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Registro Distrital 8563 de 2026

Registro Distrital 8563 de 2026 Nivel Distrital

Tipo
Registro Distrital
Número
8563
Año
2026
Fecha
17 de abril de 2026
Entidad
Nivel Distrital
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

5,5 ALCALDE MAYOR Carlos Fernando Galán Pachón REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 • No. 8563 - Pp 1 - 188 - 2026 • ABRIL • 17 CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Central RESOLUCIONES 2026 SECRETARÍA DISTRITAL DE PLANEACIÓN - CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL - CONFIS RESOLUCIÓN Nº 01 “Por la cual se aprueba una adición al Presupuesto de Gastos e Inversiones 2026 por distribución parcial de la Disponibilidad Final de la Empresa Metro de Bogotá S.A”....................................................................................................... 4 RESOLUCIÓN Nº 02 “Por la cual se aprueba una adición al Presupuesto de Gastos e Inversiones 2026 por distribución parcial de la Disponibilidad Final de la Empresa Transmi lenio S.A”.......................................................................................................... 7 RESOLUCIÓN Nº 03 “Por la cual se aprueba una adición al Presupuesto de Gastos e Inversiones 2026 por distribución parcial de la Disponibilidad Final de la Empresa de Acue ducto y Alcantarillado de Bogotá – ESP”........................................................ 11 Sector Descentralizado CONTRALORÍA DE BOGOTÁ, D.C. RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA Nº 005 “Por la cual se adopta la nueva versión del Manual de Contratación de la Con traloría de Bogotá D.C. y se dictan otras disposiciones’’................................ 14 INSTITUTO DISTRITAL DE LAS ARTES – IDARTES RESOLUCIÓN N° 334 “Por medio de la cual se unifica y actualiza el Comité Asesor de Programación y Curaduría del Instituto Distrital de las Artes y se deroga la Resolución 1269 de 2021”............................................................................................................. 184 AÑO 60 NÚMERO 8563 17 • ABRIL • 2026 SECRETARÍA GENERAL ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL.

LA PUBLICACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS EN EL REGISTRO DISTRITAL SE REALIZA DE ACUERDO A LA LEY 1437 DEL 2011 EN SU ARTÍCULO 65 MODIFICADO POR LA LEY 2080 DE 2021 “POR LA CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO”.

CORREO: REGISTRODISTRITAL@ALCALDIABOGOTA.GOV.CO DIRECCIÓN: CALLE 11 SUR #1-60 ESTE - LA MARÍA - BOGOTÁ D.C.

TELÉFONO: 381 3000 EXT. 5010 - 5202 SUBDIRECTORA IMPRENTA DISTRITAL: MARÍA ANGÉLICA PUMAREJO HINOJOSA RESOLUCIONES DE 2026 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS Resolución No. 01 de 2026 Por la cual se aprueba una adición al Presupuesto de Gastos e Inversiones 2026 por distribución parcial de la Disponibilidad Final de la Empresa Metro de Bogotá S.A EL CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 10° del Decreto Distrital 714 de 1996, y en los artículos 233° y 236° del Decreto 645 de 2025 y, C O N S I D E R A N D O:

Que conforme a lo estipulado en el artículo 10° literal (e) del Decreto Distrital 714 de 1996, corresponde al CONFIS aprobar y modificar mediante resolución el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito Capital y de las Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquellas.

Que conforme a lo establecido en el artículo 233° del Decreto 645 de 2025 Las modificaciones presupuestales que afecten el valor total de los ingresos, gastos de funcionamiento, servicio de la deuda y gastos de inversión serán aprobadas por el CONFIS Distrital, previo concepto favorable de la Junta o Consejo Directivo de la empresa y de la Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto.

Que de acuerdo con el numeral 5° del reglamento interno adoptado en la sesión No. 01 del 30 de enero de 2024, modificado en sesiones No. 04 del 23 de abril de 2024 y 17 del 25 de julio de 2025, le corresponde al CONFIS mediante Resolución suscrita por la Secretaría Técnica y el Secretario Distrital de Hacienda notificar las decisiones aprobatorias aplicables a las Empresas Distritales.

Que el CONFIS Distrital mediante la Resolución No. 23 de 2025 aprobó el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del 2026 de las Empresas Distritales: Capital Salud EPS-S, Canal Capital, Aguas de Bogotá S.A. ESP, Lotería de Bogotá, Que de acuerdo con el artículo 5° de la Resolución citada en precedencia, se aprobó el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2026 de la Empresa Metro de Bogotá S.A. por valor de $8.531.198.050.000, estableciendo un monto en la Disponibilidad Final de $1.799.230.730.000.

Que la Junta Directiva de la Empresa Metro de Bogotá S.A., en aplicación del artículo 4° de la Resolución CONFIS de delegación No. 015 del 25 de octubre de 2021, y mediante Acuerdo No. 001 del 17 de marzo de 2026, aprobó ajustes al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones de la vigencia 2026, como resultado del cierre financiero de la vigencia 2025, determinando un nuevo monto de la Disponibilidad Final de $1.797.207.595.930.

Que la Empresa Metro de Bogotá S.A., requiere efectuar una nueva distribución parcial de la Disponibilidad Final por $12.967.576.000 y su adición en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la vigencia 2026.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-4 • 2026 • ABRIL • 17 4 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS Continuación de la Resolución No.01 de 2026 Por la cual se aprueba una adición al Presupuesto de Gastos e Inversiones 2026 por distribución parcial de la Disponibilidad Final de la Empresa Metro de Bogotá S.A Que la adición en el rubro de funcionamiento por $12.967.576.000 será destinada a cubrir obligaciones tributarias de: i) Impuesto sobre la renta ($2.967.576.000), para el pago del año gravable 2025, dado que el cálculo de la provisión resultó superior al monto presupuestado durante 2025, por el aumento de ingresos por intereses en instituciones financieras, rendimientos de subcuentas del Patrimonio Autónomo, aportes de capital y diferencial cambiario. ii) Gravamen a los Movimientos Financieros -GMF- ($10.000.000.000), generado por los recursos provenientes de la Banca Multilateral depositados en las cuentas de Encargo Fiduciario para financiar la Primera Línea del Metro de Bogotá (PLMB), que no están exentas del GMF.

Que la Junta Directiva de la Empresa Metro de Bogotá S.A., mediante Acuerdo No. 002 del 17 de marzo de 2026, conceptuó favorablemente la distribución parcial de la Disponibilidad Final para la adición de recursos en la vigencia 2026 para Gastos de funcionamiento por $12.967.576.000.

Que el CONFIS Distrital en sesión No. 05 realizada el 09 de abril de 2026, de acuerdo con el análisis de las justificaciones aportadas por la Empresa Metro de Bogotá S.A y las recomendaciones de la Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto, aprobó la distribución parcial de la Disponibilidad Final por $12.967.576.000 y su adición en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Empresa Metro de Bogotá S.A., detallada en precedencia.

Que la observancia de los procedimientos legales y presupuestales a que haya lugar por efecto de las modificaciones presupuestales aprobadas es responsabilidad y competencia exclusiva de la Empresa Metro de Bogotá S.A.

RESUELVE:

Artículo primero.

Aprobar una Adición en el Presupuesto de Gastos e Inversiones 2026 por distribución parcial de la Disponibilidad Final de la Empresa Metro de Bogotá S.A., para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del año 2026, por valor de $12.967.576.000 conforme al siguiente detalle:

Pesos COD RUBRO VALOR 42 GASTOS $12.967.576.000 421 Funcionamiento $12.967.576.000 Fuente: EMB 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-5 • 2026 • ABRIL • 17 5 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS Continuación de la Resolución No.01 de 2026 Por la cual se aprueba una adición al Presupuesto de Gastos e Inversiones 2026 por distribución parcial de la Disponibilidad Final de la Empresa Metro de Bogotá S.A Como resultado de esta distribución parcial, la Disponibilidad Final del Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2026 de la Empresa Metro de Bogotá S.A., presenta un nuevo saldo de $1.784.240.019.930.

Artículo segundo.

La presente resolución rige a partir de la fecha de publicación en el Registro Distrital.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 16 abril Dada en Bogotá D. C., a los ___ días del mes de __________ de 2026.

ANDRÉS FELIPE URIBE MEDINA Secretario Distrital de Hacienda (E)

URSULA ABLANQUE MEJIA Secretaria Técnica de CONFIS Secretaria Distrital de Planeación Publicada en el Registro Distrital No. _____ de fecha ____ de __________ de 2026.

Aprobó: Julio Alejandro Abril Tabares. Subsecretario de Planeación de la Inversión Secretaría Distrital de Planeación Andrés Felipe Uribe Medina. Subsecretario Técnico Secretaría Distrital de Hacienda Revisó: Jimmy Alexis Rodríguez Rojas. Director Distrital de Presupuesto (E) Secretaría Distrital de Hacienda María Alejandra Botiva León. Directora de Inversiones Estratégicas Secretaría Distrital de Planeación Elaboró: Dayana Viscaya Quitian. Profesional Especializada, Dirección Inversiones Estratégicas Secretaría Distrital de Planeación 3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-6 • 2026 • ABRIL • 17 6 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS Resolución No. 02 de 2026 Por la cual se aprueba una adición al Presupuesto de Gastos e Inversiones 2026 por distribución parcial de la Disponibilidad Final de la Empresa Transmilenio S.A EL CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 10° del Decreto Distrital 714 de 1996, y en los artículos 233° y 236° del Decreto 645 de 2025 y, C O N S I D E R A N D O:

Que conforme a lo estipulado en el artículo 10° literal (e) del Decreto Distrital 714 de 1996, corresponde al CONFIS aprobar y modificar mediante resolución el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito Capital y de las Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquellas.

Que conforme a lo establecido en el artículo 233° del Decreto 645 de 2025 Las modificaciones presupuestales que afecten el valor total de los ingresos, gastos de funcionamiento, servicio de la deuda y gastos de inversión serán aprobadas por el CONFIS Distrital, previo concepto favorable de la Junta o Consejo Directivo de la empresa y de la Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto.

Que de acuerdo con el numeral 5° del reglamento interno adoptado en la sesión No. 01 del 30 de enero de 2024, modificado en sesiones No. 04 del 23 de abril de 2024 y 17 del 25 de julio de 2025, le corresponde al CONFIS mediante Resolución suscrita por la Secretaría Técnica y el Secretario Distrital de Hacienda notificar las decisiones aprobatorias aplicables a las Empresas Distritales.

Que el CONFIS Distrital mediante la Resolución No. 23 de 2025 aprobó el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del 2026 de las Empresas Distritales: Capital Salud EPS-S, Canal Capital, Aguas de Bogotá S.A. ESP, Lotería de Bogotá, Que de acuerdo con el artículo 6° de la Resolución citada en precedencia, se aprobó el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2026 de la Empresa Transmilenio S.A. por valor de $12.818.731.324.000, estableciendo un monto en la Disponibilidad Final de $76.528.956.000.

Que la Junta Directiva de la Empresa Transmilenio S.A., en aplicación del artículo 4° de la Resolución CONFIS de delegación No. 015 del 25 de octubre de 2021, y mediante Acuerdo No. 001 del 3 de marzo de 2026, aprobó ajustes al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones de la vigencia 2026, como resultado del cierre financiero de la vigencia 2025, determinando un nuevo monto de la Disponibilidad Final de $422.104.770.552.

Que la Empresa Transmilenio S.A., requiere efectuar una nueva distribución parcial de la Disponibilidad Final por $315.998.314.329 y su adición en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la vigencia 2026 en los rubros de gastos de funcionamiento y gastos de inversión.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-7 • 2026 • ABRIL • 17 7 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS Continuación de la Resolución No.02 de 2026 Por la cual se aprueba una adición al Presupuesto de Gastos e Inversiones 2026 por distribución parcial de la Disponibilidad Final de la Empresa Transmilenio S.A Que la adición en el rubro de gastos de funcionamiento por $1.224.809.528 será destinada a cubrir la adición y prórroga de contratos de prestación de servicios por un plazo de 5 meses y cuya finalización se encuentra prevista en junio de 2026.

Que la adición en el rubro de gastos de inversión por $314.773.504.801será destinada a financiar los proyectos, para atender los siguientes aspectos:

7223 -CONTROL Y OPERACIÓN DEL SISTEMA INTEGRADO $ 6.390.092.661 Mejoramiento del SITP 852.900.548 Cubrir el diferencial tarifario FET Subsidios SDIS 5.515.482.233 Cubrir Subsidios de Discapacidad, Sisbén y Adulto Mayor Convenio Metro 21.709.880 Conectividad en estaciones afectadas por la construcción del Metro de Bogotá.

$ 308.383.412.140 7251 - DESARROLLO Y GESTIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA DEL SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE PÚBLICO DE BOGOTÁ Troncales Primera Línea del Metro de Bogotá (PLMB) Recursos Nación 893.493.966 Troncales Primera Línea del Metro de Bogotá - PLMB Recursos Distrito 8.464.520.564 Financiación de actividades de las Troncales Alimentadoras PLMB Recursos otros recursos del Ente Gestor Troncales PLMB 44.172.605.685 Recursos cruce de cuentas Troncales PLMB 11.827.962.615 Troncal Calle 13 Convenio de cofinanciación Recursos Nación 65.460.529.999 Financiación de actividades de la Troncal Calle 13 Troncal Calle 13 -Convenio de cofinanciación 51.479.227.189 Convenio IDU-TMSA 124.329.679.619 Financiación de actividades de la construcción del Cable Aéreo Potosí.

Flota Eléctrica Fase VI - Recursos Distrito - Convenio Nación-Distrito 1.755.392.503 Recursos mayor valor indexación con destino a la financiación de actividades de la Flota Eléctrica Fase VI Infraestructura.

2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-8 • 2026 • ABRIL • 17 8 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS Continuación de la Resolución No.02 de 2026 Por la cual se aprueba una adición al Presupuesto de Gastos e Inversiones 2026 por distribución parcial de la Disponibilidad Final de la Empresa Transmilenio S.A Que la Junta Directiva de la Empresa Transmilenio S.A., mediante Acuerdo No. 02 del 03 de marzo de 2026, conceptuó favorablemente la distribución parcial de la Disponibilidad Final para la adición de recursos en la vigencia 2026 para Gastos de funcionamiento e inversión por $ 315.998.314.329.

Que el CONFIS Distrital en sesión No. 05 realizada el 09 de abril de 2026, de acuerdo con el análisis de las justificaciones aportadas por la Empresa Transmilenio S.A y la recomendación de la Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto, aprobó la distribución parcial de la Disponibilidad Final por $315.998.314.329 y su adición en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Empresa Transmilenio S.A., detallada en precedencia.

Que la observancia de los procedimientos legales y presupuestales a que haya lugar por efecto de las modificaciones presupuestales aprobadas es responsabilidad y competencia exclusiva de la Empresa Transmilenio S.A.

RESUELVE:

Artículo primero.

Aprobar una Adición en el Presupuesto de Gastos e Inversiones 2026 por distribución parcial de la Disponibilidad Final de la Empresa Transmilenio S.A., para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del año 2026, por valor de $315.998.314.329, conforme al siguiente detalle:

Pesos COD RUBRO VALOR 42 GASTOS $315.998.314.329 421 Gastos de Funcionamiento $1.224.809.528 422 Gastos de Inversión $314.773.504.801 Como resultado de esta distribución parcial, la Disponibilidad Final del Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2026 de la Empresa Transmilenio S.A., presenta un nuevo saldo de $106.106.456.223.

3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-9 • 2026 • ABRIL • 17 9 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS Continuación de la Resolución No.02 de 2026 Por la cual se aprueba una adición al Presupuesto de Gastos e Inversiones 2026 por distribución parcial de la Disponibilidad Final de la Empresa Transmilenio S.A

Artículo segundo.

La presente resolución rige a partir de la fecha de publicación en el Registro Distrital.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 16 abril Dada en Bogotá D. C., a los ___ días del mes de __________ de 2026.

ANDRÉS FELIPE URIBE MEDINA Secretario Distrital de Hacienda (E)

URSULA ABLANQUE MEJIA Secretaria Técnica de CONFIS Secretaria Distrital de Planeación Publicada en el Registro Distrital No. _____ de fecha ____ de __________ de 2026.

Aprobó: Julio Alejandro Abril Tabares. Subsecretario de Planeación de la Inversión Secretaría Distrital de Planeación Andrés Felipe Uribe Medina. Subsecretario Técnico Secretaría Distrital de Hacienda Revisó: Jimmy Alexis Rodríguez Rojas. Director Distrital de Presupuesto (E) Secretaría Distrital de Hacienda María Alejandra Botiva León. Directora de Inversiones Estratégicas Secretaría Distrital de Planeación Elaboró: David Joseph Rozo Parra. Contratista, Subsecretaría de Planeación de la Inversión Secretaría Distrital de Planeación 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-10 • 2026 • ABRIL • 17 10 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS Resolución No. 03 de 2026 Por la cual se aprueba una adición al Presupuesto de Gastos e Inversiones 2026 por distribución parcial de la Disponibilidad Final de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá ESP EL CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 10° del Decreto Distrital 714 de 1996, y en los artículos 233° y 236° del Decreto 645 de 2025 y, C O N S I D E R A N D O:

Que conforme a lo estipulado en el artículo 10° literal (e) del Decreto Distrital 714 de 1996, corresponde al CONFIS aprobar y modificar mediante resolución el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito Capital y de las Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquellas.

Que conforme a lo establecido en el artículo 233° del Decreto 645 de 2025 Las modificaciones presupuestales que afecten el valor total de los ingresos, gastos de funcionamiento, servicio de la deuda y gastos de inversión serán aprobadas por el CONFIS Distrital, previo concepto favorable de la Junta o Consejo Directivo de la empresa y de la Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto.

Que de acuerdo con el numeral 5° del reglamento interno adoptado en la sesión No. 01 del 30 de enero de 2024, modificado en sesiones No. 04 del 23 de abril de 2024 y 17 del 25 de julio de 2025, le corresponde al CONFIS mediante Resolución suscrita por la Secretaría Técnica y el Secretario Distrital de Hacienda notificar las decisiones aprobatorias aplicables a las Empresas Distritales.

Que el CONFIS Distrital mediante la Resolución No. 0737 de 2025 liquidó el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del 2026 de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá ESP, aclarada mediante Resolución No. 0757 de 2025 en lo referido a la liquidación del presupuesto de gastos e inversiones para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del 2026 de la referida empresa.

Que de acuerdo con los artículos primero y segundo de la Resolución No. 0737 de 2025 y primero de la Resolución No. 757 de 2025, se aprobó el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2026 de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá - ESP por valor de $7.129.828.260.000, estableciendo un monto en la Disponibilidad Final de $2.340.848.499.000.

Que la Junta Directiva de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá ESP, en aplicación del artículo 4° de la Resolución CONFIS de delegación No. 015 del 25 de octubre de 2021, y mediante Resolución No. 0160 del 24 de marzo de 2026, aprobó ajustes al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones de la vigencia 2026, como resultado del cierre financiero de la vigencia 2025, determinando un nuevo monto de la Disponibilidad Final de $ 2.476.723.223.538.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-11 • 2026 • ABRIL • 17 11 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS Continuación de la Resolución No.03 de 2026 Por la cual se aprueba una adición al Presupuesto de Gastos e Inversiones 2026 por distribución parcial de la Disponibilidad Final de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá ESP Que la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá - ESP, requiere efectuar una nueva distribución parcial de la Disponibilidad Final por $63.000.000.000 y su adición en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la vigencia 2026 en los rubros de gastos de inversión.

Que la adición en el rubro de gastos de inversión por $63.000.000.000 será destinada a financiar el Convenio Interadministrativo SDA CD 20251498, suscrito entre la SECRETARÍA DISTRITAL DE AMBIENTE SDA y la EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ EAAB-ESP, con el fin de aunar esfuerzos técnicos, administrativos y operativos en torno a la conservación, mantenimiento y administración de las Áreas de Importancia Estratégica para la protección del recurso hídrico, que abastece al Distrito Capital..

Que la Junta Directiva de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá - ESP, mediante Acuerdo No. 246 del 11 de marzo de 2026, conceptuó favorablemente la distribución parcial de la Disponibilidad Final para la adición de recursos en la vigencia 2026 para Gastos de inversión por $ 63.000.000.000.

Que el CONFIS Distrital en sesión No. 05 realizada el 09 de abril de 2026, de acuerdo con el análisis de las justificaciones aportadas por la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá - ESP y la recomendación de la Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto, aprobó la distribución parcial de la Disponibilidad Final por $63.000.000.000 y su adición en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá - ESP, detallada en precedencia.

Que la observancia de los procedimientos legales y presupuestales a que haya lugar por efecto de las modificaciones presupuestales aprobadas es responsabilidad y competencia exclusiva de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá - ESP.

RESUELVE:

Artículo primero.

Aprobar una Adición en el Presupuesto de Gastos e Inversiones 2026 por distribución parcial de la Disponibilidad Final de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá - ESP, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del año 2026, por valor de $63.000.000.000, conforme al siguiente detalle:

Pesos COD RUBRO VALOR 42 GASTOS $63.000.000.000 423 Gastos de Inversión $63.000.000.000 2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-12 • 2026 • ABRIL • 17 12 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS Continuación de la Resolución No.03 de 2026 Por la cual se aprueba una adición al Presupuesto de Gastos e Inversiones 2026 por distribución parcial de la Disponibilidad Final de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá ESP Como resultado de esta distribución parcial, la Disponibilidad Final del Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2026 de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá - ESP, presenta un nuevo saldo de $2.413.723.223.538.

Artículo segundo.

La presente resolución rige a partir de la fecha de publicación en el Registro Distrital.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 16 abril Dada en Bogotá D. C., a los ___ días del mes de __________ de 2026.

ANDRÉS FELIPE URIBE MEDINA Secretario Distrital de Hacienda (E)

URSULA ABLANQUE MEJIA Secretaria Técnica de CONFIS Secretaria Distrital de Planeación Publicada en el Registro Distrital No. _____ de fecha ____ de __________ de 2026.

Aprobó: Julio Alejandro Abril Tabares. Subsecretario de Planeación de la Inversión Secretaría Distrital de Planeación Andrés Felipe Uribe Medina. Subsecretario Técnico Secretaría Distrital de Hacienda Revisó: Jimmy Alexis Rodríguez Rojas. Director Distrital de Presupuesto (E) Secretaría Distrital de Hacienda María Alejandra Botiva León. Directora de Inversiones Estratégicas Secretaría Distrital de Planeación Elaboró: David Joseph Rozo Parra. Contratista, Subsecretaría de Planeación de la Inversión Secretaría Distrital de Planeación 3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-13 • 2026 • ABRIL • 17 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-14 • 2026 • ABRIL • 17 14 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-15 • 2026 • ABRIL • 17 15 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-16 • 2026 • ABRIL • 17 16 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-17 • 2026 • ABRIL • 17 17 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-18 • 2026 • ABRIL • 17 18 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 Manual de Contratación V 7.0 JUAN CAMILO ZULUAGA MORILLO Contralor de Bogotá D.C.

MARCELO MEJÍA GIRALDO Director Administrativo MARCELO MEJÍA GIRALDO Subdirector de Contratación (E)

Marzo 2026 www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 1 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-19 • 2026 • ABRIL • 17 19 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 TABLA DE CONTENIDO

Capítulo I. - NATURALEZA JURÍDICA Y UBICACIÓN EN LA ESTRUCTURA DEL ESTADO ...... 4

1.1. OBJETIVO.......................................................................................................................... 4 1.2. NATURALEZA JURÍDICA Y UBICACIÓN EN LA ESTRUCTURA DEL ESTADO............... 5 1.3. REFERENCIAS NORMATIVAS........................................................................................... 6 1.4. OBLIGATORIEDAD DE LOS MANUALES O GUÍAS EXPEDIDOS POR LA AGENCIA COLOMBIA COMPRA EFICIENTE........................................................................................... 15 1.5. PRINCIPIOS DE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA............................................................. 17 1.6. EXPEDIENTE CONTRACTUAL........................................................................................ 17 2.1. ORDENACIÓN DEL GASTO.............................................................................................. 18 2.2. JUNTA DE CONTRATACIÓN............................................................................................. 19 3.1. PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES................................................................................... 25 3.2. INICIATIVA DEL GASTO.................................................................................................... 28 3.3. ESTUDIOS PREVIOS........................................................................................................ 28 3.3.1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE LA ENTIDAD ESTATAL PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACIÓN:............................................................................. 28 3.3.2. EL OBJETO A CONTRATAR, CON SUS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS............... 29 3.3.3. LA MODALIDAD DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA Y SU JUSTIFICACIÓN......... 31 3.3.4. EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, LA JUSTIFICACIÓN DEL MISMO Y LOS RUBROS QUE LO COMPONEN:.......................................................................................... 42 3.3.6. EL ANÁLISIS DEL RIESGO Y LA FORMA DE MITIGARLO......................................... 44 3.3.7. LAS GARANTÍAS QUE LA ENTIDAD ESTATAL CONTEMPLA EXIGIR EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN............................................................................................................ 45 3.3.8. LA INDICACIÓN DE SI EL PROCESO DE CONTRATACIÓN ESTÁ COBIJADO POR UN ACUERDO COMERCIAL...................................................................................................... 45 3.3.9. COMPRAS PÚBLICAS SOSTENIBLES...................................................................... 46 3.4. ANÁLISIS DEL SECTOR.................................................................................................... 47 3.4.1. Aspectos generales..................................................................................................... 48 3.4.2. Estudio de la oferta...................................................................................................... 48 3.4.3. Estudio de la demanda................................................................................................ 49 3.5. AUTORIZACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS REQUERIDOS PARA SU EJECUCIÓN.. 50

Capítulo IV. - ETAPAS DEL PROCESO CONTRACTUAL .......................................................... 53

4.1. ETAPA PRECONTRACTUAL............................................................................................. 53 www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 2 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-20 • 2026 • ABRIL • 17 20 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 4.1.1. SOLICITUD DE CONTRATACIÓN O RADICACION DE ESTUDIO PREVIO............... 53 4.1.2. VERIFICACIÓN DE LEGALIDAD DE LAS SOLICITUDES.......................................... 53 4.1.3. COMITÉ EVALUADOR................................................................................................ 55 4.2. ETAPA CONTRACTUAL.................................................................................................... 59 4.2.1. ELABORACIÓN DE CONTRATOS.............................................................................. 59 4.2.2. SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO................................................................................ 59 4.2.3. REQUISITOS DE PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN DE LOS CONTRATOS... 60 4.2.4. APROBACIÓN DE GARANTÍAS................................................................................. 60 4.2.5. MODIFICACIONES CONTRACTUALES.................................................................... 60 4.3. ETAPA POSTCONTRACTUAL......................................................................................... 68 4.3.1. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO................................................................................ 68 4.3.1.1. CONTRATOS SUSCEPTIBLES DE LIQUIDACIÓN:............................................... 70 4.3.2. SOPORTES DEL ACTA DE LIQUIDACIÓN:.............................................................. 70 4.3.3. LIQUIDACIÓN POR MUTUO ACUERDO................................................................... 71 4.3.4. LIQUIDACIÓN UNILATERAL..................................................................................... 73 4.3.5. LIQUIDACIÓN JUDICIAL........................................................................................... 73 4.3.6. CIERRE DEL PROCESO CONTRACTUAL Y ARCHIVO DEL EXPEDIENTE CONTRACTUAL................................................................................................................... 74

Capítulo V. RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL Y POSCONTRACTUAL ........................... 75

5.1. RESPONSABILIDAD DE LOS CONTRATISTAS................................................................ 75 5.2. RESPONSABILIDAD DE LOS SUPERVISORES O INTERVENTORES............................ 76 5.2.1. DESIGNACIÓN DEL SUPERVISOR, INICIO Y DURACIÓN DE LA FUNCIÓN DE SUPERVISIÓN...................................................................................................................... 76 5.2.2. CRITERIOS PARA LA DESIGNACIÓN DEL SUPERVISOR........................................ 77 5.2.3. CONTRATOS QUE REQUIEREN DE INTERVENTOR................................................ 77 5.2.4. FUNCIONES DE LOS SUPERVISORES E INTERVENTORES................................... 78 INTRODUCCIÓN www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 3 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-21 • 2026 • ABRIL • 17 21 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 El Manual de Contratación se define como el “documento que establece y da a conocer a los partícipes del sistema de compras y contratación pública los flujos de proceso y organigrama que cada entidad estatal desarrolla en sus procesos de contratación y gestión contractual1”.

El presente Manual de Contratación tiene como propósito fijar directrices, orientaciones y estándares para simplificar y homogenizar las actividades que se desarrollan durante las diferentes etapas de la gestión contractual realizada por la Contraloría de Bogotá D.C., es decir la etapa de planeación, selección de contratistas, celebración del contrato, vigilancia y seguimiento a su ejecución, y por último la etapa de liquidación cuando sea necesario, para el cumplimiento de las funciones, metas y objetivos institucionales.

En dichas etapas se destacan, actividades tales como: la planificación de la actividad contractual de la Entidad, el proceso de selección eficiente y transparente de los contratistas, la utilización e implementación de los medios electrónicos de información sobre la contratación estatal, los requisitos para la eficacia jurídica del contrato estatal, el seguimiento que debe hacer la Entidad a la ejecución de las obligaciones a cargo de los contratistas; el manejo de los riesgos previsibles, y por último la liquidación y terminación cumplida del contrato estatal.

Esas orientaciones generales buscan que los funcionarios que intervienen en el proceso contractual cuenten con un documento que les permita conocer la forma cómo opera la Gestión Contractual en la Entidad y así obtener mejores resultados, en la gestión administrativa y en la utilización de los recursos públicos a través de los contratos celebrados por la Entidad.

Capítulo I. - NATURALEZA JURÍDICA Y UBICACIÓN EN LA ESTRUCTURA DEL

ESTADO.

1.1. OBJETIVO 1 Lineamientos Generales para la Expedición de Manuales de Contratación. Colombia Compra Eficiente. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 4 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-22 • 2026 • ABRIL • 17 22 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 Establecer las directrices y estándares para simplificar y unificar las actividades que se desarrollan en las diferentes etapas del proceso contractual, que requiera la Contraloría de Bogotá D.C., para el cumplimiento de sus funciones, metas y objetivos institucionales, así como fijar las pautas, criterios y responsabilidades en el ejercicio de la supervisión de los contratos y convenios suscritos por la Entidad, que garanticen su correcta ejecución y liquidación.

Las directrices aquí establecidas tienen como objetivo dar pleno cumplimiento a los principios de la función pública previstos en la Constitución Política de Colombia, en la ley, en los decretos y demás normas que regulen la contratación estatal.

Este manual deberá ser aplicado por todos los servidores públicos y colaboradores de la Contraloría de Bogotá D.C., en el desarrollo de su actividad contractual o que sean designados como supervisores y para las personas que sean contratadas como interventores o como apoyo a la supervisión,2 así como por todas las dependencias que tengan relación con la actividad de supervisión.

1.2. NATURALEZA JURÍDICA Y UBICACIÓN EN LA ESTRUCTURA DEL ESTADO.

La Contraloría de Bogotá D.C., conforme a lo establecido del Acuerdo Distrital 658 de 20163, es un organismo de carácter técnico, dotado de autonomía administrativa y presupuestal, al cual le corresponde la vigilancia de la gestión fiscal del Distrito Capital y de los particulares que manejen fondos o bienes del mismo, en los términos y condiciones previstos en la Constitución Política de Colombia, las leyes y los acuerdos.

2 Apoyo a la supervisión: es aquel contratista, persona natural o jurídica, que tenga la capacidad e idoneidad para apoyar la gestión del supervisor del contrato, con el objetivo de realizar adecuadamente el seguimiento a cada una de las actividades contenidas en el contrato. El anterior concepto obedece a la interpretación doctrinaria de la última parte del segundo inciso del artículo 83 de la Ley 1474 de 2011, que indica: “Para la supervisión, la Entidad estatal podrá contratar personal de apoyo, a través de los contratos de prestación de servicios que sean requeridos”; y en concordancia con el Concepto C - 654 de 2021 y el Concepto C – 180 de 2020 de la ANCP-CCE.

3 El Acuerdo Distrital 658 de 2016, fue modificado parcialmente por los Acuerdos Distritales 664 de 2017, 886 y 904 de 2023, expedido por el Concejo de Bogotá D.C. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 5 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-23 • 2026 • ABRIL • 17 23 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 En ningún caso podrá la Contraloría de Bogotá D.C., ejercer funciones administrativas distintas a las inherentes a su propia organización.

La Contraloría de Bogotá D.C., es la entidad que vigila la gestión fiscal de la Administración Distrital y de los particulares que manejan fondos o bienes públicos en aras del mejoramiento de la calidad de vida de los ciudadanos del Distrito Capital.

1.3. REFERENCIAS NORMATIVAS Tabla 1. Referencias Normativas NORMA FECHA DESCRIPCIÓN Constitución Política de Colombia 20-Jul 1991

Artículo 209.

“La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado. La administración pública, en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley.”

Ley 80 28-Oct 1993 “Por la cual se expide el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública.”

Ley 489 29-Dic 1998 “Por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 6 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-24 • 2026 • ABRIL • 17 24 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 NORMA FECHA DESCRIPCIÓN principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones.

Ley 1150 16-Jul 2007 “Por medio de la cual se introducen medidas para la eficiencia y la transparencia en la Ley 80 de 1993 y se dictan otras disposiciones generales sobre la contratación con recursos públicos.”

Ley 1266 31-Dic 2008 “Por la cual se dictan las disposiciones generales del hábeas data y se regula el manejo de la información contenida en bases de datos personales, en especial la financiera, crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países y se dictan otras disposiciones.”

Ley 1273 05-Ene 2009 “Por medio de la cual se modifica el Código Penal, se crea un nuevo bien jurídico tutelado denominado "de la protección de la información y de los datos" y se preservan integralmente los sistemas que utilicen las tecnologías de la información y las comunicaciones, entre otras disposiciones.”

Ley 1474 12-Jul 2011 “Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública.”

Ley 1581 17-Oct 2012 “Por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales.” www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 7 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-25 • 2026 • ABRIL • 17 25 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 Ley 1778 02-Feb 2016 “Por la cual se dictan normas sobre la responsabilidad de las personas jurídicas por NORMA FECHA DESCRIPCIÓN actos de corrupción transnacional y se dictan otras disposiciones en materia de lucha contra la corrupción.”4 Ley 1882 15-Ene 2018 “Por la cual se adicionan, modifican y dictan disposiciones orientadas a fortalecer la contratación pública en Colombia, la ley de infraestructura y se dictan otras disposiciones.”

Ley 1952 20-Ene 2019 “Por medio de la cual se expide el Código General Disciplinario se derogan la Ley 734 de 2002 y algunas disposiciones de la Ley 1474 de 2011, relacionadas con el derecho disciplinario.”

