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Registro Distrital 8553 de 2026

Registro Distrital 8553 de 2026 Nivel Distrital

Tipo
Registro Distrital
Número
8553
Año
2026
Fecha
1 de abril de 2026
Entidad
Nivel Distrital
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

5,5 ALCALDE MAYOR Carlos Fernando Galán Pachón REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 • No. 8553 - Pp 1 - 31 - 2026 • ABRIL • 1 CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Descentralizado ACUERDOS 2026 EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ – ESP - JUNTA DIRECTIVA ACUERDO Nº 248 Por medio del cual se aprueban los Estados Financieros de Propósito Especial (separados y consolidados) de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá – ESP con corte a 31 de diciembre de 2025........................................ 4 ACUERDO Nº 249 Por medio del cual se distribuye el saldo de las utilidades obtenidas en el ejer cicio 2025 y se somete a consideración del CONFIS Distrital la propuesta de excedentes financieros de la EAAB-ESP.......................................................... 5 ACUERDO Nº 250 Por medio del cual se emite concepto previo favorable a una distribución de la disponibilidad final en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá – ESP, para la vigencia fiscal compren dida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2026................................... 9 ACUERDO Nº 251 Por medio del cual se emite aprobación de la Junta Directiva de la EAAB-ESP, por delegación del CONFIS Distrital, para efectuar un traslado presupuestal en tre gastos de operación comercial y gastos de funcionamiento del Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal 2026 de la EAAB-ESP................................... 14 ACUERDO Nº 252 Por medio del cual se emite autorización de la Junta Directiva de la EAAB-ESP, por delegación del CONFIS Distrital, para asumir en la vigencia 2026 que afec tan el presupuesto de vigencias futuras ordinarias 2027, en gastos de funciona miento, gastos de inversión y gastos de operación comercial........................ 17 ACUERDO Nº 253 Por medio del cual se emite concepto favorable para solicitar al CONFIS Dis trital autorización para asumir obligaciones en la vigencia 2026 que afectan el presupuesto de vigencias futuras ordinarias con declaratoria de importancia estratégica 2027 y 2028, en gastos de inversión............................................ 22 Sector Local DECRETO LOCAL 2026 ALCALDÍA LOCAL DE FONTIBÓN DECRETO LOCAL Nº 5 “POR MEDIO DEL CUAL SE EFECTÚA UNA MODIFICACIÓN PRESUPUES TAL EN EL PRESUPUESTO ANUAL DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE FONTIBÓN, PARA LA VIGENCIA FISCAL 2026”................................................................................................. 26 AÑO 60 NÚMERO 8553 1 • ABRIL • 2026 SECRETARÍA GENERAL ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL.

LA PUBLICACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS EN EL REGISTRO DISTRITAL SE REALIZA DE ACUERDO A LA LEY 1437 DEL 2011 EN SU ARTÍCULO 65 MODIFICADO POR LA LEY 2080 DE 2021 “POR LA CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO”.

CORREO: REGISTRODISTRITAL@ALCALDIABOGOTA.GOV.CO DIRECCIÓN: CALLE 11 SUR #1-60 ESTE - LA MARÍA - BOGOTÁ D.C.

TELÉFONO: 381 3000 EXT. 5010 - 5202 SUBDIRECTORA IMPRENTA DISTRITAL: MARÍA ANGÉLICA PUMAREJO HINOJOSA ACUERDOS DE 2026 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-4 • 2026 • MARZO • 31 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-5 • 2026 • MARZO • 31 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-6 • 2026 • MARZO • 31 6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-7 • 2026 • MARZO • 31 7 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-8 • 2026 • MARZO • 31 8 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-9 • 2026 • MARZO • 31 9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-10 • 2026 • MARZO • 31 10 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-11 • 2026 • MARZO • 31 11 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-12 • 2026 • MARZO • 31 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-13 • 2026 • MARZO • 31 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-14 • 2026 • MARZO • 31 14 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-15 • 2026 • MARZO • 31 15 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-16 • 2026 • MARZO • 31 16 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-17 • 2026 • MARZO • 31 17 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-18 • 2026 • MARZO • 31 18 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-19 • 2026 • MARZO • 31 19 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-20 • 2026 • MARZO • 31 20 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-21 • 2026 • MARZO • 31 21 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-22 • 2026 • MARZO • 31 22 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-23 • 2026 • MARZO • 31 23 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-24 • 2026 • MARZO • 31 24 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-25 • 2026 • MARZO • 31 25 DECRETO LOCAL DE 2026 DECRETO LOCAL No. 5 (27 marzo de 2026)

