Registro Distrital 8536 de 2026
Registro Distrital 8536 de 2026 Nivel Distrital
- Tipo
- Registro Distrital
- Número
- 8536
- Año
- 2026
- Fecha
- 9 de marzo de 2026
- Entidad
- Nivel Distrital
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
5,5 ALCALDE MAYOR Carlos Fernando Galán Pachón REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 • No. 8536 - Pp 1 - 228 - 2026 • MARZO • 9 CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Descentralizado ACUERDO Nº 1034 “POR EL CUAL SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS ORIENTADORES PARA LA PROMOCIÓN Y ORDENAMIENTO DE LA ACTIVIDAD DE MERCA- DO DE PULGAS EN BOGOTÁ D.C.”............................................................. 34 ACUERDO Nº 1035 “POR MEDIO DEL CUAL SE DESIGNA Y ESTABLECE EL NOMBRE DE LA PRIMERA CALLE INDÍGENA DE BOGOTÁ, Y SE PROMUEVE EL RECONO- CIMIENTO Y LA VISIBILIDAD DE LAS COMUNIDADES INDÍGENAS EN EL ESPACIO PÚBLICO”...................................................................................... 36 ACUERDO Nº 1036 “POR MEDIO DEL CUAL SE FORTALECE LA GESTIÓN LOCAL EN LAS JUNTAS ADMINISTRADORAS LOCALES (JAL) DE BOGOTÁ MEDIANTE LA PARTICIPACIÓN DE ESTUDIANTES EN PRÁCTICA DE PROGRAMAS TÉC- NICOS, TECNOLÓGICOS Y PROFESIONALES DEL DISTRITO CAPITAL”.38 ACUERDO Nº 1037 “POR MEDIO DEL CUAL SE INSTITUCIONALIZA LA CELEBRACIÓN DEL DÍA DEL SKATEBOARDING EN LA CIUDAD DE BOGOTÁ”................................ 41 ACUERDO Nº 1038 “POR EL CUAL SE ESTABLECEN MEDIDAS DE RECONOCIMIENTO DE LA LABOR DE LOS OPERARIOS DE BARRIDO Y LIMPIEZA EN VÍAS, ÁREAS PÚBLICAS, RECOLECCIÓN Y TRANSPORTE DE RESIDUOS DEL SERVI- CIO PÚBLICO DE ASEO EN BOGOTÁ”......................................................... 43 ACUERDO Nº 1039 “POR EL CUAL SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS PARA LA ADOPCIÓN DE LA ESTRATEGIA “ATENCIÓN EDUCATIVA DOMICILIARIA”................... 46 ACUERDO Nº 1040 “POR MEDIO DEL CUAL SE CREA LA ACTIVIDAD CULTURAL DENOMINADA “MUESTRA DEL CARNAVAL DE NEGROS Y BLANCOS” PARA LA PRESER- VACIÓN Y PROMOCIÓN DE LA CULTURA NARIÑENSE EN EL DISTRITO CAPITAL’’........................................................................................................ 48 ACUERDO Nº 1041 “POR MEDIO DEL CUAL SE DICTAN LINEAMIENTOS PARA PROMOVER EL REÚSO DE EDIFICACIONES PARA USO DE VIVIENDA Y OTROS FINES DE RENOVACIÓN URBANA EN LA CIUDAD DE BOGOTÁ, PRIORIZANDO EL CENTRO HISTÓRICO LOS SECTORES DE INTERÉS URBANÍSTICO – SIU- QUE TENGAN PLANES ESPECIALES DE MANEJO Y PROTECCIÓN ADOP- TADOS “.......................................................................................................... 50 ACUERDO Nº 1042 “POR MEDIO DEL CUAL SE PROMUEVEN LINEAMIENTOS PARA EL FO- MENTO Y CONSULTA DEL GÉNERO MUSICAL “VALLENATO” COMO PATRI- MONIO CULTURAL EN LA RED DISTRITAL DE BIBLIOTECAS PÚBLICAS DE BOGOTÁ”........................................................................................................ 53 ACUERDO Nº 1043 “POR EL CUAL SE PROMUEVE E INCENTIVA LA MOVILIDAD URBANA SOSTENIBLE EN EL DISTRITO CAPITAL Y SE DICTAN OTRAS DISPOSI- CIONES”......................................................................................................... 54 ACUERDO Nº 1044 “POR MEDIO DEL CUAL SE DICTAN LINEAMIENTOS PARA LA IMPLEMEN- TACIÓN DEL URBANISMO SEGURO EN EL DISTRITO CAPITAL”.............. 56 ACUERDO Nº 1045 “POR MEDIO DEL CUAL SE INSTITUCIONALIZA LA SEMANA DISTRITAL DEL EMPRENDIMIENTO FEMENINO Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIO- NES”................................................................................................................ 59 ACUERDOS 2026 CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. ACUERDO Nº 1020 “POR MEDIO DEL CUAL SE DCTAN LINEAMIENTOS PARA EL FOMENTO DEL TEJO COMO DISCIPLINA DEPORTIVA, MOTOR ECONÓMICO Y EX- PRESIÓN CULTURAL EN EL DISTRITO CAPITAL”........................................ 6 ACUERDO Nº 1021 “POR MEDIO DEL CUAL SE FOMENTA LOS JUEGOS TRADICIONALES EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS DEL DISTRITO CAPITAL”..................... 7 ACUERDO Nº 1022 “POR MEDIO DEL CUAL SE DESIGNA LA CARRERA 6 ENTRE CALLE 119B Y CALLE 120A COMO ‘LA CALLE DEL MENSAJERO’ EN EL DISTRITO CA- PITAL Y SE ESTABLECE EL DÍA DEL MENSAJERO EN RECONOCIMIENTO A LA LABOR HISTÓRICA, ECONÓMICA Y SOCIAL DE LOS CIUDADANOS QUE PRESTAN ESTA LABOR EN BOGOTÁ.”................................................. 9 ACUERDO Nº 1023 “POR EL CUAL SE ESTABLECEN LINEAMIENTOS PARA LA ATENCIÓN DE RIÑAS O CONFRONTACIONES VIOLENTAS QUE PUEDAN DERIVAR EN AGRESIONES FÍSICAS EN EL DISTRITO CAPITAL”................................... 10 ACUERDO Nº 1024 “POR MEDIO DEL CUAL SE INSTITUCIONALIZA LA FIESTA CAPITALINA DE MÚSICA ELECTRÓNICA “MONUMENTUM: DISTRITO RAVE” Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”............................................................................. 12 ACUERDO Nº 1025 “POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECEN LINEAMIENTOS PARA EL SE- GUIMIENTO Y VERIFICACIÓN DE LA ADOPCIÓN DE MECANISMOS DE PREVENCIÓN Y CONTROL DEL RIESGO DE LAVADO DE ACTIVOS Y FI- NANCIACIÓN DEL TERRORISMO POR PARTE DE LAS ENTIDADES DISTRI- TALES”............................................................................................................ 14 ACUERDO Nº 1026 “POR MEDIO DEL CUAL SE CREA LA ORDEN CIVIL AL MÉRITO “MEJOR DEPORTISTA DEL AÑO EN BOGOTÁ” Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIO- NES”................................................................................................................ 16 ACUERDO Nº 1027 “POR MEDIO DEL CUAL SE FOMENTAN LAS STARTUPS EN EL DISTRITO CAPITAL Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”...................................... 18 ACUERDO Nº 1028 “POR EL CUAL SE MODIFICA EL ACUERDO 268 DE 2006 Y SE REGLA- MENTA LA ASISTENCIA ESPIRITUAL EN INSTITUCIONES DEL DISTRITO CAPITAL, A TRAVÉS DE LAS CAPELLANÍAS”.............................................. 24 ACUERDO Nº 1029 “POR EL CUAL SE RINDE HOMENAJE EN EL CONCEJO DE BOGOTÁ D.C. A LA HEROÍNA COLOMBIANA POLICARPA SALAVARRIETA”..................... 26 ACUERDO Nº 1030 “POR MEDIO DEL CUAL SE FORTALECE LA IMPLEMENTACIÓN DEL TU- RISMO ACCESIBLE EN BOGOTÁ D.C.”........................................................ 27 ACUERDO Nº 1031 “POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECEN LINEAMIENTOS PARA LA CREA- CIÓN DE ÁREAS DE LACTANCIA MATERNA EN EL ESPACIO PÚBLICO PER- TENECIENTE AL SISTEMA DE TRANSPORTE PÚBLICO DE BOGOTÁ”......29 ACUERDO Nº 1032 “POR MEDIO DEL CUAL SE PROMUEVE LINEAMIENTOS PARA EL FORTA- LECIMIENTO DE LA RECREACIÓN EN BOGOTÁ”...................................... 31 ACUERDO Nº 1033 “POR MEDIO DEL CUAL SE FOMENTA LA LECTURA EN LAS INSTITUCIO- NES EDUCATIVAS DISTRITALES A TRAVÉS DE LA ADOPCIÓN DEL DÍA DE LA LECTURA”................................................................................................. 33 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENI- MIENTO - VIAL CONSEJO DIRECTIVO ACUERDO Nº 001 “Por el cual se aprueba un ajuste presupuestal por convenios en el presupuesto de inversión de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial – UAERMV, para la vigencia fiscal 2026”................................................................................... 60 ACUERDO 2025 ACUERDO Nº 014 “Por medio del cual se efectúa una modificación al interior del Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, para la vigencia 2025.”......................................... 64 Sector Central RESOLUCIONES 2026 SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO RESOLUCIÓN Nº 035 «Por la cual se unifica el reconocimiento de carácter oficial del Colegio Alemania Unificada IED»......................................................................................... 68 RESOLUCIÓN Nº 036 «Por la cual se unifica el reconocimiento de carácter oficial del Colegio San José de Castilla IED»...................................................................................... 72 RESOLUCIÓN Nº 039 «Por la cual se unifica el reconocimiento de carácter oficial del Colegio Kennedy IED»........................................................................................................... 76 RESOLUCIÓN Nº 040 «Por la cual se unifica el reconocimiento de carácter oficial del Colegio José Joaquín Castro Martínez IED»........................................................................ 80 RESOLUCIÓN Nº 0276 “Por la cual se adopta el incentivo del uso de la bicicleta para los funcionarios públicos de la Secretaría de Educación del Distrito”....................................... 83 SECRETARÍA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN Nº 185 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural: “Hackatón de Diseño, por la Bogotá que merecemos”, Invitación Cultural: “Ruta Viva de las Artes Escénicas CEFE Chapinero 2026”, Invitación Cultural: “Ruta Viva de la Danza, la Música y las Experiencias Artísticas CEFE”, Invitación Cultural: “Músicos del Distrito Creativo de La Playa – CEFE Chapinero” y la Invitación Cultural: “Escenarios de experiencia para las cosas buenas en TransMi 2026”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”.......................... 88 Sector Descentralizado EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ – ESP RESOLUCIÓN Nº 0100 POR LA CUAL SE CORRIGEN ERRORES FORMALES CONTENIDOS EN LA RESOLUCIÓN 0537 DE 08 DE SEPTIEMBRE DE 2025............................... 99 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENI- MIENTO VIAL RESOLUCIÓN Nº 113 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”................................................. 121 RESOLUCIÓN Nº 114 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”................................................. 125 RESOLUCIÓN Nº 116 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”................................................. 129 RESOLUCIÓN Nº 117 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”................................................. 133 RESOLUCIÓN Nº 118 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”................................................. 137 RESOLUCIÓN Nº 119 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”................................................. 141 RESOLUCIÓN Nº 120 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”................................................. 145 RESOLUCIÓN Nº 121 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”................................................. 149 RESOLUCIÓN Nº 122 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”................................................. 153 RESOLUCIÓN Nº 123 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”................................................. 157 RESOLUCIÓN Nº 124 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”................................................. 161 RESOLUCIÓN Nº 125 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”................................................. 165 RESOLUCIÓN Nº 132 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC y se da por terminado un nombramiento provisional”........................................................................................ 169 RESOLUCIÓN Nº 179 “Por la cual se corrige un error formal en la Resolución Nº 131 del 6 de febrero de 2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC y se da por terminado un encargo”........................................................................................................ 202 RESOLUCIÓN Nº 186 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba, en la modalidad ascenso, en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC y se da por terminado un encargo”.................................................................................. 206 INSTITUTO DISTRITAL DE LAS ARTES RESOLUCIÓN Nº 163 “Por medio de la cual se autoriza el traslado (desmonte, almacenamiento e implantación) de la expresión artística “Nuestra Señora de las Misericordias” de carácter permanente en el espacio público de Bogotá D.C.”................... 212 VEEDURÍA DISTRITAL RESOLUCIÓN Nº 049 Por la cual se hace un traslado en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Veeduría Distrital para la vigencia fiscal 2026.......................................... 216 Sector Local DECRETO LOCAL 2026 ALCALDÍA LOCAL DE CHAPINERO DECRETO LOCAL Nº 01 “Por el cual se ajusta el presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero para la vigencia fiscal 2026”....................... 226 RESOLUCIÓN Nº 133 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC y se da por terminado un nombramiento provisional”........................................................................................ 174 RESOLUCIÓN Nº 134 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC y se da por terminado un nombramiento provisional”........................................................................................ 178 RESOLUCIÓN Nº 137 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC y se da por terminado un nombramiento provisional”........................................................................................ 183 RESOLUCIÓN Nº 148 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”................................................. 188 RESOLUCIÓN Nº 149 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”................................................. 192 RESOLUCIÓN Nº 150 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”................................................. 197 AÑO 60 NÚMERO 8536 9 • MARZO • 2026 SECRETARÍA GENERAL ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL.
LA PUBLICACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS EN EL REGISTRO DISTRITAL SE REALIZA DE ACUERDO A LA LEY 1437 DEL 2011 EN SU ARTÍCULO 65 MODIFICADO POR LA LEY 2080 DE 2021 “POR LA CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO”.
CORREO: REGISTRODISTRITAL@ALCALDIABOGOTA.GOV.CO DIRECCIÓN: CALLE 11 SUR #1-60 ESTE - LA MARÍA - BOGOTÁ D.C.
TELÉFONO: 381 3000 EXT. 5010 - 5202 SUBDIRECTORA IMPRENTA DISTRITAL: MARÍA ANGÉLICA PUMAREJO HINOJOSA ACUERDOS DE 2026 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-6 • 2026 • MARZO • 9 6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-7 • 2026 • MARZO • 9 7 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-8 • 2026 • MARZO • 9 8 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-9 • 2026 • MARZO • 9 9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-10 • 2026 • MARZO • 9 10 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-11 • 2026 • MARZO • 9 11 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-12 • 2026 • MARZO • 9 12 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-13 • 2026 • MARZO • 9 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-14 • 2026 • MARZO • 9 14 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-15 • 2026 • MARZO • 9 15 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-16 • 2026 • MARZO • 9 16 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-17 • 2026 • MARZO • 9 17 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-18 • 2026 • MARZO • 9 18 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-19 • 2026 • MARZO • 9 19 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-20 • 2026 • MARZO • 9 20 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-21 • 2026 • MARZO • 9 21 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-22 • 2026 • MARZO • 9 22 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-23 • 2026 • MARZO • 9 23 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-24 • 2026 • MARZO • 9 24 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-25 • 2026 • MARZO • 9 25 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-26 • 2026 • MARZO • 9 26 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-27 • 2026 • MARZO • 9 27 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-28 • 2026 • MARZO • 9 28 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-29 • 2026 • MARZO • 9 29 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-30 • 2026 • MARZO • 9 30 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-31 • 2026 • MARZO • 9 31 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-32 • 2026 • MARZO • 9 32 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-33 • 2026 • MARZO • 9 33 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-34 • 2026 • MARZO • 9 34 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-35 • 2026 • MARZO • 9 35 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-36 • 2026 • MARZO • 9 36 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-37 • 2026 • MARZO • 9 37 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-38 • 2026 • MARZO • 9 38 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-39 • 2026 • MARZO • 9 39 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-40 • 2026 • MARZO • 9 40 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-41 • 2026 • MARZO • 9 41 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-42 • 2026 • MARZO • 9 42 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-43 • 2026 • MARZO • 9 43 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-44 • 2026 • MARZO • 9 44 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-45 • 2026 • MARZO • 9 45 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-46 • 2026 • MARZO • 9 46 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-47 • 2026 • MARZO • 9 47 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-48 • 2026 • MARZO • 9 48 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-49 • 2026 • MARZO • 9 49 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-50 • 2026 • MARZO • 9 50 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-51 • 2026 • MARZO • 9 51 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-52 • 2026 • MARZO • 9 52 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-53 • 2026 • MARZO • 9 53 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-54 • 2026 • MARZO • 9 54 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-55 • 2026 • MARZO • 9 55 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-56 • 2026 • MARZO • 9 56 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-57 • 2026 • MARZO • 9 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-58 • 2026 • MARZO • 9 58 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-59 • 2026 • MARZO • 9 59 ACUERDO No. 001 DEL 24/02/2026 “Por el cual se aprueba un ajuste presupuestal por convenios en el presupuesto de inversión de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial – UAERMV, para la vigencia fiscal 2026”
Página 1 de 4 EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL En uso de sus facultades legales en especial la conferida en el artículo 10 del Decreto Distrital 192 de 2021 y estatutarias, en particular la concedida en el numeral 3 del artículo 16 del Acuerdo 05 de 2023 del Consejo Directivo, Resolución Delegación Secretaría Técnica Consejo Directivo No 515 del 30 de julio de 2025 y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 82 de la Ley 489 de 1998 establece que las unidades administrativas especiales con personería jurídica son entidades descentralizadas, con autonomía administrativa y patrimonial, las cuales se sujetan al régimen jurídico contenido en la ley que las crea y en lo no previsto por ella, al de los establecimientos públicos.
Que, en este sentido, el artículo 72 de la Ley 489 de 1998 determina que la dirección y administración de los establecimientos públicos estará a cargo de un Consejo Directivo y de un director, gerente o presidente.
Que, el Acuerdo 257 de 2006 del Concejo de Bogotá, por el cual se dictaron normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito Capital, organizó el Sector Movilidad, creó la Secretaría Distrital de Movilidad y transformó la Secretaría de Obras Públicas en la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial (UAERMV).
Que, el Decreto Distrital 645 de 2025 reglamenta y compila el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital, estableciendo las disposiciones vigentes en materia de programación, ejecución y cierre presupuestal para las entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital.
Que, el Acuerdo 05 de 2023 del Consejo Directivo de la UAERMV, señala que la entidad es del orden distrital, del sector descentralizado, de carácter técnico, con personería jurídica, autonomía administrativa y presupuestal y con patrimonio propio, adscrita a la Secretaría Distrital de Movilidad.
Que, el citado Acuerdo 05 de 2023 establece en su artículo 7 que la dirección y administración de la Unidad estarán a cargo del Consejo Directivo y del Director General; y en su artículo 16, numeral 3, dispone como función del Consejo Directivo dar concepto favorable al anteproyecto de presupuesto y a las modificaciones presupuestales que se presenten durante cada vigencia fiscal.
Que, el artículo 28 de Decreto 675 del 30 de diciembre de 2025 “Por medio del cual se liquida el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026 y se dictan otras disposiciones, en cumplimiento del Acuerdo Distrital 1019 del 15 de diciembre del 2025”, REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-60 • 2026 • MARZO • 9 60 ACUERDO No. 001 DEL 24/02/2026 “Por el cual se aprueba un ajuste presupuestal por convenios en el presupuesto de inversión de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial – UAERMV, para la vigencia fiscal 2026”
Página 2 de 4 señala que cuando los Establecimientos Públicos, los Fondos de Desarrollo Local, entre otros, celebren convenios y/o contratos interadministrativos entre sí que afecten sus presupuestos, se efectuarán los ajustes mediante resolución del/a Jefe/a del organismo respectivo o por Acuerdo o Consejos Directivos, previo los conceptos requeridos.
Que, mediante una articulación interinstitucional efectiva, conforme a lo dispuesto en el artículo 10 del Acuerdo 257 de 2006, que ordena la gestión armónica de las entidades distritales, y con base en el marco normativo expuesto, la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial – UAERMV suscribió convenios interadministrativos con el Instituto de Desarrollo Urbano – IDU, los Fondos de Desarrollo Local (FDL) y la Secretaría Distrital de Movilidad – SDM, a saber: Convenio Interadministrativo No. 1396-2025 IDU–UMV; Convenios Nos. 807-2025 FDL Kennedy–UMV, 360-2025 FDL Usaquén–UMV, 473-2025 FDL Fontibón– UMV y 290-2025 FDL Chapinero–UMV; así como la adición al Convenio No. 3530-2024 SDM– UMV.
Que, los convenios interadministrativos fueron celebrados por valor de TREINTA Y DOS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y TRES PESOS M/CTE ($32.339.846.373), recursos que se encontraban apropiados en el presupuesto 2025 y respecto de los cuales se efectuó el recaudo del 100%.
Que, para la vigencia fiscal 2026 se proyectó apropiar recursos de la fuente 3-200-I001 – Recursos del Balance Administrados de Destinación Específica (convenios suscritos en la vigencia 2025) por valor de CINCO MIL TRESCIENTOS MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE MIL PESOS M/CTE ($5.300.977.000); sin embargo, con corte al 31 de diciembre de 2025, el valor definitivo de los recursos recaudados y no comprometidos ascendió a OCHO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO PESOS M/CTE ($8.436.262.474), razón por la cual el monto inicialmente proyectado resulta insuficiente. En consecuencia, se hace necesario adicionar en el presupuesto de la vigencia fiscal 2026 la diferencia correspondiente a TRES MIL CIENTO TREINTA Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO PESOS M/CTE ($3.135.285.474).
Que, es necesario adelantar la adición presupuestal en el presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la vigencia fiscal 2026 valor de TRES MIL CIENTO TREINTA Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO PESOS M/CTE. ($3.135.285.474), distribuidos en los siguientes proyectos de Inversión: O230117240220240131 - Conservación de la red vial y red de ciclo infraestructura de Bogotá D.C., la suma de DOS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MILLONES VEINTICUATRO MIL CIENTO CINCO PESOS M/CTE. ($2.559.024.105) y por el proyecto de inversión O230117400220240142 - Conservación de la red de infraestructura peatonal en Bogotá D.C., la suma de QUINIENTOS SETENTA Y SEIS MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y UN MIL TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE PESOS M/CTE. ($576.261.369), valores que REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-61 • 2026 • MARZO • 9 61 ACUERDO No. 001 DEL 24/02/2026 “Por el cual se aprueba un ajuste presupuestal por convenios en el presupuesto de inversión de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial – UAERMV, para la vigencia fiscal 2026”
Página 3 de 4 corresponden a la diferencia entre el total de recursos recaudados no comprometidos en el año 2025 por la fuente Convenios y lo proyectado como recursos del balance en la presente vigencia.
Que, mediante oficio radicado SDP 2-2026-06492, de fecha 10 de febrero de 2026, la Secretaría Distrital de Planeación, emitió concepto favorable a la solicitud de ajuste presupuestal por convenios en el presupuesto de inversión solicitado por la entidad para la presente vigencia fiscal.
Que, en mérito de lo expuesto, el Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial - UAERMV:
ACUERDA:
Artículo primero.
Aprobar el ajuste presupuestal por convenios en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial – UAERMV, para la vigencia fiscal 2026, por valor de TRES MIL CIENTO TREINTA Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO PESOS M/CTE ($3.135.285.474), según el siguiente detalle:
Artículo segundo.
– Aprobar un ajuste presupuestal por convenios en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial – UAERMV, para la vigencia fiscal 2026, por valor de TRES MIL CIENTO TREINTA Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO PESOS M/CTE ($3.135.285.474), según el siguiente detalle:
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-62 • 2026 • MARZO • 9 62 ACUERDO No. 001 DEL 24/02/2026 “Por el cual se aprueba un ajuste presupuestal por convenios en el presupuesto de inversión de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial – UAERMV, para la vigencia fiscal 2026”
Página 4 de 4
Artículo tercero.
Remítase copia del presente Acuerdo a la Secretaría Distrital de Hacienda para lo de su competencia.
Artículo cuarto.
PUBLICACIÓN. Ordenar a la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial publicar el presente acto administrativo a través de los medios de comunicación dispuestos de amplia divulgación con los que cuente, y conforme con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011, modificado por la Ley 2080 de 2021.
Artículo quinto.
VIGENCIA. El presente Acuerdo rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación.
Firmado digitalmente por CLAUDIA ANDREA DIAZ ACOSTA CLAUDIA ANDREA DIAZ ACOSTA PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C., a los veinticuatro (24) días de febrero de 2026.
Firmado digitalmente por FAINDRY JULIETH ROJAS BETANCOUR FAINDRY JULIETH ROJAS BETANCOU R CLAUDIA DÍAZ ACOSTA Secretaria Distrital de Movilidad Presidenta del Consejo Directivo UAERMV ACUÑA PORRAS ANGELICA MARIA Firmado digitalmente por ACUÑA PORRAS ANGELICA MARIA Fecha: 2026.02.24 17:29:10 -05'00' ANGÉLICA MARÍA ACUÑA PORRAS Secretaria General de la UAERMV Secretaria Técnica del Consejo Directivo UAERMV REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-63 • 2026 • MARZO • 9 63 ACUERDO DE 2025 ACUERDO No. 014 DEL 19/11/2025 “Por medio del cual se efectúa una modificación al interior del Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, para la vigencia 2025.”
Página 1 de 4 EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL En uso de sus facultades legales, en especial la conferida por el artículo 10 del Decreto Distrital 192 de 2021 y el numeral 3 del artículo 16 del Acuerdo 005 de 2023 del Consejo Directivo, y
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 82 de la Ley 489 de 1998 establece que las unidades administrativas especiales con personería jurídica son entidades descentralizadas, con autonomía administrativa y patrimonial, las cuales se sujetan al régimen jurídico contenido en la ley que las crea y en lo no previsto por ella, al de los establecimientos públicos.
Que, en este sentido, el artículo 72 de la Ley 489 de 1998 determina que la dirección y administración de los establecimientos públicos estará a cargo de un Consejo Directivo y de un director, gerente o presidente.
Que, el Acuerdo 257 de 2006, del Concejo de Bogotá dictó normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito Capital, por la cual se organizó entre otros, el sector movilidad, creo la Secretaría Distrital de Movilidad y transformó la Secretaría de Obras Públicas, en la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
Que, el Acuerdo 05 de 2023 del Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, señala que la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, es una entidad del orden distrital del sector descentralizado, de carácter técnico, con personería jurídica, autonomía administrativa y presupuestal y con patrimonio propio, adscrita a la Secretaría Distrital de Movilidad.
Que, el Acuerdo 05 de 2023 establece en el artículo 7º que la dirección y administración de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, estarán a cargo del Consejo Directivo y del Director General, quienes desarrollarán las funciones que se establecen en el presente acuerdo.
Que, en lo referente a la competencia para la aprobación de modificaciones presupuestales, se tiene que el Acuerdo No. 007 del 15 de septiembre de 2023 del Consejo Directivo, delegó en el Director General la facultad de aprobar traslados al interior del Presupuesto de Gastos de Funcionamiento, siempre que estos correspondan a montos inferiores o iguales a 1.000 Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes (SMMLV).
Que, por cuanto el presente traslado presupuestal asciende a DOS MIL NOVECIENTOS SESENTA MILLONES DE PESOS ($2.960.000.000) M/CTE, su cuantía supera el límite delegado al Director General, razón por la cual la competencia para su aprobación recae exclusivamente en este Órgano Colegiado, en estricto cumplimiento del régimen presupuestal y del citado Acuerdo 007 de 2023.
Que, la Gerencia Administrativa y Financiera, mediante la solicitud correspondiente, ha sustentado la imperiosa necesidad de efectuar la presente modificación al interior del presupuesto de Gastos de REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-64 • 2026 • MARZO • 9 64 ACUERDO No. 014 DEL 19/11/2025 “Por medio del cual se efectúa una modificación al interior del Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, para la vigencia 2025.”
Página 2 de 4 Funcionamiento. Dicha necesidad tiene origen en la causación de obligaciones laborales, específicamente las derivadas de la aceptación del retiro de tres (3) trabajadores oficiales y una (1) servidora pública afiliados al régimen de retroactividad, así como de la proyección del gasto requerido para la provisión de los aportes de cesantías al Fondo Nacional de Ahorro de los servidores vinculados a la Entidad.
Que, en virtud de lo anterior, el presente traslado presupuestal se hace indispensable para garantizar la disponibilidad de recursos suficientes y el cumplimiento oportuno de los compromisos laborales, en estricta observancia de los principios de responsabilidad, eficiencia y eficacia en la gestión de los recursos públicos.
Que el artículo 16º numeral 3º del Acuerdo 05 de 2023 contempla que, es función del Consejo Directivo, dar aprobación al anteproyecto de presupuesto de ingresos y gastos y vigencias futuras de la Unidad, así como de las modificaciones presupuestales que se presenten durante cada vigencia fiscal, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
Que, en cumplimiento del Artículo 63 del Decreto 714 de 1996 “Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de 1995 y Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital”, establece: “De las Modificaciones Presupuestales. Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales y la cancelación de apropiaciones según lo siguiente: a) Traslado Presupuestal. Es la modificación que disminuye el monto de una apropiación para aumentar la de otra, en la misma cuantía…”
Que, mediante Decreto Nº. 940 del 19 de diciembre de 2024, se expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá Distrito Capital para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año 2025, el cual fue liquidado mediante Decreto Distrital Nº. 470 del 27 de diciembre de 2024.
Que, teniendo en cuenta lo señalado en la circular externa No. DDP-000019 del 23 de diciembre de 2024 y el Decreto 470 de 2024 que modificó lo relativo a los traslados presupuestales para los Gastos de Funcionamiento, acorde con el artículo 31º que estipula: "ARTÍCULO 31.- MODIFICACIONES AL INTERIOR DEL PRESUPUESTO DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO. Durante la vigencia 2025, las modificaciones en el presupuesto de Gastos de Funcionamiento y del servicio de la deuda por traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen los gastos de personal, adquisición de bienes y servicios, transferencias corrientes, disminución de pasivos y gastos por tributos, tasas, contribuciones, multas, sanciones e intereses de mora, capital, intereses y comisiones de la deuda interna o externa, se harán mediante resolución expedida por el representante legal de la entidad respectiva o por Decreto del Alcalde(sa) Local, previo cumplimiento de los requisitos establecidos por la Secretaría Distrital de Hacienda-Dirección Distrital de Presupuesto para tal fin. En el caso de los Establecimientos Públicos del Distrito, estas modificaciones al anexo del Decreto de liquidación se harán por Resolución o Acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos. En todo caso el representante legal y el ordenador del gasto de los organismos y entidades que conforman el Presupuesto Anual y de los Fondos de Desarrollo Local, al realizar los traslados al interior de los rubros señalados, deberán observar el principio presupuestal de especialización del gasto y garantizar prioritariamente la destinación de los recursos para el pago de sueldos, prestaciones sociales, REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-65 • 2026 • MARZO • 9 65 ACUERDO No. 014 DEL 19/11/2025 “Por medio del cual se efectúa una modificación al interior del Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, para la vigencia 2025.”
Página 3 de 4 servicios públicos domiciliarios, seguros, dotaciones de ley, cesantías y transferencias asociadas a la nómina.".
Que mediante radicado 20251130322653 del 06 de noviembre de 2025, la Secretaría General de la UAERMV, solicitó al proceso de Presupuesto trámite de modificación presupuestal para financiar apropiación en el rubro O211010200301 Aportes de cesantías a fondos públicos por valor de DOS MIL NOVECIENTOS SESENTA MILLONES DE PESOS ($2.960.000.000) M/TE.
Que, en mérito de lo expuesto, el Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial - UAERMV:
ACUERDA:
Artículo primero.
Efectuar una modificación al interior del Presupuesto de Gastos de funcionamiento de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial para la vigencia 2025, por la suma de DOS MIL NOVECIENTOS SESENTA MILLONES DE PESOS ($2.960.000.000) M/TE.,, de acuerdo con el siguiente detalle:
CONTRACRÉDITO O2 GASTOS 2.960.000.000 $ O21 Funcionamiento 2.960.000.000 $ O21101 Gastos de personal 2.960.000.000 $ O21101 Planta de personal permanente 2.960.000.000 $ O2110101 Factores constitutivos de salario 2.960.000.000 $ O2110101001 Factores salariales comunes 2.960.000.000 $ O211010100101 Sueldo básico 1.400.000.000 $ O211010100102 Horas extras, dominicales, festivos y recargos 1.000.000.000 $ O211010100109 Prima técnica salarial 299.000.000 $ O211010100204 Prima semestral 261.000.000 $ TOTAL CONTRACRÉDITOS 2.960.000.000 $ CRÉDITO O2 GASTOS 2.960.000.000 $ O21 Funcionamiento 2.960.000.000 $ O211 Gastos de personal 2.960.000.000 $ O21101 Planta de personal permanente 2.960.000.000 $ O2110102 Contribuciones inherentes a la nómina 2.960.000.000 $ O2110102003 Aportes de cesantías 2.960.000.000 $ O211010200301 Aportes de cesantías a fondos públicos 2.960.000.000 $ TOTAL CRÉDITOS 2.960.000.000 $ REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-66 • 2026 • MARZO • 9 66 ACUERDO No. 014 DEL 19/11/2025 “Por medio del cual se efectúa una modificación al interior del Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, para la vigencia 2025.”
Página 4 de 4
Artículo segundo.
Remítase copia del presente Acuerdo a la Secretaría Distrital de Hacienda
- Dirección Distrital de Presupuesto para lo de su competencia.
Artículo tercero.
Publicación. Publíquese el presente Acuerdo en los medios de comunicación institucionales y de amplia divulgación con los que cuente la Entidad, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.
Artículo cuarto.
Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación.
Firmado digitalmente por CLAUDIA ANDREA DIAZ ACOSTA Fecha: 2025.11.20 18:24:10 -05'00' CLAUDIA ANDREA DIAZ ACOSTA PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C., el diecinueve (19) de noviembre de 2025.
CLAUDIA DÍAZ ACOSTA Secretaria Distrital de Movilidad Presidenta del Consejo Directivo UAERMV ACUÑA PORRAS ANGELICA MARIA Firmado digitalmente por ACUÑA PORRAS ANGELICA MARIA Fecha: 2025.11.19 17:10:11 -05'00' ANGÉLICA MARÍA ACUÑA PORRAS Secretaria General de la UAERMV Secretaria Técnica del Consejo Directivo UAERM REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-67 • 2026 • MARZO • 9 67 RESOLUCIONES DE 2026 RESOLUCIÓN No. 035 DE 2026 «Por la cual se unifica el reconocimiento de carácter oficial del Colegio Alemania Unificada IED»
EL SUBSECRETARIO DE INTEGRACIÓN INTERINSTITUCIONAL DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 115 de 1994, la Ley 715 de 2001, el Decreto 1075 de 2015, el Decreto Distrital 650 de 2025, la Resolución 2684 de 2019, la Resolución 3079 de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de Colombia, en su artículo 44, reconoce como derechos fundamentales de los niños, niñas y jóvenes, entre otros, «la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión». En virtud de esto, el Estado, la sociedad y la familia están obligados a garantizar su protección integral, con el fin de asegurar su desarrollo pleno y el ejercicio efectivo de sus derechos.
Que el artículo 67 de la Constitución Política de Colombia establece que «La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás bienes y valores de la cultura». Igualmente dispone que el Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación.
Que la Ley 715 de 2001 en los numerales 7.1 y 7.3 del artículo 7 define como competencia del distrito la prestación del servicio educativo en los niveles de preescolar, básica y media y la administración de las instituciones educativas.
Que el artículo 138 de la Ley 115 de 1994 dispone que un establecimiento educativo debe contar con la autorización para prestar el servicio a través del reconocimiento de carácter oficial otorgado por la secretaría de educación certificada, además de tener un proyecto educativo institucional y cumplir con estructura administrativa, planta física y medios educativos adecuados.
Que la Ley 1437 de 2011, en los numerales 8, 11 y 12 del artículo 3, consagra, entre otros, principios como la transparencia, eficacia y economía procesal, los cuales contribuyen a garantizar la publicidad de los documentos, la organización administrativa y la prestación de sus servicios, al igual que simplificar la documentación y reducir imprecisiones y ambigüedades.
Que el numeral 9 del artículo 6 del Decreto 650 de 2025 consagra que corresponde a las funciones del secretario de Educación del Distrito «Expedir los actos administrativos que se generen a partir de la normatividad vigente y en desarrollo de las políticas del Sector Educativo».
Que el Decreto 625 de 2025 creó el Comité de Colegios Oficiales como máxima instancia decisoria de la Secretaría de Educación del Distrito en lo relacionado con la expedición, actualización, modificación o cesación de efectos jurídicos del reconocimiento de carácter oficial, de los colegios oficiales de Bogotá, así como la aprobación de la jornada única para la prestación del servicio educativo.
Avenida El Dorado No. 66-63 PBX 324 1000 16-IF- 001 www.educacionbogota.edu.co V2 Información: línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-68 • 2026 • MARZO • 9 68 Página 2 de 4 Continuación de la Resolución N. 035 de 2026 «Por la cual se unifica el reconocimiento de carácter oficial del Colegio Alemania Unificada IED»
Que mediante la Resolución 2684 del 8 de octubre de 2019, se delegó en la Subsecretaría de Integración Interinstitucional la facultad de expedir y modificar los reconocimientos de carácter oficial de las instituciones educativas públicas de Bogotá.
Que la Resolución 4702 de 2004 de la SED dispuso que todas las instituciones educativas oficiales se denominan colegios, y la Resolución 3079 de 2019 de la SED reglamentó el procedimiento para expedir, modificar y unificar el Reconocimiento de Carácter Oficial (RCO).
Que, en relación con el Colegio Alemania Unificada IED, la Resolución 2594 de 1997 autorizó la creación y el funcionamiento del Centro Educativo Distrital Guacamayas; la Resolución 7529 de 1998 autorizó al CED Guacamayas para prestar el servicio educativo de 6° a 8°; la Resolución 2100 de 2002 integró al CED Guacamayas, el CED Alemania Unificada y el CED San Martín de Loba; la Resolución 3878 de 2002 adoptó el nombre Institución Educativa Distrital Alemania Unificada; y la Resolución 4158 de 2023 autorizó la prestación del servicio en jornada única para los grados 6° a 9° en la sede A.
Que la rectora, mediante oficio con radicado I-2025-141358, solicitó la modificación del RCO de la institución con el fin de ampliar la prestación del servicio educativo en los grados prejardín a 5° en la sede B, soportada en el acta del consejo directivo del 14 de octubre de 2025, en la cual se aprobó la modificación del PEI y la ampliación de la jornada única. En atención a lo anterior, la Dirección de Educación Preescolar y Básica requirió concepto a las direcciones correspondientes del nivel central de la SED, las cuales emitieron su viabilidad de la siguiente forma: (i) la Dirección de Construcciones y Conservación de Establecimientos Educativos según lo expuesto en la comunicación I-2025-163394 manifestó que viabiliza la ampliación de la jornada única para los grados prejardín a 5° en la sede B; (ii) la Dirección de Bienestar Estudiantil en radicado I-2025-158866 emitió concepto favorable señalando la viabilidad de prestar el servicio de refrigerio escolar y complemento reforzado; (iii) la Dirección de Talento Humano mediante oficio con radicado I-2025-165478 viabilizó la ampliación de jornada única; (iv) la Dirección de Educación Preescolar y Básica dio aval a la propuesta presentada para la implementación de la jornada única; y (v) el Comité de Colegios Oficiales, en sesión No.1 del 6 de enero de 2026, autorizó el tránsito a jornada única de los grados prejardín a 5° en la sede B del Colegio Alemania Unificada IED.
