requisitos de postulación y las validaciones administrativas, técnicas y documentales correspondientes. En casos de participación masiva, el número de beneficiarios directos podrá limitarse hasta un máximo del cincuenta por ciento (50%) del total de participantes que hayan cumplido dichos requisitos, sin que esto implique que el resto de participantes queden por fuera o puedan recibir recursos de GMC-MN-01-FR-11 v.1 23/03/2023 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-57 • 2026 • MAYO • 15 57 Código: PCR-PR-25-GU-02 GESTIÓN DE LA PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS Fecha: 26/03/2026 Versión: 3 GUÍA OPERATIVA DE LABORATORIOS DE Página 25 de 38 OPORTUNIDADES CULTURALES manera directa y con el fin de garantizar la viabilidad administrativa del proceso y la adecuada distribución de los recursos.
5.5.4. Compromisos de Participación La participación implica la aceptación de los siguientes compromisos:
- Cumplir con una asistencia presencial mínima del 80 % de las sesiones programadas del Laboratorio durante las fases I y II. Para el registro de asistencia, las y los participantes contarán con un margen de 15 minutos después de iniciada cada sesión para registrar su llegada. Al finalizar cada encuentro, se realizará nuevamente el llamado a lista y la firma del listado de asistencia, con el fin de verificar la permanencia durante la jornada y garantizar el adecuado seguimiento de la participación en el proceso formativo.
- Cumplir, asumir y respetar los principios éticos de participación del Laboratorio: cooperación, cuidado de lo común, reconocimiento del otro, respeto, transparencia y compromiso con el bien colectivo.
- No postularse ni proponer actividades que no puedan ser ejecutadas con solvencia técnica, ética, económica y operativa.
- Cumplir en los términos de ley y los que establezca la entidad las solicitudes de información y documentación que sean requeridas por parte de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte para efectos de seguimiento, control y soporte del proceso, dentro de los plazos y requerimientos establecidos.
- No formalizar su postulación en más de un Laboratorio de Oportunidades Culturales de manera simultánea dentro del mismo periodo de ejecución del programa, ni haber sido beneficiario en las vigencias anteriores. Esta restricción deberá extenderse a los demás Laboratorios y procesos desarrollados por la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte, tales como Laboratorios de Transformaciones Culturales, Paz y Ruralidad o Laboratorios con enfoque étnico, con el fin de evitar el acaparamiento de cupos y garantizar una distribución equitativa de las oportunidades, promoviendo una mayor cobertura y diversidad de beneficiarios.
- Participar de manera activa, propositiva y corresponsable en el Laboratorio de Oportunidades Culturales.
- Los productos generados de los distintos hitos y que sean beneficiados sus artistas, productores, realizadores y demás; en sus productos, como son: obras musicales, danza, literatura, artes audiovisuales, artes plásticas y visuales, teatro y circo, tecnología y demás; ceden sus derechos patrimoniales, como son de explotación, exhibición, mantenimiento y demás, a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
GMC-MN-01-FR-11 v.1 23/03/2023 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-58 • 2026 • MAYO • 15 58 Código: PCR-PR-25-GU-02 GESTIÓN DE LA PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS Fecha: 26/03/2026 Versión: 3 GUÍA OPERATIVA DE LABORATORIOS DE Página 26 de 38 OPORTUNIDADES CULTURALES *Nota: Quienes no puedan asistir a alguna de las sesiones del Laboratorio de Oportunidades por problemas de salud, podrán presentar su respectivo soporte de incapacidad médica debidamente emitido y firmado por una entidad médica oficial certificada para no afectar su porcentaje de asistencia dentro del proceso. Asimismo, quienes no puedan asistir a alguna de las sesiones del Laboratorio de Oportunidades por fallecimiento de familiares de primer o segundo grado, podrán presentar el respectivo certificado o constancia que evidencie su relación directa con la persona fallecida para no afectar su porcentaje de asistencia.
5.5.5. Resolución de Beneficiarios La expedición de la Resolución de Beneficiarios se realizará previa validación por parte de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) del cumplimiento de los Compromisos de Participación establecidos en la presente Guía, además de la entrega del Acta de Concertación con los requerimientos técnicos para la ejecución de los Hitos Culturales.
En cada Laboratorio de Oportunidades Culturales, la Resolución de Beneficiarios deberá reconocer un número mínimo de quince (15) beneficiarios, siempre que se cuente con el cumplimiento de los Compromisos de Participación y los requisitos establecidos. La expedición de la Resolución de Beneficiarios no constituye un derecho adquirido, y estará sujeta al cumplimiento integral de las condiciones, requisitos y validaciones previstas en la presente Guía.
En casos excepcionales de baja participación, y atendiendo la proporción de participantes efectivamente vinculados al Laboratorio, la SCRD podrá revisar y validar la distribución del incentivo económico entre personas naturales, personas jurídicas, y representantes de agrupaciones y/o colectivos que manifiesten interés en participar del procedimiento y que cumplan integralmente con los Compromisos de Participación y los requerimientos para la postulación como beneficiarios.
De igual forma, la SCRD podrá suspender el desarrollo del laboratorio o retirar a participantes del proceso cuando se presenten situaciones que afecten la participación efectiva, el cumplimiento de los compromisos establecidos o las condiciones mínimas para el adecuado desarrollo del proceso.
5.5.6. Postulación como Beneficiarios/as La postulación como beneficiarios/as constituye un requisito obligatorio para vincularse a partir del inicio de las actividades programadas en la Fase 3: Vamo’ a hacerlo orientada a la implementación del Hito Cultural. Esta postulación se encuentra directamente asociada al compromiso de la comunidad y ciudadanía de asumir responsabilidades en la ejecución de actividades concertadas dentro del Hito Cultural.
GMC-MN-01-FR-11 v.1 23/03/2023 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-59 • 2026 • MAYO • 15 59 Código: PCR-PR-25-GU-02 GESTIÓN DE LA PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS Fecha: 26/03/2026 Versión: 3 GUÍA OPERATIVA DE LABORATORIOS DE Página 27 de 38 OPORTUNIDADES CULTURALES El proceso se realiza mediante la validación de documentos, por parte de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD), y del cumplimiento de los Compromisos de Participación. Una vez se realice la validación, se procederá en la entrega completa y oportuna de la documentación requerida, de acuerdo con el tipo de participante; además de la validación de los Requisitos para la Postulación para ser Beneficiario.
Solo las personas que completen satisfactoriamente este proceso podrán:
- Participar en la implementación del Hito Cultural.
- Ser beneficiarios/as del incentivo
- Asumir responsabilidades en las actividades de la Fase 3 y 4 de los Laboratorios.
5.5.6.1. Requisitos para la Postulación para ser Beneficiario/a Podrán formalizar su postulación como beneficiarios en los Laboratorios de Oportunidades Culturales las personas naturales mayores de dieciocho (18) años, así como los representantes de agrupaciones o colectivos, que residan en barrios de la localidad donde se desarrolla el Laboratorio, en zonas cercanas a su área de influencia, o que acrediten vínculos comprobables con procesos culturales del territorio.
Así mismo, podrán formalizar su participación las personas jurídicas del sector cultural, a través de su representante legal, siempre que su objeto social esté relacionado con actividades culturales y que cuenten con trayectoria, presencia o trabajo previo en la localidad o en su entorno inmediato, lo cual deberá ser debidamente acreditado.
De manera excepcional, y atendiendo el carácter innovador y de transformación social de los Laboratorios de Oportunidades Culturales, podrán participar en los espacios del proceso jóvenes menores de dieciocho (18) años. No obstante, estos no podrán ser beneficiarios de incentivos económicos ni asumir responsabilidades en la ejecución del Hito Cultural. En estos casos, la participación estará condicionada a la presentación de la Autorización de Tratamiento de Datos, Uso de Imagen y Participación de Niños, Niñas y Adolescentes, debidamente diligenciada y firmada por el padre, madre o representante legal.
Para acceder al incentivo económico, se debe cumplir con los siguientes requisitos mínimos:
- Haber formalizado su postulación con documentación completa, veraz, vigente y validada por la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD).
GMC-MN-01-FR-11 v.1 23/03/2023 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-60 • 2026 • MAYO • 15 60 Código: PCR-PR-25-GU-02 GESTIÓN DE LA PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS Fecha: 26/03/2026 Versión: 3 GUÍA OPERATIVA DE LABORATORIOS DE Página 28 de 38 OPORTUNIDADES CULTURALES
- Contar con asistencia validada de al menos el ochenta por ciento (80%) en las Fases 1 y 2 del Laboratorio al que se registra su participación.
- Haber participado de manera propositiva y verificable en la elaboración de las actividades enmarcadas en la Fase 1 y 2 del Laboratorio.
- Haber participado, firmado y suscrito la propuesta del Hito Cultural mediante el Acta de Concertación, incluyendo el cronograma, los productos y el presupuesto concertados y presentados ante la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD).
- Contar con capacidad técnica, administrativa, presupuestal y operativa para ejecutar la actividad.
- Garantizar que la cuenta bancaria esté habilitada y libre de embargos.
- Personas colombianas y/o extranjeras desde que acrediten la formalización de la participación a través del formato de compromiso de participante y los documentos obligatorios de orden administrativo que se requieren de acuerdo al tipo de participante.
- No encontrarse incursos en causales de inhabilidad, incompatibilidad o conflicto de interés, tales como:
Ser servidor público o contratista de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD), de sus entidades adscritas o de un Fondo de Desarrollo Local (FDL), así como tener vínculo de parentesco hasta segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o único civil, con personas que participen en la toma de decisiones, aval presupuestal, estructuración o definición institucional de los Laboratorios de Oportunidades Culturales, para lo cual el deberá diligenciar el formato declaración de conflictos de interés suministrado por la SCRD.
- Contar con sanciones o declaratorias de incumplimiento en programas de la SCRD durante los últimos tres (3) años.
- Haber sido beneficiario de la Estrategia Barrios Vivos en las vigencias 2024 y 2025 o participar de manera simultánea en Laboratorios activos de distintas localidades en la misma vigencia.
- Personas que hayan sido retiradas de procesos de la SCRD por incumplimientos, y uso indebido de recursos o faltas éticas en vigencias anteriores.
- Personas que hayan sido sancionadas administrativa o disciplinariamente por hechos relacionados con la ejecución de recursos públicos culturales.
- La verificación de estas condiciones podrá realizarse en cualquier momento del proceso y dará lugar a la exclusión inmediata del Laboratorio.
