Registro Distrital 8528 de 2026
Registro Distrital 8528 de 2026 Nivel Distrital
- Tipo
- Registro Distrital
- Número
- 8528
- Año
- 2026
- Fecha
- 26 de febrero de 2026
- Entidad
- Nivel Distrital
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
5,5 ALCALDE MAYOR Carlos Fernando Galán Pachón REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 • No. 8528 - Pp 1 - 122 - 2026 • FEBRERO • 26 CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Descentralizado ACUERDOS 2026 EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ - JUNTA DIRECTIVA ACUERDO Nº 242 Por medio del cual se emite autorización de la Junta Directiva de la EAAB-ESP, por delegación del CONFIS Distrital, para asumir obligaciones que afectan el presupuesto de vigencias futuras ordinarias 2027, en Gastos de Funcionamiento y Gastos de Operación Comercial..........................................................................4 ACUERDO Nº 243 Por medio del cual se reasignan reservas como dividendos y se somete a consideración del CONFIS Distrital la propuesta de la EAAB-ESP...................8 Sector Central RESOLUCIONES 2026 SECRETARÍA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN Nº 146 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural Sabor Bogotá 2026, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”....................13 RESOLUCIÓN Nº 147 “Por medio de la cual se ordena la apertura de las convocatorias de la Fase I del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2026 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”.....................................................................21 RESOLUCIÓN Nº 148 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural HACKATÓN MÁS CULTURA LOCAL, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”...........................................................................................................47 RESOLUCIÓN Nº 149 “Por medio de la cual se ordena la apertura del mecanismo “Proyectos en Red” del Programa de Fortalecimiento a Agentes del Sector - PFAS 2026 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”...............................53 RESOLUCIÓN Nº 150 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural Ponle sabor al CEFE-2026, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”......60 Sector Descentralizado EMPRESA METRO DE BOGOTÁ S.A. RESOLUCIÓN Nº 062 “Por medio de la cual se incorpora el Anexo al Plan de Reasentamiento PLMB: “Actualización adición 82 predios para la PLMB”...............................................66 AÑO 60 NÚMERO 8528 26 • FEBRERO • 2026 SECRETARÍA GENERAL ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL.
LA PUBLICACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS EN EL REGISTRO DISTRITAL SE REALIZA DE ACUERDO A LA LEY 1437 DEL 2011 EN SU ARTÍCULO 65 MODIFICADO POR LA LEY 2080 DE 2021 “POR LA CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO”.
CORREO: REGISTRODISTRITAL@ALCALDIABOGOTA.GOV.CO DIRECCIÓN: CALLE 11 SUR #1-60 ESTE - LA MARÍA - BOGOTÁ D.C.
TELÉFONO: 381 3000 EXT. 5010 - 5202 SUBDIRECTORA IMPRENTA DISTRITAL: MARÍA ANGÉLICA PUMAREJO HINOJOSA ACUERDOS DE 2026 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-4 • 2026 • FEBRERO • 26 4 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-5 • 2026 • FEBRERO • 26 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-6 • 2026 • FEBRERO • 26 6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-7 • 2026 • FEBRERO • 26 7 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-8 • 2026 • FEBRERO • 26 8 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-9 • 2026 • FEBRERO • 26 9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-10 • 2026 • FEBRERO • 26 10 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-11 • 2026 • FEBRERO • 26 11 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-12 • 2026 • FEBRERO • 26 12 RESOLUCIONES DE 2026 *20262200134903* Radicado: 20262200134903 Fecha: 24-02-2026 RESOLUCIÓN No. 146 DE 24 DE FEBRERO DE 2026 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural Sabor Bogotá 2026, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
EL SECRETARIO DE DESPACHO De la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Decreto Distrital No. 649 de 2025 y,
CONSIDERANDO:
Que los artículos 70 y 71 de la Constitución Política de Colombia, establecen el deber del Estado de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades y otorga la competencia para establecer mecanismos positivos para fomentar el desarrollo artístico, cultural y patrimonial de la Nación.
Que el numeral 3 del artículo 1° de la Ley 397 de 1997, “Por la cual se desarrollan los artículos 70, 71 y 72 y demás artículos concordantes de la Constitución Política y se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura y se trasladan algunas dependencias.” señala que:
“(…) El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de reconocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación colombiana (…)”.
Que la ley en cita en su artículo 17 señala:
“(…) DEL FOMENTO. El Estado a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, fomentará las artes en todas sus expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas, como elementos del diálogo, el intercambio, la participación y como expresión libre y primordial del pensamiento del ser humano que construye en la convivencia pacífica”.
Que así mismo, el artículo 18 de la mencionada ley establece:
"(…) El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos especiales y promocionará la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales. Para tal efecto establecerá, entre otros programas, bolsas de Página 1 de 8 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-13 • 2026 • FEBRERO • 26 13 *20262200134903* Radicado: 20262200134903 Fecha: 24-02-2026 RESOLUCIÓN No. 146 DE 24 DE FEBRERO DE 2026 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural Sabor Bogotá 2026, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte” trabajo, becas, premios anuales, concursos, festivales, talleres de formación artística, apoyo a personas y grupos dedicados a actividades culturales, ferias, exposiciones, unidades móviles de divulgación cultural, y otorgará incentivos y créditos especiales para artistas sobresalientes, así como para integrantes de las comunidades locales en el campo de la creación, la ejecución, la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo (…)”.
Que el Decreto Distrital 649 de 2025, “Por medio del cual se expide el Decreto Único del Sector Cultura, Recreación y Deporte”, dispone en su artículo 4 que: “La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte tiene por objeto orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculada y la sociedad civil”.
Que corresponde a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, en desarrollo de las funciones contenidas en el Decreto Distrital 649 de 2025, artículo 5, numeral 10, la de: “Gestionar la ejecución de las políticas, planes y proyectos culturales y artísticos, con el fin de garantizar el efectivo ejercicio de los derechos culturales y fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo.”
Que el artículo 19 del Decreto Distrital 649 de 2025, contempla como funciones de la Subsecretaría Distrital de Cultura Ciudadana y Gestión del Conocimiento, entre otras, las siguientes: “1. Liderar la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación participativa de las políticas distritales de cultura ciudadana y de transformación cultural. 2. Dirigir un modelo de gestión interinstitucional que permita promover las transformaciones voluntarias y corresponsables de los factores culturales. (…) 4. Dirigir el diseño y desarrollo de los procesos de transformación cultural para su implementación a escala en el Distrito Capital. (…)”.
Que el mencionado Decreto, establece como funciones de la Direccion de Redes y Acciones Colectivas, entre otras, las siguientes: “(…) 2. Gestionar las acciones para la transversalización del enfoque de cultura ciudadana en políticas, planes, programas y proyectos distritales y en otros instrumentos para la planeación estratégica del Distrito. (…) 7. Diseñar, implementar y orientar acciones que permitan desarrollar las capacidades ciudadanas de organización, fomento, acción colectiva y diálogo social en los procesos de transformación cultural en sus territorios o con las poblaciones a las que pertenecen. 8. Coordinar la gestión de recursos públicos, privados y comunitarios mediante la definición Página 2 de 8 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-14 • 2026 • FEBRERO • 26 14 *20262200134903* Radicado: 20262200134903 Fecha: 24-02-2026 RESOLUCIÓN No. 146 DE 24 DE FEBRERO DE 2026 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural Sabor Bogotá 2026, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte” e implementación de lineamientos, acciones para el fomento, alianzas, estímulos, incentivos y condiciones que faciliten la puesta en marcha de las acciones de la política de cultura ciudadana (…)”.
Que el reconocimiento del fomento a la cultura como elemento central de protección y promoción de los Derechos Humanos, ha propiciado la creación de esquemas de política pública que buscan materializar el mandato constitucional de promover la protección, desarrollo y difusión de la cultura mediante la adopción de medidas que faciliten el ejercicio de sus derechos por parte de todas las comunidades. Así las cosas, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, establece el proceso misional del fomento a la cultura, como el conjunto de programas impulsados desde las entidades públicas que conforman el sector, con el propósito de promover, reconocer y fortalecer las prácticas artísticas, culturales y patrimoniales de la ciudadanía; garantizando un impacto integral e incluyente sobre la ciudad y favoreciendo el ejercicio libre y creativo de los derechos culturales.
Que dentro de las líneas de fomento se han definido las invitaciones culturales, las cuales se han concebido como mecanismos que buscan diversificar la participación de la ciudadanía en el proceso de Fomento, por medio de una oferta que se adapten a las necesidades particulares o distritales, así como las concertaciones poblacionales, sectoriales o territoriales, sectores sociales o agentes de la ciudad. Este mecanismo le permite a las organizaciones, agrupaciones, colectivos o personas, encontrar distintos medios para acceder a recursos económicos o en especie (talleres, fortalecimiento, diplomados, laboratorios, alianzas estratégicas, encuentros de intercambio o mesas colaborativas, seminarios o eventos de interés, entre otros); así como a espacios que les faciliten iniciar, fortalecer o ampliar sus prácticas culturales, artísticas, creativas o patrimoniales.
Que la Alcaldía Mayor de Bogotá a través de la Subsecretaría Distrital de Cultura Ciudadana y Gestión del Conocimiento de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD), junto con la Secretaría de Desarrollo Económico, Fundación Gilberto Álzate Avendaño (FUGA), el Instituto Distrital de Turismo (IDT) y el Instituto para la Economía Social (IPES), a través de la “Invitación Cultural Sabor 2026” tiene como propósito exaltar y destacar la diversidad cultural de nuestra ciudad, así como reconocer, impulsar y reactivar la gastronomía local como un atractivo turístico en la capital, busca fortalecer el tejido social a través de la gastronomía en la identidad cultural bogotana, fomentando comportamientos cívicos que promuevan el orgullo, la identidad cultural y confianza entre los ciudadanos.
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REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-15 • 2026 • FEBRERO • 26 15 *20262200134903* Radicado: 20262200134903 Fecha: 24-02-2026 RESOLUCIÓN No. 146 DE 24 DE FEBRERO DE 2026 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural Sabor Bogotá 2026, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
Que la SCRD mediante la “Invitación Cultural Sabor 2026” convoca a inscribirse en una de las ocho (8) categorías en las cuales se entregarán por cada categoría tres (3) incentivos económicos a las iniciativas que obtengan los tres (3) mayores puntajes ordenados de manera descendente, en el proceso de evaluación, siempre que alcancen o superen el puntaje mínimo de setenta y cinco (75) puntos, atendiendo las condiciones específicas de participación.
Que para amparar los incentivos económicos que se detallan en la presente invitación cultural, la SCRD cuenta con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal que se cita a continuación:
Monto total de Invitación Montón del Dependencia encargada de incentivo No. de incentivos la invitación CDP la invitación No. 729 Dirección de Veinticuatro del 17 CIENTO CINCUENTA Invitación Cultural Sabor El valor individual de Redes y cada incentivo Bogotá 2026 de febrero (24) Incentivos económicos Acción Colectiva económico se distribuirá así:
Y DOS MILLONES DE PESOS M/ de 2026 Categoría 1.
CTE ($152.000.000 )
COCINA INTERNACIONAL 1° Ganador $10.000.000 2° Ganador $6.000.000 3° Ganador $3.000.000 Categoría 2.
COCINA REGIONAL 1° Ganador $10.000.000 2° Ganador $6.000.000 3° Ganador $3.000.000 Categoría 3.
COCINA TRADICIONAL AJIACO SANTAFEREÑO Página 4 de 8 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-16 • 2026 • FEBRERO • 26 16 *20262200134903* Radicado: 20262200134903 Fecha: 24-02-2026 RESOLUCIÓN No. 146 DE 24 DE FEBRERO DE 2026 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural Sabor Bogotá 2026, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
1° Ganador $10.000.000 2° Ganador $6.000.000 3° Ganador $3.000.000 Categoría 4. BEBIDA DE CAFÉ 1° Ganador $10.000.000 2° Ganador $6.000.000 3° Ganador $3.000.000 Categoría 5.
COCINA CORRIENTAZO 1° Ganador $10.000.000 2° Ganador $6.000.000 3° Ganador $3.000.000 Categoría 6. PAN 1° Ganador $10.000.000 2° Ganador $6.000.000 3° Ganador $3.000.000 Categoría 7.
POSTRE 1° Ganador $10.000.000 2° Ganador $6.000.000 3° Ganador $3.000.000 Categoría 8. ENTRE PANES 1° Ganador $10.000.000 2° Ganador $6.000.000 Página 5 de 8 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-17 • 2026 • FEBRERO • 26 17 *20262200134903* Radicado: 20262200134903 Fecha: 24-02-2026 RESOLUCIÓN No. 146 DE 24 DE FEBRERO DE 2026 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural Sabor Bogotá 2026, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
3° Ganador $3.000.000 Que los requisitos y condiciones específicas de participación para la “Invitación Cultural Sabor Bogotá 2026”, hacen parte integral de la presente resolución y pueden ser consultadas en el micrositio web: https://invitaciones.scrd.gov.co/ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
Que de conformidad con lo anterior y en cumplimiento del marco normativo señalado, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte dispone la apertura de la “Invitación Cultural Sabor Bogotá 2026”.
RESUELVE:
Artículo primero.
Ordenar la apertura a la “Invitación Cultural Sabor Bogotá 2026”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo, y de con el cronograma establecido para tal fin.
Parágrafo. Los incentivos económicos a que hace referencia la invitación cultural que
se apertura, se encuentran amparados en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal con No 729 del 17 de febrero del 2026, relacionado en la parte motiva del presente acto administrativo.
Artículo segundo.
Los requisitos y condiciones de participación de la “Invitación Cultural Sabor Bogotá 2026” se encuentran publicados en el micrositio web: https://invitaciones.scrd.gov.co/ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
Parágrafo. Las modificaciones a los términos de la Invitación Cultural citada en el
presente acto administrativo se podrá modificar mediante aviso modificatorio que deberá publicarse en el respectivo micrositio web de Invitaciones Culturales de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte https://invitaciones.scrd.gov.co/, con anterioridad no menor a un (1) día hábil al vencimiento del plazo fijado en el cronograma que se indica en las condiciones de la Invitación Cultural.
Artículo tercero.
Realizar por la Dirección de Redes y Acción Colectiva de la
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REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-18 • 2026 • FEBRERO • 26 18 *20262200134903* Radicado: 20262200134903 Fecha: 24-02-2026 RESOLUCIÓN No. 146 DE 24 DE FEBRERO DE 2026 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural Sabor Bogotá 2026, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte los trámites correspondientes al desembolso de los incentivos económicos previstos en la citada invitación cultural de la cual es responsable, de conformidad con el artículo primero del presente acto administrativo, acorde con los procesos y procedimientos definidos en este organismo.
Artículo cuarto.
Publicar por la Dirección de Fomento la presente resolución, así como los requisitos y condiciones de participación de la invitación cultural en el micrositio denominado: Invitaciones Culturales de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. Y por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, publicar el contenido de la presente resolución en la Gaceta Distrital y en el Régimen Legal de Bogotá D.C. y en la página web de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
Artículo quinto.
Comunicar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, el contenido de la presente resolución a través del sistema de gestión documental ORFEO, a la Dirección de Redes y Acción Colectiva, a la Dirección de Fomento y al Grupo Interno de Trabajo de Gestión Financiera de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para los trámites de su competencia
Artículo sexto.
El presente acto administrativo rige a partir del día siguiente a su publicación y contra este no procede recurso alguno, de conformidad con lo señalado en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.
Dado en Bogotá D.C, a los veinticuatro (24) días del mes de febrero (02) de dos mil veintiséis (2026).
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR Secretario de Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Proyectó: Estefan Mestizo Rosas - Contratista Dirección de Fomento. Revisó: Edgar Javier Pulido Caro - Contratista Dirección de Fomento.
Aprobó: Juan Diego Jaramillo Morales – Director de Fomento. Ligia Eugenia Pardo Toquica – Directora de Redes y Acción Colectiva Página 7 de 8 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-19 • 2026 • FEBRERO • 26 19 *20262200134903* Radicado: 20262200134903 Fecha: 24-02-2026 RESOLUCIÓN No. 146 DE 24 DE FEBRERO DE 2026 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural Sabor Bogotá 2026, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
Revisó: Diego Eduardo Beltrán Hernández- Contratista Oficina Jurídica.
Sandra Margoth Vélez Abello - Jefe Oficina Jurídica.
Aprobó revisión y ajustó Documento 20262200134903 firmado electrónicamente por:
Santiago Trujillo Escobar Secretario de Cultura, Recreación y Deporte Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Fecha firma: 24-02-2026 17:03:44 Sandra Margoth Vélez Abello Jefe Oficina Jurídica Oficina Jurídica Fecha firma: 24-02-2026 15:53:41 Diego Eduardo Beltrán Hernández Contratista Oficina Jurídica Fecha firma: 24-02-2026 15:25:19 Juan Diego Jaramillo Morales Director de Fomento Dirección de Fomento Fecha firma: 24-02-2026 13:56:19 Edgar Javier Pulido Caro Contratista Dirección de Fomento Fecha firma: 24-02-2026 12:50:13 Estefan Mestizo Rojas Contratista Dirección de Fomento Fecha firma: 24-02-2026 11:59:01 Juan Esteban Quintero Paez Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 22 Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano Fecha firma: 24-02-2026 17:39:55 Ligia Eugenia Pardo Toquica Directora de Redes y Acción Colectiva Dirección de Redes y Acción Colectiva Fecha firma: 24-02-2026 15:01:54 2e69e37dc7847240bfd73708a2cfdb2156e2cb20ed1825e27f4a95587bf49ffd Codigo de Verificación CV: a9c8c Página 8 de 8 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-20 • 2026 • FEBRERO • 26 20 *20262200134803* Radicado: 20262200134803 Fecha: 24-02-2026 RESOLUCIÓN No. 147 DE 24 DE FEBRERO DE 2026 “Por medio de la cual se ordena la apertura de las convocatorias de la Fase I del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2026 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
EL SECRETARIO DE DESPACHO De la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Decreto Distrital 649 de 2025 y,
CONSIDERANDO:
Que los artículos 70 y 71 de la Constitución Política de Colombia de 1991, establecen el deber del Estado de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades y otorga la competencia para establecer mecanismos positivos para fomentar el desarrollo artístico, cultural y patrimonial de la Nación.
Que el numeral 3 del artículo 1° de la Ley 397 de 1997, “Por la cual se desarrollan los artículos 70, 71 y 72 y demás artículos concordantes de la Constitución Política y se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura y se trasladan algunas dependencias.” señala que:
“(…) El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de reconocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación colombiana (…)”.
Que la ley en cita en su artículo 17 señala:
“(…) DEL FOMENTO. El Estado a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, fomentará las artes en todas sus expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas, como elementos del diálogo, el intercambio, la participación y como expresión libre y primordial del pensamiento del ser humano que construye en la convivencia pacífica”.
Que así mismo, el artículo 18 de la mencionada ley establece:
"(…) El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos especiales y promocionará la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones Página 1 de 26 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-21 • 2026 • FEBRERO • 26 21 *20262200134803* Radicado: 20262200134803 Fecha: 24-02-2026 RESOLUCIÓN No. 147 DE 24 DE FEBRERO DE 2026 “Por medio de la cual se ordena la apertura de las convocatorias de la Fase I del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2026 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte” culturales. Para tal efecto establecerá, entre otros programas, bolsas de trabajo, becas, premios anuales, concursos, festivales, talleres de formación artística, apoyo a personas y grupos dedicados a actividades culturales, ferias, exposiciones, unidades móviles de divulgación cultural, y otorgará incentivos y créditos especiales para artistas sobresalientes, así como para integrantes de las comunidades locales en el campo de la creación, la ejecución, la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo (…)”
Que el Decreto Distrital 649 de 2025, “Por medio del cual se expide el Decreto Único del Sector Cultura, Recreación y Deporte”, dispone en su artículo 4 que: “La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte tiene por objeto orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculadas y la sociedad civil”.
Que el numeral 10 del artículo 5 del Decreto Distrital 649 de 2025 establece, entre las funciones de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, la siguiente: “(…) Gestionar la ejecución de las políticas, planes y proyectos culturales y artísticos, con el fin de garantizar el efectivo ejercicio de los derechos culturales y fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo (…)”.
Que le corresponde a la Subsecretaría de Gobernanza, en desarrollo de la función prevista en el numeral 8 del artículo 14 del Decreto Distrital 649 de 2025, lo siguiente: “(…) Dirigir estrategias, planes, programas y proyectos orientados a la identificación reconocimiento, fomento, sensibilización, formación, promoción y difusión del arte, la cultura y el patrimonio en los diferentes grupos poblacionales (…)”.
Que el artículo 16 del Decreto Distrital 649 de 2025 establece como funciones de la Dirección de Fomento, las siguientes: “(…) 1. Dirigir la estrategia conjunta de trabajo del sector cultura, recreación y deporte en lo que respecta a la política de Fomento. 2. Dirigir actividades relacionadas con el diseño, ejecución, fortalecimiento y seguimiento de los planes, programas y proyectos de fomento al Sector Cultura, Recreación y Deporte bajo criterios de equidad, pertinencia y transparencia. 3. Impartir lineamientos a las Entidades del Sector, Cultura, Recreación y Deporte para la implementación de políticas, planes, programas y proyectos relacionados con el fortalecimiento del proceso de fomento, de acuerdo a los objetivos, proyectos y metas institucionales. (…)”.
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REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-22 • 2026 • FEBRERO • 26 22 *20262200134803* Radicado: 20262200134803 Fecha: 24-02-2026 RESOLUCIÓN No. 147 DE 24 DE FEBRERO DE 2026 “Por medio de la cual se ordena la apertura de las convocatorias de la Fase I del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2026 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
Que en los términos del decreto en mención, la Dirección de Asuntos Locales y Participación, en el artículo 17, tendrá a su cargo, entre otras, las siguientes funciones: “(…) 6. Diseñar y ejecutar estrategias, planes, programas y proyectos orientados a la identificación reconocimiento, fomento, sensibilización, formación, promoción y difusión del arte, la cultura y el patrimonio en los diferentes grupos poblacionales (…)”.
Que el artículo 23 del Decreto Distrital 649 de 2025, establece que la Dirección de Arte, Cultura y Patrimonio tendrá, entre otras, las siguientes funciones: “(…) 1. Liderar el diseño e implementación de las políticas públicas en los campos del arte, la cultura y el patrimonio cultural, proponer su adopción, y orientar los procesos de concertación, así como realizar su seguimiento y evaluación (…)”.
Que el artículo 24 del Decreto Distrital 649 de 2025, dispone que la Subdirección de Gestión Cultural y Artística tiene, entre otras, la función de: “(…) 1. Diseñar estrategias que permitan fortalecer la formación, creación, investigación, circulación, apropiación, divulgación y el fomento del arte y la cultura en el Distrito Capital (…)”.
Que el artículo 25 del referido Decreto establece que la Subdirección de Infraestructura y Patrimonio Cultural ejercerá, entre otras competencias: “(…) 1. Diseñar estrategias que permitan fortalecer la formación, creación, investigación, circulación, apropiación, protección, salvaguarda, divulgación y el fomento del patrimonio cultural del Distrito Capital (…)”.
Que con el objetivo de materializar la política de fomento, y de dar cumplimiento al marco normativo antes señalado, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte ha creado el Programa Distrital de Estímulos, como una estrategia de fomento del sector artístico, creativo, cultural y patrimonial de Bogotá D.C., para fortalecer los procesos y las iniciativas privadas desarrolladas por agentes artísticos, creativos, culturales y patrimoniales, a través de convocatorias públicas para el desarrollo de propuestas, o para reconocer la excelencia de procesos y trayectorias relevantes de agentes del sector.
Que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte – SCRD, a través de la Dirección de Arte, Cultura y Patrimonio – Subdirección de Gestión Cultural y Artística, mediante la convocatoria “Beca celebración del día del arte urbano - Diego Felipe becerra Lizarazo”, tiene como objeto fomentar la creación, formación y apropiación del espacio público en el marco de la Celebración del Día del Arte Urbano Diego Felipe Becerra Lizarazo, mediante intervenciones artísticas interdisciplinares y experiencias formativas en técnicas del arte urbano —como muralismo, grafiti, danza, performance, mapping, instalación y breakdance— que transformen los entornos urbanos y generen Página 3 de 26 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-23 • 2026 • FEBRERO • 26 23 *20262200134803* Radicado: 20262200134803 Fecha: 24-02-2026 RESOLUCIÓN No. 147 DE 24 DE FEBRERO DE 2026 “Por medio de la cual se ordena la apertura de las convocatorias de la Fase I del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2026 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte” espacios de encuentro, diálogo y reflexión colectiva entre artistas, comunidades y demás actores del territorio sobre las dinámicas sociales, culturales y simbólicas de la ciudad.
Que la SCRD, a través de la Dirección de Arte, Cultura y Patrimonio – Subdirección de Gestión Cultural y Artística, mediante la convocatoria “Beca espacio público nuestro escenario”, tiene como propósito fomentar la activación del espacio público, a través del desarrollo de propuestas artísticas y culturales, presentadas por las y los artistas regulados del espacio público, posicionando nuevos espacios como escenarios para ampliar la oferta cultural existente en Bogotá D.C.
Que la SCRD, a través de la Dirección de Arte, Cultura y Patrimonio – Subdirección de Gestión Cultural y Artística, mediante la convocatoria “Beca LEP comparte lo que sabes”, tiene por objeto fortalecer la producción y circulación de propuestas de las artes escénicas (música, danza, teatro, magia y circo sin animales) que tengan como eje central y protagónico a artistas beneficiarios del Programa de Beneficios Económicos Periódicos (BEPS – Decreto 2012 de 2017), reconociendo la trayectoria de quienes han dedicado su vida a las artes escénicas y promoviendo su posicionamiento como referentes de la escena cultural de Bogotá. Así mismo, se propician espacios de encuentro, reflexión y diálogo con la ciudadanía, que permiten compartir la experiencia y los saberes de los artistas en torno a las prácticas de las artes escénicas.
Que la SCRD, a través de la Dirección de Arte, Cultura y Patrimonio – Subdirección de Gestión Cultural y Artística, mediante la convocatoria “Beca LEP para la producción y circulación de Bandas de Marcha”, tiene como propósito promover y exaltar la interdisciplinariedad cultural y artística de las Bandas de Marcha de Bogotá a través de la producción y circulación de puestas en escena de gran formato que se desarrollen en la ciudad de Bogotá, que favorezcan el desarrollo cultural, propicien espacios de encuentro seguro, diverso y creativo con la comunidad y fomenten el talento de los artistas de este sector.
Que la SCRD, a través de la Dirección de Arte, Cultura y Patrimonio – Subdirección de Gestión Cultural y Artística, mediante la convocatoria “Beca de apoyo para la profesionalización de artistas”, tiene como finalidad apoyar los procesos de formación y permanencia de jóvenes entre los 18 y 28 años de edad cumplidos antes del cierre de la convocatoria que sean residentes en Bogotá D.C., que se encuentren cursando mínimo el 50% de programas de bellas artes, gestión cultural, patrimonio cultural o afines, en los niveles técnico, tecnológico, pregrado profesional universitario, o programas de reconocimiento de saberes o profesionalización, con sede en Bogotá, y que desarrollen una propuesta de gestión cultural con comunidades, organizaciones, colectivos, empresas Página 4 de 26 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-24 • 2026 • FEBRERO • 26 24 *20262200134803* Radicado: 20262200134803 Fecha: 24-02-2026 RESOLUCIÓN No. 147 DE 24 DE FEBRERO DE 2026 “Por medio de la cual se ordena la apertura de las convocatorias de la Fase I del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2026 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte” o instituciones de carácter público o privado. Lo anterior a partir de enfoques de investigación, circulación, formación, emprendimiento, entre otros, con apuestas orientadas hacia la transformación cultural en relación con temáticas como: patrimonio, memoria y sustentabilidad; ética, estética y derechos culturales para la paz; cuidado y bienestar, gobernanza, medio ambiente, ciencia, arte y tecnología.