Que la Dirección General de Educación y Colegios Distritales mediante el radicado I-2026-11275, solicitó concepto a las subsecretarías competentes con relación a la situación administrativa y operativa de la sede C «San Martín de Loba», ubicada en la calle 44 sur #10 – 05 Este, de la localidad de San Cristóbal, teniendo en cuenta su estado actual de inactividad. Al respecto, estas dependencias emitieron los siguientes pronunciamientos: (i) La Subsecretaría de Acceso y Permanencia, mediante radicado I-2026-20671, informó que la sede no ha registrado matrícula en las últimas vigencias, razón por la cual se procedió a la inactivación de sus grados en el Sistema de Información Nacional de Educación Básica y Media (SINEB); así mismo, indicó que el predio correspondiente a la sede «San Martín de Loba» fue entregado al DADEP el 13 de diciembre de 2022, por lo que emitió concepto favorable para su desvinculación; (ii) la Subsecretaría de Gestión Institucional, mediante comunicación I-2026-17014, señaló la viabilidad de actualizar el RCO, en la medida en que no existen docentes asignados a la sede; y (iii) el Comité de Colegios Oficiales, en sesión No. 3 del 19 de febrero de 2026, autorizó la desvinculación de la sede C «San Martín de Loba» con código DANE 111001028282, con fundamento en su situación administrativa y operativa.
Avenida El Dorado No. 66-63 PBX 324 1000 16-IF- 001 www.educacionbogota.edu.co V2 Información: línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-69 • 2026 • MARZO • 9 69 Página 3 de 4 Continuación de la Resolución N. 035 de 2026 «Por la cual se unifica el reconocimiento de carácter oficial del Colegio Alemania Unificada IED»
Que, una vez recibidos los conceptos favorables de las dependencias mencionadas, es viable y se procede a actualizar el RCO del Colegio Alemania Unificada con relación a la ampliación de la jornada única de los grados prejardín a 5° en la sede B, así como la desvinculación de la sede C «San Martín de Loba».
Que existe dispersión normativa en los reconocimientos de carácter oficial y falta de claridad de los servicios educativos autorizados para el Colegio Alemania Unificada IED, lo cual exige, en aras de materializar los principios de eficiencia, organización administrativa y economía, la unificación de dicho reconocimiento en un único acto administrativo, con el fin de organizar la documentación institucional, simplificar trámites y garantizar una gestión administrativa eficiente.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo primero.
RECONOCIMIENTO DE CARÁCTER OFICIAL. Reconózcase por medio de la presente resolución el carácter oficial del Colegio Alemania Unificada IED, con código DANE 111001030864, para que preste el servicio educativo mixto, calendario A de la siguiente manera:
(i) tres (3) grados de educación preescolar. (ii) nueve (9) grados de educación básica. (iii) dos (2) grados de educación media.
Artículo segundo.
AUTORIZACIÓN DE JORNADAS. Autorícese las jornadas mañana y tarde para los grados 10° y 11°, y la jornada única para los grados prejardín a 9° del Colegio Alemania Unificada IED.
Artículo tercero.
DESVINCULACIÓN DE SEDE. Desvincúlese la sede C «San Martín de Loba», con código DANE 111001028282, del Colegio Alemania Unificada IED, por la no prestación del servicio educativo.
Artículo cuarto.
DENOMINACIÓN DE SEDES. Autorícese el cambio de nombre de las sedes A «Guacamayas» y B «Alemania Unificada» las cuales se denominarán en adelante: «Sede A – Alemania Unificada» y «Sede B – Alemania Unificada».
Artículo quinto.
RECONOCIMIENTO DE SEDES. Reconózcase que la institución prestará el servicio educativo en las siguientes sedes de la localidad de San Cristóbal:
«Sede A – Alemania Unificada» con código DANE: 111001030864, ubicada en la: calle 37A Bis Sur #2A – 04.
«Sede B – Alemania Unificada» con código DANE: 111001029629, ubicada en la: calle 38 Sur #2N – 09.
Avenida El Dorado No. 66-63 PBX 324 1000 16-IF- 001 www.educacionbogota.edu.co V2 Información: línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-70 • 2026 • MARZO • 9 70 Página 4 de 4 Continuación de la Resolución N. 035 de 2026 «Por la cual se unifica el reconocimiento de carácter oficial del Colegio Alemania Unificada IED»
Artículo sexto.
COMUNICACIÓN. Comuníquese el presente acto administrativo al Colegio Alemania Unificada IED y a las dependencias competentes de la Secretaría de Educación del Distrito para los trámites pertinentes.
Artículo séptimo.
VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga expresamente las Resoluciones 2100 de 2002, 3878 de 2002 y todas las demás que sean contrarias.
Dada en Bogotá D. C., a los veinte (20) días del mes de febrero de 2026.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE DIEGO ESCALLÓN ARANGO Subsecretario de Integración Interinstitucional Revisó: María Catalina Guerrero Fajardo - contratista SII Avenida El Dorado No. 66-63 PBX 324 1000 16-IF- 001 www.educacionbogota.edu.co V2 Información: línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-71 • 2026 • MARZO • 9 71 RESOLUCIÓN No. 036 DE 2026 «Por la cual se unifica el reconocimiento de carácter oficial del Colegio San José de Castilla IED»
EL SUBSECRETARIO DE INTEGRACIÓN INTERINSTITUCIONAL DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 115 de 1994, la Ley 715 de 2001, el Decreto 1075 de 2015, el Decreto Distrital 650 de 2025, la Resolución 2684 de 2019, la Resolución 3079 de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de Colombia, en su artículo 44, reconoce como derechos fundamentales de los niños, niñas y jóvenes, entre otros, «la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión». En virtud de esto, el Estado, la sociedad y la familia están obligados a garantizar su protección integral, con el fin de asegurar su desarrollo pleno y el ejercicio efectivo de sus derechos.
Que el artículo 67 de la Constitución Política de Colombia establece que «La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás bienes y valores de la cultura». Igualmente dispone que el Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación.
Que la Ley 715 de 2001 en los numerales 7.1 y 7.3 del artículo 7 define como competencia del distrito la prestación del servicio educativo en los niveles de preescolar, básica y media y la administración de las instituciones educativas.
Que el artículo 138 de la Ley 115 de 1994 dispone que un establecimiento educativo debe contar con la autorización para prestar el servicio a través del reconocimiento de carácter oficial otorgado por la secretaría de educación certificada, además de tener un proyecto educativo institucional y cumplir con estructura administrativa, planta física y medios educativos adecuados.
Que la Ley 1437 de 2011, en los numerales 8, 11 y 12 del artículo 3, consagra, entre otros, principios como la transparencia, eficacia y economía procesal, los cuales contribuyen a garantizar la publicidad de los documentos, la organización administrativa y la prestación de sus servicios, al igual que simplificar la documentación y reducir imprecisiones y ambigüedades.
Que el numeral 9 del artículo 6 del Decreto 650 de 2025 consagra que corresponde a las funciones del secretario de Educación del Distrito «Expedir los actos administrativos que se generen a partir de la normatividad vigente y en desarrollo de las políticas del Sector Educativo».
Que el Decreto 625 de 2025 creó el Comité de Colegios Oficiales como máxima instancia decisoria de la Secretaría de Educación del Distrito en lo relacionado con la expedición, actualización, modificación o cesación de efectos jurídicos del reconocimiento de carácter oficial, de los colegios oficiales de Bogotá, así como la aprobación de la jornada única para la prestación del servicio educativo.
Avenida El Dorado No. 66-63 PBX 324 1000 16-IF- 001 www.educacionbogota.edu.co V2 Información: línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-72 • 2026 • MARZO • 9 72 Página 2 de 4 Continuación de la Resolución N. 036 de 2026 «Por la cual se unifica el reconocimiento de carácter oficial del Colegio San José de Castilla IED»
Que mediante la Resolución 2684 del 8 de octubre de 2019, se delegó en la Subsecretaría de Integración Interinstitucional la facultad de expedir y modificar los reconocimientos de carácter oficial de las instituciones educativas públicas de Bogotá.
Que la Resolución 4702 de 2004 de la SED dispuso que todas las instituciones educativas oficiales se denominan colegios, y la Resolución 3079 de 2019 de la SED reglamentó el procedimiento para expedir, modificar y unificar el Reconocimiento de Carácter Oficial (RCO).
Que, en relación con el Colegio San José de Castilla IED, la Resolución 1644 de 2002 integró el Instituto Distrital Castilla y al CED San José Occidental, y autorizó la prestación del servicio en un grado de preescolar, nueve de básica y dos de media; la Resolución 2434 de 2002 adoptó el nombre definitivo como Institución Educativa Distrital San José de Castilla, la Resolución 3135 de 2002 integró la Institución Educativa Distrital San José de Castilla, el CED Visión de Colombia y el CED el Tintal para prestar el servicio educativo en un grado de preescolar, nueve de básica y dos de educación media; la Resolución 2438 de 2008 separó la sede D y la integró al colegio General Gustavo Rojas Pinilla; la Resolución 2953 autorizó el programa de Educación Media Especializada; la Resolución 2080 de 2024 autorizó la prestación del servicio en jornada única para los grados transición y 1° en la sede C.
Que el rector, mediante oficio con radicado I-2025-118525, solicitó la ampliación de la jornada única para el grado 2° en la sede C, soportada en el Acta del Consejo Directivo del 21 de julio de 2025 en la cual se aprobó la modificación del PEI y la ampliación de la jornada única. En atención a lo anterior, la Dirección de Educación Preescolar y Básica requirió concepto a las direcciones correspondientes del nivel central de la SED, las cuales emitieron su viabilidad de la siguiente forma: (i) la Dirección de Construcciones y Conservación de Establecimientos Educativos manifestó que viabiliza la ampliación de la jornada única para el grado 2° en la sede C, de acuerdo con el componente de infraestructura; (ii) la Dirección de Bienestar Estudiantil, mediante radicado I-2025-132239, emitió concepto favorable señalando la viabilidad de prestar el servicio el servicio de refrigerios escolares y el servicio integral de almuerzos escolares; (iii) la Dirección de Talento Humano mediante oficio con radicado I-2025-165477 viabilizó la ampliación de jornada única; (iv) la Dirección de Educación Preescolar y Básica dio aval a la propuesta presentada para la implementación de la jornada única; y (v) el Comité de Colegios Oficiales, en sesión No.1 del 6 de enero de 2026, autorizó el tránsito a jornada única del grado 2° en la sede C del Colegio San José de Castilla IED.
Que la Dirección General de Educación y Colegios Distritales mediante el radicado I-2026-11234, solicitó concepto a las subsecretarías competentes con relación a la situación administrativa y operativa de la sede B «San José Occidental», ubicada en la calle 12 Bis #72 – 54, de la localidad de Kennedy, teniendo en cuenta su estado actual de inactividad. Al respecto, estas dependencias emitieron los siguientes pronunciamientos: (i) La Subsecretaría de Acceso y Permanencia, mediante radicado I- 2026-19706, informó que la sede no ha registrado matrícula en las últimas vigencias, razón por la cual se procedió a la inactivación de sus grados en el Sistema de Información Nacional de Educación Básica y Media (SINEB); así mismo, indicó que el terreno se encuentra afectado como zona de reserva vial, por lo que se entregó al IDU para el proyecto Vial Bosa- Tintal-Alsacia-Constitución, en consecuencia emitió concepto favorable para su desvinculación; (ii) la Subsecretaría de Gestión Institucional, mediante comunicación I-2026-17163, señaló la viabilidad de actualizar el RCO, en la medida en que no existen docentes asignados a la sede; y (iii) el Comité de Colegios Oficiales, en sesión No. 3 del 19 Avenida El Dorado No. 66-63 PBX 324 1000 16-IF- 001 www.educacionbogota.edu.co V2 Información: línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-73 • 2026 • MARZO • 9 73 Página 3 de 4 Continuación de la Resolución N. 036 de 2026 «Por la cual se unifica el reconocimiento de carácter oficial del Colegio San José de Castilla IED» de febrero de 2026, autorizó la desvinculación de la sede B «San José Occidental» con código DANE 111001033766, con fundamento en su situación administrativa y operativa.
Que, una vez recibidos los conceptos favorables de las dependencias mencionadas, es viable y se procede actualizar el RCO del colegio San José de Castilla con relación a la jornada única en el grado 2° en la sede C, así la desvinculación de la sede B «San José Occidental».
Que existe dispersión normativa en los reconocimientos de carácter oficial y falta de claridad de los servicios educativos autorizados para el Colegio San José de Castilla IED, lo cual exige, en aras de materializar los principios de eficiencia, organización administrativa y economía, la unificación de dicho reconocimiento en un único acto administrativo, con el fin de organizar la documentación institucional, simplificar trámites y garantizar una gestión administrativa eficiente.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo primero.
RECONOCIMIENTO DE CARÁCTER OFICIAL. Reconózcase por medio de la presente resolución el carácter oficial del Colegio San José de Castilla IED, con código DANE 111001041475, para que preste el servicio educativo mixto, calendario A de la siguiente manera:
(i) un (1) grado de educación preescolar. (ii) nueve (9) grados de educación básica. (iii) dos (2) grados de educación media.
Artículo segundo.
AUTORIZACIÓN DE JORNADAS. Autorícese las jornadas mañana y tarde para los grados 3° a 11°, y la jornada única para los grados transición a 2° del Colegio San José de Castilla IED.
Artículo tercero.
DESVINCULACIÓN DE SEDE. Desvincúlese la sede B «San José Occidental», con código DANE 111001033766, del Colegio San José de Castilla IED, por la no prestación del servicio educativo.
Artículo cuarto.
REORGANIZACIÓN DE SEDES. Autorícese la reorganización de las sedes del Colegio San José de Castilla IED. A partir de la vigencia del presente acto administrativo, la sede C «Visión de Colombia», con código DANE 111001047236, será reconocida como sede B.
Artículo quinto.
DENOMINACIÓN DE SEDES. Autorícese el cambio de nombre de las sedes A «Castilla» y B «Visión de Colombia», las cuales se denominarán en adelante: «Sede A – San José de Castilla» y «Sede B – San José de Castilla».
Artículo sexto.
RECONOCIMIENTO DE SEDE. Reconózcase que la institución prestará el servicio educativo en las siguientes sedes de la localidad de Kennedy:
Avenida El Dorado No. 66-63 PBX 324 1000 16-IF- 001 www.educacionbogota.edu.co V2 Información: línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-74 • 2026 • MARZO • 9 74 Página 4 de 4 Continuación de la Resolución N. 036 de 2026 «Por la cual se unifica el reconocimiento de carácter oficial del Colegio San José de Castilla IED»
«Sede A – San José de Castilla» con código DANE 111001041475, ubicada en la: carrera 78F #7D –
03. «Sede B – San José de Castilla» con código DANE 111001047236, ubicada en la: carrera 79C #13A –
40.
Artículo séptimo.
COMUNICACIÓN. Notifíquese el presente acto administrativo al Colegio San José de Castilla IED y a las dependencias competentes de la Secretaría de Educación del Distrito para los trámites pertinentes.
Artículo octavo.
VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga expresamente las Resoluciones 1644 de 2002, 2434 de 2002, 3135 de 2002, 2438 de 2008, y todas las demás que sean contrarias.
Dada en Bogotá D. C., a los veinte (20) días del mes de febrero de 2026.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE DIEGO ESCALLÓN ARANGO Subsecretario de Integración Interinstitucional Proyectó: Juan Manuel Ayala - contratista SII Revisó: María Catalina Guerrero Fajardo - contratista SII Avenida El Dorado No. 66-63 PBX 324 1000 16-IF- 001 www.educacionbogota.edu.co V2 Información: línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-75 • 2026 • MARZO • 9 75 RESOLUCIÓN No. 039 DE 2026 «Por la cual se unifica el reconocimiento de carácter oficial del Colegio Kennedy IED»
EL SUBSECRETARIO DE INTEGRACIÓN INTERINSTITUCIONAL DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 115 de 1994, la Ley 715 de 2001, el Decreto 1075 de 2015, el Decreto Distrital 650 de 2025, la Resolución 2684 de 2019, la Resolución 3079 de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de Colombia, en su artículo 44, reconoce como derechos fundamentales de los niños, niñas y jóvenes, entre otros, «la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión». En virtud de esto, el Estado, la sociedad y la familia están obligados a garantizar su protección integral, con el fin de asegurar su desarrollo pleno y el ejercicio efectivo de sus derechos.
Que el artículo 67 de la Constitución Política de Colombia establece que «La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás bienes y valores de la cultura». Igualmente dispone que el Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación.
Que la Ley 715 de 2001 en los numerales 7.1 y 7.3 del artículo 7 define como competencia del distrito la prestación del servicio educativo en los niveles de preescolar, básica y media y la administración de las instituciones educativas.
Que el artículo 138 de la Ley 115 de 1994 dispone que un establecimiento educativo debe contar con la autorización para prestar el servicio a través del reconocimiento de carácter oficial otorgado por la secretaría de educación certificada, además de tener un proyecto educativo institucional y cumplir con estructura administrativa, planta física y medios educativos adecuados.
Que la Ley 1437 de 2011, en los numerales 8, 11 y 12 del artículo 3, consagra, entre otros, principios como la transparencia, eficacia y economía procesal, los cuales contribuyen a garantizar la publicidad de los documentos, la organización administrativa y la prestación de sus servicios, al igual que simplificar la documentación y reducir imprecisiones y ambigüedades.
Que el numeral 9 del artículo 6 del Decreto 650 de 2025 consagra que corresponde a las funciones del secretario de Educación del Distrito «Expedir los actos administrativos que se generen a partir de la normatividad vigente y en desarrollo de las políticas del Sector Educativo».
Que el Decreto 625 de 2025 creó el Comité de Colegios Oficiales como máxima instancia decisoria de la Secretaría de Educación del Distrito en lo relacionado con la expedición, actualización, modificación o cesación de efectos jurídicos del reconocimiento de carácter oficial, de los colegios oficiales de Bogotá, así como la aprobación de la jornada única para la prestación del servicio educativo.
Avenida El Dorado No. 66-63 PBX 324 1000 16-IF- 001 www.educacionbogota.edu.co V2 Información: línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-76 • 2026 • MARZO • 9 76 Página 2 de 4 Continuación de la Resolución N. 039 de 2026 «Por la cual se unifica el reconocimiento de carácter oficial del Colegio Kennedy IED»
Que mediante la Resolución 2684 del 8 de octubre de 2019, se delegó en la Subsecretaría de Integración Interinstitucional la facultad de expedir y modificar los reconocimientos de carácter oficial de las instituciones educativas públicas de Bogotá.
Que la Resolución 4702 de 2004 de la SED dispuso que todas las instituciones educativas oficiales se denominan colegios, y la Resolución 3079 de 2019 de la SED reglamentó el procedimiento para expedir, modificar y unificar el Reconocimiento de Carácter Oficial (RCO).
Que, en relación con el Colegio Kennedy IED, mediante la Resolución 2103 de 2002 se integró el Colegio Distrital Nuevo Kennedy, el CED Los Héroes y el CED Rosa María Gordillo; la Resolución 2429 de 2002 derogó la Resolución 2103 de 2002 e integró el Colegio Distrital Kennedy, el CED Antonia Santos II, el CED Los Héroes y el CED Rosa María Gordillo, autorizando la prestación del servicio educativo en un grado de preescolar, nueve grados de educación básica y dos grados de educación media en las jornadas mañana y tarde; la Resolución 3854 de 2002 adoptó la denominación de Institución Educativa Distrital Kennedy; la Resolución 379 de 2007 aclaró la Resolución 2429 de 2002 en el sentido de autorizar los tres grados de preescolar en jornadas mañana y tarde; la Resolución 3749 de 2008 incorporó al Colegio Kennedy IED al programa de articulación de la educación media con la educación superior de la Resolución 480 de 2008; la Resolución 08-0007 de 2013 autorizó la prestación del servicio educativo en el nivel de media técnica en las especialidades de asistencia administrativa, manejo ambiental y programación de software, y la Resolución 08-073 de 2015 modificó dicha autorización incorporando las especialidades de música, danzas y gestión empresarial; las Resoluciones 4262 de 2023 y 2080 de 2024 autorizaron la prestación del servicio educativo en jornada única así: en la sede A, para los grados 6° a 11°; en la sede B, para los grados jardín a 5°; en la sede C, para los grados 3° a 5°; y en la sede D, para los grados jardín a 2°.
Que el rector del Colegio Kennedy IED, mediante oficio con radicado I-2025-125686, solicitó la modificación del RCO de la institución, con el fin de cambiar la denominación de las especialidades de la media técnica, así como incluir dos nuevas, luego de surtir el proceso consultivo con la comunidad. En atención a lo anterior, la Subsecretaría de Integración Interinstitucional requirió concepto a las subsecretarías correspondientes del nivel central de la SED, las cuales emitieron su viabilidad de la siguiente forma: (i) la Subsecretaría de Acceso y Permanencia, según lo expuesto en la comunicación I-2025-144738 viabilizó la actualización del RCO en tanto se dará continuidad a la entrega de los servicios de alimentación escolar, la infraestructura permite garantizar el servicio educativo para la atención de los diferentes niveles educativos en las diferentes especialidades ofrecidas por la IED respondiendo a la demanda educativa del sector; (ii) La Subsecretaría de Calidad y Pertinencia, mediante comunicación con radicado I-2025-164970, señaló que el PEI cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente y otorgó viabilidad para la modificación de la denominación de las especialidades: gestión administrativa y comercial, procesos ambientales y sostenibles, programación de software, expresión artística y procesos culturales; así como para la creación de dos nuevas especialidades: promoción de la actividad física y el deporte, y comunicación y medios gráficos digitales; (iii) la Subsecretaría de Gestión Institucional señaló mediante oficio con radicado I-2025- 136174 que da viabilidad a la actualización y unificación del RCO de la institución en tanto las nuevas especialidades no generan nuevas necesidades de planta docente; (iv) la Dirección de Inspección y Vigilancia, emitió concepto favorable en comunicación radicada con número I-2025-172029 para la Avenida El Dorado No. 66-63 PBX 324 1000 16-IF- 001 www.educacionbogota.edu.co V2 Información: línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-77 • 2026 • MARZO • 9 77 Página 3 de 4 Continuación de la Resolución N. 039 de 2026 «Por la cual se unifica el reconocimiento de carácter oficial del Colegio Kennedy IED» actualización del RCO; y (v) el Comité de Colegios Oficiales, en sesión No.3 del 19 de febrero de 2026, autorizó la actualización y creación de nuevas especialidades en el Colegio Kennedy IED.
Que, una vez recibidos los conceptos favorables de las direcciones mencionadas, es viable y se procede a actualizar las denominaciones de las especialidades de la media técnica y a autorizar dos nuevas en el Colegio Kennedy IED.
Que existe dispersión normativa en los reconocimientos de carácter oficial y falta de claridad de los servicios educativos autorizados para el Colegio Kennedy IED, lo cual exige, en aras de materializar los principios de eficiencia, organización administrativa y economía, la unificación de dicho reconocimiento en un único acto administrativo, con el fin de organizar la documentación institucional, simplificar trámites y garantizar una gestión administrativa eficiente.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo primero.
RECONOCIMIENTO DE CARÁCTER OFICIAL. Reconózcase por medio de la presente resolución el carácter oficial del Colegio Kennedy IED, con código DANE 111001016292, para que preste el servicio educativo mixto, calendario A de la siguiente manera:
(i) tres (3) grados de educación preescolar. (ii) nueve (9) grados de educación básica. (iii) dos (2) grados de educación media técnica con las siguientes especialidades: (i) gestión administrativa y comercial; (ii) procesos ambientales y sostenibles; (iii) programación de software; (iv) expresión artística y procesos culturales; (v) promoción de la actividad física y el deporte; y (vi) comunicación y medios gráficos digitales.
Artículo segundo.
AUTORIZACIÓN DE JORNADAS. Autorícese la jornada única al Colegio Kennedy IED.
Artículo tercero.
DENOMINACIÓN DE SEDES. Autorícese el cambio de nombre de las sedes A «Kennedy», B «Antonia Santos II», C «Los Héroes» y D «Rosa María Gordillo» las cuales se denominarán en adelante: «Sede A – Kennedy», «Sede B – Kennedy», «Sede C – Kennedy», y «Sede D – Kennedy», respectivamente.
Artículo cuarto.
RECONOCIMIENTO DE SEDE. Reconózcase que la institución prestará el servicio educativo en las siguientes plantas físicas ubicadas en la localidad de Kennedy:
«Sede A – Kennedy» - Código DANE: 111001016292 ubicada en la: calle 5 Sur #72A – 69. «Sede B – Kennedy» - Código DANE: 111001018082 ubicada en la: calle 25 Sur #69C – 34. «Sede C – Kennedy» - Código DANE: 111001015628 ubicada en la: calle 35B Sur #73A – 40 INT 1. «Sede D – Kennedy» - Código DANE: 111001015610 ubicada en la: calle 35 Bis Sur #73A – 10 Super MZ 2.
Avenida El Dorado No. 66-63 PBX 324 1000 16-IF- 001 www.educacionbogota.edu.co V2 Información: línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-78 • 2026 • MARZO • 9 78 Página 4 de 4 Continuación de la Resolución N. 039 de 2026 «Por la cual se unifica el reconocimiento de carácter oficial del Colegio Kennedy IED»
Artículo quinto.
NOTIFICACIÓN Y COMUNICACIÓN. Notifíquese el presente acto administrativo al Colegio Kennedy IED y comuníquese a las dependencias competentes de la Secretaría de Educación del Distrito para los trámites pertinentes.
Artículo sexto.
VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga expresamente las Resoluciones 2103 de 2002, 2429 de 2002, 3854 de 2002, 379 de 2007, 08- 0007 de 2013, 08-073 de 2015 y todas las demás que sean contrarias.
Dada en Bogotá D. C., a los veintitrés (23) días del mes de febrero de 2026.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE DIEGO ESCALLÓN ARANGO Subsecretario de Integración Interinstitucional Proyectó: María Catalina Guerrero Fajardo - contratista SII Avenida El Dorado No. 66-63 PBX 324 1000 16-IF- 001 www.educacionbogota.edu.co V2 Información: línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-79 • 2026 • MARZO • 9 79 RESOLUCIÓN No. 040 DE 2026 «Por la cual se unifica el reconocimiento de carácter oficial del Colegio José Joaquín Castro Martínez IED»
EL SUBSECRETARIO DE INTEGRACIÓN INTERINSTITUCIONAL DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 115 de 1994, la Ley 715 de 2001, el Decreto 1075 de 2015, el Decreto Distrital 650 de 2025, la Resolución 2684 de 2019, la Resolución 3079 de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de Colombia, en su artículo 44, reconoce como derechos fundamentales de los niños, niñas y jóvenes, entre otros, «la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión». En virtud de esto, el Estado, la sociedad y la familia están obligados a garantizar su protección integral, con el fin de asegurar su desarrollo pleno y el ejercicio efectivo de sus derechos.
Que el artículo 67 de la Constitución Política de Colombia establece que «La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás bienes y valores de la cultura». Igualmente dispone que el Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación.
Que la Ley 715 de 2001 en los numerales 7.1 y 7.3 del artículo 7 define como competencia del distrito la prestación del servicio educativo en los niveles de preescolar, básica y media y la administración de las instituciones educativas.
Que el artículo 138 de la Ley 115 de 1994 dispone que un establecimiento educativo debe contar con la autorización para prestar el servicio a través del reconocimiento de carácter oficial otorgado por la secretaría de educación certificada, además de tener un proyecto educativo institucional y cumplir con estructura administrativa, planta física y medios educativos adecuados.
Que la Ley 1437 de 2011, en los numerales 8, 11 y 12 del artículo 3, consagra, entre otros, principios como la transparencia, eficacia y economía procesal, los cuales contribuyen a garantizar la publicidad de los documentos, la organización administrativa y la prestación de sus servicios, al igual que simplificar la documentación y reducir imprecisiones y ambigüedades.
Que el numeral 9 del artículo 6 del Decreto 650 de 2025 consagra que corresponde a las funciones del secretario de Educación del Distrito «Expedir los actos administrativos que se generen a partir de la normatividad vigente y en desarrollo de las políticas del Sector Educativo».
Que el Decreto 625 de 2025 creó el Comité de Colegios Oficiales como máxima instancia decisoria de la Secretaría de Educación del Distrito en lo relacionado con la expedición, actualización, modificación o cesación de efectos jurídicos del reconocimiento de carácter oficial, de los colegios oficiales de Bogotá, así como la aprobación de la jornada única para la prestación del servicio educativo.
Que mediante la Resolución 2684 del 8 de octubre de 2019, se delegó en la Subsecretaría de Integración Interinstitucional la facultad de expedir y modificar los reconocimientos de carácter oficial de las instituciones educativas públicas de Bogotá.
Avenida El Dorado No. 66-63 PBX 324 1000 16-IF- 001 www.educacionbogota.edu.co V2 Información: línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-80 • 2026 • MARZO • 9 80 Página 2 de 3 Continuación de la Resolución N. 040 de 2026 «Por la cual se unifica el reconocimiento de carácter oficial del Colegio José Joaquín Castro Martínez IED»
Que la Resolución 4702 de 2004 de la SED dispuso que todas las instituciones educativas oficiales se denominan colegios, y la Resolución 3079 de 2019 de la SED reglamentó el procedimiento para expedir, modificar y unificar el Reconocimiento de Carácter Oficial (RCO).
Que, en relación con el Colegio José Joaquín Castro Martínez IED, la Resolución 7529 de 1998 reconoció oficialmente y autorizó al Centro Educativo Distrital José Joaquín Castro Martínez para prestar el servicio educativo de 6° a 9°; la Resolución 1822 de 2002 integró al Colegio Distrital de Educación Básica y Media José Joaquín Castro Martínez y el CED San Vicente Sur Oriental para prestar el servicio educativo de transición a 11°; la Resolución 3524 de 2002 adoptó el nombre de Institución Educativa Distrital José Joaquín Castro Martínez; y la Resolución 4262 de 2023 autorizó la prestación del servicio educativo en jornada única, de la siguiente forma: en la sede A, de jardín a 11°, y en la sede B, de jardín a 5°.
Que la Subsecretaría de Integración Interinstitucional inició el proceso de actualización del RCO del colegio José Joaquín Castro Martínez IED ante la necesidad de dividir la Sede A en dos sedes independientes, de manera que se le asigne a cada una su respectivo código DANE dado que actualmente funcionan autónomamente. En atención a lo anterior, requirió concepto a las direcciones correspondientes del nivel central de la SED, las cuales emitieron su viabilidad de la siguiente forma: (i) la Dirección de Construcciones y Conservación de Establecimientos Educativos según lo expuesto en las comunicaciones I-2025-82617 e I-2025-82669 manifestó que viabiliza la actualización del RCO con relación a la división de la sede A; (ii) la Dirección de Cobertura en radicado I-2025-85360 emitió concepto favorable debido a que este cambio no modifica la oferta educativa; (iii) la Dirección de Educación Preescolar y Básica, en comunicación con radicado I-2025-164891, señaló que el PEI cumple con los requisitos establecidos en la norma; (iv) la Dirección de Talento Humano mediante oficio con radicado I-2025-93036 dio viabilidad y señaló que la actualización del RCO no afecta la planta docente; (v) la Dirección de Inspección y Vigilancia, emitió concepto favorable en comunicación radicada con número I-2025-173018 para la actualización del RCO; y (vi) el Comité de Colegios Oficiales, en sesión No. 3 del 19 de febrero de 2026, autorizó la división de la sede A y reconocer la sede C.
Que, una vez recibidos los conceptos favorables de las direcciones mencionadas, es viable y se procede a dividir la Sede A y a reconocer la «Sede C – José Joaquín Castro Martínez».
Que existe dispersión normativa en los reconocimientos de carácter oficial y falta de claridad de los servicios educativos autorizados para el Colegio José Joaquín Castro Martínez IED, lo cual exige, en aras de materializar los principios de eficiencia, organización administrativa y economía, la unificación de dicho reconocimiento en un único acto administrativo, con el fin de organizar la documentación institucional, simplificar trámites y garantizar una gestión administrativa eficiente.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo primero.
RECONOCIMIENTO DE CARÁCTER OFICIAL. Reconózcase por medio de la presente resolución el carácter oficial del Colegio José Joaquín Castro Martínez IED, con código DANE 111001018325, para que preste el servicio educativo mixto, calendario A de la siguiente manera:
(i) tres (3) grados de educación preescolar. (ii) nueve (9) grados de educación básica. (iii) dos (2) grados de educación media.
Avenida El Dorado No. 66-63 PBX 324 1000 16-IF- 001 www.educacionbogota.edu.co V2 Información: línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-81 • 2026 • MARZO • 9 81 Página 3 de 3 Continuación de la Resolución N. 040 de 2026 «Por la cual se unifica el reconocimiento de carácter oficial del Colegio José Joaquín Castro Martínez IED»
Artículo segundo.
AUTORIZACIÓN DE JORNADAS. Autorícese la jornada única al Colegio José Joaquín Castro Martínez IED.
Artículo tercero.
DENOMINACIÓN DE SEDES. Autorícese el cambio de nombre de las sedes A «José Joaquín Castro Martínez» y B «San Vicente Sur Oriental» las cuales se denominarán en adelante: «Sede A – José Joaquín Castro Martínez» y «Sede B – José Joaquín Castro Martínez».
Artículo cuarto.
RECONOCIMIENTO DE SEDE. Reconózcase que la institución prestará el servicio educativo en las siguientes sedes de la localidad de San Cristóbal:
«Sede A – José Joaquín Castro Martínez» con código DANE 111001018325, ubicada en la: calle 31D Bis Sur #2 – 24 Este.
«Sede B – José Joaquín Castro Martínez» con código DANE 111001020451, ubicada en la: transversal 6C Este #33 – 30 Sur - transversal 6 Este #33 – 30.
«Sede C – José Joaquín Castro Martínez» con código DANE 111001801519, ubicada en la: calle 31D Bis Sur #2 – 25 Este MJ 3.
Artículo quinto.
NOTIFICACIÓN Y COMUNICACIÓN. Notifíquese el presente acto administrativo al Colegio José Joaquín Castro Martínez IED y comuníquese a las dependencias competentes de la Secretaría de Educación del Distrito para los trámites pertinentes.
Artículo sexto.
VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga expresamente las Resoluciones 7529 de 1998, 1822 de 2002, 3524 de 2002 y todas las demás que sean contrarias.
Dada en Bogotá D. C., a los veintitrés (23) días del mes de febrero de 2026.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE DIEGO ESCALLÓN ARANGO Subsecretario de Integración Interinstitucional Proyectó: María Catalina Guerrero Fajardo - contratista SII Avenida El Dorado No. 66-63 PBX 324 1000 16-IF- 001 www.educacionbogota.edu.co V2 Información: línea 195 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-82 • 2026 • MARZO • 9 82 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-83 • 2026 • MARZO • 9 83 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-84 • 2026 • MARZO • 9 84 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-85 • 2026 • MARZO • 9 85 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-86 • 2026 • MARZO • 9 86 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-87 • 2026 • MARZO • 9 87 *20262200153403* Radicado: 20262200153403 Fecha: 03-03-2026 RESOLUCIÓN No. 185 DE 05 DE MARZO DE 2026 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural: “Hackatón de Diseño, por la Bogotá que merecemos”, Invitación Cultural: “Ruta Viva de las Artes Escénicas CEFE Chapinero 2026”, Invitación Cultural: “Ruta Viva de la Danza, la Música y las Experiencias Artísticas CEFE”, Invitación Cultural: “Músicos del Distrito Creativo de La Playa – CEFE Chapinero” y la Invitación Cultural: “Escenarios de experiencia para las cosas buenas en TransMi 2026”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
EL SECRETARIO DE DESPACHO De la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Decreto Distrital 649 de 2025 y,
CONSIDERANDO:
Que los artículos 70 y 71 de la Constitución Política de Colombia de 1991, establecen el deber del Estado de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades y otorga la competencia para establecer mecanismos positivos para fomentar el desarrollo artístico, cultural y patrimonial de la Nación.
Que el numeral 3 del artículo 1° de la Ley 397 de 1997, “Por la cual se desarrollan los artículos 70, 71 y 72 y demás artículos concordantes de la Constitución Política y se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura y se trasladan algunas dependencias.”, señala que:
“(…) El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de reconocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación colombiana (…)”.
Que la ley en cita en su artículo 17 señala:
“(…) DEL FOMENTO. El Estado a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, fomentará las artes en todas sus expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas, como elementos del diálogo, el intercambio, la participación y como expresión libre y primordial del pensamiento del ser humano que construye en la convivencia pacífica.”.
Que así mismo, el artículo 18 de la mencionada ley establece:
" (…) El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos especiales y promocionará la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales. Para tal Página 1 de 11 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-88 • 2026 • MARZO • 9 88 *20262200153403* Radicado: 20262200153403 Fecha: 03-03-2026 RESOLUCIÓN No. 185 DE 05 DE MARZO DE 2026 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural: “Hackatón de Diseño, por la Bogotá que merecemos”, Invitación Cultural: “Ruta Viva de las Artes Escénicas CEFE Chapinero 2026”, Invitación Cultural: “Ruta Viva de la Danza, la Música y las Experiencias Artísticas CEFE”, Invitación Cultural: “Músicos del Distrito Creativo de La Playa – CEFE Chapinero” y la Invitación Cultural: “Escenarios de experiencia para las cosas buenas en TransMi 2026”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte” efecto establecerá, entre otros programas, bolsas de trabajo, becas, premios anuales, concursos, festivales, talleres de formación artística, apoyo a personas y grupos dedicados a actividades culturales, ferias, exposiciones, unidades móviles de divulgación cultural, y otorgará incentivos y créditos especiales para artistas sobresalientes, así como para integrantes de las comunidades locales en el campo de la creación, la ejecución, la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo (…)”
Que el Decreto Distrital 649 de 2025, “Por medio del cual se expide el Decreto Único del Sector Cultura, Recreación y Deporte”, dispone en su artículo 4 que: “La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte tiene por objeto orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculadas y la sociedad civil”.
Que corresponde a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, en desarrollo de la función contenida en el numeral 10 del artículo 5 del Decreto Distrital 649 de 2025, lo siguiente: “Gestionar la ejecución de las políticas, planes y proyectos culturales y artísticos, con el fin de garantizar el efectivo ejercicio de los derechos culturales y fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo.”