“POR MEDIO DEL CUAL SE EFECTÚA UNA MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL EN EL PRESUPUESTO ANUAL DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE FONTIBÓN, PARA LA VIGENCIA FISCAL 2026”.

ALCALDESA LOCAL DE FONTIBÓN En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo 308 del Decreto Único Sectorial 645 de 2025 y,

CONSIDERANDO:

Que la Resolución No. SHD-000191 del 22 de septiembre de 2017 “Por medio de la cual se adopta y consolida el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital”, expedida por la Secretaría Distrital de Hacienda, expone que dicho Manual en el Modulo 3 define en su capítulo 3.9.1 Traslado presupuestal, lo siguiente: Es la modificación al presupuesto que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales. Los traslados entre agregados presupuestales se aprobarán por la Junta Administradora Local previo concepto favorable del CONFIS Distrital. Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado los efectúa el Alcalde Local mediante Decreto, previo concepto favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto y de la Secretaría Distrital de Planeación cuando se trate de proyectos de inversión.

Que el artículo 109 del Decreto Único Sectorial 645 de 2025 “Por medio del cual se expide el Decreto Único del Sector Hacienda” señala que:

“Artículo 109. Modificaciones al anexo del decreto de liquidación. Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos. Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.

Parágrafo. Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de
Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales)” (subraya fuera del texto).

Que el artículo 308 del Decreto 645 de 2025, por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local - F.D.L. Modificaciones Presupuestales: “Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la Alcaldía Local de Fontibón Cra. 99 # 19 - 43 Código Postal: 110921 Tel. 2670114 Información Línea 195 www.fontibon.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-26 • 2026 • MARZO • 31 26 DECRETO LOCAL No. 5 (27 marzo de 2026)

“POR MEDIO DEL CUAL SE EFECTÚA UNA MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL EN EL PRESUPUESTO ANUAL DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE FONTIBÓN, PARA LA VIGENCIA FISCAL 2026”. cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente:

Artículo 308 Modificaciones Presupuestales: 1. Traslado Presupuestal: Es la modificación que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales aprobados por la JAL. La disponibilidad de las apropiaciones para efectuar los traslados presupuestales será certificada por el responsable de Presupuesto del respectivo FDL.

Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el o alcaldesa alcalde o alcaldesa local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto.

Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los FDL que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por las JAL, se harán mediante decreto del alcalde o alcaldesa local.

Que, mediante el Acuerdo Local 055 del 15 de diciembre del 2025 la Junta Administradora Local expidió y aprobó el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones para la vigencia fiscal de 2026; y mediante el Decreto Local 024 del 29 de diciembre de 2025, se liquida el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Alcaldía Local de Fontibón para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026.

Que, al revisar la ejecución con corte al 26 de marzo de 2026, del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón y en cumplimiento de las metas del Plan Anual de Adquisiciones se evidenció que: los gastos correspondientes a la seguridad privada y vigilancia que se encuentran contemplados en el rubro “O21202020080585250 Servicios de protección (guardas de seguridad)”, actualmente cuenta con una apropiación de $1.483.832.000 que es susceptible de un traslado presupuestal.