Que la SCRD, a través de la Dirección de Arte, Cultura y Patrimonio – Subdirección de Infraestructura y Patrimonio Cultural, mediante la convocatoria “Beca La historia contada en barrios y manifestaciones culturales de Bogotá”, tiene como objeto fomentar el desarrollo de investigaciones que involucren la participación comunitaria sobre la historia de los barrios que hacen parte de los Planes Especiales de Manejo y Protección adoptados en Bogotá, y las manifestaciones culturales reconocidas como Patrimonio Cultural inmaterial y sus Planes Especiales de Salvaguardia (PES), las cuales integren procesos de activación y divulgación para identificar, reconocer, preservar, valorar o promover el Patrimonio Cultural material e inmaterial que protegen estos instrumentos.
Que la SCRD, a través de la Subsecretaría de Gobernanza – Dirección de Asuntos Locales y Participación, con la convocatoria “Beca para los procesos culturales que resguardan la memoria y las identidades de la población migrante internacional de Bogotá”, busca desarrollar propuestas artísticas, culturales o patrimoniales, que visibilicen la identidad cultural de la población migrante en Bogotá, fomentando la interculturalidad, la integración y el intercambio de saberes. Las propuestas deberán promover la participación de las comunidades migrantes, fortalecer sus prácticas culturales y generar espacios de encuentro y diálogo con la ciudadanía.
Que la SCRD, a través de la Subsecretaría de Gobernanza – Dirección de Asuntos Locales y Participación, con la convocatoria “Beca Fomento al Trabajo en Red de Consejeros Sistema Distrital de Arte, Cultura y Patrimonio”, tiene como objeto promover la articulación interlocal y la acción colectiva entre consejeros(as) del Sistema Distrital de Arte, Cultura y Patrimonio (SDACP) como estrategia para dinamizar la circulación de saberes, prácticas y procesos culturales en la ciudad, fortalecer la gobernanza del ecosistema cultural distrital y ampliar las capacidades del Sistema para incidir, comunicar y activar los territorios desde enfoques colaborativos, pedagógicos e innovadores.
Que la SCRD, a través de la Subsecretaría de Gobernanza – Dirección de Asuntos Locales y Participación, con la convocatoria “Beca Mujeres creadoras por una cultura libre de violencias y de sexismos”, tiene como propósito apoyar el desarrollo de cuatro Página 5 de 26 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-25 • 2026 • FEBRERO • 26 25 *20262200134803* Radicado: 20262200134803 Fecha: 24-02-2026 RESOLUCIÓN No. 147 DE 24 DE FEBRERO DE 2026 “Por medio de la cual se ordena la apertura de las convocatorias de la Fase I del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2026 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
(4) procesos de investigación, creación o circulación de propuestas artísticas, culturales o patrimoniales de las mujeres en sus diferencias y diversidades, que le apunten a contribuir a una cultura libre de violencias y de sexismos para las mujeres en el arte y la cultura y propiciar la generación de alianzas y redes de trabajo colaborativo de forma central.
Que la SCRD, a través de la Subsecretaría de Gobernanza – Dirección de Asuntos Locales y Participación, con la convocatoria “Beca Arte, Cultura, Redes y Derechos de las Personas de los Sectores Sociales LGBTI”, busca fomentar la participación de las personas de los sectores sociales LGBTI a través de iniciativas artísticas, culturales, patrimoniales, mediante las cuales den a conocer sus experiencias frente a la relación entre la construcción de identidades de género y orientaciones sexuales no normativas, sus trayectorias de vida y sus diversos espacios de socialización —la escuela, el trabajo, la familia, las amistades, entre otros—, así como sus vivencias, memorias y procesos de resistencia, cuidado y agencia en contextos de violencia, conflicto armado y construcción de paz.
Que la SCRD, a través de la Subsecretaría de Gobernanza – Dirección de Asuntos Locales y Participación, con la convocatoria “Beca Arte y Ciudad de las Personas que Realizan Actividades Sexuales Pagadas”, tiene como objeto visibilizar los procesos culturales, artísticos, patrimoniales o de las personas que realizan actividades sexuales pagadas, a través de propuestas que den a conocer a la ciudadanía en general sus derechos, experiencias, vivencias, requerimientos y estrategias de afrontamiento, prevención y resignificación frente a las violencias basadas en género, en particular la violencia sexual, desde enfoques de género, diferencial, de derechos y de cuidado.
Que la SCRD, a través de la Subsecretaría de Gobernanza – Dirección de Asuntos Locales y Participación, con la convocatoria “Beca expresiones culturales y artísticas de personas con discapacidad 2026”, busca fomentar el desarrollo de propuestas que promuevan la visibilización y circulación de las diferentes expresiones artísticas, culturales y patrimoniales de las personas con discapacidad de Bogotá D.C., propiciando su integración y participación en eventos artísticos, culturales o patrimoniales de arte dramático, artes plásticas, visuales, audiovisuales, circo, danza, literatura, magia, música y patrimonio cultural como la gastronomía o recorridos patrimoniales, entre otros.
Que la SCRD, a través de la Subsecretaría de Gobernanza – Dirección de Asuntos Locales y Participación, con la convocatoria “Premio Redes Vivas Comunitarias” busca reconocer experiencias comunitarias que cuenten con redes de trabajo activas y continuas relacionadas con procesos culturales, artísticos o patrimoniales desarrollados Página 6 de 26 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-26 • 2026 • FEBRERO • 26 26 *20262200134803* Radicado: 20262200134803 Fecha: 24-02-2026 RESOLUCIÓN No. 147 DE 24 DE FEBRERO DE 2026 “Por medio de la cual se ordena la apertura de las convocatorias de la Fase I del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2026 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte” en los barrios de Bogotá; que promuevan acciones para el tejido y la transformación social, vinculando apuestas enmarcadas en procesos pedagógicos populares, dinamización, activación e interconexión de espacios e infraestructura cultural, defensa de los territorios, soberanía alimentaria, economías populares, intercambio de experiencias, o preservación de saberes o prácticas culturales que aportan a la construcción de la cultura viva de la ciudad.
Que la SCRD, a través de la Subsecretaría de Gobernanza – Dirección de Asuntos Locales y Participación, con la convocatoria “Residencia para la gestión cultural: conexión iberoamericana”, busca fortalecer las capacidades de las y los gestores culturales de Bogotá mediante una residencia internacional de gestión cultural en países de Iberoamérica (Andorra, Argentina, Bolivia, Brasil, Costa Rica, Cuba, Chile, República Dominicana, Ecuador, El Salvador, España, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Portugal, Uruguay y Venezuela), que propicie el intercambio de saberes, metodologías y experiencias exitosas en torno a la gestión cultural; con el fin de generar transformaciones sociales sostenibles, integración y replicabilidad creativa de saberes, desde una perspectiva interdisciplinaria o herramientas de otros campos en el territorio e incidir en los procesos culturales, artísticos o patrimoniales locales desde una mirada amplia de la acción de la gestión cultural iberoamericana.
Que la SCRD, a través de la Subsecretaría de Gobernanza – Dirección de Asuntos Locales y Participación, con la convocatoria “Beca para procesos de participación cultural infantil”, busca apoyar el desarrollo de tres (3) propuestas artísticas, culturales, patrimoniales o de investigación, que se cimienten en procesos de participación cultural infantil y que sean diseñadas en conjunto con niñas, niños y adolescentes, promoviendo la creación de alianzas y redes de trabajo colaborativo con un enfoque intercultural.
Que la SCRD, a través de la Subsecretaría de Gobernanza – Dirección de Asuntos Locales y Participación, con la convocatoria “Beca Tu Identidad Joven: Transformando El Territorio”, tiene como finalidad apoyar la construcción y desarrollo colectivo de procesos artísticos, culturales o creativos que cuenten con un componente de fortalecimiento de la identidad cultural, construcción de paz y no violencia, desde la resignificación de los territorios y las diversas formas en que los jóvenes los habitan, a través de la innovación cultural. Dichas propuestas deben estar diseñadas y ejecutadas por jóvenes entre los 18 y 28 años de edad cumplidos antes del cierre de la convocatoria que sean residentes en Bogotá D.C., y deben demostrar un impacto positivo en las comunidades e incentivar la participación de la juventud del Distrito Capital en sus diversidades poblacionales y territoriales, desde un enfoque de garantía de derechos humanos y culturales.
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REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-27 • 2026 • FEBRERO • 26 27 *20262200134803* Radicado: 20262200134803 Fecha: 24-02-2026 RESOLUCIÓN No. 147 DE 24 DE FEBRERO DE 2026 “Por medio de la cual se ordena la apertura de las convocatorias de la Fase I del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2026 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
Que la SCRD, a través de la Subsecretaría de Gobernanza – Dirección de Asuntos Locales y Participación, con la convocatoria “Beca construcción de redes de organización colaborativa para preservar la identidad del sector artesanal y sus saberes ancestrales”, tiene como objeto promover la construcción de redes de trabajo por medio de estrategias de organización y participación colaborativa e incidente, que fortalezcan la preservación de la identidad del sector artesanal, la transmisión de sus saberes ancestrales, y la visibilización de la diversidad de la labor artesanal como patrimonio cultural inmaterial de la ciudad.
Que la SCRD, a través de la Subsecretaría de Gobernanza – Dirección de Asuntos Locales y Participación, con la convocatoria “Beca para promover el cuidado y la valoración de saberes artísticos y culturales de personas mayores”, tiene como propósito el fortalecimiento de apoyar el desarrollo de propuestas culturales y artísticas, ejecutadas por agrupaciones integradas en su totalidad por personas mayores de sesenta (60) años, cumplidos al cierre de la convocatoria, enfocadas en la valoración de saberes artísticos - culturales, el fortalecimiento de redes de cuidado y el trabajo colaborativo, para contribuir al envejecimiento activo de la población mayor que habita en Bogotá. Las propuestas deben desarrollarse desde un enfoque intergeneracional, intercultural y territorial.
Que la SCRD, a través de la Subsecretaría de Gobernanza – Dirección de Asuntos Locales y Participación, con la convocatoria “Beca LEP Artes rituales etnofuturistas”, está encaminada a promover la producción y circulación de obras interdisciplinares que integren actividades rituales performáticas propias de los pueblos y comunidades étnicas, en los campos de la música y la danza, desde una perspectiva contemporánea, progresiva y futurista.
Que la SCRD, a través de la Subsecretaría de Gobernanza – Dirección de Asuntos Locales y Participación, con la convocatoria “Beca LEP Barrios Vivos - Laboratorios de oportunidades / El camino continua”, tiene por propósito apoyar el fortalecimiento, sostenibilidad y proyección de los hitos culturales implementados en el marco de la estrategia de la SCRD - Barrios Vivos – Laboratorios de Oportunidades Culturales, durante las vigencias 2024 y 2025, mediante la expansión de estos proyectos asociados a la producción y circulación de espectáculos públicos de las artes escénicas en Bogotá, con el propósito de visibilizar el potencial artístico y cultural de los barrios de la ciudad, promover el acceso equitativo a la cultura y garantizar la permanencia de procesos culturales que impactan positivamente a las comunidades en sus territorios.
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REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-28 • 2026 • FEBRERO • 26 28 *20262200134803* Radicado: 20262200134803 Fecha: 24-02-2026 RESOLUCIÓN No. 147 DE 24 DE FEBRERO DE 2026 “Por medio de la cual se ordena la apertura de las convocatorias de la Fase I del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2026 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
Que la SCRD, a través de la Subsecretaría de Gobernanza – Dirección de Fomento, con la convocatoria “Beca Bogotá siente la fiesta”, busca apoyar la creación de comparsas con mínimo cuarenta (40) artistas en escena, que representen las distintas manifestaciones artísticas, culturales o patrimoniales de Bogotá con el propósito de fomentar la cultura festiva, y contribuir a la consolidación de territorios activos, participativos, interculturales y diversos buscando la participación de los diferentes grupos poblacionales que hacen parte del crisol cultural de nuestra ciudad.
Que la SCRD, a través de la Subsecretaría de Gobernanza – Dirección de Fomento, con la convocatoria “Beca comunicación comunitaria 2026”, busca fortalecer a los medios comunitarios, alternativos y étnicos promoviendo la producción y circulación de contenidos periodísticos y narrativos sobre la agenda cultural de Bogotá D.C. Los medios deberán seleccionar y cubrir eventos locales o distritales que visibilicen narrativas culturales, dinámicas sociales o procesos comunitarios, entregando productos comunicativos que fortalezcan la apropiación social, el diálogo intercultural y la promoción de la oferta cultural y creativa de la ciudad.
Que la SCRD, a través de la Subsecretaría de Gobernanza – Dirección de Fomento, con la convocatoria “Beca entornos creativos”, tiene como finalidad, impulsar y fortalecer el desarrollo de laboratorios de investigación-creación interdisciplinares que articulen, promuevan prácticas artísticas, culturales y patrimoniales, mediante el diálogo, la experimentación, la creación y el trabajo colaborativo con las comunidades, orientados a la generación de nuevos conocimientos, transformación social y cultural de los contextos en los que se desarrollan.
Que la SCRD, a través de la Subsecretaría de Gobernanza – Dirección de Fomento, con la convocatoria “Beca estrategias novedosas”, tiene como propósito, fomentar la creación de productos o desarrollos, que articulen las prácticas artísticas con las tecnologías de la información y las comunicaciones TIC a través de metodologías, instalaciones artísticas, experiencias interactivas, aplicaciones, entornos digitales, plataformas interactivas, medios inmersivos y prototipos, incluidos prototipos experimentales, promoviendo formas de interacción que conecten a las personas con el arte y la cultura desde nuevos lenguajes tecnológicos donde la tecnología se convierta no solo en un medio para mostrar el arte, sino que actúe como agente articulador creativo y forme parte de la experiencia artística, siendo adecuada para la población a la que va dirigida y el contexto en el que se desarrolle la propuesta.
Que la SCRD, a través de la Subsecretaría de Gobernanza – Dirección de Fomento, con la convocatoria “Beca territorios activos”, tiene como finalidad fortalecer las prácticas Página 9 de 26 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-29 • 2026 • FEBRERO • 26 29 *20262200134803* Radicado: 20262200134803 Fecha: 24-02-2026 RESOLUCIÓN No. 147 DE 24 DE FEBRERO DE 2026 “Por medio de la cual se ordena la apertura de las convocatorias de la Fase I del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2026 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte” artísticas, creativas, culturales y patrimoniales desarrolladas en y para los territorios de Bogotá y las comunidades que los habitan, reconociendo el arte y la cultura como fuerzas que movilizan, conectan y transforman realidades, e inspiran nuevas formas de habitar, apropiar, narrar y cuidar la ciudad.
Que la SCRD, a través de la Subsecretaría de Gobernanza – Dirección de Fomento, con la convocatoria “Beca LEP Celebración 30 años de Rock”, tiene por objeto reconocer y visibilizar las propuestas musicales distritales de mediana y larga trayectoria que han contribuido al fortalecimiento del ecosistema del rock en Bogotá, en el marco de la conmemoración de los 30 años del rock en la ciudad, mediante la selección de proyectos musicales que desarrollen un show especial conmemorativo como parte de una propuesta de circulación en festivales y programaciones de circulación musical de carácter distrital y nacional, de reconocida y amplia trayectoria, propios de este género musical.
Que para amparar los estímulos económicos que se detallan en las presentes convocatorias de la Fase I, del Programa Distrital de Estímulos – PDE 2026, la SCRD cuenta con los Certificados de Disponibilidad Presupuestal que se citan a continuación:
CONVOCATORIA RUBRO DESCRIPCIÓN FONDO VALOR TOTAL NÚMERO DEL CPD DEL RUBRO CONCEPTO DEL GASTO $ 213.000.000 O2320202009 Beca celebración 1-100- F001 O23011733 0120240080 Fortalecimiento de 691 del 6 de febrero 91124 Servicios de prácticas y transformaciones del día del arte urbano – Diego de 2026.
VA- RECUR Felipe Becerra la administració Lizarazo SOS DISTRIT culturales, patrimoniales, urbanas y sociales O n pública relacionados para el bienestar integral de Bogotá con la recreación, la D.C. cultura y la religión O2320202009 $115.189.992 689 del 6 de febrero Beca espacio público nuestro O23011733 0120240080 Fortalecimiento de 1-100- F001 de 2026. escenario prácticas y transformaciones 91124 Servicios de VA- RECUR la administració culturales, patrimoniales, urbanas y sociales SOS DISTRIT n pública relacionados O para el bienestar integral de Bogotá con la recreación, la D.C. cultura y la religión Beca LEP comparte O2320202009 $250.000.000 750 del 18 de febrero lo que sabes O23011733 0120240152 Fortalecimiento del Fomento para de 2026.
91124 Servicios de el Desarrollo de 1-200- I026 RB- CONTRI BUCIÓN Procesos la administració A LAS Página 10 de 26 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-30 • 2026 • FEBRERO • 26 30 *20262200134803* Radicado: 20262200134803 Fecha: 24-02-2026 RESOLUCIÓN No. 147 DE 24 DE FEBRERO DE 2026 “Por medio de la cual se ordena la apertura de las convocatorias de la Fase I del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2026 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
Culturales Sostenibles en n pública relacionados ARTES ESCÉNI Bogotá D.C.
CAS con la recreación, la cultura y la religión $450.000.000 O2320202009 Beca LEP para la O23011733 0120240152 Fortalecimiento del Fomento para 731 del 18 de febrero 91124 Servicios de de 2026.
1-200- I026 RB- CONTRI BUCIÓN el Desarrollo de producción y circulación de Bandas de Marcha A LAS la administració n pública relacionados Procesos Culturales Sostenibles en ARTES ESCÉNI Bogotá D.C.
CAS con la recreación, la cultura y la religión $ 203.447.440 O2320202009 1-100- F001 Formación Artística, Cultural y Beca de apoyo para la profesionalización 91124 Servicios de de artistas 675 del 28 de enero de 2026.
VA- RECUR Deportiva a lo largo de la vida en O23011733 0120240081 030 52 la administració Bogotá D.C.
SOS DISTRIT O n pública relacionados con la recreación, la cultura y la religión $ 180.000.000 O2320202009 1-100- F001 O23011733 0120240080 Fortalecimiento de Beca La historia contada en barrios y 693 del 6 de febrero 91124 Servicios de prácticas y transformaciones de 2026 VA- RECUR manifestaciones culturales de Bogotá la administració SOS DISTRIT culturales, patrimoniales, urbanas y sociales O n pública relacionados para el bienestar integral de Bogotá con la recreación, la D.C. cultura y la religión O2320202009 $27.500.000 774 del 22 de febrero Beca para los procesos culturales O23011733 0120240217 Fortalecimiento de la gobernanza 1-100- F001 que resguardan la 91124 Servicios de de 2026 VA- RECUR territorial, la participación incidente y la la administració memoria y las identidades de la población migrante SOS DISTRIT internacional de atención diferenciada de los n pública relacionados O Bogotá. con la recreación, la grupos étnicos, etarios y sectores sociales desde las cultura y la religión prácticas culturales en Bogotá D.C.
O2320202009 $90.000.000 773 del 22 de febrero Beca Fomento al Trabajo en Red de O23011733 0120240217 Fortalecimiento de la gobernanza 91124 1-100- F001 Página 11 de 26 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-31 • 2026 • FEBRERO • 26 31 *20262200134803* Radicado: 20262200134803 Fecha: 24-02-2026 RESOLUCIÓN No. 147 DE 24 DE FEBRERO DE 2026 “Por medio de la cual se ordena la apertura de las convocatorias de la Fase I del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2026 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
Servicios de de 2026 Consejeros Sistema VA- RECUR la administració Distrital de Arte, Cultura y Patrimonio territorial, la participación incidente y la SOS DISTRIT O n pública relacionados atención diferenciada de los con la recreación, la cultura y la grupos étnicos, etarios y sectores sociales desde las religión prácticas culturales en Bogotá D.C.
$93.500.000 O2320202009 1-100- F001 O23011733 0120240217 Fortalecimiento de la gobernanza Beca Mujeres creadoras por una 91124 Servicios de 775 del 22 de febrero de VA- RECUR cultura libre de violencias y de 2026 la administració territorial, la participación incidente y la sexismos SOS DISTRIT O n pública relacionados atención diferenciada de los con la recreación, la cultura y la grupos étnicos, etarios y sectores sociales desde las religión prácticas culturales en Bogotá D.C.
$50.985.000 O2320202009 Beca Arte, Cultura, 1-100- F001 O23011733 0120240217 Fortalecimiento del Fomento para 91124 Servicios de Redes y Derechos de las Personas de 777 del 22 febrero de VA- RECUR el Desarrollo de 2026 la administració los Sectores Sociales LGBTI SOS DISTRIT O n pública relacionados Procesos Culturales Sostenibles en Bogotá D.C. con la recreación, la cultura y la religión.
O2320202009 $37.950.000 Beca Arte y Ciudad de las Personas que O23011733 0120240217 Fortalecimiento de la gobernanza 1-100- F001 778 del 22 de febrero de 91124 Servicios de 2026 VA- RECUR Realizan Actividades Sexuales Pagadas territorial, la participación incidente y la la administració SOS DISTRIT atención diferenciada de los n pública relacionados O con la recreación, la grupos étnicos, etarios y sectores sociales desde las cultura y la religión prácticas culturales en Bogotá D.C.
Beca expresiones O2320202009 $74.800.000 779 del 22 febrero de O23011733 0120240217 Fortalecimiento del Fomento para 1-100- F001 2026 el Desarrollo de 91124 Servicios de VA- RECUR culturales y artísticas de personas con discapacidad 2026 la administració Procesos Culturales Sostenibles en n pública SOS DISTRIT Página 12 de 26 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-32 • 2026 • FEBRERO • 26 32 *20262200134803* Radicado: 20262200134803 Fecha: 24-02-2026 RESOLUCIÓN No. 147 DE 24 DE FEBRERO DE 2026 “Por medio de la cual se ordena la apertura de las convocatorias de la Fase I del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2026 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
O Bogotá D.C. relacionados con la recreación, la cultura y la religión $40.000.000 O2320202009 Premio Redes Vivas 755 del 18 de febrero Comunitarias O23011733 0120240217 Fortalecimiento de la gobernanza 1-100- F001 VA_REC 91124 Servicios de de 2026 URSOS DISTRIT la administració territorial, la participación incidente y la O n pública relacionados atención diferenciada de los con la recreación, la cultura y la grupos étnicos, etarios y sectores sociales desde las religión prácticas culturales en Bogotá D.C.
$72.000.000 Fortalecimiento de Residencia para la 1-100- F001 O2320202009 O23011733 0120240217 la gobernanza gestión cultural:
754 del 18 de febrero de VA- RECUR 91124 Servicios de conexión iberoamericana 2026 territorial, la participación incidente y la O23011733 0120240152 SOS DISTRIT la administració O atención diferenciada de los n pública relacionados 747 del 18 de febrero de 2026 1-100- F001 con la recreación, la grupos étnicos, etarios y sectores sociales desde las cultura y la VA- RECUR religión prácticas culturales en Bogotá D.C.
SOS DISTRIT O Fortalecimiento del Fomento para el Desarrollo de Procesos Culturales Sostenibles en Bogotá D.C.
Beca para procesos O2320202009 $ 57.750.000 de participación O23011733 0120240217 Fortalecimiento de la gobernanza 780 del 22 de febrero de cultural infantil 91124 Servicios de 1-100- F001 VA_REC 2026 territorial, la participación incidente y la la administració URSOS DISTRIT O atención diferenciada de los n pública relacionados con la recreación, la grupos étnicos, etarios y sectores sociales desde las cultura y la religión prácticas culturales en Bogotá D.C.
776 del 22 Beca Tu Identidad O23011733 Fortalecimiento de O2320202009 1-100- $129.778.812 Página 13 de 26 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-33 • 2026 • FEBRERO • 26 33 *20262200134803* Radicado: 20262200134803 Fecha: 24-02-2026 RESOLUCIÓN No. 147 DE 24 DE FEBRERO DE 2026 “Por medio de la cual se ordena la apertura de las convocatorias de la Fase I del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2026 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
F001 febrero del 0120240217 la gobernanza 91124 Servicios de 2026 Joven: Transformando El VA- RECUR Territorio la administració territorial, la participación incidente y la SOS DISTRIT O n pública relacionados atención diferenciada de los con la recreación, la cultura y la grupos étnicos, etarios y sectores sociales desde las religión prácticas culturales en Bogotá D.C.
$52.965.000 O2320202009 Beca construcción 1-100- F001 O23011733 0120240217 Fortalecimiento de la gobernanza 91124 Servicios de 781 del 22 de febrero de VA- RECUR de redes de organización colaborativa para 2026 la administració territorial, la participación incidente y la SOS DISTRIT preservar la identidad del sector O n pública relacionados atención diferenciada de los artesanal y sus saberes ancestrales. con la recreación, la cultura y la grupos etnicos, etarios y sectores sociales desde las religión. prácticas culturales en Bogotá D.C.
$67.089.000 O2320202009 Beca para promover 1-100- F001 O23011733 0120240217 Fortalecimiento de la gobernanza el cuidado y la 766 del 22 febrero de 91124 Servicios de 2026 VA- RECUR valoración de saberes artísticos y la administració territorial, la participación incidente y la SOS DISTRIT culturales de personas mayores.
O n pública relacionados atención diferenciada de los con la recreación, la cultura y la grupos étnicos, etarios y sectores sociales desde las religión prácticas culturales en Bogotá D.C.
Beca LEP Artes O2320202009 $60.000.000 732 del 18 de febrero O23011733 0120240152 Fortalecimiento del Fomento para de 2026 rituales etnofuturistas 91124 Servicios de el Desarrollo de 1-200- I026 RB- CONTRI BUCIÓN la administració A LAS Procesos Culturales Sostenibles en n pública relacionados Bogotá D.C.
ARTES ESCÉNI con la recreación, la CAS cultura y la religión O2320202009 $1.200.000.000 Beca LEP Barrios Vivos - Laboratorios O23011733 0120240152 Fortalecimiento del Fomento para 733 del 18 de febrero de 91124 Servicios de 2026 de oportunidades / El camino continua el Desarrollo de 1-200- I026 RB- CONTRI BUCIÓN Procesos la administració A LAS Página 14 de 26 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-34 • 2026 • FEBRERO • 26 34 *20262200134803* Radicado: 20262200134803 Fecha: 24-02-2026 RESOLUCIÓN No. 147 DE 24 DE FEBRERO DE 2026 “Por medio de la cual se ordena la apertura de las convocatorias de la Fase I del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2026 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
Culturales Sostenibles en n pública relacionados ARTES ESCÉNI Bogotá D.C.
CAS con la recreación, la cultura y la religión $750.000.000 O2320202009 Beca Bogotá siente 1-100- F001 734 del 18 de febrero la fiesta O23011733 0120240152 Fortalecimiento del Fomento para 91124 Servicios de de 2026.
VA- RECUR el Desarrollo de la administració SOS DISTRIT O n pública relacionados Procesos Culturales Sostenibles en Bogotá D.C. con la recreación, la cultura y la religión $625.000.000 O2320202009 Beca comunicación 1-100- F001 comunitaria 2026 O23011733 0120240152 Fortalecimiento del Fomento para 735 del 18 de febrero 91124 Servicios de de 2026.
VA- RECUR el Desarrollo de la administració SOS DISTRIT O n pública relacionados Procesos Culturales Sostenibles en Bogotá D.C. con la recreación, la cultura y la religión $435.000.000 O2320202009 Beca entornos 1-100- F001 creativos O23011733 0120240152 Fortalecimiento del Fomento para 737 del 18 de febrero 91124 Servicios de de 2026.