Ley 2014 30-Dic 2019 “Por medio de la cual se regulan las sanciones para condenados por corrupción y delitos contra la Administración pública, así como la cesión unilateral administrativa del contrato por actos de corrupción y se dictan otras disposiciones.”

Ley 2022 22-Jul 2020 “Por la cual modifica el artículo 4 de la Ley 1882 de 2018 y se dictan otras disposiciones.”

Ley 2040 27-Jul 2020 “Por medio de la cual se adoptan medidas para impulsar el trabajo para adultos mayores y se dictan otras disposiciones.”

Ley 2069 31-Dic 2020 “Por medio del cual se impulsa el emprendimiento en Colombia.”

4 4 Modificada por el artículo 19 de la Ley 2195 de 2022. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 8 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-26 • 2026 • ABRIL • 17 26 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 Ley 2080 25-Ene 2021 “Por medio de la cual se Reforma el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo -Ley 1437 de 2011- y se dictan otras disposiciones en materia de descongestión NORMA FECHA DESCRIPCIÓN en los procesos que se tramitan ante la jurisdicción.”

Ley 2094 29-Jun 2021 “Por medio de la cual se reforma la Ley 1952 de 2019 y se dictan otras disposiciones.”

Ley 2160 25-Nov 2021 “Por medio del cual se modifica la Ley 80 de 1993 y la Ley 1150 de 2007.”

Ley 2195 18-Ene 2022 “Por medio de la cual se adoptan medidas en materia de transparencia, prevención y lucha contra la corrupción y se dictan otras disposiciones.”

Ley 2294 19-May 2023 “Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 "Colombia Potencia Mundial de la Vida””

Decreto Ley 19 10-Ene 2012 “Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública.”

Decreto 2555 15-Jul 2010 “Por el cual se recogen y reexpiden las normas en materia del sector financiero, asegurador y del mercado de valores y se dictan otras disposiciones.”

Decreto 1072 26-May 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo.” www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 9 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-27 • 2026 • ABRIL • 17 27 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 Decreto 1074 26-May 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo.”

Decreto 1078 26-May 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 10 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-28 • 2026 • ABRIL • 17 28 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 NORMA FECHA DESCRIPCIÓN Información y las Comunicaciones. Capítulo 1 - Título 9, subrogado por el Decreto 1008 de 2018.” Decreto 1081 26-May 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Único del Sector Presidencia de la República. Libro 2, Parte 1, Titulo 1 que tiene por objeto reglamentar la Ley 1712 de 2014, en lo relativo a la gestión de la información pública.”

Decreto 1082 26-May 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional, con sus modificaciones y adiciones.”

Decreto 1494 13-Jul 2015 “Por el cual se corrigen yerros en la Ley 1712 de 2014.”

Decreto 92 23-Ene 2017 “Por el cual se reglamenta la contratación con entidades privadas sin ánimo de lucro a la que hace referencia el inciso 2° del artículo 355 de la Constitución Política.”

Decreto 1008 14-Jun 2018 “Por el cual se establecen los lineamientos generales de la política de Gobierno Digital y se subroga el capítulo 1 del título 9 de la parte 2 del libro 2 del Decreto 1078 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.” www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 11 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-29 • 2026 • ABRIL • 17 29 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 Decreto 310 25-Mar 2021 “Por el cual se reglamenta el artículo 41 de la Ley 1955 de 2019, sobre las condiciones para implementar la obligatoriedad y aplicación de los Acuerdos Marco de Precios y se modifican los artículos 2.2.1.2.1.2.7. y 2.2.1.2.1.2.12. del NORMA FECHA DESCRIPCIÓN Decreto 1082 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional.”

Decreto 399 13-Abr 2021 “Por el cual se modifican los artículos 2.2.1.1.2.1.1., 2.2.1.2.1.3.2. Y 2.2.1.2.3.1.14., y se adicionan unos parágrafos transitorios a los artículos 2.2.1.1.1.5.2., 2.2.1.1.1.5.6. y 2.2.1.1.1.6.2. del Decreto 1082 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional.”

Decreto 680 22-Jun 2021 “Por el cual se modifica parcialmente el artículo 2.2.1.1.1.3.1. y se adiciona el artículo 2.2.1.2.4.2.9. al Decreto 1082 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional, en relación con la regla de origen de servicios en el Sistema de Compra Pública.” www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 12 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-30 • 2026 • ABRIL • 17 30 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 Decreto 1860 24-Dic 2021 “Por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1082 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional, con el fin reglamentar los artículos 30, 31, 32, 34 y 35 de la Ley 2069 de 2020, en lo relativo al sistema de compras públicas y se dictan otras disposiciones.”

Decreto 142 01-Feb 2023 “Por el cual se modifica y adiciona el Decreto número 1082 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional para promover el acceso al sistema de Compras Públicas de las MiPymes, las Cooperativas y demás entidades de la economía solidaria, se NORMA FECHA DESCRIPCIÓN incorporan criterios sociales y ambientales en los Procesos de Contratación de las Entidades Estatales, se incluye el Título de emprendimiento comunal y se dictan otras disposiciones.”

Acuerdo Distrital 658 21-Dic 2016 “Por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá D.C., se modifica su estructura orgánica e interna, se fijan funciones de sus dependencias, se modifica la planta de personal, y se dictan otras disposiciones.” www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 13 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-31 • 2026 • ABRIL • 17 31 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 Acuerdo Distrital 664 28-Mar 2017 “Por el cual se modifica parcialmente el Acuerdo 658 del 21 de diciembre de 2016 "por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá, D.C., se modifica su estructura orgánica e interna, se fijan funciones de sus dependencias, se modifica la planta de personal, y se dictan otras disposiciones.”

Acuerdo Distrital 886 22-Mar 2023 “Por medio del cual se modifica parcialmente el Acuerdo 658 de 2016 en cuanto a la estructura orgánica e interna, funciones de algunas dependencias y la planta global de empleos de la Contraloría de Bogotá D.C, y se dictan otras disposiciones.”

Acuerdo Distrital 904 26-Jun 2023 “Por medio del cual se modifican parcialmente los Acuerdos Distritales 881 y 886 de 2023.” Resolución 0312 13-Feb 2019 “Por la cual se definen los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST.”

NORMA FECHA DESCRIPCIÓN Circular Externa Única.

De acuerdo con el numeral 5 del artículo 3 del 27 de diciembre de 2023 CCE-EICP-MA-06 Decreto 4170 de 2011, Colombia Compra Eficiente actualiza la Circular Externa Única de acuerdo con los cambios normativos Fuente: Propia. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 14 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-32 • 2026 • ABRIL • 17 32 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 1.4. OBLIGATORIEDAD DE LOS MANUALES O GUÍAS EXPEDIDOS POR LA AGENCIA COLOMBIA COMPRA EFICIENTE.

El numeral 9 del artículo 3 del Decreto Ley 4170 de 20115 establece dentro de las funciones de Colombia Compra Eficiente, desarrollar mecanismos de apoyo a los oferentes que les permitan una mayor y mejor participación en los procesos de contratación de las entidades estatales.

Por su parte, el artículo 2.2.1.2.5.2 del Decreto 1082 de 2015 señala que Colombia Compra Eficiente debe diseñar e implementar los instrumentos estandarizados y especializados por tipo de obra, bien o servicio a contratar, así como cualquier otro manual o guía que se estime necesario o sea solicitado por los partícipes de la contratación pública.

Ahora bien, mediante Respuesta a consulta # 4201912000007508 del 17 de diciembre de 2029, la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente., indicó:

“(… )los Manuales, Guías o Circulares frente a los que existe un fundamento normativo de rango legal o reglamentario que da la competencia a Colombia Compra Eficiente para expedirlos fueron declarados ajustados al ordenamiento jurídico y, además, frente a ellos se puede concluir que se trata de actos administrativos –incluso reglamentos– de obligatorio cumplimiento para los partícipes de la contratación pública, como el manual de uso de los acuerdos marco de precios, los manuales y guías para la elaboración y actualización del plan anual de adquisiciones y el manual o guía para el uso del clasificador de bienes y servicios.

5 Por el cual se crea la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-, se determinan sus objetivos y estructura. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 15 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-33 • 2026 • ABRIL • 17 33 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 Lo contrario ocurre con los Manuales, Guías o Circulares que se expiden sin una competencia legal o reglamentaria, diferente de la genérica contenida en el Decreto Ley 4170 de 2011, que defiera a esta entidad su adopción, como ocurre con los manuales y guías para la identificación y cobertura del riesgo, los manuales y guías para la determinación de la capacidad residual. Estos instrumentos o herramientas quedan en el ámbito de normas de apoyo y de buenas prácticas para los partícipes del Sistema de Compra Pública, de donde no se puede derivar obligatoriedad.

Así las cosas, la obligatoriedad de las herramientas normativas expedidas por Colombia Compra Eficiente no depende de la forma mediante la cual se adopten, pues las guías, manuales o circulares podrán ser de obligatoria observancia o de mera pauta para fomentar buenas prácticas administrativas, dependiendo de si existe una norma de rango legal o reglamentario, diferente de la general del Decreto 4170 de 2011, que confiera la competencia para regular determinado aspecto de la contratación estatal. Si la competencia no proviene de la ley o el reglamento, sin importar que se trate de una guía, un manual o una circular externa, no producirá efectos jurídicos y su función estará limitada a dar orientaciones o a reproducir normas, esto es, no tendrá fuerza obligatoria y, en consecuencia, no será vinculante para sus destinatarios, con independencia del nombre que tenga6”.

De acuerdo con lo anterior, son obligatorios los lineamientos, manuales y guías, siempre que exista fundamento normativo vinculante para todas las Entidades Estatales. De lo contrario, dichos documentos son solo referentes y guías tanto para las Entidades Estatales como para los particulares.

6 El Consejo de Estado, Sección Segunda, en sentencia de 21 de septiembre de 2001, Expediente No. 6371, C.P. Olga Inés Navarrete, indicó frente a la naturaleza jurídica de las circulares que: “La jurisprudencia de esta Corporación ha reiterado que las circulares de servicios son susceptibles de ser demandadas cuando las mismas contengan una decisión de la autoridad pública, capaz de producir efectos jurídicos y puedan, en consecuencia, tener fuerza vinculante frente al administrado, pues de no ser así, si la circular se limita a reproducir lo decidido por otras normas, o por otras instancias, con el fin de instruir a los funcionarios encargados de ejercer determinadas competencias, entonces, la circular no será un acto susceptible de demanda”. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 16 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-34 • 2026 • ABRIL • 17 34 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 1.5. PRINCIPIOS DE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA Dentro de toda la actividad contractual, la Contraloría de Bogotá, D.C., deberá dar estricto cumplimiento a los principios establecidos en el Estatuto General de Contratación y demás normas y decretos reglamentarios.

1.6. EXPEDIENTE CONTRACTUAL Son los documentos que soportan la actuación contractual desde su inicio hasta su cierre, de acuerdo con los lineamientos para la conservación emitidos por el Archivo General de la Nación y la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente.

El expediente contractual puede ser físico o electrónico; será físico si el trámite contractual se publica en SECOP I, de acuerdo con los lineamientos de Colombia Compra Eficiente. Y será electrónico, si el trámite se adelanta a través de SECOP II, o la plataforma que haga sus veces, o la Tienda Virtual, de acuerdo con los lineamientos de Colombia Compra Eficiente.

De conformidad con la Circular Externa Única de la Agencia Nacional de Contratación Pública 7 – Colombia Compra Eficiente el expediente electrónico “está conformado por documentos electrónicos, es decir, formularios o plantillas generados a partir de la información diligenciada por la Entidad o el proveedor, e imágenes digitales de documentos producidos originalmente en físico que tanto la Entidad o el proveedor cargan o publican en SECOP II o plataforma que haga sus veces.”

Por lo anterior, se infiere que el expediente electrónico hace que no sea necesario tener un expediente físico adicional.

En todo caso, se deben seguir los lineamientos establecidos en la Circular Externa No. 21 de 2017, emitida por Colombia Compra Eficiente y el Archivo General de la Nación.

7 Código CCE-EICP-MA-06 Versión 03 de 27 de diciembre de 2023 www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 17 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-35 • 2026 • ABRIL • 17 35 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0

Capítulo II. - DELEGACIÓN, INTERVINIENTES Y FUNCIONES EN MATERIA

CONTRACTUAL.

2.1. ORDENACIÓN DEL GASTO La delegación de funciones se fundamenta en los artículos 209 y 211 de la Constitución Política de Colombia; el artículo 12 de la Ley 80 de 1993; los artículos 21 y 23 del Acuerdo Distrital 658 de 2016, modificado por el Acuerdo Distrital 664 de 2017; el artículo 21 de Ley 1150 de 2007; y las demás normas vigentes que las reglamentan, modifican o adicionan.

De conformidad con el artículo 3° del Acuerdo Distrital 664 de 2017, el Contralor de Bogotá D.C. tiene la facultad de suscribir los contratos que deba celebrar la Entidad en cumplimiento de sus funciones, sin perjuicio de la delegación que realice de conformidad con las disposiciones legales sobre la materia.

En aplicación de la facultad expuesta, el Contralor de Bogotá D.C. delegó en el Director/a Administrativo/a, mediante Resolución N° 032 de 2018, la ordenación del gasto y la competencia para la celebración, adjudicación y suscripción de los contratos, comodatos, convenios de colaboración y cooperación con entidades públicas o privadas y contratos interadministrativos en cualquier cuantía, o sin ella, que se requieran con cargo al presupuesto de la Contraloría de Bogotá D.C., tanto para el ejercicio del control fiscal como para el funcionamiento administrativo de la Entidad.

En lo relacionado con la preparación, el diseño y la ejecución de todos los actos, trámites preparatorios y precontractuales, necesarios para la selección de los contratistas, bajo cualquier modalidad definida en la ley, los deben preparar en coordinación con las dependencias que requieren el bien o servicio con la Dirección Administrativa y Financiera. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 18 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-36 • 2026 • ABRIL • 17 36 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 De igual manera se encuentra delegado al Director Administrativo lo relacionado con el trámite del procedimiento administrativo sancionatorio contractual, el ejercicio de las cláusulas excepcionales al derecho común y la aplicación de multas, cláusula penal pecuniaria y la declaratoria de incumplimiento, el cual deberá ceñirse a lo contemplado en el Artículo 86 de la Ley 1474 de 2011.

2.2. JUNTA DE CONTRATACIÓN La Contraloría de Bogotá D.C., cuenta con la Junta de Contratación como un órgano consultor, asesor, de orientación y seguimiento, que impartirá los lineamientos que regirán la actividad precontractual, contractual y postcontractual de la Entidad, y la planeación de las compras; la Junta está integrada por:

Miembros con voz y voto:

- Director/a Administrativo/a, quien la presidirá.

- Director/a Apoyo al Despacho o su delegado.

- Director/a Jurídico/a.

Miembros con voz sin voto:

- Subdirector de Contratación, quien ejercerá como secretario/a técnico/a.

Invitado permanente:

- Jefe de la Oficina de Control Interno.

- Subdirector/a Financiero.

Será obligatoria la asistencia de los miembros de la Junta de Contratación de conformidad con los asuntos objeto de análisis y estudio en las sesiones, deberá asistir el abogado de la Subdirección de Contratación encargado de adelantar el proceso contractual incluido en el orden www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 19 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-37 • 2026 • ABRIL • 17 37 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 del día y las áreas técnicas que solicitan la contratación presentarán el tema y atenderán las inquietudes que allí sean formuladas por los miembros, según competencia.

A la junta de contratación, será obligatoria la asistencia de sus miembros, de acuerdo con los asuntos objeto de análisis y estudio de sesiones. Igualmente, a la misma deberá asistir el abogado de la Subdirección de Contratación, encargado de adelantar el proceso contractual que corresponda, y las áreas técnicas que soliciten la contratación, a efectos de que, según su competencia, atiendan las inquietudes que puedan generarse por el referido proceso.

En caso de que alguno de los miembros de la Junta de Contratación no pueda asistir a la sesión, deberá remitir a la Secretaría Técnica de la junta, por cualquier medio escrito, la excusa respectiva; ésta, deberá ser presentada en el día hábil anterior a la sesión, o en el desarrollo de la misma.

En la correspondiente acta de cada sesión de la Junta, el secretario técnico dejará constancia de la asistencia de los miembros e invitados. En caso de inasistencia de alguno de ellos. así lo señalará; igualmente, dictaminará si se presentó en forma oportuna la justificación.

Así mismo, podrán ser invitados a dichas sesiones los funcionarios o contratistas que sean requeridos, de conformidad con los asuntos sometidos a consideración de la Junta. Es de aclarar, que los colaboradores que sean convocados a las sesiones, sólo participarán con voz, exclusivamente en los asuntos que puedan intervenir.

2.2.1 FUNCIONES DE LA JUNTA DE CONTRATACIÓN DE LA CONTRALORÍA DE BOGOTÁ D.C. La Junta de Contratación, según los principales asuntos sometidos a su consideración, tendrá las siguientes funciones:

2.2.1.1. EN RELACIÓN CON EL PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES.

1. Hacer el seguimiento a la ejecución del Plan Anual de Adquisiciones.

www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 20 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-38 • 2026 • ABRIL • 17 38 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0

2. Las demás que le asigne el Contralor de Bogotá D.C.

2.2.1.2. EN RELACIÓN CON LA GESTIÓN DE LOS PROCESOS DENTRO DE LA ETAPA PRECONTRACTUAL. Cuya cuantía sea igual o superior a la menor cuantía de la entidad, sin importar la modalidad de contratación, se pronunciará respecto de los diferentes documentos, y adelantará su gestión en los siguientes términos:

1. Analizar y aprobar estudios y documentos previos del bien o servicio a adquirir.

2. Analizar y aprobar la publicación de los pliegos de condiciones definitivos de los

procesos contractuales que se adelanten, y las respuestas dadas a las observaciones que se reciban durante la publicación del proyecto de pliegos. Así mismo, deberá recomendar al ordenador de gasto la apertura del proceso.

3. Recomendar al ordenador del gasto la revocatoria del acto de apertura, cuando a su

juicio se presente alguna de las circunstancias contempladas en el artículo 93 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. También, cuando de conformidad con solicitud de los interesados del proceso, deba pronunciarse sobre la revocatoria.

4. Designar el Comité Evaluador para cada proceso de selección, el cual estará encargado

de realizar las evaluaciones de las propuestas presentadas en los procesos. Dicha actividad, quedará consignada en el Acto de Apertura.

5. Analizar el resultado del traslado de los informes de verificación y calificación preliminar,

realizados por el comité evaluador, en sus aspectos técnicos, jurídicos y financieros, junto con los aspectos ponderables, si a ello hubiere lugar.

6. Verificar, solicitar aclaraciones u objetar, según sea el caso, la recomendación de los

comités evaluadores de las propuestas presentadas en el proceso de contratación, con fundamento en los estudios y documentos previos y particularmente, los factores de selección establecidos para la selección de la propuesta más favorable. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 21 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-39 • 2026 • ABRIL • 17 39 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0

7. Recomendar al ordenador del gasto la adjudicación y celebración del contrato o la

declaratoria de desierta del proceso de selección, de conformidad con lo previsto en la ley y en los documentos que soportan todo el proceso en cada una de sus etapas.

8. De resultar procedente, de conformidad con las reglas de selección, solicitar

reevaluaciones, requerimientos o visitas en aras de obtener una evaluación integral y objetiva de las ofertas.

9. Recomendar al ordenador de gasto, previa verificación de los documentos soporte y

antecedentes de la contratación, la celebración de los convenios y contratos interadministrativos, convenios de asociación, convenios de intercambio de información y convenios de cooperación internacional.

10. Presentar al ordenador del gasto las demás recomendaciones que resulten necesarias,

en aras de garantizar una selección objetiva en los procesos de contratación y el cumplimiento de los trámites previstos en el presente Manual de Contratación.

11. Concurrir, cuando se estime pertinente, a las audiencias previstas por la ley para el

desarrollo de las etapas del proceso de selección, previa citación de la secretaría técnica.

No obstante, no se requiere la existencia de quórum para su celebración.

12. Recomendar al ordenador del gasto aspectos relevantes dentro del proceso contractual

a fin de prevenir o minimizar el daño antijurídico.

El ordenador del gasto será el responsable de adoptar la decisión de adjudicación, así como, de la suscripción de los respectivos contratos que de ellos se deriven, previa recomendación de la Junta de Contratación, sin perjuicio de la facultad que le asiste de apartarse de la referida recomendación. No obstante, cuando así lo decida, justificará su decisión la cual que se registrará en el acta respectiva.

2.2.2. SESIONES Y FUNCIONAMIENTO. La Junta de Contratación, sesionará y funcionará bajo los siguientes parámetros: www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 22 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-40 • 2026 • ABRIL • 17 40 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 Se reunirá de manera ordinaria una vez al mes, según convocatoria efectuada por el secretario técnico de la Junta. Y de manera extraordinaria, cuando alguno de sus miembros lo solicite a través del Subdirector de Contratación.

La citación a la Junta de Contratación, así como la socialización de los documentos que se presentan para su consideración, deberán realizarse con una antelación mínima de dos (2) días hábiles de manera ordinaria, y de manera extraordinaria según el desarrollo del proceso, caso en el cual el término indicado podrá ser inferior.

Las sesiones de deliberación podrán efectuarse de manera presencial o virtual (sincrónica o asincrónica). Las mismas, deberán tener una agenda u orden del día, que será estructurada con los asuntos que deban ser puestos a consideración y aprobación de la junta, adjuntando los antecedentes que sean necesarios para el ejercicio de sus funciones.

El día de la sesión, se hará lectura de la agenda u orden del día por parte del secretario de la junta. Los casos sometidos a consideración, serán expuestos por el área técnica o responsable del tema absolviendo las dudas e inquietudes que se le formulen al término de su intervención;

Los miembros de la junta deliberarán sobre el asunto y adoptarán las determinaciones que se estimen procedentes.

2.2.3. QUÓRUM DELIBERATORIO Y DECISORIO. La Junta de Contratación deliberará con la asistencia de la mitad más uno de sus miembros con derecho a voto y las decisiones se tomarán por mayoría de votos de los miembros presentes.

El presidente de la junta de contratación determinará si la junta se reunirá de manera presencial o virtual, con apoyo de medios técnicos o tecnológicos.

2.2.4. ACTAS DE LA JUNTA. De las sesiones de la Junta de Contratación, la Secretaría Técnica dejará constancia en acta; la cual, contendrá las recomendaciones adoptadas por la junta, www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 23 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-41 • 2026 • ABRIL • 17 41 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 así como las observaciones de los miembros de la junta, salvamentos de voto o votos negativos que cualquiera de sus integrantes manifieste frente a un determinado tema.

Las actas estarán a disposición de cada uno de los miembros, así como de los servidores públicos e interesados; reposarán en los archivos de la Secretaría Técnica, y harán parte integral de las mismas, las observaciones de la Junta y todos los soportes documentales presentados para su estudio.

La Secretaría Técnica elevará actas de las sesiones virtuales, en las cuales constará la fecha en la que se sometió el asunto a evaluación y aprobación, la fecha en la que dieron respuesta los miembros de la Junta o Comité, y el sentido del voto de cada uno.

Las actas serán suscritas por la presidencia y secretaría técnica de la junta.

2.2.5. PRESIDENTE DE LA JUNTA Y FUNCIONES. La Presidencia de la Junta de Contratación será ejercida por el Director Administrativo de la Contraloría de Bogotá D.C., el cual tendrá las siguientes funciones:

- Presidir las sesiones de la Junta de Contratación.

- Convocar o autorizar según el caso a través de la Secretaría Técnica, a los invitados que

considere necesarios para el estudio de los temas de competencia de la Junta de Contratación.

- Autorizar la convocatoria a sesiones virtuales (sincrónica o asincrónica), con apoyo de

medios tecnológicos.

- Suscribir las actas en las que consten las decisiones adoptadas por la Junta de

Contratación. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 24 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-42 • 2026 • ABRIL • 17 42 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 2.2.6. SECRETARÍA TÉCNICA Y FUNCIONES. La Secretaría Técnica de la Junta de Contratación, será ejercida por el Subdirector de Contratación, el/ cual tendrá las siguientes funciones:

- Remitir a los miembros de la Junta con la antelación que amerite el tema a consideración

de esta, el correspondiente orden del día, indicando el lugar y hora de la reunión, así como los documentos anexos de cada uno de los asuntos a tratar.

- Proyectar, tramitar y custodiar las actas correspondientes a las sesiones desarrolladas por la Junta de Contratación, las cuales serán suscritas por el Presidente y el Secretario

Técnico.

- Proyectar y suscribir las certificaciones o constancias sobre los asuntos sometidos a

consideración de la Junta y comunicar las decisiones adoptadas por la misma, que no sean de competencia del ordenador del gasto, si a ello hubiere lugar.

- Elaborar o proyectar las comunicaciones que emita en conjunto la Junta de Contratación,

así como su Presidente, si a ello hubiere lugar.

- Coordinar la grabación de las sesiones de la Junta de Contratación, cuando a ello hubiere

lugar.

- Las demás que la Junta le asigne.

Capítulo III. ETAPA DE PLANEACIÓN

3.1. PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES De conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.1.1.1.4.1 del Decreto 1082 de 2015, la Contraloría de Bogotá, D.C., está en la obligación de elaborar un Plan Anual de Adquisiciones, el cual debe contener la lista de bienes, obras y servicios que pretenden adquirir durante el año. El principal objetivo del Plan Anual de Adquisiciones es permitir:

- Identificar y justificar el valor total de recursos requeridos por la Entidad para compras y

contratación. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 25 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-43 • 2026 • ABRIL • 17 43 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0

- Tener un referente inicial para evaluar el nivel de ejecución del presupuesto.

- Pronosticar la demanda de bienes y servicios de la Entidad durante el año referido en el

Plan.

En consecuencia, es una herramienta de planeación de la actividad contractual que tiene por objeto:

- Facilitar a las entidades estatales identificar, registrar, programar y divulgar sus

necesidades de bienes, obras y servicios.

- Diseñar estrategias de contratación basadas en agregación de la demanda entre otros

que permitan incrementar la eficiencia del proceso de contratación.

Se precisa que todo proceso contractual, previo a su inicio y con independencia de su modalidad contractual, requiere la verificación de su inclusión en el Plan Anual de Adquisiciones, por lo que el mismo debe contener la lista completa de bienes, obras y servicios que se pretende adquirir durante el año, a través del mecanismo de la contratación.

La gestión contractual de la Contraloría de Bogotá D.C., se basa en una planeación que busca el cumplimiento de los propósitos, objetivos, metas y prioridades de la Entidad. Este principio, tiende a evitar que la escogencia de un contratista, la suscripción de un contrato, su ejecución y liquidación, sea producto de la improvisación. Para ello, las dependencias de la Entidad analizan las necesidades de contratación existentes y su priorización, lo que se deberá ver reflejado en el Plan Anual de Adquisiciones, de conformidad con el presupuesto asignado en la correspondiente vigencia fiscal.

Para tal efecto, las dependencias de la Entidad en el marco de sus funciones y competencias deben establecer clara y detalladamente el requerimiento de las necesidades, considerando la austeridad en el gasto público, y por ende prescindir de la compra de bienes o servicios que no resulten indispensables o prioritarios para su funcionamiento y operación. Dichas necesidades, se www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 26 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-44 • 2026 • ABRIL • 17 44 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 deben estructurar en el marco de los procesos, procedimientos, planes, programas y proyectos institucionales.

El Plan Anual de Adquisiciones está integrado al presupuesto y al Plan de Acción Institucional, por lo tanto, debe guardar coherencia con estos dos instrumentos de planeación y control. Su consolidación, le corresponde a la Dirección Administrativa y Financiera.

Cuando se trate de trámites contractuales en los que además del aporte en recursos de la Entidad haya recursos de otras entidades o aportantes, el valor que deberá incluirse en el Plan Anual de Adquisiciones deberá corresponder exclusivamente al aporte que realice la Contraloría de Bogotá D.C. Así mismo, cuando el aporte de la Entidad, sea pactado parte en dinero y parte en especie, el valor de la contratación será igual a la suma de ambos rubros.

Igualmente, las contrataciones con valor “0” o en las que la Contraloría de Bogotá D.C., no realice ningún aporte presupuestal, deberán incluirse en el Plan Anual de Adquisiciones.

NO SE DEBE INCLUIR EN EL PLAN:

- Gastos o ejecuciones de presupuesto que no se realicen a través de la plataforma SECOP

o la Plataforma que haga sus veces, o la Tienda Virtual del Estado Colombiano8.

- Contrataciones realizadas en años anteriores que se sigan ejecutando en el año para el

cual se elabora el Plan9. Adiciones o modificaciones a contratos en ejecución.

- Instrumentos de política tales como: memorandos de entendimiento o cartas de intención.

El Plan Anual de Adquisiciones debe publicarse antes del 31 de enero de cada año, y actualizarse por lo menos una vez al año.

8 Transferencias, impuestos, tasas, contribuciones, retenciones, viáticos, entre otros.

9 Contratos con vigencias futuras, con reserva presupuestal o vigencias expiradas www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 27 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-45 • 2026 • ABRIL • 17 45 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 Se precisa que el Plan Anual de Adquisiciones (PAA) es un documento de naturaleza informativa y las adquisiciones incluidas en el mismo pueden ser canceladas, revisadas o modificadas. Esta información, no representa compromiso u obligación alguna por parte de la Entidad estatal ni la compromete a adquirir los bienes, obras y servicios en él señalados.

3.2. INICIATIVA DEL GASTO La iniciativa del gasto en la Contraloría de Bogotá D.C., se encuentra radicada en cada uno de los Directores y jefes de dependencia u oficina, quienes tienen la potestad para presentar proyectos de contratación que comporten el uso de los recursos asignados a la Contraloría de Bogotá D.C.

3.3. ESTUDIOS PREVIOS En consideración de las normas vigentes, los contratos que celebre la Contraloría de Bogotá D.C., deberán estar precedidos de unos estudios y documentos previos realizados por las Direcciones y dependencias que solicitan el bien o servicio, sin perjuicio de los demás requisitos que establezcan las normas legales y reglamentarias para cada modalidad de selección; los estudios previos deberán contener lo siguiente:

3.3.1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE LA ENTIDAD ESTATAL PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACIÓN:

En este acápite del documento, se deben describir las causas que determinan la utilidad o provecho que le reporta a la Entidad el objeto del bien o servicio a contratar, y las razones que sustentan la contratación de estos; esto significa, que se debe especificar la meta del Plan Estratégico Institucional a la que está dirigida el cumplimiento del contrato a celebrar, si se encuentra en el Plan Anual de Adquisiciones. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 28 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-46 • 2026 • ABRIL • 17 46 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 Igualmente, debe determinarse la necesidad real de la Entidad y las cantidades totales que requiere para satisfacer la misma. En caso de que haya existido un contrato en años anteriores se deberá mencionar, así como si se adquirieron todas las cantidades, o si por falta de presupuesto quedaron pendientes algunas. Ahora bien, si la necesidad que se expresa se encuentra previamente incluida en el Plan de Adquisiciones, debe mencionarse qué sucedería si esa contratación no se realiza, así como si se van a adquirir bienes y servicios y donde se van a distribuir los mismos.

En el mismo sentido, en caso de que existan contratos con objetos similares o que guarden relación, es este el apartado adecuado para documentar con precisión este tipo de relación y la forma como se articulan los diferentes contratos y obligaciones.

3.3.2. EL OBJETO A CONTRATAR, CON SUS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS El objeto debe ser la descripción clara, detallada y precisa de los bienes o servicios que requiere la Entidad; debe ser lícito, física y jurídicamente posible. Así mismo, se deben señalar las obligaciones y actividades contractuales que debe cumplir el contratista y los productos, bienes o informes que debe entregar a la Entidad.

También, deberán señalarse las especificaciones técnicas, autorizaciones, permisos y licencias requeridos para su ejecución (si a ello hay lugar), y cuando el contrato incluya diseño y construcción, se requerirán los documentos técnicos para el desarrollo del proyecto.

Para efectos de determinar las actividades se deben usar verbos en infinitivo, tales como: realizar, ejecutar, analizar, entregar, apoyar, suministrar, etc. De la misma manera, se deben precisar las obligaciones correlativas que nacen para la Entidad con la suscripción del contrato, tales como realizar el pago de los bienes o servicios recibidos, entregar bienes o información al contratista para la ejecución del objeto y obligaciones contractuales, entre otras.

Igualmente, se debe establecer el plazo de ejecución del contrato, el cual es la determinación del tiempo estimado para que el contratista ejecute el objeto. Este, debe ser razonable y posible de www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 29 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-47 • 2026 • ABRIL • 17 47 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 cumplir y en todo caso, por regla general, no puede exceder la vigencia fiscal; en caso de exceder la misma, se debe contar con la justificación para la constitución de la respectiva reserva presupuestal.

Así mismo, se debe señalar el lugar de ejecución del contrato, esto es, el sitio o sede principal donde se desarrollarán las actividades necesarias para la ejecución del mismo, especificando si el contratista debe ejecutar sus actividades en la sede de la Entidad o fuera de ella, y si debe desplazarse a otras ciudades.

Especificaciones Técnicas: Las especificaciones técnicas del bien o servicio a contratar, corresponden a los requerimientos técnicos para satisfacer la necesidad. Se sugiere tener en cuenta las posibilidades futuras de actualización de los bienes, su vida útil, la coherencia técnica con otras herramientas antes adquiridas, las calidades del personal técnico que debe prestar los servicios, los recursos requeridos para su mantenimiento y demás elementos que afecten la satisfacción de la necesidad que motiva la contratación.

En la estructuración de las especificaciones técnicas, se debe tener en cuenta los siguientes lineamientos:

- Describir las características y especificaciones técnicas del bien, obra o servicio a

contratar de acuerdo con la necesidad que se requiere satisfacer.

- Determinar los compromisos que deben adquirir los proponentes, así como los

documentos y certificaciones técnicos que deben allegar con la propuesta.

- Establecer los servicios conexos que se requieren para el cumplimiento del objeto

contractual tales como capacitaciones, mantenimientos preventivos y correctivos, soportes técnicos, entrega de manuales, entre otros.

- Para el caso de los procesos de selección, mediante la modalidad de selección abreviada,

para la adquisición de bienes o servicios de características técnicas uniformes y de común utilización, a través del mecanismo de subasta inversa, se deberá incluir la ficha técnica www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 30 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-48 • 2026 • ABRIL • 17 48 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 de cada uno de estos bienes o servicios, en la cual se deberá describir la clasificación del bien o servicio de acuerdo con el clasificador de bienes y servicios; describir sus características y especificaciones en términos de desempeño y calidad, señalando como mínimo la denominación del bien o servicio, la denominación técnica del bien o servicio, la unidad de medida y la descripción general, de conformidad con lo dispuesto por numeral 1 del Artículo 2.2.1.2.1.2.1. del Decreto 1082 de 2015.