GMC-MN-01-FR-11 v.1 23/03/2023 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-61 • 2026 • MAYO • 15 61 Código: PCR-PR-25-GU-02 GESTIÓN DE LA PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS Fecha: 26/03/2026 Versión: 3 GUÍA OPERATIVA DE LABORATORIOS DE Página 29 de 38 OPORTUNIDADES CULTURALES Nota: En caso de que una persona considere que puede encontrarse incursa en una posible inhabilidad o situación de conflicto de interés, deberá informar de manera oportuna al equipo facilitador, con el fin de que la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) revise el caso particular.
5.5.6.2. Documentación solicitada en la postulación como beneficiario/a La postulación como beneficiarios en los Laboratorios de Oportunidades Culturales de Barrios Vivos se realiza mediante la entrega completa y veraz de la documentación requerida según el tipo de participante. La entrega oportuna de la documentación, dentro de los plazos y requerimientos solicitados por la Secretaría, constituye un requisito indispensable para continuar en las fases posteriores del proceso.
Tabla: No 1. Estrategia Barrios Vivos Tipo de Participante Documentos requeridos Personas naturales mayores de 18 años
1. Formato de Compromiso del Participante debidamente diligenciado y firmado .
2. Copia del documento de identidad.
3. Certificación bancaria a nombre del participante actualizado con fecha del mes en que se solicita.
4. RUT actualizado con fecha del mes en que se solicita y con actividad económica.
5. Declaración Juramentada de Residencia debidamente diligenciada y firmada. En caso de ser una agrupación, deberá ser firmada por cada integrante.
6. Certificación de afiliación al sistema de salud actualizado con fecha del mes en que se solicita.
Representantes de Agrupaciones y Colectivos
1. Formato de Compromiso de Participante debidamente diligenciado y firmado por cada integrante del colectivo.
2. Copia del documento de identidad de todos los integrantes de la agrupación.
3. Certificación bancaria a nombre del representante de la agrupación con fecha del mes en que se solicita.
4. RUT actualizado del representante de la agrupación con fecha del mes en que se solicita y con actividad económica.
5. Declaración Juramentada de Residencia de cada integrante de la agrupación diligenciada y firmada por cada integrante del colectivo.
6. Certificación de afiliación al sistema de salud del representante del colectivo actualizado con fecha del mes en que se solicita.
7. Declaración de Representación y Distribución de Incentivo Económico debidamente diligenciada y firmada por todos los integrantes de la
GMC-MN-01-FR-11 v.1 23/03/2023 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-62 • 2026 • MAYO • 15 62 Código: PCR-PR-25-GU-02 GESTIÓN DE LA PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS Fecha: 26/03/2026 Versión: 3 GUÍA OPERATIVA DE LABORATORIOS DE Página 30 de 38 OPORTUNIDADES CULTURALES agrupación.
Personas Jurídicas del Sector Cultural
1. Certificado de existencia y representación legal
2. Copia del documento de identidad del representante legal.
3. RUT actualizado de la persona jurídica con actividad económica afín a la actividad a desarrollar con fecha del mes en que se solicita.
4. Certificación bancaria a nombre de la entidad, actualizada con fecha del mes en que se solicita.
5. Formato de compromiso del participante debidamente diligenciado y firmado por el representante legal.
6. Certificado de parafiscales.
7. Hoja de vida de la organización con soportes de trayectoria de al menos tres proyectos ejecutados en los últimos cinco años.
Fuente: Elaboración propia, 2026 5.5.6.3. Causales de no asignación del incentivo en los Laboratorios de Oportunidades Culturales de Barrios Vivos La asignación del incentivo económico en el marco de los Laboratorios de Oportunidades Culturales de Barrios Vivos estará sujeta al cumplimiento integral de las condiciones, requisitos, compromisos y validaciones establecidos en la presente Guía. La no asignación del incentivo no implica necesariamente la exclusión del proceso formativo o comunitario, salvo que así se determine conforme a las causales de inhabilidad, incompatibilidad o exclusión.
Se consideran causales para la no asignación del incentivo, las siguientes:
- El incumplimiento del porcentaje mínimo de asistencia requerido para la validación de la participación en las Fase 1 y 2.
- La no formalización o no suscripción del Acta de Concertación del Hito Cultural, o la no suscripción de la Propuesta del Hito Cultural con cronograma, productos y presupuesto concertados.
- El incumplimiento de los compromisos, actividades, productos o responsabilidades concertadas en el marco del Hito Cultural.
- La falta de entrega, entrega extemporánea o entrega incompleta de Informe Final del Beneficiario con productos y soportes o evidencias solicitadas, suficientes y de alta calidad, para la validación de la ejecución del Hito Cultural.
- La falta de capacidad técnica, administrativa u operativa para ejecutar la actividad concertada, evidenciada durante el proceso de implementación.
GMC-MN-01-FR-11 v.1 23/03/2023 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-63 • 2026 • MAYO • 15 63 Código: PCR-PR-25-GU-02 GESTIÓN DE LA PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS Fecha: 26/03/2026 Versión: 3 GUÍA OPERATIVA DE LABORATORIOS DE Página 31 de 38 OPORTUNIDADES CULTURALES
- La presentación de documentación incompleta, inconsistente, falsa o no validada para el trámite del incentivo económico.
- La no suscripción de los formatos obligatorios, como el Formato de Compromiso del Participante, la Declaración de Representación y Distribución del Incentivo o el Formato de Indemnidad, cuando aplique.
5.5.7. Beneficiarios del Hito Cultural 5.5.7.1. Compromisos de los Beneficiarios Quien asuma el rol de beneficiario/a del incentivo se compromete a:
- Ejecutar las actividades conforme a lo establecido en el Acta de Concertación del Hito Cultural, incluyendo cronograma, productos y presupuesto concertados y aprobados por la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD).
- Garantizar disponibilidad efectiva para el desarrollo oportuno y completo de la actividad a su cargo.
- Mantener coordinación permanente con el equipo facilitador de la SCRD y con las comisiones de trabajo comunitarias involucradas en el Hito Cultural.
- Tramitar y obtener los permisos, autorizaciones o avales requeridos, cuando la naturaleza de la actividad así lo exija, de conformidad con la normatividad vigente.
- Utilizar, administrar y legalizar el incentivo económico de manera ética, transparente y conforme a lo concertado, respondiendo por su adecuado uso.
- Actuar conforme a los principios éticos del Laboratorio, respetando los acuerdos comunitarios, la normatividad aplicable y las disposiciones de la presente Guía.
- Suministrar de manera oportuna, completa y veraz los informes, evidencias o soportes requeridos para la validación de la ejecución.
- Entregar oportunamente el Informe Final de Beneficiario/a con los soportes y evidencias requeridas. Este deberá incluir la descripción detallada de las actividades realizadas, en coherencia con lo establecido en el Acta de Concertación. Asimismo, deberá anexar las evidencias que soporten la ejecución de las actividades y el proceso, las cuales deberán contar con reseñas descriptivas que permitan verificar su cumplimiento.
- Como parte de las evidencias, se deberá presentar un video que muestre el desarrollo de la actividad, con una duración mínima de dos (2) minutos y máxima de cuatro (4) minutos. El enlace del video deberá estar habilitado al público, ser de fácil acceso y cumplir con los lineamientos establecidos por la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD).
GMC-MN-01-FR-11 v.1 23/03/2023 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-64 • 2026 • MAYO • 15 64 Código: PCR-PR-25-GU-02 GESTIÓN DE LA PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS Fecha: 26/03/2026 Versión: 3 GUÍA OPERATIVA DE LABORATORIOS DE Página 32 de 38 OPORTUNIDADES CULTURALES Nota: El desembolso del incentivo económico estará condicionado al cumplimiento efectivo de los compromisos aquí establecidos, los cuales serán objeto de verificación por parte de la SCRD.
5.5.7.2. Compromisos en Caso de Distribución del Incentivo Cuando el incentivo económico sea distribuido entre varios participantes, en el caso de colectivos y/o agrupaciones, el beneficiario designado como responsable ante la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) deberá cumplir, además de los compromisos generales, con las siguientes obligaciones adicionales:
- Formalizar los acuerdos internos mediante la Declaración de Representación y Distribución del Incentivo Económico, debidamente diligenciada y firmada por la totalidad de los integrantes del colectivo o agrupación.
- Suscribir el Formato de Autorización e Indemnidad, debidamente diligenciada y firmada por la totalidad de los integrantes del colectivo o agrupación, mediante el cual los integrantes del colectivo o agrupación manifiestan que cualquier situación, diferencia o conflicto interno relacionado con la representación o la distribución del incentivo económico será asumido directamente por el colectivo o agrupación, exonerando expresamente a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte de cualquier responsabilidad frente a estos asuntos.
- Garantizar una distribución transparente, equitativa y documentada del incentivo, conforme a lo acordado en la declaración suscrita por los integrantes.
- Reconocer y respetar los aportes, roles y responsabilidades individuales definidos colectivamente para la ejecución del Hito Cultural.
- Asumir los impactos y obligaciones tributarias derivados del valor total del incentivo económico recibido.
- Utilizar exclusivamente una sola cuenta bancaria habilitada, sin embargos o restricciones, a nombre del beneficiario designado como representante del colectivo o agrupación.
El beneficiario será responsable de las acciones que realice durante el desarrollo de las actividades. En consecuencia, deberá asumir cualquier reclamo, queja o acción legal que se origine por daños o lesiones causadas a terceros o a sus bienes, cuando estos hechos sean consecuencia de sus actuaciones u omisiones.
La Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte no se hará responsable por este tipo de situaciones. En caso de que se presente un reclamo o acción legal en contra de la SCRD por hechos atribuibles al beneficiario, éste deberá atenderlo directamente y adoptar las medidas necesarias para solucionarlo. Así mismo, el beneficiario deberá responder por los daños o GMC-MN-01-FR-11 v.1 23/03/2023 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-65 • 2026 • MAYO • 15 65 Código: PCR-PR-25-GU-02 GESTIÓN DE LA PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS Fecha: 26/03/2026 Versión: 3 GUÍA OPERATIVA DE LABORATORIOS DE Página 33 de 38 OPORTUNIDADES CULTURALES perjuicios ocasionados, ya sea asumiendo los costos correspondientes o realizando las reparaciones necesarias, garantizando que la SCRD no resulte afectada.