Que le corresponde a la Subsecretaría de Gobernanza, en desarrollo de la función prevista en el numeral 8 del artículo 14 del Decreto Distrital 649 de 2025, lo siguiente: “(…) Dirigir estrategias, planes, programas y proyectos orientados a la identificación reconocimiento, fomento, sensibilización, formación, promoción y difusión del arte, la cultura y el patrimonio en los diferentes grupos poblacionales (…)”.
Que el artículo 15 del Decreto Distrital 649 de 2025 establece como funciones de la Dirección de Economía, Estudios y Política, entre otras, las siguientes: “(…) 4. Asesorar la formulación e implementación de políticas públicas, planes, programas y proyectos relacionados con temas de economía cultural y creativa y de las economías derivadas del sector. 5. Dirigir acciones para el fomento, promoción, incentivo y desarrollo de la economía cultural y creativa en la ciudad. (…)”.
Que el artículo 23 del Decreto Distrital 649 de 2025, establece que la Dirección de Arte, Cultura y Patrimonio tendrá, entre otras, las siguientes funciones: “(…) 1. Liderar el diseño Página 2 de 11 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-89 • 2026 • MARZO • 9 89 *20262200153403* Radicado: 20262200153403 Fecha: 03-03-2026 RESOLUCIÓN No. 185 DE 05 DE MARZO DE 2026 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural: “Hackatón de Diseño, por la Bogotá que merecemos”, Invitación Cultural: “Ruta Viva de las Artes Escénicas CEFE Chapinero 2026”, Invitación Cultural: “Ruta Viva de la Danza, la Música y las Experiencias Artísticas CEFE”, Invitación Cultural: “Músicos del Distrito Creativo de La Playa – CEFE Chapinero” y la Invitación Cultural: “Escenarios de experiencia para las cosas buenas en TransMi 2026”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte” e implementación de las políticas públicas en los campos del arte, la cultura y el patrimonio cultural, proponer su adopción, y orientar los procesos de concertación, así como realizar su seguimiento y evaluación (…) 3. Acompañar la estrategia de desarrollo cultural territorial del sector cultural en el Distrito Capital. (…)”.
Que el artículo 19 del referido Decreto establece que la Subsecretaría Distrital de Cultura Ciudadana y Gestión del Conocimiento ejercerá, entre otras competencias: “(…) 3. Definir los criterios conceptuales, metodológicos y técnicos que orientan las políticas, planes, programas y proyectos de cultura ciudadana y transformación cultural en la administración distrital (…) 9. Diseñar, implementar y orientar acciones que permitan fortalecer las capacidades ciudadanas de organización|, fomento e información para el liderazgo en los procesos de transformación cultural. (…)”.
Que el artículo 21 del Decreto Distrital 649 de 2025 establece como funciones de la Dirección de Transformaciones Culturales, entre otras, la siguiente: “(…) 2. Desarrollar contenidos y metodologías de innovación, ideación y cocreación para la formulación e implementación de programas, estrategias y acciones de Cultura Ciudadana y Transformación Cultural (…)”.
Que el reconocimiento del fomento a la cultura como elemento central de protección y promoción de los Derechos Humanos, ha propiciado la creación de esquemas de política pública que buscan materializar el mandato constitucional de promover la protección, desarrollo y difusión de la cultura mediante la adopción de medidas que faciliten el ejercicio de sus derechos por parte de todas las comunidades. Así las cosas, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, establece el proceso misional del fomento a la cultura, como el conjunto de programas impulsados desde las entidades públicas que conforman el sector, con el propósito de promover, reconocer y fortalecer las prácticas artísticas, culturales y patrimoniales de la ciudadanía; garantizando un impacto integral e incluyente sobre la ciudad y favoreciendo el ejercicio libre y creativo de los derechos culturales.
Que dentro de las líneas de fomento se han definido las invitaciones culturales, las cuales se han concebido como mecanismos que buscan diversificar la participación de la ciudadanía en el proceso de Fomento, por medio de una oferta que se adapten a las necesidades particulares o distritales, así como las concertaciones poblacionales, sectoriales o territoriales, sectores sociales o agentes de la ciudad. Este mecanismo le permite a las organizaciones, agrupaciones, colectivos o personas, encontrar distintos Página 3 de 11 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-90 • 2026 • MARZO • 9 90 *20262200153403* Radicado: 20262200153403 Fecha: 03-03-2026 RESOLUCIÓN No. 185 DE 05 DE MARZO DE 2026 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural: “Hackatón de Diseño, por la Bogotá que merecemos”, Invitación Cultural: “Ruta Viva de las Artes Escénicas CEFE Chapinero 2026”, Invitación Cultural: “Ruta Viva de la Danza, la Música y las Experiencias Artísticas CEFE”, Invitación Cultural: “Músicos del Distrito Creativo de La Playa – CEFE Chapinero” y la Invitación Cultural: “Escenarios de experiencia para las cosas buenas en TransMi 2026”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte” medios para acceder a recursos económicos o en especie (talleres, fortalecimiento, diplomados, laboratorios, alianzas estratégicas, encuentros de intercambio o mesas colaborativas, seminarios o eventos de interés, entre otros); así como a espacios que les faciliten iniciar, fortalecer o ampliar sus prácticas culturales, artísticas, creativas o patrimoniales.
Que la SCRD- Subsecretaría de Gobernanza - Dirección de Economía, Estudios y Política, estructuró la Invitación Cultural: “Hackatón de Diseño, por la Bogotá que merecemos” para contribuir al fortalecimiento y la promoción de un sector con más de 50 años de trayectoria en la ciudad, que se ha articulado de forma estratégica a diferentes sectores de la economía, aportando el 5,4% del valor agregado del sector cultural y creativo para el periodo 2024 (DANE y SCRD, 2025); en este sentido se invita a la ciudadanía a crear una solución innovadora que contribuya al mejoramiento de la calidad de vida en la ciudad de Bogotá, desde una perspectiva regenerativa.
Que la SCRD- Dirección de Arte, Cultura y Patrimonio y acorde con lo previsto en el Centro Felicidad Chapinero (CEFE), se estructuró la Invitación Cultural: “Ruta Viva de las Artes Escénicas CEFE Chapinero 2026”, para dinamizar la oferta cultural de la ciudad en la localidad de Chapinero; impulsar la proyección de grupos artísticos y escenarios independientes, fomentar la diversidad de formatos escénicos y promover nuevas experiencias de encuentro entre el arte y la ciudadanía. Asimismo, busca fortalecer el ecosistema teatral local a través de la articulación entre agentes culturales y espacios de circulación.
Que la SCRD- Dirección de Arte, Cultura y Patrimonio a través del acorde con lo previsto en el Centro Felicidad Chapinero (CEFE), se estructuró la Invitación Cultural: “Ruta Viva de la Danza, la Música y las Experiencias Artísticas CEFE” con el propósito de fortalecer la circulación, visibilización y sostenibilidad de prácticas artísticas contemporáneas que dialogan con el cuerpo, el sonido, el movimiento y la experiencia sensible, ampliando las formas de encuentro entre artistas y ciudadanía en el Centro Felicidad Chapinero.
Que en el mismo sentido se estructuró la Invitación Cultural: “Músicos del Distrito Creativo de La Playa – CEFE Chapinero”, la cual se concibe como un gesto de reconocimiento institucional al oficio musical, a la trayectoria cotidiana de quienes crean, ensayan, interpretan y sostienen la música como práctica artística y comunitaria en el Distrito Creativo de La Playa. Desde el CEFE Chapinero, se busca aportar a la Página 4 de 11 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-91 • 2026 • MARZO • 9 91 *20262200153403* Radicado: 20262200153403 Fecha: 03-03-2026 RESOLUCIÓN No. 185 DE 05 DE MARZO DE 2026 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural: “Hackatón de Diseño, por la Bogotá que merecemos”, Invitación Cultural: “Ruta Viva de las Artes Escénicas CEFE Chapinero 2026”, Invitación Cultural: “Ruta Viva de la Danza, la Música y las Experiencias Artísticas CEFE”, Invitación Cultural: “Músicos del Distrito Creativo de La Playa – CEFE Chapinero” y la Invitación Cultural: “Escenarios de experiencia para las cosas buenas en TransMi 2026”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte” sostenibilidad de los procesos artísticos locales y contribuir a la dinamización cultural del territorio, entendiendo la música como un lenguaje vivo que construye identidad, memoria y encuentro ciudadano.
Que la SCRD- Subsecretaria Distrital de Cultura Ciudadana y Gestión del Conocimiento - Dirección de Transformaciones Culturales, estructuró la Invitación Cultural: “Escenarios de experiencia para las cosas buenas en TransMi 2026” que tiene como objeto seleccionar ocho (8) iniciativas presentadas por agrupaciones o personas jurídicas, cada una de las cuales recibirá un incentivo económico de treinta millones de pesos colombianos ($30.000.000), para el desarrollo de iniciativas artísticas y culturales de carácter experimental, con lenguajes interdisciplinares como el teatro invisible, los experimentos sociales y las intervenciones escenográficas situadas, que involucren de manera activa a las y los usuarios del sistema y generen experiencias pedagógicas sobre la importancia de la convivencia, la solidaridad, la tolerancia y el respeto por las normas, junto con la importancia de la apropiación, el pago del pasaje y la corresponsabilidad frente al sistema de TransMilenio. Estas intervenciones, desarrolladas en espacios no convencionales como estaciones y buses, deberán propiciar dinámicas de interacción que sorprendan positivamente, movilicen reflexiones inmediatas y transmitan mensajes amables, claros y empáticos alrededor de la cultura ciudadana.
Que para amparar los incentivos económicos que se detallan en las presentes invitaciones culturales, la SCRD cuenta con los Certificados de Disponibilidad Presupuestal que se citan a continuación:
Valor individual Monto total de la Dependencia encargada de la Invitación Tipo del incentivo No. de incentivos del incentivo invitación CDP invitación Invitación Económico Dirección de Fijo Cuatro (4) incentivos $21.000.000 760 del 19 de febrero Economía, Categoría Profesionales: Se otorgarán dos del 2026 Estudios y Política Cultural: Hackatón de Diseño, por la Bogotá que merecemos (2) incentivos, distribuidos de la siguiente manera:
Un (1) incentivo por valor de ocho millones de pesos M/CTE ($8.000.000) para el primer puesto.
Un (1) incentivo por valor de seis millones quinientos Página 5 de 11 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-92 • 2026 • MARZO • 9 92 *20262200153403* Radicado: 20262200153403 Fecha: 03-03-2026 RESOLUCIÓN No. 185 DE 05 DE MARZO DE 2026 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural: “Hackatón de Diseño, por la Bogotá que merecemos”, Invitación Cultural: “Ruta Viva de las Artes Escénicas CEFE Chapinero 2026”, Invitación Cultural: “Ruta Viva de la Danza, la Música y las Experiencias Artísticas CEFE”, Invitación Cultural: “Músicos del Distrito Creativo de La Playa – CEFE Chapinero” y la Invitación Cultural: “Escenarios de experiencia para las cosas buenas en TransMi 2026”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte” mil pesos M/CTE ($6.500.000) para el segundo puesto.
Categoría Estudiantes: Se otorgarán dos (2) incentivos, distribuidos de la siguiente manera:
Un (1) incentivo por valor de cuatro millones de pesos M/CTE ($4.000.000) para el primer puesto.
Un (1) incentivo por valor de dos millones quinientos mil pesos M/CTE ($2.500.000) para el segundo puesto.
Categoría 1. Obras escénicas:
Se otorgarán diez (10) incentivos, cada uno por un Dirección de Arte, valor de veinte millones de pesos Invitación Cultural Ruta Viva de las M/CTE ($20.000.000).
Económico Veinte (20)
$250.000.000 Cultura y Patrimonio - Centro Felicidad Artes Escénicas Fijo incentivos 569 del 14 de enero del 2026 Chapinero (CEFE)
CEFE Chapinero 2026 Categoría 2. Teatros: Se otorgarán diez (10) incentivos, cada uno por un valor de cinco millones de pesos M/CTE ($5.000.000)
Económico Sesenta y Dirección de Arte, Invitación Cultural Ruta Fijo $250.000.000 570 de 14 de enero dos (62) incentivos Viva de la de 2026 Categoría 1 Experiencias artísticas: Se otorgarán cuarenta Cultura y Patrimonio - Centro Felicidad Chapinero Danza, la Música y las Experiencias (CEFE)
Artísticas y seis (46) incentivos, cada uno por un valor de CEFE tres millones de pesos M/CTE ($3.000.000).
Página 6 de 11 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-93 • 2026 • MARZO • 9 93 *20262200153403* Radicado: 20262200153403 Fecha: 03-03-2026 RESOLUCIÓN No. 185 DE 05 DE MARZO DE 2026 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural: “Hackatón de Diseño, por la Bogotá que merecemos”, Invitación Cultural: “Ruta Viva de las Artes Escénicas CEFE Chapinero 2026”, Invitación Cultural: “Ruta Viva de la Danza, la Música y las Experiencias Artísticas CEFE”, Invitación Cultural: “Músicos del Distrito Creativo de La Playa – CEFE Chapinero” y la Invitación Cultural: “Escenarios de experiencia para las cosas buenas en TransMi 2026”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
Categoría 2 Presentaciones de danza: Se otorgarán ocho (8) incentivos, cada uno por un valor de siete millones de pesos M/CTE ($7.000.000).
Categoría 3 Presentaciones de música acústica: Se otorgarán ocho (8) incentivos, cada uno por un valor de siete millones de pesos M/CTE ($7.000.000). Invitación Dirección de Arte, Cultural Músicos del Doscientos Económico Se otorgará por cada iniciativa, el valor de quinientos $100.000.000 571 del 14 de enero Cultura y Patrimonio - Centro Felicidad Distrito Creativo de Fijo (200) incentivos mil pesos M/CTE de 2026 Chapinero La Playa – ($500.000)
(CEFE)
CEFE Chapinero Invitación Cultural: Escenarios de experiencia Económico Se otorgarán ocho (8) incentivos, cada uno por un valor de $240.000.000 764 del 19 de febrero Dirección de Transformaciones Fijo Ocho (8) incentivos treinta millones de de 2026 Culturales para las cosas buenas en TransMi pesos M/CTE ($30.000.000)
2026 Que los requisitos y condiciones específicas de participación de las invitaciones que se aperturan mediante el presente acto administrativo, hacen parte integral de la presente resolución y pueden ser consultadas en el micrositio web: https://invitaciones.scrd.gov.co/ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
Que de conformidad con lo anterior y en cumplimiento del marco normativo señalado, se dispone la apertura de las Invitaciones Culturales que se relacionan en el presente acto administrativo.
Página 7 de 11 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-94 • 2026 • MARZO • 9 94 *20262200153403* Radicado: 20262200153403 Fecha: 03-03-2026 RESOLUCIÓN No. 185 DE 05 DE MARZO DE 2026 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural: “Hackatón de Diseño, por la Bogotá que merecemos”, Invitación Cultural: “Ruta Viva de las Artes Escénicas CEFE Chapinero 2026”, Invitación Cultural: “Ruta Viva de la Danza, la Música y las Experiencias Artísticas CEFE”, Invitación Cultural: “Músicos del Distrito Creativo de La Playa – CEFE Chapinero” y la Invitación Cultural: “Escenarios de experiencia para las cosas buenas en TransMi 2026”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo primero.
Ordenar la apertura de la Invitación Cultural: “Hackatón de Diseño, por la Bogotá que merecemos”, Invitación Cultural: “Ruta Viva de las Artes Escénicas CEFE Chapinero 2026”, Invitación Cultural: “Ruta Viva de la Danza, la Música y las Experiencias Artísticas CEFE”, Invitación Cultural: “Músicos del Distrito Creativo de La Playa – CEFE Chapinero” y la Invitación Cultural: “Escenarios de experiencia para las cosas buenas en TransMi 2026”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo, y de acuerdo al cronograma establecido para tal fin.
Parágrafo. Los incentivos económicos a que hace referencia las Invitaciones
Culturales que se aperturan, se encuentran amparados con los Certificado de Disponibilidad Presupuestal relacionados en la parte motiva del presente acto administrativo.
Artículo segundo.
Los requisitos y condiciones de participación de las Invitaciones Culturales, se encuentran publicados en el micrositio web: https://invitaciones.scrd.gov.co/ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
Parágrafo. Las modificaciones a los términos de las Invitaciones Culturales citadas
en el presente acto administrativo se podrán modificar mediante aviso modificatorio que deberá publicarse en el respectivo micrositio web de Invitaciones Culturales de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte https://invitaciones.scrd.gov.co/, con anterioridad no menor a un (1) día hábil al vencimiento del plazo fijado en el cronograma que se indica en las condiciones de la Invitación Cultural.
Artículo tercero.
Realizar por la Dirección de Economía, Estudios y Política, la Dirección de Arte, Cultura y Patrimonio - Centro Felicidad Chapinero (CEFE), y la Dirección de Transformaciones Culturales, los trámites correspondientes a los desembolsos de los incentivos económicos previstos en la citada invitación cultural de la
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REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-95 • 2026 • MARZO • 9 95 *20262200153403* Radicado: 20262200153403 Fecha: 03-03-2026 RESOLUCIÓN No. 185 DE 05 DE MARZO DE 2026 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural: “Hackatón de Diseño, por la Bogotá que merecemos”, Invitación Cultural: “Ruta Viva de las Artes Escénicas CEFE Chapinero 2026”, Invitación Cultural: “Ruta Viva de la Danza, la Música y las Experiencias Artísticas CEFE”, Invitación Cultural: “Músicos del Distrito Creativo de La Playa – CEFE Chapinero” y la Invitación Cultural: “Escenarios de experiencia para las cosas buenas en TransMi 2026”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte” cual son responsables, de conformidad con la parte considerativa del presente acto administrativo, acorde con los procesos y procedimientos definidos en este organismo.
Artículo cuarto.
Publicar por la Dirección de Fomento la presente resolución, así como los requisitos y condiciones de participación de la invitación cultural en el micrositio denominado: Invitaciones Culturales de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. Y por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, publicar el contenido de la presente resolución en la Gaceta Distrital y en el Régimen Legal de Bogotá D.C. y en la página web de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
Artículo quinto.
Comunicar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, el contenido de la presente resolución a través del sistema de gestión documental ORFEO, a la Dirección de Economía, Estudios y Política, Dirección de Arte, Cultura y Patrimonio - Centro Felicidad Chapinero (CEFE), Dirección de Transformaciones Culturales, Dirección de Fomento y al Grupo Interno de Trabajo de Gestión Financiera de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para los trámites de su competencia.
Artículo sexto.
El presente acto administrativo rige a partir del día siguiente a su publicación y contra este no procede recurso alguno, de conformidad con lo señalado en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.
Dada en Bogotá D.C., a los cinco (05) días del mes de marzo (03) de dos mil veintiséis (2026).
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR Secretario de Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Proyectó: Lina Carrillo Orduz - Contratista Dirección de Fomento.
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REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-96 • 2026 • MARZO • 9 96 *20262200153403* Radicado: 20262200153403 Fecha: 03-03-2026 RESOLUCIÓN No. 185 DE 05 DE MARZO DE 2026 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural: “Hackatón de Diseño, por la Bogotá que merecemos”, Invitación Cultural: “Ruta Viva de las Artes Escénicas CEFE Chapinero 2026”, Invitación Cultural: “Ruta Viva de la Danza, la Música y las Experiencias Artísticas CEFE”, Invitación Cultural: “Músicos del Distrito Creativo de La Playa – CEFE Chapinero” y la Invitación Cultural: “Escenarios de experiencia para las cosas buenas en TransMi 2026”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
Revisó: Edgar Javier Pulido Caro - Contratista Dirección de Fomento. Miguel Ángel Solano Rojas –Contratista Subsecretaría de Gobernanza David Arturo Cortés – Contratista Centro de la Felicidad de Chapinero. Mauricio Mendoza – Contratista Dirección de Transformaciones Culturales Aprobó: Juan Diego Jaramillo Morales – Director de Fomento. Mario Arturo Suarez Mendoza - Director de Economía, Estudios y Política Ana María Boada Ayala – Subsecretaria de Gobernanza Mariana Álvarez Matallana - Directora de Transformaciones Culturales Angélica Rocío Martínez Torres - Subsecretaria Distrital de Cultura Ciudadana y Gestión del Conocimiento Nathalia Rippe Sierra - Directora de Arte, Cultura y Patrimonio Revisó: Diego Eduardo Beltrán Hernández- Contratista Oficina Jurídica Aprobó revisión y ajustó: Sandra Margoth Vélez Abello – Jefe Oficina Jurídica.
Documento 20262200153403 firmado electrónicamente por:
Santiago Trujillo Escobar Secretario de Cultura, Recreación y Deporte Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Fecha firma: 05-03-2026 14:06:16 Sandra Margoth Vélez Abello Jefe Oficina Jurídica Oficina Jurídica Fecha firma: 05-03-2026 14:01:36 Hector Ricardo Ojeda Sierra Profesional Especializado Oficina Jurídica Fecha firma: 05-03-2026 07:10:31 Diego Eduardo Beltrán Hernández Contratista Oficina Jurídica Fecha firma: 05-03-2026 08:40:32 Ana María Boada Ayala Subsecretaría de Gobernanza Subsecretaría de Gobernanza Fecha firma: 04-03-2026 19:17:56 Miguelangel Solano Rojas Contratista Subsecretaría de Gobernanza Fecha firma: 04-03-2026 19:06:52 Juan Diego Jaramillo Morales Director de Fomento Dirección de Fomento Fecha firma: 03-03-2026 17:38:12 Edgar Javier Pulido Caro Contratista Dirección de Fomento Fecha firma: 03-03-2026 16:50:37 Lina Leonor Carrillo Orduz Contratista Dirección de Fomento Fecha firma: 03-03-2026 15:01:07 Mario Arturo Suárez Mendoza Director de Economía Estudios y Política Dirección de Economía Estudios y Política Fecha firma: 04-03-2026 18:03:06 Nathalia Rippe Sierra Directora de Arte Cultura y Patrimonio Dirección de Arte, Cultura y Patrimonio Página 10 de 11 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-97 • 2026 • MARZO • 9 97 *20262200153403* Radicado: 20262200153403 Fecha: 03-03-2026 RESOLUCIÓN No. 185 DE 05 DE MARZO DE 2026 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural: “Hackatón de Diseño, por la Bogotá que merecemos”, Invitación Cultural: “Ruta Viva de las Artes Escénicas CEFE Chapinero 2026”, Invitación Cultural: “Ruta Viva de la Danza, la Música y las Experiencias Artísticas CEFE”, Invitación Cultural: “Músicos del Distrito Creativo de La Playa – CEFE Chapinero” y la Invitación Cultural: “Escenarios de experiencia para las cosas buenas en TransMi 2026”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
Fecha firma: 04-03-2026 18:29:53 David Arturo Cortes Pineda Contratista Subdirección de Gestión Cultural y Artística Fecha firma: 03-03-2026 15:25:34 Juan Esteban Quintero Paez Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 22 Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano Fecha firma: 05-03-2026 15:01:16 Angélica Rocío Martínez Torres Subsecretaria de Cultura, Ciudadanía y Gestión del Conocimiento Subsecretaría Distrital de Cultura Ciudadana y Gestión del Conocimiento Fecha firma: 04-03-2026 14:35:01 Mariana Álvarez Matallana Directora de Transformaciones Culturales Dirección de Transformaciones Culturales Fecha firma: 04-03-2026 10:15:19 Mauricio Mendoza Salcedo Contratista Dirección de Transformaciones Culturales Fecha firma: 03-03-2026 20:18:20 9f34f10e50780f774724ea63483036b9b55a2b27e9d961a37d41f58221395c0d Codigo de Verificación CV: cd4aa Página 11 de 11 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-98 • 2026 • MARZO • 9 98 05/03/2026 COT 0100 RESOLUCIÓN No DE POR LA CUAL SE CORRIGEN ERRORES FORMALES CONTENIDOS EN LA RESOLUCIÓN 0537 DE 08 DE SEPTIEMBRE DE 2025.
La Gerente General de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá – ESP, en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias establecidas en el numeral 13 del literal A y el numeral 2 del literal C del artículo décimo octavo del Acuerdo de Junta Directiva No. 05 del 17 de enero de 2019 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución No. 0537 del 08 de septiembre de 2025 se actualizó, ajustó y modificó el Manual Único de Funciones y Requisitos Mínimos de los cargos de Trabajadores Oficiales de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá – ESP, la cual fue posteriormente modificada por la Resolución No. 0695 del 19 de noviembre de 2025 y corregida mediante la Resolución No.0699 del 20 de noviembre de 2025.
Que en la Resolución No. 0537 del 08 de septiembre de 2025, se evidenció que, en los perfiles de algunos cargos, por error involuntario se omitieron palabras en la identificación de los núcleos básicos del conocimiento, respecto de los nombres establecidos para las profesiones, conforme con la clasificación del Sistema Nacional de Información de la Educación Superior (SNIES) y en el artículo 2.2.2.4.9 del Decreto 1083 de 2015.
Qué de acuerdo con lo anterior, se hace necesario que los núcleos básicos de conocimiento se nombren de forma textual como se encuentran previstos en la clasificación del Sistema Nacional de Información de la Educación Superior (SNIES) y en el artículo 2.2.2.4.9 del Decreto 1083 de 2015, para los cargos determinados en los artículos trigésimo séptimo, cuadragésimo sexto, quincuagésimo segundo y sexagésimo de la Resolución No. 0537 del 08 de septiembre de 2025.
Que igualmente la Resolución No. 0537 de 2025, específicamente en el artículo décimo segundo, a través del cual se adoptan los manuales de funciones y requisitos mínimos de la Oficina Asesora Representación Judicial y Actuación Administrativa, se advierte la existencia de un error formal en la función cuarta del manual del cargo Profesional Especializado Nivel 20 y del cargo Profesional Especializado Nivel 21, al citar “las alcaldías locales”.
Que la inclusión de dicha referencia corresponde a un error involuntario de transcripción al haber incluido en la función, la determinación de una autoridad en específico cuando lo correcto es que la función se relacione, de manera general, con la representación y defensa de los intereses de la Empresa en los procesos policivos, de conformidad con la normativa vigente.
Que la función mencionada conforme lo dispuesto en la normativa vigente se encuentra relacionada con lo regulado en la Ley 1801 de 2016, “Por la cual se expide el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana”, particularmente en el artículo 215, en el cual se establece que la acción de Policía es el mecanismo que se inicia de oficio por parte de las autoridades de Policía o a solicitud de cualquier persona, con el fin de resolver ante la autoridad competente los asuntos sometidos a su conocimiento, por lo cual se considera procedente corregir el error formal, en el que se incurrió en el numeral 4 del manual de funciones adoptado en el artículo décimo segundo para los cargos Profesional Especializado Nivel 20 y Profesional Especializado Nivel 21 en cumplimiento de la normativa vigente, con el fin de establecer que la función corresponde a la representación y defensa de los intereses de la Empresa en las etapas procesales que se adelantan respecto de las querellas policivas, en cumplimiento de la normativa vigente.
MPFD0801F10-02 Página 1 de 22 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-99 • 2026 • MARZO • 9 99 05/03/2026 COT 0100 RESOLUCIÓN No DE Que sobre el particular la Ley 1437 del 2011, en su artículo 45 dispone que, “en cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto.”
Que conforme la normativa citada, resulta procedente corregir los errores formales de transcripción y omisión mencionados anteriormente, con el fin de que la función establecida en el numeral 4 de los manuales de funciones para los cargos Profesional Especializado Nivel 20 y Profesional Especializado Nivel 21, de la Oficina Asesora Representación Judicial y Actuación Administrativa adoptados en el artículo décimo segundo se ajuste a la normativa vigente, y corregir la omisión evidenciada en los artículos trigésimo séptimo, cuadragésimo sexto, quincuagésimo segundo y sexagésimo, a fin de ajustar los núcleos básicos de conocimiento y nombrarlos conforme la clasificación del Sistema Nacional de Información de la Educación Superior (SNIES).
Que mediante memorando N°. 15200-2026-37 del 20 de febrero de 2026 la Oficina de Asesoría Legal realizó estudio jurídico formal a la presente resolución y emitió visto bueno teniendo en cuenta que se encontraba ajustado a las disposiciones legales y reglamentarias.
Que la presente corrección no da lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revive los términos legales para demandar el acto administrativo.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo primero.
Corregir el error formal evidenciado en el artículo Décimo Segundo de la Resolución No. 0537 del 8 de septiembre de 2025, respecto de los cargos Profesional Especializada/ Profesional Especializado Nivel 20 y Profesional Especializada / Profesional Especializado Nivel 21 de la Oficina Asesora Representación Judicial y Actuación Administrativa, específicamente en lo relacionado con la función esencial No. 4, quedando en los siguientes términos:
I. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO
Denominación del Empleo: Profesional especializada / Profesional especializado Nivel 20 No. de cargos Cinco (5)
Códigos de cargos 20044, 20048, 20052, 20079, 20130 Cargo del jefe inmediato Quien ejerza la supervisión directa II. ÁREA FUNCIONAL OFICINA ASESORA REPRESENTACION JUDICIAL Y ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA MPFD0801F10-02 Página 2 de 22 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-100 • 2026 • MARZO • 9 100 05/03/2026 COT 0100 RESOLUCIÓN No DE III. PROPÓSITO PRINCIPAL Ejercer la defensa de la Empresa en los procesos judiciales, arbitrales, actuaciones administrativas y conciliaciones prejudiciales y judiciales, especialmente aquellos de alta complejidad en los que esta sea parte, con el fin de proteger sus derechos e intereses.
IV. DESCRIPCIÓN FUNCIONES ESENCIALES
1. Ejercer la defensa de los intereses de la Empresa en las etapas procesales de los procesos administrativos, civiles, laborales, ejecutivos, acciones populares, acciones de grupo y acciones de cumplimiento (conciliación, pruebas, alegatos de conclusión, audiencias de juzgamiento), de acuerdo con las normas vigentes.
2. Representar y defender los intereses de la Empresa en las respectivas instancias de la tutela (impugnación del fallo y recurso de insistencia), de acuerdo con las normas vigentes.
3. Representar y defender los intereses de la Empresa en las etapas procesales de la querella que cursan ante la Fiscalía General de la Nación, cumpliendo la normativa vigente.
4. Representar y defender los intereses de la Empresa en las etapas procesales de las querellas policivas que se adelanten cumpliendo la normativa vigente.
5. Ejercer la defensa de los intereses de la Empresa en las etapas procesales de las acciones penales (conciliación, audiencias preliminares, audiencias de acusación, preparatoria y juicio oral), de acuerdo con las normas vigentes.
6. Representar y defender los intereses de la Empresa en las etapas procesales de los tribunales de arbitraje (instalación del tribunal, presentación y/o contestación de la demanda, presentación de demanda de reconvención, excepciones previas y de fondo, audiencia de conciliación, audiencia de trámite, etapa probatoria, alegatos de conclusión), cumpliendo la normativa vigente.
7. Representar los intereses de la Empresa en la audiencia de conciliación, logrando acuerdos favorables para la misma.
8. Representar y defender los intereses de la Empresa en las etapas procesales de actuaciones administrativas, cumpliendo la normativa vigente.
9. Solicitar a las áreas la información y el material probatorio necesario para atender los procesos en los que la Empresa sea parte, con el fin de ejercer en debida forma la defensa de derechos e intereses.
10. Presentar los asuntos que sean susceptibles de análisis ante el Comité de Conciliación de la Empresa, para determinar su viabilidad.
11. Elaborar y presentar ante la autoridad competente, la contestación de las tutelas en las que la Empresa sea accionada o vinculada, con el fin de garantizar el cumplimiento de los términos legales establecidos.
12. Actualizar el aplicativo virtual del sistema de información de procesos judiciales, para garantizar la veracidad de la información registrada.
13. Elaborar y presentar la contestación de la demanda ante la autoridad competente, cumpliendo con las disposiciones normativas vigentes.
14. Elaborar y presentar los recursos procedentes ante la autoridad que profirió la providencia, de conformidad con los procedimientos y normativa aplicable.
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES Conocimientos indispensables Conocimientos desarrollables - Constitución Política - Legislación laboral, penal, administrativa, comercial, civil y de servicios públicos - Doctrina y Jurisprudencia - Herramientas ofimáticas - Normas de servicios públicos domiciliarios - Plan general estratégico - Plan de Desarrollo Distrital - Plan de Ordenamiento Territorial - Sistema único de gestión o el que haga sus veces - Sistemas de Información Empresarial - Normas de contratación MPFD0801F10-02 Página 3 de 22 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-101 • 2026 • MARZO • 9 101 05/03/2026 COT 0100 RESOLUCIÓN No DE - Normas de supervisión e interventoría - Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) o el que haga sus veces - Normativa jurídica aplicable a la Empresa - Reglamento interno de trabajo - Seguridad y salud en el trabajo - Convenciones colectivas de trabajo VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA Cuarenta y ocho (48) meses de experiencia profesional.
ESTUDIO EXPERIENCIA Título profesional en Derecho.
Y título de posgrado en cualquier modalidad relacionada con las funciones del cargo o el área de desempeño.
Matrícula o tarjeta profesional en los casos reglamentados por la ley.
MPFD0801F10-02 Página 4 de 22 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-102 • 2026 • MARZO • 9 102 05/03/2026 COT 0100 RESOLUCIÓN No DE
I. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO
Denominación del Empleo: Profesional especializada / Profesional especializado Nivel 21 No. de cargos Dos (2) Códigos de cargos 21014, 21015 Cargo del jefe inmediato Quien ejerza la supervisión directa II. ÁREA FUNCIONAL OFICINA ASESORA REPRESENTACION JUDICIAL Y ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA III. PROPÓSITO PRINCIPAL Ejercer la defensa de la Empresa, en los procesos judiciales, actuaciones administrativas y conciliaciones de media y baja complejidad en los que ella sea parte, con el fin de proteger los derechos e intereses de la EAAB-ESP.
IV. DESCRIPCIÓN FUNCIONES ESENCIALES
1. Ejercer la defensa de los intereses de la Empresa en las etapas procesales de los procesos administrativos, civiles, laborales, ejecutivos, acciones populares, acciones de grupo y acciones de cumplimiento (conciliación, pruebas, alegatos de conclusión, audiencias de juzgamiento), de acuerdo con las normas vigentes.
2. Representar y defender los intereses de la Empresa en las respectivas instancias de la tutela (impugnación del fallo y recurso de insistencia), de acuerdo con las normas vigentes.
3. Representar y defender los intereses de la Empresa en las etapas procesales de las querellas que cursen ante la fiscalía general de la Nación, cumpliendo la normativa vigente.
4. Representar y defender los intereses de la Empresa en las etapas procesales de las querellas policivas que se adelanten, cumpliendo la normativa vigente.
5. Ejercer la defensa de los intereses de la Empresa en las etapas procesales de las acciones penales (conciliación, audiencias preliminares, audiencias de acusación, preparatoria y juicio oral), de acuerdo con las normas vigentes.
6. Representar y defender los intereses de la Empresa en las etapas procesales de los tribunales de arbitraje de media y baja complejidad (instalación del tribunal, presentación y/o contestación de la demanda, presentación de demanda de reconvención, excepciones previas y de fondo, audiencia de conciliación, audiencia de trámite, etapa probatoria, alegatos de conclusión); cumpliendo la normativa vigente.
7. Representar los intereses de la Empresa en la audiencia de conciliación de los asuntos asignados, logrando acuerdos favorables para la misma.
8. Solicitar a las áreas la información y el material probatorio necesario para atender los procesos en los que la Empresa sea parte, con el fin de ejercer en debida forma la defensa de los derechos e intereses de la misma.
9. Presentar los asuntos que sean susceptibles de análisis ante el Comité de Conciliación de la Empresa, para determinar su viabilidad.
10. Elaborar y presentar la contestación de la demanda ante la autoridad competente, cumpliendo con las disposiciones normativas vigentes.
11. Elaborar y presentar los recursos procedentes ante la autoridad que profirió la providencia, de conformidad con los procedimientos y normativa aplicable.
MPFD0801F10-02 Página 5 de 22 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-103 • 2026 • MARZO • 9 103 05/03/2026 COT 0100 RESOLUCIÓN No DE
12. Elaborar y presentar ante la autoridad competente, la contestación de las tutelas en las que la Empresa sea accionada o vinculada, con el fin de garantizar el cumplimiento de los términos legales establecidos.
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES Conocimientos indispensables Conocimientos desarrollables - Constitución Política - Legislación laboral, penal, administrativa, comercial, civil y de servicios públicos - Doctrina y Jurisprudencia - Herramientas ofimáticas Normas de servicios públicos domiciliarios - Plan general estratégico - Plan de Desarrollo Distrital - Plan de Ordenamiento Territorial - Sistema único de gestión o el que haga sus veces - Sistemas de Información Empresarial - Normas de contratación - Normas de supervisión e interventoría - Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) o el que haga sus veces - Normativa jurídica aplicable a la Empresa - Reglamento interno de trabajo - Seguridad y salud en el trabajo - Convenciones colectivas de trabajo VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA Treinta y seis (36) meses de experiencia profesional.
ESTUDIO EXPERIENCIA Título profesional en Derecho.
Y título de posgrado en cualquier modalidad relacionada con las funciones del cargo o el área de desempeño.
Matrícula o tarjeta profesional en los casos reglamentados por la ley.
MPFD0801F10-02 Página 6 de 22 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-104 • 2026 • MARZO • 9 104 05/03/2026 COT 0100 RESOLUCIÓN No DE
Artículo segundo.
Corregir el error formal evidenciado en el artículo trigésimo séptimo de la Resolución No. 0537 del 8 de septiembre de 2025, para el cargo Tecnóloga operativa / Tecnólogo operativo Nivel 31 de las Divisiones Sistema Norte Abastecimiento, Sistema Sur Abastecimiento y Sistema Abastecimiento Tibitoc, en cuyo perfil del cargo para la alternativa B, se cita como núcleo básico del conocimiento Ingeniería Química, cuando lo correcto de acuerdo con lo establecido en el SNIES y en el artículo 2.2.2.4.9 del Decreto 1083 de 2015, es “Ingeniería Química y Afines”, quedando en los siguientes términos:
I. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO Denominación del Empleo: Tecnóloga operativa / Tecnólogo operativo Nivel 31 No. de cargos Tres (3) Códigos de cargos 31035, 31037, 31433 Cargo del jefe inmediato Quien ejerza la supervisión directa II. ÁREA FUNCIONAL DIVISIÓN SISTEMA NORTE ABASTECIMIENTO DIVISIÓN SISTEMA SUR ABASTECIMIENTO DIVISIÓN SISTEMA ABASTECIMIENTO TIBITOC III. PROPÓSITO PRINCIPAL Operar y controlar el laboratorio del Sistema de Abastecimiento efectuando un monitoreo adecuado de las matrices de agua y de los productos químicos para asegurar su cantidad, continuidad y oportunidad en la verificación de la calidad del agua.
IV. DESCRIPCIÓN FUNCIONES ESENCIALES
1. Elaborar y ejecutar el plan de inspección de los análisis fisicoquímicos y microbiológicos del agua cruda, en proceso, tratada, distribuida y servida, con el fin de establecer los valores de las variables analizadas.