- En el caso de los procesos de selección mediante la modalidad de selección de concurso

de méritos, se deberá incluir en anexo aparte los requerimientos técnicos de los servicios de consultoría que se van a contratar.

Debe tenerse en cuenta que cuando el objeto de la contratación involucre diseño y construcción, la Entidad deberá poner a disposición de los oferentes todos los documentos técnicos disponibles para el desarrollo del proyecto.

3.3.3. LA MODALIDAD DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA Y SU JUSTIFICACIÓN.

Sobre el particular es necesario señalar y justificar la modalidad de selección que se utilizará para la adquisición de los bienes, obras y servicios, de conformidad con lo previsto en la Ley 1150 de 2007, adicionada por la Ley 1474 de 2011 y en el Decreto 1082 de 2015, a saber: Licitación Pública, Selección Abreviada, Concurso de Méritos, Contratación Directa, Mínima Cuantía y Acuerdo Marco de Precios; la cual debe ser concordante con la establecida en el Plan Anual de Adquisiciones.

El análisis se debe realizar de acuerdo con las condiciones establecidas en el acápite de modalidades de selección, que determina las condiciones para optar por una u otra modalidad.

Gráfica 1. Modalidades de selección www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 31 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-49 • 2026 • ABRIL • 17 49 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 Contratación directa. (Num.4 Art.

Ley 1150 de 2007, 2 ADICIONADO por el Mínima cuantía ( Num.5 Art. 2 Ley Concurso de méritos 2. Selección abreviada. (Num.2 Art. 82 de la Ley. Licitación pública. 1 Num.1 Art. 2 Ley ( ( Num.3 Art. 2 Ley Art. 2 Ley 1150 de 2007) de 1150 2007) de 1150 2007)

1150 de 2007, Modificado art. 30 de la Ley 2069de 2020) de 2021, 2080 Modificado y Adicionado por el Art. 353 de la Ley 2023) de 2294 Fuente: Propia 3.3.3.1. LICITACIÓN PÚBLICA:

Por regla general, la escogencia del contratista se efectuará a través de licitación pública cuando no proceda ninguna de las causales de contratación de bienes y servicios para las cuales la Ley señale un procedimiento distinto, y que el valor de los bienes y servicios a adquirir superen la menor cuantía establecida para cada vigencia fiscal Las principales normas que deben tenerse en cuenta son: la Ley 80 de 1993, especialmente el artículo 30; Ley 1150 de 2007; Decreto 1082 de 2015; Ley 1882 de 2018 y demás normas reglamentarias.

El desarrollo de la Licitación Pública, integra una actividad que no se efectúa en los demás procesos de selección, esta es, la Audiencia de Asignación de Riesgos, en donde se podrá precisar el contenido y alcance de los pliegos de condiciones, en caso de que algún interesado lo solicite dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la apertura del proceso. Dicha audiencia, podrá ser virtual o presencial según la complejidad del bien, obra o servicio a contratar.

Así mismo, se debe tener en cuenta que la Audiencia de Adjudicación, podrá ser virtual o presencial según la complejidad del bien, obra o servicio a contratar. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 32 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-50 • 2026 • ABRIL • 17 50 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 El proceso tiene una duración aproximada de tres (3) meses, contados a partir de la publicación del Proyecto de Pliego de Condiciones en el SECOP, el cual podrá modificarse de acuerdo con la complejidad del bien, obra o servicio a contratar.

3.3.3.2. SELECCIÓN ABREVIADA La selección abreviada está prevista para aquellos casos en que, por las características del objeto a contratar, las circunstancias de la contratación o la cuantía o destinación del bien, obra o servicio puedan adelantarse procesos simplificados, que se enuncian a continuación:

Gráfica 2. Causales selección abreviada Subsata Inversa La adquisición o suministro de bienes y servicios de Acuerdo Marco de Precios o características técnicas uniformes y de común Compra por Catalogo utilización Bolsa de Productos La contratación de menor cuantía prestación de servicios de salud La contratación cuyo proceso de licitación pública haya sido declarado desierto La enajenación de bienes del Estado Productos de origen o destinación agropecuarios Bienes y Servicios de EICE y SEM Programas de Personas con proteccion constitucional Bienes y Servicios para Defensa Nacional Fuente: Propia SUBASTA INVERSA: Se encuentra regulada en la Ley 1150 de 2007 literal (a) del numeral 2 del Artículo 2 (Artículos 2.2.1.2.1.2.2 al 2.2.1.2.1.2.6 del Decreto 1082 de 2015, o las normas que las modifiquen, aclaren o sustituyan). www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 33 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-51 • 2026 • ABRIL • 17 51 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 La Contraloría de Bogotá D.C., adelantará la subasta inversa de manera electrónica, a través del Sistema Electrónico para la Contratación Pública SECOP II.

El único factor de selección es el menor precio ofrecido en subasta inversa; todos los demás requisitos y condiciones son habilitantes, de manera que no se asigna puntaje.

Para realizar la subasta, se requiere que por lo menos dos proponentes se encuentren habilitados en el proceso. En caso de que sólo se halle habilitado un proponente, se procederá a verificar la oferta económica y si esta es igual o inferior al presupuesto oficial, se adjudicará por ese valor, sin que se realice ejercicio de subasta.

Para el pliego de condiciones deberá tenerse en cuenta, además de los requisitos concomitantes a todos los procesos de selección, los requisitos establecidos en el Artículo 2.2.1.2.1.2.1. y el numeral 1 del Artículo 2.2.1.2.1.2.2. del Decreto 1082 de 2015 o las normas que las modifiquen, aclaren o sustituyan.

De igual forma, en el pliego de condiciones se deberá:

Verificar si el precio del bien o del servicio es regulado, y la variable sobre la cual se hace la evaluación de las ofertas, y definir el contenido de cada uno de los grupos o lotes, cuando la adquisición se pretende hacer de esta manera.

La anterior información es responsabilidad del área solicitante, y es insumo para que la Subdirección de Contratación pueda elaborar el pliego de condiciones del proceso.

La ficha técnica del bien o servicio de características técnicas uniformes y de común utilización, debe incluir: www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 34 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-52 • 2026 • ABRIL • 17 52 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0

- La clasificación del bien o servicio de acuerdo con el Clasificador de Bienes y Servicios

de las Naciones Unidas;

- La identificación adicional requerida;

- Unidad de medida;

- Calidad mínima;

- Los patrones de desempeño mínimos.

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 1882 de 2018, hasta antes del inicio de la subasta (la cual inicia con la desencriptación de los sobres que contienen la oferta económica), se podrán presentar subsanaciones a los documentos de la oferta, caso en el cual se podrá reprogramar la misma para el análisis y respuesta del comité evaluador en relación con los documentos presentados por los proponentes.

Los lances en la subasta, deben respetar el margen de mejora mínimo establecido en el pliego de condiciones.

El proceso tiene una duración aproximada de dos (2) meses, contados a partir de la publicación del Proyecto de Pliego de Condiciones en el SECOP, el cual puede modificarse de acuerdo con la complejidad del bien, obra o servicio a contratar.

ACUERDO MARCO DE PRECIOS: Esta modalidad de selección, se utiliza para la adquisición de bienes de características técnicas uniformes y de común utilización, por cuenta de la realización de una operación secundaria a cargo de la Contraloría de Bogotá D.C., siempre que Colombia Compra Eficiente haya suscrito un acuerdo marco de precio y este se encuentre vigente.

Esta modalidad de selección, de conformidad con el Artículo 1 del Decreto 310 de 2021, es un procedimiento obligatorio para todas las entidades estatales, siempre que se encuentre suscrito y vigente un acuerdo marco de precios que cubra el objeto que se pretende contratar. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 35 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-53 • 2026 • ABRIL • 17 53 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 La operación secundaria se refiere a todas las actividades que debe adelantar la Contraloría de Bogotá D.C., para comprar, recibir y pagar los bienes o servicios amparados en un Acuerdo Marco de Precios u otro instrumento de agregación de demanda.

Para la estructuración de la necesidad, la dependencia con iniciativa del gasto debe tener en cuenta, entre otros, cada uno de los contratos de acuerdo marco de precios o instrumentos de agregación de demanda, así como las diferentes guías elaboradas por Colombia Compra Eficiente para la estructuración y compra de los bienes o servicios derivados de los mismos.

La necesidad debe indicar las variables que se tuvieron en cuenta para determinar el valor y adjuntar el respectivo soporte, tales como: el valor histórico, el estudio del mercado, el simulador de compra estructurado conforme a lo indicado por Colombia Compra Eficiente en los documentos del respectivo acuerdo marco de precios o instrumento de agregación de demanda, entre otros.

BOLSA DE PRODUCTOS. Para adelantar este proceso se tendrá como referencia normativa el Inciso 2° literal a) del Artículo 2° de la Ley 1150 de 2007; Artículos del 2.2.1.2.1.2.11 al 2.2.1.2.1.2.19 del Decreto 1082 de 2017; el Decreto 2555 de 2010 y las normas que lo modifiquen, aclaren, adicionen o sustituyan.

De igual forma el Reglamento de Funcionamiento y Operación de la Bolsa y la Circular Única vigente de la BMC, que podrá ser consultado en el siguiente link: https://www.bolsamercantil.com.co/regulacion La Entidad Estatal debe estudiar, comparar e identificar las ventajas de utilizar la bolsa de productos para la adquisición respectiva, frente a la subasta inversa, al Acuerdo Marco de Precios o a la pro-moción de un nuevo Acuerdo Marco de Precios para tales bienes o servicios, incluyendo el análisis del proceso de selección del comisionista, los costos asociados a la selección, el valor de la comisión y de las garantías. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 36 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-54 • 2026 • ABRIL • 17 54 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 El estudio mencionado debe mostrar la forma en que la Contraloría de Bogotá D.C., garantiza los principios y objetivos del sistema de compras y contratación pública.

MENOR CUANTÍA: Se encuentra regulada en la Ley 1150 de 2007 literal (b) del numeral 2 del Artículo 2 (Artículos 2.2.1.2.1.2.20 del Decreto 1082 de 2015; o las normas que las modifiquen, aclaren o sustituyan).

Se entenderá por menor cuantía, los valores determinados en función de los presupuestos anuales de las entidades públicas expresados en salarios mínimos legales mensuales.

La selección abreviada de menor cuantía contiene una actividad que no se va a observar en los demás procesos, esto es, la presentación de expresiones de interés dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la apertura y su consecuente sorteo, a discreción de la Junta de Contratación, en caso de presentarse más de diez (10) manifestaciones dentro de un mismo proceso de selección.

El proceso tiene una duración aproximada de dos (2) meses, contados a partir de la publicación del Proyecto de Pliego de Condiciones en el SECOP, el cual puede modificarse de acuerdo con la complejidad del bien, obra o servicio a contratar.

3.3.3.3. CONCURSO DE MÉRITOS.

El marco normativo que lo sustenta es: Ley 80 de 1993, especialmente numeral 2° Artículo 32; Ley 1150 de 2007; Decreto 1082 de 2015 y demás normas reglamentarias. En este tipo de selección de contratistas, no se valora el precio y la adjudicación del proceso se otorga a partir de la calificación de la calidad de la propuesta técnica.

Para este proceso, además de lo previsto en el presente Manual, se debe elaborar el anexo técnico, que debe contener los requerimientos técnicos de la consultoría y lo siguiente: www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 37 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-55 • 2026 • ABRIL • 17 55 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0

- Los objetivos, metas y alcance de los servicios que se encomienden al consultor, para lo

cual puede hacer mención de los antecedentes de la contratación.

- La descripción detallada de los servicios requeridos y los resultados o productos

esperados, los cuales pueden ser: informes, diagnósticos, diseños, datos, procesos, entre otros, según el objeto de la consultoría.

- El cronograma o los tiempos de la ejecución del contrato de consultoría.

- El listado y ubicación de la información disponible para ser conocida por los proponentes

para facilitarles la preparación de sus propuestas, tales como estudios, informes previos, análisis o documentos definitivos.

El Concurso con precalificación, se aplicará por parte de la Contraloría de Bogotá D.C., cuando los servicios de consultoría señalados en los requerimientos técnicos para el respectivo concurso de méritos puedan desarrollarse por el Contratista con diferentes enfoques, metodologías o la complejidad que la misma así lo exija.

El proceso tiene una duración aproximada de dos (2) meses y quince (15) días para concurso de méritos abierto, contados a partir de la publicación del Proyecto de Pliego de Condiciones en el SECOP, el cual puede modificarse de acuerdo con la complejidad del bien, obra o servicio a contratar.

3.3.3.4. CONTRATACIÓN DE MÍNIMA CUANTÍA.

En razón de la cuantía, la presente contratación se efectuará a través de MÍNIMA CUANTÍA procedimiento establecido en el Decreto 1860 de 2021, que modificó el Decreto 1080 de 2015, con el fin de reglamentar los artículos 30, 32, 34 y 35 de la Ley 2069 de 2020.

El proceso tiene una duración aproximada de quince (15) días hábiles, contados a partir de la publicación del estudio previo y la invitación pública para cumplir los términos de Ley, el cual puede modificarse de acuerdo con la complejidad del bien, obra o servicio a contratar. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 38 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-56 • 2026 • ABRIL • 17 56 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 Cuando el estudio previo lo justifique, de acuerdo a la naturaleza o características del contrato a celebrar, así como su forma de pago, se podrá exigir de parte de la Entidad, para la habilitación de la propuesta, la verificación de la capacidad financiera de los proponentes. Cuando la forma de pago es contra entrega a satisfacción de los bienes, servicios u obras, no se solicitará requisitos financieros, dejando dicha indicación consignada en el estudio previo.

Las garantías no son obligatorias y se solicitan si el área técnica lo estima necesario, atendiendo la naturaleza del objeto del contrato y la forma de pago, todo lo cual debe justificarse en el estudio previo. En este proceso no se exigirá el Registro Único de Proponentes - RUP.

La comunicación de aceptación junto con la oferta, constituye para todos los efectos el contrato celebrado, con base en lo cual se efectuará el respectivo registro presupuestal.

Para adelantar esta modalidad debe tenerse en cuenta el Manual de la Modalidad de Mínima Cuantía expedido por Colombia Compra Eficiente, el cual se encuentra disponible en el link: https://www.colombiacompra.gov.co/manuales-guias-y-pliegos-tipo/manuales-y-guias.

3.3.3.5. CONTRATACIÓN DIRECTA:

De acuerdo con el numeral 4º del Artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, esta modalidad de contratación se utiliza en aquellos eventos en los que no se requiere de convocatoria pública. La contratación directa aplica en los siguientes casos:

- Urgencia manifiesta.

- Contratación de empréstitos.

- Convenios o Contratos interadministrativos.

- Contratación de bienes y servicios en el sector defensa sometidos a reserva.

- Contratos para el desarrollo de actividades científicas y tecnológicas.

- Contratos de encargo fiduciario que celebren las entidades territoriales cuando inician el

Acuerdo de Reestructuración de Pasivos. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 39 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-57 • 2026 • ABRIL • 17 57 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0

- Cuando no exista pluralidad de oferentes en el mercado.

- Contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, o para la

ejecución de trabajos artísticos que sólo puedan encomendarse a determinadas personas naturales.

- Arrendamiento y adquisición de inmuebles.

- La selección de peritos expertos o asesores técnicos para presentar o contradecir el

dictamen pericial en procesos judiciales. (Literal adicionado por el Artículo 82 de la Ley 2080 de 2021)

- Los contratos o convenios que las entidades estatales suscriban con los cabildos

Indígenas y las Asociaciones de Autoridades Tradicionales Indígenas, cuyo objeto esté relacionado con el fortalecimiento del Gobierno Propio, la identidad cultural, el ejercicio de la autonomía, o la garantía de los Derechos de los Pueblos Indígenas. (Literal adicionado por el Artículo 2 de la Ley 2160 de 202, y darse aplicación al Artículo 355 de la Constitución Política de Colombia y los Decretos 1088 de 1993 y 252 de 2020 en lo que se encuentra vigente o aquellas normas que lo modifiquen o sustituyan.)

- Los contratos que las entidades estatales suscriban con los consejos comunitarios de las

comunidades negras, regulados por la Ley 70 de 1993, que se encuentren incorporados por el Ministerio del Interior en el correspondiente Registro Público Único Nacional y que hayan cumplido con el deber de actualización de información en el mismo registro, cuyo objeto esté relacionado con el fortalecimiento del gobierno propio, la identidad étnica y cultural, el ejercicio de la autonomía, o la garantía de los derechos de los pueblos de las mismas comunidades. (Literal adicionado por el Artículo 2 de la Ley 2160 de 2021)

- Los contratos que las entidades estatales suscriban con las organizaciones de base de

personas pertenecientes a poblaciones afrocolombianas, raizales y palenqueras o con las demás formas y expresiones organizativas, que cuenten con diez (10) años o más de haber sido incorporados, por el Ministerio del Interior en el correspondiente Registro Público Único Nacional y que hayan cumplido con el deber de actualización de información en el mismo registro, cuyo objeto esté relacionado con el fortalecimiento de sus organizaciones, la identidad étnica y cultural, o la garantía de los derechos de las www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 40 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-58 • 2026 • ABRIL • 17 58 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 poblaciones de las mismas organizaciones. (Literal adicionado por el Artículo 2 de la Ley 2160 de 2021).

3.3.3.5.1. CONTRATOS QUE REQUIEREN ACTO ADMINISTRATIVO DE JUSTIFICACIÓN.

De acuerdo con lo consagrado en el Artículo 2.2.1.2.1.4.1 del Decreto 1082 de 2015, todos los contratos suscritos bajo la modalidad de contratación directa requieren previamente del acto administrativo de justificación; la referida norma, exceptúa de dicho requisito a la celebración de contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, y para los contratos de que tratan los literales (a) y (b) del Artículo 2.2.1.2.1.4.3 del mismo Decreto.

3.3.3.6. OTRAS FORMAS DE CONTRATACIÓN:

Otras formas de contratación pueden ser los convenios de cooperación internacional, y convenios de asociación. La Contraloría de Bogotá D.C., suscribe negocios jurídicos de orden contractual que se hallan previstos en normas diferentes a las que componen el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y cuya suscripción no exige la realización de convocatorias públicas.

Contratación con organismos internacionales. Generalidades, actividades y responsables. En el Artículo 20 de la Ley 1150 de 2007, se establece la contratación de convenios con organismos internacionales.

Convenios de Asociación: Para el caso de Convenios de Asociación deberá darse aplicación al Artículo 355 de la Constitución Política de Colombia, y el Decreto 092 de 2017 en lo que se encuentra vigente o aquellas normas que lo modifiquen o sustituyan.

En el caso de los convenios a suscribir en el marco del Decreto 092 de 2017, debe tenerse en cuenta que, conforme a la Guía para la contratación con entidades privadas sin ánimo de lucro www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 41 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-59 • 2026 • ABRIL • 17 59 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 y de reconocida idoneidad, emitida por la Agencia Colombia Compra Eficiente, todos los documentos que registren las decisiones y los fundamentos de las mismas en relación con la contratación con entidades privadas sin ánimo de lucro y de reconocida idoneidad con el fin de impulsar programas y actividades de interés público acordes con el plan nacional y los planes seccionales de Desarrollo, deben ser publicados en plataforma SECOP o Plataforma que haga sus veces, así mismo los procesos deben desarrollarse transaccionalmente a través de esta.

CONVENIOS EXCLUSIVOS PARA EL INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN ENTRE ENTIDADES PÚBLICAS. Su fundamento jurídico se encuentra en el Decreto 235 de 2010, estos corresponden a los que suscriba la Entidad y requieran información para el ejercicio de una función misional, en el marco del principio de colaboración armónica entre entidades del Estado, conocida como relaciones inter orgánicas, en las que las entidades actúan en una situación de igualdad, en contraposición a las relaciones usuario-prestador como las que se presentan entre el Estado y los ciudadanos.

3.3.3.7. OTROS INSTRUMENTOS:

Acuerdo de colaboración, los memorandos o cartas de entendimiento. Las cartas de acuerdo de colaboración, los memorandos o cartas de entendimiento, entre otros, corresponden a instrumentos que se utilizan en las diferentes modalidades de cooperación internacional, nacional o gubernamental, sin que los mismos constituyan convenios con organismos internacionales o algún tipo de acuerdo de voluntad de carácter contractual. Tales instrumentos, estarán regulados en el documento específico expedido por la Contraloría de Bogotá D.C., que hará parte del Sistema Integrado de Gestión, dentro de las competencias y gestiones de cooperación que adelanta la Entidad.

3.3.4. EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, LA JUSTIFICACIÓN DEL MISMO Y LOS RUBROS QUE LO COMPONEN: www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 42 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-60 • 2026 • ABRIL • 17 60 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 Cuando el valor del contrato sea determinado por precios unitarios, se deberá incluir la forma como la Contraloría de Bogotá D.C., lo estableció de tal manera que el cálculo del presupuesto oficial del proceso de selección esté debidamente soportado.

De igual forma, para determinar el presupuesto oficial del proceso de selección y el valor estimado del contrato, se deberá tener en cuenta el análisis de sector, aspectos generales del mercado, comportamiento del gasto, estudio de la oferta y el estudio de mercado realizado, además de las características técnicas y calidad del bien o servicio a contratar y en las condiciones de modo, tiempo y lugar de ejecución de las obligaciones contractuales.

Para los casos de los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, no es necesario realizar estudio de sector, ni estudio de mercado; únicamente se deberá indicar en el estudio previo, el valor de los honorarios mensuales, y el perfil del contratista de acuerdo con la tabla de honorarios fijados por la Contraloría de Bogotá D.C.

El valor debe contener todos los costos e impuestos a que haya lugar, en los que incurrirá el contratista para la ejecución del contrato, así como todos los costos que impliquen la adecuada ejecución del objeto y obligaciones del contrato, tales como: honorarios, gastos de desplazamiento, variaciones de tasa de cambio, inflación, impuestos, tasas, contribuciones y pagos parafiscales establecidos por las diferentes autoridades del orden nacional, departamental, distrital o municipal; costos de importación o exportación, seguros y garantías, costos de transporte y de instalación, utilidades, administración e imprevistos, y demás costos directos o indirectos necesarios para la ejecución del objeto y obligaciones contractuales. Así mismo, se deberá indicar la forma en que se pagará al contratista el bien o servicio; para el efecto, es necesario tener en cuenta los plazos de entrega.

Es de recordar que los pagos anticipados y anticipos se encuentran restringidos. Por esta razón, cuando se cumplan los presupuestos legales para el pago de anticipos o pagos anticipados debe tenerse en cuenta que éstos no pueden exceder el 50% del valor total del contrato y que su desembolso debe estar sujeto al cumplimiento de los requisitos definidos en el parágrafo del Artículo www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 43 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-61 • 2026 • ABRIL • 17 61 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 40 de la Ley 80 de 1993, en el Artículo 91 de la Ley 1474 de 2011, y en el Artículo 2.2.1.1.2.4.1 del Decreto 1082 de 2015.

Adicionalmente, para los anticipos y el pago anticipado debe exigirse al contratista una garantía que ampare su buen manejo o por perjuicios sufridos por la Entidad por la no devolución total o parcial del dinero entregado al contratista a título de pago anticipado, cuando a ello hubiere lugar, de conformidad con lo señalado en el Artículo 2.2.1.2.3.1.7 del Decreto 1082 de 2015.

3.3.5. LOS CRITERIOS PARA SELECCIONAR LA OFERTA MÁS FAVORABLE:

Están representados en las variables, condiciones o aspectos que serán objeto de evaluación para la selección del contratista dependiendo la modalidad de selección que permiten identificar la oferta más favorable para la Entidad, de conformidad con el Artículo 5 de la Ley 1150 de 2007, el Artículo 88 de la Ley 1474 de 2011 y el Artículo 2.2.1.1.2.2 del Decreto 1082 de 2015, cuando se trate de procesos de selección con convocatoria pública.

En caso de que se acuda a la modalidad de contratación directa, en tanto esta causal es de tipo excepcional, deberá justificarse la procedencia de esta; de conformidad con las pautas dadas en la Circular Conjunta No. 14 de 2011 de la Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General de la República y la Auditoría General de la República.

3.3.6. EL ANÁLISIS DEL RIESGO Y LA FORMA DE MITIGARLO.

Este análisis debe establecer la probabilidad de ocurrencia del riesgo previsible y el nivel de impacto de estos al momento de suscribir el contrato estatal, los cuales se deberán mitigar; de ahí la importancia de efectuar un juicioso estudio sobre los riesgos inherentes a la naturaleza y al objeto de la contratación, destacando la forma de prevenirlos o mitigarlos e indicando la parte que debe asumirlos. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 44 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-62 • 2026 • ABRIL • 17 62 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 En este orden, y, de conformidad con lo señalado en el Artículo 2.2.1.1.1.6.3 del Decreto 1082 de 2015, es obligación de la Entidad realizar la evaluación de los riesgos asociados a la contratación de los bienes, servicios y obra de acuerdo el Manual para la Identificación y Cobertura del Riesgo en los Procesos de Contratación, expedido por Colombia Compra Eficiente el que lo sustituya, modifique o complemente.

3.3.7. LAS GARANTÍAS QUE LA ENTIDAD ESTATAL CONTEMPLA EXIGIR EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.

La solicitud de estas garantías se deberá realizar de conformidad con el objeto contractual y sus especificaciones, así como las actividades que el contratista deba ejecutar. En este orden, la exigencia de estas, deberá realizarse de conformidad con lo señalado en Libro 2 Parte 2 Título 1”

Contratación Estatal” Sección 3 del Decreto 1082 de 2015.

En los procesos de contratación directa y mínima cuantía, en cumplimiento de lo dispuesto en los Artículos 2.2.1.2.1.4.5 y 2.2.1.2.1.5.4 del Decreto 1082 de 2015, la Entidad deberá analizar y justificar técnicamente en cada caso concreto, la necesidad de exigir garantías o no.

3.3.8. LA INDICACIÓN DE SI EL PROCESO DE CONTRATACIÓN ESTÁ COBIJADO POR UN ACUERDO COMERCIAL.

Debe tenerse en cuenta lo consagrado en el Artículo 2.2.1.2.4.1.3 del Decreto 1082 de 2015. y deberá enunciar la existencia o no de acuerdos internacionales o tratados de libre comercio con relación al bien, obra o servicio a adquirir por la Contraloría de Bogotá D.C.

En este caso, el sentido de la previsión es porque se debe conceder trato nacional a proponentes extranjeros. Para dar aplicación a lo anterior, debe tenerse en cuenta lo establecido por la Agencia Colombia Compra Eficiente, en lo relacionado con el trato nacional y la reciprocidad. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 45 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-63 • 2026 • ABRIL • 17 63 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 3.3.9. COMPRAS PÚBLICAS SOSTENIBLES.

La Contraloría de Bogotá D.C., tiene el compromiso de incorporar en sus procesos de contratación criterios de selección que generen mayores impactos positivos para el medio ambiente, la sociedad y la economía, a través de la compra de bienes y servicios; para lo cual, el área técnica deberá verificar en la etapa de planeación, cuáles de estos criterios de acuerdo con el objeto de la contratación y la necesidad a mitigar pueden solicitarse en el proceso Se debe tener presente que los criterios ponderables requeridos deben justificarse en las características de los proveedores de los bienes y servicios a contratar, y deben encontrarse justificados en el impacto positivo que tendrían desde el punto de vista ambiental, social y económico, según corresponda.

Con fundamento en el principio de autonomía de voluntad que rige en los contratos estatales, por expresa remisión de los Artículos 13 y 40 de la Ley 80 de 1993, las entidades podrán incluir las cláusulas con consideraciones medioambientales que estime pertinentes siempre que guarden relación con el objeto del contrato y la necesidad que pretende satisfacer.

El área técnica, previa a la elaboración de los estudios previos, deberá seguir las siguientes etapas para la incorporación de los criterios medioambientales en los procesos de contratación: i) identificar la necesidad, ii) consultar el mercado, iii) realizar un ejercicio de priorización, iv) determinar especificaciones técnicas y criterios de calificación, v) estructurar las condiciones del contrato y vi) medir y evaluar.

Para ello, se recomienda realizar una revisión de la Guía conceptual y metodológica de compras públicas sostenibles del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible10, o en la Guía de Compras Públicas Sostenibles con el Medio Ambiente de la Agencia Nacional de Contratación 10 Compras públicas sostenibles Ministerio de Ambiente. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 46 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-64 • 2026 • ABRIL • 17 64 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 Pública - Colombia Compra Eficiente11, el Portafolio de Bienes y Servicios Sostenibles del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo12 Una vez finalizado el análisis de lo anterior, se deberá indicar si le son o no aplicables criterios de ambientales a la contratación que se pretende adelantar, y como se establecieran dentro del proceso; puede ser como parte de las i) características técnicas y condiciones de calidad sostenibles con el medio ambiente, ii) en los criterios de evaluación y factores de calificación de las propuestas, iii) mediante la inclusión de normas técnicas y iv) el uso del sello ambiental colombiano.

Adicionalmente, es importante hacer un análisis donde los requisitos de sostenibilidad no configuren compras lujosas o suntuosas, para lo cual en la determinación de estos requisitos deberá hacerse un análisis costo-beneficio para la Contraloría de Bogotá D.C., y de la posibilidad de cumplimiento de estos en el mercado, siendo fundamental que tengan el impacto pretendido desde el punto de vista ambiental, social y económico, es decir un beneficio ahorro-calidad para la Entidad.

3.4. ANÁLISIS DEL SECTOR De conformidad con lo establecido en el Artículo 2.2.1.1.1.6.1 del Decreto 1082 de 2015, la Entidad previo al inicio de la estructuración de los estudios y documentos previos, deberá realizar un estudio del sector, el cual deberá contener un análisis legal, comercial, financiero, organizacional, técnico y del riesgo de la contratación, así como el análisis histórico si se hace necesario.

La Contraloría de Bogotá D.C., luego de conocer su necesidad y de identificar los bienes, obras o servicios que requiere, le corresponde definir el sector o mercado al cual pertenecen tales bienes, obras o servicios y hacer el análisis adecuado; como resultado, debe ofrecer herramientas 11 Guía de compras públicas sostenibles.

12 Programa de transformación sostenible MinTIC. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 47 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-65 • 2026 • ABRIL • 17 65 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 para establecer el contexto del proceso de contratación, identificar los riesgos, determinar los requisitos habilitantes y la forma de evaluar las ofertas.

El alcance del estudio de sector debe ser proporcionado al valor del proceso de contratación, la naturaleza del objeto a contratar, el tipo de contrato y a los riesgos identificados para el proceso de contratación. Igualmente, el análisis económico del sector debe ofrecer como mínimo la siguiente estructura:

3.4.1. Aspectos generales La entidad estatal debe revisar los aspectos generales del bien en el mercado, obra o servicio que sean relevantes en el proceso de contratación. Para el efecto, es viable analizar en lo posible, lo relativo al contexto económico, técnico y regulatorio, los cuales pueden tener un alcance local, regional, nacional o internacional, dependiendo del proceso de contratación.

3.4.2. Estudio de la oferta Quién vende: permite identificar los proveedores de los productos en el mercado y su comportamiento frente a la contratación pública.

Es claro que el análisis antes mencionado, se debe evidenciar el comportamiento de los posibles interesados en el proceso de contratación, para lo cual puede tener en cuenta variables como, por ejemplo:

- Tamaño de las empresas (esta variable nos permite identificar si se aplican o no criterios

diferenciales para Mipymes).

- Nacionalidad de las empresas (esta variable nos permite identificar el porcentaje de industria

nacional en el mercado).

- Número de proveedores, (esta variable nos permite identificar si existe exclusividad en el

mercado o la posibilidad de tener pluralidad de oferentes). www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 48 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-66 • 2026 • ABRIL • 17 66 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0

- Esquema de producción.

- Comportamiento Financiero del mercado (esta variable nos ayuda a identificar los

indicadores financieros de capacidad organizaciones es los procesos que así lo requieran).

Para lo anterior se recomienda realizar una revisión de Modelo de Abastecimiento Estratégico – MAE13, creado por la Agencia Nacional de Contratación Pública Colombia Compra Eficiente o aplicativos como Datos abiertos 14, así como utilizar la Guía de Elaboración de Estudios de Sector15 3.4.3. Estudio de la demanda Debe verificarse cómo ha adquirido la entidad estatal en el pasado este bien, obra o servicio: análisis histórico interno, donde se identifica a través de qué proceso de contratación se ha adquirido el bien o servicio, cuanto ha pagado por ello, quienes han sido sus proveedores, cuáles han sido sus dificultades etc.

Es claro que el análisis antes mencionado, se debe evidenciar el comportamiento de adquisiciones del estado frente a ese bien, obra o servicio, para lo cual puede tener en cuenta variables como, por ejemplo:

- Modalidad de contratación.

- Objeto.

- Número de contratos, valores ejecutados, forma de pago.

- Patrones en la adquisición de bienes, servicios u obras a nivel nacional o territorial.

13 Modelo de abastecimiento estratégico Colombia Compra. 14 Conjuntos de datos abiertos Colombia Compra. 15 Guía elaboración estudios de sector. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 49 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-67 • 2026 • ABRIL • 17 67 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0

- Garantías exigidas.

Para lo anterior se recomienda realizar una revisión de Modelo de Abastecimiento Estratégico – MAE15, creado por la Agencia Nacional de Contratación Pública Colombia Compra Eficiente o aplicativos como Datos abiertos16, así como utilizar la Guía de Elaboración de Estudios de Sector18 expedido por la Agencia.

3.5. AUTORIZACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS REQUERIDOS PARA SU EJECUCIÓN.

Previo a solicitar la contratación, cuando a ello hubiera lugar, el área técnica solicitante debe gestionar la expedición de las siguientes autorizaciones y permisos:

Tabla 2. Autorizaciones y permisos para contratación.

CAUSAL DESCRIPCIÓN Para contratos de prestación de servicios -

Artículo 2.

8.4.4.5 del Decreto 1068 de 2015 Aplica para la contratación de toda clase de servicios, sean estos prestados por personas naturales o jurídicas, cuando:
- No existe personal o no es suficiente o requiere un grado de especialización: La certificación hará constar que: a) de acuerdo con los manuales específicos, no existe personal que pueda desarrollar la actividad para la cual se requiere contratar la prestación del servicio; b) el desarrollo de la actividad requiere servicios especializados que CAUSAL DESCRIPCIÓN implica la contratación del servicio o; c) aun existiendo personal en la planta, éste no sea suficiente.
El competente para expedirla es el Contralor de Bogotá D.C., o quien este delegue, en la actualidad el delegado es el Director de Talento Humano. La certificación se emite por solicitud de la dependencia que requiere la contratación.