VA- RECUR el Desarrollo de la administració SOS DISTRIT O n pública relacionados Procesos Culturales Sostenibles en Bogotá D.C. con la recreación, la cultura y la religión Beca estrategias O2320202009 $625.000.000 739 del 18 de febrero novedosas O23011733 0120240152 Fortalecimiento del Fomento para 1-100- F001 de 2026.
91124 Servicios de el Desarrollo de VA- RECUR la administració SOS DISTRIT Procesos Culturales Sostenibles en n pública relacionados O Bogotá D.C. con la recreación, la cultura y la religión Beca territorios O2320202009 $625.000.000 746 del 18 de febrero activos O23011733 0120240152 Fortalecimiento del Fomento para 1-100- F001 de 2026.
91124 Servicios de el Desarrollo de la VA- RECUR Página 15 de 26 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-35 • 2026 • FEBRERO • 26 35 *20262200134803* Radicado: 20262200134803 Fecha: 24-02-2026 RESOLUCIÓN No. 147 DE 24 DE FEBRERO DE 2026 “Por medio de la cual se ordena la apertura de las convocatorias de la Fase I del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2026 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte” administració SOS DISTRIT O n pública relacionados Procesos Culturales Sostenibles en Bogotá D.C. con la recreación, la cultura y la religión O2320202009 $ 600.000.000 O23011733 0120240152 Fortalecimiento del Fomento para Beca LEP Celebración 30 años 748 del 18 de febrero 91124 Servicios de de Rock de 2026 1-200- I026 RB- CONTRI BUCIÓN el Desarrollo de A LAS la administració n pública relacionados Procesos Culturales Sostenibles en ARTES ESCÉNI Bogotá D.C.
CAS con la recreación, la cultura y la religión O2320202009 91124 Servicios de la administració n pública relacionados con la recreación, la cultura y la religión Que las “CONDICIONES GENERALES DE PARTICIPACIÓN DEL PROGRAMA DISTRITAL DE ESTÍMULOS - PDE 2026” constituyen la ruta de acceso al Programa Distrital de Estímulos – PDE 2026 para la ciudadanía, en la medida en que organizan y regulan los criterios, requisitos y procedimientos necesarios para participar, verificar, evaluar y otorgar los distintos estímulos, bajo los principios de transparencia, participación, inclusión, cooperación y corresponsabilidad, en el marco del fomento cultural como garantía de derechos.
Que las condiciones y requisitos de participación de las convocatorias que se aperturan mediante el presente acto administrativo se encuentran definidos en el documento denominado “CONDICIONES GENERALES DE PARTICIPACIÓN DEL PROGRAMA DISTRITAL DE ESTÍMULOS – PDE 2026”, así como en el documento que establece los requisitos específicos, los cuales hacen parte integral de la presente resolución y serán publicados en el siguiente micrositio: https://cultured.gov.co/ Que de conformidad con las condiciones específicas de participación de cada una de las convocatorias referidas, se establece: “(…) Desde la fecha de publicación de la Página 16 de 26 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-36 • 2026 • FEBRERO • 26 36 *20262200134803* Radicado: 20262200134803 Fecha: 24-02-2026 RESOLUCIÓN No. 147 DE 24 DE FEBRERO DE 2026 “Por medio de la cual se ordena la apertura de las convocatorias de la Fase I del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2026 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte” convocatoria, la ciudadanía cuenta con cinco (5) días hábiles para hacer comentarios a la misma. Los comentarios se recibirán en el correo electrónico: convocatorias@scrd.gov.co (…)”. Por lo tanto, las convocatorias que se relacionan en el artículo primero del presente acto administrativo se publicarán en el micrositio mencionado en el párrafo anterior desde el 25 de febrero de 2026 para los fines correspondientes, y la apertura de las mismas será el 5 de marzo de 2026.
RESUELVE:
Artículo primero.
Ordenar la apertura de las convocatorias de la Fase I del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2026 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, el 5 de marzo de 2026, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo, tal y como se indica a continuación:
MONTO TOTAL CDP DEPENDENCIA ENCARGADA DE N.º DE ESTÍMULOS DE LA CONVOCATORIA LA CONVOCATORIA CONVOCATORIA MONTO DEL ESTÍMULO O DESCRIPCIÓN GENERAL DE LOS RECURSOS Beca celebración del día Subdirección de Gestión Cultural y del arte urbano - Diego Artística Quince (15) $213.000.000 691 del 6 de febrero Felipe Becerra Lizarazo de 2026.
Cuatro (4) estímulos para la categoría Nuevos talentos, de dieciséis millones de pesos M/CTE ($16.000.000) cada uno. Para un total de sesenta y cuatro millones de pesos M/CTE ($64.000.000).
Cuatro (4) estímulos para la categoría Artistas con experiencia, de veintiún millones quinientos mil pesos M/CTE ($21.500.000) cada uno. Para un total de ochenta y seis millones de pesos M/CTE ($86.000.000).
Siete (7) estímulos para la categoría Laboratorio arte Página 17 de 26 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-37 • 2026 • FEBRERO • 26 37 *20262200134803* Radicado: 20262200134803 Fecha: 24-02-2026 RESOLUCIÓN No. 147 DE 24 DE FEBRERO DE 2026 “Por medio de la cual se ordena la apertura de las convocatorias de la Fase I del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2026 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte” urbano en el espacio público, de nueve millones de pesos M/CTE ($9.000.000) cada uno. Para un total de sesenta y tres millones de pesos M/CTE ($63.000.000). Beca espacio público Subdirección de Gestión Cultural y nuestro escenario Artística Doce (12) $115.189.992 689 del 6 de febrero de 2026 El valor de cada estímulo es de nueve millones quinientos noventa y nueve mil ciento sesenta y seis pesos M/CTE ($ 9.599.166)
Beca LEP comparte lo Subdirección de Gestión Cultural y que sabes Artística Diez (10) $250.000.000 750 del 18 de febrero de 2026 El valor individual del estímulo es de veinticinco millones de pesos M/CTE ($25.000.000)
Beca LEP para la Dieciocho Subdirección de Gestión Cultural y producción y circulación (18)
Artística $450.000.000 731 del 18 de febrero de Bandas de Marcha de 2026 El valor de cada estímulo es de veinticinco millones de pesos M/CTE ($25.000.000)
Beca de apoyo para la Treinta y Subdirección de Gestión Cultural y profesionalización de nueve (39)
Artística $ 203.447.440 675 del 28 de enero artistas de 2026 Categoría
1. Técnicos: once (11) estímulos por un valor individual de tres millones de pesos
M/CTE ($3.000.000) cada uno. Para un total de treinta y tres millones de pesos M/CTE ($33.000.000)
Categoría
2. Tecnólogos: once (11) estímulos por un valor individual de cuatro millones doscientos cincuenta mil pesos M/CTE ($4.250.000) cada uno. Para un total de cuarenta y seis
millones setecientos cincuenta mil pesos Página 18 de 26 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-38 • 2026 • FEBRERO • 26 38 *20262200134803* Radicado: 20262200134803 Fecha: 24-02-2026 RESOLUCIÓN No. 147 DE 24 DE FEBRERO DE 2026 “Por medio de la cual se ordena la apertura de las convocatorias de la Fase I del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2026 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
M/CTE ($46.750.000)
Categoría
3. Pregrado universitario, reconocimiento de saberes
o profesionalización: diecisiete (17) por un valor individual de siete millones doscientos setenta y seis mil trescientos veinte pesos M/CTE ($7.276.320) cada uno. Para un total de ciento veintitrés millones seiscientos noventa y siete mil cuatrocientos cuarenta pesos M/CTE ($123.697.440) Beca La historia contada en barrios y Subdirección de Infraestructura y Patrimonio Cultural Seis (6) $180.000.000 693 del 6 de febrero manifestaciones de 2026 culturales de Bogotá Categoría 1. Investigación en barrios localizados en la zona de influencia del PEMP del Centro Histórico: Se otorgará 1 estímulo por valor de treinta millones de pesos M/CTE ($30.000.000), para un total de treinta millones de pesos M/CTE ($30.000.000).
Categoría 2. Investigación en barrios localizados en el área afectada del PEMP del Sector de Interés Urbanístico de Teusaquillo: Se otorgarán 2 estímulos por valor individual de treinta millones de pesos M/CTE Página 19 de 26 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-39 • 2026 • FEBRERO • 26 39 *20262200134803* Radicado: 20262200134803 Fecha: 24-02-2026 RESOLUCIÓN No. 147 DE 24 DE FEBRERO DE 2026 “Por medio de la cual se ordena la apertura de las convocatorias de la Fase I del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2026 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
($30.000.000), cada uno, para un total de sesenta millones de pesos M/CTE (60.000.000).
Categoría 3. Investigación comunitaria, activación y divulgación de Planes Especiales de Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de Bogotá.: Se otorgarán 3 estímulos por valor individual de treinta millones de pesos M/CTE ($30.000.000) cada uno, para un total de noventa millones de pesos M/CTE ($90.000.000) Beca para los procesos Dirección de Asuntos Locales y culturales que Participación Dos (2) $27.500.000 774 del 22 de febrero resguardan la memoria y las identidades de la de 2026 El valor individual del estímulo es de trece millones setecientos cincuenta mil pesos M/CTE ($13.750.000) población migrante internacional de Bogotá Beca Fomento al Dirección de Asuntos Locales y Trabajo en Red de Tres (3) $90.000.000 773 del 22 de febrero Participación Consejeros Sistema El valor individual del estímulo es de treinta millones de pesos M/CTE ( $30.000.000) de 2026 Distrital de Arte, Cultura y Patrimonio Beca Mujeres creadoras Dirección de Asuntos Locales y por una cultura libre de Participación violencias y de sexismos Cuatro (4) $93.500.000 775 del 22 de febrero de 2026 El valor individual del estímulo es de veintitrés millones trescientos setenta y cinco mil pesos M/CTE ($23.375.000)
Beca Arte, Cultura, Dirección de Asuntos Locales y Redes y Derechos de Dos (2) $50.985.000 777 del 22 febrero Participación las Personas de los El valor individual del estímulo es de veinticinco millones cuatrocientos noventa y dos mil de 2026 Sectores Sociales Página 20 de 26 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-40 • 2026 • FEBRERO • 26 40 *20262200134803* Radicado: 20262200134803 Fecha: 24-02-2026 RESOLUCIÓN No. 147 DE 24 DE FEBRERO DE 2026 “Por medio de la cual se ordena la apertura de las convocatorias de la Fase I del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2026 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
LGBTI quinientos pesos M/ CTE ($25.492.500) Beca Arte y Ciudad de Dirección de Asuntos Locales y Dos (2) $37.950.000 778 del 22 las Personas que Participación de febrero Realizan Actividades Sexuales Pagadas de 2026 El valor individual del estímulo es de dieciocho millones novecientos setenta y cinco mil pesos M/ CTE ( $ $18.975.000)
Beca expresiones Dirección de Asuntos Locales y culturales y artísticas de Participación Cuatro (4) $ 74.800.000 779 del 22 febrero personas con de 2026 discapacidad 2026 El valor individual del estímulo es de dieciocho millones setecientos mil pesos M/CTE ( $18.700.000)
Premio Redes Vivas Dirección de Asuntos Locales y Comunitarias Participación Cuatro (4) $ 40.000.000 755 del 18 de febrero El valor individual del estímulo es de diez millones de pesos M/CTE ($ 10.000.000) de 2026 Residencia para la Dirección de Asuntos Locales y gestión cultural:
Participación Cuatro (4) $72.000.000 754 del 18 de de febrero conexión El valor individual del estímulo es de dieciocho millones de pesos M/CTE ($ 18.000.000) iberoamericana de 2026 747 del 18 de de febrero de 2026 Beca para procesos de Dirección de Asuntos Locales y participación cultural Tres (3) $57.750.000 780 del 22 de febrero Participación infantil de 2026 El valor individual del estímulo es de diecinueve millones doscientos cincuenta mil pesos M/CTE ($ 19.250.000)
Beca Tu Identidad Dirección de Asuntos Locales y Joven: Transformando Seis (6) $129.778.812 776 del 22 febrero Participación El Territorio de 2026 El valor individual del estímulo es de veintiún millones seiscientos veintinueve mil ochocientos dos pesos M/CTE ($ 21.629.802)
Beca construcción de Dos (2) $52.965.000 781 del 22 Dirección de Asuntos Locales y redes de organización Participación colaborativa para de febrero El valor individual del estímulo es de veintiséis millones cuatrocientos ochenta y dos mil de Página 21 de 26 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-41 • 2026 • FEBRERO • 26 41 *20262200134803* Radicado: 20262200134803 Fecha: 24-02-2026 RESOLUCIÓN No. 147 DE 24 DE FEBRERO DE 2026 “Por medio de la cual se ordena la apertura de las convocatorias de la Fase I del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2026 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
2026 preservar la identidad quinientos pesos M/ CTE ($26.482.500) del sector artesanal y sus saberes ancestrales.
Beca para promover el Dirección de Asuntos Locales y cuidado y la valoración Participación Tres (3) $67.089.000 766 del 22 febrero de saberes artísticos y de 2026 culturales de personas El valor individual del estímulo es de veintidós millones trescientos sesenta y tres mil pesos M/CTE ( $22.363.000) mayores Beca LEP Artes rituales Dirección de Asuntos Locales y etnofuturistas Participación Dos (2) $60.000.000 732 del 18 de febrero de 2026 El valor individual de cada estímulo es de treinta millones de pesos M/CTE ($30.000.000)
Beca LEP Barrios Vivos Dirección de Asuntos Locales y
- Laboratorios de
Participación Doce (12) $1.200.000.000 733 del 18 de febrero oportunidades / El El valor individual de cada estímulo es de cien millones de pesos M/CTE ($100.000.000) camino continua de 2026 Dirección de Beca Bogotá siente la Fomento fiesta Veinte (20) $750.000.000 734 del 18 de febrero de 2026 Quince (15) estímulos para la categoría larga trayectoria por valor individual de treinta y siete millones quinientos mil pesos M/CTE ($37.500.000)
Cinco (5) estímulos para la categoría corta trayectoria por valor individual de los treinta y siete millones quinientos mil pesos M/CTE ($37.500.000)
Beca comunicación Dirección de Fomento comunitaria 2026 Sesenta (60) $625.000.000 735 del 18 de febrero de 2026 El valor individual del estímulo es de diez millones cuatrocientos dieciséis mil seiscientos sesenta y siete pesos M/CTE ($10.416.667)
Dirección de Fomento Veinte (20) $435.000.000 737 del 18 de febrero Beca entornos creativos El valor individual del estímulo es de veintiún millones setecientos de Página 22 de 26 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-42 • 2026 • FEBRERO • 26 42 *20262200134803* Radicado: 20262200134803 Fecha: 24-02-2026 RESOLUCIÓN No. 147 DE 24 DE FEBRERO DE 2026 “Por medio de la cual se ordena la apertura de las convocatorias de la Fase I del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2026 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
2026 cincuenta mil pesos M/CTE ($ 21.750.000)
Dirección de Veinticinco Beca estrategias Fomento (25) novedosas $625.000.000 739 del 18 de febrero de 2026 El valor individual del estímulo es de veinticinco millones de pesos M/CTE ($ 25.000.000)
Dirección de Veinticinco Fomento (25)
$625.000.000 746 del 18 de febrero de 2026 Beca territorios activos El valor individual del estímulo es de veinticinco millones de pesos M/CTE ($ 25.000.000)
Dirección de Beca LEP Celebración Fomento 30 años de Rock Doce (12) $600.000.000 748 del 18 febrero de 2026 Categoría larga trayectoria: dos (2) estímulos por valor de ciento cincuenta millones de pesos M/CTE ($150.000.000) cada uno. Para un valor total de trescientos millones de pesos M/CTE ($300.000.000).
Categoría mediana trayectoria: diez (10) estímulos por valor de treinta millones de pesos M/CTE ($30.000.000) cada uno. Para un total de trescientos millones de pesos ($300.000.000).
Parágrafo. Los recursos para el desarrollo y ejecución de las convocatorias
relacionadas, se encuentran amparados con cargo a los Certificados de Disponibilidad Presupuestal citados en el presente artículo.
Artículo segundo.
Los requisitos y condiciones de participación de las presentes convocatorias se encuentran definidos en el documento denominado “CONDICIONES GENERALES DE PARTICIPACIÓN DEL PROGRAMA DISTRITAL DE ESTÍMULOS – PDE 2026”, así como en el documento que establece los requisitos específicos de las mismas, los cuales se entienden incorporados en su integridad y forman parte integral de la presente resolución.
Página 23 de 26 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-43 • 2026 • FEBRERO • 26 43 *20262200134803* Radicado: 20262200134803 Fecha: 24-02-2026 RESOLUCIÓN No. 147 DE 24 DE FEBRERO DE 2026 “Por medio de la cual se ordena la apertura de las convocatorias de la Fase I del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2026 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
Parágrafo. Las modificaciones a los términos de las convocatorias citadas en el
presente acto administrativo se podrán modificar mediante aviso modificatorio que deberá publicarse en el respectivo micrositio web de convocatorias de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (https://sicon.scrd.gov.co/), con anterioridad no menor a un (1) día hábil al vencimiento del plazo fijado en el cronograma que se indica en las condiciones de las convocatorias.
Artículo tercero.
Realizar por la Subdirección de Gestión Cultural y Artística, Subdirección de Infraestructura y Patrimonio Cultural, la Dirección de Asuntos Locales y Participación, y la Dirección de Fomento de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, los trámites correspondientes a los desembolsos de los estímulos económicos previstos en las citadas convocatorias de las cuales son responsables, de conformidad con el artículo primero del presente acto administrativo, acorde con los procesos y procedimientos definidos en este organismo.
Artículo cuarto.
Publicar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el ciudadano, la presente resolución en la Gaceta Distrital y en el Régimen Legal de Bogotá D.C. y en la página web de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. De otro lado, publicar por la Dirección de Fomento la presente resolución, así como los requisitos y condiciones de participación en el micrositio: https://cultured.gov.co/
Artículo quinto.
Comunicar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, el contenido de la presente resolución a través de la herramienta ORFEO, a la Subdirección de Gestión Cultural y Artística, Subdirección de Infraestructura y Patrimonio Cultural, la Dirección de Asuntos Locales y Participación, la Dirección de Fomento, al Grupo Interno de Trabajo de Gestión Financiera y la Oficina Asesora de Comunicaciones de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para los trámites de su competencia.
Artículo sexto.
El presente acto administrativo rige a partir del día siguiente a su publicación y contra este no procede recurso alguno, de conformidad con lo señalado en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE, Y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C, a los veinticuatro (24) días del mes de febrero (02) de dos mil veintiséis (2026).
Página 24 de 26 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-44 • 2026 • FEBRERO • 26 44 *20262200134803* Radicado: 20262200134803 Fecha: 24-02-2026 RESOLUCIÓN No. 147 DE 24 DE FEBRERO DE 2026 “Por medio de la cual se ordena la apertura de las convocatorias de la Fase I del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2026 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR Secretario de Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Sandra Margoth Vélez Abello - Jefe Oficina Jurídica.
Proyectó: Lina Carrillo Orduz - Contratista Dirección de Fomento. Revisó: Edgar Javier Pulido Caro - Contratista Dirección de Fomento. Miguel Ángel Solano Rojas –Contratista Subsecretaría de Gobernanza Aprobó: Juan Diego Jaramillo Morales – Director de Fomento. Julián Felipe Duarte Álvarez - Director de Asuntos Locales y Participación Ana María Boada Ayala - Subsecretaria de Gobernanza Daniel Felipe Gutierrez Vargas - Subdirector de Infraestructura y Patrimonio Cultural Nathalia Rippe Sierra - Subdirectora de Gestión Cultural y Artística (E) Nathalia Rippe Sierra – Directora de Arte, Cultura y Patrimonio Revisó: Diego Eduardo Beltrán Hernández- Contratista Oficina Jurídica Aprobó revisión y ajustó Documento 20262200134803 firmado electrónicamente por:
Santiago Trujillo Escobar Secretario de Cultura, Recreación y Deporte Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Fecha firma: 24-02-2026 19:56:58 Sandra Margoth Vélez Abello Jefe Oficina Jurídica Oficina Jurídica Fecha firma: 24-02-2026 18:40:56 Diego Eduardo Beltrán Hernández Contratista Oficina Jurídica Fecha firma: 24-02-2026 18:37:33 Ana María Boada Ayala Subsecretaría de Gobernanza Subsecretaría de Gobernanza Fecha firma: 24-02-2026 17:53:48 Miguelangel Solano Rojas Contratista Subsecretaría de Gobernanza Fecha firma: 24-02-2026 17:42:21 Julian Felipe Duarte Alvarez Director de Asuntos Locales y Participación Dirección de Asuntos Locales y Participación Fecha firma: 24-02-2026 12:55:24 Juan Diego Jaramillo Morales Director de Fomento Dirección de Fomento Fecha firma: 24-02-2026 12:37:49 Edgar Javier Pulido Caro Contratista Dirección de Fomento Fecha firma: 24-02-2026 12:22:10 Lina Leonor Carrillo Orduz Contratista Dirección de Fomento Fecha firma: 24-02-2026 11:40:24 Página 25 de 26 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-45 • 2026 • FEBRERO • 26 45 *20262200134803* Radicado: 20262200134803 Fecha: 24-02-2026 RESOLUCIÓN No. 147 DE 24 DE FEBRERO DE 2026 “Por medio de la cual se ordena la apertura de las convocatorias de la Fase I del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2026 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
Nathalia Rippe Sierra Directora de Arte Cultura y Patrimonio Dirección de Arte, Cultura y Patrimonio Fecha firma: 24-02-2026 15:50:23 Nathalia Rippe Sierra (E) Subdirectora de Gestión Cultural y Artística (E) Subdirección de Gestión Cultural y Artística Fecha firma: 24-02-2026 16:13:09 Daniel Felipe Gutiérrez Vargas Subdirector de Infraestructura y Patrimonio Cultural Subdirección de Infraestructura y Patrimonio Cultural Fecha firma: 24-02-2026 15:57:00 Juan Esteban Quintero Paez Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 22 Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano Fecha firma: 24-02-2026 20:28:43 7f2101b2d0135c3fd31fef726462846fc84f27b07c43bf048c6a8dd8bd4f4e56 Codigo de Verificación CV: 9e389 Página 26 de 26 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-46 • 2026 • FEBRERO • 26 46 *20262200135073* Radicado: 20262200135073 Fecha: 24-02-2026 RESOLUCIÓN No. 148 DE 24 DE FEBRERO DE 2026 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural HACKATÓN MÁS CULTURA LOCAL, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
EL SECRETARIO DE DESPACHO De la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, en uso de sus facultades legales y en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas el Decreto Distrital 649 de 2025 y,
CONSIDERANDO:
Que los artículos 70 y 71 de la Constitución Política de Colombia de 1991, establecen el deber del Estado de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades y otorga la competencia para establecer mecanismos positivos para fomentar el desarrollo artístico, cultural y patrimonial de la Nación.
Que, el numeral 3 del artículo 1° de la Ley 397 de 1997, “Por la cual se desarrollan los artículos 70, 71 y 72 y demás artículos concordantes de la Constitución Política y se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura y se trasladan algunas dependencias.”, señala que:
“(…) El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de reconocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación colombiana (…)”.
Que la ley en cita en su artículo 17 señala:
“(…) DEL FOMENTO. El Estado a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, fomentará las artes en todas sus expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas, como elementos del diálogo, el intercambio, la participación y como expresión libre y primordial del pensamiento del ser humano que construye en la convivencia pacífica.”.
Que así mismo, el artículo 18 de la mencionada ley establece:
"(…) El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos especiales y promocionará la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales. Para tal efecto establecerá, entre otros programas, bolsas de trabajo, becas, premios anuales, concursos, festivales, talleres de formación artística, apoyo a personas y grupos dedicados a actividades culturales, ferias, exposiciones, unidades móviles de divulgación cultural, y otorgará incentivos y créditos especiales para artistas sobresalientes, así como para integrantes de Página 1 de 6 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-47 • 2026 • FEBRERO • 26 47 *20262200135073* Radicado: 20262200135073 Fecha: 24-02-2026 RESOLUCIÓN No. 148 DE 24 DE FEBRERO DE 2026 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural HACKATÓN MÁS CULTURA LOCAL, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte” las comunidades locales en el campo de la creación, la ejecución, la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo (…)”
Que el Decreto Distrital 649 de 2025, “Por el cual se modifica la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y se dictan otras disposiciones” dispone en su artículo 4 que: “La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, tiene por objeto orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculadas y la sociedad civil”.
Que corresponde a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, en desarrollo de la función contenida en el numeral 10, del artículo 5 del Decreto Distrital 649 de 2025 lo siguiente: “Gestionar la ejecución de las políticas, planes y proyectos culturales y artísticos, con el fin de garantizar el efectivo ejercicio de los derechos culturales y fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo”.
Que el artículo 16 del Decreto Distrital 649 de 2025, contempla como funciones de la Dirección de Fomento, entre otras, las siguientes: “(…) 1. Dirigir la estrategia conjunta de trabajo del sector cultura, recreación y deporte en lo que respecta a la política de Fomento. 2. Dirigir actividades relacionadas con el diseño, ejecución, fortalecimiento y seguimiento de los planes, programas y proyectos de fomento al Sector Cultura, Recreación y Deporte bajo criterios de equidad, pertinencia y transparencia. (…)”.
Que el reconocimiento del fomento a la cultura como elemento central de protección y promoción de los Derechos Humanos, ha propiciado la creación de esquemas de política pública que buscan materializar el mandato constitucional de promover la protección, desarrollo y difusión de la cultura mediante la adopción de medidas que faciliten el ejercicio de sus derechos por parte de todas las comunidades. Así las cosas, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, establece el proceso misional del fomento a la cultura, como el conjunto de programas impulsados desde las entidades públicas que conforman el sector, con el propósito de promover, reconocer y fortalecer las prácticas artísticas, culturales y patrimoniales de la ciudadanía; garantizando un impacto integral e incluyente sobre la ciudad y favoreciendo el ejercicio libre y creativo de los derechos culturales.
Que dentro de las líneas de fomento se han definido las invitaciones culturales, las cuales se han concebido como mecanismos que buscan diversificar la participación de la ciudadanía en el proceso de Fomento, por medio de una oferta que se adapten a las necesidades particulares o distritales, así como las concertaciones poblacionales, Página 2 de 6 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-48 • 2026 • FEBRERO • 26 48 *20262200135073* Radicado: 20262200135073 Fecha: 24-02-2026 RESOLUCIÓN No. 148 DE 24 DE FEBRERO DE 2026 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural HACKATÓN MÁS CULTURA LOCAL, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte” sectoriales o territoriales, sectores sociales o agentes de la ciudad. Este mecanismo le permite a las organizaciones, agrupaciones, colectivos o personas, encontrar distintos medios para acceder a recursos económicos o en especie (talleres, fortalecimiento, diplomados, laboratorios, alianzas estratégicas, encuentros de intercambio o mesas colaborativas, seminarios o eventos de interés, entre otros); así como a espacios que les faciliten iniciar, fortalecer o ampliar sus prácticas culturales, artísticas, creativas o patrimoniales.
Que la cultura constituye un eje estratégico para el desarrollo social, la construcción de ciudadanía y la transformación territorial, en tanto promueve la creatividad, la innovación, la participación y el fortalecimiento del tejido comunitario. En tal sentido, el Programa Más Cultura Local de la Dirección de Fomento está orientado al fortalecimiento de los agentes, procesos e iniciativas artísticas, culturales y patrimoniales en las localidades de Bogotá, mediante estrategias que integran el desarrollo de capacidades, la articulación territorial y la innovación cultural.