2. Analizar las muestras de los lotes de productos químicos, con el fin de establecer si cumplen con los requisitos de calidad establecidos.
3. Efectuar la recepción, almacenamiento, inventario, preparación, entrega y control de los materiales y reactivos del laboratorio, con el fin de asegurar su disponibilidad y buen uso.
4. Coordinar, consolidar la información y analizar los resultados de los trabajos de mantenimiento y aseguramiento metrológico realizados por terceros y la comprobación de los equipos de laboratorio asignados realizados, con el fin de asegurar su funcionamiento, la calidad de las mediciones y mantener actualizadas las hojas de vida.
5. Registrar, analizar e informar al superior inmediato, los resultados de los análisis realizados al agua cruda, de proceso, tratada, suministrada y servida, así como los resultados de los análisis de los insumos, con el propósito de poder verificar la calidad del proceso de tratamiento que se realiza en las plantas y la calidad de los productos químicos recibidos, para que se puedan tomar las medidas necesarias de manera oportuna.
6. Registrar la ejecución de las actividades de operación y control del laboratorio en los sistemas de información de la Empresa con el fin de mantener evidencia de los resultados y datos obtenidos.
7. Solicitar y apoyar la ejecución de los ensayos de tratabilidad, demanda de cloro y/o ajuste del proceso de tratamiento, en caso de que se presenten productos no conformes, con el propósito de corregir los problemas que se han presentado o prevenir que estos ocurran.
8. Coordinar y controlar la recolección interna y externa, y la disposición de los residuos generados por el laboratorio, con el fin de mantener condiciones ambientales adecuadas y proteger la salud de las personas.
MPFD0801F10-02 Página 7 de 22 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-105 • 2026 • MARZO • 9 105 05/03/2026 COT 0100 RESOLUCIÓN No DE
9. Coordinar, supervisar y reportar el cumplimiento de las actividades ejecutadas por los Ayudantes operativos de tratamiento que ejecutan actividades en el laboratorio, con el fin de asegurar la adecuada realización de los trabajos requeridos.
10. Conducir vehículo liviano cuando sea requerido por condiciones de contingencia, emergencia o situaciones administrativas de los conductores operativos, tomando las medidas de seguridad necesarias para su correcto funcionamiento y conservación, conforme a las normas y reglamentos establecidos por la Empresa y las autoridades pertinentes.
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
- Plan general estratégico - Sistema único de gestión o el que haga sus veces - Sistema de información empresarial - Plan Institucional de Respuesta a Emergencia - Buenas prácticas de laboratorio - Normativa vigente sobre seguridad vial - Reglamento interno de trabajo - Seguridad y salud en el trabajo - Convenciones colectivas de trabajo Conocimientos indispensables Conocimientos desarrollables - Procesos unitarios de tratamiento de agua - Química analítica e instrumental, Microbiología industrial y ambiental - Manejo de reactivos químicos y/o medios de cultivo y materiales de laboratorio - Aseguramiento metrológico de equipos y de calidad en laboratorios de agua - Normas y fichas técnicas de productos químicos: coagulantes, floculantes, estabilizantes y desinfectantes - Normativa ambiental y de la calidad de agua - Herramientas ofimáticas - Código Nacional de Tránsito Terrestre
VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA
Alternativa A: Veinticuatro (24) meses de experiencia relacionada con las funciones del cargo o el área de desempeño.
Alternativa B: Treinta y seis (36) meses de experiencia laboral en la Empresa bajo cualquier modalidad contractual.
ESTUDIO EXPERIENCIA Alternativa A: Título de Tecnólogo en cualquier disciplina académica del núcleo básico del conocimiento en Ingeniería Química y Afines, Química y Afines o aprobación de seis (6) semestres de educación profesional en cualquier disciplina académica del núcleo básico del conocimiento en Ingeniería Química y Afines o Química y Afines.
Alternativa B: Título de Técnico Profesional en cualquier disciplina académica del núcleo básico del conocimiento en Ingeniería Química y afines o aprobación de cuatro (4) semestres de educación profesional o tecnológica en cualquier disciplina académica del núcleo básico del conocimiento en Ingeniería Química y Afines o Química y Afines.
Certificado de matrícula en los casos reglamentados por la ley.
Licencia de conducción B1 vigente.
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Artículo tercero.
Corregir el error formal evidenciado en el artículo cuadragésimo sexto de la Resolución No. 0537 del 8 de septiembre de 2025, para el cargo Jefa de división / Jefe de división Nivel 20 y para el cargo Profesional Nivel 22 de la División Técnica Predial, en cuyo perfil del cargo se cita como núcleo básico del conocimiento Arquitectura, cuando lo correcto de acuerdo con lo establecido en el SNIES y en el artículo 2.2.2.4.9 del Decreto 1083 de 2015, es “Arquitectura y Afines”, quedando en los siguientes términos:
I. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO
Denominación del Empleo: Jefa de división / Jefe de división Nivel 20 No. de cargos Uno (1) Código de cargo 20011 Cargo del jefe inmediato Quien ejerza la supervisión directa
II. ÁREA FUNCIONAL
DIVISIÓN TÉCNICA PREDIAL
III. PROPÓSITO PRINCIPAL
Administrar técnica y documentalmente los predios propiedad de la Empresa y las servidumbres para la construcción de las obras de infraestructura requeridas por la misma.
IV. DESCRIPCIÓN FUNCIONES ESENCIALES
1. Programar, coordinar y controlar las actividades técnicas y operativas de los predios que adquiere o recupera la Empresa para el mantenimiento y custodia de los mismos, excepto aquellos conexos a los sistemas de abastecimiento de la ciudad, con el fin de ejecutar los proyectos de infraestructura.
2. Planear, coordinar y controlar la administración técnica, operativa y documentalmente de los predios propiedad de la Empresa y los recibidos en administración, así como las servidumbres constituidas a su favor.
3. Coordinar y aprobar las actividades relacionadas con la entrega de los predios de la Empresa a las áreas receptoras del servicio de adquisición predial.
4. Atender los procesos policivos y judiciales relacionados con los predios propiedad de la Empresa, servidumbres, afectaciones, zonas de ronda, zonas de manejo y preservación ambiental para evitar que terceros invadan o se apoderen de dichos predios,
5. Planear, coordinar y controlar los trámites administrativos, jurídicos o técnicos para el arrendamiento de predios y para los predios recibidos y entregados mediante cesión, comodato o convenios.
6. Planear, coordinar y controlar las actividades relacionadas con el saneamiento técnico y jurídico de los bienes inmuebles propiedad de la Empresa, dando cumplimiento a la normativa vigente.
7. Planear, coordinar y controlar los procesos de englobe y desenglobe de los predios propiedad de la Empresa para optimizar su administración.
8. Coordinar y reportar a la Dirección de Tributaria los datos maestros para el pago o declaración del impuesto predial.
9. Coordinar y controlar con la Dirección de Activos Fijos, la conciliación y registros contables de los predios de la Empresa.
10. Coordinar y asegurar una atención adecuada a las comunidades que se encuentren ubicadas en las zonas de ronda y zonas de manejo y preservación ambiental, con el fin de obtener información sobre los usos que se le están dado a estas zonas.
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11. Coordinar la actualización del Inventario predial en forma física sistematizada, digitalizada y georreferenciada y los derechos adquiridos sobre bienes inmuebles propiedad de la Empresa.
12. Planear, coordinar y controlar las actividades relacionadas con el proceso de venta o permuta de los bienes inmuebles que hayan sido declarados activos improductivos de la Empresa, en cumplimiento de la normativa vigente.
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
Conocimientos indispensables Conocimientos desarrollables - Formulación y evaluación de proyectos - Normas urbanísticas y ambientales - Código Civil - Constitución Política de Colombia - Normas catastrales y policivas - Control presupuestal - Normas relacionadas con la adquisición y expropiación predial, a nivel distrital y nacional - Administración de personal - Análisis financiero - Herramientas ofimáticas - Normas de servicios públicos domiciliarios
- Plan general estratégico. - Plan de Desarrollo Distrital. - Plan de Ordenamiento Territorial. - Sistema único de gestión o el que haga sus veces - Sistema Información Empresarial - Normas de contratación - Normas de supervisión e interventoría - Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) o el que haga sus veces - Interpretación de planos - Programas gráficos de arquitectura (Acad.) - Manejo ArcGIS (Sistema de información geográfica) - Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente - Normas relacionadas con la gestión social de la adquisición de predios y reasentamientos. - Normas relacionadas con la gestión ambiental de la adquisición de predios y reasentamientos. - Normativa vigente sobre seguridad vial - Normas de cortesía y atención al cliente - Lenguaje inclusivo y equidad de género - Seguridad y salud en el trabajo - Reglamento interno de trabajo - Convenciones colectivas de trabajo
VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA
ESTUDIO EXPERIENCIA Cuarenta y ocho (48) meses de experiencia profesional.
Título profesional en cualquier disciplina académica del núcleo básico del conocimiento en Ingeniería Civil y Afines, Ingeniería Ambiental, Sanitaria y Afines, Ingeniería Industrial y Afines, Arquitectura y afines, Administración, Economía o Derecho y Afines.
Y título de posgrado en cualquier modalidad relacionada con las funciones del cargo o el área de desempeño.
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Licencia de conducción B1 vigente.
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I. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO
Denominación del Empleo: Profesional Nivel 22 No. de cargos Dos (2) Códigos de cargos 22085, 22086 Cargo del jefe inmediato Quien ejerza la supervisión directa
II. ÁREA FUNCIONAL
DIVISIÓN TÉCNICA PREDIAL
III. PROPÓSITO PRINCIPAL
Ejecutar las actividades técnicas y documentales del subproceso de administración de predios propiedad de la Empresa y las servidumbres que se requieran para desarrollar los proyectos de infraestructura de la Empresa.
IV. DESCRIPCIÓN FUNCIONES ESENCIALES
1. Adelantar bajo la coordinación del superior inmediato la administración técnica, operativa y documental de los predios propiedad de la Empresa y los recibidos en administración, así como las servidumbres constituidas a su favor.
2. Tramitar en coordinación con el área correspondiente ante las autoridades competentes, la recuperación de los predios invadidos de propiedad de la Empresa y de aquellos que se encuentran en administración, con el fin de coadyuvar técnica y jurídicamente en la recuperación de la tenencia de los predios.
3. Efectuar inspecciones de carácter técnico a los predios de propiedad de la Empresa y de aquellos que se encuentran en administración, estableciendo programas de acuerdo con el grado de susceptibilidad de la invasión de los mismos, para prevenir y controlar posibles invasiones.
4. Tramitar y control la realización de avalúos, peritajes y levantamientos topográficos en los procesos de administración de predios en cumplimiento de la normativa legal aplicable.
5. Organizar y controlar labores a desempeñar por el personal a su cargo en lo relacionado a los acompañamientos en las diligencias judiciales, levantamientos topográficos y demás actividades requeridas, con el propósito de realizar seguimiento y control de la información predial.
6. Tramitar el desarrollo de los planes de la entidad en relación con linderos, actividades de administración, mantenimiento, cerramientos, demoliciones, recolección de residuos de construcción y demolición, deshierbe, poda, recolección y disposición final de residuos sólidos, limpieza de predios, identificación de los predios y zonas aferentes con vallas informativas y amojonamientos.
7. Controlar y mantener actualizados y sistematizados los inventarios generales de los bienes inmuebles, para garantizar una información confiable, actualizada y veraz.
8. Analizar y ejecutar las actividades jurídicas o técnicas para el englobe o desenglobe de los predios propiedad de la Empresa y los predios a adquirir para optimizar su administración.
9. Recepcionar, consolidar y custodiar los documentos que soportan la tenencia de los bienes de propiedad de la entidad, y de aquellos que se encuentran en administración con el fin de garantizar el orden y la permanencia de las escrituras y actos administrativos que demuestran la propiedad de los bienes inmuebles.
10. Inspeccionar los terrenos de la entidad para verificar el estado de los cerramientos y demás protecciones con el fin de evitar, prevenir y controlar perturbaciones sobre la propiedad.
11. Coordinar acciones de mantenimiento y de restitución de espacios públicos de los predios de propiedad de la Empresa y de aquellos que se encuentran en administración, con el personal operativo del área, para cumplir con los trabajos de instalación y rehabilitación de cerramientos,
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12. Orientar técnicamente a las Alcaldías Locales, Juntas de Acción Comunal y demás entidades sobre los usos de las zonas aferentes, (antes zonas de ronda, zonas de manejo y preservación ambiental) del sistema hídrico del Distrito, así como los predios de propiedad y de aquellos que se encuentran en administración de la Empresa., con el propósito de que sean entes coadyuvadores en garantizar la estabilidad integral de estas zonas.
13. Coordinar y asistir con el personal a cargo, a las diferentes diligencias de entrega de los predios y servidumbres adquiridos para el desarrollo de los proyectos que la Empresa adelanta y de aquellos que serán objeto de administración, con el fin de iniciar las acciones de custodia, protección, preservación y conservación de los mismos.
14. Coordinar con las diferentes áreas de la Empresa, las acciones tendientes a garantizar la custodia, preservación, protección y conservación de los predios y zonas aferentes de propiedad de la Empresa y de aquellos que se encuentran en administración.
15. Solicitar a la Dirección de Información Técnica y Geográfica el levantamiento topográfico, o replanteos cuando no haya claridad de los linderos o se realicen ventas de terrenos de la Empresa para apoyar con la parte técnica en los procesos de legalización de predios utilizados por la Empresa y que aún no han sido negociados.
16. Gestionar y articular con las diferentes áreas de la Empresa, la disposición de los equipos, recursos físicos y recurso humano, necesarios para la ejecución de las actividades de administración, mantenimiento, cerramientos, demoliciones, recolección de residuos de construcción y demolición, deshierbe, poda, recolección y disposición final de residuos sólidos, limpieza de predios, identificación de los predios y zonas aferentes con vallas informativas y amojonamientos.
17. Reportar y hacer seguimiento a las perturbaciones de los predios ubicados en las zonas de ronda y zonas de manejo y preservación ambiental o que se encuentren en proceso de adquisición predial.
18. Efectuar la evaluación jurídica o técnica de los predios a declarar como improductivos de acuerdo de a los lineamientos y procedimientos establecidos.
19. Ejecutar las actividades administrativas, jurídicas o técnicas para el arrendamiento de predios y para los predios recibidos y entregados mediante cesión, comodato o convenios.
20. Preparar y tramitar las respuestas a las solicitudes que se formulan en ejercicio del derecho de petición y/o de reclamación sobre asuntos de competencia, con el fin de dar cumplimiento con los términos de Ley, con ocasión del proceso de enajenación y/o de expropiación de los predios requeridos por la Empresa.
21. Conducir vehículo cuando sea requerido, tomando las medidas de seguridad necesarias para su correcto funcionamiento y conservación conforme a las normas y reglamentos establecidos por la Empresa y las autoridades pertinentes.
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
Conocimientos indispensables Conocimientos desarrollables - Constitución política de Colombia - Normas catastrales y policivas - Formulación y evaluación de proyectos - Herramientas ofimáticas - Normativa que rige los servicios públicos domiciliarios - Plan general estratégico - Plan de Desarrollo Distrital - Plan de Ordenamiento Territorial - Sistema único de gestión o el que haga sus veces - Sistema de información empresarial - Normas de contratación - Normas de supervisión e interventoría - Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) o el que haga sus veces - Interpretación de planos MPFD0801F10-02 Página 13 de 22 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-111 • 2026 • MARZO • 9 111 05/03/2026 COT 0100 RESOLUCIÓN No DE - Programas gráficos de arquitectura (Acad.) - Software de administración de proyectos (Project) - Normas urbanísticas y ambientales - Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente - Normas relacionadas con la Adquisición y expropiación predial, a nivel distrital y nacional. - Normas relacionadas con la gestión social de la adquisición de predios y reasentamientos. - Normativa vigente sobre seguridad vial - Seguridad y salud en el trabajo - Reglamento interno de trabajo - Convenciones colectivas de trabajo
VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA
No requerida ESTUDIO EXPERIENCIA Título profesional en cualquier disciplina académica del núcleo básico del conocimiento en Ingeniería Civil y Afines, Ingeniería Ambiental, Sanitaria y Afines, Ingeniería Industrial y Afines, Administración, Economía, Arquitectura y afines o Derecho y Afines.
Matrícula o Tarjeta profesional en los casos reglamentados por la Ley.
Licencia de conducción B1 vigente.
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Artículo cuarto.
Corregir el error formal evidenciado en el artículo quincuagésimo segundo de la Resolución No. 0537 del 8 de septiembre de 2025, para el cargo Profesional Nivel 22 y para el cargo Tecnóloga operativa / Tecnólogo operativo Nivel 32 de las Divisiones Servicio Acueducto, en cuyo perfil del cargo se cita como núcleo básico del conocimiento Ingeniería de Sistemas y afines, cuando lo correcto de acuerdo con lo establecido en el SNIES y en el artículo 2.2.2.4.9 del Decreto 1083 de 2015, es “Ingeniería de Sistemas, Telemática y Afines”, quedando en los siguientes términos:
I. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO
Denominación del Empleo: Profesional Nivel 22 No. de cargos Uno (1) Código de cargo 22170 Cargo del jefe inmediato Quien ejerza la supervisión directa
II. ÁREA FUNCIONAL
DIVISIÓN SERVICIO ACUEDUCTO ZONA CUATRO
III. PROPÓSITO PRINCIPAL
Gestionar los programas de sectorización y macromedición, y coordinar que toda la información del mantenimiento preventivo, predictivo y correctivo, así como la calibración y/o verificación metrológica de la totalidad de equipos y dispositivos de medición del área de tal manera que se garantice la continuidad de la medición queden registradas en las bases de datos de la Empresa; así como garantizar la información sobre volumen distribuido a la GCSC.
IV. DESCRIPCIÓN FUNCIONES ESENCIALES
1. Coordinar que todas las zonas por medio de las comisiones de medición ejecuten la valoración de los parámetros hidráulicos de las redes de acueducto, tales como presión, caudal y capacidad, que permitan determinar la prestación del servicio actual o futuro disponible, mediante el uso de los equipos de medición y procedimientos pitométricos.
2. Apoyar e implementar la programación, procesamiento y registro de los equipos de medición para la entrega oportuna de información.
3. Orientar la revisión de las instalaciones de los equipos de medición de caudal y presión portátil en cada una de las entidades de sectorización o de las redes de acueducto, durante procesos de investigación sistemática de fugas o pruebas de capacidad de redes, para autorización de nuevos desarrollos en caso de ser requeridos.
4. Apoyar e implementar las calibraciones y/o verificaciones metrológicas contempladas en el plan de acción del área y otras adicionales que sean requeridas, para verificar el comportamiento y precisión de equipos.
5. Apoyar e implementar el programa de instrumentación y monitoreo de los parámetros hidráulicos en las tuberías, redes matrices y túneles del sistema, para optimizar el monitoreo permanente de los mismos.
6. Analizar el estado de operación del sistema, sectorización y control, así como los eventos presentados, con el fin de facilitar la toma de decisiones.
7. Controlar las actividades de los aforadores relacionadas con las mediciones de flujo, presión, geofonía y revisión de macro-medidores para mantener la continuidad de la medición.
8. Controlar la instalación de nuevos macro-medidores o equipos de registro, estado físico de los mismos en cada uno de los sectores, y/o zonas, para mantener un registro adecuado y permanente de los parámetros hidráulicos de servicio.
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9. Controlar la extracción y el procesamiento de en los macro-medidores para la elaboración de conceptos e informes para las diferentes áreas de la Empresa que lo requieran.
10. Apoyar técnicamente la ejecución de desagües en las redes matrices o locales, para facilitar las labores de reparación y/o mantenimiento de estas.
11. Analizar y registrar en el sistema de información el cumplimiento de los indicadores de gestión establecidos en el área.
12. Conducir vehículo cuando sea requerido, tomando las medidas de seguridad necesarias para su correcto funcionamiento y conservación, cumpliendo las normas y reglamentos establecidos por la Empresa y las autoridades pertinentes.
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
Conocimientos indispensables Conocimientos desarrollables - Formulación y evaluación de proyectos - Diseño, construcción y operación de redes de Acueducto o Alcantarillado - Normativa relacionada con la regulación de tarifas de Agua Potable y Saneamiento Básico - Herramientas ofimáticas - Normas de servicios públicos domiciliarios - Plan general estratégico - Plan de Desarrollo Distrital - Plan de Ordenamiento Territorial - Sistema único de gestión o el que haga sus veces - Sistema de información empresarial - Normas de contratación - Normas de supervisión e interventoría - Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG o el que haga sus veces - Manejo de Sistemas de información geográfica - Manejo de programas para el análisis de sistemas de distribución agua potable - Certificación de espacios confinados - Certificación trabajo en alturas - Normativa vigente sobre seguridad vial - Seguridad y salud en el trabajo - Reglamento interno de trabajo - Convenciones colectivas de trabajo
VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA
No requerida.
ESTUDIO EXPERIENCIA Título profesional en cualquier disciplina académica del núcleo básico del conocimiento en Ingeniería Civil y afines, Ingeniería Electrónica, Telecomunicaciones y afines, Ingeniería de Sistemas, Telemática y afines o Título profesional en Ingeniería Ambiental y Sanitaria o Ingeniería Sanitaria.
Matrícula o Tarjeta profesional en los casos reglamentados por la Ley.
Licencia de conducción B1 vigente.
MPFD0801F10-02 Página 16 de 22 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-114 • 2026 • MARZO • 9 114 05/03/2026 COT 0100 RESOLUCIÓN No DE
I. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO
Denominación del Empleo: Tecnóloga operativa / Tecnólogo operativo Nivel 32 No. de cargos Cuatro (4) Códigos de cargos 32446, 32447, 32448 y 32449 Cargo del jefe inmediato Quien ejerza la supervisión directa
II. ÁREA FUNCIONAL
DIVISIÓN SERVICIO ACUEDUCTO ZONA UNO, ZONA CUATRO, ZONA CINCO
III. PROPÓSITO PRINCIPAL
Efectuar el diligenciamiento, seguimiento y el manejo de las comunicaciones relacionados con los procedimientos establecidos en el área para el mantenimiento y operación predictiva, preventiva y correctiva de las redes locales de acueducto y alcantarillado el manejo de las herramientas informáticas, con el fin de contribuir al cumplimiento de los objetivos de la Empresa.
IV. DESCRIPCIÓN FUNCIONES ESENCIALES
1. Registrar en los sistemas de información las actividades a ejecutar en el área, relacionadas con la investigación, atención, operación, medición, reparación de redes locales de acueducto y alcantarillado que le sean reportadas, de acuerdo con el procedimiento establecido.
2. Registrar en los sistemas de información las labores efectuadas en terreno por el personal del área y que le son entregadas a través de los diferentes sistemas de información con que cuenta la Empresa, con el fin de efectuar control y seguimiento de los planes de trabajo.
3. Coordinar, depurar, reportar y programar los avisos y la atención de estos en los sistemas de información, cumpliendo los lineamientos y la normativa vigentes.
4. Documentar y notificar las órdenes y avisos de mantenimiento en los sistemas de información empresarial con la información suministrada a través de los sistemas de comunicación o documentación física entregada.
5. Coordinar el seguimiento del funcionamiento y mantenimiento de las estaciones controladoras de presión y macromedición y recuperación de espacio público, con el fin de registrar las labores efectuadas en terreno por personal de la Empresa o contratistas.
6. Controlar, recepcionar, crear los avisos en los sistemas de información, y verificar los reportes generados sobre la identificación y la ubicación de los daños por parte del personal de la Empresa, contratistas o terceros e informar la detección de fugas no visibles o para que se ejecuten por los respectivos responsables las tareas de campo.
7. Reportar y registrar en los sistemas de información la distribución y asignación de trabajo por comisión.
8. Recepcionar, crear, controlar y notificar los avisos y ordenes de servicio y registrar las labores efectuadas en terreno, para la planeación y desarrollo de pruebas hidráulicas, aforos, gestión de válvulas, e hidrantes, pilas de muestreo, y calidad del agua y búsqueda sistemática de fugas, de acuerdo con los procedimientos y normas vigentes en la Empresa.
9. Elaborar reservas para las necesidades de dotación, elementos de protección y herramientas del personal en el sistema de información de la Empresa.
10. Registrar las jornadas de trabajo, horas extras y suplencias del personal del área.
11. Manejar las comunicaciones a través de las centrales de radio con el call center, contratistas y los grupos de trabajo, en las actividades relacionadas con la administración, operación y mantenimiento de redes, con el fin de brindar continuidad y oportunidad en el servicio.
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V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
Conocimientos indispensables Conocimientos desarrollables - Metodologías y enfoques para la atención al cliente - Análisis estadístico de datos - Interpretación de planos - Herramientas ofimáticas - Plan general estratégico - Sistema único de gestión o el que haga sus veces - Sistemas de Información Empresarial - Sistema de Información Geográfica - Normativa relacionada con la regulación de tarifas de Agua Potable y Saneamiento Básico - Reglamento interno de trabajo - Seguridad y salud en el trabajo - Convenciones colectivas de trabajo
VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA
Alternativa A: Doce (12) meses de experiencia relacionada con las funciones del cargo o el área de desempeño.
Alternativa B: Veinticuatro (24) meses de experiencia laboral en la Empresa bajo cualquier modalidad contractual.
ESTUDIO EXPERIENCIA Alternativa A: Título de Tecnólogo en cualquier disciplina académica del núcleo básico del conocimiento en Administración, Economía, Ingeniería Administrativa y afines, Ingeniería Ambiental, Sanitaria y afines, Ingeniería de Sistemas, telemática y afines, Ingeniería Electrónica, Telecomunicaciones y afines, Ingeniería Civil y afines, Ingeniería Industrial y afines o aprobación de seis (6) semestres de educación profesional en cualquier disciplina académica del núcleo básico del conocimiento en Administración, Economía, Ingeniería Administrativa y afines, Ingeniería Ambiental, Sanitaria y afines, Ingeniería de Sistemas, telemática y afines, Ingeniería Electrónica, Telecomunicaciones y afines, Ingeniería Civil y afines o Ingeniería Industrial y afines.
Alternativa B: Técnico Profesional en cualquier disciplina académica del núcleo básico del conocimiento en Administración, Economía, Ingeniería Administrativa y afines, Ingeniería Ambiental, Sanitaria y afines, Ingeniería de Sistemas, telemática y afines, Ingeniería Electrónica, Telecomunicaciones y afines, Ingeniería Civil y afines, Ingeniería Industrial y Afines o aprobación de cuatro (4) semestres de educación profesional o tecnológica en cualquier disciplina académica del núcleo básico del conocimiento en Administración, Economía, Ingeniería Administrativa y afines, Ingeniería Ambiental, Sanitaria y afines, Ingeniería de MPFD0801F10-02 Página 18 de 22 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-116 • 2026 • MARZO • 9 116 05/03/2026 COT 0100 RESOLUCIÓN No DE Sistemas, telemática, y afines, Ingeniería Electrónica, Telecomunicaciones y afines, Ingeniería Civil y afines o Ingeniería Industrial y afines.
Certificado de matrícula en los casos reglamentados por la ley.
MPFD0801F10-02 Página 19 de 22 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-117 • 2026 • MARZO • 9 117 05/03/2026 COT 0100 RESOLUCIÓN No DE
Artículo quinto.
Corregir el error formal evidenciado en el artículo sexagésimo de la Resolución No. 0537 del 8 de septiembre de 2025, para el cargo Profesional Especializada /Profesional Especializado Nivel 21 de la División Logística de Mantenimiento, en cuyo perfil se cita Ingeniería Electrónica, Ingeniería Mecánica o Ingeniería Eléctrica, cuando lo correcto de acuerdo con lo establecido en el SNIES y en el artículo 2.2.2.4.9 del Decreto 1083 de 2015 es “Ingeniería Electrónica, Telecomunicaciones y afines, Ingeniería Mecánica y afines o Ingeniería Eléctrica y afines”, quedando en los siguientes términos:
I. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO
Denominación del Empleo: Profesional especializada / Profesional especializado Nivel 21 No. de cargos Uno (1) Código de cargo 21126 Cargo del jefe inmediato Quien ejerza la supervisión directa
II. ÁREA FUNCIONAL DIVISIÓN LOGÍSTICA DE MANTENIMIENTO
III. PROPÓSITO PRINCIPAL
Gestionar proyectos para la rehabilitación, optimización y mantenimiento de los sistemas electromecánicos, a cargo de la Dirección electromecánica de la Empresa de acueducto y la mitigación de las vulnerabilidades identificadas.
IV. DESCRIPCIÓN FUNCIONES ESENCIALES
1. Supervisar la ejecución de los contratos que la Dirección necesite para la atención de sus necesidades de los sistemas electromecánicos a cargo de la Dirección Servicios Electromecánica.
2. Analizar y proponer mejoras a las normas técnicas que involucren sistemas electromecánicos de la Empresa
3. Participar en la identificación y elaboración de nuevas normas de servicio o producto, con el fin de normalizar las actividades que desarrolla el área.
4. Asesorar y acompañar a las demás dependencias de la Empresa en los proyectos que incorporen activos o sistemas electromecánicos.
5. Gestionar los acuerdos de servicio, los procesos, y los proyectos de inversión y funcionamiento que son necesarios para el mantenimiento de los equipos electromecánicos a cargo de la Dirección de Servicios Electromecánica.
6. Verificar oportunamente que la información de las órdenes de trabajo relacionadas por la División esté acorde con la registrada en la base de datos del Sistema de información empresarial.
7. Coordinar y controlar la gestión de reposición o reparación por siniestros de los activos a cargo de la Dirección Electromecánica.
8. Gestionar ante el MINTIC el pago del uso del espectro de las redes de telecomunicaciones inalámbricas utilizadas por la Empresa.
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
- Plan general estratégico - Plan de Desarrollo Distrital - Plan de Ordenamiento Territorial Conocimientos indispensables Conocimientos desarrollables - Formulación y evaluación de proyectos - Herramientas ofimáticas - Normas de servicios públicos domiciliarios MPFD0801F10-02 Página 20 de 22 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-118 • 2026 • MARZO • 9 118 05/03/2026 COT 0100 RESOLUCIÓN No DE - Sistema único de gestión o el que haga sus veces - Sistemas de Información Empresarial - Normas de contratación - Normas de supervisión e interventoría - Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG o el que haga sus veces - Normativa relacionada con la contratación en las Empresas de servicios públicos - Seguridad y salud en el trabajo - Reglamento interno de trabajo - Convenciones colectivas de trabajo
VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA
Treinta y seis (36) meses de experiencia profesional.
ESTUDIO EXPERIENCIA Título profesional en cualquier disciplina académica del núcleo básico del conocimiento en Ingeniería Electrónica, Telecomunicaciones y afines, Ingeniería Mecánica y afines o Ingeniería Eléctrica y afines.
Y título de posgrado en cualquier modalidad relacionada con las funciones del cargo o el área de desempeño.
Matrícula o Tarjeta Profesional en los casos reglamentados por la Ley.
MPFD0801F10-02 Página 21 de 22 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-119 • 2026 • MARZO • 9 119 05/03/2026 COT 0100 RESOLUCIÓN No DE ARTICULO SÉXTO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y corrige en lo aquí dispuesto, la Resolución 0537 de 08 de septiembre de 2025.
05/03/2026 COT Firmado por NATASHA AVENDAÑO GARCIA el 05/03/2026 a las 13:50:34 COT PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D. C., a los NATASHA AVENDAÑO GARCÍA Leido por GERARDO ALBERTO RODRIGUEZ MORENO el 05/03/2026 a las 13:42:54 COT Gerente General Iniciales de LUZ DEICE LAGOS SANTAMARIA el 03/03/2026 COT a las 10:04:29 COT Proyectó Luz Deice Lagos Santamaria – Profesional Esp. DDO Iniciales de LILIA VIVIANA FORERO ALVAREZ el 03/03/2026 COT a las 12:53:50 COT Lilia Viviana Forero Alvarez - Contratista DDO Leido por ANGELA VIANNEY ORTIZ ROLDAN el 03/03/2026 a las 12:55:53 COT Revisó Ángela Vianney Ortiz Roldán – Directora Desarrollo Organizacional Leido por LADY KATHERINE GUAYACUNDO DUARTE el 03/03/2026 a las 16:52:19 COT Lady K. Guayacundo Duarte. – Profesional Esp. Nivel 20 DMCV Leido por MARINA TERESA MONTES Marina Montes Álvarez – Gerente Corporativa Gestión Humana y Administrativa ALVAREZ el 04/03/2026 a las 18:27:11 COT Leido por LORENA STEFHANIA Lorena Rodríguez Salazar – Asesora Gerencia Jurídica RODRIGUEZ SALAZAR el 05/03/2026 a las 10:50:38 COT Leido por JULIANA SANTOS RAMIREZ Juliana Santos Ramírez - Jefe Oficina Asesoría Legal el 05/03/2026 a las 10:56:47 COT Aprobado por JUAN RAMON JIMENEZ Aprobó: Juan Ramón Jiménez Osorio– Gerente Jurídico OSORIO el 05/03/2026 a las 11:12:49 COT Iniciales de DIANA MARCELA HERRERA AFRICANO el 05/03/2026 COT a las 16:06:55 COT MPFD0801F10-02 Página 22 de 22 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-120 • 2026 • MARZO • 9 120 *20261000055503* Radicado: 20261000055503 Fecha: 06-02-2026 Pág. 1 de 4 RESOLUCIÓN N° 113 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”.
LA DIRECTORA GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL En ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 11 del artículo 2 del Acuerdo 02 de 2023 y el numeral 11 del artículo 19 del Acuerdo No. 05 de 2023 expedidos por el Consejo Directivo de la UAERMV, en concordancia con lo señalado en la Ley 909 de 2004, el Decreto 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017 y demás disposiciones concordantes y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 125 de la Constitución Política establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso y ascenso en dichos cargos se realizará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que determine la ley para evaluar los méritos y calidades de los aspirantes.
Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 648 de 2017 establecen que los empleos de carrera en vacancia definitiva se proveerán en periodo de prueba con los candidatos seleccionados mediante el sistema de mérito.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, en cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales, mediante el proceso de selección No. 2549 de 2023 de la Convocatoria Distrito Capital 6, dio apertura a concurso de méritos abierto y de ascenso para la provisión de los empleos en vacancia definitiva de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial-UMV.
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 13023 del 16 de diciembre de 2025, por la cual conformó las listas de elegibles para proveer el empleo de carrera denominado PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 219, Grado 01, ubicado en la OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, identificado con Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 1 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-121 • 2026 • MARZO • 9 121 *20261000055503* Radicado: 20261000055503 Fecha: 06-02-2026 Pág. 2 de 4 RESOLUCIÓN N° 113 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”. número de OPEC 206096, en el marco del proceso de selección No. 2549 de 2023 -Distrito Capital 6.
Que la citada lista de elegibles quedó en firme el 26 de enero de 2026 y la Comisión Nacional del Servicio Civil envió copia de tal lista al nominador de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial mediante oficio 2026RS006637 del 26 de enero de 2026 para efectuar el nombramiento en periodo de prueba en los empleos convocados en el concurso, en estricto orden de mérito y de conformidad con el puntaje obtenido por las personas que ocupan un lugar de elegibilidad.
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto No. 1083 de 2015, es deber del jefe de la entidad proferir en estricto orden de mérito, los actos administrativos de nombramiento en período de prueba de los empleos objeto de concurso, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles en firme por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil.
Que el (la) señor (a) JAIRO ADRIANO ARTEAGA VELÁSQUEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía número 79.422.544, ocupó el puesto número uno (1) en la lista de elegibles en firme de la Convocatoria No. 2549 de 2023 – Distrito Capital 6, para proveer el empleo identificado con el número de OPEC 206096, denominado PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 219, Grado 01, ubicado en la OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
En virtud de lo previsto en el artículo 2.2.5.1.5 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, desde el proceso de Talento Humano se verificó y certificó que el (la) señor (a) JAIRO ADRIANO ARTEAGA VELÁSQUEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79.422.544, cumple con los requisitos mínimos de formación académica y experiencia, establecidos en el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales de la Unidad, así como con los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, para ser nombrado(a) en período de prueba en la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
En mérito de lo expuesto, Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 2 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-122 • 2026 • MARZO • 9 122 *20261000055503* Radicado: 20261000055503 Fecha: 06-02-2026 Pág. 3 de 4 RESOLUCIÓN N° 113 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”.
R E S U E L V E:
Artículo 1.
Nombramiento en periodo de prueba. Nombrar en periodo de prueba al (la) señor (a) JAIRO ADRIANO ARTEAGA VELÁSQUEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía número 79.422.544, para desempeñar el cargo de carrera denominado PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 219, Grado 01, ubicado en la OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
Artículo 2.
Evaluación del periodo de prueba. El período de prueba a que se refiere el artículo anterior tendrá una duración de seis (6) meses contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato; de ser satisfactoria la calificación, será inscrito en el Registro Público de Carrera Administrativa, de lo contrario su nombramiento será declarado insubsistente mediante Resolución motivada.
Artículo 3.
Términos de aceptación y posesión. De conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, el(la) señor(a) JAIRO ADRIANO ARTEAGA VELÁSQUEZ tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente Resolución para manifestar si acepta o rechaza el nombramiento y diez (10) días para tomar posesión del empleo, los cuales se contarán a partir del día siguiente de la aceptación.
Artículo 4.
Comunicación. Comunicar el contenido de la presente Resolución al(la) señor(a) JAIRO ADRIANO ARTEAGA VELÁSQUEZ, a través del Proceso de Gestión del Talento Humano.
Artículo 5.
Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMÚNIQUESE Y CÚMPLASE Documento 20261000055503 firmado electrónicamente por:
Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 3 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-123 • 2026 • MARZO • 9 123 *20261000055503* Radicado: 20261000055503 Fecha: 06-02-2026 Pág. 4 de 4 RESOLUCIÓN N° 113 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”.
MONICA ELOISA RUEDA PEÑA Directora General DIRECCIÓN GENERAL monica.rueda@umv.gov.co Fecha firma: 06-02-2026 14:32:09 Aprobó: ANGÉLICA MARÍA ACUÑA PORRAS - secretaria general - SECRETARÍA GENERAL - maria.acuna@umv.gov.co Revisó: CARLOS ENRIQUE CAMELO CASTILLO - Jefe de Oficina - PROCESO TALENTO HUMANO - carlos.camelo@umv.gov.co LIZEHIDY ARANGUREN URREGO - - PROCESO TALENTO HUMANO lizehidy.aranguren@umv.gov.co ANDRI MARCELI OSORIO BETANCOURT - - SECRETARÍA GENERAL andri.osorio@umv.gov.co CLAUDIA JINETH ALVAREZ BENITEZ - Gerente Administrativo y Financiero - GERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA - jineth.alvarez@umv.gov.co Proyectó: NATALI PAEZ CASTELLANOS - Contratista - PROCESO TALENTO HUMANO
- natali.paez@umv.gov.co ffe4f30a5d03483b48ad9612b41e1f7739129b2b469c703f78c16637f41f63a1 Codigo de Verificación CV: da36c Comprobar desde: https://www.umv.gov.co/portal/verificar/ Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 4 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-124 • 2026 • MARZO • 9 124 *20261000055553* Radicado: 20261000055553 Fecha: 06-02-2026 Pág. 1 de 4 RESOLUCIÓN N° 114 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”.
