Registro Distrital 8552 de 2026
Registro Distrital 8552 de 2026 Nivel Distrital
- Tipo
- Registro Distrital
- Número
- 8552
- Año
- 2026
- Fecha
- 31 de marzo de 2026
- Entidad
- Nivel Distrital
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
5,5 ALCALDE MAYOR Carlos Fernando Galán Pachón REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 • No. 8552 - Pp 1 - 185 - 2026 • MARZO • 31 CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Descentralizado ACUERDOS 2026 CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. ACUERDO Nº 1047 “POR EL CUAL SE ESTABLECE UN RECONOCIMIENTO ANUAL AL MEJOR FUNCIONARIO DE LIBRE Y NOMBRAMIENTO Y REMOCIÓN DE LAS UNI DADES DE APOYO NORMATIVO DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, FOMENTAN DO LA EXCELENCIA Y EL COMPROMISO EN EL SERVICIO PÚBLICO”...... 4 ACUERDO Nº 1048 “POR EL CUAL SE RINDE HOMENAJE A LA MEMORIA DE MIGUEL URIBE TURBAY EN EL DISTRITO CAPITAL”.............................................................. 6 ACUERDO Nº 1049 “POR MEDIO DEL CUAL SE PROMUEVE EL USO TEMPORAL DE PREDIOS ADQUIRIDOS PARA PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA DE TRANS PORTE EN BOGOTÁ QUE AÚN NO HAN SIDO DESARROLLADOS Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”................................................................. 9 ACUERDO Nº 1050 “POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECEN LINEAMIENTOS PARA EL FOR TALECIMIENTO INSTITUCIONAL Y LA DESCONGESTIÓN DE EXPEDIEN TES EN LAS INSPECCIONES DE POLICÍA DE BOGOTÁ, Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”............................................................................. 11 Sector Central RESOLUCIÓN Nº 064 “Por la cual se efectúan unos nombramientos en encargo, se terminan unos nom bramientos en encargo y se declaran unas vacancias temporales en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”.................70 RESOLUCIÓN Nº 070 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en ascenso y se da por terminado un encargo, en el marco del Proceso de Selección Nº 2548 de 2023 – Distrito Capital 6, de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”........................................................................................................... 77 RESOLUCIÓN Nº 071 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba y se da por termina do un encargo, en el marco del Proceso de Selección No. 2548 de 2023 – Distrito Capital 6, de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”...................83 RESOLUCIÓN Nº 074 “Por la cual se efectúa un encargo en un empleo de libre nombramiento y remo ción en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”........................................................................................................... 89 RESOLUCIÓN Nº 075 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba y se da por termina do un encargo, en el marco del Proceso de Selección No. 2548 de 2023 – Distrito Capital 6, de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”...................92 RESOLUCIÓN Nº 080 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en ascenso y se da por terminado unos encargos y finaliza un nombramiento en Provisionalidad, en el marco del Proceso de Selección Nº 2548 de 2023 – Distrito Capital 6, de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”................................. 98 DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA DEFENSORÍA DEL ESPACIO PÚBLICO RESOLUCIÓN Nº 028 “Por medio de la cual se declara bien baldío urbano y de propiedad de Bogotá, Distrito Capital, en los términos del artículo 123 de la Ley 388 de 1997, del predio con nomenclatura oficial CL 32 SUR 24B 20, CHIP AAA0013SNXS”.............107 RESOLUCIÓN Nº 484 “Por medio de la cual la Comisión Intersectorial del Espacio aprueba la exención de pago de actividad Cultural Navidad 2025 de aprovechamiento económico”................................................................................................... 159 Sector Local RESOLUCIONES 2026 SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO RESOLUCIÓN Nº 001 “Por la cual se incorporan, modifican y eliminan del Manual de Procesos y Pro cedimientos de la SED, documentos de diferentes áreas y se dictan otras dis posiciones”...................................................................................................... 13 RESOLUCIÓN Nº 041 «Por la cual se unifica el reconocimiento de carácter oficial del Colegio Republi ca del Ecuador IED»....................................................................................... 25 RESOLUCIÓN Nº 042 «Por la cual se unifica el reconocimiento de carácter oficial del Colegio Luis López de Mesa IED»....................................................................................... 28 RESOLUCIÓN Nº 043 «Por la cual se unifica el reconocimiento de carácter oficial del Colegio El Por venir IED»....................................................................................................... 31 SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL RESOLUCIÓN Nº 139 “Por la cual se efectúan unos encargos de funciones”................................... 34 DECRETOS LOCALES 2026 ALCALDÍA LOCAL DE PUENTE ARANDA DECRETO LOCAL Nº 005 “Por el cual se ajusta el Presupuesto Anual de Gastos del Fondo de Desarrollo Local Puente Aranda para la vigencia fiscal de 2026”.................................. 168 DECRETO LOCAL Nº 006 “Por el cual se ajusta por cierre presupuestal 2025 el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local Puente Aranda para la vigencia fiscal de 2026”........................................................................................................ 171 SECRETARÍA DISTRITAL DEL HÁBITAT RESOLUCIÓN Nº 293 “Por la cual se adopta la reglamentación del Programa de Subsidio Distrital de Vivienda “Reactiva Tu Compra, Reactiva Tu Hogar”, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Distrital 653 de 2025”............................................... 42 Sector Descentralizado UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL RESOLUCIÓN Nº 0023 “Por la cual se efectúa un nombramiento ordinario”....................................... 63 RESOLUCIÓN Nº 0024 “Por la cual se efectúa un nombramiento ordinario”....................................... 65 RESOLUCIÓN Nº 0055 “Por la cual se efectúa un encargo en un empleo de libre nombramiento y remo ción en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”........................................................................................................... 67 RESOLUCIONES LOCALES 2026 ALCALDÍA LOCAL DE USME RESOLUCIÓN LOCAL Nº 021 “Por medio de la cual se convoca a los sectores de los medios comunitarios y alternativos de la Localidad de Usme para adelantar el proceso de elección de sus representantes a la Mesa Local de Medios Comunitarios y Alternativos de Usme y se dictan otras disposiciones”.......................................................... 173 RESOLUCIÓN LOCAL Nº 023 “POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA EL CUMPLIMIENTO Y PAGO DE UNA OBLIGACIÓN DINERARIA DERIVADA DE UNA SENTENCIA JUDICIAL A FAVOR DEL CONSORCIO INFRAESTRUCTURA, DENTRO DEL PROCESO CON RADICADO Nº 25000-23-36-000-2019-00630-00”.............................. 182 AÑO 60 NÚMERO 8552 31 • MARZO • 2026 SECRETARÍA GENERAL ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL.
LA PUBLICACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS EN EL REGISTRO DISTRITAL SE REALIZA DE ACUERDO A LA LEY 1437 DEL 2011 EN SU ARTÍCULO 65 MODIFICADO POR LA LEY 2080 DE 2021 “POR LA CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO”.
CORREO: REGISTRODISTRITAL@ALCALDIABOGOTA.GOV.CO DIRECCIÓN: CALLE 11 SUR #1-60 ESTE - LA MARÍA - BOGOTÁ D.C.
TELÉFONO: 381 3000 EXT. 5010 - 5202 SUBDIRECTORA IMPRENTA DISTRITAL: MARÍA ANGÉLICA PUMAREJO HINOJOSA ACUERDOS DE 2026 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-4 • 2026 • MARZO • 31 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-5 • 2026 • MARZO • 31 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-6 • 2026 • MARZO • 31 6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-7 • 2026 • MARZO • 31 7 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-8 • 2026 • MARZO • 31 8 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-9 • 2026 • MARZO • 31 9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-10 • 2026 • MARZO • 31 10 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-11 • 2026 • MARZO • 31 11 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-12 • 2026 • MARZO • 31 12 RESOLUCIONES DE 2026 RESOLUCIÓN N.º 001 del 27 de marzo de 2026 “Por la cual se incorporan, modifican y eliminan del Manual de Procesos y Procedimientos de la SED, documentos de diferentes áreas y se dictan otras disposiciones”.
EL JEFE DE LA OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO En uso de sus facultades legales, en especial la conferida en la Resolución 4138 del 13 de diciembre de 2022 y,
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Administrativo de la Función Pública, a través del Decreto 1499 del 11 de septiembre de 2017 “Por medio del cual se modifica el Decreto 1083 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Función Pública, en lo relacionado con el Sistema de Gestión establecido en el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015” en su artículo 2.2.22.3.9 indica que, en las entidades autónomas, con regímenes especiales y en otras ramas del poder público, debe implementarse el Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG- Que el Consejo para la Gestión y el Desempeño Institucional, elaboró el Manual Operativo para la implementación de MIPG versión 6, el cual en su capítulo 3.2.1. que habla sobre la “Política de Fortalecimiento organizacional y simplificación de procesos”, establece que “la adopción de una gestión por procesos permite la mejora de las actividades de la administración pública orientada al servicio público y para resultados”
Que la Alcaldía Mayor de Bogotá expidió el Decreto 221 del 6 de junio de 2023 “Por medio del cual se reglamenta el Sistema de Gestión en el Distrito Capital, se deroga el Decreto Distrital 807 de 2019 y se dictan otras disposiciones.”
Que mediante la Resolución No. 1540 del 30 de mayo de 2003 la Secretaría de Educación del Distrito adoptó su Manual de Procedimientos, compuesto por: Procedimientos, Formatos e Instructivos de Trabajo, la cual ha sufrido modificaciones parciales en el transcurso del tiempo, situación que hace dinámicas las decisiones que se tomen en los actos administrativos de modificación de dicho manual.
Que mediante la Resolución 002 del 3 de diciembre de 2015, suscrita por el jefe de la Oficina Asesora de Planeación, se incorporaron al Manual de Procedimientos los Macroprocesos de la Secretaría de Educación del Distrito y que a partir de esa fecha se denomina “Manual de Procesos y Procedimientos”.
Que la Oficina Asesora de Planeación de conformidad con la función establecida en el numeral 13 del artículo 7 del Decreto 650 de 2025, está encargada de “Coordinar con las dependencias de la SED la elaboración y actualización de los Manuales de Procesos y Procedimientos de acuerdo con la metodología que se acoja y proyectar los actos administrativos para su adopción”.
Avenida El Dorado No. 66-63, PBX 324 1000, Fax 315 3448, www.educacionbogota.gov.co Información: línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-13 • 2026 • MARZO • 31 13 RESOLUCIÓN N.º 001 del 27 de marzo de 2026 Continuación de la Resolución “Por la cual se incorporan, modifican y eliminan del Manual de Procesos y Procedimientos de la SED, documentos de diferentes áreas y se dictan otras disposiciones”.
Que de acuerdo con la función establecida en el numeral 11 del artículo 6 del Decreto 650 de 2025, el Despacho del Secretario debe: “Liderar la formulación, implementación y mejoramiento continuo del Sistema de Control Interno de la Secretaría y del Sistema de Gestión de Calidad”.
Que mediante el artículo primero de la Resolución 4138 del 13 de diciembre de 2022, la Secretaria de Educación delegó “en el (la) jefe de la Oficina Asesora de Planeación la facultad para la suscripción de los actos administrativos que se requieran, única y exclusivamente para la incorporación, modificación y eliminación de los documentos que hacen parte del manual de procesos y procedimientos de la SED”.
Que en desarrollo de lo delegado en la Resolución 4138 del 13 de diciembre de 2022, la Oficina Asesora de Planeación únicamente expedirá los actos administrativos que formalicen cualquier tipo de afectación a los documentos del manual de procesos y procedimientos de la SED previa solicitud y aprobación del directivo del área competente, documentos que hacen parte integral de esta Resolución.
Que, aplicando el mejoramiento continuo, las dependencias de la Entidad realizaron requerimientos relacionados con la actualización de sus documentos que fueron atendidos por la Oficina Asesora de Planeación y que resultaron en: incorporar 13 procedimientos, modificar 4 procedimientos, eliminar 4 procedimientos, incorporar 17 formatos, modificar 9 formatos, eliminar 7 formatos, modificar 1 manual, modificar 4 normogramas y modificar 4 caracterizaciones.
Que la Secretaría de Educación del Distrito cuenta con el aplicativo isolución, el cual contiene todos los documentos del Manual de Procesos y Procedimientos y del Sistema de Gestión de la Entidad, al cual pueden acceder usuarios internos y externos por medio de la página web www.educacionbogota.edu.co para la consulta de la documentación legal y vigente.
En mérito de lo anteriormente expuesto el (la) jefe de la Oficina Asesora de Planeación:
RESUELVE:
Artículo primero.
MODIFICAR el manual de procesos y procedimientos de la Secretaría de Educación del Distrito afectando los documentos de las siguientes áreas - procesos:
1. OFICINA DE CONTROL INTERNO PROCESO EVALUACIÓN INDEPENDIENTE TIPO DE DOCUMENTO
CÓDIGO 4 Modificación NOMBRE VERSIÓN TIPO DE AFECTACIÓN Normograma 20-NG-001 Normograma del Proceso de Evaluación Independiente Avenida El Dorado No. 66-63, PBX 324 1000, Fax 315 3448, www.educacionbogota.edu.co Información: línea 195 Página 2 de 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-14 • 2026 • MARZO • 31 14 RESOLUCIÓN N.º 001 del 27 de marzo de 2026 Continuación de la Resolución “Por la cual se incorporan, modifican y eliminan del Manual de Procesos y Procedimientos de la SED, documentos de diferentes áreas y se dictan otras disposiciones”.
2. OFICINA ASESORA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA PROCESO COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL TIPO DE DOCUMENTO
CÓDIGO 4 Modificación NOMBRE VERSIÓN TIPO DE AFECTACIÓN Caracterización 02-CP-001 Caracterización del Proceso de Comunicación Institucional 4 Modificación Normograma 02-NG-001 Normograma del Proceso Comunicación Institucional
3. OFICINA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES PROCESO GOBIERNO Y SEGURIDAD DIGITAL TIPO DE DOCUMENTO
CÓDIGO 1 Incorporación NOMBRE VERSIÓN TIPO DE AFECTACIÓN Procedimiento 12-PD-041 Gestión de Solicitudes de Cableado Estructurado 1 Incorporación Procedimiento 12-PD-042 Gestión de Solicitudes de Servicio TIC Masivas Formato 12-IF-002 Informe de Implementación Solución Red LAN y/o Red Eléctrica Regulada 1 Eliminación (Por solicitud del área mediante requerimiento en Isolucion # 957 del 23 de enero de 2026) Formato 12-IF-004 Informe Estudio de Factibilidad Red LAN y/o Red Eléctrica Regulada 1 Incorporación 1 Eliminación (Por solicitud del área mediante requerimiento en Isolucion # 956 del 23 de enero de 2026) Formato 12-IF-083 Informe de Entrega de Implementación de Cableado Estructurado Red Lan y/o Eléctrica Regulada 1 Incorporación Formato 12-IF-084 Informe Solicitud de Cableado Estructurado Red Lan y/o Eléctrica Regulada Formato 12-IF-085 Solicitud de Servicio TIC Masiva 1 Incorporación Avenida El Dorado No. 66-63, PBX 324 1000, Fax 315 3448, www.educacionbogota.edu.co Información: línea 195 Página 3 de 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-15 • 2026 • MARZO • 31 15 RESOLUCIÓN N.º 001 del 27 de marzo de 2026 Continuación de la Resolución “Por la cual se incorporan, modifican y eliminan del Manual de Procesos y Procedimientos de la SED, documentos de diferentes áreas y se dictan otras disposiciones”.
3. OFICINA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES PROCESO GOBIERNO Y SEGURIDAD DIGITAL TIPO DE DOCUMENTO
CÓDIGO 1 Incorporación NOMBRE VERSIÓN TIPO DE AFECTACIÓN Formato 12-IF-086 Certificación de Bienes Inservibles TIC
4. DIRECCIÓN DE BIENESTAR ESTUDIANTIL PROCESO ACCESO Y PERMANENCIA ESCOLAR - SUBPROCESO RUTA DE ACCESO Y
PERMANENCIA ESCOLAR TIPO DE DOCUMENTO CÓDIGO 1 Incorporación NOMBRE VERSIÓN TIPO DE AFECTACIÓN Formato 07.2-IF-006 Traslado de materia prima y componente adicional 1 Incorporación Formato 07.2-IF-007 Reposición o Adición de Complementos Alimentarios
5. DIRECCIÓN DE CONSTRUCCIÓN Y CONSERVACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS PROCESO ACCESO Y PERMANENCIA ESCOLAR - SUBPROCESO INFRAESTRUCTURA
Y DOTACIONES ESCOLARES TIPO DE DOCUMENTO CÓDIGO 1 Eliminación NOMBRE VERSIÓN TIPO DE AFECTACIÓN Procedimiento 07.1-PD- 027 Atención de Necesidades Prioritarias y Emergencias de Infraestructura Física en sedes Educativas y Administrativas Procedimiento 07.1-PD- 028 Atención de Obras Prioritarias y/o Emergencias de Infraestructura Física en Sedes Educativas y Administrativas 1 Incorporación (Reemplaza el procedimiento 07.1-PD-027 Atención de Necesidades Prioritarias y Emergencias de Infraestructura Física en sedes Educativas y Avenida El Dorado No. 66-63, PBX 324 1000, Fax 315 3448, www.educacionbogota.edu.co Información: línea 195 Página 4 de 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-16 • 2026 • MARZO • 31 16 RESOLUCIÓN N.º 001 del 27 de marzo de 2026 Continuación de la Resolución “Por la cual se incorporan, modifican y eliminan del Manual de Procesos y Procedimientos de la SED, documentos de diferentes áreas y se dictan otras disposiciones”.
5. DIRECCIÓN DE CONSTRUCCIÓN Y CONSERVACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS PROCESO ACCESO Y PERMANENCIA ESCOLAR - SUBPROCESO INFRAESTRUCTURA
Y DOTACIONES ESCOLARES TIPO DE DOCUMENTO CÓDIGO NOMBRE VERSIÓN TIPO DE AFECTACIÓN Administrativas)
1 Incorporación Procedimiento 07.1-PD- 029 Devolución de bienes inmuebles en desuso a cargo de la Secretaría de Educación del Distrito 2 Modificación Formato 07.1-IF-017 Formato de Recepción de Estudios Técnicos (Diseño u Obra)
Formato 07.1-IF-018 Formato de Actualización o Ajuste al Diseño Original 2 Modificación 1 Eliminación (Por la modificación del formato 07.1- IF-017 Formato de Recepción de Estudios Técnicos (Diseño u Obra)) Formato 07.1-IF-021 Solicitud Obras Prioritarias y/o Emergencias en Colegios Distritales y Sedes Administrativas
6. DIRECCIÓN DE TALENTO HUMANO PROCESO TALENTO HUMANO TIPO DE DOCUMENTO
CÓDIGO 7 Modificación NOMBRE VERSIÓN TIPO DE AFECTACIÓN Caracterización 14-CP-001 Caracterización del Proceso de Talento Humano Procedimiento 14-PD-013 Rehabilitación y Reincorporación Laboral de la Secretaría de Educación del Distrito 3 Modificación 2 Eliminación (Por solicitud del área mediante requerimiento en Isolucion # 979 del 17 de febrero de 2026) Procedimiento 14-PD-028 Notificación e Investigación de Enfermedades Calificadas de Origen Laboral Avenida El Dorado No. 66-63, PBX 324 1000, Fax 315 3448, www.educacionbogota.edu.co Información: línea 195 Página 5 de 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-17 • 2026 • MARZO • 31 17 RESOLUCIÓN N.º 001 del 27 de marzo de 2026 Continuación de la Resolución “Por la cual se incorporan, modifican y eliminan del Manual de Procesos y Procedimientos de la SED, documentos de diferentes áreas y se dictan otras disposiciones”.
6. DIRECCIÓN DE TALENTO HUMANO PROCESO TALENTO HUMANO TIPO DE DOCUMENTO
CÓDIGO 1 Incorporación NOMBRE VERSIÓN TIPO DE AFECTACIÓN Procedimiento 14-PD-070 Reporte e Investigación de Accidentes de Trabajo de Estudiantes Afiliados al Sistema General de Riesgos Laborales 1 Incorporación Formato 14-IF-061 Informe de Investigación de Enfermedad Laboral 1 Incorporación Formato 14-IF-062 Matriz de Seguimiento de Notificación, Reporte e Investigación de Enfermedad Laboral
7. DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL TIPO DE DOCUMENTO
CÓDIGO 4 Modificación NOMBRE VERSIÓN TIPO DE AFECTACIÓN Caracterización 11-CP-001 Caracterización del Proceso de Gestión Contractual 4 Modificación Normograma 11-NG-001 Normograma del Proceso de Gestión Contractual 2 Modificación Manual 11-MN-002 Manual de Supervisión e Interventoría de la Secretaría de Educación del Distrito
8. OFICINA DE APOYO PRECONTRACTUAL PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL TIPO DE DOCUMENTO
CÓDIGO NOMBRE VERSIÓN TIPO DE AFECTACIÓN Procedimiento 11-PD-001 Desarrollo de los Procesos de selección.
