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Registro Distrital 8510 de 2026

Registro Distrital 8510 de 2026 Nivel Distrital

Tipo
Registro Distrital
Número
8510
Año
2026
Fecha
4 de febrero de 2026
Entidad
Nivel Distrital
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

5,5 ALCALDE MAYOR Carlos Fernando Galán Pachón REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 • No. 8510 - Pp 1 - 173 - 2026 • FEBRERO • 4 CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Central RESOLUCIONES 2026 SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD RESOLUCIÓN Nº 148812 “POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA ADMINISTRATIVAMENTE EL ABANDONO DEL VEHÍCULO DE PLACAS ODP03D INMOVILIZADO EN LOS PATIOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD CON PROPIETARIO INDETERMINADO.(T)”.............................................................4 RESOLUCIÓN Nº 150354 “POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA ADMINISTRATIVAMENTE EL ABANDONO DEL VEHÍCULO DE PLACA NMK38B INMOVILIZADO EN LOS PATIOS OFICIALES DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD CON PROPIETARIO INDETERMINADO (P)”............................................................12 RESOLUCIÓN Nº 150357 “POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA ADMINISTRATIVAMENTE EL ABANDONO DEL VEHÍCULO DE PLACA MLX68C INMOVILIZADO EN LOS PATIOS OFICIALES DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD CON PROPIETARIO INDETERMINADO (P)”...........................................................19 RESOLUCIONES DE 2025 RESOLUCIÓN Nº 2027768 “POR LA CUAL SE HACE UN NOMBRAMIENTO EN PROVISIONALIDAD EN UN EMPLEO DE LA PLANTA GLOBAL DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD”..........................................................................26 RESOLUCIÓN Nº 2034455 “POR LA CUAL SE HACEN UNOS NOMBRAMIENTOS EN PROVISIONALIDAD EN UNOS EMPLEOS EN VACANCIA DEFINITIVA DENTRO DE LA PLANTA DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD”................29 RESOLUCIÓN Nº 2035770 “POR LA CUAL SE HACE UN NOMBRAMIENTO ORDINARIO”.....................57 RESOLUCIÓN DE 2023 RESOLUCIÓN Nº 143173 “POR MEDIO DE LA CUAL ADICIONA A LA RESOLUCIÓN Nº 637-02 del 04 DE ABRIL DE 2019 EN RELACION AL VEHICULO DE PLACAS BUU07.”.............59 Sector Descentralizado RESOLUCIONES 2026 EMPRESA METRO DE BOGOTÁ S.A. RESOLUCIÓN Nº 016 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”.....................................64 RESOLUCIÓN Nº 017 “Por la cual se distribuyen los cargos de la planta global de la Empresa Metro de Bogotá S.A.”................................................................................................158 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL RESOLUCIÓN Nº 043 “Por medio de la cual se corrige un error de digitación en la Resolución Nº 1020 de 30/12/2025 “la cual modifica el Artículo Primero de la Resolución 602 de 2023 para designar un nuevo Gerente del Proyecto ‘Mejoramiento de vías terciarias en Bogotá’, identificado con el Código BPIN 2018000050020 y financiado con recursos del Sistema General de Regalías –SGR”..........................................166 AÑO 60 NÚMERO 8510 4 • FEBRERO • 2026 SECRETARÍA GENERAL ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL.

LA PUBLICACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS EN EL REGISTRO DISTRITAL SE REALIZA DE ACUERDO A LA LEY 1437 DEL 2011 EN SU ARTÍCULO 65 MODIFICADO POR LA LEY 2080 DE 2021 “POR LA CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO”.

CORREO: REGISTRODISTRITAL@ALCALDIABOGOTA.GOV.CO DIRECCIÓN: CALLE 11 SUR #1-60 ESTE - LA MARÍA - BOGOTÁ D.C.

TELÉFONO: 381 3000 EXT. 5010 - 5202 SUBDIRECTORA IMPRENTA DISTRITAL: MARÍA ANGÉLICA PUMAREJO HINOJOSA RESOLUCIONES DE 2026 *202641001488126* DAC 202641001488126 Informacion Publica Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento RESOLUCIÓN NÚMERO 148812 DE 2026 “POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA ADMINISTRATIVAMENTE EL ABANDONO DEL VEHÍCULO DE PLACAS ODP03D INMOVILIZADO EN LOS PATIOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD CON PROPIETARIO INDETERMINADO.(T)”

EL(LA) DIRECTOR TÉCNICO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD- SDM, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas en el artículo 209 de Constitución Política, la Ley 769 de 2002 Código Nacional de Tránsito Terrestre-CNTT, la Ley 1730 de 2014, el Decreto Distrital 672 del 22 de noviembre de 2018 y la Resolución 345192 de 2022 de la Secretaría Distrital de Movilidad, y

I.

CONSIDERANDO:

1.

Que la constitución Política de Colombia de 1991 consagró a Colombia como un Estado Social de Derecho fundada en el respeto y garantía de los derechos de los ciudadanos y en la prevalencia del interés general, que debe, entre otros fines, asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares (C.N., Art. 1 y 2).

2. Que, de conformidad con ello, el artículo 58 superior expone el derecho a la propiedad privada, consagrado como una prerrogativa revestida de función social que impone a los propietarios de un bien tanto derechos como obligaciones, concebido entonces como un derecho relativo orientado a satisfacer los intereses, no sólo del particular sino también de la comunidad.

3.

Que el artículo 22 de la Ley 1383 de 2010, que modificó el artículo 135 del CNTT, dispuso que, ante la comisión de una contravención, la autoridad de tránsito extenderá al conductor la orden de comparendo.

4.

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 125 del CNTT, las autoridades de tránsito están facultadas para inmovilizar los vehículos que incurran en alguna de las causales que allí se establecen, y conducirlos a los patios autorizados hasta que cese la causa que dio origen a la inmovilización.

5.

Que el CNTT, en su artículo 122 modificado por el artículo 20 de la ley 1383 de 2010, señala el tipo de sanciones a imponer frente a la violación a las normas en ella contenidas, así: “[…] 1. Amonestación, 2. Multa, 3. Retención preventiva de la Licencia de Conducción, 4. Suspensión de la licencia de conducción, 5. Suspensión o cancelación del permiso o registro, 6. Inmovilización del vehículo. 7. Retención preventiva del vehículo, 8. Cancelación definitiva de la licencia de conducción […]”.

6.

Que la sanción de inmovilización, desarrollada en, el artículo 125 del CNTT determina que con esta medida se suspenderá “[…] temporalmente la circulación del vehículo por las vías públicas o privadas abiertas al público. Para tal efecto, el vehículo será conducido a parqueaderos autorizados que determine la autoridad competente, hasta que se subsane o cese la causa que le dio origen[…]”.

7. Que, como quiera que la sanción de inmovilización es de connotación transitoria, toda vez que lo que pretende es suspender temporalmente la circulación de un vehículo con el cual se está quebrantando una norma de tránsito o transporte, la entrega del vehículo se realiza de manera

1 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-4 • 2026 • FEBRERO • 4 4 *202641001488126* DAC 202641001488126 Informacion Publica Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento RESOLUCIÓN NÚMERO 148812 DE 2026 “POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA ADMINISTRATIVAMENTE EL ABANDONO DEL VEHÍCULO DE PLACAS ODP03D INMOVILIZADO EN LOS PATIOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD CON PROPIETARIO INDETERMINADO.(T)” inmediata, una vez se subsane la causa que originó la inmovilización y en consecuencia, se cancelen los valores generados por el procedimiento de traslado y custodia.

8. Que, el artículo 128 del CNTT sustituido por la Ley 1730 de 2014, incorporó una solución para los organismos de tránsito que custodian vehículos inmovilizados no reclamados consistente en aplicar la figura de la declaratoria administrativa de abandono determinando el procedimiento a seguir para ello.

9. Que, el procedimiento contenido en la norma ibídem establece que, para lograr la declaratoria administrativa de abandono, debe realizarse la publicación por una vez en un periódico de amplia circulación nacional con el fin de que el propietario o poseedor del vehículo se presente a reclamar su automotor y a cancelar lo adeudado al organismo de tránsito.

10.

Que la figura de declaración administrativa de abandono permite al Organismo de Tránsito mediante acto administrativo declarar la renuencia del propietario o poseedor de retirar el vehículo del parqueadero y a su vez, asumir la obligación adeudada por concepto de los servicios prestados de parqueadero y/o grúa.

11.

Que la Resolución No. 089 de 18 de febrero de 2019 delegó en la Dirección de Investigaciones Administrativas al Tránsito y Transporte, la facultad de: “[…] expedir los actos administrativos constitutivos del título ejecutivo dentro de la etapa preliminar del proceso coactivo derivado de la permanencia en los patios autorizados de esta Entidad de los vehículos de servicio particular y público, a razón de su inmovilización, por infringir las normas de tránsito y transporte. […]”.

12.

Que el inciso 5 del artículo 1 de la Ley 1730 de 2014, dispone “[…]Además, dentro del contenido del acto administrativo se ordenará informar al organismo de tránsito donde se encuentra inscrito el vehículo para que adopte las decisiones necesarias […]”, con la finalidad de inscribir la figura de declaratoria de abandono y proceder con la enajenación del automotor.

13.

Que previo al proceso de enajenación el perito adscrito al organismo de tránsito realiza avalúo del automotor a fin de establecer la calidad en que será subastado, de conformidad con el inciso décimo segundo del artículo 1° de la Ley 1730 de 2014, que reza “[…]los automotores que presentan alto deterioro o sean inservibles como consecuencia del agua, el sol y otros factores recibidos en los parqueaderos, serán enajenados como chatarra, previo dictamen de un perito adscrito al organismo de tránsito respectivo[…]”

14.

Que en el evento en el que el vehículo no sea reclamado y se declare su abandono, el organismo de tránsito podrá enajenarlo para sustituirlo por su equivalente en dinero, suma que deberá depositarse en una cuenta especial de la cual se efectuarán las deducciones a las que la venta dio lugar y en caso de existir un remanente, éste será puesto a disposición del dueño del automotor. No obstante, los dineros no reclamados tendrán una caducidad de cinco (5) años al cabo de los cuales serán remitidos para su manejo a la entidad de carácter nacional responsable de la ejecución de la política pública de seguridad vial.

2 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-5 • 2026 • FEBRERO • 4 5 *202641001488126* DAC 202641001488126 Informacion Publica Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento RESOLUCIÓN NÚMERO 148812 DE 2026 “POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA ADMINISTRATIVAMENTE EL ABANDONO DEL VEHÍCULO DE PLACAS ODP03D INMOVILIZADO EN LOS PATIOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD CON PROPIETARIO INDETERMINADO.(T)”

II. COMPETENCIA

En virtud de lo dispuesto en el literal d) artículo 6° del CNTT, el legislador confirió la calidad de organismos de tránsito a las Secretarías Distritales de Tránsito dentro del área urbana de los distritos especiales, los cuales tienen como función organizar y dirigir lo relacionado con el tránsito y transporte en su respectiva jurisdicción (artículo 2 CNTT).

Por su parte, el artículo 2 de la Ley 1383 de 2010, estableció que son autoridades de tránsito, los organismos de tránsito de carácter distrital1.

Que adicionalmente, el Decreto 672 del 2018 en el artículo 4 numeral 5, dispone como funciones del despacho el fungir como autoridad de tránsito y transporte de Bogotá2, el cual delegó, a través de la Resolución N° 345192 de 2022, en la Dirección de Atención al Ciudadano, la facultad de:“[…]expedir los Actos Administrativos de Declaratoria de Abandono […]”para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 1730 del 29 de julio de 2014 “por la cual se sustituye el contenido del artículo 128 de la Ley 769 de 2002 – CNTT”.

Así mismo, el artículo 28 del Decreto 672 de 2018, estableció como funciones de la Dirección de Atención al Ciudadano de la Secretaría Distrital de Movilidad, “[…]numeral 9: Atender la operación para la custodia de los vehículos, objeto de la sanción de inmovilización y las acciones conexas para su destino final, en cumplimiento de la normatividad y lineamientos nacionales, distritales e institucionales[…]”.

En ese orden, la aplicación de la figura de la Declaratoria Administrativa de Abandono busca que se declare la renuencia del propietario o poseedor de retirar el vehículo del parqueadero y de asumir la obligación adeudada por los servicios prestados por concepto de parqueadero y/o grúa, lo que permitirá al organismo de tránsito proceder a la enajenación del vehículo para sustituirlo por su equivalente en dinero, a la luz de lo contenido en el artículo 128 del Código Nacional de Tránsito, sustituido por el artículo 1° de la Ley 1730 de 2014.

III. HECHOS En el caso sub-examen, este Despacho conforme a lo autorizado por la Ley 1730 del 29 de julio de 2014, analizará la procedencia de la declaratoria administrativa de abandono del vehículo de placa ODP03D, ello teniendo en cuenta que:

El día 17 de mayo de 2023, en la ciudad de Bogotá, la autoridad de tránsito en vía, en cumplimiento de sus funciones contenidas en el CNTT (Ley 769 de 2002), elaboró la orden de comparendo No. 11001000000037844530, disponiendo la inmovilización del vehículo de placa ODP03D que ingresó a los patios oficiales de la Secretaría Distrital de Movilidad, como consta en el inventario de patios No. REGM225174, quedando establecido que su permanencia en los mismos superó el año de inmovilización.

1 El artículo 2 de la Ley 1383 de 2010, que modificó el artículo 2 del CNTT, dispuso que son autoridades de tránsito “(...) los organismos de tránsito de carácter departamental, municipal o distrital” 2 El numeral 5 del artículo 4 del Decreto 672 del 2018 cita: «Son funciones del Despacho de la Secretaría Distrital de Movilidad las siguientes: […] 5. Fungir como autoridad de tránsito y transporte en Bogotá, D.C.»

3 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-6 • 2026 • FEBRERO • 4 6 *202641001488126* DAC 202641001488126 Informacion Publica Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento RESOLUCIÓN NÚMERO 148812 DE 2026 “POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA ADMINISTRATIVAMENTE EL ABANDONO DEL VEHÍCULO DE PLACAS ODP03D INMOVILIZADO EN LOS PATIOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD CON PROPIETARIO INDETERMINADO.(T)”

La Constitución Política de 1991 en su artículo 58 le da al derecho de propiedad, el tratamiento de derecho fundamental, por lo que el mismo no puede ser desconocido ni vulnerado. Empero, al unísono le determina su sentido, alcance y ejercicio enmarcados dentro de una función social que implica obligaciones, es decir, una serie de cargas establecidas por parte del Estado, al tratarse de un derecho relativo.

Aunado a lo anteriormente mencionado, se consultó el Certificado de Tradición o Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), el cual obra en el expediente, y en el que se puede evidenciar que con antelación a la fecha de inmovilización del automotor objeto del presente acto administrativo, la titularidad del derecho real de dominio se encuentra en cabeza de persona indeterminada. En consecuencia y ante la ausencia de ciudadano que acredite un interés legítimo sobre el vehículo objeto de este pronunciamiento, toda vez que este organismo de tránsito desconoce el titular del derecho de dominio, la Secretaría Distrital de Movilidad procederá a declarar el abandono administrativo del automotor a la luz de la citada normativa.

De acuerdo con lo anterior, la figura creada por la Ley 1730 de 2014, es decir, la declaratoria administrativa de abandono, permite evidenciar el cuidado que debe tener un propietario con su vehículo a fin de ejercer sobre el mismo su función social está desestimado como quiera que, en primer lugar, se evidencia el desinterés de reclamar el automotor que ha permanecido inmovilizado por infracción a las normas de tránsito por un término superior a un (1) año; y, en segundo lugar, por no haber asumido sus obligaciones pecuniarias respecto del mismo.

Analizado el caso particular objeto del presente acto administrativo, se evidencia el cumplimiento de los presupuestos referidos, como se pasa a demostrar:

(i) El vehículo de placa ODP03D ingresó a los patios oficiales de la Secretaría Distrital de Movilidad el día 17 de mayo de 2023, con ocasión a la infracción de tránsito D02; que generó la inmovilización. (ii) Consultado el Certificado de Tradición o RUNT a la fecha de expedición del presente acto administrativo, el vehículo aparece registrado a nombre de persona indeterminada. (iii) El automotor ha permanecido inmovilizado en los patios oficiales un período superior a un (1) año; (iv) El propietario o poseedor del automotor no ha asumido los costos asociados a su traslado y custodia.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 1730 de 2014, la Secretaría Distrital de Movilidad dio inicio al procedimiento contenido en la misma, realizando la(s) publicación(es) de la lista de vehículos inmovilizados con permanencia superior a un (1) año en los patios oficiales de éste organismo de tránsito, en el diario EL ESPECTADOR DOMINGO 14 DE JULIO DE 2024, en cuyo listado se encuentra el automotor de placa ODP03D, con el fin de que el propietario o poseedor, acudiera a reclamarlo, dentro de los (15) días hábiles siguientes, sin embargo, los mismos no se hicieron presentes.

4 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-7 • 2026 • FEBRERO • 4 7 *202641001488126* DAC 202641001488126 Informacion Publica Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento RESOLUCIÓN NÚMERO 148812 DE 2026 “POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA ADMINISTRATIVAMENTE EL ABANDONO DEL VEHÍCULO DE PLACAS ODP03D INMOVILIZADO EN LOS PATIOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD CON PROPIETARIO INDETERMINADO.(T)”

En consecuencia, la Secretaría Distrital de Movilidad, encuentra viable dar aplicación a la figura jurídica de declaratoria administrativa de abandono, dispuesta en la Ley 1730 de 2014 y una vez en firme la mencionada declaración, dispondrá del bien y procederá con su enajenación.

Es pertinente mencionar que en cuanto a los costos que incurrió la entidad para efectuar este proceso administrativo, tales como: (i) Identificación técnica del automotor; (ii) publicación en el diario(s) de amplia circulación; (iii) peritaje del vehículo (iv) intermediación comercial, dichos costos serán deducidos del valor obtenido de la enajenación del bien con fundamento en lo establecido en el inciso octavo del artículo 1° de la Ley 1730 de 20143.

Adicionalmente, y a efectos de declarar administrativamente el abandono del vehículo de placas ODP03D, la Secretaría Distrital de Movilidad, en aras de garantizar la plena identificación del automotor, adjunta al expediente, los siguientes documentos: (i) el Certificado de Tradición y/o el Registro Único Nacional de Tránsito - RUNT (ii) Identificación Técnica del Automotor, las cuales comprueban las características de identificación del rodante, y que corresponden a las siguientes:

MD625MF52E1C24680 MARCA TVS MOTOR DF5CE1144415 CLASE MOTOCICLETA CHASIS MD625MF52E1C24680 LÍNEA TVS SPORT N° SERIE VIN MODELO 2015 CILINDRAJE 99 COLOR NEGRO ESTADO REGISTRO ACTIVO SERVICIO PARTICULAR ORGANISMO DE TRÁNSITO SDM DE BOGOTA Ahora bien, en atención a lo dispuesto en el inciso doce del artículo 1° de la Ley 1730 de 2014, respecto del avalúo del vehículo de placa ODP03D, este es realizado por un perito debidamente inscrito ante el Registro Abierto de Avaluadores y adscrito a este Organismo de Tránsito, en aras de determinar el valor del vehículo objeto de este pronunciamiento, de conformidad con los métodos, técnicas, actuaciones, criterios y herramientas que se consideren necesarios y pertinentes para el dictamen, en concordancia con la Ley 1673 de 2013 reglamentada por el Decreto Nacional 556 de 2014 y demás normas aplicables.

Que en aras de garantizar el derecho de propiedad y dominio, la Secretaría Distrital de Movilidad creó la cuenta especial No. 91000005220 en el Banco GNB Sudameris, administrada por la Secretaría Distrital de Hacienda, en la que se consignarán los dineros producto de la enajenación de los vehículos declarados en abandono, y de la cual se harán las deducciones en las que, por costos administrativos incurrió la entidad, así como los costos generados por los servicios prestados de parqueadero y grúa previamente liquidados.

3 Ley 1730 de 2014 inciso 8° “Con el objetivo de respetar el derecho de propiedad y dominio, se autoriza al organismo de tránsito correspondiente, para crear una cuenta especial, en una de las entidades financieras que existan en el lugar, donde se consignen los dineros individualizados de cada propietario o poseedor del vehículo producto de la enajenación del bien y de la cual se efectuarán las deducciones a las que esta dio lugar. Los recursos del propietario o poseedor depositados en esta cuenta, podrán ser objeto de embargo vía cobro coactivo y de existir un remanente este debe ser puesto a disposición del dueño del automotor. Los dineros no reclamados serán manejados por la entidad de carácter nacional responsable de la ejecución de la política pública de seguridad vial, su caducidad será de cinco (5) años.”

5 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-8 • 2026 • FEBRERO • 4 8 *202641001488126* DAC 202641001488126 Informacion Publica Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento RESOLUCIÓN NÚMERO 148812 DE 2026 “POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA ADMINISTRATIVAMENTE EL ABANDONO DEL VEHÍCULO DE PLACAS ODP03D INMOVILIZADO EN LOS PATIOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD CON PROPIETARIO INDETERMINADO.(T)”

Una vez se realicen las deducciones anteriores, esta Dirección, remitirá el valor de la liquidación emitida, a la Subdirección Financiera de la entidad, para que realice los trámites y registros contables correspondientes.

Cuando el valor de la enajenación cubra la totalidad de lo adeudado y exista un remanente, dicho monto permanecerá por el término de cinco (5) años en la cuenta especial a disposición de la persona que pruebe su condición de propietario y/o poseedor del vehículo declarado en abandono, calidad que deberá ser otorgada mediante acto administrativo motivado. Concluidos los cinco (5) años referidos, se cumplirá lo establecido por la norma, en cuanto a su caducidad, por lo que la Subdirección Financiera4 de esta Secretaría remitirá los valores no reclamados por el propietario y/o poseedor del automotor, a la entidad de carácter nacional responsable de la ejecución de la política pública de seguridad vial en la forma dispuesta por ésta para tal fin.

Cuando el valor de la enajenación no cubra la totalidad de lo adeudado, la entidad dentro de los mismos (5) años ya referidos y previa declaración de la condición de propietario y/o poseedor del vehículo declarado en abandono, podrá imponer la obligación en cabeza de la persona determinada y continuar el proceso de cobro que corresponda, al cabo de los cuales, si dicha condición no se ha declarado, deberá a través de la Subdirección Financiera reportar el monto para ser objeto de estudio por parte del comité de depuración contable de la entidad.

Finalmente, con fundamento en los principios que rigen la función administrativa establecidos en el artículo 209 Constitucional y el artículo 3 de la Ley 1437 de 2011, especialmente el principio de publicidad, una vez esta Dirección expida el presente acto administrativo, procederá con su publicación, toda vez que se desconoce la información sobre los terceros interesados en el proceso declarativo de abandono, siguiendo lo dispuesto en el artículo 73 de la Ley 1437 de 2011, con la finalidad de que estos ciudadanos puedan ejercer su derecho fundamental a la defensa en garantía del debido proceso (C.N. art.29).

En mérito de lo expuesto, la Dirección de Atención al Ciudadanía de la Secretaría Distrital de Movilidad, IV. R E S U E L V E:

Artículo primero.

DECLARACIÓN ADMINISTRATIVA DE ABANDONO. DECLARAR Administrativamente el Abandono del vehículo de placa ODP03D el cual, a la fecha de expedición del presente acto administrativo, registra a nombre de persona indeterminada, de conformidad con las razones expuestas en la parte motiva del presente acto administrativo.

Artículo segundo.

INSCRIPCIÓN DE LA MEDIDA. REMITIR copia del presente acto administrativo al organismo de tránsito de SECRETARIA DISTRITAL DE MOVILIDAD

4 Decreto 672 de 2018 funciones de la Subdirección Financiera, artículo 39 numeral 17: “las demás que le sean asignadas y que correspondan con la razón de ser de la dependencia”.

6 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-9 • 2026 • FEBRERO • 4 9 *202641001488126* DAC 202641001488126 Informacion Publica Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento RESOLUCIÓN NÚMERO 148812 DE 2026 “POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA ADMINISTRATIVAMENTE EL ABANDONO DEL VEHÍCULO DE PLACAS ODP03D INMOVILIZADO EN LOS PATIOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD CON PROPIETARIO INDETERMINADO.(T)”

DE BOGOTA donde se encuentra registrado el vehículo de placa ODP03D, para que proceda con la inscripción de la medida de declaratoria de abandono decretada, su reporte en el Registro Único Nacional de Tránsito -RUNT y a fin que, repose dentro del histórico del vehículo de conformidad con lo establecido en el inciso quinto del artículo 1° de la Ley 1730 de 2014..

Artículo tercero.

ENAJENACIÓN DEL VEHÍCULO. PROCEDER con la enajenación del vehículo de placa ODP03D una vez quede en firme este acto administrativo, previo avalúo de perito designado por la Secretaría Distrital de Movilidad, dando cumplimiento a lo señalado en la parte motiva de este proveído.

Artículo cuarto.

DEPÓSITO DE RECURSOS. REALIZAR, la respectiva consignación de los dineros percibidos con ocasión de la enajenación del rodante objeto de este pronunciamiento, debidamente individualizados en la cuenta especial No. 91000005220 del Banco GNB Sudameris, administrada por la Secretaría Distrital de Hacienda, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de este acto.

Artículo quinto.

Realizada la validación de la consignación, LIQUIDESE por parte de la Dirección de Atención al Ciudadano el valor del servicio de parqueadero y/o grúa, con corte a la fecha de firmeza del presente acto administrativo, así como de los costos en que incurrió la Entidad para efectuar este proceso administrativo, de manera detallada y discriminada.

Artículo sexto.

DEDUCCIONES: DEDUCIR, de la cuenta especial N° 91000005220 del Banco GNB Sudameris, administrada por la Secretaría Distrital de Hacienda, la suma de dinero adeudada en que incurrió la entidad para efectuar la enajenación del vehículo, así como los costos generados por los servicios prestados de parqueadero y grúa, de conformidad a los documentos soporte que reposan dentro del expediente.

Artículo séptimo.

REGISTROS CONTABLES. REPORTAR los valores del producto de la enajenación y las deducciones del artículo anterior, a la Subdirección Financiera para que realice los registros y las diligencias que correspondan.

Parágrafo. Realizado el registro, los valores que no hayan sido cubiertos con el producto de
la enajenación, deberán ser analizados por el comité de depuración contable de la entidad.

Artículo octavo.

DEVOLUCIÓN DE REMANENTES. En el evento en el que el valor obtenido con la enajenación cubra la totalidad de lo adeudado y exista un remanente, tal monto deberá permanecer en la cuenta especial No. 91000005220 del Banco GNB Sudameris, administrada por la Secretaría Distrital de Hacienda por el término de cinco (5) años para que, en caso de reclamación por parte de la persona a quien mediante acto administrativo se le reconozca su condición de propietario(a) y/o poseedor(a) del vehículo declarado en abandono, este le sea devuelto.

Artículo noveno.

CADUCIDAD DE REMANENTES. Si, cumplidos los cinco (5) años establecidos en el inciso octavo del artículo 1° de la Ley 1730 de 2014 y, previa apropiación de los

7 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-10 • 2026 • FEBRERO • 4 10 *202641001488126* DAC 202641001488126 Informacion Publica Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento RESOLUCIÓN NÚMERO 148812 DE 2026 “POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA ADMINISTRATIVAMENTE EL ABANDONO DEL VEHÍCULO DE PLACAS ODP03D INMOVILIZADO EN LOS PATIOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD CON PROPIETARIO INDETERMINADO.(T)” dineros que soportan lo adeudado por concepto de parqueadero y/o grúas, el propietario(a) o poseedor(a) no ha solicitado la devolución de los dineros remanentes, se Decretará la caducidad de los mismos. A partir del momento la Subdirección Financiera de la Secretaría Distrital de Movilidad deberá transferirlos a la cuenta de la Entidad de carácter nacional responsable de la ejecución de la política pública de seguridad vial.

Artículo décimo.

NOTIFICACIÓN. NOTIFICAR el contenido de la presente resolución a los terceros interesados, conforme lo dispone el artículo 73 de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO: RECURSOS. Contra la presente decisión procede el recurso de reposición, el cual deberá ser interpuesto ante esta Dirección, por la persona interesada, por escrito y dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su notificación, debidamente sustentado y con la observancia de lo preceptuado en los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C. a los treinta día(s) del mes de Enero de 2026.

Ernesto Gordillo Triana Director Técnico de Atención al Ciudadano Firma mecánica generada en 30-01-2026 05:16 PM Revisó: Teresa Parada Elaboró: Diana Katherine Sabogal Rodriguez 8 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-11 • 2026 • FEBRERO • 4 11 *202641001503546* DAC 202641001503546 Informacion Publica Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento RESOLUCIÓN NÚMERO 150354 DE 2026 “POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA ADMINISTRATIVAMENTE EL ABANDONO DEL VEHÍCULO DE PLACA NMK38B INMOVILIZADO EN LOS PATIOS OFICIALES DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD CON PROPIETARIO INDETERMINADO (P)”

EL(LA) DIRECTOR TÉCNICO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD- SDM, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas en el artículo 209 de Constitución Política, la Ley 769 de 2002 Código Nacional de Tránsito Terrestre-CNTT, la Ley 1730 de 2014, el Decreto Distrital 672 del 22 de noviembre de 2018 y la Resolución 345192 de 2022 de la Secretaría Distrital de Movilidad, y

I.

CONSIDERANDO:

1. Que la constitución Política de Colombia de 1991 consagró a Colombia como un Estado Social de Derecho fundada en el respeto y garantía de los derechos de los ciudadanos y en la prevalencia del interés general, que debe, entre otros fines, asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares (C.N., Art. 1 y 2).

2. Que, de conformidad con ello, el artículo 58 superior expone el derecho a la propiedad privada, consagrado como una prerrogativa revestida de función social que impone a los propietarios de un bien tanto derechos como obligaciones, concebido entonces como un derecho relativo orientado a satisfacer los intereses, no sólo del particular sino también de la comunidad.

3. Que el artículo 22 de la Ley 1383 de 2010, que modificó el artículo 135 del CNTT, dispuso que, ante la comisión de una contravención, la autoridad de tránsito extenderá al conductor la orden de comparendo.

4. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 125 del CNTT, las autoridades de tránsito están facultadas para inmovilizar los vehículos que incurran en alguna de las causales que allí se establecen, y conducirlos a los patios autorizados hasta que cese la causa que dio origen a la inmovilización.

5. Que el CNTT, en su artículo 122 modificado por el artículo 20 de la ley 1383 de 2010, señala el tipo de sanciones a imponer frente a la violación a las normas en ella contenidas, así: “[…] 1. Amonestación, 2. Multa, 3. Retención preventiva de la Licencia de Conducción, 4.
Suspensión de la licencia de conducción, 5. Suspensión o cancelación del permiso o registro, 6. Inmovilización del vehículo. 7. Retención preventiva del vehículo, 8. Cancelación definitiva de la licencia de conducción […]”.

6. Que la sanción de inmovilización, desarrollada en, el artículo 125 del CNTT determina que con esta medida se suspenderá “[…] temporalmente la circulación del vehículo por las vías públicas o privadas abiertas al público. Para tal efecto, el vehículo será conducido a parqueaderos autorizados que determine la autoridad competente, hasta que se subsane o cese la causa que le dio origen[…]”.

7. Que, como quiera que la sanción de inmovilización es de connotación transitoria, toda vez que lo que pretende es suspender temporalmente la circulación de un vehículo con el cual se está quebrantando una norma de tránsito o transporte, la entrega del vehículo se realiza de manera inmediata, una vez se subsane la causa que originó la inmovilización y en consecuencia, se cancelen los valores generados por el procedimiento de traslado y custodia.

8. Que, el artículo 128 del CNTT sustituido por la Ley 1730 de 2014, incorporó una solución para los organismos de tránsito que custodian vehículos inmovilizados no reclamados

1 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR16-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-12 • 2026 • FEBRERO • 4 12 *202641001503546* DAC 202641001503546 Informacion Publica Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento RESOLUCIÓN NÚMERO 150354 DE 2026 “POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA ADMINISTRATIVAMENTE EL ABANDONO DEL VEHÍCULO DE PLACA NMK38B INMOVILIZADO EN LOS PATIOS OFICIALES DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD CON PROPIETARIO INDETERMINADO (P)” consistente en aplicar la figura de la declaratoria administrativa de abandono determinando el procedimiento a seguir para ello.

9. Que, el procedimiento contenido en la norma ibídem establece que, para lograr la declaratoria administrativa de abandono, debe realizarse la publicación por una vez en un periódico de amplia circulación nacional con el fin de que el propietario o poseedor del vehículo se presente a reclamar su automotor y a cancelar lo adeudado al organismo de tránsito.

10. Que la figura de declaración administrativa de abandono permite al Organismo de Tránsito mediante acto administrativo declarar la renuencia del propietario o poseedor de retirar el vehículo del parqueadero y a su vez, asumir la obligación adeudada por concepto de los servicios prestados de parqueadero y/o grúa.

11. Que la Resolución No. 089 de 18 de febrero de 2019 delegó en la Dirección de Investigaciones Administrativas al Tránsito y Transporte, la facultad de: “[…] expedir los actos administrativos constitutivos del título ejecutivo dentro de la etapa preliminar del proceso coactivo derivado de la permanencia en los patios autorizados de esta Entidad de los vehículos de servicio particular y público, a razón de su inmovilización, por infringir las normas de tránsito y transporte. […]”.

12. Que el inciso 5 del artículo 1 de la Ley 1730 de 2014, dispone “[…]Además, dentro del contenido del acto administrativo se ordenará informar al organismo de tránsito donde se encuentra inscrito el vehículo para que adopte las decisiones necesarias […]”, con la finalidad de inscribir la figura de declaratoria de abandono y proceder con la enajenación del automotor.

13. Que previo al proceso de enajenación el perito adscrito al organismo de tránsito realiza avalúo del automotor a fin de establecer la calidad en que será subastado, de conformidad con el inciso décimo segundo del artículo 1° de la Ley 1730 de 2014, que reza “[…]los automotores que presentan alto deterioro o sean inservibles como consecuencia del agua, el sol y otros factores recibidos en los parqueaderos, serán enajenados como chatarra, previo dictamen de un perito adscrito al organismo de tránsito respectivo[…]”

14. Que en el evento en el que el vehículo no sea reclamado y se declare su abandono, el organismo de tránsito podrá enajenarlo para sustituirlo por su equivalente en dinero, suma que deberá depositarse en una cuenta especial de la cual se efectuarán las deducciones a las que la venta dio lugar y en caso de existir un remanente, éste será puesto a disposición del dueño del automotor. No obstante, los dineros no reclamados tendrán una caducidad de cinco (5) años al cabo de los cuales serán remitidos para su manejo a la entidad de carácter nacional responsable de la ejecución de la política pública de seguridad vial.

II. COMPETENCIA

En virtud de lo dispuesto en el literal d) artículo 6° del CNTT, el legislador confirió la calidad de organismos de tránsito a las Secretarías Distritales de Tránsito dentro del área urbana de los distritos especiales, los cuales tienen como función organizar y dirigir lo relacionado con el tránsito y transporte en su respectiva jurisdicción (artículo 2 CNTT).

2 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR16-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-13 • 2026 • FEBRERO • 4 13 *202641001503546* DAC 202641001503546 Informacion Publica Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento RESOLUCIÓN NÚMERO 150354 DE 2026 “POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA ADMINISTRATIVAMENTE EL ABANDONO DEL VEHÍCULO DE PLACA NMK38B INMOVILIZADO EN LOS PATIOS OFICIALES DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD CON PROPIETARIO INDETERMINADO (P)”

Por su parte, el artículo 2 de la Ley 1383 de 2010, estableció que son autoridades de tránsito, los organismos de tránsito de carácter distrital.

Que adicionalmente, el Decreto 672 del 2018 en el artículo 4 numeral 5, dispone como funciones del despacho el fungir como autoridad de tránsito y transporte de Bogotá, el cual delegó, a través de la Resolución N° 345192 de 2022, en la Dirección de Atención al Ciudadano, la facultad de:“[…]expedir los Actos Administrativos de Declaratoria de Abandono […]”para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 1730 del 29 de julio de 2014 “por la cual se sustituye el contenido del artículo 128 de la Ley 769 de 2002 – CNTT”.

Así mismo, el artículo 28 del Decreto 672 de 2018, estableció como funciones de la Dirección de Atención al Ciudadano de la Secretaría Distrital de Movilidad, “[…]numeral 9: Atender la operación para la custodia de los vehículos, objeto de la sanción de inmovilización y las acciones conexas para su destino final, en cumplimiento de la normatividad y lineamientos nacionales, distritales e institucionales[…]”.

En ese orden, la aplicación de la figura de la Declaratoria Administrativa de Abandono busca que se declare la renuencia del propietario o poseedor de retirar el vehículo del parqueadero y de asumir la obligación adeudada por los servicios prestados por concepto de parqueadero y/o grúa, lo que permitirá al organismo de tránsito proceder a la enajenación del vehículo para sustituirlo por su equivalente en dinero, a la luz de lo contenido en el artículo 128 del Código Nacional de Tránsito, sustituido por el artículo 1° de la Ley 1730 de 2014.

III. HECHOS En el caso sub-examen, este Despacho conforme a lo autorizado por la Ley 1730 del 29 de julio de 2014, analizará la procedencia de la declaratoria administrativa de abandono del vehículo de placa NMK38B, ello teniendo en cuenta que:

El día 14/11/2022, en la ciudad de Bogotá, la autoridad de tránsito en vía, en cumplimiento de sus funciones contenidas en el CNTT (Ley 769 de 2002), elaboró la orden de comparendo No. 11001000000035428999, disponiendo la inmovilización del vehículo de placa NMK38B que ingresó a los patios oficiales de la Secretaría Distrital de Movilidad, como consta en el inventario de patios No. REGM194523, quedando establecido que su permanencia en los mismos superó el año de inmovilización.

La Constitución Política de 1991 en su artículo 58 le da al derecho de propiedad, el tratamiento de derecho fundamental, por lo que el mismo no puede ser desconocido ni vulnerado. Empero, al unísono le determina su sentido, alcance y ejercicio enmarcados dentro de una función social que implica obligaciones, es decir, una serie de cargas establecidas por parte del Estado, al tratarse de un derecho relativo.

Aunado a lo anteriormente mencionado, se consultó el Certificado de Tradición o Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), el cual obra en el expediente, y en el que se puede evidenciar que con antelación a la fecha de inmovilización del automotor objeto del presente acto administrativo, la titularidad del derecho real de dominio se encuentra en cabeza de persona indeterminada.

En consecuencia y ante la ausencia de ciudadano que acredite un interés legítimo sobre el vehículo objeto de este pronunciamiento, toda vez que este organismo de tránsito desconoce el 3 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR16-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-14 • 2026 • FEBRERO • 4 14 *202641001503546* DAC 202641001503546 Informacion Publica Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento RESOLUCIÓN NÚMERO 150354 DE 2026 “POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA ADMINISTRATIVAMENTE EL ABANDONO DEL VEHÍCULO DE PLACA NMK38B INMOVILIZADO EN LOS PATIOS OFICIALES DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD CON PROPIETARIO INDETERMINADO (P)” titular del derecho de dominio, la Secretaría Distrital de Movilidad procederá a declarar el abandono administrativo del automotor a la luz de la citada normativa.

De acuerdo con lo anterior, la figura creada por la Ley 1730 de 2014, es decir, la declaratoria administrativa de abandono, permite evidenciar el cuidado que debe tener un propietario con su vehículo a fin de ejercer sobre el mismo su función social está desestimado como quiera que, en primer lugar, se evidencia el desinterés de reclamar el automotor que ha permanecido inmovilizado por infracción a las normas de tránsito por un término superior a un (1) año; y, en segundo lugar, por no haber asumido sus obligaciones pecuniarias respecto del mismo.

Analizado el caso particular objeto del presente acto administrativo, se evidencia el cumplimiento de los presupuestos referidos, como se pasa a demostrar: i. El vehículo de placa NMK38B ingresó a los patios oficiales de la Secretaría Distrital de Movilidad el día 14/11/2022, con ocasión a la infracción de tránsito H02; que generó la inmovilización. ii. Consultado el Certificado de Tradición o RUNT a la fecha de expedición del presente acto administrativo, el vehículo aparece registrado a nombre de persona indeterminada. iii. El automotor ha permanecido inmovilizado en los patios oficiales un período superior a un (1) año; iv. El propietario o poseedor del automotor no ha asumido los costos asociados a su traslado y custodia.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 1730 de 2014, la Secretaría Distrital de Movilidad dio inicio al procedimiento contenido en la misma, realizando la(s) publicación(es) de la lista de vehículos inmovilizados con permanencia superior a un (1) año en los patios oficiales de éste organismo de tránsito, en EL ESPECTADOR DOMINGO 4 DE FEBERERO DE 2024, en cuyo listado se encuentra el automotor de placa NMK38B, con el fin de que el propietario o poseedor, acudiera a reclamarlo, dentro de los (15) días hábiles siguientes, sin embargo, los mismos no se hicieron presentes.

En consecuencia, la Secretaría Distrital de Movilidad, encuentra viable dar aplicación a la figura jurídica de declaratoria administrativa de abandono, dispuesta en la Ley 1730 de 2014 y una vez en firme la mencionada declaración, dispondrá del bien y procederá con su enajenación.

Es pertinente mencionar que en cuanto a los costos que incurrió la entidad para efectuar este proceso administrativo, tales como: (i) Identificación técnica del automotor; (ii) publicación en el diario(s) de amplia circulación; (iii) peritaje del vehículo (iv) intermediación comercial, dichos costos serán deducidos del valor obtenido de la enajenación del bien con fundamento en lo establecido en el inciso octavo del artículo 1° de la Ley 1730 de 2014.

Adicionalmente, y a efectos de declarar administrativamente el abandono del vehículo de placas NMK38B, la Secretaría Distrital de Movilidad, en aras de garantizar la plena identificación del automotor, adjunta al expediente, los siguientes documentos: (i) el Certificado de Tradición y/o el Registro Único Nacional de Tránsito - RUNT (ii) Identificación Técnica del Automotor, las cuales comprueban las características de identificación del rodante, y que corresponden a las siguientes:

MARCA AKT MOTOR 163FMLVA060645 4 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR16-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-15 • 2026 • FEBRERO • 4 15 *202641001503546* DAC 202641001503546 Informacion Publica Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento RESOLUCIÓN NÚMERO 150354 DE 2026 “POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA ADMINISTRATIVAMENTE EL ABANDONO DEL VEHÍCULO DE PLACA NMK38B INMOVILIZADO EN LOS PATIOS OFICIALES DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD CON PROPIETARIO INDETERMINADO (P)”

CLASE MOTOCICLETA CHASIS 9F2AK20079BC03663 LÍNEA AK 200-SM N° SERIE- VIN 0 - 0 MODELO 2009 CILINDRAJE 200 COLOR NEGRO ESTADO REGISTRO ACTIVO SERVICIO PARTICULAR ORGANISMO DE TRÁNSITO STRIA MCPAL TTOyTTE DOSQUEBRADAS Ahora bien, en atención a lo dispuesto en el inciso doce del artículo 1° de la Ley 1730 de 2014, respecto del avalúo del vehículo de placa NMK38B, este es realizado por un perito debidamente inscrito ante el Registro Abierto de Avaluadores y adscrito a este Organismo de Tránsito, en aras de determinar el valor del vehículo objeto de este pronunciamiento, de conformidad con los métodos, técnicas, actuaciones, criterios y herramientas que se consideren necesarios y pertinentes para el dictamen, en concordancia con la Ley 1673 de 2013 reglamentada por el Decreto Nacional 556 de 2014 y demás normas aplicables.