LA DIRECTORA GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL En ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 11 del artículo 2 del Acuerdo 02 de 2023 y el numeral 11 del artículo 19 del Acuerdo No. 05 de 2023 expedidos por el Consejo Directivo de la UAERMV, en concordancia con lo señalado en la Ley 909 de 2004, el Decreto 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017 y demás disposiciones concordantes y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 125 de la Constitución Política establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso y ascenso en dichos cargos se realizará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que determine la ley para evaluar los méritos y calidades de los aspirantes.
Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 648 de 2017 establecen que los empleos de carrera en vacancia definitiva se proveerán en periodo de prueba con los candidatos seleccionados mediante el sistema de mérito.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, en cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales, mediante el proceso de selección No. 2549 de 2023 de la Convocatoria Distrito Capital 6, dio apertura a concurso de méritos abierto y de ascenso para la provisión de los empleos en vacancia definitiva de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial-UMV.
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 14302 del 29 de diciembre de 2025, por la cual conformó las listas de elegibles para proveer el empleo de carrera denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 05, ubicado en la SUBDIRECCIÓN DE INTERVENCIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 1 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-125 • 2026 • MARZO • 9 125 *20261000055553* Radicado: 20261000055553 Fecha: 06-02-2026 Pág. 2 de 4 RESOLUCIÓN N° 114 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”.
Vial, identificado con número de OPEC 206119, en el marco del proceso de selección No. 2549 de 2023 -Distrito Capital 6.
Que la citada lista de elegibles quedó en firme el 26 de enero de 2026 y la Comisión Nacional del Servicio Civil envió copia de tal lista al nominador de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial mediante oficio 2026RS006637 del 26 de enero de 2026 para efectuar el nombramiento en periodo de prueba en los empleos convocados en el concurso, en estricto orden de mérito y de conformidad con el puntaje obtenido por las personas que ocupan un lugar de elegibilidad.
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto No. 1083 de 2015, es deber del jefe de la entidad proferir en estricto orden de mérito, los actos administrativos de nombramiento en período de prueba de los empleos objeto de concurso, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles en firme por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil.
Que el (la) señor (a) IVÁN FELIPE VALENCIA GIRALDO, identificado (a) con cédula de ciudadanía número 1.057.784.301, ocupó el puesto número uno (1) en la lista de elegibles en firme de la Convocatoria No. 2549 de 2023 – Distrito Capital 6, para proveer el empleo identificado con el número de OPEC 206119, denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 05, ubicado en la SUBDIRECCIÓN DE INTERVENCIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
En virtud de lo previsto en el artículo 2.2.5.1.5 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, desde el proceso de Talento Humano se verificó y certificó que el (la) señor (a) IVÁN FELIPE VALENCIA GIRALDO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1.057.784.301, cumple con los requisitos mínimos de formación académica y experiencia, establecidos en el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales de la Unidad, así como con los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, para ser nombrado(a) en período de prueba en la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 2 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-126 • 2026 • MARZO • 9 126 *20261000055553* Radicado: 20261000055553 Fecha: 06-02-2026 Pág. 3 de 4 RESOLUCIÓN N° 114 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”.
En mérito de lo expuesto, R E S U E L V E:
Artículo 1.
Nombramiento en periodo de prueba. Nombrar en periodo de prueba al (la) señor (a) IVÁN FELIPE VALENCIA GIRALDO, identificado (a) con cédula de ciudadanía número 1.057.784.301, para desempeñar el cargo de carrera denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 05, ubicado en la SUBDIRECCIÓN DE INTERVENCIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
Artículo 2.
Evaluación del periodo de prueba. El período de prueba a que se refiere el artículo anterior tendrá una duración de seis (6) meses contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato; de ser satisfactoria la calificación, será inscrito en el Registro Público de Carrera Administrativa, de lo contrario su nombramiento será declarado insubsistente mediante Resolución motivada.
Artículo 3.
Términos de aceptación y posesión. De conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, el(la) señor(a) IVÁN FELIPE VALENCIA GIRALDO tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente Resolución para manifestar si acepta o rechaza el nombramiento y diez (10) días para tomar posesión del empleo, los cuales se contarán a partir del día siguiente de la aceptación.
Artículo 4.
Comunicación. Comunicar el contenido de la presente Resolución al(la) señor(a) IVÁN FELIPE VALENCIA GIRALDO, a través del Proceso de Gestión del Talento Humano.
Artículo 5.
Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMÚNIQUESE Y CÚMPLASE Documento 20261000055553 firmado electrónicamente por:
MONICA ELOISA RUEDA Directora General Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 3 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-127 • 2026 • MARZO • 9 127 *20261000055553* Radicado: 20261000055553 Fecha: 06-02-2026 Pág. 4 de 4 RESOLUCIÓN N° 114 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”.
PEÑA DIRECCIÓN GENERAL monica.rueda@umv.gov.co Fecha firma: 06-02-2026 14:32:01 Aprobó: ANGÉLICA MARÍA ACUÑA PORRAS - secretaria general - SECRETARÍA GENERAL - maria.acuna@umv.gov.co Revisó: CLAUDIA JINETH ALVAREZ BENITEZ - Gerente Administrativo y Financiero - GERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA - jineth.alvarez@umv.gov.co ANDRI MARCELI OSORIO BETANCOURT - - SECRETARÍA GENERAL andri.osorio@umv.gov.co LIZEHIDY ARANGUREN URREGO - - PROCESO TALENTO HUMANO lizehidy.aranguren@umv.gov.co CARLOS ENRIQUE CAMELO CASTILLO - Jefe de Oficina - PROCESO TALENTO HUMANO - carlos.camelo@umv.gov.co Proyectó: NATALI PAEZ CASTELLANOS - Contratista - PROCESO TALENTO HUMANO
- natali.paez@umv.gov.co 40d510abe2d9b80f0177a323682f7f931634a5d996bd7feb110c0c1ce59a977d Codigo de Verificación CV: f31a7 Comprobar desde: https://www.umv.gov.co/portal/verificar/ Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 4 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-128 • 2026 • MARZO • 9 128 *20261000055703* Radicado: 20261000055703 Fecha: 06-02-2026 Pág. 1 de 4 RESOLUCIÓN N° 116 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”.
LA DIRECTORA GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL En ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 11 del artículo 2 del Acuerdo 02 de 2023 y el numeral 11 del artículo 19 del Acuerdo No. 05 de 2023 expedidos por el Consejo Directivo de la UAERMV, en concordancia con lo señalado en la Ley 909 de 2004, el Decreto 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017 y demás disposiciones concordantes y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 125 de la Constitución Política establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso y ascenso en dichos cargos se realizará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que determine la ley para evaluar los méritos y calidades de los aspirantes.
Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 648 de 2017 establecen que los empleos de carrera en vacancia definitiva se proveerán en periodo de prueba con los candidatos seleccionados mediante el sistema de mérito.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, en cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales, mediante el proceso de selección No. 2549 de 2023 de la Convocatoria Distrito Capital 6, dio apertura a concurso de méritos abierto y de ascenso para la provisión de los empleos en vacancia definitiva de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial-UMV.
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 13027 del 16 de diciembre de 2025, por la cual conformó las listas de elegibles para proveer el empleo de carrera denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 04, ubicado en la SUBDIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN Y DE CONSERVACIÓN de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 1 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-129 • 2026 • MARZO • 9 129 *20261000055703* Radicado: 20261000055703 Fecha: 06-02-2026 Pág. 2 de 4 RESOLUCIÓN N° 116 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”.
Vial, identificado con número de OPEC 206101, en el marco del proceso de selección No. 2549 de 2023 -Distrito Capital 6.
Que la citada lista de elegibles quedó en firme el 26 de enero de 2026 y la Comisión Nacional del Servicio Civil envió copia de tal lista al nominador de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial mediante oficio 2026RS006637 del 26 de enero de 2026 para efectuar el nombramiento en periodo de prueba en los empleos convocados en el concurso, en estricto orden de mérito y de conformidad con el puntaje obtenido por las personas que ocupan un lugar de elegibilidad.
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto No. 1083 de 2015, es deber del jefe de la entidad proferir en estricto orden de mérito, los actos administrativos de nombramiento en período de prueba de los empleos objeto de concurso, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles en firme por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil.
Que el (la) señor (a) IVÁN DARÍO HERRÁN ESCOBAR, identificado (a) con cédula de ciudadanía número 80.895.166, ocupó el puesto número uno (1) en la lista de elegibles en firme de la Convocatoria No. 2549 de 2023 – Distrito Capital 6, para proveer el empleo identificado con el número de OPEC 206101, denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 04, ubicado en la SUBDIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN Y DE CONSERVACIÓN de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
En virtud de lo previsto en el artículo 2.2.5.1.5 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, desde el proceso de Talento Humano se verificó y certificó que el (la) señor (a) IVÁN DARÍO HERRÁN ESCOBAR, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 80.895.166, cumple con los requisitos mínimos de formación académica y experiencia, establecidos en el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales de la Unidad, así como con los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, para ser nombrado(a) en período de prueba en la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 2 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-130 • 2026 • MARZO • 9 130 *20261000055703* Radicado: 20261000055703 Fecha: 06-02-2026 Pág. 3 de 4 RESOLUCIÓN N° 116 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”.
En mérito de lo expuesto, R E S U E L V E:
Artículo 1.
Nombramiento en periodo de prueba. Nombrar en periodo de prueba al (la) señor (a) IVÁN DARÍO HERRÁN ESCOBAR, identificado (a) con cédula de ciudadanía número 80.895.166, para desempeñar el cargo de carrera denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 04, ubicado en la SUBDIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN Y DE CONSERVACIÓN de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
Artículo 2.
Evaluación del periodo de prueba. El período de prueba a que se refiere el artículo anterior tendrá una duración de seis (6) meses contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato; de ser satisfactoria la calificación, será inscrito en el Registro Público de Carrera Administrativa, de lo contrario su nombramiento será declarado insubsistente mediante Resolución motivada.
Artículo 3.
Términos de aceptación y posesión. De conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, el(la) señor(a) IVÁN DARÍO HERRÁN ESCOBAR tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente Resolución para manifestar si acepta o rechaza el nombramiento y diez (10) días para tomar posesión del empleo, los cuales se contarán a partir del día siguiente de la aceptación.
Artículo 4.
Comunicación. Comunicar el contenido de la presente Resolución al(la) señor(a) IVÁN DARÍO HERRÁN ESCOBAR, a través del Proceso de Gestión del Talento Humano.
Artículo 5.
Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMÚNIQUESE Y CÚMPLASE Documento 20261000055703 firmado electrónicamente por:
MONICA ELOISA RUEDA Directora General Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 3 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-131 • 2026 • MARZO • 9 131 *20261000055703* Radicado: 20261000055703 Fecha: 06-02-2026 Pág. 4 de 4 RESOLUCIÓN N° 116 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”.
PEÑA DIRECCIÓN GENERAL monica.rueda@umv.gov.co Fecha firma: 06-02-2026 14:31:46 Aprobó: ANGÉLICA MARÍA ACUÑA PORRAS - secretaria general - SECRETARÍA GENERAL - maria.acuna@umv.gov.co Revisó: ANDRI MARCELI OSORIO BETANCOURT - - SECRETARÍA GENERAL andri.osorio@umv.gov.co CLAUDIA JINETH ALVAREZ BENITEZ - Gerente Administrativo y Financiero - GERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA - jineth.alvarez@umv.gov.co LIZEHIDY ARANGUREN URREGO - - PROCESO TALENTO HUMANO lizehidy.aranguren@umv.gov.co CARLOS ENRIQUE CAMELO CASTILLO - Jefe de Oficina - PROCESO TALENTO HUMANO - carlos.camelo@umv.gov.co Proyectó: NATALI PAEZ CASTELLANOS - Contratista - PROCESO TALENTO HUMANO
- natali.paez@umv.gov.co 6219d8aadc1f237dafd451c7a0890c4250a55c90b2ad4f10a5ebcdcf39aa4eb1 Codigo de Verificación CV: 69825 Comprobar desde: https://www.umv.gov.co/portal/verificar/ Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 4 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-132 • 2026 • MARZO • 9 132 *20261000055743* Radicado: 20261000055743 Fecha: 06-02-2026 Pág. 1 de 4 RESOLUCIÓN N° 117 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”.
LA DIRECTORA GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL En ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 11 del artículo 2 del Acuerdo 02 de 2023 y el numeral 11 del artículo 19 del Acuerdo No. 05 de 2023 expedidos por el Consejo Directivo de la UAERMV, en concordancia con lo señalado en la Ley 909 de 2004, el Decreto 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017 y demás disposiciones concordantes y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 125 de la Constitución Política establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso y ascenso en dichos cargos se realizará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que determine la ley para evaluar los méritos y calidades de los aspirantes.
Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 648 de 2017 establecen que los empleos de carrera en vacancia definitiva se proveerán en periodo de prueba con los candidatos seleccionados mediante el sistema de mérito.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, en cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales, mediante el proceso de selección No. 2549 de 2023 de la Convocatoria Distrito Capital 6, dio apertura a concurso de méritos abierto y de ascenso para la provisión de los empleos en vacancia definitiva de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial-UMV.
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 13042 del 16 de diciembre de 2025, por la cual conformó las listas de elegibles para proveer el empleo de carrera denominado PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 219, Grado 01, ubicado en la GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA URBANA de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, identificado Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 1 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-133 • 2026 • MARZO • 9 133 *20261000055743* Radicado: 20261000055743 Fecha: 06-02-2026 Pág. 2 de 4 RESOLUCIÓN N° 117 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”. con número de OPEC 213374, en el marco del proceso de selección No. 2549 de 2023 -Distrito Capital 6.
Que la citada lista de elegibles quedó en firme el 26 de enero de 2026 y la Comisión Nacional del Servicio Civil envió copia de tal lista al nominador de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial mediante oficio 2026RS006637 del 26 de enero de 2026 para efectuar el nombramiento en periodo de prueba en los empleos convocados en el concurso, en estricto orden de mérito y de conformidad con el puntaje obtenido por las personas que ocupan un lugar de elegibilidad.
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto No. 1083 de 2015, es deber del jefe de la entidad proferir en estricto orden de mérito, los actos administrativos de nombramiento en período de prueba de los empleos objeto de concurso, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles en firme por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil.
Que el (la) señor (a) HARTMANN SNETDER BORDA PÉREZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía número 1.014.255.980, ocupó el puesto número uno (1) en la lista de elegibles en firme de la Convocatoria No. 2549 de 2023 – Distrito Capital 6, para proveer el empleo identificado con el número de OPEC 213374, denominado PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 219, Grado 01, ubicado en la GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA URBANA de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
En virtud de lo previsto en el artículo 2.2.5.1.5 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, desde el proceso de Talento Humano se verificó y certificó que el (la) señor (a) HARTMANN SNETDER BORDA PÉREZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1.014.255.980, cumple con los requisitos mínimos de formación académica y experiencia, establecidos en el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales de la Unidad, así como con los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, para ser nombrado(a) en período de prueba en la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 2 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-134 • 2026 • MARZO • 9 134 *20261000055743* Radicado: 20261000055743 Fecha: 06-02-2026 Pág. 3 de 4 RESOLUCIÓN N° 117 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”.
En mérito de lo expuesto, R E S U E L V E:
Artículo 1.
Nombramiento en periodo de prueba. Nombrar en periodo de prueba al (la) señor (a) HARTMANN SNETDER BORDA PÉREZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía número 1.014.255.980, para desempeñar el cargo de carrera denominado PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 219, Grado 01, ubicado en la GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA URBANA de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
Artículo 2.
Evaluación del periodo de prueba. El período de prueba a que se refiere el artículo anterior tendrá una duración de seis (6) meses contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato; de ser satisfactoria la calificación, será inscrito en el Registro Público de Carrera Administrativa, de lo contrario su nombramiento será declarado insubsistente mediante Resolución motivada.
Artículo 3.
Términos de aceptación y posesión. De conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, el(la) señor(a) HARTMANN SNETDER BORDA PÉREZ tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente Resolución para manifestar si acepta o rechaza el nombramiento y diez (10) días para tomar posesión del empleo, los cuales se contarán a partir del día siguiente de la aceptación.
Artículo 4.
Comunicación. Comunicar el contenido de la presente Resolución al(la) señor(a) HARTMANN SNETDER BORDA PÉREZ, a través del Proceso de Gestión del Talento Humano.
Artículo 5.
Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMÚNIQUESE Y CÚMPLASE Documento 20261000055743 firmado electrónicamente por:
Directora General DIRECCIÓN GENERAL MONICA ELOISA RUEDA PEÑA Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 3 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-135 • 2026 • MARZO • 9 135 *20261000055743* Radicado: 20261000055743 Fecha: 06-02-2026 Pág. 4 de 4 RESOLUCIÓN N° 117 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”. monica.rueda@umv.gov.co Fecha firma: 06-02-2026 14:36:22 Aprobó: ANGÉLICA MARÍA ACUÑA PORRAS - secretaria general - SECRETARÍA GENERAL - maria.acuna@umv.gov.co Revisó: ANDRI MARCELI OSORIO BETANCOURT - - SECRETARÍA GENERAL andri.osorio@umv.gov.co CLAUDIA JINETH ALVAREZ BENITEZ - Gerente Administrativo y Financiero - GERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA - jineth.alvarez@umv.gov.co CARLOS ENRIQUE CAMELO CASTILLO - Jefe de Oficina - PROCESO TALENTO HUMANO - carlos.camelo@umv.gov.co LIZEHIDY ARANGUREN URREGO - - PROCESO TALENTO HUMANO lizehidy.aranguren@umv.gov.co Proyectó: NATALI PAEZ CASTELLANOS - Contratista - PROCESO TALENTO HUMANO
- natali.paez@umv.gov.co 49a8d743df7bf0b321c62585578f551808fcd266fc4596cd1449516b591619bf Codigo de Verificación CV: 7aaf9 Comprobar desde: https://www.umv.gov.co/portal/verificar/ Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 4 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-136 • 2026 • MARZO • 9 136 *20261000055753* Radicado: 20261000055753 Fecha: 06-02-2026 Pág. 1 de 4 RESOLUCIÓN N° 118 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”.
LA DIRECTORA GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL En ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 11 del artículo 2 del Acuerdo 02 de 2023 y el numeral 11 del artículo 19 del Acuerdo No. 05 de 2023 expedidos por el Consejo Directivo de la UAERMV, en concordancia con lo señalado en la Ley 909 de 2004, el Decreto 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017 y demás disposiciones concordantes y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 125 de la Constitución Política establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso y ascenso en dichos cargos se realizará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que determine la ley para evaluar los méritos y calidades de los aspirantes.
Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 648 de 2017 establecen que los empleos de carrera en vacancia definitiva se proveerán en periodo de prueba con los candidatos seleccionados mediante el sistema de mérito.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, en cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales, mediante el proceso de selección No. 2549 de 2023 de la Convocatoria Distrito Capital 6, dio apertura a concurso de méritos abierto y de ascenso para la provisión de los empleos en vacancia definitiva de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial-UMV.
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 13034 del 16 de diciembre de 2025, por la cual conformó las listas de elegibles para proveer el empleo de carrera denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 05, ubicado en la OFICINA DE SERVICIO A LA CIUDADANÍA Y SOSTENIBILIDAD de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 1 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-137 • 2026 • MARZO • 9 137 *20261000055753* Radicado: 20261000055753 Fecha: 06-02-2026 Pág. 2 de 4 RESOLUCIÓN N° 118 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”.
Vial, identificado con número de OPEC 206114, en el marco del proceso de selección No. 2549 de 2023 -Distrito Capital 6.
Que la citada lista de elegibles quedó en firme el 26 de enero de 2026 y la Comisión Nacional del Servicio Civil envió copia de tal lista al nominador de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial mediante oficio 2026RS006637 del 26 de enero de 2026 para efectuar el nombramiento en periodo de prueba en los empleos convocados en el concurso, en estricto orden de mérito y de conformidad con el puntaje obtenido por las personas que ocupan un lugar de elegibilidad.
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto No. 1083 de 2015, es deber del jefe de la entidad proferir en estricto orden de mérito, los actos administrativos de nombramiento en período de prueba de los empleos objeto de concurso, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles en firme por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil.
Que el (la) señor (a) ELSA YURANY PARRADO MONTAÑA, identificado (a) con cédula de ciudadanía número 53.071.525, ocupó el puesto número uno (1) en la lista de elegibles en firme de la Convocatoria No. 2549 de 2023 – Distrito Capital 6, para proveer el empleo identificado con el número de OPEC 206114, denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 05, ubicado en la OFICINA DE SERVICIO A LA CIUDADANÍA Y SOSTENIBILIDAD de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
En virtud de lo previsto en el artículo 2.2.5.1.5 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, desde el proceso de Talento Humano se verificó y certificó que el (la) señor (a) ELSA YURANY PARRADO MONTAÑA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 53.071.525, cumple con los requisitos mínimos de formación académica y experiencia, establecidos en el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales de la Unidad, así como con los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, para ser nombrado(a) en período de prueba en la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
En mérito de lo expuesto, Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 2 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-138 • 2026 • MARZO • 9 138 *20261000055753* Radicado: 20261000055753 Fecha: 06-02-2026 Pág. 3 de 4 RESOLUCIÓN N° 118 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”.
R E S U E L V E:
Artículo 1.
Nombramiento en periodo de prueba. Nombrar en periodo de prueba al (la) señor (a) ELSA YURANY PARRADO MONTAÑA, identificado (a) con cédula de ciudadanía número 53.071.525, para desempeñar el cargo de carrera denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 05, ubicado en la OFICINA DE SERVICIO A LA CIUDADANÍA Y SOSTENIBILIDAD de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
Artículo 2.
Evaluación del periodo de prueba. El período de prueba a que se refiere el artículo anterior tendrá una duración de seis (6) meses contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato; de ser satisfactoria la calificación, será inscrito en el Registro Público de Carrera Administrativa, de lo contrario su nombramiento será declarado insubsistente mediante Resolución motivada.
Artículo 3.
Términos de aceptación y posesión. De conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, el(la) señor(a) ELSA YURANY PARRADO MONTAÑA tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente Resolución para manifestar si acepta o rechaza el nombramiento y diez (10) días para tomar posesión del empleo, los cuales se contarán a partir del día siguiente de la aceptación.
Artículo 4.
Comunicación. Comunicar el contenido de la presente Resolución al(la) señor(a) ELSA YURANY PARRADO MONTAÑA, a través del Proceso de Gestión del Talento Humano.
Artículo 5.
Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMÚNIQUESE Y CÚMPLASE Documento 20261000055753 firmado electrónicamente por:
Directora General DIRECCIÓN GENERAL MONICA ELOISA RUEDA PEÑA Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 3 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-139 • 2026 • MARZO • 9 139 *20261000055753* Radicado: 20261000055753 Fecha: 06-02-2026 Pág. 4 de 4 RESOLUCIÓN N° 118 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”. monica.rueda@umv.gov.co Fecha firma: 06-02-2026 14:36:31 Aprobó: ANGÉLICA MARÍA ACUÑA PORRAS - secretaria general - SECRETARÍA GENERAL - maria.acuna@umv.gov.co Revisó: LIZEHIDY ARANGUREN URREGO - - PROCESO TALENTO HUMANO lizehidy.aranguren@umv.gov.co ANDRI MARCELI OSORIO BETANCOURT - - SECRETARÍA GENERAL andri.osorio@umv.gov.co CLAUDIA JINETH ALVAREZ BENITEZ - Gerente Administrativo y Financiero - GERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA - jineth.alvarez@umv.gov.co CARLOS ENRIQUE CAMELO CASTILLO - Jefe de Oficina - PROCESO TALENTO HUMANO - carlos.camelo@umv.gov.co Proyectó: NATALI PAEZ CASTELLANOS - Contratista - PROCESO TALENTO HUMANO
- natali.paez@umv.gov.co 0542099000a8e80e20c1c83738d850f68ca7bed5af682d1fdc1bb7f442c5b0a0 Codigo de Verificación CV: b8a1f Comprobar desde: https://www.umv.gov.co/portal/verificar/ Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 4 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-140 • 2026 • MARZO • 9 140 *20261000055783* Radicado: 20261000055783 Fecha: 06-02-2026 Pág. 1 de 4 RESOLUCIÓN N° 119 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”.
LA DIRECTORA GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL En ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 11 del artículo 2 del Acuerdo 02 de 2023 y el numeral 11 del artículo 19 del Acuerdo No. 05 de 2023 expedidos por el Consejo Directivo de la UAERMV, en concordancia con lo señalado en la Ley 909 de 2004, el Decreto 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017 y demás disposiciones concordantes y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 125 de la Constitución Política establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso y ascenso en dichos cargos se realizará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que determine la ley para evaluar los méritos y calidades de los aspirantes.
Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 648 de 2017 establecen que los empleos de carrera en vacancia definitiva se proveerán en periodo de prueba con los candidatos seleccionados mediante el sistema de mérito.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, en cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales, mediante el proceso de selección No. 2549 de 2023 de la Convocatoria Distrito Capital 6, dio apertura a concurso de méritos abierto y de ascenso para la provisión de los empleos en vacancia definitiva de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial-UMV.
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 13039 del 16 de diciembre de 2025, por la cual conformó las lista de elegibles para proveer el empleo de carrera denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 04, ubicado en la GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA URBANA de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, identificado Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 1 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-141 • 2026 • MARZO • 9 141 *20261000055783* Radicado: 20261000055783 Fecha: 06-02-2026 Pág. 2 de 4 RESOLUCIÓN N° 119 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”. con número de OPEC 206124, en el marco del proceso de selección No. 2549 de 2023 -Distrito Capital 6.
Que la citada lista de elegibles quedó en firme el 26 de enero de 2026 y la Comisión Nacional del Servicio Civil envió copia de tal lista al nominador de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial mediante oficio 2026RS006637 del 26 de enero de 2026 para efectuar el nombramiento en periodo de prueba en los empleos convocados en el concurso, en estricto orden de mérito y de conformidad con el puntaje obtenido por las personas que ocupan un lugar de elegibilidad.
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto No. 1083 de 2015, es deber del jefe de la entidad proferir en estricto orden de mérito, los actos administrativos de nombramiento en período de prueba de los empleos objeto de concurso, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles en firme por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil.
Que el (la) señor (a) ELKIN EMILIO CALLE CASTRO, identificado (a) con cédula de ciudadanía número 79.359.818, ocupó el puesto número tres (3) en la lista de elegibles en firme de la Convocatoria No. 2549 de 2023 – Distrito Capital 6, para proveer el empleo identificado con el número de OPEC 206124, denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 04, ubicado en la GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA URBANA de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
En virtud de lo previsto en el artículo 2.2.5.1.5 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, desde el proceso de Talento Humano se verificó y certificó que el (la) señor (a) ELKIN EMILIO CALLE CASTRO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79.359.818, cumple con los requisitos mínimos de formación académica y experiencia, establecidos en el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales de la Unidad, así como con los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, para ser nombrado(a) en período de prueba en la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 2 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-142 • 2026 • MARZO • 9 142 *20261000055783* Radicado: 20261000055783 Fecha: 06-02-2026 Pág. 3 de 4 RESOLUCIÓN N° 119 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”.
En mérito de lo expuesto, R E S U E L V E:
Artículo 1.
Nombramiento en periodo de prueba. Nombrar en periodo de prueba al (la) señor (a) ELKIN EMILIO CALLE CASTRO, identificado (a) con cédula de ciudadanía número 79.359.818, para desempeñar el cargo de carrera denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 04, ubicado en la GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA URBANA de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
Artículo 2.
Evaluación del periodo de prueba. El período de prueba a que se refiere el artículo anterior tendrá una duración de seis (6) meses contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato; de ser satisfactoria la calificación, será inscrito en el Registro Público de Carrera Administrativa, de lo contrario su nombramiento será declarado insubsistente mediante Resolución motivada.
Artículo 3.
Términos de aceptación y posesión. De conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, el(la) señor(a) ELKIN EMILIO CALLE CASTRO tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente Resolución para manifestar si acepta o rechaza el nombramiento y diez (10) días para tomar posesión del empleo, los cuales se contarán a partir del día siguiente de la aceptación.
Artículo 4.
Comunicación. Comunicar el contenido de la presente Resolución al(la) señor(a) ELKIN EMILIO CALLE CASTRO, a través del Proceso de Gestión del Talento Humano.
Artículo 5.
Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMÚNIQUESE Y CÚMPLASE Documento 20261000055783 firmado electrónicamente por:
Directora General DIRECCIÓN GENERAL MONICA ELOISA RUEDA PEÑA Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 3 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-143 • 2026 • MARZO • 9 143 *20261000055783* Radicado: 20261000055783 Fecha: 06-02-2026 Pág. 4 de 4 RESOLUCIÓN N° 119 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”. monica.rueda@umv.gov.co Fecha firma: 06-02-2026 14:36:38 Aprobó: ANGÉLICA MARÍA ACUÑA PORRAS - secretaria general - SECRETARÍA GENERAL - maria.acuna@umv.gov.co Revisó: ANDRI MARCELI OSORIO BETANCOURT - - SECRETARÍA GENERAL andri.osorio@umv.gov.co CLAUDIA JINETH ALVAREZ BENITEZ - Gerente Administrativo y Financiero - GERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA - jineth.alvarez@umv.gov.co LIZEHIDY ARANGUREN URREGO - - PROCESO TALENTO HUMANO lizehidy.aranguren@umv.gov.co CARLOS ENRIQUE CAMELO CASTILLO - Jefe de Oficina - PROCESO TALENTO HUMANO - carlos.camelo@umv.gov.co Proyectó: NATALI PAEZ CASTELLANOS - Contratista - PROCESO TALENTO HUMANO
- natali.paez@umv.gov.co ca13f5f393f3b69a508cad476c620d18bd36ab56a31502cb2129e99dd8e1f9a1 Codigo de Verificación CV: 36afd Comprobar desde: https://www.umv.gov.co/portal/verificar/ Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 4 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-144 • 2026 • MARZO • 9 144 *20261000055793* Radicado: 20261000055793 Fecha: 06-02-2026 Pág. 1 de 4 RESOLUCIÓN N° 120 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”.
LA DIRECTORA GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL En ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 11 del artículo 2 del Acuerdo 02 de 2023 y el numeral 11 del artículo 19 del Acuerdo No. 05 de 2023 expedidos por el Consejo Directivo de la UAERMV, en concordancia con lo señalado en la Ley 909 de 2004, el Decreto 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017 y demás disposiciones concordantes y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 125 de la Constitución Política establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso y ascenso en dichos cargos se realizará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que determine la ley para evaluar los méritos y calidades de los aspirantes.
Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 648 de 2017 establecen que los empleos de carrera en vacancia definitiva se proveerán en periodo de prueba con los candidatos seleccionados mediante el sistema de mérito.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, en cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales, mediante el proceso de selección No. 2549 de 2023 de la Convocatoria Distrito Capital 6, dio apertura a concurso de méritos abierto y de ascenso para la provisión de los empleos en vacancia definitiva de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial-UMV.
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 14159 del 24 de diciembre de 2025, por la cual conformó las lista de elegibles para proveer el empleo de carrera denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 05, ubicado en la SUBDIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN Y DE CONSERVACIÓN, de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 1 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-145 • 2026 • MARZO • 9 145 *20261000055793* Radicado: 20261000055793 Fecha: 06-02-2026 Pág. 2 de 4 RESOLUCIÓN N° 120 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”.
Vial, identificado con número de OPEC 206097, en el marco del proceso de selección No. 2549 de 2023 -Distrito Capital 6.
Que la citada lista de elegibles quedó en firme el 26 de enero de 2026 y la Comisión Nacional del Servicio Civil envió copia de tal lista al nominador de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial mediante oficio 2026RS006637 del 26 de enero de 2026 para efectuar el nombramiento en periodo de prueba en los empleos convocados en el concurso, en estricto orden de mérito y de conformidad con el puntaje obtenido por las personas que ocupan un lugar de elegibilidad.
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto No. 1083 de 2015, es deber del jefe de la entidad proferir en estricto orden de mérito, los actos administrativos de nombramiento en período de prueba de los empleos objeto de concurso, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles en firme por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil.
Que el (la) señor (a) DOUGLAS ELÍAS DE JESÚS ORTEGA MARTÍNEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía número 73.134.124, ocupó el puesto número uno (1) en la lista de elegibles en firme de la Convocatoria No. 2549 de 2023 – Distrito Capital 6, para proveer el empleo identificado con el número de OPEC 206097, denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 05, ubicado en la SUBDIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN Y DE CONSERVACIÓN, de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
En virtud de lo previsto en el artículo 2.2.5.1.5 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, desde el proceso de Talento Humano se verificó y certificó que el (la) señor (a) DOUGLAS ELÍAS DE JESÚS ORTEGA MARTÍNEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 73.134.124, cumple con los requisitos mínimos de formación académica y experiencia, establecidos en el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales de la Unidad, así como con los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, para ser nombrado(a) en período de prueba en la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 2 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-146 • 2026 • MARZO • 9 146 *20261000055793* Radicado: 20261000055793 Fecha: 06-02-2026 Pág. 3 de 4 RESOLUCIÓN N° 120 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”.
En mérito de lo expuesto, R E S U E L V E:
Artículo 1.
Nombramiento en periodo de prueba. Nombrar en periodo de prueba al (la) señor (a) DOUGLAS ELÍAS DE JESÚS ORTEGA MARTÍNEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía número 73.134.124, para desempeñar el cargo de carrera denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 05, ubicado en la SUBDIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN Y DE CONSERVACIÓN, de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
Artículo 2.
Evaluación del periodo de prueba. El período de prueba a que se refiere el artículo anterior tendrá una duración de seis (6) meses contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato; de ser satisfactoria la calificación, será inscrito en el Registro Público de Carrera Administrativa, de lo contrario su nombramiento será declarado insubsistente mediante Resolución motivada.
Artículo 3.
Términos de aceptación y posesión. De conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, el(la) señor(a) DOUGLAS ELÍAS DE JESÚS ORTEGA MARTÍNEZ tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente Resolución para manifestar si acepta o rechaza el nombramiento y diez (10) días para tomar posesión del empleo, los cuales se contarán a partir del día siguiente de la aceptación.
Artículo 4.
Comunicación. Comunicar el contenido de la presente Resolución al(la) señor(a) DOUGLAS ELÍAS DE JESÚS ORTEGA MARTÍNEZ, a través del Proceso de Gestión del Talento Humano.
Artículo 5.
Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMÚNIQUESE Y CÚMPLASE Documento 20261000055793 firmado electrónicamente por:
MONICA ELOISA RUEDA Directora General Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 3 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-147 • 2026 • MARZO • 9 147 *20261000055793* Radicado: 20261000055793 Fecha: 06-02-2026 Pág. 4 de 4 RESOLUCIÓN N° 120 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”.
PEÑA DIRECCIÓN GENERAL monica.rueda@umv.gov.co Fecha firma: 06-02-2026 14:36:46 Aprobó: ANGÉLICA MARÍA ACUÑA PORRAS - secretaria general - SECRETARÍA GENERAL - maria.acuna@umv.gov.co Revisó: CARLOS ENRIQUE CAMELO CASTILLO - Jefe de Oficina - PROCESO TALENTO HUMANO - carlos.camelo@umv.gov.co ANDRI MARCELI OSORIO BETANCOURT - - SECRETARÍA GENERAL andri.osorio@umv.gov.co CLAUDIA JINETH ALVAREZ BENITEZ - Gerente Administrativo y Financiero - GERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA - jineth.alvarez@umv.gov.co LIZEHIDY ARANGUREN URREGO - - PROCESO TALENTO HUMANO lizehidy.aranguren@umv.gov.co Proyectó: NATALI PAEZ CASTELLANOS - Contratista - PROCESO TALENTO HUMANO
- natali.paez@umv.gov.co ce708972e39c6aeb11f294a2b34aeef70d26d0f819bb8d4ba6d9058b3e5e714b Codigo de Verificación CV: 6206f Comprobar desde: https://www.umv.gov.co/portal/verificar/ Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 4 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-148 • 2026 • MARZO • 9 148 *20261000055983* Radicado: 20261000055983 Fecha: 06-02-2026 Pág. 1 de 4 RESOLUCIÓN N° 121 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”.
LA DIRECTORA GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL En ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 11 del artículo 2 del Acuerdo 02 de 2023 y el numeral 11 del artículo 19 del Acuerdo No. 05 de 2023 expedidos por el Consejo Directivo de la UAERMV, en concordancia con lo señalado en la Ley 909 de 2004, el Decreto 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017 y demás disposiciones concordantes y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 125 de la Constitución Política establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso y ascenso en dichos cargos se realizará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que determine la ley para evaluar los méritos y calidades de los aspirantes.
Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 648 de 2017 establecen que los empleos de carrera en vacancia definitiva se proveerán en periodo de prueba con los candidatos seleccionados mediante el sistema de mérito.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, en cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales, mediante el proceso de selección No. 2549 de 2023 de la Convocatoria Distrito Capital 6, dio apertura a concurso de méritos abierto y de ascenso para la provisión de los empleos en vacancia definitiva de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial-UMV.
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 14160 del 24 de diciembre de 2025, por la cual conformó las listas de elegibles para proveer el empleo de carrera denominado TÉCNICO OPERATIVO, Código 314, Grado 01, ubicado en la GERENCIA DE MAQUINARIA Y EQUIPOS, de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, identificado con Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 1 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-149 • 2026 • MARZO • 9 149 *20261000055983* Radicado: 20261000055983 Fecha: 06-02-2026 Pág. 2 de 4 RESOLUCIÓN N° 121 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”. número de OPEC 213375, en el marco del proceso de selección No. 2549 de 2023 -Distrito Capital 6.
Que la citada lista de elegibles quedó en firme el 26 de enero de 2026 y la Comisión Nacional del Servicio Civil envió copia de tal lista al nominador de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial mediante oficio 2026RS006637 del 26 de enero de 2026 para efectuar el nombramiento en periodo de prueba en los empleos convocados en el concurso, en estricto orden de mérito y de conformidad con el puntaje obtenido por las personas que ocupan un lugar de elegibilidad.
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto No. 1083 de 2015, es deber del jefe de la entidad proferir en estricto orden de mérito, los actos administrativos de nombramiento en período de prueba de los empleos objeto de concurso, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles en firme por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil.