Que la SCRD en articulación con los Fondos de Desarrollo Local, invita a los agentes artísticos, culturales y patrimoniales, beneficiarios de los Componentes A y B del Programa Más Cultura Local o Es Cultura Local, en sus diferentes versiones, a participar en la “Invitación Cultural HACKATÓN MÁS CULTURA LOCAL”, mediante se busca consolidar un laboratorio territorial de innovación cultural que se desarrollará en las veinte (20) localidades de Bogotá. En cada localidad se dispondrán diez (10) cupos, los cuales serán asignados en estricto orden de inscripción, siempre que los postulantes cumplan con la totalidad de los requisitos habilitantes establecidos en la invitación. La asignación de los cupos no contempla evaluación cualitativa o ponderación de iniciativas, sino la verificación del cumplimiento de condiciones y el orden de registro en la plataforma, atendiendo las condiciones específicas de participación.
Que en coherencia con dicho enfoque, la HACKATÓN MÁS CULTURA LOCAL se configura como un laboratorio territorial de innovación pública cultural, concebido como un espacio de concreción y fortalecimiento de capacidades, que permite a los agentes culturales abordar retos públicos locales mediante metodologías colaborativas.
Que la “Invitación Cultural HACKATÓN MÁS CULTURA LOCAL” busca promover procesos de co-creación entre agentes culturales, actores institucionales y aliados estratégicos en cada localidad, fortaleciendo capacidades en innovación cultural, apropiación digital y prototipado colaborativo a través de metodologías participativas.
Que de conformidad con las condiciones específicas de participación, la presente invitación cultural corresponde a un mecanismo de fomento en modalidad de incentivo en especie, motivo por el cual no implica la asignación directa de recursos económicos.
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REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-49 • 2026 • FEBRERO • 26 49 *20262200135073* Radicado: 20262200135073 Fecha: 24-02-2026 RESOLUCIÓN No. 148 DE 24 DE FEBRERO DE 2026 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural HACKATÓN MÁS CULTURA LOCAL, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
Que para la ejecución de la presente invitación cultural, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte estableció la siguiente caracterización general:
Dependencia encargada de la Invitación Tipo del incentivo No. de incentivos Descripción del incentivo en especie invitación El incentivo en especie de la Hackatón Más Invitación Cultura Local comprende: Otorgamiento de hasta diez (10) incentivos para participar en la Dirección de 200 incentivos en la ciudad para participar de las Hackatones. Diez (10) incentivos por Cultural HACKATÓN En especie Fomento Hackatón Local que consiste en una jornada intensiva de co-creación, orientada al diseño, cada localidad como expositores MÁS CULTURA fortalecimiento y ajuste de iniciativas culturales que respondan a retos públicos en el Hackatón LOCAL locales.
Más Cultura Local.
Que los requisitos y condiciones específicas de participación para la “Invitación Cultural HACKATÓN MÁS CULTURA LOCAL”, hacen parte integral de la presente resolución y pueden ser consultadas en el micrositio web: https://invitaciones.scrd.gov.co/ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
Que de conformidad a lo anterior y en cumplimiento del marco normativo señalado, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte dispone la apertura de la “Invitación Cultural HACKATÓN MÁS CULTURA LOCAL”.
RESUELVE:
Artículo primero.
Ordenar la apertura a la “Invitación Cultural HACKATÓN MÁS CULTURA LOCAL”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo y con el cronograma definido para tal fin.
Parágrafo. Los incentivos previstos en la presente invitación cultural corresponden a
incentivos en especie; en consecuencia, la misma no se encuentra sujeta a erogación presupuestal, razón por la cual no se requiere la expedición de Certificado de Disponibilidad Presupuestal.
Artículo segundo.
Los requisitos y condiciones de participación de la “Invitación Cultural HACKATÓN MÁS CULTURA LOCAL”, se encuentran publicados en el micrositio web: https://invitaciones.scrd.gov.co/ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
Parágrafo. Las modificaciones a los términos de la Invitación Cultural citada en el
presente acto administrativo se podrá modificar mediante aviso modificatorio que deberá Página 4 de 6 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-50 • 2026 • FEBRERO • 26 50 *20262200135073* Radicado: 20262200135073 Fecha: 24-02-2026 RESOLUCIÓN No. 148 DE 24 DE FEBRERO DE 2026 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural HACKATÓN MÁS CULTURA LOCAL, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte” publicarse en el respectivo micrositio web de Invitaciones Culturales de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte https://invitaciones.scrd.gov.co/, con anterioridad no menor a un (1) día hábil al vencimiento del plazo fijado en el cronograma que se indica en las condiciones de la Invitación Cultural.
Artículo tercero.
Realizar por la Dirección de Fomento las acciones y trámites correspondientes para ejecutar el incentivo en especie descrito en las condiciones específicas de participación de la “Invitación Cultural HACKATÓN MÁS CULTURA LOCAL”, de la cual son responsables.
Artículo cuarto.
Publicar por la Dirección de Fomento la presente resolución, así como los requisitos y condiciones de participación de la invitación cultural en el micrositio denominado: Invitaciones Culturales de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. Y por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, publicar el contenido de la presente resolución en la Gaceta Distrital y en el Régimen Legal de Bogotá D.C. y en la página web de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
Artículo quinto.
Comunicar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, el contenido de la presente resolución a través del sistema de gestión documental ORFEO, a la Dirección de Fomento de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para los trámites de su competencia.
Artículo sexto.
El presente acto administrativo rige a partir del día siguiente a su publicación y contra este no procede recurso alguno, de conformidad con lo señalado en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C., a los veinticuatro (24) días del mes de febrero (02) de dos mil veintiséis (2026).
SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR Secretario de Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Proyectó: Xiomara Pineda T - Contratista Dirección de Fomento. Revisó: Edgar Javier Pulido Caro - Contratista Dirección de Fomento.
Página 5 de 6 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-51 • 2026 • FEBRERO • 26 51 *20262200135073* Radicado: 20262200135073 Fecha: 24-02-2026 RESOLUCIÓN No. 148 DE 24 DE FEBRERO DE 2026 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural HACKATÓN MÁS CULTURA LOCAL, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
Sandra Margoth Vélez Abello - Jefe Oficina Jurídica.
Miguel Ángel Solano Rojas – Contratista Subsecretaría de Gobernanza Aprobó: Juan Diego Jaramillo Morales – Director de Fomento. Ana María Boada Ayala– Subsecretaria de Gobernanza Revisó: Diego Eduardo Beltrán Hernández- Contratista Oficina Jurídica. Aprobó revisión y ajustó Documento 20262200135073 firmado electrónicamente por:
Santiago Trujillo Escobar Secretario de Cultura, Recreación y Deporte Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Fecha firma: 24-02-2026 19:58:52 Sandra Margoth Vélez Abello Jefe Oficina Jurídica Oficina Jurídica Fecha firma: 24-02-2026 18:14:46 Diego Eduardo Beltrán Hernández Contratista Oficina Jurídica Fecha firma: 24-02-2026 17:23:09 Ana María Boada Ayala Subsecretaría de Gobernanza Subsecretaría de Gobernanza Fecha firma: 24-02-2026 15:57:38 Miguelangel Solano Rojas Contratista Subsecretaría de Gobernanza Fecha firma: 24-02-2026 15:55:35 Juan Diego Jaramillo Morales Director de Fomento Dirección de Fomento Fecha firma: 24-02-2026 14:00:02 Edgar Javier Pulido Caro Contratista Dirección de Fomento Fecha firma: 24-02-2026 13:04:54 Lady Xiomara Pineda Torres Contratista Dirección de Fomento Fecha firma: 24-02-2026 12:35:10 Juan Esteban Quintero Paez Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 22 Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano Fecha firma: 24-02-2026 20:37:32 2e02c9a1f43e328d8a79bea157e4f340786144a7af69ba635940001d50a8dcd8 Codigo de Verificación CV: 14c30 Página 6 de 6 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-52 • 2026 • FEBRERO • 26 52 *202622001346 83* Al contestar, por favor cite el radicado: Radicado: 20262200134683 Fecha: 24-02-2026 RESOLUCIÓN No. 149 DE 24 DE FEBRERO DE 2026 "Por medio de la cual se ordena la apertura del mecanismo “Proyectos en Red” del Programa de Fortalecimiento a Agentes del Sector - PFAS 2026 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte"
EL SECRETARIO DE DESPACHO De la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Decreto Distrital No. 649 de 2025 y,
CONSIDERANDO:
Que los artículos 70 y 71 de la Constitución Política de Colombia de 1991, establecen el deber del Estado de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades y otorga la competencia para establecer mecanismos positivos para fomentar el desarrollo artístico, cultural y patrimonial de la Nación.
Que el numeral 3 del artículo 1° de la Ley 397 de 1997, “Por la cual se desarrollan los artículos 70, 71 y 72 y demás artículos concordantes de la Constitución Política y se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura y se trasladan algunas dependencias.” señala que:
“(…) El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de reconocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación colombiana (…)”.
Que la ley en su artículo 2 señala:
“(…) Las funciones y los servicios del Estado en relación con la cultura se cumplirán en conformidad con lo dispuesto en el artículo anterior, teniendo en cuenta que el objetivo primordial de la política estatal sobre la materia son la preservación del Patrimonio Cultural de la Nación y el apoyo y el estímulo a las personas, comunidades e instituciones que desarrollen o promuevan las expresiones artísticas y culturales en los ámbitos locales, regionales y nacional”.
Página 1 de 7 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-53 • 2026 • FEBRERO • 26 53 *202622001346 83* Al contestar, por favor cite el radicado: Radicado: 20262200134683 Fecha: 24-02-2026 RESOLUCIÓN No. 149 DE 24 DE FEBRERO DE 2026 "Por medio de la cual se ordena la apertura del mecanismo “Proyectos en Red” del Programa de Fortalecimiento a Agentes del Sector - PFAS 2026 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte"
Que igualmente, la ley en cita en su artículo 17 señala:
“(…) DEL FOMENTO. El Estado a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, fomentará las artes en todas sus expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas, como elementos del diálogo, el intercambio, la participación y como expresión libre y primordial del pensamiento del ser humano que construye en la convivencia pacífica.”.
Que así mismo, el artículo 18 de la mencionada ley establece:
"(…) El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos especiales y promocionará la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales. Para tal efecto establecerá, entre otros programas, bolsas de trabajo, becas, premios anuales, concursos, festivales, talleres de formación artística, apoyo a personas y grupos dedicados a actividades culturales, ferias, exposiciones, unidades móviles de divulgación cultural, y otorgará incentivos y créditos especiales para artistas sobresalientes, así como para integrantes de las comunidades locales en el campo de la creación, la ejecución, la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo (…)”.
Que el Decreto Distrital 649 de 2025, “Por medio del cual se expide el Decreto Único del Sector Cultura, Recreación y Deporte”, dispone en su artículo 4 que: “La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte tiene por objeto orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculada y la sociedad civil”.
Que el artículo 5º del Decreto Distrital 649 de 2025, contempla como funciones de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, entre otras, las siguientes: “(...) 10. Gestionar la ejecución de las políticas, planes y proyectos culturales y artísticos, con el fin Página 2 de 7 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-54 • 2026 • FEBRERO • 26 54 *202622001346 83* Al contestar, por favor cite el radicado: Radicado: 20262200134683 Fecha: 24-02-2026 RESOLUCIÓN No. 149 DE 24 DE FEBRERO DE 2026 "Por medio de la cual se ordena la apertura del mecanismo “Proyectos en Red” del Programa de Fortalecimiento a Agentes del Sector - PFAS 2026 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte" de garantizar el efectivo ejercicio de los derechos culturales y fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo. (...) 15. Promover e impulsar estrategias que garanticen el desarrollo del arte y estímulos para los artistas (...)”.
Que el artículo 14 del Decreto Distrital 649 de 2025, contempla como funciones de la Subsecretaría de Gobernanza, entre otras, las siguientes: “(...) 8. Dirigir estrategias, planes, programas y proyectos orientados a la identificación, reconocimiento, fomento, sensibilización, formación, promoción y difusión del arte, la cultura y el patrimonio en los diferentes grupos poblacionales. (...)
12. Gestionar alianzas y convenios interinstitucionales y de corresponsabilidad social público - privadas, que fortalezcan el desarrollo de la política pública de cultura, recreación y deporte en Bogotá de acuerdo con la normativa vigente. (...)”.
Que conforme a lo dispuesto en el artículo 16 del referido decreto, corresponde a la Dirección de Fomento el ejercicio de, entre otras, las siguientes funciones: “(…) 2. Dirigir actividades relacionadas con el diseño, ejecución, fortalecimiento y seguimiento de los planes, programas y proyectos de fomento al Sector Cultura, Recreación y Deporte bajo criterios de equidad, pertinencia y transparencia. “(…) 4. Diseñar estrategias orientadas a fortalecer las instituciones locales y los agentes del sector cultura, la recreación y el deporte. (…)”.
Que con el objetivo de materializar la política de fomento y de dar cumplimiento al marco normativo antes señalado, la Dirección de Fomento a través del Programa de Fortalecimiento a Agentes del Sector – PFAS ha creado el mecanismo denominado “Proyectos en Red” el cual según las condiciones de participación es entendido como: “(…) una estrategia de Fomento en Red que busca impulsar la unión de agentes culturales interesados en fortalecer sus redes de trabajo y llegar a acuerdos para la realización de proyectos con impacto sectorial, por medio de un proceso no competitivo.”.
Que el mecanismo “Proyectos en Red” del Programa de Fortalecimiento a Agentes del Sector – PFAS 2026 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, se regirá de acuerdo con lo dispuesto en el documento que contiene los requisitos y condiciones de participación, que hacen parte integral de la presente resolución y serán publicados en el siguiente micrositio web: https://invitaciones.scrd.gov.co /.
Página 3 de 7 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-55 • 2026 • FEBRERO • 26 55 *202622001346 83* Al contestar, por favor cite el radicado: Radicado: 20262200134683 Fecha: 24-02-2026 RESOLUCIÓN No. 149 DE 24 DE FEBRERO DE 2026 "Por medio de la cual se ordena la apertura del mecanismo “Proyectos en Red” del Programa de Fortalecimiento a Agentes del Sector - PFAS 2026 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte"
Que en consecuencia, mediante el presente acto administrativo este organismo, considera pertinente, disponer la apertura del mecanismo “Proyectos en Red”, soportado en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal que se describe a continuación:
NÚMERO DEL CONCEPTO DEL CDP MECANISMO RUBRO DESCRIPCIÓN DEL RUBRO GASTO FONDO VALOR TOTAL Fortalecimiento del Fomento para el O232020200991 124 Servicios de la administración O23011733012 “Proyectos en 1-100-F001 VA- RECURSOS $ 620.000.000 Desarrollo de Procesos Culturales 738 del 18 de febrero de 2026 0240152 Red”
DISTRITO pública relacionados con Sostenibles en la recreación, la Bogotá D.C. cultura y la religión Que las condiciones de participación y la Guía Operativa del mecanismo de “Proyectos en Red” del Programa de Fortalecimiento a Agentes del Sector – PFAS 2026 son una ruta de acceso de la ciudadanía, que organiza tanto criterios como procesos para participar, verificar, evaluar y otorgar incentivos y/o reconocimientos económicos soportado en los principios de transparencia, participación, inclusión, cooperación y corresponsabilidad.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo primero.
Ordenar la apertura del mecanismo “Proyectos en Red” del Programa de Fortalecimiento a Agentes del Sector – PFAS 2026 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo, tal como se indica a continuación:
MECANISMO TIPO DE INCENTIVO MONTO TOTAL “Proyectos en Red”
$ 620.000.000 Bolsa de recursos por el valor de: SEISCIENTOS VEINTE MILLONES DE PESOS M/CTE ($ 620.000.000)
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REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-56 • 2026 • FEBRERO • 26 56 *202622001346 83* Al contestar, por favor cite el radicado: Radicado: 20262200134683 Fecha: 24-02-2026 RESOLUCIÓN No. 149 DE 24 DE FEBRERO DE 2026 "Por medio de la cual se ordena la apertura del mecanismo “Proyectos en Red” del Programa de Fortalecimiento a Agentes del Sector - PFAS 2026 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte"
Parágrafo. Los recursos para el desarrollo y ejecución del mecanismo referido, se
encuentran amparados en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal N° 738 del 18 de febrero de 2026.
Artículo segundo.
Los requisitos y condiciones de participación del mecanismo “Proyectos en Red” que tiene apertura mediante el presente acto administrativo, se encuentran publicados en el micrositio web: https://invitaciones.scrd.gov.co
/ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
Parágrafo. Las modificaciones a los términos del mecanismo citado en el presente
acto administrativo se podrán modificar mediante aviso modificatorio que debe publicarse en el respectivo micrositio web de Invitaciones Culturales de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte https://invitaciones.scrd.gov.co /, con anterioridad no menor a un (1) día hábil al vencimiento del plazo fijado en el cronograma que se indica en las condiciones del mecanismo.
Artículo tercero.
Publicar por la Dirección de Fomento la presente resolución, así como los requisitos y condiciones de participación del mecanismo en el micrositio: https://invitaciones.scrd.gov.co
/ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. Y por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, publicar el contenido de la presente resolución en la Gaceta Distrital y en el Régimen Legal de Bogotá y en la página web de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
Artículo cuarto.
Comunicar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano el contenido de la presente resolución a través de la herramienta ORFEO, a la Subsecretaría de Gobernanza, Dirección de Fomento, Oficina Asesora de Comunicaciones y al Grupo Interno de Trabajo de Gestión Financiera de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para los trámites de su competencia.
Artículo quinto.
El presente acto administrativo rige a partir del día siguiente a su publicación y contra este no procede recurso alguno, de conformidad con lo señalado en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.
Página 5 de 7 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-57 • 2026 • FEBRERO • 26 57 *202622001346 83* Al contestar, por favor cite el radicado: Radicado: 20262200134683 Fecha: 24-02-2026 RESOLUCIÓN No. 149 DE 24 DE FEBRERO DE 2026 "Por medio de la cual se ordena la apertura del mecanismo “Proyectos en Red” del Programa de Fortalecimiento a Agentes del Sector - PFAS 2026 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte"
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C., a los veinticuatro (24) días del mes de febrero (02) de dos mil veintiséis (2026).
SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR Secretario de Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Sandra Margoth Vélez Abello – Jefe Oficina Jurídica.
Proyectó: Estefan Mestizo Rosas– Contratista Dirección de Fomento Revisó: Omar Sandoval Vargas – Contratista Dirección de Fomento PFAS. Edgar Javier Pulido Caro – Contratista Dirección de Fomento. Miguel Ángel Solano Rojas – Contratista Subsecretaría de Gobernanza. Aprobó: Juan Diego Jaramillo Morales – Director de Fomento. Ana María Boada Ayala – Subsecretaria de Gobernanza Revisó: Diego Eduardo Beltrán Hernández – Contratista Oficina Jurídica. Aprobó revisión y ajustó:
Documento 20262200134683 firmado electrónicamente por:
Santiago Trujillo Escobar Secretario de Cultura, Recreación y Deporte Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Fecha firma: 24-02-2026 19:55:53 Sandra Margoth Vélez Abello Jefe Oficina Jurídica Oficina Jurídica Fecha firma: 24-02-2026 18:07:43 Diego Eduardo Beltrán Hernández Contratista Oficina Jurídica Fecha firma: 24-02-2026 17:18:40 Ana María Boada Ayala Subsecretaría de Gobernanza Página 6 de 7 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-58 • 2026 • FEBRERO • 26 58 *202622001346 83* Al contestar, por favor cite el radicado: Radicado: 20262200134683 Fecha: 24-02-2026 RESOLUCIÓN No. 149 DE 24 DE FEBRERO DE 2026 "Por medio de la cual se ordena la apertura del mecanismo “Proyectos en Red” del Programa de Fortalecimiento a Agentes del Sector - PFAS 2026 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte"
Subsecretaría de Gobernanza Fecha firma: 24-02-2026 15:38:16 Miguelangel Solano Rojas Contratista Subsecretaría de Gobernanza Fecha firma: 24-02-2026 15:29:33 Juan Diego Jaramillo Morales Director de Fomento Dirección de Fomento Fecha firma: 24-02-2026 11:49:45 Edgar Javier Pulido Caro Contratista Dirección de Fomento Fecha firma: 24-02-2026 11:42:09 Omar Giovanni Sandoval Vargas Contratista Dirección de Fomento Fecha firma: 24-02-2026 11:41:55 Estefan Mestizo Rojas Contratista Dirección de Fomento Fecha firma: 24-02-2026 11:24:55 Juan Esteban Quintero Paez Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 22 Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano Fecha firma: 24-02-2026 20:43:48 6774ecbaa189f8b094cb27f1c3fb3622d8237db0320c18a152392e38a283fb51 Codigo de Verificación CV: 415de Página 7 de 7 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-59 • 2026 • FEBRERO • 26 59 *20262200135013* Radicado: 20262200135013 Fecha: 24-02-2026 RESOLUCIÓN No. 150 DE 24 DE FEBRERO DE 2026 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural Ponle sabor al CEFE-2026, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
EL SECRETARIO DE DESPACHO De la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Decreto Distrital 649 de 2025 y,
CONSIDERANDO:
Que los artículos 70 y 71 de la Constitución Política de Colombia de 1991, establecen el deber del Estado de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades y otorga la competencia para establecer mecanismos positivos para fomentar el desarrollo artístico, cultural y patrimonial de la Nación.
Que el numeral 3 del artículo 1° de la Ley 397 de 1997, “Por la cual se desarrollan los artículos 70, 71 y 72 y demás artículos concordantes de la Constitución Política y se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura y se trasladan algunas dependencias.”, señala que:
“(…) El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de reconocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación colombiana (…)”.
Que la ley en cita en su artículo 17 señala:
“(…) DEL FOMENTO. El Estado a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, fomentará las artes en todas sus expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas, como elementos del diálogo, el intercambio, la participación y como expresión libre y primordial del pensamiento del ser humano que construye en la convivencia pacífica.”.
Que así mismo, el artículo 18 de la mencionada ley establece:
" (…) El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos especiales y promocionará la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales. Para tal efecto establecerá, entre otros programas, bolsas de trabajo, becas, premios anuales, concursos, festivales, talleres de formación artística, apoyo a personas y grupos dedicados a actividades culturales, ferias, exposiciones, unidades móviles de divulgación cultural, y otorgará incentivos y créditos especiales para artistas sobresalientes, así como para integrantes de las comunidades locales en el campo de Página 1 de 6 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-60 • 2026 • FEBRERO • 26 60 *20262200135013* Radicado: 20262200135013 Fecha: 24-02-2026 RESOLUCIÓN No. 150 DE 24 DE FEBRERO DE 2026 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural Ponle sabor al CEFE-2026, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte” la creación, la ejecución, la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo (…)”
Que el Decreto Distrital 649 de 2025, “Por medio del cual se expide el Decreto Único del Sector Cultura, Recreación y Deporte”, dispone en su artículo 4 que: “La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte tiene por objeto orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculadas y la sociedad civil”.
Que corresponde a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, en desarrollo de las funciones contenidas en el Decreto Distrital 649 de 2025, artículo 5, numeral 10 “Gestionar la ejecución de las políticas, planes y proyectos culturales y artísticos, con el fin de garantizar el efectivo ejercicio de los derechos culturales y fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo.”
Que corresponde a la Subsecretaría Distrital de Cultura Ciudadana y Gestión del Conocimiento, en desarrollo de la función prevista en el numeral 1 del artículo 19 del Decreto Distrital 649 de 2025, lo siguiente: “Liderar la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación participativa de las políticas distritales de cultura ciudadana y de transformación cultural.”.
Que el artículo 22 del Decreto Distrital 649 de 2025 establece como funciones de la Dirección de Redes y Acción Colectiva, entre otras, la siguientes: “(…) 8. Coordinar la gestión de recursos públicos, privados y comunitarios mediante la definición e implementación de lineamientos, acciones para el fomento, alianzas, estímulos, incentivos y condiciones que faciliten la puesta en marcha de las acciones de la política de cultura ciudadana (…)”.
Que el reconocimiento del fomento a la cultura como elemento central de protección y promoción de los Derechos Humanos, ha propiciado la creación de esquemas de política pública que buscan materializar el mandato constitucional de promover la protección, desarrollo y difusión de la cultura mediante la adopción de medidas que faciliten el ejercicio de sus derechos por parte de todas las comunidades. Así las cosas, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, establece el proceso misional del fomento a la cultura, como el conjunto de programas impulsados desde las entidades públicas que conforman el sector, con el propósito de promover, reconocer y fortalecer las prácticas artísticas, culturales y patrimoniales de la ciudadanía; garantizando un impacto integral e incluyente sobre la ciudad y favoreciendo el ejercicio libre y creativo de los derechos culturales.
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REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-61 • 2026 • FEBRERO • 26 61 *20262200135013* Radicado: 20262200135013 Fecha: 24-02-2026 RESOLUCIÓN No. 150 DE 24 DE FEBRERO DE 2026 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural Ponle sabor al CEFE-2026, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
Que dentro de las líneas de fomento se han definido las invitaciones culturales, las cuales se han concebido como mecanismos que buscan diversificar la participación de la ciudadanía en el proceso de Fomento, por medio de una oferta que se adapten a las necesidades particulares o distritales, así como las concertaciones poblacionales, sectoriales o territoriales, sectores sociales o agentes de la ciudad. Este mecanismo le permite a las organizaciones, agrupaciones, colectivos o personas, encontrar distintos medios para acceder a recursos económicos o en especie (talleres, fortalecimiento, diplomados, laboratorios, alianzas estratégicas, encuentros de intercambio o mesas colaborativas, seminarios o eventos de interés, entre otros); así como a espacios que les faciliten iniciar, fortalecer o ampliar sus prácticas culturales, artísticas, creativas o patrimoniales.
Que la SCRD, a través de la Dirección de Redes y Acción Colectiva y en alianza con el Centro Felicidad (CEFE) Chapinero, estructuró la “Invitación Cultural Ponle sabor al CEFE – 2026”, mediante la cual se convoca a personas naturales y jurídicas del sector gastronómico que hubieren inscrito sus iniciativas en la Invitación Cultural Sabor Bogotá en las ediciones 2024 o 2025, para que presenten sus propuestas orientadas al uso, bajo la modalidad de cesión temporal, del espacio físico disponible en el módulo ubicado en el piso 11 del edificio CEFE Chapinero.
Que la “Invitación Cultural Ponle sabor al CEFE-2026” tiene como finalidad promover y visibilizar la diversidad cultural de la ciudad a través de la gastronomía, reconociéndola como expresión de identidad y como dinamizadora del desarrollo cultural, social y turístico de Bogotá, así como incentivar la reactivación y fortalecimiento del sector gastronómico local.
Que en ese marco, la iniciativa contribuye al fortalecimiento del tejido social y a la consolidación de la identidad cultural bogotana, mediante el fomento de prácticas cívicas que promuevan el sentido de pertenencia, el orgullo por la diversidad cultural y la confianza entre la ciudadanía.
Que para la ejecución de la presente invitación cultural, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte estableció la siguiente caracterización general:
Dependencia encargada de la Invitación Tipo del incentivo No. de incentivos Descripción del incentivo en especie invitación Cesión temporal del espacio físico, Isla de Café en Invitación Dirección de Redes y Acción Cultural Ponle sabor En especie Uno (1) al CEFE- Colectiva - Centro Felicidad la Terraza Galerías Piso 11, espacio con vista privilegiada y atmósfera al aire libre, ideal para experiencias gastronómicas más contemplativas y diferenciadas. Este punto se activa especialmente durante eventos, ferias y actividades al aire libre, lo 2026 Chapinero que permite una interacción cercana con públicos diversos.