1 Eliminación (Por solicitud del área mediante requerimiento en Isolucion # 1014 del 18 de marzo de 2026)
Avenida El Dorado No. 66-63, PBX 324 1000, Fax 315 3448, www.educacionbogota.edu.co Información: línea 195 Página 6 de 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-18 • 2026 • MARZO • 31 18 RESOLUCIÓN N.º 001 del 27 de marzo de 2026 Continuación de la Resolución “Por la cual se incorporan, modifican y eliminan del Manual de Procesos y Procedimientos de la SED, documentos de diferentes áreas y se dictan otras disposiciones”.
8. OFICINA DE APOYO PRECONTRACTUAL PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL TIPO DE DOCUMENTO
CÓDIGO NOMBRE VERSIÓN TIPO DE AFECTACIÓN Procedimiento 11-PD-005 Elaboración de Estudios Previos y Solicitud de Ordenación Contractual 1 Incorporación 2 Eliminación (Por solicitud del área mediante requerimiento en Isolucion # 1012 del 18 de marzo de 2026) Procedimiento 11-PD-009 Adquisición de Bienes y Servicios a través de Mecanismos de Agregación de Demanda 1 Incorporación Procedimiento 11-PD-010 Procedimiento Modalidades: Licitación Pública, Concurso de Méritos, Menor Cuantía, Selección Abreviada por Subasta Inversa 1 Incorporación Procedimiento 11-PD-011 Procedimiento Modalidad: Mínima Cuantía 1 Incorporación Procedimiento 11-PD-016 Procedimiento Modalidades: Decreto 092 de 2017 Competitivo 1 Incorporación Formato 11-IF-018 Estudios del Sector y de Costo 2 Modificación Formato 11-IF-036 Estudios y Documentos Previos para Compras a través de Mecanismos de Agregación de Demanda 1 Incorporación Formato 11-IF-037 Estudios y Documentos Previos para Procesos de Mínima Cuantía 1 Incorporación Formato 11-IF-040 Estudios y documentos previos para procesos competitivos para contratar entidades privadas sin ánimo de lucro (decreto 092 de 2017)
1 Incorporación Formato 11-IF-041 Estudios Previos Licitación Pública, Concurso Méritos, Selección Abrevada Menor Avenida El Dorado No. 66-63, PBX 324 1000, Fax 315 3448, www.educacionbogota.edu.co Información: línea 195 Página 7 de 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-19 • 2026 • MARZO • 31 19 RESOLUCIÓN N.º 001 del 27 de marzo de 2026 Continuación de la Resolución “Por la cual se incorporan, modifican y eliminan del Manual de Procesos y Procedimientos de la SED, documentos de diferentes áreas y se dictan otras disposiciones”.
8. OFICINA DE APOYO PRECONTRACTUAL PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL TIPO DE DOCUMENTO
CÓDIGO NOMBRE VERSIÓN TIPO DE AFECTACIÓN Cuantía
9. OFICINA DE CONTRATOS PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL TIPO DE DOCUMENTO
CÓDIGO 2 Modificación NOMBRE VERSIÓN TIPO DE AFECTACIÓN Procedimiento 11-PD-006 Trámite Administrativo Especial para la Declaratoria de Incumplimientos e Imposición de Medidas Contractuales 1 Incorporación Procedimiento 11-PD-012 Revisión y aprobación de Garantías 1 Incorporación Procedimiento 11-PD-013 Suspensión y reinicio 1 Incorporación Procedimiento 11-PD-014 Procedimiento Contratación Directa - Prestación de Servicios Profesionales y de apoyo a la gestión 1 Incorporación Procedimiento 11-PD-015 Modificación, Terminación Anticipada y Cesión de Contratos y Convenios 2 Eliminación Formato 11-IF-003 Acta de Reinicio 3 Modificación Formato 11-IF-004 Acta de Suspensión 3 Modificación Formato 11-IF-020 Estudios y Documentos Previos - Contratación Directa - Prestación de Servicios Profesionales, de Apoyo a la Gestión o para la Ejecución de Trabajos Artísticos Formato 11-IF-038 Estudios y documentos previos para contratos de prestación de servicios y apoyo a la gestión 1 Incorporación (Reemplaza el formato 11-IF-020 Estudios y Documentos Previos - Contratación Avenida El Dorado No. 66-63, PBX 324 1000, Fax 315 3448, www.educacionbogota.edu.co Información: línea 195 Página 8 de 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-20 • 2026 • MARZO • 31 20 RESOLUCIÓN N.º 001 del 27 de marzo de 2026 Continuación de la Resolución “Por la cual se incorporan, modifican y eliminan del Manual de Procesos y Procedimientos de la SED, documentos de diferentes áreas y se dictan otras disposiciones”.
9. OFICINA DE CONTRATOS PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL TIPO DE DOCUMENTO
CÓDIGO NOMBRE VERSIÓN TIPO DE AFECTACIÓN Directa - Prestación de Servicios Profesionales, de Apoyo a la Gestión o para la Ejecución de Trabajos Artísticos) Formato 11-IF-021 Estudios y Documentos Previos- Procesos de Selección 6 Modificación 1 Eliminación (Por solicitud del área mediante requerimiento en Isolucion # 1013 del 18 de marzo de 2026) Formato 11-IF-026 SOC-Solicitud de Ordenación de Contratación-Contratación Directa Prestación de Servicios Profesionales o de Apoyo a la Gestión 3 Modificación Formato 11-IF-030 Solicitud de Modificación Contractual 1 Eliminación Formato 11-IF-031 Solicitud de Inicio de Proceso de Presunto Incumplimiento Formato 11-IF-035 Informe de Presunto Incumplimiento 1 Incorporación 1 Incorporación (Reemplaza el formato 11-IF-031 Solicitud de Inicio de Proceso de Presunto Incumplimiento) Formato 11-IF-034 Formato Justificación de Suspensión de Contrato / Convenio Formato 11-IF-039 Solicitud de Aprobación de 1 Incorporación Avenida El Dorado No. 66-63, PBX 324 1000, Fax 315 3448, www.educacionbogota.edu.co Información: línea 195 Página 9 de 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-21 • 2026 • MARZO • 31 21 RESOLUCIÓN N.º 001 del 27 de marzo de 2026 Continuación de la Resolución “Por la cual se incorporan, modifican y eliminan del Manual de Procesos y Procedimientos de la SED, documentos de diferentes áreas y se dictan otras disposiciones”.
9. OFICINA DE CONTRATOS PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL TIPO DE DOCUMENTO
CÓDIGO NOMBRE VERSIÓN TIPO DE AFECTACIÓN Garantías
10. DIRECCIÓN DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS PROCESO GESTIÓN ADMINISTRATIVA TIPO DE DOCUMENTO
CÓDIGO 2 Modificación NOMBRE VERSIÓN TIPO DE AFECTACIÓN Formato 15-IF-012 Concepto Técnico de Arrendamiento
11. OFICINA DE SERVICIO AL CIUDADANO PROCESO DE SERVICIO INTEGRAL A LA CIUDADANÍA TIPO DE DOCUMENTO
CÓDIGO 5 Modificación NOMBRE VERSIÓN TIPO DE AFECTACIÓN Normograma 05-NG-001 Normograma del Proceso de Servicio Integral a la Ciudadanía 2 Modificación Procedimiento 05-PD-008 Gestión interna de- Peticiones, Quejas, Reclamos, Sugerencias, Denuncias y Felicitaciones- PQRSDF.
12. DIRECCIÓN FINANCIERA PROCESO GESTIÓN FINANCIERA TIPO DE DOCUMENTO
CÓDIGO 5 Modificación NOMBRE VERSIÓN TIPO DE AFECTACIÓN Caracterización 13-CP-001 Caracterización del Proceso de Gestión Financiera
13. OFICINA DE PRESUPUESTO PROCESO GESTIÓN FINANCIERA TIPO DE DOCUMENTO
CÓDIGO NOMBRE VERSIÓN TIPO DE AFECTACIÓN Procedimiento 13-PD-004 Gestión de Saldos de Pasivos 3 Modificación Avenida El Dorado No. 66-63, PBX 324 1000, Fax 315 3448, www.educacionbogota.edu.co Información: línea 195 Página 10 de 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-22 • 2026 • MARZO • 31 22 RESOLUCIÓN N.º 001 del 27 de marzo de 2026 Continuación de la Resolución “Por la cual se incorporan, modifican y eliminan del Manual de Procesos y Procedimientos de la SED, documentos de diferentes áreas y se dictan otras disposiciones”.
13. OFICINA DE PRESUPUESTO PROCESO GESTIÓN FINANCIERA TIPO DE DOCUMENTO
CÓDIGO 2 Modificación NOMBRE VERSIÓN TIPO DE AFECTACIÓN Exigibles - Gestionar el Presupuesto Formato 13-IF-009 Acta de Anulación de Pasivos Exigibles 2 Eliminación Formato 13-IF-001 Formato Solicitud de Liberación de Saldos CDP y CRP Formato 13-IF-012 Solicitud de Liberación y/o anulación de Saldos de CDP y/o CRP 1 Incorporación (Reemplaza el formato 13-IF-001 Formato Solicitud de Liberación de Saldos CDP y CRP)
Artículo segundo.
Los documentos adoptados mediante la presente Resolución, son de obligatorio cumplimiento para todos los servidores públicos y contratistas de la Secretaría de Educación del Distrito.
Artículo tercero.
Con esta resolución se afectaron en total 63 documentos y el Manual de Procesos y Procedimientos de la SED queda compuesto por: 27 caracterizaciones de procesos, 22 normogramas, 237 procedimientos, 355 formatos, 37 guías – metodologías, 35 instructivos y 19 manuales.
Artículo cuarto.
Será responsabilidad de todos los Directivos de la Entidad de los niveles central, local e institucional, la permanente actualización, implementación, divulgación, aplicación y el seguimiento de los documentos a su cargo.
En caso de que las áreas identifiquen la necesidad de intervenir sus documentos con el fin de eliminarlos, complementarlos o mejorarlos, deberán solicitar a la Oficina Asesora de Planeación, la asesoría y el acompañamiento en el levantamiento y documentación, por medio de requerimiento en el aplicativo del sistema de gestión, de acuerdo con los lineamientos emitidos por la Oficina Asesora de Planeación.
Artículo quinto.
Los documentos adoptados en la presente Resolución serán difundidos de manera general por la Oficina Asesora de Planeación en toda la Entidad y a las áreas afectadas; a su vez, los directivos de las áreas competentes tendrán la responsabilidad de la socialización, implementación y seguimiento de los documentos con los funcionarios que intervienen en ellos.
Avenida El Dorado No. 66-63, PBX 324 1000, Fax 315 3448, www.educacionbogota.edu.co Información: línea 195 Página 11 de 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-23 • 2026 • MARZO • 31 23 RESOLUCIÓN N.º 001 del 27 de marzo de 2026 Continuación de la Resolución “Por la cual se incorporan, modifican y eliminan del Manual de Procesos y Procedimientos de la SED, documentos de diferentes áreas y se dictan otras disposiciones”.
Artículo sexto.
Los documentos de que trata la presente Resolución reposarán para consulta en el archivo de la Entidad y/o en medio magnético en el aplicativo vigente del Sistema de Gestión, al cual pueden acceder usuarios internos y externos por medio de la página web www.educacionbogota.edu.co., los cuales harán parte integral de la presente Resolución.
Artículo séptimo.
Conforme a la normatividad vigente corresponde a la Oficina de Control Interno velar por el cumplimiento de los documentos del manual de procedimientos.
Artículo octavo.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C., a los veintisiete (27) días del mes de marzo de dos mil veintiséis (2026).
WILFER ORLANDO VALERO QUINTERO Jefe Oficina Asesora de Planeación Secretaría de Educación del Distrito Elaboró: Carmen Yolanda Sánchez Gallego -Profesional Especializado – OAP Avenida El Dorado No. 66-63, PBX 324 1000, Fax 315 3448, www.educacionbogota.edu.co Información: línea 195 Página 12 de 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-24 • 2026 • MARZO • 31 24 RESOLUCIÓN No. 041 DE 2026 «Por la cual se unifica el reconocimiento de carácter oficial del Colegio Republica del Ecuador IED»
EL SUBSECRETARIO DE INTEGRACIÓN INTERINSTITUCIONAL DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 115 de 1994, la Ley 715 de 2001, el Decreto 1075 de 2015, el Decreto Distrital 650 de 2025, la Resolución 2684 de 2019, la Resolución 3079 de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de Colombia, en su artículo 44, reconoce como derechos fundamentales de los niños, niñas y jóvenes, entre otros, «la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión». En virtud de esto, el Estado, la sociedad y la familia están obligados a garantizar su protección integral, con el fin de asegurar su desarrollo pleno y el ejercicio efectivo de sus derechos.
Que el artículo 67 de la Constitución Política de Colombia establece que «La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás bienes y valores de la cultura». Igualmente dispone que el Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación.
Que la Ley 715 de 2001 en los numerales 7.1 y 7.3 del artículo 7 define como competencia del distrito la prestación del servicio educativo en los niveles de preescolar, básica y media y la administración de las instituciones educativas.
Que el artículo 138 de la Ley 115 de 1994 dispone que un establecimiento educativo debe contar con la autorización para prestar el servicio a través del reconocimiento de carácter oficial otorgado por la secretaría de educación certificada, además de tener un proyecto educativo institucional y cumplir con estructura administrativa, planta física y medios educativos adecuados.
Que la Ley 1437 de 2011, en los numerales 8, 11 y 12 del artículo 3, consagra, entre otros, principios como la transparencia, eficacia y economía procesal, los cuales contribuyen a garantizar la publicidad de los documentos, la organización administrativa y la prestación de sus servicios, al igual que simplificar la documentación y reducir imprecisiones y ambigüedades.
Que el numeral 9 del artículo 6 del Decreto 650 de 2025 consagra que corresponde a las funciones del secretario de Educación del Distrito «Expedir los actos administrativos que se generen a partir de la normatividad vigente y en desarrollo de las políticas del Sector Educativo».
Que el artículo 71 del Decreto 650 de 2025 creó el Comité de Colegios Oficiales como máxima instancia decisoria de la Secretaría de Educación del Distrito en lo relacionado con la expedición, actualización, modificación o cesación de efectos jurídicos del reconocimiento de carácter oficial, de los colegios oficiales de Bogotá, así como la aprobación de la jornada única para la prestación del servicio educativo.
Que mediante la Resolución 2684 del 8 de octubre de 2019, se delegó en la Subsecretaría de Integración Interinstitucional la facultad de expedir y modificar los reconocimientos de carácter oficial de las instituciones educativas públicas de Bogotá.
Avenida El Dorado No. 66-63 PBX 324 1000 16-IF- 001 www.educacionbogota.edu.co V2 Información: línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-25 • 2026 • MARZO • 31 25 Página 2 de 3 Continuación de la Resolución N. 041 de 2026 «Por la cual se unifica el reconocimiento de carácter oficial del Colegio Republica del Ecuador IED»
Que la Resolución 4702 de 2004 de la SED dispuso que todas las instituciones educativas oficiales se denominan colegios, y la Resolución 3079 de 2019 de la SED reglamentó el procedimiento para expedir, modificar y unificar el Reconocimiento de Carácter Oficial (RCO).
Que en relación con el Colegio República del Ecuador IED la Resolución 7529 de 1998 de la SED reconoció al «Colegio Distrital República del Ecuador» para prestar el servicio de 6° a 11° en jornada mañana; la Resolución 1820 de 2002 integró el Colegio Distrital de Educación Básica y Media República del Ecuador con el CED Vitelma; la Resolución 857 de 2003 adoptó el nombre de Institución Educativa Distrital República de Ecuador; y la Resolución 0017 de 2023 autorizó a la IED para prestar el servicio en jornada única en la «Sede A – República del Ecuador» de prejardín a 11°.
Que el rector del Colegio República del Ecuador IED, mediante oficio con radicado I-2024-129559, solicitó la modificación del RCO de la institución respecto de la desvinculación de la sede B «Vitelma», teniendo en cuenta que la institución recibió una nueva sede que permite atender de manera integral la totalidad de los grados. En atención a lo anterior, la Subsecretaría de Integración Interinstitucional requirió concepto a las direcciones correspondientes del nivel central de la SED, las cuales emitieron su viabilidad de la siguiente forma: (i) la Dirección de Construcción y Conservación de Establecimientos Educativos, según lo expuesto en la comunicación I-2025-31828 viabilizó la entrega de la sede B «Vitelma», toda vez que dicha sede se encuentra en estado de abandono, deterioro físico y, desde 2022, la institución cuenta con una planta física que permite atender integralmente a la población de primaria que se encontraba previamente en la sede B; (ii) la Dirección de Educación Preescolar y Básica, en comunicación con radicado I-2025-136005, señaló que el PEI cumple con los requisitos establecidos en la norma; (iii) la Dirección Local de Educación de San Cristobal señaló mediante oficio con radicado I-2025-18873 que viabiliza la desvinculación de la sede B «Vitelma» debido a que no se encuentra en uso ni registra matrícula activa, dado que la institución cuenta desde 2022 con la planta física de la sede A; (iv) la Dirección de Inspección y Vigilancia, emitió concepto favorable en comunicación radicada con número I-2025-161800 para la actualización del RCO; y (v) el Comité de Colegios Oficiales, en sesión No. 3 del 19 de febrero de 2026, autorizó la desvinculación de la sede B «Vitelma».
Que, una vez recibidos los conceptos favorables de las direcciones mencionadas, es viable y se procede a desvincular la sede B «Vitelma».
Que existe dispersión normativa en los reconocimientos de carácter oficial y falta de claridad de los servicios educativos autorizados para el Colegio República del Ecuador IED, lo cual exige, en aras de materializar los principios de eficiencia, organización administrativa y economía, la unificación de dicho reconocimiento en un único acto administrativo, con el fin de organizar la documentación institucional, simplificar trámites y garantizar una gestión administrativa eficiente.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo primero.
RECONOCIMIENTO DE CARÁCTER OFICIAL. Reconózcase por medio de la presente resolución el carácter oficial del Colegio República del Ecuador IED, con código DANE 111001032433, para que preste el servicio educativo mixto, calendario A de la siguiente manera:
(i) tres (3) grados de educación preescolar. (ii) nueve (9) grados de educación básica.
Avenida El Dorado No. 66-63 PBX 324 1000 16-IF- 001 www.educacionbogota.edu.co V2 Información: línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-26 • 2026 • MARZO • 31 26 Página 3 de 3 Continuación de la Resolución N. 041 de 2026 «Por la cual se unifica el reconocimiento de carácter oficial del Colegio Republica del Ecuador IED»
(iii) dos (2) grados de educación media.
Artículo segundo.
AUTORIZACIÓN DE JORNADAS. Autorícese la jornada única al Colegio República del Ecuador IED.
Artículo tercero.
DESVINCULACIÓN DE SEDE. Desvincúlese la sede B «Vitelma» con código DANE 111001014311 del Colegio República del Ecuador IED, por la no prestación del servicio educativo.
Artículo cuarto.
DENOMINACIÓN DE SEDE. Autorícese el cambio de nombre de la sede A «República del Ecuador» la cual se denominará en adelante: «Sede A – República del Ecuador».
Artículo quinto.
RECONOCIMIENTO DE SEDE. Reconózcase que la institución prestará el servicio educativo en la «Sede A – República del Ecuador» con código DANE 111001032433, ubicada en la carrera 1C Este #6C - 85 Sur, de la localidad de San Cristóbal.
Artículo sexto.
NOTIFICACIÓN Y COMUNICACIÓN. Notifíquese el presente acto administrativo al Colegio República del Ecuador IED y comuníquese a las dependencias competentes de la Secretaría de Educación del Distrito para los trámites pertinentes.
Artículo séptimo.
VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga expresamente las Resoluciones 1820 de 2002; 857 de 2003 y todas las demás que sean contrarias.