Que el (la) señor (a) DIANA PAOLA RAMÍREZ MARTÍNEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía número 1.012.367.480, ocupó el puesto número uno (1) en la lista de elegibles en firme de la Convocatoria No. 2549 de 2023 – Distrito Capital 6, para proveer el empleo identificado con el número de OPEC 213375, denominado TÉCNICO OPERATIVO, Código 314, Grado 01, ubicado en la GERENCIA DE MAQUINARIA Y EQUIPOS, de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
En virtud de lo previsto en el artículo 2.2.5.1.5 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, desde el proceso de Talento Humano se verificó y certificó que el (la) señor (a) DIANA PAOLA RAMÍREZ MARTÍNEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1.012.367.480, cumple con los requisitos mínimos de formación académica y experiencia, establecidos en el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales de la Unidad, así como con los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, para ser nombrado(a) en período de prueba en la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
En mérito de lo expuesto, Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 2 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-150 • 2026 • MARZO • 9 150 *20261000055983* Radicado: 20261000055983 Fecha: 06-02-2026 Pág. 3 de 4 RESOLUCIÓN N° 121 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”.
R E S U E L V E:
Artículo 1.
Nombramiento en periodo de prueba. Nombrar en periodo de prueba al (la) señor (a) DIANA PAOLA RAMÍREZ MARTÍNEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía número 1.012.367.480, para desempeñar el cargo de carrera denominado TÉCNICO OPERATIVO, Código 314, Grado 01, ubicado en la GERENCIA DE MAQUINARIA Y EQUIPOS, de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
Artículo 2.
Evaluación del periodo de prueba. El período de prueba a que se refiere el artículo anterior tendrá una duración de seis (6) meses contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato; de ser satisfactoria la calificación, será inscrito en el Registro Público de Carrera Administrativa, de lo contrario su nombramiento será declarado insubsistente mediante Resolución motivada.
Artículo 3.
Términos de aceptación y posesión. De conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, el(la) señor(a) DIANA PAOLA RAMÍREZ MARTÍNEZ tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente Resolución para manifestar si acepta o rechaza el nombramiento y diez (10) días para tomar posesión del empleo, los cuales se contarán a partir del día siguiente de la aceptación.
Artículo 4.
Comunicación. Comunicar el contenido de la presente Resolución al(la) señor(a) DIANA PAOLA RAMÍREZ MARTÍNEZ, a través del Proceso de Gestión del Talento Humano.
Artículo 5.
Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMÚNIQUESE Y CÚMPLASE Documento 20261000055983 firmado electrónicamente por:
MONICA ELOISA RUEDA Directora General Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 3 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-151 • 2026 • MARZO • 9 151 *20261000055983* Radicado: 20261000055983 Fecha: 06-02-2026 Pág. 4 de 4 RESOLUCIÓN N° 121 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”.
PEÑA DIRECCIÓN GENERAL monica.rueda@umv.gov.co Fecha firma: 06-02-2026 14:36:53 Aprobó: ANGÉLICA MARÍA ACUÑA PORRAS - secretaria general - SECRETARÍA GENERAL - maria.acuna@umv.gov.co Revisó: CLAUDIA JINETH ALVAREZ BENITEZ - Gerente Administrativo y Financiero - GERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA - jineth.alvarez@umv.gov.co ANDRI MARCELI OSORIO BETANCOURT - - SECRETARÍA GENERAL andri.osorio@umv.gov.co CARLOS ENRIQUE CAMELO CASTILLO - Jefe de Oficina - PROCESO TALENTO HUMANO - carlos.camelo@umv.gov.co LIZEHIDY ARANGUREN URREGO - - PROCESO TALENTO HUMANO lizehidy.aranguren@umv.gov.co Proyectó: NATALI PAEZ CASTELLANOS - Contratista - PROCESO TALENTO HUMANO
- natali.paez@umv.gov.co 49521f87ebece01a590497288d45217e3b78f7c587384f142694baea6c569d4f Codigo de Verificación CV: 21161 Comprobar desde: https://www.umv.gov.co/portal/verificar/ Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 4 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-152 • 2026 • MARZO • 9 152 *20261000056023* Radicado: 20261000056023 Fecha: 06-02-2026 Pág. 1 de 4 RESOLUCIÓN N° 122 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”.
LA DIRECTORA GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL En ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 11 del artículo 2 del Acuerdo 02 de 2023 y el numeral 11 del artículo 19 del Acuerdo No. 05 de 2023 expedidos por el Consejo Directivo de la UAERMV, en concordancia con lo señalado en la Ley 909 de 2004, el Decreto 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017 y demás disposiciones concordantes y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 125 de la Constitución Política establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso y ascenso en dichos cargos se realizará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que determine la ley para evaluar los méritos y calidades de los aspirantes.
Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 648 de 2017 establecen que los empleos de carrera en vacancia definitiva se proveerán en periodo de prueba con los candidatos seleccionados mediante el sistema de mérito.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, en cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales, mediante el proceso de selección No. 2549 de 2023 de la Convocatoria Distrito Capital 6, dio apertura a concurso de méritos abierto y de ascenso para la provisión de los empleos en vacancia definitiva de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial-UMV.
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 13039 del 16 de diciembre de 2025, por la cual conformó las lista de elegibles para proveer el empleo de carrera denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 04, ubicado en la GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA URBANA, de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, identificado Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 1 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-153 • 2026 • MARZO • 9 153 *20261000056023* Radicado: 20261000056023 Fecha: 06-02-2026 Pág. 2 de 4 RESOLUCIÓN N° 122 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”. con número de OPEC 206124, en el marco del proceso de selección No. 2549 de 2023 -Distrito Capital 6.
Que la citada lista de elegibles quedó en firme el 26 de enero de 2026 y la Comisión Nacional del Servicio Civil envió copia de tal lista al nominador de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial mediante oficio 2026RS006637 del 26 de enero de 2026 para efectuar el nombramiento en periodo de prueba en los empleos convocados en el concurso, en estricto orden de mérito y de conformidad con el puntaje obtenido por las personas que ocupan un lugar de elegibilidad.
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto No. 1083 de 2015, es deber del jefe de la entidad proferir en estricto orden de mérito, los actos administrativos de nombramiento en período de prueba de los empleos objeto de concurso, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles en firme por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil.
Que el (la) señor (a) CARLOS MAURICIO ZULUAGA GÓMEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía número 75.065.015, ocupó el puesto número cuatro (4) en la lista de elegibles en firme de la Convocatoria No. 2549 de 2023 – Distrito Capital 6, para proveer el empleo identificado con el número de OPEC 206124, denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 04, ubicado en la GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA URBANA, de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
En virtud de lo previsto en el artículo 2.2.5.1.5 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, desde el proceso de Talento Humano se verificó y certificó que el (la) señor (a) CARLOS MAURICIO ZULUAGA GÓMEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 75.065.015, cumple con los requisitos mínimos de formación académica y experiencia, establecidos en el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales de la Unidad, así como con los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, para ser nombrado(a) en período de prueba en la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 2 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-154 • 2026 • MARZO • 9 154 *20261000056023* Radicado: 20261000056023 Fecha: 06-02-2026 Pág. 3 de 4 RESOLUCIÓN N° 122 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”.
En mérito de lo expuesto, R E S U E L V E:
Artículo 1.
Nombramiento en periodo de prueba. Nombrar en periodo de prueba al (la) señor (a) CARLOS MAURICIO ZULUAGA GÓMEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía número 75.065.015, para desempeñar el cargo de carrera denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 04, ubicado en la GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA URBANA de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
Artículo 2.
Evaluación del periodo de prueba. El período de prueba a que se refiere el artículo anterior tendrá una duración de seis (6) meses contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato; de ser satisfactoria la calificación, será inscrito en el Registro Público de Carrera Administrativa, de lo contrario su nombramiento será declarado insubsistente mediante Resolución motivada.
Artículo 3.
Términos de aceptación y posesión. De conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, el(la) señor(a) CARLOS MAURICIO ZULUAGA GÓMEZ tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente Resolución para manifestar si acepta o rechaza el nombramiento y diez (10) días para tomar posesión del empleo, los cuales se contarán a partir del día siguiente de la aceptación.
Artículo 4.
Comunicación. Comunicar el contenido de la presente Resolución al(la) señor(a) CARLOS MAURICIO ZULUAGA GÓMEZ, a través del Proceso de Gestión del Talento Humano.
Artículo 5.
Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMÚNIQUESE Y CÚMPLASE Documento 20261000056023 firmado electrónicamente por:
Directora General DIRECCIÓN GENERAL MONICA ELOISA RUEDA PEÑA Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 3 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-155 • 2026 • MARZO • 9 155 *20261000056023* Radicado: 20261000056023 Fecha: 06-02-2026 Pág. 4 de 4 RESOLUCIÓN N° 122 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”. monica.rueda@umv.gov.co Fecha firma: 06-02-2026 14:40:35 Aprobó: ANGÉLICA MARÍA ACUÑA PORRAS - secretaria general - SECRETARÍA GENERAL - maria.acuna@umv.gov.co Revisó: CARLOS ENRIQUE CAMELO CASTILLO - Jefe de Oficina - PROCESO TALENTO HUMANO - carlos.camelo@umv.gov.co ANDRI MARCELI OSORIO BETANCOURT - - SECRETARÍA GENERAL andri.osorio@umv.gov.co LIZEHIDY ARANGUREN URREGO - - PROCESO TALENTO HUMANO lizehidy.aranguren@umv.gov.co CLAUDIA JINETH ALVAREZ BENITEZ - Gerente Administrativo y Financiero - GERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA - jineth.alvarez@umv.gov.co Proyectó: NATALI PAEZ CASTELLANOS - Contratista - PROCESO TALENTO HUMANO
- natali.paez@umv.gov.co 6961834d58e16a129f1cbce14122286d6c5800454195a72d74ca075e3711dc6f Codigo de Verificación CV: 3e407 Comprobar desde: https://www.umv.gov.co/portal/verificar/ Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 4 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-156 • 2026 • MARZO • 9 156 *20261000056103* Radicado: 20261000056103 Fecha: 06-02-2026 Pág. 1 de 4 RESOLUCIÓN N° 123 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”.
LA DIRECTORA GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL En ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 11 del artículo 2 del Acuerdo 02 de 2023 y el numeral 11 del artículo 19 del Acuerdo No. 05 de 2023 expedidos por el Consejo Directivo de la UAERMV, en concordancia con lo señalado en la Ley 909 de 2004, el Decreto 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017 y demás disposiciones concordantes y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 125 de la Constitución Política establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso y ascenso en dichos cargos se realizará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que determine la ley para evaluar los méritos y calidades de los aspirantes.
Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 648 de 2017 establecen que los empleos de carrera en vacancia definitiva se proveerán en periodo de prueba con los candidatos seleccionados mediante el sistema de mérito.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, en cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales, mediante el proceso de selección No. 2549 de 2023 de la Convocatoria Distrito Capital 6, dio apertura a concurso de méritos abierto y de ascenso para la provisión de los empleos en vacancia definitiva de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial-UMV.
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 13039 del 16 de diciembre de 2025, por la cual conformó las listas de elegibles para proveer el empleo de carrera denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 04, ubicado en la GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA URBANA, de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, identificado Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 1 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-157 • 2026 • MARZO • 9 157 *20261000056103* Radicado: 20261000056103 Fecha: 06-02-2026 Pág. 2 de 4 RESOLUCIÓN N° 123 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”. con número de OPEC 206124, en el marco del proceso de selección No. 2549 de 2023 -Distrito Capital 6.
Que la citada lista de elegibles quedó en firme el 26 de enero de 2026 y la Comisión Nacional del Servicio Civil envió copia de tal lista al nominador de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial mediante oficio 2026RS006637 del 26 de enero de 2026 para efectuar el nombramiento en periodo de prueba en los empleos convocados en el concurso, en estricto orden de mérito y de conformidad con el puntaje obtenido por las personas que ocupan un lugar de elegibilidad.
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto No. 1083 de 2015, es deber del jefe de la entidad proferir en estricto orden de mérito, los actos administrativos de nombramiento en período de prueba de los empleos objeto de concurso, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles en firme por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil.
Que el (la) señor (a) CARLOS ANDRÉS RAMÍREZ JIMÉNEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía número 7.177.413, ocupó el puesto número dos (2) en la lista de elegibles en firme de la Convocatoria No. 2549 de 2023 – Distrito Capital 6, para proveer el empleo identificado con el número de OPEC 206124, denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 04, ubicado en la GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA URBANA, de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
En virtud de lo previsto en el artículo 2.2.5.1.5 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, desde el proceso de Talento Humano se verificó y certificó que el (la) señor (a) CARLOS ANDRÉS RAMÍREZ JIMÉNEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 7.177.413, cumple con los requisitos mínimos de formación académica y experiencia, establecidos en el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales de la Unidad, así como con los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, para ser nombrado(a) en período de prueba en la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
En mérito de lo expuesto, Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 2 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-158 • 2026 • MARZO • 9 158 *20261000056103* Radicado: 20261000056103 Fecha: 06-02-2026 Pág. 3 de 4 RESOLUCIÓN N° 123 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”.
R E S U E L V E:
Artículo 1.
Nombramiento en periodo de prueba. Nombrar en periodo de prueba al (la) señor (a) CARLOS ANDRÉS RAMÍREZ JIMÉNEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía número 7.177.413, para desempeñar el cargo de carrera denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 04, ubicado en la GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA URBANA, de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
Artículo 2.
Evaluación del periodo de prueba. El período de prueba a que se refiere el artículo anterior tendrá una duración de seis (6) meses contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato; de ser satisfactoria la calificación, será inscrito en el Registro Público de Carrera Administrativa, de lo contrario su nombramiento será declarado insubsistente mediante Resolución motivada.
Artículo 3.
Términos de aceptación y posesión. De conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, el(la) señor(a) CARLOS ANDRÉS RAMÍREZ JIMÉNEZ tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente Resolución para manifestar si acepta o rechaza el nombramiento y diez (10) días para tomar posesión del empleo, los cuales se contarán a partir del día siguiente de la aceptación.
Artículo 4.
Comunicación. Comunicar el contenido de la presente Resolución al(la) señor(a) CARLOS ANDRÉS RAMÍREZ JIMÉNEZ, a través del Proceso de Gestión del Talento Humano.
Artículo 5.
Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMÚNIQUESE Y CÚMPLASE Documento 20261000056103 firmado electrónicamente por:
MONICA ELOISA RUEDA Directora General Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 3 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-159 • 2026 • MARZO • 9 159 *20261000056103* Radicado: 20261000056103 Fecha: 06-02-2026 Pág. 4 de 4 RESOLUCIÓN N° 123 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”.
PEÑA DIRECCIÓN GENERAL monica.rueda@umv.gov.co Fecha firma: 06-02-2026 14:41:42 Aprobó: ANGÉLICA MARÍA ACUÑA PORRAS - secretaria general - SECRETARÍA GENERAL - maria.acuna@umv.gov.co Revisó: CARLOS ENRIQUE CAMELO CASTILLO - Jefe de Oficina - PROCESO TALENTO HUMANO - carlos.camelo@umv.gov.co ANDRI MARCELI OSORIO BETANCOURT - - SECRETARÍA GENERAL andri.osorio@umv.gov.co LIZEHIDY ARANGUREN URREGO - - PROCESO TALENTO HUMANO lizehidy.aranguren@umv.gov.co CLAUDIA JINETH ALVAREZ BENITEZ - Gerente Administrativo y Financiero - GERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA - jineth.alvarez@umv.gov.co Proyectó: NATALI PAEZ CASTELLANOS - Contratista - PROCESO TALENTO HUMANO
- natali.paez@umv.gov.co 74c2b19d9807ede9e2025d383c159c5de21bb1b5f472ce1ce3226f0d463200bd Codigo de Verificación CV: 02672 Comprobar desde: https://www.umv.gov.co/portal/verificar/ Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 4 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-160 • 2026 • MARZO • 9 160 *20261000056143* Radicado: 20261000056143 Fecha: 06-02-2026 Pág. 1 de 4 RESOLUCIÓN N° 124 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”.
LA DIRECTORA GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL En ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 11 del artículo 2 del Acuerdo 02 de 2023 y el numeral 11 del artículo 19 del Acuerdo No. 05 de 2023 expedidos por el Consejo Directivo de la UAERMV, en concordancia con lo señalado en la Ley 909 de 2004, el Decreto 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017 y demás disposiciones concordantes y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 125 de la Constitución Política establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso y ascenso en dichos cargos se realizará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que determine la ley para evaluar los méritos y calidades de los aspirantes.
Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 648 de 2017 establecen que los empleos de carrera en vacancia definitiva se proveerán en periodo de prueba con los candidatos seleccionados mediante el sistema de mérito.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, en cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales, mediante el proceso de selección No. 2549 de 2023 de la Convocatoria Distrito Capital 6, dio apertura a concurso de méritos abierto y de ascenso para la provisión de los empleos en vacancia definitiva de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial-UMV.
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 13035 del 16 de diciembre de 2025, por la cual conformó las listas de elegibles para proveer el empleo de carrera denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 05, ubicado en la GERENCIA PARA EL DESARROLLO, LA CALIDAD Y LA INNOVACIÓN, de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 1 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-161 • 2026 • MARZO • 9 161 *20261000056143* Radicado: 20261000056143 Fecha: 06-02-2026 Pág. 2 de 4 RESOLUCIÓN N° 124 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”.
Mantenimiento Vial, identificado con número de OPEC 206116, en el marco del proceso de selección No. 2549 de 2023 -Distrito Capital 6.
Que la citada lista de elegibles quedó en firme el 26 de enero de 2026 y la Comisión Nacional del Servicio Civil envió copia de tal lista al nominador de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial mediante oficio 2026RS006637 del 26 de enero de 2026 para efectuar el nombramiento en periodo de prueba en los empleos convocados en el concurso, en estricto orden de mérito y de conformidad con el puntaje obtenido por las personas que ocupan un lugar de elegibilidad.
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto No. 1083 de 2015, es deber del jefe de la entidad proferir en estricto orden de mérito, los actos administrativos de nombramiento en período de prueba de los empleos objeto de concurso, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles en firme por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil.
Que el (la) señor (a) ANDREA CAROLINA PACHÓN GARZÓN, identificado (a) con cédula de ciudadanía número 35.428.406, ocupó el puesto número uno (1) en la lista de elegibles en firme de la Convocatoria No. 2549 de 2023 – Distrito Capital 6, para proveer el empleo identificado con el número de OPEC 206116, denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 05, ubicado en la GERENCIA PARA EL DESARROLLO, LA CALIDAD Y LA INNOVACIÓN, de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
En virtud de lo previsto en el artículo 2.2.5.1.5 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, desde el proceso de Talento Humano se verificó y certificó que el (la) señor (a) ANDREA CAROLINA PACHÓN GARZÓN, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 35.428.406, cumple con los requisitos mínimos de formación académica y experiencia, establecidos en el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales de la Unidad, así como con los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, para ser nombrado(a) en período de prueba en la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 2 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-162 • 2026 • MARZO • 9 162 *20261000056143* Radicado: 20261000056143 Fecha: 06-02-2026 Pág. 3 de 4 RESOLUCIÓN N° 124 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”.
En mérito de lo expuesto, R E S U E L V E:
Artículo 1.
Nombramiento en periodo de prueba. Nombrar en periodo de prueba al (la) señor (a) ANDREA CAROLINA PACHÓN GARZÓN, identificado (a) con cédula de ciudadanía número 35.428.406, para desempeñar el cargo de carrera denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 05, ubicado en la GERENCIA PARA EL DESARROLLO, LA CALIDAD Y LA INNOVACIÓN de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
Artículo 2.
Evaluación del periodo de prueba. El período de prueba a que se refiere el artículo anterior tendrá una duración de seis (6) meses contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato; de ser satisfactoria la calificación, será inscrito en el Registro Público de Carrera Administrativa, de lo contrario su nombramiento será declarado insubsistente mediante Resolución motivada.
Artículo 3.
Términos de aceptación y posesión. De conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, el(la) señor(a) ANDREA CAROLINA PACHÓN GARZÓN tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente Resolución para manifestar si acepta o rechaza el nombramiento y diez (10) días para tomar posesión del empleo, los cuales se contarán a partir del día siguiente de la aceptación.
Artículo 4.
Comunicación. Comunicar el contenido de la presente Resolución al(la) señor(a) ANDREA CAROLINA PACHÓN GARZÓN, a través del Proceso de Gestión del Talento Humano.
Artículo 5.
Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMÚNIQUESE Y CÚMPLASE Documento 20261000056143 firmado electrónicamente por:
MONICA ELOISA RUEDA Directora General Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 3 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-163 • 2026 • MARZO • 9 163 *20261000056143* Radicado: 20261000056143 Fecha: 06-02-2026 Pág. 4 de 4 RESOLUCIÓN N° 124 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”.
PEÑA DIRECCIÓN GENERAL monica.rueda@umv.gov.co Fecha firma: 06-02-2026 14:41:10 Aprobó: ANGÉLICA MARÍA ACUÑA PORRAS - secretaria general - SECRETARÍA GENERAL - maria.acuna@umv.gov.co Revisó: CLAUDIA JINETH ALVAREZ BENITEZ - Gerente Administrativo y Financiero - GERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA - jineth.alvarez@umv.gov.co CARLOS ENRIQUE CAMELO CASTILLO - Jefe de Oficina - PROCESO TALENTO HUMANO - carlos.camelo@umv.gov.co LIZEHIDY ARANGUREN URREGO - - PROCESO TALENTO HUMANO lizehidy.aranguren@umv.gov.co ANDRI MARCELI OSORIO BETANCOURT - - SECRETARÍA GENERAL andri.osorio@umv.gov.co Proyectó: NATALI PAEZ CASTELLANOS - Contratista - PROCESO TALENTO HUMANO
- natali.paez@umv.gov.co 02fd4fb1efbf32c91ead1fe78dc67b2cb3a8bc8cf0f4f5f26fd2bdc2e304e8b3 Codigo de Verificación CV: 7093c Comprobar desde: https://www.umv.gov.co/portal/verificar/ Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 4 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-164 • 2026 • MARZO • 9 164 *20261000056183* Radicado: 20261000056183 Fecha: 06-02-2026 Pág. 1 de 4 RESOLUCIÓN N° 125 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”.
LA DIRECTORA GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL En ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 11 del artículo 2 del Acuerdo 02 de 2023 y el numeral 11 del artículo 19 del Acuerdo No. 05 de 2023 expedidos por el Consejo Directivo de la UAERMV, en concordancia con lo señalado en la Ley 909 de 2004, el Decreto 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017 y demás disposiciones concordantes y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 125 de la Constitución Política establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso y ascenso en dichos cargos se realizará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que determine la ley para evaluar los méritos y calidades de los aspirantes.
Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 648 de 2017 establecen que los empleos de carrera en vacancia definitiva se proveerán en periodo de prueba con los candidatos seleccionados mediante el sistema de mérito.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, en cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales, mediante el proceso de selección No. 2549 de 2023 de la Convocatoria Distrito Capital 6, dio apertura a concurso de méritos abierto y de ascenso para la provisión de los empleos en vacancia definitiva de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial-UMV.
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 13031 del 16 de diciembre de 2025, por la cual conformó las listas de elegibles para proveer el empleo de carrera denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 04, ubicado en la GERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, identificado Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 1 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-165 • 2026 • MARZO • 9 165 *20261000056183* Radicado: 20261000056183 Fecha: 06-02-2026 Pág. 2 de 4 RESOLUCIÓN N° 125 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”. con número de OPEC 206111, en el marco del proceso de selección No. 2549 de 2023 -Distrito Capital 6.
Que la citada lista de elegibles quedó en firme el 26 de enero de 2026 y la Comisión Nacional del Servicio Civil envió copia de tal lista al nominador de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial mediante oficio 2026RS006637 del 26 de enero de 2026 para efectuar el nombramiento en periodo de prueba en los empleos convocados en el concurso, en estricto orden de mérito y de conformidad con el puntaje obtenido por las personas que ocupan un lugar de elegibilidad.
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto No. 1083 de 2015, es deber del jefe de la entidad proferir en estricto orden de mérito, los actos administrativos de nombramiento en período de prueba de los empleos objeto de concurso, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles en firme por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil.
Que el (la) señor (a) ADRIÁN ACOSTA GUERRERO, identificado (a) con cédula de ciudadanía número 1.024.477.299, ocupó el puesto número uno (1) en la lista de elegibles en firme de la Convocatoria No. 2549 de 2023 – Distrito Capital 6, para proveer el empleo identificado con el número de OPEC 206111, denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 04, ubicado en la GERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA, de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
En virtud de lo previsto en el artículo 2.2.5.1.5 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, desde el proceso de Talento Humano se verificó y certificó que el (la) señor (a) ADRIÁN ACOSTA GUERRERO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1.024.477.299, cumple con los requisitos mínimos de formación académica y experiencia, establecidos en el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales de la Unidad, así como con los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, para ser nombrado(a) en período de prueba en la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
En mérito de lo expuesto, Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 2 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-166 • 2026 • MARZO • 9 166 *20261000056183* Radicado: 20261000056183 Fecha: 06-02-2026 Pág. 3 de 4 RESOLUCIÓN N° 125 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”.
R E S U E L V E:
Artículo 1.
Nombramiento en periodo de prueba. Nombrar en periodo de prueba al (la) señor (a) ADRIÁN ACOSTA GUERRERO, identificado (a) con cédula de ciudadanía número 1.024.477.299, para desempeñar el cargo de carrera denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 04, ubicado en la GERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
Artículo 2.
Evaluación del periodo de prueba. El período de prueba a que se refiere el artículo anterior tendrá una duración de seis (6) meses contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato; de ser satisfactoria la calificación, será inscrito en el Registro Público de Carrera Administrativa, de lo contrario su nombramiento será declarado insubsistente mediante Resolución motivada.
Artículo 3.
Términos de aceptación y posesión. De conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, el(la) señor(a) ADRIÁN ACOSTA GUERRERO tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente Resolución para manifestar si acepta o rechaza el nombramiento y diez (10) días para tomar posesión del empleo, los cuales se contarán a partir del día siguiente de la aceptación.
Artículo 4.
Comunicación. Comunicar el contenido de la presente Resolución al(la) señor(a) ADRIÁN ACOSTA GUERRERO, a través del Proceso de Gestión del Talento Humano.
Artículo 5.
Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMÚNIQUESE Y CÚMPLASE Documento 20261000056183 firmado electrónicamente por:
MONICA ELOISA RUEDA PEÑA Directora General DIRECCIÓN GENERAL monica.rueda@umv.gov.co Fecha firma: 06-02-2026 14:41:19 Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 3 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-167 • 2026 • MARZO • 9 167 *20261000056183* Radicado: 20261000056183 Fecha: 06-02-2026 Pág. 4 de 4 RESOLUCIÓN N° 125 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”.
Aprobó: ANGÉLICA MARÍA ACUÑA PORRAS - secretaria general - SECRETARÍA GENERAL - maria.acuna@umv.gov.co Revisó: LIZEHIDY ARANGUREN URREGO - - PROCESO TALENTO HUMANO lizehidy.aranguren@umv.gov.co ANDRI MARCELI OSORIO BETANCOURT - - SECRETARÍA GENERAL andri.osorio@umv.gov.co CLAUDIA JINETH ALVAREZ BENITEZ - Gerente Administrativo y Financiero - GERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA - jineth.alvarez@umv.gov.co CARLOS ENRIQUE CAMELO CASTILLO - Jefe de Oficina - PROCESO TALENTO HUMANO - carlos.camelo@umv.gov.co Proyectó: NATALI PAEZ CASTELLANOS - Contratista - PROCESO TALENTO HUMANO
- natali.paez@umv.gov.co cafaaadcfc29001847dcf1d0647f9e160b383bc1e0fb46c3958e835c8a2a2ff3 Codigo de Verificación CV: 34ee8 Comprobar desde: https://www.umv.gov.co/portal/verificar/ Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 4 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-168 • 2026 • MARZO • 9 168 *20261000056463* Radicado: 20261000056463 Fecha: 06-02-2026 Pág. 1 de 5 RESOLUCIÓN N° 132 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC y se da por terminado un nombramiento provisional”.
LA DIRECTORA GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL En ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 11 del artículo 2 del Acuerdo 02 de 2023 y el numeral 11 del artículo 19 del Acuerdo No. 05 de 2023 expedidos por el Consejo Directivo de la UAERMV, en concordancia con lo señalado en la Ley 909 de 2004, el Decreto 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017 y demás disposiciones concordantes y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 125 de la Constitución Política establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso y ascenso en dichos cargos se realizará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que determine la ley para evaluar los méritos y calidades de los aspirantes.
Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 648 de 2017 establecen que los empleos de carrera en vacancia definitiva se proveerán en periodo de prueba con los candidatos seleccionados mediante el sistema de mérito.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, en cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales, mediante el proceso de selección No. 2549 de 2023 de la Convocatoria Distrito Capital 6, dio apertura a concurso de méritos abierto y de ascenso para la provisión de los empleos en vacancia definitiva de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial-UMV.
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 13021 del 16 de diciembre de 2025, por la cual conformó las listas de elegibles para proveer el empleo de carrera denominado AUXILIAR ADMINISTRATIVO, Código 407, Grado 02, ubicado en la GERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial identificado Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 1 de 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-169 • 2026 • MARZO • 9 169 *20261000056463* Radicado: 20261000056463 Fecha: 06-02-2026 Pág. 2 de 5 RESOLUCIÓN N° 132 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC y se da por terminado un nombramiento provisional”. con número de OPEC 206093, en el marco del proceso de selección No. 2549 de 2023 -Distrito Capital 6.
Que la citada lista de elegibles quedó en firme el 26 de enero de 2026 y la Comisión Nacional del Servicio Civil envió copia de tal lista al nominador de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial mediante oficio 2026RS006637 del 26 de enero de 2026 para efectuar el nombramiento en periodo de prueba en los empleos convocados en el concurso, en estricto orden de mérito y de conformidad con el puntaje obtenido por las personas que ocupan un lugar de elegibilidad.
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto No. 1083 de 2015, es deber del jefe de la entidad proferir en estricto orden de mérito, los actos administrativos de nombramiento en período de prueba de los empleos objeto de concurso, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles en firme por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil.
Que el (la) señor (a) MARÍA ANDREA LÓPEZ ESPINOSA, identificado (a) con cédula de ciudadanía número 1.058.817.686, ocupó el puesto número uno (1) en la lista de elegibles en firme de la Convocatoria No. 2549 de 2023 – Distrito Capital 6, para proveer el empleo identificado con el número de OPEC 206093, denominado AUXILIAR ADMINISTRATIVO, Código 407, Grado 02, ubicado en la GERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
En virtud de lo previsto en el artículo 2.2.5.1.5 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, desde el proceso de Talento Humano se verificó y certificó que el (la) señor (a) MARÍA ANDREA LÓPEZ ESPINOSA, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.058.817.686, cumple con los requisitos mínimos de formación académica y experiencia, establecidos en el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales de la Unidad, así como con los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, para ser nombrado(a) en período de prueba en la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
Que actualmente el empleo AUXILIAR ADMINISTRATIVO, Código 407, Grado 02, se encuentra provisto transitoriamente mediante Resolución No. 530 del 31 de julio Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 2 de 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-170 • 2026 • MARZO • 9 170 *20261000056463* Radicado: 20261000056463 Fecha: 06-02-2026 Pág. 3 de 5 RESOLUCIÓN N° 132 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC y se da por terminado un nombramiento provisional”. de 2025, por medio de la cual se nombró provisionalmente al(la) funcionario(a) LEONARDO GONZÁLEZ HERNÁNDEZ, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 7.186.658, en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
Que conforme a lo dispuesto en el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, las vacantes definitivas en empleos de carrera se proveen transitoriamente mediante nombramientos en encargo o en provisionalidad hasta tanto deban proveerse en periodo de prueba o en ascenso, con las personas que hayan sido seleccionadas mediante el sistema de mérito.
Que el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015, dispone que “Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”
Que en virtud de la provisión del empleo AUXILIAR ADMINISTRATIVO, Código 407, Grado 02, ubicado en la GERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, conforme a la lista de elegibles expedida para el efecto, es procedente ordenar la terminación del nombramiento provisional del(la) funcionario(a) LEONARDO GONZÁLEZ HERNÁNDEZ, a partir de la fecha de posesión en periodo de prueba del(la) señor(a) MARÍA ANDREA LÓPEZ ESPINOSA.
En mérito de lo expuesto, R E S U E L V E:
Artículo 1.
Nombramiento en periodo de prueba. Nombrar en periodo de prueba al (la) señor (a) MARÍA ANDREA LÓPEZ ESPINOSA, identificado (a) con cédula de ciudadanía número 1.058.817.686, para desempeñar el cargo de carrera denominado AUXILIAR ADMINISTRATIVO, Código 407, Grado 02, ubicado en la GERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
Artículo 2.
Evaluación del periodo de prueba. El período de prueba a que se refiere el artículo anterior tendrá una duración de seis (6) meses contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909
Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 3 de 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-171 • 2026 • MARZO • 9 171 *20261000056463* Radicado: 20261000056463 Fecha: 06-02-2026 Pág. 4 de 5 RESOLUCIÓN N° 132 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC y se da por terminado un nombramiento provisional”. de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato; de ser satisfactoria la calificación, será inscrito en el Registro Público de Carrera Administrativa, de lo contrario su nombramiento será declarado insubsistente mediante Resolución motivada.
Artículo 3.
Términos de aceptación y posesión. De conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, el(la) señor(a) MARÍA ANDREA LÓPEZ ESPINOSA tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente Resolución para manifestar si acepta o rechaza el nombramiento y diez (10) días para tomar posesión del empleo, los cuales se contarán a partir del día siguiente de la aceptación.
Artículo 4.
Terminación de un nombramiento provisional. Dar por terminado el nombramiento provisional efectuado al(la) señor(a) LEONARDO GONZÁLEZ HERNÁNDEZ, identificado con cédula de ciudadanía número 7.186.658, en el empleo AUXILIAR ADMINISTRATIVO, Código 407, Grado 02, una vez el(la) señor (a) MARÍA ANDREA LÓPEZ ESPINOSA tome posesión en el empleo en que fue nombrado en periodo de prueba conforme al artículo 1° de la presente resolución.
Parágrafo. El funcionario ya identificado(a) deberá hacer entrega de los siguientes
formatos y adelantar el trámite de los siguientes deberes: a. Acta de entrega del cargo e Informe de Gestión – GTHU-020 - V3. b. Formato de Paz y salvo – GTHU -006 –V8. c. Evaluación de la gestión. d. Entrega de Carnet, tarjeta de proximidad y demás bienes asignados.
Artículo 5.
Comunicación. Comunicar el contenido de la presente Resolución a los(las) señores(as) MARÍA ANDREA LÓPEZ ESPINOSA y LEONARDO GONZÁLEZ HERNÁNDEZ, a través del Proceso de Gestión del Talento Humano.
Artículo 6.
Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMÚNIQUESE Y CÚMPLASE Documento 20261000056463 firmado electrónicamente por:
Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 4 de 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-172 • 2026 • MARZO • 9 172 *20261000056463* Radicado: 20261000056463 Fecha: 06-02-2026 Pág. 5 de 5 RESOLUCIÓN N° 132 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC y se da por terminado un nombramiento provisional”.
MONICA ELOISA RUEDA PEÑA Director General DIRECCIÓN GENERAL monica.rueda@umv.gov.co Fecha firma: 06-02-2026 17:15:20 Aprobó: ANGÉLICA MARÍA ACUÑA PORRAS - secretaria general - SECRETARÍA GENERAL - maria.acuna@umv.gov.co Revisó: LIZEHIDY ARANGUREN URREGO - - PROCESO TALENTO HUMANO lizehidy.aranguren@umv.gov.co CLAUDIA JINETH ALVAREZ BENITEZ - Gerente Administrativo y Financiero - GERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA - jineth.alvarez@umv.gov.co ANDRI MARCELI OSORIO BETANCOURT - - SECRETARÍA GENERAL andri.osorio@umv.gov.co CARLOS ENRIQUE CAMELO CASTILLO - Jefe de Oficina - PROCESO TALENTO HUMANO - carlos.camelo@umv.gov.co Proyectó: NATALI PAEZ CASTELLANOS - Contratista - PROCESO TALENTO HUMANO
- natali.paez@umv.gov.co 9075cb398021df8a91a423f83d12639b68ce1bb02b11215c95326ceaffacd69c Codigo de Verificación CV: e2a85 Comprobar desde: https://www.umv.gov.co/portal/verificar/ Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 5 de 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-173 • 2026 • MARZO • 9 173 *20261000056473* Radicado: 20261000056473 Fecha: 06-02-2026 Pág. 1 de 4 RESOLUCIÓN N° 133 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”.
LA DIRECTORA GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL En ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 11 del artículo 2 del Acuerdo 02 de 2023 y el numeral 11 del artículo 19 del Acuerdo No. 05 de 2023 expedidos por el Consejo Directivo de la UAERMV, en concordancia con lo señalado en la Ley 909 de 2004, el Decreto 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017 y demás disposiciones concordantes y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 125 de la Constitución Política establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso y ascenso en dichos cargos se realizará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que determine la ley para evaluar los méritos y calidades de los aspirantes.
Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 648 de 2017 establecen que los empleos de carrera en vacancia definitiva se proveerán en periodo de prueba con los candidatos seleccionados mediante el sistema de mérito.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, en cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales, mediante el proceso de selección No. 2549 de 2023 de la Convocatoria Distrito Capital 6, dio apertura a concurso de méritos abierto y de ascenso para la provisión de los empleos en vacancia definitiva de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial-UMV.
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 13044 del 16 de diciembre de 2025, por la cual conformó las lista de elegibles para proveer el empleo de carrera denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 05, ubicado en la GERENCIA DE CONTRATACIÓN de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, identificado con Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 1 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-174 • 2026 • MARZO • 9 174 *20261000056473* Radicado: 20261000056473 Fecha: 06-02-2026 Pág. 2 de 4 RESOLUCIÓN N° 133 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”. número de OPEC 224058, en el marco del proceso de selección No. 2549 de 2023 -Distrito Capital 6.
Que la citada lista de elegibles quedó en firme el 26 de enero de 2026 y la Comisión Nacional del Servicio Civil envió copia de tal lista al nominador de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial mediante oficio 2026RS006637 del 26 de enero de 2026 para efectuar el nombramiento en periodo de prueba en los empleos convocados en el concurso, en estricto orden de mérito y de conformidad con el puntaje obtenido por las personas que ocupan un lugar de elegibilidad.
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto No. 1083 de 2015, es deber del jefe de la entidad proferir en estricto orden de mérito, los actos administrativos de nombramiento en período de prueba de los empleos objeto de concurso, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles en firme por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil.
Que el (la) señor (a) JUAN PABLO ARDILA FIGUEROA, identificado (a) con cédula de ciudadanía número 91.076.708, ocupó el puesto número uno (1) en la lista de elegibles en firme de la Convocatoria No. 2549 de 2023 – Distrito Capital 6, para proveer el empleo identificado con el número de OPEC 224058, denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 05, ubicado en la GERENCIA DE CONTRATACIÓN de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
En virtud de lo previsto en el artículo 2.2.5.1.5 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, desde el proceso de Talento Humano se verificó y certificó que el (la) señor (a) JUAN PABLO ARDILA FIGUEROA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 91.076.708, cumple con los requisitos mínimos de formación académica y experiencia, establecidos en el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales de la Unidad, así como con los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, para ser nombrado(a) en período de prueba en la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 2 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-175 • 2026 • MARZO • 9 175 *20261000056473* Radicado: 20261000056473 Fecha: 06-02-2026 Pág. 3 de 4 RESOLUCIÓN N° 133 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”.