Que en aras de garantizar el derecho de propiedad y dominio, la Secretaría Distrital de Movilidad creó la cuenta especial No. 91000005220 en el Banco GNB Sudameris, administrada por la Secretaría Distrital de Hacienda, en la que se consignarán los dineros producto de la enajenación de los vehículos declarados en abandono, y de la cual se harán las deducciones en las que, por costos administrativos incurrió la entidad, así como los costos generados por los servicios prestados de parqueadero y grúa previamente liquidados.

Una vez se realicen las deducciones anteriores, esta Dirección, remitirá el valor de la liquidación emitida, a la Subdirección Financiera de la entidad, para que realice los trámites y registros contables correspondientes.

Cuando el valor de la enajenación cubra la totalidad de lo adeudado y exista un remanente, dicho monto permanecerá por el término de cinco (5) años en la cuenta especial a disposición de la persona que pruebe su condición de propietario y/o poseedor del vehículo declarado en abandono, calidad que deberá ser otorgada mediante acto administrativo motivado. Concluidos los cinco (5) años referidos, se cumplirá lo establecido por la norma, en cuanto a su caducidad, por lo que la Subdirección Financiera de esta Secretaría remitirá los valores no reclamados por el propietario y/o poseedor del automotor, a la entidad de carácter nacional responsable de la ejecución de la política pública de seguridad vial en la forma dispuesta por ésta para tal fin.

Cuando el valor de la enajenación no cubra la totalidad de lo adeudado, la entidad dentro de los mismos (5) años ya referidos y previa declaración de la condición de propietario y/o poseedor del vehículo declarado en abandono, podrá imponer la obligación en cabeza de la persona determinada y continuar el proceso de cobro que corresponda, al cabo de los cuales, si dicha condición no se ha declarado, deberá a través de la Subdirección Financiera reportar el monto para ser objeto de estudio por parte del comité de depuración contable de la entidad.

Finalmente, con fundamento en los principios que rigen la función administrativa establecidos en el artículo 209 Constitucional y el artículo 3 de la Ley 1437 de 2011, especialmente el principio de publicidad, una vez esta Dirección expida el presente acto administrativo, procederá con su publicación, toda vez que se desconoce la información sobre los terceros interesados en el proceso declarativo de abandono, siguiendo lo dispuesto en el artículo 73 de la Ley 1437 de 2011, con la finalidad de que estos ciudadanos puedan ejercer su derecho fundamental a la defensa en garantía del debido proceso (C.N. art.29).

5 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR16-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-16 • 2026 • FEBRERO • 4 16 *202641001503546* DAC 202641001503546 Informacion Publica Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento RESOLUCIÓN NÚMERO 150354 DE 2026 “POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA ADMINISTRATIVAMENTE EL ABANDONO DEL VEHÍCULO DE PLACA NMK38B INMOVILIZADO EN LOS PATIOS OFICIALES DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD CON PROPIETARIO INDETERMINADO (P)”

En mérito de lo expuesto, la Dirección de Atención al Ciudadanía de la Secretaría Distrital de Movilidad, IV. R E S U E L V E:

Artículo primero.

DECLARACIÓN ADMINISTRATIVA DE ABANDONO. DECLARAR Administrativamente el Abandono del vehículo de placa NMK38B el cual, a la fecha de expedición del presente acto administrativo, registra a nombre de persona indeterminada, de conformidad con las razones expuestas en la parte motiva del presente acto administrativo.

Artículo segundo.

INSCRIPCIÓN DE LA MEDIDA. REMITIR copia del presente acto administrativo al organismo de tránsito de STRIA MCPAL TTOyTTE DOSQUEBRADAS donde se encuentra registrado el vehículo de placa NMK38B, para que proceda con la inscripción de la medida de declaratoria de abandono decretada, su reporte en el Registro Único Nacional de Tránsito -RUNT y a fin de que, repose dentro del histórico del vehículo de conformidad con lo establecido en el inciso quinto del artículo 1° de la Ley 1730 de 2014.

Artículo tercero.

ENAJENACIÓN DEL VEHÍCULO. PROCEDER con la enajenación del vehículo de placa NMK38B una vez quede en firme este acto administrativo, previo avalúo de perito designado por la Secretaría Distrital de Movilidad, dando cumplimiento a lo señalado en la parte motiva de este proveído.

Artículo cuarto.

DEPÓSITO DE RECURSOS. REALIZAR, la respectiva consignación de los dineros percibidos con ocasión de la enajenación del rodante objeto de este pronunciamiento, debidamente individualizados en la cuenta especial No. 91000005220 del Banco GNB Sudameris, administrada por la Secretaría Distrital de Hacienda, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de este acto.

Artículo quinto.

Realizada la validación de la consignación, LIQUIDESE por parte de la Dirección de Atención al Ciudadano el valor del servicio de parqueadero y/o grúa, con corte a la fecha de firmeza del presente acto administrativo, así como de los costos en que incurrió la Entidad para efectuar este proceso administrativo, de manera detallada y discriminada.

Artículo sexto.

DEDUCCIONES: DEDUCIR, de la cuenta especial N° 91000005220 del Banco GNB Sudameris, administrada por la Secretaría Distrital de Hacienda, la suma de dinero adeudada en que incurrió la entidad para efectuar la enajenación del vehículo, así como los costos generados por los servicios prestados de parqueadero y grúa, de conformidad a los documentos soporte que reposan dentro del expediente.

Artículo séptimo.

REGISTROS CONTABLES. REPORTAR los valores del producto de la enajenación y las deducciones del artículo anterior, a la Subdirección Financiera para que realice los registros y las diligencias que correspondan.

Parágrafo. Realizado el registro, los valores que no hayan sido cubiertos con el producto
de la enajenación, deberán ser analizados por el comité de depuración contable de la entidad.

6 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR16-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-17 • 2026 • FEBRERO • 4 17 *202641001503546* DAC 202641001503546 Informacion Publica Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento RESOLUCIÓN NÚMERO 150354 DE 2026 “POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA ADMINISTRATIVAMENTE EL ABANDONO DEL VEHÍCULO DE PLACA NMK38B INMOVILIZADO EN LOS PATIOS OFICIALES DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD CON PROPIETARIO INDETERMINADO (P)”

Artículo octavo.

DEVOLUCIÓN DE REMANENTES. En el evento en el que el valor obtenido con la enajenación cubra la totalidad de lo adeudado y exista un remanente, tal monto deberá permanecer en la cuenta especial No. 91000005220 del Banco GNB Sudameris, administrada por la Secretaría Distrital de Hacienda por el término de cinco (5) años para que, en caso de reclamación por parte de la persona a quien mediante acto administrativo se le reconozca su condición de propietario(a) y/o poseedor(a) del vehículo declarado en abandono, este le sea devuelto.

Artículo noveno.

CADUCIDAD DE REMANENTES. Si, cumplidos los cinco (5) años establecidos en el inciso octavo del artículo 1° de la Ley 1730 de 2014 y, previa apropiación de los dineros que soportan lo adeudado por concepto de parqueadero y/o grúas, el propietario(a) o poseedor(a) no ha solicitado la devolución de los dineros remanentes, se Decretará la caducidad de los mismos. A partir del momento la Subdirección Financiera de la Secretaría Distrital de Movilidad deberá transferirlos a la cuenta de la Entidad de carácter nacional responsable de la ejecución de la política pública de seguridad vial.

Artículo décimo.

NOTIFICACIÓN. NOTIFICAR el contenido de la presente resolución a los terceros interesados, conforme lo dispone el artículo 73 de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO: RECURSOS. Contra la presente decisión procede el recurso de reposición, el cual deberá ser interpuesto ante esta Dirección, por la persona interesada, por escrito y dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su notificación, debidamente sustentado y con la observancia de lo preceptuado en los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.

Dada en Bogotá D.C. a los treinta día(s) del mes de Enero de 2026.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Ernesto Gordillo Triana Director Técnico de Atención al Ciudadano Firma mecánica generada en 30-01-2026 11:51 PM Elaboró: Lina Marcela Valero Parra Reviso: Sonia Soto Suarez 7 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR16-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-18 • 2026 • FEBRERO • 4 18 *202641001503576* DAC 202641001503576 Informacion Publica Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento RESOLUCIÓN NÚMERO 150357 DE 2026 “POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA ADMINISTRATIVAMENTE EL ABANDONO DEL VEHÍCULO DE PLACA MLX68C INMOVILIZADO EN LOS PATIOS OFICIALES DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD CON PROPIETARIO INDETERMINADO (P)”

EL(LA) DIRECTOR TÉCNICO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD- SDM, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas en el artículo 209 de Constitución Política, la Ley 769 de 2002 Código Nacional de Tránsito Terrestre-CNTT, la Ley 1730 de 2014, el Decreto Distrital 672 del 22 de noviembre de 2018 y la Resolución 345192 de 2022 de la Secretaría Distrital de Movilidad, y I.CONSIDERANDO

1. Que la constitución Política de Colombia de 1991 consagró a Colombia como un Estado Social de Derecho fundada en el respeto y garantía de los derechos de los ciudadanos y en la prevalencia del interés general, que debe, entre otros fines, asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares (C.N., Art. 1 y 2).

2. Que, de conformidad con ello, el artículo 58 superior expone el derecho a la propiedad privada, consagrado como una prerrogativa revestida de función social que impone a los propietarios de un bien tanto derechos como obligaciones, concebido entonces como un derecho relativo orientado a satisfacer los intereses, no sólo del particular sino también de la comunidad.

3. Que el artículo 22 de la Ley 1383 de 2010, que modificó el artículo 135 del CNTT, dispuso que, ante la comisión de una contravención, la autoridad de tránsito extenderá al conductor la orden de comparendo.

4. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 125 del CNTT, las autoridades de tránsito están facultadas para inmovilizar los vehículos que incurran en alguna de las causales que allí se establecen, y conducirlos a los patios autorizados hasta que cese la causa que dio origen a la inmovilización.

5. Que el CNTT, en su artículo 122 modificado por el artículo 20 de la ley 1383 de 2010, señala el tipo de sanciones a imponer frente a la violación a las normas en ella contenidas, así: “[…]
1. Amonestación, 2. Multa, 3. Retención preventiva de la Licencia de Conducción, 4.
Suspensión de la licencia de conducción, 5. Suspensión o cancelación del permiso o registro,
6. Inmovilización del vehículo. 7. Retención preventiva del vehículo, 8. Cancelación definitiva de la licencia de conducción […]”.

6. Que la sanción de inmovilización, desarrollada en, el artículo 125 del CNTT determina que con esta medida se suspenderá “[…] temporalmente la circulación del vehículo por las vías públicas o privadas abiertas al público. Para tal efecto, el vehículo será conducido a parqueaderos autorizados que determine la autoridad competente, hasta que se subsane o cese la causa que le dio origen[…]”.

7. Que, como quiera que la sanción de inmovilización es de connotación transitoria, toda vez que lo que pretende es suspender temporalmente la circulación de un vehículo con el cual se está quebrantando una norma de tránsito o transporte, la entrega del vehículo se realiza de manera inmediata, una vez se subsane la causa que originó la inmovilización y en consecuencia, se cancelen los valores generados por el procedimiento de traslado y custodia.

8. Que, el artículo 128 del CNTT sustituido por la Ley 1730 de 2014, incorporó una solución para los organismos de tránsito que custodian vehículos inmovilizados no reclamados

1 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR16-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-19 • 2026 • FEBRERO • 4 19 *202641001503576* DAC 202641001503576 Informacion Publica Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento RESOLUCIÓN NÚMERO 150357 DE 2026 “POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA ADMINISTRATIVAMENTE EL ABANDONO DEL VEHÍCULO DE PLACA MLX68C INMOVILIZADO EN LOS PATIOS OFICIALES DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD CON PROPIETARIO INDETERMINADO (P)” consistente en aplicar la figura de la declaratoria administrativa de abandono determinando el procedimiento a seguir para ello.

9. Que, el procedimiento contenido en la norma ibídem establece que, para lograr la declaratoria administrativa de abandono, debe realizarse la publicación por una vez en un periódico de amplia circulación nacional con el fin de que el propietario o poseedor del vehículo se presente a reclamar su automotor y a cancelar lo adeudado al organismo de tránsito.

10. Que la figura de declaración administrativa de abandono permite al Organismo de Tránsito mediante acto administrativo declarar la renuencia del propietario o poseedor de retirar el vehículo del parqueadero y a su vez, asumir la obligación adeudada por concepto de los servicios prestados de parqueadero y/o grúa.

11. Que la Resolución No. 089 de 18 de febrero de 2019 delegó en la Dirección de Investigaciones Administrativas al Tránsito y Transporte, la facultad de: “[…] expedir los actos administrativos constitutivos del título ejecutivo dentro de la etapa preliminar del proceso coactivo derivado de la permanencia en los patios autorizados de esta Entidad de los vehículos de servicio particular y público, a razón de su inmovilización, por infringir las normas de tránsito y transporte. […]”.

12. Que el inciso 5 del artículo 1 de la Ley 1730 de 2014, dispone “[…]Además, dentro del contenido del acto administrativo se ordenará informar al organismo de tránsito donde se encuentra inscrito el vehículo para que adopte las decisiones necesarias […]”, con la finalidad de inscribir la figura de declaratoria de abandono y proceder con la enajenación del automotor.

13. Que previo al proceso de enajenación el perito adscrito al organismo de tránsito realiza avalúo del automotor a fin de establecer la calidad en que será subastado, de conformidad con el inciso décimo segundo del artículo 1° de la Ley 1730 de 2014, que reza “[…]los automotores que presentan alto deterioro o sean inservibles como consecuencia del agua, el sol y otros factores recibidos en los parqueaderos, serán enajenados como chatarra, previo dictamen de un perito adscrito al organismo de tránsito respectivo[…]”

14. Que en el evento en el que el vehículo no sea reclamado y se declare su abandono, el organismo de tránsito podrá enajenarlo para sustituirlo por su equivalente en dinero, suma que deberá depositarse en una cuenta especial de la cual se efectuarán las deducciones a las que la venta dio lugar y en caso de existir un remanente, éste será puesto a disposición del dueño del automotor. No obstante, los dineros no reclamados tendrán una caducidad de cinco (5) años al cabo de los cuales serán remitidos para su manejo a la entidad de carácter nacional responsable de la ejecución de la política pública de seguridad vial.

II. COMPETENCIA

En virtud de lo dispuesto en el literal d) artículo 6° del CNTT, el legislador confirió la calidad de organismos de tránsito a las Secretarías Distritales de Tránsito dentro del área urbana de los distritos especiales, los cuales tienen como función organizar y dirigir lo relacionado con el tránsito y transporte en su respectiva jurisdicción (artículo 2 CNTT).

2 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR16-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-20 • 2026 • FEBRERO • 4 20 *202641001503576* DAC 202641001503576 Informacion Publica Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento RESOLUCIÓN NÚMERO 150357 DE 2026 “POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA ADMINISTRATIVAMENTE EL ABANDONO DEL VEHÍCULO DE PLACA MLX68C INMOVILIZADO EN LOS PATIOS OFICIALES DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD CON PROPIETARIO INDETERMINADO (P)”

Por su parte, el artículo 2 de la Ley 1383 de 2010, estableció que son autoridades de tránsito, los organismos de tránsito de carácter distrital.

Que adicionalmente, el Decreto 672 del 2018 en el artículo 4 numeral 5, dispone como funciones del despacho el fungir como autoridad de tránsito y transporte de Bogotá, el cual delegó, a través de la Resolución N° 345192 de 2022, en la Dirección de Atención al Ciudadano, la facultad de:“[…]expedir los Actos Administrativos de Declaratoria de Abandono […]”para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 1730 del 29 de julio de 2014 “por la cual se sustituye el contenido del artículo 128 de la Ley 769 de 2002 – CNTT”.

Así mismo, el artículo 28 del Decreto 672 de 2018, estableció como funciones de la Dirección de Atención al Ciudadano de la Secretaría Distrital de Movilidad, “[…]numeral 9: Atender la operación para la custodia de los vehículos, objeto de la sanción de inmovilización y las acciones conexas para su destino final, en cumplimiento de la normatividad y lineamientos nacionales, distritales e institucionales[…]”.

En ese orden, la aplicación de la figura de la Declaratoria Administrativa de Abandono busca que se declare la renuencia del propietario o poseedor de retirar el vehículo del parqueadero y de asumir la obligación adeudada por los servicios prestados por concepto de parqueadero y/o grúa, lo que permitirá al organismo de tránsito proceder a la enajenación del vehículo para sustituirlo por su equivalente en dinero, a la luz de lo contenido en el artículo 128 del Código Nacional de Tránsito, sustituido por el artículo 1° de la Ley 1730 de 2014.

III. HECHOS En el caso sub-examen, este Despacho conforme a lo autorizado por la Ley 1730 del 29 de julio de 2014, analizará la procedencia de la declaratoria administrativa de abandono del vehículo de placa MLX68C, ello teniendo en cuenta que:

El día 07/12/2022, en la ciudad de Bogotá, la autoridad de tránsito en vía, en cumplimiento de sus funciones contenidas en el CNTT (Ley 769 de 2002), elaboró la orden de comparendo No. 11001000000035500525, disponiendo la inmovilización del vehículo de placa MLX68C que ingresó a los patios oficiales de la Secretaría Distrital de Movilidad, como consta en el inventario de patios No. REGM197612, quedando establecido que su permanencia en los mismos superó el año de inmovilización.

La Constitución Política de 1991 en su artículo 58 le da al derecho de propiedad, el tratamiento de derecho fundamental, por lo que el mismo no puede ser desconocido ni vulnerado. Empero, al unísono le determina su sentido, alcance y ejercicio enmarcados dentro de una función social que implica obligaciones, es decir, una serie de cargas establecidas por parte del Estado, al tratarse de un derecho relativo.

Aunado a lo anteriormente mencionado, se consultó el Certificado de Tradición o Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), el cual obra en el expediente, y en el que se puede evidenciar que con antelación a la fecha de inmovilización del automotor objeto del presente acto administrativo, la titularidad del derecho real de dominio se encuentra en cabeza de persona indeterminada.

En consecuencia y ante la ausencia de ciudadano que acredite un interés legítimo sobre el vehículo objeto de este pronunciamiento, toda vez que este organismo de tránsito desconoce el titular del derecho de dominio, la Secretaría Distrital de Movilidad procederá a declarar el abandono administrativo del automotor a la luz de la citada normativa.

3 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR16-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-21 • 2026 • FEBRERO • 4 21 *202641001503576* DAC 202641001503576 Informacion Publica Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento RESOLUCIÓN NÚMERO 150357 DE 2026 “POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA ADMINISTRATIVAMENTE EL ABANDONO DEL VEHÍCULO DE PLACA MLX68C INMOVILIZADO EN LOS PATIOS OFICIALES DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD CON PROPIETARIO INDETERMINADO (P)”

De acuerdo con lo anterior, la figura creada por la Ley 1730 de 2014, es decir, la declaratoria administrativa de abandono, permite evidenciar el cuidado que debe tener un propietario con su vehículo a fin de ejercer sobre el mismo su función social está desestimado como quiera que, en primer lugar, se evidencia el desinterés de reclamar el automotor que ha permanecido inmovilizado por infracción a las normas de tránsito por un término superior a un (1) año; y, en segundo lugar, por no haber asumido sus obligaciones pecuniarias respecto del mismo.

Analizado el caso particular objeto del presente acto administrativo, se evidencia el cumplimiento de los presupuestos referidos, como se pasa a demostrar: i. El vehículo de placa MLX68C ingresó a los patios oficiales de la Secretaría Distrital de Movilidad el día 07/12/2022, con ocasión a la infracción de tránsito C35; que generó la inmovilización. ii. Consultado el Certificado de Tradición o RUNT a la fecha de expedición del presente acto administrativo, el vehículo aparece registrado a nombre de persona indeterminada. iii. El automotor ha permanecido inmovilizado en los patios oficiales un período superior a un (1) año; iv. El propietario o poseedor del automotor no ha asumido los costos asociados a su traslado y custodia.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 1730 de 2014, la Secretaría Distrital de Movilidad dio inicio al procedimiento contenido en la misma, realizando la(s) publicación(es) de la lista de vehículos inmovilizados con permanencia superior a un (1) año en los patios oficiales de éste organismo de tránsito, en EL ESPECTADOR DOMINGO 4 DE FEBERERO DE 2024, en cuyo listado se encuentra el automotor de placa MLX68C, con el fin de que el propietario o poseedor, acudiera a reclamarlo, dentro de los (15) días hábiles siguientes, sin embargo, los mismos no se hicieron presentes.

En consecuencia, la Secretaría Distrital de Movilidad, encuentra viable dar aplicación a la figura jurídica de declaratoria administrativa de abandono, dispuesta en la Ley 1730 de 2014 y una vez en firme la mencionada declaración, dispondrá del bien y procederá con su enajenación.

Es pertinente mencionar que en cuanto a los costos que incurrió la entidad para efectuar este proceso administrativo, tales como: (i) Identificación técnica del automotor; (ii) publicación en el diario(s) de amplia circulación; (iii) peritaje del vehículo (iv) intermediación comercial, dichos costos serán deducidos del valor obtenido de la enajenación del bien con fundamento en lo establecido en el inciso octavo del artículo 1° de la Ley 1730 de 2014.

Adicionalmente, y a efectos de declarar administrativamente el abandono del vehículo de placas MLX68C, la Secretaría Distrital de Movilidad, en aras de garantizar la plena identificación del automotor, adjunta al expediente, los siguientes documentos: (i) el Certificado de Tradición y/o el Registro Único Nacional de Tránsito - RUNT (ii) Identificación Técnica del Automotor, las cuales comprueban las características de identificación del rodante, y que corresponden a las siguientes:

MARCA AKT MOTOR 157FMIJE080732 CLASE MOTOCICLETA CHASIS 9F2B31251CE200751 LÍNEA AK125 NE N° SERIE- VIN 0 - 9F2B31251CE200751 MODELO 2012 CILINDRAJE 124 4 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR16-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-22 • 2026 • FEBRERO • 4 22 *202641001503576* DAC 202641001503576 Informacion Publica Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento RESOLUCIÓN NÚMERO 150357 DE 2026 “POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA ADMINISTRATIVAMENTE EL ABANDONO DEL VEHÍCULO DE PLACA MLX68C INMOVILIZADO EN LOS PATIOS OFICIALES DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD CON PROPIETARIO INDETERMINADO (P)”

COLOR AZUL ESTADO REGISTRO ACTIVO SERVICIO PARTICULAR ORGANISMO DE TRÁNSITO SECRETARIA DISTRITAL DE MOVILIDAD DE BOGOTA Ahora bien, en atención a lo dispuesto en el inciso doce del artículo 1° de la Ley 1730 de 2014, respecto del avalúo del vehículo de placa MLX68C, este es realizado por un perito debidamente inscrito ante el Registro Abierto de Avaluadores y adscrito a este Organismo de Tránsito, en aras de determinar el valor del vehículo objeto de este pronunciamiento, de conformidad con los métodos, técnicas, actuaciones, criterios y herramientas que se consideren necesarios y pertinentes para el dictamen, en concordancia con la Ley 1673 de 2013 reglamentada por el Decreto Nacional 556 de 2014 y demás normas aplicables.

Que en aras de garantizar el derecho de propiedad y dominio, la Secretaría Distrital de Movilidad creó la cuenta especial No. 91000005220 en el Banco GNB Sudameris, administrada por la Secretaría Distrital de Hacienda, en la que se consignarán los dineros producto de la enajenación de los vehículos declarados en abandono, y de la cual se harán las deducciones en las que, por costos administrativos incurrió la entidad, así como los costos generados por los servicios prestados de parqueadero y grúa previamente liquidados.

Una vez se realicen las deducciones anteriores, esta Dirección, remitirá el valor de la liquidación emitida, a la Subdirección Financiera de la entidad, para que realice los trámites y registros contables correspondientes.

Cuando el valor de la enajenación cubra la totalidad de lo adeudado y exista un remanente, dicho monto permanecerá por el término de cinco (5) años en la cuenta especial a disposición de la persona que pruebe su condición de propietario y/o poseedor del vehículo declarado en abandono, calidad que deberá ser otorgada mediante acto administrativo motivado. Concluidos los cinco (5) años referidos, se cumplirá lo establecido por la norma, en cuanto a su caducidad, por lo que la Subdirección Financiera de esta Secretaría remitirá los valores no reclamados por el propietario y/o poseedor del automotor, a la entidad de carácter nacional responsable de la ejecución de la política pública de seguridad vial en la forma dispuesta por ésta para tal fin.

Cuando el valor de la enajenación no cubra la totalidad de lo adeudado, la entidad dentro de los mismos (5) años ya referidos y previa declaración de la condición de propietario y/o poseedor del vehículo declarado en abandono, podrá imponer la obligación en cabeza de la persona determinada y continuar el proceso de cobro que corresponda, al cabo de los cuales, si dicha condición no se ha declarado, deberá a través de la Subdirección Financiera reportar el monto para ser objeto de estudio por parte del comité de depuración contable de la entidad.

Finalmente, con fundamento en los principios que rigen la función administrativa establecidos en el artículo 209 Constitucional y el artículo 3 de la Ley 1437 de 2011, especialmente el principio de publicidad, una vez esta Dirección expida el presente acto administrativo, procederá con su publicación, toda vez que se desconoce la información sobre los terceros interesados en el proceso declarativo de abandono, siguiendo lo dispuesto en el artículo 73 de la Ley 1437 de 2011, con la finalidad de que estos ciudadanos puedan ejercer su derecho fundamental a la defensa en garantía del debido proceso (C.N. art.29).

En mérito de lo expuesto, la Dirección de Atención al Ciudadanía de la Secretaría Distrital de Movilidad, 5 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR16-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-23 • 2026 • FEBRERO • 4 23 *202641001503576* DAC 202641001503576 Informacion Publica Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento RESOLUCIÓN NÚMERO 150357 DE 2026 “POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA ADMINISTRATIVAMENTE EL ABANDONO DEL VEHÍCULO DE PLACA MLX68C INMOVILIZADO EN LOS PATIOS OFICIALES DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD CON PROPIETARIO INDETERMINADO (P)”

IV. R E S U E L V E:

ARTÍCULO PRIMERO: DECLARACIÓN ADMINISTRATIVA DE ABANDONO. DECLARAR Administrativamente el Abandono del vehículo de placa MLX68C el cual, a la fecha de expedición del presente acto administrativo, registra a nombre de persona indeterminada, de conformidad con las razones expuestas en la parte motiva del presente acto administrativo.

Artículo segundo.

INSCRIPCIÓN DE LA MEDIDA. REMITIR copia del presente acto administrativo al organismo de tránsito de la SECRETARIA DISTRITAL DE MOVILIDAD DE BOGOTA donde se encuentra registrado el vehículo de placa MLX68C, para que proceda con la inscripción de la medida de declaratoria de abandono decretada, su reporte en el Registro Único Nacional de Tránsito -RUNT y a fin de que, repose dentro del histórico del vehículo de conformidad con lo establecido en el inciso quinto del artículo 1° de la Ley 1730 de 2014..

Artículo tercero.

ENAJENACIÓN DEL VEHÍCULO. PROCEDER con la enajenación del vehículo de placa MLX68C una vez quede en firme este acto administrativo, previo avalúo de perito designado por la Secretaría Distrital de Movilidad, dando cumplimiento a lo señalado en la parte motiva de este proveído.

Artículo cuarto.

DEPÓSITO DE RECURSOS. REALIZAR, la respectiva consignación de los dineros percibidos con ocasión de la enajenación del rodante objeto de este pronunciamiento, debidamente individualizados en la cuenta especial No. 91000005220 del Banco GNB Sudameris, administrada por la Secretaría Distrital de Hacienda, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de este acto.

Artículo quinto.

Realizada la validación de la consignación, LIQUIDESE por parte de la Dirección de Atención al Ciudadano el valor del servicio de parqueadero y/o grúa, con corte a la fecha de firmeza del presente acto administrativo, así como de los costos en que incurrió la Entidad para efectuar este proceso administrativo, de manera detallada y discriminada.

Artículo sexto.

DEDUCCIONES: DEDUCIR, de la cuenta especial N° 91000005220 del Banco GNB Sudameris, administrada por la Secretaría Distrital de Hacienda, la suma de dinero adeudada en que incurrió la entidad para efectuar la enajenación del vehículo, así como los costos generados por los servicios prestados de parqueadero y grúa, de conformidad a los documentos soporte que reposan dentro del expediente.

Artículo séptimo.

REGISTROS CONTABLES. REPORTAR los valores del producto de la enajenación y las deducciones del artículo anterior, a la Subdirección Financiera para que realice los registros y las diligencias que correspondan.

Parágrafo. Realizado el registro, los valores que no hayan sido cubiertos con el producto de
la enajenación, deberán ser analizados por el comité de depuración contable de la entidad.

Artículo octavo.

DEVOLUCIÓN DE REMANENTES. En el evento en el que el valor obtenido con la enajenación cubra la totalidad de lo adeudado y exista un remanente, tal monto deberá permanecer en la cuenta especial No. 91000005220 del Banco GNB Sudameris,

6 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR16-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-24 • 2026 • FEBRERO • 4 24 *202641001503576* DAC 202641001503576 Informacion Publica Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento RESOLUCIÓN NÚMERO 150357 DE 2026 “POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA ADMINISTRATIVAMENTE EL ABANDONO DEL VEHÍCULO DE PLACA MLX68C INMOVILIZADO EN LOS PATIOS OFICIALES DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD CON PROPIETARIO INDETERMINADO (P)” administrada por la Secretaría Distrital de Hacienda por el término de cinco (5) años para que, en caso de reclamación por parte de la persona a quien mediante acto administrativo se le reconozca su condición de propietario(a) y/o poseedor(a) del vehículo declarado en abandono, este le sea devuelto.

Artículo noveno.

CADUCIDAD DE REMANENTES. Si, cumplidos los cinco (5) años establecidos en el inciso octavo del artículo 1° de la Ley 1730 de 2014 y, previa apropiación de los dineros que soportan lo adeudado por concepto de parqueadero y/o grúas, el propietario(a) o poseedor(a) no ha solicitado la devolución de los dineros remanentes, se Decretará la caducidad de los mismos. A partir del momento la Subdirección Financiera de la Secretaría Distrital de Movilidad deberá transferirlos a la cuenta de la Entidad de carácter nacional responsable de la ejecución de la política pública de seguridad vial.

Artículo décimo.

NOTIFICACIÓN. NOTIFICAR el contenido de la presente resolución a los terceros interesados, conforme lo dispone el artículo 73 de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO: RECURSOS. Contra la presente decisión procede el recurso de reposición, el cual deberá ser interpuesto ante esta Dirección, por la persona interesada, por escrito y dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su notificación, debidamente sustentado y con la observancia de lo preceptuado en los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.

Dada en Bogotá D.C. a los treinta día(s) del mes de Enero de 2026.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Ernesto Gordillo Triana Director Técnico de Atención al Ciudadano Firma mecánica generada en 30-01-2026 11:55 PM Elaboró: Lina Marcela Valero Parra Reviso: Sonia Soto Suarez 7 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR16-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-25 • 2026 • FEBRERO • 4 25 RESOLUCIONES DE 2025 *202562020277686* DTH 202562020277686 Informacion Publica Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento RESOLUCIÓN NÚMERO 2027768 DE 2025 “POR LA CUAL SE HACE UN NOMBRAMIENTO EN PROVISIONALIDAD EN UN EMPLEO DE LA PLANTA GLOBAL DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD”

EL SECRETARIO DE DESPACHO (E) DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD- SDM, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, los artículos 4 numeral 20 del Decreto Distrital 672 de 2018 y,

CONSIDERANDO:

Que actualmente la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Movilidad se encuentra contenida en el Decreto Distrital No. 672 del 22 de noviembre de 2018, modificado por el Decreto Distrital 392 del 19 de octubre de 2021 y por el Decreto Distrital No. 182 del 10 de mayo de 2022.

Que mediante Decreto Distrital 673 del 22 de noviembre de 2018, modificado por los Decretos Distritales 393 del 19 de octubre de 2021 y 430 del 29 de octubre de 2021 y 273 del 26 de junio de 2023 se establece la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad.

Que mediante Resolución No. 48339 del 16 de mayo de 2024 se modificó la distribución de los empleos de planta de personal de la Secretaría Distrital de Movilidad.

Que dentro de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Movilidad se cuenta con un empleo en vacancia temporal cuya denominación corresponde a AUXILIAR ADMINISTRATIVO CÓDIGO 407 GRADO 06 asignado a la SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE, cuyo titular es el servidor público CARLOS ANDRES GARZON CASTAÑEDA identificado con cédula de ciudadanía número 1.014.200.941.

Que en concordancia con el artículo 23 de la Ley 909 de 2004 y de conformidad con lo establecido expresamente en el artículo 5 del Decreto Ley 2400 de 1968, para la provisión de los empleos en el sector público en Colombia, además del nombramiento ordinario para empleos de libre nombramiento y remoción, y el período de prueba o ascenso dentro del sistema de mérito, los nombramientos tendrán carácter provisional cuando se trate de proveer transitoriamente empleos de carrera administrativa con personal no seleccionado de acuerdo con la reglamentación de la misma.

Que de conformidad con lo establecido por el artículo 2.2.5.3.3 del Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector de Función Pública, las vacantes temporales en empleos de carrera, podrán ser provistas mediante nombramiento provisional, cuando no fuere posible proveerlas mediante encargo con empleados de carrera.

Que, teniendo en cuenta que el empleo vacante corresponde al empleo del más bajo grado dentro de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Movilidad, no resulta viable adelantar proceso de verificación de requisitos para otorgamiento de situación administrativa de encargo, y en tal sentido procede de manera excepcional la provisión del mismo mediante nombramiento provisional.

1 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR16-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-26 • 2026 • FEBRERO • 4 26 *202562020277686* DTH 202562020277686 Informacion Publica Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento RESOLUCIÓN NÚMERO 2027768 DE 2025 “POR LA CUAL SE HACE UN NOMBRAMIENTO EN PROVISIONALIDAD EN UN EMPLEO DE LA PLANTA GLOBAL DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD”

Que el nombramiento en provisionalidad, dado su carácter excepcional y extraordinario, está sometido a una condición resolutoria específica, es decir, por el tiempo que dure la situación administrativa determinada por la ley y que al cumplirse extingue dicho nombramiento.

Que de conformidad con lo establecido por el artículo 7 del Decreto Reglamentario 1572 de 1998 (sustituido por el Decreto 1227 de 2005 que a su vez fue compilado por el Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector de Función Pública) la Sala Plena del Consejo de Estado en sentencias de marzo 13 de 2003 (expediente 4972/01) y septiembre 11 de 2003 (expediente 4714/01) estableció que los nombramientos en provisionalidad en empleos de carrera administrativa lo son en forma enteramente discrecional por parte del nominador de la entidad o su delegado y que no requieren de motivación alguna o procedimiento de selección específico para la escogencia de la (s) persona( s) a ser nombrada (s) en esta forma.

Que para llevar a cabo dicha potestad administrativa, la Secretaría Distrital de Movilidad adoptó dentro de su Sistema Integrado de Gestión el “Procedimiento para proveer un empleo mediante nombramiento provisional “PA02-PR03 (Versión 6.0) con base en el cual procedió a revisar los perfiles de hoja de vida de los candidatos (as) para ocupar las vacantes resultantes del proceso de encargos, de conformidad con el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales vigente para la entidad y la normatividad vigente aplicable, con el propósito de verificar el cumplimiento de los requisitos funcionales y legales exigidos para el ejercicio del cargo.

Que, una vez hecho esto y previo a la verificación de (i) no estar dentro de las causales de inhabilidad e incompatibilidad del orden constitucional o legal para ejercer cargos públicos mediante el Formato de Hoja de Vida - DAFP), (ii) carecer de antecedentes judiciales, fiscales y disciplinarios de Personería y Procuraduría, y (iii) haber diligenciado el registro de hoja de vida y Declaración de Bienes y Rentas en el Sistema de Información Distrital del Empleo y la Administración Pública – SIDEAP, la señora TEMILDA CONSUELO VALDERRAMA FIGUEROA identificada con cédula de ciudadanía 52.751.121 cumple con los requisitos legales y funcionales establecidos para el ejercicio del empleo AUXILIAR ADMINISTRATIVO CÓDIGO 407 GRADO 06 asignado a la SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad que se encuentra en vacancia temporal.

Que por lo anterior se considera procedente efectuar nombramiento en provisionalidad en la respectiva vacancia temporal existente dentro de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

2 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR16-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-27 • 2026 • FEBRERO • 4 27 *202562020277686* DTH 202562020277686 Informacion Publica Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento RESOLUCIÓN NÚMERO 2027768 DE 2025 “POR LA CUAL SE HACE UN NOMBRAMIENTO EN PROVISIONALIDAD EN UN EMPLEO DE LA PLANTA GLOBAL DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD”

Artículo primero.

Nombrar mediante nombramiento en provisionalidad a la siguiente persona dentro de la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad en el empleo que se indica a continuación:

N° NOMBRES Y APELLIDOS CÉDULA DENOMINACIÓN CÓD GR DEPENDENCIA MANUAL DE FUNCIONES - IDENTIFICACIÓN 1 407-06-02 TEMILDA CONSUELO VALDERRAMA 52.751.121 Auxiliar Administrativo 407 06 Subdirección de Control de Tránsito y Transporte FIGUEROA

Artículo segundo.

El nombramiento de que trata el artículo anterior es de carácter PROVISIONAL y no genera derechos de carrera administrativa sobre el empleo.

Parágrafo. Antes de cumplirse la condición resolutoria correspondiente del nombramiento
provisional efectuado mediante el presente acto administrativo, (culminación del proceso de selección, hasta que se produzca el nombramiento en periodo de prueba o se realice el reemplazo con la lista de elegibles resultantes del concurso de méritos) el nombramiento realizado mediante el artículo anterior quedará automáticamente sin efecto y el funcionario automáticamente retirado del servicio.

Artículo tercero.

La presente resolución rige a partir de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C. a los cinco día(s) del mes de Noviembre de 2025.

Paulo Andres Rincon Garay Secretario de Despacho (e)

Firma mecánica generada en 05-11-2025 05:18 PM Anexos: verificacion, soportes hoja de vida y antecedentes Aprobó: Clemencia Rojas Arias-Subsecretaría de Gestión Corporativa Aprobó: Maria Teresa Rodriguez Leal-Dirección de Talento Humano Elaboró: Maria Claudia Gomez Salazar 3 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR16-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-28 • 2026 • FEBRERO • 4 28 *202562020344556* DTH 202562020344556 Informacion Publica RESOLUCIÓN NÚMERO 2034455 DE 2025 “POR LA CUAL SE HACEN UNOS NOMBRAMIENTOS EN PROVISIONALIDAD EN UNOS EMPLEOS EN VACANCIA DEFINITIVA DENTRO DE LA PLANTA DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD”

ELSECRETARIO DE DESPACHO (E) DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD- SDM, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 909 de 20024, el Decreto 1083 de 2015, el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, el artículo 4 numeral 21 del Decreto Distrital 672 de 2018, Decreto Distrital N. 538 del 31 de octubre de 2025 y

CONSIDERANDO:

Que actualmente la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Movilidad se encuentra contenida en el Decreto Distrital No. 672 del 22 de noviembre de 2018, modificado por los Decretos Distritales 392 del 19 de octubre de 2021 y 182 del 10 de mayo de 2022.

Que mediante Decreto Distrital 673 del 22 de noviembre de 2018, se estableció la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad, la cual fue modificada por los Decretos Distritales 393 del 19 de octubre de 2021,430 del 29 de octubre de 2021 y 273 del 26 de junio de 2023.

Que la Secretaría Distrital de Movilidad desde el mes de mayo de 2025 inició los trámites requeridos en el artículo 3º del Decreto Distrital 062 de 2024 para la modificación de plantas de personal.

Que como resultado de lo anterior, mediante Decreto Distrital 490 del 15 de octubre de 2025, se aprobó la creación de Ciento Cincuenta (150) empleos de Agentes de Tránsito código 340 Grado 13, modificando en consecuencia la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad, la cual quedó constituida por los siguientes empleos:

DENOMINACIÓN CÓDIGO GRADO NUMERO DE CARGOS Comandante de Tránsito 290 27 2 (Dos)

Subcomandante de Tránsito 338 22 14 (Catorce)

Técnico Operativo de Tránsito 339 15 48 (Cuarenta y ocho)

Agente de Tránsito 340 13 536 (Quinientos treinta y seis ) TOTAL 600 (Seiscientos)

Que funciones del empleo de Agente de Tránsito Código 340 Grado 13 se encuentran contenidas en la Resolución N. 2002520 del 29 de octubre de 2025, así:
1. Ejercer control y vigilancia en el cumplimiento de las normas de tránsito y del transporte por parte de conductores y peatones en las vías públicas, en los días y horarios dispuestos por el jefe inmediato, de acuerdo con las necesidades del servicio.
2. Informar por escrito todas las violaciones a las normas de tránsito y transporte que tenga conocimiento, mediante el diligenciamiento de órdenes de comparendos y demás informes pertinentes.
3. Realizar el levantamiento técnico de los accidentes y casos de tránsito, realizando el respectivo 1 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR15-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-29 • 2026 • FEBRERO • 4 29 *202562020344556* DTH 202562020344556 Informacion Publica RESOLUCIÓN NÚMERO 2034455 DE 2025 “POR LA CUAL SE HACEN UNOS NOMBRAMIENTOS EN PROVISIONALIDAD EN UNOS EMPLEOS EN VACANCIA DEFINITIVA DENTRO DE LA PLANTA DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD” informe de acuerdo con los lineamientos establecidos y remitiéndolo a la autoridad competente para su estudio dentro del término establecido por la Ley.
4. Verificar y operar los medios tecnológicos del Centro de Gestión de Tránsito, que conduzcan a la identificación e inspección de las infracciones de tránsito, así como informar por escrito todas las violaciones a las normas de tránsito y transporte que tenga conocimiento a través de las cámaras, mediante el diligenciamiento de órdenes de comparendos y demás informes pertinentes.
5. Realizar la validación de evidencias de presuntas infracciones al tránsito registradas por medios tecnológicos para detección de infracciones.
6. Entregar diariamente al jefe inmediato, las órdenes de comparendo consecutivas que hayan sido diligenciadas por concepto de infracciones, accidentes de tránsito y anulados de acuerdo a los términos establecidos por la Ley.
7. Inmovilizar los vehículos automotores cuando las normas lo determinen, levantando los respectivos informes.
8. Movilizar o trasladar con ayuda de los medios idóneos todo tipo de vehículos que sean inmovilizados o retenidos a las instalaciones de la Secretaría Distrital de Movilidad y, según lo demande el procedimiento.
9. Registrar las órdenes de comparendo en los dispositivos electrónicos suministrado por la Secretaria Distrital de Movilidad, asegurándose que los datos ingresados sean correctos.
10. Ejecutar los operativos y controles de exceso de velocidad, de violación de las normas ambientales, de embriaguez, de invasión del espacio público y en general de las normas de tránsito, enmarcados dentro de los procedimientos y protocolos estandarizados.
11. Apoyar a la Subdirección de semaforización en la gestión y control de las intersecciones semafóricas, que sufran fallas y/o alteraciones.
12. Monitorear y controlar los cierres viales por el desarrollo de los eventos que generen aglomeración de público, tales como: emergencias, contingencias y eventos deportivos en los cuales el componente movilidad se vea afectado o ralentice su normal funcionamiento.
13. Ejecutar actividades informativas y persuasivas en materia de seguridad vial, con el fin de aumentar la percepción de vulnerabilidad, creando conciencia y respeto por de las normas de tránsito de acuerdo a las necesidades del servicio en los diferentes tramos viales y donde así se requiera.
14. Monitorear y controlar los cierres viales por situaciones que generen riesgo potencial en las vías (marchas, manifestaciones, eventos, entre otros) y realizar los respectivos informes al Centro de Gestión del Tránsito.
15. Ejercer las demás funciones que se le asignen relacionadas con la naturaleza del cargo y área de desempeño.