Dada en Bogotá D. C., a los doce (12) días del mes de marzo de 2026 PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE DIEGO ESCALLÓN ARANGO Subsecretario de Integración Interinstitucional Proyectó: María Catalina Guerrero Fajardo - contratista SII Avenida El Dorado No. 66-63 PBX 324 1000 16-IF- 001 www.educacionbogota.edu.co V2 Información: línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-27 • 2026 • MARZO • 31 27 RESOLUCIÓN No. 042 DE 2026 «Por la cual se unifica el reconocimiento de carácter oficial del Colegio Luis López de Mesa IED»
EL SUBSECRETARIO DE INTEGRACIÓN INTERINSTITUCIONAL DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 115 de 1994, la Ley 715 de 2001, el Decreto 1075 de 2015, el Decreto Distrital 650 de 2025, la Resolución 2684 de 2019, la Resolución 3079 de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de Colombia, en su artículo 44, reconoce como derechos fundamentales de los niños, niñas y jóvenes, entre otros, «la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión». En virtud de esto, el Estado, la sociedad y la familia están obligados a garantizar su protección integral, con el fin de asegurar su desarrollo pleno y el ejercicio efectivo de sus derechos.
Que el artículo 67 de la Constitución Política de Colombia establece que «La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás bienes y valores de la cultura». Igualmente dispone que el Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación.
Que la Ley 715 de 2001 en los numerales 7.1 y 7.3 del artículo 7 define como competencia del distrito la prestación del servicio educativo en los niveles de preescolar, básica y media y la administración de las instituciones educativas.
Que el artículo 138 de la Ley 115 de 1994 dispone que un establecimiento educativo debe contar con la autorización para prestar el servicio a través del reconocimiento de carácter oficial otorgado por la secretaría de educación certificada, además de tener un proyecto educativo institucional y cumplir con estructura administrativa, planta física y medios educativos adecuados.
Que la Ley 1437 de 2011, en los numerales 8, 11 y 12 del artículo 3, consagra, entre otros, principios como la transparencia, eficacia y economía procesal, los cuales contribuyen a garantizar la publicidad de los documentos, la organización administrativa y la prestación de sus servicios, al igual que simplificar la documentación y reducir imprecisiones y ambigüedades.
Que el numeral 9 del artículo 6 del Decreto 650 de 2025 consagra que corresponde a las funciones del secretario de Educación del Distrito «Expedir los actos administrativos que se generen a partir de la normatividad vigente y en desarrollo de las políticas del Sector Educativo».
Que el artículo 71 del Decreto 650 de 2025 creó el Comité de Colegios Oficiales como máxima instancia decisoria de la Secretaría de Educación del Distrito en lo relacionado con la expedición, actualización, modificación o cesación de efectos jurídicos del reconocimiento de carácter oficial, de los colegios oficiales de Bogotá, así como la aprobación de la jornada única para la prestación del servicio educativo.
Que mediante la Resolución 2684 del 8 de octubre de 2019, se delegó en la Subsecretaría de Integración Interinstitucional la facultad de expedir y modificar los reconocimientos de carácter oficial de las instituciones educativas públicas de Bogotá.
Avenida El Dorado No. 66-63 PBX 324 1000 16-IF- 001 www.educacionbogota.edu.co V2 Información: línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-28 • 2026 • MARZO • 31 28 Página 2 de 3 Continuación de la Resolución N. 042 de 2025 «Por la cual se unifica el reconocimiento de carácter oficial del Colegio Luis López de Mesa IED»
Que la Resolución 4702 de 2004 de la SED dispuso que todas las instituciones educativas oficiales se denominan colegios, y la Resolución 3079 de 2019 de la SED reglamentó el procedimiento para expedir, modificar y unificar el Reconocimiento de Carácter Oficial (RCO).
Que, en relación con el Colegio Luis López de Mesa IED, la Resolución 7453 de 1998 de la Secretaría de Educación del Distrito reconoció y autorizó al Centro Educativo Distrital Luis López de Mesa para prestar el servicio educativo en los grados 1° a 5° en las jornadas de la mañana y la tarde; la Resolución 2543 de 2002 autorizó a la institución para prestar el servicio educativo en los grados transición a 9°; la Resolución 4698 de 2007 autorizó la prestación del servicio educativo desde preescolar hasta la educación media académica; la Resolución 070388 de 2011 modificó la Resolución 4698 de 2007 para autorizar la prestación del servicio educativo en media técnica; la Resolución 730 de 2009 incorporó al Colegio Luis López de Mesa IED al programa de articulación de la educación media con la educación superior, establecido mediante la Resolución 480 de 2008; y la Resolución 0334 de 2019 autorizó la prestación del servicio educativo en jornada única para los grados de preescolar y educación media en la sede A del Colegio Luis López de Mesa IED.
Que el rector del Colegio Luis López de Mesa IED, mediante oficio con radicado I-2023-20689, solicitó reconocer el inmueble en arrendamiento ubicado en la Carrera 77J #65A – 38 Sur en el RCO de la institución. En atención a lo anterior, la Subsecretaría de Integración Interinstitucional requirió concepto a las direcciones correspondientes del nivel central de la SED, las cuales emitieron su viabilidad de la siguiente forma: (i) la Dirección de Servicios Administrativos (DSA), mediante memorando I-2025-16498, informó que el contrato de arrendamiento CO1.PCCNTR.6247978-2024, correspondiente a la sede B del Colegio Luis López de Mesa IED, recae sobre un predio que cuenta con concepto técnico favorable emitido por la Dirección de Construcciones y Conservación de Establecimientos Educativos (DCCEE), el cual avala las condiciones de infraestructura y certifica su viabilidad para la prestación del servicio educativo; (ii) la DCCEE, según lo expuesto en la comunicación I-2025-22116 manifestó su aceptación al concepto de viabilidad emitido por la DSA siempre y cuando cumplan con las medidas de mejoramiento y mantenimiento de la infraestructura; (iii) la Dirección de Cobertura en radicado I-2025-23930 emitió concepto favorable para el reconocimiento de la sede B transitoria del Colegio Luis López de Mesa; (iv) la Dirección de Educación Preescolar y Básica, en comunicación con radicado I-2025-123495, señaló que el PEI cumple con los requisitos establecidos en la norma; (v) la Dirección de Educación Media en memorando I-2025-168877 dio viabilidad a la actualización del RCO y solicita mantener el carácter de media técnica; (vi) la Dirección de Talento Humano mediante oficio con radicado I-2025-124595 dio viabilidad y señaló que la actualización del RCO no afecta la planta docente; (vii) la Dirección de Inspección y Vigilancia, emitió concepto favorable en comunicación radicada con número I-2025-172025 para la actualización del RCO; y (viii) el Comité de Colegios Oficiales, en sesión No. 3 del 19 de febrero de 2026, autorizó el reconocimiento de la sede B transitoria del Colegio Luis López de Mesa IED.
Que, una vez recibidos los conceptos favorables de las direcciones mencionadas, es viable y se procede a reconocer la sede B transitoria del Colegio Luis López de Mesa IED.
Que existe dispersión normativa en los reconocimientos de carácter oficial y falta de claridad de los servicios educativos autorizados para el Colegio Luis López de Mesa IED, lo cual exige, en aras de materializar los principios de eficiencia, organización administrativa y economía, la unificación de dicho reconocimiento en un único acto administrativo, con el fin de organizar la documentación institucional, simplificar trámites y garantizar una gestión administrativa eficiente.
En mérito de lo expuesto, Avenida El Dorado No. 66-63 PBX 324 1000 16-IF- 001 www.educacionbogota.edu.co V2 Información: línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-29 • 2026 • MARZO • 31 29 Página 3 de 3 Continuación de la Resolución N. 042 de 2025 «Por la cual se unifica el reconocimiento de carácter oficial del Colegio Luis López de Mesa IED»
RESUELVE:
Artículo primero.
RECONOCIMIENTO DE CARÁCTER OFICIAL. Reconózcase por medio de la presente resolución el carácter oficial del Colegio Luis López de Mesa IED, con código DANE 111102000265, para que preste el servicio educativo mixto, calendario A de la siguiente manera:
(i) tres (3) grados de educación preescolar. (ii) nueve (9) grados de educación básica. (iii) dos (2) grados de educación media técnica con especialidad en: gestión de proyectos culturales.
Artículo segundo.
AUTORIZACIÓN DE JORNADAS. Autorícese las jornadas mañana y tarde para los grados 1º a 9º, y la jornada única para los grados prejardín a transición, 10º y 11º del Colegio Luis López de Mesa IED.
Artículo tercero.
DENOMINACIÓN DE SEDE. Autorícese el cambio de nombre de la sede A «Luis López de Mesa» la cual se denominará en adelante: «Sede A – Luis López de Mesa» con código DANE 111102000265.
Artículo quinto.
RECONOCIMIENTO DE SEDE. Reconózcase que la institución prestará el servicio educativo en las siguientes sedes de la localidad de Bosa:
«Sede A – Luis López de Mesa» con código DANE 111102000265, ubicada en la: calle 65H Sur #78A – 05. «Sede B – Luis López de Mesa» con código DANE 111001801501, ubicada en la: carrera 77J #65A - 38 Sur (transitoria).
Artículo sexto.
NOTIFICACIÓN Y COMUNICACIÓN. Notifíquese el presente acto administrativo al Colegio Luis López de Mesa IED y comuníquese a las dependencias competentes de la Secretaría de Educación del Distrito para los trámites pertinentes.
Artículo séptimo.
VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga expresamente las Resoluciones 7453 de 1998, 2543 de 2002, 4698 de 2007, 070388 de 2011 y todas las demás que sean contrarias.
Dada en Bogotá D. C., a los doce (12) días del mes de marzo de 2026.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE DIEGO ESCALLÓN ARANGO Subsecretario de Integración Interinstitucional Proyectó: María Catalina Guerrero Fajardo - contratista SII Avenida El Dorado No. 66-63 PBX 324 1000 16-IF- 001 www.educacionbogota.edu.co V2 Información: línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-30 • 2026 • MARZO • 31 30 RESOLUCIÓN No. 043 DE 2026 «Por la cual se unifica el reconocimiento de carácter oficial del Colegio El Porvenir IED»
EL SUBSECRETARIO DE INTEGRACIÓN INTERINSTITUCIONAL DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 115 de 1994, la Ley 715 de 2001, el Decreto 1075 de 2015, el Decreto Distrital 650 de 2025, la Resolución 2684 de 2019, la Resolución 3079 de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de Colombia, en su artículo 44, reconoce como derechos fundamentales de los niños, niñas y jóvenes, entre otros, «la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión». En virtud de esto, el Estado, la sociedad y la familia están obligados a garantizar su protección integral, con el fin de asegurar su desarrollo pleno y el ejercicio efectivo de sus derechos.
Que el artículo 67 de la Constitución Política de Colombia establece que «La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás bienes y valores de la cultura». Igualmente dispone que el Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación.
Que la Ley 715 de 2001 en los numerales 7.1 y 7.3 del artículo 7 define como competencia del distrito la prestación del servicio educativo en los niveles de preescolar, básica y media y la administración de las instituciones educativas.
Que el artículo 138 de la Ley 115 de 1994 dispone que un establecimiento educativo debe contar con la autorización para prestar el servicio a través del reconocimiento de carácter oficial otorgado por la secretaría de educación certificada, además de tener un proyecto educativo institucional y cumplir con estructura administrativa, planta física y medios educativos adecuados.
Que la Ley 1437 de 2011, en los numerales 8, 11 y 12 del artículo 3, consagra, entre otros, principios como la transparencia, eficacia y economía procesal, los cuales contribuyen a garantizar la publicidad de los documentos, la organización administrativa y la prestación de sus servicios, al igual que simplificar la documentación y reducir imprecisiones y ambigüedades.
Que el numeral 9 del artículo 6 del Decreto 650 de 2025 consagra que corresponde a las funciones del secretario de Educación del Distrito «Expedir los actos administrativos que se generen a partir de la normatividad vigente y en desarrollo de las políticas del Sector Educativo».
Que el artículo 71 del Decreto 650 de 2025 creó el Comité de Colegios Oficiales como máxima instancia decisoria de la Secretaría de Educación del Distrito en lo relacionado con la expedición, actualización, modificación o cesación de efectos jurídicos del reconocimiento de carácter oficial, de los colegios oficiales de Bogotá, así como la aprobación de la jornada única para la prestación del servicio educativo.
Que mediante la Resolución 2684 del 8 de octubre de 2019, se delegó en la Subsecretaría de Integración Interinstitucional la facultad de expedir y modificar los reconocimientos de carácter oficial de las instituciones educativas públicas de Bogotá.
Avenida El Dorado No. 66-63 PBX 324 1000 16-IF- 001 www.educacionbogota.edu.co V2 Información: línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-31 • 2026 • MARZO • 31 31 Página 2 de 3 Continuación de la Resolución N. 043 de 2026 «Por la cual se unifica el reconocimiento de carácter oficial del Colegio El Porvenir IED»
Que la Resolución 4702 de 2004 de la SED dispuso que todas las instituciones educativas oficiales se denominan colegios, y la Resolución 3079 de 2019 de la SED reglamentó el procedimiento para expedir, modificar y unificar el Reconocimiento de Carácter Oficial (RCO).
Que, en relación con el Colegio El Porvenir IED, la Resolución 7453 de 1998 reconoció y autorizó al Centro Educativo Distrital El Porvenir para prestar el servicio educativo de los grados 1° a 5° en la jornada mañana; la Resolución 2541 de 2002 autorizó a la Institución Educativa Distrital el Porvenir para prestar el servicio educativo de transición a 11° en jornadas mañana y tarde; la Resolución 542 de 2007 aclaró la Resolución 2541 de 2002 en el sentido de autorizar el nivel de preescolar en todos su grados; la Resolución 730 de 2009 incorporó al Colegio El Porvenir IED al programa de articulación de la educación media con la educación superior, establecido mediante la Resolución 480 de 2008; y la Resolución 07-0387 de 2011 modificó la Resolución 2541 de 2002 autorizando el tránsito de media académica a media técnica.
Que el rector del Colegio El Porvenir IED, mediante oficio con radicado I-2025-101830, solicitó la modificación del RCO de la institución con el fin de ampliar la prestación del servicio educativo en educación media para pasar de una a cuatro especialidades técnicas. En atención a lo anterior, la Subsecretaría de Integración Interinstitucional requirió concepto a las áreas competentes de la SED, las cuales emitieron su viabilidad así: (i) la Subsecretaría de Calidad y Pertinencia, mediante comunicaciones con radicados I-2025- 103622 e I-2025-148421, señaló que el PEI y las mallas curriculares del nivel de media de la institución cumplen con los requisitos establecidos en la norma, por lo que es favorable autorizar la prestación del servicio para las especialidades de: actividad física, recreación y deporte; animación artística y cultural; diseño multimedia; y tecnologías de la información y comunicación (TIC), todas con énfasis en formulación e implementación de proyectos; (ii) la Dirección de Talento Humano, según lo expuesto en las comunicaciones I-2025-159381 e I-2025-169852, informó que es viable la actualización y creación de las especialidades de la media técnica teniendo en cuenta que no afecta el parámetro de asignación de docentes; (iii) la Subsecretaría de Acceso y Permanencia, mediante comunicaciones con radicados I-2025- 170910 e I-2026-26611, indicó que el colegio cuenta con los espacios para la prestación del servicio en las especialidades técnicas. Así mismo, aclaró que la Sede B «El Regalo» con código DANE 111001104094 se encuentra en estado de cierre definitivo por lo que no cuenta con matrícula asociada; (iv) la Dirección de Inspección y Vigilancia emitió concepto favorable para la actualización del RCO, según comunicación radicada con número I-2026-364; y (v) el Comité de Colegios Oficiales, en sesión No.2 del 6 de febrero de 2026, autorizó la actualización y creación de nuevas especialidades en el Colegio El Porvenir IED.
Que, una vez recibidos los conceptos favorables de las subsecretarías y direcciones mencionadas, es viable y se procede a actualizar y crear nuevas especialidades en el colegio El Porvenir IED.
Que existe dispersión normativa en los reconocimientos de carácter oficial y falta de claridad de los servicios educativos autorizados para el Colegio El Porvenir IED, lo cual exige, en aras de materializar los principios de eficiencia, organización administrativa y economía, la unificación de dicho reconocimiento en un único acto administrativo, con el fin de organizar la documentación institucional, simplificar trámites y garantizar una gestión administrativa eficiente.
En mérito de lo expuesto, Avenida El Dorado No. 66-63 PBX 324 1000 16-IF- 001 www.educacionbogota.edu.co V2 Información: línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-32 • 2026 • MARZO • 31 32 Página 3 de 3 Continuación de la Resolución N. 043 de 2026 «Por la cual se unifica el reconocimiento de carácter oficial del Colegio El Porvenir IED»
RESUELVE:
Artículo primero.
RECONOCIMIENTO DE CARÁCTER OFICIAL. Reconózcase por medio de la presente resolución el carácter oficial del Colegio El Porvenir IED, con código DANE 211102000243, para que preste el servicio educativo mixto, calendario A de la siguiente manera:
(i) tres (3) grados de educación preescolar. (ii) nueve (9) grados de educación básica. (iii) dos (2) grados de educación media técnica en las especialidades de: (i) actividad física, recreación y deporte; (ii) animación artística y cultural; (iii) diseño multimedia; y (iv) tecnologías de la información y comunicación (TIC), todas con énfasis en formulación e implementación de proyectos.
Artículo segundo.
AUTORIZACIÓN DE JORNADAS. Autorícese las jornadas mañana y tarde al Colegio El Porvenir IED.
Artículo tercero.
REORGANIZACIÓN DE SEDES. Autorícese la reorganización de las sedes del Colegio El Porvenir IED. A partir de la vigencia del presente acto administrativo, la sede C «El Recuerdo», con código DANE 111001104361, será reconocida como sede B.
Artículo cuarto.
DENOMINACIÓN DE SEDES. Autorícese el cambio de nombre de las sedes A «El Porvenir» y C «El Recuerdo» las cuales se denominarán en adelante: «Sede A – El Porvenir» y «Sede B – El Porvenir».
Artículo quinto.
RECONOCIMIENTO DE SEDE. Reconózcase que la institución prestará el servicio educativo en las siguientes sedes de la localidad de Bosa:
«Sede A – El Porvenir» con código DANE 211102000243 ubicada en la: calle 51 Sur #91D – 56. «Sede B – El Porvenir» con código DANE 111001104361, ubicada en la: calle 58 Sur #104A – 50.
Artículo sexto.
NOTIFICACIÓN Y COMUNICACIÓN. Notifíquese el presente acto administrativo al Colegio El Porvenir IED y comuníquese a las dependencias competentes de la Secretaría de Educación del Distrito para los trámites pertinentes.
Artículo séptimo.
VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga expresamente las Resoluciones 2541 de 2002, 542 de 2007, 07-0387 de 2011 y todas las demás que sean contrarias.
Dada en Bogotá D. C., a los doce (12) días del mes de marzo de 2026.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE DIEGO ESCALLÓN ARANGO Subsecretario de Integración Interinstitucional Proyectó: María Catalina Guerrero Fajardo - contratista SII Avenida El Dorado No. 66-63 PBX 324 1000 16-IF- 001 www.educacionbogota.edu.co V2 Información: línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-33 • 2026 • MARZO • 31 33 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-34 • 2026 • MARZO • 31 34 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-35 • 2026 • MARZO • 31 35 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-36 • 2026 • MARZO • 31 36 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-37 • 2026 • MARZO • 31 37 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-38 • 2026 • MARZO • 31 38 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-39 • 2026 • MARZO • 31 39 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-40 • 2026 • MARZO • 31 40 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-41 • 2026 • MARZO • 31 41 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-42 • 2026 • MARZO • 31 42 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-43 • 2026 • MARZO • 31 43 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-44 • 2026 • MARZO • 31 44 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-45 • 2026 • MARZO • 31 45 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-46 • 2026 • MARZO • 31 46 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-47 • 2026 • MARZO • 31 47 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-48 • 2026 • MARZO • 31 48 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-49 • 2026 • MARZO • 31 49 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-50 • 2026 • MARZO • 31 50 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-51 • 2026 • MARZO • 31 51 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-52 • 2026 • MARZO • 31 52 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-53 • 2026 • MARZO • 31 53 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-54 • 2026 • MARZO • 31 54 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-55 • 2026 • MARZO • 31 55 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-56 • 2026 • MARZO • 31 56 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-57 • 2026 • MARZO • 31 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-58 • 2026 • MARZO • 31 58 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-59 • 2026 • MARZO • 31 59 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-60 • 2026 • MARZO • 31 60 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-61 • 2026 • MARZO • 31 61 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-62 • 2026 • MARZO • 31 62 0023 06-febrero-2026 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-63 • 2026 • MARZO • 31 63 06-febrero-2026 0023 06-febrero-2026 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-64 • 2026 • MARZO • 31 64 0024 06-febrero-2026 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-65 • 2026 • MARZO • 31 65 06-febrero-2026 0024 06-febrero-2026 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-66 • 2026 • MARZO • 31 66 0055 09-febrero-2026 RESOLUCIÓN No. “Por la cual se efectúa un encargo en un empleo de libre nombramiento y remoción en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”
LA DIRECTORA DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 24 de la Ley 909 de 2004 y el artículo 16 del Acuerdo 004 de 2021 del Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 1 de la Ley 1960 de 2019, dispone que los cargos de libre nombramiento y remoción, en caso de vacancia temporal o definitiva, podrán ser provistos mediante encargo de empleados de carrera o de libre nombramiento y remoción, que cumplan los requisitos y el perfil para su desempeño. En caso de vacancia definitiva, el encargo tendrá una duración máxima de tres (3) meses, prorrogables por un término igual, vencidos los cuales el empleo deberá ser provisto en forma definitiva.