En mérito de lo expuesto, R E S U E L V E:
Artículo 1.
Nombramiento en periodo de prueba. Nombrar en periodo de prueba al (la) señor (a) JUAN PABLO ARDILA FIGUEROA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 91.076.708, para desempeñar el cargo de carrera denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 05, ubicado en la GERENCIA DE CONTRATACIÓN de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
Artículo 2.
Evaluación del periodo de prueba. El período de prueba a que se refiere el artículo anterior tendrá una duración de seis (6) meses contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato; de ser satisfactoria la calificación, será inscrito en el Registro Público de Carrera Administrativa, de lo contrario su nombramiento será declarado insubsistente mediante Resolución motivada.
Artículo 3.
Términos de aceptación y posesión. De conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, el(la) señor(a) JUAN PABLO ARDILA FIGUEROA tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente Resolución para manifestar si acepta o rechaza el nombramiento y diez (10) días para tomar posesión del empleo, los cuales se contarán a partir del día siguiente de la aceptación.
Artículo 4.
Comunicación. Comunicar el contenido de la presente Resolución al(la) señor(a) JUAN PABLO ARDILA FIGUEROA, a través del Proceso de Gestión del Talento Humano.
Artículo 5.
Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMÚNIQUESE Y CÚMPLASE Documento 20261000056473 firmado electrónicamente por:
Directora General DIRECCIÓN GENERAL MONICA ELOISA RUEDA PEÑA Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 3 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-176 • 2026 • MARZO • 9 176 *20261000056473* Radicado: 20261000056473 Fecha: 06-02-2026 Pág. 4 de 4 RESOLUCIÓN N° 133 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”. monica.rueda@umv.gov.co Fecha firma: 06-02-2026 17:15:07 Aprobó: ANGÉLICA MARÍA ACUÑA PORRAS - secretaria general - SECRETARÍA GENERAL - maria.acuna@umv.gov.co Revisó: CLAUDIA JINETH ALVAREZ BENITEZ - Gerente Administrativo y Financiero - GERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA - jineth.alvarez@umv.gov.co ANDRI MARCELI OSORIO BETANCOURT - - SECRETARÍA GENERAL andri.osorio@umv.gov.co LIZEHIDY ARANGUREN URREGO - - PROCESO TALENTO HUMANO lizehidy.aranguren@umv.gov.co CARLOS ENRIQUE CAMELO CASTILLO - Jefe de Oficina - PROCESO TALENTO HUMANO - carlos.camelo@umv.gov.co Proyectó: NATALI PAEZ CASTELLANOS - Contratista - PROCESO TALENTO HUMANO
- natali.paez@umv.gov.co 37e318e4a46baac29a534b8b9ec3058bfd0867dbd5f6b8a4e072c83c888ddf3b Codigo de Verificación CV: c1886 Comprobar desde: https://www.umv.gov.co/portal/verificar/ Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 4 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-177 • 2026 • MARZO • 9 177 *20261000056483* Radicado: 20261000056483 Fecha: 06-02-2026 Pág. 1 de 5 RESOLUCIÓN N° 134 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC y se da por terminado un nombramiento provisional”.
LA DIRECTORA GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL En ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 11 del artículo 2 del Acuerdo 02 de 2023 y el numeral 11 del artículo 19 del Acuerdo No. 05 de 2023 expedidos por el Consejo Directivo de la UAERMV, en concordancia con lo señalado en la Ley 909 de 2004, el Decreto 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017 y demás disposiciones concordantes y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 125 de la Constitución Política establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso y ascenso en dichos cargos se realizará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que determine la ley para evaluar los méritos y calidades de los aspirantes.
Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 648 de 2017 establecen que los empleos de carrera en vacancia definitiva se proveerán en periodo de prueba con los candidatos seleccionados mediante el sistema de mérito.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, en cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales, mediante el proceso de selección No. 2549 de 2023 de la Convocatoria Distrito Capital 6, dio apertura a concurso de méritos abierto y de ascenso para la provisión de los empleos en vacancia definitiva de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial-UMV.
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 13036 del 16 de diciembre de 2025, por la cual conformó las listas de elegibles para proveer el empleo de carrera denominado PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 219, Grado 01, ubicado en la GERENCIA DE PRODUCCIÓN de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial identificado con Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 1 de 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-178 • 2026 • MARZO • 9 178 *20261000056483* Radicado: 20261000056483 Fecha: 06-02-2026 Pág. 2 de 5 RESOLUCIÓN N° 134 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC y se da por terminado un nombramiento provisional”. número de OPEC 206118, en el marco del proceso de selección No. 2549 de 2023 -Distrito Capital 6.
Que la citada lista de elegibles quedó en firme el 26 de enero de 2026 y la Comisión Nacional del Servicio Civil envió copia de tal lista al nominador de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial mediante oficio 2026RS006637 del 26 de enero de 2026 para efectuar el nombramiento en periodo de prueba en los empleos convocados en el concurso, en estricto orden de mérito y de conformidad con el puntaje obtenido por las personas que ocupan un lugar de elegibilidad.
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto No. 1083 de 2015, es deber del jefe de la entidad proferir en estricto orden de mérito, los actos administrativos de nombramiento en período de prueba de los empleos objeto de concurso, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles en firme por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil.
Que el (la) señor (a) JUAN CAMILO HERNÁNDEZ ELORZA, identificado (a) con cédula de ciudadanía número 1.015.393.487, ocupó el puesto número uno (1) en la lista de elegibles en firme de la Convocatoria No. 2549 de 2023 – Distrito Capital 6, para proveer el empleo identificado con el número de OPEC 206118, denominado PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 219, Grado 01, ubicado en la GERENCIA DE PRODUCCIÓN de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
En virtud de lo previsto en el artículo 2.2.5.1.5 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, desde el proceso de Talento Humano se verificó y certificó que el (la) señor (a) JUAN CAMILO HERNÁNDEZ ELORZA, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.015.393.487, cumple con los requisitos mínimos de formación académica y experiencia, establecidos en el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales de la Unidad, así como con los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, para ser nombrado(a) en período de prueba en la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
Que actualmente el empleo PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 219, Grado 01, se encuentra provisto transitoriamente mediante Resolución No. 493 del 27 de Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 2 de 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-179 • 2026 • MARZO • 9 179 *20261000056483* Radicado: 20261000056483 Fecha: 06-02-2026 Pág. 3 de 5 RESOLUCIÓN N° 134 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC y se da por terminado un nombramiento provisional”. junio de 2023, por medio de la cual se nombró provisionalmente al(la) funcionario(a) JONATHAN ARMANDO MOLINA GARCÍA, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 1.019.047.995, en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
Que conforme a lo dispuesto en el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, las vacantes definitivas en empleos de carrera se proveen transitoriamente mediante nombramientos en encargo o en provisionalidad hasta tanto deban proveerse en periodo de prueba o en ascenso, con las personas que hayan sido seleccionadas mediante el sistema de mérito.
Que el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015, dispone que “Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”
Que en virtud de la provisión del empleo PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 219, Grado 01, ubicado en la GERENCIA DE PRODUCCIÓN de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, conforme a la lista de elegibles expedida para el efecto, es procedente ordenar la terminación del nombramiento provisional del(la) funcionario(a) JONATHAN ARMANDO MOLINA GARCÍA, a partir de la fecha de posesión en periodo de prueba del(la) señor(a) JUAN CAMILO HERNÁNDEZ ELORZA.
En mérito de lo expuesto, R E S U E L V E:
Artículo 1.
Nombramiento en periodo de prueba. Nombrar en periodo de prueba al (la) señor (a) JUAN CAMILO HERNÁNDEZ ELORZA, identificado (a) con cédula de ciudadanía número 1.015.393.487, para desempeñar el cargo de carrera denominado PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 219, Grado 01, ubicado en la GERENCIA DE PRODUCCIÓN de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
Artículo 2.
Evaluación del periodo de prueba. El período de prueba a que se refiere el artículo anterior tendrá una duración de seis (6) meses contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato;
Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 3 de 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-180 • 2026 • MARZO • 9 180 *20261000056483* Radicado: 20261000056483 Fecha: 06-02-2026 Pág. 4 de 5 RESOLUCIÓN N° 134 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC y se da por terminado un nombramiento provisional”. de ser satisfactoria la calificación, será inscrito en el Registro Público de Carrera Administrativa, de lo contrario su nombramiento será declarado insubsistente mediante Resolución motivada.
Artículo 3.
Términos de aceptación y posesión. De conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, el(la) señor(a) JUAN CAMILO HERNÁNDEZ ELORZA tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente Resolución para manifestar si acepta o rechaza el nombramiento y diez (10) días para tomar posesión del empleo, los cuales se contarán a partir del día siguiente de la aceptación.
Artículo 4.
Terminación de un nombramiento provisional. Dar por terminado el nombramiento provisional efectuado al(la) señor(a) JONATHAN ARMANDO MOLINA GARCÍA, identificado con cédula de ciudadanía número 1.019.047.995, en el empleo PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 219, Grado 01, una vez el(la) señor (a) JUAN CAMILO HERNÁNDEZ ELORZA tome posesión en el empleo en que fue nombrado en periodo de prueba conforme al artículo 1° de la presente resolución.
Parágrafo. El funcionario ya identificado(a) deberá hacer entrega de los siguientes
formatos y adelantar el trámite de los siguientes deberes: a. Acta de entrega del cargo e Informe de Gestión – GTHU-020 - V3. b. Formato de Paz y salvo – GTHU -006 –V8. c. Evaluación de la gestión. d. Entrega de Carnet, tarjeta de proximidad y demás bienes asignados.
Artículo 5.
Comunicación. Comunicar el contenido de la presente Resolución a los(las) señores(as) JUAN CAMILO HERNÁNDEZ ELORZA y JONATHAN ARMANDO MOLINA GARCÍA, a través del Proceso de Gestión del Talento Humano
Artículo 6.
Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMÚNIQUESE Y CÚMPLASE Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 4 de 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-181 • 2026 • MARZO • 9 181 *20261000056483* Radicado: 20261000056483 Fecha: 06-02-2026 Pág. 5 de 5 RESOLUCIÓN N° 134 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC y se da por terminado un nombramiento provisional”.
Documento 20261000056483 firmado electrónicamente por:
MONICA ELOISA RUEDA PEÑA Directora General DIRECCIÓN GENERAL monica.rueda@umv.gov.co Fecha firma: 06-02-2026 17:14:59 Aprobó: ANGÉLICA MARÍA ACUÑA PORRAS - secretaria general - SECRETARÍA GENERAL - maria.acuna@umv.gov.co Revisó: ANDRI MARCELI OSORIO BETANCOURT - - SECRETARÍA GENERAL andri.osorio@umv.gov.co CLAUDIA JINETH ALVAREZ BENITEZ - Gerente Administrativo y Financiero - GERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA - jineth.alvarez@umv.gov.co CARLOS ENRIQUE CAMELO CASTILLO - Jefe de Oficina - PROCESO TALENTO HUMANO - carlos.camelo@umv.gov.co LIZEHIDY ARANGUREN URREGO - - PROCESO TALENTO HUMANO lizehidy.aranguren@umv.gov.co Proyectó: NATALI PAEZ CASTELLANOS - Contratista - PROCESO TALENTO HUMANO
- natali.paez@umv.gov.co 0e5331db2945b46b269f9f179a6aa71e1f7fe9b0377b38f43331f909901cdd39 Codigo de Verificación CV: 30c1b Comprobar desde: https://www.umv.gov.co/portal/verificar/ Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 5 de 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-182 • 2026 • MARZO • 9 182 *20261000056523* Radicado: 20261000056523 Fecha: 06-02-2026 Pág. 1 de 5 RESOLUCIÓN N° 137 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC y se da por terminado un nombramiento provisional”.
LA DIRECTORA GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL En ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 11 del artículo 2 del Acuerdo 02 de 2023 y el numeral 11 del artículo 19 del Acuerdo No. 05 de 2023 expedidos por el Consejo Directivo de la UAERMV, en concordancia con lo señalado en la Ley 909 de 2004, el Decreto 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017 y demás disposiciones concordantes y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 125 de la Constitución Política establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso y ascenso en dichos cargos se realizará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que determine la ley para evaluar los méritos y calidades de los aspirantes.
Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 648 de 2017 establecen que los empleos de carrera en vacancia definitiva se proveerán en periodo de prueba con los candidatos seleccionados mediante el sistema de mérito.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, en cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales, mediante el proceso de selección No. 2549 de 2023 de la Convocatoria Distrito Capital 6, dio apertura a concurso de méritos abierto y de ascenso para la provisión de los empleos en vacancia definitiva de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial-UMV.
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 13025 del 16 de diciembre de 2025, por la cual conformó las listas de elegibles para proveer el empleo de carrera denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 05, ubicado en la SUBDIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN Y DE CONSERVACIÓN de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 1 de 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-183 • 2026 • MARZO • 9 183 *20261000056523* Radicado: 20261000056523 Fecha: 06-02-2026 Pág. 2 de 5 RESOLUCIÓN N° 137 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC y se da por terminado un nombramiento provisional”.
Vial identificado con número de OPEC 206099, en el marco del proceso de selección No. 2549 de 2023 -Distrito Capital 6.
Que la citada lista de elegibles quedó en firme el 26 de enero de 2026 y la Comisión Nacional del Servicio Civil envió copia de tal lista al nominador de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial mediante oficio 2026RS006637 del 26 de enero de 2026 para efectuar el nombramiento en periodo de prueba en los empleos convocados en el concurso, en estricto orden de mérito y de conformidad con el puntaje obtenido por las personas que ocupan un lugar de elegibilidad.
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto No. 1083 de 2015, es deber del jefe de la entidad proferir en estricto orden de mérito, los actos administrativos de nombramiento en período de prueba de los empleos objeto de concurso, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles en firme por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil.
Que el (la) señor (a) ANDRÉS ALBERTO GUEVARA RIVERA, identificado (a) con cédula de ciudadanía número 13.069.203, ocupó el puesto número uno (1) en la lista de elegibles en firme de la Convocatoria No. 2549 de 2023 – Distrito Capital 6, para proveer el empleo identificado con el número de OPEC 206099, denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 05, ubicado en la SUBDIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN Y DE CONSERVACIÓN de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
En virtud de lo previsto en el artículo 2.2.5.1.5 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, desde el proceso de Talento Humano se verificó y certificó que el (la) señor (a) ANDRÉS ALBERTO GUEVARA RIVERA, identificado con cédula de ciudadanía No. 13.069.203, cumple con los requisitos mínimos de formación académica y experiencia, establecidos en el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales de la Unidad, así como con los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, para ser nombrado(a) en período de prueba en la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 2 de 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-184 • 2026 • MARZO • 9 184 *20261000056523* Radicado: 20261000056523 Fecha: 06-02-2026 Pág. 3 de 5 RESOLUCIÓN N° 137 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC y se da por terminado un nombramiento provisional”.
Que actualmente el empleo PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 05, se encuentra provisto transitoriamente mediante Resolución No. 483 del 26 de junio de 2023, por medio de la cual se nombró provisionalmente al(la) funcionario(a) JARRIZON ALEXANDER MURCIA PERALTA, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 7.321.472, en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
Que conforme a lo dispuesto en el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, las vacantes definitivas en empleos de carrera se proveen transitoriamente mediante nombramientos en encargo o en provisionalidad hasta tanto deban proveerse en periodo de prueba o en ascenso, con las personas que hayan sido seleccionadas mediante el sistema de mérito.
Que el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015, dispone que “Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”
Que en virtud de la provisión del empleo PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 05, ubicado en la SUBDIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN Y DE CONSERVACIÓN de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, conforme a la lista de elegibles expedida para el efecto, es procedente ordenar la terminación del nombramiento provisional del(la) funcionario(a) JARRIZON ALEXANDER MURCIA PERALTA, a partir de la fecha de posesión en periodo de prueba del(la) señor(a) ANDRÉS ALBERTO GUEVARA RIVERA.
En mérito de lo expuesto, R E S U E L V E:
Artículo 1.
Nombramiento en periodo de prueba. Nombrar en periodo de prueba al (la) señor (a) ANDRÉS ALBERTO GUEVARA RIVERA, identificado (a) con cédula de ciudadanía número 13.069.203, para desempeñar el cargo de carrera denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 05, ubicado en la SUBDIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN Y DE CONSERVACIÓN de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 3 de 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-185 • 2026 • MARZO • 9 185 *20261000056523* Radicado: 20261000056523 Fecha: 06-02-2026 Pág. 4 de 5 RESOLUCIÓN N° 137 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC y se da por terminado un nombramiento provisional”.
Artículo 2.
Evaluación del periodo de prueba. El período de prueba a que se refiere el artículo anterior tendrá una duración de seis (6) meses contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato; de ser satisfactoria la calificación, será inscrito en el Registro Público de Carrera Administrativa, de lo contrario su nombramiento será declarado insubsistente mediante Resolución motivada.
Artículo 3.
Términos de aceptación y posesión. De conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, el(la) señor(a) ANDRÉS ALBERTO GUEVARA RIVERA tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente Resolución para manifestar si acepta o rechaza el nombramiento y diez (10) días para tomar posesión del empleo, los cuales se contarán a partir del día siguiente de la aceptación.
Artículo 4.
Terminación de un nombramiento provisional. Dar por terminado el nombramiento provisional efectuado al(la) señor(a) JARRIZON ALEXANDER MURCIA PERALTA, identificado con cédula de ciudadanía número 7.321.472, en el empleo PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 05, una vez el(la) señor (a) ANDRÉS ALBERTO GUEVARA RIVERA tome posesión en el empleo en que fue nombrado en periodo de prueba conforme al artículo 1° de la presente resolución.
Parágrafo. El funcionario ya identificado(a) deberá hacer entrega de los siguientes
formatos y adelantar el trámite de los siguientes deberes: a. Acta de entrega del cargo e Informe de Gestión – GTHU-020 - V3. b. Formato de Paz y salvo – GTHU -006 –V8. c. Evaluación de la gestión. d. Entrega de Carnet, tarjeta de proximidad y demás bienes asignados.
Artículo 5.
Comunicación. Comunicar el contenido de la presente Resolución a los(las) señores(as) ANDRÉS ALBERTO GUEVARA RIVERA y JARRIZON ALEXANDER MURCIA PERALTA, a través del Proceso de Gestión del Talento Humano
Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 4 de 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-186 • 2026 • MARZO • 9 186 *20261000056523* Radicado: 20261000056523 Fecha: 06-02-2026 Pág. 5 de 5 RESOLUCIÓN N° 137 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC y se da por terminado un nombramiento provisional”.
Artículo 6.
Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMÚNIQUESE Y CÚMPLASE Documento 20261000056523 firmado electrónicamente por:
MONICA ELOISA RUEDA PEÑA Directora General DIRECCIÓN GENERAL monica.rueda@umv.gov.co Fecha firma: 06-02-2026 17:17:57 Aprobó: ANGÉLICA MARÍA ACUÑA PORRAS - secretaria general - SECRETARÍA GENERAL - maria.acuna@umv.gov.co Revisó: ANDRI MARCELI OSORIO BETANCOURT - - SECRETARÍA GENERAL andri.osorio@umv.gov.co CLAUDIA JINETH ALVAREZ BENITEZ - Gerente Administrativo y Financiero - GERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA - jineth.alvarez@umv.gov.co LIZEHIDY ARANGUREN URREGO - - PROCESO TALENTO HUMANO lizehidy.aranguren@umv.gov.co CARLOS ENRIQUE CAMELO CASTILLO - Jefe de Oficina - PROCESO TALENTO HUMANO - carlos.camelo@umv.gov.co Proyectó: NATALI PAEZ CASTELLANOS - Contratista - PROCESO TALENTO HUMANO
- natali.paez@umv.gov.co c008a22e53c073b4347bf405fbfdda5b6eaf83244af0cc1523716f108412cbbc Codigo de Verificación CV: 88237 Comprobar desde: https://www.umv.gov.co/portal/verificar/ Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 5 de 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-187 • 2026 • MARZO • 9 187 *20261000056713* Radicado: 20261000056713 Fecha: 06-02-2026 Pág. 1 de 4 RESOLUCIÓN N° 148 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”.
LA DIRECTORA GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL En ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 11 del artículo 2 del Acuerdo 02 de 2023 y el numeral 11 del artículo 19 del Acuerdo No. 05 de 2023 expedidos por el Consejo Directivo de la UAERMV, en concordancia con lo señalado en la Ley 909 de 2004, el Decreto 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017 y demás disposiciones concordantes y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 125 de la Constitución Política establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso y ascenso en dichos cargos se realizará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que determine la ley para evaluar los méritos y calidades de los aspirantes.
Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 648 de 2017 establecen que los empleos de carrera en vacancia definitiva se proveerán en periodo de prueba con los candidatos seleccionados mediante el sistema de mérito.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, en cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales, mediante el proceso de selección No. 2549 de 2023 de la Convocatoria Distrito Capital 6, dio apertura a concurso de méritos abierto y de ascenso para la provisión de los empleos en vacancia definitiva de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial-UMV.
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 13040 del 16 de diciembre de 2025, por la cual conformó las lista de elegibles para proveer el empleo de carrera denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 05, ubicado en la OFICINA DE CONTROL DISCIPLINARIO INTERNO de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, identificado con Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 1 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-188 • 2026 • MARZO • 9 188 *20261000056713* Radicado: 20261000056713 Fecha: 06-02-2026 Pág. 2 de 4 RESOLUCIÓN N° 148 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”. número de OPEC 206126, en el marco del proceso de selección No. 2549 de 2023 -Distrito Capital 6.
Que la citada lista de elegibles quedó en firme el 26 de enero de 2026 y la Comisión Nacional del Servicio Civil envió copia de tal lista al nominador de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial mediante oficio 2026RS006637 del 26 de enero de 2026 para efectuar el nombramiento en periodo de prueba en los empleos convocados en el concurso, en estricto orden de mérito y de conformidad con el puntaje obtenido por las personas que ocupan un lugar de elegibilidad.
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto No. 1083 de 2015, es deber del jefe de la entidad proferir en estricto orden de mérito, los actos administrativos de nombramiento en período de prueba de los empleos objeto de concurso, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles en firme por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil.
Que el (la) señor (a) YESIKA LIZZETH PIMIENTA REDONDO, identificado (a) con cédula de ciudadanía número 52.499.804, ocupó el puesto número uno (1) en la lista de elegibles en firme de la Convocatoria No. 2549 de 2023 – Distrito Capital 6, para proveer el empleo identificado con el número de OPEC 206126, denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 05, ubicado en la OFICINA DE CONTROL DISCIPLINARIO INTERNO de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
En virtud de lo previsto en el artículo 2.2.5.1.5 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, desde el proceso de Talento Humano se verificó y certificó que el (la) señor (a) YESIKA LIZZETH PIMIENTA REDONDO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52.499.804, cumple con los requisitos mínimos de formación académica y experiencia, establecidos en el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales de la Unidad, así como con los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, para ser nombrado(a) en período de prueba en la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
En mérito de lo expuesto, Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 2 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-189 • 2026 • MARZO • 9 189 *20261000056713* Radicado: 20261000056713 Fecha: 06-02-2026 Pág. 3 de 4 RESOLUCIÓN N° 148 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”.
R E S U E L V E:
Artículo 1.
Nombramiento en periodo de prueba. Nombrar en periodo de prueba al (la) señor (a) YESIKA LIZZETH PIMIENTA REDONDO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52.499.804, para desempeñar el cargo de carrera denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 05, ubicado en la OFICINA DE CONTROL DISCIPLINARIO INTERNO de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
Artículo 2.
Evaluación del periodo de prueba. El período de prueba a que se refiere el artículo anterior tendrá una duración de seis (6) meses contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato; de ser satisfactoria la calificación, será inscrito en el Registro Público de Carrera Administrativa, de lo contrario su nombramiento será declarado insubsistente mediante Resolución motivada.
Artículo 3.
Términos de aceptación y posesión. De conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, el(la) señor(a) YESIKA LIZZETH PIMIENTA REDONDO tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente Resolución para manifestar si acepta o rechaza el nombramiento y diez (10) días para tomar posesión del empleo, los cuales se contarán a partir del día siguiente de la aceptación.
Artículo 4.
Comunicación. Comunicar el contenido de la presente Resolución al(la) señor(a) YESIKA LIZZETH PIMIENTA REDONDO, a través del Proceso de Gestión del Talento Humano.
Artículo 5.
Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMÚNIQUESE Y CÚMPLASE Documento 20261000056713 firmado electrónicamente por:
MONICA ELOISA RUEDA Directora General Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 3 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-190 • 2026 • MARZO • 9 190 *20261000056713* Radicado: 20261000056713 Fecha: 06-02-2026 Pág. 4 de 4 RESOLUCIÓN N° 148 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC”.
PEÑA DIRECCIÓN GENERAL monica.rueda@umv.gov.co Fecha firma: 06-02-2026 17:31:34 Aprobó: ANGÉLICA MARÍA ACUÑA PORRAS - secretaria general - SECRETARÍA GENERAL - maria.acuna@umv.gov.co Revisó: LIZEHIDY ARANGUREN URREGO - - PROCESO TALENTO HUMANO lizehidy.aranguren@umv.gov.co ANDRI MARCELI OSORIO BETANCOURT - - SECRETARÍA GENERAL andri.osorio@umv.gov.co CLAUDIA JINETH ALVAREZ BENITEZ - Gerente Administrativo y Financiero - GERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA - jineth.alvarez@umv.gov.co CARLOS ENRIQUE CAMELO CASTILLO - Jefe de Oficina - PROCESO TALENTO HUMANO - carlos.camelo@umv.gov.co Proyectó: NATALI PAEZ CASTELLANOS - Contratista - PROCESO TALENTO HUMANO
- natali.paez@umv.gov.co d6595949c3747ed0098111e9ca8674711e7152098299b3ca837c3a644e636469 Codigo de Verificación CV: 9b001 Comprobar desde: https://www.umv.gov.co/portal/verificar/ Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 4 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-191 • 2026 • MARZO • 9 191 *20261000056723* Radicado: 20261000056723 Fecha: 06-02-2026 Pág. 1 de 5 RESOLUCIÓN N° 149 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC y se da por terminado un encargo”.
LA DIRECTORA GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL En ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 11 del artículo 2 del Acuerdo 02 de 2023 y el numeral 11 del artículo 19 del Acuerdo No. 05 de 2023 expedidos por el Consejo Directivo de la UAERMV, en concordancia con lo señalado en la Ley 909 de 2004, el Decreto 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017 y demás disposiciones concordantes y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 125 de la Constitución Política establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso y ascenso en dichos cargos se realizará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que determine la ley para evaluar los méritos y calidades de los aspirantes.
Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 648 de 2017 establecen que los empleos de carrera en vacancia definitiva se proveerán en periodo de prueba con los candidatos seleccionados mediante el sistema de mérito.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, en cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales, mediante el proceso de selección No. 2549 de 2023 de la Convocatoria Distrito Capital 6, dio apertura a concurso de méritos abierto y de ascenso para la provisión de los empleos en vacancia definitiva de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial-UMV.
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 14159 del 24 de diciembre de 2025, por la cual conformó las listas de elegibles para proveer el empleo de carrera denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 05, ubicado en la SUBDIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN Y DE CONSERVACIÓN de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 1 de 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-192 • 2026 • MARZO • 9 192 *20261000056723* Radicado: 20261000056723 Fecha: 06-02-2026 Pág. 2 de 5 RESOLUCIÓN N° 149 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC y se da por terminado un encargo”.
Vial identificado con número de OPEC 206097, en el marco del proceso de selección No. 2549 de 2023 -Distrito Capital 6.
Que la citada lista de elegibles quedó en firme el 26 de enero de 2026 y la Comisión Nacional del Servicio Civil envió copia de tal lista al nominador de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial mediante oficio 2026RS006637 del 26 de enero de 2026 para efectuar el nombramiento en periodo de prueba en los empleos convocados en el concurso, en estricto orden de mérito y de conformidad con el puntaje obtenido por las personas que ocupan un lugar de elegibilidad.
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto No. 1083 de 2015, es deber del jefe de la entidad proferir en estricto orden de mérito, los actos administrativos de nombramiento en período de prueba de los empleos objeto de concurso, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles en firme por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil.
Que el (la) señor (a) MARTHA LUCIA MESÍAS OCAÑA, identificado (a) con cédula de ciudadanía número 59.835.136, ocupó el puesto número dos (2) en la lista de elegibles en firme de la Convocatoria No. 2549 de 2023 – Distrito Capital 6, para proveer el empleo identificado con el número de OPEC 206097, denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 05, ubicado en la SUBDIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN Y DE CONSERVACIÓN de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
En virtud de lo previsto en el artículo 2.2.5.1.5 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, desde el proceso de Talento Humano se verificó y certificó que el (la) señor (a) MARTHA LUCIA MESÍAS OCAÑA, identificado con cédula de ciudadanía No. 59.835.136, cumple con los requisitos mínimos de formación académica y experiencia, establecidos en el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales de la Unidad, así como con los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, para ser nombrado(a) en período de prueba en la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 2 de 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-193 • 2026 • MARZO • 9 193 *20261000056723* Radicado: 20261000056723 Fecha: 06-02-2026 Pág. 3 de 5 RESOLUCIÓN N° 149 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC y se da por terminado un encargo”.
Que actualmente el empleo PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 05, se encuentra provisto transitoriamente mediante Resolución No. 141 del 4 de marzo de 2024, por medio de la cual se encargó al(la) funcionario(a) NELLY VALDES ERAZO, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 34.534.541, quien es titular del empleo denominado PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 219, Grado 01, en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
Que conforme a lo dispuesto en el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, las vacantes definitivas en empleos de carrera se proveen transitoriamente mediante nombramientos en encargo o en provisionalidad hasta tanto deban proveerse en periodo de prueba o en ascenso, con las personas que hayan sido seleccionadas mediante el sistema de mérito.
Que el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015, dispone que “Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”
Que en virtud de la provisión del empleo PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 05, ubicado en SUBDIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN Y DE CONSERVACIÓN de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, conforme a la lista de elegibles expedida para el efecto, es procedente ordenar la terminación del encargo de la funcionaria NELLY VALDES ERAZO, a partir de la fecha de posesión en periodo de prueba del(la) señor(a) MARTHA LUCIA MESÍAS OCAÑA.
En mérito de lo expuesto, R E S U E L V E:
Artículo 1.
Nombramiento en periodo de prueba. Nombrar en periodo de prueba al (la) señor (a) MARTHA LUCIA MESÍAS OCAÑA, identificado (a) con cédula de ciudadanía número 59.835.136, para desempeñar el cargo de carrera denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 05, ubicado en la SUBDIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN Y DE CONSERVACIÓN de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 3 de 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-194 • 2026 • MARZO • 9 194 *20261000056723* Radicado: 20261000056723 Fecha: 06-02-2026 Pág. 4 de 5 RESOLUCIÓN N° 149 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC y se da por terminado un encargo”.
Artículo 2.
Evaluación del periodo de prueba. El período de prueba a que se refiere el artículo anterior tendrá una duración de seis (6) meses contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato; de ser satisfactoria la calificación, será inscrito en el Registro Público de Carrera Administrativa, de lo contrario su nombramiento será declarado insubsistente mediante Resolución motivada
Artículo 3.
Términos de aceptación y posesión. De conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, el(la) señor(a) MARTHA LUCIA MESÍAS OCAÑA tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente Resolución para manifestar si acepta o rechaza el nombramiento y diez (10) días para tomar posesión del empleo, los cuales se contarán a partir del día siguiente de la aceptación.
Artículo 4.
Terminación de un encargo. Dar por terminado el encargo efectuado al(la) señor(a) NELLY VALDES ERAZO, identificado(a) con cédula de ciudadanía número 34.534.541, en el empleo PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 05, una vez el(la) señor(a) MARTHA LUCIA MESÍAS OCAÑA tome posesión en el empleo en que fue nombrado en periodo de prueba conforme al artículo 1° de la presente resolución.
De conformidad con lo anterior, el(la) servidor(a) NELLY VALDES ERAZO, deberá asumir las funciones del empleo denominado PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 219, Grado 01, ubicado en OFICINA DE SERVICIO A LA CIUDADANÍA Y SOSTENIBILIDAD de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, del cual ostenta su titularidad con derechos de carrera administrativa.
Parágrafo. Una vez se haga efectiva la terminación el encargo, el(la) servidor(a) ya
identificado(a) deberá efectuar la evaluación de desempeño parcial eventual del empleo que venía desempeñando y posteriormente la concertación de compromisos para el nuevo empleo que va a desempeñar en titularidad. Además, Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 4 de 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-195 • 2026 • MARZO • 9 195 *20261000056723* Radicado: 20261000056723 Fecha: 06-02-2026 Pág. 5 de 5 RESOLUCIÓN N° 149 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC y se da por terminado un encargo”. deberá hacer entrega del cargo, y de los elementos devolutivos, documentos y trámites que tenga bajo su responsabilidad.
Artículo 5.
Comunicación. Comunicar el contenido de la presente Resolución a los(las) señores(as) MARTHA LUCIA MESÍAS OCAÑA y NELLY VALDES ERAZO, a través del Proceso de Gestión del Talento Humano.
Artículo 6.
Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMÚNIQUESE Y CÚMPLASE Documento 20261000056723 firmado electrónicamente por:
MONICA ELOISA RUEDA PEÑA Directora General DIRECCIÓN GENERAL monica.rueda@umv.gov.co Fecha firma: 06-02-2026 17:31:11 Aprobó: ANGÉLICA MARÍA ACUÑA PORRAS - secretaria general - SECRETARÍA GENERAL - maria.acuna@umv.gov.co Revisó: LIZEHIDY ARANGUREN URREGO - - PROCESO TALENTO HUMANO lizehidy.aranguren@umv.gov.co CARLOS ENRIQUE CAMELO CASTILLO - Jefe de Oficina - PROCESO TALENTO HUMANO - carlos.camelo@umv.gov.co ANDRI MARCELI OSORIO BETANCOURT - - SECRETARÍA GENERAL andri.osorio@umv.gov.co CLAUDIA JINETH ALVAREZ BENITEZ - Gerente Administrativo y Financiero - GERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA - jineth.alvarez@umv.gov.co Proyectó: NATALI PAEZ CASTELLANOS - Contratista - PROCESO TALENTO HUMANO
- natali.paez@umv.gov.co d941b49de6fd64af28debac3326d31f10ab7deb9b57eb1c685b8f1d8dbad3373 Codigo de Verificación CV: b0db7 Comprobar desde: https://www.umv.gov.co/portal/verificar/ Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 5 de 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-196 • 2026 • MARZO • 9 196 *20261000056743* Radicado: 20261000056743 Fecha: 06-02-2026 Pág. 1 de 5 RESOLUCIÓN N° 150 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC y se da por terminado un nombramiento provisional”.
LA DIRECTORA GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL En ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 11 del artículo 2 del Acuerdo 02 de 2023 y el numeral 11 del artículo 19 del Acuerdo No. 05 de 2023 expedidos por el Consejo Directivo de la UAERMV, en concordancia con lo señalado en la Ley 909 de 2004, el Decreto 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017 y demás disposiciones concordantes y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 125 de la Constitución Política establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso y ascenso en dichos cargos se realizará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que determine la ley para evaluar los méritos y calidades de los aspirantes.
Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 648 de 2017 establecen que los empleos de carrera en vacancia definitiva se proveerán en periodo de prueba con los candidatos seleccionados mediante el sistema de mérito.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, en cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales, mediante el proceso de selección No. 2549 de 2023 de la Convocatoria Distrito Capital 6, dio apertura a concurso de méritos abierto y de ascenso para la provisión de los empleos en vacancia definitiva de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial-UMV.
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 13039 del 16 de diciembre de 2025, por la cual conformó las listas de elegibles para proveer el empleo de carrera denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 04, ubicado en la GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA URBANA de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial identificado Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 1 de 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-197 • 2026 • MARZO • 9 197 *20261000056743* Radicado: 20261000056743 Fecha: 06-02-2026 Pág. 2 de 5 RESOLUCIÓN N° 150 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC y se da por terminado un nombramiento provisional”. con número de OPEC 206124, en el marco del proceso de selección No. 2549 de 2023 -Distrito Capital 6.
Que la citada lista de elegibles quedó en firme el 26 de enero de 2026 y la Comisión Nacional del Servicio Civil envió copia de tal lista al nominador de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial mediante oficio 2026RS006637 del 26 de enero de 2026 para efectuar el nombramiento en periodo de prueba en los empleos convocados en el concurso, en estricto orden de mérito y de conformidad con el puntaje obtenido por las personas que ocupan un lugar de elegibilidad.
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto No. 1083 de 2015, es deber del jefe de la entidad proferir en estricto orden de mérito, los actos administrativos de nombramiento en período de prueba de los empleos objeto de concurso, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles en firme por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil.
Que el (la) señor (a) RONALD LEONARDO ESPINOSA RAMÍREZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía número 80.054.885, ocupó el puesto número cinco (5) en la lista de elegibles en firme de la Convocatoria No. 2549 de 2023 – Distrito Capital 6, para proveer el empleo identificado con el número de OPEC 206124, denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 04, ubicado en la GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA URBANA de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
En virtud de lo previsto en el artículo 2.2.5.1.5 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, desde el proceso de Talento Humano se verificó y certificó que el (la) señor (a) RONALD LEONARDO ESPINOSA RAMÍREZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 80.054.885, cumple con los requisitos mínimos de formación académica y experiencia, establecidos en el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales de la Unidad, así como con los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, para ser nombrado(a) en período de prueba en la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
Que actualmente el empleo PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 04, se encuentra provisto transitoriamente mediante Resolución No. 495 del Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 2 de 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-198 • 2026 • MARZO • 9 198 *20261000056743* Radicado: 20261000056743 Fecha: 06-02-2026 Pág. 3 de 5 RESOLUCIÓN N° 150 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC y se da por terminado un nombramiento provisional”.
27 de junio de 2023, por medio de la cual se nombró provisionalmente al(la) funcionario(a) KARINA ALEXANDRA CARDONA NAVARRO, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 1.030.561.584, en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
Que conforme a lo dispuesto en el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, las vacantes definitivas en empleos de carrera se proveen transitoriamente mediante nombramientos en encargo o en provisionalidad hasta tanto deban proveerse en periodo de prueba o en ascenso, con las personas que hayan sido seleccionadas mediante el sistema de mérito.
Que el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015, dispone que “Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”
Que en virtud de la provisión del empleo PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 04, ubicado en la GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA URBANA de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, conforme a la lista de elegibles expedida para el efecto, es procedente ordenar la terminación del nombramiento provisional del(la) funcionario(a) KARINA ALEXANDRA CARDONA NAVARRO, a partir de la fecha de posesión en periodo de prueba del(la) señor(a) RONALD LEONARDO ESPINOSA RAMÍREZ.
En mérito de lo expuesto, R E S U E L V E:
Artículo 1.
Nombramiento en periodo de prueba. Nombrar en periodo de prueba al (la) señor (a) RONALD LEONARDO ESPINOSA RAMÍREZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía número 80.054.885, para desempeñar el cargo de carrera denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 04, ubicado en la GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA URBANA de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
Artículo 2.