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REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-62 • 2026 • FEBRERO • 26 62 *20262200135013* Radicado: 20262200135013 Fecha: 24-02-2026 RESOLUCIÓN No. 150 DE 24 DE FEBRERO DE 2026 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural Ponle sabor al CEFE-2026, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
Que los requisitos y condiciones específicas de participación para la “Invitación Cultural Ponle sabor al CEFE-2026”, hacen parte integral de la presente resolución y pueden ser consultadas en el micrositio web: https://invitaciones.scrd.gov.co/ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
Que de conformidad a lo anterior y en cumplimiento del marco normativo señalado, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte dispone la apertura a la “Invitación Cultural Ponle sabor al CEFE-2026”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo primero.
Ordenar la apertura de la “Invitación Cultural Ponle sabor al CEFE-2026”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo, y de acuerdo al cronograma establecido para tal fin.
Artículo segundo.
Los requisitos y condiciones de participación de la “Invitación Cultural Ponle sabor al CEFE-2026” se encuentran publicados en el micrositio web: https://invitaciones.scrd.gov.co/ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
Parágrafo. Las modificaciones a los términos de la Invitación Cultural citada en el
presente acto administrativo se podrá modificar mediante aviso modificatorio que deberá publicarse en el respectivo micrositio web de Invitaciones Culturales de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte https://invitaciones.scrd.gov.co/, con anterioridad no menor a un (1) día hábil al vencimiento del plazo fijado en el cronograma que se indica en las condiciones de la Invitación Cultural.
Artículo tercero.
Realizar por la Dirección de Redes y Acción Colectiva y el Centro Felicidad Chapinero las acciones y trámites correspondientes para ejecutar el incentivo en especie descrito en las condiciones específicas de participación de la “Invitación Cultural Ponle sabor al CEFE-2026”, de la cual son responsables.
Artículo cuarto.
Publicar por la Dirección de Fomento la presente resolución, así como los requisitos y condiciones de participación de la invitación cultural en el micrositio denominado: Invitaciones Culturales de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. Y por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, publicar el contenido de la presente resolución en la Gaceta Distrital y en el Régimen Legal de
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REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-63 • 2026 • FEBRERO • 26 63 *20262200135013* Radicado: 20262200135013 Fecha: 24-02-2026 RESOLUCIÓN No. 150 DE 24 DE FEBRERO DE 2026 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural Ponle sabor al CEFE-2026, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
Bogotá D.C. y en la página web de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
Artículo quinto.
Comunicar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, el contenido de la presente resolución a través del sistema de gestión documental ORFEO, a la Dirección de Redes y Acción Colectiva, al Centro Felicidad Chapinero y a la Dirección de Fomento de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para los trámites de su competencia.
Artículo sexto.
El presente acto administrativo rige a partir del día siguiente a su publicación y contra este no procede recurso alguno, de conformidad con lo señalado en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C., a los veinticuatro (24) días del mes de febrero (02) de dos mil veintiséis (2026).
SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR Secretario de Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Sandra Margoth Vélez Abello - Jefe Oficina Jurídica.
Proyectó: Lina Carrillo Orduz - Contratista Dirección de Fomento. Revisó: Edgar Javier Pulido Caro - Contratista Dirección de Fomento. Aprobó: Juan Diego Jaramillo Morales – Director de Fomento. Angélica Rocío Martínez Torres - Subsecretaria Distrital de Cultura Ciudadana y Gestión del Conocimiento Ligia Eugenia Pardo Toquica– Directora de Redes y Acción Colectiva. David Arturo Cortés – Contratista Centro de la Felicidad de Chapinero. Revisó: Diego Eduardo Beltrán Hernández- Contratista Oficina Jurídica Aprobó revisión y ajustó:
Documento 20262200135013 firmado electrónicamente por:
Santiago Trujillo Escobar Secretario de Cultura, Recreación y Deporte Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Fecha firma: 24-02-2026 19:57:56 Sandra Margoth Vélez Abello Jefe Oficina Jurídica Oficina Jurídica Fecha firma: 24-02-2026 18:12:22 Diego Eduardo Beltrán Hernández Página 5 de 6 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Contratista Oficina Jurídica Fecha firma: 24-02-2026 17:20:37 Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-64 • 2026 • FEBRERO • 26 64 *20262200135013* Radicado: 20262200135013 Fecha: 24-02-2026 RESOLUCIÓN No. 150 DE 24 DE FEBRERO DE 2026 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural Ponle sabor al CEFE-2026, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
Juan Diego Jaramillo Morales Director de Fomento Dirección de Fomento Fecha firma: 24-02-2026 13:58:17 Edgar Javier Pulido Caro Contratista Dirección de Fomento Fecha firma: 24-02-2026 13:11:23 Lina Leonor Carrillo Orduz Contratista Dirección de Fomento Fecha firma: 24-02-2026 12:08:59 David Arturo Cortes Pineda Contratista Subdirección de Gestión Cultural y Artística Fecha firma: 24-02-2026 15:49:38 Juan Esteban Quintero Paez Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 22 Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano Fecha firma: 24-02-2026 20:47:50 Angélica Rocío Martínez Torres Subsecretaria de Cultura, Ciudadanía y Gestión del Conocimiento Subsecretaría Distrital de Cultura Ciudadana y Gestión del Conocimiento Fecha firma: 24-02-2026 15:31:37 Ligia Eugenia Pardo Toquica Directora de Redes y Acción Colectiva Dirección de Redes y Acción Colectiva Fecha firma: 24-02-2026 14:58:08 68a9509db5c5cc48f0137775adf642c4f815b1c10a3f0ba9339eebfc48a5f0f7 Codigo de Verificación CV: 382f8 Página 6 de 6 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-65 • 2026 • FEBRERO • 26 65 RESOLUCIÓN No. 062 DE 2026 (23 DE FEBRERO)
"Por medio de la cual se incorpora el Anexo al Plan de Reasentamiento PLMB: “Actualización adición 82 predios para la PLMB”"
LA GERENTE GENERAL (E) DE LA EMPRESA METRO DE BOGOTÁ S.A.
En uso de sus facultades legales y en especial lo dispuesto en el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia, el artículo 47 de los Estatutos Sociales de la Empresa Metro de Bogotá S.A., el artículo 5 del Acuerdo 07 de 2025 de la Junta Directiva de la Empresa y el Decreto 028 de 2026,
CONSIDERANDO:
Que mediante el Acuerdo Distrital 642 de 2016, el Concejo de Bogotá autorizó al Alcalde Mayor en representación del Distrito Capital para participar, de manera conjunta con otras entidades descentralizadas del orden Distrital, en la constitución de la Empresa Metro de Bogotá S.A., definir las competencias y funciones de la sociedad frente al sistema de transporte masivo de la ciudad.
Que acorde con Escritura Pública No. 1441 del 6 de noviembre de 2024 otorgada en la Notaría Treinta y Cinco del Círculo de Bogotá, la Empresa METRO DE BOGOTÁ tiene por objeto social:
“(…) realizar la planeación, estructuración, construcción, operación, explotación y mantenimiento de las líneas férreas y del metro que hacen parte del Sistema Integrado de Transporte Público de Bogotá, así como la adquisición, operación, explotación, mantenimiento y administración de material rodante.
También hace parte del objeto social de la entidad, liderar, promover, desarrollar y ejecutar proyectos urbanísticos, en especial de renovación urbana, así como la construcción, el mejoramiento del espacio público en las áreas de influencia de las líneas del metro, de las líneas férreas y de las estaciones de los sistemas metroferroviarios, con criterio de sostenibilidad”.
Que para el desarrollo del proyecto Primera Línea de Metro, (PLMB) se cuenta con el apoyo financiero de la Banca Multilateral, bajo la modalidad de empréstitos; banca que se rige por sus propios lineamientos y políticas internas y salvaguardas sociales, las cuales se encuentran contenidas en el documento marco de Política de Reasentamiento y Gestión Social, elaborados durante la etapa de preparación del proyecto, siendo parte integral del contrato.
Que la Empresa Metro de Bogotá S.A, con el fin de mitigar los impactos de desplazamiento involuntario que pudieran ocasionarse durante la ejecución del tramo 1 del proyecto de Primera Línea del Metro de Bogotá, mediante la Resolución No. 028 del 11 de abril de 2018, adoptó un marco de referencia y Formato GL-FR-012_V5 Página 1 de 6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-66 • 2026 • FEBRERO • 26 66 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 062 DE 2026 "Por medio de la cual se incorpora el Anexo al Plan de Reasentamiento PLMB: “Actualización adición 82 predios para la PLMB”" lineamientos para la operación y aplicación de la política de reasentamiento y de gestión social cuyo propósito es apoyar el restablecimiento de las condiciones socioeconómicas de la población que deberá trasladarse.
Que a través de la Resolución No. 189 del 2018, por la cual la Empresa Metro de Bogotá adopta la Política de Reasentamiento y de Gestión Social para el proyecto Primera Línea del Metro de Bogotá, se derogó la Resolución No. 028 de 2018.
Que la Resolución 190 de 2021, “Por medio de la cual se adopta el Plan de Reasentamiento General para la Primera Línea del Metro de Bogotá, como Política de Reasentamiento y de Gestión Social para el proyecto PLMB”, expedida por la EMB, en aras de contar con un solo instrumento normativo de Política de Reasentamiento y de Gestión Social de la Empresa Metro de Bogotá S.A., que compendie las políticas de cada una de las Bancas Multilaterales, así como los principios, normativas y lineamientos constitucionales internos del país, derogó la Resolución No. 189 de 2018.
Que el Plan de Reasentamiento incluye los predios objeto de adquisición predial y unidades sociales sujeto de traslado o reasentamiento involuntario que se requieren gestionar para el desarrollo del Proyecto de la Primera Línea del Metro de Bogotá (PLMB).
Que de conformidad con lo señalado en la Sección 11.2(a) del Contrato de Concesión No. 163 de 2019, según Modificatorio No. 6 del 21 de octubre de 2022, para la puesta a disposición de áreas adicionales al Apéndice Técnico 12, se adelantará el procedimiento descrito a continuación:
“ a) Si de la presentación de los Estudios y Diseños de Detalle Principales o de los Otros Estudios y Diseños de Detalle en estado de avance del 60%, en los términos del Apéndice Técnico 3, validados por parte de la interventoría, el Concesionario identifica la necesidad de poner a disposición Predios y/o Espacio Público adicionales a los señalados en el Apéndice Técnico 12, lo solicitará a la lnterventoría y la EMB.
Presentada la solicitud, la lnterventoría y la EMB contarán con un plazo máximo de quince (15) Días para validar la necesidad de Predios y/o Espacio Público adicionales.
Sin perjuicio de lo establecido en el Apéndice Técnico 4, una vez validada la solicitud, la EMB procederá a adquirirlos o a gestionar su puesta a disposición, a su cuenta y riesgo, en las condiciones y plazos que las Partes acuerden mediante Acta, la cual se suscribirá dentro de los treinta (30) Días siguientes a la validación.
En el evento de no haber acuerdo, pasados los treinta (30) Días siguientes a la validación respectiva, la EMB podrá determinar las condiciones y plazos para la puesta a disposición, informando al Concesionario. En el evento que éste no éste de acuerdo podrá activar el Amigable Componedor”.
Formato GL-FR-012_V5 Página 2 de 6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-67 • 2026 • FEBRERO • 26 67 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 062 DE 2026 "Por medio de la cual se incorpora el Anexo al Plan de Reasentamiento PLMB: “Actualización adición 82 predios para la PLMB”"
Que mediante oficio radicado EXT23-0001402 del 27 de enero de 2023 y EXT23-0002606 del 16 de febrero de 2023, la Interventoría del contrato de concesión recomendó a la EMB S.A, la adquisición de 71 predios al AT12 del Contrato de Concesión, de acuerdo con el informe del Concesionario ML1 L1T1-2200-000-CON-ED-URP-IN-0001_V00.
Que la Secretaría de Planeación Distrital mediante la Resolución No. 2253 del 13 de octubre de 2023, expidió la Resolución, “Por la cual se adopta la adición de predios a la Zona de Reserva de Infraestructura de Transporte de Pasajeros de la Primera Línea del Metro de Bogotá – PLMB y se dictan otras disposiciones”.
Que mediante el radicado EXT24-0004819 del 19 de marzo de 2024 la Interventoría del Contrato de Concesión recomendó la adquisición total del predio en Propiedad Horizontal ubicado en la AK 14 71 11 por la incidencia del semisótano en la compra del antejardín, puesto que este se localiza en la misma área del antejardín a intervenir:, “de modo que se garantice el ancho continuo del corredor, no exista ningún tipo de desnivel para garantiza el acceso a personas con movilidad reducida y poder construir la relocalización de redes de energía”.
Que por medio de la Resolución 490 de 2024 se incluyeron al Plan de Reasentamiento de la PLMB, los 71 predios inicialmente recomendados para adquisición por parte de la interventoría más los 11 predios que hacen parte de la Propiedad Horizontal ubicado en la AK 14 71 11 con su respectivo censo e identificación de las unidades sociales, para un total de 82 predios.
Que mediante el oficio EXTS24-0007473 del 29 de noviembre de 2024 la EMB S.A., remitió a la UMUS la información de los Diseños No Objetados por la Interventoría del Contrato de Concesión N° 163 de 2019 (mediante comunicación L1T1-INT-CE-23- 3131 del 10 de julio de 2023). La documentación aportada evidencia los espacios requeridos para implementar el perfil vial aprobado para el proyecto L1MB, en la zona de la Avenida Caracas, entre calles 73 y 75, el cual garantiza la conformación adecuada de las franjas funcionales, la accesibilidad universal de los peatones en el corredor de la L1MB y la continuación de la infraestructura de bici usuarios.
Que mediante el radicado EXT24-0017674 del 10 de octubre de 2024, la UMUS informó que “no resulta suficiente para responder de manera técnica, legal y financieramente sobre la elegibilidad de los predios identificados, conforme a los lineamientos del convenio de cofinanciación”; solicitando “los diseños y los soportes técnicos para la justificación de las adquisiciones referenciadas en el documento, evidenciando la necesidad de los predios para la implementación de la infraestructura del proyecto PLMB.”
Formato GL-FR-012_V5 Página 3 de 6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-68 • 2026 • FEBRERO • 26 68 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 062 DE 2026 "Por medio de la cual se incorpora el Anexo al Plan de Reasentamiento PLMB: “Actualización adición 82 predios para la PLMB”"
Que por medio del radicado EXT24-0022629 del 16 de diciembre de 2024, para el Sector Cll 73 – Cll 75 Ambos Costados Av. Caracas: Interestación 16, respecto del costado oriental la UMUS no identificó con suficiencia la necesidad de adquirir la totalidad de áreas. Por lo tanto, requirió a la EMB un análisis detallado que identificara las áreas necesarias para la implementación de la infraestructura del sistema (proyecto PLMB), ya sea por límite de intervención, riesgos asociados a la construcción o demolición, o remanentes que deban incorporarse para generar espacio público estimado a la accesibilidad de los usuarios hacia las estaciones.
Que por medio del radicado EXTS25-0002139 del 16 de mayo de 2025, la EMB informó a la UMUS que debido a la configuración morfológica de los 36 predios ubicados en el costado oriental de la sección vial entre las calles 74 y 75 sobre la Av. Caracas, resulta inviable realizar una adquisición parcial que garantizara las condiciones del espacio público y de las franjas funcionales requeridas por el proyecto. Evidenciando que la reconfiguración estructural de las edificaciones supondría riesgos de estabilidad y calidad de la obra civil, por lo que se hacía necesaria la demolición de las edificaciones existentes. Asimismo, una intervención parcial de estos predios dejaría remanentes en la manzana generando culatas expuestas hacia las franjas funcionales e impactos directos sobre el espacio público, ya que se generan espacios con carencias de iluminación, uso y seguridad. En consecuencia, se determinó que para esta cuadra la adquisición de los predios debía adelantarse hasta su límite constructivo más cercano.
Que por medio del acta del 15 de agosto de 2025 (radicado EXT25-0019107), en donde se reunieron el Ministerio de Transporte a través de la UMUS (Unidad de Movilidad Urbana Sostenible) y la Empresa Metro de Bogotá, se aclararon las inquietudes y aspectos técnicos que tenía el Ministerio de Transporte frente a la solicitud que presentó la EMB, mediante oficio EXTS25-0002139 del 16 de mayo de 2025 respecto a la elegibilidad de adquisición de 36 predios en el costado oriental de la Av. Caracas entre las Calles 73 y 76 de la Resolución 490 de2024.
Que la UMUS concluyó que era viable la propuesta de adquisición de los 36 predios del costado oriental de la Av. Caracas entre las calles 73 y 76, los cuales ya hacían parte de los 82 predios identificados en la Resolución 490 de 2024.
Que como parte de los compromisos establecidos en la mesa de trabajo del 15 de agosto de 2025, la UMUS solicitó a la EMB actualizar la Resolución 490 de 2024, la cual debía contener el avance predial de los 82 predios identificados, al igual que una actualización censal.
Que mediante comunicación EXT25-0028011 del 22 de diciembre de 2025, el Banco Interamericano de Desarrollo (el “BID”), el Banco Europeo de Inversiones (“el BEI”) y el Banco Mundial “BIRF”, como entidades financiadoras del Proyecto Primera Línea de Metro de Bogotá, otorgaron la No Objeción al Formato GL-FR-012_V5 Página 4 de 6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-69 • 2026 • FEBRERO • 26 69 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 062 DE 2026 "Por medio de la cual se incorpora el Anexo al Plan de Reasentamiento PLMB: “Actualización adición 82 predios para la PLMB”" documento llamado “Actualización adición 82 predios para la PLMB”, condicionada a que se realizaran los siguientes ajustes: 1. Detallar más la caracterización de los afectados, 2. Incluir el cronograma y presupuesto del Plan, 3. Identificar potenciales cálculos de afectaciones económicas, y
4. Realizar un resumen de los procesos de consulta que se han llevado a cabo con los propietarios y las unidades sociales. Cabe anotar que esta No Objeción condicionada permite no retrasar el pago de compensaciones a los afectados.
Que el proceso de socialización y levantamiento censal se realizó desde el mes de noviembre de 2023, y continuó durante los años 2024 y 2025.
Que estas jornadas tuvieron como objetivo principal socializar el cambio de afectación que fue establecida en la Resolución 2253 del 13 de octubre de 2023, “Por la cual se adopta la adición de predios a la Zona de Reserva de Infraestructura de Transporte de Pasajeros de la Primera Línea del Metro de Bogotá – PLMB y se dictan otras disposiciones”, e identificar a las unidades sociales ubicados en los predios requeridos Que las actividades del proceso de gestión socio predial son de ejecución sucesiva con el fin de dar cumplimiento a las salvaguardas sociales de la Banca Multilateral, por lo que se hace fundamental articular las diferentes actuaciones administrativas con las actividades propias de la gestión social, lo anterior
CONSIDERANDO:
que estas actividades deberán gestionarse de manera simultánea e ininterrumpida de conformidad a los lineamientos del Plan de Reasentamiento del proyecto PLMB Tramo 1.
Que el Plan General de Reasentamiento para la Primera Línea del Metro de Bogotá implementado por la Empresa Metro de Bogotá S.A - EMB, se soporta en la Política de Reasentamiento y Gestión Social de la Banca Multilateral, la cual se desarrolla en el Marco de Política de Reasentamiento y el Plan General de Reasentamiento, adoptada mediante la Resolución No. 190 de 2021, la cual tiene como objetivo mitigar los impactos físicos, sociales y económicos causados por la adquisición de los predios requeridos para el desarrollo de la Primera Línea del Metro de Bogotá y restablecer las condiciones de vida de la población afectada.
Que como consecuencia de lo anterior, la Subgerencia de Gestión Predial procede a implementar el anexo “Actualización adición 82 predios para la PLMB”.
Que en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 8 de la Ley 1437 de 2011, el proyecto del presente acto administrativo fue publicado en el sitio Web de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y en LegalBog del 28 de enero de 2026 al 4 de febrero de 2026.
Formato GL-FR-012_V5 Página 5 de 6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-70 • 2026 • FEBRERO • 26 70 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 062 DE 2026 "Por medio de la cual se incorpora el Anexo al Plan de Reasentamiento PLMB: “Actualización adición 82 predios para la PLMB”"
En virtud de las anteriores consideraciones,
RESUELVE:
Artículo 1.
INCORPÓRESE el documento anexo denominado “Actualización adición 82 predios para la PLMB” al “Plan de Reasentamiento General para la Primera Línea del Metro de Bogotá, como Política de Reasentamiento y de Gestión Social para el proyecto PLMB” adoptado a través de la Resolución No. 190 de 2021.
Parágrafo 1. El anexo incorporado no modifica el contenido de los documentos o programas del Plan
General de Reasentamiento adoptado a través de la Resolución No. 190 de 2021.
Parágrafo 2. Hacen parte integral del presente acto administrativo: 1) Actualización adición 82 predios
para la PLMB, 2) Censo actualizado de 82 predios adicionales, y 3) No Objeción de la Banca Multilateral (radicado EXT25-0028011 del 22 de diciembre de 2025).
Parágrafo 3. El Anexo incorporado a través de la presente resolución reemplaza el “ANEXO al Plan de
Reasentamientos PLMB. Adición 82 predios para la PLMB”, incorporado a través de la Resolución 490 de 2024.
Artículo 2.
La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Registro Distrital.
Dada en Bogotá D.C., a los 23 días del mes de febrero de 2026.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Firmado digitalmente por PRISCILA SÁNCHEZ SANABRIA PRISCILA SÁNCHEZ SANABRIA Gerente General (E)
Juan Francisco Arboleda Osorio - Gerente de Riesgos y Entorno. Fredy Alexander Rodríguez Ardila- Profesional GJ Proyectó: Andrés Cuellar Espinosa – Profesional Subgerencia de Gestión Predial Revisó: Aidee Jeanette Lora Pineda – Subgerente de Gestión Predial Revisó: Revisó:
Formato GL-FR-012_V5 Página 6 de 6 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-71 • 2026 • FEBRERO • 26 71 ANEXO PLAN DE REASENTAMIENTO PLMB Actualización adición 82 predios para la PLMB Página 1 de 38 CÓDIGO: GD-FR-017-V3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-72 • 2026 • FEBRERO • 26 72 Contenido ASPECTOS GENERALES....................................................................................................................... 4 AVANCE ADQUISICIÓN PREDIAL Y GESTIÓN SOCIAL RESOLUCIÓN 490 DE 2024.......................... 13 OBJETIVOS........................................................................................................................................ 18 DIAGNÓSTICO SOCIOECONÓMICO DE LAS UNIDADES SOCIALES IDENTIFICADAS........................ 19 Metodología diagnóstico socioeconómico.................................................................................. 19 Levantamiento censal.................................................................................................................. 20 Caracterización............................................................................................................................. 21 Posibles Impactos........................................................................................................................ 29 Socializaciones............................................................................................................................. 29 PROGRAMAS DEL PLAN DE REASENTAMIENTO Y FACTORES DE RECONOCIMIENTOS ECONÓMICOS.................................................................................................................................. 32 PRESUPUESTO ESTIMADO............................................................................................................... 36 CRONOGRAMA................................................................................................................................ 38 Índice de tablas Tabla 1. Tipo de afectación por unidad social.................................................................................. 20 Tabla 2. Identificación predial.......................................................................................................... 21 Tabla 3. Unidades sociales por tipo de tenencia.............................................................................. 26 Tabla 4. Comparativo modificaciones censales............................................................................... 26 Tabla 5. Tipo de tenencia por tipo de unidad.................................................................................. 27 Tabla 6. Tipo de vulnerabilidades identificadas............................................................................... 28 Tabla 7. Reconocimientos económicos Plan de Reasentamiento PLMB (Resolución 190 de 2021) 36 Tabla 8. Presupuesto estimado adquisición predial........................................................................ 37 Tabla 9. Estimación valores adquisición predial............................................................................... 37 Tabla 10. Presupuesto estimado reconocimientos económicos...................................................... 38 Tabla 11. Cronograma general de adquisición predial..................................................................... 38 Índice de gráficas Gráfica 1. Porcentaje tipo de unidad social..................................................................................... 27 Gráfica 2. Tipo de vivienda............................................................................................................... 27 Índice de ilustraciones Ilustración 1. Caso especial AK 14 71 11 Interestación 15................................................................. 6 Página 2 de 38 CÓDIGO: GD-FR-017-V3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-73 • 2026 • FEBRERO • 26 73 Ilustración 2. Caso especial - Semisótano AK 14 71 11 Interestación 15........................................... 6 Ilustración 3. Ejemplo de antejardines sin requeridos sin afectar la construcción existente............ 8 Ilustración 4. Adquisición de predios adicionales en interestación 8................................................ 9 Ilustración 5. Zonas de terreno requeridas y adquiridas Cll 73-74 oriente de la Av Caracas............. 9 Ilustración 6. Manzanas con adquisición predial de predios completos en Interestación 16......... 10 Ilustración 7. Predios interestación 16 con oportunidad urbanística.............................................. 11 Ilustración 8. Adquisición parcial IE16 entre calles 73 y 76 costado oriental Av. Caracas............... 11 Ilustración 9. Adquisición total con espacio público IE16 entre calles 73 y 76 costado oriental Av. Caracas............................................................................................................................................. 12 Ilustración 10. Predios requeridos Interestación 8.......................................................................... 23 Ilustración 11. Predios requeridos Interestación 9.......................................................................... 24 Ilustración 12. Predios requeridos Interestación 15........................................................................ 24 Ilustración 13. Predios requeridos Interestación 16........................................................................ 25 Ilustración 14. Predios requeridos Interestación 16........................................................................ 25 Ilustración 15. Folleto proceso de adquisición predial.................................................................... 30 Ilustración 16. Folleto pasos para reconocimientos económicos.................................................... 31 Ilustración 17. Programas de acompañamiento del Plan de Reasentamiento................................ 33 Página 3 de 38 CÓDIGO: GD-FR-017-V3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-74 • 2026 • FEBRERO • 26 74 ASPECTOS GENERALES El Plan General de Reasentamiento para la Primera Línea del Metro de Bogotá implementado por la Empresa Metro de Bogotá - EMB, se basa en la Política de salvaguarda de la Banca Multilateral, adoptada mediante la Resolución 190 de 2021, la cual tiene como objetivo mitigar los impactos físicos, sociales y económicos causados por la adquisición de los predios requeridos para el desarrollo de la Primera Línea del metro de Bogotá y restablecer las condiciones de vida de la población afectada.
En este sentido el presente anexo adoptará los criterios metodológicos, las directrices, objetivos, programas, planes, reconocimientos económicos y lineamientos de la Resolución 190 de 2021, por medio de la cual se adopta el Plan de Reasentamiento General para la Primera Línea del Metro de Bogotá y sus anexos, el cual obtuvo la No Objeción de la Banca Multilateral.
Teniendo en cuenta esto, y viendo la necesidad de incorporar 82 predios adicionales al proceso de adquisición predial, la EMB publicó la Resolución 490 de 2024, la cual adoptó la incorporación de 82 áreas prediales adicionales, surgidas en atención a la solicitud emitida por el Concesionario ML1 a la EMB S.A mediante comunicación con radicado EXT23-0002185 del 10 de febrero de 2023, donde solicitó:
“modificar los límites de diseño e intervención de acuerdo con el informe de referencia (L1T1- 2200-000-CON-ED-URP-IN-0001_V00) y realizar la adquisición y puesta a disposición de los predios y espacio público necesarios para el desarrollo del Proyecto.” (…) “En virtud de lo anterior, nos permitimos adjuntar a esta comunicación;
- 49 fichas de identificación predial básica.
- 3 archivos DWG.
- Un archivo de Excel con el listado de predios y antejardines adicionales identificados.