15 Modelo de abastecimiento estratégico Colombia Compra. 16 Conjuntos de datos abiertos Colombia Compra. 18 Guía elaboración estudios de sector. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 50 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-68 • 2026 • ABRIL • 17 68 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 Prestación de servicios con objeto igual – inciso tercero del Artículo 2.8.4.4.5 del Decreto 1068 de 2015 Aplica cuando se pretende contratar a varias personas con el mismo objeto o cuando ya exista un contrato celebrado y se decida adelantar otro u otros con un objeto igual: La certificación hará constar que se autoriza expresamente la contratación, de conformidad con la sustentación sobre las especiales características y necesidades técnicas de las contrataciones a realizar.

El competente para expedirla es el Director Administrativo, previa solicitud de la Subdirección de Contratación.

Para contratos de prestación de servicios - Artículo 2.2.1.2.1.4.9 del Decreto 1082 de 2015 Las entidades estatales pueden contratar bajo la modalidad de contratación directa la prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión con la persona natural o jurídica que esté en capacidad de ejecutar el objeto del contrato, siempre y cuando la entidad estatal verifique la idoneidad o experiencia requerida y relacionada con el área de que se trate. En este caso, no es necesario que la Entidad Estatal haya obtenido previamente varias ofertas, de lo cual se debe dejar constancia escrita.

El competente para expedir la constancia de Idoneidad es el Subdirector de Contratación.

Para contratos que incluyan alojamiento o alimentación en el marco de seminarios o actividades de capacitación – Articulo 2.8.4.6.2 del Decreto 1068 de 2015 Aplica para contrataciones que tengan por objeto la realización de seminarios o actividades de capacitación que incluyan servicios de alojamiento o alimentación y que sea necesario desarrollar con la presencia de funcionarios de la entidad en ciudades diferentes a la Ciudad de Bogotá. El competente para expedirla es el Director Administrativo en su condición de ordenador del gasto, caso en el cual el área solicitante deberá indicar de manera clara y precisa las razones que justifican la inclusión de los servicios de alojamiento o alimentación, según corresponda, en el marco de la contratación pretendida.

Suministro, mantenimiento o reparación de bienes muebles y para la adquisición de bienes funcionamiento de la entidad o para la prestación de los servicios a su cargo.

Sólo se podrán iniciar trámites para la contratación o renovación de contratos de suministro, mantenimiento o reparación de bienes muebles y para la adquisición de bienes inmuebles, cuando el Director Administrativo, en su condición de ordenador del gasto, determine en forma motivada que la contratación es indispensable para el normal CAUSAL DESCRIPCIÓN inmuebles - Artículo 2.8.4.3.5 del Decreto 1068 de 2015. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 51 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-69 • 2026 • ABRIL • 17 69 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 El área técnica debe solicitar el aval de la dependencia o dependencias que tengan relación con el objeto y obligaciones requeridas.

Contratos con objetos transversales a diferentes áreas Licencias Las licencias a su turno corresponden a un tipo de habilitación de carácter administrativo para el desarrollo de determinadas actividades, a manera de ejemplo se citan las siguientes: (1) Licencia de Urbanización, (2) Licencia de Parcelación, (3) Licencia de Subdivisión, (4) Licencia de Construcción (5) Licencia de Intervención y ocupación del espacio público. Estas licencias obedecen a sólo algunas de las que se exigen en Colombia; por lo que, el área solicitante debe verificar qué tipos de licencia requiere el desarrollo de la actividad a contratar, gestionarla y tramitarla con antelación a la fecha de inicio del contrato o del proceso contractual según corresponda.

Fuente: Propia www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 52 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-70 • 2026 • ABRIL • 17 70 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0

Capítulo IV. - ETAPAS DEL PROCESO CONTRACTUAL.

4.1. ETAPA PRECONTRACTUAL.

La etapa precontractual inicia desde la consolidación del plan anual de adquisiciones y culmina con la celebración y perfeccionamiento del contrato.

4.1.1. SOLICITUD DE CONTRATACIÓN O RADICACION DE ESTUDIO PREVIO.

La solicitud de contratación es el documento mediante el cual los servidores públicos con iniciativa de gasto requieren que se adelante un proceso contractual mediante la Tienda Virtual del Estado Colombiano y las contrataciones directas para contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, junto con los documentos requeridos según la modalidad de contratación, se presentará ante la Subdirección de Contratación, dependencia encargada de verificar su inclusión en el Plan Anual de Adquisiciones.

4.1.2. VERIFICACIÓN DE LEGALIDAD DE LAS SOLICITUDES.

La Subdirección de Contratación de la Dirección Administrativa y Financiera procederá a verificar que los documentos estén completos y se ajusten a las disposiciones legales. Si es así, se procede a adelantar el trámite del proceso de selección respectivo o las verificaciones a que haya lugar, tratándose de contratación directa.

Es posible que, en situaciones excepcionales, y por razones de contingencia el Ordenador del Gasto solicite a la Subdirección de Contratación de la Dirección Administrativa y Financiera, realizar revisiones previas a la documentación y estudios previos; sin que ello implique en ninguna circunstancia, que el proceso no deba allegarse completo para efectos de adelantar el trámite legal correspondiente. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 53 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-71 • 2026 • ABRIL • 17 71 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 En caso de que la documentación y estudios previos no estén completos, en debida forma o existan dudas sobre su alcance y contenido, dentro del término señalado para la revisión, se formularán mediante comunicación oficial las observaciones al jefe del área solicitante, para que éste aclare, corrija o complemente los documentos y los remita para su nueva verificación.

El jefe del área solicitante, con independencia de la desconcentración de funciones, es el responsable de efectuar las correcciones, aclaraciones, ajustes y complementar la documentación en los términos señalados, contados a partir del recibo de las observaciones.

Si vencido el término, no se recibe la documentación corregida y completa, la Subdirección de Contratación de la Dirección Administrativa y Financiera devolverá los documentos recibidos al área solicitante, quien, de persistir en la necesidad de contratación, debe efectuar todos los ajustes para solicitar nuevamente el trámite y remitir la documentación completa y ajustada según lo indicado en las observaciones que le fueron formuladas inicialmente. La devolución de una solicitud implica que, en caso de persistir la necesidad, debe ser radicada nuevamente ante la Subdirección de Contratación de la Dirección Administrativa y Financiera en los términos señalados.

Para las contrataciones directas la revisión, formulación de observaciones y solicitud de ajuste de los estudios previos y demás documentos por parte del abogado encargado del trámite contractual tendrá máximo dos (2) días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha de recibo de los documentos en la Subdirección de Contratación. El área técnica solicitante de la contratación, realizará los ajustes y correcciones a los documentos y deberá remitirlos a la Subdirección de Contratación que corresponda, en un término máximo de dos (2) días hábiles contados a partir de la fecha de recibo de las observaciones.

Los trámites de selección de contratistas por convocatoria pública, la revisión, formulación de observaciones y solicitud de ajuste de los estudios previos y demás documentos por parte del abogado encargado del trámite contractual, tendrán una duración máxima de cinco (5) días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de recibo de los documentos en la Subdirección de www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 54 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-72 • 2026 • ABRIL • 17 72 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 Contratación. El área técnica solicitante de la contratación, realizará los ajustes y correcciones a los documentos y deberá remitirlos a la Subdirección de Contratación que corresponda, en un término máximo de cinco (5) días hábiles contados a partir de la fecha de recibo de las observaciones.

La Subdirección de Contratación podrá, en consideración a la complejidad del asunto o a la cantidad de trámites radicados, ampliar el término establecido hasta por la mitad del inicialmente previsto, con el fin de garantizar una adecuada revisión, formulación de observaciones y solicitud de ajustes de los trámites radicados.

En el evento en que las áreas técnicas solicitantes no alleguen dentro de los términos señalados con antelación, los documentos corregidos, completos y debidamente ajustados; la Subdirección de Contratación podrá, previa solicitud del área requirente, en consideración a la complejidad del asunto, ampliar el término establecido hasta por la mitad del inicialmente previsto, al cabo del cual, si no se ha obtenido respuesta, se procederá a la devolución de los mismos.

4.1.3. COMITÉ EVALUADOR.

En el acto administrativo de apertura o en la invitación pública para los procesos de mínima cuantía, se designará un comité evaluador con el fin de evaluar las ofertas presentadas en cada proceso de contratación en sus aspectos técnicos, jurídicos y financieros.

4.1.3.1. FUNCIONES DEL COMITÉ EVALUADOR.

En desarrollo de la actividad asignada, el Comité deberá:

1. Solicitar frente al contenido del pliego de condiciones propuesto o invitación publica,

los ajustes que estimen pertinentes de acuerdo con sus conocimientos y experticia sobre el tema. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 55 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-73 • 2026 • ABRIL • 17 73 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0

2. Dar respuesta a las observaciones y derechos de petición de carácter jurídico,

financiero y capacidad organizacional o técnica y económica que presenten los interesados durante el proceso de selección, cada uno, de acuerdo con su competencia.

3. Verificar el cumplimiento de las condiciones técnicas y económicas, jurídicas,

financieras y capacidad organizacional, capacidad residual habilitantes de los proponentes, según modalidad de la contratación.

4. Verificar, analizar y comprobar los ofrecimientos contenidos en cada una de las

ofertas recibidas, determinando el cumplimiento de todos los requerimientos y condiciones establecidas en el pliego de condiciones o invitación pública. La verificación de las ofertas se efectuará en forma objetiva, ciñéndose a los criterios establecidos en el pliego de condiciones o invitación publica, cada uno de acuerdo con su competencia, de conformidad con lo señalado en el Decreto 1082 de 2015.

5. Recomendar al Ordenador del Gasto la propuesta más favorable para ser adjudicada

por la Contraloría de Bogotá D.C., de conformidad con los resultados de la verificación y calificación efectuadas, observando estrictamente los principios que regulan los procesos de contratación estatal y las actuaciones de los servidores públicos.

6. Elaborar y firmar los informes de verificación individual y los consolidados de

verificación y evaluación, así como los demás documentos que se produzcan con ocasión del cumplimiento de las funciones asignadas.

7. Responder una vez se encuentre el proceso adjudicado o declarado desierto, por

intermedio del Ordenador del Gasto, los derechos de petición que formulen los proponentes, interesados o entes de control.

8. Dar estricto cumplimiento a las disposiciones legales y normas reglamentarias

aplicables al proceso, y en especial, a lo establecido en el Decreto 1082 de 2015.

Cabe recordar que, de conformidad con numeral 3 del Artículo 54 de la Ley 1952 de 2019, constituye falta gravísima, “Participar en la etapa precontractual o en la actividad contractual, en detrimento del patrimonio público, o con desconocimiento de los principios que regulan la contratación estatal y la función administrativa contemplados en la Constitución y en la ley”. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 56 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-74 • 2026 • ABRIL • 17 74 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 Las actividades del comité se realizarán de acuerdo con el cronograma del proceso, en el que se incluye el lapso en el cual se realizarán las actividades correspondientes, sin que en ningún caso el concepto de los comités sea emitido con posterioridad al plazo máximo fijado en éste.

VERIFICACIÓN DE LOS DOCUMENTOS HABILITANTES DE CONTENIDO JURÍDICO.

La verificación de cumplimiento de las calidades y capacidad jurídica habilitante, será realizada mediante el estudio de los documentos de contenido jurídico indicados en el pliego de condiciones o invitación publica que deben presentar los proponentes.

VERIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE DOCUMENTOS DE CONTENIDO TÉCNICO.

La verificación de cumplimiento de los requisitos de experiencia y condiciones técnicas mínimas y adicionales, será realizada mediante el estudio de los documentos de contenido técnico, experiencia y económicos señalados en el pliego de condiciones o invitación publica, que deben presentar los proponentes.

VERIFICACIÓN DE DOCUMENTOS HABILITANTES DE CONTENIDO FINANCIERO, DE LA CAPACIDAD ORGANIZACIONAL Y RESIDUAL.

La verificación y cumplimiento de los requisitos habilitantes financieros, de la capacidad organizacional y residual de los proponentes, será realizada mediante el estudio de los documentos de contenido financiero indicados en el pliego de condiciones o invitación publica, que deben presentar los proponentes.

VERIFICACIÓN Y EVALUACION DE DOCUMENTOS DE CONTENIDO ECONÓMICO. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 57 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-75 • 2026 • ABRIL • 17 75 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 La verificación de cumplimiento de los requisitos económicos, así como su evaluación, si a ello hubiese lugar, será realizada mediante el estudio de los documentos de contenido económico indicados en el pliego de condiciones o invitación publica, que deben presentar los proponentes.

En consecuencia, los servidores y colaboradores de la Contraloría de Bogotá D.C. que conforman el comité evaluador son responsables de los asuntos que presentan al conocimiento de la Junta de Contratación.

Todos los documentos que expida el Comité, en los cuales constarán sus conceptos y las razones de sus decisiones, deberán estar debidamente firmados por cada uno de sus integrantes, según competencia.

4.1.3.2. HABILIDADES, INCOMPATIBILIDADES, PROHIBICIONES O CONFLICTO DE INTERÉS.

Los profesionales integrantes del Comité Evaluador no podrán estar incursos en las causales de inhabilidad, incompatibilidad, prohibiciones o conflicto de interés previstas en la Constitución, la ley y demás normas que las reglamenten.

Los integrantes del comité evaluador conformado, manifestarán por escrito dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la comunicación de la designación, si se encuentran incursos en alguna causal de inhabilidad, incompatibilidad, prohibición o en conflicto de interés. Si no hubiere manifestación, se entenderá la inexistencia de este, salvo en los eventos de que trata el inciso segundo del artículo séptimo del presente acto.

Si en el curso del proceso se presenta una de estas causales, el integrante en el que sobrevenga la causal, de inmediato deberá manifestarlo por escrito al ordenador del gasto y competente contractual, anexando los respectivos documentos que la demuestran. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 58 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-76 • 2026 • ABRIL • 17 76 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 Si se determinare la configuración de una de estas causales en cualquiera de los integrantes del Comité, el ordenador del gasto y competente contractual deberá reemplazarlo.

4.2. ETAPA CONTRACTUAL Sin importar la modalidad de contratación utilizada para seleccionar al contratista, la etapa contractual debe tener en cuenta los aspectos que se señalan a continuación:

4.2.1. ELABORACIÓN DE CONTRATOS El Artículo 54 del Acuerdo Distrital 658 de 2016, establece como función de la Subdirección de Contratación adelantar el proceso de gestión contractual de la Contraloría de Bogotá D.C., en sus diferentes etapas, promoviendo la aplicación de la normatividad y procedimientos vigentes sobre la materia, así como elaborar y tramitar las minutas de contratos y los proyectos de actos administrativos que se requieran para resolver novedades o modificaciones que se presenten en la ejecución de los mismos y que soliciten las dependencias o supervisores de los contratos, atendiendo la normatividad y procedimientos que rigen la materia.

En todos los anexos de los contratos, aceptaciones de la oferta y demás documentos que sean pertinentes, deberá incorporarse la cláusula de confidencialidad y seguridad de la información.

4.2.2. SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO La suscripción del contrato se realizará de forma electrónica por medio de la plataforma SECOP, o Plataforma que haga sus veces; en todo caso se deben aportar y publicar los documentos externos como complemento a la minuta que sean necesarios, conforme con lo dispuesto en las normas contractuales. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 59 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-77 • 2026 • ABRIL • 17 77 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 4.2.3. REQUISITOS DE PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN DE LOS CONTRATOS De conformidad con el Artículo 41 de la Ley 80 de 1993, los contratos se perfeccionarán cuando se logre acuerdo sobre su objeto y contraprestación y el mismo sea elevado a escrito.

Para la ejecución de los contratos, se requerirá de la aprobación de la garantía (cuando a ellos haya lugar); la expedición del certificado de registro presupuestal; el inicio de cobertura de afiliación a la ARL (cuando a ellos haya lugar), y la suscripción del acta de inicio (cuando a ellos haya lugar).

Una vez cumplidos los requisitos de ejecución, la Subdirección de Contratación remitirá comunicación al supervisor, con un ejemplar del contrato, del registro presupuestal y de las garantías, de proceder las mismas, indicando la fecha en la cual puede iniciar su ejecución. En caso de que la ejecución del contrato esté supeditada al acta de inicio, así se lo hará saber al supervisor, para que una vez suscrita entre el supervisor del contrato y el contratista, sea remitida a la Subdirección de Contratación.

4.2.4. APROBACIÓN DE GARANTÍAS.

Corresponde al Subdirector de Contratación la aprobación de las garantías constituidas en favor de la Contraloría Bogotá D.C., en virtud de los contratos que suscriban.

4.2.5. MODIFICACIONES CONTRACTUALES La regla general que debe cumplir la entidad estatal corresponde a la inalterabilidad del contrato y, por ende, su modificación tendrá carácter de excepcional y será de interpretación restrictiva.

Así las cosas, los contratos estatales pueden ser modificados cuando sea necesario para lograr su finalidad y garantizar la realización de los fines del Estado, o sí durante la ejecución del www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 60 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-78 • 2026 • ABRIL • 17 78 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 contrato se presentan circunstancias sobrevinientes, imprevisibles y excepcionales que aun aplicando los medios de mitigación o medidas de gestión pactadas en el contrato, desbordan la planeación proyectada; o cuando la necesidad pública no pudo satisfacerse en su totalidad por limitaciones presupuestales requiriendo de su celebración.

Por lo anterior, se presentan consideraciones generales que deben ser observadas por la supervisión o Interventoría al momento de realizar el análisis de la viabilidad del tramité de modificación contractual:

1. En ningún caso, vía modificación contractual pueden desconocerse o desmejorar las

reglas sustanciales fijadas en los documentos precontractuales, que permitieron elegir la mejor oferta, previo cumplimiento de los requisitos habilitantes y de calificación, esto en consonancia con los principios de transparencia, de libre concurrencia y de igualdad, consagrados en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública.

2. La modificación del contrato debe ser solicitada por escrito por el supervisor o

interventor del contrato, así como por el contratista, cuando así se requiera. Si la solicitud de modificación es requerida por el contratista, el Supervisor deberá presentar el respectivo aval a la solicitud; en caso de ser solicitada por el supervisor o el Interventor del Contrato, el requerimiento deberá constar por escrito y estar dirigido a la Subdirección de Contratación, en donde debe presentar una justificación clara y precisa que indique las razones o fundamentos que sustentan su procedencia.

3. La modificación del contrato, puede surgir por acuerdo entre las partes o por el

ejercicio del poder unilateral de la Administración (Artículos 14 al 17 de la Ley 80 de 1993). En este último caso, la misma deberá ser respetuosa del debido proceso y ser implementada mediante acto administrativo motivado.

4. Sin importar el tipo de modificación está debe celebrarse dentro del plazo de

ejecución del contrato.

5. La modificación del contrato, no debe alterar la esencia del acuerdo de voluntades,

el equilibrio contractual ni debe ser fruto de un incumplimiento por parte del contratista. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 61 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-79 • 2026 • ABRIL • 17 79 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0

6. Como el contrato estatal es solemne lo que implica que se dé por escrito17 , las

modificaciones a los contratos deben cumplir tal formalidad, por ende, el simple acuerdo entre el supervisor y el contratista sin dicha formalidad, además de configurar una presunta falta disciplinaria, no es suficiente para que una modificación, así concebida, tenga validez.

7. Con independencia de las razones y circunstancias imprevisibles que puedan

presentarse, no es posible que el contrato mute o se transforme en un contrato sustancialmente distinto.

4.2.5.1. TIPOS DE MODIFICACIONES CONTRACTUALES Prórroga de Contratos:

Es aquella modificación contractual mediante la cual, las partes del contrato, extienden el plazo de ejecución convenido inicialmente ante la ocurrencia de situaciones sobrevinientes e imprevisibles haciendo necesario su ampliación, con la finalidad de dar satisfacción a la necesidad que llevó a la contratación. Para la viabilidad de esta modificación, se requiere que el plazo de ejecución no haya vencido y cuando la prórroga no se adelante con la adición de recursos, deberá presentarse en la solicitud del trámite, la evaluación del impacto de la extensión del plazo en el valor del contrato y en el equilibrio financiero del mismo.

Una vez perfeccionada la prórroga, el supervisor deberá realizar el seguimiento necesario para que el contratista constituya la ampliación de la garantía (si a ello hay lugar) e informar en un plazo máximo de dos (2) días hábiles siguientes al cargue de la póliza en la plataforma SECOP II, a la Subdirección de Contratación para su aprobación.

Será responsabilidad del supervisor realizar la comunicación respectiva a la Subdirección Contractual para la aprobación de la garantía.

17 CONSEJO DE ESTADO. SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. SALA PLENA. SECCION TERCERA. Consejero ponente: JAIME ORLANDO SANTO FIMIO GAMBOA. Fecha: 19/11/2012. Radicación. 73001233100020000307501. 24897. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 62 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-80 • 2026 • ABRIL • 17 80 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 Adición de Contratos:

Es la modificación contractual que permite aumentar el valor del contrato; como límite para la adición de los contratos por regla general se tiene el establecido en el parágrafo del artículo 40 de la Ley 80 de 1993, que establece que la adición del contrato no podrá superar en más del cincuenta por ciento (50%) de su valor inicial, expresado este en salarios mínimos legales mensuales vigentes, esto sin perjuicio de normatividad posterior y especial aplicable a cada contratación. Para su trámite, debe contarse con la correspondiente disponibilidad presupuestal y observarse los lineamientos presupuestales del caso.

Una vez perfeccionada la prórroga, el supervisor deberá realizar el seguimiento necesario para que el contratista constituya la ampliación de la garantía (si a ello hay lugar) e informar en un plazo máximo de dos (2) días hábiles siguientes al cargue de la póliza en la plataforma SECOP II, a la Subdirección de Contratación para su aprobación.

Será responsabilidad del supervisor realizar la comunicación respectiva a la Subdirección Contractual para la aprobación de la garantía.

Suspensión de Contratos:

Durante el desarrollo del contrato se pueden presentar hechos de fuerza mayor, caso fortuito, o razones de conveniencia para el interés público; por lo que, en procura de la continuidad normal de la ejecución de lo contratado, las partes pueden, de mutuo acuerdo y por escrito, pactar la suspensión del contrato, es decir, disponer el no cumplimiento de las obligaciones mutuas durante un lapso.

Lo anterior, en atención a que la finalidad de la suspensión del contrato estatal está encaminada a reconocer la ocurrencia de situaciones que impiden la ejecución temporal del negocio jurídico; motivo por el cual la suspensión del contrato no puede ser indefinida, sino que debe estar sujeta al vencimiento de un plazo o al cumplimiento de una condición. De ahí que, una vez www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 63 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-81 • 2026 • ABRIL • 17 81 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 desparezcan los motivos de la suspensión las partes están en la obligación de reiniciar la ejecución del contrato.

La suspensión del contrato estatal no es una potestad de la administración ni una facultad del contratista. Se debe tener presente que la finalidad de la contratación de obras, bienes y servicios es satisfacer las necesidades públicas y cumplir la misión institucional, por tal razón, solamente, y por excepción, se suspenderán los contratos.

Las suspensiones de facto, entendidas cómo la cesación de las obligaciones por parte del contratista sin aparente justificación, no son avaladas por el ordenamiento jurídico cómo una especie de suspensión; por lo que, la supervisión e interventoría deberán analizar lo correspondiente para identificar si se está en presencia de un presunto incumplimiento del contrato.

Conforme A la jurisprudencia, dependiendo de la magnitud de la causa que origine la suspensión esta puede ser total o parcial. Es decir, puede imposibilitar el cumplimiento de la totalidad de las obligaciones de las partes o puede impedir a los contratantes honrar solo algunas de estas, pudiendo continuar con la ejecución de las demás.

Vencido el término previsto o superadas las condiciones que motivaron la suspensión, se deberá reiniciar el contrato en la fecha que se señale en el acta de suspensión cuando se realice a través de SECOP I; si fuere a través de SECOP II, o la Plataforma que haga sus veces, se reiniciará en la fecha que se haya señalado en la plataforma o el documento de suspensión anexo. En el caso de las suspensiones de la contratación celebradas a través de la TVEC, se seguirán sus procedimientos.

El contratista, deberá ajustar la vigencia de la(s) garantía(s) por el término de la suspensión, si a ello hubiere lugar, y allegar la modificación de la garantía a la Subdirección de Contratación tratándose de SECOP I y TVEC, o cargarla a la plataforma SECOP II, SECOP o Plataforma que haga sus veces. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 64 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-82 • 2026 • ABRIL • 17 82 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 Tratándose de contratos cuyo plazo sea una fecha cierta, el acta de suspensión podrá constituir una modificación de dicho plazo, caso en el cual, mediante el acta de reinicio se fijará la nueva fecha en que terminará el contrato; de lo contrario, el supervisor o interventor del contrato deberá justificar en la solicitud del trámite de suspensión la no modificación del plazo contractual.

Es posible que haya eventos en que dicha ampliación del plazo no sea requerida por razones asociadas a la ejecución del contrato. En otros casos, adicionalmente el supervisor o interventor deberá prever si la suspensión del contrato implicaría que su ejecución supere la vigencia fiscal en que se celebró y por ende requiera, por ejemplo, la constitución de reservas presupuestales, caso en el cual será responsable de realizar dicho trámite.

Terminación Anticipada por Mutuo Acuerdo:

Esta terminación se presenta cuando las partes, de manera conjunta, solicitan tramitar la finalización del contrato previo cumplimiento del plazo. Es de anotar, que como los contratos celebrados atienden un fin estatal, el contratista en ningún momento puede terminar el mismo unilateralmente.

Respecto del trámite de la terminación anticipada, el Contratista deberá solicitarla al Supervisor o interventor para que este adelante el procedimiento respectivo.

En la solicitud presentada por el Contratista, se deberá indicar la fecha a partir de la cual surtirá efectos la terminación; acaecida ésta, el supervisor e Interventor verificarán el pago de los aportes al Sistema General de Seguridad Social, tal como lo establece la legislación aplicable en la materia. En la solicitud remitida por el Supervisor o Interventor, además de contar con la solicitud del Contratista, deberá indicar que dicha terminación no causa perjuicio a la Entidad y que el Contratista ha cumplido con sus obligaciones contractuales hasta el momento de la terminación.

Aclaraciones del Contrato. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 65 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-83 • 2026 • ABRIL • 17 83 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 Este tipo específico de modificación, hace relación a la necesidad de cambiar alguna cláusula del contrato, que impida la debida ejecución del contrato o pueda generar a futuro dificultades en la interpretación del mismo por parte de la Entidad o del contratista.

De igual manera, podrán hacerse modificaciones contractuales cuando las partes, desde el contrato inicial, han pactado actualización de precios basados en ajustes al SMLMV e índice de Precios al Consumidor.

El documento de solicitud debe señalar el tipo de modificación, una valoración detallada de las razones que justifican la modificación solicitada y las nuevas condiciones contractuales; el análisis de determinar si dicho ajuste afecta el valor (tanto aumentando, disminuyendo o manteniendo el valor contractual), como por ejemplo en los casos que se aumenta un producto o se intercambia un producto por otro; el impacto financiero del mismo; un informe detallado del porcentaje de ejecución del contrato; un análisis de la tipificación, estimación y asignación de los riesgos previsibles, de acuerdo a la nueva realidad contractual para que haga parte de las nuevas condiciones acordadas, y la constancia de pago de los aportes al Sistema General de Seguridad Social.

Cesión de Contratos:

Esta se presenta cuando una de las partes del contrato es sustituida por un tercero; la sustitución respecto de las obligaciones contractuales puede ser total o parcial.

Para el efecto, el cesionario debe acreditar calidades y condiciones iguales o superiores a las del cedente conforme a lo requerido en el estudio previo por la dependencia solicitante. Dicha solicitud, debe estar debidamente justificada y acompañada de todos los soportes a que haya lugar, incluyendo informe detallado del porcentaje de ejecución del contrato y de recursos. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 66 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-84 • 2026 • ABRIL • 17 84 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 Adicional a lo anterior, tratándose de cesión de contratos provenientes de procesos de selección, se deberá surtir, en el candidato a cesionario, la verificación de los requisitos habilitantes (jurídicos, experiencia, organizacional y financieros) actualizados a la fecha de trámite de la cesión; para lo cual, se seguirán los procedimientos, formas e instancias que se adelantaron en el proceso de selección. Para las cesiones de contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión el plazo será hasta día inicialmente pactado, contado a partir de la cobertura de la ARL, es decir el día calendario siguiente de la afiliación y la aprobación de la póliza otorgada por el/la cesionario/a, cuando a ello hubiere lugar.

Para las cesiones SECOP II o plataforma que haga sus veces se deberá cargar en la plataforma todos los documentos que acrediten la identidad, idoneidad y experiencia del cesionario, adicionalmente las que se deban adelantar por la TVEC deberán cumplir sus términos y condiciones del Acuerdo Marco de Precios o documento equivalente.

La cesión del contrato también operará en el caso de la inhabilidad e incompatibilidad sobreviniente del contratista o de alguno de los miembros del consorcio o de la unión temporal, considerando para el efecto los requisitos establecidos en el Artículo 9 de la Ley 80 de 1993.

TÉRMINOS PARA EL TRÁMITE DE MODIFICACIONES.

Las modificaciones contractuales con independencia de la modalidad de contratación que antecedió al contrato, tendrán los siguientes términos para la respectiva verificación de legalidad por parte de la Subdirección de Contratación:

1. Las solicitudes de modificación deben ser radicadas en la Subdirección de

Contratación con mínimo cinco (5) días hábiles antes del vencimiento o término previsto para la modificación.

Previo a la radicación de la solicitud de cualquier modificación en la Subdirección de Contratación, el supervisor deberá verificar que se encuentren publicados todos los documentos e www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 67 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-85 • 2026 • ABRIL • 17 85 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 informes en el SECOP II. Lo anterior, teniendo en cuenta que es responsabilidad del mismo verificar que se realice el cargue oportuno en la plataforma de los informes de ejecución y sus respectivos soportes. La solicitud que no contenga los soportes debidamente cargados y los pagos aprobados en la citada plataforma, no será tramitada por la Subdirección contractual y será devuelta al área solicitan del trámite.

2. La Subdirección de Contratación, revisará la solicitud de modificación con los

respectivos soportes, en máximo dos (2) días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de recibo de los documentos en la Subdirección de Contratación

3. El supervisor solicitante de la modificación realizará los ajustes y correcciones a los

documentos y deberá remitirlos, en máximo dos (2) días hábiles contados a partir de la fecha de recibo de las observaciones.

4. En el evento que el supervisor solicitante no allegue dentro de los términos señalados

anteriormente, los documentos corregidos, completos y debidamente ajustados, la Subdirección de Contratación devolverá la solicitud de modificación sin tramitar, o podrá en consideración a la complejidad del asunto, ampliar el término establecido.

Tratándose de solicitudes de cesión de derechos patrimoniales o económicos, la Subdirección de Contratación realizará las modificaciones pertinentes, y cuando lo considere necesario solicitará concepto escrito a la Subdirección Financiera o Dirección Jurídica, previa aprobación del Ordenador del Gasto de la respectiva cesión.

4.3. ETAPA POSTCONTRACTUAL.

4.3.1. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO.

Es el procedimiento mediante el cual, una vez terminado el contrato, las partes deben realizar un balance de cuentas respecto de las obligaciones contractuales. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 68 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-86 • 2026 • ABRIL • 17 86 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 El objetivo de la liquidación, es determinar si las partes pueden declararse a paz y salvo mutuo por todo concepto relacionado con su ejecución o si existen obligaciones por cumplir y la forma en que deben ser observadas.

En el acta de liquidación constaran los acuerdos, conciliaciones y transacciones a que llegaren las partes para poner fin a las divergencias presentadas.

Para Ia liquidación se exigirá al contratista Ia extensión o ampliación, si es del caso, de Ia garantía de cumplimiento del contrato con sus respectivos amparos y Ia responsabilidad civil extracontractual; y en general, cubrir las obligaciones que deba cumplir con posterioridad a Ia extinción del contrato.

Por esta razón, la liquidación sólo procede con posterioridad a la terminación de la ejecución del contrato.

La liquidación del contrato no libera al contratista del cumplimiento de algunas obligaciones y garantías contenidas en el contrato, tales como la estabilidad de las obras, la calidad de los bienes y equipos suministrados, la entrega de los registros de derechos de autor etc., las cuales, a pesar de haberse efectuado los trámites de liquidación, persisten en el tiempo hasta la finalización o entrega de los compromisos y plazos establecidos para cada una de ellas; conforme a lo anterior, la supervisión del contrato continuará con las funciones de control y seguimiento hasta el cumplimiento del plazo o condición establecida para las citadas obligaciones.

En consecuencia, cuando con posterioridad a la liquidación del contrato se presenten hechos que se encuentren amparados en las garantías constituidas por el contratista o que le causen un perjuicio a la Entidad, esta debe adelantar las correspondientes acciones administrativas y judiciales previstas en la ley para cada caso. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 69 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-87 • 2026 • ABRIL • 17 87 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 4.3.1.1. CONTRATOS SUSCEPTIBLES DE LIQUIDACIÓN:

La Contraloría de Bogotá D.C., debe proceder al trámite de la liquidación en los siguientes casos:

- Los contratos de tracto sucesivo.

- Cuando se incluya dentro del contrato la obligación de liquidarlo.

- Los contratos que siendo de ejecución instantánea se hayan prolongado en el tiempo.

- Los contratos en los cuales se haya declarado la caducidad, el incumplimiento o la

terminación anticipada.

- Los contratos en los que se haya proferido el acto de terminación unilateral.

- Los demás que según analizada la conveniencia se requiera adelantar este tipo de acto.

- Por orden judicial.

La supervisión e interventoría del contrato deberán agotar los trámites necesarios para que se suscriba el acta de liquidación, con el apoyo de la Subdirección de Contratación. Una vez suscrita el acta de liquidación, copia de esta será remitida a la supervisión del contrato.

La liquidación no será obligatoria en los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, de acuerdo con lo previsto en el artículo 60 de la Ley 80 de 1993, Modificado por el artículo 217 del decreto nacional 019 de 2012.

4.3.2. SOPORTES DEL ACTA DE LIQUIDACIÓN:

- Documentos precontractuales y oferta del contratista.

- Contrato principal, prórrogas, adiciones y modificaciones en general.

- Registro presupuestal.

- Pólizas (únicamente se debe remitir los anexos correspondientes a la ampliación de las

vigencias de amparos, si a ello hubiera lugar). www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 70 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-88 • 2026 • ABRIL • 17 88 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0

- Formatos de certificaciones de pagos de acuerdo a lo establecido en el contrato, los

cuales deben estar suscritos por la supervisión. (En los contratos sujetos a un único pago se deberá remitir el formato de certificado de pago final)

- Documentos contractuales de ejecución en virtud del desarrollo del contrato, los cuales

deben estar publicados en el SECOP II o plataforma que haga sus veces, que a consideración de la Supervisión o Interventoría deban ser publicados.