Que en concordancia con el artículo 23 de la Ley 909 de 2004 y de conformidad con lo establecido expresamente en el artículo 5 del Decreto Ley 2400 de 1968, para la provisión de los empleos en el sector público en Colombia, además del nombramiento ordinario para empleos de libre nombramiento y remoción, y el período de prueba o ascenso dentro del sistema de mérito, los nombramientos tendrán carácter provisional cuando se trate de proveer transitoriamente empleos de carrera administrativa con personal no seleccionado de acuerdo con la reglamentación de la misma.

Que de conformidad con lo establecido por el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector de Función Pública, mientras se surte el proceso de selección, el empleo de carrera vacante de manera definitiva podrá proveerse transitoriamente a través de nombramiento 2 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR15-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-30 • 2026 • FEBRERO • 4 30 *202562020344556* DTH 202562020344556 Informacion Publica RESOLUCIÓN NÚMERO 2034455 DE 2025 “POR LA CUAL SE HACEN UNOS NOMBRAMIENTOS EN PROVISIONALIDAD EN UNOS EMPLEOS EN VACANCIA DEFINITIVA DENTRO DE LA PLANTA DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD” provisional, en los términos señalados en la Ley 909 de 2004 y en el Decreto Ley 760 de 2005 o en las disposiciones que regulen los sistemas específicos de carrera.

Que mientras se surte el proceso de selección a través del sistema de mérito, resulta procedente realizar la provisión excepcional de las vacantes definitivas mediante nombramiento provisional.

Que el nombramiento en provisionalidad, dado su carácter excepcional y extraordinario, está sometido a una condición resolutoria específica (mientras se surte el proceso de selección, hasta que se produzca el nombramiento en periodo de prueba, reemplazo de lista de elegible resultante de concurso de méritos o por el tiempo que dure la situación administrativa) determinada por la ley y que al cumplirse extingue dicho nombramiento.

Que la Secretaría Distrital de Movilidad adoptó dentro de su Sistema Integrado de Gestión el “Procedimiento para proveer un empleo mediante nombramiento provisional PA02-PR03” (Versión 6.0) con base en el cual procedió a revisar los perfiles de hoja de vida de los candidatos (as) para ocupar las vacantes definitivas, de conformidad con el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales vigente para la entidad y la normatividad vigente aplicable, con el propósito de verificar el cumplimiento de los requisitos funcionales y legales exigidos para el ejercicio del cargo.

Que, una vez hecho esto y previo a la verificación de (i) no estar dentro de las causales de inhabilidad e incompatibilidad del orden constitucional o legal para ejercer cargos públicos mediante el Formato de Hoja de Vida - DAFP), (ii) carecer de antecedentes judiciales, fiscales y disciplinarios de Personería y Procuraduría, y (iii) haber diligenciado el registro de hoja de vida y Declaración de Bienes y Rentas en el Sistema de Información Distrital del Empleo y la Administración Pública – SIDEAP, las siguientes personas cumplen con los requisitos legales y funcionales establecidos para el ejercicio del empleo de la planta global de la Secretaría Distrital de Movilidad con vacancia definitiva enunciado a continuación, el cual puede ser provisto por necesidades del servicio de la siguiente manera:

NO CÉDULA NOMBRE COMPLETO DENOMINACION CÓDIGO GRADO DEPENDENCIA AGENTE DE 1 1073608143 AIDER ARIT RODRIGUEZ HERRERA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 2 1024536302 ALIXON GINETH PARRA GUTIERREZ TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 3 1014199180 ALONSO RIAÑO RIAÑO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 4 1037641209 ANA MARIA AGUDELO LONDOÑO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE 3 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR15-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-31 • 2026 • FEBRERO • 4 31 *202562020344556* DTH 202562020344556 Informacion Publica RESOLUCIÓN NÚMERO 2034455 DE 2025 “POR LA CUAL SE HACEN UNOS NOMBRAMIENTOS EN PROVISIONALIDAD EN UNOS EMPLEOS EN VACANCIA DEFINITIVA DENTRO DE LA PLANTA DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD”

NO CÉDULA NOMBRE COMPLETO DENOMINACION CÓDIGO GRADO DEPENDENCIA AGENTE DE 5 1006849115 ANDERSON DAMIAN ROMO TORO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 6 1007156574 ANDRES FELIPE RIAÑO RINCON TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 7 1022995678 ANDRÉS FELIPE UTINICO MARIN TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 8 1003661153 ANDRES JULIAN GOMEZ RODRIGUEZ TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 9 1000861366 ANDRES OBEIMAR MORERA AMAZO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 10 1006121497 ANDRÉS RICARDO ROJAS MOLINA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 11 1033715713 ANDRES SEBASTIAN TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO SANTAMARIA SANTAMARIA Y TRANSPORTE AGENTE DE 12 1111664690 ANGIE DAYANA HENAO BOHORQUEZ.

TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 13 1026592779 ANGIE KATHERINE RINCON GAMBOA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 14 1022365753 ARISTIDES RODRIGUEZ TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO SUTANEME Y TRANSPORTE AGENTE DE 15 3662962 ARNOLD EDUARDO MONTOYA ZAPATA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 16 1022443549 BRAHIAN ALEXIS GUZMAN ROMERO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE 4 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR15-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-32 • 2026 • FEBRERO • 4 32 *202562020344556* DTH 202562020344556 Informacion Publica RESOLUCIÓN NÚMERO 2034455 DE 2025 “POR LA CUAL SE HACEN UNOS NOMBRAMIENTOS EN PROVISIONALIDAD EN UNOS EMPLEOS EN VACANCIA DEFINITIVA DENTRO DE LA PLANTA DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD”

NO CÉDULA NOMBRE COMPLETO DENOMINACION CÓDIGO GRADO DEPENDENCIA AGENTE DE 17 1024565663 BRANDON FELIPE SERRANO BAUTISTA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 18 1022987106 BRANDON STIBEN RAMIREZ CALVO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 19 1033814149 BRAYAN ANDRES HERNANDEZ VELEZ TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 20 1070609258 BRAYAN ANDRÉS SABOGAL LOZANO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 21 1233498608 BRAYAN FELIPE BALLESTEROS TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO RODRIGUEZ Y TRANSPORTE AGENTE DE 22 1019091983 BRAYAN IVAN CASTIBLANCO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO SEPULVEDA Y TRANSPORTE AGENTE DE 23 1032385616 CARLOS ANDRES ARIAS SANTA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 24 80802113 CARLOS ANDRES ROMERO SUAREZ TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 25 1024464037 CARLOS ANDRES SIERRA AMAYA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 26 1020717706 CARLOS ARTURO SUAREZ TRIVIÑO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 27 1019065088 CARLOS AUGUSTO BALAGUERA ARAQUE TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 28 1013590142 CESAR AUGUSTO LOZANO LOZANO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE 5 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR15-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-33 • 2026 • FEBRERO • 4 33 *202562020344556* DTH 202562020344556 Informacion Publica RESOLUCIÓN NÚMERO 2034455 DE 2025 “POR LA CUAL SE HACEN UNOS NOMBRAMIENTOS EN PROVISIONALIDAD EN UNOS EMPLEOS EN VACANCIA DEFINITIVA DENTRO DE LA PLANTA DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD”

NO CÉDULA NOMBRE COMPLETO DENOMINACION CÓDIGO GRADO DEPENDENCIA AGENTE DE 29 1005701659 CESAR AUGUSTO TINOCO MILLAN TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 30 1019098875 CLAUDIA MARIA RINCON AMAYA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 31 1072195193 CRISTIAN ALEXANDER ORTIZ TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO OSPINA Y TRANSPORTE AGENTE DE 32 1023874110 CRISTIAN CAMILO TIBATA GONZALEZ TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 33 1001594157 DAMARIS SANCHEZ SANCHEZ TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 34 1016083191 DANIEL ARAMIS TERAN FRANCO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 35 1033760114 DARIEN FELIPE GUARIN CABALLERO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 36 1010219664 DAVID ALEJANDRO GONZALEZ CELIS TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 37 1023010102 DEISY JULIETH HERRERA GUTIERREZ TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 38 1075245261 DEIVIS FABIAN SILVA LOSADA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 39 1023943949 DIANA CAROLINA MOLINA RODRIGUEZ TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 40 52735335 DIANA MARCELA SALAZAR ARTEAGA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE 6 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR15-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-34 • 2026 • FEBRERO • 4 34 *202562020344556* DTH 202562020344556 Informacion Publica RESOLUCIÓN NÚMERO 2034455 DE 2025 “POR LA CUAL SE HACEN UNOS NOMBRAMIENTOS EN PROVISIONALIDAD EN UNOS EMPLEOS EN VACANCIA DEFINITIVA DENTRO DE LA PLANTA DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD”

NO CÉDULA NOMBRE COMPLETO DENOMINACION CÓDIGO GRADO DEPENDENCIA AGENTE DE 41 1000512480 DIEGO ARMANDO MALDONADO PRIETO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 42 1022980551 DIEGO FERNANDO ACOSTA PRADA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 43 1006594904 DORIAN DAVINSON MONTAÑEZ PABON TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 44 80920073 EDISON ANDRÉS SUAREZ PEÑA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 45 1018476959 EDWIN ALEJANDRO CASTRO DIAZ TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 46 1073704815 ERICK FERNANDO BETANCURT RAMÍREZ TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 47 1073246513 ERIKA MARCELA LOPEZ GONZALEZ TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 48 1045113790 ESNEIDER LOAIZA LONDOÑO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 49 1012424861 FABIO ANDRES MURCIA ROMERO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 50 80801732 FRANK ALEXANDER CALDERON TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 51 1075661406 FREDY ARTURO GARNICA CETINA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 52 1055835571 FREY FERNANDO ROJAS DUQUE TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE 7 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR15-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-35 • 2026 • FEBRERO • 4 35 *202562020344556* DTH 202562020344556 Informacion Publica RESOLUCIÓN NÚMERO 2034455 DE 2025 “POR LA CUAL SE HACEN UNOS NOMBRAMIENTOS EN PROVISIONALIDAD EN UNOS EMPLEOS EN VACANCIA DEFINITIVA DENTRO DE LA PLANTA DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD”

NO CÉDULA NOMBRE COMPLETO DENOMINACION CÓDIGO GRADO DEPENDENCIA AGENTE DE 53 1105787574 GEISSON AUGUSTO HERNANDEZ MELO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE 54 16510432 GONZALO GUERRERO AGENTE DE TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 55 1012404905 GUSTAVO ADOLFO CHAVEZ SANDOVAL TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 56 1075629337 GUSTAVO ADOLFO REYES CORDOBA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 57 1082857244 GUSTAVO ANDRES VELASQUEZ AVILA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 58 1013680926 HAMINTON ENRIQUE GARCIA AYALA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 59 80259565 HAROL ANDRES NAVARRO SIERRA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 60 1022976948 HECTOR ANDRES MORENO SANTOS TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 61 1015468283 HECTOR EDUARDO BONILLA VILLA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 62 1019061500 HECTOR IVAN FAJARDO BRICEÑO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 63 1010244273 HEIDY GERALDINE OLARTE GOMEZ TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 64 1014194877 HEIDY JOHANNA BUITRAGO OJEDA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE 8 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR15-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-36 • 2026 • FEBRERO • 4 36 *202562020344556* DTH 202562020344556 Informacion Publica RESOLUCIÓN NÚMERO 2034455 DE 2025 “POR LA CUAL SE HACEN UNOS NOMBRAMIENTOS EN PROVISIONALIDAD EN UNOS EMPLEOS EN VACANCIA DEFINITIVA DENTRO DE LA PLANTA DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD”

NO CÉDULA NOMBRE COMPLETO DENOMINACION CÓDIGO GRADO DEPENDENCIA AGENTE DE 65 1073703322 JAIME ALEJANDRO ROMERO HEREDIA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 66 1019026947 JAIR ANDRES AGUIRRE ORTEGA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 67 1032420483 JAVIER ANDRÉS CAVIEDES CARDENAS TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 68 1075250796 JEFFERSON CAMILO VARGAS TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 69 1016094730 JEFFERSON ELIECER PARDO GUERRERO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 70 1026566545 JEFFERSON OVIEDO TORRES TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 71 1080185254 JESSICA GARCIA BORRERO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 72 1000239619 JESUS ALEXANDER CACERES REY TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 73 1110443441 JESUS EFREN GARZON VAQUIRO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 74 79841580 JESUS LEONARDO ROMERO GARCIA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 75 1014250492 JHOAN CAMILO SUAREZ CORREA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 76 1012356825 JHON ALEXANDER PULIDO PIRATEQUE TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE 9 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR15-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-37 • 2026 • FEBRERO • 4 37 *202562020344556* DTH 202562020344556 Informacion Publica RESOLUCIÓN NÚMERO 2034455 DE 2025 “POR LA CUAL SE HACEN UNOS NOMBRAMIENTOS EN PROVISIONALIDAD EN UNOS EMPLEOS EN VACANCIA DEFINITIVA DENTRO DE LA PLANTA DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD”

NO CÉDULA NOMBRE COMPLETO DENOMINACION CÓDIGO GRADO DEPENDENCIA AGENTE DE 77 80773724 JHON FERNANDO CUERVO SÁNCHEZ TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 78 1121928871 JHON JAIRO DIAZ BARRERA.

TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO 79 1032393734 JHON JAIRO RODRIGUEZ RODRIGUEZ Y TRANSPORTE AGENTE DE 80 1121870221 JHON PEDRO BASTO CALDERON TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 81 80769794 JHONNATHAN RAFAEL DUERTE TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO VILLAMOR Y TRANSPORTE AGENTE DE 82 1062317081 JHONNY ANDRES GUTIERREZ SUAREZ.

TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 83 1030668418 JIMMY ALEJANDRO VARGAS MONTERO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 84 1022397275 JOAN SEBASTIAN TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO BENAVIDES RODRIGUEZ Y TRANSPORTE AGENTE DE 85 1013604170 JOAQUIN MAURICIO LOPEZ GARAVIÑO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 86 1012456324 JOEL ESTEBAN SUAREZ BEJARANO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 87 1022966552 JOHAM STEWAR TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO INFANTE QUINCHANEGUA Y TRANSPORTE AGENTE DE 88 1000272036 JOHN ALEXANDER GARCIA CORDOBA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE 10 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR15-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-38 • 2026 • FEBRERO • 4 38 *202562020344556* DTH 202562020344556 Informacion Publica RESOLUCIÓN NÚMERO 2034455 DE 2025 “POR LA CUAL SE HACEN UNOS NOMBRAMIENTOS EN PROVISIONALIDAD EN UNOS EMPLEOS EN VACANCIA DEFINITIVA DENTRO DE LA PLANTA DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD”

NO CÉDULA NOMBRE COMPLETO DENOMINACION CÓDIGO GRADO DEPENDENCIA AGENTE DE 89 1022966451 JOHN CAMILO MURCIA RIZO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 90 1030573242 JOHN FERNANDO LOPEZ QUEVEDO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 91 1019016111 JOHN FREDY CORTES MARROQUIN TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 92 1022961344 JOHN FREDY JIMENEZ SANCHEZ TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 93 1030598589 JONATHAN SMITH OLARTE MUÑOZ TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 94 1022418535 JONATHAN UNEME VEGA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 95 1026305325 JONNY STEVEN SARMIENTO DUQUE TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 96 80258000 JORGE ARMANDO PERDOMO VALBUENA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 97 1013628953 JORGE ARMANDO VANEGAS VANEGAS TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 98 80864945 JOSE ALBERTO CASTRO LEON TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 99 80927283 JOSE DAVID QUIJANO DÍAZ TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 100 80894135 JOSE ORLANDO BLANCO ALVAREZ TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE 11 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR15-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-39 • 2026 • FEBRERO • 4 39 *202562020344556* DTH 202562020344556 Informacion Publica RESOLUCIÓN NÚMERO 2034455 DE 2025 “POR LA CUAL SE HACEN UNOS NOMBRAMIENTOS EN PROVISIONALIDAD EN UNOS EMPLEOS EN VACANCIA DEFINITIVA DENTRO DE LA PLANTA DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD”

NO CÉDULA NOMBRE COMPLETO DENOMINACION CÓDIGO GRADO DEPENDENCIA AGENTE DE 101 1093785324 JUAN CARLOS REYES URIBE TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 102 1013623519 JUAN DAVID MARIN POSADA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 103 1012462355 JUAN DAVID NOVOA MANCIPE TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 104 1071166360 JUAN NICOLAS SABOGAL MORENO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 105 1001269511 KEVIN DAMIAN FORERO BELLO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 106 1031167438 LAURA ALEJANDRA BORJA MORENO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 107 1012424957 LEIDY CATERINNE SARMIENTO GAMBOA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 108 1031154385 LEIDY JOHANNA CARDOZO MARTINEZ TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 109 1099282224 LEONEL AMADO OVALLE TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 110 1019108354 LISETH CAROLINA SANCHEZ PRADO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 111 1023916935 LUIS ALBERTO VILLAMIZAR TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO PEÑALOZA Y TRANSPORTE AGENTE DE 112 1012427921 LUIS EDUARDO GUADUAS RUBIANO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE 12 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR15-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-40 • 2026 • FEBRERO • 4 40 *202562020344556* DTH 202562020344556 Informacion Publica RESOLUCIÓN NÚMERO 2034455 DE 2025 “POR LA CUAL SE HACEN UNOS NOMBRAMIENTOS EN PROVISIONALIDAD EN UNOS EMPLEOS EN VACANCIA DEFINITIVA DENTRO DE LA PLANTA DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD”

NO CÉDULA NOMBRE COMPLETO DENOMINACION CÓDIGO GRADO DEPENDENCIA AGENTE DE 113 1118555523 LUZADANI CASTILLO PIDIACHE TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 114 1012443708 MAIRA DANIELA CAMACHO SOTELO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 115 1233889924 MARIA DANIELA RIOS ROJAS TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 116 1018473975 MARIA FERNANDA FRANCO FONSECA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 117 1000726703 MICHAEL STEVEN GOMEZ TORRES TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 118 1090395932 MILTON MAURICIO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO CARDENAS CARDENAS Y TRANSPORTE AGENTE DE 119 1018471520 NICOLLE VANESSA MARIN SUAREZ TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 120 80769091 OMAR JAVIER ZAMBRANO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO MARTINEZ Y TRANSPORTE AGENTE DE 121 1016007409 OSCAR ALEJANDRO LAVERDE PRIETO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 122 1045724345 OSCAR ANDRES MARTELO MARQUEZ TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 123 1023965841 OSCAR ARMANDO ESCOBAR MAHECHA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 124 1144134200 PAOLA ANDREA GARCIA BARBOSA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE 13 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR15-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-41 • 2026 • FEBRERO • 4 41 *202562020344556* DTH 202562020344556 Informacion Publica RESOLUCIÓN NÚMERO 2034455 DE 2025 “POR LA CUAL SE HACEN UNOS NOMBRAMIENTOS EN PROVISIONALIDAD EN UNOS EMPLEOS EN VACANCIA DEFINITIVA DENTRO DE LA PLANTA DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD”

NO CÉDULA NOMBRE COMPLETO DENOMINACION CÓDIGO GRADO DEPENDENCIA AGENTE DE 125 1030549992 RICARDO ALEXANDER SANCHEZ CARDENAS TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 126 1073703171 ROBINSON GIOVANNY GONZALEZ DUARTE TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 127 1010134247 ROGERS GUERRERO BELTRAN TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 128 1093795995 RONALD EDWIN ACUÑA DIAZ TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 129 1033750024 RUBEN DARIO ACUÑA MERCHAN TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 130 1014188497 SANDRA MILENA GARCIA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 131 1019120311 SEBASTIAN ALEXANDER BLANCO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO ACERO Y TRANSPORTE AGENTE DE 132 1022359291 SERGIO ENRIQUE AREVALO AGUILAR TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 133 1110492531 VICTOR ALFONSO LOZANO HUEPA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 134 1033719192 VIVIAN MARCIALES MORA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 135 1023888114 WILLIAM ANDRES GONZALEZ TORRES TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 136 1013609806 WILSON ALEXANDER MONROY PARRA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE 14 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR15-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-42 • 2026 • FEBRERO • 4 42 *202562020344556* DTH 202562020344556 Informacion Publica RESOLUCIÓN NÚMERO 2034455 DE 2025 “POR LA CUAL SE HACEN UNOS NOMBRAMIENTOS EN PROVISIONALIDAD EN UNOS EMPLEOS EN VACANCIA DEFINITIVA DENTRO DE LA PLANTA DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD”

NO CÉDULA NOMBRE COMPLETO DENOMINACION CÓDIGO GRADO DEPENDENCIA AGENTE DE 137 1000502524 XIOMARA KATHERINE MORALES ROCHA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 138 1015423764 YADAIRO PACHON ANGULO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 139 1083031401 YAN CARLOS FIGUEROA MONTERO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 140 1088305772 YENY PAOLA ARCE ARCE TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 141 1018489192 YOE FRANCISCO GIL RAMIREZ TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 142 1012327961 YONATAN JABIER BERMUDEZ DIAZ TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE Que por lo anterior se considera procedente nombrar en provisionalidad a las personas antes mencionadas en las vacantes definitivas de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo primero.

Nombrar mediante nombramiento en provisionalidad a las siguientes personas dentro de la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad en el empleo que se indica a continuación:

NO CÉDULA NOMBRE COMPLETO DENOMINACION CÓDIGO GRADO DEPENDENCIA AGENTE DE 1 1073608143 AIDER ARIT RODRIGUEZ HERRERA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 2 1024536302 ALIXON GINETH PARRA GUTIERREZ TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE 15 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR15-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-43 • 2026 • FEBRERO • 4 43 *202562020344556* DTH 202562020344556 Informacion Publica RESOLUCIÓN NÚMERO 2034455 DE 2025 “POR LA CUAL SE HACEN UNOS NOMBRAMIENTOS EN PROVISIONALIDAD EN UNOS EMPLEOS EN VACANCIA DEFINITIVA DENTRO DE LA PLANTA DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD”

NO CÉDULA NOMBRE COMPLETO DENOMINACION CÓDIGO GRADO DEPENDENCIA AGENTE DE 3 1014199180 ALONSO RIAÑO RIAÑO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 4 1037641209 ANA MARIA AGUDELO LONDOÑO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 5 1006849115 ANDERSON DAMIAN ROMO TORO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 6 1007156574 ANDRES FELIPE RIAÑO RINCON TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 7 1022995678 ANDRÉS FELIPE UTINICO MARIN TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 8 1003661153 ANDRES JULIAN GOMEZ RODRIGUEZ TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 9 1000861366 ANDRES OBEIMAR MORERA AMAZO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 10 1006121497 ANDRÉS RICARDO ROJAS MOLINA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 11 1033715713 ANDRES SEBASTIAN TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO SANTAMARIA SANTAMARIA Y TRANSPORTE AGENTE DE 12 1111664690 ANGIE DAYANA HENAO BOHORQUEZ.

TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 13 1026592779 ANGIE KATHERINE RINCON GAMBOA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 14 1022365753 ARISTIDES RODRIGUEZ TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO SUTANEME Y TRANSPORTE 16 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR15-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-44 • 2026 • FEBRERO • 4 44 *202562020344556* DTH 202562020344556 Informacion Publica RESOLUCIÓN NÚMERO 2034455 DE 2025 “POR LA CUAL SE HACEN UNOS NOMBRAMIENTOS EN PROVISIONALIDAD EN UNOS EMPLEOS EN VACANCIA DEFINITIVA DENTRO DE LA PLANTA DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD”

NO CÉDULA NOMBRE COMPLETO DENOMINACION CÓDIGO GRADO DEPENDENCIA AGENTE DE 15 3662962 ARNOLD EDUARDO MONTOYA ZAPATA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 16 1022443549 BRAHIAN ALEXIS GUZMAN ROMERO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 17 1024565663 BRANDON FELIPE SERRANO BAUTISTA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 18 1022987106 BRANDON STIBEN RAMIREZ CALVO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 19 1033814149 BRAYAN ANDRES HERNANDEZ VELEZ TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 20 1070609258 BRAYAN ANDRÉS SABOGAL LOZANO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 21 1233498608 BRAYAN FELIPE BALLESTEROS TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO RODRIGUEZ Y TRANSPORTE AGENTE DE 22 1019091983 BRAYAN IVAN CASTIBLANCO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO SEPULVEDA Y TRANSPORTE AGENTE DE 23 1032385616 CARLOS ANDRES ARIAS SANTA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 24 80802113 CARLOS ANDRES ROMERO SUAREZ TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 25 1024464037 CARLOS ANDRES SIERRA AMAYA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 26 1020717706 CARLOS ARTURO SUAREZ TRIVIÑO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE 17 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR15-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-45 • 2026 • FEBRERO • 4 45 *202562020344556* DTH 202562020344556 Informacion Publica RESOLUCIÓN NÚMERO 2034455 DE 2025 “POR LA CUAL SE HACEN UNOS NOMBRAMIENTOS EN PROVISIONALIDAD EN UNOS EMPLEOS EN VACANCIA DEFINITIVA DENTRO DE LA PLANTA DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD”

NO CÉDULA NOMBRE COMPLETO DENOMINACION CÓDIGO GRADO DEPENDENCIA AGENTE DE 27 1019065088 CARLOS AUGUSTO BALAGUERA ARAQUE TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 28 1013590142 CESAR AUGUSTO LOZANO LOZANO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 29 1005701659 CESAR AUGUSTO TINOCO MILLAN TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 30 1019098875 CLAUDIA MARIA RINCON AMAYA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 31 1072195193 CRISTIAN ALEXANDER ORTIZ TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO OSPINA Y TRANSPORTE AGENTE DE 32 1023874110 CRISTIAN CAMILO TIBATA GONZALEZ TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 33 1001594157 DAMARIS SANCHEZ SANCHEZ TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 34 1016083191 DANIEL ARAMIS TERAN FRANCO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 35 1033760114 DARIEN FELIPE GUARIN CABALLERO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 36 1010219664 DAVID ALEJANDRO GONZALEZ CELIS TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 37 1023010102 DEISY JULIETH HERRERA GUTIERREZ TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 38 1075245261 DEIVIS FABIAN SILVA LOSADA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE 18 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR15-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-46 • 2026 • FEBRERO • 4 46 *202562020344556* DTH 202562020344556 Informacion Publica RESOLUCIÓN NÚMERO 2034455 DE 2025 “POR LA CUAL SE HACEN UNOS NOMBRAMIENTOS EN PROVISIONALIDAD EN UNOS EMPLEOS EN VACANCIA DEFINITIVA DENTRO DE LA PLANTA DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD”

NO CÉDULA NOMBRE COMPLETO DENOMINACION CÓDIGO GRADO DEPENDENCIA AGENTE DE 39 1023943949 DIANA CAROLINA MOLINA RODRIGUEZ TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 40 52735335 DIANA MARCELA SALAZAR ARTEAGA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 41 1000512480 DIEGO ARMANDO MALDONADO PRIETO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 42 1022980551 DIEGO FERNANDO ACOSTA PRADA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 43 1006594904 DORIAN DAVINSON MONTAÑEZ PABON TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 44 80920073 EDISON ANDRÉS SUAREZ PEÑA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 45 1018476959 EDWIN ALEJANDRO CASTRO DIAZ TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 46 1073704815 ERICK FERNANDO BETANCURT RAMÍREZ TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 47 1073246513 ERIKA MARCELA LOPEZ GONZALEZ TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 48 1045113790 ESNEIDER LOAIZA LONDOÑO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 49 1012424861 FABIO ANDRES MURCIA ROMERO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 50 80801732 FRANK ALEXANDER CALDERON TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE 19 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR15-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-47 • 2026 • FEBRERO • 4 47 *202562020344556* DTH 202562020344556 Informacion Publica RESOLUCIÓN NÚMERO 2034455 DE 2025 “POR LA CUAL SE HACEN UNOS NOMBRAMIENTOS EN PROVISIONALIDAD EN UNOS EMPLEOS EN VACANCIA DEFINITIVA DENTRO DE LA PLANTA DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD”

NO CÉDULA NOMBRE COMPLETO DENOMINACION CÓDIGO GRADO DEPENDENCIA AGENTE DE 51 1075661406 FREDY ARTURO GARNICA CETINA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 52 1055835571 FREY FERNANDO ROJAS DUQUE TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 53 1105787574 GEISSON AUGUSTO HERNANDEZ MELO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE 54 16510432 GONZALO GUERRERO AGENTE DE TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 55 1012404905 GUSTAVO ADOLFO CHAVEZ SANDOVAL TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 56 1075629337 GUSTAVO ADOLFO REYES CORDOBA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 57 1082857244 GUSTAVO ANDRES VELASQUEZ AVILA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 58 1013680926 HAMINTON ENRIQUE GARCIA AYALA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 59 80259565 HAROL ANDRES NAVARRO SIERRA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 60 1022976948 HECTOR ANDRES MORENO SANTOS TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 61 1015468283 HECTOR EDUARDO BONILLA VILLA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 62 1019061500 HECTOR IVAN FAJARDO BRICEÑO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE 20 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR15-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-48 • 2026 • FEBRERO • 4 48 *202562020344556* DTH 202562020344556 Informacion Publica RESOLUCIÓN NÚMERO 2034455 DE 2025 “POR LA CUAL SE HACEN UNOS NOMBRAMIENTOS EN PROVISIONALIDAD EN UNOS EMPLEOS EN VACANCIA DEFINITIVA DENTRO DE LA PLANTA DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD”

NO CÉDULA NOMBRE COMPLETO DENOMINACION CÓDIGO GRADO DEPENDENCIA AGENTE DE 63 1010244273 HEIDY GERALDINE OLARTE GOMEZ TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 64 1014194877 HEIDY JOHANNA BUITRAGO OJEDA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 65 1073703322 JAIME ALEJANDRO ROMERO HEREDIA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 66 1019026947 JAIR ANDRES AGUIRRE ORTEGA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 67 1032420483 JAVIER ANDRÉS CAVIEDES CARDENAS TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 68 1075250796 JEFFERSON CAMILO VARGAS TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 69 1016094730 JEFFERSON ELIECER PARDO GUERRERO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 70 1026566545 JEFFERSON OVIEDO TORRES TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 71 1080185254 JESSICA GARCIA BORRERO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 72 1000239619 JESUS ALEXANDER CACERES REY TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 73 1110443441 JESUS EFREN GARZON VAQUIRO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 74 79841580 JESUS LEONARDO ROMERO GARCIA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE 21 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR15-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-49 • 2026 • FEBRERO • 4 49 *202562020344556* DTH 202562020344556 Informacion Publica RESOLUCIÓN NÚMERO 2034455 DE 2025 “POR LA CUAL SE HACEN UNOS NOMBRAMIENTOS EN PROVISIONALIDAD EN UNOS EMPLEOS EN VACANCIA DEFINITIVA DENTRO DE LA PLANTA DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD”

NO CÉDULA NOMBRE COMPLETO DENOMINACION CÓDIGO GRADO DEPENDENCIA AGENTE DE 75 1014250492 JHOAN CAMILO SUAREZ CORREA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 76 1012356825 JHON ALEXANDER PULIDO PIRATEQUE TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 77 80773724 JHON FERNANDO CUERVO SÁNCHEZ TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 78 1121928871 JHON JAIRO DIAZ BARRERA.

TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO 79 1032393734 JHON JAIRO RODRIGUEZ RODRIGUEZ Y TRANSPORTE AGENTE DE 80 1121870221 JHON PEDRO BASTO CALDERON TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 81 80769794 JHONNATHAN RAFAEL DUERTE TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO VILLAMOR Y TRANSPORTE AGENTE DE 82 1062317081 JHONNY ANDRES GUTIERREZ SUAREZ.

TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 83 1030668418 JIMMY ALEJANDRO VARGAS MONTERO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 84 1022397275 JOAN SEBASTIAN TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO BENAVIDES RODRIGUEZ Y TRANSPORTE AGENTE DE 85 1013604170 JOAQUIN MAURICIO LOPEZ GARAVIÑO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 86 1012456324 JOEL ESTEBAN SUAREZ BEJARANO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE 22 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR15-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-50 • 2026 • FEBRERO • 4 50 *202562020344556* DTH 202562020344556 Informacion Publica RESOLUCIÓN NÚMERO 2034455 DE 2025 “POR LA CUAL SE HACEN UNOS NOMBRAMIENTOS EN PROVISIONALIDAD EN UNOS EMPLEOS EN VACANCIA DEFINITIVA DENTRO DE LA PLANTA DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD”

NO CÉDULA NOMBRE COMPLETO DENOMINACION CÓDIGO GRADO DEPENDENCIA AGENTE DE 87 1022966552 JOHAM STEWAR TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO INFANTE QUINCHANEGUA Y TRANSPORTE AGENTE DE 88 1000272036 JOHN ALEXANDER GARCIA CORDOBA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 89 1022966451 JOHN CAMILO MURCIA RIZO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 90 1030573242 JOHN FERNANDO LOPEZ QUEVEDO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 91 1019016111 JOHN FREDY CORTES MARROQUIN TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 92 1022961344 JOHN FREDY JIMENEZ SANCHEZ TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 93 1030598589 JONATHAN SMITH OLARTE MUÑOZ TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 94 1022418535 JONATHAN UNEME VEGA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 95 1026305325 JONNY STEVEN SARMIENTO DUQUE TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 96 80258000 JORGE ARMANDO PERDOMO VALBUENA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 97 1013628953 JORGE ARMANDO VANEGAS VANEGAS TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 98 80864945 JOSE ALBERTO CASTRO LEON TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE 23 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR15-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-51 • 2026 • FEBRERO • 4 51 *202562020344556* DTH 202562020344556 Informacion Publica RESOLUCIÓN NÚMERO 2034455 DE 2025 “POR LA CUAL SE HACEN UNOS NOMBRAMIENTOS EN PROVISIONALIDAD EN UNOS EMPLEOS EN VACANCIA DEFINITIVA DENTRO DE LA PLANTA DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD”

NO CÉDULA NOMBRE COMPLETO DENOMINACION CÓDIGO GRADO DEPENDENCIA AGENTE DE 99 80927283 JOSE DAVID QUIJANO DÍAZ TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 100 80894135 JOSE ORLANDO BLANCO ALVAREZ TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 101 1093785324 JUAN CARLOS REYES URIBE TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 102 1013623519 JUAN DAVID MARIN POSADA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 103 1012462355 JUAN DAVID NOVOA MANCIPE TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 104 1071166360 JUAN NICOLAS SABOGAL MORENO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 105 1001269511 KEVIN DAMIAN FORERO BELLO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 106 1031167438 LAURA ALEJANDRA BORJA MORENO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 107 1012424957 LEIDY CATERINNE SARMIENTO GAMBOA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 108 1031154385 LEIDY JOHANNA CARDOZO MARTINEZ TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 109 1099282224 LEONEL AMADO OVALLE TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 110 1019108354 LISETH CAROLINA SANCHEZ PRADO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE 24 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR15-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-52 • 2026 • FEBRERO • 4 52 *202562020344556* DTH 202562020344556 Informacion Publica RESOLUCIÓN NÚMERO 2034455 DE 2025 “POR LA CUAL SE HACEN UNOS NOMBRAMIENTOS EN PROVISIONALIDAD EN UNOS EMPLEOS EN VACANCIA DEFINITIVA DENTRO DE LA PLANTA DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD”

NO CÉDULA NOMBRE COMPLETO DENOMINACION CÓDIGO GRADO DEPENDENCIA AGENTE DE 111 1023916935 LUIS ALBERTO VILLAMIZAR TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO PEÑALOZA Y TRANSPORTE AGENTE DE 112 1012427921 LUIS EDUARDO GUADUAS RUBIANO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 113 1118555523 LUZADANI CASTILLO PIDIACHE TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 114 1012443708 MAIRA DANIELA CAMACHO SOTELO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 115 1233889924 MARIA DANIELA RIOS ROJAS TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 116 1018473975 MARIA FERNANDA FRANCO FONSECA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 117 1000726703 MICHAEL STEVEN GOMEZ TORRES TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 118 1090395932 MILTON MAURICIO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO CARDENAS CARDENAS Y TRANSPORTE AGENTE DE 119 1018471520 NICOLLE VANESSA MARIN SUAREZ TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 120 80769091 OMAR JAVIER ZAMBRANO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO MARTINEZ Y TRANSPORTE AGENTE DE 121 1016007409 OSCAR ALEJANDRO LAVERDE PRIETO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 122 1045724345 OSCAR ANDRES MARTELO MARQUEZ TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE 25 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR15-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-53 • 2026 • FEBRERO • 4 53 *202562020344556* DTH 202562020344556 Informacion Publica RESOLUCIÓN NÚMERO 2034455 DE 2025 “POR LA CUAL SE HACEN UNOS NOMBRAMIENTOS EN PROVISIONALIDAD EN UNOS EMPLEOS EN VACANCIA DEFINITIVA DENTRO DE LA PLANTA DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD”

NO CÉDULA NOMBRE COMPLETO DENOMINACION CÓDIGO GRADO DEPENDENCIA AGENTE DE 123 1023965841 OSCAR ARMANDO ESCOBAR MAHECHA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 124 1144134200 PAOLA ANDREA GARCIA BARBOSA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 125 1030549992 RICARDO ALEXANDER SANCHEZ CARDENAS TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 126 1073703171 ROBINSON GIOVANNY GONZALEZ DUARTE TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 127 1010134247 ROGERS GUERRERO BELTRAN TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 128 1093795995 RONALD EDWIN ACUÑA DIAZ TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 129 1033750024 RUBEN DARIO ACUÑA MERCHAN TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 130 1014188497 SANDRA MILENA GARCIA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 131 1019120311 SEBASTIAN ALEXANDER BLANCO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO ACERO Y TRANSPORTE AGENTE DE 132 1022359291 SERGIO ENRIQUE AREVALO AGUILAR TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 133 1110492531 VICTOR ALFONSO LOZANO HUEPA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 134 1033719192 VIVIAN MARCIALES MORA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE 26 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR15-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-54 • 2026 • FEBRERO • 4 54 *202562020344556* DTH 202562020344556 Informacion Publica RESOLUCIÓN NÚMERO 2034455 DE 2025 “POR LA CUAL SE HACEN UNOS NOMBRAMIENTOS EN PROVISIONALIDAD EN UNOS EMPLEOS EN VACANCIA DEFINITIVA DENTRO DE LA PLANTA DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD”

NO CÉDULA NOMBRE COMPLETO DENOMINACION CÓDIGO GRADO DEPENDENCIA AGENTE DE 135 1023888114 WILLIAM ANDRES GONZALEZ TORRES TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 136 1013609806 WILSON ALEXANDER MONROY PARRA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 137 1000502524 XIOMARA KATHERINE MORALES ROCHA TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 138 1015423764 YADAIRO PACHON ANGULO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 139 1083031401 YAN CARLOS FIGUEROA MONTERO TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 140 1088305772 YENY PAOLA ARCE ARCE TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 141 1018489192 YOE FRANCISCO GIL RAMIREZ TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE AGENTE DE 142 1012327961 YONATAN JABIER BERMUDEZ DIAZ TRÁNSITO 340 13 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE

Artículo segundo.

El nombramiento de que trata el artículo anterior es de carácter PROVISIONAL y no genera derechos de carrera administrativa.

Parágrafo 1. Al cumplirse la condición resolutoria correspondiente al nombramiento provisional
(culminación del proceso de selección, hasta que se produzca el nombramiento en periodo de prueba o se realice el reemplazo con las listas de elegibles resultantes del concurso de méritos) el nombramiento realizado mediante el artículo anterior quedará automáticamente sin efecto y el funcionario automáticamente retirado del servicio.

Parágrafo 2. Antes de cumplirse la condición resolutoria correspondiente del nombramiento
provisional efectuado mediante el presente acto administrativo, el nominador, por resolución motivada, podrá darlo por terminado de conformidad con la potestad normativa establecida por el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector de Función Pública 27 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR15-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-55 • 2026 • FEBRERO • 4 55 *202562020344556* DTH 202562020344556 Informacion Publica RESOLUCIÓN NÚMERO 2034455 DE 2025 “POR LA CUAL SE HACEN UNOS NOMBRAMIENTOS EN PROVISIONALIDAD EN UNOS EMPLEOS EN VACANCIA DEFINITIVA DENTRO DE LA PLANTA DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD”

(modificado por el Decreto Nacional 648 de 2017) y los criterios definidos por la jurisprudencia Constitucional y Contencioso Administrativa.

Artículo tercero.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y se ordena su respectiva comunicación

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C. a los seis día(s) del mes de Noviembre de 2025.

Paulo Andres Rincon Garay Secretario de Despacho (e)

Firma mecánica generada en 06-11-2025 05:59 PM Aprobó: Clemencia Rojas Arias-Subsecretaría de Gestión Corporativa Aprobó: Maria Teresa Rodriguez Leal-Dirección de Talento Humano Elaboró: Maria Claudia Gomez Salazar 28 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR15-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-56 • 2026 • FEBRERO • 4 56 *202562020357706* DTH 202562020357706 Informacion Publica RESOLUCIÓN NÚMERO 2035770 DE 2025 “POR LA CUAL SE HACE UN NOMBRAMIENTO ORDINARIO”

EL SECRETARIO DE DESPACHO (E) DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD- SDM, En ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, el artículo 4 numeral 21 del Decreto Distrital 672 de 2018 y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Distrital 673 del 22 de noviembre de 2018 se establece la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad, la cual fue modificada por los Decretos Distritales 393 del 19 de octubre de 2021, 430 del 29 de octubre de 2021, 473 del 21 de octubre de 2022 y Decreto 273 del 26 de junio de 2023, dentro de la cual se encuentra el empleo Subsecretario de Despacho Código 045 Grado 08 de la Subsecretaría de Servicios a la Ciudadanía de la Secretaría Distrital de Movilidad de la Secretaría Distrital de Movilidad.

Que mediante la Resolución No. 1577966 del día 30 de julio del 2025, se aceptó la renuncia presentada por ADRIANA RUTH IZA CERTUCHE identificada con cédula de ciudadanía No 52.495.344, en relación con el empleo Subsecretario de Despacho Código 045 Grado 08 de la Subsecretaría de Servicios a la Ciudadanía de la Secretaría Distrital de Movilidad, a partir del día 15 de agosto de 2025.

Que por necesidades del servicio resulta procedente realizar la provisión del empleo por considerarse indispensable para el cabal funcionamiento de la dependencia.

Que una vez realizada la verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos para desempeñar el empleo de Subsecretario de Despacho Código 045 Grado 08 de la Subsecretaría de Servicios a la Ciudadanía de la Secretaría Distrital de Movilidad, se tiene que la señora OLGA LILIANA PINEDA BUITRAGO identificada con cédula de ciudadanía No 52.346.766, cumple con los requisitos y el perfil requerido para desempeñar dicho empleo.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo primero.