De igual manera, la Interventoría del contrato de concesión, mediante oficio radicado EXT23- 0001402 del 27 de enero de 2023, recomendó a la EMB, la adquisición de 96 áreas adicionales al AT12 del Contrato de Concesión, entre las que se encuentran las solicitadas oficialmente por el Concesionario en el apartado anterior, así:
“La interventoría realizó un análisis, con base en la anterior información, verificando que áreas identificadas por el Concesionario de los shape “Antejardines_Requeridos” y Antejardines Requeridos fuera del límite de intervención” están dentro del límite de diseños al 90%, llegando al resultado que (96) noventa y seis áreas-predios están parcial o totalmente dentro del área de límite de diseño al 90%. (…)
Página 4 de 38 CÓDIGO: GD-FR-017-V3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-75 • 2026 • FEBRERO • 26 75 “La interventoría recomienda a la EMB empezar con los trámites respectivos para disponer de estas áreas requeridas por los diseños al 90%. Se adjunta shape con la ubicación de las (96) noventa y seis áreas identificadas. (“Antejardines identificados requeridos 26012023)”
La EMB, el Concesionario y la Interventoría, el día 12 de mayo de 2023 llevaron a cabo una mesa técnica para la revisión catastral y las condiciones urbanísticas de algunos sectores; producto de esta se definió que se pondría a disposición treinta y nueve (39) zonas de terreno en el marco de los Estudios y Diseños presentados por el Concesionario y no objetados por la Interventoría.
Posteriormente, la EMB definió que no era viable adquirir únicamente las zonas de terreno inicialmente solicitadas, ya que la compra parcial de las que estaban afectadas directamente por el límite de diseño en algunos sectores no era posible e implicaba la compra total. Asimismo, se identificó que la compra solo de las zonas de terreno afectadas podría generar dificultades al desarrollo urbano del proyecto, dejando áreas no adquiridas con culatas y focos de inseguridad. Conforme a lo anterior, se concluyó que se requerían:
- 39 zonas de terreno avaladas y no objetadas por la Interventoría.
- 5 zonas de terreno adicionales que se encontraban en proceso de solicitud por parte del Concesionario.
- 11 zonas de terreno requeridas por cuestiones urbanísticas.
Para un total de 55 zonas de terreno correspondientes a 71 predios discriminados así: 52 zonas de terreno con un único predio asociado por cada una y 19 predios, que corresponden a apartamentos.
Las zonas de terreno afectas fueron caracterizadas por parte de la EMB, y se ubican geográficamente sobre la Av. NQS, entre Av. Primera de mayo y Calle 8va Sur y sobre la Av. Caracas entre Calle 70 hasta la Calle 76.
En este marco, la EMB, a través de radicado EXTS-23-0003411 del 19 de julio de 2023 dirigido a la Subsecretaría de Planeación Territorial de la Secretaría Distrital de Planeación, solicitó:
“… solicitud de adición de predios a la Resolución 1864 de 2018 por medio de la cual “se modifica la zona de reserva para el viaducto y la franja de aislamiento de la Primera Línea de Metro de Bogotá-Tramo 1 contenida en la Resolución 1145 de 2017, y se define la Zona de Reserva para el Ramal Técnico y las Estaciones y se dictan otras disposiciones”
Con esto, la Secretaría de Planeación Distrital expidió la Resolución No. 2253 del 13 de octubre de 2023, “Por la cual se adopta la adición de predios a la Zona de Reserva de Infraestructura de Transporte de Pasajeros de la Primera Línea del Metro de Bogotá – PLMB y se dictan otras disposiciones”, la cual tiene en cuenta en el área de reserva los 71 predios mencionados anteriormente.
Página 5 de 38 CÓDIGO: GD-FR-017-V3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-76 • 2026 • FEBRERO • 26 76 Por otra parte, en el proceso de verificación preliminar de los predios objeto de adquisición predial, se identificó un caso específico que requería revisión especial para la definición del alcance de dicha adquisición. Dado lo anterior, el 6 de marzo de 2024 se realizó una visita al predio ubicado en la AK 14 71 11, a la cual asistieron representantes de la EMB, Interventoría y ML1, con el objeto de analizar la incidencia del semisótano en la compra del antejardín, puesto que este se localiza en la misma área del antejardín a intervenir.
Ilustración 1. Caso especial AK 14 71 11 Interestación 15 Fuente: Empresa Metro de Bogotá. 2025 Ilustración 2. Caso especial - Semisótano AK 14 71 11 Interestación 15 Fuente: Empresa Metro de Bogotá. 2025 Como resultado de la revisión técnica en el predio, la EMB solicitó a la Interventoría, mediante oficio radicado No. EXTS24-0001606 del 11 de marzo de 2024, emitir concepto sobre la afectación predial del inmueble.
Frente a esto, la Interventoría del Contrato de Concesión mediante el comunicado EXT24-0004819 del 19 de marzo de 2024, da respuesta en los siguientes términos:
Página 6 de 38 CÓDIGO: GD-FR-017-V3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-77 • 2026 • FEBRERO • 26 77 (…)
Una segunda opción es la adquisición de todo el predio.
Que de llegarse a demoler completamente quedará un espacio libre con presencia de culatas que a las que se le debe dar manejo. Por otro lado, el área que queda después de construir el urbanismo y paisajismo del proyecto en este predio es aprovechable y de posible uso edificable.” (…) Negrita fuera del texto.
Bajo este contexto, mediante memorando No. SCI-MEM24-0040 del 21 de marzo de 2024, la Subgerencia de Construcciones -SGCI de la Empresa Metro de Bogotá emitió concepto dirigido a la Subgerencia de Gestión Predial indicando:
“(…) Así las cosas, la SGCI una vez revisada la trazabilidad sobre el inmueble denominado WF6_05 (AK 14 71 11 LC), y teniendo como soporte lo conceptuado por la Interventoría mediante los comunicados con radicados No. EXT24-0001340 y EXT24-0004819 del 25 de enero y 19 de marzo de 2024, respectivamente, y la visita realizada al inmueble el 6 de marzo de 2024, se permite recomendar se acoja el “PRIMER ESCENARIO” del análisis realizado por la interventoría mediante el radicado No. EXT24-0004819, el cual está enfocado a la adquisición de todo el inmueble. (subrayado fuera de texto)
En la visita realizada al inmueble se evidenció que la placa superior del semisótano presuntamente hace parte integral de la estructura del edificio. Situación que genera un alto riesgo y complejidad desde el punto de vista técnico, para proyectar intervenciones enfocadas a realizar cualquier actividad estructural en dicho predio. En gracia de discusión, de considerarse una intervención a dicha estructura, se requerirá una consultoría estructural especializada para poder definir la intervención a realizar. Aunado a lo anterior, se suprimirían los puestos de parqueo del predio, traslado de cuartos técnicos, tiempos de estudios estructurales.”
Teniendo en cuenta lo expuesto, se debería realizar la adquisición total de la propiedad horizontal conformada por 12 predios y no la adquisición parcial, la cual podría afectar estructuralmente al PH de llegar a realizarse.
En consecuencia, a los 71 predios mencionados anteriormente se adicionan 11, para una necesidad total de adquisición de 82 predios.
Conforme a lo anterior, las categorías de afectación son:
1. Afectación parcial antejardines sin afectar la construcción existente: 14
2. Afectación total de Predios en régimen de propiedad horizontal: 31
3. Afectación total de Predios no sometidos a régimen de propiedad horizontal: 37
Página 7 de 38 CÓDIGO: GD-FR-017-V3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-78 • 2026 • FEBRERO • 26 78 A continuación, se expone el detalle de la categorización:
1. Afectación parcial antejardines sin afectar la construcción existente
Sector Autopista Sur entre Av. Primera de Mayo y Calle 8va Sur y Av. Caracas entre Calle 70 hasta la Calle 76.
Con el fin de satisfacer las necesidades de adquisición predial, se determinó que:
- Aquellos predios en los que el límite de diseño incluya antejardines y en los casos en que estos antejardines se encuentren desocupados, con ocupaciones informales o elementos no estructurales de la edificación construida, se procederá con la adquisición predial respectiva dentro del marco normativo de la “Política de Reasentamiento y Gestión Social para el Proyecto PLMB.”
Ilustración 3. Ejemplo de antejardines sin requeridos sin afectar la construcción existente Fuente: Empresa Metro de Bogotá. 2025
2. Afectación total de predios
a. Interestación 08 - Sector Autopista Sur entre Av. Primera de Mayo y Calle 8va Sur El primer sector analizado corresponde a la manzana contigua al edificio de la futura Estación 9 ubicado entre la Calle 17ª bis Sur y la Av. Primera de mayo, sobre la Av. NQS; en donde se identificó la necesidad de adquisición de la totalidad de 10 predios, con el fin de permitir la conexión urbana con el edificio estación y un óptimo remate de espació público sobre la curva Página 8 de 38 CÓDIGO: GD-FR-017-V3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-79 • 2026 • FEBRERO • 26 79 de giro del viaducto. Evitando así la generación de culatas sobre los predios no adquiridos y afectando el desarrollo urbano de la manzana tal como se evidencia en la imagen a continuación:
Ilustración 4. Adquisición de predios adicionales en interestación 8 Fuente: Empresa Metro de Bogotá. 2025 b. Interestación 15 y 16 - Sector Av. Caracas entre Calle 73 a Calle 74 En el caso específico de la calle 73 a la calle 74 sobre la Av. Caracas donde se ubicarán las interestaciones 15 y 16, se determinó la necesidad de adquisición de 39 predios con el fin de conectar el espacio público que compone el acceso a la Estación 16 y así mismo crear una transición urbana entre el edificio estación y el resto del corredor eliminando los vacíos urbanos que se generarían en caso de realizar compras parciales y mitigando así la existencia de culatas y focos de inseguridad tal como se evidencia a continuación:
Ilustración 5. Zonas de terreno requeridas y adquiridas Cll 73-74 oriente de la Av Caracas Fuente: Empresa Metro de Bogotá. 2025 Página 9 de 38 CÓDIGO: GD-FR-017-V3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-80 • 2026 • FEBRERO • 26 80 c. Interestación 16- Sector Av. Caracas entre Calle 74 a Calle 75 En el caso específico de la interestación 16, para dar cumplimiento normativo a los anchos de andén y continuidad al trazado de sección vial identificado en el diseño aprobado al Concesionario, y en correspondencia a la estrategia de intervención urbana mencionada anteriormente, se determinó la necesidad de adquisición de la totalidad de los predios correspondientes a las manzanas tanto oriental como occidental de la Av. Caracas entre Calles 74 y 75, creando así áreas de intervención enfocadas en proyectos inmobiliarios y/o urbanos de mayor envergadura debido a la superficie total disponible.
Ilustración 6. Manzanas con adquisición predial de predios completos en Interestación 16 Fuente: Empresa Metro de Bogotá. 2025 Con esta información, desde la Empresa Metro de Bogotá, inició el proceso de socialización, levantamiento censal y elaboración del anexo al Plan de Reasentamiento en donde se incluían los 82 predios adicionales requeridos.
Para esto, por medio del radicado EXTS24-0004197 del 10 de julio de 2024, se remitió a la Banca Multilateral el anexo al Plan de Reasentamiento con su respectivo censo e identificación de las unidades sociales. Recibiendo así la No Objeción al documento por medio del radicado EXT24- 0012473 (O-CAN/CCO-940-2024) del 24 de julio de 2024.
Posterior a esto, la EMB elaboró, publicó e implementó la Resolución 490 de 2024, por medio del cual se incorporó el Anexo al Plan de Reasentamiento PLMB donde se adicionaron los 82 predios. Por medio de esta resolución, la EMB inició el proceso de adquisición predial e implementación del Plan de Reasentamiento a las unidades sociales afectadas.
Sin embargo, por medio del oficio MT No. 20251001007941 radicado en la EMB con EXT25-0016425 del 8 de agosto de 2025, el Ministerio de Transporte informó a la EMB sobre la identificación de “18 puntos de oportunidad urbanística” como oportunidades para mejorar la integración del proyecto. Uno de los puntos identificados por el Ministerio el cual se observa en la imagen Página 10 de 38 CÓDIGO: GD-FR-017-V3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-81 • 2026 • FEBRERO • 26 81 sombreado en verde, corresponde a los predios requeridos del costado oriental de la Av. Caracas entre las calles 74 y 75.
Ilustración 7. Predios interestación 16 con oportunidad urbanística Fuente: Empresa Metro de Bogotá. 2025 Por medio del acta de reunión del 15 de agosto de 2025, en donde se reunieron el Ministerio de Transporte y la Empresa Metro de Bogotá, se aclararon las inquietudes y aspectos técnicos frente a la elegibilidad de adquisición de 36 predios en el costado oriental de la Av. Caracas entre las Calles 73 y 76.
En este espacio, se le presentó a la UMUS la necesidad de adquisición, con el fin de contar con el área requerida para la construcción de la sección de espacio público del costado oriental de la Av. Caracas para la construcción de anden, franjas de aislamiento ambiental, cicloruta, franja de mobiliario y la franja de circulación peatonal, tal como se presentó en la siguiente imagen:
Ilustración 8. Adquisición parcial IE16 entre calles 73 y 76 costado oriental Av. Caracas Fuente: Empresa Metro de Bogotá. 2025 Página 11 de 38 CÓDIGO: GD-FR-017-V3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-82 • 2026 • FEBRERO • 26 82 Respecto a definir la destinación de los predios remanentes, se propuso el diseño de un espacio público continuo, que integre un diseño paisajístico que permita la conexión de una alameda que conecta las entradas y salidas de las estaciones 16 del metro, la estación BRT y la generación de una plazoleta de carácter paisajístico, dando acceso a equipamientos:
Ilustración 9. Adquisición total con espacio público IE16 entre calles 73 y 76 costado oriental Av. Caracas Fuente: Empresa Metro de Bogotá. 2025 Por otra parte, se tiene previsto la intervención de un espacio público en el costado occidental. Es así como a ambos lados de las estaciones se tendrán espacios públicos que permitan generar plazoletas de acceso a las estaciones.
La propuesta de adquisición predial total de los predios del costado oriental de la Av. Caracas entre las calles 73 y 76, atiende la solicitud del Ministerio, generando ajustes al diseño, pues se contaría con la disponibilidad de área requerida para incorporar una plazoleta y ampliar los espacios de conexión entre el andén que conecta la estación de la calle 72 de la L1MB y también las salidas y acceso de la estación BRT, aportando en la generación de zonas amplias para la circulación peatonal, conexión entre estaciones, zonas de interés público y el acceso a equipamientos educativos y servicios.
Con las aclaraciones frente al diseño, la UMUS concluyó que era viable la propuesta de adquisición de 36 predios presentada por la EMB para complementar el espacio público en el costado oriental de la Av. Caracas entre las calles 73 y 76.
Página 12 de 38 CÓDIGO: GD-FR-017-V3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-83 • 2026 • FEBRERO • 26 83 Como parte de los compromisos de la mesa de trabajo acordado con el Ministerio de Transporte, la EMB debía actualizar la Resolución 490 de 2024 del Plan de Reasentamiento “Por medio del cual se incorpora el Anexo al Plan de Reasentamiento PLMB. Adición 82 predios para la PLMB” y remitirlo al Ministerio para que se pueda emitir formalmente el concepto de elegibilidad de adquisición predial. Esta actualización contendrá el avance predial del proceso de adquisición predial de los 82 predios identificados en la Resolución 490 de 2024, al igual que la actualización censal, identificación de unidades sociales y actualización financiera de la adquisición.
Es así como desde la EMB se avanzó en la actualización censal y elaboración del presente anexo que modificaría el documento adoptado bajo la Resolución 490 de 2024.
Teniendo en cuenta lo anterior, estos 82 predios adicionales, son requeridos y fundamentales para avanzar en la construcción de la L1MB, garantizar la accesibilidad a las nuevas estaciones, cumplir con los mínimos requeridos de espacio público, incorporar cicloruta en estas zonas y servirán de plazoletas para el desarrollo urbano.
Cabe aclarar que, el presente documento no modifica el contenido de los anexos o programas del Plan General de Reasentamiento (Resolución 190 de 2021), teniendo en cuenta que solo se realiza la inclusión de catorce (14) antejardines y la compra total de sesenta y ocho (68) predios en ubicados en el WF4 y el WF6.
Corolario con lo expuesto el Plan General de Reasentamiento (Resolución 190 de 2021) seguirá vigente para todos los predios, inclusive estos que se están adicionando en cuanto a sus compensaciones y programas de acompañamiento.
Finalmente se debe tener en cuenta que esta modificatoria no afecta el proceso de adquisición predial ya iniciado por medio de la Resolución 490 de 2024 y No Objetada por la Banca Multilateral por medio del radicado EXT24-0012473 del 24 de julio de 2024, sino únicamente da detalles frente al desarrollo urbano solicitado por el Ministerio de Transporte y actualiza los datos de las unidades sociales identificadas en estos 82 predios adicionales.
AVANCE ADQUISICIÓN PREDIAL Y GESTIÓN SOCIAL RESOLUCIÓN 490 DE 2024 Teniendo en cuenta que el proceso de adquisición predial de estos predios inició por medio de la Resolución 490 de 2024, en donde se incorporó el “Anexo al Plan de Reasentamiento PLMB. Adición 82 predios para la PLMB”, y la cual tuvo la No Objeción de la Banca Multilateral por medio del comunicado EXT24-0012473 del 24 de julio de 2024, desde la Empresa Metro de Bogotá, se Página 13 de 38 CÓDIGO: GD-FR-017-V3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-84 • 2026 • FEBRERO • 26 84 realizaron las actividades pertinentes en cuanto a la identificación de las unidades sociales, levantamiento censal, ofertas de compra y permisos de intervención en antejardines1.
Se presenta a continuación los avances del proceso de adquisición predial y reasentamiento de la IE8 e IE9 a corte agosto 2025:
- Resumen avance adquisición predial IE8-IE9 Resolución 490 de 2025
1. Socialización e identificación de predios
El 14 y 15 de noviembre de 2023 las unidades sociales propietarias identificadas según la titularidad de dominio recibieron comunicación oficial de afectación por utilidad pública para la construcción de la Primera Línea del Metro de Bogotá, por lo cual profesionales de la Empresa Metro de Bogotá iniciaran el proceso de caracterización en cada uno de los predios, motivo por el cual se citó a propietarios y arrendatarios a una reunión informativa con el fin de socializar el proceso de adquisición predial, explicar las etapas, resolver inquietudes y agendar las visitas de caracterización y censo inicial.
2. Censo
El 16 de noviembre de 2023 se iniciaron las visitas de caracterización de las unidades sociales y locales comerciales previamente agendados. En estas jornadas se entregó material informativo, se resolvieron inquietudes relacionadas con las compensaciones económicas y se recopiló la información socioeconómica de los ocupantes. Posteriormente, el 15 de diciembre de 2024, se llevó a cabo una reunión en las oficinas de la Empresa Metro de Bogotá con los propietarios, en la cual se presentó de manera detallada el proceso de adquisición predial, la documentación requerida y las acciones a desarrollar en cada una de sus etapas. La EMB logró censar la totalidad de las unidades sociales identificadas.
3. Registro topográfico
El 22 de enero de 2024 se llevó a cabo la visita de registro topográfico en los 12 predios identificados en la zona EI8-IE9. Durante la jornada se realizaron levantamientos topográficos para verificar las dimensiones reales de los inmuebles, identificar linderos, áreas construidas y áreas de terreno, así como georreferenciar cada uno de los predios conforme a la cartografía oficial. De igual forma se aclararon las dudas referentes al proceso de adquisición, avalúo y compensaciones para los arrendatarios.
4. Solicitud de documentos
1 Los antejardines con permiso de intervención firmados no son objeto de adquisición, en ese sentido, no hay erogación de recursos Página 14 de 38 CÓDIGO: GD-FR-017-V3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-85 • 2026 • FEBRERO • 26 85 En el mes de abril de 2025 se realizó el envío de oficios a las unidades sociales, solicitando la documentación necesaria para adelantar el proceso de adquisición. Durante el mismo mes, los propietarios radicaron la documentación ante la EMB, permitiendo iniciar la etapa de tasación y avalúo.
5. Cabida y linderos
En 3 de los predios se identificaron diferencias entre las medidas levantadas en el registro topográfico y la información registrada en Catastro Distrital, lo que hizo necesario realizar un proceso de verificación de cabida y linderos antes de proceder con el avalúo.
6. Avalúo
A corte 30 de agosto de 2025, se realizaron 12 avalúos, efectuados por Catastro Distrital con acompañamiento profesional del equipo técnico y social de la EMB, la mayoría de estos avalúos fueron ejecutados durante el mes de septiembre de 2024, garantizando el cumplimiento de los lineamientos normativos y la actualización de los valores comerciales de cada inmueble.
7. Ofertas
A corte 30 de agosto de 2025, se formularon y notificaron las 12 ofertas de compra entre el 31 de diciembre de 2024 y las dos primeras semanas de enero de 2025. Todas las unidades sociales propietarias aceptaron las ofertas sin presentar objeciones, lo que permitió continuar con la elaboración de las minutas de promesa de compraventa.
8. Verificación censal
Una vez notificadas las ofertas de compra, se llevaron a cabo visitas de verificación censal a las unidades sociales arrendatarias identificadas en los predios. El objetivo de estas visitas fue confirmar la información recolectada durante el censo inicial, actualizar datos en caso de variaciones y socializar de manera individualizada las compensaciones económicas a las que tienen derecho, con el propósito de mitigar el impacto del traslado involuntario y garantizar el cumplimiento de los lineamientos del Plan de Reasentamiento.
9. Solicitud documentos a otro tipo de tenencia diferente a propietario
Posterior a la verificación censal de unidades sociales diferentes a propietarios, se realizó de manera física y virtual la solicitud de documentos para el pago de los reconocimientos económicos. La totalidad de las solicitudes de documentos fueron enviadas a las unidades sociales que se encontraban identificados en el censo de la Resolución 490 de 2025 y en los predios que ya habían sido ofertados. Esta solicitud de documentos va articulada con un acompañamiento a las unidades sociales, en donde se brinda asesoría y apoyo en la consecución de los documentos, al igual que si así lo requiere la unidad social, acompañamiento inmobiliario, social y económico.
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10. Promesas de compraventa
Entre los meses de febrero y marzo de 2025 se suscribieron las promesas de compraventa de los predios objeto de adquisición. Durante estas reuniones se socializaron los tres hitos de pago establecidos, los cuales están condicionados a la entrega material del inmueble y a la formalización de la titularidad a favor de la Empresa Metro de Bogotá. Asimismo, se informó a los propietarios sobre los requisitos para la desconexión y taponamiento de los servicios públicos, así como sobre los gastos notariales incluidos dentro del daño emergente considerado en el avalúo.
A la fecha la totalidad de los predios de la IE8 e IE9 fueron entregados a la EMB para su demolición.
11. Acompañamiento a solicitudes de desconexión de servicios públicos
En junio de 2025 se realizaron visitas de verificación de servicios públicos en los predios de adquisición total, en coordinación con funcionarios de la EAAB y de ENEL COLOMBIA. El objetivo de estas visitas fue identificar los contadores instalados y gestionar las solicitudes de desconexión y taponamiento de los servicios públicos.
La Empresa Metro de Bogotá acompañó a los propietarios en la radicación de las solicitudes ante la EMB, gestionó el agendamiento de las visitas de desconexión con las empresas prestadoras y realizó seguimiento permanente para agilizar la expedición de los paz y salvos por parte de las entidades competentes, requisito indispensable para la recepción de los predios en las fechas pactadas en las promesas de compraventa.
12. Acompañamiento inmobiliario
En el marco del Programa de Reposición de Inmuebles, y conforme a lo relacionado con la Inter estación 8, los profesionales de la EMB desarrollaron actividades de asesoría y acompañamiento inmobiliario dirigidas a las unidades sociales identificadas en esta zona. Durante este proceso, se socializó el alcance del programa y se resolvieron inquietudes sobre el acceso al acompañamiento, como resultado, 7 unidades sociales aceptaron el acompañamiento inmobiliario ofrecido, mientras que 27 unidades sociales presentaron renuncia formal al mismo. Para las unidades que accedieron a la asesoría, se desarrolló la identificación, análisis y presentación de alternativas inmobiliarias acordes con sus necesidades.
Respecto a la Inter estación 9, se identificaron 2 unidades sociales, ambas correspondientes a predios con adquisición parcial (antejardines). Debido a que este tipo de afectación no implica traslado ni reposición de vivienda, en estos casos no se brindó acompañamiento inmobiliario.
Página 16 de 38 CÓDIGO: GD-FR-017-V3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-87 • 2026 • FEBRERO • 26 87 Se presenta a continuación los avances del proceso de adquisición predial y reasentamiento de la IE15 e IE16 a corte agosto 2025:
- Resumen avance adquisición predial IE15 - IE16 Resolución 490 de 2025
1. Socialización e identificación de predios
Desde noviembre de 2023 a mayo de 2024 se realiza la socialización por US afectada, del tramo 1 de la PLMB al 100% de los 33 predios aprobados para intervenir en las IE15 y IE16. En el proceso se aclaran dudas acerca del proceso de adquisición.
2. Censo
Durante la verificación censal realizada en noviembre y diciembre de 2023 en las IE 15 y IE16 se identificó 33 US Propietarias (1 Institucional/ 14 sin Uso/15 rentistas/2 socioeconómicas), 44 US Arrendatarias (21 económicas/17 hogar/6 socioeconómicas) y 2 US tenedoras.
3. Registro topográfico
En enero de 2024 se realizó la totalidad de los registros topográficos de los 33 predios aprobados para intervenir en las IE15 y IE16.
4. Solicitud de documentos
En abril de 2024 se envía por correo certificado, tanto a la dirección física como a la virtual, la solicitud de documentos para iniciar el proceso de adquisición predial a 29 de los 33 propietarios de los predios aprobados.
No se solicitan a los 4 antejardines que manifestaron la intención de firmar acuerdo de intervención.
5. Cabida y linderos
Se realizaron 8 solicitudes a catastro de cabidas y linderos. A la fecha (30 de agosto de 2025) se encuentra pendiente el trámite del predio ID1627.
6. Avalúo
Desde el segundo semestre del 2025 a corte 30 de agosto de 2025, se han realizado 23 avalúos para la IE15 e IE16 y aprobado 14, los demás están en proceso de elaboración por parte de Catastro Distrital Página 17 de 38 CÓDIGO: GD-FR-017-V3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-88 • 2026 • FEBRERO • 26 88
7. Ofertas
A corte 30 de agosto de 2025, para la IE15 e IE16, se han ofertado 14 predios, los cuales a la fecha 1 propietario aceptó y las demás ofertas están en proceso de revisión por parte de los propietarios sin que se hayan pronunciado.
8. Verificación censal
Una vez notificadas las ofertas de compra, se llevaron a cabo visitas de verificación censal a las unidades sociales arrendatarias identificadas en los predios. El objetivo de estas visitas fue confirmar la información recolectada durante el censo inicial, actualizar datos en caso de variaciones y socializar de manera individualizada las compensaciones económicas a las que tienen derecho, con el propósito de mitigar el impacto del traslado involuntario y garantizar el cumplimiento de los lineamientos del Plan de Reasentamiento.
9. Solicitud documentos a otro tipo de tenencia diferente a propietario
Posterior a la verificación censal de unidades sociales diferentes a propietarios, se realizó de manera física y virtual la solicitud de documentos para el pago de los reconocimientos económicos. La totalidad de las solicitudes de documentos fueron enviadas a las unidades sociales que se encontraban identificados en el censo de la Resolución 490 de 2025 y en los predios que ya habían sido ofertados. Esta solicitud de documentos va articulada con un acompañamiento a las unidades sociales, en donde se brinda asesoría y apoyo en la consecución de los documentos, al igual que si así lo requiere la unidad social, acompañamiento inmobiliario, social y económico.
10. Promesas de compraventa
A la fecha para la IE15 e IE16, se ha realizado una promesa de compraventa del predio con ID1629 OBJETIVOS El objetivo del presente Anexo al Plan de Reasentamiento adoptado para la PLMB es asegurar que las unidades sociales identificadas en los 82 predios adicionales y que sean afectadas por causa del proceso de adquisición predial para la L1MB mantengan y/o mejoren sus condiciones de vida y que se logre:
1. Mitigar los impactos adversos causados por el proyecto en el proceso de adquisición predial y reasentamiento, según corresponda.