Que el artículo 24 de la ley 909 de 2004, señala:
“(…) Los cargos de libre nombramiento y remoción, en caso de vacancia temporal o definitiva, podrán ser provistos a través del encargo de empleados de carrera o de libre nombramiento y remoción, que cumplan los requisitos y el perfil para su desempeño.
En caso de vacancia definitiva el encargo será hasta por el término de tres (3) meses, prorrogable por tres (3) meses más, vencidos los cuales el empleo deberá ser provisto en forma definitiva.”
Que el artículo 2.2.5.2.1 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, señala que la vacancia definitiva de un empleo se configura, entre otras causales, por la renuncia regularmente aceptada.
Que el artículo 2.2.5.5.41 del Decreto ídem, establece que los empleados podrán ser encargados para asumir parcial o totalmente las funciones de empleos diferentes a aquellos para los cuales han sido nombrados, por ausencia temporal o definitiva del titular, desvinculándose o no de las propias de su cargo.
Que el artículo 2.2.5.5.44 del Decreto 1083 de 2015, establece que el empleado encargado tendrá derecho al salario señalado para el empleo que desempeña temporalmente, siempre que no deba ser percibido por su titular.
GESP-01-FR-06 V.2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-67 • 2026 • MARZO • 31 67 0055 09-febrero-2026 RESOLUCIÓN No. “Por la cual se efectúa un encargo en un empleo de libre nombramiento y remoción en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”
Que el empleo Subgerente, Código 090, Grado 03, de libre nombramiento y remoción, ubicado en la Subgerencia de Información Física y Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, se encuentra en vacancia definitiva.
Que mediante memorando No. 2026IE2526 del 06 de febrero de 2026, la Directora de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital solicitó:
“De manera atenta, me permito solicitar se adelanten las gestiones para efectuar el encargo, a partir del 9 de febrero de 2026, del servidor público Edgar Estevens Español Morales en el empleo de Subgerente Código 090 Grado 03, adscrito a la Subgerencia de Información Física y Jurídica, atendiendo las necesidades del servicio.”
Que el servidor público Edgar Estevens Español Morales identificado con cedula de ciudadanía No. 79.721.436 es titular con derechos de carrera administrativa del empleo Profesional Especializado, Código 222, Grado 10 adscrito a la Gerencia de Información Catastral de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que la Subgerencia de Talento Humano de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital certificó que el servidor público Edgar Estevens Español Morales identificado con cedula de ciudadanía No. 79.721.436, cumple con los requisitos de educación y experiencia establecidos en el manual específico de funciones y competencias laborales para el desempeño, mediante encargo, del empleo de Subgerente, Código 090, Grado 03, de libre nombramiento y remoción, ubicado en la Subgerencia de Información Física y Jurídica.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1.
Encargar, a partir del 09 de febrero de 2026, al servidor público Edgar Estevens Español Morales identificado con cedula de ciudadanía No. 79.721.436, en el empleo de libre nombramiento y remoción de Subgerente, Código 090, Grado 03, ubicado en la Subgerencia de Información Física y Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, hasta por el término de tres (3) meses, prorrogables por un término igual, de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa del presente acto administrativo.
Parágrafo. El presente encargo implica el ejercicio integral de las funciones asignadas al empleo de libre
nombramiento y remoción de Subgerente, Código 090, Grado 03, ubicado en la Subgerencia de Información Física y Jurídica y comporta la desvinculación de las funciones propias del empleo Profesional Especializado Código 222 Grado 10 adscrito a la Gerencia de Información Catastral.
GESP-01-FR-06 V.2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-68 • 2026 • MARZO • 31 68 0055 09-febrero-2026 RESOLUCIÓN No. “Por la cual se efectúa un encargo en un empleo de libre nombramiento y remoción en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”
Artículo 2.
Reconocer al servidor público Edgar Estevens Español Morales, identificado con cedula de ciudadanía No. 79.721.436, la diferencia salarial correspondiente al empleo de Subgerente, Código 090, Grado 03, ubicado en la Subgerencia de Información Física, en atención a que no existe titular que devengue la asignación del cargo y a que la Entidad cuenta con la disponibilidad presupuestal para su pago.
Artículo 3.
Comunicar el presente acto administrativo al servidor público Edgar Estevens Español Morales y a la Gerencia de Información Catastral de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad.
Artículo 4.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE, Dado en Bogotá, D.C., a los 09-febrero-2026 OLGA LUCÍA LÓPEZ MORALES Directora Proyectó: Gloria Stella Pacheco Fonseca – Profesional Universitario STH Revisó: Mónica Daniela Cortes Muñoz – Profesional Especializado –STH Luisa Fda Parra N - Contratista -STH Aprobó: Ennis Esther Jaramillo Morato - Subgerente de Talento Humano Guiomar Patricia Gil Ardila - Gerente de Gestión Corporativa (E)
GESP-01-FR-06 V.2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-69 • 2026 • MARZO • 31 69 RESOLUCIÓN No.
064 “Por la cual se efectúan unos nombramientos en encargo, se terminan unos nombramientos en encargo y se declaran unas vacancias temporales en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”
EL GERENTE DE GESTIÓN CORPORATIVA DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 1 de la Ley 1960 de 2019, los artículos 2.2.5.3.1 y 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015, el artículo quinto de la Resolución 989 de 2024 de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, y, C O N S I D E R A N D O Que el literal e) del artículo quinto de la Resolución 989 del 27 de diciembre del 2024, delegó en el Gerente de Gestión Corporativa la función de “Realizar encargos, asignaciones de funciones, prórrogas de nombramiento, suspensiones, reintegros y retiros del servicio.”
Que el parágrafo primero del artículo quinto de la Resolución 989 del 27 de diciembre del 2024, delegó en el Gerente de Gestión Corporativa el trámite de las situaciones administrativas así: “La presente delegación incluye todos los trámites, autorizaciones, concesiones, suspensiones, interrupciones o negaciones relacionados con todas las situaciones administrativas consagradas en la ley de los servidores que ocupen los empleos públicos de los niveles profesional, técnico y asistencial de la UAECD.”
Que el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 1 de la Ley 1960 de 2019, dispone que mientras se surte el proceso de selección para proveer empleos de carrera administrativa, los empleados de carrera tendrán derecho a ser encargados de tales empleos si acreditan los requisitos, poseen las aptitudes y habilidades para su desempeño, no han sido sancionados disciplinariamente en el último año y su última evaluación del desempeño sea sobresaliente.
Que el artículo 2.2.5.2.2 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1° del Decreto 648 de 2017, establece: “Vacancia temporal. El empleo queda vacante temporalmente cuando su titular se encuentre en una de las siguientes situaciones: (…) 5. Encargado, separándose de las funciones del empleo del cual es titular.”
Que el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017 dispuso frente a la provisión de las vacancias definitivas que: ”(…) Mientras se surte el proceso de selección, el empleo de carrera vacante de manera definitiva podrá proveerse transitoriamente a través de las figuras del encargo GESP-01-FR-06 V.2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-70 • 2026 • MARZO • 31 70 RESOLUCIÓN No.
064 “Por la cual se efectúan unos nombramientos en encargo, se terminan unos nombramientos en encargo y se declaran unas vacancias temporales en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital” o del nombramiento provisional, en los términos señalados en la Ley 909 de 2004 y en el Decreto Ley 760 de 2005 o en las disposiciones que regulen los sistemas específicos de carrera (…)”
Que el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, establece que antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador por resolución motivada podrá darlos por terminados.
Que el artículo 2.2.5.4.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, dispone que los empleados públicos podrán ser encargados para asumir parcial o totalmente las funciones de empleos diferentes de aquellos para los cuales han sido nombrados002C por ausencia temporal o definitiva del titular, desvinculándose o no de las propias de su cargo.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante Circular 003 de 2014, señaló que, en virtud del Auto del 5 de mayo de 2014 proferido por el Consejo de Estado, no se requerirá autorización para proveer transitoriamente los empleos de carrera a través de encargo o nombramiento en provisionalidad.
Que, en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, existen las siguientes vacantes definitivas, las cuales tuvieron aviso de publicación para el otorgamiento de los encargos:
DENOMINACIÓN EMPLEO CÓDIGO GRADO UBICACIÓN PUBLICACIÓN FECHA PUBLICACIÓN Profesional Especializado 222 6 Subgerencia de Información Económica 087 10/11/2025 Profesional Universitario 219 1 Subgerencia de Información Física y Jurídica 100 10/11/2025 Que, en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, existen las siguientes vacantes temporales, cuyo titular actualmente se encuentran nombrada en encargo, por lo cual se procedió con el aviso de publicación para el otorgamiento de los encargos:
GESP-01-FR-06 V.2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-71 • 2026 • MARZO • 31 71 RESOLUCIÓN No.
064 “Por la cual se efectúan unos nombramientos en encargo, se terminan unos nombramientos en encargo y se declaran unas vacancias temporales en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”
DENOMINACIÓN NOMBRE EMPLEO CÓDIGO GRADO UBICACIÓN PUBLICACIÓN FECHA PUBLICACIÓN TITULAR IDENTIFICACIÓN Información 089 10/11/2025 Astrid Yadira Duitama 53.139.795 Profesional Especializado 222 6 Subgerencia de Económica Guio Que, mediante de la Resolución N° 430 de 30 de octubre de 2025, se resolvió efectuar el retiro del servicio del servidor público Edgar García Cardona, identificado con cédula de ciudadanía No. 19.422.751, titular del empleo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 05, adscrito a la Subgerencia de Información Económica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, con ocasión del reconocimiento de pensión de vejez, a partir del dos (02) de febrero de 2026, por lo cual se procedió con el aviso de publicación para el otorgamiento de los encargos:
DENOMINACIÓN NOMBRE EMPLEO CÓDIGO GRADO UBICACIÓN PUBLICACIÓN FECHA PUBLICACIÓN TITULAR IDENTIFICACIÓN 093 10/11/2025 Edgar García Información Profesional Universitario 219 5 Subgerencia de Cardona 19.422.751 Económica Que teniendo en cuenta lo anterior, los siguientes servidores manifestaron interés en ser nombrados mediante encargo y actualmente se encuentran desempeñando sus empleos titulares:
NOMBRE IDENTIFICACIÓN DENOMINACIÓN EMPLEO TITULAR CÓDIGO GRADO UBICACIÓN Jean Pierre Riaño Melo 80.002.371 Técnico Operativo 314 5 Subgerencia de Información Física y Jurídica Que los siguientes servidores manifestaron interés en ser nombrados mediante encargo y actualmente se encuentran nombrados en encargo:
NOMBRE IDENTIFICACIÓN DENOMINACIÓN EMPLEO ENCARGO CÓDIGO GRADO UBICACIÓN Daniel Suarez Pira 79.702.262 Profesional Especializado 222 6 Subgerencia de Información Económica GESP-01-FR-06 V.2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-72 • 2026 • MARZO • 31 72 RESOLUCIÓN No.
064 “Por la cual se efectúan unos nombramientos en encargo, se terminan unos nombramientos en encargo y se declaran unas vacancias temporales en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”
NOMBRE IDENTIFICACIÓN DENOMINACIÓN EMPLEO ENCARGO CÓDIGO GRADO UBICACIÓN Laura Angelica Rodriguez Casas 1.013.621.495 Profesional Universitario 219 5 Subgerencia de Operaciones Elvia Yaneth Conde Arce 51.974.136 Profesional Especializado 222 6 Subgerencia de Información Económica Que, una vez realizado el estudio de verificación de requisitos para el otorgamiento de los encargos, se determinó que los servidores mencionados con anterioridad cumplen con los requisitos establecidos para ocupar los empleos señalados.
Que, por lo anterior, es procedente dar por terminados los siguientes nombramientos en encargo:
NOMBRE IDENTIFICACIÓN DENOMINACIÓN EMPLEO ENCARGO CÓDIGO GRADO UBICACIÓN Daniel Suarez Pira 79.702.262 Profesional Especializado 222 6 Subgerencia de Información Económica Laura Angelica Rodriguez Casas 1.013.621.495 Profesional Universitario 219 5 Subgerencia de Operaciones Elvia Yaneth Conde Arce 51.974.136 Profesional Especializado 222 6 Subgerencia de Información Económica Que, en consecuencia, es procedente nombrar con carácter de encargo a los siguientes servidores en los empleos señalados:
NOMBRE IDENTIFICACIÓN DENOMINACIÓN EMPLEO CÓDIGO GRADO UBICACIÓN PUBLICACIÓN 100 Jean Pierre Riaño Melo 80.002.371 Profesional Universitario 219 1 Subgerencia de Información Física y Jurídica 087 Información Daniel Suarez Pira 79.702.262 Profesional Especializado 222 6 Subgerencia de Económica Laura Angelica Rodriguez 089 Información Casas 1.013.621.495 Profesional Especializado 222 6 Subgerencia de Económica GESP-01-FR-06 V.2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-73 • 2026 • MARZO • 31 73 RESOLUCIÓN No.
064 “Por la cual se efectúan unos nombramientos en encargo, se terminan unos nombramientos en encargo y se declaran unas vacancias temporales en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”
NOMBRE IDENTIFICACIÓN DENOMINACIÓN EMPLEO CÓDIGO GRADO UBICACIÓN PUBLICACIÓN 093 Información Elvia Yaneth Conde Arce 51.974.136 Profesional Universitario 219 5 Subgerencia de Económica Que en consideración de lo anterior, este despacho estima procedente declarar la vacancia temporal de los empleos sobre los cuales ostentan derechos de carrera administrativa y de los cuales son titulares los siguientes servidores públicos de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
DENOMINACIÓN NOMBRE IDENTIFICACIÓN EMPLEO EN CÓDIGO GRADO UBICACIÓN ENCARGO Jean Pierre Riaño Melo 80.002.371 Técnico Operativo 314 5 Subgerencia de Información Física y Jurídica Que, en mérito de lo expuesto, R E S U E L V E
Artículo 1.
Dar por terminado el nombramiento en encargo a los siguientes servidores.
NOMBRE IDENTIFICACIÓN DENOMINACIÓN EMPLEO ENCARGO CÓDIGO GRADO UBICACIÓN Daniel Suarez Pira 79.702.262 Profesional Especializado 222 6 Subgerencia de Información Económica Laura Angelica Rodriguez Casas 1.013.621.495 Profesional Universitario 219 5 Subgerencia de Operaciones Elvia Yaneth Conde Arce 51.974.136 Profesional Especializado 222 6 Subgerencia de Información Económica
Artículo 2.
Encargar a los siguientes servidores públicos, en los empleos que se señalan a continuación a partir de la fecha de su posesión y hasta cuando finalice la situación administrativa que le dio origen a la misma, en los casos que aplique.
GESP-01-FR-06 V.2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-74 • 2026 • MARZO • 31 74 RESOLUCIÓN No.
064 “Por la cual se efectúan unos nombramientos en encargo, se terminan unos nombramientos en encargo y se declaran unas vacancias temporales en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”
NOMBRE IDENTIFICACIÓN DENOMINACIÓN EMPLEO CÓDIGO GRADO UBICACIÓN PUBLICACIÓN 100 Jean Pierre Riaño Melo 80.002.371 Profesional Universitario 219 1 Subgerencia de Información Física y Jurídica 087 Información Daniel Suarez Pira 79.702.262 Profesional Especializado 222 6 Subgerencia de Económica Laura Angelica Rodriguez 089 Información Casas 1.013.621.495 Profesional Especializado 222 6 Subgerencia de Económica Información 093 Elvia Yaneth Conde Arce 51.974.136 Profesional Universitario 219 5 Subgerencia de Económica Parágrafo 1. El presente encargo comportará el ejercicio integral de las funciones atribuidas al empleo y la desvinculación transitoria de las funciones propias del empleo del que es titular el servidor encargado.
Parágrafo 2. Los servidores públicos encargados, deberán realizar entrega de las evidencias para la
evaluación parcial eventual de desempeño, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del Acuerdo 6176 de 2018, emitido por la Comisión Nacional del Servicio Civil, junto con la entrega de un informe detallado de la gestión al jefe inmediato con copia a la Subgerencia de Talento Humano, asuntos pendientes y en trámite a la fecha de otorgamiento del encargo, inventario de los bienes muebles y gestión documental asignada que tenga a su cargo, con ocasión a sus funciones.
Artículo 3.
Declarar la vacancia temporal de los siguientes empleos, sobre los cuales ostentan derechos de carrera administrativa los siguientes servidores públicos:
DENOMINACIÓN NOMBRE IDENTIFICACIÓN EMPLEO EN CÓDIGO GRADO UBICACIÓN ENCARGO Jean Pierre Riaño Melo 80.002.371 Técnico Operativo 314 5 Subgerencia de Información Física y Jurídica
Artículo 4.
Los servidores públicos encargados, tendrán derecho al reconocimiento de la diferencia salarial que corresponda a los empleos de los cuales están encargados, toda vez que no existe titular que perciba
GESP-01-FR-06 V.2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-75 • 2026 • MARZO • 31 75 RESOLUCIÓN No.
064 “Por la cual se efectúan unos nombramientos en encargo, se terminan unos nombramientos en encargo y se declaran unas vacancias temporales en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”
30-Enero-2026 el salario del empleo y la entidad cuenta con la disponibilidad presupuestal para su reconocimiento y pago.
Artículo 5.
Publicar el contenido de la presente resolución en el Registro Distrital a través de la Gerencia Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Artículo 6.
Publicar el contenido de la presente resolución en el Botón de Transparencia de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad.
Artículo 7.
Notificar el contenido de la presente resolución a los servidores públicos encargados en el artículo 1 del presente acto administrativo, y comunicar a la Subgerencia de Información Física y Jurídica, a la Subgerencia de Información Económica, y a la Subgerencia de Operaciones a través de la Subgerencia de Talento Humano de la misma Unidad.
Artículo 8.
Los efectos fiscales de la presente resolución rigen a partir de la fecha de posesión en el empleo.
Artículo 9.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y produce efectos a partir de su comunicación.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE, Y CÚMPLASE, Dada en Bogotá D.C., a los JAIRO ANDRÉS REVELO MOLINA Gerente de Gestión Corporativa Aprobó: Ennis Esther Jaramillo Morato- Subgerente de Talento Humano Revisó: Mónica Daniela Cortés Muñoz- Profesional Especializado – STH Proyectó: Gloria Stella Pacheco Fonseca – Profesional Universitario, STH GESP-01-FR-06 V.2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-76 • 2026 • MARZO • 31 76 RESOLUCIÓN No.
070 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en ascenso y se da por terminado un encargo, en el marco del Proceso de Selección No. 2548 de 2023 – Distrito Capital 6, de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”
EL GERENTE DE GESTIÓN CORPORATIVA DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por la Ley 909 de 2004, los artículos 2.2.5.3.1 y 2.2.5.3.2 del Decreto 1083 de 2015, la Resolución 989 de 2024 de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, y, C O N S I D E R A N D O Que el artículo 125 de la Constitución Política de Colombia dispone que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera administrativa, salvo las excepciones allí previstas, y que tanto el ingreso como el ascenso en dichos empleos se realizará previo el cumplimiento de los requisitos y condiciones que establezca la ley, con fundamento en el mérito y las calidades de los aspirantes.
Que de conformidad con lo previsto en los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1° del Decreto 648 de 2017, los empleos de carrera administrativa en vacancia definitiva se proveerán en período de prueba o en ascenso, con las personas seleccionadas mediante el sistema de mérito.
Que el artículo 27 de la Ley ibidem establece que el ingreso y la permanencia en los empleos de carrera administrativa se realizarán exclusivamente con base en el mérito, a través de procesos de selección que garanticen la transparencia, la objetividad y la igualdad de oportunidades, sin discriminación alguna.
Que el artículo 2.2.5.3.2 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1° del Decreto 648 de 2017, señala que la provisión definitiva de los empleos de carrera administrativa se efectuará, entre otras situaciones, con la persona que al momento del nombramiento ocupe el primer lugar en la lista de elegibles vigente para el empleo convocado.
Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto 1083 de 2015, es deber del jefe de la entidad efectuar los nombramientos en período de prueba en estricto orden de mérito, conforme a la lista de elegibles en firme, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su publicación por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil CNSC.
GESP-01-FR-06 V.2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-77 • 2026 • MARZO • 31 77 RESOLUCIÓN No.
070 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en ascenso y se da por terminado un encargo, en el marco del Proceso de Selección No. 2548 de 2023 – Distrito Capital 6, de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”
Que el artículo 2.2.6.26 del Decreto 1083 de 2015 señala que “cuando un empleado con derechos de carrera supere un concurso será nombrado en ascenso en período de prueba por el término de seis (6) meses. Si supera este período satisfactoriamente le será actualizada su inscripción el registro público. Mientras se produce la calificación del periodo de prueba, el cargo del cual es titular el empleado ascendido podrá ser provisto por encargo o mediante nombramiento provisional, conforme con las reglas que regulan la materia.”
Que el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 648 de 2017, “Por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1083 de 2015, Reglamentario Único del Sector de la Función Pública”, dispone que “Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados”.
Que mediante la Resolución No. 989 del 27 de diciembre de 2024, la Directora General de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital delegó en el Gerente de Gestión Corporativa la competencia para suscribir, revocar o derogar los nombramientos de los empleos de la entidad, con excepción de los empleos de libre nombramiento y remoción, razón por la cual el presente acto administrativo se expide en ejercicio de las facultades legalmente delegadas.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil –CNSC–, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, expidió el Acuerdo No. 105 del 20 de diciembre de 2023, “Por el cual se convoca y se establecen las reglas del Proceso de Selección, en las modalidades de Ascenso y Abierto, para proveer los empleos en vacancia definitiva pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital – UAECD – Proceso de Selección No. 2548 de 2023 – Distrito Capital 6”, mediante el cual se convocó a proceso de selección para proveer las vacantes definitivas de diferentes empleos de la entidad.
Que posteriormente, la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Acuerdo No. 152 del 3 de julio de 2024, modificó el artículo 8 del Acuerdo No. 105 de 2023, en lo relacionado con la cantidad de empleos ofertados en la Oferta Pública de Empleos de Carrera Administrativa –OPEC– de la UAECD, para el Proceso de Selección No. 2548 de 2023 – Distrito Capital 6.
Que, culminadas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución N° 13093 del 17 de diciembre de 2025, mediante la cual se conformó y adoptó la lista de elegibles para proveer una (1) vacante definitiva del empleo denominado Profesional Especializado Código 222, Grado 10, adscrito a la Subgerencia de Analítica de Datos, identificado con el Código OPEC No. 209438, en la modalidad GESP-01-FR-06 V.2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-78 • 2026 • MARZO • 31 78 RESOLUCIÓN No.
070 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en ascenso y se da por terminado un encargo, en el marco del Proceso de Selección No. 2548 de 2023 – Distrito Capital 6, de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital” de ascenso del Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que la mencionada lista de elegibles fue publicada en el Banco Nacional de Listas de Elegibles y adquirió firmeza el 26 de enero de 2026, habilitando a la entidad para efectuar los nombramientos en período de prueba en estricto orden de mérito y de conformidad con el puntaje obtenido por las personas elegibles.
Que, de conformidad con la verificación efectuada por la Subgerencia de Talento Humano, se constató que el señor Luis Armando García Barco, identificado con cédula de ciudadanía No. 11.322.841, cumple con los requisitos exigidos para ser nombrado en período de prueba en el empleo Profesional Especializado Código 222, Grado 10, adscrito a la Subgerencia de Analítica de Datos de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que de acuerdo con lo anterior y teniendo en cuenta que corresponde a la Unidad Administrativa Especial de Castro Distrital, garantizar el cumplimiento de los principios constitucionales frente a la provisión definitiva de los empleos de carrera administrativa, procederá a nombrar en período de prueba al elegible que ocupó el primer lugar, así:
POSICIÓN DE MÉRITO NOMBRE IDENTIFICACIÓN EMPLEO CÓDIGO GRADO DEPENDENCIA 1 Luis Armando García Barco 11.322.841 Profesional Especializado 222 10 Subgerencia de Analítica de Datos Que el servidor Luis Armando García Barco, identificado con cédula de ciudadanía No. 11.322.841, es titular con derechos de carrera en el empleo denominado Profesional Especializado Código 222, Grado 08, adscrito a la Gerencia de Información Catastral de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital - UAECD.
Que el servidor Luis Armando García Barco, identificado con cédula de ciudadanía No. 11.322.841, fue nombrado en encargo mediante Resolución N° 0721 del 04 de septiembre de 2024, en la vacancia temporal del empleo denominado Profesional Especializado Código 222, Grado 10, ubicado en la Gerencia de Información Catastral y tomó posesión del empleo el 12 de septiembre de 2024, mediante acta No. 121.
Que el encargo constituye una forma de provisión transitoria de los empleos de carrera administrativa, utilizada mientras se surte el respectivo proceso de selección, en los términos de la Ley 909 de 2004 y sus normas reglamentarias, y que el nombramiento en período de prueba corresponde a la forma de provisión definitiva del GESP-01-FR-06 V.2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-79 • 2026 • MARZO • 31 79 RESOLUCIÓN No.
070 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en ascenso y se da por terminado un encargo, en el marco del Proceso de Selección No. 2548 de 2023 – Distrito Capital 6, de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital” empleo como resultado del concurso de méritos; en consecuencia, la terminación del encargo que se dispone mediante el presente acto administrativo no tiene carácter sancionatorio ni disciplinario, sino que obedece de manera directa y necesaria a la provisión del empleo con la persona seleccionada en estricto orden de mérito, conforme a la lista de elegibles en firme.
Que como consecuencia del nombramiento en período de prueba en ascenso que se efectúa mediante el presente acto administrativo, resulta procedente dar por terminado el nombramiento en encargo del servidor Luis Armando García Barco, identificado con cédula de ciudadanía No. 11.322.841, en el empleo Profesional Especializado Código 222, Grado 10, ubicado en la Gerencia de Información Catastral de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que, en virtud de lo anteriormente expuesto, R E S U E L V E
Artículo 1°.
Nombramiento en período de prueba en ascenso. Nombrar en período de prueba en ascenso a Luis Armando García Barco, identificado con cédula de ciudadanía No. 11.322.841 en el empleo Profesional Especializado Código 222, Grado 10, adscrito a la Subgerencia de Analítica de Datos de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, correspondiente a la Oferta Pública de Empleos de Carrera Administrativa –OPEC– No. 209438, en el marco del Proceso de Selección No. 2548 de 2023 – Distrito Capital 6, de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa del presente acto administrativo.
Parágrafo 1°. Duración del período de prueba. El período de prueba tendrá una duración de seis (6) meses,
contados a partir de la fecha de posesión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final del cual se evaluará el desempeño laboral por parte del superior inmediato. Si la evaluación resulta satisfactoria, la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital solicitará a la Comisión Nacional del Servicio Civil la inscripción en el Registro Público de Carrera Administrativa; en caso contrario, el nombramiento será declarado insubsistente mediante resolución debidamente motivada.
Parágrafo 2°. Aceptación y posesión. EL servidor público Luis Armando García Barco, identificado con cédula de
ciudadanía No. 11.322.841, contará con un término de diez (10) días hábiles, contados a partir de la GESP-01-FR-06 V.2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-80 • 2026 • MARZO • 31 80 RESOLUCIÓN No.
070 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en ascenso y se da por terminado un encargo, en el marco del Proceso de Selección No. 2548 de 2023 – Distrito Capital 6, de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital” comunicación del presente acto administrativo, para manifestar por escrito su aceptación o rechazo del nombramiento.
Aceptado el nombramiento, dispondrá de diez (10) días hábiles adicionales para tomar posesión del empleo, de conformidad con lo previsto en los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificados por el artículo 1° del Decreto 648 de 2017. La aceptación del nombramiento deberá efectuarse por escrito y debe ser radicado a través del correo buzon-correspondencia@catastrobogota.gov.co o en la ventanilla de correspondencia la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, ubicada en el SuperCade CAD ubicada en la Avenida Carrera 30 No. 25 – 90.
Parágrafo 3°. Restricción de movimientos durante el período de prueba. De conformidad con lo establecido en
el artículo 2.2.6.29 del Decreto 1083 de 2015, durante el período de prueba no podrá efectuarse ningún movimiento dentro de la planta de personal que implique el ejercicio de funciones distintas a las previstas en la convocatoria que sirvió de base para el presente nombramiento.
Artículo 2°.
Terminación del encargo. Dar por terminado el encargo conferido al servidor público Luis Armando García Barco, identificado con cédula de ciudadanía No. 11.322.841 en el empleo empleo Profesional Especializado Código 222, Grado 10, ubicado en la Gerencia de Información Catastral de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, terminación que se hará efectiva a partir de la fecha en que tome posesión en período de prueba.
Artículo 3°.
Entrega del cargo y de elementos. De conformidad con lo dispuesto en el numeral 23 del artículo 38 de la Ley 1952 de 2019, y con ocasión de la terminación del encargo, el servidor público Luis Armando García Barco, identificado con cédula de ciudadanía No. 11.322.841, deberá realizar la entrega formal del empleo a su jefe inmediato y de los bienes, documentos y elementos suministrados por la entidad para el ejercicio de sus funciones, conforme al procedimiento establecido para tal efecto.
Artículo 4°.
Comunicación. Comunicar el contenido de la presente resolución al servidor público Luis Armando García Barco, identificado con cédula de ciudadanía No. 11.322.841 y a la Gerencia de Información Catastral de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, por conducto de la Subgerencia de Talento Humano.
GESP-01-FR-06 V.2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-81 • 2026 • MARZO • 31 81 RESOLUCIÓN No.
070 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en ascenso y se da por terminado un encargo, en el marco del Proceso de Selección No. 2548 de 2023 – Distrito Capital 6, de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”
05-Febrero-2026
Artículo 5°.
Publicación en el Registro Público Distrital. Publicar el contenido de la presente resolución en el Registro Público Distrital, a través de la Gerencia Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Artículo 6°.
Publicación para efectos de transparencia. Publicar el contenido de la presente resolución en el Botón de Transparencia de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, a través de la Subgerencia de Talento Humano.
Artículo 7°.
Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D. C., a los JAIRO ANDRES REVELO MOLINA Gerente de Gestión Corporativa Aprobó: Ennis Esther Jaramillo Morato – Subgerente de Talento Humano Revisó: Ximena del Pilar Rodríguez Cifuentes – Contratista– STH Katerine Andrade Alzate -Contratista-– STH Proyectó: Paola Andrea Cortes Romero – Técnico Operativo -STH GESP-01-FR-06 V.2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-82 • 2026 • MARZO • 31 82 RESOLUCIÓN No.
071 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba y se da por terminado un encargo, en el marco del Proceso de Selección No. 2548 de 2023 – Distrito Capital 6, de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”
EL GERENTE DE GESTIÓN CORPORATIVA DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por la Ley 909 de 2004, los artículos 2.2.5.3.1 y 2.2.5.3.2 del Decreto 1083 de 2015, la Resolución 989 de 2024 de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, y, C O N S I D E R A N D O Que el artículo 125 de la Constitución Política de Colombia dispone que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera administrativa, salvo las excepciones allí previstas, y que tanto el ingreso como el ascenso en dichos empleos se realizará previo el cumplimiento de los requisitos y condiciones que establezca la ley, con fundamento en el mérito y las calidades de los aspirantes.
Que de conformidad con lo previsto en los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1° del Decreto 648 de 2017, los empleos de carrera administrativa en vacancia definitiva se proveerán en período de prueba o en ascenso, con las personas seleccionadas mediante el sistema de mérito.
Que el artículo 27 de la Ley ibidem establece que el ingreso y la permanencia en los empleos de carrera administrativa se realizarán exclusivamente con base en el mérito, a través de procesos de selección que garanticen la transparencia, la objetividad y la igualdad de oportunidades, sin discriminación alguna.
Que el artículo 2.2.5.3.2 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1° del Decreto 648 de 2017, señala que la provisión definitiva de los empleos de carrera administrativa se efectuará, entre otras situaciones, con la persona que al momento del nombramiento ocupe el primer lugar en la lista de elegibles vigente para el empleo convocado.
Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto 1083 de 2015, es deber del jefe de la entidad efectuar los nombramientos en período de prueba en estricto orden de mérito, conforme a la lista de elegibles en firme, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su publicación por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil CNSC.
GESP-01-FR-06 V.2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-83 • 2026 • MARZO • 31 83 RESOLUCIÓN No.
071 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba y se da por terminado un encargo, en el marco del Proceso de Selección No. 2548 de 2023 – Distrito Capital 6, de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”
Que el artículo 2.2.6.26 del Decreto 1083 de 2015 señala que “cuando un empleado con derechos de carrera supere un concurso será nombrado en ascenso en período de prueba por el término de seis (6) meses. Si supera este período satisfactoriamente le será actualizada su inscripción el registro público. Mientras se produce la calificación del periodo de prueba, el cargo del cual es titular el empleado ascendido podrá ser provisto por encargo o mediante nombramiento provisional, conforme con las reglas que regulan la materia.”
Que el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 648 de 2017, “Por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1083 de 2015, Reglamentario Único del Sector de la Función Pública”, dispone que “Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados”.
Que mediante la Resolución No. 989 del 27 de diciembre de 2024, la Directora General de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital delegó en el Gerente de Gestión Corporativa la competencia para suscribir, revocar o derogar los nombramientos de los empleos de la entidad, con excepción de los empleos de libre nombramiento y remoción, razón por la cual el presente acto administrativo se expide en ejercicio de las facultades legalmente delegadas.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil –CNSC–, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, expidió el Acuerdo No. 105 del 20 de diciembre de 2023, “Por el cual se convoca y se establecen las reglas del Proceso de Selección, en las modalidades de Ascenso y Abierto, para proveer los empleos en vacancia definitiva pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital – UAECD – Proceso de Selección No. 2548 de 2023 – Distrito Capital 6”, mediante el cual se convocó a proceso de selección para proveer las vacantes definitivas de diferentes empleos de la entidad.
Que posteriormente, la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Acuerdo No. 152 del 3 de julio de 2024, modificó el artículo 8 del Acuerdo No. 105 de 2023, en lo relacionado con la cantidad de empleos ofertados en la Oferta Pública de Empleos de Carrera Administrativa –OPEC– de la UAECD, para el Proceso de Selección No. 2548 de 2023 – Distrito Capital 6.
Que, culminadas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución N° 13105 del 17 de diciembre de 2025, mediante la cual se conformó y adoptó la lista de elegibles para proveer una (1) vacante definitiva del empleo denominado Profesional Universitario Código 219, Grado 04, adscrito a la Subgerencia de Talento Humano, identificado con el Código OPEC No. 205526, en la modalidad GESP-01-FR-06 V.2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-84 • 2026 • MARZO • 31 84 RESOLUCIÓN No.
071 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba y se da por terminado un encargo, en el marco del Proceso de Selección No. 2548 de 2023 – Distrito Capital 6, de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital” ascenso del Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que la mencionada lista de elegibles fue publicada en el Banco Nacional de Listas de Elegibles y adquirió firmeza el 26 de enero de 2026, habilitando a la entidad para efectuar los nombramientos en período de prueba en estricto orden de mérito y de conformidad con el puntaje obtenido por las personas elegibles.
Que, de conformidad con la verificación efectuada por la Subgerencia de Talento Humano, se constató que la señora Sonia Patricia Castaño Hernández, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.147.034, cumple con los requisitos exigidos para ser nombrada en período de prueba en el empleo Profesional Universitario Código 219, Grado 04, adscrito a la Subgerencia de Talento Humano de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que de acuerdo con lo anterior y teniendo en cuenta que corresponde a la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, garantizar el cumplimiento de los principios constitucionales frente a la provisión definitiva de los empleos de carrera administrativa, procederá a nombrar en período de prueba al elegible que ocupó el primer lugar, así:
POSICIÓN DE MÉRITO NOMBRE IDENTIFICACIÓN EMPLEO CÓDIGO GRADO DEPENDENCIA 1 Sonia Patricia Castaño Hernández 52.147.034 Profesional Universitario 219 04 Subgerencia de Talento Humano Que la servidora Sonia Patricia Castaño Hernández, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.147.034, es titular con derechos de carrera en el empleo Profesional Universitario Código 219, Grado 02, adscrito a la Subgerencia de Talento Humano de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital - UAECD.
Que la servidora Sonia Patricia Castaño Hernández, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.147.034, fue nombrada en encargo mediante Resolución N° 0227 del 02 de julio de 2025, en la vacancia definitiva del empleo de Profesional Universitario Código 219, Grado 04, ubicado en la Gerencia Jurídica y tomó posesión del empleo el 10 de julio de 2025, mediante acta de posesión No. 095.
Que el encargo constituye una forma de provisión transitoria de los empleos de carrera administrativa, utilizada mientras se surte el respectivo proceso de selección, en los términos de la Ley 909 de 2004 y sus normas reglamentarias, y que el nombramiento en período de prueba corresponde a la forma de provisión definitiva del GESP-01-FR-06 V.2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-85 • 2026 • MARZO • 31 85 RESOLUCIÓN No.
071 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba y se da por terminado un encargo, en el marco del Proceso de Selección No. 2548 de 2023 – Distrito Capital 6, de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital” empleo como resultado del concurso de méritos; en consecuencia, la terminación del encargo que se dispone mediante el presente acto administrativo no tiene carácter sancionatorio ni disciplinario, sino que obedece de manera directa y necesaria a la provisión del empleo con la persona seleccionada en estricto orden de mérito, conforme a la lista de elegibles en firme.
Que como consecuencia del nombramiento en período de prueba que se efectúa mediante el presente acto administrativo, resulta procedente dar por terminado el nombramiento en encargo de la servidora Sonia Patricia Castaño Hernández, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.147.034, en el empleo Profesional Universitario Código 219, Grado 04, ubicado en la Gerencia Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que, en virtud de lo anteriormente expuesto, R E S U E L V E
Artículo 1°.
Nombramiento en período de prueba en ascenso. Nombrar en período de prueba a Sonia Patricia Castaño Hernández, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.147.034 en el empleo Profesional Universitario Código 219, Grado 04, adscrito a la Subgerencia de Talento Humano de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, correspondiente a la Oferta Pública de Empleos de Carrera Administrativa –OPEC– No. 205526, en el marco del Proceso de Selección No. 2548 de 2023 – Distrito Capital 6, de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa del presente acto administrativo.
Parágrafo 1°. Duración del período de prueba. El período de prueba tendrá una duración de seis (6) meses,
contados a partir de la fecha de posesión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final del cual se evaluará el desempeño laboral por parte del superior inmediato. Si la evaluación resulta satisfactoria, la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital solicitará a la Comisión Nacional del Servicio Civil la inscripción en el Registro Público de Carrera Administrativa; en caso contrario, el nombramiento será declarado insubsistente mediante resolución debidamente motivada.
Parágrafo 2°. Aceptación y posesión. La servidora pública Sonia Patricia Castaño Hernández, identificada con
cédula de ciudadanía No. 52.147.034, contará con un término de diez (10) días hábiles, contados a partir de la GESP-01-FR-06 V.2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-86 • 2026 • MARZO • 31 86 RESOLUCIÓN No.
071 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba y se da por terminado un encargo, en el marco del Proceso de Selección No. 2548 de 2023 – Distrito Capital 6, de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital” comunicación del presente acto administrativo, para manifestar por escrito su aceptación o rechazo del nombramiento.
Aceptado el nombramiento, dispondrá de diez (10) días hábiles adicionales para tomar posesión del empleo, de conformidad con lo previsto en los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificados por el artículo 1° del Decreto 648 de 2017. La aceptación del nombramiento deberá efectuarse por escrito y debe ser radicado a través del correo buzon-correspondencia@catastrobogota.gov.co o en la ventanilla de correspondencia la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, ubicada en el SuperCade CAD ubicada en la Avenida Carrera 30 No. 25 – 90.
Parágrafo 3°. Restricción de movimientos durante el período de prueba. De conformidad con lo establecido en
el artículo 2.2.6.29 del Decreto 1083 de 2015, durante el período de prueba no podrá efectuarse ningún movimiento dentro de la planta de personal que implique el ejercicio de funciones distintas a las previstas en la convocatoria que sirvió de base para el presente nombramiento.
Artículo 2°.
Terminación del encargo. Dar por terminado el encargo conferido a la servidora pública Sonia Patricia Castaño Hernández, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.147.034 en el empleo denominado Profesional Universitario Código 219, Grado 04, ubicado en la Gerencia Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, terminación que se hará efectiva a partir de la fecha en que tome posesión en período de prueba.
Artículo 3°.