Que, la Alcaldía Local de Fontibón contempló, a través del Plan Anual de Adquisiciones, la contratación del servicio de alquiler de transporte terrestre especial de pasajeros, con el fin de garantizar el cumplimiento de sus actividades misionales. Dicho servicio permitirá el traslado de funcionarios, contratistas, usuarios, así como de los bienes y elementos logísticos necesarios para el desarrollo de actividades administrativas, de gestión comunitaria y de apoyo a la seguridad local.

Que, resulta conveniente la utilización de los Acuerdos Marco de Precios, toda vez que el Estado, actuando como un único comprador, permite unificar los términos y condiciones para el suministro de bienes y servicios requeridos por las entidades para su correcto funcionamiento. Este mecanismo es importante ya que ofrece condiciones de transparencia y seguridad en la contratación; además, permite la cobertura de riesgos en caso de incumplimiento en la entrega o recepción del bien o servicio, constituyéndose en una herramienta eficaz para la mitigación de riesgos en la contratación y ejecución.

Alcaldía Local de Fontibón Cra. 99 # 19 - 43 Código Postal: 110921 Tel. 2670114 Información Línea 195 www.fontibon.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-27 • 2026 • MARZO • 31 27 DECRETO LOCAL No. 5 (27 marzo de 2026)

“POR MEDIO DEL CUAL SE EFECTÚA UNA MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL EN EL PRESUPUESTO ANUAL DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE FONTIBÓN, PARA LA VIGENCIA FISCAL 2026”.

Que, de acuerdo con lo anterior, y una vez se identifica la necesidad de realizar la presente contratación, mediante el Acuerdo Marco de Precios: Transporte Especial de Pasajeros II de Colombia Compra Eficiente, AMP-CCE-144- 2023, es pertinente indicar que actualmente se encuentra vigente, según la prórroga aprobada por Colombia Compra Eficiente, quedando como fecha máxima para colocar órdenes hasta el 02/04/2026 y fecha máxima para ejecutar órdenes de compra 02/04/2027.

Que, en concordancia con lo anteriormente expuesto, y conforme a lo establecido en el artículo 2.2.1.2.1.2.1.15 del Decreto 1082 de 2015, el Acuerdo Marco de Precios CCE-144-2023 no sólo representa la opción más adecuada en términos de transparencia, eficacia y celeridad en los procesos de contratación para las administraciones locales, sino que, permite abordar de manera directa las limitaciones previamente descritas para el cumplimiento de las actividades institucionales. En consecuencia, acorde a lo establecido en la norma, las entidades estatales están obligadas a acudir a los Acuerdos Marco de Precios (AMP) definidos por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, como primera opción para la contratación.

Que, según la estructura del Acuerdo Marco de Precios, el 10 de marzo de 2026, la Alcaldía Local de Fontibón llevó a cabo los eventos RFQ 209402 - N2 y RFQ 209407 - N2 para solicitar las cotizaciones sobre los vehículos a contratar. Estos RFQ cuentan con un plazo de publicación definido por Colombia Comprar Eficiente, los cuales al finalizar, la entidad compradora, recibe públicamente las cotizaciones ofertadas por los proveedores habilitados y con la capacidad operativa para cubrir la necesidad presentada por medio de la simulación de la Orden de Compra.

Que, en virtud de lo anterior, la Alcaldía Local de Fontibón, tiene prevista la suscripción de un contrato de alquiler de transporte de pasajeros, con el fin de disponer de cuatro (4) vehículos, tanto eléctricos como de combustión, que permitan dar cumplimiento a las actividades estratégicas desarrolladas por la entidad. Este servicio va facilitar el desplazamiento necesario para llevar la oferta institucional al territorio, en concordancia con la Gestión del Desarrollo Local y Policiva, particularmente aquellas que están relacionadas con la inspección, vigilancia y control (IVC). De modo que, es fundamental atender oportunamente las solicitudes de la comunidad mediante visitas técnicas y operativos orientados al control de actividades comerciales, la recuperación del espacio público y la mitigación de comportamientos contrarios a la convivencia. De ahí la importancia de trasladar a funcionarios, contratistas y equipos logísticos como: carpas, sillas, mesas, tarimas y sonido, con el fin de fortalecer los procesos de participación, realizar entrega de dotaciones, adelantar verificaciones a comodatos con Juntas de Acción Comunal (JAC) y facilitar ferias de servicios.