2. Compensar en forma suficiente el impacto generado por el proceso de adquisición predial, ya sea por la pérdida parcial o total y asistir a las personas vulnerables identificados en este
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3. Asegurar que, durante todo el proceso de adquisición predial y reasentamiento, se produzca una comunicación que contribuya a la adecuada divulgación, consulta, participación y atención de inquietudes, reclamos y quejas.
DIAGNÓSTICO SOCIOECONÓMICO DE LAS UNIDADES SOCIALES IDENTIFICADAS Metodología diagnóstico socioeconómico La información censal que soporta este diagnóstico se encuentra en el capítulo 3 DIAGNOSTICO SOCIOECONOMICO DE LAS UNIDADES SOCIALES IDENTIFICADAS EN EL CENSO DE POBLACIÓN del Plan de Reasentamiento General adoptado en la Resolución 190 de 20212. De igual manera el proceso de recolección de información, análisis y parametrización se encuentra en el Plan de Reasentamiento General.
El proceso de recolección de información primaria se realizó durante el año 2025, tomando como base la información recolectada para la Resolución 490 de 2024, la cual fue levantada en territorio durante los años 2023 y 204 y contó con un proceso de preparación y reconocimiento en campo para el diligenciamiento de las fichas censales.
Se resalta que las unidades sociales que no presentaron cambios entre la Resolución 490 de 2024 y el presente documento, no se levantó ficha censal, sino actas de visitas de los profesionales de la EMB, en donde se consta que no se presentaron modificaciones a las unidades sociales identificadas.
La aplicación del censo fue directamente en el sitio de incidencia del proyecto, los profesionales de diferentes áreas que conformaron el equipo de trabajo visitaron los predios, realizando la identificación de las unidades sociales, de acuerdo con sus condiciones de tenencia y uso.
Posterior a la realización del censo, la información de cada unidad social y de cada predio se vacío en un archivo plano de Excel que conforma una base de datos para el conjunto de la operación censal.
Se efectuó control de calidad de la información contenida en la base de datos a través de acciones de verificación y depuración de los datos con el fin de detectar errores, información incompleta y posibles inconsistencias, para garantizar la unidad de los datos y realizar la segmentación correcta de la información disponible.
2 https://www.metrodebogota.gov.co/sites/default/files/GS-DR-001-Politica-de-reasentamiento-y-gestion-social-para-el-proyecto- PLMB_V.02.pdf Página 19 de 38 CÓDIGO: GD-FR-017-V3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-90 • 2026 • FEBRERO • 26 90 Posteriormente, se procedió a la parametrización y generación de las tablas, resúmenes numéricos y gráficos que fueron incluidos y analizados en los numerales siguientes en el presente documento.
Levantamiento censal En el anexo 1 del presente documento se encuentra el censo realizado con la caracterización correspondiente, identificándose 182 unidades sociales en 82 predios, de las cuales 15 unidades podrán resultar afectadas de manera parcial y 167 unidades sociales podrán resultar afectadas de manera total.
Tabla 1. Tipo de afectación por unidad social Tipo de afectación No. Unidades sociales Total 167 Parcial 15 TOTAL 182 Fuente: Empresa Metro de Bogotá. 2025 El levantamiento de la información censal se basó en el censo realizado para la Resolución 490 de 2024, actualizando las unidades sociales que se encontraron en los predios al momento de ser notificadas de las ofertas de compra y/o predios no ofertados. En ese sentido, las unidades sociales que no presentaron cambios de la Resolución 490 de 2024 al presente anexo, no se levantó ficha censal, sino actas de visitas de los profesionales de la EMB, en donde se consta que no se presentaron modificaciones a las unidades sociales identificadas.
Para el avance y actualización de la identificación censal, se levantaron un total de 182 fichas censales y caracterizaciones de las unidades sociales que ocupan o realizan actividades en los predios y antejardines requeridos.
Durante el proceso de levantamiento censal se presentaron: 1 predio desocupado, 3 predios en donde los propietarios están fallecidos y 1 predio en el cual no se logró contacto con los propietarios. Para estos casos, la EMB realizó el levantamiento censal por medio del registro de la Ventanilla Única de Registro – VUR, donde se puede identificar el o los propietarios de los predios.
Posterior a la fecha de notificación de la oferta de compra del predio, no se podrán incluir cambios o actualizaciones de arrendatarios, subarrendatarios, tenedores u otros tipos de tenencia que hayan ingresado al predio posterior a la oferta. En ese sentido, el periodo de censo se tiene en cuenta con las unidades sociales que se encontraban entre la visita de avalúo y la notificación de la oferta de compra del predio.
Teniendo en cuenta que la afectación en los antejardines es parcial únicamente se consideró la identificación censal en los primeros pisos, no obstante, es importante mencionar que se Página 20 de 38 CÓDIGO: GD-FR-017-V3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-91 • 2026 • FEBRERO • 26 91 identificaron predios en los cuales funcionan edificios de oficinas, o propiedades horizontales de uso mixto, actividades que no se verán impactadas por estas adquisiciones parciales, ni requerirán reasentamiento.
Dado que las intervenciones en los antejardines a desarrollar no afectarán el ingreso, ni el desarrollo de los usos de los segundos pisos en adelante, en el presente documento no se realizará alusión a los edificios afectados de forma parcial.
En cuanto a los permisos de intervención firmados por los propietarios se cuenta con 7 permisos firmados, lo que genera que no se requiera una compra parcial del predio.
Cualquier actualización censal se realizará acorde a lo establecido en el Plan de Reasentamiento para la PLMB y reglamento interno del Comité de Gestión Predial y Reasentamiento de la EMB.
Caracterización De acuerdo con la caracterización realizada, en los predios identificados en la Resolución 490 de 2024 de conformidad con los insumos técnicos y jurídicos realizados se encuentran 14 antejardines y 68 predios que requieren de adquisición total, los cuales presentan las siguientes características actualizadas.
Tabla 2. Identificación predial ID corto TIPO AFECTACIÓN PH/NPH UBICACIÓN 1600 Total NPH IE 8 1601 Total NPH IE 8 1602 Total NPH IE 8 1603 Total NPH IE 8 1604 Total NPH IE 8 1605 Total NPH IE 8 1606 Total NPH IE 8 1607 Total NPH IE 8 1608 Total NPH IE 8 1608 Total NPH IE 8 1609 Total NPH IE 8 1610 Parcial NPH IE 9 1611 Parcial NPH IE 9 1612 Parcial NPH IE 15 1613 Parcial NPH IE 15 1614 Parcial PH IE 15 1615 Parcial PH IE 15 1617 Parcial NPH IE 15 1618 Parcial NPH IE 15 1619 Parcial PH IE 16 Página 21 de 38 CÓDIGO: GD-FR-017-V3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-92 • 2026 • FEBRERO • 26 92 1620 Parcial NPH IE 16 1621 Parcial NPH IE 16 1622 Total NPH IE 16 1623 Total NPH IE 16 1624 Total NPH IE 16 1625 Total NPH IE 16 1626 Total NPH IE 16 1627 Total NPH IE 16 1628 Total NPH IE 16 1628 Total NPH IE 16 1629 Total NPH IE 16 1630 Total NPH IE 16 1631 Total NPH IE 16 1632 Parcial NPH IE 16 1633 Total NPH IE 16 1634 Total NPH IE 16 1635 Total NPH IE 16 1636 Total NPH IE 16 1637 Total NPH IE 16 1638 Total NPH IE 16 1639 Total NPH IE 16 1640 Total NPH IE 16 1641 Total NPH IE 16 1642 Total NPH IE 16 1643 Total NPH IE 16 1644 Total PH IE 16 1645 Total PH IE 16 1646 Total PH IE 16 1647 Total PH IE 16 1648 Total PH IE 16 1649 Total PH IE 16 1650 Total NPH IE 16 1651 Total PH IE 16 1652 Total PH IE 16 1653 Total PH IE 16 1654 Total PH IE 16 1655 Parcial PH IE 15 1656 Parcial NPH IE 16 1657 Total NPH IE 16 1658 Total NPH IE 16 1659 Total NPH IE 16 1660 Total PH IE 16 1661 Total PH IE 16 1662 Total PH IE 16 1663 Total PH IE 16 1664 Total PH IE 16 Página 22 de 38 CÓDIGO: GD-FR-017-V3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-93 • 2026 • FEBRERO • 26 93 1665 Total PH IE 16 1666 Total PH IE 16 1667 Total PH IE 16 1668 Total PH IE 16 1669 Total NPH IE 16 1670 Total NPH IE 16 1671 Total PH IE 15 1672 Total PH IE 15 1673 Total PH IE 15 1674 Total PH IE 15 1675 Total PH IE 15 1676 Total PH IE 15 1677 Total PH IE 15 1678 Total PH IE 15 1679 Total PH IE 15 1680 Total PH IE 15 1680 Total PH IE 15 1681 Total PH IE 15 1682 Total PH IE 15 Fuente: Empresa Metro de Bogotá. 2025 Se presenta a continuación los mapas en donde se encuentran ubicados los predios requeridos:
Ilustración 10. Predios requeridos Interestación 8 Fuente: Empresa Metro de Bogotá. 2025 Página 23 de 38 CÓDIGO: GD-FR-017-V3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-94 • 2026 • FEBRERO • 26 94 Ilustración 11. Predios requeridos Interestación 9 Fuente: Empresa Metro de Bogotá. 2025 Ilustración 12. Predios requeridos Interestación 15 Fuente: Empresa Metro de Bogotá. 2025 Página 24 de 38 CÓDIGO: GD-FR-017-V3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-95 • 2026 • FEBRERO • 26 95 Ilustración 13. Predios requeridos Interestación 16 Fuente: Empresa Metro de Bogotá. 2025 Ilustración 14. Predios requeridos Interestación 16 Fuente: Empresa Metro de Bogotá. 2025 Página 25 de 38 CÓDIGO: GD-FR-017-V3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-96 • 2026 • FEBRERO • 26 96 Del censo realizado se identificaron un total de 182 unidades sociales en los 82 predios, distribuidas de la siguiente manera:
Tabla 3. Unidades sociales por tipo de tenencia TIPO DE TENENCIA CANTIDAD Propietario 82 Arrendatario 82 Subarrendatario 9 Tenedor 4 Poseedor 4 Ocupante 1 Total general 182 Fuente: Empresa Metro de Bogotá. 2025 En cuanto a la cantidad de unidades sociales identificadas en la Resolución 490 de 2024 y la presente modificatoria, se presentan a continuación las diferencias:
Tabla 4. Comparativo modificaciones censales Interestación Observación IE8 No se presentaron diferencias en el número de unidades sociales IE9 Se eliminan del censo dos unidades económicas arrendatarias censadas en la Resolución 490 de 2024, lo anterior dado que fue adquisición parcial, sin afectar la continuidad de la actividad económica. IE15 No se presentaron diferencias en el número de unidades sociales IE16 Se eliminó del censo una unidad económica arrendataria censada en la Resolución 490 de 2024, dado que finalizó el contrato de arriendo y no renovó. Durante la actualización y visitas de campo, se confirmó que la unidad social arrendataria no se encontraba en el predio.
Fuente: Empresa Metro de Bogotá. 2025 El 24.73% de las unidades identificadas son unidades económicas, el 12.64% unidades sociales rentistas, el 26.92% no tienen uso, el 23.08% son unidades sociales hogar, y el 10.99% son unidades socioeconómicas, el 1.1% restante son bodegas. Finalmente se identificaron 0.54% unidades sociales propietarios a los cuales no les aplica el tipo de unidad, dado que, a la fecha del presente documento, se encuentran con la figura de “secuestre”3:
3 El "secuestro de un inmueble" es una medida cautelar donde un tercero imparcial, el secuestre, se encarga de la custodia y administración de un bien raíz embargado hasta que se resuelva un proceso legal. Sus funciones incluyen cuidar el inmueble, gestionar sus rentas, pagar servicios y rendir cuentas al juez, asegurando su conservación y el cumplimiento de las obligaciones financieras. (Artículo 2273 y 2274 del Código Civil Colombiano)
Página 26 de 38 CÓDIGO: GD-FR-017-V3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-97 • 2026 • FEBRERO • 26 97 Gráfica 1. Porcentaje tipo de unidad social 1,10% 0,54% 24,73% 23,08% 12,64% 26,92% Unidad social económica Unidad social rentista Sin uso Unidad social hogar Bodega No aplica Fuente: Empresa Metro de Bogotá. 2025 De igual manera, se identificó que el 73.6% de las unidades sociales se identifican en predios de No Propiedad Horizontal (NPH) y el 26.4% en predios de Propiedad Horizontal (PH)
Gráfica 2. Tipo de vivienda 26,4 73,6 No propiedad horizontal Propiedad horizontal Fuente: Empresa Metro de Bogotá. 2025 Se presenta a continuación el tipo de tenencia por tipo de unidad:
Tabla 5. Tipo de tenencia por tipo de unidad Tipo de tenencia / Tipo de unidad USH USE USSE USR BODEGA SIN USO N/A TOTAL Propietario 1 3 8 25 0 44 1 82 Página 27 de 38 CÓDIGO: GD-FR-017-V3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-98 • 2026 • FEBRERO • 26 98 Arrendatario 34 38 8 0 2 0 0 82 Subarrendatario 3 3 3 0 0 0 0 9 Tenedor 1 1 1 1 0 0 0 4 Poseedor 0 0 0 0 0 4 0 4 Ocupante 1 0 0 0 0 0 0 1 TOTAL 40 45 20 26 2 48 1 182 Fuente: Empresa Metro de Bogotá. 2025 En cuanto a posibles riesgos de vulnerabilidades, se identificaron 26 unidades sociales donde la cabeza de la unidad es adulta mayor, 6 unidades sociales con mujeres cabeza de hogar, 3 unidades sociales con algunos de sus integrantes con enfermedad grave (cáncer), 9 unidades sociales con menores de edad, 4 unidades sociales con población migrante.
Tabla 6. Tipo de vulnerabilidades identificadas Tipo de vulnerabilidad No. Adultos mayores 26 Mujer cabeza de hogar 6 Integrante de la US con enfermedad grave 3 US con menores de edad 9 US población migrante 4 Fuente: Empresa Metro de Bogotá. 2025 Frente a los predios que se requieren de manera total se identificaron las unidades sociales que habitan el inmueble, identificando sus características, tipo de uso y si presentaban algún tipo de vulnerabilidad; esta información se actualizó tomando como referencia la Resolución 490 de 2024.
Considerando que los predios a afectar se encuentran sobre la vía principal de la Av. Caracas y sobre la Autopista Sur, y al tener una ubicación comercial privilegiada acreditada a través de los años, estimulada por dinámica territorial empresarial, financiara y educativa, y la gran afluencia y movilidad poblacional, se prevén posibles impactos de las unidades económicas allí asentadas, al verse inmersas en la ejecución de obras, y la posible disminución de sus ventas y con ellos sus ingresos, lo cual podría implicar el cierre de las actividades, situación que deberá ser verificada en el componente de obra, dentro del Plan de Manejo Ambiental y Social (PMAS), el cual cuenta con la NO objeción de la Banca Multilateral, sin perjuicio del seguimiento integral y atención a las unidades sociales identificadas en los 82 predios a afectar y en los casos en los que sea procedente y que se evidencie alguna afectación directamente asociada a la adquisición predial, se dará cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución 190 de 2021.
Con esta información se focalizará el tipo de asesoría, orientación y acompañamiento requerido para minimizar los impactos generados por el traslado involuntario y el restablecimiento de las condiciones sociales y económicas Página 28 de 38 CÓDIGO: GD-FR-017-V3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-99 • 2026 • FEBRERO • 26 99 Posibles Impactos Con la identificación de las características de las unidades sociales se reconoce que el proceso de adquisición predial en términos de desplazamiento puede dar lugar a riesgos económicos y sociales para los habitantes de los inmuebles objeto de adquisición. Se establecieron los posibles impactos que buscan mitigarse con los programas que contiene el Plan de Reasentamiento de la EMB:
- Perdida de recursos productivos o fuentes de ingreso asociados a los inmuebles, rentas, actividades económicas ejercidas en los predios objeto de adquisición.
- Reubicación de unidades sociales en entornos donde sus habilidades sociales, productivas y culturales sean menos aplicables.
- Debilitamiento de redes comunitarias y sociales que afecten el desarrollo de los y las ciudadanas en su vida cotidiana.
- Perdida de patrimonio individual o familiar que representaba el inmueble por no lograr adquirir un inmueble de reposición que permita las mismas condiciones de titularidad.
Socializaciones El proceso de socialización se inició durante los meses de noviembre y diciembre de 2023, y ha continuado durante el año 2024 y 2025. Dicha socialización inició con el envío de una carta de información del proceso de adquisición predial al 100% de los propietarios (82 propietarios) de los predios a adquirir, informando sobre los canales de atención, el equipo encargado de realizar visitas de campo, los horarios de atención en la oficina de la EMB y un folleto donde presentaba el proceso de adquisición predial y las características del Plan de Reasentamiento. De igual manera, es esta misma comunicación, se informó del día y horario que profesionales de la EMB irían a cada uno de los predios a realizar una atención personalizada y el levantamiento de la información censal.
Las visitas en campo fueron realizadas por un equipo interdisciplinario conformado por profesionales sociales, abogados, financieros y técnicos, con el fin de resolver las inquietudes que presenten los propietarios, arrendatarios y otros tipos de tenencias tanto hogares como unidades económicas referente a los pasos a seguir. Esta socialización consistió en la presentación del proceso de adquisición predial, reconocimientos económicos para arrendatarios, proceso de avalúo, aclaraciones del Plan de Reasentamiento, procesos jurídicos de los predios, entre otros.
Página 29 de 38 CÓDIGO: GD-FR-017-V3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-100 • 2026 • FEBRERO • 26 100 Ilustración 15. Folleto proceso de adquisición predial Fuente: Empresa Metro de Bogotá. 2025 Estas socializaciones se le realizaron al 100% de las unidades sociales identificadas (182 unidades sociales) en los predios de manera individual y específica a sus necesidades y dudas, tanto para propietarios como arrendatarios y otros tipos de tenencia. Sumado a esto, se les presentó un volante donde se explica el proceso de reasentamiento, reconocimientos económicos, canales de comunicación y acompañamiento ofrecido por la EMB.
Igualmente, se le aclaró al 100% de los arrendatarios identificados, que una vez se realice la oferta de compra del predio, se procederá con la solicitud de documentos a los arrendatarios que se encuentren en el predio e identificados en el censo y con el acompañamiento de los diferentes programas establecidos en el Plan de Reasentamiento para la PLMB.
A la totalidad de las unidades sociales, sin importar su tipo de tenencia, se les ofrece el acompañamiento inmobiliario, social y económico, al igual que se socializan los diferentes canales de atención proporcionada por la EMB para lograr el acompañamiento requerido dependiendo de las necesidades identificadas.
En ese sentido, por unidad social se ofrecen todos los canales de atención y socialización del proceso de adquisición predial, aclarando constantemente las dudas y preguntas que las unidades sociales puedan presentar. Para esto, se realizan reuniones individuales por cada unidad social, tanto en campo, como en las instalaciones de la Empresa Metro de Bogotá; llegando a contar con más de 200 reuniones con las unidades sociales de los predios, tanto propietarios, como arrendatarios y demás tipos de tenencia, garantizando la transparencia y participación de la ciudadanía afectada por el reasentamiento.
Página 30 de 38 CÓDIGO: GD-FR-017-V3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-101 • 2026 • FEBRERO • 26 101 Ilustración 16. Folleto pasos para reconocimientos económicos Fuente: Empresa Metro de Bogotá. 2025 En relación con los antejardines, en las socializaciones adelantadas por la EMB se hizo especial énfasis en el derecho que le asiste a los propietarios, en ejercicio de la autonomía de su voluntad de decidir sobre la venta del área privada, señalando que, de realizarse el proceso de adquisición predial por parte de la EMB, esta zona pasaría a ser espacio público y en algunos casos se perdería el índice de edificabilidad y las posibilidades de realizar aprovechamiento económico del espacio público teniendo en cuenta las alternativas que sobre este aspecto establezcan los correspondientes Planes de Ordenamiento Territorial - POT.
Página 31 de 38 CÓDIGO: GD-FR-017-V3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-102 • 2026 • FEBRERO • 26 102 En este mismo sentido, profesionales de la Subgerencia de Gestión Predial de la EMB explicaron a los propietarios el proceso de adquisición de su antejardín, resaltando que los propietarios tienen el derecho de decidir de manera libre y voluntaria si adelantan la venta del área requerida o si otorgan acuerdo de intervención. Siendo así, durante el proceso de consulta, siete (7) propietarios accedieron al acuerdo de intervención.
Dentro de las inquietudes más reiteradas relacionadas con este proceso de consulta se identifica la asociada al valor a reconocer por la venta del antejardín y/o del predio. Esta inquietud es manifestada por los propietarios que tienen intención de venta.
Durante fase de socialización, profesionales de la EMB explican a los propietarios que el valor estará definido por el avalúo comercial que adelante la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital y que el proceso de adquisición predial se realizará acorde a la normatividad colombiana, en cumplimiento de las salvaguardas de la Banca Multilateral y el Plan de Reasentamiento para la PLMB.
Adicionalmente se indica que los programas del Plan General de Reasentamiento que apliquen serán considerados e implementados y de ser procedente se realizarán los reconocimientos económicos adicionales a que haya lugar, de acuerdo con el Plan General de Reasentamiento.
Por otro lado, se indica que a futuro se deberá otorgar permiso para las intervenciones que se deban realizar asociadas a las redes de servicios públicos, cuando los propietarios no opten por la opción de venta en los casos de antejardines.
Dentro del desarrollo de la fase de socialización y durante la ejecución de las actividades posteriores se garantizará un canal de comunicación adecuado que permita resolver las dudas que puedan presentar las unidades sociales relacionadas con la adquisición de los antejardines y la compra total de los predios, así como el impacto que esto pueda tener para las unidades productivas y la forma de mitigarlo, articulado con las actividades de obra a desarrollar por parte de Concesionario.
En el evento que los propietarios no manifiesten su voluntad de otorgar permiso o de vender el antejardín, se adelantará el proceso de adquisición predial en los términos señalados en las normas legales vigentes.
PROGRAMAS DEL PLAN DE REASENTAMIENTO Y FACTORES DE RECONOCIMIENTOS ECONÓMICOS
I. Programas de acompañamiento
Página 32 de 38 CÓDIGO: GD-FR-017-V3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-103 • 2026 • FEBRERO • 26 103 Los programas del Plan de Reasentamiento y sus factores de reconocimiento económico (compensaciones) serán aplicadas y gestionadas de la misma manera a como se ejecutan de acuerdo con el Plan de Reasentamiento General adoptado en la Resolución 190 de 20214 y los cuales se pueden identificar en el capítulo 4.4 PROGRAMAS DEL PLAN DE REASENTAMIENTO y capítulo 4.5 FACTORES DE RECONOCIMIENTO ECONÓMICOS (COMPENSACIONES)
En ese sentido, los programas establecidos en el Plan de Reasentamiento podrán ser aplicables y solicitados por las unidades sociales en el marco del acompañamiento económico, social e inmobiliario ofrecido por la EMB para el proceso de restablecimiento de las condiciones sociales y económicas de las unidades sociales.
Ilustración 17. Programas de acompañamiento del Plan de Reasentamiento Fuente: Resolución 190 de 2021. Empresa Metro de Bogotá Para más información referente a los programas sociales y factores de reconocimiento, por favor dirigirse a siguiente enlace: https://www.metrodebogota.gov.co/sites/default/files/GS-DR-001-Politica-de-reasentamiento-ygestion-social-para-el-proyecto-PLMB_V.02.pdf Estos programas se implementan a partir de la estrategia de acompañamiento integral “Plan Padrino”, metodología de atención integral basada en proceso de corresponsabilidad, de gestión y de autogestión. Permiten realizar seguimiento personalizado a cada unidad social que se encuentre 4 https://www.metrodebogota.gov.co/sites/default/files/GS-DR-001-Politica-de-reasentamiento-y-gestion-social-para-el-proyecto-PLMB_V.02.pdf Página 33 de 38 CÓDIGO: GD-FR-017-V3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-104 • 2026 • FEBRERO • 26 104 en los predios objeto de adquisición, estableciendo los requerimientos específicos para el avance en la adquisición de inmuebles, la reposición de inmuebles y el restablecimiento de condiciones sociales y económicas. Se aclara que las unidades sociales son libres de requerir o no el acompañamiento de la EMB.
II. Reconocimientos económicos
El presente anexo dará aplicación a lo dispuesto en el anexo 2 de la Resolución No. 190 de 2021 de la Empresa Metro de Bogotá, a través de la cual adopta la Política de Reasentamiento y de Gestión Social para el proyecto Primera Línea del Metro de Bogotá y los factores de Reconocimiento Económico aplicables al mismo.
Los criterios para ser beneficiario del componente económico de Plan de Reasentamiento, es decir a los reconocimientos económicos señalados serán los mismos señalados en la Resolución No. 190 de 2021; es decir:
- Ser titular de derecho real sobre los predios a adquirir, debidamente acreditados, cuando enajenen voluntariamente el respectivo inmueble.
- Ser Unidad Social residente en el predio a adquirir, en cualquier condición de tenencia (poseedor, propietario, arrendatario, ocupante, tenedor, usufructuario, etc.).
- Desarrollar una actividad económica en los predios a adquirir, en cualquier condición de tenencia.
- Estar registrado en el censo oficial efectuado en el estudio socioeconómico, una vez aprobado y publicado.
Después de la fecha de corte del censo, se entenderá que las personas que invadan u ocupen de manera regular o irregular los inmuebles objeto de adquisición de la Línea 1 de Metro de Bogotá después de la fecha de notificación de la oferta del predio no serán incluidos en las compensaciones o asistencias que brinda el proyecto.
En ese sentido, las unidades sociales elegibles serán las identificadas entre la fecha de la visita de avalúo y la fecha de la notificación de la oferta de compra del predio.
Los reconocimientos económicos (compensaciones) a que haya lugar se efectuarán por una única vez, respecto del inmueble en el cual residen y/o desempeñan su actividad productiva el cual será requerido por el proyecto PLMB. No tienen ninguna vinculación con la estratificación socioeconómica, corresponden a la mitigación de impactos generados por el proceso de traslado involuntario y aplican para todos los estratos.
Las unidades sociales propietarias y poseedores inscritos sólo serán beneficiarias de los reconocimientos del Plan de Reasentamientos denominados Factor por Trámite por reposición de Página 34 de 38 CÓDIGO: GD-FR-017-V3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-105 • 2026 • FEBRERO • 26 105 vivienda y Factor de Reposición de vivienda, siempre y cuando enajenen voluntariamente el respectivo inmueble, salvo en los casos presentados al Comité de Gestión Predial y Reasentamiento, en que por razones ajenas a la unidad social no pueda cumplir con la entrega voluntaria del inmueble.
Aquellas unidades sociales, diferentes a los propietarios y poseedores inscritos, que residan o adelanten alguna actividad económica en el inmueble sobre el cual se inicie proceso de expropiación, tendrán derecho a los reconocimientos económicos, siempre y cuando la expropiación no se genere a causa de ellos y/o entreguen los predios acordes a las fechas establecidas con la Empresa Metro de Bogotá. Los conceptos por los cuales se puede generar reconocimientos económicos enunciados en el presente documento son indicativos y no excluyen otros conceptos que se demuestren y puedan ser reconocidos en el cálculo de reconocimiento.