5.5.7.3. Consideraciones Tributarias y Bancarias para Beneficiarios Las personas naturales, representantes de agrupaciones, colectividades o personas jurídicas reconocidas como beneficiarias de incentivo en el marco de los Laboratorios de Oportunidades Culturales deberán cumplir con las condiciones tributarias y bancarias requeridas para la legalización, desembolso y ejecución del incentivo económico.
En este sentido, se tendrán en cuenta las siguientes consideraciones operativas:
- El incentivo económico constituye un reconocimiento por la ejecución de una actividad concertada y podrá estar sujeto a las obligaciones tributarias vigentes, de acuerdo con la normatividad aplicable a cada tipo de beneficiario.
- Cada beneficiario será responsable del cumplimiento de sus deberes fiscales, tales como la actualización del RUT, declaraciones, retenciones u otras obligaciones que apliquen según su naturaleza jurídica.
- La Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte no asumirá responsabilidades frente a cargas tributarias, sanciones o consecuencias derivadas del incumplimiento de obligaciones fiscales por parte del beneficiario.
- El desembolso del incentivo se realizará únicamente a cuentas bancarias activas, certificadas y a nombre del beneficiario o de su representante legal, según corresponda.
- No se autorizará pagos a cuentas de terceros, cuentas con restricciones, bloqueos, embargos o inconsistencias en la titularidad.
- La información bancaria deberá corresponder plenamente con la documentación administrativa validada durante el proceso de formalización.
- El incumplimiento de estas condiciones podrá generar la suspensión temporal del trámite de desembolso hasta tanto se subsanen las observaciones identificadas.
5.5.8 Derechos y Deberes de los Beneficiarios de Incentivo Las personas reconocidas como beneficiarias de incentivo en los Laboratorios de Oportunidades Culturales cuentan con derechos y deberes orientados a garantizar la correcta ejecución de las actividades del Hito Cultural, el uso adecuado de los recursos públicos y el fortalecimiento del proceso comunitario.
Los beneficiarios de incentivo tienen derecho a:
GMC-MN-01-FR-11 v.1 23/03/2023 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-66 • 2026 • MAYO • 15 66 Código: PCR-PR-25-GU-02 GESTIÓN DE LA PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS Fecha: 26/03/2026 Versión: 3 GUÍA OPERATIVA DE LABORATORIOS DE Página 34 de 38 OPORTUNIDADES CULTURALES
- Recibir orientación, acompañamiento técnico, metodológico y administrativo por parte del equipo facilitador de la SCRD.
- Acceder al incentivo económico una vez se verifique el cumplimiento de los requisitos, compromisos, validaciones establecidas en la presente guía y sujeto a disponibilidad del PAC.
- Solicitar aclaraciones frente a los procedimientos administrativos, operativos y metodológicos del Laboratorio.
- Participar en los espacios de seguimiento y evaluación del desarrollo del Hito Cultural.
Los beneficiarios de incentivo deberán:
- Ejecutar las actividades del Hito Cultural conforme a lo concertado y aprobado en el Acta de Concertación del Hito Cultural.
- Cumplir con los cronogramas, productos y responsabilidades asignadas.
- Entregar de manera oportuna los informes, evidencias y soportes requeridos para la validación de la ejecución.
- Utilizar el incentivo exclusivamente para los fines concertados.
- Mantener comunicación permanente con el equipo facilitador frente a avances, ajustes o eventualidades.
- Cumplir con las obligaciones tributarias, bancarias, técnicas y administrativas derivadas del incentivo.
- Actuar con transparencia, corresponsabilidad y respeto hacia la comunidad y el proceso colectivo.
Nota: El incumplimiento de estos deberes podrá derivar en medidas administrativas conforme a lo establecido en los numerales relacionados con inhabilidades, causales de retiro y no asignación de incentivos de la presente guía.
5.5.9 Inhabilidades, conflictos de interés o retiro de un beneficiario La Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte podrá determinar la inhabilidad, el conflicto de interés o el retiro de un beneficiario del incentivo de los Laboratorios de Oportunidades Culturales cuando se identifiquen situaciones que afecten la transparencia del proceso, el adecuado uso de los recursos públicos o el cumplimiento de los compromisos adquiridos.
Se consideran causales para la aplicación de estas medidas, entre otras, las siguientes:
- La configuración de inhabilidades o incompatibilidades legales vigentes para contratar con el Estado o recibir recursos públicos.
GMC-MN-01-FR-11 v.1 23/03/2023 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-67 • 2026 • MAYO • 15 67 Código: PCR-PR-25-GU-02 GESTIÓN DE LA PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS Fecha: 26/03/2026 Versión: 3 GUÍA OPERATIVA DE LABORATORIOS DE Página 35 de 38 OPORTUNIDADES CULTURALES
- La existencia de conflictos de interés no declarados o hechos sobrevinientes que puedan incidir en el desarrollo del Laboratorio o en la asignación del incentivo.
- El incumplimiento de los compromisos establecidos en el Acta de Concertación del Hito Cultural.
- El uso inadecuado, indebido o no autorizado del incentivo económico.
- La presentación de información falsa, incompleta o inconsistente durante cualquiera de las fases del proceso.
- La falta reiterada de entrega de informes, soportes o evidencias requeridas para la validación de la ejecución.
- La presentación de documentación incompleta, inconsistente, falsa o no validada para el trámite del incentivo económico.
- La no suscripción de los formatos obligatorios, tales como el Formato de Compromiso del Participante, la Declaración de Representación y Distribución del Incentivo o el Formato de Autorización e Indemnidad, cuando aplique.
- La configuración de inhabilidades, incompatibilidades o situaciones de conflicto de interés.
- El uso inadecuado, indebido o no autorizado de los recursos asociados al incentivo o al proceso de implementación del Hito Cultural.
- La no acreditación de una cuenta bancaria habilitada y libre de embargos, o la imposibilidad de realizar el desembolso conforme a los requisitos administrativos establecidos.
- El incumplimiento de las obligaciones tributarias derivadas del incentivo económico.
- El incumplimiento de los permisos, autorizaciones o avales requeridos para la ejecución de la actividad, cuando la naturaleza del Hito Cultural así lo exija.
- Haber sido beneficiario de incentivos de la Estrategia Barrios Vivos en la vigencia inmediatamente anterior.
- La participación simultánea en otros Laboratorios activos de Barrios Vivos en la misma vigencia.
- La adopción de comportamientos que vulneren las condiciones mínimas de respeto, convivencia y cuidado colectivo dentro del Laboratorio, incluyendo conductas violentas, discriminatorias o intimidatorias.
5.5.10 Deberes de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD)
La Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD), en el marco de la implementación de los Laboratorios de Oportunidades de Barrios Vivos, tendrá los siguientes deberes, orientados a garantizar la transparencia, el acompañamiento institucional y la correcta ejecución del proceso:
- Diseñar, orientar y coordinar la implementación metodológica, técnica y administrativa de los Laboratorios de Oportunidades Culturales.
- Brindar acompañamiento y orientación permanente a las personas participantes y beneficiarias
GMC-MN-01-FR-11 v.1 23/03/2023 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-68 • 2026 • MAYO • 15 68 Código: PCR-PR-25-GU-02 GESTIÓN DE LA PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS Fecha: 26/03/2026 Versión: 3 GUÍA OPERATIVA DE LABORATORIOS DE Página 36 de 38 OPORTUNIDADES CULTURALES durante las diferentes fases del proceso.
- Establecer y socializar de manera clara las condiciones, requisitos, compromisos y procedimientos relacionados con la participación y asignación de incentivos.
- Verificar el cumplimiento de los requisitos, compromisos y condiciones establecidas para la asignación y desembolso del incentivo económico.
- Realizar el seguimiento y validación de la ejecución de las actividades concertadas.
- Garantizar la trazabilidad documental y administrativa del proceso.
- Gestionar el desembolso de los incentivos conforme a la disponibilidad presupuestal y al cumplimiento de los requisitos establecidos.
- Propender por el uso adecuado y transparente de los recursos públicos.
- Atender oportunamente las solicitudes, observaciones o situaciones excepcionales presentadas por los participantes, incluyendo aquellas derivadas de caso fortuito o fuerza mayor debidamente justificadas.
- En caso de que un beneficiario presuntamente incumpla con los compromisos y deberes adquiridos en las fechas y condiciones establecidas, la SCRD lo requerirá para que dé las explicaciones pertinentes, para lo cual deberá presentarse únicamente la persona natural beneficiaria, el representante legal de la persona jurídica o el representante de la agrupación, según corresponda. De no atender dicho requerimiento dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes o no cumplir los compromisos acordados, la entidad adelantará el procedimiento correspondiente en el marco legal, garantizando el derecho a la defensa y el debido proceso, con la participación del garante.
6. ANEXOS
1. Capítulo Técnico: Laboratorios de Oportunidades Culturales Étnicas
2. Capítulo Técnico: Laboratorios de Transformaciones Culturales para la Paz
7. CONTROL DE CAMBIOS
No. CAMBIOS REALIZADOS 1 Ver Solicitud de elaboración de documento GLPI caso #125194 2 Ver Solicitud de modificación de documento GLPI caso #133637 Orfeo Radicado No. 20252200566463.
Se realizaron las siguientes modificaciones:
- Se ajusta la tabla de contenido GMC-MN-01-FR-11 v.1 23/03/2023 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-69 • 2026 • MAYO • 15 69 Código: PCR-PR-25-GU-02 GESTIÓN DE LA PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS Fecha: 26/03/2026 Versión: 3 GUÍA OPERATIVA DE LABORATORIOS DE Página 37 de 38 OPORTUNIDADES CULTURALES No.
CAMBIOS REALIZADOS
- Se agregan dos objetivos específicos de los Laboratorios de Oportunidades Culturales
- Se agrega párrafo que, los Laboratorios de Oportunidades Culturales se articulan directamente con las líneas estratégicas del Plan Distrital de Cultura 2038
- Se puso en orden alfabético y se agregaron otras definiciones
- Se ajusta el tiempo de las semanas de cada fase
- Se agrega tope de la suma de los montos de incentivos del componente base de cada hito cultural.