- Certificación de pagos expedida por la Tesorería de LA CONTRALORÍA.

- Formato Informe parcial y final del supervisor e interventor el cual debe estar publicado

en el SECOP II o plataforma que haga sus veces.

- Verificación del cargue y aprobación por parte de la supervisión de la facturación y

cuentas de cobro en el SECOP II o plataforma que haga sus veces.

- Los demás documentos que se requieran de acuerdo con la especificidad del contrato

(Ej.: Archivos digitales etc.)

Para el trámite de liquidación no se hace necesaria la remisión de la documentación que ya reposa en el expediente contractual, en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública SECOP II, o en la Tienda Virtual del Estado Colombiano; excepto la representación legal del contratista que va a suscribir la liquidación (sólo para el caso de personas jurídicas) y la verificación del pago de aportes parafiscales o de seguridad social del contratista.

Las liquidaciones de los contratos suscritas por la Contraloría de Bogotá D.C. se adelantarán de la siguiente manera:

4.3.3. LIQUIDACIÓN POR MUTUO ACUERDO La liquidación bilateral es el acuerdo de voluntades que detalla el estado final de la ejecución de las obligaciones adquiridas por las partes del contrato, como consecuencia de su ejecución, o de la terminación anticipada del mismo. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 71 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-89 • 2026 • ABRIL • 17 89 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 La liquidación se hará dentro del término fijado en el pliego de condiciones, o en su defecto dentro del término que acuerden las partes para tal efecto. De no existir tal termino, la liquidación se realizará dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la expiración del plazo previsto para la ejecución del contrato o a la expedición del acto administrativo que ordene la terminación, o a la fecha del acuerdo que la disponga.

El trámite de liquidación bilateral será solicitado por el Supervisor del Contrato a la Subdirección Contractual para lo cual deberá aportar el informe final para la liquidación, el cual deberá contener la siguiente información: A) Datos de las partes. B) Información del Contrato (objeto, plazo, valor, modificaciones) C) Supervisión del contrato. D) Garantías o pólizas. E)

Relación de pagos. F) Manifestaciones a que haya lugar. G) Balance Financiero. H) Relación de Cumplimiento de las obligaciones contractuales. I) Relación de informes de ejecución contractual.

Así como los anexos respectivos.

Proyectada el acta de liquidación bilateral por acuerdo entre las partes por parte de la Subdirección de Contratación con base en la información aportada por el supervisor, esta será suscrita por el Ordenador del Gasto y el supervisor del contrato.

Posteriormente se le comunicará al contratista, por medio del correo electrónico registrado, que a partir del día hábil siguiente a la fecha de remisión de dicho correo cuenta un término de tres (3) días hábiles para acudir a la Subdirección de Contratación de la Contraloría de Bogotá D.C., con el fin de suscribir la correspondiente acta de liquidación.

Si vencido el término anterior el contratista no acude a la suscripción del acta de liquidación, se le remitirá por correo certificado a la dirección física por él registrada una comunicación firmada por el Ordenador del Gasto en la cual lo requiere para que se acerque dentro de los tres (3) días hábiles siguientes.

En el acta de liquidación bilateral, el contratista puede dejar las salvedades sobre los derechos que posteriormente pretenda reclamar por vía judicial. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 72 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-90 • 2026 • ABRIL • 17 90 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 4.3.4. LIQUIDACIÓN UNILATERAL.

En los casos en los cuales el contratista no se presente para la suscripción del acta de liquidación por mutuo acuerdo previa notificación o convocatoria que le haga la entidad a través de la supervisión o interventoría o se niegue a suscribirla o en el evento en que las partes no lleguen a ningún acuerdo sobre el contenido de esta, la Contraloría de Bogotá D.C., tendrá la facultad de liquidar en forma unilateral el contrato dentro de los dos (2) meses siguientes, al vencimiento del término de liquidación inicial, mediante acto administrativo.

El acto administrativo por medio del cual se liquida unilateralmente el contrato es susceptible de recurso de reposición, como lo dispone el artículo 77 de la Ley 80 de 93, y del medio de control de controversias contractuales, como lo establece el artículo 141 de la Ley 1437 de 2011.

Una vez vencido el plazo para liquidar unilateralmente del contrato, la ley permite que el contrato sea objeto de liquidación, dentro de los dos años siguientes. Este término corresponde a la posibilidad de interponer las acciones judiciales contra el contrato. Esa liquidación puede darse de común acuerdo o de manera unilateral por la Entidad Estatal.

4.3.5. LIQUIDACIÓN JUDICIAL.

Se podrá solicitar la liquidación judicial del contrato a través de la pretensión de controversias contractuales cuando la liquidación del contrato no se haya logrado de mutuo acuerdo entre las partes, y cuando no se haya liquidado unilateralmente por parte de la entidad.

El fin de la liquidación por vía judicial es que la autoridad competente se pronuncie jurídicamente acerca de salvedades que hayan podido ser dejadas en el acta de liquidación del contrato y que proceda a liquidarlo de conformidad con los parámetros legales y fácticos que gobiernen cada caso en particular. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 73 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-91 • 2026 • ABRIL • 17 91 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 Lo anterior, dentro del término de caducidad del medio de control para controversias contractuales que es de dos años.

A efecto de adelantar la liquidación de los contratos suscritos por la Contraloría de Bogotá D.C., se recomienda seguir la guía expedida por la Agencia Nacional Colombia Compra Eficiente G- LPC-01- ANCP–CCE para tal actividad, o aquella que modifique o sustituya.

4.3.6. CIERRE DEL PROCESO CONTRACTUAL Y ARCHIVO DEL EXPEDIENTE CONTRACTUAL.

Surtida la liquidación final del contrato y vencidos los términos de las garantías de cumplimiento, la Subdirección de Contratación procederá a efectuar el cierre del expediente del Proceso de Contratación a través de la plataforma SECOP en la modalidad de modificaciones cierre del proceso, previa verificación de no afectación de las mismas.

Para efectos del cierre del proceso contractual, se deberán contar con todos los soportes derivados de la ejecución del contrato como son informes de ejecución, productos entregables, pagos aprobados entre otros (En los casos que aplique).

Será responsabilidad del supervisor verificar que toda esta información se encuentre actualizada y publicada en el expediente electrónico.

Si la información no se encuentra completa no se procederá al cierre del expediente contractual y se informará al supervisor sobre esta situación para que subsane lo requerido por la Subdirección Contractual en un término de cinco (5) días hábiles que podrán ser prorrogados por solicitud del área técnica.

Ahora bien, teniendo en cuenta que ni el Decreto Único Reglamentario 1082 de 2015, ni la Ley Estatutaria de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional, Ley 1712 de 2014, lo señalan de manera expresa, los documentos asociados a trámites internos www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 74 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-92 • 2026 • ABRIL • 17 92 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 administrativos, operativos y presupuestales de la Contraloría de Bogotá D.C., tales como, pero sin limitarse a paz y salvos, actas o documentos de liberación presupuestal, serán publicados en el SECOP cuando se adelanten todas las revisiones, validaciones y precisiones a que haya lugar y se culmine con su expedición.

Teniendo en cuenta que no se trata de documentos que según la Ley son expedidos en desarrollo de la gestión contractual de la entidad, su publicación no se sujetará al término de los 3 días que establece el artículo 2.2.1.1.1.7.1 del Decreto 1082 de 2015.

Capítulo V. RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL Y POSCONTRACTUAL.

Las personas que intervienen en los procesos contractuales, bien sea como servidores públicos o contratistas, tienen responsabilidades en los términos previstos en la Constitución y la Ley.

La responsabilidad se produce como consecuencia de las actuaciones u omisiones antijurídicas en la ejecución de los procesos de selección de contratistas o en la celebración, ejecución de los contratos.

5.1. RESPONSABILIDAD DE LOS CONTRATISTAS.

Los contratistas responden civil y penalmente por sus acciones u omisiones en la actuación contractual en los términos de la Ley, adicional a lo anterior, los consultores y asesores externos responden civil, fiscal, penal y disciplinariamente, al igual que los servidores públicos hasta la etapa de liquidación. Los consorcios y uniones temporales responden por las acciones y omisiones de sus integrantes, en los términos del artículo 7 de la citada Ley 80 de 1993, el Decreto 1082 de 2015, y el artículo 70 de la Ley 1952 de 2019.

El artículo 70 de la Ley 1952 de 2019, respecto de los sujetos disciplinables, el régimen disciplinario se aplica a los particulares que ejerzan funciones públicas de manera permanente o www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 75 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-93 • 2026 • ABRIL • 17 93 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 transitoria; que administren recursos públicos; que cumplan labores de interventoría o supervisión en los contratos estatales y a los auxiliares de la justicia.

5.2. RESPONSABILIDAD DE LOS SUPERVISORES O INTERVENTORES.

De lo anterior y como quiera que la supervisión garantiza la correcta ejecución de los recursos públicos, la ley determina que cualquier acción defectuosa o la omisión en el seguimiento a la gestión contractual por parte de los funcionarios encargados de ejercerla, así como de quienes sean contratados externamente para tal fin, los podrá hacer responsables civil, penal y disciplinariamente.

5.2.1. DESIGNACIÓN DEL SUPERVISOR, INICIO Y DURACIÓN DE LA FUNCIÓN DE SUPERVISIÓN.

Las labores de supervisión serán ejercidas por servidores públicos de la Contraloría de Bogotá D.C., según lo establecido en el estudio previo, pliegos de condiciones y en el Contrato.

La supervisión será ejercida desde la comunicación oficial interna una vez se hayan cumplido los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del contrato y hasta el cierre del expediente contractual, producto de la terminación del contrato y se suscriba el acta de liquidación (si a ello hay lugar) conforme a los formatos vigentes y aplicables.

Teniendo en cuenta que, la supervisión recae sobre el cargo situado en una dependencia, en el evento en que se presente la ausencia de quien lo ocupa, entre otras causas, por cualquier novedad o situación administrativa (vacaciones, permiso, comisión, licencia y retiro de la Entidad), la supervisión recaerá automáticamente sobre quien haga sus veces, o el jefe inmediato en caso de no existir el cargo, mientras se realiza la designación de un nuevo supervisor.

En caso de solicitarse el cambio de supervisión la solicitud deberá acompañarse con un informe del estado de ejecución del contrato suscrito por el funcionario que ejerce la supervisión y radicarse a la Subdirección de Contratación. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 76 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-94 • 2026 • ABRIL • 17 94 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 En todos los casos, el supervisor vigilará la ejecución y cumplimiento del objeto del contrato durante todo el tiempo de su vigencia. Así mismo, estará a cargo del supervisor adelantar las gestiones pertinentes relacionadas con la confidencialidad de la información y los trámites de derechos de autor en los casos en que aplique.

5.2.2. CRITERIOS PARA LA DESIGNACIÓN DEL SUPERVISOR.

Para ejercer la actividad de supervisor, se deben reunir como mínimo los siguientes requisitos:

- Deberá ser servidor público activo de la Contraloría de Bogotá D.C.

- Deberá haber sido designado por el ordenador del gasto.

- El supervisor no deberá estar incurso en cualquiera de las causales de inhabilidad,

incompatibilidad o impedimento según lo establecido en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, la Ley 1474 de 2011 y normas concordantes.

- El supervisor no deberá tener parentesco, afecto o interés económico con el contratista y

en general cualquier clase de motivación o conflicto de interés que impida una intervención objetiva.

- Deberá contar con conocimientos básicos referentes al objeto contractual.

5.2.3. CONTRATOS QUE REQUIEREN DE INTERVENTOR.

Para la contratación de particulares en calidad de interventores se adelantarán los trámites legales y reglamentarios previstos para la celebración de contratos de consultoría.

Es recomendable que el concurso de méritos para seleccionar al interventor se inicie de manera simultánea con el proceso de contratación que tiene por objeto el contrato que va a ser objeto de la Interventoría. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 77 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-95 • 2026 • ABRIL • 17 95 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 Así las cosas, los contratos que requieren de Interventor son los que cumplan con los siguientes criterios:

- Contrato de obra pública resultante de un proceso de licitación.

- Contratos que por su complejidad para su seguimiento es necesario conocimiento

especializado.

5.2.3.1. CONCURRENCIA DE SUPERVISORES E INTERVENTORES.

La supervisión y la interventoría sobre un contrato pueden coincidir, para lo cual la Contraloría de Bogotá D.C. fijará con claridad el alcance y las responsabilidades del supervisor y del interventor para evitar inconvenientes en el seguimiento del contrato, es decir que desde los estudios previos se deberán indicar las actividades técnicas a cargo del interventor y las demás quedarán a cargo de la Entidad a través del supervisor.

El contrato de Interventoría será supervisado directamente por la entidad estatal.

5.2.4. FUNCIONES DE LOS SUPERVISORES E INTERVENTORES.

Los interventores y supervisores son quienes ejercen en nombre y representación de la entidad, las obligaciones de control, seguimiento y supervisión de los contratos celebrados, y por tanto están facultados para solicitar informes, aclaraciones y explicaciones sobre el desarrollo de la ejecución contractual y tendrán los siguientes deberes:

1. Suscribir juntamente con el contratista el acta de inicio del contrato o convenio

vigilado (si a ello hay lugar), dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del contrato junto con la aprobación del plan de inversión del anticipo, cuando aplique; y remitirla a la Subdirección de Contratación para publicar en el SECOP II o la plataforma que la reemplace. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 78 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-96 • 2026 • ABRIL • 17 96 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0

2. Requerir al contratista para que cargue las garantías solicitadas en el contrato en la

plataforma SECOP II o plataforma que haga sus veces dentro de los términos pactados, con la finalidad de iniciar la mayor brevedad el contrato o negocio jurídico de que se trate.

3. Verificar que en el SECOP II o en la plataforma que la sustituya el contratista realice

la publicación de los documentos que soporten la ejecución del contrato, documentos tales como informes, actas, listados de asistencia de reuniones, los cuales deberán encontrarse debidamente suscritos y con las formalidades correspondientes.

4. Suscribir conjuntamente con el contratista, cuando así se pacte en el contrato y dentro

del término establecido en el mismo, las actas recibo de bienes o prestación de servicios y las demás actas que surjan en la ejecución del contrato según el caso.

5. Solicitar al contratista los informes que considere necesarios, llevar a cabo reuniones,

integrar los comités que establezca el contrato o convenio y desarrollar otras herramientas encaminadas a verificar la adecuada ejecución del contrato.

6. Revisar que los sitios de entrega de elementos, y ubicación de materiales,

localizaciones, etc., corresponda con las condiciones técnicas y económicas pactadas en el contrato y en las condiciones mínimas o términos de referencia del respectivo proceso de selección.

7. Exigir al contratista el cumplimiento del cronograma de actividades de ejecución y de

inversión del anticipo, en los casos que sea procedente.

8. Proyectar y tramitar la correspondencia que sea necesaria para la correcta ejecución

del contrato o convenio.

9. Atender y tramitar dentro de la órbita de su competencia, toda consulta que realice el

contratista para la correcta ejecución del contrato.

10. Coordinar con el almacenista el recibo de bienes o servicios que incluyen bienes,

dado que se debe registrar el ingreso al almacén y de inmediato actualizar el inventario físico el cual afecta los activos de la entidad.

11. En ningún caso el supervisor o interventor podrá suscribir documentos que impliquen

incremento en el valor inicial del contrato, el único facultado para realizar estas modificaciones es el Ordenador del gasto. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 79 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-97 • 2026 • ABRIL • 17 97 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0

12. Tramitar dentro de los cinco (5) días hábiles anteriores al vencimiento o término

previsto para la modificación y conforme el formato de justificación técnica y económica, las prórrogas, modificaciones, adiciones o suspensiones del plazo de ejecución del contrato o convenio y verificar que las condiciones que se proponen para tales efectos estén acordes con la normatividad vigente.

13. Verificar que se expidan los respectivos registros presupuestales para las adiciones,

modificaciones y cesiones de los contratos a su cargo. Para los casos de contratos que se ejecutan en más de una vigencia, se debe verificar que el primer día hábil de cada vigencia se expida el respectivo registro presupuestal para garantizar que el contrato no se encuentre desamparado.

Nunca se podrá autorizar la prestación de ningún servicio o suministro de bienes sin cumplirse con este requisito.

14. Advertir oportunamente al contratista sobre el cumplimiento de sus obligaciones y si

fuere necesario, solicitarle acciones correctivas, siempre con plazo perentorio.

15. Informar al ordenador del gasto y a la Subdirección de Contratación o quien haga sus

veces, una vez tenga conocimiento sobre los atrasos que puedan dar origen a la aplicación de sanciones, según lo establecido en el contrato y solicitar, cuando haya lugar, la aplicación de multas, sanciones y declaratorias de incumplimiento a los contratistas, dando estricto cumplimiento al principio del debido proceso, de conformidad con el procedimiento establecido por el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011. En todo caso la supervisión debe elaborar un informe, estableciendo y justificando su concepto, allegando los soportes probatorios relacionados con el presunto incumplimiento.

16. El supervisor o interventor deberá verificar que el contratista publique en el SECOP

II, toda la información que se produzca en la ejecución del contrato.

17. Estudiar y tramitar las solicitudes presentadas por el contratista en el curso de la

ejecución del contrato a la mayor brevedad posible, evitando que se configure el silencio administrativo positivo previsto por el artículo 25 numeral 16 de la Ley 80 de 1993 y de las sanciones que ello conlleva. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 80 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-98 • 2026 • ABRIL • 17 98 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0

18. Vigilar el cumplimiento por parte del contratista de las disposiciones legales de

carácter laboral y exigir que se apliquen las normas de seguridad y salud en el trabajo que sean de obligatorio cumplimiento, cuando por el objeto del contrato haya lugar a ello

19. Tramitar el pago de las cuentas conforme lo establecido en la forma de pago de cada

contrato, ateniendo el instructivo de la Subdirección Financiera y la programación del PAC, incluidos los anticipos, en los que verifique que la cuenta a la cual se desembolsa el anticipo pertenece a una fiducia.

20. Controlar la correcta inversión del anticipo de conformidad con lo establecido en el

contrato y dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 91 la Ley 1474 de 2011, así como aprobar el plan de inversión del anticipo cuando haya lugar.

21. Asistir técnicamente a la Entidad en asuntos relacionados con la ejecución del

contrato.

22. Resolver las consultas del contratista, o tramitarlas ante la dependencia competente,

haciendo el correspondiente seguimiento.

23. Revisar las facturas o documentos equivalentes presentadas por el contratista,

verificando que en ellas se consignen el concepto y valor del servicio prestado, o los bienes entregados y que correspondan con la ejecución del objeto, obligaciones y actividades pactadas y plazos convenidos y remitir de manera oportuna a la Subdirección Financiera la documentación determinada en el contrato para el trámite de pago.

24. Formular y enviar al contratista por escrito las observaciones y objeciones a que haya

lugar cuando haya desacuerdo o inconformidad con el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato. Estas observaciones deben estar debidamente sustentadas y justificadas en hechos, circunstancias y normas si hay lugar a ello.

25. Realizar la planificación y control de la ejecución de los contratos de tal manera que

la ejecución se realice durante la vigencia fiscal para la cual fue programada.

26. Hacer control a los riesgos, reporte de su materialización y la toma de decisiones

cuando ocurran, con el fin de evitar alteraciones a la ejecución del contrato.

27. Elaborar un informe del estado de ejecución del contrato o convenio cuando exista

cambio de supervisión o se presente la ausencia por novedad o situación administrativa (vacaciones, www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 81 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-99 • 2026 • ABRIL • 17 99 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 permiso, comisión, licencia o retiro de la Entidad) y entregarlo al nuevo supervisor o el jefe inmediato, según sea el caso.

28. Solicitar la liquidación del contrato a la Subdirección de Contratación (si a ello hay

lugar).

29. En aquellos contratos o negocios jurídicos de naturaleza contractual, en las cuales

NO se surte la etapa de la liquidación, pero se pactan obligaciones de ejecución posterior al plazo, tales como mantenimientos, garantías, o apoyos post ventas, entre otros, la supervisión deberá adelantar el debido seguimiento al cumplimiento de dichos compromisos y velar porque la garantía de cumplimiento que ampara el contrato se mantenga vigente hasta el cumplimiento de dichas obligaciones.

30. Informar a la Subdirección Financiera sobre el estado de ejecución del contrato para

establecer las reservas presupuestales y de cuentas por pagar cuando a ello haya lugar, antes del cierre de la vigencia fiscal de cada año.

31. Solicitar a la Subdirección Financiera la liberación de los valores no ejecutados de

los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión con personas naturales que finalizaron al término del plazo de ejecución pactado o al agotamiento del objeto contratado o de las obligaciones contratadas 5.2.5. RESTRICCIONES ESPECIALES DEL SUPERVISOR.

Sin perjuicio de las prohibiciones y prescripciones consagradas en normas vigentes, el supervisor de un contrato en ningún caso podrá:

1. Adoptar decisiones que impliquen la modificación del contrato o convenio.

2. Abandonar sus funciones hasta cuando haya sido debidamente designado el nuevo

supervisor o interventor, salvo por fuerza mayor o caso fortuito.

3. Solicitar o recibir, directa o indirectamente, para sí o para un tercero, dádivas, favores o

cualquier otra clase de beneficios o prebendas del contratista.

4. Retardar, denegar u omitir cualquier asunto que le corresponda atender por razón de

sus funciones. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 82 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-100 • 2026 • ABRIL • 17 100 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0

5. Constituirse en acreedor o deudor del contratista o de cualquier persona interesada en

el contrato cuya ejecución controla.

6. Gestionar indebidamente a título personal asuntos relacionados con el contrato.

7. Exigir al contratista renuncias a cambio de modificaciones o adiciones al contrato.

8. Exonerar al contratista del cumplimiento de cualquiera de sus obligaciones.

Capítulo VI. BUENAS PRÁCTICAS DE LA GESTIÓN CONTRACTUAL.

Para la Contraloría de Bogotá D.C., es fundamental que todos los servidores públicos, contratistas y colaboradores que tienen a su cargo la planeación, ejecución, seguimiento y control de la contratación de la entidad, cuenten con herramientas de fácil comprensión para el ejercicio contractual diario, que permitan la ejecución óptima de este proceso. Por lo anterior, se presentan de manera sencilla algunas recomendaciones o acciones que deben tenerse en cuenta en las diferentes etapas contractuales, así:

1. Se recomienda a las dependencias u oficinas de la Contraloría de Bogotá D.C., que

realicen un análisis desde los estudios previos, de cuáles deben ser los informes, documentos y productos que cada contratista está obligado a entregar indicando su periodicidad, forma y número de copias o ejemplares. Esto, con el fin de señalar los soportes que son estrictamente necesarios para la acreditación del cumplimiento de las obligaciones y para justificar un desembolso o pago, así como incentivar el suministro de información en medios magnéticos o electrónicos; optimizando de esta manera el proceso de liquidación, cierre o archivo de los expedientes contractuales y a la vez dando cumplimiento a la directiva presidencial referente a la eficiencia administrativa y lineamientos de la política cero papel en la administración pública amigable con el medio ambiente, garantizando la calidad, integridad, autenticidad y veracidad de la información.

2. A las diferentes dependencias de la Contraloría de Bogotá D.C., se les recomienda

radicar con suficiente antelación, toda clase de solicitud de modificación. Lo anterior, teniendo en cuenta que la Subdirección de Contratación debe llevar a cabo un proceso perentorio que incluye la revisión de la solicitud y la documentación aportada, realizar las observaciones frente a la misma, www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 83 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-101 • 2026 • ABRIL • 17 101 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 para posteriormente, cuando sean subsanadas y allegada documentación adicional, se realice la respectiva minuta.

3. Teniendo en cuenta que las modificaciones contractuales se realizan a través de la

plataforma del SECOP II, es importante e indispensable que las dependencias que las solicitan, les recuerden a los contratistas para las modificaciones y en el caso de una cesión, al nuevo proveedor o contratista, que deben tener a la mano el usuario y la clave con los cuales se registró en el dicho portal de Colombia Compra Eficiente (incluso pueden hacer pruebas de ingreso días antes), para evitar demoras y retrasos en la consecución y publicación de la correspondiente modificación.

4. En atención al uso obligatorio de SECOP o plataforma que haga sus veces, los

usuarios son responsables de las actuaciones efectuadas en la misma, en consecuencia, deben tratar con reserva la información de su cuenta y contraseña, que es una firma electrónica en los términos del artículo 7 de la Ley 527 de 199918 y las normas que lo reglamentan.

5. Para evitar el cruce de documentos físicos entre dependencias se recuerda a los

servidores públicos y colaboradores que intervienen en el proceso contractual que cuando requieran revisar, analizar y aclarar dudas acerca de: solicitudes de modificación, liquidaciones en curso o tramitar y dar inicio de procesos sancionatorios, pueden solicitar mesas de trabajo con la Subdirección de Contratación, lo cual generará una gestión más eficaz.

6. En caso de que las diferentes áreas de la Contraloría de Bogotá D.C., necesiten llevar

a cabo una solicitud de modificación contractual, se requiere que la presentación de las mismas, se realice en los formatos adoptados por el Sistema Integrado de Gestión (SIG), y en especial se aconseja que se revisen dichos formatos periódicamente para conocer las actualizaciones que hayan tenido.

18 “Por medio de la cual se define y reglamenta el acceso y uso de los mensajes de datos, del comercio electrónico y de las firm as digitales, y se establecen las entidades de certificación y se dictan otras disposiciones.” Desarrollado por el Decreto 4487 de 2009 - Reglamentado parcialmente por el Decreto 1747 de 2000. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 84 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-102 • 2026 • ABRIL • 17 102 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0 Por lo tanto, cada vez que sea necesario su uso, deberán ser descargados directamente del portal INTRANET o la plataforma que la reemplace.

7. Cuando el supervisor de un contrato suscrito por la Contraloría de Bogotá D.C.,

perciba o denote por parte del contratista alguna dificultad en la consecución del objeto y obligaciones contractuales (sin que implique grave incumplimiento en la ejecución), puede acudir a establecer planes de mejora y cronogramas de trabajo, como instrumentos mediante los cuales el supervisor y el contratista llegan a los acuerdos administrativos que sean necesarios para sobrellevar tales dificultades, a fin de evitar un posible proceso de incumplimiento y en especial para satisfacer la necesidad del servicio para la cual fue contratado.

8. Se recuerda a los contratistas de la Contraloría de Bogotá D.C., la importancia de

que el expediente contractual que reposa en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública SECOP, esté debidamente integrado. Para esto es necesario que se realice el cargue de los informes de ejecución, los productos o entregables (si a ello hay lugar) así como los pagos mensuales con sus respectivos recibos a satisfacción. Será responsabilidad del supervisor del contrato verificar que la información que reposa en la citada plataforma se encuentre completa, toda vez que la misma evidencia la realidad del contrato. No se tramitarán modificaciones, si los documentos de ejecución contractual no se encuentran debidamente cargados y actualizados a la fecha de radicación de la solicitud de modificación.

9. Los contratistas informarán en caso de proceder, de manera clara, oportuna y

suficiente al supervisor del contrato de sus demás actividades privadas económicas y personales que puedan implicar un eventual conflicto de interés respecto del cumplimiento de alguna de las obligaciones pactadas, de tal manera que se evite la materialización de riesgos de corrupción en la ejecución de los contratos suscritos por la Contraloría de Bogotá D.C.

10. En los procesos de mínima cuantía en grandes superficies, el área técnica verificará

que los bienes se encuentren disponibles para compra antes de que la Dirección Administrativa y Financiera proceda a realizar la orden en la Tienda Virtual del Estado Colombiano. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 85 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-103 • 2026 • ABRIL • 17 103 Manual de Contratación Código Formato: PGD-02-02 Versión: 14.0 Código documento: PGAF 09 Versión: 7.0

Capítulo VIII. CONTROL DE CAMBIOS

Versión Descripción de la modificación N° Resolución reglamentaria y fecha 1.0 R.R. No. 023 31-Jul-2014 Si requiere ver la trazabilidad consultar la Resolución Reglamentaria.

2.0 R.R. No. 017 28-Feb-2018 Si requiere ver la trazabilidad consultar la Resolución Reglamentaria.

3.0 R.R. No 042 30-Sep-2019 Si requiere ver la trazabilidad consultar la Resolución Reglamentaria.

4.0 R.R. No. 003 25-Feb-2022 Se actualizó la normatividad aplicable al desarrollo del proceso contractual. − Se incorpora la descripción, funciones y conceptos de la Junta de Contratación teniendo en cuenta que se creó mediante Resolución Reglamentaria No. 20 de 2022. − Se actualizan los conceptos y directrices del documento en general.

5.0 R.R. No. 034 22-Dic-2022 Se actualizan Leyes, reglamentación y conceptos y se reorganiza el manual, para que sea más claro para quienes hagan uso del mismo. Se incorpora la descripción, funciones y conceptos de la Junta de Contratación. Se actualizan los conceptos y directrices del documento en general.

6.0 R.R. No. 017 11-Jun-2024 Se modifica la conformación de la Junta de Contratación, se excluyen los cargos de Contralora Auxiliar y Directora Técnica de Planeación, se incluyen cargos de Director de Apoyo al Despacho y el Subdirector Financiero pasa a ser invitado permanente. 7.0 R.R. N° Responsable de Proceso que Aprueba Cargo Director Administrativo Dependencia Dirección Administrativa y Financiera Nombre Completo Marcelo Mejía Giraldo Firma Director/a de Planeación que Realiza Revisión Técnica Nombre Completo Héctor Farook Beltrán Peña Firma www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 86 de 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-104 • 2026 • ABRIL • 17 104 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 Este procedimiento se adopta mediante Resolución Reglamentaria N.º 017 del 11 de junio de 2024

1. OBJETIVO

Establecer las actividades necesarias para adelantar la contratación de los bienes, servicios y obras requeridos por la Contraloría de Bogotá D.C., aplicando los principios y las modalidades de contratación previstas por la Ley.

2. ALCANCE

Este procedimiento inicia con la radicación del estudio previo en la Subdirección de Contratación, hasta el inicio del proceso de selección en cualquiera de sus modalidades o elaboración del contrato, para el caso de contratación directa.

Sigue con la designación de la persona que ejercerá la supervisión del contrato o convenio por parte del jefe del área solicitante de la contratación respectiva, la cual se especifica en los estudios previos. Si el contrato es objeto de liquidación, el procedimiento finaliza con la publicación de la respetiva acta en SECOP II.

3. BASE LEGAL

NORMA FECHA DESCRIPCIÓN

Artículo 209.

La función administrativa está al

servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la Constitución Política de 20-Jul 1991 descentralización, la delegación y la Colombia desconcentración de funciones. Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado. La administración pública, en todos sus www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 1 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-105 • 2026 • ABRIL • 17 105 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley.

Ley 80 28-Oct 1993 “Por la cual se expide el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública.”

“Por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de Ley 489 29-Dic 1998 las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones.”

“Por medio de la cual se introducen medidas para la eficiencia y la transparencia en la Ley 80 de 1993 y se dictan otras disposiciones Ley 1150 16-Jul 2007 generales sobre la contratación con recursos públicos.”

“Por la cual se dictan las disposiciones generales del hábeas data y se regula el manejo de la información contenida en bases de datos Ley 1266 31-Dic 2008 personales, en especial la financiera, crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países y se dictan otras disposiciones.”

“Por medio de la cual se modifica el Código Penal, se crea un nuevo bien jurídico tutelado - Ley 1273 05-Ene 2009 denominado "de la protección de la información y de los datos" y se preservan integralmente los www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 2 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-106 • 2026 • ABRIL • 17 106 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 sistemas que utilicen las tecnologías de la información y las comunicaciones, entre otras disposiciones.”

“Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, Ley 1474 12-Jul 2011 investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública.”

Ley 1581 17-Oct 2012 “Por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales.”

“Por la cual se dictan normas sobre la responsabilidad de las personas jurídicas por actos de corrupción transnacional y se dictan Ley 1778 02-Feb 2016 otras disposiciones en materia de lucha contra la corrupción.”

“Por la cual se adicionan, modifican y dictan disposiciones orientadas a fortalecer la Ley 1882 15-Ene 2018 contratación pública en Colombia, la ley de infraestructura y se dictan otras disposiciones.”

“Por medio de la cual se expide el Código General Disciplinario se derogan la Ley 734 de Ley 1952 20-Ene 2019 2002 y algunas disposiciones de la Ley 1474 de 2011, relacionadas con el derecho disciplinario.”

“Por medio de la cual se regulan las sanciones para condenados por corrupción y delitos contra la Administración pública, así como la cesión Ley 2014 30-Dic 2019 unilateral administrativa del contrato por actos de corrupción y se dictan otras disposiciones.”

Ley 2022 22-Jul 2020 “Por la cual modifica el artículo 4 de la Ley 1882 de 2018 y se dictan otras disposiciones.” www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 3 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-107 • 2026 • ABRIL • 17 107 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 “Por medio de la cual se adoptan medidas para Ley 2040 27-Jul 2020 impulsar el trabajo para adultos mayores y se dictan otras disposiciones.”

Ley 2069 31-Dic 2020 “Por medio del cual se impulsa el emprendimiento en Colombia.”

“Por medio de la cual se Reforma el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo -Ley 1437 de 2011- y Ley 2080 25-Ene 2021 se dictan otras disposiciones en materia de descongestión en los procesos que se tramitan ante la jurisdicción.”

Ley 2094 29-Jun 2021 “Por medio de la cual se reforma la Ley 1952 de 2019 y se dictan otras disposiciones.”

Ley 2160 25-Nov 2021 “Por medio del cual se modifica la Ley 80 de 1993 y la Ley 1150 de 2007.”

“Por medio de la cual se adoptan medidas en materia de transparencia, prevención y lucha Ley 2195 18-Ene 2022 contra la corrupción y se dictan otras disposiciones.”

“Por el cual se expide el Plan Nacional de Ley 2294 19-May 2023 Desarrollo 2022-2026 "Colombia Potencia Mundial de la Vida””

“Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites Decreto Ley 19 10-Ene 2012 innecesarios existentes en la Administración Pública.”

“Por el cual se recogen y reexpiden las normas en materia del sector financiero, asegurador y Decreto 2555 15-Jul 2010 del mercado de valores y se dictan otras disposiciones.” www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 4 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-108 • 2026 • ABRIL • 17 108 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 Decreto 1072 26-May 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo.”

“Por medio del cual se expide el Decreto Único Decreto 1074 26-May 2015 Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo.”

“Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Capítulo 1 - Decreto 1078 26-May 2015 Título 9, subrogado por el Decreto 1008 de 2018.”

“Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Único del Sector Presidencia de la República. Libro 2, Parte 1, Titulo 1 que tiene Decreto 1081 26-May 2015 por objeto reglamentar la Ley 1712 de 2014, en lo relativo a la gestión de la información pública.”

“Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Decreto 1082 26-May 2015 Planeación Nacional, con sus modificaciones y adiciones.”