En cuanto a la actividad de actualización y verificación del censo corresponde a un proceso inicial de la ejecución del Programa de adquisición de los inmuebles afectados en la que se tendrán en cuenta los siguientes criterios: i. Para casos de inclusiones donde se identifique cambios de unidades sociales al identificado inicialmente diferentes a propietarios, éstos deberán presentarse ante el Comité de Gestión Predial y Reasentamiento de la EMB. Las actualizaciones de propietarios se realizarán por medio de la información registrada en el VUR directamente. ii. Para actualizaciones que impliquen el cambio de la unidad social, que tengan variaciones en el tipo de unidad social, tipo de tenencia y las condiciones socioeconómicas, y que sean diferentes a propietarios, se deberá también presentar los casos ante el Comité de Gestión Predial y Reasentamientos. Las actualizaciones de propietarios se realizarán por medio de la información registrada en el VUR directamente sin necesidad de presentarse ante el Comité de Gestión Predial y Reasentamientos. iii. Para actualizaciones que impliquen el cambio de los integrantes de la unidad social previamente identificados en el censo, conservando tipo de unidad social, tipo de tenencia y las condiciones socioeconómicas, se deberá realizar un informe integral con los debidos soportes, sin que sea necesario presentarse al Comité de Gestión Predial y Reasentamientos, lo anterior teniendo en cuenta que es la misma unidad social. iv. Se identificarán los casos de vulnerabilidad o desventaja frente al proceso, con el fin de trazar la ruta de acompañamiento efectivo, especialmente el referido a las unidades sociales poseedoras no inscritas e inscritas que tengan pendientes algún trámite, así mismo con las unidades económicas informales y formales para la oportuna consecución de los documentos solicitados.
Mientras que todas las unidades sociales afectadas tienen derecho de compensación en relación con el nivel del impacto a sus bienes o actividades económicas puedan existir situaciones cuando no se pueden realizar hasta que ciertas condiciones se resuelvan. Por ello son motivos para no reconocer todos o algunos de los factores del componente económico los mismos establecidos en Página 35 de 38 CÓDIGO: GD-FR-017-V3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-106 • 2026 • FEBRERO • 26 106 la Resolución 190 de 2021 “Por medio de la cual se adopta el Plan de Reasentamiento General para la Primera Línea del Metro de Bogotá, como Política de Reasentamiento y de Gestión Social para el proyecto PLMB”
En ese sentido, los reconocimientos económicos establecidos por medio del Plan de Reasentamiento, adoptado bajo la Resolución 190 de 2021 serían:
Tabla 7. Reconocimientos económicos Plan de Reasentamiento PLMB (Resolución 190 de 2021)
Factor / Tipo de tenencia Propietario Poseedor inscrito Arrendatario Subarrendatario Tenedor Avalúo comercial (Lucro censate + daño emergente) X Factor Trámites Inmueble Reposición: X X Factor por mudanza X X X Factor por autorrelocalización de arrendatarios X X Factor por desconexión de servicios públicos X X Factor por impuesto predial X X X Factor por pérdida y/o traslado actividad productiva X X X X Factor por renta X X X Factor por avalúo comercial de construcciones X Factor por reposición de vivienda X X Factor por depreciación de los inmuebles. X X Factor complementario al daño emergente X X Factor reconocimiento actividades económicas y renta X X Fuente: Empresa Metro de Bogotá. Resolución 190 de 2021 Se resalta que los conceptos por los cuales se puede generar los reconocimientos económicos enunciados en el Plan de Reasentamiento son indicativos y no excluyen otros conceptos que se demuestren y puedan ser reconocidos en el cálculo de reconocimiento. Es importante reconocer que este plan de reasentamiento se rige por estándares internacionales sobre reasentamiento involuntario Este cálculo y proceso de compensación se realizará acorde a la documentación que las unidades sociales remitan a la EMB según los lineamientos previamente establecidos en el Plan de Reasentamiento e informados a las unidades sociales. En la misma línea, los requisitos, procedimiento para el pago, validación y recepción de documentos serán los mismos establecidos en el Plan de Reasentamiento para la PLMB, el cual se adoptó bajo la Resolución 190 de 2021.
PRESUPUESTO ESTIMADO La adquisición de los predios se realiza con recursos del Convenio de Cofinanciación de la PLMB.
Los valores de los reconocimientos económicos a que tienen derecho las unidades sociales se realizarán conforme con la documentación enviada por parte de éstas y teniendo en cuenta los lineamientos establecidos para su pago acorde al Anexo II de la Resolución 190 de 2021 del Plan de Reasentamiento General de la Primera Línea del Metro de Bogotá.
Página 36 de 38 CÓDIGO: GD-FR-017-V3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-107 • 2026 • FEBRERO • 26 107 Es importante tener en cuenta que los antejardines con acuerdo de intervención firmados no son objeto de adquisición. En ese sentido no hay una erogación de recursos.
La aplicabilidad, lineamientos, factores y formas de pago, de los reconocimientos económicos, se realizará acorde a lo establecido según el Plan de Reasentamiento para la PLMB (Resolución 190 de 2021)
El presupuesto estimado para el proceso de adquisición predial es el siguiente:
Tabla 8. Presupuesto estimado adquisición predial ÍTEM CANTIDAD VALOR ESTIMADO EN PESOS Adquisición predios 75 $99.674.686.553 Antejardines por acuerdo 7 $0 TOTAL 82 $99.674.686.553 Fuente: Empresa Metro de Bogotá. 2025 Consideraciones para el Cálculo
- Avalúos comerciales preliminares realizados con metodología UAECD
- Valor de terreno + construcciones según normativa vigente.
- Precios de mercado al momento de la estimación.
- Identificación de predios gestionados a través de acuerdo de no venta
Componentes incluidos:
- Valor comercial del suelo según uso urbanístico
- Valor de edificaciones existentes
- Mejoras y construcciones complementarias
La siguiente tabla permite analizar la distribución del valor total en las diferentes ubicaciones de los 82 predios a lo largo del trazado:
Tabla 9. Estimación valores adquisición predial Ubicación Estimación % IE8 $ 17.792.488.266 17,9% IE9 $ 367.044.790 0,4% IE15* $ 6.732.782.134 6,8% IE16* $ 74.782.371.362 75,0% Total general $ 99.674.686.553 100% Fuente: Empresa Metro de Bogotá. 2025 Página 37 de 38 CÓDIGO: GD-FR-017-V3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-108 • 2026 • FEBRERO • 26 108 Como puede observarse el 75% de los recursos estimados para la adquisición de los 82 predios, se encuentra asociado a la zona de la interestación 16 ubicada entre las calles 73 y 76 sobre la Avenida Caracas.
De igual manera, en las interestaciones 15 y 16 han sido identificados 7 predios como susceptibles de ser gestionados a través de la suscripción de un acuerdo de no venta, lo que implicaría la no erogación de recursos para la intervención de las obras en sus áreas ni de reconocimientos económicos.
Finalmente, se presenta a continuación el valor estimado que haría parte de los reconocimientos económicos, según lo establecido en la Resolución 190 de 2021.
Tabla 10. Presupuesto estimado reconocimientos económicos ÍTEM VALOR ESTIMADO EN PESOS Reconocimientos económicos (Resolución 190 de 2021) $8.966.666.885 Fuente: Empresa Metro de Bogotá. 2025 Los cálculos referentes al valor de los reconocimientos económicos se realizaron acorde a la experiencia de la EMB en la adquisición predial y los costos de compensaciones asociados a estos; lo anterior teniendo en cuenta el número de unidades sociales identificados.
CRONOGRAMA Teniendo en cuenta que la adquisición predial de los 82 predios adicionales se realiza en tiempo diferentes, se presenta a continuación un cronograma general del proceso de adquisición:
Tabla 11. Cronograma general de adquisición predial Mes 12 Mes 1 Mes 2 Mes 3 Mes 4 Mes 5 Mes 6 Mes 7 Mes 8 Mes 9 Mes 10 Mes 11 Mes 13 Mes 14 Mes 15 Mes 16 Mes 17 Actividad Días Hábiles CABIDA Y LINDEROS 60 x x x x x x x x x TASACIÓN AVALÚO COMERCIAL 15 x x x AVALÚO COMERCIAL 50 x x x x x x x CDP Y OFERTA EXPEDIDA 5 x NOTIFICACIÓN PERSONAL 8 x NOTIFICACIÓN POR AVISO 5 x NOTIFICACIÓN POR PUBLICACIÓN 6 x REGISTRO DE LA OFERTA EN ORIP 13 x x ACEPTACIÓN/RECHAZO DE LA OFERTA - RESPUESTA A OBSERVACIONES DE AVALÚO 30 x x x x x ESCENARIO 1. ENAJENACIÓN VOLUNTARIA FIRMA PROMESA DE COMPRAVENTA 15 x RECEPCIÓN DEL PREDIO - TAPONAMIENTO DE SERVICIOS PÚBLICOS (7) 60 x x x x x x x x x DEMOLICIÓN DEL INMUEBLE 30 x x x x ENTREGA AL CONCESIONARIO ESCENARIO 2. EXPROPIACIÓN ADMINISTRATIVA EXPEDICIÓN RESOLUCIÓN 2 CITACIÓN PARA NOTIFICACIÓN PERSONAL 8 x NOTIFICACIÓN POR AVISO 5 x NOTIFICACIÓN POR PUBLICACIÓN 6 x INTERPOSICIÓN DE RECURSO 10 x x RESPUESTA A RECURSO 3 CITACION PARA PAGO (CHEQUE) 10 CONSTITUCIÓN DEPOSITO JUDICIAL (SI NO SE RECLAMA EL CHEQUE) 10 x INFORMACIÓN AL TRIBUNAL DE DEPÓSITO JUDICIAL 2 RESOLUCION REGISTRADA 13 x x ELABORACIÓN Y RADICACIÓN DE QUERELLA 3 x REPARTO 10 x REALIZACIÓN DE LA DILIGENCIA (FECHA ESPERADA) Y ENTREGA AL DEMOLEDOR 20 x x x x DEMOLICIÓN DEL INMUEBLE 30 x x x x ENTREGA AL CONCESIONARIO Fuente: Empresa Metro de Bogotá. 2025 Página 38 de 38 CÓDIGO: GD-FR-017-V3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-109 • 2026 • FEBRERO • 26 109 UNIDAD ID ID corto CHIP TIPO AFECTACIÓN PH/NPH UBICACIÓN TIPO TENENCIA TIPO LA-IE8D-1600-004412006010 1600 AAA0040DFDM Total NPH IE 8 PROPIETARIO USSE LA-IE8D-1600-004412006010 1600 AAA0040DFDM Total NPH IE 8 ARRENDATARIO USSE LA-IE8D-1600-004412006010 1600 AAA0040DFDM Total NPH IE 8 ARRENDATARIO USH LA-IE8D-1600-004412006010 1600 AAA0040DFDM Total NPH IE 8 ARRENDATARIO USH LA-IE8D-1601-004412006009 1601 AAA0040DFCX Total NPH IE 8 PROPIETARIO USR LA-IE8D-1601-004412006009 1601 AAA0040DFCX Total NPH IE 8 ARRENDATARIO USH LA-IE8D-1601-004412006009 1601 AAA0040DFCX Total NPH IE 8 ARRENDATARIO USH LA-IE8D-1601-004412006009 1601 AAA0040DFCX Total NPH IE 8 ARRENDATARIO USH LA-IE8D-1601-004412006009 1601 AAA0040DFCX Total NPH IE 8 ARRENDATARIO USH LA-IE8D-1601-004412006009 1601 AAA0040DFCX Total NPH IE 8 ARRENDATARIO USE LA-IE8D-1601-004412006009 1601 AAA0040DFCX Total NPH IE 8 ARRENDATARIO USE LA-IE8D-1602-004412006008 1602 AAA0040DFBR Total NPH IE 8 PROPIETARIO USSE LA-IE8D-1602-004412006008 1602 AAA0040DFBR Total NPH IE 8 ARRENDATARIO USE LA-IE8D-1603-004412006007 1603 AAA0040DFAF Total NPH IE 8 PROPIETARIO USSE LA-IE8D-1603-004412006007 1603 AAA0040DFAF Total NPH IE 8 ARRENDATARIO USSE REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-110 • 2026 • FEBRERO • 26 110 LA-IE8D-1605-004412006005 1605 AAA0040DEYN Total NPH IE 8 ARRENDATARIO USH LA-IE8D-1606-004412006004 1606 AAA0040DEXS Total NPH IE 8 PROPIETARIO USSE LA-IE8D-1604-004412006006 1604 AAA0040DEZE Total NPH IE 8 PROPIETARIO USE LA-IE8D-1605-004412006005 1605 AAA0040DEYN Total NPH IE 8 PROPIETARIO USR LA-IE8D-1605-004412006005 1605 AAA0040DEYN Total NPH IE 8 ARRENDATARIO USH LA-IE8D-1606-004412006004 1606 AAA0040DEXS Total NPH IE 8 ARRENDATARIO BODEGA LA-IE8D-1606-004412006004 1606 AAA0040DEXS Total NPH IE 8 ARRENDATARIO BODEGA LA-IE8D-1606-004412006004 1606 AAA0040DEXS Total NPH IE 8 ARRENDATARIO USH LA-IE8D-1606-004412006004 1606 AAA0040DEXS Total NPH IE 8 ARRENDATARIO USH LA-IE8D-1607-004412006003 1607 AAA0040DEWW Total NPH IE 8 PROPIETARIO USR LA-IE8D-1607-004412006003 1607 AAA0040DEWW Total NPH IE 8 ARRENDATARIO USSE LA-IE8D-1607-004412006003 1607 AAA0040DEWW Total NPH IE 8 ARRENDATARIO USE LA-IE8D-1607-004412006003 1607 AAA0040DEWW Total NPH IE 8 ARRENDATARIO USE LA-IE8D-1607-004412006003 1607 AAA0040DEWW Total NPH IE 8 ARRENDATARIO USE LA-IE8D-1608-004412006002 1608 AAA0040DEUH Total NPH IE 8 PROPIETARIO USSE LA-IE8D-1608-004412006002 1608 AAA0040DEUH Total NPH IE 8 ARRENDATARIO USH REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-111 • 2026 • FEBRERO • 26 111 007304014019 1612 AAA0085PMSK Parcial NPH IE 15 PROPIETARIO SIN USO 007304014018 1613 AAA0085PMRU Parcial NPH IE 15 PROPIETARIO SIN USO 007304014025 1614 PH ED. HENAO x6 Parcial PH IE 15 PROPIETARIO SIN USO LA-IE15D-1613- LA-IE15D-1612- LA-IE15D-1614- LA-IE9A-1611-002107032013 1611 AAA0012RAMS Parcial NPH IE 9 PROPIETARIO SIN USO LA-IE9A-1610-002107032012 1610 AAA0012RALW Parcial NPH IE 9 PROPIETARIO SIN USO LA-IE8D-1609-004412006001 1609 AAA0040DESY Total NPH IE 8 PROPIETARIO USSE LA-IE8D-1609-004412006001 1609 AAA0040DESY Total NPH IE 8 ARRENDATARIO USH LA-IE8D-1609-004412006001 1609 AAA0040DESY Total NPH IE 8 ARRENDATARIO USH LA-IE8D-1609-004412006001 1609 AAA0040DESY Total NPH IE 8 ARRENDATARIO USH LA-IE8D-1609-004412006001 1609 AAA0040DESY Total NPH IE 8 ARRENDATARIO USE LA-IE8D-1609-004412006001 1609 AAA0040DESY Total NPH IE 8 ARRENDATARIO USE LA-IE8D-1608-004412006002 1608 AAA0040DEUH Total NPH IE 8 ARRENDATARIO USE LA-IE8D-1608-004412006002 1608 AAA0040DEUH Total NPH IE 8 ARRENDATARIO USE LA-IE8D-1608-004412006002 1608 AAA0040DEUH Total NPH IE 8 ARRENDATARIO USH LA-IE8D-1608-004412006002 1608 AAA0040DEUH Total NPH IE 8 ARRENDATARIO USH LA-IE8D-1608-004412006002 1608 AAA0040DEUH Total NPH IE 8 ARRENDATARIO USH REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-112 • 2026 • FEBRERO • 26 112 007304014016 1615 PH ED.ANGEL x7 Parcial PH IE 15 PROPIETARIO SIN USO 007304013012 1618 AAA0085PLLF Parcial NPH IE 15 PROPIETARIO SIN USO 007403035001 1619 PH ED.DERBY x55 Parcial PH IE 16 PROPIETARIO SIN USO 007403035019 1620 AAA0264SWEA Parcial NPH IE 16 PROPIETARIO USR 007403035019 1620 AAA0264SWEA Parcial NPH IE 16 ARRENDATARIO USE 007403035012 1621 AAA0284HROE Parcial NPH IE 16 PROPIETARIO SIN USO 007403034005 1622 AAA0086SFRJ Total NPH IE 16 PROPIETARIO USR 007403034005 1622 AAA0086SFRJ Total NPH IE 16 ARRENDATARIO USE 007403034006 1623 AAA0086SFSY Total NPH IE 16 PROPIETARIO USR 007403034006 1623 AAA0086SFSY Total NPH IE 16 ARRENDATARIO USE 007403034014 1624 AAA0086SHBS Total NPH IE 16 PROPIETARIO SIN USO 007403034013 1625 AAA0086SHAW Total NPH IE 16 PROPIETARIO SIN USO 007403034013 1625 AAA0086SHAW Total NPH IE 16 TENEDOR USSE 007403034013 1625 AAA0086SHAW Total NPH IE 16 ARRENDATARIO USH 007304013013 1617 AAA0085PLMR Parcial NPH IE 15 PROPIETARIO SIN USO LA-IE15D-1618- LA-IE16D-1619- LA-IE15D-1615- LA-IE15D-1617- LA-IE16D-1620- LA-IE16D-1620- LA-IE16D-1621- LA-IE16D-1622- LA-IE16D-1624- LA-IE16D-1625- LA-IE16D-1625- LA-IE16D-1625- LA-IE16D-1622- LA-IE16D-1623- LA-IE16D-1623- REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-113 • 2026 • FEBRERO • 26 113 007403034013 1625 AAA0086SHAW Total NPH IE 16 ARRENDATARIO USH 007403034013 1625 AAA0086SHAW Total NPH IE 16 ARRENDATARIO USH 007403034013 1625 AAA0086SHAW Total NPH IE 16 ARRENDATARIO USH 007403034013 1625 AAA0086SHAW Total NPH IE 16 ARRENDATARIO USSE 007403034013 1625 AAA0086SHAW Total NPH IE 16 ARRENDATARIO USE 007403034013 1625 AAA0086SHAW Total NPH IE 16 ARRENDATARIO USH 007403034013 1625 AAA0086SHAW Total NPH IE 16 ARRENDATARIO USH 007403034013 1625 AAA0086SHAW Total NPH IE 16 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LA-IE16D-1629- LA-IE16D-1629- LA-IE16D-1629- LA-IE16D-1629- LA-IE16D-1629- LA-IE16D-1629- LA-IE16D-1627- LA-IE16D-1627- LA-IE16D-1627- LA-IE16D-1628- REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-115 • 2026 • FEBRERO • 26 115 008306003009 1633 AAA0094HFZE Total NPH IE 16 PROPIETARIO USE 008306003009 1633 AAA0094HFZE Total NPH IE 16 TENEDOR USH 008306003010 1634 AAA0094HHAW Total NPH IE 16 PROPIETARIO USR 008306003010 1634 AAA0094HHAW Total NPH IE 16 ARRENDATARIO USE 008306003011 1635 AAA0094HHBS Total NPH IE 16 ARRENDATARIO USE 008306003012 1636 AAA0094HHCN Total NPH IE 16 PROPIETARIO USH 008306003011 1635 AAA0094HHBS Total NPH IE 16 PROPIETARIO SIN USO 007403034008 1630 AAA0086SFUH Total NPH IE 16 ARRENDATARIO USH 007403034008 1630 AAA0086SFUH Total NPH IE 16 ARRENDATARIO USH 007403034008 1630 AAA0086SFUH Total NPH IE 16 ARRENDATARIO USH 007403034008 1630 AAA0086SFUH Total NPH IE 16 ARRENDATARIO USH 007403034007 1631 AAA0086SFTD Total NPH IE 16 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LES x15 Parcial PH IE 15 PROPIETARIO SIN USO LA-IE16A-1651- LA-IE16A-1644- LA-IE16A-1646- LA-IE16A-1647- LA-IE16A-1648- LA-IE16A-1651- LA-IE16A-1652- LA-IE16A-1652- LA-IE16A-1653- LA-IE16A-1654- LA-IE16A-1654- LA-IE16A-1645- LA-IE16A-1653- LA-IE16A-1649- LA-IE16A-1650- LA-IE15D-1655- REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-118 • 2026 • FEBRERO • 26 118 008306002020 1657 AAA0094FSZM Total NPH IE 16 PROPIETARIO USR 008306002020 1657 AAA0094FSZM Total NPH IE 16 ARRENDATARIO USE 008306002020 1657 AAA0094FSZM Total NPH IE 16 SUBARRENDATARIO USSE 008306002020 1657 AAA0094FSZM Total NPH IE 16 SUBARRENDATARIO USSE 008306002021 1658 AAA0094FTAW Total NPH IE 16 PROPIETARIO USR 008306002021 1658 AAA0094FTAW Total NPH IE 16 ARRENDATARIO USE 008306002022 1659 AAA0094FTBS Total NPH IE 16 PROPIETARIO SIN USO 008306002023 1660 AAA0094FTCN Total PH IE 16 PROPIETARIO SIN USO 008306002023 1661 AAA0094FTLF Total PH IE 16 PROPIETARIO SIN USO 008306002023 1662 AAA0094FTEP Total PH IE 16 PROPIETARIO SIN USO 008306002023 1663 AAA0094FTFZ Total PH IE 16 PROPIETARIO SIN USO 008306002023 1664 AAA0094FTHK Total PH IE 16 PROPIETARIO SIN USO 008306002023 1665 AAA0094FTJZ Total PH IE 16 PROPIETARIO SIN USO 008306002023 1666 AAA0094FTKC Total PH IE 16 PROPIETARIO SIN USO 008306002023 1667 AAA0094FTDE Total PH IE 16 PROPIETARIO SIN USO 007403034016 1656 AAA0185RABS Parcial NPH IE 16 PROPIETARIO SIN USO LA-IE16A-1657- LA-IE16A-1658- LA-IE16A-1660- LA-IE16A-1666- LA-IE16A-1663- LA-IE16A-1659- LA-IE16A-1664- LA-IE16A-1665- LA-IE16A-1661- LA-IE16A-1662- LA-IE16A-1667- LA-IE16A-1657- LA-IE16A-1657- LA-IE16A-1657- LA-IE16A-1658- LA-IE16D-1656- REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-119 • 2026 • FEBRERO • 26 119 008306002023 1668 AAA0094FTMR Total PH IE 16 PROPIETARIO SIN USO 008306002024 1669 AAA0094FTNX Total NPH IE 16 PROPIETARIO SIN USO 008306002015 1670 AAA0094FSNN Total NPH IE 16 PROPIETARIO SIN USO 007304013001 1671 AAA0177RYEA Total PH IE 15 PROPIETARIO SIN USO 007304013001 1672 AAA0177RYHY Total PH IE 15 PROPIETARIO USR 007304013001 1672 AAA0177RYHY Total PH IE 15 ARRENDATARIO USH 007304013001 1673 AAA0177RYLW Total PH IE 15 PROPIETARIO SIN USO 007304013001 1674 AAA0177RYDM Total PH IE 15 PROPIETARIO USR 007304013001 1674 AAA0177RYDM Total PH IE 15 ARRENDATARIO USH 007304013001 1675 AAA0177RYJH Total PH IE 15 PROPIETARIO USR 007304013001 1675 AAA0177RYJH Total PH IE 15 ARRENDATARIO USE 007304013001 1676 AAA0177RYNN Total PH IE 15 PROPIETARIO USR 007304013001 1676 AAA0177RYNN Total PH IE 15 ARRENDATARIO USE 007304013001 1677 AAA0177RYMS Total PH IE 15 PROPIETARIO USR 007304013001 1677 AAA0177RYMS Total PH IE 15 ARRENDATARIO USE 007304013001 1678 AAA0177RYKL Total PH IE 15 PROPIETARIO USR LA-IE16A-1669- LA-IE16A-1668- LA-IE16A-1670- LA-IE15D-1675- LA-IE15D-1676- LA-IE15D-1672- LA-IE15D-1671- LA-IE15D-1672- LA-IE15D-1673- LA-IE15D-1674- LA-IE15D-1675- LA-IE15D-1676- LA-IE15D-1677- LA-IE15D-1677- LA-IE15D-1678- LA-IE15D-1674- REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-120 • 2026 • FEBRERO • 26 120 CARACOL N/A PH IE 15 OCUPANTE USH N/A N/A BIEN COMUN EL 007304013001 1678 AAA0177RYKL Total PH IE 15 ARRENDATARIO USE 007304013001 1679 AAA0177RYCX Total PH IE 15 PROPIETARIO USR 007304013001 1679 AAA0177RYCX Total PH IE 15 ARRENDATARIO USE 007304013001 1680 AAA0177RYFT Total PH IE 15 PROPIETARIO USR 007304013001 1680 AAA0177RYFT Total PH IE 15 ARRENDATARIO USSE 007304013001 1681 AAA0177RYPP Total PH IE 15 PROPIETARIO N/A 007304013001 1681 AAA0177RYPP Total PH IE 15 ARRENDATARIO USH 007304013001 1682 AAA0177RYOE Total PH IE 15 PROPIETARIO SIN USO LA-IE15D-1678- LA-IE15D-1681- LA-IE15D-1682- LA-IE15D-1679- LA-IE15D-1679- LA-IE15D-1680- LA-IE15D-1680- LA-IE15D-1681- REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-121 • 2026 • FEBRERO • 26 121 Docusign Envelope ID: EC72FA77-E915-429A-A563-66F34763BC55 REPRESENTACIÓN EN COLOMBIA O-CAN/CCO-1298/2025 Refiera este número en su respuesta Bogotá, D.C., 18 de diciembre de 2025 Señor: LEONEL MAURICIO VERA MALDONADO Gerente Ejecutivo Empresa Metro de Bogotá Ciudad Asunto: 4572/OC-CO. Línea 1 del Metro de Bogotá - Primer tramo. No objeción al documento “ANEXO Al Plan de Reasentamiento PLMB modificatorio Resolución 490 de 2024”.
Estimado señor Vera:
De acuerdo con su comunicación EXTS25-0004717 recibida el 29 de septiembre de 2025, le informamos que, el Banco Interamericano de Desarrollo (el “BID”), el Banco Europeo de Inversiones (“el BEI”) y el Banco Mundial “BIRF”, como entidades financiadoras del Proyecto Línea 1 del Metro de Bogotá (el “Proyecto”), otorgan la No Objeción al documento llamado “ANEXO Al Plan de Reasentamiento PLMB modificatorio Resolución 490 de 2024”, condicionada a que se realicen los siguientes ajustes:
1. Detallar más la caracterización de los afectados.
2. Incluir el cronograma y presupuesto del Plan.
3. Identificar potenciales cálculos de afectaciones económicas, y
4. Realizar un resumen de los procesos de consulta que se han llevado a cabo con los propietarios y las unidades sociales.
Cabe anotar que esta No Objeción condicionada permite no retrasar el pago de compensaciones a los afectados.
Finalmente, y como se acordó durante la Misión de Supervisión, la Banca espera recibir los documentos ajustados en los próximos días.
Cordialmente, [SIGNATURE BLOCK] MARÍA AGUSTINA CALATAYUD Especialista Líder de Transporte Carrera 7 No. 71 – 21, Torre B, Piso 19 | 601 325 7000 | BIDColombia@iadb.org www.iadb.org REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8528 • PP. 1-122 • 2026 • FEBRERO • 26 122
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