Diario Oficial 53543 de 2026
Diario Oficial N° 53.543
- Tipo
- Diario Oficial
- Número
- 53543
- Año
- 2026
- Fecha
- 4 de julio de 2026
- Entidad
- Imprenta Nacional de Colombia
- Fuente
- Diario Oficial
Texto completo
República de Colombia Fundado el 30 de abril de 1864 DIARIO OFICIAL DIARIO OFICIAL Año CLXII No. 53.543 Edición de 2 páginas • Bogotá, D. C., sábado, 4 de julio de 2026 • I S S N 0122-2112 Presidencia de la República Decretos Que, con fundamento en el precitado artículo, se estima pertinente nombrar al doctor Edwin Palma Egea, actual ministro de Minas y Energía, como ministro del Trabajo ad-hoc para los temas específicos señalados en el primer considerando del presente decreto.
DECRETO NÚMERO 0689 DE 2026
Que, de acuerdo con lo anterior, (julio 3) por medio del cual se nombra un ministro del Trabajo ad hoc.
DECRETA:
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 1 del artículo 189 de la Constitución Política y la Ley 63 de 1923, y
CONSIDERANDO:
Artículo 1°.
Nombramiento de ministro del Trabajo ad hoc. Nombrar como ministro del Trabajo ad hoc, al doctor Edwin Palma Egea, actual ministro de Minas y Energía, identificado con cédula de ciudadanía número 80.203.409, para resolver el impedimento presentado por el doctor Antonio Eresmid Sanguino Páez, en su calidad de superintendente del Subsidio Familiar encargado en el caso de la posesión a los Consejeros Directivos de las Cajas de Compensación Familiar, acto que se perfecciona a través de una autorización del ejercicio del cargo que imparte la Superintendencia del Subsidio Familiar.
Artículo 2°.
Comunicación. Comunicar el presente acto por intermedio de la Secretaría General del Ministerio de Minas y Energía.
Artículo 3°.
Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Que el Consejo de Ministros, en sesión del 3 de julio de 2026, con fundamento en el principio de verdad sabida y buena fe guardada, consagrado en el artículo 8° de la Ley 63 de 1923, aceptó el impedimento manifestado por el señor ministro del Trabajo, doctor Antonio Eresmid Sanguino Páez, para resolver el impedimento presentado por él mismo como superintendente del Subsidio Familiar encargado, en el caso de la posesión a los Consejeros Directivos de las Cajas de Compensación Familiar, acto que se perfecciona a través de una autorización del ejercicio del cargo que imparte la Superintendencia del Subsidio Familiar.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado a 3 de julio de 2026.
GUSTAVO PETRO URREGO
Que el artículo 8° de la Ley 63 de 1923 dispone que en caso de que el ministro recusado, o cuyo impedimento fuese aceptado, hubiere de separarse del conocimiento del negocio, será el presidente de la República quien adscriba la decisión del asunto a otro cualquiera de los ministros del Despacho.
Ministerio del Deporte
Decretos
DECRETO NÚMERO 0688 DE 2026
Que, según certificación expedida por la Oficina de Talento Humano del Ministerio del Deporte, el doctor Óscar Albeiro Figueroa Mosquera, identificado con la cédula de ciudadanía número 14.466.251, reúne las calidades constitucionales exigidas y no se encuentra incurso en causal alguna de inhabilidad, incompatibilidad o prohibición para el desempeño del cargo.
(julio 3) por el cual se acepta una renuncia y se realiza un encargo.
Que se hace necesario proveer dicho empleo, con el fin de garantizar la continuidad en la dirección de la política pública del sector del Deporte, la recreación, la actividad física y el aprovechamiento del tiempo libre.
Que, en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en particular las que confiere el numeral 1 del artículo 189 de la Constitución Política, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 2.2.5.1.1, 2.2.5.3.1, 2.2.4.7 y 2.2.11.1.3 del Decreto número 1083 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Artículo 1°.
Aceptación de renuncia. Aceptar la renuncia presentada por la doctora Patricia Duque Cruz, identificada con la cédula de ciudadanía número 31.402.063, al cargo de ministra del Deporte, código 005, adscrito a la planta de personal del Despacho del Ministro del Deporte.
Que, mediante el Decreto 0250 del 3 de marzo de 2025, se nombró a la doctora Patricia Duque Cruz, identificada con la cédula de ciudadanía número 31.402.063, en el cargo de Ministro del Deporte, código 005, adscrito a la planta de personal del Despacho del Ministro del Deporte, del cual tomó posesión mediante Acta número 1260 del 3 de marzo de 2025.
Que la doctora Patricia Duque Cruz, mediante comunicación del 1 de julio de 2026, presentó renuncia formal al cargo de ministra del Deporte, con efectos a partir del 7 de agosto de 2026.
Artículo 2°.
Encargo. Encargar a partir de la fecha del cargo de ministro del Deporte, código 005, adscrito a la planta de personal del Despacho del Ministro del Deporte, al doctor Óscar Albeiro Figueroa Mosquera, identificado con la cédula de ciudadanía número 14.466.251, quien actualmente desempeña el cargo de Secretario General, código 0035, de libre nombramiento y remoción, ubicado en el Ministerio del Deporte, sin separarse de las funciones propias de su cargo.
Artículo 3°.
Comunicación. Comunicar el contenido del presente decreto a la doctora Patricia Duque Cruz, al doctor Óscar Albeiro Figueroa Mosquera, y a la Secretaría General del Ministerio del Deporte, para lo de su competencia.
Que, de conformidad con el numeral 1 del artículo 189 de la Constitución Política, corresponde al Presidente de la República nombrar y separar libremente a los Ministros del Despacho, facultad en virtud de la cual puede aceptar la renuncia presentada en fecha anterior a la propuesta por la dimitente, atendiendo las necesidades del servicio.
Artículo 4°.
Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado a 3 de julio de 2026.
Que, según el artículo 207 de la Constitución Política, para ser ministro se requieren las mismas calidades que para ser Representante a la Cámara y, conforme al artículo 177 ibidem, se requiere ser ciudadano en ejercicio y tener más de veinticinco (25) años de edad.
GUSTAVO PETRO URREGO
Edición 53.543 Sábado, 4 de julio de 2026 2 DIARIO OFICIAL DIARIO OFICIAL Fundado el 30 de abril de 1864 Por el Presidente Manuel Murillo Toro Tarifa postal reducida No. 56 Directora: Alba Viviana León Herrera Publicación Institucional de la Imprenta Nacional de Colombia MINISTERIO DEL INTERIOR Imprenta Nacional de Colombia Alba Viviana León Herrera Gerente General Carrera 66 No 24-09 (Av. Esperanza-Av. 68) Bogotá, D. C. Colombia Conmutador: PBX 4578000. e-mail: correspondencia@imprenta.gov.co C o n t e n i d o Págs.
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