Decreto 1494 13-Jul 2015 “Por el cual se corrigen yerros en la Ley 1712 de 2014.”

“Por el cual se reglamenta la contratación con entidades privadas sin ánimo de lucro a la que Decreto 92 23-Ene 2017 hace referencia el inciso 2° del artículo 355 de la Constitución Política.”

“Por el cual se establecen los lineamientos generales de la política de Gobierno Digital y se Decreto 1008 14-Jun 2018 subroga el capítulo 1 del título 9 de la parte 2 del libro 2 del Decreto 1078 de 2015, Decreto Único www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 5 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-109 • 2026 • ABRIL • 17 109 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.”

“Por el cual se reglamenta el artículo 41 de la Ley 1955 de 2019, sobre las condiciones para implementar la obligatoriedad y aplicación de los Acuerdos Marco de Precios y se modifican los Decreto 310 25-Mar 2021 artículos 2.2.1.2.1.2.7. y 2.2.1.2.1.2.12. del Decreto 1082 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional.”

“Por el cual se modifican los artículos 2.2.1.1.2.1.1., 2.2.1.2.1.3.2. Y 2.2.1.2.3.1.14., y se adicionan unos parágrafos transitorios a los artículos 2.2.1.1.1.5.2., 2.2.1.1.1.5.6. y Decreto 399 13-Abr 2021 2.2.1.1.1.6.2. del Decreto 1082 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional.”

“Por el cual se modifica parcialmente el artículo 2.2.1.1.1.3.1. y se adiciona el artículo 2.2.1.2.4.2.9. al Decreto 1082 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Decreto 680 22-Jun 2021 Planeación Nacional, en relación con la regla de origen de servicios en el Sistema de Compra Pública.”

“Por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1082 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional, con el fin reglamentar los artículos 30, 31, 32, 34 y 35 de Decreto 1860 24-Dic 2021 la Ley 2069 de 2020, en lo relativo al sistema de compras públicas y se dictan otras disposiciones.” www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 6 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-110 • 2026 • ABRIL • 17 110 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 “Por el cual se modifica y adiciona el Decreto número 1082 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional para promover el acceso al sistema de Compras Públicas de las MiPymes, las Cooperativas y Decreto 142 01-Feb 2023 demás entidades de la economía solidaria, se incorporan criterios sociales y ambientales en los Procesos de Contratación de las Entidades Estatales, se incluye el Título de emprendimiento comunal y se dictan otras disposiciones.”

“Por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá D.C., se modifica su estructura orgánica e Acuerdo Distrital 658 21-Dic 2016 interna, se fijan funciones de sus dependencias, se modifica la planta de personal, y se dictan otras disposiciones.”

“Por el cual se modifica parcialmente el Acuerdo 658 del 21 de diciembre de 2016 "por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá, Acuerdo Distrital 664 28-Mar 2017 D.C., se modifica su estructura orgánica e interna, se fijan funciones de sus dependencias, se modifica la planta de personal, y se dictan otras disposiciones.”

“Por medio del cual se modifica parcialmente el Acuerdo 658 de 2016 en cuanto a la estructura orgánica e interna, funciones de algunas Acuerdo Distrital 886 22-Mar 2023 dependencias y la planta global de empleos de la Contraloría de Bogotá D.C, y se dictan otras disposiciones.” www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 7 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-111 • 2026 • ABRIL • 17 111 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 Acuerdo Distrital 904 26-Jun 2023 “Por medio del cual se modifican parcialmente los Acuerdos Distritales 881 y 886 de 2023.”

“Por la cual se definen los Estándares Mínimos Resolución 0312 13-Feb 2019 del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST.”

De acuerdo con el numeral 5 del artículo 3 del 27 de Circular Externa Única.

Decreto 4170 de 2011, Colombia Compra diciembre de CCE-EICP-MA-06 Eficiente actualiza la Circular Externa Única de 2023 acuerdo con los cambios normativos

4. DEFINICIONES:

Consultar en el siguiente enlace el Banco Terminológico.

ACEPTACIÓN DE OFERTA: Es aplicable únicamente para los procesos de selección de mínima cuantía y en donde la oferta junto con su aceptación constituye el contrato, estableciendo los derechos y obligaciones de las partes, los productos a entregar, los plazos para la ejecución y los términos para la liquidación.

ADENDAS: Son los documentos que se expiden dentro de un proceso licitatorio, concurso, selección abreviada o contratación de mínima cuantía con el fin de aclarar, modificar o precisar los términos de los pliegos de condiciones o la invitación pública, con posterioridad a la expedición y que formaran parte de los mismos.

ADJUDICATARIO: Es el proponente que resulte favorecido con la adjudicación dentro del proceso de selección.

ANÁLISIS DEL SECTOR: El análisis del sector ofrece herramientas para establecer el contexto del Proceso de Contratación, identificar algunos de los Riesgos, determinar los requisitos habilitantes y la forma de evaluar las ofertas. El alcance del estudio de sector debe ser proporcional al valor del Proceso de Contratación, la naturaleza del objeto a contratar, el tipo de www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 8 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-112 • 2026 • ABRIL • 17 112 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 contrato y a los Riesgos identificados para el Proceso de Contratación. El análisis del sector debe cubrir tres áreas: A. Aspectos generales. B. Estudio de la oferta. C. Estudio de la demanda1.

AUDIENCIA DE ADJUDICACIÓN: Es la audiencia que se adelanta dentro del proceso de Licitación Pública en la que se adopta de forma pública, la escogencia del mejor oferente para celebrar el contrato, como resultado de haberse evaluado las ofertas presentadas, publicitado el resultado y de haberse dado respuesta a las eventuales observaciones.

AUDIENCIA DE ASIGNACIÓN DE RIESGOS: Es la audiencia que se adelanta en el marco del proceso de licitación pública cuyo propósito es que los oferentes y la Entidad revisen, en un espacio de diálogo, la asignación de los riesgos que previamente se han incluido en el pliego de condiciones. De esta manera se podrán identificar y valorar los riesgos previsibles del contrato.

CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL (CDP): El certificado de disponibilidad presupuestal es un documento de gestión financiera y presupuestal que permite dar certeza sobre la existencia de una apropiación disponible y libre de afectación para la asunción de un compromiso, de ello, deviene del valor que la ley le ha otorgado, al señalar que cualquier acto administrativo que comprometa apropiaciones presupuestales deberá contar con certificados de disponibilidad presupuestal previos y cualquier compromiso que se adquiera con violación de esa obligación, generará responsabilidad, disciplinaria, fiscal y penal2.

CLASIFICADOR DE BIENES Y SERVICIOS: Codificación estándar para clasificar los bienes y servicios de manera uniforme, establecido por las Naciones Unidas y adoptado por la Agencia Nacional de Contratación, conocido por las siglas UNSPSC.

DECLARATORIA DE DESIERTA: La declaratoria desierta del proceso de selección solamente procede por motivos o causas que impidan la escogencia objetiva del contratista. Dicha 1 Colombia Compra Eficiente. Guía para la Elaboración de Estudios de Sector. http://www.nuevalegislacion.com/files/susc/cdj/doct/guia_es_14.pdf 2 Agencia Nacional de Infraestructura – ANI. Glosario. https://www.ani.gov.co/glosario/cdp www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 9 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-113 • 2026 • ABRIL • 17 113 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 declaratoria deberá constar en un acto administrativo que señale en forma expresa y detallada las razones que han conducido a esa decisión ESTUDIO DE MERCADO: Trámite que consiste en la solicitud de información, no vinculante para la Entidad, relacionada con el valor del objeto que se pretende contratar y las condiciones de la contratación en el mercado.

ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS: Los estudios y documentos previos son el soporte para elaborar el proyecto de pliegos, los pliegos de condiciones, y el contrato.

MANIFESTACIÓN DE INTERÉS: Requisito de procedibilidad (habilitante) para la presentación de ofertas dentro del proceso de selección abreviada de menor cuantía, el cual consiste básicamente en expresar la voluntad de un interesado (persona jurídica, persona natural, consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura) a la entidad estatal para participar en el respectivo proceso de contratación.

PROCESO DE CONTRATACIÓN: Conjunto de actos y actividades, y su secuencia, adelantado por la Entidad Estatal desde la planeación hasta el vencimiento de las garantías de calidad, estabilidad y mantenimiento, o las condiciones de disposición final o recuperación ambiental de las obras o bienes o el vencimiento del plazo, lo que ocurra más tarde.3 SECOP: Sistema Electrónico para la Contratación Pública.

5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO:

5.1. MODALIDADES DE SELECCIÓN DE CONTRATISTAS De conformidad con lo definido en la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, la Ley 1882 de 2018 y el Decreto 1082 de 2015, las modalidades de selección son: Licitación Pública, Selección Abreviada, Concurso de Méritos, Mínima Cuantía y Contratación Directa.

3 Decreto 1082 de 2015, Artículo 2.2.1.1.1.3.1. Definiciones www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 10 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-114 • 2026 • ABRIL • 17 114 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 5.1.1. PROCEDIMIENTO LICITACIÓN PÚBLICA.

N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES 1 Elabora estudio previo con los respectivos soportes y remite a la Subdirección de Contratación.

Solicita a la Dirección Administrativa y Financiera la expedición del Certificado de Disponibilidad Presupuestal correspondiente.

Contralor Auxiliar// Directores Técnicos// Jefes de Oficinas Asesoras// Jefes de Oficinas// Subdirectores// Servidores de las dependencias que requieren el bien o servicio Estudio previo licitación pública Formato PGAF-08- 12 y Documentos Previos con los soportes respectivos.

Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP), y su respectiva solicitud.

Punto de Control: Revisión de los documentos y soportes por parte del responsable del área que requiere la contratación.

Observación:
- El solicitante deberá garantizar que el contenido del estudio previo sea conforme al formato y que los soportes correspondan al contenido de este.
- El solicitante deberá remitir la totalidad de los anexos correspondientes, incluyendo el anexo de oferta económica del proceso.

Comunicación oficial 2 Subdirector de Contratación Punto de Control: Revisión de las comunicaciones oficiales recibidas.

Asigna profesional responsable para que revise la documentación y determine la viabilidad jurídica.

Asigna número de proceso de contratación Observación: − Si existen 3 Profesional de la Subdirección de Contratación Comunicación oficial // Aviso de Convocatoria Pública // Proyecto de Pliego de Condiciones Revisa, formula observaciones y solicita ajustes de los Estudios Previos y demás documentos soporte del proceso de contratación determinando su viabilidad jurídica.

Verifica la existencia o solicita inclusión o observaciones frente al Estudio Previo y documentos soporte se realiza requerimiento al área solicitante para que sean subsanadas o aclaradas. Si no hay respuesta por parte del www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 11 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-115 • 2026 • ABRIL • 17 115 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES área solicitante, se devuelven los documentos soporte y finaliza el procedimiento. modificación de la línea correspondiente del proceso en el Plan Anual de Adquisiciones – PAA a la Dirección Administrativa y Financiera.

Elabora el Aviso de Convocatoria Pública y el Proyecto de Pliego de Condiciones.

Estructura el proceso en el SECOP II y carga los estudios y documentos previos junto con el proyecto de pliego de condiciones.

Aprobación en SECOP II 4 Subdirector de Contratación Aprueba y publica en la plataforma SECOP II el proceso contractual.

Punto de Control: Previo a la aprobación del documento deberá contar con la verificación del Profesional de la Dirección Administrativa y la Junta de Contratación.

Observación: Si no se cuenta con aprobación, se devuelve con observaciones al profesional en la Subdirección de Contratación.

Plataforma del SECOP // Comunicación oficial 5 Profesional de la Subdirección de Contratación Remite las observaciones allegadas a los Estudios Previos y Proyecto de Pliego de Condiciones.

Punto de Control: Remitir de acuerdo con el contenido: técnicoeconómico al área solicitante; las de contenido financieroorganizacional a la persona designada por la Subdirección Financiera; Las de www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 12 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-116 • 2026 • ABRIL • 17 116 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES contenido jurídico son resueltas por el Profesional responsable o el Subdirector de Contratación.

Observación: Si no hay observaciones continúa en la actividad 7 inciso 2.

6 Comunicación oficial // Respuestas a Observaciones PGAF-08-14 Responde las observaciones recibidas al Estudio Previo y Proyecto de Pliego de Condiciones, según sea el caso.

Observación: De ser necesario, ajustar documentos y remitir al profesional de la subdirección de contratación.

Jefe de la dependencia solicitante// persona designada por la Subdirección Financiera// Profesional de la Subdirección de Contratación 7 Profesional de la Subdirección de Contratación Comunicación oficial // Respuestas a Observaciones PGAF-08-14 Punto de Control: La resolución de apertura del proceso se proyecta cuando existan o no observaciones.

Consolida observaciones y respuestas a observaciones al estudio previo y Proyecto de pliego de condiciones.

Estructura el Pliego de Condiciones definitivo con base en la documentación ajustada recibida.

Proyecta la Resolución de apertura del proceso de selección y por medio de la cual se integra el Comité Evaluador.

Documentos del proceso 8 Subdirector de Contratación Aprueba y publica la Resolución (formato PGD-10- 02), que ordena la apertura del proceso de selección y por medio de la cual se integra el Comité Evaluador y Punto de Control Previo a la aprobación de los documentos se deberá contar con la verificación del Profesional de la Dirección Administrativa www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 13 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-117 • 2026 • ABRIL • 17 117 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES el Pliego de Condiciones definitivo. y la Junta de Contratación. Observación: De no contar con aprobación de los documentos, remite observaciones al Profesional de la Subdirección de Contratación para que sean subsanadas o aclaradas.

9 Acta PGD-02-07 Realiza dentro del término legal, la Audiencia de Asignación de Riesgos y Aclaración de Pliegos.

Publica el acta respectiva.

Profesional responsable // Subdirector de Contratación // Comité Evaluador Observación: Durante la audiencia, se puede presentar aclaración del Pliego de Condiciones definitivo, si así lo establece la Entidad o a solicitud de interesados.

Plataforma del SECOP // Comunicación oficial 10 Profesional de la Subdirección de Contratación Remitir las observaciones a los integrantes del Comité Evaluador, según competencia.

Punto de Control: Remitir de acuerdo con el contenido a los miembros del comité evaluador, según competencia.

Observación: Si no hay observaciones continúa en la actividad 15.

11 Comité Evaluador Comunicación oficial // Respuestas a Observaciones PGAF-08-14 Observación: De ser necesario, ajustar documentos y remitir al profesional de la subdirección de contratación.

Responde las observaciones recibidas al Pliego de Condiciones Definitivo, según competencia. Revisa la necesidad de modificación al pliego de condiciones definitivo mediante adendas.

12 Profesional de la Subdirección de Contratación Consolida documento de respuesta a observaciones al pliego de condiciones definitivo en el SECOP II.

Publicación en SECOP Respuestas a Observaciones PGAF-08-14 Observación: De no generarse adendas continuar en la actividad 15. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 14 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-118 • 2026 • ABRIL • 17 118 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES Estructura las adendas al pliego de condiciones definitivo que le sean solicitadas o que sean necesarias En caso de que la adenda genere modificación a los documentos del proceso, las versiones definitivas deberán ser cargadas en la plataforma SECOP II.

13 Subdirector de Contratación Revisa y aprueba las adendas al pliego de condiciones definitivo Aprobación en SECOP II // Comunicación oficial Punto de Control Previo a la aprobación de los documentos se deberá contar con la verificación del Profesional de la Dirección Administrativa.

Observación: De no contar con aprobación, remite observaciones al Profesional de la Subdirección de Contratación para que sean subsanadas o aclaradas.

14 Aprobación en SECOP II // Comunicación oficial Aprueba y Publica las adendas al pliego de condiciones definitivo Director Administrativo – Ordenador del Gasto Observación: De no contar con aprobación, remite observaciones al Profesional de la Subdirección de Contratación para que sean subsanadas o aclaradas.

Observación: − Para la publicación de Plataforma del SECOP // Comunicación oficial 15 Profesional de la Subdirección de Contratación lista de ofertas, se debe verificar si tiene reserva de confidencialidad. − Si se trata de un Efectúa el cierre del proceso. Abre (Desencripta en el SECOP) las propuestas y publica lista de oferentes y de ofertas.

Informa al Comité Evaluador de la disponibilidad de las ofertas para verificación y proceso cuyo objeto sea una obra pública, www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 15 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-119 • 2026 • ABRIL • 17 119 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES evaluación, en SECOP y la fecha en la cual se debe entregar las evaluaciones se deben presentar la oferta técnica y la oferta económica, de forma separada, conforme lo establece el parágrafo 2° del artículo 30 de la Ley 80 de 1993, adicionado por el artículo 1° de la Ley 1882 de 2018. En el momento de la apertura (desencriptación) solo se hará para la propuesta técnica. − En caso de no presentarse ofertas, continuar en la actividad 22 Comunicación oficial //Informe Preliminar No Aplica 16 Comité Evaluador Verifica requisitos habilitantes y realiza la calificación de propuestas, según competencia.

Remite informes preliminares al Profesional de la Subdirección de Contratación.

Publicación en SECOP No Aplica 17 Profesional de la Subdirección de Contratación Consolida Informe de Verificación y Calificación Preliminar.

Publica los informes preliminares de verificación y calificación junto con el consolidado.

Plataforma del SECOP // Comunicación oficial 18 Profesional de la Subdirección de Contratación Remitir las observaciones a los integrantes del Comité Evaluador, según competencia.

Punto de Control: Remitir de acuerdo con el contenido a los miembros del comité evaluador, según competencia. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 16 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-120 • 2026 • ABRIL • 17 120 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES Observación: Si no hay observaciones continúa en la actividad 20.

19 Comité Evaluador Observación: En caso de ser necesario realiza los cambios al informe de evaluación.

Comunicación oficial // Respuestas a Observaciones PGAF-08-14 Revisa y responde las observaciones, aclaraciones y subsanaciones que formulen los proponentes a los informes de verificación y evaluación.

Remite al Profesional de la Subdirección de Contratación.

20 Profesional de la Subdirección de Contratación Consolidado Informe de Verificación y Calificación Final y Respuestas a Observaciones PGAF-08-14 Punto de Control: Previo a la publicación del documento deberá contar con la verificación del Subdirector de Contratación, el Profesional de la Dirección Administrativa y recomendación de adjudicación por parte de la Junta de Contratación.

Observación: − Si no se cuenta con Consolida y publica el informe de Verificación y Calificación Final y las respuestas emitidas por el Comité Evaluador a las observaciones presentadas a los informes preliminares de verificación y calificación.

Elabora proyecto de resolución de adjudicación o de declaratoria de desierta del proceso, previa aprobación. aprobación, se devuelve con observaciones al profesional en la Subdirección de Contratación.

Observación: − El Director 21 Acta PGD-02-07 Celebra audiencia pública de adjudicación o de declaratoria de desierta.

Director Administrativo – Ordenador del Gasto// Subdirector de Contratación// Comité Evaluador // Administrativo – Ordenador del Gasto tiene la facultad de establecer si continúa con el proceso, independientemente a www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 17 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-121 • 2026 • ABRIL • 17 121 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES Profesional de la Subdirección de Contratación. la recomendación de la Junta. − Si se trata de un proceso cuyo objeto sea una obra pública, se dará apertura (Desencriptar) a la oferta económica y se remitirá al Comité Evaluador para la respectiva verificación y calificación. − En esta audiencia se complementa, si es del caso, la Resolución de Adjudicación o declaratoria desierta del proceso y se suscribe por parte del Director Administrativo
- Ordenador del Gasto. − Igualmente, se da por notificada en audiencia la resolución de adjudicación o de declaratoria de desierto del proceso, la cual también se publica en el SECOP II.

Publica Acta de Audiencia y Resolución de Adjudicación.

22 Profesional de la Subdirección de Contratación Observación: Activa el procedimiento de etapa contractual, en caso de adjudicación.

Acta PGD-02-07 Resolución PGD-10-02 Archiva Digitalmente el expediente contractual.

23 Profesional de la Subdirección de Contratación Expediente digital completo del proceso, ubicado en la carpeta compartida de la Punto de Control: Verificación de las carpetas de los expedientes en la carpeta compartida de la www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 18 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-122 • 2026 • ABRIL • 17 122 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES Subdirección de Contratación.

Subdirección de Contratación por parte del servidor o contratista encargado en la Subdirección de Contratación.

Observación: Se debe tener en cuenta lo establecido en el PGD-05 del proceso de gestión documental.

5.1.2. PROCEDIMIENTO CONCURSO DE MÉRITOS ABIERTO Y SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA.

N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES Punto de Control: Revisión de los documentos y soportes por parte del responsable del área que requiere la contratación.

Observación: − El solicitante deberá 1 Elabora estudio previo con los respectivos soportes y remite a la Subdirección de Contratación.

Solicita a la Dirección Administrativa y Financiera la expedición del Certificado de Disponibilidad Presupuestal correspondiente. garantizar que el contenido del estudio previo sea conforme al formato y que los soportes correspondan al contenido de este. − El solicitante deberá Contralor Auxiliar// Directores Técnicos// Jefes de Oficinas Asesoras// Jefes de Oficinas// Subdirectores// Servidores de las dependencias que requieren el bien o servicio.

Estudio previo concurso de méritos Formato PGAF-08- 11 o Estudio previo selección abreviada de menor cuantía Formato PGAF-08- 09 y Documentos Previos con los soportes respectivos.

Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP), y su respectiva solicitud. remitir la totalidad de los anexos correspondientes, incluyendo el anexo de oferta económica del proceso. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 19 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-123 • 2026 • ABRIL • 17 123 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES Comunicación oficial 2 Subdirector de Contratación Punto de Control: Revisión de las comunicaciones oficiales recibidas.

Asigna profesional responsable para que revise la documentación y determine la viabilidad jurídica.

Asigna número de proceso de contratación.

Observación: − Si existen 3 Profesional de la Subdirección de Contratación Comunicación oficial // Aviso de Convocatoria Pública // Proyecto de Pliego de Condiciones observaciones frente al Estudio Previo y documentos soporte se realiza requerimiento al área solicitante para que sean subsanadas o aclaradas. Si no hay respuesta por parte del área solicitante, se devuelven los documentos soporte y Finaliza el procedimiento. − Tiempos conforme a los términos del manual de contratación.

Revisa los Estudios Previos y demás documentos soporte del proceso de contratación y determina su viabilidad jurídica.

Verifica la existencia o solicita inclusión o modificación de la línea correspondiente del proceso en el Plan Anual de Adquisiciones – PAA a la Dirección Administrativa y Financiera.

Elabora el Aviso de Convocatoria Pública, y el Proyecto de Pliego de Condiciones.

Estructura el proceso en el SECOP II y carga los estudios y documentos previos junto con el proyecto de pliego de Condiciones.

4 Subdirector de Contratación Aprobación en SECOP II Aprueba y publica en la plataforma SECOP II el proceso contractual.

Punto de Control: Previo a la aprobación del documento deberá contar con la verificación del Profesional de la Dirección Administrativa y la Junta de Contratación.

Observación: www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 20 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-124 • 2026 • ABRIL • 17 124 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES Si no se cuenta con aprobación, se devuelve con observaciones al profesional en la Subdirección de Contratación.

Plataforma del SECOP // Comunicación oficial 5 Profesional de la Subdirección de Contratación Remite las observaciones allegadas a los Estudios Previos y Proyecto de Pliego de Condiciones.

Punto de Control: Remitir de acuerdo con el contenido: técnicoeconómico al área solicitante; las de contenido financieroorganizacional a la persona designada por la Subdirección Financiera; Las de contenido jurídico son resueltas por el Profesional responsable o el Subdirector de Contratación.

Observación: Si no hay observaciones continúa en la actividad 7 inciso 2.

6 Comunicación oficial // Respuestas a Observaciones PGAF-08-14 Responde las observaciones recibidas al Estudio Previo y Proyecto de Pliego de Condiciones, según sea el caso.

Observación: De ser necesario, ajustar documentos y remitir al profesional de la subdirección de contratación.

Jefe de la dependencia solicitante// persona designada por la Subdirección Financiera// Profesional de la Subdirección de Contratación 7 Profesional de la Subdirección de Contratación Comunicación oficial // Respuestas a Observaciones PGAF-08-14 Punto de Control: La resolución de apertura del proceso se proyecta cuando existan o no observaciones.

Consolida observaciones y respuestas a observaciones al estudio previo y Proyecto de pliego de condiciones.

Estructura el Pliego de Condiciones definitivo con www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 21 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-125 • 2026 • ABRIL • 17 125 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES base en la documentación ajustada recibida. Proyecta la Resolución de apertura del proceso de selección y por medio de la cual se integra el Comité Evaluador.

Punto de Control Previo a la aprobación de los documentos se deberá contar con la verificación del Profesional de la Dirección Administrativa y la Junta de Contratación.

Observación:

− De no contar con Documentos del proceso 8 Subdirector de Contratación Aprueba y publica la Resolución (Formato PGD- 10-02), que ordena la apertura del proceso de selección y por medio de la cual se integra el Comité Evaluador y el Pliego de Condiciones definitivo. aprobación de los documentos, remite observaciones al Profesional de la Subdirección de Contratación para que sean subsanadas o aclaradas. − Si se trata de un proceso de concurso de méritos, continuar en la actividad 10. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 22 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-126 • 2026 • ABRIL • 17 126 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES Observación − Esta actividad solo aplica en caso de que el proceso sea de Selección Abreviada por Menor Cuantía previa aprobación de la Junta de Contratación relacionada con llevar a cabo el SORTEO. − Si se reciben más de 9 Profesional de la Subdirección de Contratación Elabora lista de posibles oferentes y publica junto con el acta de sorteo o registro.

Publicación en SECOP // Acta PGD-02-07 10 manifestaciones de interés y la Contraloría decide hacer sorteo para seleccionar máximo 10 interesados con los que se continuará el proceso, se realiza el sorteo, según las reglas establecidas en los pliegos de condiciones, para conformar la Lista de Posibles Oferentes. Del sorteo se debe dejar acta y registro.

Plataforma del SECOP // Comunicación oficial 10 Profesional de la Subdirección de Contratación Remitir las observaciones a los integrantes del Comité y Evaluador, según competencia.

Punto de Control: Remitir de acuerdo con el contenido a los miembros del comité evaluador, según competencia. Observación: Si no hay observaciones continúa en la actividad 15.

11 Comité Evaluador Comunicación oficial // Respuestas a Observaciones PGAF-08-14 Responde las observaciones recibidas al Pliego de Condiciones Definitivo, según competencia. Revisa la necesidad de modificación al pliego de Observación: De ser necesario, ajustar documentos y remitir al profesional de la subdirección de contratación. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 23 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-127 • 2026 • ABRIL • 17 127 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES condiciones definitivo mediante adendas.

Observación: − De no generarse adendas continuar en la actividad 15. − En caso de que la 12 Profesional de la Subdirección de Contratación Publicación en SECOP Respuestas a Observaciones PGAF-08-14 Consolida documento de respuesta a observaciones al pliego de condiciones definitivo en el SECOP II.

Estructura las adendas al pliego de condiciones definitivo que le sean solicitadas o que sean necesarias. adenda genere modificación a los documentos del proceso, las versiones definitivas deberán ser cargadas en la plataforma SECOP II.

13 Subdirector de Contratación Revisa y aprueba las adendas al pliego de condiciones definitivo.

Aprobación en SECOP II // Comunicación oficial Punto de Control Previo a la aprobación de los documentos se deberá contar con la verificación del Profesional de la Dirección Administrativa. Observación: De no contar con aprobación, remite observaciones al Profesional de la Subdirección de Contratación para que sean subsanadas o aclaradas.

14 Aprueba y Publica las adendas al pliego de condiciones definitivo.

Aprobación en SECOP II // Comunicación oficial Director Administrativo – Ordenador del Gasto Observación: De no contar con aprobación, remite observaciones al Profesional de la Subdirección de Contratación para que sean subsanadas o aclaradas.

Observación: − Para la publicación de 15 Profesional de la Subdirección de Contratación Efectúa el cierre del proceso. Abre (Desencripta en el SECOP) las propuestas y Plataforma del SECOP // Comunicación oficial lista de ofertas, se debe verificar si tiene www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 24 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-128 • 2026 • ABRIL • 17 128 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES reserva de confidencialidad. − En caso de no presentarse ofertas, continuar en la actividad 20. publica lista de oferentes y de ofertas.

Informa al Comité Evaluador de la disponibilidad de las ofertas para verificación y evaluación, en SECOP y la fecha en la cual se debe entregar las evaluaciones.

16 Comité Evaluador Comunicación oficial //Informe Preliminar No Aplica Verifica requisitos habilitantes y realiza la calificación de propuestas, según competencia.

Remite informes preliminares al Profesional de la Subdirección de Contratación.

Publicación en SECOP No Aplica 17 Profesional de la Subdirección de Contratación Consolida Informe de Verificación y Calificación Preliminar.

Publica los informes preliminares de verificación y calificación junto con el consolidado.

Plataforma del SECOP // Comunicación oficial 18 Profesional de la Subdirección de Contratación Remitir las observaciones a los integrantes del Comité Evaluador, según competencia.

Punto de Control: Remitir de acuerdo con el contenido a los miembros del comité evaluador, según competencia.

Observación: Si no hay observaciones continúa en la actividad 20.

19 Comité Evaluador Revisa y responde las observaciones, aclaraciones y subsanaciones que formulen los proponentes a Comunicación oficial // Respuestas a Observaciones PGAF-08-14 Observación: En caso de ser necesario realiza los cambios al informe de evaluación. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 25 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-129 • 2026 • ABRIL • 17 129 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES los informes de verificación y evaluación Remite al Profesional de la Subdirección de Contratación.

20 Profesional de la Subdirección de Contratación Punto de Control: Previo a la publicación del documento deberá contar con la verificación del Subdirector de Contratación, el Profesional de la Dirección Administrativa y la recomendación de adjudicación por parte de la Junta de Contratación.

Observación: − Si no se cuenta con Consolidado Informe de Verificación y Calificación Final y Respuestas a Observaciones PGAF-08-14 Resolución PGD-10-02 Consolida y publica el informe de Verificación y Calificación Final y las respuestas emitidas por el Comité Evaluador a las observaciones presentadas a los informes preliminares de verificación y calificación.

Elabora y publica resolución de adjudicación o de declaratoria de desierta del proceso, previa aprobación. aprobación, se devuelve con observaciones al profesional en la Subdirección de Contratación. − Activa el procedimiento de etapa contractual, en caso de adjudicación.

Archiva Digitalmente el expediente contractual.

21 Profesional de la Subdirección de Contratación Expediente digital completo del proceso, ubicado en la carpeta compartida de la Subdirección de Contratación.

Punto de Control: Verificación de las carpetas de los expedientes en la carpeta compartida de la Subdirección de Contratación por parte del servidor o contratista encargado en la Subdirección de Contratación.

Observación: www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 26 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-130 • 2026 • ABRIL • 17 130 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES Se debe tener en cuenta lo establecido en el PGD-05 del proceso de gestión documental.

5.1.3. PROCEDIMIENTO SELECCIÓN ABREVIADA SUBASTA INVERSA N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES Punto de Control: Revisión de los documentos y soportes por parte del responsable del área que requiere la contratación.

Observación: − El solicitante deberá 1 Elabora estudio previo con los respectivos soportes y remite a la Subdirección de Contratación.

Solicita a la Dirección Administrativa y Financiera la expedición del Certificado de Disponibilidad Presupuestal correspondiente. garantizar que el contenido del estudio previo sea conforme al formato y que los soportes correspondan al contenido de este. − El solicitante deberá Contralor Auxiliar// Directores Técnicos// Jefes de Oficinas Asesoras// Jefes de Oficinas// Subdirectores// Servidores de las dependencias que requieren el bien o servicio Estudio previo selección abreviada mediante subasta inversa Formato PGAF-08-10 y Documentos Previos con los soportes respectivos.

Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP), y su respectiva solicitud remitir la totalidad de los anexos correspondientes, incluyendo el anexo de oferta económica del proceso.

Comunicación oficial 2 Subdirector de Contratación Punto de Control: Revisión de las comunicaciones oficiales recibidas.

Asigna profesional responsable para que revise la documentación y determine la viabilidad jurídica. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 27 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-131 • 2026 • ABRIL • 17 131 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES Asigna número de proceso de contratación.

Observación: − Si existen 3 Profesional de la Subdirección de Contratación Comunicación oficial // Aviso de Convocatoria Pública // Proyecto de Pliego de Condiciones observaciones frente al Estudio Previo y documentos soporte se realiza requerimiento al área solicitante para que sean subsanadas o aclaradas. Si no hay respuesta por parte del área solicitante, se devuelven los documentos soporte y Finaliza el procedimiento. − Tiempos conforme a los términos del manual de contratación.

Revisa los Estudios Previos y demás documentos soporte del proceso de contratación y determina su viabilidad jurídica.

Verifica la existencia o solicita inclusión o modificación de la línea correspondiente del proceso en el Plan Anual de Adquisiciones – PAA a la Dirección Administrativa y Financiera.

Elabora el Aviso de Convocatoria Pública y el Proyecto de Pliego de Condiciones. Estructura el proceso en el SECOP II y carga los estudios. y documentos previos junto con el proyecto de pliego de Condiciones.

4 Subdirector de Contratación Aprobación en SECOP II Aprueba y publica en la plataforma SECOP II el proceso contractual.

Punto de Control: Previo a la aprobación del documento deberá contar con la verificación del Profesional de la Dirección Administrativa y la Junta de Contratación.

Observación: Si no se cuenta con aprobación, se devuelve con observaciones al profesional en la Subdirección de Contratación. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 28 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-132 • 2026 • ABRIL • 17 132 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES Plataforma del SECOP // Comunicación oficial 5 Profesional de la Subdirección de Contratación Remite las observaciones allegadas a los Estudios Previos y Proyecto de Pliego de Condiciones.

Punto de Control: Remitir de acuerdo con el contenido: técnicoeconómico al área solicitante; las de contenido financieroorganizacional a la persona designada por la Subdirección Financiera; Las de contenido jurídico son resueltas por el Profesional responsable o el Subdirector de Contratación Observación: Si no hay observaciones continúa en la actividad 7 inciso 2.

6 Comunicación oficial // Respuestas a Observaciones PGAF-08-14 Responde las observaciones recibidas al Estudio Previo y Proyecto de Pliego de Condiciones, según sea el caso.

Observación: De ser necesario, ajustar documentos y remitir al profesional de la subdirección de contratación.

Jefe de la dependencia solicitante// Persona designada por la Subdirección Financiera// Profesional de la Subdirección de Contratación www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 29 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-133 • 2026 • ABRIL • 17 133 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES 7 Profesional de la Subdirección de Contratación Comunicación oficial // Respuestas a Observaciones PGAF-08-14 Punto de Control: La resolución de apertura del proceso se proyecta cuando existan o no observaciones.