Evaluación del periodo de prueba. El período de prueba a que se refiere el artículo anterior tendrá una duración de seis (6) meses contados a partir
Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 3 de 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-199 • 2026 • MARZO • 9 199 *20261000056743* Radicado: 20261000056743 Fecha: 06-02-2026 Pág. 4 de 5 RESOLUCIÓN N° 150 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC y se da por terminado un nombramiento provisional”. de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato; de ser satisfactoria la calificación, será inscrito en el Registro Público de Carrera Administrativa, de lo contrario su nombramiento será declarado insubsistente mediante Resolución motivada.
Artículo 3.
Términos de aceptación y posesión. De conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, el(la) señor(a) RONALD LEONARDO ESPINOSA RAMÍREZ tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente Resolución para manifestar si acepta o rechaza el nombramiento y diez (10) días para tomar posesión del empleo, los cuales se contarán a partir del día siguiente de la aceptación.
Artículo 4.
Terminación de un nombramiento provisional. Dar por terminado el nombramiento provisional efectuado al(la) señor(a) KARINA ALEXANDRA CARDONA NAVARRO, identificado con cédula de ciudadanía número 1.030.561.584, en el empleo PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 04, una vez el(la) señor (a) RONALD LEONARDO ESPINOSA RAMÍREZ tome posesión en el empleo en que fue nombrado en periodo de prueba conforme al artículo 1° de la presente resolución.
Parágrafo. El funcionario ya identificado(a) deberá hacer entrega de los siguientes
formatos y adelantar el trámite de los siguientes deberes: a. Acta de entrega del cargo e Informe de Gestión – GTHU-020 - V3. b. Formato de Paz y salvo – GTHU -006 –V8. c. Evaluación de la gestión. d. Entrega de Carnet, tarjeta de proximidad y demás bienes asignados.
Artículo 5.
Comunicación. Comunicar el contenido de la presente Resolución a los(las) señores(as) RONALD LEONARDO ESPINOSA RAMÍREZ y KARINA ALEXANDRA CARDONA NAVARRO, a través del Proceso de Gestión del Talento Humano
Artículo 6.
Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 4 de 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-200 • 2026 • MARZO • 9 200 *20261000056743* Radicado: 20261000056743 Fecha: 06-02-2026 Pág. 5 de 5 RESOLUCIÓN N° 150 DEL 06/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC y se da por terminado un nombramiento provisional”.
COMÚNIQUESE Y CÚMPLASE Documento 20261000056743 firmado electrónicamente por:
MONICA ELOISA RUEDA PEÑA Directora General DIRECCIÓN GENERAL monica.rueda@umv.gov.co Fecha firma: 06-02-2026 17:31:19 Aprobó: ANGÉLICA MARÍA ACUÑA PORRAS - secretaria general - SECRETARÍA GENERAL - maria.acuna@umv.gov.co Revisó: CARLOS ENRIQUE CAMELO CASTILLO - Jefe de Oficina - PROCESO TALENTO HUMANO - carlos.camelo@umv.gov.co CLAUDIA JINETH ALVAREZ BENITEZ - Gerente Administrativo y Financiero - GERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA - jineth.alvarez@umv.gov.co ANDRI MARCELI OSORIO BETANCOURT - - SECRETARÍA GENERAL andri.osorio@umv.gov.co LIZEHIDY ARANGUREN URREGO - - PROCESO TALENTO HUMANO lizehidy.aranguren@umv.gov.co Proyectó: NATALI PAEZ CASTELLANOS - Contratista - PROCESO TALENTO HUMANO
- natali.paez@umv.gov.co 4cb2b1f973fcb99718cabbecbc95d97b91f7016ba7e744b0912f13f4d8376a51 Codigo de Verificación CV: 992af Comprobar desde: https://www.umv.gov.co/portal/verificar/ Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 5 de 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-201 • 2026 • MARZO • 9 201 *20261000068153* Radicado: 20261000068153 Fecha: 19-02-2026 Pág. 1 de 4 RESOLUCIÓN N° 179 DEL 19/02/2026 “Por la cual se corrige un error formal en la Resolución No. 131 del 6 de febrero de 2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC y se da por terminado un encargo”.
LA DIRECTORA GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL En ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 11 del artículo 2 del Acuerdo 02 de 2023 y el numeral 11 del artículo 19 del Acuerdo No. 05 de 2023 expedidos por el Consejo Directivo de la UAERMV, en concordancia con lo señalado en la Ley 909 de 2004, el Decreto 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017 y demás disposiciones concordantes y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución No. 13043 del 16 de diciembre de 2025 se conformó la lista de elegibles para proveer el empleo de carrera denominado AUXILIAR ADMINISTRATIVO, Código 407, Grado 04, identificado con el número de OPEC 224051, de la planta de personal de la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL en el marco del Proceso de Selección No. 2527 a 2559 - Distrito Capital 6.
Que mediante Resolución No. 131 del 6 de febrero de 2026, se nombró en periodo de prueba a la señora MARÍA NATIVIDAD CÓRDOBA HIGUERA, identificada con cédula de ciudadanía número 52.843.021, quien ocupó el puesto número uno (1) en la lista de elegibles en firme para proveer el empleo identificado con el número de OPEC 224051, denominado AUXILIAR ADMINISTRATIVO, Código 407, Grado 04, ubicado en la OFICINA DE CONTROL INTERNO.
Que de la revisión integral de la Resolución No. 131 del 6 de febrero de 2026, se advirtió un error de transcripción respecto del área funcional en la cual se encuentra ubicado el empleo denominado AUXILIAR ADMINISTRATIVO, Código 407, Grado 04, identificado con el número de OPEC 224051, pues se indicó OFICINA DE CONTROL INTERNO, cuando conforme a la Oferta Pública de Empleos de Carrera y al Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales, el área funcional correcta es la GERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA – TALENTO HUMANO.
Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 1 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-202 • 2026 • MARZO • 9 202 *20261000068153* Radicado: 20261000068153 Fecha: 19-02-2026 Pág. 2 de 4 RESOLUCIÓN N° 179 DEL 19/02/2026 “Por la cual se corrige un error formal en la Resolución No. 131 del 6 de febrero de 2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC y se da por terminado un encargo”.
Que el citado yerro corresponde a un error meramente formal que no modifica el sentido material de la decisión adoptada, razón por la cual resulta procedente su corrección en los términos del artículo 45 de la Ley 1437 de 2011que establece:
"En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda."
Que, en virtud de lo anterior, se hace necesario corregir la Resolución No. 131 del 6 de febrero de 2026, con el fin de subsanar el error formal de transcripción en el cual se indicó de manera imprecisa que el área funcional del empleo denominado AUXILIAR ADMINISTRATIVO, Código 407, Grado 04, identificado con el número de OPEC 224051, corresponde a la OFICINA DE CONTROL INTERNO, cuando en realidad dicho empleo se encuentra ubicado en la GERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA – TALENTO HUMANO, sin que ello implique modificación alguna del sentido material de la decisión adoptada.
En mérito de lo expuesto, R E S U E L V E:
Artículo 1.
Corregir un error formal de transcripción contenido en la Resolución No. 131 del 6 de febrero de 2026, en los apartes donde se indicó que el empleo denominado AUXILIAR ADMINISTRATIVO, Código 407, Grado 04, identificado con el número de OPEC 224051, se encuentra ubicado en la OFICINA DE CONTROL INTERNO, en el sentido de precisar que el área funcional correcta es la GERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA – TALENTO HUMANO.
En consecuencia, el artículo 1° de la Resolución No. 131 del 6 de febrero de 2026 quedará así:
Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 2 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-203 • 2026 • MARZO • 9 203 *20261000068153* Radicado: 20261000068153 Fecha: 19-02-2026 Pág. 3 de 4 RESOLUCIÓN N° 179 DEL 19/02/2026 “Por la cual se corrige un error formal en la Resolución No. 131 del 6 de febrero de 2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC y se da por terminado un encargo”.
Artículo 1.
Nombramiento en periodo de prueba. Nombrar en periodo de prueba al (la) señor (a) MARÍA NATIVIDAD CÓRDOBA HIGUERA, identificado(a) con cédula de ciudadanía número 52.843.021, para desempeñar el cargo de carrera denominado AUXILIAR ADMINISTRATIVO, Código 407, Grado 04, ubicado en la GERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
Artículo 2.
Comunicación. Comunicar el contenido de la presente Resolución a la señora MARÍA NATIVIDAD CÓRDOBA HIGUERA, GERMÁN HERNANDO AGUDELO CELY y LEDA NELFY GARCÍA SARMIENTO, a través del Proceso de Gestión del Talento Humano.
Artículo 3.
Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMÚNIQUESE Y CÚMPLASE Documento 20261000068153 firmado electrónicamente por:
MONICA ELOISA RUEDA PEÑA Directora General DIRECCIÓN GENERAL monica.rueda@umv.gov.co Fecha firma: 19-02-2026 08:05:11 Aprobó: ANGÉLICA MARÍA ACUÑA PORRAS - secretaria general - SECRETARÍA GENERAL - maria.acuna@umv.gov.co Revisó: JORGE ENRIQUE ORTIZ BLANCO - Contratista - GERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA - jorge.blanco@umv.gov.co LIZEHIDY ARANGUREN URREGO - - PROCESO TALENTO HUMANO lizehidy.aranguren@umv.gov.co CARLOS ENRIQUE CAMELO CASTILLO - - PROCESO TALENTO HUMANO
- carlos.camelo@umv.gov.co ANDRI MARCELI OSORIO BETANCOURT - - SECRETARÍA GENERAL - andri.osorio@umv.gov.co CLAUDIA JINETH ALVAREZ BENITEZ - GERENTE ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO - GERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA - jineth.alvarez@umv.gov.co Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 3 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-204 • 2026 • MARZO • 9 204 *20261000068153* Radicado: 20261000068153 Fecha: 19-02-2026 Pág. 4 de 4 RESOLUCIÓN N° 179 DEL 19/02/2026 “Por la cual se corrige un error formal en la Resolución No. 131 del 6 de febrero de 2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC y se da por terminado un encargo”.
7063dcb7982f9652d349867c7f925cb16c6da62fcf608df3ea8e30726a98818e Codigo de Verificación CV: e33b7 Comprobar desde: https://www.umv.gov.co/portal/verificar/ Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 4 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-205 • 2026 • MARZO • 9 205 *20261000074883* Radicado: 20261000074883 Fecha: 26-02-2026 Pág. 1 de 6 RESOLUCIÓN N° 186 DEL 26/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba, en la modalidad ascenso, en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC y se da por terminado un encargo”.
LA DIRECTORA GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL En ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 11 del artículo 2 del Acuerdo 02 de 2023 y el numeral 11 del artículo 19 del Acuerdo No. 05 de 2023 expedidos por el Consejo Directivo de la UAERMV, en concordancia con lo señalado en la Ley 909 de 2004, el Decreto 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017 y demás disposiciones concordantes y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 125 de la Constitución Política establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso y ascenso en dichos cargos se realizará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que determine la ley para evaluar los méritos y calidades de los aspirantes.
Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 648 de 2017 establecen que los empleos de carrera en vacancia definitiva se proveerán en periodo de prueba con los candidatos seleccionados mediante el sistema de mérito.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, en cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales, mediante el proceso de selección No. 2549 de 2023 de la Convocatoria Distrito Capital 6, dio apertura a concurso de méritos abierto y de ascenso para la provisión de los empleos en vacancia definitiva de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial-UMV.
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 1214 del 12 de febrero de 2026, por la cual conformó las listas de elegibles para proveer, en la modalidad de ascenso, el empleo de carrera denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 04, ubicado en la SUBDIRECCIÓN DE PRODUCCIÓN Y APOYO LOGÍSTICO de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 1 de 6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-206 • 2026 • MARZO • 9 206 *20261000074883* Radicado: 20261000074883 Fecha: 26-02-2026 Pág. 2 de 6 RESOLUCIÓN N° 186 DEL 26/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba, en la modalidad ascenso, en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC y se da por terminado un encargo”.
Rehabilitación y Mantenimiento Vial identificado con número de OPEC 206365, en el marco del proceso de selección No. 2549 de 2023 -Distrito Capital 6.
Que la citada lista de elegibles quedó en firme el 23 de febrero de 2026 y la Comisión Nacional del Servicio Civil envió copia de tal lista al nominador de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial mediante oficio 2026RS024117 del 13 de febrero del 2026 para efectuar el nombramiento en periodo de prueba en los empleos convocados en el concurso, en estricto orden de mérito y de conformidad con el puntaje obtenido por las personas que ocupan un lugar de elegibilidad.
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto No. 1083 de 2015, es deber del jefe de la entidad proferir en estricto orden de mérito, los actos administrativos de nombramiento en período de prueba de los empleos objeto de concurso, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles en firme por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil.
Que el (la) señor (a) MARLON ANDONI GONZÁLEZ DELGADO, identificado(a) con cédula de ciudadanía número 79.843.702, ocupó el puesto número uno (1) en la lista de elegibles en firme de la Convocatoria No. 2549 de 2023 – Distrito Capital 6, para proveer el empleo identificado con el número de OPEC 206365, denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 04, ubicado en la SUBDIRECCIÓN DE PRODUCCIÓN Y APOYO LOGÍSTICO de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
Que actualmente el empleo PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 04, se encuentra provisto por encargo otorgado mediante Resolución No. 465 del 22 de junio de 2023, a MARLON ANDONI GONZÁLEZ DELGADO, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 79.843.702, quien es titular del empleo denominado PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 219, Grado 01, en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
Que actualmente el empleo PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 219, Grado 01, se encuentra provisto transitoriamente mediante Resolución No. 1079 del 6 de diciembre de 2023, por medio de la cual se nombró provisionalmente al(la)
Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 2 de 6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-207 • 2026 • MARZO • 9 207 *20261000074883* Radicado: 20261000074883 Fecha: 26-02-2026 Pág. 3 de 6 RESOLUCIÓN N° 186 DEL 26/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba, en la modalidad ascenso, en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC y se da por terminado un encargo”. funcionario(a) DAVID JULIÁN CASTILLO CÁCERES, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 1.022.390.739, en la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
En virtud de lo previsto en el artículo 2.2.5.1.5 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, desde el proceso de Talento Humano se verificó y certificó que el (la) señor (a) MARLON ANDONI GONZÁLEZ DELGADO, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.843.702, cumple con los requisitos mínimos de formación académica y experiencia, establecidos en el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales de la Unidad, así como con los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, para ser nombrado(a) en período de prueba, en la modalidad ascenso, en la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
Que conforme a lo dispuesto en el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, las vacantes definitivas en empleos de carrera se proveen transitoriamente mediante nombramientos en encargo o en provisionalidad hasta tanto deban proveerse en periodo de prueba o en ascenso, con las personas que hayan sido seleccionadas mediante el sistema de mérito.
Que el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015, dispone que “Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”
Que en virtud de la provisión del empleo PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 04, ubicado en la SUBDIRECCIÓN DE PRODUCCIÓN Y APOYO LOGÍSTICO, identificado con OPEC No. 206365 de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, conforme a la lista de elegibles expedida para el efecto, es procedente ordenar la terminación del encargo del(la) servidor(a) MARLON ANDONI GONZÁLEZ DELGADO, a partir de la fecha de su posesión en el empleo en que fue nombrado en periodo de prueba.
En mérito de lo expuesto, Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 3 de 6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-208 • 2026 • MARZO • 9 208 *20261000074883* Radicado: 20261000074883 Fecha: 26-02-2026 Pág. 4 de 6 RESOLUCIÓN N° 186 DEL 26/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba, en la modalidad ascenso, en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC y se da por terminado un encargo”.
R E S U E L V E:
Artículo 1.
Nombramiento en periodo de prueba, modalidad ascenso. Nombrar en periodo de prueba, en la modalidad de ascenso, al (la) señor (a) MARLON ANDONI GONZÁLEZ DELGADO, identificado(a) con cédula de ciudadanía número 79.843.702, para desempeñar el cargo de carrera denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 04, ubicado en la SUBDIRECCIÓN DE PRODUCCIÓN Y APOYO LOGÍSTICO de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
Artículo 2.
Evaluación del periodo de prueba. El período de prueba en ascenso a que se refiere el artículo anterior tendrá una duración de seis (6) meses contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato; de ser satisfactoria la calificación, será inscrito en el Registro Público de Carrera Administrativa, de lo contrario su nombramiento será declarado insubsistente mediante Resolución motivada.
De no superar dicho periodo, el nombramiento deberá ser declarado insubsistente por resolución motivada y el(la) funcionario(a) regresará al empleo del cual es titular y conserva su inscripción en la carrera administrativa.
Artículo 3.
Términos de aceptación y posesión. De conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, el(la) señor(a) MARLON ANDONI GONZÁLEZ DELGADO tendrá diez (10) días, contados a partir de la comunicación de la presente Resolución, para manifestar si acepta o rechaza el nombramiento y diez (10) días para tomar posesión del empleo, los cuales se contarán a partir del día siguiente de la aceptación.
Artículo 4.
Terminación de un encargo. Dar por terminado el encargo efectuado al(la) señor(a) MARLON ANDONI GONZÁLEZ DELGADO, identificado(a) con cédula de ciudadanía número 79.843.702, en el empleo PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 04, una vez tome posesión en el empleo en que fue nombrado en periodo de prueba conforme al artículo 1° de la presente resolución.
Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 4 de 6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-209 • 2026 • MARZO • 9 209 *20261000074883* Radicado: 20261000074883 Fecha: 26-02-2026 Pág. 5 de 6 RESOLUCIÓN N° 186 DEL 26/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba, en la modalidad ascenso, en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC y se da por terminado un encargo”.
Artículo 5.
Vacancia temporal del empleo. Declarar, a partir de la fecha en que tome posesión en periodo de prueba, modalidad ascenso, la vacante temporal del empleo denominado PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 219, Grado 01, de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial cuyo titular con derechos de carrera administrativa es el(la) servidor(a) MARLON ANDONI GONZÁLEZ DELGADO, hasta que supere y apruebe el periodo de prueba en el cargo denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 04.
Parágrafo. Mantener el nombramiento provisional efectuado mediante Resolución
No. 1079 del 6 de diciembre de 2023 al(la) servidor(a) público(a) DAVID JULIÁN CASTILLO CÁCERES, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 1.022.390.739 en el empleo denominado PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 219, Grado 01, durante el término de duración del periodo de prueba en ascenso del titular del empleo o hasta que se deba dar por terminado mediante acto administrativo motivado.
Artículo 6.
Comunicación. Comunicar el contenido de la presente Resolución a los(las) señores(as) MARLON ANDONI GONZÁLEZ DELGADO y DAVID JULIÁN CASTILLO CÁCERES, a través del Proceso de Gestión del Talento Humano.
Artículo 7.
Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMÚNIQUESE Y CÚMPLASE Documento 20261000074883 firmado electrónicamente por:
MONICA ELOISA RUEDA PEÑA Directora General DIRECCIÓN GENERAL monica.rueda@umv.gov.co Fecha firma: 26-02-2026 09:09:24 Aprobó: ANGÉLICA MARÍA ACUÑA PORRAS - secretaria general - SECRETARÍA GENERAL - maria.acuna@umv.gov.co Revisó: CLAUDIA JINETH ALVAREZ BENITEZ - - GERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA - jineth.alvarez@umv.gov.co ANDRI MARCELI OSORIO BETANCOURT - - SECRETARÍA GENERAL andri.osorio@umv.gov.co Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 5 de 6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-210 • 2026 • MARZO • 9 210 *20261000074883* Radicado: 20261000074883 Fecha: 26-02-2026 Pág. 6 de 6 RESOLUCIÓN N° 186 DEL 26/02/2026 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba, en la modalidad ascenso, en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en el marco del Proceso de Selección 2549 de 2023 -Convocatoria Distrito Capital 6- adelantado por la CNSC y se da por terminado un encargo”.
JORGE ENRIQUE ORTIZ BLANCO - Contratista - GERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA - jorge.blanco@umv.gov.co NATALI PAEZ CASTELLANOS - Contratista - PROCESO TALENTO HUMANO
- natali.paez@umv.gov.co CARLOS ENRIQUE CAMELO CASTILLO - - PROCESO TALENTO HUMANO
- carlos.camelo@umv.gov.co Proyectó:
LIZEHIDY ARANGUREN URREGO - - PROCESO TALENTO HUMANO lizehidy.aranguren@umv.gov.co 049a7843c534df80caca2d40217676aca6ecffe547305437fdb38ed13a247b2e Codigo de Verificación CV: ccc05 Comprobar desde: https://www.umv.gov.co/portal/verificar/ Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 6 de 6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-211 • 2026 • MARZO • 9 211 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D. C. SECRETARÍA DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE Instituto Distrital de las Artes RESOLUCIÓN N° 163 ()
20 - Feb - 2026 “Por medio de la cual se autoriza el traslado (desmonte, almacenamiento e implantación) de la expresión artística “Nuestra Señora de las Misericordias” de carácter permanente en el espacio público de Bogotá D.C.”
LA SUBDIRECTORA DE LAS ARTES DEL INSTITUTO DISTRITAL DE LAS ARTES – IDARTES En uso de sus atribuciones legales, en especial las conferidas en el Decreto Distrital 555 de 2021, y en uso de las facultades de conformidad con lo establecido en el Acuerdo Distrital 440 de 2010, Acuerdo No. 005 de 2021 modificado por el Acuerdo 002 de 2025, el Acuerdo 008 de 2025 del Consejo Directivo del Idartes, Resolución 1503 de 2025, Resolución 1504 de 2025, Resolución 1651 de 2025 y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Acuerdo N° 440 de 2010 fue creado el Instituto Distrital de las Artes- Idartes (en adelante “Idartes” o “el Instituto”) como un: “Establecimiento público del orden distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera, y patrimonio propio, adscrito a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, de cuyo sector hace parte integrante”. tiene por objeto “la ejecución de políticas, planes, programas y proyectos para el ejercicio efectivo de los derechos culturales de los habitantes del Distrito Capital, en lo relacionado con la formación, creación, investigación, circulación y apropiación de las áreas artísticas de literatura, artes plásticas, artes audiovisuales, arte dramático, danza y música, a excepción de la música sinfónica, académica y el canto lírico”.
Que el título 10 el Decreto 649 de 2025 “Por medio del cual se expide el Decreto Único del Sector Cultura, Recreación y Deporte” establece la conformación y funcionamiento del Comité Distrital del Espacio Público, la operación de la Ventanilla Única de Implantaciones Artísticas en el Espacio Público VIARTE y el trámite para la implantación, traslado y donación de expresiones artísticas de carácter permanente en el espacio público de la ciudad.
Que frente a las solicitudes que se radiquen ante la Ventanilla Única de Implantaciones Artísticas en el Espacio Público - VIARTE para implantar, trasladar o donar en el espacio público una expresión artística de carácter permanente, el parágrafo 2 del artículo 305 del Decreto ibidem, señala que: "Toda solicitud deberá cumplir con las normas y reglamentaciones sobre espacio público, en particular las establecidas en el Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá y sus decretos reglamentarios”.
Que conforme el artículo 145 del Decreto 555 de 2021, le corresponde al Instituto Distrital de las Artes - IDARTES la competencia de expedir una de las modalidades de Licencia de Intervención y Ocupación del Espacio Público que tiene por fin: “Autorizar la ubicación de expresiones artísticas de carácter permanente en el espacio público del Distrito Capital”.
Que mediante Resolución No. 1503 de 2025, el Instituto Distrital de las Artes - Idartes, creó y adoptó el inventario de expresiones artísticas de carácter permanente en el espacio público del Distrito Capital.
Que mediante la Resolución No. 1504 de 2025, el Idartes estableció el procedimiento de autorización para la ubicación de las expresiones artísticas en el espacio público del Distrito Capital. Así mismo dispuso que a través de la Subdirección de las Artes- Gerencia de Artes Carrera 8 No. 15-46, Bogotá Colombia Tel: 3795750 www.idartes.gov.co e-Mail: contactenos@idartes.gov.co Info: Línea 195 Página 1 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-212 • 2026 • MARZO • 9 212 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D. C. SECRETARÍA DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE Instituto Distrital de las Artes 163 RESOLUCIÓN N° ()
20 - Feb - 2026 “Por medio de la cual se autoriza el traslado (desmonte, almacenamiento e implantación) de la expresión artística “Nuestra Señora de las Misericordias” de carácter permanente en el espacio público de Bogotá D.C.”
Plásticas y Visuales, se verificará el cumplimiento de las obligaciones y especificaciones técnicas de la implantación.
Que mediante los radicados del IDPC No. 20255110046052 del 27 de mayo de 2025 y No. 20255110056852 del 1 de julio de 2025, el CONCESIONARIO VIAL DEL NORTE identificado con Nit: 901776485-7, solicitó al Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, la autorización para realizar acciones de desmontaje, almacenamiento, traslado e implantación del bien mueble “Nuestra Señora de las Misericordias”, actualmente ubicada en la carrera 7 entre calles 110A y calle 111 acera oriental de la carrera 7, en la localidad de Usaquén.
Que dicha solicitud se formula dentro del proyecto de transformación urbanística de la ciudad, en el marco del contrato IDU No. 1739-2023, suscrito entre el Instituto de Desarrollo Urbano IDU y el CONCESIONARIO VIAL DEL NORTE, cuyo objeto es la construcción del corredor verde de la carrera 7 desde la calle 99 hasta la calle 127 y demás obras complementarias en la ciudad de Bogotá.
Que mediante Resolución No. 597 del 30 de julio de 2025 el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural aprobó la propuesta de desmonte, almacenamiento, traslado e implantación de la escultura denominada “Nuestra Señora de las Misericordias” ubicada en la carrera 7 entre calles 110A y calle 111 acera oriental de la carrera 7, en la localidad de Usaquén.
Que el Comité Distrital de Espacio Público, en sesión ordinaria del 01 de agosto de 2025, por votación de sus miembros, aprobó el traslado de la escultura “Nuestra Señora de las Misericordias”.
Que el CONCESIONARIO VIAL DEL NORTE identificado con Nit: 901776485-7, presentó su interés de realizar el traslado de la escultura Nuestra Señora de las Misericordias mediante radicado No. 20257100195732 del 8 de agosto de 2025 ante la Subdirección de Gestión Cultural y Patrimonio de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, a través de la Ventanilla Única de Implantaciones Artísticas en el espacio Público – VIARTE, para lo cual adjuntó la propuesta de traslado de desmonte, almacenamiento, traslado e implantación de la escultura denominada “Nuestra Señora de las Misericordias” ubicada en el separador carrera 7 entre calles 110A y 11, localidad de Usaquén, con el fin de iniciar el proceso de aprobación por parte del Comité Distrital del Espacio Público.
Que mediante la Resolución No. 834 del 5 de septiembre de 2025, la Dirección de Arte, Cultura y Patrimonio de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, adoptó la decisión emitida por el Comité Distrital de Espacio Público respecto de la autorización de traslado de la escultura implantación artística denominada “Nuestra Señora de las Misericordias”.
Que a través del sistema Orfeo mediante radicado No.20264600002342 del 9 de enero de 2026, el CONCESIONARIO VIAL DEL NORTE identificado con el Nit: 901776485-7 radicó en el Instituto Distrital de las Artes-Idartes, la documentación requerida conforme a lo establecido en el artículo 4 de la Resolución No. 1504 de 2025.
Que la Subdirección de las Artes a través de su Gerencia de Artes Plásticas y Visuales, verificó el cumplimiento de las condiciones y requisitos por parte del CONCESIONARIO VIAL DEL NORTE identificado con el Nit: 901776485-7, conforme a lo establecido en las Resoluciones Nos. 1503 y 1504 de 2025 del Instituto Distrital de las Artes - Idartes, y en consecuencia, mediante radicado Orfeo No. 20263300072613 del 22 de enero de 2025, solicitó a la Subdirección Jurídica tramitar el Carrera 8 No. 15-46, Bogotá Colombia Tel: 3795750 www.idartes.gov.co e-Mail: contactenos@idartes.gov.co Info: Línea 195 Página 2 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-213 • 2026 • MARZO • 9 213 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D. C. SECRETARÍA DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE Instituto Distrital de las Artes RESOLUCIÓN N° 163 ()
20 - Feb - 2026 “Por medio de la cual se autoriza el traslado (desmonte, almacenamiento e implantación) de la expresión artística “Nuestra Señora de las Misericordias” de carácter permanente en el espacio público de Bogotá D.C.”
Acto Administrativo mediante el cual el Instituto Distrital de las Artes – IDARTES autoriza al CONCESIONARIO VIAL DEL NORTE, el traslado de desmonte, almacenamiento e implantación, de la escultura denominada “Nuestra Señora de las Misericordias” y adjuntó los soportes para tal fin.
Que la Gerencia de Artes Plásticas y Visuales de la Subdirección de las Artes, procederá a incluir la escultura denominada “Nuestra Señora de las Misericordias” en el Inventario de Expresiones Artísticas de carácter permanente en el espacio público del Distrito Capital, una vez finalizado el proceso de traslado objeto de la presente autorización, al tenor del artículo 4.4 de la Resolución 1503 de 2025, del Instituto Distrital de las Artes - Idartes.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1.
AUTORIZAR el traslado (desmonte, almacenamiento e implantación) de la escultura denominada “Nuestra Señora de las Misericordias, ubicada en la carrera 7 entre calles 110A y calle 111 acera oriental de la carrera 7, en la localidad de Usaquén de la ciudad de Bogotá D.C., en las condiciones descritas en el proyecto aprobado por el Comité Distrital de Espacio Público mediante la Resolución No. 834 de 2025 de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte, la cual soporta técnicamente la expedición de la presente autorización de traslado.
Artículo 2.
La autorización concedida, se otorga al CONCESIONARIO VIAL DEL NORTE identificado con Nit 901776485-7, quien deberá cumplir las obligaciones establecidas en el artículo décimo noveno de la Resolución No. 1504 de 2025 del Idartes, y será responsable por los daños, afectaciones y modificaciones que pueda llegar a requerir la escultura denominada Nuestra Señora de las Misericordias” de conformidad con lo dispuesto en el artículo vigésimo de la citada Resolución No. 1504 de 2025, para lo cual suscribirá el formato de responsabilidad que suministrará Idartes para este fin.
Artículo 3.
La Gerencia de Artes Plásticas y Visuales de la Subdirección de las Artes, formalizará la inclusión de la escultura denominada “Nuestra Señora de las Misericordias” conforme a lo establecido en el artículo 4.4. de la Resolución 1503 de 2025, en el Inventario de Expresiones Artísticas de carácter permanente en el espacio público del Distrito Capital, una vez finalizado el proceso de traslado objeto de la presente autorización.
Artículo 4.
La presente autorización tendrá una vigencia de treinta y cuatro (34) meses, contados a partir de la fecha de inicio del proceso de traslado conforme a lo estipulado en el proyecto aprobado por el Comité Distrital de Espacio Público a través de la Resolución 834 de 2025.
Parágrafo. - Esta autorización podrá prorrogarse una sola vez y por un plazo de diecisiete (17)
meses, previo al vencimiento de la respectiva autorización, siempre que mantengan las condiciones de conservación del bien mueble y se encuentren vigentes a la fecha, las normas que permitieron su aprobación por parte del IDPC.
Artículo 5.
Comunicar la presente Resolución a la Secretaría Técnica del Comité Distrital del Espacio Público y al Instituto Distrital de Patrimonio Cultural - IDPC, por intermedio de la Subdirección Jurídica del Instituto Distrital de las Artes- Idartes.
Carrera 8 No. 15-46, Bogotá Colombia Tel: 3795750 www.idartes.gov.co e-Mail: contactenos@idartes.gov.co Info: Línea 195 Página 3 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-214 • 2026 • MARZO • 9 214 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D. C. SECRETARÍA DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE Instituto Distrital de las Artes RESOLUCIÓN N° 163 20 - Feb - 2026 ()
“Por medio de la cual se autoriza el traslado (desmonte, almacenamiento e implantación) de la expresión artística “Nuestra Señora de las Misericordias” de carácter permanente en el espacio público de Bogotá D.C.”
Artículo 6.
Vigencia. La presente Resolución rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en la página web de la entidad y deberá ser publicada en el Registro Distrital.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá a los, 20 - Feb - 2026 MARÍA MERCEDES GONZÁLEZ CÁCERES Subdirectora de las Artes Instituto Distrital de las Artes El presente acto administrativo fue proyectado, revisado y validado telemáticamente y vía correo electrónico por: Proyectó Ana Mylena Godoy Gonzalez - Contratista Subdirección Jurídica Clara Porras Sierra - Auxiliar Administrativa Gerencia de Artes Plásticas y Revisó Gerencia de Artes Plásticas y Visuales María Catalina Rodríguez Ariza – Gerente de Artes Plásticas y Visuales Visuales Revisó Gerencia de Artes Plásticas y Visuales Aprobó Subdirección Jurídica Heidy Yobanna Moreno Moreno - Subdirectora Jurídica Carrera 8 No. 15-46, Bogotá Colombia Tel: 3795750 www.idartes.gov.co e-Mail: contactenos@idartes.gov.co Info: Línea 195 Página 4 de 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-215 • 2026 • MARZO • 9 215 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-216 • 2026 • MARZO • 9 216 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-217 • 2026 • MARZO • 9 217 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-218 • 2026 • MARZO • 9 218 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-219 • 2026 • MARZO • 9 219 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-220 • 2026 • MARZO • 9 220 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-221 • 2026 • MARZO • 9 221 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-222 • 2026 • MARZO • 9 222 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-223 • 2026 • MARZO • 9 223 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-224 • 2026 • MARZO • 9 224 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-225 • 2026 • MARZO • 9 225 DECRETO LOCAL DE 2026 DECRETO LOCAL No 01 DE 2026 (02 de marzo de 2026)
“Por el cual se ajusta el presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero para la vigencia fiscal 2026”.
LA ALCALDESA LOCAL DE CHAPINERO En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo 316 del Decreto 645 de 2025 y,
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 645 del 2025 “Por medio del cual se expide el decreto Único del Sector Hacienda” en su artículo 316 estipula que “Los FDL efectuaran el ajuste al presupuesto de la vigencia en curso de acuerdo con las cifras resultantes del cierre presupuestal y financiero de la vigencia fiscal inmediatamente anterior.
El alcalde o alcaldesa local por decreto incrementará o reducirá el monto de Obligaciones por Pagar presupuestadas hasta equipararlas al monto real constituido al cierre de la vigencia fiscal inmediatamente anterior, siempre y cuando no supere los montos aprobados por la JAL.. Si es necesario aumentar el valor presupuestado de las mismas se efectuará un traslado de la inversión directa, en caso contrario se disminuirá el sobrante por decreto local.
Para la expedición del decreto de ajuste deberá contar con la viabilidad de la Secretaria Distrital de planeación y de la Secretaria Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. quienes para el efecto consultaran el listado de Obligaciones por Pagar”.
Que en el numeral 4.4 del Modulo3 de la Resolución No SHD-000191 del 22 de septiembre de 2017 de la Secretaria de Hacienda, sobre el Ajuste por Cierre Presupuestal se indica el procedimiento para efectuar el ajuste en mención.
2310460-FT-078 Versión 01 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-226 • 2026 • MARZO • 9 226 Continuación del Decreto N°. 01 de 2026 Pág. 2 de 3 “Por el cual se ajusta el presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero para la vigencia fiscal 2026”.
Que el Fondo de Desarrollo Local de Chapinero, apropió en la vigencia 2026 en las Obligaciones por pagar el monto de $39.614.383.000, y el valor es superior a $31.888.635.461, correspondiente a las Obligaciones por Pagar constituidas a 31 de diciembre 2025.
Que el Fondo de Desarrollo Local de Chapinero debe ajustar en Funcionamiento los rubros “O219001 Obligaciones por Pagar Funcionamiento Vigencia Anterior” y “O219002 Obligaciones por Pagar Funcionamiento otras Vigencias” y en Inversión los rubros “O230689 Obligaciones por Pagar Inversión Vigencia Anterior” y “O230690 Obligaciones por Pagar Inversión Vigencias Anteriores” hasta el monto de Obligaciones por pagar constituidas.
Que mediante comunicación de la Dirección de Planes de Desarrollo y Fortalecimiento Local de la Secretaria Distrital de Planeación según radicado 2-2026-06169 del 16 de febrero de 2026, emitió concepto favorable para realizar el ajuste presupuestal de las Obligaciones por Pagar del presupuesto 2026 del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero.
Que mediante comunicación según radicado 2026EE104314O1 del 27 de febrero de 2026. La directora Distrital de Presupuesto emitió concepto de viabilidad para el Ajuste de los rubros de funcionamiento e Inversión presupuestal de las Obligaciones por Pagar del presupuesto 2026 del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero.
Que, en mérito a lo expuesto anteriormente, la alcaldesa Local Chapinero
DECRETA:
Artículo primero.
– Ajustar el presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero, para la vigencia fiscal de 2026, conforme al siguiente detalle:
2310460-FT-078 Versión 01 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-227 • 2026 • MARZO • 9 227 Continuación del Decreto N°. 01 de 2026 Pág. 3 de 3 “Por el cual se ajusta el presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero para la vigencia fiscal 2026”.
CODIGO CONCEPTO PRESUPUESTO INICIAL 2026 AUMENTO REDUCIR PRESUPUESTO DEFINITIVO 2026 O2 GASTOS 81.766.615.000 7.725.747.539 74.040.867.461 O21 Funcionamiento 5.394.020.000 586.161.715 4.807.858.285 O2190 Obligaciones por Pagar Funcionamiento 1.780.011.000 586.161.715 1.193.849.285 O219001 Obligaciones por Pagar Funcionamiento Vigencia Anterior 1.116.617.640 1.673.115.000 556.497.360 O219002 Obligaciones por Pagar Funcionamiento Otras Vigencias 77.231.645 106.896.000 29.664.355 O23 Inversión 76.372.595.000 7.139.585.824 69.233.009.176 O2306 OBLIGACIONES POR PAGAR 37.834.372.000 7.139.585.824 30.694.786.176 O230689 Obligaciones por pagar Inversión vigencia anterior 20.191.963.000 5.273.117.650 14.918.845.350 O230690 Obligaciones por pagar Inversión vigencias anteriores 17.642.409.000 1.866.468.174 15.775.940.826 O4 DISPONIBILIDAD FINAL 7.725.747.539 - 81.766.615.000 7.725.747.539 74.040.867.461
Artículo segundo.
– El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los dos (02) días del mes de marzo de dos mil veintiséis (2026).
CATHERINE CHAVES HERNÁNDEZ Alcaldesa Local de Chapinero Proyectó: Nidia Asenet González - Responsable de Presupuesto FDLCH Revisó: Carlos Andrés Vaca Gómez – Contratista del Despacho CPS 001-2026 2310460-FT-078 Versión 01 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8536 • PP. 1-228 • 2026 • MARZO • 9 228
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Por medio del cual se autoriza a la Gerente General de la EAAB-ESP para tramitar y presentar ante el Que el plan de Desarrollo Económico, Social, Ambien tal y…