Nombrar a OLGA LILIANA PINEDA BUITRAGO identificada con cédula de ciudadanía No 52.346.766, en el empleo SUBSECRETARIO DE DESPACHO Código 045 Grado 08 de la SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS A LA CIUDADANÍA de la Secretaría Distrital de Movilidad.

1 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR16-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-57 • 2026 • FEBRERO • 4 57 *202562020357706* DTH 202562020357706 Informacion Publica RESOLUCIÓN NÚMERO 2035770 DE 2025 “POR LA CUAL SE HACE UN NOMBRAMIENTO ORDINARIO”

Artículo segundo.

La presente resolución rige a partir de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C. a los siete día(s) del mes de Noviembre de 2025.

Paulo Andres Rincon Garay Secretario de Despacho (e) Firma mecánica generada en 07-11-2025 07:29 AM Aprobó: Clemencia Rojas Arias-Subsecretaría de Gestión Corporativa Aprobó: Maria Teresa Rodriguez Leal-Dirección de Talento Humano Elaboró: Maria Claudia Gomez Salazar 2 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR16-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-58 • 2026 • FEBRERO • 4 58 RESOLUCIÓN DE 2023 *202341001431736* DAC 202341001431736 Informacion Publica Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento RESOLUCIÓN NÚMERO 143173 DE 2023 “POR MEDIO DE LA CUAL ADICIONA A LA RESOLUCIÓN No. 637-02 del 04 DE ABRIL DE 2019 EN RELACION AL VEHICULO DE PLACAS BUU07.”

EL(LA) DIRECTORA TÉCNICA DE ATENCIÓN AL CIUDADANO DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD- SDM, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 209 de Constitución Política, la Ley 769 de 2002, Ley 1730 de 2014, Decreto Distrital 672 del 22 de noviembre de 2018 y la resolución 345192 de 2022 de la Secretaría Distrital de Movilidad, expide el presente acto administrativo previo los siguientes:

ANTECEDENTES Que, en virtud de la inmovilización y la permanencia en los patios oficiales de esta Secretaría, el 04 de abril de 2019, la Dirección de Investigaciones Administrativas al Tránsito y Transporte de la Secretaría Distrital de Movilidad emitió la resolución No. 1563-02, “Por medio de la cual se declara administrativamente el abandono de vehículos inmovilizados en los patios oficiales de la Secretaría Distrital de Movilidad de Bogotá D.C. y se impone la obligación de pagar una suma de dinero por concepto de servicios y grúa y patios”, del vehículo de placas BUU07.

Que el 30 de diciembre de 2022, fue proferida por el despacho de la Secretaría Distrital de Movilidad, la Resolución N° 345192, por medio de la cual se delegó en la Dirección de Atención al Ciudadano, la facultad de expedir, a partir de su vigencia, los actos administrativos de declaratoria de abandono en aplicación de la Ley 1730 de 2014.

CONSIDERACIONES:

Que la Constitución Política en su calidad de ordenamiento jurídico fundante del estado colombiano, declarado por la asamblea constituyente como un estado social de derecho, consagró, entre sus postulados, que los jueces al emitir sus providencias se encuentran sometidos al imperio de la ley (CP art. 230); máxima aplicable a las autoridades administrativas que deciden actuaciones en las que se involucran los derechos constitucionales y legales de los ciudadanos, que, en todo caso, deben garantizar la aplicación del principio del debido proceso (CP art. 29) y aquellos predicables de la función administrativa, debidamente consignados en ella (CP art. 209) y en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA art. 3º).

Que, en virtud del principio de eficacia, las autoridades administrativas están facultadas para adoptar las decisiones pertinentes que remuevan los obstáculos puramente formales de las actuaciones administrativas y permitan la efectividad del objetivo del procedimiento (Ley 1437 de 2011, art. 3, numeral 11).

Que, ante la ausencia de regulación en el Código Nacional de Tránsito Terrestre (Ley 769 de 2002) respecto a los mecanismos en poder de las autoridades para adicionar los actos administrativos que se expidan en ejercicio de sus funciones, en razón a la omisión sobre aquellos puntos que debían ser objeto de pronunciamiento, es menester remitirse a las normas del Código General del Proceso, de conformidad con el artículo 162 de la Ley 769 de 2002.

Que, el Código General del Proceso establece en su Artículo 287 la figura de la adición en los siguientes términos.

1 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR16-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-59 • 2026 • FEBRERO • 4 59 *202341001431736* DAC 202341001431736 Informacion Publica Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento RESOLUCIÓN NÚMERO 143173 DE 2023 “POR MEDIO DE LA CUAL ADICIONA A LA RESOLUCIÓN No. 637-02 del 04 DE ABRIL DE 2019 EN RELACION AL VEHICULO DE PLACAS BUU07.”

Artículo 287.

Adición. Cuando la sentencia omita resolver sobre cualquiera de los extremos de la litis o sobre cualquier otro punto que de conformidad con la ley debía ser objeto de pronunciamiento, deberá adicionarse por medio de sentencia complementaria, dentro de la ejecutoria, de oficio o a solicitud de parte presentada en la misma oportunidad.”

Que revisada la Resolución No. 637-02 de 2019 se observó que en el citado acto administrativo se omitió hacer las siguientes precisiones:

Que con posterioridad a la fecha de inmovilización de los automotores enlistados en la Resolución No. 637-02 del 04 de abril de 2019, la titularidad del derecho real de dominio de cada uno de los vehículos, fue objeto de traspaso y registro a persona indeterminada. Sin embargo, dentro de la mencionada resolución se indicó que los valores generados por los servicios de grúa y parqueadero serán liquidados desde la fecha de inmovilización hasta la firmeza de la declaratoria de abandono, haciendo caso omiso de la vigencia del registro de la propiedad del automotor, siendo necesario determinar el corte hasta el cual deberá ser calculada la obligación a nombre del último propietario registrado, que en todo caso será desde la fecha en que se inmovilizó el vehículo, hasta la fecha de traspaso y registro a persona indeterminada.

Que de igual manera y teniendo en cuenta que a la fecha de la declaratoria de abandono, la propiedad de los vehículos enlistados es indeterminada, es también necesario indicar la fecha hasta la cual se liquidarán los valores derivados de la prestación efectiva de los servicios de parqueadero y grúa a los referidos vehículos, indicándose entonces que aquellos montos causados con posterioridad al traspaso y registro a persona indeterminada, continuarán causándose hasta la firmeza del acto administrativo que declaró el abandono. En todo caso, los valores generados desde la fecha de la inmovilización y hasta la ejecutoria del acto administrativo serán objeto de registro en la contabilidad de la Secretaría, previa identificación de responsables por cada período de obligación.

Que si, una vez enajenados los vehículos, los mencionados valores no son cubiertos con el producto de la venta, los mismos serán objeto, por un lado, de cobro coactivo para el caso de las obligaciones generadas en el período de vigencia de la propiedad anterior y, por el otro, de depuración de cartera por parte del respectivo comité, para los casos del término de indeterminación, a fin que desde ésta última instancia se defina el destino de los mismos, con miras a la normalización de la cartera del Tesoro Público Distrital. Lo anterior conforme lo dispuesto en el inciso 11° del artículo 1° de la Ley 1730 de 2014.

Que en razón a lo anteriormente mencionado y con fundamento en los principios que rigen la función administrativa establecidos en el artículo 209 constitucional y el artículo 3 de la Ley 1437 de 2011, especialmente el principio de publicidad, la Resolución No. 153-02 del 30 de enero de 2018, deberá ser notificada a los terceros con interés sobre el automotor objeto de ese pronunciamiento. En caso de existir, con la finalidad de que estos puedan ejercer su derecho fundamental al debido proceso (Constitución, art.29).

Que en virtud de ello, es de dar alcance a lo establecido, en el sentido de indicar que los valores objeto de registro contable por parte de la Subdirección Financiera deberán reportarse por parte de la Dirección de Investigaciones Administrativas al Tránsito y Transporte una vez se determine la imposición de la respectiva obligación, en los términos ya referidos y, una vez se logre el cierre 2 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR16-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-60 • 2026 • FEBRERO • 4 60 *202341001431736* DAC 202341001431736 Informacion Publica Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento RESOLUCIÓN NÚMERO 143173 DE 2023 “POR MEDIO DE LA CUAL ADICIONA A LA RESOLUCIÓN No. 637-02 del 04 DE ABRIL DE 2019 EN RELACION AL VEHICULO DE PLACAS BUU07.” financiero de la respectiva subasta, será la Dirección de Atención al Ciudadano la dependencia encargada de reportar a la Subdirección Financiera los montos respectivos a fin de llevar a cabo la conciliación de los valores asociados, dependencia ésta última encargada de reportar la cartera registrada para cobro coactivo, a la Dirección de Gestión de Cobro de la entidad, razón por la cual se procederá a dar alcance a las órdenes referidas en estos sentidos.

En mérito de lo expuesto, la Dirección de Atención al Ciudadano de la Secretaría Distrital de Movilidad.

RESUELVE:

Artículo primero.

ADICIONAR. ADICIÓNESE el artículo séptimo de la Resolución 637-02 del 04 de abril de 2019, la cual quedará así:

“ARTÍCULO CUARTO: ORDÉNESE a la Dirección de Atención al Ciudadano LIQUIDAR los servicios de grúa y parqueadero desde la fecha de la inmovilización y hasta la ejecutoria del acto administrativo que declaró el abandono, señalando los valores que se hubiesen generados hasta la fecha en la que se produjeron cada uno de los traspasos a persona indeterminada, así como los costos asociados al proceso administrativo que se surte y DEDUCIR, de la cuenta especial N° 91000005220 del Banco GNB Sudameris, la suma de dinero en la que la entidad incurrió con el fin de soportar los costos de enajenación de los automotores, de conformidad a la parte motiva de este proveído.”

Parágrafo. En el evento en el que se evidencie un recaudo que exceda lo
adeudado hasta el corte de traspaso a persona indeterminada y con el cual pueda soportarse lo debido por concepto de patios y grúa entre dicho traspaso y la fecha de constancia de ejecutoria del acto de declaratoria de abandono, la Dirección de Atención al Ciudadano deberá descontar directamente el valor que corresponda hasta su importe.

Artículo segundo.

ADICIONAR. ADICIÓNESE el Artículo Quinto de la Resolución 637-02 del 04 de abril de 2019, la cual quedará así:

“ARTÍCULO QUINTO: Una vez realizadas las deducciones ordenadas en el artículo anterior, la Dirección de Atención al Ciudadano deberá remitir los reportes respectivos de los valores obtenidos por la enajenación del bien y de los descuentos realizados por concepto de costos asociados, a la Subdirección Financiera de entidad para lo de su competencia.”

Artículo tercero.

ADICIONAR. ADICIÓNESE el Artículo Sexto de la Resolución 637- 02 del 04 de abril de 2019, el cual quedará así:

3 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR16-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-61 • 2026 • FEBRERO • 4 61 *202341001431736* DAC 202341001431736 Informacion Publica Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento RESOLUCIÓN NÚMERO 143173 DE 2023 “POR MEDIO DE LA CUAL ADICIONA A LA RESOLUCIÓN No. 637-02 del 04 DE ABRIL DE 2019 EN RELACION AL VEHICULO DE PLACAS BUU07.”

Artículo sexto.

ORDÉNESE a la Dirección de Atención al Ciudadano, una vez realizado el cierre financiero correspondiente a la enajenación del vehículo de placa BUU07, REMITIR a la Dirección de Investigaciones Administrativas al Tránsito y al Transporte, copia de los documentos que soportarán la constitución del respectivo título ejecutivo, y adicionalmente, para que desde esa dependencia se tomen las decisiones que correspondan, relacionadas al monto adeudado por concepto de patios y grúa entre la fecha del traspaso a persona indeterminada y la ejecutoria del acto administrativo que declara el abandono.

Parágrafo. PRIMERO: Una vez expedido el mencionado título ejecutivo, la
Dirección de Investigaciones Administrativas al Tránsito y Transporte reportará los valores de la obligación que se imponga y la suma que deberá ser objeto de estudio por parte del comité de depuración contable de la entidad, a la Subdirección Financiera para que realice los registros contables y las diligencias que correspondan.

Parágrafo. SEGUNDO: La Dirección de Investigaciones Administrativas al
Tránsito y Transporte deberá remitir el título ejecutivo que expida a la Dirección de Gestión de Cobro de la entidad para que dicha dependencia adelante las gestiones de cobro coactivo que correspondan y proceda con la apropiación de los valores consignados en la cuenta especial del Banco Sudameris, previa liquidación del respectivo crédito. Así mismo deberá remitir y copia del título a la Dirección de Atención al Ciudadano para que repose en el expediente original del vehículo.

Artículo cuarto.

ADICIONAR. ADICIÓNESE el Artículo Décimo de la Resolución 637-02 del 04 de abril de 2019, el cual quedará así:

Artículo décimo.

NOTIFICAR la presente decisión a las personas naturales y jurídicas identificadas en el cuadro adjunto, así como también a sus deudores solidarios y/o acreedores y a los terceros interesados, de acuerdo con lo señalado en la parte motiva del presente acto administrativo y conforme lo dispuesto en los artículos 67 y 73 de la Ley 1437 de 2011.

Artículo quinto.

INTEGRACIÓN. Esta resolución hace parte integral del expediente de placa BVC17, incluido en la Resolución 1563-02 del 30 de enero de 2018, permaneciendo los demás apartes, incólumes.

Artículo sexto.

NOTIFICACIÓN. Notificar al señor(a) ALVARO BLANCO CASTAÑEDA, identificado(a) con la cédula de ciudadanía 9.600.560, en su calidad de propietario(a) registrado(a) del vehículo de placa BVC17, de conformidad con lo establecido en los artículos 67 y a los terceros que puedan resultar con interés, de conformidad con lo establecido en los artículos 73 del CPACA, advirtiendo que contra el presente procede el recurso de reposición de conformidad con los términos establecidos en los artículos 74 y siguientes del CPACA.

4 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR16-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-62 • 2026 • FEBRERO • 4 62 *202341001431736* DAC 202341001431736 Informacion Publica Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento RESOLUCIÓN NÚMERO 143173 DE 2023 “POR MEDIO DE LA CUAL ADICIONA A LA RESOLUCIÓN No. 637-02 del 04 DE ABRIL DE 2019 EN RELACION AL VEHICULO DE PLACAS BUU07.”

Dada en Bogotá D.C. a los treinta y un día(s) del mes de Mayo de 2023.

PUBLIQUESE, NOTIFIQUESE Y CÚMPLASE Alejandra Rojas Posada Directora Técnica de Atención al Ciudadano Firma mecánica generada en 31-05-2023 02:25 PM Revisó: Jose Lorenzo Orcasita Gomez 5 Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020 PA01-PR16-MD03 V 3.0 Secretaría Distrital de Movilidad Calle 13 # 37 - 35 Teléfono: (1) 364 9400 www.movilidadbogota.gov.co Información: Línea 195 Para la SDM la transparencia es fundamental. Reporte hechos de soborno en www.movilidadbogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-63 • 2026 • FEBRERO • 4 63 RESOLUCIÓN DE 2026 RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 (02 DE FEBRERO)

“Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

EL GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA METRO DE BOGOTÁ S.A.

En uso de las facultades delegadas por la Junta Directiva mediante el artículo 7 del Acuerdo No. 08 de 2021 y,

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de Colombia, en su artículo 122 establece que no habrá empleo público que no tenga funciones detalladas en Ley o reglamento y para proveer los de carácter remunerado, se requiere que estén contemplados en la respectiva planta y previstos los emolumentos en el presupuesto correspondiente.

Que el artículo 32° del Decreto Ley 785 de 2005 establece que la adopción, adición, modificación o actualización del Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales se efectuará mediante acto administrativo de la autoridad competente.

Que el Decreto Nacional 815 de mayo de 2018, por el cual se modifica el Decreto Nacional 1083 de 2015, determina las competencias laborales generales para los empleos públicos de los distintos niveles jerárquicos, establece en el artículo 2.2.4.3 que los Manuales Específicos de Funciones y Requisitos deben incluir: Requisitos de estudio y experiencia del empleo, los cuales deben estar en armonía con lo dispuesto en los Decretos Ley 785 de 2005, y sus decretos reglamentarios, según el nivel jerárquico en que se agrupen los empleos, las competencias funcionales del empleo y las competencias comportamentales.

Que mediante el artículo 7 del Acuerdo 008 de 2021 de la Junta Directiva de la Empresa, delegó en el Gerente General de la entidad la facultad de expedir, aprobar y modificar el Manual Específico de Funciones, Competencias y Requisitos de los Empleados Públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A.
Que a través de la Resolución No. 0667 de agosto 03 de 2018 del Departamento Administrativo de la Función Pública, se adoptó el catálogo de competencias funcionales para las áreas o procesos transversales de las entidades públicas.

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Que mediante Circular No. 02 de 2025, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital emitió lineamientos para la actualización de los Manuales Específicos de Funciones y Competencias Laborales de las entidades y organismos distritales.

Que mediante Circular No. 02 de 2025, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital emitió lineamientos para la actualización de los Manuales Específicos de Funciones y Competencias Laborales de las entidades y organismos distritales.

Que mediante Resolución No. 782 de 2021 se expidió el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de cargos de empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A., el cual fue modificado por las Resoluciones No. 981 de 2021, No. 465 de 2022 y No. 1039 de 2023.

Que mediante el Acuerdo de Junta Directiva No. 007 del 17 diciembre de 2025, se modificó la estructura organizacional de la Empresa Metro de Bogotá S.A, derogando los Acuerdos de Junta Directiva No. 002 de 2016, No. 007 de 2021 y No. 003 de 2022.

Que de acuerdo con lo anterior, se hace necesario adoptar el presente Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para la planta de cargos de Empleados Públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A., para hacerlo compatible con las modificaciones efectuadas a la estructura organizacional de la Entidad.

Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, mediante oficio No. 2-2025-17328 del 11 noviembre del 2025, emitió concepto favorable para adoptar el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1°.

Adoptar el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de Empleados Públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A., cuyas funciones deberán ser cumplidas por los servidores con criterios de eficiencia y eficacia en orden al logro de la misión, objetivos y funciones, que la ley y los reglamentos señalan.

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IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO Nivel: Directivo Denominación del Empleo: Gerente General de Entidad Descentralizada Código: 050 Grado: 04 No. de Cargos: 01 Dependencia: Gerencia General Cargo del Jefe Inmediato: Alcalde (sa) Mayor de Bogotá GERENTE GENERAL

I. PROPÓSITO PRINCIPAL

Planear y gestionar las acciones tendientes a transformar positivamente la movilidad del Distrito Capital mediante la implementación y operación del modo ferroviario del SITP, con conexión a las redes de integración regional, aportando al desarrollo y renovación urbana de la ciudad, con el fin de generar acceso a oportunidades urbanas y mejorar la calidad de vida de los ciudadanos.

II. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

1. Ejecutar los acuerdos y decisiones de la Asamblea General de Accionistas y de la Junta Directiva
2. Velar por el cumplimiento de las disposiciones legales aplicables a la Empresa
3. Someter a consideración de la Junta Directiva los balances de prueba y demás estados financieros, destinados a la administración, y suministrarle los informes que ella le solicite en relación con la Empresa y sus actividades.
4. Efectuar los nombramientos, contrataciones y retiros de personal de la Empresa, de acuerdo con la estructura interna, planta de personal, manual de funciones, régimen de remuneraciones y clasificación de empleos, aprobados por la Junta Directiva y de acuerdo con la autorización que ésta le otorgue.
5. Presentar a la Asamblea General de Accionistas, en su reunión ordinaria, el informe sobre la forma como se haya llevado su gestión, y las medidas cuya adopción recomiende a la Asamblea.
6. Ejecutar o celebrar, sin otras limitaciones que las establecidas en los Estatutos, en calidad de representante legal de la Empresa, todos los actos o contratos comprendidos dentro del objeto social o que tengan carácter simplemente preparatorio, accesorio o complementario para la realización de los fines que persigue la Empresa y los que se relacionen directamente con la existencia y funcionamiento de la misma.

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7. Recibir, transigir y comprometer los negocios sociales; promover o coadyuvar acciones judiciales, administrativas o contencioso-administrativas en que la Empresa tenga interés, interponer todos los recursos que sean procedentes conforme a la Ley; desistir de las acciones o recursos que interponga; novar obligaciones y créditos; dar o recibir bienes en pago; constituir apoderados judiciales, delegarles facultades, revocar mandatos y sustituciones.
8. Citar a la Junta Directiva cuando lo considere necesario o conveniente y mantenerla informada del desempeño general de la Empresa
9. Manejar las relaciones interinstitucionales de la Empresa con las compañías de transporte, los entes gubernamentales, la comunidad y los medios de comunicación.
10. Proponer, desarrollar y comunicar los planes y programas de desarrollo estratégicos del Sistema de Transporte Masivo a cargo de la Empresa.
11. Proponer a la Junta Directiva el presupuesto de gasto y de inversión.
12. Hacer cumplir las decisiones de la Asamblea y la Junta Directiva.
13. Proponer a la autoridad competente esquemas y niveles tarifarios para la prestación del servicio público de transporte masivo en el sistema Metro y/o férreo, de conformidad con la normatividad vigente.
14. Coordinar y velar por el buen recaudo de los recursos que reciban y ordenar el gasto de la Entidad, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes
15. Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones de la entidad de acuerdo con la disponibilidad presupuestal, bajo principios de eficacia y eficiencia en el uso de los recursos públicos.
16. Ejercer el control administrativo a la ejecución presupuestal de la entidad y velar porque la ejecución de sus planes y programas se adelanten conforme a las disposiciones legales, reglamentarias y estatutarias.
17. Promover o coadyuvar las acciones judiciales, administrativas o contencioso – administrativas en que la sociedad tenga interés e interponer todos los recursos que sean procedentes conforme a la ley, así como desistir de las acciones o recursos que interponga, acorde con la normatividad vigente.
18. Constituir apoderados judiciales, delegarles facultades, revocar mandatos y sustituciones que se relacionen directamente con la existencia y el funcionamiento de la Empresa.
19. Suscribir los contratos, convenios o actos que se requieran para el ejercicio de las funciones de la entidad, sin perjuicio de delegar tal responsabilidad en los términos que establece la ley.

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20. Revisar y aprobar los informes de la Gerencia Financiera con respecto al seguimiento, ajuste y control del flujo de caja, CAPEX y OPEX para sufragar los gastos administrativos y de los proyectos de inversión, con el propósito de tomar decisiones financieras sobre su evolución.
21. Dar o recibir bienes en pago, acorde con el objeto social de la Empresa.
22. Crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo de conformidad con lo establecido en la normatividad vigente.
23. Distribuir los cargos de la planta global y ubicar el personal teniendo en cuenta la estructura u organización interna, los planes, los programas y las necesidades del servicio.
24. Conocer en segunda instancia los procesos disciplinarios adelantados en contra de los/ as servidores/as y exservidores/as públicos de la Empresa, sin perjuicio de la competencia preferente de la Procuraduría General de la Nación o de la Personería de Bogotá
25. Gestionar las negociaciones nacionales, internacionales y procesos estratégicos para promover la sostenibilidad de la Empresa y la financiación de sus proyectos, de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Asamblea de Accionistas y la Junta Directiva.
26. Gestionar la novación de obligaciones y créditos para la realización de los fines que persigue la Entidad
27. Adoptar los programas o proyectos de Responsabilidad Social Empresarial, en los cuales se involucre un diálogo comunitario y social en las áreas de influencia a las líneas del metro.
28. Orientar la planeación de líneas férreas y de metro que hacen parte del Sistema Integrado de Transporte Público de Bogotá, en coordinación con los otros modos de transporte de la región, así como la elaboración de propuestas de planes y programas de desarrollo estratégico del Sistema de Transporte Masivo a cargo de la Empresa.
29. Orientar, revisar y aprobar la estructuración técnica, legal, financiera, social, ambiental y predial de proyectos para la construcción, complementación, renovación y ampliación de las líneas metro y férreas y de los sistemas de apoyo (sistema de información, control, operación, sistema de recaudo, centro de control, entre otros), de acuerdo con los parámetros establecidos por las instancias competentes.
30. Orientar, revisar y aprobar las actividades para la ejecución de proyectos metro y férreos en su fase previa, constructiva y de pruebas.
31. Verificar el portafolio de proyectos férreos y de metro en estructuración y en ejecución, y los proyectos de negocios no tarifarios y desarrollo inmobiliario.
32. Proponer a la autoridad competente, esquemas y niveles tarifarios para la prestación del servicio público de transporte masivo en el sistema Metro y/o férreo, de conformidad con la normatividad vigente.

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33. Gestionar la sostenibilidad del sistema metro y líneas férreas a cargo de la Empresa mediante recursos provenientes de cargas urbanísticas, participación en plusvalía, proyectos de ingresos no tarifarios, explotación comercial de sus bienes muebles e inmuebles, y la venta de sus bienes, servicios y derechos relacionados con su objeto social.
34. Orientar y revisar la gestión de riesgos para identificar, evaluar, prever, prevenir, controlar y mitigar los riesgos de la entidad.
35. Gestionar los asuntos corporativos y dirigir las relaciones de la Empresa con los medios de comunicación, entes gubernamentales, compañías de transporte, sector privado y ciudadanía en general, procurando la cooperación Empresarial, la articulación institucional y el diálogo colaborativo con la comunidad.
36. Aprobar la estrategia de comunicación externa e interna, con el fin de asegurar una comunicación armónica al interior de la entidad, con los organismos distritales, regionales y nacionales, comunidades afectadas por las obras, usuarios del sistema y ciudadanía general.
37. Orientar y aprobar las estrategias del proyecto de Cultura Ciudadana, enfocado en la formación de una cultura de autorregulación, respeto, solidaridad, honradez, sentido de pertenencia y cuidado en el uso del sistema.
38. Dictar los actos administrativos que le correspondan y que se requieran para el cumplimiento de las funciones y el desarrollo de los procesos establecidos para la Empresa.
39. Las demás que le sean asignadas por la Asamblea General, la Junta Directiva, la ley, los estatutos, así como las delegadas por el (la) Alcalde (sa) Mayor.

III. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
1. Plan de Desarrollo Distrital y Nacional
2. Constitución Política de Colombia
3. Código Disciplinario Único
4. Formulación y evaluación de proyectos
5. Dirección de obras civiles
6. Estructuración y desarrollo de proyectos de inversión
7. Contratación y gestión pública
8. Normas sobre transporte público de pasajeros
9. Normas ambientales, urbanísticas, arquitectónicas y técnicas
10. Normas técnicas de calidad
11. Estatuto anticorrupción
12. Gerencia de proyectos de infraestructura y operación de sistemas de transporte
13. Normatividad en transparencia
14. Innovación Formato GL-FR-012_V5 Página 6 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-69 • 2026 • FEBRERO • 4 69 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

15. Competencias digitales
16. Gestión Documental física y electrónica
17. Código de Integridad IV. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES COMUNES POR NIVEL JERÁRQUICO

- Aprendizaje continuo
- Orientación a Resultados
- Orientación al Usuario y al Ciudadano
- Compromiso con la Organización
- Trabajo en Equipo
- Adaptación al Cambio

Catorce (14) años de experiencia profesional, de los cuales ochenta y cuatro (84) meses son de experiencia profesional relacionada

- Visión estratégica
- Liderazgo Efectivo
- Planeación
- Toma de Decisiones
- Gestión del Desarrollo de Personas
- Pensamiento Sistémico
- Resolución de Conflictos V. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA ESTUDIOS EXPERIENCIA Título profesional en alguna de las disciplinas académicas de los núcleos básicos de conocimiento en: Administración, o Economía, o Arquitectura y afines, o Ingeniería Civil y afines, o Ingeniería Industrial y afines, o Derecho y afines.

Título de posgrado en la modalidad de Maestría en áreas relacionadas con las funciones del cargo.

Matrícula o Tarjeta Profesional en los casos requeridos por la Ley.

IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO Nivel: Directivo Denominación del Empleo: Jefe de Oficina Código: 006 Grado: 01 No. de Cargos: Uno (1) Dependencia: Oficina de Control Interno Formato GL-FR-012_V5 Página 7 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-70 • 2026 • FEBRERO • 4 70 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

Cargo del Jefe Inmediato: Quien ejerza la supervisión directa JEFE DE OFICINA CONTROL INTERNO I.PROPÓSITO PRINCIPAL Verificar y evaluar el estado del Sistema de Control Interno, de acuerdo con la normatividad vigente.

II. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES
1. Planear, dirigir y organizar la verificación y evaluación del Sistema de Control Interno.
2. Verificar que el sistema de control interno esté formalmente establecido dentro de la organización y que su ejercicio sea intrínseco al desarrollo de las funciones de todos los cargos, y en particular, de aquellos que tengan responsabilidad de mando.
3. Verificar que los controles definidos para los procesos y actividades de la organización se cumplan por los responsables de su ejecución y en especial, que las áreas o empleados encargados de la aplicación del régimen disciplinario ejerzan adecuadamente esta función.
4. Verificar que los controles asociados con todas y cada una de las actividades de la organización estén adecuadamente definidos, sean apropiados y se mejoren permanentemente, de acuerdo con la evolución de la entidad.
5. Velar por el cumplimiento de las leyes, normas, políticas, procedimientos, planes, programas, proyectos y metas de la organización y recomendar los ajustes necesarios.
6. Verificar los procesos relacionados con el manejo de los recursos, bienes y los sistemas de información de la entidad y recomendar los correctivos necesarios.
7. Mantener permanentemente informados a los directivos de la Empresa y a la Junta Directiva acerca del estado del control interno dentro de la entidad, dando cuenta de las debilidades detectadas y de las fallas en su cumplimiento.
8. Servir de apoyo a los directivos en el proceso de toma de decisiones, a fin de que obtengan los resultados esperados.
9. Fomentar en toda la organización la formación de una cultura de control que contribuya al mejoramiento continuo en el cumplimiento de la misión institucional.
10. Evaluar y verificar la aplicación de los mecanismos de participación ciudadana y control social que, en el desarrollo del mandato constitucional y legal, diseñe la Empresa Metro de Bogotá S.A.
11. Verificar que se implanten las medidas respectivas recomendadas.

Formato GL-FR-012_V5 Página 8 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-71 • 2026 • FEBRERO • 4 71 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

12. Liderar la articulación institucional con los organismos de control en el marco de visitas o auditorías de entes de control, de conformidad con los lineamientos que al respecto emita la Gerencia General de la Empresa.
13. Acompañar metodológicamente en la formulación de los planes de mejoramiento de la Empresa formulados con base en los resultados de las evaluaciones internas, externas y de autoevaluación, y liderar el seguimiento a los mismos.
14. Las demás que se le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza del empleo.

III. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
1. Mejores prácticas nacionales e internacionales del proceso de auditoría interna
2. Normatividad contratación pública
3. Plan de Desarrollo Distrital en temas relacionados con las funciones del empleo
4. Normatividad vigente Modelo Integrado de Planeación y Gestión-MIPG y Políticas de Gestión de Desempeño
5. Normatividad que regule el Sistema de Control Interno Público
6. Normatividad aplicable vigente expedida por los entes de control
7. Finanzas y presupuesto público
8. Fundamentos de formulación y evaluación de proyectos
9. Gestión pública
10. Normas técnicas de calidad
11. Normatividad en transparencia
12. Innovación
13. Competencias digitales
14. Gestión Documental física y electrónica
15. Código de Integridad IV. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES COMUNES POR NIVEL JERÁRQUICO
- Aprendizaje continuo
- Orientación a resultados
- Orientación al usuario y al ciudadano
- Compromiso con la Organización
- Trabajo en Equipo
- Adaptación al Cambio

- Orientación a resultados
- Liderazgo e iniciativa
- Adaptación al cambio
- Planeación
- Comunicación efectiva
- Visión estratégica

V. LABORALES DE ÁREAS O PROCESOS TRANSVERSALES Formato GL-FR-012_V5 Página 9 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-72 • 2026 • FEBRERO • 4 72 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

- Creatividad e innovación
- Liderazgo
- Orientación al usuario y ciudadano
- Transparencia
- Trabajo en equipo y colaboración
- Resolución y mitigación de problemas
- Orientación a resultados
- Vinculación interpersonal
- Atención de requerimientos
- Capacidad de análisis

Sesenta y cuatro (64) meses de experiencia profesional relacionada en asuntos de control interno.

VII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA COMUNES POR NIVEL JERÁRQUICO Título profesional.

Título de posgrado en la modalidad de especialización.

Tarjeta o matrícula profesional en los casos reglamentados en la Ley.

Cincuenta y dos (52) meses de experiencia profesional relacionada en asuntos de control interno.

VII. ALTERNATIVA ESTUDIOS EXPERIENCIA Título profesional.

Título de posgrado en la modalidad de maestría.

Tarjeta o matrícula profesional en los casos reglamentados en la Ley.

Parágrafo 1. La experiencia relacionada en asuntos de control interno será la adquirida en el
ejercicio de empleos que tengan funciones similares a las del cargo de jefe de oficina, asesor, coordinador o auditor de control interno o quien haga sus veces, dentro de las cuales están las siguientes:

Formato GL-FR-012_V5 Página 10 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-73 • 2026 • FEBRERO • 4 73 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

1. Medición y evaluación permanente de la eficiencia, eficacia y economía de los controles del Sistema de Control Interno.
2. Asesoría en la continuidad del proceso administrativo, la revaluación de planes e introducción de correctivos necesarios para el cumplimiento de las metas u objetivos previstos.
3. Actividades de auditoría o seguimiento.
4. Actividades relacionadas con el fomento de la cultura del control.
5. Evaluación del proceso de planeación, en toda su extensión.
6. Formulación, evaluación e implementación de políticas de control interno

IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO Nivel: Directivo Denominación del Empleo: Jefe de Oficina Código: 006 Grado: 02 No. de Cargos: 1 Dependencia: Oficina de Asuntos Institucionales Cargo del Jefe Inmediato: Gerente General JEFE DE OFICINA DE ASUNTOS INSTITUCIONALES

I. PROPÓSITO PRINCIPAL

Liderar y gestionar el proceso de Gobierno Corporativo, el programa de cumplimiento y la articulación institucional de la Empresa Metro de Bogotá S.A., para contribuir al logro de sus objetivos y metas.

II. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES
1. Orientar y gestionar la implementación de lineamientos y políticas de gobierno corporativo en la Empresa, con base en estándares nacionales e internacionales, para fortalecer la toma de decisiones de los Órganos de Gobierno de la Empresa.
2. Coordinar y gestionar la implementación de lineamientos de transparencia, integridad y lucha contra la corrupción, así como el cumplimiento normativo de los estándares nacionales e internacionales aplicables en estas materias en la Empresa.
3. Implementar y asesorar en políticas y prácticas de gobierno corporativo, asegurando estándares nacionales e internacionales.

Formato GL-FR-012_V5 Página 11 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-74 • 2026 • FEBRERO • 4 74 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

4. Coordinar y brindar soporte permanente a los órganos de gobierno corporativo de la Empresa (Asamblea de Accionistas, Junta Directiva y sus comités), mediante la convocatoria y preparación de sus reuniones, la remisión de información, la elaboración y custodia de actas, la gestión de actos y documentos requeridos, el seguimiento de sus decisiones, y el desarrollo de las demás actividades secretariales y operativas necesarias para el cumplimiento de sus funciones, conforme a la normatividad aplicable.
5. Gestionar los trámites y actuaciones relacionados con el régimen societario de la Empresa.
6. Liderar la definición, revisión y actualización de la política de protección de datos personales de la EMB, y orientar a las áreas encargadas de su implementación.
7. Definir, promover y verificar el cumplimiento de las políticas institucionales de transparencia, integridad, lucha contra la corrupción y los canales de denuncia, y su efectiva implementación en la Empresa.
8. Gestionar alianzas estratégicas y cooperación técnica interinstitucional nacional e internacional.
9. Apoyar al Órgano de Cumplimiento de la Empresa en la coordinación institucional y en las acciones necesarias para la formulación e implementación del Plan de Cumplimiento Normativo, conforme a la normatividad aplicable.
10. Actuar como Defensor del Ciudadano, supervisando la transparencia, eficiencia y atención efectiva a los ciudadanos.
11. Asistir directamente al Gerente General en la formulación y seguimiento de estrategias para el fortalecimiento de la transparencia organizacional y la integridad pública
12. Liderar la expedición de copias auténticas de los documentos que reposen en los archivos de la Empresa, en aquellos casos en que tal función no haya sido asignada a otra dependencia.
13. Las demás que se le asignen y correspondan a la naturaleza del empleo.

III. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
1. Plan de Desarrollo Nacional y Distrital
2. Derecho Administrativo, Disciplinario, Público y societario
3. Gobierno corporativo
4. Contratación pública
5. Normatividad aplicable vigente expedida por los entes de control
6. Generalidades de cumplimiento
7. Coordinación interinstitucional Formato GL-FR-012_V5 Página 12 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-75 • 2026 • FEBRERO • 4 75 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

8. Estructura orgánica del Distrito y la entidad
9. Normas técnicas de calidad
10. Estatuto Anticorrupción
11. Herramientas ofimáticas
12. Normatividad en transparencia
13. Innovación
14. Competencias digitales
15. Gestión Documental física y electrónica
16. Código de Integridad

IV. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES COMUNES POR NIVEL JERÁRQUICO
- Aprendizaje continuo
- Orientación a resultados
- Orientación al usuario y al ciudadano
- Compromiso con la Organización
- Trabajo en Equipo
- Adaptación al Cambio

- Visión estratégica
- Liderazgo efectivo
- Planeación
- Toma de decisiones
- Gestión del desarrollo de las personas
- Pensamiento sistemático
- Resolución de conflictos

V. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA Siete (7) años de experiencia profesional, de los cuales cincuenta y cuatro (54) meses son de experiencia profesional relacionada.

ESTUDIOS EXPERIENCIA Título profesional en alguna de las disciplinas académicas de los núcleos básicos de conocimiento en: Derecho y afines, Economía, Administración, Ingeniería Industrial y afines, o Ciencia Política, relaciones internacionales.

Título de posgrado en la modalidad de Maestría en áreas relacionadas con las funciones del cargo.

Matrícula o Tarjeta Profesional en los casos requeridos por la Ley.

Formato GL-FR-012_V5 Página 13 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-76 • 2026 • FEBRERO • 4 76 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO Nivel: Directivo Denominación del Empleo: Jefe de Oficina Código: 006 Grado: 02 No. de Cargos: 1 Dependencia: Oficina de Tecnologías y Sistemas de Información Cargo del Jefe Inmediato: Gerente General JEFE DE OFICINA DE TECNOLOGÍAS Y SISTEMAS DE INFORMACIÓN

I. PROPÓSITO PRINCIPAL

Dirigir la planeación estratégica y operativa de tecnología, la arquitectura empresarial y el catálogo de servicios de TI de la EMB; así como diseñar e implementar el sistema de información analítica, la estrategia de calidad de datos y la seguridad de la información

II. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES
1. Liderar la planeación estratégica y la gestión de los recursos de Tecnologías de la Información en la Empresa, mediante la formulación, implementación y seguimiento del Plan Estratégico de Tecnologías de la Información –PETI–, alineado con los objetivos estratégicos, las necesidades internas y el presupuesto aprobado, que permita definir y desarrollar planes, lineamientos, productos, servicios, soluciones y capacidades tecnológicas orientadas a generar valor público, fortalecer la apropiación digital y contribuir al cumplimiento de los objetivos institucionales.
2. Definir y mantener actualizada la arquitectura tecnológica institucional, estableciendo políticas, estándares y lineamientos que aseguren la eficiencia, interoperabilidad y alineación con la arquitectura empresarial y los objetivos estratégicos de la Empresa.
3. Identificar, evaluar y proponer nuevas oportunidades en el uso estratégico de las TIC, orientadas a la mejora de procesos institucionales, la innovación digital, la sostenibilidad tecnológica y la transformación digital del servicio público.
4. Diseñar, actualizar y gestionar el Catálogo de Servicios de TI, definiendo niveles de servicio, indicadores de desempeño, portafolio tecnológico y esquemas de atención a usuarios internos, conforme con los requerimientos institucionales y mejores prácticas.
5. Asesorar técnicamente a las áreas en proyectos con componentes tecnológicos, incluyendo diagnóstico de necesidades, presupuestos, adquisiciones, lineamientos normativos, métodos de seguimiento y mecanismos de medición.

Formato GL-FR-012_V5 Página 14 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-77 • 2026 • FEBRERO • 4 77 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

6. Liderar la definición, implementación, mantenimiento y seguimiento de los Sistemas de Información institucionales, asegurando su articulación, interoperabilidad y sostenibilidad, así como la eficiencia en la gestión del ciclo de vida de los datos y su posible integración con otras plataformas.
7. Coordinar la estrategia de datos institucional, incluyendo gobernanza del dato, calidad, seguridad, integración, almacenamiento, ciclo de vida y mecanismos de aprovechamiento para la toma de decisiones basada en evidencia.
8. Definir, mantener y supervisar el Plan de Recuperación ante Desastres Tecnológicos (DRP) y participar en la formulación y revisión del Plan de Continuidad del Negocio (BCP), en coordinación con la Gerencia de Riesgos y Entorno, en lo relativo a los componentes digitales.
9. Diseñar e implementar la estrategia de apropiación tecnológica de la Empresa, incluyendo el plan de capacitación digital, el fortalecimiento de habilidades tecnológicas, la sensibilización sobre el uso responsable de las TIC y la articulación con los planes de formación del talento humano.
10. Supervisar el cumplimiento de las políticas y lineamientos en materia de Gobierno y Seguridad Digital, promoviendo su adopción por las áreas responsables y asegurando la coherencia con la normatividad vigente.
11. Gestionar la operación de la mesa de ayuda tecnológica y el soporte a usuarios, asegurando tiempos de respuesta, niveles de servicio, categorización de solicitudes, análisis de incidentes y mitigación de riesgos asociados a la infraestructura y servicios tecnológicos.
12. Dirigir la implementación, actualización y seguimiento del Sistema de Gestión de Seguridad de la Información Digital, incluyendo la definición y control de políticas específicas de ciberseguridad, privacidad y continuidad digital, conforme con la normativa aplicable.
13. Gestionar la adquisición, mantenimiento y sostenibilidad de la infraestructura tecnológica (plataformas, redes, hardware, software, telefonía, seguridad física y lógica), en coordinación con las áreas responsables y conforme a las necesidades diagnósticas institucionales.
14. Liderar la gestión y aprovechamiento de la información georreferenciada, así como la aplicación de la Metodología BIM y otras herramientas digitales que soporten la toma de decisiones, la articulación institucional y la apertura de datos públicos.
15. Ejercer el rol de oficina especializada transversal, promoviendo la alineación de las iniciativas tecnológicas con la arquitectura empresarial y la estrategia organizacional, y brindando soporte técnico, conceptual y metodológico a las demás áreas en asuntos de tecnología, innovación digital, analítica de datos y transformación institucional, asegurando su integración con los procesos misionales, estratégicos y de apoyo de la Empresa
16. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza del empleo.