Que, en atención a la necesidad identificada, se requiere la disponibilidad de un (1) vehículo tipo CAMPERO, dos (2) PICKUP 4x2 doble cabina y un (1) MICROBUS o VAN que permita garantizar el desplazamiento seguro y oportuno para el cumplimiento de los operativos de IVC, reuniones institucionales en Bogotá D.C., con entidades como Secretarías distritales, Alcaldía Mayor, Concejo, Personería y Contraloría; así como el traslado permanente para la supervisión a obras, comités de seguridad y visitas a comunidades en distintos puntos de la localidad.

Alcaldía Local de Fontibón Cra. 99 # 19 - 43 Código Postal: 110921 Tel. 2670114 Información Línea 195 www.fontibon.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-28 • 2026 • MARZO • 31 28 DECRETO LOCAL No. 5 (27 marzo de 2026)

“POR MEDIO DEL CUAL SE EFECTÚA UNA MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL EN EL PRESUPUESTO ANUAL DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE FONTIBÓN, PARA LA VIGENCIA FISCAL 2026”.

Que la Alcaldía Local de Fontibón contaba con cuatro (4) vehículos, uno (1) de ellos en desuso, y se realizó la baja de 3 de ellos en la vigencia 2025. Actualmente sólo hay un (1) vehículo en el inventario, el cual no se encuentra en condiciones de operación, lo que evidencia que la Alcaldía Local de Fontibón presenta una serie de deficiencias que impactan directamente en la eficiencia y continuidad para el cumplimiento de las actividades misionales. De modo que, y tras un análisis exhaustivo, se considera oportuno y necesario, realizar la contratación de un contrato de alquiler de vehículos.

Que, la Alcaldía Local de Fontibón en procura de cumplir con sus obligaciones legales y administrativas, requiere aumentar la apropiación en el concepto de gasto O21202020070373111 Servicios de arrendamiento o alquiler de automóviles y furgonetas por un valor de CIENTO TREINTA MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y UN MIL CUARENTA Y SIETE PESOS $130.681.047 con el propósito de dar cumplimiento al objeto: PRESTAR EL SERVICIO INTEGRAL DE TRANSPORTE ESPECIAL DE PASAJEROS, CARGA Y TRASLADO DE ELEMENTOS DE CONFORMIDAD CON LAS NECESIDADES DE LA ALCALDÍA LOCAL DE FONTIBÓN, A TRAVÉS DEL AMP-CCE-144- 2023, EN EL MARCO DE LA MISIONALIDAD INSTITUCIONAL Y EL CUMPLIMIENTO DEL PLAN DE DESARROLLO LOCAL.

Que, la Alcaldía Local de Fontibón había contemplado inicialmente la proyección de recursos para la contratación del servicio de vigilancia por un término de un (1) año. No obstante, considerando que el contrato de vigilancia actualmente se encuentra en ejecución y ya fue objeto de una adición conforme al incremento salarial establecido en la resolución expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, se hace necesario garantizar los recursos financieros correspondientes a seis (6) meses para la vigencia 2026. Esto se fundamenta en la fecha de terminación del contrato BMC-436-2025, prevista para el 30 de junio de 2026. En este sentido, aunque la Alcaldía Local incluyó en la estructuración de su proyecto de presupuesto los recursos necesarios para doce (12) meses, a la fecha estos no han sido comprometidos y, por consiguiente, el concepto de gasto asociado a servicios de protección (guardas de seguridad) es susceptible de un traslado presupuestal.

Que, por lo anterior, existen CIENTO TREINTA MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y UN MIL CUARENTA Y SIETE PESOS M/CTE $130.681.047, disponibles, que pueden ser contracreditados en un traslado presupuestal.