Consolida observaciones y respuestas a observaciones al estudio previo y Proyecto de pliego de condiciones.

Estructura el Pliego de Condiciones definitivo con base en la documentación ajustada recibida.

Proyecta la Resolución de apertura del proceso de selección y por medio de la cual se integra el Comité Evaluador.

Documentos del proceso 8 Subdirector de Contratación Punto de Control Previo a la aprobación de los documentos se deberá contar con la verificación del Profesional de la Dirección Administrativa y la Junta de Contratación.

Observación:

− De no contar con Aprueba y publica la Resolución (Formato PGD- 10-02), que ordena la apertura del proceso de selección y por medio de la cual se integra el Comité Evaluador y el Pliego de Condiciones definitivo. aprobación de los documentos, remite observaciones al Profesional de la Subdirección de Contratación para que sean subsanadas o aclaradas. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 30 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-134 • 2026 • ABRIL • 17 134 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES Plataforma del SECOP // Comunicación oficial 9 Profesional de la Subdirección de Contratación Remitir las observaciones a los integrantes del Comité Evaluador, según competencia.

Punto de Control: Remitir de acuerdo con el contenido a los miembros del comité evaluador, según competencia.

Observación: Si no hay observaciones continúa en la actividad 14.

10 Comité Evaluador Comunicación oficial // Respuestas a Observaciones PGAF-08-14 Observación: De ser necesario, ajustar documentos y remitir al profesional de la subdirección de contratación.

Responde las observaciones recibidas al Pliego de Condiciones Definitivo, según competencia. Revisa la necesidad de modificación al pliego de condiciones definitivo mediante adendas.

11 Profesional de la Subdirección de Contratación Publicación en SECOP Respuestas a Observaciones PGAF-08-14 Consolida documento de respuesta a observaciones al pliego de condiciones definitivo en el SECOP II.

Estructura las adendas al pliego de condiciones definitivo que le sean solicitadas o que sean necesarias.

Observación: De no generarse adendas continuar en la actividad 14 En caso de que la adenda genere modificación a los documentos del proceso, las versiones definitivas deberán ser cargadas en la plataforma SECOP II.

12 Subdirector de Contratación Revisa y aprueba las adendas al pliego de condiciones definitivo.

Aprobación en SECOP II // Comunicación oficial Punto de Control Previo a la aprobación de los documentos se deberá contar con la verificación del Profesional de la Dirección Administrativa.

Observación: De no contar con aprobación, remite observaciones al www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 31 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-135 • 2026 • ABRIL • 17 135 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES Profesional de la Subdirección de Contratación para que sean subsanadas o aclaradas.

13 Aprueba y Publica las adendas al pliego de condiciones definitivo Aprobación en SECOP II // Comunicación oficial Director Administrativo – Ordenador del Gasto Observación: De no contar con aprobación, remite observaciones al Profesional de la Subdirección de Contratación para que sean subsanadas o aclaradas.

Observación: − Para la publicación de lista de ofertas, se debe verificar si tiene reserva de confidencialidad. − Solo se debe Plataforma del SECOP // Comunicación oficial 14 Profesional de la Subdirección de Contratación desencriptar Sobre No 1 de requisitos habilitantes. − En caso de no Efectúa el cierre del proceso. Abre (Desencripta en el SECOP) las propuestas y publica lista de oferentes y de ofertas.

Informa al Comité Evaluador de la disponibilidad de las ofertas para verificación y evaluación, en SECOP y la fecha en la cual se debe entregar las evaluaciones. presentarse ofertas, continuar en la actividad 24.

15 Comité Evaluador Comunicación oficial //Informe Preliminar No Aplica Verifica requisitos habilitantes de propuestas, según competencia.

Remite informes preliminares al Profesional de la Subdirección de Contratación. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 32 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-136 • 2026 • ABRIL • 17 136 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES Publicación en SECOP No Aplica 16 Profesional de la Subdirección de Contratación Consolida Informe de Verificación Preliminar.

Publica los informes preliminares de verificación junto con el consolidado.

Plataforma del SECOP // Comunicación oficial 17 Profesional de la Subdirección de Contratación Remitir las observaciones a los integrantes del Comité Evaluador, según competencia.

Punto de Control: Remitir de acuerdo con el contenido a los miembros del comité evaluador, según competencia.

Observación: Si no hay observaciones continúa en la actividad 19.

18 Comité Evaluador Observación: En caso de ser necesario realiza los cambios al informe de evaluación.

Comunicación oficial // Respuestas a Observaciones PGAF-08-14 Revisa y responde las observaciones, aclaraciones y subsanaciones que formulen los proponentes a los informes de verificación y evaluación.

Remite al Profesional de la Subdirección de Contratación.

19 Profesional de la Subdirección de Contratación Consolidado informe de verificación y calificación final y Respuestas a Observaciones PGAF-08-14 Consolida y publica el informe de verificación final y las respuestas emitidas por el Comité Evaluador a las observaciones presentadas a los informes preliminares de verificación Punto de Control: Previo a la publicación del documento deberá contar con la verificación del Subdirector de Contratación, el Profesional de la Dirección Administrativa y la Junta de Contratación.

Observación: Si no se cuenta con aprobación, se devuelve con observaciones al www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 33 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-137 • 2026 • ABRIL • 17 137 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES profesional en la Subdirección de Contratación Observación: − La Subasta tendrá su Plataforma del SECOP // Comunicación oficial 20 Profesional de la Subdirección de Contratación inicio con la desencriptación de los sobres que contienen la oferta económica.

Desencripta sobre # 2 correspondiente a la Oferta Económica.

Informa al Comité Evaluador Financiero y Económico, de la disponibilidad de las ofertas para verificación en SECOP Observación: − En caso de que haya Comunicación oficial 21 Comité Evaluador Financiero y Económico Verifica la totalidad de ofertas económicas y determina proponentes habilitados y precio de arranque de la Subasta. un único oferente, también se deberá realizar la verificación.

Observación: − El evento de subasta 22 Desarrolla Evento de Subasta Inversa Reporte Plataforma SECOP II Subdirector de Contratación// Comité Evaluador// Profesional de la Subdirección de Contratación se adelantará a través del Sistema Electrónico para la Contratación Pública SECOP. Una vez verificados los valores y establecido el precio de arranque se iniciarán los lances por parte de los proponentes habilitados, de acuerdo con las fechas y horas establecidas en el cronograma del respectivo proceso. − Una vez concluida la subasta electrónica, el SECOP genera un informe (acta) de la misma y ésta queda publicada en el SECOP. − Cuando se presente un solo oferente que www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 34 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-138 • 2026 • ABRIL • 17 138 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES cumpla con los requisitos habilitantes (técnicos, financieros y jurídicos) y cuya oferta económica haya sido evaluada favorablemente por el comité evaluador financiero y técnico, no habrá lugar al evento de subasta.

Plataforma SECOP II No Aplica 23 Comité Evaluador Financiero y Económico Solicita justificación de precios artificialmente bajos y ajuste de oferta económica, cuando aplique.

Resolución PGD-10-02 24 Profesional de la Subdirección de Contratación Elabora y publica resolución de adjudicación o de declaratoria de desierta del proceso, previa aprobación.

Punto de Control: Previo a la publicación del documento deberá contar con la verificación del Subdirector de Contratación, el Profesional de la Dirección Administrativa y la recomendación de adjudicación por parte de la Junta de Contratación.

Observación: − Si no se cuenta con aprobación, se devuelve con observaciones al profesional en la Subdirección de Contratación. − Activa el procedimiento de etapa contractual, en caso de adjudicación.

Archiva digitalmente el expediente contractual.

25 Profesional de la Subdirección de Contratación Expediente digital completo del proceso, ubicado en Punto de Control: Verificación de las carpetas de los www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 35 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-139 • 2026 • ABRIL • 17 139 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES la carpeta compartida de la Subdirección de Contratación. expedientes en la carpeta compartida de la Subdirección de Contratación por parte del servidor o contratista encargado en la Subdirección de Contratación.

Observación: Se debe tener en cuenta lo establecido en el PGD-05 del proceso de gestión documental.

5.1.4. PROCEDIMIENTO SELECCIÓN MÍNIMA CUANTÍA.

N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES Punto de Control: Revisión de los documentos y soportes por parte del responsable del área que requiere la contratación.

Observación: − El solicitante deberá 1 Elabora estudio previo con los respectivos soportes y remite a la Subdirección de Contratación.

Solicita a la Dirección Administrativa y Financiera la expedición del Certificado de Disponibilidad Presupuestal correspondiente. garantizar que el contenido del estudio previo sea conforme al formato y que los soportes correspondan al contenido de este. − El solicitante deberá Contralor Auxiliar// Directores Técnicos// Jefes de Oficinas Asesoras// Jefes de Oficinas// Subdirectores// Servidores de las dependencias que requieren el bien o servicio Estudio previo mínima cuantía Formato PGAF-08- 08 y documentos previos con los soportes respectivos.

Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP), y su respectiva solicitud. remitir la totalidad de los anexos correspondientes, incluyendo el anexo de oferta económica del proceso. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 36 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-140 • 2026 • ABRIL • 17 140 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES Comunicación oficial 2 Subdirector de Contratación Punto de Control: Revisión de las comunicaciones oficiales recibidas.

Asigna profesional responsable para que revise la documentación y determine la viabilidad jurídica.

Asigna número de proceso de contratación.

Observación: − Si existen Comunicación oficial // Invitación Pública 3 Profesional de la Subdirección de Contratación observaciones frente al Estudio Previo y documentos soporte se realiza requerimiento al área solicitante para que sean subsanadas o aclaradas. Si no hay respuesta por parte del área solicitante, se devuelven los documentos soporte y Finaliza el procedimiento. − Tiempos conforme a los términos del manual de contratación. − En la invitación se debe indicar el comité evaluador.

Revisa los Estudios Previos y demás documentos soporte del proceso de contratación y determina su viabilidad jurídica.

Verifica la existencia o solicita inclusión o modificación de la línea correspondiente del proceso en el Plan Anual de Adquisiciones – PAA a la Dirección Administrativa y Financiera.

Elabora la invitación pública de conformidad con las normas vigentes y el estudio previo.

Estructura el proceso en el SECOP II y carga los estudios y documentos previos junto con la invitación pública.

4 Subdirector de Contratación Aprobación en SECOP II Aprueba en la plataforma SECOP II el proceso contractual.

Punto de Control: Previo a la aprobación del documento deberá contar con la verificación del Profesional de la Dirección Administrativa.

Observación: Si no se cuenta con aprobación, se devuelve www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 37 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-141 • 2026 • ABRIL • 17 141 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES con observaciones al profesional en la Subdirección de Contratación.

5 Aprobación en SECOP II Aprueba y Publica en la plataforma SECOP II el proceso contractual.

Director Administrativo – Ordenador del Gasto Observación: Si no se cuenta con aprobación, se devuelve con observaciones al profesional en la Subdirección de Contratación.

Plataforma del SECOP // Comunicación oficial 6 Profesional de la Subdirección de Contratación Remite las observaciones allegadas a los Estudios Previos e Invitación Pública.

Revisa y analiza las solicitudes para limitar la convocatoria a MiPymes. (si se allegan)

Punto de Control: Remitir de acuerdo con el contenido: técnicoeconómico al área solicitante; las de contenido jurídico son resueltas por el Profesional o el Subdirector de Contratación.

Observación: Si no hay observaciones continúa en la actividad 8 inciso 2.

No Aplica 7 Comité Evaluador Responde las observaciones recibidas al Estudio Previo y a la Invitación Pública, según sea el caso.

Comunicación oficial // Respuestas a Observaciones PGAF-08-14 Observación: − De no generarse adendas continuar en la actividad 11.

− En caso de que la 8 Profesional de la Subdirección de Contratación Comunicación oficial // Aviso Limitación Mipymes// Respuestas a Observaciones PGAF-08-14 Consolida y publica observaciones y respuestas a observaciones al estudio previo y a la Invitación Pública.

Elabora y publica aviso de convocatoria limitando o no el proceso a Mipymes.

Ajusta los documentos del proceso de ser necesario de acuerdo con las respuestas. adenda genere modificación a los documentos del proceso, las versiones definitivas deberán ser cargadas en la plataforma SECOP II. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 38 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-142 • 2026 • ABRIL • 17 142 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES Estructura las adendas a la Invitación Pública que le sean solicitadas o que sean necesarias.

9 Subdirector de Contratación Revisa y aprueba las adendas a la Invitación Pública.

Aprobación en SECOP II // Comunicación oficial Punto de Control Previo a la aprobación de los documentos se deberá contar con la verificación del Profesional de la Dirección Administrativa. Observación: De no contar con aprobación, remite observaciones al Profesional de la Subdirección de Contratación para que sean subsanadas o aclaradas.

10 Aprueba y Publica las adendas a la Invitación Pública.

Aprobación en SECOP II // Comunicación oficial Director Administrativo – Ordenador del Gasto Observación: De no contar con aprobación, remite observaciones al Profesional de la Subdirección de Contratación para que sean subsanadas o aclaradas.

Observación: − Para la publicación de Plataforma del SECOP // Comunicación oficial 11 Profesional de la Subdirección de Contratación lista de ofertas, se debe verificar si tiene reserva de confidencialidad. − En caso de no presentarse ofertas, continuar en la actividad 17.

Efectúa el cierre del proceso. Abre (Desencripta en el SECOP II) las propuestas y publica lista de oferentes y de ofertas.

Informa al Comité Evaluador de la disponibilidad de las ofertas para verificación y evaluación, en SECOP II y la fecha en la cual se debe entregar las evaluaciones. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 39 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-143 • 2026 • ABRIL • 17 143 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES Observación: − Se inicia con la 12 Comité Evaluador Comunicación oficial //Informe Preliminar verificación de requisitos habilitantes a la oferta de menor valor, en caso de que no cumpla y no subsane se continúa con la segunda menor oferta y así sucesivamente.

Verifica requisitos habilitantes y realiza la evaluación de las propuestas, según competencia.

Remite informes preliminares al Profesional de la Subdirección de Contratación.

Solicita justificación de precios artificialmente bajos y ajuste de oferta económica, cuando aplique.

Publicación en SECOP No Aplica 13 Profesional de la Subdirección de Contratación Consolida Informes de Verificación Preliminar.

Publica los informes preliminares de verificación junto con el consolidado.

Plataforma del SECOP // Comunicación oficial 14 Profesional de la Subdirección de Contratación Remite las observaciones a los informes preliminares de verificación, a los integrantes del Comité Evaluador, según competencia.

Punto de Control: Remitir de acuerdo con el contenido a los miembros del comité evaluador, según competencia.

Observación: Si no hay observaciones continúa en la actividad 16.

15 Comité Evaluador Comunicación oficial // Respuestas a Observaciones PGAF-08-14 Observación: En caso de ser necesario realiza los cambios al informe de evaluación.

Revisa y responde las observaciones, aclaraciones y subsanaciones que formulen los proponentes a los informes de verificación preliminares.

Remite al Profesional de la Subdirección de Contratación. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 40 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-144 • 2026 • ABRIL • 17 144 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES 16 Profesional de la Subdirección de Contratación Consolidado Informe de Verificación Definitivo y Respuestas a Observaciones PGAF-08-14 Consolida y publica el informe de Verificación Definitivo y las respuestas emitidas por el Comité Evaluador a las observaciones presentadas a los informes preliminares de verificación.

Punto de Control: Previo a la publicación del documento deberá contar con la verificación del Subdirector de Contratación y el Profesional de la Dirección Administrativa.

Observación: Si no se cuenta con aprobación, se devuelve con observaciones al profesional en la Subdirección de Contratación.

Aceptación de la oferta // Resolución PGD-10-02 17 Profesional de la Subdirección de Contratación Punto de Control: Previo a la publicación del documento deberá contar con la verificación del Subdirector de Contratación y el Profesional de la Dirección Administrativa.

Observación: − Si no se cuenta con Elaborar y publica la resolución de declaratoria de desierta del proceso.

En caso de adjudicación del proceso, activa el procedimiento de etapa contractual. aprobación, se devuelve con observaciones al profesional en la Subdirección de Contratación.

Archiva Digitalmente el expediente contractual.

18 Profesional de la Subdirección de Contratación Expediente digital completo del proceso, ubicado en la carpeta compartida de la Subdirección de Contratación.

Punto de Control: Verificación de las carpetas de los expedientes en la carpeta compartida de la Subdirección de Contratación por parte del servidor o contratista encargado en la www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 41 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-145 • 2026 • ABRIL • 17 145 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES Subdirección de Contratación.

Observación: Se debe tener en cuenta lo establecido en el PGD-05 del proceso de gestión documental.

5.1.5. PROCEDIMIENTO CONTRATACIÓN DIRECTA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES Y DE APOYO A LA GESTIÓN N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES Observación: − El solicitante deberá 1 Elabora solicitud de contratación, justificación y especificaciones técnicas y remite a la Dirección Administrativa.

PGAF-08-02 Solicitud de Contratación Servicios Profesionales y de Apoyo a la Gestión garantizar que el contenido de la solicitud sea conforme al formato.

Contralor Auxiliar// Directores Técnicos// Jefes de Oficinas Asesoras// Jefes de Oficinas// Subdirectores// Servidores de las dependencias que requieren el bien o servicio Comunicación oficial 2 Director Administrativo Asigna profesional para que revise la documentación y determine la viabilidad del proceso.

Punto de Control: Revisión de las comunicaciones oficiales recibidas.

Observación: − El profesional de la 3 Profesional Dirección Administrativa y Financiera Elabora estudio previo y remite a la Subdirección de Contratación, con los respectivos soportes.

Solicita la expedición del Certificado de Disponibilidad Presupuestal.

Estudio previo contratación directa servicios profesionales y de apoyo a la gestión persona natural formato PGAF-08-03 //Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP), Dirección Administrativa deberá garantizar que el contenido del estudio previo sea conforme al formato y remitir la totalidad de los anexos correspondientes, www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 42 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-146 • 2026 • ABRIL • 17 146 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES incluyendo la documentación completa por parte del contratista. − El estudio previo y su respectiva solicitud //Certificado de inexistencia y/o insuficiencia de personal // Documentos del contratista Solicita a la Dirección de Talento Humano la expedición del certificado de inexistencia y insuficiencia de personal.

Solicita al contratista los documentos necesarios para la suscripción del contrato. deberá ser firmado por el jefe de la dependencia que requiera el servicio.

Comunicación oficial 4 Subdirector de Contratación Punto de Control: Revisión de las comunicaciones oficiales recibidas.

Asigna profesional para que revise la documentación y determine la viabilidad jurídica. Asigna número de proceso de contratación.

Observación: − El estudio previo deberá contar con la verificación del Subdirector de Contratación y el profesional designado por el Ordenador del Gasto para la respectiva revisión. − Si existen 5 Profesional de la Subdirección de Contratación Comunicación oficial // Constancia de Idoneidad y experiencia formato PGAF-08-04 observaciones frente al estudio previo y documentos soporte se realiza requerimiento al profesional de la Dirección Administrativa. Si no hay respuesta por parte del área solicitante, se devuelven documentos y Finaliza el procedimiento. − Tiempos conforme a los términos del Revisa los Estudios Previos y los documentos soporte del proceso de contratación y determina su viabilidad jurídica.

Verifica la existencia o solicita inclusión o modificación de la línea correspondiente del proceso en el Plan Anual de Adquisiciones – PAA a la Dirección Administrativa y Financiera.

Elabora la Certificación objetos iguales, cuando se requiera.

Elabora la Constancia de Idoneidad y experiencia del Contratista.

Estructura el proceso en el SECOP II y carga los estudios y documentos previos, junto con los www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 43 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-147 • 2026 • ABRIL • 17 147 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES correspondientes certificados y constancias. manual de contratación. − Se deberá tener en cuenta la ley de protección de datos personales Ley 1712 de 2014 y el Decreto 1082 de 2015, para el cargue de los documentos en el SECOP II.

Aprobación en SECOP II 6 Subdirector de Contratación Aprueba y publica en la plataforma SECOP II el proceso contractual.

Punto de Control: Previo a la publicación del proceso, deberá contar con la verificación del Profesional de la Dirección Administrativa.

Observación: Si no se cuenta con aprobación, se devuelve con observaciones al profesional en la Subdirección de Contratación.

Activa el procedimiento de etapa contractual. No Aplica No Aplica 7 Profesional de la Subdirección de Contratación Archiva Digitalmente el expediente contractual.

8 Profesional de la Subdirección de Contratación Expediente digital completo del proceso, ubicado en la carpeta compartida de la Subdirección de Contratación.

Punto de Control: Verificación de las carpetas de los expedientes en la carpeta compartida de la Subdirección de Contratación por parte del servidor o contratista encargado en la Subdirección de Contratación.

Observación: Se debe tener en cuenta lo establecido en el www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 44 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-148 • 2026 • ABRIL • 17 148 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES PGD-05 del proceso de gestión documental.

5.1.6. PROCEDIMIENTO CONTRATACIÓN DIRECTA Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES Punto de Control: Revisión de los documentos y soportes por parte del responsable del área que requiere la contratación.

Observación: − El solicitante deberá 1 garantizar que el contenido del estudio previo sea conforme al formato y que los soportes correspondan al contenido de este. − La dependencia Elabora estudio previo con los respectivos soportes y remite a la Subdirección de Contratación.

Solicita a la Dirección Administrativa y Financiera la expedición del Certificado de Disponibilidad Presupuestal correspondiente.

Contralor Auxiliar// Directores Técnicos// Jefes de Oficinas Asesoras// Jefes de Oficinas// Subdirectores// Servidores de las dependencias que requieren el bien o servicio Estudio previo contratación directa formato PGAF-08-07 y documentos previos con los soportes respectivos.

Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP), y su respectiva solicitud solicitante deberá remitir la totalidad de los anexos, incluyendo la documentación del futuro contratista y los soportes que permitan identificar el cumplimiento de los requisitos definidos por la Entidad.

Comunicación oficial 2 Subdirector de Contratación Punto de Control: Revisión de las comunicaciones oficiales recibidas.

Asigna profesional para que revise la documentación y determine la viabilidad jurídica. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 45 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-149 • 2026 • ABRIL • 17 149 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES Asigna número de proceso de contratación.

Observación: − Si existen Comunicación oficial 3 Profesional de la Subdirección de Contratación observaciones frente al estudio previo y documentos soporte se realiza requerimiento al área solicitante. Si no hay respuesta por parte del área solicitante, se devuelven documentos y Finaliza el procedimiento. − Tiempos conforme a Revisa los Estudios Previos y los documentos soporte del proceso de contratación y determina su viabilidad jurídica.

Verifica la existencia o solicita inclusión o modificación de la línea correspondiente del proceso en el Plan Anual de Adquisiciones – PAA a la Dirección Administrativa y Financiera. los términos del manual de contratación. − Si se trata de una contratación directa sin ofertas continúa en la actividad 5.

Publicación en SECOP II 4 Profesional de la Subdirección de Contratación Elabora y publica la invitación al proceso, junto con el estudio previo y los soportes respectivos.

Remite para el cargue de la oferta y documentos requeridos al futuro contratista.

Punto de Control: Previo a la publicación del documento deberá contar con la verificación del Subdirector de Contratación y el Profesional de la Dirección Administrativa.

Observación: De no contar con aprobación, remite observaciones al Profesional de la Subdirección de Contratación para que sean subsanadas o aclaradas.

Resolución PGD-10-02 5 Profesional de la Subdirección de Contratación Verifica la oferta y documentos presentados por el futuro contratista.

Punto de Control: Previo a la publicación del documento deberá www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 46 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-150 • 2026 • ABRIL • 17 150 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 contar con la verificación del Subdirector de Contratación y el Profesional de la Dirección Administrativa y la firma del Ordenador del Gasto.

Observación: − Si se trata de una Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES Elabora y publica el Acto Administrativo de Justificación. contratación directa sin ofertas, el profesional de la Subdirección de Contratación estructura el proceso en el SECOP II y carga los estudios y previos, junto con los documentos del futuro contratista. − Activa el procedimiento de etapa contractual, en caso de adjudicación.

Archiva digitalmente el expediente contractual.

6 Profesional de la Subdirección de Contratación Expediente digital completo del proceso, ubicado en la carpeta compartida de la Subdirección de Contratación.

Punto de Control: Verificación de las carpetas de los expedientes en la carpeta compartida de la Subdirección de Contratación por parte del servidor o contratista encargado en la Subdirección de Contratación.

Observación: Se debe tener en cuenta lo establecido en el PGD-05 del proceso de gestión documental. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 47 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-151 • 2026 • ABRIL • 17 151 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 5.1.7. COMPRA POR TIENDA VIRTUAL (ACUERDO MARCO, GRANDES SUPERFICIES Y AGREGACIÓN DE DEMANDA).

Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES 1 Punto de Control: Revisión de los documentos y soportes por parte del responsable del área que requiere la contratación.

Observación: − El solicitante deberá Elabora solicitud de contratación, justificación y especificaciones técnicas, con los respectivos soportes y remite a la subdirección de Contratación.

Solicita a la Dirección Administrativa y Financiera la expedición del Certificado de Disponibilidad Presupuestal correspondiente.

Contralor Auxiliar// Directores Técnicos// Jefes de Oficinas Asesoras// Jefes de Oficinas// Subdirectores// Servidores de las dependencias que requieren el bien o servicio Solicitud de contratación Tienda Virtual formato PGAF-08-06 y documentos previos con los soportes respectivos.

Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP), y su respectiva solicitud. garantizar que el contenido de la solicitud de contratación sea conforme al formato y que los soportes correspondan al contenido de este.

Comunicación oficial 2 Subdirector de Contratación Asigna profesional para que revise la documentación y determine la viabilidad jurídica.

Punto de Control: Revisión de las comunicaciones oficiales recibidas.

3 Profesional con Usuario Comprador Comunicación oficial // Tienda Virtual- Colombia Compra Eficiente Punto de Control: Remitir las observaciones de acuerdo con el contenido: técnicoeconómico al área solicitante; las de contenido jurídico son resueltas por el Subdirector de Contratación.

Observación: − Si existen Revisa la solicitud de contratación, justificación y especificaciones técnicas y los documentos soporte del proceso de contratación y determina su viabilidad jurídica.

Verifica la existencia o solicita inclusión o modificación de la línea correspondiente del proceso en el Plan Anual de Adquisiciones – PAA a la Dirección Administrativa y Financiera. observaciones frente a la solicitud de contratación y documentos soporte se www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 48 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-152 • 2026 • ABRIL • 17 152 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES realiza requerimiento al área solicitante. Si no hay respuesta por parte del área solicitante, se devuelven documentos y Finaliza el procedimiento. − Tiempos conforme a Diligencia el documento de cotización o borrador de orden de compra (según corresponda) de acuerdo con el Manual del Acuerdo Marco de Referencia (son diferentes técnicamente).

Remite las observaciones allegadas por los interesados. los términos del manual de contratación. − Si no hay observaciones continúa en la actividad
5. − El profesional deberá diligenciar el mecanismo que se establezca para la compra por tienda virtual, de acuerdo con la adquisición que se requiera, el cual deberá ser aprobado por la dependencia solicitante.

4 Responde y publica las observaciones recibidas por parte de los interesados.

Comunicación oficial // Respuestas a Observaciones PGAF-08-14 Jefe de la dependencia solicitante // Profesional con Usuario Comprador Punto de Control: Previo a la publicación de las respuestas, estas deben contar con la aprobación del Subdirector de Contratación. Observación: Se deberá tener en cuenta que la presentación de observaciones aplica de acuerdo al mecanismo que se esté utilizando en la TVEC. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 49 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-153 • 2026 • ABRIL • 17 153 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES 5 Tienda Virtual- Colombia Compra Eficiente // Orden de compra Jefe de la dependencia solicitante // Profesional con Usuario Comprador Verifica las ofertas presentadas, según el mecanismo del Acuerdo Marco de precios.

Realiza el trámite de adjudicación del proceso, a la mejor oferta, en la Plataforma.

Genera la Orden de Compra, desde la plataforma.

Punto de Control: Reporte Tienda Virtual- Colombia Compra Eficiente.

Observación: Si se trata de una compra por tienda virtual a través del mecanismo de agregación de demanda, deberá elaborar y publicar el acto administrativo de justificación formato PGD-10-02, previa aprobación del Subdirector de Contratación y firma del Ordenador del Gasto.

No Aplica 6 Revisa y aprueba la orden de compra que resulte del proceso de selección.

Director Administrativo – Ordenador del Gasto Tienda Virtual- Colombia Compra Eficiente // Orden de compra No Aplica No Aplica 7 Profesional con Usuario Comprador Activa el procedimiento de etapa contractual en la actividad No 6.

Archiva Digitalmente el expediente contractual.

8 Profesional con Usuario Comprador Expediente digital completo del proceso, ubicado en la carpeta compartida de la Subdirección de Contratación.

Punto de Control: Verificación de las carpetas de los expedientes en la carpeta compartida de la Subdirección de Contratación por parte del servidor o contratista encargado en la Subdirección de Contratación.

Observación: Se debe tener en cuenta lo establecido en el PGD-05 del proceso de gestión documental. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 50 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-154 • 2026 • ABRIL • 17 154 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 5.2. PROCEDIMIENTO ETAPA CONTRACTUAL N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES No Aplica No Aplica 1 Profesional de la Subdirección de Contratación Elabora el complemento del contrato electrónico.

Estructura el contrato electrónico que resulte del proceso de selección en el SECOP II.

2 Subdirector de Contratación Revisa y aprueba el contrato electrónico y su complemento.

Aprobación en SECOP II // Comunicación oficial Observación: De no contar con aprobación, remite observaciones al Profesional de la Subdirección de Contratación para que sean subsanadas o aclaradas.

Observación: − De no contar con 3 aprobación por parte del proveedor por tener observaciones, la devuelve a la Entidad para que sean subsanadas o aclaradas. − En caso de no Aprobación en SECOP II // Comunicación oficial Revisa y aprueba el contrato electrónico y su complemento y remite para aprobación del proveedor Profesional de la Dirección Administrativa y Financiera presentarse respuesta por parte del proveedor para la aceptación del contrato, o que el mismo sea rechazado por el proveedor, se da por terminado el proceso.

4 Revisa y aprueba el contrato electrónico y su complemento.

Aprobación en SECOP II // Comunicación oficial Director Administrativo – Ordenador del Gasto Observación: De no contar con aprobación, remite observaciones al Profesional de la Subdirección de Contratación para que www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 51 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-155 • 2026 • ABRIL • 17 155 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES sean subsanadas o aclaradas.

5 Comunicación oficial
- Formato PGD-07- 02 Elabora y remite la solicitud de expedición del certificado de registro presupuestal (CRP).

Servidor de la Subdirección de Contratación // Subdirector de Contratación Punto de Control: Revisión y visto bueno del Subdirector de Contratación.

Observación: Dentro del mismo comunicado se pueden solicitar tantos CRP, como se requieran en el momento de su proyección.

6 Revisa y firma la solicitud de expedición del certificado de registro presupuestal (CRP).

Comunicación oficial
- Formato PGD-07- 02 Director Administrativo – Ordenador del Gasto Observación:
De no contar con aprobación, remite observaciones a la Subdirección de Contratación para que sean subsanadas o aclaradas.

Observación: − La afiliación a ARL Comunicación oficial 7 Profesional Subdirección de Contratación Revisa y envía a aprobación las Pólizas que amparan el contrato.

Solicita la afiliación del proveedor a la ARL. solo aplica para los contratos de prestación de servicios con persona natural y cuyos contratistas hayan manifestado la intención de afiliación a la ARL de la Entidad. − La aprobación de las pólizas, solo aplica para los procesos en los que la Entidad ha considerado necesaria la solicitud.

8 Subdirector de Contratación Aprueba las pólizas que amparan el contrato.

Aprobación en SECOP II // Comunicación oficial Observación: De no contar con aprobación, remite www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 52 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-156 • 2026 • ABRIL • 17 156 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES observaciones al Profesional de la Subdirección de Contratación para que sean subsanadas o aclaradas.

9 Elabora y remite comunicación de supervisión. Comunicación oficial No Aplica Profesional Subdirección de Contratación // Subdirector de Contratación 10 Supervisor de contrato Acta de Inicio Formato FGAF-08- 15 // Publicación en SECOP II.

Estructura, suscribe y remite acta de inicio del contrato a la subdirección de contratación.

Observación: El acta de inicio solo aplicará, para los contratos en los que haya sido establecido, desde los documentos del proceso y/o el complemento del contrato.

Publicación en SECOP II.

11 Profesional Subdirección de Contratación Inicia la ejecución del contrato en SECOP II.

Publica el acta de inicio.

Observación: Si no se presentan modificaciones contractuales, continúa en la actividad No. 29.

12 Supervisor del Contrato Comunicación oficial interna // Formato Solicitud y Justificación modificaciones contractuales PGAF- 08-16 // Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP)

Elabora solicitud y justificación de modificaciones de contratos o convenios, con los respectivos soportes y remite a la subdirección de Contratación.

Solicita a la Dirección Administrativa y Financiera la expedición del Certificado de Disponibilidad Presupuestal correspondiente.

Punto de Control: Revisión de los documentos y soportes por parte del responsable del área que requiere la modificación del contrato.

Observación: Si la solicitud de modificaciones contractual requiere ser analizada por la Junta de Contratación, debe ser radicada con ocho (8) días hábiles antes del vencimiento o término previsto para la www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 53 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-157 • 2026 • ABRIL • 17 157 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES modificación, si no requiere ser analizada por la junta, cinco (5) días hábiles antes del vencimiento o término previsto para la modificación.

Comunicación oficial 13 Subdirector de Contratación Asigna profesional para que revise la documentación y determine su viabilidad jurídica.

Punto de Control: Revisión de las comunicaciones oficiales recibidas.

Observación: − La revisión de la solicitud de modificación con los respectivos soportes debe realizarse en máximo dos (2) días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de recibo de los documentos en la Subdirección de Contratación. − Si existen Comunicación oficial 14 Profesional de la Subdirección de Contratación Revisa la legalidad de la solicitud de modificación y demás documentos soporte recibidos con la solicitud y determina su viabilidad jurídica.

Elabora la minuta de modificación de conformidad con las normas vigentes, cuando aplique.

Estructura y carga los soportes, en el SECOP II. observaciones frente a la solicitud de modificación y documentos soporte se realiza requerimiento al área solicitante, la cual debe responder, aclarar o modificar en máximo dos (2) días hábiles contados a partir de la fecha de recibo de las observaciones. − Si no hay respuesta por parte del área solicitante, se devuelven documentos www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 54 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-158 • 2026 • ABRIL • 17 158 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES y finaliza el procedimiento.

Punto de Control: − Previo a la aprobación 15 Subdirector de Contratación Revisar y aprueba modificación y soportes.