Formato GL-FR-012_V5 Página 15 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-78 • 2026 • FEBRERO • 4 78 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

III. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Gestión de las TIC’s
2. Conocimiento en: las políticas de Gobierno Digital
3. Gestión de Proyectos
4. Arquitectura Empresarial
5. Sistemas de calidad de software y calidad de datos
6. Seguridad Digital
7. Conocimiento en: procesos y métodos de desarrollo de Software
8. Catálogo de servicios de TI y acuerdos de niveles de servicio (ANS)
9. Manejo de Herramientas ofimáticas (Excel, PowerPoint, Outlook, Project)
10. Plan de Desarrollo Nacional y Distrital
11. Estructura orgánica del Distrito y la entidad
12. Manejo de indicadores de gestión
13. Asistencia, soporte y mantenimiento de tecnologías de la información y las comunicaciones
14. Gestión de información y datos
15. Política de gobierno y seguridad digital
16. Seguridad de la información
17. Tratamiento y protección de datos
18. Lenguajes de programación
19. Normatividad en transparencia
20. Innovación
21. Gestión Documental física y electrónica

IV. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES COMUNES POR NIVEL JERÁRQUICO
- Aprendizaje continuo
- Orientación a resultados
- Orientación al usuario y al ciudadano
- Compromiso con la Organización
- Trabajo en Equipo
- Adaptación al Cambio

- Visión estratégica
- Liderazgo efectivo
- Planeación
- Toma de decisiones
- Gestión del desarrollo de las personas
- Pensamiento sistemático
- Resolución de conflictos

Formato GL-FR-012_V5 Página 16 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-79 • 2026 • FEBRERO • 4 79 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

V. LABORALES DE ÁREAS O PROCESOS TRANSVERSALES

- Desarrollo Directivo
- Planeación

Siete (7) años de experiencia profesional, de los cuales cincuenta y cuatro (54) meses son de experiencia profesional relacionada VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA ESTUDIOS EXPERIENCIA Título profesional en alguna de las disciplinas académicas del núcleo básico de conocimiento en: Ingeniería de Sistemas, Telemática y afines o Ingeniería Electrónica, Telecomunicaciones y afines Título de posgrado en la modalidad de Maestría en áreas relacionadas con las funciones del cargo.

Matrícula o Tarjeta Profesional en los casos requeridos por la Ley.

IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO Nivel: Asesor Denominación del Empleo: Jefe de Oficina Asesora Código: 115 Grado: 04 No. de Cargos: 1 Dependencia: Oficina Asesora de Planeación Cargo del Jefe Inmediato: Gerente General JEFE DE OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN

I. PROPÓSITO PRINCIPAL

Liderar la planeación estratégica de la Empresa, la óptima implementación del Sistema de Gestión; la estructuración, actualización y optimización del mapa de procesos y procedimientos de la entidad, así como la gestión integral de los proyectos metroferroviarios, desde una visión de PMO tanto interna como externa.

II. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

Formato GL-FR-012_V5 Página 17 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-80 • 2026 • FEBRERO • 4 80 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

1. Asesorar y liderar la planeación estratégica institucional de la Empresa, en los niveles estratégico, táctico y operativo, incluyendo la articulación con el Sistema Distrital de Planeación y la formulación de los instrumentos que orientan el direccionamiento, la inversión y la gestión organizacional, conforme a la normatividad vigente
2. Coordinar la formulación, implementación y seguimiento del Plan de Acción Institucional y de los indicadores de gestión, en articulación con las dependencias responsables, garantizando su alineación con la planeación estratégica institucional.
3. Dirigir la inscripción, verificación, actualización y trazabilidad técnica de los proyectos de inversión de la Empresa en los Bancos de Programas y Proyectos nacionales y distritales, asegurando el cumplimiento de criterios técnicos, normativos y estratégicos.
4. Asesorar y coordinar con las dependencias de la entidad la formulación de políticas, planes, programas e iniciativas estratégicas, facilitando el análisis institucional y promoviendo su integración con los sistemas de información distritales y nacionales de planeación.
5. Liderar, consolidar, validar y presentar los informes institucionales requeridos por los entes de control, organismos distritales y entidades nacionales, de acuerdo con las disposiciones legales y contractuales.
6. Dirigir el diseño, desarrollo e implementación de los sistemas de gestión institucional de la Empresa, incluyendo el Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) y el Modelo Estándar de Control Interno (MECI), promoviendo la articulación efectiva de los actores institucionales y el cumplimiento normativo.
7. Dirigir el diseño, análisis, levantamiento, actualización y optimización de los procesos y procedimientos internos de la Empresa, en articulación con las demás áreas, teniendo en cuenta criterios de eficiencia operativa, análisis de cargas de trabajo y capacidad institucional, promoviendo su mejora continua.
8. Dirigir el seguimiento a la gestión y desempeño institucional de las políticas de Gestión a través de los índices, metodologías o herramientas definidas por los organismos distritales y entidades nacionales, sin perjuicio de otras mediciones que en la materia efectúen las entidades del Gobierno.
9. Realizar auditorías internas y procesos de autoevaluación sobre los sistemas de gestión de la Entidad, identificando oportunidades de mejora y coordinando su implementación con las áreas responsables.
10. Asesorar en la planeación, coordinación y seguimiento integral de los proyectos metroferroviarios, desde una visión de PMO interna, articulando el cumplimiento de metas, cronogramas, riesgos, costos, calidad y gestión documental, en coordinación con las áreas responsables.

Formato GL-FR-012_V5 Página 18 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-81 • 2026 • FEBRERO • 4 81 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

11. Supervisar el contrato de la PMO externa, verificando el cumplimiento de sus obligaciones y la calidad de los entregables y promoviendo la captura de conocimiento institucional, en coordinación con las áreas responsables.
12. Consolidar la información para la planeación financiera y la programación de pagos asociados al contrato de la PMO, en coordinación con la Gerencia Financiera y de acuerdo con los lineamientos establecidos.
13. Acompañar la toma de decisiones estratégicas mediante el análisis transversal de datos, tendencias y desempeño de los proyectos, fortaleciendo la función de inteligencia institucional
14. Establecer mecanismos de articulación con las entidades del sector, permitiendo la coherencia y sinergia de las políticas, lineamientos y planes nacionales y distritales.
15. Las demás que se le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza del empleo.
III. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
1. Presupuesto
2. Planeación estratégica
3. Plan de Desarrollo Nacional y Distrital
4. Estructura orgánica del Distrito y la entidad
5. Manejo de indicadores de gestión
6. Sistema de Gestión
7. Modelo Estándar de Control Interno (MECI)
8. Contratación pública
9. Gestión y desempeño institucional
10. Estatuto Anticorrupción
11. Herramientas ofimáticas
12. Instrumentos de planeación territorial e institucional
13. Formulación, gestión, seguimiento y evaluación de políticas públicas, programas y proyectos
14. Modelos y normas de los sistemas de gestión institucional.
15. Metodologías para la formulación y administración de indicadores.
16. Evaluación de metas y desempeño institucional, procesos y procedimientos
17. Modelo integrado de planeación y gestión MIPG)
18. Racionalización de trámites
19. Plan anticorrupción y de atención al ciudadano
20. Rendición de cuentas
21. Normatividad en transparencia
22. Innovación

Formato GL-FR-012_V5 Página 19 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-82 • 2026 • FEBRERO • 4 82 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

23. Competencias digitales
24. Gestión Documental física y electrónica

IV. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES

- Confiabilidad Técnica
- Creatividad e Innovación
- Iniciativa
- Construcción de Relaciones
- Conocimiento del Entorno

COMUNES POR NIVEL JERÁRQUICO
- Aprendizaje continuo
- Orientación a resultados
- Orientación al usuario y al ciudadano
- Compromiso con la Organización
- Trabajo en Equipo
- Adaptación al Cambio V. LABORALES DE ÁREAS O PROCESOS TRANSVERSALES

- Comunicación efectiva
- Orientación a resultados
- Planificación y programación

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA Siete (7) años de experiencia profesional, de los cuales cincuenta y cuatro (54) meses son de experiencia profesional relacionada.

ESTUDIOS EXPERIENCIA Título profesional en alguna de las disciplinas académicas de los núcleos básicos de conocimiento en: Ingeniería Industrial y afines, Ingeniería Civil y afines, Administración, Economía, Ingeniería Administrativa y afines, o Matemáticas, Estadística y afines, o Ciencia Política, Relaciones Internacionales.

Título de posgrado en la modalidad de Maestría en áreas relacionadas con las funciones del cargo.

Matrícula o Tarjeta Profesional en los casos requeridos por la Ley.

Formato GL-FR-012_V5 Página 20 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-83 • 2026 • FEBRERO • 4 83 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO Nivel: Directivo Denominación del Empleo: Jefe de Oficina Código: 006 Grado: 01 No. de Cargos: 1 Dependencia: Oficina Control Interno Disciplinario Cargo del Jefe Inmediato: Gerente General JEFE DE CONTROL INTERNO DISCIPLINARIO

I. PROPÓSITO PRINCIPAL

Ejercer la facultad disciplinaria hasta la primera instancia respecto a los servidores y exservidores de la Empresa Metro de Bogotá S.A.; así como adelantar actividades de prevención en relación con la comisión de conductas disciplinables.

II. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

1. Adelantar la etapa de instrucción hasta la notificación del pliego de cargos o la decisión de archivo de los procesos disciplinarios contra los/as servidores/as y exservidores/as de la entidad, de conformidad con el Código General Disciplinario o aquella norma que lo modifique o sustituya y las demás disposiciones vigentes sobre la materia.
2. Mantener actualizada la información de los procesos disciplinarios en la etapa de instrucción de la Empresa Metro de Bogotá S.A., en el Sistema de Información Disciplinaria Distrital o el que haga sus veces, y fijar procedimientos operativos disciplinarios en esta etapa acorde con las pautas señaladas por la Dirección Distrital de Asuntos Disciplinarios de la Secretaría Jurídica Distrital.
3. Efectuar el seguimiento a la ejecución de las sanciones que se impongan a los servidores/as y ex servidores/as públicos/as de la Empresa Metro de Bogotá S.A., de manera oportuna y eficaz.
4. Orientar y capacitar a los servidore/as públicos/ as del organismo en la prevención de acciones disciplinarias en aplicación de las políticas que en materia disciplinaria se expidan por parte de la Secretaría Jurídica Distrital.
5. Surtir el proceso de notificación y/o comunicación y organización documental de los expedientes disciplinarios en los términos y forma establecida en la normatividad disciplinaria vigente.
6. Atender las peticiones y requerimientos relacionados con asuntos de su competencia, de manera oportuna y eficaz.

Formato GL-FR-012_V5 Página 21 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-84 • 2026 • FEBRERO • 4 84 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

7. Las demás que se le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza del empleo.
III. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
1. Plan de Desarrollo
2. Código Régimen Disciplinario
3. Gestión de procesos disciplinarios
4. Estatuto anticorrupción
5. Normas técnicas de calidad
6. Herramientas ofimáticas
7. Normatividad en transparencia
8. Innovación
9. Competencias digitales
10. Gestión Documental física y electrónica
11. Código de Integridad IV. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES COMUNES POR NIVEL JERÁRQUICO
- Aprendizaje Continuo
- Orientación a Resultados
- Orientación al Usuario y al Ciudadano
- Compromiso con la Organización
- Trabajo en Equipo
- Adaptación al Cambio

- Visión Estratégica
- Liderazgo Efectivo
- Planeación
- Toma de Decisiones
- Gestión del desarrollo de las personas
- Pensamiento Sistémico
- Resolución de Conflictos

V. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA ESTUDIOS EXPERIENCIA Título profesional en alguna de las disciplinas académicas del núcleo básico de conocimiento en: Derecho y afines.

Sesenta y cuatro (64) meses de experiencia profesional, de los cuales cincuenta y dos (52) meses son de experiencia profesional relacionada.

Título de posgrado en la modalidad de Maestría en áreas relacionadas con las funciones del cargo.

Matricula o tarjeta profesional en los casos requeridos por la ley.

Formato GL-FR-012_V5 Página 22 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-85 • 2026 • FEBRERO • 4 85 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO Nivel: Directivo Denominación del Empleo: Gerente Código: 039 Grado: 03 No. de Cargos: 1 Dependencia: Gerencia de Construcción de Proyectos Férreos Cargo del Jefe Inmediato: Gerente General GERENTE DE CONSTRUCCIÓN DE PROYECTOS FÉRREOS

I. PROPÓSITO PRINCIPAL

Dirigir y gestionar las actividades requeridas para la ejecución y el seguimiento integral a los proyectos férreos, incluyendo el diseño detallado, construcción, pruebas y puesta en funcionamiento de obras civiles, sistemas, equipos y material rodante, de conformidad con los cronogramas, presupuestos y parámetros establecidos por la Gerencia General.

II. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

1. Dirigir y verificar el seguimiento integral a la ejecución de los proyectos de construcción, incluyendo el diseño detallado, construcción, pruebas y puesta en funcionamiento de obras civiles, sistemas, equipos y material rodante, de conformidad con los cronogramas, presupuestos y parámetros establecidos por la Gerencia General, en coordinación con la interventoría y las Subgerencias bajo su dependencia.
2. Representar a la Empresa Metro de Bogotá S.A. ante el concesionario, de acuerdo con el contrato de concesión y los términos establecidos en el mismo, y ejercer el rol de supervisor del contrato de interventoría, asegurando su adecuada ejecución y la articulación con las demás instancias involucradas.
3. Liderar las gestiones internas de la Empresa requeridas para la ejecución del proyecto, incluyendo la verificación del cumplimiento de contratos y convenios suscritos, y el seguimiento al plan de ejecución de la concesión, con base en los informes técnicos, financieros y administrativos generados por la interventoría y la PMO y/o la Oficina Asesora de Planeación.
4. Dirigir, junto con la interventoría y la PMO y/o la Oficina Asesora de Planeación, el seguimiento a la integración técnica de los componentes estructurales, electromecánicos,

Formato GL-FR-012_V5 Página 23 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-86 • 2026 • FEBRERO • 4 86 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones” electrónicos, de sistemas de información al usuario y material rodante, velando por la coherencia técnica del proyecto.
5. Dirigir, en articulación con la interventoría y la PMO y/o la Oficina Asesora de Planeación, la verificación de la adecuada integración de las obras civiles con la infraestructura urbana existente y los proyectos en curso a nivel Distrital, Departamental o Nacional.
6. Apoyar el seguimiento y consolidación de la información sobre licencias, permisos y autorizaciones requeridas para la ejecución del proyecto, sin perjuicio de las obligaciones del concesionario, y facilitar la articulación con las entidades responsables de su otorgamiento.
7. Dirigir la coordinación con la Secretaría Distrital de Movilidad, Transmilenio S.A. y demás actores competentes en materia de tránsito y transporte, para el seguimiento a los impactos operacionales del proyecto y la implementación de soluciones técnicas.
8. Orientar, en coordinación con la Oficina de Asuntos Institucionales, la gestión interinstitucional con autoridades nacionales, distritales y empresas de servicios públicos, según las necesidades planteadas por la interventoría o el concesionario para la adecuada ejecución del proyecto.
9. Dirigir, en coordinación con la Gerencia Jurídica, la propuesta y trámite de modificaciones contractuales y la gestión de eventos que puedan activar cláusulas o mecanismos de solución de controversias, incluyendo la entrega de documentación de soporte.
10. Coordinar con la Gerencia Financiera la definición de necesidades de inversión, adquisiciones y programación de pagos, con base en los modelos de remuneración, contratos y diseños aprobados, y en articulación con la interventoría.
11. Coordinar la revisión de conceptos técnicos emitidos por la interventoría para la aprobación de pagos, y generar información requerida por la Gerencia Financiera para evaluar impactos presupuestales.
12. Dirigir la revisión de la consistencia técnica de la información generada en la ejecución del proyecto, asegurando su trazabilidad, calidad y confiabilidad para la toma de decisiones institucionales.
13. Coordinar con la Gerencia de Riesgos y Entorno el seguimiento, control y planes de mitigación a posibles riesgos técnicos y contractuales identificados durante la ejecución del proyecto, a partir del análisis de la interventoría y demás actores involucrados.

Formato GL-FR-012_V5 Página 24 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-87 • 2026 • FEBRERO • 4 87 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

14. Contribuir con la atención, seguimiento y canalización de las solicitudes, peticiones, quejas, reclamos, sugerencias y denuncias (PQRSD) relacionadas con la ejecución del proyecto, en articulación con la Gerencia de Comunicaciones, Ciudadanía y Cultura, asegurando la trazabilidad de las respuestas y el cumplimiento de los lineamientos institucionales.
15. Las demás que se le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza del empleo

III. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Normas sobre política de transporte, sistemas de transporte y contratación pública
2. Normatividad relacionada con contratos de concesión y asociación pública privada
3. Gerencia de proyectos férreos
4. Modelos estadísticos
5. Conocimientos técnicos y operativos sobre sistemas de metro
6. Estatuto anticorrupción
7. Normas técnicas de calidad
8. Herramientas ofimáticas
9. Normatividad en transparencia
10. Innovación
11. Competencias digitales
12. Gestión Documental física y electrónica
13. Código de Integridad

IV. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES

COMUNES POR NIVEL JERÁRQUICO

- Aprendizaje continuo
- Orientación a resultados
- Orientación al usuario y al ciudadano
- Compromiso con la organización
- Trabajo en equipo
- Adaptación al cambio

- Visión estratégica
- Liderazgo efectivo
- Planeación
- Toma de decisiones
- Gestión del desarrollo de las personas
- Pensamiento sistemático
- Resolución de conflictos

Formato GL-FR-012_V5 Página 25 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-88 • 2026 • FEBRERO • 4 88 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

Doce (12) años de experiencia profesional, de los cuales setenta y dos (72) meses son de experiencia profesional relacionada.

V. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA ESTUDIOS EXPERIENCIA Título profesional en alguna de las disciplinas académicas de los núcleos básicos de conocimiento en: Ingeniería Civil y afines, o Ingeniería Mecánica y afines, o Ingeniería Eléctrica y afines, o Ingeniería de Minas, Metalúrgica y afines.

Título de posgrado en la modalidad de Maestría en áreas relacionadas con las funciones del cargo.

Tarjeta o matrícula profesional en los casos reglamentados por la Ley IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO Nivel: Directivo Denominación del Empleo: Gerente Código: 039 Grado: 03 No. de Cargos: 1 Dependencia: Gerencia de Ingeniería y Planeación de Proyectos Férreos Cargo del Jefe Inmediato: Gerente General GERENTE INGENIERÍA Y PLANEACIÓN DE PROYECTOS FÉRREOS

I. PROPÓSITO PRINCIPAL

Dirigir la estructuración integral de proyectos para la extensión, ampliación y renovación de las nuevas líneas, de los sistemas con tecnología ferroviaria y la ampliación de la flota así como dirigir el fortalecimiento de las capacidades técnicas y de PMO requeridas para el cumplimiento de los objetivos misionales.

II. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

Formato GL-FR-012_V5 Página 26 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-89 • 2026 • FEBRERO • 4 89 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

1. Dirigir la planificación y estructuración de proyectos de metro y líneas férreas dentro del Sistema Integrado de Transporte Público de Bogotá (SITP) y demás Sistemas de Transporte Público que le sean asignados.
2. Definir especificaciones técnicas, gestionar la contratación y supervisar contratos de estudios y diseños e interventorías para la estructuración integral (técnico, ambiental, social, predial, legal, financiero y riesgos) de los proyectos metro y de líneas férreas que hacen parte del Sistema Integrado de Transporte Público de Bogotá (SITP) y demás Sistemas de Transporte Público que le sean asignados, en cumplimiento de las normativas ambientales, urbanísticas y técnicas vigentes.
3. Coordinar la realización de estudios técnicos, sociales, ambientales, prediales, legales, financieros y de riesgos requeridos para la estructuración integral de los proyectos de metro y de líneas férreas que hacen parte del Sistema Integrado de Transporte Público de Bogotá (SITP) y demás Sistemas de Transporte Público que le sean asignados, en articulación con otras dependencias de la Empresa para integrar los diferentes componentes de los estudios de estructuración.
4. Gestionar la integración de los proyectos de metro y de líneas férreas con otros modos de transporte y la infraestructura urbana que hacen parte del Sistema Integrado de Transporte Público de Bogotá (SITP) y demás Sistemas de Transporte Público que le sean asignados
5. Promover el uso de tecnologías limpias y diseños sostenibles en la infraestructura y operación de los proyectos metro y de líneas férreas que hacen parte del Sistema Integrado de Transporte Público de Bogotá (SITP) y demás Sistemas de Transporte Público que le sean asignados.
6. Articular acciones con organismos multilaterales y entidades gubernamentales para la financiación y viabilidad de los proyectos de metro y de líneas férreas que hacen parte del Sistema Integrado de Transporte Público de Bogotá (SITP) y demás Sistemas de Transporte Público que le sean asignados.
7. Coordinar la difusión de conocimientos y mejores prácticas en la estructuración de proyectos ferroviarios metro y de líneas férrea.
8. Las demás que se le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza del empleo.

III. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
1. Plan de Desarrollo
2. Normas sobre desarrollo urbano, política de transporte, sistemas de transporte y contratación pública
3. Estructuración de proyectos de infraestructura
4. Conocimientos técnicos y operativos sobre sistemas ferroviarios
5. Instrumentos de planificación urbana
6. Normas técnicas de calidad Formato GL-FR-012_V5 Página 27 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-90 • 2026 • FEBRERO • 4 90 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

7. Estatuto anticorrupción
8. Herramientas ofimáticas
9. Normatividad en transparencia
10. Innovación
11. Competencias digitales
12. Gestión Documental física y electrónica
13. Código de Integridad

IV. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES

COMUNES POR NIVEL JERÁRQUICO
- Aprendizaje continuo
- Orientación a resultados
- Orientación al usuario y al ciudadano
- Compromiso con la organización
- Trabajo en equipo
- Adaptación al cambio

- Visión estratégica
- Liderazgo efectivo
- Planeación
- Toma de decisiones
- Gestión del desarrollo de las personas
- Pensamiento sistemático
- Resolución de conflictos

Doce (12) años de experiencia profesional, de los cuales setenta y dos (72) meses son de experiencia profesional relacionada V. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA ESTUDIOS EXPERIENCIA Título profesional en alguna de las disciplinas académicas de los núcleos básicos de conocimiento en: Ingeniería Civil y afines, o Ingeniería Mecánica y afines, o Ingeniería Eléctrica y afines, o Ingeniería electrónica, telecomunicaciones y afines, o Ingeniería de Minas, Metalúrgica y afines.

Título de posgrado en la modalidad de Maestría en áreas relacionadas con las funciones del cargo.

Tarjeta o matrícula profesional en los casos reglamentados por la Ley * Formato GL-FR-012_V5 Página 28 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-91 • 2026 • FEBRERO • 4 91 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO Nivel: Directivo Denominación del Empleo: Gerente Código: 039 Grado: 03 No. de Cargos: 1 Dependencia: Gerencia Financiera Cargo del Jefe Inmediato: Gerente General GERENTE FINANCIERO

I. PROPÓSITO PRINCIPAL

Dirigir y orientar la financiación, estructuración y planeación financiera de los proyectos férreos, urbanos e inmobiliarios de la Empresa; así como gestionar y dirigir los procesos financieros de tesorería, presupuestales y contables para el adecuado cumplimiento de los planes, programas y proyectos institucionales.

II. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES
1. Dirigir la estructuración financiera de los proyectos a cargo de la Empresa, de conformidad con el objeto establecido en el Acuerdo Distrital vigente, así como en todos los negocios en que participe, en coordinación con la estructuración técnica, legal y de riesgos, acorde con los estudios y directrices establecidas por la Gerencia General.
2. Dirigir la planeación financiera de la EMB (inversión y funcionamiento), incluyendo la elaboración del Plan Financiero Plurianual y el anteproyecto de presupuesto de la entidad, con base en las proyecciones de ingresos, compromisos, elegibilidad y financiación de la Entidad, a ser presentado para concepto de la Junta Directiva de la Empresa y aprobación de las autoridades distritales.
3. Dirigir la elaboración del Plan Operativo Anual de Inversiones (POAI) y su respectiva presentación ante las instancias correspondientes.
4. Revisar la consistencia entre el Plan Anual de Adquisiciones y el presupuesto de la entidad, en coordinación con la Gerencia de Gestión Corporativa
5. Dirigir el seguimiento a la ejecución del Plan Financiero Plurianual, del Presupuesto Anual y del Plan Operativo Anual de inversiones, para promover su adecuado cumplimiento y responder por la presentación oportuna de informes de ejecución correspondientes y de desviaciones al Gerente General y a las instancias aprobatorias pertinentes.

Formato GL-FR-012_V5 Página 29 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-92 • 2026 • FEBRERO • 4 92 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

6. Establecer estrategias, políticas y procedimientos en materia de financiamiento, tesorería, manejo de excedentes de caja, recaudos de cartera y gestión de pagos de la Empresa, acorde con los parámetros normativos y lineamientos institucionales.
7. Dirigir el proceso de tesorería de la Empresa, enfocado al control de los recaudos y el pago de las obligaciones, incluyendo la elaboración de flujos de pagos de los proyectos de inversión, en coordinación y apoyo de las áreas de origen.
8. Dirigir la estructuración, administración, seguimiento, ajuste y control del Flujo de Caja de los recursos recibidos para sufragar los gastos administrativos y de los proyectos de inversión de la entidad, con base en la información de las proyecciones de flujos de pagos realizadas por las demás áreas de la empresa.
9. Dirigir el proceso contable de la Empresa, en el marco de las NIIF, bajo los lineamientos definidos por la alta dirección, la autoridad contable.
10. Asesorar a las áreas de origen en la estructuración financiera de los procesos contractuales, así como liderar la evaluación financiera y económica de los procesos de selección de los contratos de la entidad.
11. Definir la estructura de centros de costos para la adecuada administración contable de los aportes de cofinanciación y las inversiones derivadas de la ejecución de los proyectos de inversión de la Empresa, de acuerdo con los respectivos convenios de cofinanciación.
12. Dirigir la preparación de los Estados Contables de corte trimestral y anual, para presentar ante la Junta Directiva, la Banca Multilateral, la Unidad de Movilidad Urbana Sostenible y demás instancias que corresponda.
13. Dirigir y gestionar la planeación, la liquidación y el pago oportuno de las obligaciones tributarias de la Empresa, de acuerdo con la normatividad vigente, así como dar respuesta ante las autoridades, de cualquier requerimiento relacionado con las obligaciones tributarias y financieras de la Empresa, de acuerdo con la normatividad vigente.
14. Coordinar las relaciones de la Empresa con los participantes del mercado financiero, entidades del orden Nacional y Distrital, los organismos multilaterales y cualquier otro ente financiador, en lo relacionado con la financiación de los proyectos y ejecutar los procedimientos tendientes a materializar el desembolso de los recursos.
15. Liderar el seguimiento y supervisión de los contratos de empréstito y convenios de financiación, así como gestionar las actividades de reporte y cumplimiento en el componente financiero, derivadas de los mismos y de las obligaciones adquiridas con la Unidad de Movilidad Urbana Sostenible del Ministerio de Transporte.

Formato GL-FR-012_V5 Página 30 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-93 • 2026 • FEBRERO • 4 93 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

16. Dirigir la estructuración y ejecución de las operaciones de manejo de la deuda para gestionar los riesgos financieros de la Empresa, entre ellos los riesgos de liquidez, tasa de cambio y tasas de interés, en coordinación con la Gerencia de Riesgos y Entorno.
17. Dirigir la estructuración y ejecución de una estrategia de cobertura que permita gestionar los riesgos financieros derivados de las formas de pago de los contratos suscritos, para aprobación del Gerente General.
18. Liderar el seguimiento y control financiero de la proyección de inversiones, costos y gastos (Capex y Opex), realizadas en coordinación y de acuerdo con la información suministrada por las áreas de origen.
19. Implementar los vehículos fiduciarios que se requieran para el desarrollo de los proyectos de conformidad con el objeto establecido en el Acuerdo Distrital vigente, así como el seguimiento, control y ejecución de los contratos fiduciarios derivados de los procesos de selección respectivos, incluidos los patrimonios autónomos derivados de los contratos de concesión adjudicados por la EMB.
20. Orientar a las áreas de origen y supervisores de los contratos en el adecuado manejo financiero de los mismos, incluida la validación financiera de las liquidaciones de los contratos de la Empresa Metro de Bogotá S.A.
21. Las demás que se le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza del empleo.

III. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Finanzas Corporativas
2. Financiación de proyectos
3. Plan de Desarrollo
4. Conocimiento normativo y procedimental de presupuesto público
5. Finanzas públicas
6. Normativa relacionada con operaciones de crédito público
7. Indicadores financieros, económicos, administrativos y de gestión
8. Metodologías para el diseño, desarrollo, seguimiento y evaluación de proyectos
9. Normas básicas sobre presupuesto, contabilidad pública y tesorería
10. Estatuto Orgánico de Presupuesto Nacional y Distrital
11. Estatuto anticorrupción
12. Herramientas ofimáticas
13. Estatuto de Contratación
14. Normas técnicas de calidad
15. Ley orgánica de presupuesto y decretos reglamentarios
16. Régimen de contabilidad pública

Formato GL-FR-012_V5 Página 31 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-94 • 2026 • FEBRERO • 4 94 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

17. Normas contables generales y especiales
18. Contabilidad y finanzas
19. Régimen tributario
20. Innovación
21. Código de Integridad
22. Normas de Transparencia
23. Gestión Documental física y electrónica.

IV. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES COMUNES POR NIVEL JERÁRQUICO

- Aprendizaje Continuo
- Orientación a Resultados
- Orientación al Usuario y al Ciudadano
- Compromiso con la Organización
- Trabajo en Equipo
- Adaptación al Cambio

- Visión Estratégica
- Liderazgo Efectivo
- Planeación
- Toma de Decisiones
- Gestión del desarrollo de las personas
- Pensamiento Sistémico
- Resolución de Conflictos V. LABORALES DE ÁREAS O PROCESOS TRANSVERSALES

- Manejo eficaz y eficiente de recursos

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA Doce (12) años de experiencia profesional, de los cuales setenta y dos (72) meses son de experiencia profesional relacionada.

ESTUDIOS EXPERIENCIA Título profesional en alguna de las disciplinas académicas del núcleo básico de conocimiento en: Administración, o Economía o Ingeniería Administrativa y afines o Ingeniería Industrial y afines o Contaduría Pública.

Título de posgrado en la modalidad de Maestría en áreas relacionadas con las funciones del cargo.

Formato GL-FR-012_V5 Página 32 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-95 • 2026 • FEBRERO • 4 95 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

Matricula o tarjeta profesional en los casos requeridos por la ley.

IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO Nivel: Directivo Denominación del Empleo: Gerente Código: 039 Grado: 03 No. de Cargos: 1 Dependencia: Gerencia de Integración Urbana y Negocios Estratégicos Cargo del Jefe Inmediato: Gerente General GERENTE DE INTEGRACIÓN URBANA Y NEGOCIOS ESTRATÉGICOS

I. PROPÓSITO PRINCIPAL

Dirigir y orientar la estructuración de los proyectos de captura de valor y el desarrollo de los proyectos de ingresos no tarifarios, así como liderar el seguimiento y la gestión de los proyectos urbanísticos y de renovación urbana, que se deriven de la puesta en marcha de las líneas del metro, proyectos férreos y proyectos de desarrollo inmobiliario.

II. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

1. Orientar las dependencias de la Empresa en la integración de los proyectos metro ferroviarios con el ordenamiento territorial y el Desarrollo Orientado al Transporte Sostenible, de conformidad con la normativa vigente, en las áreas de influencia de las líneas férreas urbanas y de metro que forman parte del Sistema Integrado de Transporte Público de Bogotá
2. Ejercer las funciones asignadas a la Empresa como operador urbano de conformidad con la norma vigente.
3. Promover la transformación urbana en las Áreas de Integración Multimodal -AIMS, impulsando los Proyectos de Renovación Urbana para la Movilidad Sostenible de conformidad con lo establecido en la normatividad vigente.
4. Promover, estructurar, desarrollar y/o ejecutar aprovechamiento económico y negocios no tarifarios a partir de estrategias para la vinculación del sector privado en las líneas de negocios que se determinen en el portafolio de negocios no tarifarios y en el marco del manual de contratación privado que adopte la entidad.

Formato GL-FR-012_V5 Página 33 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-96 • 2026 • FEBRERO • 4 96 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

5. Gestionar y tramitar con las autoridades competentes la normativa urbanística, resoluciones, decretos y demás reglamentación requerida, para viabilizar los proyectos metro ferroviarios y los negocios no tarifarios, en coordinación con la Gerencia Jurídica.
6. Gestionar alianzas estratégicas, convenios interinstitucionales y esquemas de colaboración público-privada, que faciliten la implementación de proyectos urbanos e inmobiliarios, de aprovechamiento económico y negocios no tarifarios en las áreas de influencia de las líneas férreas urbanas y de metro.
7. Gestionar la estructuración y elaborar documentos precontractuales, así como liderar la evaluación técnica de los procesos de contratación que se requieran, con el apoyo de las demás dependencias.
8. Hacer seguimiento a los negocios no tarifarios en todas sus fases, incluyendo prefactibilidad, modelos financieros, procesos de selección, ejecución contractual, seguimiento técnico, financiero y cumplimiento normativo, en coordinación con las áreas responsables, conforme la normatividad vigente y con base en los lineamientos, parámetros y criterios establecidos en los procedimientos y manual de contratación privada.
9. Gestionar con la Gerencia de Construcción de Proyectos Férreos y con la Subgerencia de Gestión Predial la adquisición de predios para proyectos de renovación urbana, la movilidad sostenible y/o la disposición del suelo para infraestructura, espacio público y suelos remanentes definidos por las autoridades competentes, asegurando el cumplimiento de los requisitos técnicos, jurídicos y normativos aplicables.
10. Administrar en coordinación con la Subgerencia de Gestión Predial los predios remanentes para desarrollar proyectos urbanos, inmobiliarios y/o de aprovechamiento económico y vocación comercial o urbana asignados a la Empresa, incluyendo su mantenimiento, operación, formalización predial, con enfoque de sostenibilidad e impacto territorial.
11. Dirigir y gestionar el seguimiento y control a las actividades de conservación, protección y manejo de los Bienes de Interés Cultural, en las áreas de influencia de las líneas férreas urbanas y de metro, en las fases de estructuración y ejecución de los proyectos ferroviarios, teniendo en cuenta las reglamentaciones vigentes, sin perjuicio de las obligaciones y responsabilidades de los concesionarios y las interventorías.
12. Diseñar, implementar y operar el Observatorio de Ocupación y Valor del Suelo, como herramienta de análisis urbano para orientar decisiones estratégicas y sustentar mecanismos de captura de valor en las áreas de influencia de las líneas férreas urbanas y de metro en el marco de las competencias de la Empresa.
13. Administrar y consolidar el uso estratégico de las bases de datos espaciales y cartográficas, requeridas para la planeación, gestión y seguimiento de las actuaciones urbanísticas y

Formato GL-FR-012_V5 Página 34 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-97 • 2026 • FEBRERO • 4 97 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones” aprovechamiento económico en las áreas de influencia de las líneas férreas urbanas y de metro.
14. Participar en la definición de especificaciones técnicas, así como en la revisión y supervisión de estudios técnicos necesarios para la estructuración integral de los proyectos a cargo de la Empresa, de conformidad con el objeto establecido en el Acuerdo Distrital vigente.
15. Las demás que se le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza del empleo.
III. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
1. Plan de Desarrollo
2. Instrumentos de planeación urbanística
3. Estructuración y de proyectos de ingresos no tarifarios y desarrollo Inmobiliario
4. Evaluación de proyectos
5. Normas sobre contratación pública
6. Estatuto anticorrupción
7. Normas técnicas de calidad
8. Herramientas ofimáticas
9. Innovación
10. Normas de Transparencia
11. Competencias Digitales
12. Código de Integridad
13. Gestión Documental física y electrónica

IV. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES

COMUNES POR NIVEL JERÁRQUICO
- Aprendizaje Continuo
- Orientación a Resultados
- Orientación al Usuario y al Ciudadano
- Compromiso con la Organización
- Trabajo en Equipo
- Adaptación al Cambio

- Visión Estratégica
- Liderazgo Efectivo
- Planeación
- Toma de Decisiones
- Gestión del desarrollo de las personas
- Pensamiento Sistémico
- Resolución de Conflictos V. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA ESTUDIOS EXPERIENCIA Título profesional en alguna de las disciplinas académicas de los núcleos básicos de conocimiento en: Ingeniería Civil y Afines;

Doce (12) años de experiencia profesional, de los cuales setenta y dos (72) meses son de experiencia profesional relacionada.

Formato GL-FR-012_V5 Página 35 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-98 • 2026 • FEBRERO • 4 98 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

Arquitectura y afines; o Economía; o Administración; o Ingeniería Administrativa y afines.

Título de posgrado en la modalidad de Maestría en áreas relacionadas con las funciones del cargo.

Matricula o tarjeta profesional en los casos requeridos por la ley.

IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO Nivel: Directivo Denominación del Empleo: Gerente Código: 039 Grado: 03 No. de Cargos: 1 Dependencia: Gerencia de Gestión Corporativa Cargo del Jefe Inmediato: Gerente General GERENTE DE GESTIÓN CORPORATIVA I. PROPÓSITO PRINCIPAL Dirigir y orientar los procesos relacionados con la gestión administrativa, del talento humano y documental de la EMB, promoviendo que los procesos administrativos y la adquisición de bienes, productos y servicios se surtan de manera efectiva.

II. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES
1. Dirigir la gestión estratégica del talento humano, incluyendo la planeación, selección y vinculación de servidores/as públicos; la administración de novedades, situaciones administrativas y liquidación de nómina; la generación de certificaciones laborales; el fomento de la cultura organizacional y del compromiso institucional; y la implementación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, conforme a la normativa vigente y en articulación con la estrategia corporativa.
2. Dirigir el diseño y estructuración de los planes de capacitación, entrenamiento, inducción, reinducción, evaluación del desempeño, incentivos y eventos de bienestar y salud Formato GL-FR-012_V5 Página 36 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-99 • 2026 • FEBRERO • 4 99 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones” ocupacional orientados a mantener y mejorar la productividad laboral y el clima organizacional, y desarrollar las acciones requeridas para su implementación y ejecución.
3. Coordinar y hacer seguimiento a la ejecución presupuestal de los gastos de funcionamiento de la Empresa, en articulación con la Gerencia Financiera y demás dependencias responsables, asegurando eficiencia y cumplimiento de metas institucionales.
4. Dirigir y coordinar la gestión de los recursos físicos, activos e inventarios institucionales, asegurando su adecuada administración, custodia, conservación, mantenimiento y disposición, conforme a la normativa vigente.
5. Dirigir y supervisar la prestación eficiente de los servicios generales de la Empresa, incluyendo aseo, cafetería, transporte interno, mantenimiento físico de instalaciones y equipos, y seguridad física de las sedes y personal, garantizando su operatividad, calidad, continuidad y cumplimiento de los estándares técnicos y normativos.
6. Gestionar las comisiones de servicios al interior y exterior del país, asegurando su adecuada planeación, trámite y control, conforme a la normatividad vigente.
7. Dirigir y gestionar, en coordinación con las dependencias de la Empresa, la elaboración y consolidación del Plan Anual de Adquisiciones de la Empresa, previo a la verificación de la Subgerencia de Gestión Contractual y la Gerencia Financiera, así como liderar su publicación y seguimiento a la ejecución.
8. Diseñar, implementar y mejorar continuamente los servicios corporativos prestados a las demás dependencias, promoviendo la coordinación interáreas, la eficiencia operativa y la solución de necesidades derivadas del modelo de trabajo matricial.
9. Dirigir la formulación e implementación del Plan Institucional de Gestión Ambiental (PIGA), así como el seguimiento, control y reporte a las autoridades ambientales competentes del cumplimiento de los requerimientos institucionales.
10. Liderar el seguimiento y control del impacto ambiental de las actividades institucionales, así como el monitoreo de los requerimientos establecidos por las autoridades competentes en los temas ambientales institucionales al interior de la Empresa (SDA, UAESP, otras).
11. Dirigir la elaboración e implementación del Plan de Movilidad Sostenible de los/as servidores/as de la Empresa, así como el seguimiento y reporte a la autoridad competente, promoviendo prácticas responsables en articulación con las políticas distritales de sostenibilidad.
12. Dirigir y coordinar la gestión documental institucional, incluyendo la formulación e implementación del Plan Institucional de Archivos (PINAR), la aplicación de instrumentos archivísticos (TRD, inventarios, SIC), la conservación digital a largo plazo, así como los procesos de registro, radicación, digitalización, distribución, trazabilidad y archivo de la Formato GL-FR-012_V5 Página 37 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-100 • 2026 • FEBRERO • 4 100 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones” correspondencia interna y externa, en cumplimiento de la normatividad archivística y los lineamientos institucionales.
13. Promover la formación, sensibilización y fortalecimiento de capacidades del personal, en temas de gestión documental, servicios corporativos y cultura organizacional, en coordinación con las áreas responsables.
14. Las demás que se le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza del empleo.
III. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
1. Plan de Desarrollo
2. Gestión Pública
3. Sistema integrado de gestión
4. Gestión Documental
5. Normas básicas sobre recursos humanos
6. Empleo Público
7. Administración de recursos físicos
8. Código Régimen Disciplinario
9. Estatuto anticorrupción
10. Herramientas ofimáticas
11. Normas técnicas de calidad
12. Compras e Inventarios
13. Saneamiento ambiental
14. Gestión documental físico y electrónico
15. Instrumentos de gestión archivística
16. Seguridad de la información
17. Tratamiento y protección de datos
18. Derecho administrativo y de lo contencioso administrativo
19. Derecho laboral administrativo
20. Seguridad y salud en el trabajo
21. Situaciones administrativas
22. Régimen salarial y prestacional
23. Plan de capacitación
24. Bienestar e incentivos
25. Modelo integrado de planeación y gestión (MIPG)
26. Normatividad contratación pública
27. Innovación
28. Normas de Transparencia Formato GL-FR-012_V5 Página 38 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-101 • 2026 • FEBRERO • 4 101 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

29. Código de Integridad

IV. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES

COMUNES POR NIVEL JERÁRQUICO
- Aprendizaje Continuo
- Orientación a Resultados
- Orientación al Usuario y al Ciudadano
- Compromiso con la Organización
- Trabajo en Equipo
- Adaptación al Cambio

- Visión Estratégica
- Liderazgo Efectivo
- Planeación
- Toma de Decisiones
- Gestión del desarrollo de las personas
- Pensamiento Sistémico
- Resolución de Conflictos

V. LABORALES DE ÁREAS O PROCESOS TRANSVERSALES
- Atención al detalle
- Visión estratégica
- Trabajo en equipo y colaboración
- Planeación
- Negociación
- Comunicación efectiva
- Creatividad e innovación
- Resolución de conflictos
- Dirección y desarrollo de personal
- Desarrollo directivo Doce (12) años de experiencia profesional, de los cuales setenta y dos (72) meses son de experiencia profesional relacionada.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA ESTUDIOS EXPERIENCIA Título profesional en alguna de las disciplinas académicas de los núcleos básicos de conocimiento en: Administración; o Derecho y afines, o Economía o Ingeniería Industrial y afines, o Ciencia Política, Relaciones Internacionales.

Título de posgrado en la modalidad de Maestría en áreas relacionadas con las funciones del cargo.

Formato GL-FR-012_V5 Página 39 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-102 • 2026 • FEBRERO • 4 102 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

Matricula o tarjeta profesional en los casos requeridos por la ley.

IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO Nivel: Directivo Denominación del Empleo: Gerente Código: 039 Grado: 03 No. de Cargos: 1 Dependencia: Gerencia Jurídica Cargo del Jefe Inmediato: Gerente General GERENTE JURÍDICO I. PROPÓSITO PRINCIPAL Liderar la asesoría legal institucional, la estructuración legal de proyectos de metro y férreo, la defensa judicial y la prevención del daño antijurídico, así como, coordinar la asesoría legal a la gestión contractual de los contratos de la Entidad, propendiendo por la unidad de criterio jurídico en la Empresa y adelantar la etapa de juzgamiento dentro del proceso disciplinario interno, de conformidad con lo establecido con la normatividad vigente.

II. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES
1. Liderar, orientar y coordinar la gestión jurídica de la Empresa, garantizando la unidad de criterio en la interpretación normativa, la producción jurídica, la asesoría legal, la prevención del daño antijurídico y la representación judicial y extrajudicial, de conformidad con la normatividad vigente.
2. Dirigir la adopción e implementación de las políticas, directrices y lineamientos establecidos por la Secretaría Jurídica Distrital, en materia de gerencia jurídica pública, gestión contractual y prevención del daño antijurídico.
3. Emitir conceptos jurídicos y absolver las consultas que en materia legal sean formuladas por el Gerente General y las dependencias de la Empresa, en asuntos no asignados a otras instancias especializadas.
4. Liderar la elaboración y revisión jurídica de los actos administrativos, contratos, convenios y demás documentos de contenido legal, que deban ser suscritos por el Gerente General, siempre y cuando no estén asignados a otras dependencias.

Formato GL-FR-012_V5 Página 40 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-103 • 2026 • FEBRERO • 4 103 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

5. Definir e implementar lineamientos, políticas, estándares, herramientas e instructivos jurídicos para el desarrollo de la gestión contractual, incluidos procesos, procedimientos, manuales, minutas, pliegos de condiciones, entre otros promoviendo su adopción institucional y cumplimiento.
6. Dirigir la estructuración legal de los proyectos a cargo de la Empresa, de conformidad con el objeto establecido en el Acuerdo Distrital vigente, relacionados con el diseño, planeación, estructuración, contratación, construcción, operación y mantenimiento y sistemas asociados, en coordinación con los equipos técnico, financiero y de riesgos, y conforme a las directrices de la Gerencia General.
7. Dirigir la estructuración jurídica, en coordinación con los responsables de la estructuración técnica, financiera y de riesgos, de proyectos de desarrollo inmobiliario, captura de valor y negocios estratégicos orientados a la generación de ingresos no tarifarios para la Empresa.
8. Orientar jurídicamente sobre la procedencia de declaratorias de incumplimiento, aplicación de cláusulas excepcionales, imposición de multas y sanciones, así como sobre los mecanismos contractuales de solución de controversias, y mecanismos alternativos de resolución de conflictos.
9. Dirigir y orientar las actividades de defensa judicial y extrajudicial de la Empresa Metro de Bogotá S.A., así como representar judicial y extrajudicialmente a la Empresa Metro de Bogotá S.A., en los procesos, diligencias y/o actuaciones judiciales o administrativas que se instauren en su contra o que esta deba promover, mediante poder o delegación recibidos del Gerente General y bajo las directrices que en materia de defensa judicial establezca la Secretaría Jurídica Distrital y la Empresa.
10. Adelantar la etapa de juzgamiento en primera instancia en los procesos disciplinarios que sean de competencia de la Gerencia Jurídica, adelantados contra servidores/as o exservidores/as de la Empresa, conforme al Código General Disciplinario y demás normas aplicables, garantizando el debido proceso, la trazabilidad de los expedientes, la definición de procedimientos operativos internos y el cumplimiento de los trámites de notificación y comunicación establecidos por la normatividad vigente.
11. Liderar la sistematización, custodia, actualización y reporte de la información de los procesos disciplinarios en los sistemas oficiales establecidos por la normatividad distrital o nacional, así como la definición de procedimientos operativos internos para la gestión documental disciplinaria y la articulación con la Oficina de Control Interno Disciplinario para el reporte oportuno de las sanciones impuestas.

Formato GL-FR-012_V5 Página 41 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-104 • 2026 • FEBRERO • 4 104 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

12. Orientar jurídicamente la participación institucional en iniciativas normativas, emitiendo conceptos sobre anteproyectos, proyectos de ley, decretos, acuerdos y demás actos administrativos que involucren o sean de interés para la Empresa.
13. Establecer estrategias de prevención del daño antijurídico y participar en la definición de riesgos jurídicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A.
14. Las demás que se le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza del empleo.

III. CONOCIMIENTOS BÁSICOS ESENCIALES

1. Constitución Política de Colombia
2. Estatuto Orgánico de Bogotá, D.C. – Decreto Ley 1421 de 1993 o su modificatorio
3. Plan Distrital de Desarrollo
4. Plan Nacional de Desarrollo
5. Estatuto de Contratación Pública – Ley 80 de 1993 y demás normas que la modifiquen, adicionen o sustituyan
6. Código de Procedimiento Administrativo y de los Contencioso Administrativo – Ley 1437 de 2011
7. Ley de Infraestructura – Ley 1682 de 2013
8. Estatuto Arbitral – Ley 1563 de 2012
9. Modelo de Gestión Jurídica Pública – Decreto Distrital 430 de 2018
10. Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá
11. Defensa judicial
12. Procesos contractuales
13. Estatuto Anticorrupción – Ley 1474 de 2011 o el que lo modifique
14. Modelo Integrado de Planeación y Gestión
15. Herramientas ofimáticas
16. Normas técnicas de calidad
17. Argumentación jurídica
18. Acciones contractuales por incumplimiento
19. Mecanismos alternativos de solución de conflictos
20. Normas de Transparencia
21. Código de Integridad
22. Plan Anticorrupción y Atención al Ciudadano
23. Gestión Documental física y electrónica

Formato GL-FR-012_V5 Página 42 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-105 • 2026 • FEBRERO • 4 105 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

IV. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES COMUNES POR NIVEL JERÁRQUICO
- Aprendizaje continuo
- Orientación a resultados
- Orientación al usuario y al ciudadano
- Compromiso con la Organización
- Trabajo en Equipo
- Adaptación al Cambio

- Visión estratégica
- Liderazgo efectivo
- Planeación
- Toma de Decisiones
- Gestión del Desarrollo de las Personas
- Pensamiento Sistémico
- Resolución de Conflictos V. LABORALES DE ÁREAS O PROCESOS TRANSVERSALES
- Atención al detalle
- Visión estratégica
- Trabajo en equipo y colaboración
- Planeación
- Negociación
- Comunicación efectiva
- Creatividad e innovación
- Resolución de conflictos

Doce (12) años de experiencia profesional, de los cuales setenta y dos (72) meses son de experiencia profesional relacionada.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA ESTUDIOS EXPERIENCIA Título profesional en alguna de las disciplinas académicas del núcleo básico de conocimiento en: Derecho y afines.

Título de posgrado en la modalidad de Maestría en áreas relacionadas con las funciones del cargo.

Tarjeta o matrícula profesional en los casos reglamentados por la Ley.

Formato GL-FR-012_V5 Página 43 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-106 • 2026 • FEBRERO • 4 106 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO Nivel: Directivo Denominación del Empleo: Gerente Código: 039 Grado: 03 No. de Cargos: 1 Dependencia: Gerencia de Comunicaciones, Ciudadanía y Cultura Cargo del Jefe Inmediato: Gerente General GERENTE DE COMUNICACIONES, CIUDADANÍA Y CULTURA

I. PROPÓSITO PRINCIPAL

Dirigir la formulación, el diseño y la implementación de la estrategia de comunicación y relacionamiento externo e interno de la Empresa como pilar para la construcción de confianza con la ciudadanía, así como promocionar la participación ciudadana y el control social en los proyectos ferroviarios, mediante el diseño y ejecución del proyecto de cultura ciudadana con el fin de asegurar una comunicación y relacionamiento armónico entre los diferentes niveles de la Empresa, las comunidades afectadas por las obras y la ciudadanía en general.

II. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES
1. Liderar la estrategia de comunicación y relacionamiento interno y externo de la EMB, asegurando una interacción armónica con organismos distritales, comunidades y ciudadanos.
2. Gestionar la percepción y requerimientos ciudadanos sobre los proyectos ferroviarios, promoviendo iniciativas que fomenten convivencia, apropiación y cultura ciudadana en torno al metro.
3. Dirigir la divulgación de información institucional a través de medios de comunicación y plataformas digitales, garantizando datos veraces y oportunos.
4. Administrar los canales de comunicación de la EMB, incluyendo la página web, y coordinar la relación con medios de comunicación, ruedas de prensa y eventos.
5. Supervisar y alinear la estrategia de comunicación del concesionario, interventoría y PMO con la de la EMB, asegurando coherencia informativa.
6. Definir la estrategia de imagen corporativa y posicionamiento de marca, fortaleciendo la cultura organizacional y el impacto reputacional de la Empresa.
7. Diseñar, implementar y hacer seguimiento a la estrategia de Cultura Ciudadana en torno al metro, promoviendo valores de autorregulación, respeto y sentido de pertenencia en los usuarios.

Formato GL-FR-012_V5 Página 44 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-107 • 2026 • FEBRERO • 4 107 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

8. Gestionar la recepción, asignación y seguimiento a las respuestas de las PQRSD ciudadanas y de entes de control que lleguen a la EMB, con el fin de facilitar su respuesta oportuna, de acuerdo con la normatividad vigente, y en el marco de la política distrital de servicio al ciudadano.
9. Liderar la divulgación de las políticas de participación ciudadana y control social en los proyectos a cargo de la Empresa, de conformidad con el objeto establecido en el Acuerdo Distrital vigente, asegurando su correcta implementación y seguimiento.
10. Monitorear el impacto social de los proyectos y elaborar informes sobre el desarrollo de estrategias comunicacionales y culturales.
11. Las demás que se le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza del empleo.

III. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Plan de Desarrollo Nacional y Distrital
2. Funcionamiento de medios de comunicación
3. Redes sociales
4. Imagen corporativa
5. Relaciones públicas
6. Comunicación corporativa
7. Gestión de prensa y cubrimiento periodístico
8. Gestión de contenidos
9. Normas técnicas de calidad
10. Estatuto Anticorrupción
11. Mecanismos y canales de atención al ciudadano
12. Cultura ciudadana
13. Herramientas ofimáticas
14. Política pública de participación ciudadana
15. Política pública de servicio al ciudadano
16. Competencias de los organismos y entidades distritales
17. Racionalización de trámites
18. Derecho administrativo y de lo contencioso administrativo
19. Innovación
20. Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano
21. Innovación
22. Gestión Documental física y electrónica

Formato GL-FR-012_V5 Página 45 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-108 • 2026 • FEBRERO • 4 108 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

IV. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES COMUNES POR NIVEL JERÁRQUICO
- Aprendizaje continuo
- Orientación a resultados
- Orientación al usuario y al ciudadano
- Compromiso con la Organización
- Trabajo en Equipo
- Adaptación al Cambio

- Visión estratégica
- Liderazgo efectivo
- Planeación
- Toma de Decisiones
- Gestión del Desarrollo de las Personas
- Pensamiento Sistémico
- Resolución de Conflictos V. LABORALES DE ÁREAS O PROCESOS TRANSVERSALES
- Construcción de relaciones
- Creatividad e innovación
- Conocimiento del entorno

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA ESTUDIOS EXPERIENCIA Título profesional en alguna de las disciplinas académicas del núcleo básico de conocimiento en: Comunicación social, periodismo y afines.

Doce (12) años de experiencia profesional, de los cuales setenta y dos (72) meses son de experiencia profesional relacionada.

Título de posgrado en la modalidad de Maestría en áreas relacionadas con las funciones del cargo.

Tarjeta o matrícula profesional en los casos reglamentados por la ley.

* * IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO Nivel: Directivo Denominación del Empleo: Gerente Código: 039 Grado: 03 No. de Cargos: 1 Formato GL-FR-012_V5 Página 46 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-109 • 2026 • FEBRERO • 4 109 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

Dependencia: Gerencia de Riesgos y Entorno Cargo del Jefe Inmediato: Gerente General GERENTE DE RIESGOS Y ENTORNO I.PROPÓSITO PRINCIPAL Dirigir la aplicación de políticas, metodologías, lineamientos técnicos, instrumentos y mecanismos de control para la gestión de riesgos de la entidad y de proyectos metro y férreos de la Empresa Metro de Bogotá S.A., así como liderar la gestión socio predial necesaria para el cumplimiento de los fines institucionales y el seguimiento al cumplimiento de las obligaciones ambientales, sociales y de seguridad y salud en el trabajo (SST) en todos los proyectos metroferroviarios, conforme a la normatividad vigente, las directrices organizacionales y los compromisos adquiridos con la banca multilateral.

II. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES
1. Definir y liderar la implementación del modelo institucional de gestión de riesgos de la Empresa Metro de Bogotá S.A., incluyendo riesgos estratégicos, operacionales, contractuales y de los proyectos férreos, de metro y de captura de valor, promoviendo una cultura organizacional basada en la anticipación, control y mitigación de los riesgos, conforme a la normatividad vigente y las mejores prácticas nacionales e internacionales.
2. Establecer políticas, metodologías, lineamientos técnicos, instrumentos y mecanismos de control para la gestión de riesgos institucionales y de proyectos, salvaguardas, seguros y contingencias, asegurando su aplicación integral en las fases de planeación, contratación, ejecución y cierre, de acuerdo con las mejores prácticas y la normatividad vigente.
3. Definir y orientar, en coordinación con la PMO y/o la Oficina Asesora de Planeación, las metodologías y lineamientos en materia de gestión de riesgos aplicables a las dependencias, concesionarios e interventorías, y supervisar su implementación conforme a los términos contractuales y la normativa vigente.
4. Dirigir el monitoreo y seguimiento continuo de los riesgos institucionales y de proyectos, verificando las matrices de riesgos, controles, planes de mitigación y acciones de tratamiento, en coordinación con las subgerencias técnicas y la Oficina Asesora de Planeación.
5. Orientar y revisar la elaboración de matrices de riesgos en los procesos de contratación, garantizando su coherencia con los lineamientos institucionales y las directrices de Colombia Compra Eficiente.
6. Liderar la estructuración, contratación, seguimiento y actualización del programa de seguros de la Empresa, asegurando la vigencia y suficiencia de los amparos y pólizas requeridos para las funciones y proyectos, así como la atención oportuna de siniestros, en coordinación con las dependencias técnicas y el corredor de seguros.

Formato GL-FR-012_V5 Página 47 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-110 • 2026 • FEBRERO • 4 110 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

7. Supervisar la constitución, seguimiento, renovación y afectación de seguros y garantías contractuales, validando el cumplimiento de las condiciones técnicas y jurídicas en coordinación con las áreas de origen y las dependencias responsables de su aprobación.
8. Gestionar y hacer seguimiento a la valoración de las contingencias económicas asociadas a riesgos, asegurando su adecuada estimación e incorporación en el Fondo de Pasivos Contingentes conforme a la normatividad aplicable.
9. Liderar y monitorear el cumplimiento de las obligaciones ambientales, sociales y de seguridad y salud en el trabajo (SST) por parte de concesionarios, interventorías y contratistas, garantizando la implementación de las salvaguardas y estándares nacionales e internacionales en todas las fases de los proyectos férreos, de metro y de captura de valor, en articulación con el modelo institucional de gestión de riesgos.
10. Dirigir la gestión predial, la adquisición de inmuebles y los procesos de reasentamiento involuntario, asegurando el cumplimiento de los plazos contractuales y de los lineamientos técnicos, sociales y normativos.
11. Coordinar con la Gerencia Financiera y otras áreas la planeación de inversiones, adquisiciones y flujos de pago asociados a la gestión socio-predial, ambiental, social, de SST y de riesgos, verificando su trazabilidad y oportunidad.
12. Orientar y coordinar la estructuración de riesgos de los proyectos a cargo de la Empresa, garantizando su integración con las estructuraciones técnica, financiera y jurídica en todas las fases del ciclo de vida del proyecto.
13. Supervisar la implementación de medidas de seguridad y salud en el trabajo (SST) durante la ejecución de obras, en articulación con las interventorías, concesionarios, contratistas y las áreas responsables de los contratos.
14. Revisar y garantizar la calidad, trazabilidad y consistencia de la información técnica generada en los componentes de gestión ambiental, social, de SST, predial y de riesgos, asegurando su confiabilidad para la toma de decisiones institucionales.
15. Comunicar de forma oportuna a la Gerencia General y demás dependencias responsables los eventos que puedan afectar el alcance, cronograma, presupuesto, calidad o sostenibilidad de los proyectos férreos, de metro y de captura de valor.
16. Establecer mecanismos de coordinación transversal con las subgerencias y otras gerencias, promoviendo la visión de red, el control de impactos y la sostenibilidad del entorno.
17. Orientar la formulación, implementación y seguimiento de planes de contingencia y mitigación ante los riesgos identificados, definiendo rutas de acción y mecanismos de respuesta frente a su eventual materialización.

Formato GL-FR-012_V5 Página 48 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-111 • 2026 • FEBRERO • 4 111 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

18. Diseñar y promover políticas e instrumentos de gestión social que fomenten la participación ciudadana y el control social en los proyectos a cargo de la Empresa, en concordancia con el objeto social y las disposiciones del Acuerdo Distrital vigente.
19. Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza del empleo.

III. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Plan de Desarrollo Nacional y Distrital
2. Gestión de riesgos y planes de mitigación
3. Normatividad de riesgos, control interno, calidad
4. Modelo Estándar de Control Interno (MECI)
5. Sistema de gestión
6. Contratación pública
7. Pólizas y seguros
8. Estatuto Anticorrupción
9. Gestión socio predial
10. Normas ambientales
11. Normatividad sobre salud y seguridad en el trabajo
12. Herramientas ofimáticas
13. Normas de Trasparencia
14. Innovación
15. Código de Integridad
16. Gestión Documental física y digital

IV. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES

COMUNES POR NIVEL JERÁRQUICO
- Aprendizaje continuo
- Orientación a resultados
- Orientación al usuario y al ciudadano
- Compromiso con la Organización
- Trabajo en Equipo
- Adaptación al Cambio

- Visión estratégica
- Liderazgo efectivo
- Planeación
- Toma de Decisiones
- Gestión del Desarrollo de las Personas
- Pensamiento Sistémico
- Resolución de Conflictos V. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA ESTUDIOS EXPERIENCIA

Formato GL-FR-012_V5 Página 49 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-112 • 2026 • FEBRERO • 4 112 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

Doce (12) años de experiencia profesional, de los cuales setenta y dos (72) meses son de experiencia profesional relacionada.

Título profesional en los núcleos básicos de conocimiento en: Ingeniería Industrial y afines, Ingeniería Civil y afines, Administración, Economía, Ingeniería Administrativa y afines, Matemáticas y Estadística y afines.

Título de posgrado en la modalidad de Maestría en áreas relacionadas con las funciones del cargo.

Matrícula o Tarjeta Profesional en los casos requeridos por la Ley.

* * IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO Nivel: Directivo Denominación del Empleo: Subgerente Código: 090 Grado: 02 No. de Cargos: 1 Dependencia: Subgerencia de Gestión de Proyecto Cargo del Jefe Inmediato: Gerente de Construcción de Proyectos Férreos SUBGERENTE DE GESTIÓN DE PROYECTOS

I. PROPÓSITO PRINCIPAL

Liderar el seguimiento integral a los contratos de interventoría y concesión, celebrados por la Empresa para la adecuada ejecución de los proyectos metro y férreos de la EMB, haciendo seguimiento al cumplimiento de los cronogramas y presupuestos establecidos e identificando oportunamente posibles desviaciones en los proyectos y sus alternativas de mitigación.

II. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

1. Revisar y gestionar los asuntos requeridos por la Gerencia de Construcción de Proyectos Férreos respecto a la supervisión del contrato de interventoría y la relación con el concesionario, coordinando acciones, seguimiento, informes y atención a entes de control, para la adecuada ejecución de los proyectos.

Formato GL-FR-012_V5 Página 50 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-113 • 2026 • FEBRERO • 4 113 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

2. Realizar las actividades de seguimiento y control del Plan de Ejecución del Contrato de Concesión con base en los informes técnicos, financieros y administrativos generados por la interventoría y la PMO, así como la preparación de los indicadores y tableros de control en conjunto con la Oficina Asesora de Planeación.
3. Liderar y consolidar, en coordinación con las demás subgerencias técnicas, la información sobre cambios en alcance, costo, tiempo, calidad y recursos de los proyectos, para su análisis y aprobación por parte de la Gerencia de Construcción de Proyectos Férreos y las instancias correspondientes.
4. Coordinar con la Oficina Asesora de Planeación y la Gerencia de Riesgos y Entorno, el seguimiento y verificación del desarrollo integral de los proyectos, identificando desviaciones, analizando alternativas de mitigación y proponiendo acciones, sin perjuicio de las obligaciones y responsabilidades contractuales asignadas a la PMO.
5. Gestionar la elaboración y consolidación de los reportes técnico-administrativos de los proyectos, en coordinación con las demás subgerencias técnicas, en cumplimiento de los compromisos con la Unidad de Movilidad Urbana Sostenible y las obligaciones derivadas de contratos de empréstito y convenios de cofinanciación, en articulación con la Gerencia Financiera, y acorde con los lineamientos del Gerente de Construcción de Proyectos Férreos y la Gerencia de Riesgos y Entorno.
6. Gestionar la estructuración de modificaciones, adiciones y prórrogas de los contratos de concesión e interventoría, desde un enfoque técnico-administrativo y en coordinación con las gerencias Jurídica, Financiera y de Riesgos, y dando apoyo al Gerente de Construcción de Proyectos Férreos
7. Coordinar la elaboración y consolidación de estudios técnicos requeridos para sustentar actuaciones contractuales de la Empresa, en el desarrollo o liquidación de los contratos suscritos para los proyectos, en especial para los contratos de concesión e interventoría.
8. Revisar y gestionar, en coordinación con las demás subgerencias, las obligaciones integrales del contrato de concesión, sin perjuicio de las responsabilidades de la interventoría; y revisar y coordinar el seguimiento a las obligaciones del contrato de interventoría, incluyendo la revisión y validación de informes y soportes de pago por sus servicios, así como la elaboración de los informes de supervisión requeridos.
9. Liderar, en coordinación con las demás subgerencias técnicas, la revisión de los informes emitidos por la interventoría sobre la ejecución de la concesión; y liderar la revisión y validación de los conceptos e informes emitidos por la interventoría para la aprobación de pagos al concesionario, asegurando la trazabilidad técnica y administrativa.

Formato GL-FR-012_V5 Página 51 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-114 • 2026 • FEBRERO • 4 114 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

10. Gestionar con el apoyo de la Gerencia Financiera, la identificación de las necesidades de inversión y adquisición de la subgerencia, y acompañar a las demás subgerencias en este proceso; así como revisar, generar (en lo correspondiente) y consolidar la información para la adecuada planeación de los flujos de pago de los contratos de concesión e interventoría, en coordinación con la Gerencia Financiera y acorde con los lineamientos establecidos.
11. Verificar la consistencia de los datos suministrados por el Concesionario, contratistas e interventoría en relación con la gestión de proyectos, garantizando su trazabilidad, integridad y utilidad para la toma de decisiones.
12. Comunicar al Gerente de Construcción de Proyectos Férreos la propuesta y trámite de modificaciones contractuales y la gestión de eventos que puedan activar cláusulas o mecanismos de solución de controversias en el componente Gestión de Proyectos, y acompañar dicha comunicación con el soporte documentado correspondiente.
13. Apoyar la supervisión técnica de los proyectos mediante visitas de campo, revisión de documentación e informes, y seguimiento a los componentes bajo su competencia.
14. Gestionar la atención oportuna, seguimiento y canalización de las solicitudes, peticiones, quejas, reclamos, sugerencias y denuncias (PQRSD) asignadas y relacionadas con la ejecución del proyecto, en articulación con la Gerencia de Comunicaciones, Ciudadanía y Cultura, asegurando la trazabilidad de las respuestas y el cumplimiento de los lineamientos institucionales.
15. Realizar, en coordinación con las demás dependencias, el seguimiento a la ejecución presupuestal asociada a los recursos de Concesión, Interventoría y de la Gerencia, acorde con los lineamientos del Gerente de Construcción de Proyectos Férreos
16. Las demás que se le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza del empleo.

III. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
1. Plan de Desarrollo de Bogotá
2. Régimen de contratación pública, normas urbanísticas, modelos estadísticos
3. Ciencias básicas (Matemáticas, Física y Química)
4. Computación
5. Control de procesos
6. Adquisición y manejo de datos
7. Formulación y evaluación de proyectos
8. Gestión de Proyectos de Infraestructura
9. Sistema Integrado de Gestión
10. Normas técnicas de calidad
11. Herramientas ofimáticas Formato GL-FR-012_V5 Página 52 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-115 • 2026 • FEBRERO • 4 115 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

12. Estatuto anticorrupción
13. Innovación
14. Normas de Transparencia
15. Gestión Documental física y electrónica

VII. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES

COMUNES POR NIVEL JERÁRQUICO
- Aprendizaje continuo
- Orientación a resultados
- Orientación al usuario y al ciudadano
- Compromiso con la organización
- Trabajo en equipo
- Adaptación al cambio

Siete (7) años de experiencia profesional, cincuenta y cuatro (54) meses son de experiencia profesional relacionada.

- Visión estratégica
- Liderazgo efectivo
- Planeación
- Toma de decisiones
- Gestión del desarrollo de las personas
- Pensamiento sistemático
- Resolución de conflictos

VIII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

ESTUDIOS EXPERIENCIA Título profesional en alguna de las disciplinas académicas de los núcleos básicos de conocimiento en: Ingeniería Civil y afines, o Ingeniería Mecánica y afines, o Ingeniería Eléctrica y afines, o Ingeniería de Minas, Metalúrgica y afines o Arquitectura y afines.

Título de posgrado en la modalidad de Maestría en áreas relacionadas con las funciones del cargo.

Tarjeta o matrícula profesional en los casos reglamentados por la Ley.

* * IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO Nivel: Directivo Denominación del Empleo: Subgerente Código: 090 Formato GL-FR-012_V5 Página 53 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-116 • 2026 • FEBRERO • 4 116 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

Grado: 02 No. de Cargos: 1 Dependencia: Subgerencia de Gestión de Redes Cargo del Jefe Inmediato: Gerente de Construcción de Proyectos Férreos SUBGERENTE DE GESTIÓN DE REDES

I. PROPÓSITO PRINCIPAL

Liderar, bajo la dirección del Gerente de Construcción de Proyectos Férreos y de acuerdo con las políticas establecidas, la organización, coordinación y seguimiento integral a las actividades relacionadas con el traslado de redes, para la adecuada ejecución de los proyectos metro y férreos de la EMB, así como coordinar la relación con las Empresas de Servicios Públicos, propendiendo por el cumplimiento de los parámetros técnicos y de los plazos establecidos.

II. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

1. Liderar y gestionar la organización, coordinación, realización, documentación y seguimiento de las reuniones y actividades requeridas con las Empresas de Servicios Públicos y/o entidades distritales para los Acuerdos y/o convenios de Traslado de Redes, así como sobre las actuaciones contractuales necesarias durante la ejecución de los proyectos metro ferroviarios a cargo de la EMB, en coordinación con la Gerencia Jurídica.
2. Liderar y gestionar la estructuración técnica, económica, financiera, de riesgos y jurídica de los Acuerdos y/o convenios que vaya a suscribir la EMB con las Empresas de Servicios Públicos y/o entidades distritales con el apoyo de la Gerencia Jurídica, Gerencia Financiera y Gerencia de Riesgos.
3. Revisar y gestionar la justificación de las modificaciones pertinentes a la ejecución de los proyectos metro ferroviarios a cargo de la EMB lo referente al traslado de redes, de acuerdo con la recomendación de la Interventoría.
4. Gestionar, en el marco de los contratos suscritos para la ejecución del proyecto de infraestructura Metro de Bogotá, de las políticas de la empresa y de la normatividad aplicable, las acciones técnicas y administrativas pertinentes al interior de la Empresa, para la ejecución del traslado de redes.
5. Definir y gestionar, en coordinación con la Gerencia Financiera y con el apoyo de la Subgerencia de Gestión de Proyectos, las necesidades de inversión, adquisición y flujos de pago para la adecuada ejecución de los proyectos de competencia de la Empresa Metro de Bogotá S.A. en sus componentes de traslado de redes.

Formato GL-FR-012_V5 Página 54 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-117 • 2026 • FEBRERO • 4 117 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

6. Adelantar la revisión y aprobación de las solicitudes de inclusión de Ítems de Obra no Previstos en cuanto a traslado, reubicación y/o protección de redes de los proyectos metro ferroviarios.
7. Apoyar y gestionar las actividades de trabajo de campo, visitas técnicas, revisión y emisión de informes requeridos para el adecuado seguimiento a la ejecución de los proyectos de competencia de la Empresa Metro de Bogotá S.A., en el componente de traslado de Redes.
8. Realizar el acompañamiento a la supervisión del Contrato de Interventoría referente al componente de traslado de redes para los proyectos metro ferroviarios a cargo de la EMB.
9. Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza del empleo.
III. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
1. Plan de Desarrollo de Bogotá
2. Normas sobre desarrollo urbano, política de transporte e infraestructura de transporte
3. Contratación Pública
4. Negociación y solución de conflictos
5. Manejo de herramientas GIS y bases de datos
6. Sistema integrado de gestión
7. Control de procesos
8. Adquisición y manejo de datos
9. Estatuto anticorrupción
10. Normas técnicas de calidad
11. Herramientas ofimáticas

IV. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES

COMUNES POR NIVEL JERÁRQUICO

- Aprendizaje continuo
- Orientación a resultados
- Orientación al usuario y al ciudadano
- Compromiso con la organización
- Trabajo en equipo
- Adaptación al cambio

- Visión estratégica
- Liderazgo efectivo
- Planeación
- Toma de decisiones
- Gestión del desarrollo de las personas
- Pensamiento sistemático
- Resolución de conflictos V. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA ESTUDIOS EXPERIENCIA Título profesional en alguna de las disciplinas académicas de los núcleos básicos de

Siete (7) años de experiencia profesional, de los cuales cincuenta y cuatro (54) meses son de experiencia profesional relacionada.

Formato GL-FR-012_V5 Página 55 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-118 • 2026 • FEBRERO • 4 118 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones” conocimiento en: Ingeniería Civil y Afines, o Arquitectura y afines, o Ingeniería Eléctrica y afines Título de posgrado en la modalidad de Maestría en áreas relacionadas con las funciones del cargo.

Tarjeta o matrícula profesional en los casos reglamentados por la Ley. * * IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO Nivel: Directivo Denominación del Empleo: Subgerente Código: 090 Grado: 02 No. de Cargos: 1 Dependencia: Subgerencia de Construcción e Infraestructura Cargo del Jefe Inmediato: Gerente de Construcción de Proyectos Férreos SUBGERENTE DE CONSTRUCCIÓN E INFRAESTRUCTURA

I. PROPÓSITO PRINCIPAL

Liderar, bajo la dirección del Gerente de Construcción de Proyectos Férreos y de acuerdo con las políticas establecidas, el seguimiento integral a las actividades de diseño de detalle y ejecución de los proyectos de construcción de estaciones, edificios de acceso a las estaciones, viaductos, vías férreas, vías urbanas, obras de urbanismo, carriles y estaciones de BRT, ciclo rutas y demás estructuras e infraestructuras requeridas para la ejecución de los proyectos metro y férreos de la EMB, promoviendo el cumplimiento del alcance, los presupuestos, cronogramas y especificaciones.

II. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

1. Realizar el acompañamiento y seguimiento técnico a la ejecución de los diseños, las obras civiles e infraestructura del proyecto Metro de Bogotá, incluyendo estaciones, accesos, viaductos, vías, urbanismo, infraestructura urbana, vial y de integración modal, sin perjuicio de las obligaciones y responsabilidades de la interventoría y el concesionario.

Formato GL-FR-012_V5 Página 56 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-119 • 2026 • FEBRERO • 4 119 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

2. Liderar y gestionar las actividades de campo, visitas técnicas, y la revisión y emisión de informes requeridos para el seguimiento adecuado a la ejecución de los proyectos en sus componentes de construcción, infraestructura y redes de servicios públicos.
3. Gestionar, según las orientaciones del Gerente de Construcción de Proyectos Férreos, los asuntos relativos a la supervisión de los contratos y la interlocución con el concesionario y la interventoría, en lo correspondiente a los componentes de diseño, construcción, infraestructura y redes de servicios públicos.
4. Gestionar las actividades de verificación y seguimiento para la adecuada integración de los diseños y las obras civiles con los diferentes componentes de los proyectos —entre ellos, los electromecánicos, el material rodante, los sistemas metro ferroviarios y los sistemas de recaudo— , sin perjuicio de las obligaciones y responsabilidades del concesionario y la interventoría, promoviendo la coordinación efectiva entre actores y subgerencias.
5. Gestionar las actividades de verificación y seguimiento para la adecuada integración de los diseños, las obras civiles y de redes de servicios públicos, con la infraestructura urbana existente y con los proyectos distritales, departamentales y nacionales en ejecución, y con las actuaciones de las autoridades públicas involucradas y las demás dependencias pertinentes.
6. Contribuir en la gestión de trámites, permisos, licencias y autorizaciones necesarias para la ejecución de las obras civiles, demoliciones a que haya lugar y obras derivadas del traslado de redes, en coordinación con las autoridades competentes.
7. Revisar y gestionar, en coordinación con la Subgerencia de Gestión de Proyectos, las propuestas de modificaciones contractuales relacionadas con los componentes de construcción, infraestructura y traslado de redes de servicios públicos, de acuerdo con las recomendaciones y análisis de viabilidad presentados por las áreas competentes, la interventoría y la PMO y/o la Oficina Asesora de Planeación.
8. Apoyar el seguimiento a la implementación y cumplimiento de las normas urbanísticas, arquitectónicas, estructurales, de sismo resistencia y técnicas aplicables al diseño y ejecución de las obras civiles, articulando acciones con la interventoría, el concesionario y las entidades del sector.
9. Comunicar al Gerente de Construcción de Proyectos Férreos la propuesta y trámite de modificaciones contractuales y la gestión de eventos que puedan activar cláusulas o mecanismos de solución de controversias en el componente de infraestructura, y acompañar dicha comunicación con el soporte documentado correspondiente.
10. Revisar y definir con los conceptos de la interventoría, las solicitudes de ítems no previstos presentados por el Concesionario y/o contratistas en el marco de la ejecución de obras civiles y/o de redes de servicios públicos, conforme a los procedimientos establecidos.

Formato GL-FR-012_V5 Página 57 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-120 • 2026 • FEBRERO • 4 120 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

11. Coordinar la recopilación y análisis de información sobre cambios de alcance, tiempo, costo, calidad y riesgos en los componentes de obra, infraestructura y traslado de redes de servicios públicos, informando oportunamente al Gerente de Construcción de Proyectos Férreos y a la Subgerencia de Gestión de Proyectos.
12. Revisar y validar los conceptos técnicos y soportes de pago emitidos por la interventoría para los pagos al concesionario, a la propia interventoría y a los demás contratistas que participen en el diseño y ejecución de obras civiles e infraestructura; así como apoyar la revisión de los documentos y soportes de pago asociados a los componentes de traslado de redes en los diferentes proyectos de la Empresa Metro de Bogotá S.A.
13. Coordinar, con apoyo de la Gerencia Financiera y la Subgerencia de Gestión de Proyectos, la definición de necesidades de inversión, adquisiciones y la generación de información para la planeación de flujos de pago en todas las fases de los componentes de construcción, infraestructuras y de redes de servicios públicos.
14. Gestionar la elaboración oportuna y el cumplimiento de los reportes y actividades técnicas de los componentes de infraestructura, construcción y de redes de servicios públicos, de acuerdo con los compromisos adquiridos con la Unidad de Movilidad Urbana Sostenible del Ministerio de Transporte y las obligaciones derivadas de los contratos de empréstito y convenios de cofinanciación de proyecto, conforme a los lineamientos de la Gerencia de Construcción de Proyectos Férreos y en coordinación con la Gerencia Financiera.
15. Supervisar la consistencia técnica de los datos suministrados por el Concesionario, contratistas e interventoría sobre la ejecución de los componentes de construcción, infraestructura y traslado de redes de servicios públicos garantizando trazabilidad, coherencia y confiabilidad.
16. Gestionar la coordinación con la Secretaría Distrital de Movilidad y/o Transmilenio S.A., en lo relacionado con el seguimiento a la afectación del servicio de transporte público, la seguridad vial y la implementación del Plan de Manejo de Tránsito (PMT) durante la ejecución de las obras, sin perjuicio de las obligaciones y responsabilidades del concesionario y la interventoría.
17. Las demás que se le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza del empleo.
III. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
1. Plan de Desarrollo de Bogotá
2. Normas sobre desarrollo urbano, política de transporte y sistemas ferroviarios
3. Mecánica de materiales y tecnología de los materiales
4. Diseño y construcción de obras civiles
5. Contratación pública
6. Gestión de proyectos
7. Procesos Contractuales

Formato GL-FR-012_V5 Página 58 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-121 • 2026 • FEBRERO • 4 121 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

8. Sistema Integrado de gestión
9. Estatuto anticorrupción
10. Normas técnicas de calidad.
11. Herramientas ofimáticas
12. Innovación
13. Normas de Transparencia
14. Gestión Documental física y electrónica

IV. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES

COMUNES POR NIVEL JERÁRQUICO

- Aprendizaje continuo
- Orientación a resultados
- Orientación al usuario y al ciudadano
- Compromiso con la organización
- Trabajo en equipo
- Adaptación al cambio

Siete (7) años de experiencia profesional, de los cuales cincuenta y cuatro (54) meses son de experiencia profesional relacionada.

- Visión estratégica
- Liderazgo efectivo
- Planeación
- Toma de decisiones
- Gestión del desarrollo de las personas
- Pensamiento sistemático Resolución de conflictos V. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA ESTUDIOS EXPERIENCIA Título profesional en alguna de las disciplinas académicas de los núcleos básicos de conocimiento en: Ingeniería Civil y afines, o Arquitectura y afines.

Título de posgrado en la modalidad de Maestría en áreas relacionadas con las funciones del cargo.

Tarjeta o matrícula profesional en los casos reglamentados por la Ley.

* * IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO Nivel: Directivo Denominación del Empleo: Subgerente Formato GL-FR-012_V5 Página 59 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-122 • 2026 • FEBRERO • 4 122 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

Código: 090 Grado: 02 No. de Cargos: 1 Dependencia: Subgerencia de Material Rodante, Equipos y Sistemas Cargo del Jefe Inmediato: Gerente de Construcción de Proyectos Férreos SUBGERENTE DE MATERIAL RODANTE, EQUIPOS Y SISTEMAS I. PROPÓSITO PRINCIPAL Liderar, bajo la dirección del Gerente de Construcción de Proyectos Férreos y de acuerdo con las políticas establecidas, el seguimiento integral a las actividades de diseño detallado, fabricación, instalación, pruebas, puesta en marcha, operación y mantenimiento del material rodante, sistemas metro ferroviarios y equipos electromecánicos para la adecuada ejecución de los proyectos metro y férreos de la EMB, promoviendo el cumplimiento del alcance, los presupuestos, cronogramas y especificaciones.

II. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES
1. Liderar y gestionar la revisión técnica del diseño detallado, fabricación, instalación, pruebas, puesta en marcha, operación y mantenimiento del material rodante, equipos electromecánicos y sistemas metro ferroviarios, conforme con los requerimientos contractuales y sin perjuicio de las responsabilidades de la interventoría y el concesionario.
2. Coordinar, verificar y realizar el seguimiento técnico a las actividades del contrato de concesión y de la interventoría, en lo relacionado con el componente de material rodante, equipos electromecánicos y sistemas metro ferroviarios, de acuerdo con las orientaciones del Gerente de Construcción de Proyectos Férreos.
3. Desarrollar y gestionar actividades de campo, visitas técnicas y la elaboración de informes especializados para el seguimiento de los avances del proyecto en sus componentes técnicos, de acuerdo con los estándares de calidad, seguridad y cumplimiento contractual.
4. Coordinar y verificar la integración funcional entre el material rodante, equipos electromecánicos, sistemas metro ferroviarios y demás componentes de infraestructura del proyecto, en colaboración con las subgerencias técnicas involucradas y sin perjuicio de las responsabilidades del concesionario y la interventoría.
5. Apoyar la coordinación de interfaces entre los diferentes sistemas y equipos del proyecto, con participación activa en mesas técnicas y de integración, en articulación con la Subgerencia de Construcción de Proyectos.

Formato GL-FR-012_V5 Página 60 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-123 • 2026 • FEBRERO • 4 123 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

6. Verificar y hacer seguimiento a los trámites y permisos necesarios para la importación, puesta en marcha y operación del material rodante, los equipos electromecánicos y los sistemas metro ferroviarios, articulando acciones con las autoridades competentes y la interventoría.
7. Analizar y gestionar propuestas de modificación técnica y contractual relativas a los sistemas a su cargo, en coordinación con la Subgerencia de Gestión de Proyectos, la interventoría y la PMO, con base en estudios de viabilidad y conforme con los lineamientos de la Empresa.
8. Gestionar la información sobre cambios en alcance, tiempo, costo, calidad, recursos o riesgos asociados al material rodante, equipos electromecánicos y sistemas metro ferroviarios, reportándola de forma oportuna a la Gerencia de Construcción de Proyectos Férreos y a la Subgerencia de Gestión de Proyectos.
9. Comunicar a la Gerencia de Construcción de Proyectos Férreos la propuesta y trámite de modificaciones contractuales y la gestión de eventos que puedan activar cláusulas o mecanismos de solución de controversias en el componente del material rodante, los equipos electromecánicos y los sistemas metro ferroviarios, y acompañar dicha comunicación con el soporte documentado correspondiente.
10. Revisar y sustentar técnicamente los estudios que soportan decisiones contractuales de la Empresa respecto a concesión, interventoría u otros contratistas en los componentes a su cargo, asegurando trazabilidad técnica y jurídica.
11. Revisar y validar los informes técnicos y soportes de pago emitidos por la interventoría, el Concesionario y los demás contratistas en relación con el diseño, suministro e implementación del material rodante, los equipos electromecánicos y sistemas metro ferroviarios, conforme con los compromisos contractuales.
12. Coordinar, en articulación con la Gerencia Financiera y la Subgerencia de Gestión de Proyectos, la definición de necesidades de inversión, adquisición y planificación de flujos de pago, en todas las etapas del proyecto, asegurando consistencia entre diseño, ejecución y cronogramas.
13. Gestionar el cumplimiento de reportes técnicos relacionados con los contratos de empréstito y convenios de cofinanciación, en articulación con la Gerencia Financiera y conforme a las exigencias de la Unidad de Movilidad Urbana Sostenible del Ministerio de Transporte.
14. Revisar la consistencia de los datos técnicos generados y suministrados por los contratistas, asociados al cumplimiento de las obligaciones contractuales en los componentes de material rodante, equipos electromecánicos y sistemas metro ferroviarios, garantizando trazabilidad y confiabilidad.
15. Participar en la definición de especificaciones técnicas, así como en la revisión y supervisión de estudios técnicos necesarios para la estructuración integral de los proyectos a cargo de la Empresa, de conformidad con el objeto establecido en el Acuerdo Distrital vigente.