- Se ajusta la codificación de la guía toda vez que corresponde a un documento asociado del procedimiento PCR-PR-25 Fomento No Competitivo. - Se modifica la codificación del Anexo 1:
Orientaciones Barrios Vivos / Laboratorio de Oportunidades, se agregan ejemplos de hitos Ver Solicitud de modificación de documento GLPI caso # 147722 Orfeo Radicado No. 20262200183053 20-03-2026 Se realizaron las siguientes modificaciones:
3 - Cambio de enfoque: de guía operativa a guía conceptual-operativa. - Inclusión formal del Proyecto de Inversión 8027. - Incorporación del marco PDD 2024–2027. - Incorpora formalmente y los presenta como arquitectura integrada del Proyecto 8027, incluyendo capítulos anexos especializados: Laboratorios de Oportunidades Culturales, Laboratorios de Oportunidades Étnicos y Laboratorios de Transformación Cultural para la Paz. - Reorganización de responsables en cuatro niveles. - Inclusión de FDL como actor institucional y de articulación por medio de los convenios interadministrativos, referencia a excedentes financieros y CONFIS. - Nuevos roles técnicos especializados. - Cambio estructural en mesas/comisiones del hito. Como: Sentido y Experiencia - Territorio y Activación - Narrativa y Convocatoria - Cuidado y Continuidad. - Fortalecimiento del enfoque poblacional - diferencial y de género. - Incorporación de categoría “Valor Público”. - Mayor desarrollo del marco normativo. - Mayor énfasis en gobernanza territorial y sostenibilidad. - Ajuste conceptual de innovación cultural. - Enfoque más flexible y adaptativo metodológicamente. - Mayor trazabilidad técnica y administrativa. - Incorpora roles no explícitos: Enlace Metodológico-Técnico, Enlaces Administrativos, Enlaces Financieros, Enlaces Jurídicos, Productor/a, Gestores Territoriales diferenciados de Gestores BV. - Actualización condiciones de participación - Actualización postulación de la participación, requisitos, documentación solicitada - Cambio de nombre en las fases de la metodología - Se elimina al Anexo 1 - orientaciones Barrios Vivos - Se agregan dos anexos: Laboratorios de Oportunidades Culturales Étnicas y Laboratorios de Transformaciones Culturales para la Paz GMC-MN-01-FR-11 v.1 23/03/2023 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-70 • 2026 • MAYO • 15 70 Código: PCR-PR-25-GU-02 GESTIÓN DE LA PROMOCIÓN DE AGENTES Y PRÁCTICAS CULTURALES Y RECREODEPORTIVAS Fecha: 26/03/2026 Versión: 3 GUÍA OPERATIVA DE LABORATORIOS DE Página 38 de 38 OPORTUNIDADES CULTURALES Responsables de elaboración, revisión y aprobación APROBADO POR Líder del Proceso quién AVALADO POR Jefe de la Oficina ELABORADO POR Persona(s) responsable(s) de crear, proyectar la modificación y/o ajuste del REVISADO POR Persona(s) de la OAP responsable(s) de verificar debe hacer cumplir el contenido establecido documento Asesora de Planeación en el documento que el documento contenga los lineamientos establecidos NOMBRE:
NOMBRE:
NOMBRE:
NOMBRE:
Alejandra Trujillo Díaz Luis Fernando Mejía Castro Juan Diego Jaramillo Morales
1. Julian Felipe Duarte Álvarez
2. María Mónica Zapata Corázar
3. Juliana Pinto Omaña
4. Viviana González Rúa
5. Cindy Ramírez Durán
6. Jonattan Huertas Noguera
7. Leonardo Ruiz
8. Stephania Aldana
9. William Gonzalez
10. José Quinche
11. Gabriela Gutierrez
12. Nirvana Sinti
13. Diana Guzmán
14. Jairo Gómez
15. Alejandro Jaramillo
16. Carolina Montoya
17. Lina Ordóñez
18. Mateo Rubiano
19. Omar Sandoval
CARGO:
CARGO:
CARGO:
Director de Fomento Contratista de la Oficina Asesora de Planeación Jefe Oficina Asesora de Planeación CARGO:
1. Director Asuntos Locales y Participación Del 2 al 18 Contratistas Dirección de Asuntos Locales y Participación.
19. Contratista Dirección de Fomento FIRMA:
FIRMA:
FIRMA:
FIRMA:
Electrónica Electrónica Electrónica Electrónica GMC-MN-01-FR-11 v.1 23/03/2023 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-71 • 2026 • MAYO • 15 71
*20262200183053*
Radicado: 20262200183053 Fecha 20-03-2026 15:18 El Documento 20262200183053 fue firmado electrónicamente por: Luis Fernando Mejia Castro Jefe Oficina Asesora de Planeación, Oficina Asesora de Planeación, ID: 79558456, luis.mejia@scrd.gov.co, Fecha de Firma: 26-03-2026 14:27:37 Jenny Alejandra Trujillo Diaz Contratista, Oficina Asesora de Planeación, ID: 53077552, jenny.trujillo@scrd.gov.co, Fecha de Firma: 26-03-2026 14:09:16 Nelson Javier Velandia Castro Profesional Universitario Código 219 Grado 12, Oficina Asesora de Planeación, ID: 79905104, nelson.velandia@scrd.gov.co, Fecha de Firma: 31-03-2026 12:30:40 José Segundo Quinche Pérez Contratista, Dirección de Asuntos Locales y Participación, ID: 79717131, Jose.quinche@scrd.gov.co, Fecha de Firma: 24-03-2026 15:06:42 Diana Carolina Montoya Henao Contratista, Dirección de Asuntos Locales y Participación, ID: 1032427404, diana.montoya@scrd.gov.co, Fecha de Firma: 24-03-2026 09:28:43 Gabriela Bolivar Ramirez Contratista, Dirección de Asuntos Locales y Participación, ID: 52516888, gabriela.bolivar@scrd.gov.co, Fecha de Firma: 24-03-2026 15:45:50 Leonardo Ruiz Aponte Contratista, Dirección de Asuntos Locales y Participación, ID: 1023895638, leonardo.ruiz@scrd.gov.co, Fecha de Firma: 25-03-2026 08:32:35 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-72 • 2026 • MAYO • 15 72 Viviana Gonzalez Rua Contratista, Dirección de Asuntos Locales y Participación, ID: 1020461130, viviana.gonzalez@scrd.gov.co, Fecha de Firma: 25-03-2026 08:44:48 Jonattan Steven Huertas Noguera Contratista, Dirección de Asuntos Locales y Participación, ID: 1032455864, jonattan.huertas@scrd.gov.co, Fecha de Firma: 25-03-2026 09:24:17 Stephania Aldana Galvis Contratista, Dirección de Asuntos Locales y Participación, ID: 1010197065, stephania.aldana@scrd.gov.co, Fecha de Firma: 25-03-2026 08:09:56 Cindy Maryory Ramirez Duran Contratista, Dirección de Asuntos Locales y Participación, ID: 1033700804, cindy.ramirez@scrd.gov.co, Fecha de Firma: 25-03-2026 11:49:45 Jairo Andrés Gomez Borda Contratista, Dirección de Asuntos Locales y Participación, ID: 79558247, jairo.gomez@scrd.gov.co, Fecha de Firma: 24-03-2026 13:49:01 Nirvana Alejandra Sinti Cardozo Contratista, Dirección de Asuntos Locales y Participación, ID: 1015441048, nirvana.sinti@scrd.gov.co, Fecha de Firma: 24-03-2026 15:42:07 William Fernando Gonzalez Alarcon Contratista, Dirección de Asuntos Locales y Participación, ID: 80793628, william.gonzalez@scrd.gov.co, Fecha de Firma: 25-03-2026 09:09:41 Alejandro Jaramillo Cabrera Contratista, Dirección de Asuntos Locales y Participación, ID: 94481394, alejandro.jaramilloc@scrd.gov.co, Fecha de Firma: 24-03-2026 13:45:48 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-73 • 2026 • MAYO • 15 73 Maria Monica Zapata Cortazar Contratista, Dirección de Asuntos Locales y Participación, ID: 1020749408, mariam.zapatac@scrd.gov.co, Fecha de Firma: 22-03-2026 13:16:22 Diana Paola Guzman Mendez Contratista, Dirección de Asuntos Locales y Participación, ID: 52324468, diana.guzman@scrd.gov.co, Fecha de Firma: 24-03-2026 08:22:28 Mateo Rubiano Giraldo Contratista, Dirección de Asuntos Locales y Participación, ID: 1020771716, mateo.rubiano@scrd.gov.co, Fecha de Firma: 24-03-2026 14:39:43 Lina Maria Ordoñez Fajardo Contratista, Dirección de Asuntos Locales y Participación, ID: 1026296385, lina.ordonez@scrd.gov.co, Fecha de Firma: 24-03-2026 14:01:54 Fernando Augusto García Bejarano Contratista, Dirección de Asuntos Locales y Participación, ID: 1015396314, fernando.garcia@scrd.gov.co, Fecha de Firma: 25-03-2026 15:18:51 Omar Giovanni Sandoval Vargas Contratista, Dirección de Fomento, ID: 80871550, omar.sandoval@scrd.gov.co, Fecha de Firma: 20-03-2026 16:37:03 Juan Diego Jaramillo Morales Director de Fomento, Dirección de Fomento, ID: 8357126, juan.jaramillo@scrd.gov.co, Fecha de Firma: 20-03-2026 17:56:22 Revisó: Ana Milena Gómez Sánchez - Profesional Universitario Código 219 Grado 01 (E) - Dirección de Fomento 0a3b78bbc219df1b0316ce4f10b8a8dc62a79ab917ca5dec4c11179c320ebc1f Codigo de Verificación CV: fcb4d REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-74 • 2026 • MAYO • 15 74 *20261000116663* Radicado: 20261000116663 Fecha: 13-04-2026 Pág. 1 de 4 RESOLUCIÓN N° 332 DEL 13/04/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”.
LA DIRECTORA GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL En ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 11 del artículo 2 del Acuerdo 02 de 2023 y el numeral 11 del artículo 19 del Acuerdo No. 05 de 2023 expedidos por el Consejo Directivo de la UAERMV, en concordancia con lo señalado en la Ley 909 de 2004, el Decreto 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017 y demás disposiciones concordantes y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 125 de la Constitución Política establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso y ascenso en dichos cargos se realizará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que determine la ley para evaluar los méritos y calidades de los aspirantes.
Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 648 de 2017 establecen que los empleos de carrera en vacancia definitiva se proveerán en periodo de prueba con los candidatos seleccionados mediante el sistema de mérito.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, en cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales, mediante el proceso de selección No. 2549 de 2023 de la Convocatoria Distrito Capital 6, dio apertura a concurso de méritos abierto y de ascenso para la provisión de los empleos en vacancia definitiva de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial-UMV.