Entrega del cargo y de elementos. De conformidad con lo dispuesto en el numeral 23 del artículo 38 de la Ley 1952 de 2019, y con ocasión de la terminación del encargo, la servidora pública Sonia Patricia Castaño Hernández, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.147.034, deberá realizar la entrega formal del empleo a su jefe inmediato y de los bienes, documentos y elementos suministrados por la entidad para el ejercicio de sus funciones, conforme al procedimiento establecido para tal efecto.
Artículo 4°.
Comunicación. Comunicar el contenido de la presente resolución a la servidora pública Sonia Patricia Castaño Hernández, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.147.034 y a la Gerencia Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, por conducto de la Subgerencia de Talento Humano.
GESP-01-FR-06 V.2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-87 • 2026 • MARZO • 31 87 RESOLUCIÓN No.
071 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba y se da por terminado un encargo, en el marco del Proceso de Selección No. 2548 de 2023 – Distrito Capital 6, de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”
05-Febrero-2026
Artículo 5°.
Publicación en el Registro Público Distrital. Publicar el contenido de la presente resolución en el Registro Público Distrital, a través de la Gerencia Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Artículo 6°.
Publicación para efectos de transparencia. Publicar el contenido de la presente resolución en el Botón de Transparencia de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, a través de la Subgerencia de Talento Humano.
Artículo 7°.
Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D. C., a los JAIRO ANDRES REVELO MOLINA Gerente de Gestión Corporativa Aprobó: Ennis Esther Jaramillo Morato – Subgerente de Talento Humano Revisó: Mónica Daniela Cortés Muñoz – Profesional Especializado – STH Katerine Andrade Alzate -Contratista- Abogada – STH Proyectó: Gloria Stella Pacheco Fonseca - Profesional Universitario -STH GESP-01-FR-06 V.2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-88 • 2026 • MARZO • 31 88 0074 23-febrero-2026 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-89 • 2026 • MARZO • 31 89 0074 23-febrero-2026 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-90 • 2026 • MARZO • 31 90 23-febrero-2026 0074 23-febrero-2026 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-91 • 2026 • MARZO • 31 91 RESOLUCIÓN No.
075 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en ascenso y se da por terminado un encargo, en el marco del Proceso de Selección No. 2548 de 2023 – Distrito Capital 6, de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”
EL GERENTE DE GESTIÓN CORPORATIVA DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por la Ley 909 de 2004, los artículos 2.2.5.3.1 y 2.2.5.3.2 del Decreto 1083 de 2015, la Resolución 989 de 2024 de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, y, C O N S I D E R A N D O Que el artículo 125 de la Constitución Política de Colombia dispone que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera administrativa, salvo las excepciones allí previstas, y que tanto el ingreso como el ascenso en dichos empleos se realizará previo el cumplimiento de los requisitos y condiciones que establezca la ley, con fundamento en el mérito y las calidades de los aspirantes.
Que de conformidad con lo previsto en los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1° del Decreto 648 de 2017, los empleos de carrera administrativa en vacancia definitiva se proveerán en período de prueba o en ascenso, con las personas seleccionadas mediante el sistema de mérito.
Que el artículo 27 de la Ley ibidem establece que el ingreso y la permanencia en los empleos de carrera administrativa se realizarán exclusivamente con base en el mérito, a través de procesos de selección que garanticen la transparencia, la objetividad y la igualdad de oportunidades, sin discriminación alguna.
Que el artículo 2.2.5.3.2 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1° del Decreto 648 de 2017, señala que la provisión definitiva de los empleos de carrera administrativa se efectuará, entre otras situaciones, con la persona que al momento del nombramiento ocupe el primer lugar en la lista de elegibles vigente para el empleo convocado.
Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto 1083 de 2015, es deber del jefe de la entidad efectuar los nombramientos en período de prueba en estricto orden de mérito, conforme a la lista de elegibles en firme, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su publicación por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil CNSC.
GESP-01-FR-06 V.2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-92 • 2026 • MARZO • 31 92 RESOLUCIÓN No.
075 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en ascenso y se da por terminado un encargo, en el marco del Proceso de Selección No. 2548 de 2023 – Distrito Capital 6, de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”
Que el artículo 2.2.6.26 del Decreto 1083 de 2015 señala que “cuando un empleado con derechos de carrera supere un concurso será nombrado en ascenso en período de prueba por el término de seis (6) meses. Si supera este período satisfactoriamente le será actualizada su inscripción el registro público. Mientras se produce la calificación del periodo de prueba, el cargo del cual es titular el empleado ascendido podrá ser provisto por encargo o mediante nombramiento provisional, conforme con las reglas que regulan la materia.”
Que el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 648 de 2017, “Por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1083 de 2015, Reglamentario Único del Sector de la Función Pública”, dispone que “Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados”.
Que mediante la Resolución No. 989 del 27 de diciembre de 2024, la Directora General de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital delegó en el Gerente de Gestión Corporativa la competencia para suscribir, revocar o derogar los nombramientos de los empleos de la entidad, con excepción de los empleos de libre nombramiento y remoción, razón por la cual el presente acto administrativo se expide en ejercicio de las facultades legalmente delegadas.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil –CNSC–, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, expidió el Acuerdo No. 105 del 20 de diciembre de 2023, “Por el cual se convoca y se establecen las reglas del Proceso de Selección, en las modalidades de Ascenso y Abierto, para proveer los empleos en vacancia definitiva pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital – UAECD – Proceso de Selección No. 2548 de 2023 – Distrito Capital 6”, mediante el cual se convocó a proceso de selección para proveer las vacantes definitivas de diferentes empleos de la entidad.
Que posteriormente, la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Acuerdo No. 152 del 3 de julio de 2024, modificó el artículo 8 del Acuerdo No. 105 de 2023, en lo relacionado con la cantidad de empleos ofertados en la Oferta Pública de Empleos de Carrera Administrativa –OPEC– de la UAECD, para el Proceso de Selección No. 2548 de 2023 – Distrito Capital 6.
Que, culminadas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución N° 13090 del 17 de diciembre de 2025, mediante la cual se conformó y adoptó la lista de elegibles para proveer tres (3) vacantes definitivas del empleo denominado Profesional Especializado Código 222, Grado 6, adscrito a la Subgerencia de Información Económica, identificado con el Código OPEC No. 205576, en la GESP-01-FR-06 V.2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-93 • 2026 • MARZO • 31 93 RESOLUCIÓN No.
075 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en ascenso y se da por terminado un encargo, en el marco del Proceso de Selección No. 2548 de 2023 – Distrito Capital 6, de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital” modalidad ascenso del Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que la mencionada lista de elegibles fue publicada en el Banco Nacional de Listas de Elegibles y adquirió firmeza el 26 de enero de 2026, habilitando a la entidad para efectuar los nombramientos en período de prueba en estricto orden de mérito y de conformidad con el puntaje obtenido por las personas elegibles.
Que, de conformidad con la verificación efectuada por la Subgerencia de Talento Humano, se constató que la señora Yeimy Brigith Suarez Peña, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.022.357.104, cumple con los requisitos exigidos para ser nombrada en período de prueba en el empleo Profesional Especializado Código 222, Grado 6, adscrito a la Subgerencia de Información Económica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que de acuerdo con lo anterior y teniendo en cuenta que corresponde a la Unidad Administrativa Especial de Castro Distrital, garantizar el cumplimiento de los principios constitucionales frente a la provisión definitiva de los empleos de carrera administrativa, procederá a nombrar en período de prueba al elegible que ocupó el primer lugar, así:
POSICIÓN DE MÉRITO NOMBRE IDENTIFICACIÓN EMPLEO CÓDIGO GRADO DEPENDENCIA 1 Yeimy Brigith Suarez Peña 1.022.357.104 Profesional Especializado 222 6 Subgerencia de Información Económica Que la servidora Yeimy Brigith Suarez Peña, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.022.357.104, es titular con derechos de carrera en el empleo Profesional Universitario Código 219, Grado 04, adscrito a la Subgerencia de Información Económica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital - UAECD.
Que la servidora Yeimy Brigith Suarez Peña, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.022.357.104, fue nombrada en encargo mediante Resolución N° 0285 del 7 de mayo de 2024, en la vacancia definitiva del empleo de Profesional Especializado Código 222, Grado 6, ubicado en la Subgerencia de Información Económica y tomó posesión del empleo el 21 de mayo de 2024.
Que el encargo constituye una forma de provisión transitoria de los empleos de carrera administrativa, utilizada mientras se surte el respectivo proceso de selección, en los términos de la Ley 909 de 2004 y sus normas reglamentarias, y que el nombramiento en período de prueba corresponde a la forma de provisión definitiva del GESP-01-FR-06 V.2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-94 • 2026 • MARZO • 31 94 RESOLUCIÓN No.
075 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en ascenso y se da por terminado un encargo, en el marco del Proceso de Selección No. 2548 de 2023 – Distrito Capital 6, de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital” empleo como resultado del concurso de méritos; en consecuencia, la terminación del encargo que se dispone mediante el presente acto administrativo no tiene carácter sancionatorio ni disciplinario, sino que obedece de manera directa y necesaria a la provisión del empleo con la persona seleccionada en estricto orden de mérito, conforme a la lista de elegibles en firme.
Que como consecuencia del nombramiento en período de prueba en ascenso que se efectúa mediante el presente acto administrativo, resulta procedente dar por terminado el nombramiento en encargo de la servidora Yeimy Brigith Suarez Peña, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.022.357.104, en el empleo Profesional Especializado Código 222, Grado 6, ubicado en la Subgerencia de Información Económica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que, en virtud de lo anteriormente expuesto, R E S U E L V E
Artículo 1°.
Nombramiento en período de prueba en ascenso. Nombrar en período de prueba en ascenso a Yeimy Brigith Suarez Peña, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.022.357.104 en el empleo Profesional Especializado Código 222, Grado 6, adscrito a la Subgerencia de Información Económica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, correspondiente a la Oferta Pública de Empleos de Carrera Administrativa –OPEC– No. 205576, en el marco del Proceso de Selección No. 2548 de 2023 – Distrito Capital 6, de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa del presente acto administrativo.
Parágrafo 1°. Duración del período de prueba. El período de prueba tendrá una duración de seis (6) meses,
contados a partir de la fecha de posesión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final del cual se evaluará el desempeño laboral por parte del superior inmediato. Si la evaluación resulta satisfactoria, la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital solicitará a la Comisión Nacional del Servicio Civil la inscripción en el Registro Público de Carrera Administrativa; en caso contrario, el nombramiento será declarado insubsistente mediante resolución debidamente motivada.
Parágrafo 2°. Aceptación y posesión. La servidora pública Yeimy Brigith Suarez Peña, identificada con cédula de
ciudadanía No. 1.022.357.104, contará con un término de diez (10) días hábiles, contados a partir de la GESP-01-FR-06 V.2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-95 • 2026 • MARZO • 31 95 RESOLUCIÓN No.
075 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en ascenso y se da por terminado un encargo, en el marco del Proceso de Selección No. 2548 de 2023 – Distrito Capital 6, de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital” comunicación del presente acto administrativo, para manifestar por escrito su aceptación o rechazo del nombramiento.
Aceptado el nombramiento, dispondrá de diez (10) días hábiles adicionales para tomar posesión del empleo, de conformidad con lo previsto en los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificados por el artículo 1° del Decreto 648 de 2017. La aceptación del nombramiento deberá efectuarse por escrito y debe ser radicado a través del correo buzon-correspondencia@catastrobogota.gov.co o en la ventanilla de correspondencia la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, ubicada en el SuperCade CAD ubicada en la Avenida Carrera 30 No. 25 – 90.
Parágrafo 3°. Restricción de movimientos durante el período de prueba. De conformidad con lo establecido en
el artículo 2.2.6.29 del Decreto 1083 de 2015, durante el período de prueba no podrá efectuarse ningún movimiento dentro de la planta de personal que implique el ejercicio de funciones distintas a las previstas en la convocatoria que sirvió de base para el presente nombramiento.
Artículo 2°.
Terminación del encargo. Dar por terminado el encargo conferido a la servidora pública Yeimy Brigith Suarez Peña, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.022.357.104 en el empleo empleo Profesional Especializado Código 222, Grado 6, ubicado en la Subgerencia de Información Económica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, terminación que se hará efectiva a partir de la fecha en que tome posesión en período de prueba.
Artículo 3°.
Entrega del cargo y de elementos. De conformidad con lo dispuesto en el numeral 23 del artículo 38 de la Ley 1952 de 2019, y con ocasión de la terminación del encargo, la servidora pública Yeimy Brigith Suarez Peña, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.022.357.104, deberá realizar la entrega formal del empleo a su jefe inmediato y de los bienes, documentos y elementos suministrados por la entidad para el ejercicio de sus funciones, conforme al procedimiento establecido para tal efecto.
Artículo 4°.
Comunicación. Comunicar el contenido de la presente resolución a la servidora pública Yeimy Brigith Suarez Peña, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.022.357.104 y a la Subgerencia de Información Económica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, por conducto de la Subgerencia de Talento Humano.
GESP-01-FR-06 V.2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-96 • 2026 • MARZO • 31 96 RESOLUCIÓN No.
075 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en ascenso y se da por terminado un encargo, en el marco del Proceso de Selección No. 2548 de 2023 – Distrito Capital 6, de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”
05-Febrero-2026
Artículo 5°.
Publicación en el Registro Público Distrital. Publicar el contenido de la presente resolución en el Registro Público Distrital, a través de la Gerencia Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Artículo 6°.
Publicación para efectos de transparencia. Publicar el contenido de la presente resolución en el Botón de Transparencia de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, a través de la Subgerencia de Talento Humano.
Artículo 7°.
Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D. C., a los JAIRO ANDRES REVELO MOLINA Gerente de Gestión Corporativa Aprobó: Ennis Esther Jaramillo Morato – Subgerente de Talento Humano Revisó: Ximena del Pilar Rodríguez Cifuentes – Contratista– STH Katerine Andrade Alzate -Contratista-– STH Proyectó: Paola Andrea Cortes Romero – Técnico Operativo -STH GESP-01-FR-06 V.2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-97 • 2026 • MARZO • 31 97 RESOLUCIÓN No.
080 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en ascenso y se da por terminado unos encargos y finaliza un nombramiento en Provisionalidad, en el marco del Proceso de Selección No. 2548 de 2023 – Distrito Capital 6, de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”
EL GERENTE DE GESTIÓN CORPORATIVA DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por la Ley 909 de 2004, los artículos 2.2.5.3.1 y 2.2.5.3.2 del Decreto 1083 de 2015, la Resolución 989 de 2024 de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, y, C O N S I D E R A N D O Que el artículo 125 de la Constitución Política de Colombia dispone que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera administrativa, salvo las excepciones allí previstas, y que tanto el ingreso como el ascenso en dichos empleos se realizará previo el cumplimiento de los requisitos y condiciones que establezca la ley, con fundamento en el mérito y las calidades de los aspirantes.
Que de conformidad con lo previsto en los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1° del Decreto 648 de 2017, los empleos de carrera administrativa en vacancia definitiva se proveerán en período de prueba o en ascenso, con las personas seleccionadas mediante el sistema de mérito.
Que el artículo 27 de la Ley ibidem establece que el ingreso y la permanencia en los empleos de carrera administrativa se realizarán exclusivamente con base en el mérito, a través de procesos de selección que garanticen la transparencia, la objetividad y la igualdad de oportunidades, sin discriminación alguna.
Que el artículo 2.2.5.3.2 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1° del Decreto 648 de 2017, señala que la provisión definitiva de los empleos de carrera administrativa se efectuará, entre otras situaciones, con la persona que al momento del nombramiento ocupe el primer lugar en la lista de elegibles vigente para el empleo convocado.
Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto 1083 de 2015, es deber del jefe de la entidad efectuar los nombramientos en período de prueba en estricto orden de mérito, conforme a la lista de elegibles en firme, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su publicación por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil CNSC.
GESP-01-FR-06 V.2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-98 • 2026 • MARZO • 31 98 RESOLUCIÓN No.
080 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en ascenso y se da por terminado unos encargos y finaliza un nombramiento en Provisionalidad, en el marco del Proceso de Selección No. 2548 de 2023 – Distrito Capital 6, de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”
Que el artículo 2.2.6.26 del Decreto 1083 de 2015 señala que “cuando un empleado con derechos de carrera supere un concurso será nombrado en ascenso en período de prueba por el término de seis (6) meses. Si supera este período satisfactoriamente le será actualizada su inscripción el registro público. Mientras se produce la calificación del periodo de prueba, el cargo del cual es titular el empleado ascendido podrá ser provisto por encargo o mediante nombramiento provisional, conforme con las reglas que regulan la materia.”
Que el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 648 de 2017, “Por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1083 de 2015, Reglamentario Único del Sector de la Función Pública”, dispone que “Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados”.
Que mediante la Resolución No. 989 del 27 de diciembre de 2024, la Directora General de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital delegó en el Gerente de Gestión Corporativa la competencia para suscribir, revocar o derogar los nombramientos de los empleos de la entidad, con excepción de los empleos de libre nombramiento y remoción, razón por la cual el presente acto administrativo se expide en ejercicio de las facultades legalmente delegadas.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil –CNSC–, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, expidió el Acuerdo No. 105 del 20 de diciembre de 2023, “Por el cual se convoca y se establecen las reglas del Proceso de Selección, en las modalidades de Ascenso y Abierto, para proveer los empleos en vacancia definitiva pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital – UAECD – Proceso de Selección No. 2548 de 2023 – Distrito Capital 6”, mediante el cual se convocó a proceso de selección para proveer las vacantes definitivas de diferentes empleos de la entidad.
Que posteriormente, la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Acuerdo No. 152 del 3 de julio de 2024, modificó el artículo 8 del Acuerdo No. 105 de 2023, en lo relacionado con la cantidad de empleos ofertados en la Oferta Pública de Empleos de Carrera Administrativa –OPEC– de la UAECD, para el Proceso de Selección No. 2548 de 2023 – Distrito Capital 6.
Que, culminadas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución N°13088 del 17 de diciembre de 2025, mediante la cual se conformó y adoptó la lista de elegibles para proveer una (1) vacante definitiva del empleo denominado Técnico Operativo Código 314, Grado 5, adscrito a la Subgerencia de Información Física y Jurídica, identificado con el Código OPEC No. 205555, en la modalidad GESP-01-FR-06 V.2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-99 • 2026 • MARZO • 31 99 RESOLUCIÓN No.
080 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en ascenso y se da por terminado unos encargos y finaliza un nombramiento en Provisionalidad, en el marco del Proceso de Selección No. 2548 de 2023 – Distrito Capital 6, de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital” de ascenso del Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que la mencionada lista de elegibles fue publicada en el Banco Nacional de Listas de Elegibles y adquirió firmeza el 26 de enero de 2026, habilitando a la entidad para efectuar los nombramientos en período de prueba en estricto orden de mérito y de conformidad con el puntaje obtenido por las personas elegibles.
Que, de conformidad con la verificación efectuada por la Subgerencia de Talento Humano, se constató que el señor Joseph Alexander Barrera Rojas, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.972.338, cumple con los requisitos exigidos para ser nombrado en período de prueba en el empleo Técnico Operativo Código 314, Grado 5, adscrito a la Subgerencia de Información Física y Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que de acuerdo con lo anterior y teniendo en cuenta que corresponde a la Unidad Administrativa Especial de Castro Distrital, garantizar el cumplimiento de los principios constitucionales frente a la provisión definitiva de los empleos de carrera administrativa, procederá a nombrar en período de prueba al elegible que ocupó el primer lugar, así:
POSICIÓN NOMBRE IDENTIFICACIÓN EMPLEO CÓDIGO GRADO DEPENDENCIA DE MÉRITO 1 Joseph Alexander Barrera Rojas 79.972.338 Técnico Operativo 314 5 Subgerencia de Información Física y Jurídica Que el servidor Joseph Alexander Barrera Rojas, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.972.338, es titular con derechos de carrera en el empleo Técnico Operativo Código 314, Grado 3, adscrito a la Subgerencia de Información Física y Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital - UAECD.
Que el servidor Joseph Alexander Barrera Rojas, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.972.338, fue nombrado en encargo mediante Resolución N° 020 del 28 de enero de 2025, en la vacancia definitiva del empleo de Técnico Operativo Código 314, Grado 5, ubicado en la Gerencia de Información Catastral y tomó posesión del empleo el 6 de febrero de 2025.
GESP-01-FR-06 V.2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-100 • 2026 • MARZO • 31 100 RESOLUCIÓN No.