Publicación en SECOP II del documento deberá contar con la verificación del Profesional de la Dirección Administrativa. Observación: − Si no se cuenta con aprobación, se devuelve con observaciones al profesional en la Subdirección de Contratación.

Observación: − De no contar con aprobación por parte del proveedor por tener observaciones, la devuelve a la Entidad para que sean subsanadas o aclaradas. − En caso de no 16 Revisar, aprueba y remite al Contratista la modificación.

Publicación en SECOP II Director Administrativo – Ordenador del Gasto presentarse respuesta por parte del proveedor para la aceptación de la modificación del contrato, o en el evento que la modificación sea rechazada por el proveedor, se da por terminado el proceso y se continúa en la actividad 29.

Publica modificación. Publicación en SECOP 17 Profesional de la Subdirección de Contratación Observación Si la modificación no corresponde a una www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 55 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-159 • 2026 • ABRIL • 17 159 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES adición, se continúa en la actividad 20.

18 Comunicación oficial
- Formato PGD-07- 02 Elabora y remite la solicitud de expedición del certificado de registro presupuestal (CRP).

Servidor de la Subdirección de Contratación // Subdirector de Contratación Punto de Control: Revisión y visto bueno del Subdirector de Contratación.

Observación: Dentro del mismo comunicado se pueden solicitar tantos CRP, como se requieran en el momento de su proyección.

Observación: − De no contar con 19 Revisa y firma la solicitud de expedición del certificado de registro presupuestal (CRP).

Comunicación oficial
- Formato PGD-07- 02 Director Administrativo – Ordenador del Gasto aprobación, remite observaciones a la Subdirección de Contratación para que sean subsanadas o aclaradas. − Si el contrato inicial, no contemplaba garantías, continuar en la actividad No 22.

No Aplica 20 Profesional Subdirección de Contratación Revisa y envía para aprobación las Pólizas que amparan la modificación del contrato.

Observación: En el caso que la modificación corresponda a una prórroga o cesión para un contrato de prestación de servicios con persona natural, deberá solicitar la respectiva afiliación a la ARL.

21 Subdirector de Contratación Aprobación en SECOP II // Comunicación oficial Aprueba las Pólizas que amparan la modificación del contrato.

Observación: De no contar con aprobación, remite observaciones al Profesional de la Subdirección de Contratación para que www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 56 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-160 • 2026 • ABRIL • 17 160 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES sean subsanadas o aclaradas.

Comunicación oficial No Aplica 22 Elabora y remite comunicación de modificación a la supervisión.

Profesional Subdirección de Contratación // Subdirector de Contratación Comunicación oficial interna 23 Supervisor del Contrato Solicita a la Subdirección de Contratación la Liquidación del contrato o convenio.

Observación: Para el inicio del trámite liquidatario de los contratos o convenios, el supervisor o interventor será el responsable de solicitar la liquidación del contrato dentro del término legal, cuando a ello hubiere lugar. Deberá verificar que se encuentren la totalidad de soportes establecidos en el contrato (Ej.: Informes, productos, garantías individuales o exclusivas de los bienes contratados, Registro de entrada al almacén de los elementos adquiridos, etc.), así como también validar las publicaciones de los soportes de ejecución en el SECOP II y/o en la TVEC.

Comunicación oficial 24 Subdirector de Contratación Asigna Profesional para proyectar la liquidación de los contratos que lo requieran.

Punto de Control: Revisión de las comunicaciones oficiales recibidas.

No Aplica 25 Profesional de la Subdirección de Contratación Comunicación oficial // Formato Acta de Liquidación PGAF- 08-17 Revisa y valida documentos soporte de la solicitud y determina su viabilidad jurídica. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 57 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-161 • 2026 • ABRIL • 17 161 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES Elabora y remite el acta de liquidación.

No Aplica 26 Subdirector de Contratación Revisa y remite al supervisor el acta de liquidación.

Comunicación oficial // Formato Acta de Liquidación PGAF- 08-17 27 Supervisor del contrato Comunicación oficial // Formato Acta de Liquidación PGAF- 08-17 Revisa y firma el acta de liquidación.

Remite documento al proveedor, para trámite.

Remite acta de liquidación a la subdirección de contratación.

Observación: Previo a la remisión del acta de liquidación a la Subdirección de Contratación, esta deberá estar debidamente suscrita el supervisor y el proveedor.

Publica el acta de liquidación en la plataforma SECOP II. No Aplica 28 Profesional de la Subdirección de Contratación Punto de Control: Previo a la publicación del documento deberá contar con la firma del Ordenador del Gasto Observación: El Profesional de la Subdirección de Contratación con el apoyo de la Supervisión y Interventoría del contrato, deberán adelantar el procedimiento de la convocatoria y notificación al contratista, observando para el efecto los términos del CPACA, con la finalidad de culminar las actividades propias de la suscripción del acta de liquidación contractual. Vencidos los términos para la notificación, sin lograr la presentación del www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 58 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-162 • 2026 • ABRIL • 17 162 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 N.º RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES contratista al proceso de liquidación o presentándose este no estuviere de acuerdo en los términos de la liquidación, se procederá a surtir los trámites correspondientes a la Liquidación Unilateral del contrato.

5.3. PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONATORIO CONTRACTUAL Si en ejercicio de la supervisión y/o interventoría se evidencia un presunto incumplimiento contractual se deberán adelantar el siguiente procedimiento.

Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES Observación: El informe de supervisión deberá contener:

− Descripción detallada de los hechos generadores del presunto incumplimiento. − Las normas y 1 Supervisor del contrato Comunicación oficial // Informe de supervisión. cláusulas del contrato que posiblemente se incumplieron con ocasión a los hechos. − Relación de las Requiere al contratista por escrito, con copia a la compañía de seguros, en caso de tener pólizas.

Responde comunicaciones a que haya lugar.

Elabora y remite solicitud de inicio de presunto incumplimiento contractual, junto con el informe de supervisión a la Subdirección de Contratación. pruebas en las que se soporta el informe y sus anexos. − Identificar y cuantificar los posibles perjuicios que se están ocasionando o que se pueden ocasionar a la entidad por el www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 59 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-163 • 2026 • ABRIL • 17 163 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES incumplimiento del contratista. − Las consecuencias que se podrían generar para el contratista por su conducta, en desarrollo de la actuación administrativa.

Observación: − De no contar con aprobación de los documentos, remite observaciones al supervisor para que sean subsanadas o aclaradas. − En la citación, se Comunicación oficial 2 Profesional de la Subdirección de Contratación // subdirector de Contratación Revisa jurídicamente la solicitud de inicio del presunto incumplimiento contractual.

Proyecta el oficio de citación, el cual será suscrito y remitido por el ordenador del gasto. deberá hacer mención expresa y detallada de los hechos; establecer el lugar, fecha y hora para la realización de la audiencia; adjuntar el informe de supervisión.

Observación: − En el evento en que la Comunicación oficial 3 Ordenador del gasto.

Cita a audiencia al contratista y al garante (cuando aplique) para debatir lo ocurrido. garantía de cumplimiento consista en póliza de seguros, el garante será citado de la misma manera.

Observación: − La audiencia se Acta de audiencia 4 Ordenador del gasto.

Adelantar la audiencia.

Firma resolución motivada. adelantará conforme a los términos establecidos en el Artículo 86 de la Ley 1474 de 2011 y aquella que la adicione y modifique. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 60 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-164 • 2026 • ABRIL • 17 164 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES − El Subdirector de Contratación o quien este designe, procederá a dar lectura de la citación a la audiencia de presunto incumplimiento. − El ordenador del gasto. concederá el uso de la palabra al representante legal del contratista o a quien lo represente y a continuación al garante, para que presenten sus descargos, en virtud de lo cual, podrá rendir las explicaciones del caso y solicitar o aportar pruebas. − En cualquier momento de la audiencia, el ordenador del gasto, de oficio o a petición de parte, puede suspender la diligencia cuando en su criterio resulte necesario para allegar o practicar pruebas que estime conducentes, pertinentes y útiles o cuando por cualquier otra razón debidamente sustentada ello resulte necesario para el correcto desarrollo de la actuación administrativa. − Hecho lo precedente, el ordenador del gasto, mediante resolución www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 61 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-165 • 2026 • ABRIL • 17 165 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES motivada en la que consigne lo ocurrido en desarrollo de la audiencia y que se notificará en estrados, procederá a decidir sobre la declaratoria de incumplimiento para la imposición de multa, hacer efectiva la cláusula penal pecuniaria, declarar la caducidad y afectación de la garantía única de cumplimiento. − Contra la decisión así proferida sólo procede el recurso de reposición que se interpondrá, sustentará y decidirá en la misma audiencia. La decisión sobre el recurso se entenderá notificada en estrados. Una vez en firme la decisión, se procederá a expedir la constancia de ejecutoria respectiva.

Cesación del procedimiento:

− El ordenador del gasto podrá dar por terminado el procedimiento en cualquier momento, si tiene conocimiento de la cesación del incumplimiento, para lo cual se deberá contar con documento www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 62 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-166 • 2026 • ABRIL • 17 166 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES expreso que en tal sentido allegue el supervisor del contrato en audiencia pública.

Observación: Los documentos se remitirán de la siguiente manera: − Al supervisor y al ordenador del gasto con el fin de que realicen la compensación de. saldos al contratista sancionado, siempre y cuando existan saldos a favor del mismo. − A la subdirección Comunicación oficial 5 Subdirector de Contratación Remite acto administrativo, antecedentes, anexos. y soportes. financiera informando la sanción impuesta y el valor de la misma, para lo de su competencia. − A la cámara de comercio en que se encuentre inscrito el contratista, comunicando la aplicación de la sanción impuesta. − A la Procuraduría General de la Nación para lo de su competencia. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 63 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-167 • 2026 • ABRIL • 17 167 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0

6. FORMATOS Y OTROS DOCUMENTOS RELACIONADOS AL PROCEDIMIENTO

1. PGAF-08-01 Hoja de ruta.
2. PGAF-08-02 Solicitud de Contratación Servicios Profesionales y de Apoyo a la Gestión.
3. PGAF-08-03 Estudios previos contratación directa servicios profesionales y de apoyo a la gestión.
4. PGAF-08-04 Constancia de idoneidad.
5. PGAF-08-06 Solicitud de Contratación Tienda Virtual del Estado Colombiano.
6. PGAF-08-07 Estudios previos contratación Directa.
7. PGAF-08-08 Estudios previos mínima cuantía.
8. PGAF-08-09 Estudios previos selección abreviada de menor cuantía.
9. PGAF-08-10 Estudios previos selección abreviada mediante subasta inversa.
10. PGAF-08-11 Estudios previos concurso de méritos.
11. PGAF-08-12 Estudios previos licitación pública.
12. PGAF-08-13 Estudios previos convenios.
13. PGAF-08-14 Respuesta a observaciones.
14. PGAF-08-15 Acta de inicio.
15. PGAF-08-16 Solicitud y justificación de modificaciones contractuales.
16. PGAF-08-17 Acta de liquidación.

7. CONTROL DE CAMBIOS

Versión Descripción de la Modificación Resolución Reglamentaria y Fecha 1.0 R.R. No. 009 24-Feb-2003 Si requiere ver la trazabilidad consultar la Resolución Reglamentaria.

2.0 R.R. No. 27 06-May-2003 Si requiere ver la trazabilidad consultar la Resolución Reglamentaria.

3.0 R.R. No. 046 22-Dic-2005 Si requiere ver la trazabilidad consultar la Resolución Reglamentaria.

4.0 R.R. No. 035 30-Dic-2009 Si requiere ver la trazabilidad consultar la Resolución Reglamentaria.

5.0 R.R. No. 021 12 de 2012 Si requiere ver la trazabilidad consultar la Resolución Reglamentaria.

6.0 R.R. No. 050 18-Nov-2013 Si requiere ver la trazabilidad consultar la Resolución Reglamentaria.

7.0 R.R. No. 012 10-Mar-2014 Si requiere ver la trazabilidad consultar la Resolución Reglamentaria.

8.0 R.R. No. 030 23-Oct-2014 Si requiere ver la trazabilidad consultar la Resolución Reglamentaria.

9.0 R.R. No. 017 28-Feb-2018 Si requiere ver la trazabilidad consultar la Resolución Reglamentaria.

10.0 R.R. No. 042 30-Sep-2019 Si requiere ver la trazabilidad consultar la Resolución Reglamentaria. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 64 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-168 • 2026 • ABRIL • 17 168 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 Versión Descripción de la Modificación Resolución Reglamentaria y Fecha

1. Se incorporan las acciones en el procedimiento, de acuerdo con la creación de la Junta de Contratación mediante Resolución Reglamentaria No. 20 de 2022.

11.0 R.R. No. 003 25-Feb-2022

2. Se eliminan los siguientes formatos:

- PGAF-08-02 Plan Anual de Adquisiciones.
- PGAF-08-15 Convenio de Cooperación Interinstitucional.
- PGAF-08-19 Acta de asignación de riesgos y aclaración de pliegos.
- PGAF-08-20 Acta de cierre y apertura de propuestas.
- PGAF-08-21 Acta comité asesor evaluador.
- PGAF-08-23 Acta orden de elegibilidad y apertura sobre económico.
- PGAF-08-24 Acta de audiencia de subasta inversa presencial.
- PGAF-08-25 Acta de sorteo proceso de selección abreviada de menor cuantía.
- PGAF-08-09 Informe de supervisión.
- PGAF-08-10 Recibo a satisfacción.

3. Se modifican los siguientes formatos:
- PGAF-08-01 Reporte de necesidades para adquisiciones de bienes-servicios-obras; se incluye información nueva requerida para la proyección del PAA.
- PGAF-08-04 Estudios previos contratación directa servicios profesionales y de apoyo a la gestión; se modifica el nombre del formato y se dan nuevos lineamientos para el mismo.
- PGAF-08-11 Constancia de Idoneidad y Experiencia; se incluye información de elaboración, revisión y aprobación del documento.
- PGAF-08-12 Hoja de Ruta; se modifica el formato eliminando documentos que ya no se generan por el manejo de SECOP II.
- PGAF-08-18 Anexo al contrato de prestación de servicios; se modifica el nombre del formato y se dan nuevos lineamientos para el mismo.
4. Se crean e incluyen los siguientes formatos, se toman los códigos de los formatos que están siendo eliminados:

www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 65 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-169 • 2026 • ABRIL • 17 169 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 Versión Descripción de la Modificación Resolución Reglamentaria y Fecha

- PGAF-08-02 Estudios previos licitación pública.
- PGAF-08-15 Estudios previos selección abreviada mediante subasta inversa.
- PGAF-08-19 Estudios previos mínima cuantía.
- PGAF-08-20 Estudios previos contratación directa.
- PGAF-08-21 Solicitud y justificación de modificaciones contractuales.
- PGAF-08-23 Certificación objetos iguales.
- PGAF-08-24 Estudios previos selección abreviada de menor cuantía.

1. Se modifica el procedimiento en general, con el fin de optimizar el número de actividades y consolidar las acciones que son comunes a los diferentes procedimientos.
2. Se incluyen actividades específicas del procedimiento en relación con el manejo de los expedientes, los cuales se manejarán digitales únicamente.
3. Se crea la etapa contractual del procedimiento, que incluye la elaboración de los contratos, las modificaciones y la liquidación de los mismos.
4. Se eliminan todos los formatos del procedimiento, para crear una nueva nomenclatura y establecer únicamente los formatos descritos a continuación:

12.0 R.R. No. 034 22-Dic-2022

- PGAF-08-01 Hoja de Ruta.
- PGAF-08-02 Solicitud de Contratación Servicios Profesionales y de Apoyo a la Gestión.
- PGAF-08-03 Estudios previos contratación directa servicios profesionales y de apoyo a la gestión Persona Natural.
- PGAF-08-04 Constancia de idoneidad.
- PGAF-08-06 Solicitud de Contratación Tienda Virtual del Estado Colombiano.
- PGAF-08-07 Estudios previos contratación directa.
- PGAF-08-08 Estudios previos mínima cuantía.
- PGAF-08-09 Estudios previos selección abreviada de menor cuantía.
- PGAF-08-10 Estudios previos selección abreviada mediante subasta inversa.
- PGAF-08-11 Estudios previos concurso de méritos.
- PGAF-08-12 Estudios previos licitación pública.
- PGAF-08-13 Estudios previos convenios.
- PGAF-08-14 Respuesta a observaciones.

www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 66 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-170 • 2026 • ABRIL • 17 170 Procedimiento para la Gestión Contractual Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-08 Versión: 13.0 Versión Descripción de la Modificación Resolución Reglamentaria y Fecha

- PGAF-08-15 Acta de inicio.
- PGAF-08-16 Solicitud y justificación de modificaciones contractuales.
- PGAF-08-17 Acta de liquidación.

13.0 R.R. No. 017 11-Jun-2024 Responsable de proceso que aprueba. Cargo Directora Administrativa Dependencia Dirección Administrativa y Financiera Nombre Completo Isadora Fernández Posada Firma Director de planeación que realiza revisión técnica. Nombre Completo Sandra Patricia Bohórquez González Firma www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 67 de 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-171 • 2026 • ABRIL • 17 171 Procedimiento Plan Anual de Adquisiciones Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-22 Versión: 1.0 Este procedimiento se adopta mediante Resolución Reglamentaria N.º 017 del 11 de junio de 2024 OBJETIVO Establecer las actividades necesarias para la planeación de la utilización de recursos, mediante la elaboración y actualización del Plan Anual de Adquisiciones de la Contraloría de Bogotá D.C.

1. ALCANCE

Este procedimiento inicia con la solicitud a las dependencias acerca de necesidades de bienes, obras y servicios, requeridos para la vigencia fiscal siguiente, y la publicación del Plan Anual de Adquisiciones.

Continúa con la modificación del Plan Anual de Adquisiciones, durante la vigencia respectiva, si a ello hubiere lugar.

2. BASE LEGAL

NORMA FECHA DESCRIPCIÓN “Artículo 209. La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la Constitución Política de 20-Jul 1991 desconcentración de funciones. Las autoridades Colombia administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado. La administración pública, en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley.”

Ley 80 28-Oct 1993 “Por la cual se expide el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública.” www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 1 de 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-172 • 2026 • ABRIL • 17 172 Procedimiento Plan Anual de Adquisiciones Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-22 Versión: 1.0 “Por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de Ley 489 29-Dic 1998 las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones.”

“Por medio de la cual se introducen medidas para la eficiencia y la transparencia en la Ley 80 de 1993 y se dictan otras disposiciones Ley 1150 16-Jul 2007 generales sobre la contratación con recursos públicos.”

“Por la cual se dictan las disposiciones generales del hábeas data y se regula el manejo de la información contenida en bases de datos Ley 1266 31-Dic 2008 personales, en especial la financiera, crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países y se dictan otras disposiciones.”

“Por medio de la cual se modifica el Código Penal, se crea un nuevo bien jurídico tutelado - denominado "de la protección de la información y de los datos" y se preservan integralmente los Ley 1273 05-Ene 2009 sistemas que utilicen las tecnologías de la información y las comunicaciones, entre otras disposiciones.”

“Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, Ley 1474 12-Jul 2011 investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública.” www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 2 de 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-173 • 2026 • ABRIL • 17 173 Procedimiento Plan Anual de Adquisiciones Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-22 Versión: 1.0 Ley 1581 17-Oct 2012 “Por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales.”

“Por la cual se dictan normas sobre la responsabilidad de las personas jurídicas por actos de corrupción transnacional y se dictan Ley 1778 02-Feb 2016 otras disposiciones en materia de lucha contra la corrupción.”

“Por la cual se adicionan, modifican y dictan disposiciones orientadas a fortalecer la Ley 1882 15-Ene 2018 contratación pública en Colombia, la ley de infraestructura y se dictan otras disposiciones.”

“Por medio de la cual se expide el Código General Disciplinario se derogan la Ley 734 de Ley 1952 20-Ene 2019 2002 y algunas disposiciones de la Ley 1474 de 2011, relacionadas con el derecho disciplinario.”

“Por medio de la cual se regulan las sanciones para condenados por corrupción y delitos contra la Administración pública, así como la cesión Ley 2014 30-Dic 2019 unilateral administrativa del contrato por actos de corrupción y se dictan otras disposiciones.”

Ley 2022 22-Jul 2020 “Por la cual modifica el artículo 4 de la Ley 1882 de 2018 y se dictan otras disposiciones.”

“Por medio de la cual se adoptan medidas para Ley 2040 27-Jul 2020 impulsar el trabajo para adultos mayores y se dictan otras disposiciones.”

Ley 2069 31-Dic 2020 “Por medio del cual se impulsa el emprendimiento en Colombia.”

“Por medio de la cual se Reforma el Código de Ley 2080 25-Ene 2021 Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo -Ley 1437 de 2011- y www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 3 de 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-174 • 2026 • ABRIL • 17 174 Procedimiento Plan Anual de Adquisiciones Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-22 Versión: 1.0 se dictan otras disposiciones en materia de descongestión en los procesos que se tramitan ante la jurisdicción.”

Ley 2094 29-Jun 2021 “Por medio de la cual se reforma la Ley 1952 de 2019 y se dictan otras disposiciones.”

Ley 2160 25-Nov 2021 “Por medio del cual se modifica la Ley 80 de 1993 y la Ley 1150 de 2007.”

“Por medio de la cual se adoptan medidas en materia de transparencia, prevención y lucha Ley 2195 18-Ene 2022 contra la corrupción y se dictan otras disposiciones.”

“Por el cual se expide el Plan Nacional de Ley 2294 19-May 2023 Desarrollo 2022-2026 "Colombia Potencia Mundial de la Vida””

“Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites Decreto Ley 19 10-Ene 2012 innecesarios existentes en la Administración Pública.”

“Por el cual se recogen y reexpiden las normas en materia del sector financiero, asegurador y Decreto 2555 15-Jul 2010 del mercado de valores y se dictan otras disposiciones.”

Decreto 1072 26-May 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo.”

“Por medio del cual se expide el Decreto Único Decreto 1074 26-May 2015 Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo.”

“Por medio del cual se expide el Decreto Único Decreto 1078 26-May 2015 Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Capítulo 1 - www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 4 de 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-175 • 2026 • ABRIL • 17 175 Procedimiento Plan Anual de Adquisiciones Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-22 Versión: 1.0 Título 9, subrogado por el Decreto 1008 de 2018.”

“Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Único del Sector Presidencia de la República. Libro 2, Parte 1, Titulo 1 que tiene Decreto 1081 26-May 2015 por objeto reglamentar la Ley 1712 de 2014, en lo relativo a la gestión de la información pública.”

“Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Decreto 1082 26-May 2015 Planeación Nacional, con sus modificaciones y adiciones.”

Decreto 1494 13-Jul 2015 “Por el cual se corrigen yerros en la Ley 1712 de 2014.”

“Por el cual se reglamenta la contratación con entidades privadas sin ánimo de lucro a la que Decreto 92 23-Ene 2017 hace referencia el inciso 2° del artículo 355 de la Constitución Política.”

“Por el cual se establecen los lineamientos generales de la política de Gobierno Digital y se subroga el capítulo 1 del título 9 de la parte 2 del Decreto 1008 14-Jun 2018 libro 2 del Decreto 1078 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.”

“Por el cual se reglamenta el artículo 41 de la Ley 1955 de 2019, sobre las condiciones para implementar la obligatoriedad y aplicación de los Acuerdos Marco de Precios y se modifican los Decreto 310 25-Mar 2021 artículos 2.2.1.2.1.2.7. y 2.2.1.2.1.2.12. del Decreto 1082 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional.” www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 5 de 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-176 • 2026 • ABRIL • 17 176 Procedimiento Plan Anual de Adquisiciones Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-22 Versión: 1.0 “Por el cual se modifican los artículos 2.2.1.1.2.1.1., 2.2.1.2.1.3.2. Y 2.2.1.2.3.1.14., y se adicionan unos parágrafos transitorios a los artículos 2.2.1.1.1.5.2., 2.2.1.1.1.5.6. y Decreto 399 13-Abr 2021 2.2.1.1.1.6.2. del Decreto 1082 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional.”

“Por el cual se modifica parcialmente el artículo 2.2.1.1.1.3.1. y se adiciona el artículo 2.2.1.2.4.2.9. al Decreto 1082 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Decreto 680 22-Jun 2021 Planeación Nacional, en relación con la regla de origen de servicios en el Sistema de Compra Pública.”

“Por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1082 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional, con el fin reglamentar los artículos 30, 31, 32, 34 y 35 de Decreto 1860 24-Dic 2021 la Ley 2069 de 2020, en lo relativo al sistema de compras públicas y se dictan otras disposiciones.”

“Por el cual se modifica y adiciona el Decreto número 1082 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional para promover el acceso al sistema de Compras Públicas de las MiPymes, las Cooperativas y Decreto 142 01-Feb 2023 demás entidades de la economía solidaria, se incorporan criterios sociales y ambientales en los Procesos de Contratación de las Entidades Estatales, se incluye el Título de emprendimiento comunal y se dictan otras disposiciones.” www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 6 de 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-177 • 2026 • ABRIL • 17 177 Procedimiento Plan Anual de Adquisiciones Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-22 Versión: 1.0 “Por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá D.C., se modifica su estructura orgánica e Acuerdo Distrital 658 21-Dic 2016 interna, se fijan funciones de sus dependencias, se modifica la planta de personal, y se dictan otras disposiciones.”

“Por el cual se modifica parcialmente el Acuerdo 658 del 21 de diciembre de 2016 "por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá, Acuerdo Distrital 664 28-Mar 2017 D.C., se modifica su estructura orgánica e interna, se fijan funciones de sus dependencias, se modifica la planta de personal, y se dictan otras disposiciones.”

“Por medio del cual se modifica parcialmente el Acuerdo 658 de 2016 en cuanto a la estructura orgánica e interna, funciones de algunas Acuerdo Distrital 886 22-Mar 2023 dependencias y la planta global de empleos de la Contraloría de Bogotá D.C, y se dictan otras disposiciones.”

Acuerdo Distrital 904 26-Jun 2023 “Por medio del cual se modifican parcialmente los Acuerdos Distritales 881 y 886 de 2023.”

“Por la cual se definen los Estándares Mínimos Resolución 0312 13-Feb 2019 del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST.”

De acuerdo con el numeral 5 del artículo 3 del 27 de Circular Externa Única.

Decreto 4170 de 2011, Colombia Compra diciembre de CCE-EICP-MA-06 Eficiente actualiza la Circular Externa Única de 2023 acuerdo con los cambios normativos www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 7 de 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-178 • 2026 • ABRIL • 17 178 Procedimiento Plan Anual de Adquisiciones Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-22 Versión: 1.0

3. DEFINICIONES:

Consultar en el siguiente enlace el Banco Terminológico PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES (PAA): El Plan Anual de Adquisiciones es una herramienta para: (i) facilitar a las entidades estatales identificar, registrar, programar y divulgar sus necesidades de bienes, obras y servicios; y (ii) diseñar estrategias de contratación basadas en agregación de la demanda que permitan incrementar la eficiencia del proceso de contratación.

ACTUALIZACIÓN DEL PAA (PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES): La Unidad debe actualizar el Plan por lo menos una vez durante su vigencia, cuando: i) haya ajustes en los cronogramas de adquisición, valores, modalidad de selección, origen de los recursos; ii) para incluir nuevas obras, bienes o servicios; iii) para excluir cualquier actividad; iv) modificar el presupuesto anual de adquisiciones.

CLASIFICADOR DE BIENES Y SERVICIOS: Codificación estándar para clasificar los bienes y servicios de manera uniforme, establecido por las Naciones Unidas y adoptado por la Agencia Nacional de Contratación, conocido por las siglas UNSPSC.

SECOP: Sistema Electrónico para la Contratación Pública.

4. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

4.1. FORMULACIÓN, APROBACIÓN, ACTUALIZACIÓN Y SEGUIMIENTO AL PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES 1 Comunicación oficial - Formato PGD-07-02 Profesional de la Dirección Administrativa y Financiera.

Elabora comunicación oficial, solicitando a las dependencias el reporte de necesidades de bienes, obras y servicios, requeridos para la vigencia fiscal siguiente, Punto de Control: La comunicación oficial interna, deberá contar con la verificación del Subdirector de Contratación.

Observación: www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 8 de 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-179 • 2026 • ABRIL • 17 179 Procedimiento Plan Anual de Adquisiciones Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-22 Versión: 1.0 Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES con los respectivos soportes.

Esta actividad se debe realizar durante el último trimestre de cada vigencia.

2 Revisa, firma y remite la solicitud.

Comunicación oficial - Formato PGD-07-02 Director/a Administrativo/a – Ordenador del Gasto Observación: De no contar con aprobación, remite observaciones al profesional de la Dirección Administrativa, para que sean subsanadas o aclaradas.

3 Observación: La remisión de la información a la Dirección administrativa y Financiera, deberá realizarse vía correo electrónico.

Diligencia el Reporte de necesidades para la adquisición de bienes servicios y obras, con los respectivos soportes y remite a la Dirección Administrativa y Financiera.

Reporte de necesidades para la adquisición de bienes servicios y obras – Formato PGAF- 08-01 // Comunicación oficial Contralor Auxiliar// Directores Técnicos// Jefes de Oficinas Asesoras// Jefes de Oficinas// Subdirectores// Funcionarios de las dependencias que requieren el bien o servicio Observación: − Si existen 4 Profesional de la Dirección Administrativa y Financiera.

Comunicación oficial // Consolidado Plan Anual de Adquisiciones – Formato PGAF- 08-13 observaciones frente al documento se realiza requerimiento al área solicitante para que sean subsanadas o aclaradas.

Revisa la información remitida y determina el cumplimiento de los requisitos establecidos.

Consolida la información de conformidad con el formato establecido y el presupuesto aprobado para la Entidad. www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 9 de 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-180 • 2026 • ABRIL • 17 180 Procedimiento Plan Anual de Adquisiciones Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-22 Versión: 1.0 Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES Observación: − El consolidado debe ser acorde al presupuesto aprobado para la Entidad. − De no contar con 5 Revisa la información del Consolidado Plan Anual de Adquisiciones.

Director/a Administrativo/a – Ordenador del Gasto Consolidado Plan Anual de Adquisiciones – Formato PGAF- 08-13 // Comunicación oficial aprobación, remite observaciones al profesional de la Dirección Administrativa y Financiera, para que sean subsanadas o aclaradas 6 Comité Directivo.

Aprueba el Consolidado del Plan Anual de Adquisiciones, formato PGAF-08-13.

Consolidado Plan Anual de Adquisiciones – Formato PGAF- 08-13 // Acta PGD-02-07 Punto de Control: Verifica la articulación del PAA con los objetivos estratégicos de la entidad.

Observación: El Director/a Administrativo/a presenta el PAA al Comité Directivo, de acuerdo con lo establecido en la resolución que reglamenta los Comités.

7 Profesional de la Dirección Administrativa y Financiera Observación: Esta actividad deberá realizarse, de manera periódica, acorde con el seguimiento que se realice al PAA.

Comunicación oficial // Formato Plan, Programa, Manual o Documento Técnico PGD- 02-02 Remite Plan Anual de Adquisiciones para publicación, al encargado de la publicación en la plataforma SECOP II y al área responsable de publicación en la página de la Entidad, con los respectivos soportes.

Observación: − La publicación del SECOP II 8 Publica el Plan Anual de Adquisiciones en SECOP

II.

Profesionales o técnicos encargados de la publicación en la PAA se debe realizar a más tardar el 31 de www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 10 de 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-181 • 2026 • ABRIL • 17 181 Procedimiento Plan Anual de Adquisiciones Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-22 Versión: 1.0 Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES plataforma SECOP II enero y actualizarlo como mínimo en el mes de julio de cada vigencia, previo seguimiento No obstante, se puede actualizar el PAA en el momento que lo requiera la Entidad. − Continúa en la actividad 10.

No Aplica 9 Constancia de publicación en la WEB.

Área encargada de la publicación en página de la Entidad Publica el Plan Anual de Adquisiciones en la página WEB de la Entidad.

Punto de Control: − Si la modificación por 10 Comunicación oficial Profesional de la Dirección Administrativa y Financiera Recibe y consolida las solicitudes de modificación al PAA, por parte de las diferentes dependencias de la Entidad.

Remite para publicación en la plataforma SECOP II. su complejidad lo requiere, deberá contar con previa aprobación por parte de la Junta de Contratación, la cual será citada y presentada por la Subdirección de Contratación. − Regresa a la actividad 8.

Observación: − Regresa a la actividad No 9 − Esta actividad deberá 11 Profesional de la Dirección Administrativa.

Elabora el seguimiento al Plan Anual de Adquisiciones, con sus respectivos soportes.

Remite al área responsable de publicación en la página de la Entidad. realizarse, de manera periódica, acorde con la necesidad de la Entidad.

Seguimiento Plan Anual de Adquisiciones – PGAF-08-14 // Formato Plan, Programa, Manual o Documento Técnico PGD- 02-02 // Comunicación oficial www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 11 de 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-182 • 2026 • ABRIL • 17 182 Procedimiento Plan Anual de Adquisiciones Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGAF-22 Versión: 1.0

5. FORMATOS Y OTROS DOCUMENTOS RELACIONADOS AL PROCEDIMIENTO

1. PGAF-22-01 Reporte de necesidades para adquisiciones de bienes-servicios-obras
2. PGAF-22-02 Consolidado Plan Anual de Adquisiciones
3. PGAF-22-03 Seguimiento Plan Anual de Adquisiciones

6. CONTROL DE CAMBIOS

Versión Descripción de la Modificación Resolución Reglamentaria y Fecha 1.0 R.R. No. 017 11-Jun-2024 Responsable de Proceso que Aprueba Cargo Directora Administrativa Dependencia Dirección Administrativa y Financiera Nombre Completo Isadora Fernández Posada Firma Director/a de Planeación que Realiza Revisión Técnica Nombre Completo Sandra Patricia Bohórquez González Firma www.contraloriabogota.gov.co Carrera 32 A N° 26 A - 10 - Código Postal 111321 PBX: 3358888 Página 12 de 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-183 • 2026 • ABRIL • 17 183 SECRETARÍA DISTRITAL DE PLANEACIÓN - CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL - CONFIS RESOLUCIÓN Nº 01 (16 de abril de 2026)

334 14 - Abr - 2026 “Por la cual se aprueba una adición al Presupuesto de Gastos e Inversiones 2026 por distribución parcial de la Disponibilidad Final de la Empresa Metro de Bogotá S.A”.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-184 • 2026 • ABRIL • 17 184 334 14 - Abr - 2026 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-185 • 2026 • ABRIL • 17 185 334 14 - Abr - 2026 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-186 • 2026 • ABRIL • 17 186 334 14 - Abr - 2026 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-187 • 2026 • ABRIL • 17 187 334 14 - Abr - 2026 14 - Abr - 2026 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8563 • PP. 1-188 • 2026 • ABRIL • 17 188

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