Que, cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 13039 del 16 de diciembre de 2025, mediante la cual conformó la lista de elegibles para proveer el empleo de carrera administrativa denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 04, ubicado en la GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA URBANA de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, identificado con el número OPEC 206124, en el marco del Proceso de Selección No. 2549 de 2023 – Distrito Capital 6.
Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 1 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-75 • 2026 • MAYO • 15 75 *20261000116663* Radicado: 20261000116663 Fecha: 13-04-2026 Pág. 2 de 4 RESOLUCIÓN N° 332 DEL 13/04/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”.
Que, la citada lista de elegibles quedó en firme el 26 de enero de 2026 y la Comisión Nacional del Servicio Civil envió copia de tal lista al nominador de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial mediante oficio 2026RS006637 del 26 de enero de 2026 para efectuar el nombramiento en periodo de prueba en los empleos convocados en el concurso, en estricto orden de mérito y de conformidad con el puntaje obtenido por las personas que ocupan un lugar de elegibilidad.
Que con base a lo dispuesto en el artículo primero del citado acto administrativo, mediante Resolución No. 123 del 6 de febrero de 2026, se nombró en periodo de prueba al(la) señor(a) CARLOS ANDRÉS RAMÍREZ JIMÉNEZ, quien ocupó la posición 2da en la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil.
Que sin perjuicio de lo anterior, mediante Resolución No. 293 del 25 de marzo de 2026, se aceptó la renuncia a un empleo en periodo de prueba del(la) señor(a) CARLOS ANDRÉS RAMÍREZ JIMÉNEZ, conforme a las causales establecidas en el artículo 2.2.5.1.12 del Decreto 1083 de 2015.
Que conforme a lo previsto en los artículos 10, 11 y 12 del Acuerdo 19 de 2024 expedido por la Comisión Nacional del Servicio Civil –CNSC, las entidades nominadoras están facultadas para hacer uso de la lista de elegibles en orden descendente de mérito, sin que se requiera la expedición de un nuevo acto administrativo por parte de dicha Comisión, siempre que se presenten las causales expresamente señaladas en la norma, entre ellas, la no aceptación del nombramiento, la no toma de posesión o la no superación del período de prueba.
Que el acto administrativo que aceptó la renuncia a un empleo en periodo de prueba del(la) señor(a) CARLOS ANDRÉS RAMÍREZ JIMÉNEZ, se encuentra registrado en el aplicativo del SIMO y la Comisión Nacional del Servicio Civil autorizó la movilidad de la lista de elegibles conformada mediante Resolución No. 13039 del 16 de diciembre de 2025, por lo que se debe proceder a efectuar el nombramiento de la persona que sigue en estricto orden de mérito.
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto No. 1083 de 2015, es deber del jefe de la entidad proferir en estricto orden de mérito los actos administrativos de nombramiento en período de prueba de los empleos objeto de concurso, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles en firme por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil.
Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 2 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-76 • 2026 • MAYO • 15 76 *20261000116663* Radicado: 20261000116663 Fecha: 13-04-2026 Pág. 3 de 4 RESOLUCIÓN N° 332 DEL 13/04/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”.
Que verificadas las posiciones de la lista de elegibles conformada mediante la Resolución No. 13039 del 16 de diciembre de 2025, se identificó que el(la) señor(a) MAYERLYN SOSA AVILA, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 24.197.884, ocupó la posición 7ma en la lista.
En virtud de lo previsto en el artículo 2.2.5.1.5 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, desde el proceso de Talento Humano se verificó y certificó que el (la) señor (a) MAYERLYN SOSA AVILA, identificado(a) con C.C. No. 24.197.884, cumple con los requisitos mínimos de formación académica y experiencia, establecidos en el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales de la Unidad, así como con los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, para ser nombrado(a) en período de prueba en la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
Que, en mérito de lo expuesto, R E S U E L V E:
Artículo 1.
Nombramiento en periodo de prueba. Nombrar en periodo de prueba al (la) señor(a) MAYERLYN SOSA AVILA, identificado(a) con C.C. No. 24.197.884, para desempeñar el cargo de carrera denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 04, ubicado en la GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA URBANA de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial de acuerdo con la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2.
Evaluación del periodo de prueba. El período de prueba a que se refiere el artículo anterior tendrá una duración de seis (6) meses contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato; de ser satisfactoria la calificación, será inscrito en el Registro Público de Carrera Administrativa, de lo contrario su nombramiento será declarado insubsistente mediante Resolución motivada.
Artículo 3.
Términos de aceptación y posesión. De conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, el(la) señor(a) MAYERLYN SOSA AVILA tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente Resolución para manifestar si acepta o rechaza el nombramiento y diez (10) días para tomar posesión del empleo, los cuales se contarán a partir del día siguiente de la aceptación.
Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 3 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-77 • 2026 • MAYO • 15 77 *20261000116663* Radicado: 20261000116663 Fecha: 13-04-2026 Pág. 4 de 4 RESOLUCIÓN N° 332 DEL 13/04/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”.
Artículo 4.
Comunicación. Comunicar el contenido de la presente Resolución al(la) señor(a) MAYERLYN SOSA AVILA, a través del Proceso de Gestión del Talento Humano.
Artículo 5.
Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMÚNIQUESE Y CÚMPLASE Documento 20261000116663 firmado electrónicamente por:
MONICA ELOISA RUEDA PEÑA Directora General DIRECCIÓN GENERAL monica.rueda@umv.gov.co Fecha firma: 13-04-2026 08:53:14 Aprobó: ANGÉLICA MARÍA ACUÑA PORRAS - secretaria general - SECRETARÍA GENERAL - maria.acuna@umv.gov.co Revisó: CLAUDIA JINETH ALVAREZ BENITEZ - Gerente Administrativo y Financiero - GERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA - jineth.alvarez@umv.gov.co CARLOS ENRIQUE CAMELO CASTILLO - - PROCESO TALENTO HUMANO
- carlos.camelo@umv.gov.co ANDRI MARCELI OSORIO BETANCOURT - - SECRETARÍA GENERAL - andri.osorio@umv.gov.co JORGE ENRIQUE ORTIZ BLANCO - Contratista - GERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA - jorge.blanco@umv.gov.co Proyectó:
LIZEHIDY ARANGUREN URREGO - - PROCESO TALENTO HUMANO lizehidy.aranguren@umv.gov.co 3d599f15f543061ef027c93f6177ffe78e58f7e7941a8ae5c7bf642fd9f3513b Codigo de Verificación CV: f0891 Comprobar desde: https://www.umv.gov.co/portal/verificar/ Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 4 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-78 • 2026 • MAYO • 15 78 *20261000120093* Radicado: 20261000120093 Fecha: 15-04-2026 Pág. 1 de 5 RESOLUCIÓN N° 341 DEL 15/04/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba por autorización de uso de listas de elegibles en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC y se da por terminado un nombramiento provisional”.
LA DIRECTORA GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL En ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 11 del artículo 2 del Acuerdo 02 de 2023 y el numeral 11 del artículo 19 del Acuerdo No. 05 de 2023 expedidos por el Consejo Directivo de la UAERMV, en concordancia con lo señalado en la Ley 909 de 2004, el Decreto 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017 y demás disposiciones concordantes y,
CONSIDERANDO:
El artículo 125 de la Constitución Política consagra como regla general que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera administrativa y que el ingreso y ascenso a los mismos se realiza con fundamento en el mérito, conforme a los requisitos y condiciones previstos en la ley.
En desarrollo de dicho mandato constitucional, la Ley 909 de 2004 estableció el sistema de carrera administrativa y dispuso que los empleos de carrera en vacancia definitiva deben ser provistos mediante concurso público de méritos, de conformidad con los procedimientos regulados para tal efecto.
En ese mismo sentido, el Decreto 1083 de 2015 prevé que los empleos de carrera administrativa que se encuentren en vacancia definitiva deben proveerse en período de prueba con las personas que hayan sido seleccionadas mediante el sistema de mérito, una vez se encuentren en firme las listas de elegibles conformadas por la Comisión Nacional del Servicio Civil.
En cumplimiento de sus funciones constitucionales y legales, la Comisión Nacional del Servicio Civil adelantó el Proceso de Selección No. 2549 de 2023 – Convocatoria Distrito Capital 6, mediante concurso de méritos abierto y de ascenso, con el fin de proveer empleos de carrera administrativa en vacancia definitiva de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial – UMV.
Una vez culminadas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 13021 del 16 de diciembre de 2025, mediante la cual Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 1 de 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-79 • 2026 • MAYO • 15 79 *20261000120093* Radicado: 20261000120093 Fecha: 15-04-2026 Pág. 2 de 5 RESOLUCIÓN N° 341 DEL 15/04/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba por autorización de uso de listas de elegibles en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC y se da por terminado un nombramiento provisional”. conformó la lista de elegibles para proveer una (1) vacante definitiva del empleo denominado AUXILIAR ADMINISTRATIVO, Código 407, Grado 2, identificado con el Código OPEC No. 206093 perteneciente al Sistema General de Carrera Administrativa de la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL, en el marco del Proceso de Selección No. 2527 a 2559 - Distrito Capital 6.
Dicha lista de elegibles adquirió firmeza el 26 de enero de 2026 y fue remitida a la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial mediante oficio No. 2026RS006637 de la misma fecha, con el fin de que el nominador efectuara el correspondiente nombramiento en período de prueba, de acuerdo con el estricto orden de mérito.
En atención a lo anterior, la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial adelantó los trámites administrativos necesarios para la provisión de la vacante del empleo ofertado con la OPEC No. 206093, conforme a la lista de elegibles conformada por la Comisión Nacional del Servicio Civil.
Sin perjuicio de lo anterior, dentro de la planta de personal de la Entidad se encuentra el empleo de carrera administrativa denominado AUXILIAR ADMINISTRATIVO, Código 407, Grado 02, adscrito a la GERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA, que no fue ofertado en el proceso de selección y, al encontrarse en vacancia definitiva, fue debidamente reportado en el aplicativo SIMO de la Comisión Nacional del Servicio Civil con el ID de Vacante No. 485992.
El análisis efectuado por la CNSC fue remitido a la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial mediante oficio No. 2026RS061229 del 6 de abril de 2026, a través del cual autorizó el uso de la lista de elegibles correspondiente a la OPEC No. 206093 para la provisión de la vacante definitiva del empleo de carrera administrativa denominado AUXILIAR ADMINISTRATIVO, Código 407, Grado 02 generada con posterioridad dentro del mismo proceso de selección.