080 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en ascenso y se da por terminado unos encargos y finaliza un nombramiento en Provisionalidad, en el marco del Proceso de Selección No. 2548 de 2023 – Distrito Capital 6, de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”
Que previo a la provisión temporal del empleo, mediante Resolución No. 0513 del 30 de diciembre de 2025, se efectuó el encargo en el empleo Técnico Operativo Código 314, Grado 5, adscrito a la Subgerencia de Información Física y Jurídica, al servidor Milton Mauricio Prieto Ospina identificado con cédula de ciudadanía No. 79.362.058.
Que el servidor Milton Mauricio Prieto Ospina identificado con cédula de ciudadanía No. 79.362.058, es titular con derechos de carrera administrativa del empleo Técnico Operativo Código 314, Grado 2, adscrito a la Subgerencia de Información Física y Jurídica.
Que el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, establece que el nominador podrá dar por terminados los encargos o nombramientos provisionales antes del vencimiento de su término, mediante resolución debidamente motivada.
Que según la Corte Constitucional en la Sentencia SU-917 de 2010, la terminación del nombramiento provisional o el de su prórroga, procede por acto motivado, y sólo es admisible constitucionalmente como motivación de la finalización de la relación laboral, entre otras, la provisión definitiva del cargo por haberse realizado el concurso de méritos respectivo.
Que en Sentencia T-096 de 2018 la Corte Constitucional señaló que los servidores públicos nombrados en provisionalidad en empleos de carrera administrativa tal y como lo ha reconocido esa corporación en reiterados pronunciamientos, gozan de una estabilidad laboral relativa o intermedia, que se traduce en que su retiro del servicio público solo tendrá lugar por causales objetivas previstas en la Constitución y en la ley, o para proveer el cargo que ocupan con una persona que haya superado satisfactoriamente el respectivo concurso de méritos, razones todas estas que deberán ser claramente expuestas en el acto de desvinculación, como garantía efectiva de su derecho al debido proceso y al acceso en condiciones de igualdad a la función pública.
Que en Concepto Marco No. 09 del 29 de agosto de 2018, el Departamento Administrativo de la Función Pública, concordante con la línea jurisprudencial adoptada por la Corte Constitucional, manifestó:
“(…) De conformidad con lo anterior, la provisión definitiva de los empleos públicos de carrera debe hacerse mediante el sistema de mérito. Este se considera un óptimo instrumento para la provisión de cargos públicos basado en criterios meritocráticos y constituye uno de los ejes definitorios de la Constitución Política de 1991, es especial por su relación estrecha con el principio de acceso a desempeño GESP-01-FR-06 V.2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-101 • 2026 • MARZO • 31 101 RESOLUCIÓN No.
080 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en ascenso y se da por terminado unos encargos y finaliza un nombramiento en Provisionalidad, en el marco del Proceso de Selección No. 2548 de 2023 – Distrito Capital 6, de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital” de cargos públicos, la igualdad, la estabilidad y demás garantías contempladas en el artículo 53 de la Constitución. (…)
(…) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.3.4. del Decreto 1083 de 2015, y el criterio expuesto por la Corte Constitucional, la terminación del nombramiento provisional o el de su prórroga, procede por acto motivado, y sólo es admisible una motivación donde la insubsistencia invoque argumentos puntuales como la provisión definitiva del cargo por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, la imposición de sanciones disciplinarias, la calificación insatisfactoria u otra razón específica atinente al servicio que está prestando y debería prestar el empleado concreto.
En conclusión, los servidores públicos que ocupan en provisionalidad un cargo de carrera gozan de una estabilidad laboral relativa, lo que implica que únicamente pueden ser removidos por causas legales que obran como razones objetivas que deben expresarse claramente en el acto de desvinculación, dentro de las que se encuentra la provisión del cargo que ocupaban, con una persona de la lista de elegibles conformada previo concurso de méritos. En esta hipótesis, la estabilidad laboral relativa de las personas vinculadas en provisionalidad cede frente al mejor derecho de quienes superaron el respectivo concurso.
En ese sentido, la situación de quienes ocupan en provisionalidad cargos de carrera administrativa encuentra protección constitucional, en la medida en que, en igualdad de condiciones pueden participar en los concursos y gozan de estabilidad laboral, condicionada al lapso de duración del proceso de selección y hasta tanto sean reemplazados por quien se haya hecho acreedor a ocupar el cargo en virtud de sus méritos evaluados previamente (…)”
Que en la vacante temporal del empleo Técnico Operativo Código 314, Grado 2, adscrito a la Subgerencia de Información Física y Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, fue nombrado en provisionalidad, mediante Resolución N° 1103 del 13 de junio de 2019, al servidor Javier Eduardo Martínez Virguez identificado con cédula de ciudadanía No. 80.144.979, quien tomó posesión de dicho empleo el 20 de junio de 2019, conforme al acta de posesión.
Que el encargo constituye una forma de provisión transitoria de los empleos de carrera administrativa, utilizada mientras se surte el respectivo proceso de selección, en los términos de la Ley 909 de 2004 y sus normas reglamentarias, y que el nombramiento en período de prueba corresponde a la forma de provisión definitiva del empleo como resultado del concurso de méritos; en consecuencia, la terminación del encargo que se dispone mediante el presente acto administrativo no tiene carácter sancionatorio ni disciplinario, sino que obedece de GESP-01-FR-06 V.2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-102 • 2026 • MARZO • 31 102 RESOLUCIÓN No.
080 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en ascenso y se da por terminado unos encargos y finaliza un nombramiento en Provisionalidad, en el marco del Proceso de Selección No. 2548 de 2023 – Distrito Capital 6, de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital” manera directa y necesaria a la provisión del empleo con la persona seleccionada en estricto orden de mérito, conforme a la lista de elegibles en firme.
Que como consecuencia del nombramiento en período de prueba en ascenso que se efectúa mediante el presente acto administrativo, resulta procedente dar por terminado el nombramiento en encargo del servidor Joseph Alexander Barrera Rojas, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.972.338, en el empleo Técnico Operativo Código 314, Grado 5, ubicado en la Gerencia de Información Catastral de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que como consecuencia del nombramiento en período de prueba que se efectúa mediante el presente acto administrativo, resulta procedente dar por terminado el encargo al servidor Milton Mauricio Prieto Ospina identificado con cédula de ciudadanía No. 79.362.058 y el nombramiento provisional del servidor Javier Eduardo Martínez Virguez identificado con cédula de ciudadanía No. 80.144.979 Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.5.46 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, una vez finalizado el encargo, el servidor Milton Mauricio Prieto Ospina identificado con cédula de ciudadanía No. 79.362.058, deberá reasumir de manera inmediata las funciones del empleo del cual es titular con derechos de carrera administrativa.
Que, en virtud de lo anteriormente expuesto, R E S U E L V E
Artículo 1°.
Nombramiento en período de prueba en ascenso. Nombrar en período de prueba en ascenso a Joseph Alexander Barrera Rojas, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.972.338 en el empleo Técnico Operativo Código 314, Grado 5, adscrito a la Subgerencia de Información Física y Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, correspondiente a la Oferta Pública de Empleos de Carrera Administrativa –OPEC– No. 205555, en el marco del Proceso de Selección No. 2548 de 2023 – Distrito Capital 6, de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa del presente acto administrativo.
Parágrafo 1°. Duración del período de prueba. El período de prueba tendrá una duración de seis (6) meses,
contados a partir de la fecha de posesión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final del cual se evaluará el desempeño laboral por parte del superior inmediato. Si la evaluación resulta satisfactoria, la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital solicitará a la GESP-01-FR-06 V.2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-103 • 2026 • MARZO • 31 103 RESOLUCIÓN No.
080 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en ascenso y se da por terminado unos encargos y finaliza un nombramiento en Provisionalidad, en el marco del Proceso de Selección No. 2548 de 2023 – Distrito Capital 6, de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”
Comisión Nacional del Servicio Civil la inscripción en el Registro Público de Carrera Administrativa; en caso contrario, el nombramiento será declarado insubsistente mediante resolución debidamente motivada.
Parágrafo 2°. Aceptación y posesión. EL servidor público Joseph Alexander Barrera Rojas, identificado con
cédula de ciudadanía No. 79.972.338, contará con un término de diez (10) días hábiles, contados a partir de la comunicación del presente acto administrativo, para manifestar por escrito su aceptación o rechazo del nombramiento.
Aceptado el nombramiento, dispondrá de diez (10) días hábiles adicionales para tomar posesión del empleo, de conformidad con lo previsto en los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificados por el artículo 1° del Decreto 648 de 2017. La aceptación del nombramiento deberá efectuarse por escrito y debe ser radicado a través del correo buzon-correspondencia@catastrobogota.gov.co o en la ventanilla de correspondencia la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, ubicada en el SuperCade CAD ubicada en la Avenida Carrera 30 No. 25 – 90.
Parágrafo 3°. Restricción de movimientos durante el período de prueba. De conformidad con lo establecido en
el artículo 2.2.6.29 del Decreto 1083 de 2015, durante el período de prueba no podrá efectuarse ningún movimiento dentro de la planta de personal que implique el ejercicio de funciones distintas a las previstas en la convocatoria que sirvió de base para el presente nombramiento.
Artículo 2°.
Terminación del encargo. Ordenar a los siguientes servidores públicos que, una vez finalizado el encargo, reasuman las funciones de los empleos sobre los cuales ostentan derechos de carrera administrativa:
EFECTIVIDAD DE LA TERMINACIÓN DEL NOMBRE IDENTIFICACIÓN EMPLEO CÓDIGO GRADO DEPENDENCIA ENCARGO A partir de la fecha en que tome posesión Joseph Alexander Barrera Rojas 79.972.338 Técnico Operativo 314 5 Gerencia de Información Catastral 79.362.058 Técnico Operativo 314 5 Milton Mauricio Prieto Ospina A partir de la fecha en que el servidor Joseph Alexander Barrera Rojas tome posesión la Subgerencia de Información Física y Jurídica GESP-01-FR-06 V.2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-104 • 2026 • MARZO • 31 104 RESOLUCIÓN No.
080 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en ascenso y se da por terminado unos encargos y finaliza un nombramiento en Provisionalidad, en el marco del Proceso de Selección No. 2548 de 2023 – Distrito Capital 6, de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”
Artículo 3°.
Reasunción del empleo de carrera administrativa. Ordenar al servidor público Milton Mauricio Prieto Ospina identificado con cédula de ciudadanía No. 79.362.058, titular con derechos de carrera administrativa del empleo Técnico Operativo Código 314, Grado 2, adscrito a la Subgerencia de Información Física y Jurídica que, una vez finalizado el encargo, reasuma las funciones del empleo sobre el cual ostentan derechos de carrera administrativa.
Artículo 4°.
Terminar el nombramiento provisional. Dar por terminado el nombramiento provisional conferido al servidor Javier Eduardo Martínez Virguez identificado con cédula de ciudadanía No. 80.144.979, en el empleo Técnico Operativo Código 314, Grado 2, adscrito a la Subgerencia de Información Física y Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, terminación que se hará efectiva a partir de la fecha en que tome posesión la persona nombrada en período de prueba, circunstancia que será informada oportunamente por la Subgerencia de Talento Humano.
Artículo 5°.
Entrega del cargo y de elementos. De conformidad con lo dispuesto en el numeral 23 del artículo 38 de la Ley 1952 de 2019, y con ocasión de la terminación de los encargos del servidor público Joseph Alexander Barrera Rojas, Milton Mauricio Prieto Ospina y la finalización del nombramiento provisional del servidor Javier Eduardo Martínez Virguez, deberán realizar la entrega formal del empleo a su jefe inmediato y de los bienes, documentos y elementos suministrados por la entidad para el ejercicio de sus funciones, conforme al procedimiento establecido para tal efecto.
Artículo 6°.
Comunicación. Comunicar el contenido de la presente resolución a los servidores públicos Joseph Alexander Barrera Rojas, Milton Mauricio Prieto Ospina, Javier Eduardo Martínez Virguez y a la Gerencia de Información Catastral, Subgerencia de Información Física y Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, por conducto de la Subgerencia de Talento Humano.
Artículo 7°.
Publicación en el Registro Público Distrital. Publicar el contenido de la presente resolución en el Registro Público Distrital, a través de la Gerencia Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Artículo 9°.
Publicación para efectos de transparencia. Publicar el contenido de la presente resolución en el Botón de Transparencia de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, a través de la Subgerencia de Talento Humano.
GESP-01-FR-06 V.2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-105 • 2026 • MARZO • 31 105 RESOLUCIÓN No.
080 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en ascenso y se da por terminado unos encargos y finaliza un nombramiento en Provisionalidad, en el marco del Proceso de Selección No. 2548 de 2023 – Distrito Capital 6, de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”
06-Febrero-2026
Artículo 9°.
Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D. C., a los JAIRO ANDRES REVELO MOLINA Gerente de Gestión Corporativa Aprobó: Ennis Esther Jaramillo Morato – Subgerente de Talento Humano Revisó: Ximena del Pilar Rodríguez Cifuentes – Contratista– STH Katerine Andrade Alzate -Contratista-– STH Proyectó: Paola Andrea Cortes Romero – Técnico Operativo -STH GESP-01-FR-06 V.2 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-106 • 2026 • MARZO • 31 106 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-107 • 2026 • MARZO • 31 107 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-108 • 2026 • MARZO • 31 108 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-109 • 2026 • MARZO • 31 109 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-110 • 2026 • MARZO • 31 110 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-111 • 2026 • MARZO • 31 111 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-112 • 2026 • MARZO • 31 112 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-113 • 2026 • MARZO • 31 113 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-114 • 2026 • MARZO • 31 114 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-115 • 2026 • MARZO • 31 115 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-116 • 2026 • MARZO • 31 116 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-117 • 2026 • MARZO • 31 117 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-118 • 2026 • MARZO • 31 118 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-119 • 2026 • MARZO • 31 119 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-120 • 2026 • MARZO • 31 120 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-121 • 2026 • MARZO • 31 121 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-122 • 2026 • MARZO • 31 122 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-123 • 2026 • MARZO • 31 123 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-124 • 2026 • MARZO • 31 124 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-125 • 2026 • MARZO • 31 125 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-126 • 2026 • MARZO • 31 126 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-127 • 2026 • MARZO • 31 127 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-128 • 2026 • MARZO • 31 128 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-129 • 2026 • MARZO • 31 129 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-130 • 2026 • MARZO • 31 130 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-131 • 2026 • MARZO • 31 131 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-132 • 2026 • MARZO • 31 132 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-133 • 2026 • MARZO • 31 133 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-134 • 2026 • MARZO • 31 134 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-135 • 2026 • MARZO • 31 135 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-136 • 2026 • MARZO • 31 136 98620 98680 98740 29 13 KR 27 14 KR 26A 15 16 95600 95600 KR 26 KR 26BISA 17 KR 25A KR 25 Area: 1.607,00 m² Longitud: 399,245 ml CL 32A S Mojon Este Norte Distancia A 95.696,87 98.701,16 25,8 B 95.719,61 98.713,36 31,2 C 95.700,17 98.737,78 6,7 D 95.706,00 98.741,00 31,3 E 95.725,40 98.716,46 7,4 F 95.731,94 98.719,96 31,3 G 95.712,28 98.744,33 5,8 H 95.717,43 98.747,01 42,4 I 95.744,51 98.714,42 39,8 J 95.709,65 98.695,27 78,2 K 95.759,22 98.634,80 8,8 L 95.750,67 98.632,52 76,4 M 95.701,12 98.690,70 2,3 N 95.699,10 98.689,54 11,8 A 95.696,87 98.701,16 05 25A 10 KR 26BIS 25A 08 95660 95660 32 43 S 32 35 S 26 79 32 11 S 26 75 26 67 26 61 06 26 59 32 31 S 32 32 S 26 55 26 53 26 51 26 47 CL 32 S 26 43 26 37 26 35 32 28 S 32 01 S 26 33 26 29 26 31 26 21 32 21 S 26 19 26 17 26 15 32 19 S 26 13 26 05 32 15 S 32 04 S 24B 79 24B 75 24B 71 24B 67 24B 65 32 12 S 32 09 S 24B 57 24B 53 24B 51 24B 47 24B 43 24B 41 24B 39 26A 74 24B 37 24B 31 07 30 A 32 06 S 24B 29 24B 27 24B 21 26A 72 32 01 S 11,8 24B 19 N 24B 17 C 24B 09 26A 68 26A 64 D AAA0287LNHK 25,8 26A 62 J 26A 54 24A 40 31,2 31B 98 S G 26A 52 6,7 5,8 LT 175 26A 48 31B 96 S 31,3 26A 44 H ESCUELA B 26A 40 95720 95720 26A 38 31,3 26A 34 31B 94 S E 26A 25 26A 30 LT 173 39,8 7,4 76,4 31B 92 S AAA0287LNWW 26A 26 F 42,4 AAA0013SNXS 26A 16 26A 14 78,2 31B 88 S 26A 08 31B 86 S LT CL 33 SUR I 31B 84 S 31B 82 S L 31B 65 S 24B 75 8,8 31B 78 S 31B 63 S 31B 61 S 16 31B 74 S K AAA0287LNPA 24B 84 31B 72 S 24B 78 31B 70 S 31B 54 S 24B 76 24B 74 31B 50 S 24B 72 31B 68 S 24B 66 24B 64 31B 64 S 24B 62 21 24B 60 31B 62 S 24B 56 DG 31BBIS S 95780 95780 31B 60 S 24B 54 KR 24B 31B 56 S 24B 48 31B 54 S 24B 40 24B 38 31B 52 S 24B 36 31B 44 S 24B 30 31B 42 S 24B 20 31B 40 S 24B 12 31B 38 S 24B 08 KR 26 1:1.000 24A 37 10 24A 35 31B 43 S 31B 32 S 31B 28 S 31B 30 S 31B 24 S DG 31B S 95840 95840 31B 20 S 11 KR 24A 31B 16 S 18 © 0 30 60 15 Meters 20 17 31B 12 S 31B 10 S 22 19 98620 98680 98740 CONTIENE:
Principal malla_total_2006 PDoTipo Incluye LEYENDA Mojones Distancia Manzana AGOSTO 2025 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.
Plano de Proyección es de 2600 msnm.
PLANO PREDIO CHIP AAA0013SNXS CPF1812 IED EL LIBERTADOR SIN FOLIO LOCALIZACION GENERAL BOGOTA D.C.
CartografíaTemática: Projection: Transversal_Mercator PCS_CartBOGBOG False_Easting: 92334,879 False_Northing: 109320,965 Central Meridian: -74,150 Base Cartográfica Urbana: Planchas 1:2.000 MAPA DIGITAL DE BOGOTÁ D.C.
SECREATARÍA DE EDUCACIÓN Coordenadas Gauss Krugger con Elipsoide GRS_1980. Datum Magna Sirgas con las Coordenadas.
Composición Mapa Oscar Fernando Charry TP 25222145036 CND ALCALDÍA DE BOGOTÁ D.C.
PLANO DIGITAL MUNICIPIO DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-137 • 2026 • MARZO • 31 137 KAREN VALENTINA ROA SORIANO De: buzoncomunicaciones@sdp.gov.co Enviado el: lunes, 11 de agosto de 2025 8:45 a. m. Para: sedcontactenos@educacionbogota.edu.co; sedcontactenos@educacionbogota.edu.co; sedcontactenos@educacionbogota.edu.co Asunto: 1-2025-37123 Datos adjuntos: 1-2025-37123.pdf; 1-2025-37123_Adjunto_01.pdf; 1-2025-37123_Adjunto_02.zip; 1-2025-37123_Adjunto_03.pdf; 2-2025-43061.pdf cordial saludo, se remite petición.
1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-138 • 2026 • MARZO • 31 138 SECRETARÍA DISTRITAL DE PLANEACIÓN Folios: 5 Anexos: No. Radicación: 2-2025-43061 No. Radicado Inicial: 1-2025- 37123 No. Proceso: 2547440 Fecha: 2025-08-11 08:07 Tercero: SECRETARIA DE EDUCACION DEL DISTRITO Dep. Radicadora: Subdirección de Eco urbanismo y Construcción Sostenible Clase Doc: Salida Tipo Doc: Oficio de salida Consec:
Bogotá D.C., 08 de agosto de 2025 Director ANDRES IVANNO GALEANO TORO Dirección de Construcción y Conservación de Establecimientos Educativos Correo electrónico: contactenos@educacionbogota.edu.co sedcontactenos@educacionbogota.edu.co Teléfono: 601 3241000 Bogotá D.C.
Radicado: SDP 1-2025-37123 SDA 2025EE154239 Asunto: Solicitud de Información Reserva Ambiental CHIP AAA0013SNXS. Referencia: CPF 1812-5 Colegio El Libertador - Sede A.