Formato GL-FR-012_V5 Página 61 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-124 • 2026 • FEBRERO • 4 124 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

16. Las demás que se le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza del empleo.

III. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Plan de Desarrollo de Bogotá
2. Normas sobre política de transporte y sistemas de transporte ferroviario
3. Equipos ferroviarios, material rodante y sistemas asociados a proyectos de transporte ferroviario
4. Electrónica análoga y digital
5. Diseño mecánico y manufactura; administración de la mecanización
6. Sistemas de información
7. Contratación pública
8. Evaluación y gestión de proyectos
9. Herramientas ofimáticas
10. Innovación
11. Normas de Transparencia
12. Gestión documental física y electrónica IV.COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES COMUNES POR NIVEL JERÁRQUICO

- Aprendizaje continuo
- Orientación a resultados
- Orientación al usuario y al ciudadano
- Compromiso con la organización
- Trabajo en equipo
- Adaptación al cambio

- Visión estratégica
- Liderazgo efectivo
- Planeación
- Toma de decisiones
- Gestión del desarrollo de las personas
- Pensamiento sistemático
- Resolución de conflictos

V. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA ESTUDIOS EXPERIENCIA Formato GL-FR-012_V5 Página 62 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-125 • 2026 • FEBRERO • 4 125 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

Siete (7) años de experiencia profesional, de los cuales cincuenta y cuatro (54) meses son de experiencia profesional relacionada.

Título profesional en alguna de las disciplinas académicas de los núcleos básicos de conocimiento en: Ingeniería Civil y afines; o Ingeniería Mecánica y afines; o Ingeniería Eléctrica y afines; o Ingeniería Electrónica, Telecomunicaciones y afines; o Ingeniería de Sistemas, Telemática y afines.

Título de posgrado en la modalidad de Maestría en áreas relacionadas con las funciones del cargo.

Tarjeta o matrícula profesional en los casos reglamentados por la Ley.

* * IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO Nivel: Directivo Denominación del Empleo: Subgerente Código: 090 Grado: 02 No. de Cargos: 1 Dependencia: Subgerencia de Gestión Predial Cargo del Jefe Inmediato: Gerente de Riesgos y Entorno SUBGERENTE DE GESTIÓN PREDIAL I.PROPÓSITO PRINCIPAL Dirigir la gestión socio predial y el plan de reasentamiento requeridos para la adquisición del suelo necesario para la construcción de los proyectos metro y férreos de la EMB, para la construcción de los edificios de acceso a estaciones y la generación de nuevo espacio público conexo al metro, de acuerdo con los cronogramas, presupuestos, estudios y lineamientos institucionales.

II. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES
1. Dirigir la gestión socio predial de los proyectos de la Empresa Metro de Bogotá S.A., liderando la ejecución de las acciones necesarias y el control de los tiempos requeridos para habilitar la Formato GL-FR-012_V5 Página 63 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-126 • 2026 • FEBRERO • 4 126 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones” disponibilidad de los inmuebles, conforme a la normatividad aplicable y a los compromisos adquiridos con entidades financieras, nacionales e internacionales.
2. Coordinar el proceso de adquisición de predios mediante enajenación voluntaria o por las vías legales de expropiación administrativa o judicial, asegurando el cumplimiento de los requisitos jurídicos y técnicos, en articulación con las entidades distritales competentes.
3. Gestionar, tramitar y notificar las ofertas de compra, promesas de compraventa, actos administrativos y demás procedimientos asociados al proceso de adquisición y recibo de los predios en gestión, conforme a los lineamientos institucionales y legales vigentes.
4. Realizar la entrega de los predios gestionados, en cumplimiento de los plazos y condiciones contractuales.
5. Gestionar e implementar, en el marco de la adquisición predial, las actividades relacionadas con el componente de reasentamiento, garantizando el cumplimiento de las salvaguardas sociales establecidas por la Empresa y por la banca multilateral, y articulando su desarrollo con las demás áreas competentes.
6. Liderar la identificación de casos especiales asociados a la adquisición predial, proponer soluciones técnicas, jurídicas y sociales ante el Comité de Gestión Predial y Reasentamiento, para la toma de decisiones, y realizar el seguimiento a su implementación.
7. Coordinar con la Gerencia Financiera, las necesidades de inversión para la adecuada adquisición y ejecución del proyecto en su componente de gestión socio predial, así como revisar y generar la información necesaria para la planeación de los flujos de pago, conforme a los lineamientos establecidos.
8. Comunicar oportunamente a la Gerencia de Riesgos y Entorno, los cambios en el componente de gestión socio predial que puedan impactar de conformidad con el objeto establecido en el Acuerdo Distrital vigente, en términos de costos, tiempo, recursos y riesgos, en coordinación con la Subgerencia de Gestión de Proyectos, para la oportuna toma de decisiones institucionales.
9. Gestionar la elaboración oportuna de reportes y el cumplimiento de las actividades de gestión socio predial, de acuerdo con los compromisos adquiridos con entidades como la Unidad de Movilidad Urbana Sostenible del Ministerio de Transporte y con las obligaciones derivadas de los contratos de empréstito y convenios de cofinanciación, en coordinación con la Gerencia Financiera.
10. Administrar en coordinación con la Gerencia de Integración Urbana y Negocios Estratégicos los predios remanentes para desarrollar proyectos urbanos, inmobiliarios y/o de aprovechamiento económico y vocación comercial o urbana asignados a la Empresa, incluyendo su mantenimiento, operación, formalización predial, con enfoque de sostenibilidad e impacto territorial.

Formato GL-FR-012_V5 Página 64 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-127 • 2026 • FEBRERO • 4 127 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

11. Participar en la definición de especificaciones técnicas prediales, así como en la revisión de estudios técnicos necesarios para la estructuración integral de los proyectos a cargo de la Empresa, de conformidad con el objeto establecido en el Acuerdo Distrital vigente.
12. Las demás que se le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza del empleo.
III.CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Plan de Desarrollo de Bogotá
2. Normas sobre desarrollo urbano e infraestructura
3. Normatividad relacionada con el proceso de adquisición predial y reasentamiento de Población
4. Procesos y procedimientos para el proceso de adquisición predial
5. Metodologías para estudios prediales y de reasentamiento de población en proyectos de obra pública
6. Metodologías devaluatorias
7. Manejo de herramientas GIS y bases de datos
8. Adquisición y manejo de datos
9. Contratación pública
10. Sistema integrado de gestión
11. Control de procesos
12. Estatuto anticorrupción
13. Normas técnicas de calidad
14. Herramientas ofimáticas
15. Innovación
16. Normas de Transparencia
17. Gestión documental física y electrónica

IV. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES COMUNES POR NIVEL JERÁRQUICO
- Aprendizaje continuo
- Orientación a resultados
- Orientación al usuario y al ciudadano
- Compromiso con la organización
- Trabajo en equipo
- Adaptación al cambio

- Visión estratégica
- Liderazgo efectivo
- Planeación
- Toma de decisiones
- Gestión del desarrollo de las personas
- Pensamiento sistemático
- Resolución de conflictos

Formato GL-FR-012_V5 Página 65 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-128 • 2026 • FEBRERO • 4 128 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

Siete (7) años de experiencia profesional, de los cuales cincuenta y cuatro (54) meses son de experiencia profesional relacionada.

V. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA ESTUDIOS EXPERIENCIA Título profesional en alguna de las disciplinas académicas de los núcleos básicos de conocimiento en: Ingeniería Civil y afines; o Arquitectura y afines; o Administración; o Derecho y afines Título de posgrado en la modalidad de Maestría en áreas relacionadas con las funciones del cargo.

Tarjeta o matrícula profesional en los casos reglamentados por la Ley.

* * IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO Nivel: Directivo Denominación del Empleo: Subgerente Código: 090 Grado: 02 No. de Cargos: 1 Dependencia: Subgerencia de Gestión Social, Ambiental y de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) Cargo del Jefe Inmediato: Gerente de Riesgos y Entorno SUBGERENTE DE GESTIÓN SOCIAL, AMBIENTAL Y SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO (SST)

I. PROPÓSITO PRINCIPAL

Liderar integralmente el seguimiento a las actividades de ejecución de la gestión ambiental, social y de seguridad y salud en el trabajo, requeridas para la ejecución de los proyectos metro y férreos de la EMB, promoviendo el cumplimiento del alcance, los presupuestos, cronogramas y especificaciones establecidas.

II. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

Formato GL-FR-012_V5 Página 66 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-129 • 2026 • FEBRERO • 4 129 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

1. Liderar y gestionar el seguimiento al cumplimiento de las obligaciones ambientales, sociales y de seguridad y salud en el trabajo (SST) para todos los contratos que se ejecuten en el marco de la misionalidad de la EMB (etapas previas, construcción, puesta en marcha y operación), conforme a la normatividad vigente, los lineamientos institucionales y los compromisos adquiridos con la banca multilateral.
2. Revisar y hacer seguimiento a la implementación de planes, programas, estrategias y políticas de gestión ambiental, social y de SST, verificando su ejecución conforme a la normativa aplicable, las normas de desempeño y guías de la Banca Multilateral u organismos financiadores, las políticas institucionales y los contratos, sin perjuicio de las responsabilidades de la interventoría, el concesionario y demás contratistas
3. Coordinar y realizar visitas técnicas e inspecciones en campo para verificar el cumplimiento de las políticas, lineamientos e instrumentos de gestión social en los proyectos a cargo de la Empresa, de conformidad con el objeto establecido en el Acuerdo Distrital vigente.
4. Revisar y validar informes y/o entregables presentados por el Concesionario, contratistas y/o interventoría en los componentes ambiental, social y de SST, conforme a los requerimientos contractuales y a las solicitudes de los supervisores de contrato.
5. Revisar los estudios técnicos que respalden actuaciones contractuales en materia ambiental, social y de SST, incluyendo modificaciones, ajustes o procesos de liquidación, en coordinación con las áreas competentes, cuando le sea requerido.
6. Identificar, diseñar y coordinar estudios e investigaciones sobre temas ambientales y de transporte sostenible, orientados a la consolidación de un Sistema de Transporte sostenible y relacionadas con la ejecución de los proyectos Metro Ferroviarios, así como participar con el manejo con la Norma de Desempeño y las metas de reducción de Gases de Efecto Invernadero - GEI.
7. Hacer seguimiento a la obtención, vigencia y cumplimiento de licencias, permisos, autorizaciones e instrumentos de gestión ambiental requeridos para el desarrollo de los proyectos, en articulación con la PMO y/o la Oficina Asesora de Planeación y los equipos responsables.
8. Liderar y gestionar la aplicación de salvaguardas, estándares y políticas ambientales, SST y sociales exigidas por los organismos multilaterales y/o financiadores, y velar por su cumplimiento en todas las fases del proyecto.
9. Gestionar la consolidación, validación y presentación de informes requeridos por entidades distritales, nacionales e internacionales en materia de gestión ambiental, social y de SST en el marco de la ejecución de los proyectos de la EMB.
10. Verificar el seguimiento, control y cumplimiento de las medidas de seguridad y salud en el trabajo implementadas en la ejecución de obras, en articulación con la Gerencia de Gestión

Formato GL-FR-012_V5 Página 67 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-130 • 2026 • FEBRERO • 4 130 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

Corporativa, y sin perjuicio a las obligaciones y responsabilidades de la interventoría, el concesionario y demás contratistas.
11. Diseñar las políticas, lineamientos e instrumentos de gestión social para promover la participación ciudadana y el control social en los proyectos a cargo de la Empresa, de conformidad con el objeto establecido en el Acuerdo Distrital vigente.
12. Revisar la calidad, consistencia y trazabilidad de la información generada por los concesionarios y/o contratistas sobre el cumplimiento de obligaciones ambientales, sociales y de SST.
13. Gestionar y analizar la información técnica en los componentes ambiental, social y de SST, y comunicar oportunamente a la Gerencia de Riesgos y Entorno y a la Subgerencia de Gestión de Proyectos, los eventos que puedan afectar el alcance, cronograma, presupuesto, calidad o cumplimiento contractual de los proyectos a cargo de la Empresa, de conformidad con el objeto establecido en el Acuerdo Distrital vigente.
14. Implementar herramientas digitales establecidas por la Oficina de Tecnologías y Sistemas de Información y metodologías de seguimiento y control contractual que fortalezcan la trazabilidad y el monitoreo de las obligaciones ambientales, sociales y de SST en los proyectos a cargo de la Empresa.
15. Proponer y comunicar, cuando sea pertinente, la activación de cláusulas contractuales y mecanismos de solución de controversias derivados de incumplimientos en los componentes de gestión ambiental, social y de SST.
16. Participar en la definición de especificaciones técnicas, asociadas a aspectos ambientales, sociales y de SST, así como en la revisión de estudios técnicos necesarios para la estructuración integral de los proyectos a cargo de la Empresa, de conformidad con el objeto establecido en el Acuerdo Distrital vigente.
17. Las demás que se le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza del empleo.

III. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
1. Plan de Desarrollo
2. Normas sobre desarrollo urbano, política de transporte y sistemas de transporte
3. Sistemas de integración geográfica
4. Normatividad ambiental
5. Normatividad de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST)
6. Políticas y salvaguardas de la Banca Multilateral en los componentes Ambiental, Social y de SST
7. Gestión ambiental, social y SST
8. Contratación pública Formato GL-FR-012_V5 Página 68 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-131 • 2026 • FEBRERO • 4 131 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

9. Manejo de herramientas GIS, bases de datos y Excel.
10. Modelos estadísticos
11. Estatuto anticorrupción
12. Normas técnicas de calidad
13. Herramientas ofimáticas
14. Innovación
15. Plan Anticorrupción y Atención al Ciudadano
16. Normas de Trasparencia
17. Gestión documental física y electrónica

IV. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES

COMUNES POR NIVEL JERÁRQUICO
- Aprendizaje Continuo
- Orientación a Resultados
- Orientación al Usuario y al Ciudadano
- Compromiso con la Organización
- Trabajo en Equipo
- Adaptación al Cambio

Siete (7) años de experiencia profesional, de los cuales cincuenta y cuatro (54) meses son de experiencia profesional relacionada.

- Visión Estratégica
- Liderazgo Efectivo
- Planeación
- Toma de Decisiones
- Gestión del desarrollo de las personas
- Pensamiento Sistémico
- Resolución de Conflictos V. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA ESTUDIOS EXPERIENCIA Título profesional en alguna de las disciplinas académicas de los núcleos básicos de conocimiento en:
Ingeniería Ambiental, Sanitaria y afines; o Administración; o Ingeniería Civil y afines; o Ingeniería Química y afines; o Química y afines.

Título de posgrado en la modalidad de Maestría en áreas relacionadas con las funciones del cargo.

Tarjeta o matrícula profesional en los casos reglamentados por la Ley.

Formato GL-FR-012_V5 Página 69 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-132 • 2026 • FEBRERO • 4 132 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO Nivel: Directivo Denominación del Empleo: Subgerente Código: 090 Grado: 02 No. de Cargos: 1 Dependencia: Subgerencia de Gestión Contractual Cargo del Jefe Inmediato: Gerente Jurídico SUBGERENTE DE GESTIÓN CONTRACTUAL I. PROPÓSITO PRINCIPAL Ejecutar el proceso de gestión contractual de los contratos que celebre la Empresa, independiente de su fuente de financiación, así como prestar la asesoría jurídica a las áreas de origen en las fases precontractual, contractual y postcontractual.

II. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

1. Proyectar y mantener actualizados los manuales de contratación, de supervisión, proformas de minutas contractuales y demás herramientas que se requieran para promover el normal desarrollo de los procesos de contratación de la Empresa.
2. Verificar, en coordinación con la Gerencia Financiera, el cumplimiento de los lineamientos jurídicos aplicables en la elaboración, consolidación y modificaciones del Plan Anual de Adquisiciones (PAA) de la Empresa, en lo relacionado con las modalidades de selección, el marco normativo y los cronogramas contractuales, promoviendo la seguridad jurídica y la coherencia institucional.
3. Dirigir, liderar, adelantar y realizar el control de legalidad, en todas sus etapas, de los procesos de contratación que realice la Empresa.
4. Implementar los lineamientos, políticas, estándares, herramientas e instructivos jurídicos que se requieran para la administración, control y seguimiento de los procesos contractuales.
5. Brindar asesoría jurídica especializada a las dependencias responsables de la gestión de los contratos de concesión, interventoría y PMO y/o la Oficina Asesora de Planeación, así como en aquellos contratos en los que el ordenador del gasto lo considere
6. Brindar la asesoría jurídica contractual y emitir conceptos a las áreas de origen, en las fases precontractual, contractual y postcontractual de los contratos que celebre la Empresa.
7. Proyectar y/o revisar, en coordinación con las áreas de origen, los documentos, minutas, documentos anexos de los contratos y/o convenios y demás instrumentos, tales como

Formato GL-FR-012_V5 Página 70 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-133 • 2026 • FEBRERO • 4 133 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones” memorandos de entendimiento, oficios, protocolos, cartas de intención, acuerdos marco, actos administrativos y cualquier otro asociado a los procesos de contratación que celebre la entidad.
8. Liderar las respuestas a las observaciones de carácter jurídico que se formulen en los procesos contractuales que adelante la entidad, así como coordinar que las dependencias competentes den respuesta a aquellas observaciones de naturaleza técnica y financiera.
9. Coordinar la administración, custodia y conservación de los documentos relacionados con los procesos de selección y contratos que celebre la entidad, de acuerdo con las normas contractuales, y las disposiciones del Archivo Distrital de Bogotá y el Archivo General de la Nación y los procedimientos institucionales.
10. Brindar asesoría jurídica contractual a los responsables de la ejecución de los contratos de concesión, interventoría y obra pública que celebre la Empresa para el cumplimiento de su objeto y funciones.
11. Gestionar la expedición de las certificaciones de los contratos que celebre la entidad, promoviendo la confiabilidad de las mismas respecto de los soportes contractuales.
12. Liderar el reporte de multas y sanciones al RUP o a la autoridad competente, de acuerdo con la normatividad vigente.
13. Gestionar la actualización de las bases de datos y aplicativos de registro de información de los procesos de contratación y contratos de su competencia.
14. Analizar y evaluar la información suministrada para la liquidación de contratos y preparar los documentos y actos administrativos que correspondan para la firma del funcionario competente
15. Las demás que se le asignen y que correspondan a la naturaleza del empleo.

III. CONOCIMIENTOS BÁSICOS ESENCIALES

1. Estatuto Orgánico de Bogotá, D.C. – Decreto Ley 1421 de 1993.
2. Plan Distrital y Nacional de Desarrollo
3. Estatuto de Contratación Publica
4. Procesos de contratación
5. Derecho contractual y administrativo
6. Estatuto Anticorrupción
7. Modelo de planeación y gestión
8. Normas técnicas de calidad
9. Herramientas ofimáticas
10. Normas de Transparencia
11. Innovación
12. Gestión documental física y electrónica

Formato GL-FR-012_V5 Página 71 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-134 • 2026 • FEBRERO • 4 134 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

IV. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES COMUNES POR NIVEL JERÁRQUICO

- Aprendizaje continuo
- Orientación a resultados
- Orientación al usuario y al ciudadano
- Compromiso con la Organización
- Trabajo en Equipo
- Adaptación al Cambio

- Visión estratégica
- Liderazgo efectivo
- Planeación
- Toma de Decisiones
- Gestión del Desarrollo de las Personas
- Pensamiento Sistémico
- Resolución de Conflictos

V. LABORALES DE ÁREAS O PROCESOS TRANSVERSALES

- Atención al detalle
- Visión estratégica
- Trabajo en equipo y colaboración
- Planeación
- Negociación
- Comunicación efectiva
- Creatividad e innovación
- Resolución de conflictos

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA ESTUDIOS EXPERIENCIA Título profesional en alguna de las disciplinas académicas del núcleo básico de conocimiento en: Derecho y afines.

Siete (7) años de experiencia profesional, de los cuales cincuenta y cuatro (54) meses son de experiencia profesional relacionada.

Título de posgrado en la modalidad de Maestría en áreas relacionadas con las funciones del cargo.

Tarjeta o matrícula profesional en los casos reglamentados por la Ley.

Formato GL-FR-012_V5 Página 72 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-135 • 2026 • FEBRERO • 4 135 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO Nivel: Directivo Denominación del Empleo: Subgerente Código: 090 Grado: 02 No. de Cargos: 1 Dependencia: Subgerencia de Defensa Judicial Cargo del Jefe Inmediato: Gerente Jurídico SUBGERENTE DE DEFENSA JUDICIAL I. PROPÓSITO PRINCIPAL Adelantar la defensa judicial y extrajudicial de la entidad con un enfoque de prevención integral del daño antijurídico de acuerdo con las políticas adoptadas por la EMB para tal fin.

II. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

1. Efectuar el análisis sobre la inclusión de acuerdos, conciliaciones, reconocimientos y transacciones, así como el uso de cualquier mecanismo alternativo para resolución de controversias en los documentos para firma del ordenador del gasto.
2. Orientar a los supervisores de contrato sobre el procedimiento a seguir con ocasión de la ocurrencia de hechos que afecten la ejecución del contrato y que eventualmente conlleven a la declaratoria de incumplimiento contractual, aplicación de las cláusulas excepcionales, imposición de multas y demás sanciones por incumplimiento de las obligaciones contractuales, de acuerdo con las normas vigentes y lo estipulado en los respectivos contratos.
3. Establecer la pertinencia de inclusión de cláusulas contractuales relativas a los mecanismos alternativos de solución de controversias a ser incorporadas en los negocios jurídicos que celebre la Empresa, de acuerdo con la normatividad vigente y bajo los parámetros definidos por la Secretaría Jurídica Distrital si los hubiere.
4. Dirigir la aplicación y activación de las cláusulas relativas a mecanismos alternativos de solución de conflictos que se pacten en todos los contratos que celebre la entidad, salvaguardando los intereses de la Empresa, conforme a la normatividad vigente.
5. Revisar, gestionar y sustanciar con base en los soportes proporcionados por los supervisores o interventores de los contratos, los procesos sobre declaratorias de incumplimiento contractual, declaración y aplicación de las cláusulas excepcionales, los procesos de imposición de multas y demás sanciones por incumplimiento de las obligaciones contractuales, de acuerdo con las

Formato GL-FR-012_V5 Página 73 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-136 • 2026 • FEBRERO • 4 136 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones” normas vigentes y lo estipulado en los respectivos contratos, para la posterior definición del ordenador del gasto.
6. Analizar y evaluar la información suministrada para la imposición de multas, declaración de siniestros, efectividad de cláusulas excepcionales y preparar los documentos y actos administrativos que correspondan para la firma del funcionario competente.
7. Gestionar la actualización de las bases de datos y aplicativos de registro de información sobre solución de controversias y conflictos contractuales.
8. Liderar, orientar, coordinar y controlar las funciones jurídicas en materia de defensa judicial bajo las directrices que establezca la Secretaría Jurídica Distrital y la Empresa.
9. Ejercer la representación judicial y extrajudicial de la Empresa Metro de Bogotá S.A., en los procesos y actuaciones judiciales o extrajudiciales, administrativas o de mecanismos alternativos de solución de controversias que se instauren en su contra o que esta deba promover, mediante poder o delegación recibidos del Gerente General, directamente o mediante la contratación de abogados externos a la Entidad, bajo las directrices que en materia de defensa judicial establezca la Secretaría Jurídica Distrital y la Empresa.
10. Gestionar el seguimiento a los procesos judiciales, policivos y administrativos en los cuales sea parte la Entidad por activa o por pasiva.
11. Controlar y hacer seguimiento a las actuaciones de carácter extrajudicial y correspondientes a la etapa prejudicial en las que participe, sea convocada y/o demandada la Entidad.
12. Gestionar el proceso de cobro de la Empresa, de acuerdo con la normatividad vigente.
13. Revisar y evaluar las causales de litigiosidad asignadas para identificar las causas de daño antijurídico, determinar su impacto y proponer las políticas de prevención del daño antijurídico para resolverlas.
14. Gestionar la actualización de las bases de datos de los procesos judiciales, policivos y administrativos, así como las actuaciones de carácter extrajudicial y correspondientes a la etapa prejudicial que cursan en la Entidad, de acuerdo con las directrices de la Secretaría Jurídica Distrital, conforme a la normatividad vigente.
15. Orientar la organización, conservación, inventario y manejo de los documentos físicos y digitales a cargo de la dependencia, así como custodiar y asegurar la integridad de los expedientes y bases de datos, de conformidad con la normatividad vigente y los lineamientos establecidos por la Gerencia de Gestión Corporativa
16. Las demás que se le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza del empleo.

III. CONOCIMIENTOS BÁSICOS ESENCIALES

1. Estatuto Orgánico de Bogotá, D.C. – Decreto Ley 1421 de 1993.
2. Plan Distrital y Nacional de Desarrollo

Formato GL-FR-012_V5 Página 74 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-137 • 2026 • FEBRERO • 4 137 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

3. Estatuto de Contratación Pública
4. Actos administrativos y procedimiento administrativo sancionatorio contractual, acciones constitucionales y responsabilidad estatal
5. Derecho procesal administrativo y contratación
6. Defensa judicial de entidades públicas
7. Estatuto Anticorrupción
8. Modelo Integrado de Planeación y Gestión.
9. Normas técnicas de calidad
10. Herramientas ofimáticas
11. Innovación
12. Gestión documental física y electrónica IV. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES

COMUNES POR NIVEL JERÁRQUICO
- Aprendizaje continuo
- Orientación a resultados
- Orientación al usuario y al ciudadano
- Compromiso con la Organización
- Trabajo en Equipo
- Adaptación al Cambio

- Visión estratégica
- Liderazgo efectivo
- Planeación
- Toma de Decisiones
- Gestión del Desarrollo de las Personas
- Pensamiento Sistémico
- Resolución de Conflictos

V. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA Siete (7) años de experiencia profesional, de los cuales cincuenta y cuatro (54) meses son de experiencia profesional relacionada.

ESTUDIOS EXPERIENCIA Título profesional en alguna de las disciplinas académicas del núcleo básico de conocimiento en: Derecho y afines.

Título de posgrado en la modalidad de Maestría en áreas relacionadas con las funciones del cargo.

Tarjeta o matrícula profesional en los casos reglamentados por la Ley.

Formato GL-FR-012_V5 Página 75 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-138 • 2026 • FEBRERO • 4 138 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO Nivel: Asesor Denominación del Empleo: Asesor Código: 105 Grado: 03 No. de Cargos: 1 Dependencia: Gerencia General Cargo del Jefe Inmediato: Gerente General

I. PROPÓSITO PRINCIPAL

Asesorar a la Gerencia General y/o el área que designe, para asuntos relacionados con la gestión técnica, administrativa, financiera y contractual en el seguimiento de los proyectos misionales de la Empresa y la coordinación interinstitucional de los mismos con entidades distritales, regionales y nacionales en desarrollo de la funcionalidad, administración y para la toma de decisiones de los temas a cargo de la Gerencia General.

II. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

1. Brindar asesoría y acompañamiento técnico altamente calificado a la Gerencia General de la Empresa en los casos sometidos a su consideración.
2. Asistir a la Gerencia General o la dependencia que se designe en el seguimiento de la implementación de las estrategias y políticas organizacionales y en aspectos técnicos, administrativos y financieros requeridos en las actividades misionales de la Empresa de acuerdo con las directrices del Gerente General y los procesos establecidos, con el fin de contribuir al cumplimiento de los objetivos y metas de los proyectos.
3. Atender las consultas o inquietudes técnicas, administrativas y financieras que se eleven en forma verbal o escrita en los casos sometidos a su consideración por parte de la Gerencia General de la Empresa.
4. Emitir recomendaciones técnicas en el marco de procesos de contratación en su etapa precontractual, contractual y post contractual, cuando desde la Gerencia General se requiera.
5. Recomendar las estrategias técnicas frente a las distintas controversias e inquietudes que deban ser absueltas por la Gerencia General.
6. Hacer seguimiento a indicadores de gestión de los proyectos misionales de la Empresa, que permitan medir y evaluar la eficiencia y eficacia en el cumplimiento de los objetivos y metas establecidas por la Gerencia General en concordancia con los planes de desarrollo, programas establecidos, políticas trazadas, las normas legales vigentes aplicables a la Empresa.
7. Hacer seguimiento a los aspectos técnicos, administrativos y financieros requeridos por la

Formato GL-FR-012_V5 Página 76 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-139 • 2026 • FEBRERO • 4 139 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

Gerencia General en el marco de los proyectos misionales de la Empresa
8. Presentar recomendaciones técnicas, administrativas y financieras para atender los requerimientos realizados por los Entes de control y por la ciudadanía, con apoyo y en coordinación de las Gerencias y/o Oficinas.
9. Diseñar e implementar los mecanismos que garanticen los derechos constitucionales y el servicio público al usuario.
10. Apoyar a la Gerencia General en la coordinación y presentar recomendaciones para la elaboración de reportes de desempeño periódico y/o informes particulares de las diferentes gerencias y áreas de la Empresa, cuando le sea requerido.
11. Supervisar los contratos que le sean encargados conforme a la normatividad que regula la materia, los procedimientos y reglamentación de la Empresa.
12. Asesorar el desarrollo de políticas, formulación de los parámetros de las comunicaciones internas y externas de la Empresa y eventos, que orienten el manejo de la información sobre su funcionamiento, gestión y resultados en forma transparente, a través de la organización, producción y utilización de medios que fortalezcan la imagen institucional, teniendo en cuenta el proceso administrativo y las políticas de la Empresa.
13. Asistir a las reuniones, consejos, juntas o comités de carácter oficial cuando la Gerencia General lo requiera.
14. Asesorar la identificación, previsión, gestión, control, monitoreo y mitigación de los riesgos de los procesos de su competencia y asistir en el reporte oportuno de las matrices de riesgos y la información requerida por la entidad para su evaluación y seguimiento.
15. Elaborar la respuesta oportuna a las PQRSD que le sean asignadas, dando cumplimiento a la normatividad legal y reglamentaria sobre la materia.
16. Asesorar la elaboración y modificación de los documentos, procedimientos y procesos de su competencia para mantener actualizado el Sistema Integrado de Gestión.
17. Asesorar los ejercicios de optimización de los procesos de su competencia.
18. Asesorar la identificación de necesidades de los temas afines a su competencia en el Plan Anual de Adquisiciones, de acuerdo con los lineamientos establecidos por las dependencias competentes.
19. Asesorar la estructuración y supervisión de los contratos afines a su competencia.
20. Las demás que se le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza del empleo.

III. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Implementación de estrategias y políticas organizacionales
2. Control y seguimiento de objetivos
3. Definición de políticas públicas

Formato GL-FR-012_V5 Página 77 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-140 • 2026 • FEBRERO • 4 140 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

- Confiabilidad técnica
- Creatividad e innovación
- Iniciativa
- Construcción de relaciones
- Conocimiento del Entorno

4. Diseño de indicadores de gestión
5. Control y manejo de recursos públicos
6. Metodologías de mejoramiento institucional
7. Contratación pública
8. Formulación, evaluación y gerencia de proyectos
9. Normas de gestión de calidad
10. Políticas de atención al usuario
11. Adquisición y manejo de datos
12. Herramientas ofimáticas IV. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES COMUNES POR NIVEL JERÁRQUICO
- Aprendizaje continuo
- Orientación a resultados
- Orientación al usuario y al ciudadano
- Compromiso con la organización
- Trabajo en equipo
- Adaptación al cambio

Seis (6) años de experiencia profesional, de los cuales cuarenta y ocho (48) meses son de experiencia profesional relacionada.

V. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA ESTUDIOS EXPERIENCIA Título profesional en alguna de las disciplinas académicas de los núcleos básicos de conocimiento en: Ingeniería Mecánica y afines; o Ingeniería Electrónica, Telecomunicaciones y afines; o Ingeniería Eléctrica y afines; o Ingeniería Civil y afines; o Arquitectura y afines; o Administración;

Título de posgrado en la modalidad de Maestría en áreas relacionadas con las funciones del cargo.

Tarjeta o matrícula profesional en los casos reglamentados por la Ley.

Formato GL-FR-012_V5 Página 78 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-141 • 2026 • FEBRERO • 4 141 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO Nivel: Asesor Denominación del Empleo: Asesor Código: 105 Grado: 01 No. de Cargos: 1 Dependencia: Gerencia General Cargo del Jefe Inmediato: Gerente General

I. PROPÓSITO PRINCIPAL

Asesorar y acompañar al despacho del Gerente General en el relacionamiento con las entidades y organismos del orden nacional e internacional, en todo caso atendiendo los lineamientos, estrategias y políticas definidas por la Gerencia de Comunicaciones, Ciudadanía y Cultura.

II. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES
1. Asesorar y acompañar al despacho del Gerente General en las relaciones, citaciones y demás actividades que deba cumplir con el Concejo de la ciudad, la banca Multilateral y las entidades del orden nacional e internacional con que se establecen relaciones públicas y/o se deban rendir informes.
2. Coordinar con la Gerencia de Comunicaciones, Ciudadanía y Cultura la labor del Gerente General como vocero de la Empresa en los asuntos que deben ser comunicados a los actores de valor, tanto a nivel nacional como internacional.
3. Coordinar la agenda del Gerente General en lo relacionado con las relaciones con las distintas entidades y organismos del orden nacional e internacional en búsqueda de la cooperación e interacción con los diferentes proyectos que se gestan dentro de la Empresa, de conformidad con las directrices impartidas por la Oficina de Asuntos Institucionales.
4. Asesorar a la Gerencia General y a la Gerencia de Comunicaciones, Ciudadanía y Cultura en el establecimiento de un manual o documento similar, para el manejo de crisis y su respectiva socialización a todos los niveles de la organización y su aplicación.
5. Asesorar al despacho en la conformación de planes o programas puntuales para promover la captura y gestión del conocimiento generado por la ejecución de proyectos misionales y la implementación de metodologías utilizadas por las PMO que apoyen a la Empresa Metro de Bogotá S.A.
6. Realizar el análisis de buenas prácticas y aprendizajes a partir de la ejecución de los proyectos misionales de la Empresa Metro de Bogotá S.A., así como de referentes nacionales e internacionales, y fomentar su apropiación al interior de la Empresa.

Formato GL-FR-012_V5 Página 79 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-142 • 2026 • FEBRERO • 4 142 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

7. Asistir y participar, en representación de la Empresa, en reuniones, consejos o comités de carácter oficial relacionados con la estructuración de nuevos proyectos férreos, cuando sea designado.
8. Elaborar, preparar, socializar y cumplir con los informes, reportes, auditorías, indicadores e información de su competencia ante los diferentes organismos de administración y control.
9. Asesorar la identificación, previsión, gestión, control, monitoreo y mitigación de los riesgos de los procesos de su competencia y asistir en el reporte oportuno de las matrices de riesgos y la información requerida por la entidad para su evaluación y seguimiento.
10. Elaborar y/o revisar la respuesta oportuna a las PQRSD que le sean asignadas, dando cumplimiento a la normatividad legal y reglamentaria sobre la materia.
11. Asesorar la elaboración y modificación de los documentos, procedimientos y procesos de su competencia para mantener actualizado el Sistema Integrado de Gestión.
12. Asesorar la identificación de necesidades de los temas afines a su competencia en el Plan Anual de Adquisiciones, de acuerdo con los lineamientos establecidos por las dependencias competentes.
13. Asesorar la estructuración y supervisión de los contratos afines a su competencia.
14. Las demás que se le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza del empleo.

III. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Plan de Desarrollo de Bogotá
2. Gestión de Proyectos
3. Relaciones públicas
4. Gestión de contenidos
5. Coordinación Interinstitucional
6. Gestión Documental
7. Estatuto de Contratación
8. Código Régimen Disciplinario
9. Estatuto anticorrupción
10. Normas técnicas de calidad
11. Herramientas ofimáticas

IV. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES

COMUNES POR NIVEL JERÁRQUICO
- Aprendizaje continuo
- Orientación a resultados
- Orientación al usuario y al ciudadano
- Compromiso con la organización
- Trabajo en equipo

- Confiabilidad técnica
- Creatividad e innovación
- Iniciativa
- Construcción de relaciones
- Conocimiento del Entorno

Formato GL-FR-012_V5 Página 80 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-143 • 2026 • FEBRERO • 4 143 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

Adaptación al cambio Cuatro (4) años de experiencia profesional, de los cuales veinticuatro (24) meses son de experiencia profesional relacionada.

V. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA ESTUDIOS EXPERIENCIA Título profesional en alguna de las disciplinas académicas de los núcleos básicos de conocimiento en: Comunicación social, periodismo y afines; o Ciencia Política, Relaciones Internacionales; o Administración; o Ingeniería Industrial y afines; o Derecho y afines; o Economía; o Ingeniería Civil y afines Título de posgrado en la modalidad de Maestría en áreas relacionadas con las funciones del cargo.

Tarjeta o matrícula profesional en los casos reglamentados por la Ley.

* * IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO Nivel: Asesor Denominación del Empleo: Asesor Código: 105 Grado: 03 No. de Cargos: 1 Dependencia: Gerencia General Cargo del Jefe Inmediato: Gerente General

I. PROPÓSITO PRINCIPAL

Asesorar la estructuración integral de proyectos para la extensión, ampliación y renovación de nuevas líneas férreas y de metro que hacen parte del Sistema Integrado de Transporte Público de Bogotá, de los sistemas con tecnología ferroviaria y la ampliación de la flota. Así mismo asesorar las acciones tendientes a la integración de las líneas férreas y de metro que hacen parte del Sistema Integrado de Transporte Público de Bogotá, con los distintos medios de transporte de la Bogotá Región.

Formato GL-FR-012_V5 Página 81 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-144 • 2026 • FEBRERO • 4 144 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

II. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES
1. Asesorar la estructuración integral y técnica de los proyectos relacionados con el diseño, planeación, construcción, operación y mantenimiento de las líneas de metro que hacen parte del Sistema Integrado de Transporte Público de Bogotá (SITP) - incluyendo sus componentes técnicos, sociales, ambientales, de traslado de redes y prediales -, de acuerdo con las políticas fijadas por la Asamblea General, la Junta Directiva y la Gerencia General.
2. Verificar las diferentes actividades técnicas durante la estructuración de proyectos férreos del SITP, minimizando el riesgo en la integración de los diferentes componentes estructurales, los electromecánicos, los sistemas comerciales y el material rodante.
3. Verificar la estructuración de la metodología de seguimiento y control de los proyectos de complementación, ampliación y renovación de las líneas férreas y de metro que hacen parte del Sistema Integrado de Transporte Público de Bogotá.
4. Verificar la calidad del diagnóstico, diseños, análisis de riesgos y demás estudios relacionados con el aspecto técnico de los proyectos de las líneas férreas y de metro que hacen parte del Sistema Integrado de Transporte Público de Bogotá.
5. Asesorar la definición y análisis de los planes, programas, estrategias y proyectos ambientales, así como los mecanismos de gestión de información ambiental que requiera la Entidad dentro de la estructuración de proyectos férreos del SITP, con el objetivo de consolidar un Sistema de Transporte sostenible y promover el uso de tecnologías limpias y de diseños eco-sostenibles, en el marco de la normatividad vigente y las políticas institucionales.
6. Asesorar la adopción de los sistemas comerciales más adecuados para los medios de pago de los modos de transporte de la Empresa, en coordinación con la Gerencia Financiera de la EMB, la Gerencia de Ingeniería y Planeación de Proyectos Férreos, la Gerencia de Construcción de Proyectos Férreos, la Oficina de Asuntos Institucionales, la Secretaría de Movilidad y Transmilenio, de acuerdo con las políticas fijadas por la Asamblea General y la Junta Directiva.
7. Asesorar la integración de la estructuración integral de los proyectos férreos y metro con los desarrollados urbanos para el acceso a las estaciones, en coordinación con la Gerencia de Integración Urbana y Negocios Estratégicos y la Gerencia de Ingeniería y Planeación de Proyectos Férreos.
8. Asesorar las acciones tendientes a la integración de las líneas férreas y de metro que hacen parte del Sistema Integrado de Transporte Público de Bogotá, con los distintos medios de transporte de la Bogotá Región.

Formato GL-FR-012_V5 Página 82 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-145 • 2026 • FEBRERO • 4 145 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

9. Asesorar la organización, coordinación, documentación y seguimiento de las reuniones y actividades relativas a la estructuración de nuevos proyectos en las cuales se requiera su participación.
10. Articular las actividades correspondientes a las interfaces con otras entidades en los procesos de estructuración técnica, legal y financiera de los proyectos relacionados con el diseño, planeación, estructuración, construcción, operación y mantenimiento de las líneas férreas y de metro que hacen parte del Sistema Integrado de Transporte Público de Bogotá (SITP).
11. Proponer y realizar estudios e investigaciones relacionados con la estructuración técnica de nuevos proyectos férreos.
12. Elaborar, preparar, socializar y cumplir con los informes, reportes, auditorías, indicadores e información de su competencia ante los diferentes organismos de administración y control.
13. Asesorar la identificación, previsión, gestión, control, monitoreo y mitigación de los riesgos de los procesos de su competencia y asistir en el reporte oportuno de las matrices de riesgos y la información requerida por la entidad para su evaluación y seguimiento.
14. Elaborar la respuesta oportuna a las PQRSD que le sean asignadas, dando cumplimiento a la normatividad legal y reglamentaria sobre la materia.
15. Asesorar la elaboración y modificación de los documentos, procedimientos y procesos de su competencia para mantener actualizado el Sistema Integrado de Gestión.
16. Asesorar los ejercicios de optimización de los procesos de su competencia.
17. Asesorar la identificación de necesidades de los temas afines a su competencia en el Plan Anual de Adquisiciones, de acuerdo con los lineamientos establecidos por las dependencias competentes.
18. Asesorar la estructuración y supervisión de los contratos afines a su competencia.
19. Las demás que se le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza del empleo.

III. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Plan de Desarrollo
2. Normas sobre desarrollo urbano, política de transporte y sistemas de transporte
3. Conocimientos técnicos y operativos sobre sistemas ferroviarios
4. Estructuración de proyectos de infraestructura
5. Material rodante, equipos y sistemas de proyectos férreos
6. Construcción de obras civiles
7. Instrumentos de planificación urbana
8. Contratación pública
9. Estatuto anticorrupción
10. Normas técnicas de calidad

Formato GL-FR-012_V5 Página 83 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-146 • 2026 • FEBRERO • 4 146 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

11. Herramientas ofimáticas

- Confiabilidad técnica
- Creatividad e innovación
- Iniciativa
- Construcción de relaciones
- Conocimiento del Entorno

IV. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES

COMUNES POR NIVEL JERÁRQUICO
- Aprendizaje continuo
- Orientación a resultados
- Orientación al usuario y al ciudadano
- Compromiso con la organización
- Trabajo en equipo
- Adaptación al cambio

Seis (6) años de experiencia profesional, de los cuales cuarenta y ocho (48) meses son de experiencia profesional relacionada.

V. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA ESTUDIOS EXPERIENCIA Título profesional en alguna de las disciplinas académicas de los núcleos básicos de conocimiento en: Ingeniería Civil y afines, o Ingeniería Mecánica y Afines, o Ingeniería Eléctrica y Afines, o Ingeniería Electrónica, telecomunicaciones y afines; o Ingeniería de Minas, Metalúrgica y afines.

Título de posgrado en la modalidad de Maestría en áreas relacionadas con las funciones del cargo.

Tarjeta o matrícula profesional en los casos reglamentados por la Ley.

* * IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO Nivel: Asesor Denominación del Empleo: Asesor Código: 105 Grado: 01 No. de Cargos: 1 Dependencia: Gerencia General Formato GL-FR-012_V5 Página 84 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-147 • 2026 • FEBRERO • 4 147 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

Cargo del Jefe Inmediato: Gerente General

I. PROPÓSITO PRINCIPAL

Asesorar a la Gerencia General en temas jurídicos relacionados con los trámites, proyección y revisión de documentos legales que deba conocer el Despacho del Gerente General, así como sustanciar, para firma del nominador, las actuaciones de los procesos disciplinarios de segunda instancia.

II. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

1. Brindar asesoría y acompañamiento legal a la Gerencia General de la Empresa en los casos sometidos a su consideración.
2. Atender las consultas o inquietudes que se eleven en forma verbal o escrita en los casos sometidos a su consideración por parte de la Gerencia General de la Empresa.
3. Revisar desde el punto de vista jurídico los documentos allegados para la firma del Gerente General, en respuesta a requerimientos tanto internos como externos.
4. Sustanciar el proceso disciplinario de segunda instancia de conformidad con la normatividad vigente y el debido proceso.
5. Surtir el proceso de notificación y/o comunicación y organización documental de los expedientes disciplinarios en segunda instancia en los términos y forma establecida en la normatividad disciplinaria vigente.
6. Presentar recomendaciones jurídicas para atender los requerimientos realizados por los Entes de control y por la ciudadanía, con apoyo y en coordinación de las Gerencias y/o Oficinas.
7. Apoyar a la Gerencia General y presentar recomendaciones para la elaboración de reportes de desempeño periódico y/o informes particulares de las diferentes gerencias y áreas de la Empresa, cuando le sea requerido.
8. Supervisar los contratos que le sean asignados conforme a la normatividad que regula la materia, los procedimientos y reglamentación de la Empresa.
9. Asistir a las reuniones, consejos, juntas o comités de carácter oficial cuando la Gerencia General lo requiera.
10. Elaborar la respuesta oportuna a las PQRSD que le sean asignadas, dando cumplimiento a la normatividad legal y reglamentaria sobre la materia.
11. Las demás que se le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza del empleo.

III. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Implementación de estrategias y políticas organizacionales
2. Derecho Disciplinario
3. Constitución Política
4. Código General Disciplinario

Formato GL-FR-012_V5 Página 85 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-148 • 2026 • FEBRERO • 4 148 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

- Confiabilidad técnica
- Creatividad e innovación
- Iniciativa
- Construcción de relaciones
- Conocimiento del Entorno

5. Derecho Administrativo
6. Estatuto Anticorrupción
7. Derecho Probatorio y Derecho Procesal
8. Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo
9. Ley de Transparencia y Acceso a la Información
10. Contratación pública
11. Políticas de atención al usuario
12. Adquisición y manejo de datos
13. Herramientas ofimáticas IV. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES COMUNES POR NIVEL JERÁRQUICO
- Aprendizaje Continuo
- Orientación a Resultados
- Orientación al Usuario y al Ciudadano
- Compromiso con la Organización
- Trabajo en Equipo
- Adaptación al Cambio

Cuatro (4) años de experiencia profesional, de los cuales veinticuatro (24) meses son de experiencia profesional relacionada.

V. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA ESTUDIOS EXPERIENCIA Título profesional en alguna de las disciplinas académicas del núcleo básico de conocimiento en: Derecho y afines.

Título de posgrado en la modalidad de Maestría en áreas relacionadas con las funciones del cargo.

Tarjeta o matrícula profesional en los casos reglamentados por la Ley.

Formato GL-FR-012_V5 Página 86 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-149 • 2026 • FEBRERO • 4 149 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO Nivel: Profesional Denominación del Empleo: Tesorero General Código: 201 Grado: 02 No. de Cargos: 1 Dependencia: Gerencia Financiera Cargo del Jefe Inmediato: Gerente Financiero TESORERO GENERAL

I. PROPÓSITO PRINCIPAL

Ejercer las funciones de Tesorero de manera eficiente y oportuna, de acuerdo con los preceptos legales y técnicos vigentes.

II. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

1. Implementar y proponer acciones de mejora a las políticas y planes establecidos por la Gerencia Financiera en materia de recursos financieros, obligaciones, inversiones, liquidez, créditos, manejo de cuentas bancarias, valores y títulos valores, de acuerdo con los criterios financieros y técnicos y con las necesidades de la Empresa, de manera oportuna.
2. Revisar y autorizar los pagos por todo concepto, derivados de la compra de bienes y/o servicios, permitiendo el cumplimiento de los requisitos legales, bajo criterios de calidad, eficiencia y oportunidad.
3. Revisar y hacer seguimiento a las ejecuciones de los ingresos y a los comprobantes de egresos que sean requeridos, según el procedimiento establecido.
4. Realizar la recepción y ejercer la custodia del dinero, valores o títulos valores de la Empresa y responder por la seguridad y el buen manejo de las claves que le sean otorgadas, según los procedimientos establecidos, con la eficacia requerida.
5. Desarrollar la operación y el mantenimiento del Sistema de Información Financiera SIF (perfil pagador), o el que haga sus veces, manteniéndolo actualizado y dando cumplimiento a las normas y directrices de seguridad y operatividad establecida por la Secretaría Distrital de Hacienda y demás entes competentes.
6. Elaborar, preparar, socializar y cumplir con los informes, reportes, indicadores e información de su competencia ante los diferentes organismos de administración y control.
7. Gestionar la apertura de las cuentas bancarias que se requieran para el normal funcionamiento de la entidad.
8. Revisar y aprobar las conciliaciones de las cuentas bancarias de la EMB.

Formato GL-FR-012_V5 Página 87 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-150 • 2026 • FEBRERO • 4 150 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

9. Realizar seguimiento a las actividades a desarrollar por los encargos fiduciarios conexos a los proyectos metro y férreos de la EMB, en materia de giros, rechazos, comunicaciones y demás funciones inherentes a la operativa Tesoral con la Fiduciaria.
10. Realizar seguimiento a las cuentas y subcuentas de las cuales sea beneficiaria la EMB en los patrimonios autónomos conexos a sus actividades, así como realizar las funciones inherentes a la operativa Tesoral con la Fiduciaria.
11. Desempeñar la identificación, previsión, gestión, control, monitoreo y mitigación de los riesgos de los procesos a su cargo y reportar de manera oportuna las matrices de riesgos y la información requerida por la entidad para su evaluación y seguimiento.
12. Elaborar la respuesta oportuna a las PQRSD que le sean asignadas, dando cumplimiento a la normatividad legal y reglamentaria sobre la materia.
13. Las demás que se le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza del empleo.
III. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Manual Operativo Presupuesto del Distrito
2. Sistema General de Contabilidad Pública y reglamentación de la Contaduría General de la Nación
3. Estatuto de Contratación
4. Manejo de Finanzas públicas
5. Matemáticas financieras
6. Manejo de Software y aplicativos financieros presupuestales 7. Herramientas ofimáticas
7. Innovación
8. Normas de Transparencia
9. Código de Integridad
10. Gestión documental física y electrónica

IV. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES COMUNES POR NIVEL JERÁRQUICO
- Aprendizaje Continuo
- Orientación a Resultados
- Orientación al Usuario y al Ciudadano
- Compromiso con la Organización
- Trabajo en Equipo
- Adaptación al Cambio

- Aporte técnico-profesional
- Comunicación efectiva
- Gestión de procedimientos
- Instrumentación de decisiones
- Dirección y desarrollo de personal
- Toma de decisiones

Formato GL-FR-012_V5 Página 88 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-151 • 2026 • FEBRERO • 4 151 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

Seis (6) años de experiencia profesional, de los cuales cuarenta y ocho (48) meses son de experiencia profesional relacionada.

V. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA ESTUDIOS EXPERIENCIA Título profesional en alguna de las disciplinas académicas del núcleo básico de conocimiento en: Economía, o Administración; o Contaduría Pública; o Matemáticas, Estadística y afines.

Título de posgrado en la modalidad de especialización en áreas relacionadas con las funciones del cargo.

Matricula o tarjeta profesional en los casos requeridos por la ley.

* * IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO Nivel: Asistencial Denominación del Empleo: Secretario Ejecutivo Código: 425 Grado: 05 No. de Cargos: 1 Dependencia: Gerencia General Cargo del Jefe Inmediato: Gerente General SECRETARIO EJECUTIVO

I. PROPÓSITO PRINCIPAL

Realizar actividades secretariales de apoyo a la gestión de la dependencia y a la atención de sus usuarios, conforme a los procesos y procedimientos definidos, y a las orientaciones del superior inmediato.

II. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

1. Desempeñar las actividades necesarias para brindar atención telefónica y presencial a usuarios internos y/o externos, de manera oportuna.
2. Asistir a los servidores y público en general sobre los trámites propios de la dependencia, de acuerdo con los procedimientos establecidos.

Formato GL-FR-012_V5 Página 89 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-152 • 2026 • FEBRERO • 4 152 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

3. Enviar, recibir, revisar, clasificar, radicar, distribuir y controlar la correspondencia recibida y entregada por la dependencia, de acuerdo con las normas y procedimientos respetivos.
4. Clasificar y archivar los documentos de la dependencia y mantener actualizado el inventario de los mismos, de conformidad con los procedimientos, técnicas y herramientas establecidos.
5. Realizar la custodia del archivo de gestión de la dependencia, y llevar un registro de los préstamos y consultas que se realicen de los documentos que se encuentran en el mismo, de conformidad con los procedimientos y técnicas establecidos.
6. Realizar la transferencia documental de la dependencia al archivo central, de acuerdo con las directrices establecidas.
7. Elaborar oficios, cartas, comprobantes, formatos y en general documentos necesarios para el óptimo funcionamiento de la dependencia de forma oportuna y eficiente.
8. Asistir actividades de traslado de bienes, toma física de inventarios o cualquier otra propia de la dependencia, según los procedimientos establecidos.
9. Registrar en la agenda los compromisos del superior inmediato e informar con oportunidad y claridad sobre las actividades programadas.
10. Realizar las actividades administrativas y operativas encomendadas por el jefe inmediato, para el óptimo funcionamiento de la dependencia con oportunidad y responsabilidad.
11. Apoyar logísticamente las actividades desarrolladas por la dependencia, de forma oportuna y eficiente.
12. Las demás que se le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza del empleo.

III. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Técnicas de archivo y manejo de correspondencia
2. Sistema Interno de Gestión Documental y Archivos
3. Sistema Integrado de Gestión
4. Atención a la ciudadanía
5. Técnicas de redacción y ortografía
6. Herramientas ofimáticas
7. Innovación
8. Gestión Documental física y electrónica
9. Normas de Trasparencia
10. Código de Integridad

IV. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES COMUNES POR NIVEL JERÁRQUICO
- Aprendizaje Continuo
- Orientación a Resultados

- Manejo de la Información
- Relaciones Interpersonales

Formato GL-FR-012_V5 Página 90 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-153 • 2026 • FEBRERO • 4 153 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

- Colaboración

- Orientación al Usuario y al Ciudadano
- Compromiso con la Organización
- Trabajo en Equipo
- Adaptación al Cambio

V. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA ESTUDIOS EXPERIENCIA Diploma de bachiller en cualquier modalidad. Seis (6) años de experiencia.

* * IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO Nivel: Asistencial Denominación del Empleo: Conductor Código: 480 Grado: 03 No. de Cargos: 1 Dependencia: Gerencia General Cargo del Jefe Inmediato: Gerente General CONDUCTOR

I. PROPÓSITO PRINCIPAL

Conducir con responsabilidad y habilidad el vehículo asignado, y mantenerlo en óptimas condiciones, con el fin de transportar oportunamente personas, equipos y elementos, de conformidad con las normas de tránsito vigente y las necesidades de la entidad.

II. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES
1. Conducir el vehículo asignado para actividades oficiales, respetando las normas de tránsito vigentes.
2. Realizar el mantenimiento requerido para el buen uso del vehículo asignado, de conformidad con las directrices de la entidad.
3. Realizar un buen uso de las herramientas y elementos de trabajo, atendiendo a las directrices de la entidad.
4. Efectuar revisiones rutinarias al vehículo que se encuentra bajo su responsabilidad y reportar sus novedades, para un mejor desempeño de su trabajo.

Formato GL-FR-012_V5 Página 91 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-154 • 2026 • FEBRERO • 4 154 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

5. Actualizar y mantener al día los documentos del vehículo y los personales que sean indispensables para su manejo, en concordancia con las directrices de órganos rectores y la normatividad vigente.
6. Cumplir con la programación de acuerdo con la ruta asignada y los procedimientos del empleo.
7. Realizar el transporte de servidores, contratistas, suministros, equipos y correspondencia, conforme a itinerarios y horarios establecidos, y a los procedimientos vigentes.
8. Las demás que se le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza del empleo.

III. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Código de Tránsito
2. Código de Policía
3. Fundamentos de mecánica automotriz
4. Restricciones sobre circulación de vehículos
5. Nomenclatura urbana de entidades
6. Herramientas ofimáticas
7. Código de Integridad
8. Normas de Transparencia

- Manejo de la Información
- Relaciones Interpersonales
- Colaboración

IV. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES

COMUNES POR NIVEL JERÁRQUICO
- Aprendizaje Continuo
- Orientación a Resultados
- Orientación al Usuario y al Ciudadano
- Compromiso con la Organización
- Trabajo en Equipo
- Adaptación al Cambio

Cuatro (4) años de experiencia.

V. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA ESTUDIOS EXPERIENCIA Aprobación de cuatro (4) años de educación básica secundaria.

Licencia de conducción C2.

Formato GL-FR-012_V5 Página 92 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-155 • 2026 • FEBRERO • 4 155 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

Artículo 2°.

El responsable de gestión del talento humano comunicará a cada servidor/a copia física o virtual de las funciones asignadas al empleo en el presente Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales.

Los jefes inmediatos orientarán al empleado en el cumplimiento de sus funciones.

Artículo 3°.

Cuando para el desempeño de un empleo se exija una profesión, arte u oficio debidamente reglamentado, la posesión de grados, títulos, licencias, matrículas o autorizaciones previstas en las leyes o en sus reglamentos, no podrán ser compensados por experiencia u otras calidades, salvo cuando las mismas leyes así lo establezcan.

Artículo 4°.

Al presente manual se le aplicarán las equivalencias establecidas en el artículo 25 del Decreto Ley 785 de 2005.

Además de los requisitos exigidos en el presente manual, se exigirá la tarjeta profesional en los casos reglamentados por la ley.

Artículo 5°.

A los funcionarios vinculados con anterioridad a la vigencia del presente manual, no se les podrán exigir requisitos de educación y experiencia diferentes a los que estaban vigentes al momento de tomar posesión del empleo original.

Artículo 6°.

Los servidores públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A., en el desarrollo de sus funciones, deberán acatar e implementar los lineamientos del Sistema Integrado de Gestión, aportando a su sostenibilidad y al mejoramiento continuo en la gestión empresarial. De igual manera, participarán en la elaboración de los planes estratégicos, de gestión y de inversión.

Artículo 7°.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 del Acuerdo de Junta Directiva 07 de diciembre 17 de 2025, “Por medio de la cual se adopta la estructura organizacional de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se derogan los Acuerdos de Junta Directiva No. 02 de 2016, No. 07 de 2021 y No. 03 de 2022” en el cual se estableció que las dependencias de la Empresa Metro de Bogotá S.A. continuarán ejerciendo las funciones asignadas en los Acuerdos de Junta Directiva No. 02 de 2016, No. 07 de 2021 y No. 03 de 2022 hasta el 15 de febrero de 2026, el presente Manual de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de empleados públicos de la Entidad entrará a regir en la misma fecha que el Acuerdo de Junta Directiva 07 de diciembre de 2025.

Formato GL-FR-012_V5 Página 93 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-156 • 2026 • FEBRERO • 4 156 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 016 DE 2026 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de personal de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras disposiciones”

Artículo 8°.

La presente resolución deroga las Resoluciones de la EMB No. 782 de 2021, No. 981 de 2021, No. 465 de 2022 y No. 1093 de 2023, así como cualquier otra disposición que le sea contraria, sin perjuicio de la aplicación de lo dispuesto en el artículo 7° del presente acto administrativo.

Dada en Bogotá, D.C., a los 02 días del mes de febrero de 2026.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE JOSE LEONIDAS NARVAEZ MORALES LEONIDAS NARVÁEZ MORALES Gerente General Proyectó: Nuria Consuelo Villadiego Medina – Contratista GAA Revisó: Gloria Patricia Castaño Echeverry – Profesional Especializado GAA Priscila Sánchez – Gerente Jurídica Michael Medina – Profesional GJ Aprobó: Gloria Esperanza Sánchez Larotta – Gerente Administrativa y de Abastecimiento Formato GL-FR-012_V5 Página 94 de 94 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-157 • 2026 • FEBRERO • 4 157 RESOLUCIÓN No. 017 DE 2026 (02 de febrero)

"Por la cual se distribuyen los cargos de la planta global de la Empresa Metro de Bogotá S.A.”

EL GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA METRO DE BOGOTÁ S.A.

En ejercicio de sus atribuciones legales y especialmente las conferidas en el artículo 48 de los Estatutos de la Empresa Metro de Bogotá S.A., y artículo 5 del Acuerdo N° 008 de 2021 de la Junta Directiva de la Empresa Metro de Bogotá S.A.

CONSIDERANDO:

Que con el propósito de fortalecer la capacidad técnica y operativa de la Empresa Metro de Bogotá S.A., se puso a consideración del Departamento Administrativo del Servicio Civil un estudio técnico para el cambio en la estructura, que concluyó con el concepto técnico favorable, el cual le permite fortalecer su estructura sin ampliar su planta de personal, a efectos de cumplir su objeto social y enfrentar los desafíos actuales y venideros, asociados al cumplimiento de las responsabilidades a cargo.

Que la Junta Directiva, mediante Acuerdo No. 007 de 2025 modificó la estructura organizacional de la Empresa Metro de Bogotá S.A., manteniendo la planta de personal aprobada mediante Acuerdo de Junta Directiva No. 008 de 2021, que indica en su artículo 5° que el Gerente General, mediante resolución, distribuirá los cargos de la planta global y ubicará el personal.

Que teniendo en cuenta la nueva estructura, los planes, los programas y las necesidades actuales del servicio, se adopta la siguiente distribución de cargos en las diferentes dependencias.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1°.

Distribuir los doscientos treinta y tres (233) cargos que conforman la planta global de la Empresa Metro de Bogotá S.A., así:

Formato GL-FR-012_V5 Página 1 de 8 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-158 • 2026 • FEBRERO • 4 158 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 017 DE 2026 " Por la cual se distribuyen los cargos de la planta de la Empresa Metro de Bogotá S.A.”

GERENCIA GENERAL Denominación Código Grado No. Cargos Gerente General 050 04 1 Asesor 105 03 2 Asesor 105 01 2 Secretaria Ejecutiva 425 05 1 Conductor 480 03 1 Total 7 OFICINA DE CONTROL INTERNO Denominación Código Grado No. Cargos Jefe de Oficina 006 01 1 Profesional - 05 1 Profesional - 03 3 Profesional - 02 2 Total 7 OFICINA DE ASUNTOS INSTITUCIONALES Denominación Código Grado No. Cargos Jefe de Oficina 006 02 1 Profesional Especializado - 06 1 Profesional - 5 2 Profesional - 2 1 Total 5 OFICINA DE CONTROL INTERNO DISCIPLINARIO Denominación Código Grado No. Cargos Jefe de Oficina 006 01 1 Profesional - 03 2 Total 3 Formato GL-FR-012_V5 Página 2 de 8 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-159 • 2026 • FEBRERO • 4 159 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 017 DE 2026 " Por la cual se distribuyen los cargos de la planta de la Empresa Metro de Bogotá S.A.”

OFICINA DE TECNOLOGÍA Y SISTEMAS DE INFORMACIÓN Denominación Código Grado No. Cargos Jefe de Oficina 006 02 1 Profesional Especializado - 06 2 Profesional - 04 2 Profesional - 03 2 Profesional - 02 2 Profesional - 01 1 Total 10 OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN Denominación Código Grado No. Cargos Jefe de Oficina Asesora 115 04 1 Profesional Especializado - 06 2 Profesional - 05 1 Profesional - 04 1 Profesional - 03 2 Profesional - 02 3 Total 10 GERENCIA DE RIESGOS Y ENTORNO Denominación Código Grado No. Cargos Gerente 039 03 1 Profesional Especializado - 06 2 Profesional - 05 3 Profesional - 04 1 Profesional - 03 5 Total 12 Formato GL-FR-012_V5 Página 3 de 8 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-160 • 2026 • FEBRERO • 4 160 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 017 DE 2026 " Por la cual se distribuyen los cargos de la planta de la Empresa Metro de Bogotá S.A.”

SUBGERENCIA DE GESTIÓN SOCIAL, AMBIENTAL Y SST Denominación Código Grado No. Cargos Subgerente 090 02 1 Profesional - 06 1 Profesional - 05 2 Profesional - 04 3 Profesional - 03 5 Profesional - 01 2 Total 14 SUBGERENCIA DE GESTIÓN PREDIAL Denominación Código Grado No. Cargos Subgerente 090 02 1 Profesional - 06 1 Profesional - 05 2 Profesional - 04 3 Profesional - 03 3 Profesional - 02 1 Total 11 GERENCIA JURÍDICA Denominación Código Grado No. Cargos Gerente 039 03 1 Profesional Especializado - 06 2 Profesional - 05 3 Profesional - 04 2 Total 8 Formato GL-FR-012_V5 Página 4 de 8 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-161 • 2026 • FEBRERO • 4 161 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 017 DE 2026 " Por la cual se distribuyen los cargos de la planta de la Empresa Metro de Bogotá S.A.”

SUBGERENCIA DE GESTIÓN CONTRACTUAL Denominación Código Grado No. Cargos Subgerente 090 02 1 Profesional Especializado - 06 4 Profesional - 05 5 Profesional - 04 1 Profesional - 03 4 Profesional - 01 1 Total 16 SUBGERENCIA DE DEFENSA JUDICIAL Denominación Código Grado No. Cargos Subgerente 090 02 1 Profesional Especializado - 06 1 Profesional - 05 1 Profesional - 04 1 Total 4 GERENCIA FINANCIERA Denominación Código Grado No. Cargos Gerente 039 03 1 Tesorero General 201 02 1 Profesional Especializado - 06 3 Profesional - 05 2 Profesional - 04 2 Profesional - 03 3 Profesional - 02 7 Profesional - 01 2 Total 21 GERENCIA DE INGENIERÍA Y PLANEACIÓN DE PROYECTOS FÉRREOS Denominación Código Grado No. Cargos Gerente 039 03 1 Profesional Especializado - 06 3 Profesional - 05 6 Profesional - 04 3 Profesional - 03 2 Total 15 Formato GL-FR-012_V5 Página 5 de 8 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-162 • 2026 • FEBRERO • 4 162 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 017 DE 2026 " Por la cual se distribuyen los cargos de la planta de la Empresa Metro de Bogotá S.A.”

GERENCIA DE CONSTRUCCIÓN DE PROYECTOS FÉRREOS Denominación Código Grado No. Cargos Gerente 039 03 1 Total 1 SUBGERENCIA DE MATERIAL RODANTE, EQUIPOS Y SISTEMAS Denominación Código Grado No. Cargos Subgerente 090 02 1 Profesional Especializado - 06 3 Profesional - 05 1 Total 5 SUBGERENCIA DE CONSTRUCCIÓN E INFRAESTRUCTURA Denominación Código Grado No. Cargos Subgerente 090 02 1 Profesional Especializado - 06 4 Profesional - 05 3 Profesional - 04 4 Profesional - 03 1 Profesional - 01 3 Total 15 SUBGERENCIA GESTIÓN DE REDES Denominación Código Grado No. Cargos Subgerente 090 02 1 Profesional - 05 1 Profesional - 03 3 Profesional - 01 1 Total 6 Formato GL-FR-012_V5 Página 6 de 8 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-163 • 2026 • FEBRERO • 4 163 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 017 DE 2026 " Por la cual se distribuyen los cargos de la planta de la Empresa Metro de Bogotá S.A.”

SUBGERENCIA GESTIÓN DE PROYECTO Denominación Código Grado No. Cargos Subgerente 090 02 1 Profesional Especializado - 06 1 Profesional - 05 1 Profesional - 04 1 Profesional - 03 2 Profesional - 02 1 Total 7 GERENCIA DE INTEGRACIÓN URBANA Y NEGOCIOS ESTRATÉGICOS Denominación Código Grado No. Cargos Gerente 039 3 1 Profesional Especializado - 6 3 Profesional - 5 6 Profesional - 4 3 Profesional - 3 2 Profesional - 1 1 Total 16 GERENCIA DE GESTIÓN CORPORATIVA Denominación Código Grado No. Cargos Gerente 039 03 1 Profesional Especializado - 06 2 Profesional - 04 2 Profesional - 03 4 Profesional - 02 5 Auxiliar Administrativo - 01 4 Secretario - 04 4 Conductor - 02 2 Total 24 Formato GL-FR-012_V5 Página 7 de 8 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-164 • 2026 • FEBRERO • 4 164 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 017 DE 2026 " Por la cual se distribuyen los cargos de la planta de la Empresa Metro de Bogotá S.A.”

GERENCIA DE COMUNICACIONES, CIUDADANÍA Y CULTURA Denominación Código Grado No. Cargos Gerente 039 03 1 Profesional Especializado - 06 1 Profesional - 04 4 Profesional - 03 3 Profesional 02 4 Profesional - 01 3 Total 16

Artículo 2°.

La presente resolución deroga las Resoluciones de la EMB No. 791 de 2021, y sus modificatorias, así como cualquier otra disposición que le sea contraria.

Artículo 3°.

Vigencia: La presente Resolución entrará a regir en la misma fecha que el Acuerdo de Junta Directiva 07 del 17 de diciembre de 2025.

Dada en Bogotá D.C., el 02 de febrero de 2026.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE JOSE LEONIDAS NARVAEZ MORALES LEONIDAS NARVÁEZ Gerente General Revisó: Gloria Patricia Castaño Echeverry / Profesional Especializada GAA Aprobó: Gloria Sanchez Larotta / Gerente Administrativa y de Abastecimiento Formato GL-FR-012_V5 Página 8 de 8 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-165 • 2026 • FEBRERO • 4 165

*20261000034663*

Radicado: 20261000034663 Fecha: 21-01-2026 Pág. 1 de 3 RESOLUCIÓN N° 043 DEL 21/01/2026 “Por medio de la cual se corrige un error de digitación en la Resolución No. 1020 de 30/12/2025 “la cual modifica el Artículo Primero de la Resolución 602 de 2023 para designar un nuevo Gerente del Proyecto 'Mejoramiento de vías terciarias en Bogotá', identificado con el Código BPIN 2018000050020 y financiado con recursos del Sistema General de Regalías –SGR”.

LA DIRECTORA GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL En uso de las facultades constitucionales, legales y estatutarias, en especial las conferidas por los artículos 209 de la Constitución Política de 1991, el art 45 de la ley 1437 de 2011, los numeral 10 y del artículo 2 del Acuerdo 02 de 2023; los numeral 10 y del artículo 19 del Acuerdo 05 de 2023 expedidos por el Consejo Directivo de la UAERMV y demás disposiciones concordantes y,

CONSIDERANDO:

Que el Órgano Colegiado de Administración y Decisión (OCAD) de la Región Centro Oriente aprobó la financiación del proyecto de inversión identificado con el Código BPIN 2018000050020 del Sistema General de Regalías (SGR), cuya ejecución fue aceptada por la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial (UAERMV).

Que para la ejecución de dicho proyecto de inversión, el día 14 de julio de 2023, la UAERMV expidió la Resolución 602 “Por medio de la cual se designa el gerente del proyecto “Mejoramiento de vías terciarias en Bogotá”, identificado con el Código BPIN2018000050020, financiado con recursos del Sistema General de Regalías -SGR y se delega la ordenación de gasto de los Fondos de Inversión del Sistema General de Regalías -SGR, para el proyecto, se derogan las resoluciones 277 de 2021 y 705 de 2022 expedidas por el Director General de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial”.

Que el 30 de diciembre de 2025 se expidió la Resolución 1020, “Por medio de la cual se modifica el artículo primero de la Resolución 602 de 2023”, con el fin de designar un nuevo gerente para el proyecto 'Mejoramiento de vías terciarias en Bogotá', identificado con el código BPIN 2018000050020 y financiado con recursos del Sistema General de Regalías (SGR)”.

Que se evidenció un error de digitación en la fecha de expedición de la Resolución que acompaña el número de consecutivo, en el encabezado del acto administrativo y que fue registrado de la siguiente manera:

RESOLUCIÓN N° 1020 DE 30/12/20205 Que por lo anterior, la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial (UAERMV) considera necesario corregir el error de digitación del año de expedición Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Sede Operativa - Atención al Ciudadano: Calle 22D No. 120-40 GDOC-FM-007 www.umv.gov.co Página 1 de 3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-166 • 2026 • FEBRERO • 4 166

*20261000034663*

Radicado: 20261000034663 Fecha: 21-01-2026 Pág. 2 de 3 RESOLUCIÓN N° 043 DEL 21/01/2026 “Por medio de la cual se corrige un error de digitación en la Resolución No. 1020 de 30/12/2025 “la cual modifica el Artículo Primero de la Resolución 602 de 2023 para designar un nuevo Gerente del Proyecto 'Mejoramiento de vías terciarias en Bogotá', identificado con el Código BPIN 2018000050020 y financiado con recursos del Sistema General de Regalías –SGR”. de la Resolución, en el sentido de expresar que la vigencia correcta es 2025. Lo anterior con base en el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011 que señala:

Artículo 45.

Corrección de errores formales. En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda.

Que de esta manera se trata de una corrección de un error formal que en nada modifica la decisión sustancial si se tiene en cuenta que no se modifica el sentido de la motivación del acto administrativo, ni el sentido material de lo decidido.

En mérito de lo expuesto:

RESUELVE:

Artículo 1°.

Corrección de error formal de digitación: Corregir el año de la expedición de la Resolución N.º 1020, de fecha 30/12/2025 consignado en el encabezado (erróneamente registrado como 30/12/20205), debiendo constar en adelante de la siguiente forma: Resolución N.º 1020 del 30/12/2025.

Artículo 2°.

Inalterabilidad del sentido material de lo decidido: Los demás aspectos fácticos y jurídicos señalados en la Resolución No.1020 del 30 de diciembre de 2025 se mantienen incólumes.

Artículo 3°.

Comunicación: Comuníquese la presente Resolución a: el (la) Secretario (a) General, el Subdirector (a)Técnico (a) de Producción y Apoyo Logístico, el Subdirector (a)Técnico (a) de Intervención de la Infraestructura, el Subdirector (a)Técnico (a) de Planificación y de Conservación, a los Jefes de Oficina y Gerentes de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial (UAERMV).

Dada en Bogotá, D.C., PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Sede Operativa - Atención al Ciudadano: Calle 22D No. 120-40 GDOC-FM-007 www.umv.gov.co Página 2 de 3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-167 • 2026 • FEBRERO • 4 167

*20261000034663*

Radicado: 20261000034663 Fecha: 21-01-2026 Pág. 3 de 3 RESOLUCIÓN N° 043 DEL 21/01/2026 “Por medio de la cual se corrige un error de digitación en la Resolución No. 1020 de 30/12/2025 “la cual modifica el Artículo Primero de la Resolución 602 de 2023 para designar un nuevo Gerente del Proyecto 'Mejoramiento de vías terciarias en Bogotá', identificado con el Código BPIN 2018000050020 y financiado con recursos del Sistema General de Regalías –SGR”.

Documento 20261000034663 firmado electrónicamente por:

MONICA ELOISA RUEDA PEÑA Directora General DIRECCIÓN GENERAL monica.rueda@umv.gov.co Fecha firma: 21-01-2026 12:00:24 Revisó: NAYIBE ROCIO GONZÁLEZ CORTÉS - Profesional Especializado (E) - PROCESO TALENTO HUMANO - nayibe.gonzalez@umv.gov.co JORGE ANDRÉS GONZÁLEZ PEÑUELA - Contratista - SUBDIRECCIÓN DE INTERVENCIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA - jorge.gonzalez@umv.gov.co RAFAEL ANTONIO URIBE ECHEVERRI - Jefe de Oficina - OFICINA JURÍDICA - rafael.uribe@umv.gov.co a65aab93745be747732beaac33556df753e4c139c48d4cf9b6090912c873ddee Codigo de Verificación CV: 0bb82 Comprobar desde: https://www.umv.gov.co/portal/verificar/ Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Sede Operativa - Atención al Ciudadano: Calle 22D No. 120-40 GDOC-FM-007 www.umv.gov.co Página 3 de 3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-168 • 2026 • FEBRERO • 4 168 *20251000382193* Radicado: 20251000382193 Fecha: 30-12-2025 Pág. 1 de 5 RESOLUCIÓN N° 1020 DE 30/12/20205 “Por medio de la cual se modifica el Artículo Primero de la Resolución 602 de 2023 para designar un nuevo Gerente del Proyecto 'Mejoramiento de vías terciarias en Bogotá', identificado con el Código BPIN 2018000050020 y financiado con recursos del Sistema General de Regalías –SGR”

LA DIRECTORA GENERAL (E) DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL En uso de las facultades constitucionales, legales y estatutarias, en especial las conferidas por los artículos 209 de la Constitución Política de 1991; los numeral 10 y del artículo 2 del Acuerdo 02 de 2023; los numeral 10 y del artículo 19 del Acuerdo 05 de 2023 expedidos por el Consejo Directivo de la UAERMV y demás disposiciones concordantes y,

CONSIDERANDO:

Que el inciso primero del artículo 209 de la Constitución Política de 1991, establece, “La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones”.

Que, de conformidad con el artículo 1 del Acuerdo No. 099 del 31 de diciembre de 2019, “Po r medio del cual se adoptan decisiones relacionadas con proyectos de inversión financiadas o cofinanciados con recursos del Sistema General de Regalías - SGR”, el Órgano Colegiado de Administración y Decisión, OCAD de la Región Centro Oriente, aprobó la financiación del proyecto de inversión 2018000050020.

Que en función a lo anterior la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial aceptó la designación de ejecutor hecha por el OCAD de la Región Centro Oriente el día 24 de marzo de 2020, a través de oficio con radicado 20201000016671.

Que, para efectos de la ejecución del proyecto de inversión “Mejoramiento de vías terciarias en Bogotá” identificado con el Código BPIN2018000050020 del SGR, se requiere contar con un servidor público de la planta de personal de la UAERMV que lidere el proyecto, para lo cual se designará un gerente encargado de la planeación, ejecución, seguimiento, coordinación con los grupos de valor y entidades involucradas, y cierre.

Que, mediante Resolución No. 602 de 2023, se designó como Gerente y Delegó la ordenación del Gasto del Proyecto “Mejoramiento de vías terciarias en Bogotá”, identificado Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 1 de 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-169 • 2026 • FEBRERO • 4 169 *20251000382193* Radicado: 20251000382193 Fecha: 30-12-2025 Pág. 2 de 5 RESOLUCIÓN N° 1020 DE 30/12/20205 “Por medio de la cual se modifica el Artículo Primero de la Resolución 602 de 2023 para designar un nuevo Gerente del Proyecto 'Mejoramiento de vías terciarias en Bogotá', identificado con el Código BPIN 2018000050020 y financiado con recursos del Sistema General de Regalías –SGR” con código BPIN 2018000050020 al Subdirector Técnico Código 068 Grado 02 de la Subdirección de Intervención de la Infraestructura.

Que atendiendo a la estructura organizacional de la Unidad y con el fin de fortalecer el seguimiento técnico del proyecto de Inversión “Mejoramiento de vías terciarias en Bogotá” identificado con el Código BPIN 2018000050020 del Sistema General de Regalías –SGR, se hace necesario realizar la designación de la Gerencia del Proyecto, en el Gerente de Infraestructura Rural, sin que esto implique modificación alguna a la delegación de ordenación del gasto establecida en el artículo tercero de la Resolución No. 602 de 2023.

Que la modificación de la designación del Gerente del Proyecto que se efectúa mediante el presente acto administrativo corresponde a una asignación funcional de coordinación, seguimiento y liderazgo del proyecto de acuerdo con las normas del Sistema General de Regalías y a lo dispuesto en el Artículo Segundo, Actividades Del Gerente De Proyecto, de la Resolución No. 602 de 2023.

En mérito de lo expuesto;

RESUELVE:

Artículo 1º.

Modificar el artículo primero de la Resolución 602 de 2023. Se modifica el artículo primero de la Resolución 602 de 2023, el cual quedará así:

“ARTICULO PRIMERO: DESIGNACIÓN DE GERENTE DE PROYECTO. DESIGNAR como Gerente del Proyecto de Inversión “Mejoramiento de vías terciarias en Bogotá” identificado con el Código BPIN 2018000050020 del Sistema General de Regalías –SGR al Gerente de Infraestructura Rural de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.”

Artículo 2º.

Subrogar el artículo segundo de la Resolución 602 de 2023: se subroga el artículo segundo de la Resolución 602 de 2023, el cual quedará así:

“ARTÍCULO SEGUNDO: ACTIVIDADES DEL GERENTE DE PROYECTO. Le corresponde al Gerente del Proyecto realizar, entre otras, las siguientes actividades:

Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 2 de 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-170 • 2026 • FEBRERO • 4 170 *20251000382193* Radicado: 20251000382193 Fecha: 30-12-2025 Pág. 3 de 5 RESOLUCIÓN N° 1020 DE 30/12/20205 “Por medio de la cual se modifica el Artículo Primero de la Resolución 602 de 2023 para designar un nuevo Gerente del Proyecto 'Mejoramiento de vías terciarias en Bogotá', identificado con el Código BPIN 2018000050020 y financiado con recursos del Sistema General de Regalías –SGR”

1. Coordinar las etapas de planeación, ejecución, seguimiento hasta el cierre del proyecto.
2. Velar por la eficiente ejecución de los recursos del Sistema General de Regalías - SGR.
3. Solicitar los Certificados de Disponibilidad Presupuestal y Certificados de Registro Presupuestal que amparen los procesos de selección programados en el Plan de Adquisiciones del proyecto de inversión.
4. Realizar el seguimiento a los componentes de inversión y gestión del proyecto, y coordinar el reporte de los avances de la ejecución física en el aplicativo Gesproy 3.0, o el sistema dispuesto por el Departamento Nacional de Planeación -DNP, para tal fin, a más tardar el día 15 de cada mes.
5. Realizar el seguimiento a la ejecución del proyecto de acuerdo con las condiciones aprobadas por el Órgano Colegiado de Administración y Decisión -OCAD de la Región Centro Oriente, y promover los procesos de ajuste que sean requeridos.
6. Realizar y coordinar las justificaciones en relación con la continuidad o no del proyecto, según corresponda.
7. Coordinar el proceso de cierre del proyecto de inversión de acuerdo con las normas y procedimientos propios del Sistema General de Regalías.
8. Coordinar la implementación de las metodologías diferenciadoras para promover los ejercicios de control social, propuestos por la Dirección de Vigilancia de las Regalías del Departamento Nacional de Planeación, a través del Anexo Técnico 9 de la Resolución 1130 de 2020 expedida por el Departamento Nacional de Planeación - DNP.
9. Adelantar las gestiones necesarias para a cabo la divulgación y/o socialización de los productos finales resultado de la ejecución del proyecto de inversión.
10. Preparar los informes que sobre el proyecto soliciten los organismos de control y demás entidades distritales o nacionales.
11. Realizar actividades de enlace ante los representantes de los órganos rectores del Sistema General de Regalías -SGR.
12. Las demás que se requieran para desarrollar las gestiones de planeación, ejecución, seguimiento hasta el cierre del proyecto.”

Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 3 de 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-171 • 2026 • FEBRERO • 4 171 *20251000382193* Radicado: 20251000382193 Fecha: 30-12-2025 Pág. 4 de 5 RESOLUCIÓN N° 1020 DE 30/12/20205 “Por medio de la cual se modifica el Artículo Primero de la Resolución 602 de 2023 para designar un nuevo Gerente del Proyecto 'Mejoramiento de vías terciarias en Bogotá', identificado con el Código BPIN 2018000050020 y financiado con recursos del Sistema General de Regalías –SGR”

Parágrafo Primero. La presente designación no implica modificación alguna a la
delegación de ordenación del gasto y en las actividades asociadas a la ordenación del gasto establecidas en los artículos Tercero y Cuarto de la Resolución No. 602 de 2023.

Parágrafo Segundo. La designación efectuada, implica la responsabilidad de la entrega
de la información actualizada del estado técnico, financiero y jurídico necesaria para el desarrollo de las actividades referidas en el presente artículo, al funcionario designado, por parte del Subdirector Técnico Código 068 Grado 02 de la Subdirección de Intervención de la Infraestructura, en el término de 5 días hábiles contados a partir de la notificación del presente acto administrativo.

Artículo 3º.

Vigencia: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición, modifica el artículo primero y subroga el artículo segundo de la Resolución 602 de 2023 expedida por la Dirección General de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.

Artículo 4º.

Comunicaciones. Comuníquese la presente Resolución a el (la) Secretario (a) General, el Subdirector (a)Técnico (a) de Producción y Apoyo Logístico, el Subdirector (a)Técnico (a) de Intervención de la Infraestructura, el Subdirector (a)Técnico (a) de Planificación y de Conservación, a los Jefes de Oficina y Gerentes de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial -UAERMV.

Artículo 5º.

Publicación. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Registro Distrital para lo cual se deberá remitir en formato PDF firmado y en texto Word a la Subdirección de Imprenta Distrital de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, en cumplimiento del artículo 2 de la Resolución 440 de 2018.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los _____ Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 4 de 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-172 • 2026 • FEBRERO • 4 172 *20251000382193* Radicado: 20251000382193 Fecha: 30-12-2025 Pág. 5 de 5 RESOLUCIÓN N° 1020 DE 30/12/20205 “Por medio de la cual se modifica el Artículo Primero de la Resolución 602 de 2023 para designar un nuevo Gerente del Proyecto 'Mejoramiento de vías terciarias en Bogotá', identificado con el Código BPIN 2018000050020 y financiado con recursos del Sistema General de Regalías –SGR”

Documento 20251000382193 firmado electrónicamente por:

ANGÉLICA MARÍA ACUÑA PORRAS Directora General (E) DIRECCIÓN GENERAL maria.acuna@umv.gov.co Fecha firma: 30-12-2025 20:08:44 Revisó: OLGA PATRICIA MENDOZA NAVARRO - Profesional Especializado 222-05 - OFICINA JURÍDICA - olga.mendoza@umv.gov.co LADY ESTUPIÑAN BARRERA - Abogada Contratista - SUBDIRECCIÓN DE INTERVENCIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA - lady.estupinan@umv.gov.co CARLOS ENRIQUE CAMELO CASTILLO - Jefe de Oficina - PROCESO TALENTO HUMANO - carlos.camelo@umv.gov.co RAFAEL ANTONIO URIBE ECHEVERRI - Jefe de Oficina - OFICINA JURÍDICA - rafael.uribe@umv.gov.co DIANA ZORAIDA PÉREZ LÓPEZ - - DIRECCIÓN GENERAL diana.perez@umv.gov.co 410036f49ff6162e61ed3382052c48af4561f1a6cab021d2a363a2e3195825a5 Codigo de Verificación CV: 62248 Comprobar desde: https://www.umv.gov.co/portal/verificar/ Calle 26 No.69-76 Edificio Elemento Torre 1, Piso 3 – C.P. 111071 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 Página web: www.umv.gov.co GDOC-FM-007 Página 5 de 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 60 NÚMERO 8510 • PP. 1-173 • 2026 • FEBRERO • 4 173

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