Entre los elegibles autorizados por la CNSC en el oficio anteriormente citado, se encuentra el(la) señor(a) DIANA HERMINDA ROJAS ROMERO, identificado(a) con C.C. No. 52.713.496, quien ocupó la posición número 2 en la lista de elegibles del empleo identificado con el Código OPEC No. 206093 denominado AUXILIAR ADMINISTRATIVO, Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 2 de 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-80 • 2026 • MAYO • 15 80 *20261000120093* Radicado: 20261000120093 Fecha: 15-04-2026 Pág. 3 de 5 RESOLUCIÓN N° 341 DEL 15/04/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba por autorización de uso de listas de elegibles en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC y se da por terminado un nombramiento provisional”.
Código 407, Grado 02, ubicado en la GERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto No. 1083 de 2015, es deber del jefe de la entidad proferir en estricto orden de mérito, los actos administrativos de nombramiento en período de prueba de los empleos objeto de concurso, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles en firme por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil.
De acuerdo con la verificación efectuada por el Proceso de Gestión del Talento Humano, conforme a lo previsto en el artículo 2.2.5.1.5 del Decreto 1083 de 2015, se certificó que la señora DIANA HERMINDA ROJAS ROMERO cumple con los requisitos mínimos de formación académica y experiencia establecidos en el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales de la Entidad, así como con los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales exigidos para el ejercicio del empleo.
Actualmente el empleo AUXILIAR ADMINISTRATIVO, Código 407, Grado 02, se encuentra provisto transitoriamente mediante Resolución No. 531 del 31 de julio de 2025, por medio de la cual se nombró provisionalmente al(la) funcionario(a) DAVID LEONARDO GARCÍA MÉNDEZ, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 1.030.570.363, en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
Sin embargo, conforme a lo dispuesto en el Decreto 1083 de 2015, los nombramientos provisionales constituyen una forma temporal de provisión de empleos de carrera administrativa y deben finalizar cuando el empleo sea provisto en período de prueba con una persona seleccionada mediante concurso de méritos.
Por lo anterior, para la provisión del empleo AUXILIAR ADMINISTRATIVO, Código 407, Grado 02, ubicado en la GERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA de la planta de personal de la UAERMV, conforme a la lista de elegibles expedida para el efecto, es procedente ordenar la terminación del nombramiento provisional del(la) funcionario(a) DAVID LEONARDO GARCÍA MÉNDEZ, a partir de la fecha de posesión en periodo de prueba del(la) señor(a) DIANA HERMINDA ROJAS ROMERO.
Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 3 de 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-81 • 2026 • MAYO • 15 81 *20261000120093* Radicado: 20261000120093 Fecha: 15-04-2026 Pág. 4 de 5 RESOLUCIÓN N° 341 DEL 15/04/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba por autorización de uso de listas de elegibles en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC y se da por terminado un nombramiento provisional”.
En mérito de lo expuesto, R E S U E L V E:
Artículo 1.
Nombramiento en periodo de prueba. Nombrar en periodo de prueba al (la) señor (a) DIANA HERMINDA ROJAS ROMERO, identificado (a) con cédula de ciudadanía número 52.713.496, para desempeñar el cargo de carrera denominado AUXILIAR ADMINISTRATIVO, Código 407, Grado 02, ubicado en la GERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
Artículo 2.
Evaluación del periodo de prueba. El período de prueba a que se refiere el artículo anterior tendrá una duración de seis (6) meses contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato; de ser satisfactoria la calificación, será inscrito en el Registro Público de Carrera Administrativa, de lo contrario su nombramiento será declarado insubsistente mediante Resolución motivada.
Artículo 3.
Términos de aceptación y posesión. De conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, el(la) señor(a) DIANA HERMINDA ROJAS ROMERO tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente Resolución para manifestar si acepta o rechaza el nombramiento y diez (10) días para tomar posesión del empleo, los cuales se contarán a partir del día siguiente de la aceptación.
Artículo 4.
Terminación de un nombramiento provisional. Dar por terminado el nombramiento provisional efectuado al(la) señor(a) DAVID LEONARDO GARCÍA MÉNDEZ, identificado con cédula de ciudadanía número 1.030.570.363, en el empleo AUXILIAR ADMINISTRATIVO, Código 407, Grado 02, una vez el(la) señor (a) DIANA HERMINDA ROJAS ROMERO tome posesión en el empleo en que fue nombrado en periodo de prueba conforme al artículo 1° de la presente resolución.
Parágrafo. El funcionario ya identificado(a) deberá hacer entrega de los siguientes
formatos y adelantar el trámite de los siguientes deberes: a. Acta de entrega del cargo e Informe de Gestión – GTHU-020 - V3.
Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 4 de 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-82 • 2026 • MAYO • 15 82 *20261000120093* Radicado: 20261000120093 Fecha: 15-04-2026 Pág. 5 de 5 RESOLUCIÓN N° 341 DEL 15/04/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba por autorización de uso de listas de elegibles en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC y se da por terminado un nombramiento provisional”. b. Formato de Paz y salvo – GTHU -006 –V8. c. Evaluación de la gestión. d. Entrega de Carnet, tarjeta de proximidad y demás bienes asignados.
Artículo 5.
Comunicación. Comunicar el contenido de la presente Resolución a los(las) señores(as) DIANA HERMINDA ROJAS ROMERO y DAVID LEONARDO GARCÍA MÉNDEZ, a través del Proceso de Gestión del Talento Humano.
Artículo 6.
Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMÚNIQUESE Y CÚMPLASE Documento 20261000120093 firmado electrónicamente por:
MONICA ELOISA RUEDA PEÑA Directora General DIRECCIÓN GENERAL monica.rueda@umv.gov.co Fecha firma: 15-04-2026 11:20:35 Aprobó: ANGÉLICA MARÍA ACUÑA PORRAS - secretaria general - SECRETARÍA GENERAL - maria.acuna@umv.gov.co Revisó: ANDRI MARCELI OSORIO BETANCOURT - - SECRETARÍA GENERAL andri.osorio@umv.gov.co JORGE ENRIQUE ORTIZ BLANCO - Contratista - GERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA - jorge.blanco@umv.gov.co CLAUDIA JINETH ALVAREZ BENITEZ - Gerente Administrativo y Financiero - GERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA - jineth.alvarez@umv.gov.co Proyectó: LIZEHIDY ARANGUREN URREGO - - PROCESO TALENTO HUMANO lizehidy.aranguren@umv.gov.co 08fcb52c4a24da9d04dba84c5bfc0c3a685fc85528bd8a2fbb77607a611418bb Codigo de Verificación CV: 61575 Comprobar desde: https://www.umv.gov.co/portal/verificar/ Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 5 de 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-83 • 2026 • MAYO • 15 83 *20261000145513* Radicado: 20261000145513 Fecha: 12-05-2026 Pág. 1 de 4 RESOLUCIÓN N° 416 DEL 12/05/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”.
LA DIRECTORA GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL En ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 11 del artículo 2 del Acuerdo 02 de 2023 y el numeral 11 del artículo 19 del Acuerdo No. 05 de 2023 expedidos por el Consejo Directivo de la UAERMV, en concordancia con lo señalado en la Ley 909 de 2004, el Decreto 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017 y demás disposiciones concordantes y,
CONSIDERANDO:
El artículo 125 de la Constitución Política establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso y ascenso en dichos cargos se realizará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que determine la ley para evaluar los méritos y calidades de los aspirantes.
El artículo 23 de la Ley 909 de 2004 y el 2.2.5.3.1 del Decreto 648 de 2017 establecen que los empleos de carrera en vacancia definitiva se proveerán en periodo de prueba con los candidatos seleccionados mediante el sistema de mérito.
La Comisión Nacional del Servicio Civil, en cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales, mediante el proceso de selección No. 2549 de 2023 de la Convocatoria Distrito Capital 6, dio apertura a concurso de méritos abierto y de ascenso para la provisión de los empleos en vacancia definitiva de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial-UMV.
Cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 13034 del 16 de diciembre de 2025, mediante la cual conformó la lista de elegibles para proveer el empleo de carrera administrativa denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 05, ubicado en la OFICINA DE SERVICIO A LA CIUDADANÍA Y SOSTENIBILIDAD de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, identificado con el número OPEC 206114, en el marco del Proceso de Selección No. 2549 de 2023 – Distrito Capital 6.
Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 1 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-84 • 2026 • MAYO • 15 84 *20261000145513* Radicado: 20261000145513 Fecha: 12-05-2026 Pág. 2 de 4 RESOLUCIÓN N° 416 DEL 12/05/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”.
La citada lista de elegibles quedó en firme el 26 de enero de 2026 y la Comisión Nacional del Servicio Civil envió copia de tal lista al nominador de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial mediante oficio 2026RS006637 del 26 de enero de 2026 para efectuar el nombramiento en periodo de prueba en los empleos convocados en el concurso, en estricto orden de mérito y de conformidad con el puntaje obtenido por las personas que ocupan un lugar de elegibilidad.
Con base a lo dispuesto en el artículo primero del citado acto administrativo, mediante Resolución No. 118 del 6 de febrero de 2026, se nombró en periodo de prueba a la señora ELSA YURANY PARRADO MONTAÑA, quien ocupó la 1ra posición en la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil.
Sin perjuicio de lo anterior, mediante Resolución No. 296 del 26 de marzo de 2026, se derogó el nombramiento en periodo de prueba de la señora ELSA YURANY PARRADO MONTAÑA, de conformidad con la causal prevista en el numeral 1 del artículo 2.2.5.1.12 del Decreto 1083 de 2015.
Conforme a lo previsto en los artículos 10, 11 y 12 del Acuerdo 19 de 2024 expedido por la Comisión Nacional del Servicio Civil –CNSC, las entidades nominadoras están facultadas para hacer uso de la lista de elegibles en orden descendente de mérito, sin que se requiera la expedición de un nuevo acto administrativo por parte de dicha Comisión, siempre que se presenten las causales expresamente señaladas en la norma, entre ellas, la no aceptación del nombramiento, la no toma de posesión o la no superación del período de prueba.
El acto administrativo que derogó el nombramiento en periodo de prueba de la señora ELSA YURANY PARRADO MONTAÑA, se encuentra registrado en el aplicativo del SIMO y la Comisión Nacional del Servicio Civil autorizó la movilidad de la lista de elegibles conformada mediante Resolución No. 13034 del 16 de diciembre de 2025, por lo que se debe proceder a efectuar el nombramiento de la persona que sigue en estricto orden de mérito.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto No. 1083 de 2015, es deber del jefe de la entidad proferir en estricto orden de mérito los actos administrativos de nombramiento en período de prueba de los empleos objeto de concurso, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles en firme por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil.
Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 2 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-85 • 2026 • MAYO • 15 85 *20261000145513* Radicado: 20261000145513 Fecha: 12-05-2026 Pág. 3 de 4 RESOLUCIÓN N° 416 DEL 12/05/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”.
Verificadas las posiciones de la lista de elegibles conformada mediante la Resolución No. 13034 del 16 de diciembre de 2025, se identificó que la señora DIANA ALEJANDRA CAICEDO RUEDA, identificada con cédula de ciudadanía No. 35.427.510, ocupó la 2da posición en la lista.
En virtud de lo previsto en el artículo 2.2.5.1.5 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, desde el proceso de Talento Humano se verificó y certificó que la señora DIANA ALEJANDRA CAICEDO RUEDA, identificada con C.C. No. 35.427.510, cumple con los requisitos mínimos de formación académica y experiencia, establecidos en el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales de la Unidad, así como con los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, para ser nombrada en período de prueba en la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
En mérito de lo expuesto, R E S U E L V E:
Artículo 1.
Nombramiento en periodo de prueba. Nombrar en periodo de prueba a la señora DIANA ALEJANDRA CAICEDO RUEDA, identificada con C.C. No. 35.427.510, para desempeñar el cargo de carrera denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 05, ubicado en la OFICINA DE SERVICIO A LA CIUDADANÍA Y SOSTENIBILIDAD de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial de acuerdo con la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2.
Evaluación del periodo de prueba. El período de prueba a que se refiere el artículo anterior tendrá una duración de seis (6) meses contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato; de ser satisfactoria la calificación, será inscrito en el Registro Público de Carrera Administrativa, de lo contrario su nombramiento será declarado insubsistente mediante Resolución motivada.
Artículo 3.
Términos de aceptación y posesión. De conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de
Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 3 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-86 • 2026 • MAYO • 15 86 *20261000145513* Radicado: 20261000145513 Fecha: 12-05-2026 Pág. 4 de 4 RESOLUCIÓN N° 416 DEL 12/05/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”.
2017, la señora DIANA ALEJANDRA CAICEDO RUEDA tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente Resolución para manifestar si acepta o rechaza el nombramiento y diez (10) días para tomar posesión del empleo, los cuales se contarán a partir del día siguiente de la aceptación.
Artículo 4.
Comunicación. Comunicar el contenido de la presente Resolución a la señora DIANA ALEJANDRA CAICEDO RUEDA, a través del Proceso de Gestión del Talento Humano.
Artículo 5.
Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMÚNIQUESE Y CÚMPLASE Documento 20261000145513 firmado electrónicamente por:
MONICA ELOISA RUEDA PEÑA Directora General DIRECCIÓN GENERAL monica.rueda@umv.gov.co Fecha firma: 12-05-2026 08:10:53 Aprobó: ANGÉLICA MARÍA ACUÑA PORRAS - secretaria general - SECRETARÍA GENERAL - maria.acuna@umv.gov.co Revisó: JORGE ENRIQUE ORTIZ BLANCO - Contratista - GERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA - jorge.blanco@umv.gov.co ANDRI MARCELI OSORIO BETANCOURT - - SECRETARÍA GENERAL andri.osorio@umv.gov.co CARLOS ENRIQUE CAMELO CASTILLO - Profesional Especializado 222-05 - PROCESO TALENTO HUMANO - carlos.camelo@umv.gov.co CLAUDIA JINETH ALVAREZ BENITEZ - Gerente Administrativa y Financiera - GERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA - jineth.alvarez@umv.gov.co JORGE ENRIQUE ORTIZ BLANCO - Contratista - GERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA - jorge.blanco@umv.gov.co Proyectó: LIZEHIDY ARANGUREN URREGO - - PROCESO TALENTO HUMANO lizehidy.aranguren@umv.gov.co ad8be48344f878fec52c696be955586aa7bcb3ee373526af3a19f448c1c8a614 Codigo de Verificación CV: 96370 Comprobar desde: https://www.umv.gov.co/portal/verificar/ Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 4 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-87 • 2026 • MAYO • 15 87 DECRETOS LOCALES DE 2026 Página 1 de 4 ALCALDIA LOCAL DE USME DECRETO LOCAL No. 02 DEL 04 DE MAYO DE 2026 “POR MEDIO DEL CUAL SE EFECTÚA TRASLADO PRESUPUESTAL EN EL PRESUPUESTO DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE USME PARA LA VIGENCIA FISCAL 2026”
LA ALCALDESA LOCAL DE USME En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 324 de la Constitución Política de Colombia, el Decreto 642 de 2025, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo 308 del Decreto 642 del 22 de diciembre de 2025, los traslados presupuestales dentro del mismo agregado, y específicamente entre rubros presupuestales de Gastos de inversión los hará el Alcalde Local mediante Decreto Local previo concepto favorable de la Dirección Distrital de presupuesto de Secretaria Distrital de Hacienda. Todos los traslados de gastos de inversión requerirán del concepto previo favorable de la Secretaria Distrital de Planeación.
Que en el mismo Decreto, se adopta y consolida el manual de programación, ejecución y cierre presupuestal del Distrito Capital se indica el procedimiento para efectuar el traslado en mención.
Que según el MANUAL OPERATIVO PRESUPUESTAL DEL DISTRITO CAPITAL en su numeral 3.9.1 Traslado Presupuestal se manifiesta que: “es la modificación al presupuesto que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales. Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado los efectúa el Alcalde Local mediante Decreto, previo concepto favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto (…)”.
Que de acuerdo al parágrafo único del artículo 109° del Decreto No. 642 de 2025, expedido por el Alcalde Mayor de Bogotá D.C. se modificó el procedimiento para los traslados presupuestales de las entidades que componen el Presupuesto Anual y los Fondos de Desarrollo Local, exceptuando el concepto previo y favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados al interior de cada uno de los rubros que componen, siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación al quinto nivel establecida en el Catálogo de Clasificación Presupuestal del Distrito.
Que, analizado el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Usme para la vigencia 2026, se hace necesario fortalecer la apropiación en otros rubros, para garantizar por Código: GDI-GPD-F034 Versión: 05 Vigencia: 11 de julio de 2024 Caso HOLA: 59797 Dirección: Carrera 14A No. 137B Sur - 32 Código postal: 110541 Tel. (601) 7693100 Línea gratuita: 195 Página web www.usme.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-88 • 2026 • MAYO • 15 88 Continuación Decreto No 02 del 4 de mayo de 2026 Página 2 de 4 “POR MEDIO DEL CUAL SE EFECTÚA TRASLADO PRESUPUESTAL EN EL PRESUPUESTO DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE USME PARA LA VIGENCIA FISCAL 2026” parte del Fondo de Desarrollo Local de Usme el cabal cumplimiento según las competencias contempladas en el plan de ejecución. Se solicita se realice el trámite pertinente a fin de realizar los movimientos presupuestales allí registrados.
Que el ajuste realizado a los rubros O212020200701030471347 - Servicio de seguro obligatorio de accidentes de tránsito (SOAT) y O212020200701030571354 - Servicios de seguros contra incendio, terremoto o sustracción, obedece a la necesidad de garantizar la protección integral de los intereses patrimoniales actuales y futuros del Fondo de Desarrollo Local de Usme; se proyecta la contratación de un programa de seguros que brinde cobertura a los bienes de su propiedad, así como a aquellos que se encuentren bajo su custodia, tenencia o responsabilidad, incluyendo los que sean adquiridos en el marco del cumplimiento de sus funciones misionales. Este programa también contemplará la expedición de pólizas adicionales que resulten necesarias para el normal desarrollo de las actividades institucionales, lo cual se encuentra estipulado en esta vigencia y debe ser vinculado a los Gastos de Funcionamiento de la Entidad.
Que resulta imperativo fortalecer la apropiación del rubro correspondiente a los Servicios de seguros de vida individual (O21202020070103010271311), con el propósito irrenunciable de garantizar el aseguramiento continuo y la cobertura integral de la póliza de vida grupo destinada a los honorables Ediles de la Junta Administradora Local (JAL) de Usme. Atendiendo al deber legal que obliga a la administración local a amparar la vida e integridad de los miembros de esta corporación durante el ejercicio de sus funciones, la adición de estos recursos es estrictamente necesaria para ajustar la disponibilidad presupuestal al valor real y actual de las primas exigidas por el mercado asegurador. Lo anterior permitirá apalancar el proceso de contratación y la renovación oportuna de dicha póliza, mitigando el riesgo material de desamparo frente a las contingencias amparadas y asegurando que la entidad dé cabal cumplimiento a esta obligación ineludible durante la presente vigencia.
Que, en mérito de lo expuesto, la Alcaldesa Local de Usme,
RESUELVE:
Artículo primero.
Efectúese el siguiente contracrédito en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de USME para la Vigencia Fiscal de 2026, por valor de VEINTICINCO MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS UN PESOS M/CTE ($25.539.601), de conformidad con el siguiente detalle:
Código: GDI-GPD-F034 Versión: 05 Vigencia: 11 de julio de 2024 Caso HOLA: 59797 Dirección Carrera 14 A No. 137 B Sur - 32 Código postal: 110541 Tel. (601) 7693100 Ext. 306 Línea gratuita: 195 www.usme.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-89 • 2026 • MAYO • 15 89 Continuación Decreto No 02 del 4 de mayo de 2026 Página 3 de 4 “POR MEDIO DEL CUAL SE EFECTÚA TRASLADO PRESUPUESTAL EN EL PRESUPUESTO DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE USME PARA LA VIGENCIA FISCAL 2026”
COMPOSICIÓN DEL CONTRACRÉDITO:
CÓDIGO CONCEPTO VALOR O2 Gastos $25.539.601 O21 Funcionamiento $25.539.601 O212 Adquisición de bienes y servicios $25.539.601 O21202 Adquisiciones diferentes de activos $25.539.601 O2120202 Adquisición de servicios $25.539.601 O2120202007 Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing $25.539.601 O212020200701 Servicios financieros y servicios conexos $25.539.601 O21202020070103 Servicios de seguros y pensiones (excepto los servicios de reaseguro y de seguridad social de afiliación obligatoria) $25.539.601 O212020200701030471347 Servicio de seguro obligatorio de accidentes de tránsito $ 1.727.472 O2120202007010305 Otros servicios de seguros distintos a los seguros de vida (excepto los servicios de reaseguro) $ 23.812.129 O212020200701030571354 Servicios de seguros contra incendio, terremoto o sustracción $ 23.812.129
Artículo segundo.