Respetado Director Galeano, De manera atenta le informamos que la Secretaria Distrital de Planeación recibió traslado del oficio No. 1-2025-37123 donde la Secretaria Distrital de Ambiente remite a su vez copia del radicado de respuesta a su petición originaria, la cual se basa en la siguiente solicitud:
“(…) En ese sentido, comedidamente se solicita informar si el predio identificado con CHIP AAA0013SNXS ubicado en la CL 32 SUR 24B 20 hace parte o no de las zonas que actualmente se encuentran constituidas como reserva ambiental en la ciudad de Bogotá (…)”
Al respecto esta subdirección, en el desarrollo de las funciones y competencias atribuidas en el artículo 22 del Decreto Distrital 432 de 2022, se permite atender su solicitud en los siguientes términos:
1. Localización
EVITE ENGAÑOS: Todo trámite ante esta entidad es gratuito, excepto los costos de reproducción de documentos. Verifique su respuesta en la página www.sdp.gov.co link "Estado Trámite". Denuncie en la línea 195 opción 1 cualquier irregularidad.
Cra. 30 Nº 25 -90 pisos 5, 8,13 / SuperCade piso 2 Archivo Central de la SDP Calle 21 Nª69B-80 PBX: 335 8000 www.sdp.gov.co Código Postal: 111311 Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente. Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-139 • 2026 • MARZO • 31 139 SECRETARÍA DISTRITAL DE PLANEACIÓN Folios: 5 Anexos: No. Radicación: 2-2025-43061 No. Radicado Inicial: 1-2025- 37123 No. Proceso: 2547440 Fecha: 2025-08-11 08:07 Tercero: SECRETARIA DE EDUCACION DEL DISTRITO Dep. Radicadora: Subdirección de Eco urbanismo y Construcción Sostenible Clase Doc: Salida Tipo Doc: Oficio de salida Consec:
De acuerdo con la información suministrada en el oficio de la referencia, el predio con CHIP AAA0013SNXS, tiene las siguientes características de ubicación:
LOCALIDAD Rafael Uribe Uribe UPL Decreto 574 de 2023 "Por medio del cual se reglamentan las Unidades de Planeamiento Local - UPL del Centro Histórico, Teusaquillo, Restrepo, Puente Aranda, Barrios Unidos y Chapinero que conforman el sector Centro Ampliado, y se dictan otras disposiciones" SECTOR Centro Ampliado SUELO Urbano
2. Estructura Ecológica Principal
El predio con CHIP AAA0013SNXS acorde con el Sistema de Información Geográfica que recoge la información cartográfica del Plan de Ordenamiento Territorial (Decreto Distrital 555 de 2021), no presenta cruce con elementos de la Estructura Ecológica Principal – EEP como se evidencia en la imagen de referencia:
Imagen de referencia 1. Cruce del predio con CHIP AAA0013SNXS con respecto a la EPP EVITE ENGAÑOS: Todo trámite ante esta entidad es gratuito, excepto los costos de reproducción de documentos. Verifique su respuesta en la página www.sdp.gov.co link "Estado Trámite". Denuncie en la línea 195 opción 1 cualquier irregularidad.
Cra. 30 Nº 25 -90 pisos 5, 8,13 / SuperCade piso 2 Archivo Central de la SDP Calle 21 Nª69B-80 PBX: 335 8000 www.sdp.gov.co Código Postal: 111311 Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente. Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-140 • 2026 • MARZO • 31 140 SECRETARÍA DISTRITAL DE PLANEACIÓN Folios: 5 Anexos: No. Radicación: 2-2025-43061 No. Radicado Inicial: 1-2025- 37123 No. Proceso: 2547440 Fecha: 2025-08-11 08:07 Tercero: SECRETARIA DE EDUCACION DEL DISTRITO Dep. Radicadora: Subdirección de Eco urbanismo y Construcción Sostenible Clase Doc: Salida Tipo Doc: Oficio de salida Consec:
Fuente: BDG, SDP
3. Áreas resiliencia climática y Protección por Riesgo Distrital
El predio con CHIP AAA0013SNXS, no se encuentra señalado en la condición de Suelo de Protección por Riesgo del Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá, D.C. según el Decreto Distrital 555 de 2021. Como se evidencia en la siguiente imagen de referencia:
Imagen de referencia 2. Cruce del predio con CHIP AAA0013SNXS con respecto a la Zonas de protección por riesgo Fuente: BDG, SDP De acuerdo con la revisión efectuada al predio identificado con CHIP AAA0013SNXS, ubicado en la localidad de Rafael Uribe Uribe, sector Centro Ampliado y clasificado como suelo urbano conforme a la cartografía oficial y en el marco de la reglamentación establecida en el Decreto Distrital 555 de 2021 y el Decreto 574 de 2023, se informa:
EVITE ENGAÑOS: Todo trámite ante esta entidad es gratuito, excepto los costos de reproducción de documentos. Verifique su respuesta en la página www.sdp.gov.co link "Estado Trámite". Denuncie en la línea 195 opción 1 cualquier irregularidad.
Cra. 30 Nº 25 -90 pisos 5, 8,13 / SuperCade piso 2 Archivo Central de la SDP Calle 21 Nª69B-80 PBX: 335 8000 www.sdp.gov.co Código Postal: 111311 Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente. Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-141 • 2026 • MARZO • 31 141 SECRETARÍA DISTRITAL DE PLANEACIÓN Folios: 5 Anexos: No. Radicación: 2-2025-43061 No. Radicado Inicial: 1-2025- 37123 No. Proceso: 2547440 Fecha: 2025-08-11 08:07 Tercero: SECRETARIA DE EDUCACION DEL DISTRITO Dep. Radicadora: Subdirección de Eco urbanismo y Construcción Sostenible Clase Doc: Salida Tipo Doc: Oficio de salida Consec:
Según la consulta realizada en el Sistema de Información Geográfica y el análisis de la información cartográfica del Plan de Ordenamiento Territorial vigente, el predio referido no presenta cruce alguno con elementos de la Estructura Ecológica Principal (EEP). Esto significa que el inmueble no se encuentra afectado por componentes de conservación ambiental incluidos en la EEP, tales como parques ecológicos, quebradas, humedales, rondas hidráulicas, entre otros, según los límites y categorías definidos por la normativa vigente.
Adicionalmente, se verificó la existencia de Áreas resiliencia climática y Protección por Riesgo Distrital, constatando que el predio en referencia no se encuentra incluido dentro de estas áreas, conforme a la información consultada en la base de datos geográfica de la entidad.
La expedición del presente concepto no otorga derechos ni obligaciones a su peticionario y no modifica los derechos conferidos mediante licencias que estén vigentes o que hayan sido ejecutadas de conformidad con los numerales 2º. y 3º. del art. 12 del Decreto Nacional No. 1203 de 2017.
La presente información se suministra en el marco de las funciones y competencias de la Secretaría Distrital de Planeación, con carácter de respuesta a una consulta en los términos del artículo 28 del Código Contencioso Administrativo – Ley 1437 de 2011, sustituido según el artículo 1° de la Ley 1755 del 30 de junio de 2015 “Por medio de la cual se regula el Derecho Fundamental de Petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.”, como sigue:
“Artículo 28. Alcance de los conceptos. Salvo disposición legal en contrario, los conceptos emitidos por las autoridades como respuestas a peticiones realizadas en ejercicio del derecho a formular consultas no serán de obligatorio cumplimiento o ejecución.”
Cordialmente, Alejandro Gomez Cubillos Subdirección de Eco urbanismo y Construcción Sostenible Elaboró: Iván Alexander Ramírez – Subdirección de Eco urbanismo y Construcción Sostenible EVITE ENGAÑOS: Todo trámite ante esta entidad es gratuito, excepto los costos de reproducción de documentos. Verifique su respuesta en la página www.sdp.gov.co link "Estado Trámite". Denuncie en la línea 195 opción 1 cualquier irregularidad.
Cra. 30 Nº 25 -90 pisos 5, 8,13 / SuperCade piso 2 Archivo Central de la SDP Calle 21 Nª69B-80 PBX: 335 8000 www.sdp.gov.co Código Postal: 111311 Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente. Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-142 • 2026 • MARZO • 31 142 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-143 • 2026 • MARZO • 31 143 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-144 • 2026 • MARZO • 31 144 Bogotá D.C.
Doctor ANDRES IVANNO GALEANO TORO Dirección de Construcción y Conservación de Establecimientos Educativos SECRETARIA DE EDUCACION DEL DISTRITO Dirección: AV EL DORADO No. 66 - 63 Teléfono: 601 3241000 Bogotá D.C Asunto: Respuesta al radicado 2025ER132262 del 19 de junio de 2025. Solicitud de Información Reserva Ambiental CHIP AAA0013SNXS. Referencia: CPF 1812-5 Colegio El Libertador - Sede A.
Respetado Doctor Galeano Toro:
La Secretaría Distrital de Ambiente recibió el radicado del asunto por medio del cual se solicita:
«(…) con el fin de realizar las acciones necesarias para eventualmente declarar el predio como baldío en favor del Distrito Capital, se hace indispensable determinar con claridad la situación ambiental del inmueble.
En ese sentido, comedidamente se solicita informar si el predio identificado con CHIP AAA0013SNXS ubicado en la CL 32 SUR 24B 20 hace parte o no de las zonas que actualmente se encuentran constituidas como reserva ambiental en la ciudad de Bogotá (…)»
En este contexto, la SDA como autoridad ambiental de la administración central de Bogotá según lo establecido en el artículo 66 de la Ley 99 del 22 de diciembre de 1993, da respuesta en los siguientes términos.
1. LOCALIZACIÓN
El lote objeto de consulta se localiza en el área urbana de Bogotá D.C. y la autoridad ambiental competente es la Secretaría Distrital de Ambiente, según el Plan de Ordenamiento Territorial POT, Decreto Distrital 555 del 29 de diciembre de 2021, «Por el cual se adopta la revisión general del Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá», (Ver Tabla 1 e Imagen 1).
Tabla 1. Localización lote consultado REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-145 • 2026 • MARZO • 31 145 Localidad* 18-Rafael Uribe UPZ* 39-Quiroga UPL 22-Restrepo Barrio 002301-Libertador Dirección CL 32 S 24B 20 CHIP AAA0013SNXS Identificador Único del lote 002305020001 *Información suministrada con base en los artículos 9 y 10, y el parágrafo 2 del artículo 490 del Decreto Distrital 555 de 2021. Fuente: Tomado de IDECA. SER, SDA 2025 Imagen 1. Localización del lote con CHIP AAA0013SNXS consultado en suelo urbano del Distrito Capital.
Fuente: Tomado de UAECD - SDP- Decreto Distrital 555 de 2021 – SER – SDA, 2025.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-146 • 2026 • MARZO • 31 146
2. SUPERPOSICIÓN CON LOS ELEMENTOS DE LA ESTRUCTURA ECOLÓGICA PRINCIPAL:
Una vez revisada y analizada la cartografía e información oficiales, se observa que el lote identificado con CHIP AAA0013SNXS objeto de la consulta, actualmente, NO presenta superposición con elementos de la Estructura Ecológica Principal – EEP de acuerdo con el Decreto 555 de 2021, como se relaciona en la Imagen 2.
Imagen 2. Localización del lote consultado con CHIP AAA0013SNXS respecto a los elementos de la EEP.
Fuente: SDP- Decreto Distrital 555 de 2021. SER, SDA 2025.
Efectuadas las anteriores precisiones, en relación con la solicitud específica de información, se señala que de acuerdo con la cartografía oficial el lote identificado con CHIP AAA0013SNXS se localiza en suelo urbano del Distrito Capital y no presenta superposición con elementos constitutivos de la Estructura Ecológica Principal (EEP) como se describió en el numeral 2 de la REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-147 • 2026 • MARZO • 31 147 presente comunicación. Finalmente, se remite copia de este pronunciamiento a la Secretaría Distrital de Planeación, para que, en caso de ser necesario, se pronuncie sobre el particular.
En los anteriores términos esta Secretaría Distrital de Ambiente da respuesta de forma clara y congruente a su solicitud, y está atenta a cualquier requerimiento de información relacionado con la misma, para el efecto podrá comunicarse al teléfono (601) 3778914 o al correo electrónico: atencionalciudadano@ambientebogota.gov.co Atentamente, IVAN DARIO MELO CUELLAR SUBDIRECCIÓN DE ECOSISTEMAS Y RURALIDAD Copia: SECRETARÍA DISTRITAL DE PLANEACIÓN – SDP. Dirección: Carrera 30 # 25 - 90 Pisos 5 - 8 -13, Bogotá. Teléfono: +57 601 335 80 00, Línea gratuita: 01-8000913-038. Correo Electrónico: servicioalciudadanoGEL@sdp.gov.co Proyectó: CAROLINA SALGADO RAMIREZ Revisó:
ANA MILENA LOZANO MELGAREJO Aprobó: IVAN DARIO MELO CUELLAR REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-148 • 2026 • MARZO • 31 148 Bogotá D.C.
Doctor ANDRES IVANNO GALEANO TORO Dirección de Construcción y Conservación de Establecimientos Educativos SECRETARIA DE EDUCACION DEL DISTRITO Dirección: AV EL DORADO No. 66 - 63 Teléfono: 601 3241000 Bogotá D.C Asunto: Respuesta al radicado 2025ER132262 del 19 de junio de 2025. Solicitud de Información Reserva Ambiental CHIP AAA0013SNXS. Referencia: CPF 1812-5 Colegio El Libertador - Sede A.
Respetado Doctor Galeano Toro:
La Secretaría Distrital de Ambiente recibió el radicado del asunto por medio del cual se solicita:
«(…) con el fin de realizar las acciones necesarias para eventualmente declarar el predio como baldío en favor del Distrito Capital, se hace indispensable determinar con claridad la situación ambiental del inmueble.
En ese sentido, comedidamente se solicita informar si el predio identificado con CHIP AAA0013SNXS ubicado en la CL 32 SUR 24B 20 hace parte o no de las zonas que actualmente se encuentran constituidas como reserva ambiental en la ciudad de Bogotá (…)»
En este contexto, la SDA como autoridad ambiental de la administración central de Bogotá según lo establecido en el artículo 66 de la Ley 99 del 22 de diciembre de 1993, da respuesta en los siguientes términos.
1. LOCALIZACIÓN
El lote objeto de consulta se localiza en el área urbana de Bogotá D.C. y la autoridad ambiental competente es la Secretaría Distrital de Ambiente, según el Plan de Ordenamiento Territorial POT, Decreto Distrital 555 del 29 de diciembre de 2021, «Por el cual se adopta la revisión general del Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá», (Ver Tabla 1 e Imagen 1).
Tabla 1. Localización lote consultado REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-149 • 2026 • MARZO • 31 149 Localidad* 18-Rafael Uribe UPZ* 39-Quiroga UPL 22-Restrepo Barrio 002301-Libertador Dirección CL 32 S 24B 20 CHIP AAA0013SNXS Identificador Único del lote 002305020001 *Información suministrada con base en los artículos 9 y 10, y el parágrafo 2 del artículo 490 del Decreto Distrital 555 de 2021. Fuente: Tomado de IDECA. SER, SDA 2025 Imagen 1. Localización del lote con CHIP AAA0013SNXS consultado en suelo urbano del Distrito Capital.
Fuente: Tomado de UAECD - SDP- Decreto Distrital 555 de 2021 – SER – SDA, 2025.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-150 • 2026 • MARZO • 31 150
2. SUPERPOSICIÓN CON LOS ELEMENTOS DE LA ESTRUCTURA ECOLÓGICA PRINCIPAL:
Una vez revisada y analizada la cartografía e información oficiales, se observa que el lote identificado con CHIP AAA0013SNXS objeto de la consulta, actualmente, NO presenta superposición con elementos de la Estructura Ecológica Principal – EEP de acuerdo con el Decreto 555 de 2021, como se relaciona en la Imagen 2.
Imagen 2. Localización del lote consultado con CHIP AAA0013SNXS respecto a los elementos de la EEP.
Fuente: SDP- Decreto Distrital 555 de 2021. SER, SDA 2025.
Efectuadas las anteriores precisiones, en relación con la solicitud específica de información, se señala que de acuerdo con la cartografía oficial el lote identificado con CHIP AAA0013SNXS se localiza en suelo urbano del Distrito Capital y no presenta superposición con elementos constitutivos de la Estructura Ecológica Principal (EEP) como se describió en el numeral 2 de la REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-151 • 2026 • MARZO • 31 151 presente comunicación. Finalmente, se remite copia de este pronunciamiento a la Secretaría Distrital de Planeación, para que, en caso de ser necesario, se pronuncie sobre el particular.
En los anteriores términos esta Secretaría Distrital de Ambiente da respuesta de forma clara y congruente a su solicitud, y está atenta a cualquier requerimiento de información relacionado con la misma, para el efecto podrá comunicarse al teléfono (601) 3778914 o al correo electrónico: atencionalciudadano@ambientebogota.gov.co Atentamente, IVAN DARIO MELO CUELLAR SUBDIRECCIÓN DE ECOSISTEMAS Y RURALIDAD Copia: SECRETARÍA DISTRITAL DE PLANEACIÓN – SDP. Dirección: Carrera 30 # 25 - 90 Pisos 5 - 8 -13, Bogotá. Teléfono: +57 601 335 80 00, Línea gratuita: 01-8000913-038. Correo Electrónico: servicioalciudadanoGEL@sdp.gov.co Proyectó: CAROLINA SALGADO RAMIREZ Revisó:
ANA MILENA LOZANO MELGAREJO Aprobó: IVAN DARIO MELO CUELLAR REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-152 • 2026 • MARZO • 31 152 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-153 • 2026 • MARZO • 31 153 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-154 • 2026 • MARZO • 31 154 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-155 • 2026 • MARZO • 31 155 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-156 • 2026 • MARZO • 31 156 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-157 • 2026 • MARZO • 31 157 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-158 • 2026 • MARZO • 31 158 RESOLUCIÓN DE 2025 “Por medio de la cual la Comisión Intersectorial del Espacio aprueba la exención de pago de actividad Cultural Navidad 2025 de aprovechamiento económico REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-159 • 2026 • MARZO • 31 159 “Por medio de la cual la Comisión Intersectorial del Espacio aprueba la exención de pago de actividad Cultural Navidad 2025 de aprovechamiento económico”
ʹͻ REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-160 • 2026 • MARZO • 31 160 “Por medio de la cual la Comisión Intersectorial del Espacio aprueba la exención de pago de actividad Cultural Navidad 2025 de aprovechamiento económico”
͵ͻ REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-161 • 2026 • MARZO • 31 161 “Por medio de la cual la Comisión Intersectorial del Espacio aprueba la exención de pago de actividad Cultural Navidad 2025 de aprovechamiento económico”
Ͷͻ REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-162 • 2026 • MARZO • 31 162 “Por medio de la cual la Comisión Intersectorial del Espacio aprueba la exención de pago de actividad Cultural Navidad 2025 de aprovechamiento económico” ͷͻ REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-163 • 2026 • MARZO • 31 163 “Por medio de la cual la Comisión Intersectorial del Espacio aprueba la exención de pago de actividad Cultural Navidad 2025 de aprovechamiento económico”
ͻ REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-164 • 2026 • MARZO • 31 164 “Por medio de la cual la Comisión Intersectorial del Espacio aprueba la exención de pago de actividad Cultural Navidad 2025 de aprovechamiento económico”
ͻ REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-165 • 2026 • MARZO • 31 165 “Por medio de la cual la Comisión Intersectorial del Espacio aprueba la exención de pago de actividad Cultural Navidad 2025 de aprovechamiento económico” ͺͻ REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-166 • 2026 • MARZO • 31 166 “Por medio de la cual la Comisión Intersectorial del Espacio aprueba la exención de pago de actividad Cultural Navidad 2025 de aprovechamiento económico” ͻͻ REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-167 • 2026 • MARZO • 31 167 DECRETOS LOCALES DE 2026 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-168 • 2026 • MARZO • 31 168 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-169 • 2026 • MARZO • 31 169 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-170 • 2026 • MARZO • 31 170 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-171 • 2026 • MARZO • 31 171 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-172 • 2026 • MARZO • 31 172 RESOLUCIONES LOCALES DE 2026 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-173 • 2026 • MARZO • 31 173 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-174 • 2026 • MARZO • 31 174 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-175 • 2026 • MARZO • 31 175 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-176 • 2026 • MARZO • 31 176 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-177 • 2026 • MARZO • 31 177 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-178 • 2026 • MARZO • 31 178 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-179 • 2026 • MARZO • 31 179 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-180 • 2026 • MARZO • 31 180 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-181 • 2026 • MARZO • 31 181 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-182 • 2026 • MARZO • 31 182 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-183 • 2026 • MARZO • 31 183 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-184 • 2026 • MARZO • 31 184 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-185 • 2026 • MARZO • 31 185
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