Que, en mérito de lo anteriormente expuesto, la Alcaldesa Local de Fontibón, Alcaldía Local de Fontibón Cra. 99 # 19 - 43 Código Postal: 110921 Tel. 2670114 Información Línea 195 www.fontibon.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-29 • 2026 • MARZO • 31 29 DECRETO LOCAL No. 5 (27 marzo de 2026)

“POR MEDIO DEL CUAL SE EFECTÚA UNA MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL EN EL PRESUPUESTO ANUAL DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE FONTIBÓN, PARA LA VIGENCIA FISCAL 2026”.

DECRETA:

Artículo 1º - Efectúese los siguientes contracréditos al Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones en la vigencia 2026 correspondiente al Fondo de Desarrollo Local de Fontibón, conforme al siguiente detalle:

CODIGO CONCEPTO VALOR O2 Gastos $ 130.681.047 O21 Funcionamiento $ 130.681.047 O212 Adquisición de bienes y servicios $ 130.681.047 O21202 Adquisiciones diferentes de activos $ 130.681.047 O2120202 Aquisición de servicios $ 130.681.047 O2120202008 Servicios prestados a las empresas y servicios de producción $ 130.681.047 O212020200805 Servicios de soporte $ 130.681.047 O21202020080585250 Servicios de protección (guardas de seguridad) $ 130.681.047 TOTAL CONTRACRÉDITOS $ 130.681.047

Artículo 2º.

– Efectúense los siguientes créditos al Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones en la vigencia 2026 del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón, conforme al siguiente detalle:

CODIGO CONCEPTO VALOR O2 Gastos $ 130.681.047 O21 Funcionamiento $ 130.681.047 O212 Adquisición de bienes y servicios $ 130.681.047 O21202 Adquisición diferentes de activos $ 130.681.047 O2120202 Adquisición de servicios $ 130.681.047 O2120202007 Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing $ 130.681.047 O212020200703 Servicios de arrendamiento o alquiler sin operario $ 130.681.047 O21202020070373111 Servicios de arrendamiento o alquiler de automóviles y furgonetas sin operario $ 130.681.047 TOTAL CRÉDITOS $ 130.681.047 Alcaldía Local de Fontibón Cra. 99 # 19 - 43 Código Postal: 110921 Tel. 2670114 Información Línea 195 www.fontibon.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-30 • 2026 • MARZO • 31 30 DECRETO LOCAL No. 5 (27 marzo de 2026)

“POR MEDIO DEL CUAL SE EFECTÚA UNA MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL EN EL PRESUPUESTO ANUAL DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE FONTIBÓN, PARA LA VIGENCIA FISCAL 2026”.

Artículo 3º.

- Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente el contenido del mismo a la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, para lo de su cargo.

Artículo 4º.

Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación

COMUNIQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Se expide en Bogotá D.C. a los veintisiete (27) días del mes de marzo de dos mil veintiséis (2026).

Firmado digitalmente por OSORIO LOZANO PAOLA ANDREA Fecha: 2026.03.31 07:15:19 -05'00' OSORIO LOZANO PAOLA ANDREA PAOLA ANDREA OSORIO LOZANO Alcaldesa Local de Fontibón Proyecto: Luis Alfredo Duarte Pérez – CPS 259-2026 Revisó: María Camila Monje Ramírez – CPS 008-2026 Revisó: Henry Alexander Eslava Pulido - CPS 013-2026 Revisó: Ricardo Alfonso Beltrán Díaz – PU 219-18 – Responsable de Presupuesto Revisó: Dimelza Mendoza Rueda – PE 222 –24 Desarrollo Local – Administrativa y Financiera Alcaldía Local de Fontibón Cra. 99 # 19 - 43 Código Postal: 110921 Tel. 2670114 Información Línea 195 www.fontibon.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8552 • PP. 1-31 • 2026 • MARZO • 31 31

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