Efectúese el siguiente crédito en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Usme para la Vigencia Fiscal de 2025, por valor de VEINTICINCO MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS UN PESOS M/CTE ($25.539.601), de conformidad con el siguiente detalle:
CODIGO CONCEPTO VALOR O2 Gastos $25.539.601 O21 Funcionamiento $25.539.601 O212 Adquisición de bienes y servicios $25.539.601 Código: GDI-GPD-F034 Versión: 05 Vigencia: 11 de julio de 2024 Caso HOLA: 59797 Dirección Carrera 14 A No. 137 B Sur - 32 Código postal: 110541 Tel. (601) 7693100 Ext. 306 Línea gratuita: 195 www.usme.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-90 • 2026 • MAYO • 15 90 Continuación Decreto No 02 del 4 de mayo de 2026 Página 4 de 4 “POR MEDIO DEL CUAL SE EFECTÚA TRASLADO PRESUPUESTAL EN EL PRESUPUESTO DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE USME PARA LA VIGENCIA FISCAL 2026”
O21202 Adquisiciones diferentes de activos $25.539.601 O2120202 Adquisición de servicios $25.539.601 $25.539.601 O2120202007 Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing O212020200701 Servicios financieros y servicios conexos $25.539.601 $25.539.601 O21202020070103 Servicios de seguros y pensiones (excepto los servicios de reaseguro y de seguridad social de afiliación obligatoria)
O212020200701030102 Ediles $4.700.247 O21202020070103010271311 Servicios de seguros de vida individual $4.700.247 O2120202007010305 Otros servicios de seguros distintos a los seguros de vida (excepto los servicios de reaseguro) $20.839.354 O212020200701030571351 Servicios de seguros de vehículos automotores $ 20.684.876 O212020200701030571355 Servicios de seguros generales de responsabilidad civil $154.478
Artículo tercero.
El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 4 días del mes de mayo de 2026.
LEIDI MARCELA PINILLA PINILLA Alcaldesa Local de Usme Proyecto Cristian Camilo Montiel Sandoval - Profesional Planeación - ÁGDL Revisó: Jorge Andrés González Diaz: Profesional Universitario - Presupuesto FDLU Código: GDI-GPD-F034 Versión: 05 Vigencia: 11 de julio de 2024 Caso HOLA: 59797 Dirección Carrera 14 A No. 137 B Sur - 32 Código postal: 110541 Tel. (601) 7693100 Ext. 306 Línea gratuita: 195 www.usme.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-91 • 2026 • MAYO • 15 91 DECRETO No. 03 DE 2026 (05 de Mayo de 2026)
“Por el cual se ajustan las obligaciones por pagar en el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Usme para la vigencia fiscal de 2026”
LA ALCALDESA LOCAL DE USME En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto 645 de 2025, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 645 de 2025 en su Artículo 316 estipula que los Fondo de Desarrollo Local efectuarán el ajuste presupuestal por cierre de la vigencia anterior mediante Decreto Local previa viabilidad presupuestal de la Secretaria Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto.
Que los F.D.L. efectuarán el ajuste presupuestal por cierre de la vigencia anterior mediante Decreto Local previa la viabilidad presupuestal de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto.
Que, en la Resolución SDH No. 000191 del 22 de septiembre de 2017 “Manual Operativo Presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local”, se indica el procedimiento a seguir para efectuar el ajuste en mención.
Que el Fondo de Desarrollo Local de Usme apropio en su presupuesto para la vigencia 2026 recursos para las Obligaciones por pagar por $106.290.718.000 de los cuales $2.125.956.000 corresponden a funcionamiento y $104.164.762.000 corresponden a inversión.
Que una vez efectuado el cierre presupuestal de la vigencia fiscal 2025, a 31 de diciembre se determinó un monto de obligaciones por pagar por valor de $ 94.051.221.423 de los cuales $1.747.375.317 corresponden a funcionamiento y $92.303.846.106 corresponden a inversión.
Que se presentan diferencias entre los valores programados frente a los constituidos el 31 de diciembre de 2025, lo que hace necesario ajustar los diferentes agregados de las obligaciones por pagar de funcionamiento e inversión de vigencia anterior y otras vigencias.
Que mediante Oficio No. 2-2026-18534 del 31 de marzo de 2026, la Secretaría Distrital de Planeación emitió concepto favorable para el trámite del ajuste Presupuestal del Fondo de Desarrollo Local de Usme.
2310460-FT-078 Versión 01 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-92 • 2026 • MAYO • 15 92 Continuación del Decreto N°. 03 de 2026 Pág. 2 de 3 “Por el cual se ajustan las obligaciones por pagar en el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Usme para la vigencia fiscal de 2026”.
Que mediante el oficio No. 2026EE481434O1 del 05 de Mayo de 2026, la Directora Distrital de Presupuesto, emitió concepto favorable para efectuar el Ajuste Presupuestal del Fondo de Desarrollo Local de Usme Que en mérito de lo expuesto la Alcaldesa Local,
DECRETA:
Artículo 1º.
Ajustar el Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Usme para la Vigencia Fiscal 2026, conforme al siguiente detalle:
RUBRO NOMBRE REDUCIR AUMENTAR O2 GASTOS $ 12.239.496.577 $ - O21 GASTOS DE FUNCIONAMIENTO $ 378.580.683 $ - O2190 OBLIGACIONES POR PAGAR FUNCIONAMIENTO $ 378.580.683 $ - O219001 $ 291.580.821 $ - Obligaciones por Pagar Vigencia Anterior O219002 $ 86.999.862 $ - Obligaciones por Pagar Otras Vigencias O23 INVERSION $ 11.860.915.894 $ - O2306 OBLIGACIONES POR PAGAR $ 11.860.915.894 $ - O230689 $ 10.047.978.684 $ - Obligaciones por pagar Inversión vigencia anterior O230690 Obligaciones por pagar Inversión vigencias anteriores $ 1.812.937.210 $ - O4 DISPONIBILIDAD FINAL
- $ 12.239.496.577
TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL $ 12.239.496.577 $ 12.239.496.577 2310460-FT-078 Versión 01 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-93 • 2026 • MAYO • 15 93 Continuación del Decreto N°. 03 de 2026 Pág. 3 de 3 “Por el cual se ajustan las obligaciones por pagar en el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Usme para la vigencia fiscal de 2026”.
Artículo 2º.
Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto. comuníquese inmediatamente el contenido del mismo a la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto
Artículo 3º.
Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE Se expide en Bogotá D.C. en la Localidad de Usme a los 05 días del mes de mayo de 2026.
LEIDI MARCELA PINILLA PINILLA Alcaldesa Local de Usme Proyectó: Richard Bello Roncancio- Contratista Presupuesto FDL Usme Revisó: Jorge Andrés González Diaz – Profesional Universitario 219 -15 Presupuesto Aprobó: Oscar Javier Ovalle Rivera – Responsable Grupo Planeación FDL Usme 2310460-FT-078 Versión 01 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-94 • 2026 • MAYO • 15 94 DECRETO No. 04 DE 2026 (06 de mayo de 2026)
“Por el cual se ajusta la disponibilidad inicial del Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Usme, para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2026.”
LA ALCALDESA LOCAL DE USME En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto 645 de 2025, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 645 de 2025 en su Artículo 316 estipula que los Fondo de Desarrollo Local efectuarán el ajuste presupuestal por cierre de la vigencia anterior mediante Decreto Local previa viabilidad presupuestal de la Secretaria Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto.
Que los F.D.L. efectuarán el ajuste presupuestal por cierre de la vigencia anterior mediante Decreto Local previa la viabilidad presupuestal de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto.
Que, en la Resolución SDH No. 000191 del 22 de septiembre de 2017 “Manual Operativo Presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local”, se indica el procedimiento a seguir para efectuar el ajuste en mención.
Que mediante el Decreto Local 03 del 05 de mayo de 2026 se ajustó al interior del agregado de obligaciones por pagar de funcionamiento y obligaciones por pagar de inversión, del presupuesto aprobado para la vigencia fiscal 2026.
Que en mérito de lo expuesto la Alcaldesa Local,
DECRETA:
Artículo 1º.
Ajustar la Disponibilidad Inicial en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Usme para la vigencia fiscal 2026, conforme al siguiente detalle:
CODIGO CONCEPTO AUMENTAR REDUCIR O1 Ingresos $ 0 $ 12.239.496.577 O10 Disponibilidad Inicial $ 0 $ 12.239.496.577 2310460-FT-078 Versión 01 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-95 • 2026 • MAYO • 15 95 Continuación del Decreto N°.04 de 2026 Pág. 2 de 2 “Por el cual se ajusta la disponibilidad inicial del Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Usme, para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2026.”
O1002 Bancos $ 0 $ 12.239.496.577
Artículo 2º.
Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente el contenido de este a la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto
Artículo 3º.
Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE Se expide en Bogotá D.C. en la Localidad de Usme a los 06 días del mes de mayo de 2026.
LEIDI MARCELA PINILLA PINILLA Alcaldesa Local de Usme Proyectó: Jorge Andrés González Diaz – Profesional Universitario 219 - 15 Revisó y aprobó: Oscar Javier Ovalle Rivera – Responsable Grupo Planeación FDL Usme 2310460-FT-078 Versión 01 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8580 • PP. 1-96 • 2026 • MAYO • 15 96
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.
Documentos relacionados
-
Registro Distrital 8307 de 2025
“Por medio del cual se efectúa traslado en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital para la vigencia fis…
-
Registro Distrital 8340 de 2025
“Por medio de la cual se efectúa un nombramiento”................................................4 “Por la cual se modifica el Reglamento de Emisión y Colocaci…
-
Registro Distrital 7726 de 2023
“Por medio del cual se emite concepto favorable para la distribución de la disponibilidad final para la adición de recursos en la vigencia 2023 para gastos de …
-
Registro Distrital 7813 de 2023
“Por la cual se establecen las personas naturales, jurídicas y/o sociedades de hecho y el contenido y las características de la información que deben suminis …
-
Registro Distrital 7426 de 2022
Por medio del cual se autoriza a la Gerente General de la EAAB-ESP para tramitar y presentar ante el Que el plan de Desarrollo Económico, Social, Ambien tal y…